Por:
|
Fecha:
1908
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ARO 111 REPUBL ICA DE COLOMBIA N. 0 21
~~ ~~
B~LETIN DE LA~ RENTA~ RE~BGANIZADAS -
l') lrootor, ENRIQtTE: GREliFl!'ENS'l'EIN
Bogotá, J ulio de tgo8
DECRETO N. 0 544 DE 1 o8
( 18 DK M \YO)
El Encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DBCRKTA :
A rticulo único. Derógase el Decreto
númer o 765 de 1907, sobre e l a·
~ i ficaoión de los vinos, y re s tablécense
las disposiciones contonit:las e n el artículo
3 del Decre to número 285 de
1906, sobre la materia.
El presente D ecre to entrará en vi gor
el 1.0 de Ene ro de 190 9 .
Comunlquese y publlquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Mayo de
r go8.
D EUCLIDES DE ANGULO,
El Subsecretar io de Haci enda, e n cargado
del Despacho de Hacienda y
Tesor o, B. SANÍI'I CANO.
RESOLUCION
sobre concesion es t\ los nrrcndatnrios de
las minas de Santa Aon y La Manta.
CONSEJO D.K MIN I STROS.
Sesión de l día 26 do l\1 or zo de •go8.
( \ ,n a~i s tentia de tod os los mi e m .
bro' dt!l 1 'onsejo y bajo la 1 r esidencia
dt:l EKcmo. Sr. Presidente de la R e.
púhlic11, s~ abrió la !lesión á las do s d e
ta tarde.
Se ley(, y f 11é aprobada el acta de
la sesión anterio r .
Fue comuni cada al Con , ejo una
petición del Sr. Hartley Knvw e~. Di rector
Gerente de Tlu Anglo Colom
IJtan hrotslmenl CompaiiJI, Ln.i't d, ar r t n
dataria dt las mi nas de Santa Ana
y La Manta, par a que se aplace el
pago del arren damit!nto (*' !~O.Si).,
q ue vence e n Abri l de ~~tlill&l h'a\C
ta Octubre próK i mo, y J'll~q~Jl!'l9l s'i '
gu ie nte pago que vence en Octubre
d e este mismo año, n o se efectúe h as.
t a Abril de 1909, quedando la Compañia
con d e re c ho á hacer los pagos
del arrendamiento de esta última fecha
en adelante, á razón de .f. 1.oooen
O r tubre y$ 1,000 en Abri l de cada
año, haHa el término de la concesión .
El Sr. Knowles pide, además, para
la Com añla una opción de prórroga
d t! veinte años, contados d esde la
terminación d e l contrato vige n te,
siempre que la Com pañia levante una
suma de *' 1 o .o oo en efectivo para
l os trabajor. de las minas e n 6 antes
d el 30 de Junio dé 1910.
El Conse jo resolvió conceder la
p r órroga pe dida par a Jos pagos, mediante
intérés á r azón de 6 por ciento
anua l, y otl) rga r el derecho á la opción
de prórroga, pe ro no por ve inte
años sino por diez, á contar de la
exp irnci '• n de l contrato vigente y
s ie mpr e que se llene la condición de
conseguir e l capital de .f. 10.000, con
destino :{ los trabajos de la explotac
ión, antes del 1.0 de Julio de 1910.
A las cuatro de la tarde se levantó
la sesiGn .
Et Preloidente, R. REYES.
El S ec retar io,
CAlnLo TonRI!:s EucacintA.
(Diario Oficial, n6ms. 13277 y 1 327$).
RESOLUC ION
sobr e pCD3S impuestos n los defraudadJrtl8
do las R eatos.
M1i11slerio de Ruimtln y Taoro-Suri611
~~~~/!admtla-Bogolá,Ma-
.)l.j&tl¡!,~io número 9638, de 9
lfel prese• te mes, en que la Gerencia.
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t12o BOLETIN DE LAS REN f A . REORGAN IZADAS
de R entas Reorga n i 1 ada ~ tr a n sc• ihe
algunas consult a s h¿c has p nr el . T e.
niente P o ll ti co 1.0 de la Prov incia de
S oto, en el D epa rta mento de Santan.
der, e l Minbter io,
RRSURLVIt:
t.0 Los vaclos q ue se e ncuentr'ln
en e l Decre to 339 de 1905 y d isposi .
.ciones que lo adici o n a n y r e forman,
deben ll e narse, obr:~ndo por analogía,
de acuerdo con lo di , puesto en el Li
bro Ili del Código Judicia l respecto
al modo d e proceder con los reos au
sentes ¡
2.0 Para la i mpo s i ~ ión de la pena
de prisión 6 la d e arr.~ sto de q ue tra
ta el a rtículo 59 del D ecreto 3 39 de
1905, d ebe p r oceder se co ncilh ndo es.
ta disposición con lo q ue prescri b e n
los a rtículos toS y 10 9 del Código
Penal.
J.0 L a excepción e st'lblecida por
el artículo 63 d el C6digo Penal par a
las muj e res honestas, los ancia nos ó
valetudinarios y lo~ Mi ni s tros de los
cultos admitidos en la N ación, no li
mita e l ti e mpo d e l arresto para los
efectos de cumplirlo e n el domicilio
d e l penado, y po t lo tanto e~ aplica.
ble el artículo c itado tambi én para
los casos en q ue el a rresto sea por
m ás de se is meses .
4.0 E l Mini sterio, a l resolver una
consulta sobre la Resolución de 25 de
E nero de l presente año, d i ce " que
ella no envuelve derogación ni re .
forma de leyes existentes, á cuya vi rtud
t utelar p u e d e n ocu r rir las i nte re .
sadas, e n caso de que ellas creyeren
que les son favo r able s.''
Poste riorm e nte a probó este Min isterio
(fech a 25 de A b r il) la Reso lución
que en 16 de Mayo último dictó
la Gobernaci tÍ n del D h t ri to Capital e n
r e l ación al m i s mo a~ unto que motivó
la d e eHe De~ pacho. de fecha 25 d e
Ene ro del presente a ño.
La 1 ar te dis ro ~ith• a de la R~solu.
ción del Oobtr ncdor de l Dis trito Cn
pital dice :
" Mientras el Pode r Ejecutivo no
resuelva á quién le cor r esponde apli.
ca r el artí cul o 6 3 de l Código P enal,
r esperto á los defraudadores de las
R entas Reo r!o(a nizada s , le incumbe oi
e sta G ,bernación, como a utorida:l po.
Hti r.a, ap licar t a l d isp osició n, con p re s c
indenci a de la designaci ~ n d e l lu ga r
que se h ~ ga e n la sentencia de pri.
mera n de segunda instan cia, dictada
po r e l T en ie nte Político 6 Jue z de
R entas , sie m pre que á su juicio los
se ntenciarl os se h allen en la s exce p-ci
o n es allí previ ~tas. " •
Comunlquese, cóp ie!> e y publíquese.
El S ubse cretario de Hacienda, e n cargado
r! e l Despacho,
B. SAXÍN CANO.
-~*-RESOLUCIONE:i
de Sr. Gobernador de l Mngti ale na, reterentes
al Caño de Los Corclt ales.
lllt>OLUCI ÓN NÚll&RO 21 Dlt 1908
Goóernact'ón dtl Dtparlammlo- Sec ción
dt Gohierm - Sanlamar lll, •'farro 23
de r 9o8.
E l S r . R af ael R obles , CO'TlO apo.
derado rle los Srrs. J iménez & R e bo.
llet:l o , pide ;\ la Gobern a ci •• n r e voca to
ria ci e la R esol ución núme ro 19, de _
f .. cha 1 ~ d e los corrientes, en que se
dispon ~" '1ue e l caño de .lAs Corchaltt
es un uie n de la N aci :1 n d e uso pú ·
blico.
Para resolver sobre la re vocación
SK C ONS lDRRA :
L a Go.~ hernación , para decir!ir so bre
el uso del caño d e LIJs Corrh1lcs, y
establecer que por ser un caño natu ·
ra l e s bien de la Nació n y de uso
público , no se fundó única me nte en la
presu ro ción le gal, como dice e l peti cionariCl,
si no tam bién en ta p rueba
perici a l y la inspección ocular p racti·
cadas por o r den de la Ooi.P rnaci6n, y
l as cuale s r ruebas confirma n la pre.
sunc ión legal de que e l cnñ o es natu ·
ral, y rlt ja e~ t11bl eci rlo e He hecho d e
u '\a " ' " ne r " cierta.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 112 1
E l rfo Magdalena, que corre por
cauce natural, sabido es que es bi e n
de la N.1ción de uso pdblico, y lo mis·
mo los caños y las ciénagas que for
ma al dese mb •·car al mar, como son
a q ue ll os q ue se encuentran en el territorio
del Departamento del Magdalena,
fntre los cuales se encu• ntra
Los Corth.J!tS.
Sie ndo, p ues, el rfo Magdalena y
s us c iénazas y caños bienes de la Nación
de uso pdblico, ha de presumirse
legalmente que todo caño que se e n ·
cue nt re en la desembocadura ó en el
Delta de este r !o ó q ue forme el río,
es natural y no artificial , porque con·
fo rme a l a r tículo 66 del Código Civil,
s;e dice presumir se el hecho que se
d educe de ciertos antecedentes ó cir.
c uns tancias conocidas, y conocido es
q ue los caños y cié nagas q ue se en·
cue ntran en e l territori o d el Depa r ·
t a mento d el Magdalena, son formados
por los desbordes de l r ío Magda ·
lena ó son brazos en que éste se di ·
-.i de.
La Nación se conside ra como dueñn
y poseedora de todos los dichos
c años y , i énaga~ , y así se ha consi ·
derado ~iempre, de modo que canfor ·
me ni artículo S8J del C~digo Judi.
cial, h ay que presumir que es dueña
h oy del caño Los Corchalu que se
c uen ta entre todos los de esta Zona, y
ta p r ueba de la no existencia de ese
h echo que se presume, corr esponde
d arla á quien quier e innovar el e stado
jurídico de l11.s cos·• s, pero nó en un
r eclamo ante la autor i lad a d ministra.
ti va, si no en juicio ante la autoridad
encargada de decidir sobr e los dere ·
ch os civiles en contr oversia.
Por cuanto que la Gober nación en
otr a ocasión, y por error, hubiera decla(
ado de uso particular e l caño Los
Corrhales, no puede alegarse hoy que
estti impedida pa ra resolve r lo con.
trario en presencia de pruebas pre.
sentadas por partes opuestas, pues no
fundan excepción de cosa juzgada
l as autori dades admini~trativas.
Por tanto,
SE RESU&LV& :
No se acce •l .; á la revoca . i,'tn pedid
a .
Concédese la ape lación interpuesta
en el efecto d e volutivo para ante e l
Ministerio de Gobierno
Sáquese copia de lo conduce nte y
remftasP. original al Superior.
Cópiese, comuníqu ese y pu i>I Í'luese .
Luts Jo >i BAaaos.
El Secretario Gener al,
Rafael E Trareml• .
RKSOLUC I ÓN NÚMKRO 2 8
Gobtrt~ad{m dtl Deparlanunlo- S«d'd•
de Gobitrrzo - Sa11lamarla, A6n'/ :u
dt .1 908.
En el escrito anter ior el Sr. Ra fae l
Roble ~>, en su carácte r de apoderado
de l os Sres. J iméne z & Rebolledo,
p ide que ::e declaren nulas y si n nia.
gún valor ni e fecto las r esoluciones
dictadas por la Gobernación el 22 cte
Enero y el 2 3 de M :uzo ú ltimo, e n
las que se sustentó que el caffo de
Los Corcha!u en la Isla de Los Gómta,
debe consid e rarse bien nacion al 4e
uso páblico. Funda el Sr. Robles s u
solicitud en negar que la Gobern~
ción del b>lagdalena tenga j urisdicción
sol.> re aquella isla, pues que p or
ministerio del artículo 1 o de la Ley
17 de 1905 la Isla de Los Gómts per•
tenece al Departa mento del Atldntiao.
Como esta afirmac.ión e nvuelve ma·
n ifiesta gravedad para el Depar ta·
mento del Magdalena, y como los
Sres. Jim énez & R eboll ed o lnn he.
c ho igual declaración al Sr. j e sú~ 1\(,
Navas, A dministrador G e neral de las
Rentas Reorganizn das en los D e par..
tomentos de la CoHa Atlántica, la
Go bernación se cree en e l deber de
considerar con algún detenimiento ro
cuestión.
Es cierto que el nrtfculo 10 d e la
Le y 17 de 1905 estableció que las
islas situadas en los ríos y lagos que
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1123 BOLET IN DE L AS REN J'AS REORGANIZADAS
5eparan do" eS m.h D eparta mentos,
h acen parte de aquel al cual estlÍn
m<{s cercanas en toda ó en su ma yor
extensión. pero tamhié n es cier ·
to que la hla de L os Gómea no es,
por s u naturaleza, d e las que t r ata el
articulo citado, ni e lla está m 6.s cer caM
al Departamento del Atlántico.
Además, e l artículo 1 o de la Ley 17
no cambió jurisdicci ones territorial€ s,
pues que apenas formuló una regla
para los casos dudosos que ocurrieran
entre los D t! partamentos que esa ley
creó y los antiguos de que fuéron segregados,
y es sabido que la b la de
Los Gj mn siem¡¡ re perteneció a la
Provincia de Santamarta. En fin, los
llmites del D e partamento del Atlántico
los fijó de modo pr eciso la L ey
17 y ellos excluyen la is·a m en cio ·
nada.
Lá Gobernación d esMrolla cad.\
uno d e estos asertos así :
L 0 La Isla ele Los GÍJmea n o ts. por
5U naturaleza, ele la:. que trata e l ar.
tículo 10 d e la Le y 17 de 1905.
Esta ley se refiere de modo indu .
dabl e á las islas que se forman eS están
situadas d e ntro del lech o de un
río, y en e fe c to . cuando se l ee la dis
posición, la única hip.S tesis probable
que se presenta al espí r itu es é$a. El
articulo de In ley no mira el caso e n
que el río, en un punto dado, se abra
en dos brazo s, uno de los cuales se interna
en territorio de uno de los De·
partamentos limítrofes y después se
j unta al otro bra~o d e que se separó,
dejando una isla formada por una por ción
d e l territorio del Departamento
en q ne se i nterna El artículo no pue ·
de c ontemplar este caso, porque sería
hace r d ~ pe n de r las jurisdicciones te ·
rritoriales d e algo arbi trario que no
p uede prever se : e l Distrito qu e hoy
pertenece al Magdalena pod ría pertentcer
maña na a l Atl6ntico 6 Bolívar,
y viceversa, si se incluye tal hip
6tesis en e l artículo 10 de la Ley 17
de 1905.
Pues bi t' n, la Is la de Los Gónus,
no es una isla situada dent ro del ca u·
ce ó lecho del rfo Magdale na ¡ el rfo
Magdalena, para formarla, se abre en
dos brazos un p oco arriba de Barran.
quilla ; el brazo menor, e l no navegable
por embarcaciones mayores, se
interna en ~1 territorio de este De.
partamento y desagua en el mar for·
mando e l D e lta eS la I sl a d e Los G~mez.
Ninguno será capaz de d e cir sin
que diga lo insostenible, que la l •la
de Los Gómes estS no alteró jurisdic·
ciones territori ales, ó más claramer.te
dicho, si ese artículo no segregó
por ciones de territorio de un D epartam
ento para agregarlos á otro, la I sla
de Los Gómtz pertenece al Departamento
del Magdalena, porque antP.s
de esta Ley s iempre formó parte de
su territorio.
Desde los tie m;>os de la Colonia la
Provincia de Santamarta estuvo separada
por el rio grande d e la Magda
lena de la Provincia de Cartc1gena,
q ue abrazaba al actual Departamento
del Atlántico
En e fecto, la L ey Jo, T ítulo t.0
, Li·
bro s. 0 de la Recopilación de la s leyes
de las Indias, ley que también
d etermina á qué Prov incia pertene ·
cían las islas de este rfo, dice así:
" H abiend o los vecinos y morador
es de la Provincia d e Santamarta
ganado y descubierto por su in dustria
y trabajo el r[o g rande de ia Magdalena
, 6 Islt~s queyam: e n él , y po r nos
reconoddo, que los lfm ites de Cartage ·
na ll egan hasta el rlo grtmde, r¡ue parle
llr11Ui1os mire esta Provincia y la d e
S .mtamarta. Declaramos y manda.
mos, que a sf se guarde J.lOr el ti empo
que fuere nuestra voluntad : y prohi .
bimos y defendemos, que ahora, ni en
ning ún tiempo y por ninguna razón
ni causa, los Gohtrnadorts de Cnrtage·
na, ni otras cualquieras personas de
ellas sean osadas :( en trar, ni entre"
en las dich:,s Islas á rescatar, ni con.
tra tar con los indioJS directa ni in di·
r ectamente, so las penas e n que caen
ó incu rren lo s que entran en tie rras
é Isla~ en que no tienen jurisdicción."
Después, en la República, la Provinc
ia d e Santamarta no ha sufrido
alteració n alguna en su límite occidenta
l. El Congreso de Cúcuta que
dividió el territorio de la N ueva Gra.
nada en cuatro D epartament os y é~tos
e n Prov incias, incluyó la de Santamarta,
tal cual era en la Colon ia , en
el gran Departamento del Magdale.
na compuesto de las Provincias d~
Cartagena, Sant11marta y Riohacha.
La Constitución de 1832, que suprimió
los D epnr tamentos y p rescribió
la Jivhi.Sn ter ritorial de prol'incia s,
r econoció la de Santamarta, compues..
ta de los cantones de Santamarta,
Valle de U 1oar, Ocaña, Plato, Tamalameque
y Valencia de J esús, y le
dejó corno limite el rlo d el Magdalena.
El ordinal S 0 del artículo 1 .0 de
laLey d e JS de juniode t 8S7,que
erigió en Estpué, vino á ser el Depar·
tamEnto del Magdalena según el n tículo
4. 0 d e la Constitución Na·
cional, que dispuso en su inciso :.e. 0
que " las secciones que componían fa
Unión Colombiana denominadas Estado<;
y Territorios Nacionales continuarán
siendo partes territori a les de
la Repdbl ica de Colombia, conservan-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
1124 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
do los miSmos /[,m'lu a ctuales y bajo
la denominación de Departamentos."
Pues bien, ese Depa rtamento que
consen ó los límites del exting uido
E~>ta do, limi taba con el a ntiguo De·
pa rtnmento de Bolivar, así : ''el río
Magdak na aguas arriba desde la
Boca de Ceniza hasta el cafio Ch ,có"
(Geog raf'a de Colomhi<> , por F.
Pérez) . ·
Si como se ve, nipguno podrá ne •
p r que la Isla de L "s Gómt~ nunca for ·
m6 pa rte de la antigua Provincia -::o·
lonial de CilrtagP.na, ni de: la moder.
D& Provincia de Barranqúilla, tampoco
cabe du,la a lguna de qu t~ esa Isla
no corre!>ponde al Departam:::nto del
Atlántico, seg ún los té r ua inos precisos
é inequí vocos de la Ley 17 de 1905,
en que se apoyan los Sres. jiménez &
Rebolledo, pues que tal ley dice en
su a rticulo 8 .0 ' ' Créase el Departa.
mento del Atlántico,formado por las
Provincias de S abanalarga y Barran ·
quilla del Depa rtam'!nto de Bolfvar,
c:on los limilu que aclualmmle tienen."
Por consiguiente, desde a ntes de la
Ley 1 o. T ítulo 1.0
, Libro S .0 de la Re.
copilación de In..Jias, Ley q•Je fue ex.
pedí la el 28 de N oviembre de 1532, ·
esto es, durante cuatro sig los, la Isla
de Los Gómes ha pe rtenecido y per·
·ten e ce á la Provincia de Santamarta.
Por estas razones, la Gobernación
del Magdalena tiene jurisdicción so·
bre dicha I sla y por ·consiguiente,
las resoluciOnes del 2 2 de Enero y
SJ de Marzo úl timos conservan toda
su fue rza y vigor.
En consecuencia,
Slt RK'iUKLV& :
Cúmplanse las ex presadas resolu ·
ctones.
Comisiónese al Alcalde de Sitio ·
nuevo para que vele por su t-xacta y
fiel ejecución.
Caso de re~i s ten cia , h:íg ase uso de
la fuerza , si fuere necesario, ¡¡in pe r.
juicio de que á los que resistan se les
juzgue por el delito nue ca-tign el
Capítulo S 0
, T1tulo 3.0 Libro 2 ° del
C ódigo Penal.
Env!ese esta resol ución y las que
le precedieron, al Ministerio de Go .
bierno, á cuya censura se someten.
Cúmplas~ y publ\quese.
~""RANClSCO VttRGAIU BAR&.lS.
El Secreta rio Gcmeral.
1eodosio Gomaga
(Registro del Magdalena, N.0 u86)
ACLARACIO:-.f.
Bogotá, Mayo z6 de rgo8.
Señor Gereate de las Rentas R.eorgan i zadas.
Eo la ciudad.
Muy señor mío:
Como en el número 24 del BoLl!.TÍI'r
DK LAS R&NT.\S RKORGANIZAO.\S, corres.
pendiente al mes de Abril próximo
pasa lo, a precP. el nombre del Sr. D.
Pedro M. Dávila entre los que tienen
juicio pendiente por fraude á esas
Re ntas, y como se ha ordenado de vol.
ver, y se ha devuelto al Sr. Dávila,
de quien soy apoderado especial, el
bran·:ly malaria del juicio que se se.
guÍa, reconociendo asi su inculpabilidad,
ruego á usted que se sirva hacerinsertar
en dicho BoLIIT•N ~sta carta,
por vía de aclaración, á fin de que el
Sr. Dávila quede relevado del ca rgo
que se le imputaba.
Soy de uHed mu) :~ te nto servidor,
Jos& A . B,nos.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
REQUISITORIA.
Defraudadores con causas pendientes en el Juzg ado Provincial de Rentas Reorganizadas en la Provincia
de Magangué, Departa mento de Bolívar .
NO)IURI:
DI: LOS OKPJIAUD.u> l. llS.
PRAUIJI.
Lt;G ,Ll!
osr. rnAt;lll:.
l'I:CU\
1
DE W J'I.ICU.Civll
1
&U.! O liAl'JIIAL'It:A . 1 V.ICINOAO. ISTAD\1. i'R071Silh.
1 :
z
·, S ~--,---- ~ -5- - ------_---- :r.
Ildefonso Ci\st.,ñedtl ..... Tabaco ...... Yati.. ... bre. :!3, I S07.
1
o.: agnorn .. Se aguoa-n... . ~ íguom... , S~: ignu ra .... Se igu<1 r... ~
2 Luis Rodrigue"-·· ·· . . ... · 1. ,. ........ A cbí ........ Obre. 8, 1907 ... 1 21aiios.. ..... ,. .. . . . San Ben:to ..... Soltero ......... ,Jornal~:N t'%1
1 1 z
1 3 Eu¡enio Múrquez .......... .j •• • ...... San llarct>S. 1-ibre. a, 190i .. ,' illay.n·..... . " . .. .... . Pal:nitos .. Se ignora .... ... Se iguurl\ . .....,
11 4 Ed ua rdo Cuello . .... ¡ ........... 1
Caimito . .. Dbre. 24, 1907 ,. ·~.:... , ... . ......
1
Snbanetn ... Soltero .... ...... ¡ Ne~oc:inuttl. ~
f"l1
Se llama In atención d o todaR lns 11utoridndes públicas, tanto de: ord11n político como del judicial, hacia el delJer que .les impone la ley de pt!rae.
guir D. l os d¡¡f rlludndores de lns Rentas Nacionni¡¡K que se rechunlln (artículo 1952 del Código Judicial) .
A sim ismo so r~cu~: rclo. ú t odos los colombianos, con las excepciones Cijtnbleciclas po1· la ley, In obl igación en que están ele denunciar 6 lAS autori.
dañes el lugar donde s o: encuentre n los defmudadores expresados, so pena de cousiderárades encubridores del delito por que se procede.
L ibrada en Magangué, i Jos t r~;!ntn días del w es de Abril de mil novecientos ocho.
E l J uez P rovincial do !lentas,
El Sec1etnrio, Rofat l dt Mara/u.
GIUlOOillO Vlt.U COD.
o ¡o
(.¡"')
> z -N > o
~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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CUADRO que manifiesta. el estado de los negocios que cursan en el Juzgado de Rentas de la Provincia
de Magangué , en el mes de Marzo de 1908.
e ¡:;¡
01 o
" Q
C.• z
NO:UDR&S. PlliUD&. I IN!OIAC!ÓN.
LUGAR
DEl, PRAVDE.
PBCUA
DEL CARGO.
ESTADO DEl. ASV!>TO. OIISERVACIO¡,'ES,
1 ·:-------- - :---·- --- ---- -- ---·---·!------ - ---------:--1------·----
13.d~~~~~~~.:. .~: .~~-~~~~~~:
Ramón Ocho•~· ......... . .
Manuel R. Magmcea .. .
1
4 Ihlniel Rrncón ........... .
S Cario~ y Catalino St~r·
¡lQ ••••••••••••••••·•• ••••••
1
~ Manuel E. Pineda •..•...
Luia Nitlto ~ej ía •......
1 ~
! JO
11
l.'
lldefon~o CAstañeda ... .
l"!nndelurio Matute .... ..
Luis llotl rígu el'. ......... .
IMmn el J. n ... les ...... ..
hmal"l .J RuMa h·~ ...... ..
Anibal de la tt. s ....... ..
Tabaco ............ .. .
11
11
P ieles ................ .
Tabaco ............ ..
" .. ..
"
$
Obre. 22, 1906 Caimito ............ ! ! Solicitud del paradero ... .
Dbre. ll, 1906 Pinillos ............ Dbre. 16, 1906 , 11
Marzo 16, 1907 Jegua ......... ...... • . . ...• . ......... 1 11 11
Murzo 16, 1907 Tucamocho ........ , .................. .. ¡ ,, 11
.1\fay.> 20, !907 Ayapel.. ........... M:tyo 21,1907 , 11
Agto. 9,1907 S:Lu Benit<>........ . ............ ..
Sbre. 18, 1907 Mag<\nguó ......... Sbre. 18, 1907
Sbre. 23, 1907 Yut.i .............. ..1 .................. .
g~~!: 1
:: ::~i i~hí:::::::::::::::: o~b;·~.'17,'i'9o7
Obrtl. 25,1907 Sucre ............... Ocbr-e.25, 1907
Nbre. 5, 1907 Nbre. 6,1907
Nbre. 5,1907 s:n B~~it.~::.:: ::: Nbre. 14, 1907 Orden'6se co~·p;l:~~~~.::::: :::
'' ······ ...
,, ······ ... , .. ...... . . ........ .
Ap~b6se ~~t(' 8-'l b~~·~¡: ...
miento ........ .... ........ .. .
Snlicitud del panul11l'O ...... .
Para que com!JIIrtzcll ...... .
Conden11do .................... 40
Al despacho .................... .
1 ::
Eugeuiu )[árquez ........ Tabaco ............... Nbre. 8, 1907 San Marcos..... Enero 2, 1908 Condenado ................... 15
16
17
18
19
20
21
22
B11 imundu D ur3n ........ AJ~a"m,·e'n .. to ...... ·.·.·.·.·.·.·.·. Augu• to Posada......... ~
Augu• to P os11da ......... Abandonó em pleo.
Israel Amarís ............. P ieles ................. .
Jgnóra~e .................... Tubnco ............... .
Eduardo Cuello ..........
1
, .............. .
R11fael Sal¡ atlo.. ......... , ............. ..
Urhnno y Francisco
C'r denas ... ............ , .............. .
Nbre. 8, 1907 • , ...... .
Nbrc. 161 19071 AcbL ............ .
Nbr e. 17, 1907 , ................ .
Nbr·e. 19,1 907 .tluentl vista ..... ..
Nbrll. 20, 1907 T••cnl<>l\ .. ....... ..
Dbre. 24, 1907 Caimito .......... .
Dure. 24, 1907j San llta rcos ...... .
Enero 10, 19081 Barr anca ...... .
Solicitud del para der ......
1
..
In v~stigaci:¿n a um~t·:i~;:::¡: ::
jji;r:~. 24~ 1!Í07 Senteurl~ .cond • .-nu't~·,:¡~·.:,:::
Dbre. 24, 1907 I nvestrgacrón s umar111 .......
................ En comisión................. ..
N\Jre. 25, 1907
Se pas6 circular. .. .. .. .. .. ..
.. .. .. ..
ár~oh i\"ll dO.
Ordtmóse captura.
11 11
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Pam dictar s ent~ncia.
Se dfició AÍ~alde Sau
Benito.
P ara hacer efectiva la
multl\.
Se ~só circull\r .
Ordenóse capturo.
Se ;gu at·d·~·,; pr uehae.
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En consulta.
Se aguardan prueb81.
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
23 MArcelino Pabuena yl 1 1
S. Galbáo ............... Tabaco ............... Enero 10, 190P Retiro............. .. ................. .
24 Aníbal de la Rosa G .... Pieles .................. Enero 10, 1908 San Benito..... ........... .. .. ..
25 Ignómse ................... Tabaco ............... Enero 20,1908 S.Jorgey i)lojana ....... , ......... .
26 Bias Villacob ............. ,. ............... Eoeto 31,1908 Ayapel .......... Dbre. 18,1907
27 Francisco Espinosa ..... Pieles .................. Fbro. 3, 1908 Yatí.. ............... Fb'l'o. 3,1908
28 A~;~tooio M.ooteroSII..... ,. ............... Fbro. 7, 1908 La IgollCia ........ l Fbro. 7,1908
29 Nicolás Turizo y Ven.
tura Gareía ........... .
30 Manuel de J. Castellar.
Tabaco ................ Fbro. 9, 1908 Retiro ........... .. Fliro. 9,1908 .. ............... Fbro. 10, 1908 Tacaloa ............ Fbro. 10, 1908
31 Jgnórase .................... . " ............ . Fbro. 10,1908 B. de Pansegúita . ...... , ............
32 Mariano Ti1·ado ... ... .. . "
............... Fbro. 11, 1908 La Loma ........ Fbro. 11, 1908
33 Juliana Fuerte ........... . Pieles .••••......... Fbro. 14, 1908 Sal11maoca ..... Fbro. 14,1908
34 Pío Gracias ........ ...... ..
35 Antonio y Pablo Gon.
zález ...... .............. ..
, ...... . ...... Fbro. 18, 1908 San il1arcos..... . ... .. ........... .
Tabaco Fbro. 18,1908 Tacaloa ........... .
~'bro. U, 1908 ,, ........ .
36 Varios vecinos de 'l'a.
caloa .... .. ........ ........ ¡ , ........ ..
37 Ignórase ................... "1 Pieles . .. ... .. .. .. ..
38 David Lamar ... .. .......
1
" ........ ..... .
59 Fermfu Luna ....... .....
1
Tabaco ...... ~ .... .
Fbro. 27, 1908 Ayapel ...... .. .
Fbro. 27,1908 San Marcos . . ..
Marzo 9, 1908 B. de Guama!. .. .
1
···················· 1
RESUMEN
En comiSJón ................. J ..
Investigación sumaria . ..! ...
Al despacho del Sr. Juez.!. ..
,. ,. ,, •...• .1 •••
Sentencia condenatoria ..... .
secr!o~~~·~~ .~~.~. ~~~~~~~: .. .
Para celebrar el juicio .... ...
Se aguardan declaracio.
nes ............................ ...
Para sentenciar ...... .. .....
SenteDGia condemüoria .. ...
,, ,, .... .. ... 4
Anto de sobreseimiento ... .. .
Aprobóse auto sobreseí.
Se aguardan prueba~.
Seordenó hacerlo com.
parecer.
In veatigaci6n 1umari11
, u
En con$ulta
Se ofició Alcalde San
Benito.
Se fijó día y hora.
Se libró despacho.
Al despacho del
Juez.
Revocada por el
Juez Superior.
Aprobada.
En consulta.
Sr.
Sr.
miento ...... .................. Archivado.
Jnveatigaci6n sumaria ...... Auto de sobreseimiento'
"
,, ......... .. .
En comiai6n Inspector
Se ofició Alcalde Aya.
pe l.
de S. Marcos .... ............. '3e ofició reclam,ndolo
Investigación sumaria ... .. Se avalu6 el tabaco.
Fenecidos en el mes.................. .. . . .. ... .. .. .. ;; sumarios.
Fenecidos en meses anteriores ..................... 27
Pendientes .. .. .... ............................... 34 "
"
llagangutS, Marzo 31 de 1908.
El Juez Provincial de Rentas, Guaoo1uo V ILiiAOOB.
Suma 66 sumarios.
El Secretario, Rajad Mqya/11,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
CUADRO que manifiesta el estado de los asuntos que han cursado en el Juzgado Superior de las Renh.s
R eorganizadas de los Departa mentos de Boyacá y Tund ama . en el mes de Ma yo de 1908 .
r~ Col o
101
Q
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NOllllltES.
LUCAll DEL
FRAUDE
FRA UDE I N ICIACtÓN
ESTADO DEL 1
J Ol Cl O EN P ENAS IMPOES·
E ST A
T AS E N PRIMERA
OFICI NA
l NSTANClA
llESO L U ClO N ES
EN SEC UNDA
IN~ TA=- C IA
OBSERVACION
E S
·-
OFICINA
D E INlCIACIÓN
~ -M-a-te-o-Ec-be-ve-rr-1-n.-.. -.. -. I-C- bí_q_u-ia-.. -... -.. · I-P-te-l-cs·-.-.. -.. -... Fcbre::9o8. Sentenciado .. Absuello= ===· Consulta ..... 1 J uez. Provincial de]
Centro y M: Arque
2 Pedro Cue rvo .. .... . .. . ., ... ····· ,, ·· ······· " tC)08. Multa, $ 8 oro ... ,. ...... ...... , ... ...... J uer. Provincial de
3 Asce ns ión Pin eda ... .. ,, ..... ... . ., ........ .
" .. Multa, S 9 oro.... Confirmado. . ...
Centro y Má rqu t z
, .. ... Juez Provi ncial de
4 Alcides Mo reno ..... , .. . Sog1moto .... E xtralimita- Abril 7 d e 1908 Se dictó auto Ninguna ........... Ordena siga juicio
ción ......... devolvié n- responsabilidad
dolo .....
Centro y M3rquez.
" .. . ... Tte. P S uga muxi.
5 A~ tia A bella ........ " ······· ·· Licorel ....... Man o 9 de tgoS. Sentenciado .. Multa,$ Ss-so oro, Re formado { r) .... En apelación .. ..
6 J olio Trujillo .. . ...... Extravío Se dictó auto
arre)to 3 mese s. ,..
" ······ de Febrero 1 t, rgoS. Ninguna .......... . Ordena pase al " .. ··· ··· " " capital.. ... devolvién . Juez Provincial.
dolo .......
7 Jorge L. S'ncbez ... " ······ ··· Extra vio de Mano u, rgoS. s; dict6 aut o Co nd enado á pa- Improbado {2) ... " ... .. . .. $31000 .. . dcvolv ién- ga r $ 3,000 ....
dolo ....
81 Salustiano B1llesteros Belén .......... Licores ....... " 18, 19o8 Sentenciado .. Multa, S 3-75 oro, Confirmado ...... , ,. ....... .. "
9 Pablo Alvam~ .......... Mon,ua .. ... 31, 19o8.
arresto 3 meses.
Absuelto............ En consulta . " ..... ...
" " ········· Absuelto .......... "
..
"
1
1
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1
10¡ Rou Alricl~o ......... Soeamoso .. .. Licores ...... , Abril
11 Agust•n Bot •a . ... t'olb:1 .•...... , .. .... .. Marzo
12 Patrocimo Rod ríguez . .. ......... .. . ..... ..
131 Alcide' M . reno. . .. Sog.amoso .. .. .. .. Abril
14 Ana J uhl ~lOIUS ••• B01\'iU .• .. 11 ····· ..
1
..
t 5
1
Ignacio R:11len ......... SaboyA ....• Pieles . .... ..
16 D.avid )úrt nez Ortiz MIUO .••.•••.. .. ..... . .. Nbre.
17 Aroeli~ I.Ju ttr:1go ..•... Sant.1 Rosa. L icores ....... t.byo
18 Ant AJelin1 Son .... Sl)gamoso .. .. .. ········· ..
19 Manuel C:tJeoa. ....... Auc:lrllm:mga Cig.arrillos ... ..
t 2, 1908
18, 1 90~t .. 19~.
20, 1908 •
18, 1908
8, •908
9. 19=>7.
6, 1908 1
6, 19QS
•s. 19 o8.
Sentenciado., Multa, $ 6o oro,
arresto 3 m eses .
., ....... Absuelt o.
Abs uelta. .... . ..... Apelación .... Tte. P. Sugamuxi.
Absue lto..... ... . Consulta...... ,
., ... .. .. . Multa, S 12 oro.
arresto 3 meses
, .. . .•• . . A b.luclto .• •. .....•
Confirmado ......
1
Apelación. .
., ...... . . .. Consulta ..... . J¿'ez de Tuodam:1 y
1
,, ...... . .
u • •• • ••
Mult3, S 12·SO o ro,
arresto 3 mese<~.'
Ab;uelto. .• . • .. Absuelto ........ .
u ••••••••• •• o
, ... . ..... 1\l ult:~, t 1 -25 oro
1
:1rres to 2 meses Coofirm:~do ... • . ..
11 ••• ••••• Mult1, S 2-t.¡o oro,
1 arresto 3 meses. ., ........... ..
., ··· ··· ·1 Absuelto. . .. .. Absuelto .... .. ..
l Sugamuxi.
1 ., ...... ..
1
T eniente P . dd
N o rte, Soati.
, .. . .. Juez Pro,; ncia 1 de
Occident e,
., ...... ... Juez Pro,;ncial de
Octidente.
u · ••••••••
,, ... .. ... .
u •••••••••
Teniente P. de Su- 1
gamuxi.
T e niente P. de Sugamu<
t i .
Juez r rovineial de
Occidente.
(1) B e f urmado. Consis te en que pague once pesos vein ticinco centavos oro($ 11-25).
(2) Se ordena pase al Sr. Juez P1·ovincial de B en tos para. que s iga el juicio do) reaponsabilidtld.
Tunjo, Mayo SO d e 1908.
El Juez, OEnatNO MuÉv•.
El Secretario, .D11ming11 Or:i~ T.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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RELACION qu e manifiest a el movimiento de lo s negocio s qu e cursaron en el Juzgado Provincial de
Rentas de Centro y Márquez, en el mes de Mayo de 1908.
1
LUGAR rECUA
K O MERES. 1
DEL l'IU.UOJ:. DIL CARGO. ESTADO DEL NEGOCIO. PENA. OBSIRV J.CIONKS. PRAUDE. INICIJ.CI ON.
llicaela Caro ................ Pieles ......... Dbre. 27, 1907. Viracacbll. Enero 7, 1908.1 Condenóse. Confirmado.! ~ 9 oro .. Pagó en din~ro.
Remigio Cantor ............ " ........ . Marzo 10,1908 Siachoque. ldat·zo 10, 1908
1
CondenósE. Confirmado. $ 21 oro. Pa"ó en arresto.
MAt~ Ecbeverrfo. y souir, .. ......... Fhro. 27, 1908. Motavita ... Fbro. 28, 19(18. Condenóse. Bevocaclo ... S 8 oro . . Defendiós~. 2. • instancia.
Ascensión P ineda ........... .. ... ..... Fbro. 29, 1908.• Ohíquisa .. Marzo 13, 1908 Condenóse. Confirmado. $ 9 oro . . Para notificar.
Narciso R ico ................. .. ......... E!lero 5, 1908 .. Tunja ... ... Mayo 25, 1908 Pet• feccio n.;ndose .. ...... ··· ···· ·· Oc urrióse P olicía para
J ulio 9, 1907 ...
comparecen cía.
Josá M . j\f ornl~s ............ .. ········· Oucuita ..... Agto. 20, 1907. Condenóse. Confirmado. S 19 ->ro. Pagó en arresto.
L ui• A. Buiz ................. " ...... ... Enero 22, 1908 Arcabuco. Enero 24, 1908 Absuelto .................... ··· ···· ·· E n consulta Juez Superior.
H ipÓJito Carmona .......... .. ... ... Abril 21, 1908. Sotaquirá .. Abril 21, 11108 P ara sentencia ............ ···· ····· Pedro Atutlar ............ ... .. ........ Mayo 23, 1908. Ráquira .... Mayo 28, 1908 P ct·f eccionáncl ose ......... ········ · Dllniel iño .................. "
......... l\layo 6, 1908 .. Oicatú. ...... Mayo 23, 1908 Para s entencia ............ . ...... ..
l\lanuel R. Parada ......... .. ..... ... . bfayo 15, 1908 Siachoque. Mayo 27, 1908 P ara sentencia ............ ········· Estanislao Espinosa ...... Degiiell o . .. .Mayo 14, 1908 Tunja ...... :Mayo 15 , 1908 P eríeccion6.nd ose ....... .. ······ ··· Antonio Reyes ............. Pieles ......... 1\la yo 16, 1 908 Oicatú... .... Mll.YO 29, 1908 J?erfeccionú.ndose ......... ··· ··· ·· · Sergio Cá rdenas ............ .. ......... Mayo 22, 1908 Obíquisa .. .Mayo 22, 1908 J?a1·a sentencia ............ . ...... ..
namón 1\Ianostoque ....... " ······ ··· Mnyo 14, 1908 Ohiriví ...... ..... .... ...... Para notificar ............ ··· ······ Diligencia~ en averigul\·
ción de una piel .......... ......... Agto. 30, 1907 Vi racacbá. . ..... ......... Para sentencia ............ . ..... ..
DI RISPOliSADI LIDAD.
Franci.co Botero ........... ······· ····· ............... ·········· ·· ............... ··························· ········· En el J~agado Provincial
de ?danizalea.
Benjamín Cuervo .......... ············ ··············· ·········· ·· ................ Pa m. se n tencia ............ . ........ Benjamín Cuervo ........... ············ ...... ...... .. ........... . ··············· Pel'!eccioo&ndose ......... ......... Silver io Rivera. ............ ············ 1
··············· ..... ... ..... . ...... ........ Perfeccionllndose ........ . ......
Tunja, 1.0 de Junio de 1908.
El Jue;t Provincial, ALV.J.Nl>BO S~IJl>O'f.U..
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1131
TIMBRE NACIONAL
MOVUIIBNTO D& DOCUAIBNTOS PJ\lV ADOS EN EL EXPENDIO DE BAI\1\ANQUILLA,
EN BL MES DB ABRIL 08 1908.
Fechas Total. Dctos. Dctos. Dctos. Valor dctos.
1908. dctos. Descripción. indos, oro. Valor dctos. oro p. m. c. p m. c.
Abril 1.0 7 Docum !ntos as! : 5 $ 1,841 so 2 $ t8,ooo
lf 2 28 , 16 4.445 27 12 63,200
- " 3 21 " 13 3,338 62 8 52,300
" 4 14 " l O 9,6o8 96 3 19,000 , 6 1[ , 11 8,887
, 7 23 , 19 15,36o 4 21,200
" 8 14 , 10 10,627 4 12,200
11 9 11 " 1[ 9,120
" 10 JI , 1[ 9.731 58
" 11 8 " 7 1,465 ... 1 s6,ooo , 13 21 , 15 9.930 .. . 6 24,800
, 14 13 , 11 3,580 ... 2 33,000 , 15 17 " 14 13 ,022 63 3 29,800 ,, 18 5 , 4 1,458 48 1 3,000
11 20 15 , 12 3,307 ... 3 54,000
, 21 20 , 17 18,541 i5 3 166,020
" 22 10 " 7 6,870 ... 3 120,000
" 23 5 " 5 1,020 ...
" 24 4 " 3 863 8o 1 9,500
" 25 10 ,, 8 rime.
ras; á todo el año pasado, las segun
das, denominadas también d e " Re.
construcción de la Escuela de niña s, ·•
y á los ú'timos cinco meses d e l mis
mo año, las últimas. Examinadas to
das, no se encontró ninguna 001isión
de estamp illas, pues antes hien, las
llevan ind ebidame nte d ocumento> <' Uyos
valores no pasan de diez pesos, y
en otros d e mayo r valor se han cuhier.
to los picos menores de cinco i e s os
($ 5) . lo que se apunta co m o o bse r.
vación al visitado para lv suce!.ivo .
L as ej ecuciones fu e ron lihra-!a A e n
el tra nscurso de los mes es de S ep.
ti e mbre d e 19 06 á O c t •t bre d e 190 7,
y r E s•1 ltaron doscientas cin c ue r.t'l y
y cu a t ro, constantes cada una d e una
hoja, y c uyas actuacione s !'e re du
c e n al auto eje cutivo, su notificación
y constanc ia de pa go, in c! u~ ive co~tao.
De ellas s61o ocho se hall .,ron por
sumas mayores •l e die?. peso<; y meno.
res de trescie rtos, en la s r¡ue a l com.
putar las costas no se incluyó !a suma
de diez c e ntavos valo r de la estam.
pilla q ·1e correspond ía ~ catJa auto
ejecutivo, c onformP. al punto Atlloz
fracd ;n A d e 1,1 T arih vi !{en tt>. •
El total tle las partida s de cargo
por valor de c ostas, llevd•hc; al libro
re spectivo contra lo que prescribe el
a~tlculo 2 1 del Decreto gog. sobr e tim.
bre, monta c1 la suma de ve inticinco
pe sos cuarenta certtavos ($ 25-40),
correspondiente á las doscientas c illcuenta
y cuatro hoja~ de papel e=n p
leado en las ejecuciones, cobrado su
''alor como sellado.
D e lo dicho se deduce que el Tesoro
del Municipio es responsable de
esta sum~ ante las Rentas R eorg-ani.
Zé.das, y e l Sr. Tesorero de l a de
oche nta centwos ($o-So), valor de
las estampilla;; que dej • de Exigir
para los ocho nutos ej e cutivos de que,
en especialidad se h a hec h•l mér ito
En ta l virtud, la Administración
R'Z S UKLVE:
lmp<)nese a l Sr. joatto.Jí n Ihrrero-
responsable d e la Oticina visitlldade
acue rdo- con el artic ulo 26 del
Decre to 909 ya cit'ldo, le. multa de
un pe so sesenta centa vos oro($ 1-60 ),
doble valor de las e s tam ~· illas Cl miti
das e n los autos ejecutivos por sumas
mayores de diez peso!', mu 1ta qu e con .
signará dentro de segundo día en la
Ag e nc ia Munici pal de Renta~ Reor ganizadas
de esta dudaJ
Pnr la Administr'lción Pro vincial
se h l rán las gestion E'" n ecesarias ~
obte ne r la inde mnizn•,itSn de la ~urn a
d ~ pl' !> OS que e l Tesoro dt>l Uunici
pio d ebe á las citadas R e ntas,
r· n co nstancia firm a mo-. esta di li.
g enci .. , de lA c ual s e re miti d o sen la !.
c. o pias á la G e r e nc ia de l:? c ntas y á
a Admini ~ tració n D •¡nnn m·mtctl.
LucA3 .I:' JAz Piau.- E l T esor erc ,
en a rgado, Lutimo Ptr d" 111" A - r 9,071 35,820
Boyacá ..... .... . ............. ..... . ... 20,765 8,323 ¡,¡go
Cauca ................ . ........... .... 51,81 1 3.358 46,870
Cundinamarca ..... ..... ........ . 70,889 18, 116 53,707
Galán . . ............................. 18,713 1,403 17,1 :40
Na riño ... ··············· ·· ·· ····· ·· 12,504 1,972 12,107
Santander ..... . .. .. ............... 51,173 8, 133 41,689
Tolima ................ · - - · ......... 54.993 6,636 48,os6 ---- --------
Totales ..... .. . .........
Bogotá, Mayo de tgoB.
CONTESTACION AL AUTO N.0 2 1 .
Adnu'nt'slraci6n de las Rmlas Rtort:ani•
ados tn los Dtparlamtnlos de Tolima
)' Huila.-Número 7·J9J .-I6tJgu é,
M ayo I8 de I908.
Sr. Gerente de Rentas.- Bogotó.
Conte!to las observaciones que en
auto mim t. ro 2 1, de 30 de AIJ ri l úL
timo, hace el Sr. Contador de su ofi .
cina ;{ mi cuenta de Enero del co.
rriente año. •
1: Obstr'Dadón -La copia del libro
Diario fué en extracto, por las consi.
derac iones e xpuestas e n mi oficio nú.
me ro 7, 186, remiso rio de la cue nta
de Enero, sc.b re las cuales nnda dijo
esa Gerencia ; por supuesto re cumplirá
lo que ordena el Sr . Contador, y
ya e~ t á tomdndcse ,;, t:vlmso la cuenta
del L. D . Sin embargo, me permito
llamar la a tención de usted á la circun~
tan c ia de que en e l Diario de
e5ta oficina están consignados los lar.
441,g6t 34,274 34J,go8
El Contador, J. C. RoDaÍouaz.
g u( sim c. s det'llles de l m o vimiento de
caud al es entre unos y otros agent. s,
d etalles que son poco nt:cesarios en
la oficina de usted , pu es segura:nente
allá no h ay libro que represente la
evolución dé las cu e ntas mu nicipales
de los D e partamentos, pues!o que e sa
es labor que incumbe y corresponde
á las Administraciores Departamen.
tales, to•la Vf'Z que par<> el Sr. Contador
d e la Ger encia ningún interés
puede t e ner que e l agente A haya
reme~ado e l. saldo R a l agen te B;
que éste le haya devue lto pc. r billetes
f alsos li\ cantidad F, la c ual repuso e l
agente A días después; }' que e l
ngent e B, encargado d e r ecoger los
saldos de c ierto Circuito y d e reme .
sar fo ndos á aquellos mu t icipios cuyas
e ntradas no alcanzan á cubrir 'os
gastos, haya r emes~doles oi los age n .
tes táles 6 c to áles sum as. Y ll amo la
atención sobre estas con~ideracio nes ,
porque aspiro á que en atención á
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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11 34 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
ellas usted disponga que no es necesario
tomar cop ia del Jargu{simo detalle
de los artlculos de imputación
" cuentas corriente s á cue ntas corrien.
tes,'' que ha sido e l único suprimi do
en lt. copia á que se refiere la 1 ." ob
servaoión contenida en e l auto que
conte sto.
2." a) La suma de $ 2-gs que e l
agente del Guamo hace figurar en la
cuenta d e Ene ro no es r eintegros; f:S
parte de un saldo que le faltó en una
r emesa. En co nsecuencia, no tiene
comprobante , porq ue no es ingreso :
es entrada de otro orden.
6) Tanto los c omprobantes de la
multa d e Fulgencio A lbadán como
el de $ 491-16 por tabaco y e l de
$ 47-20 por la renta de pieles de la
agencia d el Guamo (no Alpujarra,
como dice el auto), se acompañan
h oy ; solamente que el de la multa,
que de b ía con~ ti t u í rlo copia de la
sente ncia, no vi no e n tsa forma sino
en el recii.Jo núme ro 6 1. Es de advertir
que e l ingreso po r pieles no es
de $ 4 7-20, como d ice e l Sr. Contad
or, sino de $ 47-22 , r o mo lo dicen
la c uen ta mu nicipal del Gu'i mO y la
cue nta obse rvada.
3." No se carga en la cuenta de
Casabianca $ 1 , va lll r d e ~;n alcance
en la ve nta de pi e le s, porque es práctica
en e!. ta ofi cin a no ca rg a r los alc
a nces hasta no ser a cep tados po r los
agente s, pu e~ t o que ellos ti e ne n de recho
pa ra ex pli car la causa d e la dife.
r e ncia, y puede suceder que te n ~an
razón, en c uyo c aso h abría que entrar
e n opera ci ones d e d e du cción e n
e l Libro D iario y en e l de C ue ntas
Corrie ntes ; mie ntras qu e espe rando á
que e l agente re conozc a el alcance ,
és te se e n cuentra anotado en un mtmorandtlm
abierto al e fecto.
4." Los c ompro bante s que faltan en
la Prov i nc ic1 d e H erveo corres ponden
á las cuentas de Marulanda en Octu.
bre, Noviembre y Diciembre de 1907,
que no e staban inco rporadas ; y co.
mo la circular d e la Gerencia no las
cobija, vi nieron sin el duplicado que
ella exige ; e n ese caso hay otras
cuP.ntas en F ebrero y Marzo Pero no
es $ 1 1 1-65 lo que se ha cargado
come producto de pi e les y tabaco en
aque lla Provincia, como dice e l Sr.
Contador, sino$ 147-66, as{: por pie.
les,$ 1 11 -65; y por taiJaco, $ 36· 01 .
La suma sin comprobantes es la de
$ 102-7 S, que es el total de los pr oductos
d e Marulanda er. los meses
apuntados; igual cosa suced e con Jos
gastos: los com probados son $ 30 os
· y los no comprobados $ 36, pues el
total es$ 66-05 y nó $ 30-85, como
dice la ob~ervación.
5." El auto número 16 sobre la
cuenta del Munici pio de Neiva no le
carga por Rentas sino $ 27 5-48,
porque los $ 0-45, que entraron por
aparatos de destilación, no están comprendidos
a llí ; y no lo están, porque
esos caudales no se consideran como
producto de Rentas, ellos t ienen su
cue nta distinta. Por supuesto el agen.
te tiene cargada en su cuenta corrier..
te e sa suma y en el Diario figura con
esta imputaci6n : " Cumtas corrt"tnlts á
aparat os de dtslt1adón." El producto de
las Rentas en e l Municipio de Ne iva
es, pues , de $ 2 7 5-03, y así lo dicen
el Di a rio, la cuenta y la estadística.
6." La diferen cia que hay en la
Provincia de N e iva entre los comprobant
e s y la cuenta, procede de que
están incorporadas las municipales de
Aipe en Octubre, Noviembre y Diciembre
que están en el mi smo caso
de las de Marulanda, á qu e se refiere
el punto 4.0 Esas cue ntas dan un
total de: produc ido $ 95 y gastos
$ 97-92. Hay un error en la obser .
vación, pues en la cuenta aparecen
incorporados como gastos en la Provin
cia $ 5 39-22, y en la observación
se dice que aparecen $ 549-22 ; refiri
éndose á los ingresos dice que los
comprobantes que tiene á la vi sta dan
un total de $ 669-52, y examinados
aqul los duplicados de esos documentos
s61o dan un total de $ 66g-47.
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BOLETlN l>E LA:) RENTA~ Kh:ORGANIZADA5 1135
¡ .• Se r e miten los cuadros y reci.
bos rderentes i 111 cuenta de Timbre.
8: Se ha tn diez columnas,
en cualquie r momento se puede
sabe r, con la m era in spección de 19,
cu,nto han producido las Rentas,
cuánto se ha gastado en cada una de
ellas, cu,nto..~ han srdo los g astos de
Administración, en cualquier m es y
en cualquier número de meses. En
un libro de Cuentas Corrientes para
todos y cada uno de s us agentes llevará
usted el movimi en to d e cad~
una d e sus ofic ina s, pero en el Diario
no describirá partidas sino las que
afecten los ingresos y egresos de las
R e ntas y el dinero que se r emita de
e sta ofi cina 6 de la suya á las agencias,
ó pagos que se h agan por cuenta
de e lla s 6 viceversa.
A l a ~egu ntf" dice usted que los
$ 2 -95 c-¡ue figuran en la cu en ta det
2
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1136 BOLETIN DE LAS RENTAS kKORGANIZADAS
Gciamo no son reintegros, y que esa
es una entrada de otro orden, y que
po1' consiguiente no tiene comproban
te¡ porque no es ingreso; es entrada.
Todo ingresb ó entrada tiene su ra.
r:ón de ser y debe tener su compro.
bante.
Se recibió el comprobante de que
tTata el punto 6 de la observación se.
gunda.
A la tercera dice usted que no se
carga á los agentes el valor de los
alcances hasta t a nto el responsable
no lo acepta, y que por tal razón no
le carg6 al d e Casabianca e l peso
($ 1) de que trata esta ohservacinn
En el auto dictado en esa cuenta dice
usted : "En el movimiento de Caja
se cargó $ S-90 oro por la venta de
4 pieles ; el l'alor de éstas es de
$ 9-90, de dons, hasta donde es po.
sible, llenas las formalidades para
efectuar un egreso y cargarlo debí.
damente comprobado en la respectiva
cuenta: se ordena, se consulta y ra.
tifican la ordc:n; se cumple y dan re.
cibo.
Tan pronto como sean enviados i
e•ta oficina por la Administración los
comprobantes anunciados, se cambia.
rá por m edio de un artfculo explica.
tivo la rasón del asier to, materia del
presente.
En atención á la buena VCIIuntad
en servir esta oficina de la mej or ma.
nera y á lo expuesto anteriormente,
me permito rogar al S r . Gerente se
digne ordenar la publicación de esta
respuesta en el Bot~TtN oa R&NTAS.
Para satbfacer la observación he.
cha respecto al sueldo pagado el Sr.
Juan Antonio Caldas, en esta misma
fecha y por medio del oficio número
3 18, he ordenado al Contador reinte.
gre la suma observada mientras lle.
ga el Sr. Caldas, 6 envfe recibo que
confirme lo asenrado por él y por el
•
'
suscrito en el comprobante ndmero
JO.
Soy del Sr. Gerente su seguro ser.
vidor,
MANUaL M. G .. ac4s.
Gtrtnda dt Rmlas - Mínuro :IJ~ -
Bogo/á, Mayo JO de rr;o8.
Sr. Administrador de hu Saliou.-Upln.
Tengo el gusto de acusar n usted
recibo de su atento oficio ndmero 318,
de 25 de Mayo, por el cual se ~irve
contestar el auto número 24, di c tado
en la cuenta d~ e'Sa oficina del mes de
Abril pasado.
Al conteStar usted 1& obstrvad~h
que se h'izo sobre Jos cien pesos remilido
s en virtud de órdenes para fa
construcción de la Bodega de Bau•i.
gón, dice usted que ese egreso y cargo
lo hizo con todos los requisitos fe.
gaJes. En el auto se reconoce qúe
usted efectuó la remesa, puesto qcre
está comprobada, pero no se imputa
como gasto, porque no hay compro·
bante. Hacer aquí asiento aboníB..
dole i esa Administraci6n y carpr\.
dole i ésta como lo hizo usted, seña
describir en los libros varias opera.
ciones inúd les, las cuales consistir:ln
en abonarle á usted como remeta
esa suma ; cuando remitiera los coñi...
probantes, cargársela ni capftulo correspondiente
y abon,rsela o1 esta
Adm!nistración ; esto, siempre que usted
no hubiera hecho lo que dice en
su nota que piensa hacer cuando fe
remitan lo s comprobantes, pues éiitonces
habría necesidad de poner
contrapartida para cargar á su cuenta
los cien pesos que se le hubieran
abonado por remesa y abon,rsefgs
por gastos varios. Todo esto se ev~
con que usted tenga como existenciá
en Caja eso, y el día que complete
Jos comprobantes describa el gasii.
Adem,s, si la cuenta no suma estrr...
tamente los $ 1 oo sino $ 99-9'Ó" o
$ 100-50, por ejemplo, habría ~e
poner contrapartida en el p1hnor Ci'-
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1138 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
so, y en e l segundo partida adicional
y explicación en los comprobantes
para remitirlos á la Corte.
Lo dispuesto res'lecto del sueldo
pagado al Sr Juan A. Caldas está
de acuerdo con lo ordenado en el auto.
Accediendo á sus deseos se publi .
can( la contestación que da al referi.
do auto.
De usted atento, seguro sen-idor ,
SALVADOR FRANCO.
AUTO NUMERO 28.
Gerencia de Rmlas.- Bogolá, Junio :1
dt I908.
AUTO de fenecimiento dictado en In cuent.
a do la Adminis tración Departamental
c1o Santander, de que es responsabl e el
&r. 1\ogerio Rosas.
La cuenta de la Adminstraci6n Departamental
de Santander , correspon.
diente a l mes d e Marzo de 1908, ha
lldo examinada, y encontrándose per .
fectamente arreglada y comprobada,
1e fene ce, y por consiguiente se incorpora,
cargándole al Admini st rador
la suma de $ 12 ,289, 6o y abonándo.
le$ 10.918-32, por ingresos y gastos
de las Rentas en dicho mes.
Cópiese, comunfquese y publfquese.
El Centador, J C. RooRIGUEZ. -El
Aníliar, Luis Porlocarrero.
AUTO NUMERO 29
Gtrmcia de R mlas.-Bogolá,jrmio 8
dt 1'908.
AUTO de fenecimiento dictado en la cuenta
do la Adn:inistr.ción Departamental
de Cundinamarca, de que es responsable
cl Sr. Emilio Pieschacóo.
Examinada d etenidamente la
Cuenta de Cundinamarca en el mes
de Abril pasado, d e que es responaable
el Sr. Emilio Piesc hacón, se ha
encontrado bien llevada y comprobada,
y se fen ece s in observación
ain¡una. Se incorpora en la C uenta
de eeta Administración con un cargo
por produclosde $12,4:u-6r,y
un abono por gastos de$ 6,44 r -4 r .
-..
Cópiese, comuo{quese y pubUquese
en el BoLETlN os RsNTAS.
Bogotá, J unio 8 de r go8.
E l Contador, J. C. RooRÍGtnz.
El Auxi liar, Luis Porlocarrero.
AUTO NUMERO 30.
Gtrenda .de Renlas.- fJogolá, ]uní~ 9
dt I908.
AUTO de observaciones dictado en la
cuenta de Abril de tgo8, de la Adroini•tración
Departarcental del Cauca,do quo
es responsable el Sr. Miguel Angel Losada.
Con la nota número too¡, de 14 de
Mayo de 19c8, se recibi6 la cuenta
de Abril de la Administración De.
partamental del Cauca, y hecho su
examen, se h a observado lo siguiente:
1 . 0 El comprobante de ingresos mimero
3,4 1 S de la Agencii\ de Oul\car{,
Provi ncia de B uga, por $ 4 valor
de una piel veadida á Patricio Lenis,
no tiene la firma dei entera nte. Lo
mismo sucede con el comprobante .o tímero
2,729 de la Agf'nci ~ de BLiga,
~·o r $ 16, valor de e . atro pieles fres ·
cas ve ndidas á L~on idas Martínez;
2.0 Los comprobantes de ingresos
números 2,548 y 2 ,544 de la Agencia
de San Vicente, Provincia de Tulu,,
por $ 9-30 y$ s6-25, va lor de los
derechos de la Renta de Tabac, , no
tienen la firma correspondiente ;
3.0 El comprobante de ingresos
nú mero 5,263 de la Agencia de Palmira,
por $ 2 3-40 de la Renta de
Tabaco, no está firmado por el enterante
Francisco Becerra ; igual cosa
sucede con los comprobantes númeto11
5,798, 5,799 y 5,8oo de la Agencia
de Pradera, Provincia de Palmira,por
ingresos en la Renta de Tabaco ;
4 .0 La suma de los comprobantes
de ingre!>os de la R enta de Tabaco
de la Provincia de Buga es la de
$ 1 7 3-6g, y en la c uenta aparece
$ 173-84 ; hay, pues, una d ife rencia
de quince centavos ;
5 .0 La suma de los comprobantes
de in&Tesos por la Renta de Tabaco
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BOJ....b;TJN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1139
de la Pro"incia de Palmir:a es la de
S 2, 1 1 7-78, y en l'l cuenta aparece
S 2,124-2 3; la diferencia es de ti5-4S;
6.0 En la Provincia de Popaylin los
ingresos por aprovechamientos no est4n
comprobadc.s, salvo $ 1 o valor
de una :nulta impuesta á Manuel D.
Muñoz, por fraude á la Renta de Pie.
les;
7. 0 Los comp robantes de ingreso s
por aprovechamientos de la Provincia
de Buenaventura suman $ 135-82,
y en la cuenta aparece $ IJS-22 . La
diferencia es de sesenta centavos;
8. 0 Las siguientes n6minac; están
sin el c orrespondiente Vzito Bumo: la
del Juzgado de Buenaventura ; la del
juzgado de Buga y Tuluá y la del
Juzgado de Cati ;
g. 0 El telegrama mimP.ro 515, de
25 de Abril, dice á esta Oficina que
Jos Rematadores de Palmira quedan
debiendo $ 248,5 77, y en su cuenta
de Abril figura la Provincia de Pat.
mira con $ 2 12,860, lo que da Unl\
diferencia de$ 1,437 entre la cuenta
de Licores y el dato que di6 por
telégrafo, por ser el valor del arrenda miento
de $ 46o,ooo, todo en papel
moneda, d1ferencia que debe subsanarse.
Como ha incurrido en los mismos
defectos de que se habló en la nota
ndmero 193 de 9 de Mayo, con res.
pecto á la Renta de Licore$, se le
llama nuevamente la atención á los
puntos alll indicados .
Se incorpora esta cuenta en la d e
la Admini~tración, haciéndole Ull cargo
de $ 15,697-1 0 y un abono de
$ 7,982-10, pero queda en la ob' iga.
ci6n el responsable de subsanar en la
pr6xi.11a cuenta los errores que se
han ap11ntado anteriormente.
Cópiese, comuníquese y publlquese.
El Contador,
B. FnNÁNoaz D.
El Auxiliar,
Tomds Carra19U11/a H.
AUTO NUMERO 3 1 .
G!rmcia tle Rmlos - Bogotá, Junio ro
tle r9o8.
AUTO de observllci ooe~ dictado en la
cuenta de Enero de •g o8, de la AdOlioistrllción
UeparlomPntnl de Rentas R eorgan
i zadas de f.lalllo, de que es respo naa·
ble el Sr. l\11m óo Af3.Dador.
Se ha estudiado detenidamente la
cuenta de Enero del año en curso de
la Administración de las Rentas Reor·
ganizadas del Departamento de Ga"
n, de que es responsable el Sr. Ra·
món Afanador, y se le hacen las si·
guientes observacio nes :
De conformidad con la Circular
sobre Contabilidad, pub1icada en el
BoLKTÍN nx RENTAs del mes de No·
viembre pasado, h acen falta los com·
proh:• ntes siguientes :
Art. 114 Jel Diario-Caja á Va·
rios-Faltan los co m ¡ robantes deJas
ren.esas h ec has por Jos Agentes, por
valor de $ 962,92;
Arl. 1 1 C. No aparecen tampoco
los ruad ros de movimiento de especies
de cada Agencia Municipal.
Entre los comprobantes de los In·
gresos por la R e nta de Pieles no apa.
recen originales los cuadros respecti.
vos de los Adminbtradores Provincia.
les, en que CO Mten las 'consignaciones
hechas y los produ tos mensuales.
Tampoco se h a n remitido los autos
que s~ dictan e n e l examen de las
cuentas d e los sublllternos, ni la dili·
gencia de visita practicada en esa Ad.
ministración en el mes de la cuenta,
documentos todo~ in rl i)pensa bles para
el examen de una c uenta mensual.
No obstante lo expuesto, se fe nece
provi~ionalmente e;t<'l cuenta, quedan·
do e l responsable e n la obligación de
remitir los comprobantes de que trata
este autCI, y se incorpora, cargándole
la suma de S 1,793-47 por producto
de Rentas, y abonJ nd ole $ 1,907-24
por ga~tos
Cópiese, comunfquese y publfquese .
El Cont tdor , B. FnNÁNDIIZ D.
El Auxiliar, Lm's Porlocarrtr6.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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t140 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
A UfO NUMERO 32.
Gtrtnda dt Rml as - B og f'M, Jun((l ro
de Ifi08.
AUTO de observacion es tlic tndo en la
centa de Febre ro de 1go8, de la Admigi&'
raoión Deparl.;tmen tal de Rentas
j\eorganizadas de Ga l án. do que es tes·
pon,able el Sr. Ramón Afdnador.
la cuenta de Febrero d e l afio en
curso de la Admini straciiÍ n d e: Rentas
Reorganizadas del Departamento de
Galán, de que es responsable el Sr.
Ram6n Afanador, se ha e xaminado
debidame nte y se le hacen 11tS obser.
nciones siguientes :
Hncen falta los cuadro s originale!>
de ingre ~os y egre sos de las cue nt!\s
lncorpor adas, los autos que se hayan
dictado en el examen de la s cuen tas
de los subalternos, la diligencia de vi.
sita practicada en la Ofi cina de la Administración
D epa• tamenta l po r el empleado
re specti vo, d ocume ntos todos
de que tra ta la circular s obre Contabilidad,
publica da e n e l BoLRTÍN 01
RsNTAS del mes de No vi e mbre último.
Ademh se observA :
Art. 120 de l Diario- No trajo la
cuenta los comprobantes de los ingrews
por Agenci as po r la suma de
• 2,045-9~·
Art. 1 2 1. En la c ue nta $ 1 ,7 5 1 por
bodegajes no trajo e l comprobante
por$ 21, como ta mpoco el de$ 10-76
por buena cuenta d.~ J saldo del C e la.
dor del Socor ro.
Art. 122. F a ltan los comprobantes
c1e la A¡:-encia de Curití, po r venta de
una piel seca d e 9 k , por $ 2-70.
E t de la A ge nc ia de S uaita, por 6z
"ilos de tabaco,$ 9-30.
E l de la de B~: tulii\, po r$ 104- 10,
derechos sobre 6 94 k d e tabaco.
E l de la del H a t . ., , por $ S-26, de
rechos sobre 35 k . de ta b aco
El d e la de Ga lá n, por $ 247-52,
4ere chos sobre 1,649! k .
E l de la d e S .1n Vi ce nte, por
S 38-61, valor d e 429 k de su! ma.
rina.
Art. IZ3 . Falta e l comprobante de
l a suma que recibió Ignacio Rivera
por cuenta d e l Contratista de Pi gc-ta, Ju1io ''
de tgo8.
AUTO de observaciones dictAdo en la
cuenta de Marzo de •gn8. de la Administ
ración Depart11 ment ll de Rent.y
1:\corga nitadas de Galán . do que es respon
s able el Sr. Ramón Afanador.
Se ha hecho e l e studio correspondiente
á la cuenta del mes de Marzo
del año en curso, de la Administra.
ción del Departamento de Galá n, de
que es responsable e l Sr. Ram6n Afanador,
y se encontró que hacen falta
Jos mismos documentos de que trata
la primera parte del auto que recayó
11 la cuenta dt! Febrero del presente
año.
El asi ento del artículo 1 29, por
$ 1,740-48, por remesas de las Agen cias,
no trae Jos comprobantes respectivos.
Art. 1 3 1- Rmla d~ Pielu. No apar
ece el comprobante rle la Agencia
de San Joaqufn, por $ 6-3 1, valor de
tres pieles vendidas.
Re,1la de T<~b'lco.-Tampoco acompaña
los l>iguiento::s comprobantes :
A g encia de Betulia, S :u
ki los tabaco . ....... .. ...... $; 123 15
Age ncia del Vall e , 275
kilos tabaco .. . . . . . . .•. .•. 41 25
Age nci" d e l ll ato, 37t
kilos t&baco .•• . .. .• . . . . S 6o
Agencia del P11ramo, 1 39
kilos tabaco.. . ......... . .. ... 20 90
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS ll_.4l
Ag-encia de S1n Vicente,
440 ki'ogramos sal.. ...... $ 39 6o
Art. 133-" li Admini~ trachí n General,"
para comprobar el a'iento de
$ 500, por pago h echo al Sr. A tfre ·
do Caballero, debe remitir un fjem ·
piar de la cuenta de cobro mímero
17 de 3 de Marzo.
Entre la relación rte pie les entre
-radas al Contratista en los meses de
Mayo á Octubr .. de 1907. que vino
con la cuenta que se e~t'á examinando,
y Jos cuadros p11rcjales r ferentes
á Jos mtsmos mn.cs, r¡ue han veni
do con las cueutas men~uates, existen
difere ncias d e CQ n -,ideración que
deben ser explicadas, ~ saher :
Meses.
Mayo ..........
Junio ......
Julio ....... . · -~
Agosto ......
Septiembre.
Octubre ......
Relac:ió¡t. Cuadro. Diferencia
2,130 2,130
2 ,242 2.24l
2,163 1,9S3 210
·, 110 2,056 54
2,346 2,268 78
2.140 2,104 36 ---
13,131 12,753 378
Entre el saldo de la cuenta de Caja
en el Mayor, que es de $ 582-32, y
la existencia según Libro respectivo,
hay una d iferencia de $ 313-39, y
aun cuando existe una nota explicativa
en esa copia, no hay razón para que
las dos cuentas no conr.uerden en el
sald~, en la mi sma fecha, puesto r¡ue
las operaciones de~>critas en la Caja
deben estar acordes con las descritas
en los libros Diario y Mayor.
No ob~tante lo expuesto, se fenece
provisionalmente esta cuenta, y que.
da e' responsable con la obligación
d 6 presentar las explicaciones del
caso y e nviar los comprobantes de
que se ha h echo mérito e n e l presen
te auto, y se incorpurll carg:indole la
suma de $ 2,420-32 por producto de
Renta~. y a1Jom1ndole la d; $ 4,8 1 t 49
por gastos
Cópit:se, comun{quese y publlquese.
El Contl\dor, B. FKRNÁNDIZ D .El
Aux•!la r. f.uis P.•rlflcarrtro.
AUTO NUMERO 3A•
Gtrtncia dt Rmlas.-Bogolá, Junio ~~
de 1908.
AUTO de fenedmiento dictado en ll\ cuen·
ta del mes de Mayo do rgo8, do la Ad_
mro istrució n de Ja Salina ti C I.UIJlaralf
\Jpín, de que es responsable el Sr. Manuel
Maria Garcés.
La cuenta de la S~lina de Cui'JU'r•l
y Upín, refe rente al mes de Mayo
del presente año, dt: que es responsable
el Sr. Manuel María ~rcés, fué
presentada en esta Administración
General en o~ortunidad, y becho el
examen detenido de ella, se ha en·
contrado bien llevada y comprobada.
por lo cual se fenece y se incorpora
en la de esta Oficina, car2'ando al responsable
la suma de $ 63-90 por
productos, y abonéindole $ 668-30
por gastos.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Contador, B. FttRNÁHnaz D.El
Auxiliar, Luis Porlocarnro.
AUTO NUMERO 35.
Gtrmda de Rmlas.-Bogolá Junio,~~
de 1908.
AUTO de observacione . .c1 dictado e.o la
cuenta de Abril de '9"8, de In Admini&--trarión
Deportoment.ul de Boyac4, de
que es responsable el Sr. Jorge S. Ro·
bledo.
Con nota número 3443, d t: 13 de
Mayo del presente año, se recibió en
esta Administración la cuenta del Departamento
de B oyad , referente al
mes de Ahril de 1908, de que es res.
pon sable el Sr jorge S . R o bledo; y
h~cho el examen de ella se anotan las
siguiemes irregularidades para que
sean subsan adas:
Art. 35 2-No acom paña Jos com¡.¡
robantes de las sum11s de$ 171-12
y $ 199-42 por giros he::chos á favor
de los S res. l!,ranc isco Tobar y Pedro
E. L eón, los cuales deben ser los te·
legra:nas en que dió la s órdenes para
hacer esos pagos, mie o tras describe
la partirla correspon iiente en la cuen·
tP. de Ptel~s. comprobándola con las
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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r 142 BOLETIN DE LAS RE~ 1 A S RE.ORGANIZAUAS
cuentas que mt ti van esos gi ros. Tan.·
poco aparece el recibo de $ 20.
Art 353-Falta el comprobante de
la remtsa het.ha á e~ta Administraci 6n
por $ 280, y el de la suma entregada
al Sr. Polid cro Ramlrez, 1 or $ 40.
Art. 3SS-Entre los comprobantes
de los productos de pieles en la
Provinci¡\ de Tenza y Neira y el
asiento del Diario, h ay una dife rencia
de $ 7-44, pues el a sie nto habla
de $ 151-36 y el comprobante vale
$ 158 -¡o.
Art. 356-Provincia de MárquezFaltan
los recibos de honorarios de los
Agentes de Turmequé y Socha, por
3-45 y $0-42, respectivamente; y en
la Provinc ia de Sugamuxi hay una di·
ferencia,que de be incorporar, de$ so,
pues Jos productos de la Renta de
Timbre, conforme á la cuenta del
Age nte, son $ 284-32, y el a sie nto
del Di , r io $ 234-32.
Las siguientes n6minas no tienen e l
Visto Bueno del empleado respectivo:
La del juez Superior de Rentas de
Boyacá; la del J uez de C~ ntro y Márquez;
la de l J uez de O cc1de nte ; la del
Juez de Nt> ira y Tenza; la del jue z de
N orte, en F o: brero y Marzo. Falta el
recibo de los interesados e n las nó.
minas del J uzgado de Tunj a , y la de
Tundama y Sugamuxi; debe, puts,
rem itir ejempla res debid a mente au ·
tenticados y firmados los recibos por
los interesados.
En las nóminas de la Provincia de
'Márquez figuran gastos que deben
constar en r ecibo sepa rado.
Se adviorte nu e vam en te que no se
debe aproximar sino hasta centé,imos,
pues en las cuentas hay med ios cen.
tavo:o.
No obsta nte lo expuesto, se fe nece
provisionalmEnte la cuenta y se in.
corpora e n 14 de esta Adminhtración ,
cargan do al responsable !a suma de
$ 3 ,560-48 por p r od uc os, y abQnándole
$ 2,008-82 por ga stos, queda ndo
en la obligación d icho responsa ·
ble de incorpora r e n su próxima cuen-ta
la diferencia dP. $ 50 de que se
habla atrás. á. remitir los compraban·
tes que hacen falta y á subsanar Jo~
dem6s defectos apuntados.
Cópiese, comuníquese y publíquese
El Contador, B. FnNÁNDU D.-El
Auxiliar, Luis Porlocarrtro.
AUTO NUMERO 36
AUTO de observaciohu dictado en la cuenta>
de Marzo de 19<.18, de la Administración de
Re11tas Reorganizadas de la Intendencia
NacioM I del Chocó, de que es responnble
el Sr. Guillermo Hoyos.
Germda de Rmlas.-Bogolá, Junio I 2
dt I908.
~e ha examinado la Cuenta de
Marzo del año en curso, de la Admi ·
nistración de las Rentas de la I nten ·
dencia Naciona l del C'h'>có, de qut: e~
responsable el Sr. Guillermo Hoyos~
y del exame n que de ella se ha h echo.
resul tan los siguie ntes reparos:
No trae la cuenta la copia del Dia·
no, Bolanu dtl Mayor, RtltJa'¿n dr ¡;, ·
gresosy Egresos, copias de los autO$
dictados en el examen de las cuentas.
de los subalternos, copia de la cuenta
de la Administración con esa Oficina,
copia d e la cuenta de Caja, ni diligencia
de vi sita, documentos todos indispensa
bles par a pode r apreciar las
partidas de que trab la cuenta, y de
los cuales habla la Circular sobre
Contabilidad, publicada en e l BoL,]l'ÍN
Dlt LAS Rxi'TAS número 19, correspon
diente al mes de Noviembre de 1907.
En la cue nta de lngruqs que aco m .
paña, figura la Renta de Tim!Jre con
$ 253-~0 , y su producto, seg1in e l
Cuadro respectivo, es de $ 2 59-1 o;,
hay una dife rencia de $ 5- go, que
debe figurar entre los productos, por·
que ese f ué e l verdadero producto de
la Renta ; esa dif~ rt-nc iil de $ 5-90
d ebe figurar entre los gastos de la
mi s ma Rdadón, porque lal. Rentas no
debe n figurar c on los p rod•Jctos ll·
qui dos. No obstante lo ex pue~to, y por
no ser errores de Cue nta los arriba.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
OU.\...DRO que manifiesta el movimiento de las Rentas Reo1·ganizadas en el Departamento de Antioquia en el ano de 1907.
El Contatlor, J. O. RonRTGtTEZ ,·
OU ADJttO que n1anificsta el tnnvitniento de las Rentas Reorganizadas en los ·Departatn eritos de Atlántico y Magdalena en el aíío de 1907 .
. ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~.
ENERO -FE•i3R ERO MARZO 1 ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGO STO SEPTIE:JIBRE OCTUBRE NOVIEM B RE DICIEMBRE TOTA L E S \1
TIENTAS 1 i
---------- -;::;::-to~l Gast::- ?toduottJ8 -, -Gastos P•·od~cto•- 1 Gastos l- ;rod"M" 1 aa,tos l'>·od!;ctos l tl.,l~s -. P¡·oducWB - , aasros Prodvcto• aa8 1~ 23~,2~8 62 139,8U 40
entas varias · · · · · . . . · . . 144 :35 338 40 ~ ;{88 l7 . . . . . . . . . 296 66 120 !)3 3,!HO ~¡ 42 30 1 3.J 70 113 48 358 82 117 85 97 40 46 921 . 11 aR 2-t vO :)(} O 1 1 . . . . . . . ¡ 301 79 . . . . . . ... l 17 !l!l . . . . . . .. 103 87 .... 9 4D .), 1.)9 97 833 83
astos varios.······..... . .
1
. . . . . .. !3,299 68, _. . . . . ~,307 :u . . . . . . ... 3,061: 24 . . .. .. 3 025 29 . . . . . . . .J,Ul~ 68 . . . . .. ... 5t022 82 ... . .. ... :~,473 25 _·_· ._._· . _ . :.__~.129 1!3 ~ ~·-··_· _7,1:?G o.> j ü1038 06 l .. . . 5,.36G G!l . . . . ... ... ·t-19.) l1 .•••.... ... .11,390 ]:~
sumas .. - ..... $ 116,941191-7,6<~ 92 ¡as,oVimiento
d e pieles e n Mmcbiqutjo, Provincia del
Banco.
6. • N o se remitieron los compro.
bantes de los derechos recaudados en
Pivijay por consumo de tabaco, ni
del pago de los h" norarios ($ 1- 54),
sobre este mismo tabaco.
7: Las importaciones hechas por
J. M. de Castro ( rn .6o k. de cigarrillos)
y W. A. Widdeton (2.12 k.
de picadura) no tienen el manifiesto
correspondiente.
8 . • E..l giro del Administrador á favor
de Caytuno H os, por$ J - 50, no
tiene la firma de aquél ni el recibí del
interesado.
9: No h"Y constancia de que el
j efe del Resg-uardo hBya recibido el
valor de los rolls de trabajadores que
presenta para el pago de gastos.
10. L os vales por valor de sacos de
arroz, por acarreo de sal, etc., aun
cuando ti e nen e l Es cordmlt del Se·
cretario, les faita la firma del que redhió
el din ero.
1 1. Falta el recibo de los interesados
:l la s siguientes nóminas: la de
los empleados de la Administración
de la~ R e ntts; la de los empleados
de las Salinas Marítimas; la de los
empleados del almacén de Renta de
pi e les; la de los empleados del Ex.
pcndio de Timbre Nacional, In de
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rr~ BOLETIN DE LAS REN:r'AS REORGANIZADAS
los e mpleados de l Resguardo de Ba •
r r anquilla y las nóminas de los ~mpleados
del Resguardo e n :&rno,
Putrlo Ve/,1/o y St~ionuevo.
12. No habiendo venido la diligen .
oia •le visita, el responsable se servirá
enviarla.
Quedando en la obligación de sub·
sana r lo~ defectos apuntados, se in.
corpora esta cuenta e n la de la Ad.
ministración Genera l, cargando al
resJonsable la cantidad $ 87,706-35
por producto de Rentas, y aboninclole
$ r J, 188-5 S por gastos en el mes i
que la cuenta se r efiere.
Cópiese, comunlquese y pubHquese .
E l Contador, B. FttRNÁNoKz - El
Auxiliar, 1omtis Carrasqut1/a H
CONSULTA Y RESOLUCION
sobre l11 gracia qu e CODC('de e l orUculo 63
del Código Penal e o ~enltncias ya ejecu.
toriadas.
Reptíblt"ca de Colombia - Juegado Supe.
rior de Rmlos de Cundinomarca. Que.
soda y Di'slrilo Capt'laJ - Número
:241.-Bogolá, Mayo IJ dt r9o8.
Sr. Gerente de 1\ent.ss Reorganizadas.
E. S. D.
Con arreglo á la Resolución del
Ministerio de H acitn da y T esoro, de
r o d e Marzo del año en curso, me
permito hacer, por su honorabiP con.
dueto, la siguiente pregunta á dicho
M ini.ter io : si la Resol ución de fecha
7 de Mano próximo pasado, en que
se dispone que en asuntos de fraude
á las Rentas no pueden revisarse sen .
tencias ya ejecutoriadas, debe apli ·
carse también al caso en que por los
sentenciado;¡ se pida la gracia que
concede el articulo 63 d el Uódigo
Penal, en su última parte, ti las mujeres
honestas y á otras pe r sonas, pues
se alega que siendo esto una gracia
que no afecta á la par te sustancial de
la sentencia, puede concederse des-pués
de ejecutoriada la misma sen.
tencia.
Soy de usted atento, seguro servidor,
SAMUKL V&LÁSQUIIZ .
Mimilerio de Hacienday Tesoro. - Sec·
non r ·-Ramo de Hadmda.-Bogol{
i, Mayo :zó de I908.
La solicitu i de que trata e l Sr.
Juez S uperior de Rentas de Cundinamarca,
Quesada y Distrito Capital,
en el oficio que precede, no se refiere
propiamente á la sentencia que se
haya dictado, 6, mejor dicho, ' su
texto. Se refiere tao sólo ;1 la ejecución
d e la sentencia que se baya d ic.
tado, y por tanto,
SR RltSURLVK :
Después de ejecutoriada una sentencia
puede concederse la gracia que
consigna el artículo 63 del Código
Penal para las personas que se hallen
en los casos alll previstos.
Comuníquese y cópiese.
El Subsecretario de Hacienda, encargado
del Despacho,
B. SANÍN C.u.o.
REQUISITORIA.
El/ue~ Provincial de Rmlas de J.m IJaltma,
Ho,da y Htrveo,
á todas las autoridades judiciales y
administrativas de la República,
EXHORTA:
Para que e n servicio de la b uena
marcha d e la administración de JUSticia
y en servicio de las Rentas, se
sirvan capturar y remitir á este Des.
pacho á Migue l Durzi, turco, sindica·
do por fraude á la Renta de Cig-arrillos.
No existe fi liación. Durzi es comerciante
en art(culos importados del
Imper io Otomano, y 6 1tim amente residió
en la c iudad de Honda.
CARLos MACÍAs, Secretario.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1145
RESOLUCION
110bre fraudes ll In Renta de Tabnco.
Mimilerio dt Hadenda y Tesoro.-Ser.
iÍÓII 1."-Romo de Hadtnda. - Bogo.
lá, Junio S de r9o8.
Visto e l oficio d e la Gerenci.1 de
Rentas Reor ganizadas, y teniendo en
cuenta que según el at tículo 22 y en
conco rdancia coo el artículo 21 del
Decreto número 1 ~20, los defraud a.
dores de la Renta de Tabaco que con.
dutcan este artículo en mayor canti ·
dad de la que exprese la gula, perden{
n e l tabaco materia del traudt>,
Slt JtJ:SU!ILVIt :
C uando e l fraude á la Renta de
Tabaco consista en condu cir 6 dar '
la venta cantidades que excedan de
las que señala la gula r espectiva, no
pierde e l defraudador sino el e xce$0,
sin perjuicio de las d emás pe nas '
que haya luga r según e l caso y de
conformidad con las d isposiciones pertinentes.
Comuníquese y cópiese.
· El Subsecretario de Hacienda, encargado
del Despacho,
B. SANÍN CANO•
RELACION del número de document<>s privados estampillados
en el Departamento del Cauca, durante el mes de
Marzo de 1908.
1 VALOR NU.IIBRO DE VALOR &N ORO. PROVINCIAS,
DOCUJUh"TOS . RN PAP.RL MONEDA,
---
Arboleda ...... ········ ····· 8 1
$
8,338
$
52 ........... ...
Buga ........... . . . . . . . .. . 66 ...... ... 1 845.091 .. .
Cali ........ ........ ...... ... 9 1 ...... ... 4-767,5 55 . ..
Caldas .......... ............. 1 1 '
...... ... 39,o8o .. .
La Plata ... ...... ... .. . ... 17 2 13 ... I 11,185 ...
Palmira .. .. ..... ....... .... ;6 2,747 .. . 1,2Q9,991 ...
Popayán ...... ··········· ... 142 28,932 26 ······ ·· · ...
Quind(o .................... 265 ..... . ... 2.684,075 ...
Santander .......... . ... . 40 4.67 1 03 ........ .. .. .
Tului ................ -- ...... 35 . ..... ... 474,86o .. .
------
Sumas ........... 824 $44,9(>1 8 1 $ 1 l. 1 3 1 ,8 3 7 ...
El Administrador, MiovEL AN GEL LosADA .
Cali, Abril 30 rle 19()8
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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CUADRO de los asuntos despachados por el Juzgado Su11erior de Rentas de Santander y Galá.n , -
~M~o~~~ ~
o
"' ...
X
..;,
z
NOMBRES.
LOCAR
DEL FRAUDE •
FRAUDE,
&W PLEADO
1NICIADO.R.
FECHA
FECHA D& LA DEL RESUELTO llESOELTO
I NICIACIÓN, PRUIER EN 1.0 INSTANCIA. !N 2,0 INSTANCIA.
FALLO . • 1. ---- ¡--1- 1---- - 1- '----
1908
Jnocencio Garavito ... Curiti ...... .. .... Lico res ..... Teniente ........ Marzo lo, 1908 Marzo 23 .. Dos m eses arresto y ~ t ·8 7S Se confirmó.
2 Nepomuceno C ruz .... Mogot es ....... ,. ...... , ...... ... Abril 1.0 , 1<)08 Abril 2 .. Cuatro meses arresto y S S. ., ,.
3 Eleuterio Ro lríguez .. Aratoca .....• ... p.· ~'les· .·.· · .• ·•· Jue;'de R"e'n"t'a's". Marzo 18. 1908 M· no ::u .. Dr,s me ses arre.s to y$ 1-2s.. , .,
4 Cayhrro 31, •9<'8 Abril 22 •.
,, • •• •• " •• ••• u • ••••••• • " 31, t 908, tt 2J ...
•• •••· • ,. • ... •• ......... , J I, Jqo81 " 2J . .
Gooúlez. .... ,. ...... ,. ... ...... Enero 24t 1908
1
" I J ...
.. ...... " ..... .. ........ .1 " 24, 1908 " 13 ..
Bocb
"· •·ma .. ·. · . . · , ... ., .. ...... , ,. 24, 1908 , 1J ...
u~ , ... ... , .... .. ... Dbre. 2, 1907 ,. 24 •
" ... ... " ..... " ......... " 2, 1907 ,. 24 ...
ruo:d e Oro. ..... P i eles.. .... J ueJ: de Reotas. l Enero 1 s. 1908 ,. 2 2
Guapotá.. ...... Licores . ... Teniente ......... Fbro. 17, 1908 ;:\fayo 2 ...
17, rC)OS ,. 2 " ,.. .. ... .
,, ······
Bocbalema .... ... 1
" ...
" .. ...
' ' ··· ···
"
, ...... .
Zap~toca .. ::: .:·
Labateca ....... .
,, ...
n •• •. ••
Matao zn ...... .. . , . .... . .
Cu cutilla ...
Gua.ca ......... . . ,, ···· ··
..
" . ,. 17, 19:>81 .. 2 ...
17, 1908 " 2 . ..
Marro 18, aQ08 A b ril 12 ..
,. 18, 1908 . • 12 ...
" 18, 1908 ., 12 .. .
" t8, 1908 " u .. .
" 18, 1908 " u .. .
IS, t908 ., u ...
M~)·o s. 1908 Mayo u ..
Dbr~. 24, 1907 Fo:b r ero 8.
Enr ,o 13, 1907 Mayo 20 ...
Sbre. z8, 1907 MMr l O 23.
Obre. 21, 1907 Mayo IJ • .
Sobreseimi eotó • • ' . . .. , . • ... • Coo (ltttlaei6o.
" U n aüo arrest o ................ ..
Dos meses arrest o y S 15 . .. .
Dos meses arresto y t as .... .
T r es muu a rres to y $ so • .
Dos meses arresto y $ 10 . ..
Dos mests arrest o y $ 5 ... .. .
Sobreseimiento ............... ..
" Multa de $ 1S y perd er una
p1el . . ...... ............... .. .
Dos meses a rresto y $ so . ..
Un mes arresto y S :as .. ..... .
U n mu u restc. y $ :as ...... ..
Cuarenta días arresto y
$ J3- J2 .. . ................ ..
Cuat ro meses arresto y $ 10.
Sobreseimiento ... .............. .
"
•• Un afio arresto y t o-os.
Confirmaci ón.
Absola ci6n.
Dos meses arresto y t 1-35.
Absol ución.
Se co';wmó,
"
~ o
~
~
Multa de $ 14-s o. Z
Se co n6no6.
Q uin ce d las arresto y $ u-se ~
Se co n6no6
t""
A bsol uc ión. >
Cuatro meses arres to y $ <>-9C Vl
Se coo6no6. :;o
Un mes arresto y $ o-22+. ~
Se co nfir mó. Z .. ·--· ... .. ... .. ... ,, " ~
Vl Dos O:~m arre~~~·y· ¡ .. ;.:.:s;:: " "
Dos mes~s arresto y $ 12-16 R~ pon~; parte del p roceso. "
Sobre se imiento . .. .... ...... . .. Confirmación.
0
1:%1
Tres meses arrest o............. Absolución.
T res meses arrest o y$ 81·25 Veintid ós días arresto y ~
$ l2 98. .. .
S2 Miguel l'eiia......... ... , ... . ., ..... , ...... ,. :u , 1907 , 13 .. Tres meses arresto y S 8 1- 2s T res m eses arresto, $ S9-9Jl . >
~S-3~Be-=n•ed-=ic~to~V•i•ll•abo-=o•a• .. ~-=·-=--·"-==-•'·' ~ .. a· ... · ._._" ._. · ...... _ .. _ .. __ _." _..2.1,•1•90-=7=-•'•' -=1•3.;.S•o•b•re•s•ei•m• i•e•nt•o• .. •· "·"·"·"·"·' ·" ·"~~ -S-e•c•on•fi•r•m•ó•.-=----~-=~ ~
o
Buc:ara man¡a, 30 de Mayo d e 1908.
E l J u e& Superior, ~
J U A N D B D IOS MKNAS,
~1 Secretario, N ar(D G4m~.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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\
RELACION de los cultivos de Tabaco en los MllDiciptos de la Prov.lDcta de Cúcuta.
r:MBRE DEL CULTIVADOR.
1 A~BOLEDAS,
Hipólito Suárez . . . •.. •..•... . .. •..•..
Id. íd ...... .... ... ·- -· ........ .
R.ubén Hernández ..................... .
Alejo Durán ... . .. .... ...... ·--· ..... .
ld. {d ........... . ....... . . .. .
Manuel Laguado .... .. . • - .......... .
Id. íd ...... ......... . .............. ..
Olegario Ortiz ............ ................. .
Reyes Landínez ............. ... .. . .. . .
Rafael Becerra .. .......... .. .......... __ .
Tomás Lizarazo ......... ... .......... ... ..
V.idal Lizarazo ...... ... ...... ... ..... . . ..
José Crruz ....... ...... .. . ... .. .. .... . ..... .
Luis Carrillo ...... ........ . .. .. .... ... .... ..
BOCHALltMA.
' ~imundo Rivera .. ............. . - ... ..
Felipe Miranda .... .. ... .. ............ .
CONCORDIA.
Antonio Durán ..... .......... . . . ....... .
Vicente Villa mi zar .. .... ... .. .... .... __ .
Luis Torres .. ..... .. .. .. . .. .. .... .... ..
Leonor Bautista . .. .. . . .. .. .. ....... ..
Es ter Torrres .. . . . . . . .. .. . .. .. .... .... .
' Id. íd .. ... .. ... ............. . ..
<:;armela Ana ya ... . .... . ... .. .... . .. ..
(;;rtaljni'- Ranjel ......... , ... . .... , . .. , .. .
' . .
Sitio dtl cultivo. Estado de 1& plantaci6n. 1 GD di su d!~unci.o. H.0 da maw, To\&1 da IDAW·I
La Explanada ... . . .
Id . .. ...... . ...... .
Almácigo ..... . ....... ..
Siembra .. ...... . .... ..
Huerta grande ... ' ' " .!."
La Vega .... .. ..... ... .. .
Id ..... ....... .... ..
En producto ........... .
Siembra .. . .............. .
En almácigo ......... ..
Santa Anita ... ... .... . .
Id. . ............. .
En producto ........... ..
En almácigo .. ......... .
Costarrica .. ..... ..... .. . Cosechado .. .. ...... .
Sutica ............ ........ . Id. .. ............. .
Id . ............ .... .. En producto ......... ..
Potrerito .. ...... ......... . Id .... ...... ........ .
Id ............ .. .. . Id ...... ........... ..
Siravita ........... .... . .. En siembra .... ...... ..
La Vega .. .. ..... .... .. En producto .. . .... ..
En la poblaci6n ... . .. . . . En soca ............ ..
Id. .. . .. . ... . . .••••. . ......... . . . ........ # •••
La Honda .... .......... . Abandonado .... .. .... ..
Concordia ....... ...... .. Para cosechar .. .. ... . .
Id . ................ .. En producto ... . ....... .
Id . .. ........... .. Id ......... ........ .
Id . .... ...... .. .... . Soca ............ ... ...... ..
Id. . .. .. ... .. ... . En siembra ... ... ...... ..
Id . ... .. .... ...... .. Soca ..................... .
Id, ... , . .. ,., , , ...•. En prod~cto .. . ........ .
•
tgo8 .. ..... ..
lgQ7 . ...... ..
1908 ....... ..
1908· .........
1907 , •••••••.
lgQ7 ....... ..
1907 .... ..
1907·- .. ..
1907· .. •••·
tgo8 . . . ... .
1907 ....... ..
1907 ....... ..
1908 ........ .
1907 ......
············
100
856
66g
lOO
500
740
1 ,oeo
74
500
6oo
380
300
2.00
3,878
200
150
1.500
2,000
4.6oo
1,400
2}000
1,000
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190
350
1
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Severo Camargo .• ~ ................ ..... ..
Bernardo Sanabria, .............. · - - ·
Marco Antonio L6pez ...... . ...... . . . .
Marco Antonio Ranjel.. ............... .
Antonio. Lozano ... ......... .. . ..... . .
Rumualdo Garzón... . ................... .
Heliodoro Rojas...... ... .. . .. ... .. . .. .. .
Id. íd .............................. .
El Plan ................. .
Concordia ... .......... ..
Id. .. ............. .
Id. .. ............. ..
El Plan . .... . ........ ..
Id ............ ..
Id .............. ..
Id ............ .
En. siembra ............. .
Id. . .....••.•••••.
Id.
Id. . ... . ... ....... ..
En producto . .. ........ .
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En soca .. . ... ........... .
Para coseohar .. ...... ..
CHtNACOTA.
F6Jix Quintero ........................... .
Fausto Abe! G6mez .................. .. .
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Daniel Paredes .................... ... ..
Dolores Morantes .. ....... .. ........ .... .
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Jos6 Antonio Colmenares ... . .. .. ... .
Severo Macfas ............................ ..
Guillermo Madas ... .. . .. . . .. .... .... .
La Quinta.. .......... ... Floreciendo ... ....... ..
En la población...... ... En siembra ............ .
Id. ... .. ... .... ... ... En producto .... . . . . .. .
El Viejo.. .... .. . . . .. . Id. .. ....... : ...... ..
Id. ... ... ... . . . . ... Emsiembra .. ........ ..
Cañaffstoles... ..... .. • ... Cosechado ......... .... .
Id. .. .... ... ... ... ... Para cosechar ........ ..
Id. ... ....... ..... ... En siembra ... .... : .... .
En el Jugar.. .. .. .. ..... Id. • ................ .
Id, ... .. . ...... ... ... Floreciendo ..... ........ .
Id. ........ ... ... .. En ~iembra ...... _ .,,
Miguel Acero ...... ... ......... ...... ..... .
Juan Antonio Novoa ............... . .. .
!salas Cárdenas. . . ... .. ... .. . .. .. . . .. .
El Piñal. .. . .. . .. ... ... Id. .. ............ ..
Las Llanadas. .. .... .... Id. . ..... ......... : ..
Id. ............ .. En siembra ...... .... .
Cut. ertino Carrillo... . .... __ . .. ...... .
Id. íd ............... ....... .. ..... .
Id. ...... ...... ...... En producto ... ......... .
Id. ... . . . . . . .. . En siembra ........... .
Luis Francisco Ola rte ................. . Id. ... .. .. .. . ... ... En cosecha.; .......... .
li:i. íd ........................... ..... . Id. ... . .. .. .. . .... .. . En siembra ....... . ..
Sindina Maldonado... . .. .. ........ .... . Id. .. .. . __ ..... . Floreciendo.... .. .. ..
Bernardino Ramón . .. . .. . ..... .. .. .... . Los Latales.. ..... ... ... Id. .. ......... ..
Pacho Jáuregui ............... ......... .. ~oblación .. . .. • .. .. ..... . Soca . . . . . . . • • • • • ... .. -------
Pasan ......................... .. . .. ....... . ---· .. . . . . . . . ............................ '
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Suma 143.')97
San José, Abril 18 de 1908. El Admini5trador Provincial, FaANciSco VILI.AilUAL.
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V. o
1
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.