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SE PUBLICA QUINCE NA LMENTE.
Gratis. } Bogotá, 18 de Junio de 1884. { Núm. 2.°
.,¡;-'.
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ASEO DE LA CIUDAD .
AOUERDO NUMERO 14 DE 1884,
que establece el Impuesto dd trabajo penon.1 aDblldl.rlo.
La ]lunicipalidad de BQfjotD.,
En 'Oso de sus facultndes legales,
ACUER DA:
Ar t. 1.- Desde el dla 1.0 de Julio de 1884 en ndelnnte se
cobral'á en el Distrito de Bogotá, la contribución denominada
ti trabajo personal subsidiario."
AI·t.2.0 El impuesto de que trata este acuerdo se sujétl\l'á
en un todo á las l'eglns establecí 13s en los decretos dictados por
el Poder Ejecutivo del Estado, con fecha 20 Je Diciembre de
1859 y 25 de Enero de 1868, que organizan el trabajo personal
subsidifl l·io.
Art. 3.0 Este impuesto 3C destina en su parte proporcional
para la salubridad, aseo y ornato de la ciudad, como 10 permitnn
las leyei del Estado. .
Art. 4.' .Esta cont¡'ibución será recauda(ln como lo prc\'le~
en las leyes del Estado, y por la J unta de aseo y orntlto de la
Clíldod. ' ~. ~ A:i;t. 5.' Et J\lcnlde, e~-ej.~c ' óo_d~:~t~c~Jlól l.·
mentará la distl'ibución y l'ecaudllci n del impuesto, de
de hacerlo efectivo y exigible sin dificultad ni demora, á fin de
que In JUl b de aseQ. Y Ol'll..lito de.1ft""'ciudad no teng~ obstácvlo
' .lguo~ ¡¡erct\p~n l' co1hnbilJdnd de s"-l'rrul""ldo. '", '>.
Art. 6.0 Este acuerdo no Se11'éVRl'fa á efecto sin la al)l'ounción
del Podel' Ejecutivo del F...stado.
Dallo en Bogotá, á dos de Junio de mil ochocientos ochenta
yeuntl·o.
El Presidente, VEN ANClO G. MANRIQUl<:.
El Secretario, Antonio M. Lond0110.
Alcaldla de Bogotá, JUJ}io 3 de 1884.
PubHquese y ejeclÍtcse.
El Hecretario,
lhonno CUALLA..
Manuel &lanilla.
BOIJoUl., Junio 4 de 1884.
Apl'obado.
El Gobernador del Estado,
D.ALDANA.
El S~cl'etario de Gobierno,
J F.sÓS CASAS ROJA.S.
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NOTAS
DEL .A1.0ALDE DEL DISTRITO.
~ --~nido6 de OolorniYia--Eslado soberano de Oundiluimarca-...4lcaldla
del DiiJtrilo_Número 644-Bogotá, 11 de Junio de 1884.
Seüor Prcsidcnto de In Junta de asco y ornato do la ciudad-Presente.
á usted en oficial
de
trescientos cuarenta pesos ponen á disposición de
esa respetnble Corporación que se menciolHlIl en
la adl'unta lista, y que se han Ilpresurado Ji responder al patriótico
1 amamiento que se les hizo en favor del embellecimiento de
esta culta capitfll.
Nunca dudé que el e3pil'itu público se levantase, corno
nhol'a ha acontecido, lo cual debe ser motivo de pláceme j y
fundadamente espero que ningún buen ciudadano querrá guedarse
atrás en lA meritoria empresa que ha echado sobre IUS
hombros la Junta que usted dignameute preside.
Me es grato igualmente signifiear á usted que el sefior
Manuel Mllría Guzmán se prestó gustoso y sin exigir remuneración,
á colectar la suma que se remite.
Con sentimieuto de cOllsidel'ación, me suscribo del seHOI'
Presidente su muy atento seguro servidor,
!-lIOINIO CU.4LLA.
LISTA. de 109 c~lcros quc, á eXCit.a-,";ó'' n- d::"'''; :'''''5''0'''; ;'A"'710crudc han conLribllido
voluntariamenLe para atender al embellecimiento y nseo en las leyes de Policía y muy
especialmente en lo que dispone el artículo 17 de In. ley 33 de
1883, usted por ningún caso de~e recibir el pngo de ';lultns en
su oficiua siuo exigit· de la pel'sonh .á quien se, ~e hay:\. Imp.u~sto
I).llfl. q" lA • " ~Lx.e.o;h~ ~l~i.JO DOI'..Q} lesol'c1'o mUflIOIpal
en que conste que se pogó dicha multa; pues si en- JO sucesIvo se
tiene noticia de que usted, violttu(lo la ley á c!:lte respecto, recibe
el valor de las multas quc impongn, me veró en In necesidad de
levautal'le el correspondiente sumul'io y declnrnde insubsistente
el nombramiento parn evitar las c~nsul'as que el público ha hecho
con ju~ticia en este asunto.
POI' lo demás usted me remitirá el sábado de cada semana
una relación exacta de las multM que hnya impuesto durante
ella, con expresión Jet individuo á quien S6 le impuso y la' suma
que ha. debido consignar en Id Te~ol'ería.
Aguardando que este. orden !Sea. estrictamente cump1ida pOlo
usted, me suscribo su muy atento seguro servidor,
H. CUALLA.
JUEGO S.
NOTA
DEL PREFEOTO GENERAL DE J,A pOLIcíA DEL ESTADO.
Eelados Unidos de Colomhia-Eslado s,merano de Ouudillamarca-Prcfec_
lttra general de la Policía del EIllado-Núme1'O 2'rD-Bogolá, 28 de
Mayo de 1884.
Soilor .Alcalde del Distrito-Prcscnte.
]~Il ItI. actuación que se ha cstabl ~:!ido en este Despacho
sobre casas de j uegos, se ha dictado la s:guiente resolución: '
" Pre/eL'lura genel'al de la PoliCÚl del Elltado-lJugot6. 28 de M"yo de 1884.
El señor Alcalt1e dd Distrito, ,'o nota de doce de Mayo,
número 477,l'cmit.e In liflta 8~'~lldi,. "t'~ á 10í! dllefios de e~flS ~nsas de
jllt'gO q ue h,tIl 1)(l1'll'IItIUO 11 ent.l·nda de p ersona~ ti qUienes lt:s
está prohibida.
El señor A IClllde, en cum p ~ i l~ient.o ele su Je~ er y con nn
celo laudable, vigila y hoce VigIlA!' l?s cnSlls de Juego en \8VOl'
de la !U ol'll JiunJ y de 'los ¡>~ t abll.'cmlJe ll t os de B ~nefice? c ¡a, á
fayo!' de los cu:I1"'8 están de~ttn n das las mnl tns por IDfracclón de
la ley 18 de 1883. . _
Con .motlvo dl'l parte Ofic IIIJ llel SCIlOI' Alcldo;. que merece
fe pública se procrdió el 13 de MllyO fa su!'!tanClill' este asun to
de policia :~onfo l'me á lo {1i~puesto en el articulo 521 y leyes 18
y 33 de 1888, sohre Polidll.. .
Llamndos los señol'es Mal'celmo Durny, A~ustín ~Ieto,
J ulio Gálvez FI,tlllcisco Sáeu P., Mnlluel Uscátegol (por Miguel
Gatiérrt'z N.), Fl'Il.ncisco da Plntll y Emilio M~l'i!lo, que son los
indi\"iduos dueños ó directu'es de los estableCimientos que enDmertl
el señor A lealde.
En las I'cspectivl\s notiicneioncs, estos señores manifiestan,
UIlOS 110 CO!\OCl'r á los 111pS de familia. y estudiantes, y otr0'3,
haber dado órch'nes para q¡e no f!ntr~ á sus casas de juego las
persOllflS impedidas por 1" ey. . --:--- -...... _ '':¡
Nótase que no so b~ dndo cumpl~U1lento á lo prevem ... o en
la ley 18, t l!Jlll~ndo á la \'1i!lL cId plÍblico una tabla y un farol
que avise sel' Oasa de fuego.
Como el pnl':i.gt'afo 2.- ?ellll'tículo 1.0 de la ley 1.8 de 1883,
previene que 111s contl'flvenuones á esa ley sean cnstlgadas con
una multr. dc cien á dosclmtos pesos y cons tando en est.a actuación
de Policía que se ha violado In ley 18 y. sus cOllco~dantes,
y el Reglamento dictado p~1' la Junta de Juegos, que Impreso
!:'c remitió á cada Est(lble~ 1lento, de fecha cuatl'O de Marzo
de 1884.
Administrando jU9tjci~ en nombre del Estado y por autoridad
de la ley, en cumplinieoto.del artículo 9.0 de la ~ef 18 de
1883, se impone la mnlt: de Cien ,Pesos, qu,e es el lDlO!mUn, á
cada ODO de los seí'iores Mguel Gutlél'l'E'z N,et?, Fl'n~;lsco . de
Plata, Emilio Murillo, Juio Gtl.lvez, Agustín Nieto y tl:an.OIsco
Sáen.z y á favor delllospio? de Bog?tá y del EstableCimiento
de Ulños des.'1oopsrados, do~,~ndo conslgnars~ la. multa expresada
en la Sindicatura del HOSf1CIO, dentro de vemtlcuatro horas de
ejecutoriada estll resoIllciól.
En cumplimiento del Irticulo 14 de la ley 33 de 1883 y del
9.° de la ley 18 de 83, Iloti'jquese estn resolución á los señores
que se les i..npolle la Illulta, . .
Remituse en copia 01 señor Alcalde del Distrito, en contestación
á sus divel'sas notns lobre Ca8a8 deiueflo.
Notifíqllcse al señol' l1'ocurarlol' del Estado.
JACINTO CII'U&NtES-...41l10nio dé B. Aluarez, Secretado.
En veintiocho de Ma,o de mil ochocientos ochenta y cuatro
notifiqué el auto anterior ~ SCñOl' Procurador del Estnd? y firma'.
BusTQ-...4lvarez, Secretario."
La que tl'ascribo al 8e\o1' ~lcalde, para su conocimiento y
en cumplimiento del auto rutel·lor.
Soy de usted atento yseguro servidor,
J"'OINTO CIl'li:tNftS.
I • •
NOTA.
DEL DmY.O'l.'OR JEFE DE &"3TUDIOQ DE LA E'iCUELA MILITAR.
Estad08 Unülos de Colombia-86CUela Militar-El Diredol",jefe de e,tu.
di08_Número 91 _Bogo/á, 28 de Mayo de 188(.
Al scñor Alcaldo del Di¡trito-Pr~ uro.
Fué recibida en esta ])irección la apreciable nota de Dsted
de fecha 21 del corrientefiin númel'o, la cual he e:;timado debí
damente eu vista de las mfdidns de mornlidad y vigilancia que
ese Despacho h.'1 dict,ndr '\. fin de e,:it~l' en lo posible que 1m,
jóvenes menol'es concUl'¡\ &1IfS co.s:t§(fejUlfgo. -
Estimaró se me envfer. f;'('cutmtemente las !isfi.s que usted
se sirve ofrecerme. En In. que usted me envía adj unta á la citada
nota no apal'ece el nombl'e de ningún cadete de esta Escuela j
pel'O como puede pl'eSeutalse el CMO es conveniente saberlo para
aplicar el castigo condigno.
Soy de usted ntento s ~rvidor, ....
NOTA
DEL DIItEQTOn. GERiNTE DEL BANOO DE COLo:r.mIA..
Banco de Oolom.bú-Bogotá, 24 de Mayo de 1884.
Señor Alcalde dcl Diatrito-Pre&:nte.
Tengo el honor de adsal' á usted recibo de su atento oficio
de fecha 21 del presente mes, con el que usted se sine remitirme
cop:a de la lista de los jóvenes que, sin estarles permitida la
entrnda, COnCUl'l'cn con f'ccuencia á las casas de juego establecidas
en esta ciudad.
Doy á usted las gracins por esta atención, y me aDscribo
con las consideraciones debidas.
De usted Iltento seguro servilloJ',
'El Director Gerell te,
DlONlSlO MBJiA..
IMPRENTA DE DCHDA..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Boletín de la Alcaldía - N. 2", -:-, 1884. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3690837/), el día 2025-08-03.
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