'Serie Tll Tomo 1 1
it ~lomDil . '
ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJERCITO
Director y Editor
FRANGISGO J. YERGARA Y VELASGO
General suelto en el
particular que á Colombia llegue el progreso militar, pero
no un progreso festinado é implantado á ciegas, sino ade-
cuado á las condiciones y recursos del país y al modo de ser
de los colombianos: algo así como lo que han hecho la Argentina
y Chile para trasplantar á su suelo las sabias instituciones
militares alemanas, que son las mismas que adoptara
como base de las suyas el hoy tríunfante Imperio lVIikadonaJ.
Y esa obra, que será no menos meritoria que la relacionada
con el progreso material, demanda, á la par de un gran
trabajo de gabinete, la realización de no poca labor previa,
como la buena división territorial del país, el arreglo de las
~CO E
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finanzas, el restablecimiento de la disciplina administrativa,
&c., que se ha cumplido ó se cumple en ]a actualidad.
Y la prueba de que el Presidente de la República no
se olvida de los asuntos militares, la hallamos en las medidas
dictadas sobre el ramo, las cuales no sólo se han relacionado
con la economía en los gastos públicos y el mejora.miento
de las vías de comunicación, como parecen serlo la
reducción del ejército y su utilización como zaJ?adores, sino
que miran más lejos. En efecto, dada ]a orgamzación anterior
del ejército, éste resultaba convertido en una especie de
casta, y sus miembros, debido á una larguísima permanencia
en el cuartel, forzosamente tenían que adquirir hábitos
que los inutilizaban para otra clase de faenas: llevarlos al
campo á trabajar con la azada es regenerarlos á ese respecto,
volver á convertirlos en útiles ciudadanos antes de licenciarlos,
como habrá de suceder cuando llegue la hora de
implantar en Colombia las nuevas instituciones militares,
adoptadas por quien ha sido jefe de soldados en el campo de
batalla, director de obreros en empresas agrícolas y conductor
de hombres resueltos en inexploradas selvas en el Caquetá.
Proceder de otra suerte, habría equivalido á quedarnos
dentro del círculo vicioso que hace años asfixia entre
nosotros Ja dignificación del ejército é impide elevarlo á
la categoría de la primera de las instituciones sociales, cual
sucede hoy en todos los pueblos realmente civilizados . ...
-Oficial-
DECRETO NUI\'IERO 692 DE 1905
(26 DE JUNIO)
}'úi .:1 cuai !>e. aumenta el personal del Cuerpo de Pol_ida Nacional ~on articulares
sujetas, cuando cometieron el .delito, á la jurisdicción militar,
se constituirán en cada caso Consejos de Guerra ordinarios ó
de Oficiales Generales en los siguientes lugares: Pasto, Popayán,
Cali, Nciva, !bagué, Manizales, Medellín, Bogotá, Tunja,
Bucaramang-a, Cúcuta, Barranquilla y Santamarta.
Art. 8. 0 Por razón del lugar en que han de ventilarse
los juicios militares de que trata la Ley 26 en los centros de
justicia indicados en el artículo anterior, establécense ]as siguientes
circunscripciones jurisdiccionales: Para Pasto, el
Departamento de Na riño y la Intendencia Nacional del Puluw
mayo; para la de Popayán, las Provincias de Popayán, Santander,
La Plata y Caldas; para la de Cali, las Provincias
de Cali, Palmira, Quindío, Tul u á, Buga, Buena ventura, San
Juan y A trato; para la de Neiva, el Departamento de Huila
y la Intendencia Nacional del alto Caquetá; para la de Ibagué,
las Provincias de Combeima, Saldaña, A mbalema, Herveo
y Honda; para la de Manizales, el Departamento de Caldas;
para la de Medellín, el Departamento de Antioquia; pa-
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ra la de Bogotá, los Derartamentos de Cundinamarca y Quesada,
el Distrito Ca pita y la Intendencia Nacional del Meta;
para la de Tunja, los Departamentos de Boyacá y Tundama;
para la de Bucaramanga, el Departamento de Galán y las
Provincias de Soto, Ocaña y Río de Oro, del Departamento
de Santander; para la de Cúcuta, las Provincias de Cúcuta,
García Ro vira, Los Santos y Pamplona; para la de Barran·
quilla, los Departamentos de Atlántico y Bo1ívar:; para la de
Santamarta, el Departamento del Magdalena y la Intendencia
Nacional de la Goajira.
Art. g. 0 En los lugares donde no haya personal suficiente
de empleados militares en servicio activo para actuar en
los procesos como Funcionarios de instrucción, Auditores,
Fiscales, Jueces sustanciadores, Vocales de Consejos de Guerra,
Defensores y Secretarios, se llamará á los Generales, Jefes
ú Oficiales que estén fuera del servicio á efecto de que en
cada caso desempeñen los cargos que les designe el Inspector
1\lilitar departamental respectivo, conforme al mandato
del artículo 1394 del Código Militar.
Estos destinos son onerosos y obligatorios, y los nombrados
para ellos pueden ser compelidos á su ejercicio, con
multas de $ 50 á $ I oo en oro. Solamente se admitirá como
excusa legítima para servir los cargos, padecer enfermedad
grave y tener edad mayor de setenta años, todo plenamente
-comprobado á juicio de la autoridad que haga los nombramientos.
Art. ro. A solicitud de cualquiera de los militares justiciables,
según la Ley 26 de este año, del Ejército ó de la revolución,
y á juicio del Presiden te de la República, podrá radicarse
en otra circunscripción distinta de la que corresponda,
el conocimiento del respectivo proceso, para asegurar la
imparcialidad de los Jueces y dar mayores garantías á los
procesados.
Art. I 1. Los Inspectores Militares Departamentales pueden
delegar á Jos Gobernadores respectivos, la facultad de
hacer los nombramientos indicados en el artículo g. 0 de este
Decreto, cuando, por razón de la distancia á que se hallen, no
puedan proveerlos ellos mismos.
Art. 1 2. Del propio modo se procederá en los procesos
pendientes ó que se inicien de hoy en adelante contra individuos
del Ejército por delitos ó culpas atribuidos á la jurisdicción
militar, según el Código del Ramo.
Art. 13. Declárase que los artículos 4. 0 y 5· 0 de la Ley
-26 no son permanentes sino transitorios, y que su vigencia
es especialísima gara las causas militares indicadas en los
.artículos 1.0 , 2. y 3. 0 de la misma Ley. En consecuencia,
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los delitos militares cometidos después de la última guerra,_
ó que se cometan de ahora en adelante, se ventilarán conforme
á las 4isposiciones procedimentales indicadas en el Códigp
Militar. En estos procesos, la Corte Suprema continuará
si~ndo Tribunal militar en los casos y de acuerdo con las leyes
que el Código señala.
Art, I4. En las causas por delitos comunes ó militares
cometidos en la guerra pasada, á que se refiere la Ley 26, los
procesados serán dados de alta ad honorem en los Batallones,
Compañías sueltas ó guarniciones respectivas, para los efectos
del juicio.
Art. 1 5· Facúltase á Jos Inspectores Militares departamentales,
ó en defecto de éstos, á los Gobernadores respectivos,
para girar Libranzas por el valor de los útiles de escritorio
.que se necesiten para las secuelas de los sumarios y
JUicios militares.
Art. 16. Delégase á los mismos funcionarios las autQrizaciones
necesarias para allanar las dificultades que puedan
presentarse en la aplicación del presente Decreto, ciñéndose
~n to~o á las prescripciones del Código Militar y dando aviso
al Estaqo Mayor general del Ejército.
Art. 17. La intervención que se les da á los Insrectores
failitares .y á los Gobermidores, será ejercida por e Jefe ~e
E"stado Mayor General en lo que corresponde al Centro A
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DECRETO NUMERO 722 DE 1905
( JO DE JU~IO)
,por el cual se hacen varios no.mbramientos
_El Presidonte de la República
DECRETA
Art. 1. ~ En vista del Decreto número '692, de 26 de Junio
en curso, sobre Policía Nacional, hácense los siguientes
nombramientos:
Para la 3·a Sección, situada en Facatativá, Comisario
Jefe, Sr. Ignacio M. Carvajal; Secretario, Sr. Carlos Leaño;
y
Para la 7·a Sección, sih,1ada · en Zipaquirá, Comisario
Jefe, Sr. Miguel Mogollón; Secretario, Sr. Julio López.
Art. 2~ Como los Sres. López y Leaño están actualmente
en la Policía Nacional de Bogotá, se les reemplaza así:
Secretario par.a la 6~ División, en vez de López, al Sr.
Vicente Monsalve; y
Secretario para la 7~ División, en vez de Leaño, al Sr.
Primitivo Madiedo.
Art. 3.° Cada una de estas Secciones de Policía tendrá,
por ahora, sólo diez Agentes de vigilancia y dos de investigación.
· Comuníq\Iese y publiquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Junio de 1905.
R. RE;y,E.S
El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del
Despacho,
CLiMACO LosADA
DECRETO NUMERO 723 DE 1905
(30 PE JUNIO)
por el cual se hacen varios nombramientos en el Ramo de Guerra
El Presidente de la República
DECRETA
Art. 1~ Por renuncia aceptada al Sr. Félix Villate para
separarse del puesto de primer Adjunto de la 1~ Mesa del
Estado Mayor Genera], nómbrase en su reemplazo al Sr.
Miguel Murillo.
Art. 2~ Declárase insubsistente el nombramiento hecho
en el Sr. Ignacio Carrasquilla, para servir el puesto _de Guar-
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'-14....J
dián de la Colonia Militar de Santa Elena de Upía, y destinase
para reemplazarlo, al Sr. Manuel Venegas.
Art. 3. 0 Promuévese al Sr. Eduardo Tanco P. del puesto
de 2
que ha sido informado de que ]a Gobernación debió intervenir
solamente en recibir el carbón del vendedor.
Dése cuenta de lo anterior al Genera] Jefe de Estado-
Mayor, como resultado del informe que elevó á este Despacho,
er... el asunto.
El Secr~ario del Ministerio, encargado del Despacho,
Cd~IACO LosAn
L 1S PECCION DE PARQUES
CIRCULAR
RepúblLCa de Colombia -F;jérúto JVacional-lnspecet'ón general
de Parques-f{úmero 218--Bogotd, Jwúo 28 de-
1905
Sres. Comaudmrtes de Batallo11es, llfedzos Batallo11es y Comf;afllas Sueltas fJ"'L
formmz la fuerza act1va del EJército, y Sres. Guardaparques de toda la Re.
pztblica-Donde se hallen
Para dar por mi farte yuntual cumplimiento á lo pre-·
ceptuado en el ordina E) de Decreto ejecutivo número 83
de 1 go4, fecha 13 de Octubre último, que se halla publicad
en el BoLETÍN MILITAR número 17 (Tomo 2. 0 ), <1f'l mismo me ...
y año, espero que ustedes se servirán remitir a esta Oficina
los datos mensuales del material de guerra que cada une contenga,
todo por su orden y con la debida separación y cl'as-ficación
de los elementos, tanto de artillería é infanterfa,. como
de los útiles y accesorios de cada arma, incluyendo en estos
últimos las toldas de campaña, y en conjunto, las herramientas
de zapadores, las fuerzas que presten este servicio_
Dios guarde á ustedes.
El Inspector general de Parques,
M. D. MoNTÚFAR
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~MALVERSACION DE CAUDALES NACIONALES
RepúbllCa de Colombia-Comandancia en Jf!fe del E.férczto.
_ - Número I,82s-Bogotá, Mayo 7 de 1905
Sr. Ministro de Guerra
Para la respectiva publicación en el BoLETfN MILITAR:
tengo el honor de elevar á usted, en cuatro fojas útiles, copia
de la sentencia absolutoria dictada en la causa contra el Coronel
Juan Clímaco Salazar, por el delito de malversación 6
extravío de caudales nacionales.
Dios guarde á usted.
Por el Comandante en Jefe, el General Jefe encargado,
A. ARZATÚS
COXSE.JO DE GUERRA OHDJNARIO DE OFICIALES GENERALES
Bogotá~ SeplLemúre ve/ntistele de mil noveczentos cuatro
Vistos y resultando : En nota oficial de la Pagaduría
Central se transcribió al Ministerio de Guerra el telegramaque
el Administrador de Hacienda Nacional de llucaramanga
dirigió, con fecha 17 de Noviembre de 1903, á aquella
oficina, dando cuenta que e] Coronel Juan C. Salazar, 1\Iensajero
militar, había entregado la remesa enviada por el Gobierno
para gastos del Ejército, resultando en ella un déficit
de sesenta y cinco mil pe:,os.
Esta comunicación se pasó á la Comandancia en Jefe
del Ejército, en donde, previa orden del :Ministerio de Guerra,
dada en virtud de lo que prc ·icne el artículo I 427 del
Código Militar, se dispuso cllevantamicn lo de las diligencias
inquisitivas para a verig·uar la responsabilidad en que
hubiera incurrido el citado Coronel Salazar por malversación
ó extravío de caudales de )a Nación.
En efecto, se levantó el respecti YO sumario, al cual se
hicieron 1Jegar las declaraciones y documentos que pusieron
de manifiesto que en realidad el Coronel Salazar entregó en
las Administraciones <.le Hacienda Nacionales de Boyacá y
Santander la remesa de dos millones de pesos con un alcance
en su contra de sesenta y cinco mil. En la indagatoria
rendida por el acusado, con viene de manera expresa en el
alcance que dio cuenta el Administrador de Hacienda de
Bucaramanga, pero modificó esa confesión agregando la circunstancia
de haber s1do víctima en la ciudad de Tunja, el
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día 8 de Noviembre de 1 goj, en el hotel de las Sras. V argM
Burhanos, de un robo de parte de la remesa que conducía.
Como en corroboración de esto no dio prueba alguna,
el cargo que podía deducírse)e quedó latente, porque el artículo
1664 del Código Judicial dice que si en la confesión
se agregare alguna circunstancia modificativa, debe probarse
ésta para de~virtuar ó destruir la fuerza de la confesión.
De manera, pues, que esta confesión calificada, no podía
ser admitida en todas sus partes, y · por eso hubo de
abrírsele la presente causa, previo el concepto del Funcionario
Instructor y el dictamen del Sr. Auditor de Guerra. Así
es que el juicio contra el Coronel Salazar SE HA ABIERTO POI\
EL DELITO DE l\IALVEI\SACJÓN Ó EXTRAVÍO DE CAUDALES DE LA
HACIENDA NACIONAL, QUE ES EL HECHO PRECISO QUE SE HA SOMETIDO
Á LA DECISIÓN DEL CoNSEJO DE GuERRA.
En el plenario de la causa el defensor solicitó las declaraciones
del Sr. Lisandro Posse, Julio Monroy y General
Jesús M. Sánchez, con las cuales se obtuvieron datos sobre
el hecho importante alegado por el acusado en su descargo,
Y. para complementar la prueba, el mismo defensor solicitó
se evacuaran las citas que resultaren. Dando amplitud á la
- aefensa, se libró despacho, comisionando al Alcalde de Tunja
para la práctica de esas diligencias, que llegaron oportunamente
al plenario de este juicio con los testimonios de
Tránsito Higuera y Mercedes Camacho, sirvientas del hotel
en donde se hospedó Salazar, y con el de Dolores Camacho,
lavadora del mismo establecimiento.
Esas declaraciones contienen la relación de hechos circunstanciales
que es preciso hacer notar para que sean objeto
de consideración en la parte expositiva de este fallo ; y
son éstos:
Que las Sras. Vargas Burlianos, dueñas del hotel, dieron
al Coronel Salazar, para su hospedaje, una pieza que tenía
comunicación con otra, y separada únicamente por un
· cancel que daba fácil acceso á la primera; una de esas testigos-
Dolores Camacho-dice que vio á la Sra. Evangelina
Vargas Burbano, en momentos en que el Coronel Salazar
estaba ausente de su pieza y ésta cerrada ·con llave, retirando
una barandilla que estaba recargada junto al bastidor ó
cancel, y que al ver á la testigo la Sra. Evangelina, se inmutó;
agrega también que se retiró de la pieza dejando á la señora
dentro, y ésta permaneció ahí, haciendo que estaba
arreglando las camas.
Todas esas tres testigos y varios otros del plenario, están
de acuerdo en que las señoras del hotel estaban muy escasas
de recursos, hasta el punto de deber algunas sumas
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por artículos que habían tomado al fiado para la alimentación
de los comensales, y que luégo que el Coronel Salazar
siguió su viaje, ie les vio pagar sus deudas, gratificar con
billetes de á cien pesos á sus sirvientas, y hacer viaje á esta
ciudad á comprar un lote de mercandas que lnégo dieron á
la venta en Tunja.
Esas son las pruebas de que se compone la causa, y sobre
su mérito, el Consejo, en el presente fallo, hace las siguientes
consideraciones:
Es cierto que el cúmulo de indicios que suministran las
declaraciones venidas en el término de prueba, dan la convicción
moral de que evidentemente el Coronel Salazar fue
víctima de un robo, y esos elementos probatorios servirían
aun para fundar fallo de llamamiento á juicio á sus autores;
en efecto : ¿qué objeto tenía retirar los muebles que cubrían
la puerta lateral que dada entrada á la pieza que ocupaba
Salazar? La testigo Dolores Camacho, como se ha visto, dice
que la Sra. Evangelina Vargas retiró de )a puerta una barandilla,
y que al ser observada por la testigo, se AZAI'\Ó, según
la expresión gráfica de la deponente.
Este gravísimo indicio no está sino semiplenamente
probado, pero si se relaciona con los demás hechos que refieren
los testigos, toma mayor fuerza y sirve para acrecentar
el valor de los demás indicios, asf que la referencia de
los deponentes sobre la escasez absoluta de recursos en que
estaban las dueñas del hotel, la repentina variación de >esta:do
pecuniario de ellas, puesto que pagaron sus deudas tan
luégo como Sala zar abandúnó el hotel; la clase de moneda
en que hicieron los pagos-billetes de á cien pesos-y, por
último, la liberalidad con que gratificaron á sus sirvientas,
son hechos que forman un conjunto de indicios graves, que
vienen á constituir la prueba que acepta la ley como plena,
según los artículos 1707 y 1708 del Código Judicial.
Esto ha tenido en consideración el Consejo para fundar
su veredicto, que no habría podido ser adverso al acusado
sin forzar la conciencia que se adquiere de la lectura de los
varios testimonios, mayores de toda excepción, que han venido
al plenario, decretados por el Jefe Substancütdor del
juicio y recibidos por la autoridad civil comisionada.
Por lo expuesto, el Consejo de Guerra de Oficiales Generales,
de acuerdo con los artículos 1502 á 1505 del Código
Militar, administrando justicia en nombre de la República y
por autoridad de la ley, ABSUELVE al Coronel Juan Clímaco
Salazar del delitq por gue se le ha llamado á juicio.
Sáquese copla de lo conducente, y remUase al Juez Superior
del Distrito Judicial del Centro de Boyacá, para 'f'le
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se juzgue á la Sra. Evangelina Vargas Burbano, por el delito
de robo ó hurto de que pueda ser responsable.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
El General Vocal Presidente, CLi~uco M. NIETo-El
General Vocal, Paulo Emilio Escobar-El Coronel Vocal,
Ignacio 1\'I. Carvajal~El Coronel Vocal, Emiliano Matiz R.
El Coronel Vocal, Carlos Riascos Plata-El Auditor de
Guerra, Mariano Tanco Ponce-El Secretario, Darlo Rivera
C.
En Bogotá, á veintisiete de Septiembre de mil novecientos
cuatro, siendo las ocho de la noche, notifiqué la anterior
sentencia al Fiscal, General Alfredo T. Ortega, á los defensores,
Generales Rafael S. Reslrepo y Lisandro Caballero, y
al sindicado Juan C. Sal azar.
Firman: El Fiscal, Alfredo Tomás Ortega-El defensor,
J::tafael S. Restrepo-El Defensor, Lisandro Caballero-El
Sindicado, Juan Clímaco Salazar-El Secretario, Daría Rivera
C.
SAL V Al\IENTO DE VOTO
En Bogotá, á veintisiete de Septiembre de mil novecientos
cuatro, acto continuo de firmada la sentencia, el suscrito
General Vocal, haciendo uso del derecho que le concede el
artículo 1505 del Código Militar, salva su voto en la sentencia,
por creer conforme á su conciencia que el acusado ha
incurrido en el delito castigado por el artículo 464 del Código
Penal, que dice :
"Los funcionarios ó empleados públicos expresados en
los artículos anteriores, que, por NEGLIGENCIA ó DEscumo, mEREN
LUGAR Á QUE SE EXTRAVÍEN Ó PIERDAN ALGUNOS CAUDALES
ó efectos de la Hacienda de la Nación ó que dejen arruinar
ó deteriorar los edificios ú" otros bienes públicos que estén
bajo su cuidado, serán privados de sus empleos y pagarán
los caudales- ó efectos perdidos ó extraviados."
En este estado, me adhiero á lo expuesto por el General
Vocal Escobar, por estar de acuerdo en un todo.
El General Vocal, PAULO El\ULIO EscoBAR-El Coronel
V oc al, CARLOS RrAscos PLATA.
Es copía-Bogotá, Mayo 5 de 1905.
Severiano de la 1/ortúa, Secretario
NOTA-La sentencia cuya copia precede fue confirmada
por la Corte Suprema de Justicia, según sentencia de aquella
Superioridad, dictada el día cinco de Abril próximo pasado.
Bogotá, Mayo 5 de 1 905.
Severiano de la Horlúa, Secretario
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CARRETERA DEL NORTE
.-'INFORME PRESENTADO AL SR. MINISTRO DE GUERRA POR EL
INGENIERO MILITAR
. ,
( Conltnuacidn)
En algunas partes en donde había hoyos inmensos y
_hondísimos, á veces de un metro d~ profundidad (yo mismo
los pasé hace cinco meses, cuando fui á Bucaramanga), por
falta de buenos desagües construidos inteligentemente, han
.amontonado chambas, es decir, pedazos cuadrados de tierra
vegetal sostenida por la yerba, cortados con la garlancha en el
potrero del lado, y los han botado allí. De modo que esto,
a hora que está lloviendo, desde hace una semana, se ha transformado
en el séptimo círculo del infierno. En otras partes,
encima de esta tierra, han colocado losas enormes y sin labrar
.que se han hundido en el barro, volteado, puesto de punta, y
.aumentan el peligro y la c::>nfusión del infeliz viandante.
Da lástima ver gastar así dinero inútilmente, cuando,
~ on las mismas sumas, se podía hacer algo de provecho; en
tanto que este género de composiciones acaba de dañar el catnino.
El día que se quiera arreglar este trayecto, hasta cerca
de Suesca, habrá que deshacer lo poco que allí se ha he.
c:: ho, porque es detestable.
Cuando se trata de empedrar, ó macadamiiar un camin
o, hay necesidad de examinar primero la formación del subsuelo.
Si este es muy permeable, flojo, deleznable, hay necesidad
de revestirlo de una coraza de piedras gruesas, entradas
en él mismo y compactadas con ~~ con la ayuda del cilindro,
J del riego, si es en verano que se hace el trabajo.
Sobre esto, entonces, y á juicio del Ingeniero, se derraman
varias capas de arena, ca cajo y pielras quebradas (de
un grueso que no exceda de 4 á 5 centímetros cúbicos cada
una), siempre usando agua. Se golpean sucesivamente, y cada
vez, con unas mazas ó pilones de 1 metro 20 centímetros á
1 metro 30 centímetros de alto, de una base de 25 á 30 centímetros
de diámetro, con suela de hierro y un pedazo de plomo
adentro para que sean más pesadas; con el fin de que el
obrero pueda levantarlas más fácilmente, están provistas de
dos manijas.
Luégo se pasa el cilindro de piedra ó de hierro, y se repite
este trabajo á cada capa que se echa, hasta obtener una
perfecta compactación, al abrigo de toda infiltración. La for.
ma debe ser siempre convexa para facilitar el derrame lateral
de las aguas, y sin que un cascajo como un huevo resalte un
solo centímetro sobre la uniformidad de la capa.
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Báletín. Militar a e Colombia
\..... 24 _;
En Inglaterra y en Francia, apenas se construye un
camino macadamizado ( r ), y antes de estrenarlo y abrirlo
al tránsito, el Ingeniero hace amontonar en las orillas, á
cada 200 metros, si recuerdo bien, dos metros cúbicos de
piedritas quebradas, 'del tamaño arriba indicado. Los cantoneros
obtienen estas piedritas angulosas que se prestan admirablemente,
y mucho mejor que el cascajo redondo, á la amalgamación
del conglomerado, con pequeños martillos de acero
encabados con mangos de madera, muy delgados y flexibles,
de un metro más ó menos de longitud. Para este trabajo
todos están provistos de anteojos de alambre. Por cada 4
metros cúbicos de esta clase de piedras van· 2 metros cúbi ·
cos de arena pasada al cernidor.
Ese material está destinado para ir refeccionando diariamente
la menor depresión, no digamos hoyo, porque no
le dan tiempo que se forme en la convexid::~d del lomo de burro.
Cada día el cantonero jefe recorre s11 sección, en general
ó apenas de ü /~ ó 5 lt•g·uas, ereo, y tien e una media docena
de subalternos para cualquiera pequeña composición. Toda
esta g·entC', y en cada Departamento, á causa de las numerosas
carreteras (s e pued~ decir que todas las vías que no son
férreas son carreteras), hay stempre 300 ó 4oo cantoneros
á órdenes del Ingeniero en Jefe del Departamento. Para los
puentes, las calzadas, los caminos VC'cmales, &c., hay otro
personal. Estos de quien hablo, no se ocupan sino: del maca-
~ dams, es decir, del piso empedrado de un modo especial en
la carretera, )' de s us des«lgües.
Lo mismo que· st> dice el mal, hay que decir el bien: cerca
del molino de Chinatá y de la hacienda de Tilatá (una legua
antes de Hegar á Chocontá), hay unos tres pequeños trechos,
de unos 100 metros aproximadamente cada uno, que
no están tan mal construidos como los de Estanciagrande
(entre Nemocón y Sucsca). También han sido refcccionados,
si no me equivoco, tres puentes: el de Aguatá (Williamson),
el de Estanciagrande, y el de Santa Rosa.
En general, todo el banqueo entre Suesca hasta el Puente
de Santa Rosa ( 2 ), necesita ser reconstruido y reforzado
(empedrado, taludes, desagiies, cunetas, &c.)
(1) Quiero decir un camino real 6 nacional de gran comunicación.
(2) Santa Rosa es un caserío bastante numeroso y extenso que se halla al
borde de la carretera y A orillas del río Funza, entre Suesca y ChocontA. No h~y
que confundir esta Santa Rosa con la de Osos (Antio9uia), Cabal (Cauca) y p¡.
l'rbo (Boyacá). Otras Sanh Rosa hay tambi¿n en Bohvar y en el Tolima,
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\,_ 25 _¡
III
Ya llegamos á la parte interesante de este Informe, que
es la obra ejecutada en estos tres meses últimos por el Bata-llón
A rtillerla. ·
Creo que el Gobierno tiene intención de organizar nuevos
Cuerpos de Zapadores, de modo que ]a retirada de este
Batallón de la Carretera del Norte para enviarlo á San Joaquín
y á San Javier, con el fin de auxiliar y empujar con vigor
la co nstrucción del Ferrocarril de Girardot, no es sino
momentéínea.
Toda la esperanza actual y las aspiraciones del Departamento
de Boyacá están fincadas en " la palabra que les ha
dado el Excmo. Sr. Presidente (no soy yo quien hablo; son
ellos quienes me lo han dicho así), d e terminad e;-; de u na YCZ
esta vía tan indispensable y salvadora para ellos··; ~· as{ lo he
confirmado modestamente á todos los que m e han preguntado
sobre este asunto durante mi visita.
500 metros antes de llegar á Chocontá, f'~ dec ir, al sur
de este pueblo, principian los trabajos de los Zapadores. Me
·acuerdo que esta entrada, en invierno, era un f'spanto: el mal
está remediado por ahora.
Se puede quizás ohservar que el piso nm~vo, quic i'O decir
el empedrado, no es suficientemente consist•~nte; f'S posible
que sea por motivo de que la arena no ha sido mezclada
con bastantes piedritas ó cascajo menudo, ó 'Jue no ha habido
bastante compresión con las mazas y el c1lindro, y que
el trabajo se haya hecho en seco, lo que impide la conglomeración
y adhesión perfecta. Lo derto es que, ahora que está
lloviendo desde hace unos ocho días apenas, cada rueda de carro
que pasa por el camino cava una zanja de 5 centímetros
de hondo.
Sobre un empedrado nuevo bien acondicionado, sin posibilidad
de infiltración ni permeabilidad hasta el subsuelo,
no deben dejar rastro alguno los vehículos que transitan.
Me he alegrado mucho de hacer esta correría, habiendo
empezado ya las lluvias. Se conocen mucho mejor las debilidades
de la construcción de un camino en tiempo de invierno,
que en verano.
Desde Chocontá hacia el Norte, hasta el límite entre los
Departamentos de Cundinamarca Boyacá (Estanquillo), la
construcción y reparación de la carretera está á (;argo, á consecuencia
de un contrato, del - Dr. Francisco Casas. El personalmente
dirige los trabajos, y como es del oficio, hay espeJ"
anza de que esto saldrá bien.
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Actualmente tiene trabajando, desde Hatoviejo hasta
arriba de Las Pilas, unos 150 hombres, y los terraplenes y
taludes que exige el trazo carretero, ocasionan enormes movimientos
de tierra. Las cunetas se hacen como deben ser,
anchas, hondas, de cal y canto, y enteramente revestidas y
cubiertas. Todo lo que he visto de estas obras me ha satisfecho
en alto grado ~
Pero vol vamos á lo que han hecho los Zapadores de Chocontá
hacia el Norte.
Han principiado el empedrado, trabajo general de refección,
arreglo de taludes, limpia de cunetas, &c., desde Casablanca
(Puente de la Vega, punto donde se bifurca el camino
viejo hacia el Norte), hasta el puente sobre la quebrada de Pedro
Bravo. Trayecto : goo metros.
Me he sorprendido de ver sobre esta quebradita de Pedro
Bravo un pequeño puente, hecho provisionalmente por
el vecindario, y que actualmente constituye un verdadero peligro
para los que pasan mon lados y para los animales. En
cuanto á que pasen ahí vehículos de ruedas de cualquier género,
no hay que soñarJo; se sostiene por milagro, es sumamente
estrecho, apenas para el paso de una bestia, y lleno de
huecos.
Los Zapadores deben aprender á hacer puentes (no hablo
de los de cal y canto, ni madera labrada), pero con buenos
postes, palos fuertes en bruto, haces de ramas, piedras y
arena, se pueden construir buenos puentecitos interinos sobre
las quebradas.
De Pedro Bravo ha la Hato iejo, sigue el mismo trabajo
de los Zapadores, sobre una extensión de cerca de 2 kilómetros.
En general, la obra no está mal, salvo ciertos defectos
que ya he señalado para lo que se ha hecho al sur de Chocontá.
Allá, sin embargo, las piedras, la arena, el casca!· o, no
faltan; durante todo el trayecto el río Funza corre á a izquierda,
es decir, al occidente (remontando hacia el Norte) del
camino, á distancia de una cuadra á lo más.
Antes de llegar á Hatoviejo encontramos la quebrada
Quincha, también sin puente.
Y a nadie dice Hato viejo, y todos han adoptado el nombre
nuevo Villa Pinzdn, en recuerdo de nuestro querido Jefe,
el General Próspero Pinzón.
Desde Pinzón hacia el Norte, todavía hallamos unos
1,300 metro8 de empedrado, faena de los Zapadores.
De modo que, si no me he equivocado, en unos dos meses
y medio que han trablijado, han refeccionado unos 4 kiló-
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metros y medio de camino carretero.· A primera vista esto parecerá
poco para .unos 500 á 6oo hombre~, que, según cr!!o, es
el efectivo aproximado del Batallón Artdler!a, pero debemos
hacer diferencia en un trabajo de refección de 1:1n camino
de herradura con el de reconstrucción de una carretera. Este
último requiere muchas más minuciosidades, materiales, herramientas,
y sobre todo, práctica para los trabajadores.
Una vez en Albarracln, es decir, abajo del límite entre
los dos Departamentos (Estanquillo), el carretero existe verdaderamente
sobre un trayecto total de 45 kilómetros, salvo
un paso malo en el Boquerón de V entaquemada, un puente
que falta sobre Las Quebraditas (antiguo puente de Panamá
( 1 ), y los dos últimos kilómetros antes de entrar en Tunja.
Estos están completamente dañados y requieren urgentemente
un empedrado nuevo.
(Continúa)
( 1) El nombre le ha sido fatal , porque se lo llevó el agua Este punto se
halla 1 kilómetro antes de llegar al puente de Hoyacá. (sobre el río Teatinos).
Doctrinal
INSTRUCCION DEL TIRO DE LA INFANTERIA ..
(Instrucción arreglada del francés para la Compañía de Instrucción, por el Ins·
tructor General del Ejército) 1
SEGUNDA PARTE
INSTRUCCIÓN INDIVIDU AL DEL Tll\ADOR
Progresidn de la instrucción indL'vidual del llrador
38. La instrucción individual del tirador es la base de
toda la enseñanza del tiro. ·
Independientemente de su objeto inmediato, que es iniciar
á los hombres en los principios elementales del empleo
del fusil, y en la práctica del tiro, ella concurre, junto con la
educación militar en general, á dar á los soldados confiaaza
en sí mismos y en su arma.
La instrucción individual del tirador es una preparación
directa de la instrucción colectiva de la sección.
39· Los ejercicios se sucederán como sigue:
Ejercicios preparatorios ;
• El Batalló1z Caliblo est\l recibiendo esta instrucción.
En el número 25 de este Boletín, página 710, se omitió la nota que precede
y las palabras : DEL TIRO, en el título de esta instrucción, que lla debido salir
tal como hoy aparece en este número.
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Tiro real á distancia reducida;
Tiros de instrucción;
Apreciación de distao<;ias;
Tiros de aplicación y de combate.
4o. La apreciación de distancias, que aun cuando no
tiene aplicación sino en el período de tiro de combate, puede
ser enseñada al mismo tiempo que los primeros eJercicios.
4L La instrucción será individual; debiéndose reunir
ordinariamente de 6 á 8 hombres en un solo grupo.
42. Los ejercicios preparatorios empezarán inmediatamente
sean dados de alta los reclutas. A los soldados veteranos
se les harán practicar una vez al año; sólo podrán ser
exceptuados los tiradores de primera clase.
A fin de no retardar la marcha de la instrucción, lo~
atrasados ó desaplicados, serán enseñados aparte.
EJERCICIOS PREPARATORIOS
43· Los tiros de instrucción se ejecutan en tres posiciones:
de pie, de rodillas y tendido.
44. Disparar un ritle sobre un objeto determinado, e~
reunir en una sola operación tres actos distintos, á saber:
1? Apuntar el arma;
2? Mantenerla en dirección;
3? Actuar sobre el disparador para hacer partir el tiro~
Estos tres actos se le enseñan sucesivamente al soldado,
se le hacen en seguida reunir y se le ejercita en hacer partir
el tiro sin variar la posición del arma.
A tal efecto, se hace pasar á los hombres por los ejercicios
preparatorios, de modo de enseñarles, antes de quemar
un cartucho, todo lo que es necesario hacer para tirar bien.
Las sesiones consagradas á la instrucción del tirador,
deben ser cortas y frecuentes.
45· La enseñanza se dará de conformidad con la progresión
siguirnte:
1. 0 Tomar la línea de mira; dirigir la línea de mira á
un punto marcado;
.2·0 Manejo y reglas del empleo del alza; dirigir las diferentes
Jineas de mira á un punto marcado.
3.° Comprobación de la regularidaQ de la puntería;
4.° Colocación del arma en el hombro; apuntar á un
punto designado tomando las diferentes lineas de mira;
5· 0 Acción del dedo sobre el disparador;
6. 0 Hacer partir el tiro, estando apuntando, sin variar
la posición del arma.
Esta progresión se subdividirá en tan tos ejercicio~, cuanlos
comporten la necesidad de la instrucción.
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1. 0 Tomar la ltnea de mira (línea de mira de 2 o o metros);
dirigir la línea de mira á un punto marcado
46. Los soldados, en la posición de en su lugar descanso,
serán reunidos al rededor del caballete de puntería sobre
el cual está colocada el arma. (Un pabellón de rifles con un
saco lleno de arena, cuya mayor altura dé al hombro, puede
sustituir el caballete).
El instructor muestra á los soldados los dos puntos que
determinan ]a línea de mira :
1. 0 El fondo de la ranura del alza;
2. 0 La cúspide del punto de mira.
Les explica que para tomar la línea de mira se debe cerrar
el ojo izquierdo, colocar el ojo derecho un poco atrás
de la cresta de ]a culata, de modo de percibir todo el punto
de .. mira dentro de la ranura del alza y encima del fondo, sin
que la mejilla toque la culata.
Dadas estas explicaciones, designa á un hombre para
que tome la línea de mira. Este irá al caballete con Paso
vivo y resuelto, hará alto, se cuadrará y ejecutará un medio
á la derecha.
(Conlúuía)
LA BATALLA DE TSUSHIMA.
(HELATO DE UN OFICIAL JAPONÉS HEI\IDO EN EL COMBATE)
(Versión del inglés)
"La escuadra enemiga está á la vista."
"Los destinos del Imperio dependen de la batalla. Iloy
deLcmos hacer el esfuerzo supremo.-''
"A dar la última y tremenda carga á los contrarios.''
Esas tres señales, recibidas por los buques de guerra japoneses
durante la jornada, indican la marcha de esa batalla
que fijó los destinos del Japón.
Al amanecer del sábado, las naves de Togo estaban ancladas
convenientemente, cuando á las 5.30 de la mañana se
recibió del Arsenal de Sasebo el siguiente despacho: "La Escuadra
enemiga está á la vista," el cual les fue transmitido
junto con las órdenes para entrar en acción. La Escuadra,
con la izquierda en cabeza, debía avanzar hacia la parte
oriental del canal de Tsushima; la tropa, que estaba descansada,
mostró desde luego con cuánto brío marchaba al combate.
Cuando aparecieron á ]a vista las islas Tsushima, hacia
el SE., el mar se alborotó, y los torpederos se vieron obligados
á buscar amparo en la costa de dichas islas.
El tercer escuadrón, regido por el crucero Takachiko,
avanza á reconocer la marcha de los rusos, y á las 1 1.30 in-
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forma á Togo que el enemigo embocaba el brazo derecho
del Canal. Sin demora, el grueso japonés cambió rumbo al
Sur, y á la 1 p. m. descabezó las .i.slas ya nombradas. La tercera
División, la última llegada, se reunió entonces al grueso.
Las Divisiones 1~ y 2~, acompañadas por una escuadrilla
de Destroyer, giraron al W., en tanto que la tercera, con la
4~ escuadrilla de destroyer cinglaba hacia el E.
Mientras que se ejecutaba esta maniobra, apareció al S.
el pabellón ruso: era la 1 y 45· Los rusos navegaban en columna
doble; la escuadra era numerosa, y aunque no se le
veía empuje, avanzaba en buen orden. Los buques japoneses
izaron su bandera de combate, y el Mz'!t·asa (buque almirante),
por señales, dijo á la flota: " Los (]estinos del Imperio dependen
de la batalla. Hoy debemos hacer el esfuerzo supremo."
Los marinos) con su grave silencio, demostraron que
entendían todo el alcance de esa lacónica proclama. Las Divisiones
r~ y 2~ giraron para tomar el estribor de los rusos,
en tanto que la 3~ cerraba sobre ellas.
Cuando los barcos japoneses ejecutaban esla maniobra,
daban las 2.1 3, y á esa misma hora <>1 a orazado ruso Nicolás
1 (almirante Nebogatofl), disparaba el primer cafionazo :
principiaba el combate. Las dos primeras granadas enemigas
no alcanzaron á la linea japonesa, y pasaron algunos minutos
antes de cerrarse el fuego. Los dcstroyers de Tog·o estahan
al lado ~el grueso japonés, y sin perder sn formación,
la flota del 1\hkado estrechó á los rusos contra la costa de
Kinshin, obligándola á cambiar de rullllJo al E. A la par maniobraban
los jnponeses para mantcn<'r sus bandas paralelas
aliado N. de la línea rusa. EllUtkasa, de la ~~ División,
cambió su puesto con el ftasuga (crucero), que así vino á que-dar
á la cabeza de la línea. ·
La lucha arreció en xtremo, y el fuego estalló en el Borodino;
la cabeza rusa se inclinó lig·eramente nl ,V. y Jo propio
}Jizo la japonesa. Cinco buques nipones de los oc la 2~
División, recibieron orden clP concPntrar sus disparos sobre
el incenrliado Boroclino. La I~ División japonesa, cuyo fuego
era intensísimo, apretó de lleno la cal5cza rusa, en tan lo que
la 3~ viró sobre )a cola enemiga para covoh-cr
Citación recomendada (normas APA)
"Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año IX Serie VII Tomo II N. 1", -:-, 1905. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3691306/), el día 2025-10-07.
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