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Fun ado en 1886
El Teleg1a111.a
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10-8
-SE A]~QUIL
d gJflrtanU?Hto pal°a honlbre
'n'rrero 6~. 141 4-2
República de Colombia
BOClOtá, jueves 116 de Junio de 1904
o HA DE
- Por qué frunce u.len eJe no
y p nI" ('Om Inn tlura T
-Pon,u uno Lutnll nI! JlI uro
De con (>~uir 1, I gil onl"nu !
-Pu tic Lihor;( lirr no
() fr nI ,,~ 11 Juan ·(Ie Dio )
Al in Ion' curro n po I
Que hu no , ('orno ninguno.
y JlUf ó'o I I lor roe ur n,
L tia I IIr lu menu Oc •
¿ Qu~ digo. etc} -1... da mil.
Pllm JJluj r, ra 111'01 "re.
P oro O.I nll •••••• ¡y nu l" D omre 1•
Mejure qu lo CJlntiJIe;
Qu el Corr no(¡ I,dl,
{sí que el d lo rltallitiad.
M juro á 18 oci (Iorl
Clln U montur eurf(>C~.
Fina. bar (o , per( el •
Qup,rluran ... _ la e( rnidad I
RRE
7'alabarlcr!a de LibQ'I'io CalTefio
Calle 12, ndmero 2s6-Direcci6n tele¡:-rifla u~-Bogot
"FENICIA "
,
20-4
Avi "mos á nuestro clientes y al público en general
que nuevamente hemos establecido los trabajo8 ,en nuestra
fábrica FE 1 'lA.
Para la fabricación de nuestros artículos hemos traído
operarios extranjerns muy hábiles, cuyo trabajo perfecto
no deja que de ear y no se diferencia de los productos del 1
Ext~anjero, tanto por u forma y color como por su resistencia
y cillidad.
Los precios son infinitamente más baratos que lo del
producto extranjero, y en las \'enta6 por mayor se hacen
granlJe descuentos. Abrimos créditos dándonos seguridades
para el pago. Empacamos cuidadosamente los pedidos
para fuera de la ciudad.
Aparte de mucho otros artíoulos, fauricamos v l'ende-mos
actualmente lo iguientes: ..
Azucarero ; aisladores para piano y telé~rafoj agitadores
de botica j botellones; ¿an,zejas; bacimllas; ¿(l/ellas
para ,-¡no. ceT\'cza y brandy j cremeras ; COPA para brandy,
vino, agua y cham paña; centros j candeleros j con'\"oyes;
canastillas; dulceras; e cupideras; embudos; florcros
;/ra8cos y eJWaSe8 para medicinas y confitería, de todas
forma y tamafios; fruteros; guar(lacollservas; guardapolvos;
gomeros; hoja de uva; Ju-Iaderas; jarras para
agua y vino j jabonera ; juegos de baño j lámparas de pie
- y de colgar, di tintos tamaño, forma y precios; ladrillos
para pisos, transparentes y de colores; Iirnpiatubos; mantequilleras;
mecha para lámpara; platones; plato ; pila
para baterías eléctJ'ica~; polveras j pantallas para lúmpara
y luz ·!éctrica pisapapélt!s j palmatorias i que era ; retortas;
saleros; sulfato de oda; tintero ; taz, s para flor' j
tejas; (ulJo pura lámpara de todas (ormas y famaüos; tubos
para lauoratori s; trampas para mo cas; teteros; VflIJ08
soplados y ( rcnllados, de todas forma y tnmaño ; varillas -
dc "¡drío, &c. &c.
Bogotlí, Marzo de 1904-. '
DEUTSCH COLUMBIANISCHE BRAUEREI
c. m.. b. :a:.
':!:: ::: e::::: ;
Número 8 OBf
LA ESPLENDIDA CERVEZA
Rosa Blanca"
si.que siendo la In dQr
l u ur a.1 Il ' hiquinquirá
Bog' ", Pucnt de n A go ({n.
lO-4
Dspina & Delga~a
Acaba de llegar un bellfsimo
y variado surtido de juguetes y c,>r.
bala.
2!' C:.lJe R al. número 452. esqui-na
de AKllA CAPLU lA 10-10 ----- -
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BueDa costurera q e r bien
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(A1Je Real. nlimero 2~¡
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(J)
JOI GE LAR B A [J ))I('fa de 1'rauspol'les ,ntre IJ?uda y /Joyo/tí, por las 'ías de 'U(ululI. ,
• y Gl1'CJJ'.dol. OfiCina, calle 14, 1\ B. 7 O Ji Y r, O, frente al Colegio deJ Rosar! .
Apartado número 495. Dirección telegrafies, JOL A
•
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
TOa
J. ARGAEZ
RAFAEL AR EZ
-lidad
ineludible
faquiavelo aconsejaba á Leon X
c¡ue conservase al pueblo la apa.
nencias de las eleccione;. pero que
falsease sus resultado; cuan le fue
sen adversas. compran(\o lo votos Ó
alterándolos en el escrutinio. Entre
nosotros la habilidad polftica ha ¡Jo
más lejos que en Jos tiempos del cé·
lebre Pontífice: ya no se compran ni
se falsean. los ·otos. sino que se parodia
la acción suprema. sacándolos
de la nad , Tal es el caso que se
presenta en las elecciones p~esiden
ciaIes de cuyo resultado se hará
escrutinio dentro de breves dras.
Inútil se.r:ía insistir ante 10 ,hom·
bres de bien que constituyen el Con
sejo Electoral, en la demostración de
que en el acta dePadilla. tachada de
falsedad, nunca pudieron figurar los
cuarenta y cinco electore- que en
ella aparecen; redundante sería re·
petir los argumentos y probanzas so.
bre la no reunión de la Asamblea
electoral; pero no queremos hablar
ahora de esas cuestiones. sino de
otra más rdua rleli:ada en que
sin ánimo de polémica se trate un
nto de puro derecho y de res·
ponsabilidades legales que. probable.
mente, será de mayor importancia
para los miembros del Gran Conse.
jo Electoral, porque si bieo hay quienes
afirman que esa Corporación no
está llamada á calificar actas. 6 en
otro térn:inos, que puede acioptar
un procedimiento con el cual esquive
responsabilidades morales y legales
que pesan sobre ella, la ley escrita
DO permite escoger ese camino. c6-
modo al parecer para conciencias
d~bil • pero no el de ciudadanos que
conocen sus deberes con la Repúbliea.
Intentamos demostrar que esa
abstención 6 prescindencia, fuera de
inmoral, no eximida de respon
sabilidadlegal á quienes asl proce
dieran, y bien por el contrario. pro
bablemente les atraerla graves san·
ciones penales.
El Código colombiano. apartándose
de algunas teorías modernas so·
bre penalidad, y .siguiendo á algunos
C6digos extranjeros, distingue entre
la falsificación ó falserlad misma y el
uso de la cosa falsificada 6 falsa.
Los artículos 31 S á 319, v. g., del
Código Penal, castigan cada uno en
su primer aparte á los que fabricaren
6 hicieren fabricar monedas falsas,
y en los segundos apartes castigan
á los que expendieren ó hicieren
circular esas monedas es decir,
;i los que lIsaren de ellas aunque no
hayan tenido parte en la falsificación.
Tratándose de documentos tie crédito,
el articulo 338 castiga por separado
al que usa de los ya falsificados,
y en este como en otros casos, puede
llegar á ser tan grande el rigor de la
ley, que se impongan á un mismo
individuo dos penas por un solo de
lito en realidad.
Res~cto tie falsedades en documentos
privados, los .articulos 368 y
372 castigan tambi~n por separano
el uso de los que contuvieren la falsedad.
Y,por último, tratándose de do
cumentos oficiales y públicos. que es
el caso del acta de Padilla, los artí·
EL TELEGRAMA
leron
so á s.,b
i el ac
ctoral
habrl \ (: gru
de re p bl
a) Los que extendieron el aCla
misma, con hechos contr nos á la
\'erda,i;
ó) Lo que envio ron e. acta al
Gran Consej Ele toml, principian.
do a i el u o de ella;
r Por ú timo. lo miembros del
Gran Consejo (en el supuesto remoto
de que. e computa e l acta en e::1
e crutinia), pue to que perfecciona
d n 6 completadan el uso al cual
de-tinaban lo primitivo~ bIs rios
~I nocumento f. Isifirado.
E: má: bido es que en el delito
e falsedad. es elemento ¡ndispensa
ble el !"juuio pedaJ que resulte
de la alteración lIe la verdad; pues
bien, puede afirm r~e in peligro de
error. que en la C I ifiC'ación Ó Calse.
dad del acta de Padill , el elemen·
to jurírlico del pojUlcio sólo resultaría
del c6mputo que el Gran Conse·
jo hiciese e es acta en I escruti
nio que va á verificar. dando así verdadera
ap1i ción)' u o á tal documento.
De donde que al llegar la hora
de jUIgamient~ del. crimen, los que
dieron ~plicaclón al lO .. trumento fal·
so no quedarían abajo en responsa
biliciad moral y legal de lo .. que Coro
jaran ese mismo .in trumento, )' cual.
quier Juez habda de llamar á 1<\
vez á juicio á los que iniciaran el
delito y á los que vinieran á consu
marlo.
'\" todavía pu le irse más Jejo .
No seda imposible el caso de que,
demostrada la falsedad del acta de
Padilla, Cuese imposible p.,ra la jus.
ticia comprobar de una manera plena
quiénes sedn )0:> v r,laderos autores
del documento Calo, y así viniera á
quedar impune el acto de la fabrica.
ci6n ,lel acta; pero no sucederIa
otro tanto con el delito e_c;pecial del
uso de bcosa falsa. porque Jos miem
bros del Gran Con ejo, visiblemen
te habrCan sido los responsables del
hecho por el cómputo indebido del
acta.
y el caso no es ni desconocido ni
imposible en Jos anales judiciale.;.
Todos los dlas se juzga á respon .1-
bIes de circulación de billetes ó mo·
neda falsa, sin que se haya comprobado
plenamente quién sea el Casifi·
cador.
Aun saliendo del terreno tricto
de la legalidad para hablar sólo de
la cuestión en el campo de la con
ciencia moral. es obvio que á un
hombre que re peta la reglas de
elJa, no pasa por la mente siquiera
el que teniendo duda, v. gr .• sobre
la legitimidad de una moneda, le Cue.
se Ucito el intento de hacerla circular;
si esto sucede en la vida privada, y
tratándose de intereses secundarios,
no se comprende que hubiera de aflli.
C3T'te otro criterio á la vida pública, y
cuando se trata nada menos que de
la constitución de uno ,~e los Poderes
del 'Estado, con lo cuaJo acaso se
\'3 á decidir de la suerte de todo un
país.
Los que niegan al Gran Consejo
la jurisdicción para juzgar actas de
las Asamblea Electorales, diciendo
que debe abslelluse de analizar el
acta, sólo hacen con ello un juego
de palabras; porque el Consejo. al
comlJutar el acta, 110 se abstüne de
ca lifica 7:/a , sino que de hecho la ca·
lifica como verdadera y allléltlira, y
consiguientemente cjetttla un acto
de verdadera jurisdicción.
Las omi iones voluntarias. según
los más elementales principios de la
filosofía moral, son actos humanos
Ilerr r
tabilidad y (le' :llttl n qu
recaer sobre u ;¡ t r .)'
mOl ley po itiv;! human
gan en multitud tle ca
c6mpli • a ili:lrlorc ó e
r de un delito 2 quiene
irlo en u ejec-ución,
do medi de evitar que se logre
t fruto que e profXm' obtener el
elincuente I rinc¡pal, voluntariamen
te d jó que se consume el crimen.
Quien ,'e n. I hora de la noche
e calar una ('a pRra robarla, )' no
da, purHéndolo. el alarma, es encubridor
,Iel a :lIto, como encubri.
dor del robo quien r mpra 6 • ccpu
en cualquier Corma la cosa r b da.
conociendo su proce,lenci .
Cuando Pilato, al decir de San
bteo, "viencl que "aria adelantaba
y antes cr cía el tumulto de los que
quedan arrancarle la sentencia ini.
eua, mand6 traer agu~ )' se lavó
la mano á la vi ta del pueblo, rli
ciendo: 'Allá os lo veái \'0 otros.'''
no se la\'6 d la sangre del Justo, a
quien en esa cob rde forma mandó
al patíbulo. dejando él i la norma
eterna de los contemporizadores y
r iveurs, que pret nrlen engañarse á
sí mismos y á lo dem;. C'uando
dcrlinan cumplir ron deberes que
pudieran atraerles inc moditlades 6
de ventajas.
Los nombres de los miembros del
Gran Con ejo. b:l tarian para hacer
retroceder del re into de su au·
diencias á los extraños que pretendan
llevar allí la política del maldecido
Gobernador de la Judea.
o está en tela de juicio la {cti.
ma excelsa; pero au \que la distancia
se.'l infinita. de ese Callo pende
acaso la 'vida de un pueblo que la
carencia de valor civil de muchos.
ha llevado á inmensurable abismo ..
EN 'LOS TIEMPOS
DE LA. REPUBLICA
VÉANSE )a 1inda tal'jetil
lería de A. COl't .
para Inenú~ feJicitacione I .. que 11 garon á la '1 ipo.rJJ"o(ta y Pap
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nn n. ..
¡ud.dan
lanl .
o bilid d en que han
I ind¡ ¡duo qu lo
nadores y I\epr n-
L. RIA AR
Citación recomendada (normas APA)
"El Telegrama: diario de la mañana", -:-, 1904. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3689484/), el día 2025-12-31.
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