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 Imagen de referencia Hemeroteca Digital Histórica
Colección institucional

Hemeroteca Digital Histórica

En esta colección encontrarás publicaciones colombianas y extranjeras, editadas entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XX. Estas obras ofrecen una gran riqueza documental, derivada de piezas únicas y grupos de publicaciones de diversas ciudades, que abordan acontecimientos políticos, económicos, históricos y culturales específicos.

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    • 15 de Julio de 2019
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Raffles o El Ladrón de levita [recurso electrónico] : 6 función del abono A para el sábado 7 de octubre de 1911 / Gran Compañia Cómico-dramática española Evangelina Adams

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Imagen de apoyo de  El Constitucional del Cauca - N.

El Constitucional del Cauca - N.

Por: | Fecha: 10/08/1833

CON TITUC ONAL DEI~ CAUC lf * • Este pr•riorlico sr nu Llica los ;;úbchs. Se recilwn suscripclonrs a t'·l poi' 1 EGnEsos. se111estl'c ~, a ra z¡¡¡, rl tr•·intn n•a les, t' ll la admitiistraciou d.- C• •ITt'< s de t'sta C"iu- Raciones ,del oficial encarO'ado y de la tropa d:~d ; ~· por 3r. '\f:il·iauo 'l anco e1J Bogota, calle 3.;:..: del comercio, u. 0 Iu8. '¡ ' . ¡· :. o· ' b' l· · cl· d Lo . I.ume i'O. ~ll ·lto 'V.tlcu n~al' lll edio. Dll l( tan a qu h uarn ce .l CIU a - . ' Id. de 17 milici:1110 - - ... - - - Alun,brado d ·1 < uat·Lel .Á • Pag .. do a los p ollf que ll varon al Sr. Polll~ á scuand~ a (jnes de octubre de l)~o~iNCIA DE P~SJ,O. 1 18:h, r ( .~to de 3o pesos que importaron su: alonos ... - - - ... - l38 - 5-o 27 - 7- o 11 - 5-o 24 - o- o R P.'l1lnl f'll de los estados semamtles de Tesoreria, compren- Arrt>ndamit>nto Jt>l local de Tesorería por si( ·o tlf'l 8 a, 22 de julio de 1833. marzo lO - o- o e A R G o. Racione á la t ·opa veterana 10 - 5 - ~ E:~i : t rn C'Ía ~~ .· l ,t semana anterior 7~ - 5- ~ Exist(·ucia 94 - I - ~ A: .,. ;) ,h lli( l :or I5I- 1- ~ ----- p¡ .d,, ·tu de· p;: t<' ntco; dt' dt>stilacirm de agu:q·dientes 12 -o- u Suma iO'ual 3 r 7 - o -o :F:npr : ttW a la r :.ja p lr d Sr. R mon Vdlota !wo- o·o Nota. AnnqL.<.' 1 úlriu.o esl do da por existt'l)('Ía 90 pe- D~·n ·r hq el ~ r• ji ·tms 1 - o. o 1 sos 2 r a les, co lJ, istt, t n q ;t' en d de 6 de ::bril eno {'Ontra si Prout..CLO de pap l sdh do 11 - 3. o el tesorero la lll <~ dt> la data en 6 pc. o 1 real ; J en el de -----¡ 13 del wismo mt's hai igual rror oillra la caja tle 10 p ·sos~ S u m a. 4.) 1 - I- ~ 1 }'t'~·l ~ por lo . qut:' 't' lJ :\il agreóado Jos 3 pesos 7 >eales a que D A T A. ------ queda reducido 1 yerro. Al piquNt" d ~rtill(·ria en pa~o de un cese T =o- · A v E ·onERL\. DE POP YAN. dei con~ isario de la primera divi ion ha La 1 l d z 1 lllt'.S Je mnte mes - - payan pa1ra la conduccion dt' dest'I'tol't' , Anualidades y medias nnnatas t-cles1ast·i cas induo;ns as ra('ioues del piquete Ot.' la Enterados de la administracion de OITeos gua dia nacional • - - - I45 - 5- f Racion(· a do~ soldallos pre os • 7 - o -o Id. a do., soldarlo enfermos 5 - 2 -o Id. laJefetura n1ilitar y un ayudante 21- -o o Al oficial de la gobernacion á cuenta de su o;ueldo Al resguardo de alcabalas de la plaza. Suma igual PROVINCIA DE BUENAVENTURA. 2- o-o 33 - 2- o 451 - 1- ¡ Resume1t de los est({dos de Tesoreria comprensiJJo del 1. 0 al 27 de abr/l de 1 ~U3. INGRESO. Suma DATA. 'ueldos militares Por cuan·nta y cinco pesos pagados al im­preo; or .lunn 1\'bnuell\Iorales, por su tra­bajo en sellar nueve re mas de papel para relllitir ú las administraciones de rt>cal1clacion Por sesenta y ntH~ve pe.,os p<·g .. dos á los operarios de b fun - I - ~ zo- 3-o 8ox - 1 -.!. ~ . ,. 45 - o. o • 69- o- o Existenf'Ía d 1 mes anterior ProJucto de papel selbdo 109 - 2- o 23 - 6- o FRANCISCO DE PAUI.A SA::'JTANDER PRESIDE! TE DE LA. Quintos de oro. El Sr. Ramon Herrera - Cs. - 18 - 6 -~ ps. El Sr. J o-;é l\1. G zman 4 - 1 4 NuEVA GnANAnA-Visto el decreto que el Poder 11..jecutivo 37 - 4- o espidió en 1:.. de abril de z832 di tribuyendo los cuerpos 8 - 2 -o 1 de la guardia nacion al en las provincias del Estado ; y con­I 8 • o • o sifleral:1do 1. e ; que la lPi de 29 de marzo de 1832, no de­l 8 - o - o rogó la de 1. e de abril de 1 ~b6 que di pone lo convenien­z6 - 4 - o te sobre la formacion y organization de la milicia au iliar .21 - o • o ( hoi guanlia nu<'ional ), siuo en la parte relativa al número 12 - o- o de cuerpos ele que ella debe compor1erse por ahora, y almo­.27 - o - o do de provet•r lils phzas de oficiales, y 2. e : que la J i orgá­I ~ - 6 - o nica milit.1r de 1 o dt·l corrí nte, t:rm poco ha hecho otra re­I 3 - o - o forma a las dos leyes ('itadL.s que la d > señalar las plaza!» El Sr. Jo é Sanchez El Sr. lo. é C(wllo El Sr. Ramon Ht'rrera El Sr. Antonio Ileredia El Sr. José 1\'I. Guzman El Sr. Agustín Sarasti El mismo - - Aumento en el precio del oro Sumas 9·0 9-o 8-2 - lO- 4 o-o x3- 4 6-3 85 .. 4-i. ----- mayores, SU'i sueldos Y e} modo de de tÍnarlas a }a guardia, 3x7. : o • o nacionttl i oido el wctamen del consejo de gobier~ -,. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. n E e R E 1' o. rentes para el efecto por su ct>ln, intelijrncia, y prut>bas ine- Art. 1. e Por ahó,·a e formarán y organiz¡_rri:-~ trfs y qulrocas de fidelid ad ft l dichos destinos, pre-gota tre, COHlpallias, en b BuenaVt'tJtura una, dos t'n P:ma- feririn á aqu llo oficiale d ,1 ej~rC'ito que estimandolos úti­ma, t. na en P<~ . to, otra en P opaya n, dos e 1 Santa marta, dos les al servicio referido go en de pension ó asignacion del en Mon1pox, dos ('n Hiohadw, y una en el CLocu. t '·oro público. n. 2, o Lm doce bat<1llones de infantería d , la guar- Art. 1 I. o El Po(ler Fjecutivo distribuira, previo in~ dia JJ<..cÍt1n< l activé!, se tonuarún y organizarún en bs pro- forme de 1o'i goherna lores r,"'P 'etivos, entrf! los medios b a­vincias que van a nombrarse: un batallou en la d.; Bo- tnllones de Bt~ e nawntura, l\lolltpox, Ri lltacha y Veles, los gota, romo a('tultlnt t>nte t>X1ste, otro <'11 Antioquia, otro e11 dos jefe y t\yu(b tt tt'S t[Ue corre-;pondan a do batallones. Cart:~e11u, otro en Pamplon a, otro en Panamá, otro <'ll Pas- Art. 12. ~ Para la instruccinn de la guardia uacioual de to, otro en Popa_ an, otro en Santnmarta, otm en el So- artillería dol!dc no lwi j ·fe ú oficid J'sponible para ser coloca-otro, olr en '1\ nja, tr ·s cotnpai!ias ó uwdio batallnn en clo en ella, ptH'dt~ de"itioar'ie pn•\ isoriam('ute en los dia.;; de Veles, tr ... compaliias en 'b Buenaventura, tr(~s compuíiias en ejercicio doct rinal un oficial del arma de lo cuerpo. d ·l Rioh .. C'ha, y tl·es compaílias en 1\Iompox. ejt!rcito p<'rmauente c1ue rt> ida en el lugar de los t'jercicios. Art. 3. 0 Los ocho "scuadrones de caballcrla p·~·l ij< dos Art. d. 0 Los gobernadore · pa aran cada tre meses {'n ht lci se forlllar¿m y organizarán en las provincia"i (iue:-,i- ~~ la secret;u·la de la guerra un e tado y rclacion del que g !1' 11: un escuacl ·on en Bogotá, otro e11 Cartnjt:ni de 29 de ma rzn de SJ1, :'1 cun> Art. r4. 0 Los cuerpos de la guardia nacional que n. f(·<·to . t• lt'ndr:\n prt>. entc'i los wformc · que 1an r lllitido 1 cumplimiento de las órtlene y d ecr<:tos del P. Ejecutivo, lo · goL('I'!Jt,d:.re.s dt:' las proviu('ias. ¡' cxi,:;ten orgauizados en ;dgullns provincia·, se reduciran ú lo Arl. .1¡. o E1 lJÚmero de ofrciales de cada coi~lpú:ia de Cf lt' ,,:'t ¡reveu~do en el presente J ecrt'to y los gobemadores artillel'ia, Sll fu(']'z.a y nr3·,ulizacion, 'it' r,\n !a.' de't m•:u;(tL; ·11 rcdohlar:'tn su zelo y d esvelos para que continuen en el d artíc ulo ~.d) dt' la l(·i de 1. 0 de abt·il de 182G, cnn.;u'!:UJdose IH<'jtJt' pie d<' instruct ion. l..t pohLH·ion y cw,licl adt>s nt>r lo"i m'l ici,:t Jo s. Art. ¡;) 0 H.t biendo en los b:1tal1ones de la guardia A.rt. G. o }j número de oflcial t>s de <;ad:t co:upúii:1 de n acional de C. rt:lj t.na y Santammta ( antt'S mili cia ) coro­in CH1terb y su fJena ser:\t1 co11formc al artículo 17 rle la udt>s com;mclautcs de <'!los que no ha u P''l'tt'necido, ni ¡wr­t'' ifH'es:•da lei, }H'oc u¡·úndose elevar 'C.I(Ia uno ú "u pi~· <'OI 1- tenecen al ej(: ·cito pt'rmanente d ~, l:t rqH~Iblica, 110 se ha~ pleto, S<'gtllt lo permitan las circunst<. ncias de la p¡·oyillcia, rá novedad <'11 ·l parti ~·ular, y lo-; jef,,., que se dt>,.tllwn :t di­su pobla('ion y d (' rrli1s. chos cuerpos, st'mn ron-;id 'l'a<.ln'i como srguudos coman~ Art. 6. ~ El número de oficiales de cae a com palí1a d:mtes del batullou encargue! os tle su in st.rucciou, detull, .ele cab:d lvria, su tuerza y la composiciou de cada esc tt :l<1ron y economía. se arrcg·lttrún á lo di"ipucsto en los artículos ~12 y 2J Le la El se<:ret·trio ele cstnclo en el dt~spac1 o de guerra y misma J ·i. marina cp edn <'IH'a rgado de la cjecucion de este dPcreto. Art. 7· o Cada compaliia de la guardia nacional en to- - DaJo t'll Hogota a 29 de junio de IS:n 23. o -Fran­da la nrmas, tendrú un sarjento 1. o ó 2. o y vn cabo r. o cisco de l'nula Santander-Por S, E. el Presidente dd •s· o 2. o que, como instructor s pertenecen á la cbsc d · tropa tado-EI secrel:H·io Jc guerra y marina--·Antouio Obando-· ·veterana con sueldo; pero los gobemaclor s cuidar2ll1, t'll f.t,·or --Es copia---Obando. de la economía de gastos, que siempre que sea pn-;ibk,no ·ean esas clases de la de arjentos primeros, y cabo ..; primeros. Art. 8. 0 Las hrigadas y cornpañictivos j eft's político , ó alcaldes parroquiale.1 alistamiento que pre· t~nes y circuitos de la provincia, dispondran la p ublica...! vi(•ne d · rtlct lo dnterior, se procedera al arreglo Je los cwn y ejecucion de este decreto provi, ioualmente, míen­cuerpos y o u1pa11Üts como se (hra. tras se aprueba o r eforma por el gobierno, a quien se da- Art. 3. o - -La ronJpú•ia ele Hli ll eria de que h(\bla di- ra CH<'nta COII este bjetQ. eh o decreto recibira su 01 g:..tla d el despacho en Popayan a 5 d (h·á un capit:m, u11 t<·nieJJte 1. =-, uno id . 2. 0 , u u alferez agosto de 1833-R, b ·l Diago-Cumilo Cordero. 1. 0 , u11o id. 2. ~, un s:trt~·<'nlo 1. 0 , cuatro id 2. es, o- ~~---~~~~~~~~~~~~~~~_:!~~.,~· ~~~!!!!!!!!!!!!!!!1!! cho caho~ '· 0 5 , o('l1o id. 2 . 0 s, v o rhenta á noventa sol­dados conforme ;• l :1rtl< t. lo ~G de la <"iLada lei. PARTE EDITORIAL. Art. 4. 0 - Fl 1Jz I. e, ullo id. 2. e, 1111 -"'"'!.' t'IJ to 1. :) , cuntro id, 2 . 0 s , de una socir'ra fomelltar la in Ll'uccion primaria. Es s<·is cabns 1. e~, :·i<'is id . 2 . es, dos t;_ mhores Ó Ol'netas, cirrtPrnente q!n <.h.b le al cmazon la t' ·pcranza de que e re· y ci<'n plaz;ls dt• tropa por al10ra. j ~n ere la polJbcion intdl'ctual y moralmente; pero tambien .\rt. .>. 0 -Lo., dos cscu: dron 'S recibir~m su organi- e tri_t (' )' dolo roso ver que ntre nosotro todo encalla, 7:''' .011 c. n e la f'onlla- 'uda uno con:;tad de dos campa- ¡ to< o encuc.·ntra ohs :'H·ulos insur('r:,h lcs, y t do corre la suerte l ,-; fon clasifiracion de 1. ~ y 2. ::.:, y cada una tle e ·ta'i < c.· n fut'0o fatuo. Y ct nndo v< mos la dificul ad para que t ' ::rL a un ca pitan un teniente 1. 0 , uno id. 2. 0 , un al-¡la j unta ('Ul'adora celt br sus s<' ion<'s, J c;e e ntraigan ft·u. 7. 1. .... , uuo id. 2 . 0 , un sargento 1. 0 , tre id. 2 . 0 S, su miemLro ú trnh;jrr con zdo y : nividai : cuando es­cmtro c:,bo.; 1. e\ cuatro id. 2. 0 s, uno ó dos lm•ines,, La asociucion est:.,bl·cida por la lei, es ·nl'ialmente int re a· y d • 'i«' ,el ta ú st>teuta plaz:1s ele tr·npa con arre~· ! o a lo 1 da en sn propia el: eh <~ , como que too o sus miembros ort. ql.e d'-;pon ·n los articulo:; 22 y :l3 dl' la mi ma ll'i. padres de falllilia, 110 t ma el deh'do intc>r~s ('O su Lje- - l"l. G. o- La c0111J..Wlli. de anil it> rla ele que haLla e l i to : cuaudo es 1 eriso qt e 1 autoridad púhltca in. te hasta ~rtículo 3. 0 ele estt' dt'nt:'to se lt'\'urar dt l po,. artín.lo 8. ~ d el decreto dd P. l·jt'(' uvo ya citado. l co <.neglo r: l cantotl de c,di JJW y ·nlo cid ('(!Oismo : y mientras no r enunciemos los resa­y ~t'I'.lll la 3. :,¡ y 4. ~, UIJa eiJlre los canlo1w · de Jh ga OJOS vi ejo. , y hagamos :'.tnin10 de tral,<~jar en beneficio co­y Tt.lua, y S<'ra In 5. ::.:, otra en t'l Cillllon de Canago, mun, como que todo , goza rnos de las ventaj s de la so" y sna la G. ""', otra en t•l ct<.' ru<'l'{ o tomar:.!. t>l nombre de B(/tallon rle ilifcllltert'a de la • resultado de la asocincion que se d esea, no desesperm 10s guau/la /l((c ional rll' la p rovi11cia df' Popayan. dd todo. La n ecesidad que pone al hombre en e tado de Art. 8. e -Los dos e ·c u:.:droncs de ('al.>all<'ria de que hacf'r lo que n unra imajiiJó, prod ucira un esfuerzo capa h ahla t>l artíCllo 5. e d ' este dencto, se levantaran, y or- Jc empt·zar, y las primt·I·:., Vt nl:·j ns q• 1e se obtengan, ba­g: mizar¡LO en esta f(n·nw-lhJO en el t·ircuito de Popayan rán fono ·er que solo nos f:¡Jta In vo untad de obrar. Pa­entre h parro<.1uias de Patía y 1\Iercad ercs, y otro en J I ra que esta nazca en ht socic!Ld, t•s preciso que el aisla. c antan de Palmira. Est, tonwra l nombre de Escuarlron miento ct•da su lug. r á la soci, hil'd, el, y que Ao.odos pen­de caballeria de la guardia nacional de Palmim y aquel¡ semos en que nuestros ddwrfs llO aca ban con la vida. 1 e e Escuadro¡¿ de caúal1eria de la guardia nacionai de Las jent>r:~ci on<"'S f11turas ti TJt'll d< recho de acompañar Popa.t au. lln c. ef'rnrion á nuestra nwmoria, si 111il'ntras estuvo la so- Art. g. 0 -La prov1s10n de los oficiales de cada una ciedaJ en nu stras m ~ nos, no hi< imos todo lo que pudimos rle Lis coutpnll ins de estos cuerpos, se hara por elec ion p ara perf e 101tarla. Uno solo <'S el cuerpo mornl de la de lo individttos de la g·unnlia nacional, como esta pres- <'S] ecie humana cn t odos los siglo..,, y cada j en eracion es cripta <'ll el articulo 43 de l.1 rt·ferida lt>i. como una seccion pcriodi 'a de Lrahajos d ivididos en una Art. w-Lo j<'fes pollticos ·especlivos remitiran in- ~';ran sociedad. Escitnmo todos los estínn:lo de la .reli­m diatamente a esta Gobernacion las actns de d eccion Ps 1 j ion, del civismo y del honor pnra que las j e neracio­dc e<;to oficial<'s confonne a las dispo iciones del ::ntlcu- nes que no su edan, solo tengan motivos de gratitud lo 45 de la l<'i l'it'< rJa., al Supr·emo Gol)lcruo: ntre tuuto El ciomingo 18 dPl corri nte es el dia en que debeu. S(.'rvirau accidt•tltalult'llte C'On el rarúdtT de nyudantes de reunirse lo ciud adanos que se:m vt>rdadt>r:mwnte amantes los cut rpos espre adns para el fin de cuidar de su arreglo, de la felicidad comun. Ninguna l~i escrita, ningun acto el teniente 1. e Jose Maria Lopez para el batallon de in- gubernativo obliga ú sta reunion; sino solo el patriotis­f:. mteria : el teniente 2. 0 Gavino Gutit'rrez pdra el escua- mo que debe anl r en todos los pechos de los p o.yaneses .. dron de Palmira, y el alferez 2. 0 Hipo lito Cos para el es- Esta reunion sl'ra el termomt tro para calcular el grado cuadron de Popayan. de nuestra civil:z:tcion y de nuestro e plritt publico : el Ar. u.-Los jefes políticos municipales de los can- q ue no asista sera considerado in la opinion publi~ e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. tN que carece de este y es enemigo de aquella. El solo tiesen a la istra moue­pat riótico proyecto , le apoyamos ; y p e nu stra parte da,) los d.th& a su madre res~rvando solo 4 peniques, (me­colljuramos a los ciudadano. respetable · por us luceo; y irtu- dio reat, ) que al fin el •1 alio darian el costo dt>J ve·tido~ de , a que dct los primel'o., el ejemplo d~ concurrir a la Tenia E~ t h •r arre)ada la compra del ayo, cuando entran­r nion propue ta, En todos lo., paises cultos, este es ~1 do nna tanL.' su padre h picl io prestado aló·un dinero has· m (liO universal para cuanto convie11e a la utilidad jeneral. ta el otro día : E-;tlter le dió todo u ca 1dal, que e a mis­Casi no hai institurion alguna <..le la socíedatl, que rw ten- ma uodH' jugó \Vilruot, pero ·in embriao·¡n·se. ConC si> g a. o iaciones que la apoyen, la fomenten y la estielldall lo ocurndo a .su h ip, y e:.ta lo dio por bien perdirlo, por­en lo ~E. UU., Inglaterra y Fraucia. Los servicios cou q·1e crue aurHf1Je h ;~ bia jucrado, no se habia embriagado como contrib ye cada ciudadano son pequeiios por si solo-;, p('- aco-;tu¡uJ>I·<~ba. Lkg-ó ~1 día d . la fiesta, y Esther no de­ro d~ rrande utilidad reunidos a los de todos. E ... 1a e.., l,t j s) que el a111or· propio la hicie ·e f.1ltar a su deber; se g ·an l'JJt: ja de las asocia~ion~s ; que con llltii y1><..'n tra-j pu'io el ve~tulo rurr1o · nn~o que tenia, y :tunque algo. ern­haJO y una p ueu~. coutnbucwn anual, la r<·uu¡.on d ~ n·:¡ h mos Ítht'B .;i hl · · :'t Lt· minuir la p,•n:l , pero reci que por (¡Ita de i 1 te tec·ion prima,·id, ser.'lll al ,~ . Jll di .. el biú lllílJOI' ('01 'l udn, C' lllll'lo al lle¡;·ar a la igle;ia la Sra_ pu··~ l J,~ L, p' tria en vez d ~ ser su apo_vo? "¿ '} 1: mt·jnr Jone la n'o-¡d,) u1 a bib1¡ ,, hdhmt'IILe etlt'H: dl'rn:.tda n rc­pr · 'the pu··de ha ·et'St' al E-;tado, dccia CiC' 'ro!l, tjl t' t·l liu propu t•..,trJ, t·l pod e- lll<'diD, trahdio d<..: la in-;truccion evanj 'lica uu 'd,t ú la litera- trov ~r -;ia. E.,llwt· . se e f';lpÓ a su apocento entre tanto, y ria. Los siO'uicntes ejempl s confir·m·m lo qu · he:nr>s dicho. se pus l a orar de rod \las delnnte de su lecho. T •rmi- EFr:C.1'0S :\tORALES DE LA IN' rn ·celO. PRLIAl~I.\. 110 la d1 ' ')lllil, y al instante 'ie dirijió \Vilrnot a dar satis- ~* • E:>thee \Vil mot, de la parroquia de \V es ton, era hija de p:td r ' · f,¡ ·ciorw · ú .su hija por el dalio que le ha: comp:tdeceos de tu's padres. En~elwdme tlo d ·l illal j••nio de su mujer. La infeliz ni :i·1 lk;.;·ó :1 ú arnarlos y ú bnc,~r! es fe liceo; : no permitais que les <;oh re­lo..; catorre anos sin salwt' leer ni t>scrihir, ni re·¿~r la tll t' - venga ninp·una d ,''>bTal'ia, y t'nviad sobl'e mi toZO .~O a los niiio , querÍa Cltit' SU á dmpo. la Sl':t. Jon es e:la-jla <{ue le ens<•J1ase. á orar. Esta. ('~~ver iou prod .jo lue­blt• no en \V esto 1 una escuela el lllllllf'al, cuya dtr<' nin gll n ·alvajt>, fué <'n adel:mtl." el ejt>rnplo de la p·1rroquia,' elm:!­ltijo .le '.V"Imot asistia a la escuela, y trató tk 1wr'iu t1< lir trimonio ma unido y mas resiguado eu su adv rsidad Cl1eap á la mujer d' \iVilrnot q e m; nd .tsl." su f.1:nilia ¿t la <''iC'll<'- Bepositm:r) . la, pri H'ipalnwnte á E·tllCr. Convt'ng·o respnndio Ja 111adre, •.,.• M. H.ackes de Glourester refit're: que C'l padre de uno l p ro q . 1 paga U. por eso á mi hija P ¡ Qa<' diC'c LT.! de sus alumno se Ir presento un día dandole gracia por repnso la Sra. Jon~s ; la dare buena doctrina, lu ens6ia- las ventajas c1ue le habían propor<'ion,tdo u instruc iones. ré á temer ~L Dios y a observar us mamlamil'uto;. L\le- ¿Como asi ? 1 pn'g·untó lbck<"s. Sei'1o r·, respondio el jor seda, dijo aqw·lla, que la ensei'íase U. :í telllermc y ho111hre : los Luenos preceptos que dabais á mi hijo, y obedecerme ; no irá Esther a la e cuela. La 'ra. Jones <[Ue él me f feria todo los días, lllf obligaron a mudar el trabajó hasta cons€"ruir el fiat de que fué.;e E-;t lwr ¡t la s;..;tema de vida que o llevaba y lwrerme mejor, como eruela; y e-;ta,que había escuchado la uisputa ('()Jl angu'ltia, el. ( Lessnns for)"Ollllg Persons in lllllllhle Lrfe.) llenó de regocijo viendo su término feliz. Su c.;arúcter dul- ¡Cuantos sucesos ele esta naturaleza referirían nuestros ce Y. lvtm:ld t! la hizo avanzar en breve tit>mpo, llt•gaudo periodicos, si tuvieramos un poqwto de espíritu de aso­a er de las nii'ías mas ad ehntadas en la nneva in.,titttcion. ciacion para trabajar t!n la instruccion popular! Sus padre por ven~·mza !.1 mql -;taban doh\.tn ,lnla el tra A VI S O. haj dom ';;tiro, y estaban admir:Hlo:; rle hallada sit>mpr~ El encargado de la aclministracion de este perioclico, mas sumi a, mas atenta y m ;l~ pronta á cuanto st-> le ex.i· ha recibido con fr~cuencia valort><; de sus ripciones ·n mo­jia. En m dio de sus ocupaciones sahia hallar tiempo pa- n~das macuquinas de nnll-;irna calidad, y llevado el tr<. ba­ra leer el cat •cisrno y otros lihros elementalrs. Las vir- jo de buscar pt> os fuer't<,s españole para cambiarlas en la tud ~ que practicaba, el aprecio jeneral que se mer ·ci2t, casa de moneda. Por lo tanto, avisa que el que no remi· la el \zura y la belleza de su carácter, habían comenzado ta en moneda de cordon el precio del semestre que co­a obr r profundamPnte en el corazon de su groseros pa- mienza hoi, no sera tenido por suscritor. es, cuando una feliz circunstancia acabó de reformarlos. _ __ co:.mnwre <¡u~ todos los niños en lafiesta de mayo, asia· Jrrprenta de la Universidad, por .. Benito Ztzero. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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El Constitucional del Cauca - N.

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Boletín de las Nuevas Rentas - Índice del Año II

Por: | Fecha: Ca. 1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. S o• BOLETIN f! DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Director, ENR IQUE GREIFFENSTEIN -..-- Junio de ~907 á Abril de 1908 AÑO II INDICE GENERAL BOGOTÁ IMP. DE 41 LA LUZ," CARRERA ¡.a, NÚM. 590 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENERAL NUMERO 13-JUNIO DE 1907 Renta de Pieles-Artículo... . . . . . . . . . . . . . . . . ........ .. ...... . Paraguay-Nueva Ley de papel sellado y estampillas . . ........ . Decreto número 1 ,485 de 1 9o6, sobre sello en las hojas de papel que se entreguen á la Litografía. . . . . . . . . . . . . . . . ............. . Nota sobre uso de papel sellado en solicitudes y expedientes mili-tares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ...... .............. . Timhre Nacional-Extr.tcto de algunos artículos de la Ley número 14 de 1907, sobre Lazaretos.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Timbre Nacional-Re~olución número 4 de 1907, sobre exención á la Admini~tración General de Telégrafos .. . .. , ............. . . Resolución sobre incineración de estampillas ................... . Resolución sobre exención ele la contribución de Timbre á los em­pleados'dc las Rentas Heorganizadas . . . . . . . . . . . . . . . . .... Timbre Nacional-Decreto número 537 de 1907, sobre primas á de-nunciantes . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . ...................• Decreto número 510 de 1907, sobre legalización de gastos .•..... . Acta de \'isita á la Administración Departamental de Boyacá y Tun-dama ... . . .. .. .. .. .. .. . ...................•.. Noticias varias-Defraudadoras -Salinas Marítimas . .......... . .. . La ~ndustr~a taba9uera de Cuba en 1906.... . . . . . • . . . . . . . . . . . . .. La mdustna de fosforos en la A rgentmObre Juzgado Superior de Rentas.. . . .. . Cuadro de introducciones por las Aduanas de artículos cuyos dere­chos cobra el Banco Central. . . . . . . . . • • . . . . . • • • . .. . ... • .. . ..• BANCO DE 1 ~ - .,!1:3UCA BIB UOTlCA L r-. AAANGO HELt:.. O 1 ¡,.(..A Pái'S· 491 492 492 493 493 494 495 495 49Ó 49Ó 497 su 512 514 514 51 5 St6 s•6 517 518 518 $18 520 522 522 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 BOLETIN Df~ LAS RENTAS HEORGANIZADr\S ~----- Decreto número 6-tS de. 1907, .so bre >ello en l.ts hnías de p:1pcl que se entreguen a la L1togmft.t .. . . . . ...... . . . .. ..... ·. ... ·.. . . 527 Cu.tdro del movimiento de pides en todos I•1S Dcp.trtamcutoc; . . . . . szH Timbtc Nacion.ti-Mo,•imiento de do..:umentos Jlt'l\'.td•IS en Bogutá, en .i\Iayo . . . . . . . . • . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . · . · · · ·.. 530 XU.\IF:RO q-JULIO 01!: 1907 Info rm e del G~.:rcntt: de Rentas, correspondiente al primer semestre ele cstablcüclas la-; He uta<;.... • . . . •................. · · · · · 53 t Gcrench de Rcnl:ts -.\loclclo de póliz 1 • • • • • • • • • • • • • • •. , • • • . . 5-t2 Licitaci on para el arre11d uniento de 1~ Henta de Licores nacionales del Depart:.ment 1 de ,\ntmqui,, . . . . . . . . . . ... • . . . . . . . . 544 Resolucion numero 7 dc 1907. reglamentando el cobro del impuesto sobre los rósroros de labJ icación nacional ..... o. o. 547 Resolución sobre faros . . .. .. . .. . .. . .. . .. . • • . . . . • . . .. . . 548 Vinos de naranja-Consulta v resolución ............. ·. · · · · · · 549 Acta de ,·isita al Juzgadn de Hentas en P¡¡mplona . . . . . . . • . . ... . 550 Timbre ~adonal-Actao; ele im:ineradon números 27, 28 y 29 . . . . 553 Hesolución nt.'unero 26 de 1907, sobre consignación de los dcn:chos de puerto de la Aduana de Tumaco... . . . . . . . . . . . . . . . . . ... · 555 Fabrkas ele licores- l\kmmül y resolución... . . . . .. . • • . • . . . . . . . 556 Los \'isitadores-Relación de las \'is itas practicada-; . . . . . .. ..... . . · 558 Noticias \':u-i.ts-D;¡tos estadísticos de las Rentas en Antioqnia.. o • • s6o MO\•imiento ele documento~ pnvados en alguna-; regione~ del p.us .. · 563 Visita del Superintendente de Hentas á la St:cción de Timbre Na-cional. o .. .. • .. • .. • • .. .. • .. • .. " • .. • .. o s64 Movimiento de documentfiS pri\·ados en Bogotá, en Jnnio ... o . o o • • s66 Decreto número 670 de ll)O], sobre Timbre .Kacional . . . . • . . . . . . . SÓ7 Requisitoria del J ucz de Hcntas en la Provinci:l de Cúcuta . . . . . . . 567 Resolución número 128 de 1907, sobre señalamiento del lnga1· cloncle deben cmnplir J.,s penas los defraucl:ldores á la Renta de L1cores 567 D ecreto número 6óS de 1907, por el cual se crea un puc,tn y se hace 1111 nombr:tl\liCillO .. .. . . , . . . . . . . . . . . . . . . . . ... 568 Circul ar de la Gerenci"' de Rentas á los Visita lores . . . .. . ... ... . . . 569 Resolución núuwro 9 de 19">7, sobre rac1ones de los defraudadores de las rentas púbho.:ao; . . . ... . . . . . . . . . . . . . . . 569 Nota al Gobernador del Huila, sobre T1mhre 11:.t~.;tonal. . . . ... . . . . . 569 Decreto número 748 de 1907, por el cual se impone una obligación á los Rt: matadores . . . ... . . . . . . . . . . . .. . 570 Equivalencias de los alcohómetros Cartíer y Gay-Lussac... . ... . . . . 570 i\ C MERO 1,5-AGOSTO DE 1907 Auto de fenecimiento correspondiente al periodo de 15 ele Abril de 19 05 al 31 ele Diciembre de 19 n6........... . . . .. . . . . . . . Sil Informe rendido en el l xpcchcnlc de reclamación de los Sres. Flohr, Price & C." . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... 572 Rem ttt: de la Renta de r .i.core~ n.tcionalcs en Anlto..:¡ma y Cald.ts.. 576 Rcm:tte d~ la Rl·nt:t el•· Lt\!ore.; nacJon:•lcs en bs Pro\'incias de L.! Plata y Caldas, del Departamento del Canea... . . . . . . . . . . . • . . 576 M emonal y Ht.:snluciSn sobre d grado clll ron. . . . . . . . . . . . . . . 577 Resolución "Obre fijación del lugar en que dclH·n cumplir la pena los sentenci.1dos por fr.mde . • . . .. . . . . . . ... ... . . . • ... ... . . 577 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENERAL .5 Decreto número 742 ele 190¡, sobre derechos de exportación de la tagua pnr los puertos de l3uen:wenlura y Tumaco . . . . . . . . . 577 Uesolución sobre creación dl' un J nzgaclo Superior dt: Rent1s. . . . . 578 Decreto niimero 765 de 1907, por el cual se modilica el númcro 285 de 1906 . . . • • . . . . . ... . . . . . . . . . . . . . . . 578 Notics l5 \',uÜs-D~crcto dt"l General Cúrdova, rcgbmcntario de la Hcnta de aguardientes en la Prm•incia de Antioquia. . . . . . . . .. . 578 I de hs derech ns ele exportadón del :hfalto, 579 t.! e mOl ial r Hcsolución sobre uso de pap<·l sellado en poderes.. . . . 579 Resolución número 297 de 1907. sobre exención del impuesto rlc Timbre Xacional á los empleJdos del Runo de Coneos y Telé-gs. IIOs........... . .......... .... . .. . . ... . . .. . . • ... .. . . . . . . 58t Hcsolución número 6 de 1907, sobre uso de paptl común en cierta cla,e de sun1arios . . . .. .. . . . . .. . .. . .. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . 582 Nota sobre t:xención ñ la sal y á las pie le,.; de propiedad nacional, del p.1go de Crertos impuestos mn111cipalcs ó d~partamentales . . . . 582 Rclacion ele los asuntos falhdos en segunda instancia en el J ut.gaclo Snpet i11r de Henta-. ele S.mtanclcr y Galán.... . . . . . . . .. . . . . . . . . . 582 Resolución sobre rebaja, de p e na'> :í los d.:fr.mdadores á las Rentas Reon~.¡ni1.aclas . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 584 Acta de ,¡~•la á la Agencia en Calamar . 585 Telegrama sobn: estampill,¡s de T1mbre Nacional t:n nóminas, etc . 6oo Decrt:lo número 7¡8 de 1907, sobre di\'isión cu e l Territorio nacional clc:l :\I ct.L . . .. • . . . .. . . ................. , . . .. . . .. . . . . . .. . 6oo Resolución número r3o de r9o7, sobre fijación del lugar en que de­ben cumplir la pena los defraudadores sentenciados en los De-p: ut,lmentos de Antioquia y C:tldas .... , . . . . .. .. . . . . . 601 D.:crcto número 763 de 1907, sobre creaci ón de una Provincia y de un Circuito J mlici.1l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... 6o2 Resolución número 10 ele 1907, sobre existencias de ron en poder de :~lguno,; particulares . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6o3 Decreto número H32 de 1907, sobre primas ele exportación . . .. .. . . . 603 Decreto númc1 o 883 ele 1907, por el cual se asigna á los J ncces ele Rentas el conocimiento de c1ertos juic1os contra empleados de la~ 1nis1nas . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6os Decreto nsímero 884 de 1907, sobre la manera ele hacer efectt\'a la pcru de mult.1 á loo; defraudadores .t las Rent.ls naci o nalc ~. . . . 605 Auto de fenecimiento provisional-1\Iayo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6o6 Auto de fenecimiento prod-ionai-Junio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607 Circular á lo:; Vi,.;itadores y .\clmini,;tradores 0-:p:uümentalcs, sobre Timbre Nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 607 Moddn de pólizas par~ d otorg.1miento dt: IÜn1.a.,;..... . . . . . . . . . . . 607 Hcnt.1 de Licores -Artr\..ulo de Colombia, de Medellín ... . . . ... . . . . . 6o8 Decrdo número 851 de 1907, sobre derechos dt: cxpnrt"lción de ga-n. Hio rn.•cho . . . . .. . . . . . . • . .. . . . . . . . .. . .. .. . . .. . .. .. . . 6o8 Mo\'imienlo ele clocumcnlns privad•IS en Bogo tá , en 1\farzo.... . . • 609 Mmimr~nto de clocumcnll•s privados en Bogotá, en Julio. . ......... 610 NU ~1 E:HO r6 -SEPI'Il!~!BRE DI{ 1907 Informe del Gerente del Banco . . . . . . . . . . . ..... . •• . . . . . . . . . . . . . • 6rr lnforn1e del R~\'isor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • • . . . . . . 614 1nforme de la Comisión . . . . . . . . . . . • . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . 6q. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6 BOLETIN DE LAS RENTAS HEORGANIZADAS Proyecto de distrilmción ele utilidades ·:.... . . . . . . .... :. . • . . . . Proposici{m .tprobada por la Asamblea Gcm:ral ele Acctomstas ...... . Informe dd Gerente de Rent.1s . . . . . . . . . . . ........ . Proposición .tprobada jlOI' la Asamblea General ele Accionistas .... . Cuadro del productn liquido de l.t~ Hcnt.•s ch:,de el 15 de ~larw de r goc; hasta el 30 de Junio de H)07 . . . . . . . . . .. ....... . Contrat<; celebrado cnttc el Gobierno y el B<~uco Cen(l·.d ........ . Dc:creto número t,,t68 de 1905, qne aclara y reforma el número 1,381 dd mismo año, sobre dcrt.:chos ele Aduana . . . . . . . . . . . ...... . Notas de la GerenCia de Rentas} del Ministerio de Il,lcieml.t y Te-soro, sobre concesiones ;\ unos rematadorcs. . . . . . . . . . ....... . Resolución por la cual se declara que los Teniente~ Políticos son em-pleados públicos . . . . . . . . . . . ... , .............•...... Circular ele la Gerencia sobre datos estadísticos . . . . . . . . . . ....•. Circular ele la Gerencia sobre visitas á los T c:nienh!s Políticos ....... . Memorial y Resolución sobre Timbre Nacional • . . . . . . . . . . . . . Relación de los asuntos fall.tclos en segunda instancia en el Jnzga-do Superior de Rentas de Santander y G:'llán, en Julio. . ..... . Cuadro de los procesos que han cursado en el J nzgado Superior de Rentas del Cauca, en Mayo y Junio ....................... . Acta de \'isita al Juzgado de Rentas en Tunja ............. . ...... . Cin.:ular sobre pedidos de especies. . . . . ........................ . Diligencia de incineración. Acta número 30 . . . . • . • . . . ......... . Decreto número I,oo6 de 1907, sobre Timbre Kacional . .....•.• Resolución sobre uso de papel sellado. . . . . . . . . . . . . . . ............ . Resoluüjn sobre aplicación de multas... . . . . . . . . • . . . . . . . . .. Resolucion número 12 de 19 07, sobre pieles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Resolucion sobre fábricas de licores . . . . . . . . . . ..........•• . Telegramas rt :'\Suntos que h.m curs:tdo en el Juzgadr> de Rcntac; de la Provínda de ArbolecLt . . . . . . . . .... . . . . . • . . . . . . . 66~ Relacíon de Jos neg ca o~ r¡ue han entr.•do al J nzgado Superior de Rentas de Antioqma, en Julio de 1907.... . . . . . . . . . . . . 66H Relaci 111 ele los ac:untos fallados en segund:t in~tancia en el Juzgado Supe• ior ele Henta. ·le Boyat:.t y TmHhma . .. . . . . . . . . . . • 6¡2 Dt.:c• elo número 27 r de 1905, sobre facilidades para el p<~go de cier-to:; impuestos..... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . 67~ Rcsoluc1on sobre licores naciOnales, aclaratoria del Decreto número 339 de 1905 . . ........ ·• ........ . ....................... -.. Ó74 Decrt!lo número 1,045 de 1,907, reformatorio de algunos artículos del número 339 de 1905 . . . .•........•.•..•••..•...• . ..•• , • • , 675 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENERAL 7 Resolución nl'm1ero 37 de 1907, sobre radicación del pago de ciertos sueldos •. , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . .. . . . . . . . . . . .. . . . . . . . 675 Resolución mímero 43 de 1907, sobre equivalencias de monedas de oro extranjero y colomh1ano . ... ... ... ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 676 Decreto número 1,132 de 1907, sobre licores, fósforos, <.:i~arrillos y ci-garros destinados al con!iumo de la tripulación ele los buques.. 676 Decreto número I ,036 de 1907, sobre Lazaretos....... . . . . . . . . . . . . 677 Hcsolución sobre pieles.. .. .. . .. . .. . .. .. .. .. .. .. . . . .. .. . .. 678 Resolución número 13 de 1907, sobre impuesto de carnicería ó ma. tadero................ . .. ...... ... .... ... . . .. .. .. .. . .. .. .. .. 678 Resolución número q de 1907, sobre Timbre Nacional . . . .. . .. .... 678 Cuadro de los ,asuntos que han cursado en el Juzgado Superior de Rentas de Nariño, en Junio y Julio....... . .. . . . . ... ... ... . . . . ... ... 68o Cuadro de los negocios que cursan en el Juzgado de Hcntas de la Provincia de Pasto, en Julio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 682 Relación de los asuntos que cursan en el Juzgado de Rentas de la Provincia de N ei\'a hast.l el 3 I de Agosto. . . . . . . . . . ... . . .. .. .. 684 Relación de los negocios que han entrado al Juzgado Superior de Rentas de Antioqnia, en Agosto . . . . . . . . . . . .... ... . . . . . . . . . . 690 Balance del Mayor de la Administración General de Rentas Reorga-nizadas, en Junio de 1907 ..... . ............................ ~ 692 Circular sobre Timbre N.tcional. Lazaretos . ... . . . . ... . ........ ·... 694 Consult:t y Resolución sobrt: Timbre Nacional. Avisos . . . . . . . . . . . . 694 Consulta y Resolución sobre Timbre Nacional ......... . .. :... .. ... 695 Consulta y Resolución sobre Timbre Nacional. Libro5 Mayores. . . . 696 Nota número 383, sobre visita á la Administración Departamental de Rt:nta 6 de 19'J7, sobre co bro de derechos de importa. ción en el Departamento de Boyacá . . . . . . . . . . . .. . . . ... . . 699 Decreto nú ero 1,155 de 1907, sobre contrabandi:;l:ts que cumplen su pena en la Colunia Penal de 1\I o coa . . . . . . . . ... . . . . ... . . .. ¡oo Hesolnción nümero IJ.+ de liJO?. snbre el ll1~ 1r donde d c h:tn cumplir su p ena lns s entenciados por fraud e :t 1 ts R e ntas Públi cas.. . . . 700 Resolucit)n s obre arresto,; y multas á d e frnmlad o r cs ;'¡ l.ts Rentas Pii-blicas . .. .. .. .. ...... . . . .. .. .. .... ... .... . .. .. ... .. ... .. . 701 Decrctf• número 1,206 de 1907, sobre provi ~ ión de moneda de plata al Departamento ele Nariño y á la Intendencia del Chn có . . . . . 702 Decreto nÚml!ro 1,231 ele 1907, adicional y reformato rio cid anterior. 703 l~e, 1lnción aclaratori.1 del D ecreto número 883 ele 190 7. . . . . . . . . . ... 703 Consulta y I~esolución sobre Timbre N.tdonal-Chequcs . . 70+ Resolución sobre exención del imput.:slo de Timbre Nacional á la Empresa del Ferrocarril de Antioqnia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 704 Consulta y Resolución sobre nso de papel sellado. . . . . . . . . 705 Resolución sobre Timbre N.tcional-Títulos de minas . . . . . . ... ...... 707 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS El cultivo racional del tab:lco. Artículo...... · · · · · · · · · · · · · • · • · •.. 707 Auto de fenecimiento de la cuenta correspondiente al mes de Agosto. 715 Not.\ referente ú los defraudadores de la Hcnta de Licores............ 7 15 Circular <>obre penas á los defraudadores..... . . . .. •· ·.. • .. . . . . . . . . 717 Resolución sobre peajes de los lit~ores nacionales. . ...... . . . . . ... 717 Edicto cmplazatorio del Juc~: de Hentas del Distrito Caj1ital . . . . . • 71~ Resolucion aclaratoria dd Decreto número 1,130 de 1907 ... . . . . ... . . 7 18 Requisitoria número r.0 del Juel. de Rentas de la Provincia del Sinú. 718 Consulta e; y Resoluciones sobre Timbre Nacional................... . • 719 Noticias v:trias-RI!mates de la Renta de Licores Nacionales . ...... 7~0 Decretos arancelarios sobre ganado vacuno en Cuba. . . . ... . . . . . . • 721 Visitadores. Relac10n de las visitas practicadas.... . . . . . . . . . . ... . . 722 Movimiento de documentos privados en B trranquilla, de Enero á Agosto..... .. . .. .. .. . .. .. .. .... .. .. .. . .. . .. . . . .. .. 727 Movimiento de documentos privados en el Departamento del Cauca, en Julio. .. .. .. .. . .. .. . . .. . . .. . .. .. . .. . .. . .. . . .. . . . 727 Cuadro de los asuntos que han cursado en el Juzgado de Rentas de las Provinciao; de Arbolech y Quindío, desde el 15 de Agosto hasta el 30 de Septiembre . . . . . . . . . . . . ... . . . ... . 728 Relación de los negocios fallados en el Juzgado Superior de Rentas cid Distrito Capital, en Sl!ptiembre...... ... ... ... . . ... . . ... . . ... . 734 Cuadro de los asunto-. que lnn cursado en t:l J uzg;tdo Superior de Hentas del Departament•> del Huila, en 5 días de Mayo al30 de Septicmbre . . . . . . . . . . . ... . . • • . . . . . . . . . . . . . . . . . 738 Movimtento de documentos privados en B 1gotá, en Septiembre . . . 742 Uovimiento de documentos privados en el Departamento de Galán, en ~lavo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7~3 Consulta y 'Resolucion sobre Timbre Nacional...... . . . . . . . • . 744 NUMERO 19 -NOVIEMBRE DE 1907 (N(rMERO ltXTRA.ORDlN AlUO) Contnto entre el Gobierno ) el B.1 1.co Central.... . . . . . . . .. . . . . .. Copia del auto de proceder y de la scntcncia contra el Sr. Anselmo León Gómez, por fraude á la Renta ele Licores nacionales. . . . Resolución número 146 de: H)07, sobre envio de reos it la Coloni~ Penal del ~lela . . . . . . . . . . . . . . .. Decreto número 1,269 di! 1907, sobre junsdicción coacli\'a de los Jue ces ele Rentas.... . . ...... . .. ... . . . . . . .... . .. . . . . ...... . Decreto numero 1,135 de 1907, que declara en interinidad algunos no1n br.tmientos... . ... ... . . .. .. .. . . . . . . . . .. . . ....... .. Decreto número r ,303 de 1907. que reglamenta el cobro del impues· to de navegación Auvial por medio de especies de Tímbrl.! !'a· cional.. ................... ....... ...... . ... .. . . . ........... .. Decreto númt:ro 1,302 de 1907, aplazando la vigencia cid que grava la exportación de la paj~ tOt¡nilla .......................... ....... . Resolución sobre u<;o de papel co 11Ún en juicios criminalt:s ... ...... . Con,ulta y Resolución sobn:: Timbre Nacional . ... . .............. . Proyccto ele reglamento sobre la producción y venta del alcohol im potable-1 .. . . ... ... ..... . .. .. . ... ... . .. .. ....... .. Proyecto de rcghmtmlo sobre la producción y venta del alcohol im· potable-11... .. ... . . . . . • . . . ...... ... .. .................... . Vino de P.tlma-Rcsolución número 194 del Gobernador de Bohvar. Vino de Paima-Rcsolución del Ministerio de Hacienda ........... . 7-47 751 75Ó 757 758 759 759 760 7Ól 765 7Ó7 ]ÓC} Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENERAL Acta ele incineración número 31.... . ... . . . ................ .. Requisitoria nítmcrn 1 1 del Juel. Provincial de Hcntac; en Anscrma .. Resolución sobre Timbre Nacional . ... ... . . . . . . . . . . . . . . .. ...... . Circul.tr "-Obre exportación de trovtncial de Rentas en Garzón. So-+ Edicto del Juez tic Rcnt ~~de lt Provincia ele Centro y :\I.trqucz (B r1yacá) .. .. ... .. .. . .. ... . .. .. . 8o6 Auto de fl·n ctlllli .. nto ele la cuenta de S ·ptiembre d e 1907 . . . ... ... . 807 Cu;tdro de los negocios t¡ne cursan c:n el Juzgado de Rentas de \lompós, c',J Oduhre d.: 19· 7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . So8 l\fo\'i111icnto de doc umento; privad11<> en Barranquilla. en Odubre . . So9 Mo,·imicnto d,· documentos priLld sen Bogotá, en Oc tubre . . . ... . . 810 Visita á la Agenc1a de Gart.ún. (Conclusión)... . . . . . . . . . . . .. . 811 Cuadro de los asuntos que t:ur~an en el J utg.1do de Rentas en Cá-queza, en Octubre de 1907 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8r2 Cuadro de los a'> untos q•te t:ur~an en 1:1 Juzgado de Rcnlac; de la e; Pro-vincia~ de Ocaila y R ío de Oro, hasta el 31 de: Odubre de 190 7. 8r4 Cuadro de los ao;unt0s que t:urs.m en el Jm:gado de Rentas de la Pro-vincia de Ocdclcnle (B·)yacá), en Noviembre de r9o7 . . . . . . . . 816 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ro BOLETIN DE LAS RENTAS HEOHGA~IZADA$ M O\ imicnto ele d~>cuml'lllos pri,·aelns en Bogot.i, en Noviembre de 1 ()07 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . • • • Requi ... itot ia ntum·ro 2 del Juez de Hcn l.\s de Cúcula .. ...... ...... . ::\"llt\IFRO 21-I·:Nt-:RO DF. 1908 Auto ele fenecimiento ele l.t cuenta ele la J\elminislración General de Rentas. Octubre ele 1907 ........... . · ·. · · · · ... · · · · · · · · .. · · · 819 Auto ele knccimiento ele la cuenta de la Administración General de Rentas. Ncwi..:mbrc de 1907. .... . . . .... .. .. . .. .. • .... RIC) Resolución sobre guías para transporte y exportación ele tabaco.. . • . S:w Telegtama-circular sobre morali1.aC10u ele las Rentas . . . . . . . . ..... 821 Resolución sobre Juzgados ele Hcntas .... .. • . . . . . ... ... . . . .• •• . 821 Cuadro ele los sumarios en el Jut.gado de Rentas de las Provincias ele Ocaiía y Río de Oro. en Octubre de 1907. . . . . . . . . . . 822 Circular del Administrador Departamental de Boyad y Tundama, sobre organización de las Rentas . . . . . . . . . ... . . . . . . .. . . . . .. . 824 Circular ele la Gerencia de Rentas sobre formación de presupuestos. 827 Cuadro de hs asuntos que curs:lll en el Juzgado de Rentas de la Pro- , vincia de Pasto. en Octubre de 1907........... . . . . . . . . . 828 Cuadr<) de los :~sunlos que cursan en el J nzgaclo de Rentas ele la Pro-vincia de Oriente (Cundínamatca), en NO\'iembre de 19"l7.. . 830 Circular cid Administr;1dor Departamental del Cauca, sobre organiz:~.. cion de las Rentas .. . .. .. . .. . . .. .. .. ............. . .. ... 832 Estadística de la Renta de tabaco en Anlioquia y Caldas-Julio y Agosto de 1907-.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 838 Decreto número .p de 19n8, adicional y reformatorio del número 8H3 de 1 907 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8~2 Resoluci ón sobre Timbre Nacional . ... . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-t3 Resolución sobre Juzgados de Rent,ts..... ... ... . . . .. . . ... ... . . . . . . . . 8~3 Cuadro de los asunto· que cursan en el J uzgndo de las Provincias de Girardot y Sumapaz, en Noviembre de 1907.... . . . . . . . . . . . 844 Cuadro de los asunt 'S 1ue cursan en el Juzgado de las Pmvincias de Santandt>r y Camilo Torres-No\'iembre de 1907 . . . . . . . . 845 Bahnce del ~laye r de h Administración General de Rentas Reorga-nízad. ts-Diciembre de 1907. . . . . . . . . . . . . . . . 846 Cuadro el el número ele: pt oces•)s que han cun:ado en el Juzgado Su-perior de Rentas de Popayún-Octubre ele 1907 . . . . . . . . . . . 848 Rel.llton de lo~ el• cument •::. pri\·ado., estAmpillados en Octubre, en Boyac:l y Tunclama . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 849 Relación <1~ 1 l~ do :ume ~ttoc; p1 ivados estampillados en el Canea, de J\go::to h Octubre de 1907 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Sso ~U~JEHO 2.:!-FEBRERO DE 1908 Jn(orme del Gerente del B.tnco Central . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . 85 r Informe del Re\·isor . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . ... 854 J nformc de l.t Comisión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 855 Proyecto ele cii'itribución dc utilidades.. . . . . . . . . . . . . . . 855 Relación de: billetes ineincr tdos.. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 856 U ovimicnto general d.: la cuenta de Agencias y Corresponsales. . . . 857 Informe del Gerente de R •ntas . . • . . . . . . . . . . . . . ... .. ... . . . . . ... 857 Contrato sobre pro\'iston de moneda de níquel al Banco Cl!ntral.... . 864 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. JNDICE GENERAL tr Resolución sobre l'reaci6n de una Administración de las Rentas en la lntendl•nci.t del Choc6 ....................... ,. .. . . ... . . . 865 Cuadro de h1s procesos que han cursado en el Jut.g;tdo Superior de · Rentas en Popayán, en Diciembre de 1907 . . . . . . . . . . . .. . . . . 866 Decreto número r.553 eh: 1907, reformatorio del artículo 64 del De· crcto número 339 de 1905 .. . . . . . . • • . . . . . . . • . . . . . . . • . . . . • .. . 866 nesolución sobre p.ttcntes .. :. . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . • . . ... . . . . 867 Cuadro de los negocios que cursan en el Juzgado Superior de Ren-tas rle Caldas, en Dil'iembrc de 1907. . . . . . . . . . . . . . . . . • . . 868 Cuadro de lo~ n~gocios que cursan cu el Jnt.gado Pro\'incial de Po· payán, en Diciembre ele 1907 • . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . . . • 870 I~e solución sobre examen de cuentas . . . . . . . . . . . ... . . . . . • . . 872 Circular del señor Administrador Departamental d~ Rentas en Anlio· quia y Cald.ts. . .. .. .. . . . .. . .. . . . . . .. . .. . .. . . . . ... . . . . . . . 873 Cuadro dd Juzgatlo de Rent.1s de la Provinci.t de l'acatativá, en Di-ciembre de 1907··· .. .. . . . .. . . . .. . ..... . . .. • .. . . . .. . . . . . • 878 Cuadro del Jut.gaclo ele Rentas de la Pro\'incia de Magangué, en Di-ciembre de 1907.. . . . . . . • ... . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . 88o l~e solución sobre penas . . . . . . . .. . . ... ... . . . . . . . . . . . . . ... . 882 Cuadro del Juzgndo Superior ele lr:o~·incia del Carm;n (B.) 905 Resolución sobre procedtmtentos en llltCIOS por frnuclc a las Rcnbs Rcorganr1.adas... . . . . . · . · · · . · · · · · . · · · · · · · · · 905 Relación de los procesos por fraude á las Rentas Reorganizad.ts de que ha conocid·1 d ju1g1do de Rentas de la Provincia de Pam piona durante l• •s once meses transcurndos del 1.0 de Febrero al 3 r de Dicicm bre de 1 Q07.. .. .. .. . . . . . .. .. . . . .. .. 906 Relación de los indiv1duos condenados pnr francle de hs Rentas Reor· ganizadas en la Pro\•incia de :\fei,·a. Departamento dd Huil1, durante el año de 1907, por el Jutgado Provincial de Rentas... 910 Sentencia en un asunto de cnntr:tbando... . . ... . .. . . . . . . . . . . . . . 9 12 Acta de \'tSJta á la Agencia de Rentas del S >Corro .. . . . . . . . . . . . . 9 14 Resoluc1ón sohre notificaciones á mujcrt:s honestas e n juicios por fraude á las Rentas.. . . . . . ... . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . 918 Resolución sobre alcohol perfumado..... ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 918 Cuadro dem >!>trati\'O de las empresas y plantaciones de tabaco exis-tentes en los Departamentos de Antioquia y Caldas en los años de rgo6 y 1907 . ......................... · . ..... · · .. · · · · 9 r9 Timbre N.tcional-MO\•imicnto de documentos en los meses ele Oc-tubre y Xo,·iemhn. de 1907 (Departamento de Bolívar) . . . . . 92r Timbre Na<.:1onal-Helac1on de los documentos privados estampilla-dos en algunas Provincias de l Departamento del Cauca, en No-viembre de 1907 . . • . • . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . . . . 9 22 Timbre Xacionai-Oepartamento de Nariño -~fo,•imicnto de docu· mentos privados en 1:\:ovicmbre y Diciembre de 1907. ... . . . 922 Timbre Nacional-i\lrwimienl\¡ de documentos privados en el Expen-día de Barranqnilla, en el mes ele Diciembre de 1907. . . . . . . 923 Timbrc Nacional-Mn\'itnientn de documentos pri,·adns en el mes de Enero ele 1908, en el r~xpendio especial de Bogotá. .... . . . 924 Not.l al Sr. Gobern.Hhr de Caldas, sobre rt:b.tja ele penas... .. • . . . . • 925 Timbre Xacionai-Rcsoluctón sobre uso de p.1pel común en juicios ejecutivos iniciados por los Tenientes Polítit:os . ... . . . . . . . . • ... 925 Timbre N tcinnal -Exención del pag•> del irnpnesto á la Empresa del Ferrocarril de L:1 Donda . . . . .. ... . . . . . . . . . . . . . . . .. 925 Informe dd Sr. Yísit.ttlor ti..: las Rent:ts Reo.·g:1.nizad.ts en el Depar· tamento de Bolívar........ _.. .. .. .. . .. ..... . .. . ... ... .. . 926 Relac~ón .eh: 1 )o; documento~ privatll)c; csbm pilhdos en algunas Pro­, ·mcl:b dd Dcp:1rtamento del Cauca, en el mes de Diciembre de J 907 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . 932 Timbre Nacional-~fovimi nlo de documentos privados en Dogotá, en Fd>rcro de 1908 .... . . . .. . .. . .. .... .. .. .. .. . .. ... 933 Cuadro 9ue rcpre,enta el mo\'lmicnto de lns asuntos de que ha CO· no~1d~ el Juzgado de Rentas de las Provincias de Arboleda y Qmndto, desde el l.0 de Marzo hasta el 3 1 de Diciembre de 1907 934 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GE~ERAL 13 Cuadro de los :lsuni.l>:; qne han cnrs.ttln en el J uzg.tclo Superior de Heutas de Boyac.í y Tunda m a. en Febrero ele 1908. . . . . . . ... q4o Auto dt.! oh">Cn',\CÍOncs dictado en la ~.;ucnt 1 de Ener· > de la Ad mi-nistración Dtpoll"t.tmcnt.tl cld Cauc.t.. . . . . . . . . . . . . . . . • . . 940 Auto ele ohse1 v.tcioncs dictaclb cu la cuenta ele Enero de la Admi· nb.twciún Dcp.trlamcnt,,J t.h.: Anltoqni.l y Caldas • . . . • 9-J2 Auto ele fenecimiento dictaclo l'll la cuenta eh: En~.:ro de la A d~ do .. nntcntos en el Departamento ele BoiÍ\•ar, en Otcicmbre de 1907 . . . . ..... - . . . 945 Timbre Nacion.ti-Ada de 111Cil1Cración y re~.;nrtc. número J2.. . . ... 946 1 NUMERO 2-J-ABRIL DE 1908 Resolución número 2o de 1908, por la cual se aclara el artkulo 1.0 de los contratos cclcbrad de H .1cienda y Te-soro, sobre couecsión de pri\•ilegio para la producdón y ' 'enta de alcoh,)J imputable.. . .. .... . . . .. .. .. . .. . . .. . . .. . .. . Auto de fenecimiento dictado en las cuentas de Noviembre y Di­ciembre de 1907 y E•tero de 1908 de la Administración de las ~atinas ele Cum.tral }' Upín •......................•....... Acta de ''isita á la Agencia ele Gramalote . . . . . . ... . . . . . . . . . . : . . Resre !"\a-cional . . . . . . • . . . .... Modelo de póliza para el otorgamiento de fianlas .••• Notas de la Gereuda de Ren­tas y del Minbtcrio de Ha- 15 576 576 577 579 582 6oo 6o2 6os 6o6 6o7 607 6o7 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 16 ROLETI~ DE LAS HENTAS REORGAN IZADAS ciencia y Tesoro acerca de un.t solicitud de los Rema­t. tdOJ es ele 1:\ Hcnt01 de Lt­corcs 1'\adon.tlcs en Popa­yún, sobre mocli lic tetones al contrato ele ;11 ren á J,¡s Tenencias Pollticas ....... . Circular de la Gerencia de Hentas sobre pedtdos ele es­pecies ,·enale:. ..•...... -·- Resolución sobre distribución del valor ele las multas recau­dadas por fraude á la Renta de Licores Nacionales .. ... Resolución por la cual se de­clara periódico oficial el Bo­letín de las Rentas Reorgani-zadas. . . . . • . . . . . . . . .. Decreto número 271 de 1905, sobre f:-tciliclades para el pago de impuestos de artí-culos monopolizados ..... . Resolución núme10 37 de 1907, sobre la manera de pago del persf·MI del Poder Judicial de Casan:-tre y Arau-ca ................... . B:tlance del 11Tayor de h Ad­ministración General el e Rentas Reorganizadas, en Junio ele 1907 ... - ..... Fenecimiento de la cuenta ele Julio de 1907 . • .. ... ... Resolución número 4 1 de 1907, sobre pago de dere­chos de importación dd co-mercio de Tunja ......... . Resolución sobre arrestos y multas á los defraudadores á las Rentas Reorganizadas. Decreto número 1 ,206 de 1907, sobre prO\'isión de moneda ele pl.tta al Depar­tamento de Na1 iño y á la Intendencia del Chocó ... Decreto numero 1,231 ele 1907, adi¡;ional y reforma-torio del anterior . .... .... . Ó31 Ó33 ÓJJ Ó99 702 Fenecimiento de la cuenta de Agosto de r4n7 . . . . ... Hesolución que csl:1hlcce que no tienen dl!rcchn .1 sueldo C\'eutnal los emplc.Hlos de las salinas maritim.t s que admmistr.1 el B utNl Ccn-ll :ti. ............ .. ...... . Decreto número 1. 135 de 1907, que clcd.tr.l en intc1 ini­dad los nnmbr:11nicnt0~ de los individu os que prestan sus servicios en hts Aduanas ele Orocué y \rauca, y en las Salinas de Cuma1 a l y Upín ............ .. . . .. . Circular de ht Ge1 encia de Rentas, sobre exportación de tabaco. . . . . . . . ... Circular ele la Gerencia de Henhs, sobre Con tabilidad. Decreto número J ,320 de 1907, referente á la Supe­rintendencia de Rentas . •.• Decretn número 1 .355 de 1907, sobre creación de dos Provincias y de un Circuito Judicial . . .... _. . . ..... Circular del Administrador Departamental dd Cauca, snbre imposición y recauda­ción de multas en 5entencias por frauclc a las Rentas Reorgani7.aclas .. .... ..... . Fenecimiento de la cuenta de Sept1embre de 1917 .. ..... . Fenecimiento ele la cuenta de Octubre ele 19 07. . . . . . - . Fenecimiento de Lt cuenta de No\'iem bre de 1907 Resolución de la Gerencia de Rentas, sobre guías para trasporte y exportación de tabaco.... . . . . . . .... . Circular del Admin istrador Departamental de Boyacá y Tundam<~, sobre organiza. ción de las Rentas ...... . Circular de l.\ Gerencia de Renta'>, sobre formación de presupuestos ...... ..... . Circular del Administrador Departamental del Cauca, 770 779 780 787 820 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lNDICE GENEHAL sobre organit.ación de l.1s Hentas ........•.. . . Balance del ~l.1yor de la -\cl­ministración General de las Heut.1s Henrganit.adas .... Hcsolnción de 1.1 Gl·rcnci<~ ele Hentns. sobre creación de una Administr.1ciún de f~en· t:t" en la lnto:ndcnci.\ del Cho~:ó ................ . Re,oluciún de b Gen;ncia de Hcntas. sobre tiempo de va­lidct. de las patentes de in­troducción •• Resolución ele la Gerencia de Hcnt:t:i, sobre examen de cuentas ...........••• Circubr cid Administrador Departament:\1 de Anlinquia y C,\)daS, Sr)bi'C organiza-ción de las Hentas ....... . Resolución número 8 de 1908, ~obre radicación del pago de las raciones ele los con­denados por fraude á las Rentas Reorg:tnit.ad;~s . ..... Re3nlución del Administrador Departament:tl de Nariño, sobre organiz.lciÓ11 de las Hcntas . . . ... . . . ...... . Fenecimiento de la cuenta de Enero de 1908 de 11 Admi­nistración De¡urt.um:ntal de Cundinamarca ............. . Auto de observaciO!lCS dicta­do en la cuenta de Enero ele 1908 de la Administra­ción Departamental de Bo-yadí...... . ... . . .. . . .. Auto de ob:.ervaciones dictado en la cuenta de Enero de HJ08 de la Administración Departamental del Ca u ca ... Auto de obscn·ac1oncs dicta­do en la cuenta de f<::nero de 1908 ele l1 Admini stra­ción Ol.!p:utamcntal de An­tioquia y C;¡J y ~1 B •neo Cl.'nlral, sobre pto\1- !>ÍÚn de moncd:l dt:: níqnd á é~lt: ................... . r.rün bre N aeional 1\ ttC\':1 Ley de papcllitllado y c ... t.unpilla., en P.rraguay .... Decr el o nll mero 1.485 de 190ó, snhrc sdlo en las ho· jas de papel que se entre­~ ucn a 1.1 Litogra[w NaciO-nal ............ . Nota sobre uso de p:lpel sella· do en solicitudes y expe· clientes militares. Extr.tclo de artículo:> de la Ley J 4 de 1907. sobre La­za• etos. l~esnlucíóu número 4 de 1907, !Oobre exención á l.t :\dmi· ui~tra1.ión Gcmeral ele Tdé­wa~ s . . Resolución so b11.: i ncí ner11.ÍÓn de estampillas. Resoh11.1Ó11 s0bre t:xención á los empleados de las Ren­t. ls H~.:organiz:tda!'. Dccr ~to númt:ro 537 de 1907. sDbrc primas á denuncian­les. Actas cito incineración números :q. ::!5 y 26 Estampillas en a\IS· s y anun · cios. Promesa de permuta . Consulta y Hc,.r lución sobre u· O ele papel COill\1 11 e u fianza~ de guardar 1 at y de excarcelación . . . . . Decreto númt::nl 6-t8 de 1907, sobre l':dlo en las hops ele papclyue se entreguen ;, 1.1 L1togr ,, { i.t :\ acion;~l :t.tovimienlo de documentos prt\'aclo,. t::n Eogotú, en 1Lt· yo de 1907 . 747 492 493 493 494 495 495 5..!0 530 Act.t'> rle inciner:~ción nt'une­ros 27, 28 )' :29. · · · · · · · · ... ~Jo\'Ínllc.:ntn ele.: documentos pri\·acln!i en ;rlgunas rt:giones dc·l país. Visit;¡ del Supt rír,lenkgrafos. Resolución número 6 de 1907, sobre uso de papel común en sumarios criminakscuan· do se procede ck oti. in Telegrama del ~lini~lrn de Ha­ci~ nda, whre t:SIp:u ta­menl: t·e..,, ::-obre: e:--t.unpillas en rec1 bos. 1\lovimienlo ele docntlll'n!r s privados t.'ll Bt>goti•, l'n '1\lar­zo de 1907 Mo\':miento ue docunwntos privados en I3ogutá, en Ju­lio de 1907 Memorial y Resolución sobre revalidación de documentos privados . Circular de la Gerencia de 553 566 s68 5i9 óoo 6o¡ Ó09 ÓIO Ó33 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. JNDICE GENEHAL ncnt.IS, SOhrc pedidos tiC CS· pecics . . . . . . . Ad.1 ele incineradún nt'unero JO • . . . . . . Decreto número 1,0 •6 de 1907, que :w1 1~lu. en dcrt<>!' c.1so-,, el pl.tm p:u a solic.it.•r la certilk.,ción de lv:s clocn­mcntn'i pnvado•- . Hesoln.:ion sobre uso rdelle~ co­muni..: adas al Rcgi..,trador ele in~tnuncnlns pt1blic •s, sobre cmb.trgo y dcscmb.u go de btenc-. rniccs. . . . _ Decreto número 1.036 de 1907, sCtbrc Timbre N.1cional en los Lazaretos. . . . Resolucion número 1 .¡.de 1907, sobre ccrtifi..:.tclos de tdn­neiclad. . . . . . . . Resnlu..:i<)n que di::;pone qm: los responsable:> al E1 ano en l'l Rllno ele L.l7.:tretos no e~t.'111 exentos del p.tgo de la corlll ibución. . . . . Consnll1 y Resolución sobre uso de estampillas en avisos y anuncios. . . . . . Cothnlt.l y Resolución sobre pl:v.o p.m1 la so icitu 1 de certil1c.tción de d.,curnenlos pri\·,1dos y sobre anulación de c~lampilbs en las dili­genci. ls de posesinn . . . Cousnlt:l y Hcsolnción sobre el mérit•' que hay.m ele te­ner c11 juino los Libros ~la­yores tW st.un pi liados . . Movimiento ele docurncnt05 pnvadus en Bogot:1, en Agos­to de 19 •7· Consnlt.1 y Hcsolncion sobn: cierta da~c de lihranz1s co­nocidas con el nombre ele " Cheques " . . . . Res •lucion sobre exención del pag • del impuesto ;, la l<:m­prc,. t del re1 na:.u11l de An-tioqni., . . . . . . Con:;ult 1 y R ''>Oiuci•'m sobre us 1 de p.tpel comun en las órdenes comunú.:.l'll~ al Re-gistrador ele Instrnmcntos ÓJ.J. Público,;, sobre embargo y desembargo de bienes 1 <11- ces . Hcsolnc1Óll sobre títulos ele minas. . Consulta v Hesolm:ión sobre rcvocadone" de! slhtitucio- 6-t6 ncs de poder e, -Consulta y Hc~olucion ~obre l1 persona qu~' deba anular las estam­pillao. en lns pudt'l'l'S p.1ra plt·•tos . 1\1 o vi miento de clocumcn tos 6-t'í pri\·;,dns en Bananquilla, de E.ncro á Ago~to de 1907. ~In\'imient•> de documentos 677 privados en el Dc:partamen­to del Ca u ca, en Julio de I()C7 . 678 M en imiento de d , •cnmeutos pri\aclos en Bogot;'1, en Sep­tiembre de 1907 ~IO\'tmient > ele documentos pri\ .1dns en el Dcparlarnen-Ó94 to de Galán, en Mayo de 1907 ... Con~1olta y Resolución por la 694 cual se estahleccn las dife­renci. ts entre la ccrtr!icactón ele documento-> privados y el Registro de Instrumentos Púh icos y Pri\·adPs . Decreto número I.JOJdc 1907, 695 qul! reglamenta el cobro del irnpuest'l:> de navegación fln­v• al por medio ck especies ele Timbre Nacional . Ó9Ó nesoluciÓn sobre liSO de papel t:omún en juicios crimin1les. Con~ulta y R 7 . Mov•m•cnto de documentos privados en el Dep;u tamen· to dd Canea, de Agosto ;'¡ Octubre de 190 7 . . . . Mov11ntent o clt· documentos privados en Barr.1nquill¡¡ en N - b 1 f!\'17m re de 1907 . . . . Mov1mtento de documentos 1 pri\·ados en Bogol:í, en Di­ciembre de 1907. . . . . Resolución que dí::.ponc que los fondos t:ohrados por ta- 771 778 788 810 817 8~9 8so s:Jción ele costas en juicios ejecutivos seguidos por em­pleados ó enticlaclc:- que go· zan ele excnciun. deben in­gresar á las Cajas ele la Hcn-ta. . . . . . . . , . Mo,·imiento dl! docu'lH!IIIos privados en el Departamen­to de BoiÍ\':tr, en Octubre y ~oviembre de 1907. . . . M o\ imiento de documentos p• iv,tdos en algunas Provin­cias cid Departamento dd Cauca, en Nn\'iembre de 1907 ....... . Movimiento de documentos privados en el Departamen­to de Nariño, en Novkmbrc de 1907 . . . . Movimiento de documentos privados en Barranquilla en Diciembre de 1907 . : . Movimiento de documentos privados en Bogotá, en Ene· ro de 1908 . . . . . . Resolución sobre uso de papel común en los juicios cjet:u ti \'OS iniciados por Tenientes Políticos . . . . . . . Resolución sobre exención del impuesto á la Empn.:sa del Ferrocarril de La Dor.ula ..• Rdación de los documentos estampillados en algunas Provincias del Departamcn· to del Cauca, en Diciembre de 1907 . . . . . . . Movimiento de documentos p1 ivados en Bogotá, en Fe· brero de 1908 . . . . . Modmiento ele documentos privados en el Depa• tamcn· to de Bolívar, en Diciem­bre de 1907 . . . . . . Act~ ele incineración y recu1l~: numero 32. . . . . . . Resolución sobre exención del pago del impuesto á la Com· pañía de Teléfonos de 13o- 921 9 .,~ -) 93 2 933 945 946 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENERAL got,í y 11 la Empresa del Fe­rrocarnl de Girardol . Mo\'imienlo rlc documentos prh·.1dos en Bu ranquilla, en Febrero de 1908 . Pi(~lc:-: y dcg\.iollo Articulo sobre la Renta . Resolución sobn.· libertacl del comercio de pieles en la Go,IJir.l . . . . • . . Cuadro del tnO\•im iento de pieles en los Departamentos, de Juli•l de 1905 á Diciem­bre de 190b . . Nota sobre excnctón de cier ­tos impuestos Municipalt:s ó Departamentales Resolm:ión mí mero 1 2 ele 1907, reformatoria del numeral 2.0 del Heglamcnto ele la Hcn­ta de Pieles . Resolución sobrc pieles ele re­ses destinadas á bs corridas ele toros . Resolución nínncro 13 de 1907, sobre impuesto de carnicc ría ó m .nadero . Decreto número 129 de 1908, sr•brc precio~ de las pieles del 1.0 de ~[;uzo de 1908 en adelante • Decrdo número 333 de 1908, por el cual :,e s uprunc el monopolio de la exportación de pieles . Li<.:oi·c:-' Solicitud v Rcsoluci•'m sobre f¡'¡. brica:. cÍe licores de 1.\ Costa. Rcsolu~.: i ón número 121 de 1907 del l\linistctio ele Go­biemo, !>obre l'll\ io de pre­sos por lraude á l¡1 Heut,l ele Lit:orcs. . Rc solucí()n clt-1 Mi ni!>lciÍo ele Hacicncl;t de b Renta de Lico­res Nacionaks en el Dcpar- 1 la mento de Antioquia. . . 51 8 Co~sulta >' Res'?lución sobre vmos ele nnranJa. . . . . Memorial y Reso ludón sobre fábri cas de licores. 528 678 Resolución número 1 .!8 de 1907. sobre señalamiento del lu ~ar donde deben cum· plir las p enas los defrauda­dores á la R enta de Lico res. Resolu ción número 9 ele 1907, sobr e raciones á los defrau­dadores de las I~entas públi­cas. Decreto número 7..J8 de 1907, por el cual se obliga á los Rematadores á conlititmr un ap('lderado en Bogotá. . . Equivalencias de ~os alcohÓ· metros Cartier y Gay-Lussac [nfl)rme sobre el expediente de reclamación de Flohr, Price & C. 0 • Resolución de la G~.;rencia de Rentas fijando nuevo aforo para el remate de la I~cnta en las Pro\·incias de Aures y Aranzazu. Li c itación para el arrenda­miento ele:: la Renta de:: Li co­res N acinnales en las Pro­vincias de C.tldas y La Pl.1ta, en el Depart'lmento del Canea. l\Iemorial y Rcsolu cion s )bre grados del rnn Resolución sobre lij:lción del lug:lr dondt: dcht:n cumphr la pena los sentcnci:Hl•>S por fraude. Decreto mímcro 765 de 19n7, sobre introducción ck \ mos tintos, bhncos, dulces y se- 2 1 523 5-12 544 549 556 570 570 572 57Ó 576 577 577 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~2 BOLETI~ DE LAS RENTAS REORGANIZADAS coo;, de más de t 2° centesi­males. Decreto del General Córdova sobre la renta de Aguardien­tes de 1.1 anllgua Provincia de Antioqnia. Re:.olución o;obre rl.'bajas de penas ;1 lo.; dcfr.llld.tdores .. Resolución númt:ro 130 de 1907. sobre l~jaciún del lugar en que deben cumplir la pena los ddr.tudaclt¡n·s sen­tenciado" l'll los Dcp •rta­mentos de .\ntio1uia y Cal das. Resolución número 1 o de 19"7• sobre ex1stencias de ron en poder de p.1rtu:ularcs. Artículo ~obre esta Hcnta .. Notas de la Gen:nci.1 de Ren­tas y del 1\linisteno de Ha­cienda y Te;;m·o, acerca de unas llicilud ele los Rem:t­ladores de la Renta de Lico­res Nacinn:-~lcs en Pop:tván, sobre modificaciones al con­trato de ;.rrendamiento .... Resolución por la cnal se de clara que los Tt·nicntes Po­líticos son empleados pÚ· blicos. Resolución sobre distnl>ución del valor de l.ts mult;ts recau­dadas por fraudes á la Ren­ta de Licores N.acionale~. Resolución sobre fábricas de Licores. . . . . . Tclegram¡¡s relativos á la Ren­ta dt; Licores N.tcion::tles en Cantagallos. . . . .. Resolución del Gobernador de Caldas, sobre incompetencia para conocer de una causa por fr:lUrle a la Renta de Licores Nacionalts. . . . Resolución que est.1hlece que cualquier canliclad de hcor que se expend 1 ~1n hccncia debe con!>ider:trse como trauduler.ta. . . . . . . Decreto número r ,045 de t 907, por el cual se establece que los Agentes del Ministerio 6ot 6o~ 6oS ÓJl ÓJ2 6st 66) Público nn deben intervenir en los juicios por fraude á las Hentas Reorg.u1izatlas. Decreto nl'1mcro 1,132 ele 1907, sobre licfll e", f<)•foros. ci~a­r rillos y cig.trros ele-tinados al consumo de la tripulación ele los hullne~. Nota del Ministerio de Gobier­no acerca eh· los h1go~res donde havan de cumplir sus penas los ddrauclaclore-; á la Renta de Licores Nacionales Circular ele l.t Gerencia ele Rentas, sobre la obligación que tienen Jo,. ¡ueces ele l~entas de scii.dar en la sen­tencia ¡.,s lugares chnde de­ban cumplirse lao; penas de arresto. Resolución sl1hl e peajes ele los licores n.1ci m:~ ks. Adjudicacióu cid remate ck 1:\ Renta de Licores 1\acio nale-; en los Departamentos de Antioqui:t y Caldas. y en ),lS Provinci.l<; de c .• ldas y La Pl:tta, del Departamento del Cauc 1. Copia del auto de proceder y de la sentencia contra el Sr. Anselmo L e/m Gómt·z. por fraude á l.t Rcnt.1 ele Licv· res nacionales. Proyect.1 de reglamento sobre la prndncción y venta del alcohol impotable. I. Proyecto de regbmento sohre la protlncciun y \"enta del alcohnl impolahlc. 1 l. ... Hesolución número a 9-+ de 1907, dd Gobcrn:tclorde Bo­lívar, sob1 t: dno de palma . Resolnciou del l\li ni~terio de H aciend.a, sobre \'ino de palma. Doctrina correcl.t. Sobre facul­tades de los J~,· .. guardos ... Consulta y Rt:soluciun sobre introducción ele licores ex­tranJeros al Departamento deAntioquia, del J.0 de Ene­ro de 1908 en adelante .... 676 720 75' 7Ó7 792 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lNDICE GENERAL Consulta y Resoludón s0hrc procedí mientos en lo-.. jui­cios por fraude ;\ la Renta ele Licores n.1cionalcs. 803 Telegr.11na-Circular •obre tno· r.lllim~~ión ele l.t:. Rentas neorg.llll7..l(I.IS Szt Dccrel•> número 1.553 de HJfl7, s•>hrc conmul.lt;tou de !1 p.·r1.1 eh: mnlt.t t•n arn .. o;to, ;, razón Obre licores. ftlsfoms. Cl· garnllos v dg:uros destina­dos al con,umo dues ele artículos cnvos derechos co­bra el ll.utco Central, del J 5 de Septiem bt e de 1905 al 31 de Marzo de 1907. Re~otución sobre faros. Resolución mí mero 26 de J 907, sobre consignación ele Jos derechos de Puerto de b Aduana de Tumaco. Decreto número 742 de 1907, sobre derechos de export.1 ción de la tagua por los p,ut·rtos de Buenaventura y lumacn. Decreto número 765 de 1907, sobre introducctón de vinos tintos, blancos, dulces y se­~.: os, de más de 12° centesi-males. . . Resolución sobre pago de de­rechos de exportación del asfalto. Decreto número 832 d..: 1907, sobr c primas de e>:portación Decreto nttónt•ro 851 de r907, sobre dcn:cho~ de ex¡ 'nrt.t­c. ión de ganado macho. Cu·\dros de introclucci• 'nes de artículos cuyos derecho'> co­bra el l3.tnc > Central, en el primer semestre de 1907. . Dectelo número 979 de 1907. ~obre pago dt: las primas de exportación. . . . . Decreto número 1,132 de 1907, s •ht e lit'ores, fó·foros, cig,¡. Jrillos y cigarros destinados al commmo de la tripulación rlc los buq uo::s. . . . Dccrt!lo ut'unero 1. r 34- de 1907, sobre derecho.; de cxp01- tacrón de l:t p.1ja toquilla .. Resolución número 41 de 1907, sobre pago de los derechos 555 577 579 Ó03 6o8 6 ~., :>- 659 6¡6 ----- de importación del comer do de Tunj.t. , . . . • Dec1 cto número 1,3n2 ele 190¡, por el cual ~e ;¡plaz.t b 'i­gcncia del marc;•d·' con el númer., J, q~ ele 190¡, ~(lhrc cxpnrtación de la paja to­quilla. Decreto número 1.370 clt- 1907, reformatorio dll númc• o 976 de ICJ07, sobre cxp01ta· ción de la tagua. . . Resolución sobre intrcoclucci6n de tabaco y <,;ig,¡r rillos por la Aduana de Ipialcs. l nstrucciones á los Inspectores generales de Aduanas y Rentas Reorg.1nizaclas. · Vi si tadoreK Acta de visita á la Administra­ción Departamental de Bo­yacá y Tundama. Acta de visita al Juzgado de Rentas de Pamplona. Rt:l,ación de visitas pr;tctic:Kias Circular de la Gerencia de Rentas, sobre numeración de las actas. Acta de visita á la Agencia de Calamar. . Circular sobre Timbre Nacio­nal. . Circular de la Gerencia de Rentas, sobre visitas á las Tenencias Políticas. Acta de vis1ta al Juzgado de Rentas en Tunja. Relación de visitas pradica cl.ts. Diligencia de \'isita á la Agen­cia de Chin::ícota. DJiigencia de visit.\ ú 1:1 Agen-cia de Garzón. . . . . Diligencia de visita al Juzgado Provincial de Rentas en Garzón. Diligencia de visita á h Agen­cia de Garzón (conclu~nón). Diligencia de \'isita á la Agen­cia del Socorro. Ó99 759 900 497 S-o -=> sss Ó33 6.p 77Z ¡B e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDlCE GENEHAL Informe clcl Visitador Depar-tamental de Boh\',lr. . 926 Helacion ele \'is¡t,¡s practic.1· das hasta d 31 de Oicicm-hrc dt• 11Jú7. • 9-13 Dihgenci,t de \'isita :. b Agcn- , <'ia ele G•·.un tlott.>. 9-49 Dili~cncia ele \'isila :1 1.1 ,\gen· c.:ia de F10ntino. 963 Juzg~Hlo::::: de Rcut~~ N0tici.1s \'alias. Defraud;ulo-ras. 5• J Resolución número 12 r de 1907 del Mini~lnio de Gobierno, sobre envío de presos por fraude ;í la Rcn ta de Lkort's. e¡ t 6 Resolución del ~linislcrio de Hadc::nda sobre com·crs1Ón y n:baja de pc::nas. 516 Nnt:ts •wbrc sen ido de la Gendarmería r-..'.lcional. 517 Resolución de 1.1 Gcrcn~:i.1 so­bre jurisdicción del fuct. Sn· re• inr de Rcnms del Dc::par-tarnento ele BQIÍ\'ar. 526 ReqUisitoria del Jnet. de Hen. tas de la l'rO\·inda de Cú cuta. 567 Resolucitinniuncro 128cle 11.)07 , sobre scii:1lamicntn clcl Ju­gar donde del'en cumplir las penas los clcfraudadnres á la Rent.1 de Licores. . . . 567 Resolución número 9 de 1907, sobre r¡u.:inne~ de los dcir.lll· dad01 c.; á l.1s Rentas R.:org.t· nit..1das. 569 Resolnciun sobre fijación dcllu­gat Cll ']llC dt:bt'll Clllllpllr Ja pena los scntc:nciadns por fraude :"t las l~e nt.ts H •org:t-nil.. tdas 577 R csolucitHI s hrc nt'1c rc:haj.ts de pcn:ts á los defl.lllcladorcs {t Jac; Hentas Heorgauit.adas. I~csolu~.;ión número 130 de 190¡.sobrc fij.1ción del lu,ga•· donde deben cumplir la pcn.l los dcfrandadorc" ~entcnci.t· dos en los D epartamentos de Antioqnia y Caldas. . Dccrctl) nt'1mero 8$3 de 19 ¡. sobre conocimiento de cier· to• juicios contra empleados de las Rentas Rcorg;miza. das. Decreto número 88-t de 1907, snb1 e la m::lnera de h.tccr efectiva la pena de multa á los defraudadores. Relación de los asuntos falla­dos en el Juzg.'ldo Snpt:rior de Rentas de S:mtander y Galán, en Julio de 1907. Cuadro de los procesos que han sido despachados en el Jut.gado Supe1 ior de Rentas del Cauca, en Mayo y Junio de 1907. Resnlm:ión sobre distribucíún dl' 1 \'alor de las multas rec.tu· dadas por íraude á la Ren­ta de Licores Kacionales. Resolución del Gt,bernadnr de Caldas, sobre incompetcnci,t para conocer de una cau· sa por fraude á la l~enta de Licores K acionales. Cuadrú de l os asuntos que han cursado en el J ut.g.tdo de Rentas ele la Pro\'lncia de Arb leda, del t.0 ele ~Iart.o al 15 de Agosto de 1907. Rdacion de los negocio;; que se han radicado e u d J ut.ga · do Superior de Rentas del Dl!parlalm:nto cll! An•• ngllla, en J nlio de ICJ07. Relación de lo~ asuntos falla­dos en el Jut.g;ulo Su1wtior de R~ntas de:: B )y acá y Tun· dama, en Agosto de 1907 .. Decreto número 1,045 d.: 1907, por el cual se establece que los Agentes del 1\Iwistcl io Público no deben in ten en ir ÓOI 6os 6os 635 61'8 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2 6 BOLETIN DF: LAS HENTAS REORGANIZADAS en los juicios por fraude .'1 las nenias R.:OI ganit.aclas. . Cuadro de los ;,~unto~ que h,111 cut s.tdo en el Jnzga• In Sllpc· rior ele Rent ,-; de 1\';uíiw, en Junio y Julio ele 19tJ7 CuadH) ele los neg 'cios que cur~an ~.;n el 1 nt.~.,do de Rcn · tas de la PnH"int'i.l de P.tslo, en Julio de 1907. Cuadro de Jo.; nc~ocios pcn· di en tes en el J augado ele • Rent:ts de la PrO\'tnci~ de N ci \':l, hash el 3l ele Agosto de 1907 .. Relación ele los negocios que han entr:tdo :\1 1 tugado Su­pedot de Renta<; dc Antio quia, en Agosto de 1907. Resolución número 1 3~ de 1907, sobre llj.1cion del lugar donde deben cumplir su pena los sentenciados en los De· partamentos de Santander y Galtín por fraude á las Ren­t: ts Hcorganat.ad.ts. Resolución ~obre arresto y multas :í lo=- defraudaclon:s á las Hcntas Re· •rganizadas. Resolución que clckrmina de que asuntos rlcbt ·¡ conocer lc,¡s 1 ueces de Hent .l'i en jui­cios de res¡ •on~ahiliclad de los empleados de las Hcntas Renrganir.acla<>. Notadellllini-.lerincle 3nbicr· noarerc.1 de(. •S lugares don· de hayan ele cnmphr s us penas los dd rauclaclon:s :i la Henla de Licores Nacio­nalt•$. Circular de 1.1 Gcrenci·t ele Hentas, sobn: 1.1 ol·úg;-.ctún que l it-nen !t os Jut:ccs de Rcntas de scti.tl:tr en la s::n· tcncia los lugares donde de· ben cumpli1 se (,,s penas de arresto. . . . . . Edicto empl.tr.alot io del J ucz de Rentas del Dil>lnto C.tpi· tal. . . . . . Requisitoria del J ue;r. de He n­las de la Provinci.t del Smú. Cu·Hlro ele lo~ asuntos que 675 h.111 cursado en el Juzgado de:: Hcnt.as de las Pro\'incias ele Arbolcd.t y Quimlto, del 15 de .\~osto al 3" de Scp- 68o ticmbrc dc 1907. Relación de los negocios f ¡JJa. dos en el 1ntgado Superior ele Rentas del Distrito C.lpi- 682 tal, en Septiembre rlc 1907. Cu.tdro de lus asuntos que han cu• sacio en el J ••.zgad de las Prr •\'ÍtH.:ias de Oca­ña y Hín d~· Oro, h.tsla el 3 r de Odubrc ele 1907. . . Cuadro ele lns:vmutos lJUe cur­san en el Juzgado dt• Ho!nt.ts de la Provinci.t de o,·ciden­te (Bw.tc.í) en .::\o\·iembre de IqÓ7. . . • Rcquis1toria dd 1 uzg.1do ele rRcnta~ dt: l;t Pro\'inci.t de Cúcut.t. . . . Resolución por (,¡ cu:ll ._,. dis­pone qne los J ne~..c-.. ele Rcn· tas no tienen clert!cho a las vacacicme, del Poder 1 tJui­ci. d. Cuadro ele los JH:~oci' ,., l)\IC cur:-:ln e11 c·l 1 uzg.Hio \'Jnci '"el; Oca­ña y Hto de Oro, en O.:tnbr e de •IC)O]. Cuadro de Jo, asunt•1"' •¡ne nu·. sau en el !nl~·•· lo dt.: H •. .-n · t:l,; de la 1 'nH'inci t ele P.ls· to, en O.:tuhrc de ll)O] ... Cuadro ck los JH.'gncÍ•lS qnc cursan en el J uzg te! o de Hcntas d<.: la Prodncia de Oriente (Cundinamarc.t), en Noviembre de 1907. Dccretn númcm . .p dc H)08, sobre juicws contra \dml­nistradorc,., Dcp.trtamcnl.l- 8oo les de Rentas Reorganizadas I~esolución por la cu:ll se e,ta­blcce que Inda clase de sen­tencias por fraude á lao; Ren- 8o3 tas Reorganizadas cld.,en consultarse con loo; Juzga dos Superiores de Rentas .• 8o6 ' Cuadro de los asuntos que cur­s. tn en el Juzgado de Rentas de las Pro,·i nci:ls de Gir:-trdot y Sumapaz, cn Xo,•iembre de 1907 8o8 Cuadro de los ne~ocios que cursan en el Juzgado de Hentas dc las Provincias t.le Santander y C:lmilo Torres, en Noviembre ele 1907 ... 812 Cuadro dd número de proce­sos que han cursad•1 eu el Juzgado Superior ele Rcntns de Popayán, en Octubre de 1907. 814 Cuadro de los procesos que han cursado en el 1 nt.gado Superior de nentas de Po­payán, en D1ciembre de 1907. . . . . . . . . 8t6 Decreto número 1,553de 1907, sobre conmutación de la pena de multa en <~rresh>, á t< 1 8 rat.on de$ o-so pllr día. . . Cuadro de los negocios que cursan en el 1 uzgarlo Supo.:­rior de Rentas de Cald.'ls, en Diciembre de 1907. . . 81 1 Cuadro de los procesos que cursan en el J ttt.~ado de Rentas de l.t PrO\ incia de f'opayán, en Diciembre ele 1907. 812 Cuadro de los a~unto~ que cur­san en d J n/.gado d de la Provincia del Carmen (8.). . . . . . Resolución sobre procedimien­tos en juicios ror fr:tude á las Hcntas Hcoq,; lllil.aclas cuando se ha con ce lido cx­carcel:~ cion con fiann. Relación de los procesos de que h.t conocido el J u.zgado de l~entas de la Pro\ incta de Pamplona, del 1.0 de Fe­brero al 31 de Diciembre de ~yo¡. . . Relácwn de los individuos condenados por el J uzgadc. de Hentas de b Pt m·inci 1 de Xci\':\, dur:tnte el año de 1907. . Rc,oludón sobre notificacio­nes á mujen:s honestas en juicios por frau le á las ren­tas .. Nota_ dd ~lini:;terut de IJ ,¡ . ciend.1 al Gobernador del Depart.tmento de Calda<; f ' 1 re eren te a rebajas de penas Cuadro del mo\'im1ento de 888 888 8yo 910 ,\sunlos que han curs.ulo en l'l J uzg.1dn de H\!nt.Js de lns Prcwincias ele Arll\tlcda v Quiudio. de de el , u ele :O.Iarzo h.tsta el JI de Di l.'tetnbrc de 1907. . . Cuadro de los negocios de que ha conocido d 1 u:rg.t!lo 5uperior ele Hcntas rk- Bo­yac: l y Tundama, en Febre­ro de 1908. Resolución que dtsponc que );~<; consultas que hn~an los Jueces de Hent,\S y Jos Tc­n. ientes Pol!ticos al Mir¡istc­no de Hactencla. deben ha-cerse por conduelo ele la Gerencia de Hentas. . . . Cu:1d ro de los asuntos que han cursado en el J uz~aclo Pro­\' Íncial ele Renta" ele G:~rzón en Enero ele 1908. . . : Cuadro que manifiesta el esta­do de los asuntos que han cursado en el Ju¡¡;gado de Rentas ele la Pro\'incia ele ~Iagangué, en Febrero ele 1908. . . . . - Cnaclro qul! manifiesta el esta­do de los asuntos que han cursado en el J uzg.tdo Su pc:rior de Rentas de Bogotá, en Febrero de 1908. . .. Requisitoria del J m:gacl•l de R entas de la Pmnnl:i,t ele Cartagena. . . . . . . Cuadro ele los asunlns que han cursado en d J tu:gaclo de Rentas ele la Provincia de Oriente (Cundinamarca). en Febre•o de 190R. Cuadr > de 1 >S a•mntos despa­chados por e 1 J u¡¡;g,\do Su­perior de T~ ent.as del Toli­ma, en Febrero de r t)rt8. Hcquisitoria del J u1.g Hlo ele Rentas de la Provincia Ribe­reñ. l del .1\ l agdalcn:t. Esta<.lÍ:--tü.:a Cuadro de la e; introducciones 9251 por las Aduana.::, de artícu­los cuyos derechos cobra el 934 940 955 990 994 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. INDICE GENEHAL B.mco Ceutr,1l, cid 1 S ele Septiembre de 1905 al 31 de ~layo de 1907 ....... . Cuadro cid movtmiento de pieles en los Departamcn tos, de Julio de 1905 ti DI­ciembre de 19.>6 . . . . . 1-Iovimienlo ele documentos privados l!ll B •g<'lá, en Ma­yo ele 19:17 . . . . . . ... . .. Datos estadísticos de las Ren­tas Reorganizadas en el De­partamento ele Antioquia, en el mes de Abril de tslo de 1907 ...... . . Relactón de los negocios que se han racl i ca do en t:l J uz­gado Superior de Rentas del Departamento de Antio­quia, en Julio dt: 1907 ... Relación ele los asuntos ialla­dos en el Juzgado Su pe1 ior de Rentas de Boyacá y Tundama, en Agosto de 1907 ' ....... .. ..... .. . Cuadro de los nsuntos que hnn cursado en el Juzgado Superil)r de Rentas de Na­riño, en Junio y Julio de 1907 .... • ... .......... Cuadro ele los negocios que cursan en el Juzgado de Rentas de la Pro\'incia de Pasto, en Julio de 1907 Cuadro de los negocios pen· clientes en el Juzgado de Rentas de la Pmvincia de Neiva, hasta el 31 de Agos-to ele 1907 . .... . -...... . Relación de los negocios que han entrad\> ni Juzgado Su­perior de Rentas de A.ntio­quia, en Agosto ele 1907-·· ?IIovimiento de documentos privados en Bogotá, en Agosto de 1907 ...... · · · · Movimiento de documentos privados en Barranquilla, de E o ero á Agosto de r 907 Movimiento de documentos privados en el Departamen­to del Ca u ca, en Julio de 1907 ..... ..... ....... . Cuadro de los asuntos que han cursado en el Juzgado de Rentas de las Provincias de Arboleda y Quindío, desde el r 5 de Agosto hasta 668 68o 682 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 30 ROLETI~ DE L:\S RE~TAS REOHGANIZADAS el 30 de Sepl icm hrc ele 1907 Hd:wion de lllS negouns fa­llacl• lS en el Jn1.gado Supe· wu de H.:nlas del Disll ilo Ctpital. en ~-kpll ·mb1e clc ll)ll7 . . . . • • . • . . . . . . . - Cuadro de los nsunlos que h::~n cur~aclo ~·n el J uzg:Hlt Su­pcrior de Hcnl.ts del Huila, cid 1.0 de Junio .ti 30 de! Septiembre de 1907 ... l\.fo,imicnto de clntumentos pt ivaelos en Bogol.l, en Sep­tiembre ele 1<)07 . . . · · · ... Mo\'imicnto ele documentes prindos en el Dcp.u lamen­to de G:1l.ín. en ~layo de 1907. . . . . . ...... . Relac1on ele los dm.umcntos estampillados en el Dep:lr­tamento de G dan, en Junio y Julio de 19<1]. Cu::~dro de lns negocios que han cursado en el Juzgado de Rent:1s de la Prm•incia de Combeima, de ~Iarzo á Octubre de 1907 . . ..... . Cuadro del mn\ltnÍcnlo ele negocios en el J nzgado ele Hentas de la Pt o\'lncia del Centro (Antioqni.1) desde su estahlecimiento '1:tsta el 1 de Oc tu bn: de t 907 ... Cuadro de los prnce!.os sus­tanciados en el Ju7.gado Su­perior de Rent.rs en Popa­yán. y de,;pachadns en Agosto y Scpltembre de 1907 -. . ... ' ...•..... Movtmicnto ele documentos prt\':lci<)S en Barranquilla, en Septiembre de 19 7 ...... Cuadro de lo, negocios que cursan en el J u1.gad•> de Rentas de la Pronnda de Mompó:., en Octuhre de 1907 . . . . ........ . Movimiento d~: documentos privado,; en B.•rranquilla, en Octubre dt: 1907 ..... Mo,·imit:nto de documentos privados en Bogota, en Oc-tubre de J 907 .......... .. 734 743 778 794 So o Soz 8o8 8 10 Cu.1dro de l• 'S asuntos que cursan en el J uzg •do de Hentns ele 1.1 i't O\ incia ele Oriente (Cunclinamarca), cn Octubt e de HJ07.· ..... Cuadt o de los asnnllt iemhr c de 1907 o. o o ... o o o . o .•• o. Cuadro' de lo~ ,tsunt riS que Clll s.m en el Juzgado Supe o 1 ior ele Ht:nta., de C.tld .ts, en Dit:icrnhre de 1907 . . ... Cu:rcln) negoci•lS que cursan e: n el J 11/._l?.ado de Rentas dt• la e; P1 o\'inc1as dt: Tcnz.t y Jl:eira, en Diciem­bre ele 1907 o . o • .. o . . • o • • Cuadro ele h>s as un tos que han cur,.aclo en el J uzg:ulo St:J'enor ele Renta, ele l3o­yac.\ y Tuml.un t, en Ui· cicmhre de 1907. Relación de las p lantaciones ele tab.1cn cxi~tt:ntes en J,¡~ Pro\'inci.ts de Gu arcl"t y Sumapaz,en Enero ele 1908. Movimiento de documentos pri\':tclos cu B.uranquill.t, en No\'iernbrc de 1907 ..... .. Mo\'imitntn de documentos privados en Bogotá, cu Di· 8-t ele Hentas de la Prminci.t 870 ele Nciva, durante d añil de 1907 ....... . o Cuadro de las empresas y plantaciones ele tabaco cxis· tc::ntcs en los Deparlamen- 878 t•>s ele Anlioquia y Caldas, en los :~ños dc 1906 y 1907. 1Io\·imienlo de documentos pnvadns en el Departamt:no tv de B coh\·ar, en Octubtc y 88o ~.,,·iembr~.: de 1907 . . o . ... ~lO\ imiento de de cumcntos en algenas Pnwmci:rs del DeJ'artamento dt: 1 C:tnc a, en ~ov1embre de 1907 o o 88-t ~lo\·imienlo de document 1s en d Oepart.unento de :\ .1· 1 iño. en :-\o \itmbrc y Di ­ciembre dt: 1 <:J07. o ~lu\·imiento ele d o cumentos 888 pnvados t'll Bananqmlla, en Didembre de 1907 . . .... o. .Mcwimic.:nto de documentos p1waclos en Bogot.1, «::lEne· ro de 1908 . . . .... o ... 890 Relación de los documentos privados es ta m pi liado.; ~.:n algunas Pro\•inci:ls del Dco partamcnto dtl Cauca, c:n 891 Diciembre de 1907. . . . .. MO\imit>nto de docunrcntos 1 pt ivgot.í, en Fc- 89-t 1 brero ele 1908 . . • . . . . • .. Cuadro del movimiento de asuntos que han curs ado en JI 9 10 921 933 933 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Jl BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS ----- el Julgaclo de Rentas ciclas PrO\·i nci;~s de .\rholecla y Quindio. clcl 1.0 clt: i\I:u 7.0 al 31 ele Diciem brc de 1907. Cuadro de los nc;:!'H.:illsdc que ha conocitlo el Ju z~aclo Su· pcrior de Hcnt.t' !k Ho\';H.·á \' Tundama, en Febre1 o de ·,90S . . . . . . . • . . . Movimiento de documentos en el Departamento de Bo­li\". tr,en Diciembre ele 1907. Cuadro de Jos asuntos que han cursado en el Juzgado Provincial de Renta-; en Garzón, en l<:nero de 1 908. Cuadro que mnuiliesta el es­tado ele lns asuutns que han cursado en el J nzgado de Rentas ele la Provincia de Magangué, en Febrero ele 1908... . . . . • • . . . . . . .. Cuadro que manifiesta el es· tado ele los asuntos que han cutsado en el Ju;.g::~clo Su­perior de Rentas en Bog •tá, en Febrero de 1908 .... Cuadro ele los asuntos que han cursado en el Juzgado de Rentas ele 1.1 Prm•mcia de Oriente ¡Cundinamarca), en Febre ro de 19 >S. . .. .. Cuadro de los :~suntos despa· chaclos por el Juzgado Sn­pelior de Renta-; del Toh­ma, en Febrcw ele 19 08 .. Movimiento de clo~..unH:ntos privados en Barranquilla, en Febrero de 1908 .... Relación de Jac¡ pl:lntaciones de tabaco ex•stcntcs en las Provinci .1~ ele Combcima y Salelana, en tr del Departamento de Hnlívar en nn asunto de con-trabando ....... . ....... . Resolución número 1 r de 1908, que lija la ración ele los con­denados por fraude á las l~entas Reorg:tninclac; que -.ufr;,n su pena en las cárce­les deCircuito . Decreto número 335 ele 1908, por el cual se elimina un im­puesto y se hacen reduccio­nes en el personal de la Na­v «::gación Fluvial... Instrucciones á los Inspecto­res generales de Aduanas y Rentas Reorganizadas. . .. • 33 912 979 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Boletín de las Nuevas Rentas - Índice del Año II

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  • Exclusivo BibloRed
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Influence of essential oils on the quality of Vigna unguiculata L. (Walp.) seeds compared by traditional method, image and multivariate analysis

Por: Takako Matsumura-Tundisi | Fecha: 2024

Los extractos de plantas medicinales se utilizan para el tratamiento de semillas con el fin de reducir la acción de los fitopatógenos y aumentar el vigor de las semillas. En la actualidad, se ha utilizado el análisis informatizado de imágenes para evaluar la calidad fisiológica de los lotes de semillas. El objetivo fue evaluar la eficiencia del software Vigor-S® en la evaluación de la calidad fisiológica de semillas de caupí tratadas con aceites esenciales, comparando con una prueba tradicional y el análisis de componentes principales. Se analizaron dos cultivares de caupí, BRS Tumucumaque y BRS Guariba, tratados con dosis de extractos naturales de Alfavaca, ajo, cola de caballo, citronela y ácido piroligneo. El método tradicional consistió en evaluaciones para germinación, conteo de primera germinación, emergencia de plántulas, índice de velocidad de emergencia, envejecimiento acelerado, materia fresca y materia seca de plántula y el análisis de imagen para: longitud de plántula, índice de crecimiento, índice de uniformidad, índice de vigor y germinación. Se aplicó un análisis de componentes principales para reducir el número de variables. Los extractos de cola de caballo, alfavaca y citronela resultaron eficaces para aumentar la calidad fisiológica de las semillas de al menos un cultivar. El software Vigor-S® demostró ser eficiente en comparación con las pruebas tradicionales para evaluar la calidad fisiológica de las semillas. El análisis de componentes principales es un aliado para identificar los mejores extractos y dosis a utilizar. El método de análisis de imágenes demostró su eficacia en comparación con el método tradicional, por lo que puede utilizarse.

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Imagen de apoyo de  Gil Blas: diario de la tarde - N. 549

Gil Blas: diario de la tarde - N. 549

Por: | Fecha: 20/06/1913

Director, B. Palacio 'O':ribe ADMINISTRADOR, LUIS CESAR CARRASCO AÑO IV DlA"RIO DE LA TARDE . . ·¡ Falsifica~ién ~!. CHOCOLATES "LA MEJOR" EXCEL.ENTE UACID,AD .¡ l>~ manera esp€~ialllamo la atención de los .consumidores de mi cervéza X..Oa 1.\li:Eti'OH.ES PRUEBEN'SE .,, EL -~CABRITO" - lll lrc1ude· que se está comet~endo desde h·ace días, colocando mi etiqueta so­bre las etiquetas de otras clases .rle cerveza muy inferiores, para vender éstas como de ''EL CABRITO" Kste - ho me ha sido denunciado por varios consumidores y, además, o h~ oj)se~ ~r. multitud de botellas vacías que han llegado a mi Fábrica ec la forma citada, de lo cual hay testigos presenciales. K~sta de esta falsificación, que se está persiguiendo hasta poner sus aut' res flll inanos de la Autoridad, he resuelto desde hoy po1:er a mi cetveza la f qpeta atravesada en la botella, de manera que cu~uier consumidor puede ~servar a primera vista ,si adolece del fraúde de tener debajo la eti­F eta de otra marca. Ade_mas, hay qu~ fijars~ mocho en el corcho de la bo. -!!la, el coal debe tener i marca por ambos lados. . - RUDOlF KOHN Propie~arío-Fabrican re A:QUJ1 do los fe rrocani les que pa 1ttu d €' e~ ta ciudad. . Expendio de ti g ll t- t e:- directos ptlfa phsa je¡; combiuaJ os e~t· e los fe rro?~ rnl e., de b Saku.a , Girudot, La Dómda, Bnrr11nqu ill 'l y Oart¡¡.gena, eo cooexlOn _cou !c.,; Ynoore., ;:" ~re"" .i .. ! Alto v Ba io Magd 'lleoa . · E< éx u.:': ~ lo e~ta 11bienu d~F de las 6 ~':fa. m. ba:;r.a ! a~ 8 p. m. i.Jtr't'(;~ l ÓIJ. t~ !t>g • nt.as. El mejor surtido. Las me­jores rnarca.s. I.os precios más bnjos de la ca pi tal. O cupe usted este perió­di co Pectoral ~e Cereza del Dr. AYER N O TIENE IGUAL ra.ra. la curación ráp¡da de Resf r iados, Toses·, C ripe, -Y-Mal de· Carganta. Alivia la tos más afl.ic.. t lYa, ·palia la iu Oamación de la membrana, desprende­la t10ma y produce un S l~~'ñ O r epa.r,adoÍ·. Para la d el Garr:>tillo, Tos F· :• y todas las afeccione monáles á que so ~ propensos los jóvc" r:- 1 hay otro remet.li j eficaz que El .Pectoral de Cereza del r .,~ PRIMER PREMIO EN LAS Exposicioaes UniYersales de BarceaOu y Cbiaíro.· • Preparado perseve• d d d 88 ' 1 1 rante grandes meJoras materaales en es, e an_tes e 1 ~~ con t; 50 0 Ita secci6n de la ciudad encomenda­parente~ ts del Qumquento, en da a su inteligencia y pericia. q~~ a vtrtud de su~ nexos de fa- Para festejar el centenario de la fa . mtlta, de sus afintd~des legales mosa heroína Policarpa Salabarrieta, con el señor Joaquín F. V élez, el 26 de enero último, consiguid del vióse bruscemente separado de Ministerio de Obras Públicas el arre las arcas nacionales no cierta glo de la Plazuela donde se halla la mente por conviccidnes políticas estatua de la ~ran. mártir colombiana. · 1 lt d 1 rtido ' Ha consegUido aguahnente la cons- Enanos Y gl'gantes 01 por ea. a a ~a que tan-~ trucci6n de dos alcantarillas valiosas t~s y tan mme~ectdos honores le en calles importantes del mismo _ba· . dtspensara. As1 lo reza el apoyo rrio, lo que implica comodidad y em- Los señores · Lácides Segovia que prestó luégo al funesto y 11 bellecimiento en dichas calles . . Y Manuel Dávila Flórez han sido arbitrario reinado de la quimera. Actualmente se trabaja con empe­degidos para representar la Hoy, a pesar de su recalcitran '¡. ñ? en arreglar la v~a más corta de la Asamblea de Bol ívar en el Con- te libera lismo no há mucho mo- , ctudad al Paseo Bohvar y al efecto se ·greso Eleccionario Político ·y Eu tejado por Ld Crónica, represen ! ha ~omen~ado ya la ~onstrucci?n de carístico, que se reur.Ürá próxima t a an t e e } V't can•o d e C n•s t o nad a ,j )a r,e spect'idV a alc,a ntanlla, trabaJO que t 1 't 1 d la R ' , . ¡sera segut o, segura e1 progresi·s ta pen men e en a capt a e epu- menos que a _la Repub!tca del Sa samiento del referido Inspector, de blica para fomentar la refinada hi grado Corazon ~e Jesus, lo que las obras necesarias para alcanzar un • pocresía del Partido co~servador implica que ya el Liberalismo no acceso rápido y fácil al Paseo Bolívar, y tr~bajar por el candidato presi- es pecado. que es uno de Jos sitios. más amenos .dencial de la Curia. La misma :;enda de los consa de Bogotá No hay cargo ni función de bidos tres bemoles, vienen reco- Si el señor Olarte fuese decidida - de carácter público relacionados rriendo !os señores Segovia y Dá mente ap?y~do en su~ anhelos de pr-o 'COn el Departamento de Bolívar vtla Flórez en el Departamento gres<', deJana ~~ras 1mpereced~ras y fi 1 nn.-P~!"·l , • un recuerdo cannoso en el barno que .que no se con eran a os se Boltvar. Son hombres unnrer- 1 le h\1 tocado gobernar. Desgraciada. Segovia y Dávila Flórez. Par~ce "" a1 e s, aanque e1 uno es an t e t o d o l mente sus esfuerzos resultan estériles u_e aqu el D ep.artamento en otro f~' ne_b re y e 1 o t ro e xper t o ¡' en n.a, s de una ·, ocasw·,n . H a quen' d o tan e nturoso tan se convenie te el lo 'lrh"" b .1 d d y COffiU 11 f' S, a prosa mazo peños generosos. para Hvm res ue \ 'Cl' a ero prestio-io 1 -·d d L' 'd S · d . .. b p an1 era e ac1 es egovta. por causa de las lluvias el t .y e pnvtlegiada inteligencia. D e 1a poest' a su blt' me y sentí- cutado en enero en la plazuela La gran sección de Colombia mental de Candelaria Obeso. cu. cionada, es preciso que a la tqne antes se ufanara con los nom yos ecos armoniosos resuenan to brevedad posible se disponga la .bres gloriosos de Candelaria O be da vía a través del sepulcro y de cada'?ización o el e~pedrado corres · so, Diógenes Arrieta, Rafael N ú los tiempos, se ha bajado a . las pondtente, a fin de evttar los grandes · ñez, Felipe .-\ ngulo, Francisco de encaniJ'adas concepciones del se- lodazales que se forman con ~os !ue~- p l\lf t S ó B t - · , tes aguaceros, como ha sucedado, ultl.- . .-1ano as, ~ tm n ossa Y an- nor Dávt!a fl6rez. mamente con notorio perJ'uicio de los ·tos otros que han deJ'ado estela L a an t tgua !{ran d eza se h a t ro ¡ 1 trabajos ejecutados allí pl)r el Ministe-luminosa en los apacibles domi- cado en p_equenez. , rio de Obras Públicas a petición del .nios de la poesía, en la literatu- El glonoso cedro del L1bano señor Olarte. Ta, en la oratoria, en el gran rei- cuya sombra generosa daba am- 1 ' · mo de la política, en la ciencia del paro a los hombres y a los pue- . ------- derecho, está ahora condenada blos, se ha tornado en zarza vil¡ N 1 para chauffeur ....... . por los hados pérfidos e implaca- que amenaza con sus pinchos des bies a echar mano para todo de garrad.ores y crueles. . j El lu)óso auto de propiedad del se los señores Segovia y Pávila Fió Los enanos han reemplazado a ñor Pedro Jaramillo, que manejaba rez. los ~io-an tes. j esta mañana su sobrino don Genaro Sucede hoy al Departamento Lo~ monarcas del pensamien-. a~r~pelló cerca a las oficinas, de este de Bolívar con sus criaturas di- to· los cantores que hacían vibrar 1 d1ano, un carro. que conduc1a cerve ­lectas, lo propio que n. la Unión 1' 1 1 za de Germanta Resultados: el carre e a ma Y os ~ora~ones con sus ro herido y t.l auto con la barra, una Republicana en los días efímeros arpas armomosas, los famosos linte.ina y algunas vidrieras dt:speda de su mayor grandeza y poderfo, oradores que nos transportaban zadas. días en que los candidat0s obli- con la mente al seno de la clási- Cada día nos convencemos más de gados para todo, aun para ba;rer ca. democracia de Atenas, hánse que para nanejar estos vehículos mo­Jas calles, eran lo~ señores ·~ ICO- visto sustituídos por personajes dernos se necesita ser verdadero ckau lás l:. ~guera, Gmllermo Qumte- 1 de oropel por notorias mediocri- fftur y que para ser ckauffer se nece ro Calderón y Carmelo Arango. dades. ' . sita estudio y disp?si~ión. Sin embargo, de estos tres bemo ; Después de la Regeneración 1 Lamentamos el mcad.ente. 1 • .. e~~~~ ~~ V~n ~z~~~~ . ... El Consejo de Go-bierno frente al Presidente Gómez EL MINISTRO DEL INTERIOR SEROR CESAR ZUMETA, HACE RECOGER POR LA POLICIA UNA EDICION DEL PERlO orco EL TIEMPO-EL POTOCOLO FRANCO­VENEZOLANO El Consejo d~ Gobierrto de V ene· zuela es el consultor legal del Presi· dente y todos los actos de este tienen que ser previam~nte sometidos a la consideración de aquel alto Cuerpo según dice un folleto que llaman Con~ titución de la República. Protocolo y a emitir informe en e tér mino de dos días. El Consejo, con la vista puesta en la Antilla holandes de Curazao, en la que se han re(!• i do varios de sus miembros, aca ó ll sentencia de la Alta CO!j:~ Feder,J e informó impugnando el Protocolo. Mientras el Gobierno del .Pre;:"dc r . te de Gómez anunciaba pomposam ~ n · te la reanundación de las relc. c1 nes con Francia; a base de equidad de justicia para Venezuela, sin hacer ·men ción de los términos del Protocolo, El Tiempo de Caracas lo publicó en su edición del 29 de mayo. Al darse cuenta el señor César Zumeta, au or de El Contitzeute Enfermo, antiguo y batallador periodista en el extranjero y que hoy finge de Mtnistro del n · terior en Venezuela, de la audacia del periódico capitolino, orden6 a la Po ­licía recoger la edición de El Tumpo y los "eñores gendarmes provist0s de las .listas de suscriptores, dieron el triste espectáculo, de ir de casa er1 ca· sa, acompañados de los. re-partidores, para cumplimentar la orden del dn nó erala sei'íor Zurneta. No obstante la enérgica medid1 del Gobierno venezolano, GtL BLAS pue­de ofrecer a mañana sus lectores el tex to íntegro del célebre documento El once de febrero de este año fue El G~neral Quintero firmado por los representantes de Ve· nezuela y Francia un Protocolo para Cindad Bollvar, t8; .Cúcuta julio 19 de 1913 la reanundaci6n de las relaciones di N uevo Tiempo, Unidad, Sm~áad, D ber. .J CrJ· n t"ci!, GIL BLAS, Centro~-Bogotá plomáticas entre ambos países, con-venio qu.e empezó a regir el día 21 Próximamente sigue esa capital, vía del mismo mes, sin el voto consultivo I' B res, que han arrancado un grito de r· robación a! mundo civilizado? No h~ · lugar para lp indigna r.ión, sino para la c0nmiseración. Méjico pade ce del mal convulsivo, y nadie tiene J ~ eul a de h a llars ~ cnferm v. De esta ·p¡ se os o. uu ci 1 de haberse otorgado una amnistía pa ra . borra r las huellas de la rev o' u ción contra Madero. Bien está la am .11 :c-tía, pero se- nos ocurre preguntar: ¿de qué servirá ·esa medida de c'e· m ncla si los mad~s o liberales l. · ¡_.si¡JG o asestnados o ahuyentados e Méjico? La matanza, por un lado, y la proscripción y d destierro por otro, han concluído con los . liberales maderistas. ¿A quiéo, pues, va a be eficiar la flamante amnistía? Figuráos a Sita amnistiando después de habe,. exterminado a los partidarios de Ma­: io o a éste perdonando a Los de Sila después de no haber dejado uno vivo. Otra noticia nos llega, también, de Ciudad de Méjico, a saber que "ha. b1 á elecciones libres:• en el próximo mes de julio. ¡Elecciones libres\ Esto una guasa siniest ra. ¡Quién se atre · Vl•) nunca a votar l.ibremente contra Porfirio! Durante su dictadura las elec iones hacían en el papel. Con don Porfirio to~o era allí "porfi rista 11 Desg·:lcia -lodel qne "no" lo hu biese ido! ¡ Elecctv.::.:;; l.IJCes en Méji ec, despues-de e1tterminio de Madero, de Suárez y de todos los liberales, des pués ce haberse reimplantado el régi­men "porfirista11! Donde impera el te· . ·)r, no puede haber "elecciones li b es. 11 O nadie osará ir a buscar, o los que vayan tendrán mucho cuidado en votar t'n favor de los candidatos del Gobierno. ¡Hay de! que se atreviese~ / votar en contra! ¡Elecciones libres donde no hay ning\lna garantía para la vida! Desengáñense los que traicio ­naron y mataron a los dos ciudadanos prominentes, cuyo único crimen con sistió en haber derrocado el régimen porfirista v en haber devuelto al pue­blo la libertad política, que aquel ré gimen le había secuestrado durante treinta años; desengáñense, repetimos, los re;tauradores del despotismo; no se hagan ilusiones: el mundo liberal los ha juzgado y condenado. Ahora lo que falta saber es si el pueblo meji cano tolerará que de nuevo se le enea dene a la dictadura que hizo añicos el alma vali-ente y generosa de Francisco Madero, inícuamente traicionado y asesinado. La libertad sufre, tn estos Si ha\! Jueces Los doctores Joaquín Emilio Yepez y Nicasio Anzola fueron reelegido para el próximo período, en su cali­da :l de J uéces 1 ~ y 2° Superiores. Tanto el doctor Yepez, escritor ilustrado y festivo, . como el doctor Anzola, estudioso profesor universita­rio, han merecido que el Tribunal de Cundinamarca les confíe nuevatr.e tte la judicatura. En sus manos l;, justicia estará im partida rectamente y no será instru~ mento de venganzas políticas ni. de fa natismos religiosos. GIL BLAS se congratula por e~ta designación, que es prenda de e1ui­dad y de derecho. momentos, un gran eclipse en lapa- LA COMPAÑIA Df OPERETA Ei'l ~A.1TAGENA tria her6ica de Benito Juárez. Pero to , . . dos los eclipses son transitorios. La Oartagena 18 de Jumo de '9'3 nueva dic•adura será efimera. Ella' GIL BLAS -Bogotá EDICTO EMPLAZA TORIO · El Juez ·3.0 del Cir~.;-{to del Gua~o emplaza a todos los que se crean con denc'to en la sucesión de Simón Ci­fuentes que fue vecino del Municipio de Purificaci ón, abierta en este Juzga do por auto de fecha do¡: de los corrien tes, para que dentro del término de treinta días captados desde hoy, se presenten a hacerlo valer tonforrr.e a la ley. 'Para lo cual se fija el presente en un lugar público de la Secretaría, hoy diez de junio de mil novecientos tre- /'J. ' ' 1 de mi propi,.dad, hacen Ejercicios y Ct~~tmta horas en su Haden da. dt. Guclne~ hacen obras de caridad, s~ confiesan y comulgan todos los días, sin tener en cuenta los inmensos per· juicios que me han causado. Toca a la h onorable Corte 3u¡:re ma de Justicia corregir e impedir e~ - tos abusos. 1 FlDEL MENDJE1'A M. ' La gran cuna ~enus ce. Teléfono_ aúmero 288 El Juez, Ei Sec1 etario, J Est~ simp¡tico es~ab~ecimiento -tan.~ ELÍAS SAB~GAL S. vcreci~o por .,¡público bogotano porsu buéo servicio, sus precios increíble. Nazario García mente bajos y el confort que ofrece a Es copia. sus clientes, ha. sido compl~tamrJnte Guama, junio II de 1913. reorganizado. El Secretario, · Ofrece para f"milias un g'\\ ~n reser~. Nazario Garcla vado co'6 magnífico piano. _ :-.. d_esaparecerá definitJvamente d; Mé- Al pisar_ tierra colombiana. me es jico, cual desaparecio, hace ya mucho grato envsar en nombre mtembros tiempo, de la República a~g~ntln_!l. La Compañí~ An,relli11i Ga{lini y ~n -el libertad gana siempre la ulttma bata- mío propto afectuoso saludo soctedad tia. y prensa bogotan.as. A VISO: Como apoderado de la se· ñora Evangelina. Moncaleano de Ci­Jose Fuentes fuentes aviso al público que la suce­sión del señor Simón Cifuentes está abierta en ef Juzgado 3'? de este Cir· u na candidatura REMATE · -cuito. Comidas campestres especi;1les 1~ miércoles y los'11óiningos. , . , , Lr Cttna de Venus es el•umco esta'"' blecimiento, entre los deo su clase, " a que conc,urre la elite bogotana por la. corrección con que su propietario ati~ con barbas de a los visitantes. Empieza a quebrantarse Por el juzgado ¡G del Circuito de Guamo, 1 I de jnn.jo de 1913. No hay que confundir este ~entro Jorge Iriarte social con otros que pretenden imitar"' · la unión Bogotá, se ha señalado la una p. m. del día once (11) de Julio entrante, para que en el juicio ejecutivo seguido ._,~ ............ ~--~····~ ..... ~···~· .. ·~· .. ·--····-··"·'· .. ···~ por Araminta Martínez contra Ignacio ~. ~ Dice La Crónica: Soto F, tenga lugar el remate de la E 1 ruidoso pleito "Dícese, p .n ejemplo, que el señor don Cipriano Cárdenas ha salido para Antioquia, conduciendo una impor­tante correspondencia electoral y .que con igual propósito y con el mismo rumbo, ha emprendido viaje el señor don Pedro Ignacio Uribe, miernbro decidido del gtupo que se llamó rcpu blicario. Entendemos, además, que uno y otro, tanto el señor Cárdénas como el señor Cárdenas como el señor U ribe, son entusiastas partidario3 del seño~ General Ramón González Valencia, cuya candidatura.desean que sea lan­zada fuéra de la capital, para que ven ga de la pet iferia hacia el centro. Añád ase, finalmente, que los e:e no, simpa"t izan -con este mo_vimiento.11 Si los C•.>nservadores antioqueños tienen de candidato al General Gon zález Valencia, los conservadores cau canos tienen al doétor Molina. En Cundinamarca y la Costa, el nombre ·de Concha e;;tá victorioso. En Boya cá, al señor Suárez están a punto de canonizarlo. Ya empieza Cristo a .'padecer ..•• siguiente fin'ca: U na casa baja, de tapia y teja, con el terreno en que está edificada, situa da en la carrera 13 • barrio de sa·nta Bárbara de esta ciudad, que linda: por el Sur, con te-rre11o\s de Matilde Barriga de Sorzano, h"oy,P,e sus here­deros, en una extensi6n ·~ de cuaren- . N t ta (4o) metros; por el •yorte, ·coa te. rreno de José A:::un1:1ión Caipa, en una ex.tensión de cuarenta (4o) me tros; por el oriente, con la carrera r 3, en una extensión de doce( 12) metros, y por el Occidente, con terrenos que son o fuervn de Carlos Uribe, en una extensión de doce (12) metros . Esta finca fue avalua da en la ~urna de sesenta mil pesos( $6oooo) papel La licitación principiará a la hora ir.dicada y no se cerrará sino despues de trascurridas dos horas. Será postura admisible la que cubta las dos terceras partes del ava¡úo, previa consignación del respectivo porcientaje. Bogotá, Junio 12 de 19IJ. Ednardo A Ramírez, S::cretar b en propiedad. -914 El 914: se está aplicando con mejores-resitHados que el 606 y es m en os peligroso. Se a plica <'n la CASA DE SALUD de Manuel V. p,..ña Calle # ~' " .í.rnero 337. Teléfono 787. Se vende en la farmacia d~ Manuel V. Peña, calle J · ~, número 130 y 132 (acera norte lel Parque de Santande1) Teléfono 129 SE N ECESI7f A EN ARRIEl\ DO casa grande y centraL Entenderse en la casa número 130 de la calle 12 (frente a !a Rosa Blanca). de orúa.:c. e Es inaceptable para ante las hom· bres honraaos _el pleito de . Guar.e, y digo inaceptable por las razones si guientes: I.a Tengo título legal por compra hecha a sus dueños legítimos 2~ Porque los Restrepos no tienen tí tulo de propiedad de mi terreno. 3~ Porque la Hacienda de Guane está perfectamente demarcada con sus lin­deros reconocidos y precisos. 4~ Po!· que .ni terreno m.J! ha sido arrtbata· do por el Juez doctor Rafael -Carvaja 1 y sin practicar inspección dictó sen­tencia sin saber si era de mi contra parte o era mÍ<>. E sta senten.:ia fue -l:ci.bu nal de Cun dinamarca en el mismo sentido. Con este atropelln :l mi propiedad, el in maculado y h') r.orabílísimo señor Ru perto Restrepo Sáenz percibe a m1 nombre durante 19 años más de 300 jornales mensuales, y por esto guarda silencio y no contesta. een el proc~er de las autorid-3des aq\tí nombradas, en {iesacuer9o con la verdad, yo pregunto: ¿quién está seguro de lo que tenga, que no se lo arebaten como me ha suce':lid o ea el~uidoso pleito de Guane? Como indem~ización del usufcu..,t o REMITIDO Set1or Jorge Smttamada, Segtmdo mi H1uro fdel Boquerón: Leído su remitid-o post mortem: la del señor D~az no me afana: Me· afana sí que U d. no pase a mi oficina (calle 13, número 208) con ocho tnil pesos que usted tomó indebidamente cuando lo tuve de agente en Fusagasugá hace dos años; acérquese usted pronte · y_ el público que me conoce y me j llíE_ga jamás tuvo la me1zor queja de m.t 'Ó?V nN conducta, honradez y estxido -c#mplimiutto. . ~---J-o- s-é- A-- 1-td-1-·a-d-e -P El So In brero Rojo Carr era 7~ mímeto Hospicio) Avisa a sn numesosa. clientei que se encarga de toda clase de refaccl6n de sombreros por hilber llegado nua nueva obrera. 30-19 Lámparas ' DE 16 BUJIAS FIL!i}I.{E]V1"'0 }I.{Err liLICO • A $ 30 pap~l moneda Compañía de Enetgía Eléctrtctl Gran rebaja. -De hoy en adelante vendenwo;; nuestros Vidrios planos a Jos precios de tarifa ya ccmocidos, con l!nl.l rebaja del veinte por cientO- ~ . .Agencia. general d.e Fenicia., c:trrera 8.&, números 352 y 354. Bogotá, Junio de 191r- OIQ/t USTED-VE/t USTED ~ 1 su , t !Jo de papeles de colgadura que acabamos de rec.ibir, Estilos nuevos y variados, calidades de primera.. clase-Precios desde $ 1 3· · ESTRELLA ROJA, calle 12, número 2r4. , ,- -- , .. . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r;!L . H1 • • 1S . - ~ ... ~, .~J.INBA BE VAPOBI:S · r--a ~ UI E R ~~ ·USTf·: D 1 QUED1\R E L EGANT ? •• tA ~'URIYID JVBUIY ~~-·AWr " mfiBbS };f)flB& M. aem.E~~I~ 1 Díríja~e sin de~or• al E t"b' ed n•Í •'n l to de Peln•Juen :l de Lnifi M>Hb B~r, · A. I 1 Ü,u rer¡¡ 7.0 1 l! Úil !t> TO 4-t.:{ J Cah: 17, t.Ú IIWTI '· ::;¡ J 09, • 1 dondt' St' r :i t.ft:'[J o' , O cou to.!o \! liSto . Allí S·· Cl' ' u~ntrao r:-~, ra el ~ e n· i do la ~ fam ol'a ~ J' •·0ufo rt;,)¡ es 1 • ,,o espléndidos vapores A lmjranle1 Santa Marta, Ñlatapan, y Zacaj a, de s.soo · ~ ·.~eladaa: llegarán a Cart¡¡gena todos los ~ábados, a Puerto Colombia todos los do­~ py a Santa Mana todoE los lm: e~ , ptocedentes de Nueva York, Kingston y ' c.lóa.De regreso saldrán de Santa Marta los martes y de Puerto Colombia los miér. , •les rara Colón, Kingston y Nueva York. 1 IDda Estos. vapo~es están lujos<~m en te aneglados para el st:rvJcio de los trópicos, con ! , •• laa coJQQdidades modernas, incluyendo 1elegraffa inalámbrica, servicio médico, ~ a IÜcot ·eJIBco.!, un sistema especial de aire fresco para la ventilación en todos loa l .camarotee. La Compafda eolicita dct 106 exportaj ores e importad.)re>& que embarquen su . -.r¡& por esta lfnea, y les garantiza \to se1vicio inmejorable bajo las mismas condi-¡ ... ck•Jlete de }a¡ Otras )i¡¡eaF ! · ·Para mú mformea, dinja..c a Alexander Koppel y C.", Agentes en Bogotá; Al· .uDora Palacio & C.•, Agentes en Barranquilla¡ Rafael del Casti llo & G.•, Agentta1 Carta¡eDa. Manuel Montejo, Gerente ' ~- -- e A l.A QUINA JUGO' DE CARNE FOSFATO DE CAL 1· • El Tónico ma1 enél'gioo qua deben uur · /os ConYalecientaa, /os Ancianos, /11 M ugens 1 los Ni lfo• débiles y todas Elders & Fyjfes Limited LINEA DIRECTA DE VAPORES ENTRE SANTAMARTA Y LIVERPOOL (INGLATERRA) . Los vapores d~ esta lln~.:a. hacen la travesía en t S días. Sale.n de Sar• - • IIDarta todqs-los sábados por la mañana. Pasaje de primera ida •• ~ •••••• ~ ••••••••• • {. 20 . id íd . iu y vuelta •••• ~ ......... {. 35 Lqa vapora llü y c.,_. 7 la laacha 1"-1 hacen frecuente11 vtaJes ,*.~..•. ~•• a ht'u' dt-BathaquiUa para 'ltaeblo viejo, donde se toma~~ tren ., / . . ~-~ dirjMe 6 Ju ~ de United F1'uil Co•pany tm- )IUa~ o i sus Ag:ntes en Bogotá señores Alexander Kopp;:l & C. 0 1 6 ._señores A. & ~nj. Gomes Cass~r ~ s Barranquilla.. MANWEL MGN"I'Ef8, Gtrtnft .-~,. • ' ~ · - ·,.;~ ~-....: ..~0~ • ..-.. ~..,..~··:··, ·. .~ ' ' - _.. .~~~.· .J...E- ·! .:~.-. -. ·. ~~ ~ ' ¡,fí. -~ :~solU~\ON v COMP;IU~1q0s r,~EXALGI~A DE BLANCA:RD:~ .T.A.QVBC~S ,, OOP ~A • :a.B'C':U.TISKOS DOLORES 1, D~~TARIOS, MUSCULARES, .. J ~ 1 UTE~INnS. NEVRALGICOS. El mas actluo,slmas In off• :.zluoy et mas podstBID m1dt1am1nto .P.4 _ CONTRA EL DOLOR ,.A.BlS .Ftzs <> 40, rue Eon.a.pa.rte <> P CALZ A DO ~ DOUGLAS lrA r'\EJOR f'\A~€A AMl tt1tANA . . . 'ACABA BE ~tH GAR &B C~K itB'r • . fHtflt'fiBG .. l-ln-icos agentes t-'D Bog·otá ·:X?::E:L:I O J:S .&-... Zh.. ¡;cursa} de M C- lsaza & H&rma.no ..;,• Oalle J >;~d . uflwcro 510 1 Servieio d.el .Alto JM:tagc:lalena VAPORES EXPRESOS . ~e despacha semanaimente de Beltrán para Girardot, en co­~ exLOn con la llegada a Lá Dorada del vapor expres.o del Bojo Magdalena, un vapor con el correo paquete. Se despacha de Girardot para Beltrán todos los viernes a 1 las 6 de la mañana un vapor con el correo ~xpreso del Atlántico ·' y Exterior. . VAPORES INTERMEDIOS Además_de los expresos, se despa~n semanalmente de los puertos de Gtrardot y Beltrán por lo menos cuatro vapo'res con · correo ordinario. ' Servioi~ él.e Furifioa.oión ~ Nei va. Para Purificación !le desp2cha de Girardot un vapor todos los jueves. . Para Neiva se despacha de Girardot un vapor ca da diez d ías. Servicio combinado con . los fe rroca rriles de Cartagena. La· Dorada, Girardot . y La Sabana La sección de F letes D~rectos de nuestra Casa d e Bogotá se h~ce cargo del transporte dtrecto de Barranq1,1illa o Cartagena a Gtrardot y Bogotá, y estaciones intermedias entre las dos últimas plazas, de toda clase de carga de importación y expot tación. Igual.me!lte presta el mi~mo servicio entre Bogotá y Purificación o_ Netva; entre Barranqutlla o Cartagena y Purificación o Neiva y vtceversa; y entre Bogotá y las estaciones intermedias del F-erro­carril de La Dorada. Marzo de 191 ~. (;)~fABil'lla! . ~ ·,. '~ l '/ ....... ~ .... ~ .......... . ' ILA ~l:C.A. :BEB:IDA.= ¡ i MEJO:R QUE ' ~ "# • 1 ..... UI.AB ,. : 1 •• • • a CERVEZA DE UVA a =. ...• ••••••••••••••••w•~ F-ilias K oi tl', qne ac;.ban cie lle..:a r y o es pléndi 'o Apr. r .. to (!e Je~ir : fecci n, a . ra ga ran tía rie 111. higier,e. Junio de 1913 FABRICA DE CIGARRILLOS DE· N El\IILI-\N\ · Carta g e rn J?::e~1 ac:i::> s con r.ne d. a.lla. :ie e re e::n la. Exposición. N a· c iona.l elLe l.B:l.O 1 . , ·b . ·¡ ' . 1 :O:e e• <· or,•n q _:a no-; Pu Ula l't lP . rn o d <.' r t' a~, eu la -; el as(>!; Co· ri!:Hl te- ~· M ·di~ " Giga ntf.·:; et: p•l~· e l hl:,u• 1, hro3, .tri go . l)er rP.j (:r i1 p i e~tol ttra de la H ¡,.. bana, ¡oce·ll:'nte ·1 · r ee· • rt e ~ de c i g-~ rr o.~ dé g ra u Vltlor . · . Stl g ran tiz~l la pw ez-. · 1 ~ la pi ·ad •1 ra. · · cig tnil lo, Co rr ie-tote ~ y •Ítl H~br l e n ga r go l ad o~ . con picnrl ura rival de Cuba; PO o ~:~ pe l blllaCo, pl:lNcr., l y nn 'l­cahú ita }•a r~t las h tJh ra ~. engargola,!o• El empaque Re ·n. Ct~ en caJeti ll!!s f e 18 ~iga r ri ll os. Los despa ch o~ p:ua el i u t~ rio r d"e :a Rep1íbli( 1 .•e har.'eu .e, cn ja• de 5, L11 J 2 grue~as, en cajas de rna•l2r cou. 1.i e; interior, enc&Eado.y te!tt_ d~ fi :ue . Todo pedido dehe dirigir~e 1\ N. E M ILIAN I-Car t!l~t:wa . Don1.ingo . E. Alvarez a.: m lee,n d e PARA HOMBRE Y P.4RA SENO " l Q niere ~sted calzado tlura/Jie, e~ gr.mu y {lar'ato f En E_L L EóN c:¡fl~ 1 .) número J25, lo encuentra muy h • no ~ . $ 30Q éada pí.'r, negro o dt• c:f) lor. l'ara niño hay desde $ lOO. ¿Quiere u~ted ~Izado verrla l e r .t- -PIN~ED<>:A :O:~P·EiZ11Y-C() OMP., (jAEN(l)~I"A-,~·: ~~=~:~·~~~:~::~~;:~~:~~::~ U 1 l ~Ji P"in ip. ~ 1\!H !:. f! I Y á. ¡. ., .,, ¡ ·. : l"nú rimll. l.á..l "- • ,¡~ ti61J VIS ~¡¡,, _. f .. ,., ..,.. Ji~ •:• • -l., , ..,:'lr,..,,. , -,J • ORl'O~. tOS Kf'; TOU~S LA" r rill'o(JIP_II LF<' ~ ""'-'"-l:t ·.s ~ !JP. .Jl>

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Gil Blas: diario de la tarde - N. 549

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 31

Por: | Fecha: 1908

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ARO 111 REPUBLICA DE COLOMBIA B~tBTIH DE LA~ RENTA~ BE~BG ANIZADAS Dlrootor, mNRIQVl!l GREIJ'J'EINS'l'l!liN Bogotá, Septiembre de xgo8. MINASDEMARMATO YSUPIA. TRIBUNAL DE ARBITRAlllENTO. Bogotá, Julio 6 de I908. VIsTOS: En documento sim ple (fo­ja 2, cuaderno A) firmado ante dos testigos e l treinta y uno de Marzo úl· timo, los Sres. Baldome ro Sanín Cano, encar¡rado d e l Ministerio de Hacienda y Tesoro, en su calid treinta y dos mil cuatrocie ntos cuarenta y cuatro pesos oro con sus intereses que se le exige como p recio del arrendamiento durante e l té rmino de veinticuatro meses y di e z dlas, contados desde el di ez y siete de No. viembre de mil novecientos cinco has ta el veintiocho de Noviembre de mil noveciontos siete, y estimar el mi smo ex-arre ndatario que d eben devolvér­sele las sumas que ya ha cubierto por razón de dicho arrendamiento, fun. d ándose para ello en que ha sufrido perturbaciones en la tenencia de la cosa arrendada, y por no h a bérsele entregado é\ ta en su totalidad ¡ 3.0 Que para pone r t érmino ' las expresadas diferencias han convenido e:~ someter á la decisión de arbitra. dores tales diferencias, para Jo cual de común acuerdo han nombrado pa­ra formar el T ri bunal de Arbitramen­to á los s uscritos, Baltasar B J tero Ori­be, Francisco de la Torre y Lucio A. Restrepo; 4.0 Que los expresad os arbitrado­res fallarán la diferencia de que se ha h ec ho mención, proced iendo de acuerdo con el derecho y <'on la equi. dad y pudiendo transigir las preten­siones opuer. tas de las partes; 5.0 Que ace ptan de antemano la decisión de los arb itradores, cual­quie ra que ella sea. Habiendo convenido nosotros en desempeñar tan delicado encargo, como lo hicimos constar en la respec­tiva diligencia extendida d e acuerdo con el artículo 310 de la L ey 105 de 1890, allí mi s mo se sef'ialó, de acuer­do con e l artículo 3 1 <1 de la citada L ey, e l día nueve del mes próximo pasado á las d os de la tarde, para oír á las partes. En di cho dfa, atendido lo que con~ta e n l.\ cor respondiente acta (fojas 1 1 vu elta y 12 {d) e l Dr. Fran­cisco Montaña, con pode r conferido por los expresados >ep r esentantes del Gobierno y de las Rentas del Banco. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1292 BOLETIN DE LAS RF.NTAS RI·:ORCl r\NIZ \DAS Central, dirigió á este Tribunal un • extenso escrito que expone los ante. cedentes del asu nto y hace valer e l dere cho que, á. s u juicio, asiste ~ l a Nación, á cuyo fin se expresa en los siguientes términos : " 1.0 El Gobierno de Colombia y el Banco Central m e han con\titu{do su apoderado para representarlos an­te vos otros en e l juicio que adelantnn contra el G e ne ral Alfredo Vásquez Cobo, sobre pago d el precio de arre n . d amiento de las minas de Supfa y Marmato, juicio que han convenido e n someter á v uestra d ecisión arbi ­tral · ;.0 El Gobierno de Colombia dio en arr endamiento al Genera l A lfredo Vásquez Cobo las minas de propiedad de la Nación, situadas en los Distri. tos mineros de Supía y Marmato y en los Municipios d e Riosucio, Sancle. mente, Apla; Ansermaviejo, Supfa, Nazaret y Marmato. En el Mu nicipio de Marmato las denominadas San J orge, San Francisco, Pan de Azúcar y Cien Pesos; en el Municipio de Su­p ía, Chachafruto, Tiembhsculo; en el Municipio de Riosucio, El Cristo, San L ucas y Santa R os a, 6 Rosa, la Cor­covada, Caliche, San Bartolo, Pueblo­viejo, Santa Inés, Buenavi ... ta y Juan Tapao, Farria, Picaró y Alto de Ve­tas; en el Municipio de Naza ret, la mina d enominada Mápura; y e n e l Municipio de Apía, las denominadas Pumia y Papaya!¡ 3.0 Quedaron incluídas en e l arre n. damiento las minas de la Nación que r ecupere el arrendatario al dar cum· plimi ento al artículo cuarto del De­creto legislativo nómero 48, de 9 de Marzo de 1905, y que se h allen situa· das dentro d el área de las minas de la Nación¡ 4 .0 El tiempo d el arrendamiento fue de veinte años, que empezaro n á contarse d esde el dla en que fue apro· bado e l contrato, ó sea de sde e l diez y seis de Ma}'O de mil novecientos cinco; 5.0 El precio del arrendamiento fue r on tres mil doscientl\s libras ester • tinas por año, que e l a rre nda tario se obligó á pagar e n esta ciudad, por trimestres vencidos, empezando 6. con­tarse el primero desde e l diez y seis d e Mayo de mil novecientos cinco, fecha de la aprobación del contrato; 6 .0 Por el ordinal octavo d e l artí­culo ortavo facc ión de la Junta de Amor tización¡ 9.0 F.l contrato se hizo constar en la escritura pública número 921, otor­gada e l 16 de Mayo de 1905, a nte el Notario segundo del Circ uito de Bo­gotá; 1 o. El Gobierno, por medio de sus repr esentantes, hizo entrega al arren· datario de las mi oas arrendadas e n todo el mes de Julio de 1905, según consta de las di ligencias de entrega respectivas, p r otocolizadas con e l nú­mero 2 1 3 de 1 2 Julio de 1905, en la Notaría pública de Riosucio, cuya co. pía acompafío á esta demanda ; 1 1. En la segunda de las b ases q ue la J unta Nacional de Amor tizaci6o fi)6 para la celebración del contrato, se fijó que en caso de que alguna 6 algunas d e las minas arrendadas re· sultaren pertenecer á terceros, á q uie­nes p or sentencia ejecuto:-iada se or­denctran entregar, e l a rrendatl\rioso. ;> ortaría esta contingencia, sin dere- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADA~ 1z9f cho 11 indemnización ni 11 rebaja del canon de arrendamiento, pero en com · pensación de esta contingencia se in. cluyeron en el arrendamiento las que la Nación pudiera adquirir por aban. dono de los denunciantes ; 1 2. El arrendatario aceptó las ba­ses señaladas por la Junta de Amor· tización; 13. El Gobierno ha mantenido al arrendatario, Sr. General Vásquez Co· bo, en el goce de las minas arrenda. das y lo ha librado de toda turbación y embararo en el goce de ellas; 14. El Gobierno de Colombia ha cumplido estrictamente las obligacio· nes que contrajo por el contrato de arrendamiento de las minas de Supla y Marmato, celebrado con el Sr. Ge· nHal Alfredo V ásquez Cobo, el doce de Mayo de mil novecientos cinco; J s. El arrendatario Sr. General Vásquez Gobo no ha asegurado á sa­tisfacción de la Junta de Amortización, ni de nadie, el pago de los arrenda · mientos de las minas; 16. El arrendatario Sr. General V ásquez Cobo no ha pagado al Go. bierno el precio del arrendamiento de las minas desde el trimestre que em. pezó á contarse el diez y seis de No­viembre de mil novecientos cinco has­ta el diez y seis de Noviembre- de mil novecientos siete; 17. El arrendatario General Vás· quez Cobo debe, en consecuencia, al Gobierno la cantidad de seis mil cua. trocientas libras ·esterlinas, valor de los ocho trimestres de arrendamit>nto corridos desde el diez y sei3 de No­viembre de mil novecientos cinco has· ta el diez y seis de Noviembre de mil novecientos siete; 18. En memorial de diez y siete de Abril de mil novecientos seis, dirigí· do al Ex.cmo. Sr. Presidente de la República, el Sr. General Vásquez Cobo propuso arreglos para pagar los arrendamientos que adeudaba sobre estas dos bases : 1." Que no se le hiciera rebaja nin• g una en el precio del arrendamient.o ¡ 2." Que se modificara únicamente el modo de hacer los pagos atrasados, que haría cuando la Corte hubiera fa­llado el litigio pendiente, prorrateán ­dolos en los contados del primer año. Discutida la propuesta, se celebró el convenio de veintisiete de Abril de mil novecientos seis entre el Sr. Mi­nistro de Hacienda y Tesoro y el Sr. General Vásquez Cobo, cuyos artícu­los 1,0 y 2.0 dicen as{: " Primero. Los pagos por arren­damientos de las minas de Supía y Marmato, de las cuales es arrendata · río Vásquez Cobo, segón escritura pública número 921, de fecha 16 de Mayo de 1905, otorgada en la No· taría segunda de esta ciudad, se sus. penderán hasta el diez y seis de No­viembre del año en curso, fecha en la cual debert\ pagar Vásquez Cobo el trimestre que se vence ese día, miis la cuarta parte de las sumas corres. pondientes á los trimestres que haya dejado de pagar. En los trimestres su~esivos pagará Vásquez Cobo la misma cuota parte hasta la extinción de la deuda. Segundo. Queda estipulado que no se hace novaci6o de contrato respecto de los anteriores celebrados por él Gobierno y V ásquez Gobo, relativos al arrendamiento de las minas de Su. pía y Marmato, los cuales quedan en toda su fue rzl\ y vigor, por ser esta mera concesi6n." 19. Este contrato fue aprobado por el Excmo. Sr. Presidente de la República el 30 de Abr il de 1906, y es ley 'Para las p.artes contratantes; 20. El Sr. General Vásquez Cobo no ha dado cumplimiento al contrato de 27 dt: Abril de 1906; 2 1. El arrendatario Sr. General V ásquez Cobo no hn cumplido, por su parte, el contrato bilateral de arren­damiento de las minas de Supía y Marmato, que se hizo constar en la escritura pública número 9i 1, de 16 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1294 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Mayo de 1905, otorgada en la Nota. ría segunda del Circuito de Bogotá; 22. El arrendatario Sr. General Vásquez Cobo debe al Gobierno los intereses del dos por ciento mensual 50bre las seis mil cuatrocientas libras eliterlinas expresadas, liquidados so. bre cada trimestre vencido, al tenor clel contrato de 27 de Abril de 1906; 23. El Genera\ Vásquez Cobo ce­dió el contrato de arrendamiento á la Compañía inglesa denominada The C. W. Sindica/e Limiled; 24. El Gobierno aceptó la cesión y ha reconocido como arrendatario al Sindicato expresado. 25. El Gobierno nacional encarg6 al Banco Central de la administra. ci6n de las minas de Su pía y Mar. mato; 26. Según el artículo 2000 del Código Civil, el arrendatario está obli gado al pago del precio de la renta; 27. Conforme al ar ticulo 1546 del Código Civil, '' en los contratos bila­terales va envuelta la condición reso­lutoria en caso de no cumplirse por uno de los contratantes Jo pactado. Pero en tal caso podrá el otro con­tratante pedir á su arbitrio, 6 la re. solución 6 el cumplimiento del contra. to con indemnización de perjuicios." 28. Confqrme al artículo 161 7 del Código Civil, "si la obligación es de pagar una cantidad de dinero, la in­demnización de perjuicios consiste en el pago de los intereses convencio­nales." En virtud de la relaci6n de hechos que acabo de hacer, yo, Francisco Montaña, representante del Gobierno 4e Colombia y del Banco Central, en cumplimiento de las instrucciones de ambos, ejercito las acciones que con­fiere á mis representados las dispo. siciones legales transcritas, y os pido en consecuencia que, con audiencia del Sr. General A.lfredo V ásquez Cobo, maror de edad y vecino de Bogotá, hagáis las declaratorias si· guientes: a) Que declaréis resuelto, y por consiguiente, sin valor ni efecto, el contrato de 27 de Abril de 1906, ce. Jebrado por el Ministerio de Hacien­da y Tesoro con el Sr. General Al­fredo Vásquez Cobo, por cuanto di­cho General no dio cumplimiento á sus .estipulaciones ; b) Que en consecuencia, el Sr. General Vásquez Cobo no tiene de­recho á las concesiones que por dicho contrato le hizo el Gobierno; e) Que el Sr. General Alfredo Vásquez Cobo debe asegurar, á sa­tisfacción del Banco Central, el pago de los arrendamientos de las minas de Supia y Marmato, con caución hi­potecaria, prendaria 6 personal, den­tro de seis días contados desde la no­tificación de la sentencia ; d) Que debe pagar al Baoco Cen. tral, en caso de demora en el asegu­ro de los arrendamit>ntos, una multa de cien pesos oro por cada día de re­tardo en la constituci6n de la cau. ción; e) Que el Sr. · General Vásquez Cobo debe pagar inmediatamente al Banco Central, en las Oficinas de Caja de dicho Establecimiento, la cantidad de seis mil cuatrocientas Ji· bras esterliras (-J;. 6,400) en oro inglés amonedado, valor de los ocho trimes. tres de arrendamiento de las Minas de Supía y Marmato, contados desde el diez y seis de Noviembre de mil no. veciento" cinco y que vencieron el diez y seis de Noviembre de mil no-vecientos siete; . /) Que debe pagar los intereses de esta suma en libras esterlinas, á la rata del dos por ciento mensual, desde el diez y seis de Febrero de mil novecientos seis, liquidados sobre cada trimestre vencido y no pagado; g) Que debe pagar las costas de este juicio." En contestación á lo aducido por parte del Gobierno, en los términos que quedan transcr itos, el Dr. Gabriel Rosas, constitu1do apoderado del Ge­neral Alfredo V ásquez Cobo (foja 1 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS f29S Id .) presen t6 e n la sesión d el d ía q uinc'! del mes próximo pasado un escr ito e n que r econoce la exactitud d e los hechos consignados bajo los n umer ales 1. 0 á g.0 , 16, 18, 19, 23, 2 4 y 25, ya t r anscritos; aduce obser vaciones y repar os por lo que hace relación á los marcados con los n umerales 1 o, t 1, 26, 27 y 2 8, y n i ega r otundam ente los hechos á que se alude bajo los mencionados núme­r os 1 2, 13, 14, 1 5, 17, 20,21 y 22; y al efecto se expresa en Jos siguien­t es términos, después de t ranscribir en su escrito la parte petitoria del li­belo del Dr. Montaña contenida en la parte fina l de su demanda bajo las letras a), 6), e), d), e),/), g). "De las r azones en que estas peti­ciones se sustentan , v e i nticinco son a legaciones de hecho, y sólo tres se­fialan las leyes referentes al derecho que se reclama , á saber: el articulo 2000 del Código Civi l, que impone al a rrendatario l a obligación de pagar el precio ó renta¡ el 1546 del mi smo Código, 5egún el cual va envuel ta en los contr atos bilaterales la condición r esolutoria en caso de no cu mplirse por uno de los contratantes lo pacta · d o, y e l 1617, que hace cons: stir la indemnización de perjuicios, si la obli. gación es de pagar d ine ro, en el abo­no de los in te r eses convencionales Es correcta la relación de los he­chos marcados con Jos números t á g, porque se circunscriben á exponer fielmente, e l primero, la p e rsone ría del S r . Dr Montaña, y los otros, las principales e~tipulaciones del contrato de arrendamiento. El 1 o habla de la entr ega que se hizo de las minas al General V ásquez Cobo. Sobre este p unto sólo h ay que observar que no ~e hizo la entrega de las mina~ de Cien Pesos y San j orge, en términos que el a r r(ndatario pudi era te ner tranqui lamente su goce. Refiérese el hecho 1 1 á que la J unta de Amortización fijó como base d e l con trato, que el arrendatario so­portaría e l evento, sin de r echo á in . demnización, de que alguna ó algunas de las minas resultaren pertenecer 4 terceros, á quienes ~e ordenare entre. garlas por sentencia ejecutoriada. Es­ta condición, sobre ser inoficiosa en el presente debate, no consta en e l con­trato de que se trata. Tampoco aparece allf que el a r ren. datario aceptara las bases seña ladas antes del contrato por la eKpresada Junta. Niego, por Jo tanto, el hec:bct 1 2 del lillelo. Igual negación cabe oponer á Jos 1 3 y 14, pues ni el Go­b ierno ha conferí :lo al arrendatario, como él mismo Jo ha confesado, el goce de la cosa arr endada, ni ha cumplido, por esta misma razón, el contrato dt- arrendamiento. En orden a l hecho 1 5, que .se refi&­re á la omisión de asegurar el G e ne­ral Vásquez Cobo el pago de la renta, m anifiesto que es inexacto, porque e l Gobier no r esolvió el 1 2 de Septiembre de 1905, 1.0 que no h ab{a ll e gado el caso de constitu{r la fianza ; 2.0 que el arrendatario promovieré' el d es. linda de las minas disputadas, y 3.• que, fallado el juicio correspondiente, se daría d i cha fianza. Como el juicro no se ha d ecidido, porque se ha ht­cho oposición al deslinde, el a r renda. tario no ha estado en mora de consti­tuí r la caución. Es cierto e l hecho 16, ó sea, q u e el General Vásquez Cobo no ha pa. gado el precio del arrendamiento en el pe ríodo á que ese h echo se refiere ; pero no es verdad, como se dice en e l hecho 17 , que e l arrendatario deba la cantidad de seis mil cu:1trocientas li­bras esterlina!', valor de ese arrenda­miento, porque ha tenido justas razo­nes para no abona r las. Reconozco, y consta en autos, qua mi pode rdante celebró con el ~bieP­no el contrato de veinti sie te de Abril de mil novecientos seis, por el cual se suspendió e l pago del arre ndamiento hasta e l diez y seis de Noviembre de ese año, y se pactó que en esa fa. cha pagaría el arrendatario el tri­m estre qne en ella se vencía , y la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 129'> BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS cuarta parte de los trimestres anterio­res no abonados. Allí se dice ta mbién que 11 los trimestres futu ros se agre garla una cuota parte hnsta la extin ­ción de la deuda. Admito, pues, el hecho 18 y el 19, que ha•,Ja de la aprobación ej ecutiva del contrato. Pero niego que mi mandante esté en mora de cumplirlo. Con efecto, el 17 de Abril d~ 1906, fe cha del con­trato, estaba pe ndiente el juicio de deslinde, y. de consiguiente, no· habfa entrado el General Vásquez Cobo en el goce de la cosa nr rendar!a, como lo declara el prólogo del pacto La razón del aplazamiento del pago hasta el mes de Noviembre consistió (y es esta una interpretación estrictamente j url­dica, porque guarda armonía con los antecedentes del negocio) en que las partes juzgaron que para aquel mes estarfa el ar·rendatario en pleno dis­fr ute de las minas. De aquí que, ven­cido este lapso, no se exigiera el aseguru de la renta, por•}Ue pendía el deslinde, el cual no ha tenido aún el 'ello de la ejecutoria judicial. Seria contradictorio reconocer que el a r ren­datario estaba privado del goce de la cosa y obligarle sin embargo á pagar el canon pactado. En esta virtud no acepto el hecho 20. Mi poderdante no ha estado en mora, por las razones expuestas, de cumplir el contr;; to o e arrendamiento · de las minas. Coo todo, ha llenado sus deberes en cuanto á la conservación y cuidado de la cosa orrenda da, con la solicitud en interés de un buen pa­dre de fami lia, y si no ha pagado la suma que se le demanda, ha tenido para ello derecho perfecto. Por este motivo juzgo improcedente el hecho 2 1, que afirma esta mora, y el hecho 22, que hace cargo al arrendatario el pago de los i nte res ~ s de las seis mil cuatrocientas libras e:. terlinas á razón del dos por ciento me nsual. Es verdarl que mi mandante ced ió, con aprobación de: Gobierno, el con­trato de arrendamiento á una Compa- ------ ñía inglesa denominada C. JP'. Symliea/1 L'miltd, y que el Gobierno ha recono­cido como arrenda ta ria ¡1 esta entidad. y encargado a l Banco Centra l de la administración de las minas de Supra y Marmato. Por esto acepto los h.o chos 23, 24 y 25. V. La esencia del contrato de arren­damiento de cosas está e n la obliga ­ción reciproca de conceder su goce y de pagar por este goce un precio de­terminado¡ de lo cual se sigue que si las partes no se obligan reciproca· mentt>, ó no se c.torga el disfrute de la cosa, 6 no se pacta el pago del precio, no hay en derecho contrato de a rrendamiento (articulo 19 73 del Có­digo Civil). Del pacto de da r el goce de la ·cosa nace la obligación que tie­ne el arrendador de entrega rla al arrendatario e n la forma debida (ar­tículo 1982 ibid); por manera que si esta forma es deficiente, 6 si es tal e l estado de la cosa, que impida al arrendatario el uso correspondiente, tie ne él derecho á la terminación del a rrendamiento, á la rescisión del con­trato y á la indemnización de perj ui­cios (artículos 1990 y ' 99 r íd.) si el vicio de la cosa ha tenido una causa ante rior al contrato y t>ra conocido del arrendador a l tiempo de su cele­bración. Ya he dicho que las solas minas productoras de la región de Marma to son las de Cien Pesos y San Jorge. Las demás son en realidad de prove­cho aparente, por lo abandonadas y desiertas. Esto, sobre ser de pública notoriedad, lo declaró el S r. D. Ra­fael Uribe Uribe en el informe que rindi6, como encargado del Gobierno para examinar el estado de las minas. Al arrendador no bastaba demarcar ó reproducir los antiguos límites de dichas dos minas, para llenar el de­ber de conferir su goce, porque sabía por reconocimientos oficiales (Diario Oncialnúms. II,JIS, 11,316, 11,400 y 1 1,40 1), cuán vagos, dudosos é in­ciertos eran esos !_Imite~ defecto de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. HOL~TIN DI~ LAS RENTAS REORGANIZADAS 1297 que da prueba clar(sima la diligencia de deslinde practicada por disposición del Tribunal de Manitales. El primer moj6n de Cien Pesos ha dado origen á mb inqul!>ioiones que el áureo vello. cino. La indemnización legal de perjuicios no só lo proviene del estado de la cosa al tiempo del contrato : á ella tiene de. recho todo arr endatario que es turba­do en el goce de la cosa por cual. ~uiera persona á quien el arrendador pueda venderlo (artículo 1987 del Código Civil). Juzgo improcedentes las tres razo. nes de derecho invocadas por el re­presentante de la Nación. El arren­datario está obligado, según el articu­lo 2000 del Código citado, al pago de la renta, es verdad ; pero también lo es que esta obligación sup')ne necesa­riamente, por parte del arrendador, la entrega de la cosa Si en los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria,con. forme al articulo 1546 del Código Civil, en caso de no cumplirse por una de las partes lo pactado, tal exi­gencia desaparece cuando ninguno de los contratantes estti en rnora dejando de cumplir el contrato, mientras e l otro no lo cumpla por t- U parte. As¡ lu prescribe el arti-::ulo 1609 del mis­mo Código. Es verdad que e l artkulo 14 t 7 re­fiere la indemnizaci6n de perjuicios al pago de sus intereses, cuando la obli­gación consiste en pagar una suma de dinero. Mi poderdante no está obli­gado á responder de perjuicios, por­que no responde de la obligación á que éstos acceden. El Gobie rno ha reconocido que el Ge neral Vásquez Cobo no ha gozado de la cosa arren­dada. Este h echo decisivo consta de documentos auténticos exhtbidos por el honorable mandatario de la Nación, los cuales hacen plena prueba confor­me al articulo 679 del Código Judi . cial." Concluye su esc rito e l Dr. Rosas pidiendo se dicte senten cia abso lutoria en favor de su cliente y se disponga en ella que el Gobierno le devuelva dentro de los ocho días siguientes á la notifi­cación del fallo, la canti Jad d e mil seiscientas libras esterlinas que él con. signó en pago de los dos primeros tri• mestres del arrendamiento. El representante del Gobierno, con conocimiento de su contraparte, ha aducido en justificaci6n de las accio­nes derivadas por é l, las piezas que se relacionan en seguida por su orden cronológico : Diario Oficial número 12,313, de 29 de Marzo de 1905, en que se pu. blican las bases formuladas por la Junta Nacional de Amortización para el contrato de arrendamiento de las minas de Supla y Marmalo (foja 6, cuade rno B). Copia expedida con fe. cha 2 3 ele M a yo de 190 5 ; escritura ntimero 92 1. otorgada ante e l Nota ­rio segundo de Bogotá, el 16 de Ma­yo de 1905, y Diario Oficial número 12.444, de 11 de Septiembre de 1905, en cada una de las cual es tres pi ez as expresa el contrato de arrendamiento celebrado el 12 de Mayo de -1905 por el Mini stro de Hacie nda y Te. soro, aprobado el 16 de l mi smo por el Excmo. Ge neral Rafael R eyes, con el General A lfredo Vásquez; Cobo, según el cual el Gobierno da á éste en arrendamiento, por veinte años contados desde la fecha de su apro­bación las minas llamadas San J o rge, S Jn F rancisc·o, P a n de Azúcar, Cien Pesos, Chachafruto, Ti emhlaculo, El Cristo, San Lucas y Santa Rosa 6 Rosa la C.orcovada,Caliche, San Bar. tolo, Pueblovie jo, Santa Inés , Bu e na­vi~ ta, Juan Tapao, F.uria, Picará, Alto de las Vi stas, Má pura, Pumia y Papaya!, y las demás de la Naci6n que recupere el arren.J a tario al dar cumplimi ento al art\culo 41? del D •cre. to l e¡rislaLivo ndme ro 48, de 9 de Marzo de 1905, y que se halh:n l>itua. das dentro del á rea de las minas de la Nación. Por el artículo VIII de este Contrato el arrendatario contra­jo pMa con el Gobierno, entre otras, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 125)8 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZ \DAS las siguientes obligaciones : la ele pa. gar por el arrendamiento anual de las minas la suma de tres mil dos. c:ienta s 11 bras esterlinas ( .B 3 200 ), y se agreg6 (foja 2, vuelta {d.): "el va. lor del arre ndamiento se pagará por trimestres vencidos "; pagar puntual. mente e l arrendamiento estipul ado, y en e<~so de demora, sin perjuicio de la :-es ci ~ ión del contrato, pagará el dos por ci e nto mensual (foja 3 íd ). y en e l artículo XIV se dice : "El arre ndat a rio garantizará el cumpli­miento d e este contrato con una fian . za á sati sfacción del Go bierno por valor de l arrendamiento de un semes. tre de las minas de Supía y Marmato, dirigida con fecha 1 7 de Abril de 1906, al Excmo Sr. Presidente, por el General Alfredo V ásquez Cobo, en que éste manifiesta: "que aún no le ha sido entregado por la antigua Compañía arrendataria lo que fue objeto de la entrega judicial efec­tuada en 1829 y que encierra la ve r­dadera y única riqueza de las minas de Sup\'a y Marmato"; !jUe para obte ­ner la entrega ha entablado ante la Corte S uprema la demanda respec­tiva contra la Compañía detentadora ; demanda que será fallada en breve tiempo : q:.~e el exponente, en su ca. rácter de arrendata r io, ha cumplido pagando los$ 8,ooo oro, valor de los dos trimestres vencidos, ''no obstante no estar en posesi6n de la cosa a rren­dada"; y que en vez de acogerse á Jos artículos 1982 y 1609, que trans cribe, hace la siguiente propuesta : "Que el Gobierno no haga rebaja ninguna en el precio del arrenda· miento, que solamente modifique el modo de hacer los pagos, los que hará el arrendatal'io una vez que la Corte haya fallado el litigio pendien­te y se halle en posesión de la cosa arrendada, protrateando e n los con­tados del primer año, las sumas que haya dejado de pagar durante el tiempo que haya transcurrido, para en­trar en posesión de las minas arrenda­das (fojas 34 y 35 Id). Concepto emitido por el Ministerio de Obras Públicas en el desempeño de la comisión que se le confirió al efecto en que pone de manifiesto (foja 37 fren­te):" que no estando el contratista en posesión de toda la e osa arrendada, es de justicia hacerle alguna concesión,en que propone se convenga (foja 39 íd.) en que los pagos del arrendamiento de las minas de Supla y Marmato se­suspendan hasta el 10 de Noviembre del año en curso ( 1906), fecha en la cual deberá pagar el trimestre que en esa fecha re vence, más la cuarta parte de los tres trimestres que entonces. habrá dejado de pagar; y en los tri­mestres sucesivos pagará la misma. cuota parte hasta la extinción de la de uda" (fojas 36 á 40 íd.). Convenio ajustado y suscrito por el General Alfredo Vásquez Cobo y el Ministro de Hacienda y Tesoro, con fech.a 27 de Abril de 1906, aprobado por e l Excm.-, Sr. Presidente el 30 del mismo mes, y celebrado como allí se dice, " en consideración á que una parte de las minas no le ha sido en­tregada, y no ha podido entrar por lo tanto el arrendatario en el goce de la cosa arrendada," y en que se estipula, bajo el artículo 1.0 , "que los pagos por arrendamiento de las minas de­Supla y Marmato se efectuarán en los. términos que quedan arriba transcri­tos, propuestos por el Ministerio de Obras Públicas." (fojas 42 íd .). Diario 0/idal número 1 2,8 r 2, de l de Diciembre de 1906, con la resolu­ción de la Corte, fechada el 7 de Mayo de 1906, en el juicio posesorio establecido por el General Vásque:t. Cobo, de que se hizo mención (fo. ja 43 Id ). Diario Oñdal nómeros 1 3,02 1 y 13,02:1, de tres de Agosto último, en. que se publica el extracto de la escrj.. tura número 68o, otorgada en la No- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1300 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS tarfa cuarta d e Bogotá el 26 de Junio de 1907, sobre protocolización del po · der conferido en Londres ~ Thomas M e kinson Sander$, y del confe rido por la Compañfa The Weslern A"des Mz'rtzi1g Compat!)l Ltmiltd á Arthur J. Russell (fo ja 44 l'd). Escritura número 1 ,25 8, otorgada el 28 de Noviembre de 1907, JJOr la que el Gener al Alfr edo Vásqnez Cobo cede y traspa sa, con permiso del G obierno, á la Sociedad The C. W. Syndi'tole Lrrm'led, don. iciliada en Lon­dres, representada aqui por Louis Hal­berstad y Thomas A . Thurner, e l con­trato de arrendamiento de que se ha venido tratan<:lo, y t ran )fie re á título de venta, á la misma Sociedad, y entrega inmediatamente la quinta parte proin ­diviso de los siguientes bienes: o) El grupo minero llamado El Guamo ó Cerro d e Marmato; b) sus dos vetas min eras llamadas San Antonio y La Cruzada; e) las casas d e habitación si tuadas en el me ncionado g ru po de minas y todos los molinos, máquinas, &paratas, enseres y ute n!> ilios destina dos á la elabor ación de las 'llinas por la Wesltrn Andu M.ini11g Compat!)l Limi. ltd y por todas las otras que la han precedido e u la explotacicín -6e di chas minas ; d) le transfie re t~mbién á tltu lo de venta, las 24 acciones en que es­taba dividida la Soci edad denominada Ospina ffernández & c.-, organizada con el objeto de amalgamar minera· les de plata y de plata aurífera en el establecimiento de amalgamación de. nomi nado La Amalh ; comprendién­dose en esta venta el globo de terre­no conocido con el nombre gene­ral de La Amalia y escritura en la cual se dedara : Que e l precio del traspaso del arrendamiento de la quinta parte proindiviso de los bienes determinados en los puntos a) b) y e), y de la planta de fimalgamación de La Amalia es la cantidad de 20,000 libras esterlinas en din e ro, y cuarenta mil acciones de á una libra esterlina, ente rame nte libres y pagadas de la Sociedad que se forme para explo­tar las expresadas minas ; y que e l precio del globo de terreno de La Amalia es la cantidad de diez mil acciones de á una libra esterlina cada una, enteramente libres ó pagadas de la referida Sociedad; y que de las ve in­te mil ·libras expresadas confiesa te­ner recibidas seis mil IÍ su satisfacción, debiendo pagar la Sociedad compra­dora las catorce mil restantes dentro de los seis mesPs siguientes contados desde la fecha de esta escritura. Entre los documentos transcritos a l pie de este testimonio fi 2'u ra la escritura nú. me ro 1,124 otorgada ante el Notario 4.0 de Bogotá e l 2 1 de Octubre últi. mo, por la que el citado S r Thomas Makinson Sanders sustituye en todas sus partes á los expresados Sres. Louis Halberstadt y Thomas A. Thur­ner el poder 6 mandato general que fue conferido por la Compañía ingle­sa .tenominada Tht C. W. Sytzdiealt Lt'm1'ltd (fojas 45 á 6o íd.). Copia tomada en pr ensa del con. trato celebrado e n Mayo último entre el Gobierno y Thomas A. Thurner, r epresentan te de la Com pañia inglesa denominada Tlu C. W. Syndi'tale Ll­miled, por e l cual se modifica y adi­ciona el contrato de arrendamiento mencionado, prorrogándolo por veinte años más, contados desde la fecha en que debla terminat e l que ha venido en vigor siendo el canon e l mismo, pero pagadero por semestres antici­pados durante l a prórroga ; y en que se pacta que el arrendatar io p rocede· rá en el curso d e l presente año de ( 1908) á cumplir la obligación im. puesta por el ordinal séptimo del a r­ticulo 8 .0 del contrato de arrendamien ­to, de hacer amojonar y al inderar las minas arrendadas, para lo cual pro­movería los correspondien tes juicios de deslinde y amojonamiento ( cojas 62 á 66 Id.). Por fin, nota dirigida al Dr. Fran­cisco Montaña, con fecha 10 del mes prÓ¡;imo pasado, por el Gerente de Rentas Reorganizadas, en que le dice que el General Alfredo Vásquez Cobo d ebe, por arrendamiento de las minas de Su pía y Mar mato, la suma de 6,400 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1301 l ibras esterli nas, valo r de och o tri. meslres compre nd idos de Novie mbre de 1905 á Noviembre de 1907 (foja 66 (d.). A unque á soli c itud del mismo D r . Mon taña se d irig ie r on sendos tele­gra mas á los Gob ern ador e s d e Cal das y de Antioquia, á efectll de a veriguar por medio de testigos si es cier to que los m inerales de Cien Pesos y San Jorge son los más ricos é im por tantes del grupo de minas de Supía y Mar. mato y los que más o r o producen hoy, y si las m inas r estantes del Gobie r no ~on de poco valo r y riqueza, compa r a das con las d e Cien Pesos y San jorge, y para que, tomando infor me de Jos fundidores y c ompradores de oro, se d é noticia á este Tribunal de la cantidad de oro q ue se haya n ego. dado de!ide Mayo de 1905 h asta No­vie m bre de 1907, provenientes de las m inas de Supía y Ma r mato, especifi­cando si es posible la cantidad p r oce­dente de cada una de las mi nas; has ta ahor a no se sabe la suer te que ha­ya corrido e l aludido tele¡:! r ama diri. g i do al Gobernador de Caldas ; que por lo q ue hace al que se d irigió al Gobernador de Antioquia, éste se Jimi t6 á contestar con fec ha del 26 último (foja 68 fd.), que no habiendo encon­trado en ~1ede lín quie n pudiese de­clar ar sobre los mencionados p untos, ha comunirado á los Alcaldes de Marmato y Supfa, comisioná ndolos para la práctica de la respectiva p rueba. Por lo que respecta a l demandado, ést P, como queda dicho, funda su de. fensa en los hechos de haber sufrido pertur baciones en la tenencia de la cosa a r rendada; de no habérsele en­tregado ésta en su tota l ida~ y de no haber derivado ningún producto de ella ; y en su justificación ha presen. tado con conocimiento de la contra­parte, las siguientes p it: zas que figu. ran en el cuaderno mar cado con la letra C . Informe que con fecha 2 de Oc tu . b re de 1904 dirigió el suscr ito Lucio A. Restrepo ' la J unta Nacional de Amor tización, á excitación de e ll a, en que le significa la necesidad e n que se está de obtene r y precisar los thulos de las propiedades qu-. la Na. ción pos< e en Marmato, as{ como ta mbién que es por medio de arren. damiento de esas pr opiedades que e l Gobierno puede utilizarlas, fijando pa· ra esto té rminos distintos de duración, ya se trate de las minas de aluvión 6 de las de veta ; y el cual informe termina as( : " Creo inútil extender más este informe, no siendo posible llegar á consideraciones que tengan valor práctico sino después del exa­men del objeto mi:.mo, que son las minas •• {foja S). I nforme fechado e n Mar mato el 10 de Enero de 1905, dirigido por el General Rafael Uribe Uribe á l a mis. ma J unta Nacional de Amortización, y después de vi sitadas las mina s con­sideradas como de propiedad nacio. nal, se~ún lo que manifiesta ; y en el cual informe, d es t• ués de emitir con­cepto sobre la riqueza y circunstan. cias relativas á cada una de ellas, di. ce · " Ilusionado, como muchos otros, con la noción corriente d e que la Na­ción tiene en esta comarca die~ y seis grupos de minas, que en conjunto se e stiman como una riqueza igual á la de Muzo, confieso h a ber padecido una d ecepción al exa minar de cer ca las cosas y someterlas al análisis ; y en que conceptúa que las dos únicas mi­nas de valor que la Nación posee en aquella región son las de Cien Pesos y J uan Tapao" (foja 15). Copia de un ma pa del- territorio de Mar mato y San Juan con las princi­pales minas s i tuadas en él, según lo que ap2rece escrito en un t'lng ulo de esa pieza, en la cual no figura el au. tor (foja 20), Copia auténti ca de las diligencias de d e slinde y amojonamiento de las minas de Cien P t:sos y San Jorge, practicadas por el Juez 1.0 del Cir­cuito de M:armato en los d{as 16, 17, 18, 20 y 2 1 de Agosto de 1906 por Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1302 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS comisión de l Tribunal de Caldas, y la cual copia apar ece tomada del juicio de desl in de seguido por parte de la N ación contra Joaqu{n Antonio y Ma · r ía Jesús Cruz, adicionada con la co· p ia de algunos memor iales aducidos, segdn lo que aparece, por el apode· r ado de lo s h e rede ros del finado Bar­tolomé Cha ves y del auto recaldo so bre uno de ellos; adicióR solicitada por dicho apoderado (fojas 2 1 á 63). Certificado expedido por el Magis· trado su stanciador de Caldas y su Se. cretario, con fechn nueve de Mayo último, sobre la exactitud del hecho de que J oaquí n Antonio y Mar{ a Jesús Cruz, por medio de apoderado, han prom ovido contra la Nación d e manda d e o posición al deslinde y amojona · mien to practicado por e l Juez 1.0 del Circuito d e Mar mato, como com isio · nado de l Tribunal; d esl inde relativo á las propiedade s aludidas , y ese pl e ito está pendi e nte en dicho Tribunal (ro· ja 4 1 vuelta) , Nota dirigida por el Mi nister io de Hacienda y Tesoro, con fech a 1 5 de Septiembre d e 1905, al G e neral Al· fredo Vásquez Cobo, en que se le transcr ibe la r es o l ución expedida el 12 dE'I mismo mes, q u e dice: " 1 . 0 No ha llegado adn e l plazo que la Junta de Amortización fij ó para constituir la fianza; 2 . 0 El Ge neral Vásquez Cobo procederá in mediatamente á ha. cer verifi car e l correspondient e des. lind e, y fallado el juici<', constituirá l a respectiva caución ( foja 63). Carta d irigida de Manizales a l mis· mo, con fe cha primero d e l pasado, po r el Dr. Eduardo A. H oyos, en qu e le anuncia un g iro á cargo de aquél por dos mil quinientos pesos or o ameri­cano (foja 64). Carla dirigida al mismo General por Pedro Jarnmillo, con fecha 19 último, e n que dice ser cierto que desde mediados d e 1905 contrataron por escrito lo s dos sobre sumini str os de fondos por el Banco de Sucre de Medellín y que al darle té rmino d icho General tí. sus operaciones con aquel Banco en Diciembre último , le resultó deudor de una suma mayor de sete · cientos mil pesos papel moneda, que Vásquez Cobo h a estado pagando en diferentes cantidades (f oja 66). Copia de la cuenta corriente de éste con e l citado Banco en el tracto transcurrido entr e el 14 de Ent>ro y el 2 1 de Abril del corriente año, con un saldo á cargo de aquél ror las su­masde$ 187,678-t7t Y$1J,68 t-9() papel moneda, y carta dirigiia de Medellfn, con fecha 27 del mismo Abril po r e l Gerente de aquel Banco,. anunciando al deudor el envfo de dicha cuent'l y rogándole ponga su­valor, con sus intere!es h asta e l día de l pago. á disposició n de Angel, J a­ramillo & e: (fojas 67 y 68). Por fin, carta de T. A. Thurner, puesta e n Bogotá con fecha 19 últi· mo, en que éste la manifiesta al Gene­r al Vásquez Cobo que la empresa Th~ C. W. Syndkal~ Lim/led, cesionaria ac. tual de las m inas de Supla y Marma ­to, :10 ha derivado utilidad ninguna desde que las tom6 hasta el d{a de tal fech a, de la explotación de dic ha~ m inas, porque adn no ha podido mon­tar la maquinaria que se necesita para aquello (foja 69) Pasando ya a l est\Adio de las ac. ciones i ntentadas por el demandante, y considerándolas en el mi smo ordel\ en qne él las deduce, la primera cues­ti ón que vamos á examinar es, si ' este T r ibunal le asiste jurisdicci61l' para sentenciar sobre las refe rente~ á los puntos de la parte petitoria, m a r­cados con las letras a) b) e) y d), lrans. cri tos ya, á saber : si está resuelto, y por consiguiente sin valor ni e fecto .. e l contrc1to de 27 de Abril de 1906,.. celebrado por el Ministerio de Ha­cienda y Tesoro y el General t\1fre· d o Vásquez Cobo, por cuanto dicho General no dio cumplimiento á s us es. tipulaciones ; si, en consecuencia, el Gene ra l Vásquez Cobo no titne dere· cho á las concesiones que por dich<> Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1303 cont r ato le h izo e l Gobie rno ; si el Gener a l Alfredo V'squez Cobo debe asegur a r , ~ sathfacci6n de l Banco Cen · tral e l pago d e los arrendamientos de la s minas de Supfa y Marmato, con caución h ipotecaria, prend a ri a 6 per ­sonal ; y, si d ebe pagar al Blnco Centr a l, e n caso de demora e n el aseguro d e los arre ndamientos, una multa d e cien pesos o r o p or cada d {a de r etardo en la constitución d e la caución, Por ser principio inconcuso sabido por todos, q ue es en la ley don de d eb e buscr¡ rse e l o r igen ó la base de toda j urisdicci6n, pa r ece forzoso ocu­rrir en este estudio á la L ey 105 de t 8go, q ue es donde se halla lo q ue e n la actualidad t ie ne establecido e l le· gislador en punto a l juicil) por a r bi · tramento. Allí se encuentra en e l inciso pri m ero, artfculo 308, como circunst•1 n . cia esencia l, que se debe hacer cons. ta r en la escritur a ó doc umento que da existencia al Tribunal de Arbitra. mento, la c~nstancia del pleito, asun. to ó diferencia que los interesados so­meten á la d ecisi6n de los a r bit ra. doFes, y que también en el articulo 316 de la misma ley, que la senten cia profe rida por los arbitradores es nula cuando no se huLiere dicta do en consonancia con lo establecido e n la escr itura ó documento de compromi so. Y como aquí, lo establecido en el respectivo documento de compromiso (foja 2, cuaderno A) es que se han suscitado diferencias en cuanto al ca· non del arrendamiento, por creer el ex-arrendatario que no está en la obli . gación de pagarlo, y que antes bien deben devolvérsele las sumas q ue h a cubierto por r azón del mismo arren · damie nto ; y que para poner término á las expresadas diferencias oc• 1rren los interesados á los suscritos a r bitra­dores, es claro que la órbita de acció n de este Trib unal está circunscrita á la decisión sobre ese pago. Quedando, por l o que se acaba de ver, reducida la labor de este Tribu­nal & fall a r sobre l as acciones expresa-das bajo los t res puntos señalados con las letras t) () y g) de la parte peti. toria de la demanda, ó sea, á r esol · ver si el d e ma ndado debe pagar la cantidad d e seis mil c uatr ocientas Ji · bras esterlinas (.¡. 6,400) en oro i n· glós amonedado, valor de los och o trimestres de arrendamiento de las m inas de Supla y Marmato, contados desde e l diez y seis de Noviembre de m il novecientos cinco y que vencieron el diez y seis de Noviembre de mil novecient os siete ; si debe pagar los intereses de esta s uma , en l ibr as es. terlinas, á la rata del dos por ciento mensua l desde e l diez y seis de Fe. brero de mil novecientos seio, liquida. dos sCJbre cada trimestre vencido y no pagado, y s i debe pagar las cos. tas de este juicio, la primera cuestión que el orden ideológico presenta a l an ~ lisis es la que surge del contrato acordado entre e l Ministro de Ha. cienda y Tesoro y el G eneral Alfredo V ásquez Cobo, el veintisiete de Abril de mil novecientos seis, aprobado por el Excmo. Sr. Presidente de la Repú­b: rca el treinta d e l mismo mes, y que e stá m e ncionado ya ; cuestiií n concre. tada a l único hecho d e ave riguar si en virtud de lo pactado alll le qued6 vedado a l contrati~ta el derecho de invoca r e n su dtfensa las disposicio · !les legales, que favorecen en general á los arr endatarios, con m o tivo de las perturbaciones que á las veces les ocurren en el debido goce y bene ficio de la cosa a r rendada, y esta averi • guación requiere especial estudio ha · liándose el juzgador en presencia del articulo 1602 del Código Civil, se. gún e l cual todo contrato legalmen­te celebrado es una ley par a los con. tratantes, y no pued e ser invalidado sino po r su consentimiento mutuo ó por causas legales. Para procurarse este T ribunal las mayores garantlas de acier to en la presente la bor, considera importante apreciar la si tuación del d e udor el 17 d e Abri l de 1906, dla en que formuló la propuesta que dio or igen a l contrato que se examina . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1304 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS En ese día el a rrendatario se halla. ba obligado por el artículo 8.0 del con. trato de 16 de Mayo de 1905, men­cionado ya, á pagar por trimestres la respetable suma de ochocientas libras esterlinas, á tiempo de que se veía en dificultades para proveerse de recur­sos, ya que de la cosa arrendada no podía der ivarlos, atendido lo que ma. nifest6 en el escrito en que formuló su propuesta, y se hallaba obligado tam. bién, sin perjuicio de la rescisión, á pagar, en caso de demora, el crecido interés del dos por ciento mensual. Por otra parte, la consideración de que la nobleza obliga, pesaba, ó debía pesar naturalmente, de una manera especial en el ánimo del General Vás­quez Cobo, atendida su alta posición oficial y su condición de avisado y experto negociante para conjurar el riesgo de aparecer como deudor mo · roso, máxime si se piensa que esto podía serie altamente funesto, ya que la rescisión del arrendamiento hada frustrar inevitablemente la negocia­ción, que á la sombra de su buen nombre, probablemente empezaba á asumir seriedad entre Jos negociantes europeos, y que se tradujo, con buen éxito, en el contrato de veintiocho de Noviembre último, celebrado con 'Ihe O. W. Sy11dicale Linu'fed. A premiado en estos términos, Vás­quez Cobo le significó al Gobierno, que aunque muy bien podría acogerse 'al amparo de los artículos 1982 y 1607 del Código Civil, por cuanto, á su juicio, el Gobierno no había dado cumplimiento á lo que e ra de su car. go, proponía : '' que el Gobierno no hiciera rebaja ninguna en el precio del arrendamiento, que solamente mo­dificara el modo de hace;- los pagos." Discutida esta propuesta, qued6 acordado el aludido contrato, aprobado el treinta de Abril de mil novecientos seis, por el cual, en atención á que una parte de las minas no le ha sido entregada al arrendatario y no había podido entrar por tanto éste en e l go­ce de la cosa arrrendada, convienen arrendador y a rrendatario e n las cs. tipulaciones consignadas aiU bajo los números Primero, Segundo y Tercero. s¡. de aqui se pasa al estudio de las disposiciones legales aplicables a) asunto, se halla rá, que según la defi­nición contenida en el a r tículo 1495 del Código Civil : " Contrato 6 con­vención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra á dar ,. hacer, . ó no hacer alguna cosa"; y comoquiera que ni bajo ninguno de­los expresados puntos Primero, Se­gundo y Tercero, ni en parte alguna del aludido documento se halla consig­nada renuncia expresa de parte del! arrendatario, ella no puede sobreen­tenderse sin calcular los principios de­la equidad y la justicia ; tanto m~s~ cuanto según el artículo 1619 del mismo Código: " por generales que sean los términos de un contrato, sóle> se aplicarán á la materia sobre que se­ha contratado "; cuando lejos de ha. berse tratado por este pacto de intro­ducir novación á las cláusulas a corda­das en el contrato de a r rendamientc> de 16 de Mayo de 1905, tantas veces citado, expresamente se declaró que­no se hacía ninguna novación ; y come> es principio de jurisprudencia reduci­do á ley positiva en el artículo 38 de la Ley 153 de 1887 que: "en todc> contrato se entenderán incorporadas. las leyes vigentes al tiempo de su ce­lebración, " ya se ve que es á ésas á las que este Tribunal de Arbitramento debe atenerse, y á los derechos que ellas consagran, sin que á ello pueda oponerse lo estipulado en el contrate> aprobado de treinta de Abril de 1906,. que ha servido de asunto al presente análisis. El Tribunal considera, en conse ­cuencia, que habiendo quedado am­bas partes en Noviembre de mil no­VP. cientos seis, en la misma situación jurídica en que se hallaban cuando hicieron el contrato de treinta de Abril de ese año, es decir, en la de que no se había puesto al arrendata. rio en posesi6n tranquila de toda )3 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1305 cosa arrendada y de que, por consi· guiente, dicho arrendatario no habfa prescindido de sus derechos, di cho a rr endaurio no estaba, cuando te r ­min6 e l plazo fijado en tal contrato, en la obligación de pagar e l canon del a r rendamiento. Considera tam· b ién, que subsistiendo esa misma si · t uaciOn jurldica h asta la fecha en q:.a e e l Genera l Vásquez Cobo traspasó e l c-ontrato de arrendamiento á la Socie. dad Tlu C. W. Syndicale Limiled, é l no esti actualmente en tal obligación. Por tanto, juzga el Tribunal que en atención á lo expresado y á que e l General V:isquez Co~o ha puesto al servicio de la Naci6n, en este asunto d e las mi nas de Sup{a y Marmato, to­dos sus esfuerzos de i nteligen cia , de vo luntad decidida, de ciencia, de di. n ero y demth recursos que ha tenido á la mano, para recuperar dichas mi. nas y las que habían sido usurpadas, hasta e l extremo de conseguir la for. maci6n de la Sociedad expresada que ofrt: ce grand es rendimientos para la República, y que la parte demandan­te no ha probado que el General Vás­quez Cobo haya r e tirado lucro algu. no de las minas arre ndadas, excepto e l dinero del contrato de traspaso del arre ndamiento á la susodicha Socie­dad, del cual se hablará más adelante, el demandado no podrá ser condena­do en este juicio en toda la extensión que pretende la parte demandante. Cons iderando que aparece d e au· tos plenamente comprobado, qu e e l arrendatario ha sid o pe rturbado en una parte muy considerable d e tos bienes arrendados, y apareciendo al mismo tiempo, de Jos mismos nutbs, que el arrendatario sí ha estado e n pose~ión de otra parte, tami.Jién con siderable aunque en m enos grado, de dichos bienes, e l Tribunal estima que es llegado e l caso de aplicar Jo s ar. t\culos 1988, aparte 2 °, y 1990, úJ. timoaparte, d e l Código Civil. Considerando que para avaluar equitativament e la re baja d e que ha . bla e l articulo citado en e l punto an • terior , que el arrendata r io no recibió las minas de San Antonio y Lll Cru. zada sino con posterioridad al mes de Mayo d e mil novecie ntos seis; que en las de Cien Pesos y San Jorge sufrió pertur baciones de terce ros que alegan ju sto tit ulo, d urante todo el período que e~tuvo h echo cargo del arrenda· miento y que son precisamente esos dos grupos de nsinas de los que espe­raba el arrendatario mayo r provecho· Considerando que es impro cedente la alegación que se re fi e re á la suma que recibi6 e l arrendatario, de que trata la escritura núm e ro 1258, de fecha del veintiocho de Noviembre del año pr6ximo pasado, toda vezque dentro de los estrechos limites del do. cumento de compro mi s o, e l Tribunal sólo debe decidir, si en virtud d e ha· ber sufrido ó nó p e rturbaciones en la te nencia d e la c osa arrendada y no habiéndose le entregado ésta en su to­t'\ lidad, d ebe ó nó e l arre ndatario pa· gar una suma dete rminada por ar ren­dami e ntos ve ncidos con sus intereses de dem ora. y s i el Gobierno debe devolverle la s sumas ya pagildas ; conce pto que parece estar corrobora­do po r la manifestación qu e el señor a poderado de los d e-na nd antes hizo en una de las audiencias cuando dijo que el debate quedaba concretad o á la elucidación de dos pun tos, á sabe r : si e l arrendatario había sufriJo per. turbaciones graves en el u so de las minas arre ndadas, y si, con ese moti­vo, no habla derivado provecho de su explotación. Considerando, po r t'tllimo, que aun­que fuera el caso d e estim a r po r mo­tivos de equidad los tér mi nos de la me nci onada escritura, es decir, aun­que fuera el caso de e~tudiar si por h aber re c ibid o e l de mandado una su­ma d e la C. IV. SJwdt~ale Limiltd en la fo rm a en qu e con~ta e n aque l docu. mento, ya qu edaba, en equidad, obli­gado á pagar los arrendamientos que hoy se le cobran, sie mp re se imp :>n. dría la consider ación de que en esa suma está representado e l valor de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 13o6 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS bienes propios que e l arrendatario ~najenó á la Compañía cesionaria, e l reembolso de los gastos h echos por ~1 aquí y en el Exterior para formar la Compafiía á que traspasó e l arren­damiento, y la remu neraci6n natural q ue ha debido obtener por sus labo­res y gestiones en este sentido, cosas todas muy diferentes de los provechos que hubiera podido derivar en la ex­plotación de las minas si el Gobierno hubiera estado en capacidl'd de cum­plirle el contrato de arrendamie11to ; y se impondría también la considera­ción de que si el arr endatar io obtuvo algún provecho por la cesión del con­trato de arrendamiento, la N ación, á su vez, ha obtenido considerables ven­tajas con dicha cesi6n, como se com­pru€ ba, en otros, con el hecho de que e l Gobierno ha considerado conve­niente aumentar en veinte años el tér­mino del arrendamiento cedido. Por las anteriores consideraciones, e l Tribunal de Arbitramento, adminis­trando justicia e n nombre de la Re­pública y por autorid:, d de la Ley, y en atención á las estipulaciones conte­nidas en el documento arbitral de treinta y uno de Matzo último, falla : 1,0 Este Tribunal se declara in . -competente para sentenciar sobre las acciones expresadas en los cuatro apartes señalados con las letras a), b} , e) y á) de la parte petitoria de la de­manda, que quedan copiados al prin­cipio de este fallo; 2 ° Se absuelve al demandado del pago de los arrendamientos que se l e exigen por e l lapso corrido e ntre el diez y siete de Noviembre de mil no· vecientos cinco hasta el veintiocho de Noviembre de mil novecientos siete, y d e sus correspondientes intereses; 3.0 Se d e clara que la N ación no está obligada á devolver la suma per­cibida por ella en razón de los arren­damientos pagados h as ta e l citado día di ez y 'liete de Noviembre de mil novecientos cinco, ni par te alguna de ~sa suma. No se h ace condenación en costas. Notifíquese esta sentencia en la fo r­ma prevenida en el a r tículo 3 17 de la citad<\ ley 105 ; regístrese, désele cumpl imiento á lo demás que prescri-be e l ar ticulo 3 18 de la mi sma ley, y cúmplase. LUCIO A. RISTRIPO. - FRANCISC O DW LA ToaRR.-BALTASAR BoT&Ro Uaras. Testigo, Januario Sát~,hlz.-Testigo , E11rique SolaiJO, Se llores Arbitros : En mi carácte r de representante de l Gobierno y del Banco Central, os pido muy respetuosamente que acla­réis vuestra sentencia de seis de los corrientes, p r onuncia da en e l j uicio de Arbitramento que e l Gobierno y él Banco siguieron contra e l Sr. Ge ­neral Alfredo Vásquez Cobo, sobre pago de arr enJamientos de las minas de Sup{a y Marmato. Habéis absuelto a l arr endatario, Sr. General Vásquez Cobo, del pago de los arrendamientos en e l tiempo t r anscurrido desde e l 16 de Noviem­bre de 1905 hasta el 16 de Noviem­bre de 1907. Dais por causa de esta absolución e l no haber recibido oportunamente el arrendatario los grupos mineros de · Cien Pesos y San Jorge, completa­m ente deslindados. Acato vuestro fallo, como es deber mio; pero como vuestra sentencia pu ­diera ciar base P"-ra argumentar que mi entras no esté ter minado por com­pleto el deslinde de las minas de Cien P esos, tendría derecho el arren data­r io par a no pagar el canon de arren­damiento, derecho que podría alegar e l S indicato ingl és, cesionario del contrato, os pido qu e aclaréis vuestro fallo en el sentido de declarar que h abiendo tomado á su cargo el Gene­ral Vásquez Cobo la obligación de obte ner el deslinde y am ojonamien to de las minas arrendadas, obligación en que se subrogó su cesionario, la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS ---- falta de indeterminación de los linde· ros de cualquiera de ellos ó la falta de entrega de alguno de los grupos no dan derecho en lo f lturo al arren­datario para dej u de cumplir la obli. gación de pago del arrendamiento es­tipulado. Señores Arbitras. FRANCisco MoNTAÑA. Seiior Presidente del Tribunal de Arbitra· mento. De'acuerdo con lo convenido en la sesión de ayer, tengo el honor de presentar el proyecto de aclaratoria de la sentencia que ha solicitado el seffor apoderado del Gobierno y del Banco Central en el juicio de arbitra. mento seguido con el Sr. General Vásquez Cobo. El Sr. Dr. Mont<1ña manifiesta que, habiéndose dado en la sentencia por causa de la absolución el no haber recibido el arrendatario los grupos mineros de Cien Pesos y San Jorge completamente deslindados, tal sen­tencia pudiera dar ba~e para argu. mentar que mientras no esté termina­do por completo el deslinde de dichas minas tendría derecho el arrendatario para no pagar el canon del arrenda. miento, lo que podría alegar el Sin· dicato como cesionario; y, con plau · sible celo en defensa de los intereses queJe fueron confiados, pide que se aclare el fallo en el sentido de decla. rar que habiendo tomado á su cargo -el General Vásquez Cobo la obliga. ción de obtener el deslinde y amojo. namiento de las minas arrennadas, obligación en que se subro_g6 el ce­cionario, la falta de indeterminación en los linderos de ellas ó la falta de entrega de alguna no dan derecho al cesionario para dejar de cumplir, en lo futuro, la obligación del pago del arrendamiento. Desde luego ocurre observar que el señor apoderado solicita se haga la aclaraci6n en términos que no pueden aceptarse, porque en definitiva ven-drían á hacer el pronunciamiento de un fallo sohre puntos extraños al de­bate y que afectaría á una entidad que no ha sido parte en este juicio de arbitramento. Como se indica en los considerandos del proyecto, el Tribunal dictó su fa­llo sobre puntos concretos y determi • nados y para individuos y entidades que se sometieron voluntariamente ¡{ su jurisdicción excepcional, así es que,. aun cuando la causal de la resolución absolutoria hubiera sido la no entrega de los grupos mineros mencionados,. completamente deslindados, no por eso habría motivo plausible para te. mer que ni el mismo arrendatario,. parte en este juicio, pudiera fundarse en ella para rehusar el pago de arren­damientos que no han sido materia de la decisión arbitral, y mucho menos podría hacerlo el Sindicato que no ha. fig..arado en este juicio y á quien no afecta la sentencia en ningún sentido. No se explica, por tanto, el temor que abriga el peticionario á este res­pecto, como no sea porque él haya re• lacionado la referencia que se hace en la sentencia al grupo minero de Cien Pesos y San Jorge, para el efec­to de hacer una estimación determi­nada, con la interpretación jurídica que se dio :í los contratos relativos al arrendamiento de las minas, punto en el cual tuve la pena de disentir de la. opinión de mis respetables compañe­ros, por lo que fui de concepto que el asunto debía fallarse Jnicamente por motivos de equidad que de suyo erart bastante poderosos para justificar una. rebaja del arrendamiento. Pero, aun en ese supuesto, no creo que la inter­pretación jurídica aludida pueda ha­cer extensiva la sentencia á puntos que no están específicamente com­prendidos en el documento de com­promiso, tanto más cuanto que el Tri­bunal, como lo indico en el ordinal cuarto, siempre hubo de apreciar mo~ tivos de equidad y vino en definitiva. á transigir pretensiones opuestas det las partes. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 13o8 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Adem.is de esto, en e l contrato ce. l ebrado directame nte por el C. 'N. Syndicate con el Go bie rno, contrato que adicionó, aclaró y r e formó e l pri mitivo d e arrendamiento, e l S indi cato toma expr esamente á su cargo la obli · gación d e hacer el desl inde y a mojo · na miento d ~ las minas arrendadas d e n· tro del t érmin o pe rentorio d e un afio. No hago men ión de e sta ci r cunstan · cia en el Proyecto, porque consid e ro que no hay para qu é r efe r irse á con­tratos cele b rados con una entidad que ha sido extraña al juicio de arhitra­mento. Por lo expuesto, parece que no fue. ra el caso de aclarar la se ntencia a lu. elida; ma s ya que la duda ha surgido en el ilustr ado e spír itu del Sr. Dr. Mon. taña, he· creld o qu e se haga en la fo r­. rna del proyecto, porque estimo que el Tribunal e xtralimitaría sus f .cultade s .si Jo hicie ra e n los términos indicados por el pe ti cion ario. S olicito respe tuosa me nte que ~i el proyecto AdjuRto merece la aproba­ción del 'J'ri bunal, se agregue á los autos la pre sen te e xposición. Señor Presidente , F RA NCISCO 'O K LA T u RRI . Tri'bunal de Arbt'lramm lo - .Bogolá.julio lrue de mil , ovm enlos oc ho. Vistos : El S r. Dr. F rancis co Mon­taña, apoderado de l Gobierno y del Banco Central, h a solicitado a c larato. ria de la senten cia que este Trihunal dictó con fech a seis de l presente, e n -el juicio de a r bitr a mento seguido e n. tre las dos e iltidades a r ri ba citadas y e l Sr. Gene ra l Alfredo V á squez Cob o, en e l se ntid o de d ecl arar q ue h~ hi e n . do tomado á su c argo el Ge ne ra l Vás­quez Cobo la obligación d e obtene r el deslinde y a mojonamien to d e las mi ­nas arrendadas, o bligación eri q •1e se .subro g ó su cesionario, la f al ta d e in­d etermi na ci ón e n los lin deros de c ual ­q uiera de ell os, 6 la fa lta de entre ga de a lgunos de los g ru pos, no da n de-recho en lo futuro al arrendatario para dejar de cumplir la obligación de pago del arrendamiento es\ipu­lado. Funda su solicitwi el peticionario en que la sentenci'l pudiera dar base para argumentar que mientras no esté ter­minado por completo e l deslinde de las minas de Ci e n Pesos tendría dere­ch o el arrendatario para no pagar el canon de a r re ndamiento, derecho que podrla ale gar el Sindicato i11 glés, ce­sion ario d el contrato. Para resolve r esta solicitud se coD­sidera: 1.0 Que no fue únicamente la caU­sal indicada por el pe ticionario lo que motivó la parte resolutiva de la sen­tencia, y que, además, esa causal no consisti ó pr ecisamente en no haber re­cibido el arrendatar io los grupos mi­neros de Cien Pesos y San Jorge, completamente deslindados, sino en ha ber sufrido perturbaciones de ter­ceros en el uso de ellos; 2 .0 Que á e ste Tribunal se some­tió por las partes la decisión de un punto concreto respecto de hechos cumplidos, durante el tiempo en que el G e neral V á~quez Cobo fue arren­datario d e las minas de Supía y Mar­mato, n saber : si él, como a rrenda_ tario que fue de dichas minas, no es_ taba obligado á pagar los a rrenda­mi e nt os ve nci<:los desde veintisiete de Nov ie mbre de mil novecientos c inco i ve int iocho de Noviem bre de mil no­vecientos s iete, y si deblan devolvér­sele la s sumas ya cubier tas por razón d e dicho arre ndamie nto, por haber sufrido perturbaciones en la tenencia de la cosa arrendada y no habérsele entregado é sta e n su totalidad; por consig ui e nte la sentencia dictada so­bre estos p untos concre tos y clara­men te deli mitados só lo pue de aprove­char ó p e rjudicar al G o bierno y al Ba.,co Central, por una parte, y al G e ne ral Vásque z Oobo, por la otra, y eso solamente en lo que hace referen­cia á los puntos sometidos al arbi tra­me nto y que fueron mate r ia del fallo; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLgTIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1309 ] . 0 Que los llrbitros fueron autori sados por las partes para decidir con. form e " la ley y á la equida d y para transig ir sus pretensiones opuestas, as( es que sus deci~iones no pueden reconocer ni negar d e rechos a l Sind i­cato cesionario que no ha figurado e n este juicio ni se h a sometido á su ju . risd icción excepcional, mayormente si se tiene e n cue nta qu e e l Sindicato obtuvo la cesión del contrato de arrendamiento mu cho tiempo antes de que se constituyera e l Tribunal de Arbitramento y se dictara la sen· tencia cuya aclaración se pide (ar . t í culo 846 C. 1 ); 4 .0 Q1.1e, aunque el Tribuna l h izo un estudio del derecho en relacilín con los con tratos r e ferentes al arreo damiento, tuvo también Pn cuenta los motivos de equid ad, y en de finiti va hizo u so de la facultad d e tran$igir las pretensiones opuestas de las par. tes, y s iendo esto a s(, es claro que la sentencia qu e dictó no afectl\ ni á las partes mismas sino en lo que se re­fiere á los puntos que decidió; de m a. nera qu e, aun en e l supuesto de que el General V .isquez Cobo hubiera continuado con el arrendamiento d e las min as no po dría, fundándose e n este fallo, rehusar e l P.ago de arren · damie ntos vencidos con posterioridad á los que fu er on mate ria de la d eci­sión arbitral; y 5.0 Que la acla ra toria que hicit ra el Tribunal en la forma solicitada por el apoderado d e la parte deman­dante no tendr la efecto legal alguno r especto de pe r sonas 6 entidades que no h en sido partes en este j uicio, y que sólo puede hacer aclaraciones que oblig•1c:n á las partes que e n él han figurado, 6 á sus sucedáneos. Por la!> anterior es consideraciones, el Tribunal de Arbitramento, admi. ni str ando justicia en nombre de la R ep6bl ica y po r autoridad de la L ey, R&SUILVIt: Se aclara la sentencia de fecha seis de los corrientes, dictada po r este T ri bunal en e l juicio de arbitramento seguido por el Gobie rno de la N ación y el Banco Central cont ra e l Sr. Ge­neral Alfredo Vásquez Cobo, en el sentido de que e lla se refiere exclusi­vamente á los arrendam ientos de las miras de Supla y Marmato proceden· tes dtd contrato cele brado con el Mi· ni ste r i.> de Hacienda y Tesoro en d oce de Mayo de mil novecie ntos cin. co y vencidos hasta e l veintioc ho de Novie mbre de mil nov ecientos siete. Notifíquese e n la forma pr evenida en el artículo 3 17 de la Ley 1 os; regístrese y désele cumplimiento á lo demás que prescribe el artí culo 3 18 de la misma Ley. Lucro A. Ra:sTREPo.-FuNctsco DI Lh ToRRa -BALTASAR BoT&Ro URIDB. T estigo, ]anuario Sá11rhtr-Testigo, E11 riqut Solano. CONTRATO sobre explotación de las minos de 'iupía y Marmato. Baldomero Sanfn Cano, en su cali· d ad d e Subsecretario encargado del Ministerio de Hacienda y Tesoro de la República, de bidamente autorizado por el Excmo. Sr. Designado encar­gado del Poder Ejecutivo y por e l ho­norable Consejo de Ministros, por la una parte ; y por la otra parte Tho­mas A. Turner, en s u calid ad de apo. de rado de Tlu C. lf. Syllfliralt Llmiltd, S) iedad domicilia da e n la ci udad de L ond r es, capita l d e l Reino Unido de la Gran B•et .. ña é Irlanda, en eje rci­cio dc!l poder que está protocolizado en l a Notaría cuarta de este C ircuito, bajo el número trescientos ochenta y cuatro y con fe cha veintitrés de Abril del corriente añ :>, y previamente a uto- • ri zado por la Soci edad en cablegramas de veintiocho d e F e brero de este afio y de ocho del p resente mes, para ce­lebra r e l contrato contenido en este instru mento y pa ra obr a r por s{ solo, est o es, como único apode r ado de ella hemos convenido en aclarar, modifi,. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r 3 r o BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS ear y adicionar, y en efecto acl11ra. mos, modificamos y adicionamos el contrato de arrendamiento de las mi. nas que la Nación tiene en la Provin. cia de Marmato, d el Departamen . to de Caldas, contrato que fue cele. brado con el General Alfredo Vás. que:t Cobo, perfeccionado y aclarado por las escrituras pttbli~as números novecientos veintiuno y mil quinientos sesenta y uno, otorgadas el die:t y seis de Mayo y el diez y nueve de Agosto de mil novecientos cinco en la Notaría segunda de Bogotá, y que fue cedido por Vásquez Cobo, con previa autori. zación y posterior aprobación del Go­bierno, á Tlu C. W. Symlicale Lr'miled, al tenor de las cláusulas siguientes: Primera. Prórroga de dicho arren­damiento de las minas de Sup(a y Mar. mato por veinte años más, contados desde la fecha en que él debía termi. nar, según la precitada escritura nú. mero novecientos veintiuno, de di ez y seis de Mayo de mil nov ecientos cinco; e n la inteligencia que esta prórroga es obligPtoria para amba s partes. Segunda. Durante los veinte años de la prórroga del término del arren. damiento, el precio de 6ste 6 la renta se rá la misma can ti iad de tres '!lil doscientas libras esterlinas por cada a ño, estipulado e n el ordinal primero del artí culo octavo del contrato pri · mitivo, y será pagado en esta ciudad de Bogot~ por semestres anticipados durante todo el ti e mpo del ar ·enda­miento. Tercera. El arrendatario proce. áerá en e l curso del presente año de mil novecientos ocho á cumplir la obli­g- ación que le impone el ordinal sépti- . rno del articulo octavo del contrato, de hacer alinderar y amojonar las mi­llas arrendadas, para lo cual promo. Yer~ los respectivos juicios de deslinde y amojonamiento ; y concluídos esos juicios, e l arrendatario hará levantar inmediatamente los planos de dichas minas, los cuales entregará al Gobier­DO tan pronEo como estén terminados. Parágrafo. Para el efecto de que e l arrendatario pueda promover y seguir dichos juicios de deslinde y amojona. miento, e l Gobierno conferirá poder especial suficiente á la persona que al efecto designe el apoderAdo del arren. datario en B?gotá ; en la inteligen. cia, por supuesto, de que los honora. rios de ese apoderado y todos los gas, tos que causen tales juicios serán de car. go del arrendatario exclusivamente. Cuarta. El arrendatario se obliga á admitir en sus establecimientos mi. neros de Supla y Marmato los alum. nos que el Gobierno des1gne al efec. to de la Escuela de Minas de Me:le­ll! n 6 de cualquiera otra de la Repú. blica, y á darles todas las facilidades para que conozcan y estudien las mi. nas, presencien todos los trabajos de laboreo d e las mismas minas y conoz. can todas las máquinas y procedimien­tos empleados por el arrendatario en la explotación de ellas y en el bene. ficio de los minerales. Quinta. De acuerdo con d Decre. to número mil cuatrocientos veintiocho de vei ntisiete de Noviembre de mil novecientos seis, la maquinaria que se introduzca para el lahoreo de tas minas, en las cond iciones allí expre­sadas, está libre de los derechos de importación. Caso de qu!! el Gobier­no suspendiere los efectos de este De. creto, dichos efectos se seguirán sur· tiendo por lo qu e se refi ere al Con. cesionario, hasta por tres años des­pués de la suspensión ó derogación 6 reforma del D!creto. Se concede, asi . mi 'rno , franquicia aduanera por un año, á cont'lr de la fecha de este contrato, para la herramienta menor . que se introduzca para el exclusivo laboreo de las minas, auR cuando p ese menos de tres toneladas. Sexta. Además de las minas de sal, carbón y asfalto, exceptuadas expre­samente d e l arrendamiento en el art{. culo cuarto del contrato p r imitivo, se excluyen también del arrendamiento las minas de esmeraldas, de platino y minerales radioactivos que existan y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE ~S RENTAS REORGANIZADAS 131 t se descubran en la Provincia de Mar­mato ; y f>n consecuencia es entendido que quedan inclu{das en é l todas las de m ás minas que existan 6 se d esc u­bran en dicha Provincia, 6 las que r ec upere e l arrendatario en ella, en cumplimiento de la obligación que contrajo e n la parte final del a r tículo trece de dicho contrato primitivo. Este con trato deberá e le varse á escritura pública. En constancia se firman dos ejem. piares de un mismo tenor, e n Bogotá, á nueve de M ayo de mil novecientos ocho. BALDOMERO SANÍN CANo-Thos. A. Turntr. Consej o de Mini stros-Bogotá, Junio 1. 0 ·do 1go8. En sesión de hoy fue aprobado el contrato que precede. El primer Subsecr e t ario, encargado de la Secr etaría General de la Presi­dencia de l a República, Luxs DuliNGU&Z 5. Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá. 1. 0 de Junio de 1go8. Aprobado. R. REYES. El Subsecretar io de Hacienda, en­cargado del Despacho de Hacienda y Tesoro, B. SANÍN CANO, (Diario Oficial o úm eros 1 3•338 y 13,339). REMATES. Por no ha ber llegado aún algunos póstores á Jos remates de la Renta de Licores que d ebían ver ificarse e l día de maffana, y pnra darles tiempo su ­fici ente para preparar todos sus do­cumentos, se ha r esuelto por la Junta Directiva del Ba nco Central aplazar dichos remates hasta el lunes 24 de Jos corrientes. Las propuestas dehen presentarse e l s i llado 22. E l Gerente de Rentas, SALVADOR FRANCO. - El Secretario del Banco Central, Daniel J/olguln. TELEGRAMA Y RESOLUCION sobro autos para mejor proveer. Juegado Supmor de Rtnlal, - Ntiva, 211 de Junio de I 908 . • Minis tro Hacienda. Para aclarar dudas : ¿Pueden Jue­ces S uperiores Rentas dictar autot para m ejor proveer? R afael Gorda D. Mt;tislerto de .Hacimday Ttsoro. - Slmh r .•-Rano de Hacimda - Bogolá,Ju­lto 7 de r9o8. Visto el telegr a ma del Juzgado Su­perior de Rentas de N eiva, en q ue c o ns ulta á este Despacho si pueden tales funciona rios dicta r autos para mejor provee r, y TtN IENDO &N CUKNTA; r.0 Que seg6.n práctica general­mente establecida, para que puedan dictarse en segunda instancia autos de aquella naturaleza, se ne cesita que hay¿ una disposici ón expresa que lo autorice; 2.0 Que en las disposiciones vigen· tes sobre Ju zgados de Rentas no hay ninguna que cont~nga esa autor iza~ ci6n; y 3. 0 Que según el artículo 99 dfl Decreto 339 de 1905, los Prefectos -cuyas funcione~ respecto de Re n~as desempeñan hoy los Jueces Supeno· res de Rentas- deberán fallar en se­gun da instancia sin má1 a(/uad6n, SK RRSUBLVK : Legalmente no pueden . los Juecee Superi ores de Rentas d1ctar auto5 para mejor proveer en los a~untos que les lleguen en n!Jelaci6n ó consulta. Comuníquese, cópiese y publfquese. E l Subsecretar io de Hacienda, en­car gado de l Despacho, B. SAN(N CAt;O. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1312 BOLETIN DE L..AS RENTAS REORGANIZADAS TIMBRE NACIONAL. Movimiento de documentos privados en el Departamento del Cauca, en el mes de Mayo de 1908. 1~..; VALOR EN <> ~ VALOR EN ~ " PAPEL MONEDA. ,§ ~ PLATA. $ ~~ $ PROVINCIAS. 11---- --- - J--- ------ -----------1----11 Arboleda .......• ••• 57 5,017 57 ... .......... . .. . .. ... Buga ........... .... ... ......... ... 63 '·454.393 ... ... Buena ventura ..... 4 384 ... 2 23,000 1 495 Cali .•••••• •• ••• •• •• ... . ... ...... ... 82 6.359.539 . .. . .. Cal das ............... ... ········· ... 17 114,019 ... ... La Plata ••••.•••.•.. ... . ........ ... 19 249.434 ... ... Popayán .. ... ....... 161 30,622 72 ... ......... . .. . .. ... Quind(o ············ ... ......... ... 237 1.840,910 . .. ... Santander ......... 34 6,377 o6 ... ········· ... . .. ... Tuluá .•.•••••• • • ••• ... ......... ... 38 6 12,134 . .. ... Suma ••• .••••• ---;s6 •42,4~ ~~ ----- 10.653.429 1 495 - Movimiento de documentos pr ivados en los Departamentos de Tolima y Haila, en el mes de Junio de 1908. NU' MERO DE DOCUMENTOS. 1 VALOR DEPARTAMENTOS PROVINCIAS. DE LOS DOCUl\IRNTOS Por valor Por valor EN P.\PRL MONEDA. drlermi11ado. indeterminado. - ----- ( Herveo •..••••• 289 , ..... $ 1.791,087 so 1 Honda ..• •••••• 146 ...... 2.868,388 95 T OUMA ...... ~L A mbalema ... so 2 850,634 . . . Combeima •• 112 1 1.346,898 ... Saldaña ... ... 222 ...... 2 085,983 25 --~ Sumas ••• 828 3 $ 8.942,991 70 --- H UILA •.• . { Neiva ... ...... 117 ...... $ 3-567,000 ... Sur. ........ 1 [ 5 3 2. 187,452 17 ---- Sumas ... 232 3 $ 5-754,452 17 --- RESUMEN: Tolima ........ 828 3 8.942.99 l 70 J-!uila .. ........ 232 3 $ 5-754.452 17 1 . - Totales ... 1,060 6 S 14.697,443 87 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI N DE LAS RENTAS REORGMIZADAS 1313 TIMBRE NACIONAL. KOVUOENTO DE DOCU~IBNTOS PI\IVAOOS BN EL EXPENDIO ESPECIAL DE BOGOTÁ• . OU1\ANTB EL lllES OB JULIO DE 1908. N.o de los I ndeter- Fechu. documentos. minados. Oro. P. M. Valor en papel moneda, Valor en oro. unio 1.0 49 2 4 43 S 1.203,S91 .. . $ 5,926 •.• " 2 47 4 6 37 :.136,6oJ ... 2,111 75 ,, 3 46 S 37 3.o62,950 ... J,496 ••• 11 4 44 6 37 1.477, rSS ... 5,275 35 •• 6 59 9 49 1.45 7,' s6 so 16,58o 93 .,, 7 33 2 JI 791,SOJ 10 3,ooo· .•• •• S JO S 25 1.037,026 ... 4,S I S 40 ., 9 47 12 34 1,0' 7,S48 Sv 2,034 3 t , 10 5 1 1J 38 1.677,192 . .. 6,222 44 , 11 54 3 3 4S 1,700,56o So 2,5SO 15 .,, 13 6o 2 6 52 2.39 1,39() 65 5, 144 96 11 14 ss 15 42 1-356,762 20 8,156 30 , 15 70 4 66 1.527,033 75 14,100 ... , 16 54 10 44 1.9 15,oo6 ... 3, 128 J9 , 17 37 10 27 415,848 So 5,424 1 [ , 18 41 6 35 1.243,616 ... 15,S99 16 " 21 47 2 6 39 664,224 ... 7,520 , _ , 22 52 1 9 42 1.202,6 16 50 g,897 83 ,, 23 33 1 2 3'? 1.233.4S7 so 4,319 43 , 24 49 3 7 39 1-411,481 45 3.780 56 , 25 s s 14 44 1.212,314 66 16,445 7 t " 27 40 10 29 514,765 ... 8,963 Jl ~ 28 1.818,4SS os 5,623 16 , 45 10 34 " 29 26 1 2 23 sz6,tt8 10 513 S1 ., JO 77 2 14 61 1.465,616 ... 6,785 os , JI 38 J J4 971,272 75 2,029 7Zi ---- ---------4' Totales .. . 1,245 29 t 96 1,020 $ 34-432,26o JI $ 16S,476 S9 RESUM EN. 29 Documentos d e valor indeterminado. •96 Docu:nentos de valor en oro .. . ... $ 16S,476 S9 1,020 Documentos de valor en papel moneda ...... S 16.S47,6S9 ... 34-432,26o 3 [ --- Total. 1,245 Docu mentos. Valor total en papel moneda .•• $ 5 1.279.949 3 ( ;A Promedio diario de documentos en oro ...... .. . . ... S P romedio diario de docume ntos en papel moneda. 39 Promedio total diario en papel moneda............. 47 documentos. ~ Promedio diario de valores en oro ...... $ 6,479 SS $ Promedio diario de valores en pape l moneda ...... .. Promedio total diario en papel moneda............... S 1.972.3o6 El Expendedor especial, L 111s F. ToRRJtS E~ Bogotá, JI de Julio de 190S. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1314 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS DILIGENOIA DE VISITA ::J'UCTICADA EN LA AGENCIA Dlt RENTA S DEL MUNICIPIO DB \'KNADILLO, POR BL ADK INIS~ T RADOR PROVINCIAL DE UNTAS DK AMBALKM/\ 1 RONDA Y HERVI!O, En Venadillo, á 29 de Junio de 1908, se presentó el Administrador Pro­vincial de Rentas Reorganizadas de Ambalema, Honda y Her veo en la Agen­cia municipal de las mismas Rentas, con el fi n de practicar vis ita ; y procede á e ll o con d examen de las operaciones verificadas desde el 1.0 de Nov ie m­bre de 1907, por habe r vi sitado la Agencia el 18 del mes citado el Sr. Vi­sitador oficial, según los libros qu e presenta el Agente Sr. Marco Henao T., quien tomó posesión del empl eo ante el Alcalde Municipal el 27 de Marzo del presente afio, en reemplazo del Sr. Joaquín Tamayo ; este empleado se retireS. por motivos de salud . SECCIÓN DE RENTAS. MOVUIIENT O DR GUÍAS . - Degüello. Venta de.. piel&s. Venta. de Tabaco. Libres. NOVTSM DI\ E DE 1907 . E . S. .E. s . E. S. E . s. - -- --- --- --- -- - - - --- -- E xistencia anterior .. . .. .... .. . 101 . . 26 .. 62 -. 148 . - Expedidas . ... .. . ..... . .. 45 -- 3 .. 2 4 .. 5 F altaron cuando practicó visi-ta el Sr. Cclso N. Qui n-t ero . ........ .. .. ....... . . 10 .. .. .. . . .. .. E xi stencia para Diciem bre .... .. 46 .. .23 .. ~8 -. s43 - -- -- - --- - -- - -- - -- - - -- Iguales .... .. .. .... .. . 10 1 101 26 26 62 62 J48 148 - -- --- -- ~ - - - - - - - -- --- --- DICIEMB RE. - Existencia anterior . . .... . ..... 46 . . 23 -. 38 .. 14 3 .. E xpedidns .. ... ....... .. 41 .. 2 .. 28 .. -- E xistencia para Enero ...... . . . .. 5 .. 21 .. JO .. I43 - - - --- -- - - - - -- - --- - - - - Iguales .. . . . .. . ... . ... 46 46 23 23 38 38 143 14 3 --- --- - -- --- --- - -- --- - - 'ESSI\0 DE 1908. E x istencia anterior ... .. .... . .. 5 .. 2 1 .. 10 .. 143 -- Recibidas ... ... . .......... .. . 200 . . -- . . 100 -- . - .. Expedida'> . ... . .... . .. .. 51 . . 4 . . 14 -- 1 Existencia para Febrero ..... . . -. 154 . . ' 7 .. g6 .. 142 --- - -- --- --- -- - -- --- --- Iguales ...... . . .... .. . 205 205 21 .2 1 11 0 11 0 143 143 --- - -- - -- --- - - - --- - - - -- FEBREI\0. Existencia nnterior ......... ... 154 . . 17 -- g6 .. r4 2 .. Expedidas . .... .... ... .. 45 . . 4 .. 4 .. 1 Existencia para l\larzo ..... .. . .. 109 . . r3 . . !)2 .. 141 --- --- --- --- -- - -- --- --- Iguales .. .... .. . ....... 154 154 17 •7 g6 g6 142 14.2 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1315 DegüeUo. Vtnta do Piel ea. Venia de Tabaco. Librea. IIAAZO, E. S. E. S. E. s. E. s. Existencio nnterior ........... 109 .. 13 . . 92 .. •41 -- Expedidas ............ .. 36 -. 4 . . 11 -. .3á Existencia para Abril ... • ...•• .. 73 . . 9 -. g, .. Iguales... . .. .. .. • . .. 109 109 {)2 A DRIL. Existencia anterior ... . ...... . Expedidas ........... . R emesados á In Admiñistraoión 73 .. 9 .. g , .. t36 . - -. 32 .. 4 .. 9 . . 4 Provincial ............... . Exi~tencia pora Mayo ....... .. .. 4t .. 5 .. . . .. . - -. .. .. .. .. 72 -. t32 --- --- -- --- --- --- --- -- Jgunles .•..... -~ .... .. 73 73 9 9 g, . g, 136 t36 --- --- --- --- --- --- --- -- )l AYO, Existencia anterior.. .......... . • . • • . .. 72 .. t32 .. Recibidas.. . .. . . • • .. • .. . .. .. 200 . . . . .. . . . . . . . . Expedidos....... .. ... • - 45 - . .. .. t4 • • 5 Existencia porn Junio ......... ~ ----·- '55 --·-·-¡__::- 58 1 · · '2 7 '- Iguales .............. 200 200 .. 72 72 t 32 t32 En el presente mes se han expedido 4i guías de degüello ; 9 de venta de tabaco, y 3 de segunda venta. Contadas las g:uías se hallaron las existen­cias de conformidad. Las 10 guías de degüello que faltaron en el talonario en el mes d! Noviembre último, se encontraron en la Administración Provin­cial, en otr a libreta, y entonces se vio el hecho de que la enviada á esta Agen. ci a había sido mal rotulada desde cuando salió de la oficina de su origen. MOVIMIENTO DE PIELES. P 1 EL E S. E'11radas. Saltilas, Novimzbre-Existencia anterior ...... ..... . ... .............. .. Producidas ..... .... ...... ...... ... .................... . Remesadas ........ . .. . ............... .............. .. . Vendidas ..... ......... ..... .. . ...... ... ... ....... .... .. Existencia para Diciembre ...... . .......... . ..... . Iguales ........ . ............ . ... .. Diaimbre -Existencia anterior ............................ . Producidas ................................... ~- ..... . Remesadas ............ .. . , .............. ............ .. . Vendidas ........................................ . .... . Existencia para Enero .............................. . Iguales ........ . ....... .......... . 107 43 41 6o 4 43 107 55 2 27 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1316 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Efllraias. So~Jr'áas, Entro- Existencia anterior.. . ......... . ...... .. . .• .. . . .. .. . 2 7 Producidas ...... .. .•. ... ... ........ .... . .... ...... .•• S 1 Remesadas .. .. . .. ...... ..... ............ ... . ........ . Vendidas .. . ..... . . . ....... .......... . ... ... ....... .. . Existencia para Febrero ... ............... ...... . .. ...... 38 4 36 ------ Iguales .............. ... . .... .. ¡8 ¡8 Febrtro- Existencia anterior ......... .. ....... .............. . Producidas .... ...... ; ......... . . ....... ...... ... .. . R ecibidas de Santa Isabel. .... ................ . Vendidas ... ... .......... ...... . . . ......... ... ........ .. Remesadas ....... ........ ... . .. ...... . ..... . ..... .... . E xistencia para Marzo ...... . . ................... .. . ---- Iguales .. . ...... ........... . ..... . Marzo- Existencia anterior ... ...... ........... . ... ... .. . ... 33 Producidas... . .. ... . .. .. • . . . ... .. • . . . ... . .. .. . . . . ... .. • 36 Recibidas de Santa Isabel. ..... ... . .. ...... ........ . Vendidas . ........ .. . ......... ............... ......... . Remesadas . . .. .... . .. . ..... ... : ..... ....... ... .. ..... . Existencia para Abril ......... .. ................... . Iguales ... ...... ..... ..... . . .. # ••• Abn7- Existencia anterior ... .. ... ... ......... ... ........... . Producidas ... ...... ... ....................... ......... . Vendidas ... ................... ... ... ... ...... ... ..... . Existencia para Mayo ........... . ................. . Iguales ..... .................. .. Mc~yo-Existencia anterior .............. .......... ..... .. .. . Remesadas ...... ...... ... ..... . .... . .... . .. .. . ........ . Iguules ... ... . ..... ... ... ...... . . . .... .. ¡o rs 32 47 43 43 S 44 33 82 5 so IS ¡o 4 43 47 43 43 Los cuadr os de movimiento de p ieles se forman correctamente, hay cla­ridad y orden e n todo. Observa el Sr. Administrador Provincial que en los meses de Noviembre, Febrero y Marzo, se vendieron cuatro, cinco y cinco pieles, r espectivamente, y que el Agente sólo expidió tr es, cuatro y cuatro gufas. MOVIMIENTO DE TA BACO. NflVl~mlm - Se cobró e l Diciembre­Enero­Ftbrero ­Marzo­A bn1- M~o­fumo- Hasta hoy " " " " " , imp uesto sobre ... ..... . ..... .......... Kilos •• f ••• • • •••• • 1. ' •••• • •• •• •..••• ,, ... ... .......... .. ' ......... .. . ,, ••••• • • • ••• •••••• • •• • • ' • • 1. 1 • • • ,, ............ ' ••• t ••• ' t t ' . . . .. . . . . 1 l ,, • t • •• ••• t •••••• 1 • • •••• ' ••••• •• • ,, •••• •• ••••• • ' . '1 .••••••••• ••• •• ,, .. .... ..... ... ' ............... . Suma ......... , ... ...... ...... Kilos 25 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1317 Hay muy pocos cultivos en el Mu nicipio, el tabaco elaborado que se con. sume procede de los de Ambalema y Caldas. :Este Municipio est:i en absoluta decadencia, quizá porque los vecinos no han vuelto á ocuparse de esta indus­tria, obedeciendo & las e rróneas interpretacion es de los qu e trabajan en el sentido de aniquilar las Rentas, y por esta razón e l Admi nistrador Provincial, en g uarda de los inte reses que se le han confiado, exci ta a l Agente municipal para que ponga en conocimiento de los an t ig uos cult iv adores las g a rant{as que ofrece el Gobierno á los que ~e ocupan en el negocio del tabaco. MOVIMIENTO DE DEGÜELLO. Ma1o- Se beneficiaron............. ..... ........... .... 28 reses machos, 1 7 reses hembras. Son.. . 45 reses. Junio - Se beneficiaron................................. 27 reses machos, 20 reses hembras. Son o o. 4 7 reses. Los cuadros de movimiento de tabaco y degü ello se llevan cuidadosa. mente. CAjA. NOVIEMBRE. DEBK. HABIR, A la Renta de T abaco : Impuesto sobre t65t k ilos , á $ 0 1 5. A la Renta de P ieles : Valor d e una, con 6 kilos, á $ o-22. Valor de una, con 6 kilos, á $ 0-22 . Valor de una, con Si kilos, á~ o - 22. Valor de una, con 6 kilos, ·á $ 0-22. Por gastos: S ueldo dtl Agente ........ ............... . Preparación de pieles ............ . .. $ Al Agente de Ambalema : Remesó en e fectivo .. .... ... ........... . Balance á cargo d el e x-Agente Ta. mayo .. . ......... ... . . . ............ .............. . Iguales ... .......... . O IC IEMO.l\E, A la Renta de Tabaco : 1 32 32 2 1 1 32 5 17 --- 20 .. . 6 75 30 Impuesto sobre 29! kilos, á $ o-15 ... $ 4 42t A la Renta de Pieles : Valor de una, con 6 kilos, á $ o - 22 ... $ 1 32 Valor de una , con 8 kilos, á $ 0-30... 2 40 3 72 Pasan........ . .... .. $ 8 14t ... .... ... $ 26 75 3 54l ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1318 BOLETIN DE LAS RENTAS R EORGA NIZA DAS D&Bit. H AB&R. V ie nen . ..... . .. .. . . . . $ 8 •4! A Apar a tc.s: Valor de un pesa li cor ......... . ....... . 30 A l A gente de A mba le ma : Re mesó en efectivo ... . .... . . . . . .. ... . 29 70 i Por g a stos: S uel d o del Age nte ................. ... . ... 20 P reparac ión d e 4 1 pieles ... .... .. ..... $ 6 15 $ 2 6 15 Por Apar atos : Arrendamiento de l depósito de J ulio á D iciemb r e . .. .... . ........... .. 6 Por gastos: A rre nd amien to depósi to pi eles ... ..... . 6 - --- Ig ua les . ...... . .. . $ 38 15 $ 38 IS - --------- ENERO. A la Renta d e T abaco : Im puesto so b re I 2i kilos, á $ 0-15 . .. A la Renta de P ieles : Valor de una, co n 6 kilos, á $ 0-22 ..• $ Valor 'de u na, co n 6 kilos, á $ 0-22 ... Valor de una, con 8 kilos, á $ 0 - 30 . . • Valor d e u na, con 8 kilos, á$ 0-30 . .. A Aparatos: Valor de tres cántaras, á$ 0-25 ... ••• Al Agente de Ambale ma : Giro á favor de Juan R eyes .. . ...... . . . P or gastos: 32 3 2 2 40 2 40 S ue l do d e l Agente ... ... . .... . ..... ... .. . 2 0 ... P repar ación d e 5 1 piele s ..... ... . ..... . $ 7 65 Arrendamiento d epósi to pie les ... .. . .. . Por Aparatos : Conducción á Ambalema de los exis-tentes aquí. .... . . . . .... . . ... ...... . . . .. ... . .. . .. . Balance á cargo d e l ex-Age nte T a . mayo ... ......... ..... . .. . .. . ............ ... ... .. . Iguales .. . ...... .. . FEBREI\0. A la R e nta de Tabaco : Impues to sobre 2 ! k ilo s , á $ o- 15 ... .A la Re nta de Pieles : Valor de una , con 6 k il os, á $ o-22 ... $ V alor de una, con 6 kilos, á $ o- 22 .. . 1 32 1 .32 1 32 Valor d e una, co n 6 k ilos, á $ 0-22 .. . Fasan ......... .. .... .. . $ 3 g6 $ 1 87i 7 44 75 22 22! $27 6s 1 ••• 3 64 $ 32 29 $ 32 29 $ .. . 39 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS DIB!, HABIR. Vienen ........ . .. .... .. Valor de una, con 6 kilos, á $ 0-22 ... $ 3 96 I 32 Va'or de un a, fresca ... ..... . .......... . . 4 ... $ 9 28 ~ •• • • •• Al Agente de A mbalema : Giro á favor d e Carlos Fráser .. ...... . 14 58 A Aparatos: Valor de 11 cántaras, á $ o-25 ....... 2 75 Por gastos: Sueldo del Agente ... . ................. .. $ 26 ... :. . . . .. Arrendamiento depósito pieles . .. .. .. $ 27 ------~----~~~~ $ 27 $ 27 Iguales ...... . . ... . MAR ZO. A la Renta de Tabaco: Impuesto sobre 1 1 kilos, á $ 0-15 ..... A la Renta de Pieles : Valor de una, con 6 kilos , :í $ 0-22 ... $ I 3 2 Valor de una, co n 3 kilos, á$ 0-22... 66 Valor de una, C'On 6 kilos, :í $ o-22 .. . Valor de una, con 6 kilos, :í $ 0-22 .. . Valor de una, con 6 kilos, á $ 0-22 . .• Al Agente de A mbalema : 1 32 1 32 1 32 $ 1 68 5 94 Giro :í favor de Joaquín Tamayo.. .... 19 38 Por gastos: Sueldo del Agente........................ 26 ... ... Arrendamiento depósito pieles... ...... $ 27 ------~------~~- Iguales....... . .... $ 27 $ 27 ADl\IL. A la Renta de Tabaco : Impuesto sobre 9 kilos, :í $ 0- 15... . .. ... ... $ 1 37 ... A la Renta de Pieles : Valor de una fresca ....... . .............. $ 3 50 Valor de una, con 3 kilos, á $ 0 - 22 ... 66 Valor de una, con 4 kilos, á $ o-22... 88 Valor de un a fresca............. .. ...... 3 50 8 54 Al Agente de Ambalema : Remitió en efe ctivo .. . . .. . ..... ... .. . .. . 17 09 Por gastos : Sueldo del Age nte .......... , .. .. .... .... $ 26 Arrendamiento depósito piele s.... .. .... t $ 2 7 ------~----~~~- Iguales............ $ 27 $ 27 ---------------------- MAYO. A la Renta de Tabaco ; Impuesto sobre 1 1 i kilos, á $ o - 14. •• $ 1 6t A la Renta de Degii ell o : Impuesto de 28 r ese s machos, á$ 2-50 $ 70 ... .. . .. • • .. ... Impuesto de 17 reses hembras, á$ 3. 51 ... . . '1~ ... .. . . .• BANCO D~ LA ~CPYi\.U.-A- --­Pa~~~ ·~li§;~A' ii: L .t~~~~ 61 F ~r • - me ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1320 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS DI Bit. HABil. Vienen... .. ....... .. . .. $ 122 6 1 Al Agente de Ambalema: Remes~dole e n efectivo ...... ....... .. ... Por gastos: . .. $ 102 13 Sueldo del Agente .... .. ...... ......... ... $ 20 . .. 20 A rrendamiento depósito pieles 1 s dlas .. . 48 ------~--~~----~ Iguales.. .......... $ 48 122 61 S 122 61 ------~----~~---- JUNIO. Ingresos varios : Multa impuesta á Carlos F ráser... ••• $ o6 A la Renta de Tabaco : lm¡ uesto sobre 12 kilos, á$ D-14··· 1 58 A la Renta de Degüello : Impuesto sobre 27 reses machos, á $ 2-SO ...... ... .. ................ ...... ......... $ 67 SO Impuesto sobre 20 reses hembras, á $ 3 6o t 2 7 so Al Agente de A.mbalema : Remesádole en efectivo el día 20... ... $ 91 so Balence ... ... ...... ......... .•. .•. .. . .. .. . . 37 64 ------~------~~-- Iguales.. .......... $ 1 29 14 $ 129 14 ------~~~~~~~ La existencia de dinero está en Caja. En las liquidaciones sobre impues. to de tabaco á $ 0-1 S, se cobraba á $ o-o8 sobre medio kilo, y de ahf el au. mento en las liquidaciones. En el mes de Noviembre último dejó de remesar el ex-Agente Tamayo, $ 3-S4!, y el mismo señor, en el mes de Enero, dej6 de cobrar $ o- 64 en la venta de u na piel de 8 ki lo s, SECCION DE TIMBRE. MOVIMIENTO DE PAPEL SELLADO. Noviembre de I90J. S dios. V olor. • 497 49 70 Existencia anterior ... ..................... .............. . Vendidos .. ......... . ... ...... ................ ....... .. . 52 S 20 ------- Didembre. 445 44 so R ecibidos ... .. .......... .. .............. .. ... ... .... . soo so ... Suma ...... ... ..... -. ..... . 94S 94 so Vendidos ........ . ... ... ... ...... ................ . .. Enero de I908. Vendidos ...... .. Febrero. V endidos .. . ... . . .......... ..... ... . ................... . M arzo. V e nd ido s . .......... ... . s6 s 6o ---- 889 88 90 75 7 so ------ 814 8 1 4o 84 8 40 ------- 730 170 73 ... 17 ... ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 132 1 SellM. Valor. Alml. Vendidos ........................... ....... . . s6o $ s6 52 5 20 sos so So 104 10 40 Maya Vend idos .. .... ........ ....... ........... .. . .. ........ . junio 404 40 40 Vend idos ... . ... . . . ........ ... .. 87 8 70 Existencia hoy 29 .. .. . .. . . . . • •• . .. .. . . ......... ...... . .. 317 JI 70 MOVIMIENTO DE ESTAMPILLAS. 1 2 3 5 10 20 25 [¡o 4 Cvo. Cvs. Cvs. Cvs. Cvs. Cv&. Cvs. Cvs. ~ VALOR ~ -------- -- -- _____, -- --- -- -- -- NOVIEYDIU:1 1!)07 Exist• anterior .. 3l¡o 1 99 8s •67 84 s3 •5 .a 22 S 48 43 Vendidas .... 3g 43 3 1 2 .. 1 .. 1 1 g4 --- -- --- -- --- -- -- -- -- -- - 0101Ea! BRE .•• ••• 3o l •56 82 166 82 53 •4 13 21 46 49 Vendidas .•• 12 12 5 5 .. 1 .. 2 .. 1 76 --- -- -- -- -- -- -- - - -- -- - ENERO DE t go8 •. 280 144 77 ¡(j¡ 82 52 14 11 21 44 73 Vendidas ... 8 •9 12 4 2 3 .. 7 .. '• 62 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- - F&onsno ........ 281 125 65 157 So ltg •4 4 21 4o 11 Recibidas .... .. .. .. .. .. .. 200 200 . . r3o .. - - -- --- -- -- - -- - ·- --- Suma •. 281 125 6s 157 So 49 214 204 2 1 170 11 Vendidas .... 13 211 .. !) 5 •o •4 4 .. 10 46 --- -- --- - - --- -- -- -- - --- - M.uu:o .. .. ...... 268 10 1 65 •48 75 3o 200 200 21 159 6s Vendidas .... 7 2 4 4 .. 10 9 .. . . 4 68 -- -- --- -- --- -- -- -- -- --- ÁDRI L ........... 26 1 99 61 144 75 20 • 9• 200 21 •s4 97 Recibidas .• 1,000 .. 1,000 . . Ji OO .. .. .. .. !JO .. -- -- --- -- --- -- - - -- - - -- - Suma ... 1,26 1 99 1 ,olÍI •44 57/l 20 1!)1 200 21 244 97 Vendidas .... .s 32 10 3 4 5 .. :0: .. 3 47 --- ·- --- -- -- -- -- -- -- --- ~lAYO ........... 1,243 67 •,os • •41 57 1 ' 5 •9 • 1!)8 21 24 1 so \' entlidru. .... 1!) 7 .a 25 3 .. .. 3 .. 3 47 -- - -- - --- -- -- - - -- - JUN IO ..•..••••. 1,224 6o •,o38 116 !jOS ' 5 1!)1 195 21 . 238 o3 Vt•ndidn s .... 12 '7 3 .s 5 1 3 .. .. 2 o o -- -- --- - --- - - - - - - - - Exi'S L" hoy 2g ... • ,2 12 43 • ,o3s os st>:i 14 188 1!)5 21 ~~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. . 1322 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Contados e l papel sellado y las estampillas, las existencias se hallaron de conformidad. El Administrador Provincial suplica al Agente que ponga m's cuidado en la formación de los cuadros de movimiento de especies venales. CAJA. NOVIEMBRE DE 1907. Al saldo anterior......... . .. .. .. .. .. . .. • .. ......... .. . $ 15 -468 A la Renta de Timbre: Producto d el expendio ...................... ...... . 7 14 Por gastos: Honora rios del Agente, 8 por roo ........... . Por Agente de Ambalema : • ••• 57 Remesa en efectivo ........... . ............ . .... . 23 036 Bal ance para igualar ... . ....................... .. . • •• 002 Iguales ... . .. ...... $ 23 6o8 $ 23 6o8 DICIE~lBRE. A la Renta de Timbre : Producto d el expendio . ................. .. ...... $ Por gastos : Honorarios del Agente, 8 por roo ...... .... .. Por Agente de Ambalema : Remesa en efectivo ......... ..... ............... .. Igual es ............ $ A la Renta de Timbre : ENERO DE l go8. ----- $ 59 677 Producto del expendio ......................... $ Por gastos: 12 12 Honorarios del Agente, 8 por 100 ............. . Por Agente de Ambalema : Remesa en efectivo ...... ........ . ............... . Iguales ............ $ FEBRERO. A la Renta de Timbr e : Producto del expendio ... ........ ............. .. $ Reintegr ó el ex-Agente Tamayo por orden del Sr. Contador de Rentas ......... ............. .... .. Por gastos: Honorar ios del Agente, 8 por roo, sobre S t7-8¡ ............ . . .................... , ........ ........ . Por Agente de Ambalema : R emesa en e fectivo ............ .............. . . .. Balance á cargo del ex-Agente Tamayo .. .. Iguales ......... ... $ $ g6 1 1 1 6 ___ , __ 12 12 $ 12 12 ----- $ 1 40 17 37 10 -----18 87 $ 18 87 ------ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1323 -------=~==~~~~~= ~~~~~~~~~--~----------~~-.. ,. MAR ZO. A la R enta de Timbre : Producto del e xpendio ..... .. ....... .... ........ $ Por g11 stos : 1 H onorarios de l Agente , 8 por roo ..... ........ . Por Agente de Ambalema: Remesa en e fectivo .. ....... ... .......... .... ... .. . ~---------------- I g uale s ...... ... ... $ . __ __.;.._..;__..;...;.... ADI\JL. A la Renta de Timbre : P roducto del expe ndio .. .... ....... .. . .. ...... .. $ Por gastos: Honorarios del Age nte, 8 por roo ...... .. ... . Por Agente de Ambnlema: R emesa en efectivo ........................... .. .. c----:,.........,.=--~-..;-...;__- Iguales., .... . . .. .. $ . ____ ..;__...;.., 1\IAYO. A la Renta de Timbr e : Producto del expend io .. .... ............. ... .. ... $ Por gastos: Honora rios del Agente, 8 por roo .... ... ... .. .. Por Agente de Amhalema : R emesa en efectivo . .. . . ............. , .. .... ..... . ~------------~ Iguales ......... . .. $ ~-;;._...;._...;;.,.....;;._..;_ J UNIO. A la R e nta de Timbre : Producto de l expendio hasta hoy 29 .... ...... $ 1 1 7 S Se hallan en Caja e n efectivo. L1 relación de Caja que se lleva en la .Agencia es corre cta. DO CUMENTOS PRIVADOS ESTAMPILLADOS. O> 1 '1::1 1 • :::! ... l 'a lor de e~~ Valor de los M ~ SES " '1:s e: las e~ lam- ODSER V ACIONES. ~ ... ~ d occcm en l os. pclla1. ::so ~-- Nc.vicmb1·e de 1{)07 7 S ~2' -· S •• 8s Diciem b re ....... . 7 150 .. 1 33 Enero de 1 9 08 .... J8 2,182 go 4 3g F e brero .... ...... 8 4,057 -· 8 12 3 en oro. Marzo .. ... ...... a :i86 1 8 1 1 r avnliJnd o y 1 indet crmdo. Abril ... .. .... ... 12 6!,6 . . 2 32 2 en o ro y 1 indetermina do. Mayo .. .... .. .. . 6 25 7 3o .. s G Junio .......... . 13 g8o so :¡ 12 1 r eva lidado. ------- -- - -- - S uma •• • •.. • . 77 S g,o89 70 S:& J so ---- 3 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1324 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS EXCESOS Y DEFECTOS Nwtimbn-Se estampill ó un documento de 6 pesos. Dirüm!Jre-Cobr6 sobre $ 3-00, 1 centavo, sobre $ 3-00, 1 centaYo, so­bre $ 8, va lor de un docume nto, 2 centavos . E mro- Cobr6 sobre $ 4-59, t centavo, sobr e una obligación de$ 8-75,. .2 centavos ; sobre $ 2-43, 1 centavo; sobre $ 3-74, 1 centavo; sobre una e>bligación de $ 1 o, 2 centavos ; sobr e $ 1, t centavo ; sobre $ 2-39, 1 cen­t. no . .Ftbrero-Cobr6 sobre $ 2, 1 centavo. Mar!o-Revalid ó un documento de $ 20 . .Aón't-C'obró sob r e $ 5, 1 centavo; sob re $ 4, 2 centavos; sobre urt docum en to d e $ 7, 2 c e ntavos ; sobre un documento de $ 10, 2 centavos. Ma}'o-Cobr6 sobre un documento de $ 5, 2 centavos; sobre $ 1-70, a centavo; sobr e $ 4, 2 centavos; sobre un documento de $ 5, a centavos;. ~bre $ 1-60, t ce ntavo. j unio -Cobró sobre un documento de $ 28o, 1 centavo de menos. El S r. Gerente y e l Sr. Administrador De partamental d e Rentas e ncare. c en el estric to cumplimiento del artí c ulo 5. 0 del D ecreto número 909 de 31 d e Julio de 1906, y que se tenga en cuenta para los efectos del cobro d el Im­puesto d e Timbre sobre lo s documen tos privados, la Circular de la Gerencia de Rentas, de 2 de Mayo del año en curso. GASTOS DE ADMINISTRACIÓ~ Ascie nden á $ 20, equivalentes á la asignación que tiene el e mpleado quien paga el arre n damiento del local y lo s ti t iles de escritorio. ORGANIZACIÓN DE LA OFICI NA. O cupa un local sito en la calle p rincipal de la población, acera orientar,. carece de mu ebles, tiene el B ouTÍN DE LAS R& NT \S hasta el número 26, y una libreta de r ecibos de la serie o, 1 34, con esqueletos en blanco, ALCALDE MUNICIPAL. El S r. D . N ésto r Ram~ rez, Alcalde del Municipio, visita la Agencia el cUa 1.0 d e c a da mes, y apoya d e una manera franca los empleados de las _ Rentas, en la vigilancia de los inte r eses de éstas. CUENTAS Y REMESAS. El Agente munici pa l de R e ntas de be cortar sus cuentas mes por mes y rendirla s el día 1 .0 de l sig uiente a l de la cuenta que rinda, y los fondos que l'ecaude por R e ntas y po r T imbre Nacio nal los t , y refrendada con el sello de la Agencia. Ter minada la presente acta de visita el d ía 30 de Junio de 1908, se fir­ma por los e mpleados que han inte rvenido en ella. ANÍBAL URtBB G.-MARCO HEru.o T. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1325 OBSERVACIONES J. LA ANTilRtOR VISITA. Gtrtnda dt Rmlas RtorgatiÍHdas- Bo­grlá, julio 29 de I908 Sr. Admioic¡trador Dupnrtameotol de las R e n t~os Reorgani zo do s-lbagu6. Me r e fi e ro li la visita que practicó i la Agencia de V enadillo el Sr. A buenas condiciones de esta acta. No i nfor ma e l Sr. Administrador si los datos de pie les y degüello de la Agencia vi si tada fueron compara. dos con la relación que debe llevarse en la Alcaldla. En caso de que en é;ta no se llevaran esos datos, debió el Vi sitador record ar esa obligación al Alca lde y exigir su cumplimiento. Se ll eva una cuenta de caja ó cau. d ates para las Rentas d e Pieles y D egüe llo y Tabaco, y otra para la de Timbre. La c uenta de Caja debe ser una para todas las Rentas, pues los cuadros del movimiento de Timbre y d e Degüello y Tabaco y los taJona. ríos de g uías son sufic ientes para exa­m inar po r o;epa rado cada Renta. . En la cuenta de Caja de Timbre figura la existencia que había en 1,0 d e Novie mb re,pf'ro no asf en la cuen­ta de las otras R entas. S i po r razón dE' r e mesas anteriores ó por otra cau. sa no quedó en esa fecha existencia en Caja, debi6 decirse. En el cuadro de movi mi ento de Timbre que figura en e l acta, debe abrirse una t: asilla para io relativo á pa pel sellado, y as! no s61o se evita trabajo sino que en la casill a corres. pondiente á valores figura una sola suma por cada una de la s partidas de Tentas, existencias y reci bo de espe. cíes en cada caso, sin necesidad de buscar esos datos e n varias partes cuando se comparen las ventas ano. tadas co n la relación de c~jd, etc. En 1 .0 d e Noviembre había una existencia de 497 se llo; de pape l, y en ese mes se vendie r on sólo 52 se­ll? s, y sin embargo fi gura corno ve n. d ada una esta mpilla de habilitacidrt Si la Ger encia, en su Circular de 3~ de Agosto de 1907 (BouTfN página 644), dijo q ue en caso de ~enta de estampillas de habilitación debía im­pone r!>e unl\ fuerte multa al empleado responsable de no haber pedido 6 despachado oportuuamente papel se ­llado, con mayor razón debe castigar. se la venta de esa clase de estampi­llas cuando haya papel sellado para expe nder. Por tanto, sírvase usted or. d ena r la imposición de la m ulta. Es muy conside rable la existencia de e st ampill as de uno, tres y diea ce~tevos, y debe ordenar se que ~e re. COJa una parte; e n camhio, son po­cas las esta m pillas de dos centavot. Aun cuando el Visitador ha llama. d o la atención á las irregula r idade1 cometidas e n la liquidación de las es­tampillas en Jos documentos privados, suplico á us te d recordar nuevamente al Agente la Circul a r de la G e rencia publicada á la página 1038 del Bon­TfN. Llamo especialmente la atenci6n al hecho de que se haya revalidad~ un documento en Marzo y otro en Ju. nio. El plazo para hacer revalidllciO­nes terrtt in ó el 3 t de Enero del co. rriente año, d e acuerdo con e l Decre. to n~mero 1 405 de 1907 ( BouTÍI'f• págma 788), y por tanto son nulas las dos revalidaciones h erhas. Llamo la atención d e usted al In­forme que da el S r. Administrador P r ovincia l acerca de que e l ex. Agen­te Tama' o dej6 de remesar eo No­viembre $ 3-54!, y de que e n Ener" dej6 de cobrar $ o -64 en la venta de una piel, para• que se sirva informar. me !i se hicieron efect iv 11 S esas suma~ al responsable ó á su fiador. En caso afirmativo, debe darse aviso al a ctuaJ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. rJz6 BOLETIN DE L AS RENTAS REORGANIZADAS Ag-e-nte para q1.1 e en sus libros se ha ­gan los n!>ientos del caso; y si dichos vaJor~s no han sido cubiertos, debe astect di ctar las órdenes d el caso. Igualmente lla•no su atención a l reiAtegro de $ 1 que hizo en Febrero el citado ex-Agente, y á la pa r tida de seis centavos, multa i mpuesta en Junio :1 Carlos Fráser , para que se sirva acla rar e l asunto. De usted atento, seguro servidor, SALVADOR FRANCO. AUTO NUMERO 57. Gennria de Rmlos.-Bogolá, Agoslo r 3 de r908. AUTO d11 observn ·iooes ñ In cueob de AhrH de 1!) ·8, do la Admiois~rncióo de las R rolns f\.:o¡·g aoizados de la Inten­dencia del Chocó. Recibida y examinada la cuenta de la Administraci.í n de las Rentas R eor­ptU7. adas de la Intendencia Nacional cteJ Chocó, de que e s responsable el Sr. Guillermo Hoyos, correll pondiente al mes de Abril priÍ ximo pasado, se le ha.cen llls sigui entes obser vaciones : 1. .• Faltan las firmas de los recibos de Turbo, por$ 2-40,$ 1-20,$ 2-98 y$ 1-60; debe subsanar esta falta, .. emitiendo la constancia de que fueron wecibidas estas sumas por los intere sados; 2.• No dio cumplimiento á la circu .. far en cuanto á l o que se refiere á aproximaciones hasta centavos, pues aparecen mi lé,imos 6 medios cen·avos; debe hacerlo en las cuentas siguientes. Se inco· pora la cuenta cargándole t 285-96, por producto de Rentas, y abon!ndole $ 283- 33 por gastos. Cópiese, comuníquese y publíquese. El Contador, J C. RooR Guxz -El Ayudante, B . Fernóniea D . AUTO NUMERO ss. GD'mcia de Rmlns.-Bogo lá, Agosto IJ de r 908. ..&.UTO de observ :~ eiones á In cuenta de Ju­aio de •noS, de la Adminis~rac ión De­.,. aamenwl de Aotioquin. ..B..ecit..ida oportunamente la cuenta 1 de la Administración Departamental de A ntior¡uia y Ct.l .las, referente a l mes de J unio de l corriente afio, de que es responsable el Sr. R:tmón A. Restrepo, se le hace n, después de un examen detenido de ella, las siguien. tes observac'ones : 1 • La estampilla del recibo de Ga­briel Villa D. , expedido en Zea, por $ 1, valor del alq~o~ile r del local que sirvió para depósito de pieles, no fue anulada; 2 • Faltan comprobantes de los si­guientes ingresos : valor de multas impuestas por fraude á la R ent'l de Timbre: en G•rar dota, $ 45-43; en Providencia , $ o- 56; en Retiro, $ 0-24 en Marzo, y $ 0-08 en Mayo; en Santuario, $ 1-20; en Segovia, $ 3-42; en Amalfi, $ 0-59; en G-5- mezplata en Abril, $ 1-06, y en Ma­yo, $ 6-46; en Granada, $ o-62; en Salgar, $2- 18 en Abril,y$ 1 1-06 en Mayo; en Jardln, $ 0-04; e n An­des, $ S; en Cañasgordas, $ 2-20; y e n Antioquia, $ 0-52; 3 • Faltan comprobantes de los in­gresos por ventas de sal, as:: por $ 4,522-80 en Medellín; $ 309, en Remedios; $ 1, 165 en Zaragoza, en Mayo, y$ 903-93, en Abril, Faltan también comprobantes d e $ 6-30 recaudados en Amalfi por producción de tabaco; de$ 5-SS, va ­lor de tabaco rematado en Ja r dín; de $ 20, valor de una multa impuesta en ~egovia por fra ude á la R e nta de Pie. les; de $ 24-95, recaudado por m u l­ta!!, por fraudes de meses anteriore5 á l a Renta de Pieles en G irardota ; estos comprobantes deben remitir se. 4." Comprobantes de egresos, fal­tan los sig-uientes : todos ios de la cuenta de Guarne, correspondientes a l mes de Mayo; el de lo pagado por honorarios de la Renta de Timbre e n Titiribí en Abril ; en la cuenta de Za­ragoza, de Abril, figuran como gas­tados en la de sal $ 49-95 y no se comprueban sino dos partidas, una por $ 6, depósito de sal, y otra por Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. HULl!TIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS J J:Z7 $ 1 8-07, h o norllrios. E ~tos compro­bantes debe n re mitirse; 5 • Entre Jos comprobantes d e la R ent" de Degüello de Andes, e n Ma· yo, hay un talon marcado con e l nú­m e ro 1 5 y un recibo con ese mismo número; debe explicarse si esto fu e por de~cuido 6 s i dehe com putarse tan to e l r ecibo como el taló n, y en. tonces las r eses hembras d e golla:Jas no serian 43 sino 44, produciendo a s( $ 3 m á.~ la citada Rent11 ¡ 6." Si se exceptúa n la s cuentas de los Mu nicipios d e Carol na, Donma · tlas, S egovja, R etiro, AngelóJJolis, Sabaralarga , San j e r ón imo, N e ir a, Guatapé. Santua rio, T a me5ic, Campa. mento, Yarumal, A p la, Cañasgordas y B . riticá, en to ~ as las cuentas de los de más Municipios falta la d iligen . cia. de visita; 7 • Nuevamente se advier te que Jos ingresos po r multas impuestas á Jos ddraudadore~ de las R entas, de. b e n figurar en la cuenta de Aprove · chanu'tnlos ¡ 8." F alta el cuadr o d e movimiento d e degüel.o en el mes á que se r t fie. re la cuenta. Con obligación de subsanar las fal· tas apuntasjas. ,;e fenece provi•ional . m e nte la cuenta y se incorpora con un cargo de$ 40,859-84 y un abo· no de$ 8,~6 1-33 Cópiese, comunlquncá . R ecibida y examin:tda la cuenta de Boyacá y Tunduma, corre s poudier te a• mes de J unio, de que es re ~ pons a . bl e el Sr. Jorge S. Robledo, se hace n las siguientes ob e r vac one!> : 1.• N. h11y comprobant-! de la en­tre ga que hi~:o Ari stidcs Rodrlguez de$ 250, por giro~ su cargocieesta Ofi cina ; 2 • En el recibo de Marco AntDnio Castro por $ 7- 15, no se anuló la es. tampill"'; 3 • Fdlta e l reciho po r honorarios de pieles de l Ag~nte de Muzo, pOI' $ 2-40 j 4." Falta la relación de fas r eses degolladas durante el mes ; s." En l a relación de ing resos de la s Rentas, y en la cuerota , no se ecua .. pli6 con aproxima r h:~ !.ta centé)irnos, pues a p roxima hasta medios ceneaYos ó milé , imos. En las cuentas ~íguien­tes debe da r estricto cumplimiento. Con obligación de remi tir los do· cume ntos cuyas fa! as se ha.n apunta· do, se fc>nece provi -ionalmente '.1 se incor ,¡ora con un cargo de $ 4,522-35 y un abono d e$ 3,871-34· C6piese, comunllues! y puhl!qUP.Se. El Contador,]. C. RmR 'Gv ttz.--EI Auxiliar, LuiS Porl~ cat ro o. AUTO NU.\1ERO 6o. Germcia de Rwlns. -hogolcf, Agosto r ~ de I908. AUTO de obo;• rvnc ionl's n In cuenta do Junio de 1go8. de la Atlrn•ní;,tr~ción Da­pnrt: uncntnl de Sootnodn·. R ecibida y estudi'lda la cuenta de l Depa rtamento de Santander. corres­¡. ondient e al mEs de J unio, de que e s responsable el Sr. R oge tio Rosas , se hace n las siguientes ou,en•a< rones : 1: En e l de spacho r 1ímero 54 de dos cargas d e sal y p11go de ffete, faltó anul.or una e,tam1 •illa; 2 • La guía número 2 1, de San Aa­dró), aparece por$ 2-50 png-•da p exa • m en, se le hacen las siguientes obser. Tacíones : 1: N o se anularon las e stampillas de Jo s recibos que á continuación se expresan: Recibo de conducción de 12 pieles en San Cayetano; recibo por 23 pi e . l~s de Paime; por arr endamie nto del depósito. por úliles de escr itorio; nó· mina del j uzgado Provinci .1 ; del guarda-correo á La Palma; a rrenda. miento del local en Suba. En Ubaté, arrendamiento del local ; la nómina del J uzgado de Zipaquirá y el rec ibo por viáticos del mismo, y en e l r eci­bo de a rre ndamiento de I cononzo. Como la cuenta P.stá bien ll evada, se f e nece provisional mente y se incorpo· rae n la d e esta Administración Ge­neral con un cargo d e $ 19.7 so-82 por p r o ductos y un abono de$ 5, 11 3-57 por gastos en las Rentas. Cópiese, comuníquese y publíquese. El Contador, J. C. Rooa(Guaz.­EI Auxilia r , Luis Porlocarrtro. AUTO NUMERO 62. Germcia th R entas. - Bogotá, Agosto I 4 dt I 908. AUTO de observaciones h l a cuenta de J uli o de 1908 , de l a Admin istr ación do l as iialinas de Cumarn l y Up ín. A su d ebido tiempo fue r e mitida la cuenta de las Salinas de Cuma ral y Upín, correspondiente a l mes de Ju­li o próximo pasado, de q••e es re~po n. sable el Sr. Manuel M. Garcés, la cual fue estudiada y se le hacen las siguientes observaciones : 1.• No se adhirieron las estampi­llas corres;>ondientes á l as cuentas 6 recibos por$ 2-95, $ 2-25, $ 9-80, $ 3-25, $ 2, $ 2-75. $ 6 , ~ .3-40 y S 3-80, las cuales debe rem1t1r ; 2: Faltan las copias d E!I los con­tratos, que han d ebirlo acoñ'lpa ñar á las cuentas, por $ 66-78, $ 94-50, S 485- 10 y $ 105-84 . Estas cu~tas, en virtud de lo dis pu esto e n la e c u­lar sobr e Contabilidad, nece~itan on­tratos aprob

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Por: Takako Matsumura-Tundisi | Fecha: 2024

Los extractos de plantas medicinales se utilizan para el tratamiento de semillas con el fin de reducir la acción de los fitopatógenos y aumentar el vigor de las semillas. En la actualidad, se ha utilizado el análisis informatizado de imágenes para evaluar la calidad fisiológica de los lotes de semillas. El objetivo fue evaluar la eficiencia del software Vigor-S® en la evaluación de la calidad fisiológica de semillas de caupí tratadas con aceites esenciales, comparando con una prueba tradicional y el análisis de componentes principales. Se analizaron dos cultivares de caupí, BRS Tumucumaque y BRS Guariba, tratados con dosis de extractos naturales de Alfavaca, ajo, cola de caballo, citronela y ácido piroligneo. El método tradicional consistió en evaluaciones para germinación, conteo de primera germinación, emergencia de plántulas, índice de velocidad de emergencia, envejecimiento acelerado, materia fresca y materia seca de plántula y el análisis de imagen para: longitud de plántula, índice de crecimiento, índice de uniformidad, índice de vigor y germinación. Se aplicó un análisis de componentes principales para reducir el número de variables. Los extractos de cola de caballo, alfavaca y citronela resultaron eficaces para aumentar la calidad fisiológica de las semillas de al menos un cultivar. El software Vigor-S® demostró ser eficiente en comparación con las pruebas tradicionales para evaluar la calidad fisiológica de las semillas. El análisis de componentes principales es un aliado para identificar los mejores extractos y dosis a utilizar. El método de análisis de imágenes demostró su eficacia en comparación con el método tradicional, por lo que puede utilizarse.

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Por: Takako Matsumura-Tundisi | Fecha: 2024

Los extractos de plantas medicinales se utilizan para el tratamiento de semillas con el fin de reducir la acción de los fitopatógenos y aumentar el vigor de las semillas. En la actualidad, se ha utilizado el análisis informatizado de imágenes para evaluar la calidad fisiológica de los lotes de semillas. El objetivo fue evaluar la eficiencia del software Vigor-S® en la evaluación de la calidad fisiológica de semillas de caupí tratadas con aceites esenciales, comparando con una prueba tradicional y el análisis de componentes principales. Se analizaron dos cultivares de caupí, BRS Tumucumaque y BRS Guariba, tratados con dosis de extractos naturales de Alfavaca, ajo, cola de caballo, citronela y ácido piroligneo. El método tradicional consistió en evaluaciones para germinación, conteo de primera germinación, emergencia de plántulas, índice de velocidad de emergencia, envejecimiento acelerado, materia fresca y materia seca de plántula y el análisis de imagen para: longitud de plántula, índice de crecimiento, índice de uniformidad, índice de vigor y germinación. Se aplicó un análisis de componentes principales para reducir el número de variables. Los extractos de cola de caballo, alfavaca y citronela resultaron eficaces para aumentar la calidad fisiológica de las semillas de al menos un cultivar. El software Vigor-S® demostró ser eficiente en comparación con las pruebas tradicionales para evaluar la calidad fisiológica de las semillas. El análisis de componentes principales es un aliado para identificar los mejores extractos y dosis a utilizar. El método de análisis de imágenes demostró su eficacia en comparación con el método tradicional, por lo que puede utilizarse.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 6

Por: | Fecha: 1906

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Att. 30. Constituyen délitos de im.. ~~·~!Ji&i ·'ldti!lt\~1~1:-:111~~5~~~~~~~ ,prenta: t 1.0 tas publicaciones Dfmsitl•, i sea aquellas en qu~ se atenüi lf. la honl! ra de las personas; 2.0 Las publir.-aciones ~U'hm-#l!u, sea aqueHas en que se atenta contra el orden social y la ttanqyiHdad pdb~ cas;y . 3 o Las r;orwra ven010qes al J)resen.. te Decreto q-ae no se hallen com~n. didas en Jos ordmaleSl'anteriores, Arl. 31 • LOs delitos ocasionados por. publicaciones ofensivas, un Jupr ' Jbt., juicios JJamados de injuria y de calumnia, los cuale¡ se rigeq, tramitan y castigan de acuerdo con- la ley de procedin:il'ento y ~ QSdigo Penal. An. 32. Los delitos oCasionados por med(o de publiceciones subvenivas los constituyen: · 1°. Propender 4 la desmE'mbra. ci6n de la Repúbltca eS Ji la CiÓn de l\1na parte (le SU U•rritrorin 2. 0 Desconocer 6 la Constitución 6 las leyes, ó propencrer al d~onocimiento 6 de$0bedrencra de ellas; 3.0 E"citar á cometer actos que fas leyes c~quen como delitos ; <4.0 Atacar á los Gobiernos 6' jefes de las naciones amigat~, siempre que la legislación de los respectivos' p«fses consigne igual prinaipio de reciproct­dad, y su Gobierno lo practiqu ; 5.0 Atacar la iueru~. obligatoria de Ja cosa juzgada, 6 coartar con amena.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AÑO I Republioa. c1e Colombia. N.O 6.0 Boletín de las luevas lentas Dlrcttor, GltECOitiO GlJTIERRI::Z • BOGOTA, NOVIEMBRE DE 1.006 EL MONOPOLiO DEL TABACO EN COLOMB IA. TI P asado e l primer e ntu c;iasm •' por el c ulti n, dt:l Tabaco, que ta n rui­n osas con secuenc ias tuvo p ara lus que atolondradamcutc se dedicaron á ese n egocio, éste se n ormalizó u n poco, au nq u e la produ cció n y la cali­dad d e l a rtículo fue d ecayendo d e día en día . En realidad no se s upri­mió el mon opolio, pues h a s u bs istido h as ta nues tros d/as , con la difere n­cia de que n o e ra ya del Gobie rn o s ino de unos p ocos propietar ios de terrenos, e n l as r egiones tabaque ras, espccialm en l e e n e l T o luna. En e fecto, el s is tema emp leado por dich os propietari os, fuera de ser poco m ora l, n o es abso lutamente e l llamado á mejorar la ca lidad del ta­baco, que es á l o que d ebier a n .concent ~a r sus cs~uerzos todos los ~irec l a­mente mleres ados en el n egocto . Constsle est¿ s tslem a en dar la Lt e rra á los peque ños a g ricu ltores p ara c¡ue siembre n tabaco, con la condición de que toda la cosec ha l a vendan por prec ios r educidisirnos :-\ los dueii os del res pec tivo terreno. Aqu e ll os infelices n o tie n e n h a lago a lg un o e n el n egocio, pues sab e n d e antemano que todo el t abaco, sea bu e n o ó m a lo, t ienen que venderlv á un mi s m ,, prec io, por r egla ~e n cra l, y por con si­guiente no torn a n ningún interés en emplear :Htt;llcl :-.crn illa ni en pro­c ura r o bte n e r p or m edio d e esm er o )' c uidado con l.ts pl. utlacio nes, ta­baco de mejores calidades. D ebido á esta circun s tan c ia, el descrédito de l11 " tuhacl)s co lombia­nos en los m e r cados europeos ha s tuo g rande, y muy con-;idcr ab le la d is­minución d e l exportado. El desastre e n l a exportación el' tnbaco ll egó á :-u colrno durante l.\ última guerra, pues á p esa r de que sólo se despaclt aua n para Europa lo­tes muy reduc idos, e l articu in la 1\a :io­nal, entre otras, la d el Tabaco y l~i~arr illos, c obra ndo un impucstn so- • bre e l consumo del p r imer o, y rn onnpoli 7a rv ln la f ; hr ic .• • ;,·,n, rntroduc­ción y venta d e los segu ndos, d.urdo al mi-;roo ti ·rnp • li :.n· la prod uc­ció n i export ació n de l taharo. 1 ara los efectos d el i mpuesto S<• bre el cons un u1 :-e di,·i diú e l tabaco en seis clases, por las cuales s e pag·aba una cuota de $ o.t, o ha::-lt $ r ,2o por cada doce y medio kil os, s cg·ú n calidad . ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 238 BOLET1N D E LAS NUEVAS RENTAS L a importación quedó g ra vadu con $ 3.00 por cada kilo de ciga­rros y co n S 2. 50 por cada kil o de t a ba co en c ualquiera otra forma, m e­nos ~n picad'ura y cigarrill os. Por Hesoluc ión nt.'1m ero r 2, de 22 de Abril de 1905, se elev9 ;i S 3.00 e l der ec h o d e importación de la picadura; y e l D ecreto número 259, de 15 de Marzo de 1905, red ujo á dos las clases de t abaco, por las c uales se pagaba un impuesto de cons um o de $ o.8o y $ 1. 20 por cada doce y med io kilogramos. El Dec reto número 702 bi s,. d e 27 de Junio de 19 05, decl a ró monopoli o nacional la exportación y venta del tabaco, y la fab ri cación y venta d e ciganillos, da n do a l Ban­co Central la admmistración de este fH·i,·ilegio . Quedó libre la produc­ción m ed iante ciertas d is posiciones y r egla m e ntos, pero e l c ultivador est aba comprometid o :i vender todo rl tabaco que cosechara a l Gobierno ó á sus sustitutos á r azón de $ 3.oo, $ 2.00 y$ t. oo por cada d oce y m e­dio kil os, según fuera el tabaco que entregaran al Es tanco de 1 ~' 2~ ó 3~ clase. • Es te úllimo Dec reto fueen pa rt e der ogado poi"ci número 951, de1o de Agosto, que abolió el monopoli o y pe r mitió la exportació n y venta. d el artícul o media nte el pago de un impu es to de co nsumo. ll oy rige,. fijado p o r los D ec retos n úme r os 997, de 25 de A gosto, y 1220, de r 3 de O ctubre de 1905, u n impuesto de co nsumo de$ 0 .1 5 p o r cada kil o, y los derechos de importac ión que actua lm en t e s ~ cobran son de $ 3.00 por cada kil o de cigarr os y de $ 1. 50 por picadura, etc. etc., de acuerdo con Jos Decretos números 1046, de l¡ de Septiembre de r 905, y r 33, d e • 2 9 de Enero de 1906. • D esde el 1? de Enero del prese nt e a ii o se hizo ca rgo el Banco de la R enta de T abaco en Antioquia, pu es hasta esa fecha estaba arrendada p or cuenta de a quel Departamento en la s uma de$ 8,930 mens uales . Ya ti ene, pues, elllanco la Adm in is tración de la R en ta en t o da l a R epública en co rto tie mpo rel a tivame nte, y ha logrado, venc ie n do innu­merables dificultades que se presentaron a l estahlecimi l!nto d e ella, or­ganizarla t a n co nv enientemente qu e los p r oductos va n aumenta ndo mes. p or mes. En corroboración d e esto, d arnos á continuación la relación de los. productos obtenidos en o r o desde que se c r eó la R en ta : A ntioquia yCnld:~s.S Atlá ntico, Boliv:~r y l\ I:.JgdnlcO:l .. . -·· B oyacá y Tuod aru:~ .. Ca u ca • .. ••.. .. .. - - Distrito C:~pitai,Cun­dioam:~ rca y Quc­sad: l ...... . •.... _ Nariiio .... .••.. .. .. Galán y S;~ntandcr .. H uila)· 'l oliru:1 . .... . 11,781 87 15/¡ 1!) 36,6 1:; 2ti 1 O,OU!) !)7 2,!)07 87 1 ,g;~o Ü!) :~3·770 í!> 1!)06 1/¡6,o3o 23 lwsta Septiembre . ..•• S 1 ;18,G75 37 h nsta .Agos to .... _ .•... 1 :t 05 h :H;ln .Agos to ... .•.. .. . ¡/¡,?lis 57 lwsta Agosto ......... . . 2~,5:.o8 73 lw~ta Agosto .....•.• ü,li '3 !) 1 ho s ta Srptic mbrc ..•.. /¡1,di5 36 hasta Septiembre ... .. . 2/¡,o/¡IS 13 hasta 1\l:lr?o ..••..•.. Sumas ...•.. -.S !)7,230 al¡ /¡:,/¡,33!) ;¡;:. Sumas. 1/¡G,o3o 23 l so.4¡p 24 Jti6 2q 11 0,880 83 551 ,sGo 4n !\luy g rande fue el descontento que p roduj o e n lus círc- ulos tabaque­r os el Decreto nümero lp , m otivo por el c unl much os se abs tuvieron d e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLET IN D E L AS NUEV AS RENT AS 239 continuar tan importan te cult ivo . Sin c mbar;:_o, los q ue comprendieron b ien que e l peque110 i mpue·to q ue cobra e l liobierno no afecta l,\s g-a­n ancias sino de una manera poco co ns iderable , obtuvieron fa mosos re­s ultados pec u niarios. Esto h a cont nbu ído favorab lemen te á le\'anlar los á nimos de aquell os p l'opicturios de te rrenos y de c ul tivado r es temerosos y p oco emprendedores, tan to que ya se t•s l~í fl)rm wrlo e n Palmira una Compalifa Tabaquera con fu e rte capita l, par.t e mprend e •· el n e ~oc i o del cultivo del tab aco en gn-tnde escala y co n todas las reglas modernas. Pien sa la Co m paii{a enviar u n Agente á Cuba n la cantidad r¡ue \!l Gobierno d eter mi . ne de acuerdo con el Banco; 6) . A contratar la conducción y t>l aseguro de l a~ ba rra~ de p lata. de~ lugan!s Jt> la R epúb li ca qu e el Gobie rno detPr· min e. En caso de r¡ ue no fuert: po'i­ble verificar e! aseguro, el Banco r•n. tregará las cantidades r¡ue ord"ne rl' m esar e l Gobierno, •í la re specti1·a <> fi cina de encomiendas nacionales, para que las haga custodiar debida m ente, hasta el lugar d e su destino, -cesando d esde su e ntrega en dicha oficina la respon sabilidad del Banco, h asta recibirlas de nuevo sus agentes; f) A ejercer la supervigilancia de la Casa de Moneda, procu rando la economía en los gastos, la conserva­ción de los edificios y mar¡uin aria s en e l mejor estado, y dando partt :ll Go­b ie rno de las irregularidades qul" note y de las m e j oras que convenga introducir ; g). A promover lo con1•eniente á fin d e que se establezca en la Casa ~e Moneda de Bogotá el apartado de la plata, en vez de que é$te se haga e n e l Exterior; h). A pagar el personal y material d e la Casa de Moneda, previa apro­bación de l In ~pector Fiscal á las cuentas de cobro. 2.0 El Gobierno le r econoce al Banco Central los derechos adquirí· dos por el contrato d e 30 de Junio del año pasad o sobre la Casa d e Mo· neda, p a ra el caso de que acometa la acuñación, prevista p o r la L ey 59 d e 19 0 S para ve r ifica r el cambio de bill ete ; y por el contrato actual le reconoce e l uno por c iento (e por 'oo) sobre las cantidades que se acu­ñen en la Casa d e Moneda, d e con­formidad con lo dispuesto e n el De­creto n •Í mero 640 de 3 1 de Mayo del corriente año. 3.0 El Gobierno conserva la direc­ción su prema de la Casa de Moneda y se reserva la facultad de aprobar el no mbramie nto, suspens ión y des­titución de lo3 empleados y d e orde­nar la suspensión de la acuñaci 6n es• tablecida por e l citado D ecreto nú ­mero 640. cuando Jo est ime conve­ni e nte. 4.0 Todos los gaHos que ocasione al Banco el cumplirriento de este rontrato, serán ele cargo del Gobier ­no. y las cuentas que al efecto pase rld>c!n ser examinadas y fenecidas c0mo las d e cualquiera otro respon­sable del Erario cuyas cuentas afec­t~ n el pre~upuesto de gastos, por la Corte de Cuentas, de conformidad con lo estatuído e n la c lá usula rs.• del cont~ato número r .0 de 6 de Marzo de 1905. 5. 0 El Gobierno entrega rá al Ban­co los edifici<-s, maquinaria y enseres de la Casa de Moneda, previo inven­tario que se h ará y firmará por du­plicado con intervención del Inspec ­tor Fiscal. 6.° Caso que el Gobierno tuviere necesidad de hacer acuñaci6 n de pla­ta en la Casa de Moneda de Mede­llín, ce lebrará con el Banco otro contrato semejante á éste. 7. 0 Las sumas en plata que el Go· bi~rno necesite en los lugares á don­d e debe ser destiflada la que se acu­ña, la s uministrará el Banco á la Te­sorerla Gener al por medio de giros i cargo de sus age ntes . 8.0 Por la Tesorerla General y por m edio d e giros á cargo de l Banco, reintegrar á aquella oficina á éste el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS valor de los O'astos de personal, ma­terial, etc., q~e ocasion e e l cumpli­m iento de este contrato. g.0 Para su validez, es t e contrato necesita la aprobación d e l Excmo. S r. P r esidente ele la República y de la J unta Directiva del Banc0 Central En constancia se firman dos ejem­p lares d e un tenor en Bogotá, á ve in. tiocho de Juli o de mil novecientos seis. ToBÍAs V ALENZUELA. - CÉsAR CASTRO . .Aprobado po r la Ju nta Directi\'a en sesión de 29 de Julio de t go6. El Presidente, RAFAEL Pnno V.­BANCO CENTRAL.- El Subsecretario, J esús Navas. Acuerdo presidwúal.-julro JO de I90Ó . Aprobado, pero se dirá en P.l ar­tículo final que la aprobación de la J unta Directiva deberá pre ceder á la aprobaci ón del Gobie rno. El encargado de los Libros de Acue rdos, E . Va/derrama Guarín. CASA DE MONEDA N úmero r ,007. - Rogolá, Oc/ubre 4 de I90Ó. Sr. Administr¡¡dor General de la s Rentas Na cionalcs.-Pr·cscotc. De esta fecha en adelante hemos resuelto encar gar á usted d e todo lo relacionado con la Administración y manejo de la Ca>a de Moneda de esta c i udad y hecho saber esta providen­cia a l Jefe de dicho Establecimiento, que se enterará con usted para los efectos indicados. De usted atentos, seguros servido. res, BAI"CO CKI'TRAL El Secretario, Char Castro . ACUÑACIÓN DE PLATA P o r e l c o rreo de encomiendas del Sur. c¡uP salió d e esta ciudad e l día 1 3 de Octubre, d espachó para Pas ­to la Administración Genera l de las Nuevas R e ntcts, 20 cajas con $ 40,000 en monedas de plata de o. so centavos,. á la L e y de o,835. de las que se han empezado á acuñar en Bogotá ; y por el correo del Pacífico, que salió el dla 25 <.le spa t. hó echo rargas con S 16,ooo. Est<~ suma se d est ina•al pago del servicio público Pn el Departamento de N3riño y en e l puerto de Buena­ventura. La acuñación continúa con grand,e actividad . VISITA practieada en la Adminis tració n G eneral de las Nuevas Rentas Nacionales de la Costa Atl:\ntica. En la ciudad de Barranquilla, á 1. 0 de Septit!mhre de tgo6, se presentó en la Oficina tle la Administración General de las Rentas Nacionales en los Departamentos c!e Bolívar, Atlán­tico y Mag-dalena, e l Sr. Elíseo Oter o M., con el fin de pasar una v isita, en su carácte r de Visitador de las Ren­tas Nacionales, en los D.:partamen­tos cit<~dos . El Sr. General D Paulo Emilio Mora les, Administrador cle los t r es Departamentos, ordenó á todos los empleados suministrar cuantos datos y comprobantes se les pidieran, y él se ofreció á acompañar al Visitador y á facilitarle todos los e l ementos q ue necesitar a para el (iel cumplimiento de su comisión. En tal virtud, se dio p r incipio en la f o rma siguiente : OFICINAS O& LA A0lii:O:ISTRACI6!-I Están instaladas en un edificio am­plio, central, de construcción moder­na, por el cual se pagan cien ( 100) pesos oro mensuales. al cambio co- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 245 mercial, las de los Administradores ~,o y 2.o, Oaja, Contabilidad, Ad~i­nistración de Salinas, Renta de Pie­les, Patentes y guías de Li cores, Fós ­foros, Cig-arrillos y Tabaco y R e nta de Timbre. Cada uno d e estos ramos estú e n­cargado á los empleados que se enu­merarán al hace r la descripción d e las ofici n as que se vayan visitando. También hay los Almace nes de sal mar ina y Depósito de Pie les que se encuentran en locales separad os, de l os cuales se encontrarñ n los J.>Orme nores más adehlnte. ADJI!INISTRACIÓN GE!\KRAL La Administración está á cargo de los Sres. Paulo Emilio Morales y Adolfo Rosas, como primero y segun­dor Administrador, respectivamente. H an trabajado siempre de acuerdo y jamás han tenido la más lige ra dife­rencia. Tienen un corresponsal Se­c r etario, puesto que desempeñ' el Sr. Erasmo Donado. á enter a satisfa cción de sus superiores; un Escribiente ~yu­dante, encargado del Registro de las guías de sal que se vende, tanto para esta ciudad como para el resto de la República, y un Portero, que lo es también de todas las otras oficinas. Todos los empleados están con!.a­grados a l desempeño de las obliga. ciones que les están asignadas á sus respectivas secciones, lo que no obsta para que, cuando las circunstancias lo exigen, se presten entre ellos mu. tuo apoyo, para evitar demoras per­judic iales al ptíblico y á las R e ntas. Está establecido el que ninguna embarcación, sea grande ó pequeña , y que conduzca artículos monopoliza­dos, puede salir sin que vaya provista de un p ermiso escrito, otorgado por el Administrador, y de los documen­tos respectivos á los artículos que conduce. Las embarcaciones, aun cuando no conduzcan artfculos mono­polizados, siempre deben ll evar el permiso de esta Administración para poder zarpa r . OFICINA DE CAJA. La Caja ha estado desde los pri. m eros días del establecimiento de las Nuevas Rentas á cargo del Sr. Dr . • José A. Obregón, uno de los mejores empleados con que ha contado la Ad­ministración, · por su consagraci?n, compete ncia y refinada educaciÓn para tratar al públ i co Se ha separado por tener que aten. der á su profesión Hoy ha entregado la Caja, en pr~­sencia de los susrrit0s, de conformt· dad con la relación siguie nte : En ef~ctivo, papel mo. neda .. . .. ....... .. ..... S 389,648 31 En bille tes falsos . ..... 3,365 Letras á 3 d ías vistas. á cargo de González yC." 5,000 En cheques á cargo del Banco del Atlántico : Número 7, á favor de G. Ferh:-::ann..... .. .. ... . 8,584 Número 10, á favor de Breuer, t\loller y C." .. .... 45,657 Número 28, á f .vor del Banco Ce ntral .. .. .. .... 9.925 Número 33. á fa\·or de O . Berne y C • . .. . .. .. .. 50,ó25 Número 63, á favor del Banco Central ........ .... 20,000 Recibo número 8297, Roc;anía Hermanos....... 25,000 A cargo del Banco Co­mercial : Cheque número 9 1 3, á favor de G e rdts y Stubbs. 205.424 64 Cheque número 2, á favor de Antonio Volpe R . .......................... 43,200 .. . Cheque número 6, á favo r de B r euer, Moller y c.·........... .... .. ... ... 1,337 ... En vales de la cuenta corriente de pieles del interior......... ..... .. . .. . 34,030 So Uno á fnvor del Guar-da R. Ospina para seguir á Ciénaga ... ............... 5000 ... $ 842,296 75 - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r ' ~ 1 t l • , BOLETIN DE LAS NUEVAS R ENTAS Sald" e n la cuenta co · rriente del Banco Comer-cial ..... ... .. . ..... . ..... S 124.4&2 63 EA dos mcnedas de oro colombiano. .. .. .... S E n varias monedas de oro americano ............ . En cheq ue por oro americano . ... .... . 17 so 130 $ 187 so El Cajero saliente entr egó po r in. ventario todos los mu ebles y út il es de la oficina. el archi,·o que se encuentrA bie n arr~glado y el Libro de Caja y los auxiliares. El Libro de Caja est·í llevado con mucha escrupulosidad y a seo, y exa­minado de conformidad con los com­probante!', no se encontró ninguna irregularidad ni se dedujo ningún cargo en contra del cajero saliente. En esta oficina no se recibe ni en . trega ninguna suma sin orden escrita del Administrador General, e l que la firma después de que en la Contabi · lidad se hayan tomado todos los da­tos del caso, como valor de la canti­d ad, nombre de la persona 6 entidad que deposita IÍ cobra, motivo d e l pago, etc. A las 4 de la ta:-de se suspende e l se r vicio para e l púhlico, con el fin d e hacer el Balance diario, de ma­nera que á las S p. m. el Adminis­trador sabe con precisión c uánto se ha recibido, cuántp se ha pagado y e l saldo e n efectivo de que puede dispo ner . No tiene noticia e l Sr. Visitador de que se hayan distraído en asuntos ajenos á las Nuevas Rentas las fuer­tes sumas que se han tenido en de­pósito á la orden de la Administra­ci6n. Se nombró para ocupar e l puesto d e Ca jero, al S r. Rafael Gonzá lez Quijano, quien estaba encargado d e la Administración Provincial de Tim-bre Nacional : y por el mucho recar­go de la oficina e l Sr. Administr ador le nombró un ayud ante con h asig­na c ió n d e $ 30 en oro. F ue nombrado como ayudante e l Sr Bernardo Barrero. Siendo las cinco de la tarde, se sus­pendió la visita, para continuarla el día tres tl e l p resente, á las 7 a. m., e n las otras oficinas CO~TABILIDAO. ScpHnnbrt , .J.-Toda la contabili­dad se bas'l e n el producto de las Provincias Estas son diez y seis, in­cluyendo como tal el Terri lorio goa­jiro. Esta divi sión no corresponde exuctamente á la división terri torial establecida . L a Provincia de S anta­marta se ha di\'idido en dos, que en las cuentas se denominan : P rovincia d ~ Sant amarta y Provincia Ribere­ña. La primera tiene á su cargo los Distr itos más cercanos á !a poblac ión de Santamarta. La segunda com­prende los Distritos de las r iberas del Magdalena. Esto se ha hecho por· economía cle tiempo y dinero y para fiscalizar mejor. Mal resultado darla, por ejemplo, que las pieles de Plato, población de las orillas del Magda­lena, se llevaran á Santamarta, etc. etc . Por las mismas ra1.ones se ha ad­juntado la administración de algunas poblaciones á Provinci as vecinas. Cada Provincia está i cargo de un empleado que se d enomina Agente Provincial, al cual se le IIE'va una cuenta en que se le carga lo que r e­cauda m ensu almente por las r entas que administra y se le ahonan los gastos y ho norarios. Estas ren tas son : la de consumo de tabaco, que es la producción d el territorio ; la Renta d e pieles; la de Timbre Nacional ( pape l) y la de Timbre Nacional (estampi­llas). L as oficinas de Barranquilla, Cartagena, Santamarta y Ri o hacha, ti enen además á s u cargo la Adminis­tración de las N ue vas R e ntas (intro­ducción de lico r es, cigarrillos, fósfo­r os y tabaco), la exportación de pie. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Z47 les, y las dos primeras, el consumo de cigarrillos (elaboración nacional). Cada una de las Rentas tiene su cuenta general en el Mayor y sus auxiliares, tanto de caudales como de especies, seg6n se verá más adelante. Es Contador el Sr. Eulogio Uribe. En la actualidad, en uso dE> licencia, por motivos de sal.ud . Lo reemplaza e l Sr. Manuel de Greiff. Tiene como Ayudantes inmediatos, á los Sres. Roso González y B. Bra­vo A.; el primero, encargado de li)S auxiliares que se relacionan con cau­rlales y del de movimiento de sales (esoecies). . En la oficina de Contabilidad se expichos de la antigua Administración, antes del monopolio de la Renta de Licores Nacionales, y algunos ense res y de­más gastos que se presentaron. El saldo que h• y arroja, demuestra la existencia que queda pendier.te en poder de la Administración. G.-Cumlas cornenles. Se compone de unas pocas cuentas particulares de un movimiento activo y que juzgo convenie utes y seguras por la mane­ra cumplida con que llevan á efecto sus pagos, y de las cuentas de los Agentes Provinciales que se saldan con frecuencia. Hay algunas cuentas de Agentes vie¡os que quedaron de. hiendo peque~os saldos, que se tratan de hacer efectivos. Entre éstos se cuenta el saldo, no muy pequeño, del Sr. Ambrosio Vélez, de($ 32,837-70) lé:l.- Movzinimlo dt salu. Se lleva una cuenta en este libro, por especies á cada almacén y con especificación de las diversas clases de sal. Men­sualmente se forma un extracto gene· ral de lo que entra á todos los alma. cenes y de las ventas y mermas, el cual se remite á Bogotá. a.- Túnbre Nacional (papel). Este libro está dividido en columnas para cada clase de papel y en él se lleva únicamente el movimiento de espe. cíes (hoy una sola clase). Tiene una cuenta general denominada Papel se. liado, á cuyo crédito se llevan todas las cantidades recibidas de los Admi nistradores de Hacienda Nacionales y las Remesas de Bogotá; con cargo n las respectivas cuentas de las Pro. vincias y á una cuenta llamada Admz'. tzislraci!m general de Barram¡u/lla. Al Débito se llevan las especies vendidas con crédito á las citadas cuentas 9e Provincias, según los cua. dros mensuales que remiten á esta Administración. La cuenta de la Ad­ministración que representa el dep6 sito, se descarga con las remes::ts que hace á las Provincias. Por el proce· dimiento adoptado, la suma de los saldos deudores de las Provincias y de la cuent& de la Administración de Barranquilla, es igual al saldo crédi­to de la cuenta de papel sellado. b.- Tt'mbre Nacional (est:.\mpillas). Como el anterior, con la única dife. rencia de las columnas. c.-Movtim'enlo de los almacmes a'e pilles. Este libro está reglado de la manera sigu iente : En/radas, las siguientes columnas ~ Fechas, remitentes, decomisos, tres columnas para los tres Departamen­tos, siete columnas para Provincias y una para totales de pieles recibidas. Salt'das, las siguientes columnas: Dos grupos para exportación y fe ­chas Primer grupo. Fechas, consignata­rio, puertos de embarque, vapor, des­tino, marcas, peso en kilos y cantida­des. Segundo grupo. Procedencia y can­tidad. Columna general para totales. Figuran las siguientes cuentas : Almacén de Barranquilla, Almacén de Santamarta, Almacén de Carta­gena, Almacén de Riohacha. En la página E1zlradas, de estas cuentas, se anota e l ntí.mero de pieles que van llegando de ~ us respectivas Pro'\'in­cias, lo que producen las empresas de navegación y las que se compran. En las Salidas se anota el número de pieles exportadas y las pieles secas vendidas. El saldo de cada cuenta debe ser igual á la existencia en po­der de los almacenistas. d.-Agmtes Provziuiales. Movimt'enlo de pielu. En este libro se le lleva una cuenta en especies á cada Agente Provincia l, en la cual se le carga el producto, según el cuadro mensual que remite á la Administración, espe­cificando e l producto de cada pobla­ción, y se le abonan las que remite al Almacén correspondiente y las que vende. El saldo de cada cuenta indi· ca la existencia de pieles que queda en poder de cada Agente Provinc.ial. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 249 Indica, además, la producción en cada pueblo. e.-Libro general de pieles. En este libro tiene cuenta cada Provincia, las pieles compradas y las empresas de navegación r¡ue son las cuentas pro­ductoras de pieles. En ellas se carga el producto mensual con abono á urra cuenta que se denomina Pieles, y se acreditan, con cargo á las cuentas de Ventas y almacén respectivo, las pie­les vendidas 6 recibidas por los al ­macenes. Las cuentas de los almace­nes se descargan por las cuentas de exportación por cada uno de los puer. tos. Las cuentas que al final vienen á servir para cancelar la cuenta de pieles; son la de Ventas y las de Ex. portación. A las cinco de la tarde se suspen­dió la visita para continuarla mañana á las 7 a . m. OITlCINt. DK SALINAS MARÍTIMAS. $¿ptiembre s.-El personal de esta oficina lo componen un Contador Te­nedor de Libros, puesto que desem­peña actualmente el Sr. Guillermo González 0., y un ayudante para las ventas, el S r. Osear G. Bolfva r. El sistema empleado para las ven­tas de sal es el siguiente : en una libreta talonaria de libramientos que se giran por el Contador al Almace­nista, se anota el número de orden, el nombre del comprador, la cantidad de sacos (en letra), la cla ~e de sal, el peso en kilogramos (~n letra), pre­cio dt: cada 12~ kilogramos, va lor de la sal, del ~aco, valor total de la ven. ta y la fecha respectiva. En otra li­breta talonaria <.le guías, de que el Contador ~lrovee al comprador de la corrt:l>¡Jurhiicml.!, ~e anota el núme ro de or..Jen, t:l nombre del comprador, la cantidad tle !.acos (en letra), la clase ~. e :.a l, el peso en kilogramos (en letra), ma rca, nombre de la em­ban. ación, destino, término y ft:ch a . Tanto el libramiento como la guía son vi sados, anotados y refrendados por la Administración General, sin cuyo requisito no tienen valor alguno. Diariamente hace e l Contador una liquidación por duplicado de las ven­tas, en la cual consta el número co­rrespondiente, e l de las ventas, canti­dad de sacos de cada venta, peso en kilogramos de cada clase de sal y valores. Una de estas liquidaciones se remite diariamente á la oficina de Contabilidad de la Administración Genera l, y la otra se conserva en el archivo de la Administración de Sali­nas como comprobante. El valor to­tal que arroje la liquidación es en­viado diariamente por el Co~:ttador al Cajero de la Administración General de las Rentas, con la orden corres­pondiente, quien expide el recibo del caso. Tanto el Almaceni!.ta como el jefe del Resguardo de las Nuevas Rentas, Sr. Antonio Falcón, JlaSan diariamente á la Administración Ge­neral una relación de las entradas y sal idas de sal. La liquidación diaria de ventas P.S anotada inmediatamente en el libro de Movimiento de sales, del cual se ex­tracta el cuadro que mer)sualmente rinde el Contador. El valor de las ventas es igualmen­te anotado en el libro de Caja, según la liquidación, como también las re­mesas que se efectúan diariamente. En cuanto á entradas de sal, se observa lo siguiente : en la oficina de la Administración se libra una orden al Almacenista, de la que queda cons­t u1cia en un talonario, para que reci­ba el número de sacos de sal de gra­no ó de espuma que, procedente de la salina respectiva, vaya á entregar e l explotador de ella. El Almacenista pesa la :.al y envía el rec ibo á la oli­cina ¡:;rincipal, en donde el Contador anota Id entr \da en e l libro corres­pondiente, y e l valor de la entrega, segtín e l contrato celebrado, en el D/ar/o, Mayor y Cuentas Varr"as. El Capitán 6 el patrón di.! toda e m. barcación que conduzca más de cua- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS t ro sacos de sal, solicita p e rmi ~o para zarpar, el que es concedido por la Administración General, un :~ vez cer ­ciorada de la legítima procedencia de las existencias de sa l que se de­claran. L os compra lores de sal pan e l consumo en Barranr¡u illa deben de ­volver la guía anterior, sin lo cual no se expide ninguna otm. La gu1a de­vuelta se destruye Todo comprador de sa l está e n la obligación de r etirarl·1 de l Almacén al día siguiente, pasado e l cual, paga un derecho de almacenaje, á razón de 5) 2 papel moneda por cada sa~o . 1 d ia rios. · La !.al se vende á los precios fija . dos por e l De creto ejecutivo ·número 387 bis, de 27 de Abril de 1905. En los almacenes de Barranquilla y Ca r­tagena se cobra sobre las sales de Pozos Colorados, Chenque y Santa­ma rt3 un recargo de 35 y 20 pesos papel moneda por saco, respectiva­mente, por razón de l valor de su t ransporte del Al:nacén de Sanra mar. ta. También se cobran $ 12 por cada saco, de empaque. Hasta hace poco se cobraba por un par ticular en el Almacén de Ba­rranquilla, un gravamen de cinco pe­sos papel moneda por cada saco que saliera, por reempacarlo y marcarlo ; pero habie ndo ordenado la Adminis­tración Gene ral de Bogotá, que no siendo autorizado tal recargo por nin­guna de las leyes ni De cre tos re la ti . vos á sali:1as marítimas, se suprimi e­ra, lo cual se hizo desde el 29 de Junio último, no existe hoy este últi­mo gravamen neral. Mensualmente se deducen en los cuadros las me rmas ocasionadas por el peso, reempaque , etc , de las sales, conforme lo di spone e l Decreto ejecutivo nú .•. ero 393, d~ 9 de Mayo de 1904, así : Torno y C••razao. 2°/0 Puerto Velillo, 3°/0 Bahínhonda r Manaure , 4°/ 0 Ga le razamiJa, Pozos Coloradosr Chengue y Santamarta, 5°/0 • y de es­puma e l 8° f 0 Este libro arroja e n 3 1 de Agosto un?. existencia para e l Almacén de Barranquilla de 20,25 3 sacos, con peso de : ( sa l de Cura- 7.aO) ki los ... .. . .. ... ..... . Torno ... .. .. . .. . .. Puerto V e lillo . .. ...... . Bahíahonda .. . ........ . Pozos Colorados .. .. .. . . Santamarta ... . .. . ..... .. 217,2~ 1 130.760 427 ,oo 1 331,778 184,658! 72,648 Total kilos ..... . 1. 364,096! A las cinco de la tarde se suspen­dí,) la visita para continuarla mañana 6 á las 7 a m. Sepl/embre 6 .-Lz'bro de Caja.- Se afecta, diariamente, al .Diblto con las entradas por ventas de sal, almace­naje, etc., y con las somas que se van suministrando por la Adminis­tra ción para atender á los gastos de l pe rso na l d e l Ramo; y al Crédito, con las re mesas q ue se dectúan á la Adoinistración Genera l y los pago:. que se hacen mensualmente por suel. dos ae les emple'ldos tanto de la Ofi­cina princip'l l como del Almacén y Resguardos. Se e nvfa un e xtracto de Caja d itración Ge l les figuran <.;omo ta l S 36 000 que aún ade uda e l Sr. Florentino Gunzález y Villota por anticipo de sueldos, que le fue hecho e n e l año pasado. Lloro Diario.-Con escrupulos.idad y limJJieza se anotan los asie ntos dia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI N DE LAS NUEVAS RENTAS riame n te Se incorporan las cue ntas La cuenta de José María Romero, de los almacenes subalternoc:, qui e nes Ex11lotador d e " Bahía honda," tiene las han rtndiclo hasta Julio ú lti.no un saldo al débito de S 997.82 ;-40 Las cuenta de almacenes se ilfectan papel m oneda. Desde e l me!> ri e Abril abonándoles los prorlucto:. con cargo ú lti mo, este hxplotador no hace reme-á los almacenistn s , y cargándoles lo s sas de sal, no obstante las sumas que gastos por sueldos, r::tc. para esto tiene anticipadas. A cada Salina se ha abierto 110c1 Se ha cumplido con la form~li.Jad cuenta, á la c11a l se carga e l valor d e del Registro f'n los Libros . las cuentas presentadas )JOr los El<.- Se: halla rendida á la Ofi c ina de la plotadore'i, debidamente comproba- Contabilidad de la Administración Ge - das, con los recibos correspondit::ntes, neral en ésta , la cuenta de Ju lio , jun. quedando abiertas á la vez la !. cuen. to con el Balance del l\Iayor y e l de tas de los Explotadores, lds c..1ales !>e Cuentas Varias, d~ todo lo cual hay saldaron á medida que se les fue pa- copia en el libro respectivo. gando, excepción de la d e l Sr. J osé También se encuentra en fa Oñci - Marla Romero. na el Copiador de comunicaciones y Se' encuentran también las s iguien- e l de Telegramas. tes cuentas: Caja, Cuentas varias, El personal del Almacén de sales Ad mi nistración G e nt ral de Barran- de e!>ta ciudad lo componen un Al-quilla, Cuenta en suspenso, Contra macenista, el Sr. Fernando Espejo, bandos, R e m esas de sal al Interior, un Ayudantr: y 3 (;.,bos l'esadores Gastos de personal, Arriendo de lo. Ulti mamente se:. han buscado peones cales. Gastos varios, Multas, Utiles de para el trabajo de reempacar las sa-escritorio, etc. etc. les y ponerlas en estado de que el Mensualmente las c:.~entas de pro público no 5e queje de que se le da duetos y g:\stos , se traspasan á la d e arena en ve-z de sal. El Visitador se la Administración de Barranquilla trasladó al alm<~cén, y ordenó que se El saldo débito d e la ''Cuenta en abrie r an varios bultos de las di•t intas suspenso," que representa al ex-A<.l- clases de sa l ; casi todos r tsulta r on ministrador de Salinas Sr. !floren ti- con una capa su¡Jerficia l de buena ca-no González y Vi Ilota, era en 3 1 de lidad y el resto, que a lcanzarra á un Julio de $ 98,297-60, que en la de 90 por 1 oo ciel con• e nido rl~ cada Agosto queda saldada por la per. bulto, de sal sucia, r:l e mala calidad, sonal de Florentino González y Villo y r¡u c contiene muchÍ!> Ima arena Por ta, á la cual se cargarán t . mbi é n los los datos que se tienen, hay aproxi - $ J 3,000 papel moneda que en e l mes mad:'lmente más de tre<. mil (3,ooo) de Octubre de 1905 desaparecier()n de bultos de sal com¡:. let:'lmt"n te ~ucia, y l a Admiuistración de las S dinas de eso 11ue todavía no :.t• ha acab.ldo de acuerdo con la orden de la Admmi:.. examinar y reern¡.¡acar toda . tración General de las Rentas en Bo- El local denominado D epós t'lo Ma - gotá, comun i cada en oficio número das, es en el que actualmente se ha- 5,3Q4 de 2 l de Agosto último. llan almace nadas la s sales en e~ta Los asientos del Diario se tras)a . ciudad, y paga )a Administración dan correctamente al MOJw. S 12, 000 papd moneda por el arrien- En el libro <.le: "Cuentas Varias," do mens•.al au xiliar de esta cuenta de los libros -Custodiando la s Salinas de Puerto principales, figuran las cuentas per- Velillo se encuentre\ un guarda ; otro sonales que po r algún motivo tiene n en las de El Torno ; otro en Oc1 lera-débito ó crédito con la Administra. l!al'"ba ; el j'{~ t.guarvl"- rl. Mondonga! ción de las Salinas. 1' y'" rasaJ·era lo 'cd~~, 2 C'lhos y OIBL 0 r ' l ~ 1-, '1 l ~ .ARANOU' J- --..- 'T' .... ~ A - ~ "" .J;.'-A Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 4 Guardas. Hay un Jefe del Resguar. do ambulante de Salinas, encargado de la vigilancia en la Arluana de esta ciudad, el Sr. Joaquín E Morales. El Resguardo de Calamar lo componen u·n Jefe, un Cabo y seis Guardas. El de Santamarta está compuesto de un Cabo y cuatro Guardas, est·•cio. nados en las Salinas de Santamarta, Chengue y Pozos Colorados. En Sabanalarga también hay un Resguardo compuesto de un Coman· dante y cinco Guardas A las cinco de la tarde se conclu­) Ó la visita de esta oficina, para con. tinuar con las otras maña ha 7. OF ICINA OE LA KKNT,\ n& PIKL&S. &ptt'embre ¡.-Esta oficina funciona así: Sección guías de degüello, á car­go del Sr. Arturo Sáenz, quien cum­ple de manera satisfactoria con sus obligaciones que son las siguientes: Lleva estos libros: Relación de las guías diarias con especificación de machos y hembras, peso de las pieles que se venden, marca. color, y 11on . bre de los ma­tanceros, e tc. RegiStro diario de expedición de g uías, tanto para la expvrtación de pieles de pro¡.>iedad pa rticular, como de las pieles de las reses cuya carne se inutilit.a y que se destinan á uso particu la:-. Copiador de las cuentas que se pa­san por lás pieles vendidas á los in­dustriales. Desde el estnbleci111Íento de la Renta (Julio 12 de 1905) se han gas­tado nueve libros en e l Registro de guías di.:Hias de d<:>giicllo, todos los cuales se han examinado y confron . tado con ICIS lega jos cl...: guías respec­tivas y con las ve ntas efectuadas, y se encontrélron per fectame nte acordes en todos sus detalles y porme:-:ores. El archivo está cu idadosame nte arreglado por meses, de manera que no ha hahido ninguna dificultad p;1ra encontrar todos los datos y compro-bantes que se han necesitado durante la visita. También existe un libro abierto en Abril de 1905, en que está anotado el impuesto de degüello que se cobró hasta 30 de Junio del mismo año, en la Provincia de Barranquilla, las Com­pañías fluviales de vapores y parte de la Provincia de Cartagena. Del examen de los libros, y des­pués de controlar todos los apuntes con los comprobantes, se obtuvieron los siguientes datos : Reses bem/idadas m Barranquilla: 1905 . Machos. Hembras. Julio. ...... 81 1 180 Agosto.... 844 1 56 Sepbre. . .. 67 S 292 Octubre .. 62 3 3 50 Novbre ... 475 479 Dbre...... 6os 402 4,033 1,859 5,892 1906 Enero .... 534 496 Febrero ... 553 339 Marzo ..... s68 346 Abril .. .. 510 287 Mayo ..... 4 11 552 Junio ..... 491 463 Ju lio . ...... 586 397 Agosto ... 579 364 4,232 3,244 7.476 Suma total. ..... 13,368 De estas pieles fueron vendidas á los industrial es, del 1 •0 de Julio de 1905 a l 31 de Agosto pasado, según los libros .... .... .... ........... 7,787 y se exportaron .. ... ... .. . ... 5,581 Suma ig ual al producto ... Diariamente el encargado de esta oficina pasa una relación del movi­miento en que se expresa el número de reses degolladas ; el de las pieles vendidas con anotaci6n del sexo, del Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 253 peso (n kilos y nombre de los cÓm­pradores, y el de las que se entregan al Dep6sito para su exportación, Esta relación la pasa tanto Á la ofi· cina de la Contabilidad, como al D e · pósito de vieles para que se tome nota en la primera y se haga la con. frontación en la segunda. Además, el Sr. Alcalde, q ue es quien visa las g u ías de degüello, pasa mens ualmente á la Administra:::ión la relación de las reses beneficiadas, documen t o que tiene que ser igual en s us pormenores á la cuenta de la sección de guías. &cdón de ExpoYiaciÓ1z Esta oficina se ocupa únicamente en la' exportación de las pieles que vienen d e l interior, como de las que se producen aquí y en algunas regio. nes de Bolivar y Magdalena, pues p or Ca r tagena y Santamarta tam­bién se hacen embarques de pieles per tenecientes á estos dos Departa­mentos. Se l levan los siguientes libros : r . -Libro de pie le!. del interior. Es de folios dobles como Jos de un Ma­y or. Se ca r gan a l D ebe, por Depar­tame ntos, todas las pieles que llegan al almacén de Barranquilla, copiando textua lmente los datos ' que suminis­t ran los conocimientos fluviales y se abonan al Haber las exportaciones que se hacen y las ventas que se efectúan. Por este sistema, en cualquie r mo­mento se puede conocer el nú mero de pieles recibidas, e l de las expor· tadas, el de las vendidas y la exis ­tencia 6 saldo que de cada Departa. mento ha q•Jedado en el almacén. 2 .-Libro de cuentas de Gastos de Exportación. Es este un libro talonario en que se formula la cuenta de gas tos de exportación de cada lote , desde e l puerto de río en que se embarc a, hasta colocarlo en el buque marítimo que lo ha de conducir á su destino. 3.- Libro Copiador de corr esp on­d e n cia q ue se relaciona con este ramo. 4.- Libro copiador de cuentas d e venta de pieles secas del almacén. Esta Secció n está á cargo de l S r . D . l!" rancicco J imé nez Durán, quien la mantiene al orden del día, sus libros los lleva con muc h a exactitud y aseo y tiene perfectamente arreglado su archivo. La Administració n está despacha n­do las pieles del interior, desde No­viembre de 1906, y su movimiento ha sido e l siguiente : DepaYiammlo de CwuililamaYca. Salidas. Entradas. 41,9 15 pieles. 4 1 ,9 1 5 exportadas, Deparlammlodel T oliflla. 40,45 7 p ieles.. 40, 1 55 exportadas. 302 vendidas. Depaylammlo de Anll'oquia. 38,853 pieles.. 38,847 expo r tadas, 5 en dep6sito. 1 se fue al mar en Puer to Co­lcmbia. DepaYiammlo de S anlandeY. 1 1,469 pieles.. 1 1,469 exportadas D epa,-lamm lo de G alán. 2,255 pieles.. 2,255 exportadas. 1 34,9 49 pieles.. 1 34,949 exportadas. RRSUMRN. Entradas...... 134 949 Salidas. 1 34,641 e xportadas. ' 302 vendidas. 1 perdida. 5 en depósito. 134.949 1 34,949 Se su spende la visita á las 5 p. m., para continuarla mañana. CUJ\ORO D K L ACOS1A, Stplitmbn B.-Movimie nto general d e pi ele s d esd e el 1 ° de Di cie mbre d e 190 5, hasta e l 31 d e julio de 1906, e n los D epartame ntos del Atlántico , Bolívar y Magdalena. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 254 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Colectadas.............. ... . 56,938 Exportación por Barranquilla .......... 2 1 ,oo6 Id. Id. Cartagena .. 14,1 eS Id. Id . Santamar-ta ........................ 6,248 V endidas .. .... ..... 12,650 Perd idas de Plato á Zamhrano (naufra-gio)..................... 42 Existe ncias en los tres Departamentos .. 2,884 RESUMEN GRNKRAL. Pieles r ecibidas del inte-rior .... .... ....... .. . ............ '34,94 9 Pieles colectadas en la Costa .. . ... ..... .. .. .. . . ..... ... 56,938 Exportadas...... 176,003 Vendidas ......... 12 ,952 P~rdidas.... .. . .. 4 3 Existentes ........ 2,889 Sum;.s iguales ... 191.887 19 1.887 Jt!:ISTA OK C I GARRILLOS, FÓSFOROS, TA­BACO Y LICORES R).TRANJKROS. Esta sección, á cargo del Sr. Dio ­nisia Gonzá lez M., se entiende con el despacho de patentes, liquida ción de manifie stos, cobro de los derechos correspondientes, y todo lo que se re· Jaciona con los artículos nombrados. Por ella se expiden la s gulas de tránsito y lo cales, y se vi sa n y r egis­tran las guías d e tabaco nacional que llega á esta ci udad para el cons umo y la exportació n. Se llevan los siguientes libros que están muy a:.eados, exactos e n !>us pormenores y que van con el movi. miento d e l dla. !lfovuniwto dt Pnlmlts.- E n éste se da entrada á todas las Pa1entes que ll egan á la Administración, especifi­cando el número, agente que la ex­pidi ó, lugar, introductor, y r enta á que corresponde. Se da salid a á las que se despachan para la Adminis-tra'ción General á Bogot~, acompa­ñadas de los manifiestos y liquidacio­nes respectivas. Al anotar las salidas, se especifica el número de la Patente, el nombre del introductor, el del con­signatario, núm e ro del manifiesto,. número de orden, nombre de l vapor, su fecha de entrada al puerto, peso en kilos y valor de la liquidació n que cor r esponde á cada una de las Rentas. Exportación de Tabaco. - En é!.te se carga ií cada interesado la cantidad de bultos de tabaco que destina para la exportación, según las guías co­rrespondientes que para el efecto­presenta. Se le abonan las partidas que va exportando, de acuerdo .con los conocimientos que presenta con los documentos de embarque y de· más comprobantes respectivos. Con este sistema, en cualquie r mo­mento, puede conocerse la existencia de tabaco que, destinado para la ex­portación, exista en la plaza. Recibidos los docume ntos que com­prueban que se ha hecho la expor­tación d e una partida de tabaco, se entrega al exportador la tornaguía~ para que pueda exigir a l Agente del lugar de procedencia del tabaco, la cancelación de la fianza ó la devolu­ción de los derechos, si los hubiere pagado. La tornagu ía lleva la nota Cumplida la txporladbn, y va autori­zada con las firmas del Administrador de la Aduana y de las Nuevas Rentas. Comumo dt 1abaco .- En este ti bro se r egistran todas las guías del taba­co para consumo. Se abre una cuen­ta corrie nte á cada interesado, car­gándole e l número de bultos, con su peso, pa ra de esas cantidades irle descon tando las partidas que va ven­di e ndo y por la s cuales se expiden guías ll a madas Parciales á los com­pEdores. Cancelada una gula, se exiR"e a l poseedor y se coloca e n el archivo, como comprobante de las anotaci o­nes que fig11 ra n en el Libro de Re­gistro d e g ulas de tabaco. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS Z55 Elabo1 .uiím dt Cignrn11os -En este libro se carga á cada fabricante la existenc ia d e picadura que tiene d es. tinada á la elaboració n, tanto la d e · nunciada como e l monto de las im · porta ciones que h ac•e d e l artículo, y mensualmente se le abona la c an ti· dad que e laboró, computá ndole, po r cálculo 1\Pt'Ox imado que se h e\ hecho, 48 caj e tillas por cada kilo. Rtgislro dt zinporlación y txpmdio dt Cigarrillos.- Se lle\'1\ como los de ta­baco, con el o bjeto de fisca liz ar las ventas menudas de la plaza y evitar así que, á la SOIT'bra de las guías, se expendan algunos contrab andos. El sistema adoptado para los !ice. res 'extranjeros y fósforos , es el mis. mo usado para la importació n de ci. garr illos. E l movimiento que tuvieron estas rentas en el pasado mes d e Agosto, se verá en e l resumen que se copia en seguida. • Siendo las cinco de la tarde se suspende la visita de esta oficina, para continuarla pasado mañana 1 o, á las 7 a. m. Stptitmbrt IO. - Producto de las i mportaciones hechas por la Aduana de Barranquilla en el mes de Agosto de 1906. Ctgarrillos. Importa dos par a Cundtoamarca ...• S Id . ítl. Antioquia .. Id. ítl. Atlántico .. Papel moneda. 2g8,goo 626, 15o 1 .26o,7oo 2 .1 85,7 5 o Taba co. Para Cuodinamarca (pica-dura) . . . . . . . . .. . . . tgo, 1 50 ( 1 bulto, 1/¡ kilo-gramos) íd. libre de derec hos. P orn Mcdellfn, ela-borado. . . . . . . . . . . . 1 3,5oo Id. Atlúotico, íd... 25, 167 229,3 •7 Fósforos. Pnrn Ca ldo s , de cera ... . ...... . .. . Id. Antior¡u ia, id. Id. Cund i unlll arca íd .•••••••. •. •.••• 359•5 2 0 5ss, 72o 3o6,ooo o Pnsnn ••• ••• • •. $ 1 .483 ,057 2.4 1 5,067 Vi enen ........ S Id. id. ( pali to) .. .. Id. At lá ntico id .. . Id. Tolimn íd ... . Id. Saotandct· íd .. . Licores extra njeros. P a r a Atl:'lntico ( 101 bultos). ....... 232,8oo Id. Cundin:unar·- ca (4 26. bultos) ...... 1 .o45,G3o Td. td. ( 9 bulla s, libre t.le derechos). Id. Ao t ioquia (3 bultos) ............ 12,ooo Id . Santander (4b bultos). . . . . . . . . • . . 1 3Ú,590 1.4 2 7,020 J\I o nto toln l de las imporln-c iones .•••..........•••.••.. S 5 -542,847 A las cuatro d e la téTrde se termi­nó la visita e n esta oficina, para coR­tinuar mañana 1 1 en las demás. RKNTA DK Tli\JBRit NACIO NAL. Stpltembre :r I.-La oficina general de esta R enta es manejada directa­mente por el Administrador, quien se carga todas las r e mesas que se ha­cen de Bogotá y suminist •a á las Pro­vincias de los tres Departamentos, las especies que necesitan. La existencia de especies en Bol(. var, Atlántico y Magdalena en 3 r de Julio, pues las cuentas de Agosto no se han incorporado todavía, era la siguiente : Puptl. J." 2 ." 3·" S e llos 123,06 1 58,558 75,669 Estampillas , valor m oro . De $ o,o 1. E x iste ncia en 3 r de julio ......... ... ....... .. D e S o ,o3. Id. Id. íd .. .. D e S o,os. I .J . id. íd ... . D e S o,to . Id. Id. id ... . D e S o, 15. Id. Id. id .. .. D e 8 o,2o. Id. íd. id .. .. D e S o,so. Id. Id. íd ... . De S o,6o. Id. Id. Id ... . D e S Id. íd. íd ...• De S 5 Id. Id. íd .•.. De S 10 Id. Id. íd . .. . De S zo Id. Id. Id . .. . 88,2 I 7 25,417 35 .935 52,273 55,235 1 r,s 19 9.675 3,937 5,840 499 188 197 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ( BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS OFICINA PROVINCIA[. D& TUIDRi. NACIONAL. Está á cargo de los Sres. Jorge Aguirr e Plata y José A. Mejía, Ad­ministrador y Ayudante, respectiva­mente. Esta oficina se provee de es. pecies de la General y á su turno sur te á las oficinas de los Distritos que forman la Provincia. El valor de las ventas q ll e se hacen por esta oficina, se entrega diaria­mente al Cajero. Se llevan dos L ib ros de especies : uno para papel y otro ¡:-ara esta m pi. Has, en los cuales se lleva cuenta á cada uno de los Distritos. También se lleva un Libro de Caja. Mensualmente rinde extracto ge. neral de la cuenta de la P r ovincia, por los modelos que para e l efecto se han suministrado. La existencia de esta ofi cina par a el 1 . 0 del presente era: 177 sellos de papel.~ .... $ 17 70 1,144 estampillas de o .o 1.. 1 1 44 1,088 íd. de 0,10 .... ..... 100 8o 370 íd. de o, 15.... ... .. 55 50 203 íd.deo,5o ......... 10 1 so 78 íd. de 1 ... ...... ... . 78 La oficina marcha con regularidad, y se atiende al público con actividad y cultura. Los libros se llevan con aseo , y de acuerdo con las prescripciones de la oficina de contabilidad. A las cinco de la ta r de se suspen­dió y terminó la vi sita en est a. oficina . - , para cont1nuar mana na 12 en las de· más. RltSGUARDO DE LAS RKNTAS. &plitmbre I 2 .-En este día se pas6 visita á todos los lugares en que se encuentran distribuídos los Guardas que prest~n e l servicio, con el fin d e ver si estaban todos e n sus puestos. El Visitador, en asociÓ del Sr. An­t~ nio Falcón, Comandante, jefe d e d1cho Resguardo, practicó la visita, y encontró lo siguiente: En la Administración General, para desempeñar las constantes comisiones que se ofrecen, está colocado un Guar­da, el Sr . Bollvar Núiiez. Sellando cigarrillos en los almace­nes particulares, Sres. A lfredo Casas. buenas y Francisco Rico. Recorriendo el caño por donde en­tran los botes y canoas al mercado, Sr. Julio García. En la plaza del mercado, Sr. Plá­cido González. En la boca del caño de arr iba, examinando las embarcaciones pe­queñas que entran y salen, y que cal­culan. en ochenta (8o), término medio, diario, Sres. José J . Prieto, Antonio Cantillo y Elenzar Muñoz. En el Almacén de sales, Sr. Jesús Santa Hernández. En los Almacenes de la Aduana, Sres. Félix Fernández, Pedro Mejía Dribe y Pedro Uribe. En Jos muelles y bodegas de las Compañlas fluviales de vapores, Sresi Francisco lbáñez y Víctor Olivares. En la E-tación del Ferrocarril á Puerto Colombia, Sr. !salas L6pez. En las Bocas de l Caño abajo por donde entran los vapores y también embar caciones pequeñas, Sres. Mo­desto Berna! y Marco 'l' ulio Peláez. Todos estos empleados se encon­traron cum(Jiiendo sus deberes en los puntos indicados. El jefe del Resguardo informó que los Guardas Germán Suárez y Luis González estaban prestando sus ser ­vicios en Puerto Colombia. A las cinco de la tarde se terminó esta visita y la excursión apuntada. El dla trece de Septiembre se tras­ladó el Sr. Visitador, e 1o asocio del Sr. Administrador de las Nuevas Ren­tas, á los depósitos de alambiques, principiando por el que está en e l edi­ficio ~nominad o La Tmtría; de allí siguie ron á la fábrica La Akoholina; luégo á la de los Sres. Rosendo y D e móstenes Llamas. Por e l a rrenda- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS R ENTAS 257 miento del primero pagan $ 2,000 mensuales. Es un edificio muy amplio, y e n él están separados los objetos de cobre y hierro de los de madera. Los primeros están en cuar tos con llave, y los segundos en los corredores aden. tro del edificio. Hay unos 1 ,soo entre toneles, pi­pas y barriles, cajones para uep6si. to ~, etc. Todo está arruinado; y aun cuando la Administració n está facul ­tada para vender dichos objetos, na­die se ha presentado á solicitar que se le venda, ni en todo ni en parte. Por el arre ndamiento mt:.nsual de La A/coiiol/nn. tambié n se pagan dos mil pesos; y entre el de los Sres Llamas, uno en Soledad, otro en Baranoa cui . d anderos, se pagan seis mil ( $ ó,ooo) pesos m á s. Se han pedido por telégra­fo, á todos los Administradores Pro vinciales, los datos de lo que hayan vendido d e aparatos de destilación. Se deja con-tancia de que esta "i­sita se h a practicado con todd la mi nuciosidad que ella r equerfa, con frontando y controlando los libros de cada oficina con los comprobantes respecti~s, y que por esa ra zón no fue posible terminarla en menor 1iem . po del que se invirtió. También se deja constancia de que e l Sr. Dr. Nemesio Camacho, G ~ ren­te del Banco Central, á su paso por esta ciudad, visitó las oficiMs de la Atlministración, examinó algunos Ji. bros en la Contabil idad y se manifes­tó satisfecho de la organización que se ha dado á la s Rentas, á la conta. bilidad de ellas y d e su personal. Habiendo sido visitadas todas las oficinas de est;¡ ciu dad, dependientes de la Administración, se dio por ter. minada esta diligencia, que firman e l Sr. Visitador y e l Sr. Administrado r. El Visitador, EtiSKO ÜTKRO M.-El Administrador, PAULO E. MoRALRs. LOS VISITADORES. Se continúa publicando In relaciór. de las visitas practicadas por los Sres. Visitadores Departamentales, y cuyas actas han ll egado á la Admi­nistración General de las Nuevas Rentas, y llevan la numeració n con­tinua que traían las eJe cada Depar­tamento en la relación del número an­terior. Algunos de los e mpleados visitados dejan de enviar las corias de las ac­tas, por lo cual se ordena á los Sres. Visitadores que las envíen ellos mis­mos en el momento d e terminar la visita. ,\NTIOQUIA Y CALDAS. s. Agosto I8.-Visita á la A gencia de Sopetrán. ó. Agosto 2J.-Visita á la .Agencia de Antioquia 7· Agosto 24.-Visita á la Age ncia de Buriticá. ATLÁNTICO, BOLÍVAR Y MAGOALRNA. 12 . Agosto I7 .-Informe. 1 3. Agosto I8.-Informe. 14. A ,fosto 24.- Vi!.ita á la Admi­nistración Provincial de Santamarta. 15·· &ptiúnbre I.0 -Vi;;ita á la Ad · ministración D epartamenlal d e: la Costa Atlántica. , 1 BO \" ,\Ct\ 1 GALAS Y TU.SOi\31.\. 22. Agosto 6.-Visita á la Agencia de C urití. 23. Agosto I$.- - Visita á la Agen­cia de Simaco1a. 24. Agosto 23- Vi sita á la Admi­nistración Provincial tle Soatá. 25. Agosto 24-Visita :í la Agen­cia de Boa vi ca 26. Agosto 27 .-Vi!> ita á la Admi­ni!' tración Provincial del Cocuy. 27. &ptlfmbre .r.0 - Visita á la Agencia .de Socha. 28 &pll"emhre 2 .-Visita á la Agen­cia eJ e Tasco. 29 &ptilmbre J.-Vi:.ita á la Agen­cia de Corra les . 30. Stpti'tm6re 4 -Visita á la Agen­cia de Floresta. 3 1. &ptiembre 6.-lnforme. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 32. Septiembre 9.-Visita á la Agen­cia de Tibasosa. 33. Scptümbre II.-Visita á la Ad­ministración Departamental de Bo­yacá y Tundama 34. Septümbre II.-Visita á la Ad­ministración Provincial de Santa Rosa. 35. Sepll'embre 12. -Visita á la Agencia de Paipa. 36. Sept/embre 20. - Visita á la Ad­ministración Provincial de Tunja. 37. Stplümbre 28.- Informe. CA UCA. 36. A~oJto 28-Visita á la Agen . cia de Belalcáza r . 37 - Agosto JO.- Visita á la Agen· cia de Anserma. 38. Septz'embre 5. - Visita á la Agen · cia de Apía. 39· Septiembre 6.- Visita á la Agen­cia del Corregimiento del Santuario. 40. Septz'embre 24.- Informe. CUNOINMIARCA Y QUESADA. 37. Seplimzbre 1 9.-Visita á la Ad. ministración Provincial de Facatativá. 38. Septt'embre 2I.-Visita al Te. niente Político de Facatativá. 39· Stptz'embre 21.-Visita á la !m. prenta Departamental de Facatativá. 40. Septiembre 21.- Visita á la A gen. cia de Subachoque. 4 1. Septt'embre 22.-Visita á la Agen­cia de Supatá. 42. Septümbre 23.-Visita á la Agen. cia de La Vega. 43· .Septiembre 24.- Visita á la Agen · cía de Sa~aima 44. Septz'embre 25. - Visita á la A gen · cia de Albán. 45. Sepll'embre 25.- Visita á la Agen­cia de Guayabal de Síquima. 46. Sepltúnbre 26.-Visita á la Agen· cia de Bituima. 47 . .Seplt'embre 26 -Visita á la Agen­cia de Vianl. 48. Seplum.bre J O.-lnforme. DISTRITO CAPITAL. 20. Seplr'embre 5.- Vi sita al esta­blecimie nto mercantil de E che verrla Salas & e: ' 21. Sepll'embre 10.-Visita al Banco del Comercio. 22. s,ptt'embre I 1.-Visita al Banco de Bogotá 23. Stplr'embre 14.-Visita al Banco de Exportado• es. · 24 Stpll'embre 15.-Visita á la Ofi­cina Pagadora del Distrito Capital. 25. Septz(mb're 19.-Visita al Mata­dero de B ogotá. 26. Septiembre 20.- Visita á la Im · prenta de a visos. 27. Septt'embre 20.-Visita fi la Im· prenta de Angel M. Aranza. 28. Septiúnbre 28.-Vi sita á la Im­prenta y oficina de El Porvenir. 29 . .Seplz'embre 29.-Informe . HUILA Y TOLIMA, 18. Sepll't•ubre 12.-Visita á la Agen­cia de Purificación. 19. Sepll'embre 12.-Visita al Te­niente Político de Purificación. 20. Sepli'embre IJ.- Visita á la Agen­cia de Prado. 2 1. Sepll'embrc 14.-Visita á la Agen­cia de Villa vieja. 22. Septz'embre 14.-Visita al Ex­pendio de Timbre de Villav~eja. 23, Septiembre 19.-Visita al Te­niente Político de Neiva. 24. Septiembre 20.- Visita al Ex­pendio de Timbre de Neiva. NARIÑO. I. Agosto 19.-Visita á la Agenc¡ia de San Lorenzo. SANTANORR. 9· fu/z'o z8.-Visita á la Adminis­tración Provincial de la Renta de Li • cores de Garcla Rovira. 10. julio 26.-Visita al Teniente Político de Málag-a. l 1. Agosto 1.0 -Visita á la Admi· ni ~ tración Provincial de Pamplona. 12. Agosto 24.-V isita á la Agen­cia de Cucutilla. 13. Agosto Jo.-Visita á la Agen­cia de Matanza. 14. Agosto JO.- Visita á la Agencia de Suratá. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 259 15. &pHembre 4 -Informe. 16 . !Ypliembre ¡.-Vi~ita <\ l Tenien ­te PoiCtico dt> Rucarama~ga. I 7. &pll'tmbre ro -V bita á otro Teniente Político de Bucaramanga. 18. Seplinnbrt f 2 -- Vi ~ ita á la Agenr: ia rle Lo!> Santos 19. &pll'embre I J - Visita á b A gen. <:ia de Piedecuo:: s ta. 20. -&ptiembre I4 .-Vi~ita al Te:~ i en­te Político de Piedecuesta. 21 . .&pll'embr e IÓ.- Visita á la Agencia de Giní n. 22. Seplrembre IJ. - Vi::. :ta á la A gencia de L ebr ija . 23. &pll'embrt I 9-Vi sita á la Ad· ministración Provincial de Bucara · m a,nga. 24 . .&pli'.!mbre 22 . - Visita á la Agencia de Rionegro. B ogotá, Octubre 1 1 d e 1906. ACTAS DE INCI NERACION. Ada urímero 6.-En !a ciudad deBo­gotá, á las diez a . m. del día catorce d e Septiembre d e rñil novecientos seis, reunidos en la Casa d e Mo neda José J oaquín Pérez, miembro de la Junta Nacional de Amortización, e n su ca­r ácter de re¡>rese ntante del M inisterio d e Harienda y Tesoro ; Enrique Grei­ffenstein, como r epresentante de la Ge­r encia de Rentas d e l Banco Central, ~ I smae l Ram í r ez E . , como re¡>resen­tan te de la Direcció n d e la Litografla Nacional, procedie ron en cumplimien­to de lo dispuesto e n e l D e cr eto nú­m ero 10 17 de 1906, á in c i nc,.a r las siguientes especies d e Tim bre Nacio­nal, procedentes de la Sección de l mismo nombre : CI\DtldRd. Vi~~nel!\, Vnlor. 20 1905 á 1906 .. . $ 15 863 1905 á 1906 ... 4831 1905 á 1906 ... 3 5465 1905 á 1906 ... 10 3777 1905 á 1906 ... 15 185 1905 á 1906 ... 50 259 1905 á 1906 . . . 6o lO 1905 á 1906 . •. 100 758 H. 11 83 H. 2055 H 6 139 H . 1895 H. 4613 H 15 6 7 370 11 6 1496 15 00 H 23f;! O 2404 965 2634 350 H. 1000 H. 1ooo H 79 2$5 6 1 17 779 523 205 107 I 3 67 H. 526 H. SS 29 37819 141311 898 74 57268 1002 66s 414 443 t 6 H. 1905 á 1906 ... 1905 á 1906 .. 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 190Ó .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . •905 á 190~ .. . 1905 á 1906 .. . 1905 (1 19<'6 .. . 190<; á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 19c6 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 19 06 .. . 1905 á 1906 1905 á 1906 1905 á 19 06 1905 á 1906 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 . . . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. 1905 á 1906 . . . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 ..• 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 .. . 1905 á 1906 1905 á 1906 .. . 1903 á 1904 .. . 1903 i 1904 1903 á 1904 .. . 1903 á 1904 .. . 1 ~05 á 1906 .. . 3 I O 1 S 3 10 15 3 l O 15 I OO l O o 2 3 30 o 30 I 2 6o o l5 o o6 3 l O 15 so 100 3 1$ 1 5 o 20 o so l 5 o O t o 03 o 10 o I5 o 03 En prueba de Jo cual firman ante testigos los que e n ella intervinieron. José Joaquín P(rez .-E. Greiffmsltin. Ismad Ram!rtz E - Testigo, J osé Ig- 1/aet'o Gulztrrtr. -Testigo, Dam'd Va/. derrama G. A(/a mímero ¡ .-En esta ciudad de B ogot~, á las diez de la mañana d e l d ía veinte de Septiembre de mil no­vecientos seis, r e u uidos en la Li LOg ra- • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ) • 26o BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS f{a Nacional, José Joaquín Pérez, co­mo representante d el !\linisterio de Hacienda y Tesoro ; Enrique Grei­ffen stein, CO 'T\0 representante de la Gerencia de Rentas del Banco Cen­tral é Ismael Ramír e1. E. , como re­pre ~entante de la Litograf•a Nacional, procedieron, en c um plimiento de lo dispuesto en el D~reto número 1 o 1 7 de 1906, á inhabilitar, r ecortándolos, Jos siguientes sellos de papel, proce­d entes de la Sección de Timbre Na­cional : Cnnhdad. 8 602 987 108 884 3 154 3 1329 187 779 10747 89 63 125 97 577 51 39 7 288 6oo 18 3 277 294 97 374 157 9470 H Vi gene in. 1903 y 1904 .. $ 1903 y 1904 ... 1901 y 1902 190 [ y 1902 190 1 y 190'2 190 1 y 1902 1901 y 1902 1 S;¡9 y 1900 1899 y 1900 .. . 1899 .Y 1900 .. . 1899 y 1900 . . . 1899 y 1900 .. . 1899 y 1900 t887 y 1888 .. . 1887 y t888 .. . 1887 y 1888 . . • 1899 y 1900 .. . 18 99 y 1900 .. . 1899 y 1900 . . . 1 ~99 y 1900 . . . 1899 y 1900 .. . 1899 y 1900 .. . 1905 y tgo6 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 .. . 1905 y 1906 . . . Vnlor. I S JO 4 2 2 1 2 2 1 o 30 o 30 1 o so o 20 2 3 1 1 o 30 o 30 o 03 o 10 o 15 o 20 o o6 o o6 En prueba de lo cual firman ante test igos los que en ella intervinieron. f osé Joaqu Í>l P(nz.-E. Grti.ffmslein. I smael Ram íre~ E.-Testigo, D. Val. de rrama G.-Tt-stigo, J osé I. Guti(rrtz. RENTA DE LICORES. Se avisa al público que el día 19 de los corrient• s , á las 3 de la tarde, en e l loca l d el Banco Ce ntral, se remata­r á en lici tación la Renta de Licores nacionales d e los Municipios de Tu rbo~ Riosucio y Murindó, que antes p erte­necían al D e rartamento del Cauca y hacen hoy parte d e la Provincia de Urabá e n el D epartamento de An­tioquia. La base para la postura es de $ 320, oro mensuales, por los tres M u­nicipios ; el tiempo de duración del arrendamiento, un aüo, que empieza el 1.0 de Enero d e 1907, y las condicio­nes son las mis mas que expresan e l car­tel de lici tación de 17 de J unio y el a viso dado el 11 de Agosto d e l pre­sente año. Bogotá, Octubre 13 de 1906. El Administrador General de las Nuevas Rentas, R uFtNO G uTJERREZ. El Subsecretario del Banco C~ntra l, Jestís iVavas, Aprobado. El Ministro de Hacienda y Tesoro, TonÍ.\s VALI!KZUELA. Decreto Legislativo N .0 46 de 1906. (27 DE AGOSTO) iiObre exención de impuestos nacionales. El Prtsz'dmle de la ReptíbNca de Colombz'a, En uso de !'US facultades constitu­cionales, DECRETA : Art. 1 •0 Queda prchihido estipll'. lar exención de impu e~tos naciona­les en los contratos que se celebren sobre privilegio para establecer fe ­rrocarriles y e mpresas d e n~ vegación ó cuále~qui e n, otras. §. En consecuencia, serfi absoluta­mente nula toda cláusula que contra­veng- a esta dispo~ición. Art 2.° Cuando para impulsar el progreso material del país fuere con­veniente, á juicio del Poder Ejecutivo, concede r exención de im¡ .ueMos na­cionales n alguna empresa, tal exen­ci ón se estipulará e n contrato separa­do celebrado p •. r r on'lllcto del Minis- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI N D E L AS NUEVAS R E NTAS 26t t e rio de IIacienda y Tesoro, sujetán­d ose á las restricciones de los a r tku­los 29 y 30 de la Ley 63 de 1903. Art. 3.0 Este Decreto regirá des­d e su sanción. Publíquese y ejecútese. Dado en Bogotá, á 2 7 de Agosto d e 1906. R. REYES. E l Ministro de Gobierno, D10NJS1o A RANGo -El Ministro de Relaciones Exteriores, A. VÁ ~Q u~;z Cono -El Ministro de Hacienda y Tesoro, To­BÍAS V ALKKZUI·:LA - El l\lini<> tro de Guerra, MANUEL l\1. S.u:cLKMlfNTR..­E l Ministro d~ Instrucciun Pú blica, J. M . R i vAS GnooT- El Ministro de O bras Públicas, F . OK P . MA:-;OTAS. DECRETO NUMERO 526 DE 1906. (8 l>lt MAYO) p or el eunl se concede una autorización al Adminis trador Geucr:d de lns Nuevas Rentas Nacionales. El Pruidmle de la Repléblú:a de Colombl'a . ' CONSIDERAN DO : t.0 Q ue :i las Provincias dP. Pamplo­na y Cúcuta ) otra~ de 1 Norte de Santander no puede extenderse el c onsumo de la sal de Zipar¡uirá, dehi­do al alto rrecio que obtiene por los fuertes gastos de transporte; 2.0 Que a'luellas Pro,·incias con­sumen sal de procedencia extranjera, pagando así fuerte tributo al pals de d onde se proveen ; y 3. 0 Que el Oobierno está en el de­ber de fomentar el con~umo de los artlculos nacionale;, para evitar que e l o r o salga de l pals e n c<~mbio de un articulo que se produce con super­abundancia en él, OECRRTA: A.rt . t 0 .AutorízMe al Adr~1Ínis­t rador General de las Nuevas R e n. tas Nacionales para r¡ue de una ma . nera prudencial, y en vista de las ne­cesidades de:: cada una d e las Provin­cias del norte r.le Snntander , haga u na rebaja equitativa e n los precios oficia les de la sal marina de p r oce­dencia nacional , siempre que esta re­baja no implique perjuicio alguno para e l Fisco . . A r t. 2.0 Igual autorización se da para que en idénticas condiciones se r ebaje el precio de la sal marina q ue se transporte de la Costa Atlántica á la d e l Pacifico de la República, con destino al consumo en los Departa­mentos del Ca u ca y N 'lriño. Comuníquese y puhlíquese. Dado en B ogotá, á 8 de Mayo de 1906. R. REYES. El M inist r o de Hacienda y Tesoro, joslf M. CoRDoBÉs M . DECRETO NÚi\IERO 559DE 1906. ( 14 DE MAYO) por el cuttl se reglamenta e l impuesto so­bre badanas, vnquetas y cualquiera otra clase de pieles que se exportan. El Pruúlmle d.: l rz Rtpúbil~a de Colombia , En uso de sus facultades legalel>, y CONSIDER1\NOO : 1 .0 Que con el objeto de favorece r la indu~tria nacional el G o bierno ha señalado á las pieles que se vendan para e l consumo dentro d e l país un precio muy infc. rior al que el articulo ha tenido generalme nte en el me r ­cado; 2 ° Que algunos negoc i<~ntes, apro. vechándose de esta medida, recogen en el comercio las pie les destinadas á la industria para ex¡•ortarlas en fo r­ma de vaqueta~ y badanas, lastiman­do con esto la R e nta de la exporta­ción de las piel es, cuyo monopolio se tiene reservada la Nación, OltCRKTA: Art. 1. 0 Señálase un gravamen de ocht> pesos ($ 8) oro por cada quin ­tal de cueros que se exporte por las Aduanas de la República en forma de badanas, vaque tas ó cualquier a 1 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 262 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS ot ra que los deje utilizables para la industria en el Exterior. § Este gra v;~ m en sed cobrado e n las Aduanas, y su valor ingresará á la s Nuevas Rent<~s. Art. 2.0 Quedéln exc e ptuadas e n e sta dispos ici ón l;~s pi l!lu, producidas en aquellos lugares donde e~tá r ema­tada la Renra . Comuníquese y publíquese . Dado e n Bogotá, á 14 de l\1ayo de 1906. R . R EYES . El l\1 inistro de Ha cienda y Tesoro, JosÉ M. CoRoonÉs M . DECRETO NUMERO 604 DE 1906 (23 OR MAYO) referente á los juicios por fraudes á la R enta de S:l!inns marítimas. El Pruidmle d( la R epúllt'ca de Colombia , CO!'S IORRAN DO: Que por el contra to de fecha 1 .0 de A bril d e l año próximo pasado, ce­lebrado por e l Gobier uo con el Ban­co Central, fue cedida (L esta entidad la Administ ración de la R e nta de S a­lin as mar ltim as de la Costa Atlántica, y que ror consigu ie nte su recaudo y organización d eben estar sujetos á los Decretos y r eglamentos expedido:; para la buena m a rcha de las d e má s R entas que administra e l mismo Ban­co, principal mente en lo que ~e' efie re á impedir y castigar los contrabandos que puedan hace r se á esas Rentas, DRCRRTA: Hácese exten-.ivo á los Teni~ntes Pollticos de las Nuevas Rentas el co. nocimiento en primera in stancia de los juicios que se inicien ~or fraude á la R enta de Salinas marftimas, p u. die ndo también se r funcionarios de instrucci ón, además de los e mpleados á que se r efie re e l articulo 2 3 y s i­guiente del Decre to número 44 de 3 d e ~ l arzode 1905, y el procedimiento en dichos juicios se ajustará á lo que d e termina. respecto á la Renta de Li­cores, el D ecrf'to ntímero 3 39 de l mismo año y los demás que lo modi­fican ó adicionan. Comuníquese y publíquese. D ado en Bogotá, á 23 de Mayo de 1906. R. REYES. El Ministro de Hacie nda y Tesoro, J osÉ M CoanonÉs M . DECRETO NUMERO 628 DE 1906 (28 OEi\IAYO) por el cual se r eforman y complementan algunns dispos iciones ~o bre m;tnejo y orgnoiz..'lcióu de la Renta de Lico res, y sobre los fun cion;\rios de instt·ucció'n en lns causas por fraudes. El Prw'denle de la R t públt'ca de Colombia, En uso de sus facultades legales, ORCRKTA: Art. 1.0 Las fechas señaladas en e l art'culo 2.0 del D ecr e to númer o 339 de 4 de A bril d e 1905, para los r e mates de que trata el artículo 1.0 del mi~mo D ecreto, pueden fijarse pa­ra una éroca anterior. Art. '2.0 El nomb1amiento de los Tenientes Políticos de que tratan los artículos 83 á 85 del citado Decreto. serán h echos por los Remaladores 6 Administradores de la Renta de Lico­res nacio nales, con la aprobaci ó n del Prefecto de la Provinci a en que ha­yan d e funcionar. ante quien se pose­sion arán. § . Los Rematadores ó Administra­dores tienen obligación de dar cuenta de esos nombramientos á !a Adminis­tración Gene ra 1 de las Nuevas R e ntas. Art. 3 ° El pago de l os sueldos de los T enientes Polhicos y de sus Se­cretari os ser ó de cargo de los re¡:pec ­ti\' os R e ma tadores, y su cuantía se rá fijada por éstos. Art. 4 .0 En carla una de las P r o­vincias y en el Distrito Capital no po­drá haber más d e un Teniente Polfti­co por cada cinco mil habitantes, to- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS KUEVAS RENTAS mando como base el censo inserto e n el Decreto número 457,de 16 de l\1a. yo de 1905 Art. 5.0 No hay incompatibilidad en el ejercicio del ca rgo de Teniente Político con el de:: cualquiera otro em­pleo púl·lico ó privado, á exce::pción del de Recaudador ó Administrador de la mi,ma R enta en que ejerce co. mo fun c ionario de in strucci11n . Art. 6.0 Para actuar como funcio­nario de i nstrucción en los casos de fraude á las R entas de pieles. d egüe­llo, tabacú, fósforos, cigan illos, mi­nas, licores extranj e ros y exportación de metales pre cit> so-;, !>e autoriza á la Administración de las Nuevas Rentas para hace r los nombr.1 mi entos de Te­nientes Pol!ticos r¡ue fu e ren necesa­rios, y para señalar las dotacio n es. § . Los Tenientes Políticos de la Renta de Licores nacionales q u e des­cubran un fraude á alguna d e las otras Rentas enum eradas en el pre­sente artículo, pueden eje rcer en ese caso como funci onarios de instrucción, y tendrán derecho á la mitad d e l va . lor de las rnultas y de los objetos de­comisados Art. 7 ° Los sumarios y causas contra los defraudadores á las Nueva' Rentas no se suspende rán en ningrín caso. aun cuando lo soliciten los R e . matadores, contratistas ó Administra. dores de dichas Rentas Art. 8.0 El funcionario de instruc­ción que contravinie re á las disposi ­ciones del artículo anterior sufrirá una multa de$ 20 á$ 100, que impon. drá el r espectivo Alcalde, por cada suspensión. §. Estas mul tas ingresará n á los fondos municipales, si el r espectivo Prefecto aprobare su impos ición. Art. g.0 Los nombramientos que 1os Rematadores hagan para Je fes y Celador es de los Resgu 1rdos de las Rentas d •! Licores r.acionales necesi­tan la aprobación de la primera au­tori dad política del respectivo Muni­cipio. • Art. 10. Quedan r t- fL rmados los articulas 2 °, ~3, 84 y 85 del Decre­to númer o 339. de 4 de Abril de 1905; el t. 0 , 6 .0 , 14 y 20 <.11!1 D ecreto nú ­mero 72, de r6 d e Ene ro •Je l ¡.>re~en ­t e año, y derogada cualr¡uie ra otra disposición ejecutiva ó administrativa que fuere contraria á e~t~ D ecreto. Art. 1 1. El presente Decreto em­pezará á r cgrr el d 1a 1.0 de Enero del año próximo, pero <:1 artículo 1.0 re­girá d esd e su publicación en el Diart'o Ojiáal. Fublíquese y ejecútese. Dado en Bogotá, á 23 de Mayo de 1906. R. REYES. El Ministro de Hacienda y T esoro, josi M CoRoonÉs M. RESOLUCIÓN sobre atribuciones de los Administradores . de las Nuevas R entas para imponer penas. R epública de Colombia.-M11uslen'o de Hoámday Ttsoro .-Ramo de Hadm · da.-Seuión 2 .•-J\r¡Ímero Ó,JJ2 .­Bogoi• Í, 22 de Septlimbre de I90Ó . Señor Administrador General de las Nue­, ·as R entas.- Presentc. Se ha enterado el suscriro del con­tenido d e su ate nto oficio número 5,878, d e l 19 del presente. Como tuve el h onor de manifestar á usted en el oficio 6,297, d e 18 de los corrientes, cuando se trata de ar­ticulas de los r¡ue hace n parte de las Nuevas R enta s, naturalme nte d ebe n tener!.e prese ntes las di:.posiciones es­peciales dictadas para su organiza­ción, adem:\s de la s generales conte­nidas en e l Código Fi~c<1l. Sobre la competencia para aplicar las penas por infraccione~, cada cual rl ebe obrar dentro de los límites del r eglame nto y según s us atribuciones, y as!, la Aduana aplica las penas por ,. t Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS infraccion es aduaneras y la Adminis­tración de las Nuevas R e nta!: aque­ll as á que dé lugar el no cumplimie n­to de las disposicione s especiales q11e rigen sobre el particular, como la f;¡). ta de patente. De usted atento servidor, ToníAs V ALKNZUKLA. RESOLUCION N.0 34 DE 1906 (9 DE AGOSTO) por la cual se dispone que los empleados de manejo res idente-; en la Capital de la R epública consi~ncn en su ca¡·itcler ofi­cial y en las oficinas del Dauco Central los fondos públicos que recauden ó ma-nej en. • .IJ[It/lsltrio de liacimda J' Tcsoro.-Stc­úlm I:-Ramo del Tesoro -Bogo/á, .Agoslo 9 de I90Ó. COI'SIDRRANOO: 1.0 Que en el A cuerdo reglamen­tario de Contabilidad del día 4 del presente se adoptó una proposicióh por la cual se di~puso que los emplea­dos de manejo residentes en la Ca­pital de la República comigne n los fondos públicos en el Banco Céntral; y 2. 0 Que corresponde á este !\1inis­terio ordenar su cumplimiento, RKSUHLVE; 1 .0 Desde la fecha en que la pre­sente Re~ol ución sea publicada en el ])ian'o Oficial, todos los e mpleados re­sidentes en la Capital de la Repúbli. ca, que por cualquie r ca11sa r ecauden 6 maneje n fond os ¡..úblicos,los comig. narán en su carácter oficial e n cuen­ta corri c n\e e~o e l Banco Cent ral ; y 2 ° El Tesorero General, al girar á favor de tales empleados, lo hará expresando el carácter ofit:ial que és ­tos tengan. Comuníquese á quienes corresponda y publíquese. El Ministro, TonfAS V ALKNZUKLA. RESOLUCION N.0 35 DE 1906. ( 16 DK AGOSTO) por la cua l se ordena el recibo de las mo­nedas de níquel eu todas las oficinns de Hacienda nacional en pngo d e las Ren­tas Nacionales. Mi.,u'sltrio de Hacimday Tesoro.-Ramo del Tesoro - Secci/m I:- Bogotá, Agosto IÓ de I90Ó. CON~tnERANOO ; Que se han elevado á este D espa­cho varias solicit11des para que se dic­t e alguna :nedida acerca del r ecibo de la moneda de níquel en las Re ­caudaciones de Rentas Nacionales, este Mini!.terio RJr.SUI!LVE; De conformidad con lo dispuesto en la parte final del artfculo 12 de la Ley 59 de 1905, los Recaudadores de Rentas Nacionales recibirán, por su valor nominal, e n los pagos que se les hagan, las monedas de nfquel. Comuníquese y publíquese. El Ministro, TonÍAS VALENZU.RLA. RESO LUCION N.0 44 DE 1905 ( 28 DK AGOSTe>) sob1·e venta de li cores en los buqu e..~ que navegan en el 1\lagdalena. !Jf1illslen o de Hadmda y T esoro. -De­parlamallo dt lfacimda .-Sudóll I: -Bogotá, 28 de Agosto de I905. Vista la solicitud que ha hecho i este Ministerio e l Rematador de la Renta de Licores nacionales y extran­je ros de los Depórtamentos de Bolf­var y Magdale na, y hallándola fun­dada en razones tle estricta justicia, SK RKSUitLVR ; 1 . 0 Los buques que na\'eguen en el río Magdalena deben llevar permiso de los Rematadores de la Renta de Li cor es nacional es y extranjeros para venderlos en cu< !quiera de los puntos de l territorio de los mismos Remata­dores; y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS 2.0 Los buques pueden ser visita­dos por los arrendatarios ó cesiona­rios de las mismas Rentas ó por s u ~ Agentes, con el objeto de celar el contrabando que pueda hacerse en dichas embar caciones. Comuníquese y publfquese. El Ministro, P&oRo ANTONIO MoLtNA, RESOLUCION N.0 6t DE 1905 ( 20 Olt OtCI.RMBRK) por la cual se amplía la número '1.4, de 28 de Agosto de 1905, sobre trasporte de licores en los buques que navegan en el río Magdalena. Mi'nzslerio de Hacimda y Tuoro.- Sec­ción r: -Ramo de Hacimda.-Bogo­lá, Diciembre 20 de I905. Oídos los conceptos de la Geren­cia y de la Administración Genera 1 de Rentas, y otras reclamaciones que han hecho varios Rematadores de los Departamentos ribereños del río Mag­dalena, que se quejan de que á la sombra de la Resolución número 44, de 24 de Agosto del presente año, se está introduciendo contrabando de los D epartamentos de la Costa Atlántica á los territorios arrend0dos por ellos, y CONSIDERANDO I .0 Que en los Departamentos ex­presados está rematada la Renta de Licores ex:tranjeros, y en los del inte­rior se administra por cuenta del Go­bierno, y por consiguiente la in tra­ducción de esos licores á ellos debe pagar desde el 1. 0 de Enero próximo el impuesto que señala el Decreto número 1 146, de 4 de Septiembre úl. timo; y 2.0 Que el Agente de los Remata­dores de Barranquilla ha publicado carte les en que avisa al público que 11 el Ministerio del Tesoro, en tele­grama del 27 de Agosto último, ha concedido autorizacione;¡ para que los buques que zarpen de aquel pue r. to puedan conducir ron suficiente pa-ra la marinería y pasajE>ros en su viaje de ida y regreso," y con ese motivo trasportan grandes cantida. des de licores nacionales y extranje­ros los buques que navegan el Mág. dalena con sólo las guías que expi­den en Barranq•Jilla, SR RESURLVK : 1.0 R efórmase la Resolución nú­mero 44 de 2 1 de Agosto, en el sen­tido de que las guías que se e x:pidan en cualquier Departamento donde la Renta de Licores esté rematada, sólo serán válidas en el territorio que com­prenrla el remate d el exped1dor de la guía, salvo convenio especial con los otros Rematadores ó con la Adminis­tración de las Nuevas Rentas donde éstas no estén rematadas. 2.0 Las embarcaciones, de cual­quiera clase que sean, que naveguen el río Magdalena pueden ser visita­das por los Administradores ó los Re­matadores de la Renta de Licores na­cionales y extranjeros, ó por s u!> ce­sionarios ó por sus agentes autoriza­dos con el objeto de celar los contra­bandos, y las existencias de licores que en ellas encuentren sin los requi­sitos expresados, quedars1n bajo la sanción establecida por las disposicio­nes vigentes. Comuníquese y publfquese. Dada en Bogotá, á 20 de Diciem­bre de 1905. El Ministro de Hacienda y Tesoro, FÚIX SALAZAR J. RESOLUCION NUMERO 1083. /J[tiJislerzo de Hadmda y Tesoro.-Bo­golá, 27 de Seplltmbre de I90Ó. Exímense del pago de derechos de importación los libros y folletos que han llegado y que en lo sucesivo en­víen los Cónsules de Colombia á la Oficina de Correos de esta ciudad, con destino á la Administración Ge­neral de las Nuevas Rentas, pues los referidos libros contienen Codificacio­nes de disposiciones rentísticas de va- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 266 BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS ríos paises, que deben tenPrse presen­tes pal'a la m• jor org-anización de las Nuevas Rentas, s e gtin lo ha manifes ­tado á este Ministe rio el Sr. Adminis­trador de las R e nta~, en oficio número 5790, de 14 de S e ptiembre en curso. Cópiese y comuníquese. Por el ~lini stro, el Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN ÜANo. TIMBRE NACIONAL CONSULTA Y RRSOLUCIÓN. R epública de Colomb/a.-Deparlamm­lo dd Huila.-JVúmero 9 .-J.fzirúle­rio Ptíblrco. - Fúcolía del Tn'bunal Supen'or. - 1\e/va, Seplt'cmbre I 8 de I906. Sr. Ministro de H acienda y T eso ro. Bogotá . El Tribunal Superior de este Dis­trito Judicial ha sostenido que el Fis­cal del Tribunal debe emitir concep­tos extendidos en pape l común, en asuntos de junsdicción vol untaria y en que interviene el Ministerio Pú· blico, tales como petición de heren­cia, licencia para enaje nar bienes de mujeres casada~, bienes de me­nores de edad y otros asuntos de igual naturaleza. E sta Fiscalía se ha abstenido de emiti r conceptos en pa. pel común, porque los anteriores De­cretos y el actual, sobre papel sell a­do y Ti mbre Nacional no establecen exención ninguna. Suplico al Sr. Mi­nistro que, para evitar discusione5 en­tre el Tribunal y esta F1scalía, se sirva resolver esta duda, y estimarla una r espuesta telegráfica por tener actualmente á mi estudio asuntos de la naturaleza que dejo indicados. Dios guarde á usted, LIBORIO LKÓN. Repúblrca de Colom brr1 - Jlfr'núlerio de Ifaá'mdt~' y Ttsoro.-Sución I.•­B ogo lá, 4 de Oc/ubre de I906. Sr . Fisc al del Tribunnl Superior del Dis­trito J udiai.- Nci va. Conforme Decreto número gog de 3 1 de J ulio último, sobre Timbre Nacional, letra A, toda · clase de ac­tuaciones y diligencias judiciales ó administ rativas en negocios civ iles, debe ir en papel sellado; y come> entr e las excepciones establecidas por el mismo Decreto. no se encuentra la de los conceptos emitidos por los Fiscales en asuntos de jurisdicción voluntaria, (L que se refiere U!.t e d en el oficio de fecha 18 de Septiembre último, número g, es natural que ta­les conceptos se;,¡ n extendidos en aquel papel. Servidor. - El Subsecretario de Hacienda, RESOLUCION N. 0 86 DE 1906 (26 Dlt SRPTII!M.BR&) sobre Timbre Nacional. Mririslerio de Hacienda y 7esoro-Stc­á/ m I."-Ramo de Hacimda-Bogolá, Sepli'embre 26 de I906. Visto el oficio número 62 7 del Mi­nisterio de Gobie r no, en que consulta á este Despacho 3i, en· vista del ar­tículo 1 7 del Decreto Legislati,•o nú­mero 4 7 de 1906, " sobre prensa.'' que declara qwe no hay necesida,..¡ de licencia para las publicaciones pe rió­dicas, subsiste el g ravamen que se­fial< t e l Decreto L egislati,·o número 32 de Igo6 para esta clase de licen­cias, Sil RKSIJ&LVIt : Exíjase la estampilla de S S de que trata la tarifa de Tin1bre Nacio­na 1 por la licencia concedida para la publicaci6n de un peri•~ dico. la cual esta mpilla debe adherirse al recibo que acuse la autoridad respec tiva del aviso que se le dé por el inte resado, según el Decreto número 4 7 de 1906. Comunique y publíquesP.. Dada en Bogotá, á 26 de S e ptiem­bre de 190 6. El Subsecretario de H a ci t nda, B. S ,u;Í:-; ÜANO. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS NUEVAS RENTAS RESOLUCIONES SOBRE TIMBRE NACIONAL, Ministerio de Hademla y Tesoro -Sec­cibll I."-Ramo de Ifadmda.-Bogo­lá, 28 de &pHembre de I90Ó. Sr. D. Nicomcde10 Botea·o.-Ibagué. Al memorial que u•ted dirigi6 á este Ministerio con fecha 12 del pre­sente mes, ha r ecaído la siguiente Resoluci6n : u Mliu'slerio de Badmda y Ttsoro-Sec­cifm t."-Ramo de Hacie,,da-.Bogo­lá, &pliembre 27 de I906. Dígase al peticio nario, como re . sult~do clel anterior memorial, que el Decreto númer o 909 del presente año, sobre Timbre Nacional, no der oga lo dispuesto en el ordinal a) del articulo 1 .0 del Decreto número 1,328 de 1905, sobr.! minas, por ser i mpuestoc; de naturaleza di st inta los establecidos por esos Decretos ; y que, en consecuencia, debe pagarse en la forma que uno y otro lo deter­minan. El Subsec r etario de Hacienda, B. SANÍN CANo.'' Lo que comuníco á usted par a su conocimiento y demás fines. De usted atento, seguro servidor, El Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN CANO. Ministerio de Hacienda y Tesoro.-&c­cifm I."-Ramo de Ifacimda.- Bogo­tá, 28 de &pl/embre de I90Ó. Sres. Sixto A. Zerdn, I\ufacl Castillo l\f., Rafa el l\1. Acebcdo, Jlca·acl io F crnán­dcz, cte. ctc.-Tunja. Al memorial qu e ustedes dirigie­ron á este Ministerio, con fecha 6 del presente mes, ha recaído la siguie nte resoluci6n : "Mtiusluio de Hadmda;• Ttsoro.-&c­ción I."-Ramo de 1/acimda.-Bogo­tá, &ptiembre de I90Ó. Los libros copiadores de poderes y demandas que se llevan en Tribuna-les y J uzgados j udiciales, hacen par­te de otros que, conforme á disposi _ ciones legales, deben también llevar­se de oficio en las mismas oficinas, como el Radicador, el de Demandas verbales y otros semejantes. Respec­to de estos últim os, ha resuelto ya el Ministerio que pueden ir e n pape~ común. Po'r consiguiente, los prime­ros citados ya, y á los cuales se hace referencia en el anterior memorial, pueden formarse en e l mismo papel. Comuníquese á l0s peticionarios y a l Tribunal Superior d e l Distrito J u ­dicial de Tunja. El Subsecretario de Hacienda, B. SANÍN CANO.' De ustedes atento, seguro servidor, B. SANÍN CANO. R E SOLUCION sobre vigencia de las Estampillas. República de Colombia.- Mt1u'slerio d~ Hacimday Ttsoro.-&cci{m r."-iVú­mero 4..460.- .Bogotá, 3 de Octubr~ de I906. Sr. Administrador General de las Nuevas Rentas.-Presente. Transcribo á usted para su conoci ­mi ento la Resolución número 87 dic ­tada por este Ministerio, con fecha 1. 0 de los corrientes: " El artículo 6. 0 del Dec reto número 694 de 1906 dice que mientras la Litografía Na­cional no pueda proveer al consumo de estampillas de Timbre Nacional, que se ordena emitir por el citado Decreto, se darán á la venta las fa­bricadas de acuerdo con el Decreto número 1,036 de 1905; y como ya aquel establecimiento ha fabricado las de nu evo modelo en cantidad su­ficiente para varios meses, y éstas se han repartido en todas las localidades S& RESUBLVK; Las estampillas emitidas de acuer­do con el Decreto número 1,036 de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , l ' t 268 BOLETIN DE LAS NUEVAS REKTAS 1905 serán válidas hasta el 3 1 de Di­ciembre del presente año. Comuníquese y publíquese. El Mini stro, TonÍAS V AL:RNZURLA.'' D e usted atento y seguro servidor. El Subsecretario de Hacie nda, B. SANÍN CANO. RESOLUClON N ° 85 DE 1906 (22 DR SBPTIEMDRR) por la cu:l l se ac l:l ra el articulo 7·0 del Decreto número 1046 de 1!)05· M /n/sler/o de Hadmda y 1 esoro.-Sec­ción I."-Ram o de Eacimda. Tenie ndo en cuenta que al tenor de lo di spuesto e n el artículo 7. 0 del D ecreto n•~mero 1046 de 1 90~, los licores extranjeros en los lugares donde estaba e naj e nada la Renta no quedan exe ntos sino del pago del impuesto señalado por aque 1 Decreto, SE R E!.UELVE : Del 15 de Octubre del corriente año en adelante pagarán los licores extranje ros como d e recho de A.dua· na un peso oro ($ 1) por kilogramo en aqu ellos lugares en donde estaba enajenada la Renta . e n la fecha de la e x pedic ión del D e creto número 1046 d e 1905. Quedan d e rogadas todas las Reso· luciones anteriore s que sean contra­rias á la presente . Comun íquese y publfquese. Dado en Bogotá, á 22 de Septiem­bre de 1906. El Mini -tro, T oniAs V ALRNZURLA. TDII3RE 1\ACIONAL. , CO~SVLTA Y RESOLVCIOl'l . Rtj•Iíhlicú di' Colombin .-Númtro 588.­Grd ·o nao'én.- San Gil, JO de Stp­lli: mblt rlt I90Ó. Señor ~ l ini-;tt·o clt• llnt:ienda. Como en Cepitá no habrá papel se­llado, estampillas, y particulares con­tratantes rehusarar. :.uministro, consul - to : ¿ Para cumplir D e creto go 1, ve in ­tisiete Julio último Ministe rio Gobier­no Lazareto Cepitá, suministra Go­bi~ rnu papel sellado y estampillas? Caso afirmativo, solicito orden Banco Central á expendedor. Ojalá pudié­ranse h acer contratos papel común, obviar dificultades. MANTILLA. R epública de Colombz'tz. - M/m'slerio de Eacimda.-Sección I.•-No J,OIQ.­B ogaltÍ , TI de Octubre de I906. Gobernador del Departamento de Galán. Sao Gil. Conforme al Decreto núme ro 909 d el prese nte año, sobre Timbre Na­cional, le tra d, los documentos por asuntos er. los cuales teng a interés el Gobierno Nacional, los D e partamen­tos los Municipios y los estableci­mi~ ntos de educación, b enefice ncia y caridad, se extenderán en papel co­mún, sie mpre que la exención sea. á su exclusivo favor. En consecuencia, los contratos á que se refiere usted en su telegrama de fecha 30 de Septie m­bre último, pueden extende rse en pa­pel co mún. Servidor, B. SANÍN CANO. "B OL ETI N DE LAS NUEVAS qE NTAS' Se publica en los primeros diez días de cada mes. Se envía grall's á los Administrado­res Departamentales, Provinciales y Municipales, á los V isitadores de las N ue vas R e ntas, á los Gobernadores de los Departamentos y á los Admi­nistradores de las Aduanas. Se s1rven s uscripciones y se ve nden núme ros sueltos e n las Administracio­nes de las Nuevas Rentas, á Jos s i­guie ntes precios : Suscripción anual, pago anticipa-do ............ ... .. ... .... $ 2 oo en oro. N úmero suelto.... .... o 20 La Administración del BoLBTÍN esti á cargo del S r. Jmís Gomáltz E., e m­pleado de la Administración General, e n e l edificio d e l Banco Centra l. Dirección por telégrafo: "RENTAS" Imprmla Elédrica. I 68, Calle IO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Art . 49 ~on ltamadtss íl jnrgar de las contravenci.ónes n1 presente Decre­to y á.ordéxtar ta imposición l:te las p~- nas .en él sena ladas . 1.0 'El finiSterJO de Gobierno el} tO- • do ¡el territorio de la Repñbhca, y e l ae Guerra en el caso del artlcúlb lt8 t .2.10 .tos Gobernadores de Depar­ta'!' ento, el ael Drislrito Cap~tal y loS. Tnbunalcs de Distrilo Judicfm dentro del término de su jurisdrcclw~ Art . .50. En los Tr.1bunales dh id id~ en dos Salas, corresPQnde 1 la dt! Jo5 Magistrados de lo crimma1 conocer de los asuntos de qae trata este Decreto. Art. 5 1. Cuando á juicio da un Go­bernador se hub¡er.e infnngido el pre­: sente Decr~ dentro del -.territorio de s~ mando, dictará U(l& ~lución mo­llvada quo contendrá · 1.0 El no~hre de la autoridad que la dicta 1 2.cf1 El nombre de l4 P.roducción de que trata, y el titulo ó prJrneras Hneas 6 deoonunacuSn del t'!scrito, grabado etc., por medio del culll -se hub1er~ cometido la infracción; Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 6

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El Constitucional del Cauca - N.

Por: | Fecha: 08/06/1833

CONSTITUCIONAL DE CA U CA. 1 ~fc;y an //-r'/rut; 8 c/e ~ Yrnuó ele 16'S.J. " .. • E~ te prriodi o se p.n hlica los .,¡. hndo~. Se rrcihrn ~nscripcionf'S a {>} por tle m!'stres, i1l'a:wn d tr intnn•ales, t•nla admiuistntcion de correos de esta ciu­d~ l; :v por el Sr. l\Iar·iauo Tan('o en 13ogotil, calle 3. r.> dd comereio, u. O ro8. LIJ!. num ros suelto val u r al y medio. con ejo va a emprender un trabajo tan dificil como impor• tantc, y en su buen éxiw est:in altamente interesados todos los granadinos. Las luces de todos deben reunirse para ilus­trar al consejo en sus operaciones: y el honor nacional, la fel.icidad de los ciud¡1danos y b. prosp 'rielad .de los puehl~s, IL~ ex1gen que todos se cn1peñen en la p rfecc10n de una obra ~~~iiiíiiiiiiiiiiiiiiiíiiiiiiiS j cu ~a utilidad es conocida, pero cuya dificultad no es menos P.ROVIJ\CIA E P:\STO. notoi'Ül. El con ·ejo escita el patriotismo de todos los tribu- Reúmu'n de los estados .'íC/JlWzalc~· de Tesorerta compren- nalcs, de todas las corporaciones, de todos los funcionarios ims del 7 al 2() de mayo. ' público , en fin d' todos los granadinos, para que le comu· CA H G o. niqucn, bien sea ror medio .de la prensa, Ó hi n dirigí ndo 'E 'l~tt n<"ia c:mtcrior, rehnjaudo el papd se- us manuscritos a pre idente del consejo, la idea y ob-llnclo y útil ,, d~ oliciua, egun lo dis- servacione qu sobre aquello negocios les haya suje- ·puesto por d ·crrto de I I d abril ultimo 32- 2 -o rielo su saber y su esp<'riencw »-Lo trascribo a us. de Ór· 1rabala meuor 32 - 4-o d n dd Presidente cld Estado, para que disponga su cum-ltl. de fmcas raire. 4- 4-o plimiento-Dios guarde á US-José H..afael lHosquera. Producto de papel sellado 16- 5-o -- ld. de patentes dc aguardientes 15 - 0 -° Colombia-E taclo d la N. G-Secretar'a de1 Interior Resaaos de contriliucion personal 121- o-o S u m a. D A 1' A. Raciones al Ge~ militar de In Provincia I( . al teniente Rmnon T orre Id. a los presos del hatallon n.o 2. o 1<1, j nhon y \·elas al piquete de artillería Raciones y g·asto del hospital mil itar Au i io a un cin:jano y dos individuos de trop't licen iad( s - - Pngo de deuda por bagaj('s Al resguardo de alcabalas · A la Tesoreria de Popayan, por costos de pa¡wl sellado x.istencia _____ y relaciones esteriores-Bogota t5 de mayo de r833-- l Sr. Golwrnador ele Popayan-Con ocasion de haber solicit· do la 221-7-0 _____ junta central de medicina que no se permitiese a uno n é-- 6 dicos estranaeros la profesion de ta\e , mientras no fuesen 1 - 0-0 10 _ 0 _ 0 revalidados por la facuhad, di tó el poder ejecutivo con fe- .- cha 6 de noviembre ultimo 1a re olucion que in erto- :)- 2- o 74 _ 0 _ ~ '1 Considerando, r. 0 : qu<' conforme al artículo 214 d 1 plan 19 _ 6 -o de estudios, nad1e que haya hecho en paises trano·eros us estudios de medicina, rirujía y farmacia podrá ejerc r en 3 3 la República e ta· profesion s sin haher sido in orpo- 2' - -: rado en la facultad de medicina con las formalida- 15-6-o 3 2 _ 0 _ 0 de prescritas en las leyes y reglamentos vigent ~s - 2. o : que si bien por ,stos motivos no puede per mirse a 2 5 _ 5 _ 0 nadie que no haya cumplido con tales formalidades, el ejer­CICIO de ning-un acto público proft>sional, tmnpoco puede o-o- ·~- ..., ----- ninguna autoridacl, como lo ha declarado el P. Ejecut'vo en Suma igual 221 _ 7 _0 r 'solurion de 8 de octubre de 1827, prohibir que los partí- ------o-- culares consulten privadamente sobre sus nferm dades a olombia-·F:stado d la -. G-Secrftar'ia del Interior individuos no incorporados en la facultad de medicina, mas y rebciont's es teri or<' s- no t~ (l t á r5 de mayo de I833-Al .'1·. bien qu~ a los doctores médicos y cirujanos, y que ejecutE>n Gobernador de la proo,rincia d t· Popayan-El Sr. Presidente n el retiro de us casas los consej s de las personas en del consejo d(' Estado con f(~c ha 8 dd corriente ha comu- Cflli <'nes tengan confianza, se declara -1. 0 Que no se permi· n i ·ado a mi de· pachn (~1 si()'uientí' avi · , qne por r 'solucion tirú :i ni·ngun profesor de me licina, cirujla y farmacia na­df' aqu .l cuerpo debe pu1Jlicm·s(' en el Constitucion~ll df' sa cim al o estranjero que no este revalidado por la facultad de vrovincia-« El consejo de E taclo, d<' eando 11('nar el deber medicina, ningun acto público profesional, tales como los que le impone el parágrafo 2. o del artlculo 128 de la cons- que estan relacionados con la medicina legal, dar certifica· titucion, y conven cido de la necesidad que hai de que se¡ ciones, ni espedir otro documentos que dt'han hacer fé ante den lo mas pronto posible los principales códigos de iegis- , alguna autoridad ; ni tampoco se admitirán sus recetas en larion, ha nombrado comi iones de su seno para que prr- las boticas públicas, sit.>mpre que conforme a las leyes se ne­pnren lo proyE>cto y los presenten al consejo, a fin de cesite de la firma de un profesor incorp rado para obte­que di cutiéndolos y examinándolos d('tenidamente puedan ser ner de ellas drogas ú otros medicamentos- 2. 0 Que no presentados al cong reso en las sesiones sucesivas-A una puede oLligarse a nadie a que se incorpore en la facultad comision se ha encargado de formar el proyecto de código de medicina, cuando este acto es contra su voluntad-3. 0 de procedimiento civil y de instruccion criminal ; á otra del Que las disposiciones del presente decreto se observaran código penal ; a otra de la parte del codigo civil que trata hnsta que la legislatura, a quien se ha dado cuenta del nego ... de las personas ; á otra de la que trata de las cosas ; otra cio, resuelva lo conveniente ,_Y lo trascribo a US. para qqe debe formar el proyecto de código militar ; otra el de tenga su cumplimiento en la provincia de su cargo-Dios instruccion publica; y finalmente otra el de comercio.-El guarde a US-José Rafael Mosquera. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Estracto de las causas criminales ,1' cií.'iles .fenecirla.'i tes amhas .; una que arregla las misiones de Casanare, po­én el trilmnal de apelaciones del distrito judiéial del Cauca, niéndolas bajo la clir ccion del nuevo obispo ausiliar, dotando en el mes de mayo de 1833. ú los mision ros, designando de donde han de salir estos~ CRBU:-JALES. concediendo e ·ncione · a los pobladores etc; y la otra que La (le conspiracion contra Pedro Chaverra: se declal'Ó fija la fuerza militar de mar y tierra para el año corriente, libre del cargo en primera instanc:;ia. Por sentencia losos, filautrópic s y desint ·re ndos, La de herida contra Leo11cio Figueroa; sentenciada en y que ·e fomenten las relacione. de comerci con lo indi­primera in tancia el clarando compurg< do el delito con la pri- geuas: y nos complacernos al ob ·ervar en la nueva r('duc­sion c1w· Jw.bia ufrido y condcnaudolo en las costa· proce- ('ion del ejt.:rcito el fruto de los ·t'rvicios emirwntes del ejh·~ sales y gasto de curacion. Fué ·onfirmadn esta senttncia cito wi 111o, y el t ·timonio de los inmensos progresos uel en 7 ue mayo. órJen público y de la libertad racionnl. La tl • h(•riclas contra el esclavo 1 idoro: en primera ins- Contiene tambirn la citada gaceta el acta Jc posesion tancia fué omlenad.o su amo al pago de los gasto. de cu- del Vic '-Presidente de la . G, que prestó el juramento ('fi racion y costas de la causa. Por sentencia de 20 de mayo ¡el seno del congrnso el día 12, a consecuencia de h; bt~ rse­Stl condeno al esclavo al trabajo de obra pública por Ull le Jtegado por segunda vez la admision de la renuncia. En año, y en lo ch·mas se confirmó la primt.'ra. los Jiscur o pronunciados en e ta o a ion por el Pre:-.1 l nte _ l,a cle hurto contra José Joaquín Delgado, cond'enado del senado y por el Sr.l\lmquera brilla el patriotismo nws pu-ei) prim ra instancia rido mntuamcnte: cotHkllados en pri111era in. tan - d •ro-o estímulo para trnbnjar <'11 favor del pais, el elt-111cllto cia it seis 11wses de trabajo en obras pltblicas. Por :>f'llt<·uria <>sencial de un b tt>n gol.H·rnantc, y el .-.igno infalible para de 29 de lll'l_'O Ü C0111ll'll10 la pr' Illt'l'a, reduciendo a dos lo distinguir Je los dCSCOiltCntadizos egoÍStaS a los que ti '11Cll seis me es de trabajo. esplritu público y orgullo nacional. La causa contra Jo é Joaquín Polo, por 1: h(•r dado gol- A la fecha habrá cerrado ·,u sesimwo; el congreso: pron-p- PS co11 la mano :i Ignacio C< hrera. ~ n ·ii .Jt•ra iustaucia to podremos juzgnr si han correspondido sus actos a las f~ roHc.lrnaclo á dos m •ses de desti(•rro f11 : ·a de la villa de esperanzas de la patria. P almira; V en S ~o· uncla se le rondeuó a tres n 'Ses dt' C'.'tr- C0l 1 SEJO DE EST no. ceJ, por f~lta de bienes para pagar la pena del n/Jlecillo, ('11 Llamamos la atencion del público aria la escitacion di- .29 d<· mayo- Continuaran la civiks-Popayan 5 de junio rigida por el con '<'jo de estndo pnra que st' le nyt.d·· .·u de 1833-El Sf'(TCtario, l\Iauuel Antonio ~onilla . la coufeccion de los proyectos d. codi~o) en (1 ll' ltJ 1'1::!- TESORElUA DE 'POPA YA~. sue1to oc lp' mie 11hro ., . L - _ e A n G o. m nd (jllf' L ,.1 ev·t:-~Ítlll , in rewrd< ,t l ¡;:,! 'J·,, IH)- n,· >nr ios Enterados de casa ele moneda, por cuenta de de gobierno que di¡u·janwttte octaTt·n, 110 pnr.. it ii<'\ ar .tl utilid, des del presente mes 6oo - o- o cabo por sí nlo t' ta empresa ('(111 la p<'rk ·nort • pron- Id. dP alcabalas • - 200- o - o titud Cjlle se rt'c¡ui ·ren; 110 obstante d cnnoctdn p.ttrioti - Id. por prod neto de papel sellado - 18 - o - olmo qu, lo anima, y lo- talento . laborin;,i.lad ele }o¡; ac- Id. por id. de tabacos - - 120 - o -o¡ t tales consejeros : de modo que sin la coopt•r;wÍon de los ----·-¡ <:Jtid ada11os de <>spericncia y de luces, quect rú pruLabl enH'll- Suma - 9j8- o- o l<' dct!'n .da por muclw tiempo la pre~t·J'lti ciou d,~ es o; pro· nATA. ------ yecto parn qu(' d <'Ht>rpo lcgi lativo puula e.'.lmin· rlo.,. Entr gndos nl rnpit:m Domin~o 1\Iier, para J~ n n H'.-.tro concepto, el consejo hi.Lhi Ta ast'~· .trado llH'- raciones del hawllon n. 0 2. 0 6oo - o- o jor el burn <:xito d<' su lnudabill ima icl·a, aso1 · .. udo .1 l.1s Jd. al irl. José Vill<nte Francisco Belalcazar, parara- . iones : aum ·ntado asi el caudi.tl de luc<'s, la obra snldria ciones dd Estado Mayor xoo - o- o con menos defectos y se terminaría ma · brevementt-. Tam- Id. al capitau José 1\Iarla N uñ ·z, á cn<'nta bien nos parece qu , ademas de la in ita ion gen ral q·¡e de 1as p •n iones que tienen asignadas los se ha hecho al público, srría útil e citar por espe<.:Í< Ir co-oficiales retiradoi 20 - o- o municaciones a todos aquellos ciudadano'> de cuyo celo co- ---·-- nocido pueda espC:'rarse algo : los cuaks, comprouwtidns de Suma igual - g38- o- o este modo a coadyuvar, enviarían informes y noticias mas ó menos estensas y digeridas, que re ultarian de inmeu a ventaja. EUROPA. Hemo5 recibido diario-; de Londres hasta el.7 de mar- CONGRESO. zo, y daremos cuenta de las pocas noticias inLeresantes que La gaceta del 19 de mayo contiene dos leyes, interesan- contienen Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El partido carlista ha recihido en Francia un golpe de las pasiones, y en que el choque de eucontrados intereses ha-4 muerte, con el descrédito y el ridiculo en que ha caido cia tan dificil la conservacion de la union, ha probado al su heroína la duquesa de B rri, mudre por tercera vez sin mundo lo que pu de el patriotismo ilustrado, y cuanto mas poder ocultarlo ni poliarlo dec<'nt<•mente . El Jlrfonitor de t:ícil es n las repúblicas libres que bajo un gobierno ar­París del 26 de febr ro pt bli ·ó el iguiente articulo o!i-~ hitrario y absoluto conciliar el bit'n de todo con t'l Je ca· cial.- da uno en particular. Los Estados Unidos serán siempre " :E:l viernes 22, ::i lns 5-;- , maclama la duquesa de Berri l'l gran modelo, p: ra las naciones qu aspinn a una ro• entrt>gó al general Bugeaud, gobernador ele la ciudad<·- bustez solida y a una ft>\icid<~d inalt ~ra hlc. la de Dlaye (en que csLi't confinada) la declaracion si- ISLAS DEL CABO VEll DE. guien~e-,, l rgicla pm· las circunstancias, y por las medida El hnmbre, ocasionada por la falta dt> lluvias desde el año que ha adoptado d gobierno, aum¡ue tenia los motivos mas de I83 1, ha causado en esa islas, inmediata· á la costa clel graves para ocultar wi matrimonio, creo un debtr por mí Africa, los estragos mas horroroso . L\c'go c'l aso d de­mismn y por mis hijos de larar qw~ me d esposé secreta- vorar los cad~tV('l'C humano: d t> las víctimas que ucumhian mente durante mi rc'siclt>ucia en Italia-( Firmado )-1\JA- por la ~.Lsoluta falta ele alimenLos, despues de h:.b<'r arra ado mA CAIIOLI""iA-" E'>ta ckclaracion, trasmitida por el go- h nsta los último rt>stos dt' la vcgt>tarion, dt'struida por la hernadot· al p, t'sidente dd Con:,tjo, fué d eposi tada inme- sequedad y por el intenso calor del sol! ! y nHl ele quince diatamente en el archin> de la can('ill<>t·ía de Francia-" mil personas, que era la quinta parte d la pohlacion de La duquesa, al firmar este vergomoso docume:>nto, no las islas, pel'ccio lastiuwsmnentc entre angustias impondt'ra­l ·econlc) lo c¡ur rec·onlarr>n en t'l iJISt;mte cuantos lo kye- bies. Un buque dPspa ·hado con pro ision s por los habt­ron: que lwciau cli~-z ures••s que h;,bia abandonado la Italia y tante d li iladt' lfia, salvó la vida á mas de cuatro mil: varraba por la Vt'rHiea lwcit'ndo la guerra á la Francia! ! Y fue- y el arribo de otros buque y la mejora de la estacion han sa .. re cierto Ó 110 Sll lli:ltrit uOJlio, qut ·nadit• ha creicJo, d 'n· cado al fin a eSOS Íttfelices de SU ltuarion deplorable. tusiél -;mo por ella se acabó, y la causa de u hijo cayó para no ESPIRlTU PUDLICO. prosperar jam;Ís. L' ~ne de la commnnauté El JiPnsr~jero de las enmaras clel 12 de febrero con- Est toujom·s le pl ·s wal Mté. ti('ne un rntícu lo tomado del lndicrulor de Burdeos, que <· Hai cosas que el comun de L1s gentes no alcanzan a a la letra romo , igut'- comprt'ncler, por mas que st les espliquen : y que aun com- « Gna e< rta dt~ _1\ladricl, f'erha 3 r ele enero ~ anuncia ha- prendida · y reconocidas conto ciertas, ó Útiles, ú oblirra­herse coucluido un tratado entre t·l Sr. Zea Bermudt•z y ~orias por ar¡urllos bon ,~rt>s ¿~ quietH'S se hari~t un agrn~io el ministro inglt>s Sil' S. Can t1i11g, por el cu al . t' rc'cono· mcluyendolo · en la clastficacwn de vulgo, piCrden a us ce á Da. María da Glorie como relna absoluta d!' Port u- ojo<; tod; la rert<·za, la utilidacl el im¡wrio lt11 g0 r¡tl<' lega ( l gal, sin qne pueda en ·nrse con niugun príu<:ipe de Fran· ca<;o de apli t·arla en l.t prÚ<'tica, tociwdose al ma Ull testimonio dt> su sati..;t tccion por el tratado, ó á dislllinuir su influ ncia y a nNltralizar su accion. dicen CJIIe le rt·galo una m dalla guarnecida de diamantes- ,, Acostumbrado a 110 movernos sino con r<'pugnancia, D<'bemos :wr<'gar, que segu11 el contenido de los p(:-. aun para la cosas que inmedintrmen te nos intert>san, una riódicos postt riore'>, esta noticia y la d el rt>cono ·imiento inercia invt>ncible nos iw1úle obrar e11 ·favor dt' la comu­de la indqwndl·ucia amtTicana que se anunció tambit~n eo- niela! cunlHlo lo exige la oca ' Íon que s' presenta. En va­n1o r<'suelto, 111( di <:n te In retribuC'ion r nu:1l de 20 millonl'S no se 11os d muestl'a que asi ccHuo el bien comun es la suma de fran COS por }imi tnclo tÍCillpo, J>n que SP aleguen de convvuiencia ó d ' cnlusiasmo. unn r t>b ' ja progrt>siva de los dc'rechos de importa(·ion, de Dice uno por <'j<'mplo, cuan(lo levanta la cahrza el des­bi<, uio n bi<>uio, hasta llegar en d espacio de u11os doce alios potismo y se le escita para que coop<•re a humillarle :­al m'nimum c¡uc fija la lei: s:1lv:l.wlo <'por e te ingenioso sis- ¿ qui n me mete á mí a compon r el mmHlo? viva yo tran­t ema los inconveniPntes principalt>s del nuevo arreglo, que quilo, y mande quien mandar~-Y esa tr:mquilidad, misera­p erjudica a los estados manufartnreros. En el mes de marzo l>le (!quien te la a egura? ignoras que prinwro hai escJayos se reunió por ('glltHla vez la con encion de la Carolina que tiranos? Esfut'-rzate en que sean respetadas las 1 yes, y se .. par:t tomar en consich'Inciotl d asu 1to, y se tenia por se· r:l inviolable tu propiedad: trabaja por contener d torrente de guro que se clero~arian t~los loe; d t'sposa y pedidos por ella mic;ma en la se ·ion :111terior. tu hija se hallaran a alvo : iuOuye t>n que se propaguen las Pero las pérdidas que ha ufrido ese Estaclo por las luces, y hallarás quien te dé un buen consejo a tif'mpo, agitaciones políticas, los apr<•stos militares, la caida del ·o- y quien te ayurle a prosperar: proporciona oru p<~cion y sa­mercio y la emigracion ·on talt>s, que se afirma no alean- lud al pobre, y no lo verás a tu puerta anclrnjoso y su· zara a reponerlas en veinte años : aunque el aumento de plicante : sosten á todo trance la lib1"'rtnd y el ónlen, y de· sus esportaciones va a f..tvorecerle bastante. Esta crí is jarás PATRIA a tu hijos, para que goren de las riqueza nacional delicada, en que tanto hahian llegado a exaltarse que acumulas entre sustos y desconfianzas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. El modo de espresarse de otros es todavín mas perr.-llJ:ldo en esta provincia, y creemos que en las de DogotA grino-é Para qué hemos de echarnos encima a fa neto qu(~ na- y N eiva tambien, nfermedades nunca vistas, calificadas por aie agradece, disgustOS que vale mas ahorrarlos ? qup {HH'- los médicOS COOlO la col erina, Y aun en algunos CaSOS Cü­de conseguir un hombre ·olo, cuando e tan en sentido con- mo la verdadera c()lera asiática, segun la violencia de sus trario la autoridad ó las masa ?- E tos son los argumen- <:'fectos y la identidad de sus slntomas : que han costado tos del egoísta, que él mismo se los fo1ja y se los cree, y la vida a muchas per onas á quienes no se socorrio inme­con que pret<.ude di ·culparse : 'l consulta la infalihle con- diatamente del ataque, pero de las que han salido bi n to­veniencia propia para todas sus acciones; y se complacr dos lo que recibit>ron pronta asistencia. Esto debe tran­en abultar lo impedimentos, si el servicio no promcle una quilizarnos en cuanto a los estragos de la peste que pueda recom <>nsa ínmediata. venirnos de los puntos infestados ; pero mas confianza nos N o es prcci ·amente por alcanzar la gratitud de sns cotn- inspi1·a todavia la (•fi.cacia rec icntem nte descubierta en el patriota , ni porque se le retribuyan en moneda corriente ~Tlaco contra la culera, y de que sin duda participan el be­sus servicios, que el buen ciudadano se decide á prestar- · uco de la zamgo:::a y todos los demas contravenenos que los cuando el bien público estit de por medio : cumple po eemo en tanta abundancia. gustoso una sagrada obligacion que conlrajo al wr la luz, Ei miedo causa mas muertes en las epidemias que la en­que e inherent • al e tarlo de ocierlad, y cuyo destmpe- fernwrlad misma. La esperiencia.en este asunto ha sugerido la ño ennoblece y (h•ja satisfecha el aima. Si ·e trata de vi- siguiente anécdota fabulosa, que no deja de tener gracia­tup. erar los vicio ·, de reclamar contra la prevaricacion d<· Un per•grino encontró cerca de Esmirna al genio aso­los magistrado . o contra los abusos d(~ los encargados d t• l lndor de la peste : a donde vas, le dice :----a la ciudad, a poder, proh·1hl nwnte habrá qui n e r<'"ienta y se ofenda ; matar tres mil. Despues de algun tiempo volvieron a en­pero .¿qué importa?: !as institfl(' iones r¡zlf'(lan, pJra lllH'st ro contrarse, y el peregrino reconvino al g·enio diciénJole : beneficio y tl de las generaciones fu t ura: .Y 'os lwmbrr•s faltaste a tn palabra : treinta mil has muerto. Pero él res­pasan. Trabajoo;o es . in dwb 1 :e tar co11 r e-;ah· os euy¡•jt·- pondio : -T7ll St>n ibilidnd d<' t<) los restantes. mas enc rj ía ó ele mas elr vados :" IH Ím ie n ~os (¡:~ <~ sus cn 1- MISCELANEA. t~mporá 11 c os, to ru:l una parti' :wtivr~ en las rdormas p ro- Hace suma faha el establecimiento de comunicar.iones veclw:;3s 'Y e u los progresos del sah •r y de la moral : ln rt'o· tlares periódicas entre los dif't>rentes puntos de la cos­calumnia lo S('guira tal vez como u so m br:-~, y In ('nvi- la rolflmbiana sobre cl mar Pacifico. El intt•rC:. del eo­dia lo morsRdumbres y molestias, pu s que la satisfaccion dd lo- se tome cmpeúo por los gobiernos d '1 Ecuador y I . Gra­gn dt• Un objeto e proporcional a las dificuhades que htt- n,H.Ja C11 promover estas C munÍcaciones, bien St:'tes los buques de guerra d.i.,ponihles, o e - fruta del :rbol que e ha semb ·aLlo, bt' ·ar la fr 'llte dt•l leb rando contratas con algUI os pro pirla dictat· sal ias leyes a un pueblo, y yc·r- con libertad dr. admitir los fl<-'t s y pas::lg<'ros q ue se J ro­lo ~ l1z y floreciente por u estricta obsetTancia. Rt·- porcioua;en. No par ce dificil arreglar pror to y con poco lativamente al inll ~rjo que t>jercernos ' a los oh taculos (¡u e 1 gTavan t•n d lo fondos públi os e te impnrt n e nt't{Ocio, .super.unos, sera delicioso tambien que la patria no d,·l>a cpre influiría quiza mucho en dar imp d 10 al c."plritu co­una bella pagina de su historia, una in titucion salurl abl1'. nH!r ial, prop rciona1 d e p culacil)tF'S seguras l~tna tivas, y Poco co11oce el pon('r inmen so conorimientos usuales---Un cortaphuuas r :1yo en favor de: 1llJ1 buena caw;¿ : poc·o h1 snnd('rn- por accirleute en un pozo de veinte pies de profundidad ~ zon 1 · 1 ~ u o : poco b r , a t ·nd 'n('ia · n··'~;.; til.>lc del si- por mt'dio de un espejo se rlirijió la imagen refl jada del ._, ~lo acin la pe rfeccion intelectual y S'H' 1 !, c1· ten se cksa- al fondo del pozo, para hacer vi ihle el cortaplumas ; y s~ lienta ~ n una genero ·a empresa al 'Onte t tplar la calidnd o <>l le sacó con un iman atado en el estremo de una caña. número dt: sos aclver·sarios. Un hombre ·olo, r rYen cra un im- Lo · libro , dice nn e, critor inglé , nos trasmiten lasa-erio : y cu nna nacion lihre, la razon siempre~ consigue cr 1 iclurla y los frutos de la e per1encia de nuestros mayores: oida, y el nomhre de la justicia nunca se invoca en vano. de mod0 que, sin el trabajo que ellos <' tomaron para ín- Pem no son por fortuna esfuerzo estraordinarios y lr e- vesti gar la verdad, la hallamos demostrada, y pronta á ser­roicos los que la N. Granada solicita ahora de sus hijos, vira nuestro aprovechamiento----Un libro, dijo otro, es un despucs de hnber conquistado independencia y libertad : so- amigo que no nos importuna, que nos habla cuando se lo lo necesita que sus leyes se perfeccionen y consoliden, q te mandamos, que no se incomorla porque lo abandonemos, sus puebloc; se moralicen é ilustren, que se desenvuelvan y nos acOinpalía ~n la soledad--No hai libro, por malo que sea, los elementos

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El Constitucional del Cauca - N.

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