Por:
Red Distrital de Bibliotecas Públicas. BibloRed (Bogotá. CO)
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Fecha:
1908
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ARO III REPUBLICA DE COLOMBIA N. 0 32
B~LBTII DE LAS BBNTAS n~i
1
:Olreotor, ENIUQtrE G:REIFFENSTEIN
Bogotá, Octubre de xgo8.
DECRETO NUMERO 878 DE 1908
( 2 6 DE AGOSTO)
-sobre impue lo de De~tücllo n la Provinci.
l de Casanare y en la JeFatura Civil y
Mili tar del Meta.
El Presidmle de la Rtpública de Colomb1'a
DECR&TA:
Krt. 1.0 Desde 1 día 1.0 de Ene.
ro de 1909 se cobrara como único
impues to de D ~gi.i e llo en la Provin ·
-cia de Ca!.anare y en la Jefatura Ci ·
vil y Mi litar del Meta, $i 1-00 oro por
cada res bovina que se mate e n las
cabece ras de los ' M unicipios 6 Corre.
gimie ntos .
Art. 2.0 Por cada doce y me':lio
kil Pgramos de carne que se conduzca
3 las cabece r as de dichps Municipios
6 Corregimientos, se pagará como im .
puesto la suma d e $ 0 -20 oro. Por
cada doce y medio k i logram os d e
carn e que se introduzca d e las exp.re.
sadas /provincia y Jefatura Civil y
Militar á otros lugares de la Repúbli ·
ca, se pagar~ á las R er, tas R eorgani ·
zad<> s un impuesto de$ o · so oro.
Art. 3. 0 Q ued a libre de impuesto
el dPgü '! llo de ganado en los hatos de
las mencionadas Provincia y J e fatura
Civil y Milit11r .
Comuníq •• ese y publÍquese.
Dado en Bogotá, á 26 dé Agosto
~e 1908.
R. REYES.
El Subsecretario de Haci e nda, enCi\
rgado del Despacho de Hacienda y
íoe oro,
B. SANJN C4NO.
DECRET? N. 0 865 DE 1908
( 1 9 DE AGOSTO)
sobre gradu ac ión alcohóli : a de los vinM.
El Prwilm le de la R tptíblica de Colom/,ia 1
En uso de las facultad e s que le
confiere el artículo 3.0 del D e creto legislativo
número 15 de 1905, y
CONSIDERANDO:
Qu e algunas casas importadoras de
vinos los piden de más de cuarenta
grados con el fin de adultenirlos para
darlos al consumo, y que con vinos de
es&s condicion es se perjudi ca la higie.
ne pública y á las rentas de Aduana
y Li cor~s Nacionales,
DECRETA:
Art. 1. 0 Los vinos que en el acto
del reconocimi e nto en la Aduana re.
sulten de más de diez y ocho grados
de alcohol ha ' ta treinta, pagarán Jos
derechos como si fueran bebidas al.
cohólicas, en la 8: clase de la Tarifa,
y !.i tienen más de treinta grados, que ..
dan comprendidos en la prohibición
del artículo 2.0 del Decreto número
244 de 1906.
Art. 2. 0 Al entrar en vigencia el
Decreto número 544 de 1908 continuará
en vigencia la disposición del
artículo anterior.
Comuníquese y publfquese.
Dado en Bogoti, á 19 de Agosto
de 1908.
R. REYES.
El Subsecretario de Hacienda, encargado
del De11pacho,
B. SANlK CANO. •
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1342 BOLETIN DE LA RENTAS R EORGANIZADAS
AUTO rlo fl'n "c imicn lo provi i nool do In
cueolo de Julio de r go8, de l a Admrnistrnc
ió u Grn rsl de l a R ent.As Rcorg
• nizado s. Respc nsahlc, el Ban co Cen tral.
Corle de Cumlas-Suáón 2:-.l\ tí mero
2JJ.- Bogol á, Agosto 2I de I908.
La cuenta de Julio de 1908 de la
Admini stración Gen e ral de las R e n tas
Reo rgan i ~ ada s , prs.viamente exa ·
minada ~~ or la Supe rir,tendencia de
las R e ntas F ú b lic a~, fue envia~a por
esta ú llima Oficina p ara su examen y
fen ecimi ento con nota de fec ha 17
del mes e n curso. La dilige ncia de
Regi~ tro de la Secretarfa de la Cor ·
te se ñal a el t8 siguiente como fe cha
de recibo. Fue rendida, pues, dentro
del término legal. Examinada cuida
dosamente· se encontró llevada de
acuerdo con las di sposiciones especiales
exiHentes sobre la materia y
comprobada con la mi s ma exactitud
y esmero que las anteriores . No hay
observación alguna que hace r respecto
de e lla. En consecuencia se
fenece, de una manera provisio~al
sin deducir alcance alguno, ni impo:
ner multa.
Cópi~se, notifquese y publfquese .
El Magi strado, AuRRLIO RuKDA A.
El Secretario, Cd1ldido P onltJ,z .
REMATES
El de la Renta de Licores Nacionales
del D epartam e nto del Cauca . ' anuncrado para el 22 d e Septiembre,
no se efectuará sino el d ía último de
ese mes, y el periodo de duración será
de un año y nó de dos, como se había
anun ciad o, lo que se ha ce saber al
púhlico de orden de la Junta D irectiva
del Banco Ce ntral.
Bogotá, Ago ~to :z9 de 1908.
El Gerente de R e ntas, SALVADOR
FaA!'Co-E• Secretario de la Juñta
• Directiva, Da,dd Holguín .
RESOLU ~ ION
s obre penas á defraudadores á la Renta de
Licores nac ionales.
M1izisler io de Hadmda y Tesoro.-Sución
z:-Romo de HJdrnda.-.Bogolá,
Agosto 26 de I908.
Vi sto e l oficio del Sr. Te• iente
Polltico 3 .0 de Garz6n, Departamento
de Huila, e n que hace algunas
consultas á este Des~acho por conducto
de la G e r e ncia de Rentas Reorganizadas,
y te niendo en cuenta :
1. 0 Que el mosto Ó liquido que queda
en la cucúrbita de los aparatos de
destilación después de producido el
aguardiente, no es sustancia fe rmen.
tada, pero en cambio es el resl)ltado
necesario de una destilación, y como
tál, la prueba evidente que se ha destilado;
2 .0 Que las di sposiciones del Decreto
3 39 de 190 S son de carácter
especial, y por consiguiente deben
primar sobre las de· carácter genera l,
Slt RRSUJJLVR :
1.0 Al dffraudador de la Renta de
Licores nacionales á quien sólo se le
encuentre mosto por prueba de contra. -
bando, debe aplicársele la pena seña.
lada en el ordinal 1.0 del artlculo sS
del Decreto 339 de 19os, por hallar.
se en el caso previsto en el ordina}
1. 0 del artículo S 7 del mismo Decreto;
y
2.0 No puede aplicarse la cuantía
de la fianza que establece el articulo
1 S63 del Código Judicial en relación
con el artículo 107 del Decreto B9
de 19os, porque dicha cuantía- éstá
expresamente señalada por el artículo
109 del rñismo Decreto.
Comuníquese, cópiese y publlquese.
El Subsecretario de Hacienda, en ·
cargado del Despacho,
B. SANÍN CANO.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 13 43
CO:'-l ; ULTA Y RESOLUCIÓN
.obre proccclimil'ntos en los juicios por
ciertos f¡· ~ udcs á las 1\eutas.
Múu:.tt ri'o d~ Hadmrla y Tes oro -&e•
ci/m I "-Ramo de Hacimda .-Bogotá,
Agoslo 24 de I908.
Vi ta la consulta que har;e á e~te
Despacho el Sr. j11ez Su¡:-e rior de
Rentas R eorganiza das de Ba rranqui
lla, por conducto de la Ge rencia de
R en tas, sobre algunos puntos relacio ·
nados con el procedimiento en los jui.
cios sobre dichas Rentas, y teni endo
en cuenta:
1.0 Que el Decreto número 702 bis
de 1905, anterior al Decreto núrr.ero
1,220 del mi smo afio, crea el monopolio
de tabaco y cigarr:Uos, y prohibe,
entre otras cosas, que se cu'tive aque ·
lla planta por los particulares y la ex.
portación del artículo. El segundo de
es ~ os dos Decretos grava solamente
el consumo del articulo y declara li . •
bres el cultivo y la exportación de él,
y por consiguiente los casos de frau ·
de son distintos por las estipulaciones
de los dos Decretos citados ;
2 .0 Qqe el Decreto número 883 de
1907. en su artículo 1. 0 no hace m en·
ción - de lo~Tenientes Pollticos, que
aun cuando son reconocidos como e m·
pleados púhlicos al tenor de lo dis ·
~)tiesto en el artículo 5.0 de la Ley 149
a~ 1888, están al servicio directo de
los rematadores y nó del Banco Cen·
-tral. El articulo 2 1 del Decreto legislativo
número 41 de 1905, dispone que
los defraudadores á las Rentas Reor.
ganizadas sean castigados con arre·
glo á lo que dispone el Decreto sobre
contrabandos, que es el legislativo
número 44 del mismo año, ratificados
ambos por la Ley 15 de 1905;
3.0 S egún el artículo 1.0
1 Libro
1.0
, T1tulo 1 del Código Penal, es dt l/lo
la voluntaria ó maliciosa violación de la
Ly, por lo cual se lttturre m alguna ptna,
y en un sentido más lato dice el mis.
mo artículo 1. 0 que la palabra delito
se extiende á todo acto de omisión
que apareje pena al responsable. De
donde se deduce que lo \ fraud es á la.s
Rentas Públicas constituyen ve r dadero
d e lito y de lito extraño á la Re ligi6n~
SE R ltSUE LVI!.:
1.0 El D ecreto núm P. ro 702 bis de
1905 que dó tácitamente derogado por
el núm e ro 1,220 del mismo año, y de
consiguien te no puede aplicarse aquel
D ecn::to en las ca usas po r fraude á la
R enta de T a baco;
2.0 Los Tenientes Pollticos no están
comprendidos en e l caso del articulo
1.0 de l Decreto número 883 de 1901,
y no pu e den ser juzgados por los Ju~
ces de R e ntas ni por los Jueces Supe..
rieres de Rentas;
3. 0 Los Eclesiásticos que cometan
fraudes á las Rentas Nacionales de..
ben ser juzgados por los Jueces S~J>periores
de Distrito en primera ins.
tancia , y por lo s Tribunales Judiciales
Ordinuios en segunda, de conformi•
dad con lo que prescribe la Ley 24
de 1892.
Comuníquese.
El Subsecretario de Hacienda, encargado
del Despacho,
B SA,;lN CANO.
RESOLUCIÓ:--1 NUM. 26 DE rgo8
por la cual ~;e reforma el Reglamento ~
bre la producci .}n y venta de alcohol itdo-potable.
Ministerio de H.-cienda y Tuoro.-Sem'611
I."-Ramo de H.Icimda.-Bogotá,JIIlio
IÓ de I9p8.
El Sr. Antonio Samper Uribe, Ge..
rente de la Compañía concesionaria.
del alcohol impotable de Cundinamar•
ca y el Distrito Ca pital, solicita de este
Despacho, en memoriales de fechas •
de Novien,h re d e l año pasado y 15 Ü
Febrero último, .se dicte una resol~
ción q we modifique e l R eglamento so.
bre la materia en algunos puntos que
en la práctica han presentado incon.
venientes para el fácil desarrollo de
aquella empresa.
Posteriormente el Sr. Inspector del
alcohol impotable en los Departameta.
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1344 BOLE TIN DE LAS RENTAS REORGANIZADA S
tos de Q •esa a y Cun din a marca y en
el D ist rit Capit a l rin dió un informe
al Mi ni s te ri , co n fe c h a 23 de Di c ie mb
re de l a ño pa sado, en que da con·
ceptos r azo nables e n f a vor d e los
p u ntos á q ue se contrae la solicitud
del S r. S a m per.
Po r lo e x p ues to, y tenie ndo e n
cu enta q ue para tra nsportar el al·
cohol imp o ta ble m uch a s veces se e m·
plea n va sij a s de po ca ca paci dad, y
por con sigui en t e de un vo lume n pe.
queño, incapa z d e co nte n er la etique·
ta im presa Ó litog a fi ad d e que trata
el a rt!cu\u 7 ° de l R eg 'a m e nto , por
las dim e nsion ~ s de cada letra; y
Q .. e d e c o nformi dad co n lo d ispuesto
en e l parsgrafo 3. 0 de l artículo 8.0
del mismo R egl a me nto, el G o bierno
pue de por s! solo mod i ficar la fórmula
para la impo t a bilizaci ón del alcohol,
S R RR SU&LVE :
1.0 La e ti q ueta im presa <Í litogra·
fiada de que trata el artículo ¡.0 del
R t>gl amento para la p roducción y ve n ·
ta de alcohol im po ta bl e podrá ir en
cara cteres de cin co mil íme tros á cinc?
cen t í met ro s de t a ma ño, en proporCIÓn
de l volum e n d e la va s iJ. a ·
op ' 2. a ra hacer im p o tab le el alco hol
se l e pond rá el 2 por 10 0 de metileno
y la mit ad d e l 1 por 1 oo de pi r i d ina
6 de bencina, e_n vezdel4 por 100 de ·
metilf'rTO y 1 por 100 de pi ridina 6 de
bencin a , á que se r e fier e el pará grafo
) .
0 d e l artíc ulo 8 .0 de l R e glame nto
dicho, pud iendo m odi fic a rse e sto mis.
trio en las f.:> rmas qu e lo prescribe el
parág rafo in di cado ;
3 .0 E~ta R e solu ció n empezará á re.
glr d e l 1.0 d e· Ene ro de 1909 e n ade ·
lante, p or ser la época en que princi pia
tambié n el periodo d e l nu ev o arre ndamiento
de la R e nta d e Licores nacioaales.
Cópie se y publíqu ese .
E l S ubsecreta rio d e Haci enda, en .
cargado del De spac ho,
B. SAMÍN C.tNO.
(Diar l~ Qficialnómero 13, 146).
CIRCUL A- R
de In Gober n nción d e A n tioquia r elativ a á
m a taderos p úblic os .
Número ;8o.-.-Repúblicrz rle Colom bi1-
D ep arl amml o de A'1/ ioquia.-Su relrz·
rlrz Gmera!,-/J{edellin, IJ dt julio
de I908.
Sres . P refecto ' d el D eparta mento.
El Sr. Administrador Ge ne ral de
las R e ntas R eor g a ni za da s, reside nte
e n e sta ciudad, dice e n li cio 7 , 54 3,
d e 1 1 d e los co rr ie ntes, dirig iJo ;\ e~ ta
O fi c i r. a , e ntre otrél s c osas lo sig ui en te:
" Tie nen los Alcalde s Muni c ip a les la
obligación de señala r e l lug a r do nde
deban ser sacrificadas la s r e ses que
se d en al consumo en su res p ectivo
Munici pio, desde que se puso en vi·
g e ncia el Reg lamento orgá nico de la
R e nta d e Pie les , aproba do desde el 24
d e Junio de 1905 por e l Mini ste rio de
H a c ie n i a y T es oro. P oste ri o rm e nte,
e n C irc ular d e l mi s mo Mi ni terio , pub
licada e n el D ia n'o Ojida l r ú me ro
12 ,437, de 1 .0 de S pti e mhre d e l
mismo año, se comuni c6 á los G ober·
nadores la R e solu ci ó n núm e ro 43 ,
cuya parte re s0lutiva die :
' Lo s Alcaldes y Co rre gid ores , en
donde n o existan matadtros públi os,
fij a rá n de una mane ra p r ecisa los lugares
en q•Je d e ban, en sus res pecti ·
vos M unicipios y Corregimientos, mat
a rs e las reses cuyas pieles pertenece
n á la Nación.'
" Posteriormente el Decreto 22 5,
de 20 de Febrero de 1906, se ñala al
A lcalde Municipal la obliga ción de
fij a r el lu g ar que deba-servir de ma·
ta d e ro público (véase artículo 30, nu·
mera! s.0
).
" Es esta, pues, una obligación in- .
discutible, que tuvi e ron desde ba stan.
t e ti ! mpo atrás los Alcald e s Mo.mi ci.
paJes y que han debido cumplir, de
tal suerte qne al expedir t:l Poder
E jecutho el De·creto 545, de Mayo
rl e este año, orgánico de la R e nta de
Degü ~ llo, da por sentadb que en cada
Dístritb hay matadero público, 6 por
lb menos sefialado uh · •Jugar precis-o
para que haga las ,.eces de tál."
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 131-5
Dice e l Sr. Administrador, a:femá s ,
que en mu r h os pueblos del D e parta~
mento, er . tre ellos el de llag ir, no han
cumplido los Alcal:les el debe r expresado
; y que los m11tarifes , por e sa
omi ión 6 de cuido, no pued e n s e r debidamente
vigi larlos, y se prese nta, por
tal motivo, una buena ocasión para el
fraude.
En consideración á lo ex pue s to, deben
us te:les a verigua r con mucho interés
en cuáles de Jos Mu nici pios de
sus res1 ectivas Provinci a s h a y mata dero
público, y .en cuáles nó, disponiendo
respecto de los últimos se se ñale
inmediatame nte el lugar preciso
donde dehan ma tarse las reses ; y á
los Alcaldes que no cumplan ese deber
le im po n drá n una multa de$ 10
á$ 100 oro, de acuerdo co u el a rticulo
35 del citado Decreto 225, que
está publicado en el Dia rio 0/üia/ número
12 ,593.
Si tuvieren que imponer multas, ·se
servirán dar el aviso del caso á este
Despa c h , porque conviene conoce r
los emr.>leados morosos.
Dios guarde á ustedes.
j& s Ú.> M. ARANGo R
(R~ettorio Oficial, núm ero 1,376)
RI!QUISITORIA
El '}sus de Rml,u de k1 Pro:Jind'l d! Ft'ed o11ia,
A ,Y. Jas las nutoridadcs de la República
RACK ~ADER:
Que por este Ju?.gado se ha declarado
con lugar á formación de causa
criminal con ra Rufino Garc{a, por el
delito de fraude á la Renta de Taba.
co, y que como se ignora el rarade ro
de dich o reo, se suplica á las autori ·
dades del orden Judicial y Admini trativo
la captura del mencionado García
y su remi sión á este Despacho.
Garcla es h ijo natural de Mercedes
Garc!a, soltero, de veintiocho á tre inta
años de edad, agricultor y C. A . R .
Es de color blanco, bigote mono, alto,
delgado y viaja con una muj e r llam!\da
Ma 1 fa Criselda Restrepo.
Fredonia, Julio 1 S de 1908.
El Juez, ]tts ús M. SALAZAR-EI Secreta
io, José S. Monloya .
..
REQUISITORIA
El jutz Proviru ia/ dt Rmlas R torg_¡m·zadas
dt Ntiva,
á to as las autoridades administrati.
vas y judiciales de la R epública._
EXHORTA;
Para que en obse'luio -de la buenel
marcha de la adminbtración de justicia
y en benE' ficio d e las R enta5
Reorgan izad a s de la N ación, se sir·
van averiguar por el parad e ro de l ~in.
dicado por fraurle á la R e nta de Pieles,
ADAN GARC ES, y hallado que
sea, capturarlo y remitirlo á este Des·
pacho. El fraude lo cometi .) e n esta
ciudad, d oorle sacó gula para benefi•
ciar u 'l a res hembra, colP'rada, el 23
de F e brero de 190 6, y se au sentó sin
entregar la piel.
No exi te fi lia ci6n por no haber
sido hallado en elo te territorio.
N eiva , Agosto 24 de 1go8.
CARLos A. P&~AGos-Bumavmltlra
Días R., Secretario.
REQUISI TORIA
El Juta Pro vli¡ r;,,¡ d~ R m lns d~ Amóale-ma,
.}fonda y Líba•1o,
á los Juece< Provinci a le s d'e R e ntas y
á todas las autoridades d e l orde n polftico
y judi cia l,
EXH ORTA:
· Se sirvan dictar las :n ed id a s del
caso á fir. de lograr la cartura de los
sindi,ad ~. s por fraude á las Rentas
Reo rganizadas, Vicente H uimo s, Vi·
c e nte V e rgara, S a lvador Zuluaga,
Jo~é Lozano (Lucu a ra) y Danie l Carvaj
1, cuya com L.arecencia no se ha
podido lograr, motivo por el cu a l no
existen fi li11ciones ni datos de ninguna
clase relativos n la vecindad de los
individuos nombrados.
Se r e cu erda á la autoridades el
deb~r qu '! le s 1m pone el artículo 1950
del Código Judici a l, y á los dudada•
nos, el deber de denunciar á las autoridades
el paradero de los d !raudadores
expresados.
Dada en Honda, á 26 de Agosto de
1908.
El Jue z, MrLClADRS GARAVI TO S.
El Secretario, Carlos Mací.11.
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CUAlmO que ma.ntñ~ta e1 &Sb1o de los oogooios que oursa.n en él Jtng-a.1o Pro11ncial cfé R9nhs d9 la.
Intendencia. del Putumayo, en el mes de Julio de 1908.
OFICIO.
LUGAR DEL FllC Jl~ DEL
FRAUDE. j CARGO. .\ SUNTO.
OBSERVACIO ' ES. INICI ACIÓN.
E TADO DEL
VECii'(DAD. FRAU DE.
-- ----------- ---- -- - -----¡ 1 -- --- ~ ---- ---- ~ ~ u3pcndió el~
: . sodeljuicioyse lev an
. . r ó e· .1 ~ ¡'Sepbre. 20 de ~ M 1 Sept1embre ) S d'd ltó el depósito de ci,.~- 1 V1ctor Josa .•••• Negoc1ante ga rase.. ... 1garn los. 0
1
oc oa ...• ) d 0 \ us pen 1 o • - .. .11 d r-d
1 19 7· ----· 2 0 e 19 7·) ¡r r' os por oren e
,
1
sr. Admor. Dcpta l. en
. . . . . . oficio número 1,2g4.
Severo Varga s .. Agncultor. Con da gua .. .. Tabaco ...... .J J umo J 5, 1go8 .. Mocoa . . . • ... . . • . . . • . En wvest •gac10n l
. 1 1 , suma ria .•••. . 1
Ignacio Juaqui •. Agricultor. Condagua . . .. Tabac o ..... •• Junio 15 , 1908 .. Condagu a • . . • • . • . . . . En investigación !
2
3
4 Miguel Vel usc o. E m pic ado • Yunguillo . . Degüello y
, 1
1
1
• sumar ia .••... 1
Pieles •••• Julio 4, 1908 .. Condagqa • • . . . . . . . . . En in ve ligación
5
7
' u maria ••.•..
Hermógenes Ga
viria .••• - ... Negociante San la Roso .. Degüello ...... Julio 13 , 1908 .. Condag ua . . . . . . . • . • En investigaci ón
Introducción ~ 1 sumaria.- ••. -
Jesús López .... Empleado. Mocoo .. .•.. de carne sin Julio17 , 19o8 . Mocoa... •. . . . . .. . . . En in vestigación
guía. ' u maria.... . . En com isió n ...... .
Ignrdo Juaqui ... Agricultor. Condagu a . ... Pieles .... . .. Julio •g, •go8 •. rondagua . .. . .. -.--- E.o investigación
sumaria .••...
Mccoa, Julio 29 de rgo8.
El Juez de Rentas, HauóGJN&S JwÉNxz R. El Secretario ad hoc, Fllix M. Vargas.
1
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGA MZADAS 1347
CUADRO del movimiento de sal marina en los alm acene s
de Antioquia, en el año de 1907 .
J!X ISTEI\CI A
1907 E KISTE:995 524 ... ...
Novie mbre ... 9,471 2,6oo 12,071 55 8 ..... .
Di ciembre .... 11,513 1,55 0 13 ,063 842 ..... .
..... .. o .. .. . ... ··· ··· 12,22 ' ---- --- -----
Totales ..... 48,550 20,803 69,3 5 3 11,1 4 5 ' 2, 22 '
F. l ContaJor,
Bogot.i , Ago ~ to de 1go8.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1348 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
DATOS ESTADISTICOS
Movimiento de sal marina en los almacenes de la Costa
Atlántica, en el segundo semestre del año de 1907.
vi ... < ~ vi
1
- :;;¡ "'¡...., ~ ~ ~
ALMACENES ~o. g 1"' "'"' ~ ;,; ...: bll> z ;=¡ .. :::> - "'f -----
S ruos. Sacos. Sacos . Sacos. Sacos. Sacos .
Barranquilla.~. 6,115 76, 773 82 ,888 23,456 23,190 36,242
Cartage na ... . 7,66~ 45,037 52 ,701 21,963 r,8oo 28,938
Santa Marta .. . 135 8,098 8,233 259 7,674 300
Valle de Upar so 345 395 293 ...... 102
Riohacha ...... - 525 38 563 34 346 183
Q•Jib dó . . . . ... ... 481 ...... 481 481 ...... ......
C1é naga ........ 109 3,073 3,182 1,367 1,71 ( 104
Funseca .•. ·1 91 74 165 42 ······ IH
-
T otales .. ... . , 15,170 133,438 148,108 47,885 34,721 66,002
El Ce ntador, J . C. RooRÍGUHZ.
Bogotá , Agosto de 1908.
Importaciones de artículos cuyos dereahos cobra el Banco
Central, en el segundo semestre de 1907, en el Departamento
de Nariño.
1 FOSFOROS DE PALO. BRANOY.
1907. -
Cajas. K i los. Cajas. Kz1os. - -
Julio ..•.•... . •...... 54 819 ... ... . .....
Agosto ............ 46 423 ...... ......
S eptiembre .... .. . 96 1,567 10 288
11
O ctubre ......•.... . 1 17 1 55
Noviembre ... . ... ······ ...... ...... . .....
Diciembre ... . ..•. 72 1,193 4 -~-, ------ ------
Tutales ....•. 26g
1 4,019 15 618
Bogotá, Agosto de 1go8.
El Contador, J. C. RooRÍGUJ!Z,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Importaciones de artículos cuyos derechos cobra el Banco Central, en el segundo semestre de 1907.
Departamento de Bolívar . .
TA BA CO, FÓS FOROS DE PALO CI GARROS. CIGARRILLOS, PI CA DURA, DRA NDY. LICORES VARIOS, ¡
1907·
BulloJ . Kilos Cojas. K ilos. Cojas. Kilos . Coj~:_l K 1los-_ Coja.s. KJ!or. Caj as'_ 1 J(J~r'_ Coj •r-1 f(, /1)¡:_ 1 ----- --- -- --- --- -- --- ---
Julio .... ..... 465 5,5 • S 100 1,95'i 2 25 6 237 JO 6 10 ..... ······ ... ... .... .
~gas to .. .. ... ... 33 M6o JOO 4¡4 04 J so ... ... ..... . 20 1 ,~6 0 ... ... .. ... J J30
epttembre .. 285 J ,779 95 1,570 ...... .... . 4 154 .. . .. ... 29 1,242 . ..... . ... ..
Octubre ..... .. .. 264 2,027 JI 1,476 ....... . .... . ... .. . . . ... 20 1,270 1 JO 4 IJS
Noviembre ..... 2?. 1,020 JO Sao ··· ··· .. .. . 6 193 JÓ 915 1 s6 6 J17
Diciembre .... So J ,iJS 100 1,339 4 44 ······ ...... ~~~ 1 28 ..... . .. ... -- --- --- -- -- --- --- --- --- --- --- ---
Total es .... 1,149 23,536 6s6 11,544 9 119 16 584 86 S, JIO J2 1,356 IJ 782
1
Departamentos de · Atlántico y Magdalena.
1
Julio ... .. ........ 1 10 sos 7,645 .. ... ·· ·· ·· 154 6,014 ······ ··· ··· J50 7.640 25 769
Agl~to .... .. .. . ... ... . ... .. 2t, U J ,C9~ ··· ··· . .... . 112 4-575 ···· ·· ..... 5 ¡ tn 15 6J4
Srpttc mbre ..... .. . . .. .. . 578 8 . .z sz 4 111 221 8 955 1 4 170 J ,220 55 1,4JÓ
o~ tubr~ ... ....... ... ... ... JO 7J3 J 120 205 8,825 ... ... ·· ···· 2 247 94 J,6oJ
No viembre .. .. . ···· ·· .. .... JOS 2,550 ······ .. . .. a7 8 6,J42 . .... . . ... .. 22 911 14 J94
Diciembre ..... ·· ···· ... ... 119 2,Ó4Q J 154 105 4.J ~ 8 4 215 151 J,192 157 4·J•9 --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- - -- ---
IO,J871 Total es .... 1 10 1,537 24,923 10 J 85 975 J9,C99 5 219 7CO 15,972 J40
Bo~o t A, A¡osto de 1908,
El Contador, ¡. C. Rot>IÚGUBZ.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Importaciones de artículos cuyos derechos cobra el Banco Central, en el segundo semestre de 1907.
Departamento del Canea.
1
DRANDY. LICORES VARIOS. F6SFOROS DE CERA. PICADURA.
'6""" "' "'"·1 1 90 7· - -
f¡oja s. Kilos. Cajas. Kilos . Cajas. Ktlos. Cajas. K1 /os Cojas. Kilos. ----------- --- --- --- --- - - --- ---- ---- -------
Julio ... .. ... . . . .... .. .. .. ... , .. .. ... .. 1 12 8 198 .. . ······ ... ... 37 1,185
Agos1o ............ - .. .. ... .... ......... 4 271 10 187 ... , .. . .. ... . ..... . ..... 22 576
Septie mbre .. · .. .. ...... ···· ··· ··· ······ 5 322 1 6o 36 2,556 ... . . 5 12 741
Octubre .. ... ........... ......... ..... . 4 148 6 125 2 a6o 10 746 40 3001
Noviembre ... .. .. .. ·· ······ ····· ·· 6 424 3 So 3 240 6 322 24 a,5zz
Diciembre ... ········· ....... .. ... 26 2,277 20 1,371 2 l44 . ..... 9 l H 6,567 ---- --- --- --- --- --- --- ---- ---- ----
Totales . .. ... ..... .. .. 46 3.454 48 2,021 43 J,IOO 16 r,o82 2$ 6 13 ,592
Dtlpartamento de Sa ntander. 1
F jsFOROS DK PALO. DRANDY, LICORES VA RIOS. CIGARROS
TABACO
EN VAR IAS FORMAS.
1 9 o 1·
Cajas. Kilos. Cajas. Kilos. Cnjns. K•los. Cajas . Kilos. Caja s. K1los. ---- --- --- ---- --- --- --- --- ---- - -- Julio ........ . ..................... . ... 73 1,284 14 147 4 36 ... ... ... .. 1 3
Agosto ......................... .. ...... 40 756 JO 288 ...... .... . 1 21 ..... . . .... ..
Septiembre ...... .. ........... ......... 26 1,235 53 sos 14 638 ... ... . .... 1 14
Octubre ............................... 26 583 2 46 6 126 ..... . ..... . ..... ...
Noviembre .. .... ...................... 17 511 81 2,017 : 1 'l~ ... ·; 1 ·;; ·· ·· 1 ..... Diciembre ......................... . ... J5 • 396 $ lOO ··· ··· ...... --- --- --- --- ------ ----- --2 -,-7 1 Totales ............ 197 4,765 185 J 1 10J 24 • 1,115 2 71
Bo~otá, Aeosto de 1908. El Contador, J. C. RODIÚCU.Ii:l..
-.....
V. o
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Importaciones de artículos cuyos derechos cobra el Banco Central, en el segundo semestre de 1907·
Distrito Capital y Departamentos de Cundinama1·ca y Quesadtt.
~
llRANDY. LICORES VARIOS. CIGA RRILLOS. CIGARROs. FÓSFOROS DE CERA FÓSFOROS DE PALO PICADURA.
19t 7.
Cajas. Kilo t . Cajas. K tlas. C•j~.-~~:_ Cojas. K tlos. Caj as. Ktlas. Cnjas. Ktlas. Cójl: 21 $ r2 ,659 6o 2
, 2 10 " 8 8,938 20 2
, 3 1 1 " 6 2,192 97 5
" 4 1 1 , 7 3,031 o 8 4
" 6 15 " (2 5,368 36 3
" 7 19 ,, 16 14,354 ¡6 2
, 8 14 " l l 10,941 90 3
" 10 9 " 7 1,949 2 3 1
, 1 1 24 " 22 12,177 ¡o 2
" 13 8 , 7 2,730 1
" 14 1 3 " 9 2,170 3
" 15 t5 " 14 6 ,461 07 1
" 16 1 1 .. 10 15,892 1
., t 7 9 " 8 J . J41 38 , 18 21 " 19 10,063 21 2
" 21 17 ., 16 6,850 70 1
" 22 15 " 12 12 , 572 17 3
" 24 10 " 10 9 ,603 23
" 25 13 " 1 1 5,009 58 2
, 26 17 " 15 9,533 77 2
" 27 13 " 11 7.479 26
" 28 20 " 19 8 ,084 03
" 29 14 " 13 4,859 74
, JO 12 " 7 5,840 4
,, 31 5 " 4 1,917 .., - ------
Totales~ 349 Documentos . 5 295 $ 184.520 94 49 ¡;¡;¡;¡¡;;¡
RESUMEN:
5 Documentos por valor indeterminado.
295 Documentos por valor en oro por$ 184,520-94, al
10,000 por 100 ............................. . ....... . $
49 Documentos por valor en papel moneda corriente.
Totales. 349 Documentos . Valor to tal e n papel moneda ....... $
=
Barranquilla, Julio 31 de 1908.
Valor doto&.
p.m o.
$ 263 ,0 00
14 -775
36 ,900
314,877
21 ,000
29,834
74 000
4 .500
8,000
2,000
63,466
2,490
4,000
1,soo
6,694
10;000
31,820
14 ,000
23,800
10,000
1,500
2,500
14,300
13,000 ---
$ g67,956
18.452,094
967,956
19-420,050
El Expendedor oficial, Lu1s FILIPK MoaiNO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1356 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
CUADRO ESTADISTICO
de los do cum entos privados para los cu ales se anularo_n estampillas de
Timbr e Nacional en Medel lin, durante el mes de Julio de· 1908.
lo ~e t.rnun do EN ORO. EN P AP EL MO~EDA, -- -
MES . ~ ~ ~ ~ ~ 1
~ ... ...
" " " " ~ ¡; :. :. Valo r.
;:: ¡¡¡
Valor.
~ ~ S:: ~ ~ ~ ~ ~ .!'; -- - - - ----- --- --- ----
$ $ - $ S l $
1 Julio l. o ... .. . .. . 2 2,$00 ... 5 ... 20 546 ,219 10 10 87
, 2 .. . 1 1 1 2 , 000 .. . 4 .. 21 229,33 .. . 4 55
1 , 3 .. . .. . .. . 5 1.950 J 90 lO J86,,~o .. 7 72
, 4 .. ... .. . 3 s o o ... 1 .. . ;~ · 1 2J8, 271 91 4 7J , 6 .. .. . .. . 2 1,240 .. . 2 48 9 2$6.129 10 5 09 , 7 .. . .. . .. . . .. ... .. . .. . .. . ¡6 158,zlí o 21 3 12 .. 8 .. . ... 4 2.780 ... 5 56 2J 71Ó ,440 os 14 JO , 9 .. 2 2 5 6 ,550 ... IJ lO 14 451 ,726 41 9 . .
, lO . ... .. . ... . .. .. . ... .. . . .. 12 1og,5u 47 2 13 , 11 ... ... 4 1,900 .. . J So 8 11 9,J09 6o 2 ,36
, IJ ... 1 1 J J,oo5 JI 6 01 24 495, 285 45 9 79 , 14 ... .. . ... 2 6 ,ooo .. . 12 . .. 14 2 20. 411 SJ 4 J9 . 15 .. .. . .. . 2 160 ... .. . J2 27 6 o ¡,86S 57 12 07 , 16 .. . ... .. . 2 1,500 ... 3 .. 24 s 65 , 187 11 1 1 24 , 17 .. 2 2 2 6oo .. 1 20 2J 1, 1,2,1$) 40 22 97 , 18 . .. .. . . .. 4 13 ,630 .. 27 26 2j 694.442 18 13 89 .. 20 . .. . ... ... ... .. .. . ... 4 179,165 .. . 3 s8 , 21 . . ... ... .. . . .. .. . ... .. . .. . 24 8 z4, 724 03 16 40
" 22 .. 2 2 1 100 . .. ... 20 2J 604,379 JO 11 97 , 2j ... 2 2 .. . . ... .. .. . .. . ... 2~ 409.5•9 25 8 13
" 24 . .. ... ... 3 2 , ~7 8 65 5 15 JÓ 1.2¡0,921 OJ 24 72
" 25 .. ... .. . 5 J$ ,6¡8 77t JI JS 21 J 92. 799 18 7 J6 .. 27 1 1 J 8,670 75 J 7 JI JI 1.009. 174 o8 19 68
"
28 . .. 2 2 1 6o ... IZ IJ 603.746 6 o 12 os .. 29 ... ... ... 2 6 ,o 65 so 12 IJ J3 t.57o, 11\o 65 31 49
" JO 2 2 5 6,38 ~ 52 12 76 J5 9 28,984 43 18 26 .. JI ... . .. . .. J 1, 250 .. 2 so 3 886,881 JO 17 66
Sumas .. -r~ ~ ~
-------
110 ~ 1,558 ------ ----
8$,103 s ol 15 6o6, 77o 84 J09 52
RESUMEN
15 documentos d e valor ind eterm in a do.
64 documentos en oro,$ 8S , IOJ - So t . .. . . ...... .. .. ...... . ...... $ 8 SIO,JSO so
558 docu tnentos e n papel moneda ....... .... .... .. ..... .. .... ..... 15 .6c 6.no 84
~~===T=o=t=a1==6J=7==d=o=cu=m=e=n=to=s=V==a=lo=r=e=n=p=a=p=e=l =m=o=n=ed=a=.= .. = .. =· ="=·= .. =·= .. = .. = .. =· = .. =· $==-=-2=4-·:J:I=7-,=I-2:I:J:4==~
El Admin.istrador Municipal d e Timbre Nacional,
LUIS TOBÓN Uttia&.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
BOLETIN DE LAS Kh"-rA ' REORGANIZADAS 1357
-~
TIMBRE NACIONAL
MOVIMIENTO DE DOCUMENTOS PRIVADOS EN EL EXPENDIO ESPECIAL DE
BOGOTÁ, DURANTE EL l\fES DE AGOSTO DE 1908.
Fechas. N. 0 de dots. Indeterminados. Oro. P.M. V. en papel moneda.
Día 1 o 42 " 6 36 $ l. 187,22I
" 3 64 , 7 57 3·546,170 90
, 4 39 , 4 35 798,272 6o
" 5 59 " 3 56 1.637,722 10
, 6 57 7 49 1.541 ,o 10 15
" 8 82 6 75 1.935,.684 ,, 10 55 , 5~ so 1 ·903,742
" I 1 54 , 7 47 977.590
., 12 56 " 13 43 1.206,222
" 13 55 , 6 49 1 025,528
" 14 70 17 52 1 862,305
., 17 62 , 7 55 2 103,007 35
" 18 6 1 " 19 42 1.179,856 57
" 19 47 3 9 35 913,560
" 20 JC.) 8 30 772,769
, 21 58 , I7 4I 1 ·495 .907
" ~2 48 " 6 42 l . 176,343 35
" 24 40 2 4 34 1 · 504,726 so
" 25 41 " 2 39 760,753 95
" 26 59 " I3 46 1.0.¡¡,651 JO
" 27 58 I9 38 925,054 8o
" 28 44 " 9 35 1.298 , 710 6o
" 29 46 , 7 39 954,692 25
" 31 75 " I6 59 1.907,599 45 --- Totales 1,3 1 1 10 217 I,084 $ 33.66I ,999 87 ......
RESUMEN:
10 Documentos de valor indeterminado.
2 17 Documentos de valor en oro,$ 352,138-69 ... $
1,C184 Documentos de valor en papel moneda ........ .
T ot ales 1 ,JI 1 Documentos. Valor total en papel moneda ••. $
a;;;¡¡;;¡g;;;
Promedio diario de documentos en oro ................. .
Promedio diario de documentos en papel moneda .... .
V. en oro.
$ 3,479 6o
7 ,93B 28
J ,2 57 •••
996 . 25
9,717
7.732 IO
2,802 56
3,315 os
11,042 55
5 019 47
II3,742 70
32,055 73
Il ,2 77 40
22,278 50
19,556 73
1],583 29
2,210 os
2,350 40
347 55
23,404 87
8,137 84
20,9'82 13
2,930 6s
21 ,980 99·
$352,138 6g
35.2 ( J ,869 •••
33.66 ( ·999 87
68.87 5,868 87
9
45
Promedio total diario........................... 54 d ocu mentos. ------ Promedio diario de valores en oro,$ I4,672-45 .... .. ... $ 1.46 7,245
Promedio diario de valores en papel moneda................ 1.402,583
Promedio tota l d iario en papel moneda ......... $ 2.86g,828
Bogotá, 31 Je Agosto de Igo8.
2 El Expendedor especial, Lu1s F . Toaaxs E.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1358 BOLETIN DE ~AS RENTA~ R E ORGAI\IZADAS
TIMBRE NACIONAL
, Estadística del número y valor de los dr cumentos registrados
durante el mes de Julio de 1908, ea l os Departamentos de
Cundinamarca, Quesada y Di s t rito Capital.
1 NUM ERO DE VALOR \ ALOR fN
VAl.' tt EN O't10 , PROVINCIAS. DOCUlllEN TOS. rNDETERllfiNADO. PAPEL )!ONEDA.
--- -- --- -- ---
Distrito Capital .... . 41 • • .... • o ...... .. $ 379,600
Chocontá ............ 57 1 $ 747 20 246,ooo
Facatativá ........... 171 1 IQ 73 2.754,175
Girardot ....... , ... ... 85 1 127 ... 2 .4 30.470
Guaduas ........... .. 6 7 1 888 75 91,500
Guatavita ........... . 4~ ...... ··· ··· ... 434.145
Guavio ... . ........... 124 ...... 226 50 976,592
Oriente ............ .. . 193 ..... . ... .. . ... 1.093,055
Rionegro ... .. . ...... 28 ... .. . 1,778 12 27,800
Sumapaz ... .. ······ · 5 I ······ 1,545 90 338,323
Tequendama ....... 74 ······ 665 ;¿5 2.051 ,9 79
Ubaté ................ 145 ...... 346 ... 890,090
Zipaquirá .~ ... . ...... 113 1 7.395 43 587,790
----- ------
Totales ......... . 1,197 5 $ 13 ,730 88 $ 12 .301,519
•NoTA-En el Distrito Capiool no está inclu id a la ciudad de Bogotá.
El Administrador D epartamental, E. P IESCHACÓ N C.
Bogotá, Septiembre de 1908.
~~~
RESOLUCION N .0 27 DE 1908
SOBRH. TIMBRH. NACIONAL .
Ministerio de Hacienda y Tesoro -Se(ciÓn
I:- Ramo de Hacimda. -Bogo/á,
Septiembre 2 de I908.
Por conducto de la Gerencia de
Rentas Reorganiza:ias, se ha consul.
tado á este Ministerio si necesita nue .
va anulación de estampillas un docu
mento por pape l mone da que por
convenio entre las partes se convierte
en oro antes Ó d espués d e l plazo se ñalado.-
Para r esolver
SH. C O N SIDRR~ :
1.0 Que de conformida d con los
artículos 168 7 y 1690 ( in c iso 1.0
) d d
Código Civil, hay verdadera novación
de contrato cuando por vo luntad d e
las partes se sustituye c o n una nu e va
obligaci ó n otra anterior, aun cuando
no haya cámbio en las personas que
intervinieron en el contrato ; y
2 ° Que e l cambio de una obl igación
d e pa r el moneda por oro 6 de
oro por papel moneda renueva la ant
e rior obliga ción,
SE R&SURLV&:
En los documentos privados de deb
er, c •1yo val or se exprese en papel
mo neda y que JJ Or convenio entre las
parte s se c o nvi er ten en o ro, así como
en a que llos en que se convie rta la
deuda de moned a d e oro por papel
moneda, y en general, en todo caso
en qu e haya novación de contrato, se
adh erirán y anularán las estampillas
que e rrespo n da n al valor íntegro del
nuevo docum e nto, de acuerdo con las
disposiciones que rigen sobre el particular.
Co muníquese y publíq uese.
El Subse c rf:tar io de Hacienda, en.
carga do d e l D espacho,
B. SANÍN CANO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
BOLgTJN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1359
AUTO ~UM S: RO 67.
Gtrm(fiz de Rentas -Bogoln, Agosto I7
lit I908 .
AUTO de observa · iones á la cu ' Ola de
Junio de 1gct!l, d In dminisLración D eparLamcnlal
de B ll"J r.
Reci b ida 6 su deb ido ti e mp1 la
cuenta de la Administración D epa rtamenta
l de Bolívar, correspon di e nte
al mes de Junio ri e l corri e nte añ o, de
que es re~ponsable el Sr Augusto
Tono, se estudió detenidamente y se
le observa :
1 .• No so anularon las e stampi llas
en las cuen tas y recibos que ti continuación
se e xpresan :
De Ignacio Iriarte G., por$ o-so;
de Elfa s Ma uzur, por $ 4, por alquiler
de una ca sa en Tace mocho ; de
Bias Polifr o ni M ., por $o-so; y de
Jes6s Uribe, por $ o-so, p o r acarreo
en Tacamocho .
En la Prov1iJct'a del St"mí. De Adolfo
.Agames, por $o-so, arriendo de un
local; de Rafael Alvare:~~, por$ 6.
En la ProvrilCia de Carlagma : De
Robe rto Pinedo, por $ o-so, arrendamiento
de un local ; de F. B. Henríquez,
por $ 1 o, alquiler de un local
en Calamar; de Paulina de Giral,
por $ I 5, alquiler de un loc..al; de
Lach Hermanos, por $ 2-50, valor
de \lila lata de petróleo; de J. A .
Riaño, ge. $ 2, suministro de agua ;
2." Fal@ comprobar los ingresos
por giros de esta Administración y
los egre"S os pcr giros de esa Oficina.
En general, toda operación descrita
en los libros dehe tener comprobantes;
lo s que se tratan en esta ohservación
deben ser la constancia de haber
consignado el valor de los git·os,
cuando sea un movimiento de caudales;
el talón de la letra, copia del telegrama
ó de la nota en que se haya
pedido el pago, cuando sea por gastos
en las Rentas ; y cuando sean pagos
por giros de esta Administración
General, con el recibo del interesado ;
3. • Debe remttir todos los comprobantes
por ventas de sal, y no solamente
las liquidaciones como se ha
hecho, pu es estas últimas no son suficientes
. El comprobante es el talón
en que consten todas las condiciones
de ve nta y debe estar firmado po r el
inte resado ;
4." La suma de Ingresos y Egresos
de la. Relación está errada en
l ~s cantidades que forman lo s derechos
de importaci6n, pues sumaron
$ 11 ,059-60, y la suma no e sino
$ I 1,054-60; y
5." La suma de $ 35S robada en
la Agencia de J es lis del Monte no
tiene comprobante ; apenas en esta
Oficina aparece que fue robada esa
suma y se sigue el juicio en averigLiaciÓn
de tal hecho, pero no ha debido
hacerla figurar como gasto, por
lo cual los que ocasionaron la Renta
de Tabaco no son $ 684-98, s:no
$ 329-98.
Debe sentar la contrapartida del
caso á fin de que esta cantidad de
$ 3S5 figure como existencia en la
Agencia.
Se fen e ce provisionalmente esta
cuéhta con un cargo de$ 44,655-r4,
como producto de las Rentas, y con
un abono de $ 9.416.-5 I por gastos.
Cópiese, comuníquese y pubHquese.
El Contador, J. C. RooaíGu n .EI
Auxiliar, Tomás Carrasquilla H.
AUTO NUMERO 68.
Gerencia de Rentas-Bogotá, Agosto 22
dti908,
AUTO de observaciones á la cuenta de
Mayo de tgo8 , de la Administración De partamental
de Nnri ño.
La cuenta de la Administración De·
partamental de Nariño, referente al
mes de Mayo último, de que es res ·
pon sable el Sr. Salomón Hurtado, fue
presentada á esta Oficina en oportu·
nidad, y del estudio que de ella se ha
hecho resultan los siguientes reparos :
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
136o BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
ProvlÍma de Ttíquerrts .
r. 0 Los comprobantes de ingresos
por Renta de Timbre dan S 59-03, Y
en la cuenta figuran$ 284-10 plata;
2,0 La Renta de Pieles produjo, se .
glin los comprobantes,$ 50-79, yapa
recen en la cuenta $ 5 1 -o 5 ;
3. 0 No hay comprobante de haber
pagado $ 6 á César Salazar, sueldo
eventual como R eca udador de Piel es ;
4,0 Dejaron de anularse las estampillas
de los recibos de Celso C . Henrfquez
y de Eloy Saldaña ;
5.° Fal tan las firmas de los inte re ·
sados en la nómina de íos empleados
en el mes de Abril ;
6.0 El recibo número 6 de Y as·
cual apare'=e por$ 0-7 5, debi e ndo ser
por $ o - 66, pues eso es lo que valen
6 libras de piel á$ 0-11.
Provincias de ]uamimM y Cruz del MO:Jio.
( Abrz'l y Mqyo)
7,0 ,Faltan estampillas á los recibos
de Toribio Silva, Ismael Martínez, Ismael
Ruiz, Juli á n C. Jaramillo (4 re .
cibos), Arcelio Rodríg uez, Alejandro
Figorera, Pedro A. G ómez, Manuel
Ortiz, Agustín Ortiz (2 recibos), dregorio
Ordóñez (3 recibos), Martín
Fernández (3 recibos), Julio Arciniegas,
Wenceslao Cabrera (3 recibos),
Eladio Ordóñez, Evangelista Espino-·
sa, Francisco Bolaños (4 recibos), Be·
nedicto Acosta, Ricardo Gómez, ARiceto
Muñoz ( 2 recibos), Faustino Ortega,
Romelia Pantoja (3 recibos) ,
Peregrino Daza, Felipe Bolaños C.,
José Ortiz y Antonio Ordóñez.
No vino la di igenr.ia de visita de
esa Pro vincia.
Provz'ncia de Núiiez.
8.° Falta el comprobante del producido
de la Renta de Timbré.
9.0 Dejaron d e anularse las estampillas
de la n6mina de los empleados
del Juzgado y del recibo por suminis·
tro de útiles de escritorio del mismo
Juzgado ; y á más las de los recibos
de HermógPnes Hurtado, José Vicen·
te MJrillo, Pastor Prado, Raimundo
A . Quifione~ Ram6n Mora (2 reci·
bos), Victo riano . evillano, José Vi·
· cente Murillo, Emilio . Quiñones, J.
Suá rez , Fra ncisco Falla (2 recibos),
Alcibfades Olaya, J U Suárf'z (2 recibo.
), Miguel A. Alvarado ., Ale.
jandro Rosero. M A Pinillos y Ga·
briel Molin e ro:. .
Provindfl de Obat~do.
1 u. Faltan los manifiestos de la introducción
que hizo Efrafm Narváez,
de 2 1 botellas d e cognac ;
1 1. Carec e n de estampilla las cuen.
tas de Telésforo Chave~. Luis Flórez,
Ramón Bu ~tos, Sam 1el Orellano,
Máx :mo Ruiz, Salvador Ortega, Celia
Rosero y Eloy Rualde, y deben lle·
varia porque en todas ellas figuran,
además de los honorarios. gastos por
transportes, secad a de pieles, etc.
12. No h~ty comprobante de haber
pagado $ 5, sueldo fijo de un Guarda.
1 3. Los comprobantes de ingresos
por Renta de Timbre dan $ 54-45
oro, y en el Diario figuran como producto
de e ~ta Renta $ 302-52 plata.
Provincz'a de Barbacoas.
14. D ej6 de enviarse el cuadro de
mo vimiento de Timbre y falta estampilla
al recibo de Pedro S Murillo.
Provincia de Pasto.
15. Según relaci 6 n recibi.Ja se vendieron
en Pasto, durante el mes de
Abril, 580 pieles por valor de pesos
2,136-16, y no h ay comprobante de
este ingreso, como tampoco de 10
pieles vendidas en Sandoná por pesos
27-70;
16. Vinieron sin la tstamp illa correspondiente
los recibos de Pío O bando,
de J. Galvis, de Manuel E. Erazo,
de Luis Felipe Ca lvachi, de Julio In·
suasti, de Salvador lnsua~ti y la cuenta
de Angel Figueroa ; y los expedí.
dos en el Tambo por Juan BurbanoRafael
Delgado y Fidel Noguera ;
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS (36t
17. El egreso por S 0-20 por Ren ·
ta de Ta haco, en Tambo, no e!.tá comprobado;
18. Ha y un recibo expedido en Peño!
por 3-20, valor del fl ete de una
caballería, que no tiene firma ni estampilla;
19. Falta estampilla al recibo expedido
en Yacuanquer por Eleuterio Navarro;
al Kpedido en Florida por José
Vi Ilota; á los expedidos en B rtesaco
por Buenaventura Figueroa ( 5 reci.
bos); al expedido en Tangua por Rodolfo
J. Riascos;
20. No hay comprobantes de ingrt~sos
por Renta de Timbre; y de egre.
sos de dicha Renta sr1lo se comprueban
los de Pasto y Tangua.
2 1. La n6mina de los em¡leados del
Juzgado ~uperior de Pasto debe llevar
22 centavo · en estampillas y sólo tiene
16, y é. tas no se anularon, como
tampoco la de la cuenta ~or arrenda-·
miento del local que cura el J ozgado,
ni las de los recibos expedidos en
Sandoná por José Riascos y Pedro Be navides;
el recibo de e.te se ñor no ti e ne
sino una estampilla de un centavo;
le falta, por tanto, otra del mismo valor.
No hay com¡.¡robantes de h .ber pagado
$ 1 -80 ¡.¡o r g-astos en la Renta
de Pieles en Chachagu1.
22. Los comprobantes de ga!. los de
piele s en Bu~saco dan $ 4-20, y en
la cuenta f)g'úran $ 7-45·
La Circular sobre Contabilidad, de
15 de Noviemhre del año próximo
pa~ado, dice en su aparte 7. 0
:
"Las cuentas se rendirán en oro con
lacotiza iónoficialyapr ximando has.
ta centésimos." En los autos números
46, 47, 48 y 49, corre:.ponciientes ~ las
cuentas de los meses de En ro. Febrero,
Marzo y Abril se ha dicho al
sefior Admini ~ traoor lo mismo; pues
no solamente no las rinde dicho señor
en oro, sino que los-comprobante y las
cuentas de sus subalt rnos, rendidas
en oro, las convierte en plata para incorpor
arias.
Si después de recibido este auto remitiere
cuentas con esta irregu .aridad,
le serán devueltas para que las re·
ponga.
Queda en la obligación el responsa.
ble de subsanar los defectos apunta.
dos; se fenece esta cuenta provisionalmente
y se incorpora en la de esta
Administración General, cargándole
$4,835-30 por productos, y abonándole
$ 2,185-47 por gaMos en las
Rentas en el mes á que la cuenta se
refiere.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Contador, J. C. RoDRÍGU&z.
El Auxiliar, Tomás Carrasr¡uil/a H .
AUTO NUMERO 6g .
Germcia de Rmtas -Bogotá, Agosto :J-i
de I908.
AUTO de observaciones á la cuenta de iunio
de tgo8, de la Administración D~
partnmen~al del Cnuca.
El Sr. Miguel Angel Losada, Administrador
Departamental del Cauca,
rindió oportunamente á esta Oficina
su cuenta de Junio del año en curso,
y del examen que se ha h e cho, resultan
los siguientes reparos :
1.0 El recibo por $ 25 que figura
como comprobante del artículo 2,21 l
por gastos de una visita en Palmira,
no debe tener sino $ 0-02 en estampillas
y tiene . o- o S;
2.0 En el mismo ;.rtículo faltó la
estampilla al recibo de Faustino C.
Estela, por sueldo y arrendamiento de
local en Timbio, por$ 2- so ;
3 .0 La nómina del Administrador
de E pejuelo no tiene la firma del in·
teresado;
4.0 Tampoco la tienen las nóminas
de los empleados de Santana, Puerto
Tejada, Buenosaires, Bugalagrande y
Zarzal.
No remite las cuentas originales ni
los autos q11e dicta en el xamen de
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1362 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZAD S
las cuentas de sus subalternos, como
lo indica la Circular sobre ContabiJi
dad.
Tampoco acompaña la di ' igencia
de visita practicada en su oficina.
En el recibo número 1. 0 de la Prodncia
de Cali hay varias fir.mas y sumas,
pero no dice ni el mes, ni la fecha,
ni la ra 7.ón del egreso.
Los gastos que ocasione la Renta
de Tabaco debe anotarlos separada
mente, así como los de las demás
Rentas.
Debe subsanar el Admini s trador
todos los defectos apuntados en el pre .
sente auto.
No obstante lo expuesto se fenece
esta cuenta provisionalmente y se incorpora
en la de esta Administración General,
cargando al responsable la suma
de$ 28,473-64 por producto de Rentas,
y abonándole $ 5,687-82 por
gastos en el mes á que la cuenta se
refiere.
C6piese, comun~quese y publíquese.
El Contador, ]. C. Rooa~GuJtz.
El Auxiliar, Tomás Carrasquilla H.
A UTe NUMERO ¡o.
Germd'a de R entas, -Bogotá, Agosto 24
de I908.
AUTO de obse rvaciones á la cuenta de
Junio de 1go8, de la Administración
Departamental de Atlántico y Magdalena.
Estudiada la cuenta de la Admi.
ni ·tración Departamental de Atlántico
y Magdalena, correspondie nte al
mes de Junio del año en curso, de
que es responsa b le el Sr. J esús N avas,
se le hacen las observ;¡ cione s si guientes:
1: Faltan estampillas de $ o-o 1 á
cada uno de Jos recibos de Casimiro
Delgado, por$ 1-22, de Lui s Bnrios,
por $ 1-40, y d e Ram ón B P iñen •l> ,
$ o-90 ;
z: Dejaron de anu arse las estam.
pillas en la cuenta por $ 95-16
de The Son/amarla Rot1way Company
Lid. ; la de la cuenta or $ 949-20
de la Em~uesa de Nav egación de
Louis Gieseken , y las de los dos r~"ci ·
bo<; por $ 3-7 S del serviciv de Teléfono;
3.• La nómina del sueldo pagado á
los empleados de la Administración
no tiene las firm as de los interesados;
4 • Faltan los manifie tos y patentes
de las dos importaciones de licores
h ~ chas por Guillermo Fischer, por
valor de $ 1 7 8 y $ 1 , 1 3 7.
Quedando el responsable en la obligación
de subsanar los defectos apuntados,
se fenece esta cuenta provisionalmente
y se incorpora en la de esta
Administración General, cargá ndole
$ 57,664-22 por productos, y abonándole
$ 29,597-93 por gastos en
las Rentas en el mes IÍ que la cuenta
se refiere.
Cópiese, comun íquese y publfq·•ese.
El Contador, J. C. RooRÍGUKZ.
El Auxiliar, 7omás Carrasqttt1la H.
AUTO NUMERO 71.
Germcia de Renlas-BogoJá, Agosto 24
de I908.
AUTO de observaciones á la cuenta de
Junio de •go8, de la Administración Departamental
de Nariño.
La cuenta de Junio del afio en curso
del Administrador de Rentas de
Nariño, de que es responsable el Sr.
Salomón Hurtado, fue rendida opor·
tunamente á esta oficina, y del eAamen
que se le ha hecho resultan los siguientes
reparos :
Pt ovincia de Pasto.
No hay comprobantes de los egresos
en Consacá, por Renta de Pieles;
en la Renta de Tabaco se comprueban
egreso ;; únicamente por $ 7-45,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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BOLETlN DE LA RENTAS REORGANIZADAS 1363
cuando, según le cuenta, éstos ascendieron
á$ S2-2;.
Falta la estampilla correspondiente
á los recibos de Rodol f R ose ro, por
• 0-70; de Pfo Obando, por $ 70 ; de
Rodolfo J Riascos, por$ I-4S; de
Fidel Noguera, por$ o-so; de Buenaventura
Rodríguez, por $ 3 ; de
Medardo Guerra, por$ 1; de Ma.
nuel Marmi C., po r • 1-60; de Julio
Insuasti C., por$ o-so; de F ede rico
Galvis, por $ 2 ; y á la cuenta de José
Henríquez Ch., ~- or $ 8
Lo - ingresos por r nta dP. Timbre
no está n comprobado , pues no remitió
los cuadros de movimi ento de es.
pecics.
Provhuia de Ntí11es.
N o se anularon las estampillas de
Jos recibos de J . U. Suárez, de José
Vicente Murillo, de Primitivo Nicolta,
de E p ifanio Vale ncia, de Bonifacio
Cortés, de Manue l Eustasio, de Pedro
Marqu!ñez, de J osé Val'ejo, de Félix
Klinger, de Franci co L Caicedo, de
Francisco J. Rui z, de E uifanio Cifuentes,
de G . L. Li ede r, de Max
Hermanos, de Alejand•·o Rosero y de
M. A. Pinillos.
Falta estampilla al recibo de Ser·
gio Montafia.
Provincias de Jurmambtí y Crus del Mayo.
No traen estam pilla los recibos de
Miguel Mart(n .~?, por $ 2-40; de Romelia
P ontoja, por ' 0-2S y$ O-S2S ;
Je J. B. enríq uez, ¡;or $ 0-40 y de
Moisés Núñez, por $ 7·
Pnvtiuia de Barbacoas.
Falta la e~tam p illa al recibo d e
Arsenio G oycs, por , 7 ; al de Eucli ·
des del Valle, por $ 9 ; y á los de [-) .
rizala, por $ 2-20 y $ 241-20.
No se anu in ron l a estampillas de
la nómina dt los empleados del Juzgado
de Rerota~, y ademas ti e ne solamente
1 3 centa\'us en es tampil las, de ·
lliendo llevnr 2 2 centn vos ; tam poco
se anuló la e~tampllla de la r.uenta de
C. B ~n tlV id cs G .. por $ 6.
Debe poner á la Relación de ingresos
y egresos el mes á que la cuenta se
refiere, porque las que han venido no
se refieren al mismo mes de la cuenta
sino al mes anterior.
Aparecen en la Relación de egre·
sos gastos en la Provincia de Pasto
por$ 9S-97S,debiendo ser$ 90-975,
que es la reducción de 181-9S pla·
ta á oro.
En el artículo S65, en que abona
los productos de las Rentas, no apa.
rece el producto de la de Timbre.
Debe hacerla figurar.
En la Relación de ingre. os no apa·
rece el producto de lo recaudado por
exportaci6n de oro, y sí figura en los
artículos S63 y S6S.
Queda el responsable en la obliga.
ción de remitir los comprobantes que
que hacen falta y de subsanar las demás
irregularidades anotadas.
Incorpórase dicha cuenta en la de
esta Administraci6n General, cargán·
dote al respom,able $ S 938-s6 por
productos, y abonándole $ 1,696-34
por gastos en las Rentas en el mes i
que •la cu e nta se refiere.
Cópie se, comuníquese y publ!quese
El Contador, J. C. RooRIGUEZ.
El Auxiliar, Tomás Carrasr¡uz1/a H.
AUTO NUMERO 72.
Gerencia de Rmlas.-Bogolá, Agosto zs
de I908.
AUTO de observaciones á la cuenta de Mayo
del año en curs , de la Aministración
DeparLamcoLal de Galán, de que es respon
able el Sr. Ramón Afanador.
El Sr. Afanador rindió con retardo
la cuenta de su cargo, y del examen
que de ella se ha hecho, resultan los
siguit:!ntes reparos :
1.0 Es la única cuenta depnrtamental
que está atrasada, pues todos los
demá-; Administradores han presentado
oportunnmente la de Junio;
2.0 En e l artículo 143 del Diario
hace fal ta el c omprobante de El Olíun/.
por h r •~ mesa de $ 8-14;
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
1364 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANlZAOA ·
].
0 En el artículo 145 hace falta el
comprobante de dos pieles vendidas,
por $ 1-43 ·
4.0 El duplicado de las gulas de de.
güello no se necesita como compro·
bante; las de Cabrera vinieron en
esa forma;
5.0 En el mismo artículo hace falla
el comprobante del ingreso del pro·
dueto de sal marina, en San Vicente,
y el cuadro que compruebe el movi ·
miento de sales;
6.° Falta el recibo de los interesa.
dos á la nómina del Juzgado Provincial
de- Suárez ;
7.° Falta el recibo del Juez en la
n6mina del Juzgado de Vélez;
8.0 La partida de$ 41-82, por ho.
norarios .de Tabaco del Agente de
Zapatoca, está sin comprobar;
g.0 Tampocotienen comprobante los
$ 14-20 pagados por honorarios de
degüello al Agente de San Vicente ;
10. No acompaña á sus cuentas las
Relaciones de Degüello de que trata
el artículo 12 del Decreto número
545, orgánico de la Renta de Degüe.
llo, publicado eu el BoLETfN DE R&NTAS
número 26.
Conforme á la Circular sobre Con·
tabilidad, de esta Gerencia, laS' cuen·
tas de las Agencias deben incorporarse
con todos sus ccmprobantes, y remitir
los originales como parte de li!,
cuenta que rindan los Departa mentales
á esta oficina ; lo cual no ha hecho
el Sr. Administrador al rendir la
cuenta que se examina.
Queda el responsable en la obligación
de subsa nar todos los defectos de
que se ha hecho mención.
Incorpórase dicha cuenta en la de
esta Administración General, cargando
al responsable $ 5.424-88 por
productos, y abonándole $ 4,066-95
por gastos en el mes á que la cuenta
se refiere.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Contador, J. C. RooafGuRz.
El Auxiliar, .Luis Porlocarrero.
AUTO NUMERO 73 .
Germci'a de Rtnlas.-Bogolá, Agosto JI
de r9o8.
AUTO de observaciones á la cuenta de
Enero 1go8, de la Administrnción de la
Aduana de Arauca.
El Sr. Aníbal Barbosa, Administrador
de la Aduana de Arauca, rindió
la cuenta dé su cargo, referente
al mes de Enero del año en curso, la
cual ha sido examinada, y se le hacen
las siguientes observaciones :
1 ." N o remite los manifiestos originales,
y solamente envía unas liquidaciones
de derechos sin las firmas
del Administrador ni del interesado,
lo cual no es suficiente para comprobar
los derechos cobrados ;
2... En las liquidaciones hechas
figuran fracciones de medios centavos,
y conforme á la Circular sobre Contabilidad
no se debe aproximar sino
hasta centavos;
3: No acompaña ninguno de lo&
documentos que deben comprobar las
importaciones, como son los sobordos,
facturas consulares, diligencias
de visita á los bongos 6 vapores que
traen las mercancías, etc., todo lo
cual es indispensable;
4." Faltan las firmas de Francisco
Salcedo y Tomás Sánchez, á la nómina
de los empleados del Resguardo~
5." Falta la estampilla al recibo de
arrendamiento; y
6." No remite el contrato celebrado
por el arrendamiento del local.
Debe el responsable remitir todos los
comprobantes de que se ha hecho
mención, y subsanar los demás defectos
apuntados.
Incorpórase dicha cuenta en la de.
esta Administración General, cargan.
do al responsable la suma de, 171-55
por productos, y abonándole $ 544
por gastos en el me¡¡ á que la cuenta
se refiere.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Contador, J. C. Ronll.fGuKz.-El
Ayudante, B . Ferná11dts D.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1365
AUTO NUMERO 74
Germda de Rmlas.-bogolá, /Jgoslo JI
de I908.
AUTO do observaciones á la cuenta de
Febrero de 1908, de la Administración
de la Aduana do Arauca.
La cuenta de la Administración
de la Aduana de Arauca, referente
al m es de Febrero del presente año,
de que es responsable el Sr. Aníbal
B · rbosa, ha sido examinada detenida.
mente, y se le hacen los siguientes
reparos:
1.0 Los mismos qu e se hicieron á
la cuenta de Enero último, por faltar.
le los mismos documentos relativos á
las importaciones ;
2.0 En la nómina del R es guardo
falta la firma de Francisco Salce do; y
J.° Falta la estampi lla al reciho por
arrendamiento del local.
Quedando el responsable en la obligaci6n
da corregir los defect s arri.
ba anotados; se incorpora e. ta cu en ·
ta en la de sta Administración General,
y se le carga al responsable la
suma de$ 54-30 por productos, y se le
abona 544 por gastos en el mes á
que la cuenta se refiere.
Cópiese, oomunlquese y publíquese.
El Contador, J . C . RooR:GuKz.
El Ayudante, B. Femár1dez D.
AUTO NUMERO 7 5.
Gtren&ia de Renlas.-Bogolá, Agorlo JI
de I908.
AUTO de observaciones á la cuenta de
Marzo de 1908, de la Administración de
In Aduana de Arauca .
Estudiada la cue nta de Marzo del
presente año de la Aduana de Arauca,
de que es responsable el Sr. An!bal
Barbosa, se le hacen los siguientes
reparos:
Hay un error de $o-ro en el asien.
to 14, porque las liquidaciones valen
$ 28-91 y nó $ 28-8 1.
Debe acompañar los manifiestos y
las facturas para poder saber qué cla-se
de mercancía es la introducida y
si los derecbes están bien liquidados .
Falta estampilla al recibo de arren.
damiento.
Debe subsanar lo ddtctos apun.
tados.
lncorpóra se di c h~ cuenta en la de
esta Administraci 111 General, cargando
al rt>spo nsab le la suma de
$ 2 3 1-06 por productos, y abonando
$ 537-80 )JOT' gastos en el mes á que
la cuenta se refi e re .
Comuníquese, cópiese y publ!quese.
El Contador, J. C . RooR(Guu.-El
Ayudante, B . fi'ernándtz D.
AUTO NUMERO 76.
Gerencia de Rmlas.-Bogolá, Agosto JI
de I908.
AUTO de observaciones á la. cuenta de
Abril de 1go8, de In Administración de
la Aduana de Arauca.
La cuenta de la Admini s tración de
la Aduana de Arauca, referente al
mes de Abril próximo pasado, de que
es responsable el Sr. Anlbal Barbosa,
ha sido examinada y se le hacen
los siguientes reparos:
1.0 Por las liquidaciones que remite
no se puede saber con exactitud 1a
clase de mercan c!as que se introdu .
cen ni si e han cobrad o los derechos
conforme á la Tarifa vigente. Es nece
sario que se remitan los manifiestos
y las facturas firmadas por los comerciantes;
2.0 En la liquidación de 25 de
Abril hay un error de suma de un
peso, pues los derechos valen $ 44-07
y nó $ 43-07;
3 .° Faltan las firmas de Francisco
Salcedo, Juan Bustos, Juan Rodríguez
y Cristóbal Ruiz etl la nómina del
Resguardo;
4.° Falta estampilla al recibo por
arrendamiento del local; y
5 .0 Las partidas de $ 248-80 y
$ 280 que cobra como sueldos eve ntuales
de los empleados de la Aduana
no pueden aceptarse, porque Jos em-
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13 66 B LETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
pleados de lns R entas Reorganizadas
no ti e ne n sino s ue ldos fijos. D e be sen tar
las contrapartida s del caso .
Queda el respo nsable en la obligación
de s ub sa nar t od os los ddectos
aJIUntados .
Incorpórase dicha cuenta en la de
esta Administración General, cargando
al responsable la suma de
$ 1,349-35 por productos, y abonando
$ 540-80 por gastos en el mes á
que se r e fi e re la cuen t a.
Comuníquese, cópi :::se y pubHquese.
El Contador, J. C . Roo&(Guaz.-El
Ayudante, B . Ftmández D.
AUTO NUMERO 77·
Germcia de Rmlas.-Bogo lá, Agosto 31
de I908 .
AUTO de observaciones á la cuenta de
Mayo de 1go8, de la AdmioisLrac i ón de
la Aduana de Ara uc a.
La cuenta d e la Admini st ración de
la Aduana de Arauca, ref e rente al
mes de Mayo último, de que es res
ponsable el Sr . An ' bal B arbosa se ha
examinado y se le hacen las'observaciones
siguientes :
1.• La liquidación q ue trae tiene
un error de $ 0-20, y po r t anto el 40
por 100 vale $ 12-50 y el total
$ 45-82, y nó $ 45-54 ;
2." La nómina d e los empleados
del Resgua rdo no tiene todas las fir .
mas de los interesados, faltan la s de
Francisco Salcedo, L uis Cárdena s ,
Fl~rentino Lin ,. res, Juan Bustos y
Cnstóbal R •Jiz. En el duplicado de la
ci t ada nómina no a parece e l nombre
de Flore nti no Linar es; y
3 • F alta ésta mpilla al recibo p•l r
arrendamiento d e l local.
Incorpó rase dicha cue nta e n la de
e sta Administración G e ne ral, cargan
do al r esponsabl e la suma de $ 45-82
por productos y abo nándole $ 548
por gastos e n el me s á que la cu e nta
se refi e re .
Cópi e se, com un íquese y publ(quese,
El Co ntaci~r, J. C. R onRÍGuu.-EI
Ayudante, B . Fernándea D.
AUTO NUMERO 78.
Gerem/a de Retzi•IS . -Bogotá, Ag oslo JI
de 1908.
AUTO de obsel'v nc io nes á In cuenta de
bril d e •g o8, de la AdminisLracióo de
la Aduana del MeLa.
La cuenta de la Admini stración de
la Adua na del Meta , referente al mes
de Abril del presente afio, de que es
responsable el Sr. Antonio Arenas
fue estudiada detenidamente y se 1~
hacen los siguiente s reparos :
1. 0 En la liq n idación de derechos
de importación á cargo de Franzius
Hermanos hay error en los des." cla.
se, porque 47 51 kilos vale o $ 2 3-77 y
nó $ 2 3-7 5; la suma de la misma liqui dación
es de$ 107-05 y nó $ 108-05;
y el 70 por 100 sobre $ 107-05 es
$ 74-93 y nó $ 7 s-6o; de manera
que el total de este ingreso es de
$ 181-98 y nó de $ 183-65, como
aparece en la liquidación ;
2 ° Al manifiesto de los Sres. H.
Spri ck Hijos & C." hace falta la estampilla
de $ 0-20 ;
3. 0 A la factura de los mismos señores
también le hace fa lta la estampilla
de $ 0-20 ;.
4.0 Mo se acompañan las diligencias
de las visitas practicadas á los
bongos Cauca y Golondrina ;
5. 0 N o se remite la constancia de
que se haya nombrado Habilitado al
j efe del R es guardo; en defecto de esa
constancia las nómin a s de ben venir
con todas las firmas de los empleados ·
6 o E , . n auto número 14, observa-ción
3.", se hi c ieron las indicaciones
del caso á fin de que abriera la cuen ta
de Gerencia de Renlas ; pero se advierte
en la cuenta que se e xamina
que todavía no ha dado cumplimiento
á lo di spuesto ;
7. 0 Las zarazas pertenecen á la
10." clase de la Tarifa y nó á lag."
En la liquidaci 6n del manifiesto de
los S res. Cornelius & Speidel se liquidaron
902 kilos e n 9." D e be cobrarse
la diferencia.
No obsta nte las obse rvaciones hechas
á la pre sente cuenta, se incor-
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1367
pora en la de esta Admini~trsción
-General, cargando al responsable la
suma de $ 2,247-04 por productos de
la Aduana, y abonándole $ 65 1 por
-gastos eo el m es á que la cuenta se
tefiere.
Cópiese, comuníquese y publtquese.
El Contador, J . C . Roo&!Gu&z .
El Ayudante, B. Fem {mdez D.
AUTO NUMERO 79 ·
·Germcin de Rmlas.-Bogolá, Agosto JI
de I908.
-AUTO de fenec imiento de la cuenta de Mayo
de 1go8, de la Administración de lu
Aduana del Meta.
Se ha h echo el examen detenido
de la cuenta de Mayo de la Administ
ració n de la Aduana del Meta, de
-que es respo nsable el Sr. Antonio
Arenas, y se halla en lo general bien
llevada y comprohada, por lo cual se
·fenece provisionalmente.
Se h a ce notar que f" n est..e mes se
subsanó el error de que se hizo men-
ción en el punto 7. 0 del auto anterior.
Incor¡..•órase dicha cuenta en la de
t O del bongo Hér .
cules no tiene la estam¡.illa de t o-20;
2.0 El manifiesto del bongo Gon .
zalo tam1-oc o tiene la Ma m pilla.
A pesar de lo expue~to, se fenece
provi sion·l lm !' nte esta cuenta y $e incorpora
en la de esta Administración
General, carga ndo al res ponsable la
cantidad de $ ' 04- 32 por productos
y abonando $ 504 por gastos en el
mes á que la cuenta se refiere.
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Contador, J. C . RoDRÍGUEZ.
El Ayudante, JJ. Femá11dez D.
R EQUI SITORIA NUM. 1. 0
República de Colombia.- Dtparlammlo
del Magdülena . -El juez de las Rentas
R eorganisadas de la Provincia tk
Padz1la,
A todas las autoridades del orden
político y judicial cie la República,
RRQUiKRit :
Se !>irvan di ctar las medidas más
efieaoes en auxilio de la Administración
' de justicia, á fin de obtener !a
apre h e ns ión y remisión á esta ciudad,
con las seguridades del caso, de Josefa
,R. de Sotillo, contra quien se adelanta
en e$te Ju7gado juicio por el delito
· de fraude á la R en ta de Licores extranje
ros.
No consta en el suma,rio la filiación.
Se recuerda á todas las autoridades
públicas el deber que les impone
el artículo 1951 del Código Judicial.
Igualme nte se llama la atenci..Sn de
tonos los colombianos, con las excepciones
determinadas por la Ley, res.
pecto de la obligaci?n en que están
de denunciar á las autoridades el lugar
donde se encuentre la sindicada,
so pena de conside rárs ;: les como encubridores
del delito por que se pro.
cede.
Li brada e n Riohacha, á veintiuno
de julio de mil novecie t tos ocho.
El .Jue7., PEDRO AGUIRRK Y Ca.-El
Secretario inte rino, N , é A11lolínes,
•
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CUADRO que manifiest11 las plant21.ciones de tabaco visitadas vor ei Juez Provincial de Rentas en e1
Distrito de Tuluá.
1>1 <(
NO~IDI\.E r·,. FECHA Q'5
Nombras do los co sec heros NÚMERO Dneoos do los lorrono; DEL SITIO DE LO S ÁREA DEL TERREN
MATA EN
L B,ERV.A.CIONI:S
DE LA GUÍA ::i0 DE MATA ' P R ODUC- ·:::> <( . TADACALES
;.<; .J CIÓ N. - - •go8.
Mig uel An gel Cuéllar .. . los Sres. Calderones .. Quita mbre ••.• Plaz a y cuarto .•.. Mayo ' 9 1 12,0 00 1o, ooo
" " 2 Célimo Gordillo .... , ... 6oo Los mismos ...... •• • n .J j ... - ...... U o cuarto de plaza 300 Está poniendo 300
" " ~ Vicente Mnyor ...•.... 4,ooo ,, "' ........ ....... .... . " - .. 41 ...... Tres cuartos de íd .. 4, ooo
" " 4 Luis Felipe MHulaoda .. 6oo ,, J.l ..... ........ n ,, ....... U o cuarto de pl aza . 6oo
" " 5 Ne f¡omu ceao Molioa .... 1,ooo "
,, ............. n ' .. .... . . .. U o octavo de plaza 1, ooo
" "
() Fé ix Osorio .. ......... !i 000 " .1.1 - . . ....... - .. " '' ....... --- MeJia plaza ...•.. 2,000 Ponieudo 3,0 00
" " 7 Domingo V a rela ..•... ~,oo " .11 ...... -- ••• - . "
,, ..... .. Una pl aza ........ 8 ,ooo
" ' 8 Ciernen te V art ln . ...... 2,000 " '" . -.... -- ..... " '' ...... Un cuarto de plaz a 2,000 ,
'
, 9 Ra mó n Peñara nda .. ... 2,000 " , .................. "
,, -- ..... U o cuarto de plaz¡¡ 2 ,000
" " 10 Francisco F\ iomnlo ..... 1,200 " '.1 - - - ........ -. "
,, -.. -.. Un octavo de plaza 1, 200
11 ésar Loza no L ... .. . .. 5,000 1 Media pl aza ...... 1,6o o P oni endo 3,4oo "
,. " " . .. .. .. - ..... -·-- , .1) - ••• - • ,
" 12 Manuel González ...... ~,oo o " ,, . ---.-- .. ..... " .J.J -- ....... Tres cuartos de íd .. 3,000
" " I Jl Pablo Potes D ......... ,ooo " " .. -.. -............ " '' ........ 6. Media plaza ...... 3·500 Para producir 500
" .. •4 Rafael González . .••• ... 6oo R afael Goo zale z .. .... "
,, ......... .. Uo octavo de plaza 000
,
"
.
:a Antonio L e ni s .•.•..... 2,'100 Los Sres. Arces ....... ,, ............ Un cu a rto de pla za 2,000 " .. , Ju m Bautista Moreno .. 1,ooo Los Sres. Calderones .. ,. ,, ............ Un octavo de plaz~ 1, ooo
" " l í Sixto Cab nl. ..... ...... 6oo " , . ..................
" '" .. -........ Un oc •avo de plaza 6oo
,
" 18 Pompilio Loz an o ..•... 6oo " ,, ..... ........ - .. ,. ,, ............ Un octavo ele pl aza 6oo
" 20 1!) Luí ~ Cano ........ . ... g,ooo "
,, ............... ... "
,, .......... Tres octavos de íd. 3, 000 ,,
" 20 Rubén Céspedes ....... 2,500 "
,, . .. .............. ..
"
,, ............. U o cuarto de pl aza 2, 500
" " 21 P edro Antonio Urduiola 2 500 " .).1 ................. "
,, .......... U o cuarto de plaza 2,500
" ' 22 E ze quir l Goozá le z . .. .. , 8,ooo " ', ................... , " .. -...... Una plaza .•••...• 8, ooo
,. " 23 J osé Ignacio Andrude .. 2,!)00 ,. -' .' ................. " '-' ........... Un cuarto de plaza .. 500 Rerién sd as. 2,000
" " 24 Jenaro Serra no ...•.•.. 2,500 "
,, ........... -..... "
,, ......... - U o cuarto do pl aza 2.500
., " ~g José Ignacio Cortés ... . 1 ,ooo ,. ,, .......... -- .. ,. ,, ............ Un octavo de plaza t,ooo .,
" Olimf¡o Peñaranda ..... /¡ , r oo " ,, ................... "
,, ............ Media plaza ....... 4,ooo
' " 27 Fide ina Cas tro .... .. ;, 35° " J,) ................. " _).J ~ ......... Un octavoJde plaza 35°
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, " 28 t\ am611 Garcla .• ••.••• g,ooo n "' ........... .. - .. " ,, . . ....... Tres octavos de id g, ooo
" ' 29 Angel María Beltrán . .. 2,500 " JI • • .. • • • • • • • " .1.1 ...... - .. Un cuarto de pl aza 2,500
" " go Aurelio Vale ocia . •.•.. 1,500 n 1J ................. , j.J .... - ...... Tres octavos de íd . 1,500
"
, :P Santiago Dom j oguez .. .. g,ooo "
.,, .. ............... " '" -- .. -.... Tres ocLavos de íd. a,ooo
" " 32 J uao Bauti l a Zuñig n .. goo "
,, ...... ...... -...... n J .) ............ Do ce v. cuadradas ... goo
" " ~~ Hermógenes Potes... • . l"!'jOO ,. "'' ..................... , JJ .. -- ...... Un cuarto de plaza 1,500
" "
Gabriel Perea .......... 16,ooo " '" .. -................ " .1~ ..... -.- Do plazas ..••..•. 1 500 S em br»ndo 14 ,5oo
" " 3 ~ Sa turnino Victoria ... . 4,ooo "
,, .. .. ... -....... - " J.} ........ - .. Media plazo ..... . 4~ooo
, ., g6 Grt1t,n-orio Jim énez ....... 4,ooo ,, ,, .. -.... - .... -... 11 , .. -....... Media pl aza .• • •.. 4 .ooo
"
, ~é Serapio Men a ... .. ..... 2,000 Serapio Mena . . .... .. San Francisco U o cuarto de pla2a 2 ,000
" " Ma x1Jlliliano LeaL.. . ••• 2, 500 Cipri ano Giró,n .•••.. 1> ,, ............ Un cuarto de plaza 2 ,500
, " 2g Felipe Lozano ...•....• 4, ooo Los Sres. Calderones. Quitambre .... Media pla za .•••.. 2, uoo Sembrando 2,ooo
" "
Carlos Osorio . .... . . ... 2,000 "
., ...... .... .. - ...... " '' ........... Un cu2r1.0 de plaza . 2, 000
n " 41 Roberto Victoria .. .•. . 2,000 Rob erto Vi ctoria .... 11 ,, ........... Un cuarto de plaza. 2, 00 0
,,
" 42 Es parciano Aguirre .• •• 2,000 Los Sres. Ca lderones. " I.J • • ~ • • _. Un cuarto de plaza. 2,000
" " u Maximiliano Victoria .. 2, 000 Maximiliano Victoria. , ) , ... -... Un cuarto de pl aza. 2,000
" " Lis ím aco Perea ......... 1, ooo Los Sres. Calderones " ~~ ..... -. -. Un oc tavo de plaza 1, 00
)) " Í8 Manuel J esús Nieva .... . r, ooo )) '~ ............ -... - "
,, ........... Un ocl.avo de pla2:a- 1, 000
u 11 Cecilia Porras .. . .. ..•.. 1, ooo " "' ......... --..... " 77 ............. Un octavo de plaza. 1,ooo
" " 47 Ezequiel Oy ola ••••.... 2,000 "
,, -.. .. .. -... -. . . "
,.., ............. Un cuarto de plaza. 1, 500 Para prod llcrr so o
"
,, 48 Alcides Lozano ..••..•• g,ooo ,, ,, ...... .. ....... n .} ) ......... Tres octavos de íd. 3,ouo
"
,, 4g Manuel María Berrío ... . 200 " ,, .... •¡• ...... -. " ~) ... -...... - Doce v. cu ~:~ dradas:. - 2JU
" " 50 Manuel José Borja e>tero 2,000 " "' .. .... .. -......... - " ~J .... -- ... - Un cua rto de pl aza 1,0 o Para producir 1 ,ooo
" " 51 Luciano Potes .••••••. 2,000 " .,, -- ........... - n )J - .......... Un cuarto de plaza. s o o Sembrando 1 ,soo
" " 52 Vicente Varela .. ...•.• 17!)00 ,, ,, ...... -........... n ) .} ......... - Tres octavos de íd. r, s oa
" " 53 Parménides Bonill a . . .. 2,000 ,. 1 Un cuarto de plaza . 2, 000
1 1 ...... ............ J> J,J .... - ....
" 21 54 Rica rdo L ópez .•••.... 200 Ceferino Lópe z .. • .• Cequiagrande. Seis v. c11adradas .. 20::>
" " ~g Manuel J oaquín López. 250 Ceferino López . .. .... " ..IJ - ...... - - Seis varas íd ...•. . 25 0
" ' Delfín Millá o . . . .. .••... 2,000 De lfín Milláo ......... 1 JJ .. --- .... Un cuarto de plaza 1,500 Recién s mbrds, 500
" " ~á lonso Peñaranda ..... . 1,000 Alonso Peñaranda .. .. " JI • • • • •"' Un octavo de pl aza . I,Coo
" " Miguel Ochoa .• ... .•. .. r,ooo Consolación Ochoa . • . "
,, .. -.... .. .. Un octavo de plaza. .......... PlnLn. recié n puesta
,, 20 g~ Joa quín Victoria •..... S,ooo Los Sres. Calderones. Quitambre ..... Una pla za . ... ... . S,ooo
" " Indalec io Ga leano ....... 2,000 Pedro A. Caicedo .•.• San Antoni o . • U o cuarto de pla z a. 2, 000
"
,, 61 Rafael Pereira . • ••..... 2, 500 Santiago Pereira .•••• San Francis co U o cuarto de piaza. 2, 50 0
" " 62 Casimiro Rentería .•••• 1,¡¡oo Los Sres. Pórez . •. .•. " ,_, -... .... .. Un octavo de, plaza. 1,3oo
" " :~ Leopoldo Peñaranda .... 4,ooo Antonio Cruz .... .. ... Aguaclara ...• Media plaza ....... 4, ooo
' " Fructuoso Martíoez . ••• 1,ooo Fructuoso MarLínez .. Zabaletas .••• • Un octavo de plaza t ,ooo
" " 6!1 Pedro Antonio Medina .. 1,000 Pedro A. Medioa . •.• Zabaletas .•... Un octavo de plaza 1,ooo -
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) Gonza lo Guevar11 .. __ . .. 1, ooo El mis mo ...........
" " 8g Isidoro Hernónder. .. _ .. 2, 000 Mercedes Lo zano ..••.
" " go Absal6n Vill afa ñe ...•.. 5, 000 Absalón Villafa ñe .... .. ., 91 Aurelia no Bu enaventura 2,5oo A ureliano Ruen avt• ..
" " 92 Ma nuel Ant. 0 Villafa oe. 2,000 Manuel A. Villa fañe ..
" " 93 Gregori Ramírez ... __ • 700 Gregaria R a mírez .. ••
n " glí U la di lao Cés p des . ..•• 5,00 0 Simón Céspedes .. . ....
,
" !1 5 Alfredo Cés pede s ..•... 4,o o Mercedes Loznno .....
" " 6 Rogelio Pote· .... . ..... 5,000 Rogelio Potes ........ 9
' " 9é
Cipriano Marmolejo .. __ 150 <:;ebastián Peláez ... .. ,. 11 9 Ma nuel de J. Barona .A. 3,ooo Manu~l de J Barona A
NO~rDI\E
DEL SITIO DE LOS ÁREA DEL TEI\1\ENO
TABACALES -
Zabaletas .... Un octavo de pl aza
"
,, .. .......... U o cuarto d e pl aza
Morales ..•••. U o octavo de plaza
Quita mbre .. :. _ Un cuarto de plaza
Sa n Francisco Seis v. cuadrad as ..
San Francisco Seis varas id ......
El mismo ..... Un octavo de pl aza
Lo s Ca ímos ... Un cuarto de pla za
Morales ...... U na pl aza . _ .• _ •..
Los Ca ímos . .. n cuarto de plaza
Agu a clara ..... Un cu arto de plaza
Los Caímos ... Media plaza ......
Media plaz a. __ .. _
" ,.~ .... ......
n ,J.J .......... Un cuarto de pla za
n 1 .......... .. Un cuarto de plaz a.
n .1 ............ Media pla r.a. __ ...
Morale ...... S eis v. cu adrada : ..
Morales ...... Un cuarto de plaza
Playas ... ~ ... _ Un cuarto de pl a za.
La Quinta._ .. Un cuarto de p laza.
"
,, . .. ....... Un octavo de plaza.
"
,, ......... Un cuarto de plaza.
" '' ............ Un uarto de pl aza.
" ' ........ n cuarto de pla za .
" ,, ... -"'- .. Media plaza ..... _
" '' .......... 1\
PI\ODUC-CI
Ó N
4oo
1,go o
00
2,5oo
200
200
1,ooo
3,ooo
S.ooo
2 000
2, 000
200
5,000
1,000
1.500
4,000
200
1,000
2,000
2,n oo
6oo
1,500
1,000
2 000
3,o •o
200
8oo
700
2, 000
1,00 0
2 .000
15 0
~ ,000
OBSERVACIONES
Para producir 3 Soo •
Recién ps1as . 1,ooo
Reci é n íd. 5 o
Rer ien pslas.I ,ooo
Reci é n psta . 2.ooc•
Re !é n p las. 2,¡¡oo
Rec1 é n pstas. 1,200
Sembrnndo ¡¡ ,ooo
Sembrando 3,ooo
Sembrando 3,ooo
w
.._¡ o
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Junio JI 99 Ag ustln Hernández ... . so o Mercedes Lozano .•.• " '' ........... Un octavo de plaza so o
" 1) 100 Pi o Morales .•••.....•. 1,ooo Mercedes Lozano .•.• " ,, .... --- Un cuarto de plaza 1,ooo
,. 13 101 alvador Solis .. ....... t,ooo Ger trudis Rivera •••• Morales ....•. U.a cuarto de plaza. 1,ooo
u , 102 Efrmm Durán ... ... ... 2,000 J acio lo Caicedo ....... La Quinta .... Un cuarto de plaza. 2,000
" 16 10:1 Manuel ánchez . ...... 2 ,000 Juan José Sánchez ... Los Caímos ... o ruarto de plaza. ........... Recién sbrdo. Lodo .. , IC'4 Pedro Pablo Caiced .... 300 Abrah;¡.m Cárdenas . . Mora le ...... Un octavo de plaza. 3-0
" " 105 Adolfo Rivera ......... 4,ooo Adolfo Rivera ....... Morales ....•. Media plaza ....... 4,ouo
" " IOti Fran·isco Aol.0 Lozano so o Rubéo E cobar ....... Cunr..hipá .... . Un octavol de plaza. 500
" " ro~ Cecilio Valencia ........ 20,000 R ubén Escobar ....... Cunchi pá ..... Dos plazas ..•. . .. . 2 ,ooo
" 23 IC Franci co .Mosq uera ..... 2,000 Ramón Delgado ...... Boca de Tuluá Uo cuar to de plaza 2,000
" " 109 José María Caicedo ..•. 1,ooo Luis Clavijo .•••.•••• " '' -- -..... Un cuar t,o de plaza. 1,000
,,
"
110 Giro Calero ............ 4,ooo Manuel Zú.ñi,.a .••• . . " "
............ l\'l rdia plaza ........ 4 000
" " 111 José Esteban Cruz ..... 4oo Manuel Zúñiga ..••.. " ,, -----· Un octavo de plaza. 4oo
"
, 112 Li ímaco Valderr11ma . . 200 Fidel Becerra ........ "
,, ........... Seis v. cuadradas ... 200
" " 113 Policarpo Martínez ...• 8,ooo F idel Becerra ........ , ,, -...... ... Una plaza ......... -...... .. Está pon iéod•>llls
,. 25 ll4 Audrés Cárdenas ...•. . 2,500 Andrés Cárdenas ..•. Playas .. ...... Un cuarto de plaza. 2,500
Julio 2 115 Romualdo Reotería . .. . 200 Los Sres. Gálvez ••.. Cunch•pá .. . .. Seis v. cuadradas . . 200
'
, !16 Fau tino Ruiz .••• . ..• B,ooo Fau tino Ruiz ...... La Rafacla .... Una plaza ........ 6,ooo Poniendo 2,ooo
"
,, ll á Laurean o Vergara ...... 4,ooo Laurean o Vergara .... Conejo ........ Media plaz ........ 4,ooo
,. ., l l Abcl Romero ..... .. .. . 30,000 Obdulia Lozano ....... La Rafaela .. . . Cinco plazas ...•. . 12,000 Poniendo 18,ooo
" " " 9 Mig uel Goozález . . . .... 1,ooo · Obdulia Lozano ....... , ,, .. -...... .. Un cual lO de plaza. 1,000
" " 120 Benjamín Bar bosa ... . . . 1,500 Los Sres. Gálvez ..... Cunchipá ..... Un cuarto de plaza. 1 .soo
" "
121 Martín Galeano ... ...... 2,ooo Los Sres. Gálvcz ..... , '' " r " •" • Un cual'lo de plaza. 2,000
" " 122 Hcliodoro Maza .. ...... so o Manuel José Hurtado. Papaya!. •.... Un octavo de plaza. soo
" 3 123 Marcial Delgado ....... •,ooo Los. Sres. Gálvez ...• Cunchipá .. ... U o cuarto de plaza. l ,ooo
" " 124 Cornelio F lórez .. . ..... . 2,000 Isabel V. de Fnj ardo .. Lunar ....... . Un cuarto de plaza. 2,000
" " 125 Nazario Calero . .. . ... . 4,ooo Nazario Calero ....... " " ............. Media plaza ....... 4,ooo
" ,. 12ll Amador Calero . . ...••. 2,000 Amador Calero ..•... " " ...... -..... Un cuarto de plaza. 2 000 . " 127 Jsnbt>l V. de Fajardo .... l ,soo Isabel V. de Fajardo .. " " . ... .. .. ... Un cuar to de plaza 1,5oo
" " 128 Emiliano Quevedo ...... 2,000 Emiliano Quevedo ..... " " .. -.. -.. .. Un cuarto deplaza. 2,000
" " 129 Israel Martínez ......... 2,000 Manuel José Hurtado Trcsesquinas .. Un cuarto de plaza 2,000
" .. 130 Ulpiano Gordillo . .... . 2,000 , ., ,~ , .. -.- ... - Papaya l. ..... Un cuarto de plaza 2,000
" " 131 Ismael Tigreros .. .. .... 4,ooo " u ¡, ............ ,, ,, ....... -.. Media plaza .. ...... 4,ooo
" " 132 J uan de Dios Ledesmo .. 4,ooo "
,, "' ........... "
,, ......... . Media plaza ....... . 4,000
"
, 133 Maria Cruz Virgen .... 4oo ,
" "" .. ... -.... " ,, ... -.. -.. Ocho v. cuadradas. 4oo
.,
" 134 Felipe Pacheco . ....... 11¡;oo , ,, ).1 . ........... " ' ......... Un cuarto de plaza. 1,5oo
" " 13g Dolores Perea .. .. ...... 4oo " .. ,, .. --- .... " '' -- ........ Ocho v. cuadradas .. 4oo
" " 1.~1 Tri n!dad Solís . . .....•• 1,500 " .. ,, .. -........ "
,, .......... .. Un cuarto de plaza l ,fiOO
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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1
lol < ~~~- 0 DE
c::~ ·~ NÚMERO
NOI>! UR E b!ATAS EN F!CDA ;;;:¡ Nombros do los eosccboros Dueños de loa terrenos OEL ITIO DE LOS ÁREA DEL TERRENO PRODUC· OBSERVACIOI'I ES
DE LA. GUIA :a " DE MATA S
·::> < TABACALES CIÓN z .J - - - lgo8.
Tirso Rebo ll edo ..... . . B,ooo M;~ n u e l .fosé Hurtado. P pay <~ l. ..... Una pl aza ........ Plantando 7,700 Julio 3·- - - 13á
aoo
,. " 13 J osé Maria Ort ega ..... 2,000 ,, ,. ,, ------ ,. ,, -. ........ Un cuarto de plazJ 2 000
6 1~9 Benj amín Obiyú s .•••.. 2,000 Salv,tdor Mo lio a .. .... Conej o ...•. , .. Un cuarto de plaza. z,ooo
" 7 140 Rubén Loz ano ........ 500 Rubéo Lozano .... ... Rincón ....... Un octavo de plaza. 5"0
" Ino cen io R i•lroalo ...
" " u'JI l nocencio Ri omaJo .. ... t ,ooo Lunar ..... ... . Un cuarto de pl aza . •,oo o
" "
1/¡ 2 Gon za lo Barona ..... . .. 5,000 Gon znlo Barona ... . ... ., J ) - •• - -- Media plaza ..••. . . 5, 000
, " 14 .~ Fra nci co Ped ros •l ....•. 2,000 Francisco Pcdrosa .. . .
"
,, ......... Un cuarto de pl aza. :.,ooo
., " 144 Rodo lfo Pane zo . . ...... . 1,r¡oo Rodolfo Panezo ....... ,, ,, ............ U a cu arto de pl aza . 1,500
"
,, 145 Ignacio Loz ano ... ...... 250 Cuper tino R ivera .... P:1payal. ..... Seis varas cuadrad . 25-'
" 9 ¡l¡ t) Neft ali Mar tí nez .. .••.. 2,000 Ma nuel S. Goo zález. _ La Quinta .... Un cuarto de pl aza . 2,000
" 15 1/¡á Benedicto Ca stro .... _. 2.000 Ade la Correa .... .... . Lun ar ... ... __ U o cua rto de pl aza . 2,000
" "
¡f¡ Tel és foro Herrán ... . __ 1,5o o Cruz González .. _. _.
'
,, ....... -- Un cuarto de plaza 1,500
" "
¡(¡g Amador Galeano . _ ..... s o o J acinto Galeaoo ... _ .. Palm ar ...... . Un oct avo de plaza. ..... Re·iéo sem bradas
" " 150 Nicolás Sánchez L . . .•. 8,ooo Nicolás Sáoch ez L ... _ Lunar ........ _ Un a plaza ........ 500 Ponteado 7,5 00
' " 151 J orÍe Rafael R.eogifo. _ 16,ooo Ped ro Pab lo Quintero
"
,, ........... Do s pl azas ... ... .. 3·500 Poniendo 12,500
,, " 152 Bár ara Mnz uora .••... 500 Rafael Goozález ... _ ..
" '' ........ Un octavo de plaza . soo
"
, 15~ E lodia Pérez ... .... .... 200 El odia Pórez ___ _ .... , ,_, .. . -.. - Seis varas cuadrad .• 200
" " 15 Hermógeoe Peñaranda. 4 ,ooo Limb ania Gsrcía ..... , ,, ... . . .... Media plaz a ........ ........ Reci én sembradas .. " 15~ Emeterio Pl aza ........ 8,ooo Emeterio Pl aza .....• "
,, ...... -..... Una pl aza .. ....... .... Re cién embradas
" ., 15 Gonzalo Viera_ .. . .. . .. 2 000 Go nza lo Vi era ........ Bumbún ..... .. Un cuarto de plaza .. 2,ooo
, " 157 José Ro so Rodríg uez .. {¡ ,ooo José Rozo Rodríguez. L a Edelmira. _ Media plaz a ..••.. . l¡ ,ooo
" .. 158 Rafael Montalvo ... _. __ 2,0 00 Rafael .Mont alvo ... . • , ,, ------ Un cuarto de plaza .. 2,000
" " 1 59 Juan Franc0
• Montalvo. 2,000 Juan Montalvo ... .•. , ,., ......... .. Un cuarto de plaza. 2,000
" .. t tio Rafae l Hero ández ...... l¡ ,oo o Rafne l He r ná ndez .... _ , ~J ............ Media plaza ••••... 4,000
" 16 !61 Ju an Victoria . . ...... _. 2,1JOO Ju an Vic tori a ........ Lunar ......... Un cuarto de plaza 2,5oo
" " !62 Ezequiel Cruz ......... 2,000 Ezequie l Cruz ...... _ Callrjón . . ... _ Un cuarto de pla za 2,00 0
" " r 6:¡ Cario M. Rueda ...... 2,000 Ro so R od ríguez ....• L a Edelmira .. Un cuarto de pla u 2,000
" " t 64 Miguel Victe. Martínez. 12,000 Miguel Sarmiento .... , 11 ----.- Dos plazas ...•.••• 3 000 Sembrando goo
" " r6 s Juan B. Suelto ...•.... goo Marco Ga lla rdo._ .. ... La Isla ....... . Un octavo de plaza. soo
" " r6!i Jorge Sánchez .... _ . _ .. 00 Mig-uel Sarmiento .... _ ., ,, ..... -- .. U o octnvo de plaza. l¡oo
NOTA-Todas estas plantaciones han sido vi ita das por los empleados del Juzgado, y e le 'ha dado la resp ccti ··a patente de cultivo, que-dando
unas trein ta pla ntaciones sin visitar, lo cual se hará oportunamente. . .
Tuluá , Julio 21 de 19 08 . El Juez , BELI ARI O CABHLEI\O R.-El SecretariO, Eustas10 Potuo.
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1373
CIRCULAR
sobre denomiooción de al~unos empleados
de las Rent.as.
Bogotá, Septiembre :u de rgo8.
El Germle de Rentas,
CONSIDERANDO :
Que á virtud de la Ley 1 ."de 1908,
la actual diVisión territorial ha sufrido
modificaciones que hacen necesario
variar la denominación de algunos
empleados de las Rentas Reorganizadas,
RESUELVE:
1. 0 A partir del 1. 0 de Octubre
los Administradores Departamentales
y de las Intendencias del Chocó y
del Meta y los Jueces Superiores de
Rentas se denominarán, respectiva·
mente, Administradores Principales de
Rentas Reorganizadas y Jueces Supe·
riores de Rentas, todos ellos por el
nombre del lugar de su residencia .
Su jurisdicción continuará siendo la
mi ~ ma que actualmente tienen ;
2.0 Los Administradores Provincia·
1 .s y Jueces de Rentas se denominarán
Administradores y Jueces Secoionales
de Rentas, también del lugar d e su
r e~ idencia habitual, desde que en la
tel> pectiva localidad empiece á regir
la nueva Ley de División territo rial.
3 .° Facúltase 8. los Administrado
rel> Principales para sefialar, con a pro
baci6n de la Gerencia, y procuran.
do ajustarse á la nueva demarca·
ción pol!tica, la jurisdicción de los
Administradores Seccionales y Jueces
S e ccionales de Rentas.
El Gerente de Rentas,
SALVADOR FRANCO.
DECRETO N. 0 916 DE 19d8
(3 1 DK AGOSTO)
sobre división territorial, en desarrollo de
la Ley 1.• de 1908.
El Pruidenfe de la Repúblua de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONIHDERANDO :
1. 0 Que el Gobierno está autorizado,
conforme ~ los artículos 13, 14, 22
y 24 de la Ley 1." de 1908:
a) Para reglamentar por medio
de decretos la Ley sobre divisi6n territorial;
b) Para modificar los límites de Jos
Departamentos y de los Municipios ;
e) Para cambiar la capital de los
Departamentos nuevamente creados ;
á) Paf'a dividir solamente en dos
Jos Departamentos que se hubieren dividido
en tres ó más ;
e) Para suspender la división de
cualquiera de los actuales Departamentos;
.f) Para verificar las correcciones
parCÍeles necesarias á la mejor composición
y administración de las nue .
vas entidacli cfa sani.aria
que ella requiere ;
4· 0 Que la organización peculiar
del Distrito Capital y su proximidad
al Gobierno Central facilitan la acci n
3
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS
adminisirativa sobre e l territorio que
lo constituya ;
5. 0 Que uno de los objetos primor.
diales de la Ley sobre división terri.
torial ha sido el de dar al pais una
admini!.tración económica compatible
con la necesidad de impulsar las
obras de progreso material ;
6.0 Que para alcanzar este objeto
el Gobierno puede decretar la vigencia
de las disposiciones sobre organización
administrativa y fiscal en toda
la República, conservando transitoriaIT'ente
la composición territorial de
algunas de las actuales entidades departamentalés
;
7, 0 Que la ciudad de lpiales, como
lugar fronterizo con el Ecuador y re.
sidencia de una Aduana Nacional,
exige una atención más inmediata que
la de Túquerres, en donde, por otra
parte, no fue bien aceptada la re.
forma;
8,0 Que aun cuando algunos de los
Departamentos no sufran variación,
transitoriamente, en su composición
territorial, conviene adoptar los nue.
vos nombres señalados por la Ley 1 •
del corriente año, para obrar en armonía
con ella y con el princi p io que
la informa;
g .0 Que l as autorid ad e s eclesiásti
cas y civiles y la generalid~ d de los
vecinos de los Municipios de Arme .
nia, Calarcá, Filandia y Circasia han
solicita do la agregación de estos Mu.
n;ci pios al D e partamento de Caldas;
1 o . Que á pesar de la divisió~ri t.
o ría 1 decretada por la Le y 1 ."de 19'(}'8~
J.Js nue vos Depart'lm e ntos abarcan
una grande extensión te rritorial que
d ific ulta la acción inmedi ata del G cue
rnador s bre los Municipios que los
com ponen ;
1 1. Que el Gobierno se pro po n e
conserva r como circunscripciones de
G e ndarmería Nacional las actuale s
P ro vinci a s tanto como e lementos auxi.
liares de la Administración Depar.
tam e ntal co~o para mantener y aumentar
la import u ncia de lo s Distritos
que fueron capital de Provincia , cuya
hegemon(a será beneficiosa para los
interese s de la región á que ha de
extenderse ;
12. Que para mayor claridad en
las disposiciones reglamentaria s de la
Ley sobre di\·isión territorial y de la
reformatoria del Código Político y
Municipal, conviene separar metódi.
camente los Decretos referentes á la
formación y composición de los nue.
vos Departamentos, de los de carác.
ter reglamentario que la nueva Administración
exige ;
1 3. Que el Distrito Capital se con.
sidera como Departamento para de.
terminados efectos ; y
14. Que el presente Decreto con.
tiene lo relativo á la composició'l 6
formación de algunos Departamentos,
DECRETA:
Artículo 1 . 0 El Departamento tJ e
Medellín, capital Medell ín, lo compon drán
los Municipios de Medellín, Bar.
bosa, Caldas, Copacabano, En,igar:lo,
E strella, Guarne, ltagü(, Girardota,
Puerto Berrío, Prado, S ·o nto Domingc,
San Pedro, Sa u Roque, Yolombó , Ya .
rumal, Angostura, Anod, Campamento,
C áceres, Ituango,San Andrés, Zea,
Santa Rosa,Amalfi , Carolina, Don Ma .
tías, Entrerr!os, Gómez Plata, Reme .
di os, Segovia, Zaragoza, Retiro y
Conce pción.
Artic ulo 2. 0 El Departamento de
Antioquia, capital Antioquia, Jo com.
pondrán los Municipios de Antioquia,
F r ontino, Cañasgordas, Dabeiba, Mu .
rin dó, Pavarandocito, Riosu cio, Tur.
bo, Anzá, Betulia, Buriticá, Giraldo,
Urr ao, Sope trán, Belmira, Ebéjico,
Libo rina , Sabanalarga, San Jerónimo
y Sucre.
Artículo 3.0 El Departamento de
Jericó, capital Jericó, compuesto de
los Municipios de Jeric6, Andes, Bolívar,
Con co rd i 1 , Jardín, Nueva Caramanta,
Salgar, T ámesis, Valparafso,
Fredonia, Amagá, Aogelóp olis, Armenia,
Heliconia, Titiribí y El Car.
m en,
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADA~
Artículo 4. 0 El Departamento de
Sons ~ o. capital Sonsón, lo compondrán
los Munici1 -ios de Sonsón, Abe.
jorra!, La Ce ja, Santa Bárbara, Ma .
rinilla, Carmen, Cocorná, GuAtap é,
Peñol, Rionegro, San Carlos, San
LuB, San Rafael, Santuario, San Vicente,
G ranada y Alejandría,
Articulo 5 ° El D epartamento de
B.Jcaramanga, capital Bucaramanga,
lo compondrán los Municipios de Bu caramanga,
California, Florida,Girón,
Lebrija, M 1tanzas, Rionegro, Suratá,
Piedecuesta, Cepitá, Guaca, Los Santos,
San Anclrés, Umpalá, Málaga,
Concepción, Capitaneja, Carcasf, Cerrito,
Cucutilla, Enciso, Molagavita ,
an Miguel, T e quia, Servitá, Pam.
piona, C ácota, Chitagá, Labateca,
Mutiscua, Silos y Toledo, y de la porción
de terntorio comprendida entre
el rlo Magdalena , el Caño del Chocó
y el r ío L e brija , aguas arriba.
Articulo 6 .0 El Departamento de
Cúcuta, ca pital Cúcuta, lo compondrán
los Municipios de Cúcuta, San
José, Arboleda, Bochalema, Concor.
dia, ChinácGta, Gr'l malote, Sardinata,
Rosario, San Ca¡ctano, Salazar, Ocaña,
A spa ica , La Cruz, San Calixto,
San Pedro, Teorama, El Carmen,
Aguachica, Convenci6n, Los Angeles,
Puerto Nacional, González, Río de
Oro, La Gloria y La Palma.
Artículo 7. 0 El Departamento de
Cartagt n,, capital Cartagena, lo corr.
pondrán Jos Municipi os de Cartagena,
Calamar, Arjona, Mahates, San Esta.
nislao, Santa Rosa, Turbaco, Villanueva,
Lnrica, Cereté, Ciénaga de Oro,
Chimá, Montería. Purísima, San Pela.
yo, El Carmen, Guamo, San Jacinto,
San Juan, Zambrano, Tetón, Yucal,
y de las islas de San Andrés y Provid
encia.
PcHágrafo. Suprímese el Munici pío
de Santa Catalina y agréga ;e su
territorio al de Cartagena.
Artículo 8.0 Et Departamento de
Sincelejo, capital Sincelejo, lo compondrán
los Municipios de Sincelejo,
Palmito, Sampués, San André~
viejo, Coroza!, Sahagún, Chinú, Morroa,
Ovejas, Sincé, Tolú, San Onofre,
Caimito y Colosó,
Artículo 9 .0 El Departamento de
Mompós, capital Momp6s, lo compondrán
l01; Municipios de Mompós, Aya.
pel, Magangué, Majagual, Sucre, San
Benito, Barranca de Loba, Margarita,
Morales, Pinillos, Simití, San Mar.
tfn de Lobo y San Fernando.
Artículo 1 o. El Departamento de
Pasto, capital Pasto, lo compondrán
los Municipios de Pasto, Buesaco, Consacá,
Florida, Scsndoná, Yacuanquer,
Tambo, La Unión, Tangua, Funes,
La Cruz, Albán, San Lorenzo, Taminango,
Tablón, Berruecos, El Rosario,
y de la parte de territorio de las
Intendencias d e l A lto Caquetá y del
Putumayo, comprendida así:
Desde los límites con el Ecuador,
siguiendo la Cordillt-ra Oriental, hacia
el Norte hasta el páramo de Tajumbina,
y de éste una línea imaginaria
que bajando por el río Fragua
llegue hasta s t desembocadura en el
río Caquetá ; de la boca del r í o Fragua
otr?, línea á dar á la confluencia del
río San Miguel con el Putumayo ; y
éste aguas abajo hasta encontrar los
límites con el Perú ; por éstos. hasta
los límites con el Ecuador, y siguien.
do estos lím ites hasta la Cordillera
Oriental, primer punto de partida.
Artículo 1 1 . El Depart .mento de
Tumaco, capital Tumaco, lo compon.
drán los Municipios de Tumaco, Guapi,
reintegrado por los límites que tenía an.
tes de la vigencia de la Ley 1 .• de 1904,
Iscuandé, Mosquera, Barbacoas, Ma.
güf, San Jos é y San Pablo.
Artículo 12. El Departamento de
!piales, capital Ipi& les, lo compon.
drán los Municipios de lpiales, Cario.
sama, Contade ro , Cumbal, Guachucal,
Gualmatán, !les, Puerres, Pupiales,
Túquerres, Ancuya, Guaitarilla, Gua.
chavés , !mués, Linares, Mallama, Ospina,
Sama niego, Sapuyes y Yascual.
.Artículo 13. El Distrito Capital se
com.pondrá en lo sucesivo de los MuDfiicipJQs
R {jllt.J~WJlo forman y de los
BIBLJOT:r/1. l' .,.. '¡.'); r,o
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13 76 BOLB:TIN DB: L RENTAS REORGANIZADAS
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d e Cáq ue za, C hi paque , F osca, Gutié.
rrez, Une, Ubaque, F ó me qu e, C h'la ch
í, Q ue tame. L a Mesa , An a poim a,
E l Colegio, j e t· usalé n, S a n Antoni o,
T oca im a , Te na , Gua taqu( Viotá, Gi
rardot, Ni lo, Ricaurte, Cunday, Ca r me
n, Melgar, Santa R osa , M ad rid,
Fusagasugá, Arbel i ez, Pa ndi , Pasea ,
Tibacuy y Sucre
Artículo 14. S .. prlmese e l D epartam
ento de Girard o t cre ado por e l ordinal
2. 0 d e l articulo 1 ° de la Le y nú .
me ro 1.0 d e tgo8.
A.rt ículo 15. El D e par tame nto de
Facatati vá , capital Facatativá , lo compondrán
los municipios de Facatativá ,
Anolaima, Bojacá, Zipacón, L a V ~ ga,
San Francisco, Sasaima, S íquima, Su.
bachoque, Supatá, Vílleta, Guaduas,
Beltrán , Bituima, Chag uaní, La Paz,
Nocaima, Nimaima, Quebradanegra,
Sa n Juan, V ergara, Vi aní, Pulf, Q uipili
, Nariño, L a P al ma , L a Pe ñ a , Ca parrap(,
Y t~ copí v Utica
Art(culo 16 . El Departame nto de
Zipaquirá, capital Zi paquirá, lo com pondrán
lo s Munici pio s de Zipaquirá,
Cogua, Cajicá, Gach a nci pá, N e mocón ,
Tabio, Tenjo, Tocancipá, Pacho, Pai me,
Peñón, San Ca y eta no, T a usa, Si .
mijacá, Susa, Sutatausa, L engu a zaque,
Guache tá, F úq uene, C arme n d e Caru .
pa, Cucunubá , Ubaté, T ibiri ta, Sues
ca, Mañta, Machetá, H a toviej o, Cho
contá , S opó, S e squilé, Gu as c a, Guatavita,
U balá , Junín , Gama, Gachalá y
Gachet:i .
Artículo 17. El Departamento de
Qu· dó, capital Quibdó, lo compondrán
los Municipios de Quibd6, Sa n
Rafael de Negu á, Bagadó, Tad ó, San
Nicolá s de Titumate, San Pablo, Nóvita
, Condoto, Baudó, I stmina, Pue blo .
rrico y AcandL
A r tículo 18 . El Departame nto de ·
Popayá n, capital Popay án , lo compond
rá n los M unici p io s de P opayá n, Calibío,
Ca jibío, Coconu c o , D olore s, La
Sierra, Morales, Pan iqu itá, Patía, Purac
é, Río Blanco , Silvia , P áez, Inzá,
Tambo, Timbío, Totoró, T un ía , Bol í v.
ar, Arbela, Alma guer , La Vega ,
Me rca deres, San Pablo, San Sebas .
tián, Santander, Buenosa ires, Caldono,
Caloto, Corinto, Toribío , Espejue lo y
Ja m b a ló .
Artículo 19. El Departamento d e
Cali , capital Ca li, lo compondrán los
Municipios dt:! Cali, J a mund í , Pavas,
D a guas, Vijes, Yumbo, Palmira, Can .
d e la ria, Florida, Pradera, Buenave n
tura , Anchicaya, Centro, Micay, N a y a
y T i mbiquL
Artículo 20. El D e parta me nto rle
Buga, capital Bu g a, lo compondrá n
los Municipios de Buga, Cerrito, Gua cari,
San Pedro, Tuluá, Bugalagra n
de, San Vice nte, Zarz al, Roldanillo,
Bolfvar, Huasanó, Toro, Yotoco,
Un ión, Cartago y Victoria .
Artículo 2 1. Suprfmese el Departamento
de Cartago creado por el inci so
22 de la Ley I.\ artículo t . 0 d e l
corriente año.
Artículo 22. Los Depa rtamentos
del Tolima, Huila, Magdalt: na , G ,¡ lá n,
Boyac ~ , Atl á ntico, Caldas y Tundama
continu a rán en su c omposición t e rri :o
ri a l tra nsitoriamente como e~t á n h o y
y mientras se pone en vig-e ncia ~ n
toda la R e pú blica la L e y 1." de tgo"';
pero llevará n respectivamente los nom
bre s de !bagué, Neiva, Santamarta,
SE. n Gil, Tunja, Barranquilla, Maní .
zales y Santa Rosa.
Artículo 23. Al Departamento de
Santa Rosa pertenecerán también los
Municipios de la Provincia de Casan a .
re, que hoy hacen parte del extinguí
do Departamento de Tundama .
Art ícu lo 24. Agré ganse á la Pro.
vincia de Robledo, del Departamento
de Manizales, antes de Caldas, los
Mun ic ipios de Armenia, Calarcá , F tlandia
y Circasia .
Artículo 25 . Las Provincias exis tente
s c o ntinuarán en su composición
te rritorial como están hoy, con la s
vari a cion e s que introduce el prese n te
Decreto ; esta rán r egidas por Prefe c.
tos de Gendarm ed a , que se r á n además
Agentes del G ob ernador respec.
tivo, y disfrutarán de la s asigna ciones
;;e ñ ~ l a4as q Ctl.¡~ l mente á los Pre fec-
..
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BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 1377
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tos 6 Alcaldes Provinciales, á quienes
sustituyen
Artículo 26 Por decretos separados
se proveerá lo concerniente al
personal administrativo de cada uno
de los Departamentos, á la dotación
de los empleados nacionales que de
ben funcionar en cn~.~a uno de ellos, y
al rég-imen económico de las mismas
entidades.
Art(culo 27. El presente Decreto
empezará á regir el dra t , 0 de Octubre
próximo venidero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en ~ogotá, á 3 1 de Agosto de
1908.
R. REYES.
El Ministro de Gobieroo,
M. VARGAS.
(Diario Oficial números 13,-93 y
1 3,394).
DECRETO NUMERO 995 DE 1908
( 1 1 OH: SltPTill'AIBRR)
por el cuar e adioionr¡ el marcado con el
número gJI:> de 1go8.
El PrwJenle de la ReptÍblica de Colombza,
En uso de sus facultades legales,
DRCRETA:
Artículo 1 . 0 L JS territorios dP 1 Caquet4
y del Putumayo, agregados á los
Departamentos del Cauca y Nariño
por el Decret'l número 290 de 1906,
integrarán, el primero t:l Departa o
mento de P payán, y el segundo el
de Pasto, y tPndrán la línea divisoria
siguiente:
Desde el cerro de Las Animas, en el
páramo de Tajumbina, por el río CaR .
cabel aguas abajo hasta el do Ca que·
tá; por éste aguas abajo hasta su confluencia
con el do Fragua ; de la boca
de este río una lfnea imaginaria que
dé é. la desembocadura del rfo San
Miguel en el Putumayo; éste aguas
abajo hasta IM limites con el Brasil.
Artículo 2 .0 Segrégase del Departamento
de Tumaco el Municipio de
Guapí, por los limites que tenía an-tes
de la e:x.pedición de la Ley 17 de
1905, y agrégase al Departamento de
Popayán, al cual pertenecerá también
el territorio comprendido desde la
desembocadura del río Naya, aguas
arriba hasta su nacimiento en la cordillera
occidental; por el lomo de ésta
hacia el Sur hasta el nacimiento del
r ío Guap{ ; sig uiendo el curso de éHe
hasta encc..ontrar los límites del Muni o
cipio del mismo nombre.
~rt(culo 3.0 Agréganse al Departa mento
de Pasto, segregándolos del
Departamento de lpiales, por sus actuales
límites, los Municipios de Sam:
iniego, Ancuyá y Linares.
Parágrafo. Estos Municipios pertenecerán
también al Circuito Judicial
de Pasto.
Artículo 4.° Créase el Municipio de
Salento, por los limites que actualmente
tiene como Corregimiento; pero
tenecerá al Departamento de Maninizales,
al Circuito Judicial de At menía
y al notarial y de registro de igual
nombre.
Artículo 5.0 El Municipio de Medina
hará parte integrante del De par ·
tamento de Zipaqu!rá.
!_rtkulo 6.0 El Municipio de Macaravita
hará parte del Departamento de
Eucaramanga, y el caserío de Servi tn
continuará en este Departamento
con el carácter de Corregimiento y
como parte del Municipio á que per ·
tenecía.
Artículo 7.0 El Municipio de Bue
navista integrará al Departamento de
Cúcuta, lo mismo que Jos Corregimientos
de Los Angeles y Puerto Nacional ,
que harán parte de los Municipios á
que pertene'::Ían.
rtlculo 8.0 El presente Decreto re.
girá desde el t . 0 de Octubre próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 1 1 de Septiembre
de 19080
R. REYE .
El Ministro de Gobierno, M. VARGAS .
(Diario Oficial nú:nero 13,399).
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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•
BEL!CJION de lo s eundros que ruaniOestno el movimiento de a Auotoa que bao cursado ell toa .Juzgados Provloelales de lleota 8, J de J11.s vlaltas prndicadas
por los respectivo& .Jueces, c:orrespondlentea A lo s meses de I!Inyo A .tgosto de 1908,
PROVINCIAS . CUADROS. NUMERO l..>E VI:::;ITAS.
.lNTiO Q. UIA .
Centro ...... .... . .. ........... ..... .. . .. .
Ori ente;.... ... .. .. .... . . ..... . .... . .. . . .
Occiden te.... .. ....... .. . . .. ... . . .. .... .
Sudoeste .. . ... . . .. ... .... .. .. ... .... .. .
Urabá. ... .. .... .. .. ... .. .. .. ... ...... .... . ..
, Aures ... ...... .. .. . ... .... .... ... ... ..... ..
ATLAIITI CO.
Mayo .. ... .. . Junio .. . ... .. ¡ Julio .... ...... Agosto .. ... . .
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Mayo .....• o Junio .. ...... . Julio... .. . . ... . .... . ..... .. .
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Julio 5 ...... .
Julio 1.. .. .. .
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., 2.. . . .. . Agosto l.
, Barra nquilla y Saban a larga .. .... . .
BOLfVAR
Mayo ... Junio . ..... ... Jnlio . ... . o. Agosto .. .. ... Mayo 1.. .. .... Junio 2 ...... .
Cartagena .. . ... . .. . ......... .
Carmen .... .. .. ..... .. .. .. . ... .. .. ....... .
Ms¡ran~u é . ... . ...... ............. .
SinceleJo y o ro za 1. ... ..... o o ... ... .
BOYACT_~r:~.~ ~ ...... .-.-.·.-.·.:::· · ·: • . ::: :: : ::: : ::: : :·::
Junio 2 .......
.Ma yo .. .. . Junio ...... ... Julio....... ... Agosto ..... . .
Ma y o ...
Junio . ..... .. Julio .... ... Agosto .•.
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Junio Julio .. ...... . Agosto ....... Ma yo15 ..... . Junio 5 . ..... . ,, ... ...... .. .
Julio 2 ... ... .
Agosto 1.
Juli o 6 . .... .
Occidente .. . .... ..... .. .......... .. ... .
Ricaurte . .. ... .. . . .. ..... 00 . ........ ... .. .
Centro y Márquez .......... .... . ... .. ..
Tenza y Neira ... .. ... .. ... ...... .. ... . .
CALDAS.
Mayo . ........ Junio... . . . J ulio ~ -· · · .. .
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Marmnto ... .. .. ... ... .... ........ . .. .
Manizale~ ...... ......... .. ... .. . ....... .
Robledo .. .. ..... .. .... .. . . ..... . .. .... ..
Aranzazu .. ..... .. .. ... o ..... . .... ... ... .
CAUCA.
Mayo ... o o .. . Junio ... ... ... Julio ...... . .. .
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Agosto .... o o
J1tnio 14 ... ... Jolio12 .. ... Agosto 13.
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Arboleda y Quindío.... . ...... .... . .
Buga y Tuiuá ................. .. ....... . . .
Popayán ........ . ......... ... ..... ..... o .. .
Cali .... . .. ... . ..... .. . ..... .. ..... .. .. . .... .
Caldas .. .... ...... ..... .......... ..... .. ... .
Palmira.oo ••··· · .. · ····· ·· · ····· ·· .. .. ... .
Santander y Camilo Torres . ..... .. .
Intendencia del Putnmayo.. .. .. .
JHSTlUTO CAP ITAL.
Juli<' . ..... .
Ma yo . .... ... Junio ...... . .
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Junio. .... .. Julio ..... ... .
Mayo o· ...... Junio . ........ Julio........ .. Agosto ...... .
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MayoL . o ... Junio 1 ....... .Julio 3 ... .
Agosto.... .. . . .. .. 0...... ... . ........ .. .. . .
, MayoS ........ Junio 40... .. . Agosto 1,
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Agosto .. ... . .
.t\gosto 1,
Julio 2 ..... . .
Bogotá .... .. .. .. . .. ..... ....... . .. 0 Mayu ... O o . Junio ... . ..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Cll:SDJ '.UU.KC A.
Tequendama ....... ...... .. ...... ..... Mayo ....... . .
Girardut y Suma paz. .. ... . .. ......... , .. . ........ .
Orien te. . ...... ... . ........... . ........ , . ... . .. .... .
Faca ta ti vá... .. . .. . . .. . . . . . . . . . . . . .. . . . , ......... ..
Guaduas ....... ...... ................ . . 1
Junio .. ... .. .. Julio .... ... ... Agosto ....... Mayo2 ........
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Junio 5 .. .. ..
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G.u.AN,
Gua n entá.. ............ . .. ... . ....... .
Socorro y Cbaraló.. .. . . . ...... ...... .
Vélez .... ........ . .. .... ........... _ . . .
Suárez. ........... ..... . ....... . .... .
Majo ... . .... .
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Junio ......... Julio .......... .. ... ···· ·· Mayo2 ·······
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" 10 ... ... ......... ...... .. .... ····· ·· · ····· ·········· " 2 ........
Junio 6 . ..... .
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BUlLA.
J ulio,......... AgoRto ....... Mayo l .......
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Neiva ...... .. .............................. Mayo .... ..... Junio ...... .
Sur...... ..... ... ...... .... ............... , .......... .. , ...... ..... .
:MAGDALi&li A.
Provincia Ribereña, ......... ...... . .. Mayo...... Junio.. ..... .. Julio... ....... Ago.sto . .. . .
Santa Marta ............ . . . . .. .. . . .. . .. . .. .. . . . . ... . .... . ... ..... .
Valle Dupar ... ... ..... .................. Mayo...... Jun:io......... ............... . ............ .
El Banco. .. ................... .......... ............... ......... ... .. ....... ........ ......... .. .
N.UuÑo.
Mayo 9 ........ Jun io 12., ... .
" 3.. ...... " 3 .... .. .
,. 15...... . ...... ...... ..
Obando.. ... .... .. ............... Mayo ... _ .... Junio ........ Julio....... . .. .. .......... . ..
Núñe11...................... .. .. ...... ...... ......... ...... ........ ...... , ...... ... . .. ......... .
Túquerres .. ........... ............ .. ... May o ......... Junio.... .... , .... ... .. .. . .. .. .. .. .... .
Juanambú y Cruz del Mayo ... ··-· , ............ ,. ... .. ...... , ... ......... .. ............ .
QU:ISAllA.
Gua vio y Guata vita... ... .. . .. ... .. . . .. .... ....... . Ju" ru"-'o".·.· .. ·. ·.·.·.·. " u ..
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... ... · .·.· .·.· .· ... . .. .......... .. Zipaquirá y Rione¡ro....... .......... ........... ... ._¡ Ag.:>sto ..... ..
Uba.té y Chocontá.. .. .. .. .. .... .. .. .. .. .. . .. .. .. . .. .. . .... .. .. .. .. .. . . .. . . .. .. .. .. .. .. ...... .... .. .
SUITANDJ!ill..
Mayo4.. .... .
, 4 .. - ... Junio 2 ... ..
............... " 6 .. .... .
Boto y Los Sa ntos .... ...... . .... ........ Mayo ...... .. .
Oúcuta ...... _., ............... ... . .... .. .. ....... .... ..
García Rovira y Fortoul. .. .... .. ..
Pam-plona. ..... .................... .. .. ... .... ..... • ..
Ocaña. y Río de Oro ...... ........... Mayo . ..... .
Tl/NDAMA,
Junio ... ... .. . Julio .......... ... ..... ..... .. Mayo 1 ....... Junio 2 ....... ............... ... ... .... ..... Agosto ....... " 1 ....... ········ ··· ···· ... ...... ... . ........ ..... ... ··· ········ ···· .. 3 ...... . Junio4 ......
··· ··········· ····· ···· ··· Agosto ....... " 4 ...... . Junio 2 ...... .
Junio ... .. .... Julio ... . .. .... " ·· ······· ,¡ 3 . _ ... .
Norte ____ •••. · -··--.. ----- · ·----· Mayo .... .. ... Junío ........ . Julio .... ....
Gutiérrez ··· --· ··--·- . • ••• . .. .. , .. ........ ..
Tundama y Bugamuxi.. ...... .. ____ ... _ . .... . _.
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