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Colección institucional

Hemeroteca Digital Histórica

En esta colección encontrará publicaciones colombianas y extranjeras, editadas entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XX. Estas obras ofrecen una gran riqueza documental, derivada de piezas únicas y grupos de publicaciones de diversas ciudades, que abordan acontecimientos políticos, económicos y culturales específicos, como el proceso de Independencia nacional.

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Gazeta de Colombia - N. 303

Por: | Fecha: 05/08/1827

COLOMBIA. N. 3o3. Estll gaceta sale li>1 tlmninBos. Se siucribe a ella era liu otlmiltÚirru:ío,.~ de correos tk líu capitales Je provi.ncia.. .La.. SU4cr(ciol'} anual vale 10. pr­sos ~. /a del sem~•fre 1' 20. ~ la tld trimesttw. . fil ed.ilDr ,Jio1iro llM rritmero$ por las C4r(Y!t» o /o,s nuaill1'u y ci lo1 di! e.ta eiudad, cuyas swcnci.onn ~e recihen en T. imprenta '&f10tanta en la ruJJ~ th la U1iiTer,sw11d. u .f.és lkv.ardra 4 t11s ~ tJ. ~·Í.lt.lcW,,. B• ,._, inÜIM ú{aprmfa # veiitkn 'los rwmeros ~lws a 2. reales. PAR.TE OFICIA·L .. ·DECll.KUO A•&l&NJ>O BL PUEl\:T.O U.I! ~ SU:rJl(A• 'V.Eii'N~URA U EL 1>Ac.IF.ICO. El 3enado r. c.dmartJ de . T8pn~en'ltzn./¿s de la república de Golomáíu. TVUniJo~ UJ congreso~ Cp!tJ¡ DEl\:4 NJ>o ; ·Que es. un .deber J.el """U~rpó l•iiflatwo poner en accion los elemen1:os ,.pa.ra la recaudacion de Jos unados. inmediatamente por un ni·:.­ji~ trad-0 q~ residirá· en la villa d~ fa Buonaventura, tendra )a denómioacion de gobem~or i ~jertera Jas facultades que la lei 1lesigna a los góbemadores d~ provincia. Art.. 8. ~ Es.te gobernadorque eatara :subord:Wado c-0m~ los· demas ·at inten­dente del de·partam~nto, será nomhrado por. el poder ejecutivó con arreglo a la conslitudon, Juego que lo estime con­veniente, permanecerá en au destino el mi&m.o tie~po que se designa ~ los de provincia, i tosad erán alist~rse en lu milicias locales, i no podran ·escosarse de hacer un servicio activo cuando se inter~se Ja defensa i seguridad de .sa territorio. Art. 14 ~cada uno de lo·~ parroco·a · defltinado~ A Jos pueblos del Rapoz"o se les dara én propiedad, i para &'u culti­vo diez fanegadas de tierra, i una do• tacion dP los foiulos comunes de cuatro~ cientos a seiscientos pesos :. juici<> del poder ejecutivo," previos los into·rmes necesarios. §. unico. Los espresados párrocos~ pod ran cxijir otros derechos qlie lbs que vol11ntariarncnlc qu\eran Jarles los fieles. A rt. 1 5 El R . obispo OR a la voluntad del l>ue~ ;l>lo, se ha :puesto inmediatament~ ~n marcha pira Ja capital a don.de llegara tan pronto eomo 1e aea. posible. De •u ord60 tengo . la honra de decir- . lo a YS. para -c:Qnocimieato de S. E. el "icepttesiderite Soi de V S. con perfecto ..espeto mui obediente servidoc.--E.l aecretario.-Jod ~f ael llE~'&liG~. ~-- B~pú/J(ico tle Coloml>ÚJ.· Com mperior de jwtu:ús del ilulritMlel s~.-Quito á 2p d'i.'J:,º di! 1t\n ... 17.-Al sr. $ecrda1Jio -de ~ MI dupm;ho del lnúrior. La adminil\tradon de lueticia de q-.ae depende iomed1<,lamentc el orden inte­rior de la República merec-e en todo tiempo la mas atenta consiJe.racion Jt•l ~obierno; i e..,peciaJmentc cuando-en su marcha se tocan emb-.razos qur. son inauperablt>t de ctro m odo que <:on me­did. as r.adicales a! objeto de mejorar el r,istemft ú Mdln economi<:o Je la mis­ma. . Es. a v.artml ue este principio que . la corle superior dt'I SUr, en cum­)' limierito reTe término perento~ ·rio para su despa~,: ocupan casi-todo · ·el tiempo que por otro lado netesi-tan loa 11t1"ciO.$ cMles.. Yo ..eguro á VS. qúe .la c:omidtreeion de tu terr~ . ble 1n~oi~e. i Jos coos¡gqieot~ ~ m.or.ee del pdl>lic:o me mutiriaan á to­da b·ora en sumo grado. Señor aecre­tario : la corte der Sut 'st~ coovenc~ da de que un eumplido cJeapacbo -de justicia ~n este d~trito~ 8in que haya .to~ ~laa qoe tra1*jen ipdiatin.tamente ó mtjor, UD&· en lo .civil i oira en lo erimi.na)-. · ~ por cierto '1ºª quimera; COmQ IQ .. .. hrutjin•r .911e !l m•l pue-. .. et.. .-emed1ante .con pro'71.deQCJ3$ de aere­mio sobre loa tribanale1 i juzgacloe, parecida& al decreto que el recomen- · dable celo· de S. E, elLIBERTADO'l\ ·presidente se sirvib .ea pedir e~ noviem­bre ultinto ace~ca de esta materia·: pues no ch!~ ·d.idar el ·sobierno que en .Ja ~mlnist,ndon de justicia se ha tra• balido i ;e trabaja aqui con toda la · debida aplkadon ain qu.e para ellu ha ya "ido ·un obstaculo la circustancia de no eatar loa ministros .pagados de &"5 ·NÓlas. La ·corle entiende bien que la .indica­, Ja medida de aumento de jueces ae halla en controdiccion in.au~rable por ahora con la escasea que . padece el te- 1oro publico ;. lmas no por ~to debe ella preacindii· de representar las cau­sas de qua procede la i;etardaciori en el Jes~cbo · de justicia. ~os ideas h.rn influido en eu . acuerdo previniendo me hacerlo deade Juego: una la de que felizmente reunido como se halla el con­greso, no ea dificil que contralda la este punto su sabiduria resulten di1po1i~io­ncs de algun11 mejora i ,·entaja en que tan altamente se interesa el buen orden n~ menoa que el honor Je Ja ReptÍ-' lJlica ; i otra la de que el tr1buAal de­be satisfatol_' d la suprema autoridad c_on las nzones que le ponen á cubier­to de lo• cargos que pud-ie·ran hacer­~ le de í•lta de cnmplimientó en las tareas do au destino. Sirva se V S. dar con esta Mpoaicion el paso de su ob1eto cerca del gobiorco. . Dios ¡uaarde • VS. dr. Manuel Es-pmo& a ,. Ponce.. · Bepta julio 24 dd 18:i7.·17· o Resuelto: que en comprobacion de la necesidad que tienen los departamen­tos del Sur de que se restablesca la cor~~ superior de G:ua y~qui!, se pase copia de esta comup1cac1on a la cámara ~e rcpr~sentan~es, t~mbien' se publi~ará . en . la Gac~t~ 1 se chra haberse ya nom­. hrado el mm1~tro qur..fat~aha para lle-nar el numero de lo~ q11c st. r:icion de aprecio i ¡;ratitud con que co nes­ponde so patria ·á sus importante~ scr­~~ ioa, qué esperil aun tan.eficaces como n~aita Colombia para restáblcccr ·~u reputacion i hace .... au dicha. Sirvase VS. hacérlo asi prcaeonte . e S. E. el vicepresidente i aceptoir •los reapetos i adhesion particular que ofrece a VS. au mas atento servidor.- Santlap Arm~o. JltJpl.1hli'ca t!• Colornht'a.- Jntm~11ncf4 d~l d~parlamenlo dt:I Ecuador.• Quito junio 20 de 18:17-17. Q Al 1r. ·'"orwl•· no de utado tkl ckspoclw d11l lntf*f'iort S1tifoa HCl\ETABio. Con sumn gusto satisfago a la apre· ci~ble notfl ~e VS. d~ 2 ~ del paHdo num. la, asegurando a VS ·que los ha­bitante& def Ecuador Jamas dt-shonraran el noml•rc de colombianos, j que 11u11ca dar~n el eacándalo de Ja ·sedición. El g-0b1erno en ninaun tiempo dl~ be · t~mel" un ~rastornu causado por los podfkoa hab1tantc1 de e.tos pueblos, quo cif'l'tll• mente han dado una prueba nnda cquí· '·oca en estas circustancias, de su amor al orden establecido por la constitucion i las leyes. Por mi parte yo obraré ai· empre conforme a mis principios j miit deberes, ¡. r~~ctire a ~s. Jo que he <)\. cho en ~udu~1mas.ocas1ones. al goLierno q~e. sacnficaria mi vida antes .que per• mJtJ_r cualqμier proyecto de separar este ~epartamento de Ja Repúhlica, Dios guarde a VS.·-Jo1é Modest.o Lan-ea. Repúhlz'ca d~ Colomhia.- Intendencio del departamento del <;:auca . .;_ Sala del p~1emo en Popay~ a 2 1 d6 julio ae 182.7.-17. Q .AJ sr •. ~ecretarlo dd . ,,,_ eam: del despacho del interior.- lVum. 86. En comccuencia de "la autorizacion 9ue el s~premo gobierno confilro á e!\ta mtendenc1a, segun la nota oficial de ~S: de 21 de mayo núm. 8 i para de-cidir e.n. l ª · rcpresen· tac1· on del vecinclario de Qmhchao en que solicita se Je con­ceda la gracia de mudar el nomhre de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. esta .p:inüquia en el djecutivo, se concc1le al vecindario 1lr. Quilich:t0 el permiso qac solicita ("'''ª mu1lar este nombre por el honroso título de SA NTANDEl\ en reconocimiento •lel tino i prude11cia con que lia manejado PI escrno. · sr. vicepresidente ele la l\.r.paíhlica las rienilas del gohi1 l'll 1• en la. epoca de su admi­nistracit> tl, i en memoria de la firmcsa ÜICQntriilStoable COll que ha S0 del presenta decreto." Tcn~o el honor de trasladarlo a VS. par~• cnnocimicnto ele S. · E el vice­pr<'~ i,)1~1ite el~ la . Ur¡uíhlica, a quien se scrvira VS. ..1t•q1'111 para lo que correspu11dtt . Di ns ¿~uü rdt• ;, \'.S. lll1mw•I .lo.~P' Ca.Jlri!loii. Rl4:DUCCION DEI.. l!:J El\Cl'l'c) Penc•Lr:11l •' siu cltub rl c·ort~rr.so 1le la 11rjt•111e. n~c~síd-ad d1• , ... li1ci1· la focrza ••f P.1 l1v;1 1lt-I t'Jé•·Cit••, p1d111 1·l sc11;\1lo JI M'. s1•c1•t'fi11·i11 d~ la Hu .. n· .t sn opi11ion ~n t•l lll'~Ocin. i .. 1 ~•'. s~c1·~l.1rio loman­do la,¡,.¡ hohí1 ·1•1111, pn•s1•11l1Í su infr>rmc­rn l1~nni110~ mui claro~ i C'i1T11slam:iaJos. Entn·Lutlo podt'llltlS puhli•:•tr este in­ftwt111•, ;u1111trÍ ;1ut!lS <,•l p.Ultlico., que sin qucda1· dc .... giaarm~citlas l.1s plazas .de la t:osla 1•n an1ltns mares. i conservando los- cu:-.d ,:,,._ 'ª'' lo,¡ b;alallnncs, rcsulla 1m ,, hvrro rousi1lerahlc ti<' gastos a 1 er;11•10 ttacional' i por consi~uiente ados p11,.ftl1 •" ~" f.1vor nte ad rnit irle la ien quP el gobierno ma~dr. trasft•rir a los meses de agosto i sctiemhrc c•l t icmpo Je vacaciones que el plan jcrlt'ral ele instrucion pública concede él Jos cstuJiaules en noviembre i diciembre por ser aquella cstacion mu aparente para el recreo de la juven- . tnd en el departamento Jel Cauca. Resuelto: el poder ejecutivo no tiro~ por conveniente variar por ahora el plan tle estudios en lo relativo al tiempo· Je las vacaciones; mas se tcnJran pre­sentes las observaciones 'le la junta provinci at.owe&los, i pi, cu yo tenor es como sigue : · D1tCLARACtoM.·--El infrascrito cm·ia­clo cstraortlinado · i ministro pl<'nipl1- trnC'iarlo clt• l.t rcpt~blica de Colomhi:a al c•l't•rha.t1' Pl c·a11jl' tlcl t 1 atallo C•HH l11iclo _. .. 15 tlt~ mau.o ele• dh!a culn• l.a 1111•11• r.iomulta 1·&"1uit.li1 a d., Colo111lti.1 1 La ,¡,, las Provincia~ Unitlaa Je la A111f-11fa .. centr.al, i para mayor clal'itlad cu Ja inlelijencia del artículo ~ 3 de dicho tra­tado, tiene orden de su gobierno de declarar: que la estehsion de jurisdiccion que por dicho artículo 13 se concedió a las cortes de . almirantazgo de caJa uno de los dos estatlo.s contratantes sobre los buques armados i presas del otro, no se entenderá conccla'J. partet 1 hauicndose servido el congrt~!'<.t fr. deral i senado tfo la República pa·<'slat· su anuencia para que el l'Cforido arl i­culo 13 de la dicha convcncion sea rc-. .;­trinjido al caso •1uc cspr·csa la declare\· cion prcinserta; · Poa TAN'fO DECRETO: Art. 1. 0 La cstension de juris.Ji,·cion que por el .artículo 13 rlc la co11vt•11cion vinci• de Pamplona· por-p AR TE N 0 O F.I C IAL órdif~~~~1ctp .~¡~r.·c;~ta·de moneda. RENTAS NACIONALES... ·Pot' una fatalidaa lelietnos IJ propeosion ie olvidar mui pronto !as publicaciones c¡ue hacen los pa(>éles públicos.. ,:1 poder eJe­c: ntivo ademas c;te lo que espte&O al congteso en sus mensa~s de 2 ~ enero i 17: de mayo aobre la penuria de la hacieada nacional, eap!JSO á la honorable camara d.e repreaen­~ ntes en 22 · ck mayo c~les eraa lü v.ei:.., c1aderas Qula1 qu~ J¡abian ioft.,ido ~n que la ·tesor;eri.a de Bog<1ti. sobte l~ eua.l pe&an los gastos mu con.!iden.bles, no p1ldiese CU"' brir oportunamente le.s pre5upue~tot> de la admiai.stracfon. EsD comunicadon Se pu_. Wied en la Gactta·ntim. 294 ~orrespondierite ·al 3 de junio J!róximo pa,sado, i .con ~do' ¡>a!~ce que en la c.'mara de repteséntantes i.odaña se asombran algunos ·nes. diputad~ •de CJDe Ja tesoreria esté adeudada con la administncion. E.. uoeslro deber llamar · Ja ate~cion públi~ a . la p~ecitada no~. j ademas hacer 145 ~i~eotes acla.-aciones.; A la tesorería de .Bogot.a no Yie..,en ~u­dales de Olt0$ dep;.rtarrieotos; por el con-; fraRB ~ ella uJen muchas veces . pa~a oltq tesorenas. ºLa tesoreria "de Bog~ta tiene q.¡e c.ubtir loa aueldos de la guarruc:ipa, au maéskans• & hospitales, a1guao1 sueldes deYengados e-d ~tros got.\ -necesita cada ·mes de 4o a So mil pt!Sos ~i 1.lcnar sus atenciones, c9mo las· ha 11.enJdÓ 1!0 los años anteriores ausiliada coo los cau~ dales proceflcntes . del empréstito. Por. consecuenc1a de los arrf"glos ecpnó¡pi~ ~~ dictados por · el LIBERTADOR pre­' lldentf: en los dias 23 i 24 de novremhre del año rasadb como encargado del gohiemo, laa rentH que .quedaron msistentes de cargo de la tesoreña Íb•ron J.as siguicotes: · Los ~ov~n~ de di~zmos, las vac~ntes R)a.!. )'ores i menores, las .ut.ilidades líquidas de la ~a~a de mon-:da, ~l produ~to liquido de la~ aal1nas de Z1paqutra, el papel sellado, el derecho de rejistro e. hipotecas, la alcabala rl<'scie. el mes ~e diciembre, i par~ la~ . mer­cadrr1as estran¡er:is desde ell ·1:, de febrero lle esh! año, el derer.ho de capitacion, ·ta rmta ~e tahaoo.s, el derecho de -aguar.Iecimieato li-tog_ raficp. - j Lo que·})érteléeia a la· orden di Culos 3. ¡C) : LueRO ,ii ]u rentas COIQO lo ho demoatrado '. el ~obierao en cada una de laa .aesiones: \ l~iul_~•~• deade 1.823 no han . alcanqdo ,i ; cubrir loa pHQI de la ~dminlstrJcion, no J debe ~m})nnt nadie de que ahora alcancen : ojenoa, cup..d ó '!no~ ramo5. se han ~p~o;­~ piado al .cr~clito p~bl•co., otros . se suprinne-run t1' llonemhre, 1 etros son pocó p~odúc­ti'YOI. Tnytndost i la vista t~das las c:o­mun~~ ee ~l 1ohieroo d.esde tlh3 con · re.pe~ta a ·la hadtnda ña.cM>nal, se 'Verán lq coau eG• .su verdadero punto .de vista, i o~ ba}>rá '111er a m_urmuracio.nes.i q~ei~• infundadas relativamente al gobierno. INCONS&CUENCil\.S. . !Jasta ,•hor• P.ocos dias_ lQ~ pape~r~· ~irijidos . ~on~ra 'el •olheruo ·co·nst1~uc1ona!. 1 mas part1tulárm~ot~ contra el' vicepr:es1deptr! dé la R~p.)hltea ~e ha sostenido v1gorosaálente él cbdigo políli~o no séfü11aban otrá causa á las ajitacioues i partid0& wn qlle hemos rstado en-.uelios; que' lt tuala Jtdministracloq d.eJ gohier.no, J<>S d~fectos 1 vicios apo de c-onsbtuida, · era meneate.r buscar en la constihtciOll i en lcts leyes la . cansa de f'Sloi ~aks. Tal H el lenguaje de algunos números. del. Reco.n­ciliador de Caracas i de la Lzra 1 de otro pavel ~e Cartajcna. --- EL· COÑDUCTOH. Nos parece que hai equivocacion en cre'r q.n11ie · el ~oh.terno lia p:igado .este pet"!ó­dico. Desde el inrs de octubre con mohvo · de que la Gaceta no alcanzaba á publirar wdas ··tas piez,a-$ . ·imporlarttes, como que fre­' cuenlemente. se · t~n~ao q.ue d~r Suplementos, . ae penso daplic;arla. El editor del Condf!,ctor J?ropusn, que ímprimi1 ia· de v~lde l?das las piezás g:•!e le remitiesen las. secretan:'ls, c<'.!n ra· coqd1c1on de que el goh•<'rno s.e snscn­btese á 250 eje~plarcs : como la . sn.scricion. eFa' á men~f precio .que· la del pub\1co, co­mo .se . ·calculó ·que e&la pro·puesta costab~ -.ienqs que la duplicaúon · de la Gaceta, i como el e.ditor prometió que las opiniones ~ue am.. emitiria 'Serian . en ~ten de las . hh~rtades, 4e la const.ituc1on ~ de. l.as lryes, ~uraque sin privarse de censurar libremente al rpisq10 g?bi~r~o, s~ ' r.ons~gro ca:i el pro­p.; to. Haa . mm ~·1'~~able. d1Cerenc1a cn!.r• ~r ,el gob1e~o. ' un·cd1tor para que dtgit \do to que él r?bierno quiera decir, i suscri­birse a un .per1&dico ahsolútamcntc indc.-pen­diente de la · influencia del gobierno: lo ' primero no se ha hecho ; lo segundo si. El gohierno hasta · ahora ~co tiempo estuvo suscrito a diferentes periódicos aun de l~ o¡osicion, como la Goufa de Carlnjcno. e Comtilucional ' de CrJrocns, el Col~m- . hiano Je Carocas etc. i nadie dijo entonces, que dichos papeles emitian las opinione1 del gobierno supremo, ni su silencio er::i Ja~ que consignaron · se iraterpreto como una aprphacion de su parte. Seamos consecnen­tel i jtl!loa. • LA LIRA DE CA~t\CAS. · ':Parece, . que ha ·cesado ya este papel in­cend. iaiio. . o;ala que .ouuca lmhiera exis­. tido; ~eoos se · hubiera comprometido la re­'. pntacion política del LIBERTADOR. Al 6n -.:alla la Lira que· tan impt.gncmentq ha lacerado la reputacion de los mas an• liguos patr'i-otas de Colombia·. ·¡ Permita el cif'lo, que . ni a1~.ª.' '!i acá se tome la p~u· má · para calnmmar 1 completar la esc1Sl0Jl ~<;l : ~st~~o -ai11q ·qye se e~plee en r~erimit con 'moderacioo ci abuso de los maj1stra~ dos, en indicarles el c~mino . seguro que _conduce j fa fclicit!ad púhl~~a, i en sos­tener las libertades que con tantos sacrifi­cios . bao . con<¡uiatado los colom~ianos. · EL COLIBRI. Tres ndme_POS han Hegado a. esta capital de · u~ peri.o~iCu, que se ha empezado a puhlicar en· -Caracas' con el nomhre de El Colii!ri. Su objeto es sostener Jos princi .. pios drl ordeu . social, i las libertades de Colombia. No se babia dudado que el .p<.tlrio­ta pucLlo caraquetio i ven ~ zolano l!1irase COO horror t<>~O prO)'ecfo, 'JUe tcncJ1ese a destmir uurslras 1ib'ertadrs, 1 las ~arantias die r.m &irt~ma popular representativo; al-: ·4tr1tMi.-a j responsable. EJ <;olibri ,se dc,cide por: }¡l reforma d~ Ja· presente coustitucion. ' _El - arancel clé: adti del ejecl.!li vo sahilidad.. Si como . ~aji&trado . &ccletttl.111mo ~enor ~ teago Ja hopra de ~1r1- . consolidarlo ; i por resulta? o _de ~odo a que- snpr<'m~ cT~ Ja oaci~n no tll\v.icr~. deberes, qllé . i1r ' manos - a~ v. ~· ~~proyecto de det::ret~~ 11~ !ª m~rcha ~e. •a constítucton l Y4DClon las dU-:. del . aií.o de 1 831. to cutnpbm1ento de las leyes que ha dictado posiciones ~o.o~enid•s -eo las aecciones J' cu del· Art. 2. o En . consecuencia lá convoca, el pueblo sqheráno, · colocado al frente t~t.ul9 1. ~ i 2 .. n qel sUálo .':et de la cons-.. pará que reuniendose ~· la ciqjad de Oca .. de una· R;p~blica que la .h.a considerad? el bb1eton ; .1 desde .alwra 4.>ºr si :• :a n~mhre del ñ.a el dia -z de marzo del ano de 1828. mun~o social · á la vanguard~a de Ja revoluc1on pue~fo cuy:l rep~ese.ntacton .e¡er.ee, 4 qu~ por i ·declarando ella misma previamente si hai amencamt; observado . cmdadosamente por a;ned.io ictese amor á la 1 ~a tri a; confi? <'n que este papel F RANCISCO DE P . SANTANDER.-EI se- sera ahora l en todo tiempo el rlo í c!mra r:1 «le Fep1·c¡ent:mtes de ;cretario de .- estado del interior1Jo.sé 1'1anu- en que 1 e1 pncLlo c~l.o ml!iano ~. n j ~neracion 1 la 'J:t• pú bli ca l~C Colomh\a nmnidos ·C:(l lc.t R.estrepo.'· lo~ ruenlos de A m enc~ 1 d.c Eu~ora lean la t ougrt.•su. opm1on (lUJ: dc s1>ucs de uua pr;ídi¡a de na, Guayaquil, 1 Ecuado_r. cion:loder_ tjecutivo convinieron ó debe deduorse de fundamentos i razones en que el LIBERTADOR se pusiese al frente tan poderosas, que no dejen otro arhitrio para del gobierno de la Répúbliea con~ados en P~oce~er? Claro es que no puede ser ar- c¡ue- su prestijio, su poder moral 1 su espe-. .l>itra.ria, ó lo que es lo mismo no debe riencia reconsiliarfan los partidos, i éonsun1a­pttaentarse el procedimiento del cdngreso des- ri.an el restáblecimiento del orden legal i la D1!do de razones ctmvi~centes, porque si Ja gloria de Goiombia, esto mismo ·prueba, que ~5~!'l S?herania nacional esta limitada por la no pensamos ~n que debia ocurrirse como a coTWthÍindo de las actuales i'nstilucior,.es, i. se han emitido votos por su ref.orma. ¿ Er;l. donde se ha pulsado la opinion publica? Esa~ actas ilegales í tumi:l,tu~rias cuyo orij~n nadie d'~-$conoce, esos penod1cos que han I precitado articulo, porque hasta que no diga el congreso perentoriamente en la lei, que hace tal ó cual aclaracion, no esta in­terpretado, por mas que se multipliquen los considerandos llenos de las mejores i mas (:onvincentcs razones. Los considerandos presentaraD los fundamentos i moti vos que tiene el cuerpo lejislativo para dar una de­terminacion, pero no son la misma determi­nacion. Asi es qne el pueblo i las auto­ridades estan obligados a cumplir lo que dispone la lei en lo que se llama su parte dispositiva, i nnura lo que ha tenido en considt!racion el cuerpo lcjislativo para dic­tarla. Creo ¡>nea que el .art. 1. a> reprodu­ciendo el senbdo de los parágrafos 1. o j 3. 0 dela parte motiva debiera contener la siguiente resolucion. "El transcurso de los 10 ó mas años prefijados en el art. 191 de la constitucion para que se convocara la gran convencioo, que debe reformada, debe ser un transcurso pacífico en que el entorpecimien­to de la marcha ~1 sistema i de la accion del gobierno no comprometa en manera alguna la suerte de la nacion ; mas no cuando las ajitaciones pueden comprometerla como sucede al presente.'' El art. 2. o debe ser el 1. 0 del proyec- ·to tal como esta con sola esta adiccion: En eoncecu¿ncia el congreso puede etc. El art. 3. 0 puede ser el 2 ° suprimiendole la _palabra en consecuencia. En cóncepto dc.l ejecutivo debe añadirse un 4. 0 : art. en el cual se repita la declara­cion i mandato de que entretanto no resuel­va la gran convencion lo que estime conve­niente sobre la subsistencia del presente réji­men político, debe observarse fiel i esacta­mente la c&ra1titucion actual· de la Republica. Esta adicion seria superflua en circunstan­cias de menores sobresaltos, que al presente. El ejecutivo la estima importante al bien pú­blico, a la tratiquilidad jencral, al honor de Colombia, á la reprcsion del poder, i á las ~tías de los ciudadanos. El art. 5. 0 debe ser el que es el 3. o en el r¡mvecto. • TIESUMEN de la estadistica del departamcnw de Bo.raci'J. formada conforme al decreto del poder ejecutivo fecha 4 de octubre de 1825, darlo en cjecucion de la leí de 11 de marzo del mismo año. El departamento de Boyaca se com­pone de cuatro provincias, a saber: Tunja, Socorro, Pamplona i Casanare. La primera SE' divide en nueve cantones que son: el del Centro, de Lei~, Chi­quin~ uircí, ~~ragoa, Tensa, Sogamoso, Cocm, Soata i Santarosa. J.Ja poblacion total de esta provincia es de 189,866 almas de la.s que 87,55 e son hombres, 102,098 mu1eres i 217esclav.os de ambos sexos. En un año médio han nacido 12,050 niño$ i niñas, han muerto 4,316 personas, i se han contraido 1869 ma­trimonios. Hai en la provincia de Tunja 1164 casas de teja i 31,392 de paja 28, 149 toros i vacas 87 ,857 obejas 11, 167 cabras 6,r26 caballos rn626 yeguas 3,426 mulas 788 asnos. Se esplotan en eUa cada año 100 quintales de cobre, 6 de plomo i 33,804 de sal comun. Se cosecha un quintal de 9cao.' 350 de algodon, 15,790 cargas de .tr~go, 6,531 . de cebada, 30762 de ma1s 1 13,983 qumtales de arros i me­nestra. Se benefician 5,461 quintales de miel, 376 de panela o papelon, 283 de cebo i 1,945 cueros. !Ja provincia del Socorro se divide en siete cantones cuyos nombres son; Socorro, Sanjil, Sapatoca, Barichara, Cbarala, Moniquira i V clez. Su pobla­cion es de 137 ,963 almas, de las cuales son hombres 63,387, mujeres 73,465 i esclavos de ambos sexos 1, i 1 1. Han nacido en un año médio 7 ,499 niños i niñas, han muerto• 3,522 personas j se han contraído 1 ,064 matrimonios. Hai en esta provincia 4,2:i1 casas de teja i 21,::h3 de paja, 19, 161 C'abezas de ganado vacuno, 3,321 obejas, 2,132 cabras, 3,420 caballos, 5,643 yeguas, 5,018 mulas, i 319 asnos. Se coseohan en igual termino de un año 9 quintales de cacao, 2,880 libras de añil, 6,391 quintales de algodon, 220 cargas de trigo, 32,931 de mais i 22,27 1 de arros i menestra. Se benefician 26,126 quin­tales de miel, 13, 115 de panela ó pape­lon, 958 de azucar, 1,:211 ! de cebo, La 1)rovincia de Casanare se divi en 6 cantones que son: el de oriente, de Arauca, Centro, Sur, Occi' han nacido en esta provincia en nuestros departamentos del Sur. El 3,542 niños de ambos sexos, han mu- poder ejecutivo no es. , ni P!tede ser respon­erto t ,416 personas i se han coptraido sable de nada al Ll))ERTADOR, al me~ 649 matrimonios. Hai en la provincia nos si han de valer las instituciones que ha· de Pamplona 2,775 r.asas de teja i 9,937 hia obtenido la República contra sus an­de paJ· a, 1 1 ,382 cabezas de ganado va- tdign 1 os opres?res.- P1 hor consiguiente escriba, cuno, ec ame '"'Ite 1 a orote el Reconciliador • 11, 1181 6 abejas, 3 16,965 cabra3s , coa,¡...u... o gu' s ten,- - 1 .. r d • ·- i e su11era su Iecun a 1ma11- 1 ,56~ ~ha os, 4,oo yesuas, 1 ,7 9 nacion anti-ejec·utiva, que el vicepresidente mulas 1 5

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Gazeta de Colombia - N. 303

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Gazeta de Colombia - N. 304

Por: | Fecha: 12/08/1827

COLOMBIA_ N. 3o4. F:61e pc.lll .. ~:z.!e ·Jtu ·~·'-~s. .. & $U#rl~ '/¡ ·-e~á ' ~q /~ ~iáf:ilractones de aor~os- de. las Cit.pilales de p'rovir.ci(!.. La J-.;ctiolof!_ ;anupl vale. "lp. Pf;- : .. #/1 >~, /fl. .. dil st:l/ll#ll~ .1· so. rt!'oltt• ,,.,, d4i lrunestr• . . . . . el edilD~ . dir-l'jirfl: b.>s. 1;1irnuos por .. lus~ . ~r!eo~ ii.. ~ · ''f#ri~lorn . y a !oi, de ~a ~uiJad., .cuyas' 0 -sitsctic:iqnr.s se, reciben en· 1a iinpriñta B6goriina._ ~·· la ralle O-! la llmdnidad, le les líevta·an ~ ~ ~~ "'- laQ/>füu:io~. E~ la_ misma imprenta st_ vendtn los ilunteros sue/t;is a ~: ,,rto!es. l>AltTE ".· O. FICIAL~ . :Qll1\N CO;NVEN. 0-101~., P:l · . .rdia¡J~ i cl.una.ra 1.k r.epresen.la~tas tk la r'p¡"i4/ka. ., e&¡ l_as -._crític~s: · cii:costan~ias e~ <\ut &e ~- b4ilfa Ja .Repáhli.ca, Ja · es~rien­u; i ya · obtiCJ',ida .h0t•la i llena ch~píritu del arl(C9l~ ' ~ita do. ·· Art. ·. 2. ~ F...n cornjé.cuencia el con­gréso .:puede· con~ocar · i desde luego éon~o~ .~. gran con·vcQdon d.e Colombia, p~ra . qu.o reu.nien~lose en J~ Ciudad de Ocaña .. . el. ie,roo en · Begota a .. 7 aen del orcle11 público, el imperio de : Je ago~to :de 18.~7--17 • ...-:EjttrnJe~-:-- . laa . Jey-es i la accion dP.l gobierno han. f~NCJ$CO. DJt P~. &ANTANDER.-.. P or sufrido mengua el). la füetia necesati~ S ... E. el .. vicC!.p.fe:SiJiimte de ~a . llepubl-ica p~ra . restablecerlo i consoiidarlo; i por encarga~o del, po·d~i· ~j~eu tivo .--El ~ e­rcsultado de toJo. esio u marcha de la cr.etar.io de ' es~ad o. del . dc~(\dlQ d\!1. ccm.stitujeto d~~rnpletar la csperiencia de un de- . ceoio ~ usando de Ja facultád que les citn~de el utícnlo 189 de la cor,sti­~ ciof), ban ~nido en declarar i S .uMt~~·.D& i.9s C•J!!TON&s, ' · AJJ~t~n •. ,E! - 4LTEREN · LÓS ; ~~: LAS NlÓVl~ClA.s 1 DEl'ARTAMEliWS.. · • • • ¡ , • • • .Ei. u11ado. i t:a~e es:~~ co~v~~!«!!1te., qoe en b dcsl~naqoU l Arrej;lb de ltr1utes- de las p ro­viucíás, c:intoncs ' · parr.oqllias se · cons.nlte al btu'e&cio .¡ éommti~3'd de ·ios ' púeblo~, i á la .ni31or ·ra-ciliJ~d p.a1·a· ~~ ·~e.ji.qen i administracion : : 2. º- Que. el trascurso ñe\ tiem~ ' la esperienetá v~n manifes'faQa(> la . necesidad i éón.veniencia de variar, é:(jofórme á los· priricipiQS .indi~os, lús · 1~mites ~qe .qna vei sé han fijado ; han ventdo en: dccrétar i Dw.cn,,.+.~· ~rt •. ~-· 0 .EJ rotftr oje:~.ntivo -· P'->.rlr~ ':a. -;- 'riar los límites de ·los canfunr.s~ i parrocpriaS). : aun cuando. s«: al ~~ren · eá · ál«úna. -parte los de las. ·pro.v·rnc1as 1 depa", l.amentw, tonlantió. antes los infona~ i "º~Lici.u . q~e- ~if:ll~ co:o..ducen~es ·i c¡ue a'Cred1te·o .J.,a ~ecesiclad i .conveni,eo.cia ·de Ja. reform~. Art; i.. 0 I>e l?s ·arreglos qne nuc\·~­mente se hinis~erio i cuiden de q ue Ja eleccio~ :~~aiga en eclesiastico de p robidad,. ~~t~ratUr".i í· patriotis~o. . Art. 3. 0 En el caso del anterioJ; artículot se les abonara a dichos cape­llanes el sueldo respettivo; durante la c~mpaña ~ i gozaran · -de los fueros i pr:j- 1 vi1ej~os qut contede la ordenatn mil!.;. ta r. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA DE C.OLOMBIA naao en Ro.gota a 2S de julio -ele 1 ~27 _1 7• o El viccpreside~te del sena· do Jeronimo 'l'•~s.--El presidente de ~a . ¿~m:.ra de representantes .Jose Mana ;uslkia que eufre tantos. at~a~os en los departamentos de la l\epu_bhca: 3 e 3. o En fin, que por . ~l :-rtículo . de la lei de 20 de junio ~ltu1!o se hal~a auto~o el poder e1ecut1vo para ir rej¡tableciendo progresivamente la o~ servancia de aquellas leyes q.ue :ae ~f~-~:n susnPnJido en virtud Je las. fa.cu létoes Orüga.-· El secrcta1·io del scuado Luu PcirgtfS Tejarla.-- El diputado secre­t3t" io de I• - cált1~3 de re~entantes Manuet 1hmards A.ware• .. · . P .• Ltt. i ,l d el paragra· fo 1 . o dd ~itado art1culo, no se res-uoiece. ran iB& .jaece.si letr~d.~, ~ en todos aquellos cantones 1 ~rcwtos ~n que los ·intendentes ~~ro•,, pre'"? iaforme tie la mú01c1paliJ•d· o mum-cipalidades, juzguen que las rentas de pr.opios pued.en ~acer . el pato del ~ueldp . • asignat'O a los )ue-CeS }etradbS, 8 cuyo ekc\-9 ~ co nficre a los intehdentes la facultad ~aslante para hacer tal . decla­ratoria, i para que ·in~diatan:ie~te en­uen. á ejercer sm. fUDC10neá ~ loa )uec• letrad°' antenormeoteMBíbtados. Art. •·o Aun cuando pan arpnoa caQtones se hobicren creado dom 1uece~ letnd~, ai resultare que- sotam.ate pue­de -asalariarse uno, i.que es bastante pa• ra Ja admin.istracioo de justi~ . solo ae .reatablecera entoncet una 1ud1cat11ra, la que ejercera el jaez letrado maa •n~ tiguo 6 el que estu 'iese primero eo el Un cficial sald1·i! de ac¡ui en P~~ta dentro de . dos ó tres nt'n las noticias 1• ... tad1:\­ticas Je oqziel 1Jep11rlamr.nl.o en el año· de. 1 8'?6 a virtud de lo dispuesto por el poder ejecutivo en tkr.ret11 de 14 de octubre de t825 dado e11. 11ecuc1or1 tú la leí tÜ. 1 1 de mar~o del mÍ31no alJo;, El departamento del Asuay ae com­pone de tres provincias,~ saber: Cuen­ca, J,oja, i Jaen de Bracamoros i Mai­. nas. • La primera se divide e11 ci~lt cantones, quP son, cJ c:lcl Centro, Go·a_. · . laceo, Asogues, Caiíar, i Jiton. Lapo• blaé:ion tol:t 1 Je esta provinc\a, es dt! 78,728 habitant~s. .i4, 199 hombre~. J9,tS1S muje1·es, i 162 esclavos de aq¡­bos sexos, en el año h:.n nacido 4,552 niños i niiias, han muerto 2 o 1 1 i 'e. .han contraido 7 52 matrimonios. Hal en dicha provincia 4,451 casas de leja 16,716 de paja, 2; ,858 toa-os i bacaa: 6.Íf704 obejas: 2,523 cabras, :a,~88 ta• hallos: b,7:. 8 yeguas: 1,618 mula&; 300 asnos. • • Las minas de pbt:i, i·~ bies í aaogue que tiene, no e;e csplo­tan por fallta de capita!e1: produce So qaintalea de algodon. 279 cueros, 1~ quintales de cebo, Sao quintalt>s Je ~ car. 4,8g3 quintalea dcrpelou. 2000 •. quintales d~ mict, t-,4 7 car~¡¡:o. 3 qumta les dé menest1a. . I.os fondos q"ue ntibieren colecladoa ord~ de loa nombramient?8 cu~ndo ·hasta el treintn del mea de iuniQ prO- befan aido hedao9 en WJ mdmo dia. ~Un.o .paudo1 se distdbuirán á ·pro- . · Art. 3. e Si .en atgunoa cantones de -rata en.U-e los acr.eedoces que hayan aquellos en que. _lo~ intenden&ea decre­ocurriclo a inscribir sus créditoa hasta ten el restablet.1m1~nto de los \ueces el :mismo· dia; i poi· lo qu~ 6C les que- lett"adol' no hubiese sido hecho nom­darc. clehi<'ntlo se les. d.aran obligaciones bramien~ º• ó hubiese , vacado la plaza . pagade.ras en lo~ tér~inos .que se de- por algttn m~tivo rclZoaable. '! .exitará ~minara por regla jeneral en d~creto a la respectiva· c011.e de jut1oa para . ~eparado. , , . . que baaa la cor~spondiet. te propuesta. 1.a pro•incia de ·1.oj-. s• Jh·iJe e11 euatru cantonea, que a< 1n: el .. 1c1 Ct>nlrn Sa.-'uma, C:otacocha i Carieamanga. Su - poblacion ~de •.4.787 hombres, 17,998.- DaJu en B!}gota ~· 3 de ªSosto de Art. 4. o Todos aquellos jueces ~18i7 - 17 o,- El ,·icep.~s~ente d~l se- letraóol' de primera ...,tancia que no nade_.>. -Jetnn1mo -Towe• . ..;El presad.ente fue-rea ~tablecidos por lo& re.s~ctivos de )~ drnara Je rci>r-tts~nt?ntes.-· Jo-se intendente4' previo el infor.~e de lamo­MarlDL '!r'tfr~ .--&I Tc~rdtarn~ ld~l. sena- ni~ipalidad o municipalidaJe&, continua:.. do.-- w..s . • arps 1!)_'1 a.-- ~ 1puta- ran suspensos en sus funciones confor­ ·do secretario c~e la camar•• de ..repre-1 me al citado decreto del LlBEl\TA­sentante~.-- M~irir.u~ RerN.1.rdo Al'!a_res. DOR presidente hasta que otra cosa Palac10 del gob1 de Apure. • • • 178 ad. • , • por. • • 1.327 .643-7 ...._ - 1 ~ ssz; • • • 2.s,3,.;J3o-• Da LAs QVE·&•••• u. 3 JI01l 100. lle hab<-re& militares ac:eedítados -por cca·tificacionf'S de la comision principal dr. rt>partimiento de bie- 11cs nado1aales establecida en esta • carit;¿I . . . . . . • • 2,:ahcertl&caciomt por WOI' de ~.628,.99.1-2 De ~ucl(los 1·eteoitlos por docu­Jnent1 •c: , 8go-3 . . . • 2.67 .~.3 .io l • 3.428.0? .d i Total • . 6.. , _ ·i52-; No!a: qui! a muchas de laa certifica-, de modo que este capit:.I ,.._.¡,<. 1em~1· tioncs que ganan el interes del 5 por 1 oo un aum~nto con~iderable. -- Bo¡¡uta 1 S hai que 3grcgar los intereses que tenian de ju/in de 18 ·i7-17. El coutador, devengados basta r •• 0 d c>l presente mes ; R afael Ca ro. •• OT RO Qu~ rnanlli~.f ta lnJ r,rzi1 l 1. l ·•7#7 .. l . i,984-•-t 3,803-2-i 1,444-6- 53,385- 1-! ' 31,928-1-i 53.385-1-i 851Jd 'ffeta: que aun:tue consta por docu. ponen en este estado porque realmente mentos haber debido entrar en la arca no ingr.esaron, pues antes de que negara de Ja tesorrl'ia del M:1gdalena 7 1,421 c~ l e caso ya se habian empleaclo en pesos i ~ d~ real aplicable~ a Ja deu~a las· necesitf a,Jes de aquellas cajas ain que estran;cra 1 J,455 pe~os 6•4 re.ales apb hubiera esta,Jo en arLit,.jo de la comi­mbles 3 Ja deuda intf'rior; i en la de sion e) evítarlo, aunque sobre ello tiene Guayaquil 1.91 17 a, pesos. 4 i re~les. d; hechas las redamacienes co ~ respon· Jos pertenecientes a la primera, 1 2,6:13 dientes - - Bo¡¡olO juüo . 15 de 1827-17.-­pt- sos 1 real de los de la segunda, no se el contad.ir. llafael Caro. ····- . VACANTES ECLECIASTICA~. · lío: la ca11t>nii" 1le merced, que obtenía el. presbítero Antonio Carcelem muerto el dia 28 F.n la iglesia catedral de Cartajena la de junio último. ,Ji,.,oidad de lesorer9 por ascenso del sr E~he¡i;ara-y, que tomo posesion de la m at>s tre - e:scoha. En la iglesia C'a tedral de Quito la cl i:; 1 nidad de te.soa·cro por mue1·t<' Jet dr .. J use ¡ Manuel Flores, acatcida el dia 4 de ju- - ELF.CCION llE &l!CTOB. DE LA UNIVERSIO\D IJE BOGOTA. P romovi'1o el sr. I dia 5 del ct•rrirn­te e!' la aala dt- la nni\•ersiJacl pir~ hacer elecc10o de .re1 f•tr, ¡ ve rificada conf. .rme al plan de 11.strue. fou pi1b ¡..,, n-sulto •·lec­to el dr. P.ab~o ~1'aoci~·o Plata ranónigo ~~ t>s~ .aanta· 1 ~ les1 .. catedral metrop<_.lit:.na, 1 aciu~<> ft .. tor del co1ejio da S:tn B.rtn­lome. El poder eje~·utivo ha espediclo la compttlnte aprobadon. EDUCACION PUBLICA . El. 28 ~ julio último por la ~mna. el dH"eCtor de Ja escu~la lari~terians de esta capital, Juan de Dios H.1ro ~io al púbJ~o un certamen o cx;•mor;. Jeneral. de las matei-ias que enacña • 1 So naños que actualmente hai en la esc.uela de su cargo. Elloa man,i• taroo el aprove~hainiento que tieqcq :~ 1~ ~eetura, e~critura, aristmetica i ~ c1p1os de dibujo. Son .oótables lee progresos. de los niños espedaJmentc en la escritura, en Ja qu<> aprNlt lC'o ~ bella forma de letra i en po~o t icmpu~ El maestrn manifestó tanibi1·11 ' ''~. p~ gres pondientea á fin de deacubrir cJ orijen de Jos rumores que corrieron acerca Je una revolucion que se decia e.statJ, preparada de antemano en es.ta capital • j d"spues de varias otras medidu que t:on el mismo objeto torné por mi p~rte ; el resultado es: que no ha existido el menor motivo para tales rumores que s~guramente han sido obra de algunos desafectos al sistema, con el fin sin duda' de desacreditar a los pacificos habitantes Je esta capital que siemprP. han manifestado un amor i respeto poco comunes al orden público 1 a lt1s_ leyes. Asi es, que no h, podido adquirirs.e la m('nor noticia de semejante a tentado, sin embargo de las esquisita~ ~ilij~neia." que se han practicado, i por In mismo me atrevn a asegtarar al supremo g''l>i­crnn, no solo qur. esto ha sid 11 u11i f.al­sed; Hl, sino que los habitantes de Cun­tlinainarca. siempre fieles a las le~ es j á las autoridades t·onstituiilas jamo.s serán capaces Je manchar su bien adquirida reputadon con l1ech"s que siempre han vi~ to con horror Digoe~e VS. hacerlo asi presente 11 S. E. el poder rjccutivo p0tra su s;tlisfan:ion. Dio» guarde á VS -- Luis F de~- CORTR DE. JUSTICIA DE CUNOINAMARCA El dr. AnjeJ Maria Flores ha sido Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tecihido de &bo¡.-W.o pon e)tei 6~ciié•r· · t ribunaJ pr.evios .fos rcqub1tos legales;: .i con fech.~ 6 del- pasa(i.Q. julio se. -le-.es• pidió ei título. --- PIUHÍ Mmister:io de e&ú.UJh del despucho de la ¡pJerra . .-.Paiado .tkl gohieJlfi& en Lima a 7 de jun'ú> de 1-8!17-~. o i 6. o -­Al sr. secreldrio de estacfá del despacho de la guerra . del sohiemo de Co/()móia.. S.ENOR SE(';B.E'l'A..JUO. PARTE NO OFl.CIAL' El~~·~ . 4 :de . ~nio se . rcun(,, el CMg1·~ _SO COll.S(tlUJCU(P dc.l"f.'erñ en nma CO Yft''·•; . DOCUMENTOS luEI: ~e la· convo.catoña ~spedida . ..t 28· d-, 1\EtrAT1vus A L~ 'ftD Pc:tat.t<:A &EL crt~._ ·~~ · sr.. ·Lun.-. P1~iJrr'-<' ~·eht,u~e ,el LIBEl\TADOR.111'~CoL<>,MBJA, noip'!1ra~teQto de t>resuJe.nte. · E• mijmo dia' t i , ~cliii ftu_i!~~· ·~fodat.aodo·: .. que el coti.;,· · Y.a hemoo logrado v~r ~st-a · el 5. ó gre.so const1tuJente ~taba s<>lefnnemelll-4! m.... '°c'lh.tm~a ~~ la e.oleccion de estos importantes ·~~~~cq . i que _.lá , ·~~e'niflÍjl . . rcsfti~ . ~~­do( J,mentQs__, 'fue se 1>ti.hlican- '"° Caracas en . ,,ci~~cnte rh ta -~-~~10Q:, . . 1 . ~~ ri;éJ;c1rfu ''flft' la im_preet. dt> Dt'.wume..! el wJumen coro- J el E?~rcso, q"!e lcplí~"mente la 1·eprcseílta· pr~ndc (~ l¡,~ +)e5dc 29 de marzo tk 1825, . E. - ~ p~oce:~t~. A: Ja élecefon . . J:c ·~ en .~ ~ el je11eral Su.t:T~· en Voto.si d!!ttt i v1ct-prcs1dc'ñ.te de la R(·p1ihlíc~ ·;, una pFodan1a á los. petuar.oi basta la ren.... . r~cayó !a de_ pt· eskle~~e en el gri:N qtt­di~ ion del Ca1lall, ·i :proxia:i1a tlerci~~ ~tel · . r~(a.1 d. Jo~ ~ Laqi:.l'l\ 1 la fitial · de( comandante Jüse Bustamante, . relativa Jos. acaecimientos qht! tuvieron Jugcir . ¡.er~ Freyrt•;· i ·que en c.oos~Cu~ncia lla~ . ~ r~aido el gobierno en el -vicepresidente; ~eral Pinto. · en ·la d.iYision ausiliar al Perd · et- 2fr de ; T~n~e 0¡ h.on~r de dirijír ¡ V. E. la nt>ta enero. del ·corriente año. El infrascrito , d~ m.i felicitacion al congreso. jerieral que h" ha . recibido orJcn de su gobierno par~ érJ!ido de mi deber hacer en momentos er~ contestar al sr. seCFet.ario a quien se . ~e ya &o IUPQ.ngo reuní.do. La nation es -~~- ,..1~ · - tliriJe, que las tropa~ colombianas al pera J~ mas gra~d~s ,,~nt11hli<'a 4-llo~ ra_lidad, i el mas pr-0fando respeto · ·at tspfritu . 'le ino~acio,1 .qne h~ cundido e.n: UscateguJ at· 6n ha ex~ii,fo s\1 dlilmq. «obierna peruano, sin tomar parte al- fsa capilJ31. \r. E. sabe, i Colómbi~ e.litera ~-á.lierito .Cn e~la ca('ltal · el dia- 1 · dci ~una en Jos sutesos . políticos que pos- lo sabe tambieu, ~ue yo he cmn¡a_g.,.da rni énrrientc á las dos i m~lia . de .'.1-l- -.•- .terio.rmante ocurriel'lln. . El coman- vi Ja a la int~rridad de Colombi:l, . i IU n . :e ·ñ lOé\. Un autígtio pattiota, un" , ar- .dante Bus-ta.m:mtc que se puso 3 ta ca'- 1'rrtad i á su :-dicha. Mi potilica ha -ti&. diente. amigo de la !ihu.tad, un re-hcza de ia «livision, Ja ejemplarizo c :m. sicmvre por I<' estabilidad, e._or la fuen.a í. presentante de '"' nac-fon en amhou SQ singular ·conducta, manejandose con por la ..-crdadera libertad. El congr~ de S ~ongresos constitunonales, un buen el lwnor propio de un buen militar. Guayana oyó m'i dictemea aohtc gobierno 1·e~¡>Qso i un ;\ffiigQ escelente DJ..ere~e l b ..t d ha i siguie una parte el~ .UÚ• e_pJ~onea r el dt; . h1.ep. que ct1nsigoemos en est~ pocó$ E · 1 ~a o pl'úe s irre.fraga-bles del Cu~uta ·hi:&p ot~o. t.- •.t!t. ¡ y.&. ~ .. P. po~ · ~~nglones su memori~. Usciiúr'i ee)o que Je anima por el bien de .su docifüJad 1 obed.i..en~a iuré la conslitucton 1 , des:áblica¡ i au ~dhesion á las iuslitu- t ·cribe al hacer e·ata•recomemlacion que :;nalterable por una jeneradon entera, por- cioues cnll)~bianas, le IJamo .a dif•-1 es · estensiva a.l t:apiten Berna5a . por ·que· 11na. jtl\eracion puede constituirse por · ~. rentes. com 1 ·~ on~s ~e que .le encar". · · l •u ~l. da. La _ sobcrania. d. el pueblo no esíli ~ '~ ~obierno de. la antigua Venez. _uela-, 1 i¡na es priocipios, cum·ple con el encar... . ~ ,. tt~ t d ·fnitada, pA~uc la justicia es su hase i la , -u •i:ñamente a a representacion en «e:> · e su gobierno,· quedandole-· la .· sa- μtili~ pmecta le pone termino. Esta . 1:t cámara de rep~es~nlantes el. año tí3f.accion de tc.ner paTte en es.le ac\o ~octrina -ea del apñst~ corulitucional del dia. ~de 26 por la provmtta ·de Tru~l_ló, ¡ de ju~ticia, - . . . · :. De. dood& pueden ereef'5,e auto1izados Jo; .. en el senadQ r.n el preseat-e pcno en ~I poder 5.tarnhu:u hahr~~ ~r.respond1clo a el el'} . gobienw accediendo a una ·peticion . ta111 mismo que le oprime. Yo. Escmo. sr. t n 1e I~ )~ SCSIOU lcpsh1t)va ac.tua~. Comol justa, le franqueo buques., n ·veres i et 9'~º autoriiado a insta.- al poder ejccutiv'? c1uda.dano l?r1v~1d~ U!cate,cw er~..ama- · dinero necesario por ajustes i g-.·atifi : para que haga. lt>s esfuerzos mas efic-aus él ~ ble, Jellecoso, 1~iv1al 1 an11g~. . cotucc~- -cuione& militares . . Al ha.llarff todnia efecto de pro~urar q. ue· la actual le)i:Jatnra ente; eoruo padre. de famih~ su nc• 1 en e) . Peru,. el. gobierno atenderia a-:su no altere en .nada el códi'go fundcimental d-e I~ tuo~ ~apos.a ateshgúa .sus escelent~s ~ .snsistencia, como lo ha hecho Eran. Cofombia. Yo; \l<.4Cfal'o i>flf mi p:l1·te1 que , ~tJaJulétdc.s. El ha pagado ya~"': t~- . cattlcnte . tn.Íentras han perman~ido .en . ligado per:Ud jura.mento á este oodÍ'g"o, no . ~ .hut~ : cn}ugn~m.os nosotro~ las lagri- ~l UD1t8 . tropas amigas pertenec~ntes : debo ol,~J~. a HÍflgtma leí que f.o vulnere i .. ,, ~as .de su 'l.escon~lat!a . vnida, como .a nuestta aliada Ja rcpiiblica de Coloro.. . viQle r que .mi .rcsqluci¡On es scparar111f!"

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Gazeta de Colombia - N. 304

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Gazeta de Colombia - N. 305

Por: | Fecha: 19/08/1827

CO-LOMBIA. N. 3o5. TRIMESTRE :.t5. E#a &dce.ta· aule lo! domÍn6os. SI> suscribe a ella ea lat admil)istrac"wll6r tk COr:rt!06 .tJe las C'VJÍtales de proYincio. La su;;cri'cion anual vale 10. ~ "" b. la del sl!M'-af~ ·y 20~ ttales la del trimedre. El editor dirijira las nl.ur;.eros· por las co~ o las llUtlf.itores y a tos de uta ciudad, cuyas ·srucrlcion'.J ·~ rv:ci!Jen en la imprtnw B8Kó"IDM • lo cp/Je de la lJniV#1!6ídad, # les llevaran a SMS casas & Aallitai:ion. En 1.o misma Imprenta :se venden los nUmeros aueltoa a 2. rt..Jes. PARTE OFICIAL. DECRETO DETUJlllMAlmo LA FUERZA. EFEC'flV A DEL EJERCITO DB L• l\.EPUBLlCA. E I v.nado i carwi,ra de representantes d. la r~pdhlica de ColomiJia rnmidos en ctm¡¡reso. Viato el informe del secretario de la perra de fecha 7 de julio ultimo acer­ca de la fuerza permanente, que nett• ·sita la República en su estado actual. -i COMSlD"&BA KDO; Que ea una atribucion i deber del congreso, ~et~k·minar la f~erza efectiva de la Repubhca en paz, 1 guerra ; DECl\ETAN. Art. 1. o La fueaa ef Pctiva d-el ejér­cito permanente para guºarnecer los diversos departamentos de la República, esa toda clase de armas, sera ta de 9,980 hombres. Art. 2. o El poder ejecutivo distri­buirA esta fuer~ como lo crea con..1 veniente, segun Jo exi1an las circus­tancias locales-. Art. 3. 0 EJ poder ejecuti"'o podra sin embargo, hacer nuevas Feúuccione~ · siempre que las juzgue compatibles con la seguridad de la República. Dado en Bogoia a 6 de agosto de 1827-17. 0 .--E i vicepresidente del sena­do.- Jeronimo 7'orres.-El presidente de la camara n cuantlo se haya dc­cretadc;>; i- 1in que se detenga el segui­miento de la causa. Dado en libier­no esperaba que VS. usaria de Ja auto­. rid ;11l supetior que oble11ia en los de­parlamen~ os del Sur, con .-eflexion i snma pr?dcnci~ qu.e_ dirifiria todo su · connato a restablecer Ja obediencia al gf)bi-erno _i a la smtjisíon de ias leyes, a t~o1·~ar todas l~s innovaciones que se hubiesen ~ec~o l a e·vitar a esos pueblos t.od(~· .sacr1fic.10, todo gra~amen i toda ~1os.t1hdad que . no fuese absolutamente rnd1spensable.: . En 5 dé junió fu~ pro-· mulgada Ja ~el que previene . u_n olvido :-ibsolut? de todas las ocu1:.re~ci~s 't}U~ llan tcmJo _lugar en ld Rcpubhca desde el ?-7 _u1· de_crelo d_el. propio rdenes del gol>ietno, i sin erliliargo de· que .en el dia no obtiené VS. encargo alguno público~-me ha prevenido el gobier­no le -de ·a V'S. Ja presente contestado,.. Dios guarde a VS.- l.arlos SotJBLETTE. (Se trtiscril>iió e$la orden a l11s autori­dades cortespondienltt!$.) Cuenca a 11 de jlJlio áe. 1827 ~ 1 7 o .. -11 E~cmo.sr. vú:ttpresidentede la &púhlica. EsclrtO. SEÑOR. ·euando e~ batallon ventetfor en Aya­cutho, que ·tengo el honor de marid~lr, faabia consentido en la dulce idea de V~~VeJ'.. á. p~ar . e} :'ueJo Je SU C~ra pa..: tna, tavq el terrible dolor de encon­trarla ajitada por la faccion s ,gu~rde .a V~ .E. ~sc;mo. ·sr,- El 1. comandante, .Agustín . .Ansoate·rui, . o . GUARNICION DE CARTAJENA. Habiendo enviado al gobierno el comaL· dante jeneral del departamento de) Mag .. dalena las rt>presentaciont's que Jos cuerpo;; de la guamicton • di~ieren al J .. IBERTA­DOR eo 16 de junio, en· qur le ofreciao sos serviciól, i su per~tua é inalterable adhesioo i su per,ona, el vicepresidente de la República encargado del eiecutivo dictb la siguiente tesolucion : . Bogotajulio 31 tle 1827-17. 0 ·El gobierno ae ha enterado del contenido de todas estas manif-estacienes; i aun9ue no .puedt> serle ,Jc-sagradabfe que loe jefes i ·-06c1ales de est(Js tuqtp05 conserven 1u entu­si~ srno i ·~dht!sfon ~r el ·jefe ~ue tanhs Teces lo~ fu¡ t'11odumdo a Ja victoña, debe Lacerse.es rntendP.1· quP en un:.: l\epública ~onstituida .scmejantrs dem~tr?id . n"s son peli~para la lib~rtad i atentatorié~s á lo~ derechos de Ja nacion i a las leyes.-- H.ai una f'ubn(a, SouauTn ~DUCACION PUBLICA. Tenemos hoi el placer de anunciu al público los pro~resos que hacen el) las éiencias los alumnos del colejio d~ san Ignacio de T oyola en GuayaqoiJ. Su .rector eldr. Manuel de Aguii:r.elaa remitido al gobierno las lista~ de -la& p~op~sicion~ i materias espJicadas por lqs jóven~ _.o certamenes publi~os : ~llaa dan a ~onocer el interes que él, 1 los catedr,bcos de aquella casa toman en la educacion de la juventud. De ellas -Sa~amea lae noticias ai¡uientea: , ~.l. 9. de di~embre Cfel año anteri~r. •1 convictor José J. Bravo bajo la di­reccion de su catedratico el presbitero Vanuel Agui"rre eaplicó,. demostró i re­sol vio varios printipios, teoremas, pro­bbas i .proposiciones de ·estos tra1'­dos, liidroat~tica, hidrauJica, del .aU-. i del aonido, dc;l agua rn su~ tres .es­tado~ •. naturaleza i prupiedadcs ctrl fue • go, de la electricidad, de los meteofoa~ Los alumnoa de Ja clase de filosofia Manuel Brlvo. Juan Guerrer·n ~6 P. rernandez, ~iego franco. Jo~é A:n.­tonao Paredes, Juan Bravo, Agustiq ~ey~, Fr~nciaco Arcia, Andrcs LU­que, FrancJSco MerinQ, José Guerrero Casau~, i ~elipe ~anz, presididos . por su catedratieo el ciudadano Joaé .T ~g~irre Jediq~on el dia 2 del mes . d~ tumo de este álio, un certamen al ilu¡,­t~ isimo sr. d. José de Lamar gran nia­nscal .d~l Perú, en el defendieron i.-6 pr"P?S1c10n~s sacadas,. ~e· Ja historia de la fihsofia 1 de la 1ó11ca. El ,7 del mea de a~ril, Jos alumnos de ~a clase de te'?lojia José Tomas Agu1rre, · Pe~ro Jose Fraqco, Mariano S~~ de Viteri,. dirijid,os por su c*­dratico ~l lector (rai ~osé Cadena_ pre-: septaron un . certai:nen dedicado . ·al ar.. Pedro .Ignacm -~e" Benavente, en el~ . defendieron varJas proposici9ne.1 toma- · das de l~s .~aterias si@uientes: ~e. la relij1on, de lugares teolójicos, de DJos, de las ácciones humanas d·e lo~ pecadós. ' ~ alumnos de la clase de jurispru­. 4enc~a, Mar~ano Vitel'.i, Martin Aguirre~ Mar~os Agu1rrc~ José Guerrero Tomas Mol~na, · Francisco · Baque'rico, i Andrá Mann, dirijido5:por su catedrátiCo el -1' ./:.~ cuerl'_o fje · TTVJT:ina· '!" hizo repnt­~~ ntncwn . El . 1.~n.eral P.~.dü/o biw c0 TW,. c_ido pt •~ sus trzunjos mi/.,tares ·-en Carta­¡ ena • .St>ntamQ!'ia.· i ·Maracaiho eslá/;a' ñ la ~abtzo.del deJJ!Zrfamentomor'itimo. E. R. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. G-Ar.RT A Ol! COLOMBIA batbiller Jo~ Maria Lazo dedica.ron el darYeia dearnáas ale aq.:tel (lepartamento c1ia 2 del mes de juui 1 un certamen j, i creyb restablecida la paz ~t41 el A la mem • .ria del iluslrisitnt> sr. dr. d. gradt> de asegurarlo ál gobierno Mu Jose Ignacio de Cortaza, i en el sos- sabemos ~nbs, ni de que oatu~-.leaa tuvar>ron ocho proposiciones sobre el fuesen· Ju pruebas q.- tul'~ eJ iell~ derecho oatural ral Ot1ao40 par~ -.. s4'?nd:.d; .el esta cstnrrO'PüaL1co. ~· ll~r a uta ciudad • la ~ .e~a · instruida de la c:aenta que dewe algo- En rirtttd del decreto del c~ngreso, pu biemo ele sus procedimiento~ hJieado en Ja Gaceta anterior se ba emp~ Tectma no se babia raovido ·el j~- sado á pagar el iuteres d.. la dmrla d0tn~s- Dt'ral ~ores de D4n1e porque aguar tic.a ~ hasta ahora •á inscrita ea e!!I daba los traspcldea que· debtan venirte gran lif>ru de la d~uda nacional. f'..omu Je Guayaqt1il. sepn el miamo-1" avi!'lt') Jo• caudales rf!unido~ en la raj:l del cr~rlitu al ieneral Pere1. cuando este jeoeral pihli"o so~o han .sidp los 'P_!ese han ft!!Cauilaclo ~cibio t-Q G1Jar.mda f'I o.fi~io 4el ~­en .los departamentos tfeCundioa•narc-, Bo- cretario de 1-uerra th -~ de &Qavo; ¡,1 • yac:\ ·¡ Caoca. la <:al:Qision ha '1f"cluarloq&ie Olediatamente le traal:.cJó á: Bab.e.htj}'Q áhor:i deben recibir sol~r. uno por -c:ie~)t3 lis obligaciones 1º~ "'ºª" el tres. i uuo i rile· i en 2 JP. aulio preriaie al jeAer'll llban·­dio pn.- ciento as qur 1ana11 -el ci~co. La 'do se encarpse de I~ ittt~ta~cia ,i cantidad que ~ h~ prurr~teado a&carda l comandancia ele armas de· Guáy•1qu.-I, 8Sooo pesos. rnientr-.s llegaba el je~af 'rorres; res• La lei de ~rCdito pithlico ha- t.m\clo ~u - tal.tleciera el orden CQns.titucituaaf, (tea­exftcto cumplimiettao en los dP.partamP.nto. conoc~ toda au.tori.dal) qu~ no ~m.a gue lian conservado ordf'B i uaoqu1Hdad en ru.se d~l gobiem·o. i le n:rnitiel"tt el las • ta-cioaespolíticas, i que pnr coflsignien- oficio .del .tecretario de guet>ra de 2.l de t~ se ban mant€'nido sumiios á las leve~. rna yo, ·par;•· dar cumplimiertto á las nr­Donde se turhó el orden con !róclam;¡tio tenes <:lel gobierno q11e· en el se comu· ·~ estemporaneas, todo ha si, i todo1' .com raba 'IUé ya nl) seria raeae!lariJJ emplear proberan !t'ÍemP,r~ a ·deapPch;> de las vocafi.ra la fuena para restabl«er en Gai.iya . cioues del e.spmtu de .rarti 10, que .. 1 g·~ ·qui; el gobierno leiitimo. hiecoo poco a poco, 1 con. aqt•el~a lenta SE' recibieron e,, Gaaayaquil o{icios tad comuo a ~ohi.-1·nus _nac1~otes tha ron .tel tener¡¡, fhi-es, auunci;ertth 't"-~• por dudendo nuestros ncgoc1os fiscales al gra~•) 1'6s posleri·u~ orilene~ q~ ~bi• reca. de 9ue sfo grmJflmen del_ pu~/Jlo ~hNfJ biJ,, del jencr.tl Pe~, ~uapendia el mo­euh1 .. rtn tos gastos plihl.ic,os ' sfltis/echo \'litnientl.' que pa,..c1 el Bcua je11erc1l, babia c·.m'4egui.-I. 1 Jos sucesos (tel 16 Je abnl ~Guaya- •er uo dia de paz; que •a ~ten1lencia quil. Aí'i lo creyó el gobierno, i re- i i la coman1iadci iu1io Écuadoi- con todos los cuerpos menoc; desde Babahovo destruyen ata con- ef hat.all1 n C:aracas que iba á ac.,nto­ianza, sino abSolu.tamente, al menos en narse en Babahoyo, se babia reslable mucha parle cidt) la conflaJJ~a publica pero que las Pnr el oficio del ·secretario de la nuevas ordenes dad•ts por el jenerat perra al mismo sr. ieneral P.eres de PerP.s al ieneral lt .. l,•r.es lo habiau tras lo de! . julio que· ia.certamos hoi se ha- tornado toJo, i añade. ºAl repeti·rse brl iml'uesto ·el público de las ortle- las ameoasas de una injustísima guerra nes comunicadas al Sur eo 21 i 29 Je la~ irritacimt del pueblo ha .tJegado a ~ayo, i en 8 4e junio, es 'decir •m su colmo, i es imposible arre~l:.1· ·las· ~ j despues de promulgada la leí cosas pp~a­~ e olvido. do VS. clestle el vr:mqp10. En ~$t;. v1r- Luego que el ieneral ~bando recibio tud per(Jida ya la influencia q~·~ yu ~e 1u de .H Je mayo, daspuso que el nia sobre el pueblo; persuatlido de .que jeneraJ .Flores con las tropas que te jamas seré c1"eidcl por VS. en Jo .que nia l'Q Oaule regresasé al Ecutt- cligca con re.'\pecto ;¡ Guayaquil. i 8ef?11 dor; hizo saber eu el cleparlamc•11lo .... rJe qut -vs. fl(J ;1e~11pl:aréJ 1. )5 vnc~ de Guavaquil que el jeueral Ignacio ll cipit)» que en uu co1h.:1en~ sun los _u_n1 Torres éstabit destinado a Ja COJDiW- I cos que pueden en este caso ~•!wne, que . ao~ le, DJas con¡,1111"9 i l.s in· 1encu-mes d<-1 gobiern•• i 'lllP estoi> tan­sa• lu de propo,.~r infructuosameule. he ~sq.~ separarme de toda inten'.e~ ca• m eo est~ e~caAdaJoso negocio i ma~ char por la Buenaventura a dar caienta al ·gobierno de la 1\t>poblica ••. Pare~~ qpe .la orden que pqso en esta ttU~\l:a r.<:>ov~l~aun .á Gua \'aq.uil fue- ¡._ que coQlmu~o ~I tertef'a! Peres P.n 18 de iun~o al iene.-al Fbres én q- le p,.e... ve.n~ ocqp .. se _. Gt,a y;,aquil, valiendose ~ elJ.o de . la -prac~ehc:ia · que at!oo­see~. tu Clrc:ust..r.u:aas: no tenrmotc .a la Ylata esta ol'den pu rque no :;e b_a­lla eetre la Corre~ponctieucia del jene­Tal Per~s, pero eoteude~o~ que babia llegado a mano$ del jeneraJ ~lores c11a11• J •' t,ecibio Ja del. gpbiernu ·p~r, conw dtJc.t11 del secretario dt~ guerra-.te ~g · d 9)._) o e.n que se le mandiabcr obPcJecer ·al jeneral Pera!$, i asi lo eapres'a ett carta de 2 de julio a este jeneral ma,.. nifestandole quta forrna~los los ru;rpoa en la plaaa de Ootule p:itra vPri.ficar su marcha al Ecuafi, •r a viFtud flu orden espresa del ieneral Obaudo recibio a110 m.Wno .tiempa el uficio ~f~ridn d~I ja.­ueraJ ~~ de 18 de jufri(I• i ef d~ ~~cretano de CQerra de 2q eje m~ y.o,. .d1-,usc> g11e las tropas Yolvie~n á ocu. ,,..'° . s~s ·cuarteles para couJir>uar 'u ?~raaofll"~ ~~ G-uay;equil i ofició al 1eneraf Obando inforraanJole de todo el fin ele IJU:' CO~e.t"11Se a fa OCUp.ai ·i ); •le Gua ~aquil. · , Los _habitantes Je eat.a ci9dad a cpya 1:. ~el ee ha pueat.. la m~ni"ipafülad • ne11 · ••ae ame._az;ulos de una ocupaCÍ1Jlt ar.-n.ada, tomar,m llU!~lidás de •Jrfvn7At, enc.trgarclO ,·fel mando d~ la lioea tl i<"neral CastillQ i llarn11ron a las aranas 1 t, .. clos los hornbt·e~ capaee.. de llevadaa. Se enrcmtraba en Guav se pus~, en i11surreccion' i ~rmanecio ~n . act1tt,1d_ h1 •stil para .impeclir que lo ~>bh~aseo a embarcar ó Jo d~arm .Jseq• 1 a~1 es que podemos ~gurar que el ba.tallon J?" en,eenoc1da la . .uberania e in~ptodtnc1a de lí reptfülic.a de Colo.aaaia por pbieFm>: et S.M. Cma. CIUDADES ANSE. 'nCAS. Por Ja. ~cdar•cion-, que a~aba ae hacer el venerable ~nado de Amburgo. pemitien­dD entrar en lCls p n.ertoa de &U.• j ··,.uccion i los huques t'Olomhia11Q1 ~qo aw .'~a, ~ igualandolos en ~fore<.:"lios c•1.n t~ ~aclo ml"s, queda taml5ien rl>cooo$1d.a 1~. .sobe tani ~ é ÍódepMnf'e?cfa ae Colonibia pm.·: 1M c1lldadu ~i r .. ~s. ROMA. Nuestro .;:nte en Ruma ten feclra ~2 die niayo avisa al got•ierno qui'! en PI cou tistoriu tecreto d~l dia ~uterior fuer .. 11 ¡n:e~onir.arfas por S. S. el sr. Le.un XII leas ~ias sipientt'a: · · La oaetrupolitarta de Santafé 4e B11g1.t;1 para el sr. dr. Fttnanrfo Caicedo i Flo1·es. La metr<>p>lit~a cie Cin'acas ~ra el sr •. v. Ramun ~ Mendt-s. La ,.pis,. ~l de S:t uta marta ·para ~l sr 4r. José Maria &tevl'S. (,a "Pistopal d.e Cuenca p;&r~ el sr. dr. Calisto Miranda. La episcopal de Ouito parit e) sr. dr. Manm~ l Santos &cobar digoidaa (J~ lac:.­tedra1 de Popayáo, que ht>i él .difunto. T;tmhien prt!éoniro obispo tfe Dorilea ;,. partihl.lS ínfi'*/;um al sr. dr. ftlatiaa Ter-­rasas vi~ario jrn~r:!\I de Charcas ( e:1 pital de Bolivia) para qye sirva de ausilia1· :i 1 !l"º~ispo, que esta ausente de aquella 1gles1a. • Eu e! mismo ac~ . del conaistorio se pi­~ er11n · :. S. S. ¡ .. ., p ~tllf)~ para l~.·s ­liisf! o~ d~ Bo_not-a i Caracas i fueron con oeduhi; .1 ~ntl-egatlos por el t•ardenal diacQnO mas antrguo de los que estaban presentes. PART·E NO ()F"JCIAL En medio de los pMares, que -af)ijen el corazon. de la& buenos collimh1 :inos por el r.¡_tarlo interno. d~ nuestra patri a, nos con­gratulamo~ bo1 eor «'_I :teto d" .11Jsticia, que a""e! mfiuo ha rmpartrdo a la Repóblica el go­'! e S: M. Cma. La repñblic:t dr º'.º!l'hr:t que al ~· e añ1• d~su existencia pulitrr a fu«> r~co1'fol"Jda por los Estarfns Unidos d.el · Nor~e, 1 pnr la Gran Bretaña, J.. ,.8 Y.ª. ~amblen~ por una ile las naciones mas civilizadas, l r«'spetahles del continente eu r~pe~ . La Francia a1·ab;• de hacer justi -<=•¡ a nuestrnft der~ f· hos, i apenas f'st:.bamos ce cbrando lns arreglos i a.lquisi-cionrs im­portantes que el poclf'r · ~jeuntivo h:1bii1 al ' canzadu vo •·1 con. t eci.m 1. eu to. . .. ean eatos sucuos favarables á la ns~ • •· r-'"' 1 a GACETA DE CO.LOMBl~ · l• li~tacle~ puhli~~ ¡ el actual encar- . gadu de1 g~lbreroo Une á Sll rt>tir9' el pla­cer indi$'eu"tah1e de haber pr()pocciónáóQ fl Cc,.lom"bñl en .soi relacfones e.sterior~ nom­hJfAdia, ,,OOer, amill44, ~ueza ¡ ¡ton. . Seauoa UmhiaB pé!mifido con_(tttular á mt.-0 c:ompat.ri>ta .l ~ J• ~dez M.a~bjd ,.- et celo, rino i iUceao co11 que fía ·deS-etnptñado f~ ~i~n que el Tice.­prefitl~ e. de fa R~blic:a como .~carpdo def ~b1eruQ le eori&ó «tea del gobierno ·francs. ISTMO DE PA~.t\HA La epinion pública .en e$le departam.etttd ~• lá mejor P-n favor de · las lihrrtades có· lombi~ Acaba de ptiblicane un puevμ perióm<';') fM~ Udo desmentir t•sta fa)$edad," ha~t;\ ahorá que lib~- pro­testamos de. ella anf P. el mundo entero.'• · · CUESTIO~ES DEL .DIA. De~de. el primer dia del sacudüniento p.-1líóco que liá f's¡»erimentado Colombia ha e.mpe~1fo una t'lüt!"V:a cootienda entre Ju hbcrta(lrs nacionales i la servidumbre en­galana< l~ Cn su ÍU4!rza moral, que desac~ditó el gobierno c!lnstitucional i ultraj·ó la1 leyes. se ha. con i s1derado como el esfuerzo de la $e.'vi.dum - h~e, i los acto~ en contrario que se dirijian a man~nei: . !n!1olables JaJt leyes. fund~en t:des, i lÍ resistir la cr~ac1on de autondade .. ; il.ejítirnas i t:liscricionales. hao ¡ido · los es-· foerzos de la ~ihertad. Tal es la.-opinioo de )95 perióaicos f'Uropeos i americanos~ Í de todas las . personas .estranjc-ras i nacionales cu} 0$ sentimiento.1 hemos alcanzado á .pcot'~ trar º. á saber positivement~. .. Si se consul tase hbr<'mf'nle a tos colombianos cual" en' ~u opinion en la materia, una mayoría n,mi rt-~pPtable f'~p~~dria, .que era la que aca-· bamos de 1nd1c~r ~ En la esencia de esta c~stio~ no se ha tratado de personas: . si las :tmmoshl~des le hao traido a cuenta el púhlico · sensato i la historia no . pod~á'n menos que considerar solan1eute la causa nacional de Colombia. Los colombianos que hemos traba¡ado . por la libertad en mas de tres lustros, porque sin los · ~s­fuerzos de todo el pueblo nada se habria logrado, hemos deseado i deseamos todavia qae no se violen las g.arantias consirt11, es fácil conve11i1· en que 4l Repú­hh · :1 • 1., _que necesita i lo que J&sea por su prnp1u u.1c :1 es,_.· que lo~ majistr;-ados. teng;~ n rect1tui1 1 pro.b1dad para gobernar co.ufonne 1 I• ley~. sacri6candole sus op111100ts priv:ida>, sus atpirñcioues i deseo$. La re­púhli(." a c..lt> (;olomhi:1 no ha s.~l ido •?pi · pu­pilaje ~paiiol pltra pa¡ar :1 .itro cualquiera: ,¡ Pila no ha aabido dirijir sns p.ri•pros ne­gllckl&, i ha marchado. de escollo en *'Srnllo, ilwtre1ele competentemente, seiialeaele d (;0tó1in0 recto i srgur.o·, q~ Clehr ·t·1i11, las aspiracíunes han pro-curado sufuntr ·la voz del interes publico, se h-:an cli.-pa r~do _· algunos fusitea, se han . reunido jont as ilegal~, la fuerz~ armada ie· ha ésceéfüfo . erijieodt1se ~ de-lif?erante, loJ · escritórea pitblico~ han auintnfado los ·co~ bústif>tt>s'1 el amor . a Ja libertad St" ha C()O ­. f'~1n·liíto con .. ei anmr al LIBERTA D()R, el · proc(;fnunal ge ha ·identiffcado cou laa· fa­ ·cuttades estraórd1narias, la veríiader.i volnn­t ;td ·na_C'lünSI h:t· ¡ido desate-n1Jida. i {mr toda, parlf"s no sé dcs('ubre ¡itl"O sosobus, alarmas, P.:-p•r~hzas ~!1 ~ii.ws , tlt>sesperaciou en otros, l ~a1ha~ron f'n tolios. Prro él ~enl-.c.e de· -' eale 1lifUI1~ •. e) mejor did\,,, l t r~·¡o}uciou del l•J'oblPma (¡ne h~wos ct"l1atido; ·esta r r{txirr..:1 ' it ver16carsé:· . La · rntrasg1·itc·i-.s p1iMi. :is. Si el L-IRF.R'TAOOR,' Csta el wm1.,.ttante 'jur;,mento con~titucionaf, tr:a.. al c.rutro ton1un todol , los departaawnto&, ~·l.iena:. cta11f. ir uae ' lq _ Je~· ~s , res~ta t.11 1(1t1·an1i~s &oiiales i df!ja ea C'Olnt·lPt:• i1.ulrpe"'fen ci.1 -;ti po~~h r en una u..lt·: qne es mc:•paz dt> ~xistir eu el •)ustr«> columb1ano que por 1 7 j ñl}s ha pa~roctnad~, la · causa de la l:bNt.ld, i que­ha10 sus banderas b:t adquiritf P ··l siempre glorioio t1tulo de LIBl4:RTADOR. CONTINU .\CION DE LA FE PoLITICA DE UN COLOMBIA'KO. · Con r.ste título acaba de pnbli~arse en f!sta capital un cuaderno. que es en efecto la contin~cion del .que. se publico f'n nu,ses pasados, 1 que me!ec10 ~1. aplauso jPneraJ. En nn stra hunnlde opm1on el cu:lderno de, que damos noticia. es la m ejor instruc­don, que puede darse á los puehlos, que di-sean con!>ervar sus libert:taes. El autor de esta disertacioo ·ha desenvuelto cuestiones mui importantes, i ba sabido traer en su apuyo la' historia i la razon. Si tor!os loo r.ulo111hianOs l<'yrsen este cuaderno, i se pe• netr"!se11 de las verdades, q~e contiene. podnase asegnrar t]ne Colnmh1a veria per­p<> tu.arn entt intactas las liberlad<'s que ha ~n1dama rJo, i sus correspondientes gar:an. tt as. F.scit· mos a nuestros con1patriotaa á (1ue pro.·uren :1 u con ·med1tacion. BOG.- -IMPRE.i<> PoR ·J •. A.Cu.u .u. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Por: | Fecha: 25/08/1827

·GACETA DE COLOMBIA ·]!(. 3~. TRIMESTRE 25. ~ I~ .. ~ diWiütps. & -aUMr¡iht; ~ e1'4 ~11 lr:u ~trat:ianu de co~ de /Ju capif;a/es . de provincia. l.tJ su.tcncion amial rnle 10. pc·- .soi 5' lá tW ' ~ y ~. ,...... e~ del triinutn:. r • 1 Bl 111/Uor· íiriji'f4 loi ~ios pdi- ~ corrt:as a los ~ i 4 los de uta ciwJAd, cuyas sus.i;riciont:s se reciben en la impr~nta BogulaQa .a la ~ tk la f.Jaiy~ # liu ~arlm a .tus ClQíb a. ~itacíon;. En la ntis~ ÍtJiprérita se TetatÚn los numeras sueltos a 2. reales. PARTE OFICIAL. bEC 1:l F:'rO AlfTOUIZANno Al- POD'Elf'&nf(l1TIVOP.UU. SUPBUUR AL6UNU MUNlClD..ALlDADES. ' Bl $enado i ctlm~ra tk repre.•mt4nte$ de la repúl>lica de Cmhi4: rmnido~ m ~ortpeso. CoN$11>ftl\All1l<) ~" r~~e : ~as ·nnmicipalidades no p.qe­den . su51s~r pbr .falltá -~e los requisitos pre,>en,ido¡- par~ &U . ~ab}tcitnie~o~ lo­twd ol>lig ' '"e~ '- 1 . :vecinoa a go .. ·. licitar s~ eupres~on; haR veoiio en..de· ~retatrí . ».ác1ln •11; A Tt. r .. "O -Se -.uto~iza ál po que cesa~on, casi equivale a san cionat d mal que evitaron, o manifest ar pe~ ar por el bien que produ je.ron. El segunClo -requisito es la cesacion . de toda traba que s~ hay~ puesto a la libertad ele imprenta; i par ahreviár esta carla cuanto lo ~x-ije la pena que me ha causado su necesidad, dire bre­vem ente que no se ha puesto ninguna. Se prohibió fa imprcsion de todo. escrito que encem\iese cordia .civil : ·era mas u ecesaria c1ue la qne se imtmne al que quiere cometer nn .suicidio : ha1 S!! sabia, i cr;1 conforme al decreto de 1. o de ener o : si me hallase en el caso de remover t:m santo freno, rne lo impe­diri; m los ¡rntim1cntos c.lt> mi propia r.on ciencia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .El tcrc:ero i uhim.o rtc¡u1sito es la con­gervacion <.k bs propieélades destinadas · al sosten del cl.'edito ¡niblico.· E, de otra especie t'sla orden, i sm embargo es lile mi ouligncicn observat' que sino se quiere per!. dc.r ei valor d~. a'ftlellas ~cas. es fonoso ~n;ijenarlas. · G~ose pl)r ello el LIBER'.':" T~R al disp~erfo . ~n uno μ otto caso ~n favot d~ militare& quo corrs.crvasen su pro pro duecho i solo en cuanto lo tuviesen ordenado .que el ria ~o oiriitir las. o~servac1ones que dejo .hechas, sm . quedar SU]eto i Ser acusado pt.1bhc~, roé:lamaha ,el rc.s'laLlttcimf'!nto ,!et l'elno cel~tiel de · fa~ leyes. La prodam~ si~fente, t los documentos anteriores han 'sido -prese~t~d~ al coñ~r~o con un . ¡:nensajc ·de\ e1ecuüvo el lunes 20 del corriente. .. COPlA de la proc~TTUJ .¡nv,iada ·oor el eoronel Locrms c.omandanl1. ¡meraJ . de Buyaca con oftcio ··de 1.0 de ago.slo. PáocLAºMA. F:l intetldente ·comandante 6encral interino de'partaÓleri tal. . l>uetlos del" Sulfa: b"mayoria de nues- ·.tros n1ahdatarios d~s!~o:.'\tc ·~ r· s\ esta ~l~ro, que no ]? es ¿.<1uc dche­in~ s dédun r? ~ •• ¡ ¡ ¡ lfor!·onza el n pe tirio! ! ! M1nu-.i d -S11 li.a cou frial,faprol1io el de nueve rJ(·~trt~mer.tos xíma ~an · .conveotion! · ' ' -Maracaibo 31 ie jtltio de f1327-17. e CarltJs 'Co#tNi .Ri!púhlif:4 tle ColommQ....;.hA~o Dlt P. SANTANDER etc. etc. . ,Palacio del to_!Jiemo en Bo&0iá a .20 .Je DQOSW·tU _1.827~1:7 .. O .-,Al~· $r. presidenk . .dél «nado. , EsCllÍlo. sxioB• ·EJ comandante jencral interino 'dé. Bo­yaca avisa a Ja sécretaria de guerra con ·re~ha ·10 del ~orriéntet que ·el jeneral en jefe . R. ·urdanet:a le babia oficiado . con fecha 9 agajes i .sn~st~ri­cias. El' i~ttrtdente de .BQy.ácá repite Jo mismo al secretario: dd interior ton fecl1a · 10 .de agosto, Tefiritmdose l CO­mtrn. icaciones del got>eniador rde P.am­plona ·. ·Por conslguiente · existen en los ridad ningua~ m~ntras ~o preste el jtinmíñi-. ·to · cdnstib•clonal ante :el congreao. . La proclama adjunta que es la misma que ha remitido él dicho comandante jencral de Bo1aca es·un atentado nuevo contra Ja átJtvri'da4 del -congrese i la del gobierno nacional. Ll«imolo aten­tad. o nuevo .potque es mas descarado. 1 si . el congreso fija su atencion en la copia que incluyo del secretario H.eYcÍlgó,). con moti~o Je b~ber visto en la Gac'l{la d,e · ·CQ/omhía ince1·ta Ja ce) .. muni.cacion del &ecretario del ·interior incluyemlolc Ja Jei · .en que se m'andp restablecer el orden con~titucional, ·cá­ ·mo cl'organo de las comunicacionl"S entr~ el .cjccutn•o i el LIBERTADOR, se .poJra acabar u.e conocer el abisIQO a cuyo borde se nos ha (:olocado. El poúct'. ejecutivo que por si solo no ticue otra autoridad, que 1.a de comunicar 1as Jeyes, exijir su cumplimiento, i presen- . lar ~l '"fongr~o euanl< s datos pueue necesitar en el presente estado antes. dd cuc1·po lejislali,·o dcsMvenir ' que nínf;!'Un. sol­Jado f/e ltn ~tmte-s · m el lkparlnménfQ de Boy~a, n~coudal a/cuno . c(e.3us mjr!s St/6 ~ 111 totmto.. .fe~ qw.m P#S6 la ª':'tt1r~'d_ad . 9.1!4. lo dlspusit;se. ~ 'f>9d~r e1ecüt1:to paso al congre&o esta• connmica­c~ o~ea con .un mensaje el dia '.!4- del cor­riente. AM m este_. como ~ ti ·antnior dt=~ dia :ao, el "icepre1i~entc de fa Uep1&­hl1ca encargado del «oh1erno na<'Íonal, pro- . te$l0 . ~ntra tódo· .acto incoñstilnciQnal dic­tado por·elLJBER.TADOR sin Htar ~~r­gado del gobierno cobforme á la constitucion. RESPOl'i~ILlDAD DEL EJ,ECUTIVO. Estando próxima a eerr:irsc 13 pt'es~bte scsion lejisla:t.iv.a · .ocuJ1rio el podt>r ejecutivo a la honorable camara de representantes ex;ijj~ndo, que declarase si por 1uo.· docu­mentos, informu, memorias, cuel\1.3.$ ·del emprestito . etc. que se han · presentado al rongreso oesdc la abcrtUl'él Ce. fa srsioo, ó poi: Jo que Jos mismos dii1utale. sen sabido · é. informado, o por ')o que Jo,, periódicos }1ayan suministrarlo, h!bia éd­ccntrado la h<.,no1·aLle camara mctivo para proceder rnnlt·:\ el poder ejecutivo confor­m~ a la fac.ultad quo le couceoc· d ad. 89 de la constitucion, inclusos los ruJDo-rcs e¡­patcidos so"bre una «onspiracion m ?Cl mes pasado de julio. La honora'ble ~m4rcl de ·representantes ha rr.suclto lo que co..osta en ·el siguieute cloco,r tteralo : , · ReplÍhlica de Colom.hin.--Brlgófi'I 11. i6 d6 .agoslOt de :1827--.17 .. -·Ct,marn de- repttse11.· lantes.-~11 eacmo sr. veuvrrsíden~ lk la República encargado áel pud~f' l'jeeutfvo · EstMo. SENÓR. Impuesta Ja cámara de rq>re·sentao~l'$ rnfvcta •('on­f<;>_ rme al art. 89 de Ja constilu.c-ioo, prin­c1pa1mcnte so.brc los puntos á . q~1e se re:. ftere la not~ de 1 2 de mayo, 'JUC c}¡..¡;¡0 al congreso, ha resuelto se toótcstc nt~e­vamente á V.E.: que como no s~ hnii. presentndo · ~n esta ·€nmarn documurlú J1f'tJTlQ Ü&TEGA. RENUNCIA DEL SECRE'l'A U.Jo· D.E -UACit.NbA. Esc.Mo. SEÑon. El -in frase.rilo secretario ocii>ncs · i .de aonent~ oprimido de ··la pena q:se Ir. causa la situacioo . iiscal de fa l\epública, siente un con­ ·eúelo inefable en la intima conviccion, de que si en el ·estrecho circulo en que ha podido obrar no · ha mostrado la: ca.Pacidad necesaria par.a hacer todo el'. Lien que deseaba, nadie podra atribuirle. que no hiciera cuanto pueda para.con.·. . ecguir~o, ni dudar con justicia ·de su· pt'Se Maria Cardenas, traj~ron a la, "TJst~ el estado que -s~ ha formado del '!um ..• l valor de las ohligiac~nes i cer­bfic~~ ones que se han recojido en ia com1s1on desdE' el 11 de setiembre.del año proxi~o pasadp en que se empezo esta operacion hasta el ·3o de iunio ultimo· i el de los caudales colectados en la~ arcas de tres llaves de las t.esorer~s de Cu_!1dinamarca, Boyaca, Cauca, Ecua­dor, 1Asuay q~e san las Úllicas en q.ue consta haber - ~lgunas existencias, i re­sultando de ellos que el valor de las o~ligac!oncs i certificaciones pasa de sc1~ !'J~lloncs de pe~os, i que los fondoR adqu1r1dos para el pagQ Je sus inlc­rcses, . ªllenas esceJen en mui poco a Ja c:anfiJatl aslar:i qu~ pp!sen­lant. lolas en Ja tcsor·c1·ia para el . .pllgo se recorte l°C aOlJ 1 ffServ:mJoSP el dar a unos i ota·~ los documeot.o& de lo ·que se . les queda res~ant!o pir ciertas cct·Lificaciones de censos impucs· to~ en la tesoreria de C~rtajena en la prime~a época Je Ja .indepen&é M. del Ca~tilJo,­Rafael Caro. - & co1.1.tinuara. OB.ISPADO ·DE ANTIOQUIA. El obispa~o de Antioqaia fue erijido en l 804 tlOr los términos correspóo­díentes en der~cho, i aunque estuvo nombr~do para obi~,Pº ~~ frai -~ernando Cano, 1amas ·se vertlif.o su v.emda. Es­tablecido . el gobierno colombiano, él ·vicepresidente de la República encar­gado del ejecutivo no podia desatender la importancia de llevar ' a efecto Ja erecéion i el beneficio espiritual i po~í­tico de una prO\;jncia ·tan . bcnemériL'\ como la de Antioquia: asi fue que e~­ll" e las presentaciones diríiidas al Sant~ pa ausentarme de otos departamentos, que son los que mas sufrie­ron en l:U pasadas ~onv.ulsiones! qu~darian espuestos a nuevas mqmetudes 1 peligros si . no hai una autoridad superior 'lue vele sobre ellos inmediatamente .DECfi:KTo; Art. 1~ 0 El jeoeral en jf'fe J,ose A. Paez bajo la clenomina<:ion i título de jefe supe~ rior de V ene-zuela, ejercera sobre los de­partamentos de Venezuela, l\Iaturin i Ül'i­noco, las atribucienes siguientes: 1. ~ l\'landará en jefe las •ÍUcn:;\s milita­res ~1e hai eH ellos, para dtfenderios i asegurarlos contra cualquiera invasion este . rior, o conmocion interio1· á mano armada. l..1os respectivQS comandant~s jenerales se eut~ndenl.n co!1 él en todo lo relativo a ope­ra-.: 1ones, medidas de . rúhlic~ c::tijc. 3. ,-: Supcr,·ijihu·ú soLre lodos 1 t' :-:d .1 n7l<» de )Js c.mplcado¡ de la avincias de la Amé­rica: todas mis :lcciones han sido dirijidas por la libertad i la gloria de Venezuela ,

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Por: | Fecha: 02/09/1827

GACE1~A DE COLOMBIA. , 'fRIMRSTRE ~25. Esta gacr.ta sule foJ domingos. & s•1scrihe a ella en !tu aJm. lst. • L L • 1 ~- • • • r - $OS b. lll del st:mt!•'re y 20• reales la del trlmcstre. in racwru,s w; correos ue las caprtaces uc provincia. .6.AI. su_scriciun unuai vale 1 o. p~ E/. ediJor dirijirfi los . numeros f"1'" los Cntamos para que el pueblo r.olorn .hiano dcci1la, si f'S vcnlad como todavia lo vociferan los cncmi~os , reAuncia, dcstitu­c. ion uscr.cia, o que no Laya tonrndo po­scsion uc su dr ti :rn, nsidc en el vic<'f'..re­sidente nh·.as que citas eslen vijcnlcs, o no sean rrvocad:is de una maf\era leg:tl i propia de bs s:>ciedaoes civilisadas, dehen ser esactam<'nte obedecidas i ~uardadas co­mo que su observancia i cumplimiento es el único viHculo cedera inmerliatamcnte a proveer conforme a la lci todos los destinos que estuvieren vacantes i cup proviaion sea necesaria para el res­tahlecjm, ie~to (lel orden constitucional. A1·t. 3. 0 Niogun colomhlano e.st.í ohli­~ ado á obedecer smo a las autoridades esta­hlecid~ s por 10$ m~ips i ~n lá forma que pttscr1ben la coostitucion, ó la lei. !'rt .. 4. ° Conocida que sea Ja verdadera opm1on nacional p<>r los médios que el c;ongreso considere Justos i legales en cuanto á las reÍ<~rmas que algunas peraonas ó pue­blo~ .han pedido que se hagan en el re}i~eo pohbco, acordara el congreso las resolucio­ues que estime couvenieates. · 1\rt. 5. ° C1-.1aodo el poder ejecuiivo promúlgue o mande ejecutar icumplir este decreto Jo acompañara precisamente de los reglamentos, ' instruccion~ o providencias que sean convenientes • su c;jecucion. Dado en Bogota a 7 de junio de 18"27- 17. El presidente del senado-.- Luí. A. Baralt.­El presidente de Ja cámara de repreaentan­tcs-- José "/Jlaria Ortega.--l!:f secretario del senado-- Luis Yarga.'f Tejado.-- El djpu .... lado secre.tado de la oamara de represen­tantes-- Man11et Bernardo A/tJQrts. . .Palacio aet gobi;rno nn B~otá a 9 Je JIJO'IQ de 1827- 17. Ohjctcse .• --FllANc1sco DP. PAUl.A SANT.-tNDER.-- El . McrctMio de cst, do del despacho del interior, Jose M. H.ESTl\EPO. Rl'p1íMica de Colomhúz.-~ Cnmara del senado.- Bngotn 27 de agosto de 1 lh7 -17 ,1 S. E. el víapresidenle de la Reptíblico mcargndo dei poder eiecutivo. . ESCl\10. SEÑOR. HabienO; Qne la actual sesion lejislativa del con­~ rcso de la República debe cerrarse el dia ::?.9 del corriente sin que pueda prorogarse por mas tiempo conforme . :Í la constitucion: 41ne en fal estado el presidente de la He. pública no encontrará ~nte quien prestar el juramrnto de que habla espresamertte la constitucion en el art. 1 86; que sin pres­tar este iuramcnto no puedf! legalmente el presidente entrar co el ejer~icio de ~u·s funciones, a-si cotn1, el vicepresidenle tuvn. que· prestarlo por espr~sa reiterada re.sola:. c1on del congreso el mrsmo flia en que abrio sos ses1on's en esta eapital; que en tales circustancias se presentar.ia un nuevo i grave motivo de disturbios políticos, i te­niendo presente que por el art. 1 15 puede el poder · ejecutivo convocar estraordinaria~ mente el congreso cuando lo <'Xija la gra­vedad de alguna ocurrencia, oído el clict~ ­men del concejo de gobierno he venido en decretar i Dt:cREfo. Art. t. 0 Se convoca c.straordinatia­mente el congréso _de la República Pª"ª el día 3o. del corriente. Art. 2. i:i El principal objeto !i que de he contraerse el congreso reunido cstraordi­nariamente á '\'irtud Jel presente ·decreto debe ser el de presenciar el juramento que ante el ha de prestar el pte!idente de la Republica en cumplimiento del art. 186 de la constitucion. Art. 3. o Mientras, que se demore esta c~rtmonia · co.nstituciooal puede ocuparse t;imhirn el cengreso reunido estraordinaria­m~ 1;t~ de rnnctuir las leyes pendientes so­bre rentas p6.blicas, i sobre retiros militares~ Art. 4. 0 PM consiguit.ote c:pnclui41.c. el mencionado principal objeto, el congreso d&?be ponerse en receso. Publiqucse i comuníquese la quienes co~ responcla por el secretario de estarlo del despacho del interior a quien encargo· de la cjecucion del presente decreto. Il:)gota agosto 28 de 1827.- Fat.~cts~o DE PAULA S /.NTANDER.-El secrelauo de estado del desparho del interior.-José M. ResT&EPO. S. E. el LIBERTADOR salia d~ Turb.1co el dia 9 del pasado, i se asegura que se¡uiria por Ocaña. CONTESTACION JJe la secretaría del int.erlor al oficio del se.crela,.io jeneral del Ll B ER'Í'A­DOR de 25 de julio ztltimo publicado en el númer i adheaion. Si el ejecutivo quiso que se · IUSpeudiesen en · cumplimiento ere la lei los concejos ~mabent~ de caya iastitncion VS. bá.bia .tadl) cuenta, fye porque ne cooataba ~n las 1ecretariaa 41oe y~ ae hnbiqen abolido. La notoriedad 2 que VS. alude respecto de diclaa ipstitucioo, -.o puede tomarse . aino de 10$.'papeles ~ri­co. t no oficiales, i VS. bien conoce, que ai se liubiera de ~ar cr6lito a lo ~e )09 ,.peles hao publicado ea e.ta .,~ de eacindalos ¿~ jaicio se . tcodria de las cosas i de IU personas? Bea~ de Ja parte ·~rte~ecimte ' las ·ftltl iccicmes ~e tiene la imprenta en loa apattame111o1· del Norte, creyó el ejecutivo \Ye era eaencial levantarlas, ~~e ~ta ¡Ñ!rloattido de que el libre uso de la im-prenta " ~· ae las mas aagr~as garantía1 ele los ciudadanos i de loa mas prmcipale& &eoos . del ~er. Podo aer ~rtuna la ftllriccion c¡oe S. E.el.LIBERTADOR decre- 1d relativamente a las ocurrencia-s de 1826; pero desde· 9ue los . peribdicos de Caracas Ulfriojieron la lei de abusos de la imprenta, ~rihiewu;lo . libelos contra el vicepresidente de Ja República i artícttlos aed1ciosos en - .-.e aconsejaban la desoLedienc;a al congre• .O, a las Je}'f.S Í af gobierno uaci:)naJ, ya Ja ~lanza de ta justicia i del bien píthlico ~rdie . su nh•:el, i era menester qt1e todos que~Q i~almc~te. sujetos a las _!eycs. • Por ulttrno, el empanQ ciel e1ecutívo· ea oque se ~vascn lo$ bienes nacionale~ de todo otro destino qqe no fuese el de la leí -qne. fundo el crédito r11hlico, no ha tenido -otra mira que contribuir á conatrvar Ja confianza publica i el cr:édito del gobierno. Una nueva lei sanciona,d~ en estos últimos ·dias ha previsto todo lo concerniente al -11eter.ioll6 1 ·enajenacion de dichos bienes. Cuando 1.Jle diriji a vs. incluyendo1e la lei clel testablecimiento del orden constitu­eiooa~ fue en calidad de aecre~fio jeneral tlel LIBERTADOR i como ~n eata cualidad VS. no ejetce maa deberes · que los ·de ser cS!'PftO" de las comunicaciones con S. E. , es -visto qoe no tuve la intencion, Di la tuvo el gobierno de que VS. procediese j>or ai solo al cumplimiento de Ja eapresada lei. El ejecutivo ha puadQ al con~eao este do­cumento como "lo ha .hecho de todas las ·comunicaciones . de esa secretaria i decretos del LWERTAOOR, i Ja Gaceta lo ·P1:1bli­cari ~ra noticia del póblico, como ha publicado cuantos documentos pueden servir para &¡ar la opinion de la nacaon. Dios guarde a VS.-- José M. RESTJ\EPO. NOMBRAMIENTO DE OBISPOS. Bepúl>/ica d1 Colom/Jia.- Camara . del suwtl~.--Bogo!D .25 de .O!fosto . de 1827-·17 . AJ Escmo. sr. "'c¡residmte de la Repü­hli& a 1ncargado de poder ej4cutivo.. · lEscMo. SEÑOB~ - EI congreso ha procedido cod arreglo i la lei de patronato á nombrar las personas 9ue .deben presentarse para obitpos de las 1glrsias. catcdulcs va.cantes; i han resultado las cle~ciones siguie~tes :- ~ara el ·obispado J ti~ Qurlo .el sr. <:r. hafael Lasso de la Vega, ª''~ual 0L1spo de l\lérida.- Para el de Pana­ma al sr. rlr. ~lanuel Vilzques, c•ira de Solt~moso.- Pa1·a el de Guayana al sr. dr. 1'1-.nano Je Talav~a·a.--Aun no se ha he~ho . .l'l ' n~.m1b1·amicnlo para el obispado ·de Carta1ena. · - Tengo el honor de ponerlo en conocimi­entu _de V. E. para los fines legal"t~· D1os guaule a V. E.-•Jerorúmo Toaus. ESTRACTo·· sonat L~S SALlN.\S DE ZlPAQUlBA, NEMOCO.ft ' I rAuiA. Cir~nlada. oportunamente ·tí los departamen· tos la Jcs de •4 de abril del año 16. que .GAcETA DE COLOMBIA dispone el· arrieoclo de ·tu sa1inu de Ja Re­pnblica, el intendente .de Cundima~ca dilpu· so que ea su de~ento te pr•cticuen loe corresponclieotes inveatariot ·i naluoa de los edificios, m~s, i dema1 eliaeret corres­pondientes ~ ·1aa. ~e se ad~ban por el atado en Zipaqujd, Nemocon, 1 Taoza, cu~ yo -.alor acendio a 68087 ~ medio real en. esta forma 51,985 peaoa J i medio reales !91 de Ja fr-Unera, 8,411 pea, 4 reales fosde Ji sepnda.i_ 7,.690 pnoa 3 reales Jos de la tercera. Por el mismo orden .ucendio el pro­ducto licpido. del ultimo año economico a 15o,376 pt'.IOl l 3 CDaJ'I•. ra. 116';32.8 pesos 3 i medio en la primerat s3~ 106 5 n. en ta segnn­da i 10,941 1 i cuart.en la tercera. Cumplielldo - eon este requisito ·~evenido er:a el articulo 2•. i 3°. aeproceClio a la fi~cion de. Jos edictos en 7 de dicier;nhre en esta Capital i en 2 ~ del mia­mo en Ja pronncia de Antioquia que es la mas di.atante del departamento. El 20 de fe­brero fué . .el ~nnino prefijado para el l'e­mate; i. co·omcada ·al efecto la junta de ha­cienda con añatencia c1el sor. fiscal j admi­nistrador que era 'de· Ja renta, se ve.tificó este a las 2 de Ja tarde de aquel dia en el sor. Jose Maria Flores, cuy~ propuesta fue . la mas ventajosa, por la cantidad de .226, 200 peaos anuaka bajo Ju condiciones 1iguien· tes. 1 9! Pagar cada trea meses contadoa desde el dia de su ~sesion 56,550 pe1os cuarta parte del lota) del remate. 2 ~ Pagar el uno por ciento mensual de de­mora, desde el. dia en ~ue debe hac;er el en• ·tero, hasta en el que lo verifique. i de reci­sioo del · contrato conforme a 1 ¡itrticulo S- .de J.,. citada lei, siendo de su obligacion, cuen­t~, i !iesp, poner loa enteros eD! esta tesore- , rra principal. 3 ·~ ~ag~r 1>9r cuart~ partes 3,4o4 ps. 2 i 3 cuartilJ?"-. re~lea que J~portan .el redito de a: canhdád : e~ que fueron anluadaa tas fa­bricas. ca1a1, i utiles de Jas tres salinas. 4 ~ Pagar de contado las sales existen\.es en los .almacenes, al precio l. ·qne le ·cuestan al Estado+ i satisfacer del mismo modo los en­seres · de .leñas, casue1as etc. 5:: De !'º subir el . precio a las sales d~l de 6 1 med1Q realei que tenían las a<.' Zipaqui­ra i Tausa, i de 7 real P.s las de Nemocon. ~~ Afian~a.r dentro· de ~ dias, i á satisfac­c1on de la ¡unta de haciend~ con fiadores le­gos, llanos J abonados~ la cantidad correspon• diente· á Ja. 4 ~ parte del remate. 7 ~ Que este urendamicnto sea por diesaños· seis forzosos i cuatro voluntarios al remat.'ldor: 8 "! Quedar el rematador obligado a proveer d~ ~l. al. pu1?1ico -en las .mismas fabricas; sin d•sbnc1on, f\1 prefcrenna, i c¡ue seria un motivo pai:-a la recision d~l contrato Ja falta en el cumplimiento de esta. condicion. 9 '! De prestarle el gobierno toda la protec- . ciou que dispensa a Jos rcmatadores de las rentas n:icioAalcs. 1~ ~ Abonarle al gohierno los dos tercios del valor de la sal que resulte existenté al lin de Ja contrata, como ta.mbien los dos tercios de las mej.~ras. necesarias, gue se h3yan he­c~ o, conforme a.l paragrafo primero de Ja citada ley. 1 1 ~ Pagar la sal vijua existente al precio c¡ue le costo al Estado. . Reunida n!levamente la j"unta de hacienda en 22 del mismo febrero le exijio al rema­tador asegura.se el contrato: se comprometio á ello bajo multa de 6000 pesos caso de fal­tar al cumplimiento del arrendamiento cele­brado; i presto Ja fiansa correspondiente bajo la responsabilidad del S. Juan Granados. P~ra asegurar la de la cuarta parte de la canttdad clel remate presentó por fiadores á Jos SS. Salvador Algarra, Ignacio Matias Co­ronado, Lo1·enzo Femandez de Arellano Sal­vad? r Samudio. ,Salvador ~eaíí~>, i Jua~ Jg- 11acio_ Nava vecinos de Z1paqmrá: estos se constituyeron 6adores hasta en 42,000 pesos 8000 ~da uno d~ los sinco primeros, i 2000 el ultimo . e1ced1endo las fincas hipotecadas segun &us av~~•os . de la cantidad a6ansada. La ara. Antotua Castro tamLien se constitu­yo &adora por uoo peso~ i el S. l\lig.ael Lleras por 8000-\ tuyas Gan:ra Íüt'rost LJjias presentadas l la junta de ha~iemJ.a, .¡ ~e tu­vieron p<>r basqntes; proccdiencJose •u can­secuencia en 12 de mayo ' hacer la ~scri­tura ante el escribano publico .le la t•oreria. En 7 ·de junio fqe puesto ~l r!matado~ , .. poscsion de Ja saliná ~r el S. Cnstobal Ver­gara, a !Juico Ja intendencia del deparl.lmeo­to comisiono al efecto. En e~ inventario· qu~ se, hiz? constaban ,ser ocho la1 ramadas, extStentes, 1 en r.ste num. fueron avaluadas; mas habiendo repr~scatado. pqsteriorμiente el rematador a la intenden· dencia, pidiendo se le rehajase l;¡ te~cera par · te de la cantidad del remate ele un. año por haberle faltado al tiempc> de la entrf'ga cua­tro de las ~ue se inventariaron., se resol "·iu por e1 gobierno a quien el intendente ~só lét solicitud, que se tomase en comidr.rac1on poT la junta de har.ienda; asj se v~rifico, i ella acordo que se rebajase la can.Lid:irl ··c1c 25000 pesos por una . sola ves por la falta e~prcsa-da. El gobierno Jo :iprobo. , Posteriormente el ·apoderado ele los rntcs qnc hayan dado lugar al art. que corre cu el manifi<'sto de la& au­toridadr. s .lel Ecuador, ~on . moti•~ c}cl re­greso de Ja 3. te d!vision, debo ii1(úrm01r á VS: que los insuh.01 ~ue se me .. prodi· gó&ll gratuitameJJte en dicho artkulo. son ·rasg?.s preparados d.c antemano ¡}or un' partrd~ qne arde ~n furor i ,.-enganza con- - ti:a m1,. porque m1 conducta paciijca, 1 obe­diente 1 arre~lada .es~l~sivamenle á !as ~eyes no me ha ~!lado m1enr en los al i Gua .. chuc.al -¡ue. son los primc:ro¡ pueblos de esta P.t9vm1.:1a? puntos de pret iso contatL<> Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. pnr'.l tomar :rn!rilios, i &P. '\'e1·á que en mHla 1 se ha f.tlt:ido por parte de lo~ pueblo~. ni por órdrn mi:t, p1H· el cuntrano, los ofic1a­l~ s que han venulo en comisioa, :\ mas J.e no haber pa¡;tdo los bagajes, han venido cometiendo escesos, que es lo qne verdl­hrameute puc-dc llamarse guerra. Si los ofidAles á c1uc se refiere el articulo, se han YUclto de Tuk:m lauycndo de fantasmas qujmericas i sin cumplir su rnmision, ¿que culpa tiene el gobernador de Pasto? ¿A.case las voces vagas disculpan suficientemente a on ofici:1l que v~ en c:omision·? 1 lu<'go que se recibió Í2' voleta del alcalde de TuJcan que akgura la .publid,lad del bando, ¿como oo .se ha exawainado la verdad de la COia para dar al público un artículo ran infa- -aante? ¿Acaso tengo yo facultades omni­polc. ntes para á que mi influjo era el .que auto­rizaba a los cosacos para destrmr al Su~ )erralmentl', i Lacer de este moJo mas cri\ tic°a i mas pinto1·csca la situ3cion de aque territorio. Esta t\a. sirlo mi condnctn , ~ste el deber 'que he crcido desempeñar, i este el modo con qne he debido dejar iOCOl'l'npto el lu­gar que .me. ha desti~ado !'t gcibierno en esta provmc1a; pero '' e«JlllVO~ndom& en mi moJo de pensar, t'S realm~nte cris;ni­nal mi maaeio en las actuales circn~tanCJas, que lo ·decida el iob~rno á qmen me consi1rno en vista ele los documentos que teng; ~l honor de Acompa11ar, p~ra. que ápar~a yo daclara~o legalmente ':nminal; pero no insn!tado tn~punement~ ni con~e · nado a oprob10 t»Or JUCces parciales a quie­nes la posteridCtd no .ce.sara de acu.sar_. • En ·reaccion de nn concepto publico i del tino con qne he c~cido conduc~r~e, desafio a todos mis enemigos que se dtrl):tO al gobiern'l i a la imprenta docume~1tada­meote qne se reunan todos, que mientras mas s~an ellos i de m=-s caracter público, triunfaré con mas gloria. Ruego á VS.. eleve al conocimiento del supremo gobierno con los documento¡ que apoyan .mi yerdad, es~e informe, para que contemplandolos en su sahiduria, se P.uóli­c¡ μeo vor la i~_prc!1ta en resc~te de mi ho­nor i de l'l s;,tisfacc1.m d~l gobierno. Dios guarde a VS.-Josi Mnria Ohando. RESOLUCION DEL GOBIERNO. . Bo¡:oln julio .31 de 1827. Vistos los documentos dirijidos por el intend~nle del Canea bajo los mímeros 1. 0 a 4. e ' en \os cuales consla plenamente ¡us­ti6. cado, que en la pro_viftcia de Pasto de ni.aguo modo se publicó por su goberna­dor bando para q~e se negasen todos los au.&ilios a todo mihtar qu_c e.asase e~ ~o­mision del Ec'fador. hác1a B!>gota, 1 que ae le tomase P.rcso .1 at!n <\mtase la vida en cuo '1e re11stenc1a; 1 que antes por el contrario se claban ausilios á todos los que }<>& pe,li:m se declara que el art. i nota J!Ucsta al 'fin del manifiesto publicado en Quito aubre la conduc:t."'l observada por las a~oridade.s del &·uatlór i Asuay con 1'DO· tivo de las OC'urrencias t1el regreso de la 3. • diviaion fue inconsiderada i ofensiva at ~bierno', autoridades i nciaos de la provuacia de Pasto á cuyo bncn nombre en ninguo tiempo dcbera perjudicar, si!' q.ae ohu~ m cootrario d sueeso de 1a pn· GACETA D~ COLOMBIÁ sion i robo del capitan RiTas, ~- «mata haber sido hecha {>Or dos. mal-.adoe des­conocidos, cuya m&la conducta de ~I) modo· puede inil.uir sobre Ju autorida.dea i el resto , de la provincia de Puao. ltaWi­ ·quese el iofdrme del gobernador ele esta provincia, i ·et pre~nte dtcreto para satit-faccion de los mteresados en este negocio. Hai qna nibrica- Et secretario de1 io&c­rior. · -RuTuPo. RENUNCIA. · El ci11dadano Domingo Gmman que aun desempeña provisionalment~ . el d~stioo de co~isario de perra del de­partamento de Cuodinainarca, . ha re­presentado al gobierno manifea~.;ado que sin embargo de que.se cree. recoqi:­pcnsado P.ºr los serftcio11 que ha heclio · a la Rt-publica desde el -año de 81·0, i con particular esmero en Ja aepnda époc_a qu~ p~incipió- en 81~, .i _dcspues . no tiene mohvo de resent1m1ento con el actual gobierno, pués que. conoce que obtien~ su confianza, no pod"ia menos que renunciar dicho empleo de comisario,. fundado en ql)e laa penurias. del tesoro nacional reclaman se ecooo­misen lo! gastos públicos, i no le ~rece justo mostrarse indifenmte en un ·des­tino, que con suprimirse se ahorran. cerca de 15o pesos de su sueldo· i el de un amanuense, i el rl!ditc> ele Ja casa etc: en que lo mismo que en otros depar-:­taroentos ejercen )as fünci(>ne8 de cow misarios de guerra, loa ~oreros, puede practicarse en el de: Cundioamar­ca: eo que, seguo dice, eatá cansado de sufrir insultos de varios militares . por falta de fondos err comisaria para aten­der a sus necesidades._ habiendo un jefe que se cree host.ilieaclo pPr ,l, po-(qu~ no recibe su pap al co~riente, 1 otros hasta lo consideran indigno d~ ajternar con ellos; i ultimamente en que en las acbalu circustancias desea '\'iVir en absolata oscuridad i ain la mu mínima intervencion en los n~gocioa públicos. Espresa ademas, que esta situadon no pueJe mirarla con ~odif~eocia, .cuando se maneja con &onor i ~icadea, i cuando de simple ciudaclano obtend~ mejor acojiJa en la . sociedad: ·que no quiere ser gravoso a la patria, tomando un su~ldo qttc puede •mpleane en uno de Jos militare• que ,con las armas en la mano le dieron libertad; que cuando Ja patria necesite .su cooperacion para sosfoner sus Jejitimos derechos, pres­tará aus servicio1, no ya como un. em­pleado padfico, 1ino como un ciudadano ~u·mado en su defensa; i en fin, .que tiene otros motivos que Jo obligan á dimitir su empleo, suplicando al go­bierno se digne pesar las razones adu~ cidas i sus senicios., i que si en justicia es acreedor a alguna parte de s~eldo espera obtenerlo ; p~es que al sepa~ar_se de su destino, no llene. de que sus1Stir. En conscfucncia de esta solititud, el poder ejecutivo decreto en 1. 0 del que · .rije lo siguiente : Se admite la renun.ci~ qu~ hace det destino de comisario de' guerra del de­partamento de Cundinarnarca el ciud~-, dano Domingo Go:t.man; pero conti­nuad dcsempcñandolo • hasfa que se nombre succesor' o se disponga a que oficina deba agregarse Ja. comisa~μ.: Al comunicar esta resoluc~on se cJ1ra que el gobierno esta mui satisfecho del celo con que este c~udadano ha_ mane­jado los intereses dcf estado, 1 de la buena conducta i honraJes con que La desempeñado su destino. Hai una ro­bsica.-- El secretario de guerra, SoUJaUTTL GUAYAQUIL. Bepúhliea de Colombia.-Comandaneia. 'jmeml del ~parlamenúJ.--GuoylJ:lluil Ó 14 de JUiio d~ 1827-17. 0 .-.Al sr. s11erdario tk tJSfa~ i del dt!spae/ao de la perra. En·el dia que: se babia prefijado tener una entrevista oon el sr. jeneral Juan ·Jase Flores comandante jeneral del ejér­cito del Ecuador que existia ei Daule, con el objeto que terminasen Ju ope· raciones de invasion contra cite de­p~ rtamento, que poT dispaaicion del sr. jeneral jefe superior Jose an, contramarchando sus tro· pas: para Bahahoyo en retirada al Ecua• dor, qu'edando por este medio el de­partamento en alguna tranquilidad, es­perando si, las ultimas resoluciones ~el gobierno, . consecuente a los par'te5 que han ccmunicado; i siendo est~ .una glori~sa . satisfaccion. se servir3 YS­pone~ la en conocimiepto de S. E. el vicepresidente para su intelijencia. Dios guarde a VS.-A. Eli:.q/tl& ---- ~ingUD· a'riao oficia.l ha tenido n.uellro go_: b1emo aohre tu ultimas ocunenciu del 2.$ de julio en Guayafltlil. El Ser. Torrea a..U. desde Cuenca, c¡ue habiendo aatido l laacene cargo de · la intendencia dt Guayaquil en cumplimiento de lu ordenes del ·aobiaoo, ~ le babia io~ndo antes de llegar _¡ Ja ciudad, que la fermentacion del pueblo no permitia admitirlo, ni reconocerlo. Esta i~ linuacion la hiaO el comandante jmeral A. Elizalde. ' RELACIONES ESTERIORES. Habiendo pedido el ar. coronel ·P. Campbell encargado de negocios de S. ~. B. una audiencia privada al vicepresidente de la República en-:argado del poder _ejecuti~ · ·para entregarle una earta ae s: M.' el ni ael Reino U o ido le la Grao Btetaña é· Irlanda, se le concedió el lunea 20 de agoste> último. & ella entregó al vic~residentc la ~esada . cada de S. M. B. dirijida al gobierno de la República, con mofr~o de las letras de .retiro que este dirijió al hooo- 1able l\lanuel lose . Hurtado enTiado es­traordinario i ministro (\lenipÓtenciario ~n Inglaterra. En ella espresa eutre otras c053s que S. l\'I. esta ~atisfecho de re.cibir. del gobicm9 las seguridades de nna 1nvanahle amist.td i· c¡ue tal disposicion es recíproca de su parte. Jgualm"nte ha presentado al gobierno el. si:. Buchet l\hrtigny las letras pateAtes espcd~da.:i . por el g•>bicrno de S. M. Croa. en tod~ fo•­ma ' nombrandole. cóns.u l de ·Fraoc1a c:n Cartajena, i al mismo tiempo una comu-nieacion de S. E. tA baron cte Damas mi­nistro de rclaLfones csteriores de S. M. el rei de Francia, en· la que pide al gobierno de la República pnnga á la . patente del sr. Buchet Martigny el correspondiente ~.zeeua­tur ofreciendo la reciprocidad para lus có~11les que nombre la República, el gobicr(lo con dirt amen cJe $U consejl> ha puesto el 28 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GA.C~TA ·nE COLOMBIA Ma·nuei Sala~ar· i :&quijano, ºquien por a·usencia de aquel esta ~ne.argado ~credlta el . decreto es~·dido pm~ ~.l nμ~~no. _~ que· trásJ11jl~ al sr. ~ecretar~o, ·de S. E. el ~ .. I­BER'PAl) p.R ·¡,rc~h:\e~te~ Ja espres10~ b'jen~• · de la gratitud que . tnbuta a Nuestro- consnl jeneral el .. Sor . . t 1ci$lovál A; niero. q,n ieni~ ~ 6u . cuidado . en~a.~~ e· \u. ~i.-~c>clos de Colmnhia ba .. llegadd ~ ~ua· yaou'l bal)i~lldo ~Ji:do "de LiRJa .P~ ·~!4P!·- 1icÍOB de aJ¡ml gobierno. Na4a. ha red~· el uu"•tre de parte d~ aquel sobte tan JllU· pwir.do aco~~CÍflJÍef'.ltO. Don Ma.nuel Sala~ i . B~.c¡uijano .. vitepr~ident~ de l.a ~ública re­ ·r.uana, encarpdo del. poder cjt:CU11Yo, . i~ ernineme. ser~·idos pi:-cst~dos P?r 'S.· F;.. en }a ctesa de · 1a .\n lje/, fiObierho. . GaucDE 1 BUEÑ ui1Go. losbl3da la i:-epresentaci~ · nadonai e del Pe.ro, por el voto libre i ~{tcirita- . · neo de· los pueblos, ha proced.1d~ la elejir tn propiedad' con Ja lejitimidad necci.aria al presidente i viccpresrdente de la l\epú~lica ~ resul~~ndo nombrado para el .primer cargo el esc.mo: ~· grél1l Jll8riscal d. José. de Lám~r. 1 yo pare el segundQ. con el carga de dese~p~ ñar las funciones del ~~~utivo durante ~ á.1enc~a. 1 al dirijinne pQr pri­mt! t~ ·vez á vos, es de mi deber aae­& Ql'U'O.S la co~tante disposiclo~ . qu~ siempre ~imara a está l\eplbl1.ca de mantener ,os · ulaciones fraternales con esa, cqyo gobiCrn.o tan acertadam~n~e desempeWai• ; i que no escu~aré · arbi~ · trio por mj parte para estrecba11laa ,1 ~ontfib.uir al •ta~le~miento 4e aq1i1«llas prinéip~os que· asegurando ~·J oitden so­cial ñ;iftuyan f!O la p~~s·peridaci de los. nuevQS- estados americanos. · Por este· ~inisterip d~ i'efa-cio~s es­terior~ s se r.emiien · ai' de esa R~bli~ copias cert~fiead·~ de varios decre.tos 4-~pedidus pot' ~l r;~ngr~o -pa~3 . que se po~gan .en vuestro conoc1n11~nto. A-cep~d grande i · -bqep ~tn~go las pr_oteStas de Dl,lestr~ considcracion i apr.edo. · J;>ado en ~l palacio de go.bie.mo . en la capital de Lima a ~3 de "ju nio d:é 18.~ 7., · ~ al'J'U.tl Salar.ar República peruaná . .;.Minist~ de . ,,-. hi.em.Q i 4e rel0:ei.ones é$krior.u .... Liina· jul)Ío 23 efe 1fh7 .. -.Al s-,.. $ecrlq,~ illJ es!tJdc? de relar;ÚJnes ésleriore$ lle la rep~liºca ele Colom/Jia. · SEÑOR: El infrascrito ~nc~r.gado de~ ministe .. rio de r~Jacione~ '!~t~riores de Ja R e­pública Peruana, tiene la honra de co­municar pór ord e~ de su g.obicrho al· sr secr etario del ~ismo depart ~m ento en la de Colombia, haberse instalado el conbreso c'onstituyente del Perú, d e'T daranUbiiear i circular. D ado· en Ja sala del rnngrcso Cri t ... ima a 1 i .. de junio de . 1827 .-J Ja,•icr de 1.. . una Piz;S.-.~El ccu-dadarw viccrresidente do la R epública enci.Irgaclo del p oller ej1·c11ti.vo : Por cua.uto el congi·eso j ... nen1l cons• titliyenle ha decretado Jo que s igue : El congreso ¡erieral con ~tiluyuite de~ Perú. C ONSIDERANDO; Ha lJ~r hecho saLcr el concejo de gobierno por mcJ io de u n . coroneJ peruano al jcneral Simon Boh",·ar p r e­sidente de ColornLia, el nombramiento que los l lamados colej.ios clec~ora l cs habian hecho en su persona p a ra pre­sid'cnte ' 'italitio de 1a Hepúl>lica: H.abcr ·dcclaradn el congr eso poi· d ecr.eto de 1 1 Je junio , · ser nula de ningun ''a.lor ni efecto d icha consti­h~ cio n jurada c1~ !} re del congreso je­r. c r:il Je manifieste la gratitud de la hanon por los sen ·icios que ha pr es­tado- a la ca n ~a de la independencia. Co~LJniquese al poder ejecutivo ·para f q~c ~lisponga lo necesa rio á su cum­phm1cnto, man

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Por: | Fecha: 09/09/1827

COLOMBIA. N: 308. TRfMESTRE 2-5. /Im 81.1Ct!Jo sale-.los do"tTlin_go.s. Se ~nhe a ella en las ·~inisiracionn de correos de .las cap~f.files dt ·;,rovÜ•cia. L~ su..;r:r~óion anu(Jl. val~ 10. pe:.. .toa 5. la tkl semufr~ · y 2o. real.es la del trimesw. . -~ -dlior t)ir.ijirl?- l~s _nUme_ros por !os cf)rreos u los srucr.itores y a /gs de . esta cii.ulutl, cuyas suscrici_~.s .~e ~rilten en _la impñn"ta Be.g-otana t!A la ca,lle tk la lfniversi~á. se _le.s 11.evaran a sw CIJS(l6 de hahitaeion~ En la misma imprenta se venr]en los numeros sueltos a i ·. ,Yaks. PAR.TE OFICIAL. PRESIDENCL-\ DEL SE~ADO. . . ·• • ... · I Por tt~un cia EL OBlSPO ELEf.TO . Dl,l. ~::>:T10(2~1A. Frai Mariano Garnka - . previene tódo cuan.to püeden exijír lo$ hom­bres t.le mas celo 1 mas escrupulosos por la pureza de la relijion catotica. Pmscrih:ir una obra entera solo ·porque en ella se encuentren algunas proposici~ncs menos ortodoxas, i aun errores dogmiilicos, !w es becbo digno de un ~obi~rn9 ílus~rado 1 "protector de las cienc1 .1s. Al ·lado de los errores que á todos los hombres se 'escapan, · porque .. m pi:hlcip~l p:itri~ooio son siel_l'pre . · ¡,. d2b1hJad 1 la mogr.anc1a, puede haber m11chos principios i verdades otiles ~ imp~.r­taotes, i entonces- la prudencia dicta que sepa~andos e los unos de los otros, &e haga tudn ei .l.;ief!-.i se evite todo el piat .Este «:s el 1ndarnento indicado P<,?t. la . referida dasposicicn en qtte se prescribe "que no se adopten ciegamente los aufores designa­dos para Ja enseñanu, i que si algupo ó alg_nnoa tuviesen dóctrinas contrarias a la rclijio~, a la mQtal i á la tra·nquilitlad pu blica, ó erruneas por altlun otro mot~vo, l•lS catedraticos .deben ornitir la euseñ,:mza de tales ,Joclrinas suprimiendo los capítulos {jUC las contengan i lbanifestaodo a los alurn­llOS los errnres del autor para que se . pre c;tba·n de ellos 1 de '?iñgt!n nioclo perj u~i ­quen á los san()s prin1:1p1os en que lus JÓ - vi'nes deben ser imbuidos." Et gobierno con esta . disposiciob j>étrcce 'luiso r esulve.r la cuestion sobre la enseña~a dt! la doctrina de J3cntham, que prt:c.edio a t J..i formacion del plan Je estudios, i ,en el 1 que sin empargose·han· mamlado l~ér _p~1 '¡ él ~os yr!ncipios ~é lcjislaci~n universal c11n J;l s'lbla 1 prudente prcca c1on de qut? lr:1ta rl articulo cspresado. Hespues de !dc; desear sobre este particular, es ya iautil ceosna-ár nna obra, en que se con­viene que hai errores: peM e~rores que ~o ,dcnen enseñarse, i apté5 . bien maoifes· t~rse ·a los alumn~s para que se precabbn como se ha. hecho siempre en ~as aulas, alln en las de teolojia, en que sé han pro puésto argumentos tomados de lós mistllos. autores por donde se esplica ··contra -los dog­mas sa"<:rosantos de nuestra relijion. 1 ~a es posicion del. catedratico i sus respuestas han bastado para ad~rar las matc~i~s, .disolver los ~rgunwntos, 1 que el . espmlil l razoo de 1,>s estudiant<>s no se P"f~r&reseu ~bn ellos. Cumplase pn~s la 1·ecor1Ia pl'l'' cia . h>lllars(,! . en sus doctrinas t' tt oposicion CO!l l~s 1náx.imas de nuE"stra refi, jfon, o de la sana mor:-i~, i l(}s infra ~ cl"i­tos promovúáo este acuerdo i harirn ~e ciicu le inm~diat~menté para c;ne s~ as. gn­ren las ·r.onciét:Kias d~ los que temen por lá relijion con la enseña~;ia de aquel antM. Tu.d~vi3 puctle hace~se. !°.as, i es ~ue e.ese la ensc:nanza· Qc los pnot1p1os de le¡1slanon universal . 'pQr Be-r1thilm l""ego que &e halle -otro autor qtie trate fundamentali-uen'te i co~a alg_un.a perfeccion está mate1·ia~ La falta ausóluta dr. otro au.tor que puéda ~ubrogar á aque~, ha dacio motivo á 9ue se_ le· adopt~: que v~ngan ota:-as ohrás de )ejisl:~cion uni­versa~ l eutonces no sera necesaria la dfs de princ,pios de ·lejíslacion cumplan rigQl'ósamente ~ón la disposicioc del art. 229 respecto de la obra tá ~. 29 rle junip Je 1827-P¡, e '.Ai sr .. ¡eneral A11~º!1'º 06m.&oo comandar® ¡en.erol de la 3. "' Ji11úion awiJíar al Perú. del ~o~i~ntQ d~ 1'6 de abril seran licenciados • . ~ 0 Uno· de ltW batalloQea :vel\idos drJ Peró.~el que VS .. elija, st·oompletará C()D la fuerza d~ 5Qo plazas de · armas eón individuos qoe sean p~cisaménte nativos d" Jos d~putamentos del Norte, e·s ·decir, Orinom~ Maturirt, ·venezuela i · Sulia, i fo. m·~mo su oficiaJi'dad; el primer comandante M.;wzano se encar-:­g~~ á de s~ . mando i este c~afürmara la g\larnicion. de Guayaquil. 3. 0 Otro bátallon que juzga el go­ ·biemo convendría fuese Carat:O$; se c-ompletatil en a5o plazas .te arma• en S. E. e\ mepresidonte mella ttreveni.Jo los mismos térinilios que el destinado manifieste á VS. que el gobierno .des- a Guayaquí~, de modo qúe 'ºdos los ct>nbce t-odo ascen·so que se ~a ya cori- oficiales j tro.pa nativos de loa departa­cedido en los cuerpos que formaban la mentos del Norte. que hubiere en loa 3. ·tt division .de ·su tnando despues del cuerpo'5 venidos del Perú .q~eo .en esos 26 de eoefo 6,ttimo, bien sean concedi- dos;- este segundo cuerpo- laara la par­dos i•or el gobierno ~lel Perú. o por. nicio~ · del .Asuay. el comandante J.nsé .Bus~manle, ¡ que · 4. 0 VS. con· los otrt>s tres batallo­cn consecuencia V.S. 110 permita qu.e -~e nes i los escuadrones 3. 0 · i 4. 0 de Hu­usen otras· . ile I ~,;7...,1 J. ~ A t sr. jeweral de lm8adu . Antottzó ()bando •. Dios. guarde a VS.- Carlos SoUBLETTE. 'J:lepilhllca de Colomhia.- lnlnldencia f!el dePl:lrl?"!erzto ckl Ecuador.-Qz#."t.o . a ~1 dt; 1ulzo de. 1·827--17. o .--Al sr~. secrekino · de e.sl.a_do del d~pacho del _¡,'ntenqr .. -N ume1·0 ·7 4. . SñioR s'CRETA1110. corporaciones, con el objeto de evitar cuí".iiesquier sorpresa d:" parle de los descontentos. Sus contt.. ~acio(les, que acompaño .á VS. en C<:lpia b.-jo Jos ~ú­me~ os 1 .. o i 2. Q han -ido para mi i.n ~atisfactorias. como deben .$er1e t~ien para el gobierno. Estos s~n pues, sr. secretar~o documentos que siempre manifestaran_, que cuando se ha querido ~aber I~ opinion de las personas . influ,.. yentes del .Ecuador, sin el :tparatq d'e las bayonetas, cUa ·se ha dcdaradtit eo favor del lejitimo gobierne;>~ i por con· sigui~nte que sola la fuer~a i el mie~o puede obligar a los ·deb•Jea a obrar contra sus pr~n,cipios i su concienci~ • · Tambien tuve. p4r com·eniente oficiar· al sr. jeneral l'lórcs en Jos términos que vera vs.·en c.1 mím. 3. º· ·i 8~<"..0A­tcs. tacion. que en este mor.lento _h~ re"!' c1bido va marcad3' con el núm·. 4~ o. . Ella pues ele rlingun modo satisface á los c·arg<;>s qu~ no solo yo he lacclao al comandante .jcncra~,. sino tod·Q e~ de~ part~m~nt9, en vista .de. l~s ~t~s ~ q~ me refiero, i parece que e~ta fuera del caso acusarme de ingrdtitud, cuando jo no he hecho otra cosa que proceder conforme a las .insrrucciones que he red .. bido -del supremo gobierno. Dlos quar.de a V&--Jost! . ltt(ode~to Lan·ea Núm.. 1. °' .--11.epúbüca de Colombia.­. Corle superior d6 jwtit;iá del dúlrllo . del Sur-:-· Quito a ~4 de ju.lió tk 1827 · 4l sr~ uitencJente ele ute tkparlamell.to. {,a ingrata noticia de~ 1íJt;imo CQUeo de .Gwty~quil refatiYa ?.. l~ innov•c~ wlitic-. ~e ha l(&ÜdC> Iuga.- en 4.qtJcl departamcnl.tJ.., potcla1nanclo1~ intan - pestivamcnte i &: hecho el sistema federal centra fas form:is establecidas en la con$litudoo· d~ Ja República~ m• causo la mayor sorpresa' 1 ha exítad.o en mi, no menos que en . loa demas ministros de esta corte, los m~mos sentimi~ntos de que fan dignameqte ~ halfa VS. pen~trado s~gun lo manifieJfa la nota dirijida por Ja i11tendenCia al sr. jeneral comandante jencr.:ll d~ este departamento. la misma que con · e$ia fecha se ha servid() VS· trascribirme, procurando el buen orden de Ja ad­ministracioμ de su car~o. y o me eon.;. gratulo con VS. cuanto es justo, de la rectitud i ~rmeza con que aíran~ YS. los pasos .de su conducta, mientru la inconsideradc. ¡1recipitacion se . abanu l ~ilive1·ar ~, ab~rt~ J>ronunciamient~ que pmas pueden estimarse comprcmUdos. dentro i~.presim? el g(Jbicrno lo esperaba,. d.istribu y era 1 acantonura lus ommosa desfilen por e! mismo rumLo. Yo . teng9 el Ílonor de asegurar á V S • la clecision 'de m: ' dictámen i et d·c·i11is compafi.C!!rnl'I en Ja ·corte, it fa''o.r d~ mas profundo rc~pcto i pu~tual obser~ vanci:.t de la coustilacicn i 'leyes de J~ A ~onsctu~nci~ de.noti~ias, q~e ~ccihí l\epublica. es pet~~dQ . .que la soLerania d~ ~uayaqu1l, ;a coqit~niq~e a VS. por áe· los .pceLl(Js, me«!iantc la voz de la medm ~e un · .estrao.rdm:.ino c~n f<:cha 1 gran convcncion lejitimamente org3ni~ 2 1 torne por m1 _pa~te to.das fos mcd1.da·s sada, pronuncie sus- delibcr-nciones acero que estab:~n en m1 alcanse para e\·1tar. c;.a d el mejor t,icn de la comtmidad la ~tormenta qde nos amenasaba. El 1 i ·t1e los me.dios de alcansarlo. . p~1m.e~ p~so que dí fo~ ~ñ.ci~r a. la 1 Dios ·guarde á vs .. ._-dr. Manuel Es· reur. 1r 1pa!1 por el sistema federal de acuerdo con VS ., i que hahian salido dos comisio­mado~ .C <.!D el .ol>jcto de que el de Quito hiciese. otrrJ tanta. Estas noticias sr. jeneral las dan las c2rtas dirijidas a particuiares i poco ·mas o menos todas estan cotteelidas en los -mismos ·térnri­nos que ·~s q'1.e acompaño a vs. en .copia certificada bajo los numeros l. o 2. 0 i 3. 0 No es crcible semejente procedimiento ncl Lcon Febres Cord·ero jefe del ·E..l.\'1. llamado por la lei. Cuando me co.n motivo-de sU.S marcrus. - por el dicho departamento • RKpúhlica de Colom!Jio.-ComamlancJa ¡e· . neml de la division del departamento iJe1 Sulia.-- Cuartel ¡eneral en Soatn a ~5 Iμ · ogoslo de 18-.z,7--17~-Al sr- inundente del · departamento. Con fecha 22 tuve el l:aonor de escribir a VS. d~sde . la Concepcion participando­le mi marcha, i. dandoJe la razou porq~e n~ lo babia hecho antes. Ahora recibo la co­municacion de VS. t.ambien del 22 en qu~ se sirve ofrecerme Jos ausilios que nece · sita esta di-yision basta la raya del depar­tamento, de conformidad con lo d~puesto. por el gobierno. Coro.o la notad"' VS. com­prende ademas varias pr~u.otas, (Uya re~- . puesta' me cxije vs. para conocimiea\o ~t. _gobicroo i de vs. mi5mo,, vo~ a satisfacerlas de oo modo que VS. caratterizara de i~­jenuo, _1>0rque ademas de su exactitud, tiene ~ su bTor 1~ pru.eba de mi conducta huta agui. Ni he tenido órdenes de irupedir el ejercicio. ele cm funciones legales a ... auto­ridades de este d~P.ª~~nto, .ni ér(ador~ que· supongo ·;-. rnn. adelante c¡ue yo.. i todo e~o se~n ~otienclo; con mot1vo de 1u ~ovtdadcs de los depattamentes tlel s~ He pedido en nüs matthas las eusiJios n~ttsarlos a Ju au­toridade1 del transito, í los he recibido hasta aqui bajo todas laa formatidadea necesaT1af it. comprobar loe gastos en tocfu tiempo. Mia comunicaciones- anterior a hien hacerme, i e-spt!ro que VS. 6e sirva cre~r que mi conducta en adelante- s-en( la nmma que he Oh.ter'ft~o basta aqui. porqM ni tengo ordenes p~ra hacer otra cosa, ni ·bari mas- que cnida.t c!e las u'S guarde a VS.-C. Mendo~~ TRIBQNALES DE JUSTICIA. La corte superior cle l0$ departamentps de Bo.y~cá i Cundinamar.ca ha recibido de abogados de Jos tribunales de la RepJiblice, ~cV.ios lo& requisitos leg.alcs, 1 los dres • Clímac.o Ordoñezi Cipriano Cuema. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .PARTE NO OF.JCIAL EL CONGRESO 1 EL LIBER'TADOR. Hemos leido la 11ota que Isa paado al eonp-e$0 el Libertadót" · d-esde mas ~d de Ocaa~ -con moti~o de haber reci­bide la lei c¡ue fi¡a el. ~úmer6 total • ce . la fuerza .armada en ~bvula1adicioo -sine 41"'"'ºn no puede Lacene~al'lge del :gohie.qio •. · p,aentaremo1 al ~bfe piJ.blKo ~' ~mbY alguaas observaciones· ~e ~-­ri11 para~eformeun juicioaactodeloegocio. La <'Ollltituciom ~• d art. 55 §. = 1. 0 ~huye al ~-Orl~nso Ja facultad. de PÍ"' Ciila año- las ~as4J$ pú/Jkos, In tJÚúl 4/1 Jos pr6fUPuuf,os ~ le pr.es1n'6r;, el poder ~eeuti.JO, i ea ~l ~o ,s3 la de d#llJnniur la fuerza Jel qéreilo. M paz i. na 81'!"° Mñ.oiOlulo J tiempo en 9'11 JáJe ezislir. En todas las sesiones nienores el ~ooveao faa dictado decretos sobre la materia. 1 co­mo en elQ 61tima er.an ya .granda loa clamOl"Q ~nva Jos io11merablt1 gutoa del e~rcito, :notoria la penuria. del tesoro., i fand·ados los temores de que peligcaseo las libtttadea na­c: ionale.s por Ja parte acti~a que babia to­mado el e.jucito en las convul&iones que ha padecido la patria, nQs ~e que fue mui [JnJdente, mui .justa i mui l,al la me ... dida .de Jijar su nún:iero por la ei de gué at trata ;en eumpl~ento de las citadas dls-· .poaiciofte¡ ooostitucionales. No ha 1ido el poder ijecutivo quien tomó la iniciativa en esté interesante ae,gocio, clespues de la aeaioo lejislatrta de 18~6, i ~r supuesto tampoco qw• ha. ~ al congreso. De.de que ll~ á Bogota el Libertador en el mes • .ncmembre ultimo, dictO medidas para disminuir la fuerza de.. loa batallones eü&­' tentea -en -el Sur i en el interior, para reducir los atados mayores, las co~anciaa de prorincial i los oficiales eo servicio activo. -Dupoet de so entrada en Caracas biso saber por &u Hcre~:atoeral A Ja aecreta,ia de aun-a. que disminuir tambien eo b tiep~ntameotol del Norte la fuena armada 'ue babia ret;mido alli. Eataa pi:eTias dispoei­aana i .las demas razone• ya indicadas, se­pa. mente indujeron 1 la cemision de perra del amado . a pretentar el pco7ecto de lei sobre reduction· del ~~rcito, 1 en COOlealencia pidi6 al secretaria de la guer­ra · an informe circustaneiado sobre el bú­mero a qu-e en ao concepto ~ia que­dar reduCido el e~reito de taen·a. El· aeeretario de gtteJTa teniendo a la .uta todos loa datos que te dehia lUmioistrar ~ despacho, formo su plan i lo con1ul&6 al poder ejecutivo, como se lo previene la constitucion. El eiecutivo lo sometió a exa - men del <'oncejo de gobierno, i allí de co­mun acuerdo r~ltó aprobado el mencio­nado plao, en el cual •e fijaba a los depar­tam. entos el mÍnimun i el ma.zimun a que l>Odia montar el número de 1ro~aa de su flotacion en el presente atado de ColomLia. Sabemos que alli se tuvieron en cousidera­cion t. 0 las comunicaciones de la secretaria jeneral del Li.bertador en que ha pariici~o it.l gobierno que loa departamentos del Norte continuaban en perfecta tra~quilidad: '2. 0 el orden i aociego que diúrutaban I~ departamentos del ~dalena, l.stmo, Cundiñamatca, Boyad i Ciur.a: 3. o lu seguridades que se habían dado al ~bierno de parte de fos tres departamentos del Sur de que ya se babia reatablecido la quietud i el orden. o que se restablcceria iodefectible­~ cntc á poca costa : • 4. o las noticias ftci ... entemente comunicadas por nuestro ajente en 11 En los dios de la di$cusion de la léi se sohia·ln 1Wftla alhraeion de G"'!j'~uil 8010 por eartas partiei41NhwnJd~ tk Qriíto~ GACETA DE COI~OMBlA ·Lendi~s {de 5 de ianio) de que no .I1ahia en Ja -peuimub preparativo a1gnuo hos~1l cont~a Celomhia: 5. o Ja buena amistad 1 armon!a que -eXistia i!ntre todos los f'stadoe amer1- caoos i Co\C)lllbia: 6. o las contiuu~sreclama­- cióoeJ i .qu.rjas '1e part~ de cau. to~os los Mpar.tament..oa por ausibos l>ecuniar1os para P!"u.eer de preea i susistenc:a a las tropas. Todos atos fundamentos obraron en e) aDJ!flO del pbierno para opinar por la redncc1o:i de1 ~ terrestre al número de 1 o nul hambres de toda arma. Al congceso se han pasado o.portnoamente tados los partes i a~os oficiales q~c ha tenido el ejecutivo sobre las ocúrrenc1as del Sur: se te han pasado igual~cn~e todas las cemuni.caciooes del ¡ecretario )eneral del ~r, i ademas uno i otras se ~an ~bticado en la Gaceta en la parte oficial. ¿Como pues puede haberse pensado engañar al ~greso para arra~a~le la ·saludable lei de la redaccion del e¡ercito? l ao se crea que esi. lei pueda compro- · meter la se~rilfad esterior de la República, ai so tranquilidad interior. Si la primer~' fuere atacada re_P.entinamente, i el congres'? ~o esta.ie1-e reunido, él art. 128 de la co~stitu­cion provee de recursos para o~rr1r á. la oe<'eaiaad de def•nder la Repúbbca. . S1 la ~ada. fuere turbada por conmoc1.ones interiofta a mano armada, en el ID1$ffi0 . art. encontrar! el poder ejecutivo arbitrios p~ra COQtener el mal i salvar las leyes. Una tola ns durante 6 años de adminis­tracion ha aolicit.ado el- ejecutivo faculta-les eatra0rdinarias del congreso, i al efecto ?re­tentó los datos eD que fundaba 6U peticion, lol objetot a c¡ae debian contraerse, el lugar donde podiao ejercerse- i el tiempo de su duracion. Seanet .permitido ·ya que hemos recordado la 'poca de facnltades e1traordinarias eier­eidas por el ~cepresidente de la República prepntar ¿quien es el que ha sido victima · de el.lu por disposicioo o providencia del poder ejecutiYo_? _ _ VCYL DEI .. J>UEBLO. Con este supuesto tílulo ha apa1 ccido un folleto en el cual fe anota de un modo grosero i calumnioso la esptniciim únpre- 1a, t¡IU ha de preunla,. el vicepresidente al LifJerlatlorpresitlmt1 luego que se encargue del 'o/Ñlrno. Unas notas tan ridiculas, i tan mjurioau no pueden ser hijas de la buena educacioo, de un verdadero interes por el bien publico, ni de cr.lo por el ho­nor naciooal.. &tas Yirtudes enjcndran otro jéoero de producciones, i en vez ele dic­terios, llejan percibir el lenguaje de 18 razon i del con•encimieoto. l...ejos de nosotros la l'ep!ualia ! Seria de desear que el ciudadano qnese ·ha tomado el trabajo de anotar la esposi­cioo del ~cepresidenle, t"D vez ele usar de IM palabras dudoSM dicm. se aseGura, puede ser cierlo,coolrajese su celo patriótico a hechos tlet•rmioados, porque un se e :.11: u~ntra dehto verdadero, ui prueL;, para 1ust1.Gcar los su­puestos cargos. Amh;is cosas deb~n ser satisfactorias al vi~eprcsideote del~ l~úbtlca. Por conc1usion se n~ i1a asegurado por vnios estraujen>3·, <1nc en el banco d~ In­glaterra no puede tener parte mngun estraníero. Pero sea e.le ello b qμe fot:re, la verdad es que scuhra su nom­bre, i suaccion,el nanrn ya no falt.a1descuhiren­dolo, a la confianza púLli<:a. El vicepresiden~ quiere que se descuh1·:.n sus acciones, ó depm1- tos, lo · permite, i a mayor abundamiento sabe­mos que en su prccitad;:i cspnsirion acompaña una libranza f'n favor del gobierna contra cualquiera banco, 'ó casa <:stranjera 'J~C tenga fondos de .su pertenencia. ¿Se HIJe mas? pues todavia bar) cuanto se le exija en la materia. El sr. Josc Fernandez Madrid, CJ1!C ejercía en Paris las funcio!'les de t>ntarga_do de negocios de la repábhca de Colombia, va' reemplazar en Londru ;11 sr. Hurtado, coA el caracter de ministt"o plenipotenciario tle aquella República. I .. os que . hao t~nido la Tentaja Je conocerle en Pans, al puo mi1mo que consideran que su elevadon á tan icnportante deitino no pnetle ser m~ merecida, no pueden rnPnos que serles mur scnsihla su ausencia, jnstameutc cuando re­cojia el fruto de la constante solirita.d con que se hn ocupado Je los intereses de su pais. llurAnte sn residencia e.o Paris!. entro !I buque colombiano, el .Ay.1cuc!w, J no salto sin ~narholar el pavellon na~acanal acredit.andose asi mismo cerca del gobierno de Colombia j en la forma acostumbrada uu oonsul de S.' M. Croa. El sr. Madñd cio.f. El gobierno del Peru renueva sus prott!stas ele amistad i gratitud a la república de Colombia. El ministerio rlel goliierno dPl Perú Jo componen actualmente los sres. d . Francisco Javier l\'lariatPgui de relaciones esteriores, d. José ~forales i Ugalde de harienda i d. Juan Salazar de guerra i marina. LA REVISTA Al\'IERICANA. Hemos leido en el numero 57 de dicha R~sta que corresvonde al mes de julio últ1tno un largo artículo sobre la insurreccion de V cnezuela del año anterior. No hare­mos el elojio de su esactitud i hut'n juicio, porque P'·dria atríLuirse a parciaiidad y lo que podemos decir es, qne estamos sat•sfe~ chos de 'JUC a muchos hombres respetables ha parecido mui bien. Alli se habla del Libertador con respeto i aplauso, de la mar­cha i progresos de Colombia basta la época de la msurrecciun con admiracioo i elojio, i de la admioistracion del vicepresidente Saotander con honrosa aprobacion. BOG.--IMPRF.SO POR J .. A·. Cll"ALLA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Gazeta de Colombia - N. 308

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Gazeta de Colombia - N. 309

Por: | Fecha: 16/09/1827

GACETA DE COLOMBIA. N. 309. TRIMESTRE 25. Esta KllCela s~e /aJ domingos. Se suscri6e a eUa e11 lus admi~isNaciolUS de correos de las capitales de pro'fincia. La su.scri'cion anual va/a 10. pe­~ ~. la del seme&f.n y 20. Tvuzks la del trime4Jre. El ed4tor dlriji"'! los. 11lUMros por los . correos a los auscri"!res y a los de est4 ciudad, crqas mscricione.s .Se recil1en en la imprenta B~.otant1 en ÚJ calk tle la Uruversidad, H ks lkvtuan a sus COI/U de Wilacion. En la misma imprent4 se Tenden los numeros sueltos a 2 . re<Úes. PARTE OFICIAL. ENTR.DA n ;::r..uRERTADOR EV L.\. CAPl'rA L ·1 :cr POSESJON DE LA. PRESIDUK.U. llE LA REPUBLlCA. El 1 o del corriente cerca de las 3 de la tarde entró en Bogota el Li­bertador presidente de la República, despues de un mes de viaje desde Carta­jena el que hizo por tierra desde el puerto de Ocaña por el camino Je Jiron, Socorrn . i Chiquinquira. J,as calles por doncio un ~reve discurso propio de las c1rcustanc1as, que fue contestado por el Libcrta 5 ~ En las faltas que 1 esulten poi· ausencia o enfermedad del secre­tario, Je sostituira provisionalmente el oficial de cualquiera ligaciones que les impone~ lei de 22 de mayo de 18~6. · Art. 3. 0 J ... os caudales pertenecientes al crédito nacional. se guarJaraa en la capital de la República en arca de tre• llaves, de las cuales tendraunael director, otra el contador i otra ·el tesoréro de b comision; sin que en ningun easo puedan confiarsela reciprocamente. Art. 4. o Las obligaciones que con­forme al art. 18 de Ja lei de 2:.i de: mayo del año de 1826 debe emitir la comision del crédito nacional, scran ligaciones con Ja fecha de 1. 0 de julio de 1 th8 guardandosc ~u-cesi, ·amente este mismo orden para lo' años ultcl'iorcs, de manera que todos los s que los ganen i que hubieren sid'o liquidadas por las · oficinas correspondientes, se agr.egaran al capital hasta ~1 ult.imo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. dia spreah·as· Jcl que ganan anualmente i con las demas formaliJad<>s prc'\'enilcs o temo vientes que se ha y ao d cscubierto, o ae descubran, oplicados por fa lei de 22 de m:.yo e.le 1826 al pago go que leg.almcnte sf! declare que pe1·lcuecen a Ja República. §.e 1. o Para verificar la ~najena­c: iou, que siempre ::lsados los ' dott .semestres (lcl año lica<'ion limitado, 4 fin de promo­ver los ~stablecimieotos útilu: DxcnE.TA~ · .Au·!°· 1• • • se c?~cc.~e ' la compañia de E1ea 1 Dasst1 el pr1v1leJIO escluaivo por quince año~, Odra 1mp~­dir que \isilen so~ oficinas i se 1mpongaa de m mecaniaat, todoe los. ciudadanos. • AaT8 •. 5°. Quedara obligada la c?mpañia l recibtr en C«·ufa una de sui ofionas doce jovenes naturale~ de .. ~Jambia, en calidad de aprendices s10 ex1prles c0&a alguna por el apreo.u.aic • · AnT°. 6° .. La compañia quedará ol>l~a~a igualmente a realisar este P.stablecim1cnto dentro del termi.aD de lns ~ños, m¡o la U• ucion peal q11e acordara el ~r e,ecutivo. Dado en BOfotá, a veint~ de ªfºsto de r !21 ! 7•. -- E vicepresidC!1te d@ senad~ Jeronunó Toa1tES -- Etprrs1dentt de la ca- . mara de reprt'léntantu José M•rin Ü1tT~oA..­El accretano del senaqo L1us//arcas Tqnda.­El diputado secretario de la t.amoAra de re· f!l'eSeotantes Jfla11u1l Bern.-zrdo AforJre.J . - Palacio del gobierno en Uogol :\ a ~ 1 d~ agosto ele 1827 JJjº· - Ejecute.se.- :t"°KA 1'cm:u DE P. SANTANDER--Pcr S. E... ~1 virc­presidente de la Repuhlica encarga.do del poder ejecutivo.· El i;ecrdari<> de f' sl;ulo del despuho del interior José !Jformel l\.~Tauo DECRETO D~L PODER EJECUTJJt'O. S1Mo1' BOLTV A H. Libertador presi.­dente cte. etc. etc, CONSlDERA'NDO ; 1. o Que el congreso fue c«KWoead _I~ p:ts ¡ ~ · ta beo1tv~en4ia, , ~o . . ~la ·· Jnvcn t~cl t'!lcs ·. ~tm~c~t~- ~™:. l~s. hagan de su cuen ta t r a u:11ascn las mm:ts u.pre·- 1 A rt. 3. o El secretan<> de estado del . 1 ver lüs ~a~dcs l>fne 1c1~. • .• fc:lie1J1K! qoe sacias ; r.erb habiendo si J u requerido aque:t d h nalih:-:. pa.r~ 'la elahor~cioo d~ dichas ·. m~naa por -~,. de 18'1.7.-17.-- -$1MON ~OLlP4R.-E1 ramo, ·al ·jencro · lioinllno c(;IM .una. aola fa -· ca1da .del crédJlo de Colomlua· 1 acóli~t.:1- ~rctario de estado d~l desp:icl_to del . 'Qlilia Ja observancia .de este prece'~ :nos ll)Ícnios a cc~rios A la d~scoqfiant~ en tod~ interior.-,..Jose Mam.se.l l\J:STREI>O. 'conid~o :se les ~ím~ 4el pag<> de.Jns donnil' - PROCLAM.-1 Asi, · pu~ •lendiend'? l,..(umen~ los pró pe$~~ .que dehe!" ser de_ la,, pt1met;t$_ p_-.- ,grnos de las lucea. é . ld:'t~ccion .• hace V. oancias netas q.1,1e. resultaren, de la~ n>1~s · SIMON BOLIV AR, mas por Ja felicidad de IG pais qué}() que.. l~ego ,qu~ se c$¡)foltn. j proouzca_n, 111_t)~j.- LrBEl\TA_Í>oR PRT.!iIDENTlt DE LA pudiera coniegni~ .J>Oi·. ()tros Dff'.4b. ' Loá &candoae de este · spOdo el -art. 4 ... · ftd REPlJBLIC.I .JJE ~LOMl;ll.I. __..._. ----- ..... ·j Glh T~ÚttEÑ•>S ! Et totrente d~ Tu 'disen­ ·~onP.s civ"ilc~s os ha arr~strado · basta poneros «'n .ht sit uacion en que o-s hallais. , V OSbtros ::.ois ' 'ÍcJim::is ·de la suertfl que- babeis . prQ- . cu.-ade e-vitar a tod-O tranc•.. No soia 4.:Ul­paLfos-, i QÍRgQn·pueblo lo es nunca, porque. •I puebl() O{) desea mas que justicia, r-é.poso· i libcrtnd; .los sentimientos dañosos Ó-.erro- . J)C ()¡ pcrter1ecen .de_ Orainario a 'los conduc­tores; e lbs son las causas de las calamida­dr~ pdhticai. . Yo os conozcp, vosoti:os m·e conoceis, . i no podemos dejar ~e ~ntenderoos. · Que desistan pues, los qu ros quieren estraTiar, para <¡ne volvamos á ~hrazarn ns como los . mas hemos ·henn:mos, a la ·sombra de las laU­re~$, de l~s leyes i tlabia. .Palatio de?I .. gobierno en Bogotir, ,, 11 de 5t>ptiemb1e de . 1827--17. ' lio°JitJor. EDUCACiON PUBLICA~ estados de la Am~raca d'e1 · Notte cine han contrato,. cuy<> ct_a~pli~eoto -~~ I~ •uttts.!, ~~optado ·~sta médidat~ soctenddo caantohe no .tendra ehcto, &Ulo se . acce~e. l sn .aot~. .. .: ditfio; i puede · o.,..ne e~ aná -re- citud. El gób¡e~ cii vista el~ clb .. i ~n · -C()mend~citm de la acti.;dad .. de .... . go- fecha :¡J qe jdμo de 1827 ha mueJte '" biernos, qnc muchos de ~~ :com0: el dé ,s';gu.iente; . . . . . Masachusset ~ Newyorlc, i itl:lfkJ¡a., estio . "El g®ierno. no. pueaé eximir a ?f# «Ji!n en t'slc momento. mejor promtos de los repreaenlan del pag~ ele lo~ doa :mil ~ medios de edur.acioo que ]a misma Ingla- anuales que pQl' d , vt. 4. 0 del ~tr:no terra ~ C · ª'"!-~wlp_, Pº"l'!le u b1eu ts ~er.~acf, que l':'- · ªda ct es que hai personas tan- ·¡weotapad• . 'éaid;4 del ~redJto de la Re!pubh~a i aron­' 1vo.r Jet antiguo métedo Cft.le en · a.'.P11 teciinie.n tos acces~ri_os han ·pa di~o · :p:rta.l&ar · modo retardan &\U adehnt.inieo~ · Mu- . o &US?_!?der ~o parte las. opcra c10~· -{fo l~ cboe imlividoo& del clero ~ll este paia i en Compama rn~nera; tamb1en fo i!, ')'le $i otr~, desean que la 'educacion ae verii~e ellos no ~ubieran teñido Jugar, ha~aa ob.; CCilf\forme .;t sw propias ~Ü'af, . i no~~ tenido ventaja~ in~itamen_te ~:ayOfe5' d !~ ve.ces dt'franrlaft al pueblo de &ti \ene&cio. ~idas qu~ )~oi pue.den su(rtr . .f>:~'r eon­Al mismo tie_mpo eo lnglaterT& tmem~_. la- ' · fe~encia. ~e lo Citip1.dad~. en. dn:bo .attko~~ ; ventaja . que pa·oporci~na la eontroversia. . i en el pnmer caso,. "el gobierno ni;> .habr1a 4. saber, . ~1le )~ ~duc•don ocupa 1\\ ~D... . pretendido obtenerl41s a SU fayor de. los io­CIOO pabh~a, 1· por, COUHC\1enc:Ml ' esta mM teresados; porque es hitln c~ato. qu~ a! ~e· jencrálmente difu.udi&a. PO.. ert;trambU par~ . }ebrarse el contra~o los contralao'fes debi.­te1 se dan -muutra ie ceJ.o i acti . .id~d, . fO~ s~poner. q~e. t!!nian que 1ufri~ loa~ · i .ae haceu los m,J.JOtes esfue~ El an· .gas que. aobr~v101esen por c~alqwer atoü'fO ligua sistema - ~ª C9dido. ·je~eralniente al C0~9 .el presente, que .. no. ha es\ado de Sociedml de las escuelas /Jril4nica i estranjua . nueTo desde la 1ntroauccion del Laocaste- parte del gobiem9 e,víf.a~ ~ a~i c'?mo • ha~riin riano, j del pv~ter~<>r é&tablediQientó ·de Ciisfnitade de . 191 bc;nefic1.o~ cqns.~~ olra sociedad · seglin el aistema tl• Madra, ai el cr~dito d.e 1:a J\~p4blica hubi!~ · ldct conexo con la iglelia establecida. · ~tá. 41~ ·en· aumeottO. Sin ~DJr¡o, como "ae ~~· din. lbc:iedad aunque mucha mas moenaa, qu. oe~ ~"ª· aobc1~d. ae se¡tara~ ~ ilel En Ja !Z 1". ó: reunioo ·anual de la sociedad de t«uelu británica · i eatranrera~ cele~a fl> · L9adres el lunes 15 de mayo de • 8~6: siendo pre$dente el ~r. d. Guil~rmo Al~. tcsorc.-o, ee · reaolwó por unanimidad: ·419e le ~icsea las. va.e~ a .nombre de . esta. rctlft1on; '- los ·gobiernos 1 r-eb1°' de las repúblicas de ,Bueooaail'el, Chile, Pero, Colombia, Goátemala i 'Mejic:o, pór· haber acojide rordialmeote el si.tema . de eduea­cion britanica, .¡ t-o~ sa noble i ve.dack· ramente 111atri'ótic0. des!g_nio de Nle~der · la educa~'ln con Ja . posible -rapidu a todG& ~ individuos -de 1t1s do.minios. . Sacado (fe los mi~mbros.:...- J. l\l. CnmJt,- E. A. _Schaalr,-J. l\:lillar s~cre~rio. _ Londres 2.6 Je m..1jo J1 -1826.-.Al ucma .. sr. FuNcuco u P. S... INT~-1.N DER vic~ presiden/e de liJ T'TJúhlica de Colombia etc.ele. Escno. SE~oB. & nom~ de 11l eomisiol) .de la socíedaél ' a. ..... ftcllebs británica i estranjera; me d.iñ¡e a Y. ~ltO ~ ' U'nO de los cooperadores . benHeó9 def j«lero ~mano en Ja j?rande empr~ ~ ha ~olllltdo , .su carfio de ilustrar la pnse.?te jenerac;!o.o, i l~bertarla de la dt>~~at1'?n'. 1. del vte•o, ~ 'ºº .las coose- . CU•nn.ae: tne.itahles de la ignorancia. Con grao placer, pues, traslado a V. la Ntofutioft de· nuestva 21. ~ reuciOn ani"-er­saria~ ~ue c:onlleoe lá _ eapresi:on de 1.os al toe Mlli~li lh•i entee ·que oco~n a,. esta .s oc1" ed a d acer . ca «le IAs.· e$iuuzot ben.cos i patridticds fJUe se han hecho· en -el ettado de Colon\­l> ia, para _promover'ª· pro~ta instruccion der· pueblo ~ntcro bajo su gobierno.· .Los pai·· ~es en -J&e se ha trábaj33ó mucho en esta 1!1$tr~c~ _popular, ~atiln ya ahora e~ , fiendo . loa ÍMltós de sus trabajos por los beo~&cos,_ .e fectos de ciYilizacion !J.Ue ~all- P!"º ducsdo en Ja parte-mural, re11j1osa • social. Si afpna n~ entre fos hombres ha de hicer ha c:re3do e1et1tlas' que ep ·el 6' ~eda· «Jq4"ato. d~. el . gob1~0. «le C-OallU., cando . docieDtaa mil . ahi-mne1. ~ 110 I* en .parte lo. .· i~ .. de la República ~ eso deja de ser i~m~nte ne~~~ria nqe~ra I~ de la com~--- fW" repres~nta, I~ ae­sociedad P°' . cuiCl.arie éa elJa de 1 a . instru~- éretaria d• ba<;ie~~ .dif~dri t¡u• en ~ cion d~ loa catcWcos 01'G!Qaoos• i de los jd- G~ mioiate~ .e i~ por fJ!V~ veo• de oJraa ctemc:u- -~ ~ pertenecen diaa el cootrato en ~. cümp\ul°' ~ á la .reli~, eat~ltlecidai • cuat. ~ qiat-. ai hubiae .ip>a pe~ ~- d~ la matad ·de la ··po~beíOD • . Moeall'd bbj~ obtener .• -pñvit~¡;O$ ~n~!di~ ~ la ~- ª _c¡ne. los ~ qu•e~, p~dao 10ªª~ del pdia en la. ·mismos tk'manM. ~u. ~u­~ ne&cin .te 1a !cinc~, a ~- IO .•~o tad(M, uimirla ~ces da I• ob-U~ no :adoptaméa 01 cateaamo ftt c:llWDQa ~ q11e tiene cootr.-. i en caso conti-ario a · ticular, i cons.tantemeate ncs dm;t la~ re~._( lo! ... -. con~en~nte .. - CklTiUA" .maxima cristiana : · '' haz qo k>• deow 1'> FA cumpbmieotó de la_ anteri~JO redu- ·que q~isicr• que el~~ hici~r!n Contigo. - ciQa r .,.... lo. ~ca que ella ~teiil, lie ~P.Cr~ que V. _disimulara estas o~- inaerta d· p».n~ato-8 . -~- rdet~ ·, vac10ne1· que ~e- ptcse~lfldo a su aten~100_, 1eguro de t¡ue · la comtst6n con el 'P!l.: Los infrascrit~s, a saber: José 'Maria ~· plarer cOOJ»ér~ra col\ , V. :f la crande . Castillo, · seecetario de -estad<:l kl cles~cko. de la ~nstr:utclon e~~ntal. 'Ltamos,unidós de- · hacienda . del gobierno .de f~ república en Ull objeto preetsall)Cqte el mM ~01'- · de eo&o.mh¡a d9 uaa pa~~ i . de. ~ Otfa f.ánte. ;n1erve u.pul.teda en .las liniiblM". el ·\•ioepeaidttnte encargado del po~r ~jc:­Con sentimiefttOI 4• •• -- distiaraUia euti"l!IO; i ~1 -se~do cómo procurador apo­ ·consideradon tmgo el hon()r de su!crib1rme .ieado i ajente de la firma de B., A..Gol­escmo. si-. su mu ats:nto i ¡eguro servidor. d.chmidt i c.ompañia .en uso ~elpodr.r )e~e'." · -,. MiH~t.·-·Seeret~rio. ,~ a~io. ¡ ~tante que t~en~ a_e )Se pri~ipio á <'ata ohligat:ion desde el día a~1 Qlorg<•micuto dc-l con~rato. Lridersdod . sN.s., 'WOD . A.brah~n Goldschm1dt i l\lan ncío .Jac:ob; Hutz, do. .- • n l .d.' h· . . l . J á. ,s de altrsl Je 1 8z5 - 1S. ~ . . J. Mana del ¡ fa ho~ra rcs1 u a acurua ~>. qué. Castillo,-Segismnndo L<-ydd'Sdo~· apciendo representado al poder eje­cutiYo Martin Rojas., Miguel Prieto, Buen~ventura · Sastre, Miguel Acuña i .Reyes Pulido, prc~os en 1a carcel pú­blica de esta capital, que sus causas su­frian retardo en . la corte supcrio1· de Cundinamarca, i pedido que en uso de la facultad concedida por el art. 1 i ~4 de la . constitucion, el gobierno escitasc ;\ di­cho tribunal para q':le las despachase con 1prontitud, el vicepresidente Je la lle­pública dispuso que aquel informase .sobre el particular, i lo h :i YCl'ificado en ¡ los tcrminos siguic ~te.s ~ l. ESPAÑA. L a$ gacelas estránjeras de jonio hacen mencion de la desaveneocía orijinada en ·et gabinete español contra la curia. romana, po'r el nombramiento de arzobispos i obispos, que ha r1ecbo S. S. para las iglesia5 ncan­tes de Colombi.-. Se asegura q•1c se ha proh ibi

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Gazeta de Colombia - N. 309

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Gazeta de Colombia - N. 310

Por: | Fecha: 23/09/1827

GACEl'A DE COLOMBIA N. 310. BoGOTA DoMl ~Go 23 DESETlEJllBaE ul! 1~h.7. - 17 TRJMr~STRE z5. 1falo. 8'!cetá sak /o$ domin8os. & S11sr.ri6e· a ella en /"s tidministracion.,s de cornM Je las copit,ales de provi11cia. La swcricion anual T"ole 10. pt:- -MM 5. "Ja del umest.1'4 y 20. reales fa tkl trimes~. · El editor. dirijira los n~ros por los correos a los suscr;tores 'Y 0 los tk uta ciudad, cuytU suscricioM.s se reciben en la imprenta Begolan.n • /a . calll , de la Universidad, se les llevaran a sus casas Je habitar.ion. ·. & la misma imprenta se venden los numeros sueltos a 2 . reales. LEI a&GLAM.ENTA-MDO LAS F'.L'ECCIONES DE LOS DJPU-U.DOS A LA GRAN CONVENCioK. El Sl!nado i camara de r.~presentnntes "'1 la Repuhlica de Colombia reur1idos en con¡¡r~o . CoNslDEB.A N }Jo. Que habiendose convocado la gran convencion de Colombia poi' decreto de 7 de agosto de) presente año, es un de­ber del congreso acordar el reglamento que ha ya de observ:ai:se en Jas ele~cio­nea de los diputados 6 dicha conven­cion ; han ,·cnido en decretar i DECRETAN. Art. 1. ° Cada p1mvincia de las que componen Ja republica de Colombia, nombrará tantos diputados -cuantos de­ban. corresponderle en razon de uno por cada 24 mil almas de su pl!l>ladon: si quedare un resitlu1> de 1 ~ mil almas, se nombrara por este un diputado mas. Art. '2. 0 Si bulliere actualmente en la l\epublica alguna provincia ; cuya po-­hlacion no alcance á 24 mil almas, ten­dra siempre el derecho de nomurar un diputado. Art. 3: 0 El calculo de la po blacion •formara con arreglo al ·ultirno cense mas esacto. que exista en la respectiva provincia. Art. 4. º Para Jle.,.ar a t>fecto estas elecciones, se convocaran los sufragantes parroquiales de todas las provincias tle ,la República para el c.lia 15 de noviem­bre del presente año, en cu yo día i los 7 siguientes tendran J erecho de concurrir á votar por los electo res que correspon­dan al canton. Art. 5. 0 Para tener el derecno de sufrajio en estas elecciones; se requiere ser vecino con residencia actual en el Ju­garen donde se vedfican, i tener ademas las circunstancias que exijen los ·artícu­lo• 15, 16 i 1 7 tle la constitucion. Parágrafo uraico. No podran ejercer el derecho de sufrajio Jos soldados de aarjeoto abajo que pertenezcan al ejer­cito permanente ó a cualquiera especie de milicias i que se hallen eó servicio ac­tivo en la epoca ele las elecciones. Art 6. 0 Las asambleas parroquialu aeran presididas por el alcalde ó akal­des de 1a parroquia, con precisa asisten­cia de cuatro conjueces que se nombra­ran por la junta de policia parroquial, i en su defecto por los mi,mos alcaldes; i eu las Yillas i ciuda!it§11tla a oir i á decidir sumariamente las tam·jas ó -redamaciones que se h.1g:rn sobre que alguno carece de los requisitos necesa­rios para ej.ercer -es•e dert-chn. Paragrafo único. La rcs1olucion de la junta se llevara siem pre·a efecto , pero el que se considere agr:.tviatlo , t enc.lra Jerecho de ocurrir a la muuicipalidaJ del can lon i esta podrá reformar el jui- . cío s­taculos para que se declaren por lejili­mos efectores los que hayan obtenido el mayor numero de sufratios en los re­jistros que se hayan recojido. Art. :io. La municipalidad del CCS que obtengan en su favor uoa mayo­ri: a al>soluta de votos : esto es un voto 111as S{lbr.e l·a mitaa rle todos Jos sufra­jios de los erecdores que hayan asis­ti<. lo a Ja eleccion. Paragrafo 1. ° Cuando no se obten- · -p ~ta mayoría se procedera a nuevo e-M:rutmio, contra yend·ose 1a votacion ~ los d"s que en Ja anterior hayan tenido roa yor número 1'.tado de la graa conTencion, se re­qtiieren ademas laa circunstancias si­guientti~: primera ser veéino, 6 por lo menos · nacido en el departamento a que ~orrespG>nda la proTUlcía que ha­c~ la. eleccion. En el t:&So de que un mism·o ciutbdano aea nombrado i un tiempo por provinc:iaa diverns, se en­tendera nom·brado por a~Ja donde haya obtenido mayór nómero de votos. En caso de igualdad se decidira PºJ" J~ suerte; i este sortee lo verititara la munidpalidad del -canton de la capitaJ doode re&ida el intendtnte reaptttivo ; segunda tener por lo meuva aneo años de residencia continuada en el territorio de la República inmediatamente antes de }a eleccion. Este requisito no esclnye a los ausentes en ~rvicio de Ja Repu­blica, o con permiso del gobierno, ni ;. los prisioneros desterrados, ó fu­jitivos del pais por su amor o ser­vicios a la causa de b indepen­dencia : tercera ser dueño de una finca rais -que alcanse al valor libre de dos mil pesos, ó en -su defecto tener una renta ó osufruto de quinientos pesos -anuales, o haber recibido a1gun grado cientifico: cuarta haber na<;ido en el territorio de Colombia; quinta ser de un pah·iotismo notorio. Paragrafo 2. 0 Los intendentes i go­LCTnadores i los demas q~ obtengan alguna autoridad militar ó eclesiastica, podran ser nomb.-ados miembros de la gran convencion ·por otras pro-.incias que no sean las de su mando conforme á la presente lei. Paragrafo 3. 9 No podra ser dipu.tado a la gran conv.cncion,el que ejersa el poder ejecutivo. . · Art. jo Las disposiciones de los art1culc:s 7 i r 1 son comtlnc·s á ~ asam. ·bl~~ electorales. Ar. 31 Los jueces, los miembros de las municipalidades i los electores que de alguva manera falten ó contra' cn­gag en la parte que a cat~a uno toca a 1o. p, revenidoJ en este re" lamento inc~r- o ' r~ran en as multas que. design~1 el decreto de ocho de marzo de mil ocho­cientos veinticinco, i el producto de e~s multas tendra la misma a.plica­c1on que les da el art. 3. o de di~ho decreto. Art. 32 Toca a las .asambleas elec­torales decidir las dudas i controver sias que se promuevan ac~rca de las iufor­malidacles o nulidades de csbs clec.:cfo­nes •. º. sobre la falta de alguno 1'a llajo la misma pena. A rt. 38 La com·encion se instalara p~r si misma clc~o que ella misma acuerde. . A rt. 39 En la misma fornta nom­hra rll st'cn~t:ldo o secretarios de cHntro <> fo<-1·a ~'·gu1~ c:,timc conveniente- A a·t. 4u El l?'·c~id<'ntc de la cou•en• cion ¡1rc~t;ir~' en presencia de ella el j,uramcnto ~n esta forma : juro lt Dios nuestro sc?lor sobre estos santos evan­jefüt: t, i prometo á la república de Co­lGl'Jlüi- a .cnmplir fiel i esactamente con )o$ rlc~r~s de mi ~argo~ i no promover n:ida· que sea co trario .á su integridad é imlcpeuJ.cncia de otra potencia ó do­minacion . estl'anjcra. ni que sea en ti­empo alguno el patrimonio de ninguna fumilia ni person•, antes bien sostendré en cuanto est6 de mi parte la sobera· nía de la naeion, la libertad civil i polít-ica. i la forma de su gobierno Jlf>J?U1ar represcn.taliv~ electi':o i a ~ tcr .... nativo; q .. e sus maJ1StraJos 1 ufic-1. tn in.vestidos de cualquiera especie de 11- tru·idaJ ~o siempre n!sponsablca a ,.lla dr. su eornluda púbtica; i que el poilci- supttmQ ac con~crve siempre di­- vadido para su administradon eu lejis­fativo, eicculi,·o i judicial. Paragrafo dnico. Los diputados prestar.in este mismo jurame~to en manoa,lel pmidcnte. Art. 4 r Si el 2 de aLriJ de 1 &i8 no se hubiese instalado aun la g1·an coAvcnci•m. pOr no haberse completado el mímern de sus dos t~rccras partet, pirán pan 1'1 viaje de iua i n,1clb des,~ el lugar de su resi­< lencia hista la ciudit4 de. Ocaña, el ausilio del tcsuro público, i percibirlan sus dictas en los tdnnin09 que esta dis~ pue~to pttra los senadores i represen­tantes por las lcY.es respectivas. Paragr~fo 1. o ~l efecto, el poder ejecutivo «Jara con antic,pacion laa 0r­Jcmes conveniente$ para .¡ue estu asig­oacioAes se satisfagan de la& rentas comunes cumplidamente,. i sin la menor demora por las respecti'lo tesorerías ; i para que se remitan a la ciudad de Ociiña las !ama& que ae conceptuen bastantes a cubrit las dietas de los di-. putados i demaa gastos 1ue se inviertan en Ja gran couvendon. Parágrafo 2- o E~pedira asi migmo las provídcnc~. COnl~Oicotes a fin de ·que se prepare local. decente para la gnm convencion, i todos los enseres de que esta necesite para sus trabajos. Dado en Bogota a ~9 de agosto Je 1827-17. o - El vicepresidente ai-tamento de Cnndioamarca en túfar del sr. Alejandro Osorio que ha sido destinado l 11 alta corle de jwticfa, al sr. Francisco Pereira: senador por el departámcnto de ª°'ai:a en reem­plaso del sr. Da~ge r. Gotnft destinacfo ~ualmeote a la alta corte, al v. Gttgotic Jellls F onceca: id. por él dtrpartam~to del Istmo. admitida la renuncia del sr. °MaQuel G;m:ia Pattde&. al sr. Carlas le.asa; i por el departamento de\ Ecuadoc e~ lugar del s.r. Larrca cuya renuncia t~mbie fae ad­mitida., ftl sr. Vicente AJíuirr.e. Habiendo el sr. Francisco Pereira ma­nifestado que no podia admitir el destino de senador por el departamento de "Cundinamarca para el cual fue electo en lugar del ar; Alejandro Osorio, por la razon de no ser natural ni •ecino de eate departamento, procedio el con· greso a prac:ticat" nueva eleccion el 17 del corriente para llenar. la vaca11te, i reu yo en el sr. Aatomo Malo pOJ" uanimidad de votos. COMUNICACION Dl'.L· PO:D'KB 1'..JECUTIVO A LA. CAMA.llA DEL StnUDO. Al e.1mao. sr. presüünú th. la ~onorahle ttñmara del . senado.- Bo¡¡otii St11emhr1 13 de 1lh7. F..sc:Mo. sxÑoa. Desde el mopiénto en _cpe ~.§ p~o~ de la pr~sidencia de la Re~h.ca . he ~on­. sideradD como uno de los P.run~os objet~ a que debía aplicar mi celo ~ flt13 esr~os, -el ~stado de lu rentas nanenale.s; 1 ase­gurado de la ese~ de fowloa .con Cfl.le tlebo co~tar par.a {gs ga!los indispensables del Estado, lo cstoi tawnhien de que el m«dio ro~s adecuarle para aumentar 1.os rt:Adi"1i ­cntos d.e bs rentas para igualarlos á f 03 consumos publicos, es la buena :idminist.:'1- cion cu el ramo de hacienda• p~n¡ue solo en ella ·fuede eontarse con una aceton éfica~, c?n e celo i la reipt?~hilidad de los a1entes. Con este motivo se había propae~to 111 c0ngtc.so por la secretaria de estado d~l despacho de hacienda el arre¡lo de la parte administrativa dt' la misma; pero M"gm1 he sido ittlormadó por et StcretaTio Jet :-a- ' mo. no ~ ba pneato ntaao eo *'Sle neic<1cio, Squramente por9"0c G~ han absorviuo todo el ~ dé las aesioars Eo ata aituacio.n veo con10 un deber m~ . ., proponer~ flºª si n~ es po1ih!e éf.>e ~l con­greso ae ocupe de ella makraa tan uri~r­baie, me autoñ&e l*!'ª hac,r Jgs arre~t0$ ·que son indisr.mabtes i ponerl01 en ~ion coll caliclad de dar cuenta á la ~rtA lejislatura. en tiempo en q1ie podra ser iotormada de la1 nntajas o tlesvcnta)as que paedao haber.e . notado. · Arlaacer estas inuicacioaes, debo ~sqr;o - rar al coogrr..so ~e 1ulo el deseo de rco1~­diár alaun tanto el atra.ao de nuestras rcr.ta~ ha ~ido ah.ancarmf!a5, cuando hnl>icra quendo reducirme al circ\llo de las fücul­tades naturales que me señala la con:.titm:iun. DioS guarde a V. E.-- . SJMON BOllYA.R: RELACIONES E.STERIORES El -1'3 del comente fueron prcsent~dos. al Liherta~or. p'l'~sidcnte por el resrect1.vo s~ retano, 1 con motbo de la vucÍ[á de s . .E. a esta capital i de haber tom:ldO so - bre 11i el ejecutivo nacional, los srt!..s. coT'one­les J. A: Torrens encargado de n~oC'ios de" lóa Estados Unidos Mejicanos, P. Ca~phell · C'lú:a r~ ~ dó de négocios de S. M. B. 1 B • T. Watt$ encarg~do de negocios dt! los -Es­lados Uni'dos tlel Norte. Sus stiiori"as a:rea­gárun succeaivammte al übertador fülki­taodole ~r el pronto i feli~ suce&O que hahian · te~id~ · su · influjo i ~us medida& en rl'stituir la trán~uilidad i el drdeo en los departamco - tos del Eire ; i &e espresaron la mu firme dperanza de que la prcseiacja. de S. f;. en la capit~l ·¡ af frente. del gob1er·no. aca1>ase de cicatnzar · las hendas ~ue ~odavia . tiene a!>iC!'tas la Rep6hli~,. rcst.ablec1ese l!' u~a­. nainidad, reu01endo a todos los partidos at rededor de S. E. como centro de la es• peranza naciooa•. i ~hlyt!P a ~m~a la prosperidad i crid•!o i que aus sa~600& i Jas Tirtudcs de sus h1jo1 1:. hacen acreedor_. entr.e las naciones. S~a señorw ~iad~er.ou au propia conviccion de qne sus go~ietGOl r~spe.-tivos hiciesen los m~mos voto.s 1 cstu..­viesen 7aoimados de la trn!lma con&ann al saber que S. E. se hallaba al fi~ente de la direccion de los negocios; i el L1bedador ~ todos respondio ea sust.ancia. espresanºr la ~rimera v~ era pre&éntado a S. E:. 1 tambi11n el sr. liuchet de Marli__goi consul de S. l\'1. Cma .. para el puerto de Cartajen_a .. · Aunque los .srea. c¡ue dependen de la lt"­pcioai brit~ica hab1an ya sid~ pre¡e¡¡t~t!o& , al Libertador el ~l". corond CampLell cu ~u laego el houor de iatroducirlo1 1 C'Ua>pli· mentar. l S. E. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ED.JC.:\Cll)N· PlíUL1CA. i diboidad i consecuencia de vuestro go- Ci(cufor rlc !tJ .sacfedad fuanlropÍ'ca ,¡ ios · liierno, n~ de los bienes que ha prodi­YY. curns·del nrz,o/JispadD de Bocott'z. : gad.o a nuesti:a patria '·uestra mano con- La SO<'iedild Filantrópica~ estab1eci()a en . i sagrada a nue.st~a li~ertad : ofcnderÍlJ ~Sta ciudad, entre otros varios objetos~ con 1 ' ·uest.ra mc:>dcrac1on 1 su phi~a _nunca el de propelld~~ por ~uantos m~dios cs~en 1 p~d~i~ se•: mterprcte de su.s se'!t1'!1~entos. ;f sa alcance a la nae1()ra de la educacson . 1 Kec1b1d 51, cuando habc1s 01m1tiarti­cular satisfaccion la comunicacion de VS. de 21 de agostQ proximo pasado, en que le participa que la santidad del s r. L eon 12 b& aprobado i' preconizado en el consislt rio secreto de 2 t de mayo de este. añu, al exprovincial del convento de predicadores frai Mariano Garnica por obispo de est:. nueva diosesis de Antioquia, . en virtud de la eresentacion q~e hizo a s. s. desde 1823 S. E. el vicepresidente ele la Reptihlica encargado det . poder ejecutivo. Esta satis­faceion me ha . sido tarrto mayor, cuanto que he viato i sabido el entusiasmo con que se ha recibido por el vecindario ele esta pro ,. "'1ncia ~ta noticia, i la gratitud que de ­mue$ tra por la autoridad qqe Jos ha puesto en posesion de una adquisicion que miran, no solo como benefica sino como preciosa. Yo, por mi parte, i a norubrc de P.Sta benemerita provincia, suplico a VS. tenga ESTADO ~ue mMÚ~sta_ ~~ ingreSap~.l Dos por 1 oo de. contribucion sellado. empleados. ToTALES. r¿¡,r:,1. • • 8., 296-1 • Moyo . •• 17.414-6 Juni~ .• • 6,']S6-5 Julio • .. ·~4,914-3 directa. . . ,, ,, • • .. • .1,078-3 1,243-5 So,364 . , • • 1,424-4 • • 3,746-S . . '' " .,, t, 8,298-· . ,,, '' . ) ' ,, . 18,4~3-2 . 44 .... ,. 4~-3 . J 1,4 3-7 • 553- .• '' ,, 16.891 -7 • 994- 1 • 42-3. 55, 1·47··1 ' Rroncisco de Garate J~ bon<~aa. u~ prestnta-: al pod~ e¡erntivo .los sent1m1cnlos. mas smcercs de agr~decj­mi<> nt.o p.01· el i~tcrcs que ha .lom.,do rn darle un prelado diosesano que la· a)ivic i consuele en lo sucesivo. Dios guarde a VS.- G~ M. Urreta. ' Q1Jito n 6 de ngosio Je 1827-- q' o .A/ 1r .. secretario de estado del despacho del interior. Recibida la nota ele VS. de 29 ele junio rnn Jos ochenta ejemplar<'s c¡ue :.1com:1?aña de la carta que S. S. llá <'SCT1-to á S. E • . el vicepresidente de la R epublica, los he dis- 1 tribuido ' en esta ciudad i .en tocio el obispado habiendo producido esta dil ijeo ci:.t un mes­; plicaLle gozo i co ~s~e1 n de t ucfos .los fides, i h~s mayores h end1nones que h an tributado ;1} sumo pontífice, i al catolicisimo i bene­ficentisimo 'Vicepresidente de. Colombia, que les han franqueado tantos h1en €'S como lot c¡uc <'spresa la insinuada carta pontificia. Lo gue se servirá VS. pvner en noticia de S. E. para gloria suya, i en prueba ot'l :imor qne se ha cofis!liado ~~. cs~Qs ¡r,uchlos ~ sus eficaces glorwsas d1l11enc1a1 que con la mayor prudencia i constancia ha corrido para a.6rmal' la rel1jion católic;i "º Colombia. Dios guarde :í VS.-- Cn/isto Miranda. TRIBUNALES DE JUSTiqA. La ~oi:te superior de los departamtnt~ de Cunumamart·a i Boyaca ha recibido con ! las f~r!"alidade~ legales 1 previos _los debidos requmlos de abogados de los tnLunales de­la República a los dres. l\J iguel Barriga i Escequiel Rojas. -AVISO. Despuu de publicada i circulada a loa intendentes i demas autoridadc~ de la R•­publica, .la lei de 16 rescnte añ~>. a.Jicional a la de 22 de mayo del an­terior, se ha notado en su art. 4. o Ja ai-guientP. errata sustancial d~ imprenta. · ~~hland o d~. las oh1ig~c-ion es_ que dehe em1hr la com1s1on del cred1to nac1onál dit~ ~· serim de 52, 5o etc. i debe decir:' ada d(! 25, 5o etc. Se avisa ~ dichas inteQden­ci: ls i autoridades para que al coR1uoicarla a SUS subalte1·nos se ~usane esta eqUÍTocacion. O'.rtto. El dr. J osé Jo:iquin. Gerria ha puhJi~ado u na memoria que describe el cat"ac ter i mé­tódo cur ativo. de la dist-nteria idiopatica, 1 j que cfrscuhre Ja d isenteria mecánica, desco­n Qcida hasta h0i en la historia de· la medi­cina. Se encontrará en el abnacen del ar. Bernardo Pardo, calle :J. ~ d el comercio num. 109. ERRATA. En la Gaceta núm. 309 paj. 2 . 4 col. 3. -:t . lio. 5o, i 67,.dice Dassti, debe decir D~te RELACION. Del Ín{(Teso que lia tenido lo coja di - tesorcria, administraci.on d4 aduana de. M Guaira, en el mes de julio de 1827. • INGRESO. de julio • • ~ 5,636-3 s_~mana. • • 7, 1 38-: 1 1aem. • •• 6,930 -6 ídem. • .. 5 , 2~7-3 ídem. • •• 2,885-6 E.~islendo para 1 . o Recaudndó' en la 1. ~ Idem en la 2 . '° Idtm en la 3. tU Idem eu la 4. ~ Idem deJ 29 al 31· . .•.•. . .. 1,4°'r; :~ :,¡9,2~3-7 Del Reco14cl/iador de ·C8racas n6m. sJ. * Esl4 ínguso corresponde segun lo la ñ. los derechos que se adeudaron en los me­ses anteriores , i para cuyo P'18ª se eone1~D largos plazos. Entendemos qru loJ fl# S# causaron en el mes de junio anterior esea­den de 4 7 ,ooo pesos • BOG.-- IMPRESO POlt J. A. CtULLA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Gazeta de Colombia - N. 310

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Gazeta de Colombia - N. 311

Por: | Fecha: 30/09/1827

GACE1,,A DE COLOMBIA. TIUM~TRE 25. Esta gaceta sale [O$ domincos. se suscribe a eOa en las administracioTUS tk correos de las capitales Je provincia. La su.u:ricion anual vale 'º· JJ'!­$ 0$ 5. la del sémcsf.re v 20. reaks la del trimestre. El edi"1r dirijiro los 11Um.ero$ por lo$' correos a los suscritorés y a los de esta ciudad, cuylJ8 S11Scricion~s se reciben en la imprenta Bogotana e11 la calle de la Um'versi.dad, se les /levllran lz sw casas .Je ha/Jitacíon. En . /a míp1ia impririta se veJJden los numer~s stP:llo$. a 2 ~ rc(J/e$.. DECRETO D~L - CONGRESO DISPOl!USNno Qu~ Lbs AJiREGLos n~ceos POI\ EL LunmT" r11 1n PR.ESlbEW'l'E .BN LOS DE­l'ABTAM. ENT0.5 i> i L ES'l'R co~'l'lf:fUEN OBSEJ\-· VANDOSE BAS'l"A LA RBSOi..UCIO'N DEL POD.Ell EJllCUTIVO. El ~do i camara de . representanks lle la repdl)lica de Colombia reunidos ~n cong,.eso. En vista de Ja memoria de) secre­tario ·de estado i relaciones esteriores, encargado de la secretaria jeneral de! Libertador presidente, con fecha de 1 a del corriente, en que da cuenta al con-­greso del estado que tenian los depar.:. tamentos del Sulia, Maturin, Venezuela i Orinoco~ i · de las medidas que el mismo Libertador presidente adoptó }>Qr ~la necesi~atl ~ por el imperio de us· arcustanc1as; l CoNsIDEBANDo: i. o Que el trastorno jenera"l de aque­llos departam·entos exijia ptontos i efi-presid. ente.--El secretario de estada del déspacbo tlel interior.-Jose Manr.ie/, RESTREPO. OTRO SOBRE PBrvIL.:Jf'O ESCLUSl\70 PAR A. EST ABLECEA U.c1A F UUll8A. DE lUIPES El M!na_do i e amara de representa.n-te~ de la repUhlú:a de Colombia reumilos en. congreso. Vista la solicitud de Carloa l\'lolioa i com­pañia por la que solicita privjleJo ~elusivo para establecer una f4.bñca de naipes de lio:o capaz de proveer a toda la RepUblica 1 i CoNSID&a.umo ; • 1. e Que laa cont;rihuciones fiscales en ninguna otra CGS& deben establecerse con preferencia q~e en l us ~fec!<>s de mero lujo: 2. 0 Que· -esf'~ contribuc1on~s sedn menoa perjudiciales, i aun ~e ·convertiran en utilidad pública si por ellas se introduce en la nacicn algun jenero de industria desconocido antes de ah~ra; DECRETAN. undo al 'oder fjttt.üiv.o. par;i .suspender los nuevoa mpuestos mumcrpales, t rcfo1·m3r la 11dmittístra~oa de los propios. . Se acordó i {faso a la dmata fle repTe· set'ltanles llt;l proyectó de decreto dedaréln· qo que el congre.so no debe t~oer stsión<'s ordinarias en el año de 1828. .Se discutió una mocion sobre que t'l congreso actual se ponga · en receso el -tlia ultimo de este rn,s; ¡rei:o se fCsolvic dife­rirla. Se pulfücaron para pasarse mañana al poder eje.'1\itivo el dccrtLo en que .ac le a.utoriza para ~rreglar la yarte ai:h.11!nistra­t1v~ rganica del ejercito. El resto de la sesion se ocupo el senado . de la discusion del proyecto de decr~to ,so­hre -creacion d.e un jefe de po,licia en las principales ciudades de la RepUhfica. Sesion del 29 Al principio fue la sesion seérela. Se p .. blico i pasó al poder ejecutivo el decreto Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. t"O que s~ le autoriu p:ITa ·hacer contratas para ta ape~ra de e.ami.no!, sin 1u¡et~rse :\ las for~l1dades _presentas par la lea de 3 r de julio de 1823. Se ~ooeluyó el dec~Jo aobre creacion de \tn jefe ele ~olicia en lu ciadade.s .prioci- ,pa?• de Ja R•ób!ica. . . . Se dtó para aeston estraordinana ·d '11~ de •añ.am C~~ARA. DE REPRESENTANTES. Sl'Mlm 4tl dÚI 24 w ..u túm/Jre. Se ~tió por tercera Ye'z -et proyecto de 4e(!l"eto que autoriza al ejemtivo para nombrar -un ~íé p<_>~tioo. en las P!'iacipal~ ciudada de Colombia augnalie e1 sueldo 1 sobre contribucion. para formar el fondo de policia. Se FeftlltO un mensaje del aenado oondudondo -el dec,eto que manda continuar en los dcpaÑammtos del Norte lu medida affptadas por el Libertador, leido i firmado se deve1vió para pasarlo al .ejecutivo con la lei que establece las ~tribuciones ñs­cala. Se leyó la lci que autoriza al ejecu­tivo para arreglar Ja admioi.Jtracion de la hacienda, · se .-suscribió i deTolvió al senado. Se di'ó la primera discusion al proyecto de decreto que autoriza al ejecutivo para ~ pueda CQNerir Jos destinos de coronel i ¡e­.11e1 al .á l<>1 oficiales que estime conveniente i ~ ~ segunda. Principió la tercera di.ICusion del qa.e establece corlea illperi<>res Je marina. Se pttsO ea conocimiento de la- timara la nota CJel Ticeprnidente de la Repúhlica, en Ja que recuerda au solici.tud para c¡ue ae a&ra un jukio .obre au administrac1on i pasó a ta cotúision donde se hallan loa aotececlentes. Se hizo lo mismo con la del pteaidente del smado l que acompaña un _proyecto de decreto que au~ende la reunion 1'e-t congreso el año venidero hasta ~e ~termine i se hayan publicado loa trabajos de fa gllaD convencion: admitido a discmion., ae decJarb urjente, nfrio la primera i pas@ it ·segunda. Sufrió la segunda el queauto­riza al ejecutivo para conferir a.ce.osos de jeneral ó coronel a los militares que es­time conveniente i pasó a tercera. Sufrió la· lffctta el que autoriza al ejecutivo para r.bmbrar un jefe de policia, asignar el suel­de este i la coatribl.IClon para ello, i fondos de policia. i pasó a la comision de redac­cion. Despues de publicado.s i suscritos el decreto que autorit:a al ejecutivo para arre­glar la parte administrativa de la hacienda nacional, j la lei adicional á la orglnica del poder judicial., se devoi vieron al senado. A comecuencia de una nota del presidente •iel senado se nombró una comision para o. Sufno la terrera el qne autoriza al ejecu1ivo para conceder los ascensos de jeneral i co­ronel. Se pasó al mismo Ja lei fucal la q~. le a~toria:a para ary-eglar la • parte 'ad­mmastrativa de la hacienda nac1on.J i la adicional á la orgánica del pod~r judirial. Stsion [del día -¿,7• • Se dio cuenta con una nota del ejecu­~' "º eu que ~omuoica que el gobierno no ¡uzga ~On"Ve~1e11le someter olr~ materias á ln con&1deracio~ del congreso i se puso la camara cu scs1on secreta. Sesion del dia 28 Se der ejecutiv-0 puedan despacharse ambas judicatura$, he venido en decretar lo que sigue: Art~ 1. o Tendran el carácter de jae­ce. e leh'ados de primera i0$lancla los jueces de hacienda de fas ~ovincias ·de Mariquita; Neiva, Casanare, Pamplona, Santamarta, Chocó, VeraJUa, Buenaventura, Pasto ~ laa.bambura,. Chimborazo, Manabi i Loja. Art. 2. o Si los intendentes crereren eonveuiente que algunas otras provincias de S'US nspectivos d~entos tcogan los jueces letrados de hacienda el caricter de jueces letrado• de primera instancia, iofurmarao para determinaT lo con\reniente. El secretario de estado del despacho del interior queda encargado de la ejecucion de este decreto. Dado en el palacio del gobierno en Bo­gota a 22 de setiembre de 1827-17. o Sllllt0N BOUVAR.--El aecretario de estado del despaclae del interior.-José Mon-ueJ RasTUI>o. CIRCULARES. República de Colomhia.--Secreta1ia de estado del despacho del in'lerior. Palacio de gtJhiuno en Bogota a 14 de setiembre de 1827--17.--.Al sr.mten­den. t,e del deparlamentD de • • • . Tengo el honor de participar a VS. qu~ .el Libertador presidente ha sido rec1b1do con el mayor entuciasmo en to­dos los pueblos del transito i en esta ciu­dad dandosele pruebas repetidas del amor que le profesan los colombianos i de 1a confianza que tienen de SE. Des­? e el dies del corriente en que hizo el J~r.amento constitucional entro al ejer­c1c10 del poder ejecutivo, i felizmente han comensado ra a calmar los partidos q?e por desgracia dividian los animos en diferentes puntos de Ja República, espe­randose que por su influjo poderoso i acertadas disposiciones mui pronto s~ ha ­sota a 14 '"#ÜDnhre de i.827.-11 o Tengo el honor de incluir a VS. por orden de S. E. el Libertador presidente de la Republica, copia autentica Jel re­. glamento Jecr.eta de las ordenes i dio;posiciones del ~obiern.o • Habiendo tomado el Libertador las. riemlas del gohiet no i convocadG ~a g~an convencion, han cesado los prin­cipales noti,·os de esa guerra continua ele papeles, de la disension de fos ani· mos i scrito~ en que se a~aquen p~r!'onas o corporacJOne& deterrrunadas. Despuec; de la lei de olvido un velo impenetrable dcüe cubrir los S•1cesos puados, dandose todos Jos colombianos un ósculo fraternal, para que solo se piense i escriba con Ja mayor modera­cion sobre los medios de curar los males que ha sufrido la patria, i de darse un» constitucioo que haga nuestra feli­cidad, i la de las jene1·aciones futm·as. He aqui un vasto i hermoso campo en que se ocupen los injenios de los es­critores. Para conseguir el restablecimiento del imperio i ob?.diencia á las leyes me manda el LibcrtaJor prevenir a VS. 'Jue por si, i por medio de las autori· ,fad es subaltcrn:.ls, cuiden que se cum­nlan csac1amenlc las leyes vi}entes. Para esto VS. las traera á la vista á fin de examinar las c¡ue no se hayan eje­<: utado i hacer tengan efecto, exijiendo ta responsabilidad a las autoridades ~ubaltcrnas que sean morosas en. cum­pJir sus deberes. El Libertador está 1·esuelto a hacer Jo mistno con todoe Stll ajentes que descuiden el cumplimien­to de las leyes, pues la verdadera li­Lertad consiste en su esacta obediencia i ejecucion. Es tambien necesario que se cumplan con esacliluader ~jecuti.vo á la / honoráhk camara del senado en la sesio"(& d~ 1827 por la secreMria de gi~rra. En u. de mayo .se le informó. con GACETA DE COLOMBIA varios documentos acerca de uo movi­miento reactivo ejecutado por l~ J. ~ division del ejército de Colombia au­siliar al Perú. el 26 de enero en Lima, de _,que resulto la separacion del jeneral en jefe i de otros oficiales del mismo ejercito. En la mis°'" fecha ec pasó un oficio del jefe ·Jupenor del distrito del Sur i otro de nuc.~tro encaq;ade d.:! necocios en ,el Perú, di.~ loa cuales resulta ~e la 3." divisioll ausiliar áituada en Liina sin previo aviso ni conM'ntimiento del ¡obiemo de C:olost.bia, se habia embar­~ ado en el puerto tlel Callao en 18 de marzo último con direccion a las costas del Sur de la Repút•lica. En 15, 2'1 i 25 del mismo, i en 1&~ i6 de junio se continuo iuformando áof~ ~-~ Jos sucesos ocurridos en los departa ... mentos del .Sur, despues del desem .. barco de las tropas ~uailiares. En 20 de junio se acompaño Ja re­presentacion hecha pot· algunos ¡·efes·, oficiales i empleados militar repre· ~~ntarlos ! V. E1 • suplicandole. ae digne dispensar IU atencron para fac;ihtar la coa­clusion de la.a causas que penden i se reci­ben diariamente. Antes jamu venian a la sala los recur­IOS •e • los ramos de lia~enda poi:que teniao otro tribunal. Antes no nnian los de co­mercio. puea estos St) feneciao en el que lea era prQpio. Antes bahian relatores, qne como jueces de. hecho sentab n en. po.c~s palabras el mérato de lo& procesos 1 fac1'1- tabaa su deciiion; i ah ora leen todas líl.i cansa¡ loa secretarios que no' tienen tiempo para ~ribir i dar ~s pedicioo a las ob l i~p - cionea de su o6cio. Antes ~t tribunal oi:1- t.do con los ministre)¡ que tenia, í ahora ~ ~ñalao cuatro pa~a ciertos ~spedieu l<>s .1 · cioc0 I'ª"ª los cnmmales.. Ha1 que lb - mar a uno de los 6sciles ~e concnrr n casi todós Jos dia.s ·con perjuicio del di!" - tado despacho 41Ue toca acacia. uno de ellos. Lu causu militare!, se oy~n tambiem P n la corte superior i tlencn dos dias en fa semana con Jllengua de las G\r~. ~n les sabados se practica la " isita de carcelit!i que absorve las horaa principales. En toda1 fa 1 semanas 1e introducen recursos de hccbó 1 de fuerza que se deben despachar e¡, «'l termino que señala la leí. De aquí conocerá V. E. que .. 1 tribunal no puede dar e.abó a los neg_ocim. H~i se halla oprimido con . mu de ochocicnt~s causas. Se blasfema, se acosa a los mi­_ nistros, mas no es obra soy:i,. ~s del~ leyes .9,ue implican i ponen tr~bas al df"spacho. ConTcodria pues poner dos salas, una de 1o civt1 i de hacienda, i otra de lo cricni~'l l , a 6n de que entregada cada tina a los n ~ ­gocios de su ercccio~, se abreviara el .les- , ~cbo. Es tambien ele obsolnta necesidad ~1 C6tahlecimicnto de los relatores. E~to> informan en ruonaJas palabras d · ·me,ito de tas c:.ausas i leen lo t]Ue por líl fei no puede sn jr1 arse ~ su relac1ou. Con e tu Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ausilio se cspedian antes mucho.s-· nr¡;<>cios en sofo una hora. . . La dificultad de las leyes se manilcsta de su yo · t~ la aplicacion, i lu be~l:as t90fP ñas soa m~~ en la prá.cttq; La corte mperier de Cundiriamarca ba 1D~ 1-Uestado todo esto al cQngc~.. como re-­s-? lta del impre~ qve Pº~liº «ll •~~ supe­r1<> res ·miñ:os de y. E~ pero ~a~ta ahora oo ha l~ado una util refo~ma. • iHgoese pu.és V. E. tomarlas en c~1deraaon á 6n· de que . traídas a nanten le apJi(¡ue el r~ediO. Dios ~ l V. E.• .. Escmo. selíor.-­. AnúJJIÜJ ,,...,__ Jl.qrúhJic• th-Colombia.- Secretaria iU IS-: tádo Jel ~. del ifiter;or,.7 Seaiori :.i. «a B'!l(OÜI .o w tle s1'im!llre de 1817;-17 ° '.41 sr.. preslaén-ie Je /á eorl1 su/!:.t'iqr tÜ jtmicia lle /tJs qepatlaitUnlds '8 .;.¡untllna­mored i Boyót"n. El Libertador· -presidente. tia tée!ihido el oticlo de VS. 'cm; 19 del c:oftieDte con el ~e •'*1lptiía un impreso que CQO&ieJW el iQforme dado por esa: corte superior al poder ej,ecutiTo en 8 de. junjo Ultimo. ma-. nite.tando laa dificultacles ~e tem. para Ja admioi.stracion de justicia i las medidaa que: en au ·concepto podrian adoptarse ·para con­seguir aq mejora. h~~s de meditar S. E . mni detenida­mente el Con.te.nido de dicha comunicacioo, me ha ordenado a:mteabr, que el poder ejecutivo som~tid a la cooaidetacion del con~ gre?ao en la presente· sesioo, las observacie­na de la corte superior pro~endo al­gμnas otr~ medid.as, sin que hasta ahora haya habido r~solucion alpa, ac~ porque GACETA .DE .COLOMIH A materias de mayor importauria ban absor­~ do el tiempo •i la atencion del congreso. LM dillcúltati~'S . q~e ~halla l.a c:o~te supe­ri8r para la;acluü111strac1oil de 1usttc1a, nacen en S.'tl ~pioion de las le¡es. VS.. sabe que t:l ~er · ekcuiiv.ó no tiené aurond.ad p~a vanaclas, i que solo pueden reformarse por el . leji.slativo. · Sin embargo, el Libertador r!ensa que pudieran aplicarse almos .remedios · de he­cho que penden ~e · ~os 1ueces, .P~~ que fuera ~ pron~ r ~e1ot la a~mmutra~~n de t~sbcta. V ano5 lit1gantea dicen 9ue ~111 ~mbugo :de haberle 6jado por !a I~ ~tro horas di•riil de d.espacho_, no •e bef!eD' to­dos loa ~~.; aunque el Libertador dificulta ... ascenso a eata ~eja, '!le ha . or~eoado me.nci'!narla para f{U9 ~l tribunal evite aun cual~era apar}eQQa ell' que ~a ~da. Si las causas ,1 ~ peWJien~ s..?n tan !l!lmeroaos. c:Omo mdica t_a. ·comunicac~~n ·de VS., el Libertador deseaná que los Dn.em­J. ioos. de aa córte su_pa:ior • redoblasen sus ta~• para dea~.os l ponerse con •l clia. No · Seria ~cho ~e trO.jando otrat oñcioaa ~ fu 4o& 1 trea de la tarde -.Jade w ocho i nueve de la mañana,, la corte movida de IU celo por el bien publi,co i ~r· la administi:acion de jniticia., . h,i.ciera. lo mis,aio, con . Ja cual ae vería . colmada de W ~ciQGU ele loa p~eblo•. Et Libertador no clucla .oír muí proilto que se ha ado_ptado esta medida, a la: que otra vez recurno ese trlh'anal. : Contribuira efi.cun;aeote al misma objeto ~e VS. superyiiile cuidadosamente á los aubalternoa de· la corte para que ~umplan ·COR esaCf.itud SUS deberes i DO demoren los procesos. Gran parte del mal nace de este or-ijen, i si el tribunal exije ccn rigor la responsabilidad á loa subalternos que sean neglijeotes, habra mejoras pro!J~S i ~e mu­cha importancia eo · la admm1Strac1on de justicia. Es pr.ohable que usando de uua. conducta semejante a la indic~da, sea q!1e-_la corte de Veoezu~la, que ben~ un d1st!-ito mas vasto qúe la de Cund10amarca i que se g<:!hierna por laa mismas leyes, haya po­diCfo tener su despacho !:On el dia 1 evitar las ~uej~s de los litigantes i de los pueblos. Es digno de imitarse un ejemplo tan laudable .. · Soi .de VS. cpn perfecto res[>elo muí obediente . servid"r .-Jase M an,uel REsT11EVO. AV.ISO. Sej~mundo ;Leydersdorf, Powbles IDing­worth i· compañia han representado al eje~ cutivo, ofreciendo continuar en el contra.to celebrado en 18 de abril de 1825 por el 'Pe tomaron en ureodarniento las minas de la Vega de. Supia i Marmato, pues que babien hecho cuantiOIOS gastos CD 1ítiles Í maquinas para au c-laboracion, suf ririan perjuici09 irreparables si suspendieran los trabajos por los noventa dias que la reselucion de 23 dt julio ultimo 6jó para que se pusiera en la Gaceta, cuya insercion suplican se suspenda. El ejecutivo con fecha 2 del c·orriente ha rc:;uelto de conformidad con esta solicitud : i para que no tenga efecto la rcsolucion citada que se inserto en la Gaceta del do­minngo 16 del corriente, núm. 309 '

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Gazeta de Colombia - N. 311

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Gazeta de Colombia - N. 312

Por: | Fecha: 07/10/1827

GACETA ·DE COLOMBIA. N. 3n. BoGOTA Do11r1:1~Go 7 oE oc:rusu DE 1827. - 17 TRil\'IESTRE 25. B~""° sale los dami11ps. Se sU$(Jri/Je a ella en las administracioru.s de correos de las capitales de provincia. La m.1cncíon anual vale 10. pe­* 5. /4 del semeslre y 20. reales la del trt'l'fUslre. BJ edi.kJr diriji~ los. ~ros por los , co~os a los swcrz'tnres y 0 los ,u esta ciudad, cuytu suscricíone.s se reciben e~ la imprenta Be6o1ona • '4 callé (le la Umversi(lad, se les lle•aran a sus casas de laahitacion. En la misma imprenta se venden los numeras sueltos a 2. reales. LEYES 1 DEGRETOS DEL CONGRESO. un DE CO~'tBl.B.Ul'IPlUts. El ~mol/o i .t:nmara de representantes de la rtpuhlica de Colont!il:rz reurUdos en eon¡rua. <'.ONSIDERA NDO: 1. 0 Que es un debel" del congreso proveer aaualmeote a ·~ gastas públic0$: 2. 0 Que con I~ a..jitac1ones politicas que ha sufndo la R~publica el slitema de ·contribucionea se ha trastornado considera­l> 1cmente. .,.CJlETAN. Art. 1. 0 Son Tentas fiias del Estado i continuaran récaudandoae C'OIDP tales con arreglo a \as leyes-. 1. 0 Loa derechos que se causan en las aduánas por imp0t;tacion i esportaeion, i tonelada.. 2. 0 Las de depbeito i transito eG los ~ m que &eán tatablecidoa. ~ 3. 0 El prOducto del tabaco de consumo i esportacin • 4. 0 Lu partes 4e los diezmo.s reser­T: adu ~ lu leye1. 5. o Loa derechos de rejistros i de ~I producto del papel St'!llado. mie"n· do a,E. l de loa nortes de cartas i enco- ¡- - s. o Los·.le quintos, fundicion i amoneda­cioo de los metales preciosos. g· o Los derechos sobre destilacion i ·venta por menor de los aguardientes. 10. Las vacantes eclcsiasticas mayores i_ menores. 11. El derecho sobre las ventas públicas. 1 a. Los productos de las salinas. 13. Los de las bode~as del Estado. Art. 2. 0 Sora rentas eventuales de · la República. 1. o El producto de lu maltas que deban entrar en el tesoro nacional. ~. o El de las tierras nacionales o baldías. 3. 0 El de las .p;.1sesiones o fincas del &taclo 4. o El de los bienes &ecuestrados. S. ;> El ptuan de e.sta conlri"'" que se espP.ndf'n en los mercados pdblicos hucion las casas de palma & paja, las para usos ~cinal~. de teja o asotea que en el logar no se arrienden Art. 22 Esta alcabala se cobrara en las por mas de cien pesos anuales, siempre qué haci~ndas por composicionei o conciertos sean la única propiedad n los propietarios, arrendatarios, Art. 9- 0 Ninguna otra casa estad escenta pose dores, :1d111inist1'adores o mayordomos, de ~a contribucioo por razon de la co- á razon de un cuatro por ciento sobr,e cuanto mumdad, cuerpo b pP.rsona a quien corree;- se compute que se vende en eJlas. pon~a. ó tenga dere~~o de · gosar de ella o · Art. 23 Los demas frutos i producciones peAcihir s~ frutos c1~~es.. . . sojatos á la alcabala por Anncelea o tarifas, rt •. 'º· Batan SUJ~OS cí esta contnbuci'ln l la. pagaran en los mereados que se ts~endan, loe capatales_...coo que es~en gravadas las . el respecto de la mitad de lo que hoi se 1es ~ por censo per~o o temporalm<'ntP.. ex.aje, basta tanto que el poder ejeculivo 1 Krt. 1• •· ~l ~ habi~ la casa ~ebe pagar. reforme dichas tar:fas con arreglo a esta lei. a .cont!1huc1on 1 dedu~r ~l dueno o usu:- ; Art. 24 Los comerciantes por mayor, frutuano la cuota cootnb111d.a cpe le se•·a ÍJ comisionistas, cambistas, ó banqueros~ ~ga-de abono m05tran.do !l rec1b~.. . fí mn por alcab;\la anualmeote, desde seiscien- Art. 12 El pro¡netano cleduc1ra 1gualm..)a tos hasta mil pesos. te al cens1!alísta o dueñ q_ue espresan l~ art i'c o l os S•i gll•l en t es. pagarán desde cincu•e nta hast'a cienio cin'- rt.- 1 ~ La caasaran todas. la.s ve~tas, cuenta pesos anuales. permutacmnes o trueques de bienes raises, Art. 27 Los pulperos, 0 coal~era 1 se p~gará por cada una de ellas el cuatro· otras tiendas qtie sean conocidas en diversos po~ ciento de -sn v~~or. • puntos ele la l\epública bajo distinta deoo- . Art. 16 Se · P.agara. ~1 mISmo cuatro por minACion. en que se veoden al menudeo cieXto por toda unposicaoo de censo• velas, ja bon, aguardientes, azucares i otro5 rt. 1 7 En las venta.. lo pagara el artículos de consumo ordinario navaran vendedor• · d esde oc h o h asta c·m cuenta peso' s ar nu" ales; Art. 18 En laa permutaciones ó trueques segun los lugares doo,de se hallen establecidas. pagaran cada uno -de los permutantes el §. Q imico. 'No se comprenden en la cuatro por ciento del valor respectivo d~ dis~icion de este artículo fas untas ó nn-cada finca permutada. torrillos de los caminos. Art. 19 En la imposicion. de ceQ.SOs pagara Art. ~8 Los bodegoneros de ocho S. el cu·atro. por ciento el que lo carg~ sob1·e veinticinco pesos anuales. ' su propiedad. Art. ~9 Las fondas de cincuenta á cien Art. 20 El derec!io de alcabala s, par:\ los objetos que se es­l> l· ~san en los artículos siguie1Jtes. Art. 2. o Se señalan mensualmente diez pesos d.e 4;rátiGcacion á cada hatallon de in­faote. ci a ,1 i se destinan P.?~ mitad á los gas­tos de m:.yor\a i habilitado. Art. 3. 0 Se dcsi~nan seis P'SOs men­su ~ t~s ~ cada escuadron de caballeria, i a ca • I~ bri:;~da .de artillería, con el mismo Jestino. · Ar-t. 4. 0 A cada compañia de artilleria, cahaller.ia, éinfauteria, ~e . abonaran cuatro rs. meoSu En todos. loS' deparlamenlos i provincias en que · el gobierno lo estime con­veniente, .¡e reunica d mando militar en la miama persona 911e ejersa el civil. Art. 2. e Cuando el gobierno no teopa designada la persona que haya de succe,~er en el mando civil de los departamentós i provincias en todos los casos en que por la lei dehian entrar á ejercerle los contado­res departamentales i los jefes politicos de las capitales., le ejerceran las personas ~ quienes teque el mando militar; por su falta entJ-arán al mando civil de las provincias i departamento•, primero los jueces letrados de h~cieu.da, i a falta de estos los jefes po- Jiticoa de las capitales. · Art. 3. 0 El presente decret'D se CUR\4 plirá sin qae obaten cualesquiera cliaposicio­nes que sean contrarias. El secretario de estado del despacho del interior <1ueda encargado de Ja ejecucion de este decreto. Dado en Bogota á 24 de noviembre -de 1826--17.--SnwoN BOLIVAR.-El secreta­rio de estado del despacho del interior José Manuel RuTaEPo-. --- Sn10N BOLIVAR etc. etc. etc. Habiendo ocurrido algunas dudas sobre la iotelijencia del decreto de 24 de novi­embre último, que reunio el mando militar i el civil de los departamentoa i" provincias ~n que el gobierno lo juzgase conveniente 1 acerca de las personas que accidental­mente deban ejercer las intendencias i go-­hiernos; he venido en decretar lo que sigue: Art. 1. e> Conforme al art. 3. 0 del de• creto del congreso fecha 20 de jwho ultimo se decl!'ra que está vijente el citado de 24 de noviembre, hasta que el poder ejecutivo no lo reforme, i en consecuencia toca a los ~o,mandantes jenerales de los departamentos 1 a los comandantes de armas de las provin­ciaa en que los haya, la sucesion en el mando accidental, i por su falta entrarán a ejercerlo los iucces letrados de hacienda, o lm jefes políticos. A1·t. 2. 0 En todas las provincias en que el gobernador sea comandante de armas_ por su ~lta entraran á ejercer. el gobierno civil los , lucces letrados . de hacienda, ó los jefes poltt1eo~ de las capitales, segun lo prevenido en el c1tado decreto de ~ de noviembre úhimo~ . El secretario de estado del despacho del interior queda eecargado de la ejecucion de este decreto. Dado en el palacio del gobierno ea Bogotá a 27 d6! setiembre de 1827-17. o Suto.N BOLIVAR.--EI secretario de estado del despacho del interior, José M. R ESTllEPO Su10N BOLIVAR Lihertador presi:­dente etc. etc. etc. Debiendo cuidar el poder ejecutivo que la justicia se administre pronta i cmnpli­d¡\ mcnle conforme lo previene el art. 124. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA UE COLOMBIA el~ la c-onstitucion, he venido eD decretar lo qne sigue: 1 Stsion del 1. 0 de octubre. 1 Se admitio al sr. Borrcro la reunncia de Art. 1• o Dentro Je los ocho primeros dias despucs de c-0municado este decreto, }as cortes superiores de justicia haran for­mar ou estado por mayor, del número- de causas civiles i c.riminale,, que hayan pen­dientes en el trihunal, clasiíicando estaa por fos delitos. l .. a 11e Cuudinamarca pa­s;. r~ el e~tado a la secretaria del intenor, j las demas a los respectivos intendentes, Jos que haciendolo ,publicar dirijiráa copia al gobierno. Dichos estados se repetiran mensualmcr.te con espresi.on separada de las nuevas causas que se hayan radicado en el tribunal. la presidencia del senado; i se e1ijio para 1 succederle al s1. Briceño l\'Iendn, que tomo posesiou inmediatameate. El senado insistio en un artículo por el cual se autoriza al P. E. para variar la administracion de las rentas municipales:; é invito á la cimara de representantes a una conferencia sobre el particular, por 1 medio de comisiones. Sesion. del 2 de octubre. Art. 2. ° Cada una de las rortes supe­riores llevara un diario de sus trabajos, en que · brevemenle se ~spresen las causas que ¡e han juzgado, i la sentencia pronunciada, pon1tmdo sf"paradamente las civiles i las cri­minales. El sabado de cada semana se pa­saria eu Bog<>ta al seeretario del interior i en las demas cortes a los respectivos io­tentlentes la parte del diario de Ja semana que termina, el qwe se publicara en una Gaceta. Se publicaron i firmaron para pasarse a P. E. los decretos en ~e se le autoriza para crear jefes de pohcia, i para refor­mar el plan de e~dios; i el en que se concede permiso a la. sres. Briccño i Gual para admitir las cajas de polvo que les remi­tió S . .M. el rei de Inglaterra. No habiendo accediropuesta. ~e que se reu­mesen las rHpecttvas com1S1ones para con­ferenciar sobre el artículo relativo a la admi­nistracion de las rentas municipales; se le mandaron espresar por una comunicacion las razones eo que se fundó el senado para Art. 3. 0 El gobierno i los intendentes insistir en dicho artículo -examinaran atentamente el resultado de los documentos que espresan los artículos ante- Sesion del dio 3 Je octuhre. riores para oictar las providencias oportu- Se publico i pasú al l'. E. el decreto que nas a fin de q~e las corte-s superiorts ad- lo autoriza para m odificar Jos nuevos im­ministren la 'justicia pronta icumplidameote p~estos municipales. i que tengan 1 a~ horas de despacho prevt;..... Se invitó a la cámara de representantes nidas por la le1. Donle fuere necesano para que se reueiese el congreso con el seran cinco, segun el decreto de t.4 de objeto de resolver acerca de la nulidad de noviembre último sobre administracion de la eleccion de obis_po de Cartajena; euya justicia. resolucion pide el P. E. Art. 4- 0 Se encarga mui particularmente a tos intendentes el exacto cumplimiento del Sesion. del dio 4 i:le octu.bn del congreso citado decreto, é informaran succesivameote reunido. el resuhado que u~ga o .liaya t~nido, en , Se tornaron en consideracion las ohser­los departamen.t-0s 1 pro!1'?c1as,. l cna~ es 1 vaciones de P. E. sobre la nulidad de la ~~.estado que t1 ~ne !a étdmm1strac1on de JUS- ' cleccion del dr. J. IJ.. Echagaray para obis­~ 1c1a en d .t.err1tor10 de su. m~ndo. ~os po de Cartajena, i se presentaron diver­mtenden~ es 1 gobemadores dt~tarau ~.~ vista sas mociones sobre el asunto; pero no se de las bstas que se le~ previene n111r por voto ninguna, por~e llegó la hora de le­los articulos 6. 0 z. 0 1 .8. 0 de .:tq~el decre- vantar la sesión, i se negó la proposicion to todas las provideAc•as nec-esa1·1as para de que fuese permanente. que se ~ctivcn las causas que se hallen de­moradas, sin que baste el dar solo cuenta al poder ejecutivo de los defectos que noten. El secretario de estado del despacho del interior queda encargado de la cjecucion de este decreto. Dado en el palacio de gobierno en B.o­~ ota á 26 de setiembre de 1827-17. Su10N BOLIVAR.-El secretario de estado del des­pacho del interior.- José M. REsTREPo. &pública de Colombia.-- Secretaria de uiado del despacho deJ interior Palocí el despacho;ha dispuesto que sean precisamente cinco las horas de que habla el art. 3. o del decreto citado. VS. me avisara cuales son las que ae señalan, para imponer al púhlíco de esta medida e-o fa Gaceta del gobierno. . Dios guarde a VS.- José M. RE.STA'BPO. CONGRESO SENi\DO. Se~n del domingo 3o de setiembre Se procedió a prestar en sesion secreta el ;acuerdo i consentimiento que exije el artí­culo u. 1 de la constitucion, • los ascensos conferidos por el P. E . en virtud del decreto de 28 del corriente. El senado negó la proposicion acordada pol' la cámata de re­presentantes acer~a 'th la contestacion que ha de darse il la cqnsulta del poder ejccuttvo li>hre la convocatoria del etongreso de 1828. Stsion del dia 5 Se Jeyó una comunicacion con que el poder ejecutivo devolvia objetado el proyecto de decreto sobre reformas en la admimatracion de justicia ; i se reservó el asunto para el próximo congre.so. Terminados los asuntos que el poder ejecutivo hahia sometico ~ la coosideracion de las camaras en las actuales sesiones es- • tr:iordinarias, se pasó un mensaje l la de representantes, manifestaodole que el senado habia resuelto ponerse en receso. La ca­mara contestó que estaba de acuerdo en esta resolucion ; i el senado terminó SU$ sesiones. Co11umcAc1o'ft D&L sEttkDO AL P. E. Rtpühlica de Colomhia.·-Cflm.ora del &e­nado.- Ba'fotlJ 1. 0 de octubre de 1~27-17.· .d S. E. e Libertador pr1sident~ de la Be- .. púhlica. EscMo. sitÑo:a. El senado tormS en conaideracion .Ja comu· nicacion de V. E. fecha 21 del próximo pasado, en que manifiesta los inconvenientes que ocurren para que el congreso ae reuna ordinariamente ec enero de 1828 ~ i en su consec~ncia acordo el proyecto de decreto que en copia tengo el Looor de acompañar a V. E. Este proyecto fue rechazado por la honora'hle ámara de representantes, la cual acordo se contestase á V. E. que el congreso no jusgo estar en el caso de dis­peosar la obServancia de los artículos 68 i 1 15 de la constitl.acion. El senado no ha convenido en este acuer­do, i ha resuelto ~r su parte contestar a la espresada ccmuoicaciou de V. E. mani­festandole el curso que ha tenido eo las camaras este negocio. Dios ¡uarde ' V. E.·-Y1centi JJorrero. PaoYir.c·ro D~ DEcTt:.TO A QU! SE l\HI.ERF. L.\ · COHUNICACON A~TERJOll. El StT)lldo i camara rle representantes de lo república de Colombia rcunitbJs w congreso. Vista la comunicacion del poder ejecutivo de 21 de setiembre i Col(slDERANDo: 1. 0 Que seria irregular, complicacJa i embarazosa la existencia fas del ocro: =i. o Que esto ·vendria a verificarse s; al mismo tiempo que se hallase reunida Ja gran convencion autorizada para 1·efurmar el sis­tema constitucional, lo estuviese tambien el congreso acordantJo leyes, cnyo efocto ba­bia de ser subordinado i dependiente de las resoluciones aun no conocidas de aqucHa: 3. 0 En fin, que por el hecho mismo t.le haberse declarado el congreso con facultad para convocar la gran co\1vencion, i de ha­berla efectivamente convocauu, se drcl¡¡ro igualmente con facultad para todo lo wnsi­guicnte á dicha conTocatoria, para remover todos los inconvenientes i p;ira coor<.linar sua propios actos con los ele la gran con­venaoo, han venido ~n decretar ; i DECRETA-N. Art. J. Q El congreso no se reunirá el año de 1828 en sesion ordinaria, antes que se haya separado l'a r;raq convcncion i se hayan guhhcado sus trabajos. Art. 2. La grán convencion antes de separarse declarar.(, si el con~reso ha de reunirse o no el aña de 1 8:..i.8 i en el pri­mer caso fijara el dia de su rennion. Dado en Bogotá A 24 de setiembre de 1827 17.-El presid~utc del senailo.-Vicente Horrero. El secretario del senado.---Luis Yargas Tejada. CAMARA DE REPRESENTANTES. Se6ion del dio 3o de setiembre. Sufrio la 3. ~ dlscnsion el proyecto de de­creto que autoriza al P. E. para nombrar un j~fe de p a una com1s1on, cuyo informe lo emitio verbalmente el sr. Aranda, hechas AlfDDM variaciones pasó á la redaccion. Insistiendo el senado en dos artículos del proyecto de decreto que autoriza al ejecutivo para la ~duccion. ~e las contribuciones mu!'1cipale1,, 1 no coovtmendo esta cámara en d1ch.i in­sistencia se devolvió al senado. A consecuencia de una nota del ejecuti­vo. pasada al aenado, en que tmmitie.sta IA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GACETA D}: COLOMBIA dñi . cnlud e . inconvenientt"I que preser1tarse i Co11UNICAUONES DB l.~ CUIARA DE B.EPRE-para la _rnJil.ion .del congreso en Ja scsion sENTA}¡TES AL pooar. EJECVTIYo. Ol'dioaria Ccl aÜO Cntranh•t acordó el senado D- 'Ll• d r 1 l._' C' d d d . -'-"-- .ncpu.o ica e ... oiomuza.-- amara e ua proyecto e ccreto para que no mese · , , 5 de L.l. convocado en su sesion ordína.tia hasta 'lue npreser1tante•.·· Bogota a · . . OCt.uurc terminasen las funciones de la conveocion de "1827.---Al escrno. sr. pre.sidmte de jeneral .. e\ que fue rechasado, en la ca- la Repú6/1ca encargado del P. E.• '?'lr~ dereP.resentaotes-por estill?ar~o incons- EscMo. ·S.:r.ÑoB. tituc10nal, i devuelto al seBado mdu:andosele • · que para contestar al ejecutivo juzga }a En consecu,e~ci.a de la nota de V. E.·. cámara no ~ e!ta en el caso de dispe[}\ar de"' 1,8 del prox1mo p~sado a q'!e aco~­b ohservanc1a de los artículos 68 i 1 15 de. . pano la representa~lOD de S. E. el v1-. la ~onslitucion, para 41.ue si el senado con- · cepresrdente de · la República, -para que ..-ema en ella, se pusiese Ja contestacion a sea examinada si tiene· j~tereses pro­nombre del con_greso: el se·?ado acorde> que pios en Jos bancos estranjeros, ó en no se accede' la conleslac1on que propone alguna otra . casa: si por algun punto ae d~ a1 P. E. Ja cámara de representan- de la Re Ublica se sabe que haya.en-te~ a que por su P'rte dará la que teoKa . P · l por conveniente, i la de reP.resentan~ trado . a-l~una vez ~ero q_u! e ~rte-acordó en 1. o del presente se incerte e¡t.a nezca : si durant-: su adm.m1~tr~c1on se esposicioo en Ja Gaceta óngo en cono­pales, se devolvió al $enado, para pasarla cimiento de V. E. en contestacion á su al ejécutivo. Continuo la disCusion sobre -citada nota; i para los fines consiguientes la solicitud del vicepresidente i se fijaron Dios. gu:ude a V. E.-El presidente algunas modon~. Coviniendo la camara José Maria 0RTBGA. en que mañana se reunan ambas ' tratar de Ja eleccion del obispo de Carta¡ena oJ>- RECESO DEL CONGRESO jetada por el e1ecutivo, se comunicé a senado. República de Colomhia.-Camara de Sesion del dio 4 de oeluhu. repreienUmles.-BOffOta a 5 tk octubre El secretario de hacienda presentó con de 1827-17.--Al tlscmo. sr. Jlresidente el ez1dwtur la leí que establece las con ck la &nú/Jlica encargado del P. E • • • tribuciooea fiscales, i segun la resolucion de r ayer Paa? la camara al senado ~ tratar so- Es«MO. SBÑoa. Lre la elecc.ion de obispo de Cartajeoa. Tengo el honor de comunicar á V. E. -Se6ion del día 5 de octÚbre. que la booorable camara de represen- Se dió cuenta con ia nota del secretaño tantes ha resuelto en este dia ponerse de .hacicn~a, a 9'!-~ acompaña el informe en receso, como lo ha hecho, en vir­que el mismo dm11oalP. E • . sohTe loaaho- tud de haber.. terminado los negocios IJOS admitidos a Jos. dendores del emprés que han Compelido al congreso a per­tito. El secretario del interior presentó con manecer reunido hasta esta fecha. el ~zeeuaiur el decreto que· autQriza al eje- Dios guarde a V. E ... -El presidente cuttvo para celebrar contratas p&l"a apertu- Jo$1! Maria ORTEGA. r-a i refaccion de caminos, el que le auto­riza para nombrar un jefe de polida, i el que le autoriza para· que ~ueda variar el plaa de· e5tudioa. El scnaer rcs~lto . terminar sus sesiones el dia · de hoi ; continuando la discuaion sobre la acasacion del jeneral Santander. se 6jaroo varias mociones, i la c'man resolvio PC?r votacioJl nominal nombrar una comision de su seno, que reuniendo datos acet"ca del in­greso i egreso de los caudales ~el empr~­~ ito los ptesente c.on su ~nforme al congreso, 1 'ara que tamb1en rec1!>a las • pruebas gue quitra presentar o pedir el 1enéral San.t ~nder, acordandose que la comision prin· ap.al de Ja camara nombre la comision Ín· dicatlat que hahiendolo ...eri6cado, fueron nomb1"a

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Gazeta de Colombia - N. 312

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