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Imagen de apoyo de  La Gaceta Constitucional - N. 80

La Gaceta Constitucional - N. 80

Por: | Fecha: 1991

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Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República

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La Gaceta Constitucional - N. 80

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La Gaceta Constitucional - N. 135

Por: | Fecha: 1991

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Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República

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La Gaceta Constitucional - N. 135

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La Gaceta Constitucional - N. 28

Por: | Fecha: 1991

V LI ~ REPUBLICA DE COLOMBIA 11 , GACETA CONSTITUCIONAL N'28 Bogota, D.E., miercoles 27 de marzo de 1991 Edici6n de 24 paginas ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE HORACIO SERPA URIBE Presidente ANTONIO JOSE NA V ARRO WOLFF Presidente ALVARO GOMEZ HURTADO Presidente JACOBO PEREZ ESCOBAR ALVARO LEON CAJIAO Secretario General Relator RELATORIA NOTARIOSDE FE PUBLICA Proyecto de Acto Reformatorio de la Constitucion Politica de Colombia NQ l16 AUrOR: LUIS GUILLERMO NIETO ROA (Pagina 2) REGULACION SISTEMA FINANCIERO Proyecto de Acto Reform.atorio de la Constitucion Politica de Colombia NQ 117 AurOR: LUIS GUILLERMO NIETO ROA (Pagina 4) SUSPENSION PROVISIONAL Proyecto de Acto Rerormatorio de la Constitucion Politica de Colombia NQ 118 AurOR: JUAN CARLOS ESGUERRA PORTOCARRERO (Pagina 24) Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ''cI0 • 2 Proyecto de Acto Reformatorio de la Constitucion Politica de Colombia Par el cual Ie modlflCUI 101 utica- 10e 40 '1 188 '1 Ie aatoriaa la creacl6a de loa aatutOl de fe p'libUCI_ La A_bleaKaclow Coaltltayeate DECRETA Articulo Prlmero_- Adlcl6nase al articulo 40 oie la ConsUtucl6n PoliUca el slgulente Inclso: "La ley establecenl. los requlsltos para que los abogados Inscritos puedan actuar como notarios de fe plibllca y seiialara las condiciones para su eJerclclo. Todo abogado que cum pia los requlsitos establecidos tendra derecho a ser reconocldo como no ­tario de fe pliblica ". Articulo Segundo.- EI articulo 188 de la ConsUtuci6n PofiUca quedara asi: "Co mpete a la ley la creacl6n y supre­sl6n de circulos de registro y la organiza· ci6n y reglamentacl6n del servlclo publico que prestan los reglstradores. Todo acto 0 contrato entre particulares para el qu e la ley eXIJa la solemnldad de la escritura publica se extendera ante los notarios de fe publica y se registrara. SI una de las partes es una persona juridica de derecho publico. se reglstrara directamente. En los municlplos en los que no huble· re abogados reconocldos como notarios de fe publica. actuaran como tales los alcaldes o los Juec es. Articulo Tercero.- (Transitorio).- EI go­blerno . en un plazo no mayor de dos aiios. organlzara el se m clo de reglstro de Ins· lrum ento s prl va dos y eJecutara 10 necesar io para que todos los actos 0 co ntratos que hoy se cumplen en la s notarias puedan reallzarse ante los notarios de fe publica y en la Reglstraduria Naclonal del Estado Civil. segu n el caso . EX PO SICION DE MOTIVOS Senores Constltu ye nt es: La fun cl6n notarial es ante todo un a funcl6n testimonial . EI notarlo slmpl emente da fe de qu e tu vo ante si a la perso na qu e susc rlbl6 un acto 0 co ntrato y que la firm a que eslamp6 es la propla. Para el cum · pllmlc' nt o de esta fun cl6n no se rcqul err Titulo: NOTARIOS DE FE PUBLICA Autor: LUIS GUILLERMO NIETO ROA sino autoridad moral. la que no se conflere por el nombramlento que el goblemo hace a una persona como empleada publica. sino por el reconoclmlento de la socledad de las cualldades de esa persona para servlr como testtgo call/lcado. Con la evolucl6n de la aCUvldad nota­rial . se ha pretendido tamblen que los no­tarios actuen como asesores legales de qulenes concurren a extender documentos o celebrar contratos. Por «!st~. se ha vuelto forzoso que sean abogados. Adiclonalmente. se les ha dado a los notarios la guarda de los documentos que ante ellos se exUenden. Es el protocolo de las notarias . EI origen de los notarios como unicos depositarios de la fe publica fue entre no· sotros emlnentemente comercial. La Co­rona espanola. en una deCision que des­virtuaba la esencla misma de la funci6n tesUmonial pero que tenia razones de ar­bitrio de recursos. ponia en venta por reo mate dichas posiciones. Ganaba no quien reuniera meJores condiciones de honora­bilidad y cre dibllidad sino el mejor postor. EI ganancloso no tenia obligaci6n de dar fe por constancla personal y directa ; podia delegar en un subalterno y hasta arrendar su funci6n notarial. Este origen viciado de las notarias des­conocl6 el princlplo cardinal de la certifi· caci6 n de fe publica. conslstente en que una persona de reconoclda calldad actuaba ;omo testlgo personal y directo de un hecho y daba fe del mlsmo . para co nvertlrla en un simple negocio. En la mayoria de los paises. especial­ment e en los regldos por el derecho an· glosajon. se conserva la esencla de la fun · cl6n testimonial. EI notario no es un em ­pleado publico qu e adqulere por el nom · bramiento credlblJidad . sino una persona cuyas calldades y co ndi cion es la haee n merecedora de la fe publica. Esta persona responde por la veraeldad de su testimonio porque solamente puede rendlrlo cuando personal mente Ie eo nsta. No co mo en la institu cion notarial de negoelo por remate que es. desafortunadamente . 10 que se conserva entre nosotro s. EI notarlo en Colombia deJega en em· pl eados suba lternos. a veces de infim a ca· tego rl a y para los cuales nlngun requlslto se exlge, la verillcacl6n preaenciaI de toe be­chos Y las personas. y lie UmIta a firmer dando fe de un hecho que no Ie COIIIIa. !to 51. personalmente supervlla el InmedIatD tngreso de los esttpendJos. convtrtJmdoae e mlsmo y convlrtlendo su func\6n en lao zones poUslmas para la pen!lda de Ia ere­dlbWdad y el respeto a los valores. 51 es Justamente aquel a qulen se ha revestldo con la plena autorldad de ley. quien puede dar testimonio falso sin que nadle 10 tache nl sanclone. resulta natural que la comu­nidad entera se slenta autorizada para rendir falsos testlmonlos Impunemente. Eso conduce por fuerza a la perdlda de la con­fianza en las insUtuclones y a la Inmora. lidad. SI se acaba la instltucl6n notarial tal como hoy funciona y. en su lugar . se autoriza que. con el cumplimiento de de· termlnados requlsitos . todo abogado ins­crlto pueda actuar como notario de fe pU. blica. se recupera la condlclon perentorla de la Inmediatez entre el tesugo y el hecho 0 la persona sobre los que da fe. Propongo que se limite este reconocl· miento a los abogados inscritos que cum· plan las condiciones de ley porque es ne­cesario que el notario no solamente de testimonio sino que ayude a los compare· cientes para que el acto 0 contrato relina los requlsitos legales. Con ello se logra tamblen la responsabilidad de un profeslonal call· ficado. qulen no puede como ahora liml· tarse a declr que la minuta Ie fue presen1 tada y con ello exonerarse de culpa si el acto no reune los requerlmientos necesarios para su validez legal. Esto es particular· mente necesario si . como norrnas recientes 10 han hecho. se delega en los notarlos el tramite de los matrimonios civiles . las se· paraclones de bienes por mutuo acuerdo de los conyuges y las sucesiones en las que no hay controversia entre los herederos . La ley tendra que contemplar. natu · ralmente. las forrnalldades proplas para cada acto 0 contrato ante los notarlos de fe publica y la manera de dar publicidad efectlva a los aetos qu e asi 10 requieran . co mo los matrimonios 0 las sucesiones . cuestlones que hoy tampoco se cumplen debldamente. Otras funclones de los notarios actuales como la guarda del protocolo. pueden pasar a las oficinas de reglstro. tanto sl son ins' lrumentos publicos co mo privados. Hoy se lie va una doble labor de archivo. En la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. --,IIl .. -cIt 19111 aotarIa liD doDde lie extIende e1 documentoe 'I liD donde lie regtstra. bien sea Ia 0fIc1na de Reg\IIJO 0 Ia tbwa de Comerclo. La (und6n de expedIr coplas en estrlcto sen· lido corresponde a las 0fIcInas de Regtstro. puts 10ft &tas las que Devan Ia hlstorla eomp\ela de los Inmuebles. tanto por ano­lacl6n en los folios como por archlvo de los docUmentos que dan soporte a esos folios. Otro tanto sucede con las cUnaras de comerc\o en 10 relaUvo 8 las socledad mercanUles y civiles y 8 otras operaclones de comerclc. En el momento actual. "que sucede con ~ Ia persona que desea obtener copla com· piela de Ia hlstorla de un Inmueble 0 de una socledad? Debe Ir 8 8 Ia Oftclna de Regtstro 8 sollcllar el folio de matrlcula InmobUIaria. 51 se trata de un Inmueble. 0 a Ia cAmara de comerclo 8 pedIr el certlftcado de exlstencla y represenlacl6n legal. sl se trata de una socIedad. Oblenldo el folio de matrlcula lnmoblllar1a 0 el certlftcado de exlstencla. Hene que empezar un recorrido por cada una de las notarlas en las que fueron ex· tendldas las escrlturas anotadas en el folio o en e1 certlftcado para procurarse Ia copla de las 1IlIsml\S. Como nl para las escrIturas referldas a un Inmueble nl para las rela· clonadas con una socledades es forzoso utUlzar slempre Ia mlsma notarla. nI st· qu\era Ia mIsma cludad. puede ser que ese parroquianO se yea obllgado a Ir a una docena de nolaJis dlstlntas y hasta de cludades dlstlntas. EI regtstro. bien sea para el Inmueble 0 para Ia socledad. en camblo. es unlco. y Hene relacl6n con cuesUones 16g1cas. como el lUj!ar en donde eslfl s1tuado el Inmueble --_.- --- - ---- - ... ------- GACErA CONml1lClONAL o donde Uene el domlcUio principal 18 so­cledad. Por conslgutente. 10 verdadera­mente 16g1co es que al tales ofictnas Uenen el archlvo completo de las escrlturas 0 documentoe relaclonados con el Inmueble o con Ia socIedad. sean eUas mlsmas las que entregan por peUcl6n y a cosio del sollcl· tante. copla de dlchos documentos. En desarroUo de este prlnclplo elemen· tal. el proyecto establece que Ia funcl6n de guards del protocolo (sl asl quJere segutrse Uamando) 0 de las coplas orlgtnales auto­rlzadas por los notarlos de fe publica. co­rrespondenl 8 Ia Oftclna en Ia que se Ueva Ia hlstorla del Inmueble. de 18 socledad. del acto mercantU. de Ia aeronave. 0 10 que deba reglslrarse y. como consecuencla 16g1ca. esta m1sma oficlna estani obllgada a expedlr las coplas que.se Ie sollcllen. Naluralmente que la ley puede estable· cer Ia obllgacl6n para los abogados reco­nocldos como notarlos de fe publica. de conservar copla de los documentos que autorlcen. EI reglstro clvU de las personas pasani. como ya 10 ordena Ia ley. a Ia reglstradurla respecUva. Convlene anolar que entre nosotros ya exlste para deterrntnados efeclos Ia InsU· tucl6n del notarlo de fe publica dlstlnto del empleado publico notarlo. aunque no se Ie de este nombre. Es el caso de los contadores publlcos cuya atesUguacl6n sobre hechos de su compelencla es plena prueba. Asi Ia ley 145 de 1960 confiere a los contadores publlcos Ia capacldad de certlftcar. auto­rIzar con su firma y dlclamlnar con efecto de plena prueba. balances y estados de ' ..... cuentas de socledades comerctaJes. em· presas y estableclrnlentos publlcos des­centrallzados. bancos y estableclmlentoe de cri!dlto. Instltuclones de utUldad comun. etcetera. y aslmUa a los contadores a fun· clonarlos publlcos para efectos de deter· mlnar su responaabUidad y les seftala consecuenclas penales y civiles para el caso de falsedad tesUmonlal. Es declr. verda· deros notarlos de fe publica. Es necesarlo resa\1ar Iamblen. como ul· Uma raz6n. que en 16g1co desarroUo del orlgen mercantU de las notarlas en las InsUtuclones espallolas. las notarlas co­lomblanas en su funcl6n actual son m6a estableclmlentos de negocloa. a veces muy Jugosos. que verdaderos templos de tes­Umonlo callficado. La fe plibllca en Iaa notarlas se ha vuelto una fralIe pues todos saben que cuando el notarlo firma nl al· qulera se da cuenta de 10 que firma. 1.0 unlco que Ie Importa es que suene Ia we­g1stradora. que el dinero entre. Juatamente por eso se ha Incrementado en los iIIt1mos alios una cadena de delltoe contra Ia pro- • pledad raiz con escrlturas plibllcaa corr1das por suplantadores y falslficadores. sin responsabllldad a1guna para los notarlos. Y como sucede casl s1empre entre nosotroll. en lugar de exlglr a loa nolarloa que cum· plan su funcl6n de ser tesugos presencta1ea de los hechos y constaten basta Ia plena prueba Ia IdenUdad de los compareclentes. se Ie pone a &tos cada vez m6a trabaa. 0 sea. que para remedlar Ia Inellcacla e IrresponsabUidad de los nolarloa que so­tamente se preocupan por el negoclo. el cludadano es converUdo en vicUma sin derecho a reclarnar. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. GAcrJ'A CONsnnJQONAL Proyecto de Acto Reformatorio de la Constitucion Politica de Colombia Titulo: REGULA CION SISTEMA FlNANCIERO Autor: LUIS GUILLERMO NIETO ROA Por el se modifica el regimen de regula­cion del sistema flnanclero. La Anmble. cOaltttucloaal DECRETA: Articalo 1.- EI articulo 32 de la Cons­tituclon Naclonal quedan!. asi: ArtiCulD 32.· Se garantizan la llbertad de empresa y la Inlclativa prtvada. dentro de los Iimites del bien comun. pero la 01· recclon General de la Economia estara a cargo del Congreso y del Goblerno nacional. Corresponde aI Congreso de la Republica. por leyes de a1cance general. lImitar los derechos de las em presas. en los terrnlnos que la Constitucion permite. Esas leyes deben expresar. aI menos. cuaJ de los de· rechos que la Constituclon garantiza se autortza a limltar; la naturaleza y los flnes de los IimJtes que. se permlten; los sujetos a quienes pueden apllcarse; los casos y la oportunidad en los que pueden Imponerse; el grado de Ilmltaclon. cuando esta pueda graduarse; y la etapa de la activldad eco· nomlca en la que los Iimites se aplican. Los decretos que produzca el Gobierno para desarrollar tales leyes son actos ad­mlnlstrativos. Articulo 2.- EI numeral 11 del articulo 76 de la Constitucl6n Naclonal quedara asi: Articulo 76.- Correspomie aI Congreso hacer las leyes. Por medlo de elias eJerce las siguientes atrlbuclones: 11. Conceder autortzaclones al Gobierno para celebrar contratos. negoclar em pres· titos. y enajenar blenes naclonales; Articulo 3.- EI numeral 22 del articulo 76 de la Constituclon Naclonal quedara asi; ArticulD 76.- Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de elias ejerce las slgulentes atrlbuclones: 22. Dlctar las norrnas a las cuales deba suJetarse el Goblerno para los slgulentes efectos: regular el camblo Internaclonal y el comerclo extertor; regular las activldades de los Interrnediartos flnancleros; y modi­flcar los aranceles. tartfas y demas dispo- 51 clones concernlentes al regimen de aduanas; Autortzar aI Goblerno a contratar em­prestitos senalando para ello Ilmites que conslstan en determlnadas relaclones porcentuales Indlcativas de la capacldad de pago de la Nacl6n. Articulo 4.- EI numeral 3 del articulo 120 de la Constitucl6n Naci.onal quedan!. asi: Articulo 120.- Corresponde aI presl· dente de la Republica como jefe del Estao y suprema autortdad administrativa: " "i "' Ej~~~er la potestad reglamentarta expidlendo las ordenes. decretos y reso· luclones necesartos para la cumplida eje­cucion de las leyes. Sin mandato expreso de la ley. los reglamentos no podran IImltar los derechos que la Constitucl6n garantiza; nl hacerlo para flnes. sUJetos. casos y opor· tunldades. grados 0 etapas distintos de los que la ley autortza. La ley. 0 el presldente. podran delegar la facultad reglamentarta en otras autortdades; pero el presldente. como suprema autortdad admlnlstrativa. podril. slempre revocar 0 reforrnar los reglamentos que produzcan las autortdades del ordell naclonal. Articulo 5.- Der6gase el ordinal 14 del articulo 120 de la Constituclon Politica. Articulo 6.· EI numeral 15 del articulo 120 de la Constitucl6n Nacional quedan!. asi: Articulo 120.· Corresponde aI presl­dente de la Republica. como Jefe del Estado y Suprema autortdad admlnlstrativa. 15. Ejercer la Inspeccl6n necesarta sobre los demas estableclmlentos de credlto y las socIedades mercanWes. conforme a las leyes. La facultad de Inspeccilln y Ia de vlgtlancla permlten al presidente. y a 8\11 delegados. conGCer todas aqueUaa actIv\. dades y datos de las empresas que sean necesartos para cerctorarae de que cumplen las leyes y los reglamentos; y para san­clonarlas en caso de Incumpllmlento. Las autortdades a qulenes el presldente delegue la facultad de Inspecclon y vtgtlancla pueden Indlcar. por actos de can!.cter ge· neral. Ia forma y la oportunldad en Ia que debe proporclonil.rseles Ia informacion que requleran. pero carecen en los demas de facultad reglamentarta. Articalo 7.- EI numeral 22 del articulo 120 de Ia Constitucion Naclonal quedan!. asi: Articalo 120.- Corresponde aI prest­dente de Ia Republica como Jefe del Estado y suprema autortdad adrninistrativa: "' 2i"R~g~i~ el camblo Internacional. er comerclo exte.rtor. y las activldades de los Interrnediartos financleros; y modificar los aranceles. tartfas y demas disposlclones concernlentes aI regimen de aduanas. con sujecion a las reglas prevlstas en las leyes a que se reflere el ordinal 22 del articulo 76. Articulo 8.- EI numeral 2 del articulo 214 de la Constituclon Naclonal quedaril. asi: Articulo 214.- A la Corte Suprema de Justicia se Ie confia la guarda de la Inte· grtdad de la Constituclon. En consecuencia. ademas de las facultades que Ie confieren esta y las leyes. tendril. las slgulentes: " "i: ' ''D~'~'id'i~ definitivamente sobre la exequlbUidad de todas las leyes y los de­cretos dictados por el Goblerno en ejerclclo de las atribuclones de que tratan los artJ· culos 76. ordinal 12. y 80 de la Constltuci6n Naclonal. cuando fueren acusados ante ella de inconstituclonalidad por cualquler cludadano. Luis Guillermo Nieto Roa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ...,....de..,...CoutIt.cIaal ... .t.a_ de ae,.JacIdIlPilwadera TABLA DE CONTENIDO Proyec:to de Acto Leglalatlvo UP08ICIOIf DIIiOTIV08 I'mIentacl6n PRIIIIRA PARTI La Capaddacl de replad6D IObre elSiatema Pilwadero CAPITULO 1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA CAPITULO 2 EVOLUCION DE LA FACUI. TAD DE REGULACION SOBRE LA ECONOMIA 2.1. Planteaml.nto del problema............................ 13 2.2. EI punto d. partida: Ia ConsUtucl6n d. 1886.... 13 2.3. LarefonnaconsUtuclonald.191O. .................. 16 2.4. La ",ronnaconsUtucionai d. 1936.................. 16 2.5. La refonna consUtuclonai d. 1945................... 17 2.6. La refonna con.Utuclonai d. 1968................ 18 2.7. La ",ronnaconsUtuclonai d. 1979. 19 2.8. Conclusion........................................... 20 ArtieRlo 2.· EI numeral 11 del articulo 76 de la Constltuclon Naclonal quedara asi: ArtieRlo 78.- Corresponde aI Congreso baeer las leyes. Por medlo de elias ejerce las slguientes atrlbuclones: 11. Conceder autorlzaclones aI Goblemo para celebrar contratos. negociar empres­tltos y anajenar blenes naclonales; ArticUlo 3.· EI numeral 22 del articulo 76 de la Constltuclon Nacional quedara asi: - Articulo 76.- Corresponde aI Congreso hacer las leyes. Por medlo de elias ejerce las sigulentes atrlbuclones: 22. Dlctar las normas a las cuales deba sujetarse el Goblemo para los siguientes efectos: regular el cambio intemaciona! y el comercio exterior; regular las actlvidades de los intermediarios financieros; y modi­ncar los aranceles. tarifas y demas dispo­slclones concernientes al regimen de aduanas; Autorizar aI Goblemo a contratar em­prestltos seilalando para ella limites que conslstan en determinadas relaciones porcentuales indlcatlvas de la capacidad de pago de la Nacion. Articulo 4.- EI numeral 3 del articulo 120 de la Constltucion Naclonal quedara asi: Articulo 120.- Corresponde aI presi­dente de la Republica como jefe del Estado y suprema autoridad administrativa: 3. Ejercer la potestad reglamentaria expldlendo las ordenes. decretos y reso­luclones necesarios para la cumplida eje­cuclclon de las leyes. Sin mandato expreso de la ley. los reglamentos no podrAn limitar los derechos que la Constituclon garantiza; ni hacerlo para flnes. sujetos. casos y GACETA CONS'JTI1.IClONAL oportunldades. grados 0 etapas distlntos de los que la ley autorlza. La Icy. 0 el presl­dente. JIOdrin delegar la facultad regla­mentarta en otras autortdades; pero el presldcnte. como suprema autortdad ad­mlnIstrativa. podnI. sJempre revocar 0 re­formar los reglamentos que produzcan las autortdades del orden naclona!. ArtieRlo S.· Derogase el ordlnal 14 del articulo 120 de la Constltuclon Pol!tlca. ArtieRlo 6.· EI numeral 15 del arilculo 120 de la Constltuclon Naclonal quedara asJ: ArtieRlo 120.- Corresponde aI presl­dente de la Republica. como jefe del Estado y suprema autortdad admlnlstratJva. 15. Ejercer la lnspecclon necesarta sobre los dcmas estableclmlentos de credlto y las socledades mercantlles. conforme a las leyes. La facultad de lnspecclon y la de vlgUancla permlten aI presldente. y a sus delegados. conocer todas aquellas actlvi­dades y datos de las empresas que sean necesarios para cerclorarse de que cumplen las leyes y los reglamentos; y para san­clonarlas en case de lncumpllmlento. Las autortdades a qulenes el presldente delegue la facultad de lnspecclon y vlgllancla pueden Indlcar. por actos de caracter ge­neral. la forma y la oportunldad en la que debe proporclonarseles la informacion que requieran. pero carecen en 10 demas de facultad rel(lamentarta. ArtieRlo 7.- EI numeral 22 del articulo 120 de la Constltucion Nacional quedara asi: ArtieRlo 120.- Corresponde aI presi­dente de la Republica como jefe del Estado y suprema autoridad adminlstrativa: 22. Regular el cambio intemacional. el comercio exterior. y las actlvidades de los intermediarios financleros; y modificar los aranceles. tarifas y demas dlsposiciones concemientes aI regimen de aduanas. con sujecion a las reglas previstas en las leyes a que se reflere el ordinal 22 del articulo 76. Articulo 8.- EI numeral 2 del articulo 214 de la Constitucion Nacional quedara asi: Articulo 214.- A la Corte Suprema de Justicla se Ie confia la guarda de la inte­gridad de la Constitucion. En consecuencia. ademas de las facultades que Ie confieren esta y las leyes. tendra las siguientes: 2. Decidir definitivamente sobre la exequibilidad de todas las leyes y los de­cretos dictados por el Gobiemo en ejerclcio de las atribuciones de que tratan los arti­culos 76. ordinal 12. y 80 de la Constltucion Nacional. cuando fueren acusados ante ella de inconstttucionalidad por cualquier ciudadano. Proyecto de Reforma Constitucional en Asuntos de Regulacicin F1nanclera EKposicicin de motivos PRESENTACION La Asoclaclon Bancaria presento a las mesas de trabajo organlzadas por el Go­blemo para conocer las Ideas de diferentes p .... s personas y grupos sobrc la reforrna de la Constltuclon. un proyecto de Acto Legis­latlvo. sobre dlversos aspectos relacionados con la regulaclon de la economia y la Ha­cienda PUblica. EI proyecto parte del supuesto de que la c\aridad en el a1cance de la facultad de regulaclon es un requlslto para el funcle­namlento eficlente del sistema economlco; y que este. a su vez. es condlclon lndis­pensable para que se puedan crear el em­pleo y el Ingrese que el pais busca. Y suo pone ademas. que la Inflaclon. los pre­blema!!, de maneJo presupueslal. y las amblguedades en el a1cance de las regu. laclones. tlenen un alto costo social. Varios de los plantearnlentos que el proyecto contlene en cuanto a la regulacl6n de la economia han sido hechos par des­tacadas personalldades a 10 largo de varios anos. y por ml mismo. EI documento de la asoclaclon. de otra parte. contJene plan­tearnlentos muy julclosos que. seguramente enriqueceran e! trabajo de la Asamblea. Per eso he decldldo presentar como proyecto la parte de esa propuesta relatlva a la lnter. .venclon en la economia. la potestad re­glamentarta y la facultad de lnspecclon y vlgilancla. La justlficaclon del proyecto. que aparece enseguida. ha sldo tomada. en sus aspectos prlnclpaJes del documentos de la Asoclaclon. PRIllERA PARTE La capacidad de Regulaci6D IObre el Sistema FinaDciero CAPITULO I Planteamlento del problema En el plano conceptual. el derecho pu­blico contemporaneo acepta el princlplo de la "Intervenclon del Estado" segim el cual las autoridades pueden limitar la Ubertad de las personas. sobre todo en el campo economico. Siendo Colombia un Estado de derecho. esos limites se expresan por medio de regulaciones. En este documento se denominan "re­gulaclones". todas las normas de car.!cter general que producen las autoridades le­glslativas y administrativas. y que deben obedecer las personas para no quedar su­jetas a a1glm tlpo de sancion. Hay muchas razones por las cuaJes es Indispensable que las autoridades regulen la economia en general. y el sector finan­clero en particular. En este. la regulacion se jusUfica. ante todo. para que las empresas del sector cum plan sus funciones econo­micas de intermediacion entre ahorradores e inversionistas. mereciendo la confianza de unos y otros. Pero tambien para que las autoridades puedan alcanzar objeUvos adiclonales de politica economica y social. EI principio del "intervencionismo de Estado" coincide a menudo con la creencia de que la solucion a muchos problemas sociales requiere la adopcion de regula­ciones con rapidez y con frecuencia. en la medida en que cambian las circunstancias del pais. Tal creencla lleva a que se ~r.o­ponga trasladar la capacidad de regula Cion propia del Congreso. que se supone poco flex.ible y agil. hacia las autoridades ~d­ministrativas. en cuyas manos quedarla. por regIa general. la tarea de realizar la intervenclon del Estado. Pero ese prop6slto Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6 encuentra un Ilmlte en la necesldad de proteger a las personas contra la arbltra· rledad de los funclonartos. y de buscar la certldumbre Jurldlca. por medlo de reglas generales relatJvamente estables. Surge. asl. una tension entre la necesldad de proteger y dar certldumbre a las per· sonas. por medlo de reglas generales y es· tables. y la de dar a las autorldades ad· mlnlstratlvas Instrumentos ellcaces. no sOlo para cum pUr la ley. sino para complelarla por medlo de reglamentos que respondan a las camblantes circunstanclas de la vida del pais. Esa tensl6n se manlfesta en el plano organico. en la necesldad de seilalar hasta d6nde lIegan las funclones del Congreso. y en d6nde comlenzan las del Goblemo; y en el plano instrumental en la necesldad de deflnfr cuAies Ilmltaclones a la Ilbertad tlenen que aparecer en Ia ley misma. y cuAies pueden deJarse al mas Importante acto admlnistratlvo de todos: el rej!larnento. La respuesta a esa tensl6n se' manlfesta en clertos fen6menos que han hecho que la regulacl6n en Colombia resulte lneHclente desde un punto de vista social. Entre ellos parece indIspensable anolar los siguientes: a) Ha habido ciertos camblos en el de· recho positlvo. que son parte de una ten· deneJa manillesta en los prlmeros ochenta ados del siglo XX para aumentar las atrl· bue/ones de las autorldades de la rama EJecutiva del Poder PUblico. Como. aI mismo tlempo. no se suprfrnieron explfel· tamente atrlbuelones aI Congresa, el reo sultado de tales camblos fue una mulU· plicac/on de las modalldades de regulaelon. y de las autorldades regu/adoras. y una duplicaelon de funelones. b) Ha habldo ciertos camblos en la tecnica de redacei6n del derecho positlvo. en concordanela con 10 dicho atras. que tlenen por obJeto dar mas f/exJbJlJdad y discre· clonalldad a las autorldades adminlstra· tlvas aI regular la eeonomia y sabre el sector flnanclero. Desde el punta de vista de la ciencla econ6mica puede aIlnnarse que estos cambios han encontrado apoyo en dos clases de toerias. La prlmera. la de la "busqueda del ajuste minucioso" ("flne tuning"). sostlene que para consegufr que la politica econ6mica. pero sobre todo la politlca monetarta. contrlbuya a la estabi· Ilzaci6n de la econoinia. es preclso que las autoridades. en forma discreclonal y muy flexible. tomen dia a dia medidas sobre el sistema flnan ciero para contrarreslar las vartaciones que. dia a dia tambien. se presentan en las circunstnacias economlcas de un pais. La segunda teoria. en la cual se funda sobre todo la lIamada "politica cre· dlticla". sastiene que el sistema financiero no debe ser s6Jo un Instrumento "neutral" de captacl6n y transmlsi6n de recursos. sino un Instrumento suficle ntemente "flexible" y "discreclonal" como para que las autoridades puedan apllcarlos aI "fo· mento" de ciertas actividades econ6mlcas "meri torias". cl Por influjo de las tendencias y teorias menclonadas atras. ha habldo tamblen camblos en la Jurlsprudene/a. que a ban· don6 algunos eonceptos legales cMslcos. vaJld6 los cam bios a1udldos en el derecho poslt/vo. y ampliflco eI fen6menos de la dupl/eael6n de funclones y mllIUpl/cael6n de las autorldades con capacldad regula· dora sabre el sector. En verdad. la Jurlspru' GA(%J'A CONmnJOONAL dencia de la Corte y del ConseJo de Eatado no sOlo no ha atenuado sino que. en clerta medlda. ha aumentado Ia dispersiOn y dupllcaclOn de las fuentes reguladoraa a Iaa que esta suJeto el sistema flnanclero. EI resultado de los cambl08 a 108 que se acaba de aludfr es un esquema de regula· cl6n confuso. y por 10 tanto Ineflclente. que puede resumlrse as!: a) La ConstituclOn ha multlpllcado las modalidades de regulaclOn sobre el sIstema flnanclero; en particular. en condiciones normales. se ha pasado de la regulaclOn por medlo de la ley ordinaria y el reglamento. a la regulacl6n por medlo de leyes ordlnartas. leyes de autorizaclones. decretos de In· tervencl6n. decretos de intervencl6n en el ahorro. leyes marcos. reglarnentos y reso­luclones de autoridades de .nlvellnferlor. En condiciones especlales. la regulaclOn puede hacerse. tamblen. por medlo de decretos­leyes y de decretos de emergencta eco· n6mlca. bl La ley y la jurtsprudencla han multi· pllcado el numero de las autorldades que tienen capacldad de regular el sistema fl· nanclero; en particular. se ha pasado de Ia regulaciOn a cargo del Congreso y el Go· blemo (presldente y sus mlnistros). a Ia regulacl6n por parte del Congreso. del Goblemo. de la Supertntendencia Bancaria y de un organIsmo coleglado "sui generts": La Junta Monetarta. c) La doctrtna y la jurlsprudencla han arnpliado en forma considerable el ambito de la facultad reglamentarla; ella no se conclbe ya. solamente. como un instru· mento para cumplfr las leyes. sino. tam· bien. para modtflcar obllgaciones y dere· chos de las personas. dentro de autoriza· ciones legales amplias. d) Y. por todos esos motivos. se ha vuelto confusa el a1cance de las regulae/ones que cada autoridad puede d/ctar. No ha habldo acuerdo jurisprudencial acerca de sl el Congreso perdl6 facultad de Intervenfr en el ahorro. 0 51 puede ejercer esa facultad en forma concurrente con el presldente; acerca de sl el Congreso perdiO facultad de regular el credito cuando creO la Junta Monetarta; acerca de hasla d6nde lIegan las facultades del Congreso. y d6nde comienzan las del Goblerno. cuando se produce una ley de Intervenci6n 0 una "ley marco". Ademas. se dlscute si los decretos presidenciales de IntrvenciOn en el ahorro. los decretos en uso de autorizaciones y de intervenci6n. y los decretos en uso de facultades de "Ieyes marco" pueden 0 no cambiar las leyes preexistentes; y acerca de la justiflcaclOn y el a1cance de las normas de apllcacion general que dicta la Superintendencla Sancaria. De todo 10 anterior surgen graves pro· blemas. que pueden resumlrse asi: a) Muchos esfuerzos del Congreso. 0 del Gob/erno. se desperdle/an; en efecto. estos 6rganos del Poder Publico dlctan en oca· slones medldas con el prop6slto de producir un efecto Importante sobre la economia. pero ese propOslto se frustra cuando las autorldades judlclales las declaran In· constituclonales 0 ilegales. porque exisle una dlscrepancla respecto al a1cance de la fac ultad regulatorla que el Congreso 0 el Goblerno Invocaron. b) La aIIwIfUdI ..... '_ .... tlplIca Ioe ~ dill ..... ....... porque la dIlIcWlId ell c:oaocer, II1IIGIIIrIr e Inlerpretar III dlItInlll regIII. IGIIIete I Iaa Instituclonelllnancleraa I la pDIIbI\Idad de IIIJIcIonea admIDIItrauva. I la de III­currlr en raponab\lk\ad civil frente I lUI cbentes, y a la de que IIg\maI de _ JIeo goc\08 no produzcan loa efectol jurfdIcaa 6uscad08. (l). e) La duplicac/6n. abundancla y mum· bll/dad de /as regu/adonee flnancIeraa. ocasiona costos admlnlStrativoe COIIIJIfe. rabies a las InsUtucionee del sector. En el campo de 108 hech08 econOmJcos. es utll recordar. ademas. que nuestras Instl. tuclones flnancleraa pasaron. a partir de 1982. por una de /as crtsIs mas grandes de su hIstorta. y de mayores consecuenclas sobre el conJuoto de Ia economla. La abundancla de modalldades de reguIac\On. y de' regulaclones. no evltO Ia crtsIs. Pare· ceria entonces que la eflcacla de Ia regu. laclon sobre el sIstema financlero no de· pende tanto del numero de las modal/dades de regulacl6n. sino del uso adecuado de Iaa clasicas. En los sigulentes capltuIos del documento se sustentaran \as afirrnaclones sobre Iaa causas de los problemas. es decfr. sobre Ia multlplicaclon de las modalldades de re­gulaciOn sobre el sIstema financlero. y de las autorldades facultactas ~ eJercerIa; y sobre la duplIcaclOn y arnbiguedad en Iaa facultades respecUvas. AI flnal. el docu· mento propondrti unos textos constltu­cionales. con plena conclencla de las dill· cultades enormes que se encuentren al tralar de vestfr en norrnas concretas los conceptos juridicos. y sin mas pretenclon que la de ayudar a Identillcar algunos de 108 elementos que podrtan resolver los pr0- blemas planteados. y hacer mas eflcaz y eflclente la regulacl6n de las autorldades sobre la economia y el sistema flnanciero. Se supone que cualquler reforrna que se adopte en estos temas debeni. fr acompa· nada de normas que facUiten Ia translclon entre el regimen y las regulaciones exis· tentes. y los que pueden producfrse como resultado de la reforma constitucional. Una parte importante de las relormas que se proponen consiste en aclarar eI texto constitucional sobre la intervencl6n del Estado. considerado como el eje de la reo gulacion sobre la economia. y en presclndlr de a1gunas de las modalidades de regula· ci6n que se han introducido reclentemente. CAPITULO 2 Evoluclon de II Facultld de Replacicln sobre la economia 2.1. Planteamlento del problema. EI propOslto de este capitulo conslste en mostrar c6mo la evolucl6n de los textos constitucionales. desde 1886 hasta nues· III Hugo Palacios Melfa. "La regulacl6n dcl sis· lema nnanclero: /,Conhlcto entre los ob)eU. os e Instrumentos legales?" en Carlos Caballero Argaez. editor. Macroeconomla. mereado de capllal .. y negaelo financlero IBogota: Asoclacl6n Bancana de Colombia. 1989(. p.405. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. _dill. IIIdJca una crectente IlOIIClencla de IaI ClDllllltuyeDteII acerca de Ia Importancla de IaI fen6menos econ6mlcos dentro de Ia vida 1IOCIaI: y en m08irar oomo esa evolu· cl6n posIUva. neva tambl~n a una am· pIIacI6n de las modalldades de Ia regulacl6n de las autortdades en Ia economla y. por 10 tanlO. en el sistema ftnanclero: y acentua la racultad reguladora del Goblemo. en de· trlmento del Congreso. En el capitulo Be pretende mostrar tambl~n oomo Ia reforma constltuclonal de 1979 trat6 algunos de los problemas menclonados en el capitulo I de este do­cumenlO. EI an4IIsIs que Be hace en este capitulo es preIlmlnar. y parte de una Interprelacl6n literal de los textos que contlenen las Ins­tltuclones a las que Be alude: en los capl· tuIos posterlores Be utlllzanln elementos adlclonales para completar el am!.llsls. 2.2. EI punto de partida: la Constltucl6n de 1886. Ellnterb en Ia regulacl6n de Ia economla y. en especial. del sistema flnanclero. no es algo conslante en nuestro derecho publico: por el contrar1o. es un fen6meno que se ha venldo acentuando durante el slglo XX. Y asi. por eJemplo. las "bases" constltuclo­nales que se sometleron a Ia volaclon de las munlclpalldades en 1885. con el prop6slto de limItar la aeclon de los constltuyentes de 1886. no menclonaron tema alguno que pudlera relaclonarse en forma mas 0 menos dlrecla con la regulaclon del sistema fl· nanclero. Fleles al espiritu de las "bases consti· tuclonales'" que permltieron su reunion. muchos constituyentes de 1886 se opu· sleron a Uevar a la Constituclon los temas economlcos porque estos. a su Juiclo. no eran suflclentemente Imporlantes para aparecer aUi: los constituyentes pensaban que era elleglslador qulen debena ocuparse de ellos (2). Pero. a pesar de todo. en la Constltucion de 1886 aparecen varias nonnas relativas a la propiedad (Art. 32). a la actividad economica y. en particular. a la actividad financiera. Es indispensable anallzar. en general. y como punto de partida. la fonna como la Constitucion de 1886 organizaba la capa· cidad de regulacion de los diversos organos del Poder PUblico; y. en especial. como la ?rganizaba respecto de los asuntos que mteresan aI sector fmanciero. Es indis· pensable. adem as. examinar 10 que alii se disponia respecto a la "inspeccion" sobre "Industrias y profesiones". en general y. en particular. sobre los "bancos de emision y demas establecirnientos de cn:dito". Es asi como se observan los siguientes hechos de inten!s: 2.2.1. En la Constitucion de 1886 la modalldad mas Irnportante de regulacion es la ley. La Constitucion contiene un con. cepto "Instrumental" de la ley. Es decir. la ley aparece aUi. slmplemente. como un mstrumento fonnal y tipico de la accion del Congreso. que este debe utilizar siempre que desee regular cualquier aspecto de la Vida social. EI articulo 76 de la Constltucion enumera los temas que el Congreso puede regular por medio de leyes; pero la enu· (2) Academia Colombiana de Hlstorla, Antecedentes de la ConsUtue/dn de Colombia de 1886 {BogotA: Plaza Janes. 19831. pp. 212. 216. 217. 323. GACUA CONS'lTl1JCJONAL meracl6n no es laxatlva. es declr. no Implde que el Congreso dlcte leyes sobre otros asuntos. EI can\cter Slmplemente Uustra. tlvo de Ia enumeraclOn Be deduce fAcU. mente por el hecho de que exlsten otras normas constltuclonales que tralan sobre matertas que no contempla el articulo 76 y respecto de las cuales. sin embargo. Ia ConstituclOn dice que deben maneJarse de acuerdo con Ia ley. EJemplo de laIes'normas son. entre otras. los articulos 6 (sobre II. mites de los departamentos). 9 (sobre reo cuperaclon de la calldad de colombiano para qulenes Ia perdleron por adqulrlr cludadanla en otro pals). y 32 (motlvos de exproplaclon). etc~tera. 2.2.2. En especial. Ia ConstituclOn de 1886 contlene una facullad dlrecta de reo gulaclOn sobre Ia moneda. atrlbulda al Congreso para "flJar Ia ley. tlpo y deno­mlnaclOn de Ia moneda. y arreglar el sis. tema de pesas y medldas" (Art. 76. N° 15) por medlo de leyes. 2.2.3. Otra modalldad de regulaclon premta en Ia Constltuclon de 1886 es el reglamento. La ConstituclOn contlene un concepto baslante preciso y "flnaIlsla". de la "facullad reglamenlarla". como aquella encamlnada a lograr "Ia cumpllda eJecu· cion de las leyes" (Art. 120. N° 3). De aUi se desprende entonces. con c1artdad. que el reglamento se subordlna a Ia ley. y que tlene el excluslvo obJeto de cumpllrla. 2.2.4. La Constituclon faculla aI Congreso para dar aulOrizaclones aI Goblemo para "celebrar contratos. negoclar emprbtltos. aneJenar blenes naclonales y eJercer otras funclones dentro de la orblta constituclo­naI" (Art. 76. N° 9). Esas autorlzaclones deben darse baJo Ia modalldad de la ley. 2.2.5. La Constituclon contiene una fa· cullad de "lnspecclon" que se confiere. en forma generlca. a las autondades. respecto de las Industrlas y profesiones: y que tiene por obJeto "Ia rnoralldad. la seguridad y salubndad publicas" (Art. 44. inciso 2). 2.2.6. La Constitucion contiene una fa· cullad especial de "inspeccion" que se otorga. en fonna especillca. aI presidente de la Republica. para que la ejerza sobre "los bancos de emision y demas eslableci· mlentos de creditos. confonne a las leyes" (Art. 120. N° 17). La facullad de "inspec· cion" aparece. entonces. como a1go dife· rente de la facullad reglamentaria; y como sometida. direclamente. a la ley. En sintesis: a la luz de la Constitucion de 1886 habia dos modalldades nitidas de regulacion: la ley y el reglamento. Era claro que la regulacion sobre las actividades ft· nancieras correspondia. ante todo. al Congreso. por su lacultad general de hacer las leyes y. en forma indirecta. por su ca· pacldad de fiJar las caracterisUcas de la moneda. EI presidente tenia lamblen una capacidad reguladora. secundana y limi· tada. que se enmarcaba dentro del concepto de la facultad reglamenlaria. Y aunque el presldente podia ejercer "Inspeccion" sobre los eslableclmlentos de credito. esa facul tad aparecia como una facul tad dlferente de la de reglamentacion. De la misma manera. no era evldente. aI menos a primera vista. que las "autorizaciones" que el Congreso estaba facul tado para dar aI presidente. en desarrollo del numeral 9 del articulo 76. lIevaran consigo una facul tad de regula· ci6n. ni que la facul tad de inspeccion im· plicara tam bien la de regulaclon. 2.3. La reforma constitucional de 1910. A pesar de las proteslas conocldas. por conslderar que las matertas econOmlcas no deberian aparecer en Ia ConsUtucl6n (3). Ia Importante reforma constltuclonal que se hlzo por medlo del Acto Leglslativo 3 de 1910 IncluyO en su articulo 7 Ia prohlbl­ciOn. que aun subslste. de hacer cualqulr nueva emlslOn de papel moneda de curso forzoso. No Be IntroduJo. en esla reforma. nlnguna modalldad nueva de regulacl6n nI hubo nlngun camblo en cuanlO a Ia dis­trlbucl6n entre el Congreso y el Goblemo de las facullades de regulacl6n 0 Inspeccl6n sobre el sistema flnanclero. 2.4. La reformaconstltuclonalde 1936. La reforma constituclonal de 1936 dlo atenclOn especial a varlos temas econ6- mlcos. Sobre todo. su articulo 11 facull6 al Congreso. cuando reunlera una mayOrla especial. para expedlr leyes por medio de las cuales se pudlera Intervenlr en "Ia explOlaclon de Industrlas 0 empresas pu­bllcas y prlvadas. con el fin de raclonallzar Ia producclOn. dlstrlbuclOn y consumo de las rlquezas. 0 de dar al trabaJador Ia Justa protecclon a que tlene derecho". Este articulo es el antecedente InmedlalO del actual articulo 32 de nuestra Constl· tuclon Polltica. EI articulo 11 de Ia reforma se aprob6 sin mayor discusl6n en el Congreso 14). Los refonnadores de ese 81\0. aI parecer bus­caban dar al Congreso una mayor capa. cldad de Ilmltar el derecho a Ia propiedad y Ia llbertad contractual. asi como pennlUr a las autorldades que organtzaran empresas pubUcas en abierta competencla con Ia de los partlculares (5). Es declr. se extendi6 eJ Ambito de la regulaclon. Pero no parece que se haya creado una modalidad nueva de regulaclon .. porque no se menclono slqulera el prop6sito de dar aI Gobiemo una capa­cidad de producir normas con fuerza de ley. es decir. nonnas no sUJetas a una ley previa y con capacidad de modificar las leyes. 2.5. La reform a constitucional de 1945. En la refonna del ano 45 se modifico la nonna sobre intervencion del Estado. en el sentido de aclarar que esla 1)0 tendrla que ser hecha "por medio de la ley". sino que baslaria que se hiciera "por mandato de la ley" (Art. 4): y se restringio la iniciativa legislativa de los congresistas (Art. ) 0). Ambas refonnas apunlan en el sentido de fortalecer la capacidad regulador~ del Gobiemo. Ademas. en 1945 se incorporo a nues· tro derecho constitucional la institucion de la Contraloria (art. 93). Se dispuso que "Ia vigilancia de la gestion fiscal de la admi· nistracion corresponderia a la Contraloria General de la Republica". de la cual se dijo. ademas. "que no eJerceni funciones ad· ministrativas distintas de las inherentes aI desarrollo de su propia organizacion". En i3)Republiea de Colombia. Hlstorla de las leyes. Acto Legis/at/vo Numero 3 de 1910, compllador Uctdes SegovlalCartagena: 19141. pp. 282. 288. 14) Jaime Vidal Perdomo. "Pr6Iogo". en Alvaro Tirado Mejia y Magdalena Velasquez. La reforms eonstitueional de [936 (BogotA: La oveJa negra. 19821. p. 14. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. otras palabras. no se dlo a la Contraloria facultad de regulaclon. 2.8 L. reform. conltltuclonal de 1988. La reforma constltuclonal de 1968 reo presenta. en el slglo XX, el momenta mas representatlvo de una tendencla a trasladar al Presldente. y en general a la rama eJe· cutlva del poder ptibllco. funclones regu· latorlas que antes estaban att1buldas al Congreso. Ejemplos de esa tendencla son la restt1cclon de la InJc/at/va legis/at/va de los congreststas en clertos asuntos (que ya se haola tnlclado en la reforma del 45); y la regia seglin la cual el Congreso no podria tratar algunos temas sino por medlo de "Ieyes marcos". Las "Ieyes marco" son una modal/dad nueva de regulaclon en vlrtud de la cual el Congreso puede regular clertos temas (carnblos Intemaclonales y comerclo ex· terior. credJto ptibllco. aduanas). pero de modo general. esto es. sin entrar en los detalles respect/vos. que deben ser regu· lados por el Gob/erno. Corresponde a este. en forma excluslva. la poslbUidad de pre· sentar proyectos de ley sobre los temas a1udldos. En esta mlsma reforma constltuclonal. aparecto la Instltuclon de la "emergencla economlca". que confiere aI Presidente facultad de expedir decretos con fuerza de leglslaclon permanente. sobre todas las materias economlcas relacionadas con la sltuaclon de emergencla. Se trata. tambien. de una modal/dad nueva de regulaclon. En 1968 se reformo tambl~n el texto del articulo 32. sobre Intervencl6n del Estado. Sin embargo. para los propOsitos de este documento, Importa ahora destacar que en el articulo 41 de la reforma constitucional de 1968 apareclo una facultad que ha teo nrdo gran Importancla en el desarrollo del sistema finaclero. y partlcularmente en todo 10 relacionado con el sistema de ahorro y vivlenda. Es tambien una modalidad nueva de regulacl6n que hoy aparece como numeral "14 del articulo 120 de la Consti· tucl6n Politlca. y que a la letra dice: Corresponde aJ Presldente de I. Republica. co· mo Jele del Eslado y suprema autorfdad admlnl s· traUva: 14. EJercer. como lacultad constltuclonal propla. Ja Intervencl6n necesarta en el Banco de Emlsl6n y en las aCllvldades de personas naturales 0 Juridlcas que tcngan por obJeto d maneJo y aprovechamlento y la Inversl6n de los fondos provenlentes del ahorro prlvado. 2.7 La reforma constituclonal de 1979. Ante los numerosos problemas de In· terpretacl6n suscltados por la redaccl6n que dleron los constltuyentes de 1968 al texto del ordinal 14 del articulo 120. en la reform a constltuclonal de 1979 se qulso preclsar que los decretos que el Presldente explde para In tervenlr en materias relaUvas al ahorro prlvado son de caracter ~dml · nlstratlvo. es declr. que no excluyen la accl6n del Congreso nt pueden modlficar las leyes. Se dlspuso. enton ces. como medlo de asegurar ese prop6sito. que la facu ltad de Intervencl6n presldenclal en el ahorro GACETA CONSTI11JClONAL deberia eJercerse previa la autorizaclon de una "ley marco". Como se sabe. la reforma de 1979 fue declarada Inexequlble por Ia Corte; y por eso. en los fallidos Intentos de reforma constltuclonal que tuvleron lugar entre 1988 y 1989. se qulso revlvlr la dlsposlclon a la que se acaba de hacer referencla. Otra parte Importante de Ia reforma de 1979. respecto aI poder de regulaclon. conslstlo en derogar aquella parte del numeral II del Articulo 76 de Ia actual codlficaclon constltuclonal en donde se faculta aI Presldente para "ejercer otras funclones dentro de Ia Orblta constltuclo­nal". Con la derogaclon se pretendia evltar la confusion creada por a1guna jurispru· dencla. que se comentara adelante con detalle. y que habia encontrado en ese numeral una nueva fuente de att1buclones y modalldad reguladora. en vlrtud de la cual el Presldente podria expedlr regula· clones con fuerza de ley. 2.8 CoDdalloDel En slntesls: cuando se exarnlna. "prima facie" la evoluclon de la Consutuclon Po· litica. hasta su estado actual. se encuentran las slgulentes autorldades con capac/dad de regulae/6n sobre la eeonomia y el sistema finane/ero: 2.8.1. EI Congreso. a traves de su att1· buclon general de hacer las leyes; estas pueden tener un alcance muy ampllo. en vlrtud de la facultad de "intervenlr" en la economia. 2.8.2. EI Presidente de la Reptiblica. que puede regular el sistema financiero a traves de diversas modal/dades: dlrectamente. en el caso de la "emergencla economlca" y en el de la "intervenclon en el ahorro"; 0 por delegacl6n. cuando el Congreso Ie otorga "facultades extraordlnarias". 2.8.3. EI Presidente. que puede regular el sistema. a traves de la modalldad del simple ejerclcio de su facultad comtin reglamen· taria. 2.8.4. EI presldente. y clertas agencias estatales. tlenen. ademas. una facultad de "Inspecclon" sobre las instltuciones fl· nancieras; los textos constltuclonales no sugieren. sin embargo. directamente. que esa facultad impllque capacidad 0 moda· IIdad de regulacl6n. 2.8.5. La Contraloria y la Procuraduria tienen. cada una. una funcl6n de vlgllancia: sobre los aspectos fiscales. la primera. y sobre los de la comducta personal de los fun cionarios. la segunda. Nlnguno de los textos constituclonales que se refiere a esas entldades suglere. al menos a prlmera vista. que tengan capacldad de regulaci6n. es decir. que sus funclones de vlgllancla sean una mod all dad de regulacl6n. La evolucl6n del derecho constituclonal colomblano pone de presente. pues. la aparlcl6n de nuevas modalldades de reo gulaci6n; la creclente capacldad de regu· lacl6n de la rama ejecutlva del poder pu· bllco sobre el sistema finan clero; la perdlda de Inlclatlva leglslatlva en el Congreso; y el nacimiento de algunas aUloridades. como la Contraloria y la Procuraduria que no se crearon con el prop6slto de regular actl· vldades partlculares. En toe c:apltuIaI .... "-" mOltrart c6mo Ia etiIIud6D ~ ha multipUeado aWl mAl III !!!O!IeMe. de regulac\6n. y eI DWnero de III autaII­dadea que pueden ejm:erIa: 'J IlIlmo d proceao Deva a eatablecer dupllcldad eo .. funclonea de regulac\6n y IIJ\ grado mllJ' COnsiderable de confuaI6n IObre toe II­cances de Iu facultadea reapectIvu. CAPITIlLO 3 3.1 Plaateamleato 4el problema. EI propOslto de eate capitulo COIIIIste eo expUcar el ortgen y en mostrar Iu con. Iradlcclones y O8cIIaclones Jurtapruden. ciales acerca de un tema fundamental JIII1l la actlvldad econamlca; Ia Intervenc\6n del Estado en la economla. EI capitulo resume. en primer lugar. Ia evoluclOn de los textos constltuclonales respectivoB. DeBpU~B muestra cOmo. en algunos casas. la jllf1&. prudencla ha utUizado eI actual articulo 32 de la Constltuclon. que se relaclona con Ia "lntervenclon del Estado". y cuyo propOslto ortglnal fue. slmplemente. el de extender el ambito de Ia facultad reguladora del Con· greso. para convertlrlo en una modallds nueva de regulacl6n. que permlte aI Pre· sldente de Ia RepubUca dlctar decretos con fuerza suflclente para derogar las leyes y que. eventualmente. reduce las facu1tades del Congreso m/smo. Esa jurtsprudencla. que rompia algunos de los princlplos bit· slcos de nuestro derecho constltuclona!. comlenza a ser modlflcada por la Corte Suprema de Justicla. EI origen del problema conslste en la dl· ficultad de definlr hasta donde debe ser Ia ley misma la que limite las \ibertades de las personas. y a partir de donde puede transfertrse esa poslbilldad aI reglamento. La oscllacl6n jurisprudenclal crea una confusion que dlficulta una regulaclon eflcaz sobre la economia. y amerita por eUo una reforma en los textos constltucionales respectlvos. Los constltuyentes de 1979 comprendieron el problema y avanzaron en una solucion; pero. qUizas. puede aprove· charse la Consutuyente de 1991 para aclarar en forma mas completa el asunto, tal como en este documento se propone. 3.2 Evoluclcin del tuto constltu· clonal hasta 1936. A dlferencla de conceptos tales como e1 de "Estado de derecho". "separaclon de ram as del poder". 0 "sistema parlamen· tario". el concepto de "Intervenclon de Estado" no es de amplio uso intemaclo· nalmente entre los tratadlstas de derecho constituclonal (6). Marcel Hauriou. uno de los pocos cons· {6) Los ttrmlnos "Intervenclon de [stado", 0 "In{erven' clonlsmo" , nj siqulera apartctn en los Indices de matertas de IIbros btslcos en los estudlos constltuclonales como son 18 " Teorla General del £Stado ", de Hans Kelsen {Mtxlco. D.f .: Edltora Naclonal. 19591. 0 como la "Ttoria del EsI.do" de Hennan Heller tMtxlco Fondo de Cultura Econ6mlca. 19611; o como la " Teoria dr /8 ConsflfucI6n". de Karl Lowenstein (Barcelona: Editorial Arle!. 19761: 0 como " The American $~~:,(I~~~n~~:t:~fc:mHPa~;llrn~,.~I~iol~ :::ob~~~~:~~ de Droit ConsflfUfionneJ et d'ins/itutlons pollrlques" de Geon!.es Vedel. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r' ....... del991 ....... """ de renombre que lie refteren II csc:ep1D de "tntervenctonlsmo", en un ~ IP aparecI6 en Fnincla en 1923, expUCaIIII. que Ie tntervenci6n Uene por objeID eviler que Ie Ubertad de unas per· IIOIIPII Uegue a lief opresora para los demAs: que eea tntervencl6n debe ser continua, porque Ie Ubertad est! s1empre amenazada: y que es parUcutarmente necesarta en el campo de los contratos de trabajo, donde no puede presumlrse Ie IguaIdad de las partes contratantes (7), y para Impedlr at patrono que IJDponga sus condiCiones a los obreros (8). En Espaila, en Ie ConsUtuclOn de la II RepubUca de 193 t. el Inclso 5 del iII'llculo 44, que es el antecedente mas Inmedlato extranjero de nuestro actual articulo 32, sobre Intervenc/On del Estado decla: EI Estado podrt Intervenlr por ley I. explota· el6n y coordlnael6n de Induslrlas y emp~ euando asl 10 exlgleran Ia raclonallzael6n de I. p1llducd6n y los Jnt ...... de 10 ecnnomla naclonal. SlguIenao de cerca el texto espanol, el 10 de sepUembre de 1934 el entonces Mlnlstro de Goblerno Dario Echandia presento a la conslderaclOn del Congreso un proyeeto de reforma consltuclonat que, en Ie parte perUnente decla: ArtIeaIo 2. EI Estado prodni Inlervenlr por medlo de leyes en 10 expl0lacl6n de las Induslrlas 0 empresas publlcas Y prlvadas. con el fin do raclo· nalizar Ia produccl6n, dlslrlbucl6n y consumo de la rlQueza 0 de dar proleccl6n al trabalo 191. En el Congteso. el asun(o de Ie "Inter· venclon" no dio lugar a discuslones tan complejas como otros (10). Y at finat. el Acto LegislaUvo N° I de 1936 dispuso: ArticaJo 11. EI Eslado puede Inlervenlr por medlo do leyes on Ia expl0lacl6n do Induslrlas 0 empresas pubUcas y prlvadas. cop el fin de raelo­naJIzar Ia produccl6n. dlslrlbucl6n y COnsUIIIO do las rlquezas. 0 de dar aI trabaJador la Jusla prolecel6n a que Uene derecho. . PuiValo. Las leyes que se dlcton en oJerelelo de la lacultad que atorga estc articulo requleren para su aprobacl6n el voto favorable de la mayor1a absoluta de los mlembros de una y otra coim:ua. 3.3 1:1 prop6elto de 101 eonstlta· yeatel de 1936. Para comprender el atcance que los consUtuyentes de 1936 daban a la norma de Intervenclon, pareee especialmente titil recurrir aI pensamlento de Dario Echandia. tal como el 10 expres6 en el prologo de una obra del jurlsta Jose Joaquin Castro Mar· tinez. y que tenia directa relacion con el tema.1l1) Segun Echandia. el Indlvldualismo pro­clamaba "Ia propledad prlvada, como poder absoluto y arbitarlo" y "Ie omnlpotencla de los contratos. cuyas disposiciones (deben) ser leyes de las partes". Para Echandia. el (7) ltaurice Haunou. Prlnclplos de derecho publico y oonsC1!ucJonaJ {Madrtd: InsUtuto Ed llorial Reus, sin fecha (ScJ{undaedlcion. p. 160). 18f!bfd.m. p. 342. (9) Alvaro Ttrado Mejia. ibidem. p. 161 . (10) Vidal, en Tirado "La reforma ... ", p. 14. (I I) Darlo Echandla en "Pr6\ogo" a J~ Joaquin Castro MatUne:. Tratado de Derecho .... dmlnlstralfvo {Bogota: Editorial Argra. 19501, p. III·XIV. GACETA CONS'ITI\JClONAL tndlv\duatlsmo jurldlco Uevo aI capltaUsmo econOmlco .. que condujo a Ia concentraclon de capltales monopollsUcos, aI fin de la competencla. yale explolaclOn del trabaJo humano. "EI sistema jurldlco de la llbertad y de Ia IIbre concurrencla conducia a la ellmlnaclOn de Ie llbertad Y de la concu· rrencla". deela. Los grandes capltallSlas. ademas. segiln el. buscan un "regimen de pollcia" para suprlmlr las llbertades pti· bllcas. porque estas "suelen obllgar a la dlcladura econOmlca a ejercer una vlgi· lancla atenta sobre los movlmlentos de la opiniOn publica. a moderar sus maneJos opresores. a dlsfrazar sus Inlclativas. y esto cuesta Uempo y dinero". EI Eslado. aftade Echandla. tuvo, en· tonces. que Intervenlr, "para evltar que el regimen de llbertad que ponia a los pro­pletarlos Crente a los no propletarlos a contratar en Igualdad de condiciones. acabara por produclr el sometimlento total de los no propletarlos ... creando una nueva version de la esclavltud"; y "asesto golpe mortal a la concepciOn Indlvlduallsta de la Iibertad de contratar". Tanto el fasclsmo, como el comunlsmo, se construyeron como reacclOn contra los excesos Indlvlduallstas, pero nlegan el derecho y Ia llbertad, para susUtulrlos por el poder arbltrario del Es· tado, y por eso no son aceptables. Pero. dice Echandia. no es verdad que la exlstencla del "Estado de derecho" este untda Irre· medtablemente aI capltallsmo economico; subsiste una soluclon liberal. no Indlvl· duallsta. que "trata de salvar la llbertad del Individuo pontendo vallas aI poder del Es· lado. por eso es liberal y no totalitarta, pero, aI mismo tiempo. reconoce como crlterlo declslvo que en el conllicto entre el Interes publico y el prlvado debe prevalecer aquel; por eso es una solucion liberal y no Indi· viduallsta". Se lIega asi a la nocion de "serviclo publico" y aI "lntervencionlsmo" esto es, a "Ia manera como deben resol· verse los conllictos entre Indlviduo y so­cledad, en cada pais. tenlendo en cuenta las necesidades generales y el respeto debldo a la Ubertad". Pero. concluye Echandla. "el procedlmlento para satisfacer las necesl· dades colecUvas debe ser jurldlco, 0 sea que debe respetar los dereehos esenelales del Indlviduo. mantentendose dentro de los Iimltes trazados a los poderes del Estado". (EI subrayado no es del orlj!lnal) Castro ·Martinez. a su vez. en la obra que elogia Echandia, admite que "el inter· vencionismo no ha podldo deflntrse en terminos de mayor exaclltud"... Pero agrega que "Ia Intervencion qulere declr regulaclon, metoda para armonlzar las asplraclones Indlvlduales con los Intereses generales, control y vlgilancla para ' evltar Indebldos enrtqueclmlentos a costa de las necesldades soclales ... " La Intervenclon. segun Castro, Ie "lmprime aI Estado un caracter de empresario. de director activo de serviclos. y puede lIevar a que el Estado organlce monopolJos" cuando crea em· presas lucrativas "mediante la explotacion en su excluslvo provecho", 0 "soclallza· clones" cuando las enlldades ptibllcas prestan servlclos directamente, con ex· c1uslon de los parUculares. pero sin buscar rendlmlento fiscal nl emolumento nlnguno a costa de los asoclados; 0 a la "naclona­IIzaclOn" en la cual una necesldad se sa· IIsface por medlo de serviclos publlcos con la concurrencla de parUculares. pero so· p ...... meUdos estos aI mlsmo regimen que los servlclos correspondlentes del Estado. (12) 81 se ha anallzado en tanto detaUe el pensamlento de Echandla y de Castro MarUnez es para mostrar cOmo est08 dos caracterlzad08 exponentes de las Ideas que Ilevaron a Introduclr en Ie Consutuci6n el texto relaUvo a1lntervenclonismo de Eslado no menc/onaron. en abso/uto. que el pro­pOslto de ese texto fuera dar al Presldente una facu/tad legisIaUva y. nl slqu/era, aumentar su capacldad reglamentarla. Los antecedentes a los que se acaba de hacer referencla demuestran que Ie "lnterven· ciOn" de Estado no se concebia como una nueva modalldad de regulaclOn. como una atribuciOn de facultades leglslaUvas aI Goblemo. 0 como un reeorte de las del Congreso. sino como una extensiOn del :lmblto reguledor del Estado. dIrigIdo. ante todo, a controlar Ie llbertad de contrataci6n en el campo laboral, y a permlUr que el Estado organlzara empresas para prestar los servlclos publlcos. En Espalla. tratadlstas contemporane05 Interpretan de Ie mlsma manera el con· cepto de "intervenclon de Estado". Uno de ellosdice: ... la llrtmera forma estatal de Intervenlr se rea· llza regJamenlando Yoo. Ia regJarnentacl6n ha de elecluarse. on delermlnadas motertas. precloamtnte por ley formal. {l31 3.4 IDtepretael6D jarilpradeDeial de I. reform. de 1936. A poco Uempo de aprobado el Acto Le· gtslaUvo I de 1936 comenzO el debate jU· risprudenclal sobre sus a1cances. En efecto. el Congreso dlcto Ie ley 125 de 1937 sobre protecclon de la Industrta ba· nanera. La ley autoriz6 aI Goblemo para fomentar la producclon de la fruta, IrrIgar terrenos, esUmular Ia venta y exportaclon de los productos y propender por su me· joramlento. EI Goblerno. entonces, por medio de varios deeretos. y con el prop6slto de combatir la slgatoka en el Magdalena. dlspuso. en slntesis. que los productores de banano de esa region deberian destinar una parte del producto de Ie venta del fruto a pagar. junto con el Goblemo. la campaila de santdad vegetal respectiva. Se ordenaba aI comprador de la fruta retener !a parte correspondiente y entregarla aI Goblerno. EI Consejo de Estado suspendio prime· roo y luego anulo la parte pertlnente de los decretos. con el argumento de que la ley no obligaba en forma dlrecta a los productores a asumlr los costos respectivos. por 10 que los decretos no eran ejecucion de las leyes sobre el asunto, nt las complementaban. sino que IImitaban el derecho del productor a la parte de su patrimonio proveniente de la venta de la fruta. Segun el Consejo. no es posible que por simple via reg/amen/aria se restrinJa la Jlbertad de disposiclon del pa. trimonio de las persona (14). sl la ley mlsma no 10 ha hecho. (121 Castro, Ib idem, pp. 107 ·11 3. (13) f ernando Garrido F'aJla. "lnlrOOuccl6n general". en EI modelo economJco en Is Con~llt uclOn espaflo/a [Madrid: Instltuto de Estudlos Econ6mlcos. 19811. p. 49. d~l~ ~O~~I~~~re~~a193f.?,n~~~es~d6Co~~~~:·~~~~~ T. XXXV. N°s 272·274, p. 922: y consefe' pcmente Dl6tn ~~ ~ta%;~~~d;]~~i~~;e~~!~~~T.~Lvl.~05\02~~~:. 6179.' , c Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. En una Importante sentencla que pro· dujo en 1939 con motlvo de una acusacl6n contra vartas normas de la ley 125 de 1937. fa Corte. en concordancla con el Consejo de Estado. sostuvo que las leyes de Inter· venct6n. por el hecho de ser tales. no am· pltan la facultad regtamentarla del Go· blerno; que la ley no puede dar (aeu/tades a $Ie para 11m11M los derechos civiles de las personas. con mayor raron cuanto las nonnas que autortzan la Intervenel6n del Estado debtan dlctarse. en esa epoca. por procedlmlentos eapectalea. a los que ea· caparian los decretos que dlctara el ejecu· tlvo; que los decretos de Intervencl6n tlenen que someterse 8 las leyes y que no pueden modlflcarlas. y que para ampllar las atrt· buclones del Goblemo no puede Invocarse 18 facultad que el Congreso tlene para otorgar aI Goblemo "otras funciones dentro de la 6rblta constltuclonal". porque tales functones son de caracter admlnlstratlvo. no leglslatlvo. En otras palabras. que la. Intervencl6n. en cuanto limite a los dere· ehos de las personas. tlene que ser hecha por ellegislador mlsmo. (15) Es Interesante advertlr. para que no se exagere la poslcl6n que mantuvo en esa epoca el Consejo de Estado. que este des· cartaba en 1943 la Idea de que los detalles de la Intervencl6n tuvieran que aparecer en la ley: asl. por ejemplo. dec1ar6 legales aI· gunas resoluciones sobre fljaci6n de preclos del hierro. tenlendo en cuenta que habla habldo una ley que autorizaba aI Goblemo a seIiaiar precios aI producto. No era pre· clso. dljo el Consejo. oponiendose a los alegatos del distinguido contltucionallsta Francisco de Paula Perez. que el legislador misrno. para completar el mandato de in· tervenci6n seIiaiara dlrectamente los pre· cios. (16) Analizada hoy la jurlsprudencia de este perlodo. se encuentra que la Corte y el Consejo no pretendieron. en forma alguna. que el Congreso no pudlera regular y II· mitar los derechos contractuales de las empresas. 0 que no pudlera Imponerles restrtcciones en sus patrtmonios. Lo que ambas instltuciones dijeron fue que si esos limltes 0 restrtcciones iban a crearse. era el Congreso mlsmo. eon preelsl6n. pero sin descender a detalles. el que debia Impo· nerlos. EI debate fue. rea/mente. mas aeerca del alcanee del peder reglamentarlo. que acerca de la faeultad de IimllM los dereehos de las personas. Y las tesis que en ese en· tonces defendleron las alias corporaciones jurlsdicionales. se exponen todavla hoy en. elias. a saber: que sl se van a establecer tlrbutos. 0 restrtcclones sustanciales a la Iibertad de contrataci6n. es la ley Ia que debe especlllcar c6mo. y que no basta una simple "autorizaci6n" Impreclsa aI Go· biemo para que este pueda expedir regu· . laclones sobre tales asuntos. 3.11 Lareforma de 19411 EI texto de la reforma de 1936 fue. a su vez. modlflcado por medio del Acto legis· latlvo N° I de 1945. EI Presldente Alfonso L6pez propuso. slmplemente. ellminar el Paragrafo segun el cual era necesarla una ' mayorla call11cada para aprobar las leyes de II 5) Cone Sup-ferns de Justlcla. poncntc Pedro A. 06· met Naranjo, ' $enlencla del 4 de sepUembrc de 1939", 'fCIOJudlcl,', T, XLVIII, N' 1950, p, 610, rT6) ConseJo de Eslado. poncnlc Sepulveda MeJia, "Scn· Icncla del 30 de morro de 1943", Ana/es del C:on!lCjo de E.flIdo. T, XXV. N'. 323·328, p, 136, Intervencl6n. (17) En fa ellJlOll\ct6n de motlvos del Mlntatro Alberto Ueru no Ie htzo referencta espectal Ii uunto. (18) EI Congreso derog6 el Pardgrafo pero. ademU. dlspuso que la norma sobre Intervenct6n quedarta asl: EI Eolado pued. Interv.nlr par mandato de Ia ley .n fa •• pl_ d. IndUllJlu 0 em~ publlcu y prtYidu. con .1 On d. nctonaUzar fa productl6n. dIatrlbuc16n Y COIIIUDIO de Iu rtq ....... o de dar II trabajador fa IUlIa proteccl6n • que Ilene d ..... ho, Eola luncl6n no podrt ejacene en ... de Iu • laculladeo del llllculo 69. ordinal 12. de fa eon. Utucl6n, La reforma conslstl6. bUlcamente. en advertlr que el Estado puede Intervenlr "por mandato de la ley" y no solo "por medlo de leyes"; en suprlmlr el requlslto de que las leyes de Intervencl6n tuvleran que ser aprobadas por la mayoria absoluta de los mlembros de una y otra camara. y en advert!r que no se podia confern al Presl· dente facultades extraordlnartas. de las previstas en el articulo 69. ordinal 12. para expedir normas de Intervenct6n. Es claro que el prop6slto de los refor· madores de 1945 fue ampllar la (aeu/tad reglamentarla, Como reaccl6n contra las jurlsprudencias que se comentaron atrAs o. quizas meJor. contra una Interpretacl6n exagerada de elias. se dljo que no era ne· cesario que la ley mlsma se refmera a "los pormenores" de la intervencl6n. es declr. que esta no tendria que ser hecha "por medlo de la ley": y que bastaria. en ade· lante. que la ley la autortzara. es declr. que la intervenci6n podria hacerse por simple "mandato de la ley", Segun ei Informe de unos miembros del Congreso que participaron especlalmente en fa redaccion del texto constltuclonal respectlvo. el alcance de la f6rmula "por mandato de la ley". conslste en que: .., sin deJar de conslgnar 01 prlnclplo de que la competencta para Intervenlr en detennlnada In­dustrla .. , corresponde prlvaUvamente aJ Jeg/slador. se pennlte que la acclOn del Goblerno en ejere/cJo de sus facultades regJamentarlas pueda completBr los prlnclplos generales conslgnados en la ley .. , De ahl la 10nnuia "por mandato de la ley" que hemos adoptado. cuyo alcance es el de que el Congr.so pueda seJlalar en cada case en qut suerte de In· dustrlas 0 empresas prlvadas convlene aI Estado Intervenlr. en cual de los momentos del proceso econOmlco va a hacerlo y en qut grado debe rea· IIza= la InlervenclOn deJando aI Goblerno su tarea C ropla de eJecutar el mandato, En OI1as palabras. el eglslador unlcamente conslgnanl los linearnlentos generales de la InlervenclOn, y aI eJecuUvo co­rrespondelin las reglamentaclones indispensables par,> hacerlas operar ~e~ldamente, fl9) Como se ha dlcho. antes de la reforma se requeria una mayorla especial para aprobar leyes de Intervencl6n; y. segUn la jurlsprudencla. el Congreso no podia aprobar leyes de "autorlzaclones" al Go· blemo. sin las mayortas requerljas para las leyes de Intervenci6n. pues ese procedi· mlento habria dejado sin efectos el requlslto aludldo, Es probable que ese haya sldo uno de los motlvos por los cuales. en la reform a de 1945. se ellmln6 el requlstto menclo· nado, Vale la pena anotar que el prop6slto de "ampllar" los Iimltes de la facultad reo glamentarla. y el de seIialar cuAles son las dennlclones que corresponden al Congreso. 11 71 Anales de Is Camara de Rcpresent8nttS. Sene I, N° 1 ~18~~~~iel:~~9 :a3~~~:~~rR~c~~~;:%'e~~/I~· I. N0 12, BogotA, lunea 13de nOVlembre~ 1944. pp. 116- 121. 19. Anales de la Cl1mafD de Rt:prtsentantes. Selie I. N° 26, Bo~o(j. 29 de novlembrcde 1944, pp, 311 ·314, y cu6leI Ii 0abIenI0. _ a_I cInzarc:6 meG0. IIIO= ddee 19411. en 1948. en II1II_II1II_ Cle _._ Inlera. Ia Corte "I!:=== como lnItrumeoto de iii tuvo que remltlrae 8 loa pkadoa par loa COIIIIItuyeatei de dljo: ..' a Inr...-. til /0 -.. IIeae tilt'" call a /q .. , AI .......... Ie __ dedinr. e-....~.. :.~=: .y ....... eaquedelle .......... ... _ .. , 51 ollllllldal8 no deIIae J ....... .. In_. Y II prapIo _po ~ II IDeo cuUoo pori que Ia ......... Ie do ~ IIcwItaIaI pori que feCIoIe .. , (30( (La ouIn,... GO .... ortllfnall Buena parte del razonamlento de ella sentencta se fundaba en el hecho de que Ia norma constltuclonal vlgente entoncea. prohlbia dar facultades extraordlnartae al Goblemo para Intervenlr. Pero en esta sentencla, como en las an. tertores. la Corte Inslste en que las 1eyes que autorlcen Ia Intervencl6n tlenen que seIiaiar clertos Ilmltes a los cuales debe ceIilrse el Goblemo. 3.B. La re~orma de 1968. De nuevo. en 1968. se volvl6 sobre el tema de la Intervencl6n del Estado y se dlo al articulo 32 de la Carta Ia slgulente It. daccl6n: Se garanUza la llbertad de empresa y Ia 1nlc1a. Uva prlvada denlro de 108 Ilmltes del bien comlin, pero la dtrecctOn general de Ia economla .. tart a cargo del Eotado, £Ste Intervendli. por mandato de la ley. en la produeclOn. dbtrlbuclOn. uWIzatI6n y consumo de los bleneo y en 106 servlctos p1ibllcoo y prlvados. para raclonallzar y planlflcar Ia economla a nn de lograr el desarrollo Integral. Intervendli tambltn el Estaao. por mandato de n ley. para dar £Ieno empleo a los .... UB08 hulll8llOl ;":;:'~:nlo~~ ~ec:a e~="~~ ~ tenga como obJeUvo social Ia JUSUcla social y .. \ m~oramlento armOnlco e Integrado de Ia COIIIu· nl ad. y de las clases proletar:tas en oartlcular, \ Como se observa. el texfo se htzo mas ret6r1co. se dlo particular atenei6n a los "flnes" de la intervenel6n. se dljo que el pleno empleo debia buscarse "dentro de una politlca de Ingresos y sa1arios". y se aboU6 la prohlblcl6n de dar facultades ex· traordlnarlas al Goblerno para dletar mandatos de Intervencl6n. En este iIltimo aspecto la reforma era 16glca: no tenia sentldo que el Congreso pudlera dar auto­rlzaclones para Intervenlr. por medlo de normas redactadas en forma amplla para extender la facultad reglamentarla del Goblemo. si a1 mismo tlempo se Ie prohlbia que se dleran facultades extraordlnarias para dlctar mandatos de Intervencl6n. En todo caso. en 1968 se conserv6 el prlnclplo segim el cual. la Intervencl6n debe ocurrlr "por mandato de la ley". La jurlsprudencla no parece haber dado mueha atencl6n al nuevo texto que se acord6 en el aflo 68: es declr. no parece haber habldo una modlllcacl6n juriSPru' denclal en cuanto a los alcances de la fa· cultad reguladora del Estado. 0 en cuanto a los instrumentos que pueden utlitzarse para ello. que tenga su fundamento. de modo expreso. en el nuevo texto de la norma. EI Consejo de Estado lIeg6 a declr que el tinlco aspecto en que la reforma de 1968 contlene un avance. en cuanto a la teorla de la In· 20. Cone Suprema de JusUCla. pOnente AnlbaJ CardoeO Gaitan, "Sentencla. del 30 de novlembre de 1948", G«'dI Judlcl.l. T, LXV. N'. 2066-2067. p,36, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ...,... •• en baber acIarado que ella podia bIcene. tambltn. por medto de fa· CuItadee ezIrIordInarIu. (21) S. 7. La ranltad d, lat,n,.d6. • COIM.ualtiddel ..... Durante vartoe dOlI. Y en CB8O\I de gran Importancta para Ia reguJaclon de la eco­nomIa naclonal. Ia Jurlsprudencla oscureclo Iu frontena entre Ia facuJtad leglslatlva y la reglamentarla. a prop6slto de Ia Interpre· tactOn del articulo 32 de Ia Constltuclon. Es uUl destacar que a menudo. para alcanzar sus concluslones. Interpreto esa norma en concordancla con el numeral II del articulo 76 del mlsmo estatuto. La tesls que se acogto cre6. por asi declrlo. una nueva modalldad de regu/acJ6n. los "deeretos de IntervencJ6n ", a los cuales se atrlbuyo fuerza de ley material. es declr. la capacl· dad de derogar las leyes contrarlas. EI menclonado numeral 11 es del sl· gulente tenor: ArtIcaJo 78. Corresponde a! Conpoo haeer Iasleyes. Por medto d. eu... .J.roe las sigut.ntes atrtbu· clones: 11: Conceder autorlzactones aI Gobl.rno para eel.brar contratoo. n.goctar .mp~Ut... enaJ.nar bt.nes naclonales y .J.reu otras lunelon .. d.nlra d.1a 6rblta constltuctonal: EI primer antecedente que se ha encon· trado de la teorla segiln la cual el Presldente puede dlctar decretos con fuerza de ley. se encuentra en un planteamlento del fiscal de la Corte. Nestor PIneda. segiln el cual la Constitucion atrlbuye al Presldente no s610 Ia facultad de reglamentar las leyes, sino la de "dlctar reg1amentos con fuerza legal dentro del radio de sus atrlbuclones cons· tltuclonales". Lo curloso del asunto con· slate en que no fue la Corte la que hlzo ' espectal referencia a esta tesis de su fiscal. sino el Consejo de Estado, en 1939. que la ctt6 y Ie dlo espectal relevancla. Pero nl PIneda. nl el Consejo. hlcleron una expU· caclOn detal1ada de esta teorla (22) que. en cualquler caso. no se expuso como un de· sarroUo de la facultad de Intervencl6n del Estado. A partir de 1966. el Consejo de Estado comenz6 a sostener que. en materia de leyes de Intervencl6n, y como consecuencla de la reforma constltucional de 1945. el Congreso habia perdido competenc/a para adoptar las medldas reg/amen~ de Intervene/on; que esa competencta era ahora s610 del Ejecutlvo. el cual deberia ejercerla por medlo de una nueva clase de decretos, que tlenen "Ia m/sma fuerza nonnativa de la ley". Y ailade el Consejo, para que no quepa duda: EI mandato lega! d. Interv.nct6n habtltta a! Gobt.mo d. un pod. r normaUvo espeeta!. y da a I .. reglamentos. dentro del campo econ6mico Inter· venldo. fuerza de Jey. porque en otra (onna se haria ~~~~ola .~ncl~~ ,r;, !~b~~~~:n~~6~s 'll'e~ o rt ~ln al) Esta jurisprudencla. sin embargo, como otras reseiiadas atras. no proporciona elementos de julclo para definir hasta QAa:rA CONSTlTUCIONAL donde puede ir el Congreso en sus man· datos Intervenctonlstas. 0 cuando una medtda deja de ser "legtsIaUva" para converttrse en "reglamentarta·'. En 1971 la Corte sosttene que las leyes que se explden con fundamento en el ar· tlculo 32. 6 que pueden relaclonarse con ~I en razOn de las materias que tratan. dan lugar a que el Presldente explda los de· cretos a los que alude la parte final del numeral II del articulo 76; la jurlspru· dencla establece. pues. un vinculo directo entre tales nonnas. Y los decretos que exptde el Presldente. en estos casos tlenen. seglin la Corte, fuerza y caracter de ley; por eso pueden Uegar hasta regular la creaci6n de sanclones y, preclsamente porque tlenen fuerza legal y no la de simples actos ad· mtn!stratlvos, estan sometldos a su Control jurlsdlcclonal. EI Consejo de Estado ha compartldo esa Interpretacl6n. (24) La Corte esta modlficando esta Juris· prudencla. Es asi como la comlenza prl· mero. en 1978. a Inslstir en los limltesa los que debe cei\1rse el leglslador al autorlzar las intervenctones; y luego recuerda que el Congreso conserva su Tacultad de Inter· venlr. y en que no puede trasladarla en fonna global e Incondlclonal al Goblemo. Sus palabras son: ... Ia )ey que concreta y desarrolla .1 arliculo 32 at Imparllr .1 mandato para que .1 Eotado Inter· venga, ha de clrcunscr1bir exactamente los IImll~ d. r. r.cwtad que ordeM ejercer. d.t.rmtnando c::uando se Intervtene. a qu1~nea . respecto de qu~ acuvldades. en qu~ sentldo. de qu~ manera. y ob­ytam. nt.. ...pelando las nnaltdades pr."stas consUtuclonalmente para la lntervend6n. ... . 1 I.gblador no esta Ilmttado • Ia autortzacl6n de una lntervenct6n lndeRnlda. lnconcreta, atr1· buy.ndo .u propta y total capaeldad Int.rv.ntora. .n una espeet. d. traslado global d. su compet.ncla a! Gobterno. que quedaria Inyootido d. una Intcia· Uy. Incondtctonal. ... I.. deeret.. que desarrollan las I.yes sobre tntervenc16n econ6mlca. son de la naturaleza y valor que Uenen I .. pre ... t ... n .1 ordinal II. d.1 arliculo 16 d. Ia ConsUtucl6n. d..... confertd.. aI EjecuUYO medlant. ley.. de autorlzaclones'art. 76'11 C.N.) no son para ejtrctr ~=:r.J:~~~!~~cIonU:.t"I: 6rbtta conatltuclonal" d. canIcter adm_ u ~~. ~~i,~~t~J=':~= dol Dentro de esta ml8ma orientacilln. Ia Corte consldera que no puede el Congreeo. por medlo de una de las leyes de autorl· zaclones que contempla el articulo 76. ordinal 11. facuJtar al Goblemo para e&­tablecer subsldlos. porque tales subsldtos son "gasto publico" y el decreto del gasto. en la Constltuclon. no es una funclOn que se encuentre dentro de la "orblta consUtu· clonal" del Goblemo. sino dentro de la del Congreso. (28) 3.8 Izteul6D ., d,leaacl6D de Ia r.C1Iltad regJameataria. Es obvlo que al definlr hasta donde puede lIegar el leglslador al autorlzar la Inter· venclon del Estado. 0 que parte de \a In· tervenclon debe ser hecha por el mlamo. se define slmultanearnente el campo de acct6n del reglamento. Ley y reg1amento com· pletan el unlverso de las reguJaclones. Por eso. adelante en este documento. cuantlo se Intente seilalar aqueUos aspectos que. de todos modos, deberian ser definldos por el legtslador cuando desee hacer IntervenclOn del Estado. se han un Intento similar respecto a la facultad reglamentarta. Dada la estructura de la admlnistraciOn publica contemporanea. no es poslble as­pirar a que el Goblemo. entendldo teen!· carnente como el Presldente y sus Mlnistros o Jefes de Departamento AdmlnlstraUvo (Art. 57) produzca todos los reglamentos del Ambito naclonal. NI es poslble esperar que todos los reglamcntos tengan el mlsmo grado de detalle. 0 el mismo rango. Por eso. en la pr;l.ctica. se ha generallzado la cos· tumbre de expedir reglamentos entre las diversas agenctas de la Nacl6n. Esta pr;l.ctlca. por supuesto. ha dado lugar a numerosas controverslas judlciales porque. aparentemente. el articulo 120. numeral 3. dela s610 en Manos del Gobiemo la facultad reglamentaria en el orden na· clonal. Por eso. para acomodarse a la ne· cesldad de extender tal facultad. la JuriS' prudencia ha Ideado d1versos argumentos y c1aslflcaclones. de acuerdo con los cuales dlferentes autorldades nacionales pueden expedlr "reglamentos tecnlcos". 0 "re· glamentos intemos". 0 "reglamentos de servicio". La facultad reglamentarla se ace pta. ante todo. para las entidades descentrallzadas por servlclos. y se ex plica. a veces. como una consecuencia natural de la descen· tralizacion mlsma. tal como se observa en la siguiente transcripcion de la doctrlna de la Corte: Esta modalldad de reglamentacl6n es la mane· ra como se mantfiesta preclsamente la autonomia admlnlstratlva del Establecimlento Publico y "2'7."Cortl: Suprema de Justlcla, ponenle Jaime Sanm GreHTensteln, "Sentencla del 15 de rebrero de 1990", foro CoJomblano, T 42, NG 250( 1990), p.p. 314,320, 28. Ibidem, D. 319, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PiI\nalZ consUtuye una de las caractertstlcas de 1ft descen· traliucl6n por eervlcloe como atrAs 8C anot6 y no ~va aI Pr~dente en el cuo que se examlna de I. C~~~~~~I reglamentarta que Ie otorga la ConsUlu- Otras veces la facultad reglamentaria de las entidades descentra1lzadas se justi. fica como una consecuencla de la necesldad de realizar la Intervencl6n en la economla. Dice la Corte. por ejemplo. acoglendo un punto de vista del doctor Jatme Vidal: . ... es 1& ley ta que Implanta la lnlervencl6n del Eltado, pudlendo tmpanerl. en muy dlversas ma­t ....... muy dlstlnt .. sUJet ... vanadas final ldades y mayor 0 menor amplltud, Convlene hacer tambltn 18 stgulente advertencla: es el Estado el que Inter· venari. no excluslvamente el Presldente 0 un MI· ntstro. conrusl6n en la que generalmente se cae voluntarta 0 Involuntartamente. correspondlendole ... Intervencl6n 01 Congreso y aI EJ
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República

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La Gaceta Constitucional - N. 28

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La Gaceta Constitucional - N. 93

Por: | Fecha: 1991

11 V REPUBLICA DE COLOMBIA 17la~, ~ GACETA CONSTITUCIONAL Bogota, D.E., sabado 8 die junio de 1991 Edici6n de 12 Paginas ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE HORACIO SERPA URIBE Presidente ALVARO GOMEZ HURTADO Presidente ANTONIO JOSE NAVARRO WOLFF Presidente JACOBO PEREZ ESCOBAR Secretario General . FERNANDO GAL VIS GAITAN Relator RELATORIA Fiscalia General de la Nacion Constituyente: DA IELABELLO ROCA (P5g.2) Aetas de Comision Comision V - Subcomision II Coordinadora Constituyente: HELENA HERRAN DE MONTOYA Secretario ad-hoc: EFRAlN GOMEZ CARDONA (Pig. 7) Norma Transitoria para la Consagracion del Indulto, la Cesacion de Procedimiento y el Auto Inhibitorio para Delitos Politicos Constituyente: JAIME FAJARDO LANDAETA (P5g.5) Ponencia para Primer Debate en Plenaria Bienes de la Nacion Constituyente: JAIME ARIAS LOPEZ (Pag II I Ponencia para Primer Debate en Plenaria Fines del Estado Constituyente: JAIME ARIAS LOPEZ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PAgina 2 GACETA CONSTITUCIONAL - Sabado, 8 de junio de 1991 Fiscalia General de la Nacion Constituyente: DANIEL ABELLO ROCA 1. SUSTENTACION DE LA PONENCIA, (EXPOSICION DE MOTIVOS) ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE (PRIMER DEBATE) Diferentes proyectos de reforma consti· tuclonal presentados a consideracion de la Asamblea se refieren a la necesidad de crear la Fiscalia General. tendientes todos a rescatar la justicia en su rama investigativa penal. No fue facil , empero, lIegar a conclusiones mayori tarias. Entre los miembros de la Comision IV, muchos de ellos ex·magis, trado de la Corte Suprema de Justicia (Sala de Casaclon Penal), 0 redactores de los Codl~os de Procedimiento Penal. 0 emi· nentes traladislas de la materia, parecia primar el criterio seglin el cual el cambio de los comportamlentos humanos es mas Importante que las reformas ret6ricas. Es decir, que un pais sometido al Estado de Derecho depende mucho mas. en la prac· lica. de las providencias de sus jueces que de las norm as que se diclen. En el fondo era un IOque de alerta contra el JURIDICISMO, definido por Jacques Leclerq como "La actitud del espiritu seglin la cual todo ira bien con tal que tengan buenas leyes", uponiendo que las dlsposlciones juridicas, constituclonales 0 legales, tienen la virtud de solucionar elias solas todos los pro· blemas. Pero Onalmente la oportunidad -unlca por muchos anos- de esta Asamblea Constituyente, nos lIevo al convencimlento de aprovechar su coyun· lura para responder a la ca6t1ca situacion de la Justicia Penal Colombiana con la esperanza de que, Sl bien la regia juridica no produce por si sola los hechos, si los ordena y regu la. EI informe de minoria, de que es aulor el delegalano Julio Salgado Vasquez. no es· capa de esla concepcion S610 que se limita a elevar a rango constlluclonal articu los ya conlenidos en el C6dlgo de Procedlmlento Penal "Igenle Ublcanno ahora el ongen de la Dlreccion de Instrucci6n r'rimmal en el poder jurisdicflonal. con las facullades que ya liene para dlngl! la Policia JUdICIal, para coordinar el funrionamlcnto de los demas organlsmos Irrnleos d iIIve,t1garion y para dl,lnbulr los jueer; de Inslruccl6n en los lugares del respecllvo Dislrito Es sin embargo Imporlanle destacar la dlfere ncla esenclal que mar a la propuesta drl Gobierno con respeclo a las demas. EI marco de referencla puede enconlrarse en la e poslcl6n de motlvos del proyecto 00- cial. en el dlscurso pronunciado por el senor presidenle de la Repliblica durante la sesion plenaria del pasado 17 de abril y en las intervenciones de los senores ministros de Gobierno y de Justicia ante la Comision IV. Estos hitos pueden resumirse con el sl· gUiente silogismo: Premlsa Mayor: La investigacion (una de las etapas del proceso penal) ha fraca· sado totalmente en Colombia. Premlsa Menor: Es asi que sOlo el Eje· cutivo tiene capacidad para realizar in· vestigaclones eficientes. Conclusion: Luego debe trasladarse al Ejecutivo esta funcion. La Premisa Mayor (el fracaso del aparato instructor) debe aceptarse como un hecho lamentable, pero notorio y pliblico. En efecto, seglin estadisticas de la Iiltima de· cada el 90% de las denuncias por hurto y por lesiones personales terminaron en prescripcion; y solo el 2% en sentencia definitoria. Durante el ano 1987 el 80% de las provldencias dictadas en la etapa ins· tructiva fueron de cesacion de procedi· miento y archivo. La estadisllca adquiere caracteristicas alarmantes al conocer datos seglin los cuales apenas el 20% de los de· li tos reportados por el DANE fueron de· nunciados ante aulorldades competentes. EI resto constituye una "criminalldad oculta", producto de la falta de confianza en la organlzacion judicial 0 por 10 menos de los obstaculos y costos que entrana acceder a ella. Pero que de cualquier manera con· forman el gran espectro de la IMPUNIDAD reinante. Sobre la Prem/sa Menor debemos hacer los s~uientes distingos, para negarla: al "-I organo Ejeculivo no tiene la com· petenc/a jurid/ca para realizar investlga· clones de CaraCler penal. En efecto, no se requiere estar casado con la teoria de Montesquieu sobre separaci6n de los po· deres pliblicos para aceptar que la Ins· truccion y acusacion de los delitos implica la realizacion de actlvldades tipicamenle jurlsdlccionales. De tal naturaleza son las medldas de aseguramlento (detenci6n, Ii· bertad provisional), y las cautelares (em· bargos, secuestros), el decreto y practlca de pruebas contradichas, la caliOcacl6n del sumario, la resoluci6n de acusaci6n (que implira de alguna manera un prejuzga· mlenlo) y la cesaci6n de procedlmienlo (que 10 precluye con auloridad de cosa juzgada). Seria 116gico aceptar que esas actlvldades cambiaran de naturaleza juridica segim fueren protagonlzadas por un organlsmo eJecutivo 0 jurisdlcclonal. o peor alin: Aceptar que la funci6n ju· dicial resulte slendo una simple derivaclon o un mero aspecto de la funcion ejecutiva. Por ello la fase instrucUva del proceso penal es y debe ser jurisdiccional por las distintas relaciones de derecho y por ias situaciones juridicas que en ella se presentan. EI profesor espanol Miguel Pastor lOpez sostiene que "el sumario es parte de un todo (el proceso penal) y carece por ello de autonomia dogmatica. EI sumario es de indole procesal, 0 por 10 menos preprocesal, y debe realizario un organo judicial bajo formas procesales establecidas". b) EI ogano Ejecutivo no es el imico con capacidad economica y operaUva para realizar las investigaciones. Pudo haberlo sido hasta ahora, pero ha constituido preocupacion primordial de la Asamblea Constituyente reestructurar la justicia. Ya se aprobo en la Comision IV la creaci6n de un Consejo Superior de la rama a cuyo cargo estara no sOlo la planificacion y el manejo de su propio presupuesto, sino la capacitacion de los funclonarios, su control disciplinario y la dotaci6n de la operacion judicial. incluyendo desde luego la inves· tigacion penal, con instrumentos tecnicos y 10gisUcos de ios que ha venido careciendo. c) No resulta recomendable Importar sistemas acusatorios extranjeros ajenos a nuestra idiosincrasia y cultura. Otorgar al Ejecutivo la competencia investlgativa, ademas de recargar y exponer al despres· tigio las tareas de la administraci6n, nos acarrearia los riesgos de poliUzar la justicia tornandola arbitraria y dependiente de los gobiernos de turno. Ademas, donde existe el sistema, la acusacion no la formula un fiscal subor· dinado dlrectamente al Poder Ejecutivo, sino bajo la forma de "Minlsterio PUblico ", Sin embargo, si existe actualmente una Ogura amblgua en el proceso penal es la de Mlnisterlo Pliblico que pretende ser sl· multaneamente PARTE (suJeto procesal) e IMPARCIAL Uuez acusador). EI tratadista mejlcano Hector Fix Sa· mudio anota que debe ponerse fin a esta confusi6n de atribuciones, separando la representaci6n de la sociedad de la tltula· ridad de la accion penal. EI profesor Francesco Carnelutli tuvo la oportunldd de exponer hace poco durante conferencia Internacional realizada en Costa Rica que "ha lIegado la hora de poner en su puesto al Ministerio PUblico". Cons· tltuye seglin el un error encomendarle la Instrucci6n sumaria, donde opera como Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sabado, 8 de junio de 1991 parte, y erigirlo en acusador al culminar la etapa. La verdad es que el sistema acusatorio asi concebido viene ya de regreso en America Latina, especialmente en Mejico. La Co· mislon Interarnerlcana de Derechos Hu· manos ha recomendado por ello la creaclon de sistemas procesales con autonomia frente ' al Ejecutlvo para evitar la politiza· cion de la justicia. (Informe final. Buenos Aires 1986. Raul Eugenio ZalTaronl). EI modelo norteamericano, de cuya efi· cacia mucho se predica, tiene tam bien su cara crlticable. AI rendir informe de su viaje por Washington y Carolina del Norte, el senor rector del Colegio Mayor de Nuestra Senora del Rosario (marzo 8 de 1991) concluyo que "en el sector academico se critica el Sistema Acusatorio porque ha servido para que los fiscales 10 utilicen para hacer carrera: politica, tratando de obtener condenas a loda costa valiendose de su capacidad de oblener pruebas, muchas de elias tendenciosas, 0 fundadas en delltos provocados por sus mismos agentes. 0 confeslones negociadas ... ". Para aterrizar en el campo colombiano recordemos como han fracasado los in· tentos de administrativizar la investigacion. Primero con los Jueces de Instruccion de· slgnados por el Minlsterio de Justicia. Y luego con los flscales Instructores creados por el decreto 1698 de 1964 que la Corte Suprema de Justicia declaro Inexequible. La frustrada reforma constitucional de 1979 Instituyo la figura de la Fiscalia Ge· neral para la persecucl6n de los delitos y contravenciones y la acusacion de los in· fractores ante las autorldades competentes. Sin embargo, no ubica expresamente esta Fiscalia nl en el Poder Ejecutlvo, ni en el Mlnlsterlo Publico. nl entre los organlsmos encargados de admlnlslrar justicla. La declsl6n de la Corte Suprema de Justlcla contra el Acto Leglslatlvo N° 1 de 1979 deja en el terreno meramente especulativo la polemlca sobre la naturaleza de la Fiscalia General; que en el proyecto de forma constltuclonal discutldo por el Congreso en 1988 qulso revlvlrse con un Mlnlsterlo Publico blc~falo. del cual tamblen hacia parte la Procuradurla General. encargada de vlgllar la legalldad de los procesos. La Constltucl6n vlgente IArts. 142 y 51· gulentes) dispone que el Mlnlsterlo Publico se ejerza por un procurador general, por los fiscales de trlbunales y los demas que de· slgne la Ley; a qulenes corr~nde de· fender los Intereses de la Nacl6n, promover la eJecucl6n de las leyes, sentcnclas Judi· clales y dlsposlclones admlnlstratlvas; supervlgllar la conducta oficlal de los empleados publlcos y persegulr los delltos y contravenclones que turban cl orden social. Sobre esta ultima atrlbucl6n es pertlnente se~ala r que sentencla de la Corte Suprema de Justlcla proferlda en febrero de 1971 clarifie6 que el Mlnlsterio Publico pertenece a Ia rama Ejecutlva. Y que sl clertamente entre sus funclones estA Ia de "persegulr" los delltos, ello no autorlza para eJerccr actoe Jurtsdlcclonales. Por au parte los fiacales destacados ante Ia Juallcla penal IArt. 121 y slgulentes del COeII,o de Procedlmlento Penal), cumplen GACETA CONSTITUCIONAL actlvidades mas te6rlcas que reales en procura de sancionar los infractores pero tam bien de defender a los Injustamente acusados. Sus conceptos no son obligato· rios y mas que agllizar los tnimites, en la practica, los dilatan. Por ultimo la decision inicial de la Co· mislon IV de la Asamblea Constituyente al crear la Defensoria del Pueblo como Mi· nisterio Publico, 10 aparta por completo de la persecuclon. investigacion y acusacion de los delitos circunscriblendo su impor· tante tarea de velar. en las actuaciones judiciales, por los Derechos Humanos y el debido proceso. As\, los actuales fiscales ante la Justlcla Penal. debenin ser desplazados por unos "delegados" con las funclones especificas determinadas en el referldo proyecto. 0 permanecer como dependientes directos de la Procuraduria para velar por el orden juridico. CONCLUSION De todo 10 anterior podemos colegir que se imgone un Sistema Acusatorio "a la colomblana ", vale decir. ajustado a nues· lras condiciones y capacidades. Tomando la idea de la Constitucion Es· panola (1978) y especialmente de la Ley Organica del Ministerio Fiscal (articulo 2 ° de la Ley 50/81) he propuesto que la Fis· calia General de Ia Nacl6n sea un organo autonomo Integrado funcionalmente al Poder Judicial. Esta autonomia implica desde luego un origen. una eslructura. una organizaclon y una libre designaclon de subalternos (por 10 menos mlentras se desarrolla la carrera del fiscal investlgador). completamente dis· tlntos y separados de los que ya tienen los jueces falladores. Como 10 sostlenen el Grupo de Apoyo a la Constituyente encabezado por el doctor Antonio Jose Cancino y la investlgadora juridica de la Fundacion FES doctora Ana Maria Salazar. la Fiscalia, tal como esta concebida en el proyecto sometldo a con· slderacl6n de la Asamblea; seria un ente agil y poderoso. Tendria un pie en la rama EJecutiva (nombramiento en que intervlene declslvamente el seilor presldente de la Republica. direccl6n y control de la Policia Judicial) y otro pie en la rama Jurlsdlc· clonal (con sus funclones naturales de ca· l!ficar y preciuir tnvestlgaclones, acusar y adoptar medldas cautefures y de asegu· ramlento). Otra ventaJa del modelo de Fiscalia propuesto tlene que ver con la metodologla de trabaJo. En efecto, debe surglr un nuevo concepto de UNlOAD DE INSTRUCCION. liberado de los paramelros normatlvos del vieJO procesalismo que confunde factores de admlnlstracl6n, especlalizacl6n y reparto de trabaJo con los de Jurlsdlccl6n. competencla territorial y Juez natural. No puede conti· nuar la fracasada Investigacl6n realizada por un Juez de Instruccl6n y su secretarto. cuaslneutrales, asignados al caso por sor· teo, desprovlstos de auxllio tecnlco. con aparente colaboracl6n de una Policla Ju· dlclal dlspersa, sin sallr de las cuatro pa· redes del despacho y en todo caso preli· mltados a un terrltorlo. Paglna 3 En cambio. como el obJetivo principal de la Fiscalia sera reduclr los indices de 1m· punidad mediante la persecucl6n del dellto, la investigacl6n. acusacion y procura de condena de los infractores. su labor no tendra restricciones. territoriales y el fiscal general podra integrar verdaderos equipos de investlgadores y auxiliares tecnlcos, de acuerdo con la naturaleza y peligrosldad del caso. La tarea del fiscal se extendera al juiclo. en cuya audiencia publica Inter· vendra como titular de la accion penal. Por el mismo altisimo rango y origen de la ·Fiscalia. su relacion con la Policia Nacional (designada en el proyecto para realizar en forma permanente las indagaciones pre· liminares bajo la direccion del fiscal) sera indudablemente mucho mas armonlca. De igual manera se preve el otorgamiento de atribuciones transitorias a otros entes ofi· ciales (Procuraduria, Contraloria, Supe· rintendencias. etcetera) para cumplir la· bores de Policia Judicial bajo la respon· sabilidad y dependencia funcional del fiscal. Debo anadir que la separacion de las funeiones basicas de Invesligaclon y juz· gamiento. debe prediearse de lodos los delitos, y no s610 de los que. con criterlo selectivo y de avance gradual vaya sena· lando la Ley. como 10 presenta el proyecto del Gobierno. En la exposlcion de motivos respecUva se dice: "Hoy por ejemplo el legislador, en desarrollo de la disposlcion que se comenta. podria concentrar los esfuerzos de la Fis· calia en la persecucl6n del terrorismo y de la delincueneia or~anizada ... ". Creemos que esta mixtificacion de es· tructuras en nada beneficlaria la pronta y cumplida mlslon de la Justlcla ya que propiclaria, por las vias del experlmento y la Improvlsacion caprichosa del leglslador, confusi6n general en materia tan grave como la persecucl6n. investigacion y acu· sac ion de los delitos. No se entlende c6mo se suglera exclulr inlclalmente de los be· neficlos del sistema (Investigacion eficaz) a una serie de delitos considerados "de menor gravedad" como las lesiones per· sonales y los que atentan contra el patrl· monio econ6mico. los cuales afectan la vida cotidlana de la poblacl6n tanto como el terrorlsmo eventual. Y cuya impunldad ila hecho perder. en campos. veredas y suo burblos. la necesaria credlbliidad en la Justicla. Menos se comprende c6mo en la propla Carta Fundamental del pais. que asplra a ser un Tratado de Paz por mucilislmos ailos. se Instltuclonalice el tratamiento de crimenes proplos de estados de emergencla y guerra. Consagrariamos asi la lIamada por Carl Schmitt "Excepcion Concreta". 0 sea la poslbliidad de tomar medldas ex· tremas del Estado de SllIo por fu era del Estado de Sitio. EI monopol/o de la invest/gacidn debe eslar. Indudablemcnte, en cabeza de la Fiscalia. Por ello no eompartlmos las dis· poslclones del lIamado "Proyecto Gavlrla" que someten al "prevlo con trol JudiCial". con entrabamlento y dllacl6n de la Inves· tlgacl6n, la toma de medldas cautelares y de aseguramlento y la revocatorla de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Paglna 4 acusaci6n. Por supuesto que Sl la ~lscalia esta integrada. como 10 sugerimos. al Poder Judicial, sobraran estos "con troles". Costo de la Fiscalia: Un recientisimo estudio realizado por la ANDI sobre el Impacto economlco de los Proyecto de Reforma que lramila esta Asamblea Constituyente estima que la Implantacion de la Fiscalia General signi· ficaria un costo anual aproximado de Siete Mil Quinientos Mill ones de Pesos ($7 .500.000.000). La verdad es que ya ex iste una Policia GACETA CONSTITUCIONAL Judicial eficlente. can cargo aJ presupuesto de las Fuerzas Armadas; y unos procura· dores delegados, unos fiscales de la rama penal. una direcci6n de Instrucci6n Cri· mlnal y unos jueces especializados (de instrucci6n. de orden publico) cuya expe· riencia podni ser utilizada al ponerse en vlgencla la enmienda constitucional. sin mayores traumalismos burocralicos ni valores econ6micos tan altos como los cuantificados por la ANDI. Ahora bien: Si resultara dificil im ple· mentar de una vez el nuevo sistema. po· drian concederse transitoriamente atri· sabado, 8 de junio de 1991 buciones al fiscal general para ir exten· diendo gradualmente su competencia de manera que en un lapso no superior a tres (3) anos ella abarque la totalidad de los delitos. n, PROPOSICION: Por 10 anteriormente expuesto respe· tuosamente propongo a la Asamblea que se de primer debate al proyecto. HH. constituyentes CARLOS DANIEL ABELLO ROCA. Juni04 de 1991. Constancia del Delegatario Alberto Zalamea A raiz de la reforma del articulo lOde los prlnclpios por la Asamblea Nacional Constituyente, el Delegata­rio Alberto Zalamea dejo constancla de su protesta por 10 que lIamo forma Irreglamen tarla como se presento la propuesta sus­titutiva del cltado articulo y pldio que se dejara como constancla en el acta del 6 de mayo de 1991 el 51- gulente articulo que pubUco eI 5 de marzo de 1988 en eI dlario "EI Tlempo". i,Naci6n 0 montonera? De Alberto Zalamea Aprovechando la fenomenal confusi6n ideol6gica que caracteriza hoy al pais, ha propuesto el Goblerno (aunque no se sepa cua! de sus ministros sea el inspirador desalumbrado) el cambio total del articulo segundo de la Constltucion para remplazar el concepto de Nacl6n Soberana por una vaga y especulativa Idea de pueblo. Una Constituclon centenaria. que s610 requlere en verdad de una reforma para contralar la medlatizaci6n de la democra­cia. actualmente deformada y bloqueada, va a ser. pues. objeto del asalto de los Mrbaros. Hay que impedlrlo. Esta te ntativa de Inventar una Con tilu Ion romantica· jacoblna-popullsta. una espec ic de "estatua ecuestre·pcdestre" como calificaba Abadia Mendez a la Con lilurion de 1853, no debe pasar EI anarqulco Il1ltnlO de "qUldar a la Naclon para r mplazarla por el imperio de la muilitud , debe ser rClhazado por lodo cludadano consclente. Se neelsllan alguna reformas. desde luego y figuramos enlre qllienes pnmero las pldleron. pero no c<>a Esta no es una polhfllla vana III un pro bkma sem~nllco. es pi r('chazo a la pe" ~ro!>il arbltranrdan EI lIamado poder constlluyentr del pueblo" ''''mp)(' ha cu lm inado pn lragedlas BaMe recordar la Convencl6n Francesa y la H(' pllb"ca de W('lmar I. priml'ra produjo el lerror y la -lie !.HllIra. y luego el regreso de 10' Bar· hm" s. la segllnda abn6 el paso al nazI mo. Colom bia ha sido desde hace un siglo -gracias a la Constitucion de Caro y Nu­nez- una nacion y no una montonera. Hace ano y medio me preguntaron en un programa de television cuill era mi libra de cabecera, y respondi que era la Constitu· cion. No era una broma. Intuia ya el galope de los barbaros. Era la preocupacion de un ciudadano que desearia vivir en una patria concorde consigo misma. es decir en una Nacion donde las leyes tuvieran significado. Hoy todo el mundo anda con su prapio prayecto de reforma constitucional en el bolsillo. iQUe audacia! jQue estolida te­meridad! Inglaterra. cuna de los paises constitu­cionales. no liene Constitucion escrila -recordaba Andre Siegfried. America La· tina. en cambio, tiene demasiadas ... Co· lombia tenia hasta ahora el privilegio de gozar de una Constituclon centenaria. /,Por que cambiarla? i,Por que el Gobierno es ineficaz? Eso no es cu lpa de la Constltu· cion. sino de los electores y de los hombres elegidos por el pueblo para aplicarla ... Na· turalmente hay algo que cambiar. pero bastarian dos 0 lres articulos para controlar el despojo de la democracia medlatizada por las roscas politicas. Lo demas puede en· frenlarse con los mil instrumentos juridicos de que goza el Gobierno. Lo que se necesita no es pasar de la democracia a la ociocracla -el Gobierno de la mullitud. facil presa del engano- sino mayores con troles para que la democracia sea efectlva y no una farsa irrisoria como es hoy. La Nacion. segun ciaslcas definlciones. es la comunidad de individuos Iigados por la Identidad de raza. religion, lengua, historia. Iradiciones. y por ia conclencia de consti· tuir una unldad ttnico·soclal amalgamada, unlda por vinculos no ju ridicos. sino na· turales. soclales. morales. culturales, his· t6ricos .. Tratar de cambiar asi la Nacl6n soberana. que surge de nuestra hlstorla y a lodos nos lrasciende, por un impreclso concepto de pueblo. generalmente tran Itorio, veleidoso y volubie. casi slem pre a merced de elec· lores sin escrupulos. es una aventura que oja l ~ logremos de tener, pues no seria al fin .v al cabo sino un paso mas hacia la diso· luclon naclonal. No es elerto. por otra parle, que la Con, lituelon actual no se haya actualizado. La ('arta Magna de 1886. que hoy consta de 220 arlieulos. ha sldo modlficada nume· rasas veces ... Tuve la curiosidad de estudiar esa transformacion. Hasta hoy, 172 de sus articulos han sido modificados y actuali· zados por diferentes reform as constitu­cionales. introducldas en 1910. 1936, 1945, 1957, 1968. 1969. 1975 Y 1983 ... Nuestra Constitucion es. inciuso, demasiado larga: consta de 30 mil palabras apraximada· mente. La norleamericana no pasa de 7.000 palabras y la inglesa no tiene ninguna porque no esta escrita. es superior a todos los tex{os y a todas sus eventuales refor· mas. EI pueblo. nos ensenaban en olros tiempos en la escuela, es s610 uno de los elementos constitutivos del Estado (ele­mento personal y transitorio), el territorio es el elemento material y la soberania el elemento juridico. EI pueblo. pues, no puede estar por encima de la Naci6n. ni puede abolir su pasado ni renegar de su historia. La mayoria electoral de un ano no tiene derecho a transformar la esencia de la Nacion. Puede en cada 'periodo electoral. indicar una direcci6n, una orientacion al Gobierno de turno. Pero solo eso. Esa mayoria es variable. irreflexiva, muchas veces no sabe ni sl­quiera 10 que quiere. Se equivoca fre· cuentemente. Se la engai\a con facilidad . Esa mayoria translloria no puede Identl­ficarse con la Naci6n. Un pueblo que reo niegue de su Naci6n es un pueblo conde· nado. Es bien sabido que el doctor GUlllotm hizo adoptar por misericordia el aparato para cortar cabezas que inmortalizo su nombre. No hagamos 10 mlsmo. Con la apelaci6n al referendo perma· nente. un jefe amblcloso lograria en un sanUamen su propia reeleccl6n, podria conOscar toda prapledad, establecer la pena de muerte para los mayores de sesenta anos. reglar el terrltorlo naeiona!. institulr campos de concentracion para las minorias, instaurar un regimen monarqulco y otras barrabasadas semeJantes, todas contrarias al Interes nacional y el espiritu de la Constltucl6n y contra las cuales, aunque estuvieran fundamentadas en mayorlas electorales. todo hombre consclente pod ria y deberia rebelarse. Como debemos rebe· larnos contra la intencion de enterrar el concepto de nacl6n. EI pais camblara cuando haya gentes capaces de entender esc conceplo y cuando esas gentes puedan influir sobre el Gobierno. De nada servin!. camblar los texlos sl no se cambian los hombres. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sabado. 8 de junio de 1991 GACETA CONSTITUCIONAL Pagina 5 Norma Transitoria para la Consagraci6n del Indulto, la Cesaci6n de Procedimiento y el Auto Inhibitorio para Delitos Politicos Constituyente: JAIME FAJARDO LANDA ETA ARTICULO. Consagrase la extincion de la accion penal y de la pena en favor de quienes se encuentren incursos en con· ductas tipificadas como delitos politicos y conexos. come tid os antes de la vigencia de la presente norma, PARAGRAFO. Las denuncias. las dili· gencias preliminares e investigaciones en curso se suspendenin de inmediato a traves del auto inhibitorio y la cesacion de pro· cedimiento, PARAGRAFO. Los beneficios contem· plados anteriormente se extenderan a los miembros de las agrupaciones en actual proceso de diaIogo de paz con el Gobierno, PARAGRAFO. EI Gobierno reglamen· tara med,ante decreta el procedimiento para hacer efectivas estas disposiciones. EXPOSICION DE MOTIVOS 1-DEL DELITO POLITICO EI orden. el acuerdo. la tranquilidad. son notas distintivas de la paz: la turbacion. el dlsenso y la Inseguridad 10 son de la guerra. cualquiera sea la denominacion que se Ie de. Paz dentro del consenso. situacion general. Guerra en el disenso con respecto aI contestatario del acuerdo. situacion de excepclon. que aI propio tiempo es 10 ex· trailo. 10 anormal. 10 ilicito. EI contestatario es por ello. delincuente 0 loco. Puntos de partida de la teoretica consensualista. (I). La NORMA TRANSITORIA que ponemos a conslderaclon de los H. delegatarios obedece al momenta hlstorlco'politlco que actualmente vlve Colombia. Ya en otras oportunldades el Ejecutlvo movido por el deseo de lograr la tan anhelada paz. dlo paso a las conversaclones con los grupos alzados en armas que por una u otra razon se encontraban al margen del proceso po· litico. EI desarrollo de estas Ideas se realiz6 a traves del tlempo y del camblo generaclonal e Ideol6glco en el Goblerno colomblano. hasta lIegar a una re'al sltuacl6n de acuerdos de paz. Ingreso a la vida polltlca e Intervencl6n de las declslones a traves de mecanlsmos legltimos. Ha sldo muy dlficll la ublcacl6n del lIamado "delito politico". Tenemos prlmero una poslcl6n tradlclonal que nlega su concepto. En tres f6rmulas se consagr6 el dellto politico en nuestra carta original: como prohlblcl6n de la pena capital. como atrlbucl6n principal del Congreso y como atrtbucl6n constltuclonal del presldcnte de la Republica, En el sistema lel(al colomblano. de reo clente data. tanto en su norma sustantlva como procec)lmental hace referencla al dellto en sus temas relaclonados can la aplicacl6n de la ley penal en el espa 10. en (1) £1 Delilo Politico tralarnlt nto en 18 Normatlvl· dad Int fiscal. como algunos pretenden hacer creer. pueslo que un incremento del 5% no represenlaria mas que 30 mil millones de pesos en el ano. y seria apenas el I % del lolal de ingresos de 1990. Cuenla que el Banco Central Hipotecario adelant6 un estudio sobre soliciludes de finan claci6n de municiplos para 730 pro. yectos que alii se tenia. Tras la investiga. cion se concluy6 que el municipio promedio colomblano trabaja con un presupuesto de $160 mlllones (para 19B8). de los cuales 138 mUlones corresponden a Ingresos co· rrientes. entre estos 20 miliones a recursos de capital y 64 mlllones a partlcipacion en eIIVA. En los munlclpios de menos de cien mil habltantes ellVA representa enlre e157% y el 73% de los Ingresos ordinarios. y el 36% de todos los Ingresos. En los munlclplos entre clen mil y quinienlos mil habitanles el 32% de los Ingresos corrlentes provenlentes del IVA. mlenlras que en las ciudades mayores el IVA es el tercer recurso en importancla. despues de los de capital e Industria y comerclo. Las areas fundam entales de Inversl6n son vias. educacl6n. serv lclos baslcos. vlvlenda y sa lud. SI cad a municipio adclanlara Ires pro· yectos en cada sector. serlan quince pro· yectos a financlar. EI Banco Central Hlpotecarlo tenia 741 proyectos por financlar. y el valor promedlo de ellos era de 237 mlllones en 1988. En los ci nco anos sl~ulentes Ihasta 1992) los municipios del estudio (730) reciblrian en conjunto por IVA 577 mil millones de pe· sos. de ellos 188 mil para inversion forzosa. Promediando. cada municipio recibiria 187 millones en los cinco anos. Se establecieron indices promedio de grados de desarrollo en los cinco sectores fundamentales de in· version . encontni ndose los siguientes porcentajes: SECTOR Vial Educacion Servicios biisicos Vivienda Salud NECESIDADES INDICE INDICE 70% 30% 43% 57% 37% 63% 48% 52% 26% 74% En eslas condiciones. se establecio que el plan de desarrollo tipico municipal para el municipio promedio segiIn el promedio de necesidades costaria 1.962 millones de pesos. luego se tardaria 32 ailOS lIevarlo a cabo. En Departamentos como Sucre el pro· medio seria de 32 anos. y en el Choco 40 anos. Si el municipio se ayudara con el 25% de su presupuesto propio. el termino se reo du ciria a 19 ailos. /,C uanto deberia aumentar la participaclon de los municipios en el IVA para que cada Alcalde pudiera adelantar un proyecto tipico. uno solo. durante su mandanto de dos anos? La respuesta es que la parte del IV A que de· . beria distribuirse a los municipios no podria ser inferior aI70% . Es que la Nacion se quedo con los trlbutos mas dlnamicos y dej6 a los munlcipios las necesidades mas dinamlcas para alenderlas con los recursos mas estaticos. Presenta el Dr. Rodado un proyecto de arliculado. EI Dr. Cala inlerroga sobre los conlroles que deben establecerse para que los recursos no se dUapiden. y el Dr. Rodado plan lea la posibilldad del establecimiento de una especlc de ombudsman para ese efecto. en tanto que los Ores. Herrim y Perez hablan del control de resultados. Parece existir acuerdo sobre la biIsqueda de un paramelro de cficiencla que consulte el volumen de recursos. su destinacion y el aparataJe burocratlco que el municipio emplea para su admlnlstracion. Asi se lermina la reunion. quedando cl· tada la subcol111s16n para el dia martes 12 de marzo a las tres de la tarde. en el mismo Itlo. Se record6 que para manana "iernes se tlenen Invltados algunos I11lel11bros de la Comlsl6n Segunda a un desayuno. con el fin de Inlercamblar opiniones sobre los lemas en que colnclden las lareas de esa comlsl6n y csta subcomlsl6n. I-IELENA I-IERRAN DE MONTOYA oordlnadora EFRAIN GOMEZ CARDONA Secreta rio ad·hoc Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. I I I Paglna 8 ACTA N° 5 CORRESPONDIENTE A LA REUNION DEMARZO 13 DE 1991. LUGAR: SALA DE J UNTAS 1135 HORA 11.00 A.M. ASISTET\TES: estuvieron presentes los siguientes nllembros de la subcomision, a saber: DR. ALVARO FEDERICO CALA HE· DERICH DRA. HELENA HERRAN DE MONTOYA DR. JESUS PEREZ GONZALEZ·RUBIO DR. CARLOS RODADO NORIE:GA EI Dr. Ospina se excuso por razones personales. Con el Dr. Rojas parece haberse suscitado un mal entendido respecto a la hora de la reunion. DESARROLLO DE LA SESION: Con forme se habia anunciado, interviene hoy el Dr. Cala sebre el tema del control fiscal. Co· mienza dici endo que parecen existir aproximadamente 20 proyectos de reforma que se refieren al tema, y que coinciden todos en los siguientes puntos: 1. Eleccion para un periodo entre 4 y 6 anos. 2. No reeleccion. La mayoria, casi todos los proyectos. contemplan una eleccion por fuera del Congreso. . EXiste una organizacion de organismos de control lIamada INTOSAI. que aglutina a los Organismos Superiores de Control (OSC), asi genericamente lIamados, uni· versalmente se admlte que el OSC es una delegacion del poder legislativo para con· trolar al Ejecutivo. En muchos paises (Colombia entre ellos) su funcion se limita a una auditoria, es decir a vigilar que los funclOnarios sean honrados y no se apropien los recursos vublicos. Sin embargo. la tendencia parece dirigirse hacla la inclusion de la evaluacion de eficiencia y efectividad, a traves de in· dicadores de gestion. En Colombia el control ha sido ejercido por un tribunal de cuentas. por contraloria de cuentas, hasta que en 1945 se configuro la Contraloria Genera:! de la Republica con el perfil que hoy presenta. Hay dos grandes grupos de OSC: los co· legiados y las contralorias unlpersonales. Entre los primeros podemos nombrar a Argentina. Brasil, Salvador. Espana y Francia. y entre los segundos a Costa Rica. Estados Unidos. etc. En decir de los funcionarlos de la Con· traloria General existe propension en el mundo hacia las Contralorias mas que hacia los tribunales. Es 10 comun que las cortes 0 tribunales de cuentas tienen poder de sancionar. mientras que las contralorias deben dejarlo a la autorldad jurisdiccional. De entre los que Uene conocimiento de expo itor. nueve paises tienen control de resultados. a saber: Canada, Venezuela, Suecia. Gran Bretalia. Francia. Alemania, Enmatos Arabes, Uruguay y Espalia. Los proyectos del ML·19 y del Partido Social Conservador con templan un tribunal o corte. en tanto que los restantes man· lienen la con traloria. EL PROYECTO DE LA CONTRALORIA. Es el que mas se asemeja a 10 que hoy exlste, y habla de control fi scal y de resul· tados. eficlencla. eficacla y economia" ·. Sola mente ~e dara el control posterior, 10 ml mo para las cntldadcs terntorlales. dejando a la ley la determinacIon de los organi mos de control para etas GACETA CONSTITUCIONAL EI contralor sera elegido por el Congreso para un periodo de 6 anos, sin posibilidad de reeleccion. Dentro de los cuatro anos siguientes a la cesacion de sus funciones no podra ocupar cargo publico alguno excepto en la diplomacia y la docencia. EI Dr. Cala plantea como una curiosidad que nunca se habla del tiempo anterior a la eleccion, es deClr que se busque que el contralor no haya ocupado en un periodo anterior cargo alguno en el Ejecutivo, pues pod ria estar impedido para controlar actos en los que de algun modo intervino. Las atribuciones basicamente se man· lienen. solo que incluyendo el control de gestion. Otra novedad es la obligacion de lIevar un registro de los recursos naturales y Or medio ambiente: propone igualmente la creacion de una jurisdiccion penal fiscal para que investigue y juzgue los delitos contra la administracion patrimonial pu· blica. PROYECTO PEREZ GONZALEZ· RUBIO: Contempla un periodo de 4 anos, sin posibilidad de reeleccion, el con trol solo posterior y como novedad propone que sea selectivo. Las contralorias departamentales y municipales deben consul tar los mismos principios. Un articulo nuevo contempla que la eleccion se haga de ternas conformadas por candidatos a la Presidencia de la Republica, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. EI Dr. Cala habla de 10 inconve· niente que podria resultar ·Ia postulacion de candida to por el presidente, puesto que el va a ser el vigilado: el Dr. Perez admite la observacion. La eleccion corresponde al Congreso pleno. Otra interesante innova· ci6n es la exigencia de que un mes antes de producirse la eleccion se den a conocer los nombres con el fin de que la opinion pu· blica pueda conocerlos y pronunciarse. E:I nombramiento de los funcionarlos de la Contraloria debe hacerse con base en listas elaboradas por un consejo asesor. E:I Dr. Cala hace mencion de que parece sano que exista una junta asesora que maneje tanto el recurso humano como el economlco. Los Dres. Herran y Noriega hacen notar que el cambio del contralor por un tribunal 0 corte eliminaria la necesidad de esa junta, pues el organo plural manejaria los recurses. E:I proyecto Perez separa el control de resultados, dejandolo a cargo de un orga· nismo dlstinto, de naturaleza juridica es· pecial. cuyo objetivo es vlgllar el cumpll· miento de los planes de desarrollo Inclu· yendo los de la administraclon de justicia. Seguidamente se da una discusl6n sobre si debe haber 0 no autonomia presupuestal de la rama jurisdiccional y la leglslativa. Otro articulo nuevo senala fun clones al Departamento Nacional de Control de Re· sultados: la universldad Sergio Cordoba en un proyecto habla de un censor, que guarda bastante slmllitud con la Idea del Dr. Perez. E:n el proyecto de este el director del De· partamento 10 design a el Congreso para un periodo de cinco anos de terna presentada por el presidente. Se pregunta al Dr. Perez la raz6n para que el control de resultados no pueda ha· cerlo el mlsmo organo de control ftscal. y cste responde que son dos funclones muy distintas, pues el control fiscal es mera· mente numerico·legal en tanto el de reo su ltados es mucho mas complejo, com· prende desde que se hlzo la planeacl6n Sabado, 8 de junio de 1991 hasta la ejecucion plena de un proyecto. EI Dr. Rodado expresa que en su parecer perfeetamente el organo de control pod ria tener una subdiVision en virtud de la cual una dependencia se hiciera cargo del con. trol fiscal y otra del de resultados. Asi se termlna la reunion a la 1.30 de la tarde, y se clta para las tres de este mismo dia cuando terminara su ~resentacion el Dr. Cala y - luego expondra el Dr. Mariano Ospina Hernandez 10 relativo a la planeacion. Se haee constar que durante la sesion se presento el Dr. E:duardo Verano de la Rosa para invitar a la subeomision a una reunion que la Comision Segunda sestendra el martes a las tres de la tarde con el Dr. Eduardo Wiesner, para tratar aspectos comunes a las comisiones segunda y qumta. HELENA HERRAN DE MONTOYA Coordinadora EFRAIN GOMEZ CARDONA Secretario ad hoc ACTA N° 6 CORRESPONDIENTE A LA REUNION DEMARZO 13DE 1991. LUGAR: SALA DE JUNTAS 1233 HORA: 4:00p.m. ASISTE:NTES: Estuvleron presentes los siguientes miembros de la subcomision, a saber: DR. ALVARO FEDE:RICO CALA HE:· DE:RICH DRA. HE:LE:NA HE:RRAN DE: MONTOYA DR. JESUS PE:RE:Z GONZALEZ· RUBIO DR. CARLOS RODADO NORlE:GA DR. MARIANO OSPINA HE:RNANDEZ DESARROLLO DE LA SEsION: PRO· YE:CTO DEL GOBIERNO: EI Dr. Cala em· pieza a hablar del proyecto del Gobierno Nacional en cuanto a control fiscal, y dice que mantiene la figura del Contralor, ele· gido por el Congreso para un periodo de seis aiios de terna que se conform a con sendos condidatos del Presidente, la Corte Cons· • tituclonal y el Consejo de Estado, dejando las atribuciones a la ley, PROYE:CTO AD·M·19: Cambia la con· traloria por una corte de cuentas integrada por 9 magistrados elegidos cuya elecci6n inexplicablemente se deja al consejo det E:stado, para un periodo de 8 arios sin po·' sibilidad de reeleeeion. La Corte se dlvidin\ en secclones, y ejercen\ el control de pre· supuesto, financiero y de gestl6n en forma selectlva: entre las funciones se atribuye la de establecer normas de audltoria Interna para el Gobiemo, asi como la de examinar el control interno que ejerce la propia administraclon. Los mlembros de los tri. , bunales territoriales seran design ados por , los magistrados de trlbunales admlnistra· • tivos. Segun el articulo 69, el Presidente hara la direcci6n del control administrativo In· terno, respecto de las rentas y demas ble· nes, su recaudacion, conservaclon, utili· zacl6n y consumo. PROYE:CTO P.S.C.: E:ste habla de un control moral de fiscalizaci6n, que com· ~ prende al Mlnisterlo Publico, al Defensor de ~ los Derechos Humanos y al Tribunal Suo premo de Cuentas. La facultad generlca es C de Investlgar hechos violatorlos de la ley. ltl En 10 especlfico, el Tribunal Supremo de ~ Cuentas eJerce el control fiscal y de resu)." "i1 tados, siendo un control excluslvamente ~ tecnico. Pdor un artiCUdlO n l uedvo se dice qule el ~, numero e maglstra os 0 etermlna la ey, ,~ " I ~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sabado, 8 de junio de 1991 y que seran elegidos por el Congreso para un periodo de seis mos por el sistema del cuociente. Organlzacion, las funciones, la division en salas, se deja a la ley. No se eXigen calidades para ser magistrados (que 10 comlin es que sea colombiano de na· cimiento y mayor de 35 mos, como mi· nimo), y al respecto el Dr. Rodado y el Dr. Ospina aclaran que fue una omision puesto que el proyecto d~bia incluir requisitos semejantes para los magistrados de la corte suprema de justicla y para la de cuentas, pero se olvidolo atinente a la liltima. Este proyecto trae tres funciones nuevas, a saber: I. Establecer la responsabilidad que se derive de la administracion de fondos 0 bienes pliblicos. 2. EI titulo ejecutivo que la funcion pre· cedente origine prestani merito ejecutivo para jurisdiccion coactiva. 3. EI control de las sociedades de eco· nomia mixta, cuya reglamentacion se di· fiere a la ley. PROYECTO URIBE VARGAS: Propone un contralor electo por el Congreso para pe· riodo de cuatro mos sin reeleccion. PROYECTO JUAN GOMEZ·HERNANDO LONDONO: Habla de un Fiscal General de • la Nacion, funcionario que aglutina la Procuraduria, la Contraloria y la Consejeria para los Derechos Humanos que hoy exlsten. Sera de eleccion popular y con· trolado por la Camara; debe reunir las mismas calidades que un magistrado de la Corte Suprema, y entre sus funclones tiene la de ser el jefe y representantes legal del organo de control, ademas de que elaborara el presupuesto para ese 6rgano. EI Dr. Cala lee las muchas funciones asignadas. Este fiscal tendni cuatro fiscales delegados, uno para los derechos humanos, otro dlscipli· narlo, el. fiscal procurador y el fiscal con· tralor. Observa el Dr. Rodado que el pro· yecto de su partido concede mucha im· • portancla a la defensa de los derechos humanos y lee la parte pertinente. Las funclones del fiscal contralor son mas o menos las mlsmas que usual mente se otorgan, con la observacl6n de que elimina la de Iievar el libro de deuda pliblica, y dispone que el control sea 5010 posteriOr. En cuanto al contralor terrltorlai alce que eventualemenle la ley podra disponer que el funclonarlo tllular sea elegible, y mien· tras tal no se haga el mecanlsmo aclual de escogcncla se mantlene. EI Fiscal General puecfe vetar a los deparlamentales y eslos a los munlclpales. Curlosamenle, el fiscal territorial cumplira por si mlsmo, es declr sin delegaclones, la lotalldad de las fun· • clones de conlrol IDerechos humanos, dlsclplinarlos, procurador y conlralor). EI Dr. Perez anoIa que es muy sano que la Contraloria departamenlal guarde el mlsmo prlnclplo na lonal de dlversldad de centros de poslulacl6n, y que los munlclplos con poblacl6n de menos de 50.000 habllanles 51 Be asoclan podr:!.n eleglr un contralor co· mun, pero sl no 10 hacen se someleran a la vl~lIancla del con Ira lor deparlamenlal. Conclulda aslla Interven 16n del Dr. Cala haec uso de la palabra el Dr. Mariano Os. plna Hernandez qulen subraya que 5010 hara menel6n de los prln Iplos apltales de planeacl6n, Asl, enuncla en prim r lugar el de qu la planlfica 16n debe hacerse fun· damentalmenle de abajo haria arriba, pero • lin desconocer la neeesidad del doble fiujo, de modo que lamblen se present de forma descendenle, Algunos plcnsan qur 5010 GACETA CONSTITUCIONAL debe hacerse planeacion sectorial, es decir linicamente fisica, 0 economica, 0 social. Particularmenle para el nlvel local muchos proponen reducirla a la fjsica para hacerla menos compleja. Su pensamiento es que la planeacion debe ser Integral, es decir con· templar no 5010 el aspecto fisico sino tamblen el economico y el social. Debe tambien ser estrategica, como factor temporal, es decir proponerse horizontes a largo plazo, no limltarse al corIo y al me· diano. Resultaria tam bien importante fortalecer las instancias regionales de planeacion, en atencion a la diversldad de peculiaridades de que esta hecha Colombia, y finalmente explica la necesidad de establecer meca· nismos de coordinacion entre los diversos niveles mencionados y la conveniencia de ' dar participacion al sector privado, con voz pero sin voto, en los organismos de pIa· neacion del ESlado. A la reunion se presenta el Dr. Rodrigo Lloreda, presidenle de la comision quinla, con el objeto de hablar del cronograma de trabajo de la comision asi como de los mecanismos para designacion de ponentes. Expresa su satisfaccion de que las ponen· cias sean colectivas y anuncia que hara llegar proximamente a las subcomisiones un cronograma de actividades. En la pro· xima semana lendran lugar plenarias de la comlsion para escuchar a los ministros de salud y haCienda, 10 mismo que al jefe del DANE. En esle estado se da por terminada la reunion, fijandose la proxima para manana jueves 14 de marzo a las tres de la tarde, cuando hablara el Dr. German Rojas sobre funciones del Congreso en las rna· terias objelo de estudio para la subcomi· sion. HELENA HERRAN DE MONTOYA Coordinadora EFRAIN GOMEZ CARDONA Secrelario ad hoc ACTA N° 7 CORRESPONDIENTE A LA REUNION DE MARZO 14 DE 1991 LUGAR: SALA DEJUNTAS 1235 HORA: 4:00P.M. ASISTENTES: Esluvieron prese nles lodos los miembros de la subcomislon, a saber: DR. ALVARO FEDERICO CALA HE· DERICH ORA. HELENA HERRAN DE MONTOYA DR. JESUS PEREZ GONZALEZ·RUBIO DR. CARLOS RODADO NORIEGA DR. MARIANO OSPINA HERNANDEZ DR: GERMAN ROJAS NINO DESARROLLO DE LA SESION: Co· mlenza su exposlcl6n cl Dr. Rojas Nino respecto de las alribuclones del Congreso y del Goblerno en materia de planeacl6n. Afirma que el problema de sl el legislallvo es unicameral 0 bicameral es secundarlo para eslos efeclos, luego no vale la pena enfrascarse en esa dlscu 16n ahora, puesto que 10 Importanle, como se ha dicho, es lralar de sumar factores de colncldencla, e Ir rcduclendo las dlscordanclas. A este prop6sito el Dr. Rodado manlfiesta que es evldenle que se coincide en que: I. EI plan sea aprobado por Ley, la ual lrace prln Iplos generales que debe desa· rrollar I goblcrno. 2. gue el ongreso cumpla un papel prln Ipal en la modlfi a 16n, aproIJarl6n y vl~lIancla del plan . Paglna 9 EI Dr. Rojas expresa su inquietud por encontrar de que manera se puede lograr que la planificacion sea un proceso conti· nuo, que no sufra traumallsmos a causa de los cam bios de gobierno. EI Dr. Cala dice que esa es una de las bondades de la exis· tencia de un consejo permanenle, puesto que garanlizaria la conlinuidad a pesar de los relevos presidenciales. EI Dr. Rodado agrega que los principios y orientaciones deben integrar una parte general del plan, en tanto que los recursos, sistemas y metodos componen la parte programatica, que puede adicionarse a traves de leyes complementarias. EI Dr. Perez observa que el proyecto del gobierno carece de objelivos, y que en este pais es un grave problema y generalizado la carencia de objetivos. EI Dr. Cala interpela diciendo que el plan mismo es un objelivo, a 10 que el Dr. Ospina agrega que si no es, si implica objelivos. EI Dr. Perez sustenta que en nuestro pais no se lienen objetivos, pues las obras se hacen sin consullar ninguno predeterminado, sino por clientelismo, por un inleres especifico, 10 cual se propicia por el hecho de no existir objelivos sino meras orienlaclones muy amplias. Un plan debera lener objelivos claros respecto de los cuales se pueda juzgar la accion del gobierno. En el proyecto del M·19, afirma el Dr. Rojas, se relorna al parlamento la funcion planifj· cadora y la iniclaliva del gasto, pues se usa la palabra "expedir" para el plan y el pre· supuesto, en el articulo 93. EI Dr. Perez • aclara que no obstante el empleo de ese termino la inlcialiva sigue librada al eje' culivo ya que se dice que el presentara el respeclivo proyecto. A continuacion se presenta una discus ion en torno a si la ley del plan debe 0 no inclulr cifras, metas cuanlitalivas. EI Dr. Perez insiste en la necesidad de objelivos claros, no meros prlncipios vagos. EI Dr. Ospina inlervlene para decir que se ha vuelto lugar comlin afirmar que la planeacion esta de capa caida, 10 cual solo es clerlo respecto de la planeacion cenlra· lizada y totalilaria de los paises soclalislas, I pues alin los goblernos neoliberales como el de Inglaterra lienen planeaci6n, otra cosa es que ya no eSle en manos del gobierno sino en las de las transnacionales hacia las cuales se ha desplazado esta funcion. Habla de que la planeacion contempla tres elapas, denomlnadas asi: Los planes eSlralegicos 0 de largo plazo, en ingles "goals"; los planes que ya tienen cuanlificaci6n. au nque no fechas, es declr 10 que podriamos lIamar programas, en Ingles "objetivs"; y final· mente la elapa en que no solo se cuanlifica sino que se preclsan fechas de ejecucl6n, que es verdaderamente el presupueslo, 0 "largels". EI Dr. Cala expresa su identifi· cacl6n con este criterlo, y dice que hay que Incluir la parllclpacl6n de la comunidad en la planeacl6n, partlclpacl6n que [raen rasl lodos los proyectos. La planeacl6n a base de partlclpacion puede ser el escenarlo proplclo para caplar la oplnl6n de la socledad y asi dark piso demo ratico a esc proceso Aunque los representantes de la soclt'dad no l('ngan derecho a voto. la suma de las vo('es si hace voto de pe.o an Ie la Inslancla ",talal. pue, la planearl6n no puede harerse a espalda; dcl pals. EI Dr. Hodado apu lila que es claro que el proceso de planca('lon debe regu lar la ac· tivldad del serlor publico y orlentar la del sector prlvado, el Dr P('rez dice que ello Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Pilglna 10 equivale a afirmar que para el sector pu· blico es imperativo en tanto que para el prh'ado es mdicatIva. EI Dr. Cala dice que en su proyecto el Consejo de Planeaclon permanente debe tener siete representantes de las reglOnes y 4 de los sectores (no gremios sino sectores) de la produCClon. EI Presldente enviani ternas al Congreso y este nombrani. La edad de los mtegrantes debe ser minimo de 40 allos. y ademas se exige que hayan trabajado en la alta direccion empresarial publica 0 privada. para garantizar la ex· periencia necesaria. EI periodo seria de ocho ailos. y el organo asi compue to seria independiente del Congreso y del goblerno. EI Dr. Perez d,ce que una cosa es la concertacion y otra un consejo permanente. puesto que el entiende el consejo como un cuerpo sin origen popular que representa a la socledad. al que el gobierno Ie presenla. proyectos para que opine sobre ellos. sin que su opinion vincule juridicamente en grado alguno a las camaras que son las que deben decidir. Luego es solo un organo de estudio y analisls. La concertaclon es un proceso que debe ser previo. que no implica permanencia de un organo. tam poco implica obligatoriedad para el congreso ni el gobierno. Es decir. no es delegar la autoridad del Estado pues es este el que decide unilateralmente. a traves del Presidente. que propone. l' del Con· greso. que decide. Asi se term ina la sesion. quedando ci· lados los mtegrantes de la subcomision para el dia martes 19 de marzo. una vez termine la sesion plenana de la Comision Quinta. HELENA HERRAN DE MONTOYA Coordinadora EFRAIN GOMEZ CARDONA Secreta rio ACT AN ° 8 CORRESPONDIENTE A LA REUNION DE ABRIL 2 DE 1991 LUGAR. SALA LA COMISION SEGUNDA HORA: 4.00 P.M. ASISTEI'iTES. Estuvieron presentes los slgUlentes mlembros de la subcomlsion. a saber DR. ALVARO FEDERICO CALA HE· DERICH ORA. HELENA HERRAN DE MONTOYA DR. JESUS PEREZ GONZALEZ·RUBIO DR CARLOS RODADO NORIEGA OR. MARIANO OSPINA HERNANDEZ EI DR. GERMAN ROJAS NINO habia mamfestado ante la Coordlnaclon la 1m· po IbJildad de asistJr a esta reunion. DESARROLLO Comsponde a esta seslon la presentacion del mforme del Dr. MA· RIANO OSPINA HERNANDEZ en punto a planearlon. y asi se procede. Comienza su Interven Ion dlciendo qUl no Ie ha sldo posible el examen de todos los proyectos que se reneren al tema. pero si ha consul· tado una muestra mas que represcntativa. con base en la cual hara su exposlcion. Lee la introduccion. en la que se resalta que la planeacl6n no esta de capa calda. salvo la total ltarla: la democriltlca. por el contrarlo. esta en auge. Continua dlclendo que son mas de 100 los proyectos y propuestas que lratan la planeaclon. Que. en su opinion. son tres los conce ptos fundamentales traldos por los proyectos: la democracla pdftlripativa. la descenlralitacl6n adml· GACETA CONSTITUCIONAL nistrativa y la atencion de las necesidades basicas de la poblacion. La planeacion local debe estar imbuida de los mismos princi· pios. solo que difiere su aplicacion en proporcion a la menor complejidad que en el ambito nacional. Asi. 10 local se contrae fundamental mente a los aspectos fisico y social. EI plan contempla cuatro elementos, a saber: a. Medio fisico: b. Medio Social. c. Medio economico y d. EI elemento humano. La planeacion local adecuada debe aprovechar los profesionales con que alii se cuenta. sin incurrir en clientelismo. De no existir. y mientras se cumple el proceso de capacllacion. debe procederse a la contra­tacion externa. Los planes deben ser coordinados con los de los niveles supe· riores y armonizados con los de las co· mumdades vecmas. EI sector privado debe tener presencia. como en los de mas niveles territoriales, con voz y sin voto en el pro· ceso planificador. Estos principios minimos deben ser consultados en las comunidades con menos de diez mil habitantes. Tentalivamenle podria decirse que el consejo local de pia· neacion este integrado por el Alcalde, el Personero. el Presidente del Concejo. un representante del Departamento y 2 1'0, ceros de los gremios. Avanza el expositor en la lectura de su informe. que entregara por escrito. y el Dr. Jesus Perez G. advierte que en la exposi· cion no se menciona para nada la planea· cion en la adminislracion de juSlicla. el Dr. Ospina dice que esta incluida en el aspecto social. pem que sin embargo reconoce su Importancia y la incluira con mayor es· pecificidad. Acabada la ieclura inlerviene el Dr. Cal a para decir que el atraso en la jus· ticia se puede superar rapidamenle, luego no habria lugar a rorma constitucional a menos que fuera de caracter lransitorio. 0 inc1uso dejarlo a una norma legal para lIenar el vacio que hoy existe. EI Dr. Perez Insisle en que la necesidad de la planeaclon en la justicia es perma· nente. no meramente coyuntural. EI Dr. Rodado apunta que en cada sector onclal debe haber una oficina de planeacion. luego tam bien debe ex istir en la justicia. como algo inlerno del sector. Ademas. la pla­neaclon tam bien debe Incorporar l o~ ser· vicios publicos. y entre ellos aparece el de justlcla. ademas de que debe figurar el de seguridad. que no es menos importanle. De otro lado. lam bien debe hacerse reo ferencla a la ecologia. en un gran capitulo. En este estado se termina la sesion. que­dan do citados los integrantes de la sub· comislon para manana 3 de abril a las Ires de la tarde en el mlsmo sitio. HELENA HERRAN DE MONTOYA Coordlnadora EFRAIN GOMEZ CARDONA Secretarlo ACTA N° 10 CORRESPONDIENTE A LA REUNION DE ABRIL 4 DE 1991 LUGAR: SALA COMISION SEGUNDA HORA: 4:00 P.M. ASISTENTES: Estuvleron presentes todos los mlembros de la subcomlslon, a saber: Saliado, 8 de junio de 1991 DR. ALVARO FEDERICO CALA HE· DERICH ORA. HELENA HERRAN DE MONTOYA DR. JESUS PEREZ GONZALEZ-RUBIO DR. CARLOS RODADO NORIEGA DR. MARIANO OSPINA HERNANDEZ DR. GERMAN ROJAS NINO DESARROLLO: Anles de dar inicio a Ii< - intervencion del Dr. Rojas, el Dr. Cala manifiesta que reexaminando los diversos proyectos sobre organos de conlrol fiscal encontro que por ejemplo el proyecto del Dr. Rodrigo L10reda combina el contralor unipersonal con la existencia de una corte de cue mas 5610 para apelaciones. es decir que deCide en segunda instancla sobre las determinaciones tomadas por el Contralor. De ahi que considere imporlante que la subcomision acuerde a1go asi como una segu nda vuelta para el punto del control fiscal. Se produce consenso al respecto. EI Dr. Rojas procede a la iectura de su informe. que lIeva por titulo "Anlecedentes de la Planeacion en Colombia". al final del cual se incluye el proyecto de artlculado. Entrega un ejemplar a cada integranle. asi como a la secretar;a. Terminada la lectura el Dr. Rojas por su com pie to informe y seguidamente hacer notar como en el se consignan las bases que han sido acogidas por consenso. Promete que a su turno presentara tambien un proyecto de articulado. el cual quiza sera un poco mas amplio para dejar mas pautas seilaladas aI legislador. Por ejemplo, la Constitucion deber:!. dejar claro que la planeacion sera descentralista, democr:!.· lica. de largo plazo, integral. con partici· . pacion del sector privado pero 5610 con derecho a voz, entre otros aspectos. La diferencia seria entonces mas cuan­titativa que cualilativa con el proyecto del Dr. Rojas. La Ora. Hemin sugiere que se intente presentar un proyecto uniflcado por los dos Constituyentes, y as; se acuerda. EI • Dr. Rodado expresa su preocupacion por· que se defina la partlcipaclon de las reo giones y municipios en el Consejo. as; como porque la atribuCion del Consejo sea me· ramente consultiva del ejecutivo, cuando es el Consejo el que debe elaborar el plan. La Ora. Hemin se declara partidarla de que se hable de partlclpacion de las enli· dades territoriales. genericamente, sean elias cuales fueren. y de que se incluya el aspecto ambiental en la planeaclon. EI Dr. Cala deplora que no se haya tenido en cuenta su proyecto. pues en la filosofia estan de acuerdo. e Insinua se lea siquiera el artlculado puesto que alii pod ria en· I conlrarse principio de soluclon a algunos • inconvenientes que en la sesi6n se han ' esbozado. por ejemplo en cuanto a la par· J tlclpaclon de las reglones y del sector pri' vado en el Consejo. l EI Dr. Perez plantea qulen debe tener la • iniciativa del plan. pues la Constltucion vigente la aslgna excluslvamente aI eje· cutivo. En su parecer este princlplo debe conservarse, sin perjulclo de la concerta· cion, que debe ser un proceso prevlo. muy Imporlante pero que no puede coartar la facultad del Goblerno de presentar el proyecto del ptan. Recuerda que el Dr. , Mariano Ospina habl6 de goals, objectlfs y , targets y que tal eslrUctura debe acogerst_ de modo que el plan conlemple objetlvos: Celebra que el Dr. Rojas Incluya el control de resultados del proceso de planeacl6n; Interpela el Dr. Rojas dlclendo que qulslera Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Sabado, 8 de junio de J 99 J incluir control de cali dad pero no halla en que sitio corresponda, y la Ora. Hemin replica que no es aconsejable consignar un orincipio especifico pues ahora se habla de ralidad total y no se sabe cuanto durara ese ·oncepto. EI Dr. Rodado recuerda que en la pasada ion se hablo de la conveniencia de un GACETA CONSTITIlCIONAL solo gran ente dedicado aI control de reo sultados en todos los aspectos. con de· pendencias ramificadas segun las distintas especialidades, y que esa idea es perfec· tamente compatible con la propuesta por el Dr. Rojas de crear el Departamento de Control de Resultados. En este estado fi naliza la sesion. que· P8gina II dando citada la subcomision para a1muerzo de trabajo el dia 9 de abril a las 12 meri· diano en el mismo recinto. HELENA HERRAN DE MONTOYA Coordinadora. EFRAIN GOMEZ CARDONA Secretario. / Ponencia para Primer Debate en Plenaria Bienes de la Nacion Constituyente: JAIME ARIAS LOPEZ EI problema de la propiedad. no sola· mente ha interesado al derecho privado. concretamente aI derecho civil. sino tam· bien aI derecho publico. maxime con el aparecimiento de la leoria intervencionista del Estado. puesta en practica desde el New Deal Roosveltiano. como consecuencia de la crisis econ6mica de 1929. cuyos efectos se extienden hasta 1937. inclusive. En efecto. a raiz de este fenomeno poli· lico. economico y social. encerrado entre las dos guerras mundiales. se presenta una profunda diferencia entre el derecho pri· vado y el derecho publico. que en el lema de la propledad. delermina la amplitud de los bienes publicos. en la mayoria de los • casos con un tralamiento muy diferenle a la de los partlculares. En Colombia. a raiz de las lIamadas guerras de Independencia. libradas [renle a la Corona espanola en el siglo pasado. se pasO de la propledad del encomendero. junlo con ia pauperrima propiedad de resguard05 y de los ejldos municipales. a la propledad particular de los generales vic· lorlosos en dichas campanas. EI gran lati· fundio. principalmenle en la segu nda mitad del slglo pasado, hostiga para que se de una legislaci6n que permita a los partlculares concentrar y expandir su poder de pro· pledad. fen6meno que lam bien se dio en la primera milad del siglo XIX. Aqui encon· iramos una de las razones poderosas para • Illanlearse cl mal lIamado federalismo. que no es m ~s que el fortalecimiento de esos grand es latifundi os. lIegandose hasta permltlr el manejo de las minas por los particulares con un criterio privaUsta. que se ve reforzado con el maneJo de la moneda. No hay tlempo de entrar en la discusl6n ~bre la posibllidad de exislencia de un E~tado nartonal cn olombla. Stn embargo. POdemos alinnar que el Inlento m ~s fuerte 10 dio el goblerno de Rafael Nunez. prin' clpaimenie a partir de su glmda presi· dencla. y sin prelender hacer defensas hlst6ricas gralultas. se debe recordar que 'Wael Nunez fu e el primer gObernante que ltgllim6 su titularidad con una eleccl6n 'lacional. • Esto ultimo ea imporlanle. ya que se abre PIeo la neceaidad de una idea nacional. que como es logico exige el concepto de nacion. Dicha nocion desarrolla una iconolalria de comunicacion comun. pero. ademas. una base de evolucion tam bien nacional: de ahi que Nunez buscara la manera de quilarle el control a los particulares sobre bienes de ciertas especies, como del manejo de la moneda. leniendo como instrumenlo la creacion del Banco Nacional. que acoge como seclor publico algunos fenomenos economicos manejados hasta el momento de manera exclusiva por el seclor privado. Por ello se Ie dio el monopolio de manejo de la moneda y el oro. Pero esle banco quiebra y. pasando por el inlento del Banco Real de Reyes se lIega al Banco de la Republica. que hoy monopoliza manejos econ6micos publicos. Ademas se ha creado el fenomeno de los conlralos de Asociacion. en superaci6n de los exclusl· vamenle de concesi6n. para la explotacion de minas y yacimientos petroleros. admi· nistrados en la actualidad por ECOPE· TROL. administracion regulada por nor· matividad que merece un pronto estudio. . Volviendo a 1886. se presentan dos ar· ticulos en la Constilucion de dlcho ano. a los cuales es necesarlo hacerles una acla· raci6n. En efecto. el articulo cuarto sostiene que el "terrltorlo. con los bienes publicos que de el forman parle. pertenece UNICAMENTE a la NacI6n". (Mayusculas filas nuestrasl EI articulo 202. afirma que "pertenecen a la Republica de Colombia ... " Sin querer hacer un am bien Ie de especulacion meta· fislca. es necesario aclarar que una cosa es la Nacl6n como concepto soclol6glco y ju· ridlco. que delermina la activldad estalal. y otra cosa es el ejerclcio del poder politico. que cuando no es desp6tico sino amplio y democratico. reclbe el nombre d"e Repu· bllca. En olras palabras una cosa es cl elemenlo del Eslado y olra cosa es el ejer· cicio del poder eslalal. a tra v~s del Go· blerno. En su ultimo capllulo del primer IIbro del Conlralo Social. Juan Jacobo Rousseau desarrolla la Idea del lIamado domlnio emlnenle. pudlendo exponer la dlficll hi· brtdez de la propledad publica y la pro· I piedad privada. que se encierra dentro dJ un solo territorio estatal. haciendose en· I tender ei porque del territorio necesitaba convertirse en elemento del Estado. pues como el mismo dice. a diferencia de los monarcas antiguos. los de ese entonces -siglo XVlll- eran mas astutos y sabian que "dominando el territorio dominaban asi a sus habitantes". Esto abre una gran posibilidad. ya que tenemos una union estrecha entre la po· blacion de un territorio y este mismo. identificacion que fortalece el concepto de Naeion con el de Patria. Por ello creemos conveniente colocar la titularidad de los bienes publicos. no en el Gobierno ni en el Estado. sino en la Naci6n. unificando los dos articulos anteriormente senalados. para asi no dejar en el vacio los mencionados bienes. pues las norm as que exponemos tienen como finalidad expresar dicha titu· laridad de manera ciara y concreta. norm as basadas en val ores como el de la naeiona· Iidad. y los de responsabilidad. cargas y derechos cludadanos. Como consecuencia de 10 anlerior. pro· ponemos ei slguienle articulado. para que se Ie de primer debale en esla plenarla: DIENES DE LA NACION ARTICULO: EI terrrilorio. con los bienes publicos que de el forman parle. perlenece unlcamenle a la Naci6n. ARTICULO: Pertenecen a la Naclon co· lomblana: 1.. Los blenes. renlas. fincas. valorc5. derechos y acclones que pertenecian a la union colombiana el 15 de abril de 1886. 2.· Los baldios. minas y salinas que pertenecian a los Eslados. cuyo dominio recobra la NaclOn. sin perjuicio de los de· rechos constltuido a favor de terceros por dlchos Eslados. 0 a favor de estos por la NaciOn a titulo de Indemnizacion. 3.· Las minas de oro. de plata. de platino y de piedras prcclosas que exislan ell el tcrrHorlo Naclonal . sin perjuicio de los derechos que por leyes anterlores hayan adqutrtdo los descubrldores y explotadores sobre algunas de elias. JAIME ARIAS LOPEZ consliluyente Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Plogina 12 GACETA CONSTITUCIONAL 5abado, 8 de junio de 1991 Ponencia para Primer Debate en Plenaria Fines del Estado Constituyente: JAIME ARIAS LOPEZ A parlir del siglo XII I. co mi enza un proceso que dura cinco siglos, el cual da como resultado una nu ev a co ncepcion de Estado, presentada en el siglo XV III . De la personalizaclon del poder absoluto en el rey se lI ega al co ncepto institucional del Estado. qu e co nll eva a la despersonalizacion de dicho poder. teniendose al Estado como un pr oducto racional del hombre. EI proceso. br evement e c!tado. im pu lsa la lueha entre fe y razon. 10 que determinaria un camblo de aCli tud y co nce pcion del mundo. presentado por el rac ionalismo del Siglo de las Luces. Ese cam bio tanto rna · terial co mo esplritual de l homb re. li ene su reclamo principa lm ente en la revolucion francesa de 1789. la cual. como un prime r paso dado . cita a Asamblea Nacional Co nstitu yenle. expidiendo los derechos universale del hombre qu e como su nombre 10 indica d~piran a encerrar el unil'erso humano y no Iimllarlo al co nceplo naciente de Eslado Nacional. Impor''lnte en 10 POIIlICO. En dlcho mOl'imiento se lUVO claro que pa ra cxislir un goblcrno rcpu bllcano 0 democralico. exp resa do en la nucI'a forma de Estado II1stitucionalizado. era nece 5.1nO rtumr tres elementos: una constituuon. una tndll' ision de pode res y una deciaracion de derechos y garanti as soclales. Eso tres pilares garanlizarian I" razo n de "er que se Ie da al Estado. la cuat mira tres fin es del mismo : la seguridad I" trdnqui· Iidad y la sa lu bridad de los asociados. Por 10 tanto la concepcion de Estado mode mo. no hace de e Ie algo gratuito 0 panislto. si no que Ie da funclones relacionadas co n fines. para asi Ju tiOcar su existe ncia. Lo tre fines senalados anterio rm ent e. son buscados por los ca minos trazados a tral'('S de las fun cione del poder politico 0 Estado. a 'laber la leglslativa. la ejec utiva. la JunsduclOnal. que hoy dia se amp lian con otra~ como la elec toral y la fiscal. que produ(cn la organl7aCiO ll del Estado l'omprendiendo V exiglendo la funclon ' pUblica. que cnClerra a todos los funcio· narlos dfi Estado. trabajadores en la bus· qucda dd bleoestar 'oclal. Dc' 10> rt'olllol1(" antcriores. podemo deducir que si un Estado. entendido en el concepto racional de la palabra. en su or· ga ni zacion. no busca y logra el minimo de los fines y propositos que se Ie han im · puesto. seria un germen burocnitico por exclusividad. en el peor de los sentidos, 10 que daria mas perjuicio que beneficio a la soc iedad. La rela ci6n est rec ha entre Estado y sociedad y el servicio de aquel a esta. ha hecho aparecer el nOl'edoso concepto del Estado Socia l de Oerecho. en busca de la mejeria y desarrollo no discriminado. EI dereeho ad ministrativo contemponineo ace pta los tres fines del Estado citados anteriormente, lIegando en algunas oca· siones a extend erlos a otros. Como tal. en la historia de dicho der ec ho se ha tratado de identificar los actos del poder. para dar les un tratamiento soberano. 10 que ha reeo· rrido el panorama historico de dos siglos con las teorias diferenciales de los actos de ges tion y actos de pod er. del servicio pu· bll co. de las c1ausulas exorbitantes y otras. que siempr e miraban a la aclividad estatal como en proceso de decisiones politicas y administratil'as. en busca del bienestar socia l. 10 que hace qu e hoy dia el go ber · nante no sea soberano. qu e no pueda co· meter desafueros a la sociedad. obliga ndose a actuar de acue rdo a los intereses de ella. A pesar de esa acog ida taci ta de los fines del Estado por el der ec ho. en Colombia hace falta una norma constituciona l que asi 10 exprese de manera clara y especifica. Alln cuando algunos arUculos los refieren ,,111 lonc retarlos. como es el caso del actual arllculo 55 eN v de manera mas general en el 16 Ibid em. no se da. repetimos , un origen normativo s up enor a tal tematica. Asi las cosas. es necesario propon er dicho articulo dentro del cual se ex prese la ne· ces idad de co locar a la comunid ad y a los asocia dos en general. como utilizadores bien pensados de algo qu e debe estar a su servlcio. cual es el Estado . As\, se desmiti· fica la figura y se Ie da su verdadero sentido de servl r a los hombres y no someterse estos a su propia creacion. 10 que perm ttl ria que la so ledad act ual desarroll e valores co mo el de vivlr arm oniosamente . con Fe de Erratas responsabilidades y progreso . teniendo el Estado que identificarse con los fin es per seguidos por la sociedad . Por otro lado , las autoridade s legiti · mament e co nstituidas deben respetar el valor de la paz , consecuencia necesaria dt los fines principales del Estado, teniend o que presentar los medios para ser factible los derechos en su ejercicio , la exigen cia de los deberes ciudadanos y la practica de los principios, todos tam bien singularizados en la Constitucion. Pero ademas. el Estado no se va a con· siderar algo autonomo que de por si res ponda. sino que recogiendo esa deterrni· , nabilidad de la comunid ad al Estado . aquella tiene participacion activa en las decisiones que Ie afectan. en todo sentido . economico. politico y cultural. 10 que sin duda haria posible una verdadera nacion . envuelta en una democracia de participa· cion y en una educacion integral. Por ultimo . es fin primordial del Estado ga rantizar y for!alecer el concepto de unidad nacional. sobre un territorio sobe· rano. de ac uerdo con sus decision es in · ternacionales. que sea cimiento de un pueblo autodeterminado. en un orden Justo y pacifico. en miras a un fortalecimiento del Estado nacion al. Como co nsecuencia de 10 ant erior. pro· • ponemos el siguiente articulo. para que e Ie de primer debate en esta Plenari a: FINES DEL ESTADO Articulo.· Los poderes del Estado tie· nen como finalidad esencial servl r a la comunidad: prom over la prosperidad ge· neral y las condi cio nes de efecUvldad de 10 principios, derechos y deberes consagrados en la Constitucion: factlitar la partlcipaCl6n de todos en las instancias de deCision qu e los afecta, y en la vida econ6mica. politl ca. administrativa y cultural de la nacion : de · fender la independencia naclonal y man· tener la integridad territorial: asegurar la pacifica co nvlvencla y la vlgencia de un orden Justo. JAIME ARIAS LOPEZ Constituyente EDGAR MONCA YO Gacetn Con tlturlonal ANTONIO CHALITAS VALENZUELA , ya que en las Gacetas ha ventdo apareclendo como Marco Antonto Challta Velasquez . ASAMBLEA NAC IONAL CO NSTITU · VENTE La presente co n el fin de sollcltarle sea correj(ido el nom bre del de lej(atarlo MARCO Agradezco su am ab le atencl6n. GU ILL ERMO BUENA VENTURA C. Asesor Marco Antonio Cha lltas Imp"so pGf Roto /Offstt e Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República

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La Gaceta Constitucional - N. 93

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Vida Intelectual - Año II N. 25

Por: | Fecha: 31/08/1905

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Año JI Santa Fe, Agosto SI de 1905 Núm. 26 Vida Intelectual REVISTA QUINCENAL DE LITERATURA , DEREC HO Y CIENCIAS SUMAR I O L iterari a OBSERVACIONES PROFESIONALES-Jus to S. Lopez do Gomnra .................................... . L AS BORLAS DEL DOCTORADO- Antonio CU I"Snch. EL ALMA DEL VERSO-G. A. Mnl'tíncz Zuvil'Ía .•.• ORACIÓN FÚNEBRE- Juan llalt!IZUI" ~lllc-iCI. ...... . LA LUZ- Y. I.Ópcz Bcrmúdc;.: .......••....•....•.. LA CARIDAD- JOsÓ C'ibih; ..........•............... MATINAL- Jo ¡•ge l<'~ ro Oiaz ••••. .••.•• •••••••••• HISTORIETA- LUIS MartinC/. Mai"COl>· .........•.... SONETO-C. D. Coc·a •.......•.••••••••..•.••..... Jurfd ica LA POSESIÓN Zcnón M a ¡•JinC? .••.......•. ..•. ... POSESIÓN DE ESTADO-Severo A . Cómcz ...•• .••. C ientrfica LA CUESTIÓ N SOCIAL-M IIC11l::Índcz \'lll acscusn EL HOMBRE- JO!>.S Oliva ... . •......•......••...•.• BIBLIOGRAFIA .... •.•.. .• •.•••.•••• .... VARIAS •.•.•.•...••• . ...•...••••.•.•. S A NTA FE Pág. Imp. Lo\ Y• l.Ot'ID.Ul-Umbcrto 1 ~ r S l.uls 1 9 O IS 370 ;181 :ISO 395 JOO 402 IO.t 105 406 107 113 4~3 130 ISG 139 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. T· VID A I NT E L EC T UA L Próximamente aparecerá Rimas ~e Amor P oR G . A . M ARTiNEz Z uvmtA 2.a EDI CIÓN AUM ENT A DA EJE~lPLARES DE LUJ O En papel del J apó n , encuade t·n~tci ó n pi e l de Rus in, c~tntos domd os, agotadn. En papel vclin , ene. Amateur . S 3.00 En pap e l d e hilo » » Edición común, rústica. .,. 2.00 » 1.00 S e remite frnnco de porte ni q u e enví e :su impo r te en bon os postales al Secr etar io d e VIDA I NTELECTUA L, y~\ todos los suscri to t·cs de l a r evista que pngu en un semestre adelantado. , FERNA N DO F.É- EDITOR - ~lA DRID - • FRAGANTE, SABROSO Y ECONÓMICO 13 años de venta atestiguan la fama que goz a y el éxito alcanzado Se YCJule en t odos los Almacenes de l a Ut•¡Híb li ca. D RP OSI'l'O P ARA L A V~N'J'A POH :'IL\ \' OH CHACABUCO 418 - BU EN OS A I R ES Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VID.\ INTELECTU.\ L A viso s profesionales 1lbog ntlos L UIS BLANCO (hijo) $an Gerónimo 7 15 F ELIX R. PUJATO MANUEL I. PUJATO San Gerónimo 10! 6 JUAN B. DEPETRIS 25 de Mnyo 884 CAYETANO DOL])AN ~n n Gerón i m o 700 ANTONIO PAUTA SO Snn Martín 484 ~ALVADOR ,J. SALVA Moreno 54 OYIDIO R. EOIIAGÜE Buenos Airos G:$ ESTANISLAO LOPEZ Snn Gerónimo 7G3 Proc ura dores JORGE R. SOBLIE Corrientes 116 JUA.l'i B. GAHOLINI 25 de Mayo 8 19 GENARO G. D OLDAN SRn Gerónimo 780 JOSE F. AUFRANC 9 de Juli o 708 RÓMULO S. CR ESPO But>nos AirP~ 91 H.AMON J. DOLDAN <:eo r ehtrlo d~l S. '1' . do J u•tlola Snn Garónimo 702 MATTAS \' ERA 9 do Juli o OCiO Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. viDA INTELECTUfiL R EVISTA Q UINCENAL -- D E L ITERATURA, D ERECHO Y CIENCI AS -- Dir ector es: DR. R AMÓN J. L ASSAGA-DR. J ULIO A. BUSANICRE y R AMÓN J . DOLDÁN Secr etar io: Administr ador : G. A. M ARTíNEZ Z uvrRt A E MILIO .MARTÍNEZ D IRECCI ÓN Y ADMI NI STRACIÓN Precios de suscripción EN LA REPÚBLICA EXT ERIOR Por nño (adelantarlo) S 10.00 Por aiio (adelant.} 25 francos P o r semestre " s.so Por semest re " 15 Por mes t. OO Adverten c ia s - LA CO RRESPON DENCIA quo se relaciont' con e ... ta re,·ista dll'ijnse á la Dirección y Admlnh.tl'ación UmbN·t o I<;! y S. Lu is. - La Dit•ección se reserva el dercrho de publicar ó nó lns colahoraclonesqu~:se le envíen. Los originales no se dc,•uelven. - Todo libro enviado á la Dla·ccclón será objeto de u n e-.tu­dio purticuln•· en In seccclón bibliográf ica. -Se envial'á ¡:p·atis un mímtwo de la r evlslct á todo el que lo solicito por esc•·lto á In Admi nistración. I.a revl¡,ta ngt•adeccrá á su¡, lectores que qulet·an señalarle las personas que puedan ln torosat'8C po r c ll n. So env ia r á á tod as las pcrl!onal. dcsignudal> un númer o do muestra. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Aiio 11 Santa Fe, Agosto 31 de IOOS Núm. !G VIDA INTELECTUAL LITERATURA - DERECHO- CIENCIAS Olrectorta: Dn. RAMÓN J. LASS .\OA Dn. JtiLIO A. RCSANICHE RA~IÓN J . DOLOAN s .. cr•hlrío: Admlnla lrador: G. A. MAilTÍl"R7. ZL'YIOÍA E~lll.IO MARTÍNR7. OBSERVACIONES PROFESIONALES Aunque e n ,-erdad po co va lgamos e n general los que nos dedicamos á escribir para el público se nos rebaja méts de lo justo sosteniendo que no hay en la República notabl es escritores Pres­cindo de la media docena de sobresalientes que se impone n sob r e estas malignas murmuraciones y que en r ealidad no forman gremio, y me r efiero f\ la clase ya numerosa y compacta de periodis­tas, dramaturgos, poetas y novelis ta s de segunda categoría que poseyendo una base de buen sen­tido y legítimas aspiraciones, pugnamos por s uplir otros dones naturales con el trabajo y e l estudio. E s te noble propósito lo alcanzarían muchos gloriosamente s i en vez de la c rítica sistemt\t ica hallasen nn prudente estímulo y, en luga r del mezq uino crilerio, e l amplio conccpt<> público de In belleza y libe rtad artísticn, dentro de la razón y de la ética. Porque yo creo que e n el públic o y no en los escritores reside la falta de concepción literaria 6 mejor dicho la ausencia ele fa c ultad nrtistica, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 380 VIDA INTELECTUAL y es difícil que ideación, ser ó flora alguna se desarrollen l ozanos y robustos fuera del ambi en­te propicio. Una de las cosas que mas co hiben al escritor nacional es la limitación que se impone á su fantasía enjaulada por la ignorancia popular ó el predominio comercial, en tan estrecHos límites que no intenta vuelo que no termine con ridícu­los y dolorosos tropezones, por lo que se achaca al ideal las culpas de sus prisiones. Hay en cambi o escritores de gran fa ma que no son en r ealidad sino especialistas en porta­das ... lo único que se conoce de sus libros. Por complacencias co n los que hao logrado pasar por compañe ros profesional es, la prensa los elo­gia y el público, costándole m e nos trabajo creer al periodista que leer un mamotreto opta por lo primero y no se preocupa de analizar las reputa­ciones consagradas. La fatuidad del usurpador le arrastra~\ veces á la más imprudente temeridad y qu ebranta el secr eto de su celebridad, con tanta disc reción conservado, obligando al público á oir un di ~­c urso ó ver una comedia que no admi ten la me­nor duda sobre la in capacidad de que dimanan. He aquí explicado el fracaso e n el teatro y la oratoria de algunos «reputndfsimos escritores• pudiendo g·eneralizarse la regla que establezco, pues el talento hasta en el fracaso se muestra, lo mismo que la insolente peda ntería, y en el e rror resplandece el genio, cuando e l genio es quien yerra. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 88 1 La elocuencia no es siempre e l reverbero de l a Yerdad que multiplica y matiza sus luces, si no muchas veces el cernidor por donde pas an e l poh·ill o y la broza cegando y enronqueciendo á cuan tos le rodean mi e ntras la semilla sana y fe­c unda queda ego is tamente e n e l tamiz oculta. ¿No se h a dicho ya que la palabra es el arte d e dis imular e l pensamiento? Pues la e locue ncia no es mas que la exaltación de la palabra. La pre ns a es como el m a r! l?u ritica la atmós­fera socia l, da á todos, e n pe rpetua actividad, la salud y la v ida, la ilus tración y e l consejo y guarda para s í las hondas amarguras d e s u tra ­bajo g igantesco. Buenos Ah'Cb, 1905. JusTo S. LoPEZ DE GoM ARA. L AS BORLAS DEL DOCTORADO No todo e l campo es orégano. Tambié n caen pedriscos, h e l adas, sopl a n ventarron es y ... lo h abitan seres denominndos rac ionales que no s ie mpre ju tifi ca n plena m e nte el cal ifi cativo con que se disting ue n de loe; d e m<\s organis mos creados. Y, ora porque s u bo rri co, e ncontrando una barre ra abie rta, lln p cnsnrlo e n cercado aj e no; ora por ha be rse e le ,·ado e l hij o d e l amillaramiento; un día por te ne r que abonar, n o la tierra pnra que fruc tifi cara, sino el c upo de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 382 VIDA INTELECTUAL una derrama juzgada onerosa; otro día por ser preciso contribuir con un jornal á obras de forti­fi c a c ión ó mejoras urbanas y rurales, Bernardo el Ermitaño dedujo la conclus ión de que, en mar y en ti e rra, todos los hombres son, no igualitos en t a maño, pero s i pa r ejitos en cualidades, y, rascá ndose la sotabarba, con símico ademán, solía parodiar, ignorándolo,~\ clásiso poeta pre­guntándose d o est·l la descansada vida del que hu ye del mundanal ruido y en el campo de­le it oso ... Repitámoslo: Homo homiui lupus. * * * -¡Que estas bellotas so n mías!... - ¡Que no lo son!... - ¡Que s i y mil ,·eces si l Cuelgan e n ramas in c lin adas d entro de mi propi edad. -Santo y bueno si las alcanzárais con la m ano, a unqu e os pusiérais de puntill as y ' for­zárais e l brazo al levantarlo. -Los med ios no importan ... -Jesuita!... -Sed reflexivo. -A mi no me gusta n las camorras. - ¡Cómo nól ¡En toda la \'ida no habéis h echo otra cosa! ... - En m ar, sí; pero, en ti e rra ... - ¡Corsario!... -¡Farsante!... - ¡Pirata! - ¡Santurrón!... Si volvéis á s ubir sobre la pare d medianera ó á agitar la s ramas ... -Lo haré cuando me dé la real gana. - Lo ,·erem os. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA I NTF:LECT UAL 383 Y , e n m ;\s de c uatro o ca sio nes, las callosas manos d estinadas al la bor eo s irvie ro n para zu­rrarse la bada na, po r mísera a lm o rzada d e be ll o ­tas, e ntre un h on ra do labriego y un ma rine r o que pe rsegu ía l a e ncomia d a paz d e los campos. Muc hí imas n~ces, dura n te l a e fe rv escencia de s us r abie tas, Be rna rdo e l E r mitaño, acos tum­brado, d esde niñ o, á ve r y h ace r r esp et a r los d e r ech os, s upuestos ó r e al es, por medio d e con­tunde ntes r azo nes adu c idas po r los puños y ¡\ ord e nar za larra n<' ho de <'o mba te c0 n c ua les ­quie ra prt: tex to, J eseaba oto rg ar pasapo rte g r a­ti s, pa ra el o tro barrio, a l imperti ne nte y asaz c o dic-i oso \'Cci no, mas , co mo al ,-o lver la sere ni­dad meditaba qu e t a l acción le sepul tar ía e n lo ló brego d e un presidi o ó le arroja r ía de nue ,·o ü la ,·ida a ve nture r a e n ed nd e n qu e e l horno no est<\ pa r a bo iJ os, proponiase conte m poriza r <'O n s u co linda nte; pero ¡q uie r llcie como; P ág. 14, Y coron.a superflua como una; P ág. 17, Dora tus cabellos y tu seno tiene para; Pág. 19, Agota tu sangre y tu piel tiene para; Pág. 49, Sel\'a estaba olorosa como una; P~\g . 67, La \'isión triste q ue en un; Pág. 72, Si ya hay niebla ¡oh, muy poca• I'S sólo para; Pág. 80, Regaba sus fulgo res como una; Pág. 84, Esas melancolias que son una; Pág. 116, Tu palidez que sugiere una; Pág. 137, Ante tu honor y fútil como una . • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 393 Dió también en inventar metros nuevos, en su anhelo de innoyador, y comenzó á escribir prosa mala, aconsonantada y al ineada en ren­glones que quie r e n te ner armonía, cuando lo que tienen es uno de los ruidos más desa­gradables que se pueden oir en el mundo. V ean Vdes. qué armoniso es esto: Lle na de literatura y de piano, Tu alma ya<'ió en in erte sobriedad d e tortuga, Bajo tu corpif\o sin una a rruga Y tu corazón s in un arcano. Cierta noche po r fortuna, T e traici onó la naci e ntE:' luna; Una luna redo nda Que agujereaba la noche y la fronda, Co mo el pabellón d e una trompeta Embocada detrás de l horizonte Por un c uatet· nario atleta Al acecho del g;liptodonte ... No quiero pararm<:> á examinar las im~\ge ne s ridículas que contienen estos versos, esa alma que parece un nlmacén de mús i ca, ll e na como está de pianos, ni esa to rtuga tan poética, ni esa luna que no debe ser luna s ino más bien un ta ladro, po r lo que agujer ea la n oc he y l a fronda, ni ese c uate rnario a tl eta que le está por hacer alguna picardía al otro bicho, ni ... nada; quiero para rme, quiero que nos paremo todo á goza r de In nrmonfa de matraca que tie ne n esos versos. ¿Y estos otro ? ArisUts de mis parvas Tupían la fortal eza s ilvestre De mi sem estr e De bHrbas. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 394 VIDA INTELECTUAL Tienen tanta como el celebérrimo pareado d e l otro poeta: Era tan fuerte e l viento, Que entmba por el ojo de la llnve y apagaba lns antorchas 1que alumb rauan al Santísimo Sacramento Ó co mo nu estra popular relación: Ayer pasé por tu casa, Me tiraste con un confite, Y la sangre me co rría á chorros Como c lara de hu evo. ¿Eh? ¿qué tal? Si nu estro vate le pus iera la marea á est a estrofita o r ejana, no falta r ía quien se la alabase. A titulo de curiosidad, no m ás, y para que se vea que Lugon es al hace r s us versos no titne intención alguna de decir nada co n creto, y echa sus co nso n antes al azar, co mo quien tira un golpe de dados, voy á copiar el final de un soneto, como apar eció h ace algún tie mpo y co mo lo in­serta ahora e n sus Crep iÍ sculos. 1.a pelecha: Y c uando por tu seno entró el estoque Con la ágil s util eza de un allegro, Brotó un c lavel bajo s u fina punta En tu jubón de te rciope lo negro. 2.a pelee h a, pág. 38: Y c u ando por tu se no entró el estoque, Con a rg ucia feroz s u hilo d e hie lo Brot ó un clavel bajo s u fina punta En tu negro jubón de terciopelo. Lo que prueba que e l num e n del vate nt co mo los cangrejos, para atrás. Es mil veces peor la segunda pelecha, con su hilo de hielo, insopor- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 395 table al oído, y s u argucia fe ros, que no puede ser, porque las argucias tienen d e todo menos de fe-roces, y su verbo brotar, empleado como verbo activo c uando no lo es y él vate quiere decir Iriso brotar, y su negro jubón de terciopelo, verso tomado integro casi de Amado Nervo, que dice en s u soneto á Felipe II. Y escondo como tú soberbio y mudo Bajo el negro jubón de terciopelo El c~ nc e r implacable que me mue rde, (1) Aunque este desliz no es de extrafi ar en nuestro vate que rabia por parecerse á Amado· Nervo, el cual decadente y todo tiene bastante delicaJeza de gusto, para no andar re vol viendo ropas s u cias, lo que en todo caso, abona s u ur·­bnni dad. G. A. l\•f ARTf NEZ ZuvrRfA. (Conclul••tí) ORACIÓN FÚNEBRE IConrlnuac·lónJ PRIMERt\ PARTE S i yo viniera hoy ~\ celebrar y nplnudir en la persona del ilu ~t r e Don Pedro de CcYallos cua­lidades menos subli me que he roi ca , imita ría desde luego¡\ aquclloc; oradore-;, que no hallando en c;us héroes una l\mplia mate ri a t\ u elogios r ecurre n ~\ la gloria de us antepasados, y les ( IJ Amado N~•l"\ 0 - l'cH: M \~ (IIMII ) p1Íil S I. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 1 396 V1DA lNTELEC'l'UAL apropian las virtudes qu e les e nnobl eci ero n. ¿O h? y qué cuadro tan magnifico no os presen­taría á la vista con solo e l bosquejo del árbol geneológi co de Cevallosl En él despues de remontarnos m Js d e mil a ñ os, verblis c u al glorioso tronco, aquel generoso Adalid que acomp a ñ ó a l Infa nte don Pelayo e n s u peregrinación á J e rusale m; y que s iendo s u fiel Acates e n la restaur tan o bseura para que no reconozcais e n sus mi mo ra~gos , á vuestro primer Virrey do n P edr o Cevallos. Por confusos qu ~ est é n los lin eamie ntos que os h e trazado de u car ac te r , \'Uestra m e m oria es de mas iad o fi e l, y muy reciente vuestra e xpe­ri e ncia para qu e e os esco nd a la uni versalidad de l mé rito qu e deco r aban s u s grandes Tale ntos . C o ncluid, pues, de los pr inc ipios mis mos que os iluminan, cual era el fo ndo y g randeza de u a lma, y ln g racia con que Dios la fortificó, y sostuvo con tra la te ntación d e una g lo r i a , no ~\. l a verdad ,·a na y falsa, y de que o lo so n s uscep­tibles los pequeños ec;pi ritus; s ino d e aquella má verdadera segun e l mundo; y que e la má propia para ins pirar ~\ los mi m os H é roes el \ 'ene no c; util del o rgull o, y de una idolatría secre ta de sus per~o nas. S i Cristia nos; jamü hombre a lguno e lU\'O m ~\s exp u esto~\ esta corrupc ió n del amor propi o, y aque lla inc h azon del corazón, que n nce del conocimiento de s u m é rito: por que ninguno se vió e n c irc unstancias m c\s li sonje r as, y capaces de deslum brar e l es píritu más prevenid o. No l o co nt empl e ic; n ll ü e n e l Teatro de la Italia, donde lU\'O la ec;c u c la de c;u lli,.ciplinn milit ar,~¡ es que nel'eo;itan d e clht l oe; lléroec; que nnci e r on parn la guerra. L n g- lori a que nll! se ndq ujri ó á I n c abeza de -. u Rej imit: nt o, nunq ue hizo yn desde Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. •JOO VIDA INTELECTUAL entonces cé lebre s u nombre, y fué el objeto de l a a dmiraci ó n de todos, debió partirla con otros H é roes que hicieron tanto hono r á l as a rmas esp añ olas; y á Don P e dro Cevallo s no lo carac­teriza n las g lorias que so n comunes. ó ttascen­dentales á otros . Contempladlo, s í, aquí mis mo, y -bajo de v ues tros propios ojos en el año de 69, en que r o mpió la gue rra contra la Gran Bretaña, y la Corona de Po rtugal. Contümará. LA LUZ Nadie s ino Aquel qu e dijo: «Sea hec ha la luz» podrá decirnos lo que es esa miste riosa e n e rgía que l c ie lo y huracanados vie ntos todC\ lo a rra nn; mirád, cuand1> los 1·ios snlon de mu.dre é inundan 1ol:i poblados sus tu r bias aguas: cuando todo en rüinas yace doliente infundie ndo ama r gura, dol or y 11\stima Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 403 po1·que hay ht'rmanos nuestros en la misél'ia, h ombres, mujere s ni1'l o:> que al ci('IO claman .. ¿qnil'n so líci ta ac ude ll<~ v1tnd o auxili os? (,quién c onmuev e 1\ l os ricos y l os ablanda? ¡La caridad que llc>g n com o una mnd1· c A ocorre 1· los p obre;; e n su d es gracia! 1\fin\d , cuando t\ In guerra corren l os hombres y en h órrid os co mba Lc:> se d e·pcd nznn ; min\d, cuand o In pt· ~ l c, cual n egro buitre, p o r cindade:; y pueblo b a te las 1\la l:' : cuando enferm os y h erid os h ay p o 1· d o quiera, cuand o tiE> n e S ll o r g í a In R ein a Ptilidn y bay o 1·fandncl qul' llo ra, viudez que g imo y es en Yerdncl la Li crra v11ll e d<• lt\gt·imns, In cal'idncl d e ·plirg u ~ n¡Htlio aug usto, cnht·c con é l l os duchs y !~O d e::.cn nsa p o rque es e l l>i <' n q u e fl ota , co m o hicn mismo, so bre tod as h\ s Ll'i s t cs p enas hum anas. Ln caridad cs 1\ ng(J I p o 1· Dios envi ad o, b1· o tnn lns b <'tHli c io n<' s po r d ond e pn sa , l os p1\rnm os fl or <'cc n , huyen la · so mbras y so nríen ai E>g t·es l o" que llorabnn. No sé· qu e sobre el mundo d onde habitam os o tro 1\ ngel m t\ · divin o t i e nda las u l ns: <'S tnl v ez l o 1111\ s bu<'n o que y n nos qued a d o las Yiej as vi1·tud o;; d e llU<' t m t·n zn, In c¡n c nunca pudiCI'O l\ nl'l'ebatnt·n os l o~ t o l')ll'S p c>s imi ~:~ m os qu e n os nmttJ 'gan, l os n cli os y r en co r<'s qnc n os diddc n, IR ~ innobles pa~ i o n c~ que nos r ebnjnn . Y nsi , con lub co ns twlo-. que so hl '<' el mundo com u lluvia in<'f'n hlo ti (·1·n a fl c> J'I'l\llHI ¡ co n ICIS don es pr(lcincl os que tlistt•ihuyn JHU'n alivinr In · pon a., y 11\:s d e~grn c i tbj Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 404 VIDA INTELECTUAL co n los vín c ulos s antos que entre los hombres c o mo lazos d e fl o r es fom e nta y ata; la caridad r e anima los abatido s, las c ruel es afli ccion es d el p obl'e calma, da fo r tal eza al d ebil , c u• ·a los malt-s, s u lumbre bondad osn d oqui e 1·a inádia y co m o un a ve al egl'e d e dul ces trin os d e l a m o •· mas sublime Jos himn os canta, infundi e nd o e n los p ech os las alegl'ias qu e abrir ha ce n las fl or es d e la e.~p eranza. Rosa •· io ele Su uta F o, 11105. JOSÉ CIBILS. MATINAL A mi l•e •·ma na Sar a Yace· la seh·a e n,· ue lta e n la p enumbra Que ubandc. JHl l tl n och e sob erana, Cuan do ~llá <' n e l O r ie nt e se co lumbra, Co m o un!\. mantn d e co l'> t' d e gra n a; L uego y a e l so l, r oj izo se vis lumbra, Que p o r b rill n r é ilumitHH' se afann, Y la pupil n. d ébil · e d es lum b ra P o1· la (' Xpl osió n de luz d e l a JU!tt)ann! La se lv ~1, se d es pi erta v e n t uros a P o r un g (mue n d e vida vi gor os n, D e s us ontmih'ts mi s mas emanada, Y h tty, en la dulce aronHt que se as pirtt, Co m o un encanto que d oqui e ra gira Y al <'g ra cual son ora oa1·cajadn. JORGE LEYRO DlAZ. Ji u en o~> A l r o¡,¡, l !lO:i . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INT~LECTUAL 405 HISTORIETA Pnra mi hijo Juan Cárlos. Erase un nil'l. o co m o Lú, t r avieso y carii\oso co n s u n obl e padre. quien con or gullo le p edía un beso que fest ejaba con amor la madre. Era. el encanto de un h oga.t· ris u ei'l o, e ra. un tesor o d e sin par valía., y que v e laba á s u t r anquilo suel'to el ángel protector d e s u a legrí a. Y s u in ocente corazón a m aba la bella estampa que le di ó e l m aestro, d on d e la imagen d e San Luis oraba con éxta is mirando al P adr e Nuestro. Con qué dulce candor, á la ma u a n a, al d espc t•ta r s u corazón d o nirl o, ante esa imagen de la fé c ristianu d ecía su oració n su a lm a do armii'lo. l\las, una tnrde, se enferm ó su pad t·c, la c ie n cil\ en vano con tra el mal luchaba, y el :til'\ o vcia que su pobre madre siempre á escon di da~ co n dol ot· ll o t·aba. -¿Porqué, o h mi mad t·e, dese p e ras tanto? ven y pidamos 1\ San Luis G onzagn, que en cambio de mi pen1\ y de t u ll nnto, po t· mi pad r e que l'id o un bi e n nos hagn. Y ante In imagen d e nquPI joven santo, mndt·o é hijo se p r ost<.' t'nan y oran, y In o r nclón mi tiga s u qu<>brnnto y con c l'i <~lin nn fe piedad im ploran. L a fi e l oRp os a y el c reyen te hijito la salud co nte mplaro n que tornabR Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 406 VIDA IN1'lllLECTUAL 1\ animat· el semblante ya marchito del eufermo que ayer agonizaba. El enfermo salvó del mal extra1lo, y el nii\o aquél, en su inft\ntil c t·eencia, sos tiene que San Luis curó del daño que 1í s u padre minaba la exi:,tencitt. Sublime fe que alivia y que cons ucht y torna 1\ nues tro espíritu la calma, bajo su manto azul al hombre vela arre batándole el d olo r de su alma. Cou sórvala, hijo mio , .s iempre pura y s i e l d es tino con cruoltlad te nzo ta n o la o h•ides jam1i s, olla es t ernura que tambien nos co n s u e lu on In denotn. Santa FJ , 190; . LUIS ~L\RTÍNEZ ~fARCOS. SONf;TO Pas aro n á la his t oritt pordurnble nues tras feral es lides r e d en to ras; pnsaro n las pt·oclama d e latorus d e l líbe t·o co njuro inquebrantable. Y pues h oy , la v e rdad in s up<'rable, fruto santo d e aqu e lln ~ ruda · honls,­sc muest ra 1\ l ns tH\Ciones prccut·s ot·ns, c o n tod o un e xple nd or in e nnJT able, \'Osotros, los que nJzai himnos s entidos t\ quioncs á In patria lib ertn.ron , n o dE\trncteis e n ellos los vC'ncido s. P e n s ad , que <'n las br<'gas que libt·aron para mntar d e un pueblo s u s ideales, le cubriPro n d e glo rilts inmo rtal es . uuono ll Aires, 1!105. G. D. CocA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAl. 407 Sección Juridica LA POSESIÓN 20 1. En cuanto á la jurisdicció n nacio nal establecida sobre los quince ó tre inta y dn r: o m etros que lo s propietario s ribereños de ben dejar libr es á la nav e gación, se trata d e una restricc ión especie de se rvidumbre lega l im pues ta a l dom i­nio que lo vinc ula perpétuam e nte a l uso públi co de l t\ navegaci ó n. La juri s c.li'cción nacional se eje r ce ciertamente sobre esa faja, pe ro dentro del lími te de las neces idades de la Jjbre navega­c ión de los ríos, co nfi ada por la Co ns titución y por las leyes ;l s u guarda y vigila nc ia. Queda ü la s Provin ci as, e n todo lo q u e no afecta nc urrir, de la manera qu e se ha di cho, ¿\ la ndqui ic ió n y t•on~e nación ue In po e ión de los biene" afecta­dos al dominio público, con todo <'n recen de de recho propio para ljcrcer los int erdictos e n defensa de la po sesió n que han co ntrihuido :\ Rdquirir y á con,.ervHr, po rqu e, como ya ames ~e ha d cmo u·ado, el derecho de lo s mi e mbro de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 410 VIDA INTELECTUAL la colectividad no solo tiene un carácter precario i ncontestable, s ino que ni siquiera cons tituye un .jus propitmz, un derecho adqui r i do, s iendo tan solo un derech o inherente á su calid 1 es píritu que domina nuestra Con stitución, el Código reconoce á la l g lesin como una persona jurldica d e exi tencia necesa ri a (1), co n plena capac id ad pua adquirir y posee r bie nes, así como para adminis trarlos y di-;poner de e ll os p o r medio de sus r epresenta n­tes, y e n co nfo rm idad a la legisl ación canónica. En co nsecuencia estarán fu e ra de l comercio y serán inalienables, c uando a i lo di s pongan las leyes canónicas y sol o recobran\n s u calidad d e comerciable._, con arreglo á las mi m as leyes. 206. El Doctor Ma c h ado, s i n d esconoce r la persone rla jurídica de la Ig lesia y s u plenfl facu l- IIJ CÓIIII:fO <.:lvll , urt. a3. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 41~ VIDA INTELECTUAL tad de administrar las cosas destinadas al culto, sostiene, contra toda lógica, que una vez desafee· tadas y pues tas en el comercio, «solo la autori­ «dad nacional ó provincial, en su caso, están «facultadas para disponer de ellas y enage· «narlas.» (1) Si la Iglesia es una persona jurídica de exis· tencia necesari a, si en calidad de tal es capaz de adquirir y poseer bienes, y nuestro Código re· conoce el imperio de la legislación canónica y de las leyes del Patronato nadonal en el régimen de los mismos-¿á que título podría adjudicarse su propiedad atEstado cuando fueran restituidos al comercio? El ilus trado comentador de nuestro Codigo se ha sentido influe nciado, sin duda, por la teoría que sostienen algunos come ntadores del derecho francés, los cuales adjudican los bienes destina· dos al culto al dominio público de la Nación, pretendiendo que esta ha trasmitido su jÚris· diccíón y su dominio en favor de las comunas. Pero debe reconocerse, aparte de la insubsis· tencia de la teoría anunciada, que los anteceden· tes en que se apoya no tienen la menor analogía con los que informan nuestra legislación; ellos son fundamentalmente diversos y no ha podido ser vir de base á la interpretación que el Doctor Machado ba querido incorporar al derecho ar­gentino. En efecto. Los autores franceses á que bago referencia invocan en apoyo de su tesis leyes y decretos del tiempo de la revolución francesa inspiradas en el odio á la Religión católica y á (!) Machado Comenl. L \"1, pág. 226. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 413 s u c ulto, pretendiendo que e ll as estaban e n vi­gencia aún después d el concordato de 1809 y 1810. Aún e n e l supu esto de que esta interpreta­ción (fu e rte me nte impugnada, y á mi ver victorio­samente r efut ada por e minentes jurisconsultos) fuese admis ibl e, necesario es reconocer que nuestros comentadores no pueden im·ocar ni la vigencin, ni e l precedente de un a legislación que tenga la mas remota analogía con las leyes revo­luc ionarias ele la Francia del89. Lejos de ello, nuestro derecho público y privado a nterior al Código h an respirado el m as profundo res peto y acatamiento á los derechos de la Ig lesia, á tal punto que, según la expres ión del jurisconsult o chileno antes citado, clas leyes de Partida son «un trasunto, casi una cop ia de las leyes canóni­ccas en la mi sm a materia y en las que se procta­ «ma la verdad católica, y se la procla ma por ce ntero y sin cortapisas.• ( l ) ZENÓN MARTÍNE7.. S!tn t n Fll, 100~ ! Con t In un I"!ÍJ POSESIÓN DE ESTADO (CO NTINUACIÓN ) La posesión de estado, dice Demolombe, tiene la doble ventaja de una precis ión que ts­cl uye toda i ncenidumbre, de una publicidad que no deja asidero al esc•\nclalo ó a l abuso: por que ella tiene, sobre Lodo, el privilegio de establecer 111 Chncon, obrn ~· torno citado, ¡mg. 3b. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 414 VIDA INTELECTUAL á la vez la prueba de la filiación, del reconoci­miento público y expreso del padre y la identidad del hijo. Una posesión de estado verdadera, dice el doctor Benj amin Victorica, en la vista fiscal á que he aludido anteriormente, es difícil que exis ta sin un principio de prueba por escrito, pa peles de familia, cart as, multitud de actos y de hechos que fu e rcen la ce rtidumbre de un recono­cimiento, no limitado á un solo acto, sinó á todos los actos de la vida del padre y del hijo, que hay an esta blecido el vínculo leg al que el magis­trado no hace sinó declarar. Y agrega después: La posesión de estado debe ser pública como toda posesión, continua, inequh·oca: ella es la notoriedad que resulta de los actos hechos por una pe rsona en tal calidad, lo que la constituye, r e pite con Dalloz, es un conjunto de hechos patentes, públicos, conocidos de todos. El der echo romano h abía car acterizado la posesión de estado, en estas tres condiciones que concretan con una precisión admirable los ac tos de reconocimiento, por una pa r te, y los r es ulta­dos necesarios de ese reconocimiento por la otra: Nomen, tractatus,fama. Los primeros, el nombre y el trato que se da á los hijos carncte rizan el reconocimiento; la fama es su resultado lógico, pues es natural que dichos actos sean conocidos por la sociedad, lo que constituye la fama. Es necesario, dice el doctor Victorica, refi­riéndose á lo que expone el doctor Gonzalez pa ra fundar un fa llo de la S uprema Corte, es necesa­rio que el hijo haya llevado sierúpre el apellido Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 415 de aque ll os á quien es pre t e nde pertenecer. Es necesario que aquellos, de quie nes e l hij o se pre­te nde nacid o, lo haya n tratado e fecti va mente como á s u hij o; que lo hayan c riado, educado, establ ecido como tal, s i la edad del hijo lo ha pe rmitid o; que e ll os hayan ll e n ado, en una pala­bra, pública y co ns taute1uente co n aquel, los de­beres de un pad r e y de una m adre; es n ecesario que lo hayan presentado s iempre como s u hijo, ~\ s n fa mili a, á s us r e laci o nes, y que la soc iedad lo haya r eco nocido e n efecto como tal. L a posesión d e estado es prue ba á la yez de la filiación y del r eco n ocimi e nto, repite otro autor; y p or eso es que la l ey la admite e n c-osa tan delicada. El esta do es e l lu gar que cada un o tiene en la sociedad y en la fa milia. Los hom­bres se conocen entre s i por ese estado, e n c uya posesi ó n se h a ll a n. E s por esa posesi ó n de estado que se co nocen e ntre s í, y por la sociedad, los que pe rtenecen á un a mi s m a fa mili a: padre, hijos, h erm a n os, etc. Y r efi ri é nd ose lu eg·o á los tres caracte r es que dan los juris ta-; com o los hechos constituti­vo. s de la posesión de estado, uom eu , lractatus, f ama, ag r egn : · El hij o que ha llevado s i e mpre el apellido de l pudre, s in contradicci ón de este (1). El hijo que ha s ido tratado por el padre como tal hij o: alimentado. vest ido, educado. El hij o que ha s ido presentado e n ese ca r ácter 1\ la fttmilia , a mi gos y re lacio nes del padre, y á la socieda d, de modo que todos hayan tenido que cons iderar­lo a-.r; ese hij o se halla e n po sesión de s u e s tado, ec;c hijo ha c; ido re conoddo.• (1 1 ~ .. JlOI' u lapollldo ' llli' ~o p lll"jltl l\11111 In-, r.unllln-¡, • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 416 VIDA I NTELECTUAL El n ombre, e l tratamiento y la fama son pues los caracteres constitutivos de la posesión de estado y es necesario que ellos se encuentren reunidos para que pueda juzgarse demostrada por esa prueba el reconoci miento de un h ijo, desp ues de la muerte del padre. Se dice, escribía el doctor Tarnassi con toda verdad, que la fórmula del nomen, tractatus, fama, en que se condensan las características de la posesión de estado, haría frustáneos los dere­chos de las tres cuartas partes de los hijos na­turales, s i se aceptara y exigiera rigurosamente. Pero esto es dar como probado lo que está en cuestión. ¿Cómo se sabe que aquellos que se presentan son tales hijos naturales? Si la ley no nos presta presunción alguna, si la naturaleza nos niega 1; s pru ebas directas y materiales, si la base de la fdiación natural no puede ser otra que el r econocimiento d el propio padre, y este, no existe expreso, ¿cómo podrán los jueces declarar una filiación natural, si, por lo menos, no resulta de una posesión de estado, que no puede ex is tir sin los extremos que la caracterizan, que son el nombre, el tratam iento y la fama? E s ne<'e sa rio, concluye, que exista el11ombre que el hijo haya llevado s iempre el apellid o del padre que pretende. Las relaciones de paterni­dad y filiación se revelan, sobre todo, por el nombre; es necesario que existan además el tra­tamiento y la fama, ya caracterizados en las citas anterior es. Y esta doctrina, dice el mi smo autor, es constante para todo s los cód igos y para todos los comentadores y nues tro código la acep­ta de ll eno en la nota de los hijos naturales, apoyando s u aserto en la doctrina de D uran- • Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 417 ton Ill, 127, Marcade art. 320 y 32 1, D e molombe v. 206, Aubry y Rau IV, Pacific:i Mazzini institu­ción 1 278. El no mbre, es un o de los s ig no s mas carac­terísticos de la paternidad reconocida, c u a ndo el r econocimie nto adquiere los conto rnos de l a posesión de estado. ¿Quie n que se confi esa padre de una c riatura, qu e provee á s u a limentadón y vestido, que la educa, que la presenta á s us a migos, á l a s ocie­dad, á s u pro pia familia, realizando actos que d escorren todo e l velo que antes pudo oculta r e l nac imie nto, cuando ya no exi ste ninguna raz ón para ocultar la paternidad, puesto que e l mis m o padre qui e re publicarl a por to d os los a('tos que dan al hij o la poses i ón de s u estado, quien rehusa que s u hi jo reconocid o ll eve el apellido d e l p adr e? Y sobre todo, ¿q u é hij o r econocid o desde s u nac imie nto, ll ega h asta la m ayor edad, s in usa r el apell ido d e l que afi rm a se r s u padre? •Qu e r econocimie nto continuo, pe rseve rante, d e much os y va ri ados ac tos, de lodos los dfas, de lodos l os insla11les•, valié ndom e d e las mi s­mas palabras d e l Codificador Arge ntino, para ca r act e riza r la posesió n d e estado, es éste, que n k•g-a e l apelíid o a l hij o que e n todos los instan­t es, e n t odos los días, e n todos l os actos de la \"ida, quiere prese ntnr, t\ s us a mi gos, 1\ la socie­dad, ~\su propia fam ili a como s u hijo natural? E l doctor Salu st inn o ]. Zavalía, r esol v iendo como mi e mbro de la C.\ m a ra d e Apelaciones e n lo C i v il de In Ca¡..¡itn l F ederal, e l cél ebre cnso d e Concepción Nogue ra con tra L e lo ir, d ecía á este Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 418 VIDA INTELECTUAL respecto lo s iguiente, que por su importancia debo transcribirlo íntegro: « He ahí toda la p rueba producida: « 1.0 Que Leloir mantu \7 0 relaciones amo­ « rosas con doña Concepción Nogueras. « 2. 0 Que de esas relaciones nació la nifí.a « Laura. « 3.0 Que Leloir pagó los gastos del parto « y de la crianza de la nifía durante tres afí.os á « razón de S 10.000 por año y después le remitió « algunas sum as de dinero. » 4. 0 Que Leloir manifestó á varias perso­ « nas que la niña Laura era su hija. « ¿Bastan estos para constituir la prueba de « la posesión de estado y llevar al ánimo de los « jueces la convicción y la seguridad de que don « F ederi co L el oir ha reconocido á la niña Laura, « como á su hija natural? « R espondo sin vaci lar que no. « Los dos primeros hechos, no son conducen­ « t es para ~robar la posesión de estado, s i bien " pudierar. .fundar presunc:iones para la prueba « directa de la filiación, su prueba es, pues, im­ « procedente e n el presente <'aso. « So lo quedan entonces dos hechos: El pago « de los gastos de la cria nza de l a nii'i.a y las « confesiones de Leloir á varias personas que « era su hija natural. • Pero ¡cuán lejos esta n estos hechos del " cuadro de cir cu nstancias y de hechos inequí­ « vocos, c uyo co ncurso constituye la posesió•1 « de estado, según la definición del Codificado r « Argentino! • ¿Do nde están e l ·nome·n tractnlus et Jama, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA I NTELECTUAL 419 e que s on l os el e m entos ese ndales d e la pos e sión e de est ado según la opinión d e todos los autores? e ¿D onde está la pres enta ci ó n á la s ociedad e y á la familia ? " P e r o se pre te nd e que no es indis pens abl e e la co nc urre ncia de lodos es tos re quis itos, y e qu e bas tan que conc urran al g un os de e ll os pa ra e Jl e ,·ar la c on vicción d el r econoc imie nto al e ánim o de los jueces, y se ex pli ca la fa lta d e e presentación á la socie d a d y á la fa milia p or­e que no es cos tumbre entre n oso tros hace r ta l e presentación. « Conveng o e n que no sea ri g urosa m e nte • n ecesaria la c onc urrencia d e tod os los r equis i­e t os enume rados; per o a l me n o de be n co n currir e la ma yor pa rt e d e e ll os y e ntre est os , e l n om en e y e l /raC/fl/11 5 SO O t\ BSOLUTA~I EN T E indfsp en ­e s ables. e Se co nc ibe que un indi \'id uo r eco noc ido e y tnnado como hij o po r otro, pue da no se r e conoc id o p o r ta l e n la soci e da d y e n la fa milia e d el pa dre, y esto es muc ho co n cede r, p o rqu e e e l r eco nocimi ento s up o n e la voluntad d el p a­• drc d e hacer conoce r á s u hij o po r s us r elacio­e nes y d e que se le c ons id er e como ta l. e P e ro n o se conc ibe e l r ec- o noc imie nto s in e d a r a l hij o el JJ OIIIbre de l pad re y s in darle e l • tnHo que le co rresp ond e como hijo, p r o ,·eye n ­e d o¡\ s u c ri a nza y e ducac ió n . • El 110 111 b r e sobr et od o es e l prim e r o y más e esenci al re qui ilo de l a po esió n de estad o, d e e tal mane ra , que fa ltand o éc; t e, In co nc urre n c ia • d e Lod os los d emás re quic; ito!' , no ba la rCa por ­e que s on ne tos que se pn•s tnn ¡\ ot nt s inte rpre· • tnciones di,·e rs as de l reco noc imi ento, y es e l Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 420 VIDA INTELECTO AL « nombre el que les imprime el sello y el carácter « de tal. « Se puede dar alimentos y tratar como hijo « propio al que no lo es, ya sea por parentesco, « por cariño, por amistad, por generosidad ó por « caridad. « Pero no se dá el nombre de familia á un « extraño, sinó á quien se reconoce como hijo y « con derecho de llevarlo. « Se concibe, por ventura, una posesión se­ « creta ú oculta d e l estado del hijo? « No, la posesión de estado tiene qu e ser « necesariamente pública ó no es posesión; son « términos que se excluyen. « La posesión de estado es el goce y ejercicio « de los derechos de hijo reconocido por el « padre, y no go7.a de tales derechos, el hijo que « n o puede llevar el nombre de su padre, que no « puede llamarlo s u padre, s ino en secreto, y « que tiene que ocultar su esta:lo á sus maestros, « á sus relaciones, á sus amigos.• (Fallos de C. de A. de la Capital Serie I, T, 5, pag. 360 y siguientes). Estos r azonamientos se ad ujeron en esa causa y en virtud de ell os no se declaró la fil i a­ción, y desde entonces nuestros tribunales han orientado su jurisprudencia en el sentido de no declararla s inó cuando las pruebas del reconoci­miento, no ya de la filiación, si la demanda se ha interpuesto despues de la muerte del padre, no dejan lugar á duda alguna, en el se ntido de co ns­tat~ r que e l supuesto padre, en todos lo s días e n todos los instantes, co mo dice el Codificador, ha reconocido como s u hijo natural al que pretende la filiación. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTEL~CTUAL 421 H e mos e xpuest o las co n clusi o n es d e l a l egis ­lación, d e la doctrin a y de l a jurispruden ci a sobre e l a lca nce que, debe da rse á l a posesi ón de estad o . H emos señ a lado los peli gros sociales que t r ae rí a a p arej ada la a preci ació n de la prueba d e fili ación n atural co n un c rit e r io be ni g no y sentime nta lis ta, se fial a ndo com o s u r esulta d o n atural la s ituación incie rta e n qu e qued a rí a l a fa milia legitima sie m p re expuesta á d e m andas ca lc ul a d as so bre la facilidad de obte ner un a prue ba a rtifici a l de testi gos. H e mos in di cado con la opinió n de los prime r os abogados ar gen­tin os que la d oc trin a ex puest a es l a mis ma que ace pta nuestro Có di~o Civil y p a r a no dej a r lugar á du das sob re este úl ti mo p un to, va m os á tra n scri bir, para termin a r este ap onado, la opi­nión mi s ma del autor del Cód igo consignada e n la nota sobre el artículo d e l os hijos n aturales. · L a posesió n de es tado, l os ht:c hos q ue la co ns tituyen , son u n reconocimi ento co ntinuo, pe rsev e r a nte, de much os y va ri ados actos, de to dos los dí as de to dos los instantes; es la evi den ­cia mi sm a; es la prueba v iva y ani m ada; la pru e­ba q u e se vé, qu e se toc a , qu e marcha, qu e lt abla,­la prue ba e n ca rne y hueso, co mo decía un a co rte fra ncesa• . Nadi e h a dado un co nce pto mns acabado mas com pr e ns i vo, ma s lumin oso y a l mi s mo ti em po m ng conc r e t o de la poses ión de estado qu~ e l docto r Ve lez Sarsficld en las pa labras que dejo t rn nc;;c riptas. Es l a conci•üó n , pu ede deci r e, e n la c ua l se s ie n te la médula del penc:;a mi ento. L as de ñn ic i o nes legales atn n la mayor pa rte d e la-; veces, la inte rpretació n d e In ley, rio In ilumina n. La ex plicación de un co ncepto ubst rac- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 422 VIDA INTELECTUAL to como la posesión de estado, hecha por el mismo Codificador, re,rcla el espíritu de la ley, con tanta claridad que podría decirse que se ha fotografiado su pensamiento. Yo no sé, puede decir el abogado ó el juez, yo no sé definir la posesión de estado; pero sé, de acuerdo con las palabras del doctor Velez que la ley ha juzgado que ella existe cuando se ha probado un reconocimiento continuo, perseve­rante, de muchos y variados actos, de todos los instantes. Los actos aislados pu eden se r inductivos dt la filiación; un h omb re puede haber estado equi­vocado sobre su propia paternidad y haber cam­biado de modo de pensar con posterioridad. Por eso la ley quiere que los actos de reconoci­miento sean coutinuos que exista la Yoluntad manife stada de reconocer, pero que sea reitera­da, perseverante, de todos l os clfas, de todos los iustan t es. Eso es posesión de estado. Toda l a vida de l padre, toda la vida del hijo, son una demos­tración. La continuidad, la perse\·erancia en los actos que impliquen el reconocimiento, eje­cutados todos los días, repetidos en todos los instantes. ¿Q u e efectos deben producir esos actos e n el ánimo del juez? Lo dice la segunda parte de lo que dejamos trans~ripto de la nota del Codificador: La e-v i­dencia misma, que es la consagración , podíamos decir, de la certeza subj eti\·a. La contra prueba de la ,-erdad. Y para más perfilar y poner de relieve el concepto, agrega: •da prueba que sr vé, que se toca, la prueba en carne y hueso •. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VI DA INTELECTUAL 423 Co m o la ce r teza es s iempre s ubje tiva, cu a n­do se qui er e expresar l a ev idencia, que aleja de u na manera absolu ta toda pos ibili dad d e e rro r, se busca un a im age n fí s i ca pe rceptible por l os se ntidos exte rn os y d ecimos: est á cer ca de nuestr os oj os, y lo vemos; está a l alc ance d e nuestras m a nos y lo toca m os, segu i mos co n e l t act o l as c un·as d e s u s u pe rfi c ie. Así de be se r la im pr esi ó n de ce rteza qu e produzca e n el á nim o del j u ez la pr u eba, n o d e la fil iación, s i no de l reconoci m ie nto del hi jo na tural, pa r a q ue sea l a prueba e11 carne y hueso, la pro ductora de la ev ide n ci a . Sn n tn Fe. (Continuará) SuvERo A. Go ~m z. Sección Cientifica L A CU ES T I ÓN S O C I A L PART E HISTÓRICA El. PROBLEMA SOCIAl. EN l.A EDAD CONTE MPORÁNEA VIII LOS 0 0 214U'NISTA.S FRANCESES Uno de los d ic;c í pulos mAs erudi tos del co nde ele Sai nt-S imó n fu ~ Pedro Leroux. Naci ó e n Pa rís en 1798, y murió en 187 1. Re d acto r de E l Gl obo, no ta rdó e n se- p a r a rse co n Bm~a r d d e los sn ns imoni a nos exalt ados, l\ q uie n es aca ud ill aba .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 424- VIDA. INTELECTUAL Enfantín. Publicó la Nueva Enciclopedia (1838), más tarde la Revista btdepe11die·nte, y por úl ti­mo, la Revista Social, además de un sinnúmero de artículos, folletos y libros. Sus ideas sociales están detalladame n te expuestas en su obra La hu-nzauidad, su principio y porve1tir (1839). Un célebre economista francés resume así su doc­trina: «En filosofía, neg·ación de la distinción entre el alma y el cu erpo y tambien de la perso­nalidad humana; en religión, el panteísmo y la metempsícosis; en economía política, el comu­nis mo sansimoniano y la negación de la propie­dad individual; e n política, la igualdad absoluta, y por encima de todo, la trfada,es pecie de dogma social tomado de la antigua teoría pitagórica, y m ezclado todo con enérgicas protes tas contra los estragos morales de la economía moderna». El enemigo mas terrible de la propiedad individual, de los primeros socialistas y de lo ~ economis tas ingleses es Pedro José Proudhón. Nació en Besanzón el 15 de Enero de 1809, y murió en P ass y el 26 d e Enero de 1865. Hijo de un pobre tonelero, sólo á fuerza de trabajos sin c ue nto, continuados por una voluntad de hierro, logró adquirir poderosa, aunque mal digerida, Hustración, católico al principio, hasta el punto de colaborar en la Enciclopedia Católica de Parent-Desbarses, no tardó en apostatar de su fe cuando vió rechazada y condenada s u memoria ¿Qué es la propiedad? ,folleto destinado á desarro­llar la proposición La propiedad es el robo. Tan infatuado se mostraba de semejante descubri­miento, que 11 egó á decir que esta frase ces de esas que no se pronuncian dos en un siglo... Sin Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 425 embargo, hemos visto que la paternidad de seme­jante frase se debe á Brissot de Varville. Los numerosos escritos de Proudhón le acarrearon una infinidad de procesos judiciales. Sorprendido por la revolución de Febrero de 1848, acabó por afiliarse á ella, y elegido diputado por el Sena, presentó á la Asamblea una pro­posición, en la que pedía que el Estado se apo­derase de la tercera parte de los intereses y del capital, á fin de llegar, por la nivelación del cré­dito, á la fundación seria de la república. La Asamblea rechazó la proposición, que tendía á la liquidación inmediata de la propiedad, por 691 votos contra 2, el suyo y el de Greppo; y conven­cido de que nada lograría por medio ele la polí­tica, volvió á empuf'iar la pluma y se dedicó con febril actividad á la propaganda escrita, atacando así á los economistas, como á los socialistas, pues era un espíritu independiente, que sólo gozaba en demoler, sin que á ciencia cierta podamos saber en que consistía su doctrina. De aquí que, mientras afirma Reyband que Proudhón •ha demostrado por manera perentoria la evidencia _ de las contradicciones de los socialistas, el vacfo de sus planes, la pobreza de sus doctrinas, hasta el punto de no haber dejado en pie nada de s us argumentos ni de sus combinaciones», asegura el insigne economista católico M. Périn que •el socialismo de 1848 toma con Prouclhón un carác­ter marcadamente dogmático, y deduce con atre­vimiento las últimas consecuencias sociales de la idea revolucionaria•. •Según él-continua P~rin- l a igualdad es la ley del género humano, y la desigualdad de las condiciones, un principio maléfico, que es preciso s ustituir por el sis tema Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 426 VIDA INTELECTUAL . . de la reciprocidad de los servicios». «La última palabra del sistema-añade el economista cita­do- consiste en la independencia absoluta de cada uno por medio de la destrucción del poder y la institución de la anarquía, y el goce igual para todos por la abolición de la propiedad». Finalmente, deseand.o Proudhón pontr en práctica sus teorías, fundó el Ba·nco del Pueblo, sociedad comercial con 5.000.000 de francos, des­tinada á organizar la abolición del interés, la circulación gratuita de los valores y la supresión del capital. La empresa, como todas las de su género, fracasó; Proudhón volvió á escribir nue­vas obras, que le acarrearon multitud de proce­sos, pero que sembraban con profusión entre el pueblo su doctrina demoledora, y fué el primero que pronunció aquella terrible frase: 6 el cesaris­mo 6la anarquía, porque había perdido la noción del verdadero orden social. La constante labor revolucionaria necesa­riamente tenía que producir sus frutos. El pueblo no se satisface con teorías; quiere reducirlas á la práctica, y esto fué lo que ocurrió en Francia en 1848. · Era por entonces el ídolo del populacho educado en las ideas revolucionarias Juan José Luis Blanc. Hijo de un inspector de Hacienda de José Bonaparte, durante la dominación napo­leónica en España, nació Luis Blanc en Madrid el 29 de Octubre de 1811, y murió en Cannes el 6 de Diciembre de 1882. Historiador y literato, dedicóse también á las cuestiones sociales y publicó la Organiz ación del trabajo. En esta obra atribuía la miseria reinante al individua­lismo y á la concurrencia que de él resulta, y Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 427 pedía la cabsorción del individuo en una vasta solidaridad, donde cada uno reci biría s egún sus necesidades y daría so lamente según sus facul­tades•, fó rmula fran camente socialista. La popularidad que adquirió por entonces fué inmens a. Arrojado del trono Luis Felipe de Orléans ( 1848), tu é nombrado Luis Blanc miem­bro de l gobiern o provis ional y presidente de la Comis ión de g obierno para los trabajadores, la c ual e mpezó s us confe rencias en e l palac io de Luxe mburgo, dando con e llo pábu lo á las con­cupis cencias de l po pula c ho, que d e todas las regio n es d e Francia había ac udido á París , atraído por e l c ebo d e los talleres ·nacionales, por c uyo m edio' trataba Blanc d e r e alizar s u teoría de l E s tado productor y r epartidor de las riquesas con la fundación de l taller indus trial, e l agrlcola y e l del cambio. El e ns ayo fu é d esastros ís im o. R econorido por la A samble a e l derec ho al trabajo, ac udie ron é\ la capital ,·e rda de r os e n ­jnmbres d e • haraganes, qu e e n c u a lquie r even­tualidad podían tomar partido-como di ce e l h is tor iador a le mán L e Lxn e r- á fav o r ó e n co ntra de de te rminadas ideas , y comprome ter la paz y e l orden del país, s in contar con que no ha bía tes oro ni s is t e ma t ri but a rio capaces d e mante ne r tanta g e nt e é\ e xpe ns a s de l e r a ri o público-. . Cortós e por lo s ano, negand o la Asamblea nue ,·os c r éditos para soste n e r los tall er es na­cional es; pero aqu e l ej é rcito de invaHd os p nr a e l trabajo, c uyo núme ro asre ndf a t\ 120.000, se s uble ,•ó, originando las te rribles jo rnadas de 23, 24, 2.') y 26 de Julio de l 8.t8, qu e produj e ron, e n la enconada lu c ha entre el pu e bl o y el ej é rci to que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 428 VIDA INTELECTUAL a caudillaba el general Cavaignac, 5.000 víc timas, e ntre ellas l\Ions . A ffr e, Arzo bis po de P a rís , quie n no v aciló e n ofrecer s u vida para pon er fin á la fra tricid a luc h a . D ecr e t ada la disolu c ión d e los ta lleres na ­c i o n ales y sofocada la rev olución s o cialis ta de París, pudo Napol eón III (1852-1870), g racias á la protecció n que dispe n só á los inter eses ma t e­riales y á s u inter venci ón e n los a s untos extran­jeros, do min a r exte ri o rme nte la situación. Pe ro l a p r op aganda rev olu ci on a ria h a bía ech a do h o n d is imas r aíces e n e l cor azó n d el pue ­bl o francés, y sólo se esp e ra ba una ocasión pro­picia pa r a qu e los e le mentos del d eso rde n a lz ara n de nu e ,·o l a cabeza . La ocasi ón n o tardó e n presen ta rse. D estro n ado Na po león III y pa c tada la paz con Prus ia ( 1. 0 de Mar zo el e 187 1), el ej é r­c ito a le má n evacuó la ca pita l d e Fra ncia e l 3 d e ·Ma rzo . «A pe nas hu bo aba nd ona do á P a rís, - di ce el historiador a n tes citad o - c ua ndo se levant ó e n es ta ciudad un nuevo e n e mi go d e la nación fr a nces a . Fué la Co mmuue, q ue, fo mentada po r l a d e b ilidad del go bi erno y dirig id a po r hombres qu e no te nían otro obj e to que l a a n arqu ía gene r a l, s e apode ró de la cap ital infortunada. Compo­ní ase de la h ez de la poblac ió n, y los incendios de los monum e n tos más bellos, q u e ll evó á cabo con un afán des t r ucto r qu e par ecí a quer er apro­vech a r cada minuto , s in obj eto ú til ni vis ibl e, exce p to el de p rovocar un ho rro r ge ne ra l e n l as personas m ás aj e nas á pa r tidos y opinion es polí­ticas, d ie ron de rech o á s upo ne r e n estas devas­taci ones una m a no oc ulta . La Co mmuue y la Internaciona l h a n sido desde ento n ces un m edio de terror m as e fi caz q ue la repúbJi c a roja, pa r a Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTO AL 429 hacer ver á todas las clases pacíficas de la socie­dad e l abis mo te rro rífi co que les aguarda a l t é rmino de l a m ar c ha lib eralizadora, s i no se detie ne á ti empo y si no se retrocede has ta una . s ituación capaz de asegur ar el o rde n y dominar los instintos de magógicos de las masas» . Y a ñ ade L eix ne r: •Mientras las tropas francesas Yolvían á en­trar e n la capital , r esolvie r on los jefes v is ibl es de la Comnnme hace r cd la libertad cond e n ada á m orir exequias di g nas de e lla », y s uce iYa­me nte se a lzaron columnas de humo y de fu ego de los monum e nt os más populares .v de que más se e no rgull ecía la población de París. Petroleros de a mbos sexos habían preparado ya e l golpe, y en pocos días, fueron ruinas e l palacio d e l Ay unta mi ento, e l L ouv r e, las Tullerías, iglesias, co n ventos, t eatros y museos. Fué un golpe d e Estado g r andioso á su ma nera; la luc ha e ntre la tropa, que re presentaba la ci\·ilización, y los ins trumtntos de la ba r barie fué feroz y á mu e rte y qu edó conclufd a el 28 de Abril-. Tal es el golpe d e Estado ron que s u e i'i a e n todas panes la revoluc ión soc ia l. MoDESTo H. V JLL. AEscusA. n:Hc•elonn, l'lOa. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 430 VIDA INTF:LEC'I'OAL EL HOMBRE OBSERVACIONES Á VUELO DE PLUMA La naturale7.a es un inmenso concierto armo­nioso, que una fuerza infinita dirige en evolución incesante, llenando el espacio y et tiempo de ritmos que se entrelazan en continuas y variadas combinaciones, las c uales desde los movimientos s ilenciosos de los astros, hasta las ruidosas con­vulsiones de las soci edad es humanas, constituyen un solo himn o, inmenso, indefinido no s i endo posible suprimirle una sola nota s in que se pro­duzca el derrumbe. El hombre es s u ritmo más complejo, el más grandi oso, el único ca paz d e ad mirar é interpre­tar s u orden y es truct ura, porque siente en s i la síntesis de música tan s ublime, como única y unive rsal. E sta síntes is se co nvi e rte por el hombre en e nergía ultra-pode r osa que lo habilita para se­guir las palpitac iones de l unive rso entero, y le hace é apaz de elevarse á lo infinito como de su­m e rgirse h asta las profundidades mis teriosas de l caos, en alas s iempre d e tanta fuerza que le impel e n con velocidades qu e pas man. ¿Q u e será pu es el h o mbr e? A v u e lo de pluma observare mos al mi cro­cosm os y fijaremos las miradas en algunas de la s cumbres que más se destacan, desde la distancia en que nos colocamo s . -Si ente e l hombre e n s í l a síntes is de l cos­mo s . ¿No será por ventura el centr o del movi­mie nto universal qu e es verdadera armonía, 6 no se rá la última etapa, la última nota de s u ritmo Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL .J31 más sonoro, la última expresión de lo orgánico? N o tenemos tíempo para afirmar nada. Solo Ye­rno s r e producirse e n é l todos los movimientos, y regis tramos algunos, todas las energías y l as sentimos , todo lo b ello, todos lo s tonos de la natura l eza, ma s vemos en é l la r e producción de la naturaleza mis ma, qu e parece habe rse recon­centrado en un solo objeto para explicar como en un solo c apítulo s u ese ncia, complicado desarro­llo, le nta formación y magnifice nci . (Co u cluirtf) } OSÉ ÜLIVt\. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 436 VIDA INTELECTUAL Bibliografía Apología del Cristianisn"lo por el R. P. ALBERTo M ARIA WErss.-Ju~n Gili, editor-Barcelona 1905. La librería .del lujoso editor barcelonés Gili - que e n pocos años ha inundado toda España y toda la América es pañola con sus libros, hacién­dose admira r ta nto por el sabio criterio que preside la elección de las obras . que publica, como por el esmero y el gus to inimitable con que las imprime-ha emprendido la publicación de la obra colosal del sabio dominico vVeiss, en una espléndida tr aducción cas tellana hecha por dis­ting uidísimos lite ratos. En est a época de lucha en que la atmósfer a ­del siglo se inflama como un regue ro de pólvo ra al eco de las candentes cuestiones científicas que en él se deba ten, en es ta época en que hasta el v ulgo se a pasiona por el rumor ele la verdad más que por la verdad misma, la obra portentosa del sabio alemán llena de elocuen tes verdades está llamada á tener un éxito enorme en la libre­ría española, tan grande como el éxito que ha tenido e n la alemana. Han apa recido ya los dos primeros tomos, de los diez que forma rán esta obra monumental. F r ancamente, al recorrer s us páginas, no se sabe á quien admirar mas, si al lite rato, al esti­lista incompar able que en el mas elegante y sobrio ele los estilos, lleno de magia, arrastra a l lector á través ele su obra, 6 al sabio profundo, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTUAL 437 al filósofo, a l historiador, a l políglota, a l teólogo, a l polemis ta formidable, que dulcemente va des­plegando las galas de s u portentosa e rudic i ón. La obra comprende cinco partes de dos vo­luminosos tomos cada una, abarcando a l H oMBRE CoMPLETo, considerado en su naturaleza íntima y e n sus des ti nos ( La parte); a l h ombre t:n su desenvol vimiento fuera del Cri~tianis m o, Hu)fA­~ 10.\D v H uMANIS~ Io (2.a parte); al h o mbre bajo la influencia d e l Cris tianis mo, NATURALEZA v SooRENATURALEZA (3.a parte); ttl hombre como parte de l todo s ocial, CuESTióN Soc iAL, ORDEN SociAL É l NSTITUC IONt::S SociALES (4. 11 p arte), y finalmente al hombre a spirando á la perfección c r i s tiana, LA PERFEccióN (5.a parte). El Indice com pleto d e la ob r a va en e l 2. 0 tomo d e la pri­mera parte. La impresión es r egia, como todas las d e G ili. VtOA INTELECTUAL, como una prima á SUS suscritores puede r e mitir la obra lujo same nte e ncuadernada,<\ m e dida qu e se ,-aya publicando, franca de p o n e, á quie n la soli c ite d e l Secretario d e R e dacción anticipando s u importe total ó sean S 26.00. G. A. l\1. O eograf'.ia de l a Provincia de Cór­doba J> Ot' MANUI~L E. Hro v Lurs Aon .wAL --~t o m os y un tulns--Comp. Sud-Amct·icntHl do BilleLes d e Banco-Ul05. l\lonumNtlal <'"la oht•n, quo p or C'll Cat•go do! G o biern o do la Pt·o ,•i ncin d o Córdoba, han II P\'Ado <\ cnho los inge niN·os Rín y .\ cha,•al, bi c>n conocidos on l ol:! cí r culos in Loloctunloli d e la cl octn sociedad. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 438 VIDA IN'l'ELEOTUAL Nueve ai'l.o s, en constante labor, han tardado en dar cima á la tarea colosal que se les babia enco­m e ndad~.>. El tiemp o no ha s ido exce.si vo: hnn debido crear la geografía ele lll, provincia de Córdoba, supliendo las deficiencias d e los datos con que se contaba. Ha. sido preciso estudiar palmo á palmo aquel ex­tenso territorio pat'a. llenar la ; lagunas de las esta­dísticas, recogiendo los datos en s u s fu e ntes mi.sma;. P er o h oy, c.;ta. obra pued e tigurA.r honrosamen­te, quizás con ventaja, al lado de la cl •ís ica Géo­graphie de la Con[éderation Arge1ttine de Moussy, redundando en gloria d e l G 0 bi erno que sabe d1U' impulso á empresas como é.>ta, y s obre todo e n gloria de s u s a utores que hnn s abido allanar la montaña de dificul tad e.s, que s up one necesal"inm en te la r ecopilaci ó n d el e norme cúmulo de datos y ante­cedeu~ es precisos, r eq uel'idos para In co nfección de una obra semejante. Es inneces al"io alabar el estilo límpido y ele­gante en que está e~cdta la Geografía de la Provin­cia de Córdo ba: Rí o y Achával son conocidos ya como escrito res de gran m é rito. Como una curiosidad, diremos que sus honora­r ios han s ido J'egulados en 30.000 pesos , y la primera edición de la obra consta do tres mil ejemplares. Son dos magníficos tomos in-4.0 mayor d e 700 páginas cada uno , regiamente impresos por la Co mpañia Sud-Americana de Billetes de Banco¡ y acompáñalos un hermos ísimo .Atlas de la Pro vinciu, que da una idea gráfica del mól'ilo y de la origina­lidad del trabajo y demues tra la perfección tl que ha llegado el arto tipogrMico e n nuestr o país. G . .A. ;\1. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA I NTELECTUAL 439 P e r egrin a (novel a ) p o r P. Bus TAMANT 'E ­Imp. de J. Peuser -B. A ires, 1905. H e mos r ecibido e s ta obra d e l esc rito r S r . B ustam a n t e e n un h e rmos o volume n in-8.0 de 264 págs . Es una nov e la for m ada de r e cu e r dos d e la niñe z hábilm e n te hihra n a d os; s u acci ón tien e lugar e n una d e l as provincias A ndina, y trae num e r os os c u ad r os y es cen a s de aq ue ll os mag­nífico s pais aj es. E l auto r nos prome te dos obr as m á s : «Can ­di d eces de u n P r ovin ciano » y c E l fi n d e la hu­ma nid a d ». Agr adec e mos el obsequi o. G. A. l\1 . Varias Sav i a n ueva En e l núm e r o es p ecia l, r ecibido po r e l público co n un favo r e xtrao rdinario, y que h A t e nido In fu e rl!la d e pro v ocar la m1\ s v iol e n ta d e l as p o lé mi cas que r e cue rda n u est t·a historia li teral'ia, h nbn\ n notado los lecto t·es do VroA INT J<~LIWT UAL, <'1 h e r ­m oso grupo d e lite ratos que h a venido t\ a ume u tn t· s u ya brillnnte cuerp o d e col a b o rn d o n•s. E s co~: tnmb r e e num e r a •· los titul o~ q ue abon a n ln capac i dad e)(' c adn n ui;'YO col nbo rnd o r. H oy est\ t t~r c n scl'iu d t> mas iado l twgn. B a stur1\ n o m b r nrl o~ ; alg unos son bil;' n co n ocidos, á los o t r os lo d nn\ n 1\ con ocer :.u s o b r a ::;. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 440 VIDA INTELECTUAL En el númet·o e xtraordinario. además de las firma~ es pañolas conocidas ya de nuestro público, p o r ser co laboradores habitual es, ó por haber anun­ciado ya s u colabot·a ci ó n-Hernández Villaes cus a , Valbuena, Zab on er o-apa.r ec e n las d e Carlos 1\laría Ocantos, el cé lebre autor d e Don Pe,.fecto, explén­dida nove la publicada eu la lujosa biblioteca de la Ilus tración Artí~ ti c a; es en Europa el más conocido de los n ovelis ta s argentinos . La d e Al ber to Ris co, ilust.r ad o j esuita, poe ta dos v ec es c or o nado en el pasa d o añ o, en concursos d e Buenos Aires y d e T o r tosa; la d e V. López Bc r­múd ez, j ov e n y dis ting uid o escl'itor . Dire•!tor d e In. r oz de M ondoi'iedo, y la d e A . Nol'i ega Varela, el mejor d e l os p oetas r egio n a li stas ga ll egos. E n el núme r o pas ado y en ol d e h oy n os en co n­tramos co n E ladio d e Lezam a, escritor españ ol, ini­mi tabl e en l a se n cilla el egan cia d e s u es til o, de pluma c hi s p e ante y s alada y d e pe n s amiento dul- . ceme n te iró nico . L éase su «Seut.ido pt·áctico» y se verá s i so n ó nó justos es tos elogios . H oy vemos á J osé F e rn á ndez Bramón , bien co n ocido d e nues tro pú b lico inte :ectual, firm a d o prime r or den , es qui zás elmits n ov ed oso y original d e los cue ntis tas es pañ oles: t ien e mucho parecido á:Dick e n s, y e n e l cue nto Vt1 le tanto com o e l gran n oveli s ta ingl és . Firmas nuestr as, aparecen p o r prim era v ez las ~ i g ui e n tes, e n l os t r es úl t imos númer os : Justo S. L ó p ez d e Gom a ra, fe cundo y brillante esci'Í tJr espai\o l, cuyo n ombre han h ech o p o pular los g rR.nd es dial'ios p orte11 os ; actualme nte es Directo r d e El Dia1·io Espaflol, uno d e los ó rgan os d e publi c ida d mt\s difundidos en la República Argen tina. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. VIDA INTELECTO AL 441 A . .Miguéns Pan ado, uno de los poetas do más fib ra con que cuepta la docta Córdoba. Hace algunos días los diarios anunciaron que en los Juegos Florales de T ucum~tn había sido p remiado con medalla de oro su poesía «Apoteosis~. Augusto Grove,seudónimo del vigo roso escr itot· cordobés Augusto Schmiedecke, autor de «Nuevas Cumbres», magnífica colección que lo consagró poeta inspirado y novedoso. Luis Garzón Funes, joven literato, cuyo pre­cioso cuento Filial nos aho rra todo elogio sobre su personalidad. B. Vtízquez Ludueña, cordobés también, joven, muy joven, pero conocido ya por una hermosa poesía premiada en un concurso celebrado uo hace mucho. Vázquez Ludueña promete mucho y dará m11s. Canónigo J osé Ignacio Yani, uno de los sncer­dotes mas talentosos de nuestra generación, que ya en la cátedra sagrada, ya como escritor do tl bt·n ha sabido conquistarso ü justo titulo fama de pensador profundo y de orador ele nota. Y pot· último, tenemos como colsbornclores nuevos santafecin os á J osé G. Paz, J osé I. Picnzo y Nicnnor i\lolinas (h ijo) cuyo elogio <'S innecesa rio hncer. por ser bion conocidos en nuestro mundo intelectual. Sólo deJ Sr. l\tolinas no conocínmos nada, hasta que VWA INTELECTUAL, publicó Sll estudio svbre Mat·i!mo i\In-rit\no, hermoso pórtico de todn uttl\ obra ele oscritot• que comionzn. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 442 VIDA INTELECTUAL La Posesi6T) Des d e el presente núme ro r eanudamos la publicació n de este impo r tantísimo trabajo d e nuestr o ilustr a d o co lab or ado r Dr. Zen ón .l\l a rtin ez. D esde es t as columnas hacemos público nuestro ag radecimi ento á las p er so nns que de palabt'tl 6 p o r escri to n os felicitnn p o r tan not able - estudi o . Escl'i to es pecialme n te p ara nuestra re vi sta , es leído con a v idez pur c uan tos se in teresan en las úrd uas cuestiones dil ucidadas por e l Dt·. Ma rt inez. El poema de mi tierra E s ta m ag nífica poes ía d e nuestro c ol ab orador P edro N. Be rrett a, poet a tuc uma n o, que goza ya de un e nvidiable r enombre , ha s ido ho nra d a con e l prime r p r e mio e n los Juegos Flora les última - m e nte c e le bra d os e n Tuc umá n. . VIDA INTELECTUA L tu vo el honor de o fr ecerla a l p ú b lico como primicia . Desp ués la es plé n­dida r evista tu c uma na que dirij e J a imes Frey re la h a r eproducido con m er ecidos e log ios. F e licita mos a l j oven poeta. E s trel las d e l Mar A nton io C ursach, e l d is ting uido escrito r qu e tan h e rmosas páginas h a ofr ecido á nues tros lect or es, publica rá e n breve co n el título de • E s tr ella s d e l Ma r » una co lecci ón de esas h er­mo s as na rracion es ma rin as , que con t a nt a fr es­cura y origina lid ad sabe c r ear s u pluma.
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Vida Intelectual - Año II N. 25

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La Mujer - N. 44

Por: | Fecha: 01/09/1880

Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. LUZ Y FE DAN FUERZA. LA MUJER, REVISTA QUINCENAL· EXCLUSIVAMENTE REOACTAOA POR SEÑORAS Y SEÑORITAS, BAlO LA l>IREOOION DE LA ,S:&ÑOllA SOLEDAD ACOSTA DE SAMPER. MIÉRCOLES, SE'riEMBRE 1.0 DE 1880. ~ PRltetO 30 cs. ESTUDIOS HISTORICOS SOBRE LA MUJEI't EN LA OIVII,IZACION. C.\l>ÍTULO DUODÉCDIO, LAS MUJERES EN LOS UlPERIOS DE ORIENTE Y OCCIDE~TE. ( CON'1'1NU.A.CION). XII EN tanto qno Placidia había goher­nado durante más de treinta años el imperio do Occidente, otra mujer, AO­hrioa suya, Pe•.QUERIA, imperaba en el de Oriente. A pesar de quo en la historia aparecen en aquellos tiemp<>s como Emperadores Valeotioiano 111 en Occidente y Teodosio II eo Oriente, quienes realmente gobernahnn en a.m. bos imperios ~rao Placidia. y Pulque­ría, la primera en nombre do sn hijo, y la seguodaeu el de su hermano. Una. y otra mujer fueron varonile>!, de almas tan bien tomplatlas, que por Au fuerza moral y su génio lograron alejar de sus Estados, durante largosafios, laslmestes 1 invasoras de los bárbaros, las que uo pudieron penetrar en aquellos impe­rios sino cuando ellas ya no existían. 'reodosio II em de incliua.cioo.es pa­cíficas, amigo del reposo, del estudio y ama.ute de las ciencias : sólo se 00\1- pab:} en escribir (con uo.a perfeccioo. TO!IO IV tal, qne tenia & honor que lo llamaran el calígrafo}; e u pintar primoro~a­mente ¡ e u c;omponer versos y en llevar una vida retirada de los negocioR. Aunque Pulquería tonh o.pt~uas dos aüos más que su hermano, ella so en. cargó Je lo. educaoion del futuro Em­perador y de su~ tres hermanas, y cuan. 1 do murió su padre, y cl\n.n.péuas lw.bia cumplido diez y seis años, Pulquería. tomó el mando del imperio con una ciencia, una ~>a.bidnrío. y una discrecion tan mar~villosa fiUO sorpreudia, y con ese motivo (41;)) se la diú ptíblicamcn. te el título de Allgusta. Era tal la confianza que la. tenían los consejeros m(LS antiguos y expori01eotndos en el imperio, que siempre se a.teniau n $\1 opioion y dicen que ella nunca llegó á dar uo consejo ó una órdeu de!Jacer- 1 ~L • Segun los historiadores (no solamen­te los eclesiásticos, sino basta los m:ís enemigos del catolicismo, como Gib. bon), Pulquería era la. mujer de m(4S talento de su época, así como la m(lS ------ - -·------ 22 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 174 L A MU J ER. estrictamente virtuosa. Era. tal el 6r-l rias herejías se hRbian levantado en su den que babia en el palacio, que más imperio, agitándolo violentamente, los pa.recia un monasterio que la morada 1 godos, los hunos y otros bárbaros, des. de un soberano oriental. Pulqueria pa. 1 pues de destruir varios lugares de las saba sus horas de recreo en una mag- fronteras, se preparaban ú invadir re­nífica biblioteca con Teodosio y sus sueltamente todo el imperio. Aterrado hermanas, entregados al estudio. Ha. con aquellos acontecimientos, suplic6 á hiendo consagrado á Dios su vida, sus Pulquería que volvier;e á tomar el go. hermanas siguieron su ejemplo, y al bierno á su cargo. La situacion política, hacer públicamente voto de conservar. tanto interior como exterior, era en se vírgenes hasta la muerte, regalaron extremo critica., pero en breve tiempo, como una ofrenda á Dios un altar tan merced á su energía, firmeza y eqní. magnífico, que era todo de oro enrique. dad, ella restableci6 el 6rden interior cido con piedras preciosas, con una ins. y exterior. "Desterrada con ella, dice cripcion que explicaba el motivo del un antiguo historiador, la felicidad del obsequio. imperio babia de11aparecido, pero á su Como en el imperio de Oriente se regreso, como nna nueva Débora, ar. hablaban varias lenguas, Pulquería las mada con el escuJo de la fe y de la aprendió con perfeccioo, y escribía. con Religion, march6 á &ostener los com. la maestría de un sabio el griego y e.l bates del Señor al frente de los ejér. la. ti o. Se bn.cia enviar con frecuencia citos." la relacion de todos los aconteciruien. N o solamente Pulquería devolvió la tos que sucedían hasta en las provio- felicidad y la paz al imperio de Teo. cías más remotas de sus Estados, admi. dor.io, sino que protegi6 eficazmente á nistrando con una estricta justicia en lo.i cristianos de Oriente y se coustiLu­toJos ellos. Adema¡;, era tal su bondad y6 en defensora de todo el que sufría y buen corazon, que jamas quedó que- injusticias y no podi.."l. protegerlie per. joso de ella el más ínfimo de sus vasa- soualmente. Habiendo muerto el Em. llos que la peJia alguna merced. perador en 450, Pulquería fué dech\- Ejercia una influencia tan grande so- rada sola Emperatriz (pues 'feodo:.io bre el pueblo, que durante su admiuis. s6lo dejab-cJ. una hija ca.~ada con Va. tracíon no hubo una sola insurreccion, lentiniaoo Ili). Por moti vos de polí­ni los Bárbaros pensaron en invadir su tica., Pulquería asoció á la corona á un imperio sino cuando Teodosio, mal acon- antiguo militar, Marciano, con quien ~ejado, manifestándose frío y de5cortés ella se casó pro fo7·,nula,, y reinaron con ella, Pulquería dejó la corte y se juntos cuatro afio¡;, hasta 454. Cuando rntir6 con sus hermanas á Hebdom, runri6 ella fué llorada por todos sus lugar cercano de Coosta.utinopla. En súbditos, que perdinn uo llolamente una. aquella residencia las hermanas del Ero- grande Emperatriz, sino un soberano penl.dor se entregaron ~>Ólo á cumplir como ha habido muy pocos en el mnn. con sus deberes religiosos, en estudiar do. Al morir Jej6 toda su fortuna par. las &utas Escrituras y en visitar y :;o. ticular á los pobres, y el imperio ú correr :í los desgraciados. Murciano. Pero como se dice vulgarmente "que Pulquería debería tener en la hi!!to- 1 uo be conoce el bieu hasta que &e pier- ría un lugar tan sobresaliente como las :de," Teodosio lie empez6 á afligir al grandes Reinas que tanto se citan, llia­. vtHhe ~Solo á la cabeza de los negocios bel la Católica, de España ; Isabel de públicos, rodeado de ambiciosos, coro- Inglaterra, Catalina t..le Rusia y Cris­prenJiendo la desconfianza que le te. tina de Suecia, pues tuvo las virtudes nía el ejército y la. anarquía que aso- de la primera y la. gloria de las otr&s, ruaba en todas partes. Y llegó á su careciendo de sus vicios. Su influencia colruo su desori~otaciou cuando tuvo en la marcha de la. civilizacion fné in. 1 1 noticia que en el momento en que va. mensa., y como p rotectora del Catoli-¡ -------------------------------------------------------1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. , _____________ _ 11 REVISTA QUINCENAL. 175 cism;;-contra de )n..c; ber~jÍ~s lle su 1 defender los intere~es de la Iglesia en tiempo fué tan grande, que el Papa Sa.n el imperio de Oriente. Leon la nombr6 legado apost6lico para (Continuará). S. A. DE S. ---..... ·---- SU SUEÑO. Dumnn: : dé jala así !. .. Tnl vez rendüla Cual rosa por los vientos abatida, Bajo el ala do un tíngclse durmió. Flont sobre su cuna rcg<í flores ; El arcángel feliz do los amore11 Con ctínticos de gloria la an11lló. Duerme, que así dormid!\ tú no lloras; Y en d Yalle ele !tí grimas d,i moras Ni In inocencia puedo ser feliz. Tod .. s ~;icnton dolor, todos tristcr.a ; A todoR les alcnnU\ la crnde1.a Do 11 heridas r¡_no no tienen eicatl;z." Tt't no sabes ¡oh niün 1 que lo. vida E11 vabio campo, donde el mal anida, Dó se ntTastm el reptil, t·ugc el leon ; Vaga el traidor con antifaz de seda, Y no ha~· vírtnd r¡ue libortnrAe pueda Del veneno quo Pl da sin oompi\Sion. ¡ Eso ciclo sin nubcA! las ostrollnR Que son do nuestro DiM '\'ivilmto:i huellas, ~os cnscii.m 611 gloria y sn poder: ~~ iéntms quo nqui... lo!! mi~cros humanos Mucho;: vivcu del lodo, cual gu~!\DOl~ Que no dejan In flor reverdecer. Sinoelejo, Julio de 1880. ¿Y tos padreR? su afecto te ,-igila ; Al despertar, su vívida pupila Cual centella de amor irá bácia ti; Te forrnanin cadenas con sus brazos, Oh 1 tú no temiiB! tienes esos lazos, Único santo que hallarás aquí. "Hija, mi bien 1" Tu pocho no palpita, Tu tierno corazon ya no se agita, Y tu ~;ueüo .... no tiene despertar 1 Llorn madre tu paz-dicha turbada: Tú te resignaráa, pero no hay Mdn Que te obligue tus penas á olvidar. ¿Y cómo rennimar esos despujoR? ¿Cómo volver In lumbt·e do eu11 ojoa, De sus pálidos lahios el coral ? 1 ¿La ·voz do la amistad y del afecto ! Podrá encontrar lenguaje tan perfecto Cual ese del ooriüo maternal ? No me ntrcvo á turbar sueño tan aanto ; No me atrevo{¡ enjugar tan puro llantn, Y me atrevo á ofrecerte una oblacion, Porque ... mira! .. tu ounll es un santuario, \" despreciar al mundo e11 necesario, Quo aquí lloran: yo tengo oorazon 1 E. C. V. M. UNA FLAMENCA DEL SIGLO XVI. J:>OR S. A. DE S. IV 1 -Me fastidia. mi primo Luis. 1 -Ah! hija mia, no hay que noga.r. AQUEL miJ!mo día. Clareta. dijo n su 1lo: tienes muy mal caráctar. madre: ' -Por qué 1 -i Sabe vue~a merced lo que más -Porque siempre miras cob desden me fastidia en Gante 1 ú los que te ama.n. -No, por cierto, pues á mí todo me -Es posible que sea. por eso que me place en nuestra ciudad. 1 fatiga. tanto Luis. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 176 !LA MUJER. ~ - -Lo confiesa.'! ! -Repito, madre, que Luis me fas-tidia. -¡Y c6mo evitarlo 1 -Ponerle término á su inc6moda presencia. -¡No hemos de rrohibirle la entra. da en casa, sólo por eso ! -Pero sí podemos alejarle de Gante. -Él no tiene intencion de seguir ya más la carrera de mn.rino, ni quiere sa.! lir de Fhíndes. -A.cabo de hablar con él. -¿Y qué te dijo Luis 1 -Repetirme basta. la saciedad que Antes do proseguir refiriendo esta historia, permítame el lector le su. plíque que piense en la enseñanza que ella encierra: el peligro que hay para el alma humana que se deja llevar por las pasiones, y lo pernicioso que es una educacion que no procura avasalltLrlas en los corazones femeninos. - PARTE SEGUNDA. EN PUER T O-RICO. I desea ser mi esposo. Pero yo al fin le persuadí que puesto que no puede abs- Puerto Rico era en el primer tercio tenen:e de hablarme u e sus locas pre. del siglo XVI una hermosísimo. aunque teusioues, es mucho mejor, para su re. lun tanto inc1.1lta colonia e!;pañola, cu­poso y el mio1 que se alejo de aquí. 1 bierta casi por completo do espesos -¡Y á dónde le quieres desterrar 1 bosques vírgenes, salvo en hs partes -Me dijo· (ya para Clareta. era fácil en qne los españoles habían descuaja. mentir) que si se viera. en la necesidad do los montes para plantar cañas de 1 ue abandonar ú Fláncles, él DO quería azúcar, y formar dehesas para criar gn-l ir á otra parte sino ú las ludias! uados. 1 -A las Indias! Una. serranía de altas montañas di. ~13í, á una isla llamada Puerto-Ri- vide la isla en dos partes, midiendo el 1 co, en donde le han dicl10 que se puede cerro más olevado 3,600 piés sobre el 1 hacer íortuua en poco tiempo. nivel del mar. Eo el contorno de la. : -Quó idea tau peregt·ina! jamas le costa se encuentran gran número de 1 ha.bia oído hablar de semejante cosa ! hermosos puertos, pero no to~o.; sufi. ~será lo que gusteis, pero es una cientemente resgu:ndado:S de los lmrn. idea. salvadora para mí, porque su au. cu.ne3, que suehm ser eu aquella isla 1 sencia roo seria rle grande :dí vio. más frecuentes que en otras de las A u. -En ese asunto no tengo opinion, tillas. Descubierta por Cristóbal Colon cooto~tó la madre, y sólo deseo verte en H!hi, no fué realmente conquistada coulcnta. 1 sino en los primeros años del siglo XVI, -Eutónces, madre, os pitio uu favor. rnerccJ á los esfuerzos ele don Juan -¡ Cu(IJ ? Pooce de Leou, quieo le quitó cluom- -Procura.r que se le dé un destino ure indígena de Boriquen, pa.ra. bauti. & J_,uis en Puerto-Rico. ' zarla eón el de San Juan de Puerto- 1 -¡.Acaso yo soy gobierno? j Rico. Aqnélla fué considerada al prin. -No¡ pero potleis empeñaros con cipio por los españoles como un vorda. , nuestro pariente y amigo .lliogo Baal, ' de ro paro.ho terrenal: el climo. es de. (JUe tiene inflnjo en la corte. 1 Jicioso, y más fresco, sano y agradable Aunq~1e eu un principio lo. seño1a que el de Cuba, Jamaica y la Espnño­Federioa se negaba tí bac0r uso de su la; la tierra extro.ordinariameuto fér. iufluellcia para alejar de Flúndes á l til, y regada. por infinidad de cristali. Luis, al fin couviuo en ello, y al si- nos ríos y riachuelos; los aborígenes guieote correo fué eavio.da uoa carta eran hospitahnios y mo.nF:os en extre­al Caballerizo del Emperador, pidien- mo, y adornas habia. en el interior de do destino par31 el primo de Clareta en las moutañM ricas minas de oro, lo Puerto-Rico. cual era para los conquistadores el 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REVISTA QUINCENAL. 177 blnuco da todas sus a11pírnciones y el! poso, ¡;e decía, nombrado pnra un empleo priuci¡ml móvil do sus expodiciones. marítimo en 1::\ colonia; y babia prefe. La primera ciudad e¡ u e !'O fundó en rido acompañarlo á aquel destierro, más Puerto-Rico se llamó San Juan, y esta- hieu que permanecer sin él eo Gante, ba Kitn en un puerto resguardado, y en su país nntal. Esta abne~aciou de la una it>lilla que se comunica á la tierra flamenca era. tanto más notable cuanto firme por medio de un puente do fácil parecían gozar de grandes riquezas, si construccion, lo cual ÍIH! cosa muy pro. había de juz!!arse por lll SI~CJuito de cria. Vt.Jcbo;;a para los conqui:;tadores, que en dos y escudero;; que llevl\han consigo, 1 breve hubieron de defender su posicion y el tren r¡ue ostentaban. Adornas, apé. de la iovasion de los indígenas, con nas deselJlbarcaron hicieron buscar el quienes no tardaron eu eutmr en guo. mejor alojamiento de la ciudad, y no rra, no vol viendo :í reinar In paz en la economizaron niugun gasto, con tal de ' isla hasta. que los dec;gracindos untura. obtener las mayores comoclidaJos, re­¡ les se vieron exterminados uno,;, lle~te. partiendo oro 6 diestra y ~;inie»tra, sin rrados otros y soUletidos los restante,; á parar mientes eu los gnstos que pudio. sen·ir de t*clavos de los españoles. Una ran proporcionarles un género de vida voz que los invasores se consideraron como jumas so había •·isto en la. nncien. completamente dueños de la isla, cm· te colonia, á donde nadie iba á gastar pezarou á construir hermosos edificios hoa.to, Aino f1 ganar con que bo.cer sufi. do piedra, buenas casa.~ de La.hitncion, ciente fortuna. para volven;e á gozarla 1 iglesia parroquial y varios conventO!; en E,paña. , para los frailes mi~toneros. Adowa.~ se Iuútil !ier:í decir al lector, puesto 1\prcsurnron ú echar los cimientos do que lo habrá adivinado, que la bella 1 las fortilicaciones que deberían defen. tlmncncn ora nuestra Clareta, con su tlor el puerto, y el l1ermoso fuerte, lla. primo: pero liÍ ~;erú títil que explique. mudo Ca~tillo t.loll\!oro, circundado t.le • roos brevemente c6mo elb llov6 á cabo tan \·alientes murallas, ~1110 eo aqncl su tnu doseudo viajo :í Puerto-Hico. f;iglo y eu el :;iguiouto logró Puerto- Una \'e~ que el Caballerizo del Em. Rico 1echaznr tres H:ccs ú. los piratas perndor hubo enviado á Luis elnom. ingleses, lo que no pnJierou ltncer las bramieuto 'iuo le pidió, Ulnreta nvis6 á ciu•lrtdcs fortificnJas de Saoto Domingo, Rn primo que, Ulercc~ d~; Enero, los habitautes da la ciu. ra pnra. llevar á cabo un vio.je tan des. 1 dad de San J uau de Puerto-Hico vi e. ca bdlndo y extraordinario como el que rou rmtrar en el puerto una hermosa pretendí::~. hacer. carahel:l con lns velus desplcga1las. Al Así, de ningun ruoclo Clareta. quiso ruirlo del primer cnñonnw con que el dada. parto de sus proyectos, sino que fuerte saludó la llegada del na vio pro. a1uarJ.ó ú cumplir vcintiun años, y en. vonioute do In. madre patria, toda la toncos sabiéndose dueña do llUS accio- I>oblacion se agolpó al puerto á recibir nos para evitar disgustos, confió en la l as uotici~ts que los llegaban do sus pu.. buena voluntad de ciertos parientes rient;es y amigos ausentes, y ver por pobres que tenia en la ciudad, de Bru. 1 stHI ojos desemlm.rcar los pasajero!', las jas, tí cu¡a. cnsa fué sin su madre, y de halijas del correo y los bultos de roer. allí salio para casarse con su primo en caderías que llevaban ú la. colonia. ia iglesia máR cercana. Inmediatamon. Entre los pasajeros llam6la atencion lo dospues avis6 á su madre lo que ha. ele todo!! una hermosa y rubia flamenca, bia hecho, y con el egoísmo supremo 1 lptc no había querido separarse do su es. que la. caracterizaba., b hizo sa.hcr que - - -- -- -------- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ----tlf--- --------- liS LA pa.rtia para Puerto-Rico con su nuevo ¡nos tie pos, que andaban de nacion en esposo, y reclamaba la parte de heren. , nacion vendiendo ~;u brazo y servicios cio. que la correspondía. Sin oír las !!Ú- ul que mejor lo11 pagase, sin que les plica-'1 de la pobre madre, Clareta se nrred':ljsen los crímenes ni les doliese la prepar6 para emprender viaje, y des. injusti~ io., entregándose en cuerpo y al. pidiéndose ¡;ecamente de la aBigidísima ma á los amos que se buscaban. Clareen señora. pnrti6 para ERpaña en busca de los esc~fgió de su misma nacion y se los un buque que deberin. conducir á los presen1i6 á su es-poso- ést-e se neg6 al nuevos espo>os á las Indias espafiolM. principjo á recibu entre su servidnm. Entre tanto debemos decir que el bre ú stemejn.ntes bandido~>: pero Cia. matrimonio babia sido una burla. para. reta lo penuadi6 que en las tierra~ á LuíA, porque a.pénas11e concluyeron las que iba,n era necesario tener á sus 6r­ceremonias que le ligaban para 11iem. denes q~ute valerosa y sin escrúpulos, pre á la hermosa Clareta, cuando és. 1 que pudiesen defender á sus amos sin ta lo notific6 rotundamente que ella temor ~~i flojedad. babia hecho solemne voto de vivir se. ¡ parada de él y en distintos a poseo tos, 1 II hasta que llevara á caho una empre~a que traía entre maooR, la que no podia 1 Los ¡nt\moncos con su hoa.to fueron descubrir siuo á llu tiempo. Vanas fue. natural¡nente recibidos con las mayo. ron las l!líplicas y hasta las tiernas lá.1 res ate •ciones por los portoriqneiíos, y grima!; de LuiR, porque miéotras más no se ~~usaban de ponderar la amabili. le rogaba él que le dijese por lo mé. dad ele la gantesa, que conocia ba'ltan. nos en qué consistía aquel voto, mtís te la leugua cspn.ñola, que ya ~;e Labia se afirmaba ella en la ioteuciou de ' esforzado en aprender ton Hernando 1 mantener Hu secreto encerrado en sn de Soliu, y había seguido perfecciooúu. 1 propio pecho, sin revelárselo á nadie. c.lo~e y estUtliauc.lo con tanto empeíío, 1 Conociendo al fiu su primo que el ct\- que CWl>ndo llegt~ á las ludias hablaba 1 rácter de Ola reta era indomable; y si o. e.-paíiol con facilidad. En breves dias tiénc.lo'!e cn.tla dia más débil y ena1no. los esp,t>sos Longobaal 80 relacionaron rado delante de los impetuosos mandn.. con todiaR las familias de importancia 1 tos de aquella hermosa mujer, violenta rle San 1¡ uan, y Clareta se hacia. nota.. como t~na tigro, de11istió enteramente blemente arnahle con lns dema<~, cuya de preguntarla su!! intenciones, y Re rin. socied~~ buscaba con ahinco, propor. dió, como un escla\"o, sin mtís voluntad cion¡índtoles en su casa toda clase ele que la ele su mujer á quien temia y t.li!!tracepon(ls y pnseoR que costeaba ella, 1 amaba locamente. La. hemos compararlo visitnnJ[o los alrededoraq á caballo ó á una tigre, porque en verdad la Ba. en los botes que alquilaha para re. menea parecía pertenecer á la raza fe. correr 1M cost.1.s. Mauifest~base tan lina: era á las veces tan suave, tierna franca. lf expansiva, que DO era de ex. y hechicera como un ángel; cuando dc.l trnña.r ¡ue hasta las doncellas m{&.tn. que un día se en. una mirada de la flamenca eran para contr6 sola, no quedándole más amistad él tau sagrados como si Dios en per. que la de uoa. excelente familia, que ' soua se lo mandara, á pesar de que babia rehusado dar crédito á calumnias toda su conducta tenia Ull sello reser- propaladas por los enemigos de la fla. Yado y secreto que á veces le alarmaba menea. La familia á que aludimos Re y llenaba de temores, pues la incerti. componía solamente de uu antiguo mi. dumbre es muy cruel cuando se trata litar, de hidalga cuua de Castilla (que de los pensamientos de la persona que haLieudo perdiuo toda. r.u fortuna. en amamos. España, babia pasado á las Iudiall con Dificil mente ocultaba Ola reta su mal iotencion de repararla con el trabajo, carácter, su índole dura. y absoluta, el cosa cle~honrosa en la madre patria, orgullo que la dowinaba, y estos defec. pero muy bien aceptada. eu las colo­tos frecuentemente se trasluciau al tra. nias); teuia consigo una bija soltera, vez de su fingida bondad y condesccu. t¡ue le babia acompañado en el clestie. 1 Joncia. ~o muy tarde empez6 á ma.ui. rro, aunque en España dejó otros hijos fe~;tarse caprichosa y de mal humor diversamente e:;tablccidos. E:;tos colo­con a.qnellas per:;onas á quienes al l nos vi vian humildemente ce una estan. principio tanto había adulado. De aquí cia cercana. á la poblacion, en donde do u nacieron resentimientos, r.uscitáron~e Bias Andagoya, - que así se llamaba.,­euernistades, y poco ú poco dieron oÍ- poseía un ingón-io que le producía una dos muchas pcr::;onas á ciertos rumore~ renta regular. La niña, llamada Mar. que desde ~;u llegada se habían difun. garita, era un modelo de virtud y de JiJo, pero que no habían queriuo es. belleza, así, bien podía singularizarse 1 cuchar los amigos de Clareta. Decíase en su afecto por la flamenca, sin que que las relaciones entre los dos e&poRos las maldicientes pudieran hincar en l>U iiamencos eran extrañas, que teuiau reputa.cioo su ponzoña, y pudo maní. frecueu tes disputas sin saberse el m o- festar á la rechazada ClaretL\ todo el tivo, pero que Luis p:uccia siempre te- J fondo de bondad que había en su alma nerlll. desconfianza y hasta miedo,- tan pura y elevada, que no cabía en adamas, Clareta. se manifestaba siem. l ella la idea del crímen. predominante, cruel y vengativa. con ::.us inferiores, los que la. detestaban y hablaban mal de ella. Por otra parte (Continuará). habíase notado que si Luis babia lleva. • . Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 180 L A MUJER. SECCION RELIGIOSA. LOS MISIONEROS EN EL NUEVO REINO DE GRANADA. L o·s J E.S lJ 1 T A S • 1 á América, segun algunos cronistas é historiadores, fué un benedictino cata. EL APÓSTOL DE CARTAGENA. lan llamado Bueil, que estuvo en las Antillas. En pos suya fueron viniendo LA provincia de Cataluña en Espafía á convertir infieles gran número de ha sido considerada por todos los histo- frailes dominicanos, franci~canos, mer. riadores y eruditos como la parte de la cedianos y agustinos, notándose entre Península. en que se ha conservado con éstos siempre muchos catalanes .... Pero más pureza la raza goda. Dicen, ademas, no es nuestro prop6sito hacer el elogio que la palabra Cataluña es corrupcion de los catalanes sino ocuparnos de la de Godo-Alcmo. Los catalanes se bao vida de un catalan que en nuestro país manifestado siempre asaz orgullosos de hizo todo el bien posible como misio. su orígen, y hacen lo posible por con- ncro. servar sus privilegios como antigua na. Llamábase este santo varon Pedro cion anexada á la corona de Castilla, Clavar, y era oriundo del campo de y á más tienen una rica literatura pro. Urgel en Cataluña, en donde había na. ' pia.. Como se hallan vecinos inmedia. cido, unos dicen gne en 1581, y otros tos de Francia, de la cual ap~nas }(l. que cuatro años clespues. De familia separan la callana d~ los Pirineos, éstos, ' hidalga y de poca fortuna, Pedro Ola. que no han visto de los catalanes sino l ver estudi6 en el colegio de Jesuilas ! las malas cualidades de los aventure- de Barcelona.; tom6 lus primeras 6rde. ros que frecuentan sus mercados, dicen nes en el noviciado de Ta.rragona; se que el catalan tiene reunido en sí to. perfeccion6 allí en la lengtta latina y dos los defectos, no las virtudes, de los e u la ret6rica; pas6 á Gerona, en donde habitantes de las vecinas provincias es. estudi6 á fondo literatura y la lengua pañolas. Aseguran, pues, •·que es sober. griega; 6. los veinte años Jla.."6 á Ma. uio como el castellano, testarudo como Horca, en donde debería continuar sus el vizcaíno, interesado como el mismo estudios para aprender á ensefíar, en .Jüdas." Pero casi siempre los defectos el colegio que con ese oh jeto tenían no son sino las cualidades del alma allá los Jesuitas. Eu Mallorca se ligó 1 exageradas hasta el exceso,- y si los 1 con estrecha amistad á un excelente catalanes mal educados son por cierto Jesuita, el P. Alonso Rodríguez (que soberbios, testarudos, porfiados é in te. despues fué beatificado), el que despcr. 1 resados, los de buena índole convierten tó en rl gran deseo de pasar á las mi-l esos defectos en grandes virtudes, y se siones de Indias. Al cabo de tres afios hau mostrado con frecuencia en la bis. volvi6 á Barcelona, en donde se dedicó, 1 toria, en lugar de soberbios, llenos de por órJen de sus superiores, al elltudio 1 dignidad, en vez de testarudos, firmes, de la teología en sus rarnos más difí­si porfiados en el mal, tambien cons. ciles. N o fué sino al cabo de dos aüos l tantes en el bien, y si algunos se roa. de úrduos trabajos mentales que al fin nifiestan intereSr'ldos, en otros tiempos se le concedi6 permiso de pasar á las 1 solieron ser los navegantes más a.uda- Indias como misionero, su más ardiente ces y los traficantes del m(IS indomable deseo. Segun refieren st\s bi6grafos, el 1 valor .... El primer misionero que vino Padre Ola ver no quiso despedirse de 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ':REVISTA QUINCENAL 181 sus padres ántes de doj1H á España,/ para abajo babia mucha gente que se pues temía que la vista y el dolor que condoliese de su suerte; pero los míse­ellos le manifestaran con su separa- ros negros eran considerados como vil cioo le quitaran el valor para empren. mercancía, que se compraba y se ven­der su viaje. En aquel tiempo un viaje dia segun la calidad de ella, y cuando á las India3 era una empresa tao grave ya no se necesitaban los abandonaban y tan peligrosa, que era preciso prepa- á su suerte, sin socorro, sin n.brigo y rarse con la. misma solemnidad con que aun sin alimentos. se arrerrlan los negocios y la conciencia Desde que llegó el Padre Claver al para p:sar á la otra vida. 1 Cuánto más convento de Jesuitas de Sautafé pidió grave seria este paso en el j6ven novi- que le señalasen los oficios ruús bumil­cio cuando llevaba la resolucion de no des de la casa para cvmplirlos, en los · volver jamas á su patria! cuales permaneció, no sin dejar de es- A pesar de lo mucho que babia e~;. tudiar asiduamente durante los tres tudiado y trabajado en su santificacion, años de probacioa que cumplió allí y el ne6fito de Jesuita no creyó que tenia dos en el novicia!lo de Tunja, segun los aún suficientes méritos para ordenarse reglamentos de los Jesuitas,ántes de or. y se embarc6 sin haberse consagrado denarse definitivamente. sacerdote en Abril de 1610. En Ca.rtageoa hizo muchos esfuerzos II el Provincial de Lima para. llevárselo al Perú, pero él pre6ri6 quedarse en el El 10 de Marzo de 1616 la Compa­Nuevo Reino de Granada. En Carta- ñía de Jesus de Cartagena solemniza­geoa permaneci6 pocos dias, partiendo bala fiesta del Patronato de San José, inmediatamente pn.ra Santafó: "camino y al mismo tiempo, habiendo &ido con­largo, *desacomodado en lo que se na- sagrado sacerdote, celebraba el santo vege. el rio, áspero en lo que se anda sacrificio de la misa el venerable Pedro por tierre. .... Venia e o busca de traba. Ola ver, que ya era afamado por su ca­jos, y fuéle consuelo dar 6. los primeros ridad cristiana y grandes virtudes. golpes en la mina ..... Su alegría a ni- Hé aquí lo que era eu aquel tiempo maba 6. todos sus compañeros de viaje, la ciudad de Cartagenn., citando tex. su oficiosidad los descansaba y les edi- tua.lmente la descripcion que hace de ficaba su virtud. Cuando salian á hacer ella uu biógrafo contemporáneo del 11 noche en las playas, recogía los negros bienaventurado Pedro Clavar. u. · en las canoas para que les predica!'le "Sita la ciudad de Cartagenn. en al-J 1 un sacerdote .... " Se gozaba, dicen sus tura de once á doce grados; la pl'edo- 1 otros bi6grafos, en aliviar á los escla. minan calores excesivos Robre á cuantas l vos, y con gran paciencia y dulzura les tierras Re habitan en la!! ludias. Cuatro enseñaba la doctrina y les Jaba leccio- meses, de Diciembre ú :Marzo, se refor-nes de moral cristiana. man algo con una brisa general y fres-~ ¡ Desde aquel viaje por el Ma.gdalena, ca, respiracion lí. los extranjeros hechos . en donde los esclavos bogaban dia y á más benigno cielo; miedo ú los na tu. noche como bestias de carga, el Padre rales, que abiertos los poros los penetra 1 Clavar empez6 á compadecerse de los y trabo., y castigo de montos y úrboles 1 negros; raza infeliz á quien miraban vecinos ú la costa que los seca. Ardien­los conquistadores con mayor desprecio te todo el afio, el sol siempre es dañoso, que á los indios. Estos últimos tenio.n, pero en los otros ocho meses no hace en á pesar de su desgracia, poderosos pro- aquella tierra oficio de sol sino de fue­tectores,- y desde el Rey de Espaffa go: á cielo abierto es insufrible, aun á • .Apost61ica y penitente vida del venera­ele Padre Ola ver de la Oompañla de Jesus, sacada. de infol"IIJnoiones jurídicas, &c. por el Padré Joeef FernándfYL-Zaragoza- 1666. TOMO IV la tolerancia de los españoles, vence. dora de todas inclemencias de climas ** Apostólica y penitente vida, &c., citada á otea. 23 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 182 LA liUJEl~. peregrin011. Introducida la fuerza del pendie·nte de la incertidumbre de tan calor ~ las piezas máa defendidas de las largos y tempestuollos mares, suele fa). callAS, las pone como estufas en que tarJa todo; de manera que se da á Feo. t>erennemente suda la congoja. ReJa. tir la carestía á los más ricos, inútil Jándoae loe cuerpos andan descaecido11¡ el oro y plata de sus cofre~~ para alivio pcSstranse las ganas de comer, y sit!n. de su mecesidad. tense accidentes, que los no experimen. "Üe debe estar bien vest1Jo Y pel­los sirviente:; de otras personas, y que nado de~de temprano por la mañana. no les pagamos para que nos sirva o. ! La. limpieza debe ¡,er una de las mayo. Los criados deben ser y generalmente res cualidades que tendrá una sefiorita, so~ ~l remedo de sus amos, y debemos J una casada y una anciana; no h~y e~agtr que sean corteses y complacien. edad, posicion social ni circunstanCia tes con las personas que visitan la ca. lque pueda permitir el desaseo en ~n 1 sa; que contesten con urbanidad y que ser humano. El hábito de estar sucio 1 llen un recado con palabras comedidas; eo el exterior prueba evidentemente no se les permitirá que hablen de las bajeza de sentimientos. personas amigas de la casa y aun de las En nuestro país no se nota una dife­que no sean sin anteponer la palabra rencia suficientemente precisa entre el Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REVISTA QUINCENAL. 185 vestido de uoasolteray el de una ca¡;aJa, lo mejor que se puede hacer. Al entrar pero por regla. general una. señorita. de. en edad se irán apagando los colores be presentarse sencilla y ruodestameo. vistosos de los trajes, y aunque las tela.c1 te vestida; sus gracias y su juventud sean de valor no llevarán adornos que bastarán para. hacerla encantadora. llameo la atencion; con la falta de fres. U na elegante dencillez es el colmo del cura en la tez y de brillo en los ojos, ar. buen gusto, y jamas en ninguna cir. monizarán los tintes opacos y loR oscu. cunstancia debe llevar vestidos dema.. ros, y así las mujeres se verán más j6ve. siado recargados de adornos ni joyas nes á medida que vayan perdiendo las de valor. Es preciso vestirse de mane. pretensiones á agradar por sus encantos raque no parezca como si hubiera per. físicos. Jamas os presenteis con un ves­ma. necido largas )loras ideando los ata. tido extravagante y poco modesto; el víos y que se ha. gastado un fortuna en vestido del cuerpo debe ser el espejo de ellos. El buGn gusto e:x:ige que no pa.rez. los sentimientos nobles de la mujer; la camos nunca incomodadas en el andar exageracion en todo es prueba de que ni desorientadas con nue¡¡tro vestido, las facultades del alma están en desar. sino siempre naturales, aunque con m o. monía. N o se deben adoptar todaa las destía. y compostura. modas, pues hay muchas que no son Una señorita rica no debe llevar so. propias sino para actrices y mujere11 bre sí el aviso de la fortuna que posee, de mala reputacion. Para vestirse bien gastando mucho en sus vestidos, pero es preciso tener juil}io y mucho sentido tampoco andará mezquinamente arre. , comun. gla.da, y un término medio decente es (Oontinuamí). S. Á. DE S. ~---- ANALES DE UN PASEO. DIA UNDÉOIMO. -Acaba \lsted de hacer una brillan. ¡penitentes. Lo que usted dice eR absur­te defensa del catolicismo, tio, por Jo do, mi querido sobrino; aunque el doc. cual lo felicito, e~clam6 .Máximo. tor Margallo era un santo, estoy seguro -C6mo así? que en todos los ritos de la cristiandad -iN o es >erdad que esta mujer no Re encuentran hombres abnegados hasta. se hubiera convertido si no hallara un la santidad. templo cat6lico y visto allí imágenes J -N o sé si usted hallará fuera del rerresentando la pa.sion de Jesucristo catolicismo u u santo para paranponar. (e pueblo necel'ita ver para compren- lo con el doctor Margallo; no discuto der), y si, por último, o o hallara. un acerca. de esto, pero si usted me lo per­conventoen donde asilarse 1 i Cree usted 1 mi te, le referiré una anécdota de este que si no se retira á un sitio sagrado, sacerdote, que es el triunfo mlÍs grande bajo cuyos techos a6lo veía ejemplos que he oído referir de la humildad y de virtud, aquella mujer perseveraría perseverancia cristiana sobre la ter. en el buen camino ! quedad y el ateísmo : -En realidad, con usted, Máximo, no se puede discutir porque nos aboga. UN A CONVERSION. bajo una nube de paradojas y exagera. ciones l No lo dudo que en otras reli. giones tambien se encuentren gentes buenas, arrepentidas sinceramente y - Vivía en Bogotá, no sé en qué a.ffo ántes de 1830, un hombre de alguna fortuna, que babia sido notable por ha. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ,--- -- 186 LA MUJER. ber llevado una. vida. particularmente perdido el brío¡ así esta vez no le habló profana, y lo citaban como uno de los sino que al verle le volvió la espalda, pocos hombres verdaderamente descreí. pero escuchó en silencio sus exhorta. dos de aquella época. Su carácter duro, ciones suaves y dulces,-acabando el sa.. su palabra irónica, su propósito delibe- cerdote por pedirle permiso de nuevo rado de mofarse de todo sentimiento para permanecer en la caqa, ofreciendo religioso, lo hacÍan temible y odioso, á DO entrar á la pieza sino CUando lo lla. pesar de que siendo hombre de posicion mara. El moribundo le contestó con era recibido sin escrúpulo por la so. ~arca.smos, ofreciéndole por albergue y ciedad. poniéndole por condicion que perma. Al fin le llegó su última enfermedad, neciese en un miserable y oscuro cala. y los médicos le notificaron que no tenia bozo debajo de la escalera. Aceptó sin remedio su mal en la ciencia humana. vacilar el doctor Margallo este nt1evo El hombre recibió esta noticia con es. insulto, y sin manifestar el menor dis. pantosos reniegos, porque todo hombre gusto se instaló en el triste cuarto. incrédulo es cobarde ante la muerte. Cuando el enfermo supo aquello se Su familia, arrostrando su cólera, se mostró admirado, y al cabo de algunas atrevió á hablarle de los"socorros de la. horas lo hizo llamar espontáneamente Religion, pero fué recibida aquella pro. y le mandó con brusquedad que le habla. puesta. como era de esperarse, con se,-al cabo de un rato le gritó que se profanos juramentos, prohibiendo ab. callara y se fuera.. Ya al caerla noche, solutamente que le volviesen á hablar en medio de los dolores más atroces, de semejante cosa. pidió nuevamente que se le acercase el Supo el docror Margallo el estado sanoo hombre, y lo escuch6 en silencio lastimoso de aquel desgraciado, y al roo. largo rato, pidiendo explicacion acerca mento se presentó en casa del señor de diversas dudas que le habían asalta.. N•u. Con trabajo logró penetrar hasta. do y vivido con él durante su vida. el lado del enfermo. Apenas lo distin. Hácia la mitad de la. noche lo volvió guió lo cubrió de improperios, de in. á hacer hablar, y despues de oírlo por sultos y de palabras de burla y de des. roncho tiempo, dió un hondo suspiro, y precio. Escuchó el doctor con calma ofreciéndole la mano y con lágrimas en todo lo que le decía, é inclinando la los ojos le dijo : cabeza con humildad dejó que acabaran -Doctor, usted es un santo, y santa de agotarse los insultos, y tornando la. debe ser una. Religion que forma hom. palabra lo exhortó á que se arrepintie. bres tan abuegados J Usted ha triunfado se, con dulces y tiernas expresiones, y á fuerza de bondad y perseverancia.. sin esperar la respuesta salió de la .Al cabo de un momento añadió: pieza.. -Para. decir verdad, yo no conocía. lo Algunas horas despues volvió, en. que era la Religion de Cristo sino en coutrándolo en el mismo estado de im- los libros anticristianos que be leído. penitencia ;- oyendo de nuevo los im. Prepáreme, padre mio, para confesarme, properios que le prodigó el enfermo, en y si es posible el perdon de un pecador santa calma, y contestándole con buenas tan grande como yo, moriré consolado y amables palabras, sin manifestar tur. y dando á mía amigos un ejemplo .... bacion alguna. Al dia siguiente murió el señor N•• Por la noche se presentó de nuevo lleno de fe y de esperanza, tranquilo y pidiéndole permiso para permanecer resignado, y el doctor Ma.rgallo regresó hasta el otro día en la casa, pero se le á su habitacion con la misma humildad, contestó con un no perentorio. Salió y sin que nadie jamas le hubiese oído sin hacer la menor observacion, pero decir cómo babia sido él quien convir~ regresó al rayar el día. El enfermo ti era á tan empedernido pecador,- ni empeoraba por momentos, y como sin. se le oyó jactarse en lo mínimo de ac. tiesa que la muerte se acercaba., babia cion tan ber6ica.,- sí, her6ica, porque es Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REVISTA QUINCENAL. 187 más difícil vencer el orgullo natural en el corazon humc.no que arrostrar los mayores peligros y llevar á cabo lo que se llama una accion her6ica en el voca. bulario mundano. - DIA DUODÉCIMO. reflexionado anoche, he resuelto no di. ferirlo. -Grave estás, y me das miedo, dijo Pepita. i Qué be hecho para que me riñas como á una chiquilla? añadi6. -Bien sabes que nunca be sido in. justa contigo, pero tú tambien debes procurar no serlo conmigo ni con nadie. Deseo solamente que desciendas al fon. do de tu cor4zon y me digas since. ramente, sin lágrimas ni c6leras sí piensas que tinicamente Máximo puede hacerte feliz. -8í, ya te comprendo 1 Exclam6 Pepita con disgusto. Desgraciado del que se nutre de sí mismo. Des­graciado del que se re­plíega sobre sí. El alma encadenada. á sí misma ea una tierra sin sávia; uno de esos lugares ári­dos y solitarios que visi­tan los malos espíritus. -N o me repliques ahora ... ReB.exio. na lo que vas á decir, porque de tu Mme. DE GASPARIN. respuesta depende la suerte de más de unu. persona. Deseo tu contestacion de. Despuesde una nocheagitada, Alicia fiuiti~a ántes de medio dia. crey6 llegado el día de tener una defi. Al decir esto su voz temblaba, y te. nitiva explicaoion con Máximo, quien merosa. de no poder ocultar su emocion sin duda. tambien lo deseaba, pues seria !'ali6 del cua.rto y se dirigi6 á sus hijos, el ú1timo que pasaría en Buena>ísta. que la llamaban desde sus camas para Ligábala la promesa. hecha á Pepita de darla los buenos días. que lo rechazaría sin esperanza; pro. Pepita se levant6 y empez6 á vestir. mesa cuyo recuerdo la torturaba; por. se, y miéntras trenzaba sus sedosos ca. que si bien había. llegado á resignarse bellos negros, reflexionaba en las pa. á tal sacrificio, no podia. conformarse con labras de su herma na. La loca niña se que él fuese desgraciado tambien, pues enorgullecía al considerar que la suer. conocía su carácter constante y tenaz, te de dos personas, á quienes admiraba á que se agregaba la persuacion de lo y consideraba tanto, se hallaba en sus inútil de su propio sacrificio, convencí. débiles manos. Recordaba. las miradas da de que Máximo no elegiría á Pepita angustiosas de Máximo cuando las fi. por esposa, pue!l el génio veleidoso de jaba en Alicia, la que por órdrn tmya esta niña y sus frecuentes caprichos no se manifestaba fria: y ahora resonnha prometían que haría. la 'felicidad de un en su oído y halagaba su vanidad la hombre como Máximo. temblorosa y casi suplicante voz de su Cavilando en esto se 1evant6 apénas hermana. aolar6 el dia, y acercándose á la cama "Bien, decía. para sí, si yo llego á de Pepita la. despertó con una caricia. ser magnánima y consiento en ese ma. Alicia., con su magnífica cabellera trimonio, sé que Íllmediatameote Máx.i. suelta y envuelta en un ancho peinador roo se irá á establecer en Bogotá, 6 de batista, estaba muy bella, y al verla tal vez á viajar con ella dejándome so. su hermana. experimeot6 un repentino la, triste y arrinconada en la casa de sentimiento de envidia, que demostr6 tia Catalina, ruiéntras gozarán y se di. abrazándola fríamente, diciéndola en vertirán sin acordarse de mí .... No, no, tono casi de reconvencion: exclam6 casi en alta voz, ipor qué he de -iPor qué estás tn.n bonita 1 consentir en que ellos sean felices y yo -No seas tonta,-le contest6 Alicia. desgraciada 1 Alicia ha pasado ya por sentúndose en la orilla de la. cama. todas las vicisitudes de la vida de la Quiero hablarte sériamente porque ya mujer: yo comienzo á vivir favorecida es preciso hacerlo, y porque habiéndolo por la naturaleza, y no es racional que Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. --... --~ ... 188 LA MUJER. me .resigne á sor la víctima. i Pero 1 de la orilla, ni Alicia. se atrevi6 á ejecu. Leonardo 1 Bah 1 Leonardo se entretu. ta.r tan peligroso salto, porque el bote vo oonmigo para no fastidiarse aquí, y impelido por las aguas babia salido del es seguro que á estas horas estará ga. remanso, y á pocas yueltas se metió 1anten11do á otra con las mismas pa- en el filo de la corriente. Pepita no se labras ~ue me decía. N o es muy gra. alnrm6 al principio confiando e u que to pensar que me haya olvidado de los caballeros las verian y nadarían á un ctia para otro, y esta mortificacion salvarlas, pero el terror de ambas her­es bastante para que, hecha la tonla, manas fué completo cuando desoubrie. agregu~ otra.. N o, no toleraré que ron que sus compafieros se habían ale. otros sean felices y yo desgraciada." jado de la orilla y no los vieron en Se acab6 prontamente de vestir, y ninguna part.e. con las cejas contmfdas, el ademan al- 1 Eo esto Degaron á lo violento de lo. tivo y k>s ojos húmedos por el despe- corriente, que arrebató el bote arras. cho, salió á buscar á su hermana. 1 trándolo bácia.los saltos y remolinos de No la encontró sola. sino rodeada de la estrechura, en que indudablemente sus huéspedes, ú quienes repartía con seria despedazado. Aterradas, empeza. gratas palabras y amabilidad el desa- ron á dar gritos pidiendo socorro. Pepita, yuno ántes ue bajar al bafío. Tuvo que que nadaba muy bien, hubiera podido dejar, pues, su respuesta. para despues. salvars~, pero no quiso abandonar á su A poco rato montaron y se dirigieron al hermana cuando el Larco volaba á su sitto esoogido para el baño desde la vfs. perdicion. pera.. Los caball~ros permanecieron cer. Afortunadamente Máximo no estaba ca del puente de faravita, miéntras que léjos, oy6 los ~rritos, corri6 á la orilla, y las señoras tomaron posesiou del re- viendo el peligro eu que estaban, se manso en que aún se hallaba atado el arroj6 al agua sin vacilar y llegó en botecito de la. víspera.. breve haRta el bote, procurando dete- Alicia, desde la aventura referida oerlo: pero en vano. Ent6oces suplicó por ella el primer dia.., hahia conserva. á Alic1a que se echar'l al agua, a.segu­do gmn miedo al agua honda y jamas ra.ndo que la sal varia, pero ella. movió se atrevia á llegar á donde lo hacia. Pe. la cabeza señalando á Pepita con un pita que nadaba como un pez. gesto de angustia. Ese dia habinn liE'vado á los dos ni- -No puedo salvar á las dos, grit6 ños, los que despues del bafio, miéntras Máximo; sálvese siquiera usted, ..A. licia, se vestían las señoras, se entretuvieron pero resuélvase pronto, porque un roo­jugando con la cuerda que sujetaba al mento más y ya no podró vencer la bote, concluyendo el juego por embar- corriente. carse uno de ellos. Advirtiéndolo Pe. Al oír las palabras de Máximo, Pe-pita. se acercó 1\ sacarlo de tan peligro- pito se a.rroj6 al agua, gritando: so sitio, pero el niño se resistía á salir, -Yo sé no.dar, salve tí Alicia! en términos que hubo de entrar ella Máximo, sin aguanlar más, la tom6 en tambien al bote sin lograr otra cosa r;ino sus brazos, y haciendo un esfuerzo so. que el chico se agarrase de su ropa brebumano procuró ganar la orilla, gritando, y obligase á Alicia á correr pero las fuerzas ya gastadas le faltaron en auxilio de su hermana. El peso de de súbito, y si no hu hiera sido porque las dos señoras y los movimientos del en este momento crítico llegaron los nifio acabaron por desatar el bote, que demas y se lanzaron á sacarlos, no hay empez6 á remolinear y á alejarse de la duda que ámboshabrian perecido. orilla, cabalmente cuando Alicia babia Tan rápido fué todo esto, que aán logrado apoderarse del iosurreoto y en. luchaba Pepita con la corriente, y casi tragarlo á una criada. Pepita, que ya era vencida por ella, pero Mauricio la estaba calzada y vestida, no quiso echar. alcanzó, y sobreag11ándola la trajo sin se al agua al ver alejarse la barqueta. novedad á la ribera, en el momento en 1 --------~------------------------------------------- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ¡· -.._ R E V I S T A Q U I N C E N .~ L 189 que se deo;pedazaba el bote contro. ]as rocM de los ~talto~ y remolinos, íi una cuadra de distancia. Las dos hermana~ so abrazaron de. rramando lúgrima.s, y Pepita, recordn.o. do el sublimo gesto y el ademan de Ali. cía, con que expresó que preferiría la salvacion de su bermnua. 6la suya pro. pin, depuso el egoísmo, olvidó su tonta vanidad de niña mimada, y siguiendo el impulso de &u corazou, dijo al oído á su hermana: -Sé feliz. .1\Hximo no me amará nunca ni yo lo quiero ~ino como íÍ her. mano. Alicia. la miró llem~ de alegría. -Lo dice~ de corazou! -Lo verás despues. A pénae 1le~n.ron á la casa, y ~e vis. tieron y arreglnron, Pepita salió (¡ bul'. car :í )[áximo y llevándolo npn.rte le dijo amable y ¡,¡onrieute, mostrándole el cuarto en que estaLa Alicia.: -Allí estú mi lJennnna, y es el mo­mento de que usted le hable de su Jnn­trimonio y lo decidan. -i Qué me dice u!ited, Pepita?¡ 8e. rú posible que ella .... me nc1•pte al ti o! -Posible, y hasta posihilisimo, con. tost6: s~ que lo aceptará ii usteu por ... gratitud uo mtí'!. -Por gradud ! -Sí, i no lE~ salvó usted la vida? Y sin agua'rda.r más"razonee llevó (. ~flíximo á do de estaba su hermana y los dej6 solos. -¿ l:;erá cierto, preguntó conmovido Máximo, lo qu1e me dice Pepita? -¿Qué le l a dioho esa loquilla 1 -Que usted, Alicia idolatrada, acep. taria mi ma.no1 y mi corazon. -¿Y usted lo desea todavía.? -Con toda mi alma. -Eut6nces, ... i pnraqué negarlo, Pe. pita ha dicho la verdad, contestó ha. jaudo los ojo~. -Pero s6lo por gratitud? -T"o paree¡ ? le replicó ella fijando en él los ojos,- mirada que lo recorn. pensó tle sut~ pasadas penas y angustias. Meses despues se celebrauan las bo. das de Alicia y )ltíximo, y á los poco:; dias partían 4~on lo!~ niños y Pepito. {¡ dar uu paseo por los Estados Unidos y Europa. 1 l:), A. DE S. r r ~. VIAJES. n, E C UF; R DO~ D B 1<~ U l l~ O 1' A POll S, .\, DE ~. LÓXDUT-;;;, ly medio cubit~ tn!l por la niebla, tieneu aHpecto do frio1 y de mal humor; mién. CUASDU por primera •·cz ·su llega ú tras que loe¡ o 1poha.dos úrboles de las Lóndre.-;, f'e !iÍente u m~ tristezt\. vnga que 1 plazas 6 Squd ns veget..'l.n resignarlos, aprieta el corazou, al ver ;;us anchas pero parecen entregados nl ¿.;p{rrn que calles cubicrtao de lodo, sus casM cnsi so respira cr1 quello. cohneua Jo tres iguales y ennegrecida!! por el humo y millones de h bitautes. el hollín ; todo en L6ndrcs es sucio y Lóudres, co¡mo París y todas las ciu. solemne; los palacios tan espléndidos dnues eurO]>e~s. está dividida. e u :iife-1 como es pesada su arquitectura, pare- rentes secciones 6 barrios en que viven ceu fruncir el ceño; IM columnas y sepurndn.s las liase~ de In. f'ociedad, cual estatuas en los lugare.'l público~, Degras difereu tes especie:; de UU reuniío Utixto. --------- -- -- TO)!O IV 24 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ------¡ 190 L A M U J E R . H ácia el Oeste, la parte más l'a.na, En las grandes calles del Rf'gente, aseada y elegante, se encuentra la a ris- de Otrford y de PicadWy, en que se tocracia y personas de alto rango; y hallan los almacenes más de moda, el los paseos llamados Hyde-Pal'k, {};·ef'n tumulto es inmenso, pero los dauclys y Park y St James, donde sólo se da. en- las elegantes forrnao la parte prioci­t rada á los coches particulares, se ven 1 pal de la multitud. á mafíaoa y tarde repletos de l~ndas y En los alrededores de los parques y elegantes señoras, y grupos innumera- Sqltare.i aristocráticos, los trauseuntes bles de niños aristocráticos. Eo medio caminan 6 paso mesnrado y grave, los de este barrio hay otro qne es el non carruajes ruedan solemnemente sobre plvs ~Lltrct de la elegancia, llamado • el macailams. y los cochero~ y 1acayoR, Belg1·avía, donde viven en magníficas más entonados y tiesos que sus señores casas los orgullosos nobles de las fami. 1 (lo que no es poco (lecir), no se dignan lías más antiguas. Sin embargo, sucede nunca advertí r al modesto mortal de á una. cosa digna de notarse : detrns ele pié, que corre riesgo de que las ruedas esos palacios aristocráticos se encuen. le pasen por encima. En este barrio trao á veces inmnndos riucones en que cada casa es una peq11efia. fortaleza pla. viYen amontouaclos y muertos de ham- gada de sirvientes, divididos en cate. bre los proletarios m!Ís miserables de gorías más ó méuos importantes, pero la ciudad, como para formar contraste toJos impregnados de un aire de so. con el esplendor de los nobles. lemnidad digno de mejor causa: aun Los banqueros y ricos sou dueños de el acto do quebrar un plato lo desem­otra parte del Oeste cercana á la ciu. pcñan con imponente gravedad. dad comercial 6 city, y las calles del Los domingos (en nua casa qne se Rerrnte, Picadilly y O.r.fm·cl son las l respeta) se acostumbra guardar bajo que más frecuentan. ¡ llave todos los libros que no sean de Los negociantes tienen RU!. familias devocioo y los juguetes de los niños, generalmente fuera de la ciuuaJ, en los pues éstos no dehen levantar la. "oz hermosos barrios rle Ulnpham, Hamps. aquel dia, ni c·orrer, ni reírse; todo el tead, &c., y los gentilhombres pobres, mundo se entrega á la merlitacion y el banr¡ueros a.rminados y señoras de posi. recogintiento i o tcrior, y desde la cocí. cioo dudosa, moro.u en los ba.nios de nora, ou su departamento subterráneo, Brompton, Pinthco, Chelser¡, y St .Tohn's hasta lns nodrizaR en ]a parto más ele. lVnorl. vada cle la casa, se abisman en sus pen. El distrito habitado por los aventn- samienlos,y toman un aspecto tao gra. reros de todos lo~ países se encuentra ve que causo. miedo, pues más parece 1 entre el Oeste, la City y el honible r¡ne meditan algnn crimen que elevan barrio de los pobres y los judíos, ll:t. su espíritu á Dios.. y pensar que esto marlo St Giles, que es un conjunto de sucedo carla ocho di as: iCúrno sustraerse calles inmundas donde ninguna señora al .trn.tagema. 1 c•a la. angustia por la estrechez de las ¡ Por conttaste, la¡; gentes del pueblo ~a.lles, la altura do las casas y lo eulo. tienen el domingo uua distracciou qtle dado del piso. J no parece muy santa. Las tiendas ~u 1 1 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ------ ---------- 1 RE V I STA Q U I N O E N A L . 191 que se ;xpe1~den Ii;ores -(gin shops} qué: todo ~s~ en manos de ellos; las 1 son las únicas que permanecen abiertas leyes da.o siempre la razon al hombre durante el dorniogo; la plebe se reune contra la mujer; él reina como sobe­¡ nllí y !;6 entrega á la bebida, pero eso rano eo donde quiera que se encuen-sí, sin perder su gravedad. tra, y si alguna. mujer llega á quejarse ,. * de uu hombre, jamas lo hará de los * homln·es. Decididamente no se puede calificar En la iofaucia la mujer inglesa es. en masn. á las mujeres de Inglaterra, cucha con respeto y siempre con admi- 1 pues cada clase de la sociedad inglesa 1 racion las palabras y decretos de su tiene sus opiniones, sus ideas y orgullo padre: cuando grande, sus hermanos, propio y diferente del de los domas. 1 y particularmente el hermano mayor, 1 En la alUl. sociedad, como sucede en- influye eo su conducto., ideas y basta tre la aristocracia de todas las uacio. ¡ creencias. El hermano mayor tiene es. nes europeas, la principal ocupacion de te poder en su familia, porque segun las mujeres consiste en tratnr de bri- las leyes y costumbres inglesas (y la llar m:ís que sus vecinas y rivales; los manía de darse importancia imitando deberes de la sociedad las imponen mil á todo trance la~ tradiciones de la aris­necesidades y artes facticios, y los bai- tocracia), el primogénito hereda todo el les, 6peras, visitas y paseos, y á veces haber J.e su padre, y los hijos menores las sociedades de caridad o.~tens·i.ble, les y las bijac; quedan bajo la proteccion 1 quitan todas las horas de su vida. del heredero. Al casarse la inglesa., sa. Las mujere¡¡ de la enorme clase me-1 be que su esposo es el todo de la comu­dia, que tiene tantas ramificaciones, y 1 nidad: él manda y ella obedece pasi. que, sin embargo, forman una unidad ' vameute; y la mujer, que rara vez tiene imponente, se ocupan particularmente fortuna propill., se inclina ante su vo. eo cuestiones religiosas y de literatura; luotacJ. Si queda viuda, idolatra al hijo muclm~ de ellas dirigen sociedades bí- mayor y hace solamente lo que él le 1 , blicas y distribuyen miles de libritos de aconseja, porque casi nunca su espo.;o ejemplos y cooxejos (llamarlos tructa), r le deja. m(LS renta que la que voluuta­lo que forma una Yida oc·upadísima ; riameute le pns1\ su hijo. l las señoritas inglesas son tan libres que El pueblo inglés eo general (y sobre pueden entrar, salir, pasear, tomar co. todo In mujer), tiene, aunque parezca ches y trelJes de ferrocttrril, ir{¡ Lailes, paradoja, el carácter m(c.S org•llloso y t·onciertus, teatros, &c., sola.;,) cou al- más ¡;orvil del mundo¡ todo;; procuran guna.s awigas y amigo~, si u pedir liceo- imitar á la aristocracia y tratar de igua­cia. ui dar cuenta de sus pa~os á sns l lar&e ;Í. ella ; se humillan en presencia padres¡ muchas de ellas, cuaudo no de u u grau nombre, y desde el rico ban. tratan de imitar ~:ervihneute á la aris. (¡uero hMta el ültimo sirviente, todos tocracia, vi ve u escribiendo novelas, cou se inclinan con humildad ante un lo·td, las que aflige u á las liLrerías é inuig- pero ~;i éste es rico; si es pobre no lo nau á los críticos. ~ mirarán, pero tampoco harán caso del Hay entre las mujeres inglesas cier- millonario siu pergaminos. Los ingleses ta franc-ma.~;onería muy curiosa; for- aman sobre todas las cosas los pugami. roan una clase aparte¡ se reunen en nos dorarlos. sociedades á las que los hombres oo sou Todo se hace en Inglaterra por via admitidos; se ay11dan, animan, e~ti- de anuncios. No hace mucho tiempo rnulan en todo y por todo, pero nunca apareció eu los periódicos una convo. bablau ó se defienden de los hombres; ' CQ.toria, firmada. por per.souas respeta. tienen un profundo respeto por el sexo bles, para llamar la atencion de las fuerte y no se atreven á quejarse de 1 persvoa.s caritativas que quisieran to- 1 sus tiranos. Sus ti>·anos, repito, y es la mar parte en u-a establecimieut.o hu. palabra adecuada, y voy á probar el por maní ta.rio. Se trataba nada méoos que -------~--------------------------------- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 102 LA MUJER. de fundar uoa casa de asilo para perros en el fondo es excelente; los perros en indigentes. El hospital debería ser go. Lóodres son más desgraciados que en bernado por un consejo de señoras ca. ninguna otra parte del mundo, pero rita. ti vas, que se reemplazarían por tur. cuando se pie usa que en los barrios po­no en la direccion, tratando de incul. bres de estas ciudades, mueren miles car buenas nociones á los individuos ~ de personas víctimas de la miseria en cuadrúpedos que fueran admitidos; los qua han vivido, nos parece hasta un gastos del establecimiento se deberían crímen querer aliviar primero á los hacer por suscricion. Parece que, ade. animales. En L6ndres existen séres bu. mas, se trata de hacer venir de los Es. manos que no solamente jamas han !li. tudos Unidos un perro terranova, que do bauLizados, sino que llegan ú viejos se manej6 heroicamente en un naufra. sin tener la menor idea de que hay un gio, sacando los muertos á la playa, y Dros. ¡ Y llaman á esta ciudad la mús elegirlo jefe del establecimiento. 1 ilustrada del mundo! Este es un hecho característico de la S . .A.. DE S, originalidad de los ingleses¡ la idea (Continuará). ---.. ·--- HISTORIA DE DOS FAMILIAS. NOVELA DE COSTUMBRES NACIONALES, POR OLGA. CAPÍTULO CUARTO. EL BAILE. por cierto espléndida: luces, flores, música., preciosas señoritas elegante. mente ataviadas, espejos en que se re. LLlmÓ al fin el tan deseado dia en fiejaban aquellas magnificencias, al. 1 que Oerman se vi6 con el título de fotnbras en que se hundían los piés, doctor, cosa que ambicionaba particu.¡ cómodos muebles,- en fin, todo se ha. 1 larmente su madre, aunque ella mis. bia reunido para alegrar y encantar á l roa no sabia por qué. El j6ven no po. los invitados, y halagar el amor pro. 1 di a jactArse de tener un talento sobre. pi o de los dueños de c-asa. saliente, pero como poseía una buena Los trajes de la:> señorita.q Ahuma. memoria, mucho despejo y desembara. da (que uiug1ma modista babia !]Ueri· zo, merced á algunos mese~ de estudio do hacer, porque dofl'a N arcisa era muy asíduo, babia lo~rado presentar un cer. morosa para pagar, ú pe:;ar de su so. táruen, si no brillante, suficientemeute nada riqueza), cortados y cosidos casi mediauo, para que los examinadores por entero por las Villanueva, habían no creyesen necesario reprobarle. Por quedado tan bien hecho.:~ y de gusto, otra parte, sabíase que German era un que cuantas amigas los vieron decla. j6ven acaudalado, que no estudiaba raron que 1Jancian extranjeros, lo para seguir en realidad la carrera de cual constituye el mayor elogio qne se abogado, sino en calidad de simple puedo hacer, entre nosotros, de un aficionado. i Qué importaba, pue~, que ~estido. tuviera ciencia 6 no 1 Lucrecia, que apénas babia cnmpli. La habitacion de doña N arcisa,-en do diez y seis años, no llevaba todavía la. cual babia preparado ella una. ter. el traje largo, pero se cmpeñ6 tanto tulia y una magnífica cena para obse. con su madre para que la permitiese quiar 6. los amigos y amigas que babia presentarse aquella. noche igual ú sus ¡i_ nv_ita_do_ á_ al_eg_rar_se_ co_n _el_la,_- e_sta_ba_ h_er_ma_na_s, _co_mo_ u_na_ s_eñ_or_ita_ y_a d_e [1 ~-------------------------------------------------------------· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. r- R E V I STA Q U I N C E N .~ L . 1!)3 cola., que ésta no pudo negarse á su de. · Heo. Ve$tida de hnon blanco, el cabe. llo casi suelto sobre la espalda, los bra.. zos descubiertos, un medl\llou por úni. ca joya. ~robre su albo pecho, una rosa. natural entre sus cabellos rubios, el talle erguido, elegante y delgado, las mejillas encendidas por la emocion y los ojos brillantes de alegría, Lucrecia se pre:;entú en el salon del baile como 1 una. poética aparicion al lado do Sil. via, nitia de su misma ednd, igualmente bella, pero con una belleza mM madu. ra. v provocadora. Silvia era de pequeff¿~ estatura, un poco inclinada á tener demasindas car. nes, lo cual amenttzaba. dañar la sime. tría de sus formas, pero bien prensada en el corsé, disimulaba un tanto ese defecto. El C'l.rúcter de su hermosura. 1 era enteramente de tipo oriental: de ojos grandes y negrot<, pestafias <'res. pas, nariz algo aguileña, un ligero bo. zo sobre el labio superior, lo cual Ita. cia brillar la blancura de sus dicn. tes .... cu fin, Silvia era arrebatadora., pero }lOCO ~;impútica.; los que se pren. daban de ella. sentían á vece.-; ímpetus do odio, y los que dejahan de amarla, en seguid11. la aborrecían. Sil vi a tenia. algo d" la razn Ítllinn. en su constitu. cion física, pero la sulval,a. su nlma honrada; su e>píritu era frio y calcu. laJor, pero su cornz.ou cm apasionado aunque bueno. A pesar de la ninguna educaciou moral c¡uo habia recibido, los instintos sanos dominnhan en ella, y t~oia en el fondo de su ser mucha inclinacion :l ln piedad, sentimiento que se re!~ pira en nne!\tra a.tm()~fera, re11to de lo bueno que nos legaron lo!S . españoles. A pehar de que parecía im. 1 prudeute eu &us palabrns y se mani. fest~b~ coqueta Lasta la ex:nguraciou, ella no faltaha jamas á su dignidad. H ac:ia nlguuos mews meses en que babia dejado de verla, la mariposa había. salido de su cris61idn, y de la ni. fiez babia pasado á una lozana juven. tud. Un ~~iento de admiracion y un murmullo 1~e sorpresa. que notó en. tre el grupo de jóvenes que le rodeaban, le hizo volver :tos ojos al sitio en donde se couceotra~~n todas las miradas. -Lncrecia! exclamó acercándose con aspecto mara' illado, y con su genial mala crianza, in dirigirse coUlo debie. ra, primero ú iioña Pastora, ú cuyo la. do estaba su hija- i Qué veo t i Con que cuando pe1nsa.ba que Lucrecia era una. niñita, 1tma escuelante apénas, veo llegar á una señorita mas linda que un sol, y me dicen que esa es mi antigua comps~ñera de juegos f i Es po. sible esto, Luc:reci~ 1 Esta bajó l(>S ojos y ¡;e sonrojó has. ta la frente sim coutcl>tar uada. -Veamos, añadió él inclinándose para ruira.rla ~Ion no cli~imulada adrui. racioo, quitándole de las manos su cartela, veamc¡¡s si me ha dejado algu. na pieza. -Acabam~s de entrar, respondi6 ella, y está v~~cía, y umcbo me temo que a~í pcnuanecerú, ¡yo no conozco á nadie: -La prime,ra pieza es una cuadri. lla que yo debia bailar con uo sé qué mw! rymw, segun la disposiciou de m~a hermana~..... pero se la npunto aqut, ¡mes fácil me ser.l variar de parejas. Tam bien sefi~ lé un wnls .... hác111. el fin 'eremos si le guefla alguna otru. pieza ru ás para mí. Al decir esl~o se alejó, des pues de sa. ludar du p.~ b y corno al descuido á doii~ Pastora. La presentllloeion en el mundo de Lu. crecía cnu:>Ú ~ucba ÍUlpre~ion ec la alta sociedad ~e N* .. , nosolatnente por su helleza y modesta compostura, sino por la. novedad que produjo (lo que era un encanto m~.~;), pues nadie la conocía. N o habiendo aststido jama.s al teatro ó á concierto ~ lguno, ni ú uinguna fun. cion ptíblica, sulvo á las religiosas, á las cuales concurría envuelta en su mantilla, sin lllamar la atencion de los curiosos, Lucrecia era ur..a bellí~oima novedad en Stquel salon. Los jóvenes la rodearon so~icitando el honor de bai. lar con ella.; ,Y aunquo Lucrecia jamas Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. -~------------ 194 LA MUJER. había estado en otro baile, supo mane. mujer tonta, era sumamente envidio. jarse con tanta circunspecciou y com. su: todo la hn.cia comprender que su postura, que no formó enredos coo las hija uo debería haber etitado allí, y 1 parejas ni cttus6 disgustos, por consi. le pesa.La en el alma haberla permití. guíen te los jóvenes no tuvieron motivo do concurrir tí una fiesta como aquella. ni pretexto para foroar rueda en torno Pero el paso estaba dado : el mal no suyo. No a-;í sucedía cou Silvia, la que, teuia remedio ya; aFÍ lo (LOico que le como sus hermanas, fundaLa. su orgullo tocaiJa hacer era. obmr con prudencia, en tener continuamente al rededor de revestirse de suma paciencia y pedir tí su asiento un círculo de ruidosos ad. Dios le diera fuerzas y disoreciou para miradores que disputaLnn entre sí, cam. obrar bien en un asunto qne podía biaodo una pieza por otra con ella, pi. t:ostar la dicha de su hija. "Ah! peo. diéorlola uoaflordesu mmo,suplictíndo. saba, yo que estaba tao secretamente la les permitiese mirar su abanico, orgullosa con la belleza y la gracia de dándolaln·oma, ya con uno y ya con otro, Lucrecia., ahora. veo cuánto mejor es con una fan:iliariJad tao irrespetuosa, el ser insignificantes como mis hijas que sorprendía que ella no compren. mayores, que no llaman la 1\tencion ni diese que una señorita uien educada por bonitas ni por feas! E~tas niñas evita esas exhibiciones de ostentosa co. aroaules, bondadosas y esclavas de su quetería. Pero es preciso convenir que deber, jamas me han riado un disgusto o o cí:'to Silvia. uo tenia la culpa: desde ni una aprehension, pero Lucrecia., con qne abr:6 los ojo!l, siendo la menor, vió su brillo y su bellez:~., no sé cuántas pe. idéntica conducta en sus hermanas, sin nas me cansará!" que su madre jamas les fuera ú la ma. Pero doña Pastora. tenia fe eo Dios no, -y desde niñita o.prend i6las leccio. y en los principios religiosos que había nos da vanidad que ellas la enseñaron. dado á sus hijos, y esto la bastaba para Para Lucrecia. aquella primera no. uo alarmarse dema.'iiado. che de bnile fuó marcada pot' tres grao. N o fué sino pasadas las cuatro de la de:; estrellas eu el almanaque íntimo. mañana que doiia Pastora logró salir ¡Qué dicha pa.ra ella! Estar siete ho. de la casa de sn vecina, pues cad!4 vez ra.s consecutivas eu el mismo salou coo que trataba de reunir á sus bijas para Oerma.o; más aún: tenerle casi con ti. salir con ellas se lo impedían todos los nuameote aliado, y no Je uu Germau j6veues, suplicáudola. que permaoecie. Jescuitlado 1< indiferente, como hasta rn- otro rato mús. Cuando lleg6 al za_ ent6oces lo Labio. sido con ella, sino Je ¡guau Je la casa, apoyada m.1 el brazo uno que 1:~ colmt1.bn. de atenciones; que rle su hijo Lui~;, notó que Gennan, por la manifestaba una grande ndmirncion; primera vez de su vida, se hauia aco. que sin cesar lo encontraba junto¡ que medido á acompa.ñar á las Villanueva aJivioaba sur; caprichos; que la con. hasta su casa y daba. el brazo á Lut:re. templaba de léjos y la hablaba al oído cía. Afortunadamente pot:o tuvieron 1 de cerca ...... jamas en sus eosueiios que caminar para llegar ú la. ca.sa de l más descabellados había ideado ventu. clofía. Pastora, y ésta no estuvo !'at.isfe. 1 1 ra igual ! cha hasta que no se halló léjos de Doña Pa.Rtora, en tnoto, estaba. en aquel jóven que ~>iemprc le babia re· ascuas: las ateucioner. de Oermo.n con pugnado, y que abora temía como ;t Lucrecia, y la uo oculta alegría de é!ota un contagiado con alguna espantosa. ¡ con ellas; la repentina frialdad que la enfermedad. manifestaron las hijas de doña Narci. -Lucrecia, le babia dicho German ga al notar la impresion que la. nueva :í su cowpaiiera, durante el trayecto estrella había hecho en la sociedad, por la calle, ¿ha estado contenta.? dejándolas ti ellas un tanto á la. som. -Mucho, muchísimo! cootest6 ella bra; las insinuaciones pérfidas de la francamente. Pero me siento muy can. viuda de don Ruüno que, como toda. sada. Como nunca babia bailado sino l -------- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. REVISTA QUINCENAL. 105 por chan?.a. con mis hcrmaun:;, no -es~r·ccrln una vi~ita y prl•guntnrla cómo ~e~ toy enscfíada. ~'liento despues de In trasnochada. Ya 1 -¿ ~~stú tambien CO.TlSnda. de mÍ, snbe, J~ttC'recia, aondirí 011 YOZ hnja, que 1 Lucrerin.? ;Esa seria una injusticia l 1 mis visitas no !>Orán f;ioo para usted; -; Can~da de usted, Oennnn L .. iba es preciso, pues, que me reciba con 1 á aiiadir que eso no podria ser jamas, amabilidad. cuaudo se acordó que no debia decirlo, l -Hasta mañana, Gennan, contestó y no concluyó su frn.,e. ella, y entró prontnrnente á su casa, En eso llegaron á la puerta de su deseando ocultar la alegría que rebo-l casa. saba en ella. 1 -Mañana, dijo Ocrmnn, iré á ha- (C'unfin1uo·tí}. REVISTA DE EUROPA. I no hn. sal•iefo concodcz· una constil.ncion zí tiempo, ni ho. qucridn ael111itir la posibilidad lJ:-;\ njeaeiB sobre el sistomn pnHtico ae- do una cánuzm parlolmrntaz·in. lnal do Hu~ia no estará nr¡ni por dt·mns, pne~ "lln~t1lll un tanto de metlío ele eírt!t:nes del ('zar, y ya p;~reco como qué pnl\'Íeno la agitacion nihilista que des- si el Oohierno hubiera ejocutarlo cuanto se pe; r¡nc Peclro el Gran­pnhlicatllls e•n los ÍlltirnoR nuJHCll, en la U'- de, t·nn el nnxilio do t·:-ctranjcros, proeuró vi.,ta ti¡; Ambos J.l[w.,loR, intmr-.11nntíairnas f'ivilizar su pueblo y ttu·o¡>a11i:ar la :.fo~­nprcl'iaciow• R nt•erca tle ln Ritnndon política t•ovi:.. 1•;1 poder al•:;oluto que durante este en HnRill. No basta, <'ll \llH\ lloviNtn políti<.!a lnr·go ['l'I'Ítulo ha !'lirln I:L prin~t•m coudicion y notir:intw, referir los ar. ~eilo r¡no le otorgnm 1~ la na<·ion. mm c .:lo Ambos :_\luullos," 1~ de Junio -EL y un dcsbamtc completo. El Gobierno ruso ll<>l:~in"fW proptof •.• " Mar1el/.e~a." ... ... "Bien ae sabe qne esos f. Y qué direm01 entre noaotroa, en cato11 jc.,uitaa (nñade M. Vacherot ), ea01 domini­pa• aea de América, en donde el pueblo ea canoa, ()801 aacordotea de todo ~éoer••, no anáe ignorante que en ninguna parte del mnn- tienen ~,trn mlaion ya ~n la pohtica que la clo civilizado, porque no tiene tradiciollCI de mártires. Saben todo11 que la11 familiaa no históricaa ni monumentos que le recuerden loa ven 11ino en aua igleaiaa y en ana etlt'Ue- 101 ac;ontecimieutoe puadoa! Sin embargo, lu, en donde ai hablan mucho de Dios elloa nueetru oonatitucionca y nueatraa leyea M- no olvidan la Francia. Bien 10aben qne loa tán más avanzadas que en ninguna otra par- alumnon que han recibido B\11 enaeiianua te del mundo. Eeta impreviaion, ó eata Íp!O- aon crirstianM, y que eatoa cristianos aon naneia ó cnlpable malicia de nucetraa Cama- houradc•a y buenoa cindadanoe y, cuando ca raa legialatrvu, ca lo qne noiJ ba causado el ! preciso, valientes aoldadoa. Todo esto sa­eetado decompletadeamoralizaciony ruina en ben, y 1•ún exclaman: j el enemigo! ... " El que noaencontn.moa. Pero volvamos á Rueia. país abdrá al fin loa ojoa y loa oído& al grito Ea cierto que muchoa ruaoa radical ea y jacobino de " ¡ Guerra á la lglcaia 1 1 J>az á tod01 loa nillililtM no quieren una cona ti tu- la Oomnna 1 de eaa Oomuna que ha profana­don formal, y lo que aspiran ea ' derribar do nuetttraa i¡rlcaiaa, de11trnido nucatroe mo­todo lo que está encima, ain pensar en orde- numentDll, fusilado nuCI!troa generaiC!!, nnoa­nar con alguna: ec~oa aon energúmen01 qne troa soldados y nueatroa aacerdotea é incen­cumplen oon eu miaion de destruir. Pero eaoe diado nnc.~trna casas l ...... '' El pueblo con­deetructorea 1.0 tend rian eco, ni llevarían & testará entónc011: " ¡ Guerra á la Oomuna l cabo aue con•piracionea, ei la Nacion pudiera ¡paz á la Iglesia!" apoyarse en nlgu mía sólido qne la voluntad 1 III deapótica de llh Cv.ar ó do un jefe militar de- 1 legado del Emperador. 1 J,aa Elleccionea municipal011 en Roma, que 1 c(l88 rara! en llneia no lJa habido unta- han tenido Jugar últimamente, han sido ga­tiwu de forn1ar una conatitucion eino bejo nadas por loa católico•; de 14 vacantes por l01 reinadoa de trea mujeres: en el advem- loa cualea ao tenia que votar, ae han ganado miento de Ana Jvanovna, en el reinado de la 12: Guibaldi, que cataba en las liataa, ha Emperatrh: Jaabel y en el de Oataliua li ! aido durrotado, y dicoee que 111 partido ha La primera era aobrina de Pedro el Grande: jurado vengaree. Probablemente él no catará la segundA, 1\1 hija. Catalina JI convocó en ménoa diaguatado, pneato Que enoontnamos !'IIOIIOOVIl reprell4!ntantM de todos los pnebloa en nn periódico una carta curioaa de did1o del Imperio. Poro todo Mio era prematuro General, Cl8Crita en Onprera, y dirigida á un todavía, y hoy loa ruaoe, que ae ocupan aiu- señor fltefanoni, que dice nsí: cera 1 realmente~ del cambio de la aituacion "Mi querido Stefnnoni :-Me adhi•ro con polltica de au paia, pretenden tener una entuah11mo al proyectado Congreso do racio­oonatitucion difereute de lu demu nacionee naliataa, que teudrá lugar en Bruaélaa, en el de Europa, "algo original, dicen, propio cnal se dobe declarar lo ai~iente: 1.0 Loe para la raza eelan: " pero en realidad uo librea peoaadorea 110n apóstoles de la ver­nben qué quieren. Pero lo cierto ea que Ru- dad; ea doeir, de la rar.on y de la ciencia y, sia neceflit& un alivio, aire puro y más libcr- por co¡~aiguiento, aon loa mejores inatructo­tad que la que hnata hoy ha gozado. ree del pueblo. Lua cac:-uolaa deben aer, puee, El capíritu humano nuoca eet&ri aatiafe- laicaa :: 2.0 Los aaeerdotea, de cualquiera ro-l cho, tieude siempre á obtener algo máa de lo ligion quo aeen (budhiata&, mabometanoa, que poeee, 1 ai en Rusia 1e libernlir.aran al JO eatólic:oe, &c.), tod01 aon falaoa apóetolee. Juioatitueiouee,dueguropediriamúy mu. Ellos, loe antorea de lu torturu, piraa fu- 11 Una vez e:rpulaad01 en FaAlfCIA loa je­auitasy pei'IIOguidaa laa congregacionca re­ligioeae para impedirles que enaeiíen, tocará au tumo al clero. " Y no aolamente lea pro­hibirán la enaeñanza (dice la .BftütG di Ambo. .M"Jidol do 1.0 de Julio), sine que ee lee quitará tambieu el derecho de vivir. A1i uerarine y aac:rificioa humanos, 110n loe ene­migos naturalea de lu nacionea, á lu cualee han mantenido siempre, y aun mantienen, en discor~liaa aauguiuariaa-Siempre vuestro. G. GAJUBALDI." El ¡~bre anciano eatá ya en un eetado de­plorab ·le de se"iliemo democritioo, y la idea de una1 religiou lo saca do juicio. S. A. P• S. ImpmaW. ele 8UYeñn J C. •
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La Mujer - N. 44

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Cranial shape variation and phylogenetic relationships of extinct and extant Old World leafnosed bats = Variación en la forma del cráneo y relaciones filogenéticas de murciélagos extintos y modernos con hoja nasal del Viejo Mundo

Por: Laura A. B.; Hand Wilson | Fecha: 2016

Leaf-nosed bats in Hipposideridae and Rhinonycteridae currently have an Old World tropical to subtropical distribution, with a fossil record extending back to the middle Eocene of Europe. The Riversleigh World Heritage fossil site in northwestern Queensland constitutes a particularly rich archive of faunal diversity for Old World leaf-nosed bats, having yielded more than 20 species. We used 2D geometric morphometrics to quantify cranial shape in hipposiderids and rhinonycterids, particularly from Riversleigh, to each family within a phylogenetic framework, and using a quantitative approach to reconstruct cranial shape for key clades in these Old World radiations. Our phylogenetic results suggest that the Riversleigh leaf-nosed bats probably do not represent an endemic Australian radiation. Discriminant analyses (DA) resulted in cross-validated classification success ranging from 61.9% to 71.4%. Classification of the original grouped cases resulted in success of 81% for each dataset. Of the eight fossil taxa included as unknowns in the DA, six were found to be assigned to the same group as recovered by the phylogenetic analysis. From our results, we assign the Riversleigh Miocene species Archerops annectens, Brachipposideros watsoni, Brevipalatus mcculloughi, Rhinonicteris tedfordi and Xenorhinos halli to Rhinonycteridae, and Riversleigha williamsi and Hipposideros bernardsigei to Hipposideridae. Our results support Pseudorhinolophus bouziguensis, from the early Miocene of Bouzigues in southern France, as belonging to Hipposideridae, and probably Hipposideros. The reconstructed ancestor of hipposiderids was distinguished from that of the rhinonycterids by having a shorter rostrum, and less of a distinction between the rostrum and braincase.
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Cranial shape variation and phylogenetic relationships of extinct and extant Old World leafnosed bats = Variación en la forma del cráneo y relaciones filogenéticas de murciélagos extintos y modernos con hoja nasal del Viejo Mundo

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Imagen de apoyo de  Las tarifas del señor Cisneros

Las tarifas del señor Cisneros

Por: B. A. Martínez & Compañía | Fecha: 1884

Documento que los representantes de la empresa B. A. Martínez & Compañía envían al secretario de fomento (hoy Ministerio de Hacienda), un comunicado para manifestarse en contra de las irregularidades sobre el contrato y las tarifas cobradas por el ingeniero cubano Francisco Javier Cisneros, para permitir la navegabilidad de mercancía por el río Magdalena.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa
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Las tarifas del señor Cisneros

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Manifestación: 4 de Diciembre de 1885

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La voz de unos católicos granadinos

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