Por:
Elizabeth Jane Macpherson
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Fecha:
2020
El reconocimiento de la personalidad jurídica y los derechos de la naturaleza
en los sistemas y marcos legales en diversas jurisdicciones nacionales ha propiciado
un avance sin precedentes en los derechos ambientales y humanos,
lo cual representa una nueva oportunidad para la protección de los recursos
naturales y de los humanos conectados con ellos. Sin embargo, estos casos
de reconocimiento enfrentan principalmente dos conflictos: incorporan un
acercamiento “ecocéntrico” a los marcos legales hegemónicos que todavía son
de índole “antropocéntrica”, al solicitar la protección de los derechos de los
humanos como fin último para obtener el reconocimiento de la personalidad
jurídica y los derechos “ecocéntricos”, e introducen un nuevo “lenguaje” legal
que no es reconocido en los derechos del mismo orden o de nivel superior en
la jerarquía de leyes, haciéndolos susceptibles de quedar aislados o sujetos a la
oposición de otros intereses. En este capítulo se estudia la jurisprudencia que
reconoce la personalidad jurídica de los recursos naturales y los derechos de
la naturaleza en Nueva Zelanda, Australia, Colombia, México y los Estados
Unidos de América (eua), y se argumenta que los derechos de la naturaleza
exploran el lado humano de los sistemas legales porque recurren a los derechos
y herramientas del derecho constitucional, los derechos humanos y
(muchas veces) los derechos de los pueblos indígenas para lograr su ingreso
al mundo legal.