RE PUBLICA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Serie VI ~ Bogotá, Junio 6 de 1907 ~ Nú:m.ero 32
Págs.
Acta de la sesión del día 24 de Mayo de 1907.... . ................ ...... 249
Relaci6n de debates de la sesión del día 15 de M:syo de 1907....... • •• 252
Proyecto de ley por la cual _e dispone la erección de un. estatua....... 2.56
Telegrama ................................. .. _ ....... __ • ...... ... ... 256
ACTA
DE LA SE:SIÓN DEL DíA 24 DE lUYO DE 1901
(Pre'sidencia del honorable Diputado Mutis).
1
La Pr esidemcia dispuso á la una y cincuenta y
cinco minutols de la tarde se llaman) lista, á la cual
dejaron de Clontestar debidamente excusados los
honorables Diputados Oamacho, Gómez y Salazar.
Aprobada ell acta del día anterior sin observación
a guna, )los honorables Diputados Lozano, Sanín
Cano, Relstrepo, Gutiérrez, Ruiz, Mutis, Rue·
da Gómez yr Garda Medina suscribieron la si·
guiente propoJsición, que fue aprobada por unani·
midad:
"La Asamlblea Nacional Oonstituyente y Le
gislativa lam¡enta la muerte del Sr. Dr. Manuel
Antonio Ruedla Jara, ocurrida en Chapinero el día
de hoy; reCODlOce los grandes servicios que él preso
tó á la Patria como profesor, como autor de obras
dinácticas, y recomienda su memoria al reconoci·
miento de los colombianos.
" La Presidlencia comunicará esta proposición á
la Sra. viuda ,del Sr. Dr. Rueda."
II
En seguidla los honorables Diputados Neira,
Arango, Restrrepo, Lozano, Gnecco Laborde, Pule·
cio, RUleda G<ómez, García Eivaristo, Carvajal V.,
Garcia H. y Franco Salvador presentaron esta otra
proposición:
" Antes de (entrar en el orden del día considére·
Sido siguiente:
"Oiérrese el segundo debate del proyecto de
ley sobre cuamtfas, con las disposiciones aprobadas
ya, y continú\esele dando el curso reglamentario
correspondientte. "
Después de aprobada la alteración del orden del
día, el honoralble Diputado Pinto pidió se le iDfor
mara 0uáles eIran las disposiciones aprobadas del
proyecto en re,ferencia; y como el Secretario dijera
que no se enclontraba sobre la mesa por tenerlo á
su estudio la nueva Comisión nombrada por la
Asamblea que trabaja el de reformas judiciales,
el mismo honorable Diputado solicitó que no Ae
aprobara la proposición hasta tanto que el pl'oyec
to se encontrara en la Secretaría.
El honorable Diputado Neira apoyó la proposición,
y el honorable Diputado Pinto la impugnó
nuevamente, por considerar que es antirreglamentario
el debate de un proyecto que no está en la
Secretaría.
En este Estado el honorable Diputado Restrepo
propuso y se aprobó:
" Suspéndase lo que se discute y tráigase á discusión
en la sesión del lunes, á primera hora, el
proyecto de ley sobre cuantías, para cerrar su segundo
debate."
III
El Secretario dio cuenta de los negocios sustan·
ciados por la Presidencia en la fecha y del orden
del día de la corporación.
IV
Leído el informe de la Comisión que estudió el
proyecto de ley "sobre explotación de bosques nacionales,"
Ae aprobó la proposición con que termi·
na, pOl' la cual se dispone darle segundo debate,
Abierta . la ¡discusión, fueron aprobados los siguien
tes artículos originales:
"Art, 1. o Se consideran bosques nacionales, que
no podrán ser adjudicados como baldíos, aquellos
que contengan maderas preciosas, tagua, árboles
de quina, caucho, gomas, resinas y otros productos
exportables y que se declaren reservados por
el Gobierno.
"Art. 2. o Por conducto del Ministerio de Obras
Públicas y Fomento podrá el Gobierno nacional
celebrar libremente contratos con empl'esarios que
soliciten la explotación de los bosques nacionales,
debiendo sl,ljetarse á las formalidades de que tra·
tan los artículos siguientes y á los reglamentos
que se dicten por el Gobierno.
"Art. 3. 0 Toda persona que quiera dedicarse al
corte de maderas, á la explotación ó extracción de
tagua, cortezas, gomas, resinas ú otros productos
exportables de los bosques nacionales, deberá diri·
gil' su solicitud de concesión al Ministro de Obras
Públicas y Fomento, en la cual expresará con cla·
ridad la ubicación y el nombre del lu~ar donde
trate de hacer la explotación, determinando cIal'a
y precisamente los linderos ar'cifinios ó geográficos
y el ramino ó la vía por donde piense sacar los
productos. "
•
,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
•
250 ANALE8 DE LA ASAMBLEA NACIONAL
El 4.°, modificado por la Comisión, fue aprobado
y adoptado así:
"Art. 4.° Acompañará además la prueba de
que los terrenos se consideran baldíos; de que
está en posesión la República; de que en ellos existen
las maderas, árboles, gomas ó resinas de que
se trata en el proyecto de concesión, y de que no
se tiene noticia de que haya otra persona autori
zada con anterioridad para su explotación.
"Pal'ágrafo. La prueba á que este artículo se
refiere la constituirá una información jurada de
cinco testigos conocedores de los hechos, que así
lo firmen y den la razón de su dicho. El Gobierno
podrá también, cUando lo estime conveniente, so
licital' por su parte otros datos sobre el particular,
ya !lea por medio de lal:! autoridades 10caleH, ya por
medio de comisionados eSfJeciales."
Los artículos 5.°, 6.°, 7.° Y 8.° lo!:! aprobó la
Asamblea oin modificación, en la forma que sigue:
" Art. 5.° En vista de tales documentol:! el Mi
nistro de Obras Públicas y Fomento declarará que
el terreno en cuestión se reserva temporalmente
para bosques, si se otorga la concesión.
" De esta clase de declaraciones se llevará un registro
especial en el Ministerio de Obras Públicas
y Fomento.
"Art. 6. ° La concesión se otorgará teniendo igual
mente á la vista el plano que el peticionado deberá
acompañar de los terrenos en quo se flUcuentre el
bosque en que se va á hacer la explotación.
"Art. 7. o El concesionario deberá obligarse á
verificar la explotación contratada de manera que
no se destruyan los productos sino que asegure su
reproducción ó repoblación; á admitIr la inspección
de los empleados que para el efecto designe el Go
bierno en la forma que en el contrato se estipule;
á asegurar el cumplimiento de sus obligaciones y la
buena explotación y conservación del bosque; á que
no alegará en ningún caso derechos de arrendata
rio ni de propietario sobre el terreno en que se
encuentre el bosque; á que lo entregará á la terminación
del ,contrato servible para ser explotado
nuevamente, y á que admitirá que visiten el bos·
que como practicantes los alumnos de la Escuela
Agronómica.
"Art. 8. 0 El concesiouario dará aviso á la pri
mera autoridad política del lugar de la ubicación
del bosque, para que éste ó su inmediato superior,
á voluntad del concesionario, le den la posesión y
la protección que necesite."
El 9. o lo modificó la Comisión así:
"Art. 9. 0 El Gobierno podrá otorgar estas con
cesiones hasta por el término de veinte años, y la
extensión del territorio sobre que verse cada una
de ellas. no podrá exceder de tres mil hectáreas.
Cuando un mismo individuo, una misma compañía
ó individuos que sean socios de determinada com
pañía ó tengan entre sí, por cualquier causa, man
comunidad de intereses, solicite ó soliciten varias
concesiones, no podrán sel' otorgadas sin que me
die entre cada una de ellas un globo por lo menos
de tres mil hectáreas de su perficie."
y al adoptarse, el honorable Diputado Cuervo
Márquez lo submodificó agregándole el siguiente
parágrafo:
__ ;t=
"(Parágrafo nuevo al artículo 9.°) Autorizase
al Poder Ejecutivo para que siempre que fuere necesario
parg proteger ó desarrollar una industria,
pueda dar en arrendamiento por un término no
mayor de veinte años cualesquiera otros bienes
nacionales. "
Forma en la cual fue adoptado el artículo.
EllO se aprobó original, así:
"Art 10. Las concesiones de bosques se otorgarán
únicamente para explotar productos deter·
milJados, los que se especificarán claramente en el
contrato; pero el que haya obtenido concesión para
ciertos produc'f¡os y quiera luégo hacerla extensiva
á otros, tendrá dereGho preferente para que se le
haga, siempre qUE:' lo solicite del modo ya estable·
cido en esta Ley."
El 11 lo modiJicó la C0misión en los siguientes
términos:
"Art 11. Los colonos que de conformidad con
disposiciones legales vigen tes anteriormente sobre
bosques ó baldíos estén o~upando parte del ten'e·
no solicitado ó explotándolo como bosque sin au
torización competente ni título definitivo, ten drán
derecho á que el Gobierno los prefiera en
igualdad de condiciones á quien haya hecho la
solicitud.
"Parágrafo. Es entendido que los colonos que
hayan hecho casa de habitación y cultivado la
tierra no solamente son dueños de esta parte culo
tivada, sino que conservan el derecho á que se les
adjudique preferentemente en propiedad otro tanto
en lote continuo."
Al adoptarse, el Sr. Ministro de Obras Públicas
le agregó un parágrafo nuevo que, despué¿ de sus ·
tentarlo, fue aprobado y adoptado, y dice:
"Parágrafo. Es es tendido que los colonos que
hayan hecho casa de habitación y cultivado la
tierra no solarnenente tienen derep.ho á que se les
adjudiquo la parte cultivada, sino también lo tie nen
á que Be les adjudique preferentemente en
propiedad otro tanto en lote continuo."
La modifiración propuesta por la Comisión para
el articulo 12, cOllcebida así:
" Art. 12. El Gobierno dará aviso de cada pro
yecto de concesión al Gobernador del Departa.
mento en donde estén ubicados los bosques de que
se trate, ó al Intendente si la ubicación fuere en
tel'l'itorio de una Intendencia, y tal empleado, pUl'
medio de sus agentes, tendrá obligación ineludible
de hacer conocer á los colono," que se hallen en
el caso del artículo antedor, que tienen el derecho
en ese artículo conferido, para lo cual cuidará de
hacer investigaciones minuciosas sobre quienes se
encuentren en el caso previsto.
" Parágrafo. Recibido el aviso del Gobierno, el
Gobernador ó el Intendente procederá en el acto.á
estos firabajos; otorgará á los interesados un tér
mino de treinta días para avisar á la Gobernación,
á la Intendencia ó directamente al Gobierno si
desean hacer el contrato de concesión en su totalidad
ó en parte. Vencidos e:3OS treinta días, el Go ·
bernador ó el Intendente rendirá el informe al
Ministro de Obra.s Públicas y Fomento, y éste
procederá como sea del caso, es decir, oirá dentro
de un término prudencial las nuevas propuestas,
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ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 251
ó continuará libremente la primera negociación,
si no se hubieren presen tado tales propuestas."
Fue negada, y en su reemplazo pl'e¡:entó el Sr.
Ministro de Obras Públicas el siguiente:
"Parágrafo. Recibido el aviso del Gobierno, el
Gobernador ó Intendente procederá en el acto á
estos trabajos: otorgará á los int'eresados un tér mino
de treinta días para aviRar á la Gobernación
ó á la Intendencia, ó directamente al Gobierno si
resuelven hacer valer SUB derechos á que se les
otorgue la adj udicación respectiva, en su totnlidad
ó en parte. Vencidos esos treinta días, el Gobernador
ó el Intendente rendirá el informe al Mi·
nistro de Obras Públicas y Fomento, y éste pro cederá
como sea del caso, es decir, oirá dentro de
un término prudencial las nuevas propuestas, Ó
continuará libremente la primitiva negociación, si
no se hubieren presentado tales propuestas."
Sustentado por el Ministro, fue aprobado y adop·
tado:
Los artículos 13 y 14 se aprobaron originales, y
dicen así:
"Art. 13. Hecha la decla/'ación de que trata el
artículo 6. o de esta Ley, termina el derecho de
usufructo concedido al Municipio respectivo por la
Ley 56 de 1lJ05 sobre el terreno en que va á lleva.r
á cabo la explotación.
"Art. 14. Los que hayan 0elebrado ó celebren
contratos de arrendamiento de conformidad COn
el Decreto número 552 de 1905 y quisieren explo
tal' 108 bosques contenidos en el terreno que se les
haya dado en arrondamiento, podrán solicitar, durante
el plazo ó á su vencimiento, que el Gobierno
les otorgue concesión de acuerdo con la presen
te Ley."
" El 15 se aprobó y adoptó modificado por la
Comisión, y además uno nuevo que propuEO la
misma; uno y otro dicen:
"Art. 15. En el registro de boe.ques nacionales
de que trata el artículo 5. o ee inscribirán detalla damente
las concesiones que para la explotación
de ellos se hagan.
"Artículo nuevo (16). En los términos de esta
Ley queda modificado el artículo 24 de la Ley nú
mero 56 de 1905."
En este estado el honorable Diputado Tavera
Navas propuso otro artículo nuevo:
"Artículo. El Gobierno exigirá de preferencia,
entre las obligaciones á que quedan sometidos los
concesionarios de bosques nacionales, la de fun dar
poblaciones y colonizar los terrenos."
El cual, modificado aditivamente por el hopora·
ble Diputado Restrepo en la forma que sigue, fue
adoptado, quedando como 15 del proyecto.
" Artículo ... o • • •• 108 terrenos; bien en tendi
do que dichos concesionarios tampoco podrán opo
nerse á que entren en los terrenos cuyos bosques
ellos exploten, nuevos colonos á establecerse y á
colonizar por su propia cuenta, conforme á las le
yes generales sobre baldíos."
No teniendo más artículos la parte dispositiva
del proyecto, y no proponiéndose nuevos, se puso
en discusión el título, y aprobado que fue, pasó á
tercer debate.
El honorable Diputado García Medina devlo-vió
el pl'Oyecto de ley" sobre estadística nacional,"
que se le había pasado en comisión de revisión.
La Presidencia resolvió que se le diera tercer
debate, hecho lo cual el proyecto pasó á ser Ley
de la República.
VI
El honorable Diputado Torres Eliceehea hizo la
siguiente proposición, que se aprobó:
" Altérese el orden del día y considérese lo si
guiente:
" La Asamblea resuelve que se publique en cal'·
teles para mnñana, antes de la hora del entierro
del Dr. D. Manuel Antonio Rueda, la proposición
de condolencia presentada hoy por varios honora
bIes Diputados y aprobada por ·la corporación."
VII
Continuó el se~undo debate del proyecto de ley
" por la cual se fomenta una industria nacional."
El honol'able Diputado Gnecco Laborde pidió
permiso para retirar una modificación introducida
por la Comisión á este proyecto, á lo cual accedió
la Asamblea.
El honorable Diputado Arango propuso:
"Artículo único, Durante ocho afios, á contar
de la sanción de la presente Ley, la exportación
de bananos estará libre de todo gravamen nacio
nal, departamental ó municipal."
Tomaron parte en el debate de esta modifica
ción los honorables Diputados Restrepo y Gutié
nez. El honorable .Diputado Matéus hizo uso de la
palabra ('on el objeto de rectificar algunos concep·
tos que el honorable Diputado Restrepo había emi ·
tido al tratar incidentalmente sobre la condición
legal de los extranjeros en Colombia.
La modificación del honorable Diputado Aran·
go fue negada, y en seguida el honorable Diputado
Gnecco Laborde pidió la lectura de una lista que
lapresenta los cultivadores de bananos, con el ob ·
jeto de demostral' que la mayor parte de aquéllos
son c()lombianos. Después de que el honorable Di·
putado Restrepo manifestó que deseaba no se vo·
tara el proyecto bajo la impresión de que él mirara
con mala voluntad el que haya extranjeros entre
los cultivadores de este fruto, se aprobó el articulo
original que dice:
"Art. 1. o Durante ocho años, á contar desde la
expedición de la presente _ Ley, la exportación de
banano producido en territorio de la República
estará libre de todo derecho de Aduana ú otro gravamen
que pueda oponerse á su salidá del país en
las mejores condiciones para su venta en el Ex·
terior. "
Acto seguido los honorables Diputados Neira,
Vargas, Lozano, Abello, García H., Vélez, Quinte·
ro, Pulecio, García (Evaristo), Tavera Navas, An
gulo, Carvajal Valencia, Goenaga, Gerlein y Jiménez
presentaron el siguiente artículo nuevo:
" Artículo. Exímese de derechos de importación
la teja metálica y el hieno corrugado para techos
que se introduzcan al país durante dos años, que
empezarán á contarse tres meses después de pu·
blicada la presente Ley."
Lo sustentó el honorable Diputado Neira y lo
E LA REPU.I_ d\
-.J:2L, NGO
...... : ... TECA
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
252 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
impugnó el honorahle Diputado Gutiérrez; en se· nuar el verdadero patriotismo; antes bien, tratan
guida la Presidencia lo declaró inadmisible, con de inculcar, de fomentar, de ilustrar tan noble
anuencia de la corporación. sentimiento, y es obvia la razón: ellos también lo
Los honorables Diputados Vargas, Vélez y Ouer· tienen, lo comprenden, lo estiman y pueden por lo
vo Márquez propusieron el siguiente artículo nue· mismo explicarlo y recomendarlo: esos extranjeros
vo, que sustentaron los honorables Diputados Val'· aman su pl'opio país, y por eso pueden ensefiar á
gas y Vélez é impugnó el honorable Diputado Sa- sus alumnos c~mo se ~ebe amar á Col.OJ:nbia .. Cuan.
nín Cano. El . honorable Diputado Pinto fue de to en contral'lo se dIga son SUpOSICIOnes mfun·
concepto que era exótico este artículo en el pro dadas.
yecto puesto al debate. " Por otra parte, desde que se ha tratado este
DAspués de esto se aprobó y adoptó. Dice así: asunto se ve adónde qui.er.e llevársenos d~simula ·
" Artículo nuevo. Autorízase al Gobierno para damente: se trata de reVIVIr las escuelas laIcas, de
conceder auxilios, que se llamarán primas, á las funesto recuerdo, de las que hablé en otro disc~rindu~
trias que tiendan á aumentar los artículos so, .como que fueron ?ausa eficaz de perturb~cIOn
de exportación en el país, y que á su juicio crea ~oclal! ~scuelas cuyo Ideal es .el esto:,bar todo mflu·
que deban auxiliarse en esa forma. 70 rel'tg'tOso en ellas; lo que dIO ocaSIOn en el Cauca
"Parágrafo. Las sumas que á este objeto se á graves trastornos, á deplorables abusos de autodestinen
se considerarán incluidas en el Presu- ridad; á ellas se pretendía llevar á los nidos contra
puesto de gastos de la vigencia en curso." la voh~ntad de sus padres; yo. vi llorar á d?s ma-
Oerrada la discusión sobre la parte dispositiva dres lIberales porque S8 oblIgó á sus mandos á
del proyecto, el honorable Diputado Vargas IDO pone.r á 8U,S. hijos. en .esos planteles, c~mdenados
dificó el titulo en la forma siguiente en que fue con Justo e mflexlble rIgor por la autorIdad ecle·
~probado: proyecto de ley "sobre fo~ento de las siásti?a; en esas madres 'pr~domina~a. elsentimien·
mdustrias de exportación." En segnida pasó á ter to relIgIOSO sobre el sentImIento pOhtlCO: eran ma·
cer debate. dres de laudable piedad.
A las cinco y cincuenta. minutos se levantó la ,. Se habla con énfasis, como de cosa. bien ave·
sesión. riguada, de la incompetencia de tales comunidades
El Presiden te,
El Secretario,
-*-
para la eusefianza: ¿quiénes 80n los que han que·
rido traerlas con ese destino, con el destino de reAURELIO
MUTIS gental'las escuelas primarias, y sobre todo con el
anhelo patriótico deformar cristianamente el cora·
Gerardo Arrubla z6n de los nifíos, inculcándoles doctrinas é ideas neo
tamente católicas?
" En el Cauca se constituyó una Sociedad de
RELAClON DE DEBATES
padres de familia para la educación cat6lica; en
ella figuraron preclaros varones, honra y prez de
Colombia; entre ellos los Sres. Joaquín y Manuel
María Mosquera, Sergio Arboleda, Joaquín Valen·
cia, Zenón Pombo, Antonino Olano, Elías Reyes,
Munuel María Luna, Oecilio Cárdenas, Francisco
de P. Urrutia, Marcos Valencia, José Ignacio Del-
DEL DÍA 15 DE MAYO DE 1907
Al discutirse en segundo debate el proyecto de
ley "sobre E&cuelas Normales," el honorable Di·
putado Fernando Angulo dijo: • gado y muchos otros que no puedo recordar en
" Me concretaré á hacer las observaciones que este momento. ¿Estaban equivocados esos señores
este debate me sugiere. cuando elegían á los Hermanos Cristianos para su
" Se trata del establecimiento de Escuelas Nor empr.esa? ¿Les faltaba ilustraci6n, mundo, expe·
males, y se ha so&tenido que conviene fundar una riencia, moralidad, previsión ó patriotismo alllasola
en Bogotá para fomentar el nacionalismo, y mar á los miembros de esa comunidad como instiyo
pregunto: ¿acaso es que solamente en Bogotá tutores? ¿Al llamarlos no suponían . en los elegidos
se pueden formal' maestros? ¿Sólo en Bogotá pue· todas las condiciones apetecibles para llenar satisden
tener carácter nacional estos establecimien factoriam.ente su encargo? Fuimos elegidos como
tos? Si ese nacionalismo que se encomia tan aca· Secretarios de esa Sociedad, altísimo honor que
loradamente es el patriotismo, ¿ese sentimiento es siempre hemos agradecido, el Sr. Rafael Reyes,
privilegio exclusivo de esta región? Hay que tener actual Presidente de Oolombia, y el que habla; por
en cuenta otra consideración: por cuatro ó seis tanto, puesto que en ello tuve intervención secunindividuos
que vinieran á Bogotá de cada Departa· daria pero íntima, puedo hablar con claro conocimento,
dejarían de educarse treinta ó cuarenta miento del espíritu y fioes con qUfl fue constituida
jóvenes que habrían asistido á esas Escuelas si esa memorable asociación, en que figuraron homhubieran
pido establecidas en su propio Departa bres eminentes que ocupan puesto distinguido,
mento, á todos los cuales no podría dar beca el lugar exaltado en la historia de Oolombia. Para
Gobierno. que no faltara la enseñanza religiosa se llamaban
" En este asunto y en estos debates se descubre maestros extranjeros católicos, porque en las Esuna
mal disimulada prevención contra todas las cuelas Normales de esa época estaba rigurosa, abo
corporaciones religiosas. He sido educado por los solutamente desterrada la ensefianza de la doctri·
jesuitas, y jamás he visto, jamás he podido sospe· na cristiana. Se había escogido profesores alema'Y/,es
chal' que ellos traten de destruir, ni siquiera ate· protestantes, y algunos de relajadas costumbres,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 253
para que educaran los hijos de 108 católicos, inspirándoles
profun:lo desprecio por las creencias de
SU13 padres.
" Estos hechos deberían bastar para desengafiar
a las personas que de buena fe suponen incompe~
ten tes para la ensefianza á todos los miembros de
las órdenes religiosas. De otro modo pensaron los
que formaron la Sociedad de Popayán y los que
en todas las ciudades importantes del Cauca se
asociaron para secundar el pensamiento de la de
Popayán; y aun desde antes se había establecido
en Pasto otra con planes análogos, en la que figu·
raban las más respetables personas de esa ciudad,
entre las cuales recuerdo el nombre del clásico y
elegante escritor, del eminente publicista Sr. Vi
cente Cárdenas.
, , No habiendo podido ser establecidas esas es
cuelas católicas, porque cuando llegaron los Her·
manos Cristianos ya estaba el país en guerra, y se
dirigieron al Ecuador, fueron llamados los Herma
nos Maristas, á quienes el Gobierno Departamental
confió> la ensefianza primada en varias duda
des impo rtantes, y vi con satisfa.cción sus buenos
resultados, y oí personalmente al Ilmo. Sr. Obispo
Juan B. Ortiz, de indisputable autoridad en la ma·
teria, hacer elogios del éxito de esos planteles en
los exámenes públicos á que conc urrió varias veces.
" Presento á la honorable Asamblea como fu nesto
bu to de la ensefianza laic.a esas i nj ustificabIes
prevenciones contra toda c rporación religio·
saj tl§fl gdiO§iG!lH que á la menor ocasión se transo
parenta y que no sabe mantenerse en los límites
de la prudencia. Esa prevención es el árbol prohibido
por la autoridad eclesiástica, con cuyo fruto
no quiere la Igle@ia que se envenene el alma y el
corazón de los njfios.
" Creo que la ~xclusión de que ae trata respecto
de las Escuelas ormales llevarf.a la idea de que
la Asamblea quiere excluir también de otros ramos
y otros planteles de ensefianza á tales corporaciones,
y por lo mismo es preferiMe que se deje al
Ejecutivo amplia, completa libertad para elegir
los maestros de cualquier establecimiento de educación,
sin imponerle especiales é injustas restricciones
que, como ya he dicho, sió10 pueden explicarse
como efecto de juicios y apreciaciones sectarias.
" En los exámenes de los alummos \le las escuelas
de los Hermanos Cristianos de PaIoríS han obtenido
distinguidos premios, en épocas red entes, sus alumnos;
premios discernidos por awtoridades civiles,
en las que no se podría suponer n:>arcialidad en su
favor. No debemos ser menos justos que otras na·
ciones en las que las comunidades religiosas regentan
establecimien~os de ensefi.anza con el bene·
plácito del Gobierno y con la conffianza y el apoyo
de los padres de familia, á quienes preocupa ante
todo y sobre todo su educación moral. -
" Todas estas consideraciones influyen en mi
ánimo para pensar que no sólo en Bogotá se deben
establecer Escuelas Normales para formar maestros,
que el patriotismo no es planta que sólo se dé
en esta altiplanicie; que eso que se llama regionalismo
es el patriotismo aplicado á una parte de 00-
lombia, cuyos intereses nos preocupan más direc-tamente:
porque se relacionan con especiales é
indiscutibles derechos sociales y políticos. Si sólo
en Bogotá pueden encontrarse maestros que inculquen
nacionalismo, antes que privar á los Departamentos
de Escuelas Normales, ¿no sería preferible
que se enviasen de la capital esos maestros á
los centros en que tales Escuelas hayan de establecerse?
"Opino pues que debe aprobarse de preferencia
el proyecto que se discute en la forma en que
ha sido presentado por el Sr. Ministro del Ramo,
y sin las restricciones odiosas que se le quieren
afiadir imprudentemente, y sin adiciones de todo
punto incompatibles con el espiritu de concordia
que C8 racteriza la polftica presidencial."
El honorable Diputado Rueda Gómez dijo:
" Estoy de acuerdo con que se deje el artículo
que se discute en la forma que ha sido presentado
por el Sr. Ministro de Instrucción Pública.
" Anteayer se lanzó la idea de que se debían establecer
las Escuelas Normales con profesores nacionales
y laicos, y tengo que manifestar, CGmo
conservador y como católico sin vacilaciones ni
distingos, que no puedo consentir semejante dís
posición.
" Debo hacer justicia al Diputado Sr. Restrepo,
porque en él es lógico ese modo de pensar, habiendo
manifestado que es libre pensador, y á mí, que
siempre he admirado sus dotes intelectuales, ese
día que tuvo el valor de hacer esa manifestación
ante un pueblo católico, me ha hecho comprender
la buena fe de sus convicciones y que se le encontrará
siempre en el mismo campo. Por eso creo
que si algún día la luz de la verdad alumbra su
privilegiado cerebro, ese día nos dará ejemplo de
religiosidad. (Aplausos).
" Hablando de las comunidades religiosas dijo
que había entre ellas muchas ignorantes que no
estaban á la altura del siglo. No me aparto de que
pueda h.aber entre los miembros de esas comuni dades
algunos ignorantes y que no reúnan por
tanto condiciones para la ensefianza; pero eso no
querría decir que deban excluirse en absoluto de
la ensefianza las comunidades religiosas. Extremando
el mismo argumento podría decirse, al encontrar
un médico ó un abogado que no ejercieran
bien su profesión, que todos los médicos y todos
los abogados eran incapaces.
" 'l'ambién se ha dicho que un extranjero no
podía ensefiar patriotismo á los nacionales, y se
olvida que nuestros próceres se educaron en un colegio
fundado por un Arzobispo espafiol, religioso
dominicano, y que bebieron, por decirlo así, su
patriotismo en las constituciones dictadas por
aquel varón sabio y eminente que se adelantó á su
época.
" Olvida también el honorable Diputado que el
sabio Mutis, sacerdote espafiol, fue el primero que
ensefió en el país que la tierra gil'aba al rededor
del sol, y que sus discípulos Caldas y Loza no enardecieron
con él su patriotismo, y afios más tarde
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
254 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
perecieron en el patíbulo por la causa de la Independencia.
" Los hijos de Ignacio de Loyola en el siglo XVIII
venían ejerciendo su evaugélica misióp en nuestro
territorio hasta que fue interrumpida por la expulsión
que decretó Carlos III, dominado por el
impío Conde de Aranda.
" Ultimamente los hijos del grande Agustino se
hallaban también civilizando las tribus salvajes de
Casanare, y su misión fue interrumpida por los que
en nombre del patriotismo lanzaron al país á la
más desastrosa de las revoluciones.
" Sergio Camargo se educó en un colegio diri
gido por religiosos, y los jóvenes Casas Oastafieda
y Bricefio, sacrificados por la causa de sus con vicciones,
como el joven Santiago Camargo, que se
sienta en estos bancos, han sido educados en el
colegio de los jesuitas, y nadie podría dar un paso
más adelante que ellos en materia de patriotismo.
" El partido conservador, que ha dado tantas
pruebas de concordia, como han podido apreciarlo
los distinguidos miembros que forman esta Asam
blea, no pUf3de, tratándose del asunto que motiva
este debate, negar en estas matebas al extremo
que se pretende. (Aplausos).
" La fibra más delicada del partido conservador
ha sido el sentimiento religioso; las '!, la colum·
na Vendome, el Arco del Triunfo, los Campos
Elfseos y el Oampo de Marte, imitación de la columna
Trajano, del A reo de Tito y del Oclmpo de
Mart,e de la antigua Roma, y de los Oampos EHseos,
celebrados por Homero en sus inimitables
obl·a~. En las bellas artes todo lo que la EUl'Opa
tiene de grande es tomado de los modelos legados
á la p()steridDu por los célebres pintores y esculto
res italianos.
" Guardémonos de asemejarnos á los pueblos
bá~bal"oe, cuyo cal'ácter mOI'al se distingue por el
odIO ªl extranjero; sustraídos al movimiento del
mundo, los adelantos del espíritu humano no les
alcaoz,ao; encerrados en estrecho territorio, no di visan
otro horizonte que aquel .á que se extiende
su mir·ada¡ viven y se extinguen, semejantes á las
planta18, que sin sabia suficiente para desarrollarse,
el más ligero viento las hace desaparecer.
" P21sando á los establecimientos de educación,
desem¡pefiados por las corporaciones religiosas, te·
nemos en primer término el colegio de los jesuitas;
fundadla esta Oompafiía para combatir el protestantisrmo
y sostener el dogma católico, los virtuo;
sos sac:erdotes que la componen, notables en todos
los rarmos del saber humano, han sido perseguidos
yen occasiones proscritos por los enemigos del ca·
tolicismo. Los adelantos de la civilización han dado
por resultado que aun en los países protestantes,
como I nglaterra y Alemania, se les permita establecer
colegios y sean considerados éstos como los
mejores planteles consagrados á la instrucción de
la juventud.
., El Oanciller del Imperio, Príncipe de Bismark,
por cue stiones políticas los expulsó de Alemania,
y poco tiempo después se vio obligado á levantar
les el d estierro, en vista del gran vacío que deja
ban en la enseñanza de la juventud.
" En Francia, antes de la ley de separación,
sus col egios eran frecuentados por las clases más
disting,uidas de la sociedad. Desde tiempo inmemorial
los jesuitas estuvieron en aquella Nación
encargados de la. educación de la juventud; de sus
claustroES salieron los más eminentes apóstoles,
escritor~s y oradores distinguidos de la Iglesia Oa tólica,
á la vez que Voltaire, el más formidable de
I
sus enemigos, porque estos sabios institutores permiten
la más amplia libertad del pensamiento,
para comprobar de es~a manera l~ evidencia espi ·
ritual y filosófica de la doctrina católica.
" El mismo fenómeno se ha verificado en otras
ocasiones en establecimientos regidos por corporaciones
religiosas; del Seminario de San Sulpicio
salió Renán, autor de la vida de Jesús, y uno de
los mayores adversarios del catolicismo.
"Los Hermanos Oristianos, corporación fundada
en Francia, han hecho á la sociedad colombiana
eminentes servicios: son los Dil'ectores de
una Escuela de Artes y Oficios, donde los jóvenes
pobres aprenden una profesión para ganar la vida,
y á la vez dirigen un colegio donde ensefian idio mas,
filosofía y ciencias exactas. El solo hecho
de propagar en nuestra juventud el eonocimiento
de la lengua francesa, sería para Oolombia de la
más grande importancia, siendo el francés el idioma
de la diplomacia, puede decirse, la lengua
universal.
" Los talleres salesianos de los hijos de Don Bos
co-donde, asimismo, los jóvenes pobres se hacen
aptos en diversas profesiones, corporación que ha
tomado á su cargo, con virtud y caddad sin ejem
plo, el servicio de los lazaretos, llevando su abnegación
á tal punto que por atenderlos debidamen te
algnnos han recibido el contagio de la terrible
enfermedad,-son pat'a el país de utilidad incontestahle.
" Las Hennanas de la Oaridad, á cuyo cuidado
se han puesto la educación, los hospitales y asilos,
y en tiempo de guerra las ambulancias, se distin·
guen á la vez por sus trabajos en favor del embellecimiento
de la capital; el edificio que á inme
diaciones del Ferrocal'l'il de la Sabana están terminando
puede competir con los mejores de BU
clase en cualquier capital europea.
ó' Hay entre los nacionales, en las ciencias y las
artes, profesores muy distinguidos y competentes;
la Escuela de Medicina, la de Derecho y Oiencias
Políticas, los colegios oficiales de los IJªpartamentos
y los que en la capital y en el resto del pafs
dirigen empresarios particulares, honran á la
Nación.
" La tarea de las comunidades se refiere especialmente
á la instrucción moral y religiosa, porque
es natural que en Oolombia, como en los
demás países que profesan la mismll religión, sean
encargadas de ensefiarla las corporaciones creadas
y organizadas con este fin.
" Ouando los Ejércitos del Oalifa Omar se apoderaron
del Egipto, uno de sus Tenientes ocupó la
ciudad de Alejandría y encontró allí la biblioteca
que contenía los tesoros de la civilización antigua;
preguntóle á su jefe qué .haría con ella, y el Oalifa
le ordenó entregarla al fuego, diciéndole:
si los libros contienen las doctrinas del Oorán,
son inútiles, y si doctrinas contrarias, son fu-nestos.
.
" N o digamos nosotros lo mismo respecto de
los extranjeros. Si la civilización que nos traen
es semejante á la nuéstra, no la necesitamos;
si es distinta, debemos rechazarla como perniciosa."
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
256 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
======.;:=================================?====================================~~=-
PROYECTO OE LEY
por la cual se dispone la erección de ulla estatua.
La .Asamblea Naoional Oonstituyente y Legislativa
CONSIDERANDO:
\ Que el Ingeniero cubano Francisco J. Cisneros,
con ciencia y energía dignas de todo elogio, preso
tó importantes servicios á Colombia en la construcción
de los ferrocarriles de Antioquia, Cauca,
La Dorada y Girardot, prolongó el de Bolívar,
construyó el muelle de Puerto Colombia y aplicó
los adelantos modernos á la navegación del Magdalena,
DECRETA:
Art. 1.0 Erijase una estatua de Francisco J. Cisneros
en Bogotá, Medellín ó Cali, á elección del
Gobierno, como testimonio de gratitud nacional á
este ilustre obrero del progreso.
Art. 2. o La estación que se construya en el Fe·
rrocarril de Antioquia, á inmediaciones de La
Quiebra, llevará el nombre de Estación Oisneros,
lo mismo que la que se construyaell el Ferrocarril
del Cauca á inmediaciones de Juntas y en el de
Girardot á inmediaciones de la ciudad de Facatativá.
Art. 3. 0 La partida necesaria para el gasto que
implique lo dispuesto en el artículo 1. o de esta Ley
se considerará incluida en el Presupuesto de gastos
para la vigencia en curso.
Art. 4. 0 Copia de esta Ley se pasará al Gobierno
de la República de Cuba y á la familia de Cisneros.
Dada, etc.
Presentado á la honorable Asam'blea en su sesión
del día 3 de Abril de 1901 por el suscrito Mi.
nistro de Obras Públicas.
F. DE P. ,MANOTAS
Bogotá, Abril 4- de 1907 -Secretaría de la Asamblea.
En la sesión de la fecha se dio primer debate al
anterior proyecto, y fue negado.
Archivese.
Aurelio Rueda A.
Bogotá, Junio lf! de 1907-Secretaría de la Asamblea.
En la sesión de esta fecha se volvió á considerar
este proyectQ, y discutido nuevamente fue
aprobado en primer debate, y pasó en comisión á
los ho~or~bles Diputados Goenaga y Sanín Cano,
con vemtlcuatro horas de término.
Publíquese y repártase.
Arrubla
TELEGRAMA
República de Colombia-Oficina telegráfica central-
Pamplona, 31 de Mayo de 1907.
Dres. Mutis, Ruiz y Cuervo Márquez :
Por respetable conducto Diputación santa ndereana
y al terminar sesiones Asamblea, significamos
á los honorables Diputados que hablaron respecto
aplazamiento elecciones, nuestro aplauso
por sus brillantes, persuasivos, patrióticos discursos
sobre conveniencia diferirlas. Es consolador
ver representada nuestra Patria en hora solemne
por altas personalidades de todos los partidos po·
líticos, dignos colaboradores de sabia política Ge
neral Reyes. Honor al Magistrado que de patria
desgraciada ha hecho una próspera y amable.
Benito Hernández, J. M. Lomus, Apulego Gue·
rrero, F. J. Villamizar, Leopoldo Castellanos, Ju·
lio Cáceres, Camilo Mutis Daza, Alejandro Bustos,
Trino A. Trujillo, Antonio Bustos, Luis Villamizar
M., Aníbal Maldonado, J. M. Villamizar Vargas,
Honorio Lamas V., Miguel Antonio Bautista,
Francisco Luna.
LIBROS DE VENTA
AL DETAL
EN LA IMPRENTA NACIONAL
Leyes de 1896, á $ 20.
Leyes de 1903, á $ 60.
Leyes de 1904, á $ 40.
Constitución política de Colombia, Actos legislativos
que la reforman y Leyes de 1905, $ 200.
Ley número 32 de 1905, sobre timbre nacional,
$ 40.
Leyes números 20, 63 Y 67 de 1871 y decretos
dictados por el Poder Ejecutivo en ejecución de
ellas, $ 5.
Codificación de Decretos legislativos de 1899 á
1903, $ 50.
Decretos legislativos de 1904 y 1905, $ 60.
Código Civil colombiano, última edición, $ 200.
Código Fiscal, $ 200.
Código de Aduanas, por Enrique Arboleda C.,
$ 100.
Código de Policia, $ 100.
Jurisprudencia colombiana, por el Relator de
la Corte Suprema, $ 100.
Constitución de 1886, $ 10.
Recopilación de las leyes y disposiciones vigentes
sobre tierras baldías, á $ 10.
Tarifa de Aduanas, edición de 1905, á $ 50.
Directorio general de Colombia, por Lisímaco
Paláu, $ 10.
La Patria Boba, $ 100.
El Precursor, documentos sobre la vida pública
y privada del General Antonio Narifio, á $ 100.
Vida de Herrán, $ 100.
Los Comuneros, $ 100.
La Reforma administrativa por el Dr. Antonio
J. Uribe, $ 50.
IMPRENTA NACIONAL
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VI N. 32", -:-, 1907. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094649/), el día 2026-05-13.
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