Por:
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Fecha:
09/11/1882
AÑO!. Estados Unidos de Colombia. NUM.20.
BOLETIN
DEL FERROOARRIL DE GIRARDOT.
BOGOTA, !) DE NOVIE iBRE DE 1882.
AD VERTENCí AS.
Este periódico es órgano oficial de la Junta Directiva del
Ferrocarril de Girardot, y e tá bajo la dirección del Secretario
de esta Junta.
Será publicado dos veces al mes.
Se canjea con los periódicos nacionales y extranjeros.
Es distribuido gratúitamente á las oficinas nacionales, á
los Gobiernos de los Estados, á los E ·tablecimientos de ense·
lianza secundaria y profesional, así públicos como pri\'ados, á
lo' Bancos de la República, á las Bibliotecas públicas, y á bs
demá entidades oficiales que lo soliciten.
SUMARIO _ PÁG,
COXTll.\TOS DE LA Jl'l\Tá.
Dooumento rfllatil"os al coutrato por $ 240,000 celebrado con el Banco
Nacional."" ...... .... ....... ................ . ............................ , .. "" ] 53
COXTAllrLIDAD.
Cllf'nh d!'! Agente de Bnrrnnquilla. hastn30 deJunio de I R, 2 ....... " .. l iíG
Notl\ :r cuenta del T. sorero relntil"R al rue~ elf' Ago,to ele 18S2 .......... l óí
Jliot:t.' Cuenta y Bnlllllce de la Tesor~r:a, relati 1"0 al mes de septiembre
de id ..... , .. . ............... " ... ···· .. ·· .......... · .. ·· ....... " ......... ...... .... 1:;8
Antos do f~necimiento .......... . ....................... ............................. , ! ¡¡!)
Dalance de la Administración general. relativo al lIIes de Agosto ......... 160
FOXDO DE LA EIJPRES.\.
Notas relaLi,as á. este asunto ................................... " . ......... . ......... 160
C01YTRATO DE LA J U.NTA ,
DOCUMElSTOS nEL.\TlVOS AL CONTnATO POR . 2'*0,000, CELEfiHADO
CON EL BAXCO NACIONAL.
Estados Unido de Colombia.-Banco Naciollal.- Núme1'o
1,1.JI-Bogotá,11 de Oclllúrede 1882 .
eiíor Presidente de la Junta Directiva del Ferrocarril de Girardot.
El seilor Tesorero general de la Unión, en nota fecha de
ayer, número 65, me dice lo iguiente:
, 1 El sel10r Secretario del Te'oro, en nota número 340,
Sección 2.", fecha 7 del presente, me dice lo iguiente:
.. S ¡¡or Tesorero general.
"El parágrafo del inciso 1.0, artículo 1 3 de la ley 40 del
presente aúo sobre libre elaboración de sale, ha reducido á 5
por roo del producl0 bruto de los derechos de importación la
parte que debe tomarse de la renta de Aduanas parl auxiliar la
empresa del clmino de Girardot; sobre lo cual me permito
llamar la atención de u ted, á fin de que se sin'a participar al
Banco Jacional que no debe admitir los bono á fayor de dicha
empre 'a, sino unicamente en ;) por 100 de los derechos de im·
portación. '
I Lo que transcribo á U ted para su conocimiento y de·
más fin es,"
Como e aJunta Di recti\'a sería respon able de los perjuicios
que acarrearía al Banco y al serior Ci neros la resol ución trascrita,
si llevándo e á efecto se redujere al : por 100 la admisión
en derecho de importación de los bono que tlnto Ci 'neros
como el Banco recibieron de esa Junta, en yirtud de contrato'
legalmente celebrados, y con b. condición de que erían :\dmi·
tido en el la por 100 de lo der chos, como lo manda la ley 58
de 1 81, Y como ellos lo expre an, he creído de mi deber poner
dicha resolu::ión en conocimiento de U ted.
ay de Usted atento servidor,
ANTONIO ROLDÁN, Gerente.
AGE:\CIA GENEHAL.
N úmero 972-Boyot<Í, Oclllbre 16 de Í882.
Señor Secretnrio de la Junta Directiva del Ferrocarril de Girardot.-Pl'esen
te,
Con fecha q del presente me', número 969, dirigí al señor
Secretario del T esoro la ~iguie nte solicitud:
1, El eñor Director Gerente del Banco NacionaJ, en nota
oficial de 11 de los corriente, número 1,142, me dice lo :;i·
guiente:
"El erior Tesorcro generaJ de la Union, con fecha de ayer,
y bajo el número 65. me dice lo siguiente:
.• El seilOr Secretari d 1 Tesoro en número 3.j.o, sección
2.', fecha 7 del pre'ente, me dice lo que copio:
"El parágrafo dtl inciso l.", artícu lo 13 de b ley 46 dd
presente afIO, sobre libre laboración de s~,les, ha reduci,lo á 5-
por 100 del producto bruto de lo derecho de importación la
parte que debe tomar~e de la renta de Aduanas para auxiliar la
Empresa del camino de Girardot. obre lo cual me permito lla·
mar la atención de U ~ted á fin de participar al Banco Nacional
que no debe. admitir los bonos á favor de dicha Empre'a, sino
únicamente en 5 For 100 de lo' derechos de importación. Lo
que trascribo á U ted para su conocimiento y demás fines,"
"Como la anterior rC'olución perjudica directamente los
inte¡'eses del seflOr Cisneros, pues dobla el tiempo necesario para
la amortización de la exi tencia en bonos del Ferrocarril de Gi·
rard ot, doblando por consiguiente los intereses que tiene que
pagar al Banco el seilOr Cisneros sobre la parte no recm bol ada
de los .. 240,000 que el Banco le ha dado para ser cubiertos con
el prod ucto de d ichos bonos, me he creído en el deber de co·
municar á sted la resolución tra crita para que pueda Usted
dar los pasos que crea conducentes al resguardo delos interescs
del seilOr Cisneros."
En "ista de tal determinación, y en repre entación del señor
Francisco J, Cisnero ,que e halla ausente de esta ciudad,
hago re petuosamente á ese De pacho la siguiente solicitud:
La Junta Directin pro\'isional del Ferrocarril de Girardot,
con autorización legal su ficiente, contrató con el sej'¡or Cisneros
la construcción del primer trayecto del Ferrocarril de Girardot
y tal contrato fué apíObado por el Poder Ejecutivo en 28 d~
Junio de 18 J, con la siguiente cláusula, ql1e fué aceptada por
el concesionario, á aber:
"La Junta negociará con el Banco 'acional la COllce Ión
de un crédito á fayor de Cisneros por la suma de .. 30000
men uales, á partir de J." de J ul io de 1 81 :Ji basta el completo
de ::; 2.j.O,000; di poniendo con tal objeto de una uma equiva·
len te de yale amortizable- m el diez jor cicuto de los derecho
de importación que se causen á deber en la Aduanas de Ba·
rranquilla, Cartagena, Santa J\1arta, Riohacha y Cúcuta, los
cuales serán entregado' oportunamente á la T esorería de la
Junta por la Secretaría del Tesoro.'
En virtud de dicha estipulación, la Junta Directiva celebr6
con el Banco Nacional el contrato de 1.0 de Julio de J 8 1, que
se rcai tra en el número 1,0 del " Boletín del Ferrocarril de Gi.
rardol," y en el cual se repitió la etipulación de que los vale
emitidos por lo :$ :qo 000 del crédito abierto e admitieran en
el 10 por 100 de lo derechos de importación quc . e causaran
en la duana expresadas.
Ha " por tanto, dos contr tos solemnes sobre el particular
en lo cuaJ está empe¡iada la fe del Gobierno; y como muy
bien lo sabe el señor Secretario, lo contrato bilaterales no
pueden yariarse ni alterar una sola de las cláusulas por la \'0-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
154: nOLETIN DEL FERROCARRIL DE GlRARDOT.
luntad deuna sola de las partes contratante, porque en estos
asuntos los contratos son leyes expresas cuando se celebran en
virtud de autorizaciones legalc . '
El artículo 13 de la ley 46 del presente ario habla para 10
fut~ro; e to es, para lo nuevos vales que en lo ucesivo e
e~l1ltan en favor de la Empresa del Ferrocarril de Girardot: de
nInguna manera para los hechos consumados y cumplidos,
pues a~arte del escándalo que un procedimiento semejante
producIría en los negocios fisca les, el precepto constitucional,
que es superior á la ley) prohibe expresamente que ésta tenga
efecto retroacti vo.
Tan evidente es esto) que el mismo seJior Secretario del
Tesoro se sirvió proponerme ahora meses que como representante
del seflOr Cisneros prestara mi con entimiento para que
se limitara al 5 por 100 el fondo de amortización de los vales
de Girardot) obligándose el Gobierno nacional á pagar la mitad
de los intereses que por esta demora vendría á liquidar el Banco
Nacional.
Conforme al con trato que el expresado Banco celebró con
el señor Ci, neros el I5 de Julio próximo pasado, y que acompaño
en copia autorizada) éste se obligó á abonar al Banco" la
suma que resulte á su cargo por intereses al 6 por 100) proveniente
del crédito de los 240,000 expresados y la amortización
de la misma suma en vales del Ferrocarril de Girardot ;"
y expresamente se estipuló en el inciso 3.° "que si el Gobierno
llegaba á hacer alguna alteración en el fondo de amortización
de dichos vales, Cisneros respondería al Banco del aumento de
intereses que causara esta alteración ;" y en seguida de este compromiso
dió la fianza personal del señor Eugenio González
Benito.
La determinación de ese Despacho, además del mal precedente
que sentaría de que el Gobierno podría variar por sí solo
las condiciones de los contratos que celebre, vendría á causar,
por lo mismo, un perjuicio al señor Ci sneros, en circunstancias
en que, según aparecerá de la liquidación respectiva, el contrato
sobre construcción del primer trayecto del F errocarril de
Girardot,' en lug;u de utilidad es, vendrá á proporcionarle una
no pequeña pérdida.
En atención á estas consid eraciones y en nombre de mi
poderdante, señor Cisueros, me permito reclamar atentamente
la derogatoria ó suspensión de la resol ución que fué comunicada
al se!'íor Tesorero general de la Unión, y que queda trascrita."
y la trasmito á Usted para que se sirva ponerla en conocimiento
de la Junta, á fin deque, si lo tiene á bien, recabe de
la Secretaría del T eso ro la derogatoria ó reforma de la resolución
aludida, una vez que, si en ella insiste el P oder Ejecutiyo,
serán de cargo de la Junta los intereses que liquide el Banco
Nacional.
Tengo el honor de suscribirme de Usted muy atento, segura
servidor,
DÁ.\1ASO ZAPATA.
Conste por el presente documento que los abajo firmados,
Antonio Roldán, Gerente del Banco Nacional, por una parte)
y Francisco J. Cisneros por otra, hemo~ convenido en lo siguiente:
1.° Cisn eros pagará al Banco la suma que resulte á su
cargo por intereses al 6 por 100 proveniente del crédito de
$ 240,000 desde 30 de junio en adelante, y la amortización de
la misma suma en vales del Ferrocarril de Girardot desde la
misma fecha.
2.° La liquidación y el pago de los expresados intereses se
hará al terminarse la amortización de los vales del Ferroc:lrril
de Girardot.
3." Si 'el Gobierno hiciere alguna alteración en el fondo de
amortizaci ón de dichos vale, Cimeros queda responsable al
B anco del aumento de intereses que esta alteración cause.
4.° Para seguridad de estos compromisos Cisnéros da por
fiador al señor Eugenio González Benito.
Bogotá, 15 de Julio de 188z.
F,'ancisco y_ Cisncl'os-Eugemo Gow:ález B enito-Testigo)
Lconidas Posada G.-Testigo} Yosé 111m/ucl de la Tone- Alejandro
Posada, Secretario.
E s copia. Bogotá, Octubre 1 - de 1882.
El Secretario del Banco Nacional, Alejatzdro Posado.
E s copia. DÁMAso ZAPATA) Agente general.
Sefiores miembros de 1& JuntA Directlv/\ del Ferrocarril el OirfU'\lllt.
. Con autorización l -p;al suficiente cc1ebrfu>tei n 21 de Ju-nIo
de 1881 un contralo con el s liar Francisco J. Cbncro para
IJ .. onstrucción ~d trayecto de Ferroc;uril oOlpn;ndldo lI1trc
~Irard ot y T ocal1na, por la urna de . S 4,000, que dehiera sallsfacérselc
en esta forma:
;'00,000 que se le ntregarfan tres dfa de pUC5 d aprobado
dIcho contrato por el Poder Ejecutivo, en documenlos
otorgados á u favor por el Secr Lario del Te. oro Ó por el T'sorero
general, amorllzable con ello por 100 del producto
bruto ele los derechos de importación que se cau_ en en las
AC?uanas de Barranquilla, Cartagena, Santa Marla, Riohacha y
ucuta¡ y
$ 2.:,000 en dinero efectivo que de de el me de S pti mbre
19U1cnte al de la perfección del contrato tendría la Junta
mellsualmente á di sposición del sellar Cisneros hasta complctar
$; 254,000 aplicables al pago de jornales y demás gastos que se
causen en el teatro de los trabajos.
. El P oder Ejecutivo nacional, al tomar en consideración
dl~ho contrato, le impartió su aprobación en 28 de Junio del
mIsmo al1o, con la siguien tes modificaciones, que fueron acogidas
por el seJi.or Ci neras:
Pode1' Ejecutivo lIaáol1al-Bogold, 28 de junio de 1882.
Visto el contrato celebrado el 21 del corriente entre el sefiar
Ge!leral J ulian Trujillo, por una parle, y el sellar Francisco
J. Clsneros por otra, y que ha sido aprobado por la Junta
Directiva y Administrativa del F errocarril de Girardot, en
cuyo nombre pro~edió. el prime.ro de Jos dos signatarios expresados,
el Poder EJecutIvo, conSIderando que el referido contrato
tiene en realidad el carácter de un arreglo destinado á poner
la dirección y administración de los trabajos del Ferrocarril
entre Girardot y Tocaima á cargo del señor Cisneros puesto
que no sólo éste debe pre entar cuentas de gastos, s'i no que
además el precio estipulado queda sujeto á diminución en el
caso. de que el ~o to efectivo ~e la o~ra sea menor del aproximatlYamen
te fij ado, resuelve ImpartIrle su aprobación con las
aclaraciones y modi ficaci ones que en seguida se expresan:
1." La Jun ta negociará con el Banco Nacional la concesión
de un crédito á fa,-or del señor Cisneros por la suma de treinta
mil pesos mensuales, á partir del 1.0 de Julio próximo y hasta
el completo de dosciento cuarenta mil pesos, disponiendo con
tal objeto de una suma equivalente de vales amortizables en el
10 por 100 de lo derechos de importación que se causen á
deber en las Aduanas de Barranquilla, Cartagena) Santa Marta
R iohacha y Cúcu ta, los cuales serán entregados oportunament~
á la Te orería de la Junta por la ecretaría del T esoro. Se le
anticipará, además, al señor Ci néros la suma de veinte mil
pesos en dinero sonante, bajo fianza personal, para los gastos de
que habla el artículo 12 del contrato; quedando obligado á
rendi r la respectiva cuenta de la inversión de la expresada
suma. y por último, se le hará el suministro de veinlicinco
mil pesos mensuales, de de el mes de Ago to próximo hasta
completar doscientos noyenta y cuatro mil pesos. Este suministro
será aplicable al pago de jornales y demás gastos que se
cau en en el tealro de los trabajos. Las tres partidas mencionadas
representan el máximun del costo total en que se computa
la con trucción de todo el trayecto de Girardot á Tocaima)
hasta ponerlo en entero estado de servicio.
2." Del crédito de trell1ta mil pesos mensuales de que se
I)abla en la modificación precedente, no podrá hacer uso el
señOr Cisnero sino á medida que presente á la Junta facturas,
cuentas de gastos y otros documentos comprobantes de )a inversión
de dicha urna en la empresa del Ferrocarril y por el
importe de dichos documentos.
y- Tan luego como en el curso de los trabajos resulte demostrado
por las respectivas cuentas y presupuestos, que el
costo de la obra es menor que el calculado ( , 5 -4,000), cesará
el suministro de]o veinticinco mil pesos mensuales, en la
parte proporcional que represente la diminución del gasto;
pero el eñor Cisneros tendrá derecho á recibir la mitad de la
urna economizada) de la manera que se dispone en el artículo
21 del contrato.
Comuníquese á la Junta para los efectos consiguientes.
RAFAEL NÚÑEZ.
El Secretario de Hacienda) encargado del despacho de
Fomento)
Antomo Roldón.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
PUBLICACION OFICIAL. 155
Como consecuencia de la resolución que se deja inserta
textualmente, la Junta Directiva, tan luego como fueron aceptadas
por el seüor Cisneros las mod ificaciones iutrod ucidas por
el Poder Ejecutivo, procedió á perfeccionar el contrato, elevándolo
á e critura pública, y á celebrar también otro contrato con
el Gerente del Banco Nacional, como complemento de aquél, á
fin de proporcionarle al seüor Cisneros los fondos neccsarios
para la ejecución de la obra, á propósito de lo cual, la Junta se
obligó, por la c1ásula 3-" de dicho contrato, á reembolsar al
Banco el importe de los $ 2 40,000 tomados á crédito, entregándole
en garantía una igual suma en vales al portador, con
¡nteré del 6 por 100 anual, emitidos por el Secretario del T esoro
y Crédito nacional, con derecho á ser admisibles en pago
d el JO por 100 del producto bruto de las Aduanas de Cartagena,
BarranquilIa, Santa Marta, Riohacha y Cúcuta.
En efecto, los vales emitidos con tale condiciones flleron
consignados en el Banco, de lo cuales se han amortizado algunos,
y otros existen aún si rviendo de garantía por la suma que
no ha alcanzado á cubrirse.
El Poder Ejecutivo nacional, fundándo e ahora en el artículo
13 de la ley 46 del corriente aIio, ha resuelto que los vales
del Ferrocarril de Girardot que existan, no puedan amortizarse
en lo futuro sino con el 5 por 100 del producto bruto de las
Aduanas ya citadas.
Con tal motivo, tanto el Gerente del Banco Nacional como
el "eñor Dámaso Zapata, en r presentación del señor Francisco
J. Ci neros, se han dirigido á la Junta Directiva haciéndole
pre ente los perjuicio que respectivamente sufrirán,si el Poder
Ejecutivo insiste en que se lleve á efecto la resolución indicada
y. pidiéndole, en ~onsecuencia, que tome por su parte las proVidencias
que estime conducente, á fin de evitar los perjuicios
que recibirán por el retardo en la amortización de los vales ya
indicado .
. El ilúrascrito, á quien se ha pasado este negocio en comi-
Sión, e de concepto que ni en estricto derecho, ni conforme i
principio alguno de ju ticia y de ana legi lación, puede romperse
un contrato bilateral, si no es por el mútuo acuerdo de
la per ona contratante; y que, i por virtud de lasdispo iciones
de la ley 46 ya citada, el Poder Ejecutivo juzga que los
bonos del Ferrocarril de Girardot no puede" ser amortizados
si.no on el producto bruto del S por 100 de la Aduanas, es ind.
lspensable por otro lado que satisfaga los perjuicio que ocaslon
al Banco y al señor Ci neros la violación del con tra to,
porque a í lo exigen las estipulacione ' solemnes en él con ignadas
y la honradez y la justicia, que irven de norma en u
procedimientos á la actual dministraciÓn.
Per~ c0l1!-0 esta Junta no funciona 'ino por delegación del
Poder EJccutlvo, es claro que nada puede resoh-er definitivamente
en el asunto, y debe por lo mismo solicitar autorizaciones
para e tipular con los interesado los términos en que d ban
ser compensadas las demoras que sufran en la amortización de
lo bonos_
~or tanto, el infrascrito, en de "empeño de su comisión
termina proponiéndoo el siguiente proyecto de resolución:
1.° oli ítese del P oder Ejecutivo que reforme u resolución
de fecha 7 de los corrien te , en el en tido de que los bono
que exi tan del F errocarril de Girardot, procedente del contrato
de 21 de Junio de 1881, con las modificaciones que tuvo
á bien introducirle puedan ser :tdmitidos en el 10 por 100 del
producto bruto de la duana ha tl el completo de su defini tiva
amortización_ Con dicha olí itud e le acomp:l.1iará copia
d.c ~~ comunicación del Gerente ?el Banco T~cional y de la peti
1011 del apoderado del contratIsta, eJior Clsneros.
• . .0 En caso de que el P od r Ejecutivo no halle por COl1\'emente
variar dicha re 'olución, soliciten -e respetuo amente de
él autoriz:J.cíones uficientes para celebrar un nue\-o contrato
con lo inte'resado, i efecto de establecer las campen 'aciones
á que haya lugar por virtud de la violación de una de las estipula
iones del ele 21 de Junio de 1 81.
Bogotá, Octubre 23 de 18 _.
S liar ' de la Junta Directiva.
J. TRUJILLO.
SECRETARíA DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Bogotá, Octllbre 30 de 1882,
La precedentes proposicione fu ron adoptadas en esión de
esta fecha. El ~ecretario, Alli'ER.
Estado8 Unidos de Colombia-JII'nta Dh'ectú'a Prot:isional del Ferrocarn'l
de Gir'a7'c!ol- limero 428-Et Secretario-Bogotá,
31 de Octubre de 1882.
Sefior Secretar io de Estado en el_Despacho del Tesoro-Presente.
Tengo el honor, de orden de esta Junta Directi\'a de llam:tr IÍ
sted la. atención obre lo hechos igniente : '
El señor Director Gerente del Banco I acional .:liri"ió al señor
Presidente, el 11 de los corrientes, bajo el número 1 141 una 1I0ta
en la cual trascribió la que . ted e , irvió pasar al 'seño'r Tesorero
general con fecha 7 y bajo el número 340, de la sección 2.', con
orden para reducir al 5 por 100, conEorme :\ la ley 46 del pr ente
año, el fondo de amortización de los bono que e dieron al Banco
Nacional, por la urna de :Si 240,000, para atender ti. la construcción
del Ferrocarril de Girardot; y al ha er dicha tra crición dicho
señor Director Gerente hace notar que la Junta Directi,(\ s~r(, re -
ponsable de los perjuicios que cau 'e la resolución de . ted.
P cstcriormente el scñor doctor D,\ma o Zapaul, como Agen,(.e
general y apoderado del euor Franci co J. Cisncros, contrnti ta
para la con lrucción de la primera secciún del Ferrocarril - dil'igiú
ti. la Junta una extensa nota, núm ro 972, fechada el 16, 'en la cual
hace obs~rvaciones contra la re olución de sted, por cuanto con
ella se vlOlan derechos adquirido {, yirtud de la ley 58 de 1 ],
d,e. l contrato del 21 de Junio del mi mo año ' celebrado con el sCllor lsneros y aprobado el 28 por el Poder Ejecuth-o, y del contrato
que luego celebró la ,Junk1. con el Banco Jncional y el mismo. eñor
CiSnCTll para el uministro de ': 240000 con la. garantía de los bonos
y el lO por 1 uO de lo" derechos de importación. Apoyado en
estas y otras con ideracione. el sellor Zapata hace pre cnte que la
Junta deberá l' responsable, om r pre8entante del .obierno de
la con ecucllcias que traiga Cnl1 ig" la "iolación de lo dos contratos
cclelJrados bajo la fe dc la ley 5 citaua_
El asunto fué pa~adu en comisión al señor General Trujillo,
1'ocal de ella, para q uc emit.i e cClI1ceptC' y él 1" ha mirido en el
info,rn~e que tengo el ~onor de remitir ¡'lted adjunto en copia
autCntlca. La resoluclOnes propue. ta' al fin de . te informe han
sido aprobadas por la Junta en su e ión de boy y con 1 fin de
darle cumplimiento, dirijo lí ·ted la presente nota.
Bien que en ca o de estiplllarse alguna compensación pn.ra el
Banco acionnl. el Tohierno rcc:birtl. por un lado, como dueño de
los intereses del Bancn, lo que perden', por el otro COUlO Empre ario
del Ferrocarril de Oi..rardot, de modo que e ta empresa. seró, la.
perjudicada por causa de b ejecución que tenga el incon ulto artículo
1;3 de la ley 46, e tJyidente la. onvcnicncia de dictar nlgunn.
providencia quc evite mayores perj uicio.. Cree la Junta, por tanto,
que debe hacerse \In arreglo con oportunidad, si () da cumplimiento
riguroso á dicho articulo, ¡\ fin de evitar que se arrraven
con el tra CUT, O del tiempo la con ecuencias que se origjne~ de la
~olación de lo contra.lo aludido. Así, suplico {L sted se digno
dictar lo mó, pro nto po jble una re olución que facilite allanar la
dificultade llscitada.
y de l!sted, señor Secr tario, con toda con!\ideración, muy
atento servidor,
JosÉ M. SAblPEn .
Estados Unidos de Colombia-Poder Ejec'llú'o de la Unión-
I!crctm'ia de E ,onuientes
á l::t. mayor demora en la amortización de lo' bonos de
Girardot existentes en la actualidad . Dichos contratos crán
sometidos rí la aprobación del Poder Ejecutivo. Tra criba e
igualmente la nota dirigiela pur este De. pacho al señor Gerente
del Banco Nacional) sobre el asunto.
Dicha nota. es la siguiente:
"Impuesto el ciudadano Presidente en el contenido de l::t.
nota de Usted marcada con el número 1119, y dirigiua en réplica
á la que con fecha 16 del corriente mes pasó á Ustod este
Despacho sobre el cillDplimiento del parágrafo 1.0 del artículo
13 de la. ley 46 de este año, y del artículo 16 de la ley 61
" sobre Aduanas," una y otra tlisposición referentes á los auxilios
para el Ferrocarril de Gir':lrdot, be recibido instruccio- '
nes para dar á Usted la siguiente contestación:
" Todas las oh ervaciones que Usted hace respecto de la
inviolabiliuad de los contratos, del respeto por Jos derecho ' adquiridos
y de la importancia de la Empre a del Ferrocarril de
Girardot, son inconducentes en la cue-tión que nos ocupa.
El Poder Ejecutivo ha reconocido de tiempo atra l:t coO\'eniencia
de llevar tÍ feliz término la meDcionada empreS:l, y le
ha prestado el apoyo que le era permitido en la esfera de sus
facultades y de acuel'{lo C011 los recursos del Te oro. Lo que
sí no le es permitido al Poder Ejecutivo es elejar tle cumplir
las leyes) aunque éstas sean absurdas y menoscaben ue algún
modo derechos legítimos. La ley escrit.a está antes que todo;
i ella es absurda ó inconveniente, si tiene efecto retroactivo,
si es inconstitucional, &.8 &." h:lLrlÍ razón pal'a anularla ó
suspenderla por los medios que la Constitución establece, ó
para reformarla por ql~iell tiene el poder de hacerlo, que es el
legislador; pero mientras tanto que esto no uceda) la ley
deb~ cumplirse.
" La cuestión, pues, en el caso que nos ocupa, es de cum~
plil' con lo que claramente disponen los artículos 13 de la ley
46 y 16 de la 61 del pre ente aüo, sobre lo cual se ha dicho
ya lo bastante en las uos notas nntcriores dirigidas á Usted
por este Despacho.
" Reconoce UEteJ que el Pouer Ejecutiyo tiene el deber
de bacer ejecutar las leyes, sin tener en cuenta los resultados
que ellas produzcan, y agrega que también tiene la obligación
ineludible de interpretarlas en su natural y recto sentido,
para evitar que e lastimen uerecbos adquirido '. E to
es exacto cuando el .entido de la ley e' dudoso; pero cuando
po Jo es; cuando) por el contrario) él e perfectamente claro,
=
como 10 cree el PouC'r J~j c 'uLivo re Jlt·cto el lll~ di po iciullc
alnuiua. , entonce. (' de oplicncion In pl'illl I'a I'('gla h¡'I'nl ~
Jl~lItica do no interpl' 'lar lo (IUC no ncc ita uo illllll'Jlrolhclón.
" El llil ma (In I'l't' (,llLa U"t d en In Jltn·j.e final llt\ 1m
itada nota, e tú. 1'('. ul·lta por el Podl'!' Ji}jf'cnlivo 1'111,1 J)( el'f tI)
númcro GOl, de I\·c!l'I :11 u('1 ]ln~ont . 111 '~, dictado eOIl l1Iotilo
el Hna con nltu dc,1 M'fior :\lllllini tr:lllor principal cI(~ la ~IIlina
do IIndin:lInarca, y Pllhlicudo ('11 (·1 jJ ill/'/u (~/i('i(/t nlilllc'ro
5,;)1:1. nicull1C'IlLtl dellO mand'l':;tll l' tI u. l<,d (1110 rl inei
o lo" llel artículo 13 tle In ciiada ltor ,í¡; UC tilla (,1 :/0
lJOI' 100 'para el F l'l'otalTd Jo Giranlol," ('S d(,cir, (~0Il10
auxilio IÍ la clllpre. a ('11 W'l1cl'al, }' mi !,I'('ei anll'lll lJara
alUorti~nr lo bono~ u;\llo ' al ,('lÍo)' 'i~nf'rOd por ullxili,¡ :\11-
t riore~, (¡ne eran los quo se amortizaban con ti lO pOI' lOO
uo lo. tlcr('c[¡os ua impor!:It:ión, y quo so han rcJu 'ido nI f)
por 100 por las nuel'a Jispo¡.;iciunc~.
(( El Pouer Ejecutivo reconoce la justicia que fI~i te' nI
eñor 'isllero, Ó á quien su~ dCI'f'cho r pl'c'('ntc, para (lit
e le saLi~fagall lo intel'c~c co rrc. pontlif'llte' II la Ul'lllol'a en
la amortización do lo bono ', oca.ionaua por In redllcci6n al
5 por 100 del fondo cjue tenían antes a ignaJo¡ (11lO cm el ¡],.I
10 por 100 de lo elerecbos dc il11}Jortaeión fondo que ha siJo
recluciuo por la ley y ])Ó pOI' el Poder Bj culiro. En COIl!>l'cu
ncia, 86 ha autol'izauo á la Junta ,lel Ferl'ocarl'iJ ue Oirardot
para clue reforme el contralo con lo~ intore~ ado , :i. efecto
ele c tnblecer la compensaciones á quo haya lug:l1', teniendo
en cuellta lo~ contrato cel 'braJos entre la J unta y Ubu eros
)' elltr- ésta y el Banco NaciOlJal.
" Por bs anteriore con ido raciones se insi le en ln r :lOlución
ue que usted reclama."
Soy de Usted atento servidor,
NAPOLEÓN BOMERO.
CONTABILIDAD.
CUE~TA DEL AGE)¡TE DE BARR;\.NQUILLA HASTA 30 DE JUNIO
DE 1882.
EL FERROCARRIL DE GIRAll.DOT.
SU CUE~TA CORRIENTE COK LA AGENCIA DE BARRANQUILLA.
1882.-Hl,lber.
Abril 24. Efectivo recibido del señor Eusebio Grau,
Agente anterior de esa Empresa ..... "" I,Oop 85
Junio 28. Efectivo recibido de los señore Fergusson
1882.
Abril 29.
Mayo 6.
- 13·
Noguera & C.n por cuenta de esa Em-presa
... oo.... • • ............ ......... • .. ....... 4,664 oo'
Pagado á trabajadores acarreando
plataformas de carros
de la línea del Ferrocarril
de Bolívar al patio
de la Empresa Cisneros,
según comprobante ll/tme-ro
1 ....................... • .. ·$
Pagado oí. trabajadores desarmando
carros &." del 1.0 á
la fecha según cOllprobarlte
número 2 ......... 00 .. 00 ...... .
Pagado á trabajadores acarreando
plataformas y carros
de la línea del Ferrocarril
de Bolívar al patio
de la Empresa Cisneros, del
8 á la fecha, egún cOllpro-bante
lIúmero 3· ............ .
Pasan, ... u •••••• •• ••••• • $
Debe.
20 •..
9 80
33 20
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
PUBLICACION OFICIAL. 157
1
Vienen .. ......... .
- 25. Pagado á Manuel Pernet por
el descargue de materiales
venido por e! buque "Mysterious"
Star pertenecientes
á esa Empresa, según C011l-proballte
número + ........ .
27. Pagado á trabajadores acarreando
piczas y cajas de
la. locomotora, de la línea
dd Ferrocarril de Bolívar
al patio de la Em prcsa Cisneros,
del 22 á la fecba,
segú II comprobante 1lIill/e-ro
:; ........ ... ... ....... .... .
- 30. Pagad-a la parte corre pon·
diente al pagaré otorgado
I 30 de Enero por efecto
venidos por vapor "Ailsa"
el 17 de Diciembre, egún
manifiesto número 87 enviado
por el seJi.or E. Grau
bajo fecha anterior, COII/ ·
probante número 6 .. ....... .
30. Pagado á John Jen kins, Capitán
del buque "Mysteriou
Star" por alclo del l1ete de
600 toneladas de ma,teria,
les pertenecientes á e a
Empresa, la suma de.f, 2+0
ó sean . .. ...................... .
cambio al 14 por 100 ... .. ..
Comprobante número 7.
Mayo 31. Pagado por ga tos de oficina
en el presente me , según
comploiJrl1lte llúmero 8 .....
Junio 3.
3·
7·
10.
Junio 13.
Pagado el sueldo del Agente
en el presente me , según
comprobollte número 9 . .... .
Pagado á la CompaIiía United
Magdalena flete de 1 1 bulo
tos con pesode 1,7[[ k.,
según conocimiento de embarque
de Mayo 1 , por
vapor Victori , 5(,~ ÚU como
proba71 te I/lÍmero 10 . •....•..
Pagado á trabajadore moviI
izando materi::des en la
semana del 29 á la fecha,
según comprobante 1l1iJlle-ro
11 ................... .. .... ..
Pagado á la Ulli ted l\lagdalena
. . C.O flete de 50 riele '
por Franci"co i\Iontoya,
según conocimiento de em·
barque de i\layo 19, Jlúllle·
1'0 12 ......... . ............... ..
Pagado á la misma, flete de 16
bultos que componen cambid
- 'ia, según conoci.
miento de embarque por
Francisco Montoya, de tila·
yo 19, según comproballte
1uimero 1 ....... .......... ..
Pagado á Franci ca Gomez
. su ga tos en el de pacho
de • d uana de lo cargamentos
igllientes:
Buque fy terioll Star ...... .
Vapor lene ........ . ... ...... ..
Vapor Belize ......... .......... .
Comproballte IIlÍmero 14.
Pagado flete de S0 rieles por
1,200
168
Z2 40
15 40
1 70
Pasan ..... , .. , .. , ...... ~
438 18
20 80
73 40
5° .. .
100 ••.
5 60
q8 °
22 1 S
9 ·0
· ,3-9 93
Vienen ..... . . .. ...... .
vapor Inés Clarke, según
conocimiento de embarque
de Abril :9, egún como
probl111le lIúlllero 15 ....... ~
15. Pagado por media arroba de
pintura para pintar los eje
de la rueda ele lo carros
para su conservación, según
comprobol/tc J/lÍmero J 6 ....
30. Pagado por flete al Ferroca·
rril de Bolívar de un bulto
que contenía una lámpara
de loc::>motora, por vapor
Belizc, según c011lp,'obaJ/te
1IlÍmero 17 ....... ... ...... ... ..
30. Pagado á iel. id. de +[ bultos
con peso de 1 ,9°+ ks. por
vapor Alene, según como
probal/tc I/úmao J .........
30. Pagado al Ferrocarril ele Bolívar
el servici pre·tado
con 6 carros (bajo fecha 16
de illayo) que condujeron
efectos de ese Ferrocarril'
á la Bodega de la Empre a
Cisneros, según compro-bal/
te número 19 .... ....... ..
30. Pagado por gastos de oficina
en el prescnte mes, según
comprobaJlte mí.'Jlcro 20 .. ..
30. Pagado el sueldo d I Agente
en el presente mes, según
comproba JI/e llúmero 21. . ..
Balance para igualar ....... ... .
..... . ... 2,359 93
1+2 27
J 60
• ..... 30
-f ...
ó ...
5° ...
100
3,047 75
S,7II 85
Julio 1.0 Saldo á favor de esa Empresa en la fecha. 3,047 75
Barranquilla, Julio + de 1882.
El Agente, M. F. DIAZ.
Visto Bueno.- FHAl'lC1SCO J. C¡S:--IEROS.
N ota.-Secretaría de la Junta Directiva.-Bogotá, Octubre
18 de J 882.
Esta cuenta ha sido aprobada definitivamente por la Junta,
en su sesión de esta fecha.
El ecretario, JOSÉ M. SAMPER.
NOTA Y Ct:E~'l'AS DE LA TE ORERÍA, RELATIVAS .A AGOSTO
DE 1 2.
E lados Unido.o! de Colombia-Junta P?'ovÍlúmal directiva del
Fe1'1'oca¡"'il de Gil'anlot-El T esorero- Número 259-B
ogo/d, 26 de eptiemln-e de 18 2.
Señor Secretario de la Junta.
Tengo el honor de remitir {l usted el resumen r el balance
de la operacione hecha en el me de Ago to en la Tesorerín.
que de empeño, juntamente eon lo auto. de fenecimiento
provisional dq la cuentas de Junio y Julio último dictado'
por la Oficina ¡.; neral de 'uentas. '.
Ruego tí t; 'ted e irva cI:ll' á e to documentos el curso
qu' crea oportuno.
lIe rendido ya nute la Illi~ma oficina de cuenta- la de mi
cargo en el me elo ..lgo ' to próximo pnsudo, y la general en el
año ~c~núll~ico qne principiú el 1." do " eptiembre de 1 '1 Y
t rffilllO el 31 de Aqosto del presento año.
ay de U ted n tento servidor, MANUEL POllBO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
158 BOLETIN DEL FERROCARRIL DE GIRARDOT.
Bogotá, 31 de Agosto de 1882
Varios d varios.
Resumen de las operaciones del mes, asi:
CUENTAS DEUDORAS.
Gobierno llactfmal.
Suma que legalizó por gastos en la obra...... 26,572 15
Oficinas de la Yunta.
Sueldos pagados á los empleados de Secretaria
y Tesorería por Julio.................. 425
Id. id. al Cajero por id............... 120... 545 ...
Importe de remesas en el presente mes...... 13,947 85
Publt'caciones de la Junta.
Pagado por impresión del Boletín n.O 17 .... 20 50
Liévano Indalecio.
• . Pagádole por la ll.n mensualidad de su
credlto...... ......... ......... ......... .......... ............ 200 ...
Ct'smros Francisco y.
Sumas pagadas en Girardot y Bogotá......... 31,732 87t
Intereses.
Al Banco Nacional por intereses y comisión
sobre giros......... ......... ...................... ......... 6,409 1 si
Comisiones de trazo.
A Modesto Garcés, gasto en el trazo de J un-tas
al Hospicio ........................................... 600 ...
Obra del Ferroca1'ril.
Giros del sefíor Cisneros que
sorero , ................................... .
Interés y comisión al Banco
Nacional ................................ ..
Sueldos á los empleados de la
Junta en Julio ......................... ..
Impresión del Boletín n.O 17.
Pagos hechos por el Cajero en
Girardot ........ , .. , ........ " ............. .
pagó el Te-
22,023 97t
6,409 1St
545
20 5°
9.S58 90 38,557 53
$ II8,S8S 06
CUENTAS ACREEDORAS.
Oficinas de la Yunta.
. Lo reconocido por sueldos en Julio por la
Junta ...................................................... . 545 ...
CajC1'o C1l Gil'a1'dot.
Los pagos que hizo por cuenta del señor
Cisneros y la Junta ...................................... . 9,828 90
Banco Nacional, cumta Ct'sneros.
Giros que hizo el señor Ci$neros por esta
cuenta .. ,.t.", •••••• '" ... , ................................. .
Pasan .................. $ 381807 03
Vienen .......... .. 3 ,8°7 03
Pllh/icacioltesde la 111111a.
Reconocido por la J un La para impresión del
Boletín número 17 ...... ··............. ........... ....... 20 50
Cimeros Fral/cisco j.
Lo que reconoció la Junta por sus giros y
gastos en Girardot........................................ 3Tt58z 87~
Interescs ..
Los reconocidos al Banco Nacional en 1
cuenta abierta al sellor Cisneros....................... 6,409 15~
Obra del FcrrOC01·ril.
Gastos que legalizó el Gobierno naciooal... z6,572 15
Banco Naclowd, cuenta l. Présta1llOS."
El importe de los gires hechos en el mes por
el Tesorero de la Junta ......... ........................ 15,193 35
$> 118,58S 06
El Tesorero, MANUEL POMBO.
El Tenedor de libros, Jllartin Camargo.
NOTA, CUENTA Y BALANCE DE LA TESORERÍA, RI!LATIYOS AL MES
DE SEPTIEMBRE DE 1882 .
Estados [lm'dos de Colombl'a-Jtmia Provlsl'ollal Directiva del
Ferrocarnl de Giral'dot-EI Tesorero-Número 275-
Bogotá, 25 de Octubre de 1882.
Señor Secretario de lo. J unt:!..
Tengo el honor de remitir á Usted el resumen y el balance
de las operaciones hechas en el mes de Septiembre en la Tesorería
que desempeño, rogando á Usted se sirva dar á estos documen
tos el curso que crea oportuno.
He rendido ya ante la oficina de Cuentas la de mi cargo
en el mes de Septiembre próximo pasado.
Soy de Usted atento servidor,
MANUEL PO~iBO.
Bogotá, 30 de Septiembre de 1882.
Varios d van·os.
Resumen de las operaciones del mes, así:
CUENTAS DEUDORAS.
Gobierno nacional.
Suma que legalizó por gastos en la obra ....... 1I,074 40
Cajero en Girardot.
Remesas hechas en el presente mes.... ......... 5,319 05
Cisl1eros Francisco y.
Recibió del Cajero para gastos en la obra....... 6,956 30
Intereses.
Los abonados al Banco Nacional.................. 271 85
Oficinas de la Yunta.
Sueldos de los empleados de Tesorería y Secre-taría
y del Cajero, cubiertos por Agosto...... . ...... 545
Liévano ll1dalecio.
P agádole su mensualidad de los $ 4,000. ...... aoo .. ,
Ob1'a del Ferrocarril.
Intereses reconocidos al Bancli N a-ciODal......
...... ......... ......... .... .......... 271 85
Sueldos á los empleados de la
Junta ...... ..................................... 545
Id. á la Policfa en Girardot...... II6 10
Gastos reconocidos al señor Cis-neros
........ (.. ......................... ...... 7,003 o7t
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
PUBLICACION OFICIAL. 159
ClJ ENTAS ACREEDORAS.
Cajero en Girardot.
Pagos que hi zo por cuenta de Ci sneros y la
Junta .......................................................... 7,192 40
Cisllcros Frallcisco J.
Lo que reconoció la Junta por gastos.. .......... 7,003 07}
Ojicillas de la Jultta.
Reconocido por sueldos de empleados de la
Junta ............ .... .... ............................ ". .. .. ... 545 ...
Obra del Ferrocarril.
Gastos que legalizó el Gobierno gene ral. ...... JI ,074 40
BatlCO lVacio1lal, CUC1/.ta }1'éstamo.
Intereses abonados, . 271. 8S y giros hechos en
el mes 5,944 95 .. ·· ....... · .............. · ...... ··.. ....... 6, 21 5 90
fllfel'eses.
Lo s abonados al Banco Nacional por anticipa-ciones
.................... ......... .. ...... .. ................. ..
$; 32,3°2 62 ~
El T esorero , MANUEL pO~{Bo-EI Tenedor de libro s,
~farfill Camargo.
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AUTOS DE FEJo.."'EOIMIENTO .
Oficina general de Cuen tas-Secci6n 6."-Número 4-Bogotd,
Jul io 25 de 1882.
En 11 del prescnte mes y bajo el número 233 remitió IÍ
est.1- oficina el Te orero de la Junta Provi ional irectiva del
Ferrocarril de Girardot, señor Manuel Pombo la cuenta concerniente
á dicha empre a y relativa al me d.} J Ullio anterior.
Correspondiendo á esta sección su e.·amen y Y(\rificado
atentnmtmte, no se encuentra reparo alguno que hacerltl, uno.
vez qUl. se baila verdadera en el fondo y bien cOlli¡"obada;
po r tanto, se fenece proví ionalmcnte la cuenta. aludida, mientras
se e t.udia la general de que bace parte.
N otifíquese al respon ablu scñor Pombo, y pubHquese en
el D ia?'Ío Oficial de .h" Unión.
J osÉ FRANCISC O PEREInA.
El Becretario,
Andrés Lara.
Es copia.
El Secretario,
Andrés Lara.
Oji cina general de Cu en tas.-Secci6n 6,"-Númel'o l.-Bogotá,
Septiembre 6 de 1882 .
Con fecha 16 de Agosto y bajo el número 250 acompafía.
el señor Manuel Pombo, Te orero de la Junta Proví íonal Di ..
rectiva del F erroca rril de Girardot, la cuenta de que es res·
pon able , ,:o1're pondiente al mes de Julio próximo pasado.
Examinado atentamente los comprobantes de los artículos
r e~pectivos del Diario, e ban hallado de conformidad y
suficicntemente :1l'reglados; y no habiendo, por tanto, glosa alguna
qu e ha cerle, se fenece provi ionalmente la cuenta aludi.
da ; sin que obste para e to la negativa del seño r Pombo IÍ
pagar la Letra por 11 ,283 de á diez décimos, á favor del
efio l' Franci. co J. Ci nero y la in istencia de la Junta directiva,
de que es Presidente el eñor Secretario de Fomento, por
no ser el ca o, á juicio de esta Secci6n, preví to en el artículo
2,047 del Cód igo F iscal.
N otifíque e y pubHquese.
GUll.LERMO PEREIRJ...
El Secretario,
Andrés Lara.
Es copia.
El Secretario,
And?'é" Lara.
BALANCE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL, RELATIVO AL lIES
DE AGOSTO DE 1882 .
Fero ocarril de Girardot-Estado8 UnidS3 de Oolombia- Número 70 8
-Tocaima, Octltore (J de 1882.
eñor Secretario de la Junta Directiva-Bogotá.
Para conocimiento de la Junta tengo el honor de enviar á,u ted in~lu:so el Balance ~e los libros del Ferrocarril y la copia
del Dlano, correspondientes al mes de Agosto próximo I pasado.
Soy de Usted atento servidor,
CARLOS SÁENZ.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
160 nOLETIN DEL FERROCARRIL DE GlRAnnOT.
DALANOB de lo~ IIbrOI del FOIT<'C.1T1I <1e (111 fU',lol en 81 dI' "~o~lo Ül' 1882.
~~~~~~~~~~~~~~ I 0\ ¡;::... ~ l"':" ~ o c.o CO (i) e,.; I ~ l: 1-'" e t..:J en O'> C)l t,t.:) l\!.l ~
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~~ c:J1 ' 01' te ~. C> • >1>- <.:>. )-1 lo.... c..., C-l
tOO1c", : 01: Ot~ : ~ : o~: CJl c...' '1 o Ol
.... ....
~ ~ ~
>1>- >1>-0000 w. oo . v, . ...~ ~.
-l>!>-~ ~O : -o : O">~~c : 00 OOO')01"p.,CJ')Ol- 00 tO • ~; ~~<::>-.l ' ... ~tOc>c:.nOto: 01 0>: ID • c.o ¡o....oI """'"' o. : .....
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Por el T enedor de L ibros. El Ayudal1te, J. H. LAFAURIE.
FONDOS DE LA EJJP RE '.d .
E stados Unidos de Colombia-Junta Dll'er/á'Q ¡17',wisional del Fe-
7'1'ocarril de Girardot-NlÍme7'o 405-EI l. <'o'ctario-Bogotá,
29 de Sep liemb"e de 1882.
Señor Almacenista de sales de Ibagué.
El señor Secretario de Hacienda de la Unión me ha manifestado
ayer verbalmente que tenía dadas á U~ted órdene para ennar
al Cajero-pagador de la J unta Dí.recti,a, re'idente en G-irardot, todos
los fcndos disponibles por ventas de e e Almacén, aplicados al
sostenimiento de la Empresa del Ferrpcarril. Hoy mismo dirijo una
excitación ó. dicho señor Cajero para que no descuidc la percepción
de dichos fondos, y eontando con la órdenes aludidas me tomo la
libertad de encarecer á Usted la fr ecuente remesa de las cantidades
que de ese Almacén corresponden al Ferrocarril.
Soy de Usted muy atento, seguro servidor,
\ J o É M. S.HIPER.
EIJlarlo8 (nidr'8 dr Cfllol/lbl'a-Númr.·o :'!'Ul-.lllII(l{'('n (,¡irial r1,
BalN! (/1 l bagw:, 14 ,¡, OrtulJn de 18lJ'2. .
So!\or S<,cr lIIrio d In Junt~ Dirccthn rTo\i~l(]nl\l ,101 hrro rrU ,} CllTnrdot.-
Dogotlí.
. Rn ~(,Rpue/rl.n /1 la Ilton(; nr.1~ (J~' 1 ~tNl, dI' r,·,·ltn. 2(1 ¡J, ".1"
homhre U1t.1I11O, TI umero .~().¡, r~(')lJl .. rt pOT (·1 cn)T"n d, IlY"r (I.n"
el hunor de monir 'stllr 6 LHttll, TeR]lc1.lH)""Ill11!r., 11"1' 1'( ~/nltr 1",crewnio
dd 'I'e~oro do In. 11i{m di~I'lIkÜ de do ,.] IlW8 dc' IJ¡lIIin II! 1
pr06cnte aún que IOH produ('t(\. cll' It,,~ "~111l\~ de ",,1 d., ,. t • ,\ hnlle
'1\ Ae ¡lnRnrnn al Rcfinr ,\ rll1liJli~W'AdnT prilH'i¡ud tJo Il of'i"nda n ".).
na! n oilla riudod, por hA borRe TC'¡;llt'lto PI'(J"f' r do f"IIt1,\~ ¡J,. la
T~sorería gencral de la ni/m íl la Em¡)f(·F.II del FCTro('fltril ,It, (~I
r:l.rclol, últimrL ord n que hasta hoy ~e ha rN:ihicl" t'l\ ., tn (l/irina.
De Hied ti. Lento ~crvidor,
PitA Cl¡'CO Ihlt/N,\.
Es/aclo8 Unidos de CI,loml,,'Q-JulI/a Dil'lclil'll f'rlll',~¡'nfl/ rltl P,,_
lTICalTil de Giran/III-Númn'o 426-EI ,'l'ul·t/IJrio-fl(''J1./tÍ•
24 de Ocluól'e de J 882.
Señor Secretario de Estado en 1 Despacho de Fomento-Prc9 nte> .
En el mes pr/,ximo pn,;¡¡do m m:UliíeKL(', ,erhalm('ntl' f'l ~,,)í 'r
SecrIHlo, do la
TesPferia gcncral de la ni,',n tt la Empresa del Ferrocarril <1(. (;irnrdot."
La reciente ley 11 • obre Aduanas " lo ha retirado ú h }~mpr(' a
el ;¡ por 100 de lo~ der('cho~ de impnrtacic'1l1 r¡ue le había dl·ja(lo la
ley del presente año "~obre libre elahora ·j',n de ~alcs," con notoria
nnlación de derecho adquirido ' á ,¡.tud de ley aut rior )' d() con·
tratos consumados: todavía el Poder Ejecutivo no ha dado di. posicilJn
alguna para que se cntreguen t't h ,J unta Directinl ¡OH fnlldOR
que le c"ne. ponden por el 20 por 100 del jirodll/'t, de b :')<\Iinns
de un<1inamarca, y aun parece que ~c tiene inl'¡in:~clón Il cllsmiJJuir
mucho ese producto, entel1clicncl" que no ha d,) IIcr !J"lIlo sino nl/f';
el Gobierno ha expedido Cll'\tro li1..tranzn~ ... favor de 111. ,1 ullta. ¡)(Ir
\alor total de ': 50,000, clue el Banco Kacionlll ha recibido, d('~d(>
el mes de Agosto, como garantía de las nntit-ipacione¡ hl!rhaH:I In
Empresa; pero como tales libranzas no ban podido Ac-r pagn.daH, el
re ultado e que la Empresa . e e ·til gray:mdo Ct>n iTllpresc~, y CH
bre,e no eontar.t ron nuevas anticipacionc5; y por último, (,1 pcq
l¡eño recurso dél Almacén de RUle' de Ibagul', que según la. ley (¡,
de 1881 corre. ponde al Ferrocani1, est{, aplicado tÍ ga.~t()· comune
del Te. oro.
As), la situación de la Emprcsa e~ enteramente incierta y precaria,
y la Junta 110 sabe con qué fondos puede contar ni qué combinación
le ea permitido adoptar para ascgnrar la continuaci6n de
la obra. Por tanto, ruego á. l:sted se sirva recabar del cíllcladanl'
Presidente de la Hepúhlica una resoluci/,n que ponga ('n claro la
situación de la Empre a, mayormente cuandu se está perdiendo un
tiempo precioso.
Tengo el honor de su cribirme de U tcd señor, ecretario, muy
atento serndor,
JosÉ ),1. SA)JPER.
Estados Unidos de Colombla-PaGor Ejecuti6-Bogou., 7 de So,-
iero bre de 1882.
&1107 &c1'1'!o?'io de la Junta ilil'cctica prorirional del Ferrocarril de 6'i-
1·ardot-P.
El señor Secretario del Tesoro, en nota de 4 del presente, número 3.GG,
Sección 1.'. dice á este Despacho lo siguiente: .,
" En virtud de la nota de e e De pacho. d~ fecha 28 del pasaao, SeCClOn
1.., Ramo de Negocios generales, número 4.~1", e ha ordenado al Almacenista
de sales en Ibagué para qne se Bina entregar los producto de él al
l'esorero-pagador del Ferrocarril de Girardot, en lo sucesivo."
Lo que tengo la honra de trascribir á. 'Usted para conocimiento de esa
honorable Junta.
Soy de Usted atento servidor,
FELIPE F. PAÚL.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.