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The Green Girls

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  • Autor
  • Año de publicación 2023
  • Idioma Inglés
  • Publicado por Lerner Publishing Group,
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
Roberta. Pierpaoli, "The Green Girls", -:Lerner Publishing Group,, 2023. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3956438/), el día 2025-09-13.

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Imagen de apoyo de  La alegría de leer. Un recorrido por la escuela primaria entre 1900 y 1938

La alegría de leer. Un recorrido por la escuela primaria entre 1900 y 1938

Por: Dirección Distrital de Archivo de Bogotá | Fecha: 2020

Presenta la investigación desarrollada para la exposición "La Alegría de Leer, un recorrido por la escuela primaria entre 1900 y 1938". Muestra las diferentes condiciones en las cuales se realizó el tránsito por las primeras aulas, la forma en que se educó la generación de bogotanos que vivieron en los primeros 40 años del siglo XX.
  • Temas:
  • Educación
  • Otros
  • Historia

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La alegría de leer. Un recorrido por la escuela primaria entre 1900 y 1938

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Imagen de apoyo de  Gazeta de Colombia - N. 371

Gazeta de Colombia - N. 371

Por: | Fecha: 07/09/1828

. GACETA DE COLOl\tB·lA • Esta Gacela sale los domingos. t:;e s uscr ibe a ella en las admin istraciones de correo s de las ca­pitales de p rovin c ia. La suscripcion anual ' 'a le diez pesos, cinco la del semestre i veinte ttale5 la del trimest#e. · El editor dit·ijh·3 los nilmet'Os por los cotTcos. a (os SUSCriptOl'CS i a {os de esta ciutlaJ 'cuyas SU!'i­cripcioneS se 1·eciben en la tieod:i numero 1. calle primera del comercio, St> les ·11 e va1-:ln a swi. cas:tf de habitacion. En la misma tienda se vcodeQ los números sueltos a dos reales. BOGo:rA, DOMINGO 7 DE SETIE1\IBRE DE 1828. TRIMESTRE 3o~ DECRÉTO DEL PODER l:JECUTIVO. Sit>l_on Bolívar Libertador presidente de lo repuhtica de Colombia .etc. cte. etc. D ebiendo nombrar en cumplim iento del de.:ret~ organico, espedido ayer , los miem­hros q ue han de componer el concejo de Es lado, DECRETO. , A.rt. 1. 0 El señor José Maria del Castillo i Rada p.residente del concejo de ministros Jo será tam bien del de Estado. Art. 2 • . 0 Seran miembros nato~ del con ­cejo los ministros secretarios de E stado. Art. 3. o Nomhro para miembros del mismo concejo· al . mui reverendo arzobispo de Bogotá doctor Fernando Caiudo : al jeneral en jefe José Francisco Bermudez, de Maturin: a los scñBres Pedro Gual i José Rafael Reveng-. de Venezuela: al señor .Miguel P umar de Oriooco: al señor Fran­ «.isco Cuevas ministro de la alta corte de j~sticia. de· Boyad.: a los señores _J oaquin M o·;quera i Jerouimo Torres· director de la casa de moneda por el Cauca: al señor Modesto Larrea del :Ecuador : al señor J oaquin Olmedo de Gwwaquil, i mientr~s d ura su ausencia el señor Martio San'­tiago de lcaza: al seiíor Feliz Valdiviezo del Asuai : i eara secretario con voto al · seiíor cor~n el J osé E spinar del Istmo •• ~ri. 4. Q El concejo· de. Estado se msta· wá inmediatamente con los m iemhros pr e · sentes en la capital, i me reservo la facul- · tad de nombrar interinamente o en propie· & 1.STADO. En virtud del de~reto que. hemos inser­" do, se iostató el sabad~ ~o del mes ant~- . r ior ·en el palacio. del .gobierno el conce10 de Estirdo. -·El se compone por ·ahora de los miembros presentes en la .capital, que son los señores J osé Maria del Castillo R~da, Jose ~Ianuel R estrcpo, jeneral Rafael Ur­daneta Estanislao Vergara, Nicolas Tanco; doctor - FernandQ Caicedo, José Rafael Re­venga, J'rancisco Cwevas, Joaq~i~ Mo~quera , Jeronimo Torres, Feliz ValCÜ\"l.eZOy 1 1"14l!- 1in Santiago de !caza. OTRO. Simon Bolívar Libertador presldent~ de lo república . de Colombia etc. etc. ele. . En consecuencia de mi decreto orgaoico {echa. -de ayer~ por el rual ·me he her~o cargo . del gobierno supremo de la Republica DECllETO." Art. 1 . o E l señor José l\Iaria Castillo .i Rada ser' prcsjdente del concejo ~e ~nis­t ros i del de estadcr, con las atnbucto.oes coocedidas en el decreto organico. · Ar t. 2 . o Gozará el sueldo de seis mil pesos. anuales ·que estab~ asignad.o :ll .~ic~­ptesidente de la Rep4.hbca cuando. no e1erc1a el poaer e}ecutiYo. ·El secretario ele estado. del despacho de\ presidirlo en las causas en que por este interior que.da encargado de comunicar este decreto ~se le comete la aprobacion Je las decreto a quienes córrespooda. se ntcnc1as. DacJo en Bogotá á z8 de agosto de 1828. A1•t. 6. 0 Pero como podria .suceder, -qu• (Firmado) S1110N BQLIY .AR·-E~ ae~re - por ·las atenciones . de la ¡uerra u otras tario de estado del despacho del 10tenor, causas se dificultase sn reu.nion, por faltar José Manuel &$trepo. el número i clast's requerida~, podril com- ºTl\.O. ponerse el concejo del modo si~uiente. ' §. 1. 0 Las causas contra ofic1ales de )as Simon Boli"var Libertador presidente de la clases de subteniente a primer comandante .repúhlica de Colombia etc. etc. etc.- inclusive, no pudiendos.e completar el oú· coNSIDl.U.tmo: mero· de jenerales i coroneles que requiere la ordenanza, podrán subrogal'se dos pri- 1 • e Q ue uno de los medios de asegurar meros comandantes i dos st"gundos. la defensa del .Pª i.s contra el encmi{!:o comu!', §: 2. o En las causas contra coroneles es sin contrad1cc1on el de re.stahlecer la dis· hasta jeneralea en jefe inclusive, se sobrogar~D ciplina m ilitar en toda su fuerza, pues que dos primeros comandantes. de ella depende el qne la República cuente Art. 7. o Las sentencias de ambos concejos con 'un e!ército sumiso ~ las leyes: serán apc-obades i mandadas ejecutar en el 2. ª Q ue las nuevas •. o~gani<:a~, dand~ modo i térmioosque previenen las ordenanzas. motivo a lenidad en los 1u1c1os militares por Art. 8. o Pero en las causas de sedicion, la latitud de· sus fórmulas, b,an favorecid9 · conspiracioo, m~tin i en ·las graves de . in­la demora · de los procesos i el retard:o _,.h. subordiuacion -en que el concejo de ofic1al!S la ap\icacion de las penas: que d~ or~mano jenerales imponga pena de presidio, dem­ ·no producen el .escarmiento_. . 51 se . hace tucion, de~adacion o muerte, los coman: cuana<;> se •ha perdido hasta la m;emotia del dantes jenerales las mandará" cn.melir J crimen: · ejecutAr, sin previa aprohacion del gob1e~~ 3. 0 Teniendo· en consideracion el clamor i esta autorizacion la ejercerán mientras del ejército para que " le den tribunal.es de dure la guerra. s1.1 m ismo seno que puedan con J>l'l'ptedad Art. 9. o Los delitos militares i colDtllles graduár . s1ts faltas i conocer el p~cio de en que incurrieren · I• tropas de marioa9 sm ser'\>1cios: · . .. ,. serán juzgados por el coneejo ordinario. que 4.. o 1 deseaftd() en fin, poner tenmn~ «? establ tte la ordenanza de este rnerr, l m tos- escandalos con qu~ algu~os cqer~ 1 caso de no haber n~méro suficiente, se oficiales mi_lita~és, hao mane.hadó las ¡;lo~s Ct•mpletará con individuos del ~~rcito. del ejército libertador por actos de md1s - Art. 1 o Los oficiales de marina estadn ciplina, del todo ajenos Je • • • . . daute jene,ral, sin ~tte tenga obljgation d~ ObservandO§e qu~ Ja dependencia en que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -GACETA DE COL.OMBIA. hasta .ahora han -estada de la autoridad d vil los ciudadanos que pertenecen a lof cuerpos de ta milicia ausi1ia1·. ofrec~ r:nuchos 1rt­coovenientes para el nciejor arregl~ c~e est.os, en circunstancias de que l!l H.:tJUhlica, _te­miendo fund"damcole una mv~srnn estenor, debe ponec en ejc~ucion 1os me?ios de· re· -chazarla ~ siendo uuo de los mas 1m p'lrt-antes la orgaoizacion, insh·ncci~n i discipii~a d_e la milicia ausiliar; e~ gobierno ha tcntdo a l>ien declarar comprendidos en el ~ce del fuero de gμerra a todos los cuerpos de la espresa.da milicia ~uc se consid~ran como en servicio activo en la Repúbtita; i desde lue~o quedaJ) "solamente subordinados a la autoridad militar, sin que sean obligados los indivi­- duos que 1.as compoeeo a admitir cmP.leos C:OO$ejiles, -ni otros encargos que los distra1gan de sus· deberes en la milicia. . Dígolo a VS. para su ,iotelijencia l comu­nicaéioo ·a ~ienes c-0rresponda para su 'c:Umplimiento, · Dios guard-e á VS.:- Rojnel Urdanela. · l:11lte los indicados deferlos. Ui<..s gua1·de á V. E. Dr. Fefís Reslrepo. Boffota n.gosto 28 .tk 1.828. llesuclto: <¡ue· se -en-hl!1Jlte J o.bse_rv·en.pnntual- · 0.1c1atc· las prcveac1ones ante1·1ores de. Ja alta co1·te dr. justicia de la Republica. .El. secretario-del iOte~ior Reslrepo. PASTORAL J>EL l\'I •. R. All~OBISPO I>E WB.AC&s. Nos el doctor llomon Ignacio Mendes por la gracia· de Dios i de lo. santo sede aposl por . quien van ld.s pueblos declaraodose, confiriendole el mando supremo mientras c-eaan los peligros q1,1e aseguran la destruccion de· Ja Republica, i fo vuelve a poner en -marcha a su engran­decimiento, no vacileis un momento en obedecer~ con sinceridad: desaparezca· ~a . discnsion.: . j asíos a est4 ancora que en tantas borrascas precedentes ha salvado ·la nave que ya parecian sumerjid~. . Espanta lá .sola consideracion -de los­ahismos a que el tnrso natural de l_as cosas conducía al pais. Si le figurasemos entre­gado a la violencia é injusticia individual, A toda suerte. de errores relijiosos i pollticos i por ultimo inundado en sangre i desierto, no nos ~abriamos escedido en la imajinacion •. Esta seria 111 obra p1·opia i la consecueócia necesaria del desorden que comenzaba, que crecería a paso jigaetesco, i que a nada po­. dr.ia camparaf'&e mejor que al mismo infierno. . El orden por el 'ontrario, aunque exije afgno.o.s pequeños sacrifici6S trae consigo todos los ·bienes juntos, i . es el bosquejo mas .pa­recidQ a la ·bienaventuranza. Consiste· en la .._ Capitulo 9. v. 4g. + Capitulo 1 2. v. 18. i CQ,pitu/o I 4. v. i q. , .suhllrdinacion a las leyes ? mi señor, doct.or -José· Ceciíio · A.vi/a secretário. MANUMISION. Ílepúh/Ha. de Cóloinbia.-1Jireccion de ma­numision.~ Núinero . 13.-Caroeas 7 d_e ¡ulio de 1828-18°.- Señor secretorw· de estado i jeneraf de S. E. el Libertador presidente~· Tiene la honra este cuerpo de presentar al gobierno una relacion ·de s:us trabajos con posterioridad a la que hizo en 7 de abril del año corrien~. De este modo cumple con un9 de ~us deberes, i ofrece al mismo tiempo una prueba .de sus deseos de corresponder a la confiiuz~ cjue en él .se ha librado. Siendo la recaudacion .de la deuda atra­zada uno . de los puntos mas interesantes al" ramo de manumision en estos departa­mentos, parece -deber hablarse .de- ella co~ preferencia. i con la detenc1on neces.ana para dar a conoce1· .el. ioteres que se toma en iU c.hancelacion, i las. dificultades que IO oponen a este paso. Obtenidas á favor ele inumerahles instancias mu.chas noticias de testamentos i muertes, coruerlzaroo los q­q~ e~imien tos a los deudere~ par~. qae ~­numstrasen los datos conducentrs a :las la- . quis, h ·u~ t>n ·concebir IÍ la dircccion - esperanzas funJadas Je que el pago de mu­chu test3mi.>ntarias quedara prontamente realizado. 8e ha .Jac11> principio al paJron· jener:1l de· escl:wns. cuya formacion se previene por e1 :1rtículo 11 attibucion. ·primera del decreto de z8 1Je jnaio del alío_p;oxim!) pa­! ado, i :mnque no ae han rec1ludo los de algunos cnir, ann &e cuentan los de Ja sabana de 01!t1m1tre, Santaluria, Riochicn. r.anto1u•s de los m:i~ proximl\S a esta c-.pilal; si,.ntl •-. el contraste el haberse visto hit mucho iii-m¡m otros que seria di · aimulahlf! ,, ,r la distanda &ino ae hubie .aen env;"do. Adein ·~ ,fo la tlitacion qn~ jeneralmente se ha ser\tt•i9, la falta de &nbalt<>ruos iute­JijenkS. ele ¡11e :¡e lamentan tas <&uto~riJ ;¡­de~ sn1u•rior.-s, ba m•>tivaclo tamhieu varias inform"lirl.ul.e:a .Je que .a iloleceo muchc.>s de los P'*•lru11es. A pes:.r de tmlo la rlireccion procura que el gobierno sea sati:ifecbo del nie\or modo posible. Post<'riormente al info.rme de 7 de abril han lll'gad1~ á rsta secret<1ria los archivo.i de las jui1ta~ eslingui1lu de los cantones ele .san C ristov:.I, S<'lu Die~ n . Ar;1gua. Cuma ­rebo, Cura, C :ii·i ;tco, Quilm1·., Yaritagua, l\'lij~gnc.1, Guanarito. san J1timc i Coro. Se están en t .. ·Klurtlil ul'¡•u·iarlo. i ae a:&iva la rem.i aion de los que faltan. En los i agr:u.iados. Tambieo ·se ha acordado la lihertad á otros esclavos rle difer~ntes cantones: que han si1to presentados en pago por los mismos testa· dores, ó por los hP.rederos. Para est'l ha considera1io la c.Jireccioo que el objeto dd establecimi.erito de la maoumision queda lleno de aquel m,1rlo: que las presentacio­nes her.has ·h.1sta ahorft han sido •entajosas a los fondos del ramC>, pues se ha cedido en su favor el esceso que regularmente se ha enc;ontrado entre el crédito de dios, i el précio .de lo$ siervos, i que no hai dispo­sicion algtlfla que prohiba esta admision, la cual uo ha teni~o lugar sioo despues que los e:;clavos presentaJos por los herederos hail sido calificad~ por las juntas que ~s­tabÍece el articulo 8". del decreto de 28 {le junio cita1lo. NQ obstante. ofrecieodosc tam­bien · razones en contrarit•. la direccion ba creido de necesidad consultar al gobierno, cdruo lo ha hécho en huta de · 14 del mes tiltimo bajo el nun1ero 12, i sn resolucion sera la ~gla para lo snccesivo. Los 1iom­Lres de e.5tos lih~rtos se publicaran en union de los de todos los demas que lo fueren en el preseute aüo. N9tando la direccir>n que en la mayOt" parte de l~ espcdienle$ que cursan sobre ~ohros de ~al~ns de esclavos perten.ecíeotes a e¡ta proTincta &parece c¡ue ~ &&do des- • • 1 GACETA DE COLOl\'lBIA tinados al St>rv1C10 sin otra rituatitlacl que 'su prf"s~ntachn, lo cual auuletlta c.ousiJe­rablemf" ntr. la ~e!1da .con ílCZUl'la, i al señor inteo'Jente departamental. P.1rf'c", pues, que en adelante no· S<'• á l ;1n fodl imponer a los fondos de mannmision l'I Je her ele abonar el precio di? un esdavo, que l:a puhlacacinu tuvo lugar en los primeros 1lias del m~s r.se rf e las no tirias de las perso~as que han f,,~led lo en Coro despuH de d1chll ptomulgacaon, de­ ·jando bienes propios ó ajenos que estuvie­sen a su cargo. creyl> c.onvenieute sostl'ner aquella declaratoria, mientras se t~uia sobre eslo la dccision 1tel gobierno, cinc desea se sirva VS. comunicarle. Consecuente al acuerdo que en la me· moria df'I mt>s de en~ro proxiru.o pro mayor del que él permite, ó . por e11aje­nacion de ellos en el pais, se recibió UQ esp~dicnte formado por el ·eomandante de: la plaza de Puertocahello. en el cual se veia infrinjida efectivamente alli _por varias per­sonas aquella disposicion, 1 la direccion tuvo á bien transmitir el proceso al síndir.o procurador municipal de aquel cantan, en cargandole solicitase del ¡uez de primera instancia la declaratoria de libertad en favor de los que por semejante motivo dehian ob tenerla, con arreglo á la misma lei i al decreto 'espedi1to eor S. E. d Libertador pre· sidente en 5 de fobrero ~ltimo, i pusiese en noticia de ella el rHultado final de estas jestiones. T-.mbittn se instó directamente al juez para qne oyese el reclamo del sí1utico, ~ interdijese la estraccioo . o enaje­nacion de los esclavos, sobre que Tersa aquel, hasta su conclusion. Se ha 'díi:be arr_iba !fUe muchos de los padrones recibidos contienen di.versas infor­malidades motiTadas de la ignorancia de los empleados ~ quienes se ha com<'ti~io ·su formae1on; i aientio una de ellas el haberse inscrito como esclavos al~uuos muchachos .que por &u edad deben g•1zar del beneficio de la lei de manumision, se ha pedido a los preladoa eclesiasticos una noticia de los nacidos despuea de la publicac100 de aquella, i fin de tomar con estos datos las medidas que se conceptuaren ·oportunas para el re~ medio del mal <¡Ge &!? ha notado, i al mismo iutento se tiene acordado exijir de los señores intenden~s i gobernadores inf.,rme. sobre la fecha en que fue publicad.t la le1 en cada una Je tas provincias de estos cuatro depar ta mento&. En vista de la resolucion del gobierno, le,cha ~2 de abril último, acerca del modo C:9Q q~ debeo los estraojer~ satisfacer el impQuto. de manurniaioo, hadeodoso dii?~ rt-ncia eñtre los natt1ralizados i los que no lo son, se ha soli 1·it:tclo de los señores inten­deutes i g11hernarlores una razon nominal de los que hayan conseguido carta rl1• na_!nraleza. Pur lo qne toc:i a esta provin:-ia, la inten­deuria los ha h<>r.ho publica.- en la Gaceta Jel ~obiemo, i la direrdun practicaréi lo mismo con las listas qtte rccihiere de otro~ para la d .. bida intelijeucia de los adminis­tra1lures .Je rl"nlas internas. C110 fechas ~idente, protes­tanrlole a nombre de la direcdon que es rositivo el_ ~•nprño 'lue · ella tr•ma en el co111pletil arrt·glo del taf'gocio qne se 'le ha encomrn.Jado, i CJUe Tao omitira paso algo_, no p:1ra const>gmrlo, haciendo uso de cuan• tas meriidas·estime conducentes, i aun siei;ido 11e• f'Sario, ele la facult~rino. ABUSOS DE L-' LtBl::RTAD UE IMPRENTA CONTB.A.' ~ BELI ~ ION C'ToUCA. Hahienjir tan escandalosos abusos. l\'fol'fJlO. El 18 del pasado fuimos testigos de una escena mui edificante. Una jov.en de mui re~ular presencia contrajo esp~nsatt"s con el hijo de Dios viTo bajo los auspicios de algunas viejas que ya . no tienf'n á que as­pirar «'O esta vida. Dicen que- unos amo• re's malogrados fruti6caron en · el corazoq de aqu~lla pen.itente un fervol° divino, que es la viva cop1a dé.l fervor bttmano mal paga.do, ah! que tristt: recurso f'S un espos. Que. el que suscribió el orij.pal del articulo Monjio, inserto en el periódico ti­tulado el Arlequin que se publico en esta ciudad en 1. 0 de mayo de este año, es Laurea?º C,aro,. ~o~da~o. _artillero, preso i sentenaado a pres1d10, qu1e11 pe>r 1U absoluta ignoráncia es evidente que 01 aun entiende las proposiciones que .contiene di~ho artículo, i que de consiguiente seria ilusorio hacerlo retractar, i si ae resistia, declararlo incurso en la acomuoiún del Tridentino i demu de dererbo: 2. 0 gue el t:.il artículo ha sido absuelto por el Juri, compuesto de hombres ineptos en ·snateri.u de dogma, de dos hermanos ~· aoa les teñorrs Lazaro .i Francisco de Paula Berrera, . i de un .protestante el se~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. - ñor co1·unel Himl>ól en circunstan cias Je hastar dos p:1ra ahsoh'e1·; para cvitr.r i"n lo ~ucccsiv.o estos íncl)nvi-nicntcs, que sin dud.a 110 prcvÍ(-> [a ·1ei de 1 4 de- SPtÍemhre Oe 18 ~n; rlese cue11ta al ~ohi i.: rno suprccno cun el espcdtc.rite ori¡in til, . que··l_anJu. testimonio; _p;tl'a q-uc S. E.. previa cal1'ica c1or:i del ar-ti - · c.ulo p1Jr la nu1a cnclrupo.~ . t;:.nét~ s1 lo Cl"<'J'CfC · neccsa1·io, torue hs prov1dcuc1as oporlun~s para impedir 'lue nuestra santa rclijion sea "tacada alevosa é. impunemente p01· ;1lgun -enemigo O l ultra indepen­ ·ciente de su gobierno, i parece qne su proyecto ~-s formar una república a su antojo, agre­¡; ando á Bolivia las tres provincias de Puno, A.rcquipa i el Cusco, qne se han declarado _ya en asaillblea é iudependin, i la escua ciando, la hase es lo primero, ó ma~ pro­piamente bahlando, el tcdo. De consi­guiente, hahiendose traslucido aqu~lla, como. 1o. aseguran los mismos de b nítica, el nlxstcrie . ha dejado de existir. Torpeza, :_r:orq·t:e ~l .1~ que constituye el . i~rcano, con­siste a Jlltr.10 de los· que lo cr1t1c<1n, en que el gobierno: no haya revelado lo que hai en sustancia, esto es mas bien digno ele ~lojio que de censura; pues nftdic puede ignorar, que no solo uuas negociaciones, pero ni aun tratados tampoco, aun cuando ya estén cclehra~os, no deben notoriarse al publico, mientras no hayan obtenido las ·1·a tilicaciones respectivas. Nosotros disculparnos á los que han he­: eho esta imprudente censura, pues so}a­ruente .querem'J$ ve~ en ell"' un ~cseo 1m- ·GA.CETA DE COLOMBIA paciro!c el:? · cerciCJrarsc a fon:-lo de una cosa que afecta de1nasiadu los iutcresi.'s 1·<1samcnte hablando, es un·a cmiosid ~ d lej·ítim·a i ií.atural. ~bs no es­t; 1rn0s Jispucstns a otorgar la misma indul­jenáa al pec1ueñí.sirno circulo que quisierCl alr;JVe::.iir esta paz, unos porq11e en ll\i. (Idem. de 9 de abril) POHTUGAL. ~ondrts ju.nía 2 1 a 28.-Parece que don 1':liguel no hace progresos en la organiza­: 10!1 de su grande ejercito. Hasta el sabado ?lt1mo estaba en I .. isboa dando proclamas 1 decretos contra S\\S en~migos j los ses residentes en Lisboa i poi la de aquellos porlu¡:!;ucses que son conocidos como constitucionaJes. Se sabe por .cartas particulares que las guerrillé\s realistas de D ··ira Alla han ocu­parlo a Vizen despues de un vivo ataque por amhas partes. · Don l\lignel ha declarlldO a Oporto en esta 11tt de ·bloqueo. · Por carl don Miguel pidien

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