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  • Prensa

Gazeta de Colombia - N. 250

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  • Año de publicación 30/07/1826
  • Idioma Español
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 251", -:-, 1826. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875141/), el día 2025-06-03.

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Gazeta de Colombia - N. 254

Por: | Fecha: 27/08/1826

GACETA DE COLOMBIA Fa-csímiles del N 2 54 ' B , d . d - \.../Y'.._) - ogota, om1ngo 27- e . agosto de 1826 al -&-' Bogotá, jueves 10 de ·julio de 1828 Una publicación del BANCO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA . . ..... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. PARTE OFICI.AL. LEY. CO'NTINUA LA' INTERl MPIDA 'EN EL 'NU1"1J:.RO A~Tl!:RlOR. SllBtH. l>IHlECH:.)S Dri. PAT~ fliS Art. 4. o El p:tg') n todo el me · Je d1cicml)C'e clel p1·e. en le ano, ~u lo Sll~CSÍ\'o, c:e:de pri­mer,> de ·euero u•·ione.s di1·eclas. Arl. 5 o Se form r;',in en la: ciuda­des, ' ·illas y parroquia e.Je l..i l\<'p1í_l.>h­ca gremios de los indiYiduos que e1e1·­cen una m í.; -n ;• prnfesion, oficio, arle ó imlu lria t•ompre mli1los en caut\ u11a de la · da e'sque de. i~na esta ley, l'Oll "' únic.> ohj l11 de elE"jir los cfa:-; ifü:adon's qu<" m­hre d 1 indiYiJ.u.) en l;a clase que le cor­responda, sin que p11r C'sto s~ en1_ie1Hla que la l nwJ., s1gu1enle. Los inr1 > 11 l gr mio. Pero i no hubie­re mas s contrihn yentes, s~un se previene en el articulo 5. 0 obran­do para ello solo por su prudente·ar­hitrio. Art. 9. o La colocacion de los con­tribu yerítes se hara en un solo acto por los clasificadores a ma yoria absoluta de vot.os; pero si no resultare en dicho acto la espresada mayoría, sera colo­cado el nombre del contribuyente E"n el lugar mas alto de la da.se que hubie­re ele ignado aiguno de lot'l clasificado­res: de la colocacion que e haga C'n uno 1 otro caso, no ha.l>.ra a pehu;ion ni recu{- · , o alguno. 1 Art. 10. ° Cuando los individuos de · ·ada profe ·ion, al·tes, oficio ó indus-tria, no pa ·en de , y en su defecto por el alcalde municipal, ó parroquial en el ultimo lu­gar locac.iun de su propio nombre en la clase que le.s cor1·e pon­< la; y paL·a cst.;.a C1>locacíon el jefe polí­tico; y en ~u ti •fecto e ( alcalde munic i~ ! pal, ó parn>qui •. d, tGmar:i á discrecion e!ltrc Jo uf'111 ..1~ inrli,·iduos del g1·em10 un 11t1rnern igual <.i. l do confonne á Jo ¡.u-c­veuid o en lu · al'l1C"ulos :rnterio1·es. \rt. 1 -i. 0 El alcalde muuicipal, t} parn>quial rc~cojE"r:í en el acto el l'cjist ro cu que se ha ·~a h1!tho la da. ific.tcinn, lo fir·mara, y hara firmar de los clasificres, y sacuitlo J0s n •pi :;s :..-clüvar<1 la una, la olra L.t pasarh "t"Jl;H.lor , ele las cuate .... 1111a remilid al inlendenlc •l<>I deparlamenlo, otra al a lmini.str ~ulor o enea rgado de la rcrauc!acion, y la ter­~ era l.t r eservad para .5u gobierno. El i11teucJP11le pasara a la Conladtll"Ía en que se fenecen l~s cue-11ta. del departamen­t<.> todas eslas listas que 1·e<·iba, pa ha cer. Los inlendentes ademas formaran df" todas un cuadro para quC' los guíe en lo gul>ernatl\•o de esLC" negot·iad,) . Art. • 4. 0 {;os contaclores departa­mc11Lales formaran taml>ien de todos los reji.slros. cu vas cuentas deben fenecer, otro cuadro, que remitiran al director je­nerai patentes, cuantas sean las profesiones, :.rtes, oficios, o industrias de que se orupe. Art. 16. 0 La patente de que habla esta ley es personal, y sctlo sirve al que la obtenga. No puede en consecuen­cia venderse, permutar e, ni cederse á otra persona. Mas la patente que se obtenga~ para ejercer un oficio o una indust.ria .;ualquier'1, sirve •l marido, y a la . mujer si viven juntos. A rt. r 7. 0 . Los in dividuos que for­men una oc1edad merc~mlil :;e consi­< lera ran como una sola persona para el dc1ec~.1 . d~ ejc:-cucio11 tle la p1·e~Prile ley, l1:-.pouJ1·a <-1 n'1od1) con que lo m­i entlc111 <'" dehf'n ~ ..... ir de pateu te.s a sua re:' p<'('l 1' os dcp.11·tamenlos. A1·L. 1~. ~ T11tll} el que está sujeto al dc·n~dw ÜC' patenl<:, t ienr lamln .,. el de J c 111111t'Íar a 1 .• a11loridad con1pclf'11- te ac¡u llo rz,an una i11 ' , 1elo a C'>le mismo manunales y au­londacles de l.a Hepúblic·a por aquelléJs p<'rs~>11<:1:-; sujetas éil derecho de demandaba­gan ' t " l'flo tlc-1 nl'1mcro de ~u palen1e .. La fa Ita de e:--1..a forma lin­t. tbl<> la anio11 , la nulidad del jui(·io. A rt. 2 a. = Tnda per una á quien ~e conv<·n~a de haber cubif>r·to con su n om­bre, o <·011 su patente:- el <'StaLlc1·irui­e11lo de otra para ("ludir· las dis1 osicioues de esta ley, ó el qu ejC'rza w1a μro­fesiun sin las fo1 maliderjnicio paten­te se e~tablece en Jugar de la personaJ, que fijo la Jey de r.. de setielllore del añ o 11. e sobre contriburion directa: Pn su consecuencia el semesCre que vence en junio de este año, se pagara con­forme a la citada ley, y al decreto del ejecutivo en f-je< ucion de ella. Art. 23. 0 Las muJtas que por las in• fraccio·ne bje- ¡ Palado del gobierno_ en-Begotá a 11. tos que prrjijó la Ley como 1ínicos en qu.e de mayo-de 18~6. 16. 0 -Ejec1Ílt~se-~RAN_.- debían invertirse dichos caúdates .. cisco DE .P. SANTANDEl:l.-Por S. K __ _..... jcncr?1. Pae~ tpoJ~raclo . . . .. cipa al secretario dd despacho de ha- l _ or ca ualtd~d hemos adqmrnlo este cienda con fecha ·7. de JUrúo que se ·papel, cuyo cx<_uncn nos co11duce a con~ 1 habia visto obligado a pedir p~r medio r gratular ?1 g o Lierno , por •.¡ue esta acta l t.fe las tribunales la cuenta lercr el s1 . te~a. males y faltas con mini'itni'Cion úe correos íiciúnes directas Je Ja provint:ia. de Vene:luela. ~an pc,c 1 o a <·~ar 1ec H1S 11ol •>riamente 1· l J d l l l · B-o.go_~~'• ha sido nomLra-r e legó ·.; esta capital el 'ittpitan ~:os d1:1.s d~I establecimiento de su re· senoi· An:tonio :Malo aJmi1.i,trad,,,. ' P. Maa·lorell •1 ) u;ulos c.Jc lt•t<·icrnb, , el .pth·ler ejeculi' o ha clec·ret~d<.1 de co11- formidad con la s1) lici l nd de j-uhí Lu·i1111 Lo rn~smo con el oficial de correos -señor l\'lanuel Peres. o :-.e• e11c11cu11·a t.·iléHlo ni con1pro0a- '. ;~s ón.lc11cs del g0Licn10 en que se le d J · J m:..wtl<.í 1t.·~l -<1 1.!ct<1 el ll~< ª ~u..: la tfr lu.s prclcn-d1d qs d1putapo l"lth hah<'n.;c pn>CCilidad. He.~os anunciado en otra~ gacH.as qu·e léis cuentas ntes de fa rebelion tiene su opinion. y el jen<'ral Pa<'z insiste d.e posil tar en la biLJi11. leca, nacioual do~ 1 r.n no a h razar m· ng· un p:irti d o hasta eme no e1emp ares para que cualquw.-a ciub una crisis n_r.goc:io y acabar de des~natgar ,cu- ' t·omo la actual de Vent>zuela y cid mis­alquiera ?mpresion ~esveut.ijosa . que auu ; teri? en qnf" emplear:i las diputaciones, los pueJe existir, publicarenw~ la plarulfa ! calnltlos, y las autoridades acerca del lin de léJ cue~1ta jeuP.ral de cargo y rno, puhlicad.11"'. ! μe.rdida, _j~n~ralizae eu · misi:no e1erc1to. Se llega aun á piutar al Tcrnh<>mos Ja sa1isfaccío11 Je presen­tar a la Réptíhlica Ja rcf11t ;iciou •le Jos sól/t.lo.-; fund amentos de la a <.'la dc -Va­le1. cia, ~u<'go que r ecojitlus de las res­pectiyas secretarias Jos e< m proliantes, _podamo.s coonli11arlos. E starnos muy persuas <¡u.e t.J. / t '!(fUt los ¡wrturha­dorcs d e . ¡;r t>11 t·zucfa paru 1 ustlj:icar La actual rehelion. .. E~ pHrlilo clc V c nczu~fa , d ice n,<'sfal1a afli­pdo c11 !1 l.t _ fat.sclu. l\'o de acu s~ r anto t-1 ~cn ado. al prcsi c~e 11te ,]_c .. hr fiepübEca1 éil v1ce pres.1dentc, y a los nu111, t ros de la alta corle de justit.:ia, en todos los casos ele una conduela mauifics taQ•<'nte cu nt r~ria al bien ( • ) IJe Apure no· cpnrr.cen mas d1¡11t1a d os que íos <Íf• Los cuótidus de .Achuguas y Sanjcrlllmdb,. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. '1e b Rep\thlita, (*) y 3 ios dcber~s de sus empleos, ¡, Je delitos graves conl~~ el. or­uen · social. (í\rlículo 89. tl.c la consblu~100.) . r•or qti~ 1l 0 0 s:. lL'\0 qtlt')aJO los Tcahtld?S1 f.,s cnr¡>üranoni>s y el pnehlo de '\ enc~nela dur:ln'c rin"o aii1>S hier,:io del 1ene­ral SANTA:~nEa. en cuyo periodo se han x·elv1ido cuatro congt·rsos ·~ , 'rovantado la ..-oz· p<1ri1 refrc:iar cstns escf'sos? • J.a l!he_rtapo:-.1tanu · de !.i autoridad' ptíl:>l.ica con la rnuderaciou y r<'SRClo' del1id1ls, c11 ningun tiempo erá iru­pi> did~ ni limitacb. (\rtícülo 15¡. dt: la cons titncion .) ¿ Po·r q ne . no ~an reclamado los venezolanos ante d c1ecut1vo, ante el con­greso, ó ante la opinion púulica contra. las infracciones Je ley comctilicada en 1822. admitida solemnemente por, los pn~hlos que suce¡Ívamente se fue­ron 1ihettin cdn­lradicc1on, reclamada constantemente su oh­s~ rvancia y r:itificada del modo el püe­blo eo1omLiano es el único que tiene poder sohrc_sus propias le_res, sinfalU\rá. las e:>ti ­pulac1oues eu qu(! fibremcnte hubiere con­venido, puNJue solo de la masa jeneral de un estado puede emanar este acto tan in­teresante. Enumeracion de las .z'rifracc/.Ohf's de la. con.>li.tw:ion cometidas en ·¡;--cnezw:la con motivo de la rebeiion de p al¡¿m:ia, a cuyo frente se encue.'ltra el jenn·ai ./Jaez. Nada importa a la nacion que el jeue­ral Paez tenga Ó· deje de tener que­jas del congreso y del vicepr~sidente de la H.epublica menos qm·· este 6Ca su amigo o su cgemig:1i ni que tuviese ó no ¡?arte en la acusacion promovida pór la camara de representantes y -aI jeoe­ra1 1'acz y los p<'rt~irbad~r7> •le Val"n.C'Ía y Caracas l~ hruo uarion:il. El . art_ículo 10. prohi~e af pu,.J,lo ejrrcer por ~ , 1rns1110 otras func1ont>s de la s 1hera11ía fuera de las elccciuurs primaria:;; y en \"e­u~ zucla . s~ h_a vío:enlne­ral P11¡.;andu aJ mti:ndcote oí eje~ 1 e uta rl:1~ . Refutacioo:- en cualquier tiPmpo en que las dos tercc:·as partes de <:<~,Ja nna dt> las cawa,.as juzguen 1:onveniente la rºcfo,rina d.- algunos ar­tículos de «>sta constitucitm', podra el con.:.. g:-eso propon«>rla para que de nuevo se tome en consideracion, cuando se haya r<·nuvadu p1;r lo menos Ja UJitad de lós mi(•mbros ele 1:-ts camaras qu<' propu,si«>ron Ja reforma y si en­tonces fuera taCJlhien ratificada por los clo t<'r­cios de cada nna, procediendose con las forma­lidades prcscrÍlas .en la se, eion t.~ del t1tulc., 4. 0 será vJl~d.1 y hará parte dr la consliturion. (Articnlo 190.de la constitnrion) ¿Si hao sido· tan nrjentes los deseos dd pnt>blo vt>ne­: zolano de ml'jorar de conclic10ii, harirnrlo :algunas reformas conslitucion:*lcs ¿ Pur que no las bao propuesto sus d1p11tados e~ fas cnatro sesiones pr bs autorida1les y por •·I mismo jPn •ral Pac·z, ralificaamente, formando tnmul· tos, recurriendo á corpur.aciones desuudas de autGnda.ii distrayendo la . fucrz;t ar111ada de los o~jetos de su instituto, amen :lUf,-.r\dad y fdcul•adcs de.;co111Kidas en nu <'stra lejislac.ion fundamental. .Esta es la t.:u - «>.slion import :mte y única que comp<'le a La nacion. Todo lo demas son· puras prr­sonalidatles. ¿ Penuite y con icnte la nar·iou qne un jene1·al , levante la yoz, pida reformas r y desohed~sc.a su gt>bierno? Pues no «>sperr . Colombia La:o ne nin~ur. sistema ·orileo n1 respeto á stis le~~s. Cualquiera militu des· contento, ó que se crPa of«>n1lic111 tjcne de­rrcho de alzars!! y de seducir a lo. ~)11('..,­Mos pa,dficns para que le s lSt~ngan. El mas f.m~rt~ ó atrcvi que se' tulcrc <'l alzamiento, s. la constituciop franquea los r los actos del temor. 1 El lo - 1íialcs efe Y«>nezu.<'la. Refntaci nn:-Cu~rn do ya libre toda o J;. ma~· or parte de ' la i\epi1L1ic I ( como ahora Jo esta ) y ia autoriza~a para examinarla <Í 1•cf. :rmarla en su tolali­ditd. {Articuf<; 191. de la conslitucion) No han pasado m as tJUC inco ,<1ííos de los diez prefijado ·, y noa insun .. f'ccion militar, cnyo o,-ijetl' es la infracc:iou de la misma rníl-'titu cion,y la impunidadJ~ faltas mas o cneuos gra · ves,uo e.s el modo racjonal de prcparscntantes (*) Note~ r¡ur dire, bien de Ja RepÚbtica, y-no de un deportvmcuto, ni de 1111r1 1Jru,·i1ú'Ía m de una clase de ciudadanos. Si los 1 1. bpartamrnw ~rp~rt:ihan al¡pm l. .:en 1 de unú ley ti ordrn p rr­¡ udictal pn·ra Vcne.z11r a, la ra.::.on , la c.'JJlslitw:iun y el dered10 político la uuwrizabau y justificaban. Para poner de manifiesto al pueblo de Colombia, y á todo el mundo I~ mostruo­sidad del mo-yirniento de Valencia, y la cri­minal <'onduc_ta del jeneral Paez, vamos a • rccorilar· los actlculos de nn<'stra sagrada C6nstitucion que se han infri.njido del mupartamctito de Ve­ ·nezuela del cuerpo nacional. El articulo 4. 0 di ide el "icrcicio del po­der supremo n· cional en lcjislatiYo, cj"Cll· tivo y judicial, y el jeneral Paez cjerc•~ eri Venezuela un poder que no .-s ninguno de los tres anteri1 res ni emana d<.' Pilos. El articulo 5. 0 designa los lími te~ de) territorio de Colombia, y f>l jencral Paez los ba variado desde que de h"cho ha noá.do la autoridad del congreso y "del eje-el clNecho de ~omhrar sus electores, y ,.n Venezurla se cslm1 nomL~ando diputados de c~nlouc>s f"ªr~ que sanc1onf'n IA insurrec­c1on pr?mº':''•.la p1•r cuatro ntos. ~ ~·s d1spr ~s1c10nes ra'lo contra lo clis?" pur~to en eJ artícnfó 3o. como sncede en Vr.n<'zuela, es uua viulacion de la consti- · 1m:iou. . A:1Pg::tndose P?r Tos P"rtnrbadores para Jnstift1 ar la nl>clion, la rcdeccion clel vir('­p_ rPs1Jen~, ~~ ha desechado y dcscono. ·1du . la. faculLad nfe de la llepuhhca que les atnlm;c P) articnlo 31 Et arllc11\.o 46. d;\ al poder <'jPc11t1vo cÍ ~necho de. sarn..:1onar Jas le) Ps, y ha~1icnd o ¡ur&!ner ha dado. El artirnlo 4~. c1 rrc Ja misma su"rte por ign 1 h~s razones. .El artíc.:ulo SS. detalla las fonrioncs del con~r<'so contra las cu:.Jt>s. <'s'á prot<'tt!endo e! JCneral Pacz por rni>dto de la t1snrpa­cion esc~n<~;,i.J..sa qn<' ha hrcho: <'•1 fi :a los ~as tos p1:1hliros de su n11f'va adn~inistrt1 c Í on rsta bl<'te iwp11c tos y c1 n trihu<"ionf's, :-on­trac deudas pú'·.lica-, mans uduus. cnn­cede prcm1os1 di.;crcta la conscridun del ejer- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. cito, y de termina la'fuerza,y forma,ttglamen­to:. p.-ra la mili cia nacional; decreta la guerra cc~ntra la parte. fie~ d.e la Repúbli(·a, .)'. ~ja lo:. limites del ternM>r10 msurredo, pt>rm1tll'ndo, y lo qu•· es peor promovit·ndo, la segrega­cion de untones tle las pruvinci~s lt>gales. El arLiculo 56 solo permite el castigo de l?s rnit>mbros d•·l cougreso ~or su r~sp ec tiva camara en el modo allí prescrito, ) el j('D('ral P aez ha dado urden de enviar a Valen~ia .-ualqui('ra diputado del wngres6 c:¡n<' llt·gue a Guadualito, con cuya provisp1msabiliu~d por sus opiniones a los miemb1·os del t.:uerpo lej:slativo. Los artículos 73 y ?f> prrfijan el modo de proceder cuando no ha re.sultado eleccion popular por el. pr~sidente y vic.cpresidente ~ y de• lara const1tucwnal 'lá eleccion que re-· sultare por lós votos de las dos terceras par­ ·tes c.lel C•mgreso: habiéndose verificado en - los mismos términos la ree\eccion del vi­~<' pre. ideute contra la cual protestan los fa· ciosos, la constitucion resulta violada y $in· efecto en esta parte. EJ articulo 90 manda á Ja camara de re­pres1•, 1tantes que acuse ante . el senado los emplearlos pur desempt'ñPn mal sus funcio- 11es, y bahiendt1se burlado el jeneral Pa<·z de la acusa.cion intentada contra el por la dicha .c1unara ha violado esta regla que •·s una tle Jaa. mas prccios:.s garantías de la Ji­bertarl de los Uurladan,1s. Lo mismo ha hecho con Pl artículo 97 c:¡ne pt•1·mite al seuad1l al ~f' nado pueda instruir ,,1 proceso, y fa qne ha Dl.m1Lra: el 113. ll ama al p1·esid<'nl<' cfo lt-t R .· ·1t'thlica, y t>n su caso al vi cepresidenl <' · (t'o!IDO <1h:1 ra) j<'fr d" la adminislrac..:iun je· vc1·;- l, y P a<'Z taml iien e jefe de la admi ni., lrac-i• n :-;uprem a d<' un dPpartarn ('nto: ~• 1 1 .f le manda que promulgue ) mand<· cu1. ·plir las leyes, dc1Ti't11s \ t>Sl<1tut 11s dC'l cnng•·t>so, y f'll V1 · n~zu ela st· ha lon1é1<.lo csla facul tad E>l j"n <'rnl Pal'z: t>I 1 1 7 1<' da t> I n1:?1.1+a, y P al'z d;rjje , n1~ n d.-1 con independcm·ia del e:e< utivo la:> fu,•:·zas terrrslres ' iúarítimas de Veu<'zn cla por t>l articulo 1 2 1 se nqnicrC' la inter\"en ­ciw1 dd st>nado t>n la con• esi11n de gl'ados militares supE>riori·s, y •P~er v ados por .. ley a otra autori d~d, y Paez se ha subrogado f'n Ven<'zu c ~a '1to~enta } esc: a n.rPmo tribunal ele la R" pül lica. y Paf'z .ha p ropeonizuel'1 no se rec11nosca otra ;iutl•ridas, } Paez h :i fccto f'Sla af ·j hucion: por el 1 So Venezuela es 1111 de p::irtamPnto pert•·n cic·nle a C11lombia, \ P.aez Jo h'l sf>grt>1-taO un denarfndent<', y <'fl VenezuC'Ía se en­cuentra un ·¡efe civil }' flllFtar indeprns ele compruhar los agravios. Cu;1lquicra olra p!'c- ~1vos cabildos se les ha obligado a no de manera de procedrr suu n1eros lug;ircs co· pender sino del jefe civil y militar: por el muucs, desahtJgos d<>l descontento, j é\ ;·gu-' 166 nadit> puede ser jpzgado p or comisio mcntus d1• pertnrbaclores, sin r1ue sirva de nes <'speciales, y deslla, ~iglo pasado escri i1Ío una dC' su~ mas <'sce- <'S ·pr11nunciado por comision especial; por lcutes oLras se sabe: q•Je el t>Stélbl ... cimicnto t>l 1 67 nadie puede ser juzgado y m·urho. ner su rebelivn y ganarse el eifrcito, er, n )U- congi·cso r<'so Yf'r cna qmera uda que ocurra , ·, . . sob1·1· la intelij"nria d<' la constitncion, tamos a sus ce111zas. ~ue' e nuc.stra en Val<'ncia unas pocas personas se han ar~ 1¡ p~uma el pesar que senlun1:s ~on ly pe r­rwrado esta facultad en orden :í la rcnnionde i. 1'111ar I· rica, y s 11 no de l · " qnc • io de las ley<'s; ultimamentc por d articulo c o_n mas ~alor n tu\ 1e r o 11 en los <:11n· 191. st:lo despue~ de _di<'?- aí'i\is cJe ensayo ~eJOS .nac:o~ales nues tro d C' 1 '~ f~ln<'znda están n unca pen licí t' l seli01· And c r, 0 11 o r asion <'D'lp<'iiado~ en precipitar <'Sl<.! · periodo, ame- ni11g11na tic pro mo' cr en aque l los n11cs.- n:1zance t·cJ.e cerca a csled1gno am1- lito'> c·ometia1t·:m<'nlo ile Ja R epúlilic<1, solo t.11!uo mostrar las ' u ·lu al jnicio rar Ja cond1c1on s los en e fica c~rre-los queq111eran ~laysr por retados.a que prP - ra. Los E lados Unidos hao perdido ·; Pn~<'n d~ra y d1sti1?tament<' en una lista se - un buen potriota: la Am t~ rica un ilus-nl<' J_ante a ~a ant~n ir, bs faltas qup ~a co trado amigo, y el jenl'ro humano un 1ne!1do el v1 ~<'pres1denl e d e_ !a R~pub}11;a en fü ·me abogado. o h emos de hal>lar de cahd :.l·~ neral su caracter privado: en mil o<.:asil)nes he- "º od10 d~} pnrJ,lo V<'IlPZ•lhno O de cu aJ- d • U r J } qniera otro de los que cni:nponen lo~ doce mos a ~.ira o sus c~~1a •.< .. ª( es, como esp.o-rJ .... partamentns n artículo por órl ículo, compar nlo con los decretos, or denes y providencias dictadas por el vice Imp. de lYianuel M. Pt'llt:r Calderon ~) Con.'>idr.r. sohn· los c1111sa." dt• la gran­dP:. n de los romanos y su decm/r11da por Montcsquif'u. · · ~Vcasf el supkmrntv ... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SU Pl4' EME NTO ALA. GACETA. DE COt.OMBIA NUM. 2.S~ <>FlCIAL. 'SOBRE LOS SUCESOS DE VENEZUELA. El capitan Francisco l\fontufar qu~ ha. llegado de Quilo lá m•c:he del 24,. del corriente ha traido el sigúiente oficio. Repúhlica de Colom.bia.-Muniripalida4 de la ht>­~ merifa rapilDl de Quit,u, á 19. dP. jul/'o de 18:?6-·16. Al esrmo. sr. vicepresidente de la rcpuhlica de Colombia. Escmo. sr.- La ruidosa desorganizaC'Íon ­R1rtolomé Donoso. :l\'hnuel Lop('"7, y .E.sc0Lar.­Mig11t• I \lal1\onado .Y Le'?n. -lgn ide.-1\'lanm•' r, .. rnoo. · C lemeltte P•rnce. - lg­na io Veintemii!a.-J 1se Valdivje:;o.-:-Pedro :Manuel Quiiivucs, secretario municipal. ESTRACTOS.-ACTA DE ll.\RJNA.S~ La munic:ipafülad de lhrinas, compuesta d~ los sres. jt·Ít! politir.n municip:>I Fr:.1nr.isco de Cclis, alcalde 2 . 0 J<\Sé .\utnnio Balito, r. Q. en 1lt•posito R.~acl l\'lora, ele_ los mm;_~<· ipales :Francisco Qumoncs y Franc1. en J hauez, Jel síruliro R a fael .l\rl~eln~. y co11 asistenci<.t de los señores intendeute, comandante jc.>ncr:il del departamento, juez tie leitas, empleal oh ieto ele tratar sobre los aconlet'imientos oc11rri1los en V.1lenria el 27 . ~ 3o. el~ abíil úlhtno, á conserittwcia tle la invitacion que hicier'm A a dh iriese al sisteroi\ de V f'nezneh, v h • hiét1n el d;: -;t i:· ·.~ .IP. com..ln ­dante je11t:ra.l de aquel dc¡.>artauH!Ulo: que Ja DOMTNGO 27. DE AGOSTO DE i82&---16. municipalidad cree que las providencias adop­tadas por las de Caracas y Valencia, han sido sujeridas por la prudencia, por la poJitica, y vor el deseo de cortar males terriLles': que -el pueblo de Barinas sin separarse de la cons­tit ucion, ofre~e a amb-as municipalidades que no se interrumpiran las relaciones· de aquelJos cle­p:: ictamento.s, y le protesta paz y amistad: que la rnunic.ipaljdad suplicara a la autoridad su­prema y le manifestara la -necesidad de que se anticipe la reun1on ae la gran convencion, y que iuteresará tambien al sup~emo gobierno para que mire las medidas que han provocado estos movimientos como dictadas por eJ deseo de procurar d bien y la prosperidad vública. ACTA DE GUAN.A.RE. ~n 1á. ciudatl ne Guanat"e a 26. (Je junio dé este año se r euí1ieron los sres. que componen la municipalidati rle :tqueJla ciudad, que lo son el alcalde 1. 0 rmmic-i~al, jefe politico interino Ramon Oraa, el 2 ·. o Pablo Rivera, y los mu­niciv:: ates Calísto Remisi, · R:lfael Gafarr,.ga, sindico procuraclor jeneral Francisco Velasro, E!eu1eriu Escobar y R amon J.\ilaotilla; y h;.t1i , . .-n n Palma, Raml)o Sain:lra, Nepomuceno lher ncln1le7. y Miguel N ,tva1·ro, y el sioilico muni cipal Peltro José C :unpin, se reuuio eo sesion est r~ ordioaria el 9. de julio je~utó inn1ediat;1mecte, y luego (flle ·fueron reunidas re!'ol~ieron que ron i·11sercion de la esposicion del sh1dico mu. .. nicipal, de Ja acta (le aquel dia, J de la celt:hrada, en el anterio.r, se reprt-sente al poder ejecutive manifesta:ndole, que ya se cree Ue.gado el caso de que pc.r medi~ del congresu se proceda a la instalacion de la ·gran co1:1vencion de Co· fombia, como unica que .puede salvarnos del naufrajio a que se considera espuesta la Re­publ- i,-a. ACTA DE LA MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL. El 6 de julio l'é reünio la .munici~alidad rle Guay:iquil presidida dd sr. re1.eral in~enderu.e .fua 1. Paz riel Cas1i1lo y cumpul!S a de Jos s.rt:s. J~sttLau ... ••' <:é . \ma.•o·r~ J,.se Mosqoera, Juan Palilo .1\.lo1·eno. l\'larmel Mari ,t Mombla r- e, J ~n ,cío Gal1:rio, ..,ose_ } ~! is Aguirre, :Mauuel M:.tnsc :.l, Ju.-n Autt'lao (.;ahre ra, lHanuel Pa­n~. tes; F rancisro Ma.ri.1 ¡. 1·ia-" y. Ait·jdurlro .Au­tcmio Lopez ron. ·1s\sten1·ia "•" ,_ .. · je_... •·w::il 1le ma1 iu.• ,~uan 8'ling101, y un t.:ran unn,ern cJe ciu. ad.u1os; , h .1bleu.lo perorado t.<1nto el <:r. jefe mutJi~ip~ I. comt~ el ~~- j1:11er; ! iueloflt"ute m~ nife-staodo las educas •:1rrt.i-ta11c·1;.s t'n q 11e nos haliam .. os imr e l 1no~·i mÍt>'1'º que \' <'flt'Ztlt'fa ha hecho hácia Pl sislem;.. feia, tom<>ron eu ::-er> •11 •l ca la pabhra v.:irios indivi•ltios que disculierqn 1 .. materia, de lo qu~ . resulto que se ~cor~ase: primero, que se eute. qa~ el oh:eto ite fa coor.urrenci.i er-1 d ite illstruir ~I púhlicó ilcl contenitlo E'Ií la ciudad de l\ilaracaibo se reunieron en nlerule de I:;~ r ,1zoncs en que el pnehlo ,1ui­suprcmo poner jPt:utivo se reuna la gran coa- 1 tl'ño s<> ha fu ndildP. y de rAificarlc su rons­vcncion n .. cional para evitar Ja guerra t.ame obc;diencia al gobjerno y sumision a la Jey. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. COl\ltTNICACION DEJ ... INTENDENTE oE L On .:. ~oco -" L JENERA L P ARZ. F..rpúhlú:n rlr G1/om birz.- lnk11dr11da. drl df'par-: tumn1:'fl de Or!1wcu- Ounami. juuiu xj. de 182 (.i. 1G.0 - .LV.'1 !!1. A S. E. el jeneral en jefe benc.-mérilo .Tose A. Pan~.- Como el cscelt>ntisimo i.ciio.r c o:n.·n.lanle jeocr;il etc esle r.sua•lido que La propol'iciou S• ·l..i d~ iaJ1 :1• a d.-heres tao sag1·0.Jos. hiere aqudl.t cic :i cadt-ia y puudouor inseparable del hc1rult1 " hour aclo; pero prescindiendo ele estas co11si­dcraciones entraré á c-unlestar soLre d a sunto principal. Afirma al prirwipio : que la acusa<" ion que conr.-a \. E. se s1rvio at\u1itír la camar.t ases det .• llaJas en la constilucioo, era inc:\paz de promover h dir.ha y felicidad jeneral, y a h..ablarmé en tcrminos los uaa.s .-spHcitt•:s, de t:rrort~s, d.: p crson ... li<1a cit-(lanientc tfue V . !':. haya p l•dirlo de.lucir de aquel a oler.edente CGflSt! (':tl!ll Ci a~ lc!O inCOiH!XdS y cs lripelfdas, y ad­n1 ira w ucho mr una ma­Do enemig:\ o por pasioués del momento, ha clehido ser adoplada con tod_ ~irc uusperci­on, a tendiA"D DE consejos y sujcstiones funestas, ajenas de la ti lH o .raPo~. pro,·ion- 1; sr. secrcla rio de est11do d el rlespac.ho clel interior Je c:.tá ese derecho, esa ley, o por mejor ; . :i 9. dcJ pro::imo pa ~ aierno no 1 rase a los E LA MUN lCI P .'1.LIDAD OF.L Soconnoa "erificar aquel lrastorno. ¿Donde iria .a p3- ¡: r ar la libertad .de Colombia si UD jeucr.11 a Sr. gobernador de b p ro vincia.- E ta munici­p..; lidad ha visto el d ecreto del su1·1·cmo poder ejecúli vo en Ja ctmmni(·acion circular Je V. S. de 1. 0 del corri ~ Dlt' bajo el nurn . J8. y junta­m ente se halla Ím[iuesta del manifiesto que se ha acor•lado para pá lcnliz:ir :os acuntecimiento.:1 alarmantes r'ganizan­do d 111ci1la esta munit·ipa­lid:. •' .!e las lwr:eficas rli sposiciones del poder ejt·cutivo par'.l conscr ;·ar, mejorar y conducir a (a perfocctou V feliC'id ad lodo lo estensivo de ¡ Colt,mhia; y proiesta este cuerpo muuicipal con 1 : Jor. put·blos lle su rauton someler :i todo transe I! Ja rou:•ri:ucion, las le) es, y todo lo respet.1Lle I ; del gohiern~~ c.omo . s~t·mpre se ha manifeslado ; con el eneri1co es¡ •ir1tu Je este 1mcbJo. Dios i! guanle á '\. S.- .JoJquin V l·ga.- Juan de Dios I; Mc·jia. R amon Gom<.-z. Rafael Az.ucro. -José l\hria l !1·ibe 1':H era.- Niculas Percira.-José ¡ Anlouio Oses.-Francisco Javier llonafort. OTRO DE LA DE JSANJ I L. to mismo hara conocer á V. E. Jos cleseos de esies h;¡bi tantt's, y me d:i seguridatl para afirmar, que las maniobras que se proyec·leil coutra aquel orden rayan en lo imposihle. El desempeño de mis obligaciones publicas me imponen tambien el deber de . persua nuestro sagrado codigo en doncle h c.·mos hallado tantos bienes. La mu­nicipali. 1lad se toma la satisfaccion de poner e11 couocimiento de V. S. estos sentimienlos en coutest. cion al man ifiesto que el supremo go­l1ierno ha dado, y p.1ra Jos fines convenieut.es.­Dios guarde á V. S.- S :1la municipal.- Sanjil 8. · crecia o a:niinados del espiritu de odio, in­triga y venganza, a esa. éspa.da de dos ti.los que trata de dividirnos, pues c.uanto mas al·· duos son los negocios tanto mas facil e& e\ engaño, y tanto mas dispuestos eslan los hombres a las arterias de los malos. Todo lo que digo a V. E. para su inteli­iencia y en contestacioo a su ofic io.- Dios gu­arde á V. E.-Francisco Navar M.aiz, - - - ·==-;=· -- ·- - - ·=---, l MP. DE. MAl"ltiEL M. V lLL.fJl-CALDERON. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Gazeta de Colombia - N. 254

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Gazeta de Colombia - N. 255

Por: | Fecha: 03/09/1826

·-------------· ,. ................ . f GACETA DE COLO~IBIA .. . 1 ~~......,_"""'_ .. ---~~...,~~~~ N. 2 55_ BoGOTA. - DoMINGO 3:oE SETIDIBaE DE 1826. - 16. TlUMESTRE 21 I ·- "",__"'-~~~~~~~·~"-~~/"Q,.~~ Esta gaceta sale lo; domingos. Se :JUfcrihe d ella e~t lf!s ~ El ~ditor J.irijira '?s núms. por los correos a las suscritores ji administraciones de ·correos de las. capitales de provincia. fÍ y a los de esta ciudad. cu,,·r:s suscririones recibe elciudada- S 1 La suscricion anual vale 1 o. ps . .5 la del semestre r 20 reales DI no R•f ael Flores, e'! su tiendo de ta calle 1. del comercio núm. , .. . la del trimestre. U 6. se les llevaran a sus Ct'lSllS de hahitacion. En la ·misma tienda se venden los nums. sueltos a 2 reales. -----------------------------------·=· PARTE OFICI.AL. &p1lblica de Colombfa-Sectetaría de ! e5ú;lJo del desp_acho !1-e ·[a guer¡-a-~ec- l · ci"on Central-Palacio del gobierno de 1 Bogota a io de 7unt0 de 1826.-16. 0 I .Al sr. jeneral en jeje .lose A. Paez. : Por diferentes conductos han llegado ! 4 noticia del poder ejecuti~o los suc.:e- 1 sos de Valencia del 29. y .lo. de abril, • -.:011 motivo de la suspensioo decreta- ¡ da ~on.tra V .. S. por el senado. de la 1 Repubhca y e1ecutada. ~or el gó~1~rno, ¡· aμnque no se ha rec1hld·o c~m?mcaci-, etn alguna de esa comandancia 1 eneral~ ¡ eomo era regular. Acab .. ba yo de dar • uenta al p<>der, ejecuti':o de la car!a · tJe V. S del 29. de abril, en que sm 1 desmentir la subordinacion a las ·~yes y al gonierno, que h:t mosn·aJ.o V. S, eo el ré)imen actual. ofrec\:i entregar el marido a su sucesor inmec.liatamen­te que el llegase al c':1a.rlel j_eneral; y aral>aba tamhiet1 de recibir el escelentl· simo sr vicepresidente una car~a par­ticulat' de V. S. en que le mamfesta~ la confiai)za conque sufriría ~l juiciQ del senadn, que esperaba le seria favo­rable. E-stos pasos habian complacido aJt:tmeitle al gobierno y . al -respeta­l>! e público de esta capital: porq~e descuhrian en V. S. el fondo de obed.1- eu('.ia de que V. S. se ha gloriado di­ferentes vcses; veia comvr1>bada.s las. prote~tas qlle V. S. bdbia. hecho a los e.nemigos, a los pueblos y a la~ ~ropas de su mando, de que sus sacrific10s no t~nian otro objeto que el bien jeneral, e,J establecimiento de las leyes y la de- , bida surnision á las autoridades eleji- 1 das por la nacionl; y se promPtia en 1 fin, ver coronado á V. S. de una glo- : ria mas !-r un juicit >, en que todas las glorias ; militares se sacrifica!lan a las ins1ituci- ; Qnes que la Reptíblica libremente se 1 ha dado, que V. S . ha juradó sostener, y que son la honra y el timbre de t o.l \J los cnlombiJnos. Pero no sa- 1 h1 ~ e:plical" a V S el asombro del g~1 \ •Íern 0 y de todo los buenos ciuda- ; d ·1. ·?0s, al ' ·er qne V. S. se ha presta- · do a obe(lccer el acl-0 de una rd~n constitucional; pudiendo tamb1en md1carle las demas provi­dencias que estime V. S. convenientes, deben emanar del gobierno. para lo­grar fa paz interior y la conservaciva del réjimeo políti<;o--V. s~ debe COl.P­tar con la firmesa y eneriia del gobi­ernQ, y con l()s abundante~ médios de que puede felismente disponer par-a s~stefl~T el. orden pú,~~ico, Ja tranqui.­hdad mte:r10r, el retimen C$lablecide y sancionado pul' toda la naciou, y {.. awd-ku~~ ~ ·la., él~&.va 1'1.ulQ supn:- ma~; pero si el ~b1erno por si n<> tUVJO.-a estos aus1hos, Je baStaria Ja o·pinion p1i1btica jeneral que condena to~a insurreccion, la opinion de los mismos departamentos de la antigua Venezuela, y la opinioo del puehio del departamento en que V. S se alla que cansado de guerra y de disturbio~ de~ ~petecer el reposo y la paz in­terior para gozar tranquilamente del !ruto de sus sacrificios-Dios guarde a V. S Carlos Soúblet111. B.epü/Jlica de Colombia)- Jo.se Antonio Pue~, jefe civíl y mili.lar de P en,e .. z~la.- ~"'!'rtel Jn!er~L de Caracas a di. de ¡ulio de 18;&6~- 16. ~ .Al s1. s~cretari.o de e1eado del Jespaelw de la Guerra. Enterad o de la nottt o.fitial de V ~S. de 10. de .junio último, veo por ella ·que el gobierno aun no se hallaba bieo ~netrado del verdadero ca~cter de los su~os d~ "Valencia del 29. y 3o. de abnl. Esto no es e&traño~ atendida · la distancia que media entre la capital de la R~pública y Venezuela.; pero a esta fecha habra ya recibido &.E. el vicepresidente mi comunicacion de 2g. de.mayo, por la cual doy esacta cuenta de los acontecimientos, de haber cal­mado la ~~s~encia de los puebJos; y de la tranqu1bdad en que permane. ~n este de.partamento y el de Apure intimameo.te ligados en la tausa de las r.eformas. Permitame V.S. ob­servar, que no sera posible marchar de aa.v.'9 m JM-ifieaa, .si H pone.. espeti,U Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ~mpeno en juzgar de los trasto~os rar en el ca 0. Del diferente modo re .la confusion de ii desde Jurgo que no babia mé.Jio mas proulo y ..efirnz par.a atajar sus pr.ogr<'sos, que.rea­sumir la autorieza de los . . pueblos. y puedo lisonjearme que el hito ha JUStificaien iulelijible. No,·ecnctra-sen hasta el fphicrno, y este putljc!\e dictar sus provitlencias. Vcaf\e aqui otro de Jos motivos. mas fuertes del jenerat de53grad') ngo La mayor complaceucia Pn pres­tanne á inro cscnci3ra la gran conn·ncion. Pcul:ca, y no es de esperar de la p.-udencia y fabidm·ia Jd ~obicrnc, que por nna re· siste1~cia poco fundada c¡ni<'ra t n1er so­bre toda la n:icicn Jos h o rrores y ca­lamidades de la guerra (·i,·il. Si una conslilucion imptTfcct<1 nos ha hecho .algunos bienes, ol na m<1s conforme y an l:J p:iz interi­or y ma11t·( 11~:.in en socict;o I;& Jkpú_ Llica. .l\'li aywl:mlc de c;impo , kni_ ente coronel gnuluado Pcch-o Mé11°h1_ i·eH, CjUC ''ª CflCéJrgado }J OJ" rn i el .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. poner esta nota en m:mos de V, S. y cp1c l1a sido lesligo pi· ·sencial s q ue m1a11imcmcnt.c han proclama­< lo, y que nu rld~ .... l~ infratorcs d er cj " c11IÍ \'O en nso de la facn\­tad r¡uc le da 1:1 t.:onstÍll'l cÍon, y previo t ro juez de la corle ,¡ ju.:.ticia 1 ~-; propi;e.slos por la alta corle de 1ust1 c1a ~" pr1111eros h.rg ... rcs. El intcndentP. de este departamento pre­via la propuesta rcsp<> ctiva, ha nombrado l>ara cnl<·dor de los r<111ws de am.1tacion de 1Ípdt>,·:is, v p~1prt scllad:1 l'll el canton de Bvgot;í a José Ccsareo Olea. ALTA Cf)l\TE DE JUSTICIA. GACETA DE COLOl\fBIA. 2 ° El absurdo de dar a las muni­cipalidades un 01·ijen mas popular y mas directo que el que tienen Jos le- ¡ jítimos y verdaios gu .. arde a v. s. hI ar/in llafocl Clavija. Ja nacion. ¿No se deja ver cierta re- I' p l pugnancia, en que ios representantes de arte 1~~o O L:lCl·a toda la Repúblic:a sean elejidos por el ¡' 1 i ~ / l j intermedio de electores, y <¡uc los 1·e-presentantes de un canton lo sean in 1,JUN IC IPALIDADES. mclica en un caos de desgracias y de ¡ haber cst:rito el ejectifü·o esta nota, c•sta­anarquia. ! mos recoji(ndo el amargo fruto de la tcn- Las leyes en prevcerlo todo, y e- 1 s 1om n es, no c mo e iet an set' 1 La de Valencia ha sido la prinu·nl qu ~ rn sino como realmente son. 1 3 ), de abril último se crijió en l•f.si:utu, Tenga f!1U y presente el congr.~so ' alteró la constilucion y cHó Ja ¡H·ifltt••:.. p11 que un caLildo en Caracas, cuyo 01"1¡cn i í'iafada al réjimen político. orno t•l l1 l emanaba del nombramiento que lijzo 1 ~jempl_o '!S contajioso, y la fucrz.a ~1nn :11 l.t el vicepresil:étdo COI,' ~rreglo a la cons_htu- municipahdad<'s de V cncznela rle l1cc:hu r orn-c10n. Y s1 fuera h~•l? alegai· mas. CJCffi- peo . la u1 1iun de Colombia y se pr<'scutan pla1·es, yo uenunc1ar1a Jos IDCIBCJOS SC- en IU!'llfrt' CC!un; las del dc-p~11·taml'nlo de cretos ·Je otros cabils coul1·a el J'J;1t11rin se oponen tl'nas1ncule ¡, la t•tm 01·den y tranquilitlad ptÍblica. Tcu- d1u:la ilq;al de :\qu<:llas; la prC's¡1, que p~r~ c\·1t:tr la guerra ~1nl tlt-be En fo ciud:ul de Ilogot'a :$ 28. clias del m~s ñores mi- l · l I ~e 1>anuas, G11an:11·c y O .;:p1no ofrcn?n nistros C'rsc rC'ciLido 1111:\ c¡ucja cli ijida á c.te~u- LJo, que el qu~ LI~nen los u~nco.s _y,e1·- · Sur, Ja , y en alendou it r1ue no es el so una reforma en el arlfrulo : f«>nsa contra los preparativos- de los cnc­~ rimer ctlso de esta nalurnlez~ que ha oct~r- Nos ha costado mitchos sacn'Gcio; mig~ en Cu La, desea. que ~e acelere_ la rHJo, y a r llevar los prmt;1p1- i por la de Gt1a}'aquil se adl•iere :i sus vo­~ stc ;tcuerLm pimer p<'rsonas, con ~o- ue no el ue ·tal yez sin remedio no~ ! tituc~on ;_ las del ~?cor~o y Sanjil ofrecen cfoT v f'sprnsa.: q11e adelanten sus nt•gccaos q . t q · d h 1. s ncccsan. os-u_,r . arrepm amos .. e l au~r a o. actua - b"1 erno. ¿ )"''u t!d e ,·er¡c t1na d1' vcrJ· ctu·1• a lT1a- A=ul'ro-:lr. Re.~trrpo-re1¡rara Cue1Jas -dr. m~!1te un ensanc ~e. m~y cslenso al 1 yor rapre i:~1icitudes de reformas, ~iempre las mruticipalidnde.'f fiu•sr.n nombrad.as . '-onvocatunas d~. co!wenc1on~s, y s1c;mpre ¡ bl · ·· E t Popayan .5. de agoslo de 1826.- 1 b. e 1 ;lelas de munic1palufades, insnrrccc10ucs, 110.r '!-". fl.Sflln r.~.Js pnmana.<;. • s ª anunuia y •..•. tras de todo esto ESPA-disp;> su...·1?n /ue nb¡et.ada 1 pojr edl fiOhiemo .Al señor sr.cretnrio de estado y del rlespn- ,1 NO LES. en ios f.n·rnmos Y por 0~. un ª"!rn'los ello ·del Ítlleríor. En nnc~tra hu~lil~ ~ op1mon, ninguna q1.1.r. aparecen. en lo. Sl!fUlt'nle copia. . municipalidad ha lenido, n1 tiene jidas por ]as asam- ~mto en 6. y 1_4-. dl'l uusmo.'. en consecr!en- ; l.Ja.d<'s. Pertl'nece so~o al congreso t.I~ la ble.ts primarias nor, qne tenro <'I honor d~ 1 fuwl;.meolal<'s. Cuando d pueLlo colomLla- ICll>tlCS en que IU &Cra ( csea< O YCT prP!'idir, con SU :tcuersl<'sc l-ll sr. '. cJ c11c11les reuniones ll '\il"- OIOOCS; fCfO no ahvra, <{Ue ya f•) pucl:lo muy célebres políticos; )'ª porque es nczucla · ruanif<'~tanc.Jalc! qn<: lo· rntos el~ <'utcro .se constilnyo en <'l n1odo 'l"~ creyt> molestar a cada paso il la llaclOll, y t' ta corle s~peno1· ~e Jllst1ua no Sllll Ol~OS rullYCOICt;11e )a mayPr parle,. y <'l•llSlgllf°> rn Ya ]><>l'qtJC es rae· •1 ¡1· ¡ · r • . . · que e( f!O Jiaccr ror S\l parle 11ovedad Olll- Ja C(1J1Sllll1CIOl1 }a faculad y los tén11ÍflOS que -~ 1; . •' 1111.t J ClllllOflCS 1 1· · 1 J \ ¡· · \ l { (' l . 0 l · l . 1 ~uno en r. pnntna c11n1p u111c11to or. a rons- 1 e ne 1crnu:ir ;1, :t IC'rar a y r<' ,,,·niar a p ;; r1 1:il . t"t \ 11 e tlt•mpo .< '~'- nei·ai.' ,,e su titucion, y de fos l<'ycs, en su ol1t•1ii1'n1·ia ó tolal11:cn1e. ESOS SON LOS l'HJ 1 - >•~·~J.~ 0 Y au;,,.ut:au lai:>1 uuas a la so- ... 1 gol1ienio n~ci:1uí\I. .Y lo trii~criho i\ V. CIPlOS: f¡;or los pr¡ncipins lit·~"tt• :~ l_t(,'t ho Clc ª S. para que \ .~! se sirva ¡wuedo cu co- la H~\· uluc1u11 1ana ; por los pTincipios se han he- ¡ chl inume.rahles sacrificios; .Y por /o$ .! pronclpios los pueblos contribuyen á sostener 1 Ja iRepuhlica. 1 J435 municipalidades de Cart~jena y Mom :~ · poo, y las del ~e.corro y Sallpl ~ esp.re ¡ sado sus sentimientos, despues de haber re-1· cibido comunicaciones de las autoridades compet-entes, y como en respuesta á la es­citac16n que les ha~ hecho, de. q~e ayuaen a c'?nse~~r el re11men consb~ucional, . ta · i)bed1t-nc1a a 'las leyes y al .gob1emo nac10- "11a1. Esto nada ti~ne de irregular; al con- \ trario, de plausjble tiene "DUcho, por..que ia l les corporaciones deo;iue.Stran que cono~ . sus deberes, y que estan firmemenle adhen das a los prilldpios. El mejor medio ·y : la mayor prueba que en nu~tro tonct-pto : ¡>uPdett dar todas las munici.pilidades de la ! República, y cualquiera otra corporacion, ~ de .. obediencia á la ley, y !'1e adhesion al ! repmen actual. es se,gmr pat1ñcunente .con·· l tr~~ «"n con:melo que las municipali- t das de mi p~rtida de esa capifal, me han parecido, no solo adictas al é~hi~rno. sino tanibien dispuesta$ áda~.prue-· ! has f.I~ s~1 lecaluid, ~rl modo 9.ºe se les exi¡.a..Las : P"º'".1m~1~ de l\1cndA ) Trnp Uo en nada ceden 1 4111 es!<\ parle á las de Bogotá', Tunja, y : P: ~;.pku:! que he atravesado. ~to es m_uy i tiahsfactorio para todo hueíl patriota arrogo ' 4lc1 orden legal. NORTE A\\1.ERlCA Y COLOMBIA~ {,,'ontmuaczon del articul.o suspendido en la gaceta numero 252. GA-GE~A DE-COLOMBIA erzas terrestres y marí!-imas • • • • El -~pn­tant'e de l.a deu(.1:. púhbta s·erá e) 1 • . <:!> de en.ero de 1~+~. Je ochenta y un millones dé peso~. "No es p.esibte aquí poner · á Co· lomhia en paralelo con 1os Estados-Unidos: l~ haci~nda nacional de uno :Y o~ro puehlo difieren abSQluta:m,en.te;. pero ta~~~en 4.16eJ"en s~s respe.ctivas si~~aciones •. Cuan~o . <:o~om b1a cnente inasde. t.uareota años de paz y de arreglos sabios y' económicqs, én~ndo tres o cuatro adinióistraciones hayan pasado con huen· suceso, y l:uando nuestra poblacion hay a subido de tres á mas· de· diez ·mirlo­nes dé almas, entonces vere111os, .ó lo ve· rán los que vivan, si puede · haber relacion e&i . el _paralelo. Observamos, que los Es­tad~ s-U nidos, sin embargo el~ su largo es· tadd de paz~ aplica sus cuidados a la de­fens! l del pais, aumentando las forti6cacio­nes,- la marina 1' el material de artilleria, ·:• sob •~ Loropend1do a aumentar los medios de ~u def~nsa y no s~ ha deja•Jo de censurar ~l g~hit~o, el que no hay~ creido que la .Espana está en absoluta impotencia de renovar las ho~l?lidades; y de parte de nu · estros benem~ntos guerreros no han faltado amargas quejas~ p11rc¡ue a los trPS añ11S de haber cesado la conti«"nda en el- int«"rÍor no se les ha)an p~gado sus baLeres, suefdus, y demas recompensas. " En el presente año ( 1825.) el pr.oducto. .de la venta de laa tieqas 1,1acion~es se ha estimado (D un .Jnillon de pesos. 0 Par esta noticia debe~os inferir que no5era todavia un ramo produ1.:tivo para nuestra hacienda la ven ta de nuestros inmenso:; b'tldios; porqtle si «>n los f-t:Slados Unidos alcanza á nn millon de ptsos, ¿ á c:nanto podr~ alcan'zar en Colom­bia, ~enazada _por el estado alarmante de s? comun enemigo, y désdeñada por las na c10n.es europeas ? Ademas de quf' si d (tie!llpo es el que da á .cQnocer los grajos de esta. hilidad y solides del sistema potft'ico de un pu.eblo, il.O r.!1~ d~drsf' qtlf' C9fomhia y los .r...stados lJnidos ae Lallen en igual si tuác1on. . '' La org~nizacit?n y la disciplina del ~jér cito son satisfactorias en sus efectos. Para «:on.tenPr la .-lesercion, tan /recuente entre las tropo$, se ha meditado el arbitrio de rdener al sqld:,ldO una p«>queiía parle del sueldo mensual hasta Ja época de sus aju.S­tes al tiempo de co11cluir el sei:vicio •.•• Parece necesario t:oaservar entre los ofi \a· les la tactica de cah.allt>ria, á efecto de que no ~e nos sorprenda ~I principio ele cu­. llqmera guerra, h rras á los indios, y mas ; ~e U? mill(}n se ha empln1do en mejoras l 1~e~1ores, autorizadas por el últinro congreso. : Monrroe. ) La idr.a que se propone como un ujPdio de contener la destwrcinn nos pa rece digna de ser ~doptada en la Repúhlic;a. Nosotros IP!os de tent>f 9ue lamentar la falta de c~h~lllena, pos· ~1onamos de poseer la c:ahalleria mas ~tr~:eida y aud~ de la Amé nea, ~uya orgam.2.ac1ón el gobtemo ha aten· dido con esmero. j Ojala .q~~ en educ.acion cientí6~a 1?1ilitar pudieramos decir que tenia­mos s1quiera ha.ses! Este punJ;o se ha re comendado aJ congreso en la memoria de ~erra, con la persuasion de que en· un a.no no se puede andar el camino que nece­sit~, entre otras e~ de mas tiempo. cío . tart '~!1S!> y tan rico tpmo el nuestr8 pudiese existir ce.in segundad sin el apo yo permanente de una marina militar la . sola arma que pul'fle hacer apreciar ei pt')der de. fos EStados-Unidos por la¡ nacio­nes estranjera4, ~ la sola fuer.za militu permanente _que nunca puede. s~r p,.Jigr~ a nuestras hl>ertades. Un .establecimiento na­val } permanente de paz adaptado á nuP.&­wo preseutP estado y susceptible de adaptarse al progrf'SO jigantesco fle esta nacion, es UQQ de los· grandes objetos que han oc.-u pado ya la sabiduria .de · :los u.ltimos congresos y que d.-!:>e ·ocupar 1:- vuestra. Nue~tra marina cuye> or11en em~esn de~d~ Jos pn~e~os ~iem¡>OQ de nuestra org~nuac1on pollhca sobre una ~scala proporoonada él fa enerjia, á los debiles recursos. y a . la indijen.cw relotiv~ de m~estro. info71:t:ia, ha sido capa-z de lu· char" con todas· las potcndas ~rbe1Í5cas 3 e~ct>ption. _de una, v con la prmcipal pot~n .. eta ma1·1t1ma de Europa: despues de algun tiempo, aun41ue dehilmentt- aumentada en ·:.u fUerza, no solameute ha s.ustenido con h~nor comhat.-s ~J.-si~al"s, ~in.? 'que se ha cu­h1erto y ha cubtt>rto a su patria de un:\ gL'ria inmort.;11.. Pero no ha sido sino hasta dt>spuea de la ultima J?'Uerra (1813.) <¡uee'la ha mt-. recido el nombre de marina. Las tey('s y los. reglame~t.os qut" la rijen neccsilan de ur¡Pnte !'Jw1.sron, y todos los nías se siente la uec••s1daJ de una escuela naval de instruc­ci•• n para formar oficiales sabios y coJDt pletos.,, H en _os copi.a~o este p~rrafo para rnrroborar la idea de mtei:es é 1mportantia Sº dar fomento a nuestra marin:~ · el vice .. presi~ent.- en todos sus mensa· es ba rf!CO-. mendado Pncarecid<·mente al congreso estera.. mo, fundandose casi en los mi¡müs principioe q~ desenvolvio aptt> el congreso americano e.I presiden~e ~dams. Nuestra marina esta e.11 la infancia; pero sus bcchns gloriosoc han sido los. de un jo~·en rohusto. Ne(..esi'­reglafllt- ntos, y una protecc.ion muy par• ticular. .Eo cuanto t. los f;stablecimientus de educacion oairtica, tertem .. s dos r<>g111.arz..s f'S{.uelas en Cartajena .r -'º Gua ~ aqu.11, que n~ ta.rdar~n <>ti proveer a la Rcpublica de on• cia)es completamente il.lstru •dos. Ultima. fl!ente. ~e han creado por la 1.Py esrnel=·s de pilota1e ~n Pu.ertncabello y \\'laracaiho.Si uo !JOS «>qmvocamos, el ramo na,·al ha tomado 1r:icremeuto duran.\e- la presente aclministra­no, JJ, por desQrgamzados que estén todavia su arreglo y su fuerza. Se continuará. EL COLOMBIANO DE CARACAS. Debe ser muy satisfactorio 4 todo buea patriota saber que- todos ¡,,s ingleses resi­dentes en esta ciudad y en otras de 11 ~PpúbJica han visto c~n pt>~ar • é indigna­c1on la conducta del editor del Colombiano que siendo ingles de nacimiento haya te: ~o_ la osadia df atacat el sistema com• tituc1onal de Colombia ) prrstar su pluma · ~n ayuda de la actual rebelion de Vene­zuela; porque ªIK'nas t'S crE>ihle que un i:r_i¡les. que hehe con Ja l«'che de su madre el amor y el respeto ' las leyes funrfamen­tales de su pais, y que debr mirar las dPI paisdonde vive, y a quien sirve, mn Íl'uaf re~tp y amor.' sea capaz dt> portar~e en senlldo oontrano. Por nuE>stra t'arte tambieo estr~ñamos ~ conducta. en un. "scritor que h~aa mo$trado alguna •mparnalidad. que hah1a recomendado much:ts veces se res­p. Ptasen las instituciones, que hahia censurado á l~s autoridades, cuando 'reyó que se dPS­viaban de ellas, y sobn- todo, qup deht> al mismo gobierno a quien ahora ataca dos char~ reterv. la banda y el sueldo de coronel. J:os dia!ios ingleses hasta 1 o. de junio con· t1nuan msertando largas listas de casa!' e& S1 a est~.,s .sumas sP agi-ega e~ gasto de ! quiebra y que han suspendido sus pagos. cuatro nnl!on.es en el p':tg'' de mterescs de : ~a ~e uda pubht:~, rPsultaran gaslados siete ! m :l°.~1e_s en los ramos tc::jislat.ivo, ejecutivo ·, 1 juu1c1al, l en Ja a;o.bs!Stencia de las fu- 1 Ul!J surpas asi~adas .por el congreso asi par~ ohr~ de ubltd.ad 1eneral, como para f?rtificac1ones. han sido fielmente invertidas. ~u prI aumento del cuerpo de injenie­r_ os y topografos, y co-.no subsisttn Jos mo­tivos de esta propuest~, la ratifico. "En es.ta parte no podemos decir qu~ estamos· me­ior V ni aun igual. Ci~rta~ente que seña una •asa y peli­grosa 1lus1on pensar que en el estado pre­sente '- pr9babl• .le la .tf-'t:iedad~ un ~Qmer- im[J'. rJ,-. Manuel M. Piller .Ca/dcro;J Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SUPLEMENTO A LA GACETA N.o 255. LUNES 4. DE SETIEMBRE DE 1826. - 1G. o AVISO. Hahienclose decretado por la ley sancionada en 1 7. de mayo d~l pre~ente año ~) estable­cimiento de una o6cina de purificacion y afi· nacion de la platina, se han presentado al ~­der ejet'utivo por conducto de la secretaria de bacfonda las siguientes proposiciones, que se publican en cumplimiento del artkulo 2. -=> de la misma ley, en 'lue se previene que para verificar este establecimiento . el poder eiecu­livo rPciba las propuestas de los empresa­rios r mas favora~les al .Estado, y e."fera que V. E. para oirlas se dignara fijar e dia que tuvif're ~r convenieutf'.:- Bogota abril 29, de 1826. - Escmo. sr. Nicolas Mili;. Condiciones para la contrata de Ja purifi­ca< ·ion y amonedal.ioti de la platina con arre­gl , a h )('y de la matPria publicada en la G ·H·Pta número 243, presentadas por el doctor l\Jill f'D su nombre v en ,.¡ de los srf's. Ca-r­los PoulPtt - Thomson, J. Morrison, y Juan Bowring de Londres. R elativamente al artkulo t. o -- La o6cina de purificacion se estahlt-ce en .Bog?ta; pero l!º_, (Ira trasladarse á otro para1r., s1empr.e que c1r-. custancfas favorables a los intereses del Estado y de lós emprésários conviden a elló' y am-. bas partes convengan en la traslacion. °R.Plativamenle al artfoulo 6. 0 -- Los empre• 1&rios e~ibiran en plasos de seis meses, ( rscep~ to el primero qt!e sed de doce meses, conta• d°" desde la fecha en que se dé principio '* las o~raciones ) y ·del modo ~e ellos di­jeren la r~uneraci':ln de tres reales por cada onza de platina purificada que entrl"garen al gobierno; el reintegro de las cantidad• s que hubieren anticipado para la compra dPl mine­ral y para el establecimiento de la oficina, con todos los demas gastos anexos a e11a, y el interes de seis por ciento d.-venga'?ndi~ote interP.S dP.l>er~ ~r sa:isfe• cho p>r el gobierno a lus emprtasarios junto con el subsecuente p:!gamer1to que hubier~ de hacerles. Relativam~nte al articulo anterior y al at'..t ticulo 13. Q L .Js ~mpresarios se convienen á adP.lant.ar ci­en mil lihras PstPrlin:4s al añ•> por trimrstres de v·einte _y cinco mil. libras ( tJUe se .. ,n~e­' arl.n en Londres al a1entc de la R.-pubhca to-nando su recibo ) para la compra de la pla­tina durante el tiempo prevenido de diez :•ños. cou ta) «Jlle se invierta eo cada año PI total de las <.1P.n mil libra;; es1rrlinas en fa espre.sada compra y no en otros ohj••tos con arre~lo al artículo 14 o de la prtsc;t:•da ley. ·- La prime­ra anticipacion d~her' hacrrse ti-es n1esl's an­tes de dar principia al establrcirnienh · ele la oficina ; el cua1 debera Fm~sar diez y ot h

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Gazeta de Colombia - N. 255

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Muy Historia España - 19/05/25

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