BOGOTA, 27 D r~; JUN 10 DE LSf;3- Nl1M. 5. 0
~OBERANJA. ¡quieren que los ministros de Dios obren oon sujecion a
Cuando Dios ' crió ~1 hombre, le dió por patrimonio la ellos, i esos ministros de Dios corno tales ministros, ·i en
intelijencia i la li&ertad. El hombre e·s, pues, libre por na-¡ el ejercicio de sus funciones de tales, solo dependen de
turaleza. Si el h?rnb,re es lib~e, nadie puede ~er Señpr.
1
D~os.-:-L~ lei de los hombres e_stá en pugna con la de
Nadie mas que Üt<¡s puede ser Soberano. " D10s solo es D1o¡¡, 1 pnrnero es obedecer a Dws que n los hombres.
S0¡l¡erano respecto al l~ombre, dijo_ Euseaio Caro, porque 1 Dio_s ~s n1as pod~r?so que los hombres .. Estos quitan a
aunq~e e) l)Ambre es ltbre ante D10s en cuanto a sus pen- sus m!Qlstros como s1 no fu{lran hor;nbres 1 hombres libres
sarniento~ i 5us actos, Dios: sinembargo, co!1serva sien~pre f pc~rq~e a~ los hizo Dios, toda part~cipacion ~n la cosa
respecto al hombre, su cr~racter de Autor, de Padre 1 de pubhca. Enbqra buena. ¿Podrán qmtarles su mfluencia?
• J 11ez. Dio& so\o es Soberano, aunque el hombre sea libr~. , El don de la palabra es un dlin de Dios. ¿No podrán inporque
la libertad misn1 a del hombre es un don de Dios.1
' fluir con la palabra? Son hoi cosas, perQ cosas que hablan.
De cqllsigt\Íente, ¡;olo a Dios debe reC'onorer el hornbrtl El hombre como hombre, tiene derecho5; i derechos
como Señor. Touo lo c¡ue conrtc la libertad del hombre, imprescriptibles porque se los dió Dios. El Gobierno no
~s violencia ; i toda violencia es tiranía. es Soberano; es a¡Yánas el defensor de los ciudadanos.
El primer c\eber del hombre es honrar a Dios, porque Entre defensor i Soberano hai mucha distancia.-Los miDios
es el único Soberauo .del hombre. Es el único que n1stros de Dios no pueden ser esclavos flOI'(}Ue son hompuecl
\'l disponer del hombre. Es eltínico de quien el bom~ bres.-EI que recibe su pRgü parn defender a otro, para
qre es vasallo. , garantizarle aus derechos, no puede quitarle esos derechos,
Lq rebelion del va~all0 contra '>fl Señor, e~ un crímcn. no puede convertir su papel de defensor en el de opresor.
Dios mismo se indigtJÓ con su pueblo cuaodo le pidió ltei, Ln fuerza oprime la materia pero no el alma.-El ahna es
porque Dios es el ünico R:~ de la humanidad: Saulo fuó libre como ernanacion de Dios.
Rei c;omo ajente de Dios. , "El que a vosotros desprecia, a mí me desprecia; i el
Ningun Gobierno es Soberano. La Soberanía es de que a mí me despr~cia, desprecia a aquel que me envi6."
Qios que, cpmo Crf)ador del U ni verso i cpmo Padre del Esta es la lei de Dius.--Los hombres, rebeldes contra Dios,
hombre, tiene derecho de irnpouerle sus leyes. quiereu ~acudir su lei.-Usan a su modo de la libertad que
Dios dictó esas leyes: la humanidad las oyó : no5o~rD~ tienen ".omo hombrcs.-Nosotl os no queremos sat•udir la
las conocerpClq, i nosotro,s snmos vasallos solo de Dios, l~i de Dio~.-Usamos a nue~tro modo de la lihertad que
Nuestros paclres sacudieron por eso el yugo de 110 Señor. tenernos como hombres. ¿ Se nos quiere privar de esta
Comprendieron su dignidad ~e hombres, i prefirieron la libertad? Pues el que así lo quiere es un tirano . Ejerce
muerte a la esclavitud. d olencia sobre- nosotros ; mete u mano en nr.restra ron-
El Gobierno no es amo. Es un servidor de los hombres l ciencia para oprimirnos, i nos oprime porque estarna&
libre~ por naturaleza. Los hombres pagan su Gobierno inermes, porque no tenemos rni'IS Arma·-que la razon.
para que tse Gobierno como aj ente el e Dios, les dé gan1n· 81 que por ser fuerte oprime al déhil, ejecuta un acto
tías. El Gobierno depende del pueblo, a qnien tiene el de- de barhnrie que es e! último grado de la tiranía.
ber de defender, n9 ~~derecho de oprimir. El CJ·indo . a El gato oprime al raton, porque el gato · es Ult animal
quien pagarnos i armarnos para que DOS defienda, tiene el cruel ; pero si se pH·sentíl el nuble mastin, el gato huye
deber de defendernos, no el derecho de mand .arnos. MénpE dejando a la víctima ~on que ~e divertía. ,.
~un el de oblignrn0s a c.umplit sus mandatos. No lmi El hombrt:, cuando es á ciego por la pasion, es mas fe.
mandatos obligatorios sino los de Dios. roz qu~ el tigre; pero el poder de Dios espanta al hombre
El Gobierno e.> para el pu eblo, no el pueblo para el Go- cru~l, i cm1ndo ~1 poder Je Dios se presenta, o] hombre
bierno, porque ent(Hlccs el G9bierno s~ría Soberano i el crnel11Uye dejauc\.v a la víctima con que se divertía i acaso
pueblo vasallo porq-ue la Sohcraníu pres1.1ponc vasallaje, í en comendándose a ella misma. ~
el hom hre es ~o lo vasallo de. Dio11. ~-a fuerza material, no de5truye el sami.ento. Lps.
Si el Gqoiemo creado por el pueblo, con el voto del ideas no se matan. . .-
pue\llo, quiere obligar a ~st~ ~ cumplir un mantlt~to qua no J..,a semill(l que se si~nobra fructifica._:.• Si oae sobre
1le ha th¡do poder pm;a dictnr 1 la violencia qu,e el Gobierno pi~dra, la agosta el sol; si entrE: abrojos, los abrojos crecen
Í1a ce Jll pu eblo, es tiranía. i la abo!Ji?s, Entre ellos i nosotros e1.J11ez ('S Dios porque Dios es la
porque Dios ~ui~re que sus rríiqistros obren con perfecta . Justicia i sin justicia no hui gohiern~ sino viQlenci~ i la
libertad, porque Dio.s solo es Soberano,-Los lwrnbres violencia es tirapia.
{ • J t - ' ' Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
:EL CATOLICO.
La justlciu es eterna porque Dios es eterno. Latir aúin
se desmorona porque es contraria a Dios; i Dios pcdirú
cuenta a los tiranos por h al.>t r iufri.rjid ~, su lf.:\i ; la lei del
único Soberano de la humanidad.
razon :;un acusados de traidores a la Patria, de l:lutorcs
de la guerra civil. i de los lwrror~e qu~ la tH;ornpañan,
aquellos prelado~. lo s cu~l (•s constantC•r•ente e · hartaron
a todos n la paz, e itttimaron al clero que !le mant'u\'lera
estraño a las cuet:tiones pollticas.
CONTESTACION DE SU SANTIDAD Al contrario, se quejan c•m toda t'azou el~ haber sido
A loA Jíl.eTA QUE KL ~l;OR JE El\ A J, MOSQUERA LE DIRIJIÓ lsepllri\dO.:. do W~ d)Ót'esi.s Í . OO~e~(los a} i.l~s.tÍoe-6~0• . . 11
EN ENERO nrr 1862. poder aun tener correspondeticJa con sus )lr•lprus V1canos,
ni enviarles las instrucci ones net:t:-<.ll'ias nara 1.1 adminis-
Señm· Jtmeral Tomas de kl,psquem, Presidente provisorio tracion de sus propias diucesis. '
de la Republir:a de la Nueva (:hanada. Si se qúiere sinceramente protejer en el pueblo ellilJre
Roma, mayo 24 de l 62. ' ejercicico del Culto Cntólíco, así como a;.egura VE ser
~os acontecimientoO S oeurridos en esa Republica, con su vivo ueseo, a •tea clt> todo debe respetar i protejtr la
perjuicio de la Re1ijion i de la Iglesia, despues que VE. libeltad de accion en la autdridatl ecle~íástica, eu todu
ocupo el!!upremo p'Jder de la mi~ma Repúulíca, cgnra, mas bien sí la obligacion de prestarle cousmjtiré
ante todo preguntar a VE, cómo plleda conciliarst! tantc i eficaz. proteccion, la cual con~iste en darle auxilio
ja. mas este empeño con la espulsion del territorio de la paru la ejecucioli de sus órdenes, en defender contra los
mlsma República, de los mas celosos Pastores i saserdotes, invasores us inviolables prerogativas, i nu,nca en encadenar
i de los padres de la Compañía de Jesus, con cuyas vio. su libertad, o en injerirse en asuntos de ' U COlbpetencia
lentas e injustas disposiciones, no solamente fueron priva- como se ha pretendido hacer con el antedicho decreto.
dos en el desempeño de su ministerio, de aquella libertad No m~ nos injuriosa es al ,Epi~copado de la República la
relijiosa que VE. dice quiere garantir a toda costa, sino acusacion que se le ha hecho por VE. de haber dilapidado
que se quitaron tamhien a los fieles los medios rrincipales con demasiada condescendencia el,patrimonio;de·la Iglesia;
para el ejercicio del Culto Católico. Contraria igual mente pretesto, sea me permitido el decirlo, demasiado distante
a la misma libertad, e injuriosa en sumo grado a la de la verd11d,con el cual se 1¡ui~1era demostrar la necesidad
augusta persona del Sumo Pontífice, fué la órden dada a del otró decreto relativo a la llamada desamortizacion de
su Representante de abandonar dentro de breves t~rmino 5 los bienes eclesiásticos. M~s, aunque de pt oposito se
el territorio de lá República granadina. Además, es de. qUisiese admitir haber ocurrido algun abuso, habria sido
masiado conocida a Su Santidad la sabia conducta obser- mucho mas pronto i especlito el recurso a la Santa Sede
vada en el dumplimiento de sus respectivas atribuciones, con el fin de que se tomase el oportuno remedio, antes que
así por el Representante Pontificio como por los referidos proceder a un acto arbitrario i estraño enteramente a l!ls
prelados, sacerdotes i relijiosos, para que pueda su misma atribuciones dd poder civil, así como debe tenerse igual. <
Santidad dár crédito a los motivos con los cuales se mente por arbitrarla e ilejítim.-, bajo todos aspectos, la
f]Dieren justificar las rigurosas medidas tomadas con res• suspension decretada de los institutos relijiosos, tan berle-pecto
a ellos. Todo el pueblo granadino que deplora la méritos de la Iglesia i del Estado. '
separacion de ~!los, hace cumplida justicia a su mérito, Por tanto, con toda razon i muí oportunr.mente los prea
su celo i a sus virtudes. I si estos mismos prelados i lado~ de la República, en cumpli~iento de sus propios
sagrados rnrnistros no pudieron sin traicionar .su propia deberes, dirijíeron a VE. sus representaciones i protestas
conciencia, sujetarse a las leyes i a los decretos que erna. contra tales i otras semejantes disposiciones, las ouales
naron del poder civil, estó no provin(l de su culpa, más quiero yo aquí ahdra confirmar i renovar pur órden i r.
débese bi€n sí atribuir a la naturaleza de las dispo!iiciones nombre de Su Santidad.
tomadas con dichas letes í (le·cretos opuestos n las di~- Finalmen e, grande fuó la sorpresa i el dolor del Santo
]>osiciones éclesiásticas. Sin razon se les quiere inimlpílr Padre al saber por dicha carta como VE, no comprendiendo
de haberse constituido cabezas o auxilirtdores de reaccio.. tal vez bien los términos de la alqcucion pronum:ia'da en
nes en el nuevo orden político introducido en la República; el· Consistorió de 30 en
obt>decer las leyes i los mAjistrados, i este principío de Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL CA 'IOLICO
¿1 dC'II no 8olo lo enseñamos, como com ¡>rend1do en el
cuarto mandamiento de la lei divina, sino que lo practica~
mot--éonstantemente. Por E'8to manifestamos del medo
mus fr aoco i solemne pnra que la Nacion Í' la historia
imparcial nos concedan la razon i ju~ticia que merecemos;
que obedecem'JS la Constitucion i 1eyes; que respetamos
las autoridades, cumpliendo el div o mandato del Autor
de nue:-;tra augusta Relijion : .. Dad a Pi os lo que es de
Dios, i al e ésar lo que es del César:· Este precepto sabio
como su autor demarco límites a las dos p0testades sagráda
i temporal i así obedecemos al gobierno temporal en
todo lo que ordene dentro de los límites de su jurisdiccion,
sin que seamos malos ni rebeldes subditos C'nando protestamos
no obedecer lo que estatuye contra la lei div;ina,
escediendo los límites seiíalados por Dio!:', Lejislador
supremo, cuando fundó su Iglesia.
La referida lci de 23 de abril contiene los dec1:etos de
tuicion, desan1ort.i2.acion i estincion de ks in .stilutós monasticos;
decretos que fueron prote~tados por el Ilu strisimo
Prelado Metropolitano i todo el ~piseop a do granadino.
La con(.lucta ortodoja de )os llustd imos seiiores A.rzo·
hispo i Obispos ha sido Hlt um ~mte aplaudid¡¡ i aprobada
por Su Santidad el SoberanO" Pontífice Pio IY,como consta
de la nota del Prelado iVJ et ropolitano, fecha en Carta.
¡e na a 28 de febrero de Ül62, en la cu1l aparece improbada
In couctucta de los sacc:r~otes que se sometieron a
1o&1decretüS de Tuicion i Desamortizacion. Si el clero
presta el juramento de somct.erso a obed ecer las dispo~iciones
protestadas por el Prelado, se separa del v1noulo
de unida9,i se hace cismático; :pues el mú1tir Sao Cipriano
ha sacerdote~ que pres ten el juramento, quedan s~pensos
Il'SO l•'ACTO de oficio i beneficio, i privados de
toda j u risdiccion.
Si continuaren ~ierciendo el ministerio, contra e3ta
prohibil.!ion, incurr i1 ;í.n en cxcomunion mavor, i ademns
en la irregularidad a que el d~t(rho los coodcna.
Dado en Santafe de Bogotá a 3 de junio del ato del
Señor de ' 1863, firmado por N os i por nuestro Secretario.
BoNJFACIO A. ToscANO.
El Secretario, MIGUEL ARIAS1 .,
LOS DERECHOS DE LA IGLESIA ROMANA
OEFE:-s de' triunfo en honor de la libertad relijio8a¡
parece que le ha llegado su día, que está próxim a ser
un hecho universal como el derecho reconocido en la
sociecl«tl europea; i es en el n1omento en q•1e se hace· un
grave ultraje a lu libertad relijiosa en Europa qúc e8t all.a
este liberal tr11~porte !
Acabo de decirlo, i los hechos· lo dicen mucho mas
alto que yo : la libertad relijiosa no consi&tc únicámente
en el derecho personal i aislado de cada hombre para
profesar su fó, la constitucion interior de la sociedad en
que los hombres se ·unen relijidsamente, es d€cir de la
· lgle~ia, su sistema de gobierno, las rela€iones de sús ministros
con sus fieles, las re~lns i lils tl'ndicion~ qúe las
presiden, hacen pgrte esenóal de la libertad relijiosa; i.
donde quiera que esta libe: tad sea proclamada, no e& real
i completa, sino cuando la Iglesia i la.s iglesias diversa~
gozan G\c ell<~ lo mismo que los indi\"iclHos.
· ¿Qué di1ia hl' 1glesia protestante en li'roncia si, apesar ·
de HlS instituciones primitivas, apesar de su historia, a
pesar de la leí que 1 econoce sns si nodos, viniese a decírsele:
"N o t (l adreis sínodos, nada de nutoridad su.periot• e independiente
pnra arreglar vuestros negocios interiores i
jeuerale~; cada una de vuestras iglesias locale, quedará
aislada, i decidirá sola, corno a bien tenga, las cne~tiones·
que interesan al lll'otestantismo entero ? Si se hablase a·
los protestantes franceses este lenguaje, si se nholiesen ·asi
su instituciones propias i tradicionales ¿encontrarían completa
su libertad relijiosa? ¿-creerian sus dt"rechosrelijiosos
suficientemente ejercidos i garantidos? 1
""¿ Si el parlamento británico dejando a los católicos
perfectamente libres para profesar su fe í prRcticar
su culto en el interior de lós tres reinos , les prohibiese
absolutamente a todos, sacerdotes t'l fieles, toda.
relncion con el Papa,i destruye!!e así para ellos el gobierno
de la Iglesia católica, rompiendo los lazos que unen en
donde quiera a su Jefe een- sus miembros, la libertad relijiosa
existiría en Inglaterra ? ¿ Los católicos ingleses se
daría!) por atisfcchos con el goce de sn libertad relijiosa
individual cuandb la libertad jencral de su iglesia estuviese
nbolida ?
Nadie ignora que, independientemente de los dogmas
relijiosos, dos hechos e enciales caracterizan la organiza.
cion i situacion de la Igle:-ia católica : ella ti'érte un Jefe
jenéral i único que reconocen todos los catolices reunidos
o di'persos en los diversos Estados del mundo ;. este Jefe
es al mismo tiempo el pJiTicipe espiritual del catolicismo
entero i el príncipe temporal de un pequeño Estado eurO"peo.
Un ardiente debate se suscita hcri con este motivo :
unos pretetlden que h1 urlion de estos dos cnructeres o
es necesaria al pontificado, i que este puede cmisefvar su
poder esp iritual sin po~et:r ninguna . soberaltÍn temporal ;
otros sostienen la nece...idad de la sóbercmía temporal pam
el lib1 e i seguro ejercicio del poder espiritual. No toco
aun esta cuestion; no elxamino aquí el si~tema dé gobierno
de la J gle ia oatóliC'a.; es su lillel'trtd i su derecho a la
libertad lo que deiiendo.
(Fracmento traducido de Ja ob~w titulada La lglpsia i la
Societfad cristia1ws, c~p. X. .
.El dobla Gnrúcter clel pontificado es un hecho con!tfc·
grado por io.s ~iglos ; este hecho se ha desenvue~to .¡ mantenido
al travez de todas las vícisitudrs,de todas las luchas,
de todos los desmembrarnientos ~el cristianismo; no ea • (
toda la fé católica, pero es la mioh1a . Iglesia cátólicll. t l
se cree poder Uevar a este hecho una roano v!olenta; alterarle
a su amaño, i hasta- destruirle-, sin herir la libertad
relijiosa de los catolices ! ¡ Se quiere déspojar al Jefe
espiritual de la Iglesia católica de un carácter í de una
situacion que ella mira, desde hace siglos, come la garanda
de su independenca, i se pretende que no se violenta,
que no se mutila el catolicismo! Aun mé.s, ~e sostiene
qlle la Iglesia católica no ha 'sido nunca libre i que vá
En esta crisis incierta, mientras que la sociedad laica i
la Iglesia cat{>lica, en~rambus desconfil'das se observan i
se sondea.n, no sabiendo si pueden vivir en paz ¿qué debe
hacer todll gobierno ~ensato, todp liberal vedadaro i
, honrado? Una sola cosa qqe les interesa i es para ellos
un deber impenoso : deben wofesar i pñacticar por las
libertades diversas qúe están en presencia qpa!! de otras,
civiles i reiijiosas, un respeto igualmente profundo., igualmente
fi.n;ne 1 mantenerlas. r.eunidas, .i trabajar ~~ en
disipar, pot la autoridad de los hechos, las inquietudes i
vacilaciones mutuas que ret;ardan su coex:iateqcia pacifica.
Por desgracia, es precis~:~ment~·en sentido aontrano que
ab1·a~ Jo¡¡ hechos a que asis.t\moll hoi. Las apariencias> i
JM realidades se contra4icel;\. esQaPdl\losamente; se oyen
a serlo; la IGLESIA LIBRE es el prA1cipio que se proclama
en nórnbl'e del Estado en el motnehta en que cl- Estado
quita' a la Iglesia 'su ·constitocion i su casa!
b v 1
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Católico - N. 5", -:-, 1863. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3687903/), el día 2026-02-05.
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