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Colección institucional

Hemeroteca Digital Histórica

En esta colección encontrará publicaciones colombianas y extranjeras, editadas entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XX. Estas obras ofrecen una gran riqueza documental, derivada de piezas únicas y grupos de publicaciones de diversas ciudades, que abordan acontecimientos políticos, económicos y culturales específicos, como el proceso de Independencia nacional.

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Gazeta de Colombia - N. 93

Por: | Fecha: 27/07/1823

GACETA DE COLOMBIA. ~. $CIII. · TRIM. VII. Bogotá domihgo 27 de julio de 18~5.-13. f'1.111JV".,..,.,,.,,.__,.~.,,.,v,~-.,..,..,_,~,,.,,,.,.,._,.~,,.,,.,,.,..,..,.,,.,,,..,.,~ ~ E1ta gaeettt sale los domingo1. Se .1u1eribe á die en kl~ ·~ ~.----~,,.--,,.~--,,.,,.-.J(".,...,..,,.,,..,..,...,.,, _ ..,.,,..,.. ~ Ls susericion anut1l vale 12 ps. 6 la del semeltre y 3 la 11~1 \ ~ trimestre. El editor dinjzrá 18& núms. por los ~orreos á Jo.s ~ \ suscritores: y los de esta Cflttiad los recibirán en la tienda ~ ttdmjmstrcciones de ror.._re()s d~ Bogotá, Caracas, Quit11, ~ ~ Sttnta--marta , Cartajena, Popayan , Citará , Panamá, ~ Ale4elli.n, Cumaná y G uayaqutl. \ ~ ríe Rcifa~l Flores, donde tamóien se admilen &uscri&ume.J y se ~ tJendeu los númf.. á 2 J. reales. LEYES DEL ACTUAL CONGRESO. - ~/senado y eámara de represmtantu d~ lo ~,pú6lica de Coloml>ta reumáos er. conzreso. Hab.i1mdo tomado en consideracion el con. tenido ·de las tres comunicaciones que diri­jió al senado el poder ejecutivo su fecl_1a l~ de abril de este afio sobre 1'1 intdij c.>ncia dd artículo 129 de la constitucion, dc.:signacion del trata.~mento qu~ deba darse al pre::sidente de cad~ una de la~ camlil.ras, y cuando, y en que cases han de concurrir á !l>llS Sf siones los -it:cretarios dd despacho,. y d asiento que deban ocupar en ellas; en uso dt'. la fotcultad que concede al congrt'.SO d articulo 189 de la constitucion. DECRETAN: Art. lº Et poder ejecutivo dará al con~eso en cada una de sus cá maras la cuenta que le previene ~l artÍtculo 129 de la constitucion. .Art. ~- 0 El poder t"'j ·cutivo dará e~ta cuenta por escrito, y por mc::dio de uno de aus secretarios. Art. .3. 0 Entretanto qne por u na ley se declara el tratamiento que d('ban tel1er loa empleados públicos, el pre::siclente qef mcnadQ, y el de la camara de repres..:11ta11tes tendrán e 1 de escdt'ncia en todos los n<"gocios oaciales. A.rt. 4 o Cuando asistan á las se¡ioncs de las cámaras.. los st:crt:tarius dd despacho, bien por que a:ti lo pida alguna de dl•ti, ó bien por que sean enviados por d gobitrno, toma­rán asiento indistintamente entre los .-enae la anterior como ky de la R•:públic:.i=.Fn A :w e isco DE PAULA S~NTANDEH-Pc.r S. E. el vicepresi­dente de h1 Re\ ublica encCJrgado dei P'J dc:-r je­cutivo, el st:crt:tario de (·stado y del despacho del interior Josi! ;,11/anuel RE s -r RE PO. El senado y éá mara tie re¡1resentantes de .la repúólica de colombia, reunidos en conguso. CoNSID.iRANDo: l. Que por la vasta estr nsion de la provin­cia rá la mi$ma óudad de Bari­nas: st"gunda la dd Apure cuya capital i;erá la villa dt: Achaguas .. El territorio de ambas estará comprendido en lo~ mismos límites conocidos hasta hoy sirviendo de línea divi­soria entre un~ y ctra las corrientes del U ri­bante y del Apure. drl. 2. Estas dos proyjncia1 con la .de Caracas, componkcimiento dd gobierno en la misma proviNcia del Apare. Bogotá juli<> quiAce de mil ochocit"11tos veintitns-Decimo krcioEI vicep'rt-sidente dd senado JE RON íMo TuR R z s-El presidente de la cámara de representantes Do1i11Nco CAI­ci: no-El secretario del senado Antonio José Caro-El diputarlo secretario-José Ju11qu.m Suarez~Palacio del gobierno de Culombi:a en B ogoti á diez y sit"te de. julio de mil ocho­cientos vdntitres - décimotercio-Ejecutese FRANCISCO D~ PAULA SANTANDER­Por S. E. el vicepresi&nte de la República encargado del podet ejecutivo-El secrt:tario de estado y dd desp~cho del interiur-Jo.ri Manuel R.6STR.&Po. ... COLOMBIA Y PERU. FRANCISCO DE PAULA SANTANDER d~ los ltóer.taáore._f de r~1lezuela y Cu11rl?!Wmar­ca, condecorado con la cruz ,d-e Boyucá,jt·ne­ral de drvi.Jion át: los ejércitos ú~ Co/0111 .~ia, vicefJreaident~ de la Re¡Jiiólzca encar¡;·ado del poder tjecutt'Vo &c.·&c. &c. Aronoa LOS ~U.K LA PRE-SZNTL VIEREM SALUD: Por cuanto entre la repu blica ele Colom­bia y el t:stado del r~rú se conclu} ó y fir­mó. en la ciudad de los libres de Llma el dia seis de julio del ano de gracia mil ochocientas veintidos por m~dio de plenipo­tenciarios suficientemente autorizados por cimba!> partt:s, un TRATADO de un;on,Jiga y \:~nfrdcrdcion perpetua, cuy() tenor palabra por palabra es como sigue: EN EiA NOMBRE DE D I os S'OBEllAl'fO GODERNADOR DEL UXIVERSO. El gobierno de la república de Co­lombia por una parte, y por otra e 1 del es­tado dd Pt:rÚ, animados stase de ~justicia y se encontrase en el terrifono de alguno de los estados menciona­dos, será entregada y remitida á disposicion del gobierno que tit:ne conocimiento del de­lito, y. (:n-auya jutisdiccion debe ~r juzgada, luego que la parte ofendida haya heeho su rcclamacion eu. forma. Los desertores de los ~j~roitos y marina nacional de una y otra parte quedan igualmente comp,rendidos ~n este articulo, · 12. Este tratado ó convencion de union y atl\istad firme y. perpetua, será ratificado por el gobierno dd estado del Ptrú en el tér­mino de diez dias, sin perjuicio de la ·apro­bacion que de~ra obtener del próximo con­greso constituyente: y p.or el de la república de Colqmbia tan prentam~nte como puedei obtener la é!probacion del senado en Yirtud de lo dispuesto por la ley del congreso de 13 de­oct~ bre de 1821; y ~n c!l8o que, por algun accidente no pueda reunirse, sera ratifica-Un sello ~ L·S· J Joa911in Mosguera-Otro sello. Por tanto: ~bieado visto y examinado el dicho TR.A T .A.DO de union, ligay confc!dcra­cion perpetua, previo el ~onsentimlento y aprobacion del congre&<>·de la Repú.blica con­forme al articulo 55 §. 18 de )a constitucion he venido en uso de la facultad que me con­fiere el articulo 1.20 de )a misma cocistitucion,~ en ratificarlo, y por las presentes lo . ratifico y tengo por rato,grato y firme en todos sus articu­lo~ y clausulaa, á cscepcion de la9 palabras;' pt1r(J m tranr¡uilidad interior del articulo segun­do; todas las que espresa el articulo decimo y las que siguen de-1 articulo undccimo, á sabtr: 11 alguna persona culpable 6 ac11sllda d~ tra1úion, su/icwn ú •tFo grave delit.o huye- 8t! de la Justicia y se encontrase en el ter- 1·iton'o de alguno de. los e1tadns mencionados, 6erá entregada y remitida á d1sposi.ezon d~l cobierno que tien~ cnnoczmiento del tlelzto y en cuya jurisdic:cfondehe serjuzgada, luego que l,. parte o.fendula laaya hecho iu reelamacio11 en fo1ma. Y para su eumplimit"nto y t-xacta obs(!rvancia por nur.-stra parte, empeño y comprometo solcnnemt.>nte d honor nacional. En fé de lo cual., h(' ht cho tspedir la prest'nt(', firmada de mi m"uo, sellada con d gran sello de la Repú h.lica y rt:frmdada por el se­cretario de estado y dt-1 despacho de relacio­nes estc-riorcs, en la capital dt: Bog0tá á doce de julio.de miJ ochocientos veintítrt's décimo tercio de nuestra irnkpendencia. FANCISCO DE P. SANTANDER S" 1._ Por S. E. el viceprt-sidenk de la l L· S· 5 República encargado del poder · ejccuti vo, Pedro Gu.AL -o-- FRANCISCO de PAULA SANTANDER de lo$ libertadores r 1 .A L 11 Ji>: Por cuanto .entre la repúbJica de Colombia y el estado del Perú sc-conCluyó y firmó unTR A· T ADO adicional al de ·union liga y confrdera\·1on perpetua eJ di.a seis ele julio μt·l ano de gr.acia mil oehocienios veintidos por medio de pleni­potenciarios suficicnkmente autorizados por ambas partes, cuyo t~nor, pal~bra por palabra u como sigu(;: EN EL NOMBRE nE DIOS SOBER.11.:Vo GOBE.RNÁDOR DEL UNlY E R SO. El gobil"mo de la república de Colom- . bia por t.lna pal't«-, y-~1ll0r otra el-dd estad<> dd Perú, animados de los mas sinceros deseos de terminar las calan.idades de la prest:nte guerra á que se han visto provocados por el golJiemo de S. M. C. el rey de Espana, de­cididos á empkar todos sus recursos y fuerzas marítimas y 'erre&tres para sost~ner eficazmente su libertad é indepcnden·c1a; y deseosos de que esta liga sea jeneral entre todos los estados de la América antes española, para que unidos foertes y podero­sos sostengan en comun la causa de su independencia, que es el objeto primario de la a~tual contienda; han nombrado plenipoten­cfarios para discutir, arreglar y concluir un tra.tado de union , liga y confedcracion , ~ saber: S. E. el L1BERTADOJt presidente de Colo~bia al H. sefior Joaquín 1\.fosquera, m~cmbro del senado de la República del mismo nombre; Y S. E. el supremo delegado del estado del Perú al l. H. S. coronel don Bernardo Monteagudo, consejero y ministro de estado y relaciones csteriores, fundador y miembro del gran cons~jo de la órden del Sol, y secre­tario de él, condecorado con la medalla del ejército. libertador, superintendente de la ren­ta joneral d~ correos, y presidente de la soci~­dad patriótica: 1.~a cualca-, de1pue1 de haber canjeado •u• plénos poderes hallados en buena y de .. bida forma, hán convenido e11 los articqlOlt •rguicntc-&. l. 0 Para estrechar ma los vínc1llos que deben unir en lo venidero .ambos·.etitadoe, T allanar cualquiera dificultad que pueda pre-: sentatse é· interrumpir.:de algun mb.do su buena corre1pondencia y armonía, se formar& una asamblea compuesta de dos pTenrpoten~ ciarios por cáda parte .C(\ fos tél"tnJAOS y COD las mismas formal!dades.,.titu­cion de la Republica en el articulo 55 ~ . 18. L as ratificaciones serán canjeadas sin demo­ra, en el término que permite la distancia que separa á ambos gobiernos. En fé ­JnQ por b,._ presentes lo ratifico y lo tengo por :·:.. o. grato y firme, y á su ~umrilimiento ) exacta obse'.rvancia empeno y co~p.rom<. ~o soknncmente el 'honor de la R\. publica. l'...n fe de lo cual, he he:cho espedir Ja presente, firmada de m1 mano, sellarla con d gran se­llo dC' h.1 R cpuhlica, y rC'Írendo me l agua porcion de aquel(oR, 1ogranl s~ñor coronel '1'01-rdlas con la di,·ision de iU mando fuerte de mas tfo mil homlu·P-s.Rcfo1·sada tan eonsiderahlemente la division del Zu­litt, qut~ cspe1·alH1 H(~emas el Latallon Canteas t¡ ne había Hcahado ya de orga­nizarse en l\Ié1·itb, ge ral español no ha hecho últimamente movimiento alguno. -- EDUCACION PUBLICA. Lu actos p úblzcos que los dos colr>jfos de la capital han preuntado en este año en com­probacion del esmero con que los precepto­res han procurado instrmr á la juventud, son gfJrantes del progreso que lzace la c1vtli­sacion bajo lo$ au&piczcs del r ej1men libe­ral que tenemos. Sentimos no poder insertar todas las rnt.:te.rias que se han so1tenido; pero hoste para dar una lzjera idea , el siguiente eonvite que hizo el colejio mayor del Rosarzo cuyos superiores (* ) hlfm querid11 jlfJr otra parte :ratz.ifac'er a las v i,timas que sacrificó la tirama y la ignorancia "En honor de los ilustres mártires de lapa­tria á quienes este colejio del Ro~ario sirvió de cárcel y capilla d ano de diez y seis, pre- 5entaran examen jeneral de jeometría, tri-" gonometría, optica, catóptrica, diópttica, (~) Es reetor el dr. Juan Fernandes d~ So­tomayor ,.¡,tual m1en6ro dcJ ~ongrc-1Q. astronomía, jeografía, cronolojía, y cosmo. grafía los cursantes de último afio ~e fi.,.. losofia los colejiales Miguel Pr•dilla, Jorje Gutierres, José María Portocarr<:ro, ·Juan Nepomuceno Osuna, Sinforoso Guevara, lnacio Gutierrei, Leon Vargas, Lazaro Her ... ran, Rafael Alvares, Eladio Urizarri, S_or l.s progresos .mtU ó men•• .rat1sfactorio$~ d1 «idtJ estado ltaci• ano ..form4 de goózerno kguiar y es'table. H6 tlempo_ fUt! ª' lia rn­flrmado á '4 Espatta de 144 o¡n'ttíone8 de S;J,L •o6re este negf1Ctó. D1elarantlo en la maner• mas solemne que S. M. n• ttlne intenc1011 a/­cuna de apropzarse la mtU pt't¡•efia porcion d~ /a1 antiiuas posesumes española1 m .Amé­rim, esta sati.tfocho de ~ue la Francia no hará t'lfuHzos por sujetar á su domtnacion rnnguna de ague/las po#siones, 6ien sea por vla de conf11.t1fa ó /J"" ce"Jilm.IJ~ la E1poñG. - ARRESTO DE~ SEÑOR RE,E.NGA .Ajen te de Colombia en Londre1 por el ~,,.r M"kmtosh fo6rtcante de mQtJtwa1.Yc. Jhbicnck> lteplo jCQCl'alinentc ~ no~ia GACETA. DE COLOMBIA del público el arresto de nuestro ajente en Kings. ben ch; és nueetro deber dar una tijera idea ele eate ine1perado é ilegal pro­cedimiento; para evitar interpretaciones &ioi­iestras y algunas veces ridicula.o. Desde que el senor Revenga lleg6 á Londres, el señor Mackintosh no dejó de moleatarle un instante, valiendose de cu­. antes medios estuvieron á 5U al<;ance para forzarle á. aprobar una contrata que babia celebrado con d señor Lujs. Lopes Mcn­dez el 7 de febrero de 1821 no obstan­te que el ejecutivo de Colombia, babia .reu­sado y rousa todavia reconocerla por care­~ cr el senor Mendez de facultad preexis. tente al contrato para emitir vales endo­sables en la forma que ellos estaban con~ cehidos. Estos vales hecbGs mn ilfgal y arbitrariamente fueron entregados al señor Mackint o~h en pago de varios a!'ticulos¡ de Ja contra.ta con un drscuento enorme apesar de lit var el intcres escesi vo de un 'l~ por ciento. Ni podia ser otra la suerte de unaj obligaciones que no knian la sane ion c1__.1 gobierno antes! ó despues de su emi~ion. Sin embargo.el ~enor Men.dez asegura ~n ella espresamente que estaba facultadito de fa República que por ccn1sich:rucion á las cantidades que se de­rnandoin. 'I"odo ~sto sucedió antes de partir d s-eñor .Rev cnga de esta capital, y sus instruccio­nes en esta parte d.t-bian ser consecuent.::s. Apesmr · de;- e:t>to el sdior Mackintosh des. contento con la rcsoluóon dd ejecutivo ha qm:rido á la vez jntimidar al señor Re .. ''enga para for~rlo á una a¡.Jrobacion que no ha podido ni debido dar ó conseguir­la del cuerpo Jejislativo á quien ha diri­j ido una larga repre5entacion quejando-se de la medida dd ejecutivo é instando por el reconocimiento de lo que el crct: se le adeu­da con aqud motivo. No satisfc:cho el s<"i'ior Mackintosh con eate doble manejo contra el ejecutivo de Colom~i~, y la persona ,del s~ñ~>r Rt:venga se dec1d10 a arrestar a este ultimo baj<> t:l pretea~o de que ~l ~ra au deudor personal. Semejante proced1m1ento se publicó en el Times de Londres de 2¿ de marzo del corriente •ño en los terminus siguiente¡· M. Rnm1g1J ~nvUJaa tf, Ta t'e1f'6lia. ü Co/omhit1 á e1tt: pars foe arreltado ~l m11r­te. 1 ú /timo por Ja 1uma de' 90,000 lilwaa deóit/111 P•' ague/ gobierno al #ti or Ma1- ki11t•1h J11lmc11nt~ d' mont11r111' y forni.t"• rtU d' t:Jérci.to. El seiior ReYenga contradijo este articulo con la declaracion jurada dt!I sclior Mat':­kintosh que se publicó en el mismo pap el y ea eomo sigue: Jaime Mackintosh d~/númn-o 6 Ha11111111r­kd en la pa,.ropta rle San Martin e ,, /91 campos, comlado de Midd/~sex fo6ri&-n: te d• montura1 fornituras &?~. die ejérezto: i' ira y dice.: gue Jo~~ Rnfoél Revenga e$ j• sta y verdatúramente deud11r al declorante ú 111 suma de mas de 90,000 lihra4 est erlin11• por mercaderias v,ndidtJ$ y ent,.~gaa .'a8 /JW e/ deelarante al dicho· J.sé Rafoé/ 1 ln.Jen'19 !/ á 8U solicitud. Y eJ dtt/aronte Q z'ce at/,. mas 9ue 110 le ha sido hecho nznt~ m ofre­cmnento de pagar: la dicha suma a ta 90,000 libra$, ó parte de ella a m not• ó n•ta• del goher1t0dor V Hmpañia del banco d' I11¡/a. urrs pag11dn-•s á -111 demando: Esta declaracion jurada dd ad ~or Mac­kmtosh manifiesta muy cl.ararn<"r 1te que d sefior R~venga no ha sido a~st ado en 111 capacidad de un ajente de Colo· mbia sino <:orno un iodividuo particular á. quien 8C ha supuesto dtUdor .. Estamos c.ieitos, que el declanmte j amas será capaia de produ­cir delante de los tribun-ales britanicos un documento en que ªP"•yar sus arbitrarias :.icerciones. Es pues f!.t: espercmtC de la rec­titud é imparcialidad de los jue~s britani­cos, que restituy·endf) al sefior R~vtnga 6 su libertad personal hagun recaer sobre su. pcrseguidot" tas ~m.s que laa leyes.le: impo­nen por fo/a" /'~on. Parece igual mente que al intentar esta ac cion el scnor M,acY-.intosh no tuvo rrc.m. te que abandonaba por- el mismo hecho IQ derecho á reclamar contra Ja República. Sobre nto no haremos ma! que citar la cpm!oo dd señor Princep abogado bim a. creditado en lnglat«ra ·en un caso algo se­mejante, ,., Si.n cn1bargo, dice este letra~o. como no ea dudoso el

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Gazeta de Colombia - N. 93

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Gazeta de Colombia - N. 94

Por: | Fecha: 03/08/1823

N.XOIV. CONGRESO. El l't nado y rá·mara de representan• le~ de la repiibUc4 de Colombia r·eu­ta it!os ~" ro. n. grt·~o. Vista I~ consulta que dirije la alta­c. orte tl~ ~1· usticia por c oudncto del ~f.r ·1t• ~ier·no so bre ta a utol'i das a !§ es o.r C' s, por t1uo la h:y s a mcnt ~ ; y TEN[E~DO E X cene IOE nA C l()N: l. Q ne los ten ie a tes as<' s ores son sustitu tos nato::; ~ con oce u lu~ co1·tcs supe ri ores dt.~ j ustieia: 2 . Que C< nf,,rme á la ord e nanza de i n t~ n dc nt<-!S , los t ~ 11ie11 t t>s aseso­l" CS ej l~ rc e n j u 1· i~( l 1 c cio n civil, y m·i. Dlinal en la capirnJ y su j.>a1·ticular ll' fl' ¡torio: s. Q ue la refe1·icla ley de doce de m·tuln·e ~tr : bn ye á las cortt-s d e jus­ti('. ia el cou oeí m it>nto ele hs c:t'tl sas .U,· ih~ s, y ca·iminah~ s de los nlcalJc!J Ol'diuar íos , los cualt"s obtienen un empleo iuflwior al de loa tenientes a~cMo r es. Il ~ cn~~T .lN: El conoeim i<•nto d e las causas ci­THes y c1· 1m inut~ ~~ ll Bogotá á tre ce de jnlio do m il oc h ocit·ntos veintitres- tt"ece­~~ l \'ÍCPprt:sio-. IJI senadtJ ~ eámam de repr~scntantes de lá república de Colt1m'bza re1'nidos en 1tmgrt$0. Visto ~l decreto que dictó el po­der ~jecutivo con fecha SO d.e setiem­bre .dd año duodécimo; designan.do la cutia ecluiastiea pfllra la cm1l debie­ran cuncrdeJ"se las apelacionn que en negocios de la niisma jurisdic­cion eclesiástica huhil'ran de inter­ponerse en las curias de Quito, Cuen• a, y p,'1'namá> ·~ '.[JUU.liUl(DW ~:N CONIJ.Jtl4JU.CIOM: PdmPro: que por el estado de independencia, y solJe rnnia á que se han el~va uca, Quito, Panamá, y tam. hi('n ("I de Mainas de•jal'Un d e ser su l'raganeos del ;.arz ohispado de Lim a: Segu ndo: qae dt>he rr cH>ee t•se de \ln w t> dio facil ~ y tt>gal á loi lia­hi t .rn tPs de di<·hos ohi s patlos para la i11teq1usi ci sado el r J a ~ ape­lncwrw~ d e las curias eclc~i ás ti c a~ •le C n t:' 1u·a, Quito, .Panan1á y ~lainas )HU' fl Ja m et ropoli b 11a de l.inH\. Jfrt. 2. Entre tau to se cle s ig ua el nHt­t1 ·1) p ul i tano éorrC8JHHH.li e ntt·, l:-.s apt~ la­cio1H" S tle las curias e c l l3~i á s t i cas de Cuea,tcn, 1\ urnmá y .1\-l ai nas en ne­goc ins gocio. D~do en Bogota á trece dP julio de mil ochocie.ntos rnintitr~1-trcce-EI vic e rr~si\lblica en­c:. trgudo del pod~r ejecutivo. El se­cretario de estado y del ÓP-spacho del inte1·ior Joae ~lunucl llESTREPo. El 1e11a~ leyes no han d('signaclo hasta ahora la autoridad qU'e dt:ba oír laa -cscu!as, y renundas que hicieren de 1;us respectivos destinos el presidente, y vice­pre1idcntc de la ~epública, los senadores, y representantes, y lo~ ministres· de la alta.corte y córtes superiores de justicia: 2 .. Que h0ty una necesidad de que en esta materia se dicte la conveniente resolucion para evitar los males que de otra suerte pudieran csperimentar los particulare:o1, y el comun de los QÍurladanos: 3. Que e.1ta resolucion debe tener por base el· principio de que haya de oir las escusas, y admitir las renuncia!> la autoridad á quien la ley concede el derecho .de hacer los nom· bramientos, 6 pcrfeccionat las c:leccionci• 4'. Que ~ con~tituei~n ett. fos artículos fl hasta el 78 1nclusr9'e atr1buy-e al eongn¡o la fa cu l t~d de pcrfecciorutr Ja elec<;ion del ptesi• d~ntt>, \•ice'pres~deritc y senadóres de la Rep\1. b lica; e-n el articulo 92 cohccdc á Ja cámara d: re pr~seiltan~es ia ~aJificaciorr de las elec­c1onts, y cualidad de sus respecti•l)s micm. br?s' en el 11rtículo 142 ·confictc al Knado el d~r'-cho ?e '!~mbrar los ministro• de la aJq C?rte de JUSUC13 Cn J~s termino& aJli ptt~• n_id os;_ en el artículo ~23 atribuye al podet t'.J cCl1tivo el nombrarruento de Jo9 emp-ltadoa q ue: no rc:-serve t otra O!Utoridad la con1titn. ti?~' ó la ky; y ~n el 148 establece qu¿ los mu11stros de Jas cortes superiore1 &can nom• brildos por el poder ej~~ut1vor D.scaETAJf• Art. l. Cortesponde al congtc10 oír !aa ~cmms., y admitir las rehuncias dd presidente \'JC<:pres1dente y senadores de la 1\eptiblica: Art. 2. A la cámara tle representantes oit fos ~scusas, y adrtlitir las r~nuncias de sue respectivoi miembros! . Arl . . 3. Al .senado oir l~s. escusa, y admi• t1r las renuncias de 101 mm1str0Cil de Ja ali.. corte de justiciat .Att. 4. Y al poder ejecutiYooir las escusa& Y admitir las renuncias de los minúatrc. de lÚ córtt·s ~uperiores de jua.-ticia! .Áf't. 5. Le corresponde igualmente oir ]M escusas. y admitit las rcnund:»s de lo.s ~ m~s empleados de Ja Rt"pública,ouyo nombm,. m1ent() le h~ya ddt:rido la constitucion 6 la leya. _Dado ~n Bogot.á ~die~ y och'> de juUo de mil ochoc1t:ntos ve1nt.1 tres- trece-Et vicepreai;i. d_mtt· del sts. .i1rt.2. 0 La repúbiica de Colombin y d eitta­cfo n, aRclaje y tonelada, que los estahlt'c1dos o que se estab!ecieren para los nacionales en los puertos de cada es­tado, segun sus leyes vijentc&¡ es decir, que Jos buques y producciones de Colombia abonarán loi d~rechos de entrada y salida en los puertos del estado de Chile co1no chileno•• y los del estado de Chile cowo colombianos en los de Colombia Art.8. o Amba~ partes contratantes se obligan á prestar cuantos auxilios esten á su al­cante á 1us bajeles de guerra y mercante• que lleguen a los puertos de su perteºnen­eia por causa de a\'ería ó cualquiera otro motivo, y como tal poQrán cart·Barse, reparar­se, hacer YÍveres, armarse, aumt-ntar su ar­mamento y sus tripulac1one5 hasta· el ~stado de pockr continuar. sus viajes ó cruce: ros á es­pensas del estado ó particulares ~ ljUienes cor­rt'spond< 1n. .Art. 9. 0 A fiu < r etime. tirior en c.ilguna parte de los e5tados mencionados por h ombres turbulen­tos,; S(clicicso111 y ent migas de los g obiernos lt:jitimamt'ntt: constituidos por t:l voto de los bucblos, libre, c¡uida y p:~ cific~rnente e!lpre­sado en virtus con el er,ic.argo de cimentar de un modo mas: solido y estable las relaciones íntimas-que deben existir entre todos y cada uno de ellos Y s, a~ Í por lo qu i:: mira a sus l<:yt:s_ y d establecimiento y forma de sus re~pect1v o s g~ b il"' rn o s como por lo que hace a ~us rebc10nt"s con las cie rnas n a­~ iunc s estranjeras. Pao se obiigan espre::¡a é i rrevocabl e m e nt~ á no cedt:r á las d t>mundas ele indemr'i.isac iones, t ributos ó c::x ~1ccioms , que d gobierno españ ol put cla e11tab h!r por ha p ér~ 1 c1a cabo de esta indel'endencia, ~· >::.te n ien do ~ n t0das oca ~ion e s y lugares sus mteres~s rec1 p_rocos, con la dignidad y enerjía de nacwnes l) bres, mdependientes, amigas, h 1::rman as Y confederadas .Art.1 7.E ~tc tra tndoó convencion de amistad liga y C;)nfr• bacwn ck- i senado, en tirtud · d::- lo di~pu e s to por la ley del congr ·so de 13 de octu bre de 18.2 1: y enel c aso que por algun aecidt nte no pu eda rL ~ : nirse, será ratificado en el pró xin"?t congreso, eonforme a lo prevenido po: la c1m:;titu cion de b Re-public.~1 en el artt c11 ln 55 9. 18. Las ratilicaci one5 serán can_j e~1 de Chile á Vtmtmn d rns dt:I mes intidos, d uodecimo de la. independencia de Colombia - decimotercio de lá li bert<.:d de Chile, y 'Qui:1to de su ind t- pend<:>1)cia- - ( L. S )!I!l!J u11 sello-lo 1t.qy1N ivfos <{_UER A. S L .:S. ( J n :\ Q. u 1 N n E E e H E v E n R 1 A - l 5 Jos E AN T ONI O R o D RI GUE3.- 1/ay otro sello ARTICULO A DlC IO NAL H abiendo terminado sus s<~ si nn e-s 1"1 hono­rable convencion nacim1a l dt Chile t i dia 23 de octubre último y no habiendo t.:nido, por lo mismo tii:mpo ba~_tante para las discusio . ncs en que debió seor ratific<1do el presente tratado en el tén nino que 5e había convc:niclo por el artículo 17 y habiendo propuesto el honorable ministro plenipotenciario de Co· Jombi11 á sus t:scti lencias los ministros ple­nipotenciarios de Chile que se abriese un nne­vo término para las ratificaciones, consultaron á la ecsma suprema corte de repr~'ienta ntes; con cuyo acucrJo han convenido con el h prc:>entt s lo ratifico y lo tengo por rato, grato y lin n e, en tod os sus art\culos y clá usu b ''. á. eSCt"¡) ClOll de las p~1labras; Y' p are: ~u tranquzltdad i11tenor del articulo 2 o todas lus t¡ue esprcsa el articulo decimo, y las que s íg un dd , articulo un_d~c.imo, fl sabe r~ sz alg una persona cutpa/Jle ó acusada de traz­cwn, sedicw11 ú otro grave delito huyese d.e la justicia y se e11co11trase en el ternto rio de at­! fUno de lo.'i es tados mencwnados, será entrca g ruía y rem1tulq á cli spos1cion det g obierno que time cun0cimientu del delito y en cuya jurisdi ccion deb e. ser ju~grzda, /11. ego que la parte ofc: ndida, haya llec/w su rec!amacio11 en forma. Y para su curnplimiento y txact-. obsl:'.rvanc!a por nu e~tra parte, e mpéiío y com .. prometo solennemente el lvnor nacional. En fe de lo cual, he htcho espedir l.i presente, firm ada ele rnt mano, scl'a i: MAttt~tiI'r .&.. • Canforme al. ~ism<;> metodo hay en la capital de la pro~mc1a, cmdad de Mariquita Ibagué, Chétp,arral, _Guamo, P~edras. Lapal~ m.ª' Cap~rrap1, Pena, Mesa. V1tuimat Ano• huma. R1oct:co y Sanantonio. PitovutctA D~ Aitl'toq_tt.tA. • Conforme al met~do Jancasteríano en 1a$' villas de M~~~llin y ~1udad de Bio-11egro. y segun el ~~t1guo las .de la ~rro4uia de Be~ len, Sancmtoval, Estre~. Envigado~ Ama .. gá, Titirivi, Atoviejo~ Copacabanat Barbo­sa, . Iguanac~a., Ant1oqu!ª• Sopctrant _Sanje• rommo, Cana~gor~as, Saban:ilarga, · Buriti•. ca, U rrao, Sacao1al, Guarne, Sanviconte ~acha¡~a, Con~epcion;. Santodomingo, Ce.,' ja, Re~iro, Pere1ra, A~">C)orral, S_;>nson, AguA• das, S de la importancia de negoci& un · tratado con alguna nación nombrara de ajente di• plomatico á la p·ersona que juzgase 6 pro• pasito, y que el senado no ptesta!e su con .. S<:.mtimiento: preguntamos ¿ quedarie resport• sable el poder ejecutivo de los males titie se siguiesen á la República por ·no acudir á la negoeiaciott ó por que qued¡¡se frustra. da la que se hubiera ya init iado ? parece que no, as1 como no se le baria e.argo á.. nu hombr~ c¡ue se le mand&se camilllf á Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. eiért9 punto, y se le tttaNn los pies.. Hagam03 otra supocicion: si una ve~ de. ZK"gado d conse~tjmiento d~l ttenado á un nombramiento, el poder rjcutivo le diese -una razo1:1 clara y compmbada de los mo .. ti.vos que tuvo prexntes para hacer la elec• cían ¿ podrá el senado voJvt:r á tomar en co-craciou el negocio.? Creemos que &i, 1 nos funda'!los: l. 0 en que 110 hay ~t'y 41ue lo prohiba, y 2. • en que las rcsoluc10- ~ de uaa ó de ambas cámaras no son lnfctlibtn. La conatitUcion por una petrte W• lo prohibe volverá tomar en cons1dttacion en Ja misma scsion lej~slutiva el proyt·cto ó proposicion de ley rechjislativos el modo y terminos en que debe revoairse una rt:sOlucion tcm12dn ¡¡n. teriarmente acaso por informes t:<1uivocaclt1s ó siniestros. No u posible convenc:«:rnos de que prestar conSC"ntimiento á un nombra. miento, sea acto ltjishní,·o, ni menos de (,jUC un act6 verdaderamente lt ji'sltttivo no f.>'J~da re-vocarst" guardandose las fürnialic1a­clcs lf'gales. Si ti congreso dit'se hr•y uuaa léy que quedase sancionada pc ~r el J'Odt·r ~jecudv-0, y se viese que era util rc:voeflf"la mañana ¿ no se pod~ia revocar inmcdiuta­mente.? No hay duda 'lue pos, la nuestra9 reconocen y establc:ce:n desigualdades que con. tribuyen á la marcha del e.spiritu liberal, y á la perfcccion y estabilidad de las secjeda­des. Abramos nuestro codigo, y exattiine­moslo con detcmcion i ver ~i rigorosamente ha protejldo por leye1 ubiaii y et¡uitativu la GACETA.. DE OOLOMUI.I. ---------.wa---------·~...:.-.;.----....... --- igualdad entre tock>s l~s colqrnbianos. El ara. tí~.ulo 4 Uan1a ~olomb1anos aofo i los hom­bre! s libres nacidos en el territorio dci la Re­pública:: fa divisiOn de poderes .«stablc:ce una desigualdad en aus fun·c iones-, en sus dt:bercs. y hasta en su orijen. El d~red10 de eleccion solo se concede al colombia1 'º casado, ó ma­yor de 21 años; al qu~ sabe leer y escribir~ y que tenga una propiedad de 100. pesos: uo se puede:: ser dt'ctor, sino se tíenc 23 élnos, una ¡JropriedO», y h\ eit·rto tribu lial: p.ira ju sgar á lt~~ mi1ii;,tr~ dt.·más • maji!itrados, los 1St·l'•~•dor"~~ ti\· llt·n d suyo, v t l tuyo ramhi<:n lo~ i11tcnck.i1tt:~ y g<1hc·;· nad~rn. de proví11cias ¿ Puf <¡uE y ptira qué tantlls ·ion ele todos los colombiatws, y cuando atan c~nmncs los t»icrifici()s de la campafü~. y la~ glurias del triunfo, ~ntunces s~ ~ncontr..trá la ll'jh¡l~tura en ocasion prt·cia. .sa par:l pom:r c:n prncnca los principios c~: a­c~ bid•)!I en ah!>tracto, y cuya prt-matura apli­cacion ha costado éaro i otras naciones. No por esto, queremos n:bajar el mérito de 1a sumision qnt hasta hoy tie­nen g-anado los mihtarc.·s , ni prt'tende­mos ~char Jos fundJmcntos del dcsconten· to~ El ejercito de Colombia es obediente y Jos sentimientos liberales que tiene acre­ditados no debemos jusgarlos susceptiblts de cambl() y variacion. Los lcjisladores de la pa­tria son lo$ padres que dtben interesarse en l:l felicidad y buer~ a suerte de la fttmilia, y la h.:y dt:l dt::!Safuero una vez sancionada no podría s~r rc:cibido:, sino como una medida que se había estimado util, y capás de pre­caver loi mlllos juicios militares. El ejercito debería creer que esta medida no había aido obra de la precipitacion, y una vez que el poder ejecutivo la mandase ejecutar, no podia haberse 'Visto r.ino como digna delos liberta­dores de Ja patria, y suficiente para ponerles á cubierto de arbitrariedades, y violencias. Sin embargo de esta persua5ion, los le. jislaclores cuya prudencia se ha dej~do cono. cer en los diversos actós de la presente ae. sion, crt:emos, que no olvidarán las circus. tancias peculiares en que aun marcha la Re. p1i'blica, y la nc~s1dad que tenemos de tran. quilid~d:, y de comsen tar la. tnas intima unioo para te~min~r la co nti·e~~a rrolo~gada ya por catorce añ.os, y concurt~r d~ ~ancornun. ~la perft:e~ion de nucstra:s mst1tuc1ones sociale~. -~.--- Continúa la lista de las causas cri'IJ)inal~1 remitida por la co,tc superwr de ;'u.stz~ill del distrito del Sur. Francisco Salin'as, natural de Ja villa de Viuna en los reinos de E~paña ( no co.sta &u cnlidad ) de ~sta do viudo; su ocupacion sarjento primt·ro de Artillería cle e~ta capital, dt: veinfr_rt:s é.i,rios de edad: T~1 cerd ott: , de \'t:inte ~·no~ de edad. I\·1:.Hmda Borjé>, de n;ta misma ciudad~ d ~ ca!idatl noble, viuda cid cindadct. no J..¡vier Guerrc.:ro ele veinticinco aiio~:- Ml'! po:iiendolt·s habt:r querido Tt-mitir <1rmus y p<:rtrcchos i b ciudad de Pa!:ito: clíAcfa cuenta á 1:.t corte su perior r haLer. sele aprt"ndido infoiganti abril'ndo una tien­da con llave mat~tra. En \•einticuatro del mismo el alcaMe primero Vict.·nt~ Albarez, dió parte estar c1guiendo caU5a criminal contra Mariano 1"onte, por haber a~ltado en union de otr.os el equipaje remitido por d ciudadano Mi­guel Espinosa., dd canton de Otavalo para ei;ta c.e~pital. En veinticinco del mismo el referjdo .alcalde dió parte efitar siguiendo otra, con­tra Ba&ilio Il~vera, suponiendole autor de ia muerte ejecut..cla en la persona de: un mu­chacho nombrado Laureano Rer.s. En igual ft:cha el mismo alcalde dió parte estar siguiendo otra contra M<1riano An .. dradc por haber ceducido al hijo dd ciuda­dano José Jimenes, y llevadolo a la ciudad de Guayaquil, en Ja que falleció con dispen­dio de sus intereses. En igual fecha el alcalde segundo, Ja. vier Villasis, dió parte estar siguiendo otra contra Josefa Bonilla por concubin•to co.11 Manual Salvador. Eti igual fecha el mismo alcalde dió parte estar siguiendo otra contra el negro José María Nieto, por lw.berle sorprtndido con bayoneta en mano, robando In casa de T0más Angos. (Se continuará.) Boco1·4-J>or Espin11a. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Gazeta de Colombia - N. 94

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Por: | Fecha: 10/08/1823

GACETA DE COLOMBIA. Bogotá domingo 10 de agoste, de 182.3.-lj. TRll\Ig 'rll. ~.\. ,..,,..,,....,....,....,...,..,...,,..,..,...,..,,....,.....,. _,....,.. ,...,....,,...,,..,,..,,.".,,..,,..,..,...,.J"'..,._,...,,...._,.o.1-..r..r..l"\J"..r...rJ"'..r...r_,...,.. _;·'·!~~ ~-~-·; , .r ,..,._,.,,...,...,,..,..,._""".,.._,...r..r.r.rJ"J"J"_,,_J'.rJ'J'.jf'-...rJ'...rJ"J"J"J'_ ,..,.~_,.,,..,,...,..,,..,..., ,...,.. !{! ~ Esta gaceta sale los domingo Se s e ·!J .,, lt 1 \ '· l ~ \ ,, 1 ,¡,. 7 • 11 zstrrc ; 01 e d d.r. > z:s rz, e ª e ª en. ttM ~ ~ La su.rcricum ai'!'~(J vale 12 ps. 6 la del semeslr~ 11 3 la del ~ .. ~· · · ' ... . / s t: corr~os e 1)o rrota Caracas Q ., Srmtam tria e t . p 5 ' , . / ' Ul v¿ ('J t ~ ~ tnmcstre. E• l enes· y st: \' "' ~ ~ 7.-~•?1den lo.~ 111i m<::.. á 2 i. ,.ea/es. ~ l4EVI'!S y OECllETOS r.:~L CONOnl::so l!-'L senado y cámara de r c/Jrr'sn1t1.7! 1.r·s de la repuó/ica. de Col,unl11a reunidus 1:11 cu,~reso. Co ~~IDE.l~ANDo: l. Que la ob 1 i g·~1c í~m ct -;05f"911er b lihC' r­tnd é_ infü:pemkl\c j;¡ de l~ na~tOl l , tJ~ r · ;,..u~n. do grandes erog-aciom·s para ~ con~tvacion 11 ¡ ¡ira ahrir, negoL;i~r, aceptar, y C ~ >nclu ir c.1 efi.:ili­vamenk .un <"mprcstito hasta hl su;r-ia de tn·m­ta millbrn: ~ rle pesos ftH~ r·t t-i; , sí fu ere nt:c sa­rio, ~ para r t'cibi r y dispona ck e!'>te C< ; ~1d ~l!; )'al PªW.> dd princi pal é i11ten .. c.:;s qu:::dan res­ponsables tod.i!;; la5 n :ntas cid E ·tado en jeneral, y en particular las ck L!h~1Ct • S. Da­d4o en Boguti c~1 pito.l de la R~ pú blioa á treinta de jm1in de mil ochocir:n t11s vt·intitres­trece de la inckpenclc nci8 .-El YÍcepresiclen­te del senado JE RON 1 MO T(ln RE s-EI presi­denk de la cá m·1ra de reprcsentnn tc~ DoM r !IT­co e AICE no-El secretario del senado Anto­mo J osé Caro-El diputado secretario José Jo~qwn Suarez.- Pubcio dé gobierno en Bogoti á si r te y que tiene fo gloria de .cLr runto ó. esta h eroica e.mprc ~a despu(·s de hr1bt:r consumido la pnrte m<1s flo ­rld• 1 de sus ~ños,se encuentr~ sin el patrin10- rúo que 11lred6 de sus mayores por h :1ber con­sagrado su vid:.:i, y su fortuna en servicio de la santa cau.:,a de la libertnd, é indepcnch:ncia: 2. 0 Que es un debt"r de la lkpública tuldar· tle la S1.l~btencia comodill, y decente del c¡ue le hn dado el ser, J' de quien justa .. mt nte t·11pera hubri de dc.-varla al punto de g •;¡¡ ,d ' zá y pc:rfr.cciu1) á qut: la ll<.1mun sus dcstiuo~: DECRETAN: Art. 1. 0 S e cor 1c•-· c~e al L1BERTADOR pré~id:..:nt e ckl:t Hqiública SrMoN BC1Ll­yAR la rcnsinn dt..: trci1 1ta n1iJ } ie::.os . mpc• 2Hr a . ~orn· r d ~lid t· d di:i ' n ciue t l L 1 BE' ll TA­D o R füMoN BOLIVAH. tu·rni ni: · bs foucio· m.:s de ptcsidcnte de la lk¡;Ühlica. .Art . . 3. 0 El pr:dtr t'j-.·ct1liv< dict~1rá ·las prov1d-encw11 nportut ~ ::t.'::> p tff:i c¡ •.!c :ll Lr.aE:r: TA· SIM d('l pü­det rjccuti \'O= Ei secrl'tario c.f~:' t starlo del dcsp:.lcho de hnciend:.!- José }1Iar íd qt!I CA S T I L LO. ( * ) El senada y cámara de n·prest·ntrmtez de la repúólzca ele Cnloml.na rt u11if''vs en co11gr<.'sO. CoNs10EnANDli : • l. Que la desig11aci1Jn ck ~u~klos estable. cida-en la. ley de ocho tkodubrc ffel <:tfio un. decimo, ha n:sult<1dn en la pt ~1cticu, no con A forine á bs circu~t;1. ncia11 t'll c¡ue. :::ctu.::dmt nte se ballu la nacion, y por este motivo ha veni­do ti c::1usar d doble incnu\'t'llic:nte de que los emp\endos CÍ\'Íks y militi.lrt'S no b.,n rLcibi­< lo e!1 lo jt· ntr~.l la t/nta ~uf;c Íente para su hnntsta y cómoda susistenci .. ; y de que la lL pÚl>lica se ha grnvae ~lumen.­te en lo suce!:iivo: 2. Ql;c.: por esta rnzon ~s indi spensable­m ente necé·Sttrio h ueer en la rcfL !·id" k,y de sueldos h1 reforrr:H~ cpc;rtu '.1::s ~:fi:i de ·que (* ) C o M ·aN{CAGION que S. E. el pl'e:,icknte de la cá.mara de representa11te s dirijió e::::ita lt:y nl podc:r tj ecu­i vo en vcíntitrcs de iulio tdtimo. E~cmo. se1ior-- .it pruner clmgrt'so cons­t1tucu> mLÍ Iza tomado e11 cor1siderac1011 la nota d1? P. E. d el veillt1tres dd parnt/n en.q':'e .;;Óo­ga por la mtJS justa de las NIUWS . .i saber: la suerte futura deí LIIJER TADOR de Colnmfna. .EL congreso se ha ocupado como ·uno de sus mas sagrados deberes en un 11rgocio qu~ es ~ara él, para Y. E., y para Cofomhia toda, de •uz predi!ecc10n harto conocida. En su con­suuencra ha sancionado el decrr"to que ocom­pañ o á Y. E. y <¡ue fué discutidf; po.r la cámara de represc:11Nmtf's en /m; ses10W~$ del 27_.de jumo, cinco, y d1~z dd jH,,se11te; y por fa c/ ~ue r~~~da et:r.c;.a <~$' a!gun ~· obierno europeo o amenc;1110 podra tt:ner urnl renta lnil1º' de diez rn il pesos n.nmilt-s- 2. Ni11gun t'mpleaporcimrnlmt:nte le corresponde siB el descuento prt-ve-nido en el .. rt1ctdo 7 do la citada ley de ocho de octubre dcr añ~ ~n· decimo. 4. Sin embnrgo, cuando la escas~s dc:r fondos ú otras circustmtcias partkularea J' es: traord.inarias impidan el pago integro de lo~ suel~os, podra disminuirlo el poder e~cuti .. vo a todos log strvidort"i de fo patria- e¡¡ proprocion á. sus a~gnacíones y con c.bli .. g~; cHm de remte~ra~ h~s cantidudes r~tenidas. luego ciue lo ptrm1ta d estado de los ion .. dos publicos. 5. Níngun empleado qu{'. tcrga qui~~n~ tú& .r:so,s el~ re~1ta anua!, y dl' al!i r~1 r.a ab~10, sufo~a la n.·:enc1on· de c¡u.t: habla d paragrafo ant..-rwr: m d cine tuv1t·re una re1Ha anual m~yor de los quinil'1 1tos pesos sufrirá en .fli .. cha cant1ckd ninguna retcncin;1. 6. Los iiueldns para lcis e..nplendos civi­les ~ milit:.!.rt:'s ck.bt· ~án asignarse con rcs¡wc­tu a )ns CirCll·itanc1as locales de cada país, y no atendiendo solo á la dignitlc1sione , qned~rá re-ducída á seis peso-. .Antonio J1sé Caro-El di pnt<1do SC'cretario Jo~é Joaq.v,i.¡¡; Suares.7"'Pa!acio de Bngot~ •1go:,to prim~'~ de núl ochocicnto:s vem4trc:::»-tr1::ce-Eje~se;: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'FRANCISCO DE PAUL.A SANTANDE&­El sttcrt'tarío de e~tad1J, frricl : ·s en d artículo pri­mero qm:d:mdo la otra mitad tn bt.ntficio de la rent~. · .Art. 4. L:is caballerías, buques, y demas efectos aprendidos con d contrabando que de­b& rn confi:scarse et, co11formiclad de las kye,, pertenectrán á la Republica, siempre c¡ue fve­rea propiedad dtl contrabandi.,;ttt; y si no lo fucren - probannado lERON!llO ToR­R Es-El presidtnte de la ca mara de rt:pre­tientantes DoM 1 N co CA re E no-El secretario del secado Antonio José Caro-El diputado secretario de la cámara José Joaquin Suarez Palacio de B · •gotá agm;to cinco de mil ohocie.ntos veintitri-· ~-trt:-ce-Ej e cütese-F R A N­cucn DE PAULA SANTANDER-Els~ cre­tario de estado y d-.:1 despacho de hacic.;:uda Jo­~ é .J-fana dd CASTILLO. El snwr!o. y cámarq de reprt"sentantes de /11, república de ( .'o/omb1.a r.eumdos en congreso. En u so de la atnbucion que k concede el ~. 19 articulo 55 d(.' la con!)titncion, y a­tencfü: ndo a que el l.'Stab!ecimientO de buques de vapor en el rio Ü!'Ínoco, y ste de la República, para su industria,y agricultura; y para estn::char, y facilitar mas las comuni­caciones de aquellos habitantes: DECRETAN: Art. l. o Se concede al coronel James Hamilton el privilejio esclusivo que solicita para navegar en buques de vapor por el tér­mino de diez años en el rio Orinoco desde el puerto de Santotomás de Angostura rara ar­riba, y en todos los '1emas ríos que desembo­can en él. .Art. 2. o Para la mayor facilidad en la ejecucion de esta empresá" se otorgan á favor dd t>mpresario las concc-::;ioncs siguientes: l. ce La del uso de las tierras, qne en las riberas del Orinoco, y demas rins que desem­bocan en él p('rtenecieren al Estado, y sean necesarias pnra lo!i almacenes de lt'ña, y de. mas objétos relativos á la clase de navc.::ga­cion que se vá á introducir. El gobierno pre­vios los informes que estime oportun(a~ desig- • nará la estePs¡on, y localidad del ttrreno pre­cise para los fines indica.-los: ~. ~ La de escencion de tod6 servicio ~ivil, y militar en favor de las persona¡ que GACETA Dg COLOMBIA se emplearen en la construccion, rcfacdon, y navt>gacion de los buques de 'Vapor, no pu­cliendo distraerse de c:sta ocupacion á. ningu .. na de dich por los juects, y au­toridades de la Repúblrc:.l, á no ser en el ca­$ 0 que asi lo exija una necesidad del pronto servicio de_ la misma República. Para lograr de esta escencion el empresario deberá dar cuenta al gobernador, ó gobernadores respectivos de las personas que emplt"are en la empresa espresandolas por su nombre y apeliido: 3. ro La de los auxilios que el empresario necesite para fa <::Jecu~ion de la ('ffipresa, 1011 cuales díspondr!Í el gobierno se le franqueen pur lus ~utoridades respectivas_, y satisfará el empresario al pcecio corriente: . Art. 3. o El ernpresano en virtud de e!te decrdo de concesic111 de la propuesta que ha Ji~: L' h n ; )' t:UJ':l':l COf;dÍCÍüllt'S dc:~dt: ÍUt>go que­d~ lll élc1: pt.:ida1:1, estará obligado: l. o A poner lns : buq1Jes necesarios para la nuv<:'gentim'iento del poder tjecutivo: 2. e A ci"mducir con la debida segun­dad, y bajo su rL'sp S ordinarias cine jiran por cl Orinoco, y demns rios gue desembocan en él: 3. o A llevar en sus buqw::s de: vapor las tropas, y cargamtntos del Estado de cual­quier clase que fueren ajustando con el go­bierno á precios ec¡uitarivcs, y con calidad ce pagre el precio cor­riente cu:mto le fut're po!:iible en los fttte5 que paguen · las particulares r1ue na v<·gueq por el Orrnoco, y dt'mas rios que dc.:sc:mbocan eH él, sin que pu<:da impedir nunca la nave­g< icion en buquc:s que no sean de vapor. 5. o A coJ1ducir graciosamenk los ofi­ciales, y t-mpléados de la Rcpúplica que marchen e~ comision dd gl)bi~rno, cuando lltguen al puerto donde estuviere p•tra darse á la vch1 alguno de lns buques de vapor. Del mismo modo c¡uejío. ./lrt. 4. 0 El emr>resario para el cumpli­miento de la presente obligacion queda sujeto á una multa cuyo sefüdamiento, y el de las seguridades que debe dar p~ra su esbicion, se ckj< n al arbitrio, y disposicion del poder ejecutivo. · .Art. 5. o Et coron<'l James· Halmilton tie- · ne la obligacion cie asociar en la ernprt'sa al teniente curooel Ivliguel p,,Jacio en la parte que contraten por convenios entre sí. Dado en Bog11tá á cuatro d<:: agosto de mil chocientos vt:intítres-decimotercio­EI vict'presic.lente del senado.JEttoNIMO ToR­R. Es.-EJ pre~idente de la cámara de reprc­aentantc- s-DoMIN GO CAICEno-El St'cre. tario dd senado Antoni~ Joié Caro-El di­putado secretario Jose Joaqum SNarez-Pa­Jacio del gobierno en Bogotá á cinco de a­gosto de mil ochocientos veintitres-décimo­tercio- EjecutC'se-F1t A N C Is c o DE. P. SAN­TANDER- Por S. E. d vicepreside-nte d~ la República encargado del poder ejecu­tivo- El st-cretariu de ~staclo, y del de:-spacho del interior José ManuttL REsTREPo. (*) -------·-------- (*) La estreches de la gaceta no JHrm1'te puúl'icar en el!~ todas las leyes y decretos fUe existen en el gob1erno, y que se estanco­. muni~ar•do á /,;s intendmte6 para 6W ejecucir.m. Congreso de 18 ~3. El 6 del corriente ha terminado la sc;ision le.: jislat!va del primer congreso co~stit~cio~al de la República. No es del caso "!u aplaud1~ ~us trabajos, ni censurarlos; la ~1ac1on JUS~ar!' ?e ellos debidamente. Pero s1 nos sera. hc1to afirmar que la reunion y marcha del co.n .. greso ha afianzado la suute de Colombia: Í-as camaras mm rivalisado en profesar d mas profundo respeto á la constitucion, en dar est.&bilidad al rejimen político proclamado por el congreso constituyente-, en ~rocurar del modo posible el fomento de la nque:-za na­cional tn beneficio de los pueblo3, t-1'.1 afian­zar el crc~dito público, y en 'e::-trecharse con el gobierno para tt-r~inar la g'l~t::rra C'stt'ri ::ir, y conservar d oí(1en rnttrno. S1 el ccingresQ de 1823 no ha hcchr_, cu'"1e á ~u::i miem­bros, cuyo pJtriotismr), ~1m1Jr á lá co1_1sti U• cion, y buenos sentimiento:> snn notor:n:--; la causa de este ddccto son la clu tacion <.í1 ia gut-rr:.i, el e~tado ~n que ella h.: , :~ j :.i St' sepa­ra de las reglas fundamentüles, y <]ll ~.: este pro­cedimiento presenta a b \ C. Z f , 11.."'fZ nt ~;· 1cios públicos; por esta parte é~taJuos muy c-.jl'n<>• de e~ceptuar á los minnbros del cungreso; pero si á un fondo de prnbiciad y patriotismo se reunen aplicacion al estúdio, respeto á la constitucion, juicio para discernir la verdad y aplicar á. Colombia los principios libt'rales con las modificaciones que su ~ituacion exije, el congreso en los años venideros hará mucho bien á Lit República, y admirará. íl las na­ciones que nos ob-:;;:ry:.rn. SOBR~~ LA GUER0RA. Los acont<.cimi( ntc s r¡ue h:m r' tardado el término de la guerra en el Zulia y Púerto-ca­bello estan rodeados el<.: mii circu~t11nci<*s que ni han podido ni puedt'n u;t~i r tncf ha obtenido ni por si, ni por aus oficiales. suceso alguno fa-· vorable que mcre~ca la pena de apreciarse por los espanoles.~Es , bien notorio que en Paito no han muerto c,uando su reocupac.ion, sin~ los que á balazos mordieron la tierra en el campo de batalla; los 'prisiont:ros, los .perse­guidós se hailan _en el ejército del Sur. En cuanto á atlqueo ¿ que podian- tener los pas­tusos que resistiese un saco de tres dias ? La ciudad fue tom~da á Ja bayoneta, y en la guerra es írriposi,ble ifnpec\ir qu~ el soldado 'Yencedor no se entre a las casas a ver lo que le vale su triünfo; los pastusos son pobres, y lo poco que. tenian, se ' habian cuidado mu­cl: io de esconderlo. La coleccion de ganados .es m~dida aprobada p0r toda ley, por que el ejército que torpa un territorio á,. fu~tza de armas y combatiendo contra sus habitantes~ tiene derecho á suSi!Stir y mantenerse dd próducto del pais, y .de las propiedades de los facciosos. La ciudad dH Pasto no ha sido bicendiada, ·eu& existe como estaba antes. Por esta vez nos hemo~ dado el trabajo d.e esplicar estas noticias abultadas y odio~.as á. Colombia que sus enemigos se .hacen un deber. dé inventar, y circul~r. No apetecemos, ni · pedimos f~vores: que l¡ss ·co~a~ s~ digan. s't¡g.un ellas son, y que no se prcc1p1ten los 1mc1Cí:t es lo unico á que es acreedor u.n pu.eblo grand·e, constante, y' organizado que d~spues d,: habersele · ll~adu · revelde, bandido y traidor, es ya saluchdo como pueblo soberano. MEJICO Los diarios de N ew ·-.Y orck dicen que e), nuevo gobierno mejicano hahia convidado ~ nue.atro mini~o . plenipotenciario Santamaria pra' que volviera á fa capital á representará. c 'olombia,y que el ministro habia accedido. La pr:0vinc.ia de Yucat~n se ha~ia ~.~cla­ra. do i ndepend1ente del gobierno m~J rnano con cuyo motivo debia reunirse un congreso en Mérida. El Genual A.dvertiser det ·2. de junio in­serta una carta cescriia en V cracru z en que rdiriendo su autor la llegada á ~quella plaza de los dos comisionadoa cspaiíbles, aseg~ra habe.- visto sus instrucciones y que contienen una autorizacion ilimitada para negoeiar la absoluta emancipacion dctl reino de Mejico, y ajustar tratados de comercio ·y alianza de­fensiva. PaocLAMA. El supremo porler ej~ciitivo de /q, nacion_ á ·~zu compatriotas. · La patria se presenta con dignidad segunda ftz á. ocupar el lugar q'!e le cm:responde entre las inas grasdes naciones. S1 algunos ·111omento!\ se vió esclaviza~; si sirvió; á ~os estados que la rodean de o~jeto de desprecio, de . ridicules ó de compas1ol1, pas~ron e!bs días ~ciagos, y hoy da ~n e~emplo . que 110 tl<:ne semejante en las historias antiguas y modernas. La reaccion contra la tiranía jamas ha sido tan pronta, tan activ~ y tan eficaz como en nuestro suelo. No bien acababa de asomar la cabeza esta. espantosa hidra cuando fue. se­pultada para siempre ~or vuestros he~o.1~os afucn:os. Los dignos Jefes ciue han dmJido C.-'.CMA. t>B : COLOMDIA: ,... la· gloriosa etttpreaa de nue5tra, llbe.rtad, no han hecho mas que aprovecharse de vuestras virtude! para lograrla. Una mano opresora atentó ~ntra vuestra representacion nacional; pero aun no bic:-n hab'ia cometido el crímen cuando la disteis el condigno castigo. El santuario de las leyes aparece entr.e vosotros. Los representant~s de la nacion ocupan las sillas de .donde los ·arrojó el despotismo• Ellos. ejercen sus funciones en vuestro bene­ficio con .entera y absoluta libertad en medio de un ejército protector que I'os asegurn: S\l primer ensayo ha sido enconiendarnos el eier .. cicio del poder ejecu.ttv<:; si acaso se han en­gafiado en Ja ilustracion y aptitud de los individuos, han atertjldo ciertamente en c:l pátriotismo y deseo ~e vuestra felicidad de qu.e abundan. · earnoa 6 · de advertirnos nu~sttu falta~; sea con una rnoderacion que· os haga honor> y no con sarcasmos ni coa ·personalidades que os tbegraciot'rian á· vosotros y a la nacion á que per.teneceis~ . Las mas estrechas rtlcdidas os pondrán á cubierto del ladran y del ásesino ,que os asalt~n en las calles ó . dentró de vuestras pto­pias casu. V elarémos incesantemente "en q~c: las autoridades constitilidas 6 que de nUc• vo se constituyan. se contengan dentro ..del círculo de su~ deberes y ' os rij_án bajo de un sistema vt>rd.ideramente liberal. N ue.s va 11umisiot1 á los decretos del soberano con­greso nos.· gloriamrnt que os servirá d~ ejemplo para obedecerlos. El ahinco que manifestaremos en todo momento y eircus­tancias para sostenerlo será.1 el n9rte -que os r;ija para contribuir á. lo mismo. Si rdguna vez por JUStos motiYos río .nos par.~cier:en :sus deterni'inadones arregladas, la modcra­cion con que se lo haremos prestnte ·os dará 4 conocer d r~specto debido á la so .. benmia de la oacion que dignamente repre­- senta. Y por último, conciudadanOJ; os a. La mas sana intencion, vuestro imico bien será el blanco de nuestras miras. La e cru­pulosa conservacion de vuestra s<'guridad pe~onal, de vues.tra propriedad donde <1uiera que se halle, de Jos fondos públicos que jus. tamente se han visto como s9gradoi. serán lo~ objeto~ mas inté'resant~s pa~a no1uttos. No como an~es el afanoso comerciante espondrá sus caudales bajo la salvaguardia del gobierno para ser usurpado con mas seguridad· y me­nos esperanza dl'.' remedio. No; 19s actuales ministros del poder ejecutivo jamás abusarán de la confianza pública. Li, que cuando llegue ~l gso de com:uru-segura vuestro gobierno co11 la s.inceridad . debida á una rt:speta,~le nac~on, que no 9c vereis dominados por . un poder estruño, ni vereis tampoco- ocupar el solio de Anahuac a· príncipes cstrnnjeros ºr un mo\tlmiento voluntarto se han presentado cec:liendo la tercera parte de sus cseasos sueldos. l Jenerosidad admi­rable que fijará la nacion con ~r'a.ctéres. in-'. delebles en los fastos de su historia! La .guer­ra de once anos ha dejado á la América. en una total desolacion. Los caudales qtie se trasportaron 'á Españá acabaran. de em­pobrecerla, y el último saqueo qμe ha sufñ .. do completó su ruina. El comercio cñtor~ pecido, la mineria paralizada, los jiros. tqd~s en apatía, obligaráa en 'e'Stos principios á nocimie.ntos s~­bre la ·plaza de S:msebasuan . .' Lá_ guarm­cion Jta rechazac;lo vlgorosai:ncnte á los frnn­ceses.- Esto~ hau ocl!pado á B.urgos y Z .ira-goza. E . I Ab l :t . ' ' M . 1 J~nera asca o~rroto en ur-vi~ dro y Alm~narn un cue~po de la Fé de -5000 hom!)res d cui.ll perdió 8QO mner­tos ~y 200. pris~onqos. L9s j~fes de la Fé Bcssi~res,. M erino, é Isidoro esta~~m <1po­derad0s de las gargantas de Somo-sicrra , y la guarnicion ele ~,fa.drid bj1bia salido_ co1~tra ellos. El jeneral reali-,~a JMoral~s hab1a s1do hecho ,prisionero en una accion en Coméja. Las cortes españolas debían tener su prim~i:a sesion. en Se\1illa el 23 de abril.. El rey y la rei- 11a estaban alli. Las tropas de operaci011e:s es­taban divididas entre Cátaluña al mando del jener-c.tl Mi~a, Aragon al del éond~ del Abi"s'. bal. G(llicia al dd conde de Cart;;ijeJ1ª.-Ba,­llest~ r.os mandaba ~n cuérpo ele l51J hombres en la froutera hácμ. lqs ,Pirineos. V AlUE:DAPES. Concluy~ la J/Jctrina -de un -saht'o. contempo. raneo á cerca de tas leyú cons_t1tucionales ~c.-ln•erts en . ti número 92 CU!fO artículo ltemoa·.1Mu1do r:kl ·68 del Iris de V enezllela. Obtener,_ asociandose;una sumad~ produc­tO• mayor qu~ 1a ··que darian los e~fuerzos aislados de r.ada. Iajembro-de la asociacion, ved aquí su oójet~: div1~Hr k>s trabajos in­dustriaJés, ved aql.fi d $edío. El gobierno re­presentativo es \lna _aplica~ion . ~el ... princ,ipio de Ja tlivis:on á~} traha;v. En el algunos hombres son cpcargados de estipular los in­te~ ses Jeneral~s de la asociacion, á fin de que exentos los otros de este cuidado pue­dan c~grarse con libertad a trabaj0s 1in. media~mente productivos.Aquí el Siicrificio, cncucmtra su compensacion en el a.cre.centa­mienta .de la riqtieza social, y en la prospe­ridad ·que la acompan.a; ó ma_s bien: aquí no hay sacrificio alguno, .. pues que los derechos civiles, lo~ ú_nicos, cuyo g9ce importa á la /dicha fodividuaT~ nó sufrm ningun menosca­bo. !\-tas ~raque 'esto sea asi tfocti':'amente, es necesario qu,e Ja libe11?d civil esté solida­mcnte garantida Bajo el gobiei:nQ representa­tivo; y .para que exista c~ta garanti'a, es indis­pensable qu~ los derechos del poder repre­sentativo sean ddirií:iitiendo una co~tit~~ion, ~ a~mit.c nccesar1an1ent~ una doble Jera~qu1a lej1slat1• va. Si el k:jisl.ador ürdinario pudiera t9car & fa ccnstitucion", no habría· const1tμcion; y si la h..:y constitucional no .tu viese mus sancion que las leyes ordinarias ¿ en que se distinguiria de ~stas~ 6 Cfl que consi~tiria la ganmtia ~onstitucional. 1 Pronunci;mdo contra la ·sobetania represen­té\ tiva ·una esclusirra , ha d(·bido much;,¡s vece¡ la suspensinn~ d~ sus libutade5, y al que un dia deberá su total ruma. En este sentido Rousseau no padt'ció quizá una gran cqui­vocacion -cuando dijo: ei pueUo ittgle1 cr~t s~r libr11: él 8e nrgafza t11ueho: · él no lo ~• sino duranle fa3 eleccro11e8 dt lo& mtt!mhrt>1 d1/ parlamento:_ en ti instante que ~Uos son ~lljidost él r¡úeda esclavo, i/ na e, nad11. Acon. tecimiefltos 110 ··muy di~tantes de n~ dias han pi-t1bado que en nta asercion hay menos exajcracion de Jo que se había pc"nsa­oo. ¿Pero será pc:rmitido derlucir de un ejetn· plo particular una reprobacfon jeneral P El 'abuso no provic:~e ·de que los ingleses ltayan adoptado _el gobj~rno r<:pttS<'n~fivo, smo que adoptandole, ellos han desconocido el princi­pio mas escncil-11, la distincion de . dos ltj1s/a. dore3: puede ~er tambien que por hab~r des­preciada · ó no ad-vt>rtido .esta distinc.ion d autor del C011tr~to .wctal, haya (esta es nues. tra opinioo) e.scedido fa severidad de los prin­~ ipios, y hu1~ado sobre Ja instituciones reprc• !9t:ntativas una · proscricion muy absoluta. Des.pues de haber HÍ rt'conocido la n~­cnidad dc·tina ley constitucional' en el r~jimén rfprt:5entativo, pasemos á e3<áminar qué cosas debe ella abrazar necesariamente. La constitucion tiene por obj('to crnr un poder artifiG1al dc~tinado á representar, por una ~ccion de der('~ho? el Jtjislado~ na; tural' en Jos casos ordmanos. Ella debcra -pu~s reglar Ja orgen'izaciOn de )este poder, la forma de su institucion, 1qs atributo$ y m40>do 'de ptoceder. La con~tituc1on tiene al mismo tiempo ·pQr objeto limitar el poder ttpresrntativo, fijando lo• grandes principios de interés social de que no le sea ~rmitido aepárarse. Ella deberá _pues · munciar ~tos principios que ella resguardará con ·una garantia especial y wlocará fuera del alcance de aqu~l poder •. .Así, por .una parte Ja ley fundamental ·drterminará el núm~, la . naturaleza, Jos cl~mcritos de lós podetts qtic constituye, coordinará su accion, fijará sus atribu~ ttspc_~tivos, arr~glará-sus relaciones: · ella tra. zatá el tnod~ 1 establecerá las condicíones t!cl epticio de los derechos políticos1 la for •. núl de ~s,e1ecciones, &c. &c. . Pot otra parte proclamará los principiós del orden político, los· derechos impre5criti. bles de ];¡humanidad~. dcclar.ará. la lihtrtad de opiniones• 1· conr.iencías, Ja s('gurid~d de las personas y. propiedades, la indeps;nd~.11:cia del. podtr judit:iário, Ja rc~ponsabiliclad del pantt! e5enc1alt's: las unaa para estal>lecer el g?bierno represl'ntativo, las otras pa~.t hacer lc,jtltmo, por fa asignacio n de límites, án gobiemo :¡ue d·c::jaria de .~o¡ lo si fuese ili1'iilado. De · )Q ~ue precede se ·concibe ·qu~ l~ dos órdenes de-disposiciones que componen esenciahnente la Jey constitucional e~tan igual.mente f\Jera de la!S atribucion~~ dd p o• der representativo,_ ya por que mscritas en la miama ley• vigorizadas pc.t la misma sane itin. ellu llev~n t.m mismo cuáttcr,y por que dtm. de¡,, ley no di1ti,,g11e no u p~rmitulo á. noso­tras dtstmgui.r: ya por qm· ellas son igual-mente importantes, igualmer.te fundamt-ntalt:'s: L;t ¡:>ti­mera pu.rte ,la que organiza la r~p~entacion,cs superior al }>cdcr ·rcpr·es.cnt:ativo,pucs un pO<Ítt­no tiene irifiueucfo ni fuerza sobre d ar.co que le eonstituy~ ; si él Jo va~iase en cuaJ~ ~ui~rn ma­hera dt'jatia de e-xi~tir. La s~guncb. parte, la que con s:igta fas _ _gc:¡rantias sociales le es igualmente 'sup~rior, por que ("l poder npr.e. sentativó no ha sido instituido sino bajo fa. condicion ~ res~t.~r _

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Gazeta de Colombia - N. 95

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Por: | Fecha: 17/08/1823

GACETA DE C-OLOMBIA. No XCVI. TRIM~VII. INTE}llOR. LEYES. .El. 6enado y cámcra· de representantes _d6 la república de Co/c:mbu;z,reunidos en .congreso. Vista-la 1 com\inicacion del poder ejecuti­: Yo su fecha cuatro del -proximo pasado ju­nio en que indica l:.t, m cesidad que hay de variar el r~ji!llen administrativo de algunas rentas de la ·Re1niblica, daridolas en arrenda­miento bajo d~ ciertas condiciones; y tenien- . do-en .consideracion, que si en todo tiempo es un debt'r del congrso procurar ~l fomento de las ·rentas púbticá~, lo es ~ucho mas al presente que es necesario ocurrir a los precisos gastos de la gm:rra-y cuando se trata de no gra. var á la naciun con un nuevo impuesto, si­nn solo de.~far una rrif!jor administracion á las iue gusto"samente sufren los pueblos D~CR.ETAN LO SIGUIEXTE: .A'rt. l. Se autorisa at pod~r ejecutivo pa­ · ~ que si lo juzga' conveniente y mas util á aos · in~ereses de la República,· yaríe el mé­todo de adminis?racion de la ~alina de Cipa­quir. á, poniendo esta renta. en arrendamiento por un tiempo que no pase de diez años, y ·con tal d~ que ~l arrendatario no suba 9 pre­' Cio , á que actualmente se ·vend~ Ja sal. de .cuenta de .la ~epública en dicha salina de C.ipaqu~rá. Art. 2. Et poder ejecutivo podrá ,verificar !Cl- eontcat<;> ~in, 1os ·requisitos 1 que exijen las leyes vijenks que habktn sobre arrendamien­tos .fi scal<:'~ pt:ro pr9curando •siempre las me­j~ resion de Ja admini-stracion de la salina d~ 'Cipaquirá, en los en1pleos que hayan de prQ-veLrse dts¡1ues de lu st-1presion. Art. 4. Dará. cuenta del cumplimiento de e5kd-L"crlto á Ja pro:xima lt'jislatura-Dado en Bogotá á primero de agosto de mil ochocien­- tós veintítres -trece--Et vic<:'prc~i dente dd se~ l1ndo-J ERO.N r Mo Ton RE s-J•:1· presidente de la cámara de rt:·present<~ntcs ,D üM INC(> CA1c"E­no- El secretario dd senado 'Antonio José Ca­r. o-El dirutaclo secretario de la .cámara, José Joaqum Suares. Pabcio de Bogotá agosto primero de mil ochoGicotos veintitres-trece - Ej~cutese­Fn A Ncrnco DE PAULA SANTANDER­El seer\. tario de estado dt::l despacho de haci~n­da, José ll./aría de..J CASTILLO. El senado y crímar.a de representai)tes de la upú6/zca de Colomóza rwnido~ en congreso. CONSIDERANDO: l. Qlle por In ley de seis de oetubre del anó undécín10 !a destilacion de aguardientes y ~u trafico se declaró libre sin otras trabas que las <¡He la misma ley Í¡npu.so: · 2. Que pH~a fomentar mas esta fuente de la riqueza publica y privada, y ani~ar la in­dui, tria y la:s empn:sas lucrativas del labrador son precisos medios que haga.n eficaces lo~ e..sfuerzos de estc:-; ..HAN VENIDO EN DECRETAR Y DECRETAN: Art. l. .Se prohibe la introduccion por los puertos de la Republica de los aguardientes f;StranjerQS de; cana y SUS compueitOS. Bogotá domingo 17 tle agosto de 18~3.-l!l. ~..,. .,.,,.,,..,..,,..,..,.;,..,..,..,..,..,."'-":J"J"J"l-r.,..,,.,,..,.,...,..,,..,...,..,...,..,.. J':r.,.,,..,..,.,...,..,..,..,,.,,..,.. * ~-- "' ~ La ·su~criczon anual vale 12 ps. 6 la del semestre y 3 la del ~ ~ trzmestre. El editor dirijzrá los núms. por los ctila1INGO CAtct:no-El secretario del senado .Antonzo J11sl Caro-El dipub}d() secretario de la cá.mo: l. -º Que el papel sellado es uno de los ramos de la hacienda pública, que necesita de los arrt'g;los que al paso que Sta .pro'clucti· vo al erario no ponga trabas á la administra­cio ·n de justicia~ seguimiento de pleitos ·ni celebra~i on de contratos: 2. 0 Que eh la ley de 6 de octubre qel año undécimo se han to~ado todos estos in­convenientes, y ella ha causado muchas dis­putas, y recursos haciendose imposible su. puntual ejecucion: 3. o Que cuanto mas equitativos fos precios del papel sellado, y menos complica­da la ley, mas facil será la observancia de es­ta, y mas productiva al Estádo: 4. 0 Que persuadidos de todo esto, tan. to el poder ejecutivo, como ta alta--corte de justi~ia han promovido la reforma de lamen .. cionada ley; DECltET AN: Art. _l. o Continuará. el uso del papel se .. liado en todos los tribunales, y juzgadas de Ja República, y habrá cuatro sellos, á saber: primero, segundo, tercero y cuarto; Art;. 2. 0 La estampa ó empresa del papel sellado tendra en el centro las ·armas dé Co­lombia, y se imprimirá en el ángulo su p-erior de la is<.1uierda de cada ¡iliego, espresando~ en la circunferencia. el número del sello, ó clase respectiva, el ano ó anos que deba c.or-rt'r, qμe no pasará de dos: . .Ar t. 3 .. 0 El sello primero se dividirá en cuntro clases, y su valor será el de la primera de veinticuatro pesos: el de la segunda de diez y ocho: el de la tercera de doce: y el de la cuarta de seis pesos: · .Art. 4. ·º La primera clase del sello pri­mero se usará para el orijinal de las escrituras de aquellos contratos, y obligaciones, cuyo valor esceda de diez mil pe~os; y para librar los títulos de aquellos emplad®s, cuy:a renta sea de tre·s mil pesos ó pase de esta suma: Art.5 ° La segunda clase del sello primero se usará para el .orijinal de· las escrituras de aquellos contr~toa y obligaciQnes, c.uyo valát' ~ea de seis á diez mil peso.¡; y para l ibrat los titulas de acjü.ellos empleados cuya renta sea d'~ mil quinientos, hasta· tres ·mil .peso&: . .Jltr. 6'. o La tercera clase del sello prim'e!' ro se usará para el orijinal de las escrituras de aquellos contratos y obJigaciémes cuyo Yalor sea de tres á seis mil pesos, y para li.brár los titulos deaquellos · e~pleados cuya- ~ent;a -pase de de quinientos pesos;y no llegue a mil y quinientos; . Art. 7. o La cuarta clase del sello. primero ~ usará-para el orijmal de fas escrituras, u. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. obligaciones, cuyo .valor sea ~e_ uno á tres mil pesos, y para hbrar los titulos d~ ~que­llos t:trtp'l~ados, cuya renta sea de quml'entos pesos, y no b~je de d9cientos. El valor · dd !iello segundo sera de _doce rea~es, y se usa­: ra de él, para el oriji~al de toda~ la_s escri~u­: a.:as, contratos, ú obligacionn cuyo yalor ~a de quinientos hasta mil pesos, y para los ti­tules de aquellos empleados cupl renta no alcanse á docicritos pes0s; y en jeneral para la primer~ foja .de a9uc:llos testim6ni~~, ~füi­jencias fJ!=Cutonas, o rn~trumentos pubhcos que por esta ley no tengan :~ilalado el papel en que deban estendersc. El valor del st'llo tercero será el cuarto ·será de meclio real el medio pliego, se usimi el primer plie­go de los teitÍmonios sobre asu1.llos de po­bres en todas las causas, y negoc10s de estos: en los negocios de ofiCio, en lus libros y ac­tas de acuerdos orijinales d~ las municip·ali­dacles y corporaciones, y prim_et pfieg~ . ~le sus te8timonios: en los juicios de conc1tá á seis de agosto de mil ochocientos veintitres-decimotercio­El vicepresidente ckl senado JE noN IM:o ToR­lt Es.-EI presidente de la cámara de repre­sentantes- DoMI ·ca C ArcEno-El secre­tario clel sen;tclo Antonio José Caro-El di- , putado secretario Jose Joaquin SNárez-Pa­lacio dd gobierno en Bogot~ ~ once de a- GACETA DE COLOl\IBL~ -- - --- ·-------------------------- .gasto de mil ochocientos veintitres-décimo­tercio- E_jecutese-F·R A N c r s c o DE P. SAN­TANDER- Por S. E. el vicepresidente de la República encargado del poder ~jecu .. tivo-El secretario de estado, del despacho de hacienda José Maria del CA.STILJ:.O. .El senado y cámara de representantes d~ la república de Col•mhza reunirlos en congreso. 'C o :Ns r·n ERAN :oo: l. 0 Que la introducion y esportacion de efectos de comucio gue se hace clandes· tina mente por los puertos de la Repú bli­ca, causa enormes perjuicios á la hacienda nacional: 2. 0 Que esta criminal y escandalosa ddraud::icion demuestra su gravedad en ra- . znn de que por una ' p~rte priva á la He­pública de sus recursos necesarios para el buen rejimen, conservacion y defensa del Estudo, y por o?ra hace mas costosos los sa­cricifü> s d\."' los <:iudadanos sobre quienes re­fluye la sórdid,1 codicia 9e los ddraudadorcs: 3. 0 Que estos males 'tan frecuentes en resultados contra la moral pública y la se­gt1ridad r prosperic1ad de la patria e·xijrn im­pC'riusamc.: nte remedios dicace~; DECRETAN: .Art. 1 ° Los em;»leados aso mas, y espera ~ n el su premo Lejislador del · uni vt-rso que - Colombi~t s¡ga marchando aunque lentamente hácia ~u pro'i­~~ ridad, y que ma~teni~njais en fin, planes literarios ·sobre la ~du cac ion é ilustr.n.:ion nacionat, que abren al ciudadano d sagrado campo éie las' virtu ·· des y las ciencias. La proxima· l~jiilatura ~·rrcccionará estos trabaj.os, ): otros que que­dan. ~n suspens9, no menos importante;¡;: dla aumentará Jos que pueda; y l;is 11ue_ le suce­dgn darán con el trascurso del tiempo su último complemento a la ardua y dificil .em:­preaa de u'na -lejislacion sabia, liberal y equi~ tut1va, que hace la . verdadera felicidad del hombre t'n sociedad. Por ahora someted res­petuosamente, hCJn9rabfes senador~s, vuestrns actuales sancione& á la di~na ccn·sura-de la na­cion, quc °" ha co1'lttado el ejercicio ~e e~ta alta atribu .-~i on de su soberania deposnando en vuestras manos sus mas sagrados derechos v preciosos interest·~: ella apreciurá el mérito de vuestras tareas, no por cf'número de leyes que hab~ is dictado, sino por -su justicia; pé:ro si hubit re espiritus fogosos que lo ~esco­l'O~~ :Ht, á c¡uienelD solo cigrada el curso impe­tuo!> O de un poder_ absoluto y no la opt-~­cion lenta de la bal¡,¡nza y d cumpaz propio de la prudenqia humana, r~c~rd•d ~ estos y repetidles muchas veces con Bentham .¡que de cosas t'll rma ley! cuan.tas C~$a.t t:n u.na leyf ! Cerrad 110 obstl:tnte v.ue.stros oídos y vuestro eorazon á los tiros indispensables ué •a rna~ lediccno:ia, redoblando vuestros .st rvicios en ob!ecpio el-e la P,3tria de Jos . ~1g~ato.s, para. éorrejir su inj:isticia con la .d gnidatl J?<:! ter­nal . que· os c,arrcs_ponde; sat1sfL'c~os de . ha. her procurado hacerks todo d bien posible de vuestr.! part~, y mo~traqo vuestra ,rectitud prudencia y saber en este templo de la ley, que al mismo 'tiempo ha . sIClo Ja · es~uela pública de armqnía?1 modt::r:.1c1on y _urhamdad, ~eguros ds que. el inérito al fi~ trmnfa. de !a calumnia CUftndo el tiempo estrngue la amb1- ·cion y la~ pasio11es y solo quedan la vi\tud, la -razon y la verdad. ,Pero conservad . siempre ja .misma severa y circunspecta intt:gndad que lÍabeia manifestado en el pre~ente periodo~ pa~a 'pedir· cuenta á los servidore~ de ·1:\ patria ~~l mal desempefio de sus destinos, sm permitir que janias se relaje ese freno tan salu~aWe que reprime la arbitraríed~d y los abusop-De este -modo cuando las nac1ones de la Euro'pa que atentamente ohserv~n a nue tra naciente República vean que contmua progresa.ndo en la march'.l firme y regular con que ha eomenzado su carrera política, confesaran, que no solo por su valor y co~stancia infatigables con que - G..lCETA. DB COLOHnlA ha luchado trea:e ano!l por sti inctependencia y libertad. si no tambien , por la esacta y re• lljiosa observanci;;t de sus sabias instituo1one~ merece la alta representacion á que por sus propios esfuerMs se ha elevátlo¡ y aun la misma Espaiia acaso mas sabia y .moderada por su presente •..:alamidaa• tria, y las futuras jenerac1ones vuestro nombre. Hoibeis concluido, honorables senadores, vrn:stras sesiones y se pone e1i rect:.so d senado. · (J:J-Pvsitivarrtente quedaron ' pe-ndientes en discm>ion varios pror·cto5 de ley de "urna utilidad y beneficrncia;entre elles la ley org ·í n• eia del t:jer~ito, y la de marina,. e1 p hm jeneral de estudios, la ley organica de: tribum.les ,de justicia, Ja de las facultades de intendentes, go­bernadores y mm1ici¡.alidádes;h1 dé monte pío y el código penal.Entre mt_1cha~ h:yes <]U• d gobierno pidió á la lejis1atura y qu~ no se espi­. dieron, contamos las qtte ·supon~·n lós artí~ulos 169y170 de la constitucion sob~e allanam'lento de las ctua~,y violabifüJad de los papeles de los párticulares,s.obrc la responsabilidad efectiv:a de los recaudadores de t:ontríbuciont's y de los COFitribuyentes morósOJ;, sobre Ja rc·spon¡abfü. dad de las justicias en t:I a_p.re!to d~ auxilio~: á los militares y tropa~ de. m<:lrcha., sobre ~oc:1e­dades patrióticas,- y adicion de la ·ley. d.e, imprentn.·El ·congresó ven~dero encuentr:i mu· chos materiales preparados par';\ traba¡tμ; el ramo de hltCÍencja que en toda!S )as nacioues ofrece graves dificultades par.1. su arr.egl~,, tnl vez podra ser dis'Cuti~o en la prox_1ma ~e¡ sion como que podran tene,rse reumdos los datos necesarios coo que puedan resarse los ~~tos público • la situaóon .de · la· República y su~ medios de vi vi ficar las riquezas tle c~pa.d~ ¡>or el jene• ral M:am•urue, y d1Verbt la fue~a ter .. res.tre pal~ que no auxiliaae. nutdra marina; mas la operaeion !J' f'Ústr() pQ1· la vijilanda de un· puesto .avanza .. do ser\·ido .por 101 dt-agolle• del Zulia. necidido el 'corobate, .a.e p.usieron .~0() sol.Jados de intanteria á bordo da J'\uestra es~uadra ·que teniendo á · 111 frente al bizarro Pa~illa, no p&dl• meaos qt~. e salir ~ictófiio·u; en efector lo" fue,,despues de un obstinado cOfu• bate contra fuerzas 1uperiore• de .. lat cu~les parece que , iofo tre1 buque•. menore!i habían po~ido es.capar, ttoe .. da.Qdo todos .los dem;a1 en nuestro ]tCJ-­de~\ á eseepcion de.l bergantin Ntg'fo 1 ele dos goletas -que fn~a·on ineendiada1. No hay tiempo d~ saber el pot.numor do este suceso ·tao glorioso para J!ls ir• mas coloml,tiana,l!I; per<>' es 4t; eafootar •1ne ia pérdida de-1 enemigo haya a.i­do absoiut~. '.El ·batallo o Barina3 s-~ sabe fJUe ha eido °'merto o prisionera• No q'1.eda, puf>•, ditdll. de qu.e Ma• rat.aibo volve.rá. al ieno de Colonbi" ' 1 ' . despues de.haher.hechp eljenérat ~ rales- muy estrao~dina1·io,s e1fUerzo$ .pura coQse>rvarlo y d~ habernos pr~por:­don allo il ustriu· nuestra hiat.ori~ m'ili• tar con las prodijiosu accione.11 que hÍl f!jec,ntad o ~a m·arina·de· l~ Bepúblic.a. Bl reconquistador de Oolo~bia ·que lfO· fiaba con reducir á V-cuezuefa á la· obediencia del rey apeQ.81 . ha poílido prolOQgaF la . existe ocia til llar-ao,ai­~ o .. favorecido, poi· la estiipitlé1 d~ 1.l~~ md1os d.e Santamarta y · por lati circu1• ~anc.i'as que rodearon la ~oluna .de ~r:­dá en novienl:hre del añq anteri'or. Si~ necesidad ~e mover el ej~reito dé V cnezuela, ~in la inmediata cooper~ siou del de:; CútnJ.ta y el ·Magdalena, y sin trAe_r lln solo solda.do dehmr; Mo- . 1·ales ha perdidQ la posesion de una eiu'dad conside·rable y ha vi!to desa­parecer la fu~rza única~ con que po­dia molestar á algunas pro.vincias. AUXILIOS PECUN'IARI08 · ~esos De bs cajas de Antioquia - á las de -­Cartajena en junio . • • • • • • • .• • 8000 DEUDA NACIONAL. Habiéndose puimtaáo 'ert esta capital el co­ro11e/ Guillermo Duane haciéndo re.clamactó­nes por d pago de deudas a11ti-gtlus, el 11e6it:t- 1w resatvió ló t¡ue manifie.rt:z la adjunta nota: Repúblita de Colombia-Secretaria de et· tado del d~spach• de haéieni/a-Palaci• . bierno de la comunicacion que V~ se sirvi:o_ clirijirme con fecha de ayer. Cuando el eje­cutl. vt-> I' Forsyth o á los señQtes Fors­yth y Lemmon. Ma~ en lugar de esto V. ha presentado solament~ un poder del senor ld· ler fecho en Philádelphia. á 24 de setiembré dd zj'io pasado en que le autoriza para arre­glar SU$ cuelltas pendientes con este gobier­no sc:paradamente• o en union de los seño­res For:syth y Lemmon-. V. hn preferido o• brar del prhner modo, ~s deci1' por si solo; y por consiguiente ha presentado las cuen­tas del senor Idfer sio r.elacion alguna á los pagamentos que se han htcho y deb~n ts­tarse hacirndn ~n Venezuela para cubrir es. te ctec;lito!-Por esta secretaría de hacienda se comu-nicarou ordenes ro 22 de noviembre de 1821 al intendente de V ene zuela para que accedíe~ á la sol¡cirud del sdior For­s]- th; que p~dió la propiedad -s stiforcs ldler~ y compeñia pa­reda indisp'erisable que V. se hubiese enten­dido en su tr:ansito por Caraca~ con Jos se­iiores Forsyth y Lemmon obrapdo de acuer­do con ellos, . ó que; los sen ores lkrminacion sobre las estadi:is de la E11dumon-'(o en purticular siento en el alma no cnmplacer á V. entcramenk. Sé cuanto ha trabajado en beneiicio de este país, y concsco tam1:>ien los deberes <¡ue nos im­pone !a gratitud-Pero V. ama la justicia, y 110 du3o un momento el c¡ue c.:onvéndrá con­migo en la de los motivos que hay para no complacer á. V.-Dios guarde a V. José María ele/ CASTILLO. • Contuíúa la lista de las causas cr1minales remitida por la corte superior d~ j~stu;ia del disl.rito del Sur. do de esta ciudad Manuel de la Peña, di6 parte es~r siguiendo causa criminal contra Manuel SanUtmatía por la M\lerte do Agus­tin Tipan, verificad& con el uro de una es-. copeta. En dioz y siete del mismo, el referido alcalde dió parte estar siguiendo causa cri­~ ina1 contra el doctor Pablo Arébalo, por haber dado de golpes á Jnicra Figueroa. En veinte del mismo el alcalde dd can• ton de Otavalo Antonio Martines de la V e­. ga, dió parte estar !;;1guiendo causa criminal contra José Jarrin. por haber etitendido de­claraeiones dt! dos tt:.:itigos, cstampandolas á ·su antojo, &ttponien:cto que las hacjan con ju­ramento. En vdnticuatro de dicho, el alcalde pri. mero de esta, Manuel de la Peña, dió par­te estar si[uii.--ndo otr.-a.,. contra el hijo del doc• toe Juan rabio Arebulo, por resultar c6~pli­ce en los garrotasos que dió su padre á- J~-· v.it:ra Figutroa. En tres de enero de mil ochocieontos vcintitres el alcaldt: del canton de Otavalo Juan Manuel Rc..driguez, dió parte haber formado auto y cabf'za de proceso por ba-· ber encontrado un pa~quio en el semeonterio de la igl~sia dt san Luis, á fia de ver sj se descubre su autor. En veintidus del mismo el alcalde se­gundo dt! la ciudad de Guayaquil Bernardo Roca, da; los q.ue estan pre­& os, y se está concluyendo el sumario. No tengo otra causa criminal. Guayaquil enero catorce de mil ocho­cientos veintitres.-Júan Gaspar de Cllsa• nova. MEJICO. (Gaceta de Carfajma.} Tenem~s la satisfaccion de ánunciar el pú­blico las siguientes comun icac1oncs entre:: el g-obiemo de Mcjicot dt'spues de la caida de I turhicte, con nuestro ministro pdnipoten­ciario tl hor.10rable 1\1. Santa Maria, por las cuaks se observará el alto aprecio que me­recemos á aquel gran p'-leblo y la prudencia y modtracion con que se ha conducido en tan orí tica~ circustancias nuestro- digao re­presentante. En veintiuno de noviembre del mismo ano( de PRIMER DEP.ARTAM.i.NTO DE ESTADO 1822) dió parte el alcalde del cantan de Río. bamba ciudadano Carl~s Chiriboga, estar si- SS. ~E. los diputados secr~farios del so­guienclo causa criminal contra Antonio Es- berano congreso han comunicado al supremo pa.rza, vecino de Lima ·por habC'r vertido poder ejecutivo Ja resolucion siguiente. espreaiones contrarias al gobierno ropubli. .. SE.RENIUMo SEÑOR.-En sesion de este cano. - dia se ha servido acordar el soberano con- .En cuatro de diciembre dió parte el al- greso que d poder ejecutivo invite al pleni­. calde del · canton de Otavalo Justo . Javier potenciario de la republica de Colombia que Albe~r estar siguie11do causa criminal contra se dice estar en V eracruz ¡)ara que regrese t:tl i.ndijena Ju~n Arrango par el robo de unas á esta cÓ'rte á continuar ~n el desempeño alhajas. de las altas funciont>s de su encargo, pue~ En catorce de dicho, el al~lde segun-que la nacipi;i mejicana por su part~ ·desea &e vcrifrque ·.su vuelta'. Mejiccr 2 de abrH de 1823. VERACRUZ. El plewpotenciario de .Colombia, á S. E. el ministro de estado ·de ·Mejico. Varios incidentes han prolongado mi reSi. dencia en este puerto aun más de lo qu_e <'sper.¡ba. Esta casualidad, me ha P.roporcio­nado recibir Ja comunicacion de V .. E. fecha ·2 del corriente por la · cual se sirve comuni. carme la resoluc,ión def soberano congreso ~obre · mi vueltá cerca del .suptemo poder ejecutivo de la nation mejicana; sea <]Ue con. sidere la naturaleza de esta \.esolucion, ó las circustancias po.Jítica.s, y los terminas en que está -eonctbiclu, . .s<.::rá siempre de mi deber apreciarla como la méls alta prl;J eba de los sentimientos fraternales que aninic:n al sobe .. rano co1,1greso de la. nacio'n y al poder ejecu"' tivo haCia la repúblicu · de Colombia. E11 ·mm.1bre 'de ella pues aseguro á. V. E. ·, <]\te su t'nás ihttmo dtseo es estrech3r mas·y mas las relaciones, con <¡ue la natunileza y utl reciprocq interes unen a ambos estados; y cooperar por mi parte a tan import.'.l ntt- ob .. jeto sald ::-é paró:! la capitnl ya que la comu­: nícacion de V. E. completa mt'.nte vindica mi caracter pQbiico de las impu tnciones coó que se le había mai1chaclo anteriornkn~e y remue­. ve todos los motivos de disgusto·s q ue aque­. Jla desagradabfo ocurrencia habia producido. Con sentimientos de- re5peto y de la m~s di~tinguida consideradon tengo el honor de ser vuestro mas obediente y fiel servidor. M. SANTA MARIA. ( Daily Niltional Íntebgencer de Washmg­.1: 011 ,4 de junio.) PATRlOTISMO. DEPARTAM&.N"l'O DE. i:. MAGDALEN·A. L os habitantes del .canton del valle Dupai: han .acredit::!do suficientemente su adhesion á.· Col9m bia facili~ndo ce.-ca de st is mil reses pa• ra la susiitl'ncia del c:j ércLto. Aquel canton y todo c-l territmio.comprt>ndido dt-sde la' ffif)J~­taña de Santamarta ha~ta d estÍ'tma de Ocafia estan enteramente tru.n<¡uilos. El ciudadano Pedro Parra vecino ~él departamento de B1iyacá ha d rrn ado á favor del F~tado la cantidad de 530 p<:'sos, que se le adeudan por la tesore:rra de Pamplona, don·­de lo~ había enterado (·n calidad de ernpres­tito. El gobierno ha visto con aprecio está oferta, tanto ~as jenerosa cmmto el qu t.: la ha­. ce manifiesta haher sufrido en su::; intereses las pérdtdas consiguientes á ia g uerra, y des­. pues de admitirle-esta donacion, l.e ha man- , dado dar las gracias, y que se . puh~iq':1e ei:i la gaceta como una prueba de patnonsmo. A VISO A LA JUVENTUD. El dr José María Botero se h;.i impuesto el deber de d<1r grarnitameotc lecciones de. ora.. toria en su habifacion 'del colej.io mnyor cJel Rosario á varios jovt'.ncs que se lo ha•t su-­pliéado: admitira á todos _los clemtts que quieran co~currlr, y dará . las l<:: ccioncs 'º' dias de vacacion desde las cniltro

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Gazeta de Colombia - N. 96

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Por: | Fecha: 24/08/1823

. IGACETA DE COLOMBIA. . ;N. XCYL • TRIM. VII. OFICIO D~L LmER"l".ADOlt .A'L PODER EJ'ECUT1vo. REPURLICA DE COLOMBI.A­GIMO.: V- JJQLJY..AR LIBERTADOR presid~nte de lrJ Repú/Jlir:a ~.c. f.;)'c. f:/. ltschlo St>ñor ~icepresidcnte de. la Repú­b. lica encargado del poder ejecutivo. Con la mayor -satisfaccion ht recibido h. unta de V.E dt 21 de abril con el mensaje al primt>r eongreso (;onstitucional de Colombia= La reu. aiion de la kjislatura, tan deseada de los pue­blos para. la mejora de nuestra administracion es un motivo de júbilo l)acional, a~i 'para el ¡.obierno como para los clu¿ladanos. La sá­bídur1a del congrt>~o señalará. su Jejis latura por 1-t"yesadecuadas al r ueblo libre de Co .. 1Q1nbia ) y digrú~ s lle St-guir al gran código de nuestra con~ti t ucion. Él ejecutivo hHllar.á. wi podáoso au~ilio en f'Ste cuerpo repre5en ... ~nte (fe fa nacion . .: El mensaje de V. E. t: :stá ireno efe miras gr~ndes y de objetos de alta j'mporwncill. Instruido V. F.. éle la~ necesi­d! ldes dd l'.i:stado, ~ada ha omitido que tenga 1eCacion c on tilas. V. ~:. ha llenado t:n el curao de Ja administrncion pasada los deseoB· del pueblo, y sin duda, lClgrar:l la gloria de élbte~1~· r la uproi)acion d~ sus re prest·ntant<>s. Por · mi ¡i~rte, .felicito a V. E". por este grande acto nacional que sell~rá para siempre. d destino afortunado de CCJ1ombia. Soy ~ lá mas distinguida éon ~iileracion c1t V. E. at('nto servidor:.:BOLJV AR:a C:uartd je11cral de Guc.1yaqui1 á SO de '"ª'ºde 1~3;;il3. Q LEYES. ZI aenat!o g c4mara de representantes t!r /¡ upú61ic:a d.- Col•m/Jra re1mido1 m congrno. CONSIDERANDO: 1'~ 0 Que !K'gw1 el articulo 12.6 de la ecnstitucion no puede c:l poder tjecutiv-0 im}one-r pena al¡una.: 2. 0 Que e~ta dispm~icion deroga todo el orden que ror la ordenanza je11eral del e. jército se seguin en los .juicios militares: 3. 0 QiJe por t-ste motivo y por la f;¡Jta.del supremo concejo de Ja gmrrm se ha­llan los juzgndos inferiores mjlitare.s, !in ca­beza ni direccion, y sin <¡ue puedan knecer. ,re ni d~citlirse l eriort·s.Habrá tambien un fiscal, un secre­tirjo y ·un relator. An. 8. 0 Et podrr <'jt"cutivo nombtará todos eatos .empleado$, escojit"ndo los togados y el ·~scat, tnt;re los niin1stros y fi.scalca de la aalta-cqrte de justic1a.-El secretario. y. rehl_. t.or de la alta:-corte de justicia lo aerán tam­bieu de la corte marcial. árt~ 4. 0 Sitmptc que Uista el pre». 1l•got4 iominK• ~• ti~ bgilsto d~ l~~s.--13• dente de lá alta~ort€ de justicia de la Repμ. bltca dc:berá pr:e~idir Ja corte · marcial.-En gu defecto Ja presidirá el ministro mas antiguo. Art. 5. 0 La cor~ marcial conocerá de todas las causas dd fu~ro ' militar que por las ordenanzas Jencrales,cédulas.órdenes y regla~ mentos t~ e>Sterior~s correspondian al rey, ó ni suprtmo concf"jo de -la "uerrn; para su conocimit'nt-o y resoluciont .hien fuere en ape­Jacion, confirmacíon, rcvisi on~ ó de cualquier otro modo, ó bien cr~e se elevasen por lu vía re¡ervada ó por cualq uiera otra. .Art. 6. 0 J .. e corresponde igualtnente el cQnocimiento y rt_-soll)cion de las causas dtrl fuero miíit"ar de marina sin pc:rjuicio de que de.las cuusa5 t:sprnsaclas en el articulo 3. o de Ja ky de cuatro de ocfuure del uno onceno sobre p.rtsas y represa¡, piraterías, y di.:mas crímentls comt: tijtcucion. 4rt. 9. 0 El pc,det ejecuti-vo t>rov.t"erá ·á tpdos loti gastos que ocasione el establecimien­to de este tribunal y datá cuenta del ' cumpli­miento de ¡.,. ptt~nte ley á la pr6-x1ma le• jislatura. . . Dado en Bogoti á dos de ngosto de mil ochociento& Vt'Íntitres..._decimotercio-­El vic~presidente del ~em1do J ~ llON nto Tolt­R E s.-EJ presidente de. la cámara de repre­! entant':s-· DoxrN.co C,ucir..oo-Ei ·secre· tário dd senado /.11.1/rmio José ( 1aro-El s-d.écimo­tercio- Ejecutese.-.F 1' A N C IS G o nx. P. SAN­TANDER- Por _S. E. el vicc:presidt:ntc ck ia R e p.ú bl ica encftrgacJo ck] pndc:-r ejccuti­v o-El secretario el (' estado, ~n los dt-spachos de marina y guerra Pedro Bn Iy el gobi~rno hn n ombrudo ·provisiotrnlmente par~ miu i~tros militare8 de )"corte tnarl'ial á S. K d jetae1·al e11 jete n~.ru~l Urda. neta , al jN1erHI José }!arfa Cor­do\'" y al coronrl Jo-sé l.1:rns; y Jett·a. do§ á f 08 ministros de la nlta-.corte de ju8ticia doctor Feliz Beitrepe 1 do.:tor )Iiguel Peña. El ·sm~áo y ~ámara e/e 1'epresmtantes d~ la repú/J/1~11 de Colombia rtumdr oQn­ve nirnte y de justicia. .Art. 7. El t-mpleado ciue .el tkmpo de · conseguir ~u n ·tiro tenia u11 sut'ldo auual de dociento5 pesos. percibirá la jubil~cion de fas dos tercias ppi~tarios,.. tienen dt-techo para eou.ü­nuar en ellos du.rante su buen dt-sempefio. l:>ado. en. Bogotá á cuatro de agosto~ mil ochocientos vcintitrcs-trece-EI vic presi­dente del senado-J .ERO!U:ato ToRR E"s-BI pre­! iidente de la . cá~ara de reptesentantts Do. MINGO CA1,ctno-El secretario del st'nado olfntonio José Caro.-El diputado secre~io de la cámara,_ José JMq~tn St1are1. Palacio de gobierno eu Bogotá 1 cinco ele -agosto d~ mil · o'chocientos veintitres-trece F:'ft"óutesC'.1-FRANcuc~ DE PAoLA. ·sAN­TANDER- El.sectttario de. e5ttdo dél des. pacbodc híwitnda, Jsnrán. 2. La comision principnl residen­te en esta capital y las subalt~rnas ch·r~n (h·flnitinunente al Estado, y proct-dt.·1·á á dictar las pro\•idencias con\· eui~nh .. s para que los interesatlos sean p•wstoe en po.sesion. · . 5. Los golwrnado1·c8 de la!i pro\"Ín­cias dtc' Ba1·imts,Apurc y Casaoare da­rán !\.la com is ion noticias autentica! ilc~ monto de bienes nÍicionah·s ·que existan en sus respectiv~ls jurisdic­ci. ones. 6. Serán prer~ridos en la adjudi<'a­cion y rt'partimiento de bi~ues uacio­nalE- s, los individuos que no havan re­cibido todavia cosa Hlgu11a de su.haber. 7. Para que se enmpla l'l artícu­lo 3. de la lt>y, se podrá adjudicar de manconinu á llll~claos intliütl110§ tier­ra1 vnlrlía~, Pn lo cual se tendrá pre­sente la I~y de 11 tle octubre del año 11. 8. La adjudicacion de tierras val. tlh1s no dd>"crfl pJ\Sar Or l<.>s acn:·dores. 9. Para ~ttmplir con el artículo 4; de la ley, la comigion exijirá de lo! gobcrnado•·cs d~ las p1·0,·incius· de Ba­rinas, A pnre y Ca.sanare~ una razoti cierta ó aproximada dt>I núme1·0· de ganado~ de asta y cHLallar que exis­ten en sus pro\·incias pt>z·teneciente1 á dueños (H1rticnh.1'"E>S, y la comision proc~dt't'Íl. ií. hacer un rP.JJartimiento eon 1guald~d y proporcion para lle. na1· e.l drfic1t de lo~. hi,·nt.•s nacionales. 10. lh·clrn la distrihncion, uvalo­rado& los . ganados por peritos 11om­b1 ·adoi po1· d propiet~1·io y poi· la GA.CET~ DE COLOMl'IA. ' coltlision, '!· ~ntrados en el cúmulo de bienes . nacionales, la comision pa­sará á la secretaria de hacieoda los t>stados com p1·ehensivoi-J tle todas e,1tas dilijencias para en su vista ~1pcdia• la ca1·ta d~ cr~dito que por cooducto ae . la comisiun se entl't!gal'á a los in­teresados. 11. La com i~ion por sí re¡o)verá l'l modo s de cargó ntc-coronel Miguel Pa­lacios. Fiscal á Pt>dro BE>tancourt. Y secretario á. Rosa'rio Obregon. 15. Los iudi1,iduus it"nt>! naciounle! qn~ van á dis­tr1hu1rse. Cuu1tdo faltar~ alguo miem­bro, los . que q uc•dt-n podrán nombl'at· quien haga sus ,·.ecl's. 16. ,Queda rcvocadn con rcspe<'.to á l~s indivil despacho de h~c1eada Jose Muria del C.ASTILLo. RELACIONES ESTERI'ORF.S. El podtr ejecutivn, prl'vias las formaliral en jt fe Josc Francisco Bermudcs.-De B< >yoic~ al jeneral de briguda P1..·e Ant1oqura. ul corond F rancisco UrdanL"ta.- . De 1 lVlarinte-corc.:HdNr pomu­C(' OO Tosca.no.-De N ~iba al coronel Vicente Vanegas.=(•) Tenientes ase.ro1·e.t.-El poder · ej<"clitivo con acuerdo del concejo de gobierno ha nom. brado:en propi~dad los si~uitn~es:-De_l dep;¡r. tamento de Orrnor..o al llc<::ncwdo Francisao Aranda-Del Zulia al doctor Eust-vio Canabal. Del Cauca al doctor Santiago P ercz Arroyo. En calidad de interinos-Del Man-dalr:na al dr 1 . e º . ~ésCIO avero.-De Boyacá al doctor Fran. c1sc0 Cuevas. -En los so. Estamos casi ciertos c¡ne· ~~te arrrglo no m er~<>rá IH . ~ JH'hha­CIO \l 1111nr1111H• ''ª [UU'tf" de todos los r.m_{>lcados . .E:i á nt posihlr. t:n ~sta ma­tt~ 1· 1a como t'll ot1·:..s muchas h ilct-1• un ~u·reglo 'l"e guarde la mas .u:..cta Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ignaldft(l y proporcion, y menns que todos lm1 íntt-r•·s:-uJos •1tll'dt•11 conten­tos. B í.-o lo lu c~nocidu d gohi~rno pt>rÚ t'n r-1 c·asu de tener •JU\" t•n111r1lir fo IC'y ~· cit .. hat'l;'r nhor!'oS al f>ra ri o, se ha \'asto ohligatlo á. es¡wclir d dt• c1·..-to d~ 11 dtt agoisto, h'llit"lldo P''t'isentes la prttpot•t•ion 'luc guardó la (t'y tlt· 8 dt' f1 c•t11h rtit drl cong1·(·wo cu11stitt1y l'lltt', 1 la~ hasf"s tij•Hla!oi ••n la de la a11to1·iio;a. .«'Ío11 citacla. Ei dt"ca· ... tn ch·I 4'1,hit•r110 ..-s pt·m·istwio, )' l!-i b lt-jit..111.tura pn•xÍ­IU ~ fija por 11 na lr-J ! a ~ ~ iga aciufl ti e s1t<·td11s, 11 :• st.>ra :11-11 ~·. l.1r~o t>l prriodo d1~ riuCH ó l'CCÍ~ 111t-sf'lS por ... 1 cual chi.·arfl ti t ~r1·t·glo Hc·tuf.lL A"'jlli p~1·e. ~" dt-1 t•aao t·~pt'lir lo qt1t• •· I pod .. ·r rje<"nt1"" dijo ~d <' de ohjPtHt' la ).. .. y Pn •111<· se le coufP­rian f~l·1tlt .. 1rh•s p:H':t <•ompntar'}as Üi e ­fa! iJ § to11n1.r haj ; ~1~ r,:.¡.; ponsahilich-HI a11- tori..:- nt·io11"s qne jamas pn1·d(•n df'j:fr tn1ti :-;l'..· l·l101' á los iut••rt·sadi .s. lI ~ 1rtos nwft\' OS t11•11t~ de odio \' •ls.· aversiou <'u11tra ~í nu gohie-rno." Ya c·u ot·n• 110. ta l1ahia t-spt'PS!HJ o el pn•lt~ r \.:j..-<·ntÍ\o bl mit-1nw (•ougr .. so, cptt> se IC' o.1L cJ1·1·n- 1e la pt-·11a dP l't"C;l>ir a11tori~arion,~s pa­rfa · implh· l1•yt>s y actos f,•,ji>1lali\1 0~ -; pf'ro l-'ntr.- los t>st1·eu.o~ de dtjar un vucio. ó d t•:-4agr:ulo ~on .-l lltt>di,;. dt' llt•narlo, pare<·t~ a·azo­nablt~ iHlopta1· t'~te ultimo partido; ¡101• fJ ne al flu (>1){1 rá !lt»r hi< .. n l'PC il>i~p~cllO de marina y gnt>rra. Tcou·ó el houor y satii.;faccion de eo1ounfr.ar á V. S que el tlia 24 dd próximo pasado mes he atacado, y destrozado com pleti,\rnente · la escua­tir- a enemign,compuesta de quince bu­fjUes mayores J diez .Y s~ete menore~. ~n rn.is ('OID uu1cac10.n<' s dt'I d 1a ~l del mismo mes acompañé a V. S. c .opin fle la intimaciun CJUP nie hizo el jefe t~spaiiol LahorJ'(>, y de. la eontes­tachm que le oí. lU~ emhane~co de lrnbt-rla probado con la \'e1:dad; y la c.QJlÍll dt-1 diado de opPrncaones q11e con el número l. e incluyo á V. S. Je impondra sniintamente ele todas la~ f)CUrt·eu<·ias l"tl e>ita memorahll' Jo1·1ul­da, tjlle ha cuhi.,rto de glol'Ía a lai ar .. naas de la Rt--púhJica, y llt·uampresa la hace Jna~ :tJ>rPciable. J)¡ez hnrza~ 8t1tíl··~ contra los a·t'feridos d~l ·~ ncmrgo hit>n tri¡i.u­latloii .y gua1·11ccidos,, c:ra uua difo- GACETA DE COLOMDl.A -·-- ---- - r~ncia tlPmHi:ldo hota1.t~; rwro •~I ar. t•ojado vulot• y dt•t·i~io11 fin to n1·, y a~í fué <¡uc bn p1·011to conM ••111 prt->111.limt>s d :it:-u¡nr, ca s i tau luego lo.co11clnittHHI p11r c¡1w uu c•1·an ho111brt:·s s i110 fiPl'HS lo~ lf'IC SP ;H'l'< •ja­b. au :::11 ent-11lig11; lJºl.' <'llJa 1·:1z l)u J•-·· iwralmentf& 1·c·<•o111ÍPJHlo á todo~ á la con!'Ítlt'l'ar·ion ro ('1111 ¡.:11·t iC' 11laricl ad lo!oí f't1l1t1·11 idt ~ ~ t:-n la 11nta 11ú111.-ro .3.: pa1·a c11Je en vi!"tf\ (lt-> 1:'1s hP1·ói":is IH'OP ~n. statlo jPn..-ral al·1·­g: 1 utí11·~o leta E~pera uzci. • N tlt:'stra pér·d ida <·on rt>~pc. .. eto á la fl ( · l (' U P 111 i g<) ) ta i i ti O HHI J f' 11 ('a : oc-lw ofil'ialt·s~ y trt•i11ta-y sdl!J 111di,·i. tl110 :-o clt' tripulac:io11 y tropa, rn11t·1·to\oi: l'atofC('" 1·itlos, y ,,.. ofic·hal anns uout11s,(), Nll1to lo ma11ifie~ttt la , . .,.. l1-1ciUthS f•ntr~ 111108 J otros, ha h ie rulo (l'lt'd t:.c.1 o ~" n 11e~fro JHHlei· St' IH'Uta J OllM"t) oficialt·s )' Íl'\"­cit• 11tot11 ~t·st•••ta y 1.uc ·\' t' iudi,-i(luos de tripulariou y tr;1pa p1·ii;;iont"1·os 8t·gun la 1·t·lacio11 11úmoro 6 . = ; de los t•tita lc·s he .p1w~t11 á cli~po1o1iciun cid flc-ñor jcau~ r~I M:111ri(1lw los <[Ue cousta11 de la C'.opia HÚll\t-ro 7. = J.~utr'e lofi; jd'1·s ..v ofi<•i:e)es ~nrmigos mnf'l'tns !"e · c·tH·taf;.t·H el capita11 Can«lá­mo, .-1 capitan ti~ 11avio ~11· . .11·'t·d~1·ico t)tlf' "olú en ~1 ht•rga11ti11 f~e gt.H•rra És. pn•a11za,t·l aU't>l't'S d't' ná_,·io l oficiul don Autouio ~lanzarro, tPhiente coro­nel Simou Granado~, el iden Ventura }lout~idv oca, .,.¡ cu pitan Creipo, y el eapitan Mont•·s. _J>or t.leclaracione~ de cinco inuivi­' duos pasados u1iga llt .. gó muy mal herido, como así mismo la an ayor pat•te de la guaro icion y h·i pu­la<' ion dd l>uque en que él se hallalrn, m11e1·~os y herido~, y f'I s.t>gun u1 áw luupu•s tuayurr~ y int•nurtrs garon dt>s. fl'• • Zatlo~ J' l'OIJ !!SUS tripulacÍolil'S t'.R lo ~ uaiM1nt"1s té1·rnino~. .A & ~i~11i1·nt<> dia del comlrntP m a .. , .. tir~ (·ora toeh,s las pre.sus, y I& •~ s .. cna ••pi;¡ponth•r. me t•l .Jt>11t ·ral Monil1·s, lo l1it•ic·S(" ~ll s""g11111lo PI t•uro11l'I úun N:-it'<'Íloio L1,_ JW~. diCit->1HJOJHt• fo ff llf-" ('OfiSta en t•f lallltlf'l'IJ 11, dirijí a l'tiile jt"fe última­wc ·11tP d 11Úntt'l'U 12. I. .. o!t htHJ llPS t-ne m igos loll'· tt•ru~·9 l'P11'witlos Hl <>or·to <'s1wcio dt· la ba. Jiia {) J>llf-'l'tu do 1\larttc-ailJo, sin fJU8 oneflnn rnovt-rse =-tU~r.tlntamt•Ht('! á iwrtc Hlg11n~, por qqt>o ~~u J'1·enf(' lt>s tt>ngo puc•sta tllrn fue·1·tc:• 11i\'h1ion, <'mu .. pm·sta dt'I ht·rgaotin .Alu1•tf', J!Olefc.tS 1,mlrpPmlfnriu. ERfJlll'ltma , L1,onu , l'e<1cfll. y Eu11rt•1ttlt'don1. al ma111.lo drl St--ñor (.'i1pita11_ dt• ua,·iu NicolHS Joly; y la (Jl'Íl'ltt-i·u cli,·isino •lt-> las do!!' c·u '1''*' he. (li!'ita·ihuitlu lal!f f11t·rz ·1~ ~ntí l t· ~ ul (lt'I !ii~ñur cup1ta.11 d,· t'1·ag .i ta GualtPrio H' Chyti, por c¡m· la H•·~1111da hl mRn. du cL .. l M~f\•rt·~ de 1.a,·io Ff'atH·Í~f''' Pa. tlilla I~ lw 'l\·f-tina! fü.l-'1'7.;1~ •JU8 h"ll~u u pMttula~ f'U cl ic.ho G arHbu lla, St'" halla t·I ent'ruigo f:ll la llla}ot· C.'-UllS• t...rnacion, y nu·ila11ft' . . }~I paso de\ S•cuy y puN·to d~ Gue1•r .. ro esbm li­Lre~, y apeuns llt>gue t'l ejército del l\hgdal~11a (con cuy• ohjt-to ofi~ic> al señor .fe1wre1l comflnda11te je1u•r;1l l\la&·iano .l\fout.itla ) será em Lalsado y puesto en paraje dlln&Je pnerla em­prt ·ridl'r sus opcradones y tcnniuu1• esta campaña. T•tm ui•·n acompaño á V. S (\l plan Ol_'ijinHI Ot" format'iou ·de línea enemiga, algum}S órdt>nés , de8pa­chos y diplomas l'isionel'os l'll la nccion, p,11· si iutea·esasen ailgo al ¡ol>it·rno. Recomiemlo con el m:¡yor t>n<'11- 1·ecim it>nto al SUptf'lJIO podt>I' rJt>C'Uti .. vo la sut->~·te .t<'sgraciada. dt' hui ma. drt>~, \'inda~, huranttuo~, y hntH'f"8nos de los héof>mt>rit11s oñciHlt-8, ·uaH.rine­l'OS~ y soldados que t;.111 gl'"'riosntu&>-n. k pel'íl ieron su t·xistt·ucia •· n defi• m1a., dr In lil-»l"J'tud t•u ~i-te c.•0111 lrnh', y f-'fl los ~ntcdo1·t's tle •¡ut> h~ ala"f1enJe ·qfce 1wce mérito,t01t ./i>s jifr:r.a ~nem~os, .re rt'd-m:en á la propuesta l:ieclta po-r el jt!tteral 111 or-ale-s ·al _jl'nerat Man­ru¡ ae dé suspeN-si-0n át lwstilidades, para te .. 11er ·'Canferen,·1as -e" la tsla ·de Burros á cuyo tt_fecto se ha.Man dad-o pcr nut>stra ¡xzrte ,. e­líeMs ~-wrre-spomlieute-s. · .El Jeneral Padilla ins11tia en que se le ~ntrega~en /11~ piragua1 acoderadas en la bal1ia. DEP.~:R"t'AMENTo n~ QmTo · Ltis !facciosos dt: .Pasto que se habían -guarecido ~n los montanas des.pues de los su. ce¡os de diciemhre último, en <1ue ·füe ·resta­blecido el ·or~e.1 en · aqueUa ciudad, aprÓ'v•­~ hand-ose de Ja salida '1la L:' Guajira La Cora FALUClról El lldumpago NnTA 1. -Atlrmns ie lo8 lmq1trt·qur. •r n111·fsarnn tf fo" e'!:emigos~ se lea c,•ol<í l'l lin~·antin goltta E!'pt>t'tt11.za á Cll• yo bnrtfo hd~úr poreiun dt polhm·o y .,,i-r.eres -2 . .E11lre los pr1siont ros que ae hallcrrcm á borr:o de las p1·esas, y len recojicl.o• en el agua por la Em­prendN1ora, se ha 1·e1rnitlo nn fotal de ·69 ·ojiciules y 369 indiritltwa ~e tri .pulacion y lroptc --s. En la zoleta Ra-yo y en la l\l;-11·ía--Raltn'nera, se 1'au. encont1·ado algtmos 'V'Í'Vtr~s pm·ticultn·­m. e11te en tsta 1tltima, qiu 8e halla et/. ai ea·rgada t/,e caldas 1J oh•os »en1lo­_' IU8 -4. Q!ie a1frma.s de los eañtmes ·Y muuicio1us de dotncion de los buques apr11st-1dqs su lutll~m dore tle ·loa pr'ime- 1·os ti~ -r·m•io1t rar!bus de hin·ro á bor­do dtl San--Cnr)o~, qur fr sir-ven de las­b ·t, y tanto en é&te ~omo el l'la•·~ton kny porrion de /Jalas ta mbien de 'Za­rios calih1•fs y c1lgmws pala11qiutas. Jlbordo d.el be1·gautin de gnei·ra lmJe­JWndi.- 11te nl ancla en lo11 pttt1·tna de JlllaJrf"aria julio 30 áe 1~2S -1s - B~füel Tono lograr d plan ndoptnas ~ilpic.ron los factiüsos c1ue se ks atacaba t"mpr.endieron rt:tira;~e y' bitUé"lr5e dd otro la: do <.lt:l rio d ~' t!-ita \IÍ}la, pob~cion muy deft nsa .. ble pot n;c~rpaJa y c·sttt'cha, co~ un put·n­te por mC'cho; ptro nuestra caballería que r~·óbió orden para cargarlos en el acto; lo t'Jt'Ct1t6 _de una mahern tan veloz, r¡ue desde las calles ft1eroh. J"~1t:stos en ~esorden y em· .. pezaron a tnonr· a lolnza~os. rr~s veces p'tl­clieron reunirse y dtfrnclerse desde el puente hasta el alto de Aluburu,t)flr que nuestras tro­pas en d e:stfrcho i.10 puditron pasar tan rapida mente como lo de~r~ba¡1. La übstim1cion de los pastusos en clefoncierse y cargar era ini. mitable y dignti de una causa mas 11ohlt-; peró eu el día de ayer todo les fue inutil por. que nut>stros Granaderos á caballo y Guias mar~harun resueltos á estrrminar para siempre l& rnfame raza de Pasto. La mavor parte de ellos han muerto, y los que ÍJu. dieron t>scap3r dispets•!, no pueden llegar al Guaita-ra sin 51er presos por nu~strl\ ca­ballería que los sigue, y tJor los pueblo~ y partidas patriotas .·del tninsito de los Pastos. Desde ,esta villa hasta Chota 5e cncuentfan rnas de seicientos tnUettos tri quient~ 'I& 1:oraje de nuestras ttopas y la venganza · de Colombia, am~ no ha podido &aciarse. Su -armamento y cuanto tenian aqui, ~stá ~n \'l'UeStro poder. . .No :p·uede po~d~~sc Ja audáda.y detier. \n'inacion de nuestros jefes y oficiales . de un~ ·maüera 't}U'e ·córre-sponda á lo que mn, hecho. R.! ben·enierito senor j•neral &1lom se ·comportó dd modo mas _ arrojado que· puede de'cirse, }··et ·sr. jeAet'al Barrelb t :an el V01lS bra.· V h~sta d püe11te de Chota. La infanteria ü .. gue hS dd t·jército libertador por haberle dado Su libertad por tercera V(':t, y en circustanciaa nrn5 dificites que en otras. El ayudante jeneral Pttent~ Co'2~ate .. REPUBLICA PERUANA O/Jerac1011es militares en el Alto.-Perti {Suplementoª.' ~at~iota de Guayaqu'ü núm. 13 de 13 de 1ul10 ultimo.) ~a g oleta de guerra l!>étbel proeed~ntc de Anca ha llegado anoche á este puerto con catorce dius. de tlav.egacion. Su cápitan in­for~ a l]Ul! c11.1co dms antes de su gaJida hab1an fondeado en :tquel, todos loa bμques de la espedicion al ma.ndo del je. n~rál Santacrüzt <].Ue parte de la tropa lia­b1a a\·anzado hasta T"::1cna; donde fué ttCI• bida con. h1s n:ejores demostraciones, presen­tandoae 1hmed1<1tllme:nte 300 hombres para las armas: que la vanguardia tomó del ene. m igo .300 ct.: b<11lo~ y 35 prbnoneroa co11 ~us monturas! que .ultimétmente segun 1~ mfo~nies mas fi.ckd1gn0s toda Ja fuer~a c­nc- m1ga al mando de Lac('rna que exi~te en Arer¡urpa, solo constu de SOO hombres tepartidos dt sde Ilo hasta Arica. s~gura. ~H: nte debe ha?er entrado Y'·' nuebtro c1ér­qto en Ar~

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Gazeta de Colombia - N. 97

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Por: | Fecha: 31/08/1823

GACETA DE COLOMBIA. XCVIII. Bo:otá tlominga Sl tle agosto de 182$.-1$. TRIM_. VIII. !!f.o . ..,...,._,.,..,..,..,.,,..,._,..,,...,.,,.,,.,, ,,_,..,..,..,.,...,..,.,,.,,.,,..,.,,..,.,,..,..,..,..,..,_,,,..,..,...,..,...,,..,.,,.,,...,..f(i ~ Esta gaceta sale los domingos. Se suseribe á ella m . lt11 ~ ~_,,,.,_,.,.,.,.,_,..,...,..,r.r..r.r..r..r.r..,...,.~,..,.~>J"'jJ.r.rJ'.rJ"'>>>>>.,...,..~,,..,.,.,.,,.,,.~ ~ La su'scricion anual vale 12 /u. 6 la del sem-estrc y .3 la del ' e, trzmestre. Et editor tltrijzrá los núms. por los correos á Io.r ~ ' ~ suscritores: y los de esta ciudad los recibirán en la tienda ~ . ~ de R afael Flores, donde tambien se admiten suscriciones y se \ ~ admimstrr.ciones de correos de Bogotá , <;arr:cas , Quit°,, ~ \ Santamar.ta , Cartajena , Popayan , G_itara , Panamn, ~ ~ Medellin, Cumaná , 6μayaquzl y Maracatbo. ~ ~ \ S venden los númf.. á 2 ! · reales. · ..,. CONVOCATORIA DEL CONGR E­SO DE 1824. FRANCISCO n:e PAULA SANTANDER jene1·al de divisfo n. de lo• ejercítos de. Colom bia, víupresidente de la. R rpú bli­ca, encargadO del pode1· tjecu l1:vo ~c. En ej ercicio de la fac ultad q ue .me concede el art iculo 11 5. de la c onst1tu­cioo, he venido en d ecreta1· y d ecreto. I. Se con voca al congre so de 1824 para el dia dos de enero ~ro x im u , so­gun le prescri to en el a1·uculo 6 8 de laL consti tucion. 2 . Los miembros de las cámaras ctel senado, y d e re p r eie ~tan tes esta­rán re un idos en esta capital e l 3 l de diciembre inmediato. 3. Los inte nde ntes tle los d e parta­mentos cli c taran las ord e nes mas efi. caces para q ue dicho1 n:ie rnbros ~ean a1istidos c on la' a! ig nacrnn cho-d e . las .~·a­zones y c ircustancias que han influido en nu e s tro ~ jefe s p ara convenir e~ ella.v animado ­niente coronel corna1:ldante del bl!ltallon Zulia, y J osé 1"1aria Urda neta ca pitan secretario de la comandancia j eneral é intendencia del departamento d el Z ulia con ig uales pode­res del señor jencrnr comandante jen~:a l é intendente del mismo, y con el allauam1cnto d el señor jeneral comandan~e jeneral del, te~­cer departamento de marma de la repubh. ca de Colombia, comisionados de su par­te para transij ir de un modo honroso y debido á la humanidad, y al decoro de am­bos_ ej~rcitos : penetrados uaos y otros del mi&erabie estado en que se halla el pueblo de Maracaibo, asediado J.nce tres meses por la escuadra de Colombia en su laguna, 5US vecmos aftijidos y consternados por el hambre el cananeo sufrido en sus casas y edificio;, y por resultas del sangriento ~om­bate. naval del veinticuatro de Julio último; animados los cspresaco Tomas Mornh.:s.-José Albaro secretario. Manutl M::mrique de los libertadores de Venezuela y Cundinamarca, condec<>rado con los escudos de Bocachica, Victoria, Va­leneia y 002rubobo, ayudante jeneral del cstué Padilla de los libe1; ta~o­res Pineda , milicias. D. Miguel Gonzales , , ickn. D. Antonio Leal , Casador<·s. D. Manud Mauricio , marma. José Manud Rúdriguez B<1rinas F ermin l\fokro , , , id en. Pablo Flores , Leales. Jo~é Garcia , , , , , , Casadores. .Aspirantes suba!ten;os. D. S bastian Rique1ine N .ivarra. D. Lur.as Gonzalcs iden .. D. Pio de Ases ' iEien. D. l\t{¡ .• rcos Pomairo ' iden. D. José Antonio O r:;r.os idea. D. Francisco Fa.tcntts ' id1:n .. D. BI~s Almanza iden. D. Juan Fernan(kz idcn. D. Sílvt-rio Urd<1nc:ta idtn. D. hidro Li$aur ' iden. D. P•:blo de Castro , iclt n. D. Czrujmzg, Antonio Espinola , suelto Emp!mdo en hacier.dc. D. lose Inacio Fernandez. Carlos Garcia. Oficial. marina. 2.0 comandante- Juan Escand;iy , , marina· Oficial- P<1blo Muy , , , ickn. Comandante- Francisco S..irria jc.I,n. 7'1tal .. 69 NoT A-Lo8 inátviduos de la tripuk,cio11 y tropa priaioneros com/JOnen el número de trescientos sese11ta y muve-A, ÓQrdo del bergantín de gucrm Independiente al ancla en el puertQ de Alta - ~r rcia á 25 de julio dt: 1823-13.-Rafud Tono. Ctr Entre tslos ofl,r.iales p.,.isiontros tJe encuentran de los qne fueron c"pitu.­lados eu Ci&mauá, rn QJ.tilo y en .;tf a­rucaiho. No ts ulo solamentt lo qu• prueba que los espaí'iolrs H burllm dé Bns pactos y jurm11éuto1; la goleta de Culombia 'Hanucla .fue aborda1la por los e11e111igoa anteB de 1lecidirBc d com­bate del 24 •le julio, y 316 tripulacion fue pasada á cu~ltillo siu. perdonar ni á los mudtachos de cámara. Los es­pañoles •e empeñan en proclamar prin· cipioB libe1·ales, buena fi y humani.dai., ,ero sus ltecltos son c1b8olutarnente con­trarios El gobierw) tle Colombia, 1in enabargo de tocla& rsta~ prttebH irre-fl'agnbles, UQ Ita qtw·itlo q_flijir ln hu. manidcul con las repre1ctlfa1. y u sus •jos será siempre sa;rrado d filanfró. pico t1•atmlo d~ 7',.ujillo. Que los espa­ñolea se ahoguen eu. nuestra ~ang1·e si asi lo quie1·en; los colomb-ianos 1·es- 1>etarcmos Juerct del campo de hatalléi á los hom/,res prisioue1·us ó rendido3. DIARI() de operaciones de laescztad1·a sub1•e el Zulia en. los clia.s 21 22·23- y 24 d~ julio cmtes del conibate. Dia 21-Amanocit-ron los buques enemigos fondeados en Sapara; á la1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1eis y veintidnco avisaron del tope <1ne los hnques Pnemigos se hacían á la ye(~, y se hizo la señal d~ que cnda lrnque n§egnrnse sus amantillos, dri sns aSt>n con todo el H1·Jot• con que lo verifican siem pre los vel' laderos colomhirtnos. :En toan embar­cados 'lue un os arute~ deseos de pPlea1·, presaji11s sin duda de la victo­ria. Poco s so hicie1·011 l!\s St>ñales sig-11ic11t~s 1 :o --rn11 c h :.t aetivi­d acl y pr~stl·sa t·n las 1n úniohras y se­ñ~ les: 2 := saf'arrancho de (·omhatt-:3 ce cu ant.!o el Cc>mandautc es té d c 111asial que estn v ie~en listos p~ra haCi' l'$e f). Ja. vela en d momento mism o <1ue se les prt~vin iese poi· sus cur1·cs poud ien tes St>ñales. A puPstas del sol c¡uedaron fondea­dos Lo. lrnr¡nes citala- 10 ni mNlOS utacarnoB 8i no con viento á Ja llrisa, orahrnó SI! acercase la e!l­cuad1 ·a á ia costa de Punta-ndeuron, aunf)Ue algunos de ellos lo verificaron con la <1uilla. Componiase la flotilla enemiga, del bergantin San­earlos, hergantine~--goletas ~1.araton y Esperanza,goleta de dos gavias E~­peculadora, nueve goletas de nlacho, cheras Guai­re. ña, AtreT1da, :Maracaibera, y quince buques mas entre falnchitos y pira­g'lll-\ S armadas. Vi:, ta por el señoa· jene­ral la situacioo de los buques dispnso que las goletas lndept>ndencia, ~la­nuda Clütty,y Emprendedora pasaien CACET.1. D~ COLOllEIA á situarse sobre Punta.de-Palma y las sutiles se aYansasen un poco sobre las enemig-as~ pasando el mismo se­ñor jeneral ~n un bote á obse1·va1· á 1 os ene 111 igos desde ce1·ca.Estos ta y t>l Saucarlos varados; pea·o '}tle á. poco ráto ap1·oha­l'On corno los tlcnrns. Al anochecer seguia d l·ieuto fresco por el N. N. E. y 103 e1iemigos c~tab&u auclados c.• n lin~a Dia 23.--Amanecieron los buques ene .. migos al N. de Punta ~ de..- -Palma for­ma~ Jo 51 en línea s~gun anochecieron, y el ''icnto seguía al N. N. E. fresco. Nuestras fnea·zas sntíles se coloca. ron inmedi~ta!I á la misma Punta y al s 11.t· de t·lla, y el señor mayor-jene­ral pa~ ó il los htupws de la. escuadra p~tra imponer 6 a«lvc1·tir i1. sus co­mandantes del modo como dcbian man4'jarso para ~onserval'se en hncn órdt~u é iumedi1ttos á la cost~ lueg-o 'l" e !ie hiciese 1:, sc..iñ al de dar la vcl a, pues que convehia no sepa1·ar~e de dla hast la Punta para. a1·riuar dc·spuP~ sol,1·e dlos ,obrar con la l·entaja del ha1·loven­to, y· frust•~ •· los planes tfo artncllvs. A ln!!S ~ e.is y cna1·tQ se~ hizo la ~eñal de p1·ep1u·arse á. dar la \·cla , y á las seis y treiuta y sieto vit'ndo qne ~.., J~vuhan lo <; en (! Uligos se hizo IR.señ4.1.l couv e ni ~ nte punl .-j(~cutar i~ual ope­racitm, y luego, Jnttg-o <'St~binnos á la vd:i poniondo en ru·;,tctica d~stle e~t~ inshant'3 el pl:~a meilit~ de qrnntc­ncz ·nos solH'C uo:·dus muy c<~1·ca dP. la costu: á b1s ~iete y mt .. tlia 1 · el'r~!CÓ el Tiento dcmaiiaJo y tuvimos '-{lle tuniar rizos. A las siete y cuarenta y · ciuco YÍsto que los e11t~1nigo§ ihun cayendo á sotavento, s~ hi zo la u~ñal 0taguardia, se hallaba llien tH~tantc y aun ma§ á. barfon~ nto que los 1·t11no ciar ur.i repiquete c01·to con el Iudcpendirnle y .;iJu1·te por separarnos un po-e() de la línea enemiga y aguar. dtu• despnes en facha á la 1·eunion de lo" nuestro•, Je la mi1ma vuelta que :ui ut>llos; como así se verificó ccsao.­do el fuego á las uucn y eua1·to. Los enemigo• se dirijieron á las proximidades de Capitan-chico y fon­dearon entre este y ~'.laracaiho que­dando en línea de combate; pero no­sotros permanecimos á la vela orde­narido que pas--asen todea l~s lmqu~s por la popa. del Independiente para. d ecit·les á la YOZ que ocupa.sen su ·lu­gar, y lo mismo se hizo con el coman• dante tle las fuc1·zas sutíles A las siete y cuarenta y nuP.\Tfl e~ tarulo torlos fo1·rnadoi en 1-ínea é in­a11e1liatos unol!l á ot1·os, se hizo la señal de aoo1· el Yiento muy calmo~o y fue ne­cesario !U8pende 1· la {-'jecuci~n, per~ oo por esto d es is tiarns, sino que a .. g11a1·tb?n:unos impade11t<'!ll que a·efres­case t:-1 viento: a las once y diez rcfres. co poi'{' l S. E. y se repitió la señal da auurdar, pero volvió á calmar y á. esrn1· vario, ¡.mr lo q ne resulvió el se­ño1 · jeneral cornnndante jeneral de­jarlo para el siguiente dia. y da1• des­cnnso á las tl'ipulaciones de las fuer­zas sut1lci que hahian estado desde bien temprano con el remo en la ma­no- A su consecuencia dispn10 diese fundo la eseuadra en Alta-gra·cia, y set hizo la señal conveniente á la una y cinco minutos qft.cdando fondeados en. una línea paralela á la costa Loi enemigos anoclwcieron Conde. dos en el paraje indicado, J nostrocs en Alta--gi·~cia abansa.ndo nuestrar->' fuerzas sutHes en Punta.de-piedra~ J)ia 24 Los buque a enew igoi per· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ntanecian ~n el mismo lugár y el vien• to e sta lrn al .~ &l amanecer A¡H~nas í}ermitian la~ claraa del dia d is tíuguirse los colores de las bau deras, se llamaron á los coman­dantes ele los buques y el señor jene .. ral con motivo de lo ocurrido el dia de ay et• dispuso que el comandante de la Espartana capitan de fragata Jayme Bluck quedase abordo del ber­gantio Independiente colocando en su lugar á so segundo el señor l\'larey R . ~Iankin,y en lugar de este el señor Stag, oi·den~ndo al 111ismo tiempo que el capitan de la Leona pasa1e al .}fm·­te, nem-braodo en su lugar tambien á su ¡egnodo t>l señor Juan ~i a cao,re m­J> lazand·o el lrn ec{) que en e sta tlcj alta Jayme Stuard oficial de la Espa.1·taua, destinando á este último buque al aspirante Santiag eficaz para que llegado el momeutC> de atacar i- los euernigos lo verifica- 6en con i-ntrepides y entusiasmo A las d.¡ez y cuarenta roló el viento. al N. I~. J á las diez y cincuenta se hizo la señal de pre p:u:arse á d:U' la vela pero el l'iento !!te JJamó nl snr flojo y se reservó fa de lenr hasta .que se entabla-seó afirmase por oletas y goleta§, ocupau­do el otro estremo ó retagua1·ser\'·ando nnc stros movimit.l'Jltos se acoderaron. Algunos dt! los n112stros se atrasa­bnn ó no ocupauan sus lugares tan pronto como era necesari«t, segura­mente por la fulta de conocimientos en esta parte , pues que todos, todos arro si sabemos qwe el .Harte batió compl""tamen te y rinn te . El bergat1tin Indepe'lldiente hizo un fuegio h orl"oroso sobre todas e stas; d M arte soln·e la Especulaclors y su tíles, y sobre estas tambieu las goletas Es. p artana y Leona como igualments n uestras fuerzas sutíles q \te causaron. d años de considencion, por un h.do, y por otro m arinaban las 1·e ndidas y algun as por re11dir ee

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Por: | Fecha: 07/09/1823

GACETA DE . COLOMBJA. . ... N. XCIX. . TRIM~ vtll .. · ~_ogotá dominl,-t> 1 de ·ttHem.5rt .t; 1823.:-U.. · Jf;._,.;.¡r.r,,,,;.,,;,,,...;.,,"""~'~,,,,.,-.r.;1~-~~~-~,-----..,..,,~ ·tf;.-,,,.>;,..,r,.,..,.~,,..;..,.,...,..,_~.,,..,..,.~;,;.1.Al-'~~~~~lf/I f Esla gaeeiá sale los domingos. Se suserJbe ,ri e{ta en /u ~ ~ La ·suscriczo» ~.uaivale. 1~ /8~ c5 la . d~i seiji~sti'e _y 3 14.ci_-1 t. admintstrc.tfones de correo-s de Bog'Otá ., Cara'tas -,. Quito, \ ~ trime~tre. El -rilztor . dtryzra los nut¡i_s-. P.?~ !os turr.e__qs a. to¡ ~ &ntamarta , Cartajena , l,'opayan , Citará ·, fanamá., ~ 't 'SJ.lscrrtort!s: y lo$ de esta ciudad tos reczhtran :en la tnmáf ·, ~ Medeltin, Cunmná , Guaya.qui/ y Maracaibo-. '> ~ de Rá/ael Flores, donde tamhien se admzie'n süstrici'one.r y 1t ~ ~ . ~ venden lo., níj m~ .. á_ 2 . í .. rf'(ilt!.~. . \ LEYES ~/ senado y rámara we reprt!untantes d1 la T1púólica tic ColomfJ1,a reunid<1s en congreso. At~ndiendo á las ventajas que debe re­portar la República de que ~e introclu~:m en su territorio los establecimientos que han he­cho prosperar la industria y comercio de otras 11aciones; y estando convencidos de que serán ~randes las utilidades que tendrá la República, ai se establecen máquinas pan. tirar en planchas al cobre, como que son abundantés las minas que poseo la Repú.bliea, de este metal- D E C R f: '.l' A Jt: .Art. l. Se concede á Carlos Stuart Co. chrannfl un privikjio es.elusivo por ocho anos para establecer una ó mas fábricas con todas las máquinas de tirar en pl~m~has el cobre •. Art. 2. Ninguno otro podra. hacer pcr di­cho tiempo el misino establt::cimiento con iguales máquinas en las proviucias de la éosta desde las bocas dd Orinoco hasta Ma. racaibo inclusive. Art" 3. El empresario queda oblig~do por eu parte á venderá la Re-publica todo el cobre en plancha~ que necesi~e el gobierno, ~on la rebaja d~ un dutz por ciento cm el precio que tenga al tiempo que Jo compre., . , .Art. 4. El empresario queda obligado a Jlreferir en la venta de este ~rticulo _á todo!I l9s colombianos r~specto ele los estranJeros. A1·t. S. No podrá impedir que ·visiten sus lábt1cas, y se impongan de las operaciones de las máquinas todos lo!l ciudadanos que tengan permiso por escrito de los ju~ces poli. Sicos del distrito donde se hodtt ejécutivo --- E l ~ecretario de est~do, dd despacho del interior Jo~é JJ,fanuel HE s­'!' ll.-E Po. El .1er.aEC R 1: TA l. \' b:u::a~ ·TAif , 1.0 SIGUI.ENTE: Se deroga fa re solucion del primer con·¡resó jeneral de Colombia, de fecha treinta y uno de agosto dd afio undecimo, y l::ou5iguien. temente se declara al reverendo obi!fpo de Popayan doctor Salvador Jimenes de Enci­l! IO t:J.l d uso de sus facultades episcopales. Darlo en Bogotá .á veintiocho de:: jutio de mil ochocit'ntos veintitres-decimotercío-E.l vicepresidente del sena~mara de represtntantes-­Do.. M IN G o CAIC'Eno-El s<:cretario del sena­do Antonio JoJ·t Caro-.,...El diputa o secreta­rio de Ja c:i rnarn Jose Joaqu_m Suarex~Pa­lacio del g<,h!erno en Bogotá á vdntiocho de julio de mil (lChocientos veintitrt:s-déci~ ~h tercio- E_j ec utt· ~c:-FR ANctsco D.K P. SAN. T ANDER-Por S. E. el vicepresid~te de la R epú bl iea encargado dtl podt:r ejecuti­vo- El secretario d e cst;:id<', del despadao del inte:rior-Jo,e-- .!.fanuei R.KniUPo. ~ .El senado y cámára d~ reprtuntante1 d,.1. repúbltca de Colombia reumdo.r en congruo. Habiehdo tomado én cortsideracion la só­Hcitúd qu_e hace la parroquia de Sapatoca en la provincia del Socorro sobre que se ~tlp; en canton concediendole cuerpo mupi.cipal f alcaldes ordinarios. Y considerando que se han acreditado todos los requisitos necesarios para poc:lt·r gozar de este dt:recho; y que per otra parte sería una inju~tkia denegarselo; ya por que en otro tiempo lo habiari obtenido lejitimamente habiendo sido privados poste­ ·riormente de él, por e 1 ~obierno español, ya p9r los graves inconvenientes y obstaculos que tien~n para continuar en la dependen .. éia de su antiguo cabildo. y ya en fin, poi' que en jene'ral es ventajoso que se ~acilitc á loi pueblos la repr~~entacion municipal~ fJAllf '7'.EifIDO E:tf DZCllSt.A.i\ ~ b.ECJ.ZfAit: Art. l. Se forma un nuevo canton de:: · la parroquia de Sapatoca. la Rovada, y la nuc. va poblacion ó poblaciones que ·1ae fomentén en Chucurí. Art. 2. En ta parroquia de Sapatoca ha. brá ut1 jties politico y ~n ~abildo; co~pues­to de dos alcaldes orUS propios aquellos ejidos y de­ma s bienes pertenecjentes -al c~mun de aquc. Uos habitantes que existan dentro su territorio. Art. 5. Tambien perteneceran al m'ismo ondo los dere~ho~ ya establecidos de pasa. te de rios,ú Qtros que el gobierno conf91"m_e já las leye~ declare pertenecer á ~te Ca!_iton. Art. ó. Mientras se de~ide definitivamen­te por el cuerpo lejislativo cuales ~ai'l las renta_s .Y a_rbitrios de· lo~ propios ?e ~tiucll' mumc1pahdad, los vecmos centnbu1ran a prorata lo que sea ntcesario para comple .. tar la cantidad de quinientos pesos anuales, S('gun se han obligado, en beneficio de di. cho fondo, y de el se pagarán los maestros de escuelas de pritneras letras, y los dcmas ga;>tos precisos y utiles al comun de aqoe. Ilos pueblos-Bogotá. veinticin~o de julio de mit ochocientos vcintitre·s-dccimotércio - El vicepresidente del stnado-J:no.Huto ·Toa­u a-i.l pr~identc de .¡¡. c-áuun de-r~ 'sentantcs-DoiiI.KGO C.AitEDn-Ei seeretaric> dei senadO:...ífnJ.otti• Jo.si ~~ro-~l t;fip\itacIO secretarialado élc:J. gobierno en ·Bogo~.á i veino. ~iocho d~ jUlio de ·9'1it. o~oeientós vei.ntitreS.­trece 1- ~jeéutese ·.¡;,,; .F1tA~daco. n.a P~vi.~ SANTANDER-Por s: ·.14;. 'el viceprestdent._ ~~ la República ~ncar~do ,.del . poder ·ejecu~ bvo-.El · se_oretatJ~· de ~~ado del desrch4 del interior..Jo.té.Manüe/"R.as-raktto. Él ~1natÍo y t:ámara, de repre1enlant~3 tfí &; repúfilzta .de c.tomb111 reunida. l"1 &titr~~. Habiendo tomado en tonsideracion las ~i~ teradas espo~ié.iohes que .ha heebo d, pcttet ejeeu~ivo sobre Ja h~cesidad .<¡ue IW'- ~ ocurrir con medidas t~traÓrdinwna$ i lri grandes .gastos que hace ~j nacien; .J>Wa. ~ tenct., la guerra ~ su in~~peñdencra 1 ·11ttrt. tad, a causa de que 105 in~~ ct;Jft ... ' t>rdinatios del tesoro no puedt"n h-acers~' en tiempo oportuno pata '~&útir á dichQS g-astos .bJtCRETJ.ir: vf.rt. 1. Se aμto'r~za -al pb_d~f~jé'éi,i~o la• ta que pbeda negociau: dentro 6 'fuera de.. J,ti República, entr~ , ~os colo.~~009- ó ~st.rytaj• roi, ui:' cmpresnto -de qu1it1e:nfu~ rnil ~1of bajo las condicipties y-tJ tnodó~c ed'._ • ._ re _mas ventajoso á la R~p~bl"ica. · . • Art. 2. Este emprestiio. ·~- ~~ ~ ~ importe de las ·rentas 1>4o~le~, -6 caales-quiera #,otras ~ntid~~e~ ~, ~b ·etl la ~aererta.~Estos qü1nient0§-- ~il · ~os Wa• plicarán ' subfeni~.' las- ~ecd~adc;s 'qt'e ~ m~ urjentcs á ~nicio d~J -~ér ej~d:tfy3 .... BOgQta ~intft de jilllo 'de mi'l ·4it:.hoe!lot~ Ye~titre&oidecimotercio - El vi~sid~ der ~nad<>- J EB.O'lf'I•«t ·To.ail':h..-ll ps\t1• dente tte·:a.·.c;.&nuata ,de· l'cp~~il nr­c. o· C.Ki é~i:.u-o-El ~ctttariO' ·del sernrdt> ii/.n. !oñl• Jo;~ q.~o-JEt .dlJ)ilbdó· at'ct-ctarlo it: ·w dmar.a -Jo1é J'__tlalJ.Ulh_ ll .. r'él. • . • Palacio dé Bogot.a ágosto _ pr~m"*.Je de-.Mil ochocieritos veintitres-deci mokr~i~ fnt,n#· " Ceifsn>utAMi>o! l. Que e1 <=ongreso col)st~.tuyente eóiWetl• ciclo de la necesidad ~ fo.~cntar ·1~ misera­ble prov1nciá de lti~--haclia 9Cgtiti· !a -. posicioti que al caso : le hizo to . ~utT p..eii~ do el vicepresident~ intt:~o dc:,.Ja -~rpúl:)li• ~a acordó (ti su fªvot el decretó uc -Y\:mG. nueve de setiembt:e del año onceno: 2~ Que la stiet.tc d~sgraciadi de c·sta. 'l>ti)I vincia, ~ ba atunentado estraotdínadamcnte por la OC.Upaclon. de- l\fiu'acail>o babi~ t._ nido tcu~ A,X: Se eotieedc ' Ja proyhtc{a. lte 1lio--hte cha la graefa de· qüc no paguen en aqUd puerto ningun derecho pot el ·tentiino ~ dit ~ie:;: 1lños 1011 viveres 9ue se mtroduspu'l ~ fuera · y $Can. ne8eSados ~ra ~u c~umo. Dog~t-á· agos;to _cuatto. lle mil. ocho~ientes 'feintitres-trcee.-.El víceeresidente dd se~ do Jt'lfoitrKo ~ORR!'.$-El presidente de 11- (*)La ca1a de Arrll6/1u; Moát•ya tk eq¡#I._ pital ha cancvmda ton ltlitlllnM mú l'fl"t# flf tf ,,,,~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. úmll1'2 de repTesemantes Doiuxco C.Atcs .. J> o-El .eocretario del senado Antoni• Joz; Caro-El diputado secretario de la cámara Jotl Jo•gutn Suaru.- • • Palacio de Bogoti agosto cinto de mil ochocientos veintitres-trece-Ejecutcse-F 1t A N" • cuco n:r. P.\ULA SANTANDER-El SC• cretario de estado del :,despacho da hacienda Jué Mari" d~t CAnu.s.o. El senado y eámara de re}lrtt~ntantei Je 1" r~pú6tic11 d~ C•lom6ia reunUIN en ~on-1re10. CoN1IDJ:RA1'DO: l. 0 Que por no haberse reunido la presen­te lejislatura al periodo ~eñalado por la cons­titucion, vu á krminar sus sesiones tan avan­: zado el afio, que solo rt:stan cinco me-ses para el pró~imo congrt:so: . 2. 0 Que por esta razon s1 se ausentasen los actuales · sr-nadores y repn·s\·ntantt·s que tienen su residt'ncia á gn111cH:·s cJi!jtancias dt: esta capital probablt'.mt-ttte no pnclnan c(¡n­currir para d cougr.""stC ll'ICUl1V\.'.nI~l1te pt1('Ck l°Vlt~ir- 8C pnnrnnl'ciendo t:n esta ca¡;iul lm; •• ci. t!a­lcs mit:mbros del congreso, cuyas pru\'m­(: Ías se h0tllan muy kja11as: 4.º Que aun no hay una regla fija r.:ira la graduacion de las dic:tas en prop0rc1on á la distancia de los respectivos puc:blos de la República.; D.ECRE T.\ lf: .Art. l. Los senadores y representante~ que actualmente st: hallan en la capital, y vo­Junbriamt: nte quisieren permanecer en ella hasta Ja reunion de Ja próxima tejislatura re­(: ibirán la asignacion de la ley á razon de d oce reales por cada legua colombiana de ida y regreso, como si efectivamente ve­rificasen su viaje. .lfrt. 2 . La asignacion de que habla el ar­tículo anterior se pagará por el tesorero na­cional del modo siguiente. El viaje de ida ae satisfará el dia 1.0 de •etiembre, y el l.º de diciembre el de regreso. Art. 3. Si para el 2 de enero entrante no se hubiere insUlado el congreso por falta de eenadores y representantes, los que perma­aesC! lll aqui, y los que para entonces hayan venido á la lejislatura disfrutarán una pen­sion de tres pesos diarios, que serán satis­fechos del tesoro público, eu donde los en­terarán los senadores y representamcs, que p or una culpable omision, á juÍcio de .sus r espectivas cá maras, no hayan concurrido. Art. 4. El poder ejecutivo en la t~r~· l:ientc lejislatura h de las diet11s, el rual se 11erificar4 'n la te11>rtria jener11I ~•n ure1/g O.l.CftA. I>• COLOlf'lll.&. al e•lculo formZldo prftliHrÍM!ietll4 ,,., ~¡ zl)/Jterno, g~ e6 el ~iguknt~. L~t;tH.• De Bogotá á Tunja. • SO,, De ideo á Pamplona • 100,, De iden at Socorro. • .60,, De iden á Jiron • SO,, De iden á Cúcuta. .- • l.20,, De iden á Mérida º 165,, De id~n á Trujillo. 205., De iden á Valencia • .. 265,, De iden á Caracas • 325u De iden á Bariuas • 205,, De ickn á Achagttas • 240,, De iden á Angostura en Guayana. 4:20,, De iden á R1rcelo11a • 405u De iden á Cu 1 lanÁ 4:L5,, De idt'n á N5•),, De idc 11 á Hui1cl·1 , 22,, D~ id -n á ~1...pr~1entant~1 de la rt'públú:a de Colomlza reynidos en congreso. \iii,t.t la rcpres~ntacion que ha μirijido á la cimam dd senad() Carlos Stuart Cochnme ajcnte de la c0tripañia de Rundell Bridge y RunrlelI so!icitar~do en nombre de ~sta un privilejio esdusivo para la pesca de perlas en las coi,t.ls d~ la República; y TENlENDO XN CONSIDE?L'\.Clox: l. Que h:¡sta ahora la pesca de perlas se hace je11era!men~e en la R.:pública de un mo.. do peligroso y c~i improductivo: 2. Que si este ramo de industria recibie­se fas mejoras que son conocidas en otras nacion~s, podría st·r una de las fventes de la riqnt'sa pública y p;.trticul:sr: 3. Que afin dtl prnmover estas mt'joras y - ~stablecimientoo u:iles, es que 1a constitucion ha ::itribuido al co.ngreso la facultad de con­ceder pa.-~ ule~ objetos priviltjios esclusivos por tiempo ivo de hacer la pesca de perlas dentro de los limites y bajo las condiciones que des­vu es J~a~z·i.n d~ e¡.11resarse, con las maquinas que llegare ~ i11trocluc.ir dicha compa con las indicadas maquinas d~s­cle el cabo d ... N.,nk:ste ~n e! ma.r dd Sur, hasta el cabo Corric:ntes; y en el mar dd norte desde el nordeste de la República por 8\1' costas hnsta el cabo de San~Roman; y du­rante estos cinco 4\nOS Sf)lO podrán hacer la pesca en los limites rderido~ loa natutales de Colombia por el metodo que ahwra se acos­tumbra. Art. 3. Podrá pescar otros cinco arios de!Sde cabo Cr.c)friente hasta d cabo Blauco en el mar del S ur; y desde el cabo de San­Roman en el del norte hasta las bocas del O rinoco, y d urante este tiempo solo podrán pes~ar en los limites referidos los naturde-s de Colombia por el metodo que ahora se acos­tumbra. .Art. 4. Por ahora y mientras que el go. bicrno espresam~nte no •e lo pennita, que será cuando cesen las circustancias que mue­ven esta determinacion, no podrá hacer uso de dicha! maquinas en las costas guajiras; y cuando llegue el caso de pescar en ellas ob. servará en todo tiempo la mejor coHducta con aquellos habitantes como que se le hace responsable muy seriamente de los resulta. GOi á que pueda dar lu¡~ COD el mal ci~· cicio de tsta gracia. .Art. 5. En lo:a de~ limite& qe W han espreBac:io y en el tiempo que lo:¡ natural~ de Colombia estén en ~1 ejercicio de la pes­ca, no podrá hacer uso de sus maquinas si­no á cuatrocientas varas de distancia de •· qucllos. .Art. 6. A fin de los primeros cinco afios termina el privilejio respecto de los limit~• 5eo .. lado, en d artículo segundo¡ y deberá en9" tregar en propiedad á la República y en es­tado de huen st-rvzcio todas las maquinas de que haya usado en los dos mares: y al fih de los ntros cinco aii-os termi!Jará igualmen­te el privikjio de los limites senalados en el artículo tercero, con Ja naisma ob!igacion de utregar c·n propi.t de. bic:n íns~ uir en· crl' man~jo y uso de: ¡d maquina~. Art. 8. Qued:i tambi{'n obligado á admi· tir como accionistrcion. .Art. 10 Pcrn como puc:de suceder que se saquen algunas perlas de valor considera-ble; en este caso valoradas que sean por un pe­rito de parte del gooierno, y otro por la del empresario, entregará este la quinta parte de: su valor en tfectivo siempre qut el gobierno no quiera recibirla ;:\bonandole el esct'so. Mas si la perla fuere tan e$traordin~ria que su valor venga á sC'r imajina.rio, el emprl'sa­rio será ublig~ido b'~º dt! la st:guridad con. veniente á. negociarla en los lugan-·s mas i proposito y donde se ks dé mayor estima. cion, entregando despU<. s á la Reptiblica la quinta parte del resultado de 5U venta. .Art. 11 F.l empres..'lrio atianz;irá compe­tentemente y se obligará al p~go de la canti­dad que designare d gobitrno, ~iempre que t:n el termino de di~z y ocho meses contados dt-sde la sancion ele este decre:to no baya puesto ea planta el proyecto y uso de las maquinas, devolviendo los bancos de Ostras ~in deterioro ~lguno bajo las seguridades que le exija el poder ejecutivo. .Art. 12 El tiempo cie los diez aiios debe contarrn desde que lkguen á. la costa den .. tro de los diez y ocho meses ya citados lás maq1lim1s y personas encargaGas de la pesca. .l/.rt. 13 El poder ejecutivo dictara laa providencias convenientes pa:·a que la Re­pública perciba la rarte que le corresponde y se hagn la pc~c~ en los t~rrr:.i.'los mas con­formes á la utilidad de la nacion y de los particulares. Dado en Bogot~ á. seis ¿e agosto de mil ochocientos veintitres-trece-El vicepresident~ del st nado J.&RONIHO TcaREs-EI μresid~nte de la cám'lra de representantes Do.MINGO CArcEDo-El secretario del senado .Ant11n~ J11s; Caro-Et diputado secretario de la cá• mara-J ost J .. 9uilz Suarez. Palacio de Bogotá. agosto ooce de mil ochocientos veintitres:.trece-Ejeoutese-FRA 1"· 81SCO D :l PAUL A SANTANDER - El secretario de ~stad o, del de~pacho· de -~ cicnda-J~sé 4.~f111 ia del C A STILLO .. CONGRESO. Los aeñores senadores H urtado, Cabal y Uribe renunciaron sus destinos ante el con­greso, y admitida la re11uncia, prQCcdió ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. forme al articulo SO de la constituoion ' lle. 113.r las vacantes; r resultó nombrado en lugat del primero, el señor A~u5tin T~aferro oti­cial de la secretaria de la mtendenc1a dd lstmot en el del st-gundo el aeñor Santiago Perez Arreyo actual asesor del dt:partamento de) Cauca, y en el del tercero el señor Jos~ Sanz tle Sautamaria contador je'."nerctl de hacit>nda. La cámara de representi.otes admitió conforme á la ley las renuncias de los 5ennres Escalona, Olivar~ Delepiani, Rc>mngreso ar­reglado al mismo articulo 80 á los señores Jerónimo Mendoza y J0s6 Antonio Lein, y por d señor Escalona de Carácas al señor Juan Lovera. l!l v-.sfflador c°'tJnel Larrtfl d0ft9 al e1ttJd• ltu áretas que le corre6ponái~ron jJIW '°6 üllitno& so diaz a~ la se6ion pasada. CIRCULARES A LOS INTi:NDEN-TES. Repúhlica de Colomhia- Sel'f'eta,.ia el~ edatlo def de#JJacho de haci.endtz=Palacio de t•­l> ierRo eri Bogotá á 9 de ju/ir; de 1823.-1 $. Con fucha 17 de enero del año pasado ortuna­ane- nte á la secretaría de mi cargo todos los estados comprensivos de la suma del ingrc- 150 de cada renta ordinaria ó el6traordina­ria en su d~partamento, de lot ga!tos ci­vilei y militares y todos los demas que deban dar una idea clara de la situa. cion de la hacienda nacional, asi al gobier­no como al cuer~ lejislativo -Estns noti­CÍ! l ~ no sok> debían haber obr-adG "n los in­formes que he tenido que dar al congreso, sino que han debido pub1ica1,se para conoci­miento de Ja nacion segu_n lo prescribe el art. 180 de .la constitucion. Para evitar un nuevo :atraso en este negocio,prevcngo á V.S.de or. d en del poder ejecutivo que 1iC remitan dichos estados de modo que se encuentr~n CR mi se­cretaria en diciembre proximo y que s~an no solo bs que no se ha)•an remitido corres­pondientes al año pasado sino los que cor­respünden á les. ~is mese~ corridos desde ~nero á junio último en que se-cerró el áno cconomico-Dios guarde á V. S. Jos i Ma­r111 drl CASTILLO. Rrpú.Utca Je Colombia,- ffeeretaria de esta. ti. del despach" de hacienáa= Palacio de wobterno en Bogotá á 18 dt: agosto de 1823. Habiendose presentado al gobierno liquí­dKiones de sueldos de empleados de la República que no vienen el:.tendiclas eon las formalidades que prescriben las leyes que se há\llan vijentes. me manda P:_e!enir á V. S. , para que lo haga á. las C>icinas qua dependen de su autoridad, que en ellas se tengan presentes la ley de 20 de enero de 1820 espedi~ por el e ongreso de Gu~yana, y la subsiguiente declaratoria tie S. E. el Libertador presidente en cuan­to ' los sueldos devengados hasta S 1 de di­aemb~ del año 11. ¡ y de Cita fecha en adelante las leyes del con~eso constituyente 1 demaa que se ñseren publicando, pues eín que fas liquidaciones espresadas se for- 1nen con la exactitud que es debida, el go­l> iauo se verá á cada paso embarazado •n la resolucion de las diversas solicitudea con que ocurren á él, se perjudicarán los que t'CClaman y la República puede ser aca­eo gravada_con pngos indebidos apar~cicndo como aparecen liquidaciones contraria& en todo á las lt-Ves-Dios guarde á V. S.­~ M'miH/;.¿ C .• u l'I .u.o, GACETA DE COLOl\IDIA NEGOCIOS ECLESIASTICOS. ltabiendo tnanifcstado d cabildo tck-siaaticc de la Jglesia catedral metropolitana de 8 1.>gotá por mtdio de i;u dcan en fecha l' de agosto ultimo que ee hallablit todavía vacante una de las mc:dias rac11mes <}UC el anpremo pod..,-r ejecutivo dispuso se pron·yestn en t-nero in .. mediatn, por no haber tomarlo pr>stsion d que fué provisto y que d único mtll lkndkio dd culto y de la iglesia: el su ¡.ir~mo r ->ilot. •••• lden nd('ncia, 6 qu·e el réjime11 político de ese pveblo haya acreditado esta­bilidad, consistencia y poder. Colombia no ha merecido de los ·gobie~ nos europeo• qHe c~plicitamcnte Ja reconos­can como nlltion, por que ni (·ra de prome. terse de la terquedad y orgullo es;pañol que au gobierno hiciese una rt-nuncia tan doLo­rosa, ni la accion dd tiempo la podla preci­pitar. D~sgt"'Jciadamente nue!>tros ht'rmanos del Rio de la Plata)y aun h"Y los de Chi.le han ~ido v¡ctirnas de la discordia, y han pre~en­tado a loai g"rrort:s y pagiones de lo~ drma& nuevos ~stados amer.icano~; su~ enemigos h.m tenido buen cuidada de alimentar la dc:~coufüinza de los put:blos tsttanjeros, y nun de los depnrtamentos dt· la Re. pública ha trahojado b:\jo los &iuspicios de J:i ~onstitucion de 1821. Ninguna reforma f11ndamcntal, ninguna vari~cion indebiclu ha »inarc.ado la primera sesion lejish1tiva. ws t!is­posiciones consignadas en el código sa1;cio­na4o por el con~reso constitnyc·lltc dt' Cu­cuta hi.m sido la r~gla que h3 medido d pro· ctder d~l cuerpo kjislativQ.La march;i del go­bierno <'urante lt>s do~ :iilns pasaaivenes i qm:. t.stá dpuesta ·to llll sido burlarlo, y aun en lpcr[J.cion s milit~r mbianoi, y ni ~us arrojad¡¡s c:mprc1>as, ni los OA-CETA. DE COLOMDIA. .+.--.:......------------------ ~uce!ns parcinles e.on que fueron favorecidas, infundieron d~saljento t·n el pueblo y menos turbaron tl ór~ofia _d1jcnd1cron los prune1f>1 ehme1lto.J ele ansmettca, 11nr193 problemas inje11iosoJ cJ,/ ~omperidio de fVoljio y difere1itrs c1~ estione4 se/alas de lój icu: los ' de la de latmulod dze- 1·0 n á conocer mucho '1provcclzamiento, y una gro11 pllrte de ellos la aptitud l-astante para entrar á cursar filosofia: 101 de la escuela de prlmera1 letra1 munifestaron tentr uüa ele los primeros fumÍle párroeo. LIBERALIDAD El señ or Mariano Rivero que por conveFtio celebrado en Paris con el sefior Zea ha v e­nido ;4 dirijir el e1'tablecimi~nto de w1 museo y escueb de minerfa en esta capital, ha ofre .. cidu al _roder C"jecutiv? mil pesos anuales en beneficio de estos nu'>mos establecimientos desde el di:.t en que su contntta fue ::ipl'obad; por el congr~s~. El inte r~ s que con ' tan je .. neroso ofrec1m1ento, mamfit-sta d sr. Rivero tomar por la difusion de las luce5 en Co. lombia, es digno ba dHdo en su de. fensa en d Ye11ezolm10. Lu cuu~a no t-a nuesta·a p 11 rticuJarm~utt~; t•s •IPl n1ismo j~au:·ral, y del gobief'Oo. El tribunal d .. ciclidi con 1·e.s.petu á . él;y l=­nacion debe habt'r juzgaclo del go. Lieruo s dt- h:.hcr visto"'º m~n· &Hje al rtmg1'eso, y la's memorias de los secreturios de bacit•ndal, m~ll'ina y guerra en la parte r·elativa á rernrso11 Y. medios d~ ttUt' ha podido disponer. Sl el voto d~l congrcsQ, y E>l dd L1 .. · BER'l'.Anua presittc:nte ptsan en Ja ba­ltmza d~ la npinion púulioa, la actnal admini~h'R<'ion los tieue t·n su fuT01' con es¡u·t>sioJ.H"j m ny lisorrj~ru. Estamos 011.torisados para pullüar· l•s si-: .AY/SOS. Habi_endo ~n . J.os almacenes de f'sta capitat, :suficiente cantidad de nitro para tos trabajos de la fabrica dt: pólvorn, no se recibe por ohora mas ck aquel articulo, y cesun las anti­guas contratas celebr.:ufa.s per algunos p;irti .. culare~ con el gobiernn para prove~rlt' ( }<: él. Los cor)tr.lti~s <1ue quieran continuar en t: s- . te negocio d eberán e.ntrnr ·en nu<:-vos cc.n .. ve11ios con el se crttaria tle h f-lcieodt; hasta el cumplimiento d~l pla10 s~ ... ñalade. Ei 23 d~ agost" último fue recihi

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Gazeta de Colombia - N. 99

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Gazeta de Colombia - N. 100

Por: | Fecha: 14/09/1823

N. C. GACETA DE COLOMBIA. B á d - d • b TRl}f 9 "\TIII. ogrJt Qmtn.go U e 3etiem re de 1823.-13. rf;.~J''~'''"""'~""~,_,.r.r.,..,..,..,..,.,,.,,,1,..,...,.J111""',,,,,,,..,.n '~ $sta gaceta sale los domingos. Se suseribe á ella en /JJI -·~~ rfo-,rr,_,,,~,~~ll~~~.¡V""~~I~~:;...;.¡,.~- ~ Lá su.rrricron anual vale 12 ps. 6 la del semestré y ·S kJ del ~ ~ admimstraciones de correos de Bogotá , Caracas , Quito~ ~ ~ tn.mr!st,.e. Ei r:ditor dznjzrd los nú.ms. . ./JO'T' los c<>rreos á lo;1 \ Santamarta , Cartaje11a , Pnpayan , Cztará Panamá ~ ~ MedeLfzn, Cumaná , Guayaqw/ y "'"~{maccubo. ' ' ~ \ suscritort>s,' y los de esta ciudad los recilmán m ta henda ~ ue Rafael Flore-s, donde tam6ien se admiten ~scficúmes V &e '' '~ ~ venden los núm<::.. á 2 t· reales. · LEY~S. El 1enado y cimara de representantes de la. repúh/~ca de Colombia reunido1 en co11K1'e30. Vista la representacion dirijida desrle Lon­dres con fecha 18 de diciembre de 1822-por los señores Jayme Mackintosh, St<:ifi'vrd Pricc y Robert Hilli Y COHSIDEaANDO." l. Que cua~do el s0r. Mackintosh n<"góci6 con d sor.Luis Lopes Mmdc:z los dit-z mil vestuario• que constan de la contrata firnmda ~n Londres el 27 de fi ·bn'ro de 1821 el sr. M endez no tenia podat:'s, ni facultadt's para emitir Tales. pagarés, ó deve11tures, como lo verificó eJ 7 dt: abril de 1821 hastu la su­ma de ciento cincuenta mil libras t>sterlinas: 2. Que pnr comunicacion de 24 de octu­bre de 1820 espresamente se le improbó la cmision de :vales en favor de los acreedorc-s de la Ri:púülica por lHbt'rlos dado sin que &us <;icree'\1cias fuesen liquich1das por la co­mision nombrada al efecto en Angostura, y reconocida como d~uda pública: 3.Que el sr. MJckintosh clc:-bió conocer to­das estas particularidades cuando com;tan de lo~ documentos de que él mismo klce mé­rito en su representacion y que por consi­guiente debe imputarse á si mismo haber pro­cedido á concluir un contrato con persona que no cst.aba suficientenu:nte autorizada; D.Eca ET .u;: .Art. l. Se reprut-ba el contrato celebrado rntre los Si. Luis Lopez Mc:r.ckz y Japne Mockintosh en Landrt:s á 27 dt: febrero de 1821. . Art 2. El congreso no reconoce como deu­da pública J I H'> ToR-il .Es-­}: l presidente de la cámara cUtt"sc-Fn A N­c1sco DE PAUL~- SANTANDER.-El ¡;ecre::tario de t:!:>tac1o dd d e!jpnt'ho ele rda­ciones eskriorts Pedro G u .A L. ( *) .El stmcdo y cámara de repruentantes d~ la .repú-bbca de Colombia reunidos en co1:greso. Con iID.ER A N no: l. Que siendo una sola la República de. ben 1ter uniformt:s los dt'recho~ de importa- ------------------ ( * ) El decrdn que puhlicamtJs lzny del cuerpo _lrjulativo de Colomb."a desc:onocimdo la con­trata que sdt'hrú en L ondres el señor llftn­dez con d señor ftfackinlosfz el año de 1821 de que hemos haól"d" ampliame-ute en el 11ú­mao 93, es la mf'jtJr crmtf stac1on que podemos dar /1or ahora ó las estraorr/ú.crias lmputac10- nr-s; t¡ue el Colombiai10 número 6 hac~ ficsáe Ca,-a r;u3 'ontra el iefu;r Rt:ven&a• e ion en los diferentes puertos habilitados de Colombia: · 2. Que esta un1formidad d ebe contribuir poderosamente á f.ancntr: Art. 1 Todos los derechos de cntrad4l co. nocido5 anteriormente con \'arias denomina­ciones, se consolidarán en adrl;.mte en uno solo con el nombre de derecho de: in1portacion. .. 1rt. 2. Pan. ?a mas fi1cil exaccion de t·stos der,:chc~, se dividen todas ·la~ m.ercancias. que put"dan 1~1portarse, en las srgui<:ntes clases: P.R nn:iu.: El fü·rro «:n barras, oja dt! lata en láminas. y lo mism'> el cobre, t'l p:;ipd de to~as calidades., toda t'Spt.~ cie de mediciilQs Y, lo~ mstrumt·ntos de cirujia, las jarcias, brt'a, alqmtran, cables, cordaje y nnclas: s ·E G u N DA: Todo jént·ro de mercaderias d' e algodo.n , l!ns-Unidos, pagarán un siete y me­mo por Cien to. Art. -4. Los mismos efectos imncrtados en buques t:str~njeros procedent~s ¿e colo­nias, pagarán un veinte por c!ento; y de .Eurol?a ó de los E~..ados-Unidos, uu quince por ciento. .Art. 5. Los efectos contenidos en Ja se­gundn ch~se importi:!clos en ,buques naciona­ks .procedente"~ de col~niac, ·pa~-&rf.n un did~ y ... :t:te y mtd10 por ciento.; y ~tán un ve~nticinco po~ ciento, y de Euro p~ o de los. Estados-Umdos un veiute por ciento. Ar~. 9. Los efectos contenidos c:n la cuarta cla~t: unportado~ en bt.1quc:s 11aciom1lt-s J roce­dt: nt~s de co~omas, pag-c:t~án un_ nintidos y medio p~r ciento, y dt Europa 6 ele Jos Es .. tados-Unidos, un quin~t: por cit'nto. Art. 10. Los. rnbmos t>Ít-ctos impc:ttadO!i en buq. ues estrn.P J. r .o s procedentes de c.olonias. · . pagaran un vcmus1Lte y mc,dio pot ciento y ~\: Europa ó delos E.stados•Unitlos un vein• tidos y medio pCJr cil'nto. .11 r t . . 11. Los t"fc:ctos . contcnid0t efi ht t¡Uin .. ta clase importados en buques naci< ,nale~ pro• ct-der~ ks ele colonias pagarán un vtint1cihc.o por. cie1,to1 y_ de Europa ó de los E.~.tadoe Uiudos .un d·;tz y ~ie-te y medio pC>r dt-nto.. .111-t. 12. Los ~1ismos t:frctos importadl.)fJ en buquel:l estranJeros ptoceclt-ntt:s de colo. nias, pagarán un trein\a por dtni.o )" di Europa ó de !os Estados-Unidos u~ veinti­cinco por cit-nto. . At.t. 13. Las detrtá s especies de mercac:Ie.a. rms y efrctos comerciablt>s que no estuvi­rt: n éomprt:n?idus.en .la~ ~last:s 2I"riLa e~pre­~ das, p~gara.n un ve-mucmeo pGr cic'uto do 1mportac10n s1 ·esta se hace t:n buques nacio~ nales que proct-dan de colonias; si lo sou d~ Europa 6 de los Ll>tados-Unidos t·n Jos mis­~ oa buqt.:e~ nacio~::tlt:s p~garán un ditz 1 :m:te y mt'.cho por ciento. .Art. 14 Las demas especies de mtaa naciones mdt'pt>ndicn­ks importados en,buques nacionalt-s o estran. jero!, f50Zarán de Ja rebaja de dc:rechos quo respeccvamente causan los que proced4m dct Europa ~ dt: k>~ .Estados. tJ nidos; pero Jas clem~s mercader1a~ y efectu que no sean propms de e~tt: pa1s, Y,ª sea que se importt-a en buquf"~ nac1onal~s o eetranjeros procedt'n• te~ del mismo contmente americano, quedall sujetos al pago de detechos que respectiva­mente causan los que proceden de c·olonias á menos que por tratados particulnres de co: rnercio no se estipule alguna otra cosa as1 con respecto á estos estados1 como co~ los demas indc-pendientes de la tierra. - · .Art. 17. Los espresados derechos de im­portacion se deducirán dd valor e!tablecido en ~l arancd aprubado en Cartajena á 22 de abnl de 1811 y supltmtntos posteriores, hasta q~c se hagan sobre el partic1,dar las correlipon­dientt: s reformaa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .Art. l8 Esta ley no tendr~ -efecto hasta el dia primero de ~nero del afio de ~8~4. .Ari. 19 Cumplido este plas3 qued~ revo• cada y sin efecto la ley de 25 d~ set1emb.re del ano 11 o y decreto dd gobierno ele 13 de marzo de 1822 por el ~ual se ma!ldó con .. tinuar como lo estuvo bajo d gob1trno e::s-panol el estanco d_e naipe~ . . Bogotá agosto ~os de mil ?choc1:~tos vem. titres decimoterc10-El v1cepres1oente cld sc>nado JERONIMO ToRREs-El presidente de la cámara de representantes DoYING<> e A I e E no-El secretario dd senado-A u tomo José Caro.-Et diputado secretario de la cá­m ara José Joaquzn Suarer.-Palacio de g':­biuno en Bugotá á dos de a gos~o d~. mil oc!nciento~ v ·~ inutres déc1 rr.o-tc: rc10-E.JeCu­tese- FR A N CISCO DE P. SANTANDE.R-El -secretario de estado del despacho de hacienda José ll-laria del CASTILLO. ZULIA Habiendo llegado al R 1cha el jeneral en jt:fe Jos1é Fr?~1c~~co B ermudes á. tomar . el mando dd e1erc1to po; e!& rmeda~les dd Je­neral Montilla, marcho a 1Vforaca1bo donde entró el 21 de ao-osto; con f-.:cha de 22 avisa quedar enarbol ad~ en , el. castiilo de S.m­carlos el p~bdlon columó1a110 cksplles ilitado la guerra,y vosotros vais á ser fdices. Ptr:!.BLOS DE CoLO.MBIA:. Os resta hacer frente á las ptligrosas armas que el fanatismo puede cm pk·ar para acibarar vuestra alegría y sembrar 'la deimnion. No hay otro mt:dio mas efic:ís para contrarestar las TI)aquinacio­nes de los enemigos que profesar la nltros y yo podemos lrn cer á Coiombia es Ja infraccion del codig<> que hemos jur<.1do sosténer y cumplir. Este códi go es el que mantiene el órden público, el que os concede el ejercicio de vuestros derl::<.: h o~ , d que proteje nw stra santa rdijion, y el que nn" reune en una soia famifos ligada por la libt:rtan d glorio~o exito d~ la cam­pana del Zulia en la forma que espresan los siguientes decretos: FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, de lo~ bbertadores de P'enezuela y Cumli­nanmrca, condecorado con la cruz de Bo. yac.'Í, jer?r.ral de divtsion y vicepresrd<:nle de la R epúll:ca, encar¡;ado de:/ poder t>jecutmo &. Teniendo en consiJ .:-racion el importan. te servicio que ha hech() á la Rcpúbiica la division mantima üe operaciones en el Zu­fo1, desde que se introdujo en la laguna de l\1aracaibo, á favor de una audacia es. traordinaria, hasta que las arrnus de Colom­bia tomaron posesion de la ciud3d, y sus fuertes, particularmente en el gloúoso com­bate naval de 24 de julio último;-y dese­ando sei1a!ar con la debida recompt'nsa un servicio tan inte-reS lc-rna: CmÓza al jeneral Padilla: año de 1823. La medalla se costea­rá de los fondos · públicos, y se prest:Tita­rá al agraciado en nombre dd gbbierno. 3. A los oficia les y tripulacion de fa escuadra de oper pret que disfrutaban ::.;us maridos, p;ldrcs, o hijos muertos, conforil)e á la ley de 8 dt: octu. bre de 1821, sin perjuicio de lo que dis­ponga la ley de monte-pio militar. 9. .Se pasará este decreto á lu prox ima kjislatura para su conocimiento y dt:mas ef~:c­tos que sean de ley. El secretario 'de estado en los dcspacholt de marina y guerra queda encargado de su ejr.cucion. Dado firmado por mi mano, y refrenda. do por el secretario de marína y guerra, en el palacio del gobierno en Bogotá á 2 ne setíe-rnbre de 18:23.- 13- fa.ANCISCO I>E PAULA SANTANDER.-El secretario de marina y guerra Pedro BRICEÑO MEN DES. FAJfCISCO D:E PAULA SANTANDER je.neral de divisfon de lt!s ejérc1tea d~ Cc•/,,m. bia, vicepresidente. de la República encarg~d11 d~/ poder ejecutzvo ~c. &c. f.:?c. Co!fSIDERAliDO~ Que desde el prindpio de Ja campaña del Zulia hasta su conclusion han coopt rado eficasmente muchos pueblos de l:il Rt'pÚ­blica cuyos recursos por otra parte n<> tran abundantes, -deseando em11lt ar en Ml be­neficio las facultades que la ley de 9 de octu­~ re me ha concedido, vengo en decrtt.ir y ecreto. Art. l. Quedan eximidos de pagar 12 con~ tribucion di.recta en el proxirno st>rnt'stre de dicit:mbre los pueblos siguie11tcs: todos 11JS de la provincia de Trujillo, la~ villas de s~m­José y Rosario de Cucuta, Sanantc;nio de Táchira y parroquia de Sancap:·tano en !a provincia de Pamplona, fas vill:.is de Ilamm­quilla, Soledad y parroquia de Malarnbo en la provincia de Cartajena, la provincia dt'l Río del Hacha y los vecinos de l:.i provincia dt: Maracaibo que hubieren é~igrado de dla huyendo de obedec~r al jeneral espa n ol. .Art. 2. Los intendentes y comanda nks .ie· nerales de lo¡ departamentos dd Zulia, Bo. vacá y Magdalena usarán de la misma Í;i(;:ul­Íad que se les concedió por el decreto de 8 de octubre del afio 12 por cuanto el gobi<::r­no no alcanza á conocer como ellos los· s<:-rvi­cins que otra~ parroquias y personas puedan haber hecho de les seP.alados en dicho decre .. to, y la exímicion que decretaren se ent ·n­derá solo para el proximo semestre de diciembre. El secretario de estado del de.spacho de hacienda queda encargado de la ejecucion y cumplimiento de este decreto-Dado en B ~ .. gotá capital de b Repúbl~ca á 2 de setiem­bre de 1823-13-FRANcrnco DE P A ULA. SANTANDER--El secretario de hacienda Jué ~farza del CASTILLO. DEUDA NACIONAL. lnutile"s son las leyes y decretos espedidos por las autoridades competentes, 5Íno se cum­plen fielmente. Hay una ley que prescribe la liquidacion de las deudas de es•ranje~ ros por una · com1sion que reside y t rabaja en esta capital desde 1822, á la cual dc-bc=n ocurrir con sus correspondiente~ documen­tos las personas que tengan que hacer rt:cla­ ·maciones contra la República. Sm que esta comis1on dé al poder ejecutivo . el informe debido sobre la lejitimidad de la deuda, el gobierno no debe reconocerla, ni dispont:'r au pago. Por consiguiente cuantas jt'stiones de esta naturaleza se hagan directamente al gobierno por los acreedores no seran des­pachadas, y cuantas quejas puedan formar .. se por que no se dtspacht:n son injustas co­mo que lejos de estar fundadas en ley, son contra ella. Hacemos esta advertencia para cubrir el proceder del gobierno contra Ja injmticia de algunos acreedores que quisieran ser cn·idos sobre su sola palabra, y desr.13chaclos sin pa­sar por la:; formalidadc~ prt:s"1"ita5 en lai kyes. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CACETA DE COLOl\lnIA - --- __ _,__ __ _ --------------------- -- ENTUSIASMO PATRIOTICO La ciudad de Mérida que desde la tras .. formacion política de Colombia ha manife5. tado la mas firme adheMon á Ja e.tusa de Ja independcucía lu celcbrc1do con regocijos estraordinar1os d auiversarin de la batalla de Buyacá el 7 de aKosto úbmo. U na solem­ne funcion rt>lijiosa, ilumin:.1cif>nl.·s, banque .. te, mu5ica y ca nciunt·~ públicas füt:ron las senalr.s qut ac1ud puc.-bló empleó para ma- 11ifrstar su alt-·gria por un suceso tan glormso. Om1s ciudOldt"s han hecho funciones solem­nes en celebridad dd aniversario de la batalla ele Carab~ >bf'I; tenemos hasta ahora noticia de las que veriicaron las ciudades de V alcnciat J>anamá y Guayaquil. Recuerdos de esta na­turalt": i:a producidos por la espnntanea volun­tad de lus pueblos prueban gratitud á los libert:.idores, y amor verdadero á la c:tusa de la llepúbJica. El sr. obispo de Mérida parti6 de esta ca­pital para su diocesis d 12 dd pásado; dejando en l:.l ciudad prrn:has de su celo pas. tora!. y a~ adhc::sion firme á h1 independencia.y lihertas visite: d año proximo con motivo dt a~iatir al senctdo. El sr. <~bispo de P(1payan ha empleado eficasmente su autoridad t:n los último& dis­turbios acaecidos en Pu!:>to, promovi('ndo la quic::tud y tranqnilidar cll.1s y el intendt'nte. El termino prescrito p:.ira la reunion del congreso d~sde que se inst.tlare el gobierno pronsorio es de 130 días; c..da 15 mil h;.1bitantt's dcbt·n dar un diputad1), y las delegaciones, ó partidos cuya fraccion pa­se de nue•e mil c;lejidn uno mas- El regla. mento h:ihla del emprcstito negociaclo en In­glaterra como que dispondrá de él el congre• so, á esct>pcion dt: l') que se nece!Site para auxiliar ·al Perú, cuyo auxilio recomiendan lm~ trt's pknipott:'nciarios al ej~cuti.vo ~ou el mayor ~ncare('imiento. l\'lE~JI CO. Tenemos periodic1>s de Mejico y Veracruz hasta princi;Jios de mayo. ltnrl)J(Je se embar­có por fin p<\ra lt"lia: el con~reso mejicano continuabn su~ trabajos, y t.:l poder ejecutivo manifdtaba sumbion a los actos dt la re­presentacion dd E ~tado. Todos lo::; papeles públicos respir•m liberahdad~ y adh1.:síon algo· bierno n·present.ttivo. Es de esperar qut la nacion mejicana se constituya espontancamen­te bajo un réjimen semejante en su5tancia al de Colombia v d Pt-ru. Nuestro mini~tro s .mtamaría estaba pronto á trasladar::se de Veracruz á la capital para seguir represl·n· tando lo-, negocios que se le:: tienen t:ncar­gados. Con mucho placer hemos visto que los escritores mejicanos prodigan justas ala­bansas al Libertador de Colombia por su conducta jtnetosa y filantropica despues dt: tan señalados v eminenks servicios. En el Iludrador mejicano del 25 de abril de este año se ha publicado lo úguie.nte: LASANTA LlGA DE AMERICA, CONTRA L .\ SANTA ALIANZA DE J:4~UROPA. Se nos ha franqueado por un buen patri<;>­ta una carta de Washington <-JUe tiene la fe. cha de 8 de marzo, y entre otras cosas dice lo siguiente. ''El congreso ha decretado se pongan sobre las armas ~00 mil hombres, que se comple .. ten 60 navios de línea, que el gobierno que .. ~e autorizado para negociar un t:mpréstito la P.tencion cld gubit:rno: el siguientt>, ín~rto \.:ll la Gaceta de Cartajen4 número 104. ,, Lr)s t-jércitos españoles estaban distri• huidos .t:n la forma siguit:nte. Al mando dd l\tlorillo cerca de B t·navtnte 9000 hombres4 al del Empt'cinudo ca¡·a de Valladc>lid 4000 t'R gUt·rrillcts• al de B,,¡IJeskros ct·rca de S<1ri­mena 9000. Mina en Catalui'ia manda 3800() de infanteria y 2000 de caballtría. Avisl>al y .Espinbsa cerca de Ma·drid. mandaban 18.000 de infontería y 3000 de caballería .. Fuerc1 de ('Stas tropas vtteranas habia 12000 de miJicias y 80.000 voluntariM. Parece cierto que el conde de Montijo rrovocó á Avisbal por una carta fecha ea Madrid á 11 de mayo á entrar en alguna intdijencia con et pcincipe de A~gulmia para salvar la capital de los horrores dé una entrada for~da que era inev~tabl~ y de .loa· moment0& de una anarqu~a qμe debia stguir al abandouo, y pre~eckr á la entrada de laa tropas francesas, la pródujeron. La arbitraria administracion dtt director O'Higgins ( segun clicr:n dichos papd.es ) habia producido un disgusto jent:ral en todo el eistado, sin qm: hubiese .s.i'1o ca. páz de mitigarlo la reunion d~ la conven­cion pioYisoria, y la constitucion que ella dió, por que se atribuia á una y otra, ilega­lidad, como que no eran el r~sult.ado de la voluntad de Ja nacion emitida por sus re­presentantes, sino de actos emanados abso­lutamente del mismo director. El ejemplo de Ja organisacion de Colombia efectuada por los onedios kjit1mo~ que reconoce el derecho político, y la instalacaon dd congreso cons­tituyente dd Perú b+ibian inflamado los ani­mos de los chilenos contra la administracion de O'Higgins á cuyos ministros se han atri­buido t:scesos notables; la provincia de Con­~ e pcion se animó la primera bajo la direccion dd jeneral Freire á solicitar un cambio fa. vor¿,¡ble á los derechos del pueblo, y segui­da inmediatamente . de la provincia de Co­quimbo y aun de la de Santiago, las cos~t lkgaron al termino que ~e deseaba. El di­rector O'Riggins, 6 p(Jr que reconoci6 que ~ra forzoso ceder con honor á la voluntad jeneral, ó por que realmente estuviese ani­mado de sentimientos de paz y de la felici­dad de su patria, solicitó terminar la alarma jencral renunciando el mando supreme, y lo efectuo el 28 de enero á consecuencia de una reunion notable verificada en la capital. Las tres provincias de que se compone el t'stado de Chile nombraron :sus ajentes ó plenipotenciarios para que de comun acuer­do restableciesen la tranquilidad, y dictasen las medidas que fuesen capaces de compla­cer á. los pueblos con el cambio de una ad­ministracion regular; ellos se reunieron en congreso en Santiago, .Y decretaron en 30 ~e marzo una acta de umon y réglamento orga- 11ico para el gobierno del Estado entretanto que se reunút d congreso jeneral, y habien­do depns1tádo el podc:-r t>jecutivo en el je· nercll Frcire, se concluyó de una manera has­tante pacifica lA trasformacioo dd gobi~rno. V emo~ l't'alizados nuestros presentimien­tos, y que lus e~tados del Norte penetraron fas pérfidas intt-nciones de Ja santa hga. Los sob~ranos de Europa han jur:Jdo el estenni­nio de las ideas tibtmles, y no aspir-.m á. otra cosa qu~ á este~1der su férreo yugo sobre las Américas. Sin este fundamento y p.or solas conj~turcis habiamos dado á la prensa un discurso que se publicará en d _numero in­mediato, en que tal vt:z demostramos la ne­cesidad de la gran f tdcra,ion am'íiccna con- En ~fecto el conde Avisbal en su respucs. ta f("cba 15 del mismo mayo propone como medios que deben einplearst= para restablecet Ja paz y la union, los artículos sigment<'B­Primero: que se haga saber al ejército h1va .. sor que ta nacion junte con el rey se propone hitcer en la constitucion actual las alkraciones que la e~periencia ha ensenado necesar~s para conciliar los animOB de todos los espafiolt"s y asegurar su felicidad,y la dignidad dd trono constituc1onal;y por consiguiente debe retirar­se del territorio español y limitarse á una inter-·· vencion amistosa por medio de su embajador .. Segun®. que el rey y su ~obierno ae res.. titny:.in y establezcan en 1\-ladrid como capi• tal de la monarquía para que no se diga que está detenido en &villa contra su yoluntad­Terc~ ro: que para que se ha~.in en la consti­tucion las reformas que c¡e juzguen m:-cesa­rias se convoquen nuevas c6rtett cuyos diputados deberán pre-sentarse con los poderes- espresados en la constitucion • CuQrto: que se suplicará á S. M. dija nue .. vos mimstros que no esten ligados á ningun partido y merezcan la confianza jeneral y tambieP la de tas potencias f:'Slrcmjt ras• Quinto y ú fhmte una amni!:; .. tia jeneral y se manifieste ctisposícion á ern .. plear á los que kng-.m aptitud sin at~ncion. á i>US anteriol"t's opiniones ~ino á su p'\trio ... tismo y conocimiento~. Concluye su carta el condt> Avbhal .el\ .. ciendo: "tal es mi op-inion particular, y e~ " mo un óudacl:mo (\!ft>U'.ilol que esta hOl'To­" rizado ck la sitw10thn presentt: de tst~ F'is " y t¡uc á co:.;ta ele mi sangre qutrria ~n:. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .,e C@Yer ertlerrnmanuento dec)a de SUS 'con~ ., ' cíu cfodanos, gustosamente suscribiría cu:al­,, quit'ra repn:sc-11tación que se d irija á este '' sagrado o bjeto. •) Sus esfuerzos fueron vanos por ·que cir .. culada su carta y ra dt:l conde de Montijo er.tre lvs su jetos p-riilcipaks, y Jós 'Oficiak:s jeft.s ron que su objdo era comprom(;tt:rlos como lo hizo t:n la I~la cuando las tropas proclama. ron la con::.titucion . y pasaron á su ca5a á ~~nif< stat le sú admiracion por ser pa~ que Bolo poclia trat'f la division en el ejército; y le insinuaron era necesario t:ntrt:g as<:: el man­do ar marques de (:asteldosrios lleg ~e ral Zayas - pas6 el dia 1A á Bai. trago como parlatHtnt¡1rio par..t trat.1r la <:va­cuacion dt· l\.fadrid por los constitucii>nalc-s: y .trajo pt.1r n ·spuesta que d . duque dt: An­gukma entraria.el dia 24: Castddosrios salió c on co~ de 7 .mil hombres y .se pn~m en . d c.¡jminq ele Estrt"madurci; y Z..1yas se f1U rdó con 1200 para con~c.: r~<1r .d orJcn &·gun . lo conve11ído. :Muchas jentes salit·ron irle una considt:rablc porcion dt" Ja plebe tro:::tó de adelontarsc hasta la aduann: mas Zayus sa!!o ~ rt·querirk . el . couwnio con d du:¡ue; y le _contt-StÓ que ya htaba nida y t"nvió "ª· ríos oficiales para prc>parar cuartel<.·s con lo que se C~Jtl'siguió 1a tranquilidad, ~ta que llt'gó la \'ang·uardia frnnct:sa Cf' mpuc ~ tu de - cuatro n1 il hom brt's qu<' entraron d 23 3 las cinco de -la mariana "'t'fific:.mdulo ankl'» Zr.yas con &us trnpns.=Lnc:go qnc d pueblo supo Ja saliJa de Ztyas se rntrcgó á todo jé1il'ro de desordc..:n. Saqut:ar.on la casa Ut·rtas dd palacio de las (:'Grks, qttt·maron toda~ l~s acrns &c. &c. Pero ·s~ notó que ninguna persona de alguna repn:scntacion coucurrio & tscenas.=Con la llt:gada de tnas tropas s<· cubrieron todos los pumos y cesaron los es<'c~us: se nombro una junta pro,·isional cuyos miembros fueron Erro, Eguia ,. Cd!deron; que iumediatatrn:nte pu­blicaron bandos en que se cli~po nia que nin­guno que hubiese St:rvidu en d anknor go­bierno ó sido dt:' b:. milicia naciPnal podría 5er empkadn; y ciuc anubbtitucio.n; pero se hizo reparar que á esto no cuncurrió ninguna ~rsona respt-table. El diu 24 i las nueve entró el cluque ele Angult" rna por la put rta de los Rccoktos abajo del P rado pasando por un urco t riun­fal y se ap<:>Ó en la cusa del duque de Vi:la . h ermosa: e11 fn.:n tt' se ~tlojó el duque de R tjio; y en el curso ck l dia (:'Otraron B~: sie rt's, ' Quesada y C isneros; d cual ,..fué nombrndo comanchmte ~e Modrid. Lu<.go que las tro­pa~ dedi b ron dela11 tc del d uque ele Ang u1e­ll' ª y la municip:i li conCt JOS de .~tilla y de In­dias: despue!. de un 3Ui1Jllt' n1uy vivo t'n qü_e pnclio 60 pri'5ioneros y 15 c<.1rros ral W1lz11n con varios oficiales inglt:ses . .fr:.inceSl'S y akarnmes ~e halla en G:tlici:t inflRmando los a1.1m->s para sostl·oer la constitu r·ion.-f.11 el M t diterrmwo hay much••s corsarios t-spailoks <1ue apresan todo bnqU<: frat)Ct's. . (tJ-> Posteriormente hemos sido informados q.u l' un cuerpo .de 24 n1ii fomcc:ses se dirijió á &"illa donde se hJllabs. ,. el n ·y: c;¡ue suspenso este &.:l ejercicio d~ la autoridad renl fu r. tr.-1sladaclo á Cástaba en guerra con esta na cion. Se ~blaha rlc admitir la medmcion de Ingla­terra para terminar i,:sta guerr.1, y ae atribuia este paso á la poca ,sc--gu ridad que el gobier­no frances tt'n;a lle terminarla conforme á la!i micas que Stt habia propue~to. Los const1tu­cionak ·s de Espantl sin embargo de tener pocos medios militan·s estaban acreditando una firmesa, y constancia estraordinarias. P A TRIOTISM9. El tf'niente corom~I Jos~ de Lima ayudante de cumpo d~ S. '1j. el jt>ne­ral en jt>fe d.-1 ejército d., VN1ezttela ba <-edido á favor tfol Estado· f'l habt-r militar que le 1~ñaló la lt-y y á que la comision principal le declur6 acre­~ dor por decrt>to de 27 de •~tiemhre del Hño ru1sado: igualmente ha cf."dido 101 sueld º' dt>nngados d~&de 18 de febrero de 1819 hasta último tic di· eitmthre de 182 I, asi como ia t~rce . ra parte 11 te ~e le \'U Jan rt> teu Íf' ndo. ·El gobi.-ruo •¡ue ha vi8to con üpr*'ciO _.sta Cf>8ion la ha !Hlmititlo :v ha ma1uJa. do Cl'le 8e le tlt>n la ~ gra<•Í :.t; por••" t ... ac. to .J~ jen~rositlad J .de amor á la Uepú. hhca eu suyo 8et·v1cio ic haHa. El preshitero B~rnurrt>flhit1.·1·0 lhf:it'I Villamisar c:1r0a de S:1nc~ y t-t:11w ci1u·1u-nta pesos á fuvor dt!l t.J••rc1to d~ Iloy:1cR. f"n f'UVn comi­sada, lo!" . han P.n tn-'gado. Ei gohi e r­n o a <¡ 1t1~n .. el j t> n r l'H l l' o urn·nrl ante j(~ n~rnl cJió i.:-m·nta de• <"~ h•~ . .J•"' tH·ro !ilaS l'-t'MWaws ha mandndo n las gra c ia~ Í& (•1s 1f n o:rn t~ 1 y se publittuen pas:a su sati ~f.wcivn. Los vecinos dtil t"antnn de Tt•nqa en la provincia BoY'IH'á-l Y "º" fH'IH·has bn cuosta11tt~nwntn 1·epeti pa­triotismo y d..-siut•·rés, lo' t•s p·lñ ci lt•1 nfinuaaa serles favoralJlc la upiuiou Jo UUt-~t1·oa1 put-hlos. ? Esfomos autorz:wdfíJs para púhlicar lo• s1guu:ntes .AYISO!l. H·~bi.endo en ~os almnc~nes de t-sta eapi~aJ• ~unc1entc caflt1dad de mtro P"ra los trabajos de la fábrica de pólrnra ¡¡o se recibe por hbr continuar luego, introdu. ciendo sus nitros en el p;,irc1~e. "En PI depHrtatnPnt~ df" n oyncá Sf' ha· llan ~xiu~n·tt· s 3829 n1Toha~ v 21 librBl!I de tnhaco inútil parida fah1:icacioD .de (!igarros y consumo intea·ior: pero pu• diendo tener 1alirla .-.n el t>stranjl'ro, el gohi~rno invita á. los ne<•0<·iantt•8 á que hagan sus pÓl'tnras al ~fe cto dt-n­tro del término ele J.rt>lota dia11, com­prometiendosf' á ponl'rlo en las orilla1 · dd rio Sogamoso para ft&cilitttr su e•­por:: acion. Loa mf'morialr1 que con­tt> ngan la of~rta ó proposicion para el retuate, se prt•!lelltar.án y Herán re­cihidos en la secretaria de ltacienda haita e\ cumplimiento · dd plaso se­ñalado. · A LA JUVENTUD. El dia 18

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Por: | Fecha: 21/09/1823

GACETA DE COLOMBIA. Nº 101 BoooT .& noMtKGO ~ 1 nz SETrUillRE J>E 1.8~!l.~13.. TRIMESTRE s. l ' Esta gaoeta sal~ los domingoa. Se .ruseribe 4 ~114 tn Jiu ~ ~ La .suscricton "antial va/1 12 pS¡ 6 la del semestre y 3 /a de/ ~ adrnt rustrr.cione.1 de corr~os de lJogotá ~ Cara-cas , Quito, ~ ~ trzm~.ttre. El ~óitor átrrjirá ltJs núms. por los corn:vs á lo.r j' Sanramarta ~ Cartajena ; Pt!payan • Citará t Panum4t S \ suscrf tor,.s: y lo.J d~ esta ciudad los recib11·án m ta trmda · Medeíli11, Cumaná • Guayar¡uzl y Maracaibo. ~ \ de Rafael F/orés, donde tam6ien .se admiten 4zucrieione.r V" ., \ venden Josnúmtt.. á 2 i~ reaie~ ~ "'.,..,.,,.,,..,.r>I"..,..,..,..,._,,,.., """""_,..,,..,..,.,.,. .,,.~.,..,..;-..,..,..,.~ .,,._.,...,~ ~-_,.,..,...,..,,,_,,,,...,..,..,..,.,. .,..,,..,..,..,..,.,.~~.,..;.,...,,..,...,..,...,.,,...:;-~ LEYES. El ~enado y cámara de representantes de la rep ú hlt1:a. de Colombia n;UJtidos en congre10. V istas las contratas t~lebradas eritre el st. Francisco Antonio Zea ministro plt:nipoten­ciario que fue de Colombia, y l_~s sres~ Ri­vero, B1;ussengault, Roullin, Bourdon y Goudd, en Paris en el mes ck mayo de 1822; y para cuya estipulacion estuvo especial, y ·espresament~ autorizado por el gobierno de :la República; y TXNIJ:lfDO -EX CON SIDERAClON! l. Qu·e el paso que han sido ignoraS. ~uela de minería con una penston los fondos clestltia­dos ·para el fnt\sco, y c:scuela dt! minería pue­dan sufrir los gastos de la susbtencia de. al­guno, ó algul\Os JÓv·enes, qúedurán t;sceiit08 los propios de los departamtntE>s, 6 5us rts­pect1vo: s padres de Ja carga de mantet1erJos. .Art. 11 La designa~10.n de los que debl.1\1 ser mantenidos por los fondos dd , establ~ci­miento e11 lugar dtl ramo de propios, se ha­rá por tnediu dt! la sat:rte entre los jóve­nes pobtt's .. Art. 12 En el primer año ven~ran sola~ mcntt: seis jóvenes: en el segl1ndo vendrán tantos jovenes, cuantos dt"partanientos rto los hayan e1i~do en el primero. ~oncluido el término de los tres á cuatro ai'ids de eiuc~ fianza, S<:tldráo lo'i jóvenes que la hayah re­cibido, y los cuales serán remplazados por otros tantos enviados (füt' sus respectivos de• pattamentos. y asi en lo s~cesivo, de m9do que desde el segundo año en addallte há de haber precisamente tantos jóvenes r~~siona­dos cuantos departametttos hay en la. Repú­blica, segun los términos t<:fondos en lo~ at­tícu los ankriores. Art. 13 Term1aada ·Ja ensdiahza de los ~s á cuatro años segun la aptitud que ha­yan manifestado los alumnos, y lo que resul ... t~ de sus e-Xaf!lenes, el g-obiemo · ks _,dará. ~l titulo de ofictales de mmai, y pos objeto$ quo al rnd1cad~ r1J entreg:crJa sm tibraniíent-0 del se~rt:tat-io de. hacienda dirijido por d dei In .. kt1or. . Ar t. 20 De -este fondo ac ttf>Qoorá n ~s gastos que por a.hora haga el ejt:cutivo de ·cualquier otro para este objeto. Dado eh Bogocl & veintiocho de fulio de mil ochoci~ntos veintittts .... decimotercio-EI viceprt:sidente del senado J2Rol'fi.Mo Tos.. lt.Es-EJ p1tsidehte de la cámara dé ttprcl" sentantes DaMIN·GG G.ucEDo-ÉI secret:Brio dd seha-90-Antohto José Caro.-EJ diputad() secretllrio, Jo~t Joaqum Suarez~ --Palacío de gobietrto t'tl. Bogotá á Vt'intiocho dt- julio de mil ochocientos winutr<.·.s-décimntercio-:-Ej~ ... cutese-FRANCtsco D:i .p. SANTANDER­Por S. E. el vicqm:sidrnte de Ja República encargado dd poder eje-cutivo-Et secretario d~ estado del despacho de·I in~rior-Joal .A:f.._ nuel R.ESTRltPo. El senado, !I cátnartt dr r~(J"Smtontts dé la repúhúea de Columbia reunidt» en conjre10~ <:OH Ul>I: ll,A lf DO: Que atendida Ja estcnsion de Ja RepdbJictl sería muy util y ventajosd para la facilidad, y prontitud del despacho,un estabkcimit-nto Ji. tografico, dohde se copien las ordenes, planos, circulares &.e. que de_ otro modo se re. tatda_rian; J'lBC&l i¡- .Ur: Art. 1. Se aprue~ la contrata ~ por tl ministr9 Francisco Antonio Zea con Carlq~ Cazar de Molina para dirijir en esta capitel ·un establecitniebto Jitografico. .Att. 2. Se autoriza al ejecutivo para que pueda hacer Jos g-.tstos que sean necesariQs para ~u formacion, y conser\racion. Dado c-n Bogotá á primero de agosto de mtl ochocientos Vt'íntittes; dt-cimotcrcio-El vice-. presid~nte del senado JE H. o iu M o To a 1t Es­lll prcsidc11te de la cá-mara ele repreSt:ntantes DoMt wco C.uc• no-El secretario dd sena• do-;Antomo José Caro.-El dip~tado secretario de la cám~ra José Joapm Su.arez-Pafac::io del gobierno en Bogotá á primero de agosto do mil ochocit'ntos veintitres décimotercio - F:jt:cutese-Fa A xcuc:o n-.g P. SAN'l'AN• DER-Por S. E. t"l viceprcsjdentedcla Rep~­blica enc~rg-ido del poder tje.cutivo-EI secre"' tar'io de estado, del despacho del int«lor­Jos K M.ANVEi. R.EsTREPo. El srnado !I cJmaro de r~preuntante, ~'(11 repúh/z;a d~ Cchocit ntos Vt'int:&re1i-llt:c1 mott'rc10-El v1ce­prt> sidt:'.nte del senado J uw Jl 1 M o To R R Es- 1':1 presit"cre­tarÍQ de la cá rnara-José JnafUin S1wrez­P& alacio de gobit·rno t"ll Bog• >{á :itgosto pri­mero de mil ochocientos veintitres-trect'- F.je­cutese- F at A N<:nco DE PAULA SANTAN­DER- El st·crt.tario ck t-!Starlo d:.:l dt-spacho de:: hacieuda-J~s; .llana del C.A.sTIL'I.•>. TIECRW'.1:'0 D~~L GOBIEBNO. FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, d~ l(-s lzhertadttrt!s de J' ~nezueta y Cum/1. r1ttmarca, condecorado cun la cruz de ha . ~acá . jf'ne.,ol rle d1vzswn de /ns t-jérc1to! d~ Cotom'111fl V'ª/J~t:sidr:nf' dt: la Repuh/u;a, en­~ ª''Kº"' ' d~ poder ,.j,,cutivu f.P~. Autori::sack> par e! dc;crdo de 30 de julio últun1, }~4 dotar las &:cretarfos t.k las cu r i4l~ ecksw~ticas dt las dió<.:t:si~ dt: Ct. >.on1bi0& t:n &c:dc: vacanb ; ltl: VENlDO .l.lr J>ECRET.\I\ Y J)ECR.ETO: .Art. l. Las secnt1rías de las curws metro­polÍ\ Jllai; de: Bog~t;l y ~arctca:o,, y l~s. dt· loi l •bispados de Q11rt11 y Cuenca, rt·c•bmm por ehorct de hs rt:utA:ls dt:cimalt·s etc:: la partt: que St" rl1stnhuva <.al Est~d<> mil dl>cientos ptM>S ;,nw,fes. i.:.s St:'Crtt~u í .• s de las curi:.1-; de:: los f>hisp¡idos ck Cartagt"11a,S.!11ta1fttArtntes, stt haga en la d1stribueioh d.~cima '. du,uccion de-11, que por dlas corrt·s­J> tmdia á la ordt-n de Carlos 111 y seminario . dt: nobles cte Madrid se tomará de t-Ua la cantÍdéicl st· fü1l~cla t·n t·J articuh' l. espresando­l! M: t-1• • stt- Cgt •tá capital de la República á veintiseis de ag11:,to dt> mil ochocientos vdntitres-dt-d. nmtt-rcio-FRANCISC<> D-E P. SANTAN­U E R-El secr'°t:.irio de estado dd despacho dt: haci~nda-Ju1~ Mana del e A' T 1 L LO .ADIC-ION el ck.creto del gohi~rno r'c1tnpensnndo á /01 /i. hertadore1 de Maracaíbo. En fecha de 17 fld corriente ha declarado el 'iupremo pockr t"jt'CUtivo que el comandan­k jc:nt"ral rcito ht:ridos.-E/ secreta"• de estada dt'/ dt!spach,, de ,marina y guerra.-BucE Ñu ~~NDEZ. ~ CONGB ESO DE 18~3. El tiaronel Domi11gn Ca1cedn prestd'-tlft! rle I" cámara de rrbreser1tantes drjo el tlia de .fU receso la s1glhentt: alocuci,11. HoNORABLJ:S REP.RESENTANTBs: En este dia dt>hen concluirse SC:'~Un la co1.stituciun la& funciones de Ja Jcjislatura. l.a opinion publica st· ha i1ustratlo por las dis­cu~ iones fundadas dt: los sabios rt-prt.'~t'n­tauks, CU\·a franqut za y lihntu<.1 i11fundirnn co11fianza ;o la nado~, darán mS n~ct>sario en una ttpública naciente cuando ~obrt: la:i ruinas dt' un s· 1bt'r­vio y npuknto l'd,ficio que llt-gó á é:lguv1ar nuu.tro <.:udlo, St: mtc:nt•I h.:vaa.tar otro sóii­do é inderruc ttl .(]U l'. aura 11os vemo~, os hahds hallatlo en la urjentt: n~· cesidad de: fürmar kyi..s ro sus ideas sol1, c(lrrt-sponclen a cl1os mismos, mit11tra'i que la nac1lln t'nttra C• >11sdgrará. sui; v1.1t• .::;, y C:ifianz"rá su t"Spt:run. za en vu<:strn fü'flKZ •-t, co11:::.tan<.:1a, y pcttrio­ttsm¡¡: con t4Jle:-. cmtlidade~ cle:::.cmpeifareis ~n la ~iguiultt: kjislatura· las augus tas fonciont's qu~ os ha t"~argado y rec1.11rn::ndiilrlo la pzs. tria. R corda<.! la~ le. cciom s qut: pn se11ta la historia 'de los sigins pa rT11S ele lcjs v1 t;1:::.ituJt•s e\, i tiempn y dt los tiro::s de la l muiaci .. 11 r f1nat1smo: tur-clitad las rt·solu. ciout ll> dci ~ri..- opi:t go 1k Att·nc.1s, y la irn1t·za drl St"nado .n>mu11<•, seguid traba¡andn p.,r la fc:licidud dt·. la nac1i1t1: r1.:cibid el culto {!t: la patria, y 11 :s siuct.:ros V\1tos tlt: vut·i:tl.ro cum­pafü: ro y ac11ig11. Las ultimas comunicaciones del LtBE'l­T ·'-no K pre~idente qm.• ha n.:c1ilidu d g! •Dh r. no son de 2i de julio u itimo desde Q11ito. Los dc-partame11tos dd S11r di:::.f.-utaban de trc1n ¡u lid.ad, mcn1 •S los e:.h:dt•d 1r\ 1 de P J~to 'JUt:: ~un t"Stuban inr¡u1t·t ;,1dos d&" tus facciosos que e~capar<>l1 t:n la jornada dd 18 de ju lio en }h;.¡rra. . El dt:partamento dd Istmo cfo,frlná igual­m- rute dt· tranquilidad, y sus hlearlos con fruto y pruclt::ncia en la cam­pana: el je1wral Sucre lkgó á Lima donde foe rt'cihido C<1n att'1~<.:i nn y 5olemnidad.­La si~1ticnk c :>munic:.1cion despue-!i de otros acto!'t púhlicos mamfiesta cuaks son las miras de Colombia cun respecto al .Perú: REPt1BLIGA DE COLOMBIA.. Lima m11yn ~S de 1823.-St'ñore.r 1e·· cretarios del StJherano tongrestJ .=Al t:ncar­gl: lrme de lct legacion ck C•1lomhia cerca dd gobierno de:: la R ·pública Peruana, nada fue mas grato parilt mí, qne d imponerme el de­ber de pn:stntar al s<.,bcrun<> cougn·so dd Pt:rÚ los sentimientos dt" acretos del 5 y dd 14 cf<- este mt's, promulgados posterinrmen­tt' ~n fo gaceta nfkial, lw t'11contrado a la vt·z t'I mas solt:rim~ testimonio de gratitud s11 d t.-1 Perú ha ana. dicto á mis ordinarios c.l t:b cn:s un nuevo y naa8 noble motivo ck rt'C<1lll J<:imit:11to. Un Sl)lo qér~ito t"S puñ 11l t:s el que niancha hoy con :tll~ plci nt;.ts e 1 sudo perua­n n; y la Am~ric •~ di..·I ml'cliodia 1.0 rt.cnno­ce otro t'ncrmgo contra 1.¡uiu1 diriJ \r sus comunt's c:sfu c- r2oc;. C11lombi:.1 cumplid . ea l-. guerra dt 1 Paü lo~ ch. twns qm: lt: c :)rrt'i• po11dc t:n u11:.i lud1<1 n aci · .11.d. Yl> me h <1 bria npn: M1rc.tdo á trc:1smitir ~I aob•r¡,¡ nt• co11grL·sn mis <:trdi\ 11t ·s v11t1>s por su f:· lic1d<1c1, y p · >r l l r- x itu di- sus in:::.titu• ciurit·s, 1i lllt' hub 1 e~e c d hunnr de rt·prC!>t"llt.1r.- {)¡,.,~ gu.rrdc ti. Ü, S. $.-.di#• ·tumo Josi úe Sucre. F.I congreso Ja riyó cnn el mnrnr ;igra~ dn, y ordl.."nÓ s~ contt·stast· al se ií1;r S ucre, ma11if;·!Sta11dolt' los scntimif"'ntr.s d t' ci.mrJla .. Ct't1t'Í<1 y gr:.ititu cl yul'" hubia t.· ~citado <"il l~ re­prc ·:,1 t1taci(1n dt 1 [>, ru un <;frecimicnto que ·no s11 lo gar•1nt1z<4ha la i11dq it11dt"11cia rltl puia t:n cuyo '1Ul;.ilio h:.tb1an Vt 11id11 ttJn p rot1t8' y jt:a¡crosamt>nte las trop<'S Col u ni hi.J, ~ino tumhir n Uit f¡bcrt<.1rl 11at"Íhtrnl; Clln cnya medi­da eiF.ad1i('n1•• d 1· I Peru nnmhró ("n 24 de mayo al jt>1ienil Sucn.' jenf'r~l · e n ,rt~ dd qér. cit1.• un ido cid p,. rú, ) c- ~tc jeL lil'nit'n h , ~ s id r> convid<1l •s l" ~C u .as <-n 1t!rmi11ns s<: mt·ja11t<.s. T ;al cllnducta :í lia llt> quiere ntra cosa t>•• t: l P\.·ru <¡u.e ci.o pt·r.,r .(.. su ind, pt' nd<· 11ci ~1 sin 1fü. zcbrse en sus n< g<•­ci, 1s domt"sticns que solo sou pt culwrei, a la sob~rariÍ.t de CJda t ~tado • REPUBLICA DEL PERU·=D -<.N JosF. Dr.' LA RrvA-AGUER•.·, P RE sr nEN T E D E LA R.i¡. PUBLICA, GlAN lil. A HISCAL DE SUS E.J.&&­C •Tos. &.c. & i:. &c. Ei,cmo sdi nr- El s<.ih~·r;ino r. f) r.grcsn pene. trado ckl mas vi vq n c 111H.c ir).1knto pnr Ja act!vidacl y t' i,npeñ o e1111 que se ha pn sta rlo V. E. á s11cr 1rrcr al Pvrú e-n las críticos mnmt"ntos t:n que su lil> c rt~ d aCi1be1ba de r~­cibir una h·:rida t .il vez m nrta l, si11 la pron­ta y dic4lz C(l()P' raeion de la repú l 1ljuo. de C11lombia; ha Vl 1t.:r unanim idad, una solemne accion de g rnciü.- á V. E. c omn u11, t i:-stim111no público ck la grat itu •I p_erÚaJJa. Tengo pm·t:i, c 11n el mayor pl¡1cc:-r la honra d t' 2\Compan ar á V. E. d dc·cr,·t<> t·ste modo los v o tos :'\inct- ri •S dt> tocfa la nacinn altariit:-nk agra rl c-cid .\ á \'. F.. por tan 11diala OR PB.~SIDENT.lt .DE LAR.EP'UlU.lC.A J)lt CoLOKBif;. y lm. particulart~s servicios que ha hecho ulumamente al Peru con el auxilio de sus tropas siempre vencedoras: . ~a venido en rotar y ha votado por una- 1um1dad, una solemne . accion de grctci:;is al l..tBERTA.iOR. Plt~SID.ENTB D.E 1.A Jt&PU• JILlCA na Co1.011:.n1.t. T~dreislo cnten~ido y dispondreis lo ne· ecsar10 á su cumphmiento, mandandolo 1m­pnmir, publicar y circular. Dado en la safa del congreso en Lima á 5 de mayo de 1823 .&. 0 --29 .-,Corlo~ Pedemente presidente-Na. fJuel Ferre.ros diputado ~ecretario-FraMisco Herrera di11utado secretario. "po r tanto eJ~ ecutese, guard~ y cumplasc :: en t~as .sus partes por 9ui~nes conve?ga• Dara cuenta de su cumplnrucnto el mmis. " tro de" estado en el departamento de gobier. • 1 no. Dado en el palacio dd supremo go. " bi~rno en Lima á 5 de mayo de 1823-4 o "-2°-JosE D& 1.A RnrA.-AGVERo-Por " órden de: S. E. Francisco ?Gldivi~•o.'' R.tt PUBLic A D.E L PE R 11-noM Jos E lt:E LA R1v A Acvuto, PRESI: DEN TE n~ t.A RE­" PUBLICA, GRAN ICARISCAI. D.& SUS ::J:J E RCITOS. &c. &. &c. ESCMO. SOR.-Cuando invité a V. E pa~ que viniese ,á dirijir nuestras empresas m1htares, como unic" medio de s;\lvar al Pe. rú en las críticas circustancias en qlle . se hallaba, conté con la voluntad de todos los p eruanos que deseaban ardientemente lo mis. mo que yo proponiá á V. E. El aoberano co.ng~eso acaba de confirmar la esac'titud de m1!i 1aeas en este particular. El ha esped1do ~ dt'~reto que te~go la honra de acompa­nar a V. E. manifestando sus vivos· deseos par que llegue á realizarse la venida del héroe de la América. Despues que V. E. ha llenado al mundo con su fama dando la libertad á su patria con una constancia un valor y una pericia propia solo de V.' E. no fal~ á su gloria sino que emplee su es­pada siempre vencedora, en favor de un pue­blo que~~ sus mayores desgracias ocurrió á Li prottcc1on de V. E. Est.i principiada la obra con las poderosos auxilios que V.E. nos manda. pero falta para su completo qne ven. ga V. E. mi~.!11º.' cuyo nombre vale moa que numerosos ejercatos. Haga V. E. presente al eottgreso de CoJombia, la ánsia con que lo desei el Perú del mismo modo que el go­l> ierno y el pueblo; y estoy seguro de que ese cuerpo respetable no desatenderá los vo­tos de una naeion aliada de Colombia por naturaleza, que ha sufrido la misma esclavi­tud que ~JI~, y q!le tiene el mi5mo empeño en conqmstar su tndepend~ncia y &u libertad. Venga V. E. á dar un dia de placer á los pena anos, de muerte á los españoles y añadir un nuevo é inmarcesible laurel, a los que han ~olocado _yí. 5U glorioao oombrs e.i el tem- G..&.CBTA. DE COLOIDlü. plo de la inmortalidad. Tengo la honra de reiterar ' V. E. los aentimientos de Ja mas di1tinguida consíde­racion y perfecta amistad con ciuc soy de V. E. ob&Ccuente servidor-Josl d~ lo Rivs­Agu,, 11-Escmo. St-iior LJB.ER T ADOll presi .. dente de la república de Colombia Suco• BOLIV AR-Lima mayo 15 de 1823. Dec,.eto ªf~ #refiere ÚI eomunicacion snteri•r. EL ~ONCitESO COlfSTITUYEMTE DEL P.Ell17 Por cuanto ac halla enterado de que á pesar de la repetida mvitacion del presidente de esta República al Libe.rtador presiden'te de la de Colombia pan¡ su pronta venida al terri­torio, la suspende por faltarte la licencia del congreso de aquella Republica, y creyendo de su deber allanar esta solicitud. Ha venido en decretar y decreta:Que el presidente de la República suplique al L1- B E R T .\ D<>ll presidente de la de Colombia haga presente á aciuel soberano con~cso que los votos del Peru aon uniformes y los mas ardientes por que tenga el mas pronto efecto aquella in v itac1011. Tendreislo entendido y dispondreis lo ne­cesario & su cumplimiento, mandandolo im­primir, publicar y circular. Dado en la, sala del congreso en Lima á 14 de mayo de 1823 4 ° -2 ° .. Carlo1 Pedemonte prcsidcnte--Ma­nue:/ Perreiro.1 , diputado secretarfo •• Fran­~ üco Herrera,, diputado en el departamento r/e gobierno. Da­do en 1[ paloczo del 1u/Jremo gobierno en La­ma á 14 de mago de 1823--4 ° .. 2 ° Jou DE LA R1v A-Ac U.&Ro.Por órdcn S.E.Fran­cisco V aldivieso. &sion del congreso del Perú del dia Sl tic mago ''"El sefior Ferreiroz llamó la atencioo del congreso con esta proposicion. Q111e •~ nrJmbre al LuERTADOR de Catom!:najen~­rait. 1im11 tic lt1s armas del Perú. Fundóla en razones jenerales, tomadas de las virtudes militar.t'.~ de este héroe, y de las ventajas que reportaría la próxima campaña. El sefior Sanchez C11rrio1t cspuso: que estaba penetrado con el congreso, con el go­bierrro, y con el Perú todo del influjo decisi­vo del L1BE:llTAD01t, no soTo con respecta á la campana yecws: otr!' espedici,,n m .1s brill.rntc! sc:t t1Ctl'Vci~ t·j ércitos aun mas m.1- m ·rl>Si)S vat1 á fl•mer d liiti;no término á t'Sta g :1erra de vasta~! · >nt, y van á co11fü1'tdir pata si';!mpre la tenacid.td e'>panula. Unci noble C"mulacit>n de i11trepirk2 y d~ gloria va á st1s­citarse entr~ · ain ; 1.,s e1ér~itos. i Pud>los que aun jcmis b 1jo d yHg .. . oprt'S">r? ya desde ahor .. podt'is Cn Yuestra H!xrtatl} _va desde ah->ra entonJd los cánticos cid Uiunf 1! Acordaos, que l'>S bravor.; que Vlltfall á. li­berttrns, son vuestros hl'rman-o.... L 1 S('Vera ~ip'ina de hts tropas ere la patria n:s¡•··ta­r. i· Vll~t~ pro1>iedadt:s, y será v11 e ~tr0' alStad,;n y la muerte ? Lll'go ,.¡ d\ehn­~ dia ·en · que poctt!"1s ahuyentar pata si~m­ptt ~ hid1'".t mf:.irses de este va~to hcmisfo .. rio? ¿·Jcmk'á solo eR ia e-sclavitucl., cu.mia ha confo ndido de una Vl·Z b suhervia <"!tfWlil~>la, en tiempos en CJUt' la 1>t4nimmlJ en toda su o¡iulencia y vigor i-nun. dberano htt dt·crc:tado que- se: c.i!nque el fttr'•t'> dt-l i:1m1>rtal Praclt dr::ohrspo de 1lfa­¡;,,,,~ t;n la sah• d~ su~ 5, sirnu:~ y que st.· le ttmita una m. ·cl:alla ele nro CQn t-!\t:J \nscridn11: •l corirr-r.tt? c.,, .. ,s11tuy,.nu del P~rú á la ifilf. lrt1ci•m yji'r.Ntro/Ji11 l•CU , .ar& 5U distinguido lugar en la bi:-;toria de nuelStra santa revulucion. CONFF.DERACION AMERICANA. ( Nottrinsn j,.,,~rt1l d~ Mcjicode 23 rle alml. ) ~l ilu~tri~imo hunoral>le señor d. José l\loralt's ~mbajador estraordinario dd Peru ~rea dd gobierno de Méjico, llam:ldo por el auyt>, snli6 de t·sta capital t:l dia 15 dd pre­• nte. Por los bandos publicados en <-·sta ciu­d, at'ndenc1~ lijcn­cia edoe a!unt()S de ulto gc,Lkrnn, ia: que no haya pro~ur,ulo formar una a lianza intima pam snstent>r la independencia y libc-r­tad de su na~ion y la nuestra, y una liga ofen aiva y rlt f-nsi,,.d. para torlte a~unto t·s de much•• magnitud, y ha intt:res kni.1 t:l S 1- ·dc: d-i­clt'. mbre de: 1819 y ~ otra rnitt:rta u11a trnicion y re\'ddia t"n opon' r r'":,i~t(·ncia ctl t-j é rcito fr~nct~· le dirbn:ios que la ·opiriion publica Cile la i~nimmla no <:~tá por. !as j 11stitnciom:s lihn·c1lt~, f:Ut'sto rt~ Angu kma, y j~nt:ra­ks r, fr~tari11s; le diriamn.s que: d gcJln1 ·r· 11u cou~t1tucio11al ~ra ltna gab•lla de u1.11hicio­so~ que por ~us intt. t< S1 s t>t:"f's())mlt-s habian ~•1cr i ficacto y .continu..aban sacrific•mdo al prn. blf) ~sranol; <¡ue b\Js tjércitos no tróln otra Cr•Sill 'lu~ rt:u11ionn; de vandidus concit:.idos á vivir cld ei>knriinio y Ele la ruina de los le~lt:!'-; qut" Mis lep: ~ y bUS dt:crt:tps t-ran la obra de la inst:nso.tts y d~ la un1rpacion que á t 0unta d~ bayoneta {jUeria.n hactr valt'r á los ojos de lu:s but·nos vasallos ckl n l• le d1tihmos •••• t(ld.ils las innctivas y pri 11ci­pi< •s fobos que 11os ·han regalcido dt·sd" b iet1 atni!5 t'll sus papdt:s y comunicacicm~s. La re-t~cirn1 de un t spanul avn:mdado t'n Ami:'.'· rica, la clt>frccinn de un indio t-stú¡iido, .Id opininn de un fruilt· DV, han si<-:a de tus es¡:aií< .. lt:"S libtrales p•.m.t m:g <1r c¡11e ·W <,pinion jem ral dtl pueblo amt-ricano t'~tu viese pnirnmciada p<1r la indt·p«ndenci:a-Allá, la dtfrccion ele un pU<·blo, la dt·st rci• n dt· un cura ó de un j~­n-.> ral p~suban por inciclt-ntt·s de pnc-a idh1l~ n­c. ia y cndl·n .. cia-A !lá se ~ostt:nia con firm<: sa que la ma .. ) ona dt> la riacic1n qut'ria ~t-r gC'lbt=rnada t)Or el r~jimen cpnstitucional, y tJUe h·1s pokn­cias dc:bian re~ui¡octr la voluntad de: Ja ma-yoria, aurn1ue se suhlevas"n re-inos enteros coa10- d de= Cé\talta n.1 r V!::-;cap1; acá si un pUl blo como d d't:' l'a :.to, ó J:,, Ci~1wg .. t se c on­mu, ·v_e para fü cilit;Ar::,e d bi11< tes t. L:roptc·• Á. n·conocer la volunt ad fl ! · ,,Tocio In que la E'.~p~ ña ha dicho cc·ñ. tra d (JOdt r absnJuto dt: uno ~1 1 10, la An.e­rica k> n-pitc: crnltra d puckr < ·b.solu t JlVIS C;'r.trddn t'n la c1v1llf.ité4S. To­oavia se qtii~inu v~r á la An' érica tnkra¡ ya S\Jfrit11do t n sikncío d d<. ~potismo del gobit"rtio de Madrid del a1\o 14- ya rt>ci­biendo con alt:gria la con~titucion pre .ck1tna­da por lh:-gn d año de 20; ya duda11do si dt l:x-ria otx·drt:t"r al rey constit'!J-CÍonal t'fl­cerr<: tdo t'll Cadiz., o ~¡ á la'l'('jt.nt:ia de: Ma. drid presidida por d duque dd infat•tad«: y ya l'n la upc-cteti\'a' de si qnt-rlatia -abolido d r~· jmit'tt constittrtiun .. l pnT t'I triunfo de lo~ f1 aJ !C('S'f''S V b~rv ílcs, ó si sti b,;isüria has;. ta tJ de so bn.a. nos. R~ fit xiont-'S tan •,l>vi:~ y tan r<: 20nubl~s no )wcen fut rza t·n el a111mo. dt." n U cstrc ~• c:1wna,gos, y lºS d<:- lamt'ntar, •¡U<:- sit m¡:rt' 11na c.b ligt1tn á rt .. pctiÍ' 1m<·vr 1& s.1l't ifi ,.;o.. y.nr no qm·rt'r ISfr jtibtos P,·ro qt1é 1.t1\1c. h· 1 ~i ni d c.i1iimo de· los t-· p tch1clort's de t'~la s con un corazon dncil á los scntimit-ntc is dt" ju~t ici~ .. h1jrJs d~ la ~n .. ta liht·rtad, no ..,., demos nwnuis <¡ue al con. te mμlar la 1uf' ha dt' los t'spañc dt·s copstitu­cinn~ lt:s, d1rijir al cr\.'lo ntrf'~trns vows por d triu11fo dt- la cuusa clt' la libl·rtacl; 1Jlvidamo!I t'n .t:~k irn.tank nm·str< s lllgrnvio ~ , y deM-amo& Vt:h('.'mt:11tt mc::nk <¡Ut: l<1s que con las armas en la mano han t mpn-ndido <1rrt:batar á Espsna d códito de su bit'n, encnt ntrt>n en rila su Cé.l~tigo. Triunfe la causa de: la filosofia t·n la pC1tria ck nuestros t'Ot-n1ig<1~, y no~o­tro!' i los colombianos la hart·mos tri\.mf:.r aqui sobre los qm· s~ arrnjt-n á v<-nir á naarr hi 4 tar MIS latirt'ks v á d t·rramar MI ~'lP[?'rt> t'R cuntradiciun con· !:IU8 principios y su ·gloria. Pf:RIODICOS. Tenemos ·á Ja vista t-1número1.0 del M ... mtor quiteñe que se ha ,.. mpesaclo á pú.bli­rar s~natma lmt"ntt' en la ciu.dad r1- Quito.:::;a Es mur tr" cnpitul - puhlicacion

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Gazeta de Colombia - N. 102

Por: | Fecha: 28/09/1823

GACETA DE COLOMBIA. ~4'.Tº •.J~ 102 BoooTA DOMINGO 2S DE SETlEMBRE nn 1823.-13. TRI~STR.E a. ~'°,' \ ~ Esta gaceta sale los domingos. Se suseribe á dta en /Jla ' \ La suscricwn anual vale 12 ps. 6 la del semt?-stu y 3 la áél " ~ admtmstrG.ci01les de correas _de Bogotá , Caraclls , Quito, ~ ~ trimestre. El editor dzrijirá lqs núms. por W.f correas á los ~ ~- Santamartr:z , Cartajena , Popayan , Citaré , Panamá, \ ~ suscritor~s: y los de esta ~iudád los ~ecibtrán ~~la. ~renda ~ ~- Medellin, Cumaná , Guayaqutl !/ frlaracaiho. \ ., de Rafael Flores, donde tambien s~ *ldmiten ~u-sérrczonea y s~ \ ~. ~ ~ venden los núm~. á 2 ~- reales. ~ ~,,..,..,.,,..,.,,.,.,,...,.,,...,.,,,...,,, .. ,..,,.,,.,,._,.,,...,..,. ___ _,.,,.,,.,,.,,.,,.úblzea de Colombia, reumáos en con~re$o. TENIENDO .EN eONSIDERACIOl'f: Primero: que la estracéion clandestina que Ge hace de los metales preciosos causa gra­ves perjuic~s al tesoro .nacional, por que con efla se defrauda el dere~ho de <¡uintos y amonedacion q 6 e cores pon de ·Ú la Repú blicu. Segundo: ( iue dicha estraccion se verifica como resu-lt..ldo lcá corno la de Popayán) he venido tn decretár y decreto lo que sigue. . .Art. l. Los cantone~ rá desde la bpca de la Magdalena cerca de los cuat~o grados de laútud, hasta la embocadura del río Mira denomina.da Ancón, agrtgeldas las dcmá~ islas de aquella costa. At't. 2. Por el interior el canton del Rapo­so lleg"ará hasta .d punto llamado )as Jimia• de Dagua; el clel Micay hasta el salto de Gurumeindi en el rio Sanjuan, y los demás cantones tcndi;-án los lÍRlitera que:: actualmente reconocen. - Art. 3± El gobernador de esta nueva provin­cia residirá por ahora en la ciud.id de Iscuan­dé go'zará el s.u.eldo ~e dos .mil cuatro­cientos pesos a1males, y su teniente asesor el de mil pesos. Para el despacho tendrá un secretarÍb que g-0z·ara. el sueldo anm11 de cuatrocientos oehenta pesos, un oficial _le eon trecientos sesenta y cinco, y un amanuense con el de docientos. Art. 4. La provincia de ·Buenaventura corresponderá ·atckpartamento del Cauca, y sin embargo de su ereccion queda susis­tente la de los Pastos que se ~stenderá ·á todo el territorio que -se le haltia asignado esclu­yendo á Barbacoas. Art. 5. Se dará cuenta de este decreto al proximo congreso para sn aprobacion . o re­f< Jrma, y el secretario de estado del des. pacho de 1 interior queda encargado de su eje­cucion. D~do f'n el palacio.. del gobierno de Co­lombia t-n .Bogotá á diez y ocho de agosto de mil ohocientos veintitres-décimo kr.cio.­( Firmado) FRAN«:Isco DE P. SANT~N­DER.- El .Secretario de estado cid despacho del intt:ríor Jo.sé .A1cmue/- Hli:-e ~R E"i'O. FRANCISCO · ~PAULA SANTANDER de los libertadores de Y enezuela y Cundi­namarca, conclecOTado con la cruz tic Bo­yacá, jeneral de dilnswn de los ejérc1tos c1e CtJlombia vicepresident~ de la República, en­carffado d~l poder djecutivo &J~. Para promt>ver la ejecucion de Ja Jey de 15 ele julio del afio ll(I <]Ue concedi6 la liber­tad á los hijos de las esclavas, y para cortiilr algtmos abusos que se han introducido por su mala intelijencia,-hc venido ~R decretar y decrctn Jo que sigue: Art. l. Las juntas de manumision de ca­d: i provincia estarán bajo _ Ja supenijitancia del respectivo gobernador ó intendente quirn las hará. cumplir 'con el objeto de su insti­tuto.,.,_ .Art. 2. Los tesoreros de las juntas ele manumision cortarán sus cuentas el l. ele· octubre de cada ano, y las presentarán el 15 de este mes á loi ministroi del tesoro, qum-nes las glosarán inmediatamente, de modo que el ú.Hímo de noviembre t>stén fenecidas por ~l gobierno. Art. 3. Las juntas de manumisfon de los cantones remitirán al gobernadur de Ja pro­vincia en todo d mes de octubre de cndtt üñ~ un estado que ·comprenda los ca1:1daks co­lectados para la man.umision, los dtbidos co• brnr, ·y las mortuorias siue haya pendientes .. El gcho de agosto de mil ochocientos vcintitres-Dccimokrcio de nue~'tra independencia-( Firmado. )-FRAN­c. 1sco Dlt P. SANTANDER.-El secrc:ta­rie de estado dc:l interior Jo.sé 1oVanuel RE s;.. TRltPO. JURA.ME.:VTO tlel}t!tteral m Jt;fo del ejército. uped1cronario .de Custa-firme don Francisc11 Tomas Morales En la ciudad de Maracaibo á diez del mes de agosto de mil ochocientos veintit.rt.'s, d aeñor mari$cal de campo de los e1erc1tos de la nacion ~spañola don Franciséo Tomas Mo­rales, jeneral en jt::fo del de Costa~rme: . en v.irtud del articulo cuarto de la cap1tulac1on c.oncluiparta~cnto del Zulia, y José Padilla. comandante J:l)c::ral de la escuadra dé operacmnt:s en el mismo; ha pttstado en mis mano~ el juramento, sefi~lado eh d mencionado articulo, con arreglo a cr­dena. nza; por d que se compromet<:, y sujeta en caso de infrirtjirlo á lo e~tipulado en el artículc1 d1-cimo cdarto dd sobre dicho tratado ~ .capituladon: y para ~u con~~anci~' S'.:.' :_~ten­. ruó e8ta rtifico - Pranc;s~o Tomas i~lorrrle~. José Maria Ddg.1" ratiticnil en jefe dd de Costafirme el cual ha prc::stado tn mis manos el juramento á que se rdi<-•rt= la acta; y para que conste firmo este en t1 prc¿pio dia mes y afio arriba espucsto-Jo.ré 11,/ar!a Dt/­gadtJ. PERU Al tiempo de llevarse á efecto la .cva­~ uacion de Lima por las tropait inde¡~ndien· tes, como mrdida consiguiente al plan de campaña adoptado. admitió el mando del ejército-unido el B. jt:neral Sucre. Post~rior­mente el congrt:so le confirió autoridad su­prema fümitada en les de-partamentos que ~rvián de tt:atro de la guerr.l parcl que hi­ciese cuanto fuese nect"sario á la salud dd Estado. Tiene el gobierno comunicaciones del Callito por Lurio con nuestros montoneros, sufrit'ron una pérdida de 300 hombres, algunas mulas, un canon y alguna parte le como e.1 nue~tro tit:tle sobrapo tiempo para las op~raciones ma!S brillantes por el sur. Todo t'Sto nos ha hecho asegurar desde an­tes de ahora que el enemigo con esta incur­& iQJI ib{ á acrisol~r el patriotismo peruano, y buscar su total ruina." Antonio J{}se de Sucre, jeneral en je fo áel t'jb-czto-unid" libertador del Perú f.:h·. &c. Evacuada 1:i capital de Lima . por el ejercito. real, la seguridad, d órden y la salud públi­ca <:~ij~n depo~itar ~1 alto mando del pais en un jefe que con las facultades preoi~s lo or­g. in ice, y que ·lo ejerza Cé.)n la imhestidura ne­cc:: S<1ria á dar n1'drcha á. todos los negocios, en tanto 5e vueh·a a esta capital el supr.emo go­b1ano de la Herúhlica. En consecuencia au­tori~: Hio por los soberanos decretos de l 9 y 21 de junio ultimo;· he venido. en decrt:tar: l.º El .gran mariscal . don José Bernardo Tagle se t-ncar~; rá dd alto m~mdo del país, en t;mtú llt'gctn ls de la Republica. 2.g Sus facultadl's ser:in organizar d kr­ritorio libertarlo conforme á laii institucione$ de la Hepública, y rc:~tabkcc r la marcha de los neg-ocios públicos. como se ha\1ahan an­tt- s de la invasion ele los enemigos á la ca pita t. Dado en Lima á 17 podrá calcular el mi­Jit~ r que conoce euanto influyen los peque­ños sucesos en las grandes empresas. Coo él se ha destruido uno de los mejores es­cu. adrones dd enetn.igo, se le ha qttitadp á este dos jt'fes de conct· pto, y nos hemos proporcionado uua movilidad interesante en estos momentos. El rt'jinncnto 11úmero l. y el batallon ele caz:..idort:s c!d ejercito me­rt: cen una fdi citacion por h-::.bcr teuido Ja su­erte y sanguinarrv Cankrnc, tu~bs las hotllas de8sus ~is os. angre y <.k c~­niza » .....•. Pero p:isará mas hermosa la libertad sen­táda sobre ruiaas. .Enormes contr~buciones, el saqueo de ri­cos almacenes, y de los santos templos; una cie-ga y ri g'>rnsa conspir;.1cicm de la juventud peruumi h .... n librado á la opul<::nta Lima de la su:. rte que han sufrido tantos putblos inermc:s y par.ificós por donde han pusado los tMt:.tros dt:l occidente. ~ Est:i c 1npresa que debe importarles la pérdida cb tod~1s las provin­cia!\ qus;:. tic:nen subyugarlas, y au1' su cion t0cl<)s los medios y recn r::>~)S que tenemos para vencer. Los bravos de Colombia, que con laa tropas aguerridas del Plata y Chile, burlando los planes dd enemigo guedan acam­pados d dante de lois fortalezas del Callao: el refü erzo CJUe se espera con V. E. , la. pume­rosa division que nuevamente ha salido de Jas costas chile n~s : la espedicion libertadora que felizmente desemb<\r{:Ó en Arica, com­put: sta de valientes peruanos resueltos á ven­g. ar en lo~ mi mos ccimp.os ele Torata la lÍltima injuria que alli les hizo la fortuna: todos, senor, son elementos que solo esperan una voz que los una, una mano que los dirjja, un jenio que los Heve á la vi ctoria. Y tc>dos los ojos, todos los votos se convier­ten naturalme¡1te á V. E.-V. E. acaba de quebrantar con pie firm<: b última cab ·z:¡ ele la hidra de la revdiou y nada puede impc. GACETA DE COLOMBIA ---~---- -----------------~-- - - dirle de satisfacer upos votos de que pende la libertad de un gran estado, la seguridad del sur de Colombia y la corona del destino del pueblo :;lffiericano. R ompa V. E. todos los lazos que l~ retienen lejos del cam. pn -de batalla--Despues O ha que mi corazon me impele hacia el P"'ru: mucho tiempo há <1ue los mas valientt'::> :Juerrerus de toda la Amé­rica colman la n1cdida de mi glorirú c:un el motivo q:1e 1e es/Jrc·sa los qu.: se !zallan milítamlo en aquella R cp'úbltca. "Los vat1entes oficiales: e~trunjeros que han venidv á prestar s·us servicios . en h1s Íru[>Js de la patria por su hbtrtad, no ¡e es::nmtan con las amenasas dd jeneó.1i Canterac. d que cántra el dertcho de jenlts, coutra los pri11- cipios todos de humanidad y justicia los coñ­dcna á la pena capital, si en las "{icisitudes de la guerra tuviesen la desgracia de caer pri­sioneros. Su caracter es .supt·rior á semejan­tes insultos, y :fü pundonor que no les per­mite disirüi.tl01.rlos declara la misma ley pon sus enemigos; aunque repugne á la nobleza y jenerosidacl de sus sentimit'ntos. El sober­bio esp::nol qúiere marcar con la ~erocidad' los ultimos par:isismos de su espirante do­minio, así como senaló los primeros pasos de la usurpacinn, haciendo 6€tremecer á la naturaleza rnismr ! ... -Alzamos sin temor el guante hechado por el jeneral espanoL .• Cumplase muy en horabuena la real orden que sentencia á Ja pe.na capital á los estran­jrros que pelean por la libertad americana: es glorioso morir en Ja defensa de tan jus .. ta causa ! .... -Canterac como otro .Brenn"" pone 'SU t'.spada por contrapeso en la balanza. y grita: de:sdichados de los vencidos ! ! .• - Sea pues este grito de muerte Ja senaJ, y el fin de los combates, y resuene cuanto antes alos oídos altivos del orgulloso vencedor de 1\foquegtia ! .... El coronel de Husares F. Brana'sen-EI comandante del 2.0 escuadrón Pedro Raul.11t-El mayor tlel rejimiento Luis Soulonges-El capitan agregudo Guzllurmo .llt!l-_EI teniente de la segunda del 2,.0 St~. umarante Tcisse.rene-El alferes de la segun­da ,del 3 .0 Santiago Denvisetle. (' Gactta de Lin:rn número 40.) CIIII~E· Comunicaeion de_/ supremo d.ü:.eet-or rle este t!-S• tado á S. E. el vice .presicle11tc dt: C'ol, ·~ste lu ama y ni aun rerrlotaml·nre rccda dt! sus acciones. El virtuoso, el patriota,.el bono. l"cible Migud Santa maria fue oblig-.tdo injus · tamente por el tirano á abánd(>nar f'ste país cuyos habitantes venia á unir á· los dd s1.1- yo con lo~ lazos mas indisolublt"s de frater­nidad, de vecindad y de mutua convenien­cia, por mandado de su gobierno • • La co­tnunicacion con los buenos fue el único crí­rnen que cometió i los ojos.de Iturbide. Los patnotas que no sucumbian al de!>potismo, 'SC consolaban con su conversacion. El, que sabia apreciar el mérito, dt·sconocido cft:l que solo se aliineAta. con el humo hedion­do de la liaonja, los recibia .carifiosamente en su casa, el nuevo Pigmalion, que como d de Tiro, de todo recelaba, creyo tentr lin ,enemigo pod~roso en un hombre v~da­deramentc liberal. Su temor no queda calma. 4o hasta que no lo espelt> de sus dominios. 'Por fortu11a ~l llegar á V tTacruz, pronun­ció el héme Santéina, el grito de libt'rtad que se rlifundió oon la vt:Jocidad del rayo. El enviado de: Colombia suspende su mar­cha y á pecos dias tÍt'm'' la safo . fa.ccion de '\'et á Jos unahuacenses, tan fdices como á los colombianos. Toma una gran pur­te · en el gozo y satisfüccion de sus herma­nos. Estos no le son i~gratos y apenas vuel­ven á ocupar sus sii1.1s nut-stro's dignos re­pre. sentantt-s, cuando se acu~rdan dtl sí.bio diplomáticu tftti injustamentdlo y oportuno discurso que sigul: Sd'ior. - Grande es la honra que tiene hoy la repúbliea de Colombia al ofrecer á la de lós EstadüS· Unidos su ami¡tad~d y consi­deracion por la humilde voz de su repre. sc-nt~nte. Admir:.mdll con el acierto las vir· tudes oe un pueblo que d ord't.'n y la liber­tad hac~n poderoso y feliz. desea estrtchar con él Útiles rdaciones y que los st-ntimi~n­tos de rc:c1proca benevolt:ncia duren tanto como los dos paises. Al terminar Ja lucha que ha sostenido en c3efrn53 de sus dc::rechos, Colomhia ha Tisto con plact:'r que esta ilustre nacion se haya anticipado á ser Ja primerct en reconocer su ndependencia,- grande acto de justicia, pro. Q.A.CBTA. DE COLOMBIA:'.:: pio de los Estad.os-U nidos por mas de un titulo y ejemplo digno de ser imitado por las demas naciones. ,. Desde que Ja América ántes española conoció que era llegado el tiepipo de ge­bernarse pw si misma, y obrando de cu.. cierto sin cemunicarse, como por un impul­so de la naturaleza, resonó de un estremo á otro el grito de la independencia. Calculando el orbe civilizado el orijen, ¡rogresQ, y fin de esta revolucion política, en Vt'Z de repu­tarla por un acto ra ha sido respt::tada en l.os ma~s; reconocido y prac­ticado el principio dt>. la neutrahdad con­forme · .aJ dc>rldw de j--ñtes. Los Estados- Unid0t; ele América obrJ.n­do sobrt: un plan mas dtdan las rtlacio­nes de fas sangres, de la relijiun y dtl comun idioma, inspirarlt>s s·~ ntimientos ·benévolos, oyendo en el silencio de las pasiones la voz de la verdad y los COOSt jos attlÍ~tOSOS del sabio gobit:rno amuieano. El cielo cnntinúe sus bendicion('S sobre la patria de Wa!>hmgton y Franklin y siga ella rtcojiendo el fruto de sus útiles estabkci. mient(.IS v de sus lihrt:s instituciont-s. Colom­bia espt'.~:J de:: kls suyas,-de lapaz y del tiempo una felicidad comprada con grandes sacrifi­cios, y con la sangre de S\,lS héroes y de st.Js marttrLs. L"s Estados. Unidos serán d moddo de su clicha como lo han sido de su gloria. He 0 d1clzo. spond~n á los cunsult:s jenerales de Jas naciones mas ·amig-~s, entre quit:ne~ y los Estado~-Unidos no existe con­v~ nio alguno particular sobre arreglo de las funciont's con~ularea. En fé de lo cual he mandadó espedir las presentes ktrcts ·pakntes con el ~uo de los Estados-Unidos D:1rlo y firmado de mi mCJno en la ciud~cl de Washington el dia 17 dt' junir> del afio del Sdior 1823- 47 de la indt-ren­dencia de los Estados-Unidos.=( f irmticlo) JAtllE MMIROE=Porel presidente=(Firma. du) Juan Qmncg .Adam1 ·secrdario de estado. ·--~ ESPANA Los constitucionalt"s siguen O('fendiendo con firmeza á SanSt'bastian ~ B.ircelo11a. En Viseaya ya~ han dejado asomar tres fuertes guerrillas constituCÍ'>nales, una al 111andb de un ayudante de Por(it'r, y otra al de un hijo dd conde E11pelcta antiguo virty de Navarra. El ministerio de la rejencia de Madrid lo. componen: Vargas Laguna mir1istro de esta­do: Sanjuan ministro las dl· Cuba y Puerto-neo re­conoscan la rtjencia ebtabkc1da en M.1clrid, y qt.Je las autoridadCJ: se negaron abit rtunwn­te prot<:stando su os de su sue­lo ¿con cuanta mas rnzon no se ocupará. ahora t'n adquirir conocimientos nect:sarios. para su prosperidad y para ~u gloria ? Pent'trado el congrc:-so de unas ideas tan libe­ral~~ y filantrópicas ha decretado e) 28 de JUiio último f)Ue se estabk·sca rn la capital de la República una escuela dt' n\inería para instruir cierto numero'de jóvenes en todos los ramos .de esta ciencia cuyo decr~to publicamos en el número 101: en consecuencia se avisa c1ue aquellos que quit-ran entrar en diclla escue1a, ¡¡e pn-senten el 20 de novit

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