Por:
Álvaro Hernando Cardona González
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Fecha:
2020
La Ley 1333 de 2009, por la cual se estableció el procedimiento sancionatorio ambiental vigente para Colombia, cumple diez años de aplicación. En ese lapso se ha recopilado información estadística que permite evaluar, desde el análisis de las infracciones por violación normativa, si esta labor de gestión basada en la vigilancia y el control ha sido eficaz y efectiva. Las actividades de vigilancia y control de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, que hacen parte de un numeroso grupo de entidades ambientales y entes territoriales con funciones ambientales, pueden estarse distrayendo del principal objeto legal que tienen: la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos
naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento. Y todo por estar privilegiando en algunos casos
la vigilancia normativa y el impulso de procesos administrativos sancionatorios antes que procurar que los ciudadanos usen legalmente los recursos naturales renovables y demás elementos ambientales, o den manejo adecuado a los impactos generados por sus obras o proyectos. Para corregir y evitar en lo sucesivo este yerro se propone un cambio en la visión administrativa, se hace una crítica a la política pública sectorial, y se plantean alternativas de acción focalizadas en las causas de las infracciones ambientales.