Bogo~, Marzo 19 de 1 93. Númoros iG y 47
...
BOLETIN MILITAR
--··----
ORGANO DEL MINISTERIO DE GUERRA Y DEL EJÉRCI O
--···~--
Director, ALEJANDRO POsADA.
Son colaboradores natos de este periódico, todos los Jefi.r
"1 Oficiales del Ejército de la República.
DECRETO NÚMERO 153 DE 1897
(31 DE MARzo),
orgánico de la Contabilidad militar.
(CONTINUACIÓN)
CAPÍTULO II
ALUNBltADO
Artículo 156. Señálanse las siguientes cantidades para gastos
de alumbrado para los Cuerpos del Ejército:
Para cada Comandancia de Batallón ó medio Batallón, cuatro
pesos mensuales;
Para cada Mayoría de Batallón ó medio Batallón, cinco pesos
mensuales;
Para cada Compañía suelta, doce pesos mensuales; .
Para cada Compañía de Batallón ó Escuadrón, diez pesos
mensuales;
Para cada Banda de música, ocho pesos mensuales;
Para las guardias de la Plaza de la capital, cuarenta pesos mensuales;
y
Para las guardias de las Plazas de fuera de la capital, seis peos
mensuales cada una.
CAPÍTULO III
JABÓN
Artículo 157. Señálase la cantidad de veinte centavos por pla ,
za, mensualmente, para la compra del jabón que se consuma en e
lavado del equipo de la tropa.
Queda suprimido el gasto de alpargatas para la mismao
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106 BOLETÍN MILITAR
CAPÍTULO IV
AGUA
Artículo 158. Señálase la suma de diez pesos mensuales por
cala Compañía, para el gasto de agua, en las guarniciones de Panamá,
Santa Marta, Riohacha, San Juan de Córdoba y el Departamento
de Santander.
CAPÍTULO V
FRANQUICIA TELEGilÁFICA
Artículo I 59· Gozarán de franquicia telegráfica, para los
asuntos del servicio, los Comandantes Generales y Jefes de Estado
Mayor del Ejército, División, Columna ó Brigada, los Jefes Militares
de los Departamentos, los Inspectores, el Funcionario de Instrucción,
los Jefes de Batallón,. medi0 Batallón ó Compañía suelta,
los Guardaparques, los Auditores, los Habilitados, el Proveedor
general del Ejército, los Comandantes de escoltas y de guarnición
y el Tesorero del Montepío lV1ilitar.
Artículo 160. Prohíbese emplear en los partes telegráficos,
mayor núme.ro de palabras de aquel que sea indispensable para la
claridad.
Art. 161. Suprímense los partes diarios acerca de las novedades
en el personal de los Cuerpos, cuando éstas no hayan tenido
lugar, en cuyo caso queda insubsistente el ú !timo aviso recibido.
TÍTULO VII
MARINA DE GUERRA
CAPÍTULO f
DB LAS CUENTAS, GASTOS Y COMPROBANTES
Sección I .a
De las cuentas
Artículo 162. La cuenta de los buques al servicio de la Marina
de Guerra de la República, se llevará por el sistema de Cargo
y Data.
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BOLETI N MILITAR 107
Artículo 163. En cada buque se llevarán los siguientes libros:
El de Inventarios, en el cual se abrirán cuatro capítulos, que
serán: el de múebies, para anotar los de cámara y oficinas; el de herramientas,
para todo lo que se refiera á maquinaria y herramientas;
el de batería de cocina, para anotar los útiles existentes, así
como también los del servicio de mesa y panadería; y el de aparejos;
El de Caja para describir los ingresos y egresos;
El de .Altas y Bajas del personal, para anotar las novedades
que ocurtan y la fecha en que tengan lugar;
El Copiador de recibos y libranzas;
El Copiador de comunicaciones;
El de Combustible, para anotar el nombre del vendedor, la cantidad
comprada, el precio y el sitio en que se halle el leñateo. A
fin del mes se hará el resumen del gasto y se anotarán las millas
recorridas y la proporción del consumo en cada una;
El Diario de alimentación, para des ..... ribir en él las cantidades
que con tal objeto se reciban de los Habilitados ó de los empleados
en comisión del Gobierno; y
El Diario de la navegación.
Art. 164. Los libros llevarán en la primera página el certificado
de los folios que contienen y el objeto á que se han dedicado.
Este certificado lo extenderá el Cornanc.lante del bu<¡ue.
Art. 165. En el libro de Caja se extenderán las diligencias
de \'isita que mensualmente practique el respectivo Jefe .1\tlilitar.
Copia de esta c.liligtncia se enviará al J\1 inisterio d · Guerra.
Art. I b6. Los libro:s c.le Caja, Je Liln anzas, de ln'umtarios,
e Combustibles y Je Alimentación serán llevados por el Contador
Proveedor, denominad() también Oficial ejecutivo; y los restantes
por el Comandante Jcl buque.
Art. 167. Las uentas .,e CCJrtadn el oía último de cada mes.
Art. 168. El Contador-Pn>\ e Jor remitir: su cuenta meuual
en el mes iguicnte 1l que ella se refiere; y la general del
ano, en el mes de Enero siguiente.
De Jo s gas
Art. 169. Lm; gastos que oc; sionc L l\1arina de Guerra serán
hechos por anticipación. El Contador Pr\)\rccdor vcri ficará los
pagos de alimentación y sueldos del pcrso11, l, lo· J .... t v.tdo de ropa,
de cámara y mesa y lo· tlc combwtible; 1;, restant.::~ eran efectuados
por los Admi ni~ tradorcs de Hacicnd.l respectivos.
Art. 170. El Contador-Proveedor percibiri el dinero por medio
de libranzas giradas por el Comandante del buque á cargo
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lO SOLETfN MILITAR
de la Administración de Hacienda correspondiente, las cuales IIe ...
·Jarán, según su clase, numeración especial en serie contínua. Las.
elases serán :
1 .s. Sueldo de personal;
2.a Alimentación;
3·' Combustible; y
4.• Lavado de ropa.
§ Estas libranzas para ser cubiertas lle ,aran el'" Páguese"
del Jefe Militar respectivo.
Art. 171. Las libranzas referentes á sueldos del personal se girarán
por décadas vencidas. y las otras por décadas anticipadas.
Art. I 72. Cuando el tiempo que haya de emplearse en la
marcha del buque exceda de una década, se girarán y cobrarán
Tas libranzas correspondientes al mayor tiempo.
_ Art. 173. Antes de efectuar la ma cha, el Comandante de!
~que pasará al Jefe Militar respectivo la relación pormenorizada
de los útiles que juzgue necesarios. Esta relación sufrirá las
alteraciones que crea convenientes el Jefe y verificará las compras
consultando la economía y calidad.
§ Lo propio se verificará en el caso de que la nave demande refección.
Estos contraros, si excedieren de cien pesos, se someterán
á la aprobación del Ministerio, pues sin este requisito no serárr
válidos.
~ección 3·"
Comprobantes.
Art. I74· T'oda cuenta de cobro debe extenderse por du..:.
plidado.
Art. 17 5· Cuan rlo la cuelJta de cobro alcance á cien pesos "'
exceda de esta cantidad, se acompañará á ella copia del contrate
extendido en el papel correspondiente.
Art. J 76. Las cuentas de cobro provenientes de los gastos hechos
por el Contador-Proveedor, llevarán la firma del interesado, y
el "Páguese" del Comandante del buque; las que vengan de
e ntrato~ hechos por el Jefe 1'...-lilitar, llevarán el "Páguese" de
este funcio:nrio y el recibo del Contador-Proveedor, aparte de el
del in tcresado.
Art. 177· Cada par ida descrita <'n el Libro de Caja llevará
[ nÚmLro de 01 den del r espectivo comprobante y se autorizará
un 1:' fi, ma del Contaclor-Provc.cdor. La copia de cada libranza
"levará al pie lt firn-~~ dd Jefe de !a Oficii a que hace el pago y la
,l ·1 Co•1tador-Provecdor.
Art. J 78. LaR nóminas por c:ucldos de personal Ilev rán la
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BOLETÍN MILITAR JO~
rmas de todos los empleados que en ellas figuren, con las corres
.pondientes estampillas de timbre nacional, y serán extendidas por
duplicado.
Art. 179. Un ejemplar de cada nómina, de cada recibo y de
cada contrato, acompañado de una rela ión g<;neral Ítnputable á
determinado artículo del Presupuesto de G:1stos, servirá para .:;olicitar
mensualmente, del Ministerio de Guerra, la legalización de
los pagos efectuades. El otro ejemplar de los citados documentos,
más ]a copia de las partida descritas en el Libro de Caja, inclusive
la diligencia de visita y las libranza originalc~, constituyen la
la cuenta mensual que debe rendir el Contador-Pro\'eedor á la
Oficina General de Cuentas, para el ex:>n1en y fenecimiento de
primera instancia; las órdenes de legaliza ión y Ji bros originales,
constituyen la cuenta general del año, qu de b• rendir e á lG
!pisma Oficina
CAPITULO lJ
De las guarnÍ"ÍOJlC;J,
Art. I 8o. Los Habilitados de las Cuerpos que den las guarniciones>
entregarán al Contador-Provee lor, con b debida anticipación,
el valor de lo sueldos y raciones que deban paf"árscles.
Art. 181. Por cuenta de alimentación dl!scontará el Contador-
Proveedor cuarenta centavo;:, diarios á cada indivi luo de tropa;
·esenta á cada Oficial y or-ftcnta centavos á cada Jefe.
Art. 182. Cu: ndo conduzca la nave Cuerpos rcgub.rizados,
ios Habilitados cubrirán en las proporcÍOtlC'> fijadas ·n el artículo
¡:lnterior, los gastos de alimentación.
Art. r83. Las cantidades provcnient s de alimentación qu
. ngresen á la Caja del CrJntador-Pro rcedor, las (1cducirá , !itC de
]as libranzas que gire á su Lvor el Comandante d(•l buque.
CAPITULO IJf
Dispo siciones gcncralc·.
Art. 184. Los Contadores-Preve ·dores, como re ponsablc
del Erario, asegurar{ n su manej con fianza á satisticción del
respectivo Jefe vlilitar.
Art. 18 5· La dispo:,iciones fi cales del presente Decreto en
relación con lo Habilitados, serán comunes á tos Contadores-Pro\'
eedores en todo aquello que esté en oposisición con la naturaleza
de las funciones de éstos.
Art. 186. El Contador-Proveedor será res pon able de todcs
los muebles que se pierdan por descuido; Jos Ingenieros de la pér-
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IIO BOLETfN MILITAR.
dida de máquin2s y heramientas ; el despensero de la de los útiles
de cocina, panadería y comedor, y el contramaestre de la de los
aparejos. Con tal fin el Comandante del buque rectificará mensualmente
el inventario y deducirá del sueldo del empleado responsable
el valor de los útiles que se hayan perdido.
Art. 187. Si llegare el caso de que el Ministro de Guerra
conceda permiso para trac;.portar cargas de particulares, el producto
del trasporte se consignará en la Administración de Hacienda respectiva.
En dicha Oficina se abrirá una cuenta denominada
"Aprovechamientos," para dar entrada á los correspondientes valores.
Art. 188. ~edan derogados los Títulos I.0
, 2.0 y 4.0 del
Decreto número 6llo de 31 de Agosto de 1881; los Capítulos 1.0 ,
2.0
, 3.0
, 4.0
, 5. 0
, 6.0
, 7.', 8. 0
, 9. 0
, 12 y 13 del Título 3. 0 del mismo
Decreto ; el Decreto n tÍ mero 662 de 1 1 de Febrero de 1 89 3, que
crea una Junta Fiscal del Ejército; el Decreto número 291 de
31 de Enero de 1896, que reformó el precedente, y todas las demás
disposiciones ejecutivas anteriores al presente Decreto relativas
á Contabilidad Militar.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 3 1 de: .1\tlarzo de 189 7.
M. A. CARO.
El Ministro de Guerra,
PEDRO ANTONIO .1\t!OLINA.
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BOLETÍN MILITAR
MODELO NUMERO I
HABILITACIÓN DEL BATALLÓN (TaJ).
Anotador de recibJJ.r.
FECHAS
DETALL DEL RECIBO
189
Enero I ,o • • • • RECIBO NÚMERO J. O
Para raciones de tropa en la pri-mera
semana del presente mes •• $
1:0 .• •• REBIBO NÚMERO 2.
Para gastos de alumbrado, escrito-rio
y agua, en el presente mes •.
7 ...• RECIBO NÚMERO 3
Para gastos de sueldos de Jefes y
Oficiales, en la primera semana y
raciones de tropa en la segu,nÚSJLICA DE COLOMDlA
(TAL) DIVISIÓN.
P RE S U PUES 70 del haber devengado por
~~ " 1 .:: 1 •
.; ,·~ -~ 1 S 11 1 Sobrcsuel-
S ~~ l8 ue <
0
do inclivi~
: -~ individual d u a 1 de-
~ -o ~ vengado.
,E J ~ <'cvcn¡;:tdo so por lOO
---------------------- o o n Un primer Jete........ . . . , .... IJ; ~ 200 . ..
Un segundo íd ................. !"" ... 131 ISO .. .
Dvs Capitanes...... . . . . . .. . • . ... !3 1 8
Un írl. . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. ... t 3 1 So ...
PERSONAL
Dos Tenientes .. ... .. . . ... . . . . • . ... f3l 70 ..
Trca Su~tenientea .. : ._.: . . .. . • • .. . .. ·13 1 6o ..
Un 1cl. enJtllCia:lo ........... 31 6.) .. .
3 S;rgcntos p1 imr.ros. • • • . • • . .. . ..¡:; 1 30 .. .
7 ltl. segundos .................
1
31 :z.8•so
1 {¿, r,egunt!o............ . ..... ji :z.8 so
6 C0rnctas ........... . .. , ......... 131 27 ..
z Tan1borcs........... ... .... .. .. .. .. . . . .. -~~ 1 2. 5 so
8 Cabos primeros .. .. ... .. .. .. .... .. .. . :: .. JI 1.7 .. .
Id. primero .......... .................
1
31 27 .. .
7 Id. segundos ........................... 31 Z5 1SO 1 Itl. segundo .. . ..... ... . .. . .. .. .. . ... ·¡JI z 5 so
70 Soldados............. .... . .... ..... . : ... 31 24 ..
10 Id ......................................... 31 24 .. .
1 Id., enjuiciado .................... 131 2i 70
Sum:t adicional.......... . ... ¡ ... -.-.. -.,.~.
Un Teniente ............. Alta T". 19 4'! go
"; Solo,.do ••••.••••.••.•.••• >U u '6.:: /'6 > 1
1
3 5
Fuerza c!ectiva ............. · _.
4
... 11.~ •. ~ .. 9~ ........ .
Un Teniente ................. Baja "J zo jO
Vn Subteniente ......... Alta B~ja 17 40
Tres: Stlldaclos ............... Baja ... 19
1
dl 13 90
Dos !d ................... Baja ... 22 2.1 16-25
[ Trell td ..................... Jhja ... lz S :!4 r8 55
t Tot:rl ......................... l .. J .. -----
1 t7
12 ..
DltDUCCJO, ·r.~:
Po,. radicac;ouell,
C "JY'tán' J(J'¡' Cordero • . .. . • • .• . . . • • • • • zo .. .
Snbtcni~:rltC' icol<ís Prado. . • ... • • • • • • . :q .. .
Por antiáp.rchnc~«.
TOTAL
GEMERAL
$ ~oc: .. .
$
ISO .. .
t6o .. .
So ..
140 .. .
t8o .. .
'20 ..•
9ó ...
I99 S-:>
42 7.9'
162 ..
SI ..
216 ...
40 so
178 so
38 25
t,6So ..
J-60 ...
2170
4,01020
42
19°'
t:z.IJS
C:~pitJn J0Sé Cordero.................. 16 . ..
Tcnic·nlc Mig!1cl Avilé3 • • •. • • ......... 14 ... 741"'
... .... -.. 1-·- 1
:.._ ______ Quedan................... ~ 4..T6Qoo
•o'fA.- AEcicnc'e el tc,tallíquido á l:t nura de n~mil pío, será responsable por dicha suma.
El Habilitado que por cualquier motivo no perciba el documento
mensual, será responsable ante el Montepío, por la suma que
esta Institución le reclame.
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BOLETfN MILITAR
MODELO NUMERO r 3.-.A.
HABILITACIÓN DEL BATALLÓN (TAL).
LIBRO DIARIO
Yigmcia económica de 1897 y I 898.
Contiene (tantos folios). Bogotá, Enero 1.0 de 1897.
Es corriente. El Habilitado,
N. N.
El Fiscal,
N. N.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
IZ6
CARGO
FE,CHAS
. r897·
Enero 1.0
Enero 7
Enero I 3
BOLETiN 1\t,ll.ITAR
l\10DELO NU
HABILITACIÓ~ DEL BATA,
DFTAL DE LA PARTIDA VALORES
J.J . '.J
PARTIDA NÚMERO¡ I.
Por la suma recibida de la Pag-aduría
Central del E jér_si~o, p~ra racio-
1, neS· de tropa en la pntnera semana,
y gastos de escritorio, alumbrado
y agua L.[l todo el presente mes,
/ . \
:
as1:
R~.ciones de tropa ..•. $ 54 7 So
Ga:>tos de material. ..... I 29 ... $,
Co;nprobantc.-Lcgajo 1'1fmzero 1.
El Habilitado,
El Fiscal, ~.N.
N. N.
PARTIDA NÚMERO 2.
Por e ta suma recibida de b Pagaría
(,;entra! del Ejér,c-ito,'pa¡'·a suel-
' t· dos Cle Jefes y O·fici'a!cs, en la primera
semana del presente mes, y
raciones d~ tropa en la · segunda
setnana. . . . . • • . . . . • . . . ..
Comprobante.- Legajo número 2.
' El Habilitado, 1
'
El Fiscal, N. N.
1
. N.N.
PARTIDA l\ÚMERO 3· 1
l 1
Igual á la anterior, para segunda se-mana
de Jefes y Oficiales y ercera
semana de tropa ................... ..
Comprobante.- Legajo número 3·
E Habilitado,
El Fiscal, N. N.
N. N.
• '¡
t45 30
1
74531
---·---;-\
Pasan ...... ......... , $ 2,167 4-0~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
BOLETÍr-; MILITAR
ME RO I J-B.
LL6N (TAL).- DIARIO
127
DA1/!
FECHAS ! DETALDELAPARTIDA VALORES
I S97·
1
Enero 31 1 PAR1IDA r<ÓMERO 7·
1 Por esta suma invertida en pago de
Enero 31.
Enero 31
1
sueldo de Jefes y Oficiales en el
, prtscntc mes, según recibos ..... . $ I,OIO 6o
ComprobmJte.~ Legajo número 7.
1
1
¡·
1
El Habilitadr.v,
N. N.
El Ft:>cal,
N. N.
PARTIDA NÚMERO 8.
PQt: esta suma invertida en pago de )
sueldos á los individuos de tropa
en el prescnt ~ mes, según vales ...
Comprobante . ...-Legajo 11Ú1'Jltro 8.
El Habilitado,.
. N.
El· Fiscal,
N. N ..
~ARTlOA ÚMERO 9·
Por esta suma in vertida en gastos
de escritorio, a1ur.1br.td , gua y
jabón del expresado en el presen-te
mes, scg , n vales ....... . ........ .
Comp1·1)hante.-Lrgajo número O:
El Habilitado,
N. N.
El Fiscal,
l •
15-2..60
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
G.ARGO
FECHAS
1897·
Enero 19
Enero 25
Enero 31
BOLETÍN MILITAR
DETAL DE LA PARTIDA 1 VALORES
Vienen . ................... .
PARTIDA NÚMERO 4·
Como anteriormente, para tercera
semana de Jefes y Oficiales y
cuarta semana de tropa ......... ..
G'omprohante.- Legajo número 4·
El Habilitado,
El Fiscal, N. N.
N. N.
PARTIDA NÚMERO 5·
Lo mismo, para cuarta se¡nana de
Jefes y Oficiales y quin a semana
de tropa ...... . ................ .
Comprobante.- Legajo número 5·
El Habilitado,
El Fiscal, N. N.
N. N.
PARTIDA NÚMERO 6.
Por la suma recibida de la Pagaduría,
del Ejército, para completo
haber del Cuerpo, y ga tos ce jabón
en el presente mes, así :
Complcw haber... . $ 564 ...
Gastos de jabón... • • . 23 6o
Comprohante.-Legajo número 6.
El Habilitado,
El .Fiscal, N. N.
N. N.
Suma .................. .
740 ro
587 6o
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FECHAS
J 897·
BOLETÍN' MILITAR
DETAL DE LA PARTIDA
.En Ja fecha y en cumplimiento
de disposiciones vigentes, el infrascrito
Director del la Contabilidad
General, se trasladó á la Habilitación
del Batallón (Tal), donde se
reunió con los senores Fiscal y
Habilitado del Cuerpo, con el fin
de examinar la cuenta correspondiente
al mes anterior. Al efecto,
teniendo á la vista la Libreta, el
libro Diario, ó Cuenta de Caja, y
los documentos justificativos, resulta
de el examen, que la cuenta se ha
llevado por el sistema de Cargo y
Data; que según recibos y vales,
se ha invertido una suma de cuatromil
trescientos veintiún pesos sesenta
centavos, igual á la recibida, según
libranzas de la Pagaduría Central
del Ejército. En fe de lo cual se
firma la presente con el Fiscal y
Habilitado, en Bogotá, á sets de
Febrero de mil ochocientos noventa
y siete.
El Director de la Contabilidad,
N. N.
El Fiscal.
N. N.
El Habilitado,
N. N.
129
VALORES
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
130 El_OLRTÍN MILITAR
MODELO NUM ~RO r 4- ill.
LIBRETA
6 LIB!.O DE RECl&¡OS D,E L HAB.I!.ITAGI9-fT ~~L BATALL6N (TAL} ••
Abierto hoy para co.r;tstancia de las remesa~ ~ecib!das de la~
Oficinas de Haci~nda de Ia Repúbiica.
Contiene (tantos folios).
Bogotá,, Enero 1.0 de 1~97·
El Habilitad q,_
N," .• i. T •.
:1;:1 Fiscal,
N. N.
MODELO NUMERO 14--&.
LIBRETA
r. ·FECHAS
DET AL DEL RECIBO VALOR E S
1897·
Enero 1.0 REClDO MÚM.!RO I.Q
t t
Recib í1 del Sr. P~gado~ Centr.al del ' ·
Ejército, la suma tlc quinientos cu a-renta
y siet(i pesos ochenta centav os,
para raciones de n:opa en la primera
semana del presente mes .............. $ 547 8o
1·
El Habilitado,
~N.
El Cajero, 1
N. N. .
\ - - --- ~
J>asan _ .. •••; ....••. 54 7 8o
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FECHAS
1897·
; Enerv !.0
o A
~
r
1
Enero 7.
1
BOLETfN MJLITAR
DETAL DEL REC~~~~1
Vienen ...............•.
RECJBO K6MERO 2.
Recibí del H-r. Pagador Central del
Ej,ército, Ja suma de ciento veintinu~
.ve pesos, para gastos de escrito~
jo, alumbraclo y agua, en el pre-sente
mes ....................... .... ..
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
. N.N.
R.CClDQ l' ÚM.&RO 3· . .
Recibí del Sr. Pagador Central del
Ejercito, la suma de set~cientos cuarenta
y cinco pesos treinta centavo
para sueldos de Jef~s y Oficiales en
la primtra seman:! y raciones de
tropa en la se._r:unda, así :
Jefes y C. ficiales, ~uelJos $ 220 ·r ~ · 8 ropa, rac10nes... . . . . . .. . . 4 5 40
Comisión, íd.. ........... 39 90
E Habilitado,
N.~.
El Ca~Rr.o,
. ·' .N.
R~!:HJO NÚME.R.O 4;
1
Recibí del Sr. Pa~ador Central del
Ejército, la suma de setecientos cuat.
cnta y cinco pesos treinta centavos,
para sueld< s de J cíes y Oficiales en
la segunda semana y raciones de
tropa en la tercera, así :
Pa~a11 .. .. ...••..•.•••••.
13L
VALORES
1
54718o!
129 .• .
745 30
----1 1,422 1 o¡
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
132
FECHAS
r897·
Enero 19
Enero 25
ROLETÍN MILITAR
DETALL DEL RECIBO
Vienen . .......••.••
Jefes y Oficiales, sueldos$ 220 ••.
Tropa, raciones ............ 525 30
----
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
N. N.
RECIBO NÚMERO 5·
Recibí del Sr. Pagador Central
del EjérLito, la suma de setecientos
cuarenta pesos diez centavos, para
sueldos de Jefes y Oficiales en la
tercera semana y raciones de tropa
en la cuarta, así :
Jefes y Oficiales sueldos $ 220 ••.
Tropa, raciones ............ 520 10
---
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
N. N.
RECIBO NÚMERO 6.
Recibí del Sr. Pagador Central
del Ejército, la suma de ochocientos
veintiséis pesos cincuenta centavos,
para sueldos de Jefes y Oficiales en
la cuarta semana y raciones de tropa
en la quinta, así :
Jefes y Oficiales, sueldos$ 220 ...
Tropa, raciones ............ 6o6 so
----
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
N. N.
Pasan .................
VALORES
$ 1,42 210
74 5 JO
740 10
826 so
-
3,734 •••
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FECHAS
1897·
Enero 31
Enero 31
BOLETÍN MILITAR 133
DET AL DEL RECIBO VALORES
Vienen ................. $ 3,734 ···
RECIBO NÚMERO 7.
Recibí del Sr. Pagador Central
del Ejército, la suma de quinientos
sesenta y cuatro pesos, para completo
haber del expresado en el presente
mes, según el presupuesto res-pectivo
..................... .......... ) ..
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
N. N.
RECIB~ NÚMERO 8.
Recibí del Sr. Pagador Central
del Ejército, la suma de veintitrés
pesos sesenta centa\·os, valor del
jabón para el lavado de ropa de los
individuos de tropa, en el presente
n1es ..• ......................................
El Habilitado,
N. N.
El Cajero,
N. N.
Suma ................. .
23,60
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
I 34· BOLETÍN MILÍ'tAR
MODELO NUMERO rs-A
, , ; ~
LIBRO Dfi EMBARGOS Jl-miClALES D!! LA HA BILIT:\CIO,• DEL
~AT.ALLÓN (!"Al.,.
1 icoiús Pra!lo.
Subteniente--:------··_] uzgadó 3° l\1unicipal __ _
V cinte pesos mensuah:~s. ·~- Juicio seguido pór Pedro Sua-rez.
Descuento iiülefinido __ ..,-____ _
Enero 31. Se le destuenrri desde la tercera semana por habers~ re-cibido
la orden d~ el Jh 13 del tries que termina ........... $ 1.\'
El Habilitado, N. N.
NoTAt-En los mese~ 5igJientcs ~e ~pondrá anotación setncjanrc:
MODELO' NUMERO rs-B·.
REPÓDLICA DE COLOMBIA
Hahilitación drl BattJ/Ión (Talj,
RELACIÓN Jc las sumas descontadas por embargos judiciales en ci
mes de la fecha.
NOMDRES
1
AUTORIDAD S¿lJJ:: SUMAS DES-DECRETÓ
EL EMBARGO CONTAL>·\S
1 ------1-------- ----- -- .
z6 6s
23 30
J2 ••
Capitán: ..... Camilo Andrade ... Jue~ ~. 0 Muni ipal. . .
Tenicnrc... • . Sergio Can·ajal.. . J liC7. 1,0 Ejecutor ....
Subteniente ...
1
Nicolás Prodo.... Juez J.o Municipal. ..
l 1 Suma .•.•.• -$ --6-1-9-..
Bogod, Enero 1 de 1897.
Es corriente.
El 2.0 Jefe,
N. !'t ·
El Habilitado,
N. N.
\ :sto Bueno.
El' rÍmcr Jefe,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
~IOfJELO IN·U"MERO ·16
l!A:l3ILITACIÓN DEL BATALLON (T'AL)
R ELACIÓN de las sumas radicadas por los empleados del expresado.
l. E~fPLEOS 1
-- ~
PECHA EN QUE CO- '\
M 1 El'\ ZA LA RA DICA-l
CtÓN
1
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l NOMBRE DR LA ~ ~
'PERSONA Á I"AYOR ~ ~
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LA RADICACIÓN :2 ::.!
NOUBRR9 1---r 1
·¡e . , l 1 .~:de Enero del Mercedes V. de 1
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
M O DE LO N U M E RO 1 7·
HABILITACIÓN DEL BATALLÓN (TAL). PLA:-.IA MAYOR.
LISTA de la expresada para pagar las raciones diarias devengadas.
DIAS DEL MES • 1
'~ lE M PLEOS NOMBRES • O B S E RV A
1~ ,o _:_~~~ l_:_ij~~:I:J:I~t±~~~·,9,Z01:1··1·31•4'~/·6 ·71•8:•91301~1 CIO=~
~ ' ¡Srgt.I.0 Rafae1Vélez .• •· 1 ¡,¡ 1 1 1 n 1 1 111 1 lr 1 1 ~tado 5 ziCorneta Arturo Mora •••.
i 3 Tambor Ricardo Blanco •.
~ 4 Cabo1.0 Manuel Camacho
E--
~ 5 Soldado Alonso Soto .... .
~ 6 Id .... Carlos Malo ... .
7 Id ... Benjamín López.
8 Id .•. Florindo Ortiz .•
9 Id.. . omingo M artí-nez
......•.... .
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M Es corriente, Bogotá, Enero 3 I de I 897. Bogot<4 Enero 1.0 de 1897. Visto-Bueno.
El Fiscal, N. N. Pagados los haberes. El Habilitado, N. N. El Capitán Ayudante Mayor, N. N. El Primer J r fe, N. N.
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Citación recomendada (normas APA)
"Boletín Militar: órgano del Ministerio de Guerra y del Ejército - Año II N. 46 y 47", -:-, 1898. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3690965/), el día 2025-07-27.
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