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Colección institucional

Hemeroteca Digital Histórica

En esta colección encontrará publicaciones colombianas y extranjeras, editadas entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XX. Estas obras ofrecen una gran riqueza documental, derivada de piezas únicas y grupos de publicaciones de diversas ciudades, que abordan acontecimientos políticos, económicos y culturales específicos, como el proceso de Independencia nacional.

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Imagen de apoyo de  El Constitucional del Cauca - N.

El Constitucional del Cauca - N.

Por: | Fecha: 19/10/1833

---~~ ... ........ --~ -- CONSTITUCIONAL DEL CA U CA. • • Este periocliC'O . (> puLli · ~·los súhadm \ s·(' ret-ilwn SUSC'rip·ci'ones a 0:.1 por S{'lllcstr·(·s , a ra1.o11 dt· trt•i11tn r(•niL•s, ('11 1 athnini!~i H'Il ·ion de cotTt·o'!; de e. ta ciu­d :ad; ·' po1· 1 Sr. :\Iarwno T:mco en H"gotil, calle 3. ~ dd comct-cio) Ji. 0 IUo. Los Humero studtos vale!\ t·eal y medio. hernatior de la provincia de P'opayab-Segun los informes que ha rec.bido el gohi<:rno hai algunos t'~tanquillos de ta ... bacos que no estan surtidos d 1 j 'nero, y varia parroquias o sitios it 1purtante donde no existe tal establecimiento. De aqui r suha que el público caree de un artkulo nect>sario O ~~ ]~ • para su con, wo, que se fom nta el e ntr~,ln.ndo, y que ,. ;~_...., _, me la rei1ta 110 puede tener las utilidad e que dí. hieJ ( c nse ... e 1 1 · E 1 1 1 N G s , 1 J 1 guir. Para rd\lecliar tamaños males, dic;pone el Presid nte---~. 0 o m :w-- '.sta( 0 · '. . dt> SclH' tJ :brt,' d<• 1 3.3"- Al ~r. : w¡. rmes n <'<'S<: 1• os o {I c1· en a l estnnqtter ó prov e d or e1 e 1 ean- ("'oLcrJl<,dor d<' h pro\Jn<·la de Pop a y~· n-Con esta te('ha y l . · , l · 1 'll 1 !" · 1 e ~ 1 ·· · 1 1 · · · · l l tou, a prHwlpJo l t• cal a m • s1 en os stanqu1 os no lU• l.w¡o (' n. I . >~~ 1 ll 'lJO a a :llllllllJ~tr<.!ClOn prtn<'lpa le cor- . . . . ' · 1 · · , 1 h1 'se el J<'n ro bn. 1 ante pm'a el con umo. l't.'OS l'al sJ ntu<¡" nte o,...n l'n- o .... o 1 1 · · 0 ) , · • 1 .· . 1, ' 1· . L.. · ] } · 1 2. {_¿La 1au.l :n 1so < t n a a go t'.rnacwn e a pro- , tr:.tta<. 0 :.L- cap. I. n.- r. (e a mstrucelo.n vienc qu<~ en tales casos to- , 1 · 0 u le el t~~n~Ltt'r~ prov~ _orle e claslol e ~r- <1 O '> s1· n <1 1· ->·t mc·w u ocurrall ·a. so ¡l <"·l t:tr ¡·a ¡·I cerH.'J·a (1 <: ' 1 resp<'C- t1cu o 1. , , y a. ac nn.m stracwn prmctpn n . e e e .2 .. , ( { · 1 l r · ] } ] } den SUS ordeltCS mrnedwtnmente para }a rcsp .CtlVU prOVlSlODj 1vo ~~, un:ustrac. or, con. o } •ga<'lOn te pagar e porte te _a LB. 0 , u res 011 'éaLilidad. carta o plteg l' t l sala no del C'unduetor y el dcrc<'ho tlc lt- Y J4 e Q P l · r i' · , 1 · 1· t • ... .t 1 · 1 · 1 ¡ 1 · . u e o Jetes po Jttcos a os qumce e tas, con a c<.:lH'la qt e corrcsponue a aJo a pena r <'_I ) . <.e n prese te or f'n, .o c1~n ~. os .a - p 1 ;o 4 o' fl t · 1 0 P 0 - ¡ ' nnmstradores prm 'Jpales sobre las parroquws, o Sltio 1m .. Y t- 1 n· · 1 ra ac mm1stracwn e tran- L • l h tl , 1 d SILO >:t ·n < ue se l , d{! la lic •ncia srrrt n las r<'o·lu estable- gc~u:rna<'~OHcs, J?ar~ que estas o agan ~su pa~·te a ~ a - · 1.' , lll 1 ~ 8 e . 0 1 ,1 ' .. 0 ,., 0 d, .~ . . . 1 nnmstrncwn prmc1~al con 1 csprt>sado ohjeto-Comumcolo ca" · J 11 • • ct~p. I. , . cto mmn. rgu~- á US. IJHl'u u umnlimiento advirti ndo que con esta fe-mc ·nte nt oDr~ en a ad I,recScwnFJene~a Se ra- 1 f 1 . l ... , . .. 1no ¡Jara o e su caro·o- ws o·uar e a - ~ ranc1 <' oto ec; u ra de porte, cuyas cant¡( ades rlcben f'XIJirse de las n __ ...::.__ _ per<;onas que ~ntregarou la carta o pliego, si los onlluctu- Colombiá-Estado de la ~ G-.Sccretnría del interior 1·es no tuvieren con que . satis~a:- erla ·, y relaciones esterior -Bogotá, 2 de octubre de r833-'-Al A p··sm' de estas dtspos1c1oncs rfue aunque paresC'an Sr. gob •rnadot d • la pro incia cle Popayan-En la gac ta gravosas, so u l('Y · d ·1 E. ta lo números citado'>. es al consejo municipal de este canton á quien orrespon- Tambic.:n me ha encargado S. E. trascriba esta comunica- de formar .l cen o, y estadlstica de la provincia; p r si el 'C•J On ¿t 1o s go 1Jt >rna<.1 o res, con e 1 o 1) ·j eto d e que por su parte el cons""j 'o no hu'\'Íese podido reunir todos los datos nece. . exijntas que h a a ·n e Il [!S, Cll:J· d. en d e persegm· r 1a s a\i.o allterior se formó por la secretaríal de este gobierno doenl u.J e f raun1a ' IOnes que se cometan contra 1a d e cotTeos, tenien- otro de lo nacidos, y mu rtos en primer semestre do por tal~s las cnrta sin sello aunque no esten pegadas.._ presente, de cuya comparacion resulta el aumento que ha Lo transc1·iho a US. de ordt'n des. E. para los fine:s que se tenido la poblacion de la provincia, y de cada uno de los espresan-Dios guarde a- UoS-.F-ra·n cisco Soto. cantones, cscepto el de Ancei·ma1 del que no se h::t recibi- do alguna noticia sobre el particular. Sirv e S. presel)tar Colombia-Estado de la N. G-Secretaría del despacho uno y otro á la catnara para que con stos conocími nto& de hacienda-Bogotá·, 28 de setiembre de x833-- Al :Sr. ¡o- pueda 1'el'ifical' 1 distribucion de diputad()s qua la atrih j Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ye 1 artíct lo 6. o de la lPi de 23 de marro (le 1832 so­.. Jlre l r(.~jit t n . 1~ rior d"l Estado-Dios guarde a US.­afa l ... iag·o. ota: l estn o de la poblacion de la provincia á c~u se refiere l a1 tcrior infornw, es l mismo qne e hnlla m­s rto en 1 u u m. e 17 d este P.eriódico~ p~r cuya "!': z?1 s~ '> pru ·IJ,¡s de un s her ~>straordin, rio, distinguiéndose el ir ,!és y el francés. Todo· }os ministro· que com ') n en h ~~dwinistn cion ft·auces:J, y la grau tnayorla de amhas C'lnnra ·, cor­I sponden ( ign~ !Tl'' I te a SU t;poca, a . {l gran ~l<1CÍOll J n{ úu!co pri:tcipe t 11 á un ~ ~~· ~·~ 1 con~u:·--~ leg·:1 l y opn.rtuiJn, h 1 .d:.tdo rc·t•1<'vantc , . ¡ 't.<~b.:-. d~ .... e;.; .:..,...; tv ...¡ :.~. • un .J'II( 'IO recto, ))I'I!Cls d,•r·¡d do <'ll la matent ll\:ls <'O!- C,;..) c...-. C,;..) v:·.o ~ !.) U! o O) lv <.;.;~ O::l V~ ,.., :... ü . ~ !'() 't'l'tit <' <(ll<':' ('X. <;ti ea .. ; (-'lll ptt', t'tJ al es ·¡,\ el(' .fi.wn-(IS. E<; / ' ::5 M ~ ~. j < i:rno d~.~ s ''l'inc; con. ider:.ciotH'S que la F rPuc.;ia di-;rninuy< ~ ,: ~J: ~ l l procrr o < t' la a:nnrl;l:wion de su e ('uda <'IJ LÍ<'•II}'O d·~ \ J> ~ ~ :::. 1 una P~' j ct l<' ·.l. l t' ·o 110 pt diendo el ministro clej:u· d,~ ,... ~ ¡ ced·•r :.l~·o ti. la fu "J"',n de la opi nion; aunque ha proptws- ~' (.,~.::. ~ ~ ~ ZJ ~ ~" ~~'l ( ~ ~ ~ ~ 1 to cru(' l11 C\S ~l:· 20 ll :llollt"-i (~. renta. r.mor~ÍZll' a .• S ·an anu- · o. c....t '-'! t uc:.o .... ,.. C? ~"' .J ~ t• ~ , lada~; , ha e: 1j do cnr:pen'>aetotws y garantta", que lo coru- J 1 ~ t-;:'l ~ ~ ¡ p~·n~:111 : case! < n n an o es posi.IJ ~·· Se h~~ propw·sto otr,t \ \ ~ ~· ;::.. ::_:· dJtlll!lll<'lOll (1.(• In<; m·lorw· y Sti'CH'lltO'i 1 t} frilll('O'i; J <''C) ,--------- ~ ~ 1 d ·:tiu: < ~l ~t t:dt•.s >jt'tos, que ·obre d nrérito clt• 1 1<~ c·om- \ ~-· ~ :~ .:--~ ~· himwion ori,in,d d ~! hact<'! d,, ti '11 tau )icn el dr• dot::r é 1 1 . .,, 1 l l l --- 1 o-:>::::_ p;u·a o >tt'IJc.>r C1t'I !liiiiO )(• con a··, < t'!l.rn t,e. tn a. -~ ,, ~ (~.>.j ;';,) 11¡ } rt' · t e.n 111. 10 ro-; ., >] , . , toc1o s 1o .; n1nnul wn~o · ern ¡>t' / , t.1c ·s ' ~ ~ ·~ ·~ 1 <'n Par(· ; estewl_,r y perfc~cioll.ll' lo: <': ~; hl(• ·i tui ·ntn'l de ; 'J ~ J::.... ~ ~ u-t oo oo <..>:. tv ce , .... iJ ,... ... • • 1 . 1 . 1 J l 1 O ~.; l..; C':l~ O t O C....t ..;..., J ~ ~.:~ ...:... ~ l Clt'!lf'i,lS y < I'U"> ; ('OilC l l' <:' Sl<;t('lll,l :wo " ílCH ) por ,1: ,,_ ~ \ ~ t-: ~ ~ (";> ye.; de <"aJJ:tll' ; m jf rar Y atlil!t 'llütr lno.; f'amino · r:·¡·lc_ ; cs- . r~ 4 • ~ · 1 t; !Jlt.'(X'i' t.ll 1 UI'V() hi•;¡,,•n;a dt' rutas es 1'1.ltt:ji<·as ('O J.¡ V('n~ 1;0 ( \ \ ,., IÍ '\¡ ~ ~ ~ ~ - . 1 d ·e)' l'r·~·ai1a para ci·. i'.'.. •r e.;o: pu ·bl )'> 'J c>si'irpar en l 11 H . c.;~n,1 ~'-l ..:' :) O)o:ACOO)C....I'~ cr:: .- •• · ~~ ' l.l "H'l'¡' /•h,i; y ·[L .t:J ll.'Hte para p!i''1<1l"lt' S'l SL'>f'i!ll ~ - .... :...t (..;,., ~ -:.... ":1 ~ ~ ' • ' 1 1 · 1 h. 1 • l . l L ~ ·.) -'r¡ ·ra (e c,.!llJt1n < • er:·o, < 1 " : . II'<~ C <:>u 1.0 r.o t) io•\ < <. :..., ~ · ;--1 11 1t ·riot· ~IC'ia lo. .. ; n 'Ito.· , sino tan bic·n <Í o i\t'i d .:t't'<'ÍCil•' .... : 1 1 1 ..... 1 1 1 00 1 .... ..... ~ E ~ ::-¡de manera c¡u' d( lllro d<~ tre · <ÓO"' t ·ndr;t la Fraw·ia th7 le· ""':::. g-uas de n~ vegacion por sus c:tn< lt"s, y k1l)ca a l!IH'lltnfh . ~ : ·olls!cl:·t"<,blt'mt' te l.ts 8:-ioo kgun. de r ul.a · r 'al ·s r1ue ah)­. .._ 1 rn po~e •- El wini.:;tro d h ins.truccion · ú l b-.1 d ·s·>uc..; de ~ ¡ 1;:Ler obtenido una s:'n .ion u a 1ime a fa oc el~ "U lei so­~ J;~e la instraccion primaria de 'los v~ ro 'S, . e 1 r na ·u :\ ~ 1 pr entn t· otra sobre In ru!·m1a materia eontr<;ida á la,:; ni- ~ 11: s. J tito patriút'•·o y fce 1 Hlid. d d • 1\' Guizot leco u- ~ í't.! J'(·'Jl s'n eluda un merito estraordinario. L In ; 1: tt'n'<, euy, política es .mas complicad:~, arti­Tenemos alg•mas uotiC'ias por ·artas par ic.· ·1res y re­ríódicos estranjero ·, de que daremos un res{u Jt'll <1'1. '<,n­. so com( nos sea po ihle, p· ra no hacer iuútile las pe­queñas olumnas de lllestro period.i o. La Euro a continua gozando y npro 'echando los frn­os de su periencia. Se repite por los escr1tores sensa­os que no h :li en e d.ia héroes ni grandes hombt·e ; pe­: ro no porq te s haya agotado el j 'rÚo, siuo porc1ue ju­lás han exi ido a la vez t antos homhrt ·~ realmente h ábi­es y de juicio ' intenciones sanas. {'u · cneral los gobie1·- v: ·¡·), se halla a<"Lunlm nte en uua nmi critica po­'' t<'l )P, ,')Ot' J.,s g1 aves c11e:tioues que s :..ji tan n su par­l. nneuto r 'fonn·H~o, corno él se apelJidn, y CfL e st;'¡ clétmlo· t·:!·J pruebu:s d ·l car~'tcter d su ma •orí, , que empit'z.a ;i .lL ·ma; a tuda la at·· ;tocracia nro¡J 'a, y Ú l,oncr en es­pectacion Ll at 1 cion j.~n •ral. pesar d qu · el miuis­teri. o S' }Ja concJ l< ido ·con g ran destrt.>za Y <'Oll ll'l~ rr· - dente vale Hin, t's mt i dudoso que pueda concil:ar ó k e r <1ue se r<•speten lo intereses qu se c·ombuten, y promo­cr l . nujor,t. cpt<-> on indisprmabl ~ . El ÚllH'O uH·dio de evitar ]a" revoluciones es el de lns r •formas. F.mpt· o tampoco posiLI un, rt>forma sin sncáficio, y nad t'e decide a ha e rlos en tit>m po, qn e el unico r t.· u ro;n p.l­ra dis minuirl os. En su1 ut., todas las g andes Ctt<' ti nn~· s, que de necesiutld deben resolverse en Inglaterra, se wf. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. l'CI, toC':md( las de un modo oblicuo é inJireC'to. La re- mi hor. or me permiten jurar ni reconoC'er mas derechos {¡ rtlla c~t· la · · t' i· n wlic:-m; no ,o lo es ya inevitable, sjn0 que que nq tellos, lo cual declaro solemn me 1 e.- Al Rei nu S• lo st ra tllí or-Su mas adicto hermano y fiel vasallo. -EL IN-i. Ltos t 1 l· : !ialac10 de ! f. C<"' 1 na co 1tr<\1o icion bien nolahlc lo que tiC'~ ha- l amaba á 20 de abril de I833. m os de < C"ir de la lr-.•nc:a é luo·h ter ·a, <', 11 el e. wclo de Ila t erminado la auerra civil en Grecia con la presen .. E .jencia. ; sta ha empezado a orga­du ,·tria t~!-\r Í< : el tj\:rci~o f>"I;Í hi ·n p;1g< do, para m<. 1- . u· de que la ci iliz< cion de nu stro siglo satisface una deu. tcn1 r ;•1 l' t hlo b·.jo t~l a l •mri >le tÍré1 .i •, 'iegun s' 'Tn'- da ilu tft>, r h~~b'li amlo el nombre gri go. s :·n 1<,'> mi:.-:mo" <· ,J,\llole.s < 11 ~.ti· <".u .. · ; pc ·o lo· tl··uras 1 ] n. 1 <'dro tlu solo se sosti ne, ino que sabe apro- ( r:;I ~: · .·do<> <'~< J:,ls a'n ilH n <1,• <'iJ 1 ¡·1,, tidc s er 'li'Í< s 1 d<'<'ia q 1e st<' seria apo •~d o por \lll n wrpo de tropas ~s­~ l dt r.s, , T:l··nd > ?' .! fl f'c.! ' OS f~. , lltl{(Jf'(f /({¡·);ti({ . ~in flu 1 p;u O "1; ft'J' nada paree 11 as inq robuble, porque e tO da St' t'll ,·ulera la :-,:d'lTcl de Stl('('('(':(¡ll, !'1110 ~·11t! ('.(]' ~~ (01!'] ."Of't.( tnia a Fernando n c'r ·unstr n cius que necesita la lli!<'V:t P''t' e. d \la nil '' (ice (1Ue se h " bia dtj:: cl t r 1111 cuer­t l(' u11 j:liilli·.c• de· !.1 f'í 1 ~· ~· n .: f·t·ie a mucha l'fervescencia e11tre las j t>utes de :rquella C.1: lc,s :'1 st. lw. 11 :n1n, r" · i. ·¡ IJ:< u e ¡'C\ttit'lltt: qne no lwi 1 pro in<'in. Pero < <'. pw--s de todo, nadi en 'UJ'Opa p ra tr:.¡•<;; ('iOII (' 1 In d:~·i t.~ • .·~;,.: H:\ 1 ~~··n·n la <.'111<. Ot'ÍI t ciml de 1:: PolnlJi, pueda tener U(' so alguno. (lt:: r ¡, 1 n;. r· ra L<.:!~.l, :.; "..,ttll n.o. ) y pnra Ull punto de I UE: os All rs. Ls 1 ; .. : . t s1 ,:·¡,11 otro". e·puc·s de hls ltrgas y n•li nc; <.I: "putas entre el go· (( llu¡Jflc ·,1(( d ·/ ¡,,,'(mt(' l.;n, Crrr 1os CL la lfl(litncion rfp / hi( rno Arj<'ntino y los <'stc do n'clos uel norte, sobre las R{'/p(lra qur. /,ar:,•a pláto-/w!JU'IIaje (t su hija tll las pro..t·i- i ·~ ¡ ,, ~ dul ·in:•s, han siclo al !in ocupadas por los ingleses. Sin ma. Cort, s .. ,, duda sería lllliÍ e n·io:o v< r las corr •spondt'ncias de los nue-li muí nm::do h<' ·m[~no t'lC. - ~c;ta maií;ma y··Jo Pl.t- 'os colJI 1 d(lr 'S aceren d<' cste punto: la diferenC'ia que 7.:--ola a dtcirme, (r.e t l lllinistro ele V. J l. e 1 e~ ta C1·:·rc ¡ d-.~de , <·,:,) habrá ~Lora< n las notas di¡,lematicas de los EE. Cút"clo ·a sutli< ::h·., le hiciet;e saiH'r cuant o m · Si('n­ ·v. _.,.. <' · v i t ~·i ,v , :.o·, y < ( cmns LtTm: Hn w.n, . s1cm- dn p(' ·tcnecido unen á los estados colombiano , u opi­pn• mi m·· l no hn es lo defiend.o lo · in e, cepcioncs y sin acepta ion . l\Ji convíccion a.e te res­tl e:-c<.:lu s de toe os Jos que on lb wdos despue de m1, y pecto Sltbe ha ta juzgar, que atn cuando una <.;onstitucion por consigui nte me j :tzgo ollig-ado a tran ~rnitiro. la ad- fuera l dicta(lo hipócrila de una conspiracion personal, los J Unta de larucioll, q e he h cho con la mayor fonnalidad l' su hados d L1 ob er ancia de ella no tn te a U. porque su patria y Venezue- A Dios mi n ti amado hermano; y viva V. l\1. se~u- la son en e! día la dos repúblicas que pres ntan en la An é­ro (e que vuc tro hi nestm· sera siernpl'e l objeto de lus rica meridiom 1 un aspecto mas consolador. La justicia de oraciou<,ts de vuestro n · c;ionndo hermano-CARLOS. las osns h aga, q11e aproveC'hanclos de su propia sperien· DEcLARACION. cia, consulten sus verdaderos inter eses. En tul caso no so- Yo C:lrlns Maria '>ltlro de Borbon y Borhon, Infan- lo continuarán p rosperando; sino qu a la ~loria inmort. l te de E:-pant\, convencido de los lejítimos der chos que que han adq11irido en ]a guerra por la indep ndencia, 'Te­yo posf'o a la corona de España, y cerciorado (le que V. gadm el mérito no m enos glorioso de h aber redim'do a }1, no tiene h el'tfcro varon digo : que ni mi concieuGia ni las nuevas repúblicas de la ignominia, proba~do que l1ai e~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. rre ellas pueblos que saben gohernarse por sl mismos jus­ta v habilmente. » · Con tanta mayor confi:-mza hemos tra crito los pPnsa­tmentos de Un hombr acostumbrado a V r }as CO!>aS con un ojo polltico, cuanto qu la marcha de nuestra a<.lminis­tracíon recibe cada dia una mejora .progre iv~\. La red uc­Clon del ejército; el sistema financista lJastantcmente bien est:nb1ecl.do; las econom· as qu s hacen su ce. ivamente, y el profundo respeto oon que tod:-ts las atttorid~u.l( ~ <; púhlictls n1irnn la libertad de imp~·tmta, son ya una prueLa (le que existe eR la N. G. un órdcn de cosas nt ramente nuevo, nue ''hace ventajas a la misma cpo. a fc1iz de la Re¡mhlica oc Colombia; pue su glorin, que fué lo que m:-~-; b di - tinguió, tamhien no · pertt>tl •e c>n ~Lna parte considerablo.?. Y cuando de estas consic.l<'ra ionP · jent>ralcs desce11demos a buscar una prueba de hecl10 ifUC illdtea en el gobierno, tnmbi 'n la hallamQs en el ningun su­ceso de h conjuracion dt>l 'l3 Je julio. I:l goLi 'rno l~:l eHcnn· ~rado su -princip:i1 apo ·o en la fut>rza irre istibl<: d.e 'la opi.­nion pública, que <·on una voz unl ona oncleno en todos lo . angulos del Estuc1o la perfidia ele los conjur; clos: no se ba 'OCurrido a] ominoso ar1 Ítri t1' faculta, ofu~a aJg-unas veces con su lustre. Debería ser veletudinario un homl.tre de seme­jante constitucion : y e te f' ~~ estt>rior. qu vrese!Ha. Ale­- gre por hábito, grave po~· re:>Jtmcn, abwr~o sm franqueza, político sin finura ; conoc1 ndo y tlesprectando al mundo, tan pronto es Arl tipo como Di/ jenes ; ama~(~ O el fas­to y despreciando. á los gran~es, no se mort1Ílca . de es­- tar con sus upenores, y es circlmspecto con sus •guales. .Mui co-rtés de ·de la primera salutacion, se hace luego frio ha ta el f.1stidio. Se aara{.la y se disgusta d la corte. Con un grand fondo de sen. ibilidad, ap ua forma alguna relacio­nes, y no se ab tien ~ de los plaeer s, .sinó a fa!~a de pa­sion. Si se adhiere a al(l'uno es ma b1 n por hJereza que ¡>or Pleccion. RazonacJo/'sin principios., ~S oprimido ror los ~ccesos de la locu1·a Con un entendmuento despepuo y un col'azotJ corrompido, piensa sobre todo, y lo torna to• do en ridículo. L~h rtino sin temperamento, moraliza sin tener costumbres. Vauo en sumo grado, pL.:ro mns avaro que vano, escribe menos por la g·loria qu por d dinero; uo tr, bajando Úno por ivit· ; y aun que quiere gozar, no pu .­de dt:j :li' de atesoh1r. Tal es d hombn•; veumos nl autor i'n(l'nno lwce versos cofi mns f:u'i lidad, pero esta ven­taj::~ le perjudica, por que abusa de ella. N o hai ple~a su .. ya que este acauaan, porque 110 cesa de 1't'tOOmpns pasados a espen ·as del p1 esentt>. Yoltaire uL~ b· contiuuamente tmlos lo· paise de Europa, y solo se quf'j~ de1 suy·o. o ti ·ne ningun sistema sohr ~ la relijion, y si no fuera por cierto dc'jo de antijanseni ta r¡ue se percibe en alg-unas partes tle su c. t:ritos, Voltair ~ poseeria sin clud~t la inJiferencia y el desiuterés que se deseaban para formar al autor. \ ersado en la literatura estrnnj rn, como en la franc<'· sa~ no es menos fuert~ ea esta 'rudici n mista·, tau en mo­Ja en nuestros dias. Ei es politico, físico, jcómetra, en liu todo lo que e quiera; pel'O falünJole fn •r1.ns para profun· dizar estas denciac;, no ha h echo itw de ·flot·nri<\S: sin m u· cho e!->píritu no brillaría en ningunn. Su gusto l 'S mas de· licado que .justo. Satírico, agradable t~ injenioso, ntal crlti· co y amador de las ciencias abstractas; posee uri'a imnjin a· cio·n mui viva, y lo que par eed estrailo, casi no ticrw iu .. -vencio·n. &e le acusa d •
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I. Joint tremolo entry …: Right gong stand - Three-tube verrophone - Middle gong stand - Two-plate verrophone - Left gong stand - Suspended plates - Berlin section (05 min. 33 sec.) / Sons -- II. Conducted tutti sounds, on hand signal tutti echo effects, and in between: Tube plop - Glass marbles clicking in bowl … - Gradually decreasing gaps between tutti sounds, leading into sheet metal … (04 min. 45 sec.) / Sons -- III. Alternating duos/trios/quartets I: Suspended glass tubes - Pillar - Small plates - Agrophone - Barrels - Large tube verrophone - Isophone - Metalophone - Knitting needles (rhythmical clicking) … (08 min. 22 sec.) / Sons -- IV. Sound surface (tremolo with soft padded sticks), closing in decrescendo - Complementary ostinato rhythms - At the dynamic climax… - Repeat of the rhythmic section (change in sound colour) … (07 min. 24 sec.) / Sons -- V. Nine walking quintets: Metalophone … - Wind music (mixed): Blown tubes - Double horn … - Glass rubbing, accompanied by gong melodies (08 min. 20 sec.) / Sons -- VI: Alternating duos/trios/quartets II: Frogs - Glockenspiel - Pyramid - Glass harp - Cage - Bremset - Verrophone duo - Duo of metal board and wooden board (also mixed duos, trios and quartet) (07 min. 46 sec.) / Sons -- VII: Small and medium marble track combined with - Impluse sounds (ping-pong ball effect) (02 min. 47 sec.) / Sons -- VIII: Stroked disc gongs - Glass harp - Struck gongs (cresc.) - Abrupt end - In the echo: Glass harp (07 min. 02 sec.) / Sons -- IX. Slow build-up of tube sounds from high to low (increasingly dense, crec.) Abrupt end - In the echo: individual sounds (decrec. to ppp, morendo) (07 min. 56 sec.) / Sons
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Vivir bien, gastando menos

Por: | Fecha: 2018

Aunque puede que las circunstancias económicas hayan hecho que ahorrar esté de moda, lo que sí es evidente es que han provocado un cambio en las pautas de consumo. Ahora se tiene conciencia sobre lo que realmente se necesita y sobre la posibilidad de conseguir las cosas gastando menos. ¿Quién no ha sentido satisfacción alguna vez al conseguir un buen ahorro? ¿Por qué no convertirlo en un gesto más habitual? Miremos por tanto a esos consumidores, sensatos y despiertos, a los que no les gustan los gastos inútiles y que han hecho del ahorro un gesto familiar.
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Aunque puede que las circunstancias económicas hayan hecho que ahorrar esté de moda, lo que sí es evidente es que han provocado un cambio en las pautas de consumo. Ahora se tiene conciencia sobre lo que realmente se necesita y sobre la posibilidad de conseguir las cosas gastando menos. ¿Quién no ha sentido satisfacción alguna vez al conseguir un buen ahorro? ¿Por qué no convertirlo en un gesto más habitual? Miremos por tanto a esos consumidores, sensatos y despiertos, a los que no les gustan los gastos inútiles y que han hecho del ahorro un gesto familiar.
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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 15

Por: | Fecha: 1907

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. RepÚblica de Colombia. N.0 liS --------- Boletín ~e las Rentas Reorganiza~af Dlr~qor, EJRIQl'E GREIFFUSTEn BOGO'~'A, AGO:::I'~'O DE ~9()7, AUTO DE FE~ECI!\IIENTO e u lífgunda instancia, dirtndo en la cuen­ta de la Administración General de las Rentes Reorift1Di:t.1das, corrC!!pondienle al periodo de . 5 de Abril de •905 ni 3' de Diciembre de •ooG.-Respons.rble, el Ban-co Central. Rt'púh/i'ca de Colomhia.-Corle de Cuenlas.-Sala de Consulla.-Nú­mero 33o.-Bogo/ff, :J de Julio de 1 !JO J. (l\~istrado ponente, O. Jo'ernnndo 1\es trepo Oriceño) La Sección 2~ de esta Corte, por auto número 3'13. de 8 de Junio, feneció con carácter definitivo la cuenla general de la Adminislra­ci• in General de las Rentas 1\t•orga­oizadas, cllrrcspondienle al perlo­do transcurrido del 15 ele Abr·il de 1905 al 31 de Diciembre de r go6, de que es rc_.;ponsable el llaneo Central. E-;tc E.tablecimiento rin­dió oportunamente las cuentas á su cargo por se me:. tres venci.los, cuen­tas IJlle fueron fenecidas por autos núm~ros 178, de t6 de 1\Inrzo de 1906; :106, de '9 de Julio del mis­mo aiio ; y 289, de 16 de Abril úl­timo. Lai correspondientes á los úllirnos meses del ai\o de rgo6 se rindieron y examinaron mensual­mente, y lo:; autos nl'uneros 290, 291 y 2.92., de fecha-. 16 .Y 1 7 de Ahril del corriente ai\o, dictados por la misma Sección :~.!-, las decla­ró fenecidas. El Ministerio de Hacienda y Te­soro comunicó á la Presidencia de esta Corte, li virtud de consulta he-dta por ella, la H.csolución de ese Despacho, pura c1ue se tu\ icran co­mo tcnecimicnlos provisionales los de que se ha hrcho mérito, y para que, en presencia de los libros ori­ginales del tiempo arriba expresa­do, se dictara el fenecimiento defi­niti\' 0, previo el estudio de la cuen­ta general. E~ta se rindió con ofi­cio número 2,056, del mes de Ma­yo próximo pa!tado, pr •r el Geren­te del referido Banco, Dr. ~cmesio Camacho. Para el examen de dla se con­r, ·ontaron las copias del liLro Dia­rio, por las cuulcs se pracl ic11roo los exámenes parciales, con el ori­ginal del mismo libro, sin e.\igirse nuc\'amente los comprobantes por haber !ti do ya apreciado el valor de ellos, segün se expresa en los autos de que se ha hablado. Se re,·isal'On asimismo, los traslados al Mayor y se confrontaron las partidas de c;;-rcso" con lns J.cl balance rl·~pec­L• vo. El Sr. l\lag1strado de primera instancia hncc presente, y asl es la vrrc.lad, que la condición especial de esta cuenta y el contrato por el cual se regula, no permiten e:\igir en ella toJao; las formalidades que "e requieren en las dem:\s de que conoce esta Cnrtt•. Del examen pract•cndo en la for­ma indicad;\ no se desprendió ob­servación alguna que hacer al res­ponsable, por lo cual y en atención á qth' es llcga,lo el caso de decla­rar fenecida definitivamente, luSa­la, de acuerdo con el pnrcc•·r del Sr. Procurador, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 572 BOU<:TI:'\ l>E LAS RENTA~ REORGANIZADAS R l:Sl F:J, Yt: : Confirmar el auto materia. de 1~ consulta, dictado por la Secctón 2. de esta Corte. Cópiese, notifíquese y publlquese. El Presidente, RAFAEL C:.\nos­! CAS PtiiEROs.- El ViceprcsJdcntc, EanLlO Cusnvo M.-RurERTO S. Góm:z. -BELJSAl\tO AYALA.-JosÉ 1t1. LASCANO CAt\AZO. -1\IJGUEL A. P.::'iAt\1\EDONDA. -R ''tóN C. ConRA­t. Es.-Ct.hrACO SIL\' A.- FER:"'ANDO RESTnRPO BniCE:\o.-A:s~ONIO l~i;­n. sz RJN CÓN.-EI St"crt•tano, Gan­dido f>o11idn. INFORME 1\ENOIDO EN El, EXPF.DH.NTE DE 1\E· CLAMACJÓ'\ DE LOS SRES. FLOHR, PI\ICR & CO~fPA~ÍA. Sres. Miembros del Consejo de MioLSiros.-P. En desempeño rtc la comisión que se me ha dado para que estu­die el expediente que contiene l.a reclamació n de los Sres. Flohr, Pn­~ e & Compa~fa, para qu~ se. les pa­gue una fábrtca de desltlactón 'JUC ellos tenían en Barraoquilla antes de organizarse el monopolio gene­Tal, paso á rendiros el siguiente in­forme: Este expediente-. que ha debido ser fallndo hace mucho tiempo, co­mo tantos otros de la misma índo­Je se encuentra aún pendiente, por­q~ e quizá los reclamantes no se han allanado para que fuera re­tJuelto en lns términos previstos por las disposiciones gener~les que han servido de norma para tnfimdad de casos en rrue han tentdo interés nacionall'!: y extranjeros. Anl('S de fundar mi concepto, creo conveniente, en apoyo de las eoncht«iones á que llegaré en el présente informe, hacer un estudio T:\pido y sintético del origen y des-arrollo de la Renta Nacional de J..i­cores, hoy monopolizada en toda la RepúLlir.a. No vacilo en afirmar que esta Renta es nacional desde que se ex­pidió la Constitución de 1886, P.or­que habiendo reasumido lu Nactón la plenitud de la soberanía que an­tes residía en los E~tados Sobera­nos, confederados por un. Pacto, reasumió también la plemtud ~e los derechos esenciales de la mts­ma soberanía, uno de los cuales es la imposición y percepción de los tributos públicos; y por eso .el Cuerpo Constituyente aprobó la dts­posición consignada en el artículo :102 de la Constitución, fJUe en su parte pertinente dice: "Art. 20:1. Pertenecen á la Re­pública de Colombia: "r. 0 Los bienes, rentas, fincas, valores derechos y acciones que perten~cian á la Unión Colombia­na en r 5 de Abril de 1 886," y co­mo en algunas de las seccione~ de la Unión existía la Renta de Ltco­res, en una ú ot~a forma, ést~ pasó á ser Renta Nac10nal por mmisle­rio de la Constitución del país. Y erran, pues, Jos que, sin rstudio atento del génesis de las instit ucio· nes fiscales, creen que esta Renta es nueva para la Nación, siendo así que hace veinte años que le per­tenece. El legislador colombiano, por medio del artículo 3.0 de la Ley 48 de 23 de Mayo de 1887, cedió esta Renta á los Departamentos que ya la tenían establecida duran­te el régimen federal, y por medio de los artículos 4. 0 , 5.0 y 6.0 de la misma Ley autori7ó á 'los demás para que establecieran ese impues­to como arbitrio rentlstico. Estas disposiciones fueron reformadas y ampliadas por el artlculo 5.0 de la Ley 8." de 1888. Vino después la Ley de R¡lgi­meo Polltico y Municipal que ra~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AUl~ ~IJr sus ar.tl~:ulus '59 y 166 ftl Oea.tón antes dicha. &oruu l11 Naoión nn 1• •eJ•• renun­elar 4 su soberanla, es claro «¡ue Ju disposici••ncs sobre creat'ión, cesión ú supresión •le retllas :100 por su naturaleza transitorias, toda Yez que la Nación puede reasumir 101 derechos cuando á bien tenga, J!llCStu quo la materia de Rentas tiene que subordinarse, y se subor­dina en efecto, á las circunstancias 1 Jtccesidad~ del pals, y todas las naciones Jcl munilo modifi can su sistema tributario cómo y cuando lo tienen á bien. En tal estado de cosas se dictó el Decreto legislativo número 4•, de 3 de Marzo de 1905, aprobado ~r la Ley número 15, de JO de Abril del propio año, por el cual la Nación, en uso de sus impres­criptibles dercclws, reincorporó en­tre "s Rentas Nacionales las de licores, cuyo usufructo había cedi­do 4 los Departamentos, i\ los que en compcnRación hizo tales ó cua­les coocesiones, como las de tomar como participación la misma Ren­ta, solire la liase del último rendi­miento. Esta es la noción clara y cientt­& ca del modo y términos en que la Renta de Licores ha vuelto á las Rentas N~tcionales á que antes per­lenecla. Por alto espíritu de equidad, el legisfador do 1905, consecuente con lo que antes haofa eaLablecido el de 1886, en el articulo 165 de la Ley 4g, dictó las siguientes disposicio­nes: "Art. 12. LoA particulares que t~an establecimumtos de produc­ción de los arllculos que son olljeto de los monopolios quo establece el presente Decreto, serán indtmni­aados previamente de su valor, fija-do por peritos conforme 4 la ley, delus máquinas, enseres, útilea,ins­& rumentos y materias primas que .ao puedall ser utili:aabla en Glras 573 indWilrillS, sin que en ningún c;aso haya derecho 4 cobrar el lucro ce­sante. 11 P 1trágrafo. La indemnización se extiende también al caso de que los industriales tengan establcci­micntu organizado con el fin mani­fiesto de ejercer la industrio mono­polizado; "Art. 1 3· Las indemnizaciones á que hayal1,1gar, deconformidad<:.on lo dispuesto en este Decreto, sepa­garán en bonos amortizables h~ta con el 5'"~ por 1 oo del proriuclo del monopolio, en la forma que lo de­termine el Gobierno. "Art. •4. Señálase el término de un aiio para reclamar indemniza­ción por cuenta de los monopolios que ere~ este Decreto, y pasado es­te térmmo se presume de derecho que los intrresados renuncian á ha­cer el cobro del valor de su pro­piedad." Estos preceptos sustantivos exi­gCan desarrollo, y al efecto el Go­bie~ no ~ic!ó las medidas reglamen­tarias SigUientes; El artículo 1 18 del Decreto nú­mero 339 de 1905, por el cual se reconoce el derecho de los fabrican­Les á quiP.nes les hubieran quedado aparatos de destilación ó rectifica­c~ ón sin destino, siempre que estu­VIeran rn buen estado, de vender­los al Gobierno mediante un ava­lúo rericial. E Decreto número 631, de~~ de Junio de rgos, fija el procedimien­to pnra hacer el av4llúo de los apa­ratos y enseres destinados á la ¡>ro­ducción de licores alcohólicos. To­das estas disposicionPs abundan en detalles para salvar la equidad sin perjuicio del Gobierno ni de los in­teresados. Conforme á esas disposi­ciones so han reconocido y pagado inmensas sumas por indemnización á muchos nacionales y extranjeros que tenían fábricas de destilación cuando la Renta de Licor-ea se in­corporó ea las Rentas Naeionalet; • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 574 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS de tal modo r¡ue Jos documentos de crédito en que debía hacerse el pago casi se han amortizado total­mente, v los qne quedan se cotizan poco mimos que á la par en los sor­teos periódicos. Es de advertir que, conforme á lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto legislativo número 4 r de 1 005, y por el arlícuo 1 1 8 del De­creto re.~lamcntario número 339, del pro~;>io nño, en los avalúos pre­paratoraos de la solicitud de indem­nización doblan incluirse, y se han incluido, no sólo los simples apara­tos de destilacicín, sino las máqui­nAs y enseres destinados á ese obje­to, como pipas, toneles, barriles, damajuanas, areómetro5, etc. etc., según terminantemente lo dice el inciso 2.0 de la disposición última­mente citada. Pero es el caso que los Sres. Flohr, Price & Compañía han ex­tendido su demanda más allá de lo q11e p ermit en las leyes y de lo que cons1cnte la equidad; pues no sólo pretenden que el Gobierno les com­pre por un avalúo exagerado, en mi concepto, lo s aparatos de desti­la ·ión y demás enseres destinados á la producción de alcohol, aguar­di•• ote y sus compuestos, sino tam­bi ·~n los edificios en que funciona­ban tales aparatos; y esta preten­sión es inexequible, no sólo por fal­ta ele e~uiJad, sino como opuesta á las dtsposiciones reglamentarias sohre el particular y al derecho consueludtnario establecido en la decisión de innumerables casos en que han tenido interés, repito, na­cinoales y extranjeros. Por el articulo 2.0 del Decreto número 4t tánlas veces citado, es­t~ n excluidos de la venta que de­l. ll'n hacer los que han tenido des­tilaciones montadas, "las materias primas que puedan ser utilizables en otras industrias;" y por el arti­culo r r del Decreto número 531 de • gos se establece que "no se tomarán en cuenta los muebles ni adornos que los industriales hayan llevado para sen·icio y comodulad personal, ni aquellos objetos que puedan ser utilizables en otras m­d ustrias., Aun en el supuesto de que el edificio que los Sres. }<'Johr, Pr1ce & Compali(a pretenden que se les compre en la no modes(a suma de doce mil dólares, hubiera sidocons­tru( do especialmente para la fábri­ca de destilación, no por eso que­daba el Gobierno obligado á com­prarlo, como no ha comprado los edificios de innumerables recla­mantes nacionales y extranjeros, puesto que un eclificao en que fun­ciona una fábrica de destilación puede-ser destinado á otros usos, mediante las adaptaciones del caso. Me he visto precisado á estudiar el origen de la Renta de Licores desde que fue Nacional, y el esta­do actual de esa misma Renta, pa­ra fundar la conclusión dr. que la Nación, en ejercicio de su sobera­nía inmanente, pudo establecerla como arbitrio rent(stico en la for­ma en que lo hubiera r.stimado acorde con las necesidades y cir­cunstancias dd país; y que la in­demnización decretada en favor de los que antes del monopolio espe­culaban con esta industria no pue­de considerarse en rigor como de estricto derecho, sino como obra de buena fe, de allru{srno y de mu­nificencia nacional. De acuerdo con lo dispuesto por el arlfculo 9. 0 de la Ley •45 de r888, los extranjeros están some­tidos á la Constitución, leyes, ju­risdicción y policfa de la Repúbli­ca; dispostcic\n que parecerla inne­cesario cttar si no fuera porque en ocasiones hay que combatir pre­tensiOnes indebidas que menosca­ban los fueros de la jurisdacción na­cional. No debo pasar en silencio la cir­cunstancia ae que en la información Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS :575 sumaria presentacla por los recla­mantes apuecc una declaración, y nada menos que la del Sr. Jere­mías 1\ogers, socio de FloJ.r, Price & C.", S«'~ún la r.unl consta que la de;;tilucic)n en la fábrica se hal,'a suspentlirln tlcs.h! el mes de Julio de 1 oo'J. De modo que al entrar en vigencia el Decreto lcgtslati\'o nú­mero /1 1 de 1905, á fines ele Marzo, hada ocho meses que no se clcstila­ha licor en los aparatos de Ji'lohr, Price & Compañia. Verdad es que esto lo explica l'l declarantt•, no como una circunstanda de clausu­ra, sino como una faz dt>l mecanis­mo del ne~ocio; pero t•sto hav que establecerlo cnn pruebas irrc(rRga­bles, una vez que s«'gún lo d ispues­to por el articulo 2l1 del Decreto 63 r de 190!), ''el Gobierno no está obli~ado á pagar fábricas que han contmuado trabajando para los Re­matadores ó por cuenta de ellos, directa ó indirectamente¡ ni las que hubieren estado clausuradas ó en suspenso á In t•xpedicit)n del De­creto número 41 .'' En consecuen­cia, continúa el Decreto arriba ci­tado, "los Prefectos y Alrnlclcs se abstendrán de disponer la pr•ktica del a ''alt'10, y el Gobernador de ce­lehror contrato con relación á las fábricas que se hallen en este caso.'' Uno ''el que se haya esclarecido este hecho, el Gobierno debe com­prar á los Sres. Flohr, Price & C~ fos aparatos ele destilación que estu­vieren en buen estado, sujetándose é las d1sposicioncs dictadas para casos análogos; y por lo mismo ob­sérvanrlose la plrnitud de las for­malidndes lega les y reglamentarias; y como ya se ha insinuado que es exagerado el primer a\'alúo peri­cial, me permito rlc•sde ahora lla­mar la atención dt: los funcionarios que deben intervl'nir en este asun­to, á lo dispuesto por el articulo 79 de In Ley 105 de 18go, que dice: "Art. 79· La t•xpo~ición de los peritc•s no es de por si pleno prue-ba ¡ ella dl'l>e ser apreciada por ti Juez ó los Magistrados al fallar co definitiva, teniendo en considera­ción las razones en que fundan su dictamen los peritos, y las demás pruei.Jas que ltguren en el expe­diente. E!.' consecuenci11, correspon­de á los Magistrados y Jueces fijar el precio ó la estimación de las co­sas que deben ser apreciadas ó es­timadas para decidir la controver­sia, pero expresarán las razones de su rlcter minación.'' Por las razones expuestas os pro­pongo el siguiente proyecto de re­solución: r. 0 El Ministerio de Hacienda dictará una resolución para mejor proveer, á fin de que los Sres. Flohr, Price & Compañía prueben satis· factoriamente que al entrar en vi­gencia el Decreto lrgislativo nú­mero 4 1 de r 905, la fábrica de des­tilación que ellos poseían en Ba­rranquilla no estaba en suspenso por interrupción del negocio, sino por el mecanismo ordinario del trá­fico; 2 . 0 Acreditado este hecho de mo­do jurídico, por el Ministerio de Hacienda y Tesoro y con in ten en­ción de la Gerencia de las Rentas Reorganizadas, se pagará á los SreP. Ji'Johr, Price & Compañía, previo un nuevo avalúo, el valor de los aparatos de destilación y demás útiles y enseres de la fábrica deno­minada Gola de Oro, que tenian en Dorranquilla, y que estuvieren en buen estado. El pago se hará en bonos de licores, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto número /¡r de rgos en su articulo 13, y por el Decreto número 63 r, del mismo año; 3.0 El Gobierno no está obliga­do · á comprar á los Sres. Flohr, Price & Compañia el edificio en que hablan montado su ftibricn de rlrstilación; 4." Si los Sres. Flohr, Pricc & f:ompai'Ha no oceptarl'n esta rcso- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. s ¡6 BOLETIN DI~ LAS RENTAS Rb.ORGANIZAuAS lución en conjunto, lcs¡qlltldnn't t'.x­( li!tlitn 1' vía JUdicial. Bo;;t•lli, Junio 20 Jc 1907. D. EucuoEs os A "YULO. ( o,;},.tu C!JI••in(, número u,gg6). I\El\JATE D& I.A 1\L:'If.\ OE UCORES NACION.\U;S t.~ .\STrOQUlA Y CALDAI. Geret1ctct rlt• las Rentas lleorgani­zadas- Rogolá, Julio 4 de 1907. En vi.;ta del Decreto ejecutivo num«-ro 763, de 2!) de J~ni~ últi­mo. !'.obre división ll'rntonaJ, y con cluhj··l•) de uniformaren lo.po­siblc lol-o períodos de arrendnmten­to de la Rt•nta de Licores Nacio­wdt ·s, , llnf,>rmándolos á las divi­siones poHticas que rigen en cada Departamento, SE RESUELVE: Par.t los efectos del remate ele la Renta de Licores Nacionall'S que debe verificarse en l\lanizales y 1\JeddHn en los días T •0 de .Agosto y 17 de Septiembre pníximo!', res­pcctivurnrnte, de conform1 lad con los plicn·os de cargos de 25 de Mar­zo y 15!!ldc Junio del prescule año, scgré,.asc de la Provincia de Au­res, e~ el Departamento d~ ·\nlio· quía, y agrégase á la Provrnc1a de Aranzazu, sólo para los cfcl·tos del citado rematr, en el Departamento de Caldas, el Distrito Municipal de Pensilvania, con los Corrc;imien­tos de San Agustín, Florencia y Arboledas. En tol virtud, modifícanse los aforos de las Provincias expresa­das, así: Provincia de .Aurcs, $ 2 roo; Provincia de Aranzazu, S 2,300. Comuníquese por telégrafo y pu-blír¡ ucse. FÉLIX SAI.~/.\1\ .1. !tlinislt: rto de Hacienda y Tt:.wro­Bogotá, 4 de Julio de 19 o 7. Aprobado. El Mini~.tro, Tosí•s V ALt.Nzusu. HEMATE de lo Rcula de Licor~ Nocionule~ de lu Provincias de Caldas y l.o Plalll, del [)e. parlamento del Cauca. Por disposición de fa Junta Di­rectiva del Banco Central se pon­drti en remate en suhu~la pliLlica la Renta de Licor es Nacional es det las Provincias de Caldns y La P la­ta, en e l Departamen_to clcl Jiro de Hacienda y Te..sor••.-l'll'. El artículo 5'• del Decreto n(unc· ro 339• de{¡ de .\bril de 1905, deter­mina la fuerza alcohólica'qut~ deben tener los a;uardientes y akohnl j uc se den á la wnla en 1~ Rt·nta e Licores .Naciuualcs, pero no clc­terminn con rlaridaJ lo!> grados que JeiJCn tener los ront•s qur de­ben darse al consumo; y aunque parece claro que en la palabra .aguardientes están incluidos los rones, siempre es conveniente que ese ;\linisterio tenga la bondad de aclararnos los grados mínimos qut• deben tener los rones que el Rcma­tador •·slá obligado á comp1·ar co­mo existencias ó á permitir su ven­ta en t 1 comercio cuaf'Jdo no los compre. Bo~ol!\, 21 de Junio de 1907. Señor Ministro. HnnEI\TO TooóN.-J .e sus M' u (' Tonó:'l. Mim:~le;io de l/a(·timdfl y Tesoro. Seccl(]fl 1. 11 -Ramo de Hacienda . Bo!]Oltí, Junio 2.) de 1907. Vi~to el memorial que antecc~dc, y t~mcnclo c·n cuenta r¡ue hl Dccrrtn 339 de• tgor,; y qul' en ninguna de lns dis­posit- ionPs nacionales orgánicas del monopolio de licores, ni l"n los De­cretos y Ordenanzas de los anti­guos Estados .Y de los actuales Dc­parturncntns, c·uando esa Renta cs­tu\' o monopolizada por curnta ele ello~ •. ni t•n las tarifas y dcrntis dis­posJcwncs de ~\duana p~ru lu c¡uc -se rozu con la 1ntroduccwn del ron, se ha señalado uu11cu d ¡;ca,lu que clt:ba ll-ncr cst" 1 ieor·, SE RF.SIIl:LVf.: El ron que !-C dé al c·onsurno en el país dcl.Je tt~Ul'l' ele J 5° á ·w° Car tier. Comuníqur·sc y publíqut~sr. El Ministro, TouÍAS Y AU.NZULLA. ( Diorio Ojlciol, número IJ,OOO). 1\ESOLUCION S•JUfe tljaciÓn del lueu en que dl'bcll CUfll• plir la !'1!03 l os •c•nlcnciados por fraude. Ministerio de Jlar·ienda .11 Tesoro.­Secridn '·a-Ramo de 1/acien­da.- Bogotd, Julio 5 de 1907. Visto el oficio de la Tenencia Política número 3• dirigido al Sr . Gobernador del Drstrilo Capital, y el auto que dicha Gobernac1ón ha dictado en relación con el asunto de que trata el Teniente, SE nES UELH.: El l\Iinislerio encuentra perfec­tamente acorde con las disposicio­nc:> legales el rnzonamienlo dd Sr. Gobernador del Distrito Capital, y por tanto confirma m decisión de aquel Despacho en sentido de que es á él á quien corresponde dt!si~­nar el 1 ugar en donde dclJan cn m­pli• · la pena ele anc.sto h>s conrle­narlos por fraude á las R en tas lh­orgamzadas en 'irtud de scntent·ias dictadas por los Tcnicnw. Políti­cos y J ucces de H.cntas. Comuníquese . El Ministro, Ton/As V \t...::;;wt.l. \. DECRETO N. 0 742 DE 19o¡ (~2 DE JUNIO) J•Or el cual se fijtn los derecho• de e•cporl.n'o n de la l:l¡:ua ñ martil ,·e¡:cl,\1 que 1.1lga de 1 s puertos de Uuen.••·cnlur.\ )' 'lllm.&co. El Prrsidenle de la llepubli'ca de Colombia, co:-;smrn.\:-íOO: Que por el inciso 7· J del articulo 9· 0 ele la Ley 33 de 1 !JOJ1 el Go- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 578 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS bierno :;e halla autorizado para grayar la exportación de la ta~ua con unu suma igual á la que la He­pública del Ecuador fija como grn­vamt• n á la e" portación de aquel artfculo; J que en dicha Repúbli­ca se ha gravado con$ 1-50 oro los cincuenta kilogramos de tagua pelada, y con $ 1 oro los cin­cuenta lpresidcnte. . . . 21? Siendo el pnnctpqJ destino de los anises que se i_ntroducen p_or el comercio el deslllar aguardtente clandestino, con gran perjuicio de la Renta, se prohibe su introduc­ción, y de cuenta del. Esta~o s_e comprarán por un precto eqmtalt· vo los que existen en la Provincia. Caso de no entregarlos sus dueños dentro del tercero día, se los con­fiscarán. 3~ Se prohibe igualmente el cul­tivo de anís en esta Provincia, pues no pudiendo exportarse, su único destino es servir para la destilación clandestina de aguardientes. Publíquese por bando, y dése cuenta al Excmo. Sr. Vicepresiden­lt•, para su aprobación ó reforma. JosÉ l\1.\nf,\ CónoovA. .frm! Migm•l Uribe, Secretario. RESOLUCION por In cunl se reforma In de 23 de MnNO dll 1905, ~obro pago del derecho de cxpor­lnclón del asfalto. Ministerio de Obras PtibNcas !/ Fo­mento.- Secri1n .5 .•- BogoM, Junio :15 de 1907. Visto el anterior memorial y con­lii< lcrnntlo justas las razones que rn t'l se rxponen, SE 1\ESUEL'\'E: Refórmase la Resolución de fe­cha 23 de Marzo de r~os, dictada por este Despacho, en -el sentido de que el pago de los derechos de exportación de asf?lto de terre~os de propiedad part1cu lar _se Yen fi­que en la Aduana respectn:a! y que no sea por semestres anttctpa~os sino al efectuarse la exportactón, en cualquiera cantidad anual. Lo dispuesto en la presente Re­solución no altera lo estipulado en los contratos que sobre exportación de asfallo se hayan· celebrado con el Gobierno hasta la fecha. Comuníquese y puLlíquese. El Ministro, F. DE P. MANOTAS. (Diario Ojic¡'al, número 12,g g6). TIMBRE NACIO~AL ll&MOJ\IAL Y RESOLUCIÓN sobre empleo del papel sellado en los poderes para acusaciones pnrticulares. Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro.-Bo¡tot' En el J uz~>'ado de este Ctrcuito hay la práctica de admitir en papel común los poderes para acusar, en los casos del artículo 1603, del Có­digo Judicial. Aunque yo siempre he hecho que esos poderes se me confieran en papel c;ellad<', con l_as estampillas que establece la tanfa contenida en el Decreto número 909 de 1906, como .defensor de va­rios acusados parttcularmente, se me ha ocurrido el caso de impug­nar la práctica establecida aquí, que no me parece correcta, y como el JtJz,.adfl se empeña en mantener­la de :cuerdo con el pará~rafo úni­co del artículo 20, del citado De­creto 909 me permito someter esa euestión á la decisión de usted, pa­ra que su resolución sirva de nor­ma sobre el pnrticulo.r. Las razones Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. sBo BOLEJ'IN DE LAS RENTAS Rr:ORGANIZADAS en que me fundo para h acer esta consulta contra la práctica estable­cida aquí, es que contra ésta mili­tan, en mi concepto, las s iguientes cons ideraciones : t.• La que clara y ···• ·ninantc­mente co ntiene la primera parte -de~ parágrafo r. 0 , articulo 4. 0 , del Decreto en referencia ; y 2 . u Que s i bien es permitido r e­presentar y actuar f n papel común en los denuncios y diligencias del Ramo criminal , para facilitar la -efectividad de la sanción establecida por la ley sobre los q ue ella declara delincuentes, n o existe la mismá ra­zón para que un individuo con sti­tuido acusador particular dej e de pagar el impuesto nacional sobre timbre en un memorial que no tien­de por sí á la comprobación de un hecho delictuoso ó al descubrimien­to de ~u responsable, sino sólo á obtener, por razones privadas un beneficio personal para el acus;dor, consist•:nte di cho b eneficio en evi­tar los p~rj~1icios que por su falta deconoc1 m1entos, por sus ocupacio­nes 6 por no residir en la cabecera del Circuito, habrfa de sufrir el acu­sador, si hubiera de representar personalmente en el j u ic1o, y por ell o se acoge á lo que laley le per­mite, haciéndose representar por med!o de un apoderado para entar ó m1norar esos. perjuicios: lo pri­mero (la ~ctu~cl?n en papel común en matena criminal) se ha estable­cido en beneficio de la sociedad¡ p ero lo segundo (la perm1sión de que el acusar:lor puede compa recer como tál en juicio por med io de apoderado) sólo establece un bene­fici? particular par~ cl.ncusador; y s~tudo es que nndiC llene obliga­CIÓn de serlo, como s( es obligato­rio para todo co lombiano, con las excepciones aiiC dichas, l o que es t a ­b lece el artículo r6r /¡ del Código Judicial , " qut! pur t•llu puede cum­plirse verhalmente ó representan d o en papel comlin. Que el acusador pueda represen­lar en esa clast• d e P"Pd l'll e l c um­plimiento de su mi..,Ión, se explica, porque si bien es \'Ít•rto que su re­presentación en rl juicio se funda e n s u interés particular, también lo es que ese int e r~s lo p one al ser­vicio del interés soda l de que se com prnebe el delito y se castigue a l d elinc uente; pero el beneficio que recibe el acusador a l haccrs~ representar por mecHo (le apode ra­do, es asunto de otro ordt>n: ese es asu nto particular del acnsaJur, y por ello no se puede t>Ximir del pa­go de) impues to dr timbrr , toda wz que la ley no ha establecido expresamente esa c~cepción. llaneo, r 4 de Abril de 1907. Germrin B. Jiménez. Ministerio de llarienday Tesoro.­Seccidn ¡/'-llamo de llacien­da.- Bogotá, Junio 8 de 1907. Visto el anterior memonal, y te-niendo en cuenta que es general la disposición del Dt•crrlo número gog de rgo6, sobre· tirnbre nacional, en lo que se refiere :i Poderes, y por lo mismo no establece Jifaencia para los efectos de aquella contri­bución, entre poderl's que se otor­guen p or ruemorial para asun t os ' administrativos, judiciales ó de los que se confirren para acusac i onc~ particulares, conforme a l arHc ulo r6o3 del Cód igo Judicial, Los poderes cpte se otorguen por memorial para acusaciones pnrti· cularcs en los t ~rminos del artícu­lo r6o3 del Códi!{o Judicial,se ex­teorler<\ n en pa pcl sellado .Y ll eva­rán la estampilla dr que trata el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 581 Decreto número 909 de rgo6, sobre Timbre Nacional. Comuníquese y publlquese junto eoo el memorial que la motiva. El 1\finiatro, ToaC.u V AL&NZVELA. (Diorio 0;7cial, número u,!)g6). RESOLUCIO.N N.0 297 DE 1907 (18 DB JUNIO) por Ja eual &e 11clarA la cláu .. ul11 novrna del eoolrato celebrado por la Direuión Genel'lll de Corrt'O!l y Teléjfrnfoa con el Sr. Francivo J. Fernández, en 12 de Ju ­aio de r~o6, sobre cooservnción y ndmi· n&a~acioo de In líneas tcltgráliras de la Repüblica. Habiénrlose consultado por la Corte de CucntaCJ á la Dirección General de Correos y Telégrafos sobre Ni el eRplritu de la cláusula novena cid contrato celebrado con el Sr. Frar c 'sco J. Fernández, en 12 de Junio de rgo6, es el de que los empleados de las Oficinas te k­gráficas están exPnto-. tlel pago de Eslamptllas de Timbre Nacional en lns nóminas que prcscntL•n para el cobro de sus cuentas, y en las de arrendamientos de locales pnt·a h'" Oficinas l••lcgr;\ficas, contestó el Director creneral de Correos r Te-légrafos: · " La intl'nci'~'" del Gobierno se­gún lo ~slipul6, el Teniente Po- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 583 lítico de la Provincia de Los Santos le instruyó sumario, •1ue terminó con­denindolo i perder 1 t kilos de taba­co y á pagar la multa de S 5 oro. Sentencia confirmad:1 en segunda ins­tancia sin variación. Er11esto Gutiérrel, natural y vecino de Girón, de cuarenta años, agricultor, casado y católico. Declarado con igual responsabilibad que Acebedo, en ese mismo fraude, fue sentenciado á pa­gar $ 5 oro de multa y á perder en mancomún con su compañero los 1 1 kilos de tabaco. Abraham Jasbón, vecino de Piede­cuesta, de veintiocho años, comerciante y casado. El Juzgado de Rentas de la Provincia de Los Santos lo absolvió del carg-> de defraudador de l:1 Ren· ta de Pides, descubierto en Piede­cuesta, en Septiembre de Ig<>5. El juz­gado Superior revocó dicho fallo y condenó á JasbSn i perder á favor del GJbierno una piel de vaca que dio motivo ~ la instrucción sumaria. Joo;é Vacente Martrnez, natural de Pietl !Cuesta, vecino de Bucaramanga, de cincuenta años, comerciante, casado y católico. Fraude:{ la R~nta de Taba­co, descubierto en esta ciu iad el 13 de Julio de tgo5, por el Tenient! Pollti­co de la P•·ovincia de Soto. Penas im­puestas: multa de S 10 oro y pérdida de J,JO::> dgarros. El fallo de segun­da instancia reform•S en pute el de la prime~. Paula Moreno, Juana Ferreira, Con­cepción Roa de Porras y R0sa Porras, mayores de edad y vecina<:> de Piede­cuesta. Figuran en el mir.mo fraude de Martínez. Sentenciadas en última in~tancia 1t pagar cada una $ 5 oro de multa. Los demis datos persona­Jes de éstas no constan en el expe­diente. Abo!.har, Cosma & Matlar, repre­sentados por t 1 socio Sadek Cosma, ve­cino de Bucaramanga, mayor de trein­ta años, soltero y católico. Fraude :i la Renta de Pieles, descubierto en la hBcienda de IA f.,.,jila, en territorio de Picdecuestn, el 27 de Marzo de 1go6. Se confirmó sin vanación la sentencia de primera instancia. Penas impues­tas : multa de $ 8o oro y pérdida de $ 480 billetes, suma ~)la que produjo el remate de or.ho pieles d;~ñadas. Ro)o León, natural de Arboledas, vecino de Cucutilla, mayor de 30 años, agricultor, casado y católico. Fraude á la Renta de Licores, descubierto el 23 de Febrero último, en el sitio de Manizales, jurisdicción de Cur.utillla, por el respectivo Teniente Polltico. El fallo condenatorio de primera ins­tancia fue confirmado con una varia­ción. Penas impuestas: dos meses de arresto y pérdida de una b.:>tella con 7 50 gramos de aguardiente. Lucio Alarcón, natural de M~rida (Venezuela), vecino de Pamplona, de cuarenta y u1 años, comerciante, ca­sado y católico. Por fraude á la Renta de Cigarrillos, descubierto en Pamplo­na P.l 16 de Julio de 19{)6, fue condena­do á pagar la multa de $ 14-20 oro y á perder 25 cajetillas de cigarrillos ex­tranjeros, todo á favor del Fisco. La sentencia dictada en primera instancia se confirmó en la segunda. Severo Blanco, natural de Piede­cuesta, vecino de Pamplona, de treinta y cuatro años, agricultor, casado y católico. Fraude á la Renta de Ciga­rrillos, descubierto en Pamplona el 22 de julio de 190S y castigado con mul­ta de S 1 r oro y pérdida de 5 cajeti­llas de cigarrillos extranjeros, ambas á favor del Fisco. Fue reformada en parte la senter.cía de primera ins­tancia. Daniel Mantilla García, natural y vecino rle Piedecuesta, de diez y ocho años, agricultor, soltero y católico. Fraule á la Renta de Tabaco, descu­bierto en el punto de La Candelaria, en territorio de Piedecuesta, el 20 de Marzo último. El Juzgado de Rentas de la Provincia de L os Santos lo ab­solvió del cargo. Este Lespacho revo­có la sentencia é impuso al encausado las pr>nas de$ 5 oro de mulla y pér­dida de dos kilos de tabaco (parte ela­borado y parte en rama), á favor de la Renta, Consolación Jaimes, natural de Gua­ca, vecina de Bucaramanga (Tona), mayor de veintiún años, de oficios do­mé:. ticos, soltera y católica. Por fraude á la Renta de Licores, en jurisdicción Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLJ'.TIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS de esta ciudad (Corregimiento de To­na), descubierto el 25 de Noviembre de 19o6, el respccti,•o Teniente PoU­tico le impuso dos meses de arresto, pena confirmada por este Juzgado. Pedro Prada, natural y vecino de Rionegro, mayor de cuarenta años, agricultor, casad> y católico. Respon­sable de fraude .'l la Renta de Licores, comEtido en Enero del corriente año en jurisdicción de Rinnegro (sitio de Galanes), se 1~ impuso la pena d e dos m eses de arrc~to. L=i sent~:ncia de este juzgado revocó la de primera instan­cia y fijó la pena dicha. Juan de la Cruz ~nchez, natural y vecino de Rioneg¡p, mayor de cuaren­ta años, agricultor, casado y católico. Fraude descubierto en e l sitio de Ga­lanes, territorio de Rtonegro, el 29 de Enero último. Este Juzgado revocó la sentencia dictada por e l Teniente Po­lftico é impuso á Sánchez las siguien­tes penas: dos meses de arresto, multa de $ 20 oro y pérdida de una dama­juana, dos botellas grandes y 4,250 gramos de aguardiente. Atanasio Mesa, natural de Bucara­manga, vecino de Rionegro, de unos cuarenta años, agricultor, casado y ca­tólico. Castigado con dos meses de arresto y pérdida de una botellita con 16o gramos de aguardiente que le fue aprehendida en el punto de Galanes (Rionegro), el 29 de Enero del co­rriente año. Este Juzgado impuso di­chas penas, revocando previamente la sentencia que pronúnció el Teniente Potrtico. Zoila Mendoza, natural de Umpalá, vecina de Rionegro, mayor de cuaren · ta años, de oficios domésticos, viuda y católica. Fraude 1escubierto en la fecha y lugar últimamente dichos, y castigado por este Despacho con dos meses de arresto y pérdida de una botella con 150 gramos de aguardien­te. El fallo de primera instancia dic­tado por el Teniente Polltico de Rio­Aegro fue revocado. Manuel Céspedes, natural y vecino de Piedccuesta, de sesenta años, agri­cultor, casado y católico. Fraude des­cubierto en el sitio del Aliñadero, juris­dicción de Piedecuesta, el 22 de Oc-tubre de 19()6. Fue reformada la sentencia de primer R'rado dictada por el respectivo Teniente Polltico, y castigado el fraude con dos meses de arresto, multa de $ 5 oro y pérdida dt! dos damajuanas, dos botellas y r ,550 gramos de aguardiente. Cayetana Ordóñt>7, natural de Um­palá, Yecina de Piedc<:ut'~ta, de treinta años, de oficios dom6ticos, viuda y católica. Fraude descubierto l!n el punto del Consuelo (Piedecuesta), el 22 de Octubre de r9(>6, y ca11tigado con arresto de dos meses y pérdida de una botella con 2 30 gramos de aguardiente. Se reformó la sentencia de primera instancia. Matilde Villami7ar, natural de San Andrés, vecina de Piedecuesta,de trein­ta años, de oficios domé~ticos, y casada católica. Penada con dos meses de arresto por fraude á la Renta de Li­cores, descubrerto en Piedecuesta el 22 de Octubre de r9Q6. La sentencia de segunda instancia reformó la de primera. No incluyo datos sobre diligencias de fianza por no haber ocurrido. De usted atento servidor, JuAN D& DIOS ARL~AS. RESOLUCION sobre reb:~jas de pen;•s á los derraudodoru a lll.s Rentas 1\eorgonizadas Ministerio de Haátnda y TtsOcro-S((ci6n I.•-Ramo de Hacimda-Bogqlá,.Ju­lro 9 de I907. Visto el oficio que dirige el Direc­tor del Panóptico de esta riudad al Sr. Gob •rnador del Di~trito Capital, y que éste dirige al Ministerio para que se aclare un punto sobre r ebaja de pena á los sindicados por fraude á las Ren­tas Reorganizadas, S& lt!SUUVE; Los condenados á penas de arresto, {Omo resultado dt la (()nt·trsiiJn dt prna1 dt mullas, tienen derecho á la r ebaja que corresponde á los rematados por delitos comunes. Comunfquese. El Ministro, ToB{A~ VALVi'ltiKU. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 585 ACTA DE VISITA A LA AGENCIA EN CALAMAR 1!1 dfa veinticuatro de Mayo de mil novecientos siete se presentó el Visi­tador de las Rentas Reorganizadas en el Departamento á la Agencia Munici­pal de las mismas Rentas en el Distrito de Calamar, y dispuso practicar v!si­ta. El Agente, Sr. José Maria Gómez, le facilitó los libros, talonario-;, arch1vo y dem~s enseres de la Agencia, y le suministró los datos que el Visitador le pidió; de todo lo cual, llegó á las siguientes conclusiones: Ao~cr.\ MuNrcrPAL.-E!.ta, como ya se dijo, está á cargo del Sr. D. José Maria Gómez, desde el mes de Abril de mil novecientos cinco, y tiene este personal: Un Agente municipal, con sueldo de cuatro mil pesos mensuales. El Sr. G6mez informa al Vbitador que prestó fianza personal, desde No­Yiembrc del año pasado, ante el Sr. Augusto Tono, que es hoy Administrador Departamental de las Rentas, por la suma de S 200 oro, para responder por su manejo como empleado y por todas las Rentas que están á su cuidado. El Visitador ha rnanifestado al Sr. Agente visitado que la fianza en referencia debe ser otorgada ante la prrmera autoridad polftica, y, en consecuencia, él le ha ofrecido acudir á prestarla ante el Sr. Prefecto de Cartagena, próxima­mente. Los Corregimientos y caserfos de Yuca!, Barrancanueva, Barrancavie­ja y Hatoviejo, dependen de la Oficina que se visita, á ella rinden sus cuentas, y sus A~entes son de libre noml3ramie.nto y remoción del Sr. Agente de este lugar. El Agente de Yucal otorgó fianza de manejo á favor de las Rentas por $ 200 oro ¡ el de Barrancanueva ha sido excitado hoy por el empleado que visita para que cumpla con este requisito, que él no ha rehusado¡ y como ac­tualmente no hay Agente en Barrancavi~ja, por la imposibilidad material de no haber en ese punto personal apto, el Sr. Agente del Distrito resolvió agre­gar, por lo pronto, la in •pección y vigilancia de las Rentas alll al Sr. Agente de Yucal, quien tiene facilidades para cumplir con esta di~posición, debido á la distancia de una milla que hay de Barrancavieja al punto anteriormente citado. Tanto en Yucal como en Barrancavieja existe un Guarda, con sueldo de $ 1,500 mensuales, que se cargan á las Rentas, por Gas/os dt Adminislradón. ~1 local para la Oficina, que es cómodo, está situado en la albanada que da sobre el puerto del do donde atracan los vapores, y está arrendado en la 5uma de $ 1 ,500 papel moneda mensuales. II LIBRos.- Se llevan los !>iguientes: libro de Coja, Dfpós1'1o de Pitlu, M(Jf,•Í­mitnlo dr Pida de los Corregiinimlos y Pie/u de los vaporu, que son auxiliares, los dos últimos¡ 'li111bu .Nado11al, Anotador de gufas dt lrá71sl'/,•, otro auxiliar de éste llamado G'ufas parda/u, y el Copiador de oficios y ldegramas, más el libro de Rtg,·slro dr docummlos prt'vados. El libro de Cr~ja, lo mismo que los demás de la Agencia, est~ llevado con pulcritud y aseo, sutici ntes ¡·ara satisfacer al más exigente, y ha sido refor­mado, porrnenoriZlndo las partidas, en conformidad con las instrucciones del Visitador, Sr. Eliseo Otero M., que escribió la última "isita el veintiuno de Octubre del año pasado, y en la actualidad los gastos se imputan á las cuen­tas respectivas, de acu erdo con las instrucciones del Sr. Administrador Depar­t~ mental. E~ te libro se abrió el diez y ocho de Abril de mil novecientos cinco, y ttene completos tudos ~us folios. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. s86 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Comoquiera que en la visita del Sr. Ote~o M. consta el extracto de los producidos y gastos de las R~ntas h1sta ~!pllembre pa·~a •Jo, se limita el sus­crito Vi~itador á hacer menc1ón del mov1m11:nto de Cajn en los mese' poste­riores al citado, as! : 1 90(5 l!N'TRADAS. S.U.IDAS. Octubre. A Consumo de Por Rmla dt Salu 7a6aco .......... ............. $ 9,885 A Pitln (por ventas)..... 1,472 Sueldo del Resguardo, arriendo lo- A 1imhrt Nadonal (sal- cal, etc .................... $ 23,270 .. . do liquido).............. . ... 2,180 .. A Remua de Carlagma.. 20,303 Sumas iguales ...... $ 33,840 ... Noviembre. A CAmum1 dt 1ahaco .................... $ A Timbre NacioJtal (sal-do liquido .................... . A Remesa de Car/agena .. 3,660 ... 23,185 so Sumas ig-uales ...... $ 33,258 ... Por Rmla de Pie/u. Sueldo d e 1 Agente, arriendo, dep6!>ito y gas tos de transporte, etc...... 4,952 ... . Por Consumo de Tabaco. Honorarios de los Agen­tes, arriendo de la Oficina de Calamar, sueldo del Guarda de Barrancavie-ja, etc.......................... 5,26o ... Por ga.rlos de Adminúlrrl­aün. Acarreo de sales, lico-res, etc........................ 358 ... $ 33,840 ... Por Rmla dt Sala. Sueldo del Resguardo, arriendo local, etc ......... $ 23,320 .. . Por Re•tlrj dt Pida. Sueldo d e 1 Agente, arriendo de depósito, etc.. 4,925 Por Comumo tlt Tabaco. Honorarios de lo~ Agentes municipalts. .. . .. 5 t 3 . . . Por gaJ/ os dt Administra. rióll , Arriendo local para Ofi­cina y sueldo de los Guar­das de Barrancavieja y Yuca!. ................. ...... .. 4.500 ... S 3J,2S8 ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLf!TIN DI!. LAS RENTAS REORGANIZA-DAS 587 --------- Diciembre. A Consumo de Tabaro ........................ . A Pitlu (por ventas) ... A 1imbrt Nari(mal (sal-do Hquido) .................. .. A Rtmua de C&~r/,zgma .. 29,137 so 2,101 Sumas iguales ...... $ 40,910 1g.:>¡. Enero. A C(lllsu-mode 1a~aro ................ s A Pitlts (por venta,) ... . A 1'imbrt ~'~m'o11al. Pa­pel sellado (soldo lfcruido) Estampillas (saldo liqui-do) ............................. . tl Rmusa de Car lagma .. . 8,431 1,152 211 23.633 Por Rmla de Sales. Nómina de los emplea­dos d d Resguardo, alqui­ler de local para él y su-ministros .................... $ Por Rtnla de Pula. 23,350 ... Sueldo d e 1 Agente, arriendo del depósito y ho-norario de transporte...... 4,875 ... Por Consumo de '1 abaro Honorarios de los Agen-tes municipales ............. .. Por gas/os de Adminislra­ció• J. sBs ••• Arriendo del local para Oficina, sueldo d e 1 os Guardas de Yucal y Ba­rranca vieja, sello de cau­cho y el valor de una casa para el Resguardo e n Charanga...... ... 12,100 Sueldo del Res~uardo, arriendo local, summístros, acarreo, etc ................. $ 24,950 .. . Por Renta de Pi'tlu. Sueldo de 1 Agente, depó:.ito y honorarios de recolección......... .. . ...... 5,025 ..• Pot Consumo dt )obaro. I lonorarios del Agente de Yuca l. ..................... . Pcw gas/os de Adtmiuslra­rilm. 516 .. . Arritndo local Oficiná, ~ucldo de los Guardas de Harranca,·ieja y Yucal... 4,500 ... ----- ----- Sumas iguale~ ...... $ 34,991 ... $ 34.991 ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 588 HOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Febrero. A ('(Jnsumo dr J'a[afo ................... . .... $ A PitflS (por n nta!.) ... .. A 'limllf .Yuional. Pa. pel sellado (!>aldo liquido). Estampillas (saldo lfqui-do) ............................. . .A Rtmtsa dt Ca11agmn. 17.977 so 450 J,036 52 13,866 so P<-~ Rolla dt Sa!ll. Sut Ido dt:l Re~guordo, arriendo locale~. ttc . ..... $ 24,970 .. ~ Por Rmla dt P/tla. Sueldo de 1 Agente, arriendo depósito, honora-rios df' recoltcción.. ........ 4,575 ··~ Por Censumo dt Tolafo. Honorarios de lo~ :\gen· tes Municipales.............. 1,337 .•• Por gas/os dt Admimslra­d! m. Arr iendo de la Oficina, sueldo de los Guardas de Yuca) y Barrancavieja... 4,500 ••• - - ------ Sums igual~:s ...... $ 35,382 ... Marzo. A Cc-mumo dt :IabtUo ... .................. $ A J'imlrt ¡\·ad(llllll (pro- 11,9(>2 ducto liquido) ............ . A Rmusa dt Carlagma .. St.mas iguale• ...... $ 34,162 ... $ 35.382 ..• Por Rmla dr SaltJ. Sueldo del Resguardo, arrendamiento de dep6~i­tos, suministros, alquiler de local.. ................... S 2.~,370 .. . Por Rmla dt Pitlts. Sueldo del AgelltP, lo­cal para depósito de Pie. les y honorarios de rrco-lecci6n... ... .. .... .. . .. . .. .... 4,525 .. Por Cc·m•mlo dt Ji¡/ uo. Honorarios de J. 'Agt'n-tes munici: ale~ ........... .. Por gas/M dt Adminis/1 a- ., {1/¡1/. Arriendo de local para la Oficina y su\: leo de Jos Guardas en Barrancavie- ¡G¡ •• ja y Yuca!.. ....... t.soo ..• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAs 589 -------- Abril. A (j nsum d 1'1 · IJuD •••••••••. ... ............ 8 A 1imbrt .\"a(t Tlnl (1 r• • dueto llquidu) .............. . A Rmma dt Carlagow .. Su !t),, dd Re,!!"uardo, arrt•n !amiento Je local y depó~ito,l>uministros, etc.$ 24,390 Por Rmla dt Pülu. Sueldo del Agente, lo­cal para depósito y hono- , rario de recolección, etc... 4,525 ... Por Consumo de Ta6a(o. Honorarios de los Agen-tes muoicipales ........... .. . Por gas/os dt Admtiustra­dfm. Arriendo local para la Oficina y sueldo de los Guardas en Barrancavie- 68 1 . •. ja y Yuca!.................... 4,500 ... ---- - - Sumas igunles ....•. $ 34,096 ... $ 34,0g6 ... A l confrontar los productos de las distintas Rentas, tomados de los talo.. narios y libros, con los asientos de Caja, se han encontrado, en los que se re­fie r en á los meses de Noviembre del año pasado y de Marzo último, dos erro­res: consiste el primero en que se llevarón :; 3,4Go como producto de la Ren­ta de Timbre, cuando los que produjo fueron S 3,6Go; no por esto se alteró el balance en la cuenta de ese mes, porque la diferencia de S 200 dichos se aumentaron á la remesa de Cartagena, que fue, ~egún comprobantes, de $ 23,185-So y no de S 23,385-so, como aparecla en el a~it:nto respectivo; y el segundo ha consistido en que se llevaron :i Caja como producto de la mis­ma Renta, en e l mes nombrado, ~ 92 más de Jos que verdaderamente d· bfan ser, pues que se dio como rendida en las cuentas que se remitieren á Carta­rena, una estampilla de .~ $ 1 que no se vendió y c~t:i en las existencias que han sido contadas por el Visitador. El libro Dfp6silo de Pidu, dispone el Visitador que sea cambiado por el de ]lfo'Dimimlo dt P."tln, que debe llevarse en iorma de cuenta corriente, y en el cual se le dará entrada, en la iecha respectiva, á todas las pieles que en­tren al depósito, bien sea porque éstas lleguen de los Municipios, sean entrega­das por la Compañía de vapores, 6 se colecten en la población, y en las sali­das se anoten las pieles que se vendan á los industriales y las que se remiten 4 Cartagena, pasando al mes siguiente, como existencia, las que queden en depósito al fin de cada mes. Con este procedimiento serán innecesarios los li­bros auxiliares de Mcvimüfllo dt Pitlfs d! los Corn¡;imi"mlr;s y de Pülts dt ks t•a­~ rtl, que deben suprimirse. El libro de Ttmbrt debe ser modificado en conformidad con el modelo que ha suministrado el Visitador, pues actualmente él no es otra co~a que la copia de la cuenta mensual que se rinde á la Administración Departamental, Debe acabarse de foliar fntegramente el libro Ct>fiador de t>)Ínos .)' ltlt­l" a"'as. En cuanto 4 los dem,s, el empleado que \'isita los halla enteramente co­rrectos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 590 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 111 RENTA oF. PIRLI~s.-Los gastos de recolección y acarreo de las pieles de )a población al ferrocarril, corren por cuenta del !>ueldo t¡ue devenga el Sr, Ag<>nte de las Rentas. El Jepó,it' ¡Jar.\ hs piele-. es seguro y cuesta actual­mente $ soo mensuaks, cuando anteriormente se pagaban por el mismo $ 8oo mcn.,uales. Las piclo>s ~e estiran}' envenenan convenientem~nte, y se envían' Cartagcna, de Jonde son remitidas al Extenor. De: Jo, libros que ra se nombraron, relativos á las pieles, se han tomado esto!> dato:- : 19<)ñ.-Enero. La poblaci ~ n produjo........................ ¡6 - Enero. Los vap<>rcs cntr~·garon... ... ... .. .. ....... 14 Enero. Los Corregimientos entregaron........... 4 94 Fehrt:ro. L-a población produjo.............. .. ... . 86 Febrero. Los vapores entregaron.................. 33 119 Marzo. La población produjo...................... 96 Marzo. Los vapores entregaron..................... 52 14R Abril. La población produjo......................... 83 Abril. Los vapores entregaron..................... 34 1 17 Mayo. La población produjo........................ 83 Mayo. Los vapores entregaron......... ........... 30 1 13 Junio. La población produjo......................... 81 Junio. L0s \'apores entregaron. .. .... .. .... ...... 58 Junio. Los Corregimientos entregaron......... ... S 140 Julio. La población produjo.......................... 94 Julio. Los vapores entregaron.. ............. ........ 42 Julio. Los Corregimientos entregaron............ . 11 147 Agosto. La población produjo...................... go Agosto. Los vapores entn•garon.... ... .. .... .. .... 34 Agosto. Los Corregimientos entregaron.......... 19 143 S~ptiembre. La p()blaciÓn prOdl.!jO...... .... ...... . 78 St>ptiembre. l.o!> \'a¡•ures ~;ntregarun...... ..... . 51 Septiembre. Los Corregimientos entregaron..... S 134 Octubre. La p,)blación produjo..................... 88 O.:tubre. Los \'apures cntn•garon...... ... .. ... .... 36 Octubre. Los C..>rrt gimientos entregaron......... 5 129 Noviembre. La población produjo................. 91 No,iembre. Lol> vapores entregaron.............. 33 Noviembre. Lo~ Corregimientos entregaron..... s 129 Diciembre. La población produjo.................. 97 Diciembre. Lo:. vapores entregaron............... 37 Diciembre. Lo~ Corregimientos entregaron...... 3 137 Pasan ..... .. ......... . 1.550 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS R ORGA:-.llZAOAS 591 Vienen 1.550 1907.-Enero. L'l población produjo... ....................... 76 - E"ero. Los vapores entregaron....................... 32 Enero. Loe; Corregimientos entregaron............ 9 117 Febrero. l.'l población. pro•Jujo .. .... .. .... .... .. • .... 62 Febrero. Lo:. ·¡apores entregaron . ................... • 28 Febrero. Los Corregimientos entreJ:'aron... ... ... 91 Marzo. L'l población produjo ....................... .. Marzo. L·J:. vapores entregaron ................... .. Marzo. Lr>s Corregimientos entregaron .......... . 6¡ 17 ss Abril. La población produjo ......................... . Abril. Los vapores entregaron ....................... . 6s 28 Abril. L7.-Enero 2. Remitidas á Cartagena, con Clficio nú-mero 129 ......................................... . Enero 8. Remitidas á CMtagena, con oficio nú- 4 mero IJJ ........................................... . Enero 12. Remitidas á Cartagena, con ofi i > número 138 ..................................... .. Enero 24. Remitidas á Cartagena, con oficio número 1 38 bis ................................... . 45 38 40 127 Febreros. R .. mitida~ á Cartagena, con ollcio nú-nero 145 .................................... . Febrero 15. Remitidas á Cartagena, con ofi · cío número 149.. .... . ......................... .. 35 34 ' Pasan......... ..... .. . ..... ... . 69 1.633 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 591 Vientn........ .•......... ...... 69 1,633 1go6.-Febrero 25. Remitidas á Cartagena, con ofi cío número 15:; ...... .... .................. ..... J2 Febrero 25. Vendida á industrialec;, fresca........ 102 Marzo 5. Remitidas á Cartagena, con oficio nú-mero 156 ...................................... ..... 26 Marzo 15. R:!mitidas á Cartagena, con oficio número 1 59· .. .. . .. .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .... . 3 1 Marze vil>ita. Como en concepto del Vbitador, el Sr. Agente no tenía ¡;or qué enten­derse con Barboza, sino con el Sr. José Maria Gómez para t:ntregarle el pro­ducto del impuesto sobre dicha gufa, dispuso que el Agente debla responder por el valor de ella, y le dio, de acuerdo con el Sr. Agente municipal, un pla­zo prudencial para efectuar el pago, toda vez que exf.'uSo la situación preca­ria en que se encuentra. Co1no la gufa en referencia fue adulterada, habiéndoselc agregado, antes de la cantidad de kilos expresada en ella, el nú-nero r, y aparece de la mis­ma gula que no fueron 80 sino 180 kilos de tabaco los que viajaron con la mencionada gula, el Visitador ha dado el denuncio respectivo, por no hallarse presente el Sr. juez de las Rentas, al Sr. Alcalde Municipal, que se ocupa actualmente de investigar el asunto y crear lo!> sumarios corre¡;pondientes. El movimiento de consumo de tabaco en la localidad, durante el año pa­sado y los meses que han transcurrido del pr~sente, ha sido: 19<)6.- En Febrero se recaudaron ......... $ - En Marzo se recaudaron ............. En Mayo se recaudaron ............... En Junio se recaudaron ............... En julio se recaudaron ............... En Agosto se recaudaron ............ En Octubre se recaudaron ....... En Diciembre se recaudaron ........ $ 19(>7.-En Enero se recaudaron ............ ~ En Febrero se recaudaron .. . ...... .. En Marzo se recaudaron ............ . En Abril se recaudaron ............. .. 2,535 por 169 kilos. 9(>0 por 6o " 4 .8oo por 320 " 4·350 por 29<) , 2,115 por 141 , 11,167 so por 744i , 375 ... J·Or 25 " 21,825 ... por 1,4S5 " ------------ 48,o67 so us 1,267 so 2,310 525 por l'or por ¡.wr por 3,204~ kilos 15 kilos. s .• ~ 154 35 , $ 4,327 50 pt~r 288~ kilos Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETE'~! DE LAS RE:-.ITt\S REORGANIL:\DA5 595 .!<] movimiento d.; tabaco de exportación durante el mismo tiempo, fue: 19'J6.-S~ exportaron 183 bultos de tabaco con peso de 11,707 kilos. rgo7.-Se exportaron 63 bultos de tabaco con peso de 4,025 kilo-;. 246 bultos. 15,732 kilos. V RF.NTA t>E TtMJJRR NACIONAL.-De los documentos que r eposan en el archi­vo de la Oficina r¡ue s • visita, se viene á la certiduml.Jre de que las existen­cias de e!-pccies venales de papel sellado y estampillac; se recibieron del Sr. Admini)trador de Hacienda Nac-ional el 15 de Mayo de rgo6. H echo el e~tudio del libro 1íinlre 1V.uional y recontadas por el empleado que \'is1ta las existencias r¡ue hay en la Agencia, se ha venido al conocimiento del movimiento de e~ta Renta desde la fecha en que las Renta.> la tomaron á su car~o ha!>ta la fecha, f es como sigue: ----------------------------------------------- 1 ENTRADAS TF.CIIAS. ... ¡.. 2.0 1 3·· VALORES . $ o.o6 $ 0.10 $ 0.20 Mayo~~.= Recibidos de la Admi-1--- ---¡--- ---­nistraci6n de Hacienda' 190(} 1 PAPEL SELLADO Nacional...... .. ......... .... 659 647 185 S 141 24 Julio 1 2...... ... . Recibidos de la Admi- 20 ... l ni~tra ci6n de Cnrtagena ... ¡ . . . . . .. .... OctubrL 20...... lrJ. Id. Id............. .. .... 200 .. .... 20 .. . No\'iembre 20 .. , Id. Id. Id............. ...... 200 1 ...... 1 20 .. . lOO ::'" 20 .. 1 11. id. Id.. . ..... :~ ~ •• :: -~~; l S,::~~ 1 SALIDAS 1 ----,~--- Mayo J• ........ . Junio JO .... .. . \\:n liuos ~o·n el mes .. .. IJ Id. Id ............. .. Julio JI...... .. . lrJ. íd. íd ............... 1 A~·)~lo 3 ... .... "{t·mi.tidos t. Carta!,:'t'nll, con o fiero mime ro 51 .... .. Agu~to JI...... V l. n lid u~ 1 n d 1r"'' ... . St:ptit mllrc JO. 11. f l. írl ............ .. Oetul•r•• JI..... 11, {l. lrl .............. . 1 NO\'It•mltr.· 30 .. 1 11. lrl. fil ............ .. Dirt• 1nbrc JI . 1 Id. id. {J ...... . ....... . Suma i~ual " lns cntr.1d. PAPEL SELLADO 1907 Enero 31 ....... . Sellos vendidos en este mes ............. Febrerv 28 .. . Id. fd. fd ..................... Marzo 31. .... .. Id. {d. fd ..................... Abril 30 ....... .. Id. {d. {d ..................... Mayo 24 ...... . Sellos v€ndidos á la fecha ............... Existencia en la fecha .................... 1 Suma igual á las entradas ............... 1 HLIDAS 1 $ o.ro 170 330 200 200 100 500 1 1,500 . VALORRS. ·$ 17 ... 33 ... 20 ... 20 ... 10 .. . so ... S ISO ... En el libro de Timbre l\ad'ona/ no figuran las estampillas de habilitación que fueron recibid-"ls por e l Sr. Agente del Adminbtrador de Hacienda Na­cional, pero existe la corrstancia en el libro Copiador de oficios, de que fueron re­mitidas á Cartagena el 24 de Junio del año pasado, y en el archivo de la co­rrespondencia del Sr. Administrador D epartamental hay también constancia del recibo de dichas estampillas. Como la disposición del Decreto número 32 del año que pasó, que ordena abrir el libro de Rtgi.stro de docummlos privados, fue abolida po!lteriormente, el Visitador dis~one que ~e prescinda del Rtgz'slro d,· los docummlos priz•ados, y que, en cambio, de acuerdo con el modelo que ha dejado, se abra el libro de certificación de los documentos expresado<;. Suplica el empleado Visitador al Sr Agente, que tenga en cuenta lo dis­puesto en los artlculos 28 á 3 1 del Decreto número 909. de Agosto último, y que en obedecimiento d~ ello~ dt>stine por lo menos un d!a del mes para prac­ticar las visitas á los almacenes, ju1.gados, <'te., para que se cerciore de que. se da cumplimiento al Decreto referido, y en caso contrario aplique las mul­tas, procediendo en consonancia con la Circular número f59S, de 29 de AgoS­to del año pa~ado. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VI RINTA Dlt SALJts.-De la correspondencia de Cartagena tom6 el Vi~itador el dato del envio de mil sacos de sal que fueron remitidos de Cartagena al Sr. Agente que se visita, a!>i: Con oficio número 15 t6, de 10 de Enero último, remitió el Administrador Tono 500 sacos de sal, de los cuales 250eran de Bahía. honda y Jos otros 250 de Galerazamha. Con oficio número 1652, de 29 del mismo mes, envió el Sr. Tono 500 sacos más de sal de la mi sma clase y en las mismas cantidades que la pri­mera remesa. Dichos sacos de sal fueron depositados en un local que se alquiló con ese objeto, á razón de mil pesos mensualec:, y fueron entregados á los indi­viduos que deter.inaron los Admini;tradores Departamentales de Barranquilla y Cartllgena, á los c¡¡ales dieron en dichas ciudades las libranzas, suscritas por los Arlministradores Morales y Tono; habiéndose entregado 850 sacos por orden del primero y 150 por orden del segundo. Desde el mes de Octubre de 1905 se creó por la Administración de Ba­rranquilla el Resguardo de Sales, que hace extcm;il·a su vigilancia á las dem4s Rentas. El personal de dicho Resguardo es este : Un jt!fc. con sueldo mensual d e ................................... ~ Dos Cabos, cada uno de Jos cua1es de,·enga ..................... .. Seis Guardas con sueldo mensual de ........................... .... . El jefe de dicho Re~guardo lleva e~tos libros: 4,000 3.000 2,000 El de R,sw'ó" dt tmpltadot, con las C.>tampillas correspondiente!', algunas de las cuales deben anularse por ca rcct'r de esta formalidad ; l'l de Rtsoludo­ms; un libro An(l/ador de guí rr de salu, }' el Coj>i,zrlor tle fljio'oS)' ltlfglfzmat. To­dos est .s libros están perfectamente a-;eados, pero el último no Cl>tá foliado, y por ello suplica el Visitador al jefe rle d1 t ho Rc~~uardo, D. José :\lada Gó­mez, lo haga foliar. El g-asto rlc los sueldos, local, cte., multas IJUe SC aplican Ú JOS Guardas~< n empleadas en la compra rlc algunos mueLles para la oñcana del Resguardo. Se permite a~CJnsejar el \'i!>itadur que se llt:\'C un memorándum de las multas y la aplicación que se le~ da. VII PAilTICULAKEs.-Las Rentas de Cigarrillos, Fós foros y Licores extranJeros, no producen absolutamente nada en uta poblad6 n, pues las cantidades de di· chos art!culos que llegan al lugar vi~ncn todas pro\istns de las gufas respec­tivas. El BoLJrrÍN n11: LAS RENTAs RRoRG,INIZADA~ se tiene \.Oieccionado en la Ofi­cana, con excepción del mlmt:ro 2.0 , qul! no le ha sido remitido por la Admi­nastraclón de Barranquilla, r¡ue remitió Jos ejemplares de los primeros nú­llleros. El archivo debe ser ordenado con,enientcmcnte por mc!>c~. tt.:niendo en cuenta las fechas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Goo BOLETIN DE LAS RENTAS REORGA!'\IZADAS El \'bitador nrdena. t'n cumplimiento de la dispo~iciSn 2 3 1le In!. dadas á los Visitauon•s, st• cnden por primo.:r corro.:o 1.1, copia:. auténtir ... ,s res¡,e~ti~as, al Sr. \·lmi·,i~tr br General de hs R entas Reorg~nizatlas ole la RPpuiJI•ca, Sr. Dr. R·1fino r, niérrez, y al Sr. A lmini~trarlor D ·parta:tH!nlal mis­mas Rentas. D Augusto Tono. Para const.ncia, se firma c~ta diligencia por lus que t n ella han interve-nido, en Calam.n, á ve111tiséis de Mayo de mil novecientos !.ir!tc. El Visitador, MARJAI>tO RJtSTkV.PO t. El Agente, J. M. Gélmts. TELEGLAMA 1 ptíblica en el T:rritorio Nacional d 1 • 1 . . d IJ . d b . 1 1 del Meta, e •' IDI-.tro e t:lCICD a so re e~lnmp•- llas en nóminas, etc. m:cl\t:TA: Bo,q~lr~, 4 ~e A.gosl? de 1906 .. - Art. 1.o Segrégasc del Territo- !1/tmsterto de /lactenda.-Oflcwl, río nacional del Meta tal como número 26'R2 . 1 quedó constituido por' el artículo AJOJinistrador Hacienda Circuito.-Mr.- 1 2 . o del Decreto n limero 290 de déllfn. r 906, la porción de territorio com­Confurme disposiciones posterio- prendida en la margen izquierda res sobre Timbre Nacional, órde- del río del mismo nomLr<', con ex­nes de pago, cuentas de cobro 6 cepción de una 1.ona ele diez leguas nóminas, no irán en pap~l sellado, entre la ribera ilquierdn del ex­pero pagarán en estamp1llas el 2 prcsado río y una Jfnca imagina­por 1 ,ooo de su valor, s1empre q~e ria que pattienc!<' clcl río Guara vía t ales documentos excedan de d1ez 1 siga paralela al Meta hasta los Ji­pesos{$ Jo). 1 mitcs con la f\r.ptíblica de V ene- Si fueren colectivos por sueldos .znela. de ~·ar~os empleados, el impuesto Art. 2 .o La partr que tic acuer­se hquadará por el valor del sucl: do con el artículo :wtt·rior queda do mrnsual de cada empleado, SI scrrrrcráda del Tc11 itorw Nacional 1 d. 1 !'> !') • pasa e e JC ta suma. . del 1\lcta se a"r~"ga ;\ J..s Ü••parta- Conte:.to su telegrama de parmc- mcntos que f rPntinn:ll·i•'•n ~e ex-ro dd presente. pre~an, rn la r\ll'nJ;l .... i~uienlt': al Scn·idor, .lo• Qut'::a<.l;l, la wn··i•'•n cornprcn­r1to! a entr<' l'l 1 (o C:ttnc',!\'Ía V el Por el ~Jinistro, el Subsecrcta1 io, · \'nía; á fiuY IJC:i, la comnrt'll(lida n. s.\~Í;\ c,\~O. rn'trc l'l Up·Í,I \' "' Cus'wnil, y á Tundama, la r• •~IJ'II 'ndid a ('Jltre el Cusi.\na v la fr,,Btcra vr.nrz.,Jaoa. DECRETO K 0 77 8 DE 1907 \ • Art. 3.0 Seg ,,:gu:>r. del Drparta- (5 DE Juuo) ' mento ele Oul'c;ar la ,J taritorio ne-por el rual:.c ref,¡rma el marcado con el cesario entre l11s I'ÍP~ Guacavfa y número 290 de •go6. Cabuya rito pat·n f)lle fJIIC,Ic al Te-rritorio del 1\f!'la la wna tic diez El Presidente de la flepúblt'ca ele leguas d(' nuc lraln t•l artfculo 1 .o Colombia, ., · d d y no haya sohwir'111 dr t'Onlrnui a En uso ele sus fa,.ullades legales, entre Yilla ,·icrnciu) Cabn) aro, po­y con el deseo de facilitar en cuan· blacioncs qur qucrlan t'n el <'xprc­to sea posible la Adminibtracil.ln sado Ter1 iLQI io. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS Got Arr. /¡. 0 La Pro~·incin d~~au-1 - -- -- --- en, <'Xct•plo la zon11 qm• queda atll~<·rna?C!r de Antioquia, clirigic~o al Ten itorio Nacional dt·l ~lcl u se,gtín Sr. Mtntslro de Guerra con techa el artir:ulo 1.o dt•esll' DL•crcto,con- 1/' Jcl pres~n.tc mes, por _medio del servar:\ su nclual or()ani?.ación: Jos cual se solictta _que se dtga en qué Municipios Jr .Manf y Ln TriniJad ¡ lugar ?e la regtón del Chocó deben q_ueclan incorpo¡•arlos en la Provin- cumphr sus penas los co~d~nados c1a de Casan are, y Jos Corregimien- por fraude á las l\entas pubhcas, y tos de San Pedro de U pía, Taura- CONSIDERA:-; no: mena y San la Elena ele U pía, segre­gados del Municipio de Maní por el presente 01'creto, se agregan al Municipio de Páez, el primero; al de Chámeza, el segundo, ¡ el últi­mo, al de Cabuyaro (Tcrntorio del Meta). Arl. :;.0 Eliminase el Circuito J ~tdicial de Orocué, y los 1\lu nici­pws que lo han formado se incor­poran así: Orocué, Santa Elena de Cúsi va y el resto de la zona de diez ll'guas sobre la handa izquier­da del río Meta, al Circuito Judi­ria_ l _ele San M~rtl~, y Maní y La Tnntdarl, al Ctrcutlo Judicial de Que aunque el Decreto legislati­vo número 9 ele r 905, que es ley de la República, destina un lugar de la región dd Chocó para servir de Colonia Penal y Militar á los reos del Departamento de Anlio­quia y de los de la Costa Atlántica condenados por dehtos comunes ó por infracciones á las leyes fiscales 6 de policía, esa Colonia no ha sido posible organizarla todavía por las dificultades de diverso orden que se han presentado, SE RES UEL VR : Casanare. Dígase al Sr. Gobernador de An- .\rt. 6.0 El Territorio Nacional lioquia que mientras el Gobierno del i\Icta, rxc!'pto las porciones que provee al cumplimiento en todas se le sc;rrgan por los artículos an- sus partes del artículo 1.0 del De­teriores, será en Jo sucesivo admi- creto legislativo arriba citado, dis­nistr~ do militarmente ron depcn~ ponga que los reos por fraude á las dcnrta cxclusi\'a del i\Iin\sterio de Henlas públicas sufran sus penas Gucrtn. l en las cárceles de Circuito, procu- .. \ rt. ¡.0 Por el Minis terio de Ha- raodo que aquellos contra quienes •'lt'IHin y Tt·!'oro se h:ll· ., n en el Pre- ¡ concurran circunstancias agravan­supuc• stn de ltenlas y <1astos Yigt>n- les sean remitidos á la cárcel de te los trastaJos á 'flle diere Juaar una Provincia distinta del lerrilo-cslt• Dt·cn•to. 0 rio de su residencia habitual. \.mnnníc¡ucse y puloJt, 1ucsc. . Esta Resolución se hace cxtcn- Dadn 1'11 Do"'olú a r: dl' Julio de 1>1va á los condenados por fraude , 9o 7. o ' '' á las Rentas públicas en el Dcpar- R. REYES. lamento de Caldas. El 'Ministro Je Gobierno, Comuníquese y publlqucsc. D. Eucuor:s DF ...\;o;aur .o. Dada en Dogota, á 13 de Julio r Diarw Oficial,oúmoro 13,oot,). de 1907. 1\ESOLUCION N.o , 30 DE 1907• 1 El Ministro, ,Jfinislel'l·o df.' Gohierno. -Sección ,_u. D. EucLIDES DE ANGULO. Vislo el telegrama ele] Sr... Go- l., (l>it1.rio-n~Mtn¡ número 13 oog). \3,.._ \\....U ~a:.. M h '-"' ....JOC~ ' • BIBLIOTtc , 'l ARANGO HE JER011.:CA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6o2 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS DECRETO NUMERO 763 DE 1!)07· (JU~IO 29) sohrr. nc.1ción de unn ProYincin :- un Cir­cuiLo Judkial. El Prtsidmlt dt la Rtpáb/i(a dt Colcmbirz, En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO : De los nacimientos del rlo Perrillo, aguas abajo, al do Guarin~; é~te aba­jo, al l\Jagdalena; éste ahajo, á la des­embocadura del rfo La Miel; éste arri­ba, hasta el rlo Samaná; l<<.te rlo arri­ba, hasta su narimiento en In Cordi­llera Central; y é~ta hacia el Sur, has­ta encontrar los nacimientos del rlo Perrillo, primtr punto de p11rtida. Art. 2.0 La Provincia y el Circuito de Manzanares pertenecerán en Jos respecti,•os ramos, aiOPpartamento y Di!>trito Judicial de Caldas. Que por memoriales de numerosos vecinos de los Municipios de Pensil- Art. 3·o La Provincia y el Circuito vania, Manzanares y Marulanda se ha Judicial de Manzanares tendrán una pedido la creación de una Provincia y Prefectura y un Juzgado de Circuito, de un Circuito Judicial, que faciliten con el personal y asignaciones de los la administración pol!tica y la judicial de su categorla. en esa región formada por tales Mu- §. El gasto que ocasione dicha Pre­nicipios, y en razón de hallarse éstos fectura será de cargo del Departa­á largas di!>Lancias de las respectivas mento, y el del Juzgado de cargo de cabeceras de las Provincias y Circui- la Nación, el cual debe considerarse tos á que actualmente pertenecen; i~corp?rado en el Presupuesto de la Que el Poder Ejecuti\'O está facul- v1genc•a en curso. tado para crear y modificar Provin- ... cias y Circuitos Judiciales, teniendo en · Art. 4·0 I:os.l\lumclp~os ~ue co~~o-cuenta para ello las necesidades de la lnen 1~ Provmcta y el Ctrcu1to ]udtcJal · Admini~tración pública: de :\1anzanares. qu:dan segregados Que con la creación de la Provin- así: el ~e .PensJivama ~e scgr:ga ?e cia y el Circuito mencionados se pro- la Pro ·~ncJ~ de Aures, en Ant10qu1a, cura al Departamento de Caldas el y del C•rcutto de SonsÓn1 ;, los .ele Man­acct: so al rlo Magdalena, para fomen- zanares, 1\la.rulan~a Y \ •clona, se ~e­tar as( su propio comercio, gracia ~uc g.regan, los d~s pnmeros de la Pro~· m­se ha concedido ya á los Departa- c.1a y el C•r:u.tto rlc 1 Icn'L'O, :n ~1 fo · mentos que carecían de aquél; y lu:na, .Y el ult•mo, de la Prov~ncta y el Que son fundadas las peticiones C1rcu1to de Honda, en el m1smo De­que han hecho los Municipios en re- partamento. ferencia, en el sentido de la creación de la Prúvincia y el Circuito expre­sados, DECRETA: Art. 1.° Créanse la Pro,incia y el Circuito JudicJal de Manzanares, com­puestos de los Municipios de 1\farulan­da, Victoria, con el Corregimiento de Buena~ista; Pensihania, con los Co­rregimientos de San Agu~lln, Flo­rencia y Arboleda, y Manzanares, que será su capital. §. Los límites de la Provincia y el Circuito Judicial de Man1.anares se­rán lo~ siguientf's : Art. 5.0 El prc~ente Decreto regirá desde el primero de Julio próximo, fe­cha en la cual entra en 'igencia la Ley 32 de I907· Comunlqurse y publlquese. Dado en Bogot:{, á 29 de Junio de 1907· R. K.EYES. El ~linistro de Gobierno, D. Evct mFs DR Al\GULO, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LA.$ RENTAS REORGANIZADAS 6o3 RESOLUClON N. 0 10 DE 1907 (26 DE IULIO) ;lhnislerio de Hacienda y Tesoro.­Sección 1 .n-Ramo de /Iacien­cia.- Bogotd,Jalio 26 de 1907. Visto el concepto jurídico del Sr. Dr. D. Francisco Montaña, abo­' ado consultor del Gobierno en el asunto del Sr. D. Ernrsto V. Du­pedy, relacionado con una exis­tencia de ron que posee en depósi­to, sellada por el rcmatador de la Renta de Licores del Distrito Ca­pital, y teniendo en cuenta: r.0 Que en este mismo caso se encuentran otros particulares, sin que hasta hoy hayan podido dispo­ner de sus existencias ; 2.0 · Que es lleg-ado el caso de que el Gobierno d1cte alguna pro­videncia que ponga fin al asunto en cuestión. Considera el Ministerio para re­solver: El derecho que tienen los due­fíos de licores á que se los paguen los rcmaladores ó á que se les ex­pidan las guías necesarias para po­nerlos en venta, procede de dispo­siciones legales ó de Decretos vi­gentes. El Decreto 7 16 establece clara­mente que las obligaciones consig­nadas en los arllculos 116, 1 17 y 1 1 9 d"l Decreto número 339 que­dan 1 '' lo.Jo su Yigor para los re­mataJures cuyo periodo empieza el 1.0 de Enero de 1907. No hay Decreto que exonere d~: esta obh­gación á los actuales rematadores, y antes bien, el pliego de cargos que sirvió para los remates del pe­ríodo en curso hizo mérito de las obligaciones contenidas en el ar­tículo 1 19 del Decreto 339· Po1· lo tanto, SE J\E!-Ul.l,\'f.: 1.° Concédesf á los rematadores del Departamento de llollvar y á loa del Distrito Capital rl térmmo de 8 d/us para expedir á los Srea. Gómez Cáceres & c.n, de Cartage­na, y Ernesto V. Duperly, de esta ciudad, respectivamente, las guías para el expendio del ron que aún les quedare del que denunciaron á los rematadores del período que ter­minó el 31 de Diciembre último. 2. 0 Vencido el término señalado en el punto anterior, si Jos remata­dores dichos no hubieren expedido las guíns indicadas, serán suminis­tradas por los Prefectos respecti­vos á los Sres. Gómez Cáceres & C.11 y Ernesto V. Duperly, ó á quienes sus derechos representen. Queda en estos términos resuelto el asunto de los Sres. Gómez Cá­ceres & c.a y Ernesto V. Duperly, sin derecho á indemnización de perJUICIOS. El Ministro, ToBÍAS V ALENZUELA. ( Diario Oficial números 13,021 y 13,02::1) DECRETO N. 0 832 DE 1907 (20 DE JULIO) sobre primas de exportación. (Aprobndo por el ConsCJO de ]llioistros eu s~sióo del din 22 de Julio de 1907)· El Presiden/e de la República de Colombia, En uso de sus facultades lega­les, y CONSIDEn,\NDO : 1. 0 Que es conYeniente .} aun necesario para los intereses econó­micos del pafs fomentar por cuan­tos medios se pueda el culli\'O y exportación del algodón, el cual, por Jos ensayos prácticos que se han hecho en la Estación Agronó­mica de A pulo, como puede Yersr en la Exposición presidencial pre­sentada al Consejo de ~Iinistros en su sesión del 18 del presente y por las muestras de plantas y fibra que se han exhibido, puede produ­cirse con ventajas y lh•gar 1\ ser en poco tiempo uno de los principalea l Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6o4 BOLETIN DE LAS ·RENTAS REORGANIZADAS arlículos de e.x {lorta ció n del país, lo que co ntrihutría á conjurar la u<'lual crisis econ ómica. :.1.. 0 Que pam vencer el tt'mor y l a desconfianza de los agricu ltores a l emprender en grande escala el c nllivo del algodón, ayudará efi­cazmente que el Gobierno decrete una prima sobre la producción de es te artículo y después fobre la exportación, que cubra en parle los gastos que tengan que h ace r para las primeras siembras¡ 3. 0 Que respecto á la exporta­ción del tabaco pueden hacerse idénticas consideraciones; 4. 0 Que el caucho, aunque de un resultado más tardío que el a l· godón y el t abaco, está en ig uales condiciones que éstos y debe por lo mism o fomentarse s u cullivo y ex ­portación; 5. 0 Que la producción del café sufre actualmente los efectos de la depreciación general de este ar­tículo en el comercio del mundo, y que es necesario apoyarla p a ra sal­var los considerables capit a les en ella comprometidos y para hacerla concurrir á la•baja del cambio so­bre el Exterior en beneficio de todo el país, UECRBTA: Ar l. 1.0 Scñálase una prima de un peso fu erte ($ r ) en oro p or cada quintal de algodón desmo· tado y empacado con \'~'ni e ntemen­t c para el consumo (ICI país ó para la exportación que se preS<'nle á la auloridad que iodtca este Decreto, conforme al respectivo reglamento que se dicl1 pago de primas de exportación. ,\ rt. !,.° Comunltptesc por telé­gr Hfo á tudos los Gobernadores Je Jos Dcpartarncntos, y publlc¡uesc. Dad u en llogotá, á 21 de Julio de 1907. 1\. REYES. El Ministro de Hacienda y Te-soro, TonL\S V .A!.E:-IZUELA. El Ministro de 01H·as Públicas, Fn.\JSCrsco IJE P. 1\1.\:-\orAs. (Diario Oficia/numero 13 1012). DECH.ETO ~'? 883 DE 1907 (26 01-: Jur .ro) por el cunl se :~signn :í los Jucrcs de ncn­LliS el conocimiento ele cierto~ juirios con­tra algunos ernrlrados dc: las mismas. El f>rcsiclenle ele la !ll'ptiblica de Colombia, En \·irtud de la autorización con­cedida por el ordinal 11 del ar­llculo ünico del Decreto legislativo nürncro 46, de Marzo de 1905, tn:r.n cr .\ : Art. r.0 Asignase ¡\ Jos Jueces de Rentas en pt iml'l'a instancia y ñ los J ueccs Su pcriorcs de f\cn t as en segunda, el conocimiento de los juicios que ~e sir.rnn contra los Vi­sitadores, Aclministradore~; l'ro\'in­cialcs y agcntl'S municipales de las Rentus Hcorganizadas que admi­nistra el llaneo Central, y contra los demás empleados de la misma ó de inferior categoría en e l mis­mo ramo, por extravío, usurpación, malvcrsanón ó mala administra­ción de los caudales y efectos que lrs ~stán ronftndos, y rn grncral por lus delito<; rl'te . La chcha CC'nYCr!'ión !-C IHH ñ pe r el ft;nciC'­nario que ht<)a dictado In srnltn­cia de primera instancio, previo el informe del Recaudador rcspceti• Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS vo, de no haberse cubierto el valor do la multa. Comuníquese y publfqucse. Dado en Bogotá, á 26 de Julio de 1907. R. REYES. El Ministro de Hacienda y Te- IOT01 ToBíAs VALENZUELA. Los artículos del Código Penal á que se refiere el anterior Decre­to, son éstos : Art. 82. Para la exacción de una multa determinada, el Juez ó Tri­bunal dará aviso al respectivo Re­caudador, á fin de que éste la per­ciba. El peoado deberá consignar la cantidacl en la oficina de Fecau­dación, dentro de tres días, conta­dos desde la notificación de la sen­tencia ó resolución condenatorio, ó del auto en que se decl;~re ejecuto­riada; y al efecto se indicará en el niso de que habla este articulo, •uándo tuvo lugar la notificación, y al hacérsela al reo el Secretario del Juez que manda cumplir la tentencia, se lo advertirá así al no­tificado, á menos que la resolución contenga c~a advertencia. Pasados los tres días, si no se hubiere satisfecho la multa, se con­nrtirá en arrr~ln. á razón de un día de arresto por cada peso de multa. Art. 83. Si la multa fuere inde­terminada, el respectivo Recauda­dor procederá á liquidarla por me­dio de peritos nomhrod<1s por él y por el reo; y una Yez conocida la cuant(a, á la cual se agrrgarán Jos gastos de la liquidación, se le inti­mar.\ al penado que la pa~ur drn­tro de tres días. Si así no lo wrifi­rore, se precederá en confc rmicbd t·on lo di~pucsto rn rl inric:n c:rgun­do del artículo anterior. re plazo al Juez para pa~ar la m~l­la, se le podrá conceder h~sta trem­ta días, bajo la correspondtente fi~n­za. Si denLro del plazo c?ncc~tdo no pagare, se procederá ejecultva­mcnte contra el fiador, hasta hacer efectiva la multa, y además se ll} convertirá al reo en arresto en la razón indicada en el mismo artícu­lo; pero cesará el ~rrcsto, a~n an­tes de cumplirse el llempo, stemp~e que la multa se haya hecho efecti­va, ó se rebajará propo\cionalmen­le del arresto la porctón que so haya recaudado de la multa. AUTO DE FENECIMIENTO PROVISIONAL dictado en In cuenta de In Administración General de Rentos Nncionolcs Reorgani­zadas, relativa al mes de M11yo de 1907. Responsable, el Banro Central. República de Cokmbia.-Cnrle d~ Cuentas.-Sección .z .•-.\-úmero qJ8.-Bogolá, 17 de Julio de 1907· La cuenta del mes de Mayo del corriente año de la Administración General de Rentas Nacionales Re­or~ ani7adas, de que es rest~onsable el Banco Central, fue rendtda á es­ta Corte por conducto de la Supe­rintendencia de Rentas en donde fue revisada y hallada corriente, según el oficio con que se acampa- M, de fecha 30 del P.asado. . Examinada detemdamenle se na encontrado formada y comprobada de conformidad con lo estipulado y de acuerdo con las d_isposiciones vi~enles sobre la matena. . Por Jo expuesto, se fenece pr0\'1- sionalmenle la cuenta de que :.1' trata, sin obsen ~H·ión alguna. Cópiese, notifíqucH', pulHqucso y devuéh-ense Jos de cttmtr•tos qut> constituyen la ct:<:u :a. Art. 84. Si antes d<• uunplia!-• \ Jo& tres días de que tratan Jos dos artículos aDleriores, el reo solicita- El ~h~i!'IJ~Jll, FR.AJ\CO. c._~<­CÍA R1co.- El ~e u darw) Cánd1"dCJ Ponldn. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 607 AUTO DE FENECIMIENTO PROVISIONAL dietado en In cuenta do Junio de 1907 dula Admioistr3ción General de 1\entns llncio­oales 1\oorgnoiudns, á cargo del 8J.n co Central. Repdblica de Colombia-Corte de Cu,.n­tat- Ntimero 43¡.-Bogotá, 26 de Ju ­lio de 1()07· La cuenta de la Admini!>tración Ge­neral de Rentas nacio001les R c orga· nizadas, relativa al mes de Jun io úl­timo, fue recibida por conducto de la Superintendencia de Rentas públicas el d(a 12 del corriente mes. Examtna­da detenidamente por esta Sección la expresada cuenta, con la cual se com­pleta el primer semestre del año, se ha encontrado bien llevada y compro­bada de conformidad, por lo cual se la fenece provisionalmente mientras lo es en definitiva la general de que forma parte. Cópiese, notiHquese y pubHquese y devu~lvase la cuenta. El Magistrado, Fusco. GAJtdA Rtco. El Secretario, Ctfnáülo Ponlón. CIRCULAR de la Gerenci11 ' los Visitadores 1 Admi­aiatradores departamentales de lns Rentas Reorganizadas Ctnumt át Rmlas itl Bllti(O Cm/m/- NJ. mtr•> 3298-Bo¡otd, 29 át Jlllio át I907. Se tiene noticia de que algunas Ca. sas Comerciales y particulares no e!.­tampillan los recibos que expiden por 'urnas que les son entregadas, sino que ae limitan á poner sobre ellos una nota que dice que la estampilla debida­mente anulada queda en el talón de dicho recibo. Como no es e~to lo que di5-pone el Decreta número 909 de 3 t de j~Jiio de 1go6 en su articulo 4.0 , llamo la atención de usted para que haga efec­tiva la multa correspondiente por cual­' luier recibo que se <:xpida en esas , condinLnes, de~de la publicación de I'Ha Circular tn el BouTÍs DP: us Rr.1"T.A<; RIOI!GAtoillAD.45. C':lil cli una ¡...ráclica ocasionada i Jr:H.:d<' ~. rorq ul! al examinar un talo­nariu y no en~:ontrársele debidamente e•tampillado ó que en ~1 no haya cons. tancia de todos los recibos expedidos, puede suceder que el dueño de c!l ale­gue que la eHampilln ~e adhirió al recibo entregado, y que ~ea muy di­Hcil comprobar el hecho porque la persona á cuyo favor !.e expidió se ' halla ausente ó lo haya dc~tru{do ó penl ido. Usted se servirá dar c'.lenta de esta Circular á los Jueces de Rentas para lo de su cargo. De usted atento, seguro servidor, Fhtx SALAZAit J. .MODELO DE POLIZA. A la siguiente póliza deberán ajus­tarse todos los documentos de aseguro de su manejo que otorguen los Admi­nistradores de Rentas, departamenta­les, provinciales ó municipales: Yo ...... mayor de edad y vecino de ...... declaro por t:l presente docu-mento, que habiendo sido nombrado para desempeñar t:l cargo de Admi-nistrador ...... de las R entas Reorga-nizadas en . .... ... , Rentas cuyo mane· jo e~t.i á cargo Jel Banco Central, y habiendo empezado á desempeñar di­cho empleo desde el.. .... , me compro­meto para con el Sr. Administrador ...... de dichas Rentas en ...... á cum­plir estrictamente con todas y cada una de las obligaciones que tal cargo me impone; á cumplir y hacer cum­plir sin demora todas las órdenes de mis superiores dictadas para la orga · nización, manejo y recaudación de la10 expresadas Rentas e n dicho territorio; á recaudar aquellas de la manera como está dispuesto en los Decretos, Reglam'!ntos y dentás disposicione• respectivas; á rendir las cuentas de mi administración en la forma y tér­minos que establecen las disposiciones y órdenes sobre la materia ; á respon­der con mis bie nes en gt neral por to­das las sumas que recaude ó que ten­ga que mane jar por cualquie r motivo, como también por tod(' S los efectos, documentos, par1elesó ,aJores de C'ual. quier clase que perciba dur&nte m1 administración; i contestar oport~;na­mente las observaciones que se hagan á mis cuentas y suministrar todos los datos que se me pidan ; y últimamente i responder por todo ah ar.cc q u e con­tra m( se dedutca, } a .ea por erroree, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6o8 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS extravíos ó malversación de iondos, ya p:1r O'Tii~ión en el recaudo de di. chas Rentas, tal como est.i establecido ó se e\tablezca en lo su~Psi vo. Para garantía riel cumplimiento de las ex. presa das obligaciones doy por mi fia • dor solidario al seüor ......... también mayor de edad y vecino de ...... quien declara que se obliga conmigo soli. danamente como fiador y para cons­tancia firma conmigo e l presente do. cumento ante testigos en ......... á .. . RENTA DE LICORES. Siendo de vital importancia para Antioquia el resultado de los remates de la Renta de Licores como arbitrio fiscal, reproducimos, con interés el cartel de la licitación anuncrada ~ara el 17 de Septiembre próximo en Me. dellln, á fin de que los remataJores vaya.n .preparindose para la lucha. y prevmréndose con tiempo para aten­der á las serias condiciones de la su. basta. Con talento de prcvbión y con no poca S<;:nsatez, y en armonía con las sabias disposicione!> del Decreto nú. mero 339• de Abril de 1905, cuyo aten. to estudro recomendamos á los intere­sados, han sido redactadas las bases de li crtación en la Gerencia de R~>n. tas, con respecto á las :.t.guridades del remate principalmente-asunto de la mayor atención en estos casos-á la tramitación y á la extirpación de abu~os y querellas po:.ibles, en un ne· gocro como é~te c¡ue ha sido entre nosotro~, pie~ra de toque par~ agu. z~r el mgenro de loo; hombres que ~ttnlm ~rtur layut,r, y en f:l cual han rmpr.o\ rsacio grandes fon:m:¡s los ca. prtalr~tas é Í•li1U\triales prácliCúS y a u· dac• s. . ~fuy acertada nos parece la tiispo. srcrón de. que las rentas, en ciertos ca. sos prevrstos, como resolución del con. tra~o, etc., pasen, aunque sea transi. torram~nte, á ser administradas por la Gerencra de Rentas Reorganizadas, pues á parte de la reconocidn habili­dad, pulc~itud y honradez con que se. r~n maneJadas alll, ju1gamos nccesa. rto para la estadística fi~cal, el que de algún modo vaya el Gobiern() ente. rándose del valllr real de las rent.u que ocafi · ciente torneo. La Junta quedará muy bien cons. tituída, siempre que haya-como lo habrá-mucho acierto al elegir los dos miembros con que ésta debe in. tegrarse, designados por la Gerencia de Rentas. (De Colombia t.le Mcdellío) DECRETO NUMERO 85 1 DE 1907 (22 DK JULIO) por el cual se fijn el derecho de e:-cporta­ción del ganado macho. El Prmilmle de la Rtpública de ColomiJ¡a, En uso de sus facultades legales, y CONSIOitRANDO: Que hay necesidad de propender al aumento de la exportación de ga. nado, y que en el sentido de la baja del derecho que hoy grava dicha ex­portación se han dirigido al Gobierno reiteradas y numerosas peticiones, DECRETA: Art. 1.° Fijase en $ 1 oro el dere­cho de exportación de cadcl cabeza de ganado macho. Por la Tesorería General se cubri. rá á los concesionarios del Ingenio Central del Departamento de BoUvar la deficiencia q ut: resulte por la re· ducción del producto de la exporta· ción del ganado que e!>tá destrnado á cubrir á dichos co"cesionarios del In. genio Central Jo que les corresponde según el contrato de concesión por los embarques de ganado que se ha­gan. Art. 2.0 El presente Decreto regiri desde !>u fecha. Dado en Bogot&, ' u de Julio de '907· R. REYES. El Ministro de Hacienoi" T s.~ro, Tc11Lts ' .~U!tt:r.LA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLE1'IN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 6oq TIMBRE NAOIONAL . .KU~l~JII~.fO O& DOCUMENTOS Pl\IVADOS EN MARZO DF. 1907, EN LA UI'ICUU D& EXPENDIO ESPECIAl DE BOGOTÁ. Total de Valor VALOR KN VALOil &" •& .HA. documentos. indeterminado P . )1 ORO. PAPEL MONEDA, ORO ~larzo 1.0 121 documentos 104 17 3.616,881 40 15,442 o6 2 74 , 67 6 3-337.371 10 5.950 17 " 4 74 , 6s 8 •-559.303 70 4,26o ogt " 5 65 , 56 8 L3o6,573 40 34.853 ... 6 59 " 2 48 9 1.897.714 70 8,139 so 7 88 , 69 19 2.723,445 ... 14,926 44 " 8 58 , 52 6 2.616,654 os 10,288 75 ,, 9 67 , 58 8 2-479,231 ... 17,877 81 1 J 65 , 51 13 2.253,256 ... 13,429 69 " 12 7~ , 55 17 2.513,921 ... 15,823 12 .. 13 6o " 54 6 2. 135,028 os 2,290 40 ,. 14 6s " s6 9 2.221,100 40 :t,l79 38 " 15 58 , 54 4 1.948,748 45 21,285 o6 , 16 43 " 39 4 1.772,765 ... 11,736 so .. !8 44 " 1 35 8 840,201 6o 13,804 88 20 73 , 2 51 20 1.6o5,057 ... 10,386 32 21 42 , 33 8 1.807,703 os 10,833 55 " 22 61 , 54 7 1.824,674 so 91 131 70 " 23 49 " 44 4 z.o8;!,sg6 ... 4,200 26 29 " 22 6 317,76o ... 1,349 .. 27 47 " 32 15 771.074 80 6,65~ 75 ---- Totales ... 1,314 documentos 13 1,099 202 $41.631,o6o 20$234,843 17l RESU!fltN: 13 document'ls de valor indeterminado. 202 documentos de valor en oro ... $ 234,843 17~ $ 2].484,317 so 1 ,ogg documentos de valor en papel moned:1... 41 .631,06o 20 Total 1,31-4 documentos. Valor total en papel moneda ... :) 65.115,377 70 Prom~dio diario de documentos en oro..... ...... . ...... 10 Promedio diario de documentos en papel moneda...... .. 52 Promedio total diarr.> de documentos en papel moneda ....... 62 Promedi•J diario de \'aJores en oro... ...$ 11,183 .. $ 1.118,300 Pro nc Ji o> diario de val• res en papel moneda................ 1.982,431 PromeJio ttJt1l diario en papel moneda ..................... $ 3.100,7l! &~ot:i, Mar:.r:o 37 de 1907· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Oro BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS TIMBRE NACIONAL MO''J)fJEN10 DE OOCVllEl"ifOS Pl\1\'ADOS EN JULIO DE 1907, KN LA OFICINA 1.11 E:XPENOJO ESPECIAL DE BOGOTÁ. Total ole Valor VALOR HN ~'ALOI. .1" I'•CRA. documentos. tudeterminado. P. W. 01.0. PAl'EL ~fO!SEDA 0110, Julio J. o 37 documentos 33 4 985,582 So 1,297 37 .. 2 58 " 41 17 1.514,133 20 9,111 98 .. 3 66 .. so 15 1.5 56,545 so.s86 10 .. 4 46 .. 39 6 1.374.535 30 10,400 ... .. S 44 .. 38 5 1.153,625 35 8,725 25 , 6 53 , 50 3 $.223,€0! 7S 5,580 . .. , g 39 , 36 3 1.8o6. 1 59 7 S 6,837 70 " 9 so .. 2 41 7 1.192,447 . .. 4,469 6s , JO 38 , 36 2 735.473 10 24,000 " J 1 42 , 1 33 8 r 492,004 20 26,180 ... , 12 6o " 2 53 5 1.825.475 15 2,925 I I " 13 28 , 27 1 83 1,6o5 1,378 84 " 15 82 , 67 15 2-431,598 28 6,814 9:ll " ¡6 41 " 34 6 1.420,$08 ... 26,036 ... " 17 49 , 41 8 1.212,377 80 11,845 78 " 18 35 , 2 31 2 873,•79 ... 13,000 .. 19 43 " 30 13 1.436,10 1 09 13,957 30 " 22 40 .. 33 6 1.126,316 so 3,011 12 " 23 6o , s6 3 1.794.372 20 13,770 ... " 24 40 .. 28 12 I .202,674 ... 65,539 o8 , 25 s6 , 49 6 1.710,1 s6 40 5.759 30 , 26 59 , 54 4 I.6o4,6i9 10 1,478 o6 1 27 46 3 39 4 998,803 ... 1,864 18 , , , 29 47 , 44 2 3·339.S99 ss 3,000 . .. , 30 41 , 34 7 t.611,720 So 19,333 20 , 31 40 .. 33 7 2,767,509 76 12,743 52 -------- Totales .. 1,240 documentos 19 1,050 171 $ 43.220,783 38$349.644 46 IUtSUHEN: 19 documentos de valor indeterminado. 171 documentos de valor en oro ... ~ 349,644 46 $ 34·964.446 ... 1,050 documento!> de valor en ¡Japel moneda .......... 43.220,783 38 ---- Total 1,240 documentos. Valor total en papel moneda .. $ 78.18$,229 38 -Promedio diario de documentos en oro................................. 40 Promedio diario de documentos en papel moneda......... 7 Promedio total diano de documentos en papel moneda............ 47 = Promedio diario de valores en oro ... $ 13,447 84 $ 1.344.784 Promedio dtario de valores en papel moneda ........ . 1.662,337 Promedio total diano en papel moneda ............. $ 3.007.121 .. . Borot4 Julio 31 de 1907· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 15

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Gil Blas: diario de la tarde - N. 1131

Por: | Fecha: 30/06/1915

Aunque puede que las circunstancias económicas hayan hecho que ahorrar esté de moda, lo que sí es evidente es que han provocado un cambio en las pautas de consumo. Ahora se tiene conciencia sobre lo que realmente se necesita y sobre la posibilidad de conseguir las cosas gastando menos. ¿Quién no ha sentido satisfacción alguna vez al conseguir un buen ahorro? ¿Por qué no convertirlo en un gesto más habitual? Miremos por tanto a esos consumidores, sensatos y despiertos, a los que no les gustan los gastos inútiles y que han hecho del ahorro un gesto familiar.
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Vivir bien, gastando menos

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El Constitucional del Cauca - N.

Por: | Fecha: 09/11/1833

e NSTITUCIOI L DE CA U CA~ • * ~ Este periouico se puhlica los siLl)ad.oll. Se recihen suscripciones a a por Id. de a ndministracion prmcl-si'IIH.'' tres , ¿¡ r:t;z:ou d · trt'Íuta rcale .~, en la admini~trat:ion de correos de e. ta cill- l d b 3x8 - o ... d 43 - 6 - () 'd .. d; ~- por t·l Sr. ~hu·iau~) T~ua·o en Bogota, calle 3. ~del comercio, n. 0 108. Pa · t :.. acos .. Los uiuucnr udtoli valen n:al J' mcd~u. Id. p1·oducto de a 1 sellado Pn OVI IA DE PASTO. _ R est'unl'll rle 1m· eslfulos semrmnles de Tesorer2a, compren­si" o del 10 d · selit'lllÚre al ; de octllhre de I833 CA:f.GO, F.~i s ten c ia d, la :,emana nnt~:rior .Aic c~ l> ; .la nwuor Id. d¡· lirl(·a-; rai c.: <~S Pt•rt'( ho; de htpotecas y n ji ·tros Produ ·Lo de papel sell; do J \' la dt•st ii:H·ion d • ag·uardicllte } rH t· r~~do )Or el admini ·u·aJor de rccauda­' d>Il d{' Funes h por d administrndur de recaudacion ·Í<· TÚCfUl'l'l'l'S ) 1\ tdt:<"to de la J'('nt:ule correos e.n setiembre ltcmilldo por !a te!lUI'eria jcneral Suma DA '1' A. Al jt'fe militar y .!iU ayudante il cuenta de ~ 1 haber Al Hcclor del colejio p or un cese del comandante mili~:"r donado al cul 'jio - - - Al Sr. ;oLt'l'llaoor secrl:lario v escribiente por su hahcr " Al teson'ro <~ interYtntor por id. - - Al LÍPmhrc Arr<'udaruie:>nto de la casa de la Goberuacion Id. dt·l local de la tesorerb Gastos dt• <:'Scritoriu de la misma Al re. guardo del canton de Túqucrres Al jefe milita¡· por cueuta t:.le 200 pesos que se le deben - - - - Al Sr. Ramon Villota por cuenta de xoo pesos que se le deLcn - Al Sr. :i\l:mud Córdova por Il tes que se le deben Raciones de 4 soldados del batallan n.o 2 Alumhrndo del cuartel Al s;ujento 1. 0 licenciado, Antonio Rivas Exi ·tencia 6o1 5-6- 1 • o4 42 '6- i 20-0•0 5-o-~ 28- I -O 3x - o- o 1 -o- o 46g- 5-o IOI-3- ~ 3ooo- o- o 86- 2- o 3o- o- o 45o- o- o x83-~-o ~5-o- o 4-3-o I-4-o 8- 2- -; I5- O· O .20- o- -o 20- o- o :ll-1-: 8-6-o I • 2- O 2-4-o 8837- 3-.;. Suma igual 9714 ~ 7- i TESORER[A DE POPAYAN. Estado semanal, comprensi"o del I. e al 7 del presente mes. CARGO, Enterados de casa de moneda por cuenta de las utilidades del presente mes. • • 5oo • o • o Suma DATA. Dados al batallan n. o 2 para raciones IJ. a la jef ~ ct 1ra militar por id. id. Id. al estado mayor dé la 3. = columna por id. id Id. a la base de inf., nteria de la guardia nacional Id. al cuerpo de jefes y oficiales retirados Id. a las bases vet ~ranas del escuadron Palmirn, y t>l de Patia Id. al de¡1osilo de invalidos ·• Suma igual. CAl\iARA DE PROVINCIA. 861 - ti. - o 6o8 - 6 ~ o !45 - o - o 3o - o - o 8o - o - o Bo - o - o !l() - o - o 20 - o - o 86I - 6 - O SS. de la cúmara de provincia-La comision encargada pnra reparllr entre los cantones de la provin ia el contin­jente a ignado a 'lla, para completar el ejército al pie de paz, y elev< rlo a la fuerza que dehe tener en todos casos d guer­ra conforme á la lei d ' I5 de m a yo del corriente año, pre­senta a la cámara el estado adjunto en que consta el número de hombres con que debe contribuir cada uno de dichos cantones, para el completo del ejército en lo casos indica­dos en dicha lei. Para formar este estado la comision hato­mado por Lase el censo o poblacion de cada canton, y por medio de proporciones numéricas ó reglas clt· tres, sacadas con la csactitud posible, ha resultado el continjente de hombres. con que debe contribuir cnda uno de los espresados canto­nes hasta el completo de ochenta hombres asignados a toda la provin 'ia pnra el ejército al pie de paz, de cuatro cien­tos setenta· en el primer caso de guerra, y de mil ciento cua­renta y uno en el segundo.l\Ias como en cada operacion iban quedando residuos mas ó menos considerables resultó al fin, como debía ser, una falta de h mbres en los totales asigna· dos á toda la provincia. Para llenar este deficit la comision tuvo por conveniente completarlo seíialando un hombre mas a aquellos canton s en cuya operacíon numérica habian so­brado mayor s residuos, por que estos indicaban que eran las fracciones próximas :i la unidad. Es cuanto la comision cree conveni nte aclarar para conocimiento de la dtmara­Popayan, setiembre 3o de x832-Anjel Varela--Juan de Dios Done ro. RESOLUCION. La camara de provincia en su sesion del dia 3o--Se di~ cuenta de un informe de la comision encargada del espedien­te sobre el repartimiento del continjente de hombres que corresponden a esta provincia, parn completar el ejercito al pie de paz, y elevarlo a los dos casos de guerra conforme í la lei de 15 de mayo de este año; y examinado el estado de repartimiento de hombres que ha hecho fa comision entre los can ton s de la provincia y estando arreglado al censo de lapo­blacion, fué aco1·dado, y se acordó elevar copia al gobem~d~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. a; _ para u cumplimi ntn, recordútldo1e!qu~ conftJ.rme a la órden d 1 gobierno de 24 de· julio .últiruo e~te '<'a litan ha dliras de la ·.(\méric'' m .rú diona.l .; Y re:->t·~ mt<'ionn1t>s, s(')Lre ·to, · p<~r~idQs v la. faC'cione.Cj que t:tuto uwl lum · ht'cho fl.la Hepttl.s1ie.a .. ~ur ..: .­tro · ccfr' :tun b<;er~~ clo' J1or los desastres rep-l'tidos de n u~~ ­tra atzü, y de.;ah·ntac o p or .la rel<,jatiQu prouucida por ln itn pumd.ad, y nuestra hambre y std df .~ustida ballun al íln con: .uelo tm esta ~z. Simpati:r.iuuo con l()!i e.-;píritus com,)' s· vos q :e iw11 uhocraJo · · la <'ausa· de · los criminales, y d , st·.~~ iamos hdJ:~ l' podido c<'lnvt'rtjdes ·-¡ n ·izHJetrn tt>..s p:u·a hon­ra c.e n :.!Stra tierra ; tfero ~wn prev'alt'eiclo t.'ll ·nuestra : ·~ n­sibiii< ad el e.sp t>ct:ieulo de smrg·re y de · horror <.lt· los al! os pasn1 os y los -'temgurar h1 ¡u.J· ministracio y ('0110 .er·y pt>rsC'guir a toJos sus ent•mi;_:-o:; y clt! la patria; J hahieiH~(.) bt:g uitlo ~· n todo(,,. · ~slus conflictos b voz · ven rabl t:> · dd · deLer·, ·impasible ·{·omo la lt~i de qui<·n es ministro decutor · hallamos Ulas ménito en su condtH'ía en e ·ra vez por · su -moral .politica '· y.) justa llrutt:za, que en la de J!ruto SélCTÍlicimdo a , US lújllS· : Y St ~Jqw.utlÍera th~ 0 1 - sotr os quenímnos el'evarn'Os sohrc 1a tiena ·y prt.!S<~ratarlo al n tevo lllundo <'omo· .ejt>ntp_lo nece- · a1~o ú ~ u 1>it'{H'Slar pr ,_ S<:'nte y a su pco· peridad •futura. Algulll\S pasiones <:on­teli) pOr l' ' f 'SU, rido SU t'S!JlrÍtU CCl ·esta O<.'USfOil dificil, p<·li­. gro sa~ y' de· lHla pn!t•ba que SC)lO es (hül 'p .t ·m· a mui pocos. Al n's110 tiempo dt>seamos eJ't>l)jugadaslas ttgrimas de las fam ilia de lo:; · que · h<1n sti.frido la pena capital, y .llonHuos con eUas sobre 'los rt>.-;tn · deplor:ihles de nuestJ'OS cornpa i'i(tt: · ; pl'ro indinamos la cabeil.a t'On resp('tO ante la maje. t:-~d d(~ la lt·i que los ha cona ·n:. do.; P' rque est:l esnito que convi !ne que uno pt>r<·zca pan\ ~rue no p •r·<'2Ca toda la 11acion. Platon el mas moral y hun ano d<' los filoo;ofos ha -dicho [ De lcc"ióus, d:'alogo g. 0 • ) " , la " infamin, la ·t~legncion, bs multas deben ser lus cun~ec\Uen- J .... == ESCA.Rl\IJENTO DE LOS CONSPIRADORES. a lectura del decre.to d ·l . p.r sidente de la ¡·epública conmutando la pPna capital de 28 de Jos conspiradores ; las r olucion S a la o[i l'ta de Attjona de delatar á sus com­plices bajo de ci rtas condiciones ilt>gales, y a la represen­tacion de algunos defensores de los reos para que se tes ·n .u tase; y ultimamente la. proclama d l mismo presiden­te despues del triunfo ¡:de las leyes de acuerdo con la hu­manid d, n s han hecho ~irnpresiones profundas y serias que Jlo ·habiamos esperirneotado en 2' años de sucesos estraor­dinarios.. El triunfo Í1 ,pasible de ·las leyes, 'la completa lib r-d de los criminales para defenderse, y la mesurada é .. ~l tiru1ez .d l obi no tan' umana como justaJ pre- « cias inevit:1bl "s de la viole cion de las leye.. Fibngicri di. ce, que el me lvndo no J ehe esperar poder Jibrnrse de su se . veridad, y '1-ue el hombre de Lieu dt be considt'rarse prot(•jido por ellas. a· inuuljen ia para con el cülpal)1e debe mi­rarse corno ,un h so tendido •a L la probidad y a la seguri­dad civil; el . abuso dd p ·rclón de los cond 'nudos como un verdad ro ' atentado contra· los derechos de otro, y co­mo signo cierto de la decadencia de la r..epúL!ica. Si la lei hubiera <.le condenar, y el ' presidente de la republica pudiera indu~tar : ror compasion ó por 'favor, el interés dd ciudadano ya 'no seria el de obedecer á .,.las leyes, sinó el • .eJe agradar al .'efc (le la r epúb ica. En tal caso la ruina del E ta_9o su perdicion tinal era inevitable y escla1nariamos con Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CicPron - •1 Perctitns ci,·itntes, df'speruti.s omnibus r bus~ hos cretnrios d<>l despacho, en sPsion ~ecretn, informaron y ~on ~~}l··r · e:\itt ~ ~iti:des haLt:rt', t t damnnti in iutq;rum resti- ven ·ieron al cc,ngr .. o que la tranquihdnd del Estado se tltu: Ji tt! l', vmC'tJ ~olYunlur, t'Xtl s rc:duc~ntur, res judic~\tru ha!luba amennada proLalJJ,•melltt>, y en consecuencia la mi.s­r ·~~- < i11 d:.ntt r·. Qme cun1 areidurtt, nt'mO t'Sl, quin inbeli- ma r10che d ~! día 14 se concediet·on al presidente las facul ... g con e la falta de 1:.1 Pn~sidcme .S~;nt::mder es dig1.o t<.~n l>ien de un parti- rdlt:!xion con que se re. olvió un nt:·gocio de tamaña graver cul ar dnjio por no h<,Lt>t. e prestudo a l'e<'iLir lns delacio- dad tn Ita sola discusion, sin mas documentos qne in-­nes el.~ i\.1 ioJJn, y la l1istona 1wrá menc10u de este acto de tormt:'s vcrbalt•s de los secretHios y un papel impreso. Pero proiJicl: d l misn:o motlo, ¡Quiera el ci( t ~ cion en el congreso, cuando el di a 18 cayó en cuen~ cielo que tu tod~~ circ:uu.st· rwias obre con igual justicia, y a de que la tnmquilic..IP(l publica que se aseguró el dia lG (i tt' l octubre; e.;t • purtl<) Pl dia 18, e .. paree· o un suplemento a la me­. o lo trn.• r1 lac:: a<'t• s dt•l ('ongrt"so, y nada d:nn ele las tris· 1 morw dd ecretario dd ÍI t, rior dando por rf!zon de su si· t t·s on .rrc'l <'i a. que aflijen ú a<.1ud Jesve1 turado pai · ; Lit'n lt>ncio que la Jnt'moria se h:·Lia comenz:1do a e ribir tres c¡t e Jislativo. Si estas razones pueden ó no satis­L< ir,n <'lid "> <> de se·~. <·n circt :llsUwcias de que un estmlo facer, cada un() lo juzg·< rá; rna por lo 1 1e á nosotro toe , .• ci no st· h• !la tu rbado. P 1•ro n·uniendo los hechos en que nos pur 'Cen poco ft ~ nda<.h, s, pu "S el d COl'O del gobit>rno <'t>IlVH·u en su ~. L:. n <"i:rln ~ ·nte di('ha · ('Hrt< , podC'mos usE>gurur: pedía, que no tenie11do <'onfianza d l t>stndo de la tranqui­< p:c• t· l dia 13 d<' o~tuLrt> hul:o unn revolu('ion t>n Guaya- l~Sta a la memoria dt>l secrt>tario dd interior, pruebn mucha falta ~ t· ·, ,l iJJ; ..1 tro dia de ~u s:.dH.lJ na revolu('ion, qut- dd>ia de sist ·ma, de cal ·ulo y aun de respeto al puLluo. Nada •:¡wdn;. rse de la ft it' l "/ .:1 nnu: dn 1 19 por lé.i noc·he. En eftc- aventur:.~ renws si n ·petimos que tanJIHen lHm pro<"t>diclo sin to, < 1: IIÚtlHTo dt• jno , u nndnlos por el jent-t·;.li Snenz, ataca- sistema los diputados dt'l congr so, dt>spues que los mi mos T< 11 al cu:.rt t' l dt• Lt ~);n'cs a las doce dt> lu no<'h<·, ¡wro fut'- que abog-1ron el t4 por la causa d 1 ejecutivo, hacian car­ron n di ;· z: .d·~s, nll ricr :do el c·oro1,d Hall, y los SS. Camilo gos d 18 a los secretarios por la contr diccion de sus in­rdwn: ci· 11 ·, N. Cor.de y Pac1!ko Chir;boga fuera de otros formes verbales con la memoria de el del interior. auos por 19 húsUI't'S que suliemn del cuar- uegocios estos aciagos ncoutecimieutos, se dilata por ello t t·!. A it l momeuto mismo que es .. colombianos. Tiempo hace que está ~n Bogota el ministro : .il:· ht.. Los de t' ~tO , de~pidiéllUOSC (.'( 11 t.•mhlt'l11tiS de guerra a teria dt> los periódicoS, cuando SUS producciones, SUS nn1ert<:, pot JÍendo ll!auuscr"to en las t-s¡>aldas del enlutado úl- costumbres y sus adelantos en las artf"s pudieran s r una timo n. e del Quiteiio Libre un triste epitufio. Por im- utiH ima ocupacion de los escritores de Europa ; y r cípro­})< m:inles c1ue seamo ·, eorno en efe<'to lo somos, en las dis- camente los chinos recibirían de los europeos mil inestJma­putas ck los t'('lli!torianos, no podemos dejar de obsei'Var el hles presentes fisÍ<"OS y morales, colocando a la cabeza de tlesnc.,rtado jiro y_ue presenta en sus mismos actos oficia- estos el venturo o conocimit'nto dt>l ni tianismo, que los al­] es la politie< de aqud gobierno. El día 10 de setiembre zase del ~1byecto estado en que yncen por la idolatría. Sin dijo en su rnen : je al congl'eso t>l presidente: qu~ la tran- duda vendra un dia en que la China reciba tanta dicha; y quilidad rt·inaha en el estudo a de pecho de los esfuerzos para quiza no (~Sta lejos este suceso, que sera uno de los que se­turburla de algunos espíritus inquietos. En el desasociego que ñalarán en la historia este siglo, tan cél bre ya por los es­estos han causado, af1adio, t'l gobierno ha ofl'ecido a la nacion traordinarios acontecimieutos de la independencia de Amé­un ejemplo dt> tolerancia, ele amor á la libertad y de respeto a rica, caída ele Napoleon, destruccion de la Puerta, renací­la leí. Presajiabamos uosotros que la conducta franca y tole- miento d la Grecia etc. etc. La noticia que da el Sembra­rante tlel gobierno ecuatoriano, iba a reunir los animos di- dor ele París del 12 de junio último, acerca del viaje de vididos, concili~mdose por la conformidad de ambos partidos Mr. Gutzlaff a la China, es la que nos hace hablar de esta con la o pi u ion pública, que debia pronunciarse por la Jis-1 manera; y pasamos a dar un eitracto de lo mas notabl cusion lib1·e de la prensa. Pero el x4 de setienilire los se·l 'lue contiene. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. _ "No ha mucho tiempo que un ''Wje a la China habri.a d.adas es.pernn1.ns de q~1c dentro del . mas br~vc t~empo po.­: dado materia de eonversacion ú toda la. Frnnciu, y a penas s1ble, quedar~t restaLiecida con . notorws v.ent<1ps ~obre t;l -~ se sabe hoi que 1 inacce. ible territorio Je ·este inlllenso .tado actual que ti >ne. La soc1t>du l de mstruccton P.n na­imperio ha sido violado; que un ·europeo ha p.cnctl'ado en él .r.ia auxilia ,oa sus fondos esta obra, prepara c.att~CIStll O.:' ,y lo ha recorricio una y otra ve~ en toda su lonjitud ; ha- y otras cosí'" que dt:'Len servir .pnra las escuelas de am.­llando por todas partes aJ pueblo dispuesto ~l abrir al iiTJ bos s~xos. ·Pern el lonl de la <.le niiws e:5tá suspenso ha­sus caminos al oomcrcio y :\ alcan7.ar de su soberano el es- ce ulgun tiempo por Ltlta de f~nHlo ; y aunque la ciu~1a~ tablecimieuto de rcla.cion ·s con otL'os pueblos. ra de provin('ia decretó :.dg· 1nos impu<.:stos con este hn,. ce Gutzldf, misionero cristiano, salido dd institu~o de no pudiendo rc•alizar~c hasta la aprobaC'~on clt>l cougreso ; :Basilea, despues d haber e tudiado d. fondo la l<'ngua china, el 1u ic:o re ur~o con que ptu•de contarse d ' pr Hlto eo.; la llO se contento con anunciar .d evanjclio en las f,l'onterus p< r· oti('a Jwracion ti e los ciudadano·. Con ella la. :s­de aquel pnis. Vestido :'t la chinesca penetró hasta d inte- 'Cuela de nii'•os ha vuelo a renacer, y con ella la de nuw.'i xior, y de pues de hahcr vi it:.H.lo todas las co tas d 1 nol't' l'H aü el Jl).JpL-tlso que le falta. Solo, hai que c?n~luit- 1 ' ~ :1l sur, vol ió sin esperimcntar JJingun < ·cideute des.gracia- loc.tl y ,, nueLiarla ; y para ·llo bastara una suscr1p~1?n rlo, le determinaron árqwtirlo se:l'UIHla ver.. fondos de la sociedad. Partió l\Ir. Gutzlaff de l\Iacno el 2f) de fd n •ro cJ • 18:h, y Al escitar <::.I patrioti ·mo de nue tro compatriota pa .. -· .vo la5 co·;t:..~s de la China ra un obj ' to lan nl'ccsario, les hariamo: una it1juria, si nos y algunus de las islas vecinas. Encontró de nuevo porto- '(letuvierarno · a esponer todas las rwton<'S que reclaman el das partes 1 des 'O j uerul del pueblo y de las autondades r prOTJto re ·tahl •f'imieut de la jscuela de 11il!a!'. P<•ro lb­jnferiores, de ver una liLre carrera ahH•rta al co n •¡·cio, y 1 mauws la attmcion pú Jlica sobre la <'1nonwha qoe pr •se tl ­CJ~ e hai razo.n fundad.a para creer qu ,.1 actu.a.l e!.nperadnr ta ur·l país, dmHI~ so!o se. ultiva 1:~ <'~1 uC'aci?n tlel u. u st•x.o! _piensa .en saLJ -farer en el. parte d Vüto de s . uacwn. _ 1\1.as ¡· dejando ~l .otro c.~tacwna~'lO en ~a di~nmuta m~truccwn que de 1~ ~z el Amherst, l)Uqu .de la eornparua de l:.t Indw, ant(:.S rec1bw. L::t m ·truccwn pnmarm perf<~ccwn:Hia ·n la. ·en que navegaba l\1. G u tzl.1ff~ fué obligado a akjLtrse a cnusa 1 escut>lus de niiws, establece una verdadero. dit~r ·nc.i;\ t•ntrc .de ordenes espedidas de Pekin al ef ·cto. A pesar de estos ellos y las nilias; y dt>. de aquí comit:n'/.a la <-hver:Jdacl r!~e obst:lculos el Alll!terst volvió a ! Iacao d 4 de st:ti<·ntbi'C. l\h'. hará dificil la armonía de los matrimon o-;, Ct• !Jl (lo t'sos LIH ·~ Gutzlnff distribuyo en este viaje un gl':m IH~.mero de t.ratados, mos niiios, qu ahm·a se edueur1 en las escuda'>, d~·han St'r y d trosos scojiJos de la Escritura sagrada, q 1e desp •r- espos s y padres. Ya que no es pcsible la idl!uUdud de taran entre los chinos nuevas idea qu · fa, orezcan entre carúct •r, de id ·as y de costumhrc -, á lo mcuos la mayor ellos los progreso. de la e: ~· il¡zacion eu ·opcn~ anulo.iia po ·ible de •stas cual itl:.\d es puedt~ mPjorar la so- (( En el Cllin('SP reJJOstfr>IT , se le·' una carta, en la cual cieclaJ por matrimonios unidos, y it c•st l' •stdtaJo ·e en­el autor, que se finna Pililo 'Jineust's ~ ami,ro de los chino ), camina todo lo (JL e d(~ á la educacion de amLos ·c:xos la examina los r sultado pr Lables del viaje d \ !\h. e utzlaff; uniformidad relativa uto y com­prendo millones de hombre inocentes. 1\Iis pecados son tan 11umerosos, que yo no puedo librarme de ellos. Ha pasado f'l estlo; estamos en el otoño, y s imposible aguardar mas tiempo. Yo hiero mi frente y te suplico, cielo imperial, que _me concedas prontamente una f,,liz preservacion de este pe­lig- ro, con una lluvia abundante y divinamente benéfica. Sal­va ]us vidas de mis vasallos, y límpiame de mis iniquidades. ¡Ai de ml! iÓ ciclo imperial! escúchame con bondad. Estoi aterrado, inquieto y en agonías. Te presento mis suplicas . con respeto. ,, AVISO. La escuela de niños !e acaba de retechar, y ofrece fun· REMITfDO. ( Conclure del m'unero ftnferior. ) Tamhien se ha 'spirt•mcntado en Cali rpo, y una untura despues, compuesta de un po­suelo de nC'eite, otro de Ílljundia, de humo de tabaco Yer­d(.. . , de salvia, de coc¡nilla, nzas de ag-ua comun, de qu j deb1a tomar dos cuharadas, y smo nbuudül>a la evacuacion

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El Constitucional del Cauca - N.

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Por: | Fecha: 19/08/1832

CONSTITUCIONAL· DEL CA U CA . .,. • ,.. Este papel sale los domingo-s. Se suscribe (i 1 cientos soldados de los del mando de U~. ha trnspa­éZ en las administrarlnnrs de -correos de la Provincia 1 sado por distinto punto dicha l ínea y sorprendido a ra.:,on de tre/nta reales el semestre;)" en la de esta ciu- e1 pueblo del Tablon de los Gou1e7; ignorando él has­dad se venden lt reaL y mf'dlo los nluueros sueltos . Los ta entonces ]os esce os particulare · que se habrían suscriptores de.fiwra n Jcibircm sus ejemplure..s con lama- cometido, pero asegurando que se h. 1 ia oírlo fu<."''O yor puntualidad en las mis mus administrac/ones, o re- Je fusiles- Cuando al mismo ticm¡ o en que una res­mitidos directamente. petable comisi.on de paz se halla cerca del Gobierno de u~, debiendo quedar las cosa n el mismo e ·ta­do en que se encontraban al iniciarse las n egociacio­nes, como realmente qucdaron: :i la sond ra de e:ta misma inte1·diccion hostil, y sin pn'cPdcr nino·una de ·Colombia..- EjJrcito de la N. G.- Comandan- las formalidades que pre~cT~hcn las leyes de la gn<~r­~ 1a de la línea de J uanambú. -Veinticuatro Ago ·to ra que se hace entre pucLit)S cultos, e viene ::i d es- 12 de 1832.- Al Sr. jefe del E. l\1. de la 1."' divi- pertar á halazos á un veciud: rio que dormia en la sion.- En e ta fe.cha .á las cin o de la tarde se uca- confianza d ~ la buena fé d los tratan les: este acon­ha de recibir parte del apit3n Gom<'z, comandant ~ de tecimiento, lan bárbaro C•Hnu int•speradl), m' hace 'n­la guerrilla dd Tablon de Gomez, de l pi1lnjt. , i doscicnt6S los que han avan·t.ado .nlJi, fuera de Jos que · U5,_ abusando de. }a franqu.eza y hu 'l1a f. ' ,de los [;'l'U­ ·vcnian por la pa~te de :.¡baj_o.- El tenie.nte l\1:u!.uel . nadmo ·, ha au.tonz:ado seu.<'J~ml~ ?t ntado, el es la mas Lo pez de esta .mu;rna gu_ex~ dla, que es el que v1 •ne ~scm~dalo a vwlacwn de pnnc1p10s (jlle . no es dar!? con el parte, chce que vm~endo ya en mar.cha llfu·a a .U..S-. r~conocer, porque los mercenar os n son Sl­acú oyó algunos tiros, que infiere serín cor algunos · n_o .rnaqumas que se mueven á la voluntad d el pdn­dela crucrril1a qne no staLan l'eunido,, como qu nsi es- ctpe que los paga. Por esta razon me dirijo a mi g0- taba1~hasta que se vino.' Yo quedo en esLemomento tra- biet'Jao, para que exija del de S. la satisfaccion de tanclo de reunir la _gente para obrar conforme se me pre- t'ste agra.:vio: y entr · tanto me contraía-o por ahora sentc la o.ea io11. 1 •• · - • •••••••••••• __ ••• __ • _. • • • • :i prev ·rur a US. c1ue repac:;e el J uanambú, replegando •••••••••••••• 1 ••••••••••• _ •• _ • _ • • • • • • • • • • • • • • la tropa á sus cuartel •s: a<.lvirti 'ndole que si no lo ve- - Dios y l~bertad. - Antc;n1io :Mariano Alvar de la guena, y los mas obvios principio· del dd·echo intPinacional, atravesando la demarcada línea del J uan::nnhú pnra in­vadir á la media noche á un pneblo itnado en el t<'r­ritorio de que están n reconocida posesion la armas granadinas, y de. pertar a balazos á su tranc¡uilo vecin­dario. Tal atentado, en la época mic:;ma en que exis­te n Quito una respetable eomision d" paz, en iada por nuestro gobierno y recihida por el del Fcuador, bastará por sí solo para desconceptuar :i nuestros ve­cinos, si el gefe militar que lo autorizó no suf•--e el castigo que tiene merecido, para vinrlicacion ele aquel pais y satisfaccion á la .r . Granada: y f\'\U. ho teme .. mos que, si se repiten estos esce.so , la ntcesidad de conservar el lustre de nuestl'US ~rmas) no tolerand' • 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. que S(' 1-n·ofar...e el u ·lo que octq>nn nuestras :avanza- cesaii-o, que su falta se e ttm·ia :rnas -que la de los pri­<. la<>, desd .. an ~s del m ~s rl ~llllj"O .. n que ·~ ·den ró m<."ir.G, · · iiui •nto', pud! 'n ose asegurar -que por lo me­: m p<.tnsa ·to<.la flOStÍ1ithtrt, -OOt~g te á •Ohrar -milital'llTCll- noS l;.l~l .t<'l'< io d~~ .. JlU Stra. poblacion )o COnsume: Y te .)' haaa ('Or.r r sangre. la ·.~ hda~1, end 1endo. e por ·cuenta d.J Estado de un - zLa impropiedad de st paso~resalta mu ho mas, nl'odo sencillo y conómico, de1 ·S r bastante ere ida si e ·.atiende :i que ~l _gohicr..n o a~_;l 'Ecuador ha he- N o t' tamos por el arrendatn.iento d Cl'etado por cho -'termiuantemente=,Ja .pro.tnesa··dc que ·ning:z.uia par- >:la •lei, ·tii tampoco por la forma ·de ·adJ1lÍn'istt acion que tu/a de tropa •arm 'J.ila pasarht ei -J.uaniO.nÚJu .por nf.n- :pnr ·falta d • aquel tiene -3ctualmente. Para lo prim gun motit'O., ni-se _p erse,!J'ui'h'a a los habitantes del ter- ·o no -hai empresarios; y con dificuhad se e~contra­ritvrio C{)JJ'}J'r~ndirlo enf:?.'e •.ese rio y el JVla)'o, c.uales- rán, siendo 'vidente qu para esta especulucion ne­' l.u'i'ra '1-a:c .. .-.u!sen las op(niones .polltiC!~ .'que teJ.t¿j·au ce ·itarian 1ondos on. ide¡·a).)les, y qu la 'C'o mplicaciotl 0 lu~}l(luJt.enJdG.. Es•:t ~".o1::ro.bc racwn esphctta de lo ' .:.m- de ·u manejo, y 1 esce d 1 contrabando qu no icrio1·eos on ~nins d 'Pasl:o, que · cons a de ne>ta · ofi- podri~n •evitar, los retraerá siempre de este proy cto. ·~ia¡ dit·ijicla 'll 13 -de .J u.lio últim de~de Quito, al G ·- Pará lo "Segundo, á Ji1as de qu ~ ·in gran·d.es sumas 'fe de la division ituatla t-11 Cauca, per le .SS. co- para ·el ·~. 1 'llto cl_e lás fac~orias n ilusorio· us pro­IHÍ:,: onailos Res trepo y ·Est vt•z, 'Cla c_l:namellte :í e - d uctos-, ·d .be tambwn con 1derarse -~c:lo, que p en sar lo <·ontrari l '&~d a ~ tri.Lui.r .al.g·obierno ve< 1110 n-0 ;~jUt!da ni -tina q inta _parte de uti]ifbd líqui'.Ja, aun.. una 1nala fé d emasiado e ·gon;z,osa, y que.podría resul- cuando suba mucho la 'vt"nta del tabaco. tade mu'i .p•'J-juai iaL o se ·¡· a por ·esto ·qu d •seamos c1ue s a de :Es~ - olor, <¡ue ctrando t~mto se sfu~rzan lo comercio': ;p s lo •qu' nos propone'l'no es bus-ª llO• l~ ·. r ~ qut es ;Íl . á la cdwz. d • la admini ' tracw-R y car un n~ dio I or te} qu'e ncuentr · el Estado utili­- las . tropl ernen te~ '·wmd 1 as la CGTI · nH.'.llgua -·deJ pais, si: N os parece podria -coa ·er ars ~ estancado., u.nica­evitar la efusi.on .de sanoT(~-1 u nafm puede serjamas d.es- mente en las ./'a.ctorias, y st>t 1de libre cmn •rcio en ho11roso, hemos - w;: o á rog·ar con la ... paz al . gobi .>r- el r sto ·-del Estado: para lo ·cnal no hai ·dificultad, no "-' ... ·at-or_i_<.. . ~ cuwndo sufrimos ~e n rc.:.ignacion lo supuesto qu· pueden con crve'n.der á las otras de d ma ~ pohn·, el ma ~ débil, el menos bien e nslitui- ia ueva Gn:nu-da~ ao, ~ 1 m as escaso de hombr ,s y d~ elementos mate- El Gobierno podria fijar -el precio d l tabaco ¡·i aleE- para ostcner ln guena, el n1cn s -al ~cciona.do en que compra á los cultivador s, á razon de dos pe os t"J1a, 1· Jr '\oqu • cuando nosotro la conjutam.o., y por anoba; .'y el de su venta _<:'n la mi ma factoría tr<'~ <: -de c:.n:a.r el -nbismo e'n que s sumiría irrem J.l t' te si se rompiesen la. hostiliJades. \ ce á veinte ·mil arrobas anuales eh e ta Provincia, re- ·P .ro, ar.ras rados de la natural ind.igrtacion que sultarian sesenta ú ochenta mil .pesos ele prodllcto, pn l.t- e la ¡•iJninal ond u ·ta d ·l gefe militar de Pas- cuando el valor prin :ipal no .habia ascendido -sino á .to, íbamos _yá ·sienCio quizá injustos con respecto á un' ueinta ó cuarenta .m.il. E ta misma utilidad pm:l.ria g-<,-1 iern"' que la impro.ba.ra y ca ·tigará ejemplarmente crecerse, imponiérrdose un ·d renho moden. do de alea­sin duda, por d éber _y p r de .ro; y acia unos pue- bala por la .primera ihtroduccion ·d ~1 taba o en ·cada blo. hermanos y auügos, que dcte.'!> · n la guena tanto pueblo: cuyo d er ho serviria tambien para que los como nosotros, y qui~ .ufaJd<'cir:ín -á qui~ la provoque comerciant · tu .i sen la ohligaci?n de presentar eu y h . o·a pesar sobr< ellos -todos sus mares.. Es_peramos las admini tracion· S d ·al aba las las patentes ó guias qu <:rn.ga'(~ion ~s y molestias .poco soportables: y en fin, que · más faltarán compradores d los tabacos introducido$ abandm1ando pret en . i-ones y quer ~la ridículas, se p ·n- en 1a facterías-; y 1ue si ndo doble el pr io en que sar~t seria nenLe en dar n lt'Va vida á la patria coniun, se vende, si mpre habrá un sobrante de existencia que aJa ~·loriosa r epública que hizo libr á .la mitad del con- reaDimará el inte1~s de los cultivadores. tineute americano. Bajo de est-e sistema se d< .. ja ver que se nbri· HACIENDA P -nLICA. ría un manantial de riqu· -za pa1'a el E tado, y que ( 3r. Articulo. ) con ·este ramo de inclusttia se fomentaría ta.mñien el La r nta <.le tabacos llama hoi nuestra ;.¡tenc10n~ comercio, e ando en gran parte la persecu ion de los ~ntre otras cosas, por la nulidad ;i que la vemos re- infelices que, careciendo de todo otro recm·so, se en­< lL:(:ida, cuando c¡·ceinos que ·d eberían ser mui gra11- tregan á la criminal cal'rera del contrabando. El cui­des sus pr duetos. El ta}yH..o, p r la deei ion que · tivador sel'ia el único que podria defraudar, vendien­tienen por su uso los pueblos, se ha hecho tan ne- do clandestinamente el tabaco; pe1·o no era probable Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. q e lo hiciese, enc>ontranc o ~l va1or -de su jénei·o n . líticas que nos hubiet'áh puesto h la vang·wrdia de to­dinero contante en la facto¡' 'a: ni --con la tt·aba do las das las ·naciones de América, e hahl'iun e tablecido con patentes --sería ·fácil ·que encontrase c~ml:>radorcs. gusto -en el :g1ori~s.o teatro de sus correrí:.~s, mplea~- . (Se contmuara.) do sus habet'es .Jmhtares en fincas producuvas pa.ca Vl- L.O S E S T R AN G E ·RO ·... vir en :paz 'COl'ilO partic tlares, dar movimiento al ca- Ninguno -hábrá, de los que m'iran ·con verdadero· in- mercio y cu1tivar la tierra. Nuestra d sgracia hizo q te terés cuanto ·pue<>sicion, se · onvirtieron .n cie­véngan á · táH éccrse ·en ·él: :ninglin .p~triota ·dejaría gos instrlln'l.Ciltos de los -que ~SJJiraban á ominarnos, de compla e ·se 4i1 ve'r ~stimt bJ. s o'tl ·el ·ejemplo del para perder su Teputacion sa 'rilicándonos, y tener que activo euro_p...'ú -il ~los inertes hijos .:d ·este suele; tra-' abandonar e) pais _y su ·car.rera. bajando junto :nl lombiano )' al i:ng-1 _;s ,p: ra ~humen- La -sed del oro trajo ' otro~, ·que deslumbrados t :lr honradam Jite su 'fortuna; y cubi 'rtos esta's dilata- éon el .prospecto de especulacione.; >lu ra'tivas pen.;r.¡- n dos y feraces n has­Am ~rica:10,_ asi .ais~ado e~~ los desi "rtos ·inmen~o de su ta los ·'Sacrificios pecuni~rios_ que .:habían aclebntado patna, sm 1d as In sufic1 ntes r •curso prQptos para con la --esperanza de r ·tnhucwnes mmen a.s. aprove ha ese d las vcntujas que la natura1e7.a ·le brin-- Pero la rde moralizacion y candid z de 1os gober­ ·-da, en olltrando sin di~tultad con que remediar sus ante , su falta td.e prevision y de ·espcriencia, dejaron necesidades in_dis~.ensahl -;. vive p. b -...~. en el ~ent~·o de todavía abiertos :á :.esas sanguijue_las ·muchos canales pa­los tesoros, sm placeres 01 comodtdade_, porc1ue 1grro- ra que nos chupasen la sustancia, y para que 'tepara­t ·a ei nombre y el va:l0, con garantías y af, cto, y á quienes po-r consiguiente interese su pros- remu'lle'taciones ilu orias: el contrabando, p·erfectamen­peridad. . . te otganizad~ y ausiliado impun Inente por lo mis- Intirnamente conven ido. de esto los legishdores mos que debían celarlo: la imp0rtancia que desde los de Colombia, -trabajaron ·co)) emr eno en remover to- • principio se ha querido dar -á cuanto die n, uanto dos los oh táculos que pudieran ·e1nbarazat la inmigra- proponen y cuanto prometen: est¡l y otras causa que cion de estra'llJeros.: y efect'va1':i'lente Se ·habria con e- no es del caso numerar, los han h cho dueños ah­guido al fin atrac'r al país pobbdore 'titiles, si la anar~ solutos de 1os tristes 'te tos de la tiqueza pública, los quía no hubiese vuelto .á trastornarlo todo y á ·con- han envanecido hurnillündonos, y han estancado las sumar la ·obra ·de nuestro ·descrédito. Los habitantes fue'nt s de la prosp ridad agravan lo nuestra miseria. d l viejo mundo vuelven con entu ia mo los 'QJos acia De ·m::üler-a -que, po'l' la mala apli acwn de un bu n e te contin nte, casi- todo-él onstituid.o en repúblicas, en principio, y la influtn ia de circun tancia fatde , he­d. nde l princi¡~:o ·de la soberanía poput r ha recihi- mos adquirido e)l vez de pobladores útiles nuevos re· do una solemn ·sancion , y e -e tablecen las socieda- caucladores de nuestras escasas rentas: hemo!> vi ·to el'i­d. es sobre sus leg'ítimos fund3meht'OS -: en donde -el t>·irse, en vez de hermosas plantaci n , gran e a nLa­ejercicio de las facultades morales y fisicas del hombre cenes de ·comercio: tenem'Os ministros acreditad s de 110 ti ne trabas, ni su opinione p rseguidores ·, ni su las principales pot n ia del mundo, y nada val 'mo • condicion 'Ominosas difer l'l'Cias: y los vedamos llegar N o se crea que pretendemos zaherir indi tin a­á nue-stras playas -en consírl ráble número, como se tnente á todos los estrangetos que han v nido á nues­traslndan al Cr ·chos. CE SO EJ .. F.(YrORAL liemos o ~ do censurar por muchos la resoh.c;i_on d 1 Poder Ej 'Cutivo pa· ·a qu en todas las provm­cia e arreglasen pt·ecis;.\meJHe al e n ·o general pr~c­tic: n1o t'n el ai)o dt> 1 82G, omo hase para las de' 10- nt·s C"onstiturionalt's; nolllhr:inc.lose los senadores y re­presenLantes en propor -ion ~i dicho cens? g<'neral, ann cuando alguna pro iu ·ia por otro parw·ular pos­terjor dehjose t n('r mayor representacw~ en ·1 co~­< Yrcsn. Se di ,e c1ue lu mencionada resolucwn es anll­~ onstiL:wional, y que no cstab~ en la esfera dt: las atrilwciones ej cutivns dd Goba:rno: y nos propone~ 1110~ demostr:u· que ha debido cllC·tnr e, y que es mu1 conf'onne con el espíritu de la lei. . .. La igual J.'epre~cn ta ·ion e: . un prmc1p:o ~und~,­mcntal de m.restro sistema polrtwo,_ y que e~ta H­presentac1on <>man~ del mismo pueblo. Cada e · ~ta mil alma envian al congr 'SO un senador, y ca~a vem­ticln .o mil un rcprt.> •ntante: de wane~a que s1 se s~­piese ~i punto fijo nue ·tra tot~1l poblacwn a tual, nan o o-encral del ano de 182;.> á que hemos de ~uj<>tar~ws, be s . b . l mlll . aJo, porque 1~ d ebido resultar as1 en vtrllld del objeto con que se formó: y tl"Terran que, aun cuando fuese esacto,. de-bian tenersoe ;::e, n cuenta 1o s I· n<-remcn t os pos· t e• nores siempre se procC'dió sobre uno mismo. En los. Estados Unidos se reforma el censo general cada d1ez anos, y e hace en su vi. 1 sta ~1 nu •vol arregl~: en las dsesio- _ 11., (11.'1 e< nrrrt>->o e~ ( ste aiio 1 :mm; Yi liLO trilla O ~S as unt.o~ ·io · U\ · ' \l ~u ·.m tkl r ~Utludo llU dl' . 1' e - de I83o. Diariame-n-t-e- b--e-n-di-g~o- á- ~D~.i--o-s,- -d-e-c-í-a ~la ton, poF tres osas: por haberme dotado ('On alma ra wnal: por 11aber nacido griego,ynó b:l.rbaro: ypor haber vemdo alu1un~ do en tiempo de SócraLes. P1aton hablaba como hombre que con ocia su propia lignidad, que apreciaba en su justo alor el p~esto.en que la Providen ia lo había colocado, y que adverL1a la mrn~n­sa difen::ncia qu hai entre el ser ra.cio~al qtw procede P?r rdlt'xion, y e\ bruto que obra por mstmto. Platon amaba la sabiduría que nos asemeja al Crindot·, que nos enn_oblc­ce nos deleita y nos nutr(': veneraba on el ma profnnd.o re~peto al inmortal fil~sofo cuyas ¡,~ecior~es lo habian he­cho sabio, y hendt'ew la mano ommpotente que le hnbia proporcionado s r su discípulo .. ·Cuan útil seria que la juv ntud s, 1mpregnase d 'es- tas su1b limes ideas, y conociese la gran d e l. lJtportatH. .' .l a d e estos nohles sentimiento ! La república v ria formarse en su seno hombres virtuosos y venladeranwn! e ilustrados, qnP . eria~ su ~dorno, u ~dieia y su apo;' ~): la paz y la fe­li idad remanan n d recmto de la · fam1lras: las leyes lle­varian el sello de la justicia, y su ejecucion rc~ultaria de conveniencia gen ... ral .. La in:ellexiva impieda~l, t:'l n'pu~­nante libertinao·e u o ofend~::nan nue.· tro · seut1dos, n1 nu-narian por sus 0 cimi 'nto · el edificio so< i:u. . ¿Y porqu' no habrún de akan7.ar :i la consccuc~on de resultado tan fdiz losesft erzos con, tanL<.'s del g(JbH'r- 110 de los buenos patriotas, de lo · honrados p udt·t·s d · fa­milia? Nue ·tras e ' p< ranzas para lo f ltturo, eu ·1 tri. .. ; Le pre­sente cuadro de orrupcion, •sL.in lineadas en las g ene-de poblacion. A esto contestaremos.- 1 ~ Que positivamente d~hió re.sultar bajo .el cen 0 de 182:J; pero las d iferencms senan .necesaria­mente proporeionale · ~i la ~erd : •dera po~lacwn n ca­da provincia, ó pue<.le eons1dcrarselas as1: y por ~on­sio- ui "nte todas quedaron unas con ~tras en la nusma r ~acion numérica que les .co1T 'spondta. De manera que la represcnta~ion para es_a. époc·a, ha~ada sobre ese cen-so, no enrecia del requ1s1LO de la igualdad~ . raciones que crect>n bajo ausp· ('Íos mas l~snnjcros ; y de nuestra voluntad depend(~ que su cducaewn tome un sa­ludable ~YÍro: ¿ no HOS empC'11aremo en dárselo? b TESOi'EIUA DE POP YA Estado semanal de ingresos y r>gresos en la caja de esta Tesoreria, comprensif10 de.wlr> el rit'a glwsta la ftclw. I GRESOS. Remitidos de Bogotá para 1 ejército Ent rados ele casa de mont'da - Ent~rados de la Administracion de Taba Id~ de la de Alcabalas - 1000 - o o 4oo - o o os- 200 - o o 2 ::' Que, para contar con lo que ~n pobla t?n 424 - o o haya aanado en los seis arios una provmcw, era In­dispen~ able saber lo qnc hahian ganado t~dn.s las de­mas en el mistuo término, y este conoctmlento no e. is te. Si t'St.Ibl<•eemos ]a ra.cionnl hipotesi de qu e~ aumento de pohlacion se haya verificado segun una l~1 igual en todas la. pro incias, es ~vidente q~e todav1~ se hallan unas on otras <'11 la unsma relacwn nume­rica qtw les tlió el censo general del año 18:!;.>. De estos daros antecedentes resulta pues, que las pro~Jmcias ·van á. ser repres;ntadas en el pro:L_·inw congreso proporcio_n~zlm.ente al. nwn.m:o de sus. lw~tlau­tes, c1ue es d esp1ntu de la dt ·postcwn constltll<'lO~al; auncp t , no e ·netamente ohr las hases de poblncwn alli determinadas, por la falta d .. datos completos: lo cual no sucedería si se hubiese omitido fijar un cen­so comun para las elecciones. Por tanto fué mui oportu­n:\ y nnti legal l~1 pr~videncia dictada sohre este punto por el Poder EjecutiVO. Esto no ~s ~dema nna ~o­sa nueva. En los congt·eso · con t1tucwnales anteriO­res y t n los constitu~entes no se ha an·eg~ado para cada período de el ccwnes p~r un censo dlt"~·ente el núm l'O de Jiputados que deb1an nombra1·se, smo que Suma 2024 - o o EGRESOS. Alcance contra la caja en el mes anterior - Iog3 - 1 ~­Dados a los Cllf>rpos' para raciones en la semana que comprenmitidos á la liiwa del Mayo de orden del Sr. Gobernador Su. m a DEMOSTRACION. Data gene_rf!-l Cargo general 3oo - o o 32o8 - 6 ~~ 2024 • o o Alcance contra la caja 1184 - 6 .¡. Tesorería principal ele P_opayan, Agosto 16 de 1 832 .-Santiago Nates.--Intervme- J. M. Rebolledo. ~ Imprenta de la UniPersidad. - Por Benito Zizero~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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El Constitucional del Cauca - N.

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 22

Por: | Fecha: 1908

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. AUO 11 BOLETIN 11 DE LAS RENTAS REORGANI ZADAS DIRE CTOR, EN RIQUE GREIFFENSTEIN BOGOTA. FE,BRERO D E 190b Sl MARIO P'ginu l si'OI\IIIE del Ge1·enle tlel U·neo Centra l. • • • 0 o o . . .... ...... ,o .. . 0 .... ..... .. 85 • l :•"OJuiE de l R e\ÍSOI' o................... .. .. o o 000 o ...... , .. o ..... .... o 8:¡11 1:-.ro lu t & de ht Comi:sión. o. , o ...... ,o • • o o .... o o .. . . .. o. o •• o .. ........ ..... 8¡;¡; Pnuuc!o de d!st r ibu~iü!' de utilítlado~. o".." .. . ........... .. .. . .. o ...... .. o 8¡¡~ R ~:ut.ao:-~ dé lnllclcs tnctMrndos . .. .... .. ........ ... , ..... o.... . .... .... .. 850 1\lOH:II IE:o;To (.i t;M.J\1\J. i, o •• o,, .. , ........... • o .. o o o o o ... o o ...... o.- .... .. , • • 1\E'IOt.UflJOS 110111 r l':otOJnru de cuenlnr.. o ..... o o .. ...... o. o•• o .... o o o. o. o .... .. CmcULAI\ drl Sr Admini lr.odor Uepnrtnmcu1111 de RIIIIIR!' en .Anllo<¡uín y Cald•s l:IJ AI•oo del Jy;cgtlolo de Rru\n~ de 11• Pro\ inci.t de Fac¡~tu'ti\'lt 1 en llicicmbrc de 1 i .... o •.• o • o o •••• • ••• o •••• o •• o o o ••••• o. o o •• o •••• o •• o • • o. • • • • ~¡8 Cu.t.oao de l Juz!\'ado ,¡e H.cnlnll •lo 1:'1 P rm iucin .te :\l.u;nnc:ut'·, o•n Dicienthro de IQO;J o , • . • o • o ••. , ••. , •.• , , • , , •• o , o, • o , o o • o, •••• o , o • • o o. o o o"" •••• • R .:!IOLt'CIOl" ~obr~ pcnns ..... .. ..... . ...... o ... o o.............. • ....... .. C~t~ A DJ\O dd .JoL~do Su¡•'rior J,• Rrnll•s de N11riñoJ o:u Cctuhrc de lftO¡ ... . 1\S!>OI.UCIÓS f'Ohi'C pen• ft, , ••• ,, o, .• , , o •• , •• , ••••••• o . o •• o., ••• o o., •• o • o. I!So ::182 HS4 881i ' CuAnno del Ju :.;mio dr 1\cu\n." ole J.ut P ro' inciu~ ole Tt•nzn y Nr.iMt , co Dioirn•· bro•h• 1!tn 1 o ..... ""''""•" ..................................... Sf!l-o Rl(llo u016s Nt m no 8 tu. l!Jtl8, sohr" t';HiicM'tÓn rn la 'l'r~or<'t'iu G1•uenrl dd pn-t ¡;o de lns ra··inn··~ IÍ l oij l'\lllolrnndos JIOI' rmudn ,i \tts T\••ntn-, p i•hlil'IIS •• o... Sil~ CUAilJ\0 d el Juz!;otdo Superior dr T\rut~s "" OO) rtt::i y Tundumn, t•n fl icicmhn· R &•-~~~~~~~..[~ ¡,;; ¡;h~r~[;¿¡;,~~~ ·,¡,: ¡¿1,:·,~¿ ~.~¡:¡e·~~~~ 0~,; ·~;~o¡,~.;.~:,;,;.~;~ ;l~·,;¡r:,~~~o·l y ~umopnz "'' gucro tlo• JOOli ............ .. . .. . o ........... • .. • • • .. • .. R t.SOJ.Ut'll\s tlel Sr, .\•lminislrrulcw llo¡lfu·~:uncnt.al!)-22~ al sa ld o que arrojó c:l Balance el ante­rior semestre. Tambi~n hullaréi .. la confirmación rle mi aserto en el au­mento que tiene el sAldo ch~udor tlt• los Cré·iilos Plotnntes, en el movi­miento de la cuenta de Age r1ll'S y Corresponsales dt'l Banco en el Exte­rior, en la suma que han akan:tatlo las comisi•IIII'S del Establecimiento en papel moneda y en la di¡;minución dd crédito en oro á cargo del Banco. En efecto, el saldt• deudor de los CrcJitos Flotanh•s es en 31 de Di­ciembre último superior en S 15 o/¡3,oo8,6o al que daba esa misma cuenta en 30 de Junio; la Guen la rlc A~e1wins y Corresponsales del Banco en el Exterior tuvo t•n el Sl'mt•stn· pa sndo un movimiento de $ 4·396·654/r6 oro, por entradas, y dt• $1t-58"o5o,f!J, por salidas, cifr aa que superan t•n má s de medio millón de pesos oro n las ch·l Balance de 30 de Junio ele 1907; las comisiones dtl Onncn lit pnpd moneda e:tcc­den en S 1.211 ,38¡-q~ ;\ las del l' .\lm·~ado Bnlanct· de .Junio Lillimo. El saldo •·n oro n e u r¡;o del Banco, que t•ra t•n 30 dt: J uuio de $ 2 .033,8o!¡ -o;¡~, se redujo tlur·llllc d st•mt·slrc <Í la Mtma relathnmen­tc pequeña tic $ 39o,989-96l, lo c1ue ind1cu que ('n t'st• corto lapso de tiempo rl B11nro logró disminuir dirh o r1t1ditn pnsivu t'll la con!>iclcrablo cantida!l de$ t.6'¡2,8r/¡-O!),l'S ,!reir, l'll 1111\s de las cuatro IJIIÍnlas parles del monto total del saldo en 30 de Juniu de l!)(lj, y esto 11in 1fllt' rchajl\ · ra sensiLicmcnte la cuantiosa reserva rn uro r¡uc cll~stnlllrcim te nlo tiene Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 852 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS en el Exterior y que mantendrá siempre dentro de los limites que se ha fijado para garantía de su crédito dentro y fuéra del país. Vosotros comprendéis que en la dificil situación creada por la espantosa crisis mo­netaria que en estos t1ltimns tiempos se ha cumplido en los principales centros comerciales del mundo, es para el Banco Central un hecho de incalculable trascendencia el haber logrado rt'lJajar el saldo ele su pasÍYO en oro en más de millón y medio de pesos, conservando sin mengua las importantes reservas que siempre ha tenido y que conservará en poder de sus Agentes. Las r·Placiones del Banco con el Gobierno cLntinúan en estado de perfecta cordialirlad. El Banco cumple religiosamente las obligaciones que le imponen los diversos contratos que ha celebrado con el Gobierno, y éste, á su vez, se preocupa por la prosperidad del Establecimiento y le presta decidido apoyo, con el marcado y eficaz interés que el Excmo. Sr General Reyes pone en todo lo que se relaciona con el progreso del país y con la solución de los problemas económicos y fiscales. El Banco ha prestado atención y cuidado muy especiales -al desem­peiío de las comisiones que se relacionan con el pago del servicio públi­co, que son el cobro á la Nación' y el pago á los Departamentos de su participación en las Rentas Reorganizadas y las remesas de fondos por cuenta de la Tesorería General á los distintos lugares del país donde se necesitan, Jo cual hace el Banco especialmente por su deseo de ser útil á los intereses públicos y de corresponder á los patrióticos deseos del benemérito Jefe del Estado. El Banco se interesa constantemente por que la participación de Jos Departamentos en las mencionadas Rentas se pague con la mayor puntualidad y por hacerles llegar sin demora algu­na las sumas que recibe para tal efecto, y en cuanto á las remesas por cuenta de la Tesorería General de la República, no bien llega á las ofi­cinas del Banco la relación que aquélla pasa de las sumas que se necesi­tan para el pago del servicio pübJico en las distintas Administraciones de Hacienda Nacional, se hacen las remesas riel caso de la manera más rápida posible. Ultimamente se ha celebrado entre el Banco Central y el de Bolí­var, institución fundada en el Departamento del mismo nombre ror respetables capitalistas de Ja Costa Atlántica, un contrato por el cua se nombra á dicho Banco agente del Central en condiciones análogas á las que ordinari::.mente se han estipulado con las demás Agencias del Banco para el desempeño de las distintas comisiones que :i éste se le ocurren en los Departaml!ntos. Al mismo tiempo se estipula en el aludido contrato que el Banco Central da en préstamo al de Bolívar hasta la suma de un millón de pesos en oro que se le entrt'gan en billetes representativos de oro de los emitidos por el Banco Central, á un interés del cuatro por ciento anual, mientras dicho Banco tenga como tipo corriente del inte­rés del dinero el doce por ciento anual, y rse interés de dicho préstamo será solamente del tres por ciento cuando el Banco de BoHvar tenga como tipo ~orriente de interés el diez por ciento anual ó menos. Los bi­lletes que se entreguen por razón de dicho préstamo llevarán al re~ paldo una leyenda en que conste que serán pagad~s por el Banco de Bolívar, el cual será, de conformidad con el aludido contrato, el directamente responsable del valor de tales billetes. El Banco de Bollvar recogerá y pevolverá al Central los expresados btlletes al 'encerse el término por el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 853 CU&J deben rJurar las COIII"CSiones de que lróita dicho COntratO, el cual l~rmino será de diez niios, siempre <¡uc ~1 011nco d.! Bolh·ar cumpla las obligaciones <¡ue aqurl parto le impone. Se hacen constar allí algunas otras estipulacionr!s necesaria.; para In claridarl y prcci~;ión de los dere­chos y ohligaciont·s ele las do~ partc11 contratantes, entre ellas la de la fianza solidaria dt· ,·n rius rcspctohlt•s capitalistas, con que el Banco de Bollvar garantiza d t:umplimit•nto dr• las obligaciones qur contrae en virtucl de dirho •·ontr ·a to. S!' ha relchradu tarnhién t•ntre el ( ioL ierno y el Ronco Central un contrato t•n virtud drl cual éste n•cihr v cambia por billete!! deteriorados de edición in~lcsa las sumas rlc cline~ro ·en moneda de níquel que el Go­bierno lt entrc;uc con tal fin y remite á la Junta Nacional de Amorti­zación los billetes rictcr ioraclos procedentes de dicho cambio. Por este senicin el llaneo deYCilA.I una l"omisión del uno por ciento e;obre las sumas •JUC, pron>nicntcs del rnrnbio á la par, enlre.~uc en billetes dete­riorados ;i quiPn deba nrilicar la incinera ción de ellos. La situaciün artua 1 del Ferrocarril de la S&bana, e uva aJministra­ción está i\ cargo del Banco Central, es por todo exlrerno sa ti:.faeloria. Como podéis verlo por el cuudro estarllstico que os presento, el tráfico ha aumentado en el semestre com•i;lerablemente; el servicio de trenes se presta con la mayor regularidad; se han emprendido mrj oras muy im­portantes en las Estaciones; se hn hecho en Jos almacenes de la Empresa un considerable acopio de útiles y materiales de toda clase; se han coro· prado dos nueYas locomotoras¡ se ha pedido á los Estados Unidos y á Inglaterra, para poder atender á los exigencias del aumento creciente del tráfico, el material rodanle y demás objetos necesarios; se gestiona activa­mente lo relativo á la construcción de bodegas en la Estación ele Bogotá y al arre¡io rle las cuestipnes pendientes sobre zonas para el ferro carril y otros asuntos. No es aventurado decir que el Ferrocarril de la Sabana es hoy una empresa organizada como las mejores de países más civil izados que el nuéstro. En esta organización han sido factores importantes la conra­gración é inteligencia con que los empleados de la Empresa cumplen sus deberes, por lo cual se han hecho merecedores del reconocimiento del País, del Gobierno v del Banco. ror Jo que respecta al Ferrocarril riel Cauca, Empre~a en la cual el Banco Central H' subrogó, como \'osotros saht-is, en los d<'rechos y obJi. gacioncs de lo~ anteriore!' conccsionnrio-. Eduardo y Alfredo Mason, debo informaros que se ha hecho y s~ t•stá haciendo todo esfuerzo por mejorar el estado poco !'atisfnctono l'll rtur se hallaba dicha EmprC6a cuando el Banco la recibió, pnra lo cual ha sido necesario pedir locomo­toras, explosivos y útiles de todas ciR!ics, :.i fin dr regularizar en lo posi­ble el tráfico, que dejaba mucho qué desear, y d.- continuar loR trabaJos de reparación y prolongación de la ''!u. Al frente de dicha ncia ................ ..... ..... .. 200,000 300,000 444-500 20010QO Para di\ •Jendo de t,6,o 15 acciones, á $ 88o cada u n a ......... ...................................................................... .. t>ar.-. ubonar á mo bilia 1io. 20 por 1 oo ;\ su sa ldo de$ 477·915-30 ................................................... ........ .. P ar.t ~h o nuráúli l e s ele esc ritorio .......................... . 95·583 .... 1 74, 183 38~ S l17·34 r ,62g 31! REL A C I ON DR 1 AS CANTI DADES DE DJLLEfES RUU TIOOS POR EL 8.\:-iCO CE~TRAL Á l.A JUNf\ "'~CIONAL DE .HIORTIZACJÓ :-1 PARA INCJNERAI\1 EN EL 2.0 SE~IESTRB 08 190¡, <;f:(HJ :"i C:OltfJ'RORANTES NÚliBI\OS 359/459 • llill C'l Cs de antiguas ediciones : Julio ....... ..................................................................... $ Aguslo .................................... ................ . .. ................. .. Septiembre ........ ................ .. ........ ........ ....... .. .... .. .. .... . Octubre .................................... .................... ............... . Noviembre ............................................................... ... .. Diciembre ....... ............................. ................. ....... .. .. . . . r2.g4 r ,855 ro l¡.85o,ooo 2.325,000 2·559,2 10 ..... 7.4oo,542 70 f 2.286,455 .... Su ma .................................... s 42.363,062 So Bill e t es d e edición ing lesa : comprobantes números 1/9 Septiembre .... ........ ...... ............. ...................................... .... $ Noviembre .... ..... ......... ........................................................ .. Di<'icmhre....... .. ... .... ................ .... .......... .... .... . .. ............... . 6oo,ooo 235,800 ' ·550,800 Suma .. .... .. ....... ...... ...................... $ 2.386,6oo En hille lcl; d e eJt t' ió n antigua ................................ $ En bill elt" s d e e li c icin tn g lcsa .................................. .. /¡2.3f.i3,o62 8o 2.386,6oo .... ~ unn1 total.. .. ................ .... $ 4ft .¡q9,662 8o Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOU•:Tri'l: DE LAS Rb:NTA·~ IUWRGA~IZADAS IS57 MOVIMIENTO liE~EIL\L ll~ I,A COi; X r \ IH; AGENCIAS l' C •1\1\ l•:l->PO~'i41.F.l-> llF.I 11 \NCU C:J ~·r 11 .\1. EN &L 2~ _,E\It:'\liUO: m: 1907. Saldo en 30 de Jonio de r 907 .... ~ J\Io,·imiento rn Julio de J!)u¡ .... .. en Agosto ele 1907 .. .. en Septiemhrc de 1907 en Oc tu brc de 1907 .... en Novicml.m· rlc 1907 en Diciem hre de 1 9"7 Sumas ........................... s Balancc pnra el 1. 0 de Enero ele r goR llog .. tá, E nerú 1 4 de 1908. D·lnlo. H6~!.5fi7 1 2 1' 1,u8r 63 782,017 og 7/¡/¡,222 4;< 7'1!),032 66 '" 5.62 7 36 993·773 29 e rédi:o. 5·35!).2 1 l 58 $ 4 581 ,Of)O 63 n8,r6u 95 GONZALO M. An:nvB. INFORl\IE DEL GERENTE DE RENTAS. Bogotá, ;¡o d~ Enero de 1908. Señores Mic10bros de la Juoln de Ac.:ionisla:; del Bunco Cenlrai-Presenlc¡¡. En la última de vuestras sesiones ordinarias os informó mi ~tntece­sor sobre lp marcha y los productos de las Rentas que maneja esta Ge­rencia, hasta la fecha de vuestra reunión, que• fue el día 1.0 de Agosto del ailo próximo rasado. Hoy len~o e honor de dan•s cncnla ele la manera como cstns Ren­tas han contanuado adminislránrlosc, y de los rendimientos que han dado en los cinco meses comprcndiolue- l'llln~ aquella fecha y el 3' de Di­ciembre pasado. En vi1tud de un contrato cdcb1·ado entre el GoLicrno y el Danco Central, clcl cual ya teníais conocimiento, pasaron á la Administración de esta Gerencia las Aduanas de Araucu y Orocué y las Salinas de Cu­mnral y Upín, en CU)'a rcorganit.ación st' está trabajando uclivamentc, y se devolvió al Gobierno la admi,listraci<'lll ele la Ca!>A de Moneda Las cuentas de esta Gerencia, por l'l manejo de las Rentas, han sido constantenwntc exarninaJas por la Junta Directiva del Establecimiento, por el Sr. 1\evisor dt•l llaneo, por t'l .\gl'nlc Fiscal del Gobicrnsos, y que voy á permitirme copiar para vuestra satisfacción, porque son una valiosa V07. dt~ aplauso para mis compai\eros de laiDr en el país, y son un tcstimon io de los méritos de la obra reali;r.ada por los notables estadista-. que me precedie­ron en este alto cargo. Dice así el Sr. Superintendente: "hoy las cuentas de las Hentas Reorganizadas son modelo en su clase, tanto por la corrección y claridad con que se llevan, cuanto por la exllc­titud de sus datos y la puntualidad con que se rinden. Esto ha hecho que la Corte ele Cuentas haya fenecido sin reparo alguno las del Banco Central como Administrador de las Rentas, desde su instalación el r.0 de Mayo de J 905, hasta la del mes Je Noviembre próximo pasado, que es la última renciida. La Gerencia de las f\entas Reorganizadas, que és una sección del .Banco Central, es eo sf una vasca institución que tiene extensas y nu­merosas ramiflcariones en todo el país, y grandes intereses á qué aten­der; está organizada con gran tino y corr~cción hasta en sus menores detalles. Estas f\eotas, cuyos rendimirntos antes de nacionalizarse pue­de decirse eran nulos, hoy reglamentadas y administradas con orden y método por el Banco Central, forman una entrada respetable tanto para el Gobierno General como para los Departamentos, con los cuales se re­parte t>n proporciones rquitati vas." A conllnuación os expongo cuáles fueron, durante estos últimos cinco meses-de Agosto á Diciembre cid año pasado-los productos de las Rentas que he tenido á mi cargo: RENTA DE LICORES NACIONALES. El recaudo del arnndamiento de esta Renta ha producido la& si-guientes sumas: En Bolivar ....................................................... $ En Atlántico ...................................................... . En r.Iagdalena ............................................... .. En Tolima ......................................................... .. En Huila ........................................................... . En Santander y Galán .................................... .. En Cundinan1arcn ............................................ .. En Quesada ...................................................... .. En el Distrito C;~pitnl ~ .................................... .. En el Cauca y las re~ioncs incorporadas á los Departamentos de Antinquia y Caldas ................... . En 1\ariño ........... .............................................. . En Boyacó y Tuudama ................................... . 102,540 .. .. 47.520 .. .. 32,500 8r,65r 31,165 01 go,ooo 46,500 20,500 ... . 53· 2 5° ... . 174,994 '9 52,800 .. . r8,4oo ... . Sntna ......................... ............... $ 751,820 20 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANiZADAS 859 En el Territorio del Meta t•sta Renta, con la de Dt•gücllo, arrenda· da con cllu, ha produci Jo S 12.948 oo. Los arrendatarios han sillu puntuales en rl paao de su!' contratos, con pocas exrcpciones. El 3 r de Diciembre h>s sal3o~ á cargo dt~ ellos eran Jos siguientes: Por Boyacá y Tundama, el Sr. 1\lanucl Escalante ............ $ 6,goo En Cundinamarca, l~•s Sres. Jorge 'Vcrgara,Luis C. Nit•to ,Y AlfonRo A rango.. .. ............................................................................. 48,ooo En el Distrito Capttal, el Sr. Roberto Tobón ........ ............. 15,300 En Quesada, el Sr. Jesús 1\!. Tobón........................................ 4,100 En la Provincia de Popayán, del Cauca, el Sr. Leopoldo ~\ngcl.. ........ ,............. .......................................................... ............... 2,8oo En el Tt·rritorio riel ~lctu, el Sr. Fidcl Rey~s 1\l ......... ....... 1 ,ooo Total. .......................................... $- 78,100 En el semestre pasado tuvo lugar la licitación para el n·matc de la Renta en las Provincias de C:aldas y la Plata, del Drpai'lnmenlo del Ca u ca, que se licttaron de nuevo por quiebra hecha del remall· anterior, y en los Departamentos de AnLioquia y Caldas, en los cuall's t~rminó el 31 de Diciembre pasado el contrato de arrendamiento qu·· tenía cele­brado la Gobernación del Departamento. Las dos ProYincias caucanas se remataron, respectivamt·ntc, por las sumas de $ 500 y $ 410 oro mensuales, á partir del 1.0 de Octubre del año pasado, en cuya fecha se hicieron cargo de ellas los '"'~'· os remata­dores. En el Departamento de Caldas se remató la Renta por el precio mensuAl cie $ 13.000 oro, que fue debidamente asegurado. En el de Aotioquia se celebró el remate de la Renta en Mtdcllln, · en los primero-; cuatro días drl mes de Octubre, en una int,~resante lici­tación á que concurrieron postulantes de todo el país, y que interesó vi· vamcnte á todos Jos círcu los comerciales y capitalistas de aquel Depar­tamento. El aforo señalado como base para el remate, fue la suma de $ 3o,ooo oro mensual, r~par idos enLre las diversas Provincias que constituyen aquella sección. Por virtud de la lucha que se suscitó entre Jos Jicitador~s, el precio del remate subió á la suma nwnsuul ele $ 65,050 oro, habiéndose dupli· ca.lo el de ca'ii toJas las Pr,,vincia.;, y triplicado el ele alguna de ellas. Las causas de esta exagerada rlcvación del precio del remate bao sido examinadas J comentadas por la prensa, que, con interés, ha estu· diado lo rciH ti vo á este negocio. Adjudicarla la Renta, de ncut•r·do con las leyes r¡uc rigen l'l asunto: ~uecló dueño de ella un grupo de licitadores pcrtenccitmte á lo m~s no­table del comercio ele Anttor¡uiu, que en su mayor pnrte por pruncra vez t•ntran en nr¡;-ocius de l'~tu naturnlct.a. Pero al trator ele nst•gurar la 1\cnta, '/terminado el cntusinsrno impetu11so de los cllas dd r~rn&te, comprl'nclreron los adjudicadorc!i d ~rave error cometido con lu tncon· sulta opt'ración, y se pusieron l'll difi cultades de hl\ccr el asl'gnro. Comprendió también el Gobierno de ~\ntioquio, al cual pertenece en su mnyor parle el producto cle esta Renta, después de nn detenido estucliu sobre el pa rticulal', e¡ u e no era lo adecuado el proc~der ó hacer Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 86o BOLETIN DE LAS REN fAS REORGA.•dZAO.\S ---- ~~-~-- efectiva la quiebra de la 1\entu, con l.t cual op~ración habría lleudo á la ruina multitud de familias antioqueñas, produciendo un prohlema fi­nanciero en aquella sección de la República, y dl'signó corno sn repre­sentante en esta ciudad al Sr. Dr. Rrniliuno Isaza, quien celebró un contrato con los rcmatadorcs, que fue Hprohado por d Gobierno y por el Banco. Por este convenio se fija un nuevo precio para el arrendamiento de la Renta, que tiene por base el proJ ucto fJ u e ella hd dado r cada piel, St' t•ncuenlra rtnc á las arcas de lu'l l\entas Reorganizadas \'Ít~nen á cnlrur dos p•·so~ treinta y cuatro cen tavos oro por cada nna qnt' t•xporln. Depende esta ;uninorucil)n dr.l rrsultado dectiWI 1lc In f\~:nta, en su nuyor parle, ele la diUcil siluaci,\n qnc atra­viesa el comercio tlt•l artículo en las plazas c.xlranjcnt!'. En tanto que el consumo de Jos cueros disminuye diarinnwntc en los ccnll·o-. industria­les en serias proporciones, la cnsis financiera que~~· ha ch·je.lo sentir t•n Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 862 BOLr:TIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS - -- ~- - ------ los principales mercados del munclo, retrae los capitales tle su inYcrsión en arliculos cuya salida no es inmediata .. La venta de cueros para la industria naciona l ha reportado una entrada de $ u r ,!, 68 oro. El 3' de Dtciembre hauía para la venta l'n poder de la Casa á cuya consignación se están enviando al Exterior las pieles pcll' orden del Go­bierno, ó dl'spachadas de nuestros Pm•rtos )fadtimos con destino á aquélla, r 2l,g6o pieles. DERECHOS OE PUERTO Y OE EXPORTACIÓ:i. Las Aduanas de la República han remesa lo á esla l~crencia la suma de S 38,543 go por derechos ·le Puerto, y la de S g,g8l 88 por dere•hos de Exportación. SALINAS \HRfTDIAS. El producto en estos cinco meses de la Renta de Salinas Marllimas subió á la suma de$ 221,616 99 oro, que da un promedio mensual de $ 44,323 19 oro. La Gert•ncia está explotando por medio de sus Agentes, con gran ­des economías, estas fuentes de riqueza, y tiene ya e1 los almacenes de la Costa ALiánlira, de Santander y de Antioquia una fuerte existencia, suficiente para aba..,tectr el consumo. RE:\TAS \'ARlAS. Por valor de intereses de demora cobrados á los rematadores, por venta de aparatos de destilación, alcances reintegrados, etc. etc., ha en­trado á nuestras cajas la suma de ~ 6,722 72. Durante rl tiempo á que est e mforme se refiere no ha sido recibida suma alguna por arrendamiento de las minas de .Marmato y Supla, por las cuales se a leuda á la Gerencia la suma ele f. 4,8oo, ni de las de Santa­na y La Manta, por las cuales se le adeudan f. 2,ooo. A lo s arrendata­rios de estas últimas concedió el Ministerio de Hacienda y Tesoro un plazo de seis meses para el pago del contado que ha debido cubrirse el J 7 de Octubre último. Con los de las de Marmato y Su pía está el Go­bierno en v/a de celebrar algún convenio, según informe verbal que á esta Gerencia dio el Sr. Ministro mencionado. Los gastos causados por la recaudación de la Renta de Pteles y por la preparación, transporte y aseguro de éstas, asciende á la suma de S r6!,, 712 4o. Les gastos en la Administración de las Sa inas, en su explotación, en la movilización de las sales y en su empaque, asciende á la suma de $ r4g,o•4 81,. Los gastos generales de recaudación de todas las Rentas suman la cantidad de$ 175,249 6g oro, que llega á ser el 7 por ciento de los pro­ductos brutos de ellas. El Banco Central está autorizado por un contrato celebrado con el Gobierno, para in vcrlir en el manejo de las Rentas hasta el 10 por Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ .~'\I~~IOIJ :pn!ICI.a,clOII. Se ha hecho, paes, una eooaomla cuyo nlor 7J,ooo oro. La Gerencia ha celebrado, eo nombre y por cuenta del Gobierno, en Mloe ciaco meses, cuarenta y cinco contratos con los duefio 1 de aparatos de datilacióa qae estaban sin indemnizar, por los cuales ha pagado la Tesorerla General de la Repóblica la suma de $ 42,48o oro. Los apara­tbl' -etc., ele. que fueron materias de estos contratos, estaban avaluado1 ¡JcJr la mma de $ 95,052 oro. He procurado enteraros del manejo del Ramo que está á cargo de •tá Gerencia, del modo toás conciso y m6s claro posit)le, y_ me he referi­do úoicamenle á loe ci:nco meses que van de Agosto á Diciembre del do ~do, por haber mi antecesor comprendido en.su mforme el mee de JUlio, y ser más conveniente para la uniformidad de estas exposicio­aes, el que ellas se contraigan al mismo tiempo á que el informe del Sr. Gerente del Banco, que se refiere á Jos semestres bancarios, de acuerdo coa los Estatutos. • .En resumen, por las Rentas á mi cargo el Banco ha recaudado las III'Uleotes solDas: Por la Renta de Licores Nacionales .................. $ Por la Renta de J.icores Extranjeros ................ ... . Por la Renta de CigarrilloP ................................... . Por la Re,n,ta de Tabaco ....................................... . Por la 1\enla de FcSsforos .. ..... ..................... ........ . Por la Reata ie Pieles .... ....................... ............... . Por la Renta ele Timbre Nacional .... ................... . Pl)r la Reata de Derechos de Puerto y Expor- &aoicSb .,. •• 1 41111111111 1111111••••• ••••••••••••••••••• •••••••••••••••••••••••• ••••• Por la Reata de Salinas Marítimas ...................... . Por Renta• V araas ................................................. . 48,&26 78 221,615 99 6,722 72 Suma ...................•............ .......... $ :a.478,8o3 77 Creo cumplir con un deber de cstricla justicia, anles de terminar Cl&e informe, hac;er constar que debido principalmente al apo ¡o decidido que el Gobierno del Excmo. Sr. General Reyes ha prcslado á todo Jo que 1e relaciona con las Rentas Reorganizada~, ésta11 han podidu alcanzar la orpnización que hoy tienen, y cuyos resultados podéis apreciar por el presente info~me. . . 81 tambu!n la oportunidad de mamfclitar que la Gerencia se halla 18lisfecba por la manera cor ·cela como los empleados de las 1\entas han 11bido cumplir con su deber. Seftores accionistas. El Gerente, SALYAt>OI\ F1urcco Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 864 BOLETI~ DE LAS RENTA~ REORGANIZADAS CONTRATO NUMERO t DE 1908 (21 DE t:l'\F.I\0) sobre provisión do moneda de nlquel al Banco Central. Los suscritos, á saber: Félix Salazar J., Gerente del I3anco Central, por una parte, debidamente autorizado por la Junta Directi ... a del Esta­blecimiento, y Tobías Valenzuela, Ministro de Hacienda y Tesoro, debi­damente autorizado por el Excmo. Sr. Presidente de la 1\cpública, por la otra, han celebrado el contrato contenido en las siguientes cláu~ulas: Articulo primero. El I3anco Central se obliga á recihir del Gobier­no las cantidades que éste entregue en moneda de níquel, para emplear­las en cambiar por sf mismo ó por medio de sus Agentes, á la par, los billetes deteriorados de edición inglesn. Art(culo segundo. El níquel que se destine para el cambio en los Departamentos será entregado en el lugar respectivo á los Ag~"nles ó sucursales del Banco. Articulo tercero. El Danco devengará una comisión Jel uno por ciento (r por too) por las cantidades de billetes deteriorados q_ue pro­venientes del cambiO entregue á la Junta Nacional de Amortización. Dicho porcientaje, que se liquidará mensualmente, representa la re· tribución del trabajo material y de la responsabilidad que al Banco acarrea la operación del cambio. Articulo cuarto. Este contrato principiará desde la fecha en que re­cibió el Banco Central la primera partida del níquel. Anualmente rendirá el Banco al Gobierno la cuenta de la operación de cambio veri­ficada en el año. Artículo quinto. El Banco irá entregando :i la Junla Nacional de Amortización los billetes deteriorados que ,·ayd recibiendo, para que ésta proceda á su incineración inmccliata. Este contrato necesita para su validez de la aprobación clel Excmo. Sr. Presidente de In Hepública y de la Junta Directiva del Banco Central. Bogotá, 1 1¡ de Enero de 1908. Ton/As V Ar-El'ZUELA-Fhl.lx SALAZAI\ ,1. Poder ~¡eculit•o . \'aciollal.-Bogotd, Eru.'m ·> r de 'floR. Aprobado. R. REY~S. El Minjstro oc Hacienda y Tesoro, Toni \S V .\LJ.NZl r.LA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. O.rttncr"a d~ /a1 R~nta1 R~organi­• adtu.-Bogotd, F~rt!ro 1'! de l9fJ8. La Gerencia de Rentas, debidn­-. ente autori~ada y_ en considera­qCSn 4 las dificultades que se pre­llelltan para atender á la adminis­tración y organización de las Ren­tas Reorganizadas ep nJ!(,mos Mu­niciP. ios muy distantes de las Pro­vincias de U:abá, Atrato y San Juan desde las cabPcerasde los res­P. eclivos Departamentos, y n que ilesde la capital de la Intendencia del Chocó, donde residen las auto· ridades civiles ae ]a región, es más ficil l11 administración, RISUBLVE: 1.° Crease en la Intendencia del Chocó y_ con residencia en la ciu­dad deQuibdó,.unn Administración de las Rentas Reorganizadas con lu atribuciones y prerrogativas .de Administración deparlameatal, CO~I\_aesta de los Municipios de Quitidó, Negué, Pueblo Rico, Ba- 1__a4ó, Tur6o1 Riosucio, Murindó, Tldó, lstmina, Condoto1 Nóvita, Sip_!, Baudó, Litoral y San NicoiAI de Titamate. 2.0 Se¡rqase de la Administr:l-ción departamental de las Rentas de AulioqiJia y Caldas, Jos Muni­cipios de Turlio, Riosucio y Murin· d6; de la del Departamento del Cauca los Municipios de Quibdó, Ne¡ué, Bagadó, Tadó, Litoral, 1st­mina, Condoto, Nóvita, Sipf, Bau­dó, Pueblo Rico, y de lader Depar­tamento de Bolívar el Municipio de San Nicolés de Titumate. ¡s.0 ar personal de la Adminis­tnción de la Intendencia del Cllo­c6 se compondrá de un Adminis­\ t•dor General, que sera\ al propio tiem~ A¡e.ple del Municipio de QuiMó, con cien peiOI de sueldo; un O&ciai-Contador-Cajerf', con cincuenta ~· de sueldo, y un Guarda-Escribiente-preparador de pieles, eon treinta JM:SOS· 4.0 En los Mumcipios q_ue com­ponen este Círculo admimstrativo, sólo .brá Agentes municipales y se prescindirá de Administradores provinciales. El Administrador de la Intendencia propondrá á la Ge­rencia las asignaciones fijas ó even­tuales que deban senalarse 4 los Agentes municipales, y mientras se resuelve sobre esto se les reconoce­r'n las que hoy tienen. 5.0 En la Intendencia sólo habr4 un Juzgado provincial de Rentas en lo que se relaciona con las Ren­tas Reorganizadas qu~ no estén arrendadas, 9ue dependeré del J uz­gado Superaor de Rentas del De­partamento de BoUvar y tendré su residencia en Quibdó. 6. 0 Las pieles de aquellos luga­res donde !lO haya contratos para preparación y transporte, sera\n en­viadas al Administrador departa­mental de Bolívar en Cartapa, ;¡ el envenenamiento y preparación de ellas para )a exportaci6n estar4 á. car~o del Administrador General en Quibdó. 7! Suprímese desde el día último del mes de Marzo próximo el Al­macén de Expendio oficial de sal establecido en Quibdó. 8.0 Nómbrase Administrador de las Rentas en la Intendencia al Sr. WoJfram Blanco\' Oficial Contador Cajero al Sr. EmÍiiano Rey. Se au­toriza al Administrador para nom­brar el Guarda-Escrihi,.nte. g. 0 Al Visitador departamental de Bolívar corresponde hacer las visitas de las Oficinas de las Rentas en la Intendencia. SALVADOR FnAl'iCO. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 866 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS CUADRO que expresa el número de procesos que han cursado de .NOMBRES VI!CINOAD &DAD &STADO I'ROFI!SIÓN l'I.AUD& 1-:----------------- 1----l----·---1---- 1 Jcs&$ Velusco... .• ...... .. . . ... Puelenje • 34 aftos. Soltero. Agricultor.. .. .. .. 2 Martina Pajoy ................. Popayán • 36 , Id ... , Oficios doméstico• 3 :arlos ~[arlanez...... .. ...... ... Puracé..... 40 ,. Id Agricultor .......... . 4 Nepnmuceno Chantre .......... Popayán ... 44 , Casado.. Id .............. . ¡ Brana Mora ....................... , Id...... 37 ,. Id ... Ofictos domé•ticos. S Patricia Sánchez... ............ ... Id .. ... 40 , Viuda ... ¡ Id ............. .. 6 Sofía Luna .. .... .. ...... .... Id...... 30 ,. So tera. Id .......... .. 7 Antonia !\farrinez ........... 1 Timbio.... 38 , Id... Id . ........ .. 81 Avelina Paruma .......... ...... Popayan.. 24 , Id .. Id.... ...... .. . 9 Fi Jeligna Ya01én .............. Tambo .. 28 ,. Id Id ...... .. 10 1 Herm >genes Pardo........ ..... Páe~ .... 48 , Casado.. Agricultor ........ . 11 Francisco ')abmanca .......... !Santander 25 , Soltero .. Ntgociante ..... . u Tr•nsito Zomoza Garcla ..... Popay¡n .. 22 ,. Id ... Oficios dom~sticos 13 M trcelino Noguera ...... ... .. La Plata. 40 ,. Id Negociante... . ... 1 B:lisario Castillo .............. ¡ Id ..... 36 ,. Id... Id .............. .. Mana del Rosario Suirez ..... 1<1 ...... 31 ,. Id .. Oficios domésticos 14) Dolor ·s Hurtado .............. Popay;i.n .. 32 ,. Id.. Id .............. .. Francisco A. Hurtado Ante... [d ..... 36 ,. Id . Zapatero ............ . 1 Sj Ftdela Cald ..... S 20 oro .. J meses ... El S:tlado.¡ S JOO oro. 6 me~cs. Pop.t\'Án .. S 116 oro. IJ ..... 1 $ 20 oro.. 2 me1c .... L:~. i'bll .. , S z6 oto. . 3 mc:s~• ... IJ . .. S t 36 oro J 01e~cs .. Id ..... S IJ'S oro. J mcsc1 ... S -¡o oro .. $4 oro ... $40 oro .. $10 oro .. $116oro. J meses .. 1 k roeses. 3 meses ... 3 meses ... S 20 oro .. :z meses .. . 8 165 oro 1 J meses .. . S 165 oro. 1 J meses ... ! S 165 uro. J meses .. . • 1 Pop'ly.tn •.. 1 S 6o oro... J meses . Id... .• S S oro. . J meses .. . L\ C.hrhra ... S 1So oro. 3 meses ... $ t8o oro. J meses. Popayán .. 1 S S oro .. ·1 ... ... .. $S oro ... Tamb '· , . $ 8o oro . J meses ... S 8o oro .. Popayin "\S 140 oro J meses S 340 or~>. Caliblo .... ~ 20 oro .. ' 3 mese~ .. S 20 oro. Puracé. .... i :S 200 oru. J mtse> .. S 200 oro. Poblu6n .. t S 100 oro ... ... ... · . J meses .. 3 meses .. . J meses .. . J meses .. 4 meses ... Palacé ..... 1 $25 oro . 1 4m~:.~ s "1 $ 25 oro .. Cocon~co . S ; oro.... • .. .. ... 1 $ S v ro . YulumJto, S 72 ocp .. 4 me•~• . $ 72 oro.. 4 meses Coconuco • $ S oro.... . . . . .. S S oro .... ld ...... S S oro ... ' S S oro .. Helechal . S JO oro. . Se: DCil.•ron irrc:gularid .:de$ BoJi,·ar ... $ 1 S oro ... l' 10 mes:~ .. ~ a 10 oro.. .. . 1 S.ut lnran¡ . .... .. 1 me, .... ... 1 me;.. .. Popayán... S 30 or:>.. 1 m •s .. , 1 $ JO oro.. 1 mes ... ¡ Xovicmbre 22 ..... . Id ... .. .. ... . IJ ............... . Id. 21 ........... . [J .. .. Id. 22 ..... . Id .... .. Id. 2J .......... . Id .............. .. Id .......... . .. . I>ic~~~~-~~ .. ~.:· : ·: :::1 I.J. 10 ...... . Id. 3. .. ... .. Id ............ .. Id .............. 1 Id s .............. l Id ............. . Id ................ . Id. 9 ....... , .... . Id ............... .. Id. 10 .......... .. Id. IJ ........ .. Id. 19. ld ........... .. IJ. 21 • • ... . Id. 23 ......... . Jd ................ . Id ............... .. Il ............... .. Id. 27 ...... .. Id ......... .. 11 ................ .. Id. 2J . ...... .. Obre. 1" Id. 2. Id. Id. -4· Id. Id. Id S· Id. ld. 6. Id r~ 9· Id Id. IJ. Id. lJ. Id. Id. 14. Id. Id. 16. Id. t8. Id. Id. 21. Id. 23. Id. 26. Id. 28. Id. Id. Id. Id, JO. Id. Id. Id. Id. JI. Id. El Ju~z Sup1rior, ALIIJ ,\'!URO V&t .. \sQURZ-El Secretario, ÚMtd3 Nbl'e. 5! Camilo Duque . .... ... _1 P:kora ..•. , !\lnrmato... , •. 26 Enero e} t::vangehsta Guev:mo ,. l>oonri .. oo ,\loreno .:. Hio,ucio .. Rio,..ucio .. ¡' Leopoldo CarvajaL ..... !\lnniz111e.,. Maniznles. 8 D omio~o GiL.. ... .. . ., .. .. , .. .. !l J osé J\!lguel Trujillo .... Sal11m ioa ... , Sa lamina .. . 10 F lorentino Cardona .... Mnni.wle~. l\lani7.ales. 1 1 Francisco Idrobo, :lhtr-co A. Correa y Nepo-muceno Girnldo .... . , .. 10 , \IJril , " " " J 1 !) !libre. 6 Nbre. a6 Agosto 13 Dbre. '9 Nbre. 12 Sote ro c;:.r í11 ••••••••••• 1 H--lulcñ1a r. Behllcáu.r. Licores .. '3 Spbre. '31 J osé _111. !\!orales, Ata-nas• o Bueno y A 1 e-jnndrioo Gu apacha .. ni o~ucio . • Riosucio... ,a May o •4 Felipe llt>l'crta •.••• ..• '51 Arccsio Gondlez ..... . 1 P cn·irn .... Riosucio... , 4 p.,.;, ... ·1 T•b"•··¡" !\lani1al• '• Diciembre 31 de '907· Obre. Obre. ,, . ~ H •• " , . . . El Juez, Lr.Of'OI.DO s.\LA7.AR G. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~OLETJN DE LAS RENTAS Rl~ORGr\i':IZAt•:\S 869 UHO en P.l Juzgado Superior ele R entas, durante el mes de Dici~m 1907. ~ -- ·- ·- t.HADO Of,l. JUIC IO 1¡•¡; ,,-,\, l'll'UF.STAS ttS ESTA OF!r.ISA. 1 f.S 1. • ISST.\NCIA. ~ ... < :; ~ ~ ;:: e: "' ~ ~ ., .. "· o ü ~ .., • == < .. .., ~ ~ g ISICIACIÓ:C, :r. 1 ., - ----- ~----- -------.----- Sentenciado 10 ObrP.l Fnt•llh-.ueho ....•. ~ li-:u oru mla.\ Contiulla ... Juzgado Rt:us. gn ampliación. (Se 1 • devolvió).. ......•. 2 me~<'~ n. y S 2 m.,............. Apelarión. Tda. Politicn. t:n nmplinción. (Sel 1 devolvió) ......... Bednya 1 ;.ño al'rl.) Cnlle $ so multa, 1 2 mcil'S nrresto... . . . • . • . • . • . . . . ,, . . . . • . , Sentcociodo 14 Obre. Se declaró nulidRd .. 1 ........................ Juzgado H.tns. Sl'nlrnciado '7 Obl'c. S 6-6o multa y pcr· didn 2 kilos ...••. C11nfirmndn .. . ,, •.•... Ale. Marmato. 1 ,. • . . • • . . . • • . • . • Gucvnra nbsueltn y Moreno pérdi d n Jc 7 kilos . • • • . . S 8-36 oro mta. pérdida taba­co y Guovaro $4- 18 oro •. Jp J msa!l 1. Al e. Riosucio. , •..•.......... Se sobreseyó ...... Anulada .•.... Consulto ... Juzgado Rtas . ., •••••• •• •• ••• • 1 Absolw.toria. ...... . Confirmada.... , . · ·• • • , Sentenciado 20 Obre. S 93-38 oro multa .. Pérdida 119t k. . $ ro8-80 mt. Apelactón.AJc. Prvcial. Scntenciodo 24 Obre. Se !IObreseyó ....... Confirmada ... . Conaulta ... Juzgado Rtaa. J•:n 11npliacióo. (Se devol vi ó) ........ . Seoteociodo 28 Obre. Sentenciado 27 Obre. Senteaciado 28 Obre. lll robo pérdida 9 o. tabaco, ii m. o. y $ •u-•4mta. Co-rrea, GiraJdo nbts. • • • • . . . . . . . • • • Jp. J toualfa.. ., 2 m. arre5to y $ 50 multa . •••...•.. 2 m~ arresto y S 2 multa .. Apelac ión. T cia. Política. Pérdido de una pai· In, 3 meses arres-to y $ soo mul ta. Confirmada .... 3 meses arresto y · $ 8o multa ...... . Confirmada ... . " " " Se radicó en e l libro 1 reepeetivo ... .. .. . Abaolutorio........ • • • •• • • • . .. .. • Consulta ... lo sp~ Policía. El Secretario, IDadtilao P,'san~. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 870 BOLETIN D E LAS RENTAS REORGANIZADAS CUA que m1nifiesta. el estado de los negocios que cursan en el en el mPfi de ---- - ==========~==~========~==========7===~- ~1 IVFCJ!'>D\0.1 o NOMBRES OfiCIO 1 1 tRAUI>E INICIACIÓN. ~ 1 ~ Dutrtlo. ~ C• 0 ~ ~ -----------, !DOJ I ____ ---------::7-- - l José María Montano .......... 30 Agricultor ....... Totor6 ...... Pieles Mano 26. 2 1 Segundo Tombé ........ . ... 25 Talabart~ro .. Sih·ia ...... 3 Manuel J. Tombé .............. 31 " ,. " " " 4' Pedro Acbipiz ................. 25 Agricultor ........ La Plata .. Tabaco .. Septbre. 20. s' Enrique A costa ............... 35 Artesano .......... 3· 61 Dolores Joesnó ................. 28 Tabaquera ....... " " J O 7l SilvC'>lre Yustre .............. 21 Jornalero ....... Carnicería~. Octubre 1· 8l Celestino Orlix ............ t 8 Escobr ......... . 9 A 1r¡el Ma.na Tocoro1 ......... ... La Platol. Junio t 8 10' Zacari:l~ Ardila. ............... 40 Agricultor Carnicerías Octubre 7 u' José Quinter o ................. so La Plata. 14 ¡ 12 1 Pablo Castro... .. .. ........ 25 1 • Scptbre. t 6. 131 Rubén Henr:quez ..... 33 Curtidor .. Silvia ...... Pieles ... Octubre 25. 14. Teodora Ortiz ............ .. 40 Negociante ....... La Plata ... Tabaco. Marzo 25. tS Concepcién Collazos 6o Oficios de casa .... Paico!. " Octubre (2. t6 Cefcrino Ceballos .. . • . . . 3S ¡\egociant ~ ..... ... La Plata . . Piel e• Junio 14. 117' J es •Js Oro xco ... 0000 ........ ... 26 Curtidor ... Cajibío .... .. Octubre 28 . 18 Af&po vuu1ca ................ Nata2a .... Tabaco .• 24 19 Gracian, Cbimbaco ............ Sani~nder 1\~,·brc. ]20I Miguel A. Tobar ............... 25 Negociante. 1· " Goill.,mo VolU«> ........ , . . . 1 22 .. 22 Francisco S alamanca ........ 27 .. 6. 12} Juan h-f.uia Caicedo . . ... .. Hacendado .. Po¡>ay.án Pieles ... :os. 24 J osé P.uedcs ............ ...... 1 Agric~l¡~·~ :: ... . :: Ccconuc? ... t .o, 2S uoni las Gutm'n ............ 36 26, José D. Vásquet ............ 35 :'lócgocian•e ..... .. ,, 27¡José lJ. Molenfe .......... 34 Agriculto r ... .. ... • 28 Venedo Quid ....... ....... .. . 1 N~goci~ ~·te · .... . : ·1 Pop~yán. lli~bre. 291 I.saac Ordóñct ..... .. 40 7 o Manu el l· Paredc$ ........ 48 Agricultc r .. Cocoouco 1'\o' bre l .o 31 Espíritu anto Valderrama ... 40 " tt Jesús M. Valencio1 .. .... ..... ¡ 25 .. José Rincón . ............ ...... .. 35 ,\gric~hor .. ...... Salvador Paredes .... . so 3S Nepomu ceno V~olencia . ...... 21 36 1 TeoJuli:l Guxm6.n .......... . . 40 1 Oficios de cas3 ... . Popayán. Tabnco. !Jicbrc. t 6. f.'' Cum" R•m l' "····· ········· · 40 .\gri cultora ...... La Plata ... Pici;, .. 1'\o' bre 9 8 Luis Rfos ... .. ... .............. ••. , Curtidor ..... .... Sil-wia ..... Octubre 26 . 1 E • Q .. Popayán .... IJicbrc 27 .1 l 9¡ •nnqoe Ul)ano . ............ .. ······· ··· ···· ... ... . :.X Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 871 DRO Juzgado Provincial de R enta!J Reorganizadas de Popayán r Diciembre de 190'7 ~--------- -------- PECHA 111 P.SIAUO Ot:r A~l!~fO, < DEL CARGO !:; TRAUDF.. OllSERVACIONl.S ::> 1 ::¡ Sol•l• J ... ::~¡ Para mclag:u-.-.-.. -.. -.-:~~·: '' bolib<>d=b•"• P"' bp=•l~ :!\'bre. 12. Aclarado responsable &tudio del !'r. Ju~z 30 I·'allado 10 Pagó la multa. l.a Plata ... Sb;e. 20 1 Aclarar responsable... En comisión :1l Alcdde de I.n l'lala • ., ,. P.ua resolver .. .... .. E5tudio d 1 ] uez. ,. Nbre. 8 Pídiósc pruebas......... Un comi~ión al Alcalde de La Plata. Carniceríu 4 Fallado .. ... ........ . S Se m·md6 a l Alcalde de Carnicerías ., Carnicerías. Ocbre. 17 Pidi6se pruebas ..... . 1 3 Plata.... . • . ... ... P:tr,\ indagar... .. . .. 1 J.a Plata... ,. ,. Fallado .............. . " Sbr~. 17 " Patico... ... ,. 20. .. Silvia........ Obre. 2S 1 l.a Plata. . Junio 61 Paico!....... Ocbre. 15. Cajib(o .................. l'•r.a tndagar Nataga ...... .., ...... 1 .. Pop~yán , ... Nbre. 11 . Fallado 7 .. . . ..... ·1 " ,, JU. Sshia ...... w ,. 3 Par;, recibir prueba~ Coconuco ............. ~ , En ampliacihn. , .•• ,. Ubre 13 Fallado ... ... .. ...... .. ...... ({ecibir prueb.u ... . Popayán .. Dbrc. 7·1 Fallado... .. . • ... .. Coconuco... ,. 26 1 )•ara rcsolnr. .. • . 13 ¡t~allndo ........ . •3· IJ. IJ l'opayáo • ,. 16 1 l.a PlatL... Nbre. 16. 1 l'ara Silvia........ ............... Para Popty,n .... , ............. .. ~'csol,·cr ... ..... . indagar ........ , 1 p:na notificl\r. S <;e mandt'> .11 Alt:llde de Cluuscuias p~ra notificar. Se libr·~ crden para Cl'plurarlo. Se ordenó ampliar dilieeacias. I S Notificar respunsablcs. Alcalde de La l'lata. S , l\otificar respons.tblcs. Alcalde de La Plata. 4S 1 F.n arelación Juu Superior. ... L'umpliendo 9S dhs de arresto. S Pagó este mes multa. Arcbivó!IC. 10 , u n n j l\o 'e :~a rodido:~apturar . 3S Pa¡:ó en este mu la multa. AKbh·~se. JS 1 Pa¡::1n'do .116 ~¡~~arresto. Co~ftrmada / Jutz ~upenor, 1 1 I·.n ampliac.són. 1 Fn aHriguación responcl:lcsón J uer Superior. S 1 Confirmnd.l J ucz Superior para notifi­car sentencia. 1 1• n D' eriguación respoosable. S Pagñ multa y se arcbiró. ¡ l·.studio del ) ucr. S 1 Confirmadu J u u Superior para Dlltifi. car. s Fn apel:lcíñn al Juu Superior. s Conhrm a•h p:tn notiticula. S Se dio a\isool Sr. Administr.:tllor rr.)· \Íott:s:l. S Se din a'·iso al Sr .\llmini•tr.aJor Pro. nnci~l. 5 Pa¡:6 t n n nesto. Estudio del J ucz. Esclarecer responsa bit. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8¡..! UOLETIN OE LAS 1<.1< .. ~ I'AS REORGANIZADAS ---=---:====-ce z w Q "' \'t.(.l :" ,, \[> -~ l':O~IBRES. : nt ll t•• 1 RAt l•t ISICIACh s. ,;1 ~ .~ ~ ----------- '1 1 ~o1 llonori? llenao... • ... . t J nao Vásqu~z ............ .. . 2 Jhfad V.1lencia P . . ... ... . 43 ,\nita l{incón ..... · .. .. .. t;:;: Car01cn V ásqu~z... .. . . .. .. J45 Mercedes P d~ Pura.. •. 1 .¡6 Grrgorio V'squ~t.. ...... . 471 Leonardo Prado .. ... ..... • · 1 ¡48 Lino Valencia.... .. .•. . •. . 'J9 Froilán Sánchez. ........ . . so J , é D. Saluar ... .. . . l!ol• /JIIInfo · ~o;. t';oli Tal•,cu. llidH~. :14 t uconuc~• .. ,. "1 .. jS • ~ J;~ime Prado... ·· • ·· · 1 52 Inocente U rblno .......... . . 53 Martín 1\[anquillo .......... ·· S41,Juan Antonio Serna...... •. . .. 1 .... .. . ::·: ·¡ l¡ss Alciblades Z'lmbrano ... ... . ¡S6 José Avelino G&lvis ..... .... . ·¡~· . .. :: ...... · . ... ·.: :¡ .. . ... . .. -="------ v.o B.o-El Juez, Jos á l\l.HÍA GuTthRF.z. P.-Ricardo Vtlauo Z. Secretario. RESOLUCION sobre examen de cuentas. Gerencia de Rentas.-Boqotci, Fe­brero 1'? de 1908. Para el examen de las cuentas se procederá de la manera siguiente: Recihi Ja una cuenta y una vez anotnt.la en el libro respect1 vo, será estudiada minuciosamente por el At~xiliar correspondiente, para lo , cual se hará la comparación de ca­da una de las partidas que figuran P.n ella con d comprobante respec­tivo, anohlrt\ las observaciones á '[UC haya lugar y formulnrá rl au­to, el cual firmará con el Contador, una vez que haya sido aprobado. Dictado el auto, se copiará en el libro respectivo y se sacarán 1 res copias de él, de ias cuales un:-. se remitirá al rec;ponsahle, otra ;í la Corll' (le Cnr-nln-; c11n la cu••nlrt y la otra será publicada en el BoLr.­TÍN DE LAii RE:-igui.en­tes' al en que lo reciba, á los ca rgos que se le hayan hecho l'n el auto, y s i la s aclaraciones se hallaren co­rrientes, se dictará un nuevo auto que será finiti,·o; .si noc~ntestalas observaciones sallsfaclonamente 6 lo hace fuera de tiempo, el primer auto será definitivo y quedará de hecho responsable de las s umas á que se refieran las glosas .. Fenecida una cuenta se incorpo­r an\ por el Contador en los libros, y se car~ará el valor total de los )o,.rcsos en la cuento corriente del re;ponsable y se h• abonarán- los gas toe;. El Gerent••, SAI.VAI>On FnA:-;co. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLF.:TJN DE LAS RENTAS REVRGANII.ADAS 8¡ 3 =- =- - - -- -- LULAil DEl FECIIA I .. H.\IlV ~~· ASl' "'I'O 1 ~ 1 RAUIII. o•:L CARGO l'op~y,n .... Coconuco. . ....... .. . .. 1 ............ 1 --=--=__! Popayén, Diciembre JI dr 190¡ ... _, "' ___ , ____ - -------¡ $Oto .. Se h br · c~ h ~ rt·~ al Jue t J>ro•·inc il l ele l,;ali . 1 :~: 1 ::: 1 ,\ vcriguar re•¡ ons t.ble = CIRCULAR Administración General de Rentas Reorganizadas de .1ntior¡uia y Cal­. clas-.lledellln, Enero 8 de '[)08. Sr. Agente de Rtotas R .•.. En el número '9 del 13oLETÍ:'-i DE ltE:"111'\S IhorH ... \'Ir¿AoAs se encuen­tra en la página 779 la Circular de la Gerencia sobre C o nlabilid~d, en la cual se dan claras instrucciones para que las cuentas vnyan al Tribunal rruc de' e examinarlas enteramente corrientes. La Gerencia de f\colas r\:ige en l'Sa Circular una formalidad que debe llenarse y que pue,Je hacerse fá(· dmc>nte, y es la de comprobar las entradas de dinero á fin de quf" se cierre la puerta á lfula indelicadeza. Esta exigencia es signo de que Ja organización de las rentas se va per­feccio! lando 1 ápidamcnlc ." de que los empleados sopt>rilll'rS trahojan en ello SHI descanso. Para c¡ue se \'aya sunplificandu la Contabilidad sin que pierda nada de su cluriJud, suplico á uslcd que por· todas la::. entradas de dinero haga un solo ~10\' J~trE:-iro DE CAI·o ... us, sc;t'w modelo que se le adjunta, del cual debe mandar con cada cuenta dos ejemplares. Le encarc¿co también, que cuando una renta tc•nga más de una en­trada, por ejemplo, impLwslo pagado y multa por fraude en .dicha renta, se sumt:n c•n columnas parciales y sr SIHJIII'Il ni margen totahzadns, á fin de que se Vt'll cluramcnlc· ,.¡ produclu ele cu.lu renta. En los Distritos consumidores de la bu en, en los cunh•s nnturalmrnte no hay entnul.1s en dirlt'ro, se acompnilur·á unn r,·larión de introrluccio- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 874 BOLETii'-: DE LAS RE:\TAS REURGA~IZADAS ne~ detallada sufic1cnl e mcnte )' como cc•mprohanlc las gu{ns originalrs y el talonario de las que expida parn d consumo, dl•cumentos que servi­rán para Jiq~icl~r el hononu iu del Agente." parn el rxarnen eJe las cuen­tas de los Du.tnlo~ de donde se cxp011ó el t¡jbn(o. Como lo que se com­prueba rl\ la entrada de dinerp, no huy ucccsi.Jnd de t·xpeclir reeliJo en el talonario que se le env ió cuadruplicado, si n o 1 xpcdir· en los tal onnrins virjos una guia de consumo, cuyo origi nnl acompa si ará á la relación. Le encarezco no olv idar que por toda canlidad de tabar.o que se pro duzca en ese Distrito debe robrar el impursto; 1 ero que para continuar la prñctica hasta hoy establecida, pu<>de rccibir ti impue~lo en giros so­bre esta ciudad, previo ocrnuso de esta Adm¡'nistración rm cada caso, y expresar l n la gula que d tabaco así pagado no puede \'Cnderse en el tránsito ni en e~ la ciudad ~in que ~ra cuLit•r lo el gíro ''alor del im­puesto. Por e l tabaco que se c.xportc del no producido en <- 1 Di~trilo st" da­r án gulas e n los talonarios que se h an usado hasta hoy. Claramente dice la Circu l ar de la Gerencia que las cnlrvr multas se comprueban con l a copia del encabeza­miento y parle resol u ti va de la sen tP.ncin que debe enviar á usted el Juez Provincial de 1'\rntas. CuanJo las multas provengan de Timbre debe acompañarse la orden recibida para el cobro. Las libretas se mandaron hact:r por cuadruplicado para dejar aqul un ejemplar del comprobante de entrada y mandar á Bogotá otro; pero como puede fastidiar al comprador de pielf'S ó pagador de impuesto de tabaco, he resuelto dejar las tres libretas tinicamrnle de acuerdo con la Circular. El resto de la Circular que trala de lo que debe hacerse cuando se dañe un recibo, de aprobación de contr atos mayores de cincuenta (50) pe~os oro, plazo para rcc1bir cuentas. ele. lo cumplirá ust~d estrictamente. Los egresos debe comprobarlos t¡,mbién. y en la forma que estable­ce la Circular ele la Gerencia, esto es'' c~·n las cuentas de cobro ó reci­bos debidamente estampillados por la persona á quien se haya hecho el pago." No hay que olvidar que la anulación de esas estampillas debe hacc1"e con la fecha (día, mes y año)) media firma del que recibe el di­nero. Cada parlida de l os egresos, es deci", cada grupo ele gastos, ya sea en la rrnta de Tabaco, ya rn la de Timbre, ) n en la de Pielc" ó ya en la de f:al, dt Le ~er comp1 obada, además, con una relación de los recibos, sepa1 ados por rrntas. como se mdica claramrnte en el mCldclo que se re­mllr. E:;tas rrluciones deLen acompañarse en el mismo cuerpo de la cuenta rn hoja aparte , encabezada con el tHulo de cada renta, de mane­ra que haya debida separación entre la~ distintas relaciones. Las reme­sas que se hay·an hecho en el curso del mes pata sus cuentas corrientes, dd1cn :-cr detalladas también en una rdación, aparte del mo\'imiento de C"a\lclalrs. espccificánclolas con el nümrro del reríbo expedido por esta Administración, si ya lo han oblemdo, 6 dando l'l pormenor de la fecha del cosn•o qur la C"Ondujo, :si fue <·n cliner(l, ó del girado )' girad01·, si fue en g Íl o!'> ~oh re u.ta plaza en Jo que ~e l11zo la n·mrsa. Pcrrnltame que llame su atención mt1 y seriamente á la necesidad ur­gentl!- ima de un estudio permanen te tll' la colrC"eión del BOt.ETlN, donde Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE Lr\S RE~TAS REORGA:-JIZADAS 875 encuentra usted todus la~ disp•lsil!ioM.; soltrcaolrnini,.tr¡¡ci6n de rento~, pura que no deje tlr. t:umplir nin~una, ni ha;;-n c•mstdlas-c"m•• succ1lc con frccuencia-sobrt• puntos cluram~nlc J'PsndLos. El B •1.r:1 {:-; es su có­digo y deLe estudinl'l11 frccucntcmt'nll·. Como deseo e¡ us para poder aceptar IR cu en ta, porque-ningt'an ~a~tn se act>pta sin comprnhanle. 8." Los fondos de las rentas th•bcn esta•· scpnraclns .Y rn ningún caso confundí tos con los parliculan·.; clt•l Agente. En cnalqui!'r momento llega un YisitadM y debe encontrnr In caja cuaJr.ula. s~ prohibe no sólo emplear los fundos en ne~or.io•, sino aun cnmbiur In~ hilletcs •. ~o~­qnc eslanclo depn·ciada la clase· m \s nhun lnnlt', st• lo• hncc un pl'rjutcto á los fondos del Fisco haciéndole cnmbiaf' d1• monedas. !>·" Los cupones pnra la nnuladc\n ele cslRmpillas en los do:nrnentos son especies que tienen un valor clt• costo _rh• al~una. consicleracit~n, Y de­ben ser maneJados con la mayor prn lt•nnu pnra C\'11•!'' rycu• st• ~a;h· más de tillO en cada documento. St> oll..,t•na ryue S" lt•s mua c r•mn ohjeiO 1lc poco ó ningt'Jn vnlo1·, y proh:tblt-nH'llt•! por rsn sr. usnn con tlt.!scuido, lo que implica un ~n~l•• CXCt'SÍ\'o de cslcl:-. cupnncs. ro." Se ohscn·a c¡nc el pc-;o clel t.thltCo en lu'i Di~tritos productores no se hace con e l cuidado que reqnier<' la importntH'Íil del impuesto. En lo sur.csi ''o usle1l e:x igir:i que el (:.·la IM r¡u · pese ltlhnco ,.n los camp~s, escriba en un cunclt•f'nn los detalles clcl pcsu, á fin dl' c¡n<' nsted rcct1fi~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. s76 BOLEfiN DE LAS RE.~ l'AS REORGANfZADAS que la.; operaciones al liquidar el impuesto. Con viene que salga al~unas veces á rectificar el peso de alguna" partidas para fiscalizar al Celador. 1 r." Para destarar los empaques de ,qarras tome por base que una carg<1 ele ro arrobas de tabaco h1cn cubierta, tiene ocho kilos rt~ !'ropa­que. A las menores de ese p!so rlebt~ rebajárseles proporcionalmente. Los otros empaques deben pesarse. 12.'\ Las multas por infracciones del Decreto sobre Timbre deben hacerse efectivas en juicio ejecutivo si no se pagan voluntariamcol1• den­tro de tercero día, de acuel'do con el arllculo 23 de dicho Decrl'lo .v el rog6 y siguientes del Código Judicial. Dichas mullas no pueden ser rlecretaclas sino por los Agentes Jc la renta, .Y no son apelables por tratarse de pena correccional. . 13." Recuerdo á usted que los datos mensuales sobre anulacirín de estampillas deben venir lotalizafios y no en largas relaciones que quitan á uslt·d tiempo y lo quitan al cmplt•ado de esta Oficina. Le t>ucarezco, eso sí, que sea muy exacto en las sumas .Y que haga separación de Jos documentos por valor indeterminado, á fin de averiguar con mucha aproximación si ha sido exacto en la liquidación del impuesto. r4.n No he podido conseguir que en varios Distritos se sequen las pieles en bastidores, como les fue ordenado á los Agentes hace hastanle tiempo, y por eso me permito hoy hacerles nueva exigencia, por lo ven­tajoso que es este procedimien Lo para la buena calidad de las pieles, que favorece á los indulltriales del Departamento, y le deja al Fisco mPJOr beneficio en los mercados extranjeros. Para estirar las pieles debe usarse el alambre galvanizado, del cual se le remitirá al Agente que Jo solicite, por el correo, la cantidad sufi­ciente. 15.G Vuelvo á manifestar á usted la necesidad que existe Jc no de­jar formar monopolio ó permitir que un solo individuo se ocupe en la secada de pieles, porque así le impone un precio alto por este servicio. Debe usted fomentar la com~etencia y s..~licitar personas que, siendo in­capaces para oficios fuertes, puedan desempeñar éste de acuerdo con las indicaciones de usted, porque es pr.:ciso hl\ccr las mayores economías en el manejo de las Rentas. r6.u Ha llamado seriamente la atención de esta Oficina, a 1 exami­nar las cuentas de los Distritos. productores de tabaco, que r.J consumo local no guarda la debida proporción con la impor·tanc1a de cada Distri­to, su ntímcro de habitantes y su riqueza, en relación con todos los de­más Distritos del Departam••nto, que s rn únicamente consumidores. El verdarlero valor .c:le la Renta no es rl impue ... lo que se obtiene por la pro­ducción, sino por el consumo, y ha:-.La a hora se viene observando que las rentas más malas son las dr. ¡.,., Distritos productores. Espero que dirija nsled su atención á E'Ste punto, para que evite que el consumo se continúe haciendo de contraban In, como re; natural que esté sucediendo. Además: t.° Cuando haya fracción menor de un rentavo oro, dehe elevarse á este valor. 2.0 Los consignan tes no firmarán sino un recibo: el del me.Jio; J 3.0 En Jos recibos por venta de varias pieles, se formará al respal­do una relación detallada del pes() Jc cada una, marca, color, etc. que firmará el consigna nte. Ate~to, sPguro servidor. RAarÓN A. T\esTREPO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 877 l\I ODELOS 1 NG 1\ HS lS il! 1 • A~; •ori.t d~ f\eolas Reorgnn izado~ tic .•.•.• •• •• • • dura oh· el mes de ................ de l!)O • 9 Saldo anterior ............................................. $ oro Valor especies tic Timbre Naciona 1 vc•ndidas en el ml'S, sc•gún cua lro adJunto ............................ .. \"nlor de .... Pieles vrndiolns en el rtll'l', seg•"rn cornprohantrs, Rceaudndo pnr impuesto dt• Tabaco, según cornprol.anl··~.................................... .......................... .. ........ .. f{crandado po r multes, así: Por Renta de Timbre ....................................... .. Por I\.enta de Pieles .......... ................................ . Por Renta de Tabaco ........................................ . Recaudado por venta de .... sacos Je sal con peso ele .... ki lo,ramos, segun comprobantes .......... .. Recau dado por ............................... Sl'gún com-probanll• s. ................................................................... .. .. S ...... .. ....... ............... á de ........................ de 190 .. .. El ,\gente, .............................................. .. EGI\ESO:' de l.t Al\'t'ncio. de Rcnl:ts de .•••.•••.•.••• durante el roes de ...•..•..••• de •no .. Gastos en' la Renta de Timbre, según recibo ............ $ oro. . Gastos en la Renta de Pie les, según relación y n·cibo:-. aciJnntos ..................... ... ~ ............................................................. . Gastos en la Renta Je Tabaco, según relación y recibos adjuntos............................ . ..................................................... .. Ga!ltos generales: sueldo, gaslns clt• rsrritorio dt•l .J uz~a-rlo de 1\entas, según recibos ..................................................... . Remesas hechas á lu Admini,.lracic'ln Clcncral, S~"g•'rn n·· .. lación dt•tallada que se acornparia ............................................. .. Sume igual á loo; tngn•:-.n s ................ S nro.... . ......... .. ••• •••••••• ••• ••••• r-l tlr ........................ d e 1 nn .. .. El A~l·n~>', .............................................. .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. S7S BOLETIN DE LA 'S RI~N fAS REORGANIZADAS ---------- ------ --------- CUADRO que manifiest:L el esta.d ') de los negocios q 11e c ursan mes d ~ Diciem ~~~- 0 :; < o( ,..¡ ,.¡ Q " i ~O~l BRE'). EO.\ U, Afl<>s. 12 ) u:~ na i\laldonado de R 40 I J Mercedes Rodri~uez.. . . .. . .. 28 14 Roe libr6 despacho Juez de í'1pacón. (//J,u¡(D S.mfDJ, Secretario Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. bSo BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS CUA que manifiesta el estado de los negoc1os que cursan en el de Diciem SO~IUR&S. rDAD. OrJC!O. \'I.Cil'\l>AJ>, t'RAUDI!. ,- ---------- ----- --------- ------- ----- 1 lknigno He ni te~: y Snntiazo Hernández lgnórnsc. lgnóra~e ......... Gal:'tp:•;os. Oís· tritodcO\'cjas Tab¡¡co .... 1 2 Rnmón l)choa ....... l\lnyor . .. ,, Tetón ........ 3 ~lanucl R. Mazrasca. I~nó•·asc. ., lgnór:~sc ....... l! 4 Dnnicl Rinrán ...... " 5 Cario~ y Catalina Ser- Pieles . .. • pa ............... Mayor ... .. Ayapcl. ....... 6 Manuel E. Pineda .... l gnórasc. " Sincé ......... Tabaco ... . á Luis Nieto Mejías ••.. Mayor ... Negociantr ....... Santano ....•. , Hcrmenegildo Jordán Caño ... . ..... .. ... lgnórasc. lgnórasc ......... Ignórase ....... " 9 lldefonso Castañeda ... " " " " 10 Cnndelario Matute .... " " " " ll Ernestina Correa •.•. Mayor ... Domésticos • • • • .. Buena\'ista. Distrito de Sincé ....... " 112 h;mael Rosales ...... Empleado publico Sucre ....•..• Responsa-bilidad ... ·:2 Jsrnnel Rosales ...... .. " Aníbnl OP la Rosa .... " " S. Benito Abad .. I:B Eu5euio Márc¡uez .•.. Ignórasc. lgnÓI'a~>c ......... Ignórasc ....... Tabaco .... 1 R:umuntlo Durán ..... .. " " 1," Feliciano :llurillo .•.. Mayor ..• Negociante .•..... Barranctuill;o .. Sal •. • ••• 1118 AuguGto Posad:~ ...... Igoóro~e. tgnórnsP ......... l~nórasc ....... Alz.'lmien- 10 con J fondos ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETI='l DE LA..;, Rl~:'-: l'A'\ REORGA!'\IZADAS 881 DRO Juzgado de Rentas de ln Provincia d~ Magt~ngué en el mes bre de 1907. LUGAn DEL FI\AUDI':. I!JOG Orbre. 22 Caimito ....... o " e: " ...., < ..J C! ¡,¡ ~ o I!)Oj 1 STADO !>El •si1SI<'. En solit."ilnd del pn-r ·ndcro .•.....••. Dlm·. 11 Pinillos....... Db1't'. di En iu\'c:;l i!!'n<' ión su· I!JOj Marzo 16 Tl'gun. Distri­lo de San Be nito Abad ... ,. 1 (i Tncnmorho .... .Mny(l 20 Aynpcl........ Mayo :11 Agio. !) S. Benito Abad Sbrc. 18 1\logaugué .... Sbre. 18 :u Barbosa •.• • •• ., 23 Mngnngué ..•• Ot·bre. 1'.' Yntí ........ . m:n·in .......... . gn solicitud rlt•l pa­• ·arlrro .. • .... _ .. l'iotilic<~do p;mo •1ue ~~o m pare7.Cn. • . . . En invcsligncióo su· mnrin ......•.. Pnt"l ~entcocinr ..... En i~vcstigación ,.,. mar1n ........... . 11 Magnngué.... Obre. 10 Obre. 29. Condenado 5 , 25 Sucre........ Ochrc. 25 En inveslignción ~u- .... Nbre. 5 ,. Nbre. tl ronria ......... .. ,. 5 S. Benito Abad ,, 14 ,, 8 San 1\fnrcos .... 8 " " P aru :'IClllenci:n· ..... En im·esti~nción su-mnriu ........... . 1 '3 l\tngnngué.... 1\hrc. 13 Pnra scnlcndnr ..... 6 Achi.... ... . .. • .. ... .. F.n in,•cstigarióo sn-mnrin ••..••.•..•••• Se olirió ni .\ lcnlde ,¡,. Cnimilo pnr~ u verigum· el pn 1 rndc•·o de lns sin dkndOR ~~· l!_spc•·nn ol_cclurn t1 101lC"'i. SI' ha ¡wwtlo oficio drculnlori•> nú­mero 8. 1 Se hn pa<::ulo oficio cirrulntor•o núJ mero !l ~ St• han ··itnJo para ~~~;.lim· los car 1 'e c~pcrnn dcclnrn CIOOCI<. ,. " Aldr~pnchodcl Jue~ ·~ ,. Sr cspen111 derlnrn· cionrs. En con~ult11 In sen tcncin. Se esperan pruebas.¡ Se p;~cticó rec~no­oimi cnlo pericial en un documento público. Al despacho del JuczJ Se bn pedido :~1 Al ralde de 1\fompó In comparcncia del ¡;indic.'ldo. 1 Al dcspnrho del Juc~ En r(lmisión nl Iosj pector de Ach1 1 pMn rróbir de­clnrncionr~. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 88.! BOLEri.:-J DE LAS REKTAS REORGANIZADAS f¡ ~ - - 2231252Zl SOMDI\I:S. F.OAn. Ol'ICIO. \'ECil'iDAD. PI\AUD'I!. Q o i r r -------------------- ----- Augusto Posnd:~ ..... Ignorase Ignorase ......... Ignornse ....... Abandono r9 del e m-pleo .••• i' Israel Ama.ris ... .... . 111ayor ... ,\ griculto•· .. · . ••• ll U e 11 a V isla. Pieles ..•• Distrito de l\lojagual.. .. e Ignorase ............. Ignorase. Ignorase . .. ...... Ignorase ....... Tabat"o .... Justa Cárdenas ....... Mayo•· .. . Domésticos ....... Mngangué .•.. ,. ¡22 Benita Serpa .....•.• " Negociante ....... " ,. ~5 Eduardo Cuello ..... .. " " Sabaneta. Dis- tr1l0 de Co- " roza). ....... Rafael Salgado ...... " Agricultor ....... Las ill ores. " ~ Distrito d r l! Ayapel. .. ... - RESU Figuran iniciados en el libro rcspccti,•o.......... • .• Fenecidos en No,·ierobre· ........ . ................. . Fenecidos en los meses anteriores .................... . Fenecidos en este mes ............. , . . ............. . Quedan pendientes ................................ . El Juez Provincial de Rentas Rcorg<~nizndas, GR¡¡Gon•o Vu.LACO C. RESOLUCIO:'\ sobre penas. Ministerio de /Jaúenda !J Tesoro. -Secúórt primera.- Ramo de I!acien­da.- Bogotá, Enero :~4 de 1908. En el memorial anterior manifiesta 1'1 Sr. J o¡¡quín M. l\Jonroy que el Ministerio, por medio d!< una 1\esolu·:ión, rléro~a la chsposición sustan­tiva especialfsima que consagra el a rtículo 63 del Códi~o Penal. Este Despacho, al dictar la Resolución en referencia, tuvo en cuenta que al decirse en el cilatlo artlculo 63 ''podrán ser anestados en su prn_pia casa las mujeres honestas, los ancianos ó valetuclinarios y los l\1im~tros de los cultos at.lmitidos en la Nación," fue la intención del legislad0r· dejar la facultad al funcionario que dictA la ~cntc·ncia de señalaren ella un lu­gar dislinlo de la cá rcel para fJUC ~ufrit•ran el arresto lol> condc'na.ios á esta pena cuando se encuentren en el raso ,],• la cxrepción cstablt-ciJu por el artículo 63. E!>lO queda conurmado por el articulo G5 del mismo Código> al decir que ''el arresto se sufrirá en la car··cl qu~' determine la sent('n· cia, ó bien en P//ugar !/en la.forma en ella rspedftrados.'' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTA'-' REORGAN IZADAS 883 - - ci :i 1:) e:: ·O L UOAII .. ü 1) i:SIADO O t.l .. 01\L FI\AUOE. ~ .. ASUS TO. < OB~f.l\ \ ' ACIO:-IE". Q ; w Q "' ~ ... w ;., "' ----- ------- ----- --- -- -- - · _______ .. _ 1907 1907 Nbre. 17 A chi ....... ... ........... En solicil r1tl dt•l Jlll · Sr h.r pa•ndo oficio rmlcro .... .. ..... ...... c·irculntorio o u 1 . mero 10 . " 19 Buen a v ist:t. Nht·P. 25 En im·esti!:(':ll'ÍÓo su- Fn comi. 21¡ En solirilucl del pn- Ln Secrrlnria uvcri-¡ radrro .....•..•• ...... ~un el pnrndcro, 24 Snn Mu1·ros .... ~!, En im:est ignción su-del sind rcado. ! , .. So• n~unrdnn decln-mnrll\ ............ .. ...... rw:ionl's. _j ~ MEN 21 sumarios. '5 sumnrios. El Sr· rf'\;u io drl Juzg:tdo de 1\entas, Sobas ll ' ilchcr. Por otra parte, la 1\••soolnción I'Íiada no indica nlra cosa sino el pro­cedimiento qne c laram cnrc dl!linc c•l c,·1rligo PenIBRES I.OCAil EDAD DIEL PllAUl>ll fllAIJDil IIUC IACIÓ!f 11-:r:_, _________ ---- ------- --· --- _ ___ , __ 1 Manuel J. Yaguapaz• Mayor ... lpiales ........ Las Cruces, .. L icores. Sbre. 17, 1903· 2 Ju:tn Yepes y 1\h.nuel Id. Id. Ipiales ..... .. Id. Mayo JO, ICJO+. 1 Portillo...... •. ... .. Id. Id. Id. Id. Mayo JO, 1904 3 , Carmen y Bdarmino Id. Guachucal. ... Gaachucal..... Id. Marzo 13, lfOS 1 Oalindres • . ... . . Id. Id. Id. Id. }farzo IJ, 190.5 4 Mateo Cbirán .......... 51) aiios. Cumbtl ....... Mundonue,o.. Id. Jllnio 5, lpo,S. s! Juan Bautista \'.lndún Mayor ... 1 1 !pioles . ...... Las Cruces... Id. Julio 28, 1905. 1 }' Roberto Trejo • Id. Id. Id. Id. Julio 28, lfOS• 6 .Marlin Villa y Jere- Id. Id. Chiles......... Id. Af\o. J, 1905 1 r.Jfas Mejia ... .. ... .. Id. ¡ Id. Id. Id. A(l.o. J, 1905· l p · · · p· h • Id 1·' 1 "" • h Id Sb 7 r.mth\'0 tnc ao . u, "um.c aca.... · re. 19, 1~5 l 'Pbó• il S . ~~ . !TL.l E ~.s. 1 Antomo a n ...... ¡o a os nmanre¡o ... ,amamcro ... a co .. •nero JO, lywv 91 Jur.n Guamialamng • 64 allos Carlusamn . ... Ca;lo•ama ..... l I'ielcs •. Febro. 4, 1906 ro! Ramón J ácome •... . \fayor. Cumbal . .. Cumbal ...... 1 Licores .• Julio 1.0 , 19<)6. nll Aneel Mul'lot M ..... .. , Id. 1 San don' . • . Sandon6. ..... .. Id. Dbre :a, 1906. 12 Xicanor Yapud • ...... ' Id. Carlo<;~.ma .... ' P;:nán .... ..... Pidn ... Enero 25, 1907 IJ Ubaldina G arcra ...... 30 años. lpiele' ...... lpiaJu ..... ... Tabaco. Enero 29, 1907 141 Juan Ahiar • ........ 32 años. I.a Cruz ...... J.a Crut ..... ll.icores. Febro. 9, 1907 151 haac Gómez ....... .. ,6.:> años 1 I:u Llanadas. Las Llanadas! Id. Febro. 11, 1907 1 6~ Manuel Guerrero ....... 6o años l Potosi ...... . .. PoLosí. ... .. .. . 17 Rosa Rodrieuet ......... ' lllayor .. ¡ P:<~to.... ..... .. Pasto ......... .. 1 p .. Q. 18 atnc1o a1guantar. l•J. Guachucal. .... Guacbucal.. .. 19 Josafat D.h1la • ....... Id. L~ Cruz . ...... l. a Cruz ........ 1 • - 20 Rosendo Díu y J!edc- 36 años Sapuyes.... .. lpiales ........ ! rico Patiño............ 1\Iayor . . 1 Id. Id. 21, Miguel Cbilanguay ... 30 años 1 I piales ...... .. Id. ~2~ Jeremi~ l\fej;a •.... Mayor ... ' Id. Chiles ....... 3 Sumario en nerigua. 1 ción del reJponsable ....... : .......... "" ........ "":"" ........ . l Angel ?>t. F1gueroa .... 48 aoos I'uerres ........ Jp•ales ...... .. 1 2S R>c:udo Roscro '1 Al· 35 ailos. Túquerres ..... Guaitarilla ... bino Portilla....... . 32 años. Guaitotrilln . .. Id. Pieles ... Marz.-> 6, 1907 Licores .. Abril 1.0 , 1907 Pieles ... Abril 11, 1907 Licores .. Abril 15, 1907 IJ. Abril 27, 1907 Id. Abril 27, ·~7 1 P ieles ... Abril JO, 1907 !.icores.. Mayo 10, 1907 Pieles .. ~layo ro, 1907 Id. l\Iayo 14. 1907 Tabaco. J unio 8, 1907· Id. Junio !1, ·~7- 26 ] esús Cbamorro . .. .... 40 años. Id. Id. Pieles .. Junio, 3 1907· • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS Ri!ORGANIZADAS 885 sado en el Juzgado Sup erior de l as R entas Reorganizadas del el mes de Octubre,de 1907 ASTADO Dltll. t'II:NAS OBS.!IlVACIO· JUICIO 1':!'1 ESTA IMI'VUTAS RS 1~ OFICINA !:SS rANCIA IH;S FI.\DOI.ES c)}'ICISAS l:f ~;S ~~ ~;: > ---------1---------- -----1- Sentenciado el 31 de Octubre ...... Se desfijó edicto. Id. Id. ~en tenciado el 30 de Octubre ...... $ 6 oro y 5 días a rresto. .. .... . . . Se confirmó.. Ser¡:io Cabrera Sobreseído .. .. .... .... .. .. .. ... .. ... Zoílo Coral E. Id.- .. . ...... ..... . . Zoilo Coral E $2-40 oro, c:.Ju.. Se confirmó ................. .. S 1-6o oro, e: JU ... , Id. ............ ... . .. Son Tenencia Polllicn. roe Id. Id. 2o< Id. ld. 2oc Alcnldín . ............ . .. Id. Se nrificl) la &U· d1encia ........ Sentenciado el 31 de Octubre ..... $ 320 oro y 6 me.: EmilianoAc:os-sc~ arresto.... . la .... -·........ Tenencia Polltíca.l 5< Sobreseído........ Se confirmó .. 7..oilo Coral E. Id. Id. JOC $ 36 oro y 6 me. ses arresto .... .. Id. Se nrificó la llU· Ram~n Bravo. Eladío llli ran. Id. Id. $3 oro-............... . l:iobrrseído ....................... .. da y Manuel ld. Id. 50< Rosero......... Id, Id. IOC diencia ......... . Sentenciado el 30 $ 6 oro y 6 meses de Octubre...... arresto ........ Se re(ormó... Sera( m Mejia. 1 Id. Id. 20C Sentenciado el 7 de Octubre ...... Sobres!!ido . ... ... Se confirmó ...................... Alcaldi& ................. .. Sentenciado el 30 • de O:tubre... Absuello ...... .. ·1 Id. .. ................. Juzgado de Rentas .... . Sentenciado el 16 $ 4 oro )' 4 meses Clemente lle· de O.tubre...... arresto Se reformó .. ~ rrua ........ Tenencia Politica. Se Senl~ncindo el 30 de Octubre ...... Absuelto...... Se confirmó .. !ltoi\és Cabrera ld. Id. tOí Sentenciado el J 5 Pérdida de una de Octubre... . piel ............ .. Se dio cuenta al Perdida de28 bo. Sr. juc:.,......... las de tabaco .............. .. Scntn.c1ado el 5 $ t2 oro y 3 me· de Octubre...... s ' arruto • • Se confirmo. tro~a. ..... Id. Alc:1ldin ................ .. .. ................ Juzgo.do de Rentas ... .. Dario Hines. Tenencia Política. se t- n :~pclaci6n .. ... $ 2 oro r 2 mues a.rresto ............................. Luis Muñoz:. ... ld, 2C Se dio cuenta al Sr. Juet ....... S 10 oro y pérdi· da de la piel... ... .. . .. . .. .. .. ... .. . . .. .. . ... . J ur:ndo de Rentas ...... Luí~ Ant:mio Id. Id, S 100 oro. .. .............. . :'l[cdina. •••. Tenencia l'olíticn. Se IJ. ld Sobreseído ............................... ·--· - · -· · Jur&ado de Rentas .. ... . ~entenct;ado ti 17 de Octubre ... Se fijó cd1cto ci­tando para au-dtencia ........ .. !;e dio cuenta al !:-ir. Juez. ........ . $ 3 oro y 2 meses arresto. .. .. • .... Se confirmó .•. $320 oro y6 me-ses arresto ................... l 'ablo Revelo. $ ¡ oo oro y 6 me li idel Cbamo· ses ~o rre~to .. . .. .. ............. . rérdidu de unn piel ...... . ............. . rro ........... . ~entcnciado el t6 de O~tubre ..... SobrcsoldCI .... . .. Se confirmó.. Manuel Roscro ·sc··;¡¡·~ .. ~~;~~··)¡.¿·;did~· ·d·~· .. ~~~¡ .................. ·E~~~g~¡¡~¡~·s~: Sr. Joez......... piel...... ........ ......... ........ rUt1 .......... .. Jd. Id. $ 10 oro y P'rdi- . Id, Id. da del tabaco........ .. . .. . .. ... Juan Ca•ce;lo .. $ 6-6o o r o y p~r- 1 osé Elndio did&dol tabaco .................. Natu .. . - . .. ¡ Sobreseído......... .. . .. .. . .... ... ... Jo.lelzar S a n-cber ........ Id. Id Tenencia l'olitic& IJ. Id. lOC Id. Id. I OC 1 u&#:ado de Rentas ...... Tencncír. l'olllicL IOC Juzgado·de Rentas ..... Id Id. J lCX Id. Id. ·1< Id. ld. ·~ Id. Id._j Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8S6 BOLETI!': DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 7. w o 1 LUGAR "' o ..: e:: l':O~IBRES 1'0,\D \'F.CI~ DAD DEL •. RAUDE FRAUDE INICIACIÓK C• z 7 -------·- --- 27 Adolfo lbarra... .•• .. 45 años Carlosama.. . Carlosama .•. Pieles .. : Julio 18, 1907. 28 Josc! Siherio A.za •.•••. 25 aflos. Guachucal .. ... Ipialrs ......... Licores .. Agto. 14. 1907· 29 José Mari:~ Ima ....... so ailos. Cumba l. Cumbal ........ Id . Agto. 1 °, 1907 JO Mesfas Cbinguad •. ... 42 ailo> Id. Id. Id. Fcllro, 20, 1907 31 Manuel Reyesyot ro~•· J2 José rasenasa ....... . ' 1 !llayor... Sandoná . .. .. Sandoná ....... 1 Id. ¡ Consad ........ · Consaci ....... Id. Febrc. 11 , 1907 Tabaco .. !~Iarzo 2, 1907· JJ Ifigenia Córdoba •• .. 1 Id. 1 Ricaurte. .. .. . Ricaurte ....... . Licores .. Febro 2J, 1907 Id. Abril 15, 1907 p4 Maria Tapia"···...... Id. , Potosi ........ Ipiales ....... .. rs Rodolfo Cabrera •• Id. Samaniego ... Samanicgo ... ld. Junio 23, 1907 31\ Angel Taimal •• ..... 25 años.l Cumbal ...... Cumbal ....... ¡ Pieles .. 1\byo JO, 1907 ~7 Juan Ortiz y ot ros •• 25 :~ños Sucre .......... 1 Génova ....... 1 L1corcs .. Febro. 26, 1907 San Lorenzo. Quir z..... .... Id. l !llnyo JO, 1907· Grt'gono Jer••mmo bSI Manuel ~olaño~ yl26 años. Diaz t• ....... ...... 24 años. Id. Id. j Id, : Mayo JO, 19071 e S < El Juez Superior, ]OAQUÍS GIIRCÍ.\ Qut,O'lRS El Secretano, Aléjandro ¡., l'tllolJ ------- ---- - RESOLUCIO~ ,.,obre penas. Jl!mt~lerio de llac:teudu y Tesoro.-Seccicirt r.a.-ftamo de //aci'eiula.­BoyfJfcí, Enero 25 dt• rgo8. La Resolu ción de h chn :J de Julio de 1907, á que alude el Sr. Go­hernador del Distrito Capital en la nota que prect•dc, fue dictada por este De..,pacho, t eniendo t•n cuenta el caso probable de que ni el Tenien­te Polí.tis Terán Tenencia l'olitica. 4 $ 16 oro)' 6 mc:- 1 Apolonio \'a. ·¡ s~.s arresto ...................... , llcjo> .... 1 Id. Id 4d Seatenctado el 16 $ 3 010 y 2 meses ' 1 de Octubre...... arresto.......... Se conf1rm6 .. ,... . ....... •.. Id. Id. .. ... , Radicado al l ibrll $ 1 50 oro y 2 respecti,·o meses :~rresto... ... .. ......... , Anloni.., Dl:u.. Id Id. Id. Id. $ 5 oro y p.!rdi.J,¡, 1 de 14 libras de 1Pb3co.. .. •• ... ........ ..... ...... Juzgado de Rentas ..... Sobreseído ........ ... .. .... .. .... Jorge \'elá.s- Tenencia Política. qucz ............ ¡ Id. Id. ;,~ 6 oro y 6 mese~ Joaquln Cam-nrrcsto . .. • • . • ............... ... pano.... ...... Tenencia Poli ti ca 100 ... . . . . .. .. .... .. ... En apelacilln 1 de un auto Liborio Lópet.. Id. IJ. 1 Pél'l!ida de un:. piel... .... . .... . .. .... .. .. .. .... .. . . ....... .• . .. .. J u1g;tdo de Rentns ...... & 24 oro y 3 me- 1 1 ses un día de 1 oaquin 13urba Tenencia Poliuca arresto.... . • ......... ........ no .... .. ..... ICO I.J. J.J. 11.1. IJ. Id. Id. Id. Id Jo:l. Id. Id. 1 $ IZ oro y 4 me· ~ ~-~y S lJ. $ 5 oro ....... .. , .................. 1 Pedro Meneses. Id. Id. S IJ. Id . )!ioTA-En el prtscnte cuadro \'an marcados con un :uterisco los juicios que bnn sido fallados por este Juzgado en el presente mes, r con dos asteriscos l o~ juicios que han entr:\do. Pasto, 31 de Octubre de 190¡, SE R r:SUEL \'E: Corresponde al Gobernador del respcct i 1·o Departamento seiialar el luga1· donde dehun cumplir la pena de arrPslo Jo s defraudadores de las Rentos Reorgnn izaclas, siempre que no lo hnya determinado el funcio­nario que dicta In sentencia, de conformid ad ¡·on l os artículos 63 y 65 del Cóaigo Penal. En el primer r.aso corresponde también al Gobernador aplicar In excepción del artículo 63 citado, en c u a nto :í mujeres honestas, ancia­nos ó valetudinarios y ministros de cult os admitidos en la Nación; y en el segundo, ni .1 uez Superior d e R en tas. Lo mismo debe hacerse cu cuanto al arresto que resulte de la connrsión de una rnultu en aquella pena. El Mint<~lro, T oui\s Y.u,I:~zunA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 888 BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS CUA que manifiesta el estado ele los n egccios que cursan en el Juz de Diciembre :r. .. o ce o 101 e o O( .. :::r -o ~ - J 2 3 4 S 6 7 8 9 10 11 12 q 14 15 16 ! ~ ·~ - - NO)J BR I~) f.I>A (), OI'ICI O. V EC I!( OA D. ,.¡ .:a ~ < "' ... - - ------ ---- ----- ------ - - -- Emilio Can anu .... ... Mayor . . Empleado ... Pllez .... ........ . P i eles,. ... J uan Berna( .............. ., Labr¡¡dor .... Campoberm06o " Manuel Monlejo ... ... .. ~cgocianle. Guateque . .... " Abe lardo Rubiano ... " Empleado Guayaul ... .. .. J uan Coba .............. · 19 l\ÜOS. L:~bra d or .. Sutat eoza . ..... . " Manuel Duellu Arenas. 1\l:lyor .. .. " De~\ie ll o Rosendo Segura ........ " " G a r aeoa ...... Pie es . ... Angel Muía Nrcz .. . .. .. " Guateq ue . . .. " Dionisia Corb:t . .. .... 6o ai'los .. Sutatenza ... .. ... .. Emiliano :l{or t ••egro 1\layor ... " La Trinidad ... .. Peregrino )lor.dcs., .. .. .. .. " Macana[ . ...... " O~taviano Duc iía~ . . . .. .. " TriniJad . . . . " Primitivo Bcmal ~~ .. . " " Sut~tenza ..... " Luis Ma r Í!l Montejo .. 28 años Xegociante. Guateque ..... " Ramón Mo r a ........ Mayor . . Labrador; ... Tenza ........... .. Eusebio Parra • .. .. ... ,. Empleado .. La Capill.1 •.. " Oliverio Fernándcz. . ... .. Neeocilnte. Tenz' ....... " )bnuel \'argas ..... .. " .. Zetaquir.i •.. " - Garagoa, Diciembre J I de 1907. T\ESOLUCION !\UMERO 8 D E r oo8 (3 DE f8BRERO) 7. '"2 u ;s '.J 7. --- 1907 Julio 23 ... J ulio 24 .. . Dbr~. r S .. Aeo,t <> 8 . J unio 2f,., " Obre. 14 ... Agosto s ... J unio 27 ... Sbre. 6 . . .. ... Junio 27 .. ., 2 .. " 2 ... .. 2 .. Nbre. 13 .. Nbre. z .... por la cuul se r.:~d~ca en la Tc8orerín General de l a Repúblicn el [lll~D de 1~.. r-.wiones dr lo~ individuoq rondenarlos por fraude lÍ las Rcnt:ts públic.~~. Minisleno de J/,zciellfla !1 Tesoro. -- fi. amo del Tesf)T'o.-."'~rcción T.''-11o­gotrí, :; de Febrero de 1908. Y isla la ncccsit.lnr l r¡u•• hav ll•! l'l'~ u lari.:ar e l pn;·o rl c las mc iones de los indt vi d u os condenados r~or fraud e á las f\en las pt'r blicns, y pn•vio acuerdo con el S r. Gerente de las Ren tas R eorganizada¡¡, !U: IUSUF. L \'1: : Radicase en la T csoreda Gen era l de la República e l ¡n go de 1 tq racion es de los conJenarlos por f raude á l as R en t as p t't iJi icas. Al efecto. los Ar;enlcs de las f\e n ta<~ R eorgan izadas e n las cab ece­ras de Circui to d e llac it:nda ~ac io n a l entregar án á los S res. Adminis tradorcs las can t idades necesar ias para el p ago de tt~l scnicio y cxigi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 889 DRO gado de Rentas de las Pro•1incias ele TP.nza y Neira, en el mes de 1907 o .., "' ¡j .... w ¡:¡ < X o "' ... lt\l'ADO DY.L A~U:O.TO, OBSI.II.VACIONU, --.-- -----1-----·--·-- ---------·- P'ez ........ ,. Campohcrmoso Guateque .... . Guayatl .. .. Sutatcnl;a. .. .. 1907 Julio a3 .. Julio 29 llbre. 18 ... Agto. 8, ... , Agio 12 ... GaraJ¡oa .............. . Guateque........ !.J:IO, 6 ..... Sutatcoza ....... Julio 1 o, La Trinidad. ~brc. 6., .. Macaoal... •.. ... Trinidad ....... Sutalf'nza .... .. Guateque, ..... . Tenza ........ . La Capilla ... . Garagoa ...... .. $ oro Dbrt, :23-Por deciarnr •.. Nbr.:. 19-Cond Sbre, 25 t"ondcr·ó . . Dbre. 9-PM dccl::rar. 19 ¡ ...... Dbrc. ?.1-· ohr~\e\·6 ..... . .. . Dbro•. z¡- s, hr sc)·ó . . ¡ .. .. . Ubre, ~ r-SobTf sc:y•'> .. .. . 1>\.rt. 24-S Lr. , ., ,', .. ... • .. !\trr. :6-- ondtn6. .. . .. El Juez., ERs&sTo BoT!llO ll. Notificado. En col J argado Pro'l'incial de , 11 Centro y ?.lárque.r, para que se: firme un:~. diligencio. Fn J.a Trinidad p:11a que de. dr.rcn unos tc~tigos. fn apelaci,ln. Al rlc;paC'ho del Alcalde de Zctaquir~. rán, en caml1io, los rl'<"ibn~ r:: 1. le·:- r.n llidndes. El recibo qne r.xpidan los Administc·adort's de Hancuda dt'llc i1· acompailado de una cuenta que t•xprrse los nombres tic los condenados por fmudc á lns H.cnt as, y el nt'1mrro dt! nu·iones que 1\ catln uno les rorrrpondan. Talt>s ctwn las deben ser fonnulnrlas por el Din·ctor de In Cárcel del Circuito ó dl'l es­tablrcimicnto rlt• castigo y debe llcvnr t•l /;'.~ Corrie11le de los respectivos Tenientes PoHticns, Jm•ccs ProYinrinlc•s ó .Jurccs Superiores de Rentas y el J ,:~to /Jut'WI de los Prcfcclos rle Provincia. Los Agentes ele l as Ht·ntns 1\coc·~anizndas remitirán los •·eciho!'; y cuentas rle que nrribn se "al.Jia :i la ,\dmillJ<:tmción (Jrncral de las 1\en­tas, 1i la que h• !Wl'Ílll pa~ad:1s en dinero por la Tesorería licncral di' In Rcptíltlica, prcvi.t la inr·luc:ión de• l.lt'l pnrt ¡,las coa·rcspondicntcs rn la Relación de tiinls del Ministerio rlc Gohicrno. Comuníquese y publír¡uesr. El Ministro, TosÍAS V ua>"zuJ:hA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. CUADRO que manifiesta el estado de los asuntos que han cursado en el Juzgado Superior de Rentas de los Departamentos de Boyacá y Tundama, en el mes de Diciembre de 1907. .g' i o ..¡ ..¡ z o "' 101 ~ < 01 < Q 5 "' ü ui ..: .., r.J "' ;t, (/) G "' o ;;: 01 < 01 :.<. ~ LUGAR DEL ,.¡ o p .. z < OFICINA 111 li1 1>. "' o ü Q NOM DRES. VECrNDAD. FRAUDE. INICIACIÓN. Q < ~ ~ G ¡.. "' < o FRAUDll. o ¡.. o ~ DE ll\'ICIACIÓN. ..: Q ·"' "' . ...¡ ~ "' ~ < < - o . 01 ¡.. z :;'. "' .. "' •P en 01 l>l z "' ... "' 01 "' 01 0:: o r. -------------------- ----- ------------------------------------- \Vcnceslao Gavanzo ... Moniquirá Moniquirá Pieles .. Abril 24 rgo ¡. Sentenciado Absuelto ....... Absuelto ....... Consulta . .) uzgado de I\en tas de Ricaurtc. 2 Temíslocles Muñoz ... Saboyá ... Saboyá .... Timbre. Obre. 31 1907. " ........ " -- ...... --. " .... ....... .. " .......... Ju?.gado de Reo- Las de Occidente. 3 Ana J. Velandia ...... Boavita .. _ Boavila ... Licores .. Mnyo 2!) 1907. " ............ Arrt.0 2 meses, mulLa $ 2-25. Arrt.0 2 meses, S o-87t .. ---- Apelación. Tcia. P.dcl rortc. 4 Tomasa Novoa .. _ .•. " ........... ,. .......... .. " .. .... .. " ................ " .. .......... Arresto 1 mes, multa S 1-25. Arrt.0 '5 días, Rafael Espinosa ... _ •• S o-95---- .. " .............. " 5 La Capilla La Capilla , ........... Obre. 27 r 907. " ............ Arrt. 0 4 meses, m t.• $, 12-50. Arrt.0 2 meses, 6 S Il-25 .. ---- " ....... -.. " Nicanor Rincón ..... Ramiriquí Ramiriquí Pieles •. Mayo 22 1907. " - ..... -... Absuelto ..... _. Absuelto ..... __ Consulta ... J uz,.ado R. Ceo- 7 Oliverio Fernández ... Tenza ••• _ Garogoa •. " ........ Nhre.13 1907. Multa S 18 oro. Multa S 18 oro. Apelación. tro y Márquez. " -- ....... Juzgado R. Ten- 8 Gerardc. Gutiérrez ... Chiquiuq~. Briceño ... Fbro. rg 1907. Absuelto .... ___ Absuelto ....... Consulta ... za y Neira. " ....... " -- .... -- J u.zgad o Rentas 1 de Occidente. - Tunja, Diciembre 31 de I907, ~1 Juez Superior ele Rentas, CEn:nilfO M.utus.-El Secretario, Andrés Act6edo O. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. RELAOION de las plantaciones de tabaco existentes en las Provincias de Girardot y de Suma paz, en Enero de 1908. "' 111 oc e i o N MU!'11CIPIOS ~ NÚM!IlO ~ ~ O EN DONDE EXISTF.:-1. O ..: DE MATAS .. ~e ; ~~ i z r---1--- ------J--1----- Girardot . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . 38 70,400 2 Naril1o.......... .............. 36 54,0CO 3 Guataqaú .•. .... .. ........ .... 2 1,000 4 Ricaurte .................. 23~ 8¡9,500 5 Nilo ............................ . 400 6 Agu:a de Dios .......... . 7 Melgar ........................ 92 92,141 8 Icononzo... ... .. .. .. .. ... ... . 2 J,OOO 9 Cunday ...................... . 10 El Carmen .................. 102 9 1,846 u nta Rosa............. .. . . •. 26 35,65o 12 Sucre ........................ . 13 Fusagasug4 ........................ . I.J T i bacuy ................. ...... . 200 15 Pasc11 ......................... .. 16 Arbc:l4ez ........................ . 17 l'andy ............................ . .l::t;TADO DE I • .AS PL.4NTA.B ~ ..... t .: l; ~ .; ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ .., 30,500 17,500 22,400 54.000 1,000 879.500 400 51,739 40,102 JOO 3,000 91,846 35,65o 200 ---------------- ---------- · -----~ Sumas .•...•........• ··• 534 1.228,137 933 900 82,2J9 189,298 22,700 Girardot, Enero d e tgo8. H. R.t111lau P. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 89z BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS RESOLUCJO:"+l del Admioistrndor Dcpnrtnmcotnl de lAs Rentas Rcorgnnizodns do Nariño. Resolución número r4 6 6-Pasto, , 17 de Dlci'emhre de rg o 7. El Administrador Dcpnrtamen- ' tal de las Rentas Reorganizadas, en previsión de faltas que pueden , cometer los empleados subalterno!!, con menoscabo de la h onra de Ja Oficina, del buen servic io y has­ta de los 1 intereses del público, y considerando, además, que para al·· gunas personas puede ser inefi caz el ocurrir á amonestaciones verba­les ó escritas, y que en consecuen­cia hay necesidad de apelar á me­dios más prácticos, REKUELVK: 1.0 Para que haya derecho á sueldo se necesita, adl'más de nom· bramiento legítimo, la prestación real del servicio. .2.° Fijadas las horas de despacho en la Oficina, l a falta de t>sistencia por la mañana ó por la tarde, im­plica la pérdida de la mitad ó de todo el sueldo correspondiente al día, según el ca'3o. 3'? Para hacer efectiva esta Re­solución, no se pa:ará sueldo al­guno sin la presentación del vale, ,·isado por el inmediato supetior, á fin de hacer las observaciones á que se haya dado lugar, en caso de que no se hubiese ant icipado á hacrrlo el interesado. Transcr/hase esta I\esolución á los Administradores Provinciales para su etMicto C\lmplirniento, y ilése cuenta a l Sr. Gerente de las Rentas f\eorganit.aclas. Fíjese esta Resolución en la Ofi­. cina del Sr. Contador para los efec­tos del pago. SALO~t6:-t HunT\OO. ---- RESOLUCION NUMJ!:RO 82. Ministerio de Gohierno-Secci'ón 6.11 , de Lazaretos-Bogotá, 9 de Enero de rgo8. Visto el anterior mrmorial y CO~SIOEI\A:"iDO : t. 0 Que el articulo 68 del f\e­glamento del Lazareto de Cundi­namarca, el cual principió á regir el 1. 0 de .Mayo de 1883, prohibe la venta de licores embriagantes den­tro de los límites del Lazareto; 2. 0 Que este Reglamento no ha sido derogado en lo referente á la prohibición de que se trata, y que rige en todas aquellas disposicio­nes que no se oponen á las dictadas posteriormente para la reorganiza­ción del establecimiento; 3.0 Que si el Gobierno ha venido permitiendo el expendio de licores embnagantes dentro del Lazareto, era porque no había podido llevar á cabo la organización cientlficu. y completo aislamiento; 4. 0 Que según el artl~ulo 2.0 del Decreto legislativo número ,4 de J 905, e l aisla m ien lo ó secuestra­ción de Jos enfermos de lepra t'S medida de urgente n ecesidad ; 5.0 Que el Gobierno Ejecutivo tiene la suprema dirección de los Lazaretos, de acuerdo con el ar­tículo 1.0 del citado Decreto, que tiene fuerza de ley, y ~u e en estos estableCimientos, lo nusmo que en Jos hospitales, asilo!', manicomios, etc., qnc les son similares, es pro­hibida la vertta de esos licores, y adem¡\s, que estando los Lazaretos destinados á a~ilar en ellos á eie1ta clase de enfermos exclusivamente, n.o puede.n considernrse.co~o m u ni: ctptos, m como corregimientos, m como ninguna entidad pública, puesto que están sometidos á la organización especial señalada por Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOLETIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 893 el Gobierno, de acuerd:-:~Q!I 1 ~as ~~toridades del orden polltico y facu!tndes legales de que está in- judtcJal, w.stulo ; y 6.0 Que en desarrollo del articu­lo ~.0 de la Ley número 1/1 del año próximo pasado dictó e l Goberna­dor del Departamento de Cundina­marca el Decreto número J 59, de ~:J de Julio del mismo aíJO, ~1 cual fue aprobado por el Poder Ejecuti­vo, Decreto que en su artículo go prohihe la entrada al Lazareto de personas sanas, sin previo permiso del Administrador general de aquel e~tafJlccim ien t o, SE RF'SUEI.Vf>: r .0 La prohibición de vender bebidas embriagantes dentro de los limites del Lazareto de A"'ua de Dios, establecida por el artíc'='u lo 68 del Reglamento citad<', clesde el 1 '? de Mayo de 1883, no ha sido d~rog.ada .P.Ol' leyes, ni decretos, nt chsposJctones posteriores. En consecuencia, no podn\n ser intro­duridas ni elaboradas dentro del perfmetro aislado del citado Laza­reto, bebidas embriagantes. :J'? El Lazareto de A gua de Dios está perfectamente aislado, y el ac­c~ s~ de personas sanas á él está pro­lubtdo en los términos ya citados. Notiffquese y comunfquesc. El Suhsecrctario rlo C1obil•rno encargado del Despacho, LUCI.\NO Il!il\1\fl\ ,\, 1'\EQUISITORI.\ ~Ui\IEl\0 •· El Juzgado dt> las Rcnlns 1\cor­gnnizadas de las Provincias de Ba­rrnnquilla y Sabanalanpt, á todns EXIlOJ\TA: Se sirvan, en auxilio de la Ad­ministración de Justicia, dictar las medidas más eficaces con el objeto de obtener la aprehensión y r~mi­sión á esta ciudad, con las segunda­des n ecesarias, del Sr. Clímaco Mo­rales B., contra quien se adelanta en este Juzgado juicio por el d~lito de fraude á la Renta de Salmas Marítimas. FILI \CIÓN: Estatura, regular. Color, moreno. Barba, sin. Bi~ote, escaso y negro. Cabello ne~ro. Nariz, agmleña. Ojos, negros. Edad, ventinueve años. Estado, soltero. Naturaleza, antioqueño. Se recuerda á todas las autorida­des públicas el deber que les impo­ne el artículo 195 t del Código J u­dicial. r ... ualmente se llama la atención de ~odos los colombianos, con las excepciones determinadas -por la ley, respecto d·~ In .obli~actón en que están de denunciar á las auto­ridades cllugnr donde se encuentre el defraurlo.JM expresado, so ~ena de consiüen\rst•lcs como cncubndo­res del delito por que se procede. Libl'atlo en Barranrptilla, á los tres dfas dd mes de Enero de mil novedentos ocho. El J uct, EusTonmo Dn:-~A oo. El Secretario, flc11jnmin Torres. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 894 BOLETIN DE L AS RENT AS REORGANIZADAS TIMBR E NACIONA L 110\'III IE~TO DB DOCU.\IE:-ITOS PI\1\'ADOS E!"i El. EXPENDIO DE üAI\I\AI'iQUILLA 1 J:N NO\'IEMDI\E DE 1907 Fechas. Totlll de Dcscripci6o, Dtos. Dtos. Valor de docu. Ptos, Valor de 1907· dtos. iodos. en oro. meatos en oro. en p. m Dtos. en p m, Nbre. 2 17 Documentos as{: 14 $ 13,04!:1 3 t 3 $ 204,000 .. 4 12 " 12 5.7 52 95 .. S 22 " 2t 6,789 42 l 20,000 " 6 7 " 4 1,300 3 42,700 .. 7 7 " S 5, 19 2 JJ,SOO " 8 S " 4 4 J90 52 1 8,ooo " 9 8 " S 1,504 82 J I I J,OOO ,, 1 1 S .. 4 2,J20 98 s,ooo •• 12 40 ,. 35 16,770 .. S 24,J7 1 ,. IJ 13 .. 8 4,189 11 S 70,200 ,, 14 28 " 27 7.799 4J 1 2 17,17 1 ,, I S 17 ., 1$ 10,230 88 2 10,000 " 18 JO " 22 22,757 68 8 262,89 s " 19 19 , 17 23,88s 87 2 210,00:> , 20 14 " 13 6,182 38 1 6,ooo " 21 8 " 6 779 So 2 6J,J68 , 22 24 " 19 5,883 92 5 134,000 " 23 6 " 3 2,950 ... J 14,400 .. 25 8 .. 7 4,715 09 JO,JOO " 26 8 " 7 $,660 88 ... ....... .. " 27 8 " ... 5 2,354 65 3 85,400 " 28 16 " 15 8,505 57 10,000 " 29 4 .. 3 950 ... 2,000 " JO J " 2 J08 74 10,000 - ------- -- 329 Suman .. ...... 27J S 164 2J5 .. ss S 1 .s74.3o8 1\ESUMEri: 1 documento indeterminado ........ . 27J documentos en oro .. $ 164,2J5 al diez mil por ciento$ 16.433, 500 SS documentos papel moneda corriente .. .• . .. .... .. ........ r.fi74,308 Total 329 documentos. Valor en papel moneda cor ri ente ........ $ 17 .997,808 Barranquilla, Noviembre JO de 1907 El Expendedor Oficial, F. SÁMCRIZ. G. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BOL~TIN DE LAS RENTAS REORGANIZADAS 895 TIMBRE NACIONAL MOVUIIJU(TO Dlt DOCUW::!>."TOS PlllVADOS E.N EL !.XPJ!I>'DIO ESPIClAL DF. BOGOTÁ, IL"' !L lOS DE D!ClF..\IBRit DE 1907· Fecbu. N.0 de documentos. Indetermi-nndos. Oro. P.M. V;;lor en P. M. Valor en oro Dbre. 2 57 documentos 4 8 45 S 1.417,379 ... S I$,61$ 85 " 3 $1 " 2 8 41 l.$81,432 2$ 16,139 20 " 4 73 " " 9 64 1.1$8,797 40 6,914 41 " S 54 , 3 6 45 1.001,182 1$ 18,838 ... " 6 40 , " 6 34 939,145 2$ 13,410 ... " 7 53 , "

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Boletín de las Nuevas Rentas - N. 22

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