s
~o!lata ~olnín!la ~ 8 be 9Iunio be ~ 848.
SUSCRICION
por u,n año 16 reales,
por trimeslTe 5 reales.
Cada nÚ'Il. 1llt:dio reaL
EUROPA.
Cada correo que llega de Europa nos trae noticias de tanta
magnitud que esceolen á lo que la misma im~jinacion ha podido
in ventZ1r despues de los grandes acontecimicntofl ocurridos en
Francia. Esa revolucion que parecia obra del calor del momento,
improvisada por el populacho par:siense i que por lo mismo no
tenia por base calcu lado ni con vinncion alg lln~. esa revolucion
ha teniJo tal desarrollo, ha impreso un movimiento tal á toda
la soci edad europea. que ha sat:udido por sus fun damentos
las instituciones del antiguo mundo i ha producido un incendio
jcneral cuyas consecnencins no alcanza á proveer ti esp iritu
hum'lno . . [)~ Paris ha salido la chispa que ha puesto en conflagncion
toJa la Eurora~ y los stl ces')s ocnrrilJos en aquel contmente::
dcsd . el 24 de F ebrero hasta fin de Marzo Je este año,
equivaldrá á la historia de un siglo entero; ellos anuncian un
verJadero cataclismo poI ítico que ha proLlucido el espíritu demo·
cC.\tico á cuyo impulso los tronos bambolean, efectuándose una
rej en ~ racion complda que el ejemplo de América ha llevado
á la Europa. La política mas pre visi vá, la esperiencia mas
juicio::ia é ilustrada jamas pudieron calcular lo que e~t.i sUt'ediendo
en el m unjo el año de 1848, ai'io sol emne, singular. único en
la hi ·toria, que anuncia cambiar escencialmente la faz del
jénero hu mano.
Lo:s monarcas absolutos han teni (lo que ceder unos iÍ grado
. otros por fuerza al empuje ce IriS ideas liberal es. Toda la
Alema nia, tOLla la Itaba en SIlS diferentes asociaciont:s políticas
fftan hoi en combustion. El emperador de Austria ha ~ido
Htacado por sus .. uh·litos en su mIsma capital centro del absolu-
/ tismo; huye perseguido su ministro Meternich alma i vida de
f.I.~I1 ... 1 gobierno despó tico;~l Imperio es desmembrado, ~e pl'lrándose
la Lomb:ll' lía de,'pu es J er h eróico trillnfo popular que ha obtenido
l\'li1an en londe ha corrido la sangre á torrent >si i la ind rendcucia
italiana se proclama des-le el Po, hasta el Archipealago
pro t l..~ji é n d ola eJ H. •. ¡ de CCl"! eña, i sU::.- h ijos, el Duque de Toscana
i . el Papa q lIe en vi nn SIl re~pe cti vo continjente de fuerza á comb,
lLÍr .:ontra lo.:> all3tri acos. El pl1 !~ blo obliga al R ei de Prusia
á hace r g ran j s concesionf's despuE's de hnbersp. batido heroicaIn
llh~ en las call t>s de Bl'r1iu contra las armas renles, anancando
a! U,ei la promesa dE. que toda la confederacion jenn:'lnica cambiará
::;u ca r:lcter poi íti~o, e;st~ b] I"ciéndose un gobierno fed eral.
En V enec ia se proclama la R cpt'lblica. S il'i/ia se separa de
Nilpoles. j el R ei despavorido concede cu a nto SI! le pide. El Papa
dá una constitncion á sus súbditos, qn ~~ mina Sil poJel' temporal.
Estalbn revolucioaes en Suecia, en Mo.J e na~ en :\1 ad rid: en esta
í¡\tima mdró poli triullf. el Gobierno de lus amotinados burlándose
Narvaez del sistema frances de las barricadas. La Inglaterra
mi::;ma con tojo el aplomo de su gobierno tiene g tanJcs
ajitaciones que le obligan á ocurrir al Parlamento por facultad es
~traorjorará los
mercados para nuestros productos. Aunque" no obtuvié'rarnos
otro resultado qne una entrada mas" fácil i cómoda .I~.ara
nuestro tHbaco en Fráñcia deberíamos -bendecir- la revoluCiono
8.a eonsecuencia. Parece mui probable que reunidos los
pequeños miembros de la Alemania formen un solo cuerpo (le
nacion, i que igual sucpso se reaTice en Italia, con lo que
aparecerá-H dós naciones de primer órden, que podrán 'confribri~
poderosamente á contener los, excesos de la Francia, de la
InO'laterra i de los EsíaGos Unidos que boi disponen á su sabor ;:, , " , .
de las, ñ,a:Ciónes _ -déblles. , -
, 'Alg'~l\OS ' pi!3~san" que los Gobiernos republi~atlOs serán
'mui j~stb,s i ',ménos ~esdeñosos para con nosotros, que 108
monál'q~'icos; pero nosotros ,no esperamos tal resultado, i aun
nos incüQ'all,l,os ~ ' pensar , lo ·'contrario. La esp'eriencia nos ha
mostral~p' :qu'e , lo~ partidos que mas, blasonan de liberales en su
pai,s; son :-los mas, insolentes é injustos pára con 1.os débile~.
Pa~mersth:,m nos, ha ' tratado ~iemr-re con mas desprecío
que Aberdt>.en. SO!! lo'~ demócratas de lo~ Estados Unidós
los que han, ptoj:ectado llevado al ' cabo la usurpacion del
territorio ,mejican,o.
EL JURADO DEL' 13 DE JUNIO.
No sin sorpres'a hémos sabido que el j~rado reunido el 13
del corrit'ute al'sol vió á- los editores del ,articulo del '4 Ecuatoriano"
reproduciJo en '~La América" i "El Avi:so" en que
se sindica al actual Pr 'sidente de l~ República, de (,OJnpliciJa~
en los plan '8 liberticidas de~ jt~ neral Juan José F10re3. La
misma sorpr 'sa que nos ha causado este fallo, nos ha obligado
á indagar cuales fueron los motivos que obraron .. en el áuimp
de los juece' á pr-onunciarlo, puesto que sab"mos. que no
se produjo prueba alguna qu~ justificara las asercion s calumniosas
del articulo acusado; j que atendida la firmeza de carácter
ue los ciudadanos que formaban el tribun-al, no puede suponerse
que la ab.solucion la hay~n 'pronunc,iado intjmidado~ .por los
gritos i desóruenes que desgraciadamente tu\'ieron lugar, en
aquel acto solemne i que deploramos 'no se hubieran reprimido
enel'jica i legalmente. Nuestras indagac,ioncs ' nos han h('cho
conocer que el jUl'ado no examino en su ,fondo la cuestion i
que juzgando que el ministerio pCtblico no era el llamado por
la leí para acusar los delitos 'de' injurias i calumnias irrogadas
al Presi<.lente de la República, i .que no permitiéndole por
otra parte la Jei hacer ,u o de , otra declaracion 'que la de
~'a'bsuelto," se vió en la necesiuad de adoptalla. Esta esplicacit::n
del proceJimiento del jurado salva el honor del funcion~rio
acusado i el de los mi 'mos jueces a quienes en cualqUIera
otro caso la opinion pública, con sobrado fundamento, podria
hacer fuertes caraos; pero nosotl'OS partiendo del princípio de
que el motivo ánt~s enunciado fuera el que indujo á los jueces
á ' pronunciar su fallo, vamos á 'hacer algunas reflf:>xiones para
manifestar ,que no es de la competf'ncia del jurado de calificac:
ion calificar la personería d.el acusador sino únicamente el
impreso acusado. '
Sabido es que la mlSlOn de los jurados es hacer una
declaracion sobre los hechos que se les someten, segun la 'cual
hace el juez la aplicacion de la lei; de consiguiel~te los jurados
no están llamados á deciuir cuestiones legalp~ o dp. dprecho
i desde el momento ~n que se mezclan en '~!las ~al~!1 d~ la
órbita de' sus funciones i de:snaturalizan la mIsma InstltuclOn.
¿Cuál es la mision del jurado de ~alificacion? Claramente la
e presó la fórmula del .iuramento prescrita en el artículo 44
de la lei 3. a p. 3. a t. 2,0 <.le la Recopilacioll Granadina, segun
la cual los jueces deben jurar "haborse bipn i fielmente en el
carlro que s~ les confiere,' calificando' cón imparcialidad i justieia,
seO'~n su leal saber i entender el I:rv'lPRESO DE~ UNCIA DO
quOe se les pr...!senta, arreglándose á las notas de calificacion
espresadas en la lei.') N o cabe por tanto la menor .duda de
que al jurado de calificacion no corresponde conocer so?re
la lejitimidad de Ll personería del acu~aJol'. Esfa cuestlOo
queda resuelta luego que el primer jurado ha decl~rado con
luO'ar la formacion ue causa, pues este con arreglo al Juramento
({ube ha de prestar (artículo 33), decid~ en vista d:l im.~,c50 i
"denuncia" que se le p7·ese.nta. Notese blCn q~e al prtrner Jura~o
se le exije i no al segundo c¡ue decida en v]~ta de. la nenul1c}a.,
i de consiO'uiente él ' es el ' que debe exammar SI ella esta o
no arreO'lad~ i si el que la hace tiene ó no personería pára elló.
Este p;nto queda definitivamente resuelto luego que se ha
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
decidido que hai lugar á la formacion de causa i por lo
mismo no es de la competencia del jurado ue calificacion, .que
no es' tribunal de apelacion de los fallos del primero.
Tal es la opinion que hemos formado, despues de haber
estltdiauo d1.~ teniuamf'nte las disposiciones de la materia. Esta
opinion, si son ciertas las nó~icias . que hemos adquirido, no
fué la. de la mayoría del ju~ado de cali ticacion d(~l 1:3 eJor~! s á
las : penas establecidas por la lei. R spetamos la con \,it'cion
bajo la cual obró la mayoría del jurado. pero no sien (lo la
nuestra i . deseosos de promover la discus · on sobre la unturaleza
i funciones de los jurauo,:;, hemos apuntado la..:i reflexiones que
preceuen.
.11 ••
CONGRESO AMERICANO.
(Contill,uacion del articulo segundo).
E~ta Coúfederacioll es j~sta, inoce nte, humanitaria: nada
creemu.s q u ~ pueJa objetarde á sus fines. ¿ Pero h"i me.Jios para
hacer que este proyecto pa!'ie la e3fera de una bella teoi'Ía ?
.¿ p.lra que 10;:1 pa.ct03 acoruauod no sean nugatorios Ó frustrcineos?
P~nsalllos que sí, i procuraremos demo.strarlo en los
artÍculo::J siguientes:-
. Aunque en el pre:~ e nte artículo solo hemos ha.blado de 10;:,
CüSOB en 'luc las Rep-.lblicas ~onfeder¡}.das deben hacer causa.
COlIlun para reparar una ofe:lsa ó rechazar un taque esteriu r,
como que es el prin\; i pal objeto de la liga, puede · haber en esta
otros fille~, que, aunque SE:: reput en secundarios, son acaso de
efectos no meno3 po 'iti vos i trascendentalt's: la paci fica.cion
legal entre las mismas Repúblicas; la njaeion de pril:).cipios de
derecho público en sus relacione:, recíproca's i con las d emá ~
naciones; la proteccion especial á su comercio, j la fa c iliuad
en sus comunicaciones, son puntos que hi.ln merecido unc.L
especial atencioll de los Gobiernos ·i de sus Pl e nipotenciari03,
i ~obl'e los cuales se han celebrado las conV enientes estipulacione.:
ó, que si no satisfacen todas las exijencias ~e rviran al
men o~ ue bas,.>s para lenlntüL" el grunJ.e edificio de ·la un,ion
Hi.:Jpa ,w-amcrir.an,a.
Hemos inuicado la pacificacion legal como UtlO de los
. fines de la Confederacion, i para e\Titar de_sue ahora cualquiera
m .da ·interpretacion que pudi~ra darse á esta frase, debp.lnos
prevenir que ella solo se refiere á las relacion es internacionales,
pue' en las cuestiones i asuntos propios á cada R ~. l.'ú~lica se
ha e.:ltableciuo de una manera absoluta el princi pio de no
iniefvt:!ncion,.
A RTÍCULO TERCERO.
Existencia del casus jaderia.
En una Confedcracion, liga ó asociacion de nadones, así
eomo en una asociacion de inrlividuos, una vez comprometidos
todos á proceder de un modo determinado llegado un easo
previsto y definid'), es la mayoría de los asociados la flllP pU f'r!e
i debe .decidir si un CilSO propuesto es Ó no el caso prevj~to: e::;te
es el pri nCI pio de j llsti c la, de razon i de con veniencia, i eS eJ quP.
se ha adoptado para la Confed~racion ame ricana. P ero como
los gobiernos no pueden reunirse para deliberar i re ~olver, es
preciso -que lo hagat. por medio de sus Plenipotenciarios; estos
pues, reunidos en Congreso, sop. los que han de decidir sobre
la existencia del casus frerieris, siempre que uno de los Estados
eonfederados reclame los ausilios de los otros, conforme á los
tratados. Si el Congr\..:so de los Pleni potenciarios d eclara la
existencia del casus jader-is todos los gobiernos do los Estados
eonfeJera' los obrarán inmediatamente, segun lo estipulado; i en
aaso de una opuesta declaratoria, el Estado que se ha consideraJo
ofenJ.itlo qUl:!dará en libertad de hacer ó no la gUE'rrn.. por:su
propia cuenta; pero si la hace, los demas Estados permanecerán
Ileutrales.
Adoptauos tan ju~tos i razonables principios desaparecen aún
los mas remotos temores que pu.lieran coacebirse sobre el peligro
·'de que los Estados confederados, pu,lieran verse comprometiJos
en gu~rras temerarias, Ó en la defensa de justas cuestiones, pl'Oll10-
vi_q.as PI)! el poco tacto ó mal dirij iJa suceptibilidad de algunos
in-esp2rtos gobernante3. Antes bien, el temor de ver rechazada
su pr~t~nsion en el Co"ngreso de la Confederacion, y de quedar '
·3
reduci.do á sus propios reCll-:-SOS i condenado por la opi nion jeneral
debe obligar á todo gobierno á ser mucho mas circunspecto desde
que hace parte de la Confederacion, j á tranzar amigablemente
sus cuestiones, no ocurrien 10 01 Congr so, sino cuando sean mui
claros los hechos qu,~ uemuestr,·!n la existencia del del casus fadelig.
Como la mira d ~ los· gobiernos que han promovido la ConJederacion
no ha si lo la de <..'scitnr, sino In de alejar la guerra,
los Plenipotenciarios nI) hnn omitido medíos para líegar á se
re ~mltaJo, Ct)tllO la civilizacion elel siglo 10 demanda. A í, aún
euando Sf'a rlJconocida la iilj'lT'tisia dt'l agmyio, no bastará esto
para entrar en h0 ... tiljdade-s, sino qlle previo mente han de dirijir
to ·los los gobiernos de la Cunf.~rI ('rn· ,ion sus reclamaeiones á ·la
N ucion ofen ... ora, pidiendo la el biela reparacion, i solo en el caso
de qlle esta· sea nI gadu ó e luuitln se ocurrirú á los m edios
h0st~l f ' s. No s probable ' que este prll.Jente mouo de procet}er
no kngn por l'psu[ta lo el avenimiento, q i,e seria mui difícil
COtl~ eg· ll ir no preSel1 tc.1ndose como i nter-( ~ do s· no una R epú bliea,
i ncuso ell latn l'lIt:lbk's eircnl1 t~n('i~IS. PLlede as"gurar e qne la
in '-t.! ~ : on di' M éj ¡cn no hu bria t'~njdo lugar si }Jllb~ese habido una
COllled '· racioll como . la q:H' acaba de acordarse, de la que hubj~se
h ('cho parte aqtlt'!la Repúb lit"a.
Se cft'erá ta l vez que para llevar á cff-'cto las estipulaciones
de qUl' no::; ()C llpClmo.~ hai nécesida .1 de ytle el Cong-reso de·los
Pl"nipott nciuios ~e halle con tant ~mente reunido; i hai quien
l~OII ~ id ere illconvenien te esta reuniolT permanente. La decisrbn
de ¡·ste pllnto se ha dejado al Cono"'l'Sü qlle ha ele r unirse por
prlm('ra vez para hac.er el canje ' I,~ las mtific:aeiones de los
tr11 tados acordados. Nosotros creemos que Clla le¡ l1it·ra que sen la
sol !lcion r¡ 11C' á (·8t ·1 cuc:,stion se dé es aceptn blf', o: a ...,e esti ¡.mle
la ¡wrinant:· tlte exi tenC'ia del COllar 'so, ora su reunion arl Itoe
P ll cunlql1!t r ('a~o de solicitud dI:! ill-lxilios, pu es ni hai mot?vo
para q 111.: cada R ep ·1 blic:a no plleJe mantener un l\1inistro en
la ea pitn I que se eLja para }¡l r -'union del Oon~'r so, ni hai
incon\'cniente para que ·cn cada Cél'O mandt~n L1S Repúblicas Sus
Plelljput.-rlC'iarios SUpUt' to que nil O"l1na guerra se hace $in
murho:s pr ' l:rninares qne dun tic~mpo para C¡lle pueda lLvarse
á ef¡;do u0a rennion qUf', como la Je que se trata, puede hal..'erse
en un mes dc:s( JUL'S de recibido e l aviso. En su oportunida.d
seriÍ 'liscuti.Jo ~te punto con la dctenclon dI birla.
PC'!'O puede suponerse que se lwga sobre alguna de l a~ Repúblif:
C:1s Confederadas, una invnsion tan l'C'pentina que no \lé
tiempo para reunir e l Congreso. ó para que e:ste pueda comnnicar
us acuerdos; i q UPo por . consiguiente de hecho queden sin efecto
los ~omprom isos de los conft·derados. S i se ati nde á lo que
ha sur.edido i á lo que debe suceder para que tl~ ngil lugar cu ~¡Jq'lier:
l inva.sion,. en el csbdo á que han llegado las r 1aciones
i nternac.lol1:1lt's i las ~om u n icacioDes entre los pl1e blos, se reconocerá
qne no es po-'ib le que ocu ITa un ('.uso como el propu sto; pero
no ob.'::t:tl1t0 esto, qu ~ ri enuo los PI nipf)tenciarios no dar lu gar á
objecivll ningu Il ;·~ cOlltra la Conf¡~ dern(;ioll, han previsto este easo
i han estipulado que en s '~ll1ejallte llI:jt·ncia lo ·· gobiernos pueJan
ocurrir en allxilio de h Rt~pública invaJida, i us r los llemas
medios de hostili-Jad cOlltra los illvusores sin neccsidaJ de d claratoria
d e l Congreso dl~ los Plenipote nciarios. Sinemborgo au n
en este caso el Cougreso podrá i deb ~ rá reunir."e para I'esoh'er
si en la guerra f'mr'~ z · \da de ben ó no C,)I)1prom p. terse to· jos los
Estados de 1.1 ConfeJf ' ru¡; iol1. y para acordar, en Ci1S0 afi rmat ivo,
los modios de hostiliJad que deban emp! ar~e. Nos pan.'cP que
too io ha silo bIen previsto, tanto p¡!r ,l d ·cla rar la exi tencia ue
los casos en que las R lJ públie(li COll[t;uera ,lils eslán ol.Jligaclas a
hacer Cal1sa <':'OrIlun, corno para evitar el que ASOS casos se d.eeidLln
por las armas, i no por la negociacioll i el al vúuimiento.
ELECTORES DE BOGOTA.
Despues de tanta tibieza por parte de los Conservadores
al fin van <.lt'~pertando; en la úhilllU sernt1 na, ha halJido bastallte
actividaJ. En los días 4,5,6 i 7 hubo jil!1tas plll.Jlica' que se
tllvieroLi en el salun de L.l Uni .... ersidad. i algunas fu r >n num~.
rosas. El Jia 7 por la noche se apl tlbó la li:.;ta de eiectores de
la' cateJral por una junta de mas de 200 sllfragantes, la votacion
fué ull,lllime. La mayOl" p:\rle J e los CO;lCUr,.en~e .. eran
sujE'tos de respetabilidad é inflU encia. Ya en los otros distritos
se habian aprobado las listas.
N'osotros que u efend iendo los ·nterE>ses de la gran mayoría
nacional, que denominamos partido ConseITaJI)f, hemos ceu~
urado su apatía i su desunion, d bpn10s <.1:1r hoi á los ilustrados
con.::lervadores de Bo~otá un· tt.stimo.nio d~ aprobacioll i de
aprecio por su l)¡itriótlca. con~uct:1 en la d~.:o1iglúcion de elec-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
tares. Todos los grupos Cuervistas, Gorist~s, Ospinistas" Barriguistas,
se reunieron para votar por los Imsmos, e~ectores,. que
representau un solo principio. Este era el umco Inedia de ,
asegurar el triunfo en la eleccion. .. .
Si cada uno de los cuatro grupos forma una lIsta dIstinta
d electores i qué sucederá? Que por reducido qne sea el
partiJ.o progresista su lista triunfará de todas cuatro; los elec ..
tores de BOCTotá serán touos partidarios de Lopez; la gran
lnasa de e1e~tores de esta ciudad decidirá de la mayoría de
los electores de la provincia, i entónces todos los Senadores i
Representantes quP. van á elejirse en este año serán progresistas;
i cinco ó seis votos en el Congreso quitados del partido
Conservador i puestos en el otro es mas que probable que den
la mayoría al Jeneral Lopez ¡ i entónces de qu~ s \.~rvil'án veinle
,ó treinta votos mas en cada uno de los canJiJatos conserva-dores?
de afrenta para el partido que teniendo una gran mayo·
ría se deja vencer por una necia division. i, Qué seria entónces
de los Congresos durante los cuatro años del período electoral
que va á empezar en agosto? Que sienuo progresistas la 1'nayorí.
i de los electores de esta provincia, pr()gres i::.tas serán todos
los Senadores i Rppresentantes que en ella, se elijan durante
los cuatro años. Es decir que los once voto,s que la provincia
de Bos. .
Franc.o Ivlorales MonteneO'ro
Andres Sandino. ~
Cayo Arjolla.
lHariano Grillo.
Felnando Suarez.
SOACHA.
Sefiore,s.
Dr. Ellrique Umaña l\Ianrique.
Dr. Policarpo Uricochea.
Mariano Quijano.
N ¡colas Borda.
SUBA.
Señores.
Felis Castro.
Domingo Muelle.
US.-\QUEN.
Señoree.
Yiétor Salazar .
Ralnon Valen zuela.
USME.
Señores.
Domingo Suescun.
Domingo Escoval·.
¡U nion Co nservadores !!! ¡U nion I Este e~ el único medio
seguro de triunfar.
El N ~cional reputa, i todos vosotros conservadores, debeis
reputar como un trásfuga, como un. enemigo encubierto, como
un verdadero traidor á los principios i á los interese del partido,
á cualesquiera que intente sembrar la desunion i compromet~r
el triunfo eleccionario variando las listas aprobadas. , No es
posible que hombre de buen sentido intente semejante cos~
sin una mira siniestra contra el partido Conservador.
Imprenta de J. A. Cualla
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Nacional - N. 5", -:-, 1848. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3688320/), el día 2026-05-13.
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