Año ri 13ogotá, Agosto 13 de 1893.
BOLETIN MILITAR
~·-
ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJÉRCITO -·-
Director, ALEJA N ORO POSADA
Son colaboradores natas de este periódico, todos los 'Jefet
f Oficiales del Ejé7~cito de la República.
DECRETO
El Ficepresidenle de la República, encargado del Poder
Ejecutivo,
En uso de la facultad constitucional,
()ECRETA :
Artículo único. Nómbrase Ministros del Despacho
Ejecutivo los señores:
D. AuRELIO MuTis, para el de Gobierno.
D. FELIPE F. PAúL, para el de Relaciones Exteriores.
D. PEDRO ANTONIO MaLINA, para el de I-Iacienda.
D. ÜLEGARIO RrvERA, para el de Guerra.
D. ToMÁS HERRÁN, para el de Instrucción Pública.
D. Lurs MARÍA MEJÍA ALvAREz, para el del Tesoro.
Dado en Bogotá, en el Palacio de Gobierno, á 7 de
Agosto de 1898.
JOSÉ MANUEL MARROQ_UÍN.
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74 'FIOLETÍ N MILITAR
EL SR. GENERAL OLEGARIO RIVERA
Honroso nos es participar á todos los cuerpos de tro~
pa, á Jos Jefes y Ofici-ales en servicio, que desde el día 8 del
presente mes ton1ó posesión del empleo de Ministro de
Guerra el señor General D. Olegario Rivera.
La larga carrera y meritorios servicios que cuenta tan
distinguido Jefe y connotado hon1bre público, sus perso""
nales dotes de carácter, la_ confiauza que sabe inspirar
con su caballeroso y amable trato, todo hace comprender el
prestigio de su nombre y explica la justa y n1erecida popularidad
de que disfruta en el país.
Durante la Adn1inistración del doctor Carlos Holguín
clesempehó el misn1o elevado puesto á que hoy ha sido Jlan1ado,
y desde entonces se .hi'L.o notar por su energía y dotes
de mando, contribuyendo con su la.boriosidad é inteligencia
al acertado desen1peño de tan importante Cartera.
La presencia del señor General Rivera en el Ministe ...
rio de Guerra. es, púes, una noticia que ha de colmar de
satisfacción á todos los miembros del :Ejército, y que
ha de infundirles positiva confianza, desde luego que les
toca cumplir las órdenes de un superior cuya voz autorizada
y vigilante no tiene más norma que el cun1plimiento
del deber.
-............-- ........ .,.__
ORGANIZACION
DE LA MARINA BRASILERA
(Traducido de la Revi!ta Marítima llrazileira).
Arsenales de Marina.-Hay cinco arsenales de marina.
en la república: uno de I: categoría en la Capital Fede ...
ral y los cuatro de 2. & categoría, en l?ará, Pernan1buco,
Bahía y el de Ladario en el Estado de Matto Grosso.
Existe además en la margen del Alto Uruguay, en
ltaqui, Estado de Rio Grande d~l Sttr, una oficina naval de
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'pequefias próporc.iones, para la cons~rvación y r'eparacióñ
•de los barcos de la flotilla estacionada en ay_uel río, que es;
en una gran extensión, la de la frontera con la República
Argentina, en la cual desagua el Ql¡arehim, que tan1bién
es una de las fronteras con la República del Uruguay.
Tipo de la organización de nuest"ros arsenales de marina
que son, como en toda~ partes, al mismo tien1po fábricas
industriales del Estado y establecinli'entos militares,
es la organizacíón del arsenal situado et1 la Capital Federal;
con algunas de sus dependencias en 'el v'ecino Estado de
Río J aneiro.
Son todos los arsenales administrados por oficiales del
cuerpo de Ja arhlada, con el título de Inspector ó Jefe n1i!
itar de puerto; el de la Capital Federal por un oficial general
y los demás por ·oficiales de grado no inferior á Ca.:..
pitán de fragata. .
El Inspector dd arsenal de la capital, ya por la importancia
de ese establecimiento, yh por -que está bajo la vista
directa del Ministro de Marina, tiene funciones que lo
constituyen uno de los órganos de la administración central,
ya en los asuhtos relativos á la adquisición naval del
n1aterial, ya en los asuntos técnicos en qué interviene, asistido
por los directores respectivos ó ya como jefe de los
buques desarmados.
En los arsenalés de primera categoría hay las siguien..:
tes direcciones técnicas :
Construcciones navales;
Máquinas de vapor;
Artillería y pirótécnica ;
Torpedos y electricidad ;
I-Iidráulica.
En los de segunda categoría sólo hay dos direcciones.
de construcción naval y de n1áquínas.
Los directores y sus ayudantes pueden ser nombrados
de entre los oficiales del cuerpo de Ingenieros navales.
Además de las direcciones tienen los arsenales la de
todos los servicios concernientes al artel del marinero.
El almoxarifado, directamente subordinado al Inspec
or, es la oficina adquisidora y distribuidora de n1aterial
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BOLETÍN MILITAR
destinado al repuesto ; de los depósitos de las direcciones
y de los objetos del arn1amento naval y militar destinado á
los buques y establecimientos de n1arina.
Hay en el arsenal de ]a capital, seis depósitos de materias
primas y de objetos manufacturados en el arsenal
correspondiente á las diferentes oficinas, entre los cuales un
depósito de tren bélico perteneciente al Ministerio de Marina,
directamente subordinado al Inspector.
Oficina de la Carta Marítima del Brasil.-Incumbe á
esta oficina :
La administración y dirección general del servicio hidrográfico
del Brasil;
La adn1inistración y dirección ge~eral del servicio de
iluminación y valizamiento de la costa, puertos, ríos y lagunas;
La administración y dirección general del servicio metereológico
del Brasil y del magnetisn1o terrestre, principalmente
en lo que interesa á Ja navegación. ·
A la cabeza de la oficina está el Jefe de la Carta Marítinla,
oficial general ó superior, de grado no inferior á
Capitán de freigata, el cual tiene la dirección general é inspección
de todos Jos servicios.
Cada uno de los tres ramos del servicio, está confiado
á un director. Está fijado en 10 el número de ayudantes
para Jas tres direcciones; el número de auxiliares es indeterminado.
Directores y ayudantes son todos oficiales de la armada.
La dirección de hidrografía se divide en dos secciones:
una hidrográfica otra a~tronón1ica.
A la sección de hidrografía incumbe el levantamiento
y construcción de la. carta general de las costas del Brasil;
á la sección astronón1ica el arreglo de los cronómetros de la
marina y la detern1inación de la hora del puerto.
La dirección de hidrografía provee á los buques de la
armada de las cartas, planos é instrumentos náuticos.
Un buque de guerra se encuentra siempre al servici
de la oficina hidrográfica.
A la dirección de los faros tócale la administración y
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BOLETÍN MILITAR 71
dirección del servicio de iluminación de la costa, puertos,
ríos y lagunas. Funciona con un director, tres ayudantes,
un operario cerrajero y lamparero, un archivista y un amanuense.
Para la inspección y mejora de los faros existentes,
instalaci6n y contrucción de los nuevos se debe destinar un
buque apropiado para ese fin, el cual será mandado por
uno de los ayudantes.
Los faros de la capital Federal y Estado de Río Janeiro
son administrados directaménte por la dirección de
faros, los demás están á cargo de la Capitanía de Puertos
bajo la fiscalización y dirección de la oficina central.
Existen actualmente 7 5 faros y faroles, incluídos los
de la Laguna de los Patos, dd Amazona y barras de los
diferentes ríos y puertos.
A la dirección de metereotogía le corresponde regularizar
y dirigir los trabajos de Jas estaciones metereológicaf:!
y semafóricas. ·
La~ estaciones metereológicas son de primera, segunda
y tercera clase.
Actualmente hay establecidas tres estaciones metereológicas,
siendo una de primera clase en la Capital Federal,
una de segunda clase en Río Grande del Sur y otra de segunda
en Santa Catalina.
capitanías de puertos . ..,-Estas oficinas son representantes
del Ministerio de Marina en todo el litoral, ríos y lagos
navegables del país; son aún más: son representantes del
poder público sobre el don1inio público marítimo y fluvial
mixto de la nación, por las atribuciot?es que le competen:
de policía naval y de pesca, de velar por la conservación de
los puertos y canales navegables y de impedir las contrav:
enciones al dominio público sobre los dominios de manna.
En d ejercicio de esas atribuciones el capitán de puerto
obra de acuerdo con la autoridad n1unicipal.
Compétele, además, la inspección y administración de
los faros y valizamientos, bajo la dirección superior de la
dirección de la carta marítima; la matrícula de la gente de
mar y de las tripulaciones empleadas en la navegación y
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BOU~TÍN MlLlTAR
tráfico de los puertos y de las costa.s, , practicaje de éstas Y·
9-e las barras; promover el mejoramiento de lt)S puertos ;
proponer al gobierno las medidas qu.:e para este fin juzguen
convenientes; fijar de acuerdo con, la autoridad s~mitaria y
la aduana ó resguardo los fondeadores de cuarentena, franQUÍa,
carga y descarga; limitar, con aproba~ión del gobierno,
los fondeaderos n1ás convenientes para los buques de
guerra nacionales y e~ tran jeros; p17esta.r socorro en caso de
incendio ó peligro marítimo; recibir y registrar las embarcaciones
nacionales; nombrar Jo s ·apataces y subcapataces.
sus agentes en la policía de las em.barcaciones de tráfico de
los puertos y. de peso . ; propon er al ~nistro los reglamentos
más conformes al practicaje especial rle cada puerto~
mandar proceder las vistas ex igidas por la ley. ; examinar y
aprobar, mediante una comisión de peritos, Jos planos de
las embarcaciqnes que se hu.bieren de construir; en rcsunlen
: hacer ejecutar por nacionales ó ex_ranjeros los regla-.
mentos expedidos por el gopierno. sobre la p olicía de Jos
puertos, como también la, ley de 2 de. Ju.lio de 1896 que,
· ~n cumplimiento de disposi~ión constitucional, reserva á
1:as en1barcaciones nacionales, prcvi;¡~.mente r,egistradas como
tales, la navega~ión del cabotaje entre los puertos de la república,
dentro de las .agu,as de ésLas ó de los ríos que rec;
orren su territorio.
HtJsp~tal y enfermería de marina. - Existe un vasto
l<).ospital de marina en ls capital federal, situado en la par-.
te más elevada de las islas de las Cobras, dentro del recinto
de la antigua fortaleza, hoy arnuda sólo parcialmente.
Con econ,om¡a distinta de la. del hospital f.ue creada
también en la capital federal, en el barrio n1arí#'mo de Copac;
abana, una enfermería, ex,clu~iva · para, lq.s plftzas de n1arina,
~tacadas de beriberi.
En Bahía, Pernambuco, Pará, Ladario, Matto Grosso
y en Itaqui,. en el Alto-Uruguay, hay a.nfermerías de n1arina
dependientes de la inspectoría del ar:senal, en las cuatro
primera? localidades, y del comandado de la flotilla en
la última,.
Cada escuela de aprend~ces de ll?Fl~in~ros tiene su en-fermería.
·
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BOLETÍN MTLITA 79
El directo~· del hospital de marina de la capital federal
es un oficial general de la arnuda.
~as enfermerías son &.dnlinistradas por cirujanos de la:.
armada, bajo la inspección. de los inspectores de los arsenales
ó de los comandantes de las escuelas de aprendices de
Dlarineros, exceptuand!o la enre.rn1ería de Copacabana, que
se rige por instrucciones especiales, bajo la dirección de un
cirujano de la arn1ada, subordinado directamente al Ninistro
de marina y al Jefe del Estado M ·ayor.
En el hospital de marina de la cap ital hay piezas para
el tratamiento de oficiales y una enfermería especial para
los aspirantes.
El hospital se provee de v í veres, medicamentos, ropa,
etc., por intern1edio de la comisaría,_ y directamente las n1enudencias,
por compras hechas por el jefe de la farmacía ó
por el arsepal.
El presupuesto. del Ministt=rio de Marina fija las diferentes
cantidades para gastos d el n1aterial del hospital de la
capital y de las d'i ,versa.s enferrr.erías.
Ligado á la farmacia del hospital hay un laboratorio
donde se manipulan preparaciones de uso ordinario.
El hospital provee á los buques de la arn1ada de las
respectivas farmacias, instrumentos quirúrgicos, etc.
El almoxarife· es elt principal responsable por el servicio
de la hacienda dd hospital, teniendo á su cargo el
arriendo, escritura y contabilidad del dinero, géneros y demás
efectos de la ha-ciend'a nacional del servicio del esta!.
blecimiento .
LECTURAS DE HISTO-RIA PATRIA
PUNTOS PIUNCIPALES DE LA VIDA PÚBLICA DE BOLÍVAR .
( CONTINU .~CIÓN ).
Aquí ·aparece eh ciudadano honrad o, amigo Jel Jerecho del
pueblo, confiado en la existencia de la R epúblicaj ellV.lagistrado
dispuesto á cumplir la, voluntad dd pueblo.
Y apreciando en conjunto la situación del paí· por cuya libertad
se encontraba comprometido en ardiente lucha, añadió :
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8o BOLETÍN MILITAR
'~No ha sido la época de la Repúblicc1 que he presidido, una
mera tempestad política, ni una guerra sangrienta, ni una anarquía
popular; ha sido, sí, el desarrollo de todos los elementos desorganizadores:
ha sido la inundación de un torrente infernal que
ha sumergido la tierra de Venezuela."
Después, como recogiéndose en sí mismo, para mejor graduar
la naturaleza y eficacia de sus propios actos, agregó:
"Yo no he podido hacer ni bien ni mal: fuerzas irresistibles
han dirigido la marcha de nuestros sucesos: atribuírmelos no sería
justo, sería darme una importancia que no merezco
"En medio de este piélago de angustias no he sido más que
un vil juguete del huracán revolu~..ionario gue me arrebataba como
una débil paja ...... V u e tro es ahora el augusto deber de consagraros
á la felicidad de la República : en vuestras manos está la
balanza de nuestros destinos, la medida de nuestra glo. ict ; ellas
sellarán los decretos que fijen nuestra libertad."
Y, luégo, llevando á la política los dictados de la filosofía, siguió
diciendo con increíble lucidez de espíritu:
"Un gobierno republicano ha sido, es y debe ser' el de V cne'
Z'lela; sus basas, la soberanía del pt.Jeblo, la divisic)n de poderes, la
libertad civil, la proscripción de la esclavitud, la abolición de la
monarquía y de los privilegio. Nece itamos la igualdad para refundir-
digámoslo así en un todo, los hombres, las optniones políticas
y las costumbres. Luégo, extendiendo la vista sobre el vasto
campo que no.; falta por recorrer, fijemos la atención sobre los
peligros que debemos evitar. Que la historia nos sirva de guía en
esta carrera-Atenas la primera nos da el ejemplo má:5 brillante de
una democracia absoluta; y al instante la misma Atenas nos ofrece
el ejemplo más melancólico de la debilidad extrema de esta especie
de gobierno. El más sabio lrgislador de Grecia no vio conservar
su República diez años, y sufrió la humillación de reconocer la
i11suficiencia de la democracia absoluta para regir ninguna especie
de sociedad, ni aun la más culta y limitada; porque sólo brilla con
relámpagos de libertad.
"Solón ha desengañado al mund~ y le ha enseñado cuán difícil
es dirigir por simples leyes á los hombres.
"No seamos presuntuosos legislado:-es; seamos moderados en
nuestras pretensiones. No es probable conseguir lo que no han lograso
el género humano ni las más grandes y sabias naciones. La
libertad indefinida, 1~ democracia absoluta sor1 los escollos donde
han ido á estrellarse todas las esperanzas republicanas. Echad una
mirada sobre las república~ ant:guas, sobre la!l repúblicas modernas,
sobre las repúblicas nacientes; casi toJas han pretendido ('Stablecerse
absolutamente democráticas, y á casi todos se les han frustrado
sus justas aspiraciones. Son laudables ciertamente aquellos
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BOLETÍN MlLITAR
hombres que anhelan por instituciones legítimas y por una perfección
social; pero, ¿quién ha dicho á los hombres que yá poseen
toda la sabiduría, que yá practican toda la virtud que exige imperiosamente
la liga del poder con la justicia? ¡Angeles, no hombres,
pueden únicamente existir libres, tranquilos y dichosos, ejerciendo
todos la potestad soberana!
"Y á disfruta el pueblo de Venezuela de los derechos que legítima
y fácilmente puede gozar; moderemos ahora el ímpetu de
las pretensiones exageradas, que quizá le suscitana la forma de un
gobierno incompetente para él. Abandonemos las formas federales,
que no nos convienen: ab1nclonemos el triunvirato ciel Poder
Ejecutivo, y concentrándolo en un Presidente, confiémosle la autoridad
suficiente para que logre mantenerse luchando contra los
inconvenientes anexos á nuestra reciente situación al estado de
guerra que sufrimos y á la especie de enemigos externos y domésticos
contra quienes tenemos que cotT.batir. Que el Poder Legislativo
se desprenda de las atribucione que corresponden al .Ejecutivo,
y adquiera no obstante nneva consistencia, nueva influencia
en el verdadero equilibrio. ~~e los tribuna]es sean reforzados
por la estabilidad y la independencia de los ·ueces, por el establecimiento
de Jurados, de Códigos CÍ\ il s y criminales que no sean
dictados por la antigüeclacJ, ni por reyes conqui tadore , sino por la
voz de la naturaleza, por el grito de la justicia y por el genio de la
sabiduría.
"Mt deseo es que todas las partes del Gobierno y Adminis- -
tración adqui~ran el grado de vigor que únicamente pueden mantener
el equilibrio, no sólo entre los miembros que componen el
Gobierno sino entte las diferentes fracciones de que se compone
nuestra sociedad. N ~da importaría que los resortes de un sistema
político se relajasen por su debilidad, si esa relajación no arrastrase
consigo la disolución del cuerpo social y la ruina de los asociados-.
Los gritos del género humano claman contra los inconsiderados
y ciegos legisladores que J1an pensado que pueden hacer ensayos de
quiméricas instituciores. 1~odos los puel:los del mundo han pretendido
libertad: los uno.:; por las armas, los otros por la leyes,
pasando alternativamente de la anarquía al despotismo y del despotismo
á la anarquía; muy pocos son los que se han contentado
con pretensiones moderadas, constituyéndose de un modo conforme
á sus medios, á su espíritu y á sus citcunstancias. No aspiremos
á lo imposible, no sea que por elevarnos sobre la región de la libertad,
descendamos á la región de la tiranía. De la libertad absoluta
se desciende siempre al poder absoluto; y el medio entre estos
dos términos es la suprema libertad social.
"Hagamos que la fuerza pública se contenga en los límites
que la razón y el interés prescriben; que la voluntad nacional se
contenga en los límites que un justo ooder le señala: que una le-
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BOLIHIN MILITA.R
gislación civil y cPimiha}. análoga á nuestra actual cor.stitud6n,.,
domine imperiosamente sobr.e el poder jl'diciario; y entonces habr.
i un equilibrio y· no habrá el ch::>que que emb1raza la marcha del
Estado, y no habrá.. esa complicación que traba en ve~ de ligar la
sociedad.
"Para forma.li- un. g.obierno estable se requiere la basa de un
espíritu nacional, que tenga por objeto una inclinacion uniforme
hacia dos puntos capitales: moderar la voluntad general y limitar fc,t
autoridad pública. L.os términos que ftjan teóricamente - estos dos
puntos son de una di Gcil asignación-;. pero puede conc.ebirse la regla
que debe dirigirlos:. es la restricción y la concentración recíproca,
á fin de que ha ya h menor frotación posible entre la voluntad
y el poder legítimo. El amor á la patria, el amor á las leyes,
el amor á los magistrados,. son las nobles pasiones que deben absorver
exclusivamente el alma de un republicano.
"Los venezolanos am;m la patria pero no am:m sus leyes, porque
éstas han sido nocivas y eran la fuente del mal; no han podido .
~mar á sus magistrados, porque eran inicuos, y los n~tevos apenas
son conocidos en la carrera en que han entrado. Sí no hay un respeto
sagrado por la Patnia, por las leyes y por las autoridades, la
sociedad es una confus.ii>n~ un abismOj es un conflicto singular de
hombre á hombre,. de cuerpo á cuerpo.
"Para saca~ de este caos nuestra naciente República, touas
nuestras facuhades mor.ales no serán bastantes si no fundimos la
masa del pueblo en. un. todo; la composición del. Gobierno· en un
todo; ]a. legislación en un todo, y el espíritu nacional en un todo.
¡ Urnidad; unidad, unidad debe ser nuestra divisa! l!,a sangre de
n .uestros ciupadanp~es diferente: mezclémos!a. para unirla; nuestra
constitución ha dividido los poderes: enlacémoslos para unirlos;
nuestras, leyes son. fUnestas reliquias de todos los despotismos antiguos
y moderno~; que.este edificio monstruoso se derribe, caiga, y
apar.tando hasta sus r·uinas, elevemos un templo á la Justicia y bajo
los. auspicios de su santa inspiración, dictemos un, Código de leyes
venezolanas ..
"!La educación popular debe ser eJ cuidadb primogénito del
amor patern~l del Congreso. Moral y luces son los polos de una
Rep~blic.a.; , mpral y lJJ~es. ~on nuestras. pnimer.as. necesidades~ ..... "
(Continuará).
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,.
ROLETIN MILITAR.
EJERCITO N ACIOl~ AL
INFORME
DEL I TSPECTOR GENERAL DE LAS FUERZAS DEL. OEl\!llO DEL CAUCA
p¡;speco.'ón de lt1s fiurzflf del Celltro del G,ilufa.~Número z.--Popay,í11,
Mayo 16. rü I 898.
~cñor Ministro de Guerra.- :{l.ogoJ;á ,
El r l:> de Ab,á) prs,: pero hac-en falta dos- de és5os, porque no son·
suficientes los que hay. ·
Las armas todas. se hallan en bu-en estado~ á excepcrón de sesenta
fusiles Gnu, tos cu'alcs es.tán dañados; pero según ínform~, se ha ' re.:ibido
orden para componerlos7 y pronto se procederá :í hacerlo.
Faltan 51.9 ba'jonetas para Jos fusiles Rmrillgtoll., además de 7 5
Peabody que hay eh' el depósito y pueden apropiarse á aquella arma.
Actualmente .se repara el correaje, que puede uti·lizarse del existente
en el almacch;· por un obrero dado de alta 1 en' el Cuerpo en clase ·
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·de tropa, á q u1 et'l se ét'lttegaton las rtl.'ater:~Ics nccc arios para la obra, los.
cuales contrató el sel1or Prefecto.
En el parque se encuentran tamb~n vanos '\hiles de banda, de los
']U e admiten .reparación 17 cornetas y 8 cajas d-e gcrra, pero además, una
vez compucstas.,paraque queden setv~hles necc.s:itan 17 boquillas y 6 puntillcs,
64 tornillos ·Con ses respectivas rae cas y 16 parches.
Las m 1nicioncs., que fu-eron cKarninadas y (:nsayadas, se nallan ea
muy buen estado, pero sería conveniente aumentar con cien mil
( IOo,ooo) cartuchos la dotac;ón de ·~os ft~s~lcs Remir.gtoJJ existentes en el
parque.
El pormenor de 1o!t der11entas clc gtJer.ra se encuentra en el estado
dt: mater~al que acompafio á este infwm:c.
Lo!: salones d'Cstinadcs á ser\'ir d.e ai macencs, ofrecen la seguridad
necesaria, pcm no snn suficie!ltertente espa<:iosos y se carece, por esto, de
h comodidad qt:e debe de c-~igint.
En estos términos presento á S.S. el informe de la revista correspondiente
al primer trimestre de este a11o., y dt:jo satisfecha la obligación que
"lne impon-e el artículo. 1° ., q11c ·cglarnc.:nta las funciones de los Inspectores.
Soy coa toda consideraéioA. de S.S. ~.tcnto servidor.
El Gene-ral .fH~p
Citación recomendada (normas APA)
"Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año II N. 64", -:-, 1898. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3690981/), el día 2025-07-27.
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