Por:
Augusto Hernández Becerra
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Fecha:
2020
El estudio científico del territorio admite múltiples miradas. Las ciencias
naturales y las ciencias sociales reclaman cada una la primacía de su propia
visión, que va desde la física, la biología, la astronomía, la ecología y la geografía
hasta la filosofía, la historia, la política, la economía, la sociología y
la antropología. Ah, sin olvidar, por supuesto, la visión propia del derecho.
Cuando hablamos de territorio nuestra imaginación se remonta en
primera instancia a la geografía, sea esta física, demográfica, económica o
política. En este escenario se instala el derecho público para normativizar
el territorio desde las perspectivas del derecho constitucional, el derecho
internacional y el derecho administrativo. Se trata del territorio definido y
regulado como elemento constitutivo del Estado, como objeto de soberanía,
como receptor de la acción política del Estado, como horma que estructura
la Administración Pública, como punto de referencia para determinar las
competencias de las autoridades administrativas.