SE'MANARIO DE LA PROVINCIA· DE CA. 'rAGEN1\.
¡;e
SEMESTRE 1. o CAl\TAG~NA, JUEVES 30 DE MATO DE 1839. N u~n:::~\O 13.
Este periódico saldra todos los jueves ~ la recepcion de las suscriciones y venta de los números suehos están á cargo tlcl tesorero de rentas provinclalps Sr. J U~~
Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATRO PESOS, pagaderos adelantados; y caua número sueILo RE~I. y MEDIO.=El precio de la illsercion ,]e Jos nrisoa
c5 articulos ele jntero~ privado, será Je un peso hasta doce l'englones, y un real mas por e:\(la tres renglones 0 ; lJpacioll~s que echaron pOi
,] e s 'r r a e i a m u , P l' o f II n el -i S t'a i Cl' S d u l' a ti le
el l'églmpo co lonial. a'l como de otras
iJens infau 'las que hCl'cJamos de los españoles.
'..rl rro oracion de lo que dejamos
cspn ~sto PO( ri~(nfjs someter a la consi,
dt-ra,loo de l u("tros leclores las lumí
Ilo<,as rene xiones oe mu. hos sábios escl'itore
; pero oponif'ndose ~ ellQ los (:or~
10 límites de este pt.>riódico, nos limi
tarémos a su licur a aqut llos mediten los
'i es posamientos que al efecto co
piamos Uf' un arllcu o qw" se n ,
en el tomo 1.0 de la BlblUlteca amen
cana b. jo el e pigr fe - u l), la ll1i1uenc.ia
ti las ro ugeres en la sor if'Jild, y acciolle
11u~lres de varias nrnencanas. J)
. » 1\1 el carácter de madi' s é insll'llCtOl'as
ue la juventud es el que acaba ue dar
il las tnugeJ'es la mas Aita impol'tanc ia en,
1re las naciones civilizadas. Nadie duda
del dominio que ejercen las PI lfueraS lm
presiones durante el resto de la vzda ,; por
~ons- guiente, nada puede interesar mas
3 los ~slados que el P1'oc1l1'ar que aque
/las Impreslones sean buenas. El bello
s xo Viene a ser como el sembrado, en
que el otro recoge las semillas de sus
preoc paciones , de sus vicios y virtudes:
de aquí la necesidad de perfeccionar en
Jo pOSible su educacion. Hablando de
los tranceSfs, dice así J . J . Rousseau:
'» Nunca serao los hombres otra cosa que
'» lo q uc q uieran las mugeres; y por con
» Sl~U' finte Sl ses QSplra a que lleguen r.l
1) ser grandes !I vutaostJs, es necesano
» comenzar por enst!nar a aquet!a~ en ' lo
'» que conslsle la grandeza y la vl1'lud.»)
1Jna corta dÓSIS 'de penelracÍon basta para
convencernos de que esta verdau es
xija que caua educanda externa abone
mensualmente la cuota de tres pesflS, al
mismo tiempo que ti los j/lvenes del otro
sexo se les enseñan gralullamozle en loS
universidades, colegios ctc. no solo fas
pri meras le tras, si no ro u(·h ~¡s [Je u Itlues
mayores, valIjas ciencias, tliversos itliomas
clC. Notamos un vacío, que es muy
aLsul'do y cstraño segun nuestro sentir,
en el ürtlculo 13, pues no se dispone en
él la enseñanza de la lectura que ('s sin
duda uo ramo de qut' nI) se puede prrscindir,
al P ')SO qt}(~ s urdena que se les
('nsefll r'1 idiom,ls {-'xtraugf'l'OS v la música
voca é ioslt n1})eul¡d, que 3 nuestro modo
de vel' no c1thcl'ÍllU apre nder tas jó
vrnes sino J( sde los 14 Ú 1 f.> añus para
adeldnte; es d(~ cil', en una edad en que
segun el citado l'cgla mrnto no ueben per
mao( ctr ni nllll hu menos sel' admitidas
en dichü estahte, ¡miento. Tambien Cl'eemI/
s q uc los sueldo., q \le se asignan a la
din"l't Ira y preceptoras es Jcmnslado es'
('OSO, 11.JbiJa "'onsidcl'ucion a las grandes
" asiduas tal éas, así como '3 la respon
sabilid:Hl que debe grnvilar sobre ellas.
Los mencionados Jefl~elos de que ado
Ieee en nue ll'a humilde opinlOn d de-c_)
,'" [¡va de (ue trata-mos,
h"n iu{}uiJo pC)(Jerosamcole en producir
el grav·simo mal de que sin embargo
de que hace mas de seiS meses que
fué espedido y de que la Gobernacion ha
hecho cuanto ha podido para su cjecu cion,
no se ha presentado hasta la fecha
Ul3S que una alumna últerna y ninguna
e.x/enw, segun se nos ha asegurado.
Despues de haber hablado de varios de
los ma es que afectan desfavornLlemente
el ramo importan tísimo ue la inslruccion
pllulica a que hemos cons3gl'ado este artIculo,
nos puece muy nalural hacer algunas
indicaciones sobre los medios que a nuestro ver pueden convenir para remediarlos,
que son las siguientes :--
13. Que se em plee una actividad mas
eficaz en la recaudacion de los produ,ctos
de las muy cuantiosas rentas de esta U
niversidad, y que se verifique lo mismo
con respecto al sistema de percepcion adoptado
en las deSDas universidades, colegios
etc
2a . Que se practiquen los debidos es
fuerzos para plantear n cada ('apitul de
pr·ovinda, cuandQ menos, un colegio ó
escuela de niñas, no exigiendose en ellos
cuota alE'una a (as alumnas externas.
3a. Que para acrecer los fondos que
deban destinarse al fomento de la educa
clon de las jóvenes, se disponga que en
las uoiversidades y colegios se exija el auono
mensual de un peso a 106 cu!'santes
-de Filoso~ía, Teologla, ciencias marinas 11
lenguas VI vas; y la cuota mensual de dos,
pesos a los que se uedif)uen al estudio
u e la Jurisprudencia en cuulq uiera de sus
ramos, de la Medicina, de la Cirug\a, de
la Farmacia, de las ciencias naturales elC.;
debzendose eeeptuar del pago ele dichas.
cuotas los alumnos que prlleben sedes lm,
poslble sa lls/acedas.
4a. Que con el mismo designio de
qlJe acrezcan lo's fondos de que se trata.
en la indicacion precedente, se hagaR algunas
variaciones en el servicio de las
cátedríls de las universidades, colegios,
etc.; \0 que pOI' ejemplo se puede ve.
rificar en esta Universidad, en~argando a
un solo cJtedrático de la enseñanza de
toJos los I'úmos de Tcologla, con el sueluo
de 100 pesos anuales: disponiendo
que se encargue a un solo catedrático,
a qui u se abonara el sueldo anual de
500 pesos, que enseñe teorieamentc las
cienrias médicas, comprendida la cirugía:
que el cateUl'a\lCO de francés 'é ingtés dé
lecciones de ambos idiomas por 400 pesos
al a-l'io, ó solac.nente del inglés por
350 pesos, etc.
Tales son nuestras opiniones ~erea de
la importanle educad n del bello scxo
granad ¡no, soure algunos arbi trias pUl'a
el aumento de los fondos destinauos a
su fomento, y con relacioo al reglamento
cspedicJo pOI' el Poder ejccutivo para
el arreglo genel'al del C'oleglO dtt ntiias_
de esta cindad, que deseamos ver plan.
tcaJo lo HUS pl'OU lo posi blc y del modo
m~s CI)O!:l(JOO (,00 la justicia V con las.reglas
de la convenienl'ia social.
-..,.-
CRÉDITO PUBLICO:
( COJUUNICADO. )
(Conlinuacion del número anlrl'ior.)
Respecte) de las leyes de crédito público
de la N neva Granaua y su ejccucion,
m ¡ti tan or su puesto ¡gua les inconvenientes
que en a ia v como se
repu la deuda coJom biana la s devengados bajo el go.
bierno oe Colombia, siemprr que el ser·
vicio se ha~a prestado en alguna de las
provincias d la Nueva Gran~da !I que
el pago debzera haberse hecho oportuna.
mente en Virtud de di posiciones ant rio·
res gcne1'alcs o especiales: y en el artículo
2. o tlice, » que afectan todas las
que por su origen ha,an sido pagaderas
y de las que no hablaron las leyes de 22
de 1\1ayo de 826 31 de Agosto de 1837;))
y a bajo exige, » que la ónlen de p3go ha-
'a sido expedida con posterioridad al 31
~e Agosto de 1827.» Pues si deben pagarse
por la Nueva Granada los sueldos
y deudas devengados en sus provincias,
q u su Ol'Ígeo ha,a sido pagadero y debieron
bab"rse pagado oportunatnente por
órdenes y dúposicio1lt:s generale~, parece inofiCIOSO
e~igir que o documentos hayan
de con lene órdenes especiales, cuando
a lo que se aspira es al pago, o se
comprendan en las ordenes o modos ge·
nerales que se adopten para ello a motivo
de ·la interru pcion que ha habido ~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
SEMANARIO :DE LA PROVINCIA DE CAR1'AGENA. 3
sin que deba envolverse que Jo que se
trata de satisfacer es la ól'Jen de pago ú
tal (, cual papel que lo exprese, y no el
precio del servicio <> valor del efecto ()
cosa: y por lo ya demostrado se .deja ver
que ninguna autoridad en la Nueva Granada
podia expedir ól'denes tle pa~o postelÍores
a esa fecha por acreencias pen~
dientes conlraidas con anterioridad (, pos
terioridad, estando todas las provincias
de Colombia desavenidas y caJa una li·
mitada a sus urgencias pres€ntes.
En el parágrafo 2.6 del al'tícu 10 4.° se
encuentra esta oU'a desigualdad: dice que,
» se ecepluan las deudas devengadas de
Jos indi'fiduos que aotes de constituirse
este Estado hayan salido de Su tcnilorio
y pasado despues a serv ir en otro de los
de Colombia;) porque si lo que se paga
es deuda oe Colombia y que debia sa
tisfacerse oportunamente eu la Nueva Gra'
nada, no obsta p. ra verificarlo q ae el a·
creedol' primario haya ido posteriormen.
le por orden del mismo gobierno a ser
vi r en 1 ~ el Venezuela, \1 aUllen-
(adose con lí encía para el Peru (, Méji
co Clc.; y menos Sl el acreedor' secun
el ¡'LO no ha salido de la ueva GranadLJ:
fuera de que el alquiler o precio de un
servicio o trabajo, CJlltithd prestada, como
pra Ó contralo celebrados se considerao
peculiares al irnncdialo constitUido y Jevcngí:
ldos Ú e fC l:lUados en el ~erritnrio
don e se Ju y fec ha el eom proba t ~ del
ere, itO '\vndo UD ~e expresa sugeto o
Jug:.tr eXlr,¡ ñus; 'Y que en este s ,otido
ooradw Sid duJa los gobiernos de -Vene
zuela del Ecuador. Adern.ls, no .cabe
de manera alguna esa ecepdon, ni la del
paragrafo 1. o oe » q lle no atec leo a es
te Eslado en ptlrtit.ular las deudas, sea
cllalj'acl'e sa ()1'fljCll, J'LSpi.'ClO de cu:. a
afe taciuu (1 rauieaclOu hubiere hecho pos
teriormcnte alteracion el gobieJ'no de Colomhia,
establecjendolas fuera ue la N ue
va Granada,1> en vista de que, segun el
artículo 1,°, se ha estallo pagando dcu
das flotante y oc esa naturaleza, asi co
mo de plenipolcncillfios y oteas varios de
la república de Colombia, siendo consiguiente
la ro o ros 1 sta( os,
'Y los acreedores tan colombianos Ó granadinos
los unos como los otros, que po
el artículo 3.° de la constilncion colom biana
y 181 de la granadina va citaJos,
son todos iguales para la ley caale>'fjuze
1~a que sean su lorlulla_ y dcSllllOS, y en
igualdad de derechos deben ser j uaIcs
los beneficios.
En e artIculo 5.° se distingue las deudas
y sueldos de \0& años de 1830 y 31 t
estando comprendido en el 4.°; ecep ·
tua ea el 6 las reconocidas ó mandadas
pagar por el gobierno que ejerció en esta
parte de Colombia el general Rafael
Urdaneta, dice,» aunque huuieren sido
contraidas antes y justificadas legalmcn
le,)) lo que es otra detii ualdad é injusticia.
Por el artl ulo 3 » afectan tambien a
la N ueva Granada as deudas que fueron
contraidas en virtud de contratas celebradas
por los in te.Jden les, prefec to o gob
rnadores de las p av·ncias que hoz¡ 101'
man la repub ic de la Nueva Granada en
uso de autorizacion special de Poder c·
jecutivo, aprobadas posleriorm nte por él
mismo, y por las cuales se estipulase el
pago en determinada tesoreria ue la Nue,
'Va Granada.») ,En este artJ ulo se encuen·
tra igualmente desconformIdad, debiendo
estar en concordancia con el 4, por-ue
si estas deudas fueron conlra~das y
pagables en las provincias de la NUf.'Vl
Granaua (pues el concepto de la ley en
la voz » afectan D es por la obligación ú
precision de pagar) uo llccrsi tao para S(,I'
de naturaleza pagadera en la ~ucva Gra
nada la autorizacion especial del Puder'
ejecutivo, ni para que pue a efectuarse
el p:l{;O, la e tipulacion de él Jdt'l'mintl damente
en una lesol'crin.
Asi es muy dificultosa la iuteligenciJ
de dichas leyes, y no especi ucanJo las
diversas deudas anteriores de tesorerías,
comisarias de guerra, cuerpos mili tres,
oficinas, intendencias y gobernacion es q lle
estaban todas autorIzadas pi>f ' subve n ir a las urgencias del servicio y dc las apu radas
circunstancias, se encuentran el E·
jecutivo y las comisiones en un SUUlIJ
perplegidad, c3usandose muchos gaslos y
perjuicios a los Ber euorcs, como lo' ha
indicado la parle motiva de la exprcsaJa
ley 30 ue Abril que principia-») Vi~tas
las dudas propue 'las pOI' el Poder C'jecutiVO
» el 'ual en su mensnge nl c.on·
greso del año de 18:16 auujo: »Et Po
uet> ejecutivo que palpa (Na p o)' d/a las
dIficultades que impiden la 'acil f j CCLlcioll
de las leyes, que tropl<'za a cada paso
con omisiones v oscuriJades en ell~,
que ve' las necesldad(}s de lus pueblos. _. ,)
l\.Jemas las repetidas consultas del propio
Ejecutivo, reslJ!l odo que aunque líl~
l'esuluciones Icg-islati ~1as sean favol'í..Iules a
l us acrecuores, faeliLlemcnte les quedan
igtlol'auas Jespllcs de los dccretos que h lO
s u ! r i.do C(\ [}lfuios.
[ ' usc) l t OS somos de opinion, que pd ra
su! S;.\lwr los Hlconvellíeut s 1'l' !¡; t: tO ll ilJOS
~ ~'onfol'me 3 los deseos de la C()llV t' n~' l ) IJ
d<; 1..1 Nueva Gran:] la cn el pal'ágl' .tD 2,°
JcI ,.11 ((culo 4, del decreto d< 14 e 1\1 1"
zo Je J 832, de qoe se liquiden las deudas
que 00 lo cst61l, expiulcndo I~s cor
respondientes obligaciones; y que so re suelva
en .iustlcia y equidad sobre la
que no estén aun l'econociJas! disponifnúo
en el artlculo 8 que el EJeeutivo die
ra las instrucdones a los plcni pn teu 'ia rios
de este gobierno al'l'eglallu \) e a es
base, y e_n el 9 que los futuros Congre
mann 19ua .
mente con ella; se conceda una prono ga
con La uignidad y franqueza propias
de nuestro gobi<;>rno re pu blicano, popuI.
JI', representativo, antol'izando a los Ministros
para oLrar con los ('réditos postergados
lo mismo que hayan pl'ucticauo
con los de igual origen o pl·ocedencia ya
reconocidos, o que como han dispuesto
acerca de los billetes o documentos de
réditos que debieron pagaJ'se y que no
previó la le del aflO de 26, ni de la
convencion del a4, cada legislatUl'a dicte
las suyas y el Ejecutivo los reglo mon lo~
proporcionados a la índole y circunstancias
de los ciudadanos para aquel efecto,
dejandoles siempre e.xpcclilas las vias legales
para proseguir sus instancias ante
la integridad y rectituu de lo¡s juzgados
tribunales competentes.
Este es nuestro humilde concepto en
1 particular para si los respectivos su premos
gobiernos hallasen fundauas y justas
nuestras ohservaciones y quisiesen adop.
tar alguna de estas indicaciones o como
en su;s sabidurias estimen mas adccuado.
-+-
CONSUL DE S. M. B.
Mr. P. W. Kclly, consul de S,. ~l. B.
en este puerto, se ero barco el día 26 de
1
pres('ctc mes con uestino ~l IngIJ lerrJ,'1
Ulliforn) ndo nuestros volos con los de
la genl'l'aliJad ue los habitantes oc esta
pJüZi), no poJemos menos que el searl~
un viagc aforlunado y el mas pronto y
feliz regreso al seno Je esta C'iudnd, cn
la cual t!(,'j~ gratas imprcsiones debida.s
no lanto a su esquisila civiliJíJJ, como a sus disLitlg'ui fe<.ha!5 alcanzan hasta el ~H, dd me~ ró-,
ximo pasaJo, hcm\ s 1 ido notieicls <].. la Pel.
lI H ~ U la ) de la ", \'uallls 1 s ma;; rl'l'icn t l oS so tl
de princip io del úitÍmo Marzo. Pare e r¡ la,
en lus do') pl'im e ros meses del presente ate,
no hdJ;a 1 alá 'lo ocurrencias militares impar.,
tan les, pues 5010 se instruye en dichos pí:1rióJieos
de Cl)¡;UnOS triuufos d(: poca. con ideraCiUIl,
oLtt>nidoj por algulias cJivi 10Hes Jcl cjé:-
cilO el istino, prineipülm nLe en Calatuiía.,
Como "eran nucstros leete; t'~ Cl) Ullél C3f'l
la que in" c rtam os a conli PtH)Gion, "' p,;,. edn-,
la ól t.:l'ecLO d\1 n~lllero 171 Uf! L" utú;ioso de
ambos muudos, se v~ri(jcal'oo a fines Jc Fe·
1)/ Cl'll, en cllInplimicnto de óruenes cid general
ca.li:\ta t\l foto, crueles asesinato:. t:/l
las personas de muchos Je los S l n "fak .. 11};
su t'jér·cilo. AU IH\Ue talos actos S3l,gll1 ári o ~
se all'ü)tlyon 'u otra carta que contiene el
mi¡.,m , ll ú nH'ro Je dIcho pel'iódicn, a secreta,
com hiolh'ione. 0 1' ) mencionado l\1aroto con el
g e ut' r ai Es ¡.r.lI'le ro , nos parece muy po')ib!~
'ltlC SCJIJ j ,l utcs a serclOue:. ¡,cau "quivocad:l s .
" He::. \ :0[· lo qu e hemos visto en algunos d~
101) illclicados lI11pre-..,os, nos ü,clinamos a creerLiue
tan alroces y bárbaras ejecuciones tuhicro
lugar eJl ,'irtuu dt~ un plan concertad~
f>utl' Do,) .iré a V.
otra vez.
POS T-sen IPTU 11.
'Una cnrta d3 persona fidedigna, fecha en
Santa Marta el día 13 del presente mes, asegura
que Don Cárlos, a consecuencia oc l.
indignacion que causaron a los gobiernos d.e
¡"rancia, Inglaterra, Portugal etc. los ascsina·
tos perpetrados por órdenes del genera 1 l\hroto,
y de los cU;lles hemos inSll'uido hoy a
,nuest.ros lectores, adoptó la medida de úestituir
y expulsor a dicho general. Como e~ta
pena no guarda propotcion con la magni.
tud de los crímenes de tan abominable personage,
creemos que no habru servido sino
para aumentar la sospecha de compliciuau
de Don Cárlos ó de sus consejeros en tan
horrosos atentados. Sea exacto o no lo que
precede, no podemos menos que hacer los
m~s fervientes votos porque las grandes po~
encias de E-uropa 1 illdan pronto un borne.:
nag6 espléndido a la civilizacion y a la liber.
tad racional, ahuyentando de ella no solamente
al báruaro tirano Don Cárlos, sino ia
.h. ominosa hidra de la anarq uía y de la desorganizacion.
1\1 1 S e E L A N E A S •
COMUNICADOS.
Sres. redactores del Semanal'l·~.
En el numero 16 de su apreci.lule periüdico
han publicado VV. los fragmentos
de una carta de Panama, en la que
tratando da la caida del general Santa
Cruz en el Pe(ll , se tiende á diseuJpal'
su conducta puhlica en aquella vasta é
interesante porcion del terrllorio ameri
cano. Dice el autol' de la carta, que
» cuando los adversarios de nq uel perso
» nage sean conocidos, se vera que son
J) como siempre infaustos á la libertad
)) racional, y a los progresos sociales:
» que entonces se le considerara en su
D verdadero punto de vista, porque 00
» habrá inleres en ('Jlnmniarlo, elc. })esto
es, que espera di cho escritor que la
posleriuad hadl al genr.ral 5a n la Cruz la
j-USllC a le' ~ . Qn\e? p' •
neos: y añade lo SIgUiente- J) ¿No de ,
D hemos admirarnos de las ioconsecl1en·
1> cías en que incurren ciertos escritores
.» públicos que han opinado en favor del
1» siSLema de liga y confederacion de todas
}) las repuLlicas hispano-americanas, al
» mismo tiempo que crilican severamrn
» te el despotismo creador (inevi laLle en
» la infancia de las sociedades) de aquel
;» ilustre caudillo? »
Aunque pien~o que plumas mejor cortad~
s se ocuparan de esta carta y comba
tiran las opiniones errooeas de su autor,
no he podido resistir a la len tacion que
lIle ha dado tle anticiparme a decir algo
50bre ella, sin embargo del temor que
siempre he tenido de escribir para el
público, ya por convencimiento Je mi
insuficiencia, como por no esponerme a
los disgustos que por ello suelen causar
se al hombre mejor intenciooado. Por
taol9 ruego a VV ~ se sirvan dar lugar
en sus columnas a este mi pequeño artículo
remitido, y suscrito con mis ini ..
ciales.
Si es dado al hombre aventurarse a
fallos futuros, creo ~ue teogo yo mas
seguridad que el au lOI' de la carla~ para
presagiar con absoluta confianza, que ni
Ja historia ni la posteridad seran mas indólgentes
con el general Santa Cruz que
lo hall sido sus contemporanc,os. Un
soldauo estrangero que conculca las leyes
de ~u pais, y las de un puebto amigo que
lo llamara en su defensa, que eleva un
trollO d irta torial permanente sobre las
ruinas de su patria y de sus aliados, que
a despecho de la resistencia -nacional in
lenta mantener su podel', hacieudo cor
rer la sangre a torren tes, nunca logral'a
en la imparcial historia, en la inexorable
posteridad, que se le considere de otra
manera que como U11 azole de la huma
nil1ad. Napolwn mismo,. envuelto en el
brillante resplandor de una gloria militar
sin igual en las edades del mundo, ¿ como
es considerado hoy?
No veo conll~adicc¡on alguna, no ha,
inconsecuencia en que se condene la liga
y confederaciou forzada y opresiva de
Bolivia y del Perú, bajo un podel' militar
aú;wlalo, al mismo tiempo que se opio
na pnr una alianza o confederarÍon de todas
las repúblicas hispano--;¡rnel:icanas para
ponerse a cubierlo del abuso horrible
del poder de algunas potencias, que sea
por odio a las formas de gobierno adop
tadas, bien por entretener a sus súbditos
revoltosos, ora pOI' armal' y ejercitar una
marina, () por lodas estas causas reuni·
das, nos insultan, nos .ulLrajan, nos ...•••
¿para qué repelil' lo que todos saten?
ConservanJo cada estado su independen
r i a , s lJ sin s lit 11 e ion l' s , S u I i u e r la J ,
¿cual es la paridad que IlJy entre esta
alianza necesal ia, noble, gríllH)ioS1, y la
depl'esiva uniou del Perú'! Boli'iia, llajo
un podel' q1le se llama despollsmo crea
do/' P
¡ii El despotismo creaJor inevitable en
Ja infanda ue las sociedades!!! Su poniendo
cierlo este principio: ¿esta el Peru acaso
en la edad de Manco Capac? ¿se tl'ilta por
ven tura de los goaj i "OS o de los clti mi las?
Eo fin •. Bolivia y el Peru mi~mos han
falltldo ya irrevocablemenle sobre la suer '
te y honra del general Santa Cruz, y la
América del Sur tolla lo ha condenado.
SI, me atrevo a repetir: la posteridad no
le ~eJ a menos spvel'él cuando lo cOllsidere
invocando el .'establecimiento oe las
t-e ,
dcst,'uyendo la libertad y las le):es despues
del triunfo.
Era esto CUl\nto tenia que decir; y me
suscribo de VV. muy éltcolo servillo!'.
J. P. G.
~
SESION DE LA. CA~IA.nA DEL SENADO
dd dia 27 de Abril.
Como puede suceder que ca el Diario de
debates del Senado se ha yan hecho ciertas o
misiones en la discusion de uno de los negocio!
da que se trató en la indicada sesion, nos
adelantamos a publicar el siguiente extracto
formado con presencia de los informes contestes
de varias personas fidedignas de la ca
pital, para que se conozcan 10& hombres y
recaiga así el aplallso Ó la reprobacioa po
pular sobre aquellos que la merezcaD_
Un Sr. Morales, Segador por Rio-Hacha, .
entabló la pretension de que su provincia
fuese exenta, por cierto tiempo, de todo
servicio militar, o lo que es lo mismo, que
sus habitantes no fuesen alistado. en la mi·
licia.
Algunos Sres. Senadores se opusieron, manifestando
la impropiedad de la pretension,
y que ella daba anza para que otras provino
cias que h.bian sufrido con la guerra y hecho
importantes servicios, hiciesen igual solicitud.
El Sr. Secretario de hacienda-Apoyó la pretension
del Senador de Rio-Hacha, manifestando
que esta prQ.vincia habia sidQ la que
ti 1'.'
mas habia obrado contra Montilla en el año
de 1831. Y como la Camara se manifestase
dispuesta a conceder la prctension en favor,
de Ufo Hacha-
El Sr. Gon: cxpuso: Que la provincia d'"
Cartagena tambicn habia sufrido mucho en la
guerra de indepcndcocia y asedios posteri~
res, on términos que por estas causas estaba
disminuida su poLlacion, y que por tanto
hacl:\ 13 rnocion de que se csten.dies-e la gra~
cia a Cartagena.
El Sr. Morales ~e levantó entonces enrn":
recido y dijo: Que Cartagena era una co;
da, una. servil, que no merecía ninguna gra~
cía, ctc.
Los Sen2dores reclamaron el orJen: el
orador so cortó y tomo su asiento.
El Sr. G01'i dijo: Que él se degradaria
si fuese a con testar especies tales, y que Cartageul
perdería su timbre si en aquella oca~-,
sion @e hiciese la apología de sus servicios
y padecimientos por la causa de la independencia,
y que pOI' tanto daba al desprecio
cuanto acababa de decir el Sr. l\Ioralei.
Despues ue esta enérgica contestacion 1,
otras que se si guieron en el mismo sentido,
neoec.l,.d seria que nos detuviésemos a enumerar
los inmortales hechos con que CártagCDa
ha ilustrado el nombre granadino. Harto
castigado quedal'a el Sr. Morales con la
burla de todos los qne lean estas llncas, que
al hacfrlo no podran menos de esclamlr:-Perdona
lo , Señor .•••......•.•
, .
INTOLE{\ /\NCIA DE CULTOS EN ROMA.:
Se ha empeñado alguno, y no han falt .. do
"tros en :I !\I 'gurar, que en Homa, la capital
del mUlldo católico, se toleran los cultos de
las va rias scct?s cristianas. Para desmcnti-r'
esto concepto, trascribimos el artIculo que"
con- el titulo de ) I{n 11la,» insertan los editores
de) rOllrür ties ttals Unís en Nueva York
al número 9 ,).el silbado 30 de ~1 rzo último_
Roma 20 ele Elloro.- Un inesperado acatrá
tecimiento hl tenido lugar con motivo del
enllerro ~ herede-ros de J. A, Cal!~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 18", -:-, 1839. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684204/), el día 2026-04-15.
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