El. CA L!OI.ICO. 1
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TRIM. I. AÑO II. Bogota, 31 de mayo de 1864, NUMERO 52.
IMPRENTA CONSTITUCIONAL.
Se ha traslad3do a un local espacioso, situado
en la calle del CHORRO DEL FiscAL, casa
núrncrtl 14, (a media cuadra de distanc.ia de
la. calle de la Carrera). El empresano, se
hace cargo de toda clase de obras, ofreciendo,
puntualidad, elegancia i precios módicos.
¡p !!J!]j !6J:t~ il. ~ [l(/)¡j{f!Jl ~~ ~
Por dos pesos sencillos por trimestre, reci·
birán los suscritores, "El Conservador," el
"Boletín del Comercio," i la t: Semana Liter;:~
ria."
Tambien se reciben suscriciones al "Católico,''
a un fuerte veinte centavos por trimes·
tre i al " Bogotano " a fuerte.
Bogotá, 30 de mayo de 1864.
Cartajen!l, 29 de marzo de 1864.
AL SEñOR SECRETARIO DEL INTERIOR 1
RRLACIONES EsTERIORES DEL GoBIERNO
JENERAL DE CoLOMBIA.
Por el correo que llegó a ésta ciudad el dia
24 del mes en que estamos, he recibido el oficio
de U. fechado en Tulcan el 20 de diciembre
del año último, en que me dice, que el Poder
Ejecutivo ha resuelto, que permanezca yo en
el lugar de mi prim1tivo confinami~nto o que
se me espedirá p:-tsaporte para saltr. fuera ~e
la República. En tan dura alternatiVa esCOJO
lo segundo; pero me permito hacer algunas
observaciones, que le ruego a U. ponga en conocimiento
del ciudadano Presidente, i son las
siguientes :
Hoi no hai Jei alguna quo imponga la pena
· de confinamiento a los Ministros del culto, i seria
ilegal que yo lo sufriera en calidad de tal.
Ma~, supouiendo que hubiera esa lei, no me
comprendería a mí ni a ninguno de los Minis ·
tros que nos hemos resistirlo a prestar el jl!ramento
que dispone el artículo 1.0 de la ICI de
23 de abril sobre "Policía en materia de los
cultos,'' por'lue ésta resistencia ha sido a obedecer
todo lo que sea contrario a las doctrinas,
a los derechos, i a la libertad e independencia
de la Iglesia, obediencia a que no. po~iam?s
someternos sin gravar nuestra concienCia, sm
hacernos reos delante de Dios i de la Iglesia
misma, i sin faltar a otro juramento que hicimos
al ser elevados a la dignidad ::iel sacerdo ·
cio. Esto fué lo que hizo que el inmortal Arzobispo
Mosquera i todo el episcopado gr.anl\dino1
en el año ;3 - 1 c15·1, ): rcÚilen el ostraclSill'J
a. la apostasía lju que hu hiera ca ido, sometiéndose
a disposiciones ménos hostiles al Catolicismo,
que las que se exijen hoi a los Ministros;
i esto es lo que obligó, en la época que
atravesamos, a todo el episcopado de Colombia,
incluso el Ilustrísimo señor Tórres Obispo de
Popayan, junto con la mayoría del. Clero, a
protestar contra los decretos de '' tuicion
i desamortizacion de bienes de manos muertas.~'
Ni se diga por esto~ que nos revelamos
contra la soberanía de la Nacion, o que
pretendemos hacernos superiores a ella- l\ o,
nosotros somos los primeros en obedecer i pre·
dicar a los pueblos que obedezcan la Constitu- .
cion i las leyes en todo lo que no sea contrario 1
a la Rclijion santa que profesamos, i que pro· ~
fesa sinó la totalidad, sí una inmensa mayoría :~
de la misma N acion, i acatamos i respetamos ~
a todas las autoridades constituidas. 'j
N o creo tampoco, señor, que sin razon deba- ll
mos ser espulsados de nuestra patria, ni per- lt
manecer por roDas tiempo lolil Pasto:es sep~r~- ~
dos de nuestras iócesis con gravísimo per.JU.l- 1
cio de los pueblos en sus intereses espirituales
i sociales; i fundado en estas razones es q ue,en
uso de la l1bertad i de las garatías qno teng>
Esas ideas que trajeron consigo todos Jos fut·ores
demagójicos que hioieron estremecer la Eut·opa
i produjeron la revolucion de 1789 en Francia, la
de los paisanos de Alemania, la que encabezó
Cl'Omwel en Inglaterra, etc, esas ideas, decimos,
son las mismas (fUe proclujet·on en los países re-
1 jidos por Gobiernos absolutos, los pretendidos
derechos de regaifa que están encarnados en la
Jei ele 17 de este mes. Pero los Gobiernos que se
arrogaron esos derechos, eran siquiera católicos,
i el'a en vil·tud de sedo que quedan tener injeren-
1 cía en los asuntos relijiosos, porque, como mui
bien dice el señot· Manuel Dolores Camacho en el
numero 52 de «El Caucano,)) )
Este documento en que el ajente de Pío VII se
atreve a hacet• decLll'nciones tan formales, prueba
de un modo indudable que el Papa se habl'ia entendido
perfectamente con la Republica; pero
desgt·aciadamente el voltel'ianismo estaba ya infil·
trándose aquí para malear los efectos de la inflependencia
que se babia conquistado.
Ei señor Leon XII (¡u e, como su antecesor, sabia
que la Relijion no choca con ningun sistema
de Gobierno, pero que la libertad de la Iglesia no
debe nunca dejarse vulnerar ; espidió un Breve
1 reprendiendo al Cabildo eclesiástico pot· su conducta
iiTegulat·, pe1·o aprobando al mismo tiempo
las elecciones i promociones hechas i concediendo
la facultad de elejil· en adelante los sujetos que se
juzgara idóneos para las prebendas vacantes.
Como hoi se muestra un empeño fot·mal en persuadit
· al pueblo ignorante de la Nueva Granada
1 de que el Papa es enemigo de la Republica, i que
nuestt·a obediencia a él como Jef~ espiritual de los
católicos nos constituye en la triste condicion de
colonos de un Monarca estt·anjero, no podemos
prescindir de copiat· tambien una pequeña parte
de la nota que Su Santidad dirijió en 1 de setiembre
de 1822 al señor Lasso, Obispo de Mérida,
contestando a los inf01·mes que este Prelado le
ha_bia dirijido en favot· de la Republica : 1 .
"Nos, ciertamente, le dice, estamos mui léjos
de mezclarnos en aquellos asuntos que pertenecen
al sistema político del interes publico, sino que so- 1
lamente estamos cuidadosos pot· la B:elijion,por la
Iglesia de Dios que gobernamos, i por Ja salud de
las almas, cosas que miran a nuestt·o ministe1'io."
El lenguaje del Pontífice romano siempre ha sido
el mismo : la misma su conducta. Ajente de
Dios a quien rept·esenta en Ja tiet·t·a, es manso i
humi1de i nunca atenta ni puede atentat· contra la
soberanía de las Naciones. Si se invoca la libet·tad
para combatil· su autol'idad suprema, es porque,
pot· una aben·acion inconcebible, o por una refinada
mala fé, se dá a esa palabra '' libet·tad " una
sigpificacion contt·aria a la que tifne. Nunca es 1
mas lib1·e el hombre que cuando cumple los pre- l .
ceptos de Dios. N un ca es in as feliz que cuando
tiene la aprobacion de sn propia conciencia ; i es
una cosa que sorp1·ende en verdad, que se nos
quiera hacet· felices a la bayoneta, imponiéndonos
deberes que nuestra al m a se resiste a cumplir ;
queriendo hacernos cree¡· que somos libt·es cuando
sentimos todo el peso de la mas ominosa tit•anfa.
Somos soberanos, i no podemos adorar a Dios
sino del modo que nos lo pet·miten, llenos de restl'icciones.
Sigamos
En el año de 1822, el Secretario de Re1 aciones
Este1·iores dirijió con fecha 2 de agosto una circular
a los Obispos, Vical'ios capitulares i Cabildos 1
eclesiástieos de las diócesis de la República, diciendoles
que el Gobiemo interesado por la con4
set·vacion de la Relijion católica en el país, quería
arregla•· los negocios eclesiásticos, e impett'al' de
la Santa Sede las g1·acias de que tuviera necesidad,
con cuyo objeto se habia enviado ya un comisionado
cm·ca de Su Santidad~ i concluía : " El Go·
bierno hace la especialrecomendacion de que, por
medio de oraciones publícas se impet1·e del Padre
de las luces, del fundador de lu Iglesia católica,
toda la proteccion necesaria para 1og,·at· un
buen resultado en la mision enunciada i en la direccion
del Estado, pi'Ometiéndose que el Clero de 1 esa diócesis no se apartará nunca de la senda de
obediencia a las auto1·idades que hasta ahom ha
seguido, i continuará dando el ejemplo que le ha
observado el Gobiemo con mucho agt·ado."
El seiiot· Gual ct·eia que era neccsa1·io rogar a
Dios por la felicidad Jel Estado, i procuraba, honradamente,
obtener del Jefe de la Iglesia nacional
las gracias de que Ct'eia que necesitaba el Gobierno.
Hoi los hombres que se llaman de Estado i
defensores de la libertad, no ocurren a esos meuios
que la m01·al sanciona, sino que, r~pudiando
a Dios i sin toca'\' con ese Jefe,que es su Representante,
sin dignarse siquiera tt·atarlo con las consideraciones
debidas a su cat·áctet• elevado, dicen :
" Nosotros somos el Estado, " i proceden en consecuencia
a hacer todo ]o que les pat·ece, pugne o
no con )ajusticia. Lejislan pat·a el pueblo de quienes
se dicen apoderados, i atacan en sus leyes el
mas caro de los intereses de ese pueblo. Esto es
lo que se llama progreso. En la gran Colombia, el
Gobierno no temía de la fidelidad del Clero, porque
no atacába la fé de ese clero i, por el contrario,
fundaba en ella el bien de la Republica. Hoi
los mandatarios desconfia.n del Clero i quiet·en m a-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
28 EL CATÓLICO.
niatarlo, porque rechazan abiertamente la fé del
Clei'O i buscan léjos de ella el bien de la República.
Hai diferencias esenciales.
El 22 de julio de 1824, se pasó por el Congreso
al Podet· Ejecutivo para su sancion la lei de
patronato, i como el nrtículo 2. 0 de ella imponía
a la JJ.epública i al Gobierno el deber, de sostener
ese derecho i de a·eclama•· de la Silla A postólica
que en nada se ''ariase o innovase ot·denando
al Podet· Ejecutivo que, bajo tal principio celebrat
·a con Su Santidad un concordato para asegura
a· tal prerogativa a la República i evita•· en lo
sucesivo quejas i t·eclamaciones, el Pode1· Ejecutivo
pasó al di a siguiente al Senado una nota en que
daba cuenta de todo lo que sobre asuntos ecelsiásticos
se había hecho en cumplimiento del mandato
del Congreso de Cucuta e infot·mando del envío de
un comisionado a Roma para arregla•· esos asuntos
pot· medio de un concot·dato. Pea·o como el espíritu
voitel'ianoiba ganando teaTeno i el Jefe del
Gobiemo estaba influido poa· hombres no mui católicos,
la leí al fin se sancionó a pesa•· de lo abusiYO
de sus disposiciones i el concordato no se cele·
bró. Segun el seiwt· Manuel .Dolores Camacho en
e-l númei'O citado de" El Caucano, " esto dependió 1 de qué, " pudiendo ejercerse los Podet·es públicos
por hombres de diferentes relijiones, i no pudiendo
pretendea·se pot· el que no pertenece a Ja
comunion católica, el derecho de intet·ven ; a· en el
nombramiento de los Ministros i en el réjimen estemo
de la Iglesia, el Papa, obmndo con pm·fecta
justicia, nos reconoció de hecho, pero no quiso adquirh
· compromisos que lo pl'ivasen de su libertad
de accion.''
Sea lo que fuere, el hecho -es que no hubo con·
1 cordato i que, de consiguiente, la República no
adquirió los derechos que el Congt·eso de Colombia
confesaba en nquelln lei poder adquirir solo pot·
concesiones de la Silla Apostólica. Ella rechazó la
lei; pero como babia armonía entre las dos potestades,
el Santo Padre escribió al Jeneral Santander
con fecha 20 de febt•et·o de 1827, conviniendo en
provee•· las mitras vacantes para ocurrit· a las necesidades
espirituales del pueblo colombiano, "cuyo
celo, decía el Papa, en favor de la Iglesia católica
i cuyo •·espeto pot· la Santa Silla, le e1·an tan
conocidos como gt·atos i satisfactorios."
En efecto : inmediatamente despu~s t·ecibió
1 el Gobiei'Do pot· conducto del sr.ñor don Ignacio
Tejada, su Ajente en Roma, las bulas para todos
los Obispos que babia p•·opuesto.
Estos prestat·on jua·amento de oBediencia a tal
Gobierno, porque no babia hecho lo que se hace
ahora, desconocer i pt·otestar la autoridad del
Jefe de la Iglesia i exijir ese juramento como condicion
sine qua non para podet· ejerce•· su ministerio.
El país- era católico como lo es hoi ;
pet·o el Gobierno tambien lo era i la Constitucion
léjos ne ser atea, declat·aba que el Catolicismo era
la única Relijion cuyo culto s.1stenia i mantenía
la República. Los hombres verdadet·amente emi-
1 nentes que entónces manejaban la cosa pública, no
hacian ostentacion de su filosofía antict·istiana, no
insultaban la creencia del pueblo, no mataban la
justicia porque la consideraban esencial para In
1 subsistencia gar a llogotá,
dió a los Prelados un gran banquete a que conculTieron
los Seca·etarios de Estado, el Cuerpo diplomático
i los. Ministros de los Tribunales de justicia,
i allí, con su acento inspirado, con su voz pe·
netrante, dijo: que " siendo la Relijion el fundamento
de la justicia, i ésta el de todos Jos bienes
sociales, bl'indaba pot· el Papa como Jefe de la
Relijion i por la conset·vacion del Catolicismo en
Colombia como base de todos Jos bienes. ' '
Las cosas continuaron asf, hasta que en mala
hOI'cl el partido liberal se propuso destruil· la Relijion.
Entónces los vinculos se rompiet·on i el
martirio de las conciencias principió. Los Obispos
fueron destetTados, el Clero perseguido, los
bienes de la Iglesia usurpados, la educacion cat·eció
de estímulos para la juventud i la político-manía
se puso en moda junto con la impiedad. Se
empezó a JJamar fnnático al creyente, hipócrita al
virtuoso; i confundiendo maliciosamente el título
de hipóc1·ita ijesuita, se procu1·ó hechar sobt·e ésta
órden heróica i venerable, todo el ódio de la ignot•:
mcia.
El país entró en convulsiones, la sangre conió
i la division del mismo partido reformista, dió
po1· final resultado la independencia de la Iglesia.
~sta institucion santa que no necesita sino de
libertad, prosperó entónces como pa·ospera en
todos los pueblos donde se respetan los derechos
humanos. En lnglnlet·t·a viYe bajo el Gobierno
monárquico constitucional, i en Jos Estados Uni<.
los del Norte bajo el Gobierno mas republicano.
El Arzobispo católico en Nue"a York rjet·ce todas
sus fum~iones como dependiente ele la autot·idad
pontificia, recibe bulns i rescriptos, celebra concilios,
i ni éste Prelado ni el Arzobispo de Vv esminster,
hacen temea· con esto a aquellos Gobiet·tlos,
que peligre la soberanía nacional, que se
turbe la paz pública, i que sea necesario inspeccionar
el culto, privat· de libertad a los creyentes,
restrinjit· la autoridad del Papa para salvar esos
inconvenientes. Nó, nada de esto; porque Jos
pueblos ilustrados comprenden que donde la lei
no reconoce a Dios, ni ménos a la Relijion católica,
uo puede haber otra inspeccion que la del Código
penal para castiga•· todo delito sea cual fuere
el que lo cometa, i la monstruosa lei que vamos
combatiendo, establece un Código penal especial
pam el Clero de nuestt·a comunion. Ciego enemigo
de ella, la persigue sin tregua i la ha quitado la
libertad que se había conquistado. Con esa Jibertad
prosperaba como hemos dicho, i el partido
libet·al no es esto lo que quiere sino que desaparezca
de entt·e nosotros i paa·a ello, contradiciéndo
s\ls principios, ha dictado leyes preventivas como
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
l EL CATOLICO~ 29
las de 23 de abl'iJ i la que la ha reemplazado, en
que hecha po•· tiena las mismas instituciones que
hn dict.:'ldo como fundamentales. En ésta lei impone
eón ia mayu1' cal m a la pena de destiel'I'O del
país al que no jm·e, i autot·iza a cual.
-Se ha hallado ültimamente en Francia
una carta curiosa de Napoleon 1. 0 que-no ca·
rece de interes en la& actuales circunstancias,
i que dice así :
" Al señor de Champaguy.-Shoonburnn, 22
frimario, año XIV.
"He sabido con profundo dolor que un miembro
del Instituto, céle~re por sus conocimientos,
pero que está ya chocheando, no tiene la prudencia
de ocultar ciertos principios suyos, 1 sin
duda para hacer hablar de sí, escoje medios indignos,
profesando abiertamente el ateísmo,
principio destructor de toda organizacion sro tejer los amores castos i todas las inclinaciones
vtrtuosas ? ¿ No es esta su mas bella mision
.en el cielo? Oh l si el mito maravilloso oculto bajo
esta creencia del pueblo, no es cierto, como yo lo creo
cierto, es preciso convenir en que debería serlo !
Los esplritus fríos que no comprenden el encanto
de la devocion práctica, me han admirado mucho
siempre; el desden por las obras piadosas me parece
aun mas incompt·ensible en esas almas vivas i apasionadas
para quienes la vida positiva no tiene sensacio- 1
nes bastante fuertes, i que se ven obligadas a pedirlas ,
nuevas incesaptcmente a la imnjinacion i al sentimiento.
¿Qué sou, gran Dios! las hipótesis de la
filosofla i de lás cieociast el prestijio de las artes i las
invenciones de la poesín, al lado de esa poesla del corazon
que se despierta a las inspiraciones de la Relijion,
i que trasporta el pensamiento a una reJion de
ideas sublimes en que todo es prodijio, i en que, sin embargo,
todo es verdad? Es preciso creer, sin duda.
pero lo que es pr('ciso creet· es mil veces mas probable,
mil veces mas facil de creer, si me es permitido
comparar cosas tan estrañas, que todo lo que es necesario
creer tn las relaciones comunes de la vida social,
para so¡.wrtarla sin amargura i sin disgusto.
Examinemos al cabo de algunos años las sensaciones
de que hemos gozado con mas delicia, i no encontraremos
tal vez una que no sea un error i una mentira;
las ilusiones que hemos gustado, considerándolas como
ilusiones, no eran mas falsas, ai ! JJUe las que hemos
tomado por realidades. I desdeñamos la Relijion, 1 tan fecunda en alegdas inefables, en consuelos, en
esperanzas, la Relijion lJUe todavía seria la dicha mas
pura i completa de la humanidad, aunque no fuese sino
una ilusion ! esta al ménos no traería consigo las
angusttas del desencanto i del pesar ! El desengaño
no estaria en la tierra !
( Continuará ) •
IMPRENTA CONSTITUCIONAL.
Calle del Chorro del Fiscal, casa numero 14.
POR NI COLAS PONTO N.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Católico - N. 52", -:-, 1864. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3687950/), el día 2025-06-08.
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