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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 6

Por: | Fecha: 07/03/1839

SEMESTRE 1. o CARTAGENA, JUEVES 7 DE MARZO DE 1839. NVl\IERO 6. ;:e: Estlt periódico saldra todos los jueves: la recepcíon de las suscriciones y 'Venta de los n~lmeros sueltos están á cargo del tesorero de rentas provinciales Sr. J uaa ':Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATIlO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto ItEAL y ME010.=El precio de la iusercion de los avisos­g articulos de interes privado, será de un peso hasta doce I'engl nes, y un real mas por cada tres renglones de los que excedan de aquel número, y la mitad por cada vez que se repita, siempre que se advierta al ti~mpo de la entr.ga. CUADRO QUE FORl\fA LA CONTADURI-\ general en cumplimÍtruo del articulo 30 del d6crelo reglammtario Jeelta 4 de Ocluhre de 1837, ,n el cual se espresan las cuentas que han sido aprohadas por la Ca mara de pro­fJincia en sas sesiones de 1838. (Continuacion del número anterior.) ~ERCER CA~TON--SOLKDAD. Municipales. La de Agosto a DIciembre de 33, produ cid. por el Sr. Juao de Dios Noriega. La de En ro a Julio do 34, prodltcitla por .1 Sr. Juan Llanos. L. de Setiembr a Diciembre do 34. P1'O­.1"" ÜC¡ pu,- ,,1 mismo. La de Junio a Setiembre de 35, producid -por eJ Sr. Francisco Pascuales. La de Octubre de 35 a Enero de 36, pro· elucida por el Sr. Jo é Maria Warne. La de Febrero a Mayo de 86, producida por el mismo. La de Junio a Sedem re de 36, produci­da por el mismo. La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro· Gucida por el Sr. Francisco Pas.cuales. La de Febrero a Mayo de ,37, producida por el Sr. Gregorio Orosco. La de Octubre de 37 a Enero de 38, id. por el mismo. La de Febrerd a Mayo da 38, id. por el 'mismo. Comunales. La de la parroquia de Soled d- de Junio a Setiembre de 35, producida por el Sr. Francisco Pascuales. La de Octubre de 35 a Enero de 36, pro 'ducida por el Sto José l\faria W rne. La de Febrero a Mayo de 36, producida por el mismo. L. de Junio a Setiembre do 36, producida por el mismo. La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro .. ducida por el Sr. Juan José Ruiz. La de Febrero a Mayo c!e 37, producid por el Sr. Gregorio Orosco. L. de Diciembre de 37 Mayo d. 38, pro· 'dncida por el mismo. La de la parroquia de Sabana grande de todo el año de 34 'J Enero de 35, producida por el Sr. José V. del Toro. La de Febrero • ~ayo de 35, producid por el mismo. La de Junio a Setiembre de 35, producida por el mismo. L, de Octubre de 85 a Enero de 3~, pro­ducida por el mismo. L. de Febrero a Mayo do 36, producida por el mismo, La de Junio a Setiembre de 36, produci­d por el Sr. l\Ianuel J. del TOI'o. La de Octubre de 36 a 26 de Enero de 37, producida por el mismo. La de 27 de Enero a 26 de l\fayo de 37, producida por el Sr. José V. del Toro. La de 27 de Mayo a 26 de Noviembre de 37, producida por el Sr. M.muel ,J . del Toro. La de 27 de Noviembre de 37 a Mayo de 38, por el mismo. La do la p;uroquia de l\lalamba de Enero a Julio de 31, producida por el Sr. Raimun ­do Sarmienio. La de ,Agosto d~ 3i a Enero do 35, p ro~ ducida por el mismo. La de Octubre do 35 ~ Euero de 36, pro ~ du()ida por cl Sr . . Joaquin Serrano Sarmit'oto. La de Febrero a ~Iayo de 36, producida por 1 mi~ 1n. - • La de Junio a Setiemure de 36, producida por el mi.mo. La de Octubre de 36 a ero de 37, pro· ducida por el mismo. . La de Febrero a l\layo de 37, produclda por el mismo. . l.a de Mayo a Noviembre de 37, proJucl-a por el mismo. La de Diciembre de 37 a Mayo de 38, pro­ducida por el Sr. Juan Palmu. La de la parroquia de Santo Tomas de Enero a 1\1ayo de a7 I producida por el Sr. Pedro Ariza. La de Mayo a Noviembre de 37, producida por el mismo. La de Diciembre de 37 a layo de 18:>8, produoida por el mismo. La de b - parroquia de Polo nuevo, de Oc tubre de 35 a Enero de 36, producida por el Sr. José de Castro. La de Febrero -a Mayo de 36, producida por el mismo. La de Junio a Setiembre de 36, producida por el mismo. La de Octubre d" 36 a EDero de 37, pOI' el mismo. La de Febrero a l\layo de 37, por el Sr. José de Castro. J .. a de Junio a Noviembre de 37, produci­da po~ el mismo. La de Diciembre de 37 a Mayo de 38, por el mismo. Manumision. La de Julio de 35 a igual fecha de 36, producida por el Sr. Hermenegildo Visbal. La de Julio de 37 a Setiembre de 38, pro· ducida por el mismo. Resguardo de indigenas. La de la parroquia de Mal.mbo del año de 36, producida por el Sr. Pio Roblos. CUARTO CA.NTON-SA.nAII(.\LA~GA.. M anicipales. La de Febrero a Mayo de 35, producida por el Sr. l\1anue José de , Cuentas. La de Junio a Setiembre de 36, prodl!cida por el mismo. La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro,,: E ~AS CAlJSAS CIVILES, CnrJlINALltS y DE HACIENDA QUE SE HAZ{ VISTO EN EL TIU­JIU AL DE JUSTICIA DEL MAGDALENA EN LO Mi:SES DE ENERO Y FEBRERO DEL PRESENTE AÑO. Causas que se hallahan en estado de t'ela&Íon ha5ta el día 2 de Enero proxímo pasado, Criminales por diferenlos delitos • 10) De hacienda _ • 10 Recursos de quej.a y de pronta pro- 6i videncia. 11 • 30 Civiles entre partes • 15 Causas qUt han enlrado ti la relatot'ia desde ei dia 2 de Enero hasta la fecha. Criminales por diferentes delitos • 36) De hacienda. • • 2 Recursos de queja y de pronta pro- 55 videncia. • 11 Civiles enttre partea • 6 Suma. 120 Causas vistas y despac/z.acÚls 6n los mismtJs dos meses transcurridos. • 4.6i 11 pronta pro- t~i . 34 J 13 Criminale~ De hacienda . • Recursos de queja y de ~idencia. Civiles entre partes , - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANAltl0 DE LA PRoviNCIA DE C~R.TAGENA.l Compm·acion. Existian 'V han entrado en relatoría en dicho ti. mpo . 120 S,. han despachado 10i QUt'dan existentes en relatoría • 16 Nota. Esta noticia no comprende el uú mero de a usas 'Y otro r'ecursos que se bao llan t n u'itancíacion con adverten cia de que las; dHIZ V seIS causas que hay existentes en relatoría, una es de hacienda, dos de quej., 'Y trec.e negocj.,., f'ntre partes. Caltagcna) Febrero 28 de 1-839. Francisco de la Espriella. FACTORIA DE TAD&.CO EN ESTA PROVl1.'CL\. La Cáplnra de est3 provinria. guitlda por insplracionr's patri{¡lil'ds y de aCllí'r do con la opmioo de un gran número de sus l:on"tituventes, ha ~1tv3do sus cla­mQrt s. multitud de veces. a los poderes legls atlvo ., ejecutivo de' la republicn ('on el Jauda l>le design io de que se es tablez ~an en esta provincia una ó mas factorías de tabaco; pero desgraciadamente fueron siempre infructuosos tan l'élzonables es fuer zOS . Los mencionados poderes supremos del Estado denegándosc, con tantd perSf've rancia. a acceder en el particular a los ueseos de la espresada Camara, b~n des­J) legado, a nuestro modo tIe entender, \lIla 11 flexibilidad algo eslrafla en un go-biel no ldJl'e represen lJ t i vo, man ifes tando al mismo tiempo una adht>sioll l' [) ciega é Invariable a ciprto sistema. como con ,'arIa, en nuestro hUIlJllde concepto, al proc.eder que, en tales cirl'unstancias, debe caracterizar a una aumini¡.;traclOfl de sabia, justa y protectora de los pro gres os socia les. Deseamos pues, con toda vehemencia, que los actuales supremos gobernantes, que tanlas pruebas ban dado de redl tud, saber é Imparcialidad, no imiten el infausto ejemplo de sus p7'~deCeS01{!S, que siempre vieron con desp"ecio los ¡nte )'eses de esta im portante y benemél'i la provincia, en vez de haber cumplido con la sagrada obligacion de promover su fe licidad. Si por fortuna se realizan, como espe ramos, nuestros indicados deseos con re lacion a la nueva administracion, la ve remos tornar el inleré mas vivo por ata jar los progresos de la dec.adencla y mi­sena de esta seccion de la r~ publica. En tal caso nos atrevémos a asegurar desde ahora, que pronto se adoptaran determi­naciones de ,ital importancia para (Dejo lar la suerte de esta porcion del terri torio granadino, y no dudamos que una de dichas medidas sera la del estableci miento de una fae/orla de tabaco en el parage de esta provmcia que sea mas aparente para ello. Partiendo del principio de que el es l{mco del tabaco es un mUrlopolc'o cru61, segun el concepto general de los estadis­tas y econornistas clasicos, y prt'stando la debida atention a que muchos granadi nos lo conslderan como perjudiCIal a los intereses individuales y como una gran­de aberracion en un pueblo que aspira a se libre, creemos que nuestt o gobier. no no dehe desechar los arhItrios que ean propios para hacer mas llevadero o soportalJJe un sacrificTt) tan. costoso como necesarzo para hacer frecte no solamen· le 3 gran parte de los gastos ordinal'ios de la na .ion, sino tarnLien a los réditos etc. de la inmensa ¿(jada estl'angerll y doméstlca gu abruma y aniquila a )a Nlwva Granada, que tubo su principal rigen en los 7'Uznosos empréstitos de 1 ~22 V 824, que lauto injluyeron en el descre'· dlto y olr()~ acel'bo5 males de la estin g II i da repú blica de Colombia. La pru­oell( ·ia ~ la justicia instan pues, como es fil cil ('()ncebir1o, al establecimiento de la rae/oda de que tratamos. EXlst(,'n otras razones, tan obvias co­mo poderosas, en favor de la menciona­da medida que indicarémos brcvísima mente- 1 a. Establecieodose una factoria de laba~o en nupstra provinci8, se &baste­ccrían mas oportunarnf'nte las admJnis­tlntiones y estanquillos no solo ue ella, sino los oe " l\jompríx~ Santa l\'larta, Rio H:lfha, PananJá t Veragua y otras pro­VIDcias : -- 2a. A horra ría mensualmente el erario Plíblico algunos miles de pesos que se invit'flPrI en gastos de couduccÍon de la hacos desde A mbalema hasta las indica­das provincias:- 33. Sp proporcionaría trabajo a mu­c" hos centenares eJe l41bl~Il(Jores de esta provin ia, en la cual no t'nC'(wnlran O('U pacion por el estado de prl gresiva de· cadpuria y at l'3!'O pn que estón todas las f>mpr PSlJS .lgl'H .,"l ltls:- 4a. Los 1. ac< de a nueva far oría que no se nen'sitrlst'n para el ronstlmo interiol', se podri~n exportar Pi ra el tI trangero a mus pClea costa y contando í'f\n , .. nl"jOQ ~-u:> n. •• IH' ptlprlpn f''''IHlrlar de la t xlra('Lion de los tabacos de Am ba ll'ma, que dista dt"1 rnar, en todas di­recci nt'S, 250 leguas poco mas () llle­oos:- Y 5a. Dt'saparc('eria (, disminuirla el ríes go de que se vt,>rifh'ára nuevamente lo que multitud de veces 8ucethó en años pasados, de que para proveer de tabu·o a varias pruyint ¡as, perm I tia el gobí< rno la inll'odul'cion de tabacos de ínfima da se {'uando el procedente de Ambalema no Lasta ba pa ra el consumo. L¡¡ razones espresadas, aSl como otras cuya e~poslcion omitim('S por huil' de l~ difusíon, nos ubligan a opInar decidida fT·enle fl. lavo,. del estableCimiento d~ una j'actona de tabaco en el lugar de esta prOVincia que sea mas adecuado para ello y con las precauciones convenientes pa ra obtenerlo de buena calidad, etc. Nos sera, por lo tanto, sumumentesa tisfaelCJrio, que los poderes supremos de la repu blica adopten la indicada resolu don, que la Justicia, la PI udencia y las reglas de la ulilidad social uemandan im p€riosamente en nuestra humilde opinion. CARCELES Pl1 LICAS. Sabcmos de uoa manera indudable que nueslríJs cárceles en la ma\"or parte de la provlnda y de todo este distrito jtldí cial son abso lutamente inseguras, en ta­les términos, que podemos afirmar sin aventurar demasiado, que del lncalcula ble número de criminales que en ellas se recluyen, apenas la décima pal'te su fre el juzgamiento y castigo debido a sus excecrables excesos. Regularmente su-cede que los fanlosos, los mas insignes crimlOales son los que con la fuga triun· fan de la persecucion de la juslicia y evaden )a sancion de la ley; y una in­finidad de estos malhechores se encuen· tran por lodas partes insultando la mo­ral pública y baciendo alarde de sus crí· menes liorrendos, en lugar de estar ar-: rastrando una cadena. Esta es una calamidad que nos ame· naza formidablemente, contra la cual es preciso que declamemos y que para su .. perarla conjuremos a los magistrados y autoridaues. principalolente a las del or­den administrativo, a fin de que, en cumplimienlo de sus deberes, tomen lo­das aquellas medidas que 5e hallen den­tro <1e la esfera de sus facnl tades, y que puedan conducir al mejoramienl.O del ac­tual estado de nuestras carcelt:s publicas que tantos males nos preparan. lnlltil es que contemos con un código penal, mel(\(.Iiro y ordenado: en vano el poder judicial estiende sus ramas hasta los úl­' timos poblados de nuestl'o distrito, si los pfrversos han de triunfar de la ley, si han de escapar su garganta de la espa­da uc la justicia, si han de dar el funes­to ejemplo de la impunidad. Mas tarde veremos que nuestros pueblos seran con· vertidos en aterrantes guaridas de sallea­dort! s, d,e facinerusos, de ladrones y ue toda clase de malhechores familiarizados con el crimen; y entonces, b habI'emos de rebalsar en s311gre pa ra vencerlos, es· carmenltir os y I'educlr/os a la ouedien· cia, ó serrmos vÍ(.timas de su arrojada feroz conspiracion. i No es posible que \' 00 una pn'perstiv3 tao borrorosa \T a­larmante gu.,rdemos silencio, ahogando uuestros presentimientos, y dejemos de Ilamf\r la at~n('ion y de e1clta"r el celO de las autoridades locales! Las escase('es de los fondos comunales no ofre en para nosotros una razon su­ficiente que pueda servir de escusa a los alcaldes de dista ito y gefes políticos: nuestros iomen ~s bosques sembrados por donde quiera de palmares, ca - as y maderas solidas, y el servicio persona su LSldl8l'io esta blecido por el capItulo 11 o de la ley organica de provincias y ampliado por el 9.° de su adicional, pro­veen de recursos bAstantes para la repa­racion y construccion de las carceles en los casos de penuria de dichas rentas. Si pues no hay carceles en algunos de nueslros pueblos, y si las que existen en la mayor parte de ellos son inseguras é inadecuadas a su objeto, culpables son los alcaldes respe('tivos en no dar cum­plimiento a los artlculos 210 y sigoien~ tes de la referida ley organica, y culpa­bles son igualmente los gefes politicos V gobernadores por no cuidar con celo la estricta observancIa de ~quelIas dispo­siciones como se los prescribe el artícu­lo 216 de la ley precitadd; y es preciso que uoos y otros satisfagan a sus con .. ciudadanvs, enJpeñaodose en cumplir con e o i cio ¡en jmportante, tJ..Wlan" do en su consecuencia todas las provi­dencias oportunas para que los arbitrios creados por la ley y h>s recursos y ele­mentos que nos proporciona la natura­leza, seao ulilmente aplicados a nuestras primeras y mas urgentes necesidades. No conlarémos en nuestros pueblos con grandes edificios de cal y canto, ele­gantes y con seguros calabozos; pero 51 podremos contar con caree les algo aco­modada a nuestras peculi~u'es circuDs~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANA.RIO DE LA PltOVINCIA DE CARTAGENA. tancias, cubiertas con techos de palma, cercadas con dobles o tri pies estacadas bien sólidas y consistentes y enrasadas en la parte superior, con vigas tendidas horizontalmente y aseguradds pur sus ca· bezas. Las caree les de esta manera cons· truidas, no seran tan accesibles a la fu ga de los presos, al paso que su cans­truccion es sencilla v económíca, en tér­minos que puede bastar el servicio per sonal subsiJiario. No resta, pues, otra cosa sino que las autoridades locales cumpl.ln con su. de beres, y se consagren con efi(,3cia a re­mediar un Olal que es mas funesto de lo que pal'ece a primera vIsta. Nosotros las exhOl'tam0S a que se hagan dignas de las bendi iones de Jos pueblos, corres pondiendo a 18 honrosa confianza con que se les ha condecorado; y para el caso contrario, desde ahora las Ínterpe lamas a que un poco mas taroe respl1n. Jan a los cargos que hoy lf's hacemos y que mañana sedln mas severos. Objetos de la ir!! que centralice el derecho de comerClO, elevdndolo al dos por ciento sob,e las Importaciones en lodas las adl,anas de la YI'}JllblI6a. (Continuaciotl del número anterior.) Orden con que debe procederse en las obras naciona(ts. 1. La limpia y cscavacion del Dique des. de Mahates hasta Barranca, para establecer una navegaclOD perpetua o temporal con el río Magdalena. 2. Mientras se sigue esta obra, y cuando no se n ecesite la presencia del ingeniero di­rector, hara este un examen detenido y pl'e­• .,&.IIoQI Q ,,1 p\c:u~v, u; "",,1 c. oioll";:' ] ya c .' "puc¡,lv,:, ~orrespo ndientes, acompañados de una me· moria de las obras ma necesarias que de ben ejecutarse para facilitar la navegacion en todo tiempo por los caños del Magdalena que conducen a 108 puertos de S8 ba uilla y Santamarta J a sabe.': el caño Clarin y R.emo lino hacia la Ciéuega, y el caño de la Piña hacia Sabani a. ~. Que del mismo modo visite el pro­pio ingeniero a la ciudad de I\1ompóx, y despnes de haber examinado la COl fluencia del Magdalena con el Cauca por el brazo de Loba, proponga las obras que deben ha· cerse para libertar aquella ciudad del ries go que la amenaza por la e&palda, y para facilitar en todo tiempo la navegacion del Magdalena por su frente. 4. Que del mismo modo visite despues el ingeniero el l'io Cesal' para que propon. ga las obras que deben bacerse, y los tra­bajos que hayan de emprenderse para lim­piarlo y facilitar en todo tiempo su navega­cion al Magdalena . 5. Que desocupado de estos trabajos, si. ga el ingeniero a reconocer el rio l\hgdale. na hasta ' donde pueda ser nevegable, y que pasaodo a Popayall, venga reconociendo el río Callca hasta su confluencia con el l\lag~ daleDa, presentando despues la memoria , planos etc. de las obras que crea necesa. rias para remover los estorbos, y facilitar en todo tiempo una navegacion cómoda y se­gura por ambos rIos. 6. Concluida esta operacioD, seguira la de reconocer los rlos Alrato y San Juan, y la comunicacion cnfre -ambos por medio de un canal que mantenga la navegacion perma· nente con el mar del Sur: tambien recono­cera el camino de tierra que puecle abrirse del puerto de Cupica en el Pacífico, a los rios mas inmediatos que desaguan en el Alrato. 7. 1'a\ vez sera conveniete que la junta generaJ de fomento contrate dos ingenieros, uno para las obras del intrrior, y ol1'O para las obras del litora l de la repúbfíca; y tam bien adqUirir en propiedad una rníÍl.¡uina de lilDplC~r y profundizilr canale y rios, sin per­juicio de hitcer_ uso temporalmente de la contratada para el gobt -ruo en esta plaza. 8. El camino dd Ma gd alena a la capital de la república delll'ra declararse obra nacio­nal, para que s(~ haga con toda preferencia, comodidad y t'guridad. 9. Como las provincias del htmo de Pa­narna gozan del privi legio concedido a los empresat'Íos de la comunlcacion intermarina por el mismo Istmo, que es la obra mas ill1~ port nte que podian desear, se ignora qué otra obra urgente puedan necesitar de igual o mayor preferencia. ESCUELA DE ARTES. Esta escuela estara bajo la direccion de un profesor de conocida capacidad, qUlcn al mi:;mo tiempo podra encargar..ic de la ense nanza en ulla de las dos salas en que se divi de la escuela. En la primera sala se enseñara la Aritmé­tica y la Geomc lna pr,1ctica, formanJo:ic por el director los liuros elcmentall~s que (Tea mas cOD.veuienles para dar a nue~tros artesa­nos las nociones mag necesarias a sus pI' Ife­:) ioues, cuyos lihros serán aprol>ados por la Junta general de fornellto, con el ubjeto de uniformar en lo pOSIble la enseñanza en es· tas escuelas. En la segunda sala se enseña l'a d dibujo lineal, los elemeutos de Artiui tectura civil, y los conocimientos físico quími cos mas aplicables a las ¿l1'tes útiles, form In ­d. ose igualmente pur el director los lihros clement.Jl~s que crea mas convenientes etc., tambicn su.ietos a la aprobacion de la jun­ta general de fomento con el mi ~ mo üb: eto de ulllformar en Jo p silJle la enseñanza de estas escuelas. En ambas salas se entrara diariamente a Jas seis y media de la tarde y s saldra a 103 ocho y media do la -noche,' epeioo tia los dias de fiesta de ambos preceptos: se ac.t mitiran a lo- nuestros y oficiales que sepan l;Jer y escribir, y a los jovenC6 apre(ldices que no bajo n de 12 años, y tambieu sepan let!r y el)"rlblr: todo~ deb.'ran concurrir con la decencia y aseo q uc l~s sea po~iblc, guar­dando la mayor eompo:.tura y 1 CSpl'to a lo profesores sus mae~lrus; y para sel' admiti­dos y ma lrlculados, presentaran al Jirector una certificacion del gde politico, en que se acrediten SUs buenas costlolmlJres, y el cor respondiente decreto del Gvbernador de la provincia, presidente de la junta de fumento. El director y el otro prof\,)sor tentl ran un sueldo proporcionado a sus ocupaciones, y asi estos sueldos, como todos los gastos de muebles, luces, papel, libros y dcm3s uten silios de la escuela, se abonaran mensual mente por los fondos de comercio; a menos qlJe el directol' contrate con la junta de fo­mento todos los gastos y slleldos por una su· ma anual pagable mensualmente. El Gobernador de la pro~incia acompañado de dos miembros de la ~uDta de fomento y del secretano de ella, del vicerector de la Uhi­versldad o colegio, y del comandante de in­genieros si lo huuiese, o de un catedratico de Filosofla , formaran la junta de gobierno de di· cha escuela , y a ella corresponde formar los reglam otos necesarios para su mejor orueo, con arreglo á las bal>es indicadas, los cuales debedm ser aprobados por la jUBta general de fomento por mediO de la junta provin­cial que los consultara con su informe. La junta de gobierno ademas debera dirigir too dos los años, despues de los exámenes públi ­cos, oyendo antes al director de la escuela de artes, una esposicion a la junta general de fomento por medio de la provincial, en que le manifieste las mejoras de que crea sU5ceptib\e dicho establecimiento para ¡,u me­jor régimeQ interior y aprovecbamiento de los alumnos. La inspcccion diaria ó -'scma­nal de la eseucIa l turnara fi} pn ;ualmente por cada uno de los miembros de la junta de fo­mento, a ec ~ pcion del presid&nte, dando cuen ta de sus observaciones a la junta de gobierno; y los gastos de dicha escuela S6 pagaran por la tesorerll de la rp.nlas de la Camara de provincia, con arreglo a las ordenes ó rf'glaweutos esta blecido8 por la. junta de fomento_ La juuta d e gobierno de la escuela de ar .. tc~ se reuuira mensualmente, y con bU co. nocimiento sera que el directo!' rte ella espi-. da los certificados de "studios a l()s alumnos que hayan sido aprc1 bados eu los examencs públicos. Defide el año de . . , en adelantf', donde haya E'stableClda e ... (:uda dt artes, no se podra admitir por maeslt'O eH Illllgun arte o profesion, al que no preseute ~u e ertifica­dos de haber completado sus e'ltudi,)s en al· guna de dichas escuelas, y de hablr sido a ­probado por su junta de gobIerno como tal maestro, por habcr acred1L~do igualmente la. practica necesaria e t -l blccida p r los regla­~ e.nlos, con un maestr r • 0(" orédito el) ~u pro- 1eslOn. Par, las opr\. bacione de m' estro en las diversas prof,'''iones , nombrara la jun­ta de gobierno UllO o dos maestros de los mas acreditados, para que la auxilieu &n los examenes, procul'ando sean i"mpre de la profesion oel ~x~minando. La espedicioll de los titulos de m ~stro y su toma de razon, se baran por el secretal'io d e 1;) jUlIta de gobierno de la e~cuela, que lo sera el mis· mo de la junta de fomento. DEUDA ESTERIOR GRANADINA. Por el correo de n"gotá qlJe llego a esta ciudad el dia 5 del corriente, ha l' e'b- o esoreria de ha('ienda de es­ta provincia de la general de la repúbli. ca, 84.000 pesos en onzas de oro V fuer­tf> S de le\. Consta por la Gacei'a de la Naeva Granada numo 388, que la es pre­sada cantidad debe lenel'se tiqui a dispo­sidon del S:-. l\];¡llucL l\I<:tria l\losql1era; quien debera conducirla a Londres, co­mo comisionado por parte de la Nueva Granada para el arreglo de los negocios fiscales de Colombia con los acreedores estl'angeros, a fin de pagar los intereses de la deuda eSlerior que corresponde a la reptíblica. Ademas de esta Sl1ma eXIs­ten depositados en el banco nacional de Inglaterra 60.000 pesos en la misma es­pecie oe moneda que para igual oujeto se remitieron en el año auterior. NOTIf:IAS E~TRANGERAS. ENEZUELA. Hemos sabido por JifeFentes vias que la república de '" encluela estaba gozando de tranquilidad ha ta priuclpios del mes próxi. mo pasado: qu~ habian llegado ulUmamente a la Guaira algunos centenares de mmigra­dos de Islas Canarias y de Alemania: que la mayor parte de los que fueron espulsados de resultas de la revolucion del año de 835, obtuvieron de la justa y liberal administl'a­cÍon d el General Soublette, el salvoconduc­to necesario para regresar a dicho pais; y que se cOlJcebían esperanzas de que el Con­greso vene~o la no espldiel'a en sus sesiones del presente año una ley de olvido ó amnis­tía general, propia para secundar eficazmen­te los nobles esfuerzos que la mencionada administraciou consagró a la fusion de los partidos ~ a la recolIC'iliacioD general. La Bandera nacwnal de Caracas del 15 de Enero uhimo, conti ... ne el sigUIente artículo relativo a la deuda tstrangera. NEGOCIOS FISC ..... LES EN LONDRES. Por renuncia del Sr. Dr. José María Yar­gas a quien q,uiso el Poder Ejecutivo acredi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE~lANARÍ<:) 'DE LA PROVINCIA 1:5E CARTAGENA.\ 'tar cerca del gobierno de S. M. n. con en­cargo de arreglar los negocios fiscales de Co­lombia en la parte que concierue a Venezue­la, ha nombrado el Vicepresid~nte, segun lo dice la Gacela de antes df~ ayer, al Sr_ Ge­nerftl Dllniel O'Leary, encargado de negocios en Roma, sin perjuicio d e tlsta legacion . No­so tros s&biamos ya este nombramumto por el Coruier de Londres de 24 de Noviembre. . Con motivo de él diGe el C01'r~o (nuevo l?eriódico que salió el miércole~ último) que la cualidad d6 ioglés ha debido illfluir en es· ta eleccioo, en 10 cual no convenimos, si es que hablo en tlério: otro DlOtiVO, tal vez de econOIDla, ha de haber sido, pues precisa mente por ser inglés el General O'Leary no podra ser aure it du, como Iba a sedo el Dr. .Vargas, cerca del gobierno de S. M. B" por que no admít~ aquel gobierno sino a estran geros como represeutantes de ottO Estaúos, y nunca a un ÍlJglés por mas que se haya na·., turaJiudo en el pals qu Jo acredita; pero es. to no importa para lo~ IJO gll CIOS fbcal es. Esta divisiou de la Út uda colombiaua, y el arreglu futuro de su pabo, es el neguciauo ce m&s gl ave Importancia qu tiene en el <.ila. esta república, '1 .flor tanto ba debido oetlpar seriamente Ja a tenci on d el go bl l,; )'OO : des-ea mosverlo concltJidode unmodobnfavorable a 1 s intereses de f'ste país, como serIa de es· perar d el mas fenllnte patriotismo, qne sin d uda Olfnara al n u t' 'o comIsarIO h ' cía e 11ta fi ü patrIa tt Jo ptiva . K,ta medIda del Gel eral Sou blette. 1 d ejar yi1 el ma iJdo de la Re ~ ú. bli(:a , " rucha ell Ite res qua él Heva en c~l de sem peño d lo negocIOs públIcos ; y le da mos por nu esll',\ par Le las gracl S. ~ IUEJJCO. Hemos saLido por diferentes vias, ue los franceses continuaban en p05e~ion del casti. 110 de San Juan de Ulúa hasta fi ucs del últi. mo Enero: que el congreso mej icano .espidió un decreto confiriendo facultades dictatorias al P,'esidente de la república; y que a fines de Diciembre llegó a Voracru'z una escuadra inglesa de trece buques, eo uno de los cua. l es iba el comisionado del gobierno britanico M. PAckenam. En el New-York Courur and Enquircr del 26 del citado Enero, se eIJcuentra una comu. nicacion del contra-almirante Baudio dirigl da al cónsul general de Francia eo Nuev~ YOlk , en que le informa haber instruido al com ndao te de las fuerzas navales fra ncesas en el Pacl6~? de, la dedaratoria de guerra he, el,la por l\teJlco a la Francia, ordenandole se dirIgiese CO~l toda s fuer za disponible bácia la custa occIdental de dicha república. - . ESPAÑA. Las not icias ~e(jihidas por el paquete in­gles na,da contu:nen de interés r~ Ptlcto a este palS. Los a eles de y res. que al Clnno hasta el J.1 de Enero, solo contienen anundos, ya d mllsiado comunes, aunque harto chocantes a la humanidad sobre los dí'fersos encuentros carniceros de Jos dos p.arti~os, que parecen no r esueltos a vencer, SlJlO a cstcFmmarse ·gradualmente. . Dichos papeles coutitnen otra nomencla tu~a ~e mlOlstros p ra el gabinete de 1\1a drld, a cuya cabeza se halla Don Evariato Perez de Castro. La Rciua Gobernadora ha creado UD nue­' fO destino para Espartero- el coronel&l to de la Guardia real. lNGLATERRA. Los papeles i ngleseg continuan ocupando­se de los desastres ocurridos en las costas britanicas, a consecuencia de los terribles temporales que hahiao ocasionado gran pér dida de vidas y de Intereses. Uno de 108 barcos na~fragos fué el hermoso paquete Pennsylv T 41lla en su salida de Liverpool para Nueva 1 úrk, a cuyo bordo pereció el Sr. Ri. cardo Souter, comerciante por hngo tiempo establecido en esta ciudad, y a la cual regre, saba de su reciente viage cuando le llegó el funesto fin que mencionamos. Dos buques mas se perdieron al mismo tiempo que el Pennsylvania sobre el mismo banco y a la vis­ta unos d.e otro!, todos de hermosa c~nstru~­cion, famusament6 tripulados y aparejados, ti interesados con ricos cargamentos. 1\11 S e E LA N EAS. REMITIDO. .A 10$ SS, editores del Semattarú, de Cartagena. Hemos visto en el número 69 de la Bandcl'a nacional el largo remitido que un ciudadano de Paila dirige contra el autor del al'llcul,) publicado en el nu· mero 59 del Argos, lIamandonos muy particularmente la atendon las siguientes palabras que hemos leido con sorpresa. »Con Impudente Ironia se jacta r. de la parle que ha lenldfl en la proscripclOn de rlle soy v/clima en l'emuneraCl"n de 'mi pU1'O patriotISmo y de los constantes, OpOI tu IUJ~ !I leales servicios que !,e pres­tado a la l'epublica.. Cuando hemos leido estas co~as n os hemos quedado a· tunitos, y nos hemos preguntado a no so tros m ¡smos, ¿ cuál sera la prosc:ripcion de q ue hoy es viclima aquel ciudadano? (, Nu es éste el mismo que eslubo hasta Agosto dcl año pl'oximo pasado de Go bf-I'oador de esta provincia, por nombra miento hecho por el al' lual Presid<'nte? ¿ No es el mis.rno que tanto maldecía a q tll pública y privi.ldamente al Sr. 1\'1ar­que¡ y a adminislradon, y a quien sin embargo de esto le fué preciso ele­var al gobierno con instancias, y hasta por segunda vez, su renuncia del desti. no de Gobernador, pDro qu~ :te le bu biese ad ml ti (lo ? Nos hallabamos per ple jos con la proscripcioD lamentada, V cier­lamen e no era posible que alinasemos con ella, dt'spues que hemos 5ido les t.goi de lo mut ho que el Sr. l\1arquez contemplaba en el querelloso, no obs­tante que no ignoraba )0 mudao que '0 desa c r editaba maldecia. Pero en esla confusion nos resolvimos lA continuar Ja lectura del r emitido, y i cuál seria nues­tro a50m hro cuando a las cuatro hneas hemos encontrado que la ponderada pros cripcinn consiste en ha bérsele escluido de 13 Gobernacion de Tu nja! -» SI, Sr. Mi nirtro, con tim'13 desptles d iciendo el re mitido, no estraño que en esta epoca en que se esltCH recompensando los su'viclos personales que, se hacen al p,.es~d~n le de la repcíbl,ca a esp ensas tiel men to, del patrwlúmo, y lo que es mas, de la so ciedad, se me haya exclUido de alguna Gobernacion, no obstante mi leallad d la caasa naclOnal, !J mi noto1'lO honradez . Otra adml11lstl'OClO1l que no fuera la in Ju sta e' Ingrata de 1837, habrla aprecia do 11llS mereCimientos, sin ceder á las pasiones y antlpalifls pO/¡tICQS. SI; des­pUCJ d~ q'U8 el qUI habla lo sir VIÓ con celo !I fit/ebdad, !/ de que sael lfi·~o en su obse­quio, a reserva de sa honor, sallld, lran qatlldad 1/ bienestar, se halla ho!/ pros CI llo, villPemllado ti mdlgente. ¿ Es posible, nos dij imos a nosotros mismos, es posible que asi se esplique un hom bre tan favorecido por el Presi­dente de la república? ¡.Dejamos a la consideracion del p Iblico ilustrado é im­parcial la humildad Y' moderacion eOIl que, aquel ciudadano esprime sus. r~sen. linuc·ntos! NQ50tros solo advertlremo& al resentido quereJIoso: qtle no dar fl' UD individuo el empleo ~ que aspira, no es proscribirlo, perseguirlo, viJipen~ diarIo ni reducirlo a la indigencia: que de una senaria presentada al gobierno; éste tuvo precision de hacer la eleccion en UDO solo para la Gobernadon apete­cida: que cinco debieron quedar nece~ sariamente escluidos, sin que el Presi­dente pudiera contentar a todos: que si de los cinco, el uno tiene hoy razon pa~ ra creerse perseguido y proscrito, los cuatro restantes deberaD proferirse en los mismos términos: que el gobierno ha debido escoger de los seis el que le ofreciera mas garantías de que se com· portaria mejor y de que le prestarla una mas eficaz cooperacion: que segun dice Lepage, la buena conducta anlenor de utJ IndlVlduo 1/0 es un garante sufiCiente pa­ra lU'L8ar que él se manqara del mlSmIJ modo en lo sucesIVo: que servir en un destino muy bien dotado por la nacion, no es entre nosotros servir a su gober. nante, porque los em pleos no son del qua manda: illtimamenle le advea'tirémos. que segun se deja ver de &U~ quejas y alaridos, el celo y fidelidad con que afec~ la haber se-rv ido la Gobernadon tIe esta provincia, babran sido piedras tiradas a Ja de TUllja para lograr que le cayese de gracia y por fortuna; pero que esto ni es verdadero patriotismo, ni ~roceder con celo y fide lidad positiva, sino 5er .. irse a sí mismo movido de locas esperanzas. Es tas son, Sres. editores, las observa­ciones que nos han ocurrido con la sim­ple 'ectura de aquel remi tidoJ y suplira­rnos ~ VV. se sirvan darles publicacjon en las columnas de 8U apreciable perio. dico.-Mompóx 16 de Febrero de 1839. U'nos momposznos. PUERTO DE CARTAGENA. EnJradas JI salidas de huqries en esl~ me-s. ENTRADAS. Dia 1.0 De lu Bocas del Toro, en siete dias, goleta nacio a Bocatoriana, su capitan Archibod lUikel •• en lIslrc '1 coo.ignad. al Sr. Felix Brua: con ocho pasageros. Dia 2. D-e Jamaica con cscala en Santa l\la rtl, en no dia de navegacion de esto últi­mo puerto, bergantin goleta de S. 1\1. B. Ca· r lbdis, IIU comandante 1\lr. Gore: COD tres pa­sageros. Dia 5. De San &a Marta, en un di" gole~ ta nacional Isabel, su eapitan Bartolomé 1\la-: t., cargada de guanos, consignada al Sr •. 107' sé, Pineda . SALIDA.S. Dia 4. Para Jamaica la goleta nacional Florida , su capitan Henrique Alauses, COD f rulos del pais, , dos pasageros. ~ AVISO. ANTONIO RODRIGtJnz. TOl\lCES, GOB2BNAnOJ\ n. LA l'ROVINCIA D CAB.TAGENAe Hago saher: que el Dr. Antonio del Real, se ba presentado ante mi reclamando el d8recho es,=­elusivo para publicar y vender una obra d.e su propiedad, en V o titulo ha depositado y es como sll:jlle: • Element~s. de derecho constitucional, seguidos tle un cxalntn critico d6 ItI Consliluei"" neo-'8'7l· nadina. .. . y que habiendo prestado el juramento ref}\lerif do, lo pongo por las presentes en poscsion del privilegio por quince años, los cuales podrao pro-: rogarse por otres quince años; ~~yo derecho le cooct!de la ley H)· de Mayo de t834, que ase ... gura por cierto tiempo la propiedad de las proo::, du,cciones literarias y algunas olras. Dada en Cartagena a 46 de Febrero de. t839: --Anloni" Rodricuez Torices.-r CarlG.s Parqa, seo: cretario. --,.,­3 Imprenta do 19s hereder<~J 9..4 ~UlA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 6

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 17

Por: | Fecha: 23/05/1839

e S.EMANARIO DE LA PROVINCIA. DE CAIlrl'AGEN1\,'. SE~IEsrnE l. O CARTAGENA, JU~VES 23 DE MAYO DE 1839. NU~lEno 17. Este periódico salora todos los jueves: la rccepcion ue las suscnClOues y venta de los u(lilleros suehos están á c3rgo d el t esorero de renlas provincIales Sr. J uarr. Antonio Calvo. La sus cric ion por sem e sl~e 'Vale CUA.TRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto REAL J MEolo,=El precio de la iusercion de los a'Viso~' Ó articulos de inleres privado, será ue un peso hasta doce renglones, y un real mas por cada tres rcnglones de los que excedan de aquel número, y la miL.ld por cada 'Vez clue se repita, siempre que se auvierta al tiempo de la entrega. DECHETO LEGISLATIVO IGUALANDO LA DANDEllA ESPAi::OLA A LA GRANADINA El Senado y Ctimara de Represen/antes de la Nueva &ranada, 1"Clmidos en Congreso) CO;SSlDERANDO: .1.° Que 1,01 c~nducta observada por el go blerno constltuclOual de España, de acu ~ l'úo COII la opirlion rtacional, n~p \. clo dt: los nue vos Estados americanos, es de tal natura l·eZIl que tiendo a estrechar con ellos relaciones amistosas b ~ j o la base de su independencIa. 2.° Que en ~ste caso es del ueber de la Nueva Granada acelerar el dia d ~ una paz firme y duradera por medio de actos que fa vorezcan aquellas relaciones, y cstal)lezcan todas las mercaotiles mas útiles a ambas na ­ciones; DE6RETA~ • Articulo t. O Los buques mercantes espa­ñoles no causaran en los puertos de la repú' blica otros Ó mas altos derechos de puerto que los que causen ó causaren los buques granadinos; y las' . llllUll de­turas de los dominios españoles a su impor­tacion en los PUOl'tos do la Nueva Granada en buques españoles, no causaran otros Ó mas altos derechos que los que causarlao si se importasen en buques granadinos. La Nucya Granada reconoce corno buques espa­ñoles los que sean reconocidos corno tales por el gobierno español. Art. 2. 0 Las disposiciones del precedente artículo tendrim su cumplimiento con los bu­~ ucs, producciones <> manufacturas de la na­cion española que lleguen 11 la Nueva Grana­da desde e) Jia 1.0 de Julio del presente año. Dado en Bogota a 25 de Abril de t 839.­El presidente del Senado, José Cornclio f7a­lencia.- El presidente de la camara de Re­presentantes, Joaquín Acosta. -El senador se· cretario, Juan M. Gome:!.-Et diputado 50 cretario de la camara de Representantes, Francisco de P. Torres. Bogota 29 de Abril de 1839.-Ejecútcse y pub\íquese.--·José Ignacio de Marqllez.-(L. S.) - Por S. E. el Presidento de l~ república, el Secretario de Estado en el despacho de I!acie,!da, J. de D. de AranzaZllt. ADMINISTI\.ACION DE JUSTICIA. República de la Nueva Granada.- Presi­dencia del tribunal de justicia del distl'ito del l\1agdalena.- Carlageoa a 11 de .Mayo de 1839.- Al Sr. Gobernador de esta provincia. Tengo el honor de dirigir a V. S. a nom bre del tribunal una noticia de las causas ti· viles, criminales y de hacienda que se han visto en l~ rlle3"C~ Ma-rzo y é 1>ril del pre­sente año, y de las que quedan pendientes en estado de hacerse relacion, para que si V. S. lo tiene pOl' conveniente se sirva di s­pCHl cr se publique en el Semanario de esta provincia. Dios guarde a V. S. Antonio Roman Ponce. de la carre¡ ~ de Sllnta Marta 105 siguie Hes. inlorrnes. 1.0 Del gcfc político de Barl'3nquilla par .... ticipnndo que a vatuJ de las ÓrUeIJdS que h expedido en cumplimiento de las meucioua.,. das, se trahaja con actividad en las pa rro"" quias del cautoll en Ja construccion y rera~ racion de la careel que corresponue a cada. uua de ellas, y (lue esta concluida ,a la de la. parfo(Juia <./e J uan de Acosta llespecLo cltt; la cal' el de la vdJa cabecera informa, qu ~ se. NOTICIA DE I.\.S CAUSAS CIVILF..S, CRIMTNALES y I 1 • ban he<' 10 en e la las nparaclOnes muy prc-; DE IlACIlNDA QUE SE IL\N VlSTO EN EL l T\I cÍ.:-as para bU seguridad, rm c nlJ'a s se constru--l. llll NAL DE JU STICIA DEL DISTRITO BEL l\IAGDA- ve otra de m lenal por medio del ~. erv l l:i<> LENA EN LOS i\1ESES DE l\lARZO y ABRIL DEI pn¡" perso ll al subsidIario y con el auxilio de las. SENTE AÑO y E, LOS CUATRCJ DIAS TRANCURRI cuotas con que hao ofl'eciJo contrIbuir parar. DOS DEL CORRlENTE l\lAYO, y DE LAS QUE Q\JE- lal ubj t to los vecinus pudientts de aquella:. D ,UOI PENDIEron'Es EN ESTADO DE IIACE!\.SE' RE- vil~a. LACION. :!.o Del gefe político dc Sol dad partici~ Causas que se hallaban penáienles en 'estado ~d8 palldo luL l'se rcp .. UU J del mejor ano 01 relacion el dia 1.0 de lUarzo del presente a1ZO~ posible la úe la úlla cabecera, y, la de las Dc hacionda • 1} PUl" 0 '1uias de Malambo y Pu ·blo nuevo, Yt 2 16 que se estlHl cünslruyenllo las de Sabaua; Por responsabilidad - • ' 3 g raudt} y Santo To ma;) con la;, piezas y se",:\ Civiles cot) e pai Les 1 guridades compe tentes. . Causas que han entrado en 1"elalol'ifl desde 3.° Del gefe pulítico de Sabanalarga In" el dia 1.\1 de JUarzo ¡¿asta la jeelta . form :t ndo, que solo en la parroquia del C:am~ --~~-+~~~~~~~~~----- De hacien da ca rcel que le corresponde, por estar absolu- Por respon'H\bilidad Civilc!J entre partes 9 . 3! 92 4 Suma. 108 Cansas deterl7lz·nadas. Cr:minatcs De haciendl . Por responsa bilidad Civiles entre partes Compa1"acion. • 1 ~ I 33{ 99 , 1 ) Existían y han entrado en relatoría en dicho tiempo . 108 Se han despachado 99 :r=== Quedan existentes en relatoría 9 Ademas se han vi&to y determinado diez y siete neCl'ocios entre recursos de hecho y ape- o · ,. laciones de autos interloculorlOs, y CIento diez y ocho listas de causas civiles y ~rimi nalca recibidas de los juzgados de primera iustancia en los cuatro meses que han lrans ' cunido del presente año. , Cartagena 4 de 1\1ayo de 1839. Francisco de la Espriella. CONSTI\UCCION y REPARACION DE C¡\RCELES EN LOS DISTRlTOS !>ARROQUlALES. En cumplimiento de las órdenes circulares espedidas por la Gobernacion sob~e esta ma­teria se han recibido por el penúltlOlo correo , v tamente inútil la que existe, y que ésto se verificara inmediatamente que el concejo mu­nic ipal en su próxima teuwon uetermine lo conveniente para la adqulsicion de uu solar CCJIllOÚO y aproposito para el efecto. Las' carceles de las demas parroquias se entuen .... tran en buen estado, y solo necesitan algu­nas de ellas para quedar concluidas, las puer­tas y rejas neCeSal'i3 '< para su seguridad, las' cuales no hall podido hacer'e aun p6r la es­caséz de las reuLlls que deben erogar eslos. gastos. ~ Comandancia en g'!fe de la 2.<1 colu,!llla !I gefelllJ"a rJuütar de esta provrncla. El supremo gobierno, por uecreto de 10· del eOrrif'Ule, h llamado al servicio y nom­brado com4lndante en gefc de la 2 ... colum· na y gcfe miltlH de esta provincia al Sr ... coronel Juan AuLonio Gutierrez de Piñeres, el cual tomó pose iou de ambos destinos el 21 de.l corriente, prévio el juramento cons~ litu cion al. lNFLUEl:~ClA DE LAS ANTIPATIAS· pbLÍTlCA.S EN LA ADJlINISTRACION DE JUSTICIA; Con este título nos ocupamos en nues­tro número 7 de la l'e:¡istencia del ge!tt ' --- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANf\llIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA.' militar de Panamá a tbedecer la eireu · arreglo a esta seccion, 'si no h' . ré"ver Jar lel Poder ejecutivo qUé insertamos en la misma represenl' a ccrteza de en dicho numero, por consejo escrilo de los motivQs fun a os que alegue. Pero un letrado en calidad de auditor acci si el superior insistiere y la mandare eje. ,dental. Éste des{Je Bogotá, donde se ha- cutar, sufrira la mencionada pena si no Ha ah ora nos ha contestado con decen~ la ejecuta, a no ser que fuere manifies-da "! mo eracíon; bien que sin fuerza lamente contraria a la constílucion. »- de razones para destruil' las nuestras: Y habiendo el gefe militar despues de la pero el g fe militar desde Panamá, ra insistencia del gobierno resistido por se-zonando menos, marcha tle f,ente, lra· gunda vez el cumplimiento de una órden Sin embargo aunque qUlsleramos qua el gobierno pudiera detenerse en este punto, creemos que no le es dado pres-, cindir de proceder a que se cumpla con lo que dispone el citado articulo 535 en el caso de inobediencia culpable. Véan­se los resultados de la il1jlacT!ctll de las alllipatlas pollllcas en la admuuslJ'acion de jllstlc/a. tal donos por pronta manioura de adllla~ que no es manifiestamente conlr:)ria a la dor es, porque dizque » eo toJos los tiem- constitucion, es i'ncontestable que se 01- OBRA DEL DIQUE » PQS y en todos los paises abundan es- vido de esta terminante disposicion le- j j. » crltores dispuestos a sostener ~l poder gal, hal'iéndose l'esponsable de sus con En varios números de este papel noS' 1) ualquier que sea el nombre del (un- secuencias. hemos ocupado de la importante obra de »donari que lo ejerza, contra la ver- No tcnemos motivo alguno de preven la reexcavacion de este canal; y hoy te~ » dad I ~ JUlitiria y los fueros nacionales; cioo pf:rsonr,1 contra el gefe militar de nemos el placer de continuar nuestra ta~ » y que le céA usdba pena descubrí" a una P .nfamaote, ues- dicauns al (Dejol' desempeño del impor~ ,n da dice para combatir nuestras rene· pues de derretada la prisíon, hasta que tanl encargo que fe fué confiado, como :x iones, sino pnblicar la cornunicacion sean declarados absutdtns o condeníl dos oien lo lt sldicnu el elaborado informe y, que hizo a l~ ecretarÍa de guerra resis, a pena que no &C3 de aquella n: luraleza; sus tldjunlu que sometí o a la ,Junta di .. lifndo la circular, escusandose de no ha- y que por l .. nto ¡uLSla la sentencia udi reetiva, v que por la eSllechéz de nuestras cerIo de la conte t~ clOn que recibió, por- nitiva no puede sr )' I'ehabilitado el aCI} - columnas no nos resolvemos a insertar; qu no fstab:J autorizauo para ello: íl(1 sado. Pero ¿ no ha rcfkxionaJo el au- Conforme lo ll'.\biamos esperado, el in~ ca escusa. p J1'que Cln~h{¡ s documentos dilo!' que 11 cOllslilucion solo exige la fOl'me de la comisioo no lué favoraLle pertenec_n a su oficina, no al indivitJuo; sentencia para la rt>habililílcion, cuando a la adopcion del sistema de contratas pa-y asi ,a que Cl'cyo po de l' dar publicidad el uelito merece pena cOl'poral Ó infaman- ra los trabajos que dcl>ian hacerse en el a su cornUllir3 ion ofi ,' jal, deLió lamlHeo te? Y cuando el jUfz, de conformidad Dique, pues en nuestro pais la experien· 11ilcerlo de Id o le tíi cion, pues que en con el arlJcn[o J Su de la misma conslj· <:iJ ha demostl', do que semejanlc sislema ella necc . rirn te hao oe rebtl l'tirse sus IUci on d clara que no la me1'(:ce, ¿ no cs no corresponde, en el ma)'ol' numero de errores: a e to 11.1 t' xr jlll mos, sin dude f l'róneo, por no decir otra rosa, prelen. casos, á los objetos de econorn13 positiva entre tanto olra c nteslacion. der coutra un ir.oceole, lo que el ante· y de verdadera utilidad que se desean al~ A x-auditor de Panarna tenemos que riol' art ículo con'llilucional exige (ermi canzar por los que de buena fé adminis-, Tespondel' e algo, auoqll' segun el esta - nantel7lente cuando la merece P lt'an los ioteres(,"s pllblicos. » Este asun. do a que ha llegado la cueslion, muy El ge(e rnilttH prescinde de esta fuer- to (dice la comistun al hablar oel modo pronto probablemente, deba ver el pú tísíma consideracion, conforOlánuose eo mas ~CO}l(í1Ju"co 1) seguro de efectuar las ¡-------f.:.~ ~~~~lo~~e~l~a~ti ~v~o~a~etll. L.....l.-l!s~e~h~I'i!.~+ ~c~i~{'r.1't ~'gn~a~n~e;:r~a~s~o~b~J'~e~e~IJP~a~r~l~i( '~t:~lla~~r~(':.o~n~n~u;e~s -+_(~) ~o~ra~s;.L~~hl~U~s~id ~O~U:ltl~)o ~ d e sus p ri m eros oh. justicia al go bierno . tro mo o (e pensar; 'lOel Jt'lOS; y esp detenido c:úmen P.rimeram 'ote seutal'émos [os priori palmente en que puede un acusado no cree debe prefel'irse el medio de peone~ pios siguientes - El gefe militar de Pana- mr recer pena corporal, pero SI la de in y sohl'estantes escogidos, segun el plan má ha desobedecido en su caliJad de tal, emia, y que por lanto mientras é.) ta se establecido pOI' el proyecto de reglam~n-y como toodria interrumpir una vida que con las Plock y Logan do Dogola y Cartagena. Yo ba le guiasen en la regeneracion de su pais, precauciones de uua dieta vegetal se conser- como apoderado de dicha casa de comercio Hemos creído conveniente tra!'> mitir' a nues- va. Arreglarémos nuestra cuenta con esta establecida en esta ciudad (sin que ella exis-, tros lectores la parte final de la mencionada unidaU, y le agregarémos en las dos diócesis ta en Bogota) y con~t) agente de la Compañía pieza oficial, que expresa sentimieutos diO'TloS de Cartagena y S ota Marta solo 49; y con general de navegaclOn Anglo-granadina, de",:, del mas puro civismo y que olvidan con llar (a unidad sera el número redondo de 50 por bo man,ifestar que el expresado vapor es de ta frecuencia los partidos que vencen en las lo me os, aunque habra sin disputa otra mi- la p,roplCdad de lliella Compañía Ang\o-gra-' disensiones civiles. tad mas, ¿ Y no se poura sin cxagerarion nadilla, la cual oportunarncnie informara al » En la nueva era que ha principiado a er ellvar este número hasta 200 con las dióce - resp l table público de cuant.o sea necesario deseo que todas las capacidades y aptitudes, sis de Dogota, Antiotluia, Popayan, Pamplo- tocante a esta importante empresa. cada una en su e ~fera, ha t::an esfuerzos slmul na y Panama? l\luy atento y obediente servidor de VV.-~ laneos para la grande obra de una reO'ene Tenemos entonces un sobrante de 996: Cartagcn:l 20 ue lUayo de 1839, " José BJ'own~ racion política que consolide nuestl'as insti. divid iunoslo en torceras partes, dos de dlas ..... ,(J(J..-- tuciones y enseñe al pueblo a cumplidas y 5a 'crdotes que nunca se casarían, porque S('- AVISO HIPORTA.NTE respetarlas. rla un agravio qu' jamas nos perdonaría el AL SE~OR GODERNADOR DE LA PRoviNCIA.. J) El mejor método para inculcar en .el es muy respetable clero granadino, si lo juzga-piritu de todos las hases du esta educat;ion semos en su totalitlad del partido d!} lo tres Sitia~o f'sta el pueblo de Cartagt>na, .pue4 es hacerles apreciar los beneficios de que har~ curas de la provincia de Mariquita: queda de deCIrse., por 105 elementos de boca, j s.in estado privados é inspirarles un temor salu . por tanto la otra tercera parle, e lo es 393, mas enemigos que los j teriol'es, que el) el dable hacia toda especie de tiranía. Con ar- que 3UIl. con toda repugua.ucia juzg¡qnos se estado ele miseria u el pais compran por jun-reglo a tales consideraciones, y sobre todo pronutlcluscn pur el matrimonio en mas de to cuantos v,íveres entran a la ciudad por a· porque la severidad de )a ley debe ser iuexo - la mitad: ¿ y para 393, Ó sean 100, una ley gua? por tlerra, para e trechar despues a ble, decreto lo siguienle:- en la Nueva Granada 11 ... preclOs mas caros a la illfeliz poblacion. Uo. 1. El f>neblo de la Bancla Oriental y yn, Sigamos el calculo. Demos a tales ellla - solo agente de polida o de abasto no se mio: como su representante, declaramos un olvido ~e' to!h, la feculHhJad po ' jule: valucmos por ra en el mercado exterior diariamente como perllctuo d e todas las opmÍones profesadas Igual numero el do las pro l e~ sacerúotales; debiera sel' para impedir estos abusos, pues hast 11 l ne' n el h ora buena 100 y bien fOI nudos aunque concurren a la carnicería, no es allí , 2. La libertau y la seguridaJ pcrso11ales nll US Ó Illñas; pero \;\ mo el nal'Ímicnll) y la dunelc pueue reOleJiarse el mal: es preciso oe t dos ]OS Ciu dadanos de la r .pública sc- n~ll,er te estan casi uuiLlos, ¿ cuantos sohrevi- que ,haya , quien cele que cuanto entra por J'a~ p.ro.tegidas sin f' cepcion al guna, como el "l/'Jan? Dem~s contra toda pr obabilidad y Me(ha luna y Santa. Catalina se dirija al mer"! rrlllcIplO funuamental de mi cond ucta, y d es Jatos muy CU)'I OSOS de la:) ta bl a'3 d e la mol'- cado públi co, y que lo que llega por mar se de este momento su consíder . I'an colocadas ta!idad, que pudr;,\n cOH~ulL' rsc, que solo venda como esta dispuesto. Ya se espocula has-bajo mi garantía espt cíal é i' i medi~ta. muera una cuarta parle ; restan vivos 300: ta sobl'e la existencia de la vida humana, y , 3. La presente d e clara cion sera publica ¿ y tauta algazara. tanto empeño, para agre- esto no es tolerable. Es verdad que el Cill-da, comunicada é in, el'tada en el l\egistro. gar a la el>la c,(stica de la. poblacion 300?- d~dano tiene libertad de disponer de sus pro~ _ Montevideo etc. )0 y de estos 300, cuantos le tocar {au a Ja pro- pIeúades romo quiera; pero hay ciertas CO~ En un() de los números elel Sun de Lon. vincia de l\hnquita en ~nrneulo de la suya? sas que ticnen re tricciones, o que deben te-dres de principios de lfebrero y en el JOl1r. -Loó curas en ella (escribimos teniendo ucl
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 17

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 25

Por: | Fecha: 18/07/1839

SEl\llSTRE 1. G CARTAGENA, JUEVES 18 DE JULIO DE 1839-. Nl1l\lERO 25. Elte periódico saldra todos los jueves: la recepcion de las suscrieiones y venta de los números suehos están á cargo del tesorero de rentas provinelale! Sr . .1 1I ;lI1 Ant?ni •. Calvo. ~a suscric~on por se~estre vale CUATRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número sueho REAl. y MEDlo.=El precio de la iusercion d e los av iso¡ fi) art.lculos de luleres prnado, sera de un peso hasta doce renglones, y un real mas por cada tres renglones de los aBe excedan de aQuel o ¡"mero, y la nlÍtall par cada vez que se repita, siempre que se ~ al tiempo de la entrega. DECRETO DE LA GOBERNACION CONVOCANDO LA CAMARA DE PROVINCIA. El Gobernador de la provincia de Carlagena, En cumplimiento del deber que me impo. ne el articulo 8.° de la ley de 19 de Mayo de 1834-, DECRETO. Artículo 1.0 Se convoca la Cámara de la pro'Vincia para el dia 15 de Setiembre próxi. mo. Art. 2.° Los gefes políticos cuidaran de que los diputados nombrados, y los que lo sean por las próximas asambléas electorales, emprendan su viage a esta capilal en tiempo oportuno para que pueda reunirse la C~mara el dia señalado por la ley. Comuníquese a quienes corresponda. nado en Cartagena a + 7 de Junio de 1839. Antonio Rodríguez Torices. Carlos Pareja~ secretario. ADMINISTRACION DE JUSTICIA. República de la Nueva Granada.- Prcsi· 'aencia del tribunal de justicia del distrito del Magdalena.- Carlagena a 10 de Julio de 1839.- Al Sr. Gobernador de esta provincia. Tengo el honor de dirigir a V. S. a nom bre del tribunal una noticia de \as causas 'Vis­tas desde 3 del próximo pisado Junio hasta el 6 del corriente, y do las que quedan pen­dientes en estado de hacerse relaeion, para que si V. S. lo tiene a bien se sina dispo· ner se publique en el Semanario de esta provincia. Dios guarde a V. S. Aquilino Al~arez. ~O'tlClA. DE l.A.S CAUS.%.S VISTAS EN EL TRIDUNAL DE JUSTICIA DEL DISTR.ITO DEL l\lAGDALKNA D'ESDE 9 DE JUNIO PRÓXUIO PASADO HASTA LA. FECHA. 'Causas que existían en relatoria en lt) de Ju nio p1'()ximo prlSad(J. De hacienda .. 2~} 7 Por queja. Civiles entre partes Causas que h.an entrado en relato,.ía desde" 10 de Junio ptiOximo pasado hasta la fecha. ' .Criminales. De hacienda . Por queja. ,Civiles entre partes · 22} · 6 · 15 • 7 Por competencia de jurjsdiccion. 2 5J Total de causas en relatoría 68 De las cuales se Ilan N·stO-.· Criminales De hacienda . Por queja. Civiles entre partes . --6 17 10 Por competencia do juridiccion 9?j 2 67 Queda pendiente. 1 La cUlll no ha podido verse, porque irope didos dos Sres. Mmistros se ha integrado el tribunal con conjueces, y de tistos ha recusa do uno la parte, pero ya hoy se ha arregla. do; y ad~mas se han visto j e pnchado cua, tro Dcg()cio~ venidos en apelacion de autos inlerlocu torios. Cartagena, Julio 6 de 1839. Francisco de la ESp'riella, secretario. . ::::::z:::s PROYECTO DE REGLAMENTO EN EJEtUCION DE LA LEY DE MANU~llSlON. Concluyen las obsel'vacúJ1zcs del número anterior. Despues de habel' examinado total y parcialmente el proyecto, salisfaciendo lo~ deseos del Sr. Gobernadol' de Mompóx, pasamos a indicar los únicas medidas que en nuestro humilde conceplo pudieran adoptarse administra li va men te para que la libertad de los partos quede asegura · da de Ulla manera eficaz é irrevocable. Este es otro de los puntos en que nos ha interesado dicho Gobernador, :J noso · tros tenemos mucho gusto en complacer­lo antes de terminar nuestras observacio· nes. Pero no se enlienua que las meói· das que vamos a proponer las creemos adoptables por los Gobernadores, sin una regla general préviamente acordada por el supremo gobiel'no; pues ya hemos m,a­nifeslado que solo con este primer jm ~ pulso y diJ'cccion, puede ejecutarse la ley con uniformidad y e~pedicion en toda la republica. I Antes de ahora hemos sentado por prio cipio, que los hijos de esclavas nacidos despues de la publicacion de eS<1 famosa ley, muy digna del siglo XiX y de nues­tras instituciones repu bliranas, son 1 i ures solo por ministerio de ella, sin q oe el cOfuplelllcnlo de esta libertad depenJa de ninguna frSrmula, ni de otra solemni· dad que de la constancia autéutica y u d ­toria de la proITalJIgaciou de la ley y oe los respectivos nacio\ientQs de los lih e r· tos: y en este supuesto juzgamos qlle. la accion a dm i n ístrati Vd debe con tr' aeJ ' s~ lo · da a dos objetos principales: a iod JgJ L' y fiJar el dia en que la ley ha ya si Jo publicatla o en que haya comeuzíldo a lenel' efecto en las capitales de las I' l'S ­pediv~ s p,'ovincias: y a que el u ia del Uill;i mien lo de caJa j oven se haga C(}ln la t' solemne y públicame nte. Con esto s olo queJara cumplida la ley y la administra· cion plll.dica babra llenado sus funciones, sin necesidad de entrar etl requerimien­tos, inq u ¡sici ones y pesquisas, q (le solo t{' nd.'ian pOI' resultado el inq u i<:'tal' a los ciudadanos, ponerlos en choque con la!i autoriJades, y recargar a éstas de moles ~ tdS y oJiosas ocupaciones . Afianzado así el precioso derecbo que la ley ha concedido a los parlo~ Je las esclüvas, , '3 (J'S preciso confial' al intc r {'s privatlo el celo y cuidado de la conser­vJcion de ese del'ccho; pues toJo el po­del' é influencia de la accion administra· ti "a son m u v tléb iles é insig oifiea r.les, comparados con las palancas del int~res particular, ¿ Cual será el liberto que )(}s· tl'uiJo de su condil'ion libre permita ljue se le mantenga sujeto a la serviuumbre, o que se negocie con su I¡ bertad ema­nen te de la ley y garan tída por aclos ~o •. lemnes y botorios? ¿ POUI'3 haber CIU­dadano alguno tan insensato que 9uiera someterse a una evidente pel'secuclOo de la justicia, pretendiendo redu cir a la con­diéioo servil a un jóven, cuya libertad­se halla preconizada y reconocida? Pel'o volvamos a los dos objetos que debe proponerse la admiuístracion en su marcha. Pdl'J 6j31~ el dla en que la ley haya sido publicaua () comenzado a tene r efee lo en eneJa ca pi tal de p!'ovincia, pa~ rece indispensable considerar, que hoy, tenemos en la Nueva Gránada muchas provincias que no exisLian en el año d e- 2l, Y que olras no IClgl'arOn su inu.epen. t1cncia sino dcspucs de did10 año; slendo por lo InislTIQ muy posible que en éstn.s no hubiesen sido plJbli cada~ las. leyes" Vl­genles ya en el resto de la república, y que simultanearnente hubiesen rOm ell1.a ... do a ejercer su imperio en ellas con la adquisicion de la independencia. En es.· los casos creemos que sin ioterpre~~r lé" ley de que nos ocupamos, puede hj ar~ " Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " 2 SEMANARIO DE LA PllOVINCIA DE CARTAGENA.l la épora de su publicar ion. desde el dia que esta obligadon no debe tener lugar en que lo ha~' a sido en lodas las ciuda sino en el caso de que el jóven se re· des que ho son c ~ pilales de provincia; sista a continuar prestando sus servicios y no con 'ando eslo, d~sde el dia en que al amo de su madre por un salario pro· lo baya sido en las antiguas capitales a porcionado ' y convenido; pues en tal e-que corl'f'spoodtau entonces las provin- vento es muy conveniente que la aulo-cias llueVvmenle creadas: y en el supues· ridad pública intervenga, a fin de que el to de no ap:H'rcer el dia de la Pllblica- liberto no se entregue a la ociosidad y cion por los oll'os motivos espresados, corrupcion, y se le compela a que se juzgamos que dt hiera fijarse p. quel en que consagre a a1guna ocupacion util é ino recobraron su independcncia Ls ciudades cente; concertándosele, en caso necesario, que hov son cl'almente, nada restara por si teoría. Nosotros no podemos pf'rsua ' h a er en este sentitJa-, dil'nos de que el referido articulo 4.° es· Para auteutlzar el lia del nacimiento tablezca que todos los jovenes libertos, d cada Joven t creemos cooveniente que en cumpliendo los 18 ailos, deben se.' Jos a aletes de di : lrilo, asociados a los elllregados a los agentes administra Llvos, curas v a los comision d0S de que habla pu·~ s esto prodocirl.~ un desórden, una ~~~~~~~eL!~~~r~l~íl~~t~lt~o~l~~~~~~~~·~~~~~~~~~· ~·~~o~lortable aun 13 desmoraliza ~f'nfp;, 'OH pr s nei:) de los libros bau- ci(,ó de los m' jOvt.>hes. i un jj . tism I s Jf- caua pal'l'oqtli" 1 Jormar (, ua· bel to q l "er COI tinu t.1 . i-@-ll o en Cíl-dro" {'sta Jíst i ~o s de tooos [os lJijos de I¡dad de H 're al amo de su madrl> , ga< (-'5 (.1 \Va, U:h' i ( d~spues d la época ar- nnndo su salario, ¿ por qué ha de inter· :ribo fsp,(" nda ~ ¿A edltd i 18 .. ,ños; , mplt'ndj(~ n d o en es qué Hu impon l' al ciudadano la obliga . to eu d. o os nOlDhres d lo~ liL t. rlo5 ,.¡' cion (e pl'e"entarlo é info,'mar sobre Sll lo oe sus p ti res , los d· los Dmos de cO[Hlu 'ta? La ley solo trala de preve- 5US madre/'! que lo eran al tiempo de na· ni .. lr)s males y los abusos, y sus ejecu .cer, el día del 113flmieoto v el en que tores deben contl'aerse en su Decion a )la\,8n sido bautizado _o Estos ('uudl'os que los casos en que estos males o estos abu dtbj r· n e:-xi~irsf' t..on la rna or {"XiH:tiluU sos pueJan presentarse; pero de ninguna y firmados por los al<:a ldes, curas v co- manera a los en que el int eres personal misionacJos, pudieran prl s\lrse por el res hí1ga desaparecer touo peligro. pertivo gete polítiro a la .Junta Je manu- Tales son nuestras ideas res?ecto a lai InÍsion, para qut' é&ta en los dí as clásicos medidas qur deben aJoplarse para la eJe- , 25, 26 Y 27 .. le Diciembre de cada año, cllc ion de las artIculos 1,0 Y 4.° de la hiciese la publieacion solemne de ellos ley de manumision. Sentimos mucho ha-despues de haber dallo li~ertad a los es- ber diferido absolutamente de las que ha clavos de que habla el articulo 1 Z de la concebido y proyectado el Sr. Goberna r ¡nisrna ley. Concluida esta public8cion, dOl' de Mompox, y protestamos qu , al nos p;lrece igualm ente oportuno que la improbarlas no hemos tenido en mira junta hiriese fijdl' (~ n los parages mas olra cosa que el ¡nteres gpo€rfll. H'J. públi('()~ de ]a cabe~era del canton y por Lr mos irl\.'urrido t"O grt ncl es errOff ; tojo el mes de Enero inmeJiato a la di pel'o no s' mos presuntuosos, ni p' ten ('ha pre ollizacjon, copia legalizada de den os ser iufu)ibles, pues nos h .dJ,1 os esos eu. dros, pasando otra al concejo reo trados Je 'que este alribl/t de J, municipal para la inscripcioll prevenida l)iv'nliJad no es uddo a ninguB hC.lmLre. ~n "el articulo 1 o t sobre Cll) o cumpli­miento, si hasta ahora no se ha llevado a efecto, debiera exigirse la mayor exac­titud. Los cuadros originales puJierall quedar en el Drchivo de la junta, para ir formando con ellos otro libro de re gislro bien ordenado" Con tosas estas precauciones se con­~ eguiría indudablemente, que \odos los Ji bertos, sus padres y parien les se infor­masen de la coudicion liLre de los pri mfros: conocerían las fUOlllCS Je donde pudieran tomar la comprobí1 cion de su libertad: todos los ciudadanos verían el peligro que corrian en caso de preteu­cJer esclavizar los h ¡jos de sus esclavas favorecidos por la Jey; y ésta, en una palabra, qued:lría cumplida en tooo lo relativo a la libertad de los panos. ¿ Po­dria desearse Olas? ¿ No resultada Ut} esta manera afiunzaJa é irrevocablemenle , "asegurada la libertad eJe eií) multi tud de 'individuos que la ley ha querido sustraer de la humillante ser'fidnmbrc? Respecto al ortIculo 4. o de la ley, ya llemos manifestado nu'estra opinion de DO existir legalmen te la obligacion que se pretende imponer a los amos ,fe es, élavas, de presentar precisamente los lli· jos de éstas a la junta de Olsl1umisioll, Juego que hayan cumplido lo. 1 S a fios, sino 8010 la de informar sobre su. con· duc~a y -.procedimien tQs; y "un creemos ADUANA. l\Juv uescontentos se manifiestan los coruer·cillnlrs .ue esta plaza con los em pIeados de la aduana por el celo y vigi laneia con que proceden en todas sus o­peraciones; pero nosotros juzg mo que sus quejas son ha~ta ci orto puoto inju!) las y dem1}siaJo severas. Dil'hos emplea­dos. se hallan en el deber de cumplir con la I~y, impidiendo Jos (raudes y aLusos que so preteslo , de oscuridad ó vado en sus disposiciones se quieran cometer: y en ('Slo es ciertílmente laudable la coo ducta de los referidos empleados. Si e Has fueran negligentes; si disimulasen las faltas que de ordinario se observan en las facluros comparadas con los c.arga­mentos; si no pusieran toda la vigilan. cía necesaria en precaverse de Jos ardi· des y astucia con que el interés priva­do procura defraudar las contribuciones fiscales, en lonces lodo seria desórden: el tesoro público quedDría privado de lo que legítimamente le corresponde: los empleados se harian personalmente res­ponsables; y los mismos comerciantes su· frirían grandes perjuicios en sus iOler - ses, porque aquellos efectos que pagaran debidamcu le los derechos, uo podrían cQncurrir en el mercado con los que fu . , r3n i o traducidos sin S3 tisfa~erlos' o sa li$~ faciendo\os solo en parte. Mientras nuestros comerciantes no se persuadan de que esta en el interés mi.­IDO del comercio el que no haya (.'audes ni contrabandos, para que sus especula· ciones mercantiles teog ~l n una base mas fija y precisa, creemos que sera inevilíl" ble 13 pugna entrr ellos y los empleados de la aduana, y juzgamos absolut meote necesario ese esmerado celo y vigilancia que sirven de capítulos para sus qupjas.' Algunos creen que es uo arbitrIo que dehe permitirse al negoci nt~ mudal' las formas de las cosas, o valerse de otros medios para hacer J sminuil' el monto de sus derech,!s; pero nosotr s no con­venimos en eso que se pretende calificar de al'bí trio iflor n le: ]a iotencion cre de­frauoar sera s¡ "'mpre uo pl'ocedimienlo de mala fé, y la Ulala fé nunca dejara ue serto, por mas (,ue se le vista on los a­dornos de vi veza de ingenio, agudeza, sao gacidad {'tc. etc. etc. Un (' offi erciante que con la forma de platillas quiera in:, trodllcil' irliJnd (. s o estop Illas y que se le clasifiquen como taJes platillas, pretende una temeriduf, y aunque quiera justi6. ('~r su intelll'i t. ll, en nuestro conceplo¡ siempre sed. Id de proced.. e mala fé. Los comer ,ian tes gozan, COIDn todas L-s clases de lu. ~ocicdau, de la proteedon del gobierno, de la benéfica influencia de las Je\4l':s de los efCt;lOS saJuJabtes del órdcn' y de la tI' oquilidad p\lblica: se baIlan por t;,nlo ~lljct(JS a t .:lS nll rn ti C"a¡-. g S q ti e hJ s J e 111:; s e i u ti a dan o s; y el q II e trata de eludir l( pago de f¡ conlriou· ciVil e e en uoa sinrazon, é lOt'urre e la mas vituperable injuStln3; pue él de­be observar que no ('s !!'ino el cooiumi· ~or f' que rt~" l , p( s t vam o le paO''! la con u'i ,u(,i(,n. \' q e lOl' 'úosiguiente co­m ~ I ¡> '111 f .. sta; ~a por ffit'zquind . df>s en­c{\ ntl ,.d',s de mas en tl c;) rgil Ill I.:' OlO, a­mo larri tos de mostaza. de pomadd y Oll as ('osas d St l miserable ¡mpol'lancia ; 'a por un err)r involuntario )' ("onori en el acomodamiento <.le los bultos, o en el ordenamjento oe las marcas y numeros; como poner eo las factur' s efeclf s de ma,Y0r vJlor, en lugar de otros de me­llor que aparecen en el céH'gnroento; (, ,a forzando el scntido )jleral (le la ley. Por el con lrario, loLlo esto lo condena­mos por reputado como una hoslilidad declaroda a un ramo de industria tan ll­tit como necesario para la subsistencia de la sociedad y de los particu'ares. La cuesLion que en el dia se ventila entre los comerciantes y la aduana sobre la in· leligrncia de )a ley tIe 30 ue Ma~'o del año próximo P"Sddr , creemos que lo me· jor seria sujet,u'!a 3 a decisiun de los lribunales y ya que t ra amos del ramo de adua­nas, séatao perol"t id Bunci r a los su· peri or 's autol ¡dade , que apesar de la 19ltar ill de los emp eados oe.1a aduana, ha"e el conlr IJdOUO en esta plaza, se­gl all nte porque el rrsgu3Jdo no cum· pIe religiosamente con sus deberes; pues sabemos de un olodo positivo que des­pues de la descarga de algonos buques, continuan desenlbarcandose muchos efec­tos ocultamente, los cuales por ha. Cl'se Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE!\lANÁnto DE LA PROVINCIA. DE C.AR1'AGENA: 3 mantenido..en los secr~tos de los ,buques, han podidó escnparse ·' del examen y vi­gilancia de .la visi l~: y es taJl ciertq que se hace esle contrabando, como que en algunas tiendas vemos vendiendo efectos, que sin el fraude no se darian a los pre· cios que se dan. NAVEGACION DEL MAGDALENA EN BUQUES DE VAPOR. G~9to~lmcnte insertamos l. siguiente co­UlumcaClOn del Gobernador de la provincia de l\lompox a los gefes políticos de los can­tones de su comprension, que nos ha sido remilida con tal obj~lo. Ella tiende a pro­teger la importante empr sa de la navega , ciaD del ~fagdalena eo buques de vapor; y por lo tanto nos hacernos un deber de difun­dirla y apoyarla_ Núm. 97.- Gobernacion de la provincia. - Mompóx 8 de .lulio de 1839 ...... Circular a los g.efes políticos. Se s3be de un modo indudable que el 20 del mes anterior fondeó en la bahía de San­ta l\Iarta el hermoso buque de vapor llamado la Um~n, destinado por la compañía anglo­granadma á hacer la importante navegacion ~el rio Magdalena _ J.j~S rehciones que se tIC. c'n, acreditan que el buque la Uuion es de una forma elegante, , de una conslruc­cion llloderua la mas sencilla, sólida de cuan­~ a~ ~e conocen 113 La boy: por mallera que a JUICIO de Jos conocedores es uno de los me­jores buques de vapor que se han construi , do en los ast'llcros de Escocia. Tiene 52 va, ras de largo, 26 pies de auch<> y 6 de alto. Esta decente y aun lujosamente aparejado: ap nas calar'a tres pies de agua, y siendo su cabidad capaz de dos mil terciol¡, podra ca· minar al menos tres leguas por hora remon , tando. Sin embargo de su magnitud, los empresarius grauadinos que lo hicieron cons truir, y los estraegeros que ('ouocen el rio l\lagualcoa y ban visto !a el buque en Santa Marta, asegunn: que desapareccl'a por fin el modo bárbaro J penoso C(nl que durante tre8 siglos IH'rnos hecho la navegacion del l\hgdtlena a usanza colonial. hste acontecimiento feliz para la NU""a Granada, debe rcduudar inn)ellSaS ventajas en fa~Ol' del comercio, de la riqueza y civi lizacion nacional: sin dejar por e~lo de te , Iler un irrecusable y poderoso ioflujo sobro el establec'miento y mejora de la agricultu- 1'.1 en las fer'aces, hoy incultas y despobladas riberas del Magdalena. Los nacionales (lue hasta el presentc hln ('jercido el ingrato 1 -penoso oficio de la ho g a., abanllonaran la palanca y canclete para t omar la productiva azada: y cJescumbrando los montes y plantando labranzas, recogerao los abundantes ffutos de la primera cosecha, ll~as gAnancias los aficiQnarfm en lo sucesivo a vivir al lado de la esposa y familia; abor­: reciendo por convencimiento y utilidad la errante, peligrosa é inmoral cal'ccra de boga que hoy prefieren a toda ocupacion regular ., aman con un cstusiasmo igual al aborrecí miento con que detestan la import&nte inno· vacion que causaran los buques de vapor. Pero esta ha sido de ordinario la suerte de todo lo que siendo nuevo y progresivo des­tru ye preocupaciones y contraria hilhi-tos de larga dUl'acion. No es pues estnño que por este motivo haya muchas antipatías que impidan en al­~ una manera el uucn éxito de la navegacioll cn buques oc 'Vapor. Con el fin .de evita!' este ma\ , 'teniendo en consideracion las es· peci;.les ! patrióticas J'ccomcndacioues que cl gobierno de' la república ' hizo a la oficina ,de mi cargo, en comunicaci n notada en ~ 7 de Enero del año pasado con el número 5, me dirijo a V. para que procure desvanecer t:!1 el e.ut n de s'u. ana1~~lo ! DlU'y especi~l, mente en las parroquias que estan 80bre el l\1agdalena, cualquiera preocupacion viciosa ó idea equivocada que se tenga aobre el par, ticular. Precisamente son tas provincias por don· de corro el Magdalena y señaladamente hs poblaciones riberianas, las que "an a obte­ner las primeras ventajas del feliz éxito de la navegacian en huquos de vapor_ La moral pública e:;la fuertemente intere , sada en la abolicion del oficio de boga, co­mo ahora se hace: para redUCIr a los indio viduos que lo ejercen a la padfica profesion Je agricnltores; y ver crecer la poblacion slna y robusta, cultivar los campos, mejorar y aumentar los c3serlos de las parroquias, y medra r bajo todos aspectos las poblaciones que antes estaban abandonadas; porque los vecinos pa~aban todos Jos meses del año c9 la improductiva y enfermiza ocupacioil de bogar. El corte y depósito de leñas- seran un objeto de logro: y al mismo tiempo que proporcionen al leñador los recursos pecu Diarios en las cuantiosas sumas de dinero que deben circular por cuenta de la compa­ñía en diferentes punlos de la estensiun na, vegable del Magdalena; le dejaran aparejado ya un grln trecho de bosq ue a propósito pa.ra la lal>or que quiera hacel' en él. Si todo esto no fuera bueno: la faciJidad de las comunicaciones comerciales harim tam bien que todos los objetos de necesario con· sumo se obtengan por Jos consumidores a un precio muy bajo; facilitlmdoles una ventajo ­sa salida de sus géneros alimenticios, que son por a hora los quc pueden producir. Las llJugcrcs condenadas en muchas poblaciones a perecer de ll1iscria, ó a vivir yíctimas de un~ prostitucion lucrativa por falta dl' mediOS para ganar: lenddul con la iutroduccion oc tos LU<.Jues de vnpor muchos recursos de grangerla que las uaran a bundaBles y fáciles ganancias en medio de las multiplicadas re­laciones del trMico, y de los lranseuntes que nec('sitan aiempre de sus servrcios. La sal ud v la vida de 105 ciudadanos sera mas inalter~h\1) y larga cuando abandonen , el trabajo violento que emplean en subir y bajar el rio l\lllgdalcna. Porque prescindien· uo de los acdd co tcs de una caida mortal ó d,e la facilidad de ahogal'se; es sabido de to­dos: que la durarÍon del boga apenas es de treinta años, y pocos alcanzan a los cuar nta sin csperimentar agudos dolores de pecho con otras enfermedades consiguientes a los esfuerzos que hacen con la palanca, a la in fluencia tic la5 fuertes estaciones de estos climas y a la vida irregular que llevan. Todavía pudiera añadir muchas considera­ciones capaces de 11l'odurir un convencimien­to, si cabe, mas completo: de que es un a­tentado contra la prosperidad púulica y muy particularmente contra la felicidad indivi dual, oponerse Ó contrariar el buen éxito de uua empresa, que al fin ha de consumarse con inmensas vcnlajll~, y a despecho de preo­cupaciones tan contrarias a la civilizacion como perjudiciales a los cantones y parro­quias de esta provincia. El deber de cumplir con la órden de S. E. anteriormente citada, y la necesidad de re­comelldar a V. que convenza a los ciudada­nos, encarezca a las autoridades del canton de su mando y promueva por todos los me­dios posi)Jles, que se presten a los empresa­rios de la navcgaclon cn buques de ,'apor, todos Jos auxilios .que requieran, mediante la previa indemnizacion pecuniaria que ellos estan dispuestos a pagar con generosidad: me han hecho estendel' en esta orden que el debe1' y patriotismo de V. esplicara y ha, ra circular en el cantan de su mando, y se­ñaladamente en las parroquiás que estall si· tuadas 5ol>re las riberas del l\lagdálena. Dios guarde a V. Jos¡ Duqae Gom~z .. Es copia. l\1orupox, Julio 8 de 1839. El. secretario de la Gobrrnacion, Manuel G. Ribon. - NOTICIAS ESTRANGERAS. ECUADon. Cortas de Quito eJe p,'incipi('ls del m('s de Mayo ultimo anuncian que el Congl'c" so de aquella rrpublica se vió obtigado ni terminal' sus sesiones, a inVf'sttl' al Poder (' jecu ti vo dé facultades uastan le amplias para el arreglo de diverso!) ' ra­mos de la hacienda nacional. Descantlo ardientemente el progresivo bienestar y cngl'anoecimiento del pueblo ecuatoriano, nos sera altamente satisfaC'lori0 q le su adminislraclon ejecutiva luche victorio· samente con las dificultades que se opon­gan al Luen éxito de sus planes en asuu: to de ta() vital importancia. Hemos tenido el placer de l~cr en la. Gacela del Ecuador del 5 del l~ilado nH'';, uoa le.y que arregla el montepio -rn'¡üUI-Y" la cual nus pUI'ere eJic:tada por miras - er­daderamente laudables y patrióticas . ]~n consecuencia nos atrevemos a re~'omef}d,I'\ a nuestros gobernantes el mencionado 3('­to legislativo, por si acuso puede illflu i \ en que ('caparezca en la Nueva Gl'ana tlJ una instilucion realmente (JIantrópica, capaz de reanimen'" el civismo de cierta clase de servidores de la pJtria, y propia para CoopPI'al~, con poco o nmgun grata­men del ('l'a rio público, al alivio de un gran flltmero de granadinos desgraciad os. l\JE.JICO. En el iVoticioso .Y Lucero de la H:dJa­na, de 16 de Abril u ltimo, hemos le ido u n parte oü e la 1 del genera 1 .1\1 aria no A I'i s· ta, feehado el 14 de Mano, en que ~e (fe­mueslra que los fe.fer-alistas o desorgani· zadores, HcaodillacJos por los generales Urréa y l\lejía, habian sido completamen­te derrotauos en diversos eocuenlro~ por las tropas del gobierno nacional, que rOl}­tinunLan en su pCl'secucíon con granc)c actividad y cneJ'gía, nsl como con touas las pJ'obabiiidaues del mas completo triunfo. FRANCIA. Y BUENOS AIRES. Hemos sabido por diferentes via's, que la es('uadl'a francesa estaba bombal'llean · do a Buenos Aires a fines de Enero del, presente año. Nos sera muy agradable que podamos anunciar pI'onto a nuestlos lectores la cesacion de tHn funestas hO!i­lilidades y la estipulacion de una paz sólida y decorosa para los dos naciones beligerantes. ~ INGLATERRA Y FRANCIA. Nos parece muy digna de la cooside~ racion de los granadinos la siguiente 00- ta oficial, que- el conde Sebastiany, E m .. · bajador del P\ey de los franceses cerca del gohierno de la Gr¡ln Bretaña, paso con fed)3 3 de A bril último al vizconde Palmcl'slon, l\linistro de D!:'gocios esterio­rrs. Obsérvese el lenguaje de la comu ­nicacion: véase la conducta del Embaj a­dor de la gran nacioo con la podero~~ Gran Bretaña; y recuérdese la arrogancia con que en todos los casos han sido tl'a­tadas las pobres y débiles repu blica a me­ricanas. Con la venida de la gote a 1"10- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANAP,-IO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA) rida de J ama'¡ea, hemos podido hacernos ~este .. importante documento. , l\1íJ0l" : E.st0'Y especialmente encargarlo }lar el Rey 1111 amo de asegurar al gobierno h.ritan'ico el profundo sentimiento qu~ espe ,rlm nta S. 1\1. de la -captura que tuvo tuga)' ,de un piloto ID .jicano, abur o del patjuet E"pl'ess. Cu;,.ndo el almirante Baudin desgraciad mente pre5cr¡bió e.,t medida, ignoraba que el buque pfj rt~JHl c:i &. ' la m l'iua britimíra: este iocidellt I o h:5 iJo pues sino el efee­- to de una equlvocaciíl , y no Ull:). falta de respeto al pabellon ingíes. Si o(!e l' amente de · plorado por el goblt'rno d~l Bey, como pOl" el comaDdant~ d ~ nu Hra scuadra, un e .01' semejante no se renovara, y las 'instruccIOnes ma~ severas pr 'scribiran en lo ucesivo a mas escrupulosa y "igílau~e atenciou en dI'· c:unstanci8S aIJalogas. . Pol,iendo esta explicaciones -en C01100\ miento de V. E'J me atrevo en nombre de mí go ierllo a esprc~ar su confi ~ l. za de que ellas pareceran sufi. ielltcs al g b icI no lll'lta nico, y que nada altera ra e adelante la u nion que nosotros mi mos m tenemos de corazon, intacta cntre los Jo paises, asi 'co· mo entre los dos .pabellones. R~ciba, l\ldor, la seguridau de mi alta consid eracion . (l-;'i rm&do) El. Scbastiany, ~ FH.ANG A. Por papeles de Londres, CU'ias fechas alcanzan hdsta mediaJos de 1\1a~' o ulli mo ,hemos tiabido que el 12 del éi lado mc~ tuvo Jugar en I\t .. ris UQa esp ,de de a o n da fOl'mada p" r cosa de dos ·ientos hom h~e~, tan obr-ecados y h'm'~J'arlOs, que' blcJeroD n{'ces ría la med-ida de se1' ti hl­cados y disueltos, eh'., por una parte de las tropas de la guarniciono En el Times del J [) se encuentra fa si· guiente nómina, <'opiada del l'lon/teur tic Paris, de Jos in di viduos que coosti tu yen el nUCfJO mimslcl'lo trances, al cual pare­ce accedió Luis Felipe un dia despues del tumullo que hemos noticiado a nues tro. lectores. l\Iariscal Sonlt, presidente ud Consejo y M-inistrQ de negocios estrangel'os. 1\1. Teste, Ministro de justicia, Gen~ral Seheneide,r, t\J. de guen'a. Amurante Dllperre, ~J. de marina. M. DuchateJ, M. del interior. M. Cussin Gridaine, M. del comert io. 1\1. Dufaure, ~1. de obras publicas. 1\1; V¡Uemaine, 1\1. de inslruccion pú blica. 1\1. Passy, 1U. de hacienda. MISCELANEAS. REMITIDO. S'I'es. editores del Semanario de Cartagcna. COl'ozal, 1\Iayo 31 de 1839. Muy respetados Sres. mios: Sírvanse "V. dar lugar en sus apreciables columnas al si ­guiente Denuncio en fatlOr de la hacienda públú:a. TIERRAS BALDIAS. -En el 7. 0 canton de esta provincia y en la jurisdicdon del antiguo pueblo de Gegua, que 'Se -compone en el dia de catorce ind íge .. Das cuando ~as, y el ~esto de personas que se. han avec,l-ndado. alh de otras parroquias, eXIsten baldJ08 :varIOs terrenos conocidos con los nombres de la Ahumadora, la Capellanía, e1 c.bQrro de Noalla, y la Ceibita: los tres primeros fuet'On denunciados el año pasado "e 1836 al Sr. Gobernador de la provincia por el difunto Sr. Toribio Jímenez, y S. Sri • . decretó en 18 de Agost,o de dirho año ,asa· en las diligencias al Sr. agrilnensor de la prov,incia para que se mensurasen, vI.lorascn levantase el plano topografico del terreno. .Lo mismo aconteció con la Ceibita, d enun· ciada bace algunos años por el difunto Sr. DonJio~o J lmencz, sobre que se siguielon va­rias diligencias, y últimamente se comisionó por el Sr. juez letrado de hacienda de la pro· vincia a unos de' los Sres. jueces de primera instancia del 7. 0 canton, Chilló, p:l1'3 que mi· diese el terreno etc. etc.; y hasta ahora DO se ha visto el rumplimienlo dc DiD~una de las dos pro,·iJen cia.s superiores: y lo mas sen· sible es, que en la posesioD que el Sr. juez 2.° de aquel dicbo canton VI a dar ó esta dando a los CUotee indígenas de Gegua, del gr.an espacio de tierra que dicen les corres ponden por resguardos, cstlm comprendidos los terrenos arriba referidos, inclusive la Cei­bita, sin otro t itulo que una i If ll'macion de cuatro tesllg'os, uno de ellos. de toda c{!ep ' cion, pero de referencia; y los restal te~, parcia les é in teresa d os , y no como el singu ' lar de reft;rt' nClllS, Es pues t.l t' c-e , ario que la ~ :Jutoridadt'"s a quienes competa, tomen las m 'diJas conve Jlif'lltes para que el fisco no se pt'rju ¡que ('n el ingreso que pu~de haber, ve r di 'oJose di( hos terrenos como propios para apastar ganados en las ciént'gas y playones de que se coml-'0ne. Q uedo de VV. muy obediente scr~idor Q. B. S . 1\1. Un cmnadino. ~ A VISOS. De órdcu de S. E. el tI ibunal de justicia dll distrito del 1\1 gdalena se avisa al públi. co, que el di~ 11 del cO'rrieote fueron reci b :do<¡ de abogados, prévios los requisitos le ­g 3les, los Sres , Ores. Manuel Baena y Nuñez, J Dioni:>io Vel t.: z; y. con esta fecha se les li· braron los t)tulos correspondientes. Cartagena . Junio 15 de 183~. Francisco de la Espriella, secretario, c+- CQmo no se haya pres(' ntado l,ingun opo sitor a la catcllra de Tcologta, q e e ta va · cante en esta Universidad, la JUI la de jns peccion , gobierno ha Horda. o yue e fije'l nuevos edictos por el término leg I d , s su­la dias, para que dentro de él ocurran tbda las personas que quiel'ala <>pODerse a dicha cltedra; lo cual se pone en conoc'miento del público, con Ifre~ l o a ° eh pue~tl) \. r el plan de estudios. Cartagena, Julio 12 de 1839. El s.e'fretario, Juan Antonio A,-aujo , ~ DcLiendo publicarse la Geo arafía <.'stad'tstica his- , . 1 1 d . .0 , t~nra y oca e 1" IH'O"·WCIU. de Cnrtagentl, l'e-nsla y ?pr.obada por HlgUJloS II1teligenlc. profeso ­res, se anlta a lodos lo~ ci.id ad;lJlos que clui('r<1n 5u s('~iuirse con el.objelo de cubrir sus gastos. El precIo de cada f!jemplar sera el de dos peso en-cuadernado en media pasta. ' Didw oLra contiene un bosquejo sohre el dcs­c\ luriruie-nto y rc,'olllciou de Cartagena, notas y senes cronolügicfls de los Gouernadore~ y PreJa'dos eclesiasticos desde la conquista hasta nucitros dias t'n ¡'I~ dif~reotes épocas poBlicos, un itinerario de las dlstancHls m3S aproximndns que se andan des­de la. capital a cada uno de los pueblos de su como prenslOn, y un plano corográfico de la provincia dividido t'n cantones, quc el autor ha tomado d~ los mejores mapas conocidos. . EI~. Juan José Nieto es el eo€!argado de la l~preslOn y a quien deberan dirigirse los Sres. sus' enloces. SUSCRITORES AL 1 ero SEMESTRE DEL SEl\lANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTACENA. Cm'ta¡rena. SS. Antonio RodrlgucL Toriees. Juan de Dios Amador. F,'anclsco de Zubiria. < ' 2 cjemp. 2 .,h &nen Benedeti.. • José Maria Amador. Mariano L¡ndcman.. • • DI'. José Paulo Rodriguez.. Alldres de Leon y Urt\ngo., • Francisco de Porras. • • • Pedro Macii.. • Dr. Lawfo Ramos. Rafael !\Icdr¿\oo •• Juan Pavageau. •••• Dr. ~f(\nl1cJ Perl'z de Recuero. Agustin V clcz. • • • • • • José Antonio Lopez Ossc. Mnnuel }'. Doradot • • Agustin Al'gnmcdo. • • 1\1 anuel (I el' Castillo Pon"e. Ciprian JI/lio. Camilo Bt'ucdcti. • Manuel <.Id Portillo. • • José Antonio Lopez Marin. • Coronel JlIan Alltonio Piñeres. Fern:Hldo de Pomuo. Vicente Ucros. Pedro Mil'anda • Luis de Pon' P,ll eja . • • • • Ildefon~o Sanehcz Mora. • Antonio BcnedcLi. • • • • • JUmo. Sr Dr. Ju¡m FCl'lIftndez de Solon")¡\yor.. • • • , Francisco de Patll" Herrera Juan Santiago Aversent: Dr. Antonio del Real. Rmnon A\'eveoo • HallHsar Urizar Cayclano Ospino PnlriclO 'K.cHy. José Brown • A 1iona. José Trillldad A.,l
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 25

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 30

Por: | Fecha: 22/08/1839

SEMANARIO -DE LA PROVINCIA DE CARTAGENl SE~IESTRE 2. o CARTAGENA, JUEVES 22 DE AGOSTO DE 1839. NUMEfiO 30 . Este periódico saldra todos los j neves' la rec epcion de las d 1 I I I .. . e 1 L . .' suscnClOnes y venta e os numeros sueltos estan a cargo del tesorero de renlns pl'ovinclnles Sr. Jllan .nntoDJO a VO. a suscnClOn por semestre vale CUA'l'I\O PESOS ad d 1 d d' I • 1 d . .. ,pag eros a e anta os; y ca a numero suelto REAl.. T MEDIO.-=EI prec io de la iu scrc ion Jc 10!;:lV ¡sos Q artICu os e lOteres pn vado ' sera de un peso hasta doc e l.e ng 1o ~es, ~ u.n rea1 mas por ca<1 a tr es r englones de los que ellccdan d-e arlucl número, Y ta mitad pOt' cada 'Vez q\le se repita, SIempre que se advierta al tiempo de la entrega. -"'~..ll.IQ.I'eane-ías pertenezcan, pues que el recargo en la ma yor parte de los casos serIa tan in­significante o módico que se haría nugatoria la sancion penal. RESOLUCION DEL PODER EJECUTIVO sobre la lil,leligencla del arllca!o 1.° del decreto de 30 de iJJ0!l0 de J 838. Núm. 168.- República Je la Nueva Grana da.- SecrctarÍa de Estado en el despacho de hacienda.- Bogota 7 de Agosto de 1839. - Al Sr. G obernador de la provincia de CaTtagena. Puse en conocimiento del Presidente d~ la república las solicitudes que elevaron al gobierno varios coml !'ciantes de esa ciudad, y que me remitió V. S. con fecha .5 del pró ximo pasado Julio, números 179 y 180, Y S. E. impuesto de su contenido ha resuelto en J ,0 del corriente lo que sigue. » Examinada la representacion que se a­compaña, las que sobre el mismo objeto ha. bia dirigido antes José Maria Amador, los informes del administrador de la aduana, y Ja resolucion que dicto el gobierno en 2 de Abril último, se ha considerado- 1.° Que las mercancías no contienen fac­turas, que éstas sí son listas de lAS mercan cías que conducen los cargadores mismos, ó envían a sus consignatarios, con espresion de :m clase, calidad, valor y costos: 2.° Que el artículo ~.o del decreto de 30 de MaJO de 1838 lo que exige es, que a a ti uellas facturas, lista de mercancías ósea cuenta que los factores <.lan 11 sus correspon· sales de las mercaderías que les remiten, se les recargue el uno por cielito siempre que no se haya especificado debidamente la mar­() a de cada una de las facluras, el número de bultos que cada factura contiene, el de piezas que en cada bulto se encuentran, y la clase y calidad de cada una de dichas piezas: 3.° Que a 110 entender de este modo la disposicion legal, y sí como la entienden los comerciantes que representan, sería preciso reconocer, ademas de una irregular y aun absurda redaccion, una medida depresiva y vejatoria del comercio, pues habria de exi· gírsele que se e8pl'csase la marca que tuvie ­)' 4 cada pieza de mercancía, y que si ningu na tenía, se le pusiera para espresarla. 4.° Que sancionado el decreto de 30 de Mayo con objeto de evitar los fraudes a que da lugar el no especificarse debidamente la JUarca de eada factura, el número de bultos de qoe consta, el de las piezas que cada uno de estos bultos contiene y la clase y calidad de cada una de las piezas, y con el de obli gar a 10s comerciantes a que presenten sus facturas con la especificacion y legalidad de , hitlas, se habría procedido sin llenar el ob­jeto que se luvo en mira, recargando sola­mente las mercandas en que se notase la falta, y no el tota.\ de las facturas a quo las Por estas con:lideraciones sc resuelve- Cuando las facturas no estén especificadas debidamen te, y en los términos que 10 dis, pone el deCrclQ de 30 de Mayo de 1838, se cargara el uno por ciento que su articulo 1.0 establece, sobre el total valor de la factura, !legun la estimacion hecha por la aduana. y mallifeslanuose por los negociantes que representaD, que en algunas aduanas se ha dado diversa inteligencia a la ley, ocasionan· dose con esto que unos comerciantes paguen mas derechos que otros, estiéndase una Óp.. den circular en el sentido de esta resoludon, a efecto de que en todas ellas se uniforme la cobranza del recargo establecido por el decreto de 30 de Ma yo antes citado. J) Comunícolo a V. S. para los fines conve­nientes; advirtién<.lolé que con fecha 3 del corriente, blljo el número 50, dirigí a las Gobernaciones de las provincias litorales la correspondiente orden circular. Dios guarde a V. S. J. de D. de Aranzazu. CIHCULAR Dl! LA GOBERNACION en camplimiento del decreto del Poder ejecutivo sobre la ejecucion de los articu' los l.0 y 4.° de la ley de manllmúuon. República de la Nueva Granada.-Cobcr nacion de la provincia .-Ca rtagena 21 de Agosto de 1839.-Al Sr. gefe polltico del canton de ....... Acompaño a V .•.• ejemplares del decreto espedido por el Presidente de la república con fecha 27 del pasado en ejecucion de l..,s artículos 1.° y 4 .. ° de la ley de 21 de .Julio de 1821, Y a continuacion de él hallara V. ' insertos los artlculos 4 y 10 de la ley de 6 de Abril de 1836, a los cuales se refiere el 10 del espresado decreto. Inmeuia tamente que V. 10 reciba clispon drá su prolDulgacion en esa cabecera, 10 cir culara con igual objeto a las alcaldías de los distri tos parroquiales, y , lo comunicara a la junta de maoumision det canton para el cum· plimiento de los deberes que se le atribuyen; y V. por su parte cuidara de que lo tengan tot4as y cada una de sus disposiciones. La Gobernacion por la liuya y en d.esaOl · peño del deber que le impone el artículo (3 del mencionado decreto, hace a V. las adver­tencias y prevencioues siguientes: la. Habiendose publicado en esta capital el dia 19 de Octubre de 1821 la ley <.le 21 ue Julio del mismo año sobre ti be rtad ue partos, manumlSlon y aholicion d el tdfi c() de esclavos, las relaci ones que deheo formar­se por los curas parrocos con a l'I'cglo ala rt.i. culo 1;0 del decreto se contrael'an al tiempo corrido desde el espresado dia t 9 de Oc'lu- I bre de 1821 basta 31 de Diciembre de (8 24. 2a. Estas relaciones deben formarse y di· rigirse por los curas parrocos a esta GOI.H' ['· nacion y a la junta de mallllmi ~ iotl del can­ton en toJo el mes <.le Seti embre pr6ximo a lo mas tarde, para que por la primera pue ~ dan exigirse los informes que previen e el ar­ticulo 8.° del decreto, y formar en li ,'mpo oportuno el cuadro que debe uirigir a, la Se­creta ría del interior y l'elacion f' S e ~ t¡trior e s por el primer correo del mes de Dici embre; y cumplirse por la segunda, eu su d<:biJa o­portunIdad, la oLligacion que le impone el articulo 7.° 3a. En cumplimiento del deb~r que ¡rn­pone- a los gefes pollticos el art'culo 2. °, lil. Gobernarion encarga a V. cuide de llenarlo puntualmente cuando sea reqllerido por la junta de manumision, en cualcsquit'r3 <.le los casos espresados en él, y le encarga adema'l que dicte a lJ ticipadamentc las órdenes nece­sarias para que las autOl'idaues públicas en la parte que a cada una tocluc, auxilien a la junta cn conformidaJ y para los efe ctos prevenidos por el articulo t 2. 4a. Encargo a V. igualmente cuide qUA la junta de O1anumision tenga por lo meno~ una sesion semanal, y las e5lraordinarias que fueren necesarias para cumplir sin demora los deberes que les impollc el decreto. Y para que la Gobernftcion pueda llenar' en Sll caso los que le atdbu yc el articulo ll, )0 exigira V. Ul1 estracto de sus acuerdos se­manales y me 108 rcmitira por el correo in~' mediato. 57'; l!:n los distritos parroquiales de ese can: ton donde no hubiere cura ó quien haga sus veces, designllra V. clo~ vecinos que asocia­doS' al alcalde parroquial formen la relacion de que babia el articulo 1.° del decreto, y me dara cuenta para hacer el nombramiento con arreglo a lo preveniúo por el paragrafo 2.° del mismo articulo. Hecomiendo a V. de nuevo la exacta cir­culacion, di o; tribucion y cumplimiento del decreto referido y de las prevenciones ante'" riores, y espero se sirva pasarme la corre!'­pondiente noticia de haberlo aSl verificado. Dios guarde a V. Antonio RodriglUZ Toricos. AVISO. l.as personas que tenienJo obligaciones de la deuda nacional interior de reconocimien· to al 3 y .s por ciento, hubiesen solicilad()" rtc la Direcc10n del cr édito público, en con" Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENA.' f midad del al t , nlu 34 ue la ley organica d 1 rall10 20 ale A \)nl de 1838, el pago de los ¡vIdeo 05, OCUI riran a esta oficiua por el alH'lJo de los cOHt: .. ponllientes al semestre CU i1 L Ido e fin dú Febrero último; pero previamente n urlm qne presentar 105 tene · dores de aquell as obligacÍones las que cons· titu ao su acreencia contra los fondos del crédito na ci ()nal, para confrontarlas con el lib, o de . n cripdon es que en f'sta se lleva arr .glar1o al citado artículo, sin cuyo requi f-ito 10 esta do inscriplas en él no podrall sü ll sfacel', e los illte re' es. a cau a de que los vocümenlo Ú oblig.: cion no han sido situa­OI .S ('11 toSla t pc;oren3 de haci enda con el ob· jeto d,- percibil' los intcl e 'ados los réditos de ' 'n ~ ,dn ... Carttl gella, Ag06to 13 dr J8~9 . J7icenle (;arcia. L sanos principios clp ju~;ticia y equidad; ~P. ro por otila parte ID 'unamos que vanas le\ lS vigentes prohibtn algunos de los delitos que- arriba hemos enumprado; q uv no ha sido derogado el bando de policía promulgado v mandado observar por la Gobernacion de esta provincia a~ hora po~os años; v que en los articulos 431, 436, 473, 474, 475 Y 4iG del Có' digo penal se designan las penas que deben imponerse a los que profieren pafIO labras obscenas, a cierta especie de ju­gadores, etc. Nos ha sido muy sensible habernos visto en la precision de criticar las faltas y los vieios que forman el objeto de es­le artículo; pero conlamos~ con que nues Iros lectores se persuadirán de que no solo es exacto todo lo que hemos referi­do, sino de que para llenar la obligacion que nos hemos impuesto como escrito­res plÍblicos, buLicromu;, lltbido ser mas ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~·~~~splíc¡tos combatiendo las ac­ciones inmoralc:;, aSI c<>mo a desobedien- Todos los ramos tle policía se hallan en esta ciudad en un estado muy nfJta ble de abandono. p. rece que se vé ea· da vez con Ulas desp,'e io tan interesan­te seccion de la administracion pública, olvidándose de las positivas y grandes vcn tajas que de ella se originan cuanuo mar­cha con la deLida regulariuad. En esta plaza existen un gr .. n nlHnero de personas de 3m bos sexos, que en na da útil se ejercitan y que emplef.l n la mayor parte de su viua, ton tstraol'di narlO descaro, en aclos de di , olucilln ) df Itberti(l;)ge. Se prophgJ en ella con rapi fiéz el infausto vicio de los ju gos de azar atravt'sán,Jose intel'l's; son }a de· nlasiado frecuenll s las reuniones estre­pitosas en las horas de la nuche en que ·mas uecesitan del silencio para dorolir y descansar los desgraciados que gim II en el lecho del dulor, y los homb. es laboriosos que, como €s fác il concebir, no pueden reposal' durante el dia porque no se lo permiten sus honrosas faenas y 'uliles ocupaciones. A lo espuesto debpmos agl'C'g, r que es grande el desaséo que se iHlviCI te en las calles; que abUO (lan ¡lema ¡¡,do en ellas much~(ho!) vagos ó mal entreteni dos, que riñen con frecot'ocia, que es­tan casi siem pre ot'upad os en j u. gos gt'O seros, que a cada ralo vienen en alta voz las palabras mas ouscenas, signieuJo en ello el mal ejemplo de multitud de personas adultas, etc.: que hace. 1;)l'go tiempo que, con la mas completa Impu­nidad, corren en ellas a cabalto y en ca (l . ruages, y por viá de diversioo, muchos jóvenes jnconsiJerados, sin embnrgo de que en los alrededores de la ciudad hay varios lugares aparentes para ejecutar lal especie de carreras sin el riesgo de per judicar a otros. Tales desórdenes, así como o[ros que no creemos conveniente referir, se estan palpando, así como la rnentánU05€ y vltuperaodose, por la ge­neralidad de los moradores de esta ciu· dad hace muchos años; pero por desgra­cia los magistrados competentes DO han podido ó no ban querido practica.' los uebjdos esfuerzos para que cesen o dis· minuyan. Conocemos que pora la eSlirpacion de todos ó algunos de los males de que Ira tamos, se necesita que las cámaras na­cion& les espidan una ley de policía bas tante eficaz y que no infiera lesioll a las leyes funuamenlales granadinas, ni a los cia de las leyes y de las disposicioncsgu:­berna ti vas. Deseamos ardientemente que las auto ' ridades comprteoles adopten pronto las medidas mas eficaces para poner fin a ma­les ld n opuestos a la moral coro o a t i m· perio de la ley y al buen nombre de es­ta ilustrada capital. CASA DE BE~EFICENCIA. Desde que en 1835 dispuso el Congre so se adjudicasen a lüs renlas pn vlOcia les aquell ~)s e~ificio') de conveollJs su· primidos que no cstuvit's !.'n oc..upados por t"sLablecimienlos de crir la Camara de provincia, y cualesquiera otras cantidades que se le a plicasen, una de las cuales pOd('ia ser la que el Congreso debe mandar reintegrar a las rentas pr'o\1inciales por e.l real que se pagó de mas en esta provincia el año fle 31 sobre el valor legal de cada libra de taLaeo. Pero para que se realize tan lialagüeño prospecto, es necesario que el Poder ej e­cutivo acabe de poner a las rrotas pro­vinciales en posrsion de los cdi{)('jos que ll' i corresponden; conseguido lo cual no dudamos que la Cámara se ocupara (Je UD objeto tan santo. i Ojala que estas indi­caciones surtan el efecto apetecible, en el ánimo de S. Ea el Presid ente de la república y de los honorables miembros de la Camara provincial! -....- PASTO. . Bogo/a 4 de Agosto de 1839. - Hasta el 17 de .J ulio alcanzan las ultimas c.o· rnunicacionE's oficiales que ha recibido el Pouer Ejec llti vo del Gobernador de Pasto. Habia tranquilidad en la provin­cia, y los ~3ntones de Ttlquerres, en don · de se enconlraLa el Gobernador, de Bar .. bacótls de Tumaco e.r eejan en co - )Iela obediencia al gobierno, pues la se-dicion en el canton de Pasto no se ha hecho lrascenuen la 1 a aquellos. En {Tas­to creían los autores dtl molin que el gobierno suspenderia la ley y removerla al Gobernador porque habia tratado- de cumplirla. Tal es el estado ele los acoo­tec. imienlos de aquella provincia hasta la fecha enunciada. Se aseguraba tambien que el comandante Atvarez estaba disci -: plinando la milicia. ( Gaceta de la .,Yueva Granada. ) ¡YOTlelAS ES7'R ANG ERAS. Hpmos visto p ~ p e \ e s inglest's veniuos por el u ltimo paquete, que alc3uzan has­ta el 15 de Junio. De ellos eSlractamos 10 sigui en te. INGLATEH RA. La. Inglaterra continúa regida por el ministerio UJhig, pues la reciente dimision de L OI'J 1'1 elbourne no produjo otro e .. fecto t!tlC mauiftSlal' Ja ¡al posi bi liuad de formal'se un gabinete tory sin hacer mo· vimienlos capaces de comprometer la paz '! ol'den públicos. Cuestiones d mucha imp0l'lancia se ventilan en el PJrlaolen­to, sobre reformas electorales, negocios eclesHlsticos, gobierno de las eolonias etc. La peticwn lIaciOnal fué pr-t.'1'Ie>n t:J dd en la dllnara ue los C U\Dunc:\: su oh) ' to cs pedir el sufragio uoiversal, la volacion por boletas parl.lmrl1t(ls anuales, la re. muneraciou <.1 el t,.abaJo ~e~un IJ antigua prá. tira , y ultimamr.nle la abolicion del eq lt siLI\ de pl'( piedau para ser miern-uros del Parlame(lto. ' ESPAÑA. Los asuntos espaflOles presentan mejor . p Ispectiva para la Reina. Las Cortes fUPI' (lO disuellas y convocadas nuevamen-te para ello de Setiembre. Se temian algunos disturbios en -Cadiz y Qtros pun~ tus durante las elecciones pendientes. MAS RECIENTES. Por vía de J ¡l maica hemos tenido no­ticias de Londres hasta el l . o de Julio,' las t'uales continudn siendo de un calac~ ter muy favorable para la causa liberal espjñola. Los movimientos de Esparte..;.: ro eran muy activos, y si continua n con el mismo vigor, debemos esperar pronto Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEl\IANARIO DE LA PRO,TINCIA DE CARTAGENA. 3 la grata nueva de la total destruccion de la (accion Carlista y de que su caudillo lla desa paree ido del tea t ro en que ha e jercido tantas atrocidades. El bravo Es· parte.ro ha sido elevado, a consecuencia de sus recientes servicios, a Grande de España de prnnera clase, con el thuIo de Duque de la Victoria. TURQUIA. El Sultan ha dispuesto la formacion de un grande ejército para obrar contra el Baja de Egipto, y a consecuencia de es­tos movimieotos la Francia preparaba en Tolon una escuadra muy considerable que combinada con la inglesa, ascendia a 75 velas. Ld cuestion Turco-egipcia llama mucho la atencion de \08 políticos de Europa por su relarion con la Rusia, y el lUeditel'raneo es ahora un punto ha­cia el cual dirigen todos sus miradas. Al4S n ECIENTES. Las hostilidades anunciadas entre la Puerta y Egipto han tenido- principio, y la Siria es ahora el leatro de la gueHa. Se confía mucho en la pericia y recur· sos del general ltJl'ohim que capilaoéa el ejército del Gran BHja. sin embargo de que la corte Olomana ha puesto en ope racÍon una cooiiderable fuerza terrestre -y naval. Se teme que en caso de un reves contra Turqoia tome parte a su fa· vor 13 L\llsia, en cuyo caso sobrevendra na colision general en Europa. l\1EJ1CO. NlUt'a Yo"', 29 de Junio de t839.-Por la goleta de gu(~rra 'Varren se ha recibido en Nueva Orleans la noticia de haberse rendiJo Tampico al general Al'ista el dia 5 del cor riente, habiendo capitulado su gnarnicion, por lo que el gobin'n0 mejicsno ha logrado ~ste triunfo sin du!'\ion de sangre. El gene­ral Don Anastasl() Bustamante iba a hacer su entrada en la ciudad el día 7. Parece que 14 soldadezca que guarneda a Tampico, cuan­do supieron que sus gefes habían capitulado, se resistieron a obedecer, y quisieron des ­mandarse a saquear la ciudad t pero los gcfes ud gobierno tenian tan bien tomadas sus medidas, que al fin los rebelados ~iel'on que JlO tenían escape, y no tuvieron mas reme­dio que rendir las armas. Jamas vencedor alguno ha hecho uso de la victoria con mas JlJoderacion: ]os oficiales y soldados de línea pueden seguir el servicio con sus mismos gra· uos, y los mi\iciano5 pueden retirarse a sus casas sin ser molestados: las vidas y propie· dades de los habitantes de Tampico quedan garantidas tambien cn la capitulacion, sin que puedan ser castigados por delitos políti­cos. El general Urrea no se hallaba en la plaza, y has la 8 él le alcanzan los beneficioi de la capitulacíon, si quiere acogerse a clla. La conducta de las tropas del gobierno pa· rece que ha sido ejemplar, ni el mas leve desórden se ha observado, nadie ha sido mo­lestado, todo era )1a satisfaccion y alegría, y el comercio y la confianza se iban reanimando_ ~ Todos los amantes del árden, de la paz y prosperidad de Méjico han sentido un ,Tivo placer al I'ecibir la noticia del triunfo ¡que las tropas de aquel gobierno han obteni· do en Tampico sobre las de los que con nomo bre de federalistas tenian en estado de rebe­Hon aquel departamento. Los especuladores en tierras de Tejas sin embargo que en su insaciable codicia y abomiuable egoismo no 1)cl'donan medio ~Iguno, por rcprobaJo que na, DO solo parl\ asegurar sus alevosas usur­paciones sino pua llevadas mucho ma3 ade lante, no ven en este accn tec imi~nto mas e que la ruina de sus c.rimioalcs esp c ranZ:ls. Por cso los periódicos que con l1lcn g n~ del noble arte de la imprenta prestan su idllljl) a tan ruines intereses levantan el clamol' ud coé'odrilo parA atraer hacia sí la victimiJ que intentan devorar. El ónlen csta reñido con sus tortuosas miras, y esta es la verthdel'J causa de haberse constituido en Hernos pre coniza.dores de la desunion de los mejicanos, llevados de la bien conocida maxima Granada, bastan por una vez sola, pa ­ra engrandecer a un mortal; pero ro­deado de una corte de caalldaJes gene · rosas y Je sentimientos humanos, 5iosu · larizan al hombre, y lo constituyen cn un bienhechor público. T,d r()nsiJer~ · mos al Sr. Caicedo, y no podemos me­nos que espresar nuestro júbilo al verle premiado con la eleccion naciona 1, p:tl'fJ uno de los dos primeros puestos de la república. Quiera él recibir este since· ro homenage, y los granadinos esta mues­tra de amistad y de interés vivo por su suerte futura. Caracas 26 de Junio de 1839. Un amigo de la Nueva Granada. (Impreso de Caracas.) REMITIDO. Sres. ,'edaclol'cs del Sema,nano. Muchas veces la censu-ra pública es el correctivo de las acciones inciviles, y aun· que ciertos actos quedttrian mejor ven­gados con el desprecio, puede ser que yo alcance el Gn que me he proput'sto, al dar publicidad a una de tantas ocurren­cias que con esdmualo tle los hombres de educacion y tle Juicio tienen frecoen­temente lugar en nuestras corporacion'c::s electorales. Hablo del indecoroso abu­so, que ya se ha hecho Lastante genera! , de manchar las papeletas, en que solo deLieran estamparse los sufragios, con indecentes apodos y aun con injurias di­rpctas: abuso que se debe combatir enér­gicamente, pal'a que aquellos que lo co­meLan reciban el castigo, ya que no de la ley, de "la sancion p0'pular. Reunida la asambléa electoral del cao­ton de B irl'a nq uilla con los electores Jo­sé A. Diago, Santiago Duncan, Vircnt-e Gomez, Manuel l\iolina, José V. Rodrí­guez, Ramon Valle, Gregario PaJacio, Ni­colas Nieto y Pedro Palacio, peJ'leneci6 tambien a ella el presbítero cura p~lrro­co de Baranoa Sr. Aguslin Charry, eele. siastico de conocida honradéz y de no­toria coosagracion a su ministerio; cuyas sobresalientes cualidades no pueden ser soportables por quien todo lo aventure en la carrera oe la mala fé. Sabido es que en estas corporaciones no faltan miem­bros que instiguen por aumentar sufra­gios a sus canJ ida tos, en ll'3 bando la a c­cion liLre del sufraganle. El Sr. Charry no pudo lIcvJr la hondad de 'su carad e!~ hasta el estremo de sacrifJcar sus votos al capricho de otros; y ,'a sea pOI' esta causa, ya por antiguos resentimientos con u no de los elcc lores, se ha usado con él de uua venganza reprob3ule bajo muchos respectos, y mas reprobable aun, dirigi­da como lo fué á una persona inveitida de uo cará~ter sagrad o. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Ji SEl\lANARIO DE LA PROVINCIA DE CAR.TAGENA.l Se ocupaba la asamLlea del escrutioio de los votos emitidos para uo Represen tante suplente; y siendo el mi IDO Sr. Charry escrutador, se le puso m,· ligna­mente en el forzoso caso de publicar la misma injuria qll€' se 1 prodigaba por medio de una papeleta que const"rvo eh mi poder para recordal' con'il.lOtemente con ella que un ('ledor de B .rraoquilla osó esrribir en estas ptcultare.$ eh'ca12s tanclas.. » Fa} a ve}'du,~o de su patna, Fray Charr!!.» Por este h edlO se afee lÓ demasiado· el espiritu de un hombre tan timorato como lo es el Sr. Charry, hasta que varic,)s de sus am igos le con vencieron del vil i pt'nrl io que consigo lle­va una ocurrencia tUl reprobable, como inaplicable al que pert~nece a nn minis terio todo de paz, que jamas ha desmen tido. O.'iginal fué verdaderamente semejan te ocurrenria, respecto a un SacerJc¡te pncífico, distante por su Cal'3cter y por su calidad de elector, de la posicion en que pueden hacerse notables los ver du gas de la patria; porque un ele( tor po dra a lo sumo sacl'ificar sus sufragios se· parandose por capri( ho, por venalidad o por la fuerza de sus pasiones intoleran­tes, de los candidatos que designe una mayoría sensata y rcsp etabh'; pero jamas se seguira de aqui, que la condu 'ta del funcionario que ocupe un lugar' tan po co influyente, arrastr e el ignominioso e­piteto con que se pretendió injuriar al Sr, Cltan'y. i Cuanto podJ'ia decirse a· cerca de los be <. hos que constituyen el verdadero verdugo de su patlia •.... !!!­Pero por lastima es necesario prescindir de las comparaciolles cOllsiguientes a es­te suceso. Sea suficiente 51\ tisfaccion para el Sr. Charry el no merecer la injuria que se le ha ir rogado, aSl corno el aclo de re probacion manifestado por la ma 01' por te de los electores, unido al desprecio Con que por la generalidad de BJrI'a nqui. lla se ha mirado ('ste degradante a(.'on ­tecimiento. A. Ji. Ji. PITAGORAS y EPICURO. Püagoras y Epl'curo son pminente · mente notables por el rango que ocupa­ron durante su vida, así como por la influencia que ejercieron sobre las vi r ludes y vici s de sus contemporáneos. El pnmero echó los fundamentos del bien publico y universal: el segundo tras· torno las columnas del templo de la sa biduria. El uno ha constituido efieaz mente el edificio de la dicha poliLica !Jo­niendo en conl'orda ncía la religion con el interés del hombre, aSlgnandole sus fuentes en el sentiOli oto moral; y el otro lisongéo las incl inacior.es groseras de la organjzacion y ndda,reprimla en el alma de 8US disclpulos. El les enseñ aba a dudar de los dogmas mas utiles a la conservacion del género humano, sumi­nistraba argumentos contra las verdades eternos que los cOfJs,agran, hacia esfuer- 20S por debilitar certidumbres que son el consuelo de todos los siglos. - Convle. ne mas la Ignorancia que lo que e't en señaba. -Pllrlgoras q lleria mejorar la con· dicion de los hombres ~ EplCllrO preten­dia hacerlos mas felices por medio de los deleites. PllJgOJ as se mostraba humilde, silen­cioso ~ reservado. Nos reri. os en la precisfon de es-len ernos demasiado si inH>ntásemos estamp~r aquí todas las cua .. lidades preciosas que lo adornaban y que eran realzadas por su nlode5tia: él esta IJa principalmente persuadido de que la filosofía era una ciencia divina que de­bia permanecer distante del vutbo que la profana. Eplcuro admitía a sus lec­ciones un gran concurso de oyentes y nadie fué mas sensible que él a los aplau ­sos de Lt multitud. Sus partidarios au­mentaroll por !'Odas partes, porque las p'lsiones, CH' o freno rompio, estaban in­f. er ~' sadJs en sostenerlo. La doctrina de Pllagoras tiene todos los cnractéres que la hacen considerar como ahra de un gé nio creador: en la de EpICU1'O todo es prestado, incluyendo hasta los sofismas con que hermoseaba sus diseJ'taciones. El filosofo de Crotona queria sOSlituir los goces intelectuales a los físicos: el d e A lenas seguia un ca m i no con trario ; todo -lo sacrificaba a los placeres de los sentidos. El primero decía: abstenéos p~ra vi vil mejor: - el segundo: abste­neos para gozar mejor. Este ultimo le · nia su escuela en Ull jardín, en medio de festines y de juegos; consideraba la voluptuosidad como el óllico un a que dehe tender nue~tr'a vida, como el primer bien de la o:\ luraleza humana, como el med io mus tlcazment n laptado a la du­radon de nuestra exi..,tencia. Fácil es con· cebir qUt sus prin cip::des máx.imas estaban fuuJadus ea el egolsUJO, .•. . La mayo r par te ue los q \le le I'odea ban erAn hombres estragados por los goces superfluos; ricos afeminados, que no sabian usar de flores sino para marchitarlas; y otras vlctimas de otros excesos que perrnanecian poco en la escenil del mundo v descendian al se pu le 1'0 po r una vejez prematura ..... P t ro Plldgoras tenia miras mas vastas y mas dignlls de 1 JS hombres ,a qU 1enf's qucria ins­tr uir y pln fecciom r El pf'n . aba, con razon, quP toda moral qUé tiene por l>a~e intereses terrt'~trcs, es esencialmente irreligiosa; que t'S O1pne.,ter amar la virtud por sí mi ~ ma y no por las ventajils que de ella se reportan. El el bilitaba el cuerpo para dar mas fuer z:l a ]a razon, y opinaha que la verdauera fllieidad consistia en una ht'róica abnt~ g~cion de Sl mismo y en renunciar a todos los bienes de este mundo ...... El ma~'or mal que los epúJiíl'eos han hecho a la ti f rra ps el de haber liberta Jo a sus prosélitos del temor a los dio· ses, quitando al olma la base oe su ar· repentimiento y no dando a la virtud sino motivos frivolos ó recompensas mo­rnflnlanf>. as. Con Il)uclu razoo, pues, se tes ha despOjado del lllulo de sabIOs .... » Pltogoras fué el primero que IOfluyo en solemnizar el culto de los dios(;'s y que consideró 3 la filosofía come el sa­rerdocio de la razono Esto fué lo que le det rmino a dar sus lec.'ciones en el interillr de los templos, (;>n los cuales re.~nla a Jos crotoniates para exhortarlos a la modestia y desviarlos dd lujo que les corrompia. Su elocuencia tenia algo de sagrado y digno de los Iqgares en que se concurria para oirlo. El se mostra ­ba, sin embargo, tan sobno en sus dis cursos como moderado en sus acciones. Sus sentencias brillaban como reHunpa­gas, y se espresaba con una concision propia de los oraculos .•• , .• El incorrup tibie Pitágoras parecta conducido por un poder sobrenatural, para asegurar el triun. fo de la virtud. El pintó como baJ(ldas del cielo todas lns leyes con que prote­gb a los hombres; probo que la Incre­dulidad era un sentimiento faclicio ema· nado del orgullo y de la corrupcion, y cooslJeraba a la vida como un sueño que conviene encantar pOI' medio de la esperanza. La filosona es una especie de jurispru. dencia moral mas poderosa quc todo~ los gobiernos. Las V:lstílS ('Decepciones de Pltngoras tuvieron la aplicaeion mas útil sobre sus contempodmeos: parec'ia que los dioses le hah ian revestido de una porcioo de su im per io .......•... ~ Se notaha, ppl' otra parte, en lodos los actos de este reformador sin mancha una pl'evision paternal, que le asigna uno de los pl'lmeros 1'nn·/7os enll'Eil los , o benetactores del género humano. Toda su hab ilidad pollliea consistia en iospiral" lo que las le es ol'Jenaban: su rectitud. sus inmensos conocimientos y la exc{'-.. lenria de su moral, le conciliaron la es­timaríon \' pI reconocimiento de os ma­gistrados, - quienes le consultahan sobre los negocios pllblicos, asistiendo atlem 3s a sus lerciones y aumentando con su presencia la imponente magcstad de su auui tOI'io. ¿ Quién podra cl'eer que el que die) la dich a tantgs hombres, sucumbio Ol­jo el peso del infortunio y del dolor, despues de haher andado errante de ciu· dad en ciudad, para StlstI'aerse de la mas injust.l persecul"ion; que se le hubiese' llenado de ultrajrs ha!)ta en los lugares donde se le haLinn erigido altarespy que hubiera visto sus dQgrnas despl'eciados y sus escuelas proscl'ipt3s? El destierro es­fJel'aba, al fin ue su vida, a aquel que habia engrandecido la suerte de la hu~ ffi ,widnd V consumido su vida en el ser· vicio de sus semejantes. Fué vlctima del resenlimiento V del odio, el hombre que jamas se encalel'izó y que hizo de la a. mislad un sacramento. El pueblo, tropul. sado pOI' \1 n fu rOl" i nsensdlo, esti nguió la antorcha que lo babia ilustrado •.•.. (Traducido de la obra de J. L. Alibcrt,' titulada PI¡ysyologic des passions.) ADUANA DE CARTAGENA. Palor de los electos imp01'tados C1J el nus de Julio. De lnglaterra _ De Holanda 1.353 7 I/~ 8 .095 5 1/. PS. 9.149 1 3/.. Espo 'rlacio1~ en el mismo mes. CanllJatl. 50 quintales algodon . 1, i 58 libras aceite canime. 8 docenas bateas. 2.,)00 cocos . . 25 toneladas de dividivi. 7 3/4 docenas esteras 82 toneladas mora _ 648 1/2 fam'gas de maíz 115 libras pita. • 913 libras zarzaparrilla • Doblones 80 ,017 1) } Fuertes. 665 4 '12 Valores. 500 ., 879 1) 36 1) 37 4- 750 It 34 7 1.230 1) 972 6 28 6 121 6 '(,. 80.712 4 '/2 Ps. 85.309 2 --- - - - ---r.. . Imprenta de los herederos de J. A. CaIro. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 2 N. 30

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 21/11/1839

SEMANARIO DE Ll\ PROVINC:'l} DE e ' R.l'AGENi\. SEMESl'RE 2.° CARTAGENA, JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 1839. NUMERO 43, Este periódico saldra todos los jueves: la recepcion de las SUSCrlClOneS y venta de los números su elto~ pstán á clIrgo llcl tc~orero de rcntlls provincIales Sr. J't1:n,' Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATRO PESOS, pagaJeros adelantados; y cada número suelto nEAL 1 MEOl o,..".l~ l precio oe la iw; rrclon de los nviso¡ ó artículos de interes privado, será de un peso hasta doce renglones., y un T031 mas por cada lres r (' n¡;lo n c~ de los que excedan de aquel UÚlDci'o, y la mitad por nclar~f'. Art. 5. Concluido esto t~rmino y lIeg-ado el día señalado pa­ra el remate, la junta de que tuta e\ arÜculo 2." se reunir:' en el lugar que designe el presidente, y se admitit'an las posturas que se hagan desde las do"Ce Jel día ha:.ta las tres de la tarde. Art. 6. Llegada esta última hora, quedara hecho el remate en el mejor postor, con tal que su postura cubra el producto del año proximo antcrior; y en este caso el rematador asegurara Stl postura con fiadores abonados, aunque sin hipoteca e:.pe cial, a Sil" tísfaccion de la junta, Jos cuales se constituirán fiadores prill Cipll­les pagadores en escritura púb'icl por la cantidad que impone la. terccn parle del remate. Art, 7. S i no hubiere postura qu'c cubt'a el producto del año próximo anterior, se repelil'u el act'o dc remate, Ó se pondra en dministracion la renta a juicio de la junta. En Jos arriendo" de aquellos ramos cuya rctaudacÍon sea imposible h3cer por a(l ­minis. tracion, la junta podra estipular que los arrendadores §~ com": prometan a continuar en la vacante f y en e 1: ca :c-s ub\i"Q­ra a qlle continuen mientras baya postor, con cuyo fin se rcpctil'iul las lDvitaciones y los actos de remate cada tres meses. Art. 8 . LO$ remates no V'odran lucerse por mas de Ufl a¡jo, y la cantidad en que se hubiere celebrado se enteru3 por cuartas part~s, cada trime!tre, en la tesorer ía de rentas provincia les. Art. 9. Para eslas dlligencias se nctuara con un escribano Jel número, al cual se le satis far(~ l1 sus tliligeo(\ias con arreglo a aran·';· cel, por el arrcnJaclor si el arriendo se hubiere verificado, ó por las rentas pl'o\' llll'lales 1 quedare en administracion. Art. 10. L:ls partidas de entero serbn firmadas por el inte­resado Ó por ei que a su nombre hagl\ el entero; y la tesorería de rentas provinciales no clara recibo suelto al que hace el ent~ ro, sir·o copia certífic~ e h · pllrtida. Cu ndo el valor de ésb. exceda dc 100 P {'SO , la cerlificacion se es ~n~ 110 5.° a co'ta del interesado. Eo estos términos queda tcforma~ do el articulo 19 del decreto de 16 de Octúbre último . Art. 11. En los cantones de la prOVincia por dbnde se hagan introducciones de harina, los colectores ó comisionados respecti­vos ím¡lediran a los introductores de harina el que la conduzcan a otros logarclt, mientras no otorguen el pagaré i bajo la multa d~ cien pesos que se impone a los contraventores. Art. 12. El estado de ingresos y egresos de las coleeturía's cantonales que mensualm~ntc deben remitir a la tesorcrla de ren­tas provinciales, ha de contener el vi~to bueno del gefe p-olltico del cantono Para que p.ueda ponérselo el gefc político del can­ton en virtud del deber que le impone el utieu lo 51 is me.ies de trabajos forzados, a quedar sujeto un año despues de eump ~ i la su condena a la "igilan da de 16s autoridades y eH costas y p~rjul cios. Este superior tribunal declara prévia­mente sin lugar la nutilidad indicada por el Sr. l\linistro Hscal, cousi1)teute en no haberse notificauo al reo el a l . tI) en que el juero de la primera instancia dc{'retó la ratificacion de los t~stigo.s al peul1nelllo del personero publico, quu corro a fojas 10, porque sobre habersele hrcho la notlficacion Cll pe~'aooa a dIcho reo del auto de prueba en que ya se habian dispuesto de oficio dichas ratificacio­nes, basta para q lle surta 103 efectos legales el qu~ las notl'ficacÍones se hagan al fiscal, defensor del acu5ad0, cuyo requí!!ito se ha cumplido conforme al articulo 19.° de la ley 3 d~ i\ia yo de lli ~6, que arregla el procedi~ miento especialmente de estas causas. Y con­siderando sobre lo principal, 1.°: que estan · do como esta el acusado plenament.e convic to y en ciel'to modo confeso de haberse in­troducido coo escalamiento en la casa tesore ria con intencion de robar, habiendo sido descubierto antes de ejecutar el robo, él es· ta única y señaladamenle incurso en el caso uel articulo 812 del código penal: 2.° que por lo mismo no le son aplicables el 12 y 830 del citado código, porque el prime~D trata de las tenta ti vas generales de 10.5 deli­tos, 'J el segundo de 105 de rubo ó burDO, ., Padilla ha consumado un delito real, afee· tlVO en el hecho solo do ha erse introduci­do en la tesoreria con escalamiento sin h ber hurtado oi robado. Y 3.° que la gFaduacion hecha por el juez inrerlOr es just& y canfor· me a la resultancia de lo actuddo, porque si contra el reo obra la única circunstancia es. pecial agravante de h.bQr com tido el delito de noche, estan a su favor las generales ate· nuantes de su corta edad, falta de ilustra~ cion, s'er el primer dehto y su buena con· ducta anteriQ,r. Por tanto, oido el Sr. Mi. nistro fiscal ~ de conformidad en el foado con su concepto; administrando justicia, en nombre de la re publica y por autoridad de la ley, se condena a José Trinidad Padi la a sufrir la pena de dos años de trclbctjos forza­dos en los de este clistrito conforme al refe­rido articulo 812 del códIgo: se le declara infame con an:eglo. al 814, y de su CIl'go las 1 • • i!oslas, daños y perjuicios conforme a dere· cho; en cuyo') térm nes se prueba la- sen­tencia consu~tad .- Ramo» Benedetí.- Prov - yós.e por S. E. el tributl~ do.iu tlf'la ele e' G dhulto era C. rt 'gen él 5 de Oct"uu e de 1839 .- Fmncisco de la Espriella Es fiel cópia-de su llrigil al a que me remi· to y de que certlfico. C rt~ gena 25 de Oc~ Franclsco de la Esprl'ella. lNV1T A.CI0NES. Debiendo procederse a sellar el papel co,·,. respondiente al venidero año econ .lmico, la junta d hacienda ha acordtdo en bcsíon ce· Jebrad ayen 1.0 Que se iuvitcn licít dores por c1 i6-rmina de un mes, para faci 'itar por COlltrat~ ?40 resnns de papd e buena ca· lidad, de a 500 p iego útil cad!l a 98 pliegos mas: , 2. que se invi .e igu nl.t ntO' a )Oi impresores que quienn hacerse cari-t) tambieu por contrat ~ , del timbre de 6.42¡ plil'.gos de las clases la. a 4a. 'nclu~ive, que son de un sello en pliego; y t 13 675 de las clases 5a. a 7 •. ambas inclUSives, que SUD de dOtl sellos en phego. L,)s que deseen hacer propo§iciones eOIl uno y otro objeto, pueden dirigirlas a la Go .. beroacioD t.ltmtro del término espresado, dO\­biendo los que la hagan para facilit r el Pi' pel, present ... r h mue¡,Ira de etite articulo~ Cartagl}ua a '5 de Noviembre de l839. De órden de la junta. Cartos Pdleja, secreUlrio, La junta de hacienda ha señal do el di, 12 de Diciembre ve tu.o, par la c-elcbraclon d.el remate, confurme a 1 s ley~s, d 1 edificio antiguo estanco de aguardie te, perteuecien. te al Estado y tim do en 8.925 pesos 5 real le8. En t 1 virtud, los que q ier. n h cer propuestas, las dirigirlO a dicha corporacion qu a.Jmltira la que ~ea arreg dll a las-leyes. Mompóx, Nfeniembre 15 \le 1839. El le.c et,.CIO de la G el' ~i Di Man.lIcl G. R.ibo~~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. · SEMÁNARIÓ ÚE L ·A PROVINCIA DE CARTAGENA·,¡ JUZQADO DE HACIENDA. DE CARtAGENA. La Corte suprema de la república ha nom brado juez letrado de hlcienda de esta pro· vincia por un periodo constitucional al Dr, l\IaDuel del Rio, quien tomó posesion del des­tino el dia 17 del cl1rriente. SANTA MARTA. La Gobernacion de esta provincia ha recibido comunicaciones oficiales de · Ja de Santa Marta y del coronel .Joaquin Posada, que alcanzan hasta el 15 de este mes, y las caales cnntienen los mas sa tisfactorios informes sobre el estado pú· lítico de aquella ·provincia. El espresado gefe llego a la Ciéllega el día 11 sin la menor novedad, con el me· dio batanon número 4,°; Y -encontro a· quelJa villa en la m{}s completa tranqui ­lidad. El J 2 se hallaba ya en Santa Mar ta, y con la entrada de la tropa se había restablecido la confianza pública, y cesa­do la alal'ma en que baLian estado los vecinos pdcíficos de aquella ciudad. » Las acertadas medidas de precaucion (dice el coronel Posada 1 tomadas p"Or el Sr. Gobernador J por el Sr. Gcfe militar de la provincia. la lealtad de 1ft guardia nacional y la prestadon de todos los hom· brt's buenos, han imp·edido los males que habria causado á este pais un mo­vimiento sub\7ersivo. D Sin embargo de este lisongero estado -de co,sas, la Gobcl'nacion seguía dictan do las medidas conducentes a desvanecer el mas leve motivo d'e inquietud, y es de esperditadCls perió­dicos de Londres (el Times d el 27 de A gos to últi 0\0 J v emos il1ser ta in tf-g l'a ·· mente v tradu cida al ingles, la hrrm osa csposicion del 1\1 injstro Je r elaciones es­tcriot'( ls d E' .Méjico SI'. Luis G. Cur vJs, puLlic3(la cuando rotas I.IS c(lnferCnl, itls de ,Lllapa sobrevinieron las hostilidades la ost J p sieron los d~ pies en estado de ,~ uel'rá. En la parte edi to­rial hace el Tunes l&s Siguientes ob se l"':~ vacio nes : D PuLlicamos IJOv un documento polí­tico de grande ¡oleres-el MJnitieslo df'l gobierno mejicano relativo a , us dife f t(i~ cías con FI'an cia , . u o d es "' n lace h" pro· cJucid9 una maorh' para e:,ta última que jam.,s d-esapare erá. Dicha pi t::za ofiCial adolece de la falta, muv comUD á los uO" cumentos hi spano"a mericdllos de igual naturaleza, de sar demélbJal.Jo eSlen s~ , pc~ ro es mo. digna de leerse. La impre .. sion que ha hecho en nosutros es la dé hacernos formar una alta it.1ea del carac~ ler del gobie-rno mejicano, y en cuanto a su estilo moderado, sostenido bajo la conviccion de prO' un os ' vio 'u LO con una €sposicion cidra y enérgica de los puntos en cueslinn, puede muy bien compardl'se con cualesquiera do(;umentos' de la misma especie que ~-ay 3n sido 50-. melido!S a la con sidcracion del mundo.' La contienda en su esencia admite una descl'ipcion muy breve y enfática-la del Lobo y el Cordero. . En e] ObservadrJl' de Bogotá del 27 del mes pr'v:Xlloo p~i.sado se eneU "ntran las noti, .l.,s recientes é intefesflnt/~s del Pe­fU, Bolivia y Chile, que IOserl;, miJS a. continuilcion, agregando pequ\:ños co .. mentas, alu'Sivos a algu o clij adQs de la adrninistralion peruana (Iue nos parecen peligrosos y contr:lrios (1 1 ré ·:imen libe­ral hácia el clJal~ segun se dice, tiendell los esfuerzos de los " {ualc~ ftgenerado. res de ]a república pel'oana. ~n ~ ar·~ tículo BoliVia notarán IJlleslros lectorés que aquella republiier no; y ofl'ecia convocar en tiempo opor­tunQ uoa convp.ncion grueral. A pesar arllizaJa con la prepa-, raClOn antenor, esta que<1-o intacta mie~ lr s que el fuego destruJo la otra muy pronl-O. . El iasto ~c:ceserio para hacer aplicar, ~ta com pOS1ClOU es. de cua lro reales por cada cien pies aJe superficie. Se ha he('ho uso de ella para el in. terior del teatro de l\looaco. AVISOS. El día 17 de Octubre proximo pí\sado fué recibido ~e abogado el Sr Dr. An: lO~i~ Maria Lope~ Tagle, prévios los re­qUlSI tlJS legAles, v con eSla fecha se le espiJiü el titufo~ correspon~Jienle. De ó~de~ de S. R_ el lribuna-l de J ustic¡:¡ del dlsln lo del lUagdalena se avisa al públi. co. Cartagena 5 de Nov'~mbre de 1839. Francisco de la Iispriella, secretario ... CALEND-ARIO DEL AÑO DE 1840. S-e h;ll1a de venta en esta oficina a lres reales ejempla'r. === OBRAS DE LARRA. _ Las obras de D. ~rariano Jos~ de Larra que han clfculauo eu una edicion européa de 13 ~omos pe. qll.e ~os, est~n, reimprimiéndose en Canlcas en uoa eJ~c~on helllsl~la en la imprenta del Liberal. E.sta edlclOn se h ;:,ra en tres volúmene6" en 8. o fcances de 3:l? paginas c~da uno, y sera distribuiua a los ~us­C~ I lO,res en SeIS ~ lregas de a 160 paginas cada una" bIen cncuadernadas a la rUslica. Lo granadinos que quieran suscribirse a esta ohra pueuen entenderse con Florentino Gonzalez Bocrota quien recibira uu número suGcicnte oe t'jem'plar: d~ cada. entrt'ga y los distribuid A los suscritores. El preCIO de la suscricion es= . Para los que anticip en el total. • PS.J/ 8. Los que no anticipen la cuota pagaran 1 o p~.ps en esta forma: la. entrega. Ps. !1 J) 2a. id. • 3a. id. 43. id . . 5a. id. oa. icL • 2 » 1 4. 1 4. 1 4. I 4. ===--==a Pesos, 10» (El Correo de Bogotá.) ---------------- JI~p.r-cDta de los heridelos cJ.C! J. A. ~lv~ - Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Por: | Fecha: 28/11/1839

SEMANARIO DE Ll\ PROVINCIA DE CAI{'l'AGEN1\. ..:1 CARTAGENA, JUEVES 28 DE NOVIEMBl\E DE 1839. NUMERO 4 1. Este periódico saldra lodos los jueves: la recepcion de }:1S suscnClOnes y vent.a de los númer-os sudLOS eslún á cargo del tesorero de reolas provinCllllt's Sr. Jl.l'\U Antonio Calvo. La suscricion por semestre ~ale CUA.TJ\O PESOS, pagaderos aJc]ant.·\(los i y cada número sudlo \lEAL t NF.DIO.-=El precio de la illserc;ion de los ""isos 6 articulos de ioteres privado) será de un peso hasta doce renglol).cs y un rC.11 mas por calla tres fe P"Qlnc~ de los que es:ccJall de aquel número, y la. mitlHl , eng ú por caJa "Velo (lue se repita, siempre que se 3 \.1 tl CIRCULt\R RECTIFICA.NDO CIERTOS ERRORES EN EL ARA~O-EL DE "DUA~~S. Núm. 24 L- República de la Nueva Gra~ nada.- Secretaría de Estado en el despacho de hacÍenda.- BogoU 14 de Noviembre do 1839.- Al Sr. Gobernador de la provincia de Cartagena. Con esta fecha y bajo el número 6'2 dirijo a las gobernaciones de las provincias la si guiente órden circular."':' !lA vi .. tuJ do un iu· forme de la Goutl'uacion de Cart.gcua, se han advertido algunos yerros tipogra6cos en . el arancel de aduanas que deLe empezar a ré ir ~ JJ nlc'e b' P ó.·m , los cuales quedan corregido.s de la manera si guiente. Pagina .. Dice. Dohe ser. 68. Agtiudicnte de uba llc 18 grados, docena de Lote-llas .. , ...... ", ..•.... 7. 4. ..,, . 60 iO. Cerbeza d cena do )Jot(·llas ............. o. 4. 6. 50 70. Cidra docena de bo· tellas . . •............. 6. 1. 6, 50 ·71. Mantas Ó fre,:,adas de 8 cuórtas Ó de me· nos etc...... .•...... 1. 4. 1. 50 71. Mal.ltas (lue cubren los fa.rdos, una.... )) 6. ) 7 5 72. Sagú, libra.............. » 2. J) 26 En consecuencia, V. S . lo comunicara a quienes corresponda para que obre )05 efec­t- os convenientes o Lo trascribo a V. S. para los fines consi gUlentes y en cdntestacion a su oficio númc ro 283. Dios guarde a V. S.-J. de D. de AranzazU. DECRETO DE LA. CAl\IARA PROVINCIAL DE SA"NTA MARTA CO~CEDIENDO UN El'tlPRESTlTO A LOS EM.PRESARIOS DE LA. APERTURA DEL CAÑO REi\lOLINO. Núm. 3í4.- República de la Nueva Gra· nada.- Gobernacion de la provincia ,- Santa l\larta a 22 de Octubre de 1839.- 29.- Al Sr. Gobernador de la provincia de Cartagena. Tengo la honra de dirigir a V. S. copia de un decreto de 13 Camlra de esta provincia que dispone se den bl • mpresario ó empresar-ios de la apertura dd ~año de Remolino 12.000 pesos en calidad de pré..,tamo, por ocho años y sin rédito alguno; a fin de que V. S. tenga la bondad de m ndarlo insertar en el Semana rio que se redacta en esa ('iudad, por ser di cba disposieion de tma importancia general, pbC5l0 que tiende a fiU:i1uU' las V\\\S de co · municacion. lrlltara un 'crvi cio, -sr c r·mo o creo, corre~ponde :.. UIIO'\ deseos que llevan en mira muy espt' cia 1mclltl! la fe liridad de la provincia que esta f'IH'omcnua­da a mi cuidado. Ofrezcu tall1Lieu la r Cl procidatl; y con gu ~ to me ,eitero Jo V. S. muy obeJi~nle, atenlo ~ervidol'. Pedro Diaz Granados. La Ctimara proilincial de San/a lIiarla, Vi¡,to e\ menslIg"C de la G< hernac'ion,- f¡-ch\\ 15 de Sct¡~l11hrt! del corrit'nt~ ailo~ y u~and() de la f culta!! que le .tribu~e!\ 10<; 'Ilcisos 18 y 2'1 dd .alticulo 12'" de la1'Y 19 ue l\1.lyo de 83 í, Considerá\ : l. o QUé pc:r del reLo legislativo 30 de A . Ll'il ultim ·\, se aprobó en todas su') parte,> el dc la C[¡lIl l rrl dc Cita provi ,;cia 1~ ele 0 , tu Lrc J~ 83~ , . ü ;:t~ cdicnda nn privilegio esclll ~ivu por tLt'z éñ t)S a los que facilitarell de un mod" permanentc la navegatiOll dd caño Jo Hemolil'lO, J la COllHlIlicacion uel mar cún la ciélleg3 gra1lde de Pueble ,'¡ejo. 2.° Que segun touos Jos i l fOrlllC$ qnc se han obtenido ha:>la hoy; no hsy prouaLi .idatl ue que se adjudiquc Lal privlltgio a Ilillg 10 empresario ó empresa íos, sin que pre::.leo para ello otros auxilio.,. 3 o Que en tan peculiares circu!lst'ncias la CamH3 e~ta en el deber de (ll',lfnovd' el adclantamÍtmto y prosp : ridau de la pro\'in cía por cuantos m -: dios estén a su alcance, removiendo los oo,:,luculos q~c so opvugan a la cmpres~, Dt'crl' ta. A, t. 1. Se a plicln en caliJ te1 de préstll. mo al empresario o empresarius que ubten­gan el prio,'ilegio del canal de HeOlolino y ciéllega gr¡nde de Pueulo viejo, ha ta doce ' m~l pesos de los fonuos del derecho de ca­mlnos. Art. 2. El cmprastil'io Ó empres3rio5 que quieran obtar el priVIlegio acordado pOI' el decreto legislativo de 3.0 de Auril pr.5ximo pasado, en vírtnd de la ct>ndicion que C~tl · blece el articulo anterior, pueden hacerlu bajo las bases siguientes. la. El empré tilO de que haLla el articu· lo 1.0 se dara en dinero efectlvo por un pla­zo d<: ocho años sin iutcrés alguno, cOl;tado desde el dia en que lo reciba. 2a. Esta suma se asegurara 'Por el empre· sario o empresarios con una cantidad t.riple en fincus raices, a satisfaccion de h junta prov'incial, b" j () las reglas que a é ta se 16. darJIl. Art. 3. Los Joce m'l pesos dc qll.e ha.o!a el artículo auterior, 110 ' se tnll qpran SlllO lYJo la s~uridaJ Jc quo la COlllrala haya sido cc,lcbrlda coa al r"glo al d ec.1 t Lo 11\\ 0. la Cámara espidió ('n 13 de Octubre d,~ 183 7 , (onc~d lenJo PI ivilegil) a los empresa ríos d,~ Ja obra \ AI'I. 1. Si no se cumpliere con la condj· cioll cm­prc! Oarios incurro n en la dCnJora de (¡UC trata el artículo anlc,jol', e) Gooernador lIara quo se r~integrcn a las arcas provinciales los ua­ce mil pesos, y ademas LIS mil cuatrocit.,ntos cuarenta pesos de b multa, y el "alor del interes del uuo or ciento e e ca le 10 artlcu o. ArL. 6. Si el empresa! io ó cm prcsarios DO cumpliescl'l de grado con la entrega dt"l ca­pital, multa y premios, el Gobernador dic­tal a sus órdc.'oes al personero para que cje~ eutivarncnte se verifique dicho cobro, uccre" tan ll0 al efecto la suma necesaria de los mil. mos fondos, para (lue se puo~b hacer dicha I'Jecucion. Art. i. Las formaliuaues que debe exig-il' la juuta para uegurar 105 doce mil pesos, son las siguientes. J a. OLol'gamjt!flto de escritora pública en que se hipoteque una o mas fiocas rural ó urbana <.Id valur triple dc la ranlidad toma­da, y esto por ju)!;precio do peritos (jomura~ d05 entre aml.us partes, que pllgara el em~ presario o emprcsarios. 2a. Que las fincas estén libres de todo gravamen, y se compruebe el dtlfccho de propiedad con la! escrituras. 3a. Qne el que tome la cantidad no ha de ser deudor a caudales públicos de plazo cumplido, ni menor de veinte y cinco años. 4a. Que en el caso de IOi artlculos 4, 5 , 6, reintegrard el capital, pagara la mulla y premio e!ltipulall'O eu ellos. 51. Que al vencimiento de los ochó años establecidos en el artículo 2, se enteraran los doce mil pesos en caja; y oc no, sedlU adjudicadas por ellos las fincas h;potecadas~ tia. Que no podran pagar en vales, obli­gaciones o papel, la cantidad que recibos, ni la multa ni 105 intereses c'n 8U caso. 7a. Que si es casado el otol'gante de la escritura, presentara aulC quien la aut0rizt' el conscntllDienlo de ~u consorLe, si no eSLan 5t!parauos legalmente, y que los hienes qU,.e hipoteca no pertenezcan a l. muger en la introdllccion al matrimonio. §/ único. Todas estas circunstancias. v las dcmas del decreto, se esprt'saran en 1~ es .. critura. Art.· 8. El Gobernador de la provincia queda autorizado para suspendel' illdefioiti· "amente la cjccucion de todas y cualc-'Jquie. n obras en cuyo beneficio estén uccretltlas Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 2 SEMANARIO' DE LA PIlOVINC¡A DE CAIlTAa~A.· ,1 algúnas sumas de los fonuos-de caminos, siem­pre que prudencialmente calcule que hacen falta para la realizarion de la parte empresa. Dallo en la sala de las sesiones d" la c.' mara provincial de Santa Marta a 27 de Se· tiembre de 1839.-EI presidente, M. Abello. -El s ~cretariol Juan Capella . Saota Marta 30 de Setiembre de 1839,­Ejecútese y publíquc,c.- (Ha y un sello.)­El Gobernador, Ped,'o Diaz Granados,-EI se­crt! tarlO, Francisco Robles, E5 r:opia.-Robles, secretario. JNVITA CION. Debiendo proceders(' a sellar el papd cur' respondiente al veniuero año t'fon :ímico, la junta de hacicrícJa ha acordado en scsion ce !ebrada ayer: 1.° Qup se iuviten lídtallores por ei término de 11Tl mes , para faci ',ilar por COI trata 240 resmas de papt:l Je- buella ca lidad, de a 500 pliego ~ útil es cada una y 98 P liegos mas: 2. o qu se invi e igualmente a Jos jmpre~ore'S ql,C quieJan ha cerse Cé\ J'gf) tambien por c ntrala, dei tim-o reo Je 6.123 pliegos de la., c lbses la. a 4a. inc1u! eu otro lugar mas proxiOlo a esta ciudad, en quc se pudieran J'emovt>r los indicauos incon · venientes. Si se verificara tal traslacion, nos parece se podría llevar a efecta. facilmen te 11 () e.ítablfcimÍfnlo d~ caslígo en ('alfo de Loro aSistir gratuitamente ~ Jos enfermos' des : validos de la parroquia en que residiera y al cOCll convendria proveer ele los me·­dicamenlos mas' esenciales (""2 1, para' que (coo cuenta y razon ', los proporcionase gratis a los enfermos desvalido~ de los, (tiversos pue blos de su respectivo ca - too, encargandole a-demas de la propaga­cion reguh.lr ftfe la vacuna en algunos úe los indicades pueblos: 5.0 la ereccion de un pequeño hospital de locos en Ulla de las poblaciones principales de la pro .. viocia, etc . etc . Como d esconfiamos mucho de nueslr"a rapacidad hemos (reido corlvenieote dar fin á este articulo estampando a conli· n nacíon a l~lHJOS pensa m ¡en tos lumiuosos de dos célebres pscnt res c.olllemporá· neos. para fot, tifi ~'a r nueslr.;s pI' redeotes a-serciones 'f para c() nr cLir Id grata espe­ranza de que nuestros l ctQrcs se di~nen preslnles la ateorion que merez an en obse-qtlio de la humanidad y del buen nombre de esta interesante provincia. S) CU'3ndo la reO I xi"n medita, dice M. 1'. Dachatc.l, (3) s bre las belleZJs de la misteriosa a\ianl,íl que reina entre to· <.Jos los hombres v de 1a cual forma un símbolo brillante 'la candad, parece que el alm3 se transporta por un placer se­crtlo y su muv ¡m ¡en tu iovol untuio es saludar tan sublimes ln aravillas con un homen~ge de admil'3cion. Una vez fi· jau3 la jmRginacion sobre el especlaclllo que contempla, le es uifícil volver a los fr íos send eros de fa ciencia V vaci fa en SODH' ler a los sever os catculos de la ra" zon los gen erosos sentimientos que la agitaD con tan poderosas emociones ...... » La caridad pU8de ser ejercida por donaciont·s inJividuales, o por asocio cio· nes, ó bien por medio de instiludt oes. ) "ada meJor que las socledades áe be­neficencia. .Ellas U J O a la catH:id mas n!t)ularúhd y n1f:jor conjunto; muhipli· can las luces o datos necesarios lamo bien los medios oe socorre • . ... _ • Las tuodadones por su parte tienen lam" len sus vent~jas; de ellás resulta q ue la ge­ne, osidad presente se lega () u'¡,¡sm ile al porvenir. i Qué pensamiento m&s ber· UJOS{} que el de prol ungdr la benefi en· eia mas alla de la vida " contlUUJf, por oec i rlo as)~ cOllsolanoo a sus semejan tes de~de el seno de la tumba! P t'ro al mismo tiempo es una verdad evid\' ote que ios prinCipi os que deben guiar, se· gun nuestro sentir, la acclún dt-4 golJier­no en materia de socorros publicos, de&: ben presidir tamblen con respecto a las fundaciones. Ellas no pueden estable­cerse sin peligro, sino para el con~1lelo de la múeria que p rovzene de los acci· dentes de la fortulla y no deben brindar SOC01T()S al Vicio. . • .• •• l) En fin la organizaciou religiosa no sumini tra aun una nueva base para la ()J gdllizclclon de la bellf fhencia? Siendo el sace/dote pl'edicador de moral y 1JlltllS' iro de candad, ¿ no conespuude a él di· rig i l' la obra y promover su fomen lO y . , (2.) Tenemo~ entendido que los prufeso. res de li'armacia se c(¡mpnJm ten sol~mne. rpenlc, cuando se examlllan y rt'clben, a pro· pon:ionar gratis mcull'amentos a Jos enfermos den-alidos . Si esto es eXacto, se líen go ad ela ntado en favor de lo que pTopun cm06. \ 3) En la segunda edidon de su excelen­te ubrci titulada JI Considerations d' Economie poliliquc sur la bitmjQlsance, elc. ctc, ~D publi.- , cad" en Pari, el- ¡año de Uj3S .. , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA P-ROVINCIA D'E CAltrrAGEN .. * ' Ictonservacion? En todo-s los lugares en que la religion no sea desviada de sus sublimes 6nes y en que maniouras, tan impías 3~te Dios com-o perjudiciales a la­saciedad, no la reduzcan a la vil eondi­cion de ser in strumento de intrjgas po­liticas, _formara un Ct12tl'O el cuyo rededor se reu.ninln las {¡mósllas 1/ los SOC01'ros ". y desde estos .Iocos de candad esparcidos en todo el terri torio par tiran los ,-al/os late/ares que lleve1l en toJos respectos la alegria y la "'vida. Como protector de la indIgencia el sacerdote, compreo­diendo su verdadero ministerio, 110 eo ­contrar~ en su camino, sino rel'onocirnien lo y amor: aquellos lnis~os a quienes aoJgunas dudas alejrn de su crecncia, se apresuraran a ayudarlo ~ benueciran su mision de humanidad; el cuidado de lus desgraciados es indepeodiente dcl cisma, y todas las sectas I'eligiosas, así como to dos los sislemas filos6ficos, se ¡,eunCH ba JO tan sanla bande1'a.) L /,s jJustrados editores dfl lt.lllse'o 'U1li versal de cúnct'as !/ arles i nsel tu r'o~ f' n el g 'mero IV un ;If' tlcull bajo el l' plgra fe » I,.nstltucümes de beneficencia,) el} el cual . ormurstra. con referenda éll Al­múnaqac de la (andad publicado I Jm­bi ;, e . Lc.ndr s en 1825, que solo en dll,h capital .ha bia mas Je noventa so eu ,di s jitart(rópl'cas y tt.:rca de ella I enla hospItales, (onLHl'd se _ entre ?ieh,!s cor­pOI ·on . s la lnslltucum africana, que tien po. oh jc lO la at:>o!icion de la eS'da vitucl la {dnCHCion de los negros; la Sociedad R Ol {u/u lar que fo-mt' nla ('on remios, oLras) ;:,pericn('i~s el (ullivo de los hu~rtos, v In S{)clCdad Outilllt111a que se propone fOffiellttlr los m·tltrunonios. Los mencionados cditor('s terminan con las sigo I en tes reflexi (lnes ta n in terc­- sante arlj"uJo . »Esla ligera ('numfra­cion presen la dt'I'lamenle un fspec lácll~ 10 sublime, una lec('ioD ad mira lite p:¡ ra los pueblos CItie desean perfecciona,' so orga nizacion so('i~l, uo cuadro llolJlc ~ magesluoso oe los felices resu!tados de la Hunracion v de la li hertad. Los ene migos de lngl:terl'a echan en cara á lus iogleses la ostentadon con que f'jeJ'Ct n las obras d~ caridad, y por {'ifr'to que ~I que se apo)'a en e!>te argumcn~(J no conoce las cos tUffi bres i oglesas-, ni se ha tomado el lJ'abajo de exami.narlas. Las frecuentes reuniones públicas que cele bran todos estos cuerpos han daJo lugar {a e~'a observacioo, como si la pu bl iCJ(Jad no fuera el alma dt! tOlla especie de ins­tituciones en un pueblo independie Ite ; como si esta misma publicidad no CX\.'I ­tára la emulacínn, haciendo cunJil' el buell ejem pto. Eo logIa terra se so{'orr'e el infortunio con una delic(}{.hz~ y ron UDll generosidad que difícilmente se ha liaran en otros pu\:blos. D:ganlo los re fugiados (S~ñ()lf's, p' ra CU~·O 3\ivltJ se ha formado una sU5cricíon que btt pro ducido en Po(~OS m 'ses roas de 50,000 pesos, y en que s h "lIan mu~bos dona­t1vos ano1a'mos de a 500 pesos cada uno .. » -+- SENARIA DE GOBERNADOR DE MOMPOX. - En contestacioo a los que han pt'e tendido contrade ' ir las noticias que so brc este mislIJc :lsunto hcmo& publicaJo en el número 39 de .sle periodico, ín 'Sertamos hoy la representacion que el señor J osé Maria A .. ias, hjj o de 1\1 om pox, la elevado al Presidente de la l\Cpllbli. - _t ca, reclamando la nuliJau de la sí'nnl'ia refrrid-a, qne ha fOI'mado aquella Cama~ ra oe provincia en sus últimas sesi(1o es , por haberse incluido en ella ni Sr. ,J u.ln Anlonio IOlbrechtt que care e de la C!1:l­lidad de granadino: esLJ I'eprrsenlaci utl que en copaa se oos ha enviado, pnrccc que dilucid~ p~l'fet tJme()te la ClH'slion: nuesll'os lectores, (lO su vista, decididm si dirho señor es () no granadino. Tambien se nus ha asegurado que cn otl'a rcpresentacion igualmente docume'n­tada, dirigida al gobierno por el mismo individuo, se ha rebatido completamente el argumento que se ha querido hacefl víller tomado eJe los herhos, esto e!t, oc algunos destinos público~ que allí ha 0 [, tenido el SI'. 1mbrcl"hU; como si los hcchos pud ieran alguo;t vez C(lll"titllil' i ' ¡ derecho, 6 un error jU~l l fal'ar <-> Irg .. lizar otro error. Nosotros al pu hlicar el csprrsado do, cumento, no lo hace mO's (on el pl'()(h"­si t( de provocar polémicíls el 'f.n~)r;)rh",lc _ ; \o'" protestnmos qtlC si fuér 'mos provoca­uos, no entr"rt"fI\OS en disputas 3tnl(lrad "s con nar 1(': nuestras lllil'c.s ban ~ido' síf'fllpre inst ru ir al Pllulico de aquellos he­chos de mas (, menos trascl'ndeocia <{ne ocol'I'eo en algunas uc tlucsu'as plovin­( L,s y ue que 'Somos sobcllores. Creemos quc l'1 Sr. 1mbrechn, caso de de-clararsele no granadino, uinglln pnjuit"Ío rN'iLir2; pues 311r.que por una le\' (olomb¡an:l d~ 19 de ALl'il Je 1825 , los (-5 Ik{lO!f'S no p<,d ian oh, (J(',. (';,r"la de o ~ tlll' ~ ll.'zJ, sin emb¡)I go) VOl' rcci('ntc~ le· yes granadinas p~)Jele que aqlldl::l dtL-e cont mldarse dcrc'gnda; y pOI' ('(,()~igui('n le no es difidl que dlllu seDo!' :;c na­tur~ liz c ('n esta tierra. eotonC'es se hallaba al hz nfl()~, o ql1P. sc pfnebe el an ímc)" de d om it'iliane . roo ~ t'(' ll(' s tale-5 que no d, jen duda soure la intencion, como " ~- n ¡J e r s u s p \) s s ¡o () e s e n un I u g a r y C (l n. - prar o .. -S en (,tro dlfCft-Ol¡:t, 6 f aoJo fI ,\l~Z ;; S de q !JI:> perma necel 11 d ipl a ii 0 S en él: esta cs la doctrina O€ dichas le, es ,. 10 de s os ('o ro f' n t:HJ ores G re go ri o f.o-­prz, Arcveüo, ~ gt;'neralrneote de lGU{-¡'S los jllri~C(': nstllt()s dc grave notu. ¿ Y: [llle-oe decir'so que el Sr. IlId:>rcl'lItt es· lahl domiciliado ro CaltJgena en el :lllO de lO, c\JauJa apenns haria cinco anos q -u e 11 a b i a ven i el o ti e Es p n fJ a y sí n p (l s e e I"_ propiedad alguna? Si él conservaDa su h()g~lr en Cad iz, ¿r-(¡mo podria adC]tjlrir domicilio f() Caft:lgena? PArece, ExOJO", S ... , que los hechos, J oc lrinas y ooser­vacio()(' s prt-cedl'otcs nnda (ffpn que ó u<.! ;¡r, - Ni colomtJl'\no fué el Sr. ImLre'dltt Illl('ntras rigío la ~=--+- 1.0: esta en . o EXC17W , Sr, P1'['sidc'71Ic de la repdblica, Jos¿ l\lal'ia Arias a V. E. me dirijo lJ oy ppúhlica. nI o m i) o x,- N ov i e m bre I 8 de 18 ~ 9. - Excmo. Sr.-José ¡llana Arias. NOTiCiAS ESl'RAi.'VGERAS. BOLIVIA. Liernn que marcha por las sendas de la constilU{;Wn, moralidad y decencia, lle­vad en la o lra la lanza ~e la libertad pJra enlerTlirla en el coraZOll de la anal' quia, para ~tefl'er Liranos osados, minis· tros corrompidos. • • • •. «( Bolivianos, el dia trece del prascnte se ha celebrado en nuestra patria el ani­vcrsa'l'io de .un hijo ilustre de Marte, pre ' dilecto de l\linerva y de la Libertad, del inmortal fundador de Bolivia, del Gran Mariscal Antonio Jase' de Sacre: hagamos a sus heroicos manes la preciosa ofren dJ ue corr·er unidos á. recoger los frag. OIenlos de nuestro naufragio y recon~­tui!' celosos el gran edificio, bajo cuya sonJ bra puedan habitar las bendiciones d~ la I~S~ los frulos del orden, las deli e ¡as ue la coocora ía. ,1\1 ostremos al en un· du to·lo el olivo de la paz, huyamos de Ins h nl'rúres ue lJ gnen'a; arrojemos al seno de pueblos frenéticos esos simientes de snn;.;re, corrllpcion y muerte; pero si por desgr.Jcia )' a pesar Je nuestros mas ardientes VDtos, se quiere atentar contra nuestl'a di~nidad y libe~adcs, guerra pr'o· nuncicll los niños, guerra contes eh os ano c.iJnos, guerra sea el grito del pobre, gnerrJ el clamor del rico, y ninguno 'fllede en Bolivia que no se precipite al c.¡tnpo uc hatalla, ninguno que no corra a dumar el orgullo y .refrenar la injusti cijo Mas no, Bolivianos, no, el Di<.Is dc la Patria, el DIOS de nuestros padrea, el SeÍlo!' de nuestros corazones, sabe que In pJZ es para los OllCI/OS ~Slados de l\ rnérica, lo 15 mulas' . 740 ,) 1 G 'i, llovillos. 2,5i3 ,) 160 libras balsamo 80 J) 2,610 baWosAs de bar· ro y de piedra . 83 60 142 qq. carne salada. 852 D 2,200 cachos • " 13.7 50 8,G73 cueros secos y SI.· lados . 2 ts. e.bullas fique! .sO doc. iJ. id. f 5l adorotes casabe. 7 \4· esteras. 31,613 libras oe arros. 7,4U! libras cacao } 14 urcio5 id. 3,216 '/2 fanegas de maíz· 98 a.rrobas millo . 1 1 tercios café.- 16,803 quintales frisol . 595 tercios corozos • 3.265 fauf'gn 4ividivi. 4: doc. loza del pais. 29,000 lisas . 161 doc. tablas cedro y 53 tozas de id 46 '[2 louels. divldivi. 5 'h id. granadillo. 4- id. guayacan. 230 bigas de canalete. 275 botellas manteca de cerdo 3,080 arrobu mineral~ de plata • . 5 id. id. de cobre. 153 '/4 tonelads. brasil. 3,68 t '/4 id. mora. 50 arrobas de pita. 674 qq. de ñame 612 libras de queso~ 4ú 1 sombrer6s . 512 arrobas tabacos. 5 tal'ritos de en­curtidos 9,41.0 libras de zarza. 17,114 37 '1" 93 D 19 t 2 '/" 505 50 J ,264 52 1,387 9 ' 8.199 2G 196 \) li6 • 672 1-2 5,355 : 3,~65 )) 3 145 396 50 385 )) .55 C> 32 ~ 1,810 " 5 t 56 '/4 24,660 D b,710 ) 40,965 » 300 ) 421 25 55 8 802 D 3,200 1> 30 » 1 ,503 80 ~~---.......::. PUEIlTO DEL ZA.POTE. Exporlacion.. en el mismo al1o. J'O caball.s 1,94~ )l 14 cerdos. 70 )).- 400 aa. carne salada . 4.00 n 2,000 cocos 20 _ " 2 botijas cativo mano gle. . . • 8 docenas gallinas 1',791 '/2 fanegas de maiz. 2 mulas 6 i 8 toneladas ~mora 4 sacos mangle. 60 docenas ñame 48 pabo! 6 arrobas queso 2 18 2,424 60 7,776 2 22 48 9 D 1) 6 » J) /) 4- J) J) .,...:..----~ PS. 12,796 2 AVISO, Se venden a precios moderados: dos pa~ res guardabrisas labradas: dos cubos lisos,' y uno labrado;. dO!l mesitas a la ~oda: dos espejos de lDedlo cuerpo: una comoda ch •• peada de caoba: cuatro cuadros de la accion naval que se die en el liSO de l\Iarae.ibo, uno de la de Boyaca, y otro de la do Cara­bobo.- En esta imprenta. datan ra~on de! vendedor. ==ob OTRO. CALENDAl\IO D·EL AÑ"O DE 1840. Se halla de venta €n esta oficina • tres reales ejemplar. Impren ta....de, [o~ her6deros de ~. ,Calvo~ I , Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

Por: | Fecha: 27/02/1840

SEMANARIO DE Ll\ PROVIN(~I -A DE CAR1'AGENi\. SEMESTRE 3. ó CARTAGENA, JUEVES 27 DE FEBI\El10 DE 1840. NU!llERO 57. Elle periódico saldd todos 10,S jueyes: la recepcion de las SUSCflClOnes y 'Yenta de los números .eItos eslán á cargo- del tesorero de rentas provincIales STo Fr;tn­cisco de B. Ruiz. La susericion por semestre v:lle CUATRO PeSOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto REAL T MEDIo.-=El pxecio de la iusrrcion lle los :I"~S - ó articulos de iDteres privado, será de un peso hasta d~ce renglones, y un l' 31 mas por cada tres renglones de los fIlie excedan O!! aquel número, y la mil:ll\ por cada "e:r. (Iue $e repita, siempre que se al tiempo de la entrega. SUBDIRECCION DE ] NSTRUCCION PUBLICA. Por decreto del día 13 del corriente, y on vista de la propueHIl he~ha por la Diroc· cion general de in"trucaion pública, ha nOID brado el Pod r ej ccutivo al Dr. José Maria Baloco para subdirector del ramo en esta provincia. SUBASTA DE BIENES NACIONA.LES. El dia 4 de Abril próximo se eoagenara ante la junta de haciendll de la provillcia, previa la aprobacion del Poder ejecutivo, lo siguiente. 108 pesos 7 '/, reales en numerario que • c..'Xisten depositados en la tesorería de h:l­eienda, procedentes del producto en "en ta de varios utensilios de oficina y piezas de madera }')ertenecicll tes a la antigua adlDini~­tracioD de taba"Cos de esta provit1cia, y de unos barriles que servian para distribuir el agua a los cuarteles de la guarniciono y las pit'zas do madera, utensilios de ofl cina y dIferentes erectos pertenecientes 3 la misma administracion de tabacos que "an a espresarse, a saber: 3 docenas y 11 alf'gías de cedro de 5 va· ras, a 1 peso 6 realcs una,- 8 Z ps. 2 rs. 3 id. tablas de ceiba a 9 pesos docena J. - 27 ps. l. id. bigas de 8 yaras a 6 reales vara, 24 pesQs. 10 tablas de ceiba en 2·) ps. 40 varas de liston Ó bigncta de corlllo.n a UDO y medio reales va.ra, 7 ps. 4 rs. 1 docena varas de gllayabo, 6 plI. 1 alfagí. de 5 '/4 varas (dañada)-2 ps. 5 1'5. 1 arenillero de madera, 3 rs. 1 id. de oja de lata inútil, 1 'I? 1'S. 2 ba.stidores con el lienzo inútil, G rs. 1 caja grande con sus banquillos p ra cau dales, 9 ps. 3 1'5. 1 id. mediana con id. para id., 10 ps. 5 reales. 1 colcha de paño azul turquí1 inútil. 1 id. paño azul celeste. 1 escaparate, 4 ps. 3 Ih, 1'5. 1 mesa §fande con cuatro escritorios, 5 ps. 2 r5. 1 id. sin ellos, 4 ps. 2 112 1'8. 1 id. chica con dos escritorios, 4: ps. 1 pié de amigo para poner las tasas de.\ agua, inútil. 6 sillas de brazos muy maltratadas, 3 ps. 6 rs. 3 tinteros de madera, tres con sus vasos l' no sin él, iuútil " l peso'; rs. 1 cruz de p grande ct~ hierro, 18 ps. 1 id. con cadenas de hierro y platos de madera, 50 ps. '1 eseudo de armas españolas de ma 'mol, 5 ps. 2 l/t rs. l escalera portati1, 2 ps. 4 pesas de bronce de dos arrobas cada una, 83 ps. 2 II~ rs. 3 id. de a una arrnba I 3l ps. 2 '/'1 rs. 1 id. de a cinco libras, 3 ps. 2 rs, 7 \pesas a una libra de lwonc<" 7 ps. J O id. de a rncuia libra, !:I p". 13 juegos de pe!ioc; con cruz de bierro y platos oc madera, :.0 p .... 2 3l't rs. 1 peso de cruz de bicrro con platos de madora, l P('SO i '/2 rs. 2 pt~sas de b on('e, lln3 ile a ljbl'~ y otl'a de a media li ura, 1 peso 1 lea!. 1 peso gra IH.JC con sus platos de bronce y cru7, de híCITO, 18 p. 5_ .. 7 pe '!S de bronce, una de a ocho libra l dos de a cinco libras, una de a 'uaLro , utla de a tres, una de a dos, una de a una, y un m reo incompleto de dos libras, 18 ps . 2 s. J mostrad ol' con sus elljones, 16 ps. [) rs. La enagen:lciou se hara con las formali da ' des prescritas en el decreto e,jeeutivo fcchil 9 de Julio de 183H, y 1 admision de bs posturu por el orden de prefer.cncia de las obligacioPles de déuda naclunal iflt rior que establecen los uúmeros 1, ~ y 3 del a rLÍcl:llo 13 de la ley de 13 deJuuio último. Se admitiríln tambicn po~lllras en IlUmeral-io, siempre que ellas cubran el valor .iu tiprccÍíldo de 106 c , fectos que se rematen, y tn este ca(Q la postura sera preferible a las de las obligaciones de la deuda nacional. De ón1en de 1& junta. Carlos Pareja, secretario. -...¡.a- AVISO. El maTt s 3 nda p3ra úl remate de las ('a 'as qlle ¡rviel'on de es­tanco de hbaco y agullrdicnte ', de la ca~a arruinada calle d~J Tejadillo, y de las ticr­ras denominadas del BLJ. que, St'gUll se anun ció en el Semanario númclo 53 y en los ce· dllloues que se fijaron oportuuamente en los Jugares pllblieos de costumbre. La enageoaoion de las C~ as y tierras eS­presadas ha sido aprobada por el Poder eje cutivo, y en consecuencia los !cñores que quieran hacer posturas ocurrir~m a la oficina del despacho de la Gobernacion el indicado dia 3 desde la una hasta las tres de la tar­de; en el concepto de que anles de dicho dia se instruira al público del avalúo de las tier­ra- s del bosque que se Ita mandado practicar por e-l j 17gnuo <.1 . ha · ¡Anda de 13 provinci.a, Cal'lagcua 26 de Febrero de 18 iO. t'ado:; Pareja, secreta,Jio. OTRO. La j unta de ha(~ iend de la: proyin ia n uso de la facultad ql1C l {~ atribuye el artículo 7 d el decreto ejecutivo fecha 9 de Jlllio de 1838, y at.endiendo a que las posl!'tlras q re S{~ hicieron el dia de ayer para el remate de los Cil'lCOS y a parej os de la .. flacheras Pola y HO'jaca, [llé solo Je 902 p '!o~ IJ- '/4 reales en qOIj stim av:duaJos, , oc 200 pesos por el casc() del antiguo paileuot 1\05a, avaluado en 1 CO pe os, una y olra en obligaciones de la leoda interior con olidada de inscripcioD del S poI' . • 11" '- -i e 1 t en obligaciones del 3 por ciento; a co.rdó Ili fcrir para el 9 de ~lar7o pl óximo el remate de los espresados 1.)(l(j" :3. El mi mo tlia 9 .de Marzo se ha señala ~ por la ]lulla para el remate de las aeud~s a favor d el tes uro constantes de la Tclacion. publicada en el Semanario número 52, cnyo remate no pudo ve incarsc ayer por no ha~ be!' habido licitadores. Lí>s scnol'cs que quieran hacer postura a­cllrl'idm al d ,~s l'acho de la Gobernarion el indicado tlia 9 de Marzo desde la una bastt las lr 's de la larde. Cartagcuíl Ft:brero 26 de 18 ', 0. Carlos Palcja, secretario. AMOUTJZ.\CION DE VALES Gf:\ANADINOS DE DE DA CONSOLID,\DA. 113 bien do procedido la j un ta de hacien.da. al remate de 105 65 pesos I real en numera~ río que exi · tian depositados en la t.esorería. de bacienda segun el avis~ publicado en el Semanario número.) 2, se verificó este el di&' 'Ji> del corriente en favor del Sr. Valentill Yiaña por la cantidad de 120 pesos en obli­g. H:ioncs d e dicha deuda de inscripcion del 3 por ciento. . ... ' AD~llNTSTRACION DE' JUSTICIA. N. 58.-Repúblic de la Nueva GranadaJ -Gefctura polltica.-Cartagcna a 21 de Fe­brero de 1810.-Al Sr. Gobernador de la provincia. Acompaño a V. S. copias del aulo dictado por el jU7.gado 1.0 cantonal suspendiendo al alcalde uel dislrito par-roquial de Tetnera .luan .1o'ié l\Iartincz y de la órdeo librada por la gefelura al respectivo suplente mand~}( Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANARIO DE LA PROVINCIA DE CARTAGENAIJ 0010 encargar de la alcaldía, para que V. S. si lQ estima conveniente se sirva disponer su insercion en el Semanario de la provin · cia. Dios guarde a V. s. , Fm.ncr~·co de Z ubiria. Autos y vistos: En el presente 5UQlario Consta de un modo legal que el dia 3l de Enero de este año en circunstancias de que conducían preso cuatro hombres a Custodio Perez, de ]a parroquia de Turbaco a esta plaza, por haber herido al cabo de justicia Cornclio Perez, al lleg< r a la de Ternera fueron sor· prendidos a mano armada por .Juan Angulo que cortó las. cabuyas al precitado Perez, y por Juan José l\fartinez que hoyes alcalde tle aquel distrito, con otros mas que los acom­pañaron. Este hecho sujeto a Urla pena cor­poral, por los artlculos trescientos catorce y trescientos quince del código penal, al pa'iO que prest el suficiente mérito para Cine sus perpetradores sean jU7.gados y redl1cldos a priion, lo prest. tambicn para suspl'nuer al funcionario público que se asegura lo b& co­metido, porque en este caso, el articulo Jiez, inciso seSlO de la constiLucion, lo suspende:: de lo~ derechos de ciudadano, y como por el artículo ciellto -ochenta de la mhma, nittlje puede ser funcionario público en la n8ciou, sin ser granadino en ej-ercicio de los clc),l!chos de ciudadano, tenemos por consrCUClH;ia que deben reducirse a prision lo!! inieiaoos, ,'1 sus pendor del destino al alcalde del distrito par­roquial de TCTncra. Con tales dlsposiclOlJes )egales, vis~.~ ja atribucion tercera del artí· culo ochenta y uno de la ley qu~ orgauí1.a los -;tribunales, y de conformidad c(m el coucep . to del Sr. agente fiscal, se su 'pende al ~t1cal· de del distrito parroquial de , 'ernen, de su destino" y oficieoe al juez primt'fo parruquial de su vtcindario, para que illlilllalldolc e te 'luto lo remita a la Jisposicioo Je P. te jUZgd­do con las seguridadt!s necesa nas, Jo mislllO que a Juan Angll(o y al hermano de este, ex~minando quicn sea, y averi{?uando su vrr· dadcro nombro y apellido. Otl ¡ese la OIbicfI previamente al Sr. gcfe p¡olítieo con inser· cion de este auto, para lo de su cargo, y di gase al juez de Turbaco, envíe a la mayol' hrevedad posible, 106 conductort·s de CUSlo· dio l>erez, para que scan cxalllitl.u!os sobre los particulares que indica el a lJogado agen­te fiscal, 10 mismo que la sumaria quc ha de­bido instruir contra Percz, por la lJaida (r~e dió al cabo de justicia. El juez del enCH go dara cuenta, para sesunda 3uclieflci.1, pa­ra proveer lo que corre~ponda.-Paz.- Cajar. _ Prove~ose por el Sr. juez prllDCTO <:31110 nal con "dictamen del Sr. Dr. Manud Cí'jar, en Cartagena a diez y ocho do Febrero de mil ochocientos cual~enta.- nJiguel Dis.z G I a nado!. En el mismo dia impus13 de la prov iJencia anterior al Sr. agenlc fis<.~~l: doy fe ,- Espi· nosa.- Gra~ados_- Es fid copia dd autu y demas diligencias quc comprende, c! tan y qucdan en Jos avto8 de su asutlto a que me ...remito. Y pat'", dirigirlo aL,')r. gefc pol ítico del canton en cumplimiento de lo ml\nd~do, la hice sacar y la signo y firmo en est~ (~iu dad de Cartagfna, a diez y ocho ae FdJrcro de mil ()cRocielltos cunen taf""O Ha y un sign,g. -Miguel Diaz Granados. Número 269.- República de la Nueva Gra­Dlda.- Gefetura poli~ica.- Cartagena a I S de Febrero de 1840- Al Sr. Diego l\13cct'!, pri­mer suplente tiel alcalc.le d~l distrito parro­quial de Ternera- Decretada por el juzgado primero del canton, la snspenslon del Sr. al­calde de ese distrito }}arroquial, V. procede­ra inmediatamente a encargane de la alcal día con las aebidas formalidades- Dios guar­de a V.- Francis.co de Zubiria. Es copia. Cartagena 21 de Febrero de 1840. El §_ccretariQ- Oc1LOa. DEL PODER EJECUTIVO en lln memorial el -general José Maria Obando. El general J osé Maria Obando, elevó al Presidente de la republica una repre­sentacion desde la parroquia de M ercade­res con fecha 26 de Diciembre último, informando a S. E. de sus procedjmi~n tos, con motivo de los cargos que se le hacen en la causa criminal que se sigue en la ci tldad de Pasto con trá .J osé Erazo; dando noticia del lugar ue su I'esidecia; y tambiell soliCItando que el Poder Eje. cutivo allane todos los obsthcuros que se presenten para que dicho general sea juz'" gado con la brevedad que exigen las le yes; para que pueda defendel'Se con la libertad necesaria, teniendo fugar las ga. raollas ío( . uales; y finalmente para que se pronuncie un juicio libre que haga honor a la re ' lica y a la adminis tra<,ion. En vi!\la de la oficitud S. E. .iJieto la I'esolueion siguiente. Despacito del Interior lJ RelncloneJ Estertores, 15 de Enero de 1840. Resuelto.- El Pr~!oidentc de la Nueva Gra-. n3da desea que las leyes sean religiosamente cumplidas y aplicadas con imparcialidad; pe ro la accion del pod('r judicial es por la constitucion independi enle de la d<.'l Ej ecu tiro, C!i cunl 'ni puede tlctenrr el curso de los jnici(ls, ni sel'íalar !/)" .Jueces que hayan de juzgar, y la únira alri~ltlcÍon quo en nc­bOCIOS ju .Jit:iales !..c le clJnfic re, cs Ja de cui· dar que la justicia se IHlmmistre por los lríbt1l\al~s y juzgados, y q\lc sus sentencias se cumpl~1l y t;\jecuten, fxigiendoJes al de~ to los correspufH1ientc~ informes y tcqui­.. icnd ll lo, cuando en vista de dIos fuere nc. cesnrio. Ya se ha \,1't''\'('lIiuu al gobcrnu]or de Pasto lJur informc acerca del estado de la c;)u~n CJlle al) í . ~ sigue por la muerte del genernl Alltnllio J,,·é de SlIere: mas como el ~l'ncr¡¡1 que rcpr l S{~ 'ltll solIcita que el go Lrirrllo leriores, uel Cut'so y estado de la espl cs-ada caUS8.- Cúmpllsc. Ppr S. E.- Chiari. (Gaceta de la Nueva Granada.) ~, NOTICIAS DEL SQR. Periódicos y cartas de Bogota, cuyas fechas alcanzan hasta el 14 del presente mes, contienen noticias importantes re lativas a las derrotas que a fines del mes proxi mo pasado sufrieron los facciosos Noguera y España, en diversos puntos eJe la provincia de Pasto; á la desapari · cian del general José M. Obando de los punlos que ocupaba frente á Popayan, llevándose su familia y 3 penas una ter­cera parle de los incautos que le acom­pañaban en su criminal empresa; a la Ile· gada de~ general Herran a la provinc~ de Popayan con 800 hombres de slis me­jores tropas; al buen estado del csphilU: publico en las provincias de Bogota, Tun· ja, N eiva, elc., y a la acti tud imponcnt~ que los defensores del gobierno constI­tucional v del órden legal habían 3dop"­tado en VeJez contra 13 faccicn 3c3udilrada por los sanguinarios Vasqucl' 1 Olane. En el nl1mero 6 del Posta de Popayan ci:,cula la siguiente relacion (~jrcunslan­ciada del orIgen de la rebelion que es­tallo en Timbio y de las operadoncs dt': los sublevados contra la ilustre ciudatl de Popayan, en la cual fueron ofol'tuna­Jamenle rechazados eón la razon y coO las armas, que nn hrróico úenued<, y un civismo acehdl'300 pusieron en acciono Popayan 31 de Enero de 1840. En vuestro I1llfl>ero 1. 0 ofrecimos que este papel se conlraeria uoirameotc a co­municar ~l público las noticias oficiales r fidedignas q!le pudirramos recoger so ~ brc los sucesos oe Pasto: pero ahora que 3caoa de estallal' en esta provioda la revoturion n5as inicua qU$- se ha vis­to en la república, nuestros lectores n.o estraoaran qlle h"tdemos tamhien de ella, Fieles a nuestros principios de órdcn y ti bertad, indepeodien les pOI' caracle)· y por convencimiento, nosotros quere,mos prestar al gobierno legitimo, a la causa pública, el débil apoyo de nuestra mal corl[\da pluma. El general .José i\1 1ria Obando resulto comrr1i('ado en la causa criminal SPguW3 en Pa's lo pOI' el hQ>rrend,) asesinato del Gran Mariscal de A:acul'ho, gcol'ral An· tonio ,José do Sucre. Con' este motivo se puso en marcha desde Bogota asegu­rando que iba Volur.t3r'io 3 pl'eseutarse al .juez de su causa: Ilrg6 a esta ciuda ocaSIOQ mas oportuna de gota y violo la correspond encia que lI'l}", Y se robo todo el ganado qlH! pudo recoger, envianoo al mismo liempo parLidas a di ­versos pUJl I,oS para impedir la entraJa de ví\'('res. Si los caud,Jles públicos no se hu bic.ran f' uesto con an ti clpdcion en el cu.u-lel, )' .1 lend"iamos que t!oOJlloicar a nuestros lectores que ~stában entre las ávidas (llanoS de Obando y sus pl'oséli los, pOl'q"c pard ese hombre no hay .ru: ­cion al " tlo 'l reprobada, lodas son lícilas. La C~Ud cl d esta defend íd., por 500 va­li entes, fe s ll e llos a m o r ir antes que ce­del' un palillO a los fac (' iosos ; ni podia se r' o tl';) la .. c ~ o l u c i o n de ciudad anos que sostienen la cau'\a de la jus ticia y .de la humaoitJJd, y (~i.le VenCl'illl ('0 su ('o ra zoo el I i hro de o uesttos de redlo >, ti ¡tr i! jado ab tlra pOI' el mismo homl>re i q u:éo lo crev era! por la mano i11ísma q l10 lo fi rmó "en 1032 (a), Con t; ~la fuerza (b j dirigida por los esperlos y vJlc roso eo r one! es Buslamante y Forero, el imperio de la ley ~edl restablecido, y la di goi t.lad del gobi erno cO!lsel'vada: el tI eiJ ido pa triotis.mo, Id in an:i3Dle activi dad, y la in teligencia oc estos dos b cne méri los so l· dados rJe la lifH.'rtaJ, nos ehn una segurJ gnrantia de la vic tor ia. E.l ingrato Onan­do t .. nlldl que s E' Blir cuanto puede la r e.soludon generosa de lo' que se h[\n ¡'odeauo en torno J el estand arte naci onal: vencedores (, veo< idos, ellos dadm un triunfo mas a la virtud sobre el crím eo . Los hombres im pardal es dI! la Nueva Granada, ~'qtlellos que aman de veras a esta p:-tria y l)ue son movidos únicám en te por nobles HO ti mie n lOs, no pÜl' in le .'eses personales G pl'i vados ou íos, tienen ( a ) De los trc~ insultos qU& Ita sufrido la constiluclon de la rcpl1bli('a, el uno lo recibi6 de Antonio Mariano Alvarez, am~o intimo de Ollan­do, y el otro de la mauo del mismo Obando, que le puso el t¿jeclltese en 1832, Y que en varias oca.sioocs ha seoalado esa firma CORlQ la mejor ga­rantia de su (¡delidad b:lcia el gobiefllO. Nosotros lc hemos oido hacer estas proteslas, y poco des­pues las hemos visto quehrauladas. ( b ) Como 50 vetcranos licenciados s~ ban prpsentado al servicio volt1ot¡\riHmente, y. hacen p ar ~ d~ la gu-atniclon.· ya á la vista la prueba mas evidente efe cuan-to. hemos dicho en este papel '! en alguna (ltra hoja suelta- (e) acerca de1 ex general José Maria·Obando. Sabiendo nosotros las sangrientas escenas con que sefialó su fidelidad a la causa de nuest'tos opresores hasta ] 822, habitÍndole viSl~ en tooos los partidos que despeclazarolt a la antigua Colombia, testigos como so· mos de los grandes perjuicios que ha causíldo a los particulares roba'odo los correos y las haciendas, DO menos que al t~soro ptíblico saque8ndo sus arc;'s, y viénd ole, en fin, salpicado con Tll sangre de lo!t héroes que nos dieron lustre y nomuradla, era imposible que gllardiise. filOS silencio cuando se le qlleria pre. sdos los méri. lo') y con todas las virtudes ( d). Peró preseindirémos de la villa pasada del ex· general OLamdo: él ha cometi(Jo ahora un crimen que basta pUl cubrirlo Je intamia: nos con lenlarémos con r epetir que él no ha per tenecido ni pertenece tic DUElna fé a la causa del órden. Sin mpritos. sin aptitndes, él aspira a la pl'i­mera rnagisln1lura, y c ¡mo no poede al. canzarla por los medios , legales, porque la opíni un lo rechaza, es necesa rio que s e' la pt'ocure con revoluciones, des pe 4 Jaz:Hldo C'i ta patr·ia por cu ya crea cion no hizo ninguoa especie de sacrifi r ios. POI' tí 'luu o : n osolros espe ram us que rn e ~ t"l ve7. el go bi erno obre con l od .. lJ ener~íiJ que perm i tan nu es tras le yes ~ sosten ido ~orno esta por la ma yoria na- ' (.' Ional, puede tlí'slruir muy en breve este Ir,ls lornt', y liht: r,tar a este dOigradado pJis de la faccion que le oprime y le_ de spedaza ha mucho tiempo. i r hgislra~ d..D ! · crn encia con la moltitll engaña­da; sevel'idad con los perversos qU,e la. arrastran al crimen ~ De otro modo, re. nunciéml)s a toda esperanza de plZ "t PI'ospc ri Ja d. - - - lVOTI C1AS E STRANGERAS_ ------~------------------------- CENTRO AI\lÉl\ICA. lIem os sa bido, por v31'ios de los paS1 ..... ~('r()S VCll ido's en la gole ta Augusta Ana .• q ue con proceden c;a de San .J uaa de Ni ~ ca r~gu a en I rÓ en es te puertQ, ahora cua-: I ro d i3S, que en oque lIa republica FE .. DER ~\ L, contioua bao la anarquia. ~ las, ~u e n as (' ¡v i les ej el'ci eu(lQ su . ac~~t\lm. l.J r t\d os estrag'iS: que el Pr( s¡Jet te ~ene4, rl1\ ~1 oraz.1n despu 's de ha ber 11 iunfaq() .-1 la tr opas del Esta do de Honduras,
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.

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Gazeta de Cartagena de Indias - Extraordinaria 24

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 2

Por: | Fecha: 07/02/1839

,- SEMANARIO DE EC T SEMESTRE 1. o CARTAGENA, JUEVES 7 DE FEBR.ERO DE 1839. NU1\l.ERO 2. Este periódico saldra todos los jueves: la rcccpcion de las suscridones y venta de los números sueltos están á cargo del tesorero ~e rentas. p'rovi.nciClles Sto J ~an . ~Dtonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUA.TRO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto REAl. y MElHo.=El precIo tie la lUserClOD dé los aVLiOS Ó articulos de intcres privado, sera de un peso hasta doce }·englones, y un real mas por cada tres renglones de los onton á la junta di.rectiva con el fin de facilitar la esca,racion del dique en el tiem­po en que no necesite ser empleni('ntct H~nte • al oLjeto a que este la destina, es dar'o que por el in­dicado rrrreg o se alivia el Lesoro nado oal ue la precisa earga de pagar los .em­pleados permanentes de la maquina, ade· mas de los gastos de conservadon; eu. los periodos que no la tenga en uso. Nos es satisfactorio este negocio, por­que nos deja ver que la· junta directiva del Dique 110 omite la práctica de todos [os medios que las rircuo anci ofrecen tendentes a la consumacioo de la grande obra que le esta encomendada, ni mis­mo tiempo que por parte del gobierno nacional, se manifiesta la mejor disposi. don a segundar en lo que esta a su alcance las meuidas que á ese importan­le objeto se dirigen. Solo resta que el­CongrEso, en su cercana reunion, san­cione la condicion establecida. por la junta y convenida por el ejecutivo, pues éste, no creyenuose 8ulorizad() para en­lrur en semejante arreglo por sí, somete coo tal fin á la aprobacíon legislati va . la rf'solucion citado de 28 de Diciembre. Nosotros no dlldnmos que la referencia sera acogida con la liberalidad y acierto que deben pa'esidir a los acuerdos de 10$ t:scogillos del pueblo. CONCENTRACION DEL DERECHO DE CAMINOS. La Cama ra de esta provincia en su úl­tima reunion ha pedido al Congreso la concentraclon del derecho nombrado de caminos, con el objeto de que pueda destinarse la totalidad de sus p~oductos a la apertura del obstruido canal llamado Dique, que une las aguas de la herm concejero munici~ pal, lás facultades de que estan investi, das las corporaeione~ locales y el modo de ejercerlas, el crédito de que gozan '! las rentas que pueden crear y dispO'aer, dudamos que se convencer t6/ano que esta el dia en que por estos medios logrémos efecluar las grandes o .. bras de que carecemos hace tres siglos,' para el desarrollo de 1'05 recursos del pais-, ara' el progreso, mora de sus habitat;tes, y el incremento material de su rj u Si volvemos la vista a los antecedentes relativos al impuesto de que nos acupa" mos, hallarémos que desde su origen es­tan todos en apoyo de su conservacioo centralizada, y no en su reparticio 1 en pequeñas é ineficaces cuotas. El actual derecho de caminos fué primitivamente de creacion española, en virtud de una real cédula, con la denomioacion de Ct'lt. sulado, porque fué a la corporacion es­tablecida aquí con este nombre que se le confib su ad ministracion é jnversion, y en cuya caja entraba DO solo el p 'a­ducido de las aduan-as de Nueva Grana. da, sino que vcnían a acumulárseJe' 141s que se recaudaban en la presidenc'ia de Quito, hoy republica del Ecuador" ~ Se reconoció pues desde enl_o~ces la gran urgencia que habia de abr!r vi as importantes de comunicacion e~ nuestro pais, y la consiguiente necesidad de crear adecuados fondo pa é e eelo, como de centralizar su dil'eccion a fin de que pudieran servir eficazmente en su obje. too Aun la circunstancia de ser el con­sulado el administrador absoluto de estos fondos prueba el gran miramiento que s~ tributaba a su destino, pues no hay. duda que se quizo aun de esta manera independizarlo de toda eonexioD con las demas rentas del Estado, para asegurar, en cuanto posible fuese la prec~sa nalU~ raleza de su aplicaci()n. A esta cifcuns .. tancia, que felizmente se respeto por el decreto legislativo de 3 de Febrero. de, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEMANAhIO 'DE LA PROVINCIA DE GAnTAGEN~A" . 830, debemos el que hoy exista en la caja provincial una regular suma con que hacer frente a la actual empresa del Di­que con toda probabilidad de suceso, a menos que resulten ¡nexequibles los au· xilios impetrados por la Cámara. El decreto granadino de .31 de l\favo oe 1833, espedido a consecu{\ncia de In eliaril1acion del consulado, dejo vigeutp la integridad del dererho de ~amjnost sin duda porque los representantes del pue blo estaban en la cOllviccion de que »era nece io 1er. considerando del dicho decreto) dar al comercio todas fas faci lidades posibles poniendo espedilas las comunicariones terrestres, y mejoranJo la navegacíoD de los rios y rUlales,» lo cual » DO podria lograrse (2.0 cODside rando) sin contar con un fondo destina do esclusivamente a tales objMos, el cual podía obtenerse si se continuaba cobran· do como hasta a111, en todas las aduana, el derecho consular de uno por ciento.» -=-Así opino entonces el Congreso nacio· nal, y no sabemos que hubiesen variado las circunstancias. de esa fecha al 3 de Junio de 1836, en que sin e presar las consideraciones que ocasionaban la va ­riacion, se decretó la virtual eliminacion de este precioso recurso, disponiendo su reparticion. semianual entre las provin­cias que componen la república, en par­tes p o r~iona\es a su pobladon . Si la causa e e a 0'0 esta posidon provino del deseo e fondos a las Camaras provinciales, noso Hos la considerarnos como un ,'t'rro de cuenta, porq uc es menor. el mai q (le su­lt'iria e pais con que las' diversas Cama­ras careciesen ue ese incremento en sus e~tradas, qu el qll~ la nacion se prive de los inmensos Lienes q ducir la accion concentrada de la totali­dad de dichos fondos. Bien conocemos que p3ra el sosten de esta medida se hace valer nludlo el prin· <:ipio de siendo el cree o de ca­minos producido por el consumo, y que éste lo causa el pueblo, debe hacel'se el reparto entre las provincias arreglado al número de su pobladon. Lo primero que se nos ocurre decir cuando oimos esta observacion, es que por ese nlistno fundamento debieran ser divisibles los otros derechos de importacipn que se cobran en las aduanas, y aun todas las demas contribuciones de la república.­Ademas, el gran principio de justicia en que se pretende basar el reparto es solo llna equidad aparente, si se considera que no todas las provincias tienen res­pectivamente su consumo en proporcion al umero de su pobladon, resultando por el e motivo que a la qne mas con· sume puede caberle menor cuota que á b que eonsume meDOS. Sobre todo, la nacíon e una sola, compuesta (como di· ce la coftstiLucion) l) de todos los grana­dino eunido'? bajo de un mismo pacto de asociacion poHlica para su comun uli· jidad." y aunque reconocernos que hay infinidad de exigencias pecuniarias .sobre objetos de luera localidad, esto no puede comprender al dcreclw nacional de cami­nos de la manera concentrada que desea· mos verlo establecid~: él nunca podria in~ertirse en obras mezquinas o de simple local .. importancia, sino en aquellas, co· mo hemos dicho desde el principio, que Suce 'vamente se designen segun la pre· ferencia que relativamente tengan con res­pecto a !dS urgen es tt~~esidades del país. Terminamos estas observaciones inser· tando las que sabiamente maoifeslo el Ejecutivo en su ultimo ruensage a la so· berania nacional, al locar sobre esta ma­teria. Despues que noticia haberse efec­tuado la distribucion periüdica de lo co· brado conforme a la l'Í tada lev de 3 de Junio, dice: »Opino sin em-bargo q ne eJ referido derecho tendria una in \'ersion mas ventajosa si se destinara a la com posicion de os caminos nacionales que se desi naran sucesivamente, porque en to ces a o ras se harian cou ma s '. déz é inteligencia, y s años de 33 y 31- con Orford Grice y cOU1pañi~ y. éOIl l~B. ase~ .... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SE-MAN~~RJO~ D"E LA PROVINCIA DE CARtAGENA.' tistas de las salinas de Cipaqlllra, Enemocon ., Tauza : y entendemos que las disputas l-,ns dtada sobre estos dCtOS del gobierno se han átribuido muy sabiarnrnte al conocimiento privativo de quel supremo t.riúunal, 8S1 por ]0. puntos complicados que regularmente en vuelven, como por 18 categoria de los nego­ciadores ; pues interviHicndo dos poderes su­premos, el legislativo y ejecutivo, en aque nos contntos, eria una mll11 truosa anomalJa cJuc las co ntroversias de ellos originadas, se atribuyesen a lo juzgados y tribnnales de un érden sub.dterno. P('{"{) los remates de las salinas c .. tan muy dist:o.nles de participar Je la catf"gnria jecutivo, a nuestro modo de ver, no ha hecho mas que provocar al arl eu. datarlO a un Jltigio, como se deduce de so rcsolucion dictada en 4 de ,Julio ülllmo, con cebiJa su parte rlncipal en stos terminos: »Por talf~s funuamentos, el l~residente de la J) re publica , con acuerdo del consejo de go ­ »bicI no, declara qu tiene por ilegal, nulo é »in1-"1.Ib ... islente el arrendamierlto de,1a sQlitla J) de l\lnnl'que celebrado en 27 de Abril de ~) t 835 en fuol' de Salvador llaHesteros. El 11 Goberna or de Cazanare lo requerira para ~) que sobresea en la eIaboracion de la salina tJ y la ponga a disposicion del gobierno, y si ." no lo -verífica, promovera que se entable el »jnicio competeute conforme a las leyes. )' , Esta resolucion da a conocer muy bien ' a ·todos los que tengan un mediano criterio, .que el Pre~i ente de la repúblíca no ha de ­clarauo rescindido el conlrato en cuestion, ~ino solo que lo tiene ¡>or ilegal, previnien­do en su consecuencia al Gobernador de Ca­zanare que en daso de que el arrendatario '110 convenga en esta ilegalidad y se deniegue a sobreseer en la elaboracion de la ~alina, -promueva se entable h competente acdon por pute del fisco: y ¿ hay algo de atentato ­rio, algo de usurpacion en esto? ¿ no con vence esta resolucion que el Presidente ha usado fielmen te de su atribucion 13a. consti. tucional? ¿ habrla hecho menos un particular reSp4Ccto a un contrato vicioso en su origen y perjudicial a sos intereses? Nada mas ni me· no babría hecho que requerir a su contra· p:lrle y provocarlo a un )nicio. El ~obler~o comullicó su resc Iucion a su a~ente mmed13 to en Cazanale, é', le la trasclibio al remata dor, y é te en su vista sohrese ó en la ela· borariO! de la salina y la puso a disposicion del gobierno, pudiendo haberse denegado a ello para que el fisco entablase su accion de· bidamente: y ¿ puede deci.·6e conju ticia que en todo este procedimiento ha habido algu na irregularidad de parte del gobIerno? Si el rernatador cedía al simple requerimiento que se le hizo, por mala i' sti "doge, como ahora se halla constituido, f'n pllfle actora en el juicio, que se impute e l mal á sí mismo y no al gobierno que pare ce 1t0 la hecho otra cosa que cumplir COD encaminan a un desobedecimiento irraciona~ 80n atributos de la verdadera libertad. Si hoy nos complacemos en prodigar insultog al que manda, porque no es de nuestro agra­do, o porque no obra como queremos, mI.': ñana puede ocupar su lugar el dueño do nuestras simpatías; y entonces ¿ qué sucede,: rá? Ya el mal esta hecho, y nuestro ejem·. plo nos atraera un reflujo de retaliaciones. j Qué cierto es que sin ser respetuosos no podremos Ser respetados·! l\H::;CELANEt\S. AVISO NECROLOGICO, su «.IdJ . ... El correo de Bogota nos na traído la Pero se sIega últimamente por el contra-tista que el Gobernador de Cazanare, al tras- lriste noticia de haber fallecido en Pore crl hi .'1<.' la reso(ucion del Ejecutivo, omitio despues de uoa penosa enfermedad, u~ "us ~/ ala Lr.1s finales, y bien , puede ser cierta soldado de la independenda y de ]a Ji. esta inculpaciou (lue se hace a la referida bertad, el general JUAN NEPOMUCENO Guorrnücion: nosotros ni la negamos ni la MORENO. Cualquiera que sea el color aJmitimos, ni menos nos atrevernos a avan· politico a que pertenezcan los hombres' zar nuf:'stro juicio sobre este particular que a quienes )a patria deLe servicios impor- . ha motiyaJo un reeut!o de queja que se ha- tan tes, es su pérdida lamentable para los !la pl'ntliente; solo dirémolJ con franqu6~a patriotas. El general Moreno era de los. que aquella re~~lucion, aun sin sus palabras r d 1 11 ti finales, no declara Ja rescision del eonlrato, va lentes e ano 6 Cazanare en la épa. ni impone un precepto que el rematador de- ca desastrosa de 1816 a 1819; Y en 1831 Liera (·umplir J'esjstiélldoh~ su voluntad. Mas haciendo una salida oportuna del llano suponIendo todo lo conlrario ¿ es justo que con dos escuadrones venezolanos y un el Prrsitlcute de la rrpública responda de batallon de cazanareños, y uatiendo fa 1-15 faltas ú omisiones de u fl Gobernadur?- fuerza del general J listo Bl'Íceño a nzó Verémos el fallo dd tribunal de Boyaca en el re5tablecími~(110 del ob' no legitimo, la ql1('j~ contra el Gou ' rnador, ! entonces que .. a a la ob enl o por las fuerzas ar 'mos lJl1estro COllcepto. oúraban eu otros puulos de la ro~ 11t.tl'los oidu OJUCh,3S veces haLfar con én aSlS pública. . sobre dcsp(}jos y rf'stituciones, tratándose de p , c!>la eUf'diotl, lo qur., a la verdad, no" ha or.o. a poco van desapareciendo las. parecido impropio del caso lIado .1 rt·lnat . notab.tldad~s de aque~ glorioso ejército dor eJe las snlinas de l\1unrque. Todo des. de Colombia . CUyos brIllantes hechos, si pojo supone violencia, orquc siempre es un fueran conOCIdos, rivalizarlan á los mas mh,;t t;o t! d 1 c cQñJr' L4--'l..LJtLU.u..uUL.-f-___ ~~O~~...I. IAW.~"""- tienJ pos h er . cos. -y de su Poseed }', y esto no ha ocurrido COI lS!a aserclon DO es una hipérbole: es-aquel: él en vista de lo rcsuelto por el go· crIbase lo que se ha hecho en Colom .. bierno sobre:.eyó en la elaboracion de las b¡a, y el mundo se asombrara. " SalirJ8.", y 13s puso a dJ POSiClOll de éste, sin La. Bandera na. ,.¡onal de BogOla ofrece que se le hubiese iuferido nwguna dase de bl violencia y Mil que pueda oSlaner e que i lcsr una nolIcla n o ó ica del guer~ cha resoJuclo la can aba por SI misma, pue rero de la independencia, eu a pérd· a,' ,a hetllo~ malHft'sta tu que ella no envuelve deploramos. Nosotros pues conduimo$ un precepto que debiera cumplir el arre regando ale;~nas ~ores sobre su sepul"ro, d.tU'lo rehu!)andolo su ~oluntad. NillguD i - con la manJÍestaclOn del profundo sen ti· divhJuo que por un simple requerimiento de miento que nos ha causado su muerte •. vuelve a su locador voluntariamente )a eo • que le tiene arrendada ó alclullada, debe créersc despo.iado, ni por con iguiellte prélcndel' reslitudon; podra habt;r una pl'Í voclon en el eJerciCIO de un derecho que dé lu~~ll' a repetir en JUIcio ordinario; pero de ningun III do un despojo propiamente dicbo t'n el :)entitlo legal. Aun parece muy dis· putable que un arrendatario gane la pose­sioll de In cosa arrendada, en atencion á lo que ttH'mlllantt menle disponen lafleyes &a., tlt, 30, parto 3a., y la., t'tl. 8.°, lib. II de la Novísima Recopiladon, y Siil posesiou ni pueJe habar despojo ni reBtitucion. Tal vez el juez h:trado de hacienda de Cazanarc, el T1'ibuf¡al de Boyaca y la Corte suprema ha bran opinado como n usotros en todo lo re la ti vo a las satinas de l\fulleque; y j cuan in­ju& tas nos parecen la1\ amargas censuras con que se les ha obsequiado! . Dio ES juicio y mas ealma en nuestras pasiones pa­ra que sepamos reclamar nue5tros derechos con algo de moderacion '! sin escarnecer a las autoridatles y magistrados de la república! Suplicamos a nuestros conciu adanos res­petemos siempre los fueros de la dignidad legitl.TIíllnente constituida, para no sujetarla al duro conflicto de proejar en el desempe ño de su miuisterio, y para que no relajemos insenSiblemente los lazos que nos estrechan en la. sociedad. Obedecer servilmente co­mo UD autómata no es propio de los gobier. nos libres; pero tampoco los irrespetos que ACADEMIA PARTICULAR DE l\1ATEl\1ATICAS y TENEDURIA DE LIBROS. ~ El que suscri e con tinúa dando ecciones en l. casa de su llabllacion, plaza de Santo Toribio, sobre los indicados ramos en toda I*: estcDsion?e que ellos son susceptibles. Tam-, bIen lo hara respecto de los que constituyen }ilS ciencias de MarlOa, mientras no 8e abran los cursos de esta facultad en la cate res· tablecida en la Universidad. El precio de la enseñanza es de cuatro pesos po mes, J lu horas de leecion entre diez de mañana y dos de la tarde. Simon de Lava/k. .1 ..... DE VENTÁ En esta ciudad, el maderage, maqui~ nas calderas y demas pertenencias para uu bOle de vapor. Por mas informes ocúrrase a S. y C. Benedeti~ Imprenta de .las her~d_eros d~ J. ~., ~a~v'o~ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 2

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 3

Por: | Fecha: 14/02/1839

- I INC·IA SEMESTRE 1. o CARTAGENA, JUEVES 14 DE FEBRERO DE f tt39. N U .lEl\O' 3. t:sle ~eriódico saldra lod~s. los jueves: la recepeion de las suscriciones y venta de los números suellQs están á cnrgo del tesorero tle rentas provinciales Sr. Juan AntóonIo ' Calvo. L.a suscrlClO. D por semestre vale CUA.TRO PE sos, paga d eros an~ e1 f inta d os; y Can:a1 n'u mero sue1 l o REAL y MEolo.=El precI.O de la. iusercion llc los a'l'150S arllculos de lnleres puvauo, sera de un peso hasta doce }'englones, y un real mas por cada tres rcn glones dc l os que exceuan de tlquel nLlffiero, y la mi.!ad por cada vez que se repita, siempre que se .atlvicrta al tiempo de la entregn. ,~ , REFORi\JAS. lIemos teniJo la l'omplacencia de ver P?bl.icada la petici~n de la. Cámara pro v o ~ lal de Pduama, solicitando de la proxima legislatura se propongan varias refor'ma adieione~ a nuestro código c:onslitucíonal 1:/'1 Clfuel/a parte que asc­G. a~·a de bdm.elltrJ , son palabras de fa pe­tlclon, la libertad. polLltCfl contra las tÍl t'aSLOlles de! pode!', .que prc~e!lla obst(/ 'Culos mvelle/bles al mejoramiento de la SOCiedad, y que atribuye el ejel'cicio de actos lmportClltlls (1 cOlporaclOlles !/ fill ­l. fl1:uifJ.des estrañas de :ia objeto. Cree­mos de mu ~;rna fé que. di 'ha corpo­raclon ha sido ¡mpuls ~jda por un patrio­tismo acendrado a elevar su voz a la au­gusta rept't>sentadon nacional, pidiendo 10 que sincer.: t1lCnle estima por conve nie le y político ,""en uueslro actual sis< tema administrativo. y convenimos con ella en que tOUtl reforma intrinsecamen te útil y provechosa al país, debe reali­zarse, por las vías' de derecho, sin tar­danza y s-In que tem >rcs infundados arre, dren a los escogidos Jel pueLlo, pOJ'que nos hal1¡tRlos iutimamente convencidos de que la simple n()la de innovacion, no es razon; y porq un t nemos la honra de no c()rrf~pondel' al número ' de aq oe· 110s espiritas asustadizos que coligados a 101 6nenugos de la Itbe/'tad han {bfandí do el fatal .pronrJs(lco de ql1e la anar­qaia reemplazara ti la mar'cha 1tloges (llosa de (as l72stltUCLOnes y de que !()G partlda1'los de las reformas p1'clendel'dn elevarse por una escala de sangre y de cl'imenes sobre HU concludadanol. Pero ¿ las reformas que se proponen son con­venientes y neceSiJ rias para el luejora­miento de la sociedad? l~sta es la cues­tíon que se hace preciso sujetar a un examen escrupuloso. Nosotros no grao duamos nuestras fuerzas suíicientes para desempeñar satisfactoriamente este en­cargo; pero con lodo, apunlarémos a los representantes de la nacion algunas re" flexiones que nos. ban ocurri~o por aho­ra respecto a los dos primeros puntos que 811uellas contienen, reservélndonos para otra ocasion, si nuestras or.upacio· nes nos \0 permitieren, hacer algunas otras acerca de los demas que repute· mos de mayor lmportancia. Que (JI [!ce¡;?'esld~71te de ' la r'pllblrca no pueda se1' e/egulo Presta'ente de ella} du:e l~ primera de lu.i ref'H'011.lS pr'o(¡u\:'s tus: esta esclusiJ'juJi cia} o por lo menos injuita. Ni ngllu mal, ni IJguua coaCl' ion, n ioguna a m eo;\za llt' ­va consigo la tuchada elt'gilJilidad. El Viceprebidente no ejcrce otl'a fun('ion que la úe presidir el consejo de gobier­no " concurrir ron su volo al dictamen con "que éste Jebe asistir al PI'esidente d~ la r~pl,blica en el despacho de lo~ negocios, foncioo que, a la verdad, nI) creemos sea de mucha ·rraseendencia ó peligrosa, de m~jn(.'1'3 que pueda irdlni,' podt:rosamente en nupstl'o SiS(C'ffia . bieo combinado de elecciones, mlF'ho mellOS cuaudo ni ese simple voto ni todo. (>1 dictamen l'tirlos en unos mise· r a bies i lJ S l ~'11 filen loS de la a m bit: ion , 'ya por el temol', ~a por ~lguna esp{' I'.1nzJ, mej or sel'ill en tonees dejarnos de rd'()r mas y rennl1ci :'I' hasta tle la idea tle como p{lner un pueolo libre. ' Los Secl't't,ll'io!r del despacho tienen f.ambien el mi~mo VOlo en el const'jo, ~) ademas, Ljen se conoce la magoituJ de. . la iuílucncia que ellos, ejet'c1en por la. in tervencion que lieuen eh . toJos l.os ne gociados, principalmente en los I'amos de s-us respectivos deparlamen.to5 ; pues como 6rganos indispensables del encaro gndo del ejecutivo, 'sus relariones y pUB tos de contactos son infinitos. ¿ Y cuan to mas no es de temerse la accioo di recta é indirecta de ellos en el orden eleccionarid? Sin embargo, nadie pre · tende se les escluya de la elegiLilidaJ in· dicada, seguramente porque ninguno ha creído que esta esclusion púcda ser con veniente ni justa. No se diga que el VicerresiJente es •. llamado al ejercielO del podrr ejeculivo en su caso, y que entonces ocupara uoa posicion muy ventajosa pu'a llena!' sus miras de ambicion, trástol'oando el equi . librio en las eleccioDt'S: este peligro es· ta sábiamente neutralizddo con la prohi­bicion del articulo 103 de la con s ti tu· , cion; y si se teme que esto . no sea su· ficiente, en tal caso parece rntlS I'azonable que la reforma se coolraiga a este arlí­culo restringiendo mas el tiempo en el desempeño del p0dcr ejecutivo; pero no a pciVllr. al Vircpresidentp de un dere · cho sagrad o, sin un eq II i va len le Je con- "CIl ¡ene ia plÍ blica. '. PUl' otra pUle, la ;tlat.ion se privalia de un ('iuJadallo {leíl \' t:d vez el milS ndecuaclo para .ocupar la p,'imcf.l Ol:1$;is­I!,; llura; pues" a la ilimlt,Jda {'onflanza que lJ.1 Illerecido de sus l' oof' iud ¡danns al elevarlo a la vicepresidenria, s in du, da por su conocida proLidild, esperien . ~ ia, luc:es y patriolismo, reuue ).(1 la v c n~ lúja de hLlllarse al corriente de todus los negocios del ga!Ji nc te, é indis(Jllla lIle J mente su marcha sera cuas segut'o Y aCCI' ­tada, a~ meoos así parece conforme al ór· deo natural de las rosas. Lf¡' segunda reforma se refi(Jre a <1 n? , ' ~ , . I I .fe '1tlll'§ Uf l!F}'!r.r ~J~t:l1tl1) n. ..Inr." Jnd de remover a los emplclulos y (unc/ona- 1'lOS públicos (nl el ramo politico y de ha, clenda, eceptuando solo dIos Sect e-taJ'l()S del despacho. E~to nos parece monstru o· so y a,bsul'do, y llU cOlllraprincipiu que pugna ('on nuestro sistema representati­VO, electi VO, a lterna ti vo y res p()llsa ble. La Conve{H~ion granauioJ fIJé muy sáhid~ ella tuvo mu" prescfltes todos los Uf gu­mentos que se olJusicron a la atl'iuudun 203 . del poder ejecutivo, y que hoy se I'epr('duccn como nuevos: lus cpmbiltió y confundió, é bizo trio,ofar cste prin­ci pio de verdadero progreso en todo sis­tema de goUiernu, contra las pre ellsio­nes tlcl interés priviJdo que ~a St! opo­ulan de mucho tiempo alras, con ~l in­tento de conveI,tir los destinos públicos en pi\lf'imonios, sio una positiva respoo­sé: ibilidad. Sí, In repetimos, sin una po­sitiva responsabilidad: mílS adelante dt:· ffi nSlrarémos que la atr ibucion 20a. es la palanca motriz que pone en actividad al celo y a la probidad de los empkados y los oLliga a cunsagral~se con asiduidad al desempeflo Je sus respectivos encargos. No lnlerémos en nuestl'o apo~'o la au­tori dad de poli tieos respeto bies q ne fa· vorCCCIJ nuestro juicio, ni el ejemplo de lo que p3sa en otras naciones f}ue tic· nen mas confianza t'n el poder, sin que por e5to peligren " sus l¡bertades: seria necesario estcn,)ernos demasiado en las estrechas columnas de este periódico. La r3Zlln por si sola nos bastad), y la espe· riencia de lo que vemos y palpamos en esta tierra ds infantiles prOt;rfSos ll0S fa· cilitara un caudal de retlexiones adecua ­das a nuestro prnpósilO. Quitar al po(Je .. pJecutivo la facult3d Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SEl\lANARTO DE LA l)rtovINCIA DE CAH_TAGENA. de l'QOP v ,t·, ¡;:. .l¡jl a !(,S emplnHlos t' n una tremenda responsabilidad? ¿ Y tooo y espresar la causa, son cosas que se re· sus destinos tI antl su ,", respeetivos pc.. c~lo ('00 las mitn()~ alaua5 para remover, chazan; y aun cuando esto es tan claro rindos. () mi!' ntras -SH nnla conuul:'ta n() ¡ IIrarl an ro los removidos para etli csplicaciones que apenas pueden tI' t~P.1 d <íq'; ¡,( ' lod ti sta ¡!()'1.1 , u-ano, labr i.1 díSII'i'Za IHllna la: la [(¡ m:! la publica: todos la conoce-de lln em plrfl1 lo ? Que rc s p o nd ~l n il f'.:' 111 que tocase {' ('n pe(fC(ClOn UD ¡ostru mns; y solo ellos prelrouen ig.norarla, al to, no di remos el )\l\' {-If ej tcntlv0 ilt los mCLlo l, n poco "t\l1e/ OIOSO ( tiem po mismo que la confi esan. ¡No es GouC:'ru:Juúres, ~ino aquellos gefl's d ' oíl· Al trJ tnl' de la ~· ll' i' i lH, ion 203, f el po- posible que el sol y la luna obren so-cina que pO I' C31'eC'eJ' Jc la fa<. ulla¡) de -fer ejccu livo no podemos ú' t.ener el c.ur bre la ll erra con fuerzas combinadas ha. remover, tienen que s( ure llevor la prsa so de nu{>slra plum sobr ' UD1 Cl.le~tlOo llanJose en uposicion! Y siempre sera <1 a C3 rga d e..... u n ,fU a 1 e ro p ~+'--~.;t4--Í'+*!rtr-+-;t'-M". "~"""""I,Jo.I-~~.G1.!..:1u .... . .Q..U~-9--1IK,o.;~~L..--o,JW.lJ~-!-~~~~~Q-I~St;-jt-f'-t'l.-s-q-orc--,t+ ~ bi-c rn mr-~ titud l~s lopa h ,lsta en los ojos . Po"qw ~ tro ()I tu at Pl'esidt;'n te ha uS ¿ldo alg unas he rodearse de agentes ole su confianza las faltas de lo~ cmplend!1s pued n sel' " p ,)('a~ vr-ces dn es ta (jtribucion <,m ·. nenV que le presten una eficaz cooperacion y no justificables, es que la constitn¡ Ion de sus altas fun ri(¡nes V ucioocc; 20,). respons::lbi lid uJ . Si tuvo o no justos mo su auminlstracion : de ou'o modo, los y 21 íl. para que en el un caso rem'w va, tivos, nos(Jtros no lo averiguamos, P medios jam s serian conducentes al fin y en el otro suspenda nI emple.ldo y lo ro como hs causas se pnfeb,lO por sus de la sociedad. Unanse pues, de cora-ponga a l1isposicion de la llulodoau com efec tos, es pr<:ciso que deduzcamos qu - zon al gohierno todos Jos patriotas ¡lus .. pe len te Jen lro n u(1nza del primer magistrado, pues no con el órdeo de las cosas? Sostenpr y de Cju i oes confiase pl enamente. Pu· parece veroslmd que él Jespl'ecie la coad. pues, que debe eliminarse la 20,1 , r, l ri (lirl'on ser muy c~actos, muv -celosos, yovaclOo de sus compa tri otas en la gran ~ bu (' ion, s sos tener que son jll 6llfi ('(l b!('$ nl l)\' int,!,ligcotcs , muy l ubori~)sos: todo dIOsa oLra de cond ucir la oacion a su todas las fallas de le s -CLYlplea o' : s sos es to p\l!..'de ~CI' cierto, n oso tros no lo . dicha y pJ'osperidad. tener un d(Js propusito que peea cOlltra /' vo"am05 tl duda; pero sin embargo, la esperienC'iil de lo que son los hom pudi ron \lO Sí.T de la confi anza del , Pr-c bres; es co fin, destruir la fuerza I1JO sidcntP,;,v por qué r Jzon entonces? lriz que hace a los empleados laborio pnl'<1 ue honrlln ex lÍllf'gl'a caUSrl, lIlalllm sos, reclos v asiduos en el trabajo. e,\ t qaoclI/lque de/cela Si los I'emovi ·j()s Tal se pi escota la cuesli o l1 vista pOI' g(/ZUh;lO de mucho comprobantes de sus el lado de la rcsponsabi lidnd de los em buenos preced ut s, alguno malo tcndl'iétn plea dos fuocioocrios públicos: exam 1- cU;Jl)(ln no merecieron la confianza de S. llém )sla r hora por la p ;I t'{(~ que mira a E. j Quién S-1UC si ' el presentimlCoto de la responiabilidaJ del encargado del ('le al~u o mnl consiguiente! cutivo. F jgul'émonos ya al Presi rlc nle de Se le pid¡ ' ron al Presi tJcnle esplica Jd r epublica ue ' po 'aúlt) de b a tri l ucion ci o{H's sob re los l1lUlívos que tuvo para 20a., y observemos la presura y compro· leS r effi o('ioncs: S. E. no las dio. Se le m timi trióticos lo que acostum!,H'amos comunmcllle en d sentílllicntos, sea el ltlzú de e~ta union. ramo de asunt.os cSlrangeros, para ins('rtar Mis antiguos compañeros de armas! Una. El general José Afaná Obando.- No es va- íntegros los fiiguienles documcflto~ qU IJ he- desgracia mI me-utánoa ha hecho caer el cas-lar el sacrificio de la "ida; no lo es t é: mpo mos traduriJo del Jamaica Despa1clt del 30 tillo de Ulúa en manos de los franceses; pe-co el de la fortuna, puesto que &un a los de Enero, cuyo p<:'rióclico iooS ha LOmado de ro et>ta ml!\ma desgracia no hace sino aumell-brutos los conduce e.l ir stinto solo a hacer un pap el mejicano lIevH10 a J .... l11aica por el tar vuestro arJor patri ót ICO, "uestro cntu, uno y olro: "SO tlUgO olro mas noble que comandante dt:l bnganLIrJ Je S. M. B. ning- ~ ia srn o y noblc dctermifJaei llJ1 de prott'geJ' el (¡frecer CH l a a "le orla. huesos despt-dilzarJos de 1" f)iel'll;', v. cualquiera se atrae a conspirar c01ttra el orcún una es- V O" 1, 5.1 1838 .1 eracruz, lt:l e rnufC uO • pantosa hemo l'l'agia hacíar a !{)"S mé.iic(l'; Lt! · fonslt'luciona[ y las Énslitllúones que nos ngen,) mer que sucumu1l,-'C se a I do 1o \' J e la éslJl¡luta AN· TONIO LOPE'Z· DE SANTA AN..':l, ' THIUNFO DE LA PA.Z, OnDEN y COl'iCQlna ,\. A )'er tarJe d ¡a ti e la acloracion de los SS. Reyes, tuve el singular placer de ver venir del paseo de Bch:n UlI gran concurso dtl los sugetos mas not::lbtc!', '9 la brillant{' j\lVenllld de esta (~api ta 1, G u e :3 n imados de un espiri tu de paz, arden y concm'dia, se les ecnrrió la bella idea de formarse como un batallon en columna de a och de fondo, y \,'00 una lucida música, l>ajar a dar vu ,Itas por varias calles principalet; de esta ciudad, dando con tinuos "ivas al supremo gobierno, al Excmo Sr. Presidente Jo; é I. lUarquez, a la paz y la buena armon ía entre los ciudadanos. El buen humo!', y la al r gria eslraordinalia que se observaba en esta reunion, ll enó mi co razon de gozo. En c\la iban TcuuiJos los que llaman del partido de oposicion con los del ministerial, dandose mutuamente demos traciones de estar ya uniformes en sus sen· timientos. Entre los reunido, que no serian mellOS de, 300, se veian a los Sres. Mosque­)' as, Hurtados, Arroyos, Valencias, Seguras, Lemos, Hodl'iguez, Caslrillones, Balcazarcs, ! muchos otros mas sugetos respetables del llueblo como tambien un gran número ele los estudiantes que cursan en esta Universi· dad, "j olros destinados al comercio. La .verdadero igualdad que hace brillar el ver· dadera mérito, se vió lucir en todo su es, plendor; y eJtos tres djas que se destinan a regocijos y' fiestas públicas, eSl){!fO ver IDas cíon. Este llocUlncnto, purs, cOUl,.u esto en el momento mismo de cOJ, fcsarse, de arI'eglJl' sus nc~oci os terrestres y prepararse pll'a a pn recer (hiante del tri lHl lt ~d d e la e te rna verdad. conlieu e los su bbnc3 S e i¡ timiclJ tos. lit! un corazon seo~ibte, y para ~itll1prc re­CO\ 11rndDra a su "ulor a la gratilud dc sus conciudactal~l)s. C< nstilnle en sus principios, nada pudo inducirle a auaudonar el puesto del honor: en medio de las tristes y areno sas playas, a ti l'O Je cuiíon dc Vcracl"uz, ten· diJo en una miseralJle barraca construida de palma y cañas, y espue to a los peligros de un ,-icnto norte que cuuría con arelJU la san gro que vertían sus heridas-cll tal siluacion ll ufl'ió la amputacion de una pierna con una serenidad y paciencia vcrdaJt1ramcntc c tói­ca. Hizo comparecel' a los gcf~s d I! bU div i· sion, y en un discurt,o que arrancó lclg rimas de sus ojos, les hiz.o jurar que ve tlgf\rían su muerte, HO capitular j amas, y pereccl' l:.ut .. ' S que permitir al encmigrc S an­ta Fé, y que aHi aguarJase mis órdenes. Tam~ bi en fl!nndé al comandante militar tic Puer­to Nacional que marchase con igual diligen. ci1\ a ponerse a las del dicho general. Sin r érdida de tiempo llegué a Veracruz, y tomando el mando que me fué entregado por el Sr. general Don l\hnucl nincon, co" m mique al almil'8nte frances el decreto so­b erano que declara a la naci oll mejicana en cstado de guerra con el gobierno franctls, 'f. su formal tiesa probacion del convenio cele­hrado con la ciudad ~n 28 del pasado. El v ice-almira n te me contestó a yor a las seis de la tarde C-:ln la insolencia de que el gobierno mejicaoo habia cometido un grande error cr& de clarar la guerra- a la Francia, que este pro­cedimiento podía iuducirlo a principiar b , inmediata destruccion de la ciudad, pero que él creia que ésta no tenía la culpa de una falta de que hoda arrepentir a Jos mf' ji­canos; añadiendo otras csp,'esiones sumamcn· Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. .. 4- SErt1AN.AfilO DE LA PROVINCIA ,DE CARtAGENA .. · te ofensivas al honor nacional y al ejercito que les dejo; y muriendo, me Heno de . sa.tis- (lue el supremo golJi:!rno ha puesto a mis faccion por habermo pcrnJitido la Providen-órdenes. Dije a los indiviJuos qu.e trajeron cia dérramar pUl' mi patria la última gota de .el pliego, que necesitaba unas poras horas mi :ungrc. , para contel-tlarlo , y para este efecto se esta- Omitl decir. a V. E., que Jurante el con-hlecio un armisticio basta las ocho de la ma· fliet? alzó el enemigo una bandera blao.ca', a ñana, cuya dctermini\cion ]os comisionados que contesté ordenando os tambores bao fl'anceses me hicieron entender qne iban a liesen al ataque, convencido de que era in· Jloner\3 en conocimiento del comandante cn digno de las consiueraciones debidas a los gef~ guerreros do naciones civilizadas, despues de (. (,{ o ¡¡ las ocho de la noche el cónsul de la infamia tic quebrantar -su fé en un decIa· S. lU . B. m visit() pc:ra informarme que ha rado armisticio. ,Lía estado a lhlrdo del Irerg9ntin Cllimsúer El getlcnl Arista que no pudo escaparse y ba al o con Ir. Ba dio, quien le aocar· de mi casa, tuvo la desgracia de caer en rua· go p rtllUlal'meute que se acercase a mí y nos de los hombres que esperaban saciarse me protestase en su nombre, que él no te· con mi sangre. nía intencÍon de dirigi.· su a'l'tillería contra Al 11)(Il·ir, no puedo prescindir de esprcsar la ciudad, a menos qoe por via de represa· la satl sf lcciol)' que siento observando señales lias se viese obHgado a ello: sin embargo lo UO recon ciliacion entre los mejicanos. He mé medidas precautivas por la tarde, é in Jado mi último abrazo al general Arista, con diqué como lugar de entl'evista la linea de (JUICI1 dcsgraciaJamente habia estado desave· los cuarteles de la plaza por I'3Z00 dc lo rlldo, y ahora ruego a s. E. el Presidente de fllerte de su pmicion, y dirigí a mis rompa· la rcpúblie3 acepte igual demoslracion en ñeros de armas la arenga Je que envío a pru eba dc mi gl'atilud por haberme honra{lo V . . E . una copia, y que no fué impresa pOI' (n el momento del peligro. Hago tambien lo spur·ado do las prosentes circurJstancias. mi mf) ribundo acatamiento D. todos mis como El genf'ral Arista .llegú a la plaza como a pal r lolas, cor.jul'afldolos pOI' nuestra comun las diez do la noche, y llabienJo 31Teglauo p;¡t ,ia abora cn peligro, a que depongan sus los mOVimiento!> que debia (~ i c clltar con Sf.l resentimIentos y que se unitll nnanimcruentc dívision, se quedó a pasar la 'l~oche conmigo, p~tI a form3r un m~lI'() irnpen(>trable contra los no conelu ~éndose lIuestra cO l,fercncia hasta in sullos de nueslros enemigos los franceses. las do do"la mañana . T,jJubien suplico al gubierno de mi pais, 'Eran C1>mo lrs cinco y media de la maña- qne mi.s rCllLos sean enterrados en cstos cel'o -na cuando cl vicc-almirallte comandante dc ro ~ , p''''a que todos mis rompañeros de ar- 18 e~cuadra enemiga, contrariando sos pro· mas sepan tlue esta es la linea. de defensa· t~stas, y sil) haber r eciIJ iJ o pro v<;>cacion do qll~ lcs dej o trazada, 'Y que impidan si les Dl1lguna clase de pal'te de Ja ciudad, atHc) es posilJle, que Tl uedros i.l! icuos enemigos a esta en perso na a la cabeza de una colum pr o[¡,ucn mi reCit .lo eOIl 5U planta. Tambien na, que alg ullOs me aseguran COlIsislía de cncarg'-' a mis compatriotas 110 empañen rJucs· 1,)00 hombres, j' otros de 2000 ; b acj endo eJe tr a vlct u ria atacfllldo las personas de los in - MISCELANEAS. Al\lNISTIA.. ¿ Qué es amnistia? Ei un perion ge­neral: es una declaracion solemne que bace el poder, de que condena al olvido todo lo que pasó, de que lo reputa co­rno no acbntecido, y de que promete no consentir ninguna indagacion sobre el particular.- El mismo dia que Hen­rique IV entro triunfan e a Pa is, pro­metio formalmente uo olvido general, y en la misma tardo del mismo dia, jugó a los naipes con la Duquesa de Mont­pensier que se habia mostraJo su mas cruel enemiga: -así obró un Rey. iVa. die .íue' eceptuado del beneficio de la cle­menCia soberana: -ase se dÚ"Üln amnlS­llas. (JOUY: La moral aplzcada d la polellca.) ~ CASO ESTRAORDINARIO. Se anuncia en la Ga&tla de HaTuta un caso médil'o estraordinario, acontecido reciente­mente en Berlín. Una condesa po laca, que dcsde )a muerte de su marido habia esperi .... mentado frecuentes dolores ea el pecho, se puso bajo la asistencia del Dr, Yon G l'aefe ~ quien al fin se reso\vio a hacer1e la amputa­cion oe uno de Jos pe~lros. Se hizo la ope~ racion, y se enconlró en el pecho un fet() de algunos meses perfcctamen le fOI'mad,o. ( Sper.lalor, papel de Londres. ) ll ccho la lc ntat'iva de pronder mi pe rdona cn ud , 1) ' 05 fl',\n eCses <¡uc viV en entre nosotrlJs la ~ as t¡ d e mi aloj .HllÍento. Para 1/\ c,/cru · h -jo la salv~gual'Llia de las leyes, de modo ~ ·cion de esto ataqu e , se aprovech l ) ue una que "icmpl'c se · pl'c¡:;enten al mundo tan jus-d e usa n blina que OS CUrf,' clB 103 obie los a la tos y m agniwim s CCnlO valj cntes en defensa AVISO. dis l8ucia de tres pies. A pesar de e .. te pri de sus s& q';H.loS tlcrech_o_s. .... -..--..-----.---.----I--_....,.--....,,..---;:;--; mer ataque d-ci-Cl1cwi~u, puae~I~'U~S~l'c;-¡=~rT-:e~s'-::s-:u:--t--r-::a---::1-17:a::c;-~lO:;n:;-mcJlcana, o VH an( o llllS erro la 9 del corriento ha sido examinado t entativa persollal cOI\tra mí, pn es a l rojan- re,; politiGos, no me n 'gadl el úni(:o titulo y aprobado por la Facultad de medicina del dome en medio de su fuerza apo yado pOf que deseo dejar a mis lllj ·.)s : el de un buen distrito universitario del Magdalena é Istmo mi guardia, sostu\'Ímos una animada dcf(· u "a Hl ejlCJI10. el Sr. Ildefonso S'\nchez Mora, para ejercer en l'c tiraJa h asta llegar a la lin .a de cuar· Dios y libertad. la profesion de cirugía , librandosele al efee· teles, donde me preparé a la r e"istcncia. ANTO~JO LOPEZ DE SANTA ANA. lo el correspondiente titulo. Cartagena 11 En 6n, mi prese )He situacion pone fllera de Febrero de 1239. '(le mi pode ... el da r a V. E. to J os los d emls l\li actual estado me h izo omitir ¡nf 'rmar El secretario interino, de.talles .; el oficial que me ha sucedid o en a V. E. que ha V solo '25 hombres entre muer José A ngel Caldero?). el maneJo lo bara. Yo concluyo ll1anifcs· tos y hcri :lo<; tl e nuestt'a parte incluso yo, y tando a V. E. que a la cabe'u de una co· que la F él'd lda J el enemigo ha pasado de lumna tuve el honor de repeler 10$ invaso- cien IlOmbres muertos q ue q uedaron en lai Jl-eS, no obstante la ventaja que tuvieron por calle3 de la ciuda .I, y una mult itud de b cri lo inesperado del ataque, forúmuolos a re· uos. Au~ma s, muchos de los en emigos ca i3mbarcarsc a punta uc bayon('ta , y captudm yefnn t n el m i r, ( ~ ntre ellos el vite-altlli· dolos un ca ñon de a o cho sobre el mismo rante Bl\udin dt, .... qui en se so"p clu que ha muelle, el cual sera pua siempre un mon u pr l'cei lh» d e"> pufl ~ que no pu J icl'on resi :o- tir mentó del valor de nuestras tropas. Venci- (' 11 ti t: rl'a la carga de nuestra tropa á la bao .mos, 51, fuimos vielorio~os. Las armas me· yonrla. _, jicanas obtuvieron un triunfo glorioso en la T" mbien ()mití decir a V. E. que el coro plaza, en la cual quedo triunfante nuestra nel D. Hamoll Hernanu ez, que es el oficial bandera. Yo fui herido en este último en· d e mayor gradllacion, ha tomado el mando cuentro; y probablemente sera esta la últi del ej ército eo forme a la ley . ma victoria que me sera posible ofrecer 9 la Al\TONIO LOP EZ DE SANTA ANA. Fatria. . (, 5 de Diciembre de 1838.) Despues de obtenida la venganza y que Jlúeslra bandera flameaba victorio -a sobre los muros, juzgué ncccr.ario evacuar la plaza pOI' ser tota)m /:nte md'ffcnsible; r en camptimien· to de las órden es de V. E., lii ct} remover cuanta artilleria fué posible y otras municio nes de guerra, destru yendo las restantes. Be fijado la baodera mejicana sobre los cer ros a ti ro de cañon de la ciudad, y aqui se est~ln reuniendo todas las tropas de las in­mediaciones. El rencoroso enemigo ha abiCl'to un trc · mendo fuego sobre la abandonada ciudad, esperandu de este modo (cobarde como es) cubrir su ignominia. Yo no dudo por un momento del sagr;l<.Io ardor que anima a los sostenedores de la Indepeodencia nacional, que sabran conservar sin mancha liS armas -que la nacion ha puesto en sus ' manos para §U defensa. N o habia pccesidad' del ejemplo INGLA.TERRA. La cx al tacion .producida con demasiada freoue ncia ('Ilando se . agitllo reclamaciones populares, estaba tomando mucho lOcremen· to en el reino unido. Algunas reuniones del pueblo se hal¡ian celebrado en masas de es­traordinario número, y en algunos puntos habían sido seguidas de violencias y desor­denes. Entre los papeles se encuentra una proclama de la ReiIll afeandoles a sus súbdi· tos estos disturbios, invitanaoles. al sosiego y ;lluonf3standolos con el castigo de las leJes. Los temporales habian causado muchos de­sastres sobre las -co~ta5 de Inglaterra . - +- ··eee·· AVISO AL PUBLICO , y EN ESPECIAL ti los comtreianles eSlrangeros y nacionales, y. funcionarios pll,blicos de cualq,uier ramo. El que su,cribe, profesor de las lenguas inglt'slj y france~a en la Universidad de este distrito, ofl'ece , us servieios como intérprete y traductor de ellas a 105 que quieran ocu­parlc. El precio de las traducciones de cual­quier documento, carta, {) papel impreso e) uunulcrito, sera de ocho reales por cada pa. gina de 24 renglones. Ocur rase a la casa de su habitacioo, calle del antiguo colegio. Cartagena 12 de Febrero de 1839. Antonio Benedet,: ~ DE VENTA En esta ciudad el maderage, máquina,. calderas y demas pertenencias para Ull bote de vapor. Por mas informes ocur~ rase á S. 11 c. Benedeli. Imprenta de los herederos do J. A. Calvo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Fuente: Biblioteca Virtual Banco de la República Formatos de contenido: Prensa

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Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 3

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