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~ ú,:n;c:o~tr~~~do .. ____ ... __ . .. __ .... ,150 ' p o r el arma mento nuevo. Escrita por Emory Upton. Traducida y
:.\~',;l,;~j~)~':' ~;l~~~~a ... .. .... ; ................. ; ........... 8~ ; ~ arre .g- la d a á las ~eces i dades d~1 E jército colombiano, por Enrique
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL COLOMBIANO
~~~~~~==~~=-=-__ =-________ -= __ -=~~ ____ =-__ -= __ ~r~==-==--=~~- ========================-=================
en forma de anualidades debe I apertura del Canal y de los de-··
pedirse al Gobierno de los Esta- rechos y propiedades que tiene
dos U nidos por las concesiones en él, proyecto que fue pu~sto en
anteriores. vuestro conocimiento po el Mi"
EL COLOMBIANO"
Fundador-Rell:lctor:
D. EUOLIDES DE .I.l.N'G ULO
Canal de Panamá
DOCUMENTOS
RELATIVOS Á LAS NEGOCIACIONES PA RALA
APER.TURA DE ESTA VIA INTEROCÉANICA
Repúblt"ca de Colombia- Ministerio de
Re/aúones Ezteriores- Secció1t I~Número
1 1,144-Ct'rcular- Bogotá,
25 de Septiembre de 1902,
Sr. Gobernador Jefe Civil y Militar
del Departamento de ----
Siendo como es la cuestión del
Canal Interocéan ico de la mayor
importancia y trascendencia para
Colombia, el Poder Ejecutivo ha
auerido conocer el modo como la
¡precian personas competentes en
todo el país, á fin de que, pu bli cando
los conceptos que se obtengan,
la opinión nacional pueda
pronunciarse con acierto en
tan delicada materia, por medio
del Congreso, á cuya aprobación
definitiva habrá de someterse el
Convenio que celebre el Gobierno.
En el Dz'ayz'o Ojiáal hallará
Usía dos distintos informes sobre
el asunto del canal, emitidos por
varios distinguidos vecinos de
Panamá, y en el periódico particular
El Colombiano, de esta
ciudad, en el cual se está reproduciendo
el discurso del Senador
Margan, adverso al traspaso de
la concesión del canal por Panamá
al Gobierno de los Estados
U nidos, se publicarán las bases
y reformas presentadas, respectivamente,
por la Legación de
Colombia y el Departamento de
Estado en Washington, para un
proyecto de Tratado relativo á
dicha vía interocéanica, y los informes
en diversos sentidos dados
á este Ministerio por otros
respetables ciudadanos de quienes
se solicitó su ilustrada opinión
en el asunto.
De todo ello se enviará á Usía
un número suficiente ele ejemplares,
á fin de que se sirva hacerlos
distribuír convenientemente en
ese Departamento y de que procure
que en la prensa local se estudie
con toda libertad la misma
importantísima cuestión. De este
modo, cuando se reúna el Congreso,
el país se haJlará suficientem€
nte instruído de lo que sobre
el particular convenga á los
intereses patrios, y sus Representantes
en las Cámaras Legislativas
podrán fácilmente llegar á la
solución que más armonice con
los derechos y con la conveniencia
de la República.
Como la cuestión que se debate
afecta á toda la N ación, á
ésta misma apela el Gobierno á
fin de que, con tiempo, la estudie
y la ilustre, para que se deCida
con el acierto que su excepcional
importancia y gravedad
demandan.
De Usía muy atento servidor,
FELIPE F. PAUL.
LEGACION DE COLOMBIA
WASHINGTON D. C.
Washington D. C. Enero 8 de '9°2.
Sr. Mhlistro.
Aprovechando el vi~je del Sr.
John Bid1ake que Sigue para
Bogotá, he resuelto conferirle el
carácter de correo de gabinete y
encargarle de la conducción de
este despacho para V. S., á fin
de evitar las demoras consiguientes
al correo ordinario.
Adjunta hallará V. S. copia de
la nota que me ha dirigido el Almirante
J. G. Wa1ker, Presidente
de la .1sthmz·an Canal Commúsz'on,
en la cual me transcribe co pia
de un despacho dirigido de
París al Sr. Jules Boeufvé, Canciller
de la Effibajada de Francia
en esta ciudad, autorizándole
para ofrecer al Gobierno de los
Estados Unidos el traspaso de
le concesión de la Compañía del
canal de Panamá por la suma
de $ 40.000, 0 00.
Con posterioridad á aquella
nota del Almirante vValker, reci bí
ayer la visita oficial del Senador
Edouard Lampre, Jefe de la
Secretaría de la Dirección General
de la 'Compañía Nueva del
Canal de Panamá, con el objeto
de hacerme sabedor de la mencionada
propuesta, y de averi guar
si el Gobierno de Colombia
autorizaría el traspaso de la concesión.
Le contesté que se le daría
el permiso solicitado, siempre
que, previamel!te, el Gobierno de
Colombia y el de los Estados
U nidos llegaran á un acuerdo ó
Tratado sobre las recíprocas con cesiones
necesarias para la apertura
del canal por nuestro territorio.
Ha llegado, pues, el momento
de resolver si el Gobierno de Colombia
concede ó nó el permiso
solicitado y con qué condiciones,
ya respecto de la Compañía, ya
del Gobierno de los Estados Unidos.
• Los términos del problema
han quedado, por 10 tanto, absolutamente
simplificados, y se reducen
á saber si el Gobierno de
Colombia concede al de los Estados
U nidos el derecho de abrir
por su territo rio el proyectado
canal, con d control necesario y
con la extensión de la faja hasta
tres millas á uno y otro lado de
la vía marítima, ó si se rechaza
toda propuesta en este sentido.
En el último caso, habría que renunciar,
al menos por muchos
años, á toda esperanza de abrir
el canal por la ruta de Panamá;
y para la Compañía francesa
equivaldría esto á una ruina to tal
é inevitable, puesto que le sería
absolutamente imposible concluír
el canal dentro del término
á que está obligada por la ley de
su concesión. El hecho solo de
haberse rendido á discreción,
aceptando de plano el avalúo,
sin duda demasiado bajo, hecho
por la misma Comisión del canal
ístmi ca, está indicando claramente
que no tiene hoy, ni abriga la
esperanza de adquirir más tarde,
los recursos indispensables para
llenar sus compromisos con el
Gobierno de Colombia.
Como V. S. verá por los ad-juntos
recortes del N ew York
Tribum y del Herald, el Bill
Hepburn ha empezado á discutirse
en la Cámara de Representantes.
Al principio se creía que
pasaría sin observación alguna y
sin enmienda sustancial; pero
las cosas van tomando un aspecto
muy diferente, con motivo de
la propuesta de la Compañía
francesa. En la Cámara misma,
donde la opinión en favor de Nicaragua
era avasalladora, se han
levantado yá muchas voces que
piden un estudio más detenido
del asunto y que protestan contra
la festinación con que se quiere
expedir esta ley. Dicen, y
con razón, que habiendo yá probabilidades
de adquirir la ruta de
Panamá, sería un grande error
el reducir á una sola vía, la más
larga y más costosa, la acción
del Gobierno. Como e~te argu
mento tiene mucha fuerza, es
probable que en la Cámara se
introduzca una enmienda en el
sentido de autorizar al Presiden te
de la República para entrar en
las debidas negociaciones conducentes
á escoger la vía más
conveniente para el proyectado
canal. N o sé si esta enmienda
sea aceptada; pero sí es casi seguro
que el Senado la aprobará,
porque, según entiendo, el Gobierno
Ejecutivo tiene mucho interés
en ello. Si así fuere, habremos
ganado mucho terreno y
estaremos en capacidad de negociar
sobre bases más satisfactorias,
entendiéndonos directamente
con el S ecretario de Estado,
y no con comités sometidos
á toclas las influencias de los po líticos
y de los especuladores.
Como este es por ahora el objetivo
inmediato, que no se alcanzará
si no se hace una declaración
satisfactoria por parte del
Gobierno de Colombia, yo contestaré
al Almirante vValker, tan
pronto como me comunique el
arreglo provisional que habrá de
hacerse con la Compañía francesa,
que el Gobierno de Colombia
está dispuesto á conceder el permiso
necesario para el traspaso,
siempre que se celebre un convenio
con el Gobierno de 105 Estados
U nidos, en términos equitativos,
que permitan la construcción
del can al por Panamá y aseguren
los derechos de Colombia.
Esto producirá muy buen efecto
en el Senado, y nos dejará el
campo abierto para después.
Yo no le he dicho al representante
de la Compañía francesa
con qué condiciones se le concederá
el permiso para el traspaso
de la concesión; pero me parece
de estricta justicia que den una
buena suma al Gobierno de Colombia,
puesto que si el permiso
se les niega, lo perderán todo.
Además, ya que la Compañía se
aprovechó de las penosas circunstancias
del Gobierno para
obtener una prórroga de seis
años, que es la que 'en realidad
van á vender por cuarenta millones,
no creo que sea contrario á
la equidad exigirles siquiera dos
millones de pesos más sobre el
millón que pagaron.
Los puntos precisos sobre los
cuales necesito instrucr.iones de
V. S. son los siguientes:
Primero: Si se accede ó nó á
ceder á los Estados U nidos una
faja de terreno de seis millas de
ancho, excluyendo las ciudades
de Panamá y Colón;
Segundo: Si esta concesión se
hace á título de arrendamiento,
por término indefinido ó al menos
por el de doscientos años;
Tercero: Si se ceden ó arriendan
las islas de la Bahía de Panamá
para estaciones de carbón,
cosa que se estima indispensable
por la circunstancia de que casi
todos los buques que vengan de
puntos distantes á cruzar el canal,
necesitarán renovar su provisión
de carbón;
Cuarto: En que término deben
arreglarse las cuestiones de policía
en la dicha faja del canal,
para impedir colisión de jurisdicciones
y para mantener al mismo
tiempo un orden severo entre la
multitud de gentes de todas clases
y condiciones que afluirán á
la obra del canal, y
Quinto: Qué suma redonda, ó
En este último punto mi opi- nistro de Colombia en Washingnión
es que debe preferirse una ton, resolvisteis convocar una rel1 -
anualidad fija, para asegurar este nión en el Palacio de San Carlos
beneficio á las generaciones fu - que tuvo lugar el 13 de este mes, -:
turas; para impedir la malversa- con asistencia de varios ·-miemción
ó el derroche de una suma bros del Gobierno, de los Magisde
consideración, recibida de una trados de la Corte Suprema, dd
vez; para calmar las susceptibi- Procurador General, de los Conlidades
de los partidos políticos, sejeros de Estado y de algunos
y para tener una base sólida con individuos particulares, con el fin
qué amortizar gradualmente el de discutir los puntos conducenpapel-
moneda y fundar el crédi - tes de la negociación, enumerato
de la República en el Exterior, dos en la nota del Sr. Ministro.
atendiendo al puntual pago de Al efecto, se nos hizo el honor·
los intereses de la deuda. de nombrarnos en comisión para ,
Asegurados estos beneficios, el presentar un informe sobre las
desarrollo del país vendría por cuestiones sometidas á nuestro
añadidura y como consecuencia examen.
necesaria; y merced al crédito Conforme al artículo 21 de la '.
sobrarían capitales europeos y Ley 28 de 1 878, 1~ es absolutáamericanos
para emprender la mente prohibido á la Compañía :
construcción de los ferrocarriles del canal interocéanico ceder:.9··
que más urgentemente necesita hipotecar la empresa á ni'ngún·a ·
el país. N ación ó Gobierno ext~anjero, y
Encarezco una vez más á V. en el caso de hacerlo caduca el
S . que me comLl nique por cable contrato por el mismo h~Gho, y
las instrucciones que le pido de el canal con sus anexidades v.l!lel-.
nuevo, á la mayor brevedad po- ve al dominio de la República;sible;
pues, como V. S. compren- así, mediante esta prohibición,
de muy bien, este asunto debe la Compañía no puede hacer el
resolverse, y se resolverá en traspaso sino con el permiso y
cualquier sentido, antes de la consentimiento del Gobierno de
clausura de las actuales sesiones Colombia.
del Congreso americano. Ahora bien: ¿ Conviene á lo~
Con todo respeto y considera- intereses de nuestro país, á su
ción me suscribo de V. S. muy independencia y soberanía, que
atento y seguro servidor, sea á un Gobierno extranjero á
quien Colombia confiera el dereo:.
CARLOS MARTÍNEZ SILVA cho de abrir el canal?
Departamento de Estado- Comisión del
Ca1lal Istilleiio- Waslá,¿¡tlln, Enero
6 d~ 1902.
La vía de Panamá, que pone
en comunicación los dos Océanos
para el comercio del mundo, representa
la parte más importante
del territorio de Colombia, su
Sr· D. Carlos Martínez Silva, Ministro de la grandeza y su porvenir; entre-
República de Colombia.-Washington 1 G
Estimado señor :
Para su conocimiento y refi·
riéndome á nuestra correspon dencia
respecto de la venta á los
Estados Unidos de las propiedades,
privilegios, etc., pertenecientes
á la Compañía francesa,
transcribo á usted lo que dice,
con fecha 4 del presente, el Sr.
Ju1es Boeufvé, Canciller de la
Embajada fran cesa, quien habla
en representación de la Nueva
Compañía del canal de Panamá:
gar a á un obierno extranjero,
sustraerla á nuestra jurisdicción,
sería un suicidio, una traición á
la Patria, la repudiación de la
herencia que con su sangre y sus
sacrificios nos legaron nuestroS
padres. ' . . -
Lo que constituye en primer
término el carácter de independencia
en una N ación, es el ejercicio
de la jurisdicción en su pro .....
pio territorio; desde que e~te
atributo de la soberanía se confiere
;i autoridad extranjera, el dueño
de la tierra pasa á ocupar el
"París, Enero 4 de 19°2. puesto de colono ó vasallo de
Comunique inmediatamente al
Almirante Walker, sin esperar
la llegada de Lamp-re, que la
Compañía se halla dispuesta á
transferir al Gobierno de los Estados
U nidos, mediante el pago
de cuarenta millones de pesos,
sus propiedades y concesiones,
estimadas en esta suma por la
Compañía del canal ístmico, en
su último informe, pág. 103, de
conformidad con los términos y
condiciones de los cálculos que
en dicho inform€ aparecen." .
Soy de usted, señor, respetuoso
servidor,
otro país.
Por el artículo I? del contrato
de 1878, se ceden gratuitamente
á los concesionarios, por el tierrrpo
del privilegio, las tierras baldías
necesarias para el trazado . del
Canal, sus dependencias, estaCiones,
ete., y una faja de ti~rra de
doscientos metros de anchura
sobre cada LIno de sus costados,
y por el artículo 4? se le ceden á
perpetuidad quinientas rnil!i1utá-t
reas de tierras baldías-eetH-a&.minas
que ellas puedan contener,
debiendo hacerse la adjudicación
sobre las que queden en las costa~
marítimas, · ó á orillas del canal· 6'
J. G. W ALKER de los ríos en lotes alternad.0S
Presidente de la Comisión." entre el Gobierno y la Compap-ía:,;
....
INFORME
que presenta al Excmo. Sr. Vicepresidente
la mayorfa de la Comisión nombrada
por la Junta que se reunió el 13 de este
mes en el Palacio de San Carlos.
Excmo. Sr. Vt'cepresident~:
Habiendo iniciado la Compañía
del canal de Panamá una propuesta
de cesión al Gobierno de
los Estados U nidos de América,
del privilegio que le concedió el
Gobierno de Colombia para la
de modo que la Nación 6- Go~rno
á quien se traspasara la c~-.
cesión vendría á ser propiet~io.
no sólo del canal sino de quini~.FJ ;
tas mil hectáreas de tierras 'bál::
días, que adjudicadas en Panamá
le pondrían en posesión de este
Departamento.
Además, en el nuevo co.trato
parece que se exigiría .una' zona
de seis millas de ancho al lado
del canal, y las islas de la bahí~
de Panamá para estaciones de
carbón.
Dueño un Gobierno extranjero
La Luneta (frente á San Ignacio )-Despaeho Jas noúhed de función hasta las doce. Surtido'"
completo de viandas y licores. Cerveza sifón. Cigarrillos Legitimi jad fresccs, impor_
tados por Luciallo Gonzalez.-PBEOIOS l1ÓDIOOB. ANGEL M. HERRERA J.
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
'.
EL COLOMBIANO
de porción tan considerable del ducido pánico en los accionistas I que podría establecer, respecto
país. ocurre la duda respecto de franceses, induciéndolos á ofrecer I del tdnsito, las restricciones que
la jurisdicción. á que la parte ena- su concesión, no obstante el ade - su interés le exigiera, tanto en la
jenada queda río. sometida. lanto notable en que se encuen- paz como en la guerra.
Europa, agitada p.or. guerras tran lo; trabajos ?el canal. , Europa .. que??ría excluída de
frecuente", para transigir preten - La Imea de Nicaragua, segun toda partIClpaClOn en un canal
siones opu~t:as ha establec~-Ila opinión ~e autorid~~e.s cientÍ- puramente americano, y los .Trado
el condomznzum en determ l- ficas, es mas larga, dificIl y cos- tados para establecer relacIOnes
nados países; citamos, entre otros, tosa que la de Panamá, y si .en comerciales por aquella vía se
el que Bélgica y Prusia ~jercen ésta_se ha trabajado durante vem- c~lebrarí~¡;¡ no con nuest.ra:s autoen
el Marsenet, perteneciente á te anos, con un gasto de muchos ndades Sl110 con el Gobierno con
la primera; el protectorado qne millones de pesos, i cuánto tiempo cesionario, apareciendo ColomIn<
Ylaterra. Alemania y los Esta . y cuánto dinero no se emplearían bia sometida á un protectorado
do~. Unidos tienen sobre las islas en la otra vía! en menoscabo de su dig nidad y
Samoa; las delimitaciones de te- Durante siglos el canal de de su importancia política ante
rritorio con vasallaje respecto de Suez se consideró impracticable, las naciones.
Turquía; y la cesió~ á 1 nglate- Refiere l~ tradición l~istórica que Tiene .d~rec~,o la República á
rra de la isla de Chipre, en ·con - en los pnmeros trabaJOS, empren- una partlClpaclOn en el producto
didones semejantes, que el COI~ - didos por los F~raones, perec~~- bruto. del canal. d~ ? por 100 en
greso de Berlín de 1878 determl- ron ochenta mtl hombres. S1I1 los pnmeros Ve1l1tlCll1CO años de
nó y llevó á efecto. embargo, á pesar de las dificulta- terminada la obra, de 6 por 100
.:El .·cqn.dominúm con un Go- des, bajo la dirección del Gran del vigésimosexto año al quinbierrio
concesionario del canal .francés Fernando de Lesseps, fue cuagésimo inclusive, de 7 por 100
sería absurdo de parte de Colom- abierto y terminado. del quincuagésimoprimero al sepbia;
nuestro derecho no podría En 1869, al inaugurar esta tuagésimosexto hasta la terminaser
efectivo, sino quedando esa grande obra Monseñor Bauer en ció n del privilegio. Además, el
empresa, como lo está 'hoy, so- su discurso, s.e expresaba así: . . Gobierno de Colombia puede esmetida
á nuestras leyes. "A cua lqUIer lado que se dIrl- tablecer aduanas para cobrar el
Por otra parte. una nación po- jan nuestras miradas bajo este impuesto sobre los objetos que
derosa adueñada de Panamá, ex- cielo maravilloso, ante esa c:oncu- se importen á otros puertos de
tendería su influencia irresistible rrencia cosmopolita ¡cuántos mo- la República y dictar los reglasobre
nu~stras costas del Atlán - ti vos de asombro en lo pasado y mentos de policía que juzgue con
tico y el Pacífico, y de hecho la qué gloriosa esperanza en lo por ducentes.
nacionalidad colompiana queda- venir! Si llegaren á suscitarse dificulría
anulada. Se terminó por fin la obra que tades entre el Gobierno y la
No nos anima, al emiti"r estas se creía imposible. Compañía, serán sometidas á la
· ideas, ningún mal sentimiento Héla allí ante nuestros ojos, decisión de un Tribunal de árbi-respecto
del Pueblo americano; magnífica y grandiosa, comp1eta- tros, compuesto de cuatro indivireconocemos
su inmenso poder, mente terminada. duos. dos de ellos nombrados por
sus virtudes republicanas y el Hé allí las naves de todas las el Poder Ejecutivo entre los
bienestar que la América latina partes del mundo, dispuestas á miembros de la Corte Suprema
debe al apoyo moral que le ha lanzarse sobre ese suelo abierto y los otros dos nombrados por
prestado; pero tratándose de á la civilización. la Compañía. En caso de empanuestro
país, tenemos el deber de Así como en la cronología te en los votos de este Tribunal,
defenderlo, de combatir todo lo de lo pasado el descubrimiento los árbitros nombrarán un quinto
que pueda vulnerar S~IS de~echos de Améri~a está escrito con ca- y los fallos, que se. 'pronuncien
ó com.prometer su eXistenCia co- racteres mdelebles, la apertura por éste seran defi11ltlvos.
mo nación independiente. del canal de Suez ocupará un Dado el caso de la cesión á un
El 29 de Octubre de 1888 se lugar no meno':> glorioso en la Gobierno extranjero no existiría
fir1l)6 en Constantinopla, entre cronología de lo por venir." Tribunal que resolv iera las difeFrancia,
A'emaI))a, Austria Hun- Estas hermosas palabras ten- rencías entre el concesionario y
gria, España, Gran Bretaña, Ita- dremos ocasión de repetirlas en el Gobierno de la República, y
· lia-, los 'Países Bajos, Rusia y breve tiempo, cuando Francia, no teniendo éste la fuerza ni el
· Turquía, el Tratado que garantiza arrepentida de haber por un mo- poder para defender su derecho,
el.libre uso del canal de Suez en mento renunciado á la gloria de habría de someterse á la ley que
tiempo de paz yen tiempo de dar su n(¡mbre á la más colosal se quisiera imponerle.
guerra, en desarrollo del firmán empresa del siglo, se lance con Sería del todo imposible que
de S. M. I. el Sultán, de 22 de sus capitales, su energía y su las estipulaciones del contrato
Febrero de 1866. Por este Tra- ciencia á realizarla. No renuncie- vigente fueran aceptadas por el
tado se determina que el pasaje mos tampoco á este renombre, Gobierno á quien se traspasara
por el canal marítimo de Suezserá cediendo por una suma de dinero la concesión, se haría necesario
libl'e en todo tiempo para los bu- nuestros derechos, nuestra sobe- un nuevo contrato, quedando el
ques de comercio ó de guerra, sin ranía y hasta nuestra indepen- existente con la Compañía frall-dis
·tinción de bandera. Se recono- den cia. cesa sin efecto alguno.
cen en él los derechos de sobera- La Ley 2:;t de 1886 declara que Por el Tratado de 12 de Di-nía
.del Emp.erador de Turquía y en Colombia no es transferible la ciembre de 1846, celebrado por
del Khedive de Egipto, á quienes propiedad raíz á Gobierno ex- nuestro Gobierno con el de los
córresponde dictar los reglamen - tranjero, y como la obediencia á Estados U nidos, éste garantiza
tos de policía y, emplear la fuerza las leyes obliga en primer térmi- la perfecta neutralidad del istmo
pú'blica á. efecto de mantener el no á los encargados de ejecutar- de Panamá, con la mira de que
arpen en el canal y la seguridad las, parece fuera de 'eluda que el en ningún tiempo, durante la vien
·el tránsito. Gobierno Ejecutivo no puede gencia del Tratado, sea inte-
"EI Egipto, cuna en otro tiempo celebrar contrato alguno ni dar rrumpido ni embarazado el libre
c¡le la civilización oriental, que du- permiso par;¡ hacer cesiones ó tránsito de uno á otro mar; y
rante el imperio de los Faraones traspasos que comprendan ena· garantiza, asimismo, los derechos
.::ivalizó con las más poderosas jenación de territorio, sin que la de soberanía y propiedad que
monarquías del mundo, es hoy, á ley á que nos referimos haya s ido Colombia tiene y posee sobre dicausa
de su decadencia, conside: previamente derogada. cho territorio, en compensación
rado como nación berberisca, de El solo privilegio por 99 años de las franquicias y ventajas cotal
manera que, conforme á las ó el arrendamiento de la vía por merciales acordadas á los cuidacapitulaciones
y á los arreglos 200, significaría en el fondo la danos americanos. Más de mecelebrados
con las Potencias eu- enajenación completa, porque tra- dio siglo hace que rige este Trarop~
alt, los extranjeros están allí tándose de naciones y de Go- tado, qu~ la República, por su
sometidos á unajurisdicción espe- biernos, una vez creados intereses parte, no ha pretendido ni preCial,
representada por Tribunales de gran significación no les sería tende invalidar. .
mixtos. y consulares. dado desprenderse de ellos, te- N uestras relaCIOnes con el Go-
Si ' el Egipto, decimos, no ha niendo sobre sí la presión de todo bierno americano han sido de una
cedido sus derechos de soberanía un pueblo que pretende hacerlos amistad inalterable, yes ele espe~
n el canal de Suez á ningún efectivos en su provecho. rarse que ellas continuarán siem-
Gobierno extranjero ¿cómo po- El Gobierno de la República pre como hasta hoy.
dría Colombia, nación civilizada, estipuló en el privilegio concedi- En 1860 el Reino de Cer~ei1a
colocarse en una posición inferior do á la Compañía la neutralidad cedió á Francia las Provincias de
á la de los países bárbaros? y el paso libre por el canal de Niza y de Saboya, previo un ple-
La discusión en la Cámara de los buques de todas las naciones; biscito que fLle favorable á FranDiputados
de los Estados Unidos este carácter inter?acion.al, de cia. Siguien~o ~~t,e ejemplo jvzde
la ley sobre la aI:ertura del U!1~. obr:~ llamada a s~rvlr. a la ga vuestra Comlslon, que trata '1-
canal por la vía de Nicaragua, y clvl]¡zaclOn y al comercIO uI1lver- dose de asuntos de tanta grave
la probable anulación del Tratado sal, vendría ~ con·vertirse e~ em- dad, co:n0 sería. la cesión á una el yton-Bulw.er acaso han pro- presa exclUSiva de un Gobierno, Potencia extranjera del canal co-
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lombiano, no el voto de un Con- : ra posible un acuerdo, se regreso,
quizá ni el de una Con- . solvió, previa venia de V. E., devención
nacional, sino el voto di- signar, en votación secreta, á
recto del pueblo, sería necesario I cinco de los miembros de la Junpara
determinar la conducta del ta para un estudio detenido, á fin
Gobierno, en la seguridad de que de obtener informe escrito para
de los cinco millones de habitan- el día 20, que pudiera servir de
tes; de Colombia no habría una base á ulteriores discusiones o a
docena que aceptara la cesión. la resolución que, por el momenLa
difícil situación fiscal á que to, hubiera de adoptarse.
nos ha conducido la guerra civil Favorecido desde la primera
puede remediarse por otros me- votación con un p~esto en la Codios
que no sean los de ocurrir á misión aludida, consideré deber
recursos desesperados. Las ricas ineludible aceptar el encargo paminas
de oro que se explotan en ra aprovechar la oportunidad de
el país, las de plata, las de pie- consignar por escrito algo de lo
dras preciosas, las plantaciones que expuse verbalmente sobre el
de café, los demás artículos de asunto, y para apoyar la acción
exportación y las reotas públicas del Gobierno en el sentido de
suministran elementos suficientes que se adopte definitivamente por
para hábiles combinaciones, con el Gobierno de los Estados U nilas
cuales puede llegarse á la dos de América el istmo de Paamortización
gradual dd papel- namá para la apertura del canal
moneda, en cuya labor es el Con- interocéanico en las mejores congreso
el llamado á cooperar efi - diciones para Colombia.
cazmente. Por desgracia para el país, son
No entra vuestra Comisión á de todo punto contrarias á esta
tratar de los otros puntos ex- tendt:ncia las opiniones de los
presados el} la nota del Sr. Mi- otros cuatro miembros de la Conistro,
por no creerlo conducente, misión (1), y ello explica mi presuna
vez que no acepta el prime- cindencia del honor de poner mi
ro, base de la negociación. firma al lado de las de tan distin -
Excmo. Sr. Vicepresidente: guidos colombianos, y que me
Vuestra Comisi6n reconoce y res- atreva á asumir la responsabilipeta
vuestros honrados propósitos dad de un informe separado en
y espera que inspirándoos en vues- tan grave materia.
tro amor á la Patria, negaréis en E l Poder Ejecutivo y el Con·
absoluto el permiso que la Com- gres o de 1878 no se preocuparon
pañía del Canal sQlicita para tras- de obtener una renta para Copasar
la concesión á un Gobierno lombia, en forma de impuesto
extranjero, haciéndole saber á la aduant'ro, al peso ó ad va!orem
misma Cilmpañía que el Gobier- sobre los cargamentos del comerno
de Colombia le exige el cum- cio universal que transiten por el
plimiento de sus compromisos canal de Panamá, derecho que,
para la continuación de los tra- por pequeño que fuera, llegaría á
bajos y terminación del canal. sumas muy considerables como
Excmo. Sr. Vicepresidente.
F de P. Maté-us.-A nton'¡,'o
Roldán.- José Camacho.- A le jandro
M Olivares.
Bogotá, Febrero 20 de 1902.
1 FORME
presentado al Gobierno por el Sr. Francisco
Groot en desempeño de una
comisión.
ingreso para nuestro Tesoro, y
además representaría el reconocimiento
expreso de la soberanía
de Colombia sobre el istmo de
Panamá p'l t.o1ñucl t ·s par;). el cuello, á
ante el Sr. Prefecto de la Provincia po varas cuadradas. Háblese con Pedro ! ciiez pap~l es. , ._
S . d . SU ecretano y OS test1go5, en S an' I_\ce_ro. _C_
Citación recomendada (normas APA)
"El Colombiano: periódico político, religioso, literario, noticioso y de variedades - Año II N. 192", -:-, 1902. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2876113/), el día 2026-05-20.
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