¡,
---------_!!!........-...-
La reelección es el
• CITtllen;
La reelección es una I
ignominia!! !
'Palabras del Director de este perió~
dico en rl,~no Sellado en una 'e.:;ión memon,
ble de la Legislatura de L96).
EL COI STITLJCIONAL
BAIU1ARIE,
Protestamos del atentado de que
se quisó hacer víctima 1 los Redactores
de .El i11oclwe{o ~n la noche
del juen~s.
ES1,0 era lo único que' le faltaba
al señor Oaro. A la misma hora'en
que p.l'ep~rábamos nue~tro. ~lúm~ro
anterIOr aonde en e1. edIf01'1al demanos
cuál era 111 caridad prometida
por el candidato del .continuismo:
sus allegados c('llfil'ma b~tn nuestro
'aserto dando fl esta culta sociedad
buena muestra de la caritlad carÍsima,
la CARIDAD .~ PALOS,
SANCION LEGITIMA
(De El l' "JIl ó(I"(lfo da MedE'llín)
Por resolución yicepresidencial
- ó Decreto ebPeeial t'tH~ entregado el
Senador conseHador Pérpz ,y Soto
al desprecio dI' los lonciudadanood
del candidato continuista. Pues
bien: con El Caso de Júpite¡', J la!:'
cartas de log docto¡es Carlos .NIartínez
Silva. y Ag stin ,Driue, que
corren publicadas en el nümero 8.°
de EL CONSTIT"C!..!fONAIJ, y ap1icada "la
curarina, antídoto contra el contillUismo,"
quedó vencedor el Redactor
de este periódico, digno del
aprecio de sus conciudadanos por
su elevado carácter, honradez y enorme
dosis de valor moral.
¡ Hombres de este 'temple, y la
Repúblioa será salva! ,
Sogamoso, 8 de Jnnio de 1897,
('O,'~l'Il'lfCr¿NAh " itfocltllelo "
Como conservadores v sinceros
republioanos felioitamos'" dignos y
110bles defensores de nuestros derechos_
Fallo inapelable opinión, fayorécelo8.
AplaudiriloR rectitud, firmeza.
_.- ---- ----.-- -- - ---
P LíTICO, LITE ~ . RIO T
,
ORGANO OONSERV.E~DOR
Bogotá., Junio 15 de 1897.
Ruga, S-de Mayo de 1897. '1 galano eortés y bien i lspirado " bre la tien,a el dér~,r.ho di ':n ~ di! ).HU-
Seiio!' D, JI.IO'l B, Pérea y Soto.-EogQta, . eONSTITJ iJoroNAL, q~u e t ,an,t !) y con 80- I tl al"~e un nlll:lUlO calhhrlatol' de 1 s .j i, t"llnlecn ~
. ". 1 f ros os y :1" romesas qUt' I l6ra esp 10 ~, -~-«-'>- la imposición de la multa ¡JO se di~c lte lIio;'~o
titud nacional. acto de la vida p~íbli::a del candidato, sto le CII.
PlledQ as¡·gllrarle TITUClQ:\A1 á. qtlé
ron militar en contra de Ulla nega- primer término, del temor que nos asal- o:; referí$, conocéis el número 1/ ~"es-eti\'
a' v fué re ¡tetada aun ant.es de ta de que alg:úll e,!H pto nuéstro pudie- periódico! Si !1O lo couocci , ¿ cónto me con¿c~rse aquí los dscritos que l'a ra ial:ltimar la cligmdc.d de. la Magistra- sentenciáis a Gieg ; y i lu conocéis, reo
motivaron' muchos de los signata- tura, de.lu que deseamos bien guardar- qué valor decís que en el cen;;ut' dI) al'"
. 1" casualidad EL I llOS, y SI el asunto no fuera de trascen- lÍculo tUI Sh di,Actlte Nr:GI''í ACTO de la vida
rlOS no een SlnO por , '1 s 1 tlencia; nos convendríamos con pagar en pública del calldidllto (Caro) ?
CONR.TI?:'UOION;\L y ljJl J?ta;, y a g~ll1~ _ silencío la multa, y que eso ~uedal'a se- Fijáos uitn, sefiorú Mag¡¡,tr¿¡,dos \! e~
hasta Ignora"mn SI eXJstlan perló~l pultado en un decoroso olvido; pero uÍamos demostrando ,11 el artículo Lhti-cos
con tales nombres. tras este punto, al parecel' tan insigni.fi- uomias que estábamos bajo él reinado de
En fin, señor, no desmaye usted, cante, se ocultan problemas de un alcan- las viceversas, ó mas' propiamente de las
que la tormenta pasa, y ent~nces la ?e inc~lclllable ; y.po.r lo tanto, un deb~r fal'sa~, puesto que era contraste asan _
verdad brillal'á con aiamantma luz, l~pel'lOSo, ?e ~atnotlsmo y alto valor Cl- bl'o:;o y especticulo cho"eante ver á u
como brilla el astro del día después vII, nos obliga a sostel~er'y extender nues- insigne literato contl'aualance'use con lli
que e 1 Cl.O 1ó n 1l a b arn'd o los nuba- .tm defens¡\ hasta las ultlluas consecuell~ hom, bdr e td e llÍJgunas h" trda' s; ¡ v1 /in
nones hacinados entre el cielo Y. la Cias, peno IS él, con un peno !sta 'ec lta; a
Tócanos estrenal la lev de pl'P!lsa (;11 profundo fi!ós fo, con el tnmcanrilista .
tierra. Mi humilde expresión es sim- us rigores, Ut! modo que' lo <¡ue- en llues- al diser .• uor teónco, con el) ombrc jJl(íc,
Domingo Peií,'Uéla.-.J, .JI. Quijal,
o.-Lm's Castillo S.-Zenón .1M.
L(l",()I·re·-.R~fael Oastro B.-Polica,'
l)o Villate.-J. .Asu,ndón Villate.-
S(tnto8 .Jliguel Ph'ez.-Tomds
A.. Zambrano.·-Lz·sandro Guarin.
1.1f. Federico Garc¿a.-Dominfjo Pulido.
plemente un desahogo patriótico, y tro caso quede resuelto, sentará. prece- tico,. al orador, con (l. empresario; a
nada puede, por tanto, afiad)r al flente, con b cual se fOrlllará jurispru- político y legisladOl', COi} el homb 'e de.
mérito ni al entusiasmo del lucha- ciencia; y COllW pewlipntc de este asun- neg!lcin; al apologilita cñtólico iptranr,idor,
ni, como esfuerzo aislado, ope- to, y mezclado con él, efltá el probiema g'~nte, con el mason; r que ;Jsto~ dos
¡ rar el triunfo de la gran cau~a con- ele'3ciollario, y de lo que :.e tl'ata en el ejemplares, por natUlal; y.~ amípo a.s, que
fondo es de saller si es efectivo el dere~ parecían l'ro-<:ede ~ no, mu do::; dlfc-sen
adora; pero las protestas que cho del sufragio, si hay en el hecho la aln- . tes, VI ,tr,.n a comr oner una sola
PiedeOUl;lsta,9 de JUDio de 1897.
CON :Tl'rtcOIONAL,
Entusiastamente acogido perió.
(lico. EllvÍeme diez suscripcioneE.
Agenh.,
•
se hagan por otros medios que no I plísímr. libE:rtad que "econoce la ley para malgamh. á rev lar ahnidade:; recéi, :
sean los de la convioción qt¡e inspi- . discutir los candidatcs ; lo que con toda tas y lazos de atracc'on mi~terim;os; es.
ra la justicia de una causa, t~mpo· I verdad ha quedado en tela de juicio y tribnndo tCldo el fenómeno en 3\ acciden
co tondr{m poder en contrario, ¡ sometido á prueb:-t, e:s ~i I que empuña. te má sencillo: t:n que el di 'ertadol
T~ngo A honra sU8cribirme do us- el mando 8upremo ¡¡'lede, pOI' una causa teórico quel'Ía quedarSE; eon el mando. y
ted ,'u sen'idor, atento y respetuoso, I él por otra, ser de pl'ivilegwtia condición el antípoda, á fuer de práctico, habia fUA-G
E O á los candidatos opositores, y ell suma, ¡ dado periódico para dech' que ciertarncn-
USTAVO • 'HACllN. I ~i el puesto que ocupa le d,l derecho á te aquél era el único dIgno d retener el
/ sal' de bU.' prerrogativa~, por considera- ruando; por donde se operó una trans-
RoldlllliUo, 1\18)'0 :¿O, ción de Ilingún género, para ayudarse en I formación por obra de el e nt mitmto,
Aclmú,i¡I,'a1w de EL CÚNaTlTUCLO~ AL. S\;, elección. De lo que :.e trata es, en ~ la de que el mae~tto de tan refinado gus-
Por acá E.l~ aoentúa cada. día m{ls castellano cla o, de saber si las garantías ' to, filósofo, poeta, orador, escritor, tra.
la opinión, dúndole mayor fuerza e] 1 que da la ley son una burla, si existe fíO- I ductor, iegislador, político, apologista. •
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
94 EL CONSTITUCIONAL.
católICOJ polemista formidable, tan con·
'encido y tan intransigel.te en todo, periese
de súbito i~! refinatoiento y la intransigencia,
y nOb presentase de modelo
e periódico meTCa.1til, improvisado de
clásico por. haber dado COl! el consonante
de la reelección ~ y en esa pendiente,
en alas de e1ltusiasino férvido, del latín
tie pasó al hebreo, y del elogio á la proina,
y desatando la bolsa, no la propia,
sino la ele la Nación, el de la leorefl y el
de h PR' CTICA, confundidos, hicieron el
poemajill de Siglo.
Todo esto veníamos diciendo, señores
.\'Iagistrados, en las ~1Jlti1lom¡as, hacien(
o el aná isis de la carta á El Progresu,
eso que nos presentáis como rjemplo de
ACTO cftJ la vidtz pública del senor C(I1"O, y
para lo lue os dignáis dar permiso de
discutir con ¡;bel'tad completa. Y como
rIel dicho análisis descubriéramos que
nada de lo prometido en la carta magistral,
latiuo-hebraica, ósea teórico-prácti~~:
l'iv~,~::'tenía cumplimiento, y que todo debía
entenderse al revés, agregábamos:
No porque el Tribunal cierre los ojoS
á la evidencia, dejará ella de penetrar en
el corazón de todos los ciudadanos; y no
porque no se quiera lIi ver, ni oír, ni oler,
ni palpar, dejarán de estar los hechos
allí, vivos, palpitantes, formando la conciencia
nacional. NecesÍtase de renunciar
al uso de todos los sentidos corporales
(para no metemos en otras honduras)
para que se nos pueda arrebatar un derecho
precioso de la ciudadanía, cual es,
no ya el de la. libre discusión de un candidato,
sino el de la fllcultad de examinar
los actos oficiales, lo que independientemente
de todo interés eleccionario, es
I tan sagrado en dondequiera, república ó
monarquía, con tal de ser país civilizado,
como la vida misma. Tan ~610 en Asia le
es dado á un sátrapa decir: A mí 1lO puede
nadie pedirme cuentas; y á este satrapismo
llegaremos si por la violencia del
sofisma se puede sostener que en la más
lóbrega noche gozamos de luz meri·
diana.
Sobre todo lo demás que se obstina el
Tribunal en no ve\', lo s,tbremos Luégo.
OFICIAL.
Por defel'~ncia personal para con el
señor General Valderrama publicamos la
CARTA ABIERTA·
AL EXCELENTÍSIMO SEKOR D. MiGUEL A. CA.RO,
PRESIDEt-."TE DE LA REPÚBLICA,
Panamá, A bl'il 16 de J 897.
Respetado señor:
Separado de toda intervellción en la
política activa (le Colombia, desJe doce
años hace, y consagrado en absoluto á
mis duras labores diarias dirigidas á devol~
er Íl. los míos el conc,urso de que carecIeran
durante los mejores años de mi
avanzada existencia, que he cónsaO'rado . o
SIn res'erva de sacrificios al servicio des-interesauo
de la Patria, parecerá extraño
á algunos. y tal vez á vos mismo, que
me ingiera hoy en asuntos que no faltará
q.uienes consideren ajenos á quien
conCienzudamente ha puesto término á
su modesta carrera pública.
Pero, si se tiene en cuenta que si por
illstint? casi, y ~uando i mbel'be todavía,
no vaCllé en ofrendar á la causa de la
I libertad bien entendida cuanto entonces
tuviera que ofrendarle: po¡,ición social,
fortuna, mi sangre y la vida misma, habrá
de comprenderse que las más amargas
decepciones no pueden matar el sentimiento
que tántos sacrificios inspirara.
Yasí os explicaréis que hoy, forzado por
convencimiento Íntimo, me propongo
sólo, sin capricho, ,in interés directo de
partido, dilucidar, en principio, el aSLnto
reelección ofrecido á la discusión pOI' el
periódico editado en Bogotá por el joven
señor Tanco.
No es imposible que lleglléis hasta á .
considerarme como enemigo personal
vuestro, porque con franqueza me propongo
señalaros el abismo hacia el cual
os empujan mentidos amigos, abismo que
no esquivado en oportunidad, sería a la
vez la sepultura de vuestro nombre. Pero
seguro estoy de que los resultados me
justith:arán""ante vos mismo.
.Me asombra, sí., os; lo confieso, que la
primera virtud, la primera ilustración de
Colombia, como en S'l'; originale'i battti·
zos os apellidara el seiíor N úñez, al Ullgiros
con la primera Magistratura, no
haya exhibido en estll ocasión su critelio,
á la par del común de los mortales,
sobre todo, tratándose de su propia personalidad.
Véamoslo:
El Progreso se pr~pone demostrar con
lo que en otros paIses se obselTa, por
peTmitirlo su carta fundamental, que la
ciencia y la experiencia aconsejan la reelección.
Santo y bueno. Pero que, reno
Buena. muestra y comprobaci6n de lo dioho
y prometido. áparte de log juramentos á la
CODstituci6r: j 6 las leyes, sobre la libertad que
telldretno.~ para opinar y votar, con falta absoluta
de viohmcia 6 coacción, es lo OClllrido recientemente
COI el General Silva, Gpbernador
de BoyaclÍ, quieu ha sido removido de su puea_
to pura y simplemente por no prestan1e á secundar
el papel indecoroso que hacen otros
Gobernadores, de encabezur adhesiones por su
Jefe superior y dirigir activa y desenfadamente
los trabajos en favor del ralldidato-Pre.
sidente.
siguiente nota. I
Cuando el señor Secretario de la Gobernación
se aguantó de El Nacionalista
el verdadero desacato de no publicar uua
explicación. razonada de graves cargos
administrativos hechos á los funcionarios
de Cundinamaica por aquel periódico,
no sabemos con qué valor creyera el se·
ñor Pinto que podía obligarnos á la publicación
de su Ilota, sobre un asunto que
no tiene la milésima parte de la importancÍa
que tenía la otra. Ilota desatendida
impunemente por una hoja oficial que
debía dar ejemplo de respeto á la ley y
á las autoridades :
contribuÍr, á. pesar de mi pequeñez, ft retirar
la venda que mentidos amigos vuestros
se empeñan en mantener sobre vues-
I riéndose á un país cuyas instituciones
prohiben la reelección ltd líbil'tm, enun·
cien siquiera que no es la Constitución
á que deben sujetarse, y sí á la voluntad
del pueblo en sus COXIClOS, para dt!cidir
CItando la reelecció~ está autorizada, es.
sin ambajes, mo'trar en lontananza el
plebiscito.
A mavor abundamiento decíamos lo
;:.iguient: :
Es la ocasi6n de advertir que toda 19. habi.
lldad política y administrativa del señor Caro
ha ~iti/) tener {. todo el mundo interino indefi.
flirlamenH', para que todos BUS empleados le
.-;stén peudientes de la pretina, amarrados muy
corto, y vivan haciendo piruetas de adulaci6n
ante lti inmillellcia de ser removidos; habilidad
de partida doble, porque á la vez que el me·
nesteroso empleado en ejercioio padece la ma.
yor zozobra. y no es capaz oe resistirse á nada,
los otros cortesano, que f9voloteau como las
U.loscas (,n acecho del mismo empleo, r~doblan
1 B ma:nfestac!oties de su aceIlllrauo amor, ,
Ltltme no pierden la e..¡p~ranza, con maña
JimeIl:lld!l, de suplentar al otro.
r al efecto, citábamos, como testigos
tI) vist", por :-;er miembros del Congreso,
e ue durante ~as últimas Legi'latllms se
a. vi, ido tenmndu con el cebo Je Ministel'io~,
Gobernacione~, Legaciones y Conandallcias
militares) á lo:s ~enadon5 y
Representantes que creían seducir de esa
manera.
Todo eso 11em "dicho en ¡as J/itinomia.
·, señores Magistrados, ¿ con qu(' valor
asentáis que' en ese artículo no se ha
discutido ningún acto de la vida pública I
del candidato-Pre:sidente ? ¿ Plle cómo,
el medio millón de pesos regalado al Director
de un periódico, apenas salido,
sin otro títuio que el de recomendar la
candidat.ura oficial, en hille'tes que sean,
no hacen ningún bulto? ¿ La remoción
('el General Silva, que 1 a levantad manifestaciones
tan sugestnat P11 Bogotá y
en Tunja. enca l:zada esta última por el
señor Obi~po, no h~ lleglldo á vuestros
oiclos ? Pues aquí tenéis no un ACTO sola·
mente, sino dos actas, presentados en forma
concreta, como hechos evidentes, en
ese mismo artículo' de Antinomias, del
cual aseguráis que en él no se discute
ning(m acto de la vida pública del candidato.
La pa te de nuestro artículo tachada
por la resolución gu\.¡ernativ~ y
reprodudda en la sentencia, 110 puede
tomarse aisladamente, y no es acertado
ni es justo decir de esa parte que es una
simple declamación con descarnado,> calificati,
os de t,aicióll y usurpación, co!te-
~o y embaucamiento, injurias y ultrajes
tn el aire al primer Magistrado; esa parre
era el corolario, el resumen y forzosa
cunsecuencia de ios hechos que venÍam(
l~ ex:poniendo, n(' sólo del acto exigido
pOI el Tribunal, sino del millóll de
ctos criminasos que estamos denunciando
ante la Nación.
República de Colombia.-Departamento de Oundina.
ma.rca..-Secretaría de Gobiel'llo.-Número l,80.i.-Bo.
gotii, JUnio 5 de 18,970
SsiIo,' D. J UIl" B. Péra= '.J Soto, n"ector de Er, Oo:¡sTlt¡;mo.
~.u..-Prcsen ttl.
El ;;eiior GobeTllfldor .lel DepartanJeuto mo
ha ordenado manifestar á lJ .t.ed, como lo bago
atentamento por medio de este oficio, que no
es exacta lIt !\Hevemci6u conienida en el artÍCIJ_
lo titlllado L(~ ¡llulta, publioado en el número
19 UE! EL ÜONSTI1'UOIONAJ., eu doude dice:
.. Mny bien sabernos qne estct multa ha 8ido
e..rciyida de ar1'íb(¿ al tTcneml Valderra'ln(~o.o"
El señor Gobernador no permite que nadie
le ordene el cumplimiento de sus deberes, por
la misma razón de que 'iempre procura cumplirlos
y lo~ cumple estrictllmente j y tanto es
así, que la lIlulta irupl.le8ta Ií IISted tuvo su origen
únicamente en que el "'añor General Valderrama
estimó, sin sugesti6u de nadie, que
era llega Jo el cnso tle cumplir en esa parte lo
dispuesto (';n la Ley Hobre prensa; con tanto
mayor razóu cLlanto que, por reBoluci6n recieu.
te del Ministerio de Gobierno, se dispuso que ·
la Gobernación de CnndinaUlarca interviniera
eu los asulltos relacionado~ con dicha Ley.
Por lu que r~specta al aparte final del mis.
mo artículo La M1tlta, en donde se habla del
~ü~crito, llIil permito hacer presente á usted
que el Secretario de Gobiorno no dicta sino
autoriza eOIl Sil firma los actos del Gobernador,
por lo cual tampoco e~tá usted eu lo éier.
to al dar un carácter distinto lÍ la iDtervenci6n
que me cupo en la rs.olucióll gubernativa qlle
dió 1 ugar al artículo yá citado. La auto7'iza.
ción, de un acto cualquiera. del Gobernador, en
virtud de mandato legal, no quiere decir que
los Sepretariol:i de dicho empleado ean quie.
nes deciden el asunto deque se trate, 10 que hace
que 110 puada con.iderárscles corno parte 6 Juez
en el mismo a~u ItO. si se procede con verdade.
ra justicia. llas ello tampoco quiere decir que
109 mismos SecretarioR excusen ninguna responsabilidad
por los actos que ton su firmaau.
toricell, ni que no estén de acuerdo con latS resoluciones
del Gobernador.
En virtud del lo dispuesto en los artículos 20
y 22 de la. Ltjy 175 de 1896, sobre prensa, sirvase
usted uar publicidad á este oficio bu lugar
preferente del próximo número de EL CONS'fITUOIONAL.
Dios gUflrde á usted.
\
RAFAEL PINTO V.
tros ojos, para sacrificar vuestro nombre
ante la historia.
Es la propuesta reelección vuestra 10
que, en medio de mis serias ocupa.ciones,
me ha decidido á estudiar su posibilidad
comtitucional. y lo. he hecho, no sólo
en honra y por la estabilidad de la República,
sino por vuestw mismo nombre,
porque de vuestras condiciones mo·
rales he tenido alta idea, no obstante las
graves faltas, á mi juicio, cometidas durante
vuestra Administración. Y con larga
experiencia de semejantes difíciles situaciones,
me explico que no hayáis sabido
siempre sobreponeros á las exigencias
banderizas, porque son contados Jos
que i:>e deciden á l'umper con lazos de
familia, de amistad Ó de compañerismo,
on presencia de los deberes oficiales comprometidos.
Debo explicaros que, habiéndome deciJido
al estudio imparcial del capítulo
Xl de la Constitución, un artículo de
El Progreso, periódico editado en la capital
de la República, eY) su aparte final,
que tan bien concuerda con vuestra carta
al Director de dicho periódico, !'erá el
tema de mi carta, por más que no me
halague la 6speranza de llegar hasta el
convencimiento y 1" conciencia de los
I?alignos tentadore" vuestros, °Y cuyos
ligeros esfuerzos parece han bastado para
seduciros á aceptar la reelección, hoy,
inconstitucional, según mi humilde criterio.
Trataremos de. demostrado, princi~
p~and9. por dejar constancia de las opimOlles
de El Progreso:
Nos parece, po~ lo tanto, qne ni la ciencia
consagra, ni la historia justifica el principio de
la. DO reolegibilidad del mandatario Que haYII
deRempeñado por 110 periodo dado la. primera
magistratura de un país, cualquiera que éste
sea. Creerflo~ que la ciencia y la experi(}f¡cia
consagran, pruebap y demuestran lo contrario;
quedando reducida la cuestión en cada caso
especial que se presente á a,ceptar ó rechazar
la ?'eelección oegzín que las condicionas personales
del candidato, sus precedentes, sus apti.
tudes y patriotismo la justifiquen y motiven, ó
hagan neccsa1''Ío 8U 1'echazo. ¿ Quién debe de.
cidir esto 1 El pueblo, consultatlo en los comi_
cios. Sac(!,?' la cUtl8tión ('le ese terreno 6S divagar.
Mucho se podrá forma.
veladas del autorita\'i~ o, despo ismo (¡
dictadura; pero. creerllo, los n r ¡ulÍcil
nos cOlJ9('ncido3, y á quienes algo ha~ a
costado el smtén de la R"p íblicu, 110
podrán, los brazos cruzados y rodilla en
ticIT1l., resignarse i\ ciilljear el tricolor re·
mblicauo . por la m ,hosa librea ue se
les ofrece en cambio.
N o debéis, pues, alucina! os, ó rechaúis
á vuestros mentidos amigos, dicitmdoles
~;ade 1'etro, Ó habrit que convellir en
que la situación ha sido delibel·ada. neto
Ij audazmente plallteada.
. En este caso, á los republicanos corresponderá
cumplir con su deber, y la
República no peligrar.1, en Colombia.
¡ Dios salve á. la República, señol' Cai'O,
v salve tamhiéu vuest.ro l1ombr> ante la
historia! '
'R. SANTO DOMING-O ILA.
COLABORACION
PANAMA,
RÉPLICA Á UN SECRETARIO,
(Conclusi6n).
VI
(Y:fase El Mercu.1·íl) de Pann.rnñ nÚIDelo 871).
"ÜTRA confesi6n explícita, escrioe el doctor
Ponce AguiLera, del folleto Más Bobre PU?1a.
ma, en que aparece la oposbi6n cen su !.lO pe.
queña parte .. , de f!\ Ita de frauqueza ó da sin.
ceridau," hay en la página. \'l." donde ~e refipra
.í la vi.itr. i otempostiv!\ que USla el GoherD:\dc. r
biciera tí uno de !losotro~ (Victoria J.), cou d
fin de alcanzar de élun!1 vindicación e~crita de
su conducta oficial tln la ele(;{'ión da D. Jorge
Holguín, hecha f' T la Asamulea de 1894, .. Se
despreude claramente de la relaci6n que hace
e1 folleto, contiulía el doctor Ponce Aguilera,
que de la. conferencia hl1bida entre el señor
Gobernador y UDO de nos9tro6 (Viotoria J,),
CONSTI~"UCI()NAL. •
fl'~ t~te el tltncoufiado, el que ::arccÍó d", ¡"
fra!lqheza necesaria para mBnife tar. desd!'l !jI
principIO, ,n Opillióc sin ambsitlfi ni vacilacio·
el que era" lenguaje iuflexible" @e urDa e Lag c., ti, eñora mí .. ,
I "modorado y sobrio," v. lo que e1 doetor POllce <'~} '1U" l:.~ i'scribc
¡ , ue l.u !'ecille- ;
, AguilHa,;e profiu~o yfÍ. lo había logrado (l) á másda¡c 'lu~el 'Jia.
l1e~
,.
¿'Juál Qpini(,j) ? pf6b"nt filO no otro:;. por.
qu" no illcan:óIllrlos á rle-t'ifIlH bitm I pllusa.
micuto del .Ioctor Po Ice A gllilera, i Se "atieT! ..
a::all á que el ~tlñol' Victor'a f. DO le !lilo 1
Reüe,f lloberuador :-" Pues u6, quo no pon;;,o mi
plumll al ~ervicifl de Usía, porrpf' Uqía e~ 111
t:ll por cuall " Como el¡ e~t la; owrpnid.l{'ión
que }Jarece nllís conforme con las palutl!!ls del
uoctor Pone Aguilera y b~ nota de falta tia sin.
ceridad que nos atribuye, contest.amos que tan
!Í~p€'ra respuesta, lejos de llamarse franqueza, se
cOnot'e entre gente culta eOIl el Dombre J<; gro.
se:í .. , y e~ indicio de iLlcivilidad; que la fran.
queza exce¡;¡ m cuando no es que Sil a lica romo
hierro e[lc~ndido á la gangrena ~ochl, procede
de faita. de caríd!1d, y, en nn, que la persona alu.
dida (Victoria J,) no podía ni dobía ciar tI\!
contestación á la súplica del GobemAdor, porque
era. líplica; porque medinb~ 1:1. cirClln'tancia
.de mm especie dD rl?concihaciún elltre.el Gobar.
nauor y los opoóicioni ta~, á biE!n por, parte I
del primero" ra e.quflllo sólo una ficción, y por. "
que con ost!l generosa defen ti LlO Re violent6 ,
la verdaJ, pne.sto que es cosa cierto gue el Oo. I
bernador Amr.go no l!l .) pllhlica Sil parttci.
paci)il per,onal por la. 'a t.¡ile ti u{lclór Ponce
Af,uil.ra t'r.ha meno~ eu el ll'cidentfl referj\lo
llO Cflbía allí; era l'y.tel.por!inpa á rnlÍ~ de inúj.
vil y gro~era.
Frauquer.a no~ ~obra en !JI ,eotido de valor
moral pam f:ni'Ostmr el lDal !Í quien Jo hace
y sacar ¡l plaza, en merecida exhibiei6n los
Tartufo, y ~\rleCJuiue~ que informan nUI!, ra
políticl.l.. u,uoque para ello Sí'a menest.er, á las
v~ce!l, emplear, como IOll roruánticoR de antaño,
lIJ mot p'opr~, franqueza eu el sentido vulgar de
incivili iad é indisoreci6n"nos faltá mucha, de
aquélla. tp,oemQ~ en almoneda, de ést.a a8I>ir~.
mo!! IÍ con:; ontr~ el Go.
hiemo, me releva, en parte, del leber que IDe
había impuesto de estudiar tino 'úr 11110 esos
cargos para contestado~ debidamente."
La publicaci6n del ~eñor Joqé A. Arango, IÍ la
cual se refiNe el doctor Ponc~ Aguilem eb ano
terior, de mucuos días. ~ las" rectificaciones."
Raro es, en verdad, el hecho de Imponerse el
Joctor Aguilera el deber <16 e~tudi, r nllo por
UIO los cargos ímpttiados 1\1 QoiJierllo, á PIl.
bi,~nda~, de que existía yá uoa "refuiaG'ióncom.
plpta" de allos, para caer luégo en la cuenta
de que dich' completa refutación lo releva, en
parte, (Iel deber primeramente echado sobre
s' 8 hombros. uDa de dos co as: cí la refutac 6n
de D. ~íos" A. A.raf'~o es completa, y eo tal
caso lo t1icho por el doctor AguiJera sobra; ó
Ill) es co plata tal efutaci6o, y entonc"~ las
palabra rl~l doctor AgUIJera son incieuso des.
Draciable.
. ., Lsng';a:e inflexihle" apellida el do~tol'
Agullera la cr~r' da gitano dal ~eñor Arange y eaL;,. jerg'l d,,~graciada ell la forma r en~e.
u' nad:t en el fondo la dice "bien iu¡enciona.
dll "Y no p4ran ahí las COR!IS, sino que también
el seilor Arango " ha coniiegllido r .habilit.:\r la
Administra.ci '1/1 depurtamchtal de odiosas in.
Culpaciones," to lo e .. o co!:. lIloderlld"lJ y .'.;1,
bnedad. ellal conviene á tlquel "cll'nplido Cilio
da~o " y t' apr.ed. flls c'~ ballero," que, por más
sellas, es "aIDl"O ~.lyo.'
Couvien9 notar aquí que, co uo todo lo que no
procede de ~incenrlarl de corazón, el himno que
El doctor Po ce AguiJcra dedica á D. José A,
ArRn o adolec'3 de cierto lunareillo qll.~ lequitllt,
"no poco de crédito y valimiento," En efecto,
8atisfa"c16n nol eloctor , PODee Ai~ ü(ero, otro D 1 .l
que d. - • (l tOd03 modo e~ eooa más ciar, Q• ue e uÍti.
qae 6. V'otonr. ,1" o e ~c'1ba ~(lmb;:3. algun;
.;.\0 i't;l up.je lJiugn!lo lhll:nar ;Í. eng'l,ño ~on las de qO!)Jp!icid:::J ó hltn. El l'refect0, ~in e l.
apr¡,cü¡Cio!.le~ de hombo y platillo que hallO el bargo, cualido !JlIpO q'le dieo.lo seftfJl te.ufa 1 s
tjoctor Ponte A"lIilera de la defensa do D. José c:'\1"ta~ y. telegrama, ' t'U 'll FO Ar, lo re ,,}~ púo
AmLgo, qu;~ lJO eM completa, Ili siquiera iu. :ler en prisi6n, y aJ ~eiJl)r Alvr' cez t n n bi 1 eOIl
com leta. sio€! UDa charla de~preciable, notable verdadero l,ujo de arbitrariedad,
hnlC:.l.!l1 Ae por .er ntrato fiel de SI illtrnnqui. ,~
Jiza io nutor. '* ..
NOTAS "IÁ~ ALE:'.
Eo una !lota que ~e ual1!. al pi9 del folleto
M.Js 8obrf! Panarttá) se lee; ., Este folleto fué COlJsiderada eu on i lnto la Ohl'f del ,lol;tcr
impreso en Paoamá, y yt\ lit,to para ponerse en Salom60 Pouoe .o.o"uderu, u6taH8 en ell!!. las'
cl.f clllacíÓII. el editor ~ neí!D tí entregarlo por variaciones \:le rlur:tcl.n '1113 una I'Qtn.p sirioD
o,o ra y gracia. de lar. bilena~s mañana~ en que musÍcal: ".rihlero. ellentv \~ n aJ<~~tuo80 oro, f"
son tan duchos lo, de la triuca do aquella eiu. pás de quien se !:'3l!~ en po"'e~ QI~ d~ l~ VD: 'ld
uad." Este hecho notorio e!l llegado por el doc. y. se pro~.e~~ P.u~!vCf~rtzar la~ ¡¡j:qlmpelcePt~bles.
tor Ponce Aguilera, apoyado proba.blemente BU el!cu[~qt",ncla.s) .. e",fnd'J¡ el m.e da " ato 6 cOl!·rá~
UDas cart.as publicadas por el señor Jos6 A.. de qUIP,u cf~y~nd.(} en.la eu~ota, .8 que la co~a.
A ranero en el·' - ~ dIe toble ,no e~ hn facd como st1pom(\, luügo ~l L(,UC;J"O
• o' qu Og auanos e a gnnos s Q • 6 1 bl d . d r
cimieoto~ tipogr!Ífico~ de PafJamá aseglllan 110 paoo eo e. e q~leu ¡"sea Ba lr, CU,\tlto J.~.
haher ecibido ordeu de la w'fficwWa para pu, te~, do ~na sltuacI6u elDbar~~.osa' y,por '111 •
blice r ,í dejar de publicar uue~tTo folleco. Es do me, ellogozo 6 arrebatado .~tl.we8c ~h~en t)de,ta
advertir, sin embargo. que ce lo~ señon:s cuyas y sa,~ga como Sr.d(J'f1'e, d~qUlet.l adVierte, 6. bo"8.
cartas hall visto 114 luz pfJblica, la Dota aludida ' tardlEl, el de~gmclad0 y nb~lHdo v' pe", que le
s'6)1 o (1 I'c,e que "no. se atrGn'erJon .' , 1 ha tocado representar, CteS1J1U8 ti 8.CO. S' I " l' ,M' f P
ger la obra," COH~ '1ulJ es erda.d porque ~egún 1 . ¡ampre que eo e, ro leto as so/re . COLa;.
tonfesi6n de 1¡)8 Beñores Ramo~' y Bastar. uo m(~, hablnlTIo ',en pnmera per.or'a p.lura!, elo
Reatrevieron á .... coaerla. El sefíor Amnao, con l' ellll~l'ldc enhende qlHl ~o; ref 1'111103 !Í la
la publicaci6n de ~SM carta~ no ha ~';;'ohado 0poslc¡6u en ~!lll~ra¡, y.';:~. uDlcanle~tl:l á lo. q.ue
11<'U' > c··'utra la a' ., d 1 t, Pa.ra nro I aparecemo hf uados, .• '-' cs claro, la ¡J1.e, Ta
bar algo ha debido nbUefl! c¡¡rta idéntica del ~,O,)! roo ~epartamenta DO ~, es prueba eVIdente el hecho de poseer DOS. lJé!) de LOíl-'lantQ , 611 189:;
ot,ro~ t'Hubién cartas de persona.. de Panam~, ' .... .
en que 1103 solioÍtau ejemp1are¡¡ y dan noticia Punto por PUI,Itv y sin pestaihr hamof: con.
de ~'I e¡.;ca.a. circulaci6n. s¡' dtlra.'(Io y reu1. at.r I o 1o s que e 1 ll. cctor POllee
Uvo de nosotros (Viotoria.T.), fu61Ievado Ha. Agtlilcra toca an Sll~ Recti).cfJ.iJivr.ee, Nlogu.
Cárcel de esta cilldad por orden arbitraria del no por Íus.igni'1callte que raeH h'llr (l- del!ateo.
¡;¡eñor Jopú~ Parada Leal. Prefecto de la Pro. tlido; ningún argumento .1vj'\dú oj;¡ too'tsta.
villcia. E,te hecho verificado á raíz de la cir. oión,! OuiÍu diferente esta rU:I'JvI .j~ rdl' r ii.
Clllacióu riel follet.o Mr.í8 sobre Panamá, pudo la !\t1opt,'!a por lc ~ á¡,licoll, la 1'1 1 en ~I~~t en
eJemr 1\.1 6.nimo de algl1uos amigoR la creeucia cou idt:lf!u aqndlo¡ solameut q!le 11 e a dn
de (JIU' dicha prisión f lese en vengan.za de la ~ofh.ma~ [llleoen dp"vi,tu:,r y dfj,rr d
pllu!io>\cióo del expresado foileto, y fi~í cornil. tie'upo .j¡¡ tlJ'n!\rl 'q 'JI LH€tHt, il lllro
l1iCarOIl la I,otwia Á. Bogotá, Lro pr18ión ti qu~ gos ne lo folleto>; ublí<'l\l M, e .0 u
vilLimo;; coucfutá"dcuo, 1i0 tuvo aparentemell. flb'l \\hltTtr,~ '" 1 .r~\.llle!J~m de 1) (l > er
te ese motivo, 1I.lllhllle f¡llizií podrá decir lo que' notable diferpul·l., [>u:,,(,oll\, di"¡¡ !'ji I o:;
el PrrÍecto Pamda ti1VL~t ·in pectO?'IJ pOI las favo" de If~ 11>7.0 j ~ 1 .1 í.t" a ¡)Q I o il
ilJstruccioll')." que de P ul\lná recibiebe, y h r¡IZcJlJ '11.1;' ['COI Ip;¡ña.1 lo., ¡ I t!l.~
.. No e~tov lJ¡",u ¡¡¡formado dice el doctor le" ,
POI1~~ AguÚer¡¡. ti e. te propó,ito. ·de lo que [Jftvid 1.0 I e A bril de J 897.
haya habido la, pecto de 1" prisión del señ()r
VirtoTla J, ; l/1M, ;;i ti" verDad Ji) que ~e me ha
dicho, parece que la ¡otf;reept¡Wl,íll de alguna
correSpOndl::llCiil, (í la resistencia í el tre~ar!l\, Ó
,~jgo aó~ que dió origen á que la primen> auto.
riJad política de la Provincia de Ohiriquí, ca.
lificara de una falta, fll~ lo qtm leterruinó el
fU reRto del señor Victoria J."
En este párrafo artif1cioso y ofensi.o ha
vertido el dO.::Jtor Ponce AglIÍlenl 00 pequeñn
parte de la mah f~ y malJifiesta parciali'
dad con que ha tl,"crit.o 'U~ Rectific(J.cione~,
El doctor Poute Aguilero. eououe Lau bien como
no~otroj< I~uál ha sido el verdadero Hlt)ti~o de la.
pri~ión, El ;.alíor Weuceslao idvarez, en pu.
blicacióu anterior á los artículos del doctor
POllee Agnilera. dió tí conocer ese motivo cou
t(ldo~ su. detalle-, Sólo que romo allí se ha.,
hlaba. también de cierta inmora.lIdad de cierta
e~cuela da esta Proviocia el ,eñor Secretario
de Instrucción Pública no ha querido acorúar.
se de \['. publicación del señOI Ivarez.
La prisi6r.1 ~e verificó a¡'l: El Prefecto de
Chiriqlll, @eñot' Jesús Parada Leal, con motivo
de la elección de Representante al Oongreso,
dirigió 1 señor Alvarez al Distrito de San Lo.
renzo, con indiscreción sill ejemplo, cartas y
telegramas en que lo compr ~metí!l. oficialmente
á trabajar ~it1 tregu~ ni de~can~o por la candi.
datum de Horario Benítez, y 110 por r..ingull!l.
:lora j ello coo 'compafiamien!o de promesas y
derroche de ofrecimieuto¡) para e (;aso de que
úiob¡¡ úlIndidatu ca trÍunfase eu el Distrito, Al
~fecGo le tn'\ndó !l.1 Iron las
elecr.ione,;, y hé t\quí que el Pr que la ley ti).. 3.° Q le, e.
gú el articulo 1 .le l cita(.!" ley, Jlo I 11 ~
el Juez dictar U AUTO, (' AtTO, Y.·J1D [
que un !luto uecretando .mpliacioue j y el J
2.° ha dic..aoo y i lIatro auto ~ 4): do aut el
la. '1." ncia de la lev do des pué ; In "ú h
me iiUringido el referido artÍo.:·Jlo. Tal infrae.
cióu hu SI u e Uli ' gr· do, en lo q'l~ r nert
4 eRclarecer lo !Jerbo qh6 l' tablecerán m~
claramente mi inooeoc-ia; pero cn cuaeto t le
infracciol.les con el prEltelCto (le ampliar .ienen
tí. nrolongar mi prisi 11, on perfect\mento in.
d;bltla. 0.° Que egtÍn el IHtíoulo 4 ' dtl l. lt;ly
dicha, el Ju~ no tiene 111'. ql\ ]20 día par
hilar un suwario en el fon 10; Y qlle como
cllando emppz6 .í. regir l Ley 1 '!.l, 11 aba. o
188 días ue pri ióo, el Juez h deuido fal! r el
Rumado el mIsmo dla en que Illpez' iI regir
la referid ley, que fué el 14 le1 próxim p.
I sado Febrero. EsL es la t10ctrina JustamerJI
admitida por ab()gado~ Dotalll 5 {¡ quieve he
con5\lltado el puuto. 7.° Que lJ 1 biendo ido
fallado e.t sumario ell el dltimr:. lh" (jitarlo, ha·
8U1·eií.o.
Ubaque, U de Jun:o de 1 97.
ONS"'CI ~cr . L.
,Reclúta e indirectamente e te Iunicipio por
Alcalde nomlHado de fuero coo ochenta pe80s
s,uJld(). Pro ,cripto Ie(,~ tenlo dir~etaUl(lnt.e
Co allll I\~ia aeneral. E~toy presO hsto remlo
tume m!l.ñan:1~ ~uplícole reclame garantíaN.
E ta IJol11ación d sae tiempo inmemorial vieoe I
s'rne~do partid/) conse.r~ dor! y e:rtra~ ~o~
que 1\1 rn se. 1\l0 llltrapdos slU C IlP8 J'l tIti.
c ti a.
00 3'1: TUCIO'" f ••
L'ilis J[a'ftíne~.
UlJaque, ti de '¡uuio de lSf<7.
, ' e lIuestros hi.
I.ofa, reclut dos
OarZÓII, 8 de Junio de 1 97
·u lO amente sirvo ligeocir. peri6dico 80.ta.
n Jor principio con~erV8dore repuhlicanos.
Proviucia. Sur OGti€ne ca,1I1ido.tn ra General
Reye" Prc~ideucia Partido reCOlloce jefatura
O eul Quintero Calderón ,cuyas ?tdsnes ~e.
Cleod U'o da la más va:la ¿ la in erpret"
cio e posible~, Im ,debido er fallado d tlZ dlas
después de que el FI cal lo devolVIÓ I. última
.ez, que rué el 21 de Jo~ corriente; y el umario
tampoco fné fallado en e' d:a. TO e lile di· •
110U respecto al artículo cit do, que 103 térnil'
nos que la ley le fija al J u~z, 00 obli.,atorio ,
miéntra'l que lív f ... ¡ L pi'Uebas in ll~peu nlJl s
por pra9t~c r' pcrq tal,; pe.lmb.')., para que
eximau al Juez le I obl:g 16n de fall. r, do'
hen ter DIDl:;PE' ABL í'I Y esistir u lIece idnJ,
:í. m. s tardar, de.pués d la iniciación , .•
ci6n, indical,do toda l.I prueba~ que falter" y
11\ !lIaller:\ de pract¡c;ula , es evidente que [6~
cun plid" Correo llevale di z SUSCrlp·
ulte lo que resultare de tal &mpliaci6n, 110
pued,e el J\lez decretar m/Í ampliac·one,. lIi W·
licit, r ~ás pruehas u' qu dependa la ltbertnd
(Iel i!\üividuo, porque vendría á anular el l.,,'
tíChllJ 41 ue a IJay 169, qll~ 010 permite un
auto e[¡ que e decrete amplil1ciones, 1\ lo más
po.lríaroos llegar á suponer qu~ el Jue7., i po.
dría ordenar I práctica de pruebM que e de'
dujeran dI:! las ampliacione. que 1;00 po~terio'
ridad se efectuaran; pero resulta que lo~ des.
l' os que el Juez 2.° hbrl. á Santander y
Ba.rcelollilt, que, según ent' ndo, le ein.en de
pretexto para demc;",r el fallo, ha podl O Ji.
,;mr!/)s hace 10 en que fué-aproxim da'
mente-eu núo llGr6 despachos en if!ual s uti·
rIo /t Alemauin, Italia y "E'rancia. De (lIaDera
que 111 ~iql1iera el ju lo pretexto de q'le talll~
lIa pacho mi hall venido, pueden explic I
de\llora. Porque i los re pectivos de~pachoe
I uo fueron librado en tiempo, e~o ólo de.
Juan Gil C, abrr.ra.
COMUN CADOS
mue tm iUt;lptitud ó de cuido de la. lI.utotlda·
e qne de niul!'una IllaGera ha podido tener
en ~uell ta. 1 ley~ al fijar lo re pectivo8 t 'm.!!.
va'. in embllrg : en e te momeo o ~e me ocu·
rre qU¡; t.. tros I.eg. 1 .dore~ tal \'ez í tuvieran
en CUtlnoo la lDf ptltnd y de_culdo de nues.
tros 'u ces, porque' con a (;1l11tl frecuencia lo~
más iueptos y 10il que menos cumpleu con 8US
deberes cOIl los que Vienen de em \l¡:¡ar tale
careos. 8.° Habiendo olí itado hace UllO G Ihesas
1 beneficio de xcare laci6n C011 fianz" , pI ~'Iscal
d or' BU VIsta fiscal 26 día , cuando la I y le
fleñala tan ,:10 48 oraR para infonuar en el
fondo: y Q.gún e.ntiendo, ellfi cal Me di culp.a
cou la con Iderac16u de que l (JO e tab obli.
du b eu~¡ .. t",i i te.; esto e3 muy cierto,
pero t por qué no pro.:edio correclamente, ue'
gáud'ose á rendir la vi tl\. ~ino que. aumeutó mi
pri i6n 1 . días, porque la np I 016u no alc .. n.
I z6 á decidirse en Triblluul, ~ino de pu de la8
yac Clon . e," t"eJí hac UI.lO 20 día revoca·
toria do la te oluci u, por la el al e JI ez me
1 e .... S por segulld vez
( I e3 que b~oeficio <' pUllde li mar lID (lere.
l'ho chro, a'tI, ·u I.do para mucha autoridad A
1 r '0'10C un lo~ec lO e hacer I beueficio"
y e ,1 IJe:& He) ba ~esu Ito 1/1. peticif¡1l en ( ue
pelil revoculona á. u reRoluci JI), auu CUllIJdo
e e térmillo ara fallar I! le \"enci6 h ce ylí 15
tlías, y €. t obliO'ado é. resol", ~a etiri611, por
• .!iRpo,ioi~n expresa de 11~ ley. ]0,° II elevado
vario~ memoriale~ al Juez, y tÍ poquísimo h
rocaído re~oluci6n, tí pesar de que la Constitu'
ción, qlle e la ley supretlJa por excelencia y
está por ellcillla de todos lo C6digo~ referi~o~,
da á todJ individuo el derecho de elevllt ma'
moriale re petuo os tí las I\utoridllde~ y obt~·
llar re 01' ció u helios:
Dicrn1.os uo Ru~peutlefme ea te memad 1 por
Irr etuc"o, porque lo qu ;ji'" 'lU~ decir e~
verdMlero, y 11\ ~ Ill.8.rga, señor Preai.
dente. Por otra parte, yo no encuent o otro
modo .Ie expre .. r I~ cosas sino tal como sou,
sin ambaJe~ ni rodl'os que demue¡,tran cobardía
y taIta d r rá- Ar y digrJÍdad ajen '3 M mi temo
peramento. DeMi cOlllprende~ tl>mLié'l que
no pu de ~er eotelau::e tél re retuo o un me.
morial e I que e lt! d;' aULcridal que
no cumple: eDil '1 debe , ~i tal co a ~ l coU,·
ptn"G , • 'cmo lo he Cor prob Jc yú, porq ne
de d.., el mOlll'lDtO eu '1 te I 6y h. e LablElCldo
lt\ wi it:\. de c~r al ara qLfI l. 10 'Ct o
prc el {(ln '<]ueja ro r' laH an ,lriJada y de'
nuuc!e b· atlIDo as, 110 llega ju ta v It'gal
m de IJl\rte de nlle tro re~petáble Trib.l.
l1al, ql.e eu ¡o~ 15 dí tmll~ourrj'¡o" nitlgúu
remedio ~e le baya pue to al mal deuullci Hlo ;
porque 15 lila de arbitraria pn.;i6n lOOIl 1:>
años de pa'¡ cimient()~ lUfinitvA parn tui familia
y p:ua mí, de ,iUlUjll a pérdida de mi honorl y
eu e~_ ip!!l~. 1 r u.. se COnll.\lh,e
la ru.oll a-e o~ WLt::íe, aJ,.¡t.1.· ... 0· o:.. tdDto~
esfuerzos; si la ley no o' perulltP remedi~r.los
abu,o" yo declaro .olernnellleute gue b ley
baldía; que he comete ulla ," rorieuta hun
con lo>; pr gO~ obli·ráutiolo¡; á presentarse ante
vosotros, como iudlcad08 de delito q"e mucha;;
veceo¡ no hemos rometido j que é ta e~ una
P;jU& de verghenza pública que,e le hace ~u.
frir á un hombre que no solament. 110 h:. Sido
juzgado, pero que ni Hiquiera con igue q~~ 8U
8umario se falle eu el fondo; que la. vl8lta~
de cárcel sólo tienoo por objeto ins:lltar al Bin'
dicado, sin que Sil nada e lOejore la situaci6n
de IÍnto df.'llgraciado; y que las tales VISitas
soo uoa de tantas farsas invelltada por la bi.
pocre fa y mala fe de lo! fuerte.. contra l~s
débiles' y que la ley entrtga al pobre IUdi'
(l&dtj:) ~e lud fea o y rendido, al hacha
ti 1 verdu~o. que no otra cosa viene á er 1"1
J ue? que liaciend? tí 'r!ll~ao la. .Iey, signe los
selltuniélnto de slIupatl o antIpatía que el
¡;iu.jicado pueda inspirarle/>.
y uO es vana palabrería lo q'Je acabo de ex.
pre 'ar: digná-o! oír mis palt.Lras y estudiar
plinto por punto 108 fundamentos d"l derecbo
que leclamo; He demorará. UIIOS minuto 'uás
vue tra permanen " en e"ta triste cárcel, y
un cUl\ndo a.Me::." ~ ver en muchos de lo pre'
. ent~ij el L tidio ql e le" usa la demora, digo
ná09 e cu~arme. siquiera en atencinn á la dife'
r~ncia de situaciones elJ qua nos encon ca' o .
Vo otros todo reapiraréis muy pronto el airt>
ur • 'nientras que yo quedarS arbi rariameu'
que COIICtl'rren l'í ell ... ': 1." d,,! e t do e In
causa ~I nfren alguD ret rdo, y 2.° 6! e
observare al,,:'lo ret, rdo, l que prtl II lt vi i·
la lará la nh Af\ ción corn pOldieut0 al quelo
hubi6re ocaslOuado. Ri Rf'\ hallare presel,t,
y ml\hUarn paRo.r copi" ,e lo conducente del
aota de \i ita r.l Juez co upeteute, ~i él mismo
110 lo fu ... r , pam el juzgamiellto del culpable,
y 1 Juez que conoce de la c u'a, para que d·c.
te las pro';'lrleocill. que convengan etc., O~().
Según lo expuesto, estái,; plan mente auto.
rizado par corregir lc o.b1l50S y enmendar la~
demoras, oldellRnd(l ~e dispouga lo que coo e¡;¡.
ga de acuerdo con la ley. Y si teuéis talesatribu.
eiolle~, es claro que e ·tá sn vuestras fRculta.
. de;; y deberes irnponero~ de Ri realmente hay
dcmoraq, para hacer t:HJ la misma vi ita la ob'
servaci6n (;orrespondiente (artículo 2016). Dlg.
náo~, pue~, ahrir la ley para, aber!l.l mecos el
que e,to mt>morial suscribe i la ley lo ampa.
ra 6 no )0 ampara; si el J Hez puede demorar
IU efinlJameute el fallo dEl UIl sum ri<1, ó si la
!ev le fija 111 Juez un térmmo dentro del cual
debe f",l a ; (í 61 goza de pattlot8 t!~ cOr&O p, rá
demorar lOdilfioidar eute el Jiumario en contra
del b or, la s.l!ud y lo, IIlterE; es d un ho:n.
bre 'U1jn tarnente ae ado; quiero s Le.', en hn,
i la ley ·lIlpolle Jebere !,'J ted. m da á
l1í derecho olte e tev el! el deher Je rellalllar.
JJigu:.í.o , plle~, seíior·Pre.idellt~. ahrir el C6di·
go y e tu I r punto p.>r Y.UlltO laq .li.posicione
CItad ,en qua he fUlldado rvis dere hOi' digo
I! o, tambilu fij,¡r el sel tI o \'erull.dero de tRIes
(\j,po leiolle~ é illlpOJerOR de l. iI demora sufri.
das y de !. s di po iciofl"s le<1ale~ infringidas,
en "i t de los razouamieoLos hechos. yen vis.
ta de lo ioform'nífcú .parato ¡le destilación
ocn rectificador Dara alcohol.
En la aO'encia' di! este periódi () s da rlOl'.ón D ..-_.___ _
__ -'-.'0 lJ' TEH R . O PI. '(/
de 2 á 4 fanegadas, á oonti na ióu d,'. ~ el ad,
y de pl'eferencia d~té, il.!J sin gna, llohCltamoe eu
e wpra ó en arrendamleuto.
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Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Constitucional: periódico político, literario y noticioso - N. 23", -:-, 1897. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3690735/), el día 2025-06-05.
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