NUM. 3.•
JI •'\1
Oon !nucho gusto acojemb~ t damos un lugar preferente i deprimir a ~s1ta sociedad ebpiritual turbando e in~llieen
nuc~tras coluronas. al cou~épt ó emi;ido ante el S eñot tando a sus miembros, arrebatando a sus ministros las
Vi\!áríd Jener¡tl del Arzobispado, por dos sace'rdotes cqno- garantiás de independencia que naturalmente les corres~
it'los · jen~ra!mente ·po¡; su virtud i por su cie~cia. ~ ponden, esa es ya una usurpa:ion, i un atentado que nin-
N uestrós lectores . no 'desconocerán la ganancia que guna conciencia catolica puede tolerar;
hacen en l~er, . e¡¡ \•ei de nuestros desatlí1ados escritos: los ,.,La libertad relijiosa, dice un sabio i eminente protes.
d~ 'estos varones ~postólicós que, con r'ff'as 'mision que no. tan te, es 1~ libertad del pensamiento, de la co,nciencia i de
sotros i ~on 'ma§ erndicion eu la materia, dilucidan de la la vida humana en materia relijiosa; la libertad de creer
manera mas 'c'onVincen'te lh cuc'stiOÍ1 del dia, acerca del o de no .creer, la libertad, de los filósofps como la de los
j~tllmeuto qlíe' de 'hije iil cl'~r\> católico en este pais, por ¡:acerdótes i la de los fiele11. El Estado les debe a todos
la léi de 1 ~S de abtil último.- • la misn1a plenitud i la misma seguridad en el ·ejercicio de
,, •• t, • • • í ~ · su derecho."
", Establece el artiGulo J,, 0 que los Ministros católicos
"Las iglesias diversas tienen el derl)cho de organizarse ( i hablo solo de e3tos, porque es lo que al prese:lte f.\ OS •
. ' . l gobernarse ¡"ntert'ormente, cegun.las máv¡'ma• de su e¿. importa) no pueden ej·ercer las funciones de su mmrsteno ,. " .. " lv
e i las tra.diciones d!l e,u historia. Los ministros de l~a sin pre¡stat préviamente ~unmento de obedecer la · ons-
'itucion i lá&.leyes ·nacionales, así como las de los Estado&, iglesias diversas tienen el der~cho de enseñ~r i de propa.
gar, por Jos medios de influencil\ intelectual i morJll, su
i de o~~Aec~r igualmente a las .autoridades de todo el fó i su culto. ,
nais. El ~~,ctvervio previamente indica aqui de un modo
1 f " Conl!id~rando las cosas en sí mis.t;nasJ i abstraccion e ar(} qr.e ~a pptostad espiritual i el ejercicio de sus lm. h 1 -ciqpe'S , ést~n er, suspensQo i dependientes de la autoridad ec Hl de las circunstancias locales i pasajeras, es incon.
tempqra~ ¡ indioa que. est!l es la que puede dar i restriujir testable que la libertad individual de conciencíil í de oulto1
aquella p<:!lfo no inferirá. agravio a la Iglesia misma. El como un derecho inmanente. El feudalismo i las usurpaP.
qder civil es dneño de ~rder la fuerza moral que le ciones de los Reyes,ori_jinaron sobre 'esto g-raves dísputa,s;
atraen ríaturolfnfffite sus relaciones con los principios i pero las decisiones de los Concilios i de los :Papas han
sentimientos l'elijiosos ·' , es ·dueño, aunque eo esto no prevalecido siem·prc, i hoi es una ' cue~tion hábilmente ,
obrara con prudencia 1dé) ·cfesconocer en la sociedad jene- demostrada por distinguidos escritores como su Señoría
ra1h'lOSt hechos i lhs influencills ·de primer orden j pero con bien lo sabe. El Patronato puede ser conveniente, i sin
esta ' eohdu tf¡ t\o tulnera los derechos de la sociedad duda que lo es ; pero no se puede ejerc'h ni ltegar a él,
espiritóal. Más, pretender, como se pretende,· avasallar sin previo <\cuerdo con la Silla Romana, porque el Pa- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
:EL CATOLICO.
tronato supone ~onseciones que suponen tambien el asentimiento
del que tiene el derecho.
El a1tícultencia toda?Yo,
a lo ménos, Senor Vicario, no concibo las cosas de
ot~o mod.o: porq~e .c~b. se esprel!aba San Pablo, los
olnspds tleMn la JUnsd!CClon que les es propia, í que no
habién.doía recibido del 1íbltlbr(' ni por el hombre, el
Poder ci~il ho puede menoscabarla ni derogarla. I como
esta jurisdiccion emana inmediatamente de la triision diviná
que co~firió Jesucristo a los Ap6stoles, i ella versa
acerca de la fé, es claro que una leí que ti enda a derogar
asta jurisdiccion, compromete no solo la dis~iplina sino
tambien la fé.
LoHonventos han siuo estingui~s. los monasterios
de relijiosas han sido destruidos , i sinrió pára esto de
motivo, a lo mónos al principio, el que los miembros de
las comupidadee no habían reconocido el derecho con que
~e les despojaba de sus bienes. Jurar la lei de 23 de
abril es más que eso : es jurar basta el suicidio ; i si la
conducta anterior se estimó ar-reglada a las instituciones
eclesi~sticas, sería una inconsecuencia escandalosa improbar
aquella conducta contribuyendo a una cosa peor.
Habría sido mejor aceptar las cOSí\S desde su principio,
porque asi quizá se habrian evitado los pretéstos para
mayores males ; i conw el que no puede lo ménos no
puede lo mas, es evidente que las tnmsgresiones mayores
demandan mayor resistencia po.t el que tiene el derechCl.
E\ pueblo católico de la Arquidiócesis miraría el some timiento
com o la mas infidente deslealtad de parte de sus
ministros : perdería la fé en sus creencias : dejaría de
respetar las decisiones conclliares i pontificias : dejaría
de temer las penas canónicas ; i miraría n los sacerdotes,
i con razon, como impostores i prevaricadores, que lo
habían engañado i 'lue merecían bien el escarnio i los dicterios
que les prodigan los enemigos del catolicismo. El
pueblo cat ólico comprende bien que las rev oluciones de
todps los paises aceptan de consuno las doctrinas sobre
reformas relijiosas, po1·que las consideran como las precursoras
de las iglesias naeionales, con las que se pretende
sustituir la Igles1a catolica, arrebatándole su unidad i su
autoridad.
Recordemos.lo que el abate Sieyes decía a la Asamblea
Ní\cÍonal francesa, tratando de los bie~ del cléro :
"Qr:ereis ser libres i no sabe¡s ser justos." Ninguno ha
dudado hasta ahora, ni puede con razon dudar, que cualquier
cuerpo moral en la sociedad es capaz de un verdadero
i propio dominio, lo mismo que los particulares. El
cu~:rpo lejislativo se reune para formar leyes, no para
deridir hechos. El hecho seguirá ala declararion; pero
el derecho ni al uno ni ll la otra. La Nacion misma,
aunque lejisladora suprema no me puede a1 rebatar ni mi
casa ni mi opínion." Sieyes era ardiente republicano,
proclamador de Jos derechos del hombre, sostenedor de
los Estados jenerales en F'rancia.
Prescindo de, que no conocemos la Constitucion, pres_cin
do de !as otras leye!!, i me limíto solo a la de 2::! de
alnil. Ella sola es bastante para mi, i a buen seg·uro
Soi etc. '•
"Se trata de saber si el cléro católico de eeta República,
puede i debe jurar el sometimiento i obediencia ' a Jii!~ej
precitada,sin cuyo requisito no pueda ejercer -las funciones
de su ministerio. Cree firmemente el infrascrito; con la
conviccion mas profunda, " que no puede ni -debe jUrar el
sometimiento; sin hacerse tráidor a la creen tia 'cat6Jjea, i
sin menoscabo de su propia dignidad i ultraje de Jlá Ma.
jestad de la J gle~ia Católica ;" i pasa a demc>strarlo ~- ·
¿Qué es el juramrnto catolico? Los maestros de la,
ciencia lo difinen así : "Jun1r es tomar a Dios por testigo
de la verdad de un dicho o de la sinceridad de urla pro ..
mesa, i hacer una imprecacion contta sí mismo si se mienJ
te o no se cumple lo que se promete.-Ea, pues, un llcto
de Relijion, por el que Re profesa temer a Dios i ft tl
justicia. Ahora bien, apliquemos esta doctrina.
En ocho articulas que contiene la Jei precit-adá,se abraza
cuanto puede necesitarse para formar Ut)a cadena indestructible
con la que se ata i estrecha ·al sacerdote cat6Jico,
al carro triunfai de las Potestade!! de la tiet-ra, i la renun.
cia esplícita de la libertad e independencia relijiosa,• otor.
gadas por el Divino fundador como el fundamento de la
sociedatl cristiana. Aparte de lo inconeulto i temerario
que sería tal juramento, prometiendo 1a obediencia i sometimiento
a disposiciones civiles que todavía no se dO·
noren, el articulo 5. 0 de la mencionado leí, contiene Ja
chsposicion sobre estinciou i disolucion de comunidades
relijiosas regulare~. sin distincion, sobte cuya mah!ria
contenida en nn decreto de la Dictadura Mosquera, re.
cayó la protesta formal del Arzobi-spo de la Arquidiocesis,
i la consiguiente censura eclesiástica, por la violacion de
los monasterios de relijiosas, que fueron arrojadas por la
fuerza i arrancadas de sus asilos por los encargadas de1
poder público. El decreto de la misma Dictadura, sobre
"desamortizacion de bienes de manos muertas,' 1 está
tambien actualmente vijente i en vigor en . toda la e8tension
de la Repíiblica, i una parte de dichos bienes, sino
todos, han sido llevado!: a la re!!pectiva cáJa de desamor- .
tizacion, · i administrarlos por una Ju.nta que se llama de
"Crédito público." Este decre,to, aunque no contenido en
la citada le1 de 23 de abril,ha surtido ya' todos sus efectos\
i en consecuencia, ademas de las protestas de los Obispos,
se han consumado tambien todos los efectos de las censuras
canónicas, impuestas po1 la: Iglesia a !011 que arre ..
batan sus bienes (Concilio de Tre,nto, eesion 22, cap. ll)~
Sin pasar, pues, adelante a espresar todas las disposiciones
que muchos saben evidentemente, qul') eetán consig..
midas en la Constitucion, que a la fecha habrá sido eape·
dida i sancionada por la Soberana Convenaion, como el
no rEconocimiento del Jefe visible de, la , Iglesia católica,
como opuesto a la !:!oberanía nacional ; el ,estrañamiento
de los obispos i de los sacerdotes quepo suscriban las dis.
posiciones de esa misma Constitucion, i de las demas Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL U.-\TOLICO 3
leyes, catolico nd debe
como Jos miembros de un cuerpo con su cabeza. Pero arredrarse por su estrañamiento de esta Repí¡b)ica ;
-el nrtículo l. 0 de la lei de 23 de abril último, 'a juicio comiendo el pan de lágrimas en otro suelo, llevaní tamdel
infrascrito, hace depender las funciones del sacerdo- bien )a esperanza de llenar SU ceber con f~rvor i COll
cio, del poder de las Potestades de la tierra, al prescribir libertad, i no abandonará la resignacion i la paciehcia
que no ejerza sus funciones sagradas, sin prévio juramento propias de su carácter.-Aquí debia pcmer puntv a este
de someterse a la mi~ma lei i a la Constitucíon i leyes i informe, sino me hiciera cargo tarnbicn de algunas opiautoridades
de la Republica. Este juicio no es erronco, niones erróneas, que voi a ecuniaria. Si, pues, las funciot:es último, que destruye el imperio sagrado i la soberanía
asegurar, que esta tnra deb ia !>ubordinar su voluntad a 1a voluntad de s
fó.rmula de juramento es absolutamente inadmi!¡ible por criador. El hombre obedeció ínas a su liber~ad ttue á' su
nmguua autoridad,) qne su ensayo sera inutil i arriesgado. razon, infrinjió el mandato de Di~ i s~ hizo ~esgra~a~t>.
Alguno dirá tambien, i acaso será un catolico sincero; Este espit·itu de ~·ebelion contra la .lct tic ?ros, s~Jerrdo
pero¿ CÓ!DO aceptar el estrañamiento un sacerdote cató.' por el infle>rl'H\ ha· venido de jencrRcton err 1~racr?fl ~a·
lieo aejando en horfandad C(;)ll)pleta a los fieles catoticos, cicndb la desgracia de la human ida~.. La- razort 1~ mc:mal
i abnndonada la grei que apacienta en poder del lobo que a Dios fuente de }a ver®del'a tehctdud; las pas10ne~ lá
amenaza devorarla? --.Argumento es e.ste que emnnado de desvía~! ¡ ~cgandold, la hacen caer ' éd el prcéipicio pór
los sentimientos de un cotazon formado en la piedad i con buscar una felicidad quiml>rica. .
la fé en los lábios, mira solo a la satisfa~cion de las nece- "Dios, dít:e Monte quiu, esta en rélacion cbn el Unt·
sidades del alma, ántes q11e al celo ardiente p-or la feli. verso como creador i cómo conservaum'; le conserva por'
cidad de sus Pastores i por la pure?.a de la fó i de la doc- Jas leyes se !10 bat mannna 111 hal ayer, la
otros; los cuales ántes que traicionar la fé de Jesucristo i razon no , dice q,te deben oheclece1·se sus mnudato .
admitir la ¡tbolicion c..le la di.ciplina eclesiásticn, aceptaron Ahora bren, Jes11cristo elijo a ns ap t0les" c~mo n'l
la persecucion, las prisiones, el <\estierro i ha~tn la muerte Padre m envió, usi yo os envio. ," "1 ~ Lo que~ dtgo e.n
misma. El mismo argumento podria haeerse e ltrc tiniebla~. deeidlo a la lu-z.~i lo que ~ts a 1~ orcju, predinosotros,
al Ilustrísimo Señor Arzobispo Mo~Jquera que cndlo sobre los tejndo!l" 1
' Id pues 1 en euttd a. tod<~s ~?
por oponerse a las doctrinas anticatólicas i a los tiros de jentes. bautizanc..lolas en el noml..tr del Padre 1 del H1J6
la herejía, acepto gustoso el destierro abnndonfU}do su ·¡ del Espíritu Santo; enseñando la "' ob ·e rvar t?das los
grei, i por fin recibió l<1 muerte en país estranjoro. Delante cosas que os he mr-ndado, i mirad que. yo estot c~n v~: .
del deber, desaparecen las conveniencin , i al primero de sotros todos lo· dias hasta h con , umacton d~ los . 1glos
los deberes que es confesar a Jesl,lcriato i sostener su ( San Juan, cap. XX. v. 21- an ~lnteo, cáp. X, v: 27.
doctrina, todo Jo dema! queda subordinado. El mismo cap. XXVIII, v. l 9 i 20.) Nosotros que fmm~!f
No queda, pues, arbitrio alguno, ni caben restricci-ones buatizados conforme a este precepto, que tenemos la fo, ·
mentales, ni nnfibolojías: o jurar el sometimiento i obe- que con ese bautismo recibimos, _creemos que es de d?g·
diencia simple i llanamente, confesándose trainor, apóstata m a que la mision evanjelicu ha stc~o da~a yor Jesucnstoi
perjuro; o aceptar el estrañamiento como el testimonio a Jor; apostoles i a sus sucesores sm snJeCIOn a niog'una
de fidelidad a la creencia católica que se profesa. potestad ci •il. ..
Al dar por terminado este informe, debo nuevamente Creemos que el Pupa como sucesor .de ~edro. a q:nen
protestar, pomo protesto solemnemente delante de Dios : Dios prometió su asistencia directa e mstltuyó Jefe de 1~
que la buena fé t la franqueza me han gniado en mis Iglc ia que vino<' e~ta1 Jlccc:r, (San . laten c~p. l~ ~ .. l.St
conceptos i apreciacione~, despues de meditacione-9 pro- 19, SanJuon cap. 21 v. 16 1 17 ,) e;; nuestro Jefe e,pmtual
fundas, poniendo siemrrre de!nnte de mí, lo que demandan a 11uicn estamos oblig11dos a obedecer. '' .
el deber, la conciencia i 1 honor del sacerdote católico, Creem ~ que no hai autorid.1d tt mporal ~o~re lá tterra
i el profundo respeto i · .. miento a ia verdad i a la fé. que t enga derecho a intervenir en li)S negociOS d~ la ~gteSi
he incurrido en algun et·ror, o si la necesidad de salvar sia a que pertenecemos i que tod? lo qu~ 7ntral~e la hbe~el
principio de la unidud católica, dictaren un procedí- tad en la p1 áe:tica de r~as e ·e en~m~, es tnjusto I a.tentano Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
EL C1 'fOLICO
COI1l9 contr,ario~ la rn,zo'n. 'i de consiguiente al bien c~mun.l 1_ . lllflS aun. <1espn_lls d(' pu.blicada .la Constitucion cuyos
~ . L~.' creencia catql i~q es la de la mayoria ele los colo m- artwulos. 1.5. 23, 8~ 1 9, eucal'Ua11 h1 Jcstruccion completa
hianós. La creencia relijiosa es el hombre, ellí\ forma del cntohmsm~. . . .
el primero ele ~us dercc;ho~ i nadie tiene el de atacarla. De consJgmentc; 81 J.ur~n, n?. 1103 Slrv~n de nada porque · · .. h~i .. ¡' . '· Id' ... · d 1864 Ctl(U!~O hagan es nulo; 1 s1 no .¡uran, s<.mm estraíiados del
~~ l~:q r:. r; ,P,5 ¡u eJ.~~ ó ~omp. en ~n •.''~:cu,a n ° e~1 ... · país, ]upgo n?s ~~~e~ .unos. sin sacerdote~ ~le nuest1·o culto,
pt:,~~.~ m ~.,?e~~~cy. Bl'V <\llCJ.Uilla ;con f~chr} D el~: maJ 0 1 diJO a por, que las lhsp<~SJ_ewncs que hemos men~: 1onaclo1 no son del
en.~ ~oncl~tc\a!L ng.. , . , . 1 earar:ter trnnsJtorw. Por eso en Franuurdesdo~·MO tlt! Agcm qu_e fné. ~) pt·itne:~ notifiic·f\dO, ha$tá. el
rJ,f!ic¡d ,
1
qug ~¡t .l.ef.i.iion . ct.t,rílica .sea. enseíwda. 7Jor sus último ~lcrig¡:t, ~o neg~u~11 Jv.al~I'PSamente a jurar Id mismo
1ninis!ros. T.ntrrai las creencias i no os mezcleis en la qne hm se ex1_, e que JUren lo~ sacnrdot~$ católicos ueconci.
en9ia. '':R~~~.etar/, ~ Zos 11,!Íltist'rol del culto i no toqt!eis . Colom~ia. I, co~a parti?ulur: el ~báte Gregoireq'ue.fu.é da
l.a pro1)iei/+l.dú dé la fgíesig i Mtónces el influjo de la los, mu; p_ocos ap6statas 1 gue qmso arrastrar e~ su apos-
·, ... ' .. . • . p . •• , . • . . • . tns.1.t~ a 1os tlé~ms persuadténdolos tle quo el JuranHmt«>
n~q~ a~ rely.tPSff!'~Q(iJf.~~~ra la~ .co:stumbl es •, peJ 0 110 !'e- . eXIJldo no tema nada {je particular porque no atc~cnbtí la
fenr2ms s~¡· supe~·¿ore~ _ql que flobu¡rn~ gl ~mverso q.umendo reliji()n ni él':\ cóntrnrio a Jrt fé , es M. pintado f>ll la histo 1·ia
apdrec,er como apostdle,s usurj;anrlo ef porle1; que viene del cpn eolorP:> honoro~o-. .
i:iho s'oórc, la cánc}e,ncja 'de11t01;nbre, (Rei)umen histO! ico. ' Lo~ templos qnedaní,n, pues, cerrado& pam l)OS.lÍtros i
P .. J'9..f. !?ocu'mentd lett;él. C.) . fl~ clausul'{\, p1·odttcir~ fun~·tosr,asultado 1 ep ¡¡! ó.JrJeJl ~~-
Entónce.~ vcnin.es'te ieneml a defloClo8~sl ttl
La lCl es· obt!Ul>c1da sm repugnallCJa, cuan' sarvú:JOs versonáles quea~les
eaté\~n púgha con todns,epta. oosas, podrá ser la espresion rxtJen, que solo el cumplimiento de suH deberes reli,jio~os,
de ,lq ~wr~a ,pero fll!nta )a del deret:ho,.-Porlrá se.r la es- P!-lode ht"WOJ'Ios abandona1 sus booqnes i vl•nir a laS pob-lapres¡
on de lt~ timnía, poro nunca la de la libertar!. ClOnes. Por eso, .P&ra f~ a e, la ful:l'rz!l, t:Ol'ltl'nrinn,clo, máltratanrlo, hiriendo- !ejisl11cion actual, ~n las pob]aciO"nes y ermíis 1londe el via~
)~ concil"ncia · de lbs ciudadanos. -Esta concienc.i~, aun ,¡er? no hall.ar~ smo ,techaR .~ondidM para gua1;écerse de
Siendo erron~á del.li& · resp tursa. Napoloon en Ejtpto se la_1~tempe11e 1 1~ soledad '1 los hógares a¡Jaga_do~ pal·a
puso el turbante del musulman. ahvto de sus ft1t1gas. · , . · ; ·
¿Con t'}U~ ucvfl<)ho1se ~u.jet(i ~los ministros del culto na- 1 esos· infelices, per?idbs en los montes¡~ donde su cnr
ciqnal.a, fo.po ca- i pretendeis que todos vuestros compatriotas le desobe~
tólico pue,de leJitimamente aspirar, es la demantenerhasta dezcan ~ ¿Qué causas tan poderosas han podido cambiar
su último aliento la fidelidad de que hablaba ean Pablo de un ano a esta parte ese carácter de hijo o!Jediente ?
cuando esclamabp:" mi carrera termina en la guarda del ¿O es. qqe hílblais ?0n ~ipocresía ? ¿ Entónces por qué
depósito que ,se me ha confiado," aceptamos esta ocasion tachms a otr?s de hJpocntas? ¿No veis la viga de lagar
como la mas feliz de nuestra carrera apostolica. p11 esto que en vuestro 0 J0 ?
nos brinda por segunda vez la dicha de manifestar a nues• Obras son amores i no buenas razones, os habríamos
tro Metropolitano, que unimos ert los pl111tos de que se c·ontestado nosotros, ya que Su Santidad no aehubieradig·
nado contestaros.
trata, nuestros pensamientbs i nuestros votos a los suyos,
i que aguar damos como oguarda que su Santidad nos trace Pasemos por alto el contenido d!!l primer párrafo, que
la 1inea de conducta que debemos seguir en esta asunto, solo trata de aque11o del Pacto de Union,, de vuestros
pues por este medjo se man~iene la unidad i se prec¡~ve el grandes servicios, capacidades i esperiencia. Todo esto
peligro de que la reli¡ion se profane haciédola servir levantarémos muí alto el estandarte católico i pro·
clamuremos a voz en cuello los derechos de la Iglesia
i de su Vicario, uniendo nuestra voz a la de los prelados
i de los eclesiásticos fieles i beneméritos. Las grandes
luchas brotan de su seno Jos campeones.
Una piedrecilla puesta en una honda puede hacer
mucho daño. La piedrecilla que d~scendió del monte
destruyó la estátua colozal de tres metales, i cuyos pies
eran de barro .
I, de paso, ¿sabeis por qué no son mui numerosos entre
nosotros los sacerdotes verdaderamente instruidos i ope-rarios?
·
Preguntadlo al partido que encabezais i que profesa
vuestros mismos principios, si tales pueden llamarse.
Preguntadlo a la impla revolucion de que sois jefe. Preguntadlo
a Vos mismo i a vuestros amigos politices de
hoi.
Si vosotros no hubieseis destruido con mano bárbara
los seminarios fundados para dar sólida instruccion i
enseñar la disciplina, la moral i las buenas costumbres a
los levitas que han de consagrarse al servicio divino
como habeis destruido todos los establecimientos de educacion
que existían, si Vos, en odio a vuestro ilustre
hermano, ese nuevo Eleazar de la lei de gracia, que se
entregó a sus verdugos antes que comer las carnes prohibidas
de la apostasia i el cisma, no hubieseis contribuido
a aniquilar su grande obra de rejeneracion eclesiástica,
hoi veria la República, i especialmente la diócesis de
Santafé brillar en su seno un lucido cléro que, libre del
fanatismo como de la apostasía i de la relajacion que en
algunos se nota, hiciese honor a nuestro país i a la Iglesia
de Jesucristo.
No veríamos entónces tanto sacerdote ignorante i abyecto
abjurar de sus creencias, quebrantar sus votos i
jurnmentos i hacer miserable cola al despotismo cubierto
con la capa de libertad i de reforma.
I vosotros Jos anti-romanistas no tendriais que echar en
cara a los ministros del santuario esas faltas vergonsosas
de que por desgracia hai algunos ejemplos, i particularmente
entre los que siguen vuestras banderas.
Digamoslo claro, Señor, por regla jeneral, i con pocas
escepciones, los sacerdotes ignorantes o relajados son los
que han apostatado sometiéndose a los decretos de tuicion
i desamortizacion, tásita o espresamente.
Pero nos estendemos demasiado.
Agregaia, Señor, que el clero ha tomado ¡JOr pretesto
para lanzar ese grito de rebelion que soñais las leyes de
tuicion i desamortizacion de bienes de manos muertas.
En primer lugar no sabíamos que Vos tuv ieseis el
poder de hacer leyes, ni que fuesen tales vuestros desacordados
e ilegales decretos de tuicion i desamortizacion.
Pero puesto que os place llamarlos así, miéntras que nosotros
los llamarómos ukases o firmanes, os diremos que
esas leyes no habrían sido el pretesto. caso de ser cierta
vuestra asercion, sino la causa real i positiva, la causa
eficiente para alzar el grito de protesta ante el mundo
entero, i para resistir a la fuerza i a la coaccion que una
minoría cismática quiere hacer a la inmensa mayorla
católica.
Estábamos bien con que el caminante inerme que ha
sido saqueado i ultrajado alegase pretestos para perseguir
a los salteadores i recobrar sus intereses i que los bandidos
lo llamasen revelde i conspirador!
Aceptad, Señor, nuestra etc.
TRHCE CoLOMBIANo s.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"El Católico - N. 3", -:-, 1863. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3687901/), el día 2025-08-02.
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