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Conservas, Mermeladas y Escabeches - 25/08/23

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  • Año de publicación 25/08/2023
  • Idioma Español
  • Publicado por Media Contenidos
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Conservas, Mermeladas y Escabeches - 25/08/23", -:Media Contenidos, 2023. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3624609/), el día 2025-05-12.

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Gazeta de Colombia - N. 104

Por: | Fecha: 12/10/1823

GACETA DE COLOMBIA. BoooTA. J>oMINtl.O 12 DE OCTUBRE n11 i.8~3.-1~. TRIMESTRE s. ~ Esta glJc~ta sale lus ·domingos. Se nt'seribe á ·e/tá en le& ~ ~ La susc~iczon an.ttal vale. I~ jJs . . 6 _IB .·del semestre g 3 la di/ -~ e, admimstracfo'fics tie correos de Bogotá ·, Caracas ) Quito, e, '~ trzmestr?. El editor dinpr3 bJs nums • .pqr los correos á lo.r ~ ~ Santama;tá ·, Cartajena , P_op~yan , C,ttarii ~ Panamá, -~ ~ suscri~~res: !I los 'de _esta :~íudad .11os Yecibtrá• en ·1a riendá l ~ Medeltin, Cúrriéiná , Guayaquil y Ma11Jcatbo. e, ,e, te Rajael Flores, dtmde. tamb~en ·se' admtten. -suscmidnes !/ se t ~- ~ ~ venden los 'númf.. á 2 t· rea/e,. · -~ t6i'.,..,..,..,.,,...,..,..,,..,,...,,...,,...,,...,.,,.,...,.,,..,..,,..,,..,....,..;,. .,.,~.,..,...,...,.,,...,...,..,,...,..,...,,..., ...... ,,...,.~_,...,.-,,.,,..,.,,.,,.,,....,...,...,..:;,.;,..,...,..;...,..,,.:,...,.,,...,.,,~~-,,.-.,..,,._--.:;.,;..;v..;.~ INTERIOR LE Y. ltl .-nado y cámara de r¡preS'e'ntantes de Íá repúblzcci d~ <.:olombia reunuio6 e11 C11ngre&11. Visto el mensaje del poder ejecutivo y los doc:umnarios y ajentes pt1:blicos anterio• res, y en su consecuencia terminaron _igual..­mente Jos poderes otorgados con fecb'a .Vft­inticuatro de diciembre de . mil ochoden~ tos diez y nueve. en la .-ciodád _de Ango·s­tura en favor ·,del ex-ministro Zca_- no so'­lo para no poder een~inuar .en su virtud !as­operaciones d_íplomáfica á qu; se habían contraido ·süs il'lstru-ciónes,sino prinápalmcnte para no entrar en negociaciones fiscales, á lo cual quiso'estender posteriomente dichó'!S pode._ res estando 'ya impuesto da semejante innovai. cion sustancial¡ como '}lle hizo méritó d~ las nuevali leyes en los ·pé!garés que em1tió el 'trece de marzo de mil ochocientos veintidos. 4. o En fin: que al mismo t-iempo que ts 'un deber del congreso precaver la di~ipa'ci'on 'Ó estravio dt: los iutertses 'de 1a na·cion cu vos derechos hA deprnsitacJo ei\ sus mimos·, ho. lo es menós cum.plír relijios<.ú11eúte las ubliga­ciones just reconocen tOtlas las cuntidadei> qpe acb:::diten lt-jitirname1¡te lbs "~1~et·dores haber suñünistra.ero nó se .encontr.6 quien tti­. \-~~ra ~?od~res bas~ante~ para ello. El pódéf fJrcuuvo há meditado mud~o Jo's medi~ de cumplir el decreto anterior á satisfacciofl · ele i:os int~r;~ádos .en d ~mpré.stíto, f .siit grava per1uic10 de Colombia: MÍ lo ha ofre­ddc: i; y así se tumplírá; i1ara qüe la híst~ria dt: ~úestrw. i~tlependencia y .libertad. :Jamas con~1gne :em,sus prec~osos ~náles que .Jos ~olom~i.anos ·Se ·aprovechar-on tle i-e~ursos 'ftt• no qlnsteron pagar con las condiciones que la ne\.:esitlad y la guerra l~s forzaron á con­\ lenir. Si el emm:.éstito de 30 tnillones de pe$os defretadel por . el Cot~greSo se verifica; como par~ce . pro bable~ los negocias fisca~ les de la Repiíblica cambiará111 absolutamen~ · te de_ caracter, y los aaeedor~s antiguos 1 nuevos ~e vt:rán menos espuestoS á perjui­cios~ dudas e incertiduthbtes.-:--Cólombia sirt la guerru es cap::lz de !atisfa~tr una deudli inl.icho m~y~r. . ..-· - PORTUGAL f .. á constitucion; sancionada por ia . '2a0teti en 1822 ha dejado d~ aer el código ,de Iba pc~rtuguests, y las córtes- ,han cesadei> .de repre.sentar a los pueblos. Este catnbio tail sensil:ile para la cotusa del jénero hurtHin<) J1a sido el efecto de u11á insbtre.Cion det brigadíer Sampayo ( á quie11 el gobiern~ ·constitucional babia calificado tJe dt:~ft'e:. to ) que seguidamente fu~ ayudado tld ih::.. fante doh Miguel¿ Et rey se 4abia retirado deuh;boa durante la fd'mentacio11~y el 18 ql: jtiRiQ espidió un ,decrete en ·SO palat:i~ ~ti B~mpcsta declanm<;lo ,, qtie estando ft.md!:!Ua la cbnstitucion de 1822 en vanas teotiaá;no -soi~ era it~cornpatible con l<~s ha9~tos;opiüio~es . f m~ces1dades de Ja ttac1bn, sitl<;> que estaba . t 11 contradictibÍi con el ttonb~ " peto M irtls.J ino . tiempo protest6 qüe sus deseas ctari de gobernar de un modo anáfo~o á lk· ci~ . ,,i!isacion .del siglo; t á la forma a.e · go,;. bitrno rerresentnt1~0 admitida . en. !:ufopa, Al t-fecto Iiotnbr6· Una cotnfoioTI de 14 mitfri .. ' bros para . que le ptcseiltasen un .proy~c. to de con~tituc~on1 cuyas .bases fueseh con.­formes con el derecho público; ~ pusiesea · t'n arinonía el ejt:rtieio dd pode; ~upreru.o y la .seguridad legal y· perm~men~~ dH P\l~'!' blo. La cemision qoe'Po nonibrat:Hl. · . Cuandb este cambto acontc.c;ja rn Portu. ~al; en .. .€! .Brasil hací.a p.oco detnp'.<> q.t;i,e se habian in~t¿¡lado las c(>rtes en . aquel ini­p~ rio; el . 3 el~ may~i e.11 }l)<:'mori~ de q;~ tn ig ~1al dia babia 8ido ~esculieHo el 13rasiJ por CalmH, ~ se -vió reunida , pot primera ve~ la fejititna . tepre~ntaGion de los (lntblos. t:i empüador doil Pedro se . p~r:s.ent~ é11 la a~m­' l°lle' a, y dijo un estenso y . ~r.érjico ~iscur­a: 1, cual solo tiene .un pequeño e~tracto el f:6Jns(ztuc.umal de Paris que puhijc~ ~Jl ~l mimeta si¡uiente. · - :.. · -.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~. ESPANA .. Tenemos noticias directas d• Francia y Eapa~a .rdativ~s a ~a inya&ion de !ª peninsu­. la. Despucs de la ~traia e~ Cad1z dd rey y las cortes; l~s tropa.s fran,ces:ts ~um eitable­ ·cido el bloqueo por tierra a las ordenes del ccmde Borde&eult. Por el mar no hay sino tres ¡,uques de guerra franceses, y los espanoles debi&m armar 50 -cafioneras. Los franceses se ~ -dirijido hácia Asturias y Gali~ia: en Asturias tenian ·que 11.}char contra vanas pat­tidas fuertes de guerrilla, y en Galici~ se anunciaba un buen plan de defensa. Morillo, Quiroga, y el .je~eral ingles Wilso~ e.s~aba? en dicha provincia. Ballesteroi re~orna el rei­no d~ V alenc.i.2J, aunque la capital había sido ocupada pGr los franceses á las Órdenes del conde Molitor: Mina permanecía en Catalu­ña, y ,si se debe dar entero ~r.cdi~o á los partes oficiales ~~l .con~~ Gmlle~1110t ~a­yor- jcncral eel . ejercito frances, ha. sufrido pérdida en diversos encuentros .parciales que ha tenido. Un nuevo cuerpo de restrva de 30 ·Jnil franceses al mando. del mariscal L·auris-. ton debía coloc:atse en la front-era de los Pi­rineos para entrar en Espana, si era ntcesa­rio. ·Las plazas de San-Sebastian, y Pamplo­na y el. fuerte de Figucra& continuaban ep po­der de los constitucionales. En Madrid se dejaban notμ" .conmociones populares con­tra los libertadores de la rtacion ( a.si se Daman á las tropas francesas) y una proclama del correjidor trataba de restablecer la con­' tianza del . pueblo. Las c6rtes han espedido decretos terribles contra las personas que to­maren 6 hayan tomado parte con los franceies, y la rejcncia de Madrid á 15U tu~~~ }os ha espedido contra las cortes, y el eJ erc1to que escoltó al rey. á. Cadiz. Cerca de la rejencia de Madrid cstan acreditados los ministros de las potencias eu­ropeas, á. escepcion de Inglaterra. Elgo~ier .. 110 ingles no habia reconocido á la rejtncia y aunque su ministro el se-nor A 'Court re­~ idente cerca del gobierno constitucional en Sevilla no babia seguido á· Cadiz~ los dia­rios in¡leses lo atribuyen á. la destituciQni del 'tcy Fernando de sus funeiones á. tiempo de ierificarse su traslacion; pero ya hemos pú­blicado la re~titucion de sus facultades, lue­~ que .llego á Cadiz. El ha nombrddo al 1eneral V aldes gobernador de fa plaza y co­mandante de la marina; al jeneral A lava inspector jencral de artillería, al jencral Rie­go segundo jefe del ejercito de Ballestfaos. ~ de.c'reto del duque de Angulema cre­ando la re)encia d~ Madrid es de 25 de ma­yo, y en . él declara esplicitamente que los concejos de Castilla é indias se resistieron ¡ establecer dicaa rejenc~a. Los diarios fran­ceses no est!lban de acurde en convenir en el rumor que corría en París de q!-Je el duque tlejaria la peninsu!a y volveria i Francia en ~irtud de que le reemplazaría otro jeneral. Ctr El caracter y firmesa que ·siempre ha distinguido á la nacion espanol.a y la enerjía que los coustitucionales dcspl~gan en la pre­sente guerra impiden fijar el élesenlace que tendrá esta dolorosa contienda en que de la parte contraria se vé un ejercito podero­so, ayudado de los mismos espanoles. Muy clistante1 nosotros del teatro de operaciones, y careciendo de los diarios de las partes belije. rantes, ~es imposible aventurar nuestra opi­nian. Copiaréraos las observacie él in­comoda al jenera1 Donnadieu, como hace ir hácia las montanas fronterisas al baron de Erales •..•• " Nosotros concÍuiremos este cuadro enume­rando las plazas fuertes mas importantes, y los jefes revolucionarios que aun nos quedan por someter: entre las primeras ~ontainos á SansebastiaA, Pamplona, Leerida, Barcelo­na, Alieante, Badajos, Cadiz y la isla de, Leon. E~tre los segundos á. Mina, Llobera, l\i1ilai:is , Morill•. ·Lopez-Banos, Manao, Casteldosrios, Rottem, Villa Campa, .Zayas, y los jefes de guerrillas Palarea, Campillo, el Empesinado, Jauregui, y otros. No; eita ---------. _ _.._ --------- ( ~ ) La Estrella periódico de París. ( *) E1te era el partido que t¡u~ria, u1111 1on1eitumm i~me lti d~ FrcncUl, guerra no se ha concluido. No; los revolu­cionarios espanoles no apliGarán á matstro valeroso ejército es~e verso: la victoria szn pe­ligros es u1:1 triunfo sin ~lona. ,~ . En el constitucional del 2 de jubo se leed sig1:1iente artículo. Bayona 1 o de juli,. Lu cartas de Guipuscoa aseguran que por or­den es presa de. Madrid deben marchar para a· quell• corte todas lus tropas disponibles en Ja línea descié lrum á Burgos. Se cree que este movimiento se d.irijc con el fin de rem­plazar ias tropas que han salide de Madrid p~ra Andalucia y Galicia donde los sucesos van complicandose. Una earta deMadrid del ·26 de junio afirma que el rejimiento número 23 que estaba t-n marcha á 30 leguas de la corte había vueito á entrar por rcleV'o de o tros cwerpos enviados al jeneral Bourck que pare­. ce habia teilido encuentros considerables con el enemigo. La situacion de Ja penín­sula es aflictiva ; ... el furor de los partidos esta en su cofmo .. : • • . .. Parece que la salida de la guarnicion de 'Leerida ha dado la­gar á combates de algun valor: fu~ movimi .. ento convinadó con · Mina. El apresamiento de nrnchos buqu~s del comercio ha alarmado esta ciudad ; esperamos qué la escuadra real tome medidas para reforsar nuestros cruceros El rejimierito 4L que está aquí de guarnicion m:uchentimiento de amistad hácia las dos naciones; si la Francia no la admitió , fue por que no reconoci3 que hubiera difrrencia alguaa entre ella y Espana que pudiese ser smnetida á los prmcipios comunes de una mediacion. Si la Franci:l por un golpe de ma~ no se huh}ese apoderado de Menorca, enton­ces h~bria tenido lugar la mediacion, reco­mendando la restitucíon de la isla, y una com­pensacion; pero en la pu~ i cion en que ~e encontraban las dos potencias, c:ida una de ellas d1:cia que no veia el m ediG de c~m· ciliar sus difcrtn cias. "El ministro espafiol Sanmigud se que­jaba en un d espacho d~ 15 ch: nl!lvicmbre de que no se le comunicarn lo que pasaba en Ve. rona. pero hnbiendose concluido el congreso el 29 de aqud me~, yo hice instruir al go­bierno espai'iol pür medio de !U encargado de negocios, de lo que babia pasado en el congreso, asegnrandole de bs buenas dispo­:: siciones dd gobierno inglés, aunque sin ha• bl:irle de las resoluciones del momento· por que aun s".! trataba de los negocios de Es-. paiia cuya decision era dudosa ..... Pero lue­go que se deciclieron, se comunicó todo· al gobierne espanol,. y. el sr. Sanmiguel ~· nifestó que estaba conveRciqo de que la Gran Bretana no podia comprometer los princi­pios de su neutralidad. , , " Es sin duqa una desgra~ia que n~estros oficios cerc~ de la Francía hayan sido inu~i­les. Atribui!:'h' á la Rusia es una acercion que no tiene otro apoyo que conjeturas, y ojalá que en esta icámara se manifestasen verdaderas ra•ones. Se pa asegurado, que la Francia no podía evitar la guerra, y se ha tratado de tontes, ó incautos á ·Jos minis­tfQ6¡ ingleses, Es preciso coQfesar que los ministroi d~ 3. M, B. no han ~idQ ~olo5 los chasqueados. El~r. de Montmor:ency fue de embajador á Ver~nlil y á. su regreso se le hizo duque: tres dias despues se le exoneró del ministerio lo que me induce á creer sue Montmorency tamb1en fu.e chasqueado. Y o he creido po_sitivamente que el cambio de minis~ros en FraTicia provino del com~o de pripcipios y que la Frnn.cia quería lu paz. En pr~curar convertir en mera cuestionde la Fran­cia lo que se censideraba como cuesti0n de la_ Europa no h.1y motivo para llamar tontos á los miui:.tros ingleses. E} diequ'e de Mont­morency en su nota al duque de WelingtoB mude) de tono, y el ministr9 Chateaubriant declaró que la cuestion sobre los negocios de España era del todo f.'rancesa. Yo cree> injt:nuamente que el sr. Chateaubríant es un hombre honrado; no tengo motivo para pen­sar lo contrario, auaque contra su intencion me haya hecho un perjuicio. ,, (Despue& de hablar el mini~tro sob're el apresamiento de una corbeta espafiofa por uri buque franccs, siguio su fiiscurso refiriendose á los oficios empleados por la Inglaterra con el gobierno espanol.) "Teniendo la Francia tanto derecho á guar­dar sus fronteras con un ejercito, como la Es­pana á conservar su constitucion, nosotros no podia-mos decir .á Ja Espana que su hon.or 'ops impedía cbrlc consejos; nosotros le dijimos esplicitamente que si modificaba &u constitu­cion, la Francia retíraria sus tropas. El deber de un conciliador, dice Vattel, es apoyar los derechos de la parte ofendida, aunque no debe insistir en concliciones dura5: en cualidad de conciliador y no de juez debe empenar á la parte ofendida en ceder un poco á fin de que ae conserve la paz y buef1? intelijencia. ¿Se puede asegurar _que el gobierno ingks ha he­cho mal en rec~mendar á Espana que cediera un poco de sus derechos para lograr una con­ciliacion ? No; el gobierno ingles ha 11c:mado su deber. Se ha dicho que habíamo;> querido obligará la Espafia á quebrantar sus juramen­tos: no ha s~doasi. Dos pa·rtidos estaban pro­nunciados en orden á Ja reforma ó inviolabili­dad de la constituc.ion: Jos que contaban su. establecimiento desde 1812 sostenían que ya estaba éumplido el plazo de_ los ocho afio~ que ella · babia prcs~rito para que se pudiera refor­mar si 1a necesidad lo txijía, y los que dedu-t. ian desde 1812 los 6 anos del poder abspluto orridos desde .1814 á 1820 sostenían todo · o contrario. E~ este conflicto de opiniones 'inuchas per~onas ere1an gue se podía modifi­car la cons~itucion sin quebrantar el juramento de sostenerla inviolable, y los ministros : tan precipitadamente. Nosotros hemos dado esta declaratoria el Sl de marzo, y el 7 de abril ha atravesado el ejerdto frances el Bidas­soa. La quisimos hacer mas. antes; · pero ha­biendo visto el discurso del rey de Franeia á. las camaras, se manifestó al encargado de negocios de Francia que consiguientemente~ los principios emitid0s en el discurso de str amo, no h"'riamos ninguna declaratoria. La. rehusamos mas que todo'por que did1os ·prin­ ·cipios nos obligaban á colocarnos en la época en qu~ la Francia ejerc1a un poder ab:. ·Jlute sobf'e Espana. · . " Y o me atrevo á creer haber probacfo que la conducta de la Gran Bretañ'a ha sido JUSta ,¡ asi con respecto á España, como con re~ect-o á Portu~"J1 i. la ¡anta-alianza y ar mundo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ )enera1. t r.l l'fl.inis'tfo t'.:OllttnUO. COl'bbat)en;a; do d dis"€tlrso de \lnf) de los miembros de la ~am:ara -en f que 6'S°entaba ·que d pue• blo de Inglaterra estaba p'tm;ito á contribuir eon- subsidro-s en favor de los-espanoles libe .. ralt"S, y des pues de \Ina tiescrip'don muy elo­~ uente acerca dd estado -de los partidos en Eutopa-conciuyó .sosteniendo C!Jlle la Gran Bretana debía contentarse con mantener la balan-za de la ju~ticia sin sacar la ~sptos. · Mas no sttcede Jo mismo cuan do las cantidades que e_l gobierno toma pres­tadas se deben invertir en el aumento de· capitales productivos y reproductivos, por que entonces h~y una verdtado r~porta ventajas considtrables. Co­lo~ bia no se empena en esta vez f'n la suma de 30 millones de pesos sino por ·que quiere consolidar. en esta sola cantidad toda la deuda antáior, cieuda contraida en tiempos calami· tosos en lrrdflt;;.indo# bien, e.s decir) seti~faciendo eo:n pU~tualidad al intcre& de la deuda~ y haciendo pocos g:.istos. La &urna de SO milh:mes de pe~t>s que h~ mos de tomar prestad9s no e~ todavía un capital que está circuJando en Cólpmbia ~ ni lo st:rá hasta que no se 1ntrodusca en nuestr~ ter-r1torio: pero \111ª ve.t introducida, ella au .. tnenta los V¡\Jores,. Q la riqueza nacional, y aunque el pago anual del intert:s ·que deven­g'cl este capital y la susistencia de la deuda del mistnó capital, parece que tleb~n dismi.nuir los capitales. existentes· en lá Repúbliea y causarle perjuicio á .su riqueza en vez de mejorarla, es preciso recordar que los valores producidos con los 30 millone& dan con que pagar el .intere1t, y despues de algu­nos años aun CQn que aU\or.tizar el capital. Tal e& la cliferencia que hay ~ntre el empre!.: tito que se consume improductivatfiente, y el qüe ~e .invierte ell establt:cimientos útilt:a y productivos; . Pero no olvidertms que .Colombia tiene ya -:ontraida una deuda e.sterior. que es de nues­tro honor y buena fé y aun de gratitud con­solidarla de una mantta que n~ deje motivos para nuev~s dμdas y reciprocas perjuicios.El que e~ deticlor dc::be p:¡garaunque tehga que ha­ce:: r el mas pehoso sacrificio, y los gobiernoa deben ser supetioret ~n esta moral á los in­dividuos.-- Sit·ndo ya Colombia deudora des \lna suma considerable, la prudencia y la mis. ma justicia se inkrcsan ·en que contraiga otra para que aumentando sus capitales produc­tivos pueda satisfacer una y otra. Estamos en el caso de. un hombre honrado que debe.! los gastos invertidos en comptar un terreno para fabricar casa y hacer un cstablecimiento;­pero que necesita empenarse de n_uev~ para adelantar sus ·propiedades y poJlerlas al pie de producir lo suficiente para cubrir sus acre. cdores y quedar rico~ El g obierno medita· ya los arbitrios de asegurar el pag~ de los in!e­reses para el caso de realizarse el emprestitd tle los SO ffiillones de peso$, y atm dt: fijar el fondo con que al cabo de. un trascurso ..de tiempo debe quedar nmortizado d capital. Nunca se dira de este cmprestito lo que el con• de Molé dt·cia del que propuso Coibet aLuis ~l V: que iba ·á abrirse una llaga que ni sus visnietos f:~ vetian cicatrisar. Hay buena dife­rendól entre los·dispendios de la corte de Fran­cia y la economia de la adrninistracion de Co. lombia~entre d objeto en que Luis. ~IV. de­, bia invmir el emprestito y lo.> óbj~tt lS á que nosotros aplicar~· mos el au~stro; Colombia redu~!cla i dt·frnd~-rse de füS et\etnigos,y á a• ·provecharse de los di.as de caln1a para rest;ible­ ·ce't las fuentes de su riqueza i~1terior) en nada se.parece á la Francia bajo' Luis XIV l6van­tando ejércitos Numerosos para sostener, ó emprender guerras contra todas las naciones que' -contradijesen las miras del gavinete de . V ers-aUes. Colornbia es Ja robusta t:ncina que de~gajarla por el rá yo rle la guerra repa­rará sus perdidas en pocos ailo~ 'C11bricndosc de nuevas talllas. JÜIClOS MILITARES • Acusado el sarjento mayor de infantrria cnn ~rado de teniente ·coronel Tomas Mamby,, de haber proferido espreiiiones indecorosas con­trol el .gobierno de la República, se practica­ron las informac1on'es del -casa, r seguido el juicio por la ·coma11dan"Cia jent·ral del departa­mento tle Cunclinamarca,declaró esta en l? del proxime pasalicíales jetl"etatt• reuttido ~n esta capital en 4 de Sttiembre ultimo pata juzgar al coronel graduado deeaba­lleria Juan Galea por haber dado muerte ·c::.129 tle abril_. uJtimo en Saojo-bt de Cútitta al teniente Ramon Farias, absolvió pcr su sen­tencia. al espresado jefü, declarandole inculpa.­ple en ac¡bel homiddio, como que fue c:jecuta­do en s\J. propiá defensa. Ll C:ohcéjo de guetra de olicia1es jencrales reunido en esta capital el 18 dd proximo pa., sado par.t juzgar al subteniente de infantería Fltcundo Garcés acusndo dt: hurto, Je absolvió de este crimen, dcmlanu{do q\Je la sinditacioo. que de ~l ae le hizo no debe obstar á su buena reputacioa y fama ui á sus ascensos en la carrc:ta. - .A.VlSO. Por df'crdo de 12 del pasado, ~t gobiern~ tonc~dió en conformidud de lo dispuesto por la ley de 4 de agosto de este ano; rdÍr'o ~I fiel adrnihistrado.r de la casa de montda de esta capital; y debiendose proveer esta pl:iza- en suj~to que á su aptitud y su probidad rt-una el merito de sus ser'vicios á l

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