Serie VII- Tomo II Jñl X -N. o 512
· ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO
Director
FRANCISCO JAVIER iJERGARA Y VELASCO
Putdt muy bim mctda qut nuestro resptlo á todas las conviccionu, vmga d f'at'a'
m la i11d1(et·mcia y tzos deje si11 tmrgía para dtjmder las nulstras
ENRIQUE SIENXIE\VICZ
• • • Bo,gotá, Febrero 1. 0 d' 1908 •
-Oficial-
DECRETO NU lERO 63 DE rgo8
(17 DE ENERO)
• •
por el cual se adiciona el marcado con el número r347 de 5 de Noviembre
de 1go6
El Presidente de la República de Colombia
CONSIDERANDO
Que es preciso concentrar en uno solo de los 1\'linisterios
del Despacho ejecutivo el mayor número de los negocios
que conciernen á la Intendencia nacional del Chocó, para facilitar
así la administración pública de esta entidad,
DECRETA
Art. 1 C! Radican se en el Ministerio de Gobierno todos los
negocios de la lntenclencia nacional del Chocó, en los ramos
administrativo, político, fiscal y de fomento, que eran, según
el Decreto número 924 de r 905, de la competencia de otros
Ministerios.
S· Exceptúanse de lo dispuesto en el inciso anterior
aquellos asuntos relacionados con el orden público y la Ley
de Alta Policía Nacional, los cuales serán considerados y decididos
por el 1\linislerio de Guerra.
Art. 2.0 Los cré ,tilos para gastos de la Intendencia del
Choco en todos lo3 ramos de la Administración, excepto los
J
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que se refieren á orden público y á la Ley de Alta Policía
Nacional, serán tra~ladados de los demás 1\Iinisterios al de J
Gobierno por decreto especia].
Art. 3~ El presente Decreto regirá desde el 1. 0 de Febrero
próximo.
Comuníquese y puhllquese.
Dado en Bogo la, á r 7 de Enero de r go8.
R. REYES 1
Por e1 Ministro de Gobierno el Subsecretario del Despacho,
LUCIANO HERRERA
DECRETO NUMERO roo DE rgo8
(ENERO 25)
por el cual se hace un nrmbramiento y se asigna un sueldo
E'! Presülente de la República
DECRETA
A rtícuJo único. A dscrfbcn e funciones de Inspector de
)as Secciones de Gendarmería Nacional del Departamento de ,
Caldas al Sr. General Caries Gutiérrez, en su carácter de Inspector
de ese Dcpartamen to, y asignas.ele por este motivo, un
sobresueldo de cincuenta pesos oro.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 25 de Enero de rgo8.
R. REYES
El Ministro de Guerra, MANUEL M. SANCLElUENTE
Repúbl/ca de Colcmbia- Jfz.nzsterio de Guerra- Comandan- cía
General de la Gendarmerta Nacional-Número 22 ••
Bogotd, 10 de Enero de 1908
Sr. Ministro de Guerra-Presente
Para su conocimiento y fines ulteriores, tengo el honor
de remitir á ese Ministerio, con carácter deYolutivo, las no ..
tas números 35 y 54, de r 1 y r 3 de Diciembre, dirigidas á
este Despacho por el Jefe de la Sección IO.a (Bucaramanga),,
de la t.a Dtvisión, y como informe de una colisión habida en
aquella Plaza el día r. 0 de dicho mes, entre el gendarme Se-.
vero Castro y el soldado Ramón Jerez, este último responsable,
según se demuestra de modo legal en las expresadas~
com n nicaciones.
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-859-
En relación con tal suceso, el Sr. Comandante General
de la Zona Militar del Norte estableció la misma doctrina del
concepto del Estado Mayor General del Ejército á propósito
de una consulta del Sr. General Jefe Militar de Carlagen~
(BoLETÍN 1\IrLITAR número 495, de 8 de Octubre último).
Esta Comandancia encuentra infundado ese concepto
por la doctrina que encierra, y 1legado ya el caso de una rectificación,
de la manera mt\s respetuosa someto á la ilustrada
consideraci6n del Sr. Ministro, lo siguiente:
Principiaré por hacer notar que la mencionada consulta
versa sobre tres cuestiones diferentes entre sí é inconexa~
mente resueltas por el Estado :Mayor General, diciendo que
"este Despacho estima ilegal la Resolución (cuál?) del Prefecto
de Cartagena, y que el Ejercito no debe estar somef¡do
á su sanción," cuando los puntos consultados son, según el
preámbulo del mismo concepto, los que siguen:
r .0 ¿Puede un Agente de Policía (no polizont ) tomár
á un Jefe, Oficial ó individuo de tropa y conducirlo á la Po·
licía?
2. 0 ¿Tiene facultad esta entidad para castigarlos sin dar
previo avjso á los superiores de ésto ?
3· 0 ¡,Es en su cuartel en donde deben ser castigados los
militares?
Como se ve, á ninguna de estas tres preguntas corresponde
la parle resolutiva que queda transcrita, aunque en las
consideraciones que la preceden se citan disposiciones que
tampoco son del todo pertinentes al asunto motivo de la consulta,
porque ellas se refieren y son aplicables sólo al proc~
dimicnto que debe seguirse por los Jueces nrdinarios en los
juicios criminales contra individuos del Ejército y no al de ..
her en que están la Policía y la Gendarmería de prevenir ó
de castigar, según la clase y magnitud de la falta, aun en el
más leve atentado contra el orden público, las buenas costumbres,
las disposiciones gubernativas de carácter especial
ó los derechos de los asociados; y como, por otra parte, el
Sr. Jefe de Estado 1\fa yor General al invocar el artículo I 44.7
del Código Militar, deduce de un modo absoluto que'' la Po ..
licia TW puede, en ningún caso, ni aun en el caso de infraganti
delito, llevarse á los militares, lo que á todas luces es
errdneo, y, á ponerse en práctica, quedarfan expuestos á inminente
peligro la sociedad y el Gobierno mismo, pues que
cualesquiera individuos militares organizados ó aislados en
la ciudad ó en despoblado, podrían cometer atropellos 6 subvertir
el orden sin temor de ser reprimidos por la Policía 6
la Gendarmería. Oportuno e~ citar aquí los artículos 1 Io4 y
1106 de la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia,
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- 86o-correspondientes
al auto de 26 de Septiembre de 188g, que~
dicen:
1 1 o4. "Por motivo de orden y seguridades, los emplea- ·
dos de Policla pueden arrestar aun á los funcionarios públi- ·
cos de la más alta graduacidn."
1105. "A la Policía está sujeta toda clase de personas,
ella lo ábarca todo; procede sumariamente y se separa de ,
las fórmulas comunes de !os enjuiciamientos, espcciaJmcnte ..
cuando procede de una manera preven ti va, porque si así no
fuera, su misión no sólo sería ineficaz y tardía, sino inútil y ~
basta ridícula."
De consiguiente, la Gendarmería, que es policía conforme
al Decreto legislativo número 35, de 22 de Junio de 1 ~o6,
tiene autoridaJ legal bastante para someter y reducir, accidentalmente
eso sí, á su respecli vo cuartel de Gendarm ería ó
de Policía, ri cualquier in di vtduo mili lar á quien ella sorprenda
en actitud de comet~r, no digamos un delito, pues eso se deja
oaer de su peso, sino una falta contra lo que atrás se deja expresado,
á menos que inmediato al indivjduo militar se eneuentre
el superior jerárquir.o que pueda prevenir ó castigar,
y aun en este caso el deber del Jefe ú Oficial presente es
el de prestarles su apoyo moral y material si fuere necesario,
al agente ó agentes de Policía que lo requieran.
Muchas otras son las razones palmarias, clarísimas, que
huelgan en contra de lo conceptuado por el Sr. General Jefe
de Estado 1.\'Iayor General del Ejército á modo de doctrina le;-
al, y por eso, y porque al ampJio é ilustrado criterio del Sr.
Ministro no le son necesarias, omito exponerlas en )apresente
nota, no sin hacer constar que esta Comandancia está naturalmente
de acuerdo con las disposiciones legales citadas
en sn concepto por el Sr. General Jefe de Estado 1\-Iayor General,
pero en cuanto ellas se refieren al procedimiento que
debe adoptarse por la Justicia ordinaria en los juicios crimiaalcs
contra individuos del Ejército, y nó á las medidas preyentivas
ó rE'presivas que son del exclusivo resorte de la Po·
licia ó la Gendarmería.
Por todo lo expuesto, muy respetúosamente solicito del
Sr. Ministro se digne disponer que se reforme el ultimo concepto
del Sr. General Jefe de Estado 1\Iayor General del Ejér ..
cito; que el asunto Castro-Jerez á que se refieren las notas
que acompaño, y todos aquellos de igual naturaleza que puedan
presenta• se, sean resueltos de acuerdo con esta exposición;
y que si ella merece la aprobación de ese Ministerio,
te ~igne también ordenar que sea publicada. en el BoLETÍl'(
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- 86r-
}fruTAR y en Ordenes Generales del Ejército, la Policía y la
' Gendarmería.
Soy del Sr. l\Iinistro muy atento y seguro servidor,
PEDRO A. PEDRAZA
RESOLUCION NUMERO 7 DE 1908
(ENERO 16)
perla c•1al se rJsuclvc una consulta del Sr. Comandante General de la
Gendarmería Nacional
Ell'r/t'nislro de Guerra
En vista de la consulta que hace ~í este Ministerio el Sr.
General Comandante General tcs de inteligencia J patriotismo en el elevado puesto
dt C•mandante General de la Zona Militar del Sur.
\fe es grato suscribirme de usted muy atento, seguro
se·vilor,
EvARISTO GARCÍA
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-869-
ORDEN PUBLICO
República de Colombia-J?t'scalia en Consejo de Guer a
A!edellin, Enero 2 3 de 19 o8.
Excmo. General Reyes-Bogotá.
U no mi protesta á la de Jefes del Ejército, de 26 pasatdu
mes, condenando procedimiento Lisímaco Pizarro. Reit rG
lealtad al benemérito Jefe de Estado.
General Fiscal, '
J. RoJAS TE.J o,
Repúblt'ca de Colombia-Oficina Telcgrdfica Central- Popa..
yán, Enero 25 de 1908.
General Reyes
U no mi yoz á general protesta contra conducta cri i
nosa General Pizarro.
Adicto,
HEuoDono Pn;.scu tó
RECOLECCION DE ARMAS
DECRETO NU.\IERO 5 DE 1907
(SEPTIEMBRE I4)
sobre recole~ción de armas
El Inspector de Policía del Patumayo
en cumplimiento á lo ordenado en el Decreto número 7 0
dictado por el Excmo. Sr. Presidente en 9 de Septiemhi'e e
xgo4, y
CONSIDERANDO
Que por ;10 haber en el territorio del Putumayo corraisonados
encargados de la recolección de armas, se han queda 0
sin efecto las. prescripciones del Decreto número 750 de 9 de
Septiembre de I go4, y que son muchas las armas que los pfrticulares
han introducido en el lerritvrio por las vías de
Mocoa, Florencia, el Pescado y otras,
DECRETA
Art. 1. 0 Todas Jas personas que habitan dentro de la
jurisdicción de la Inspección del Putumayo y posean arna
y municiones de guerra al tenor del artículo 4o del Df~Cf!to
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- 870 - ·
nún1ero 750, quedan en la obligación· de entregarlas á la Inspección
en el término y condiciones apuntadas en el mismo
Decreto.
Art. 2.0 Las personas que por razón de sus ocupaciones
y lugar donde habiten posean carabinas winchester,
como únicas armas de cacería y defensa, están obligadas á
hacerlas inscribir en el libro de Registro de la Inspección
mientras se consulta con el Superior, previas seguridades de
que las pondrán á disposición del Inspector cuando así lo ordene.
Art. 3? Los Comisarios de Policía en el territorio de su
jurisdición harán efectivas las disposiciones del Decreto número
750 y remitirán en copia el registro y los element{)S que
tengan.
Art. 4. 0 Sométase á la aprobación del Superior y consúltese
sobre si los particulares domiciliados en el territorio
del Putumayo pueden introducir y conservar carabinas winchester.
Dado en La Sofía, á I4 de Septiembre de 1907.
GABRIEL MARTÍ EZ S-Arsenlo Gdlvez, Secretario.
República de Colombia-Poder EJecutivo Nacional-Minzs ..
lerio de Guerra-Bogotá, Noviembre 20 de 1907.
Aprobado.
Comuníquese y publíquese.
El Ministro, SANCLEMENTI
- DOCTRINAL -
MANIOBRAS DE LA INF ANTERIA ALEMANA
(REGLAMENTO VIGENTE EN LA ACTUALIDAD *)
(Continúa)
Manejo del arma
35· Solamente los brazos y las manos intervienen en el
manejo del arma: el resto del cuerpo debe permanecer erguido
é inmóvil. Se prohibe golpear el arma para que suene
al manejarla, y también herir el suelo con la culata.
Los diversos tiempos que constituyen un movimiento
(para la enseñanza) se ejecutarán rápida y regularmente;
• Véase el número anterior.
•
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pero sin aturdimiento ni precipitación. Se prohibe agar.rar el
arma á un tiempo con ambas manos, las cuales deberán sucederse
al ejecutar cualquier movimiento.
36. AL HOMBRO-AR.l)JA (Das gewehr-üher!) Levantar
el arma con la mano derecha, llevarla verticalmente hacia
el medio del tronco, el cañón á la derecha, la granadera á la
altura del corbatín. Empuñar el fusil con Ja mano izquierda,
p3r debajo y cerca de donde está la derecha. Agarrar la caja
de la culata con la mano derecha, á dos dedos encima de la
palanca, extendiendo el pulgar sobre la caja.
Levantar el fusil con la mano derecha, volviendo el cañón
hacia el frente cuanto sea necesario para apoyado sobre
el hombro izquierdo; abarcar al mismo tiempo la culata con
la mano izquierda de manera que el talón de la cantonera
quede entre el pulgar y el índice, y la palma y la extremidad
de los dedos extendidos sobre las caras de la culata.
El arma se mantiene paralela á la línea de los botones
del pecho, de manera que el botón de la palanca del cerrojo
quede á la altura del segundo botón del uniforme, y la culata
adelante y cerca de la cartuchera izquierda. El antebrazo izquierdo
se apoya ligeramente contra el cuerpo.
Bajar .l brazo derecho á su posición normal (núme-ro
1 5). .
37. DESCANSEN-ARMA! ( Gewehr-ab!) Con la mano izquierda
bajar la culata á la altura del muslo izquierdo, volviéndol~
ligeramente al mismo tiempo hacia el centro del
tronco ; agarrar el fusil con la mano derecha á la altura del
hombro, el codo ligeramente caído.
Llevar el arma rápidamente á la derech~,, con la mano
derecha, manteniéndola vertical y dejándola deslizar un poco
por entre la mano, si así lo exige la talla del soldado. El
pulgar debe colocarse tras el cañón ó el guardamano. Sentar
en tierra la culata, sin gol pe, contra la punta del pie derecho. _
38. PaESENTEN-ARl\1A! ( Prasentiert das-gewehr /)-Con
la mano izquierda llevar el arma al frente del costado izquierdo
del cuerpo, á la vez que se la vuelve un tanto á la
derecha, el todo de manera que el fusil no tape el ojo iz.quierdo.
Agarrar al mismo tiempo la garganta con ]a mano
derecha, el pulgar vuelto hacia el cuerpo. Subir rápidamente
la mano izquierda cuanto sea necesario para que la extremidad
del pulgar extendido sobre el reborde de la caña corresponda
á la delantera del pie del alza; y en seguida volver el
cañón con ambas manos hacia el cuerpo; los cuatro dedos de
la mano derecha deben quedar sentados sobre la garganta, por
debajo y cerca del guardamonte, el pulgar debajo del cerrojo.
El arma se bajará un poco de manera que la granadera
resulte á la altura del corbatín y toque el ángulo anterior
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dere~ho la cartuchera izquierda. El brazo izquierdo se acodi
Ila casi en ~\ngulo recto.
39· Para tributar honores se manda: Atención 1 Presenten-
ARMA! ( Achtang 1 Prasentiert das-gewehr!)-El hombre
debe mirar al superior que pasa la re vi ta; si es el caso
se manda adem<ís VL'sta á la DERECHA (ó izquierda) ( Augen
rechtz links)-El hombre sigue con la vista al superior que
pasa la revista, volviendo para ello la c~beza hasta que él
llegue delante del tercer soldado siguiente, en e u yo momento,
sin necesidad de nueva orden, torna á fijar la vtsta al frente.
4o. Al hombro-ARMAr Con la mano izquierda se vuelve
el fusil de manera que el cañón quede á la derecha; la mano
derecha agarra el cerrojo unos do:-1 dedos encima de la palanca,
el pulgar extendido sohre el reborde de la caiia; levan·
tar el arma cuanto sea necesario para dejarla descansnr sobre
el hombro izquierdo, concluyendo el movimiento como
se dice en el número 36.
4r. Tender el fusil-Los centinelas cuando tienen armada
la bayoneta y de ·cansada el arma, en vez de presentar
tributan honores tendiendo el fusil.
Agarrar el mango de la bayoneta y la extremidad del
cañón, por debajo del glli )n, con Ja mano derecha de manera
que el anular y el meñique queden bajo el cubo del mango.
Levantar ligeramente el arma y llevarla á la derecha la longitud
del br~~o bien extendido y horizontal, .Y sentarla verticalmente
en tierra. Tributados los honores el hombre vuelve á
su anterior posición (descanso) ejecutando el movimien lo
Inverso.
ARl\IAR Y ENVAINAR BAYO~ETA
42. La bayoneta puede armarse á pie firme ó marchan-.
do, y cualquiera que sea la posición en que esté el fusil; pero
á la voz ó mediante señal sólo se la arma cuando el soldado
descansa (firmes). Después de armarla el fusil se coloca en la
posición en que se encontraba antes.
Para conservar la ba.roneta de ordinario no se la arma
,durante los ejercicios de tiempo de paz; basta ejercitar la
tropa en el respectivo movimiento. En todos los casos en los
que en la realidad se deberá armar la bayoneta se dará la
orden ( ó señal) del caso, y el soldado sólo ejecuta el simulacro
del movimiento.
43· Bayoneta-ARMAR! ( Seitengewehr-pjlanzl auf /)Estando
el hombre con el arma descansada ó rodilla en tie-rra,
desenvainar la bayoneta ( 1) con la mano izquierd~, el ~
(•) Es claro que se subentiende desenvainar, levantar é invertir la
bayoneta-V. V.
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dorso de la mano vuelto hacia el cuerpo, y colocar el mango
sobre el engaste, indinando al mismo tiempo la boquilla
hacia el frente, un palmo poco má~ ó menos. Ajustar la bayoneta
impeliénclo)a con fuerza hacia abajo, hasta que se oiga
que el clavo penetra bajo la espiga y el muelle entra íntegramente
en su caja.
Para armar la bayoneta marchando ó con el fusil al
hombro, el soldado principia por colocar el fusil como para
el asalto (segl'tn se indica en el número 65). Cu¡;,.ndo el hombre
está acostado, arma la bayoneta de la manera que le sea
más fácil.
44. Bayonela-ENVr\L ·AH! ( Sel'ten gewehr-an ort !)-De
ordinario se manda el movimiento cuando el soldado está
á pie firme y, en general, á partir de la posición del arrna
lescansada. Agarrar el turna con la mano derecha, á la altura
(le la boquilla; inclinarla hacia a lelante un palmo;
oprimir con el pulgar el botón del muelle. Levantar la bayoneta
con la mano izquierda; fijar la vi La en la vaina
guardar en ella la hoja ( I ).
Cargar-Descarga•·-Dispat·ar
/15· El r.jercicio de ]a car r , se practicará frecuente y cscrnpulosarnente,
ú fin d ~ qttc d sol ad llegue á ejecutarlo
con rupid"z y p~· c.isión en todas las po~ iciones del cuerpo.
En lo . IHIWtmient s de la e' rga el arma debe ser tratadü
euidado~amcnte: la ·1pcrtura y clausura de la culata de
recámara (cerrojo) y el manejo del m .canismo de seguridad
se ejecutan ún ·ea mente cuando se emplea 'l cartucho.
Ante· de carg·ar lo . lHJmbrc -. abren una cartuchera, :í la
nn del .Jefe, la cual vuelven tÍ ct•nar, sin uec~idad de mandato,
al primer ~Jescun o.
GAHGAR (2)
1~6. Cuando lo. l10 nbrcs deben disparar después de cargar
se manda: Para dtsparar !-e, RGUE. ·! (Zum-Scltuss !Laden.
El -·oldado, si tiene descansada el arma, á la voz de CAR-GUEN
gira á la derecha sobre la planta del pie izquierdo, y ya
en la nueva posición se corre lateralmente medio paso á la derecha.
Hombros y caderas giran al mismo tiempo que los pies.
Las rodillas ligera m en te tensas, el peso del cuerpo igualmente
repartido sobre los talones y plantas de ambos pies. Al mismo
tiempo que el soldado gira, adelanta el fusil, Ievantándo-
( 1) Levantar, invertir, envainar-V.
(2) Con armas de cerrojo; con el remington se practicaría canfor·
me lo enseña el Reglamento vigente en el país-V. Y V.
. 2
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lo con la mano derecha hasta que la boca del cañón quede á
la altura del ojo. La contera sobre la cartucheTa derecha, sin
rebasarla. Agarrar el arma con la mano izquierda, por su
centro de gravedad, el pulgar extendido á lo largo de Ja
caja. Vol ver la cabeza hacia el cerrojo, coger la palanca en.
tre d pulgar y el índice de la mano derecha, de manera que
la segunda falange del pulgar quede sobre el astil.
VoJver la palanca á la izquierda, y correrla hacia atrás
con un solo movimiento de la mano derecha. En seguida llevar
la mano derecha á la cartuchera que está bajo el fusil
y coger un cargador (almacén) lleno (r )) entre el pulgar y el
índice. Inclinar el cargador ligeramente hacia atrás é in troducirlo
en ]a escotadura de ]a caja de la culata. Apoyar enérgicamente
el pulgar para que se deslice á lo largo del resorte
del cargador, sobre la vaina del cartucho que está encima,
hasta que reba e por completo la arista superior de la cara
derecha de la caj de culata.
Coger nueYamente la palanca con la mano derecha,
como para abrirla; empujar· el cerrojo sobre el cañón y bajar
la palanca hacia la derecha, de un solo gol pe. Agarrar la
garganta con la mano derecha, lo bastante corrida para que
el índice pueda colocarse dentr del guardamonte, delante y
encima del gatillo (disparador). Enderezar la cabe2la y mirar
al frente. El brazo derecho uescansa lig ·erameute sobre la
cara exterior de la culata del fu s il.
A la voz disparar! el hombre de segunda fiJa cierra sobre
el de primera dando un pas al oblicuo y á la derecha
47· Cuando el hombre tiene el fusil al hombro á Ja voz
disparar boja el arma corno para el asalto (número 65) y al
mismo tiemp la segunda fila ci erra sobre la primera. A la
voz de carguen se concluye eJ movimiento como se e¿ 'plica
en el número anterior.
48. En la posición de rodillas á Ja voz de disparar el
hombre de primera fila se sienta sobre el talón derecho, y el
de stgunrta cierra sobre su jefe de hilera dando un m~dio paso
al frente. A la voz de carguen se completa el movimiento
como se enseña en el número 46.
DISPARAR
4g. Al frente ! Sobre la caballería 1 á g o o metros!
Apuntar 1 FuEGO 1 CARGUEN. (Geradeaus lcavallerie! Visier
goo! Legt-an!-Feuer! Landen /)-Para el empleo del alza,
la puntería, el género de fuego y el disparo, véase el Reglamento
de tiro ( 2 ).
(t)Para las armas de un s0lo tiru la explicación del movimiento
se hallaría en el Reglamentu vigente en el país.
( 2) Este reglamento se publicará despues del de m a ni obras.
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A la voz de apuntar (que incluye Ja distancia) se vue} ..
ve Ja cabeza hacia el alza, y se acerca e] fusil á los ojos, le·
vantándolo y reculándolo ligera ncnte con la mano izquierda.
Colocar la corretlcra á la distancia indicada, valiéndose del
pulgar y el cordial de la misma mano. Volver el arma á su
posición anterior y enderezar al propio tiempo la cabeza.
El intervalo entre la~ voces apuntar y FUEGO debe ser
mayor en el fuego Je rodillas y con las alzas superiores
(más de 500 metros) que en el tiro de pie y con las alzas
inferiores. La voz fuego debe alargarse un poco en la pronunciación.
Cargar! Cuando el fusil está al hombro se le coloca en
la posición indicada en el número 4G. Si el almacén no está
agotado, el hombre carga haciendo mover la culata de recámara
hacia atrás y cerrándola en seguida; si el almacén está
agotado, lo reemphza como se dijo en el número !~6.
50. Giro d la derecha, contra cabrt!lerta, d ¡o o metros!
Fuego de tt'radores! (11 UEGO .( DI c nECIÓ. ·). ALTO EL FUEGO!
CARGA col\WLET~\! ( 1/albt'nks kauallerie! Visier ¡o o ! Schüt ..
zenfeuer! Stop,fen! Durchladen).
A la voz giro contra caballería dar frente al lado señalado
; los hombres de seg·unda fila se corren un tanto del
lado opuesto al blanco. la voz F EGO Á DISCRECIÓ~ el hombre
carga y dispara sin necesidad de nuevo mandato (número
193).
ALTO EL FUEGO! El soldado cesa en el acto de cargar y
disparar; vuelve á ]a posición anterior si el arma estaba al
hombro. •
CARGA coMPLETA ! El movimiento de la carga interrumpido
con la voz de ALTO EL FUEGO se concluye, y el hombre
queda listo para vol ver á disparar.
51. En la posición de ro:lillas el hombre de primera
fila dispara apuntando correctamente el arma; el de segunda
lo hace como le sea posible.
RESTABLECER EL ARI\lA, EMPLEAR. EL SEGURO (ENFRENAR).
DESCANSAR
52. Cuando el soldado tenía el fusil al hombro para que
vuelva á esa posición se manda Restablecer-AR!t!A 1 (Seztab
!) A la primera voz abrir el ojo ixquierdo y aflojar el fn ..
dice. A la segunda enderezar la cabeza y colocar el arma
como se dijo en el número 46.
53· Asegurar-ARMA! (Gewch in-Rah 1) A la voz de asegurar
el hombre dirige la vista hacia la culata de recáma·
ra. A las distancias superiores á 500 metros se vuelve la co-
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- 8¡6 --
rreclera á su posición inferior por medio del pu!gar y el índice
de In mano izquicrun. Colocar en seguida Ja mano derecha
sobre el portas1~gurc, Ja primera fa1ang·e del pulgar
debajo, la segunda del índice encima. A la voz de ARMA hacer
funcionar la pieza de] seguro y endrrrzar la cabeza.
5!~. Descansar-ARMA! Girar sobre el t&lón izquierdo y
colocarse en la posición del arma descan:ada, trasladando el
fusil con Ja mano izquierda hacia el hombro dcrrchn, donde
]o coge con ]a mano derecha, por encima ele la izquierda
para colocarlo en tierra contra la punta del pie derecho. El
brazo izquierdo Laja tl su posición normal.
A la misma voz el hombre de segunda fila descansa
igualmente y en seg·uida se coloca tras de su jefe de hi-
1 ra.
55· En 1 tiro de rodillas· <.Í la voz de desransar-AIUIA!
colocar el arma en tierra como se dijo en d número 31. Al
mismo ti •mpo el hombre de prit 1 ,n fila . e leYanlc de sobre
su talón derecho: c·l d ~ s •gunrla no recolwa u distancia sino
al ponerse de pie.
CARG.\R Y ENRAYAR
56. Si el 'hombre no deJ)e disparar inmediatament después
de cargar, el movimiento se ejecuta sin cambiar de p sición.
A la 'OZ de cargar y enrayar ( /.~aden un sichern !) el
hombre, de pie ó de rndillas, coloca el arma inclina la, delante
del pecho, la boca del cañón levantada hacia Ja izquierda,
y carga y hace jugar el fiador del modo que le sea méís
fácil. El hombre de ·egunda fila no e desplaza.
Después de cerrado el fiador el fusil se e lora en su posición
primiti \'a. De la misma manera carga . , pone en el se-gurt)
el hombre cuando está marchando. ,
57· Si el hombre está en tierra (acostado) este movimiento
no se ejecuta sino en el orden disperso (tiradores).
El hombre acostado se yuelve ligeramente sobre el costado
izquierdo, apoyándose en el codo, y recula un poco el fusil.
Llevar la mano derecha á la cartuchera, pasándola por entre
e) cuerpo y el arma. Terminado el movimiento se vuelve á
colocar el fusil sobre el antebrazo izquierdo, el cañón hacia
la izquierda (número 32 ).
APRONTAR (EL AR.l\fA CARGADA Y EN EL SEGURO)
58. Para disparar-APRONTEN l ( Zum-Schuss !-Fertig
)-A la voz de disparar ejecutar lo prevenido en los números
46 (última línea) 4 7 y 48 ; á la voz de APRONTEN! colocar
el arma en la posición que se indica en el ntímero 4G, coger el
portaseguro entre el pulgar y el índ1ce con la mano derecha y
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Boletín Militar de Colombia
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hacerlo girar á la izquierda. Colocar en seguida la mano
derecha en ln gargantn, el índice dentro del guardamon le ( 1 ).
DESCARGAR
59· Descargar! ( Enlladen). El movimiento se ejecuta
sin cambiar de posición. Col11car <>1 arma como se dijo en el
número 56. Volver b vist.t haeia la ~~scota. El lomo d' la hoja contra
la co tura de Lt manga derecha, el filo vuelto al frente.
77· Para tributar honores los oficialeR rnontados Jlevan
la espada delante del centro del cu rpo y la hajan en seguid l,
la mano derecha tras la ca ·'; ¡·a, la hoja caí la verticnlmentc
tras el espolín derecho, el filo vuelto hacia el caballo.
78. Los ayuuantes mayores no desenvainan. Cuando se
presentan las armas y en Jos de. fil s lo s ayudantes mayores
tributan honores llevando la mano dercc'u ·í la gorn.
79· Los jeldwebels (Sargentos primeros), que llevan
espada como los oficiales, no la nsRn para teibular honores.
Las clases que no llevan e:pnJa ni f11sil no desenvainan
la bayoneta. Cuando desfilan agarran sólidamente la bayoneta
con la mano izquierda.
FIN DE LA L ST.l\UCClÓN I!DJVIDUAL
(Continúa)
NoTA DEL TRADUCTOR-El Reglamento alemán, coma se ve .. no incluye
los ejerc:cios de doblar y desdoblar el fonJo, abrir y cerrar filas y
hacer conversion~s sobre eje firme, ni las posicbnes de arma al brazo,
rendir y e'l bandolera. ¿ Cl)nvienen estas supresiones?
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año X Serie VII Tomo II N. 512", -:-, 1908. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3691403/), el día 2026-04-08.
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