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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 454

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  • Año de publicación 29/12/1906
  • Idioma Español
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 454", -:-, 1906. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3691346/), el día 2025-10-30.

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Relato de un asesino

Por: Mario Mendoza | Fecha: 2014

Un hombre, Tafur, está en prisión. Trata de reconstruir su vida a través de sus memorias para llegar a entender qué lo llevó a cometer un cruel asesinato. Con una prosa que cautiva desde el comienzo, Mario Mendoza sumerge al lector en la ambivalente vida de un individuo que busca liberarse de sus obsesiones. Una extraña enfermedad que aqueja a Tafur desde pequeño ha hecho que se mueva entre los extremos: una vida tranquila que lo lleva a tener horribles visiones y una vida entre los marginados que le procura tranquilidad. Viajando de un extremo a otro transcurren sus días, hasta que logra encontrar un frágil equilibrio entre los dos mundos. Relato de un asesino, la tercera novela de Mario Mendoza, nos presenta un alucinante recorrido por el alma de un hombre, al tiempo que nos obliga a una desesperanzada y lúcida travesía por Bogotá y todas las ciudades que en ella conviven.
  • Temas:
  • Autores colombianos
  • Literatura
  • Literatura colombiana

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Relato de un asesino

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Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 454

Por: | Fecha: 29/12/1906

·:"erie VII- Tomo II . Bal~tin Militar ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO Director FRANCISCO J. VERGARA Y VELASCO General de Ingenieros ~ 0u~d~ muy bi~ll sttc~der que mustro respeto á todas las convicciones, venga á parar ~n la Íltdlferencitz y nos deje sin ~nerg/tz para difend~r las 1mlrtraJ ENRIQUE SIENKIEWICZ • * Bo~otá, Diciembre 29 de 1906 * • • -Oficial- DECRETO NUMERO 1529 DE 1906 (DICIEl'tfBRE 20 ~ {lor el cual se hacen varios nombramientos y promocione en el Ramo de Guerra El Presúlenle de la República DECRETA Art. 1 . 0 Destinase al Coronel Isaac Guevar~ á San Gil, como Jefe del jferlio Bat tifón I 4 de lufanltrírz, en , reemplazo del Coronel Jesús Sanabria, á quien se promueve al mis.no puesto en el MediCJ Batallc'm de guarnición en Oúcuta. Art. 2 ° Nómhrase al Sr. -~lodomiro Parra, Subteniente de la 2.• Sección, 4.• Divis¡ ,·, n, de la Gendarmería Nacional, acanto­nada en Girardot, en la vacante que allí existe de ese puesto, por haber pasado á otro el Sr. José María Manrique, que lo desem­peñaba. Art. 3 ° Declárase insubsistente el nombramiento hecho en el Sr. Benjamín Torres, para Subteniente de Ja 5 • Compañía del ..Batallón I5 de Infantería y destínase en su reemplazo al de igual .grado Jorge Quintero, que sirve en la 1: Compañía del Medi~ .Batallón I I. Art. 4 ° Destlnase al Teniente Juan B. Salazar, que iirve en fa 3.• Compañ{a del Batallón I5 de Infantería, á la 4.• del I3, para 41enar la vacante qlle allí existe de ese empleo, y nómbrase, para Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín 1\ttilitar de Colombia -794- reemplazarlo en el 15. al Teniente .T uan Nepomuceno Galindes, á­quien se llama al servicio activo. Art. 5. 0 En reemplazo del Subteniente Aurelio Marentes. que faJJeci6, destínase á la 3: Compañía del Medio Batallón 1.0~ de I'!fanlería 4:tl ~ubteniente Marco Tulio Muñoz, á quien se llama al servicio activo. Art. 6.0 DecHirase insubsistente el nombramiento hecho en el Sr. Pablo Martín y Sácnz, para Artillero del Crucero Cartagena, por graves faltas comettdac; á bordo y á solicitud del Comandante del mismo Crucero y del Jefe Militar de Cartagena, apoyada por la Comandancia en Jefe del Ejército. . § Facúltase al General Anto!lio Araújo L ., para que nom­bre el reemplazo correspondiente, dando cuenta al Ministerio de Guerra Art 7. 0 La Ofici?.lidad para la Compafiía suelta de Mocoa será la siguiente : Capitán, Alejandro !vlontoya ; Teniente, Abelardo Velasco; y Subtenientes, Cornelio J Correa y Constantino Guerra, los cuales pertenecían á la 2.• Compañía del Medio Batallón II dt Irifanlería. Art. 8. N6mbrame Oficiales para la nueva 2.a Compañía del expresado Medio Bala/Ión I I que se organizará en el Departa ... mento de Nariño, en n'emplazo de la que pasó á Mocoa, á los Sres. Comandante, Ca¡,itán, Plinio Peña; Teniente . Ignario Rodrfguez; Subtenientr: V1ctnte Velásquez; Subteniente, Rómul > Arce, á quienes se llama al servici<> activo. Art. 9 ° Destfnélse al Teniente Juan A. Cardoso, que sirve en la Compañía suelta d Tumaco, á la 4: Compañía del Batallón 15 de Jr¡(a1llería. en reemplazo del Teniente Angel María Cas­tillo, á quien se concede licencia indefinida. Art. 1 o. Nómbrase Director de la Banda :Militar de Música mandada organizar en la ciudad de Tunja, al Sr. Ismael Posada, quien devengará ~ueldt· de Subteniente en la Plana Mayor del Bata llf n que ha~ a la guarnición en aquella plaza. Art. t 1 . Acépta~e la excusa que ha presentado el Sr. Abe­lardo Acero para servir el pue lo de Subteniente en la g.a Sec­ción, 4 a Divi5ión, de la Genda meda Nacional (La Plata), y n6mbrase en su reemp lazo al ~r. Manuel A. Nava. Art. 12 Nómbrase al Sr. Bernardo Montoya N., Adjunto al Estado Mayor General del Ejército, con destino á prestar sus ser­vicios en la redacción del Boletín Mz'lilar, con sueldo de Subte­niente. Art. 1 3. Encárgase del puesto de Subjefe de la Comisaría Judicial, Po l icí~ 1Taciunal, al Secrdario de ésta, Sr. Manuel Se· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -795- rrano 0., por el término de la licencia concedida al Sr. José S. Medina. Art. 14. Para sustituir al Sr. Serrano 0., en la Secretaría de la expresada Comisaría, promuévese al Escribiente de la misma, Sr. Antonio J. Posse, y para reemplazar á éste nómhrase Escri. biente al Sr. Federico Páramo. Art. 15. Elévase á cinco pesos oro la suma destinada para útiles de escritorio y alumbrado de la Comandancia de la Zona Militar del Sur; y á dos pesos cincuenta centavos destinados con el mismo fin á la Oficina del ~. 0 Jefe de la e){presada Zona. Art. 16. Establécese permuta entre Jos Subtenientes Joaquín M. Negret, Abanderado del Balalló1z 9.0 de Infantería, y Jesús Rodríguez A., del Medio Batallón zo de Infantería ( 1 ... Oomp!tñfa). Comuníquese y publíquese. Dado en Andorra (Departamento de Cundinamarca), á 20 de Diciembre de 1906. R. REYES Bogotá, Diciembre 22 de 1906. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMENTJt DECRETO NUMERO 1532 DE 1906 (DICIEMBRE 26) • por el cual se divide el territorio de la República y el Ejército Nacional en tres Intendencias Militares El Presiden/e de la Repzjb/z~a DECRETA Art. 1. 0 Divídese el territorio de la República y el Ejército Nacional en hs siguientes Intendencias Militares: 1 ... Compuesta de los Departamentos de Cundinamarca, Huila, Tolima, Antioquia, Atlántico, Bolívar y Magdalena ; de las Intendencias de la Goajira y del Chocó, y de las guarnicio­nes comprendidas dentro de este territorio; 2 ... Compuesta de los Departamentos de Caldas, Cauca y Nariño, de la Colonia Militar de Mocoa y de las guarniciones comprendidas en este territorio; y 3 ... Compuesta de los Departamentos de Quesada, Boyacá, Tundama, Galán y Santander, de la Intendencia 1 1 acional del Meta, Colonia Militar de Villavicencio y guarniciones compren­didas en este territorio. Art. 2.° Cada una de las Intendencias Militares estará á cargo de un Jefe de Intendencia que nombrará el Poder Ejecu­~ ivo, y cuyas funciones serán : Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -796- a) Las de Comandante General de Ejército; b) Inspeccionar el territorio y guarniciones de Sll jurisdic­ción, tomar el mando de éstas cuando lo ordene el Poder Ejecu­tivo, y revisadas conforme éste lo determine; e) Hacer cumplir en las guarniciones de su mando todas las disposiciones y órdenes del Ministerio de Guerra, é inspeccionar dichas guarniciones cuando este Despacho así lo determine. Art. 3. 0 Los Jefes de Intendencia Militar gozarán del mis­mo sueldo que los jefes de Zona Militar, y cada uno tendrá un Ayudante. Art. 4. 0 Este Decreto regirá desde el 1.0 de Enero de 1907. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Diciembre de 1906. El Ministro de Guerra, !vlANUEL M. SANCLKMENTE DECRETO NUMERO 1533 DE 1906 (DICIEMBRE 26) R. REYES por el cual se nombran Jefes de las tres J n tendencias Militares creadas por Decreto ejecutivo 1532, de 26 de Diciembre dei presente año El Presidmte de la República DECRETA Nómbrase jefe de la primera Intendencia Militar al Sr. Ge­neral D. Nicolás Perdomo, á quien se llama al servicio activo. Nómbrase Jefe de la segunda Intendencia Militar al Gene. ral D. Jesús García, á quien se llama al servicio activo. Comunfquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 26 de Diciembre de 1906. El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLEMKNTE DECRETO NUMERO 1 5 34 DE 1906 (DICIEMBRE 27) R. REYES por el cual se prorro2a el término para la recolección de armas El Presiden/e de la República CONSIDERANDO Que todavía hay en el país elementos de guerra por reco­lectar, y que es necesario que todos los empleados en el servicio Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 797- de recolección de armas, los cuales han deseínpeñado leal y efi ... cazmente la comisión que el Gobierno les h1 dado, rindan su in. forme é indiquen los elementos de guerra que aún queden por recolectar en el territorio de su jurisdicción, DECRETA Art. 1. 0 Suspéndese hasta el 1.0 de Abril de 1907 la su­presión de Jos Inspectores y Recolectores de Armas de la Repti­blica; durante este tiempo dichos empleados quedarán directa­mente bajo el mando de los Gobernadores de los Departamentos respectivos, y además de las atribuciones que les están señaladas por los Decretos vigentes sobre la materia, pasarán á los Gober­nadores y al Ministerio de Guerra un informe detallado de la ma­nera como hayan desempeñado su comisión hasta el 1.0 de Abril de 1907, é indicarán los elementos de guerra que aún queden por recolectar en esa fecha en los territorios respectivos, según los informes que reciban sobre el particular. Art. 2.0 Los Recolectores de Armas y los Inspectores de los mismos gozarán desde el 1.0 de Enero y hasta el último de Marzo del afio entrante, de la mitad del sueldo que cada uno dis­frute en la actualidad. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 27 de Diciembre de 1906. R. REYES El Ministro de Guerra. MANUR.L M. SANCLEHKNTlt • DECR14:TO NUMERO 1535 DE 1906 (DICIEMBRE 2 7) por el cual se reorganiza el personal del Cuartel General del Ejército, en cumplimiento de lo que dispone el Decr eto número 1369, de 1 2 de No­viembre último, "sobre economías," y se dictan varias disposiciones ell el Ramo de Guerra El Presidenlt de la Repúólica DECRETA Art. 1.0 El jefe de Estado Mayor General del Ejército, en virtud de quedar eliminada la Comandancia en jefe del mismo, además de las funciones que ejercerá conforme al Decreto núme. ro g62 de 3 de Diciembre de 1904, tendrá las atribuciones y de. beres siguientes : a) Dividir y reglamentar los trabajos de las Mesas depen­dientes de su Despacho, designando á cada uno de los emplea­dos que las constituyan, las funciones que deben desempeñar; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombic. - · 798- ó) Emitit· cc,nce~to en todos los asuntos que pasen por su Despacho y 11ue hayan de elevarse al Ministerio de Guerra. para su estudio y resoluci "n ; e) Dictar por medio de órdenes generales todas las provi­dencias que el Ministerio dt! Guerra estime necesarias y se orde­ne expedir, conducentes á corregir las irregularidades que pue­dan ocurrir en las Intendencias Militares, Comandancias Genera­les de Zon t, Coman lancias de Batallones y en todas las Oficinas de su dependencia, para mantener intactas la moralidad, subor­dinación y rii -.ciplina militare~; d) Examinar los Reglamentos mecánicos de todos los Cuer­pos que constituyen el Ejército, á cuyo efecto pedirá 4 los Co­mandantes Generales de Zona, sendas copias para su estudio y corrección, sujetándolos á las disposiciones vigentes sobre higiene y profilaxis de los cuarteles, campamentos y marchas del Ejér­cito; e) Cerciorarse de la manera como se da la instrucción, tanto civil como militar, en los Cuerpos del Ejército, y de la correcta conducta de éstos, muy especialmente de los Jefes y Oficiales; /) Disponer que se organicen las Academias de OficiaiP.s y Sargentos; y reglamentar conforme á las instrucciones que reci­ban del Ministerio de Guerra, la manera como deban dar la en­señanza en el Cuartel General del Ejército los Oficiales chilenos contratados por el Gobierno para la organización de las Escue­las militar y naval; g) Ejercer todas aqueJlas funciones que le conciernen, de cónformidad con el Código Militar, Ley~s, Decretos y Resolucio­nes vigentes y que no estén expresamente determinadas en el presente Decreto. Art. 2. 0 Las Mesas dependientes del Estado Mayor Gene­ral del Ejército, tendrán las funciones y atribuciones siguientes; MKSA CENTRAL . a) Formar el Escalafón Militar, para lo cual estudiará los documentos que presenten los interesados; llevar los libros y documentos que fu eren nccesa rios para la comprobación de em­pleos ó grados de l )S jefes y Oficiales del Ejército, asumiendo, por tanto, las funciones de la Comisión encargada del Escalafón Militar; b) Despachar mensualmente por lo menos cincuenta expe­dientes ae los que formen los interesados para su inscripción en el Escalafón Militar; estos expedientes pasarán al estudio del Fiscal del Ejército, y con el concepto de este empleado serán enviados al jefe de Estado l\1ayor General, quien decidirá, en dictamen razonado, sobre la inscripción en el Libro de reconoci­mientos, sometiendo su decisión á la censura del Ministerio de Guerra; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar ele Colombia -799- e) Estu liar y diligenciar los memoriales sobre letra' · de cuartel, licencias indefini las y temporales, bajas de tropas, .autenticaciones de firmas, certificaciones de invalidez ó de servi .. cio, reclamaciones de particulares y de experlir las certificaciones que corresponden á los pensionados; d) Examinar si los informes sobre revistas de inspección que rindan los Comandantes Generales de Zona ó sus segundos se ajustan á las disposiciones vigentes sobre la materia. lo cual hará constar al pie de cada informe, ó anotat á las omisiones que ob­serve; e) Inspeccionar el ArchiTo General del Ejército, en cuya ofi. dna pasará una visita mensual. PRIMERA MESA a) Despachar todos los asuntos de justicia militar por corni. sión del jefe de Estado Mayor General; b) Compilar las leyes, decretos, resoluciones y demás dis. posiciones sobre justicia militar, anotando las que hayan sido de­rogadas ó reformadas; e) Intervenir en todos Jos asuntos relacionados con ]as auto­ridades civiles en materia de justicia; d) Hacer al Código Militar las anotaciones que estime con­venientes y que observe en la práctica con relación al Ramo de justicia militar; e) Llevar los libros y demás documentos que tengan rela­ción con presos ó colonoq y compulsar copias de las sentencias que deban enviarse á las Colonias Penales y Militares, y á los demás establecimientos de castigo; f) Estudiar las sentencias que dicten los Consejos de Gue­rra cuando para ello la comisione el jefe de Estado Mayor Ge­ ·· neral; g) Formar las hojas de servicio de los militares qúe lo soli. citen, ó que deseen obtener pensión de la Corte Suprema. SEGUNDA :&1ESA a) Llevar el libro de Ordenes Generales, tomar copia de éstas para enviar á las distintas guarniciones de la República, y remitir los periódicos y dem~s impresos á las mismas ; b) Extender los pasaportes conforme á órdenes que reciba, y enviar mensualmente la respectiva r e lación de éstas al Minis­terio de Guerra ; e) Examinar debidamente las rela c iones de pasaportes que expresan los Comandantes Generales de Zona y los jefes y Co­mandantes de guarniciones, p~ra ver si las liquidaciones están ~justadas á la Ley y si se han hecho con la correspondiente auto­rización. Para este efecto, el Oficial Mayor del Ministerio de ·Guerra oportunamente enviará al Estado Mayor General una Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colo m bi~ - 8oo-relación de las órdenes que directamente se hayan comunicado á, los jefes y Comandantes antes nornhrados para. expedició'j'} de pa­saportes ; d) Examinar las cuentas r¡ue present ·n las empresas de va­pores y de Ferrocarriles, por transportes de tropas, equipos y de­más ser;vicios militares ; e) Tomar el inventario de los mob~liarios de las oficinas mi .. litares, y ll~var una relaci ·1 n escrupulosa y con el día, del movi. miento de a Itas y bajas. Una copia mensual de esta relación será pasada al Ministerio de Guerra ; y /) Expedir copi~s de Jos asuntos militares que conviniere · publicar por la prensa, siempre que para esto preceda orden su­perior. TERCERA MESA a) Llevar la situación del personal y material del Ejército y formar los extractos respectivos que semanalmente deben enviar .. se al Palacio Presid ~ ncial y al Ministerio de Guerra ; b) Llevar el Libro de Ra..-Jicaciones y ent ~ nderse con todo· Jo relacionado con este ramo; e) Registrar las libranzas por valor de haberes que deven­gue el Ejército, y las demás C\lc.ntas con t ra el Tesoro nacional ~ d) Comunicar las altas y bajas de tropa quP ordene el Mi­nisterio de Guerrll ó el E~tado Mayor General ; e) Llevar el libro de altas y bajas del personal (del Ejército, b) Llevar los pies de lista; coleccionar los que envíen los Cuerpos y los Escalafones, previa la revisión correspondiente ; g) Llevar en forma amplia y documentado el Libro Verde del Ejército; h) Examinar los inventari os y cuadros de material del Ej ér-· cito; í) Rendir informe sobre todo lo relacionado con autentica­ción de firmas ; (j Confrontar los legajos de documentos fiscales del Ejér­cito; k) Llevar la relación rle los fondos que mensualmente entren á la Caja del Montepío Militar ; 1) Coleccionar debidamente los autógrafos; //) Anotar los Decretos y Resoluciones en los libros respec­tivos; m) Formar el Cuadro de Acantonamientos y Escalafón de actividad ; y n) Expedir, boletas de bajas para el Hospital Militar de indi .. viduos del Cuartel General ó de s :tpernumerarios Art. 3. 0 De acuerdo con lo dispuesto en los puntos a y b deJ; artículo único del Decreto 1 369, de este año, reorganizase el Cuartel General del Ejército con el personal que á continuación ie ~ expresa: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -801- RSTADO MAYOR GENERAL Un jefe de Estado Mayor General del Ejército, General en Jefe Manuel María Castro Uricoechea ; Un General primer Ayudante General, General Alcides Arzayús; Un General, de División, primer Ayudante General, General Andrés A. Quintero; Un General de Brigada, primer Ayudante General, General Pr6spero Piedrahita ; Un General de Brigada, primer Ayudante General, General Eliécer Gómez ; Un General Fiscal del Ejército, General Rubén Vernaza ; Un Ayudante del Fiscal del Ejército, Sr. Liborio Escallón ; Un Coronel Ayudante General, Coronel Pablo E. Mariño; Un Coronel Ayudante General, Coronel Julio Arbeláez U. ; Un Coronel Ayudante Secretario, Corond Severiano de la Hortúa; Un Capitán Ayudante Regtstrador, Capitán Rafael Otero L.; Un Capitán Adjunto Escribiente, Capitán Jesús Aranguren; Un Conserje, Subteniente Vicente Torres ; Un Copista, Sargento l .0 Rafael Osorio ; Un Cartero, Sargento 1.0 Benito Ospina ; Dos Ordenanzas, Sargentos primeros Ant Jnio Tria na y liar ciano Boh6rquez. MESA CENTRAL Un jefe, General Aurelio Merizalde; Un Subjefe, General Fernando Barrero; Tres Ayudantes Generales, Generales Sim 1ín Chacón, Eloy Caycedo y Elías de Páramo ; Dos segundos Ayudantes Generales, Sargentos Mayores Eduardo Tanco y Matías Delgado ; Dos Ayudantes, Capitán Gerardo Rogelis y Subteniente Ari5tides Fernández J.; Un Copista, Sargento 1 ° Carlos Gómez Jiménez; Un Ordenanza, Sargento r. 0 Jesús A costa. PRIMERA MESA Un Jeft-, General Miguel Rodríguez V.; Un Subjefe, General Juan B. Romero ; Tres Ayodantes Generales, General Gustavo Garda Herre­ros y Coroneles Milcíades Lozano y Carlos Sampedro ; Tres Adjuntos, Capitán Andrés Pardo, Teniente Francisco Camacho y Subteniente Manuel A. Obregón; Un Copista, Sargento 1.0 Antonio Barrera; Un Ordenanza, Sargento 1. 0 Anatolio Castellanoii. Neo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia - 8::>2- SEGUNDA MESA Un Jefe, General Carlos Franco Q; Un Subjefe, General José Antonio Rojas B; Un Ayudante General~ Teniente Coronel Elías Ang-el O ; Cinco Adjuntes, Capitanes, Peregrino Hurtado, Alberto Pedraza y Ricardo Martínez; Teniente Jorge Barrero E. y Sub­teniente Emilio Londoño ; Un Ordenanza, Sargento 1.0 Alejandro Dfaz ; Un Copista, Sargento r .0 Joaquín Peña. TERCERA l\UtSA Un Jefe, General Ricardo Acebedo ; Un Subjefe, General Arturo Dousdebés; Dos Ayudantes Generales , Coronel Cristina Gómez y Te­niente Coronel Cardenio Pérez ; Tres Adjuntos, Capitán Guillermo Castellanos, Teniente Carlos Patiño Jaramillo y Subteniente Luis Carlos Fernández; Copista, Sargento 1.0 Rafael Villa; Ordenanza, Sargento 1.° Carlos Carranza. INSPECCI6N GENERAL DEL EJÉRCITO Un Inspector General del Ejército, General Víctor Calde-rón R.; Un Secretario del íd., Coronel Constantino Castañeda; Un Adjunto Escribiente. Subteniente Pedro Acero; Un Ordenanza, Cabo 1.° Carlos Baquero. CUERPO CIVIL Habilitación del Cuartel General: Un Habilitado del Cuartel General del Ej ército, Ccronel Pe­tiro M. Ponce ; Un Ayudante Escribiente, Capitán Campo Elías Baguero. INSPECCI6N GENERAL DK PARQUES Un Inspector General de Parques, General Antonio B. Re .. bollo; Un Secretario del íd, Capitán M;lcíades García. PARQU, GENERAL Un Guardaparque General, Coronel Alejandro Concha; Un Tenedor de Libros, Sr Belisario Barreto; Dos Escribientes, Sres. Mariano Riafio y Abelardo López ; .Un Ayudante, Sr. TomRs Concha ; Un carretero, un empacador y un ordenanza, Sargentos pri­meros Teófilo Casas, Antonio Uribe y Tomás Groot, respectiva­mente. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • Boletín Militar de ·Colombia -803- ARCHIVO GENERAL DEL EJÉRCITO Un Archivero, General Alfredo Tomás Ortega ; Dos Ayudantes, Sres. Rafael Roldán y Domingo Vargas. 1 BOLETIN MILITAR Un Director del BoLETÍN MILITAR, General Francisco J Ver. gara y V .; Un Croni!,ta-Revisor, Coronel José Leocadio Camacho; Dos Ayudantes Escribientes, Sres. Epaminondas Ver2"ara y Bernardo Montoya N AUDITORÍA GENERAL DE GUERRA Un Auditor General de Guerra, General Lisímaco Pizarro ; Un Secretario del íd , Sr. Lucio Forero Nieto. TALLERES MILITARES Un Director, Sr. Albino Duarte; Tres Carpinteros, Sn s. Nemesio Prieto, Aurelio Ceballos y Agustín Useche ; Tres Mecánicos, Sres Roberto Simpson, Rafael Infante y Virgilio La Rotta; Cuatro Ayudantes de Mecánica, Sres. Luciano Restre­po, Justiniano Orozco, Jesús Vizcaíno y .A.ristides Sánchez ; Cuatro Herreros, Sres. Martín Vega, Mateo García, Nicanor .Márquez y Alfonso Armedo. EMPLEADOS V ARIOS Un Inspect.... r de obras militares, Sr. Eloy B. de Castro; Un Capitán, Presbítero Dr . Octaviano de J. Lamo, quien gozará de un sueldo de setenta pesos mensuales ; Un Médico Inspector de los Cuarteles, Dr. Policarpo Piza­rro; Dos Ayudantes de íd., Dres. Abraham Salgar y Manuel J. Peña; Un Farmaceuta central del Ejército, Sr. Gervasio Lesaca ; Un Ayudante del \d., Sr. César Melo; Un Empacador del íd., Sargento 1. 0 Evaristo Hernández; Un Cirojano dentista del Ejército, Dr. Guillermo Tavera H; Un Ayudante del íd , con sueldo de Subteniente, Dr. Arturo Acebedo; Un Inspector de Zapadores, Sr. Juan José Obeso; Tres Inspectores de Ferrocarriles, Sres. Flavio Laverde, Salustiano Corchuelo y Luis Daguerre; Un Ayudante del Cuartel General, General Antonio Anto­Unez. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Boletín Militar de Colombia -804- JEFATURA HILITAR DEL DISTRITO CAPITAL Un Ayudante Secretario, Coronel Euclides de Angulo B.; Un primer Ayudante General, Coronel Ambrosio Torres; Un Adjunto Subteniente, Rafael Ortega E. ; Un Institutor civil, asimilado á Coronel, Vida) M. Pardo ; Un Ordenanza, Cabo l ° Felipe López; § 1.0 Los sueldos d el ~ersonal relacionado en el pre­sente artículo serán los mismos que han venido disfrutando hasta la fecha de este Decreto, y Jos que en la actualid >~ d no hacen parte del Cuartel general, gor.arán de los similares á sus empleos ó de los que se determinan al ~er designados ; § 2 .0 Exceptúase de lo que dispone el parágrafo ante· rior, al General Jefe de Estado Mayor General, quien devengará el sueldo asignado en la actualidad al Comandante en Jefe del Ejército . Art. 4 ° Los empleados Adjuntos de la Secretaría General de la Presidencia de la República, los que prestan servicio en Palacio, el primer Ayudante General del Ministro, el Abogado Consultor, los Ayudantes y A

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