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La cestería es un oficio tradicional que guarda un enorme valor artesanal

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Gazeta de Colombia - N. 103

Por: | Fecha: 05/10/1823

GACETA DE COLOMBIA. :IJoGOTA Í>Ol\llNGO. 5 DE OCTt1BRE DE 1823.-13. TRIMESTRE s. ~ Esta gaceta sale los domingos. Se suseri6e á cita en /ti& ~ ~· La sus'Cri.cwn anual ·vafe·. 12 ps~ 6 '" del semest.re y.'.} /a riel ~ ~ admimstrc.ciones de correos de Bo~otá , Caracas ; Quito, ~ ~ trimestré~ El editor. dzrijirá los nútns. por los t:Qrre'os á los ~. ~ Santamarta , Cartajena ~ Popayan , Citará ; Panamá~ \ ; suscritores: y los de t:stá ézudOR presidente para aux!liar á nuestros hermanos de aquel pais, y poner á .cubierto de toda irru pcion el territorio de Colombia, asi como tambien los encarecidos ruegos que hace el gobierno dd Peru al L t BE n T A no R presiden~c p~~a que marche á dirijir personal. mente al t>jército que ddiende la libertad de la America del sur en el suelo de los incas; t TENtENno iN CONSiDERACION~ l. QueelmismoLIBERTADOR presidente por eonducto del gobierno solicita p.tra ello, conforme á Ja constitucion. d acuerdo y con­aentimiento del congreso: 2. Que si la república de Colombia se halla en la necesidad de dar al mundo el su­blime tjemplo de protejcr y a8t"gur¡tr la liberM tad 6 independeAcia de sus hermanos del Pe. rú. está igualmente en la de procurar en su p1 opio suelo la consolidacion firme y estable de sus instituciones liberales~ sin lo cual en vano habrían sido los heroicos esfucuos que ban he-cho sus hijos para ~1 logro de los bie. nes que han de producir las mismas insti• tuciones liberales: Y 3. que nadie ~st' mejor impuesto de las cireustancias políticas y militares del esM tado del P<:rú, ni de las p('culi~res de la repÚ· blica de Colombia, que el Lrn E R TA noa preM aidcnte, de cuya prudencia y celo por el bien de esta nacion agradecida tiene el congreso la mas ilimitada confianza. l>.ECRE'i'Ait: Está. en arbitrio del Lr 11ER1' .A notl presÍM dente marchar al Perú con el objeto de tjjrijir personalmente ta gunra que:sostiene el ejército unido pata defender la libertad1 é indepen­dencia de aquel estado siempre que atendidas todas las eircustancias políticas y rnilitarts de hls dos naciones, lo crea oport'uno y ne .. cesario á. la con5ervacion de &us derechos y libertades; y bajo la condician de que su au. aencia no ha de: prolongarse por mas tiempo que el absolutamente preciso para la con!SC• cucion de Ja s{'guridad de la Republica Pe. ruana, y de que no pueda salir de su territQTio para el de otro estado, sin el previo consenM timiento del cGngrc:so. Dado.en la ciudad de Bogotá á 4. de junio de mil ochocientos veintitres-El vicepresidente dd senado Juto>nMo ToRR'Es-El presidente de Ja cámara de representantes Doit Il'f co C.&1cEno-El secretarió del senado Antonio Jos8 Caro-El secretario de la cámara-Pedr• 1ü Herrera- PS del cuerpo diplomatico comensarán á correr desde el dia en que se verifique 5U embar­que de los puertos de la Republica para &U destino, 10 ° Los gasto8 impendidos por les em. pleados diplomaticos. fin sus viaje~ de ida y vuelta de los paises á que fueron destinados, seran abonados separadamente por el te&qro naaional, con previa aprobacion del gobierno f1 cuyo efecto se llevará cuenta y razon de di­chos gastos .. 11 ° Los sueldos y a!tgucienee del cuer. po diplomatico de la República. se abonarán íntt"gra1nente y sin descuento alguno. 12 ° Se reToca en tedas sus partes c1 de. creto de 31 de «mero de 1822. E 1 seeretario de estado ael despacho d1 relacione& e~eriorea esta cn~pgotá fo pre~n­taron sus renuncias los do~ ·mie:mbros que faltaban; el señQf Cuero desde Cali proyin­cia de Popayan; y el sefior Narvarte desde Ca~acas~ por una part~ se encontró el ~je­cutivo ~m ley que prefijase la autoridad que debia conocer de estas escusa~,- y por, Qtra las hallo fondadas y por emtsiguiente justas; e~ cuyo conflicto y en el de tener que ejecutar Ja ley del establecimiento &l supre1110tri­bunal judicial resolvi6 escusarles de la com­parecencia~ declarar fundadas en razoo di­chas. renuncias; y nombró conforme al ar .. tículo 142 de la constitucion ministro juez iuterino al 'scaJ dr. Asuero, y fiscal inte­rino al dr. Francisco Javier Yañes miem- - bro de la corte del Norte~ El dt. Narvarte:fue en seguida nombrado miembro -t:rtad, y d(·he ~erlo con mayor motivo por lo~ amt r ic«nf)s como que pode'mos ernplear coc~ra fr:s r-ntensio .. ne;s de la Espan.l el mismo le1:gu;:;je que emplea el rey Fernando contra las sion no puede ser mirado . bajo otro aspecto que el de una violacion del d{"recho de jentes, y el de una ruptura Rbierta de hostilidades con­tra Eiip::1na, gridad de los e~tados de la monarquía, y escarmentar la audacia de los enemigos 'llle Ja invaden, he venido despues dt:: haber consultndo al conce­jo de estado, s<>gun previene el arcículo 236 ele Ja constituc1on política, t:n decli1rar la guerra,como en efecto la dcciaro á la l' ra1 ..c!a, y por lo tanto encarg<> y m a11clo á bs ~all:•ri­dades á. quienes c ompt:-ta la h· ~ tilicen J'Or mar y tierra, por todos los mc · ciit)~,CJlW tHén á sus alcances, :st·gun pn:vi\.·ne t.•l dtr.: Lh•i ll ó la ignominia, va .. sotros sin tituvear un momento os &b.rl;l~as- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 3.A..CETA nE COLOMDioA ------------------------ ·-----·· . - ·- - - - -- - ----------------------........ -- te1s e!1 b adversidad, y por el áspero sen­dero que din os presentaba supisteis arrib~r i la gl0ria y asegurar vuestra independencia. Parecía que despues de aquel escandalo dado por el atrepellador de las naciones, los que 5c abrogan el titulo de restablecedores del ór­den y reguladeres de l~ Europa no debieran repetir un ejemplo tan (unesto sin estreme­cerse de sus consecuencias. Parecia que el pueblo nob!e y valiente que. abrió la senda á los triunfos Cl)nseguidos sobre el Atila fran­ces, debiera ser mac; respetado de lo~ princi­J> es que tanto le deben. No es risi por des­il" ªci01., En el corto periodo de tres lustros Ja desdichada Espafia es envuelta otra vez en igual calamidad que la anterior. Diriase que Bonaparte desde la tumba en que yac~, ~otno para vengarse de su espantosa caída, amma c~m su ambicien antigua i nuestros enemigos imprudentes, los fascina con sus prestijios y los impele al precipicio fatal en que se perdieron sus predecesores. A esta ansia frenética de mandarlo y domi­narlo toclo, y á la escandalosa agrc. ion que acaba de hacer el gobierno frances para conse­guirlo, sirven de razon ó de di¡¡¡culpa unos cuantos pretestos tan vanos como indecoro~ sos. A la restauracion del sistema constitu­cional en d imperio espanol le dan el nom­bre de in ~errecc1on militar; á mi acepta­~ ion llaman violencia, y mi adhesion cautive­rio, accion en fin á las cortes y al gobierno que obtiene mi confianza y la de la JH~ cion:y de aquí b:m partido para decidirse it. turbar la paz de~ continente, á invadir e l territorio espanol, y volver á llenar de sangre y fu c-go este desgraciado pais. ( 1) ¿ Ma~ á quien pretende enganar con estas tiuposiciones absurdas ? ¿ Es aca~m ;i la Europa donde ya la razon y la equidad tie- 11en hecha de ellas Ja justicia <]Ue se mer~cen; ó es t>or ventura á la Espafü1, donde causarian ri:za por su repugnancia, si no fuera tanto el enojo <1ue inspiran por su odiosiclad ? Yo no uecesito, españoles, recordciros los sucesos de la restauracion. V o:sotros sabeis, y el mundo tambien lo smbe, que si cupo á unos pocos esforzados militares la gloria y la for. tuna de !Ser los primeros á. dar el grito de li­b r·rtad en un estremo de la península• toda la . nacinn rt:'.:spondió voluntariamente á este va­liente grito, y en menos de dos me~es Ja con ittitucion fue proclamada y jur~da en to­das Ja~ provincias. Jan!as un deseo, jamas una aclamacion tan rá nid~ , tan universal se vió rC'al iz ~c!a en un án;hito tan grande. Si se quiere hallar igu~l <'jemplo es preciso ir a buscarlo en aquel c or.curso de voces y de aplausos con que vosntros c¡uinee anos há os declarastc:is con­tra la ~!gresion de Bonnparte, y os arrojasteis á r escnt:lr á. vuestr0 rey ,por que en vosotrs solos ~s donde se vén esos grandes fanómenos polí­ticos, riue sorprenden la fantacía, escitan la suspension y ti asombro, y desconciertan toda~ las medidas del calculo y de la astucia. Prommcic.da asi con tal &olemnidad la vo­luntad jenerd de lo5 espaiíoles, mi deber. como esp:inol y como rey, era condecender con su deseo, y aceptar y jurar aquellas leyes bajo cuyos auspicios habíais conservado mi trono, defendido su independencia, y arrojado á los enemigos del territorio. Estas leyes habían sido aplaudidas y reconocidas en Eu­ropa por las mismas potencias que ahora afec­tan presindir de su justo y gloriosisimo orijen. Est."ls leyes no habían 51do dadas á la nacion por el ejército: el ejército y la nacion tClda fas recibieron de sus representantes y las ju­raron con la mayor libertad y con la mas dul­ce gr,1titud. Estas leyes, suspendidas desgra­ciadamente por seis anos, ofr~cian un asilo de tranquilidad y ele reposo á. la ansiedad espa­iiola, una prespectiva de felicidad, un punto cierto y fijo de reunion, indepenchente de todo interes y futuro, y su poneos ya en poder de vuestros encarnizados tnemigos t Tiranizados por los jefes, ínstl'ttados por .Jos subalternos; es­pilados por los publicanos; cercados de espías. de:strosados de sospechas,. asaltados le v ambicioso? Hablan de mi liber­H\ cl; ¿ qu .. é entienden por este nombre ? J La qtiedieron al rey de Nápoles,mi respetable tjo,, it cinien no han dejado cumplir ninguna de las promesas qu«t al partir á Laibach hizo so­lemnemu1te á sus pueblos? Y despues de haber sido los fautores é instigadores de todas )as venganzas, de todas las preocupaciones y a­marguras que han caido sobre aquella desgra­ciada nacion, cuanclo por un momento creye­ron despues que les conveni:.1 darse Qtro as­pecto diferente ¿no han echpública segun lo indi­caran las circustancias, y en otras leyes 5e le autoriz6 igualmente para hacer los gastos que sus diversos objetos· requeri:ín, además de aquellos que necesita la administracion ci­vil y de hacienda; pero no habiendose pues­to á di5posicion del g0b!erno sino los fon­dos ordinarios para cumplir con eiitos encar­gos, naturalmente se presenta la duda de CQ­mo podrá d gobierno satisfacer á las nece­sidades mas urj~ntes no bastando los fondos ordinarios. El co11greso repetidas veces fue . informado de que el ingreso ordinario del ei-.¡rio era inferior al egreso, aun sin contár muchas deudas anteriores , como la de los 8ueldos devengados por la milicia en ¡,,s ;¡fios pasados, el reintegro del tercio retenido á los empleados en d ano de 22, el pago del --------------- ( 5) Tamh1en el golnerntJ espa.ñ 111 cree fue los amerrcanos t10$ amedrentamos con su1 amenasas. Los colombianos siempre serán los mismos fJUe hieieron morder la ti~rra á 20 mil españoles conduczdos por M11rt/lo La. T•rrc, Mjimen consti.tucional. Mas nosotros no podemos ser insensibles al mal que iremediah1emente produciria el desamparo del '"jército v de lwi plazas que noi sirven de antemuaales: en nuestro toncepto hay. raodo legal de llenar. el "Vacío que l1a dejado Ja lejislacion, y sino es el de Ja ejecucíon del artículo 177 que dejamos e:spUesto, el artículo es inútil y su. ~erflno, por que no siendo este el caso eo que puede aplicarse ya no h::iy ninguno otro. Las contribuciones que imrKne el poder Je­¡ islativo jamás tienen le -que 10s economistas llaman ínclennisacion. Todavia 110s atrevemo9 i avanzar un poco mas.Los publici~tas llaman derecho de nect"Sldad d que la necesi­dad dá á ciertos actos que aun que ilícitos. no se podriá absolutamu.k sin dlos satisfa­cer un .. obligacion indis¡:x:'nsuble. Sino bcry ()tro medio de cumplir la cúligncion, y si esa obligacion es urjente, la necesidad hace lícito lo que In lf'y declaró iHcito. El bie11; la ne­cesidad de complttár la libertad de Colom .. bia, y contribuirá la de{ Perú -con auxilios de tropa es "'ien notoria; las privaciones quo padecen Jos cuerpos de operaciones y d~ guarnicion no se ocultan á ningun patriota, el medio unico de cumplir con la satisfaccion de estas necesidades es el din<:rQ, por que d dinero es el alma de la guerra; el gobierno es á qμicn la ley fundam~ntal le ha encargada de llenar e!tas indisp«:rnmbks oblig'.1\cion~s¡ pero si Jos recursos c¡uc se le han entregad9 I.lO h.tstan, ¿ d derecho de neet>sidad no te autorizará parn buscarlos de algun modo, y mucho mas si deja iksa la justa disposicion del artículo 177 relativoi á la indtmnizacion.? Las co~tribuciones ó iri ·p1esto1 que ur.ica­mente deben emañar dd cuerpo lejislatil'O no son de naturaleza St'rncjan.tt á lt>s t.mpres.. titos. Estos no. envUt·lht:n la privacion abso­luta de una p11rte de Ja. propriedad4 como t:n las contribuciones; la p~trte con que un ciu­dadano comrjbuye por 103 1mpue~tos directos ó indirectcis, no se le reintegra jamás, y el bt'neficio único que de esa contribucion re. porta, es la seguridad dC"l uso de sus dtr:e­chos, en la sociedC1cl; t"n d ~m¡.irtslito no es el ciudadano despoj~•do de su propriedad • puesto que conserva el derecho de que se le indemnice con las gauanciMante h;g-c1r para adoptar el medio indicadr1; y últi.rnnmente por que la ley de la existencia y sc-gwiciad e11 la m~s sagrada de todas las leyl9~ y " v:.ile mas defender á Siracusa que morlI' resol .. viendo problemas de jeometria. ,, A VISO A LA JUVENTUD. Estamos autorizados para escitar á los.jó. venes c¡ue conforme a> artículo 6. 0 del de. creto del gobierno que h0y puhlicamos. as­piren á ser destinado!-\ á la ~wcn·taría de 11 legacion cerca los Estarlos-Unidos, dirijaa sus memoriales a la de estado y relaciones esteriores, dentro el término de seis mes{·s ea que deberán hacerse los nombramientos. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 103

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Mariposa Eutresis hyperia antioquensis

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Mariposa Heliconius leucadia leucadia

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Cuadrillas de vaqueros guiando el ganado durante el festival de coleo

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Gazeta de Colombia - N. 104

Por: | Fecha: 12/10/1823

GACETA DE COLOMBIA. BoooTA. J>oMINtl.O 12 DE OCTUBRE n11 i.8~3.-1~. TRIMESTRE s. ~ Esta glJc~ta sale lus ·domingos. Se nt'seribe á ·e/tá en le& ~ ~ La susc~iczon an.ttal vale. I~ jJs . . 6 _IB .·del semestre g 3 la di/ -~ e, admimstracfo'fics tie correos de Bogotá ·, Caracas ) Quito, e, '~ trzmestr?. El editor dinpr3 bJs nums • .pqr los correos á lo.r ~ ~ Santama;tá ·, Cartajena , P_op~yan , C,ttarii ~ Panamá, -~ ~ suscri~~res: !I los 'de _esta :~íudad .11os Yecibtrá• en ·1a riendá l ~ Medeltin, Cúrriéiná , Guayaquil y Ma11Jcatbo. e, ,e, te Rajael Flores, dtmde. tamb~en ·se' admtten. -suscmidnes !/ se t ~- ~ ~ venden los 'númf.. á 2 t· rea/e,. · -~ t6i'.,..,..,..,.,,...,..,..,,..,,...,,...,,...,,...,.,,.,...,.,,..,..,,..,,..,....,..;,. .,.,~.,..,...,...,.,,...,...,..,,...,..,...,,..., ...... ,,...,.~_,...,.-,,.,,..,.,,.,,.,,....,...,...,..:;,.;,..,...,..;...,..,,.:,...,.,,...,.,,~~-,,.-.,..,,._--.:;.,;..;v..;.~ INTERIOR LE Y. ltl .-nado y cámara de r¡preS'e'ntantes de Íá repúblzcci d~ <.:olombia reunuio6 e11 C11ngre&11. Visto el mensaje del poder ejecutivo y los doc:umnarios y ajentes pt1:blicos anterio• res, y en su consecuencia terminaron _igual..­mente Jos poderes otorgados con fecb'a .Vft­inticuatro de diciembre de . mil ochoden~ tos diez y nueve. en la .-ciodád _de Ango·s­tura en favor ·,del ex-ministro Zca_- no so'­lo para no poder een~inuar .en su virtud !as­operaciones d_íplomáfica á qu; se habían contraido ·süs il'lstru-ciónes,sino prinápalmcnte para no entrar en negociaciones fiscales, á lo cual quiso'estender posteriomente dichó'!S pode._ res estando 'ya impuesto da semejante innovai. cion sustancial¡ como '}lle hizo méritó d~ las nuevali leyes en los ·pé!garés que em1tió el 'trece de marzo de mil ochocientos veintidos. 4. o En fin: que al mismo t-iempo que ts 'un deber del congreso precaver la di~ipa'ci'on 'Ó estravio dt: los iutertses 'de 1a na·cion cu vos derechos hA deprnsitacJo ei\ sus mimos·, ho. lo es menós cum.plír relijios<.ú11eúte las ubliga­ciones just reconocen tOtlas las cuntidadei> qpe acb:::diten lt-jitirname1¡te lbs "~1~et·dores haber suñünistra.ero nó se .encontr.6 quien tti­. \-~~ra ~?od~res bas~ante~ para ello. El pódéf fJrcuuvo há meditado mud~o Jo's medi~ de cumplir el decreto anterior á satisfacciofl · ele i:os int~r;~ádos .en d ~mpré.stíto, f .siit grava per1uic10 de Colombia: MÍ lo ha ofre­ddc: i; y así se tumplírá; i1ara qüe la híst~ria dt: ~úestrw. i~tlependencia y .libertad. :Jamas con~1gne :em,sus prec~osos ~náles que .Jos ~olom~i.anos ·Se ·aprovechar-on tle i-e~ursos 'ftt• no qlnsteron pagar con las condiciones que la ne\.:esitlad y la guerra l~s forzaron á con­\ lenir. Si el emm:.éstito de 30 tnillones de pe$os defretadel por . el Cot~greSo se verifica; como par~ce . pro bable~ los negocias fisca~ les de la Repiíblica cambiará111 absolutamen~ · te de_ caracter, y los aaeedor~s antiguos 1 nuevos ~e vt:rán menos espuestoS á perjui­cios~ dudas e incertiduthbtes.-:--Cólombia sirt la guerru es cap::lz de !atisfa~tr una deudli inl.icho m~y~r. . ..-· - PORTUGAL f .. á constitucion; sancionada por ia . '2a0teti en 1822 ha dejado d~ aer el código ,de Iba pc~rtuguests, y las córtes- ,han cesadei> .de repre.sentar a los pueblos. Este catnbio tail sensil:ile para la cotusa del jénero hurtHin<) J1a sido el efecto de u11á insbtre.Cion det brigadíer Sampayo ( á quie11 el gobiern~ ·constitucional babia calificado tJe dt:~ft'e:. to ) que seguidamente fu~ ayudado tld ih::.. fante doh Miguel¿ Et rey se 4abia retirado deuh;boa durante la fd'mentacio11~y el 18 ql: jtiRiQ espidió un ,decrete en ·SO palat:i~ ~ti B~mpcsta declanm<;lo ,, qtie estando ft.md!:!Ua la cbnstitucion de 1822 en vanas teotiaá;no -soi~ era it~cornpatible con l<~s ha9~tos;opiüio~es . f m~ces1dades de Ja ttac1bn, sitl<;> que estaba . t 11 contradictibÍi con el ttonb~ " peto M irtls.J ino . tiempo protest6 qüe sus deseas ctari de gobernar de un modo anáfo~o á lk· ci~ . ,,i!isacion .del siglo; t á la forma a.e · go,;. bitrno rerresentnt1~0 admitida . en. !:ufopa, Al t-fecto Iiotnbr6· Una cotnfoioTI de 14 mitfri .. ' bros para . que le ptcseiltasen un .proy~c. to de con~tituc~on1 cuyas .bases fueseh con.­formes con el derecho público; ~ pusiesea · t'n arinonía el ejt:rtieio dd pode; ~upreru.o y la .seguridad legal y· perm~men~~ dH P\l~'!' blo. La cemision qoe'Po nonibrat:Hl. · . Cuandb este cambto acontc.c;ja rn Portu. ~al; en .. .€! .Brasil hací.a p.oco detnp'.<> q.t;i,e se habian in~t¿¡lado las c(>rtes en . aquel ini­p~ rio; el . 3 el~ may~i e.11 }l)<:'mori~ de q;~ tn ig ~1al dia babia 8ido ~esculieHo el 13rasiJ por CalmH, ~ se -vió reunida , pot primera ve~ la fejititna . tepre~ntaGion de los (lntblos. t:i empüador doil Pedro se . p~r:s.ent~ é11 la a~m­' l°lle' a, y dijo un estenso y . ~r.érjico ~iscur­a: 1, cual solo tiene .un pequeño e~tracto el f:6Jns(ztuc.umal de Paris que puhijc~ ~Jl ~l mimeta si¡uiente. · - :.. · -.. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~. ESPANA .. Tenemos noticias directas d• Francia y Eapa~a .rdativ~s a ~a inya&ion de !ª peninsu­. la. Despucs de la ~traia e~ Cad1z dd rey y las cortes; l~s tropa.s fran,ces:ts ~um eitable­ ·cido el bloqueo por tierra a las ordenes del ccmde Borde&eult. Por el mar no hay sino tres ¡,uques de guerra franceses, y los espanoles debi&m armar 50 -cafioneras. Los franceses se ~ -dirijido hácia Asturias y Gali~ia: en Asturias tenian ·que 11.}char contra vanas pat­tidas fuertes de guerrilla, y en Galici~ se anunciaba un buen plan de defensa. Morillo, Quiroga, y el .je~eral ingles Wilso~ e.s~aba? en dicha provincia. Ballesteroi re~orna el rei­no d~ V alenc.i.2J, aunque la capital había sido ocupada pGr los franceses á las Órdenes del conde Molitor: Mina permanecía en Catalu­ña, y ,si se debe dar entero ~r.cdi~o á los partes oficiales ~~l .con~~ Gmlle~1110t ~a­yor- jcncral eel . ejercito frances, ha. sufrido pérdida en diversos encuentros .parciales que ha tenido. Un nuevo cuerpo de restrva de 30 ·Jnil franceses al mando. del mariscal L·auris-. ton debía coloc:atse en la front-era de los Pi­rineos para entrar en Espana, si era ntcesa­rio. ·Las plazas de San-Sebastian, y Pamplo­na y el. fuerte de Figucra& continuaban ep po­der de los constitucionales. En Madrid se dejaban notμ" .conmociones populares con­tra los libertadores de la rtacion ( a.si se Daman á las tropas francesas) y una proclama del correjidor trataba de restablecer la con­' tianza del . pueblo. Las c6rtes han espedido decretos terribles contra las personas que to­maren 6 hayan tomado parte con los franceies, y la rejcncia de Madrid á 15U tu~~~ }os ha espedido contra las cortes, y el eJ erc1to que escoltó al rey. á. Cadiz. Cerca de la rejencia de Madrid cstan acreditados los ministros de las potencias eu­ropeas, á. escepcion de Inglaterra. Elgo~ier .. 110 ingles no habia reconocido á la rejtncia y aunque su ministro el se-nor A 'Court re­~ idente cerca del gobierno constitucional en Sevilla no babia seguido á· Cadiz~ los dia­rios in¡leses lo atribuyen á. la destituciQni del 'tcy Fernando de sus funeiones á. tiempo de ierificarse su traslacion; pero ya hemos pú­blicado la re~titucion de sus facultades, lue­~ que .llego á Cadiz. El ha nombrddo al 1eneral V aldes gobernador de fa plaza y co­mandante de la marina; al jeneral A lava inspector jencral de artillería, al jencral Rie­go segundo jefe del ejercito de Ballestfaos. ~ de.c'reto del duque de Angulema cre­ando la re)encia d~ Madrid es de 25 de ma­yo, y en . él declara esplicitamente que los concejos de Castilla é indias se resistieron ¡ establecer dicaa rejenc~a. Los diarios fran­ceses no est!lban de acurde en convenir en el rumor que corría en París de q!-Je el duque tlejaria la peninsu!a y volveria i Francia en ~irtud de que le reemplazaría otro jeneral. Ctr El caracter y firmesa que ·siempre ha distinguido á la nacion espanol.a y la enerjía que los coustitucionales dcspl~gan en la pre­sente guerra impiden fijar el élesenlace que tendrá esta dolorosa contienda en que de la parte contraria se vé un ejercito podero­so, ayudado de los mismos espanoles. Muy clistante1 nosotros del teatro de operaciones, y careciendo de los diarios de las partes belije. rantes, ~es imposible aventurar nuestra opi­nian. Copiaréraos las observacie él in­comoda al jenera1 Donnadieu, como hace ir hácia las montanas fronterisas al baron de Erales •..•• " Nosotros concÍuiremos este cuadro enume­rando las plazas fuertes mas importantes, y los jefes revolucionarios que aun nos quedan por someter: entre las primeras ~ontainos á SansebastiaA, Pamplona, Leerida, Barcelo­na, Alieante, Badajos, Cadiz y la isla de, Leon. E~tre los segundos á. Mina, Llobera, l\i1ilai:is , Morill•. ·Lopez-Banos, Manao, Casteldosrios, Rottem, Villa Campa, .Zayas, y los jefes de guerrillas Palarea, Campillo, el Empesinado, Jauregui, y otros. No; eita ---------. _ _.._ --------- ( ~ ) La Estrella periódico de París. ( *) E1te era el partido que t¡u~ria, u1111 1on1eitumm i~me lti d~ FrcncUl, guerra no se ha concluido. No; los revolu­cionarios espanoles no apliGarán á matstro valeroso ejército es~e verso: la victoria szn pe­ligros es u1:1 triunfo sin ~lona. ,~ . En el constitucional del 2 de jubo se leed sig1:1iente artículo. Bayona 1 o de juli,. Lu cartas de Guipuscoa aseguran que por or­den es presa de. Madrid deben marchar para a· quell• corte todas lus tropas disponibles en Ja línea descié lrum á Burgos. Se cree que este movimiento se d.irijc con el fin de rem­plazar ias tropas que han salide de Madrid p~ra Andalucia y Galicia donde los sucesos van complicandose. Una earta deMadrid del ·26 de junio afirma que el rejimiento número 23 que estaba t-n marcha á 30 leguas de la corte había vueito á entrar por rcleV'o de o tros cwerpos enviados al jeneral Bourck que pare­. ce habia teilido encuentros considerables con el enemigo. La situacion de Ja penín­sula es aflictiva ; ... el furor de los partidos esta en su cofmo .. : • • . .. Parece que la salida de la guarnicion de 'Leerida ha dado la­gar á combates de algun valor: fu~ movimi .. ento convinadó con · Mina. El apresamiento de nrnchos buqu~s del comercio ha alarmado esta ciudad ; esperamos qué la escuadra real tome medidas para reforsar nuestros cruceros El rejimierito 4L que está aquí de guarnicion m:uchentimiento de amistad hácia las dos naciones; si la Francia no la admitió , fue por que no reconoci3 que hubiera difrrencia alguaa entre ella y Espana que pudiese ser smnetida á los prmcipios comunes de una mediacion. Si la Franci:l por un golpe de ma~ no se huh}ese apoderado de Menorca, enton­ces h~bria tenido lugar la mediacion, reco­mendando la restitucíon de la isla, y una com­pensacion; pero en la pu~ i cion en que ~e encontraban las dos potencias, c:ida una de ellas d1:cia que no veia el m ediG de c~m· ciliar sus difcrtn cias. "El ministro espafiol Sanmigud se que­jaba en un d espacho d~ 15 ch: nl!lvicmbre de que no se le comunicarn lo que pasaba en Ve. rona. pero hnbiendose concluido el congreso el 29 de aqud me~, yo hice instruir al go­bierno espai'iol pür medio de !U encargado de negocios, de lo que babia pasado en el congreso, asegnrandole de bs buenas dispo­:: siciones dd gobierno inglés, aunque sin ha• bl:irle de las resoluciones del momento· por que aun s".! trataba de los negocios de Es-. paiia cuya decision era dudosa ..... Pero lue­go que se deciclieron, se comunicó todo· al gobierne espanol,. y. el sr. Sanmiguel ~· nifestó que estaba conveRciqo de que la Gran Bretana no podia comprometer los princi­pios de su neutralidad. , , " Es sin duqa una desgra~ia que n~estros oficios cerc~ de la Francía hayan sido inu~i­les. Atribui!:'h' á la Rusia es una acercion que no tiene otro apoyo que conjeturas, y ojalá que en esta icámara se manifestasen verdaderas ra•ones. Se pa asegurado, que la Francia no podía evitar la guerra, y se ha tratado de tontes, ó incautos á ·Jos minis­tfQ6¡ ingleses, Es preciso coQfesar que los ministroi d~ 3. M, B. no han ~idQ ~olo5 los chasqueados. El~r. de Montmor:ency fue de embajador á Ver~nlil y á. su regreso se le hizo duque: tres dias despues se le exoneró del ministerio lo que me induce á creer sue Montmorency tamb1en fu.e chasqueado. Y o he creido po_sitivamente que el cambio de minis~ros en FraTicia provino del com~o de pripcipios y que la Frnn.cia quería lu paz. En pr~curar convertir en mera cuestionde la Fran­cia lo que se censideraba como cuesti0n de la_ Europa no h.1y motivo para llamar tontos á los miui:.tros ingleses. E} diequ'e de Mont­morency en su nota al duque de WelingtoB mude) de tono, y el ministr9 Chateaubriant declaró que la cuestion sobre los negocios de España era del todo f.'rancesa. Yo cree> injt:nuamente que el sr. Chateaubríant es un hombre honrado; no tengo motivo para pen­sar lo contrario, auaque contra su intencion me haya hecho un perjuicio. ,, (Despue& de hablar el mini~tro sob're el apresamiento de una corbeta espafiofa por uri buque franccs, siguio su fiiscurso refiriendose á los oficios empleados por la Inglaterra con el gobierno espanol.) "Teniendo la Francia tanto derecho á guar­dar sus fronteras con un ejercito, como la Es­pana á conservar su constitucion, nosotros no podia-mos decir .á Ja Espana que su hon.or 'ops impedía cbrlc consejos; nosotros le dijimos esplicitamente que si modificaba &u constitu­cion, la Francia retíraria sus tropas. El deber de un conciliador, dice Vattel, es apoyar los derechos de la parte ofendida, aunque no debe insistir en concliciones dura5: en cualidad de conciliador y no de juez debe empenar á la parte ofendida en ceder un poco á fin de que ae conserve la paz y buef1? intelijencia. ¿Se puede asegurar _que el gobierno ingks ha he­cho mal en rec~mendar á Espana que cediera un poco de sus derechos para lograr una con­ciliacion ? No; el gobierno ingles ha 11c:mado su deber. Se ha dicho que habíamo;> querido obligará la Espafia á quebrantar sus juramen­tos: no ha s~doasi. Dos pa·rtidos estaban pro­nunciados en orden á Ja reforma ó inviolabili­dad de la constituc.ion: Jos que contaban su. establecimiento desde 1812 sostenían que ya estaba éumplido el plazo de_ los ocho afio~ que ella · babia prcs~rito para que se pudiera refor­mar si 1a necesidad lo txijía, y los que dedu-t. ian desde 1812 los 6 anos del poder abspluto orridos desde .1814 á 1820 sostenían todo · o contrario. E~ este conflicto de opiniones 'inuchas per~onas ere1an gue se podía modifi­car la cons~itucion sin quebrantar el juramento de sostenerla inviolable, y los ministros : tan precipitadamente. Nosotros hemos dado esta declaratoria el Sl de marzo, y el 7 de abril ha atravesado el ejerdto frances el Bidas­soa. La quisimos hacer mas. antes; · pero ha­biendo visto el discurso del rey de Franeia á. las camaras, se manifestó al encargado de negocios de Francia que consiguientemente~ los principios emitid0s en el discurso de str amo, no h"'riamos ninguna declaratoria. La. rehusamos mas que todo'por que did1os ·prin­ ·cipios nos obligaban á colocarnos en la época en qu~ la Francia ejerc1a un poder ab:. ·Jlute sobf'e Espana. · . " Y o me atrevo á creer haber probacfo que la conducta de la Gran Bretañ'a ha sido JUSta ,¡ asi con respecto á España, como con re~ect-o á Portu~"J1 i. la ¡anta-alianza y ar mundo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~ )enera1. t r.l l'fl.inis'tfo t'.:OllttnUO. COl'bbat)en;a; do d dis"€tlrso de \lnf) de los miembros de la ~am:ara -en f que 6'S°entaba ·que d pue• blo de Inglaterra estaba p'tm;ito á contribuir eon- subsidro-s en favor de los-espanoles libe .. ralt"S, y des pues de \Ina tiescrip'don muy elo­~ uente acerca dd estado -de los partidos en Eutopa-conciuyó .sosteniendo C!Jlle la Gran Bretana debía contentarse con mantener la balan-za de la ju~ticia sin sacar la ~sptos. · Mas no sttcede Jo mismo cuan do las cantidades que e_l gobierno toma pres­tadas se deben invertir en el aumento de· capitales productivos y reproductivos, por que entonces h~y una verdtado r~porta ventajas considtrables. Co­lo~ bia no se empena en esta vez f'n la suma de 30 millones de pesos sino por ·que quiere consolidar. en esta sola cantidad toda la deuda antáior, cieuda contraida en tiempos calami· tosos en lrrdflt;;.indo# bien, e.s decir) seti~faciendo eo:n pU~tualidad al intcre& de la deuda~ y haciendo pocos g:.istos. La &urna de SO milh:mes de pe~t>s que h~ mos de tomar prestad9s no e~ todavía un capital que está circuJando en Cólpmbia ~ ni lo st:rá hasta que no se 1ntrodusca en nuestr~ ter-r1torio: pero \111ª ve.t introducida, ella au .. tnenta los V¡\Jores,. Q la riqueza nacional, y aunque el pago anual del intert:s ·que deven­g'cl este capital y la susistencia de la deuda del mistnó capital, parece que tleb~n dismi.nuir los capitales. existentes· en lá Repúbliea y causarle perjuicio á .su riqueza en vez de mejorarla, es preciso recordar que los valores producidos con los 30 millone& dan con que pagar el .intere1t, y despues de algu­nos años aun CQn que aU\or.tizar el capital. Tal e& la cliferencia que hay ~ntre el empre!.: tito que se consume improductivatfiente, y el qüe ~e .invierte ell establt:cimientos útilt:a y productivos; . Pero no olvidertms que .Colombia tiene ya -:ontraida una deuda e.sterior. que es de nues­tro honor y buena fé y aun de gratitud con­solidarla de una mantta que n~ deje motivos para nuev~s dμdas y reciprocas perjuicios.El que e~ deticlor dc::be p:¡garaunque tehga que ha­ce:: r el mas pehoso sacrificio, y los gobiernoa deben ser supetioret ~n esta moral á los in­dividuos.-- Sit·ndo ya Colombia deudora des \lna suma considerable, la prudencia y la mis. ma justicia se inkrcsan ·en que contraiga otra para que aumentando sus capitales produc­tivos pueda satisfacer una y otra. Estamos en el caso de. un hombre honrado que debe.! los gastos invertidos en comptar un terreno para fabricar casa y hacer un cstablecimiento;­pero que necesita empenarse de n_uev~ para adelantar sus ·propiedades y poJlerlas al pie de producir lo suficiente para cubrir sus acre. cdores y quedar rico~ El g obierno medita· ya los arbitrios de asegurar el pag~ de los in!e­reses para el caso de realizarse el emprestitd tle los SO ffiillones de peso$, y atm dt: fijar el fondo con que al cabo de. un trascurso ..de tiempo debe quedar nmortizado d capital. Nunca se dira de este cmprestito lo que el con• de Molé dt·cia del que propuso Coibet aLuis ~l V: que iba ·á abrirse una llaga que ni sus visnietos f:~ vetian cicatrisar. Hay buena dife­rendól entre los·dispendios de la corte de Fran­cia y la economia de la adrninistracion de Co. lombia~entre d objeto en que Luis. ~IV. de­, bia invmir el emprestito y lo.> óbj~tt lS á que nosotros aplicar~· mos el au~stro; Colombia redu~!cla i dt·frnd~-rse de füS et\etnigos,y á a• ·provecharse de los di.as de caln1a para rest;ible­ ·ce't las fuentes de su riqueza i~1terior) en nada se.parece á la Francia bajo' Luis XIV l6van­tando ejércitos Numerosos para sostener, ó emprender guerras contra todas las naciones que' -contradijesen las miras del gavinete de . V ers-aUes. Colornbia es Ja robusta t:ncina que de~gajarla por el rá yo rle la guerra repa­rará sus perdidas en pocos ailo~ 'C11bricndosc de nuevas talllas. JÜIClOS MILITARES • Acusado el sarjento mayor de infantrria cnn ~rado de teniente ·coronel Tomas Mamby,, de haber proferido espreiiiones indecorosas con­trol el .gobierno de la República, se practica­ron las informac1on'es del -casa, r seguido el juicio por la ·coma11dan"Cia jent·ral del departa­mento tle Cunclinamarca,declaró esta en l? del proxime pasalicíales jetl"etatt• reuttido ~n esta capital en 4 de Sttiembre ultimo pata juzgar al coronel graduado deeaba­lleria Juan Galea por haber dado muerte ·c::.129 tle abril_. uJtimo en Saojo-bt de Cútitta al teniente Ramon Farias, absolvió pcr su sen­tencia. al espresado jefü, declarandole inculpa.­ple en ac¡bel homiddio, como que fue c:jecuta­do en s\J. propiá defensa. Ll C:ohcéjo de guetra de olicia1es jencrales reunido en esta capital el 18 dd proximo pa., sado par.t juzgar al subteniente de infantería Fltcundo Garcés acusndo dt: hurto, Je absolvió de este crimen, dcmlanu{do q\Je la sinditacioo. que de ~l ae le hizo no debe obstar á su buena reputacioa y fama ui á sus ascensos en la carrc:ta. - .A.VlSO. Por df'crdo de 12 del pasado, ~t gobiern~ tonc~dió en conformidud de lo dispuesto por la ley de 4 de agosto de este ano; rdÍr'o ~I fiel adrnihistrado.r de la casa de montda de esta capital; y debiendose proveer esta pl:iza- en suj~to que á su aptitud y su probidad rt-una el merito de sus ser'vicios á l
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 104

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Paisajes rurales, fincas de uso de la tierra

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Gazeta de Colombia - N. 105

Por: | Fecha: 19/10/1823

GACETA DE COLOMBIA. BoooT.& .DlUll!{GO 10 J.n: OCT1'8~ bB 1823.-13. TBiltESTRB. &>~ l.N'l"ERIOR .• DECRETOS DEL GOBtEBNO. FRANCI·SCO D~ P.AU.LA SANTANDER jeneral de drrmion de los PjércitoJ de Colom­ina, v ;cepres1dente de la Repúhli1a, ental'Ka<Íll dt/ poder ejec:utivo &c. Para f.omt:nt•1r la edlicacio.n pÚ.blica en la provincia de Caneas, ~n los lugares que se hallan dbtantes dé la universidad, oído el in­forme del intendente, y vista la solicitud que hace la municip::ilidzid de la ciudad del Ta. cuyo manifestando fas ventaJ.,.ª que r~sulta. rían a la instruecion de la juvet1tud en el occidente de Venezuela ~i se ~Stablecicra una casa de educac10h •1 aquella cíudad~ he teni­do á bien decretar confotllle á lo· prevenido ~ los artículos 3°. y 6°. de la ley de 28 de julio d~l año undecimo lo que sigue. .Att. l. Se <>s~blecc , un3 casa, de educa­cion en la ciudad del Tocuyo prov~ncia de Caracas: ~lla 'tendrá una escuela .de prime­ras letras bajo dd tnHocto 1ancasteriano, una Cáte.tlra ºde ·gramatica t'Spunola, latina) j priia­CJpio" s oe rctoríca. y otra de filosofía, Ja qué 5e enseilará ~n castellano. .11.rt. 2 . Las dotacinne-s de las catedras se hado por el intendente de Venezuela quien des11~m1rá. el edificio ·cm que deban estabfe. c tr~e.,, é informará con documentos los fon­do.,. s. que put>dari des1·gnarse para su dotadon. .J!rt. 3. EJ mis.mo mtendente nombrará. por (•sta vez los maestros, y en lo venidero Jac cá tt' SANT AND ER~(Firblado}--El srio. del interior Jost! Manuel RE·S'l'.REPO. "F.1tANctsco nz PAutA S-ANTANtl~R, •e los lr5ertadores de Yenezuela y C1mdi­namrirr. a, condétorrzdo t•'1 la cruz de . Bo'!Jt1- ~á Jenera/ d~ dnJ1sfon tfe /e.J ejérc1f(}S ?.e 6 ele ~gost,o del pre~eme .ano prj. pnv1lt110 ei;cTus1vo a CnrJos Stuar Cochran. ne como njente de Ja compania. de Run. cl~If, Bridge y Run.dell; pata qu~ esta pue­~ é;l ha cu la Pt:~ca oeJas perlas ~n· fos térm1no1 ·~?a~, tiemD? y limites, <¡ue alli se pre$: cnben: en virtud de~ artictJlo 13 del mis. 1110 ltecreto JX?r el cual se autortza al μo.- 0cr ejecutvo para dictar las pro-Y1dcncias con­~ cmentes a fin s· harán Mcvat á. efecto. 9. 0 Los intende~~. Aebetnadores y CUá· leaquier jdes políticos y ·militares que fue. ren requet.í~.01 ¡><)( la co~.paiüa ó sus ajen. t-es les fac1htar¡n lo$ aux1hos que .hubieren menester, satisfáciendo su valor oportuna. mente por los EJUe lo tuviesen. 10. Se. fnmt¡ueatá cópia autorizada de tstc: ck~ret~ á Cárlo~ Stuart Cechranne para su mtebJenG.1á Y. gob1ern~ de la . compafiia. ;El secn:tario de e.slmo· del despac~. de ha.c1enda queda .cncarpdo de su cumplt. uuento. Dado ~n .Bogotá 'tttínt..ft íetlembire tie rnil· oqhociento.s yejnütres-~ece-•{Firma­. Qo) F,1.u.:wctu:o ·Jix P. ·SANTANDER.­( Fir.mado) El Sécretr.alo de ha'cienda J01e M11rt1J dtJ C.A.st1Lz..o, · l"uitcíSc<> :i>• P:;;:. SA~TANDEB jeneral de divino;; dé ,lo1 ~értiltJI de Co~ lomó14, 'ilitep~zjdente d1 la lfepúhiica, ~~­~ ar1ad. iiet pod~. fije•utfiJ• ~,. CVc. ~~. Considerando que ·~n ~ depattamcn~o "del lst. ·ma nohay un enlejio bien ~tablecldo donde fa juventud reciba la educacic>n ~bíd::t. y descaa­ ·do ptomovet ]a inmuc:t~on ·públiOlt presidente en decreto de 20 de Junio de 1820, y la posterior de­claratoria de 1 .de julio del mismo año de que se acompallar~ copia par:a iU gbJer .. Yancia. Por tanto,·~1 tdi&c1o destinado pan aq~el coleji.G se~irá para •l buevo Je•ceria- Por ?PPs1c1on , cuyos ppnnenottt antjrlam (,j tntcndente· del departamemoa aquien ae con­fieren las faculbldes que el articula 4, O clcl citado reglamentQ> de 1820 conferilr ~ 1~ l'Í.­cepresidentes: él mismo. nombn\ra tambiel\ ~n propiedad al rector pooi(ndos de~­do con el <>tdibario ~de&Íá&tico, y por .. &<>lo al vice-recwr. ·pa$mte 1 ~terlrático9 dan. do cuenta al gpbicmo supl'Clllo para su oo­llo~ imiento~ LB ptovisfon de- la cát'*'a de tcolojíacorresponder.ial ~e~ .drt • .6 .º ~ csiudiQ& ·eo harán por d plan prov.1sono i1UC actualmentD. rfje- en ¡.; colejios· de Ja tapital húcnhas que cl can­treso tlfota el plan~~ 4e Ja. *-tbtie!s. .Art. 1 ° .El rójimen. mterior del _.... jio ~el lstttw, ~ ~¡lará 1jepll d dJmQ y circustancias locales. por el di~clc .. es;. tudios: el c¡ue acQrdáre ~ ~ ma ~1at>ta dando cuenta al 1uprem.o ggbiesno Jl.8t4 . .., · QJ>robatioa ó ~IOnna • .lirl. 8. Q Las rentes que ~· ·~QIU_ a1 colejio del Istmo SODJ 1. Todas laa que ha paclo &.ía a\'tota ~l colcjio .aeminario_de PaMl'ná, -~~to-. duetos emq~ .de lea ~ de Ja ....... 5e etμplearAn tn prólnQ\'Cf w eswdw de las ciencms eclcsiAsticws. . g. Todas las que i><_!ia !'q& U de¡.. ho del afio U. !e han senaladb En ti art. 4. • !i. Las rentas de las ·CQt\Y.eQto& suprjmi. dos: en el Istmo con ameale> a. b Jer ~· • congreso constituy~nte accidada ,_,, h rn.. ma fechá de 28 de jiilio. 4. La ~uma de ciento veinW.f0$bS anlltlfts que deber~ pagar cada j~vcn por el afio eaco­lar que exista dentro del colej10 ... Art. 9.o .El maeatro de la eae.uela dE- J>ri­mttas letras gozará ti sueldo de cuatroc1en­tos, peso~ anbale~1 el de gramática disl'ru. tara tree1entos: ·igual suma el c!e idiomt!SJ filosofia, tr.olojia, derecho público. )' ti ()c­cánones. El rectgr ~A hl :Wgnadon ele cwrtrocien11DS pestr.::nci::i futur:: dt> nue5Jrn hermosa nacion. La reunion cid congrt>SD ha fü:nado ale td gozo ul L1nERT "ºªcuanto prnlit·ran cau­sarle todas las víct1>rias r.eunidns de Culornbia, pnr que: el L1 BERTA DOR lo espera todo de los d e legado~ del puebl1>,que poseen la conciG"n­cia de la nacion y son capaces de ~quellas insp'.r:icioocs que aumentan y perpetuan la felicidad de los pueblos. Sírvase V. $. pres~ntar á la cámara de r~prestntantes t:stos sent1mt~ntos del L1 BE K­T A DO R, que tengo la honra de comunicar á v. s. Soy áe V. S. con toda considera e ion su atento ubedienti: servidOl'. J'1~é Gabriel Pere1. MARINA. Nuestra armada hJ sido reforzada con el navio LzbertadtJr c\e 64, antes Esperanza­La fragata Colombia, autes Gmstantma1 y el berg-antin Urica, antes Charles-Todos son producto ele la~ operaci011t:s fiscaleit_ del di­funto Zea. RELACION Je los ofictq.les cif1 guerra de la mnrma ~sptúfola , y cicnws indivr.duos de dicho cuerpo que siguen juramentarlus al puerta de Sant1ago d~· Culm, eri virtud de l:a c11pl· tulacio11 acor·dada por lvs seli.ort'S jtmerales don Frauaisco Tomas Mara/es y ben.eméri­ritos llfanuel .l'itftmrique y José Paáz/la. AllEllICANOS. Coron1/-D. J o~é Antonio Sav::ila-Capita­rin- D. Domit""'º Sosa-D. Juan Antonio Romero-Tcmie~tes.-D.José Vicente Ríve­ro- D. José Antonio Arríeta-D. Juan Ne­pomuceno Bracho-D. Gabrit.l Herrera­D. Grt'gorio Barrios-:--D. José Clemente Sa­bala- D. Nicolas Balbuena-D. Natividad BaJbuena-D. José Francisco Guerra-D. Vicente Villasan-Subtmimtes--D.Antonío Suares-D. Pedro Maldonado - Capit~n particular-D. Marcos Días. Ü.FICIALl:S ElJ'llOPltOI. Capitan del puerto-D. José Dias Castella­no- Tenzmte-D. Manuel Marino-Su6- tementes-D. Estcvan Granje-D José de los Rios-D. Manuel Sanches-Ptloto-D. Martín Francolin-Escribiente-D. Diego Perasa. ÜFICIALJl:S Dlt MAR Y HAIUNEROI EUROP.EOa los. Contrama~1trc1-José Franciseo And\.lc:· GACETA DE COLOMill.A. sa-Jose Gurjca-Juan Martines-Andres Fi­gueroa- J uan Seba. 2os. Contramaestres-Miguel Gomes­Vicente Garc~a-Sarj é nto-Juan Moreno­Jifarineros- Pl'bn:ro de 1819 h::ista diciembre de 1821. Aunque los 111tercsados teng<.:n ju~ticia para ped ir lo que ks pt:rten~ce, el gobit:rno se encut:ntra muy embarasado para despachar favorabl<.:rnente e~tos reclamos. El articulo 16 de la ley de 28 dé seticRlbre de 1821 espre­samente decl;ira: que et pago de los sueldos. devengados dt:sde 15 de febrero de 1819 pue­da hactrlo el pbder tjt·cutivo ·con los bienes nacionale~ ( están pre fijctdos en los par:.Igrnfo~ l; 2. y S del arti~ulo 6.) observando en to poai- 6/e el orden de los aflos &c . .E.1 artículo l. de fa lt:y atn:n·mos.& asl g ur:ir que los deseos que e!l .. !s maidiestan e~ tnn de acrn·rdo con varias d ;spusiciones del gobierno.Dl'sde qne el usii·nto nde1.1cias dt l tra11"ito. El go­b1erno ha rec1b1do d1ferc·ntes v .. c~s comunica­ciones de Caraeas en 18 ó 20 días. Podemos inferir de todo uno~ <]Ue el rt'sultado de las mirns dd gobierno en t-sta parte satisfará sus propios deStfCIS, y lq~ de lo~ habiticcuri Ja concordia, la tran. 'luiiidad y ta indcrx:-ndencia de e!t~ imperio deitinado á ~cr la admiracion de ambos mundos.,, ,, La esperiencia ha demostrado que to­d as las constituciones formadas sobre las· de 1791 y92 son puras teórias, y por consi. guiente impractic:.ablt's. La }i... . rancia, la Es­paña, y el mismo Portugal lo han esperi­ment:.. do; ellas no han h c:cho , corno debían, la f.:licidad ¡enerai; Gil contrario, htmos vis­to que en algunos (::btJdos se han cambiado en despotismo d espuc-s de haberlo :-sido en una libertad e!:.~ ~ r:.:.rnicinsa. La mi:ama suerte correrán &Í c.mpre ~w m~.1antt' !i códi. g os ..• Pero le-jos de ar¡ui, n::cuerdo• tan tristes que aciuararían d gusto y placc:r de este clia ! V osotros no i g norai~ c:stos hf chos, y yo estoy b i·~ n p<>rsu .1dido que la fi rmesa de los princi1<>ios cnnstituci nnale5 sanciona­dos por la csped cnc ia caract<:r: sa á to­dos loi diputados ac¡ui . reunido . Espero que la constimcion que vais á formar men.~ce ­rá rni aceptacicn imperial, porque será sá­bia, justa y an:ilog;i i nut'stras necesidades peculiares, y á lu civilisaciou del pueblo bra­silen~ e, por cuy0s títulos se hará digna del elojio de todos 10 1 puc:blos, aun de nuei­tros mismos en'emigos gue desearán imitar la ~abiduria de sus prm~i pios. "Una asambl l~a tan ilu.-ire y tan patrio­tica que no solicita sino let felicidad del im­perio, y el incrtnu nto de su prosperidad deseará. . que su em ¡)er;.1dor sea respetado no solo por su propia nacibierno ab­soluto dd rey Cdtólico. Las autoridatks de est;.1 i:¡ i:'.'> hts, lc•s jeneralt"s, Vives, y L1erno comitituciomll de Es­puna. E::.te incidt·nte nos conduce -á algum.l ohc;;~rvac i one11. La Frul1cia cun· n:spL'Cto a e,,¡. 1mbia ha gu:1r fod1) una m:utr •. didad motivo de qm:ja á nuestro go­bierno. El du tropas t·sp<.1 ñu las á pacifi c~rnos á la IJl:t ll ('ra que lo hizo le~ espedicinn del ano de i 5. -N o.:;otrns nos atenemos á esto ú }. tim~i, p or que la rr:- v, ,lu cion y emancipacion d e bis antiguas c<>l unia=> t's p-..no!as no ha me- ·recido los votos ·ri•) que el gub~e f'Do de Francia 'legó á ofrt ct r i,u ;1yuda al d~ España para ·su byu gé.lrnos. En !~ pn:st.:r.te:: guerra de la Francia con la España, 110 ddx·mos temer que se nos hag ..1 una intimacion Sl'mejante i la que rec1b1t:ron Cuba y Put:rtorico. Las ter­minantes disposicionts de 1me!:itra constitu­cion ( que ya ~a corrido traducis couc¡ue pue. da aparecc:r, nu~stro s principios no padece. rán altcracion, y mientra5 hagan la guerra nos e1-1contrnrán preparados para ella. Al tiempo de la e mancipacirm de estos pai­ses, el anl) de 1810, d gobi.:-rno informt: é ir­regular de la península nos decl aró rebeldes y nos hiz~ la gw.::rra, y nosotros le resistimos con firmesa: po~teriorinente apareció la cons­titucion de 1812, y bajo sus auspicios se continuó la guerra, y nosotros igm1lmente hicimos frente á Mis t-strágos: el rey en­tró en Valencia, abqljó la constitucion ,y per­sistió en la guerra contra América, y nosotros tamhi~n per:-.istimos tn defi:nU nmgo cuntra d gobumllJ espanmo::., y muy distantt::s del con­tinente uiropeo, no ttnc:.mos ni utilidad ni nr·c• .. ·sidad de:: turbdr la c¡uic:tud y creencia pnlítica de ni :;g1-1n pueblo. Mc>uos tenemos f.! Ut:: m c ~clarn1'~ t' ll indagacionc-s acer~a del arije n de 11 1!> gol>icrnds europeo::,: ellc ;s t>Xis: kn f nut::-.lro dt bvr Cbt<Í li111iti!d0 á rLcn­nocu! os y á respt"t:1r sus derechc.¡s, y I· ,s de sus n::s;1ectivos subditos. Colo11·dJia ha marchado bajo t~lt's principios, y· ~u gobit m.o {?.Í a\,)n en los nrgocios do11 1é::.tic (1t; de los mi:p­mos co-estados americanos ha prt'tenrl ia p<.i rte de Améric• d rey Fern;mJo al rvy Luis 18. • y ca.otra las conquistas r¡ue ·d 'ú himo . pu- . trn cualc1uic.ra il1. ttrvencio11 ó au:xilil)s de b l•r.i11c ia en fa­vor de Espana par-a coi-:ti1ú1 ar In c¡ue je­neralmente han reconocirlu c-01110 gut rra ci­vil. Jamas hemos pens:.!tlo c¡f1<:: nut>\'os es­fuerzos de España aunc¡ue tu\:i'era d~ las instituciones liberales, y· la ckstruc­c1on de cuanto pueda dejc::nerar al hombre. SANTA-ALIANZA. I-os diarios de Alemania de junio refieren que el gabinete-de P<::tt:rsbourg ha sido alte­rado, y fueron cambiad4\S mu~has autorida. des principales.-El empc:rador habia consen. tido en todas las s11lioitudc:s d~ la Puerta, se .. gun aseguran las cvrtas de Pet("r!>bourg: por este allanamiento d<::berián ser devuelws á la Puc-rta, las fortalezas de A"iia que rett-nia Ja Rusia, quedando t'Spédito el gran seifor para obrar como le pareci<::se en todo lo concer­niente á loa principados .de Moldnia y de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. /alaquia. no obsWJte.él tratado de Buchircst. ~anheim la. fic JNHio. &ouei'd~c que ha ·poc;os meses que tμvi~n una entrevista en Mittelwad el rey de . W urtcmberg 1 el em:perador Alejandro, que so dice, había p~o­tnctldb al empcradO( de . .a\ustria convertir¿ al rey á los ~cipio• i,nonarquicos, y que el ·~e­aultado füc descubrir mu claramente la firme al~i~d, r .~1 .m•en~o pidieron ~us .vasa­. P<>ttc:s. ~°' -~~tros de Ju tres poteJ}caas,d~ .-_···santa-~za; e. rey por'" par.te Uatno a au~min~troa.rcsideni~ en· Bttlin, Viena 1 Petesbourg, yse ha colocado cp una iituacion :jiemtjalitc 4- la dé. ~a. En Alemania· se­' está en 1' ponuasion de quo todo el rdno· de W urtembérg. se levantaria en masa P"ra q>oner la fueraa á ~ ÍUC1'2a, srguro de ser ·•7udadó por J.. v~~~ secretos de todos loa ~dos.ele la co~edcración. Efto ~temer .,ina gucna civil ~n Ale~nia,si es que se pue­de Ha mar guerra civil la. lucha catre pú~hlos libres y cstad0& deapoticos. " . ( J~l du ~&~; ·Paris 19 de junio ·de 1833) - LIBERTAI) DE. lMPRENT A . ~ .las ~olu~i'onea. de _lo~ estados se pU• dieran VCOficar &ID contrad1~1ones, y fa traS• bJRa~ion de las ideas . s1!1 9posicion alguna rao1olr0& p:lilri.aoaos ~cdr que para ignominia de Bogotá y ~ nuestro si5tema aparecen ci. crtoa · foUeto.S. qu~ si en la sustanc.ia merecen J>.oco w:.q~ en.til mOdo absollltamente son Clignos de abominaéion. (~) Pero e5to prue­M .,_ fl'7 libcnld" fk· .,_aa por~ de Ja cwal.,. ~ se puede decir-cosas bue- . ~ .. ~ .malas. N.? ·&Jtan pusona.s que qu19'el'all ~e el .gobierno supremo K me&. Glasc· en lá materaa · á. fin de evitar (dicen) el· "!.~l ~ul~o ~ u~ papeles. que ~n in­ttnclOll ·6 con cJla, serian tapaGes de dividir les .w.ao. 1. les mc:nti.mímtoS; 'P,ero nos pa­rece t'jμe· ·i. · ~u.trahdad dél :~biemo es de lq, por- ·que en ~inguna -.«!e Jas. de: ntj~s~ro ~'Be 2: el .~ CJ~ctiti~ inte~ven­p m ~ r. escntos, ni en 1mped1r· ~u ¡nísticaciqn; y . no t)odia ser de otro moclo, par· t}ue -.aoy .intervendría para evitár la des­unicn, . ~tílil~ . para impe~r. la cén~ur~ de su :adm1m~trac1onval otro dia· para preservar t las leyC$ dt josta's . observ~clónea y a.l ñn ¡.ta que no se; pu'f?l.ic;lSC si no lo que qui­aicra, y Je acom~ •. s~ se ·abusa .. de fa imprenUl. publicando CSCJ'~OS sl.fb~r91YOS, .obecnos, Ó eedicioPular,. y cualquiera colomhl~<;> nene d~o ~ra acuorlos, aun­que e~ialmenfe cocar~ Ja ~ey de~':' ~ $i0n ~I flsqál 1. al P,rocurador jeneral~ La 1cy ~ce. 'de ~l:iudáda_no un celador e11 la parte relat~v~ .a la ~~usacmn y el que en. sus ca­eos-- 'eldte. 7 disHUuk, . . cx:>metc una falta m"y gira~ _.... an patna y su segμridad., B l:.L I J I QN • La pieaad y .Já. relijion inftuy~f! . · ~cial­aa~ QIX la. fdieidad de una nf\c1011. Celom­bia ha profe'*1_o y profes2S la ~lijion reve­lada qtte CQll su doc'trina Y· ejemplo pre­dic~ el ~ijo de Dios: laa leyes no solo la· han ~cono~1do, y pr<_>clamado;. ~ino que Ja ·prot~­Jt'tl c~n -cspeétahdaF con que manifestain~ nuestra · rdijion, ni á mofarse · de n'uestros usos piadosos, y mucho -1.ntnos 'á impugmlr ·!os .dogmas. dc · l~ fé "cátólica. Quien lo mtentara serJa castigado no por el pueblo bi por ningun particul4r pór l'evia la. cortt ... pondiente acusacion, ·1 juicio. Ningun pecad«» fue mas público á los ojos de la divinidad QU~. ~l de. Adam, 1 sin_ embargo no fue ca&~~ ~11 .haber sl~o oido y ~onvencido. La 1gles1a tlcnc SQll annaa ripíntuales para c~adyu~ al mant~nin(tcnto del orden· pú­blico, y bien . espré'$8Mennt '~ti ·escrito en el ~ fl9 fllfl91l.•~r:poi na f*»clitfo 1 aoctrmt1. Es mtolenblé que· despues de una doc. .trina. ~n -cJara ,seamos testigos de la deses­peracmn de URO& ~O! oradores y escritores qu~ ó por un cefo 'harto imprudente ó po.r q_uich~ qq6. predican persecuciones y qui­s1ctan repr.oducll' i ka Ravaillai: y Clementes, ya qiJ! . .no,.fuera. poa:ible renovar"· los tiempos de :~orfJue.ada.. Que un. -orador sagrado, 6 un v~nto ~rltqo pm:hq'ucn la nrda~ parece .m\lf · d~gno de .su .mmitlkTto, y muJ. ut1l' Colom• b1a. ·~~e~?IY~ ~la. ca~sa d~ la indepen. dcne1a y· libertad, no predicar obediencia á .las s ltyes y á las IUU>ridadew, rio · estimular á ~o~ ps.ieb)os á viw en paz y tranquilidad, de1ar· correr prneositiones de divisiont y anetquia, para lilíCa' Odiosos á los mas bene­mcr: itos c~~""'.J cantaletear á cada paso que la ~li¡sm ae )>ICrde, es .cosa que irnta 1 . mere~ellln . d~da Medidas de precaucio1:t 1 aevcmrod. ·Mientras que no se citen hechos qlle · compraeben i.. i~cjon de Jas leyes pt'~tec.tcras de la ttlljiQn, ~ ·hJ,y derecho (Jara atn~1r athlstema· cte la· Republica impiedad. r ~J~ntt~ que UD. C'Í~daclatio li esl;r'anJCFO no mfrmp la ley, nidie ~ene. dérccho á .tnaachar -iu · reputacion, -.,. tnmé>s á pcr~¡uirlt". Laa ley~ son ~ 'deidad polltica de Colombia, y cuantot· han pe~o- . dd'enderlas: las defen­~ erán ·con el ~ismp árdor y ·constancia con que_ hal) defendido la independencia por mas t¡ue e~tuvicron - d~ 111'~ de los cspañ0Íe1 muc.~os de 105 ~•.smos que hoy predican y esc~1~n tanto·de .1!1Jpie~~ Y. d~ irrelijion .• , JlvbieJamOll·_queridO~v.rtat ~1te"artículo; pere cuando se trata de cumplir 1at Í~ycs nos ctcem(>9 ddirrcuentcs, callartdo. ·S i callan:· los· hbm6m. ilustrad0tt; y dn' eón serenidad ~· triunfo de las preocupaciones acusadas con·la desafecé\on al sistema republicano· la- ·pStrla leS · ;equ~r,rá aJgun di-a, y podrán · a~tirse ·de' haber dormido -tram¡uiJamente.-Háblen ·todos toa los patriótaS cristianos; y · · ha~cn fundados en el espíritu· del evanjélio;-. no._. olviden .loa aentimientos. del elocuente padre aé la igle8ia ~n J ua~ Cr1so.1tomo~ de qu~ :tanto han pate­e ido oh·idarse los cstntor~ que lamentamos: ~6,mo1 pelear contra los ltneje1, dice el santa. no ¡umz pollra' "1 Út• file edo11 m pi;, sin• para lewntar 4 ro. caidtJ~ por pe '/a guer­f'( J 'l'" 4 MIOlf'D6 nD$ ineum6~, ,,. e8 la i¡ut1 dá muerte 4 . lo1 vivo1, 1ino t. 9ue re&tittiy~ /Q VilJ4 á itJI mu~rl03, COlnO pe Nn '1Ue stra• arma•~ .la ma1Judumhr• 1J U lJENIGKI • DAD •. De!.mo.t contar pue• en esla lucha, ·n• con lm:lao&, .;n• n>n palahttu por cuanto pér­• tpimo1 no al hn-ieje •ino á lo lum·jia,g drtt•;,. tamo1,110 al r¡ue yerra 1ino al""º" grt~ ·u el úln­co fae dt>IHmo1 pera,.guir y 'ltirpar.NuesirtJ K"e"ra NO ES con /o.1 lwmhrea h."ttlzu~as de nio1,6ino ~"" 1a. opini•n~.1 VI# Iza dep,.ol>aáo el 6ia/;{o. El ·med1eo CllanOO t.'Ura 4 ~" enft:rlÍI•, 110 11taet1 t!I cwrp., 6ino la enfi,mnlado nosotros cuando pn--· &eguímu. á· los ~rt!je&, no de6emoa destruir 'n. e/los la per1tma ,aino d error d1l ~nttn­tiimientlJ y..d dallo del eoroion. Finalménte •eh~mt111~'''"11nnpr~ dilflliesto~ d .&iifrir 'la ¡;er6cncion, 110 á per#gui:r á otr08, á pode­~ er vejacione1, no á ~ar_l1u. De eite mOúo e1 com• vnició Je,1"nsto, 4 °'al>er clavád• m ·.,,.. crMz, no ~llCificondo á ~die. l>ATRIOTISMO. Cam~ ser patriQtl supone Ja obedim~ia ' .las ley~• y á Jaa autoridades· que •a nacM>n cspontaneametite· ha formado y e!tablecido pal'.'3 ~u feli~idad. no1 atrcv(mo • .á informar .al públ!co 1-.jo .cl~_~ter~~!: ... Q~ ~l~p~~ ~cario capitular del 8'rihb1s~do doctor 'F-er­nando · Caicedo ·ha aci'editadu -MI amor' á C.:o­lombia y su sumlsion'.á las leyes. mandttndo . ~cojcr, co~o riulo, .el ir:dicto· 11ue .-fij6 prohi­ ·bicndo varios libros.q.,.e .ofendian ·Í. la rclljion; el fiscal doctor Mat:qQea ~rccLadi.Ó el procedi­miento como ilegal y · pidio el'. cnmplimiento de las leyes, y .el provisor oyó ci>n fruto ¡)a reclamaoion. De.hemos complacernos de tene.r ~Ja. cabez~ _ tlel arzobispado · á un ~clesiastico ~e reconoce· ta ~•on. f°'JUC como ha .pro­t~ st~do e-n sq · note al fiacal á nadt~ cede m .re/1jitnidad, punotuJM f¡ okdinzcia 4 IM ·"8e4 del Ltotio. Habiéndose ordenado por la St'ctttada de. hacienda al gobern•dor de Antioquiá abrir tira ~mpres~to en aquella provincia conforme .á la ley de 30 de: Julio~ y al reglamento del t><>dct ~jecutivo en· que scñal6 w1 die~ P?" ciento de descuento Y. el se~ μOr ClCDto de. interes; d señor Jos6 Mana Uribe •. vccmo de Medellin · qfreció mil pc:M>s sin. descucn. to ' interis fuera de la eantidad que le cu­piese como prestamista. EJ poder cjccuti­ha visto. con mucha salisf~ccion este ofi-é. ·CÍnúenk>t · y 1~o~s ¡>fldc:mos afiadir, ·qne la provincia de Aritioquia ha s~rvido sieia.: pre con prontitud 1 je nerosidad cuando ~Je tia exijido au~iUos pecuniarios! . ó ~ bo~ti. Aun en est:a ·capital, el gobierno ha rec1b1s ~gociantcs mtd. rales · de _Antioquia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Gazeta de Colombia - N. 105

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Mercado artesanal en la plaza central de Villa de Leyva

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