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 Imagen de referencia Hemeroteca Digital Histórica
Colección institucional

Hemeroteca Digital Histórica

En esta colección encontrarás publicaciones colombianas y extranjeras, editadas entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XX. Estas obras ofrecen una gran riqueza documental, derivada de piezas únicas y grupos de publicaciones de diversas ciudades, que abordan acontecimientos políticos, económicos, históricos y culturales específicos.

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 3

Por: | Fecha: 29/03/1905

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALBS DB LA ASAMBLEA NACIONAL ~erle 1 Bogo , Marzo 29 de 1905 Número 3 . OON'TEN' ~ ota oficial... . ...... .. ..................... .. ..... ... .......... .. ....... . Proyecto de ley por la cual se ratifica la cnanth de las pensillllt's ¡en pesos en 01'0 mensuales ($ 100) á la Sra . Pi"". D.' AUleliana Fel'l'er de Pinzón, divisibles por par· 17 tes ig"1l! entre dicha señorR y sus hijos; y 17 Cien peso~ en 01'0 mensuales ($ 100) á la Sra. conceuidas \lor la Ley 85 ele 1904 (15 c1~ ~ oviemore) . _ ...... .. . Proyecto ue ley por la cn,,1 !le incluye á I Ji. establecimiento ' dI' ins­trucci6n pfiblica y bt'neficencia en las concesiones hechas por la Ley 29 de 1904- (15 (1., Noviembre) ....... . ..... .. ..... ... .. Proyecto ue ley por la cual se r utificlln los Decretos de carácter le gi~lativo que han tenido origen en el Ministerio ele Guelr~ .. .. ... Actll de 1/\ e i6n uel dí;! 22 de {uzo de 1905 .. .. ........ • •• D.· Susana Madl'iñán de Albán, no quedan como 17 prendidas en las restricciones de la Ley 37 da 1904 (19 de Noviembre), la cual queda así re- 18 formada. 18 Informe de CO;1\i5ione .. ..... . ... .. .... . . _. . ..... . .. .. . ... .... . . . H Dada, etc. utas y t le rama ....... . _ ...... .. .... .. ... . _. _. ..... .... .. •• .. 23 Presentada á Ja 1 ouorable AStl,Jublea Nacional NOTA OFICIAL Presidenoia de la Repitólica-.Bogotú, Ma?'zo 21 dfJ 1905. ~ 'eñor : Tengo el honor' de acusar recibo (le]a proposi. ción que 08 ser'vísteis tl'anscl'ihil'me, ('on ftlcha 15 del mes eu en!' 0, en nota que lleva número 5; proposición que fue aprobada por uuanimidad en la citada fecha. Os doy lll~ más expl'esi vas gl'acia:; por la tran . cl'ipción aludida, y os ruego que pJ'esentéis á la Asamblea Nacional la expresión de mi más since- 1'0 agr'adecimiento por . 11 saludo y por el ofl'eci· miento tIe Sil valioso eOnCUl'dO en las tt\l'eas ele concordia política y de organización del país que se ha propuesto el Gobierno y qut', afortunada· mente, hace suyas el Cuerpo Legislativo de la Nación. Dios os gmu'de muchos arios. R. REYE Sr. Pre,idente de 1ft ASlmblea Nacional Constituyente y Lt>gislativa. R'públioa de Colombia-Asamblea Naoional ()ons­titu, yente y Legü;lativa-P'l'ésidenoia- Bogotá, Marzo 22 de 1905. Dése cuenta y publíquese. RESTREPO G ARCíA. -*­PROYECTO DE LEY por la cUoll »e ratifica la cuantía de las pensiones cOllct'did", por la Le1 85 de 1904 (15 de Noviembre). La Asa1nblea lVaoionat de Colombia DECRETA: por el infr ascl'ito Ministrú del 'resol'o, en la sesión de hoy. GUILr.ERMO TORRES. Bogotá, Marzo 2R de 1905. Bogotá, lv/a'l'zo 23 de 1905. En la fecha se aprobó en primer debate el ante­rior' pJ'oyecto y pnsó á la de Guerra, con cuat.ro día de término. RegístreHl~, (~ópiese y pu bJíq uese. L,ltis Fe/lpe A ngulo. PROYECTO HE LEY "por l'1 rll.tl le IIlcluyt: á lo establecimientos de instrucción pOblica y b~ . IIpfict'ocia en las concesiones hecbas por la Ley 29 de 190 ... (15 de Noviembre,. La A.rwrnblea Naoional de Oolombia DECRETA: Artículo único. El pago de la renta nominal co­rrespondiente á. los establecimientos de instr'uc. ción pública y beneficencia se hará en los térmi­nos estatuidos por la Ley 29 de 1904 (15 de No­viembre), la cual queda así reformada. Dada, etc. Presentada á la Honorable Asamblea Nacional por el infrascrito Ministro del Tesoro, en la sesión de hoy. GUILLERMO TORRES. Bogotá, Marzo 23 de 1905. RepitbUca de Oolombia-Asa1nbha Naoional Oons­tituyente y Legislativa- Seoretaría - Bogotá, Ma?'ilO 23 de 1905. Artículo único. Las pensiones concedidas por En la fecha se apr'obó en primer debate el ante. la Ley 35 de 1904 (15 de Noviem bl'e), á saber: rior proyecto y pasó á la Comisión de Obr'as Pú- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ , . 18 ANALES DE LA A8AMBLEA NACIONAL blicas y Beneficencia con cuatro días de término. Regístrese, cópiese, pu bHquese, etc. Luis Felipe A ngulo. -~*-- PROYECTO DE LEY por la cual le utificaIl los Decreto. de carácter leri.lativo que han tenido origen en el Mini.terio de Guerra. La A8amblea Nacional DECRETA: Artículo único. Ratifícanse los Decretos legisla. tivos números 2 de 1905 (3 de Enero) y 30 de 1905 (7 de Febrero), expedidos por el Poder Eje. cutivo en ejercicio de la fncultlld que le confiere el artículo 121 de la Constituci6n y que tuvieron origen en el Ministerio de Guerra. Dada, etc. Presentada á la Asamblea Nacional por el in­frascrito, en la sesión de hoy. El Ministro de Guerra, D. A. DE CASTRO. Bogotá, 23 de Marzo de 1905. Sec1'etaria de la .A8amblea - Bogotá, Mat¡'zo 23 de 1905. En la fecha se aprobó en primer debate el an­terior proyecto y pasó en comisión, con cinco {as de término, á la de Guerra. Regístrese, cópiese y publíquese, 11 Los Sres. Di pu tados Cuervo Márq uez, Quijano Wallis, Camacho y Pulecio suscribieron la siguien­te proposición: " Altérese el orden del día y considérese lo si· guiente: "La Asamblea Nacional de Colombia deplora la muerte prema.tura del Dr. José Camacho Carri­zosa, cuya labor cristiana y altamente civilizadora en la prensa, en el foro, en la cátedra y en la tri· buna, es digna de ser recomendada á la gratitud de BUS conciudadanos. " Comuníquese á la señora viuda y publíquese. ' En discusión ]a alteración del orlen del día, la Asamblea convino en ello. En consecuencia el Sr. Presidente sometió á la deliberación de la Asam­blea el cuerpo de la pl'op08ición leída y resultó aprobada por unanimidad de voto, de Jo cual se deja constancia á petic'ón del Sr. Dr. Quijan 'Vallis. El Sr. Diputado Cuervo ~Iárqnez solicitó de la Presidencia nombrara una Comisión que pu· siera en manos de la señora viuda del Dr. Cama­cho Carrizosa el oficio con la proposición aprobada anteriormente. En atención A esta solicitud, la Pre­sidencia designó á los i res. Cuervo Mál'quez, Qui­jano Wallis y Ca macho para el desempeño de di. cha comisión. 111 Leído para tercer de ate el proyecto de ley" por la cual se ratifican los Decretos legislativos que han tenido origen en el Ministerio de Instrucción .Angulo, Pública," el Sr. Presidente determinó que por en­contrarse en aquél un artículo de carácter perso­nal, la Asamblea decidiría en votación secreta si era su voluntad que dicho proyecto fuese ley de ACTA la República. DE LA SESIÓN DEL DfA 22 DE MARZO DE 1905 Recogidas las balotas por el Secretario, los Sres. Diputados Pérez y Piñeros, lIombrados escrutado· (Presidencia del Diputado Restrepo Gareía). res, dieron cuenta de haber merecido el proyecto J la venia de la Asamblea por unanimidad de 2~ A la una y treinta minutos de la tarde dio prin. balotas blancas. cipio la sesión de este día. Legítimamente excusa· Preguntada la Asamblea si quería que este pro· do dejó de concurrir el Diputado Sr. DI'. Juan yecto fuese ley de la República, contestó afirma· Evangelista Manrique. tivamente. Leida y puesta en discusión el acta del día un· Los ~res. Diputados Quijano 'Vallis, anin terior, la Asamblea expresó su voluntad de que Cano, Pérez y Piñeros suscribieron la siguiente fuera aprobada, por no encontrar observación al. proposición, que fue aprobada por unanimidad de guna que hacerle. votos: El Secretario dio cuenta del orden del día de la "La Asamblea Nacional deplora en nombre de Corporación, de los negocios substanciados en la Colo:nbia, patria adoptiva del Sr Rafael María fecha por la Presidencia y de un mensaje del Sr. MerchAn, á la cual sirvió durante varios año con Presidente de la Repúblicn, en el cual acusa recibo I labor inteligente é ilustrada, el fallecimiento (le de la proposición de saludo que, con fecha 15 de este distinguido hijo de Cuba. los corriente!, aprobó la Asamblea Nacional. Dicho "Comuníquese á sus deudos y al Gobierno (le alto Magistrado manifiesta su agradecimiento á la Ouba." Asamblea por la transcripción de la proposición IV aludida, y hace votos por que las labores de esta El Sr. Presidente de la Asamblea manifestó á Corporación correspondan á las espel'anzas que en ésta que los Sres, Ministros Jel Despacho se po ella tiene fincadas el país. nían á las órdenes de lae Comisiones respectivas, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES D~ LA ASAMBLEA NACIONAL 19 en el local de las sesiones de la Asamblea en los I de s~llldable transforrul\cióu general, á fin de pro diversos Ministerios, para suministrarles &Jodos los ! ducir el equilibrio social que es In concordia, el informes que soliciten para el desempeño de sus I equilibrio político que es la paz, y el exponente de trabajos. I ambos, que es el progreso. La Comisión de Régimen Político y Municipal Este suceso sencillo y natural en apariencia, pe· devolvió el proyecto de ley c, pO,r Ja ~ual. se fija l~ 1'0 ~ll el fond? de honda trascendencia.y ~e gt'an­residencia del Jefe del Poder Ejecu tI vo,' J manl' de lmportanCla, merece u n examen, sIquIera sea festó su Presidente, el Sr. Dr. Qllijano Wallis, que rápido y condensado, para dejar, ni empezar los no se daba lectura al informe que debía acom- trabajos de Ja AsambleR, constancia oficial del pafiar al expedient.e, porque en esos momentos se I génesis de su pasado, de sus labores en el presentt~ estaba concluyendo aquél; pero que el concepto y de sus promesas para lo futuro. ele la Comisión era favorable nI texto del proyecto en referencia. 1 Abierto el segundo debate, fue aprobado el al- En los comienzos del pasado siglo la Colollia tÍculo 1.0, que dice: española, demarcada hnjo t:'l nomb.'e de Virreinato "}i~l Presidente de la Repúblic. pOllrá ejercer I de Nueva Granada, alcanzó su emanci pació n y Hd· en todo tiempo sus funciones en cllalqui r punto qui¡'ió existencia y 1 osición independiellte deRpuéR del territorio de la Nación. una dó' "de lncha encarlllzadn. 't Parágrafo. Cuando el :lresidellte ejel'z s 1 narz 1 eha l,ol'l'nsca política 'ioue fuera de Bogotá, 1 asunto urgente po itnb 1 eDl • nt( drán ser despachados por el :Ministl'o Ó lVlini tl'O I (tel ijOglo que él designe, en la capital de la Rei:niblica." de los estl',! o ( r u t En discusión el artículo 2.(), que dice: "' Quedan postrimerías de un ig o y UUl' derogados la Ley 12 de 1892 y el artíclllo 65 del recieron para nuestra Patr'a nt1 e Código Político y Municipal," el 81'. Dr. Insigna- sangre. res pidió la lectu ra ele la IJey 12 de 1892 y la del Chsi la totalidad de los hombres de la Indepen. al'tíeulo 65 del Código Político y Huuieipal. He- dencia eran criollo~ descendientes de españoles, 6 cho esto por el Secretario, fue aprobado el artículo peninsulares establecidos en la Colonia y asimila- 2,0 sin ninguna observación. uos á sus intereses y a pinlCiones en ]a vida inde- Cenada la discusión sobre la parte di positiva : pendiente, y todos habíall recibido legados de vir­,1\, 1 proyecto, se puso en discusión el título, (jue I tudes y de vieios de J {Iza. dice: Cuando nuestra Patria conquistó sus fueros de " Proyecto de ley sobre residencia del Jefe del pueblo ema?c,ipado se conservaba en. todo RU vi­Poder }i~jecutivo," el cual también fue aprobado y g.ol' .el pl'estIg!~ de dos gl'ande.s y reCIentes aconte­la Asamblea le dio su venia á este proyecto para CImIentos pohtlCOS: la revolUCIón francesa, con la tercer debate. proclamación de los regímenes constitucionales de Gobierno, y la creación como Estado independiente, bajo forma republicana, de las Colonias inglesas uel Norte de América. A las dos y treinta y cinco minutos de la tarde se levantó la sesión. El Presidente, ENRlQUE RESTREPO GARotA. El Secretario, Luis Felipe Angulo. INFORME Obedientes á impulsos generosos y á lucubra­ciones políticas, engend radas por el espíritu de su tielllpo y el prestigio de dos grandes sucesos po· líticos que dejamos mencionados, los fundadores de nuestra Patria adoptaron unánimemente y con sincero entusiasmo para constituÍr la nueva nacio· nalidad, la forma 111ndamental más avanzada, que de la. Comisión á cuyo estudio pas6 la Exposici6n del Sr. es la República, r el régimen popular, que es la Presidente de la República, y proyecto de respuesta. Democracia. Sefiores Diputados: Por las mismas causas, los que sucedieron á Cuando el quince del mes en curso el cañón nuestros libertadores en la dirección de los desti­anunció á esta capital y el telégrafo á los Departa- nos públicos, trabajaron con empeño en asimilarse mentos que el Jefe del Estado había instalado so· los sistemas constitucionales y de gobierno de lemnemente, en nombre de la República y en forma otros países, preocupándose casi únicamente del concisa y elocuente, la Asamblea Nacional de Co progreso político de la Nación y descuidando su lombia, con el doble cáracter de Constituyente y progreso positivo, porque creían erradamente que Legislativa, los colombianos todos hemos debido la :felicidad dtJ un pueblo depende B.ás de las ins­experimentar especial sensación de regocijo, porque tituciones que de su bienestar económico~ de este acontecimiento puede significar que en el cua- buena educación y de su adelanto material. drante de los destinos patrios se ha marcado la ho- "Siendo todos los colombianos hijos de ra del principio de nueva época para Colombia y pública que con la sangre, los es:fuerzos y, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. !O ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL .. ----------==-~ - crificios de todos fundaron nuestros libertadores, las generaciones que se han sucedido hánse des­arrollado y vivido en Colombia al calor de la de­mocracia y bajo el régimen de los principios replI­blicanos." y no obstante estar todos unidos en la forma fundamental de la República y en ell'égimen de­mocrático, la sociedad política de Colombia se ha partido en bandos opuestos y encarnizados que se han disputado, como naciones extrañas de opues­tos intereses y de odio secular, la posesión del po­der y la dirección de los destinos patrios. De ahí ]a serie de constit uciones que ha tenido la República en su corta existencia ; de ahí las continuas guerras civiles que han desacreditado, em}?obrecido y desmoralizado nuestro país; rle ahf las Interminables discusiones sobre asuntos políti­cos, y de ahí también la incuria y desdén para atender á los intereses positivos y permanentes de la Nación. Siete grandes revueltas civiles y siete constitu· ciones, en ias cuales hemos ensayado los pl'inci pios repu blicanos democráticos en todas sus variedades, t'desde la más amplia forma federativa basta el más riguroso centralismo, desde la expansión ilimitada del individualismo hasta la más rigurosa amplia­ción del principio de autoridad ;" forman, como su· cesos culminantes y casi únicos, la historia política de nuestra Patria en los ochenta años que lleva de existencia. "Las constituciones tlue ha tenido la República no han emanado de la opinión general ni han sido la obra común de los asociados al formal' el pacto so­cial. Acordadas por el bando vencedor, sin annen­cia del vencido, han sido frutos, no de doctrinas triunfantes en la conciencia popular, sino de inte­reses y de acciones .Y reacciones políticas." Estas cartas se han otorgado como una nación triunfadol·a en lucha internacional, dicta el tratado de paz á su adversario vencido. Nuestra incuria tradicional en descuidar Jos verdaderos intereses de un pueblo, como son los morales, industriales y económicos y los que infor­man el progreso material, explica suficientemente nuestra pobreza, nuestro atraso y nnestro descré­dito en el Exterior. como pueblo conquistado dentro de la patria co­mún, no obstante estar todos conformes en los prin ­cipios fundamentales de Gobierno," y de haber fundada e~pel'anza, casi segu ridad, de que el sosie· go de las conciencias será completo y definitivo por la práctica leal de la libertad religiosa consagrada en términos amplios, claros y precisos poI' ]a Cons· titución y por el reconocimiento general del deber de acatar y respetar los fueros de la Iglesia que re· presenta la reHgión de la casi totalidad de los co· lombianos. "Así, pues, la filosofía política tiene necesidad de buscar otras cnusas para expliear esta lucha in ter­minable que ha impedido todo progreso y al fin nos hubiera conducido á la completa r uina y á la barbarie. liLas causas p 'incipales de esta aZllrosa existen· cia son la preponderancia de los intereses pel'sona· les sobre los principios políticos; el subordirunnien· to de los fueros ele la Patria á los de las. ectas; In falta de industrias, de vías de comunicación y de facilidades para adquiri ¡' los medio ue subsisten· cia por cammos más seguros y expeditos que los de la política; la pobreza general, obligado expo­nente de lo anterior, ]a ignorancia, hasta en los ele­mentos de la primaria instrucción, en la gran mM­yoría de la masa popular y el odio atávico en~en. drado por el choque de ideaR é intereses, y aVIgo­rado por el espíritu ardiente peculiar de los pue- 1.>los latinos del t rópico, qua perturba y envenena los ánimos en los divel'sos bando ; el odio princi. palmente que ha sido el alimento de nuestras ener­gías políticas y el vínculo principal que han teni­do los pueblos de Colombia al ponerse en contacto unos con otros únicamente por las marcha y mo· vimientos militares." No necesitamos como corolario ue las anterio· res reflexiones hechas con ánimo tranquilo y sereno criterio" trazar el cuadro pavoroso que en la últi· ma época ha informado la crítica situación de nues· t.'a Patl'ia, porque él es demasiado realista y vi­sible. Tampoco es menester pregonar de nuevo sus dolencias ni repetir el índice de sus infortunios. Su brutal relieve ha herido hasta los espíritus más fríos, indolentes y egoístas. Basta á nuestro objeto declarar' uua vez más que los errores políticos, gubernamentales y administrativos que lamenta­mos, figuran en el libro de la contabilidad histó­rica al debe de todos los partidús y que ninguno de éstos puede pretender el finiquito de sus cuen­tas." 11 La pl'eferente atención que hemos pl't~stado, como pueblo descendiente de latinos, á los asuntos especulativ'os y de política, inspirados más por instintos ele raza é imaginación tropical que por el espíritu práctico de Jos países del Norte, á quienes nunca hemos querido imitar, es una demostración de las interminables é infecundas discusiones que gastan nuestras energías intelectuales en los escasos Ochenta años de luchas estériles en el parlamen. momentos de reposo; pero en lo que no se puede lo y en el periodismo y ochenta años de carnicerías encontrar causas suficientemente justificadas por fratricidas en los campos de batalIa~ constituyendo f'1 criterio político, es en la honda división y en las el estado normal d~ la República, habíMn habitua· 'Qptas pasiones que han sepal'ado las parcialida. do á nuestro pueblo ~ sus desastrosas acciones y alJíticas hasta el punto de que '~la media na- reacciones; pero cuando un año atrás los infortu­CoI1edora haya considerado á la otr,a medi~ nios patrios se presentaron bajo una faz nueva é ella t. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES . 1).~ LA ASAMBLEA NACIONAL 21 iuesperada con ]a mutilación del territorio y los toda chispa que pueda brotar en nuestros medios primeros síntomas de la disolución nacional, los políticos, aptos siempl e para el incendio. . colombianos, sin distingos pal'tidaristas, sorprendi. Por la serie de actos ejecutivos que han sulo so· dos y atert'ados, ohridal'on por el momento sus I metidlls á vup.stl'a iltlstl'ada consideración, echadas querellas y tl'ataron de juntars~ para buscar en la están I:\s bases del edificio que informa aquell.a unión de los esfuel'zos el remedio del esp'lntoso I obra y á la cual vosotrus, Sres. Diputados, dr,bé18 desastre, como se reúnen tumultuariamente los ve- I dal' el rpmaLe y eoronamiento con vue~tras luces y cinos de una población cuando ocurre un terremoto I vuestro patriotismo ó un incendio. Fue éste el origen de las Juntas de Tales son el génesis y las labores \]e la AS!lm. Coneiliaci6n y de Concordia que se formaron en las I blea Nacional, convocaua para terminal' y reVIsar principales ciudades de la Nación después del de- Ila ohra. sastre de Panamá, Las Juntas de concordia fueron Asambleas lIa- El primer anhelo que manifesttll'on estas Juntas I cionales por acción popular y la A~amblea Nacio· patrióticas, la primera petición que hicieron, fue I nal es Junta (le concordia por acción ofici:\l. la de reunia' un Cuerpo soberano, representante I Ga'ande y hermosa es su misión: reconstruír, no auténtico de todo:; los colombianos, una especie ! demoler, apaltando las ruinas que estorben y con· de "Cabildo abierto para que, como en 1810, trn- I servando los pilares que sirvan. Concurrir á ]os tásemos de emanciparnos, no de la Metrópoli, sino ~ trabajos como obreros de la Patria, na como men-le la discOl'dia tradicional, de In miseria y de 1" I sajel'os de partido. Poner, por prime)'a vez, el sello anal'q uía." I nI estatl1to nacional con mandataIios de todos los y fue tan espontáneo el brote dp, estas Congre. I asociados y co tribuír á realizar los nnhelos de] gaciones, que ellas se formaron por viejos advel· patriotismo, allanando el endero para que la Re· ~lll'io~ y que parecían i1'l'eeonciliables: h colombiano, y no de delegados de par- Este experto mandatario comprendió, con visión tidos, en su deliberaciones y acuerdos de?e ser de hombre de Estado, la necesidad de procurar proscrito el criterio sectario y no debe regIr otro una saludable trans:formación nacional para pre- que el de las inspiraciones del patl iotismo, . venir desastres mayores, y acaso la disolución de En la Asamblea Nacional no hay mnyorl8 nI la República. Y convencido de que, para hacer minoría, no hay derecha, ni centro, ni izquierda; una revolución no es necesaria la guerra, ni para no hay más que el área de la Patria, grande, como hacer el bien es menester la matanza, encauzó la p~cta y unida, porque previament.e se han borrado corriente general de la opinión y emprendió la de ella los linderos de las parcialidades. gl'a?de .obra ~acional que bajo su acció? laboriosa Es un segundo Cougl'eso de ~?gost~ra! e~ el y bIen IntenCIOnada se está desenvolVIendo en la cual no hubo representantes pohtlCoS, nI SIqUIera República y cuya síntesis puede condensarse así: diputados, sino obreros de una nacionalidad, cons- 1.0 Procurar la concordia en la sociedad política tructores de una patria. y formal' una masa común de los colombianos La República nace á nueva vida despuéH de una agl'upados únicamente bajo la bandera ue la Pa· dolorosa gestación de ochenta años. tria, apagando el ardor de las pasiones banderizas; Los Depal'tamentos que forman la Nación nos 2,° Eliminar el sectarismo, tan contrario al legí. han escogido para que colaboremos con el Jefe del timo y benéfico funcionamiento de las Escuelas Estado en facilitar el nacimiento y proteger el políticas, como elemento de Gobierno y de Admi· desarrollo y crecimiento de la nueva Patria. nistración pública, consagrando á ésta todos los i Esta es nuestra misión! ¡ Quiera ]a conciencia de esfuerzos y recursos de la Nación. nuestros altos deh"l'es limpiar nuestros espíritus 3.° Realizar la reconstrucción económica y fiscal de toda pasión é inspirarlos por los mismos senti­del país y :fomentar vigorosamente el progreso ma· mientos que animaron á nuestros 1iberta{lores en terial é industrial de la Nación. Angostura y para que, más afortunados en el rena- 4.° Conservar á todo trance la paz pública, pl'e· cimiento, que ellos lo fueron en la primitiva crea· viniendo cualquier conato de desorden y apagando ció}), dado nos sea ver concluída la reconstrucción - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 22 ANALE~ D~ LA ASAMBLEA NACIONAL y cOl'on~do el edificio 1101' la paz, el bienestar y la "Art, 225. El Gobiel'uo puede, por causa de prosperIdad de la República! conveniencia pública, trasladar á los Magist.l·adus . P~l'a terminar, vuestra Comisión os presenta el de los Tribunales de un Tribunal á otro." 81gUleute proyecto de resolución: Esta disposición legal anuló virtualmente la ~l. Presidente de ]a Asamblea dirigirá al Sr. inamovilidad constitucional y sometió á la volu n· Presld~nte de ]a República un mensaje en el cual tad del Gobierno el período de duración de los ~1.a le !llaD1festal'á, á nombre de ]a Corporación, lo si· gistrados de los Tribunales. gUlente : ¿ Por qué se hizo esta reforma casi á raíz de la ]. o La Asam blea N acinnal ha leído con el in- expedición de la Cárta fundamental? Porque des, terés y la ater.ción que tan importante documen· de los dos primeros años de la vigencia del artícu­to meI'ece, la exposición que le dirige el Presi- lo de la Constitución se comprendió el grave error den~e de la Rep.ública sobre las labores adminis-! de los con8tituyent~s que (Jretend~eron implnntar t ratIv8S del GobIerno formuladas en los proyectos en el Derecho PúblIco de ColombIa una lllnova­presentados á la consideración de la Asamblea. ción contraria á las costumbres del país y aun á .2.0 Inspi rada la Asamblea en patrióticos senti- , las ¡)fácticas republicalJa:-:, ~in contar ot!OS 1ncou­m~ e n,tos para procuraI, el.bien general, ofrece a~ ~1'. 1 Ve?lentes que. pI'ont~ ~e pUSIeron de manl~esto coll ~ 1 e loellte <.1t: ]a R;epubhca su más leal y SOhClto I la mC?ll ulta I!lamOVlhd~d. Pero el reme~lO el'!l de ~onc~l'so e.n, la l'eVI Ión, de lo proyectos que á su BUyO, IDCOn\'emellte y pehgro 'o, p~r<¡uc deJaba ~ los cOllslderaclOn ha sometIdo y los que en lo futuro MagIstrados á merce(.i del G:0blerno, puestu _que I , l'l'es~nte sobre asuntos constitucionales y admi. la facultad d~ tl·aslaCIóll. eqmvnlín. á que aqudlos l1Istl'atl vos, rigiéndose para est.ns labores única. no tu vieran período de lllUgU na clase para In d 11 fa· mente poI' el sentimiento de sus altos deberes y ) ción de sus empleos. por ;1 .. UlOl' :l,la. Patria. . Apercibido el Congreso de 1892 de este anóma 3. y por ultllllO la Asa'mblen amonal declara 1 10 estado de cosas creado por la llamada ley l e que .colaborará eficazmente en la grande obra de tras7¿'ltrnancifl, afront6 francamente el problema (' 'n,lIzar uun al udable transformación general sin- y dictó el acto reformatol i de la onstituci61J por tetIzada en la concordia social, la paz política y el cual le señalaba pel'Íodo á los Magistrados de la el progl'eso de 11>. ación. Corte upl'ema y de los Tribunales ; acto que se 4,° C?D ~l mens!lje l'em.íta. e al ' l'. Pl'esidtnte de encuentra publicad en el número 33 de los A!1'ales la ,epub] ~ca COpl1l del Informe leíd, 1 mo una de la Gá'tnw'(t de Representante,"', que pasó caSI p r mamfestaCIón de que la Asamblea aprueba y acoge unanimidad en ambas Cámaras, y que recibió la en liS rasgos generales los conceptos en aquel do- sanción ejecutiva. Desgraciadamente en el Congre. cumento contenido. 80 subsiguiente (1894) causas extrañas á los inte· 5.° Publíquese en el periódico oficial, en hojas reses pú.blico impidierún que. se completanlO ]0.8 v?lantes ó en folleto, segun lo estime más conve- dos. tercIOS de los votos requel'ld08 pOI' la Oonstl mente el Pl'e idente de la Asamblea. tUCl6n para que la saludable reforma se llevara á u.~ l'e. D'l puta d os. término. La Comisión de la Cámara el año de 92, al nm- Bogotá, Marzo 21 de 1905. dir el informC:' reglamentario, dijo entre otl'as cosas J, M. QUIJANO WALLlS-LuIS MARTtN~z SILVA _ lo que sigue: LUCIANO HERRERA. " Los constituyentes de 1886, al dar el carácter Sre Diputados: La Constitución de 1886 ::lispuso en los artícu­los 147 y 155 que los Magistrados de la Corte Su­prema de Justicia y los de los Tribunale!:! de Dis­trito fueran vitalicios en sus empleos. . El pen~ami~nto de los constituyentes de 86 fue BID duda InspIrado en la idea de hacer más respe­t~ ble la administración de justicia en el país; pero ~In Juda por causas que 110 es el caso enumerar, el l':sultado no correspondió á los propósitos del le­glslador, porque apenas habían transcurrido los clos primeros años de la vigencia de la Constitución, cuando el Congreso de 1888 expidió la Ley 147 sobre organización judicial y en ella introdujo este articulo: de vitalicios á los Magistrados, introdujeron una verdadera innovación, porque vuestra Comisión no recuerda, en tantas Constituciones como se ha dado al país, y, ¡ cuidado que han sido varias! en ningu ­na de ellas se halle ese principio. El país lo recio bió, si no con disgusto, por lo menos con indife rencia, pero hoy se ha pronunciado decididamell te contra él" (Anales de la Cáma1'a de 1892, núme­ro 3.°) . Si esto decÍan los Representantes al Congresu hace doce años, hoy puede asegurarse que la Na· ción entera pide la reforma. No se diga que la independencia del Poder J 1I . dicial sufre quebranto si pierde la inamovilidad, porque esa independencia consiste en la inaltera­bilidad de los fallos que pronuncia, no revocables por otro poder, y no en la permanencia de las per­sonas en los puestos que desempeñan. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 23 Concluiremos este informe con las palabras del Dr. Justo Arosemena en sus comentarios á las Con tituciones de América, tratando de la materia que nos ocupa: ., El Poder Judicial, dice el nota­ble publicista, es un simple podel' mora], tanto menos reverenciado por el pueblo, único 808tén q ne podría tener, cuanto que su justicia no es sino rara vez la verdade1'a justicia" (Tomo 1.0, página 79), En virtud de las razones que preceden, y mu­chas que se omiten para no hacer demasiado ex· tenso este informe, vuestra Comisión tiene el ho­nor de proponeros: Dése segundo deb~te al proyecto de ({ acto re­formatorio de la Coustituci6n por el l'e autorizaciones pal'a fu ndar un Banco y o bl'e con ver ión y amor­tización del papel-moneda, acerca ue lo cuales preseutar'á vne~ll'a Comisión pl'oyecto"i de ley por ~epal'ado, os propone: Dése segundo debate al proyecto de ley (: por la cual s ~ aprueban vt\l'io Decl'eto!'! legislativos," con las modificaciones intl'oducidas por la Co­misión. Bogotá, Marzo 23 de 1905. E ERNANDO ANGUIO-Ar.E.TANDRO PÉREZ-MA­NUEL UARVAJAL V. Sres. Diputados: Vuestra Comisión enclugada de estudiar el tra­tado sobre Derecho Intel'nac:iollal privado que fir­maron en Quito los Sres. D. Emiliano lsaza, Mi­nistro de Colombia, y D. Miguel Valverde, Minis­tro de Relaciones Exteriores de la República del EClfador, en 18 de Junio de 1903, pasa á informa· ros 10 siguiente: De acuerdo con los preceptos reglamentarios aplicables á los asuntos de la índole del presente, el tratado debe ser discutido y aprobado en tres debates; por]o que vuestra Comisión se limita á hacer presente la necesidad de legislar sobre el asunto, á reserva de informal' con más detenimien. to cuando se trate de darle segundo debate; y como el tratado ha venido sin proyecto alguno del Gobierno vuestra Comisi6n os proplllle lo siguien­te: dése 'primer debat.e al proyecto de ley .adj,~ll1- to "por el cual se aprueba un tratado púbhco. Bogotá, Marzo 23 de 1905. Vuestra Oomisión. RUFINO GUTIÉRREZ-F. DE P. MANOTAS-LuCIA· NO HERRERA. NOTAS Y TEIJEGRA lAS República de Oolombia-Telégrafo. J.Vacionale, ­Presidencia del Oonsejo 1llunici))al- lTrgen te­Pie( leclle~ta, 22 de Mal'zo de 1905. Presidente de la República, Pre ¡den le tlel Honorable Con. {'jo de G olll-rna­Ilotes y Presidente le la HOllorable A amhlea Nacional. La Corporación que tengo la honra de pl'esid ir, en su se ión de ayer, apr'ohó l:l siguiente pro· posiei6n: .' .. "La MuuicipalIdad ue Pledecuesta ha recILHln con alboro7.o la notici¡l de habel' e in t,Hl/ldo la Asamblea T acional y I Con ejo de Gobel'ntld.()l'e~, pue confía ~n que estas do. a.ltaH _C()rpoJ'aC1~nt .. s sabrán apreCIar la verdadera sItunclóll del pal, y secundarán eficazmente al ~ ". General Rafael Re­yes en la tarea de reconstnIeci?n q He, de manel'~ infatigable y con asombroso aCIerto, ha emprendl' do á beneplácito unánime Je los amigos de la paz y del progreso_ Confía también. en que COllO­ciendo esas dos augustas CorporacIones el modo como agoniza hoy el Municipio, se esforzará.n por dictar las medida~ conducentes á remediar el mal que de manera tan profunda afecta el ?rganismo municipal, elemento y base de la Repúbhca. Trans­cribase por ,telegrafo al Sr. Presidente de la Repú­blica al Honorable Consejo de Gobernadores y á la H~norable Asamblea Nacional. FRANCISCO SORZANO. Auténtico, Leytón M. Asarnbtea Nacional-Marzo 23 1905. Dése cuenta y publíquese. RE TREPO GARCfA. RepúbUca de Colomúia-Telégl'afos Naolonales­Ráqui'ra, 22 de Ma?'zo de 1905. Honorables Miembros Asamblea Nacional. República espera saquéis avantes proyectos de General Reye~, como medida salvadora país. Servidor, JESÚS REYES. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL • Asarnblea Nacional-Ma1'zo 23 de 1905. l en planta por el Jefe del Estado, y espera confia· Dése cuenta y publíq'lese. l

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 3

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Anales de la Asamblea Nacional - Serie única N. 58

Por: | Fecha: 21/09/1910

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLBA NACIONAL Serie única l Bogotá, Septiembre 21 de 1910 ~ N úJllero 58 OO:N"TE:N"X:OO Págs. Acta de la sesi6n del sábado 10 de Septiembre de 1910 .. 467 Acta de la¡sesi6n del lunes 12 de Septiembre de 1910...... . 459 Acta de la sesi6n del mar te .. 13 de Septiembre de 1910. .. ... • ... 462 Relllci6n de debates........ ........ ...... 463 Informe de una Comisi6n .... .. • •• ..... . 464 Nota y Telegrama..... ...... • .... . .. .... • .......... __ ._. •• " 464 ASAMBLEA NACIONAL DE 1910 ACTA DE LA SESION DEL SABADO 10 DE SEPTIEM' BRE DE 1910 (Presidencia del Diputado Ospina). 1 Con el quorum requerido el señor Presidente abri6 la sesión á las diez de la mafiana. No concu· nieron á ella, previamente excusados, los Diputa­dos Esguerra, García G., Quintero Calderón, Sl1m­per y Segovia. 11 Fue leída y aprobada sin observación alguna el acta de la. sesión anterior, y se dio cuenta del or­den del día de la corporación. 111 Abierto el tercer debate del proyecto de ley " sobre vías de comunicación," el Diputado Ospi­na propuso 10 siguiente, que explicó y fue aproo bado: "Vuelva este proyecto á segundo debate." Acto continuo el mismo Diputado Ospina subs­cribió el siguiente artículo nuevo, el cual se aprobó: "Lo dispuesto en esta Ley no obsta para 'loe la Nación pueda utilizar ó consentir en que se utili­cen, en la extensi6n que fuere nec.esario para el establecimiento de ferrocarriles económieos ó tran· vías, los caminos que por la misma Ley se ceden á los Departamentos; pero éstos quedan con dere· cho preferente para dedicar á ese mismo objeto tales caminos." El Diputado Perilla propuso luégo el siguiente, como artículo final: " Esta Ley regirá desde elLo de Marzo de 1911." Us6 de la palabra el proponente para explicar. lo, y en seguida el Diputado Quevedo Alvarez lo modificó en esta forma: "Esta Ley regirá desde su promulgación." Explicada pOI' su autor é impugnada por el Di­putado Perilla, fue negada esta modificación y el Diputado Pinz6n propuso luégo esta otra, q~e se aprobó y adoptó: " Esta Ley regirá desde elLo de Febrero de 1911." A continuación el Diputado Pérez sentó la mo ción siguiente, que fue aprobada después de apo­yarla su autor y el Diputado Quevedo Alvarez: " Revócase la aprobaci6n dada al artículo 6.°, y reconsidél'ese éste." Puesto de nuevo en consideración el artículo citado, se negó; aprob6se luégo el título, y pasó el proyecto en comisi6n de revisión al Diputado Pinzón. IV Abierto el primer debate del proyecto de ley " reformatorio del Código de Minas," el Diputado Perilla pidió la lectura del artículo 163 del Códi. go de Minas y el 4.° de la Ley 38 de 1887. Hicie. ron luégo uso de la palabra los Diputados Arango Ramón y Llorente, quien pidió se solicitase de la Comisión Legislativa el proyecto de ley que refor. ma el Código de Minas. ~l. !>iputado Perilla presentó la siguiente pl·O. pos1clon: " Suspéndase la discusión de este proyecto has. ta la sesión del Junes próximo, y cítese al señor Ministro de Hacienda." • Terciaron en el debate los Diputados Pinzón, Arango Ramón, Quevedo Alvarez, Arbeláez, Os. pina, Lombana Barreneche yel proponente y lué. go fue negada. En seguida se aprobó el p;oyecto e~ primer debat.e, r pas6 al estudio del Diputado VI llegas, con vemtiCuatro horas de término. Los Diputados Lombana ~arreneche, Perilla y Arango Ramón hicieron constar SUB votos negativos. V Procedióse á considerar en primer debate el proyecto de ley .1 por la cual se concede una auto. rización al Poder Ejecutivo " (Ferrocarril de San­ta Marta). Diosa lectura al informe respectivo y después de aprobarse el proyecto de resoluci'ón final, hizo uso de la palabra el Diputado Lombana Barreneche para impugnar el proyecto. Apoyado á continuación por el Diputado Sall:lzar M. y nue­vamente impugnado por el Diputado Lombana Barreneche, se aprob6 en primer debate, y pasó en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 458 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL comisión, con plazo de tres días, á los Diputados Arbeláez y Carreño. VI Como fuesen las der Ejecutivo; al mismo tiempo los Alcaldes son. como los Gobernadores, Agentes del Poder central; por consiguiente, la Constitución, que constituye los poderes públicos y dice quiénes son los llamados á ejercerlos, debe señalar el origen de ellos, sin de jar lugar á que las leyes vengan á cambiar la na­turaleza y la índole de las instituciones nacionales. Eso es un principio indiscutible de ciencia cons­titucional. No olvidéis que la Nación es una aglomeración de Municipios; la vida de éstos es condición primordial de la existencia de todo país. Yo os conjuro, señores Diputados, á que dejemos 9. los Municipios el derecho de disponer de su suer­te; no nos empefiemos en una tutela sobre los pue- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 464 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL bIos como la que se impuso á Panamá, cuya separa · ción debe atribuirse á aquel centralismo agobiador, en cuya virtud se enviaban desde aquí hasta los más ínfimos empleados públicos para aquel Depar· tamento. Para concluir: apunto que yo no me opondría á que los Gobernadores tuviesen la facultad de suspender á 108 Alcaldes que no cumpliesen las ór­denes superiores, y de ese modo ya no habría lugar á los reparos hechos sobre ese particular. Una observación final: entre un gamonal elegido por el pueblo y otro impuesto desde lejos, la op· ción no es dudosa; pero del sufragio libre no sur­gen sino mandatarios del pueblo, y vuelvo á usar la palabra consabida y á aplicar el principio de de­recho público, y á llamaros la atención sobre que en este asunto no se debate interés de partido sino utilidad pública, que es alto interés nacional. INFORME DE UNA COMISION PUERTO Y ADUANA EN GUAPI rentístico del país, la base principal de entradas fiscales son las aduanas, y que por esa razón y por otras que no hay para qué mencionar aquí, fuéra de las ya apuntadas, debe proceder con suma circunspección en la materia. A fin de apuntar algo co&creto en relación con la habilitación del puerto de Guapi, vuestra Co­misi6n hace aquí presente que la medida propues· ta se apoya en las siguientes razones: 1. a Que ese puerto prestará grandes servicios al centro del Cauca, pues por el camino del Micay ú otro que será construido y saldrá directamente á la ciudad de Popayán, se establecerá un tráfico abundante; 2.& Que servirá también á las poblaciones del sur del Huila y á las Provincias septentrionales de N ariño y al rico valle del Patía, y 3.a Que pondrá en fácil comunicaci6n con el Exterior la región rica y muy poblada de Guapí, San Juan, Micay y Napa, abundante en minas, en caucho y otros productos. Honorables Diputados: Expuesto todo lo cual y en la certidumbre de En relación oon el proyecto de ley" por la cual que el Gobierno tendrá presentes las razones y ob se da una autorización al Gobierno" (para habili- servaciones anteriores, vuestra Comisión os pro· tar para la importación y exportación el puerto pone respetuosamente el siguiente proyecto de re· de Guapí y establecer en él una aduana), presen- soluci6n: tado por el señor Ministro de Hacienda y confiado "Dése segundo debate al proyecto de ley ( por á vuestra Comisión del mismo ramo, ésta os in- 111 cual se da una autorización al Gobierno.' " forma como sigue: Honorables Diputados. La habilitación de nuevos puertos y la apertura Bogotá, Agosto 4 de 1910. de nuevas aduanas es asunto de mucha gravedad, Ped'ro Nel Ospina -Eudox io Oonstaín-Emilio ya por los gastos que tales medidas imponen, ya , Saiz. porque puertos de poca importancia-como son por -- lo menos por a!g~n tiempo los nuevos-tiene? j NOTA Y TELEGRAMA qu~ estar mal vlgtlados y expuestos por conSl- Rep'Ública de Oolombia-Poder Judicial-Presi gUlente .á los fraudes y contrabandos, en desusada denci a del Tribunal Superior- Número J,.3-Bo-proporClón. gotá, 23 de S eptiembre de 1910. POI' otra parte, para que el tráfico comercia] Sefí nr Presi dente de la Asamble3 Nacional-Presente. adopte esos puertos y los u tilice en la necesaria Tengo el honor de corresponder al atento oficio cuantía, á fin de que no l'tsulte perdidoso el :Fisco de esa Pl'e~üdencia, en el cual se sirve comunicar á Nacional, es indispensable que ~llos estén comuni- este Superior Tribunal que la honorable Asamblea cados por medio de buenos caminos con centros Nacional eligió como dignatarios á los 8efiores importantes de producción y consumo. Sin esa doctores Luis A. Mesa, José María Lombana Ba condición, los crecidos gastos que el sostenimiento rreneche y Eduardo Restrepo Sáenz, para el proxi. de una aduana y los servicios del puerto implican, mo período. absorben, sin provecho para las caJ'as públicas, Este Tribunal mira con complacencia tan acer-b . 1 tadas designaciones'y agradece la deferencia ma­uena parte, SI no e total, de lo que se logre re- nifestada. candar por derechos de aduana. Soy del setior Presidente atento y seguro ser- RUPERTO MELO Tenemos en nuestro país ejemplos vivos de se· vidor, mejantes resultados. Y si se estudia con alguna atención lo que pasa á diario en otros pníses de condiciones análogas al nuéstro, se observará que República de Oolombia-Gobernaci6n-Tunja, 13 la tendencia dominante en esa materia es á con· -de Septiembre de 1910. centrar en pocos puertos importantes y bien vigi­lados el caudal del tráfico, no obstante los incon· venientes que de esas medidas resulten para de­terminadas regiones. Toca, pues, al Gobierno en cada caso estudiar los factores del problema para resolverlo acerta· damente, teniendo en cuenta que dado el sistema Presidente Asamblea Nacional-Bogo.tá. Honor acusarle recibo atento telegrama en que dígnase Su Excelencia participarme prórroga sesio­nes esa honorable Asamblea, y elección de sus dig­natarios para actual período reglamentario. Servidor, RAFAEL CASTILLO MARIÑO IMPRENTA N.A.OIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie II N. 29

Por: | Fecha: 23/05/1905

REPUBLICA DE COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie 11 Bogotá, Mayo 23 de 1905 Número 29 Ll'Y nüonero 67 de 1905 (29 ue Abril) ~l)bre reformas jndiciales ..•• }:xtracto de debate" de la se"ióll del día 10 de Abril de I!J05. (COII-C t\ , iú II .. .••• • • ... . .. . . . , .. .... ... ..... " , Págs 225 226 Municipio donde esté situada la finca. En el escrito se expresarán el nombr'e y vecindad del arrenda· dor; el del alTendatario, con la Indicación de su vecindad, y los linderos y sefiales el? la finca ma­Informe de la Comisión Il cuyo e!;tudill 1)1l~Ó el proyecto de ley teria del contrato. fI por la cllal se c\lIlcf:'de un, pen$ión á la viuda y á las hijas sol teras del Dr, Rie" r.ueldo:s," y modl- I I :Municipio, la demanda 8e presentará con la pruüba 2~9 pel'tinente ante el Juez del Cil'cnito reKpectivo. I Al't 6. o El Juez ante quien se present,c un es· 229 1 (Tito de desahucio deberá ordenar, dentro de cua~ l' nta y oeho horas, q le se lotifique per onalmeute t:~O al arrendata 'lO la tellninacióll del cont 'ato de arrendamiento, y se le prevenga la obligación en 231 que queda de restituÍ[' la finea dentro de ]OS tél'lni-fi ·nciOIJ~S ........ ___ .......... l... ........ . ~ .. _.. .... . Inf'or Ile de 1ft ComisI6n q le e tlldió par... egun lo dt'bntl' el proyecto elr ley ti JI lf la (;ual t tille.ln los Decreto:> de e Iláctef legis- " tiv que h dll t ·mdo ollg 11 1.'11 el Mluiskiio de Guerfa "oO. . InfoJl llc de la Comi~ión qlle c~lutlió parol SCKlllHlJ debatt. el proyecto d · ley" pOI' la cual bC r"tifica la cuantía d~ lllS pensiones con-cc< 1ida~ por la Ley 5" de 1904 ll5 ele Noviembre)" .......... .. Intorlne de la Comisión que estudió para segundo debate el proyecto nos señalados en el artículo 3. o de esta Ley. d<1 Iq ,1 por la ellal se aprueb.l (:1 Decreto legislativo n1Íme. ro 7 del pIe ente año, por el cual e crea el Ministerio de Obras Públicas" ............................................ _ ..... : ..... ... .. Jnforme de la Comisión que cstudi6 para segundo deb:lte el proyecto dll ley .. por I:t cual e r.ollcede una pensi6n vitalicia de jubi-lación " ..... . ....... . ......... . ..... ~ •• _., ...................... . Informe de la Comisión que estudió p,lra segundo deh'lte el proyecto dfo ley "que cClncede ulla autorización al Poder Ejecutivo" .... Informe de la Comisi6n qne estudió pllra .. egundo debate el proyecto tle lfy .. que ratifica los Decreto: de carácter legislativo expedi- Art. 7. 0 La prueba que debe acompafiarse al 231 escrito de desahucio consistirá en el documento privado ó escritura pública en que conste el con~ ~3\ trato, confesión de parte, ó en declaraciones de tes- 231 tigos de las cuales se deduzca el derecho del arren­dador para recibir la finca objeto del contrato. do por conducto del Mini terio de Gobierno" ................ . Art. 8. o La prueba testimouial versará sobre 234 cualesquiera de los hechos siguien tes: ======================= a) Haber pagado el arrendatario, ó las personas LEY NUiYIERO 57 DE 1905 que habitan la finca, al arrendaJor, el precio ó ren­ta correspondiente á uno ó varios períodos; b) Haber ejercido el arrendador libremente. en diversos épocas, actos de dominio de la finca, ó La Asamblea Nacional Oonstituyente y Legislativa haber pagado últimamente las contribuciones que de Oolombia la gravan, según laH leyes; y (29 DE ABRIL) soble reformas jurliciales. DECRE1'A: Art. 1 u Cuando no se ha fijado tiempo para la duración del contrato de arrendatniento, ó ha ex pirado el e~ti pulado, podrá el arrendador hacer cesar el contrato desahuciando al arrendatario. Este del echo corresponde también, en los términos ge nerales de esta Ley, al que subarrienda con f~cul· t :1 suficiente. Art. 2. o El desahucio tiene por objeto la restitu ción pOI' parte del a rrendatario de la finca arren dada, y consiste en la notificación ó aviso de la solicitud del arrendador, en que dando por termi nado el contrato, pide la desocupación y entrega de 1a 1inea. Art. 3. o La notificación ó aviso de que trata el artículo anterior debe hacerse con la anticipación de un período de tiempo que regule los pagos, según el Gootrato; pero si éste ha sido verbal, ó no aparece de otro modo fijado dicho periodo, la an­ticipación será de t.reinta dias para los bienes UI' banos, y de noven ta para los predios rústicos. Art. 40 • La solicitud sobre desahucio deberá pre eentarse, con la prueba del contrdto, al J uaz del c) Haber arrendado la finca directamente ó por medio de comisionados, en periodoA anteriores al del actual contrato. Art. 9. o ~l auto que dicte el Juez en que decrete el desahucio no es apelable, y debe ejecutarse des­pué. 3 de paRados Jos términos fijados en el artículo 3. o, haciendo uso de la fuerza si fuere necesario. Parágrafo. El auto en que se niegue la petición es apelable en el efecto suspensivo, por el arrenda­dol', dentro de cuarenta y ocho horas después de notificado, para ante el inmediato superior. Art. 10. Cuando falleciere el arrendatario, la notificación personal se hará á alguna de las per­sonas que habiten la finca, y además se insertará un aviso firmado por el Juez y su Secretario, en un periódico del Departamento ó cualquier otro. La inserción se hará por tres veces, con intervalos por lo menos de 8ei8 días, y los periódicos se agre· garán, autenticados, á las respectivas diligencia~. Art. 11. Cuando el arrendatario no ha sido h3. · Ilado después de practicar el Secretario ó depen· diente del Juzgado las diligencias condueentes para la notificación, por lo menos en tre :~ días di versos, de lo cual se dejará la constancia del cads() Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 226 ANALE8 DE LA ASAMBLEA NACIONAL el Juez citará á dicho arrendatario por medio de un edicto, que durará fijado por cinco días en un lugar público de la Secretaría y que se insertará una vez por lo menos en un periódico del Departa· mento, si lo hubiere. Si á pesar de este llamamiento no compareciere el arrendatario, se le nombrará por el Juez un de­fensor, á quien se le notificará el desahucio. Art. 12. Vencidos los términos del nesahucio, el Juez, dentro de cuarenta y ocho horas, decretará el lanzamiento, sin lugar á apelación, por medio de la fuerza, para lo cual comisionará á un Jefe de P olicía, quien llenará su cometido dentro de tres días después de recibido el despacho del Juez, sin dar lugar á recurso alg uno ni practicar diligen· cia que pueda demorar la ejecución del lanza­miento. Parágrafo. La falta de cumplimiento á los debe­res del Jefe de Policía lo hace responsable de las costas de las diligencias y perjuicios causados al arrendador, los que por la vía. adUlinistrativa y en calidan de multa, ingresarán al Tesoro municipal. El Juez hará liquidar dichos gastos y perjuicios por el Secretario, y pasará copia al empleado res­pf\ ctivo para su recaudación. A rt. 13. Si durante el término del desahucio el arrendatario presenta un título á su favor, tras· laticio de dominio de la finca, debidamente regis­trado, ó una constancia auténtica de que la finca esté depositada en juicio especial, el Juez suspen­derá los efectos del desah ucio. Parágrafo. Cuando el título sea á favor de un tercero, el Juez citará á éste para que exprese si el arrendador es comisionado suyo. En caso afir · mativo los t érminos no se interrumpen; si fuere negativo, quedarán suspendidoe los términos. Art. 14. Cuando la finca, al tiempo de jecutar­se el lanzamiento de que trata el artículo 12, es­tuviere ocupada por otras personas distintas del arrendatario, que aleguen algún derecho para te­nerla, el Jefe de Policía tomará razón oe las pruebas y alegatos en la niligencia respectiva, pero no suspenderá en ningún caso el lanzamiento. Art. 15. Cuando alguna finca ha sido ocupada ne hecho sin que nledie contrato de arrendamien­to ni consentimiento del arrendadol', el Jefe de Policía ante quien se presente la queja, se trasla­dará al lugar en que esté situadada la finca, den­tro de las cuarenta y ocho horas después de la presentación del escrito de queja; y si los ocupan tes no exhiben el contrato de arrendamiento, ó se ocultan, procederá á verifical' el lanzamiento sin dar lugar á recurso alguno ni á dilengencia que pueda dernorar la desocupación de la finca. Parágrafo. El Jefe de Policía moroso en el cum plimiento del debet' que le impone el inciso ante­rior, será respon~able en la misma forma y tér­minog de que trn ta el artículo 12. Art. 16. Cuando el funcionario de Policía que deba ejecutar el desahucio de una habitación lue deba ser entregada encontrare en ella alguna per­eona padeciendo una enfermedad grave, cuya vida peligre si fuere sacada de la habitación, reC'ibirá información jurada de dos médicos sobre el hecho; ~ ~alt,:, _d~ .~é4i~0~ .n~)ll~lb.r~r~ 4o~ peritos, y si se comprobare que la vida de la persona enferma pueda comprometerse por hacerla salir, suspende­rá la práctica de la diligencia y sefíalará un térmi­no prud~ncial, de acuerdo con el concepto pericial, ~iempl'e que dicha persona haya habitado la fin­ca antes de la notificación del desahucio, dando cuenta, con copia de su resolución, al Juez compe­tente. Parágrafo. Las pruebas conducentes de la en­fermedad deben practicarse dentro de cinco día.s. Art. 17. Las diligencias sobre desahucio no ex· tinguen las acciones posesorias que tengan ó pue­dan tener el arrendador y el a rrenda tario. Art. 18. Del'ógase el artículo 5. o de la Ley lit;') de 1890, y todas las disposiciones legales que süi-l;.} contrarias á las de esta Ley. Art. 19. Esta Ley empezará á regir desde su pu­blicación en el Diario Ofiolal. Dada en Bogotá, á veintinueve de Abril de mil novecientos cinco. El Presiden te, ENRIQUE RmSTUEPO G AHctA. El Secretario, Daniel Rubio París. Pode?" Ejecutivo-Bogotá, Abr il 29 de 1905. Publíquese y ejecútes~. (L. S.) R. REYES. El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VÉLEZ. - - *- .EXTRAOTO DE DEBATES DE LA SESIÓN DEL DíA 10 DE ABRIL DE 1905 ( Concl usión). El Diputado Camacho dijo: " Peuí que constara mi voto negativo cuaudv se aprobó este fil'tículo, y natul'almente también habré de negárselo al reconsiderarlo, salvo que se borre de él la restricción de que el Banco hil.JOte . cario de Bogotá s610 haga operaciones sobre fincas de Cundinamarca. No veo por qué excluyamos de estas operaciones las fincas del Tolima y de B· 1- yacá, una vez que pasarán muchos años sin que en estos Departamentos puedan fundal'~e Balle.IS hipotecarios. Justamente estas circunstancias svn las que hacen odiosa la excepción que la Comi· sión juzga necesaria para evital' que el Banco dcl aquí haga malos negocios. Pues en ese caso que se le ponga tutOl' al Banco y se le declare en iu-t erd ·lC m. o, n J.U d'I C.l a 1. , •• " El Diputado Jiménez dIjO: "No quiero elltrar en el fondo del debate; de modo que s610 tomo la palabra para hacer notar á la Asamblea que Ai no modifica el citado artícu­lo 9.°, dejaremos al Banco que se funde aquí sin más ~adio de acci6n q~e el de.1 D!strito. capital Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. / ANALES DE LA ASAMBLEA NACIO 22'1 una vez que Bogotá. yR. no pertenece al Departa tra verdadera salvación económica; aSÍ, pues, mento de CUlldinarnar'ca, que habríamos perjudi- aePopto de lHlena gana la ideH gp-neral del arti~lllo cado gravemente, si el Diputado Neil'a no pl'ovoca propuesto, y limito mi modificación únicamellte á de nuevo la di cusión sohre el'lte particular." solicitHl' que Re principie pOI' el que ['Hl'tH del blljo El Diputado Quijano Wallis dijo: Magdalena y pasando VOl' el valle de Cúcuta se "Tiene razón el 8r, Diputado Jiménez. Cuando dirija á Bogotá por la vía que se estime más cou­red80té el artículo no sPobÍa yo que íbamos á se- veniente, El día en que hayamos constl'uírlo ese greg:tr á Bogotá del Departamento de Cundina- ferrocarril, habrém09 asegurado realmente nllestl'!t mar<.:1\, Para su bsanal' el error me permito modio independ€;ncia económica. Es inútil entrar en de­Hcs)' el artículo en forma que creo sea aceptado I talles sobre este particular, que ya Ptl ocasión an­por todos los Diputadoa." tel'iot he tenido el honor dp dilucidar en extenso Modificado el artículo por el Diputado propo- con tOllos 10R datos de la experieucia, pOI' mi larga llt-'Ilt.e en unión de los Sr'es. Neira y Jiménez, de I permanencia en Cúcu ta; así, pues, no distraigo ruodo (lue la limitación del radio de acci6n la fija más la atención de la honol'Hble Asamblea y t(~J'· el Gobierno, y 110 la ley, al contr'atal' el estableci- mino rogándole se sil'va aprobar la modificaci6n miento de cRda Banco, la Asamblea tuvo á bien pl'opueQta.'· ~l'robarl(), y luégo qui;o que e! proyecto pasara á La Asamblea c()nvino en a,loptar el artículo fil'ií terCt-r debate. modificado. A hiel'to el segnudu debate del proyecto de ley Al discutir~e el artíeulo 3.° 10 modificó el Dipu. " S I hl'e a unto fi ale~ y moneta)'ios" y leído el tado Gu ti '>J'l'ez Rufi Il tal e rno luégo fue apIo. jnfol :ne (lel DI'. H, ·tl'e¡ ) G .. eÍ , e te 'J'. Dipu- ! ba( o y dijo: ado pJ'Opll~O que se con tiLuy~I'a la amhlea en ¡ " Acah e Ileg ti' del Extranjero, he h Llau (. sesi (' f1 seCJ'eta y dijo: con los tenedores de onos, y pOI' lo tant, e toy "El proyecto que vamos á considerar en segun· convenci\io de que será casi imposible con eguir do debate, y para el cual he propuesto modifica· el em pl'éstito si no se les dan seguridades prác. dones que juzgo de trascendencia, es uno de los ticas, pues para ellos las minas de Muzo no son más impor~anteA que puede presentarno el Go- , sino un problema y el Ferrocarril de ]a Sabana es hieruo. J. o es esta la oCf~~ión de lalgas lucubl'a· de muy POC') vfll r; de t a era que ql e J'án se les ciones para demostrar In conveniencia y necesidad Jen los productos ele (~ualquier Aduana de segun· de legi8]ar sobre e te particular, sino m4s bien de I do orden, y conlO habrá que acceder á sus deseos, aC<.:i6n rapida y fecunda, para traducir en leyes I si es que acometemos en serio la consecución del as aspiraciones de los colombianos en lo que se I empréstito, es necesat 10 darle al Gobierno la fa­refiere al nCl'ecentamiento oe la riqueza púhli('a, I cnltad que envuelve la modificación que he tenido allegando los recursos indispensables para fomen- I' el honor de presentar, y que espero sea aprobada tarla, sea de un mouo ó sea de otro. No me deten· en atención á las razones que me he permitido go, pue , á defenuer el proyecto, que los Sres. Di· I traer á este debate." putlulos aprecian segnrRmente ~n cuanto vale, y A] discutirse el artículo 8.°, lo mOllificó el Sr. penas he pedido la palabra para solicitar de la I Diplltado Sanin Cano y elijo: Asamblea que nOH cOllstituyalllos en esi6n ecre- I "Mi mooificación e simplelnente adaratoria, y ta para darle. lige~a~ explicaciones sobre la forma l tien,ie, más que todo, á facilitar las transacciolles de alguna dIspOSICIOnes 'lue conceptúo no deben pequeñas á la vez que, á lo menos en 10 que á e]Jas el' (~ouocida8 del público sino luégo que selln ya I se refier:t, volvamos á la mOlle,la metálica. Siem· aprohadas en segundo debate, y siu que su discu- f pre será ella el principio de la conversión del pa­ión eonste en lo' extractos que dlal'iarnente pu 1 pel-moneda por moneda mejor apreciarla y más blic:'l la prensa de la ciudad. Nada hay ~rave, lo aceptable para nuestro pueblo. Por lo demás, ]'()pito, en lo que vamos á discutir, y sin embal'go cúmpleme declarar' que le doy con gURto mi voto ', ~~o que iniciem()s el debate en privado para : al pl'oyecto en discusión, vorque creo yue el em­iUéilital'lo, de modo que al darle en público IR. I préstito será stdvadol' para el país y que el Go· ,iltima revisión estemos todos de acuerdo en lo bierno hará de él el mp-jor 'lSU posible en bien de ~ ~e h~yamoR dn a pl'obar." I los flsociados." La Asamblea convino en la seRión secreta, y una I El DiplltlHio Carnncho dijo: vez que termilló ésta y volvió á la pública, apro- H Por mi pal'te también debo dechu'ar que acep-bó el art.ículo primero del proyecto, y al (]iscutir to el proyecto, cuyas amplias autorizaciones mal 1 segundo, sobre inversión del empréstito, lo mo- pueden escaparse á ninguno de los miembros de la ifieó el DiputaJo Cuervo Mál'quez y dijo: I Asamhlea, en vista de las e. peciales condiciones ,4 Está muy bien que para el caso de conseguir J del Jefe (lel Gobierno, de su patriotismo y de su l p.mpréHtito peORemos desdp. HhoJ'n eH la mejor decisión por sacar á Colombia de la pl'ostracif,1I lu:mel'a de invertido para beneficio del país, y dis- en que hoy se halla. No fuera ello así, y segura­ongamos que de preferencia se acometa la cons'l mente ya me habría opuest.o á su aprobación, re· rucclón de ferrocal'riles, que son la base de nues cordándole á la Asamblea todos los inconvenientes Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 228 . ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL que han tenido entre nosotros negoClaclOnes se­mejantes á la que hoy vamos á autorizar, Por lo demás, no es mi ánimo entrabar el debate. y iJor lo mismo termino solicitando la aprobación de la oportuna modificación presentada por el Diputado SanÍn Cano." Después de aprobados los artículos 13 y 14, pi· dió la palabra el Diputado Manrique y dijo: " Conceptúo de excepcional gravedad las auto rizaciones que estos artícul08 le dan al Gobierno y la delegación que de sus atribuciones hace la Asam blea, y pOI' estas razones pido · que conste á e110s mi voto negativo." Terminada la discusión de todo el proyecto, la Asamblea lo adoptó en segundo debate y m~mi­fest6 su voluntad de que pasara á tercel'O. El Secretario, Rafael Espinosa G'lIzmán. sa sin duda, pero falto de la disciplina que en la vida cIvil han menester las naciones jóvenes para impedir que la lihertad viva á costa del ord en, bien supremo del ol'gtudío pa 6 el proyecto d I(·y" por 111 cll'd 'e cOllcell una pensi6n adversidad, que SIempre es adusta pero leal con se-á la viuda y á las bijas :io)teras del Dr, Ricardo Becerra," • 11 . ó . l' . d INFOR FJ HE LA COMISION Jela, ~varon su aCCl n á esa lnte IgenCla esco- Señores Diputados: liante y á ese corazón fuerte y patriota; y así se Vuestra Comisi6n encargada de estudiar el pro· vio cómo el Dr. Becerra, en antes fogoso paladín yecto de ley" por la cual se concede una pensión de un partido enamorado y leal cortejador de la á la viuda y á las hijas solteras del Dr. Ricardo revolución en 10 religioso, en lo político y en lo Becerra," pasa á informaros lo siguiente: económico, se tornó, sin apostasía de su filiación, El proyecto ele que se trata envuelve un acto en d efensol' del orden, en amigo del régimen legal, de noble justicia, no menos que de beneficencia na· en una palabra, en hombre muy capaz de posponer, ciona], de aquéllos que los paises medianamente I como lo probó, los mudables intereses de la polí. organizados practican siempre en favor de los ciu· tica sectaria á los intereses permanentes de la dadanos beneméritos que, co:no el Dr. Becerra, Patria, cuyo bnen nombre fue su con tante anhelo, mueren en estado de pobreza después de prestar y cuyo decoro sabía estimar en lo que vale, ante útiles y trascendentales servicios á la Patria en todo. _ los diversos campos de acción individual. En épocas de tristísima recordación pal'a la V uestl'a Comisión juzga innecesario, en un do- familia colombiana, el Dr. Becerra clió pruebas cumento de esta índole, echar una rápida ojea· irrecusables oe sus bien cimentados sentimientos da á la vida del ilustre colombiano cuyos eminen· de patriota colombiano. A eso debi¡) su destierro tes servicios al país.se reconocen en este proyecto del país á cuyo servicio estaba consagrado, puesto de ley. Ellos son bien conocidos para que haya que laboraba en el c.lmpo de las letnuJ venezola­necesidad de recontados para justificar el mooesto nas, en cuyo hogar se calentaba con la generosa auxilio que va á. conceder~e á la desvalida familia hospitalidad de un pueblo hermano. de un distinguido hijo de Colombia que murió en De allí se le sacÓ á la fuerza, y desde que, pob.'e la miseria, después de una vida de ponderosa la· y ciego, como el tl'ovador legendario, dejó la tiel'l'a bor hasta en sus últimos momentos; después de de Bolívar, Colombia ya estaba obligada con su ·hftber ocupado los puestos más culminantes en la hijo, como lo está hoy con la espo;;;a y las hijas d~l esfera de la política y de las inlluencias, que sue· il ustre colombiano que honró á la Patria con SU8 len ser, en ocasiones, el misterioso :venero de mu- múltiples talentos en el furo, en el pal'lamento, eu cha!i prosperidades inexplica hles, oomo lo prueba la cátedra, en el solio y en la prensa, como pu bli. una exper'ienciB tan amarga como dolorosa. .ciata de altos quilates porsu erudición, por su labor Perteneci6 el Dr'. Becerra á esa tgeneraci6n bri- -asidua y pUl' un criterio tan seren() como lu minoso. nante y .briosa (jue pas6 por la escena pública en Juzgo, S,'es. Diputados, que votaréis el exiguo ,los ttiern pos de romantioismo político, si vale 0e- auxilio q ne por el proyecto que estudio se conce­cirIo así, .en q!le se extremaron los principios y lllS de á los llltimos allegados de tan meritorio servi. práctioas de una libertad sonadora, de muy dudo· dor público, no s610 oon buena voluntad, sino con 8a ,eficacia, ó de un ·autoritarismo implacable¡ de entusiasmo. muy discutibles ~benet.icios, put}sto que para ellos ¡ Dichosos ·los países, Sres. Diputados, en donde no estaba prepar.ado.ron puehlo de índole genero· .bllya neoesidad de auxiliar á los hijoa de los servli· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 229 dores 1,úbJicos qne mueren en la indigencia des· Art. 4.° Es potestati,·o de los dueños dl' minas pués de man~jar BUS destinos! de esmeraldas entrnr en nl'reg]os con el Poder Eje ... Es tim bre de honor pal a el Gobierno el habel' cutivo, el cual yueda facultado por ]a presente Ley iniciado 1ft expedición de esta ley. Prueba muy para indemllizarlos de los gastos hechos en de­elocuente de que el Jefe dé la Nación es con se· nuncio, titulación y :ldjudicaci6n~ en obras ejecu­cuen. te .con las amplias miras de jllsticia y de im- tadns sobre el terreno de las minas para d~scubrir parcIahdad que han informado sus aetús en esta los filones ó vetas, en cOllstrucci6n de acueductos, épocñ .veJ'daoeJamente histórica. " puentes, edificios y en eualesquiera otros trabajos Abundar p.J1 mayores r¿l~uues en tratáudose dé' similares de carácter indispensable hechos en las un .acto de justicia en favoI' l'ueba el Decreto legislativo número 7 ( 1 presente año, por el cual se crea el Ministerio t' Obras Públicas." Bogotá, Abril 24 de 1905. Honorables Diputados. JUAN' E. MANRIQUlI. -+- INFORME e l. Comisión que estudi6 para segundo debate el proyecto d~ ley" por la cUil se concede una pemión vitalicia de jubilaci6n." onorablu Diputado8: El proyecto de ley" por ]a cual se concede una ensión vitlllicia de jubilación á la Srita. Enrique. ta González Burda" es un acto de justicllt aná!ogo á los ya ejeclltados por la A amblea Nacional al conceder la jnbilación á dus ,lignos fllnple:vlos pú­blicos. ~o es meno'3 merecedora á esta gracia la Srita. Enriqueta González B., como lo prueban los conAi(lerand\'A del proyecto que estudiamos. fuu­dados todos ellos en la documentación que ha pre­sentado la peticiouar'ia, y de la cual resulta que la Sr'ita. González B. ha sido ]a pl'imflI'fl muje}' tele­gf'aflsta que ha habido ell Colombia, a brieudo así, con SI1 ejem pIoo u Da n UP.VH esfer'a de fwti vid ad para la nt ujel' en II na ocu pflci6n proporcionfllmen­te remu nerativa, y de las más ada ptaJas á las cos­tumbres y á la constitución física de la mujer, como lo dice el Secretario d~ Hacienda y Fomen­to oe 1872, S". DJ'. Aquileo Parrtl, quieu firmó el primer nombramiento de la SI'ita. GonzálHz B. En consecuencia, vue..,tJ'~ Comí ióu 08 propone el sjgni~nte pJ oyecto de J'esolueión : Dése segundo debate al proyecto de 1 y "por la cual se coueede unn pensión vitalicia de jnbilaeión." 1 ogotá, Abril 7 de 1905. JUAN E. MANRIQUE--LuIS MARTíNEZ SILV A-·J. F. lNSIGNARES S. + lNFOHME de la Comisión que t! tudi6 para egundo debate el proyecto de ley "q ue cOllcede una autorización al Poder Ejecutivo." Sres. Diputado,: Tengo el honor de informaros para segundo de­bate sobre el proyecto de ley" por la cual se da una autorización al Poder Ejecutivo." En la lucha por la vida, que se manifiesta lo mismo entre lRs naciones que entre los individuos los rápidos medios de transporte son el factor de~ cisivo para el que aspire á la victoria; sin elJús DO hay riqueza po~ihle, comoquiera que no hay va­lores donde no hay cambio. El suelo más privile­giado y los mejores dones de la naturaleza 110 serán otra cosa que aquel pedazo de oro que Ro­binson arrojó, con tanto desdén, de su vivienda so­litaria. Para nosotros, que estamos separados de 108 mercados principales dtll mundo por cordones de montañas y océanos de selvas, la lucha que debe­mos so~tener con los pueblos que han lograrlo su­primir grandemente las distancias con la arlicación de motores poderosos, se parece á la de la oruga corl'iendo con el venado. Sin caminos no se fJrod u­ce, sin cHminos no se vende, sin caminos ningún pueblo se enriquece. En este momento solemne en que el espíritu de la Nación parece despertar y preocuparse seria­men te de su porvenir, guiada por u n hombre q ne ha comprendido sus necesidades, y 'abandonando viejas rutinas y lucubraciones ideológicas aspira á que se conozca en el mundo nuestro país pOI' otra cosa que no sean nuestras luchas desastrosas y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 232 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL nuestras escenas de sangre' los caminos de hierro conelucto del Ministerio de Gobierno, y lo~ hemols deben llamar de manera pr'¿ferente la atención del hallado bien meditados y elaborados y ele inco - Cuerpo Legislativo, con dos objetos principales, testable conveniencia.y. opor~unidad p~l'a la buen me parece: la unidad en el plan de su constrLlc- I marcha de la AdmInIstraCl6n públIca. Por esto ción y la aplicación á ellos de los mayores recursos. consideraci6n creemos qu~ debe ser adoptado el En efecto, no basta tendel' rieles desatentamen- proyecto de ley que los ratifica y apru~ba, con las te; aquí. para ligar una comarca productora con un modificaciones ~ue pre~.entamos ~n I!!lego separa· río navegable, y al1á, para comunicar dos centros do y que han Sido pr.evlamente d~scutldas y Rcor­comerciales' es preciso atender á que todos ellos dadas con el Sr. MIDlstro de Gobierno. concuerden' entre sí y respondan á un pl~n gene· La prim~ra modificaci6n t~ene por objeto ~u" fal de comercio en el país; y como esta ull1daJ no trapr del dIctado dp su bverslvos ]os. comentarlO , puede buscars~ sino ~n una dirección única que á juicios y aun censuras que en térmInos cultOR y su vpz no puede residir, en otra entidad que en el l'flzonados se hagan pOI' la prensa á ]os Íall( ~ Gohierno Ejecutivo, á él d~be dejarse toda la am-¡ judiciales, plitud n~cesaria p~ra. procurarla .. Ahora bien; p~l.ra La segunda modificaci?n tiene por objeto su pri­consegll1l' este obJetlvo es preC1SO que el Gobler~ ¡ mil' el ordinal 9.° del articulo 4,° del Decreto sobre no pueda vender u nos fenocarrile y com pral' pren 3, porq ue hallánd0se estahlecida por la ley otro, según convenga mt-'jor nI de~tH'I'ollo de la red 1n libre e tipulación en ]o~ contratos, no hay razón cam,inera .que SP- plopouga formar. (justificativa para prohibir la di~cllsión por la pre - Es ObVlOt por otr parte, q \le p( J'a levftuta¡' los Ra, como tema de economía socIal, sobre las rnone­fondo necesarios para COllst 'ub' l(~s que Í;·dt?n, se (da nacionales. puedan gravar los que ya dlln algun l'endlnllento., El Sr. Ministro de Gobierno nos ha insinuado la . La ,segu.nda parte del proyecto no es de. ~lenos conveniencia de establ.ecp.l' el tratamiento ?e Exce­lmpOJ tanela q tle la que acabamos ~e tratal. va á lencía para el 81', PresIdente de la RepúblIca, á fin satls~aCel' U~R de la~ mayol'PS necesldades de nues- de evitar la diferencia que existe entr'e las locu. tra lndustJ'la fabrIl. N.o han faltado en este ciones oficiales del interior del país y las que han campo explo.I:adores arrojados ~ p~l'seYel'antes. q \le adoptado univel's.almente los Enyiados D~plomá. ya ~n los teJidos, en]a prepaI aCl0n de bebIdas, ticos en Sl1S relacIones con el prImer MagIstrado de Jabones, de azúc~r, fuera de 108 ~e otros géneros, de ]a Nación. Creemos también de oportunidad hayan procurado lm~Jlan tar los SIstemas con que reemplazar el VOC1 blo U:jted por el de Vos en las se fabl'lCan es pI' ductos en los l~uf.blo q~le ya comunicaciones 6 memoriales elevados á los altos l~s exportan para 108 dem~ ; pero In pRZ y SIn ca · funcionarios de la Nación, como son: los Presi .. pItale .! p.orque los del palS son e casos, y sobre dentes de las Cámaras Legislativas, 10iJ Magistra­todo tlInldos para entrar en esta clase de empre- dos de la Corte Suprema y los Ministros del Des~ sas, han languidecido, y mu~bo es que. sus dueñ~~ pacho. La palabra vos es más corta y se adapta puedan esc~par de .una. qUIebra caSI segura. 1 mejor á la redacción de los escritos sin pugna: CO? pues el, GO~ler.n~ q mere Impulsar y fomentar' estas las prácticas y princi pios repu blicanos que lns.pl­lnd ustnas 10('1 f)len tes, en~otlt.l'~l'á en esta Asam· raron, sin d llda, al Sr. Presidente de la ~ep~bhca blea, . n? 10 duda Vllestr~ UomIs16n, a}go más q.ue cuando dictó el decreto de caráctel' leglslatl vo á asentImIento: una entusiasta cOO~e!'fiCIÓn; y así, !n- que nos referimos. terpretando estos deseos, la ComISIón se permIte Dio t 1 d' '6 . fue e necesario des- . ti' ·l'fi· , 1 t' d d UI an e a JSCU 1 n, SI r , In. rO '. UClr una. mOul caclOn en e sen loe am- arrollaremos los fundamentos de las modificaciones pllar el contemdo del artículo tanto en cuanto á d . t d las industrias, como en ]os medios de impulsarlaR. que eJamos apun a as. 'd Vuestra Comisi6n propone: DéAe segu ndo de- . Termi.na~os presentando á vl1es~ra. conSI era­bate al proyecto de ley" que concede una antoriza- c16n el SIgUIente proyecto de resoluClón. ción ~l Poder Ejecutivo' con la modificación que Dése segundo debate al proyect? d~ ley "qu~ en plIego separado Re. acom paña. ratifica los decretos de carácter legl latIvo expedlo Bogotá, Abril 14 de 1905. dos por c:onducto del M~nisterio de ~obi~J'no," te- IGNACIO R. PI&EROS niendose en cuenta el plIego de modlficaOlones que . se p.cnmpnña al prf.sente informe. --+-- INFORME de la e misión q lle estudi6 potra 2.· debate el proyecto de ley JI que ratifica JOI decretos de cadcter legislativo expedidos por conducto del Ministerio de Gobierno." Sres. DiputAdo. : Hemos estudiad!) con la atención que merecen 108 .decretos de ·carácter legislati vo ex:ped id os por Bogotá, Marzo 30 de 1905. Sres. Diputad08. J. M. QUIJANO W ALLIS-I.J. F. URIBE TOLEDO­MAXIMU IANO N EIRA. IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie II N. 29

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 7

Por: | Fecha: 07/04/1905

REPUBLICA DE COLOMBIA ================================================~==~====~~--=-~- ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie 1 Bogotá, Abril 7 de 1905 Número 7 CON'TEN'XDO PROYECTO Pág.. de ncto reformatorio ele la Constitución acional, que smtitllye el artículo N olta oficiaL.................................. .. . . . . ... .... ...... • .... ... .. .. 49 32 de la mismn. Pnoyecto de acto reformatfJrio de la ConstituciÓn nacional, que susti-tuye el artículo 32 de la mi ma ............................... . 49 La Asa'lnblea N am'onal Pr oyeeto de ley por la cllll se autoriza la organizaci6n de IIn inter-nado en la~ Facultaue: tle la Ulliver~id3d 'aeíon 1. ..... . ...... .. 19 DECRE1.'A: PM) feto de ley por In Clllll . o autol"Íza la Teglamentación del tjerci-cio de la lledicina y dt: In Aboglcfa. ..... .......... .... . ..... . .. Prmyecto de ley por la cllal se autoriza al Gobierno para .Idquhir UIIS casa Ii tinada á en'ir de residen ia al Repre elllBnte de l;¡ Santa Sede ...... ....................... . .. , .... .... . Al'tícn lo único. En tiempo de paz nadie podrá 50 ser privado de su pl'opiedad en todo ni en parte, sino D log caso "i IlÍentes, con al reglo á leyes !jO ~ p f(oyeeto ue ley por la cual -c Illltorizn J public ci6n d \ 11 , (¡br: e_~} re" as : científicas. ........... • ... .. . ... .. .. .. ... ......... .... ........ ... .. . Prmyecto dI! ley por ht cual se dictan alg1ma: di. posiciolle. sobre K' cuelas ~ormalt: '......... .. .... ........... .... .. .. .... . PrOlyecto de It'y lobre asignaeionell de ¡¡lgollno. empleados IIlciollal s .. Ptlllyecto de ley. obre divit>í6n ten ¡tolial ..... oo. . . . ..... ...... .. .. [nf(ormes de Comi~iones ..... ... .. ... . ............ _ ...... . .. .. Nottns y tell'gramall...... . .. . ........ .. .. ..... oo... . .. ... .. . Por contl'ibución genel al; pOI motivo de utili ­JO dad pública, defini~~o!'l por el legisladtlr, previa in­; i demnizaci611, snlvo el caso de la apel'tul'a y COll~· 54 tl'ucci6n de vÍa!'l de comunicación, en el cual ~e 56 supone que el beneficio que derivan lo~ pl'edio~ nt,'ave ado~ es eqni T lente al ~,r~,cio de In faja de tef'l'eno necesntia para la vía; pero si se compro. bare que vale má dicha faja, la diferencia !'Ier'á pagada. .';0 th tnta de ao"e~"luldo'res- P7'esüle1lcia - BO(lotá, Marzo :~o de 190~, ~ eñor: Parll vuestro conocimiento tengo el bono)' de tl'll nscribiro la siguiellte proposición aprobada por un animidnd pOI' la J unta (h~ Gobel'nadol'eR en se­sió n tle este día: ¡., La J untn de Gobernadores hace constar en el act/a de este día su complacencia por la importante reforma adoptntla por la Asamblea N¿icional, me­dia nte la cual se fija en diez años el l'el'Íodo presi. delICial del Sr'. Genpl'al D. Rafael Reyes; determi­nación que, en concepto de la Junta, asegura la pU7!. de la Repúb:Í(,l\ y garantiza la reconstrucción lllleional iniciaua por el actual Presidente de la Re pública tle Colombia. , ~ U na Comi'3ión de la Junta presentará al Sr. Gemel'al copia de esta proposición, la cual se comu­nicmrá también al Presidente de aquella alta COI'. pur·ación en oficio de estilo." Con sentimiento de la mayor cOllsideración soy vuestro atento servido!' y compatriota, JORGE V ÉLEZ. Al S lf. Pie i

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Anales de la Asamblea Nacional - N. 7

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 8

Por: | Fecha: 20/04/1907

RE PUBLICA DE COLOMBIA ---.,..1 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie V Bogotá, Abril 20 de 1907 Número 8 IV El Sr. Ministro de Obras Públicas y Fomento Págs. propuso y sustentó: Acta de la sesión del día 17 de Abtil de 1907 " . ..................... . Proyecto de I~y "sobre división territorial judicial " . ' . ...... ........ . Relaci6n de debates de la sesi6n del dia 6 de Abril de. 1907. (Conti· nuaci6n del discurso del honorable Diputado Ruiz) . , ........ . Telegramll... ....... . .... ...... •••••• • ......... ........... . ... .. 57 " Revócase la aprobación dada á la proposición 67 del honorable Diputado Carnacho, y dése segundo 64 debate al proyect,o nA ley "sohre explotación de 64 bosques nacionales." ACTA DE LA SESIÓN DEL DíA 17 DE ABRIL DE 1907 (./?reeiden9ia d~ l honorable Diputado Jiménez). 1 A la una y cuarenta miuutos de la tal'de el Sr. Presidente dispuso se llamara lista, á la cual deja ron de contestar debidamente excusados los ho norables Diputados Gómez, Igllarán, Matéus y Tavera Navas. Hallado el quorum reglamentario, se abrió la se sión con la lectura del acta, la cual fue aprobada. Se leyó la sustanciación que la Presidencia ha­bía dado á los negocios presentados á su Despacho, y el orden del día de la corporación. II Al abrirse el debate acerca del proyecto de re solución con que termina el informe relativo al proyecto de ley "sobre explotación de bosques nacionales," Al honorable Diputado Camacho Hen· tó la siguientA moción, que sustentó y fue aproo bada: "Suspéndase lo que se discute y considérese lo siguiente: "Aplácese la discusión de este proyecto hasta el dra de mafiana, en que estarán presentes el Sr. Mi nistro de Obras Públicas y el honorable Diputado Tavera Navas, quien, por hallarse enfermo, solici ta el aplazamiento de la discusión hasta que pue da concurrir al debate." III El honorable Diputado Oamargo devolvió con. inrorme y proyecto de resolución el de ley '1 por la cual se crea una Oficina de Procuradores revi sores de Cuentas" j pero la Presidencia lo devolvió con el objeto de que se llenara una formalidad re glamentaria de que carecía, con término de veinti · cuatro horas. El honorahle Diputado Camacho impugnó esta moción, y la sustentó el honorable Diputado Cuer vo Márquez. Después de aprobarla tomó la palabra el mismo St'. Ministl'o para solidtar' qUBla discusión del pro yecto tuviera lugar en seRió n ,:;ec"eta, á lo cual ac · cedió la Asamblea. Eran las doq y veiuticinco minutOEl de la tal'de. El Presidente, DIONISlO JIMÉNEZ El Secretario, Gerardo Arrubla --*-- PROYECTO DE LEY soure divisi6n territorial judicial La Asamblea Nacional ('onstituyente y Legislativa DEORETA: Artículo. Para la administración de justida di· vídese el territorio de la República en los siguien· ies Distritos Judiciales, eon un Tribunal en cada uno de ellos: El de Antioquia, compuesto de los Oircuitos de Abejonal. Amalfi. Andes, A.ntioquia, Fredonia, Frontino, Jericó, MarirtilIa, Medellín, Remedios, Rionegro, Santa Rosa, Santo Domingo, Sansón, Sopeteán, Titiribf, Urabá y Yarumal, que tendrá por capital la ciudad de Medellin; El de Bogotá, compuesto de los Circuitos de Bogotá, Chocontá, :Facatativá, Gil'ardot, Guaduas, Guatavita, Guavio, Oriente. San Martín, Suma· paz, Tequendama, Ubaté y Zipaquirá, que tendrAn por capital la ciudad de Bogotá; El de Bolívar, compuesto de los Oircuitos de Atl'ato (Intendencia del Chocó en el Oauca), Ba· rranquilla, Cartagena, Carmen, Coroza!, Chinú, Magangué, Mompós, Providencia, Sabanalarga, Sincelejo y Sinú, que tendrá por capital la ciudad de Oartagena; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 58 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL El de Boyacá, compuesto de los Circuitos del Centro, Neira, Occidente, Ricaurte y Tenza, que tendrá por capital la ciudad de Tunjaj El de Caldas, compuesto de los Circuitos de Aguadas, Anserma, Manizales, Marmato, Man.za­nares, Pereira y Sala mina, que tendrá por capItal la ciudad de Manizalesj El de} Norte del Canca, compuesto de los Cir· cuitos de Arboleda, Buenaventura, Cali, Qnindío y San Juan (de la Intendencia del Chocó), que ten­drá por capital la ciudad de Ca1ij El del Sur d131 Cauca, compuesto de los Circui­tos de Buga, Caldas, La Plata, Palmira, Popayán, Santandel' y Tulúa, que tendrá por capital la ciu dad de Popayánj El de Galán, compuesto de los Circuitos de Cha­ralfl., Guanentá, Socorro, Vélez y Zapatoca, que tendrá por capital la ciudad de San Gil; El de Huila, computlsto de los Circuitos de Gar­zón y Neiva, que tendrá por capital la ciudad de Neiva; El del Magdalena, compuesto de los Circuitos de Rioacha, Santa Marta, Tenel'ife y Valledupar, que tendrá por capital la ciudad de Santa Marta; El datNarifio, compuep.to de los Circuitos de Bar bacoas, El Mayo, Obando. Pasto, Tumaco y Tú­querres, que tendrá por capital la ciudad de Pasto. El de Panamfl., como lo organice el Poder Eje cutivoj El de Santander, compuesto de los Circuitos de Bucaramanga, Chinfl.cota, Cúcuta, Málaga, Ocaña, Pamplona y Salazal', que tendrá por capital la ciu· dad de Bucaramanga; El del Tolima, compuesto de los Circuitos de Ambalema, Guamo, Herveo, Honda, Ibagué 'Y Lí­bano, que tendrá por capital á Ibagué; El de Tundama, compuesto de los Uircuitos de Arauca (del territorio del Meta), Casanare, Gutié rrez Norte, Orocué (del territorio del Meta), Su · garn'uxi y Tundama, que tendrá por capital la ciu­dad de Santa Rosa. Artículo. El Tribunal Superior del Distrito Ju-les Superiores será el siguiente: un Secretari.o, un Oficial Mayor, tantos Escribientes como ~aglstra ­dos y uno más para la Secretaría, y un Portero Escribiente, excepto el Tl'ibunal de Galán, que no tendrá Oficial Mayor. Todos estos empleados so~ de libre nombramiento y remoción de los respectI­vos Tribunales. Cuando el Tribunal se divida en dos Salas, cada una de éstas tendrá, fuéra de los Escribientes y del Portero común, un Secretario, un Oficial Ma yor y un Escribiente. Cuando el Tribunal se reúna en pleno será Se­cretario el de la Sala de lo civil. En el Tribunal de Bolívar habrá un Oficial Es­cribiente más para la Secretaría. En el Tribunal del Distrito Judicial habrá dos Oficiales Escribientes en la de lo civil y uno en la de lo criminal, t ro ERcribie te para cada Sala. de Bogotá Secretaría y un Por- Artículo. Cada Tribunal tendrá como colabora dar un Fiscal. Artículo. Los Fiscales de los Tribunales de An­tioquia, Bolívar y Bogotá tendrán un Jefe de Seco ción y un Oficial Escribiente. Los Fisca~es de lo.s demás Tribunales sólo tendrán un OfiCIal EscrJ bien te. Artículo. En la capital de cada Distrito Judi · cial habrá un Juzgado Superior, con jurisdicción en todo el territorio de aquél, excepción hecha de los Distritos Judiciales de Antioquia, Bolívar y Bogotá, en los cuales habrá dOt:! Juzgados, que se denominarán 1. o y 2. o Artículo. Oada Juzgado Superior tendrá un Fiscal. Artículo. El personal de los Juzgados Superio. res será: un Juez, un Secretario, un Escribiente y un Portero Escribiente; estos últimos empleados de libre nombramiento y remoción del primero, Parágrafo. Los Juzgados Superiores de Antio.­quia, Cauca, Bogot'tt y Bolívar tendrán un Escl'l­bien te más. dicial de Antioquia tendrá siete Magistrados: tres Artículo. Por motivo de conveniencia pública para la Sala de lo civil y cuatro para la de lo cl'i- y para facilitar la administración de justicia, UllO minal. de los Juzgados Superiores, cuando haya dos en las capitales de los Distt:itos Judiciales, puede fun­Articulo. El Tribunal del Distrito Judicial de cionar en lugar distinto del de su residencia, pero Bogotá tendrá ocho Magistrados: cinco para h. dentro del territorio de su jurisdicción. La trasla. Sala de lo civil y tres para la de 10 cl'iminal. ción será decretada por el Gobierno, previo el con- Artículo. El Tribunal Superiol' del Distrito J u- cepto del Tribunal respectivo, el cual deb~rá .in~i­dicial del Sur del Cauca tendrá cinco Magistrados: cal' los Circuitos á que puede extendel' su Junsdlc­tres para la Sala de lo civil y dos para la de lo ción el Juez Superior. criminal. Articulo, Los presos que caigan bajo la jurisdic- Artículo. El Tribunal Superior del Distrito Ju- ción de los Jueces Superiores que funcionen en lu­dicial de Nariño tendrá cuatro Magistrados, que gar difer~nte de la capital del Distrito Ju~icial no conocerán promiscuamente de 10 civil y de lo cri- están oblIgados á comparecer ante los '1;l'lbunales minal. respectivos en lqs casos de apelación ó consulta de Artículo. Cada uno de los demás Tribunales de los fallos , correspondientes, sino que deben nom· que trata el artículo tendrá tres Magistrados, que brar defensores que los representen. conocerán conjuntamente de lo civil y de 10 cri Artículo. Los Circuitos del Distrito Judicial de minal. Antioquia ~uedan integrados con los Municipios Articulo. El personal subalterno de los Tribuna- ! que á continuación se expresan; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DI!; LA ASAMBLEA NACIONAL 59 El de Abejorral, compueRto de los Municipios de Bogotá quedan integrados con los Municipios que Retiro y Ahejorral, que será su cabecera; á coutinuación se expresan: El de A malfi, compuesto de los Municipios de El de Bogotá, compuesto de los Municipios de Anori, Yolombó y Amalfi, que será su cabecerá; Bosa, LaCalel'a, Cota, Chía, Engativá, Funza, Fon. El de Andes, compuesto de los Municipios de tibón, Mosquera, Soacha, Suba, Usaquén, Usme y Bolívar, Jardín, Salgar y Andes, que será su cabe· Bogotá. que será su cab.ecera. cerá; El de Ohocontá, compuesto de los Municipios de El de Antioquia, compuesto de los Municipios de Villa Pinzón, Machetá, Manta, Suesca, Tibirita y Anzá, Betulia, BUl"iticá, Giraldo, Urrao y Antio Ohocontá, que será BU cabecera; quia, que será su cabecera; El de Facatativá, compuesto de los Municipios El de Fredonia, compuesto de los Municipios de de Albán, Bojacá, Guayabal ó Síquima, La Vega, AmagA, Angelópolis, Santa Bárbara y Fredonia, Madrid, San Francisco, Subachoqu~, Supatá, Sa· que será su cabecera; saima, Zipacón, Anolaima, Villeta, Vianí, Bitui· El de Fl'ontino, compuesto de los Municipios de ma Y Facatativá, que será BU cabecera; Oañasgordas, Dabeiba y Frontino, que será su El de Girardot, compuesto de los Municipios de cabecera; , Oarmen, Guataquí, Melgar, Ounday, Narifio, Nilo, El de Jericó, compuesto de los Municipios de Ricaurte, Santa Rosa y Girardot, que será su ca· Nueva Oaramanta, Támesis, Valparaíso y Jericó, becera; que será su cabecera; El de Guaduas, compuesto de los Municipios de El de Marinilla, compuesto de los Municipios Beltrán, Oaparrapí, Oarmen de Yacopf, Ohaguaní, de Alejandría, Oarmen, Oocorná, Guatapé, Pe La Palma, La Paz, La Peña, Puerto de Bogotá, ñol, Santuario, San Oarlos, San Rafael, San Luis, Nimaima, Nocaima, Quebradanegra, San Juan de Vahos y Marinilla, que será su cabecera; Rioseco, Utica, Vel"gara y Guaduas, que será su El d e Medellín, compuesto ' de los Municipios de cabecera; Oaldas, Estrella, Oopacabana, Envigado, Girat'do El del Guavio, compuesto de los Municipios de ta, San Pedro, Prado, Itagüí y Medellfn, que :::erá Gachetá, Gachalá, Gama, JunIn y Ubalá, que ten su cabecera; drá por cabe~era á Gachetá; El de Remedios, compuesto de los Municipios de El de Guatavita, compuesto de los Municipios ~egovia, Zaragoza y Remedios, que será su cabec.era, de Sesquilé, Medina, Guasca y Guatavita, que será El de Rionegro, compuesto de los Municipios de su cabecera; Guaroe, La f á su cam po y consider al ía á carla uno (le los otros ('omo á un adversario. Dadll, fltC. Proyecto de ley propuesto á la Asamblea Nado _" Juzgo pues de abdoluta ne~esirla(t, eu henefi nal Constituyente y Legislativa en la sesión del I CIO del. pai', el apl~zal' las eleCCIOnes, desarrollan día 16 de Abril de 1901 por el infrascrito Ministro I do las IdeaR contemdas en el proyecto qne he su de Gobierno I crito " Puede decírsenos pOI' algunos espíl'itus asuso D. EUOLIDES DE ANGULO tadizos que estamos obedeciendo á una paz impues ta ; Sr. Presidente, bendita sea la paz impuesta por el patriotismo, y bendita la imposición que hace á los hombres de buen corazóu desafiar vale RELAClON DE DEBATES DE LA SESJON DEL DIA 6 DE ABRIL DE 1907 Conclusi6u del di~cu rso del honorable Di put1do Ruiz en la sesión del dla tl de Abril, Al discutirse el Acto legislativo que sustituye el Acto legis ­lativo nlimero 'l de 1906 I rosamente las exigencias, las abeLTacione y las intransigencias del St}ctal'iqmo politico. " Es el progl'eso ley univel'aal de movimiento y I de transformación. Hay espíritus refractarios á las corrientes modernas de ese progreso, que transo forma desde la materia hasta las idea~. Estas se han cristalizado en esos espíritus de tal manera, que pueden servir como de jalones ó puntos de partida para. marcar las etapas de nUeqtl'a histol'Ía pol1tica, como sir'ven los fósiles á lo sabios para marcar las diferentes tl'allsfomacioneH de la natu­" No me queda de esas épocas sino el recuerdo raleza. doloroso d~ los fraudes, de las violencias y de la "N evo~ rumbos señalan á la Nación la necesi. exacerbaCión de las p a81- o nes. Id ad deu conservar la paz; Re ve ya en TJ uestro ho " Dabo hacer aquí una salvedad; no me refiero ni rizonte destellar la luz del vel'dadel'o patriotismo, á ,gobiernos, ni á partidOR, ni á hombre público y ]]ama á todas las puertas la voz de la fraternidad. mnguno; me refiero á una época de mi vida en re· Los que ciegos y sordos, consciellteJ ó incunscien­lación con la vida del país; á la época comprendida tes, voluntaria óinvoluntadamente, novean esa luz entre los años de 1862 á 1899. ó no oigan esa voz, quedarán, verdaderos cadáveres insepultos y ambulantes, en la oscuridad y en el silencio que produce el aislamiento social. " -*-- TELEGRAMA " No debe entenderse por lo que he expuesto ano tes, que no BOy partidariú de las elecciones popula res. Por el contrario: no sería republicano y rene garfa de los principios que informan la causa polí­tica á la cual he pertenecido siempre. Soy partidario decidido del derecho de sufragio, que puede consi· derarse como la base fundamental de la República República de Oolombia-Oficina telegráfica cen-democrática; pero las lecciones del pasado me ha tral-Pasto, 6 de Abril de 1907. cen creer que no estamos suficientemente educados • Dr, Dionisio JimEnes. para eJercerlo; y calculo que en todo pueblo culto debe existir cOl'relatividad de derechos y deberes. Grato me es felicitar usted, igualmente Cuerpo Hasta ahora, cou rarisimas excepciones, nos he- legislativo, por instalación Asamblea Nacional. mos olvidado, al reclamar los primeros, de cum I Vicario Oapitular, plir, entre los segundos, el de ser moderados al ! omitir nuestras opiniones y profundamente respe· tuosos de las ajenas I IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 8

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 17

Por: | Fecha: 07/05/1907

RE PUBLICA DE COLOMBIA \~~==============================================~======~===============- ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie V Bogotá, Mayo 7 de 1907 ~ Número 17 Estado en el Despacho de Helaciones Exteriores, y al Sr. D. Luis Tanco Argáez, Enviado Extraor· dinario y Ministro Plenipotenciario de Colombia Pág~. en el Perú, eventualmente en esta capital; y L~, nOmero 8 de 1907 (Abril 25), "por la cual se aprLleb~ lln Tra· "S. E. el Presidente de la República del Perú, tado .. · .............. , .. .... ................. . ............... .. ' ....... 113~09 al Sto. Dr. D. Hernán Velarde, Enviado Extraor Ley nOmero 9 de 1907 (Abril 29), "sobre aprobación d~ un T,"tado ". Acta de la sesi6n del dra 30 de Ab,il de 1907.. ..... ........ .. .... .. 134 dinario y Ministro Plenipotenciario de la misma Acta de la se.ión del dla 1.. de Mayo de 1907.. .... ...... ....... ... .. 135 República an te el Gobierno de Oolombin.; Proposición .•• ...... .......... .. .... .......... .......... ..... ....... ..... 136 "Quienes, habiendo hallado en buena y debida LEY NUMERO 8 DE 1907 (ABRIL 25) por la cual se aprueba lIn Trat,ldo. La Asamblea Naoional Oonstituyente y Legislativa DECRETA: Artículo únic/). Apruél>ase el Tratado general de arbitraje entre Colombia y el Perú, firmado por sus respectivos Plenipotenciarios en Bogotá el do· ce (12) de Septiembre de mil novecientos cinco (1905.) Dada en Bogotá, á veinticuatro de A bril de mil novecientos siete. El Presidente, El Secretado, El Secretario, DIONISIO JUIÉNEZ Gerardo An'ubla Aurelio Rueda A. Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril ~5 de 1907. Publíquese y ejecútese. (L. S.) R.REYES El Ministro de Relaciones Exteriores, A. V ÁSQUEZ COBO TRATADO GENERAL DE ARBITRAJE ENTRE LAS REPÚBLICAS DE COLOMBIA Y EL PERÚ S. E. el Presidente de la República de Colom· bia y S. E. el Presidente de la República del Perú, animados del propósito de estrechar la cordialidad de las ,rl3laciones existentes entre ambas Repúbli. cas, y de solucionar amistosamente las cuestio· nes que puedan suscitarse entre ellas, han re· suelto celebrar un Tratado general de arbitraje; y á este fin han nombrado sus Plenipotenciarios: S. E. el Presidente de la República de Colom­bia, al Sr. Dr. D. Olímaco Calderón, Ministro de forma sus respectivos plenos poderes, han conve nido en 10 siguiente: f" te ARTICULO 1 "Las Altas Partes contratantes se obligan á someter á arbitraje todas las controversias, sea cual fuere su naturaleza, que por cualquier'a causa sUl'gieren entre ellas y que no hayfln podido solucionarse amistosamente mediante negocia ciones directas. Sólo se exceptúan del compl'Omiso arbitral las cuestiones que afecten la indepenuen dencia y el honor nacionales. En caso de que hu­biese duda sobre ello, se resolverá también esto punto en juicio arbitral. " De un modo p'lrticular, no se consideran com prometidos ni la independencia ni el honor nacio · nales en las controversias sobre privilegios diplo máticos, juridicción consular, derechos de aduana de navegación, validez, inteligencia y cumplimien, to de tratados y reclamaciones pecuniarias cua· lesquiera que sean su origen y antecedentes, sien · do entenddo que el propósito de los dos Gobiemo· es dar la mayor amplitud posible á la aplicas ción entre ellos del principio del arbitraje intema­ciona!. El presente Tratado se aplicará también á ' las controversias que tengan su. origen en hechos anteriores á su celebración; pero no pueden reno· varse las cuestiones que hayan sido ya objeto de arreglos definitivos entre ambas partes, respecto de las cuales el arbitraje se limitará exclusiva­mente á las divergencias que se susciten sobre in· terpretación y cumplimiento de dichos arreglos. "ARTrcULO 11 " Los Gobiernos de Colombia y del Perú convienen en constituir como Arbitro de sus dife· rencias á S. S. el Sumo Pontífice Romano; y en caso de negativa ó impedimento de S. S., á S. E. el Presidente de la República Argentina. "ARTICULO !JI " Para caua caso lal:! Altas Partes contratan· tes celebraráu una convención especial con 01 propósito de determinar el objeto preciso de al Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. \ 130 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL I controversia, así como los puntos y circunstancias " ARTICULO Xl relativas á la materia y que crean conveniente "Lasenteuciaserá inapelable y su cumplimient anotar. A falta de tal convención, y después de está confiado al honor de las Naciones signatariaE'l haberse acreditado por una de las Altas Partes de este pacto. Sin embargo, se admitirá la deman que han transcurrido cuatro m ese~ desde que la da de revisión ante el mismo A.rbitro que haya otra Parte fue invitada á cf'lebrarla, sin que la pronunciado la ;;entencia, siempre que se inter convención, cualquiera que sea la causa, 8e haya ponga antes de que esta hubiera sido ejecutada : podido concluir, corresponderá al Arbitro fijar, '(1) si se ha dictado sentencia en virtud de un sobre la base de las recíprocas pretensiones de las dJocumento falso ó equivocado; partes, 108 puntos de hecho y de derecho que de- '(2)::;i la sentencia ha sido, eu todo ó en parte, berán ser resueltos para decidir la controversia. la cousecuencia de un e 1'1'0 l' de hecho positivo ó Para cualquiera otra determinación se aplicarán, nogativo, que resulte ele las actuaciones ó docu en defecto de convención especial, ó en caso de montos de Jn. caUOH. silencio de la misma, las reglas enunciadas á Gon ' "ARTICULO XII tinuacióu. "ARTICUl.O IV " El Arbitro tiefialará el procedimiento de la . revünón, fijará lo:,; trámites y términos breves J ,( En defecto de acuerdos e~p~cJales ~Iltn> las) perentorios en que ella se actuará, concretándola Partes, corresponde al ArbItro: deSIgnar la exclu8ivanH'nfí~ nI punto qno la motiva. época de sus sesiones; determinar el procedimie/l to y sustanciación del juicio; laB formalidades y I "AR1ICULO XIII los términos que se prescribirán á hs Partes, y, (, 1~8tl' 'l'tat,ül) r 'girá por el tt3l'lllillU J~ ¡j¡e:t. en general, tomar todas las medidas que sean 11e afios, ú. contal' uesuo el c:mje de las ratificaciones cesarías pal'a su propia actuación, y resolver t¡)dos Si no fllere denunciado seis meses antes de su los puntos y dificultades procesales y todas las vencimiento, se considerará renovado por un nue cuestiones prejudiciales é incidentes que pudieran vo período de diez afios, y así sucesivamente. ocurrir. "Las Partes se obligan á poner á disposición del Arbitro todos 108 medios de información que de ellas dependan. " ARTICULO v HO- " ARTICULO XIV "Ambos Gobiernos solicitarán simultáneallleu te por medio de Plenipotenciarios la aquiescen cia de S. S. dentro de los seis meses siguientes I al canje de las ratificaciones del presente Tratado. {( El Arbitro tendrá facultad para decidir bee su propia competencia, sobre la validez compromiso y sobre su interpretación . del l "ARTICUL0 xv "ARTICULO VI " Este Tratado será ratificado, y las ratificado nes serán canjeadas en Bogotá ó en Lima, á la brevedad posible. {( En fe de lo cua\ los Plenipotenciarios de las Altas Partes contratantes han firmado y sellado con sus sellos respectivos en doble ejemplar ep "ARTICULO VII . . Bogotá, á los doce día~ del mes de Septiembre " Un mandatario de cada una de las Partes re · presentará á su Gobierno en todos los nsuntos que se relacionen con el arbitraje. " El ArbItro deberá fallar de acuerdo con los de mil novecientos cinco. principios del derecho, á menos que el compromi. . so i.mponga l~ obl~gación de reglas es~eciales, ó au-I "(L. S.) OLÍrlIACO OALDERÓN-(L. S.) LUIS TAN tonce al Arbltro a resolver como amlgablo campo· 100 ARa 'Ez - (L. S.) HERNÁN VELARDE." nedor. « ARTICULO VIlI "La sentencia deberá decidir definitivamente ' cada punto en litigio. Será redactada en doble i original, firmada por el Arbitro y notificada á ca· I da una de las Partes directivamente, ó por medio de su Representan te ante el Arbitro. "ARTICULO IX " Oada una de las Partes sufragará los gastos I propios y la mitad de los gastos generales del ar­Ilitraje. . "ARTICULO X I " La sentencia l~galmente pronunciada decide, dentro de loe limites de su alcance, la contienda entre las Partes. Ella deberá contener la indicación del plazo dentro del cual será ejecutada. El mis­mo Arbitro que la pronuncie l'esolverá las cues· tiones que puedan surgir sobre la ejecución de la sentencia. -+- LEY NUMERO 9 DE 1907 (ARBIL 29) .obre "prohlci6n ele un Tratado. Lit AUl1n7¡/ea Nacional Constituyente ~/ Legislativa DECRETA: Apruébase el Tratado de amistad, comercio y navegacióu entre las Repúblicas de Oolombia y del Ecuador celebrado en Quito ellO de Agosto de 1905 entre el Sr. D. Emiliano Isaza, Enviadó Ex traordinario y Ministro Plenipotenciario de 00 lombia, yel Sr. D. Miguel Val verde, Ministro de Relaciones Exteriores del Ecuador, con la aClara­ción siguiente: Las" fronteras terrestres" á que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NAOIONAL 131 se refiere el artículo XI, significa-n "puertos te ­rrestres." Dada en Bogotá, á veintiochu de Abril de mil uovec;ell tos siete. El Presidente, DJONISlO J lMÉNEZ El Secretario, Genwdo Arrubla. El Secretario, Attrelio Rueda A. tenderán entre sí los Juzgados y Tribunales por me· dio de requisitorias, con especificación del compro· bante que por las leyes del país en que haya ocu ­nido el hecho ó el deUto sea suficiente á justificar 131 arresto y enjuiciamiento, y en caso necesario ocu­rrirán el uno al otro, los Jos Gobiernos, exigiendo la extradición 'del reo. En cuanto á los asilados por delitos puramente políticos, el Gobierno á quien interese podrá pedir que sean alejados á más de quince miriámetros de la frontera, presentan­do al otro Gobierno los comprobantes que justifi quen la medida. ARTICULO III Poder Ejecuiwo-Bogola) Abril _~9 de 1907. Si por de8gracia llegaren á interrumpirso eH algún tiempo las relaciones de amistad y buena 1 , .r ,_, correspondencia que felizmente existen hoy entre H_ h~), F.Jt) las dos Repúblicas, y que se procura hacer dura Publíquese y ejecüt(\Stl. (L, 8.) deras por el presente Tratado, la!:! partes contra· I tan tes !'e comprometen solemnemente á no apelal El MmisLro -1,' ReLl(:IOIl\'~ Fixtet'iores. A. VASQUl'~Z U0130 jamás al doloroso recurso de las armas antes de TRATADO haber agotado el do la negociación, exigiéndoso y dándose explicaciones sobre los agravios quo la una juzgue haber recibido de la otra, ó sobre laf1 DE AMISTAD, COMERCIO Y :NAVEGACIÓN ll:NTRE LA REPÚ- diferencias que entro ellas so susciten; y hasta qUA BLlCA DIor una Oomisión plmal qUE" la Pl'psit1elJeia desig. El honorable diputado Orduz sentó la siguiente neo " proposición: La Presidencia dispuso que la Comi~ión fuera "Antes de entrar en el orden del día considére compuesta de un Diputado po!' cada Departamen se lo siguiente: to según el orden alfabético de 109 :lpE"llidos, de " Considérese la petición de licencia hecha por los que estaban presflute:'l. En cons('C'uencio fue el honorable Diputado Gabriel Solano, y llámese al ron designados: ejercicio de sus funciones al respectivo suplente." POI' Antioquia, el hOtlorable Diputadl> tlalazJ.l'. Abierta la discusión, el honorable Diputado Gal' POI' Atlántico, el honrable Diputado Auello. I cía Medina la modificó en la forma siguiente. en POI' Bolfval', el honorable Diputado Blanco. la cual fue adoptada: POI' Boyac<Í , p( honol'able Diputado Fl'an(·\I. POI Calda~J el honorable Diputado Al'ango. "Acéptese la excusa del honorable Diputado So POI' Oauea, el llOllorable Diputado Angulo. lano y llámese al respectivo suplente." Por Oundinamf1.l'ca. el honorable Diputado Man· El Sr. Ministro de Gobierno propuso: rique. I . ,e Antes de entrar al orden del dfa considérAse Jo Por Galán , "1 hOllorable Diputado Oastl'n. SIgUIente: POI' Huila, el honrable Diputado Mutis. l' ce Discútase en segundo debate el proyecto de Por Magdalt:>n:¡, f' l hOllorahle Diputado (i'IH'ceo ley 'sobre cuantías,' presentado por el Ministro <. 'm'onado de Gobierno, y pase á una Comisión el de reformas PÜl' Nal'il1o el houoJ'Uble Diputa(lo Rereen.!. judiciales con que se le ha sustituido, para que lo POLo Santan;lel" el honorable Diputado Rlliz. estudie y proponga lo conveuiente." Por Quesa la, el honorablo Diputado Pinto. \ Tomaron parte en el debate el SI' Ministro pam Po l' Tolima, el honorable Diputado Lozano. explicar y sustentar SIL proposición, y el honorable Por Tundama, el honorable Diputado Oamal'go. · Diputado Angulo para apoyarla, y para impug Por el Distrito Oapibl, 01 honorable Diputado narla 10:1 honorables Diputados Restrepo, Rueda Oamacho. Gómez y el honorable Diputado Salazar, quien hizo leer el articulo 212 del Reglamento. 1I El Sr. Ministro proponente pidió la lectura de d d i A bI d' d' los artículos 20~ á 207 del Reglamento, y sostuvo El Sr. Presi edto e a sam e:1 or eno eJar que la Comisión no podía sustituir el proyecto de r.onstancin en f'l acta de este día, en su propio cuantías con otro que abrazaba la reforma comple nombre y en el de eus compafieros primelo y se· ta del Código Judicial. gundo Vicepresidentes de la corporación, que es· tán plenamente Hatisfechos de la acuciosidad é Los honr, tilles DiputdJu ~ .NLlIll'it¡tlH j' G:tl"l!l.t lOteligencia como han trabajado los empleados de Rogelio suscribieron la sigúiente peoposicióa, que b Secretaria durante el mes transcurrido de se· después de ser explicada por el honorable Dipnta siones, de la cual es manifestación suficiente el do García fue negada.. hecho de marchar el despacho (jon el día, sin de· "Suspéndase lo que s discute y considBre~~ lo jar asunto pendiente. siguiente: A las dos ,'einte miuuto~ de la t.arde Re levan. "Dése segundo dehate al proyecto de ley SOUI'8 tó la sesión. reformas del Uódigo Judicial, discutiendo hoy lo~ El Presidente, El SeCletario - -*-- ACTA artículos referentes á las cuantías, y mafíana cuan do estén presentes los Magistrados de la Corte Sil DIONISIO JrMÉNEz prema, los demás." AW'elio Rueda A. Continuó la discusióu sobre la anterior proposi· ción, y el honorable Diputado Pinto pidió que se votara por partes, indicando como primera la ~i · guiente: DE LA SESIÓN DEL DíA l. o DE MAYO UF] 1907 " Suspéndase lo que se discute y dése segundo debate al proyecto de ley 'sobee cuantías,' presen­tado por el Sr. Ministro de G9bierno," y como se­( Pre.idencia del hOllor.ule Diputado Muti.). gunda el resto. A la una y cincuenta minutos de la tarde el Sr. Aprobada la primem parte, el honorable Dipu · Presidente declaró abierta la se~ión, á la cual de- tado Restrepo hizo coustar su voto negativo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 136 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL ======~-=====================================~~======~==========~===========±I-~ Puesta en discusión la segunda parte, que dice: "Art. 2.° ....... . " .... y pase á una Oomisión el de reformas ju- "Parágrafo. Los Jueces municipales d l las ca diciales con que se le ha sustituido, para que lo pitales de Distrito Judicial conocerán en primera estudie y resuelva lo conveniente," el honorable instancia de los juicio!.! cuyo interés sea menor do Diputado U ribe Toledo hizo uso de la palabra para $ 300 oro. Los Jueces municipales de las cabeceras explicar su voto afirmativo á la primera parte. de Oircuitq conocerán de los juicios cuyo interés Votada la segundn parte, resultó aprobada. El sea menor de ~ 200 oro. Los demás jueces muni· honorable Diputado Restrepo pidió se dejara con s. cipales conocerán de -fos juicios cuyo interés ea tancia de su voto afirmativo. menor de $ 100 oro." En estos momentos el Secretario informó que se Sin observación alguna se aprobó el articulo 3. o, hallaba presente el Sr. Dr. Octavio Torres Peña, Di concebido en estos términos: putado suplente del honorable Diputado Solano, "Art. 3. o Las disposiciones de los artículos an por el Departamento de Tundama. El Sr. Presi · toriores sólo se aplicarán á 108 juicios que se ini dente le exigió el juram~nto de estilo que prestó cien después de la vigencia de esta Ley." en la ~~rma reglamentarIa. El Honorable Diputado Neira hizo y explicó la AbrlOse luégo el segundo debate del proyecto de 1 1 siguiente proposición: ley "sobre cuantIas" y se puso en discusión el" . , , articulo 1.0 que ee hallaba redactado así: ReconsIderese el arLICulo que acaba de apro , I barse." "Art. 1.0 En lo sucesivo la Oorte Suprema no : . . " conocerá por recurso de casación, de los negocios ' SostuVIe,ron est,a propo~lClOU los ~onorables Dl civiles entre particulares cuando la cuantía del putados Gomez Restrepo y Rueda Gomez, después pleito en la acción principal sea menor de mil pe de lo cual fue aprobada. 80S oro." La Presidencia nombró á los honorables Diputa El honorable Diputado Pinto lo modificó reba dos Lozano y García Rogelio miembros de la Oo· jando á $ 500 la cuantía señalada. misión encargada de estudiar el proyecto " sobre Sostuvieron esta modificación los honorables Di. reformas judiciales," con término de veinticuatro putados Restrepo y Salazar, quien hizo leer el al'. j horas. tícu~o 185 del.proyecto de la C?misión: e!l el cual A las cinco y quinco minutos se levantó la s si' se fiJaba la mIsma suma de $ 500, Y la Impugnó e on el honorable Dirutado Gnecco Laborde. Aprobada la modificación y en discusión para adoptarse, el honrable Diputado Restrepo propuso el siguiente parágrafo, que después de ser explica do por su autor é impugnado por el honrable Di-tado Gómez, fue aprobado, adoptándose en tal forma el artículo: "Parágrafo. Esta disposición no regirá sino respecto de los juicios que se instauren después de entrar á regir esta Ley." Tl'ájose al debate el artículo 2~, que decia: El Presidente, AUREUO MUTIS El Secretado, Aurelio Rueda A . -~+~- PROPOSICION "Art. 2. o En los juicios entre particulares las I demandas son de mayor ó menor cuantía. Las APROBADA POR LA ASAMBLEA NAOIONAL EN su SESIÓN primeras son aquéllas cuyo interés en su acción I DEL DiA 2 DE MAYO DE 1907 principal ex~eda de tres?ientos pesos oro. L.as se- I gundas,. aq,uellas c~yo mterés sea de tresClentOi'l ¡ La Asamblea Nacional ulle su duelo al del Sr. pesos oro, o menos. D. Florentino Oalderón distinguido miembro de Tomaron parte en la discusión el honorable Di . / 1 d " - t d S pu a o a1 a zar, para pe dI· r la iect u ra d e1 ar tI cu 1o el a, por la muerte e su respetable y VIrtuosa 124 y ordinales 17 y 1. o de los articulos 104 y 108 1 esposa. del proyecto de la OomisióD, y para explicar la modificación que aquélla proponía; el Sr. Ministro \ OomuníqueRe. de Gobierno para rectificar algunos conceptos del j El Pl'e'3idente, honorable Diputado Salazar, y el honorable Dipu· AURELIO MUTIS tado Manrique para manifestar que la Oomisión á \ El Secretario, que se refería dicho honorable Diputado, estaba ya I autorizada para presentar el proyecto de reformas : Aureli o Rueda A . judiciales. El honorable Diputado Rueda Gómez propuso : y explicó la siguiente modificación al parágrafo del artículo, que resultó aprobada por 21 votos I contra 13 adoptándose en seguida: I IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie V N. 17

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie IV N. 3

Por: | Fecha: 12/01/1906

REPUBLICA DE CCCQLOMBIA ANALES "DE" LA ASA BLEA NACIONAL ( , , ==========~========================--================~========== Serie IV ~ Bogotá, Enero 12 dd e 1906 ~ Nútnero 3 Notas referentu á la copia de] proyecto de actas de las sesiones de la .A.!'~m blea : .... : .................... _ ......... .. • ................. oo... ) 7 D1V13¡6n terrltollal ... ... ". oo. ...... ........... . .......... ....... . .... ...... 17 Petición .......................................................... _....... 17 Soli.iturl sobre creaci6n de un Jllzl.!'ado de Circuito. ............. ...... ] 8 Aeta de la scsi6n ciel dfa 4 de Ener.> de ,906.. ..... ...... .......... 18 ~yecto de ley" sobre dlvisi6n territorial y organiud6n judicial." 19 ..Proyel'to de ley" en desarrullo del Acto legislativo nCimtro •••• de 11106." ...... ••.• .... ........ . •••• •••••• ... ........... 20 Ployt?dO de ley Ce por la eu.l se suspenden los efectos de 13 Lpy 21 de 19114, sobre recompensas :nilitllrta.......... ••••••.•. •.•.••• 20 Proyecto de ley de e' Presllpuesto.s nacionales de lentOlS y gastos piloTa el año econ6mico de 1906.......................... . .... .... 20 ]Dforme de la Comi~i6n que efrtudi6 pua st'gundo debate el proyecto ele Acto legishtivo ., nfurmatodo del Titulo XVll1 de la Constitu. ci6f1 nacional. ............................................ oo .... oo . .. .... 24! NOTAS referentes' la copia del proyecto dd actls de laa se!>iones de la Asamblea. República de (}olornhia-A"amblea Nacional-Se· c1'eÚJlJW-NÍtrne1'C 37-Bogotá, En~'J'o 3 d.e 1906. días 11 .. ° Y ~ del presente, ya aprobadas por la ASROlbb>lea Nltcional, y de la correspondiente al día de vye~lrl que será sometida á la aprobación de la HODor:l'tl.'l.hle Asamblea. EJ EE~xCD)o. SI'. Presidente de la República me enca,rg al dar á usted expresivas gracias, especial· mente }por el important-e trabajo q u.e usted se tomSl pv~.ara en viarIe a] terminar cada. sesión el pro· yecto die acta que la A~ltmblea debe aprobar al día sigtIllliente, pues de esta manera el Excmo. Sr. PresiJeJeIDte ehtará siem pre i uformado de lo que va pasltnddoJ en el ()ueq)o Legislativo. Soy dle usted atento, seguro servidor, CAMILO TORRES ELICECHEA -t. DIVI--ION TERRITORIAL Oficúil1a telegráfica cel1tral-lnzá, 5 de Enero de 1906. Señor Secretario general de la Presidencia-Presente. Presidente A A s&mblea Nacional. Al encargarme del puesto de Secretario de la I Susol'il litos, vecinos Páee;, respetuosamente supli· Asamblen, con los deberes de auxiliar y especial· caroos olílOrable Asum bl a, al llevar á cabo ley mente ]08 referentes á pu blicaciones oficiales, subdiviR Riión tefJ~itorial, reintegración este Distrito :formé el propósito de enviar ti usted cada día, Pl'@viociziza Pop~yán. Conveniencia general E'xígelo para ~onocimiento de~ Excm~. Sr. Presidente, por estan inmediatos capital Departamento Cauca. la copla del acta del dla anterIOr en pruebas 6 IÍ· Atentltws servidores Deas impresas; pero no siendo esto posible por las ,.. , , . naturales demoras en la impl'enta, satisfago mi B. N'(neto Guzr~lan, J¡lanuet, Anton1,o Pardo, deseo enviándole t~les copias manuscritas, y al A!a11,uel .. M',Hol{JlItn, LU~8 "A. Pe-:e'z, Gonzalo Bal~ efecto acompaño á este oficio la copia de las actas ca=f]~, JeH(). ~ Angel. f1tltton OtaZora, A. Parra, de los días 1.0 y 2, ya aprobadas por la Asamblea, lluben Cr.Cl2ltlnt6'J·ú, Ehas Ortega, R.,afael Casas Me, y la del día de hoy, que será sometida ~ su apro.. ~l1staVO) D,el(lfldo N., jf~lIuel Gl?pe~a, Gu,stavo baci6n en la sesión de mañana. 1,aJ'ra, JTes'U8 !Jrrbano, qdlO Peña, L~sand'l'o Gon· S~ l~ Secretaría contara con una máquina de zalez-A uténtlCo, Ley ton. escnblf, pod da prestarse con mayor rapidez el ~ servicio de informaci6n que deseo establecer para - conocimiento del Sr. Presidente. PETICION De ustefj atento, seguro servidor, Oficina t(Ú:elegráfica central-Batall6n Rifles-Bu- RAFAEL ESPINOSA G. (CJa1'amanga,5 de Enero de 1906 .. Bogotá, Enero 4 de 1906-Nú'Inero 1401 Sr. D. Rafael Espiño.a G., Secretario de la Asamblea Nacional-E. 8. D. - Tengo el honor de acusar á usted recibo de la nota fechada ayer, remisoria de las actas de 108 Hon(lrables !\i Mliembros Asamblea ·N acional. LlevammoA once meses prisión imputándosenos delitos pOo>Hticos; des6yesenott desconociendo leyes tratados lPanamá. ~~sp~ramos acto reparador. Honol'S'mbles legisladores. ANTONIO SENEN CARO Aut~nbttico-Lemu8 c. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. 18 iNALES DE I~A ASAMBLEA NACIONAL son TUD lobre creaci6n deun uzgado de Circuito. Rtpública de Colomba-Oficina telegráfica ceno tral-Anse1'ma 516 Enero de 1906. Preaide te Asamblea Nacional. co Central la visita que ha solicitado l.a Gerenn d~ al Minister'io de Hacienda y Tesoro. DlCha Coonml­si6n rendirá el infol'me del caso á la A.sambleaa en el término que le ~eñale la Presidencia." El SI'. PresiJente, después de hacer leer 108 naoom· bres de los miembros de la citada Comisi6n, fij éjó" el término de ocho días para rendir el informe co­rrespondiente. Se enteró luégo l~ Corporaci0n del resumen 1 d~ los neO'ocios sustanClados en la fecha por la P r>r eSl· denci; y dal orden del d¡a de la fecha. " Por conducto V. E. repetuosamente pedimos á ]a allgusta corpol'ació\ ue presidís ejerz~ a~to jllstieia y conve(Jiencit ceación Juzgado Clrculto AnSt l'm cl, compuesto e3 tcmunicipio, su cabecer'a y Apía, San Clemente. le ernador nuestro Depar· tamento puede suminstar informes necesarios. 11 Presidente Concejo, J(3É MARíA RINCÓN -Vice· El Diputado General Herrera Benjamín fijfj6ó la. presi ente, EMILIO SAlA' R-Vocal,FRANCISCO J. siguiente proposición, que fue apl'obada: ORTIZ-Vocal, JERÓ ...... lORTIZ-Y lcal, AU~ELIO I "La Asamblea resuelve que dos Diputados (eeJec· OOCK -l~l Secretario "ü/S Maria Valencia. tos por ella hagan parte de la Co~isi6n de _ Ila- Allténtico-Rodrígu. ciend en la vi ita qu~ debe practIcar al B: nco -~-- DE LA SESIÓN DEL D 4 DE ENERO DE 1906 (Prelidencia mI i putado Dr. Pulecio). 1 A la 1 y 30 minllt s le la tarde el Sr. Presi­dente declaró abierta la esión con el quorum re­glamen tario. Diose lectu ra al aeva de la sesión ao terjor. El Diputado Gutiél'rez olcitó de la Presidencia que di pusiera se Jeja/'a ctllstancia en la. de hoy de que si hubiera asistido la sesión de la víspera, hab,'ía dado su vot\) h proposici6n de condolen· cia por la muerte d 1 31'. SantiHgo Samper. En seguida fue aprobada quélla sin observación al· guua. El Secretario dio cumta: De un Mensaje de lxcmo. Sr. Presidente de la Rlj pública, en que a\"i . recibo del que le dirigió el St'. Presidente de Ir Asamblea comunicándole la elección de sus dign.tarios ; D~ un telegrama Ue. Gobernador del Tolima, en que da respuesta al ue se le en vi6 comunicán­dole la instalación de 1: Asamblea; y De un oficio del Sr. Ministro de Hacienda y Te· soro, en el que transcl'be otro dirigido á su Despa­cho por la. Gerencia da Banco Central, solicitando recabe de la actual A mblea que nombre de su 8eno una comisión enc rgada de practicar una vi· sita en aquel estableciniento, con el fin de fiscali­zar la manera como alí se han manejado las ren­tas nacionales. El Diputado Dr. lasos suscribió la siguiente moción, que fue apro ada : " ista la nota del Ministerio de Hacienda y Tesoro que acaba. de ~erse, la Asamblea resuelve: Practíq uese por la Conisión de Hacienda al Ban-e ntral." En tal vi tud la Presi encia dispuso quue se procediera á 1 eleccIón, uesignan~o como .esccr uta· dores á los Diputados Salazal' y Perez, qUlene B ve· rificada la votación dieron cuenta del siguieut tee re­sultado: Por e Diputado Núñez. ..•..•.• 14 votdioos. Por el id. Hurtado .. _. _ •.... __ . 12 idJ . . Por el id. Manriq ue.. . . .. . . . ... •.• 5 idj .. Por el id. Delgado... . . • . . •• • _ 5 id .. Por el itI. lIerrera Luciano . •• , . .• 4 id .. Por el id. Manotas ____ . . . •. . . • • 4 idd .. Por el id. Posada . . . • • . . . .• .••. ••• 2 iuu .. y un voto por cada uno de los Sres. GutiérreEzp1 De Castro Palacio, Salazal' y Angulo. La Asambl a declaró electo ttl Dr. Núñezz" que había obtenido la mayoría de votos l'equ aellrida. Como éste se excusara por tener necesidad dE.e au· sentarse oe la capital, el 81'. Presidente pre@grnntó á la Asamblea si aceptaba. la excusa 6 n6, YY ' é:3ta contestó negativamente. . La PresiJencia dispuso que se procedIera. áá ele­gir 'el otro miembro de la comisión, concretáánldoQe la votación á los nombres del DI'. Hurtadoo" que obtuvo 12 votos: y uno de los Sres. Manriliqlue y Delgado, que habían alcanzado 5 votos caudal. UTlO . en la antel'ior, que debía escogerse á la Sller'tt ev. Ve· rificado el sorteo por el Dj putado U maña, rreesultó favorecido el Dr. Delgado. Recogidos lo.s votos por los escrll~adorees ,' ,Sre~. Barros y Manrlq ue, se hallaron repartldos ass 1 :. 13 por el Diputado Hurtado y 12 por el IDrp~­tado Delgado. La A.samblea declaró electo MI prl-mero. 111 Se consid~raron en 'primer debate los sj;j~uien­tes proyectos presentados por el Sr. Minissttro de Guerra. . 1.0 El de ley "sobre individuos v~gos y pernI­ciosos," que fue impugnado por el Dlputad10) Man- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACION.L 19 riqliuoe y sustentado por su autor el Sr. Ministro de GU tl~ .l'l'a. Fue aprobado por 14 votos contra 10 y passóó al estudio de la comisión de Gobierno y Ré­gimneen Político y Municipal, con término de cuatro díass .. Los Diputados Neira, l'vIanrique, Camacho y N úñññez hicieron constar sus votos negati vos; 22 .. " El de ley" sobre autorizaciones ai Poder Eje clltti\ivo en el Ramo dé Guena." Pasó á segundo deLuRlate y al estudio Je la comisión de Instrucci6n Pulbblica, con tres días; 33.'.0 el de ley "sobl'e formación del Escalafón Millititar." Pasó á seg'1n~lo debate y en comisión á la m~eglamentflJ'ia de GuelTa, con cinco días; y 41.(.0 El de ley '1 que reforma la prestación de! ser· vici.ioo militar obligatorio." Fue aprobado y pas6 á ]a 1 nisma comisión con igual término, 1 ggualmente se cOIlfiidel' u'on y aprobaron en pri. merr ' debate lo~ siguientes proyecto~ presentados en } la misma sesillO por el Sr. Ministro de Go· b-el'J'['llO: ]J.:JI, de ley' sobl'e divi::¡i6n tenitvrial y organi. zaci ióón judicial," que pasó á la com 'si6u Reglarnen. tal'i iil l del Ramo, con cuatl'u días de término; y . }EIJI ue ley" en desRl'I'ollo del Acto legit:llativo nún:naero .•. de 1906," que est~ al estudio de la -Asaanmblen, respecto del cual debe informal', con och O~ días de término, la Comisión de Régimen Po­líticcoo y Municipal. IV D)i¡iose lectura á un oficio del Sr. Ministro de Go i.ierno, por mp.dio del cual se someten á la aprcobbaci6n de ]a Asamhlea los nombramientos he­choss por el Excmo. SI'. Presidente de la Repúbli. ca aara Magistrados de la Corte Suprema de J us­tid8a .. LA Presidencia di6JpuSO se procediera á hacer 1a8 rrespectivss votaciones, de'igoando al efecto comlOO escru tadores, plu'a todas ellas, á los Di pu ta­dos IHerrera Lnciano y :Manotas, quienes informa-ron ue los no:nbres de los ~res. Magistrauos ha-pía obtenido lhs siguien tes calificaciones: D)rr. Baltasar Botero U ribe, 20 balotas blancas y 8 nnegrss. D)rr, Germán D, Pat'uo, 20 blancas y 2 negras. D)rr. Al berto Portocal'l'et'o, 17 blancas y 6 neo gJ'~ . . O)rr. TsaÍas Castro V., 19 blancas y 4 negras. D)rr. EUl'iq ue E3gl.lerl'a, 18 blancas y 5 negras. D)rr. Miguel W. Angu lo, 17 blancas y 6 negl·as. D)rr. Felipe Silva, 17 blancas y 5 negr'as. ~6e ~ firmaron pOI' los Oficiales su periores de la A~aLlDlblea las actas correspondientes á los días 1.0, 2 Y 33 del pre8en te, las 3 y 20 minutos de )a tarde! no habiendo nin~úún asunto pendiente, el Sr. Pre~iJente levan· tó ha \ sesión. El Presidente, GERARDO PULECIO EIl Secretario, RAFAEL ESPINOSA G. PROYEC'D DE LEY lobre di.isi60 territorial o-ganiaaci60 Judicial. La A.amblea N acionaZ t>n:tituyenú y Legislatt"'CJ DECE1A: Art. 1.0 Desde el día 10 de Marzo próximo quedan supr'imidos los '1i nales y Juzgados .pu. periores de lo:; D¡sLl'itosJ l.diciales del AtlántICO, CundinamflJ'ca, Galán y Ik!saua. Pl\I'ágl'afo. Quednn iª1l mente suprimidos los Fiscales de dichos Triht(nl~s y Juzgados. Art. 2.0 Los Distrito ."uciiciales de Bogotá, Bolívar y Santander q ed~Ul integrados en los Circuitos qlJe á rontinuaiól se expresan: 1.0 El ele Bogotá, com II sto de los CircuitoR de Bogotá, Fltcatativá, Gud as, Oriente, San ~ar. tía, IImapnz, Tequend/nn Chocontá, GUllt.avl~at UbatÁ y Z:paquil'tl, que n l'án por capital la mu­dad de Bogotá; 2 o El de Bulívar', co p eRto (le 108 Circnitos de 8i1lÚ, Cartagena, C~l'f i:! 1 Corozal, Chinú, Ma .. gangllé, MOnl pós, Provid nda, Sincelejo, BaJ'ran· quilla y Sabaualal'ga, qu ~endl'á pOI' capital la ciudad de Cartagella; y 3.0 Ji,;l aramanga, (úcutn, MálAgA, OcaBa. PAmplonH, SaIAZ1\", Chaalci, Guanentá, SOCOI'rO, Vélez y ZllpHtoca, que tnGrá por capital la ciu­dad ue Bllc:lJ'flmallga, A r't. 3.0 El Tri buna1 )U erior del Distl'ito J u­dici. il de Bogotll tendl'á u~tJ'o Magist,'auos para la Saia de lo civil y tl'e laTa la de 10 crimioal. Art. 4.° El Tribunal perior del Distrilo Ju­dicial de Bolívar tendrá res Magistrados para la Sala de lo civil y dos pp.n la de lo criminal. AJ,t 5.° El Tribunal S pel'ior del Distrito Ju· dicial de ~alltander tenlrá cuatro Magistrados que conocerán promiscuan~nte de lo civil y de lo criminal. Art. 6.° En los Distrios J udicia1es de Antio­quia, Bngotá, Cauca y S.ntander habrá dos J uz· gados Sil periores, que se lenominarán primero y segundo, con sus cOfreslOndiente9 Fiscales y el peJ aonal su hal terno ele q le trata el artículo 22 de la Ley 63 de 1905. Art. 7.0 ~~l perdonal slbalterno del Tribunal Su pe,'it>l' uel Distrito J Iban pl'lOClplar á tener efecto en el mismo año § 2.° En caso de que se . establezcan por ]ey~ del presente año nuevas rentas y contribuciones cuya cobranza debe principiar durante él, su pro. ducto proporcional acumulará al Presupuesto de ren tas del año. PA,aTE EGIJIID.l Preiupuedo, de gut(!,. Art. 2. 0 Abrense al Poder Ejecutivo con arre. glo al cuadro marcado con 18 letra G, para ]08 gastos que se causen dorante el año económico d~ 19P6, ..eq el servicio de los diferentes Departa- • DEPARTAMENTOS 1.0 De Política Interior... .. $ 2. o De Correos y Telégrafos .... 3.° De Justicia.... . ....•.• 4. ° De Relaciones Exteriores ... 5.° De Hacienda _____ .. _ .,. 6.° Del Tesoro ...•.......... 7.° De Pensiones ........... '- 8. o De In Deuda nacional .... . 9.° De Guerra .......... . ... . 10. De Instrucción Pública ... . 11. De Beneficencia y Recom-pensas ... . ......... . .. . .... .. . 12. De O bJ':\s Públicas .... . . • 13. De Fomel.lto ........... . 906,687 35 985,726 50 757,444 50 83,967 20 3.936,210 60 2.445,091 25 146,939 40 1.196,443 .. , 1.625,581 50 239,928 •.• 4,312 235,928 786,790 85 Total ........... $ 13.351,150 15 Presentado en la sesión del día 5 de Enero de 1906 por el infrascrito Ministro de Hacienda y Tesoro. FÉLIX SALAZAR J. Seoretaría de la Asamblea-Bogotá, 5 dd Enet¡'o de 1906. En la sesión de la fecha ~e consideró el anterior proyecto y tile aprobado. Pasó en comisión á'la de Hacienda, con cinco días de término, para se· gundo debate. Regístrese, cópiese y repártase. ESPINOSA G. CUADRO R Presupuesto nacional de rentas para el año econÓmico de 19OG. Aduanas .... ___ . $ 7.205,774 37 Salinas .. _ .. __ • . . 530,159 80 Papel sellado y tim-bl'e nacional. ..•• 17,649 95 Correos. ...... .•. • ... 223,328 Telégrafos..... ... 215,768 .. Derechos consula-res ........... . Derechos so bre 1 minas ...... . ... I Minas de esme· I raldas ......... )- Minas de Santa AnayLaMan. t8, Supía y Marmato .•... J 275,985 25 926,0'11 18 Pasan ..... _ .. $ 9.454,'136 55 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 22 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Vienen ..... $ 9.454,'736 55 Ingresos varios .... Patentes de privi­legio. . .. . ..... Bienes nacionales y venta de vapores Derechos sobre ex­portación de as-flllto ........ . . Derechos de faro y tonelaje.. . .. Derech')s de pesca de caimanes .... Renta de bl'andy y 1icores espirituo-sos ... -. _. __ ... Renta de cigarrillos R nta de fó foros. Consumo de tahaco Derecho de degüe· 110 (piele ) ..... Alcohol desllatul'a- 1izado ........ . Exceso en el mono­polio nacional de aguardientes ... Producto de ferro-cal'l'iles .. .. .. . Renta de lazaretos. Saldos activos de 48,012 55 288 5,581 10 60,149 85 1.418,865 .. 324,516 50 321,000 250,000 850,000 168,000 200,000 V!genClas an te· rlores. •....• •.• 250,000.. 13.351,150 15 PARTE SEGUNDl CUADRO G del Preaupue¡to nacional de gastos para el afio de 1908. J4lNISTER10 DE GOBIERNO Depa1'tamento de Política Interior. Cap. 1.0 Asamblea Nacional. (Perso-nal) _ ........ $ 26,159 Cap. 2.0 Poder Eje-cutivo nacional. (Personal). . .. . 16,917 Cap. 3.° Ministerio de G o b i e r n o. (Personal).. . . . . 35,714 ... Cap. 4.° Goberna­ci on es del o s Departamentos. (Personal) . . . 115,371 Cap. 5.° Material de varias oficinas.. 1:040 Pasan ...... $ 195,207 Vienen .... $ 195,207 Cap. 6.° Adminis-tración de ]aza-retos. . . . . ... • . 226,763 .... Ca~. 7.° Gastos va· rlOS... • • . • • • • ... 484,817 35 D(partamento de ()vrreos y Telé­grafo8. Cap. 8.° Gastos generales .... • ..• ])(-p<]ll'tarnento de J usticia. Cnp. 9.° :Ministerio púhlico. (Perso-nal). . . . . ...... ... 9,466 50 Cap. 10. Po<1er J u· dic1HI y Milli te­rio PúlJli' ( n-teriJd) ...... . . 20,930 C~ p. 11. Fiscales. (Personal) ____ . 30,762 Cap. 12. Corte Su-pl'emn de Jlls ti· cia. (Per~onfil).. 21,070 ..• Cap. 13. TrillllllSl­les de DiRtrito Judicial. (Ptrso-nal) . . . . . . .. 145,516 •.. Cap. 14. Jll zgR.UOS Su I,er¡on"s d e Di~trito Judicial \ Personal) . . . . . 33,936 Oa p. 15. J llzganos d e e i r c u i t o. (Persolllll). . . . . 353,214 .• , Cupo 16. Intenden· cias de CasRnar'e y San Martín, La Ho~jil'a, Alto y Bajo Caq uetá y Plltulllayo . ... 20,000 Cap_ 17. Gastos va· rios de justicia.. 1~2,550 MINISTERIO DE RELA.CIONES EXTE­RIURKS Departamento de Relacion~s &­terio1es. I Cap. 18. Ministerio I d e Relaciones Exteriores. (Per. sonal) .. . _ . . . .. Ca p. 19. '{iDisterio d e Relaciones Exteriores. (Ma tedal) ......... _ 21,256 20 1,500 906,787 35 985,'126 50 ~57,444 50 Pasan .... * 22,756 20 2.649,958 S5 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 23 Vienen ..... $ 22,756 20 2.649,958 35 Cap. 20. Servicio Consular.. . . . . . 30,000 Ca~. 21. Gastos va· nos .... _ .. . . . . . 31,211 IIINISTERIO DE UA.nJa nacional. (Material). '.' : . 5,39G 50 Cap. 30. AdmInls· traciones deparo tamentales y de Cil'cllito ue Ha­cienda nllcioual. (~t{aterial). .... 186 60 Cap. 31. Gastos va-rios. _, ......... 3.165,026 75 IJepa1'tamento del Tesoro. Ca p. 32. Departa­mento del Teso. ro. (Personal). _ 13,426 50 Cap. :)3. Departa. mento del Teso· ro. (~Iatel'ial).. 500 ... Cap. 34. Corte de Cuentas. (Perso-nal) ... _ . ... . . . 13,330 50 Cap. 35. Tesorería 83,967 20 3.936,210 60 ---_. Pasan. .. . $ 27,257 .•• 6.610}136 15 Vienen ...... $ 27,257 general de la Re­pública. (Perso. nal). . .. ... . . . . 34,631 •• , Cap. 36. Sección examinadora d~ c~entf\s de espe- CIes .... . . . . ..• ',930 60 Cap. 37. Juzgado d e ejecuciones fiscales. (Perso-nal). . . . . . . . . . . 1,962 ..• Cap. 38. Comisión de suministros, empréstitos y ex· pro piacio n es. (Personal). . . . . 7,900 75 Cap. 39. Gastos va· rios ...... . ... ... 2.368,410 ------ lJepartamento de la Deuda na· cional. Cap. 40. Deuda consolidada y flo· tante . . . . . .... . . .....• Departamento de pensione8. Cap. 41. Pensiones ...•..• . •••••• MINISTERIO DE GUERRA. Departamento de Guerra. Cap. 42. Ministerio de Guerra. (Per-sonal) ~ .. •. .... 50,192 ••• Cap. 43. ~Iinisterio de Guerra. (Ma. terial).. . . . . . . . 12 Cap. 44. Ejército - de la República. (Personal). , . . . 854,337 Cap. 45. :Ejército de la República. (Material). .... 402,500 ••• Cap. 46. Hospita­l es mil i t !\ res. (Personal y Ma-terial) ,. . oo. oo, 17,860 50 Cap. 47. Policía na-cional. (Personal y Material). . . • 240,680 ... Ca~. 48. Gastos va· rlOS. ••••••••• • • ••• . 60,000 •• , 6.670,136 15 2.445,091 25 1.196,443 ••• 146,939 40 1.625,581 50 ---- Pasan. •.... o. •••••••• $ 12.084,191 30 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 24 ~-ALES DE LA ASA~IBLEA NACIONAL Vienen ... - ... . __ _ .... $ 12.084,191 30 INFORME DE LA COMISION MINISTERIO DE INSTRUCCI('f lÚDLIOA Depll1·tarnento de InstrufJim Púo blioa. Cap. 49. Ministel'iq d e Instrucción pública. (Perso-nal).. . . . . . . . ... 11,(30 Cap. 50. Direccio-nes de I ns truc-ción pública.... 2>,'80 Cap. 51. Instruc. ción pl'imaria... 13,(00 Cap. 52. Escuelas Normales.. .. . . 6), 08 Cap. 52. In tl'IJC-ción industrial y COllifH dal.... . . . e " 00 Cap. 54. I nst ruc-ción profesional. ~ ,.10 Ca~. 55. Gastos va-rIOS. ...... • • • • ••• :2,)00 .Departamento de BeneWlnoia y Recompensas. e p. & , enen.cencia . ecom-pensbs ..... . ..........• •.•..•.•• MINISTERIO DE ODRAS lÚJLIOAS JJepartamen to de Obras P~blioa8. Cap. 57. Ministel'io de Obl'RS Públi-cas. (Personal).. ~ 3,~ 97 ••• Cap. 58. Ministerio de Obras Públi-cas. (M~üerial).. 542 50 Cap. 59 .. Utile~ de eseritorio par a Ofieinas naciona· les .............. ,_. ~O , 00 Cap. 60. Edificios de la NRción..... 1$3965 Ca~. 61. Gastos va· r10S. • • • • • • • . • • 7423 50 Departamento de Fomento. Cap. 62. Vías de comuJicación y dtros gastos de Fomento .••••• . 239,928 ... 4,312 ... 235,928 ... que eatudi6 para s"gundo deb~te el proyecto de Acto le ielativo "re!or­matodo del Título XTUl de la Constitución nacional." Srea. Dipntados: El proyecto de Acto legislativo "reformatorio del Título XVIII d~ la Coustitución Nacional," es simplemen te la ampliación del Acto reformatorio número 3 de 1905, exp~dido por esta misll,la Asambl ea. En dicho acto se dejó á la ley la facultad de al. terar la di visión territorial de toda la República y de formar el número de Departamentos que esti· mara cOllvenientes ; De segregar Distritos de IOH Departamentos y organiz?ldos y administ"arlos por leye especiales; De determinar la población de cada nuevo De­part: unen to ; De distribuir los biell e~ y cargas entre estas en-tidHde '; y I Finalmente, de señalar el número de enadore y Rt'p l'es~ntaute ,(·or·l~. H ni i JIltes á l1' da entidad y determinar la manera ue elegirlos. Como se ve, el nuevo A(,to refor atorio que hoy se presellt;\ á vueHtro estudio es apenas el desarro· 110 lógico del anterior, h eiéndolo extensivo á las entiJ~des municipales y dando facultad á la ley parn suprimir las Asambleas departamentales y reemplazarla con otras cOI'poraciones más armó­nicu~ con las nu evas diviRiones que decrete la ley, cosa perfectamente natural, porque si desaparecen IHf; g l'H n de~ agl'llpaciones tenitoriales, debe ter mi­nfir la existencia de las Asambleas numerosas y sustituirse é tas con entiuades admioi trativas que gUfirden proporción con el número de habitantes tI ue formen los nuevos gru pos que la ley esta­blezca. Cree, sin embargo, vuestra Comisión que la ley que se expida en virtud de este Acto reformatorio debe fijar la forma en la cual deban elegirse los Conspjos administrativos llamados á reemplazar las Asambleas departamentales cuando ellas fue. rt'n supl'imidae. F undada en las precedentes razones, vuestra Co-mi i6n tien~ eJ hOD<¡)r de f~roJ)ooeros : " Dé:3e segundo debate al proyecto de Acto legis .. Jativo que reforma el Titulo XVIII de la CODsti tución. BogoM, Enero 4 de 1906. Sres. Diputados. G ERARDO PULEl~IO - B. HERRERA - L.U!IS M. ;s:oLGUfN. ERRATA En el número 2.°, serie IV, página 12, línea 20, '186,790 85 se lee "Diputado," debe leerse "Ministro." Total...... .•••• •••• 13.351,150 15 IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie IV N. 3

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 13

Por: | Fecha: 23/03/1909

REPUBLICA })E COLOMBIA ANALES DE LA ASAMBLBA ACIONAL -=-_--_=-=::::-=..:0.-=----'-'---""----::: - - - --=---- Bogotá, Marzo 23 de 1909 ~ Núxnero 13 CON"TEN"XDO Págs. Ley número 6 de 1909 (12 de Marzo) que apruebo. un contrato y da • unaautorilaoi6u al Gobierno. ____ •.••... ___ •. ____ •..••... -•. 97 Acta de la sesión del día 13 de MarIO de 1909 ...... _ ....... - . -. . 98 Acta. de la. sesión del día. 15 do Marzo de 1909 .•• _ ••..•.•.•..• - 100 informe de uua Comisióu ... ___ ..• ___ •• _._ .•.•...•••••. -.-- ... 101 Notl\s. , .......................... , . . .......• ....... ... ... . .. ............ 102 Telegramas .....................•.... _ .•. .... _ ............ __ 103 ~,.----=--::-:;::-::---::::-------- - - - ---,-= LE·Y NUMERO 6 DE 1909 (12 DE :'IIAHZO) que aprueba UD contrato y da UUI\ a.utorización al Gobieruo contando desde la fecha en que lo soliciten los culo tivadores ó dieren la respectiva garantía. "Artículo 4. o Si pOI' razón del d~sarroll) indus· trial de la región que atravie a el f tT lcarril de Santa Marta se hiciere necesaria a construcción de ralnale ele mayor extensión de los que .. e lueu· cionan en el artículo 2. o, la Conlpaílía pod)'á c ns tl'uirla, si así le '00 viniere; pero de no hacedoR, 1 Gobiol'no Ó 10: particulares interesados tendrán facultad de construirlo y de conectarlos con la lf· nea principal ó con los ramales existentes, sin que esto altere ó modifiqu el privilegio de que hoy disfruta la Cotnpañía. " Artículo 5. o El Gobierno declara de utilidad pública la e II ,tl'UCCiOll de los ramales que la Oom Lu, A8amblea 1 aciJlutl Oon. tituyelite y Legis!ativa p- ñía p nnita á terceros. " Artículo G. o La om pafiía fijará un flete extra DEORETA: Artíelllo 1.0 Apruéua e, con bH llloJifieacio , que Re expresan al fin, el contl'att cAleLl'llllo por Tite Santa Marta Rail1.lJay Company .LÍ1nited, p H' el cual Re modifica en part.e la tarifa de flete de h\ Compañía y se e tableeell garantía á favor del cultivo de guineo, contrato que A la letra <.líc : en 1m; ramalt s que tieno construidos ó que cons­tt'uya, )lO mayor' de lnedi centavo por racimo de prilUel'a y d un eunrto d centavo por racimo de .. ·(l'Ul da" pOI' cada uos kilómetros. , Artí 'uto 7. u l~u Vpz d _ la rata de flete de quin· c , centavo p r racimo, l.,tablecida como máxima sobl' los bana 10 d , e·p rtación transportados á Santa :Marta, de la zor a CJJtre el lio Sevilla (67 ki­lómetros) y el ) io F nndación (98 kilómetros), la "L08 subscritos, á saber: Nemesio Camacho, Mi· Compafiía eObl'él.l á <;otno máxima, durante el pe· Ili tJ'O de Obras Públicas, debidamente autorizado ríodo de v int J afi s, la rata de doce entnvos por por el Excelentísimo set10r Presidente de la Repú racimo. blica, en nombre del Gobierno, por una parte, que "Parágrafo. El rnr, .-imum d 1 t,arifa eutl'e en el texto de este contrato se denominará el Go- Santa Marta y Sevilla (en el kilómetro 67) rá el bierno, y Frank A. Koppel, apoderado legal de de diE:z centavos qUf~ actualmente rige. The Santa Marta Railway Company Limited, por " Artículo 8. o L'! COI lpañía transportar la ft'uta la otra parte, que se llamará la Oompañía, han ce- de cualquier punto de la linea, en tr nes especia lebrado el contrato contenido en las stipuJaciones les, á quienes lo soliciten con seis días de anticipa siguientes: cióo, siempre que tengan fruta suficiente para uno , Artículo 1. o El Gobierno Jedara libre de todo ó má trenes especiales, y con tal que el primero impuesto, de cualquiera naturaleza, fuél'a de los de estos trenes s a de dos mil (2,000) racimos cuan que actualmente los gl'avan, y sin que éstos pue- do menos. dan ser aumentados, todos lo banano d e por "rtículo 9. o A nlbas partes contratantes se tación que se produzcan /ll la ('eión del e '"tino comprometen á prestar todas las facilidades reque­guido Departamento del Magualenu, servida por .1 ridas para cargal' la fruta á bordo de los vapores, ferrocarril de Santa l\larta. Esta exen 'iÓD d de en el pu rto de Santa Marta, durante las horas del ¡'echos durará por el término d v int aíio;.l, ~ 11 día y de la n che, de modo que terminado el em t,ados desde la aprobación del pI' s~n tt <,on ti" to por I harque y 'unlplidas qu sean todas las obligacio el Cuerpo Legislativo. nes aduaneras del puerto, los vapores puedan zar "Artículo 2.° La Oompafiia se obliga á coustruir par en seguida. nuevos ramales, cuya extensión en conjunto no "Artículo 10. Los vapores fruteros restarán sea menor de diez kilómetros, cuando lo soliciten I sujetos á otros ni mayores derechos de los impues· los duetios de mil hectáreas cultivadas, ó si dando tos por la ley á 108 vapor s marítimos mercantes garantía para ello se comprometen á cultivarlos, 1 en general. siempre que dichos duefios ó cultivadores se obli· " Artículo 11. Los empleados púb1ico ~ en ejerci guen á embarcar la fruta por estos ramales. cio de sus funciones, los colonos penados, sus gual' "Artículo 3,° La Compatlía tendrá el término de I dias, los peones trabajadores que vayan volunta un año para la construcció}l de dichos ramales, riamente á los lugares de las Oolonias Hitar, Agri· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 98 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL cola y Penal, y á los qud en lo futuro se establez­can, y los peones y trabajadores en general que se ocupen en el cultivo de productos que hayan de movilizarse por medio del ferrocarri1~ serán trans­portarlos en los trenes de la Compañía, en carros destinados por ella para este objeto, á un 1 recio no mayor de un centavo oro por kilómetro. Si la Compañía redujere su tarifa actual para pasajes, una reducción proporcional se hará al centavo acordado como máximum para los pasajeros de que trata este artículo. " Artículo 12. Este contrato para su validez ne­cesita de la aprobación del Excelentísimo señor Presidente de la República, del Consejo de Minis­tros y del Cuerpo Legislati vo; y una vez aprobado queda firme y definitivo. " En fe de todo lo expuesto se firman dos ejem­plares de un tenor en Bogotá, á diez de Diciembre de mil novecientos ocho. " NEMESIO CAMACHO-FRANK A. KOPPEL" " Consejo de Ministros-Bogotá, Diciembre 21 de 1908. " En sesión de esta misma fecha aprobó el Con­sejo el contrato que precede. " El Subsecretario encargado de la Secretaria General de la Presidencia de la República. " LUIS DO:rdÍNGUEZ S. " "Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, 21 de Di­cie'lnbt'e de 1908. " Aprobado. " R. REYES " El Ministro de Obras Públicas, " N EMESIO CA'M:ACHO" MODIFICAClONES El artículo 2. o debe quedar así: " La Compañía se obliga á construir nuevos ra­males uno por cada mil hectáreas de nuevo culti­vo de 'banano, á solicitud del duefio ó dueños que tengan tal cultivo, ó que con garantías suficientes se comprometan á cultivar bananos en dicha ex­tensión de terrenos, y siempre que se obliguen á transportar toda su fruta por ellos; siendo enten­dido que la obligación de la Compañía para estas nuevas construcciones se limita á un total, en con ­junto, de diez kilómetros." Al artículo 4. 0 debe agregarse el siguiente pará grafo: " La Compañía transportará los bananos ó gui neos por los ramales que construyan el Gobierno . ó los particulares, de acuerdo con este artículo, hasta su línea principal ó sus propios ramales, en las mismas condiciones que los transporta por los suyos, sin cobra~ nada por este servicio e? l~s pri ­meros cuatro kIlómetros, pero en los SIgUIentes podrá cobrar hasta un cuarto de centavo por raci­mo de primera clase por cada dos kilómetros." El articulo 6. 0 debe quedar así: " La Compañía no podrá fijar un flete extra en los ramales que construya mayor de medio centa-vo por racimo de primera y de un cuarto de centa­vo por racimo de segunda clase, por cada dos kiló­metros; y en los ramales que tiene construidos, un precio mayor del que está cobrando actualmente. "Parágrafo. En este contrato se entiende que dos racimos de segunda clase equivalen á uno de primera, y tres de tercera, á uno de primera." El artículo 8. o debe de quedar de este modo: "La Compañía transportará la fruta de cual· quier punto de la línea en trenes especiales, á quie ­nes lo soliciten con seis días de anticipación, siem­pre que tengan fruta suficiente para uno ó más trenes especiales, y con tal de que el primero de estos trenes transporte dos mil (2,000) racimos­cuando menos." Artículo 2.° El Gobierno queda facultado para declarar libres de derechos de exportación los ar­tículos de producci6n nacional por un término hasta de veinte años, cuando se hiciere preciso, para fomentar la exportaci6n, dar tal garantía á quienes hayan de producirlos. Dada en Bogotá, á ocho de Marzo de mil nove­dentos nueve. El Presidente, JORGE HOLGuíN El Secretario, (}(ll'ardo .Ll'l'rubla. Pode'}' Ejeoutivo-Bogotá, Marzo 12 de 1909. Pnblíquese y ejecútese. R. REYES El Ministro de bras Públicas, -f.X+-­ACTA NE1tIESIO CAMACHO DE LA SESIÓN DEL DíA 13 DE MARZO DE 1909 (Presidenoia del honorable Diputado Vázquez Oobo). 1 A las dos de la tarde se llamó lista, y como el Se cretario informara que había el quorum reglamen­tario, el señor Presidente declaró abierta la sesión, en la cual se hallaban presentes todos los Ministros del Despacho Ejecutivo. Leída el acta de la sesión anterior, fue aprobada por la Asamblea sin observación alguna. Acto continuo el señor Ministro de Gobierno hizo uso de la palabra, y previa la venia de la Presidencia dio lectura al aiguien te mensaje del Excelentísimo señor Presidente de la República: l' Honorables miembro~ de la .Asamblea Nacional Constituyente y Le­gislativa. " Por el voto popular fui elegido Presidente de la Hepública para un período de seis años, que prin­cipió el 7 de Agosto ae 1904, fecha en que tomé posesión de la Presidencia. "Por el Acto Legislativo número 5, de Marzo de 1905, reformatorio de la Constitución, se pro- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 99 longó mi período presidencial hasta el 31 de Di­ciembre de 1914. "Durante la época en que be tenido el honor de ser Jefe de la Administración Nacional he tratado de dedicar todas mis capacidades y mi tiempo, como es mi deber, al servicio del país, dando cum­plimiento á las leyes que nos rigen. Me he esfor­zado en poner en práctica lo que prometí á la N a­ción al hacerme cargo de la Presidencia el 7 de Agosto de 1904, cuando dije: 'Jamás he aspirado, ni ahora aspiro tampoco, á ser Jefe de ningún par­tido; y en el desempefío de los deberes que e] alto cargo de que acabo de ser investido me impone, tal como yo los comprendo, el más ferviente anhe· 'lo de mi alma es ser simplemente Jefe de la Admi­nistración Pública y servidor leal, no amo del pue­blo colombiano.' "En los cuatro años y medio que cuenta el Go mente á todos mis compatriotas, quienes con gran fortaleza de alma, con patriotismo y elevación de ideas, ban ayudado al Gobierno á implantar refor­mas que aunque han herido muchos intereses, son necesarias y benéficas y se han llevado á acabo sin que se baya producido trastorno del orden público, á pesar de que el país ha estado y está sufriendo agudísima crisis económica, resultado de nuestras pasadas guerras civiles. " Mi gratitud se extiende también al patriota Olero católico que tánto ha trabajado y que confío seguirá trabajando en la obra de la reconstrucción nacional. " A todos pido indulgencia por las faltas que pueda haber cometido, y que se me conceda volver á ocuparme en la modes.ta vida de labor que siem­pre he ll~vado. "R. REYES bierno de que tengo el honor de ser Jefe la obra " Bogotá, Marzo 13 de 1909." de la concordia nacional ha echado muy profundas M raíces, los pueblos se han acostumbrado á respetar En seguida se enteró la Asamblea de este en-á. las autoridades y éstas se han esforzado en ser saje: respetables por su corrección y justicia. Es este un "Presidencia de la República de Colombia-Nú-gran triunfo que nos debe dar absoluta confianza. m,ero ~71-Bogotá, 13 de Marzo de 1909. en la conservación de la paz, y la seguridad de que no hay hombres necesarios, peligrosa creencia que hace tanto mal á los individuos así calificados como á los pueblos que les dan tal carácter. "Persuadido de que es base de la República la alternabilidad en el poder, y no deseando ni que- .( Señor. " Tengo el honor de transcribir á Vuestra Exce­lencia, para los fines consiguientes, el siguiente Decreto Ejecutivo de esta misma fecha: , DEORETO NUMERO 277 DE 1909 riendo aparecer como hombre nece~ario, he resuel '(13 DE IAHZO) to presentaros respetuosamente mi renuncia. de (por el oua.l e enoa.rga del ejeroioio del Poder }'ijecutivo al Mini I.ro Presidente de la República, que os ruego aceptéis, de Ha.oionda. y Teiloro o su carlicter de De ignado. con lo cual ayudaréis á fortalecer la convicción que el país debe tener de que el orden y la paz no dependen de la permanencia de un solo hombre en el poder. "Si no tuviera absoluta confianza en la conser' vación de la paz y en el buen sentido de mis con­ciudadanos no creería cumplir con mi deber al hacer esta renuncia; pero abrigo la seguridad de que el sucesor que me nombréis afianzará más el orden. Mientras aceptáis mi renuncia y nombráis á quien me deba suceder queda encargado dol Poder Ejecutivo el General Jorge Holguín, Desig­nado para roemplazarme, como lo dispone la Cons titución. "Retirado á la vida privada, mis servicios como particular estarán á la disposición del ciudadano que elijáis para reemplazarme. H Reconozco una vez más vuestros fecundos y benéficos trabajos constituyentes y legislativos, os doy las gL'acias por los repetidos votos de ~onfianza que me habéis dado y confío en que al reunirse el Congreso de elección popuh.rf conforme lo habéis decretado, se continuará por él la labor legislativa inspirada en la justicia, la concordia y el bien de la Patria, como vosotros lo habéis hecho. " Dejo constancia de mi gratitud á los diferen­tes Ministros del Despacho que me han acompaña­do, á los señores Gobernadores y á todos los em­pleados públicos, por la cooperación inteligente, leal é intensa que me han prestado como á Jefe de la Administración. "Mi gratitud se hace extensiva muy especial- ,/ 'El Presidente de la. Repúbhca, , En uso de sus facultades constitucionales, " DECRETA: 'Artículo 1. o Desde esta fecha encárgase del ejercicio del Poder Ejecutivo al Designado sefior General don Jorge Holguín, actual Ministro de Hacienda y Tesoro. , Artículo 2. o El Designado prestará la promesa constitucional de su posesión ante la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa. , Comuníquese y publíquese. 'Dado en Bogotá, á 13 de Marzo de 190~. 'R. REYES , El Ministro de Gobierno, 'M. VARGAS' " Dios guarde á Vuestra Excelencia. "R. REYES " El Ministro de Gobierno, "M. VARGAS" 11 A. Su Excelencia el señor Presidente de la Asamblea Nacional Cons tit'lyente y Legislativa-En su Despacho. El señor Ministro de Gobierno hizo presente que el Excelentísimo señor General Holguín aguar­daba la Comisión que de acuerdo con lo prescrito en el Reglamento debía anunciarle que la Asam­blea estaba lista para darle posesión de la primera Magistratura. de la República. El señor Presidente manifestó entonces que con gusto designaría la citada Comisión, pero que con- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 100 A ALE DE LA ASAMBLEA NACIONAL sultaba á Su Señoría el ~1inistro de Gobierno si él creía suficientemente autorizada á la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa para nOIlI­brar el ciudadano que debiera ejercer' definitiva­mente el Poder Ejecutivo, caso de aceptarl'le la re· nuncia del Excelentísimo 'eñor Pl'esidentt-~ titular. El señor Ministro de Gobierno contestó que la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa podía hacer tal de~ignaciót" por llenar ella las fun­ciones del Congreso y adelnás porque eRtaba am­pliamente autorizada en el Mensaje tI ue Rcababa d leerse. En tal virtud el señor Presidente nombró miem· bros de la aludida Comisión á los honorubles Di· putados Mutis, Pulecio, Herrera Restrepo, Rueda y Restrepo, y dispuso que el Mensaje en que el Excelentísimo señol' Presidente titular presentaba renuncia de su elevado cargo pasara á otra Comi· sión, compuesta de los honorables Dipu tados Pu· lecio, Cuervo Márquez Luis, Quijan WaIlis y Ma­notas, quienes debían presentar el informe resl eco ti vo dentro del término de tres días. II Minutos despué'3 los Secretarios introdujeron al sa16n al Excelentísimo señor General Holgaío, que llegaba acompafiado de la Comisión dc _ ignada por la honorable Asamblea, y quien ocupó ellug:u co· rrespondiente bajo el solio. "Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Fran cisco José U rru tia; (( Ministro de Guerra, General Oarlos Ouervo Márquez; "Ministro de lnstruuci' n Públit;a, General R· món González Valencia. . , Ministro de Obras Públicas, (loctor Nicolás E . guerra; " Subsecretario de Hacienda encargado del Des pacho del Ministerio de Hacienda y ']~esoro, doctor N emesio Canlacho. ,. Dios guarde á Vuestra Excelencia. " JORGE HOLGUIN " El Ministro de Gobierno, ,e M. VARGAS ' 11 A Su Exoelenoia el señor Presidente de la A.samblea. Nacional Conp· titllyente y Legisll).tiva-En su Despaoho." A las tres y quince minutos se reunió la corpo· ración en 3esi6n secreta. El Presidente¡ A. V ÁZQUEZ COBO El Secretario, Fe1'nando E. Baena. ACTA J E LA ESIÓN DEl) DÍA 15 DR MARZ DE 1909 (Pre idencia del honorahle Diputado Vhque. Cobol. Ocupaba la tribuna ti ,signada al efecto In. ma· yor parte de ]08 miembr s del honorable Cllerp A 1. esiól1 dH este día, qn el Stlnol' Presidente Diplomático acreditado n ~stn. cnpitaI antel:ro, declaró nbiel'ta :í las dos y ,~einticinco minutos d~ bierno de la República. In tarde, dejaron de concurrir, con legítima excu · El señor Presidente de la samblea hizo leer e11 sa, lOA hon rabIe Diputado Córdoba y Vél~z rtíe 10 116 de la Constitución Nacional, que con· Pedro. jene.la f6rmu!a del juramento, q~e dúbe prestar r En eguida.se enteró la hon~rable c?~poraci6o: el pl'1mer MagIstrado de la Repubhca, y tle acuer· Del l\lens8Je con que el ExcelentIsImo señor do con ella recibió al Excelentí imo señor Hol· Presidente de la República devolvió sancionada la guín la. promesa legal. Ley 6. n del presente año, "que aprueba un con· El señor Presidente de la Asamblea dirigió el trato y da una autorización al Gobierno~); y discurso de stilo al Encargado del Poder Ejecu· Del orden del día fijado por la Comisión de la tivo, quien lo contestó en términos adecuados yal. Mesa. tamente patrióticos. De conformidad con éste se dio lectura al infor· Al retirarse del salón el Excelentísimo señor me subscrito por el honorable Diputado Garcia Presidente de ]a República con su comit.ivR, el se- Medina, rel&tivo al proyecto de ley" sobre Com­ñor Presidente de ]a Asamblea dispuso que se pañías de Seguros," y Be puso en discusión la parte . constitnyera ésta en sesi6n secreta, pero ~ntes e I resolutiva de dicho informe, por la cual se dispone leyó el, siguiente Mensaje: se dé segundo debate al proyecto. "República de Colombia-Número 272-Presiden- I • Acto continuo el señor M.inistro de Gobiel n? cia de la República de Oolombia-Bogotá, 13 de I hIZO ~so.de la palabra y se expresó en los térml· Marzo de 1909. , nos slgulentes : "Seflor . I "Tengo el honor de informar á la honorable " T . 1 h d d'" , V t E I Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa engo e onor e lrIgIrme a es ra xce· I 1 E 1 t'· - p 'd d 1 R ' lencia para poner en conocimiento de la honorable I q~e e xce ~~ lSl~O senor resl. en:~ e a epu· Asamblea Nacioo.al C?nstituyente y Legislativa bhca r~asumlo el dla de a~er el eJercl~Io del poder, que por Decreto EJecutlvo número 284: de esta mis- ¡ y al daros cue?ta de est~ ttascendental hecho tengo ma fecha he hecho los siguientes nomhramientos en.cargo espeCIal de manIfestaros que los honorables para Ministros del Despacho Ejecutivo: I DIputados Alfredo Vázquez Cobo, Víctor Manuel "Ministro de Gobiet'no, General Marceliano Val'- Salazal', D. Euclides de Angulo y Carlos Cuervo gas; Márquez, con patriotismo que les honra, dejaron Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA A~AMBLEA NACIONAL 101 momentáneamente sus puestos en esta corpora. ción para. prestar sus servicios eficacísimamente, con energía particular y ~obre todo, con Áxito grandi imo, en J s mumento~ de peligro. Pal-\ados .110 , han presentad su renuncias para continuar desempeñando lo puesto. que tenían en esta ho­\ 10rable Asamblea, 'c El Poder Ejecutivo quiere que conste de una manera pública la expresión de su reconocimiento, " El lVlinisterio ha quedado constituido como 10 estaba el sábado antes de la separaci6n del Exce­lentísim señor General Reyes, con la única var'ia ción de que de la Cartera de Guerra qued6 encal' garlo el General Briceño, ub ecl' tario de a(luel De pacho." En este estado, y como el 'eeretario infol'lllara que no había el qU01'urn requerido para deliberar', - el señor Presidente levant6 la sesión, siendo las tres y diez minutos de la taroe. El Presidente, A. V ÁZQUEZ COBO El Sem etario, GeraJ'do A1''J·ubla. -+.::'X..*- INFORME DE UNA C Af.I~l( N Honorables Diputados : La 'omi Ión á la cual hicisteis el honol tic en­cargar l e tudio del l\lensaje d el Excelentí8im eñol' 1 re ident , de la Repúbli ~a, señor Genera) don afa 1 Rey ~" uocumento (1 ti concluye con la. presentación de la renuncia tI ·l elevado cargo pal'S que fue elegido por el voto pontáneo de la mayoría de los colombiano, entra á emitir la opio nión que ha formado de pués de cODsiderar los documentos sometidos á su examen. Cuatro años y medio hace que el Excelentísimo señor General Reyes asu mió el mando su premo del Estado que casi por ironía llevaba el nombre de República de Colombia. Los tres años de la guerra asoladora que acaba. ba de pasar; la desmembración de una parte de su territorio; la ruina económica y fiscal en sus formas más pavorosas; el descrédito total en el Exterior, tanto en el orden financiero como en el moral, y los odios de las parcialidades, profunda­mente arraigados en todos los ciudadanos por aquel constante bata1l8.r que acabó por convertir, como lo predijo el Libertador, en un verdadero tormento así la vida colectiva como la individual, esa, á grandes pinceladas, era la situación del país el 1 de Agosto de 1904. En tan triste circunstancias llegó al poder el Excelentísimo General Reyes, y desde el instante de su posesión hasta hoy, desplegando una activi· dad sin ejemplo en los anale de nuestra Adminis· tración Pública, emprendió la reconstrucción del arruinado edificio. Fundó la paz proclamando el respeto al derecho de todos ]os colombianos y ofreciendo á todo ]a justa participación que debían tener en la obra de redención emprendida, pnesto que la Patrla es pa trim . nio de t0d()~ los eol! rnLianos y no de una parcialidad política. ' Impuls6 el progreso material del país nlejorando lRs vías de comunicación existentes y constl'lIyendo otras nuevas; los ferrocarriles, que habían llegado á ser entre nosotros algo como leyenllRs muy gra­tas, pero irrealizablf' ~ , tomaron forma práctica y hoy 90n en su mayor parte realidades palpable~. El crédito exterior, que se hallaba en t"l más honoo abatimiento, fue levantado al ni ~el honrado de nRciones más ricas que la nuéstrR. Los acree· dores internos y el (o:e1'7icio público han sido pa­gados con religiosa puntualidad. La educación pública recibió ger.erúso impulso, y por primera vez 109 pueblos vieron con sorpresa que el Gobierno se preocupaba de educar las cla­ses obreras para la vida civilizada. Este movi­miento intelectual se extendi6 al Ejéreito, penetró en los cuarteles é hizo de los antiguos (lominios de la vara del Cabo escuela de tnoralidad y correc­ción. El soldado número se convirtió en ciudadano. Se creó la institución de Gendarmería, qne sigo nifica la seguridad individuRI y la disminución de 108 delitos, especiRlmente en aquellos lugareR adonde es difícil que llegue la acción central del Gobierno, por la incomuuicación ó la Ji -taucin. Las relacione con]a IgI "Iia, alma mate)' d ~ In civilización del mundo, ball ido cul ti \' ad:l.i-l pOI' pI Gobierno del General H .. y ~ con tal eRmel'O que hoy Se hallRn 'óliJament t,,· tablecidas y el acer­docio cumple tl misión docente uo sólo con abso· luta libertad sino expresamente amparado por el Gohierno, hasta eu laR regione. más apartada~ de la República. El relato que precede es la aÍnte. i:i verídica, aun prescindiendo de muy importRntes detal1e , de la labor intensa en su desarrollo y fecu ndí ima en sus resultados, llevada á término con het oica con~· tancia por el Excelentísimo General Reyes. Como coronamiento de e~ta obra de patriotismo se presenta hoy el ilustre Magistrado ante VOA· otros, Representantes de la soberanía nacional, á poner en vuestras manos la renuncia del puesto de honor que el país le señaló. La Asamblea, en presencia de e te acto de ei­vismo, juzgó que no debía por sí sola re olv l' e te grave problema, de cuya soluci6n depende la 'Oll­servaci6n de la paz y acaso la estabilida 1 (le In. Nación. Se consultó la opinión (le la l\Iunicipaliuade de la República, entiuades que son la fuente au ­téntica rl e la opinión popular: como que ellas re­presentan los intereses sociale:3 de carla una de las Secciones del país. La respuesta de la consulta no se ha hecho es­peral': ahí tenéis, en los documentos que acompa fian este informe, la voz autorizad de más de cua· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 102 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL trocientos Consejos Municipales que uniformemen· te han contestado: " No es conveniente que el General Reyes se se­pare del ejercicio del Gobierno porque peligrarían la paz, el bienestar y aun la unidad de la Nación." Vuestra Comisi6n os asegura, honorables Di­putados, que antes de dos días todas las Muni· cipalidades que no han tenido tiempo de manifes­tar su opinión la emitirán en idéntico sentido que las anteriores, y que el pensamiento de todas ellas está condensado en la exposición del Consejo Mu· nicipal de Cali, cuys reproducción DO creemos in­oportuna en este informe, y dice así: El Oonsejo Municipal de Oali, teniendo á la vista el despacho telegráfico de la Oomisión especial encargada de considerar la renuncia que ha hecho de la Presiden­cia de la República el Excelentísimo General Reyes, y OONSIDERANDO : 1.0 Que éste es quien, con el benepláci to de los bue' nos, ha implantado y sostenido la política de unión y concordia nacionales que ha puesto término á los odios de partido y dado días de reposo á la República; 2.0 Que durante su Administración es evidente que las obras públicas nacionales han recibido vigoroso im· pulso en todo el país, á tal punto que no se tiene prece· dente en nuestra historia, como lo prueban el ferrocarril del Oauca, el oe Girardot y otros, sin contar las mejoras sable para la conservación del orden, el progreso y la concordia de los colombianos; Segu,ndo. La Asamblea Nacional debe acatar la opini6n pública claramente m1\nitestada en el ve redicto popular que en forma de plebiscito muni· cipal se presenta á la consideración de este augus­to Cuerpo; Te1'ce'J'o. No debe perderse de vista que esta ho' norable corporación, al presentársele la renuncia del Excelentísimo señor Presidente titular de 11\ República, la rechaza. por unanimidad. Concluimos aquí con las palabras de un distin­guido estadista cololnbiano, proferidas en solemne ocasi(>n: "Contra la voluntad de un pueblo que conscientemente decide de su suerte, no hay apela­ción. Sólo Dios es Juez de los pueblos, y premia 6 castiga sus actos colectivos." Etl consecuencia vuestra Comisión tiene el ho· nor de proponeros el siguiente proyecto de re­solución: La Asamblea Nacional Constituyente y Legis­lativa, haciéndose fiel intérprete de la voluntad nacional claramente manifestada por 6rgano de los Consejos Municipales y de numerosas firmas de ciudadanos, en todos los centros principales de la Nación; RESUELVE: 3.° Que es de justicia reconocerle que sin la eficacia 'No se acepta la renuncia que del puesto de de sus e fuerzos hubiera continuado el descrédito de la P 1 1 l{ , br h dIE Nación en lo mercados extrapjero , paralizando así el re~i~Iel te,< e a epu lCn a presenta o e xce· desarrollo de las empresas nacionales' lentlslmo General don Rafael H,eyes. 4.0 Que habiéndole tocado principiar su Administra- Por medio de una Comisi6n nombrada por la ción.cuando el país se encú~traba al bord~ del abism~ y Presidencia de la Asamblea comuníquese esta re­sumIdo en pr~f~nda anarqUla, cons~cuellCla de tres ~nos soluci6n y pu blíque e en cartelones. de lucha fratrICIda, él con mano VIgorosa restableCIÓ el l . orden, dio prestigio á la autoridad y acalló las pasiones Ilonorables DIputado. malsana que la guerra había engendrado; 5.0 Qlle ha consagrado al bien del país todas las pOde' 1 F. DE ~. MANOTAS-GERARDO PULECIO-LuIS rosas energías de su grande alma, de talentos adminis- CUERVO M.ARQUEZ. trativo,s y ue su acendrado p.atriotismo, y no ~bstante es- Bogotá Marzo 17 de 1909. tar íntImamemente persuadldo de que el senor General I ' don Jorge Holgín, actual encargado del Poder Ejecuti­vo, continuaría la obra de paz, concordia y progreso, obra que es de esperarse de sus luces, de su inteligencia -t.x~ NOTAS y de su elevado patriotismo; y 6.° Que de conformidad con la Oonstitución y las leyes Arquidióoesis de Bogotá-Gobierno Eclesiástico el puesto no es renunciable, Número 16-Bogotá, 13 de Marzo de 1909. RESUELVE: Aplaudir calurosamente lo determinado por honorable Asamblea Oonstituyente y Legislativa al no creer ni conveniente ni oportuna en la situación actual del país la renuncia que el Excelentísimo seilor General Rafael Reyes ha hecho de la Presidencia de la República, y pe­dir encarecidamente al ilustre Jefe oe la Nación se sirva retirarla. El Presidente, 1Kanuel Rebolledo; el Vicepresidente, Ismael Hormaza S.; Vocal, Oesáreo Franco; Vocal, Jo'rge Vergara B.j Juan, de Dio8 Puentes, Jaime Rodas; Mateo Gamboa, Secretario. En vista pues de los antecedentes que breve­mente dejamos expuestos, nuestra convicci6n está formada en el sentido de reconocer los siguientes hechos: PIJ'imm'o. La presencia del señor General Reyes al frente del Gobierno es absolutamente indispen- Excelentísimo seüor don Alfredo Vásquez Cobo, Presidente de la Asamblea Nacional-En su Despaoho. Tengo el honor de acusar recibo de la muy aten· ta nota de Vuestra Excelencia, de fecha de ayer, en que me comunica que en virtud de la nueva elección de Dignatarios hecha por esa honorable corporación, ha sido Vuestra Excelencia elegido Presidente de ella. Dios guarde á Vuestra Excelencia. + Be'l'nardo~ Arzobispo de Bogotá. Hepúblioa de Oolombia-Asa'fi"blea Nacional Cons· tituyente y Legislativa-Presidenoia-Bogotá, Marzo 13 de 1909. Dése cuenta y publiquese. V ÁZQUEZ CODO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 103 República de Oolombia-Ministerio de Instrucción Pública-Sección l.B - Núme'l'o 819-Bogotá, 12 de Mo/rzo de 1909. Serior Presidente de la. Asamblea. Nacional Constituyente y Legislati· va-En la oiudad. Tengo el honor de comunicar á Su Excelencia que por designación que se sirvió hacer en mí el Excelentísimo señor Presidente de la República, he entrado en ejercicio del cargo de Ministro de Instrucción Pública, puesto en el cual me es grato ponerme á las órdenes de Su Excelencia. Quedo de Su Excelencia muy atento servidor, Antonio Gómez Restrrepo República de Oolombia-A8amblea Naciona Con8- tituyente y Legislativa·-Pfresidenoia-Bogotá, I Ma1"zo 13 de 1909. Travesedo, J. A. Iguarán, R. C. Barros, Andrés D. Bermúdez, Vicente Noguera C., Gregorio Ari­za A., Luis Carlos Rivera, F. Goenaga, Cayetano Barros, C. J. Bernardo Rubio P., J. M. Linero P., Milcíades Bermúdez, J. R. Méndez G., ~I. Danies, R. Pérez Lemus, José M. Bermúdez, Joaquín W. Travesedo, M. Díaz Granados V., G. Bermúdez, D. F. Oormane, Manuel Díaz Granados P., J. P. Oalvo, José M. Linero G., Rafael U rb~no Tra vese­do, Néstor Díaz Granados, Manuel J. Pinto, San· tiago O. Oerens, Manuel Pinto, Vicente A. Hel'­nández, Antonio M. Amador, Ramón O. Perpiñán. (Siguen muchas firmas más, pero se remitirán por correo). República de Oolombia-Asamblea Nacional Cons· tituyente y Legislativa-Presidencia-Bogotá, Marzo 5 de 1909. Dése cuenta y publfquese. HOLGuíN Dése cuenta y publíq uese. V ÁZQUEZ COBO República dI', Colomoia- Yaru1nal, 4- de ~fa1'zo de 1909. Excelentfsimo señor Presidente de la honorable Asamblea. Constitu­yente y Legislativa-En la oiudad. Tengo el honor de acusar á Vuestra Excelencia recibo del atento oticio número 6, en que os servís transcribir la proposición adoptada unánimelnente el día 3 de los corrientes por la alta corporación que dignamente presidís, con motivo del falleci­miento de mi yerno el señor don Clímaco Losada. En nombre de mi atribulada hija, la señora María Zerda de Losada, de sus huérfanos hijos y en el mío propio aceptad, Excelentísimo sefior, la ex­presión sincera de nuestro eterno reconocimiento, que os suplicamos hagáis extensiva á la honorable Asamblea. Oon sentimientos de consideración y respeto me subscribo de Vuestra Excelencia atento servidor, Bogotá, Marzo 5 de 1909. -r.x~ TELEGRAMAS Liborio Zerda República de Oolombia-Santa Marta, 2 de Marzo de 1909. Honorables Presidente Asamblea Nacional y Diputados Magdalena. Bogotá. Interpretando opinión pública estos pueblos te­nemos honor manifestaros patrióticos deseos de que Asamblea apruebe sin aplazamiento ni modifi­cación Tratados celebrados con Estados U nidos Panamá, pues consideramos que exígenlo así razo~ nes de altísima conveniencia política y comercial para Oolombia. Oreemos oportuno manifestar ho­norable Asamblea que pueblos este Departamento están siempre dispuestos contribuir de manera que f~ere ne?esario á q~e cumplida realización propó. SIto GobIerno, relaCIones con propiedad nacional. Servidores, Francisco Vergara Barros, Teodosio Goenaga, Luis A. Ootes, José A. Ariza, Rafael Presidente Asamblea, Diputados antiguo Antioquia. Veríamos con patiótico orgullo que sin obsel'va~ ciones impartierais aprobación Tratados recientes con Estados Unidos, Panamá. Esto 08 haría acree dores gratitud de la Patria. Prefecto, Marco A. Mejía J' Jesús M. Quijano, Isaac González, Pedro Euse, Mariano Isaza, Ma­nuel V. Mejía, Lisandro Medina, Julio Medioa, Antonio Misas, Oarlos A. Sánchez, Basilio Mejía, Eroiliano Pérez, Peregrino Molina, Ordiano Jimé ~ nez, Luis G. Cano, Marceliano Posada, Vicente A. Piedrahita, Miguel A. Mejía, Leonardo Mejía, Agustín Mufioz, Juan B. Orrego, José A. Callejas, José M. Estrada. República de Colombia-Asamblea Nacional Oons­tituyente y Legislativa-Presidencia-Bogotá, Marzo 5 de 1909. Dé8~ cuenta y publfquese. HOLGufN República de Colombia-Heliconia, 3 ele Marzo de 1909. Presidente Asamblea Nacional, Diputados antiguo Departamento An­tioquia. Tenemos fe conveniencia Tratados con Estados Unidos y Panamá, por competencia de Ministros Revresentantes. Encarecémosles impartir aproba­ción. Marco A. Ocampo H., Luis Felipe Arias, Gre gorio Guiérrez G., Mariano Solórzano, Nacianceno Mejía O., Ricardo Robledo, Andrés Laverde, Ex­maragdo Valdés, Ananías Castaño, Félix Valdés, Carlos Orla y Carlos A. Ortiz. República de Colombia - Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa - Presidencia­Bogotá, 111arzo 5 de 1909. Dése cuenta y publfquese. HOLGuíN I Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 4- A ALEJ DE LA A AMBLEA NACIO AL Repüblica de 'olombia-Estl'ella 4: de Marzo de 1909. Pre ¡dente A. aMLloa, Diputados Ántioqllia. "oli 'itanlO' .on en arecimiouto aprobacióll Tra tado" lebl'adl s re 'ientenlente e n Estados Uní ,1 .-3 Y Panamá. D lfín Mojía D., Zuluaga, Prdl'o N, Baena República de Colon~bia - Asarnblea Nacional Constituyente y Legislativa -- Presidencia­Bogotá, Marzo ~ de 1909. Dése cuenta y publíque e. Zona Canal; adenIas negativa pondr a ~ ll p .1ig ro nuest.ra rica región Chocó. Presidente Consejo Municipal, logerio .tl1·agón 1'. j Vocal, .Aparicio .1'v.[achao; o ,al, Flo1'p'I'I,#no Perdigón j Vocal, Francisco Montes j Secretario, Nicolás Vega 111.; Juez, Evaristo Montes; Curu , Alfredo .Pérez . Alcalde, Manuel V. lJficolta; Felí pe A. del Pino, Juli Bal'OD:l, Gabriel Gat'c1u, 'ru lio Zapata, Manuel P. Ocampo, Jorge Lorza Z , Joaquín Mazuera, Dionisio Gómez, San tiago p~ rea, Roberto Rivas. República de Colombia-Asamblea Nacional Cous IIoLGuíN tituyente y Legislativa- PresidencifJ.-Bogotá, Marzo 5 de 1909. República de Colom,bia-Gira'rdota, 4 de Marzo de 1909. Pre ¡dente samlJles, Divu t,.ldos antiguo D part.amento Antioquia. }t'elicitaluos plaus~blenl nte TL'atad03 celeLrados F st dos IJniJ s ,. anamú; aprobámoslo~ en todo s . us ! ~) r t! s, t' 1 ( ~v l 10 e · t:"ll1 hBCho .. '. Akalde, Luis 'l'olJ6n J' BalJOlu \ro Lot ro, J ol'ge Hoyos, Marco A. Jaramillo; 1 1 el' on 1'0, Daniel Upegui; Benjamín C?rollad ,.U 'me Lon.doño, Ri· cardo Gonz'} ~, JulIo Jal'arnlllo, :B'll'anClSCo Jara lnillo\ Rafa 1 J al'anlillo Villa H cal'cd Villa y Pl uro Hoyo~ . Repüblica de Colombia-A amblea Wacional Cons· tituyente y Leg1', lafiva - Pre8úlen ia - Bogotá, llfarzo ¡; de 1909. Df.,' cu ent ' y puhlfqu se. HOLGuiN República de OolOJnúia-San Jerónimo 4. de !via?'· zo de 1.909. Presidente" amhlea. Inspil'ados anhelos paz penDall ute, 'ouserva ción litoral y prosperidad de Colombia, ratificamos nuestra voz de confianza apl'obación 'I'ratados Pa· namá. Presidente Conc jo, Eulogio Fig'ueroa; Alcal· de, Seve1'0 Zapata' Juan N. Figueroa, Florentino Roj3 . Julio Osorio, Jesús A. Moreno, Juli C. Ca trillón, Cruz :Montoya, Jo ' M. Uri e, Ma n nel . J aramillo, EOlilio ... Pi drahi tao RepúbUCfl de ColonLbia-Asamblea Nacional Con8 tituyente y Legislntiva-Presidencia-Bogofá, Marzo 5 d 19 D. Dé. euel t.n y pnlllíqlw. P.. HOLOUÍN República de Colo1J1,bia-Jamundí, 3 de lJ.[arzo de 1909. Presidente AsamlJl a Nacional. Os suplicamos no neguéis aprobación Tratados con Panamá y Estados Unidos, á fin de no expo· ner este Departamento á perjuicios consiguientes, por verse obl!gado á renunciar ventajas mercado Dé e cuenta y p lblíque . HOLGulN República de ColombiCt-Gómp-z Plata , 4: d' a rzo rle 1909. Pre~idl'n tI" A, :1111' lell, Dipu f .ulo .. Tratados E tados U nidos, Patlu inflo neot ia ~ aplaude ste pueblo, reconocí ndo "n llOH Ralvad( honor Colombia y aseguradoq valiosoR ¡nt.ol' ses. Cura, Jo é A. Lopera; Luis M. Cár ellas, 19ua cio Calderón, Azarias Cadavid, Antonio .1, Londo fio, Constantino Cadavid, Nicanol Cárdena, Este· ban Vásquez, Lisandro 1\rlachado, Jesús Cárdenas, Rubén Re~trepo, Rafael Brau, Eduardo Tal1ejo, Francisco Granado, Mal'celo MalÍn, Julio Re. 1.1'6 po, Gabino Restrepo J esúg M. Londofio, República de Colo11 bia-AsallLblea Nacioual Oons tituyente y Legi laflva-Presidenria- Bogofá, Marzo 5 de 190U, Dése cuenta y publíquese. IIOLGuf. Repüúlica de ('1olO'1nbia-La Unión (Pasto) , 3 de 1Jfarzo de 1909. Presiuente Asamblea. Altos intereses patrios ouHga In s nlanifestar alta corporación que dirigís, con eniencia solucionar pronta y favorablemente cuestionp,~ con Eg t.ado~ Unido. ervidol'es, V. Miguel Ordófiez, Ralnóu lal'tí nez, Julio Eraso Hosero, Darío Martín z, Leopoldo Pavón Meléndez, Roberto FIinestrosa C., Ezequiel Córdoba, Ricardo F. Ros~ro, Ricardo Mal'tínez C., Germán Pavón, Diógeneg Dávila Heriherto .A rtnr , Repúúlica de Golol11,bia-Asamblea Nacional Oons· tituyente y Legislativa-Presidencia-Bogotá, Ma'1'zo 5 de 1909. Dése cuenta y puh1íquese. HOLGuíN IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VIII N. 13

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Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 72

Por: | Fecha: 07/05/1815

• 36!.'> ARGOS 72. SEMESTRE~. Do1ni11go 7 el e J.fa yo el e 1815. ~'JJJfJfJfjfJ rJrrfJJJJ~/J~~~~J~~~JJJJJJJJJJJ~JJJJfJJ~JJ-JJJJJJJ~jJJ~JrJJrJV QuAETI ERE CO ~sl ITlJJ1' , SOCIISq_UE EXAC 'J A 1 EFERRE . ~~J~JJF.r~~J~J~~JJJ~J~JJJJJJJJJJJ~JJJJJ/JJJJJJJJJJJJJJ fJJJfJJJJJJ~JJJJJ~ Ga::. eta mimsferial de .!lntioquza tzzmz0 21 del Dommgo 12 de Feúr ro.--.1rtículo Cun­dinamarca. P or cartas particulares de Honda y Santafe que hemos recib1clo en el correo de 8 de e::.te mes, abemos CJ UC los espanoles prisioneros c¡u <.:: se:' ian para Cartag na expulsas de la N . Granada, b:m sido asesinado en el transito dd modo mas bárbaro e inhumano. Sem jant s at ntados e¡ u e degradan tanto la dignicbcl de la N acion . han sido mirados en esta Republica con la l"~c?!cracion , que d os merecen. E la pri .... m ~>ra vez que se ofrecen á los ojos de unos ¡ uel'!os zd·.J os d·_ u libertad y de su repu· t< c ion, c:-.cenas de barlnrie y de c rueldad, tan agen:h ele n¡¡estro carne ter, como de la mo­r..~! y J ..: la mism?. poll.tica. ¡Que temor no de­ben i1 --pirc~r estos a~tsin atos á los Ci udadanos qu.mclo ven en e llos guebrantaclos iniq uamen­te to.d3 los privikgios del hnmbre, bollados su· clercc:lOs, y pi:.aclas las leyes mas santas de !a naturalcz : E::.perrllno~> , HO obstante, gue el G _;b iernv Gen"ral en c1:: a?;rav io de la N . decrete ca!>t igos exemplares ontra esos mons­trncs fccoces c1ue h. n comeli<.lo delito tan hor­ribk:, si se guiere <.lar a le pueblos la c6nfia r~ ­za CJUC ec; nccc ario ínc;pirarles. Sufra la m ¡erte irremisible mente el traydor gue despr daza las ent1 a !'las de la Pt~tria, sea espanol o ~m c ri . cano. Expélaseles de entre nosotros, si se juz. ga q ue esta medida bnsta i nuestra seguridad; ptro n se permita que el soldado brutal con­vertido c.n un salteador sea el juez y el execu­tur dt lOS CrimLil('$ )' de las p e1 aS CXpiiltOrÍaS; no e lu·:-m tc el cadahalso sobre b caoeza 'cld que ·· n pu ta dc.:linC}Üente sin guardar l<1s for­In'ls de lt lev. De lo contrario, le estaria me. jor. 11 lt Jmb1:e renunciar ~le la sociedad, v pre­fenr la 111 lll'>H)n de las selvas y la compa i1ia de de h, tÍ!'re c¡ue la<> h:tbitan, ante que lleYár um c ... s~ ·ncia precaria que qt al uicr band'clo podn.t pr,\ arl ele cll.1. N o qu iere\ el cielo e¡ u:! seamos el Jllgutte de la cokra aespotic¡¡ de los militares, rolvienclo a repetirse entre nosott·os c·;t\s cru eldades que no deuen quedar impunes de ninguna manera mientras se alverguen en nuestros comzones los principios eternos e in. variables de la justicia. Carta dirigida al Redactor de la Ga:::eta de Antio1ura por eL GeneraL de Brfgada P/.orencÍ() P aLacios !1 el Coronel llfigud Carabaíí o, des· de Afompo.ll. Mompox Marzo 3 de 1815 5°.-Senor Re." dactor de la Gazeta ele Antioquia. Dos sentimientos opuestos nos ponen la pluma en L mano, para dar las gracias a V. por }os elogios que en el numero 8 hace a llUCS• tra Patria Venezuela y a sus desgruciados hijos, y ¡nra indicamos con~ra las declama. cienes v ch~ m en es que ex ,• !n en el número 21 enntra los destr urtores de los es pan o les expulsas ele Santafé. L as ahbanzas gue V. prodiga al país, que nos dio la vid<1, penetran nuestros cora­; wnrs de la grati tud mns pura y nos con­su bn de las i1 mensas perdidas que hemos S\ frido por soi mo morir. Todos h mos vistosa­crificé~ l' l:ts pobL1c iolles entera , siR perdonar al 111~1s 1r l:1.1ulo anc ia 10, ni al mas tierno ni­n . H r:mnc; visto entrcg:~ r á las !!amas los ho. . ~re de nuc-,tr;¡s 1amdia . L1s Ciudades c¡ue 1 o d..: rribaron las on vubiones ele la natnr, que los tigres mas encarni zados. No, no ltay monstruo compara ble al l':lnol, Ni ng un k niti vo lo h1lc lllca : d benc:fiCJo lo irnt:1, y todo le sirve de pa bu lo parn ali mcn. tar la 11· ma el"' u r .. bia iuLxtillgui le. No hay genero de sacnficios que no ha­ya n os ht el o Jl.. ra g;-:m 1r !J amist1cl, o aplacat' la sana . de nuL::.tro::. verdugos. V. lo sa c. Cari.IC.\- trato á sus pnmcros y segundos ti ­t ,tnos con re~ pt to y Le1 C: \'okncia. El encono m.l'> .:ruel tue el resultado de es ta L•udnbic, pu o i. uul bonJacl. Torrentes de sangre .\me . ri c,m.t corrieron, an tes qu ... se de rramase una go. t.t de.. la Espaí.o a en la guerra. El d reclw de gentes x ten di o . u i m plrÍo entre nosotro mas qtw en ninguna otra parte e el mundo. E:1 rc ­pnsalia los espan oles lo violan con un esd n ·a. lo unico hasta el 1 resentc en los anales d ... as n··cíu:1e::.. No obstante este esp:;ntoso contraste, '3'10 l G"i'l ral Bolívar perdono l.t Yicb, y die• pa­s, pe rl · lo -; mns ele los cspanolcs de Y ncz uc­la. ¿ ( nal h< sido la rccompcnza de te bL ne­ndicw? E trcm ezca e, horro !cese Y. Sc-or H cl~cto r. ¿ P odra Y . ]r sin una ftll iosa in­c: gnacion, que los e::,pan ok:s agnci:1das no han cmpleauo \ 1ela ::.i. o en el str uir la m~~:.::..ra ? ¿ rl'c-ra V. que los in<,tr• tmrntos de su litv·r. t<1d !..lll si rio las primeras v í ctim~ s de su nLgra ingratitud? ¿ Concebid Y. que han sido sacri. fi cmos que :mplc•rarnn su pcrdon? l:n una palc1bra, un e r ·~n ol h.~ llevac o ' sn hijo al c:.. clalzo. Decl<1me V . ahora contra 1 JS que xponen . u \ 1da por libf·r ar la de ' . Exc. re V. a los que destruyen e\ los extermina­d ores de su raza y país. P ero pensamos q 1e e ~a Lluqü encia masculina podr1a emplearse con mas r"zon, con mas suceso , contra los protec. t orc, de los enemigos comunes de la specie humana. ¡Qu. n bien se diri girl.a ese furor con, tra los inC"cndi arios, asecinos, raptores y mons ­truos que han com,ertido en dcsic>rto la mas be. lla, ilustrailll, y valerosa comarca ele la Ameri. ca meddionnl! ¿Por '}Ue no dice V. con Ju-· lio Cesar á los Espanoles: Y osotros recibis los beneficio& ·como ildw·itzs, y estimais jJor favores los agravios? D esde los tiempos mas remotos han sido tan ingrat0s, tan cobardes y tan crue- • les, que aquel ilustre Romano los pintó como ellos son en el dia; y sin embargo, ¡hay aun quien defi enda á los que desde los primeros sucesos dt" su historia han sido tan pedidos, e inhu manos ! Confesaremos, que el modo con que se ha dado la muerte á los spanoles expulsas de Santafe e:~ abom in c~ ble , y reprLhcnsible ante D ios y los hotubrus; pero tambien es preciso con{e. sar que llos merecen se les trate como ellos lo practican con nosotros. Obcerve V. aeler¡1as, que estas pocas víctimas son culpables, y su número infinitamente pequen o en comparacion de la enorme masa de muertos que presenta la America , inmolados por el furor espafi !. Se execra eon razon un asesinato 1kgal; mas con Espanolcs Senor Redactor, no hay nach que sea il gal, por que ellos han \ iolado con nosotros tod. s las leye , y profanado todos los jur ~~:nen . tos; todo , todos, todos los E5panok . s011 ul­pabks, tudas pertenccl n i bU c.spLcie, ~icm prc los ti0 -res son tigres: ning 1na strpient<.: ha ckxa· do el<: ser maligna. P or condusion, Sei'ior Redactor, n o sotros tributamos á V. lo t timo11ios de uutstro re­cono cimien to, y le pedimos por grGcia _e sin·a insertar en su G·1 zeta est:1 j u ta \' indicacion. Somos de Y. con la maror consideracion y respcto.--Atentes SS. Q. n: S . M.-Floren. ~ i o P.llacios- i\Iigucl Carabano. Carta cOil que se dirigió la antecedente al R edactor de la Ga:::eta de Cwzdincmarca. Acompano á \ . h adjunta copia que me han dir;giclo los O fici ales que firman en ella. y espero gue V. se sín·a in c:>t:rtarla en su Ga­zeta. - Dios guarde á \ . mnchos an o-. . - Quartcl G eneral de :!\hrnpox i\l-trz0 G de 1815. 5°. - Simon Bolivnr- C. Redactot· de la G1zeta de Sant::1fC:. Contestacíon del Redactor de la Ga::cta á~ .1ntioquia, mserta ~n elní.m . se. de la Es­trella de OccLdente, t .'tulo r¡ue tomu de :Due:, el papel de aquella ProtuJclll. Ciudadanos Florencia P. lacios, y l\1i guel Ca­rabailo.- Medellin y 1\bril 4 de 18 15. No es á los espanoles ;l qnicncs he de­fendido en la nota de la gazcta mí. mero 21 que han visto vmcls. sino ú la humamcb d cnt ra: ni mi objeto ha sido exe crar la m<:- •. •' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ! ---·- ~71 maria .de los míli ares que so tienen la Patrin, ino la de aquellos que abandonando e ta hon. ros divisa, se convirtieron en bestias de pr sa, ;¡rn cltruetcr c'e mi patria. Si hubiera de r·· nck:- Útl!C,l 1entc a lo mm imientos de nj _·,p ~ r in qamada po · la memoria ele las c1· '"2/' ci:1s c.1ue n1e ha o ligado á sufrir el Cl '- .1 1 o, ·o 1 .ibmO me ofrecerÍa a ser SU ' r ~ugt ; y 1 1 ye'>, la moral, y tallos los ~ntiu i tos que dictó i mi corazon la san. u ' ,z k la naturaleza seri, n hollados por tj<.. uCt J' ?. mis dtseos. 1as IJO Se trata abo. 1.1 ( e s:tc i. r venganzas part icularr , ni de i mi~:¡¡· ¡\ los c~ p a n le~ . a los iroc¡nese :D, ni a lü& car· be. cr tando h· ccn la guerr:1. El gran in cr' ·~ 1 )tll bl Americ·u 0, · triunf.. r de su o•.rc&or•::.. • cons rvar su li bertad pr:Jcti­Cl. ll lo h,ti 11 ••. :1mas c¡· e ha ¡,ro::!lamado: des­tc. rr, r con ( c·.·r., lo r~sa arbitraried·.cl !unes. ta que <·ro di 1 hizo de los ciudadanos elju. gmte tk ia colln mili . r; ~ d :~ r ¡\ bs na­ciol es c:i , iliz:,d•t> d ... ! munll d espect'eu!o adn inbic dt un puc.blo :í q ticn svlo los im. pul o c1 la vit Lud y la justi cia le han com. pui,'(¡ < j 1rar su indep ndencia para mej or, r de suerte: y conservar su probidad de ccs­tuJuor ~ . • ~o podrán negar vmcJs. que siendo las leyes de la moral tan eternas é invariables como d Criador de quieu emanaron, no hay, ni puc:de haber circunstancia alguna qu~ las altere, por mas que quil:'ran persuadirnos lo contrario nuestras pasiones. En vano descare­mos armar al 'icio de una autoridad sagra. d<1; él sera siempre detestable; por que hay en el fondo de nuestras almas un germen in· nato el justicia y de virtud, sobre el qua!, a pe<;nr de J• ueslras ;)ropias m~ximas, nosotros juzgamos nuestras acciones y las de otro, co. mo b 1 as o maláls. El grito de la naturale: za mas fuerte que el de tocJos los tiranos, ño! hará respetar la víctima, y execrar al verdu­go que la inmola; preferir la clemencia do Augusto en el perdon de Cinna, al encarni­zamiento de Flaminius persiguiendo a Anni­bnl fugitivo en la Corte del Rey de Bythiniao Tampoco podran negar vmds. que to4o el que at~ nta contra la vida de un hombre, por criminal truirnos á no sotros como S,1turno 2 ¿ Solo !:>on españoles los c1uc han obrado las cat,l.strofes de Venezutb, o hijos d 1 pais que á fu erza ele derramar y de ver correr a torrentes la sangre hum:ma, se han vuelto tan impl.os como el mismo Boves? ¿ D e que principio creen vrncb. que se ha le\ antaclo ese grito de xccracion univer­sal que han alzHdo torlos los hombres de bien por 1 s a~esi n a to s de Honcht, sino de la atro­cidad del cnmen ? Todo:::. quieren que los traydores sean infaliblemente C'\!:>tigados con la p nn de m uertc que les impone la k) ; que no se tengan 1 e pc:tos, ni c on~icl e ra c i o n l' s con los espailoks que minan la beguridad del Es. tado; y que lanc<. mas de u u :::.tro s no esas vivoras gue nos dc.,ptclazan las entraií a!:>. l'v!as ning n 1 hon bre que conozca !>U Sl r, :::.e atre­' era á hacer Ja apologia d a:::.Cbl l10 gue ma. n ana puede tratarle á el, " n o hoy han ~ ido tratados agutllos pr isi one r o~ Ít Lrn u ; e lmpo­tent<: s. N mguno qui re que e~ te pais en que nac io se convierta en un campo de horror, por donde solo discurran bandidos cubiertos de Sét. gre, como otras wntas H) c1 as, de\ o­rando cadá verc¡, humanos . Ptrbua danse vmds. de una vez, que nn es la carni cerí a, las vio!e1 cías, y <.1 estr·,go lo que a!:>l gu rorá n uc~ t ra ldJl : t~ d, !:>Íno (, :. vi rtu . des sociales. La Francia con su" g·uillotinas, sus Ro be ~pi rre, su l\Ian.t, y sus D an ton, no hizo tra cosa C]' le dcsangrar!:>e, dcst~dle ­ce r, y arr oj<1 rsc, por fin, ·n lo, braz(J!:> de Ull d e~ p ota emp1 Lhencledor. Y 'r: ll1 Zli<.. ü 1 a p - sar -!e su rruerra !í mu e1 te tstá hoy ts1 i s, ~i nuestra di' 1sa lnilJ.< ra de ~cr el ex terminio y la, desolacion ! - Cnn razon, d i1 inn ll tunces, q ue 11 ll l'>tra t evolu ion :;o lo tcni'l por objeto saciar ócl ius Ín\' et<.rac1os; que ~ t~ba mos tan incultos y salvago como los mdtos de la ...\rn e rica Septentrional, y que aun no teníamos las virtu des ncc sarias para a!>pi. rar al tí tulo soberbio de hombres libres, y de l acion independiente: . La carta de vmds. solo prneba que. los cspanolcs son iniqu os, y m ·recen cast1gos ~xempl a res; mas no que los o!daclos pueden JU zgados y hacerles subir al cadahalso. Ni pne- 1 do persuaclirrnv q\'~ ........... ,, .. .,..;utp-.. na fe unos atentados que pugnan con los :seuti .• mientas primitivos de nuestro corazon, v ech.q1 por tierra todos los elementos de la mo¡·al hu­mana y del sistema social. N o quitemos d freno mas saludable de nuestras pasiones, considcnm. do al hombre como estuvo en el estado hipo - .. tético d la naturaleza, en que le era lícito ma­tar al qne le ofendia, o podia perjudicarle. D c~- de J ódio y Jmt:-. lctebtan,;: 'Jlle u<:­bc inspi1·ar 11 11 csct·itor con•ra ciiM, ~¡,, dcs ,·úrse de las m lx ima'{ udorJ hlcs de l E nl.• "·di>. C Jtimamcntc, no Cxl r:tiicn \ mds, 1 vehemencia de mi l cn¡;~t,q;c . E l es p ro pio de UH hombre lib1·c que defiende la cau sa de la humanidad "- la prc>scncia de un pueblo ' irtnoso á r¡ uicn tiene el hono1· cla pe1tcnceen y que desea q ue sus co•1ti ud •d nos no ¡, I~Cil a los BOI·cs, 10 ~uazo l :·~, Jos ~Ion tcs . ... es:¡, tUrbtt de bestias earni(,c l'as. qU"C 1·como vmds. cli· ccn, no pe rtenecen á nuesu·a C'\pccit. 'J () por t ~o d CXO df' estimat• al tame nte U n11 b l O!IlO C'nrr 1 · dos d la dcft·nsa de mi p:lli'Ía; y L n '-'-le . un e~ P' n oft·e7 co •L vmch . ruis S<' I' \'Ícios, y mi m~. ¡ 1 of:JIIdu rc~pcto .-E l> ele vmds. . S. Q. B. !:'>. ~l. 1 • EdlfOJ. S .\~NTAFE. EN LA IMPRE~TA DEL EST. DO. Pon EL Crun ADA ~O JosE l\l An i t\ R:os IMPRESOR DELCoNc rEso D E LAS P ao viN· ClAs-UNrDAS )) E L.A. • -. G. . . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 72

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Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 71

Por: | Fecha: 30/04/1815

(" 365 RGOS DE LA NUEVA GRANAllA: NUl\1ERO 71. SEMESTRE s•~ Domingo 30 de Lflln·il de 18 15. ~~~~~J~~JJJ~J~~~~J~JJ~~~,,~~~JJJJ~JJJ~JJJJJ~-JJJJJ~J~~~JJJ~JJJJ~ Q A E R E R E CO S 1 1 T UI T, S OC li S <{_ U E .E X A C T A R E r E R R E. ~~JJJ~r~J~JJJJJJ~JJJ~JJJ~J~~J~JJJJJJJJJJJJJJJJJJ~~JJJJJJJJ~JJ~J'J~ • lv'OTJC!vl DEL I.YTERIOR. A 1~ICULO DE OFI 10. En J 5 del corriente M. expedí o el Congrc. . o el l'!creto qu sir;ne. ' Pu·suadt lo el e( 1gr"SO de la neccsiJad c1 qn<' se adopten rec• l.ts funs y permanente l para el Gobitrno Gu.Lr,tl de las P ro' incias ­U ·úlas, no menos (jllt: de la de nnntener la ya dad.1s en virt,¡J de )o':> pactos fundctmcn­t< t:-.:s ele [, LllÚ0'1, )' COil'>idt..rando : l " Ser de t. n .. tLll ..t!eu c.l Plan de re-forma acordado en 23 de Setiembre en vir­tu dd artíc ulo 7 5 d 1 Act·1 fec eral, y a ccns~'. i.í rri.t de la repetidas y urgente<> re- ];1 na ci o~ 'S las Pro\ inciJs con vencid:1 de " h · :!eYit:-~ble th.:cesidad de adcpt·¡r 1quella me­el 1.1 c·;trwrclin:lria. ... ·"0 Q·:~, 5 ;>Ucst'l l:t rcfcri 1 f1cul t1.cl en el Congicso, no e~t¡\ en tT)anos de las P rovin. • ci·1. 1 c5Í5 ir ~ lo aco!·dudo y rn ~ n ch do ex e. cu 1r; v ~ tes bien se debtn so etcr y COt'l­form, tr con la mc.licla ado¡ ada mientr· s que d uren las circ ¡nst.. n.._i.t lén referidos por menor n el Acta fi .cleral y P lan de reform:t; pero que segun ellos son in lispensablemente de la atri bucion d el Congre o y Go bien,o G neral, Jos G ouer­paclores obren f:egun bs c.i c un s tt~ ncias , confor­mantlosc , 1 r pin u de 1~ · ... [orma y ck tn '~ rc:,olu cioncs dd Congr-.s0, mientn se d1cte l1 los arreglos generales con s i!~ imtl' ~ la rcf, r mél­cn que se ocupa actualmul e el e J¡)g··..;so, dando cuenta ele las medidas que l)rovi:,ional. mente abrazaren y pn s i~re n en excr uc inn q u:-~n do no haya lug;ar ele esperar la resolucion de la f uto r id·Hl T,1 cioml. 4.0 Q e el Gobierno General obre en los ca ~os que ocurran eg-un estas declaraciones, que .. ! c.f~ cto !:>e le comuni caran. Y m:mcl,1do cxccutnr y circular á las Provincias por el Gobierno General, lo comunico á V.E. para su cumplimi nto. -Dios guarde il. Y. E . muchos anos Santafe \bril 19 de 1815 .­Cris, mto V aknzucla SLcrctario ele E. v R. E .­E xmo. Sr. Gobcrn, dor de esta Pro.yincia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 366 En 19 del corriente acorde el Congreso la reso. fnrtnidnd del citado artlculo del Acta ' federal lucían CJUC igee. se e~ preso, scnaladamcntc en el decreto de 12 El Congreso reconoce la independencia de Er~ero del presente ano, como decisiva en de l\1ariquita como suficientemente d·~clarada favor de la Provincia y Colegio á que debían p or el mismo acto de la Asamblea de la Pro- Goncurrir. se ha hecho insuftciente en razon de vmcia, no ob tante la no concurrencia de los ¡me. que por ambas partes se alegan y presentan ac . blo~ litigiosos, y admitida a la asoeiacion de sus tos positivos de posesion sin ba~ersc avenido h.::rmana~. declara. jamas n una base determinada. !O Que le corresponden todos los mis- 2° Que, prt:::.cindiendo de lo litigioso de mos cler cho que á. cada una de ellas. esta contienda en que el Cuerpo D eliberante, 2° Que en conseqücncia se debe consti..... con arreglo á los arttculos 4.4, y 46, y baxo el btun· en un G obierno libre, eligiendo sns fu n. sentido del 59 de la mi::.ma Acta fcch.ral, no cionarios, conforme al Plan de reforma, in per. se debe ingerir, las partes que tocan al Con-juicio de qualesquiera pactos o convenios que greso. como tal, en casos semejantes son las pres-quiera hacer con la Pro incia de Neyva, ~cgun critas y detalladas en el citado art. 46, las comunicaciones hechas sobre el pnrticular, ~p Que s guu esta regla lo primero CJUC que el ongreso ton1ara a su tiempo en con- está en el deber del Congreso, es sugerír mc:dios s1d rucion. de COI~ciliacion, asi como en el ele la& Prm in- 30 Que puede y debe entre tanto en- ciionado ) con sus cr<: el cialt:s e ins .• "De<;eoc; el Congres0 de C]Ue no sean tru ccionPs i l.t mayor breved t'l , com·it.i 1 h ca in[ructo'- ., los claman.. -; conqup 1 :1chos ( e los el lugar en q te deben concu:-rir p::~ra esL.lJk- P tcblrJs t.: !.1 Pro\¡, ·!a de Mariqu·t;:l di r rot1 cer y ajustar las ba'>C'> de una amigtule tr~n a. a conoc.er su prop<: n::.to 1 :í colocarla n el lu- e ion acerca de los Pueblos disputados entre · r ue, cotdurmc 81 art. 2° del Acta fl:u er;• l, las dos. le co rr.::spr1• le entre la::. denns de la U•tion, y 3° Que se escriban y firmen por c.Ltpli-de que étla<> collte~t •• cíone::. hligio as, entre dla acl los capítulos del oonvenio pc.tra c¡ue ca-v Ll ele Cuncti11'1marca, so >.e limites de sus da Comí ionado los prescn e a b ratificacion tern onos, precccan torhts la-s medí 1· po ibles de su Comitente, y de alll se remitan al e:d-de un. p .;~rifica y ami~tos t trat sacion, capaz de men ' aprobacion cJel Congreso. p oner t....rn tno a gualesc¡uien desav nencias, ele 4..0 Que durante el tiempo neces·1rio para modo que sin dej ar n funesta incrrticlum- la celebracion, ratificacion,y aprol.Jacion ck dicho brc la suerte ele las poblaciones disputadas en. convenio no suspendan los oleg i o~ su · opcr:l-tre las do:;, tampoco permita que se malogren los ciones en ninguno de los ramos ele ~u in c;titut • xfucrzo que cada una hace para establecer y 5° Que sancionado el convenio con la consolid:.J.r 5l1 Gobierno y perfLccionar su orga- aprobacion o modificacion de st s hses, le~ Ekc-ttiL.: lci.on en sus A sambleas o Colegios Constitu- tores que representan á los Pu blos que aura . ··entes, ya reunidos, o proximos á reunirse, y se 1 convenio permanccen\n, o e s.cparar:\11 tenicnrl n con5iderncion: de los Coleg·ios, segun los rcsu taclos, nom. 1" Q •Je la qnaliclad de Pueblos mtc cstu. b~andosc por dicho PL!L·blos los C]Ué debao bit ron unidns el día 20 de Julio le UHO ,' Cun. concurrir al Coleg·io de aquella Pro\ inc1.1 á r1ue dinamctrca o a .[ lariquita, qu fu t.: la qtt en con. c¡~clan\n adjudicados~ . t .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. \ uclva al Poder Exccn ivo, on estas re­f'Ormas hecha a\ decreto del día S ·n conse­qücncia de tls objecione que pro puso en 13 del corriente, para su cumplimiento y comuni- >t cacion a quienc corr s ponda. ,, Y mandado executar por d obi erno G e­neral , lo comunico a V E . para que lo hag·a inmcdi< tamet te trc:n e ndental al Colegio de es­ta p,.O\ incia y a lo Cabi ldos interc aclo que ( Lbe 1 rnalldat .. a cl5US Electores, e igualmente al Cuerpo L egi5bÜ\'O en respuc ta á la con u lta sob ·-.: ll.n;¡tes guntn, l'\UO dLpcnde de b n.ucha po ,!.¡cic•Í, .' q11e sL.l se fomenta con b tnul. t'piiL;.ci 11 d 1 J~:dtco , boticarios, cl.t )orato­n , te<. l'l anatomices. j <~r lincs botánico!:! &.c. &c. \ mir.mJo co1 frialdad la demás prot~ ­sivuc~ qui. re c¡uc todo . can Boera::a es, y gue ro se 1 l;k ~: u de qu:na, mc·rct río, tart·u·o, en, m~ma. E.l 3l)c g1do mlxiJ'clo n su le ­y s, y pLnt trad hs. Si algunos abogados han hecho servicios !:lcn,dados onncimiento · que se a(lfJIIÍtrcn sin leer á Viuio, a Gre ·ario Lop"z, S.llgado,: ;\~ ·a 568 legiones ele libt·ot s que llenan lós estante~; de Ntrs DD, Todas las pt·ofcsiones , repito, nos tintu ran , y nos preocupan, y el militar como el abo~ado, el m edico. el m atenuÜico quieren tinturar el gobierno de sus ltab'tos y de sus conocimtentos, y yo creo que en las momcutos presentes mas vale que nos tinturen de guet·ra, que de alegato , de recetas, y de lineas. No dudo c¡ue un mi- fl l itar en el gobicmo piense que todo d~:;be se1· guerra, parques, munisiones, armas, excrcicios, academias; que solo debemos leer á Montecucuh, Saxc, l'uys~;gur, .:}an ­ta -Cruz y Mitn; r¡uc todos nuestros p cnsam i~;ntos de­ben robr sobre la ciencia ck T urcna y de Conde. Y, mi 1 terido Va J ~rio ; ¿ 1 o tcndritJ. conducta no su á mas ac~.:nad o 11') lnr n ilita.-cs; de 'fUe en 1 (hh;Arno ele 1?. l.'!~ion u no ·"·Y militw..:s o no ti~1 n un Con~e ¡o d · hon b1 s que conoz­can 1:t ¡:;-nena y 'J\IC iltt tt·• al Po•ler E:-¡ecut" \'• . ~ li m. :d­ma es <:sta: d G b cr"o r'eh,. f"llt'r fue s mi:·,m·rs rn .si' ~ ot1 o' que a &lL inmr:dialio• se la 11 comuníqu:n si q: .n.: salvarllo~ N o estamos tan po res el milit1.~<.s ilus.t·a­lt- ados que fal en tres, ó c¡u:~t ·r, pat ':l rcun:!·!ns en Con· sejo. \'md. tiene it LL'n'a rn S,,'1LI'~. {t T· ·ach en .\n­t ioquia1 a \' illavicencio en T "'1·; ·.tstulo, Campcm.l ­ne ' An~uiano, D' l:lo¡ :u· en e ll'tJg<.tm: ti ue nnd. :\ Ba raya, abal, Guticn,z, UtJ:mett, y mro~ t·ntcl s de que se p li l'l en t' ·o;a-'tr p u·a fo1·mar el Cono;r>jo ele los m as Yiejo , n1:1.s experimen tados, ma.; :,uio . :.,> 1 ~ y remedio, t ,t,t« .',' a hace un buen militar al lado ¡, l {:o­bi •·no con., al lnnte de Jos J:.xérc1tos para obrar la salud de la. Patria. Confi eso, que vmd. me ha des,·iado de mi piaD' yo of1·eci hablar de la cducasion de la e allrría, y ,-md. l1a di ho sabiamente ya lo ma esencial: pl·ll~

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Argos de la Nueva Granada - Semestre III N. 71

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