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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 11/12/1842

t la JI 1 OARTAJENA) DOMINGO 11 DE DICIEMBRE DE 1842. 1 =========:::::=::::============================:;:::= TRIMESTRE 2. ~ Se admiten las suscriciones i se venden los numeros sueltos eula tesoreria de rentas provinciales. 12 reales anticipac;lOf; La insercion de avisos &oc. se ajustna ron el impresor. NUMERO 22. Yale un real. CIROULARES. Pidiendo informes sobre los indíjenas indQpen­dientes que habiten dentro de la provincia. Circular núm. 38.-República de la Nue­' Da Granada.- GtJbernacion de la provincia de Cartajena.-Car'tajena a 7 de Diciembre de 1842.-Al Sr. jefe político del canton de .... Para cumplir con el deber que me impone el artículo 23 del decreto ejecutivo sobre for­macion del censo de poblacion de la Repú­blica, cuya operacion debe comenzar el dia 2 de Enero próximo, espero que V., adquirien­do todos ]os datos que estime necesarios, me infQrme con la exactitud posible de los indí­jenas independientes que habiten dentro del canton de su mando; número i nombre de las tribns, i lugares en que residen; ocupa­cion ordinaria de sus individuos, carácter pa­cifico o feroz de ellos; i el número de hom­bres i mujeres de que se compone cada tribu. La mayor exactitud en este conocimiento, W o.de poblacion, es de tan evidente utilidad, que no dudo que V. tomará gran interes en ello j i para lograrlo considero como un medio eficaz el hacer entender a los habitantes la impor­tancia del negocio i el ningun mal que les resulta de inscribir sus nombres en los pa­drones, procnrando de este modo disipar In. preocupacion vulgar de creer que los censos !e levantan con el fin de hacer alistamientos militares i exijir contribuciones personales j preo­eupacion que induce a muchos individuos a abstenerse de empadronarse i de empadronar a sus dependitilntes; por 10 cual i por no ha­ber habido en la mayor parte de los encar­gados de formar los censos todo el celo i pa­triotismo necesarios, el censo actual de esta provincia es sumamente inexa.cto i diminuto. Dios guarde a Y. Jose 1J1anuel de Vivero. 'Previniendo se remitan a la contaduría jene­Tal de la provincia las cuentas municipales del . periodo que terminó en 30 de Setiembre de 1842. Circular núm. 39.·--República de la Nue­' Va Granada.- Gobernacion de la provincia de Cartajena.- Cartajena a 7 de Diciembre -de 1842.-Al Sr. jefe político del canton de .... Con esta fecha me ha participado el conta­dor jeneral de la provincia no haber recibido las cu~ntas municipales de ninguno de los can­tones, correspondientes al periodo que terminó -eL 30 de Setiembre último, sin embargo de 'que ha debido esto verificarse el dia 1. o del ' corriente, con arreglo a lo dispuesto en el ar­tículo 4. o del d creta provincial de 4 Octu­bre de 1837. ~~n consecuencia, V. hará que la cuenta de ese can ton se envíe inmediatamente para su exámen a la contaduría jeneral; en' intelijen­tia que la multa de 16 pesos que impone el artículo 5. o del mencionado decreto al que ocasione el menor retardo ea el cumpli~ miento de lo preceptuado en el 4, o, se hará efectiva de quien corresponda. , Dios guarde a V. Municipales.-La del periodo de 1. o de Febrero a 31 de Mayo de 1841, producida por su tesorero Sr. Francisco de B. Ruíz. La del periodo de 1. o de Octubre de 1841 a 3] de Enero de 1842, producida por el mismo. José Manuel de Jwe;l:lL_-t--L.ar-~:-p~líl.OL...(1a-:l...) de F.J!brel'O a 31 dt. Disponiendo- que los -eoncejo cabildos parroquiales se JW,ti ~riftJ'l'lr'_- bernacion por conducto de las jefeturas políticas. Circu-Zar núm. 40.-República de la Nue­va Granada.- Gobernacion 'de la provincia de Cartajena.-Cartajena a 9 de Diciembre de 1842.-Al Sr. jefe politico del canton de ..... En adicion a la circular número 9 fecha 15 de Setiembre último, por la cual comuni­qué a V. la resolucion sobre consultas a la Gobernacion, que se rejistra en el número 9 del Semanario de la provincia, he dispuesto: que siempre que los concejos municipales i los cabildos parroquiales tengan que entender­se con esta Gobernacion lo hagan por con­ducto del respectivo jefe político, a fin de que este funcionario pueda dirijir los negocios con Mayo de 1842, producida por el mismo. Comunalcs.-La del canton del periodo d~ 1. • de 1841, producida por su tesorero Sr. Francisco de B. Ruiz. Otras renta$.-La de]a Universidad del Mag~ dalena e Istmo correspondiente de 1. o de Ene­ro a 31 de Diciembre de 1839, producida per sn Síndico 1. o Sr. José Joaquin Torres. La de id. de 1. o de Enero a 31 de Diciem­bre de 1840, producida por el mismo. La de id. de 1. o de Enero a 31 de Diciem­bre de 1841, producida por el mismo. La del colejio de niñas del Carmen de esta ciudad comprensiva de 16 de Julio en que se' abrió dicho colejio, hasta 31 de Diciembre d. 1840, producida por el mismo. La id. de 1. o de Enero a 31 de Diciem· forro ue estime co ve le tel~'~~~~'1'-nMm""1T"1~~rlte' regu c\fidad en el e~pacho. ero aquellos a- . o de Enero a 31 de Diciembre de ] 839, producida por su administrador presbítero Manuel Joa, quin de Paz. suntos mjentes pueden Tel1ir comunicados direc­tamente por el presidente del concejo o del ca­bildo correspondiente. Lo que comunico a V. para que tenga. su cumplimiento en el cantan de su mando. Dios guarde a V. ' José Manuel de Vivero. INVIT ACION. La junta de hacienda. de la provincia, en sesion de ayer, ha acordado invitar, como se invita por el presente, a las pflrsonas que quie­ran vender 238 resmas de papel (de 500 plie­gos útiles) i 352 pliegos, e imprimir 6.702 se­llos de las clases la. a 4a. inclusive, i 225.300 de }¡:I.S clases 5a. a 7a. inclusive, que se ne­cesitan pura el venturo año económico que co­mienza en 1. o de Setiembre de 1843 i con­cluye en 31 de Agosto de 1844. Las proposiciones deben dirijirse a la jun­ta en plieg0s cerrados, en el término de un mes contado desde hoij i las que se hagan para la venta del papel deben venir acompa­ñadas de las muestras del jénero. Cartajena a 6 de Diciembre de 1842. El secretario de la Gobernacion-Cal'Vo. CUADRO que manifiesta las cuentas aprobadas de-finitivamente po'!' la Cámara en sus se­siones del presente año, el c~¿al forma la contaduría j eneral de la provincia en Vi1·tttd del deber que le señala el artículo 30 del decreto reglamentllr'io de 4 de Octubre de 1837. ler. Cantono La cuenta de la tesorería de rentas provin­ciales correspondiente desde 1. o de Enero a 31 de Diciembre de 184.0, producida por su tesorero Sr. Francisco de B. Ruiz. Lá id. de l. o dé En~ro a 31 de l)icietn~ bre de 1840, producida por el mismo. La 'de manumision correspondiente al perio. do de ]. o de Setiembre de 1839 a 3] de Agosto de 1840, producida por su contador te:' sorero Sr. Marcos Maria Merlano. La del recaudador del ramo del mismo~­riodo producída por el Sr. Nicolas J. Pastor. La de manumision del periodo de 1. o de Setiembre de 1840 a 31 de Agosto de 1841; prodncida por su contador tesorero Sr. Marcos M. Merlano. La del recaudador dil ramo del mismo pe­riodo producida por el Sr. Nicolas J. Pastor. La de Aguinaldos de 1. o de Enero a 31 de Diciembre de 1840, producida por su ad­ministrador Sr. Francisco Luis Fernandez. La id. de 1. o de Enero a 15 de. Junio de 184.1, producida por la esposa del Sr. Fran .. cisco L. Fernandez administrador de dicha renta. La de dotes del Venerable Sr. Dean Yarza de 1. o de Enero a 31 de Diciembre de 1840; prodncida por su administrador Dr. Grega­rio Jo.sé Rodriguez. La id. de 1. o de Enero a 31 de Diciem­bre de 1841, producida por el mismo. La de dotes del Santísimo de 1. o de Bne­ro a 31 de Diciembre de 1840, producida por su administrador Sr. Francisco L. Fernandez. La id. de 1. o de Enero a 15 de Junio de 1841, producida por el Sr. Andres Fortich C'o­mo apoderado del Sr. Francisco L. Fernan­dez admin istrador de dicha renta. La- de dotes de Pabla Perez de Infanzon de 1. o de Enero a 31 de Diciembre de 1840, producida por su administradór Sr~ Dr. RQ,..l! roon: Benedeti .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 la id. de 1. o de Enero a 31 de Diciem­~ re de 1841, producida por el mismo. ~a de resagos o cobros hechos a las deu­das que quedaron pendientes en la cuenta de 1839 de la de dotes de Pabla Pere.z de Infan­wn, produoida por el mismo. 2. o Cantono Oomunales.-La del canton d. l. o de DI­t;: iembre de 1839 a 31 ds Mayo de 1840, pro­ducida por su tesorero Sr. J. T eófilo Minut. Otras rentas.- La de manumision de todo .1 año de 1838, producida por su contador te­. orero Sr. Manuel Antonio Insignares. La id. de todo el año de 1840, producida por el mismo. 3er. Canton. Municipales.-La del periodo de Febrero a 31 de Mayo de 1835, producida or su teso. Semanario de Cartajena. La id. de Junio a Noviembre de 1839, pro-ducida por el mismo. · La. id. de Diciembre de 1839 a 31 de Ma­yo de 1840, producida por el mismo. Cartajenll Diciembre 1. o de 1842. is di P ornll. RENTAS PR6 ES. o~ Jotj o S~ tl I I I p. ~~ o fA o~ f;l,.p.p.~ (llCtCto o ...... (')Cta ~8 ~.... ·~e ¡:¡.C p p ~\1 ..c ,(') (!) c ~ ~ :a a: i ~ ~ ..... S'P- .. ~ l\:)1 l:\:) ~o ~ t%J rel'b ~I. Frarrcis o a --+-~P.---"""""'l 8 o il Ol o ~I Z ~ OlO ~I I-i ... La del periodo de J unio a 30 de Setiembre • 184.0, producida por su tesorero r. Hi 0- lito areJo. Comunales.-La de Soledad del periodo d. 27 de Mayo a 26 de Noviembre de 1837, pro- 4iu~ida por su tesorero Sr. Francisco Donado. 4. o Cantono Municipales.-La del periodo de Junio a !etiembre de 1840, producida por ~u tesorero Sr. Manuel José de Cuentas. Otras rentas.-La de manumision de 1. o ele Setiembre de 1839 a 31 de Agosto de 1840, producida por IU tesorero Sr. Maximiliano Sa­lazar. La id. de 1. o de Setiembre de 1840 a 31 ti, Agosto de 1841, producida por el mismo. 5. o Canton. Munici~ale8.-La de brero .u tesoreso Sr. Francisco de P. Carbajal. Otras rentas.-La de manumision del pe­riodo de 1. o de Mayo de 1840 a 31 de Abril de 184:1, producida por su tesorero Sr. 'rri­nidad Agames. La id. de 1. o de Mayo de 1841 a 30 de .lbril de 1842, producida por el mismo. 6. o Cantono Muni,ipales.-La del periodo rde Junio a :!etiembre de 1840, producida por su tesorero Br. José Maria Salgado. La del periodo dp. 1. o de Octubre de 1841 a 31 de Enero de 1842, producida por el mismo. Otra$ rentaS'.-La de manumision de 1. o de Enero a SI de Diciembre de 1840, produ­eida por su tesorero Sr. Bonifacio J. Pjneda. La del recaudador del ramo, del mismo pe­riodo, producida por el Sr. Manuel J. Vergara. La de manumision de 1. o de Enero de 1841 a 30 de Agosto de 1842, producida por su te­lorero Sr. Bonifacio 1. Pineda. La del recaudador del ramo, del mismo pe­riodo, producida por el Sr. Manuel J. Vergara. 7. o Cantono Municipales.-La del periodo de Junio a etiembre de 1841, ·producida por su tesore- 10 Sr. Andres Figueroa. Comunale~.-La del periodo de Junio a No­viembre de 1841, del canton, producida por su tesorero Sr. Andres Figueroa. 8. o Cantono Municipales.-La del periodo de junio a Setiembre de 1840, producida por su tesorero Sr. Gregorio J. Garcia. Comunales.-La del canton del periodo de 1. o de Diciembre de 1836 a 31 de Mayo de 1837, produ~ida por su tesorero Sr. Manuel A. Solé. La id. de Junio a Noviembre de 1838, pro­ueida por ~u tesorero Sr. Gregorio J. Gareia. ~o t\J CIJ :::~ i ~ g;~ I Ol w~ ~~ I ..=' ~~ ~~ t\:)1 ~ ~ 0\ ~~ ~ ~ ~ ~~ ~:: .t:.. f ~ ~I ~§CIJ~I ti;) ~OQ)~ ~ ~~ ~ IJ' I "i.\.?.. l'~ ::C~IJC~IJ /."j rn -~ z~ o n ~ > ... z ~ ~ l.1l m O !'l .... l!:I ~ ~ [lI m O !IJ l'j l ~ ~ I Q ... I-i Ul ~ ~ ~ t:zl ~ Z • .C..j ~ i Q,UÉ ES EDUCACION 1 Parece esta una pregunta mui senci­lla i fácil de responder, pero la mayor parte de los que así piensan se verian apurados para darle una solucion correc­ta. El hombre, en todo pais libre, ne­cesita tres clases de educacion, una que le habilite para el oficio o carrera que haya de seguir: esta es la educacion pro­fesional; otra que le haga conocer sus obligaciones corno hombre i ciudadano, i será la educacion moral i política, i por último una que le enseñe sus de­beres hácia la divinidad i el fin para que fué creado, esto es, educacion relijiosa. Ahora bien; lo mas iltil para el hom­bre es aquello que tiende m s irec a ... mente a promover su felicidad, cosa tan palpable que hasta el repet~rlo parece trivial. Sin embargo se toma Jeneralmen­te la voz útil, en un ~intido mui diver­so aplicándola no a lo qúe puede ha­ce~ al hombre verdaderamente dichoso, sino a aquello que le proporciona dine­ro, i bajo este principio se considera la educacion profesional como la mas ne­cesaria, murmurando del tiempo emplea­do en las otras, especialmente si oca­sionan la menor distracion en el estu­dio de lo que se tiene por verdaderamen­te útil, esto es, lo que proporciona al hombre los medios de subsistir. Pudie­ramos no obstante ser todos mui hábi­les i diestros en nue tras respectivas pro­fesiones, sin dejar por eso de ser en je­neral ignorantes, misel'ables i pel·versos. Mientras nos baIlásemos ocupados en nuestro trabajo, todo iria bien, pero 110 siempre se puede trabajar. Hai un tiem-pe que pasamos con nuestras . familiai, otro que dedicamos a la soctedad de nuestros amigos i relaciones, i otro 11 menos importante que empleamos con. nosotros mismos. Si no iabemos hacer buen uso de estos diferentes periodoi, somos en realidad seres nulos i despre­ciables, por mas q,ue seamOi excelentes abogados, médicos, ~njenieros, artesanoi, la ra ores o cualquIera otra cosa a que nos dediquemos. Lo que nos enseña pues a emplear bien el tiem~o tanto en so­ciedad como en el trabajo, no es la edu­cacion profesional sino la jeneral. Esta es la educacion indispensable a toda cla­se de personas; la que enseña al hom­bre en primer lugar su~ deberes para con Dios i con sus semejantes que for­ma sus principios i carácter acost~m­brándole a en ar en los dema 1 llG siempre en sí mismo: que le pone eQ ei­tado de ser ciudadano honrado i buen patricio, insp\rándole l"e\\peto i obed\en­cia a las leyes despues de haber procu­rado contribuir a que estas sean en lo posible perfectas : que le enseña q!le un gobierno justo i celoso no puede nI ?eb .• consultar los intereses de un solo IndI­viduo o corporacion coa preferencia a otra sino atender al bienestar jeneral; que' cada clase de ]a sociedaá ~eb.e ~ar i recibir, i que si los hom~res ln~lstle­sen en obrar cada uno a su antoJo, ne> habria otra cosa que confl sion i tiranía. Siendo pues la ignorancia i modo vicio­so de razonar la causa inmediata de lo» desaciertos que se cometen en los ne­gocios públicos i. pr.ivados, aq~ell~ que nos enseña a raClOClnar con CriterIO, po- . rdide i sujestiones de los sofistas i los es.cri­tores mal intencionados, debe conSIde­rarse como la parte mas importante de la educacion del hombre, cuyas venta­jas reconocerá cada vez que se ~alle en el caso de hablar o escuchar; I final­mente todo lo que contribu~e a vigor~­zar su espíritu i dar a las Ideas un JI­ro mas noble i bello, es un aumento de felicidad positiva, bien se h~lle solo. o en sociedad. Por consecuenCla es utIli­simo el aprender a admirar i amar .10 hermoso, bien sea en las obras del Olla-dor o en las de los hombres, ora se ma­nifieste en las flores o en los campos, en las peñas o los bosques, en los riOIl o en el mar, bien se os.t ente en un b"e - 110 edificio, una buena pIntura, una rnu-sic suave. armoniosa, o en los nobles pensamientos e imájenes g.oriosas de l~ poesía. He aquí la educ~Clon que hara bueno, juicioso i feliz al pueblo .. Obtén­gase esto, i los fines de la ~ducaclOn pro­fesional no se perderán Jalllas entera­mente. El buen sentido i rectitud de prin­cipios auxilian eficazmente al ho~bre en el buen desempeño de su profeslOn, pe .. ro su habilidad en cualqulera de ellas no le hará mas honrado ni discreto j i no solo deben ser consideradas la bondad i discrecion como las cualidades mas úti­les i apreciables del jénero humano, sino que son artículoi .de que nunc~ pu~de haber demasía. NI la abundanCIa nI la competencia podrán disminuir ~u val~r: por la inversa, cuan!o m~s se Jenerah­cen tomarán mas estzmaclOn. porque sa­rá. mayor el número d~ los. que sepan apre'ciarlas.-( Semanarw P~ntorelco.) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. MORAL 1 RELIJION. n los Estados Unidos la relijion no liOlamente arregla las (X)Stumbres, sino que estiende su imperio aun sobre la in­telijencia. Entre los anglo-anlericanos, los unos profesan 1 s dogmas cristümos porque creen en ellos) i los otros porque temen apareGer incrédulos: así es que el cris­tianismo reina sin ostáculos i por la apro­bacion de todos1 resultando de aquí que todo es cierto i fijo en el mundo moral, aunque el mundo político parece aban­donado a la discusion i a los ensayos de los hombres. El espíritu ' no tiene ja­mas delante de sí un campo ilimitado, i sea cual fuere su audacia siente de tiempo en tiempo la necesidad de de­tenerse delante de barreras insuperables. Antes de innovar, se ve fOlzado a acep­tar -ciertos -dfttos pi'tmePe7 ' iiemeter sus mas atrevidas concepciones a cier­tas formas que la retardan i detienen. La imajinacion de los americanos en IUS mayores estravios no tiene sino una marcha circunspecta e incierta, su an­dar es trabado e incompletas sus obras. Tales hábitos de recato se vuelven a en­. ontrar en la sociedad política i favore­een de un modo singular la tranquili­dad del pueblo, i la duracion de sus ins­tituciones. La naturaleza i las circuns­tancias hicieron un hombre audaz del ha­bitante de los Estados Unidos, lo que es fácil conocer cuando se vé de que modo persigue la fortuna; i si el espíritu de los americanos estuviese enteramente libre de amarras, no tardariamos en encon-trar ma' dores, i los lójicos mas implacables del mundo. Mas los revolucionarios de Amé­rica se ven forzados a profesar ostensi­blemente cierto respeto por la moral i la equidad cristiana, 'que no les permi­te violar fácilmente sus leyes cuando se oponen a la ejecucion de sus designios, i aun dado el caso que pudieran sobre­ponerse a sus escrúpulos, todavia se sen­tirían retenidos por los de sus partida­rios. No se ha encontrado todavia en los Estados Unidos una persona que haya 0- ~ado avanzar la máxima de que todo es permitido en el interes de la sociedad: máxima impía, inventada al parecer en un siglo de libertad para lejitimar todos los tiranos futuros. Así pues, al mismo tiempo que la lei permite hacer todo al pueblo ame­ricano, la e ijion le impide concebirlo todo, i le veda acometerlo. La relijion que entre los americanos jamas se mezcla directa'lnente en el go­biel'no de la sociedad, debe ser conside­rada como la primera de sus institucio­nes políticas; porque si ella no les dá el gusto de la libertad, les facilita sin­gularmente su uso. Bajo este punto de vista es que los mismos americanos consideran la. creen­cias relij iosas. No sé si todos ellos tie­nen fé en su relijion, pues que nadie puede leer en el fondo de los corazones; pero estoi seguro de que ]a creen nece­. aria a la conservacion de las institucio­nes republicanas; i esta opinion no es d.e un~ c1ase de ciu.dadanos o de un par­tldo, 61110 de la naClOl1 entera, i se la en­cuentra en todos los rangos. Que algun político ataque una secta en los Estados U nidos, no es raZOl1 pa­ra que los partidarios mismos de esta sec~ Semanario de Carta j en ta no le sostengan j pero si ataca todas las sectas juntas, entonces le huyen todos i que­da aislado. Permaneciendo yo en los Estados LJnidos se presentó un testigo n. los asises del condado de Chester (Esta o de Nueva York) i decla­ró que no creia en la existencia de Dios ni en la inmortalidad del alma. El Presidente re­husó recibir el iuramento, atendiendo, dijo, a que el testigo habia destruido de antemano to­da la fé que pudiera darse a sus palabras. Los diarios refirieron el hecho sin comentarios. Los amf>ricanos confunden 'tan completamén­te en su espíritu el cristianismo i la libertad, que es ca..<;¡i imposible hacerles concebir el uno sin la otrn; i no se crea que sea esta entre ellos una de aquellas creencias estériles que lo pasado lega a lo presente1 j que parecen menos vi vil' que vejetar en el fondo del al ma. a ica os e 1 asocia-do para enviar sacerdotes a los nuevos Bstados del Oeste i para plantear allí escuelas e igle­sias; ellos temen que 1 a relijion se pierda en medio de los bosques i que el pueblo que se lavanta no llegue a ser tan libre corno aquel de donde ha salido. Yo he encontrado habi­tantes ricos en la Nueva Inglaterra que aban­donaba. eL pais de su nacimiento con la mi­ra de ir a echar, en las riberas del Missouri o en las praderas de los Illinois, los fundamen­tos del cristianismo i 'de la libertad. Es de es­ta manera que en los J<".:stados Unidos el ce­lo relijioso se sustenta sin cesar con el calor del patriotismo. Si pensais que estos hombres nroceden únicamente por la con~deracion de mo tiempo que llevan su librea: la RepÚbÜca. vivirá siempre demasiado para. sacarlos de su .. bajeza presente. No es a estos a quienes yo hablo i perO' si a -.aquellos que ven en la Re pública un estado permanente i tranquilo, n~ objeto necesario hácia el cual las ideas i las costumbres arrastran cada día las sociedades modernas, i qúe querrian sinceramente prepa­rar a los hombres a ser libres. Cuando estos atacan las creencias relijiosas, siguen ~us pa· siones i no sus intereses. El despotí¡mo es e que puede existir sin la té, pero no la 'liber­tad. La reliJion es mucho mas necesaria en la República que ellos preconizan, que en la mo~ narquía que atacan; i mucho mas en las R~ , pública.s democráticas que en toda.s las otras. t De qué manera podría salvarse la sociedad~ . al elaja:rse el lazo político, no se estl'echárl\ mas el lazo mora11 i) qué podria hacerse con un pueblo' señor de sí mismol si no estuviesa lOS. ( Tocque11ille, Democracia. In hnfric«.) COMUNICAl>O. JUSTICIA A CARTAJENA. En el Granadino número 16, del día 13 del mes próximo pasado, se toca por incidencia la peste que acometió al ejér-­cito del jeneral Herran en el Magdalenag la cual trazada con los vivos colores de la imajinacion poética de su autor, di­ce así. Ja otra vida..eR eterlfij:fialt-1!~~~I""III1"'~~!Pr"~MJII~-«-~rR$i~"~7i '.'1"\ 1 a e caña, él uno de sus cuidados. Si interrogais a estos fines del año pasado, i a principios de misioneros de la civilizacion cristiana, os SQf- este, una de esas desoladoras fiebres que prendereis de oirlos hablar con frecuencia de de cuando en cuando se pasean a lo lar­los bienes de este mundo, i de encontrar po- go de las riberas del Magdalena destru­líticos donde no creiais ver mas que relijio- yó en pocos dias una division de dos sos. "'.rodas las Repúblipls americanas son 60- mil soldados. En el hospital de Ocaña lidarias las unas de las otras, os dirán; si las ll~garon a morir hasta 36 hombres pOI Repúblicas del Oeste cayeran en la anarquía, dla. A punto llegó la cosa que no habia ya un solo oficial q tie estuviese en ser .. o sufrieran el yugo del despotismo, las insti- .. El 1 VICIO. jenera Herran sin guardia i tuciones republicanas que florecen en las már- postrado en cama con sus ayudentes de jenes del oeeano Atlántico estarian en gran pe- campo, se vió por muchos dias 8010 1 ligro; nosotros tenemos por tanto inteses en desamparado, indefenso. Si Raffet1 i '1'0- que los lluevas Estados sean relijiosos, a fin mason hubiesen querido sorprenderlo en que nos permitan permanecer libres." aquellos momentos) nada habria podido Tales son las opiniones de los americanos; salvarlo." pero su error es manifiesto, pues cada dia me Es e cu d melaneóli o os revela la prueban mui doctamente que todo va bien en importancia del servicio que hizo a la mérica, eceptuand precisamente ese espíritu causa nacional la plaza de Cartajena el relijioso que yo admiro; i vengo a saber que 15 de Junio de 1841. Nadie habla de no falta a la libertad i n la felicidad de la este servici.o, nadie la recomienda, i Si11 especie humana del otro lado del oeeano, sino embargo) SI las fuerzas de Carmona no hubiesen estado distraidas sobre sus mu­el creer con Spinosa en la eternidad del nmn-ros en cerca de siete meses, es eviden-do, i sostener con Cabanis que el cerebro eJa- te que hubieran aprovechado aquella co-b~ ra el pensamiento. Nada tengo que respon- yuntura para obrar en las provincias del der a esto, a la verdad, sino que aquellos que interior.-Cartajena, como dijo el ILUS­hablan así no han estado en Amét'ica, ni han TRE LIBERTADOR, ha sido siempre visto mas pueblos relijiosos que pueblos libres. la redentora de la Nueva Gra~ada, el Yo los aguardo a su l'egreso. paladion' a donde se han destruido las Personas hai en Francia que consideran las nlaquinaciones de, los enemigos interio­instituciones republicanas como el instrumento res i esteriores, i Cartajena en fin es la única que siempre ha perdido sin haber pasajero de su engrandecimiento. Ellas miden ganado nunca. ' con los ojos el espacio inmenso que separa sus El editor del Granadino es un digp vici03 i sus miserias del poder i las riquezas, no Representante de la nacion, i ojalá i querrian amontonar ruinas en este abisrno que conocida la importancia de esta ciu­para tentar llenarlo. Estas personas son res- Jad, favorezca sus intereses locales e poeta de la libertad, lo que las compañías fran,- el próximo Congreso! cas de la edad media. respecto de los reyes: ellas hacen la guerra por ~ll cuenta, al mis- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SOCIEDAD BIBLIOGRÁFICA. Lista (le los contribuyentes para la Bi­blioteca pública de Cartajena. ~ Volúmenes. Suma del númel'O ant~rior.. 1.410. Señores. M arcos M. Merlano Dr. Federico Erid Dr. Gregorio Rodriguez - La U niversidad del Magdalena ( Continun'rá. ) VIDA DE UN EDITOR. 1. 6. 16. 236. 1.669. El siguiente es un bosquejo-de-l s o~­táculos i dificultades que lleva consigo la vida de un editor, limitado el pobre , " ue no puede dar un paso, sin oir exclamar: ,¡ que me pisa V. un callo.)) Si franca i abiertamente espresa su opinion, se le tacha de arrogante i pre- El untuoso. Si por el contrario, ya es un pusilánime que ahogando la voz de su conciencia, no se atreve a declarar sus sentimientos. Si porque no puede o por­que no quiere, se niega a apoyar los su­puestos derechos o conocimientos que tal o cual individuo alega para la con­cesion de algun objeto deseado, se le acusa de parcialidad i enemistad perso­nal. Si se presenta uno de los innume­rables poetastros del dia, que mide sus versos a gu' sa de pieza de cinta, i con n ho" l' 1 j to e . no, oda o soneto, asombroso en su idea, pero que en realidad no es mas que una cáfila ue disparate.s; si por mero capri­cho, quieren o mas bien exijen se colo­que en el número inmediato) pel'o el pru­dente editor temiendo el resultado, se es­cusa políticamente. El poeta entonces al­tamente ofendido vocifera: "i no querer nli composicion .... ! i Pero que se debe esperar de un hombre que en su vida ha ::; presentes en posesion del privilejio por quince año3, los cuales podrán pl'orngar­se por otros quince ¡ cu yo <;lerecho le conce­de la lei de 10 · de Mayo de 1834 que ase­gura por cierto tiempo la propiedad de las pro-ducciones literarias i algunas otras.-Dada en Cartajena a 4 de Junio de 1842.-Antonio R" driguez Torices .-( L. S. ).-El iecr8'ario, Juan Antonio Calvo. 4: Antonio Rodriguez Toriees, Gobernador d. la provincia de Cartajena. Hago saber: que el Sr. Felíx G. Rubio se ha presentado ante mí reclamando el derech() esclusivo para publicar i vender una obra d. su propiedad cuyo título ha depositado i es co­mo sigue: "El amigo de la humanidad," i. que habiendo prestado el juramento requerido, 10 pongo por las presentes en posesion del pri­vilejio por siete años seis meses, los cuales po­drán pro rogarse por otros siete años seis ms­ses, cuyo derecho le concede la leí de 10 da Mayo de 1834, que asegura por cierto tiem¡>C) la propiedad de las producciones literarias i algunas otras.-Dada en Cartajeha a 13 de Oc­tubre de ] 842.-Antonio Rodríguez Torice •. -( L. S. )-EI secretario, Juan Antonio Cal'IJo. Los que hayan Iecibido biHetes de tesorerta. que se emitieron para el completo pago de la parte que en dinero corresponde satisfacersQ por los intereses i réditos de la deuda nacio­nal en el semestre de Agosto de 1841, ocur­rirán a esta oficina con aquellos billetes para efectuar el cambio por los que ya ha remitido la tesorería jenern.l; pues tales billetes, como librados provisionalmente, deben ser recojidos por esta tesorería de hacienda. Cartajena, Di­ciembre 1. o de 1842. Vicente Garcia. De órden de S. E. el tribunal de justieia. del distrito del Magdalena, se avisa al públi­co, que el dia siete del corriente, prévios los requisitos legales, fu é recibido de abogado el Sr. Dr. Pedro A. Nav~rro, i con esta fecha. SCl le ha espedidQ el título corres ondiente. C~r-tajena iciembre de Francisco de la Espnella, secretario. El que suscribe permanecerá poco tiemp" en esta ciudad: por lo tanto, los que quieran retratarse por el Daguerrotípo, podrán pasar a. la casa de su habitacion, que lo es la de la Sra. Rosa Guerra de Danglade. Si alguno quisiese comprarle todos o algu­nos de los útiles con que se retrata, los ven­de, i adema s se le enseñará todo el método teórico i práctico para poder retratar i sacar vistas con toda perfecciono Cartajena 9 de Di­cienbl'e de 1842. Francisco Gonis. ~ID.[rij]lmJE\rij]ll((QJ!&' @@JlmlliU1\©lrAL EN TREINTA LECCIONES, dispuesta en forma de catecismo i dedicada a la juventud granadina, por Simon de Lavalle . Esta obra tan necesaria para toda. clase do personas, acaba de imprimirse en la imprenta del Sr. Francisco de Borja Ruiz, i se halla de venta en la misma i en la casa del autor al precio de ocho reales cada ejemplar. 12lL UR~~m~(O~®m, REPERTORIO DE HISTORIA, BE­LLAS LETRAS 1 ARTE5f • En la imprenta del Sr. Al onio Labiosft S8 hallan de venta tomos de este interesante pe­riódico a veinte reales cada uno, i tambien cuadernos o números sueltos a un real i medIO. u:J> Igualmente se vende en dicho estableci­miento papel de música de tres clases de pauta. Imp. de los herederos de Juan A. CaIH. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 12/03/1840

SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA. SEMESTRE 3.8 CARTAGENA, JUEVES 12 DE MARZO DE t84ú. NUMERO 59. Elte periódico saldrA todos los j.ueTes: la recepcion de las snscriciones y .. enta de los números sw.eItos están á ~argo ,d rl -tesorero de rentas provincIales Sr. Frnn.:: ' aiscG de B. R uiz. La suscricion por semestre .. ale en .. TJlO PESOS, pagaderos adelantados; y c'ada número suelto n:u. T MI:DlO . ..,El predo de la iusercioD de los aviso. Ó articulos de interes privado, será de UD pe50 hasta doce rengloues, 1 un rC31 mas por cada tres renglones de los que es.cooan de aquel númerG, y la mitad por cada .. ez que se repita, siempre que .e advierta al tiempo de la .eot.rega. SUBASTA DE BIENES NACIONALES. l!:l di, 31 del presente mes se enagenaran ante 1, junta de hacienda de la provincia, con arreglo a lo rcsuclto por el Poder Eje .. cutivo en órden comunicada por l. Sec.retarla de la guerra en 23 de Enero último , bajeJ el número 3 de la seccion 2a. administrativa, los siguientes efectos que existen en los parqu'es y almacene-; de esta plaza. 1 clñon de cobre inútil de cali· bre de 24 con peso de 6.431 libras . 18 id. de fierro del mismo cali­bre con peso de 212 veces su bala. 10 id. id. del calibre de a 16 con peso de 223 veces su bala. 515 qUlDtales, 1 arroba, 24 li­bras de po\vora inútil a 1. pe· sos quintal . • . . . • 8 quintales, 3 arrobas de bronce. 482 ajas de lata en dos cajas . 152 vaiDas de fierro para sables. 10 guardafuegos inútiles. b 000 espoletas id. • • ~40 lanzaofuegos id. .59 camisas embreadas id . 6 bancos para monturas id 140 fustes id 60 portacarabinas id. ~ 96 boquillas de candelero de oja de lata id . 800 mecheros de id. id. • 8 '/2 piezas de piola para drisas id • 100 panes de bola o betun id. 2 (¡Has de asiento id • -i barriles de alcaparrosa id. Ps. 1.6'08 6 5.724 " 2 .. 230 6 2.062 1> 82 » 1.5 1 13 6 » 2 I/~ 6 2 2 4 12 2 3 ) 70 » » 1 '/4 » ,) 1/2 » 2 " 2 '/4 " 2 » oÍ J) 4 ----- 11.832 5 1/2 ...... ---- La enlgenaeion de los espresldos .efectos se hari con las formalidades prescritls en el decreto ejecutivo fecha 9 de Julio de 1~38. ! la admition de las posturas por el or4en de preferencia de las obligaciones de deuda nacional interior que establecen los números 1.0, 2.° Y 5.· del artículo 13 de la ley de 13 de Junio último. Se Idmitiran ta~bien pos· turas en numerario, siempre que ellls eu­' bran el 'Valor justipreciado de los efectos, en euyo caso la post.ura sera preferible a l~. que ·-·~.I liagán por ol>ligleione&. de la deuda nl-; cionat. Las persoDu que deseeo examinar la cali~ dad y estado de los efectos que van a ena­genarse, pueden acercarse al guarda-atmacen de artillería, quien tiene órden para poner­los de rnanifiesto a los que aSI lo solicitei}. Cartagena 10 de Marzo de 18iO. De orden de la Jtlnta. Ca,zos Pareja, secretnio. -+- AVISO. H. biéndose rematado el dia de ayer ante del tabaco, y los capitales y réditos que Te­conocian las rentac; municipales del canton , de Cartagena y a s(~. Juana 1\hnuela Quin­tana a favor d,.1 nmo de telllporalidades y de la estinguiJa Inqui iClon; se acorJo por la mbllla junta diforlr para el lu es 16 del corriente la continuacion de l remate d6 los d emas buques, fine s, capitales y deudas con­tenidos en la rela ,ion l aVIso publicados en el Semanario número 58. Los señor'es que quieran h cel' pOlltura o. cllrriran al desp eho de la Gobernacion el indicado dia desde la una basta las tres de la tarde. Cartageaa tO del\tano de 1~1O. la junta de hacicod_l de 1 .. Rroviucia la fl~~-_ ... ~~= chcra do guerra Pola, las tierras denomina- De orden <:le la Junta.- das del Bosque, la casa que sirvio de estanco Carlos Pareja, secretarig. ' :- ' .. ADMINISTIlACION DE JUSTICIA. --"'ó~-- Estado de las causas despachadas por el tribunal de ¡'asticla del distrl'lo del - iJiagdalcna en todo el mes que comenz,o en 1.0 y con.cluye en .fines del corriente mes • SR. MTRo. MENDEl.lls. MIRO. BENEDETl S. l\Imo. Baoco.' :=wr.:=C:======-=-===--=-:;a:.:; ¡ :;;:ac:=::IIIIIIt:=-=~-__ ;:z:= ~=-:zr=z-=-=--:.Ec;;ac:::::::::jll::~ Dctc'ffilDS. P,ndientes. D.",min,. p'~di,ntes. I D,t"m~. pe= Criminales en de6nitivA. 2 2 2 2 3 2 Id. de autos int~rlocutori()s. 2 2 4 2 6 1 De responsabilidad 2 12 2 6 .. 9 Id. en segunda instancia. D 1 l) » 2 Id . de pronta providencia . l) 2 1) S Civiles de hacienda » D 2 - l) » 1 Id. de autos interlocutorios. ) » l> l) l) » Civiles entre partes 2 -2: _.~ 2 .; 4 ' .• » 4 Id. de a1iltos iüterlocutorios. » 3 » 1 3 ¡r-9- --- --_._., -_.-_.-~ 15 16 10 25 • • RESUMEN. Causas determinadas. Causas pendientes 61. 61. De las caula~ que se dan CO.DlO pebdiente¡ solo ha" cinco en estado dé deter.~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENK'~ 6nEDicER AL GOBIERNO ES UNO DE L6~ DEBERES MAS iAGRADOS. Impulsados por sentimientos que juz­flmos laudables y patrioticos, manifesta· mos francamente nuestras ideas contra ,las grandes y violentas oscilaciones poli · 'ticas, en el articulo que circulo en el número 37 de este periodico, bajo-el E'pí: grafe • Funestos efeclos de las revoluclr)· zzes. 1) Excitados por motivos de igual naturaleta, aducirémos hoy algunas razo· nes que creemos dictadas por las ngl~s de la utilidad ó conveniencia publica, en que nos proponemos probar la necesidad de obedecer a las potestades publicas, principalmente en las naciones que, co­mo en la granadina, tienen los goberna" dos la inestimable 'Y esquisita ventaja de poder eJer.cer legalmente los mas pl'eeio­sos derecbos .v tambien importantes e, he1'es, que refluyen a favor de la segu, ridad comun y de los fueros ó garanlías ,sociales. Solo los que estéo sufriendo de una completa perversion de la raZOll podran dudar que sin un g&Lierno estable r ge­neralmente obedecido no pueden lograr las sociedade~ humanas el orden y s.,lo, dable equilibrio que son tan esenciales para asegurar el reinado de las le~(>s; para que las libertades é intereses publi­cos permanezcan ilesos, CUBnto es posi ble; y para que se adquieran tlla/os da raderos ti la comi'deracion y respeto de (as Jemal naciones. Las doctrinas de todos 103 publicistas clásicos, antiguos y modernos, aSl como las lecc¡ones de la historia, est~m de a cuerdo con nuestras precedentes asercio ­nes. Por otra parte los sublimes precep ' tos de la rdiglon verdadera '! las maxi mas de la sana moral re.prucban y con denan las revoluciones y lo~ demas actos de ,desobediencia a las autoridades cons. tituidas, y el verdadero amigo de la li ­bertad, que tiene esperiencia polltica, nada desea menos que conmociones vio­lentas que, por 10 'regular, son hijas de pasiones abomin~bles, y nada anhela tanto eil los pueblos que como la Nueva G I'a· nada son regidos por un gobierno repre­sentativo, 1 .. por una l,egislacion que con­l~ nga en sí misma el gérmen de su gra­dua¡ reforma, como la conservaciQrl del órden legal y de la paz, que 8QO las me­jores salvaguardias de las prerrogativas sociales, y los elementos mas necesasios para los progresos o adelanlos del bien estar público é individual. rCual deberia ser la sutrte de un pU.e­blo cuyo gobierno se viera C()lD frecueo­cia espuesto lA ser destruido por el indo' mito furor de facciones formada.s por descont,entos y por visionarios ó ambi ciosos?,., Nos parece fácil la solucion de esta cuestiono Nadie vacilara en afir mar que f.ecnejante gobierno se vería en la imprescindi.ble precisioo de emplear an defenderse de los liras de los anar­quistas el tiempo que pudiera dediear a objetos mucho mas útiles para la nacion ; y creemos que mientras mas se meMite ~obr~ eJ particular, mas se conocera la imperiosa n.ecesidad de que los' gobiernos sean siempre respetildos y debidamente obedecidos. Ademas es indudable, segun el irrecusable testimonio de la historia, -qu.. ~e l~' r~bel. iones <> revolucio e h o si· ." . \ de con harta frecuepcia sumamente in· faustas y desastros,s para la especie hu mana. Sentados tales principios y aplidmdolos a la Nueva-Grancrda, no podemos menos que opinar, que sean Cuales sean los pre leilos de que se hayan valido ó se val· gan los trastornadores para rebelarse con· tra el gobierno nacional, nada puede jus­tificar su conducta ante la ley, ni la la luz de la Justicia y de la sana razoo.­Los revolucionario$ del Sur, por ejemplo, han pretendido cohonestar sus temera"rias é insanas empresas, pretestando amor a la religioo; pero esa religion de dulzura y de humildad, que prescribe el amor universal y la obediencia ,3 las autorida­des publicas, ha sido atacada p6r los in· d ¡carlos faccioses, en varios de sus prin. cipales fundamentos por haber des@bede­eiclo al gobierno nacional, quebrantando I~s le~es mas esencial s é importantes, y priocipiado y continuado ona guerra fra-tl'irida 'has a oJadora. No es la priruer;a vez qoe se ha tenido entre nosotros el alrevimi-enlo de abusar del sagl'3d'o nombre de una religion de paz y de beneficencia para trastornar el edificio social, aparentando los revolucio­narios defender tan santa insti lucion cuan­do mas la ultrajaban. En cOITobotacion de lo que dejarnos espuesto, darémos fin á este 3l't1culo d tampanuo los siguientes pensamientos del sabio conde de F1'aljssinous, Obilpo de Hermopolú, cte. elc., que ha sido, en nuestro concepto, uno de los que hall defendido en nuestros dias la religion cristiana con mas elocuencia y fuerza de raciocinio. D En efecto, asi como Dios ha querido el orden en las familias, y para ello ha revestido a los padres de una autoridad sagrada, 3si taarbien ha querido el orden en la sociedad, v 'al efecto ha revestido al magistrado d~ la autoridad que le da derecho a IJ obediencia; de modo que si puede decirse que las formas de la autor'idad pública pI'oceden de los hom­bres, es necesario tambien reconocer que en el fondo la autoridad procede de Dios: doctrina que se aplica no solo al poder real en las monar.qulu, úno el lodo po der supremo, balO de todas las formas legitimas de gobierno. EXul­la ndo la glo.ria y el honor de la república y mis propio~ sentimientos, he venido en de .. cretó y deCl~eto- Art. l. Con.c"do un indulto general y sin ecepcion, a t<,dos los comprendidos en Ja re­belion que ha tenido lugar en esta provincia siempre que se acojan a él dentro del tét'mi­no de veinte dias contados desde hoy en que este decr~to se publicara en la capital de la provincia. Art.. 2. Todas las armas y elementos de-.. guerra Serlll1 entre-gados en esta gobernacioD~ y los rebeldes tendrllO 61 derechó de aco­gerse a este indulto presentándose Inte eL Sr. Gobernador de la provincia del Socorro o ante el que suscribe. Art. 3. No estan eomprendido5 en este indulto lot' destinos de los fonc.oarios pú~ bUcos que se hayaD mezclado eo la rebelion,' pues 105 perderlm siempre Que hayan iDcur~ riuo en es a petl , Art. 4. Si los ca spi ados bnbi ren re·' sistido con las armas y hubier h bido efu-, sion de saugre empeñ~ndose un combate coJi cua.lesquiera de la., c~lumnas que obran so: bre ellos, no tendt'a lugar est6 ind-ulto, y se, .~. iI Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA: DE CARTAGENAJ J'~D persegu·dos 1 o l"gados conforme a las leyes. y para que ninguno alegue ignora ia y pueda todos ácogerse a la filantrópic y pa­lerDal ~lemencia dd gobierno, pubHquesc por bando,,! circúlesé • todas las a,otoridades ., funcian rias públicos de la provincia. Dado en Velez a 17 de Febrero d l8iO. A l/onso .A cevedo. El se-c~tario, Fra1tcÍlco P. MOftcada. POPAYAN y PASTO. Hemos visto cartas é impresos bastan­te recientes, de diversos pUDtos del in· terior, que DOS permiten présagiar que uentro de poco tiempo, y tal vez sin mas efusioo de sangre, se conseguirá el restablecimiento del órden legal en aque­Has provincias, 'pues es indudable, a nues· tro modo 4e entender, que las pueblos granadinos estan dispuestos a hacer es. fuerzos simultá()eos y eficaces en obseq~io de las instituciooes juradas y del gobier­no nacional. Trasm i timos á nuestros lectores las si guientes lloticias que al efecto estrílcta. mos de dos alcances al nú mero á. o del pericidi('o ) Libertad !I Orden,» ~ los cu les se publicaron el 26 de Febrero proximo pasado. ( Del Alcance 1.0 ) El erHusiasmo de los ciu(Jadanos v de la masa de los pueblos por el sosteni­miento del órden y del gobierno crece considerablemente a medida que se au­nlelltan los peligros. Los veci nos de Car­tago, entre los cuales habia teniJo Oban· do anteriormente algunos amigos )' par. tidarios, han elevado a la gobernaclon del Cauca una enérgica represen lacion, de que tenemos copia en nuestro poder, ofreciendo en los términos mas encare cidos sus personas y propiedaoes en ser · vicio de.la nacion, y particularmcnte cien lanzas que habian hecho. falH'icar para que no faltasen armas. Vltuptran .Ia re · belioo de Obando y protestan mo1'l1' por conJerVa1' el orden. La represenl3e'Í on e~la firm,ada por sesenta vecinos de lo mas respetable de Cartago. El Sr. Murgueitio renuocia la gober· nacion del Canea y pide que se le per­mita seguir a Popa an con las personas de su familia! con sus criades a engro. sar las ulas de los defens ores del gobier. no, y al propio tiempo apr sta las com­paüíltS de ~U' rdiil bacionaJ de Cartago y Palmíra para hacer que marchen a Po­payan , Nos es sati factorio ver que apeo Das se ha eocdrgado de la gobel'nacion del Cau 'a eJ Sr. Murgueitio, se ha tro cado e.l abanuono V descuido que allí reinaba por la apatía del gobernador Dor­ronsoro, en aoimacion. a ,tividad y gran interes por cooperar al restablecimiento del orden. De Cali marchó desde el 6 del corrien ­te un escuadron de caballería a las órde· !les del comandante Pacheco, y las rartás que tenemos de aquella ciudad nos ha­blan del contento que manifestaban todos los soldados por ir a combatir contra el faccioso Obando, de quien se tiene en el Valle del Cauca mil recuerdos de hechcs critDiDa\e~ por no soJo que excita gra­titud. . ~ nque no corresponda propiamente .-a €,¡,e IO(8f 2 uG rÓ'S rém.os en silenoio que el Sr. Franciseo Caicedo, hijo del Vicepresidpnle, parlio antes de aver p Ira Neiva éo compañía del toronel Cancmo, y llevo órdenes de su p dre para sacal' de sus haciendas ganados y cuanto fuera necesario para contribuir al sostenimien (o drl orden, y que particIJlarmente dis­pusiera de mil caballos para montar h caballería escogiéndolos entre mil y dos , cien os que tiene para el servicio de sus haciendas. Estas muestras de ~erdadero patriotismo que honran al Sr. Cai(:edo son las armas con que los sostenedores del gobierno combaten la ambicion de oro y de empleos qu'e ha devorado siem­pre a los rebeldes y pretendidos p6triotas. (Del Alcm.ee 2. 0 ) U,LTIMAS NOTICIAS DEL SUR. Ayer ~ las ocho de la noche llego un (1dsla de Popayan 'trayendo comunicado, nes oficiales del gobernado y gefe mi: lar con fecha del 16 de corriente, y mu­chas cartas para P'lflicól' res en las Clla les se dan informes deta liados del los su· cesos que han tenido lugar e.n aquella plaza en los días transcurridos del 8 al 16. Tenemos á la vista varias de estas cartas, esrri tas por personas que parecen bien iostruidas de los acontecimientos, ~ de ellas procurarémos bacer los mas fie ­les estractos para conocimfento y satii fae 'ion de nu<,s\ros lectores. El general Herran que . salio de Popa­yan el i, l'scri bio al goLernador Ca, tri - 1100 el 8, desde Sacba~oco en los térmi· nos- siguientes: "Mi apreciado amigo. Por fin en naJa he convenido con el gencral Obando, apesa.' de los deseos qne tengo de que no se derrame mas Sil ll'gl'C granadina en guerras civiles. Que­<. IdO pues las cosas en el mismo estado d<:. hostilidades en queJ estaban antes de los arré'glos pacHit:os 'cn que habia· mos entrado, y 'como los pasos que be dado son puramente cOllfiJen t' iales nada debo decir a V. de (lucio. Marcbo io­mediatamente para la Venta.) En el mismo dia por la noche escri­biü el genel'al Herran otra carta mas larga desde la Horqueta, y en ella re­cO(} jieoda al gobernador Castrillon que entre en conferencias con Obando para ver si es posible lograr la terminacion de las disenciones civiles con medidas suaves y pacíficas, Dt>seando llenar los deseos del general y no queriendo el go­bernador ahorrar meu;o ninguno q'ue pu diera tender al restablecimieoto del or­o n, escri bio et J O a Obando, i()vi Liln· dolo a ronferf'ncias y proponiendolc co roo meJida prévia la suspeosion ue hos­tilidades. Obando respondio en el mis 010 dia conviniendo en todo, y despues de algunas contestaciones. de UDa y otra parte sobr'e arreglos de puntos subalter nos, salieron de la ci udad el 1 Ji a las diez de la mañana, el gobernJdor Castl'i Hon, y los señores Joaquin l\l~qlJera, Cenon Pombo V BHlolnmé Castillo, y le dirigieron a w la casa de Calicanto en donde los esperaba Obando para dar princi ·0--..8 las confer€ncias. 'Es,uvieron allí hasta las. tres de a tarde, a cuya ho­ra regresaron á la ciudad, y al dia si, guiente continuaron las conferencias por una hora mas. De vuelta a la ciudad redact.o el gobernadoe el siguiente de­creto de acuerdo con el resultado de las conWrencl~ .. . ~ 1I1altuel Josd Casl1'lllon, Gobernador de la provmcla de Popaya,! Considerando: Que el ol'den pu lico h3 sido alterado en algunos distritos p:ll'roquial es de este canton, V deseando restablecerlo sin derramamietito de san. gre granadina; en uso de las facultades estraortlioarias que me ha delegado ~l Poder Ejecutivo, decre g- Art. 1.0 Se coorede amnistla gene-: ral en favQr de todos los individuos comprendidos en la rebelion que estallo en este canton en el mes de Enero pró­ximo pnsado, relegandose al olVIdo este acontecimiento, y qup.daodo los indivi7 duos de~ ejérclt() en los ' gT1dos y gOl!6. de penslOn que antes disfrutaban An. 2. o Exí~ese para que t f nqoa e. fecto lo que dispone el articulo ~nte . rior: 1.0 La entrpga dentro de ?* horas de tojas las armas V demas ele .. mentos de guerra pertenecient -!i al Es­tado, que han tenido y conserven en su poder f.as fuerzas que obran con tfa la ciudad. 2 o La entrega de los es cla ­vos, cahallerias y demas propiedades que existan de i;), que h~n tomado a los pül'tic111ares, y '3. o La (30ttt'g3 dentrC) de 24· horas oe todas las fuerzas qlJe to· mal'Ol} en Quilcacé. Art. 3. 0 Ecepluansp de la present~ amnistia lo!; gefes y o6ciale!; de la van­gu& rdia de la columna qne venia ue Rds:. to que resulten culpahle!; del suceso de Quicalcé ocurrido el día: 2 de este mes. Art. 4 .° En virtud de este decreto los ciud.-danos couJprendidos en la re­beJion eh-beo retirarse á sus casas a vi­vir quieta y pacifiC4lmet te dedicados a sus ocupaciones ordinarias uajo la ga~ raulia de las leyes. Dado elc. Por la t3rde del mismo día 15 rué el . Sr. Bartolomé Custillo cerca cJ.e Obando a llevarle el anterior proyecto de decre­tr; con una carta de) gobernador, y el I'cbelde c ontestó en el momento que él y sus compañeros lo consideraban bumi.­liante y que uo veian en sus disposiciO-:' Des mas que el sell-o de la infamia. En consecuencia, el gobernador declaro el 1 G tcOlinadas las conferencias '1 dio las ordenes (,portunas al gefe militar para prepararse á continuar la guerra. l\eslllla de lo Jicho hasta aqui, que por dos veces se ha convidado con la paz; al faccioso Obando, 'Y por dos veces se. ha denegado á admitirla: que el ~ener3l Herr3n y el gobernador ue Popa~an S8 han rebajado á tratar con un rebelde so. lo por restabtel!r el in'den sin efusi(lO <.fe sangre granadioa, y este infatuado bando·. lero no ha querido oír la voz de los magistrados que le muestran ('1 carnlOO de su deber, que el general Herran ha tenido vivos deseos, corno se vé- en su. carta de la Horqueta, de que Obaod() po llegue al término de su ruina, y e~te, Ingrato a demostraciones de aprecio que. DO merece, se ~bslina en preclpitars en el abismo a que lo conducen sus delitos.1 Vease pues, que los agentes de esta gobierno que tanto se censura, no han evitado medio nioguno de salvaeio'o que 110 brinden a esos descarriados granadi~ DoS: que degradando su dignidad hao. oido p¡oposiciones de un capitan de faccioso!, y que el orgu 110 de es e y sus pasiones son la sola, llnica y esclusiva causa de que no haya paz entre los gra~ nªdipos, J de qua corHinúe la divisio~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTA(sENA~ • e.ntre los hijos de uncl misma ciudad. El, Obando es el unico y el solo res· ponsable ~e los males que nos sobreven­gan por su obstinacion. (a) El coronel Pacheco llegó a Popay,án el dia 12 con 44, hombres de caballeria y 26 de infanteria, de la guardia nacio­nal de Cali. Se hablaba en Popayan el dia 16 de üna y aún de dos derrotas sufridas por Noguera: una en la Venta cerca de Ber .. l'uecos y otra en la misma ciudad de Pasto. Esta ultima se pintaba como completa y se de da que era tao grande el entusiasmo de aquellos habitantes, que la& mugeres tomaron parle en la pelea .. y no teniendo otros medios de ofender lA los rebeldes les tiraban pie" dras y hasta las tejas que cubrian las ~sas. Habian llegado a Popayan nueve sol dados de los que fueron viouidos en Quilcaoé por la traicion de Gaitan y Usca tegui •• NOTICIAS ESTR¿NGER¿1S. FRANCIA. Por el bergantin de geerl"a frances Brisson, que llego a este puerto á me .. diados de la semana proxi-ma pasaJa, se recibieron aqul papeles franceses del mes ne Diciembre último, y entre ellos una hoja suelta que contiene el discurso pro­nunciado por Luis Feli pe el dia 23 del citado mes en el acto de la instalacion de las cámaras nacionales. Sometemos a la c,onsideracion de nuestros lectores los siguientes fragmentos de dicho dis ­curso, porque nos parecen importantes. SRES. PARES, SRES. DIPUT~DOS: Despues de vuestras últimas se!iones no ha sido turbada la calma interior que contribuisteis a afirmar con vuestra leal cooperacioo .••.•• Mis relaciones cOIl las potencias eslran· ,geras hao conservado el caracter pacifico y bef:ligno que prescribe el interes eo­, m,un de la Europa. Nuestro pabelll)n de concierto con la Grao Bretaña, y fiel al espiritu de esta union siempre tan v n· lajosa á los intereses de ambos paises, ha tratado de preservar la independencia y ,a seguridad inmediata del imperio Oto' . mano. Nuestra política tieude constan­temente a asegurar la conservacioD é in­tegridad d_e este imperio, cuya existencia es. tan esencial para la continuacion de la pez general. Nuestros esfuerzos, cuán do menos, han logrado del('ner en el Oriente el curso de hostilidades que ha .biamos tratado de impedir, y sean cuales sean las complicaciones que se originen de la diversidad de illteres6S~ concibo la (.) El, Obando ha tenido la impudencia de confesar al general Herran y al Sr. l\h , .riano l\losquera que la revolucion de Pasto se habla movido desde su origen pO't' sus consejos: que ¿I la promQvio y la dirigia, y que Nogue­ra obraba bajo sus ordenes y conforme ti sus in¡lruccLOnes. ¡Malvado! No solo eres crimi· l1al sino impudente para jactarte de tus trai­ciones contra la patria. ¿ Y lodnia se sos­tendra a vista de e¡stos hechos que la divi­sion ha debido confiarse al maodo del pri. mer facciosoJ del que fraguo una revolucion solo con el objeto de ~aDar crédito en su facifiCl~ion ? esperanza de que las grandes potencias se pondrán de acuerdo para producir pronto una SOl\1Cj()D equitativa y paci~c~., Una gran mutacioc se ha efectuado en la situacion de la España~ y si tengo el pesar de. no poder anunciaros aun la conclusion de la guerra civil que la ha desolado tan largo tiempo, debo por otra parte informaros que dicha guerra ha perdido el carácter de gravedad que po· dia mantener alarmas relativas a la esta­bilidad del trono constitucional de la Reina Isabel lI. La mayór parte de las provincias del Norte han sido pacificadas y toJo permite presagiar que las del Este no tardarán en seguir la misma suerte. Este importe resultado es una consecuen da de la sabia política del gobierno de la Reiua regenle, y del valor perseveran­te del ejército español, sostenidos pgr el apo,Vo que les han proporcionado mi go· bierno y el de S. M. B., en fiel ejecu­cion de los tralados de 8'34. En A Olérica, el gobi~rno Mejicano curo pie con las estipulacioues del trata Jo , celebrado con él. El bloqueo de los puertos de la repúbtica Argentina retie· oe todavia por allá una de nuestras es cu~uras y se han destinado nuevas fuer> zas a dicho punto remoto para obtener mos pronto la satisfaccion que se nos debe. En Africa, otras hostilidades exigen una represion decisiva. Nuestros bra­vos soldados y nuestros labradores, a los cuales mi hijo acababa de llevar por su presencia un gaje del interés que tengo hácia ellos, han sido atacados pérfida , men\e. l~l progreso de nuestros esta blecimientos en Id provincia de Argel y en la de Constanlioa es el verdadero mOLivo de tan irasensata agresion. que es meneser sea caslig da de manera que se haga imposibla su repeticion, con el fin de qlle Rada detenga el desarrollo de prospcl'iJad que la dominaciod francesa garantiza a una lleH'a que jamas aban donara .. , . ....... . El estado de nuestras rentas permite hacer fren te a lo.s nuevos gastos indi-cados .•.. , ...... , VENEZUEL¡\. Por cartas de Carácas, de mediad()s del mes prüximo pasado, que fueron trai, das en el bergantín ingles Geonge Ca1mmg que ahora pocos dias lleglJ a Santa M, rt.l, hentos sabido que aquella república seguia disfrutando de tranquilidad y de sus ~ nignos resultados; que a consecuencia del establecimiento del banco, se habia reani· mado mucho el espiritu de edlpresa 'lue las esportaciones por el puerto de la Guaira eran tan considerables que habia en él veinte y ocho buqes a la carga. MISCELANEAS. ADUANA DE CARTAGENA. Palor de los efectos importados In el mes de Enero. De Jnglaterra • De Italia. • . • . De los ESl~dos Unidos • . 72.786 7 112 17 .003 1 'h ..631 2 314 Ps. 91.427 3 3J4 Esporiaciotl tn er mismfJ "'es. Cantidad. Valores; 76.885 libras de arros.' • • 1.~58 7 a~ .. 5.000 id. de almidono . ¡ 100" 7 20 id. aceite de canime. 270. 19 caballos. . • 570 Q 5.383 cueros 16.766 u 138 libras de carey. 996 » 1.200 libras cobre viejo.. 150 J) 30 id. chocolate • •.. 15 )J 28 037 libras dividivi. •• 280 3 JO docenu de esteras,. 45 » 8.998 libras frijol • . •. 179 7 3(, 33 mulas. . 1.310 D 808 fane~3s de maiz. 80S 1) 2.666 qq. 56 11. palo mora 966 2 260 petacas de cuero . 97 4 Doblones. . . . . • • 114.920» Fu.ertes • • . . • • . • 4.199 5 ----..t._, PS, 131.112 5~/~, PUERTO DE SABANILLA. F.sportacion en el mismo mes. 2.821 libras algodono 1 S arrobas almidon 86 id. arros • .50 id. cacao . 45 cueros 282 tercios corozas. 4 arrobas cascarilla . 8 caballos . 20 cerdos 3'1: docenas esteras 162 arrobas ft 'jol . 40 hamlaclls . • 220 arrobas hueso en polvo. 20 yeguas 330" fancga~ de rna;z 6 id. milto . 780 arrobas mineral de p1ala 00 quintales ii ID s • • 7 \../, tl)neladas g te '!do. 226 18 54 225 90 1.974 24- 200 120 20i 243 120 1. 760 3:W 495 9 6.240 45 60 315 3/4 íd. P o de mor. . 2,526 10 id.:tan parri lla . J 80 16 Ps. 15,133 16 HE:\1lTlOO. '31UERT& DEL SR. EllE JIU TnIEU EN DA.nnANQUILLA.. E ~ te señor) que falleció el 27 de Febrer(). pr(,íximo pasado, 'dc.;pues de u a residencia de ¡,iete años entre nosotros, se babia adqui-' ricio la estimacion y ganado la voluntad de leda nuestra poblacion, por las cualidades preciosas de su corazo" y de su caracter; él po~' ela atlemas de un génio uniforme y alegre., modales dulces y afectuosos, uo trato seguro y agradable, una probid d que contribuía a que las relaciones de comercio con él fuesen tan faciles como sati. factorías. En fin, fran­eo, tomando cordialmente parte en nue5tra diversioD(~S ! contribuyendo a ellas en gran m.n~l'a, compasivo, caritativo, generoso y hospitalario, ha dejado fieles amigos en todas las clases de la sociedad, que saben apreciar 5US virtudes y que encuentran un consuelo e tributar este homeoage a su m lVoria. UNOS BARRANQUILLEROS. OTRO. El jurvrs 27 de Fe-brero murió en narran.­quill~ el Sr. Elie Matbieu j en la flor de su edad, léjo~ de su patria y su esposa! Con dificultad podra mi pluma demostrar los ras­gos generosos que han adornado su vida. Nunca el desvalido reclamó en vauo su pra­teccion, él fué el mas hospltalario, el mas generoso de todos 105 amigos, y CH ntos lo conocieron tuvieron que a mirar en él Sll franqueza, su jovialidad. j L mue.rte nos lo ha .arrebatado! Descansa en p z, mi b~eD amlgo, y aUi en la gloria de los j udos recio: be de un amigo sincero, a quien sus deberes no le han permitido acompañarte .en tu últi., mo trance, recibe el último a Dios. M L. Y S. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 19/03/1840

SEMANARIO DE Li\ PROVINCIA DE CARTAGENA~. :; SEI\IESTRE 3.° CARTAGENA, JUEVES 19 DE MARZO DE 1840. NUMERO 60. ~================================~==================~====~==~: , ESle periódico saldra todos los jueycs : la rcc epcion de las suscric'ioues y 'Yeota de los números su:eltos están á cargo del tesorero -de rentas prov i ~ c la les St"o Ft".an­cisco de B. Ruiz. La suscrÍc ion por semestre vale CUATRO PESOS, pagaderos ad elantados i y cada número suelto Rr: A1. 1 Mr:olo.-EI precio de la luscrc.lOn J e los a'Y lSOS Ó articulas de interes privado, será de un peso hasta doce renglones, y un rcal mas por cada tres rcn g,~nes de los que excedan de &quel número, y la mitad. por cada Tez que se repita, siempre que se tíem (ji de la elltrega . DECI'lETO DE LA GOBEB.NACION p l'onogando a los aC1'udores de las rmlas pro· vinciales el término que tu concedio el de la Cdmara de la provincia de 17 de Octubre del año pasado para j~tificar sus crédito s. t EL GpBERNADÓR DE LA PROVINCIA, Habiendo espirado ayer el térrnino que por el decreto de la Camara de la provincia de 11 de Octubre del año pasado se conce­fJió a los acreedore.s dc las rentas provin ·ciales pa ra justificar sus créditos; y conside· rando q-ue aun pued-; 'haber algunos que no hayan ocu r r-ido a la Goberna~ion para jus­tificar los suyos : en oso d e la facultad que se atribu ye a ésta en el artículo 6, DECRETO: ArLÍculo único. Prorrógase hasta el t r, de .l uli() pr¿':-'lmo el término que se co ncedio a los acreed ores de las rentas provin ciales I'a ra justificar sus créditos por el artIculo Lo del decreto de Ja camara d , la provincia de 11 de Octubre del año pasado. Comuniquese el presente a quien es cor· responda , y ,publíqucse en el St>.lDanario. Dado cn Cartagena a 15 de Marzo de 'SI¡ O. Antonio Rodríg uez Ton'ces: El secretario , Carlos Pareja . --=====» -<>i<>- ~<:::==-- SUllASTA DE BIENES NACIONALES. La junta de hacienda de la provincia ha acordado transferir para el viernes 17 del corriente el remate de los capitales que se anuncio en el S emanario n.úm ero .s6 para el dia 25 , por ser festivo dicho día: y dcbien. do enagenarse con los ca pít.les los réditos devengados y los interc'les de demora en el pago de éstos hasta el dis del remate, ha acordado igualmente que se publiqu6 la si­guiente relacion del monto ~otal de unos y otros para inlelísencia de los int~resados y do los licitadores. El capital do 4,000 pesos que r econoce la Sra. Valentina Sal~ 'ceda a favor de las reotas de la estinguida lnqui!íicion en sus ha ­ciendas de Comisario y Baraona', y 3,1 55 pesos 5 JI'! reales que importan los réditos é intereses de demora hasta el dia 27 del corriente . 7,\ &5 5 Jlo¡ El de 700 ps. que reconoce la, Sra. J ntonio Jañ-ez a favor de ~ 10 Real, en r-.----rtl"'!!·esquina del Cañon Ver· de, y 22 pesos 7 ';'4 rea les que importaran los réditos hasta la espresada fecha. 722 7 Sl~ El de 420 ps. que r 'econoee la mortuoria del D,'. HenrlCl uc Ro· driguez a fav or df: TOlll as ~ i. ña , aUSl' nte en los J om ini o; d R·­p aña, en la ha c.ienda <.le Q uili tell , y 10 ps . .5 '11. r s. que ¡m· p O I tarau los rédi tos ha:- la la es-p rl)sada fechl\ . 430 5 JI;. El de ~ . OOO p". que r econoce el Sr. Juan B. Cal, alío a f \' 11 1' Utl Jo"quin de la o n c h ~ , a n· St'llte en Jos dominIOs de E: pa ­ña, en casa alta cal le de ia Co· ('hera del Gobe,rnad r, V 98 2 ps. 3 '!4 rs. que im pon " o r édi· tos é intereses de demora hasta la cs p l't's udl' fecha. 2,982 3 114 El de 2,000 ps. que reconoce la mortu oria dc i\nJres Brid a fa vor del l\l i\ rqnc'i Je! Suco en ca ~ a alta calle de la Igl,-,sia, y 101 ps. 5 '1 .. rs. quo impl>rl,al"lm los réditos é illtp.re es de ucmo ra hasta la espresada fecha. 2, t O 1 5 '12 Ps. 13,393 3 ' J~ El mismo dia 27 se admitil'an t3mbien posturas para. el remate de lo siguieu te: La casa que sirvio de e~tanco de aguardientes en esta ciudad, avaluada en su 3Clual eslauo en la .cantidau de . • 17,890 1) La -casa arruinaJa sita en la calle d el Tej:uli tlo, valorada en su actual estado .en . . La flcrhera de guerra ~oyadl con su a parejo, avaluaua t.n El casco del antiguo pailebot Rosa en el estado de esqu ~ l c to en que !le encuentra avaJuado en Las deudas comprendidas eH la relacion publicaua en el Se-manario número .52 . que im por . tan por capital é inte l' t~ ses de demora deducido el de la5 qU<1 'Ya se han 'rematado, y sin in cluir los deven~ados d esde el 25 de Febrero último hasta el diíl en que s vtnfi'-jue el rema te • y los capitales y réditos que . un faltan por rema tar de Jos comprendidos en la rell' ci n pu· blicada en el Semanario númc· ro 58, a saber- Al ra.mo de temporalidades. El de 4,000 ps. que reconoce en s g~tndo ~l1ga~ la mortuoria 9,000 1) 160 11 4 931 5 3 , 11'1. de lldefenso I1er nandez f'n dos ca !'\l '\ ba.las 'Y una 8lta calle de lo Carbonern, y 1 ,60'~ p". 31 ~ de r eal que im po rtaran los réditos dI' dé mora b ta el dia del re m'\te El d{' 810 ps. que reconoce .JUAna Manuela Cañero en c~a baja calle d el Espíritu S311to, y {61 ps. 7 31~ rs. que importaran los réditos é inlerese~ de demo­ra hasta f!l dia del remate . El de 700 pesos que reCODO ' ce en primero y único lu gar el presbítero Juan Pablo Rodnguez en casa bap calle de las Palmas y 400 ps. 5 JI.. id. id. El de 891 ps. 1 'Il rs. que re­conoce en qui to lugar An ouio Ca~ tañeda en la hacieada del CO(·o, y 49 os. 4 '12 rs. id. id El de 120 ps. que reconoce en primer 1ug:tr Pantaleon Cha­ves en un solar cslle del E: píri 11 Sa uto , y 10 ps. 4 '1.. TS . Id. iJ. . El d ~ 1, 110 ps. que rero' 0 - c en los herede ros de Victoria fi crrera en la ha cie t¡da d p. Ca· lon, y 2 Oh7 ps. 5 rs id . id. El 1.8'29 p' irl. V 'i,¡tin ' ll. ceda en la'l h. r icnu 5 de Comi 5:\1',0 y Bauooa. y 2 :¿35 ps. J/4 de real qu.· lmport d l los ré ditos é intereses d (' demora hasta la espresada fe cha. A las rentas de la estinguida In­quisicion. El de 1,500 ps . que r e C0DO­c ('n los hered eros de Matil.ls R. Torices en casa ~ It.a calle del Cuartel y 34 ps. 7 3Jt¡ rs. que importaran Jos réditos hasta el día del remate. El de J ,5050 ps. que reCODO' C (~ U en primer lugar los here­dero:'! d el presbítero Manuel Be· na vid es en casa baja calle de la Cr uz, y J ,505 ps. 3 'I~ fS. que im portaran los réditos é intcre-es de demora hllsta el dia del remate El de 650 ps. id. Manuel Ber· l'io en dos solares calle de San Pedro Martir, , 33í ps. 3/4 id. id . El de 1,300 ps. i~. Rosa Guer· ra eu casa a lt3 arruinada calle Larga, y 958 ps. b J/ 2 rs. id. id . El d~ 416 ps. id . Rosa Peña en casa baja calle de Don Sao· cho, y 168 ps. 4 '14 rs. id. id • El de 300 ps. id . e[) prim~r ...." 5.6'02 1) al. 1,001 7. j l~ 9iQ & 3,207 i 7.001 f) "¡./1.. 1.534 ¡ 3~ 5114 4: '~( Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ';1 SEMANARIO DE LA PR.OVINCIA' D,E CAR'rAGENA~ Jugar Leandro Caldas en casa aro ruinada calle de las Chancletas, 'J ~88 P" id. íd. '. b88 D El de 1,1 bO ps. id. en segun· do Jugar la mortuoria de Marcos Carrasquilla, en casa alta calle de la Factoría, ., 72 ps. 1 1/, rl. id. id. . . . . • . . . 1,222 1 tJ~ El de 1,109 ps. id. Felix de Barco en tres casitas calle de S. Juan, '1 152 ps. 1 'Il rs. id. id. 1,252 1 'la Ps. 76,208 3 314 Los amores que quieran h.eer postura o · curriran al despacho de la Gobernacion el indicado dia 27 desde l'a una basta las Lres de la tarde. Cartageaa 18 de Marzo ,de lS40. De orden de la junta. Carlos Pa7lja, secretario. RENTAS PROVINCIA.LES. Núm. 168.-República de .. Nueva G ra ­nlda.- Contaduría general de la provincia. --eartagena a 4 de Marzo de 1840. Al Sr. Gobern.ador de la proviºcia. Acompaño. V. S. copia auto.rizada de la cuenta general de rentas provinciales, con su fenecimiento J aprobaciou definitiva de la camara, comprensiva ·de 1.0 de Agosto a 31 de Diciembre de 1838, para que y, S. se sirva di.$poner su publique por la imprenta por cuenta de las rentas provinciales, como )0 dispone el artículo 15 del d~creto de la ~ámara sancionado en " de Octubre de 1837. Dios guarde a V. S. Luis de Porras. CUENTA COMPROBADA de los ingJ'c sos y egresos que ha tenido la leS01'e­ri" de rentas provinciales de Car-tage . na en los cinco meses cm'rldos desde el dla 1.0 de Agosto hasl~ 31 de Diclem. bre de 1838, la ~ual s,e forma, en CUIII plimiento det arli,ulo 81 del , decreto organico de las rentas de L ~ de OcIa "re de 1838. INGRESOS. !Existencia en 31 de Julio de 1238 •.•.•••• , .. . . 43.136 6 1].. Derechos de almacenes ., tien· das de licores ' estrangeros.­( Comprobantes números 1, 2, 3, 4 J 5). - . . . . . • . . . Derecbo de harina estrangera. (Comproltantes ns. 6 y 7). . Derecho de licencia papa e~la· , blecer una capilla nombrad. » Las Galeras,» en la parro-quia de Sincé, del can(on de Coroza}. (Comprobante'n. 8). 4,2 » 327 ») \ 25 » 165 i ' ~'I Derecho de Dique. (Compro. bantes ns. 9, 10, 11 Y 12) .. -Derecho de caminos. (Compro­bante núm. 13). • • • . • •• 1.116 6 Dev.el~o pOJ' el Sr. Juan Anto­nio Calvo por sobrante de la cantidad que se le en tregó para «astos de la secretaría de la camara de esta provincia en liS sesiones de 1838. (Com. probante núm. 14) ••.•.. Vigésima parte que corresponde al establecimiento de reclu. sion del derecho de caminos. Trigésima parte que correspon· de al mismo estlblecimiento d., lus foodo~ comunes y de Dique . • • • ••..• 55 5 '}4 Del frente. •• • 44 .88~ 6 3k Seis por ciento de re­caudacion. ( Ibra­mientos 1, 2, ,4, 5 '1 6) ....•.. 100 t Sueldos del celador de los derechos de Di­que. < Libramientos ns. 7, 8 Y 9) . . • 12)) Vjgesima pte. que eor· responde al estable­cimiento de reclu­sioo del derecbo de camillos • . . . .• 55 ·5 JI, Trigesima rarte que corresponde al mis;,' mo establecimiento de los fondos comu-nes y del Dique. _ .., 5 314 Gastos del presidio. (Documentos ns. 10, t , , 14, 15, 16 Y 17) •.• _ .. 7716 Gastos del persone provincial. (Docu­mentos l8, 19, 20 Y 21). . • . • • •• 59 2 3/ .. Gastos y ,sueldos de la secretaría de la ca­m: tra de esta pro­vincia. (Docnmen­los ns. 22, 23, 21, 25 , 26, 27, 28, 2 ~, 39 Y 3'1) ..... 461 l Alquiler del local de la enmara cn sus se · siones de 183G Y 1~37 . (OGc. n. 32 J. 60" 'Gastos tic la contadu ­ría general de la provincia, (Docum. 'lS , 3:~, 31, 35,36, ~ 31, '3S y 39). _ . _ 190 3 "+- Devuelto ,,1 Sr. I\gll - litl Argum ,- do po,· el d(~ .. ccho de dos barriltl'i de ,harina eHra nge ra q l1e e~ ­{ t' " j () de l a p 1 tW in· ci-a. (One. 11 . 40). .,o)) Gast\l5 ,,'1l varios :puen-les. ,Duc. Il. 4l) . 503 7 Existencia en 3 t de Di~. últ. 42.645 SIl, Ca rlagena 13 ,(le Julio tle 18'39,-Julln An lonio Calvo, Contaduría gen-eral de 13, provineia .• - .5· la y examinada la pre",cute cuent.a pr(Jvin­cial de la te soretÍa correspontlit'nte .t pe .. rióJo de Agosto a Diciembre del •• I (t .pua­do de 183!:i, la cual produce su actusl -fesn­rf! fO el Sr. Jllan Antonio Calvo. Importa el c a 'l~'() la suma de cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta ! nueve pesos seis y tl' C'i cl1artillos reales, y la Jata la de dos mil do vincial en su próxima reunion como lo pre­viene la ley. Cartagena Setiembre 10 de 1839.- Marcos Ma1'i~ Merlano . Cámara de la provinci •. - Cartagena 27 de Setiembre de 1839.- Vista y examinada la presente cuenta y hallandola arreglada, la camara en uso de la atribucion 14 del artí· culo 124 de la ley orgimica de provincias, impute su a p roblcio~ de6(litiva .- El vice · presidente, J. T. Áylan.- El secretario, JlJim Antonio Calvo. Es copia. Contadúría general de la pro.­vincia, entagen, Marzo 4 de 1840. Luis de PorrflS _' MENSAGE DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: al Congreso ¡onslilucional de 1840. Conciudadanos del Sellado y de la camarl de Rtlpresentallles: La constitucion, y mis ardientes votos pot­los sólidos progresos de la Nueva Granada, me imponen hoy el deber de iuformaros 50' bre el estado polilico y militar de la repú­blica ! sobre sus rentas, gastos y recursos, haciéndoos al mi'imo tiempo las indicaciones que crea oportunas para m('jorar la admiois'­tracion é introducir todas alfuellas ótlle'5 re- , forma~ quP. el bien de la patria reqlliera y que la actual ~iluacion de los pueb\os pueda soportar. Si e- n&ee.Sa.llo na quedarnos es- 'oñi'í-ios en el camino de la peffeccion so­cial. preclso es tambien marchar con pru­dente y mesurado paso, porquo Ja inconsi­derada preci pitacion con que las naciones e'u su infancia pretenden hacer en esta par­te rapidos adelantamientos, es lo que muchas veces la5 conduce a su ..caida, ó las obliga. por lo menos a retTogradar\.Con mengua de su dignidad. Nuestras relaciones internacionales no han ·tenülo variacion alguna en el año anterior. Las potencias con quieoe~ la Nueva Granada. esta en correspondencia le dan con!ltantes é :inequívocas pruebas de sincera y cordial a­mi. §tad, y el gobierno se e~fuel'Za en hacer a lodas imparcial justicia y en acreditarles los m3S benévolos sentimiento!. Los trata ­dos existentes se obserVAn con religiosidad, sin que hasta ahora ha,a h abido recbmacion al guna por la mas leve fa lta en su cumpli­miento. Tenemos legaciones en Roma y en la Gran Bretaña, y los gobiernos .de estas d os poten­cias , igualmente que 105 de Francia, Vene­zuela y Ecuador, conservan CeTca del de la. Nueva Granada agente~ públicos debidamen. le acreditados, q'ue se esmeran con cuidado­so emp,'ño en cstNchar los preciosos vincu­los que ligan a 5U5 respectivas naciones con la república, y en conservar buena armon\& y la me,jor ill~eligcocia . Tengo el Illas profundo seutimiento de no potlCl' informar como en lo~ años pasados tlUC 13 tranquilidad ~ocial y el s.o~iego públi. <;0 se ba yan co.nserv.ado inalterables en toda la ¡ud.n. Tenemos qllc deplorar el estra­\ Tío de ln nc hos de los desgTaciados hijos del canton Jo Pasto, que dantlo oíuos a la voz de I~ st'speralan. E,toy C4l\l se~uro de q uc a pesar tic tales ~mb3r-'l. ()S habrillll sido no muy tarde ('·lltc I''''mente de ~ t r uid&s, ~i un (hal al:ollsc,¡ado cor(Jnel, ({ue poco ante~ ha ti, e~peri~llen­tado la generosa clemencia cid gnblcruo, y un general que bucaba como ~ustra('rsc de un jtucio por un atroz crimen a quc lo su· jetbOa la ley , le~antand() la enSf ña de la rl ·bcli on e n algunos pueblos dcl canton de Popayan, no hubu~se 1 llamaJo la ~, teflcion del geucral de operacIOnes en PablO forzan­dolo a dividir su fuerza. En los indica­uos VU I~ b\ os reu nieron tos faCCIOSO'! gentes, y con ellas atacHon a la capilal de la pro­vincia; fijaS el e n tu'.iasmo p"lriútico lle los uencmerito<; hijos do ayuc1l4 ciudatl recha 1.Ó COII uleroso denuddo ~ l\)~ r r bdd t"s. La p f· .. Gdia de dos (Jficiah~ s im píllio Jcspnc5 qu~ funen enteramcute derrotados pOI' las tropas que ron tal objeto venian tic Pasto,. J la cobarde entrega que aquellos traidores hicieroll ('~ 180 hombre~ de la viln~uU'Jia obligó· a 5U ~efe a ~' ariar úe plau. El go bernador de l)opa yan ofrcril> a Iqs facciosos amplia amnistía siempre que entregasen las armas l c o nV ~ tlCi\Ol t: lIt() do su poder y ()e la impotencia de l gobierno daria a los revol · tosos mayores bríos, y les sugeriria nuevas y mas i rr<'~ldarcs pretells iones. La existe" . cia del Estado sería precal'ia, y no gCJlH~ rna rla la voluntao pública ~illo la de )"s f~(;cio nes. ¿ Y qué vcn 'Jrla a ser enU\flCt:.C) la na ­cion? ¿ Qué el paclo fundam(~n ta I? Qaé las garantias públicas é uHJividualcs:) Qué los derechos de los graoadillus? Qoé el sis tf'llla representativo'~ Que &:1 crédIto, la re · pUlacion y el hOrHlI' nacIonal? ToJo dda par\:!ccria, y qUila para siflmpre. 'ForfuSO es por tanto COll)Urar el mal en ti.empo, y cegar sin dilacion el horrendo Ibi. 010 a que el l:spil'itu deSQrgallizad( r nos empuja. A.po­vild pues, l' on<.:iudadanos, las medIdas del Ej ecutivo: dictad con presteza lo!t actl,s le gls lativos que la presellt~ ~ilu"ci()n ti c \ .. re ­pública imperiosameute reqlli 'rl', y al fin las facciones 'doblaran la cerviz allte la 01001- potencia de la le y, SacriGelo:, stran lIece­sarios; prro es preciso hal~crl (¡ S cuandu S l1 trata oe evitaJ' la pérJiJ oc la rcpúbli@a y los incalculables males que lIt:\"a en pos de sí la di olurion del Estado. La intt:ligencia que be hl dado hasta ah() fa al articulo ~09 de la consli tucion deja cs­puesta ha s"guridad pública y 1" tranquilidad de la Nu~va (;ra".da, 'Y pueue comprometer muchas veces hueSlras re!acinnes illl ... rna ciu naJes; porque pudiéud se asil"r eu las pro­vincias frollterüa . oc la repúlJlic los ucsa­fectos, o acaso los revoluclonlll'ioli de limi· trofes naciones, en l~ migos quiza d~1 SIstema liberal, pueden folllcnlat' trastornos para e - tender el fuego de la revolueioll hasta su patria, o armar partidas en l . U l: ~lro tcrri torio para molestar al gobierno VI eino, Objeto es este que demauua tanto mas vuestra alen cion, cuanto qu~ ya vanas VtCt' S !le han he · cho (nertes y .justa!'> reclamacioues d" parte de dos repúlJlicas amigas y hcrmanas, y l\ue la esperiencia ha comprob310 que los espre · sados recelos son por Utsgl'<\cla d~11lasiado fUDd~dos. [ Continuara. ] CONGRESO. Tenemos la satisfaccioo de informar a nuestr s lec ores, que se 'VerurQ. la ios-tala(' ioo de las camaras nacionales el dia designado por el precepto constitucional ; que la (;}el Senado el~gio para su presi ' dente al S,,, Dr. Joaqllin José Gori, pa ra su vicepresidente al Sr. Dr. l\'l lrianc')­Urrutia, y par'a secretario al Sr. Dr. Jo­sé Mal'ia Saiz; y la de Representantes desigoo para s'u presidente al Sr. Lino de Pombo, para su v! c(Jpresidente al Sr. Dr. Manuel l\larh M ~lIariDn, v para se­cretario al Sr. Dr, Pastor O ·piOll . Carlas é impresos de Bt gOla, traidos pOl' el correo que llego ayer o >s per­miten concehir la grala idea de que la mí! yol'itl de los delegados del pueblo gra­t) ,lllioo estaban poseidos de las disposi­ciones mas felices para cooperélr podero. !-iampole al triunfo de las instituciones, al restablecimiento del órdeo legal en el Sil r de la repo blica y :. remover mu· ,:11,)5 de los ouslaculos que se oponen a l mejor marcha de diversos ramos de la adOJinistr3cion pública y al faeil desar­rollo de algunos de los elementos mas eS('oriales de felicidad social; para c'uyo efecto deseamos vehementemente que bs dmal'3S nacionales presten la debida a· lellcion a las sábias indicaciones que, huto en el mensage, cava insercion principia hov en 'este periodico, como en las memorias de los Serretarios de Eslado ete. les han sido dirigídJs por ~l Poder Ejecutivo. NOTIClAS D tL SUR. Variac¡ carlas é impresos de l\ogola, cuvas fechas alcanzan h iJ§ t el 6 del pre­sl'ule mes, cotltie J i ¡as de Popa­\ ·an V Pasto que n os obligan a creer qne tanto en virtud de a palriüticil ('()op e ra~ioo d~ la ac tual legislatura gra .. 0 ,) jj (1, como de las acertad .s me~idas del Poder Ejecutivo y del tino, activi· dal l y e oe rgia de los valieotes que cte­( j nd en el or·uen legal a.n las indicadas pr'lIviucias, se lograra pronto su pacifi­l: 3 Clon . ~e asegura en algunas de dichas car­Ia", que por un posta de Popayan que ! Ic~ó el [) del ci lado mes a B')gota, se (¡ ti bia reti bído la confirmacion ea-' 10 e. st' neial de lo que, con re tací an a las"I'e­ci t' n tes uerrotas sufridas por Noguera,. l'1! la Venta y Pasto, y al descalabro que slIl"l'io Obando, á conseruencia de su re-: li rada de PopaJau el 17 del mes pró~l- 111 f) pasado, Circula en ¡¡lguoDs de los id~ Oleados impresos, 3fh'mandose ademas que Obando, probablemente en fuerza
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 14/05/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIt .. DE CA. ENA. I • SEMEST~E 3. o CARTAGEl'A, JUEVES J 4 DE 1\1 YO DE 1840. N ti rtl E 1tO 68. , EI\e periódico saIdri todos los j-unes: la recepcion de las suscriciones y venta de Jo!' números ~ne to~ eslan cm'go dd lewrí"ro de re!lt~s provinciales Sr. F1":\\I- .iseo de B. Ruit. La suscrieion por spmestr~ vale CUATRO PES()S, pasaderos adtJlantad()~; y e da nÍlmc! o u o. El precio de la iuse cion ,le los.'"IV i. \11 Ó arlliaulos de iDteres priTado, será de UD pe!lio hasta doce renglones, y UD Tc31 mas por G~da tres renglones (le 'O~ cJlfe cxcl"tlan de a.~ucl número, y la mohaJ por cada ~e:& que se repita, sieJl1pre que se advierta al liempQ de la t'lltrega. ELECCIONES. ( e (mLÍnllacion del nU'l1uro mtLel'ior ) ELECCIONES DE CANTON. e O1zstitucion. Art. 25. La asamblea elector.1 se compo · ne de los elec,ores nombrados por todos los clistrítos flarr~uiales d cada Callton. Art. 26. 1 artl ser elector se requiere: 1.0 Ser granadino en ejercicio ue los de· rechos de ciudadano ~ de 108 Seoadores y Represcntl\utes a la ca­mara de pro,' incí~. Art. 3 L LRS elec'cioneo; (.Ie diputado'i pa; ra las cámara'! de lH'O\'¡oci;:, se \I(·rfccdooa. l'an por la mi:.ma a 'amble4 declora.', Jaudo­le niso a los nombr:¡dos. Art. 35. Las 35< nlblePls electoral s tlO se conservaran reuniuas por uu términ0 ma y 01' de ocho diílS. Art. 36. Las elecciones seran públicas, y ninguno coocurnra a ellas con arma'\. A.rt. 31. Cualquier acLO que se t:jecute en I,.s elecciones p. rl oqlllítlc-., y 1.'0 1 .. 5 aSéJmble" ., eleclonles, quc no esle p""c:;critn P'))' c .~l3. consLittlcion u la ley, o fu .1'3 del término en ella señalado, no solamente es nu 'o, sillo a­tentatorio contra la begurllL.d pública. 2.° Ser casado ó haber cum..n1id..o ---"'A..A.Ll"-L.-t--;"C':;"~~-____ ....--., ,cinco os: ---- 3.0 Ser vecino de cualquiera de las Ley de l.0 de Abril de l81O. roquias del can ton: 4.° Saber leer y escribir: Art. 27. :Cuando un mismo indiviuuo sea (1lombrado electol' por diver~os (LifHI·itns par­roquiales, pr Jerira la elec(:iol\ de aqud en que baya obtenidu mayor fHJlllUO de votos: en caso de igualdad, tendrJ prefercncí. el d~l distrito parroquial del donllci lio, y por defecto de esta circunstancia, decidil'a la luerte. Art. 28. Cad~ año, el dia que designe III ley, se reunira la asamblea elector31 en Ja cabecera del e nton con las dos terceras par. tes. a lo meriGls. de los eleclores nomurados. • Art. 29. La asat»blea electoral sera presi. dida por el elector que ella eligicl'e, luego que ha,a sidó instalad'a por el gde del cau- 100. ' Art. 30. SO'D fun~ioDcs de las assmblcas electorales: • 1.° Sufragar por el Presidente 1 Viecpre- ·~ideote de la republíca ~ , 2. o Por el Senadur <> Senadores de la provincia y sus suplentes: - 3.Q Por el Represcntaoté ó Representan­t. eS' de la pro'Vinda y sus suplentes: 4.° Por e~ diputado (, diputados de la ca· mara de provincia., sus saple.ntes: 5.° Haeep lti demas elecciones <¡ue les pr«:scriba la ley. Art • .3 L J .. a elecciotl (le cad. clase de las enunciadas en el articu16 anterior, se verifi­cara por escrutinio en una sola sesion, que lera permanente hasta que se concluya. Art. 3~. El encar¡o de elector durara dos aiíol. Lls faltas que ocurrieren por vacante J las que resulten de impedimento temporal, se suplirao. cuando sea necesario, con los que tengan mas votos en los regí~tros de eleccio­aes. Art. 33. El registro de elecciones de Pre­sidente y Vicepresidente de la república se cnJi,rlt he~ho ,el escrutl~i,,) al s..cna 1" '1 el TITULO n. De las elecciol1es de cantono Al't GO. L IS tlcccioues d cant')o i;r. v·- rifi,~( ran en (;l! d:t U ,IQ de lf)~ de la republica por un;) asnmbl "a c, mpu,~ t" de los "lt:elO res de sus di tl'it. s pdrro q uial~s, <.fue h jUIl ta e 'cruladoN has. dccliY'oldo c on··.t: luci oHíl i me· l tlj n()m!Jr ,do~, Ó JI.! lo, que por su falta Ó Jmpedimcuto deuüll sub, ( O' rle. Art. 61. L l¡ng,'fia ::lsamLlea ele! t ral po­ur:. reunirse ni ejcrc.-r I:H funciones que le c!!ün ~trib\liriaq sin la cun 'urrenci;¡ dc u , nú met'O de electores, igual por lo Illéoos a I,b dos terceras pHt s ele loo; qlH~ la jnnu esc ;'(j t dorA haya declar ti" con t;tucioualmrUte no(ubrados por los di~tritos parroqu ia les ros llcto du 111 u'inmbl él, 'f lo: único' ([tiC pue­da t' jeclItar pr\ slJiJa por el gf'f,> politico. E"I e se abstolldra aJcm:is de ha er di eu .. o a:gul1o;l la a~ilmblca y de ínter'venir enU5 (L,S', a 11 ') ~er clnno elector en e 'o q a lo t-oC1. Art. 6G. Si el dia l." d~ A!jo t flO ~c hu. bitT'\ Jlcllnidn el nllmero de electorc, neceo 1>ari, p .. r .\ \. .. in~. talacion de la aS3m )1("3, se dlf rira para el día cn qnc 6~ haya r unido 11 tique no pae d ,·l dlQ i) <.1 el !lIblUII , .. ", .1 ...... D 0,..". A .. " ,,1 q f P"'" litico 1'. tlucl'ila a lo~ nHHOS'~S pala que cou­CUfrl\ n, .Y si no lo hLClcren . dara parte al juez L1e primcta in t neia del canton parJl q e les f xija y haga fCt civa su respol\sabilidld . An li7. SI dC.ipues ue in talada la asam~ bJca . ekcLOral se presentasen a f'gcrcer sus funciol l c~ alr;tlnO_ de 10& ei cctorcs que DO c'Hlcurlic rOIl a la instalan'm, ó que ha. no 3'· do Il"mdimento d al. gU 'J o,> dl~ los que COI1Cl1 r rirron, la per' o~a. eneal gada por el Poder Ejccl tivo para l"ec,~ bir ~l jlll'~menlo a 105 tHc.clores, lo recibirj tamuii IOEJ' de s 5nm. bleas electorales Be l' 'n públ L(.~a, y d d . la­guoa asalUulea el.,ctoral pcl'lra hacer ele~ion a 'guna d~ noche U1 a puat· '';~ '1'. a. Art. iO. CunHí o la a amhl a vaya á ha­cer Alguna elecclOll, el prcsi ente nombrara dos escruudo l'f's de eutrc los elcctvres pre­se:, t e!> p .ra que ha~an el cscruti io y aQto~ ricen con su firmr\ ~I regí tro iJ acta de la e­lecciou. Si no llU l,{rre m~s de dos electores el unu presidira la a~all}b lea, y el otro har~ las funciolles de c,crotador. Al t. 7 L. En loa años en que, conforme a lo di'pue'llo en la cooi;titt!cion, deba Lacl!r­se la elcccion de Presidenle Ó de Vicepr'esi .. dente de la Repúblic~, 80 hara esta. sufragan .. do cada ele(·tor por c!)orito y voto secreto, por m(!dio de una papeleta en que esté es.Cl'ilo el nombre y apellido del indivlJuo por qUltn sufraga. Paragrafo 1.° El secretario recoger~ las papel~las en una urna ó v sija, de pues. de rccopitl s las leera en " z alta de una en upa, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'SEMANARIO DE LA~ PROVINCIA DE GARTAGENA'! 'l las manifc'ilarJ a los cscr uudorc8, quienes los nombradosl5u eleceion, dando parte de llevaran cuenta de los VHtos que ""SultCD a ella.1 gefe poltico, quien la dar! al goberna. t'avor de cad, indhiduo, y concluido el os· dor de la provncia. crutioio publiCt'lra su resultado. Art. 76. Sempre que S6 elija diputado ó PHagrafo 2.° El rcgi~lro Ó 3cta de e-sta diputados a lacamara de provincia, se elegi. votacior) se ct'tendf'l'ii por duplicado confor. ta un núr.uro de suplentes igual al de di. me al modeJo que bajo d nÚlDero 3. 0 se a- putados que ro aquella vez se t'lijan: pero compaña a esta ley, y ambos ejemplares seran la eleccion de suplentes se hara en acto dis· firmados por el p ... esidente, escrutadores y se· tinto de la de diputados, '! el registro de su cl't'lano. Uno de dichos t'jemplares !edl di· efeccion se estmdera tambien en pliego sepa-r igido por el prcsidp.nte de la asamblea al del rado. En toa. lo , y el resullado de cau_ una de })aragrafo 2." El registro Ó IfU (le la yo· ella, 8e estendf'ra en registro separado, Hre· tacion para senaJol''''~ se estendera por duo (,d&ndose en 10 d t mas a lo dispuesto en el pl'¡cado conforme ai modéln que bajo el nú a rliculo 71 y !"us do, par~gr .. rO'i . mero 4.° ~c acompaña il ('sta ley, y ambos e· Arlo 78. Si las vacantes que rO 'l ulrcn en jemplares SCdUl firnudo'l por el pl'esldtnt(', las cllmaras legislativas 110 pudic~cn llenarse eSCl'utndores! secretario. El pre~ideflt e de al guna vez con los tespectjvos suplentes, por. la ISIHI;!.>lca di ri gidl uno de dichos ejcmpla que falllS acaecidas (\e e!ltos no hapn deJa . l'es al pre~idcnte de la ~Jmara provin('ial, do el númrro necesrio para lIcnuhs, la ca por el próximo ('OITeo, rn pliego ferrado y mina T e ~pectlva requerir:' ,1 gol.wrn:ldor de la certificado, con una nI la en su sobre crito provin ' ia en virtud de lo \l¡"1' llC ' l() en el ar , que anunc;e su contenido, )' en~regarb el 0 - t :('ul 62 de la ronstitueion, para CJue Clmvo· tro al gefe pol;tico p~ra ~\e lo cll~t.odie e.u cando c!ltraol'din.riamente las llsilmblras clt~ C 8U nrdllvn. toralc!!, se nombr~ el número de !!UplCflles Arl. 73. Si mpl'~ que se elija scnl(lor Ó neees1Irio para lIf'nar dichas vacallte~; y los stnadores pOI' h vrovill t ia , c;e~ c leg ;d 1111 ,nú snpl('ntcs así llomLndos solo dnrarall en sus lbt'ro de ~tlrl~nlCs ignal al s deba contraCJ'Le un" el ce· cíon Ó ulla vOhr.ion, 6 quien debl ser llama· do a desempeñ8l' cjertas funciones antt's que Olro, porque dos () mas ha~an obtenido igual HDmCl'O de votos, ~c dccidirim por la Stterte. Art. 117. Por ]lluralidad absoluta se en · tiende el nún}f~ ro que ~xe d iendo al de la mi , tad de los individuos que concurren a una vo. tacion, se a pl'ox íma mas al de dicha mitad; poro en lo~ casos de los Irtículos R 1 Y lO .1 Mllo sc entil'nde haber rODcurrido a v·atar, los clc'clor~s C) oe lo ha van hecho en ks votacjo n('s que no hayan sido decla,radas. nulas. Al t. J 18~ Si en el escrutinio Ut,1 :.lna TO' tacion resultaren votO!! en bla nco, ~e es pr~ ~:lI'a en el rrji~tro Ó IIcta cuanto~ ha hllbido de e~ta csprcie, !in r~ Jetine por· esta raZf>n )a votlcion, y se declarara electo al que ha ya ohtenido l. mayoria (, pluralidad requerí da para la eleccion, si alguno la hubie.se reu. nido en su favor,; pe.ro si ninguno Ja hubie se reunido se perfeccionara la eleccion I con· trayendo'. a los ql16 mas votos hayan tenido, v consi derando lo~ votos en blanco como da­dos ~ una persona que carece de las cualida ­des requeridas paJI ser electo. Para-grafo 1.0 En las elecc~oDes en que se requ.iere dos terceras partes o piuralidad ab 50lnta de votos, cuando por no haber resul· tado la mayoria requerida en la primera vo· tacion, se r~pit, e~ta, todo voto en bla~co se reput~ra dado a favor del que mayor DI)­mero de em:>s t.uvo en el OSCTlltipio pr.ece· s dente. P3.Tagrafo 2.0 Se consíderará eOlDO voto' en blanco todo aquel que no esprese de un modo inteligible el nombre y apellidó de la persona a cuyo favor 5e vota, Ó que istlndo contraida la votacion a determinadas perso~' nas, no sea dado a Íltvor de ninguna de ellas',; P'aragrafo 3.° Cuavdo conforme' a 10 dí5~ p'Uesto en esta ley, clda uno de 105 indi.s viJuos que concurran a hacer una deccioo, deba @ufragar en una sola papeleta por mis de un individuo, y en el escru tinio resultare' que alguno de ellos ha sufragado por ún nú ~ meto mcnor de individuos, se contaran como dados en blanco tintos votos cuanttJS seln los indi·viduos por quir,nes h .. 5ufrlgado de mcnos. Paragrafo 4.0 Cuando ·por lub6r dos ó mas per soTII'Is que tengan las cualidades re ­queridas para- ser ele ctas y el mismo nombre y apellido, resulte que por no haberseles di!;" tinguido con un scgundo nombre () apellido ú otro dirhdo O ¡geña, ~e dude por cual de rllllS se ha dado algun voto, -se reputara. e;,t'e en blanco. Art. 119. Al comenzarse 'la eleccion para ____ cada funcionario públir.o, se leeran iemprc en "I ta '10Z los artít:u 1m t 11 Y 118 de e 'la l~y. Art. 1 ~ O. Cuando en el ese rutinio de una "oUeion re ' ulte que al~uno de los que hao sufragado, lo ha hecho por un numero de tnciivi luo!; mayor que el de los po qu@ dcbi& lucer1o, solo se contaran los vetos dad ·c n; pero si c.da elector ha debido votar por dos o mas perS0113S, y en el mismo. voto hubiese sufragado por mras que tengan dichu cualidades, y qu.e no sean de las e('~p ' .t.uad~s, el \'cto sera 'Valido respecto a estas: MODELO ~ 2. RepLÍ};!ú;a de la Nt}eva Granada'. En la ciutlad () villa iendo, conforme a lo dispuesto ~n la constillJ­e ion, hacerse en este año la de Presi e ep.úbtic3 el Sr. presidente anu'ncici rtue ibJ a procederse a !la con 31'rel1lo :1 Ir, dic.;puesto en el artículo 7 I de 1~ citada le", v nombró de escruta ­rlores a \ I)S SI' '5, N. v N. Al efcdo ca ,!la uno de los electo'res su iragó Jrposi taudo en la urna una papeleta, y .'cco · gidas estas y hecho el escJ'~üuio resul­tar< 1n : Tan tos ~otos a fa vor de N. Taotoo; a f.4vor de N. Tantos á (a\'Qr de N. etc. Con lo cn .. l se t;oocluyo dacIo de la votacion P;'I el Presidente de la I'epúbl'i ea y firman este registro, que se estien u.e por duplicado, los Sres. presidente de la aS3n! blea y e~crllLaJures, cuom igo el secretarao. N. N. N. N. Presidente. Es('rutador. Escrulildor. Seco Nota. - El sobrescrito se pondra en es fa forma: t) Regtstro .tde eJeccion de Pres'idente de la rt'.pubÍica. ») Al Excmo. Sr. Presidente de la hono· rabie ca:lla'ra del Senado. De la asamblea electoral Jel canton de .• MOQELO 1'".0 4. REPUBLICA DE LA NUEVA GRANADA. Asamblea electoral del canton de .•.•.. En la ciudad ó villa de ••• ca becera del canton de ••• a ... de Ag()Sto del año de .. reunida la as~mbtea electoral con asís tentia de tantos electorei, que lo fueron los Sres, N. N. Y N.; cuyo numero es suficiente para'que pueda ejercer sus fun· ciones, segun el articulo 6l de la ley ql1e a~reg'a las elc~ciones; y de~iendo conforme al artIculo 30 ue la c08stituciOl1 v 72 de la cilada le~. sufrílgar por tanto!,' Senadol'es qUQ en eSle afIo deben elegit. S€ pOI' la pI'ovinci'l, e; S,,, presidente a~ nunci() (fue iba 3 procederse a votncÍor, con art'c~lo a lo dispuesto en el artlcul() 70 de dir.ha lev, v nombro de escruta­dores a los Sres, N. v N. Al efecto <:a. da uno de los elec·to~es sufrago depQSi~ lan(lo eo la urna uníl p~peleta , ~ reco .. girlas estas y hecho el escrutinio resul .. taron: T:\Iltos votos a fl1vor de N. T de SenadCJl'es y suplente~. ~ . .:\ 1 Sr. presidente de l,a dUDara pl· ovi~. cial dr ... De la asambl~a electoral del caoton de,.J Nota 2.a Del mismo modo se e~Leu­derim los registros de las elecciooeS pa ~ I'a stlpl(> llte~ de Senadores, para las de Ileprc., en ta n tes, y para las de sllplent,es de I\epresenrdntes, sU'litl1vendo estas es, '. i2fcsiones á la de Senadores dondre est.4t se halla en el anterlor modelo . MODELO N.O 5. REl'UDLICA DE LA. NUEVA G!\ANAIlA. Aw,mb!ea .electoral del canton de ...... En la ciudad ó villa de .•. cabecera del rantoo de .•. '3 ... de ' Agosto del afio de ... reunida la a~3mblea electoral (}on asis:. t eoría de tantos' lectores, que lo fueroo lo~ Sres N, N. Y N.; cllyO número t!'S slllJl'icnte para que pueda ejercer su~ funciones segun el articulo 61 dé la ley que arregla las elecciones: y debiendo conforme al artlculo 30 de la constitucioa. y i 5 de I~ ci tJda le ' h· cer la eleccioQ de tantos dipUlc.ldos a la camara provin­cial, que en el preseute año deben ele­gir'se IH>r e.ste cantou; el Sr. presidcn~ anun~io que debian elegirse de Ull<> en 'tino I y que iba á procederse a votacion para la cleccior. de uno de ellos, v nom­bró de escru ladores a los Sres. ~. y N. Al cfeuto cada uno de los electores su­fragó depositando en la urna una papeJ.e: l3, y re ogidas estas y hecho el escru,Ü. nio resuharon: Tantos votos a favor de N. Tantos á favor de N. Si alguno Iwbiere reunido la plam(t!. dad absoluta ~e dira: ' . y habiendo reunido N. la pluraiidad absolu la de los de los electores pt.es,~Il­les, la asam blea le declaró electa. .. S,; ninguno la ILU hiere obtenido .fe dl"'.d.;..~ y no habiendo reunido ninguno de ellos la pluralidad absoluta, se contrajo la eleccion a N. Y N. q u.e son IQS dos que mayor numero de VOlos tuv~~roo, y re­petida la votacion y he.cho él es.crutiDio resul taron : Tantos a favor de N. Tanlos a favor d~ N. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMA:NA.R.IO t)E LA PROVINCIA DE éAl\TAGEN~~ • .. y haLiendo obtenido N. la pluralidad .absoluta de volos de Jos élector'es presen­tes, la 3sambl t>a le deciarh ' electo. Sl hubiere que '1JlegiJ' 'dos o mal dipa. lados se d;rlÍ: Luego se procedin á elegir otro dipu lado, y recogidas las papeletas y hedío el e crutinio res dlar<:>o etc. como 'en la pnlnera eleccion. . . Hechas todas las elecúones St1 concluú-d ~dú:lendo : Con lo cua t se cond IH'eron las e1eccto­nes de-Jos tantvs diputados a la ·dunar'a provincial, que en el pl'esente año de­bian el(lgir'~e por este canton ; y firman.. 'esfe regiStro, qn e se eS fi ende pC1r dupli ccado, los Sres. presidente de la asamblea y escrutadore~ conmigo el secrelario . N. N. N. N. Presi'tlente. E~crulador. Escrutador. Seco lVota . -El sohrescrito se ponddi en es · ta form n : ») Hegistfos de elecciones de diputa, dos principal )' suplente o de di.putados principales- y suplentes.» Al Sr. pl'esidente tle la cam,ara provhl. c¡al de ... De la asamblea elc'cloral del c8ulQn de .. --«~~~~-­l NVITACION. J escando el Sr. gefe político del cUlton destinar a 105 pr eso ,> d e la careel de esta (:ill­dad a cualquiera cla'l{) de lrab3jo que pueda pr~~icarse dentro del milimo ediücio, tOIl el ob.ieto de atendc!' ron el producto al man.tc " im'cTllo dc lus mi -ID OS pre~os, torio el 'u al- 1'cglo al artíru!o 46' de la ley de 16 de ~hvo de 1836, adicional a I~ or?,anica de provin ° Cla!; ha resuelto que se invite a los cí !HJada· nos que qu ' eran ocupar ir los pre'los en lim ­p iar olso don y CUA lqui e ra o tn daso d ~ tra · bajo qoe puedan dC~cDlpcñar dentro de la misma careel, a c¡ue diri.iaJl ,sus proposiciones 3 1. gefclura pol:tica, eu el concepto de que -el llumero de presos no baja diariamente de och 'u ta, y que los em.pl'esarios reportaran ven tajas con t! stas con t ra ta s. Carlagenl 8 <.le l\h yo de 1840. POI' el SeC r d&fio, 0-1 oficial- Aliguel M. Espinosa. LEY DE E-LECCIO~ES. :i €l se 1 a confirmado el gt'lIto aounflO que fundados €n lo que se aseguro en u ­uo tle los 31 t¡culos del ObuT'vltdor 011 - mct'O .21, hu,irnos a nuestros lecl()re~ en el número Ga de esW pr l'iodico. a satwr, que lo dispuesto en el articulo 1 G de la nlJe ­va ley de eleCCIOf1.CS no u: pondrza en e .lecUCI01t $lrw el año d~ t 842, pu~s la sup re· ma legislatura gl'aOaU10a, no satlsfecha con haberse desentendido, eo el particular. de J.as olljcctOnes de S. E. el Presidente ~Je la república, que nos parecen justas, se rt>solvio a ordenar que el menciona · (Jo artlculo 16 se llevase a e'feoto en las elecciones del presente afio. , l 00 de los resultados mas notables del cu m()lirniento de la indicada disposiclOO sera ' q U6 el derecho de sufragio no sera ejercido por la tropa, ni por muchos empleados poli ~c()S, militares etc. en las próximas eleccio'nes parroquiales. Cerno, quizas pOI' nuestra ignorancia, no hemOS podido persuadirnos de que seme­jan. te d Isposicion esté en la bl1~na armonia necesaria con el a r ticolo 18 de la cons­tittlcion polltica de la Nueva Granada y h@m&s p e rd~ d o , pO ' · O ra ar te, I espe- 'ranza de remedio legal en el preSebte año, • nos limitamos a espresar nuestros fervien · '!OS votos porque los delegados de la na­c) on mediten debidamente-· sobre el re­ferido asuoto~. 8 fin de que tengan la ho norifica salisfaccion de volver sobre sus pasos, si aSl lo exigieren la 'eq uidad y la sabiduria. 'Por lo que respecta a los que, a con 'secuencia del citado articulo 16 van a ~er privados en el presente año, del derecho de sufragio, no podemos bácer por aho­ra otra cosa que excitarlo's á la obedien· Cill; a que si lo tienen a bien, h:.gan las reclamaCIOnes lefj'flles que les competan !I d flue se (:amuelen con la ronsideracion oc qoe el paragrafo 3.° del al'ti(~lJlo H) de la constitucion, no solamente ha es · Clllldo del derecho de sufralPo SUlO de la nudadanta, a mas de veinte mil Sll'vtefl, les domes/lc{)s V a mas de cuarenta mil .JOI nateros, ent.:e los cuales hay 1111 tlaI'es, que lienen mas independencia ue opinion clC. que los soldados y mariner(}g y que much~ dedicados tí otras profesiones. -eef)~- NOTICIAS INTERNAS. Por cartas é impresos de Bogota lrai · dos por el (orr~o que llegó a\'er a las doce del dia, hemos sabido que las ca­maras nacionales prorrogu()[} SU.3 sesio­nes por diez dias sohlmente : que S. E. el Presith.ote ·tlc la república habia diri·. giJo al Congreso un mensage piJ i ~n<.lo recompensas para la her(l ica tlivision de Pasfo, de lo cual hf)bbmos en d ar ¡ell lo G,.a!l'lud nocIOnal del número anterior de t>sll" p eriodíco, instados por los mis m05 sentin,ientos patrióticos que ahora n(lS obligan a aplau( ir . , -e de justicia del Poder Ejeeurivo: (]ue el decr'cto relativo al impol'tü'f2le establece; miento de una cosa de úu/usll'la y bene· ficc.ru,·ia en esta ciudad, h abia !)iJo aproo ba do por el Senado y presen taJo al Po­der Ejecul'ivo, quieot segun luda proba­bilidafl, hahra dispuesto su f'j lTllcion (, cumplimiento: y que el genel'al Santan dfr esta b:t tan gravemente eofer roo qUB se le habian administrado los sarramen­tn5 espiri luntes y se hobia re('ool'¡liado coo varios ~e sus adversari os poll ticos. e::::::::: 1 NTER ESANTE. SAl UD rUllLlCA.-REVACUNACION. Hace alglluos años que en Europa se empeñan ~os médicos en perfe('cionar el método pres-ervativo rOOlra uno de Jos azotes mai destructores de la sociedad, las viruelas. Se ha comprohado con he · e has q uc no basta la vacuna a precavel' para sl'empre, con solo una inocu(.acioo, pOI' bll eno (Iue sca el fluido. Es precio so que se J'epi la la operacion cada si te años. I~n Dinamarca es donde se ha be cho la pl'ueba En gl'aode, revacunando soldados del ejercito de órden oel Rev, con el laudable fin de disminuir el CClO tagio de las ~ir\lelas, y asegurarse con tra las fatales consecuencias de esta ter­rible enfermedad. El resultado en el a ño de 1835, despues de algunos en avos en los años anteriores, fué el siguiente. Edad. Revacunados con jrlllo. RevaCll nad. sin /ruto. t - t 9 25 indiViduos. 1 ~ndividuo. iO~lO 2i7 82 20-25 21 76 » 998 ~S-30 191 D 76 30-40 123 43 40 -50 18 ." Es de la mas alta impt>rtancia, tan\~ en la va.cun3, cómo en la revacunacion~' que se practique la operacion con sumo cuidado, y con fluido tomado de perso~ nas sanas y robustas. Desde que el i~ mertal Jenner comunico al mundo su gran descubrimien to de la vacuna, se ha continuado vacunando de individuo a indiv,duo: ni los esperimentos, ni sus resultados, en las grandes epide. roias de viruelas, habian desmentido su poderosa influencia presel'vativa. En cuaoto a este punto importante, tan a, menudo agitado, de Sl es co veuiente <> no tomar el fluido directamente de la vaca, varios autores opinaD que C desde que se ha abundonado la idea e·rronea de que la vacuna preserva por toda la vida) las circunstancias e tan léjos de haber­variaJo; pues que de las ventajas cono· tidas de la vacuna 1)3 sido siempre muy considerable el pedido del flUH.lO, hasta el estremo de baherlo tenido que es· traer de las vacas a causa de su escasez. El Dr. R.i ller, Inspector general de va­cuna!; en el Holstein, ha remitido di .. cho fluido lomado de las vacas, po" ser comun en oquella comarca de Alemania, al colegio de saniuad de Copenhague, que le si rvió pat'a vaCUllar con buen éxi to, anotando que 1{)s vac'unados con dieho fluido, tomado directamenle de las vacas; en los años de 24, 26, 29t 30 y 32, Y. C
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 11/06/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CABrrAGENA·., SIMESTRE 3. G CARTAGENA, JUEVES tI DE JUNIO DE 1840. NUMERQ 72. Elte periódico saldra todos los junes: la recepcion de las sú'Scriciones y .,.enta de les números sueltos están á cargo del tesorero de reotas provinc131es St"o F1":lU~ r:isc? de ~. Ruiz. ~a suseri~ion por semestre ·.-ale CUATRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto 11 EAt. "' Ji EDlo.-EI precio de la iusercion de los aviso. o aruculos de JDteres [lrIvado, sera de un peso hasta doce renglones, y UD rcal mas por cada tres rcoglone'i Je los que excedan d~ -'lu'1 número, y la mitad [lor cada 'ni que se repita, siempre que se advierta al tiempo de la entrega. ACTO l.EGISLATIVO SOBRE RIiFonnIAS CONSTITUCIONA.LES. Circular. N.O 21 .- Hepublica de la Nueva Granaua.- S ccret r ia del I nterior y Rela~io­nes esterlO~e~. - Secciou 1 a.- Bogota ~fl dc l\taro de 1810.- Al Sr. Gobernador de Car­t. agena. - de ciudadano en ejercicio de sus derechos, naturaleza ó vecindad en la .pr()vi~cia que hace la eleccion, edad de trel lta anos CUtU plidos, y la propied d o renta n ce 'aria pa­ra ser Representante. El Preside te y Vice· rresidente d(~ la república no seran elegibles. Pases e al Poder Ejecutivo para el solo e fecto de su publi cacio) y clrculacioo. Boguta, 19 de Mayo de 18 lO.- El presiden te J c\ Senado , Alejandro OSQrio.-El presi­df> nt(, de la Cauura de He-prcscotanlc<;, Cer­be /eoJl P;nzon -El secretario del Senado, Jo,-' sr 1J1. alz.-EI diputado sccrrtarira de la Ck, mara d l{e presentantes, Pastor Osp;na. Hog la, a 29 ur, Mayo de 18íO.-Publíque· se y circólese.- J. l. de Marquer..- El ofi cial rn:Hor encargado de la Secretaría del Tnt~;~ l'i t'tr ~ Helacioues estt'l'iores, AJiglul Cltlar¡'~ A O M IN 1 S T R C I O lo T D E J U S T [ e lA • 'ESTADO de las causas pendientes 'Y despruluvias por el Triúunal de jU$lieia del dutrilo dt Ma5daltm en lodo el 'mes corrufo dlS,lc el l." al 3l del corriente. 't:umpliendo el Poder Ejcl'utivo con el de, ber que 1 impone la parte final del articulu 215 de la cOll'ltitucion. dispone por mi OJ ~ ~. no que V. S. haga publicar y circular en la provincia d~ su mando el acto legislalivo, ;\U ténti~, sobre reformas consLitucilmaJes iu serto en la GaceLa de ayer, numero 4iJ4. -,...-" f."..~====::::::!~====-IIIIiííiia:::::~==========:=~::II:lii:I-=-===============~=~----':'-. Dios guarde ~ V. S. SR , ~lrRo.l\IENoEl, ll sR. MRO. BENEDETI./ SR. ~hRO. BAL~~(). Jhguel Clúarl-. 1I ::"m~",o o::d::: 11 D~,,~:o::::e: :::~::::~ DI Senado 1) Cdmara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en COrlgresfl, Pn>cecliendo de conformidad con lo dis puesto ea los articulos 214; 215 Y 216 de la (fonsti tucíon, DECl\ETAN. Son parte de la misma cODstitucion los ar~ ticulos 5iguientes: Art. 1.0 El Congreso, procediendo con las facultades prescntas en la seccion 6." der titulo 5.° de la constituclon, podra con­vocar ea cualquier tiehtpo, naa convencian de diputados de todas las pTovincias que for man la república, autorizada para dar una noeva cODstitucioD, reformando en todo () en parte la presente; pero sin que las re': {gsmas que adopte puedan afectar J, durQ.' cio~ del periodo que esté corriendo del Pre­sidente ó ViCepre!ldente de la república en­cariado del Poder Ejecutivo. A.rt. 2.° ' En el año en que se reuna la eonTeneioD, no tendra sus sesiones ordinarias .1 Congreso; , .aquella acordara las leyes a ­Duales sobre gastos, y pié de fuena del ejer­eito y aTmada; las que el Poder Ejecutivo solicite como indispensables pan la marcha .le l. admioistracioo, y las necesarias para poner en planta la ueva constitucion. To das estas l.eyes serao objetadas por el Poder Ejecutivo dentro de los términos constitucio· males. Art. 3.° En l. léy de convocatoria de la cOIl'tencion nacional, se fijara la époc:a de so reunien , \a ba!§c de poblacion para la e1ec' fAOD de diputados calculada sobre el princi­pio de que toda pTo~incia nombre por lo menos uno, J ~U. ninguna nombre mas de cuatro; J las reglas eleccionarias. Serao eler 'ib1es todo.s 1~8 que. ten.an tas ~oDdicioDes Criminales ' en definitiva Id~ de aul05 interlocutorigs De responsabilidad . , . Id. en segunda instancia . Id. de pronta providencia. Civiles de hacienda. Id. de autos interlocutorios Civiles entre pntes. Id. de autos interiacutorios 3 2 1) \) \) » 1 D 8 1 J 3 1 1) 2 li ___ - __ '! 5 4 2 l) I 3 n 2 3 1 7 » 2 » » 6 1 .S 3 1 .". 11 5 .1. I t 9 <.1 1 » 4 4 ---_. ---- .--- - ~.-~-- - - ......,..... , . 7 26 18 20 26 Cau, as determinadas . Ca sas pen ~ icntes NOTA. De las causas solo hay nueve en estado de pronunciarse sentencia 1 las ~e­mas estan sustanciandose. <;artagena Mayo 31 de 1840., ' Francisco de la Espriella, sec.O SENTENCIA. Número U6.-República de la Nueva Gra­nada.- Gefelura militar de la prcilVincia y co mandancia en gefe de la 2. ca calumBa.- • Cuartel general en Cartagena a 2 de Junio de 1240.- Al Sr. Gobernador de la provino cia. .Acompaño ~ V. S. en copia la sentencia que el consejo de guerra de oficiales gene­rales pron~Dcio ayer en la cau a seguida al alfe.rez 1.0 retirado P'edro Escobar. Sírvase V. S~ disponer sea publicada en el Semana· rio. , Dios guarde a V. S. J . ..A. Piñeres. Visto el dccret() del Sr gefe mili lar de la provinci~ y gef~ de la .2. CG columna, fe .. ch. de 1 O d~ Abril ultano, por el que manda a juzgaT en constjo de guerra de señores QfiCl 1<:3 generales al alfere~ primero ea uso ~e r t tiro Pedro Eacobar p r habar faltado aL respeto debido a ss. EE. 1. Suprema.. Corte marcial y Presidente de la Republi~ .. en la representacüm qu~ obra por oabeza . de proctlso, reconocida por el pt;o.cesado Ji espreslua reprsent1cion y firma que al pié se b.lla: oídos 108 cal'gos que se le hicie ­ron en su coofe~on, con la defensa de S\l procurador y demas t'ofmllioades debidas i S .. E. el consejo de gue,rra de oficiales 6ene,ra'l'cs). Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -SEMANAruO LA PROVINCIA DH CAR.TA~EN~d a yenido en cdndenlr y condena al referi­do alferez Pedro Escobar, en nombre de I República y por autoridad de Ja ley, lA qu.-f'-"KI.­lufra la pena de ser sériamente reprendido por el Sr. gefe militar, a fin de que en lo sucesivo conozca mejor la obligacit>n en qu te encuentra de guardar respeLo a sus SUP«' ~ rieres segun el articulo 23, tr.tado 8. 0 , titu· 10 'O de las ordenanzas del ejército. Carta­gena 'a 1.0 de .Junio de 1840.-Rafael Tono. - Tomas BO'8eo.- Manuel Maria Da~i1a.­Nicolas l\tadiedo. - Pedro Maria Iglesias.­Andres de e stillo.- Manuel Maria. Guerrero. In~ontiDel\ti de pues de haberse concluido el consejo d~ guerra de los SS. oficiales ge· neraJes, el Sr. juez fiscal pasó • la ca~ a de .;'5. S. el Sr. gefa militar a entregar esta cau­SI; Y p..,.a que conste por diligencia la firma dichp señor y el presente secretario.- Ueros. - n.Cael Forero. G fetur militar de la pl'ovincia y coman­d ocia en gefo df'l la 2.· eolumna.- Cuartel general en Ca a a. 1.° de Junio de 1846. - :De conformidad con 10 que dispone el ar­ticulo 10 de la ley de II de Agosto de 182i) ejecútese la sentencia pronunciada hoy por ti cOQsejo de guerra de oficiales generales. Al efecto el fiscal de la cau~a hará eOUlpare cer al alferez Pedro Escobar. Publíquesc . en la órdeD gencr~l de la columna, saquese copia por la secretaría de la sentencia y es· te decreto que se pisara al Sr. Gobernador de la provincia con el ob' eto de que sea pu· blicado en el SeoJlnario , dése cuenta .1 ~.u premo gQbierno, , elévese en cOQsolta 'la ('aosa • S. E. la Cort.e Suprema de Justicia. - J. A. Piñere!.- El ayudante de campo se ­cretario, Antonio Castañeda. En el mismo dia, mes y año el Sr. juez . lisea1 en vista del decreto que aotece,Jo (le S. S. el ~efe milit.r, hizo comparecer ante s. S. al alferez Pedro E~cob r, a quien dt's· pues de haberle leido 1 sentencia dictad. lloy pOI" el consejo de guerra de oficiales §e.nerales, d'c o Sr. gd mmtar le ha aper­cibido sOfíamente para que ·en lo sucesi"o guarde el debido rc-speto a .... s 'superiores (;omo Jo previene el articulo 23, tratado "8.0 titulo io de liS ordenanzas dQl ejército que !lo 3 rlebido ignorar; y para que cOll!lte ]lor diligencia la firmo ef Sr. juez fiscal, de­: fensor, acusado y el presenJ,e secretario.­Ucros.- Pedro Escobar.- Antonia ,eaDellt). ·­- Rafael Forel'Q. Es copia. til a, udaote de campo secr tario, Af4lordo Castañeda. ¿g¿¿ , ..... IJEftECI'IOS CO~tUNALES. En el nuillero anterior de este perió 'c¡co se ;publicó el decre'tG del conc.ejQ tJl)uolclpal de este canton que la habia espedido desde el mes de Febrero de 'li38 arr"gl ~ ndB los d ·versos impuestos que -han de cobrarse en sus respectivas ' parroquias. En nuestro hunlllde con . cepto DOS parecen e.xcesivos los dere­ ·(!h06 asignados al consumo de reses, ter· d s , otras es eeies de ganad enor. Entendfm~ que no ·es lo me . gene­ral la malauz de re es v&lo \'i 16 pe. o • pero q e mllGha ~eQes ,ien l· g : '} e e te caso aumen ando el real, o I me io real del derecho de corral s, re­sulta rf:car~ada una res con una octava par· té de'su precio corriente, agreg,tios ílos de pesa, hacha y mrsita de que habla el ar­ticulo 10 ·del decreto : lo qlle viepe a ser con PQQa ·diCe·renda un Due.o diez­mo afee a doa! e sum ad ID d de ~ pI' agr-ieola. ''S. lIeg e el 1:a" . suce e, 'Ci ue la 'QlJ .. > por qu!.­v lor, que SI id s. La mism n s son apl ' o de Jos ga enorel de que y se ~ et I{} ref r!!"'!cia. Tampoco pare­ce justo el impuesto de cuatro pesos que se deja sub ¡Slente por cada fonda, o café publico. Convenimos en que para esta ci udad puede conservarse; mu no para las oemas parroquias del cao· ton. Es necesario tener en considera· cioo lus mol<'stias que sufre un cami­nante o negociante entre noso~ros por la falta de establecimientos de esa cla­S~ en don,le encontrar con prontitud rocursos de primera necesidad que no le embarazcn ó retarden la marcha en su viage. Es Ulla forlun~ que r.xista uno U 01"0 en roo)' pocas parroquias de las que se encuentran en nuestros caminos que llevan direccion á puntos mas concurridos, COlDO á BJrranca, y á los untones de barlovento. Tal vez un fondista apenas gaoaria ocho pesos por n)es en esa ocupacion; 'J danclo cuatro por el derecho teodria necesidad de de­socupar el puesto. Creemos que muy lejos de . es~os e.mbarazos, aun estamos (>u el ¡;3sn de estimular a los que ~e uediquen a semejanles molestias para buscar o)odu de vivir. No nos parece puei, equitativo el que en la ~ituaciofl penosa en que se en ctJeotra generalmente la pobla~i(}() del .canton, y especi-almente la de 6~t.) ciu· dad, para adquirirse la subsistencia 3 cau 53 de la faha de objetos en que ocupar· se , de capitales para trabajar con prove­cho, se lleven a ejecucion Jos impuestos de qu~ hablan.os; y con tal objeto exci· lamos el celo del concejo municipal y sus iOlienciones beoefic3s al bien publi­ ·co, que en el caso es el de la f'xisteo­cia individual, para que haciendo uso ·de la facQ.lta~ que se le reserva en el articulo 3. 0 del decreto del congreso su .. prima esos inlpueslos, dejando st\bsistell. tes lQ6 que se co.braban ao,es de su pubticacion; pues no opillamos n¡ aun po. que s.e rebajen a la mitad; dejao­do para mejores circunslancids en que la poblacion pueda encontrarse en lo 5ucesivn el bacerlos. ascender i es decir, cuando la prosperidad derrame subre no· sotl'OS los abundantes bienes que ha«:en felicf$ a los hombres en sus relaciones sociales: cuando nu~stra agr~cuhura reo. compellse los gastos '! !as fatigas eJel Ja · Lfadol': V cuando sus beneficios , otras cir..cunstaocias no menoa dichosa' bagan que nuestro puerto sea frecuentado por 1as espedidones ffiP. ·cantiles.. P. p.·e­sfoten la faz de un pueblo que disfruta de los dones de la Qhnndanl¡a. .RECTIFICAC ON. COD m.olivo de haber hecho el pro­p~ sitQ de ~o comprometer este peribdi · co que en parte es o Jcial, á polémicas e ecciooaria., D(\S ve 09 en la pre i~ion d informal' ~ nuestros lect e qut' e autor de un remilzd" que circuleS en número 6.° de La '1.1111 d8 A (ICr.¡ la, pa.dtcl." " .a gr ,v, e'1ui:'II,eaCl~n al aUGu- # .... 't ... ror que el SemonaruJ de Ctzrlag"lIo, ha~ bia designado por su condidato para la Presidencia futura de la república al Sr~· Dr. Viceote Azuero. • NOTICJ¿S ESTRANGERAS. ESPA8A. Eo a 'gunos de los peribdicos de Ca-l ráca~ de mediados de Abril hemos visto el discu so lei o por 1a Reí a gob rna· dora el dia 18 de Febrero del pr~enle afio, al abrirse las sesiones del congre .. so espanol, Ha llamado con guste) nues .. tra atencion la parte de dicho discurso en q ne 6C anunCia haberse firmado un trillado tle paz .'1 de amlstad con ltl re­púhlica elel Ecuador y qlle ~slaha par4 concllllrse 'ltn tratano de comercio. Por el ~orreo del int~or que llegó el dia 1.0 del presente mes recibimos varios nllmeros de periodiros de Cara­cas, ClH'3S (echas alcanzan hasta el 11 de A bril último. Los editores de dichos periórJiros manifiestan las mas favorables simpatías hácia la Nueva Granada y' de­sean que nuest~obierno obtenga un triunfo esplendido en su lucha con las Cac('iooes que, sin motivo alguno pfausi.{ ble, hao uesgarrado , ensaogrflntado el seno de su patria. El Eco Popular nú~ mero 10 contiene el siguiente document importante que creemos sera leido CtlQ plAcer por lodos 108 que lelJgan c.orazo­nes filantropicos y que deseen de veras los progresos de la civilizacioo. UNA ACCION MAGNANIMA. Hemoi tenido ocasion de ver algunos rasgos historicos de la ~Ioriosa ép-oca de de la ind~peoden(lia, que recogen con el mayor ¡nteres los señores Ramon Diez y Rafael 1\1. BJI'alt, encargados de la re ... daccion de la parl~ historica, que con .. tcndra la preciosa obra que va a publi. car el coronel Codazzi bajo los auspicio$ de la oac;oo, y con especial proteccion del Congreso y del gobierno; y cada vez mat aplaudimos tan hermoso peosQmi 0- ~~ corno es el de dar a COQocer nuestro pais, nuestros reru sos, n estr hist r' hl'J'oica, cuvo, ¡nte (>~anles d talle's ice ' Dora no ol~ I u dQ. sino lLun I 3e yor pUL.; d nurslros compatriota _ No sotros ro ismos, que hemos pre enu d muchos hechos, much s aeciones que real180 el mérito eminente que por o .. \ros Ülutos han adquirido nuestros hom. bres públicos, nos hemos llenado de ad­miraclon al oír refer·r algunos 'lue i raf>amos, y que. por honor de VCIlPZ la Do pueden ni deben q a o.cul del e ooCÍmi€n o d I muo o. La g r de ¡nd pel deoci ha p d ya, seg creemos, y mientras mas disl ntes vemos de e la, m ien tras mas se reaf . a ., ardoroso entusiasmo de aquellos dia ID .. morables, por siempre gloriosos en los fast9s del pueblo venezoleno ma a4mj­ramos el herois o y la, vir ude y 8 ., mis nos inolina os a. erar Ir ' t S 'precio s de mil e m e q e p leo co un su lim , la anta cans de 1 li e la o ~l s. n son la sol,m.e~1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. oida accioees militares. iOlJW)rtal \ lIa de.. las Qa_seras Jel metilO en que 150 héroes~ ( arq ue h' oe~ de en lla s ) ha ierlJo soto toda l. e bf.JlIeria enemiga, y eovo vier()1l é hicieron eocer· rar en u bosque a todo el cjérl'it es , pañol de 5 mil hombrt's, no son e a a . cíon s solas las que nos hacen con o e d admiradoo y de gratitud, sin tam ­bien af!J ellas que tanto honraD a los héroes, qUf! fi.i~n el caracter de las nado Des qua la atraen 1'5 mirada eotusias ticas del filosofo, de amigo de la huma nidad. Tal es por ejemplo, la que presencia · roo muchos de nuestros valieotes, aun .. ivos hov. el) la plaza dE: Guazduali to el afio de 1815. poco despues oe su oen pacion 1>0r las armas republicanas al mano dQ del comalldante Otmedilla. La lIemos oido referir 11 un testigo presencial con motivo d. los justos elo~ios que hace el articulo de ~fadrid, que insertamos en el numero 7 del Eco., de la h umaniJad y cle­menCia del geoer"l Paez con Jos enemigos rendidos. Desgraciadamenle era ta époaa desas­trosa de la guer'ra á Oll1efle, en la que no se daba cuartel a ningun rendiJo: la' comenzaron nuestros enemigos, y con dolor tuvimos que usar de represalias. No &e daba cuarlel ~ la ley eJe la ~uel'­: ra y de la oece$iJ~u ~onJ e nJha a moríl' á todo prisionero. Es.t() realza Olas el Itecho que vamo'S a rcierir. Seguia Olmedilla con exactitud esa ley, que con él niogun prisionero Jeh¡;, con­\ ar con la viJa. Doscientos veinte y o­cho prision ros hechos al enemigo ('n la 8cóon, estaLan en~€""'ados en I:J pLtlrt. Se (orman en cuadro ros cuerpos del eJcr ~ito, dispone Olmedi\la la eje(~ Uci \J n , !ti encarga 'al comand; nle Flguereu(.), su se­¡ uDdo. y sale de la plaz ('on ll' ot() paso. Un fraile capellan eJel ejército se presen ta y exhorta a Il")S 228 a morir como ('ris· tianos, a arrepentirse de sus pe~ílJos, 'j los absuelve en general. El comandante J osé A o tooio Pa€l al frente de su escuadron y en un augulo del cuadro, observaba conmovido ~ste apa­fat6 de muerte, 4Itomo muchos otros ge fes, oficiale$ y soldados.. cu ~o corazan \1enezolano rechaza con horror el asesi· nato, la...cruetdat. Con luida la ellsolu , cia¡¡, desenvainan los -sables algunos ro razon«s duros y feroces 'Y co ien:!9 ,la deca'litacion. Las cabezas de los cioco pri eros desgraciados rodaba )'a por"'él sue ,cuando DO pudiendo ya conteDer· S'e el comandante Paez, precipila su caba 110 -sobre los ejecuLo.'e$ y contiene el bra­zo que iba a derribar la cabeza del sesto. l) 'Esto es una inhumanidad,» les grito: l) nosotros somos los libertado es del pue blo DO sus asesino!l: esos h9mbres no morirao, porque 00 10 con,en iré ~' o : el primer que los b'e a m r· r? aqu' is ~ roo. ¿Qué es esto? I gri' el gefe qne presenciaba la ejecuc·on: ¿como se o one V. á que se cump~ la p de del comandan te ? (l SI, me opondré, auo á cost,a (le mi vi da : dp. V f' 4;0 e le prisione­J'OS, , verá V. SI sé cumptir 10 qot di­co: esto es UDa infamia: no es aSt' que liber aremos la tierra· no~s abominarlo, nos trata lió con justicia de asesioo~, no de libertadores .. aSl damos armas, opi Dion contra Dos8tros a los enemigos: si V. quiere matarlos bús<}uelo5 en las fi- • ct~emi,1S cuaocl e~ e~ arma~ns~ s~ D, LA PItOVINCIA DE tAI\TAGENA} '). 3 crHiqu los entone s; pero rendidos oo .... , Mu ho mas dijo, y mal se prolongo el dialo . o , e furecido, de muerte o de vid , que debla decidir de la existencia de 229 hom res, a cuv vi tíl, en cinco ooa; ñeros tenin el ejemplo el lo que les podia resultar, ; considér 'le cual no seria la ansied ad d'e aquellos infelice porque triur fase l' magnanimidad d' humano comandanl Paez! La diVisio t · da guardaba s·l~hclo: el escuadroo oh servaba a su gefe pH3 protegerle, y la simpah3 del cuadra lodo estaba por ae­c; ion tan noble: solo el respeto V la su· bordin3cioo los contenia. Viendo Flgue­redo que le era imposible cumplir con la árdeo de ejecutar los prisioneros, con­vino coo Paez en ocurrir a Olmedilla, Este ¡ha por una de las canes del pueblo eou calma y serenidad; j tan ro.muo era para él mandar malar á los prisioueros! Paez se le abaJanzrl \' le rUt'ga. V le urge con rllzooes de politic8, de convenif nda y humanidad qUf! conceda la vida a tos prisioneros; y dt'spues de muchos es' fuerzos logro que dijera, ni) que los perdonaba, 5;OQ ql1e FigueJ'e rlo hicifra 10 que quisiera. Relajada asi la órclen, se les cooserv." Por cad, i rJ(?m de cafr, o~ reales. 3.° P~r e.da ídem ele at ' ., dos re le~ . " , o Por cada idtm zuda!>. 105 reales. .c, ," Por e • e ~. oe agu rdiente del p is que se introduzca de fuera del canton, U05 rcales. P aragnfo único. P ara el ar reglo eo ei ro bro ue l(ls impuestos establecidos en ]05 dos pre('rdentes artIculas debed entenderse por 'arga lo que en pe~~o o volúme-o lleva C;Ofl\Ollmente a espaldas una bestia ó buey de carga. Art 4. Por cada fanega de sal que 81' illtrodu7..c'\a. de cualquiera procedencia fuera · cid (:alI1011 del territorio de )a republrcl, dos rCfl It'S, y fuera de ella, seis reales. Pa ragrafo único. Se pagaran igualmente dos reales por cada fanega de sal pl'oceden~e de s li llas comprendidas en el canton de l. 1" ¡'fiera parroquia que se introdul.ca . Derechos de esp endio. Art. 6. Se pagaran por derecho de espen· dio IlJS !liguient.es: 2. o Por ienda ~ me,rcaderu en 50· lo la ciudad, UD peso mensua lmente, y poi- ~ calla atenacen oc los que., lldtu phr mayor, tres pesos mensuales. 3." Por cava botica, un peso. 4. o POl' cada fonda, café público, cuatro pesos en todas las parroquias del canton. Derechos Je m'ue/l-e. Art. 6. Se' P gadm por d erech s de mue­lle t'n solo la ciudad JOS ~igul(~(jte8! 1.0 Las canoa de cubierta que ent.re'ri cargadas, seis realeS. ' 2. 0 Las bflrquetona:-, tres reales. 3. 0 Las barque tas, uo real. Derechos vario&. A rt. 9, 5<.>bre los carruages de ~o per .. I7l.1Ututll se ctlbraraiJ lo~ Imp '..I e15tos sigUientes: 1. o P or cada ca .. eta d~ búey, cabalJo, mufa ó macho, cuatro re"les por mes. 2.0 Las de burro. do ~, r~a(es., 3. o Por cada CAlesa o quitrin de das rue ­d. s, un prso. 4. o Por cada id. id. de ctlatro ruedas; d:)s pesos. 5." Por cada coche, dos pe~o'. Art. 1(;) PL1r a)quiler4ts de 101 pesos y me· did • ..¡ , útile, para la matanu de ganados , espendio, se pagaraa: 1.0 Por cada pesa 6 medida, medio real diArIO ~l que la 8olicite. 2. 0 Por uda hacha en los mismos térmi . IlO~, medio real. 3.0 Por cada mesita en los mismos tér­minos, medio real. Art. 11. Por la marca de cada peso ó medida, dos reales. Art. 12. Por cada funcion de teatro ú otros espectaculos públicos, cuatro pesos. Art. 13! Por cada res mayQr que 5e in. troduzca en los corrales o eh_queros del ma­tade 0, s a p a el CODsumo Q para 8U ,entS e p. " se PiS ra un rea~ 011 la oiudad. J¡ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA ·paOVINCIL~· DE G!RTAGENR~ lllcuio en las demas parroquias. Art. 1 L Son rentas comunales: l. o Las multas de ~in&o pesos por la primera, diez por Ja segunda y veinte p6r las si~llíentes que se impongan a los que usen pe O'i Ó medidas sin sello: las que im· ponga el gohernador ó gefo político por falo 1as o tran ll ~resí one!i al bando de policía, y las que se impusiesen por lis lutoridades lo­caies del t1i~ Lrilo P3rL'oqllial, siempre que )1111' leyes generales ó e!lpeciale~, por privile t; lOS ó contratos no deban entrar en el teso- 1'0 nacional tí otra renta. Art. 16. Quedan derogados todos los ¡m· pue'stos comunales que actualmente se pagan en el can ton desde el dia que se ponga en ejeeucion este decreto. Dado en Cartagena a 16 de Febrero de J838.-El p.'esidente del concejo, Pedro Ma­ú ci. ··El secret rio, Luis Mar'ia de Oclwa. Gefetura política. Carlagella 23 de Marzo ...re J838.- Diríjase e'sle decreto ,1 Sr. Go 1>ernauor de ~ pro\'inm para que S. Sría. se sil'va elevarlo a la legislatura por el con lucto corrcspo lldiente.- Montes.- El secreta · ·jo, Luis Man a Ochoa. Es C&pia. Borrero . _ 52. ___ .. _ rARA LA HISTORIA. ConfilllÍa el 7JuulOn'al pJ'esenta.do por tl S indico personero al Cabddo de esta c/u "ad en 18 J (). V. S. que desde el principio de nues tra revolul'iGo ha s~bido constituir las ..solidas y verd:¡Jeras basas sobre que se ha l'irnf>ntacJ() la inalterthle fidelidad de aste pueLlo 8 nuestro 3111ado Fernando, "50 p~renloria resignal'ion a la defeo'\a de )05 derechos de Su i\lage5tad y de .Ios suyos, y su pf>rpetua fratel'nal y cordial uotOn con todos sus coovasayos que en cualquiel' pal'le del mundo conserven la . c.liaoidad de su caracter, usando en lo· -da~ las ocurrencias adversas de aquella madurez, deferencia y consideraciou l'S, que sin comprometer los derech(IS del --fue,blo, s.olo pudieron ha~er subordi na · <10 J sus justos y 1e9les deSignIOs los obs­.., 1aeu tos q lle se le pres~n laroo por la ig norancia, la preocuparlon y otras peorcs pasiones; V. S., por fin, que acerca ue ' las novedades de llUe!i tra penlosula, del inca u lO IJl'oceder del comisionado de SP­villa Oo. AntonIO Vacaro, y de las ocur' .rencias de OUil0, ~upo establecer aque Has reglas citrlas y recti tud de opinic1ues que lUlO ffit'ret'ido la aprobadon de to· dos los hombres sensatos de la nacioo, y de tHles t1 o supremo gobierno, tiene 'asegurada en la destreza. oe su mano dar al bajel de nll estro país las direcciones que le son tan necesarias, y que en aJe lante pueden mejorarse y llegar a la ma· ,or perferrion posible con las ideas y conocimien los con que nuestros herma nos de toda la dominaclOn del suspira ·{jo Fernando se sirv~n concurrir al es· . ablecimicnto. de nuestra mas perfecta y conveniente onioo, de nuestra reciproca felicidad, y del glol ioso sostenimiento Jel ,jmpcrio español y de su santa religion. )ara 'llegar el este término debemos .pensar séria y profundamente en los ma· Jes q lle nos pueden alejar ó separar de él, y en los remedios que sea conve· . Diente a plicar. A este fin es ~enester que Jodos los que deben pensar y deli­berar soLre tan iOlpoftante asunto pre cisameote se despr€ndan de las engaño sas afec.~iones del amor propio, y que uno.s s~ separen de todo pensamiento de ambicioD para 1.0 veuidero~ ., ot.fQS se-pan atemperar, combinar y eo caso neo cesario ' renunciar a sus presentes funcio· nes en .Ios ~asos y en los modos en que lo pida el bien de la patria, en .. ue coo­siste la · suprema ley y esta fundado . el soberano poder. Todos deben someter­se a estos sentimientos intimos de la jus­ticia, buscando ·mas bien caminos fran ros y liberales por donde darles su curo so, que débiles escombros, pretestos ó efugiOs, que descubran su levedad y las interesadas míras que los 301man, y too dos en su deferto 'quedarán sujetos 3 las mils (strechas responsabilidades; cuya en­liJad V l'O \ os resultados 'no necesil~ el Sifldic~ enrarecel', cuando tenemos tan a la vi~ta sus consecuencias y sus escar­mientos. El Sindico protesta alta y siureramen ti', que loJas sus intenciones y todo su ohjeto en el presente discurso son di I'igit)os por los mas sanos dese()s de de­{( Jnoer los derechos del noble y leal pue Llo que r' ep~s·enta, quien exa ltado de su pUlriotismo y consternado de su situa ­<.' ion ha estimulado su voz tanto en los térn,io(ls indicados en el espediente, co· mo eo () tros q uc nó hao debi
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 18/06/1840

~ .. I \ SEMANARIO DE Ll\ PROVINeI! SEMESTRE 3.· CAl\TAGENA, JUEVES t 8 DE .JlL ID DE 1840. NUI\IERO i;L ~ <' Elte periódico salura touos los ltleyeS ~ la tecepcion de las suscTiciones y enta de \9s números sueltos estan á Cl\r1;0 dd ~esorero de renlas prOYinClales Sr. } ' r:Ln­cisco de B. Ruiz. La suscricio'n p(n semestre 'Val CUAT u l' 05, pagaderos adelantados; y cilda número suelLo Rf.AI. 1 Ml'nlo ...... I~l precio ue la illsercion de los :\..,¡ u. ó articulQs de interes prinJo, será ut: un TIeso hasta doce renglones, y un re31 IDas por cadll lr . ' dan ti a Ill'l número, y la mita 1 por cada ... ez que se repita, siempre que se a ltempQ de la f·nlT!>ga. LEY ·derogatu)o y reformando algunas disposiciones sobre enseñanza púhlica. El Senado y Cdmata de Representan/es de la Nueva Granada, rtunidos en Congreso, CONSlBE:.RANDO: Que es necesario haccr en las le.yes ~uhre jnstruccion pú blica que actualmente rig( n, algunas reformas exigil!as por la c~periencia ) por la opinion pública; DECRETAN. Art. 1. Sc dt'1'ogan las disposicione el 1 decreto del Poder Ejecutivo de 3 oe OClll bre de 18~6, sobre pJan general de en cñara za pública, en ruanto á la uesignacion Jé lo libros que en ellas se lace. para las lcrciolles que deben d r los catcddlticoo; en la" ulliver sida des, colegios y casas d6 enseñallza. Art. 2. En consecuenci~, cad:) cíl fcdrati eo dar~ sus lecciones sobre las fU Jtcri3<; que le estén seña.ladas, por te~ to de su propia com poslcion, o por ~l uel autor o autores que estime preferibles. Art. 3. Lo'i catedráticos o preceptores de las universidades, ~olegios o cuale squiera o­tros estableciUli ntos de illstruccion plíblica, no enseñaran ni sostenddw en Cf'1 tameues. doctrmas que seaD contrarias a los deberes que la constitucion im ,)one a los granadinos en 8U arl' culo 7. 0 , Ó a 105 dogma" y moral dt:l Evan~elio: quedando as) reformado el artícu lo 101, Y derogado el 1 O·~ del plan general de enseña z.a pública. Art. 4. Los catedraticos o preceptores que contravinieren a lo dispuesto en el articulo precedente, seran reprendidos, y en caso de reincidencia destituidos, por la junta de go­bierno de la universidad, o por la que haga veces de esta en los e.stableclmiectos qtle no estén sujetos a l. de alguna universidad . Pa · ra pronunciar la reprensioo o destilucion, se necesitan las dos terceras putes de 105 'Votos de los miembros de la junta, Art. 5. Los cateuraticos de teología de­beran presentar un mes antes de ab~ir sus cursos, ó a los respectivos prelados dlOcesa­nos ó a las personas que estos designen, 105 programas de las doctrinas que van a dictar en ellos, para que les den el paso cm cuanto al dogma y la moral. Art. 6. La enseñanza de la jUl'isprudencia se bara en seis cursos, distribuidos de la ma·-( nera siguiente: l.0 de- principios gent'rales de derecho constitucional 1 ciencia adrniuist ra tiva: 2.,°. de derecho ci ~il pa trio, in \ uso el enjuiciamiento civil: 3.° de derecho penal patrio. in.cluso el enjuiciamiento 'oriminal: 4.° de derecho eclesiasLÍco: 5.° de principios 6cllerale6 de leg¡6~a~ion uDiver~al y de legis-lacion civi -f penal; G." de derecho ¡nle . na cional r economía poliLica; qu!' d Indo a i re formado el articulo l.0 de la ley de 30 de l\1ayo de H335. Paragrafo unico. El catedratico de prin cirIOs generalc<¡ lip d "rcch() con litllcinnill y ciencia admill ¡'l1,ativ nda V cl.' mcrcio. t\rt. 7 .. , Los cursante de 1;" c!ac;ps 1 '1' in ri prlldc!l(·i;¡, IIH'di cinll y tt' olo:; la no pocll"ll. g:\.nar Jos CULO ' en dic¡t!nti'\~ cl.,rs en un solo ao); pero sí p()dran rnal,"lf'ul3rse . g:t nar hasta Jo'! curst,J'i en 11tH .Je ella ' en el mi mo lIll rmuuncJo en el pn.: ~ (: .. t~ año escola r lus tI' s primero'\ cur· t)"l q'ue pn'venlan los articul ,)s l .) Y 9.° de IJ le . le 30 Je 1\l vo d lf)3.5 podian obt·,:­lU't · ('\ gl',ldo d· ba~hi!ler; el examen para e le grat,lo 'Cl' ara sobre 1 i malerias com· pr : ll d l A'I en los cur S que debieron estu­JiJI', y el de cuatro de sus felign-ses, promuevan cada s~is meses una susl'ri('ioo en su diurito parroquial, dil':gida á formar no fon () para proporcionar algunos auxilios a los clijc1"Jn()s desvalidos, y de Cll~a inversion se ínSI 1'1I i I'á debidamente al público. 4a. Que se designeo las multas que deban imponerse a los que, por neglig(m. ria o por cualquiera otra caus~, se opon , gan a la ejecucion de las anteriores me· di Jas...; destinándose dichas multas a acre· cer el fondo arriba indicado, é ioformán dose oportunamente al puh\ico de 106 que sean multados .y de los motivos que hu· biere ha Lido para ello. (2) Convelldr'3, segun nas parece, dis ponerse lo conducente a que cuando se conciba la sospecha de que no son po­Lres de solemnidad los enfermos para quienes se exijan los auxilios del arte de cur al', 00 se les siga por ello niogun per­juicio, sin que por esto se quite el de­recho que tengan los facultativos, sangra· dores etc. a que se les suisfdga despues su honorario por Jos beneficiados que no deban ser comprendidos en la clase de los desvalidos O indigentes. \ 3 J 8erá tal vez conveniente disponer que cuando los boticarios se cercioren de que han despachado medicinas para pel'. SODOS que pue dt' los intereses de los mprétitos colom­bianos, ni las inmensas deducciooes que sufrió ese capital al relebrdrse y realizar­se los contratos y al pasar alJa en lngla ­t~ rra los fondos por tantas manos codi .. ciosas é infieles, ni las estafas y fraudes . de .que allá mismo fué victima Cotom, bia por valor de OJuy grandes can lida­des, ni las prol()ngadas desgracias que be· mos padecido, nl la notoriedad de nues­tras buenas disposiciones para pagar las deudas coutraidas ron tan poco juicio y tnn poco aprovt'ch' miento: se obstinan fi ­nalmente en querer persuadir que te­. nemos recursos para satisfacer' es,v~ deu­das de la manera que ellos .prerendell, O que pod~mos sacarlos imponiendo Illle· vas contribu.c iones, y que vamos con vlcn to en popa por a C3ner3 de la prospe­ridad, aSJ bar'baros y estúpidos como fHlS Jlaman siempre los eurof)eos. Un tenedor de vales ha dicho qnc lo que ga ta aqul eo "¡garros en lr s Ú ' ·U3-' tro semanas oada individuo ba~daria n'u­nido para ateuder a sus sagrados dCf'e· chos: otro manifesto q \.le con solo in tc ­resarse los frailes y los clérigos (l O el con­fes¡ onario para que cada uoo de sus pen ¡len· tes diera una módi~a limo!;ul, ya que este negocio gravaba tanto nuestras concicueias, habria con qué pagarles: cada cual ha interpretado de la manera mas propicia r pera su bolsillo los documentos oficia· les sobre r Olas publicados en estos pai­ses, y hasta ha querido hacer valer como argumentos a favor del mismo bolsillo las ded\lcciones sacadas de publicacione~ de particulares: a lodos les parece muy ju to J muy corrienle que vaya a Londres el hJtegro producto de las reotas hipote. cada en 105 alhadbdos contratos, que son todas las del pais, aunque aqul no quede con q é ateoder a los gastqs del servi.io publico: y todos piensan que el gobiern~ britanico está en la obligacion de apoyar todas us estravagancias, y de enviarnos amen z s, escuadras y ejércIlos para SClS en pr s 18 exorbitantes pretensio. ne.s. Prorrumpen en tan descompasados gritos, q) cualquiera ('revera que los tales hombres estan redul'idos pel' nues­tra culpa á la mendicidad; y cuando no escasean lo mas significativo y virulento -.le su idioma para i.nsultar y escarnecer a nuestra patria, á nuestros hombres pro­minentes, y a nuestro& pueblos en masa, exige que o tratemos con la mas res­petuosa consi. nu del comercio eSlrangero por medio de los Ministros y Coosu.les respeclivos a qtJien~s ,se comunica.rá de ofidol y parí' conOClmleoto de los comerciantes naciO: nalcs por la publicacion del presenle a .. viso en 'la Gaceta, &e haga -saher a todos que el maximum de profundidad de la barra en pIea mar constanle eu casi to­das las estac~o~es del año ~s de diez pie~,. y que el maXlmum en baja ma ' de siete 'Y m edio pies; pero no pueden entrar ni salir buqlles en el prime~ ('3S0 sin~ t'on nueve pies de calacion, y en el se.­gundo con seis y medio, por ser de ab! ¡¡o!utl necesidad deducir uno para la ar­fada. El ancho de la barra no tiene mal que veinte varas de distancia de una ca. beza a otra. Por tanto quedaran tod~s advertidos ,que no se permjtiran arriba .. da.~ a los T' ques con el objeto de tras. bordar efectos 50 pretesto de no poder los buques pa6ar la barra a causa de una excesiva cll13uioo, y que ellas debedln efectual'se solamente en los puertos ha· bilitados para el comercio de impoJta:: cien y esp0l'lacioo. . Por 8. E. Smith. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PU'OVINCIA ns I,CARTAt;ENí,~ ~~-_._- 1\'1 TSCELA N EAS. PA RA LA HISTO RIA. Continúa ti memorial presentado por el Sin.dico pel'sollel'o al Cabzldo de esta ciu­dad ~ 181(}. < !11 s á las necesidadesqne ia.periosunente la~ exigen, pues no ~on mas' necesarias ,la medlrinas en nue,stra constitucion fisica~ cuando se desarregla flor los vicios de lo hU(lwres, temperamentos e~c., que a la ' civil ó mOl'al ruando esta padece seme­jantt's a Iteraciones por tantas clases de lm~les como las atacan. Vase á Ir{itar ciertamente ,de una ma· Luego indudablemente, si los tememos teria nueva, y en que son muevos sus¡ en nuestro cuerpo polhico, debemos em resortes y nuevas sus direcciones. Y hé plearnos incesantemente a su curaciolJ. ;Jf(ul ya, que tÍ ~ola la voz oe novedad Diferirlo ó dejarlo para despues por una s,e ha preparauo por algunos la opinion engañosa prudenéia, es una ignominiosa de los riesgos de su ('xamen y de sus - pereza, y una criminal negligenl'ia contra resultos, auusanuose de aq,uel prill c ~)io nuestros mas sagl'i,ldos Jeberes a la pátria. mal entendido de que loda novedad eu J~xaminémos poes, estos males, v cua-m3/ r r' ias de gobierno es pel ¡grosa : max¡ les 1(.)5 remedios mas 0por os, mas SU3- mrl que generalmente tom~da, y ger;eral. ves v mas convenie s que puede dic-mente <]uerida hacer' valfr, es hija en lar la prudencia. ¿ Y habra algnno que unos Je la ignorancia: en olr'os de su dude de la' fxis enria de e,tos male , de infrria é indífel'eocia or tü rI v q e no conozca y deba te · ~~~~~~~~~~~~~~~~~ahn~Je~n~tde~:~e~n~ottr~o~s~~~{;n~f;r~1~a;s, 13g, ci n~s ~ que por momen S\!J espirilu b:jo y se-rvil: en Otl'OS de (os estan pues os? Tal es el funesto de.masia~a ~3niJ3J .de .COl'ilZOn; y en olros cuadro q tIe bajo de varios aspl'ctos pl'e. (je un sordldo y vd toleres. S( ot" la nacíon espafl ola e.n todas us po. . I?c toda esta das e de politioones los s~sjoncs á la visla de la oelDas del mun . 11 tImos que son los mas misrral>les, son do, y mas /errible- \' cJ'uelment a la d, !()s que !)acen la ma)'or guerra tí la VI' I'- sus prnpins újos. NUf'Slros hermanos los lacl, y para estos bastará al SillJiro re .. rspafiolt s etJropeos est,lO siendo aelu~l . petir aq,uella genel'osa. produ('c;(ln con 'loe menle los objdos de la desolaríon V de f"1) la Gaceta de gobi erno del 23 de Di- la n¡iseria; v nosotros estamos amenaza-eiem- bre del, año proximo pasado se dijo: dos dc la misma suerte, bien p')r las (t J~ t despotIsmo del gOUíf'f'OO anterior ambiciosas ffilra'S oe nuestro eoemi ¡;o co-castigaba como un crimen la libertad rn. muo , Ó blf'n por los trast.ornos y alt erario. ~onalJle tle manifestar los mal es del Es nes que (' II.1s est~n ot.'t1siooando. lado. y I( s medios de reoH'di ;lI'los, v los A lt ndi('ndo uniCíJ'menle a los paprles h,ombres que ganan J se IwllíJO bier; (,'on p'lb!j 'os de E~paña, y ¡) las repelidas de - \0"5 errores la lachan de n{)vedaJ peli dnracionts de .su supremo gobierno. en grosa; pero esta (acuitad es un deredw el año de 808 contaba II! n3l'ion veinte mherenle a todo espeÍlol, y 11l1estl'a's le a.­jo un yugo mucho mas duro, m'ienlras mas distantes estabais del centro del po­der; mirados con iudlferencia, vejados por la codicia, y destruidos por la ig­norancia. Tened presente que al rro-, nuuciar, ó esrribir el noml:~fe del que ha de venir a representaros·, en el con-eso nacional, vuestros destinos ya no , dependen ni de los ~linjstros. ni de los Vi,Tc\'es ni de los GoberlladCJres: eSltÍn
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 25/06/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CARTAGENA. :s SEMESTRE 3.° CARTAGENA, JUE.VES 25 DE JUNIO DE 1840. NUMERO i 4. ======~========================~~~~z~==~============================- Este periódico saldrA todos los tunes: la recepcion de las suscnClones y nnta de los números sueltos están :á cargo -del tesorero de reutas provinclales St". '\,111- eLSCO de B. Ruíz. La suscricion por semestre vale CUATRO PESOS, pasaderos adelantados; y cada número suelto RE,U T MF.olo.-El recio de la insercion ue los ay \50. Ó articulo. de iuteres ,ciTado, será de un peso hasta doce renglones, 1 un ff'31 mas p c res ren; OOtlS e os que eXGe un e &'1u por cada 'Yez que se repita, siempre que se dyierta al tiempQ de la entrega. , 9 DECRETO I .. EGISLATIVO concediendo privilegio para la npertura Jc un camino de herradura cnlre las provlIlf'ias de Antioquia y Curtagena. El Simado y Cd17lara de Reprut!lllanleS de la Nueva Granada, reunido~' en Co.greso, DECRETA N. Art. 1.0 S~ concede privil<'gio al indivi­duo ó sociedad que se eucargue de 3 brl r ~. n camino de herradura desde el di:,tl'lto lh\ rro quial de Ayapp,l, en el canton de Chill\l en la provinciA de Carhgeua, JJa:ta el di "trÍlO parroqoi .J de S~n Lu', de Yarurnal, e·1J el ~ant u n de Santa Rosa de la provlucia de An ... tioquia. Art. 2.° La cODce!\ion de que habla el arti~ulo Interior, tle hace con las COlhilcionrs siguientes: l. 1'11 el camino debed. tener diez varas de aneho en los sitios en quo el t .. rre '110 lo permita; 2. «S ~c con:¡lrulI'an los puen tes, calzada,,, y demas obras nece~arlas para el facil transito de los viagt'l'os y caballerías: 3. ca se pondran tambos ó rancherias a dis .. taDcia de cuatro leguas a lo mas: 4. as se con­servara el camino en buen estado durante el tiempo del privile~io , Art. 3.° Podrá el empresario cobrar por 'Via de indemnizacion los derechos de peage siguIentes, por el término de diez y ocho años que se contaran de~de el día que de­signe el Poder Ejecutivo: 1.0 hasta ,diez. rea­les por cada carga de efectos y productos es· trangeros, , hasta seis l'eales por cada carga de efeclos y productos granadinos: 2.° has ta cualro re les por cada carga de equipa­ges: 3.° hasta ocho reales por cada caheza de ganado vacuno, y hasta seis reales por cacla bestia cah.Ual' o mular que se lleve por aquel camino destinada a la venta: ,LO ha!ta cuatro reales por cada cerdo, y h sta un real por cada eabeza de los olros gana· dos menores. Paragrafo único. Podra ademas el empre­sario e~'ablecer bodegas en aquellos puntos que lo juzgue con,eniente J cobrar hasta dos reaJes por cada una de las cargas que en ellas se depositen. Art. 4.° El Pgder Ejecutivo dispondra que el presente decreto se publíque en l,as cabeceras de los cantones de las provincias de Alltioqoia y Cartagena, y fijará UD térmi DO para que dentro de él Qcurrau con sus propuestas los que quieran encargat'se de la e}llpresa, a las gobernaciones de laa men­" onadas pro'Vincias. ,a Art. 5.° Cuando el Poder Ejecutivo ha~ recibido las propuestas para la apertura del clmio0, adjudicara b. empresa al indivi­due o sociedad que preste mas eeguridad J ofrezca mayores ventajas, tanto con re. pecto al tiempo en el cual d l"'ba , concluir ... e el camino, como relaliY3weote a las cOlldi ciones del arículo 2.° Art. 6.° Terminado que sea el tiempo con~eJido para la concl,usion de la obra, Jos go ern adares de A.I ' doquia y Car lagena la haran reconOCH a c (·.,ta del e.mpr~ ario, é in{onnaran al Pod r Ejecuti .. ·o sGbre ei es· tado de ella. Par grafo único . Si del reconocimiento pre eniJo por e:le 3rt'eu\ " re;,ultHe que se han CllmplicJo las c ondiciones que quedan esprlsaJas, el Poder EjecutIvo señalara el di~ <.Iesde el cual d ~ bl el empresario entrar en el gO:'e de los dere ·bos concedidos por el al fÍenlo 3.° coflt¿¡lJdosc desde él el tiempo d(1 privilegio. Art 7 o Si d~ : ' tro de dos años de otor­gado el privilegIO no se hubiere l;lucho por lo mé 'los una cuarta part d :·l camino, per dera el em pre!\ario el privilegio y pagará una mutu eJe qlüni>ntos pesos. ' Arlo S." V("lIcidos qU6 sea'n los die1. y ocho 3ñtls uel privilegio, los prod\lcto ~ del camÍno seran , .. 8 plicados a liS rentas provio cialcs de l,a!! provincías de Antioquia y Car· tJgena. Dado en Bogata a 16 de M.yo de 1840."7 El presidente del Senado, .Alejandro OS(J7"io. -El presidente de l. Camara de Repre5~n~ tantes, Cerhe!eon Pin'ton ,- El secl'etario del Senado, José M. Salz.- El diputado secr ta­rio de la Camara de Representantes, Pastor Ospina. Bogota a L<~ de .1ut io de 1840.- Ejecútese y publíquese.- J. l. de Marquez.-- (L. S.)­El Secret,.rio del Interior '1 helaciones este­riores, J. T.. Landtnts. .... DECRETOS DEL PODER EJECUTIVO. En ejecucion del anterior. Jose Ignacio de hlarque't, Presldcnt8 de la Nue va Granada, En ejecucion del decreto legislativo san "ionado en .8ste día, For el cual se ooncedt' privilegio 31 individuo ó .sociedad qÜe se en­cargue de abrir un camino de herradura des de el di.strito parroquial da Ayape), en el canton de Chinú, provincia de Carugenl, hasta el distrito parroquial de Sau Lui, de Yarumal, en el canten de Santa R05', pro, vinCla de Antioquia; DECRETO. Art. 1. El empresario ú empresarios que quisieren tomar a su cargo la apertura de un umino de herradura desde el punto mas conveniente del distrito parroquial de , Aya .• pel hasta el de San 'L-ui, d, Yarumal, , c~· lebra r con el Poder Ejecutivo uns conlr31a. pJ 1'11 dicta oLr~ sobre las ha es fija.das eo el . uecnot legislativo S:,lnCi011ado .'n eite {lía, d irí ~ irlln sus p.'op·nest't<; 1 l s gohernaciolles de las provincias de \ntioquia 'J Carta,gena. u eo ! I'U del pcrcntflfio térrnillo de seis Ille~es cOlllado!l dt,<¡de la fecha de la publh:acion de este decreto Art. 2. Las propuestas d e ber~lU e.spresar en térm'nos preci, o~ y chroCi: t. O Cuale ' son, las coodiciones que se o. rr"ct'n pa ra la eje 'uclOn de ,lativo: 3." Cual es. la persQna a quien el respcc~ livo empresario ha aUlol',izad.o con pnder es­pecial y suficiente para la eelebra,.cion de I~ wutrata: .' • , 4'.0 En fi~, cu'anto en 1~~ ,mi 5mas., propue!l­tas conduzca ~ hacer forDlí!l' j uicio ~obr~,la. posibilidad en que ~l empresario Ú émpr~a~ rio~ se' encuentren de ·tlév8r a efecto la obra co n pcrfecci.on , pr'ori t., ud.. . Art. 3. EL presente decreto se publicara en touas ' las "cabecera! , de los cantones de las provi~ci.s (le Antioquia y C3\'tagena, jun­t& con ~~, 8{!\tp legisl1tiv9 en cuya ejecuclOll se ha e~pe(,lido, .y ll)~ gobernadores de dichas provincias ' claran cue l' ta a la Sccr4itar a d"l lulerior y Relaciones estertores cou las pro­puestas que se les ha) 30 dirigido, un mes Jesplles de cumplido el plazo señalado en el art c\llo"l.°, agregandQ su propio informe. Dan proceuer a cel eb rar la contrata con el empresArio Ú em prt'sario3 que pfrezcan me. • ,jor~s condiciones y ma. ores seguridades p~­ra la realizacion de la obra. La ejecQcion de este decreto queda encar· g4~a al Secretario de .E ~ t do en el de3¡;'cho del bterlOr v Re \ ~t'Íones es(e-rior'es. Dado en Bog,)ta a l." de Junio de l8~O. ' .. J. I. DE l\1ARQ lZ - El Secretario d ... l IlIte .. rior y l\elaciOnes e~t ~rit>res, J. T. Landines. Eximiendo a los efectos extrangeros procedentes de los puertos del Perú y Bolivia de pagnr el doble dere­cho con que los gravó el decreto de 9 de Nayo d~ 1837. Circular número 46.- República de la Nue­va Granada.- Secrotaría ue Estado en el des­pacho de bacienda.- Bogota 6 de Junio de UH 0.- Al Sr. GobernadQr de )a provirícia de C,artagena. Coo fecha 3Q de l\fa yo pró~imo pasldo ex.­piJió S. S. el Presidf'Gt" de la rc,públiGa el siguiente decreto. , \ . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANAl\.IO ,DE ~ DE GARTAGENX~ CONS]J!)EnANDO : Lo Que de UDa representacion de varios Cllfllerciantes de Panama dirigida a la 8ecre- ·t3r'ía de hacienda, consta por comunicacion del enctrgado de negocios de S. 1\1. B. en J~ima, de 4- de Octubre último, al cónsul de su nacion en Panama, y cuya autenticidad é~ te certifica, que la actua~ administracion del Perú babia derogado el artículo 24 del etirase 'reglamento del comercio de 3 de S-etiemhr~ D og era Ile pesar del er 00 de de J 836 expedido por el gobi~roo protccto 'tantos crhneoes v de la paz promettda xal del Perú : ~ 2.0 Que estos documentos dln fuerza y 'habia continuado robando y ase~nandg, autenticidad a la copia del decreto de 1..' de esta en el ,pueblo de la Laguna y ya ha Octubre de 1838 expedido por -el gobierno 'comentado con furor sus atrocidades. del J.>erú que acompañan a su memorial los i Que no olviden nueslros generales esta comerela.ntes que han Tp.presentau(); y .costosa espel'ienc.ia! No es ya ~I rest~ 3.° en 6n. Que reputanllo el Poder Eje~ blecimiento di los conventos, n1 la reh C'..utivo, como repula por auténticos "J bastlm .gion, ni Fernand VlI el nombre que tes los expresadolJ documentos para acredita r invoca ese fora,ido para hacer UDa g e la abrogacion dit articulo 24 del reglamento f'a cruel V desoladora: ha proclamado ~~~~~~~~~rd~el~.c~osm~e~rtc~~~odfe~3~·d~e ~S~e~ti:e~m~b~r~e~y~a~c~it;a~d~o~'~~~~~~1. ba~r, en cuya empres'La en-me con Jere e de cOlltrara ap 4) por parte de los Cnigaa ]\Jayo de 1837, .guas, que lienen vinculadas sus esperan· zas en l~s trastornos de Pasto, y tambien por parle de los granadinos traidores que provoean y fomentan la guerra como el meúio única de acabar sus ' proyectos .• DECRETO. Art. 1.0 Los efectos y f"otos que de cual quiera país extrangero vengan a los puertos habilitado:s para el comercio en la Nueva Gra­nada. y hayan tecado antes en ono o algu­nos de los puel'tds del Perú y nolivi:!, que­dan exento!t de pagar el doble derecbo l : O(} (lIJe los gra",ó el decreto de 9 de Mayo de 1837. Al't. 2.° 'Esta eKencioll tendra lugar des· de la fecita del presente dl'creto. El Secretario de Estado en f:1 de~pacho de luden a queda encargado de lA cjeoocioD rle este deereto. J) Lo trascribo a v . .s. para que obre los fi- ..Jlcs convenicntes. ' ni05 guarde a V. ·8.-··:1. de .D. de Aramrrzll. , :JUZGADOS Dti HACI ENDA DE LA. PROVUICI.\ y DEL CIRcuno. El 19 del corriente se encargó el Dr. M .. · 'l'luel del Río del despacho del .juzgado de ha· ..c:ienda de la provincia y del de pr.imera íns · "\anda de este circuito: ., el t 6 dil mi lOO 1.omó posesion el Dr. ftamon Bt:oedeti dt 1 destioo de juez let ado del circuit(l para qUt! había sido nombrado por el Tribunal dd l\1agdalena. NOTICIAS DEL SU'R. E/ Amigo del orden de Popavan, del :24 del mes próximo p3s~do, contie.ne el sigu'enle articulo en que ~é relaci~nan algunos de los suce~os ,mas r~t!¡entes de :Fasto ete. » laa columna de reserva que salió de esta ciudad el 8 del corriente )t~l) a :Mercaderes el t 4·, Y -se detuvo am ha~ta el 16 esperando al comllndante Zúñi Ta que estaba en .el Tra,piche 'j debia in~ol'- ' porársele coa cien infantes y cuarenta caballos ~ Q la fecho estará reuoida a la cli\'isil')n de operaciones en Pasto. Estan f~ u-bierlos los puntos mas importan. que h.a,V desde esta ciudad hasta el 1\1 yo -­Hemos anunciado en los numeros aD,e~ riores que los patianos estaban en servi· cio, y 'sab~mos ahora ,de UD modo posi· tivo que m3Hharon con el general M,os­q. urra en número de mas d ~ieo hom· hr~s. »Habiéndose sabido en Pt\ t¡to los roo· 1Viroientos host¡}es de Noguera, el gen~­J" 1 Herran mandf> él Sar:r ia _p~ r~ 'l~le le - LE NOTICI¿JS ESTRANGERAS. ESPAÑA.. Hemos sabido por d,iferentes vias que el ejército ('ristillo h~bia obtenido algu ­ROS triunfos parci31es, en los meses de Mal'zo y Abl'il ultimos, habiendo ademas a tJ(:aJo y ocupado los fuel'les de Segura y Castellote. Por ctra pa 'le, se asegura que en . 'l'cito carlista 3umeotab¡¡n ,rapidameote los síntomas de exasperacioo y desconten lO. FR.ANCI¡\. BUENOS AIRES, Y MONTEVIDEO. Por lo que hemos leido en algunos pe­' ri ()dicos recientes de Nueva York, y so ­t. re todo Ulla carola de Montevideo, fe daada el 25 de I\Jarzo último, que circu la en el titulado The LV~w York JOllrnal (I! commu'ce del 6 del mes próximo pa ­sado, nos h(\tnos persuadido de que, á PPSAf de Jos esfuerzos de M, l\landeville, MinislJ'O efe S. M B, continuaba la guer· ra en lre Francia y Bllenos Aires, sin es· peranza de uh"J pronta lerlOioacioll: que los agentes franceses habian proporcio­nado auxiliQs, principalmente pecunia .. rios, á los generales B i vera y Lavalle, los ~ nales, s gu se asegura, se habian internado en las provinci~s de Entre-rios, Corrientes, etc. despues de habcr obtc-nid< l tri nCos im~or tes sobre las lro pas argentinas m:\ncladas por el general Erhagüe: que el Diclador' Rosas bal;tia sido reelecto PQr ou;os cinco años, con­limulndoselc locl", la suma de plJd~r d4S pólic() de q-ue e~taba r(J~c$lidQ; ,qu 1 agent~ fra e se e taban prowgi odo ae tivamen a IfJS lIúar~'o$ ó anll'lederall'l· las de la Ha a confetleracion ar;ent¡na. ~ l\IEJICQ. En Ip.5 numeros 227 y 228 del Noli. cie$,() tU amhos mu.ndos hem,os 'viSlQ De)I licias de tan jpleres"p e sec~io de nQe . tro conliDeDl~, que DOS parecen bastante favora bies a la causa del órden legal y de las instituciones mejicanas. Los fe· deralistas, que habian vuelto á levantar la cabeza, fueron completamente derro­tados por el general Arista á fines de Marzo ultimo. Cerca de dos mil hom­bres de tropas mejiC3f.l'aS mandados por el general Ampudia habian marchado há .. cia Tejas, pasando al efecto el Rio Gran­de 3 mediados de A.bril; y en dicha re .. publica impro'fisada se hacian activos pre­parat. ivos para rechazar la agresion que. en nuestra opinion, habra sido illfrllctu~ ~ sa, si los trjanos no estaban muy dividi ~ dos. VENEZUELA. Nos ha pareddo conveniente someter á la medi tdcion de nue5 tros lectores el siguiente fragmento de la memoria prese'n­tada al C(ln~'réso venezolano, pocos dias despues de h3ber dado principio a sus sesiones del corriente año, por la Secre­taria de relacion es esteríores de aquella república. Dicho documento, a nuestro modo de vel', está I!(ino de sentimiento!; eminentemente americanó'S, v ademas s'e enllncian en él grandel designios polili. cos, diplomalicos, etc., cU5a realizacioo deseamos ardientemente, aunque sea con relacion a las republicas mas próximas a la N ueva Granada, porque, en nuestro conoepto, seria un manantial de inmen. sos beneficios para los Estados con tI' • tan tes. AScl11eblctl Americana. En medio de todo lo hecho se encu .' tra nn pensamiento de primer orden, y que si bien se ha prestado á interpreta­cwnes diferentes y graves, envuelve un germen de paz, seguridad y utiliJade.t importantes para lo futul'o. Me refiero a la .A sambtea .A1Jtcrzcana • Este cuerpo, pUI'a?nentc dlpl()ma lleO , con el patl'inli slIlo y ~abiJurla que de­bieran componerlo, don (; csp(~riencia de lo pasado, y con un espiritu elevado y conci I iador, pod ría perpetuar pal'a tod S" los aroerÍCMoos grandes y posi ti vos bienes en un tratado gl>ne,'ul, que la posteridad vería sin duda coma el mas útil presen­te que debiera a la aotual generacion, despues de la ~onq uista heroica de la independencia y libe·rud. Se dijo en'- tQDCeS que esla asam b' ea SerV'Ir\l a d e con-suelo en los grandes co~/'lclos; d pUIl' lo tle eo-nlaclo en 10$ pelig r-os C81/iU1UJ$ : de fiel ÍTltél'prele de los tratados púble­ces; '!I de Juez d,.bll ,'() y conálcador CJn las dtsplllas y diferenCiaS de los pueblos fllllCflCanos. Pt:nsamientos altos, patrio­ti~ os, que esplicados y separados de las inspiraciones vehem t.: n~s del entusiasmo. impropias de estos negocios, producirian en su aplicacioo muchos y grandes bien La América que fué española d~r;a un paso gigantesco eg la marcha que JI el genero humano á la ci vi liza cion , si desler ar la gu ra del código de los d echos de sus naciones, entr SI, apro­vechando el estado de infancia, de ino­cencia y liberalidad en que hoy se en,· cuentra. Si crecen, si se pueblan lo desiertos, si de este modo se es.trew Jos terri Lorió de t.lichos tenedores al Ministro de VeDe zuela en LÓndres. Tengo, pues, la complacenda de manifes­tar .hora a V. que aun antes de recibir su espre IIda nota, y babi~. nr.to ya Begado a mADO del gobierno las cOJl)onicacíones de 5U Plenipotencla,'ío r ti'Vo.IS a e :la matt"ria, S6 habia con5a~ra (lo a meditarla c(m la de ­bida circunspecrion y deLnimiellto, pcn exi­girlo así su miFml grnve'iiad é iwportattcia. En consecuenci" ha comunicado al Sr. Dr. Fortique las h15trucciones que ha creido convenientes, pan conrluir con los acree­dores brit~niéos un arreglo definitivo, que DO dud le~ se a sati:.factorio, añadiendo que no s ha equivucad() V. al considerar a gobier l de Venezucla ' guiado siempre por 1 p in ¡pios del hODor 1 de la justi· cia en todá& sns tr,\ sacione, y muy par ticlllarmeute animado de.l d .. co de ac edi t r a lo' tenedo-res 1 J'cctitud d sus pru ceriilnieoto~. . &0" 'de V. atent sel,'vidor. Guillermo S111[th • . A ir tt~bert ~er Porte~, ene ri~o de DQ- aOCl s de s. l\~. B. . 2a.. El desinterés, para com pr blCioo e lo cual bllstara decir qU~1 como se s"z'e ge­ocra, lrn t nte , apenas pudo testar ulIa cenlé.,í .... ma parte de la i(~meosa fortuna que p oseia cuando f~ talló la gru.l revolucJon, que él mas <1UC l1in~\Ln .)tro hizo triunfar glorinslIment.e. 3a. La generosld()d que ej\!I'ció millaTes de vtces con enemigos gratuitos y 1'tncldos, consul­tand.() 8ieOlpre el bien comun y guiado corrs-­tanttDlC. te por la ncb\eza de su corlZOD. tia, ~\'u tolerancia hacia las opin.umes de IO f demas y su [ranqae.za en manijestar llfls suyas, lo que se prueba con l111l hechos de su bri .. lIarlte carrera pública, cuya enumeracion se' ria muy larga. Tal es, Sres. editores, la aJic.ion qU6 ' h.e~ rno, crcido justo hacer a la patriólica pro. duccioo arriba menciouada, po' ' S. A. S. Q. B. S. 1\1. Un Republicano, PARA Lt\ HISTORIA. ./ Con/inLÍa el memorúd presentado po,. el Sindico personero al Cabzldo de esta cZ:". ¿ad ell 1 81 (). A tí!lps padecim'cn O~ se une Ahora el conflicto en que no ha puesto la ulti. ma SI {uacíon -de nu(-sln mp. trl p.oli y de su gobierno, y las opiniones que PI ede.n. eoncebirse acerca de su kgi ti ma enosti­lU , ion y su sllhsisl enci~ ; porque aunque sea j06tO suscribir 3 ella pnr prudencia, y a"J.~ptarnos a aquella ec;pecie de orden qu~ nuestros verdaderos intereses exigen t-ol'memos de la mis.0I3 necesidad iosu­perable de los desordenes; y aunque e.n esto sea interesado el corto numero de hombres qúe cree, que solo con este sistéma puedeQ conservarse y aumentar­se los goces que disfruta; al fio el pue. blo puede . t~mbien alegar sus razones '! I sus lutere$es co~tra tiicpa fornla de go­bierno tomando aquellas, ya de la con­traria prevencion q1.1~ sancionó la Junta suprema .. centl'al constituida en mejores ó mas aparentes disposiciones {'o su pro. da ma de 2S de Octu brf: de 1309, ya de otras consideraciones que el Sindico tie- I ne por conveniente omitir, y que no se oCl~ltan a ~a penelfdt;ie.n d.6. V. 6. · Y f· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , SEMANAl\IO D~E . LA,Pl\OVINCIA .D ~ E.. C~ ARTAGENA~ ... pO,yando estos con la necesidaa instan· lerna-c,iotl u~ p,~aia dar lugar a sus habi-ta, oea que tiene de subsistir, V ,~e p,ro- tantes mas qúe 'para unirse fl'aternalmen - curars,e DO solo los modos de poder a· te, "amo lo'hlcieron contra el horroroso segur~r su defensa, que hasta ahora no obje:to 'que causaba todas sus aflicciones ha podido conseguir a pesar de las opor- y debia absorver todos sus cuidados. t.Jnas gestiones qúe en su razon hizo Pero nosotros en alguna de las sor- V. S., sioo tambíeu los de socorrer á presas indicadas y prudentemente temí-nuestros hermanos de la península o de bIes., DO te'Odremos ptobablemente ene· lualquier otro puoto '1ue puedan llegar migo exterior que llame nuestra aten" a iguales nec.esidadels, pues aunque el cion, la cual loda se emplearía en los S~ndico liene entendido que P.l Sr, go medios y en los horrores de una funes-bernador actual ha practicado de su parle ta division intestina. para dtcho objeto sus mas apurados es· Parece pues, que en tal situacion la fuerzos, esta lambien persuadido de que prudencia aconseja y la 'ftecesidad manda estos no han sido ni pueden ser bastan · que no deLeo dilatarse las medidas ó tes para lograrlo segun los planes esta- providencias de nuestra seguridad y de-blrcldes, y aun las nuevas medidas qlJe Censa, que este Ayuntamiento habia pre. deban adoptarse en consideracion a la parado y manifestatlo in voce desde los nueva desoladora táctica inventada o re- prin, ipios de esla autuacion conformes ·fio3~a ,por u,uestro 'terrlb.le enemigo. esen~iallJlente (si no han side la, mismas) ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~'~bi adoptadas por el ilus~~ sea que nos su'Lordinemos al Consejo de Ayuntamien o de Cád.z ~ es·timulos de Regencia; esto es, hien sea por aquellas su digo fJ , patriota ' y' ejemplar presidente. reglas de poli1ica .que des-cifrÓ la Joula Nrniotl'oS tenemos en 'la América por suprema de Sevilla en su 'maniGestQ de nuestras leves coostitucionales mas t ~ r. 3 de Agosto de 1-808, entendiendo así el millanlemente -conocidas en nuestros ca sent-icJo de las clausulas exh~rtatorias de bildos. cuantas facultades podian consi que ha usado el Exmo. Sr. D"n F.'an- del'al'se al de Cadiz para las reglas que cisco Venegas en su oficio de 28 de Fe ha establecido en el caso; pues por la brero de ~ste afio, que se sirvio dirigir seguuda, litolo 7 libro 4 de las muni , a este Consulado (7), y las que sabia y cipales esta prevenido: (l Que los COl're justamente ha usado el mismo Consejo gid01'CS juntame.!!lc con los reglmúmlos de Regencia en su pródama a los ame tengan la tldmmlstl'aClOn de la reptibll ricauos españoles (8, contando pa'a sus ca 1) Y si esta ley ha sido ona de las importantes oper3.iones con nuestros sen- que tres siglos di desgobierno han alte- 'tünienlos de fralernidad y de nUt'slra .'aJo, es tawbien la primera que la na- ~encrosa adhesion; ó bien bajo de algnn cion a una voz ha resucitado y puesto otrQ concepto, no podemos separar la por cimiento de su regener'aeion, pro. oonsideracion de la pel1g1"osa silu3flon clamando, sancionando los derechos del en que q edaba este gobierno turible pllcLlo él "¡ t venir eficazmente en su DIente at:J cado por el enemigo en el -01- gobierno, de que es uno de los mejores lime pun to ' de s'eguridad que le q ueua documenlos la real órden de 31 de J u ba en la península, y expuesto de Cou- nio de 1809, (9) t.'siguiente Olas que nunCí) a una funesta Contra esto no puede decirse que las contingencia, en cuyo logro debemos Américas no se han hallado en el caso juzgar terriblemente empeflado a nuestro fn que ef\lubieron los !>uebtos de Espa. enemigo y contra cuyos resul1ados a pe· ña v ultimamente el cabildo de Caoiz sal' de Jo que se interesan Iluestros de· por~la cercanía de los enemigos ... · Lo uno seo's, nuestras esperanzas y nuestra con- porque no es conforme á las reglas de fianza, es menester que hagamos el mas la pru Jenc13 esperar tan próximo el mal oportuno uso de todas las prevenciones para precaverlo, pues de lo conlrario nos posibles que exige la experiencia de tan expoIJ 1JI'emos a la$ mismas consecuencias lOS desengañOS y de tantas adversiJades por donde España se ha\'a en el dia al para que no nos veamos ue pronto su- borde de su ~ uina: y lo otro," porque mergidos ('n los males de una orfandad la misma esperiencia DOS ha manifestado de ~obierno o de otra clase de compro­metimientos y apuros de igual grav'cdad. Estos riesgos y estos recelos entiende €l Síndico que son de tanto o mayor pe­so que los en que se halló Cadiz el día 26- de Enero ultimo, ,en que el Exmo. Sr. su Gobernador se presento a su ayun­tamiento exponiendo las dudas en que se ¡hallaba sobre la situacion del gouier- 110, y pidiendo a aquel ilustre cuerpo con -un justificado y generoso patriotls· mo, dispusiera lo que estimase conv-e­niente para el gobierno, seguridad ,y de­fensa de la plaza; porque Cadiz en me­dio de aquel funesto desamparo se h"lIo simultaneamente en las estrechas circuns­ta. das de tener que sacrificarlo todo a la ejecutiva atencion de resistir al enemi, go ambicioso ',é implacable que se acer­~ 8ba l sus puertas, lo que en tal cons .. , (?) lmpre,so en 'el número 134 ex· ,traordinario de los papeles públicos di ',esta plaza del ' presente año. (~) De 14 de ' Febrero del mismo año' i'mpreso' en el numero 133 -extI'3Qrdiojl­io ¡d. d:e id . ( 9) Esta l\eal órden se halla en el folio 34-, número .{ de la Gacela de Se­villa de dicho ~lio, en que se dispuso la supresio~ de todas las juntas que 00 fue sen superíores o de partido, y 'quedasen las fiic.uILades de los ayuntamientos espe. dilas y en su libre ejercicio de todos los ramos y atribuciones; deJandose por la misma Real orden subsiste.tes las juntas que los pueblos establecieron en las ca ­bezas de partido, sin embargo de que muchas fueron erigidas, si no tumultua­riamente, a 19 menos sin las formalidades y órden convenientes ~ de suerte que ja. mas podra ~o~cebirse en qué ha de con­sistir esta igualdad de derechos y ~oces de las potes iones americanas y europeas españolas, si a las primeras ni siquiera se les permite seguir el ejemplo de las segundas: diferencia cruel, incapaz de apoyarse en ninguri principio de sana po­Ihita, ni de conformarse con ninguno de '10s tres codigos con que gobiernan al mundo los derechos divino, natural y ci"iI, y otros actos ejemp1are.s l'espetilbles que 6QO fa c,g~ de adve~,ti,rse y rO<:,9,~ar~e., los males que hemos sufrido, yi pOI" t ta lentilud en los medios de asegural'" nuestra tranquilidad, felicidad y seguri­dad, de que 60b funestos ejemplos los sucesos de las provincias de Quito', l. CIudad ó provincia de la Paz, la de Ca~ racas, y las caovulsiones que se h n oi­do de otras parles, que cada vez puedell ser mas generales y terribles, si no se tratan de precaver inmediatamente, ha­ciendose que los pueblos gozeo y se sa­boreen de los bienes qlJe no se les pre­sentan mas que en ofrecimientos, dise­fios y esperanzas, sin ces~r eJe hacerlos gustar de la bota insondable de amargu­ras que les ha fabricado su cruel destino. (Contmuara.) " ADUANA ~ CARTAGENA. Yalor de los e/ectos importados y esporlados en " el'mes de iJ'Jayo de 1840. Il\1PORTACIO~ . De Inglaterra . De Francil. Ps. ESPORTACION. CaOlldau. 8.832 6 '/~ 84 p 'r"-- - ~ 8.9l6 6 'it. -----. Valores, 12.572 n. aceite de canime. 3.9 ~ 3 3 16 7(10 ll . algouon . 5.0 I O » ~ 200 rl\~. almidon .. 44- J) 2 but ques 32 » 482 JI. balsamo. .80 G' 1.240 cueros. _ 3.100' 1) 20 trolOS de cedro. 100 » 858 libras de cobre viejo 111 6 t!;.' II sacos CClrozos 22 » 16 caballos. 400 J) 5.596 fanegas dividivi. • 5 ';95 4- 18.4 ~5 ll. frijoL 368 4 51 trozos ga teado • 162 »' t 56 tooeladas mora. • 1.563 1) 1.033 fanegas de maiz 1.549 4 4 trozos de Nazareno. 20 ,. 86 11. platina ? ,108 D 3 I O petacas de cuero 96 7 t08 ll. sangra de dugo .' 27 1) Doblones - 87.646»} 89.144 n Fuertes 1.498 » ------~ ....n:- 114.118 2 'l' L PUERTO DE SABANILLA. Exporlacion en el mismo mes. Can\.idad. 19.403 lbs. ale-odon 51 ctrdos. 1 caballo. 13 yegas . t.587 cueros secos 153 id. salados. 72 tercios oorozos . 3.755 quiDllales dlvldivi 824 fanegas maiz • 1 J 9 '/2 fanegas millo • 12 qq. ñame • 5 JI,. toneladas bra,sil 2;6 3/4 toneladas mora. 34,873 11. tabaco Pesos . Valore&. • 1.552 24- 342 1' . 30 260 • 3.174 382 50 504- · 5 632 50 972 4J8 25 9 220 • 2,767 50 8,718 25 2,464- ---~ 27.446 24- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 09/07/1840

SEMANARIO DE Li PROVINCIA DE CAI{TAGENA. _ ::±:::x:C! JI SIMJ:STRK 3.· CARTAGENA, JUEVES ,9 DE JULIO DE 1840. NUr.1ERO ¡6. Klte periódico saldra todos los j.ueyes: la recel~cion de las $uscriciones y yeota de los números sueltos están á c:ugo del tcsorece d~ rentas proTinclales STo Fr:m­fisco deBo Rub. La suscrician per semestre ..ale CUJ.TlO PESOS, pagaderos adelant:ulosj y cada número suelto lIEAL r MF.O o.-El precio de la iusercion de los niso. , articulQs de ¡nteres prindo, será de un peso hasta doce renglones, y un rc:l1 mas por cada tres rco~lones Je 105 que cxcellan de aquel número, y la mitad por cada oyes que se repita, siempre que se a~j na ::I} tiempCi) de la entresa. J\JNTA SUPERIOR DE SANIDAD. Acllttrdos sob" la viruela. En ,la ciudad de Cartagena a los cuatro 'dias del mes de Julio de mil ochocientos cua­reo .. , reunidos en la sala del despacho de la Gobernacion los ,Sres. miembros de la jun- #' ti superior de sanidad, a saber: el Sr. AIJ­lonio Rodríguez Torices, Gobernador de la provincia y su presidente, el presbltero Sr. Dr • .losé A.ngel Giron, en reprcsentaciofl Jel lllmo. Sr. Obi~po do la diócesis, el ca pilan del puerto Sr . .Jaime Brun, el concejern muo nicipal Dr. José P. Rodríguez, el wédicó de nidad Dr. Di~nj5io Araújo, "! el iufrasct¡ o personero vocal secretario, se leyo y at)rooo el acta anterior. En seguida y entre otras resoluciones e acordó la siguiente : A consecuencia de saber la junta que la viruela se ha presentado y que t'n lo illte­rior de las ca~dS se encueutl'an algunos ala cldos de 611a, sin ninguna preea ciaD que tienda a preservar a los demas de .. u cmIta. gio, la junta con el objeto de cerciorar!lc de esta verdad y de adoptar en su caso las me didl8 conduceutes y eocace5 al etc to, aC(H-' dó:, que el domingo íHmediato el Sr. gefe político del cantan asociauo oel médico de ,'sanidad y del vacu(lador de la plaza, hicif\sCIl un prolijo ex -~ men y detcllido rcconocimicn to en lo interior de las habitaciones en don de los hubiere, informando en t)empo opor· tuno 'a la junt3 elel resultado de esta ind3ga­cion; y que para el mismo fió de precaver él contagio '1 COlDO un remedio pre\"eulivo, se recordase a los médicos por el órgano dd Sr. gefe político el deber en que los ha cons· tituido el artlculo 323 del código penal, para que inmediatamente adviertan ('n los enfer­mos que asistan que la enfermedad oe que padecen es contagiosa o de aquellas centra las ouales adoptan precauciones las leyes, dén aviso a las autoridades, como lo previe­ne el citado artículo, y que igual recomen­dacioD se haga a los párrocos, oficiando lo conveniente al lllmo. Sr. Ohi:l'po de la oio cesis, pal'a el caso de que llamados por sus ftligrescs para administrarles los auxilios es· pirituales, <> de algull otro modo, nolon en los pacientes síntorn. de algun mal epidé nlico, o qua realmente lo .sufrau; y por úl tilDO que no habién.dose hecho exequibles hasta ahora las medidas acordadas por la jun· ta en 5 ue Mayo pasado. y de las que se dió cuenta oportunawente al Sr. Gobernador lÍe la prov'incia, se le reiterasen para que hacién· dolas de nuevo, J con la mayor eficacia, es· tensivas a todos los cantones tic la provincia, ~Dgln ellas en todo 61 territorio de su man-do el mas exacto y fiel cumplimiento. Acuerdos de la misma junta en la sesion Je 7 del corríenl". Se leyeron en seguida do~ oficios del Sr. gefe polllico del ('atllotJ, fechas 6 y i at1'lUUCiOllt'S, y ~Ol'l--e~rollJie"do al oLjdo sa­grado Je su it»titu('iou, ui s{l n.,;o igUiI:OlCllt{· St) excitara el relo dl~ las jlllltas subé:l!tc¡'u. s de cantoo, haciélld .Ls p lpable la Ilcr..:t'sid,,! que hay hoy de que tengan rt'unínncs freo cucn te~, y que ('sludi"H en hs atibo ('¡ .. ces que Ja ley lt's confiere, los medios (l ue c:>ti­men mas C011gl'UClltÜ::' pal a precaver (·1 Cí)n tagio de aquella epidemia, instru y el.lov opor. ~UDamente de ellos al Sr. Gobernador Ot: la provincia para los efectos del articulo ¡U Út la ley de 11 J~ l\1arzo de 18~5 . Y no halnendo otro asunto de que tl' lta r ~c levauto la seS'Oll, firmullllo el act JCSpUI'S de a~robaua lus Sres. miembro,>, de <111C ca· tifico. Es copia. n. E. Vdcz. CIRCUITOS JUDICIALES DE BARRAN­QUlLI .. A. y SOLEDAO. , Dej amo§ pendiente en el número an o terior de este pcrit\dico I lll ,mifestlll' nuestro concepto acerca de la coudu<,ta qne Ja3 observado el tl'ihnnal de ~stc rtis 3 trilo judici~' sol)re la contiquocion de los dos Juec · S letrados que anterlormente ha­bían sido non orados para los ci.rcuitos judit,jales oe Barraoquilla y So edad. Di· jimos entonces que no apC2recí:l la razoo ('OA que se ase~uraba que el tribunal ha ­bia resuclto que continunsen aquellos jllrces en s lS .Jestioos; y eD efecto no se prC6eo la a Iguna en el n umero ~ i del Tiempo, por cuya causo 00S h"mos too 01:.<10 el trabajo de . hablar sobre esta matni3. Demostrarémos .. J .1) que el lri ~ h 1} na I no ha J e el n ra u () <] ti e e () n t i n u e n aqu('lIos juccelj: 2.° qlle !;rmejallte ue· c!HíltClria en el estado 3('ll111 Je las cosas no <,onrsp')ndc al lrihllnal: y 3.° que etlos Jeben conlinnar en l()s de' ..de ju rres letrauos, cualquiera que hava sido l~ vari :lI.:j" o intl'odulilJa por la re(orma de la distl'ibucíon lCl'l'itori.Jl ele los dos 'irruilos. J-b biHnos en 1l':ldo en m3 terill desue el númcrn \I nterior, mititndo, en ousequio l'e la brevedad, toda n.'ITarioD respecto dc las causéis que han ddJo rugar a la cuestiono PCl'O ilhora es indispeusable pon l.'!' id público al corriente de Jos he f dIOS, p3ra que imparcialmente juzbue so· bre lo, ptlntos que d:~fcnd('mos, svjet,w. Jo nlle tl'O jnOrio a razones conviou:o(rs. El Podel' Ejecutivo {'O ('jecucioR de Jos ::J1't'Il'ulos 13 Y t 4 de la ley oc 26 de JI). nio de 18:j9, t11>signó el ranlon de Bar­I'nnqníll~ de esla pl'ovinria para foroJ~r pOI' ~i sol .. un circuilO judicial: y a los c.:antc 'llt·S da h olcdaJ y SJbanalarga para fOI' IIJar otl'o.. Nombrados los jueces le,,: lrados a consecuencia de las ternas for"­ma ·los pur los respecti vos concejos m u­llicíp, dt:s, se promuvit, 1:.1 reforma de 1:\ d iSlri bu eion l:erri torial del circu i to .i ud i­l't al ,le Soled Id .v Saoau:.dal'bu: y con csle' lB llivo el Po¡!('r EjeelJtivo dele 'minó que el cuolun de J] .ll'l'dl)(lu¡lla cou el de So­le\ J~u . formasen un circuito, y otro e) de Sc,bJnala.rga por ~I solo. Con tal ocasioti se pretende que lo') concejos municipa. les vuelvan a bacer nuevos propuestas, v par~ ello se hahria deseado que el trib.u . nal d ~I distrito incollsnltatheute lo huhi'e­rrt roa hdado, del'l.tr:1o do Vé)r1l0 tes los des­tínns de los jurt'cs lerrado~ nombrados anterj<,rmcnte. Tal es en restímen leI hic¡~ tOl'ia de la cueslion, sol.)f'C 1..1 cUlfl cret:­fiJOS haher probado ya que la úhima re­forma hecha por el Ejecuti,,'o no se halla ft'rra. del cír(~ulo de Jas facultades coos (lucíolnles de este pouer: y sienf.1o ~'a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,~1 SEl\lANAIiIO DE LiA P}\ÓVINCIA: DE GARTAGEN.K~ • 'iempQ de ocuparnos de los t,.es }luntos ,roDuestos, entramos en su dem()'Slra~ion. 1: o El tnhunal del distnto no ha de­clarado qlle contlflllen los JUNCeS letrados de aquellos circuitos judú:lales en 61 eJer· cláo de sus funciones. Interpelado el lributlal del distrito ju­dicial por la Gobernacion de esta provin­ci~ para que el tribunal decladu'3 si debian hacerse nuevas propuestas para nuevos nombramientos, en virtud de rcclamadon d el concejo municipal de Soledad y con­~ ulta del de Sabanalarga; aeorcjó se con , testase a aquella autoridad l> que una vez hechos por el tribunal confol'me a la ley los nombramientos de juecf's letrad'os de 105 ci.'cuitos de S'oledad y B lrrauqui Ha, en virtud de las propue/stas que con arreglo a la misma ley le (ueron presen ­tadas por los concejos municipales que hasta a-hora los bao formado; el 1'1'lbunal ~~~~~~!1!'"1t1l~ml':ttd' 'Ara hacer la dcc(ara/.{)ria 'que el Sr. G(Jbcrn,~a~L-J"""""""" provincia soltclta: fundando St.i c'óncepto en que la ley solo autoriza al tribunal "para nombrar júece's letrados de circuito en .. 90 de falta absolul3 que hoy no vé el tribunal, porque el nu \10 anegl'o que el supremo goLíe rno ha dado a di-ellOS ~jrcu¡tos no (.'s bastante, en la opin lOn del trIbunal, a <.!ausar va cante, como lo persuade y convence el sil e-ncio qué el mismo decreto ha guardado sobre el par­ticular. j) Hágase un anatisis jurldico de ésta re­- solncion; y ella hí)l'a ver que lo que re ' sulta es que el tnbunal ,se c{JIlsldeJ a SlJt alllorldad para hace,. Ú1 declara 101 úf que 'el Sr. Cobe'ruado,. sobclla. El I' ¡¡zona­tniento anteriol' a ef;ta clausula abl'll1.a los ecedeut becho, y el que le igne las razones de derecho en quc se fuuda la resolucion. Ninguna autoridad que se declara in , (ompeten'.e para una detel'lnioacion, re ­' Suelve la cueslíon que se le some le por ­que las cosas conlinúen de h c'Cho rn el mismo Estado; pues pOl' un pri nc ipio semejante, no haLi euuo re.suclto la Gn. hernacion de la proviocis h JuJa (,'onsul­tada, diriamos tambien que su auwrid:HJ babia de-lel'olioado la cooli n uacion de a­quellos jueces lelrados. Olro ('jclúplo hara ID /nlo ,al'a los dos cir cullos judu:wles que !tJ1'mavan el canton de Bal'nwquztfa pOl' si sol(" !I Juntos los de So/edad l¡.5abflnalar)..!a, deben coltlinuar en sus dcsltnos no obstante la vunaClOn adoptada por la 1 ' (" forma de aquella dlS­tl'lblJClOn tCl'l'llvnaL. H.e cooo<'eo I.IS leyes el principio de que no sc eslinguen los derechos de los pro­pi larios por las ahcI'3ciones que sob.re' vengan en las cosas en que se ba~' an ad­qtJir H.lo los derechos. Mil ejemplos se t'oruentl'un eu apoyo de esta veruad, que vernos observada respecto de las hipote ­ca s, de los censús, del derecho de pa, trooato, y en lo's b~me{icios. Pero ade, mas podemos 3poyarla en dos aconteci­mientos tomados el uno de la obra oe la natut'aleí}:\ material, 'Y el otro de la COll­du ' la polltica de los podel'GS ~egislalivo y (>j ccu livo de i'á republics. Cu~ndo los ríos mudan de álveo ó de madre, como se llice cvmunmenle, el nuevo se hace una propiedad pública de q uc á todos es permitido hacer uso; y el viojo abandonado le adquieren los doe­ÍlOS de los campos vecinos. Dos efectos civil es diamelralmente opuestos resultan de es\e acontecimiinto de la naturaleza. Se perjudi.ca el propietario de las here ­dades ocupadas nuevamente por el rio, y se b~neficia el de las inmediatas a las ebandooada$." e~tendjendo á ell~s su 40- J. minio. El terri torio de la republica se diSlti.: huy-ó en 1832 entre cuatro tribunalea de distritos judiciales. Posteriormente se crearon los de Antioquia. Istmo, , Gua­nenla. Jamas ocurrio la idéa de que los ministros de Jos tribunales primitivos de Condinamarca, de donde se desmembr6 el de Antioquia; los del Magdalena, de donde se separo el del Istmo; ni los de Boyacá, de donde se segregaren las pro-o viocias de VeJez, Socorr0 y Pamplona; hubieran de nombrarse nuevameota eQ virtud de tales ac=ontecimientos-j sin em~ bargo de que pudiera haber sucecJido.~ por ejemplo, que algunos o todos los mi. nl8tros del tribunal primiti'Vo del Mag­dalena é Istmo hubieran sldo elegidos '1, nOIll brados de elltre los letrados propue ~ tos por la5 camaras de provincia d Pa..: namá y Veragua. No le ocurriD i la su­prema corte de justicia el declarar ac.an­tes lfiJS destinos de los ministros primiti,:­vos, ni al Poder Ejecutivo, ni tampoco el LegislatiV'6 dijo palabra sobre este par. .. ticular en la creacion de aquellos tre$ n ue" os el is tri tos j ud ¡cistes Esta condócta ebservada de una mlloe­ra uniforme por los tres poderes censti­tuciouales en materia del mismo 6rdeD que el de la variaeion de los ircuilQS ju .. - diciales de Soledad y Barraoquill , pe:-o de rango superior y por lo m :SffiO de roa­,~ res tras-cendencias en la administraci.oD Judiciál, coílveoce que no debe proce· derse a nuevos nombl'amientos de jueces para aquellos circuitos. f.o resumen: vemos· que esta prartica esta fundada en aquel principio luminoso del juriscoD!;ul­lo Pa'ulo: • flon es! nO'Jlllm, ut fJuce sel1lel utdlter constlluta 3unt, darent, IICet Ii/# casas exlllerzt a que z'nillUm capert~ non polae'l'unt. ¡) Esta maxima reconocida en todos los der.echos pasitivüs- y traducida y conlraida al 0,3S0' que nos ocupa, no quiere decir olfa COia sino que, habien­do sido ulil en sus principios y confor­me a la ley el nombra'mieoto de aquellos jueces letradOs, debe subsistir sin em­bal'go de que eu el estado en que hoy hao venida á ponerse las cosas, pudiera suceder que ellos no volvieran a ser pro­puest06 por los mismos concejos muoioi­pales de los caoton~5 que hoy {arman aquellos dos cireuitos. Si defendemos y admit.imos el principio de alllldad en le· gislacion y en politica, aquí le tenemos en los ilustrad'os labios de un j.urisconsul­to romano, ¿ le 5Osteudrémos? ti Reco­nocerémos su efi~acia y su virtud? ¿ Por qué no? Creemos h;t ber demos,lrado: t . o que la ref'Orma que adopto el Ejecutivo en eL.. decreto, de 8 de Ma~o es constilucional, que fué la materia que trat~mos eD el número anterior: 'Y 2 _ o que el tribunal del.,. distrito del Mcl gdalena nn ha declara­do que contiouen aquellos juaces let:ra­dos: que ¡emejaote declaratoria no cor­respoude al tribunal; y qye de los juel!es norr,braJos anteriormente, el de ~arran. quilla debe estenden su ju!'isdi 'cion al cdnton de Soledad; y el que babia sido nombrado para el cir( uito que llevaba el nombre del ultimo~ debe limitar la su,a al canten de Sabanalarga. VACUNA.-VIRUELAS. Despues de la publicacion del o6mero anterior de es~e periodi'1Q, 00,5 persua~- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PR.OVINCIA DE CARTA&ENA~ IDOS de que no la1amente se estaba pro-- .. pagando Ja 'IIQ€llna, sino que tambien se ballia empezado a propag.ar la viruela por medio de la inoculacion. Creemos que este mal y todas sus desastrosas conse c:uencias s~ habrian evitado si una nécia confianza 6 infaustos calculos de una eco­Domia mal entendida, no se hubieran opuesto lA la realizacioo de las medidas necesarias para hacer traer de Jamaica la :vacuna en seres humanos etc., segun in dicamos claramente en los números 66 y 69 de este periódico. Nos sera sumamente satisfactorio que los magistrados y damas individuos que puedan influir en contener los progreses ~e la mencionada epidemia, tengan pron­to la honra de hacerlo para bien del país .. , consuelo de la humanidad. .•.. , VACUNA. Cumpliendo con la oferta que hicimos en el numero anterior insertamos la si­guiente instru~ioD relativa a tan bené­fico é inestimable preservativo de una de las enfermedades mas horribles y de­toladoras que han afligido a la especie humana en todas las regiones conocidas de la tierra. Al cumplir con el grato deber que nos' impuso el citado ofrecimiento, creemos conveniente advertir lA nuestros lelores, que hemos sabido, por divel'Sos conduc­tos fidedigoos, que en casi todas las (11'0 ~incias del Estado del Ecuador, así co­mo en la de Pasto y tambien en la de Paoama ha eausado ultimamente la Vl1 'U~ la estragos de gran consideracion y que, ~egun aseguran muchos, en esta 'Cllltlacl S8 han p,'csenlado ya algullOs casos. 1.NSTRUCCION CONCISA SOBRE LA VACUNA l" J. Slgnos que mamfiestan la c.Xl~I'IlCla de las viruelas en las vtlcas. Esta enfermedad, srgun la opio ion mas general, fué observada pOI' la pl'i mera "ez en el condado tle Gl(}(:esler; ella es mas bien constitucional (1), que endé mica (2); se manififlSta pUl' unas pÚSI n las o granos irregurarcs l1ue desde que aparecen son de (.'0101' azul paliuo, el mas bien algo cardeno (3), se Lallan roJea -: dos de una iuflamaciún 6.riscipelatosa, que sUf'le degeneral' en 119gas de mala espe­cie, si no se ,aplican opol'tunamen te Jos remedios convenienleS (1), l'urándese con lentitud y dificultad. Esta afecci(i)n no es tan ligera como pretende el D.'. Coladon, pues se observa que el animal enferma gtavemen~e algunas veces, qu" la lec.he se le disminuye, y que son bas­tante graves los sintomas de las virue­las de la, vacas. Durante todo esle tiem- (",,) Esta imtrucc1on, en mucha parte, es copi. de la que se propagó por esta ini," Frenta el año de 1824_ (1) Se da especialmente este epiteto a ciertas eJlfermedades que, despues de haber atacado algunos ofganos, afectan to.do la constitucion, (2) Lhmlse enfermedad eniémica la que es propia de un pais. (3) Se presentan solo en las tetas de las Vlcas. (4) E6tOS remedios son UDa disolucion de -vitriol0 bll'Dco o de alcaparrosa en IgUI natura+. po se contaliao las personas que mane ~ jan las vacas si ti~ne() en sus manos al gun3s cortaduras, grietas o l1aguitas, por donde pueda ser absorvido el humor de los granos del animal. Epoca y medios de trasmlllr las vt'rur.las tle las vacas a los se'J'es faClImales. Desde que Jos granos o pústlllas que aparecen en las tetas de las vacas ,empie-zan a madurar, se puede cooJenzar a lo­mar o hacer uso del humor que ellos producen, aplicaodolo por medio de una lanceta o una aguja en dos ó tres p~ra­ges de los bruos o piernas de la pel'so­na a quien se va a V3(·uuar. La aguja <> lanceta de que se haga USQ ha de es­tar bien cortante, y se tendra especiil cuidado de que la herida que hagan pa­ra insercionar el virus ~a lo ma~ leve posible, a fin de que la sangre que en caso contrario se derramaría, no arr'oje fuera el pus que se aspira a introducir. E lcccion del jlaido 1,acuno de los raClOna les y modo de propagado. El fluido vacuno que se elegir:} para semiUa será de un grano que no ha,'a si , _ do rebentado hasta el momento de ir a inocular. Ele grano vaWUllO se ha de haber de­sarrollado del tercerlJ al qumto dla en el miSmo lugar de la picadura. Ha de a parecer el gl'ano vacuno de fi­gura o\Tal b redonda, <[He en su prinl'¡ pío se equivoque con la picadul'a eJe un mosquito. No ba de haLe.' sido bataad3, ni lavada la parle despues de h 'cita la picadura de la inoculacion. El esteriol' del grano vacuno ha de ser (le un colol' blanco perlado, liso y sin lilaS postilla que la de la booo de la picadura. Oe los ocho a los nueve d ¡as de la opel'3ci (lo ~' a esta el gl'aoo va,'Ut:lo COl) todas las propiedades necesarias pa fa propagarse. La aguja o lanceta que ~ i n'e para la vacunaeion ha de estar bic9 punzante y cortante. Ella picará el grano <:l~ , la semilla con t~nla l€veuad y dulzora que no despieHe en caso de estal' dormido al niüo de quien se top¡a aunque sean miles las picaduras que se le hagan riJ1'a estrael' d pus, y las mismas circunstancias se obse"\'adm con el que se vacuna._ El virus 'o'acuoo ha de salir en gotitas claras ~ cri.stalinas. Antés de los siete días dan los gl':1tlOS poco humor vacunal, despues de los nue ve suele ser dificil su estr'accion pOI' la orasitucl que toma. Despues que el grano vacuno ha cor rido sus periodos de principio, aumento, estad9 y declinacion, se convierte en una postilla de un pardo obscuro, que se des prende esponlaueamen te en ll'e los <.ticz y siete a los treinta diil~ de ingerido el pus. En el instante de desprenderse la pos , tilla se observa un poco de humedad lin., falica y algo lechosa, en el hoyo que o­cupaba su base. Inoculada eSla humedad linfutica lecho~ sa produce legitima vacuna, si el grano no fué anteriormente rebentado. La postilla cuyo grano no na sido rehen tado, tambien produce legitima yacuna. El pus vacllnq conservado en tUQos J capilares, en vidrios planos y cuadrados,' y empapados en él hilos de seda floja', tambieo produce verdadera vacuoa. JJ eltJdos de conservar la vocuna y de trasmzz"l'la ti parages áulantel. VACUNA EN TUBOS CAPILARES. La conservaciolJ de la vacuna eo tuí hos ca pilares es uno de Jos grandes be'­neOrios que,;e pueden hacer a la huma­manidad: en ellos se conserva liquida años eol(,I'os. Estos tubos son de vi ­drio; tienen de dos ñ tres pulgadas de \ongitud, y su cabid-ad es ~OfllO la de u­na pluma de gallina. Péra llenarlos de pus vacuno se pica el grano, se aplica uno adverliruos que 'en un aviso, que circula en unu <.le los numeros del Amlg'o del Ól den oe l)~f>a~an, se ha flnunc¡ad() que se Iba, ti 1Jraellcal' la vacun(Jci'tm con pus ob te1llda de Viruelas de una vaca. - MElODO CURA'flV'G DE LA vACUNA. No exige, por lo regnbll', ningun rc­gio¡ en particular, ni método cUI'alivo. So­Jo cuando es acompaiiad:. de fde l'l e ca­leotura O de una areola ir íl q na toc ia muy i ntensa, es menester redu ' ir a 1(15 enfl-I'­mos a un alío¡cnto bien li:;eJ'o, dando les a'd emas bebidas refl'('Sc.anles , como naranjadas ó limona<].,.s, t;hidH Ú orcha · U de ~rr () s; agua de roco tieroo elc. y puditnuo tarpLien b ,fi orles bs PUC¡lll­las despues del scsto día con un coci ln ienlo de sEmi!la de linaza ó de ma!va, ligerarncAte tibiO, varias vece" al dia. "on POC()S los vncuoauos en q u ¡enes se resenten cHJmplicacioncs que hagan De­t,; e~arios otros remed ios. NOTICIAS INTERl\ AS .. Sometémos a la consideracion de llue~tl'OS lectores las siguientes noticias que al efe to copiamo:s de la Gacela de la ~ u cva Granada 'numero 418. En lo relativo a Pasto vedm con plOlcer los verllader~s patriotas y :Huigoi dd órdenlegal oesrnentJ(las las malas nueva., recipitacion, l)icieron circular los editol es «el Tiempo en au uúmero 25. PASTO. . Por noticias recibiuas hasta el dia 3 del corriente del general Herun, cOJl)andan te en gefe de la div.i:)ion de operaciones, se sabe: que el gellcrc\l Mosquera con parte de 5U columna se le habia incorporado el 23 del pasado l\1ayo sin haber tenido embará'zo alguno en el lnnsito : que 'Noguera se en­contraba en la Laguna haciendo esfuerzos para reullÍr gente, pero que muchos de la pasl4a fevolucion 5e hahían dene~8do ato-mar parte en esta. El general emprendia inmedi.tamente operaci~!les &o~re ~oguera, y dictll ba me 1 a,s para l'?1pedlr que los de .. m18 pueblos se msurreCClOnlS80, pues 'Va ríos de )08 antiguos conventuales 8n Pasto y el Dr. Villota trabajaban activameDte ~n unir aquella provincia al Ee~ador. Se remite una lista nGmioal ' de los mller­to~ en la division desde que se abrió la campaña ha5ta el mes pasado, ' la, que se publicarl en la siguiente gaceta. VELEZ. Re/Jl'thllca de la Nueva Granada._ Go6ernacz'on de la p""oVlncta.- Puente nacional ti t 7 de JunIO de I 8 t O - A 1 S~, Secretario de Esta· do en d Despacho de Guerra. St·ñor.,:..... El órden público ha vuelto a ser tu 1 bado eu e ~ ta provincia por los miS'­mos eonspíradores que en Febrero último levantarou el e taudarte do l. rebelioo. Cincuenta. hombres se apoderaron anoche de esta parroquia, y cUlodo regresaban a ~tla los artilleros, que a ordenes del alferez Calderon andaban en su persecucion, fue · roo recí bidos en la boca del puente con Ull vivo fuego de fu "ileria, cmpeñandos~ por consiguiente un combate en que perecIeron por parle de I~ facciosos cinco individuos, entre ellos los cabecillas Juara Andrés A riza y Gregorio Castro. José Azuero fué herido segun se dice, y se ignora si ha ha­biJo otros muertos, po.rque Los cadilVfres los arrojaroo a~ ,'io, del cual se sacó el de Gre· gorio Ca.,lro. Hoy a las cua tro he tomado posesion de esta parroquia con Ul\a .C()l.um!la de cincuenta hr mbns de la guardia nACIO­nal, y aun no he podido adquirir ninguUil noticia c;Jel punto a donde !:te hayan refugia­do Joo¡ compirad urcj plf3 continuar su per secucion. Por nue
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 16/07/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CARTAGENA. SEMESTRE 3.° CARTAGEltA, JUEVES 16 DE JULIO DE 1840. NmlERO ii .. E.le periódico saldra todos 105 j.ueTes: la recepcion de bs snscriciones y .,enta de los números sueltos están á cargo del te$orero ae rentas proTinclales Sr. Fr:m­cisco de B. Ruíz. La suscricion por scmestre .,ale C'UÁTRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto AHL T IIEDIO.-El precio de la iusercion ele los aTise. Ó articulos de interes prindo, será de un peso hasta doce renglones, y un rC31 mas por cada tres rco¡lones de los 'lile excedan de aquel número, y lf' mitad pO!' cada TeZ que se repita, siempre que se adTierta al tiemp~ de la entrega. , A D M 1 N 1 S T R A C ION DE J U S TIC lA . ESTADO de las causas pendientes y despachadas por el Tribunal de juslioia del dlstrito del Magdalena en todo el mes de la {echa. SR. l\hRO. MENDEZ. \\ SR. MTRO. BAL060. que ha reemplazado al 'ISR. i\1RO. ESQUIAQUI 11 ' sr. ministro Bcnedcti, =c::====-==;:==== =====-==='=== ===-=== ==== Determins. Pemlicnlos. Detcrmios. Pendiente. Dctcrmins. Pcndient.es. --- ---- Criminales en definitiva 7 1 3 5 6 3 Id~ de autos interlocutorios 4 1 4 1) 3 » De responsabilidad . .2 12 » B 1 (; Id. en sl"gunda instancia • » 1 » 1 » » Id. de pronta providencia. » » )) 3 J) 2 Civiles de hacienda. 1 l) » 1 » » Id. de autos interloculorios » )1 )) • )1 Civiles entre partes. J) 1 1) -1 1 6 .Id. de autos interlocutorios 2 1 » 6 2 1 ----- ___ o . ...,-_. -- ... -- ~ ---- 16 20 7 28 13 18 = RESUMEN. Causas determinadas Causas pendientes 36. 66. NOTA. De las caUias que apareceD pendientes solo hay cinco en estado de verse por los SS. Baloco y Esquiaqui. Cartagena Junio 30 de 1840. Francisco de la Espriella, sec.O .JcaerdtJs que entre otros tuvo la Junta Superior de Samdad en la sese"o'/J del dia 11 del corrllJnte. La Junta, que en lis actuales circunstan­cias se ha apresurado a poner en accion to­dos les resortes imagín bles, y tomar todas las medidaa conducelltes a poner coto al con­tagio de la viruela procurando evitar la in­feccion del aire que produciá.a sin duda la estada por algnn tiempo de los cldaveres. y so conducciúD .. cementerio en ataudes que no obstruyesen en 10 posible 1. entrada de él, 1 aunque basta ahora la epide,mia DO ha hecho estragos, la Junta quiere estar preve· nida 1 proveer de remedio oportunamente a los males en el deegraciado caso dt que pro .. crese la epidemia, eu vista pues de estas re­flexiones, y animada del deseo de conservar la salud pública que es uno de sus mas sagra­dos objetos, acordó: que el encargado por la Junta de erQgar 105 gastos que fuesen ne cesarios para el arreglo del loc~l destinado • los viruelientos~ se ea~arga5e tambion de l. construccion d" un féretro bien ta pado y a propósito para el efecto, donde pu~d3n CI­ber seis cadaveres, y de la construccion de liS tenazas con que ellos deben ser arroja dos a la huesa; y que con el mismo objeto de precaver el contagi9 s-e previniesfI que ésta debe tener seis pies de profundidad: que se oficie al Sr. gefe político del canton pa I'a que tan luego muera alguno de J. viruela dis­ponga inmediatamente se queme la ropa, es­tera 1 cuanto haya sido destinado al seTvicio inmediato del virueliento, haciéndolo con las debidas precauciones: que habiéndo.se red bido de Jamaica el pus vacu.o, se recomen­dase encarecid.mente al Sr. gcfe pohtica su c:ollservacioD y propagacion, haciendo ¡gua' provencion al vacunador de la ciuuad: que para efectos que pu~dan imp01'tar, se C1JCU gase al 1lI1ll0. Sr. Obispo de la tliJcl'sis pl'lit· ceptuase a los parrocos dirigiesen scnuflal y directamente a la Gobernacion una lista HO' minal de los que mueran de viruela , recomen' dando lo mismo por el 6.rgaoo del gefe po­lítico a lQs a catdes ele disLlÍlo parli c~ larmt'n • ;: te resp*,cto de los párbu los cuvo fall(>'cimien­te no llega algunas veces a noticia de la au· toridad 'eclesiastica ; y por último qoe adem"l'> de e:-tas y de tod3S las medidas acordadas en la~ sesIOnes de los días 5 de .Ma yo, 1.", ,(­y 7 de Julio se excitase a la Facultad de Me­dicina oe este di~trito a la ft>rmacjon de una i.nstruccion, en que 8e designen los caraclc'­res ó signos de Ja virue ja propia'tnenú tflclúl y df' la varicela () viruelas de agua, y en que ~e estampe -el método curativo de la t'intelrz en seu diversos periodos, del modo mas claro y seul:dlo qu(' se pueJlJ, con el fin de cirenlar­la por medio de la prensa. Como la .Junta al dellignar al hospital de San Juan de Dios para cnlocar en él los vi· rueliclltos DO tuvo otra mira que procurar el ai31amient() lo mae; pronto posible, , l'doptar provisionalmente una medida que se hacía y ac urr:cnte, 51n que por es o dcsconociesf') las d ificultades y embarazgs que vero ímil­mente . e presfnlariao, nombro una comlc;\on d ~ " .. ~f>n" para qt1e e~aminando detc!ljd~ mente la .. hospederías de la PI' pa, informase CI!' . u·,st¡nciadarncl1te a la Junta sobre la PQ ' .,ibillClad y cnnvf'nicncia de que se traslada­Sf~ tI a Ili los vil'uelientos, a fi Q Je adoptar con mejores <.!lltos el tcmper3rnento mas conve· ni (: nle a la s.alud pública. E., cupia. D. E. Veler.. . .. N 'mero (i6.-República de la Nuen Gra·­n: l ti;t ... -Gefe tu 1'a poiílica.- Cartagena, .r u I jO' I/i de t 8 íO .-A! Sr. preltidente de la Junta. Superior de Sanidad. El v aCll aaour de la ciudad me comunica con e'ta fecha lo que sigue. n Quedo impuesta de la comunrca~ion de la .Junta Superior de Sanidad, que V. se ha. servicio trllnscrlhirme con fecha de ayer; r COllSf'Cnente a los deseos que manififlsta p-sh. corporacion, tengo el gusto de participar a v. 4ue la vacuna líltimamente usada otrece h"lI la a hora un éxito feliz. No perderé pUC3 ticOlpt> eu propagarla, pues así 10 demauda. el bien d e la humanidaq" a cuyos gritos IJO pUf 00 hacerme sordo. 1) .y lo traslado a V. S. para su inteligencia y la del cuerpo rr le preside. Dios guarde a V. S. Ffartr:isco de Z abl·ria. SOCIEDAD Por m l1 y poco que se contemple la siwacion en que hoy se em,uent·ra la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA Pll0vlN'CIA DE CAR.TAGENa. J'epublica, el ojo menos perspicaz no de .. jará de convenir en que un estado se ruejante de cosas I 'jos de ser favorable a los verdaderos intereses de los grana dioos) 1 s hostiliza en alto grado, y al fin no poora menos que ser dílfloso a la existencia social y 3 la dicha de los aso ciados. Es una desgracia, que por to· dos motivos debe lllme~tarse, la Jivi­sion del país en p nidos que alejando­nos del objeto primario de las SOt ieda ­oes políticas, nos haga con ti n lJa r en unas mismas iJéas, que no seran fdices rn sus resultados siendo éstos contrarios a la prosperidad comuo é individual. La sociedad ha sido creada pura la dicha del género humano. Sus delicias son un bálsamo precioso que cura los males de la vida, sostituyendo al fasLidlo penoso de nuestras miserias los placert's de la amistad, de la union y de la paz. ¿ Por qué, pues, nos hemos colocado en la molesta posiei6n que nos priva de bienes tan inestimables, por s,eguir un fun€sto espírilu de partido perjudicial a nosotros mismos y ruinoso para nutlstl'a cara pa tria? ¿ Por qué hemos relt'oce.­dido de la senda luminosa que uebicJ'a con ucirnos a la consolidacion del po ­der que necesit-mos para ser respetados de las naciones estraogeras, y hacer valer nuestr~s glori~s y todos nuestros elemen· tos de grandeza y prosperidad? La naturaleza de los acontecimientos qne se han visto en la república en ('s tos ultimos cuatro años por ~í sola eS suficientc para hacer advcrtil', que de~ sarrollandose todavía su gérmen coo mas furor. produciria la ruina del Estad,) y Ja péroid:l de nuesfras li bel'tades. La J10loriedad de lo~ hechos escusa la pe­na de recordarlos; cuando querriamos qne nunca hubiesen tenido lugar en la historia de la Nueva Granada. Pera ellos han sido de tal carácter que awn hacen sentir hov mas que nunca las fat :lc's consccuencias que inevitabletnenle de hieron pf<'ducir. ~xist¡endo, pues, los efectos, ellos demandan un remedio eG céÍz que los estinga para siempre; de­biendo sel'vi rnos su memoria para ti tacar su causa cuando uesgraciadamente vol v Íera á reprodUCirse despues de estre­chados los vlnculos de la un ion y de la paz entre los granadinos, CQIDO que stn estas virtudes Jamas scrémo~ digoos de lo-s abundantes uones con que ellas nus convidan. Ci .rto es, aunque haya que decirlo con la espresion del sentimiento, que eXiste una lucha de opiniones que dis paran sus crueles tiros con lra el cotazoo de Ja palr'ia. Pero si (os partidos que las sostienen quedasen todavia ejercien. 00 su arcion en el vasto, campo de la sociedad; si ellos mismos no se penetra' sen de la iml,ortante verdad de que la republica jamás hara verdaderos progre­, sos en la tempestuosa noche de sus di ,~ae nsiones; si no se convencen de que debe ser la hora de hacer ' en obse· q uio de la patria el gen ,roso sacrificio de las pasiones, de los rencores y odio· sitlades, que son las pomas fatales que se han rebuscado en el fonJo del cofre de Pandol'a, para hacer sufrir su amar gol' a pueblos destinados a otra suertc; doloroso es decjrlo, pero debemos satis­t'accr a la obligacion que la patria nos impone, maoiJestuuoo el convencimien­to que ya nos hao inspirado la naturalc za de los a,!on ('cimientos, su caracter J sus coo"ccuellcias: si, cn tal estad8 de cosas, los pllc bius fastidiados de n les­tras COl ¡nU3 é inlermir ables disensio­nes; y conducid.s al eslremo d€ la pri­vacioncs, de la dC'scsperacioo y dci abu rlmicnlo; se laozarán lH.' e~al ¡aUJente eo los hrazos del p1'imel> ambicioso que les ofl elca la tr anquilidad, la abundancia y la ami"lad q le hl0 d(saparecido de nues­tros hogares: ellos deteslaran y aborre­('(' 1'30 con 011 io y aversion las formas re­puulicanas a que atribuirá todos los de 5()rden('s qoe hoy alejan el bienestar oe este p ;li~: v esa clas~ de gobierno, la m,lS an310ga al carácter del hombre ci vi !ilddo, huira de cutre nosotros, dejan· donos los duros remordimientos de- ha , ber poscido el bien, y no haber sido c"pac€s dc conservarlo. Esta es la tris­te Icedon que nos suministran los in­('. Onlestables monumentos de la historia de aquellas naciones antiguas y moder­nas en donde el espiritu de partido lle­go a prevaIetcr sobre las sagradas obli gaciones que ligan al hombre con su patria: cuando borrando de su corazon las dulces sensaciones de fraternidad y henevolencill: cuando despedazando los suaves vinculos de la union y de h paz; y cuando rompiendo sus íntimas y necesarias relaciones de órden V amistad, dieron I'ienda suelta a la voz de sus pasiones, de sus intereses y animosidades personales. Deteoeos alglln tanto, oompatl'iotas, en meditar soure la situacion actual de la I'cpublica: estcnded vuestra vista sobre su horizonte politico: r<:>fil'Jxionad con prudencia, y decidid vosotrcs mismos so· bl'e la suerte ql\e debemos correr; tenieo- 00 rese~e que del go-bierno popular a la anarquía no hay mas que un solo ' pa­so; que despues de este el de8potismo es inevitable, y que nuestl'3S circllnslao. cías ya lus tienen preparados. Un COffi-:­bustible mas que pongamos sobre )a ho­guera de nuestras discorJi as arrojara €l inc endio que coovicl'ta cn pavezas el edi­ficio constitucional. Aun hay mas~ otros acontecimientos de diverso pero no me­nos f.atal aspecto pueden eovolvernos en otl () desdrd.en secundados de la difícil po­sicjon '0 que oos han colocado nuestras disensiones. Tal vez ya se vislumbran. Preparémonos a impedir que se nos sor­prenua. ¿ Serémos pues todavia tenaces, porfia­óos, rebeldes hasta sepultarnos con la re· pública en sus ruinas? ¿No pondrémos tél'mino a nuestras peligrosas disputas? ¿No comeozarémosa reconstituir para siem­pre una sola ~milia, a sostener tqla sola Cl3usa, y a formar un solo eorazoo? ¿Re· nuociarémos a la gloria de presentarnos ante el mundo civilizado triunfando por la PI tl'ia sobre nuestrns errores, y triuo­( ando la patria con nosotros sobre nues tras pasiolles? Ya es el momento del triun­fo, comp<1ll'iotas; no le dilatémos. Uo solo instanle que perdamos hara dificil la consecucion de los grandes bienes que \odavia nos debemos prometer, si noso­tros mismos nos apresuramos a poner el remedio a males lan inminentes. Detes~ tfiffiOS desde hoy de tantas divisiones: y no se t'>igan en nuestros corazones otras voces, ni otros sentimlentos que los de 1) union, patria y liber ad.» ¡Uoamonos, unnmonos! ¿ Haura quien dig-a tlue esto es dificil? ¿ que es im posible P ¿ q uc es imprac ti€a­ble? No lo es. El fondo inagotable de las virtudes pat.riÜtlcas de los hijos de Ca·r- . . - lagena no necesita sino del impulso de ellos mismos para desenvolver su bené· fica ioflu ncia. Léjos pues, de nosotros una idea tan funesta que equivale 3 pro­nunciar, que es fOrlOSO romper el codi" gt dQ nuestras libertades: porque á la verdad, sin union él no puede subsistir; pero con union sera el Hércules en ql1.e se apoye nuestra comun existencia. Por tanto, convencidos de la urgente necesi­dad óe aplicar ese ant'idoto saludable a nu slros gravi~imos males co la celeri# dad que exige la situacion tl'iste en que nos encontramos, hemos meditado un me· dio que parece mu#_ propio para dar prín~ cipio a la grande obl'a que debemos em.,.> prender; y es el establecimicnt de una » Socledad de Amigos nacionales, n CU ~ O objeto se espresa de una manera general en las reglas siguientes. 1. C'II Puede formarse una reuoion pre­paratoria compuesta de seis á ocho pe.r­sonas escogidas por mitad y en igual nu.° mero de aquellas que hasta hoy hct an prelenecido a cada uno de los dos parti .. dos que se trata de estinguir: enten­diéndose que estas personas puedan atraer a ulra~ para adeJanlar el objeto que se propone la sociedad. 2. es Formada esta reunion elemental, haCIéndose cargo del aspecto político de la República, y de los males que hahre­mos de continuar esperimentando sin la estincion completa de los dos partidos: y conviniéBdose, como debe convenirse, en la necesidad de esta medida; los so­cios aumenlatan ~lltonces el número de los individuos que hayan de componel' la SOCiedad de amigos nacIOnales: el cual podra ser eo esta CIudad de doce a vein­te y cuatro; y solicitará permiso de la Gobernacioo de la provincia para congrt­garse, particlpalldole el objeto que se propone. 3. co Instalada la Sociedad de amigos nacionales el día que determine, forrua., rá un reglamento provisional lo mas con .. ciso que pueda ser, para que la sociedad sin pérdida de mucho tiempo, se ocupe de su objeto principal. 4 ~ Se consagrara inmediatamente a procurar estinguir de un modo eficaz la fatal divisiQn en que estamos envueltos; tratando de uOlfgrmar la opin·on nacio­nal por el soslenimient de una sola cau· sa general; hacien o revivir el esplri tu público; idtwt,fic n o el Carflc.ler repu­blicano; alimentando y difuntlirndo el noble ol'gullo nacional, que es el baluar­te lI'resisliole de la índeper!denCt3 de las naciones; pr(IOlOviendo la p I f ecion de la mllral publica; é lGspír o o a los pue. bias UD f'nt\lsia~ruo general por el orden legal, y por el respeto y obe .Jico ia a la constituci(,)n y a tos magistrados, y ocupan. close tam bien de la censura de los escri­tos que produz~a' la pren&3 en conlradic­cii> n a los principios anteriOl'es, y á las sanas inteocioue de que deLcn eslar a. nimados l()s anagos naClona(cs para con. solidar la importante obra de nuestra unien social. 5. co El primero de los cuidados de I~ sociedad sera preparar a los, pueblos a re­cibir el Presidente de J 341 con todo el respeto debido a la mayoria uaci' nal, cal. quiera que 5ea el cjudddano en quie recaiga la eleccioo ya sea po~n~ar (, per­feccionada: y rodearle de respeto en el curso de su administracion; y difundien .. do las rnlismas consideraciooe5 que se d.­ben tener a todos los magistrados y. fan-s Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEt ANARIO 'E LA' PIt INC ¡\ DE CARTAGENA. 3 ciaD rios p' blicos de los tr § 5upr mos podel es de ntJcstrJ admini t "ion, d( e los que ocupan lús mas elevad~\s puestos hasta los que sirven a la nacion - en los distritos parroquiale~. . 6. ~ ~a ~o?ied:¡d procurara generali u; e.l pflOClplO de que los funcionarios publicos sufran solamente la ccnsul'a Je­g" l cuando ella sea fundada e o leyes presa y aplica ble a los hechos ú o : s io D13S que sean j ostamen te ma teria de ce . S'ura . publica: despreciando toda i ~: que desvlad~ de este pr'iocipio se dirija a d s· populaflzarles por imputaciones nada dig­nas de un pueblo cuva conducta debe ~archar basa~a en dar ejemplo de la pr;lC ' (Ica de las vIrtudes morales y socia les que son los primeros elementos de lé)d~ a~ociacion, y pr.incipalmente los que cons­tituyen el .goblerno republicano popular representa tI vo. 7. ~ J.ja sociedad puede estender sus relaclOnes no solamente a los cantones de esta provincia; sino promover tambien 5U establecimiento en las dema-s d~ la rew pública, exci!ando al efecto el patriQtis· mo de 'Sus virtuosos hijos.: todo lo cual pued~ c~mprender el reglameoto de su orgaDlzaclOn. 8: C':l Se propone la denominacion de ~()c.ledad de amlg~s nacwnales, porque su objeto es esencIalmente nacional; per6 se pueden promover en eHa medidas im. portantes para el forrtenlO de la industria e!l todos s.us ramos seguo las cirCUflSlan· elas peculiares del canton o provincia en ,ue s~ establezca, pudiendti) ella auxiliar a .la~ camaras provinciales y concejos mu ' Illclpal~s e~ el ejercicio de las importan , tes atrabuclOnes que la ley prescribe a estas corporaciones. Es ta.o sencillo, tan natural y tan {¡lea el medIO propuesto, que no se necesita ma~ que patriolismo para ponerle eo eje­CUCIOO. Desde ,~.l momento en que se encuentren dos CIUdadanos animados de l~s mismos sentimiento§ que se hao nn· Il!festado, y que se contraigan a refle· xlOnar sobre la critica situacion en qu~ nos encontramos, y sobre los grandes ma· Jes que nos amenazan; ellos sef"an los e!em~ntos de esta soci~dad, V participa­ran ~ otros. sus medl{aciones que no pedran ser smo las mas tl'istes para todG el que conserve aunque sea uo miserable resto ~e amor á la causa publica. Pero conoc((~ndo ta m bien la facilidad del re­me? io~ i3!los OiN\O en su. conciencia el gri­to \mpenoso de la pa tTla que nos dice: salvfl'me., Ó pereced vosotros. Esta illtima parte es la sentencia fatal qUQ merecen nuestras enfurecidas dispu­tas que por tanto tiempo no.s han desvia, do del objeto esencial de nuesu'a asocia­cion politíca, y l~s princi pio,s exagerados que han converlHJo la Republica en un campo de batalla en que se encuentran dos ejél:cil?s dispUCfito5 3 despedazarse y a redUCIr a escombros la nacion. Pero si hacemos un esfu rzo que debe nacer de u so ros ro is os, sacrificio ge­lleroso y propio del pa ti iolismo a di­cha y la gloria nacional volveran 'a obte. ner el lugar q e antes poseían; cuya en­lirada les hemos negado ahora coñ mas impr denda, ¡ Que n,suene una sola voz e~ la provincia de Cartagena! i UNION! para que la justicia y la paz se uen en lon· ces el úscu\e celestial que nos haga feli­C~&, y a la rep' blica digna de considera. ,~lones y respetos, que la eleven a su eo-a 1 edmi,e too J. JlI. B. __ =::s::: VIRUELAS. ~~s informes que hemos podido 3d qU\ ir nos persuaden de que en estt)s úl· timos dias se boo preseotado nu v .s 'a ~ sos de aquella ho)'rible cnfcnnedü,j, lu que nos ha sido tanto mas sensible Cl.UB to que esl3fDO poseídos JeI desagrada, bl~ temof' Je que tan pCl'juJicial epidé rnla se propague muchu en (·~t.l 'ndad y. quizás en otros puntos dc esta pi oviu­cla etc., con mollvo de no ha berse lo· grado lodaliw la propagaci(m de la va­cuna, de q uc la~ medidas ~cordadas por la Junta de Sanidad se estan llevando Q e~eclo con po~a e~actitud, y de que ca· SI todos los vlfolaentos permanecen en s s casas sin las pl'ecauciooes necesari3S. Connib~el~do pOl' las rdzones espuestas que conll ue y se generalit:e mucl o la bor ible epidémia de (JU~ tratamos é ig­norando p r otra parte· si la Facult~d Olé· dica de este distrito cumplir~ con su cJe· ~e.r en el particular, nos hemos decidido a 1I1Sertar la siguiente ¡cs ruedon, eslrac , tada de algunos al.ltores cldslcos, qUG be- 0105 tl'3tado de que sea facil de entcoJcl' y que ojala influya en evitar males a la humanidad. AJedia'as preservativas de la viruela. Los preservativos mas efie' ces de tan horrible enfermedad son: LO y principal la vacuna: I 2.° el aislamiente perfecto )'a de los enfermos que sufren dicho lllal, ya de las ropas y otras cosas de qua ha · ~~lO, l~sado: 3.° el niogun contacto con IIldlvldnos impregnados de humor o v' , rus víll'iólico; y 1.° la desinfcccion~ s:­gun las reglas del arte. en que las pústulas no son muy nume­rosas r en. q~e .Ios slotomas de gastro­enlenlls (Irnl.c)('Wn del estomago elc.) son muy poco wt.énsos, y se nombra con .. jl~f.nte aquella en la ct1al se tocan las p.usl~llas y se 3~omp1ñan de violentas ir· ntaclOnes o infhmaciones internas. J.JJétodo Cll'l'alwo de las vlruelas. Se dará principio a él 'Sometiendo a loe; pacifnles a una dieta, tnnlo mas sevéra t'll.lfll0 mas fuerte sea el mal; debiendo se.' en todo ('aso muy rigiua para las pe!". sonas notablemente rool1stas b silotYui· oeas. Dicha dieta deber'a ser acomp:iia'~ da de la absoluta abstinencia de sustan­cias saladas y pieantes, de lJcores fuertes y ue todG lo que sea capaz de irritar b enardecer; y cuando deba ser 1';alda con· • _, b SJ Sll."l en no tomar mas alimento qtre clal:ltas . de agua con lifuon Ó vinagre frias, de tomas de agua azu~a· rada ligeramente acidulada con el csplri tu de vill'iolo etc. ~ GRATO ANUNCIO. Supimos ayer, por condu<>tos fidedig­nos, que se verifico la vacanaclOR en mas de veinte individuos con virus vacunu de superior calidad, tomado ~e una nlfta que fué vacunada ahora 10 días. i Ojalá se adopten mediJas eficaces para la disemi ­nacíon de tan inestima ble preservati vo no solamente en esta cioJad, sino en los de­lIlas pueblos de la provincia etc. ! NOTICIAS INTERNAS. VE'LEz.-Nos es sumamente grato anuo ciar a nuestros lectores que la traoquíli dad pública se ha -restablecido en ague 1Ia provincia; y que en consecueo.cia t'I Gobernador de ella habia regresado a lA capí tal despues de haber dispersado com­pletamente á los facciosos. Se esluba siguiendo la correspondiente causa p()r el juez competente a los que habian s ido aprehendidos. PASTO. - Las cartas de Bogota anuncian estar ya franca la comuoicacion con aque lIa provincia. Noguera ha sido abando' nado por la mayol' parle de los suyos; V hay las mas fnndadas esperanzas de la pronta destruccion de aquel cabecilla. MISCELANEAS. P ARA LA HISTORIA. Conltrlúa el memurial presentado por el ...< ,'indico pfJ1'sone¡'o al Cahzldo de t)Stlt ClU, dad fl,n 1810. trodas estas consideraciones que V. S. ''''la tenido tan presentes desde el princl plO de nuestra revolucion, y que no hao entrado. ni aun podido entrar en los cal­(,' ulos de algooQ6 que se hallan dema­siado bien fU ,na tranquila vegetacion, son las que han excitado por últiolO su gene~osa atencion á preparar nuevos re .. medios á los nuevos males, que tan vi siblem~nte se han ido agravando. El Sindico .consagrando a su patria y a la nacion eutel'a sus Q!as puros seotirnien tos, y su mas sano ceJo, ha manifesta· do Cualllo)ha podido orcaozar con dicho objetp. Despues de cumplir cO,n tan ~randes deberes, GO tiene olro empeño, que el de que sus discursos y sus pen­samientos sean ú\iles a sus conciudada-nos. Si son conformes a la razon, y a nuestro beneficio. el Sindico los reco mienda encarecidamente al celo y a la autoridad de V. S. y los retracta gustosa­mente C4[J todo lo que el recto juicio per~l1¡¡da9 q uc son repugnan tes (, sup~r fl uos a tan j Ilstas ideas. Ruega pues, por tanto a V. S. que pulsando la gravedad de e5te negocio bajo de aquellos principios de jllst'ificacion, prudencia, sabiduria y 3mor de la patria, que le son tan propios se sirva acomodarle la determinacion que sea mas arregla(la a t3n sagrados respetos. -Cal'tag('n " Ma\lo 16 de 1810. ütro .. í di t 'C el Síndico que no acompaña la<; cOfllas de las traducciones, que en cinco pliegos y medio se sirvió pil-sarle el Excmo. ~r. Diputado del reilJo la peuimento de V. S. de quo ha hecho mérito, tanto porque su no­lo. iedad le parece puede escusar al inútil aumenlo de este espediente, como porque S_ E. ha tenidQ por eonveniente facilitarlas en calidad de documentos simples siu alguna señal de comprobaeion, pero en caso ne~e­sario las exhibira si se tuviere por conducen· tes. Fecha ut supra. Otrosí dice el Síndico, que habiéndose de tralar en el cabildo do este dia sobre el re· conocimiento del consejo de regencia esta· blecido en España, debe adelantarse a decla­rar que el concepto €iue h. manlfestado en la materia, ha terádo por principal objeto manifestar que para ello era necesario vinie­se su comunicaciQn por el C'Ondut'to del Extll
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 23/07/1840

SEM.LL\NARIO DE Ll\. PROVINCIA DE CAI{Tl G·ENA. SIMESTRE 3.° CARTAGEN'A, JU~VES 23 DE JULIO DE 1840. NUMERO i~. Elle periódico saldd todos los junes: la recepcion de las snscriciones y 'Yeota de les números sueltos están á cargo del tesorero de rentas pro .. inclales Sr. Fran­o,¡, C? de~. Ruís. ~a suscri~ion por s~mestre 'Yale CUA.TIIO PESOS, pagaderos adelantados j y cada número suelto REAL T MEOIO.-EI precio de la iUSCl'oion de )oS3l'iso. • .rUculQ, de lDleres prIYado, sera de UD peso basta doce renglones, y un f(!31 mas por tada tres rcn¡¡loncs de los que excedan de u¡uel númclO. y la mitaJ pM cada 'Yes '1ue se repita, siempre que 'Lathierta al tiempo de la entrega. ---~,.--. DECRETO DE LA. GOBERNACION ,ONVOCUlDO LA CAlllARA. DE PROVINCIA. . - El Goblrnador de la p,.ovinc~a de Cartagena, En cumplimit}nto del deber qc me impo­ne el artículo 8. 0 de la ley de 19 de Mayo de 1834, DECRETO. Artículo 1.0 Se convoca la Camlra de fa provincia para el oía 15 de Setiembre próxi. mo, Art. 2. 0 Los geres políticos cuidaran de que 105 diputado'loombrados, J los qU(~ lCJ sean por las próximas asambléas electorales, emprendan BU via"e a e. ta capital en ti('n­po opo' tuno pua que pueda reunir!e la Ca­mar el dja señalado PQr la ley. Comuníquese a quiene~ cQl"fesponda. Dado en Cartagena a 21 de Julio de 1840. Antonio Rodriguet Tortees. CarZos Pareja, secretario. ~ COLEGIO D~ NIÑ" AS. AtTA DE INSTALACION. En Ja ciudad de Cartagea. a 16 de Julio de 1840, se reunió la .Junta d inspécoion J gobierno de esta Un~'rersida en l. casa freno te al :Donaste io dé S~nta Teresa destinada p.ra el Coleg' o de ni~as : del Carmen, con los Sres. rector Dr. H. erODsta Mendez, vice recto interino Dr. Au~or;tio del Re .. l, y cate· dratieos Sres. A.ntonio Bl"nedeti, Dr. Mareeli DO José GODzallz , Simon de Lavalle, con Ja i:oncurrencia del Sr. Gobernad(1r d la pro. vineia, del IUmo. Sr. Obispo de la diócesis y de varias personas que asistieron a solemni­zar con su presencia el acto de la instalacion y apertura dd referido Colegio por haber y. admitidas dif:z y ocbo a umols e~ternlS y una iaterna, y estar allanadas In dificultade que haltian impedido el que antes 6e verificase; ! se com8Dzó dicho acto, en virtud de ha berlo así dispuesto el Sr. rector como preH­dente de la junta, por la lectura del decreto le,ialativo de 2 J d~ Mayo de 1838 que creó aquel e~~blecimiento, del Ejecutivo espedido en consecuencia, y del reglamento interior formadQ por la Jllnta de inspeccion y gobier­no y aprobado por l. Gobern.cion. En se­guida recibió el Sr. rector 01 correspondien­te juramento a 108 preceptores, habiendole antes prestado la directora en manos d~l Sr. Gobernador en la sala del despacho de Sft Sria.; J luego ofrecieron las jóvenes educan das a la ptlfJuua obedecerle, y oumplir exac-tamente el reglamento: el Sr. Gobernador decl,ró entonces instalado el o· el Sr. rect.r manifestó por UD breve discurso que quedaban abiertas las elases; conclu~én­das e el acto COD UDa alocucion que dirigia el Sr. Benedeti, comisionado al ef~Clo por la Junta de gobierno. Y despues de aprobada l. prese.te acta t>or l. misma .Junta. se firma por el Sr. rector y por mí el ~ecretario.­ll. efonso 1Jtlenáe't. - Juan Antonio At'aTljo. Es copia. Cart' g~na, Julio 20 de 1840. Juan AntonlD A1aujo, secretario de la Universidad. PREC~Pl'OnES D.EL COt.EGlO. Los preceptores del~gj8 blnU nm braJo8 p01' la GobernaclOD di la pruvincia han sido- De Musica: Sra. Jl\ana Manuela Somoy.r de Fe,.l1andcz. De Gramal¡'ca castellana, Geogro/la, y ltnguas Jmncesa é inglesa: S . AatvíJÍo BCl:loueta. De Aritmética. escrill.tra, dibnjo dejtores y dise­ño linear: Sr. José Moar. .... No estando aun completo el Dlímero de educanda iotern s y esternas del Colt' gio de nirias fijado por la Goberll3cit:n eo el dé creto de 11 de M rzo de t 839, ha dispuQsto ésta se repit la pub~iracion de dicho oecre to para que los demall que q lljeran puedan hacer sos solicitudes. DECRETO. El Gohernador de la provincia, Para lleuar .1 deber que m" impone el decr6to reglamentario del coleaio de niñas de Cartlgena, espedido por S. E. e Presi­dente de la repú lio en 22 de No,iemb re último; oído el informe de l. junta de íos peccioo y góbierno do la Uuivcrsidad ddl distrito, de reto. Artlcn!o l. El númer0 de caue.ntlas io teran que h8bra por ahora en el colegio de niñas de Cart Gena, s ,rá a lo mas de veio te y cinco, y el de educandas esLernas sera • lo mal de cincuenta. Art. 2. Los padres ó tutores d. las niñas que des en ~er admitidas en el c !egio en cla..se de educandas internas, deuerim Ji, ¡gir­se a esta Gobernao:on COIJ u la r~pre!jet1La ~ion solicitlndolo CQ l dOLumento' .ez de Ti.blo centinuaban entro- "" gando las armas ~ mnnieione!i, y Umbif>n se han recogido much-.s qu" habia en el T ~ mbo. Se confirma la notiCIa del ase -iOllto dc S"bobcz, "OnC) de lo!; compnñcros de - N')6ue. ra, ejecutado por el csporal Narvaez, por desconfianus de partido, y se ase~ura l'1ue el bijG de Nogllera hito fnsilar af t"l Nar­vaez. Este es el sistema iuf.lible de clislllu · cion en que termir: aD todas las flccione:-;, y así es que ya por la mncrte que ellos se den uno, a 0tros o por l.t que reciban de las tropas del gobir.roo. ha v fundada espe J"'anza de que la pa z se rest.blecera pronto y completameute en el Sur, , d('\ que Las faccione~ no volver/m a alzar jamas en este pais su deforme cabeza. (Lihfrlad y orden mlrntrO 24. ) MISCELANEAS. AGRICULTURA. CULTlVO DE LA MOl ERA. Estando pérslladidos de que el cultivo de la morera puede propo'rcio~ des y positivas ventajas a las clases labo riosas en esta provincia, así como en o tr'as de la N oeva Granada, nos ha paf'e ~ cido conveniente someter a )a consiJe­racion de nuestros lectores el siguiente artículo que al efecto copiamos del Li bCl'al de Caracas, publicado d 2 del mrs próximo pasado, y en el cual ha hecho el antiguo y disllOguido soldado de la indepfiodencia General Gregorio Mac Gre· gor indicaciones importantes aceroa del cultivo y beneficio de tan preciosa planta. Cflmo el aulo.' del articulo de que tra­larnos ofrece publicar otro relativo al mé todo lrrefer-ible-, al hrrroratOJ ift para los citpullos, ~ modo de criar los gusanos ctc., Gfreeemos á nuestros lectores inser­tar dicho segundo articulo en uno de los futuros ()Umel'Os de este periódico. Sr. redaclor del Liberal. Convencido de que el cultivo de la more­ra (MorM,S7nu,{licau!is) sea muy eouvenientc a Venezuela, y \Icntljoso no 8010 al plis en ge­neral, sino a 108 individuos que lo empren­dan, procuraré indicar ell la pre'iente y en otra futura carta, y con la posible coneision, el método :preferible, el laboratorio pl1'a los capullos, el modo de criar y alimentar los gusanos de seda, el de estraerla, etc. Varíes vecinos de Caracas han hecho ya e5pe­rimeatos sobre , el cultivo de la morera, la cual se produce y propaga igualmente bien, tanto en los alrcdcdorM de esta ciudad .cumo en ·loa Valles del Tuy. H(ln tenido tambien allí}. buen a1ceso los esperimel1tos hechos en la crianza de los gusanos de seda. Unos , otros, as\ 'como la facilidad que hay para· hi­lar y teñir la seda venezolana, conviJan con 105 mejores resultados. Ofrece e~t. nueva industria a todos los plt .. triotas mil motivos para prote~erJa, no solo ·como medio de aumentar la riqueza u8cio­na!, sino tambien para proporcionar una ocu paciou ventajosa a muchas mugeres y niños, que de otro modQ careceriau de los medios de subsistir. Grandes progresos ha hecho la en los Es· tulos Unidos de América el cultivo de Ja mo­rera, y casi todos los cuerpos legislativos de les diferentes Estados h30 sancionado leyes para protegerlo, y estimular a los habitautes por medio de premios a dedicarse a él. i Cuan­to mas ventajoso no debe ser este culuv0 en Vonezuela, ~o donde el arbol c¡¡ta todo el año cubierto ue hoj.s! TlImbien el cuerpo legislativo de Jamaica ha destinado reciente mente gruesas surnas a promover 8.Stl nueva cspeci,e de cultivi . Modo de planta,. los nudos de la morera. Han de preferirse pedacitos que solo teo; gan un nudo, porque aunque algun05 dejen de retornar, plantado separadamente cada. uno, se obtendra mayor número de arbole5" y estos ser:m mas fúbuSlos, qlle coa-ndo se. ponen los nudos pareados ó unidos. El ter· reno ha de prepararse como para sembrar. maíz: arase con un arado pequeño, cuidao­d; o de que los sorcos d~len entre sí seis pies: énti érrase el nndo en el centro del ~ureo a di , la neia de seis pies uno de otro, y de rno' do (jtU' el oolOn mue ha~ia el Sur, y que el ped acito que 10 -contiene tenga una inelioa­cioo oe 45" hlcia el ~orte, ~ cúbrase por Jo menos con mcJia pulgada de tierra, y aun es mejor que quede del todo cubierto. En. tierras (llle no sean mu y arenosas, conviene I'ormtlr una camita de arena al nudo ante~ d~ enterrarlo, V enterrarl:) (le modo que él la atraviese = entonces le sen mucho ma.s heil arraiguse. Plantan algunos a solo dos pies de distan· cia; pero mientus que esta sea maJor, rna­~ or !'lera el número de botones, 1'I(OIlS y b.P . jas de que se cubrira el 31'001. El primer des~erbo requiere alg'ln cU ld",dlJ; mllS en se~ guidas basta el que se tiene de cualquiera. especie de granos. Si el tiempo no "5 de. lluvias, ha de regarse (!iarjameute 1 moréra du,'. te el primer año j mas puede esto omi­tirse en ad ·'lahL, bien que con un abundan­te riego florear,1 mucho mas. El estiércoL-­nuevo Ó que no ha fermentado ba shnte, pcr.r juJica a las plantas, Puestas la mOl'eras en cUldro y a dos va­ras de distanci- , cada fan gada española pue· tle contener 7.225 , P ede ll tamulen plan­tarso en hileras Ó COIllO en pali1.aclas a' pié. Y medio de distancia olla de otra y en SU1- cos qne disten entre sl seis pies, dcjdndo eiern­pre algunos i mayor distancia para tomar de dios nudos para otras plantaciones. A estas bit r s 1 .• . , yur altura que la de seis pies, para qOtl sea mt!oor el tr.bll~ JI) de coger las lwjas. Pero la: cantidad de estas sera entonces mucho menor que bi se hubiese dado./ a las plautas lct di tallcia antes recomendada. P"oduClO ·en hojas. Cuarenta moreras de un alío de edad da: r;lD bastantes hojas para Olaulener p 92,270 C",) Solo e~tan incluidos los fondos desti· nldol y no lo que se suple dd tesoro pú~ blico tli los remate? de hieDes D.acionales por deuda. Pechos. Cada granadino paga • Cada venezolano paga. El granadino paga meno! . Mo,Ji'l1lÍtnto mercantil. El de la Nueve Granada • El de Venezuela • t, 45 1. 94 ... -..,-- 0, 49 6.!>44,694 9.673,737 '----- Tiene de menos movim. N. Gr. 3.429,{)i3 Deuda interna. La Nueva Granada debe • Venezuela. Debe mas Nuev. Granada. Deuda de Colombia. Ls Nueva Granada amortizó . Venezuela. Amortizo mas Nueva Granada • 9.864,059 3.439,868 6.424,191 4.938,Ob7 4.467,4(8 470,639 JrSllAÑ~ Y L¡\S REPUBLICAS A~IERICANAS. -+- La c'onttstacion al discurso del trono, por el congreso de Diputados, contiene ~ 101; siguientes conceptos importantes re· lalivos a las relaci60es establecidas con las nuevas l'epilbHcas de nuestra América . 4l Las que se han formado en el NtieT() Mundo, partes un día de lan vasto im­perio, ofrecen la ocasion mas propIcia pa ra anudar con ella los vinculos naturales de reciprocó tralo 1 correspondencia; v el ejemplo que acaba de dar la republira del Ecuador, celebrando con el gobierno de V. M. un lra,ado de paz y de amistad, como base y preludio do otro de comer­cio, sera 110 ouev~ estimulo para que CU8Rto antes se establezcan las relaCIOnes convenientes entre la a/ttigua meln;,JOIl y (os Estados que ltan nacido e,. el con. Unente americano. j) CANICULA. Mañana comienzán los dias ca~culares que habdm de terminar el 24 de Agos lo. Son de Olu~ho calo!'. Los astró­nomos llaman caniculares a estos días, porque segun enseñan la canícula sale y se poo e con el sol durante ese tiempo. Se da el nombre de canlcula en la As. trooomia á una estrella de primera mag­ni tud que COCl\pone parle de la conste .. lacion del Can mayor en tuyo ho~ico esta situada. Esta estrella que es la mas hermosa y brillante de las fijas, se CODO­ce bajo d nombre de S,riO. Con el nom .. bre de Can se conocen eu la Astronomía dos consteJaciones de la parte meridio­nal del cielo, y de las cuales la una se l1~ma COl" mayor y lá otra Can menor. 1.i:I primera se halla colocada entre la Lie­bre y el Navio, mu, cerca de la via Jac­lea: y la segunda debajO de Cancer y iobre el CaD mayor. Ambas son de las 48 constehciones formadas por Tolomeo. -lhús(n y de la Lande. N oso\ros tendrémos exoesi vos calores ca n¡culares en medio oe discordias y vi ruelas, y cooduira nuestra canicula con el diablo suelto el mismo 24 de Agosto, segun lrJQicion ue las viejas, día de San BartQlomé. LA COMP-ARA.CION. Letrilla. Niñas que se hallaD disptlestf); Á llorar como a reir, Sin sabep 10 que desean: - Los aman tes son ISÍ. Veletas qne flcilrnente Con el viento mas sutil Se mueven a todas partes; -Las mugeres ~on así. ~elon que parec'e bueno, y malo suele sllir De nueve .eces 181 ocho; -El casamiento es así. Aves que "ieDen de lejos Cuando se acerca el Abril .. y por Octubre se escapan; -Los amIgo son así. Ramera que nos oculta Con álbayaIde y cartnio Su ~alida podtedumbrc; - El hipócrita es así. ftf rciélagos que se ofeDden Con la luz de un maL clndil, y soJo ,man las tiDieblls; -Loa seniles son así.- (M. de P.) 1" LL __ 12;: W Hoy termina el tercer semestr~ de la publicacion de este periódico. Varios ciudadanos, penetrados de la utilidad de las publicaciones perió­dicas, particularmente de las que, como e,s ta, esta. n escl U·Sl vameote ~re s-tinadas á ~ircular los actos oficiales mas importantes, y a promover el adelantamiento moral, industrial y literario de la nacion, se hán re­suelto a ayudar en la redaocion del SEMANARIO, con todo el interés y consagracion que les permitan 8US peculiares ocupaciones. Con el mismo laudable objeto, y en obsequio de su mayor propaga­cion, se ha dispuesto hacer una con .. siderable rebaja en el precio de la su.sct:.icion y de la insercion de avi­sos y cORlunicádos. Por consiguien­te desde el próximo semestre la sus­CriCiOD valdrá solo TRES PESOS Y los números sueltos UN REAL~ El imperte de la insercion de avi .. sos etc., se anunciara en 1 s nú­meros subsiguientes. Para evitar el retardo que va­rias veces sufre la publieacion del SEMA:NARIO, por aguardar la llt"gada del correo del interior, que se a­trasa frecuentemente, se ha dispues-­to tambien variar el día de dicha I'ublicacion, que en adeJante sera ~ los do mingos. --- Se suplica a los SS. susrritores que DO ha.)'4ID abonado el importe de la auaericioQ se sirvan verHicarlo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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