GACETA .DE COLOMBIA.
N. 300. BoGOTA Do.MINGO 15 oE Juuc DE 1~h7. - 17 . TRil\'IESTRE '.24.
&4a 1ac~l.a sale UJJ domingos. & swcrihe a ella en las admt'ni.stracioms de correos d las copita/es de provincia. La $;J..1cn"cion anual vale 1 o. pe- www
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PARTE OFICIAL.
DECRETOS DeL PODER
fi,JEC UI IYO
FJt~:Mctsco DE P. SANTANDER etc.etc.
Disponiendose por la lei sancionada
el dia 20 del corriente, qae se restablezca
en toda su fuerza i vigor el orden
político de la Republica como xejia
antes de,l 27 de abril del año ·1&. o i
siendo una consecuencia de la disposicion
citada el que ce~en los efectos del
decreto que espidió el J.,JBERTAD0R.
presidente el 24 del último nqviembre
suprimiendo las provincia~ de Manabi,
Chimborazo e Imbanbura; he venido en
decretar i decreto lo que sigue.
· Art. 1. 0 Se restablecen las provincias
de Manabi,Chimborazo élmbamhura,
en los mismos términos que estaban
ante:-. Por posteriores decretos
.se dispn nER.
Por S. K el , :icepresidente de la Republica
encargado del po~cr ejecuti~' o. El
secretario de esta
jia, .d9c\entos c.i~cuenta pesos anuales. ·
Los catedraticos primero i segundo de
canones, el de derecho civil romano.
el de derecho constitucional , el de derecho
internacional, el de principios.. de
lejislacion, el de economía política, el
primero i segundó Je medicina. el de
anatomia i cirujia, los tres de filosofia
o ciencias naturales, i el de idiomas i
bellas letras, .
Art. 5 . 0 Los catedraticos corresponclicntes
:)l musco nacional, cuyas
rentas conforme a Ja lci deben pagarse
de los fonEB. E.JECUTIVO A LA. CAMA.JU ..
l>E tlEl-RRSENTA~E.8.
A S . E. el preSi.dente de la honorable
camara de representant,es.-- Bogota
junio 3 de 1827- t? 0
EscMo. · S E~oB..
- Rl ·dia ·1. 0 del mes corriente ha
debido pagarse el primer intercs de l:'
deuda públic'a en cumplimiento de la le1;
pero -no se ha verificado seguramente
por la~ victoriosas razone's que la corru'":.
s ion · ~dcI crédito público ha desem'l.lclto
en · su informe al congreso. Aunque no
están reunidos todos los fondos que
detctrmino la lei, sabe el congreso que
existe en la capital una cantidad disponible
producida en los departamentoa
?el interior, ~~-rule la lei.s~ ha re~pet~do
i ·que la cómis'aon ha solicitado del cuer.
po ltjislativo la facúltad de invertirlá en
el pago de intereses, se~un quepa a los
acrec<;iorcs que constart en el libro de
la deuda nacional. No duda el ejecutivo
que el congréso dictará esta medida.
si es que aspira a que se respeten Ia.s
leyes, i se fande el crédito pUblico
como lo creo; pero es preciso que se
.. dicte prorito porque un dia de morosidad
en punto al crédito fiscal es de
una ·pérdida quiza irreparable para el
Estado. Abonados los intereses de la
deuda reconocida circulara el dinero que
esta en arcas, s~ socorreran los .interesados,
tomarán valor los bonds de
la deuda interior, cm pesara ~ establecerse
el crédito pnbJico i la confianza
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
jcnenl, i t·ettdremo~ Mte rétu?'SO p-ara
poner capit:a les i adelantar la industria.
Si la cautidad disponible fuera de algu·
tia consideracion, yo propondria q';'e se
enviase a Inglaterra para pagar los m~reses
de la deuda estranjera; pero c1c~
mil ·pesos no merecen Ja pena de rem1·
tirse.
El Óbj~o pues. de Ja presente comunicac:
ion es requerir a la· hono~able '
cámara d~ t"epresentanles por medu~ de
V. E. para que cuanto antes tom~ . en
considecacion el informe de la common
i se dicte Ja providencia que ha solicitado
respecto del pago de los intereses. De
. la prontitud i celo en el despacho d-e
e.ste negocio depende en ~ucha . p~rt~
el principio i exito del crédito nacional 1
por .consiguiente la fortuna de una gran
mayoria de Colombia.
Dios guarde a V. E.
- FH.MCiSCO DB PAULAS~NTANDFR.
OTRA
DBL IU.Slto •onsa an:cvr1vo •~
LIBERTADOR.
llepu.blico ti-e Colom!Jia.-Fa.utíca en este destino, i yo no
se •i el congreso se ha equivocado. Sea
dct -eito lo que fuere el modo con que.•
ha espresadG el •oto nttional, las
1?ircustancias que lo han precedido, i
Ja entera libertád de que ha disfrutado
la representacion de Colombia han remachado
la cadena de ~i servidumbt-e,
i · 4ebo por ahora seguir prestando mis
pt'queíios servicios a la causa pública
aunque ¿ de que puedo yo serviros, s;
''Uestra esperiencia, vuestras luce~, ta ..
·lentos i patriotismo no necesitan una
ayuda tan debil como la mia?
No pued.o ofreceros sino un corazon
libre de re8entimiento i una alma toda
de Colombia. Mi absoluta .consagracioo a la e-ausa de la liberta.t i mi profundo
~1~~ a las leyes no recibiran en
nmguñ caso la menor alteracion. Ni
debeis buscar, ni hallareis en mf diCtamcnes
que os iluslt4en, 1o único que
hallareis $~a iut~riA~
l'lepúhlica de Colomhi·a.-Secretaria tÚ estaifo
i ¡eneral del LIBERT ADOR.-Cuat·
tel ¡enerol en Carocas n 12 Je ~a
de 1827-17.-A.l $r. secretorio fk 6stádo
-del despacho de · hacimda.
SEÑOR"
iAmuniqu~ ~ 'VS. copia de los ~ecretoe
espedidos por el LIBERTADOR eo estos
.cuatro departamento&: no los comprehendi
ett ella todos, ni puedo todavia remitir a
VS. sino algunos de los posteriot"e&f entre
los cuales encontrara VS. uno sobr~ salinas
espedido en 24 d~ abril último: proce~o
.abOra á esponer a vs. como prtittleb, las
.rnones fundamentales que han dado motivo
á las variaciouea hechas.
Nada creo
m'as de 3600 pesos anuale¡ el pro v~cr de
agua 4 Jos puestos militare~. Por aiins enteros
tt han estado abonando treinta sold~dos:
que se su_ponian existentes a inmediaciones.
de esta cmdad, i cuyo costo cedia esdusivamente
en beneficio del colector i '1e un
otic~al: cualquier colector daba cuanto se leped1a
para el servicio con título o sin et,.
conociese siquiera, o no, al que lo pedia :.
con frecuencia se han creido autorizados los
alcaldes para -;>rdenar gastos militares, i se
les ha obedecido: por todas partes servia
de comisario !Í eficial del pago el mismo.
pagador, en m_nguna se conservahan rejistros
de los ajustes hechos, ó al menos no se consultaban;
asi es, que el ejercito costaba
por aquí en cada año lo que h:istaria para
muchos; i sin embargo existen tantos recla~
O!ii como si ~stuviese sin pagar. Y a lo he
dicho no hab1a administrac100 milit.tr.
. El desorden que en ella indico, se e5ten.-.
d1a como <:ra. !latural a la concesion i pago
de haberes m1htarcs. Se han dado iótegros.
,á personas que dejaron de existir desde antes
que em~sara la 4poca asignada ; pero ~
sorprehendido menos al LIBERTADOlt~
que ''er, que se hayan concedido a personas
que ~unca han militado, ó que solo f:omo
camu'lantt-s, ó por custodiar sus propi~dades·
se hftn l'eñido algrina vez Ja espada. No a
tienen todavia los estados de haherea declarados
que ya se han peara
ti p;igo por el precio que tuvo al recib1rla :
de aqui es, que con tanta frecuencia ¡e insta
pt'I' cambiar unas propiedades por otras: de
aqui es tambien, que para •VeJ-iguar ocultaciones
se han mandado formar listas de
todas las propiedades ,que pertenecian al
enemigo, ~ a los que con él emigraron, o
que estos poseian.
Arguye todo e¡to indiferencia i falta . de
celo en las- oficinas encargadas de la califi.Cclcion
de las pruebas: i ojala que esta culpa
perteneciese eolamenle a aquellas ó que no
la acompañasen pttados mayores! Todas
Ja¡ oGcinas tenian sus trabajos atrasados, i
algunas por muchos años: lo uoico de que
se cuidaba en las principales era de formar
estadns mcmsales, qne na contenian lo que
debiAn, ni de oingun modo probaban regularidad,
acierto, ni rectitud, sino en la
corres~dencia de las partidas que se asenbhan.
No se cerrejiao los errores ni las
omisiones de las colecturias subalternas: estimabase
por bueno cualquier comprobante:
tFstabase el negociido como propiedad de
IOI que lo 01aneiahan, En unas partes · no
prs
últimos, i cuyos vales i ajustes se encúentran
por donde quiera i aun cuatriplicados. De
motlo 9ue no 1010 no habia estimulo contra
la dellda, ni freno contra la prevaricacion,
sino que carecían de eficacia los medim que
para descubrirla habia dejado la lei.
El LIBERTADOR, pues, se ha "isto
obligado a arreglarlo todo, sin sujetane a
lu disposicio1tcs que ya habiart resultado Yicioaas.
Se han m·andado publicar i peg3r
loa nles proa:edente& de suplementos directos
¡· la hacienb: se han prohibido que se paguen
otros de la misma especie sin orden
esprt!sa ; i se ha pedido noticia de todos los
demas i ordenad<> su examen i comparación
para meditar i disponer el reintegr:o. Se ha
fijad<> término a la concesion de habere1; j
por evitar la total ruiaa de los bienea des•
tinados al pago, se ha resucito su distribucion
daodolos de pref~rencia i al pal' a los
que han conserv~do derecho orijina1mente
propio a esta recompensa nacional, i aubastando
el re.sto por hab~res cedidos ~ tercaposeedor.
Se ha reducido Ja almoneda de
fas salinas a solo el derecho de esplotacion, i
hecho pagadero de otro modo el del con~
umo '1e la sal. Se ha prohibido l los ad•
ministradorea subalternos servir de comisarioa
o fiscales del pago i efectuar ninguno, sino
' vinud de orden de su principal: se ha dejado
en a1gunaa pirtes un subalterno de
mterventor de las administraciones principales
de rentas internas ; pero han quedado
refrenados con la necesidad de las guias, i
no dejando i su arbitrio lQs aforos: se ha
radicado la cuenta de toda la milicia del
departamento en la tesoreri~ principal. i de
la marina en las cajas de Puertocabello : se
ha atribuido ~ las administraciones de rentas
internas, )a l'ecaudaci011 de casi todas ellas:
se ha hecho imposible todo fraude en el
papel sellado, esccpto por falsificacion: se
han establecido en las tesorerías dos jefes
iguales en autoridad i en responsabilidad: se
han aumentado Jos sueldos de todos los
empleados en rentas, i disminuido el numero
de las oficinas: $e ha renovado Ja antigua
prohibil:ion que tenian los empleados de
ocuparse de toda especie de trafico : se ha
hecho indispensable el cúmplase del intendente
de Venezuela para todo despacho, i la
toma de r-azon del tribunal de cuentas para
legalizar todo gasto : se ha determinado el
modo de hacer legales los estraordinarios: se
han fijado épocas para la presentacion de las
Cftntas de todas las oficinas, i la pena de la
omiaipn: se ha establecido un tribunal de
cuentas para todos los cuatro departamentos
i una contaduria particular para la renta de
tabacos: se han aumentado las garantias del
recto proceder en los juicio~ fiscales, dando
cierta facultad en ellos a los intendentes i
constituyendo una corte superior compuesta
a tina de los ministros de la justicia i de los
mas espertos oficinistas : se ha dado una es•
pecie de c;,onc.rjo ' cada intendente; i pllra
que el moruni.~nto 5Ca uniforme i simultaneo,
comunes las mejores. i una sol~ ta administucio11,
IC ha dado al intendente dt Venezuela
d caracter de director de reatas ea
los cuatro departamentos i creado una jllll&a
para la direccion de la renta de tabaco.
Ha quedado de este modo como segregada
la admmistracion de rentas de estos ~epar ....
tam'entos de la del resto de la Republica ;
peró .ha sido· forzoso port¡ue teniendo c¡ue
crearlo todo, era impoaible al principio que
ella .-rebase sio custodios inmediatos i numerosoa,
al wenos mientras que se perfeccio- .
na, ó que Ja moral pública mejore. J_oa·
estractoa que debe remitir el tribunal de
cuentas a la secretaria de hacienda, i los que
las tesoreriu remiten mema\mente.. siste,matizados
i compreepsivos hasta ·el punto que
deben serlo. pueden setvir entretanto para
los usos a que los d~tina esa seer etaria.
Oueda el peligro de que procedan buques de
algunos de eslos puertos á los del resto de la
República con cat'gamento¡ cuyos derech0$
se supongan .satisfechos; pero este peligro
es remoto, si se hace el reconocimiento como
esta prescrito; i ha de hacerse ási, a
menos de incurrir en Ja pena. Porque á
decir a VS. verdad, no ae ha podido encontrar
otro freno contra d fraQde en las
aduanas marltiroaa, que la multiplicacion de
los recoaocedores i de las precauciones que se
han hecho indispensables, i crecidos sueldos
a todos los empleados. De resto no teniendo
nosotros los consules necesarios en los puerioa
e&tranjeros ha sido {orsoso adoptar de nuevo
el antiguo aistr,ma de -•rancelea; ptro ae .ha
prnisto m revisien.
Se ha alterado aparentemente el destino
que da la lei de credito p6blico a las pro<:-piedades
nacionales; pero no se ha hecho en
~ealidad otra coS2 que impedir su cle1tru.ccion.
Siete 6 mas año' de esperiencia pru'e.han
.:$Ohradamente que no ha de esperarse poderlas
administrar com.o se impu5o. Consenúeles
Fles el mismo objeto ; i se ha
procurado al mismo tiempo aumentar los
medios de sálisfacer la deuda nacional di1-
minuyerulo los gastos orwnarios, destinando
' Ju eficioas de hacienda á muchos militares
i prohibiendo rigurosamente, como 1e yro'
hibicJ desde enero ultimo. que le estrane de
nioK"ln modo el prodacido de la renta de
tabaco. Ha quedado co'!lPrQdido el derecho
de rejiatro en el de alcabala, que se apfica i
los gastos comunea ; pero se estan actuafmente
tomando medidas para destinar al sosten del
cr6lito pdblico mayor parte de los ingr.esoa
e11 las aduanas marltimas.
Apenas hai tiem~ tQd~via paira hablar
de l~ nformas hechas por sus resultados:.
la dificultad de elejir personas a propl>sito
para administrador~ llace progresar mui
lentamente el establecimiento de las administraciones
internas; i s~n embargo, tengo
la satisfaccion de decir a vs. t que Cita casi
enteramente satisfecha la deuda flotante pro·
cedente de suplementos directos; i que sin
embargo de la. acumulacion de tropa¡ eo
estos departamentos, quedal'.1 sin gran afan
cubiertos ya con el dia los gastos_ ordinarios.
No hai pues exajeracion mnguna en suponer
que la observancia ele las regtas eatahlecidas
hui florecer la hacie'nda nacional.
Su presente estado promete muého para el
porvenir: i si hemos conseguido Jlegar a e•,
sin tocar en n:\rla a la renta de tabacos,
reducidas las plantaciones · del Cura-negr;a
a las que exije el consumo, i fomeo~aD:_do
las de Barinas con tod~ el producto liquido
de las otras, com{> ya se ha dispuesto, podemos
.tambien prometernos que tendremos
con que hacer frente á nuestros em¡>eñoa
con el estranjero, i con que poner a CU.bierto
el honor nacional.
El adjunto decreto sobre arreglo ael hospital
militar de esta ciudad, dara idf!a a
VS. de las precauciones que cree el LIBER-TADO
R convenientes para evitar l6s gasto a
indebidos. Semejante a él ser~ el arreglo
del iervicio de las comisarias i de los parquH
en donde casi no se ha mtroch,.cido todavía
ninguna cueuta i razon. Se ~cupa al _p.resent•
S. E, del arreglo de la d~u\dada
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
renta del tabaco i otros que aunque no
conciernen directamente al fisco, no son por
eso memos n6tiesarioa ni menos urjen~es.. ~
,Soi Je. VS. con perfecto retpeto mu1 obediertte
.$ervidor.
El . .ecretario-- José R; REYEt1GA.
NOMBRAMIENTOS.
El poder ejecutivo ha hecho con acuerdo
i con.sentimiento d~l senado los
siguientes nombramientos:
Para gobernador de . la provincia ndad, i restituine a Colombia:
al efecto ha solieitado el je~eral Sucu
del gobierQo nacional una licepcia temeoral
por tres años con resideru:ia ·ea l«>3 ot:'!'
partamentos del · Su.r.
PAR .. TENO O.FICIAL
Los enemigos del ~bierno .constitucional
i de la pfrsona que Jo .desempeña ballar..ao
e~ · el oficio del seeretarit) d~l LIBERTADOR
que dejamos publicado ef\ la porJe
; repara'r4ti que ]jls. doe leyes oi&-=>
n.icu U.e los departa~entos ¡ provincias
GACETA DE COLOMillA.
que ha tenido Colombia coca~g.an a .los intendentes
cuidar de la tranqu1l1dad 1e11eral
de los departamentos, . de la f'jecucion de las
leyes i órdenes Oder ejecutiYo la culpa de los desordenes ae que hace mencion el secretario jeneral
del LIBERTADOR?
CUATRO DE JULIO
El c:oronel Beaufort Watts encargado de
n-e-gocios de loa &tadÓ.s Unidos del Norte ha
mhia.
· Y a heDlO!S dic~o ~ otras gacetas, qse
iguales deseos ~ J>•rci~n en los gobiernos
de Pn11ia, Suecia, Dinamarca, &viera,
i ciudades Ans.eaticM., de manera que la es·
ta~ilidad fle nue~r.os negQCios internos i la
confianza que de ella debe resultar, se.-á la·
que sin duda alguna de.cidirá ;( d~ch.aS naciones,
.i a la -. Franda a tomar las medidas
corr~spondientes al logro de tan laudable
o~jeto. ·
BOLIVIA.
HeJDoa leido con partic;:ular satisfac-ciou en
el ConJÓr de BJi.,ia, i lo Jeeran ta~bien aqKi
nQes~ros (Ompatriotas; que el ¡>rei;ideoté jeoera1
Sucre proteje con celo é ioteres la e.ducacieo
publica, i de un modo que los bolivianos se
muestran altamente· satisfechos. El ilustre ven·.
udor en .c\.yacucho no podia sef ·indiferéote
á un ramo de que depende la prosperidad
( ........... ). El secretorio de {fUerra estaba ln- .
dispuesto~ i el det interior Qustnte ~n su ~a-
~a de ~ampo. ·
ele un eSitado ; él sabe que sin educacioo no
hai costumbres, moral, leyes~ ni libertad. o:.
jala qu~ los esfunzos del presidente Sucr:e 110
sean jam.l<; ipfruct~osos !
. Tambien hemos visto en el Condor numero
68 del 22 de mano que se ha continuado tscribit:
ndo contra Jos anarquistas. Del art. seduce
que en Bolivia hai pretensiones de trastoi:-
nu el Estado, ya cen~urando eJ sistema de
hacienda i la imposicion de contribuciqnes, ya
criticando i concitando la opinion contra las
reformas relijiosas que h~ hecho el congreso,
i ya 'luejandose de que en Ja administradon
pública hai empleados algunos godos. Con
estos prelestos, dice· el periódico citado, que se
ataca el gobierno, Ee estravia la opinion del
pueblo, i se amenasa .la tranquilidad pública.
PERU.
No ha recibido el go'hicrno n~ comunicaciones,
ni diarios de J .. ima. Cartas particulares
dicen que el congress constituyente estaba
al abrirse en fines de mayo. pu-es
se tenian ya las reuniones previas de diputados.
No se sabe que la tranquilidad p1íhlica
se haya turbado.
EL CIUDADANO.
El número 7. 0 de dicho periodico inserta
la arenga del heaemérito jeneral Suú·e a fas
trop.as de la 2.,. division de Colombia existente
en Bolivia. LJ.imamoa Ja atcncion ptiblica
a los siguientes periodos: " Hoi sera en
Colombia la constitucion el lazo que una a
sus hijos." "Renovem<>s nuestros juramentos
de · ser eternamente fieles á nuestras leyes patrias."
No podiamos prometernos otros sentimiento~
del. il· 'Sl!"
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 300", -:-, 1827. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875190/), el día 2025-10-31.