Por:
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Fecha:
05/09/1830
COLOMBIA.
Esla Gacf'ta sale tos cfomin-go6. s~ -4WJC1 "\be í "'"ª en las :uiministraciohe1t-df! éorrnte de la
republica de Colombia.
CO!"S!DEl\Al'ln<>:
Q•le utahlecido p.ir la constitucion el mi.
nisterio púhlic:o, t"S necesario organizarle de un
modo com·enienle a 8\\. ch},.to, designar las
al!ibuciones s encargados de
cJefendt>1' los itttt'!reses del F....st:ido, it;rno i senteRcias de los tri.
bunales: de s11prrvijilar b conducta oficial de
los funcionarios i emplr~do~ públicos; i de
perseguir los crimenes. delitos o contravenciones
que turban el orden soci4'1.
• Art. 2. 0 :Vor'!'an este cuetp<): el procurador
ieneral de la nac1on: los procuradores jenerales
~ ~eparta~en~o: los procuradores de proYlacsa:
lns smd1cos personeros d~I comun0 i
los ajentes de policla; todos con las atribuciones
que respectivamente lea desigua esta leí.
Art. 3. 0 El procurador jeneral de la nacion
reaideole en la capital de.la Repuhlica, es el jefe
. de este ministerio, i como tal debe entenderse
directame11te con el podl!r ejecutivo. Los
procuradores depart:.menbiles, se entenderárf
coa el' proeurádor jeoeral de la nacion, en todo
lo que concierna -.l miois.terio publico, que
no esté <:ti alcance dt'! fas -facultades de a·quellas
. para que pi:o'!'u~va lo conveniente. Los pro:
_ curadores pcovmcaales, se entenderán del mismo
modo i p~ra el mismo efecto, con los ~epar
tamentales, i los sfodil'.OS con los procuradores
proTÍncialcs. Los ajentes cJe polida oomo
ausiliares (Je -todos, debeu c:lirijirse- segua- los
caa<>s (iue ocurr:in¡ al funcionario o empleado
l quien correspoucla.
Ar!· 4. 0 En consecuencia de la di~sicion
anterior, el ¡>óder ejecuti 9'o comunicará di,·ectameote
al procurador jen,.ral de la nacion, las
ley!s! decretos, ordenes i providencias quf! se
eapubereo. Aquel funáonario las cornuui,·ará
~ ·los p~Gcuradores jener3!,,s os
coDJejos. jefes o gnberoail •>res.
Art. 5. 0 El miniaterio pi\blico est~ encar·
gado de defender los df>recbos de la nacio'ft,
_ Ja -f.rer~ativas d.I ~obierno i i., iurisdiccion
cin • ED consecuencia, l~s respectivos procuradorea,
promoverán i sostendrán lo conve.-
nient~ ante q1JÚ!ftes corresponda. .
Art. 6. o Para que los encarK·:..rt, pa•·a qv.e infori;óc, si son o no
contrfi rÍas ;, la sob(' ranfo í prerogati"as de la
nacion, o si ofr~cen all{un gr:pre inconveni::nte
en su adupcion, i pueda e l poder -ejccntivo
darlu o ~ negarles el pase, . o en.viarios con sus
observ:\cion~s al congreso, ~ uaodo a éste le
corresponria darlo o negarlo.
Art. 1 o . CorrespooJe al prticüraJor jeheral
de I~ nacion, . <:ni •lar que los procuracfo1·es
ienerales de dep~rtarne11t.o, . lns de provincia,
los síndicos personel'os i · dcrn;1s suhaltero9s
del min!st c~rio publico , cumplan esact.amente
sμs dehercs, i promover qu ~ s,. les exija- ante
las autori.clf'r?t ~'>mn parte n 1 !'"ateria~ judici°"les,
escepto en lo·s: delitos comones del presidente
i vic.epresiJe~t:e s de la 4llta corte de justicia.
Fuera de estos casos, no púede mas que e::titar
a In camara de represenhn tes o advert;r lo
CC]OVenieote a los «lemas aj entes f'O el ministerio
pühlic<.1, a quienes corresponda obr:ir erÍ
juicio.
Art. d. Cuando el procurador jener:ll de
la n,_acfon -.dvier.ta -cine ~lgnn o de lt>s minist ros,
consl'!jeros de ~stado, o ma}istrú!os de la alta
corte de justicill, no c.oncurren as1dn amentE' :1
· servir sus d~stiuqs o que se ausenten sin -perroisc1
, o que de cualquiera ot ra. rn:mera faltan
al desempt·ño qm~ corresponda.
Art. 14 . ~I pr o~ u1·ado r )encral de la ~acion
no pne 1 1t~ o-b¡..•u cr oin ¡;un o tro empleo, ni c:argo
púhlico r .i vi'I, ni militar, n i ejercer la profesión
de abo¡.{~do, ·ui la . p roc uracinn de negorios
~jeuos. A este fin, la lei l'e señalar á nna com·
¡H:teqf_c dot ·ú·ion.
Art. 15. En los casos de \•aeante_, eufermed:ld
u otro · lejíLimo irnp l~ JJm cnto del procurador
ien e r a l ,fe la uaéion, . ejerce r:! sns fμnciones · en
(":ilirlad de so!l~t~to el r.onse)el'o de Estado q~re
designe el jefe del ejecutivo: ,i si ninguno hnLiere
q.ne tl"ng~ las · calidaues requerida~ por
l=" consl:lurion, pndd n.ornbrar un let.rado qt)~
~ etacargue' iu(erin no pueden aer recuaadot, ·ae•-qoe
pro.cedán com~ parle principal o como adjunta
P.resent~ráu , sμs pcli •:io .. zs en papel 1'1! o6cio,
m.r:fo las notificaciones en su c11le l;,s curte:;, veni dn al prneuradorieoeral
9e la n:icrnn Pn el artículo 14" con reSJ>~cto a los ~ltc1s Ínf)rionari11S 'Jllt! al li ~e t>SpreS'tD. es
cslen.•ivü igurles ele apclaciop, prt>frc.tos,
comandantes jenuales, prc1;.dos i cual~quiera
otr;is a11torichnto, rnn r~spe c tll a los de
provÍr!citt, ~lr1ilirns p~rsooeros 1 d <~nl:ls suh~lternos
de! ministerio pt¡blico en e1 departament•
· d~ !'U C~rgo.
A rt. ~'. Los pr~cur~dores ienerales de departa
merito representarán a, la cámara ·de dis.
trito <'ll~Ot_(} e~tÍmcn COOV~nlerlte sobre los
objetos que ·1a leí atribμye a estas.
Art. '12 . Los procurado1·es jenera1es de dep;¡
1·fa01cnto s0n · lo·s prot~t c•! ·es de ind1jeoa$
;iinte '"s cor~~s lle apelacion i de~as autoridades
superiores depadamentales.
Art. "23. Los proc,uradores jcnera.1es . de depaftam<>
nto estilo ohli~ados a ~ar cueota"cada
tres meses al procurarlor jencral ele h naríon
de.l +staclo en qué estuv.Íe1'e el m~ ni~terio público
en el depa:rtamPnto rle su c argo ~ a cuyo
fin , examin:i~ ;i las noticias que mensualmente
deben darles los procuradores jenera 1es de·
provincia.
i\rt. 24. JJos procur3dol"PS iener~les d~ depart;\
me,nto lo son de provincia en la que
resicliere'P, i en ~lla ejer~t.'.rán las fnncíones
que Se ilpc:ignan en- et títnlo siguiente .
Art. 25 .. Los procuradores jenei'<.!les di'! departamento.
han de' ser ciudhjetos del arllculó 1 •0
Art. 27_. Son romuoes ~- los procura'llot'.es
jenerafes de provincia -fas atrihuci on ~ s ~ ·Psig -
nadas,por eah.lei a .los de departamento. l.as
cμales ejercerán en el distriw. de la nrnvinda
i ante .los g9bernadores, -com:mdanV' ~ ! r. .;trm:ii;
i demas autoridades· civil~, mi11taru o e.clesiastitu
que de(>endan cte lu supel'iores del
depart:> mento.'
Ar.t. 2~ ~ No ,podraa c;elehrarse, s.in la a8Htencia
del procurado~ ioilcr:d, enca.rg.a4lo . del
ministe.ri~ púbHccl', ~as juntaa de haéi~ch.
diezmo!' .o cuále~qniera otra~ e!'. que 6' · ~r-te
dt; ta .. r.enb$. : oac1onales (J munu;tpale~ -01 almooe@
s, ni remates de bienes o efectcw .~~
l~s pttlNiezcan; ·pμM deb.en iate~J\ir ••·todo
cuatliQ t~nga. intére~ dicecto¡ 4 ioilir.ecte cOll
106' ~fije.U.1~. espru-ados.
Ar~: 29._ Ejercerán igualt.ente, ~o ~
al mR>i·sterio .p•bljco, ·la .CQ..,.dotia jinval de
menores, fu_rios~. pr.ddip¡&, 6 ~emeatu .. e>oa-:forme
~· lu.ley~, i La .U.f'eosa de l.~ ·au~
.q~e · íe:bn alejdo ele-Rl 'domicilio .4 raid.~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ordinaria• í ele qoit!nea no ~ tenga-.-ooficiaJ ó
DO ~yan ·.dejado entatgada a OUO la admi•
oiatr•caoo de sus bienes, ó en los casGS de
abandono ·¡ deeμs prevenicJos .. por derecho.
Art. 3o. Coidañn eaqupoloaamente d~ qoe
loa oficips j>tiblicos- .te ~bao.os i notarios sean
e.saeta 1 qelmente serv~ promovetin la
óhservanaa de las leyes CJllf! prescriban el
arl'.f:!glO en que aebm estar IUS oficinas i arChl'f08',
i denuncia.do cualaQuieaa abuso. queae
comet~n contra la fé publica~ Ó·el mal deaempeño
que adviertan en el notariado.
Arl. 3 t. Cuidado asi mismo de que loa rei1&
tro1 del estado ciTil de las persoóas.-41ue 100
h>4 que deben hacer té i producir efectOs
legales, 1e lleven con la debida e.actitud, por
áqwill.os i quienes se ha en.c.arga.do por la lei,
·• cuyo fin vromcJveran lo conveniente anJe .
las auteridades respectivas, i harán que se lu
és.ija la re5~sabilidad por cualquie-ra omísion.
Art. 32. Requerid al consejo muoici¡al
de la capit~l de la provincia para bl fol'macion
det censo i estadistit"a qn.e debe formar de
elle, cuando adviertan que no lo han fo~do
en la ~poca que determina la lei.
Art. 33. Corresponde á los ¡>rocuradores
jenerales de provincia la protecc1on de los indii.
cn~s del territorio de ella 1 ante las autoridades
provinciales.
Art. 34. En el caso de muerte, enfermedád
6 lejítimo impedimento del procurador jeneral
de la previncia, le sostituiri el sindico persone.
ro del co!1se_j-0 municipal de la capítal de la
1msma provmc·a.
TITULO V.
De los slndicqs personeros í ojentes de poL'cía.
Art. 35. Los siodicos personeros de loa
consejos mu:nicipafes, ejercerán el ministerio
púhlico,. en )~ cantones ó circuitos, ante la
asutoridad política del cantan, jueces de primera
inatancia i alcaldes de las parroquias.
Art. 36. Loufudícos personeros darán cuenta
cada mes al procurador }eneral de la provincia
de cuanto OCW'ra en el caoton que interese al
ministerio páblico, i le informarán sobre lo
que les ~rezca conveniente a su mejor servicio.
Art. 3¡. Los ajentes subalternos de polida
como aU&iliares al ministe..W público, les darin
eu.antas noticias les exijan en lo relativo 6 los
objetos de que estao encargado,, los procurado·
res jenerales de departamento 6 pro.viocia i lo$
slndicos personeros.
Art. 38. Los a¡entes de polida encargados
de prevenir IQs delitos i conservar el orden,
da.rán par~e al ~uocionario del ministerio público
mas mmed1ato, de cualquier crimen que
se haya co.metido ó de que tengan conocimiento
para que se proceda a su averignacion i exa'
men co11forme a dérecbo.
TITULO VI.
De la responsabilidad de los funcéonori.os í.
empleados en el ministerio publico.
Art. ~9· Todos los funcionarios i empleados
d'el ministerio p'!_blico, so!' r~sponsabtes por
el mal desempeno en el e¡ercino de sus fun
·ciones en los casos .>iguientes:
1. 0 Por infraccioo de la constitucion i de
las leyes:
2. 0 Por dolo, fraude, prevaricacioo, soborno
d c:oncusion: .
3. Q Por deoegacion de servicio en los casos
que deba prestarle el ministerio:
4. 0 Por omision en el cumplimiento de las
ordenes que los respectivos en::arga'dos recihit"
ren de aquellos de quienes dependan.
Art. 40. La re.spons.ibilidad del procurador
jeneral de la nac1on. se exijid en el senado
.cooforme a la constitucion: la de los procura.!
ores jeoerales de departamento en la alta corte
c1e justicia: la de los procuradores jenerales de
provincia en Jas cbrtes de apelacioo; i la de los
síÁdicos personeros i ajeotes de policia ante el .
gobernador de la pr~vincia.
Art. 41. Las dudas qne ocurran sobre !a iotelijcocia
de alguno ó al¡unos artículos de esta
lei,. mi~otras 1lO se instale el futuro congreso
constitucional. sarán resueltas provisoriamente
por el ~der ejecutivo, oyendo el dictamen del
conseio de Estado.
Dada en Bogotá a 10 de mayo tle 1830-20.
El · presidente del congreso.
Yzcente 'Borrero.
El seerct,ºS, Burgos,1¡:El aecret.• B, Caro.
GACETA DE COLOMBIA
Bogotá Dlayo 11 de ~ 83.0-"20.-.- Ejecúle1e.-·
(L. S.)--DoJnNGo CA.IOBDO.-Por S. B. el
'Vicepresidente de la l\epúltlica encargado d~I
e.oder ejecttti.o.--El ministro aecl'etario k
Eatado en el dc:partamePto del interior i ju1ticí1.
.Al,jtJntlrll Dsorio.
Ssñoa..
La constitucio11· •i•pcmiendo eo JU artlf!'Jlo 8 e
que el presideate ael aenaao le& el q11e 1-.brogué 1
al vicepresidente 4e la Re¡niblica eoéar.'gaclo del
poder ejecutivo, en el cuo a. qQe ~.t~ falle por
muerte, iimisioa ó incapaoidaa fisica o mor•I,
no ha pre'risto, ni aun .CMi poclia preveu la poaicioa
eo que actualmente 1e encuentra colo~ado
el gobierno. Como Tieepresicleute ele la RepuLlica,
el eaponente ae haUa enearf ado del poaer
éjecutivo, durante la ausencia ele presi4ente de
~lla ,en circunstancia• tle 110 haber todavia un
aenaclo, ni existir, por lo mismo, el pn!.sidentc
de esta camara.
Si en esta coyuntara, aeñer, fl\9ere, 6 falta
por otro evento el vieepre,1idesate, ~ .t19ien ha de
gobernar eate Eataclo? No puede ser el pr~aideote
del senado, -que a110 no existe, ni tampoco
el presidente de la República á11sente dé
la capital, sin q11e sepaμios por cuanto tiempo, i
sin estar posesionado aun.
Dignaos, señor, de someter a la coosideradon
del congreJo constituyente esta respetuosa. espoaicion,
e11ue me mueven a dirijirle mis deseos de
que 1e prevea a UD aca~cimiento posible, que por
no estar previsto,, pudiera acarrear males de una
natur•leza grave.
Bogo~ 8 de mayo de I83o-20.
Señor.
Domingo Caic~do.
EsCFO· sr. presidente del coa.greso constituyente.
Bo8ota llO tle moyo de I83o.
SEÑOJl:
Considerada en el congreso la duda que 'propusiat~
is en vuestro mensaje del di• 8 acerca de
la persona que huhiese de gobernar el Estado
en caso de que vos falteis por algun evento,
antes de posesionarse eo su destino el presidente
de la Republica, ha resuelto en ·~ sesion de Ja
mañana de ayer: que·pudienclo, vos, señor, como
encargado clel poder ejecutin>. proceder a nombrar
ahora, 6 cuando lo eatimeis conv~nieo,te~
los individuos que hayan de componer el consejo
de Estado, en virtua de la atril>ucion que para
eTlo concede la constitucion al jefe del ejecutivo,
corresponda al esprésado .consejo, designar la
person3 que de~mpeñe temporalmente la primera
majistratura, en caso de que ve>• falleis,
a11tes de anstalane el congre'o cocstit1.1ciooal.
Señor.
El preaidente del coogreso. Vi.:r.ntl! Bo. rer11,.
FACmo, señor vicepreaidente de la República
encargiado del poder ejec11tivo.
BOGOTA.
Estado mensual de }as r.entos munícípalu
desde 1.• de ¡unio de l83o, lzmto último de
dicho mes.
CAaGO.
Por 2 pesos que en 1.0 de junio 1 830
me entregd el señor Pio Tnijillo de
orden del señor prefecto como pro-ducto
ele carros. • • • : • • 2
Por 6 pesoc 2 reales qne en 2 de
dicho mes entero Claudio Fernan·
dez del arrendamiento de un plan
de casa cumplido el año, en 1. e de
marzo del presente. ~ • • • • 6 '2
Por 6 ~sos que en tres de dicho me!
cnreró Dolores Lozada del arrendamiento
de un plan de casa q'tl~
poseiá Barbara Mnr'eftO' de 01dtñ<>
cumpfülo en 4 de díciembrc p.pdo. 6
Por 128 pesos que en 3 i 13 dé jq11jo
de 1830 entero el señor Francisco
Antonio Diaz. á bueoa cuenta de lo
que debe de.I arrendamiento del
ejido grande. • • • • • • • l 28
Por 64 pesos que en 7 de junio de
1 830 eoterd la 'Yiuda de Lucu
Ricaurte del arrendamiento del ej.i ·
do de los arrayanes cumplido el
~ño en 14 de marzo del pre"dtc. • 64
Por 18 pesos que en 8 de jnnio de
1830 enteró el señor José Antonio
Lomhana á buena cuenta de lo que
CleLe del derecho de r,eventa.. • • 18
Por 1 o pesos- qne en 1 "? de junio de
1830 entero Gregorio Diaz del
urendamieato de un plan de casa
cumplido el do, ea l •e imyo 4el
_}K'eaente. • • • • • • • .,; 10
Por 32 pesos que en 12 de ~ha
me1 enteró el aeñ.Dr Ju.a Nepomuceao
Colo bon ciel MTena.nrimto
de la cochera de d95 4fi9S cwnplidG.
en 1. 0 de febrero clel presea~ • 3:..
Por ~ pe.sos q11e eu 13 de dicho mas
enteraron Bruno Anjel i José M..
Ruis del arrendamiento de uo plm
a~ ~sa -de cad.a uoo •e cloa u.
cumplido. en 1. 0 de junio del
. -pr.eaente. • • • • • • • • a
Por 10 pesos 1 112queen l~ de junio
de 1830 entero et señor Ramon
Peres del arrendamiento de uoa
ti~da del mea elQIJplldo en 1. e de
dicho mes. • • : • • • • • 10 1 •1~
Por 3o pesoJ que en ~2 -de dicho~s.
enteró la señ.ora Isabel Rico del
anelhlamiento del ejido de Peckc.
Hcredia de aei1 meses cumplido.t
en 9 de mayo del presente. • • 3o.
J'lor un peso 4 reate. q~ en 23 de
junio de 183oeoterd Micaela Paes
del arrendamiento cJe un plan de
casa cumplido en 1. Q de enero del
presente. • .. • • • • • • 1 4
Por 792 pesos dos reales que como
rcmatador del derecho de camelloo
enteré para el completo de la i:aD•
tidad en que rematé dicho .ramo i
cuyo remate conclnyo en 1 7 41e
junio del presente. • • • • • 792 2-
Por 6 pesos que en 2.6 de dicho mes
entero Juan Manuel Garcia, del
arrendamiento de un plan de cua
de un ai1o cumplido en 22de mar-zo
del presente. • • • • • • 6
Por 1 o pesos ~e en 26 de junio de
1830 enteró el señ-or dr. Joaquin
Calderon del Brrendamiento de un
plan de casa de un año cumplido en
1. Q de setiembre proximo ~saclo. 'IO
Por 6 pesos que ea 6 de junio de
1830 entero el señor José Antonio
Roias nsene .la mte-,.
gridad nacional. • .. _ .
. El con.grao ha sane1onado ho1 . C"omo · garantia
de los venezolanos, 1in articulo. que en
cuanto puedo· fiar· en mi memoria, 4lice asi:
• Venezuela por su ll'~osformacion p~litica º?
altera sus compromehm1entos con respecto a
la deuda pública, i. arregbrá su pago, pt1'~
medio de convenios 1 trata4ios que cel~brara
con· las tlem~ ., secciO,nes .que compoman la
Repú},lica 'de Colombia.• ·
Con sentimietitos de· particular consideracion
soi de VS. atento ob~«liente senidor.
Juan de Dios de -1,ranzazu. -
' Yolnuiojulio 23 de 1830.-Señ~r Sl!c_reta·:
rio de Estado, i átl Jespaclzo tlel mtenor.
Tengo la honra .de iucluir ' ys. en ~opia
la comunic:acion <.¡Ue recibi en 21 del c:orraente
del señor secretanodel congreso consbtuyentc, ·
• • tto ·~ ~el ~n qqe_ teng~ la_honra d•
· dir:iiiitne ;-~ ~ tnanifestandole ~l .. pl~cer con .
que lo Yeré oc&par una dt las s11las c\~l cQn -
·gieSo¡ ofreciendoioele con toda·- sinceridad
de fin patriota. . .
Con sentimientos de la tnaa c.ordtal amistad
sotde VS~ ateotQ. obediente aervidór. .
· (Fimiado) Et secretario Raftid- ... 4.znudoi
Yale~ÜJJJJÜo 21tl~183P·20.-Señor secreta·
r;o tkl congreso co~'lillirehle de Yenez.uela • .
He· tenido la honra de recibir 1a nota de VS.
fecha de hoi, por la cual se sirv~ com~icarme
que el soher~o congreso ~ustituieote de. Y e.
nezuela, hah1a resuelto.en su sesion de ayer,
que se me. concediese un asiento en su seno.
Distinciones· esta tan señalada, que y.o no
asertaré¡ ·poi' falta tle espresiones, a_ ma~ifcstar
A VS. d.-.bidamentente, el lleno de m1 ret!o·
oocimiento, i el alto apre_cio que hago d~ una
d~cisiOJ\ -fP.e m~ p~rmite ocupar un asiento;
entrc-186 esclan!cidos Yat"One~. qoe es tan llama·.
dQI a con.Stituir UD pueblo noble i heroico, i ·
en cuyas resoluc~o':I~ se encuentra intere~~a
Venezuela. Colombia, I• causa de laAménca,
i de todo el mundo liberal •
Al permitirme suplicar l VS. ~e strva presentar
al soberano congreso las seguridaJcs i
la espresion de mi pr<>fo.ndo respeto. i de n;ii
g·ratitad . ilimitada,_ seame I?cr_m~ti, coo que me suscribo de VS.
Atento obediente servidor.
J. de D~ de Aran_zazu.
¡ mi contestacion de la misma fecha; por ellas D 1
s e u R s 0
se impondr& VS. de que este cuerpo babia re· , Pr()nunC.iodo por J. Yar:gas _Jip11tado de
suelto en susesion del ~o concederme un as~en- · Caraéas en el congreso constiluyente, el dia
to en so seno; VS. encontrara en esta ínedada9 15 _de mayo .sosteniendo ~ª. modift_cacion
una confirmaaou de mis informes anteriores, que propuso_ q esta proposicion hecha por
relativos a las dis~cio!les amiglhles del .con . otro honorah/e represe11.tanle «QUE sE sougre!
o, ~to del gobierno. de Col,omb,~. . CITE l>EL CG.t(GRESo DE BoGOTA. EL at.Col'\o-
Nada-se-ha decidido todav1a sobre el oh1eto ClMI:&~To ·llE _u, $EPAl\Ac~oN _ DE VeNEzunu,
~e mu ···· cn·-~-:..:0 01 ~l - con-o,(,.e .s_o ~e -odc up..oi: de et lla t¡;NTEl'tD!.",.'.".," º OS E Q......,...,.. L,•. .".". EG,•. T1v,•.. sB ".1".ª~ ND"'" '• el 2.-l .delc.orric:nJ:e i ~-asó a segun a ~SC.US oo~. C.OMO lJNA D'-tLARA.TOlllA D~GUE&lf!.»
Por mi nota· del J6 dije a VS., que el con·
greso babia sao.C?ionad~ aquel dia. uo articulo · -El señor V.:trgas propone; que se ~rre la
por el cual $e reconocia .por · parte .de Vcne- u) lima · cláusula- enltndiendo'se i¡u.e la ~a·
euela la deuda _piiblica, of'.!e~ndo .arr~br tivti se tcnd1a como una tleclaraloria de
su pago .por medio de conve!"os 1 t..-atados · qu~· _guerra,_ 1 ~-º su lugar . ~e sos.tituya haio de
celebrara c.fift las-demas secc1on6 que compo--· ·pactos reciprocas dt ftl:leracwn t¡ue unan,
óian la república de -~olombia. lncurri. por· arretrlen ;. representen las altas relacionu
no conocer la tactica del congreso_ ~il orden a nacionalcs ddosdiversosestados de Colomb~.
su . .nodo·de votar~ ftl un:i equivocarion que SEÑoa PREsJDBNTB.
debo deshacer, manifcsta~do ª VS. 0~1,. me deracwo 1. m1ri\S .Ifostradas 1 heoéficas de uo
alif:evo-•eaperar'ff&Ht el go~ao DO JU?~ara pue.~tO Jibre, COmO ofeB.sÍVp é ·ins~l_tante ~ UR
dé mi conaucta por.lo que dif.an los p~p~!es , gQbierno d~ 1i1Jt so~o . hem.os rec1b1do. en. el
publicos. i mu~ menos P~l' 0 que. aseguren curso ·de ·nuestras dJfereoc1as, p.giebas de roo.
aquellos, que 4e1en Q-a;slUCJr .iJgon urteres en deracion. de un• politica cireunsp.ecta:i de.seos · ...,_la sosJlechos•. de iránsijir po~ las vías. de -P3'• . . .
Soi de VS. coa perfecto r 41111peto, m atento Mas no son solQ~l temor de le giicr.-a,c1v1,,
obedieote aerv.idor. J. ·ae D. ·Je.'At'miza=u. ¡ el hótror de pre:veer ·SU 11.~nμa·-deva,tador.•,
SICTdar.Ja t!el co"6.reso.-Dititu-yeót• de. V~ ~:r: ,i. -bnsc,er ha· ·.-fJJ.aeiolleJ COQ. ·IOa . enehfos
neme .. b~ reaoelto aa -'sioo ele ayer.eonceder . de--·•s otraa · •e~onee.de .Ja J\ep,hlica.· A1l~
A V.S. un asiento e1u11 aeao. · cuarutG GQ fane .e* temor, h>s ioternt's"1- ·
, AÍ -~íúr ,á VS. uta resolucion, et_imto el talea ~ -~tnbos' ·p·uel;l°' ' ~ndan que al paso. ~
mas:vivo ·tnm~ de la imajioaeion, . cr pu~ lilJ mas grato ftatemiCJid~ a-e repreeutaciOn RQHlica, de..c-o-mJrcio
i mutuos in t~rcscS\ de aqoc!llos-miimos .
intereses que ~ttihao :5obre 13 paz, la libertad·
i dem0ts .dont's qll\? ·~Je esta emanan.- • .
Si · .echamos· tm3 01eada S9hre el· glorioso
cuadro de nuestra emaneipacionf Yemos en él
la obra de esfuerzos comunes, de c:ooscjós
coJilunes; de heroicos sacri&ios tarnbien comu-. ne!.. Aqui cerca R_ic~urre S~ · in~oló por la
patña, alli mismo el i~lrep1do. l1r~~~~ _en ... ·
contri> · la muerte ~ntre las filas ent-Jlllgas;
tamhien Colo~hia . tnvo Cm.·.~i~s i ~~
Las ar~.as de Venezuela libertaron . én 1'819
a Cundioatnarca, mas antes en 181 3 •os au~
silios de la Nueva Granada difijidos p0r
ilustres jefes lanzaron de. ~ste'' priis n l\'lo1_1te•
v'rde. El esfueu~o s. que , ·es el 1dolo 1 el , h~or de los
colombianos. -¿ 1 éste todo m~mfito ha d~
hacerse pedazos sin melivos? Cuando· no.
existi~se, todos debiamos empeñarnos en Stt
formacion. porque su so.lida ttth1Ctura, su
liga~on o~s da existencia oaciooal rcs~t:able,, -
paz, libertad i _bien.
Su : represcnttfcion política no · permite · l;,it .
d.esintegr<1cion. A. eUa se oponen el reconocimienlu
ele Colombia i los· tratados ronae-
: cuentes celebrados . coQ Jas repúbfü:as ·herma.·
' oas. de la América antes española., cQn los
.Estad.os Unid~s norteam.cricanos.- oon. la Gran .
Bretaña i iil Brasil~ -Todos han .sidq fuoda~og
eti la rcpresenladon politica d~ . la nac10"°
c.ólouihiana. Cuando los Estados U ni-dos· del
N'arte· teconocieron nuestra independencia.~~
los furulamentot que tuvo preseottt la comi-1
. si.ón áe negocios estra..njcros· de la camara de
representantes i que dta ·aco¡ió, se -hace es•
. pecial mencion de la d.ltclarac1on separ=-dá de
Verí~zuela i de. Ja Nueva Granada.,. i de .suuaion
en la nacion colombiana. ·en J 8i9,
cali6caodola ele una vasta repuLñca de tres i
· oun cuatro millones de almas.. ¿ 1 creeremos
que estos tratados solennes i . vijentes con las,
O.e mas n¡¡cionea pueden segnir ilesos :.con esta·
alt~racioo ·fundamental de ía.t hasas sohreqJJ.e
fueron celebrados? ·
En los actós de deudas i't!mpréstitose'ntre·
-Ja nacion rolomhiana é individuos o sociedades
·nacionales i estranjeras la union suprema·
nacional ha sido reconocida. Aun la obliga·- .
· cion de los empréstitos anteriores al año de
1819, en que que~o consagrada Ja lei ~ ...
clamrntal de ·la un1on, foé mancomunada 1n
so'/idum i reco~ocida segun el . articulo· 3. C> 1
por la. nacio11. colombiana, j. por dla garan-.
tida con hipotecas de sus_ dtilmimos,posesiones
i romos mos productivos de sus rentas~ Las·
habere$ militares, las .inde'1itlizacionfs, · ~a ad_.
j~dicaciou. de. secuestro~ i et repartimiento de
brenes nacionales 'han sido otros tantos actos
pei-féctamente eotreniezclados de venezolaQost
. cwdi1támarqueeés i ·qüit1ñes •. i de pr~i~
d~de5, terrenos .i g~r-ti~s indiscrimfoeda·srle
estas tres seccione$. Lós contratos ron sG<:i..-
. dades .de col011izaciori; i · Ja. adjudiCaCion ·()•
tierras, ele . laa que ya J¡ai .tepár~idas cu*tTo
~Uloaes- de fa.negas •hijo· de t&m.inos ·unifo~.'
.mes.en la -mayor parte; Jos· celebra4os· :e-.•
la ,nategac:ioo. de lós rios i qoe aun d tjn
· 'Tijeot.e1. .. ~1 de una_ empresa , de ~~mino de
ruedas' de. la- tosta del Atlantieo~-la·cLd Pacifico
pqr tll Istmo, .pasa~o a· J~ ~ejis~atura de -l8t6;<
t<>.dQ queda. insubsistente 1 a bsGlntam.ente anu •
lado -con el A::OlllpJetu .d~~dazaqñerito 4e ta.
relaciona Qa~ionales ~e C,&IVUlW-..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
. t. fa wrüd, ai se tnta -de ceme"ar :la
integridad de las coodi~éoea ft esiea tratados
i contratos i del efecto oblip_torio de saa es~
lacibnel. ¿ GOmo se puede prnúndir de~ ·
fandamento del crédito nacional qae u so
principal LNe 1 L11 importancia de Colombia
~01111d9 eato1 con· r•de-r nacional \ieoen· ·
s de romper sua rela·
áones lrateroalea i desunirse .enteramente, con
prevenciooes rencorosas van a transijir ~a'Ves i
enmarañadq cuestiones de intere.s reciproco,
la ajustar 1nscneotas ia scpararsu socied:1d,sin
m=is a:-bitro ni m:is tribunal de consiliacioo
lfll~ la esp:toa i el fusil en el campo de bntalla.
¿1 es posible que ~n vez d~ empeñarnos en
;afianzar las bendicion~s de la pa2, hayamos
~ lanzar al mejor de los pueblos :al· medio de
los incentivos, de las violentas tentaciones de
la guerra. Acordémonos, señor, de lo que tntti
bien ha dicho un ministro del gobierno. «Desf>
Uts de t2'ntos odios i partidos como suscitó la
-guerra civil. des pues que la mayor parte de la
pe>blacion b~hia Tivido pot' muchos años, sin
otra oe.npacion qu-e empuñar la tanza i el fusil
nianejar el ca hallo i hacer una guerra destructora;
d~pues eo fin 'de los vicios que parecía
necesario hubiera oontraido uoa g~n párte de
los colombiaaoa::: ¡verlos entrar de nuevo i
en poco tiesapo en las O(.upaciooes rurales, en
una vitla enteramente pacífica, no puede ménos
gae sorprendec- ~l pGlítico observador! No es
e.te el cursa que por la comun siguen los
puebla&, ni la condacb ordinariade los liómhres,
·Dudarémo& todavia del eacetenle caracter i de f; dispesiciones ·1irtuósas de loa colombianos?
Pero aun mas que la guerra, son treméttdas
so~· funestas conseaiencias. &a libertad. esos
derecb09 que son el objeto de nuestta idotatría,
todo está ,,cumprametido. Abramos el gran
libro de la historia de las oacioues, i hatlaréDOI
1ue S'i.~~_pre que han tenido que hacer lá
g_u.caa.a paeblqJ vecinos, deJde luego ·qae bao ·
GACETA DE COLOllBIA
beche nacional el upíritn militar i * bm
embriagado coa las gl&riaa -de la c:eaqailta97a
~n p~f_ecada. para: la ~. ya uo ~deo
a:e-•~ne a las «:Mara.a del -~iatacler.
La hittona de Roma nos preseata ¡ Cbar fw.
jalMlo as p:iltoa • la 6ali~ fa de Fl"aDCia
mnestt'a ~ Napo1eoo eocadeéind'ola con ..za.
mismas hueatn •encedons. Q'uiú. Cdfllo al~
oa poBticos piensan. la me_¡or p!'Mltfa de
la lihenad inglesa es su sitaacioo i~ular; i el
~ior •nlemaral de laa tostitoci~ liber~ea
de lot uortéameñcaoos otá ea su Jotal aittaaíit:
Pto de naciones vecinas po41el'OSU.
El bttea orden de. ia admioistncioo .de justicit
aofr.e menoscabÓ con una sepancion á'aoluta;
porq-..e en la -pr®ta i fácil-transgrt'Jioa
de -esteosoa limites de una· nacioe\ •eCÍna, i con
díSposiciones poco propidl!ls btJsc-aran los crlminales
t:Voutó asilo i segur• inmuor.-fad.
La défmsa interna i estema. al-paso que se
hace ·con la separ-déion total maa Oéa!aaria i
Qteosa, se toma tambien mlls co~fop i comp_
licada . Pprque cQnst'ituidas V eocmel.a i l:a
NueYa Gráe:1dil en· dos n~cfooes del todo diversas,
i quiza. segun he dicho, animadas de disposicieoes
poco coociliatoriás, c¡uedartdo fronterizas
por una linea mui esteosa de Umites
perfectamente abiertos que ponen en contacto
con este estado. el ~partameoto mas popu_.·
loso del otro, á Boya;cá, cuya población lá toas
anafaga a la de Venezuela en costumbres i
recursos para uná guerra interna, apenas es
una tercera parte menor que la total de esta:
dehen guarnecer i dHender cada una por su
parte esta estema linea limitrofe, maot~ner
alli ejército, construir puestos dé deknsa i
lévaotar esos establecimientos militates permanentes
que al paso que son óoer0$0S al
pau, contrarios a su riqu~a i moral publi'c:;.
amenann sin ('ésaT sus instituciones i asom ·
bran su libertad.
La defensa esterior de V ettezoela, Cundin
·amtrca i Quito queda ~n cons~cuencia· d·e la
aeparadon. por n~cesidad e~t::trgada esclusiva-
m ente a la primera. A ella pertenecen_ la
Guayaaa·i Mar~caib~ est~ dos Unes dél in·
terior de todas las tres secciones; a ella tam -
hien pertenece la Íomensa costa expugnable
situada entre estos punto~, mejor diría, V enezuela
es el antemural de toda Colombia,
en Venezuela debe existir toda su d·efeusa
comun. Asi. por la separacioo, e&ta que debe
ser hech:l er.a comuo con el dinero, tropa· i
recucsos de las tres, va a gravitar soi>re Venezuela
sola. Echemos ahora una ojeada sobre
el estado de defensa que presenta Colomhia
unida; Su d efensa •sferior tiene que hacerla
s olo en sus costas. cou toda la suma de sus
recursos, recursos mas que suficientes contra
el unico enemigo que ~r ahora i en tiempos
proximos venideros puede abcar su inrlepeodeucia
con muclios costos i desventajas. En
el continente mismo, la nacion colombiana
tiene límites inéxpu goables: por el Sur los
pantanos desiertos del Ormaco, pequeñas colonias
de naciones rf'..spctables embutidas entre
ella i el Brasil, fas alturas inatcesibles 1le la
cordillera i el desierto de Secbura, por el lado
del Perú, hacen .su defensa natural. 1 por
el Norte, su corta lin•~ frooteriz~ esta gua,·dada
por desiertos mal sanos é inaccesibles del
l~tmo, i ademas por la ioterposicion de una
nacion pequeña, que. todavia sepa1·a mas de
nosotros al gfande imperio mejicano. Si las
reOexioues que antes he aountiado son esactas
clara está la ventajosa sitllllCion de CQtomhiíl
unida, bajo todos respectos.
l\1as no aon estas todas laa razónes poderosas
que imperaD la eooscrYacion de la uoion nacional
de las diversas secciones e catados de Colombia.
Sus relaciones recíprocas de cotliércio intéroo i
esterno fundadas en sus localid'ades natural~, ¡
hechas necesarias con el tra1~ar10 de la union i
fecundas en promeaas de un inmenso bi-ea, v.10 a •ufrir 1.ma mengua Cat~t con~· 4espe4azamient.1
de la Repl&blica. No abusaré de la paeiencia
d.e este congreso soberano espooieodo circun•tancla.
bmente estas veot~jas c.omerciale~ de
Amh04 pueblos¡ solo mencionaré aquellas qúe
tiendo mas obvias~ i bie• conocidas de-muchos
de &os h aoorables representantes clebe~ inspirar
mayor convencimiento. L.as reotaa de las esportac1oaes
de la Nueva Granada a lps pueblos
llarittófta de V eoezuela1 princi.palrucate por
CaBiblO ele lllladO q'UC' O'Jniuen d'c los lllD.OJ. de
CaaaD*e i Bari.aa1 erat1 afailaa .. ea a&s. •
ua m&lloo M ¡peaoe 11 euca 4c- la tercera ,-.ne
deeo.i.-.- ~rao.. B'e _ pár~tpe~
4~ e~ rnal~o eu aaa q.oea de creaeioa ¡ ae
ma~ria f"Llaca, podemos coa ra•• ,,.-oeO*iCu
· toae• aa. progreso. en tíemv- t'dil.!ia•, t"...U
I• corta ~iltaillcia aer ~~&e Caa~- 1
Cuanare aaíili•ü •e ltaeem eamíDC* ..,,.._._
por el Oridoeo 111t inmnuo dMI_ u ri..--.
¡Mra a~llot pueblos i p-a ~ Col.olaMa.
Et palaclioa •e nastra iatle~ o81i6
ea Cuanare, allf ••jaroilt ea pereg~ ..._
~1ule la -liltcrcad In .tasrac-- relicrñ• 4'I
r~iao; aDl ~·- l"e&ita,roa. IGS pHdoa- M
V ~la ; i ~ alli como tic en e.en"º el
Talor, la colialallcia i el P,atrioliamo criaroo, deaarrollaroa
re,c~noa .i ~on~staroa la llberhd ele
Corouabia. ¿_I podd dudarse de 1,aa refacíoaa
inseparabfa ite ambos pueblos? Por Otn~ ~rlC
M..racai&o e.clf ·iclentiGcado c:o• los dé Ja Noe.a
Granada, so comen-fo es el de los nUes 4e C-..:
cota; actualmente ae oeopa.o ele .. eamino Dae•o
que siguíe11clo .Jea4e Baenu~.-tara ~ Sanj('M!
por la ribera izc¡oierda del rio Pamplooita taeilitc
el comercio .-e M.aracamo coa toa pue'llos
ele Cacata.
Bien lloto que atas relaciones comerci.>la,
pueden quedar arregladaa por tratados aau enlre
naciones diatintaL ¿ Mas po4.ran exiatir taD aeIOl'M•
tan ventajosas, tan impcrturb.ablu·c~
lo ealin aobre la bua de iulico1 interuea nacionales?
E 'o fin, laa coasideraciooes de la prosper:iaad·
recíproca de Venexuela i Cmtdinamirca ~ali
muého e·u fayor de la couserncioiu de l.a u.nioo
nacional 4'e loa divenos estados dt! Colombia;
~~e, ñ l.isprocl11cciones agraria.a de \ 'euezaela
ofrecen una riquet.a inagotable a ei.te Esta-do,
tambit!D es -cierto qme e.stoa mismos productós- i
lo5 metales preciosos de Cundin~marca i Quito
aumentan 1:11 de C~lombia en an g_raclo cooaidecable,
complemeotan,diganiosto ui.t'se nt:ip6ca
cuadro de recursos i lit! tooo jérmeu .de ptO»_fte-:
ridad, que junto coa sus otras ventajas llamui
esta naci.1n a aer una de las llds pod.erosu del
nael'o mundo. Ten·gamos pre1ente goe ai.t~
de 1807 las casas de m.oaeda de B~·¡_olá ' Popayaa
acuñaban mas de dos millones de pesos, 1 que
en 1807 eleYaron la amonedacioa l cerca ele
tres millooea i medio. Algunas de las minH-&e
la Nueva. Granada son ya de las maa adelanaaau
i productivas. Toda esta ri~ez.2, sus fabrisu
de pblvora cerca de Qoito • B o gol~. sus otro11
establecimientos publicoa, la porcion aaiciontil
de sus cienci~ i de aus sabios, i!ºº pe1an mucho
en el valQr nacional de Colombia.?
Si 101 pueblo• l"pes aa-·
piraciooc;a , de ua momento á .otro aquellos se
con vertirae ·eQ eipreJ que cobra 1a tumba i Sll
gloraa w .qu.e. MfOr no hallaran ~iéo riesgps i oprobio,
allí fama inmortal iden1ificada con la libertad,
el b1eneatu i l• glori~ de h>a· pu.ehloa
•gra4eciclot.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Gaceta Estraord1Tlaria.
ACT'
DE W~ PADR'Fs OE F AMfUA DE fBOGOT~.
En la ~dad de Bogotá á 2 de setiem Lre ae ·18.3-0. Reuni'ftvocatoria he-cha en este -dia
poi' el ·sei.'l.>r prefecto, con el objeto de aC'ordar
los m~dfos· para el restablecimie·nto del arden
i fonna de la admin1straci.on en la presente
crisis~ · \ coosider:mdot
r = QtU: .el ~crAO nacional ha ~
Gsueho de-hecho ~e el moltlento qo~ uua ·
-gnn rarte de las pr_?vinc1as s~. h:. pronunciado
~ ~ mando . o En fin, que la inlo i su ps.ovi!
1cia sin autoridad alguna. publica, i por )o
m!~~o en estado de an~rf(U:iª· Lo~ qu_e s~
m...._ ~-a ~•rse n.ee4tr0 1 #l~
fuerza armada que• esta a OU('Stras ordenes, que
sostendrémos i ·protej~remos· la resolucion que
vs. tomare, i que no dudamos sera conforme .
-al voto de los pueblos.
Dios guarde a vs.
Justo Briceño.-- Florencia Jimenes.
EscMo. sEÑoR PRESIDENTE.
Lós jefes que suscribimos, i a quienes se nos
prq;unta el dia de ayer, por conducto del
escmo. señor secretario de la .guerra, si ohedeciamos
al gobierno. hemos estado aguardando
toda la maña~a la contestacion de V. E.
a Ja respuesta qne nosotros dimos inmediatamente.
Los mon1entos en estas circunstancias
son preciosos; el p\leblo esta en :ilarma i nosotros
comprometidos a defende1' i sostener la
causa que se ha proclamado por él, no podemos
esperar mas, ni estar por dilaciones perjudiciales,
deseamOIS i deua la fuerza armada existente
en .esta c:Apital, los padres d~ familia i
los hombres cotn~etidos aqul i en Jas.
pro•iocias, saber, n hai o no gobierno, para
en consecuencia pt'OCeder como convenga, i
para ello exijimos de V. E. una respuesta
~ro~ta. dec~iva i catego·1·ica sobre los punt~
sigmeotes:
1 •0
; Esta dispuesto el ~ohierno it seguir Ja
maTcha que le ha dado el partido venceonsables aate ellos
i ante la opinion, si permit1esemos cualquiera
tardanza mas que pudiese contrariar ·aunque
fuera momentaneamente esos mismos votos.
Nos vemos por tanto obligados a .dar este paso
para utisfacer a naestro deber i á la ansiedad
en que todos se hallan.
Bogotá setiembre 4 de 1830.
Escmo señor.
Justo Bric4ño.--Florencio tTzmenes.
Repl.1hlica de ColomhÍ{;J.- Presidmcio del
consejo de Estado.-BQgotá setiembre 4 de 18.io
SEÑOR MINISTRO.
rarte de la cApital donde reside la fuerza
arw.ada que los desobedece, i que se ha criji~
en deliberante; siempl'e que asi lo estitne.ll
necesario para evitar cuale.squiera violeoc;ia
que pueda ~orilprometcrlos a actos incoostituciooales;
i que en el caso de retirarse, de&
antes un manifiesto a la nacion, pi.~a que esta
conozca el curso que han llevado los. acontecimientos1
la conducta que ha obsecvado el
gobierno i el estado en que ac~ualmente se
halla el pais. ,,
Teoga VS. Ja bondad de hacer prese.nt&
e&ta respuesta a. S. E. el rr~sidente de l. Lpública,
i de aceptar el t·e$peto con que SOi'
de VS. mui obediente servidor.
Po~ impedimento del señor presidente del
CODSCJO.
El ministro de la guerra.
Rajnel Urdaneta. ,
Señor ministro de Estado del despecho
del interior.
Repuhli'co de Colombia. ·-Minist erío del
i'nteriori justicia.-Bogota setiemhre4 de t83o.
A los señores jeneral Justo Briceñoi coronel
Florencia Jimenes.
Luego que el gobitrno rec1b;ó el informe
dado por el escmo. scñ l)r secrela1·io de la
guerra, i que compren.rlia la resolucion en que
se balla'bao los jefes que n1an.dan la's fuerza~
existentes en esta capital,que se reduce a exijit.
precisamente que se llame á S. E. el Liber-.
tador para que rija i presida los deslinos.de. J-.
nacion, se sometio el negocio a la consideracion
del consejo la óecidido el j~fe
del gobierno á seguir la marcha del partido
vencedor, i á llamar i recibir al LibertadQr.
en la cualidad i con el caracter que quieren'
darle los pueblos: i sometido nuevamente este
grave asunto á la consideracioQ «t~I consejo de
Estado, ha ratificado éste el dictamen de. .lamañana
de este dia, en el que ha consultado
ya el gobierno lo que puede hacer en todos
los casos que ocurran. en que se le exijan por
la fuerza armada deliberante que bai en esta
ciudad actos contrarios a sus deberes. a Ja
constitucion i a las leyes, de cuya naturaleza •
son los que se le exijen en Ja uota suscÍ'ita:
por VSS.
En consecuencia i de conformidad con Joacordado
por. el consejo de Estado, eÍ jefe d.el
ejecutivo t~a resuelto a~stener~ del ejéreicjo
de las funciones de presidente 1 no ejercer en
calidad de tal ningun acto gubernativo;, retirandose,
como lo va a haGCr del palacio de "0-
bierno: i es lo qne tengo orden de deci; a
VSS. en contestacion.
Dios guarde a VSS.
Por el señor ministro del interior.-El de
de rdaciones esteriores.
~icente JJorrero.
En la ciudad de Bogota a 5 de sr.tit:mlire
de 1 830. Reunidos los señores que componen
el consejo mnoicipal, a consecuencia de haber
re_c~bido una com_u?i.cacion de los señores jeús
m1htares de Ja d1v1srnn ,·enccdora, contraída
Túve- la honra de sometu a la deliberacion a manifestar que de hecho no existe el gobierna
del coqffjo de Estado la umsu1ta que hace i exitando al _consejo ~unicipal, par~ que pro.:
S. E. el ptesidente. de la Republica, por medio vea los medios que 1uzgue cooTementes a l&
de la nota de VS. de esta f.ecba. Despues de seguridad de la l\epublica, ·d~· cuyos docu-una
detenida discusion, i despues de haber mentos se sacara copia corno que son la base
reconocido el hecho de que el gobierno esta que t~g .:t liza e1 procedimiento del consejo mn-
«leaobedecido por la fuerza armada existente nicipal, i babienda tómado en con¡jderacion
en esta ciudad, resolvió que se dij@se a S. E. la materia que por su gravedad i Jas delicadas
en contestacion l su. consulta: 11Qrie rto siendo \ circunstancias eo que 'se llalla el puehlo, í los
justo que á nadie se le obltgne o violente a males que de la anarquía podrian orijinane,
cometer actos indebidos, i que coro.prometan ha ~nido una séria ¡· deteBirl~ dis~usion, ha
IUS jnramento1 i sus conciencias, el coeaejo venido la corporae•on en aeorda.- lo que siguP:
epioa que SS. EE. el pr.esidente i vicepren- t. 0 Qne ~atando ya resuelto por J.a- acta.
c1ente, ta.eoeQ la libertad necesaria pan ·reri ~ acordada en dos de los cOTrientes qua se llame
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
• $;.E. el :f.i~rtaar páta ·qm pl!é'Sidia 1'01- .~"eltai:tpe auJ.a~ -~--~,_.a· ta ~a . ílencia ae la Alñ~Ñ:I, ¡·royo nombra •ento
tlestinos de.la nacif)n, i que eottetantb llé'g~ ~ que tanto he~~ ~··~~~~ ·-~~e los de toaa-maii~ba ·en loa ll~3$lornos ~que- e.sta
a esta· .~P¡~ ·áe en~argue del gobieraó .S. E. pueblos buscando con -una:foe~ .. i~e¡¡tible la ha sulrido., esto·':º· sÍefJ!_pi:e uoido _ .eón ~1- de
-el jt!lt..., 81 ~ R·afa~l Utdaneta: • d rde · hL"... · .hab ·- él sus mayores·-glorns. _¿ & :donde- ·e~ itl cruneo
2. 0 ,Que corilecoeiates_ eon -ta · rooluci•. pc>1~on· ~ un ° ·.. 0
- estttdal"" contra tos 1.. ensc ·.t · t~n·~:...st~e ·a · qiaune ·lea d. el .if.i..~..c..; tre jeoe_·r a.1,· Su......"..'.,.. ? ;P~..v_-·. - J_a .r.-- r-uma 1.. e
el tOOsej~ ·Úllis1" en 9idad Halentos hace este púé~lo, ·• le>S . La eoncordia sola eóJre 10& -.ciudadanaí d.e dado.; pro!=uremos-.re~~ --~o- ~em:ptos
. urjeotes i justo& c1es~9's ·de: él, i Uo.i--~tos del tadu'clases, ¡la tolecancia ·mas-ilitnitada ·entre . de V.erdadP.r~· patnoNmo.· ~ .
C08'éjo moo~_éip~I ,.· 'Pª,.ª que posesil)nandose los de todas las opi~io~es, es la que -puéde. Jt~jos de ·oosGt!o•··at-ribú,ir :~~!~ ·e~
nombre . ~na-Q>m'ls100 qμe vaya. al lugar ·en dar esper. anza d~ salu~. Sacri6S~º-~ _ ~ ~~o-eapar_l.J.~ttlar! __ ·~Ct_et~ el g.-au -~ 'lié_el bl~n
con c.opia de esta 'áct;.. se conteste á los-stñ:or,es a qoe hagan los mayores ~u-erzns"'es.cribiendQ; c:aUA1,1.io •• A nadte acuJamos, _in> qu~l'd~
jefes dé la div~ioo o;tilítar a su oficio del dia 0 de cualquier otro modo que est~ a .:au .al~ . la destr--u~ci~n de-11))a . .s.ola.petson. _ S1_ 1m:e~
~e ayer. Con lo .cual se concluyó este atto a canee. para.sofocar~n-sti principio]a dis.col'di,;a, ~01 ~USlOD a eflOI ~•t.ravaos de-nuest~ co~:
q~ ~eron co_nvocados es.traord~ªi:'ª""=º~e·po~ que ·8¡ s~goe consamará su rtiioa. Ue nu~- c1udadanQs es para llamar m at~licion, ·•
~ senor presidente _del cons~¡o mumt1pal 1 · tra parte pt'oseguirémos., como .~ aquí, hacerlos e?'!-ar en t~mo~ ~. los~ales 'que
.firman de que rertifico. ()Xaminando los aconteci,mientOi situ~oñttaeroos P?~d.e precipitar una im1t)toacMJD ~lada.
· F.·Ucquioaona jete político, el ·akalde mq-: á las personas, ¡ tratando de presentar ·los S1gm,~ndo nues'!~ roa.-cha .~oaotraa ~oa fro-nici'pal
1. º A odres Maria .Mar.ro9uin,. ~l .atcalde malea que· nos ámeoaman ,. para ver. si ae .-0gr.an poo-e~os e-~am!ou detem.d~mente, -las ca:UlfS
municipal 2.0 José .Maria Sais, José de Vargas, evitar, sin culpar _a -nadie. Hem9 s ·pasado ~el a~to,al .mfebz ~sta.do a que °°" M-"*"°5
-Jo1ian Santamaria, Ramon Ortiz. Santiago por el Ít1!ºr de todas las opiniones¡. no pod'e- redu~ul~ ,1,_ de lo que Jl_U~ti: aCafD_os. d~ él.
·Auza., el aea·eta1·io -municipal José M. Garcia. ·mos ser ._1otolerantes: esta_mos--penetra-dos de . E11 .cu:estion tan ~rdua. e.~1:tamos · el patnotlilUo
En coos·ecuéncia de la ~eta anterior· tomó las dificultades que los bombr.es bao de· en.. de ilue~tr-0s (:opc1udadaoos,-para qae. meditJtDdo
poseslon.del gobierno S. E. al jeneral en jefe contrar pa·ra conducirse. en · el actuál .estado eacrupufo~m~~te un négecio·ñe.tan~ $1lidad
Rafael Urdaneta el 5 del em•riente •. fome- de Colom·bia., i ·no podemos dejar de ser in- pro~!én dummarnqs. con-tos-eona:ejps de Sll
diatamente nombró para ministros secretarios duljentes con sus erroreS, como lo ao~e·s COQ aaber 1 d~· Sll _prudeBCla.
~o .calidad de [email protected] a los señot·es Vi- los nuestros. EJ. mu1 posible ·que al.FJμOS- ~I v.er el acta
.cente Borrero -para ·relaciones est.criores, Es- Una época nueva ha empezado, .que debe de los- habit~ntes de. la capi~l la_.~iten como
· tanislao Vergara para el interi01·, lea·onimo llamar la ate-ncion de· todos los ,hombres,.:So un .hecho :... Eutreünto debel'.POS' decir .Para
supremo a S. E. el Libertador presidente, es 1'•to P.ued~ suceder en las. ,nacumes m~jo~ . su vmd1cac1on, ~~. de~e qu.e ·el ·_ _.g _obi~rno .
la consecuencia oeces@ria de la impo~ocia . consolidadas. Es la cap~adad de . nueskos completam:en.te vencido t,abandonado de- I~
~lota i que quedó reducido el goh1emo - pue!>los q~e se ha puesto de '!lani&esit>, i. es · po~~ trovas que "le habi~n · q'1e.d4do, _,se. '\'ro
11aC1011al po.r la totál·.deatruccion_ dé las tropas l~ · mcapaadad .de obrar . por icleas -aslfac.tas · ~bl·1~do a capitula~, ~mpie~o 4con'11W.?0P,
que babia en e•ta .plaza i de •os-· ·pronuncia- sin contar coo las cosás tomo son en sí, lo 1 :el~Sd.e .q.~- -este mlSOl_o· gobierno.~ ~lo ~o
miento1.1Je laa pr0vinl:i3J. ~e- Tunja,· de Mari- que noa. demuestran los presentes a~onteci- 1- ~.capa(idad de .ofrecer ~eg\U.'1dad a t:$lQS
~ita i ·del Socorfó,. í de los ·otros puebloJ ele . mi~tos. No nos. ad.miremos ya -~ )a. diSQ- . ~ab~~ntes, 'lue veian. no solo las pz-0vincias
la. c1e Bogot~. Por ahora nos -asteoemos de Jucion· de C0Jomb1a coa. la , a.ep,aracJ.OI)· de l•s l1m1trofes, HQO los pueblos de ~us all'ededor,s,
dar una SJOtici~ de todo lo que ha. p1-ecedido a secciones, ni tampoco de la trasformici9,n pxoounciad.os .por llamar al Liberf,aQol't i que
eat e ~-cto importante¡ porq!-1.e dehíea!1o ser esta repentina, que ha sufrido _el gobierno nacioDAI. este pr.onun~iento estaba apoy~do .por la
.-elaCIO~ UD documento ~ctal\·~ue ~~ puede Desde q_ue DO hemos . querido aballdQnar el .fue~za .armada q~e se, ballal>a e._ •a -~
~actarae en el Jnome:nto·cao a esit'lt1tud·~ .. mundo ideal~ p.ara entra~ .e~ el miw.do real, ' capita!, -~é- un deber.suyo ~pfQYer asu con:"'
demanda on negocio .de _tamaña e.nti.d~, lodo ato debla. esperarse 1 mocho mas •. ¡tQ11ien servac1q~ _1 ti'a!-8r de pronunciarse de un rnqd~
es preéiao· diferirlo hasta :obtenei:la. :Entre- que oo fuera del todo estupido, .poclr1a dejar qa~ al ~lSmo .. bempo que fuese analoge coQ ~i
tanlo nos· .es i;itJsfactorio .poder .ase_gura~ de cal~ular los ~sas~osQS aconteciaiielit91.q.ue voto d~ los demas pueblos, _pudiese ~!vir .de
loa resultados de la -lucha entre ~ pa · · est&Qios esperunentando, al ver 'Ja conducta -. punto de. apoyo para formar una .opuilon 1e-uo
L.nsido tao fuoeatos·como eJaQ4etemene, . · de los que se ~poderaron de la revolucian .neral, i no -dar lugar a Jlllll sepai"acion todavia
.mta la exalta-cioo .it que h~bian llega.do. El sa~t!l que los· pueblos solo deseaban .p.or ~a- mas dolorosa._ . .• . • . . •
aombre solo det Libertador ha calmado '°" qu!nr. ~n orden ~atable? Desde que se dió _ Como en ·c1rcunstanc1as tan desg.rac1adas.in·
aplritos, i há hecho renacer un principio de ·pr1oc1p10 A la e11:1stencia del nuevo orden· de · dudablemeAle se querra echar la culpa a los
~nza en todos l9s ánimos. Pero el cluin cosas., ~ulnerando el mas Jagrado de los de- 1qajistr.ados que gobernaban la Repú"blica de.
de fa guerra ci•il ha sonado ya, multitud ~e rechoa de un pueblo, Ja libertad en la elecdon los nial!!s actuales, es un ~eber nuestro, de
·~mas:ha-nsid9. sacriñcada& en sus sangrientas de sus afto.s- majistrados, todos recono~ieron justida ~ de gratitud, d.esmentit- cualquiera
aras, a.u._que Solo en el acto de la pelea, i a que se ~b1a dado la herida mas. mprtal al 1mputac1on que en está' parte.quiera hacefc~les~
toda& ~os amenaza de muerte, si el jénio de. orden ~oc1al. ~':ro esta he.b!ia podido s!catri LOs que CO~OZGa~ perso~almente. a l~s ·señons
Colombia nos abaodtmase· en este momento. z~rse s.1 una pobtica fra°'ca 1 conciliatoria hn· l\'l-9$1Juera 'l. Caicedo saben · mua bien, que
¿Pe!o como dudar ni por un instante -q~e h1_ese obrado por splo el bien ptibli~o .. ¡·sin . estos-seño.-es sqn indpit(:es '.de hacer e) menor a L1be.~dor pudiese-dejar· eotregada.su patria ·! tóllar las _l eyes m~s santas de la moral. Grande ~al i..~ u pais. Su ?JO:ral-,. su distia-gui~a pro·
i fa. h1•a de la discordia? No se trata -por •.cruel era la herid a que se daba A la consO-: VJdad ·i ~u gran ·μatr1otrsmo en nada deben . su-ahora
sino 4e existir; nuestra existenC'ia no l1dacio_n de este pais d~sec~ando la inflμencia frir pQr acontecimientos q-μe en ninguna ma-tiene
otro principio qu~ :ef:Lihefltador, i este del Libertador; pero el Libertador anona_ nera ha esta.do .ep· su ca pacid;¡d el evit~r-los.
n! ·tie11e ni ha tenido otro tkPO que el de I~ dandose hasta el ~stremot c~mo lo 'hizo por La aooi;nalia en que que~ó el gQbiétl)O de · t~-
dicha comun. El volara> ee lo dudamos, a ~a sallld !1e la patna, habr1a sido un balsamo Repúbhca por la s.e~arac1on de Veoezuéla,. ,1
dar 'vida a sus lú]os, a enjugar sus 12¡rimas> a a esta ~nsm~ he1·ida, sirviendo de ejemplo a . mas ~ que todo el ·~ror· que cego a 10$' que
aufocar sus re.sentimientos, i ~ cnru au pro- aus ~m1g~s 1 a todo el pueblo. Per.o querer nfiaoza; de que el be.oeq\érito smo.q~e fu~e destrua4o absolutamente: h~ctt porque ~v1_tar~n mucho.mal; pero co~o ni s.u.s
jeneral .l\afael Utdaneta, .con l!i graade in- cons1~tir la libertad .de e:ata en que pereoese cuahd,ades ernme.ntes, m su amo.rala 1~1, pud1e·
8..ueocia- que ejerceen este pais,_coil la .eQetjia su ~1~~l"hdQr: .cond.eruu:.c,qrμo .~Qe~jglo ha vi~to las cruelts
pantu de 11nparc1ahdad i tolerancia que hemos han traba¡~do ~ ~u. ind~pen.cl.encia. El pue- inve~tivas dirij~das al e.residente, s6lo porque
adoptad9, .procuraremo~ segnir ha.hlan~o b b!o· col.om]>ia?-o 1 ~l mundo todo ha deº hab~t creyo de su .deh.er, elOJiar en st:f proclama fa
·verdad -~ nuestros coocmdadancs 1 haue-ndo vuto con m4ig~ac1on, procJam.¡lda la . muerte cond':1~ta .del L1bertad~r al . t1uererse , separar la.• may~ores esf~erzos por qu.e ·se conserve el del ~raq Man.scal .de Aya.cUJ:ho co_mo una del pai.s, 1 por ~s.te solo he~o $e .~dra· ¡uigat'
h1eQ existente, t por.que ie e.vite.o 1-'>, ~l~s ~~d1da de ·salud ,Pat;~ la. patria¡ es deéir, del del .. respeto qμe se te.ilia a los maflstt~os
f.JUt 80J am~nazao, hombre que·$ello con su :.espad~ la indepca... nacional~s. . · ·
IMPRKsA Pon J-. AJ CuA.i.L•~
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