FACATATIVA
I ••••• ,
GACET1\. DEL DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Oolombia-Faoatativá, 11 de Dioiembre de 1909 NUMERO 66
OONTENIDO
GOBIERNO NACIONAL
Poder Legislativo
Páginas
Ley número 30 de 1909, p<>r la cual se crea la Oficina de Lon.
gitudes.... .••••• •••• •••• ...• •••••.•• ••• •••• .••••• ••• 521
Ley número 31 de 1909, por la cual se concede una exeenc:i6n a la Sociedad de San Vicente de Paúl...... .... .•• ••• .. • 521
Ley número 32 de 1909, sobre formación del Escalaf6n Militar
de la República, adicional á la 17 de 1907.... .••••• ...... 522
Ley n~m~ro 33 de 1909, sobre recurso de revisión en asuntos
cnmlnales . . • •• . ...................... •••• •••• .••••• 522
Ley número 34 de 1909, por la cual se da una autorizaci6n al
Poder Ejecutivo ••••..••••••.•.••••••• "" •••••• ••• ••• 532
Poder Ejecutivo
N otas del Ministerio de Obras Públicas................ •••• • 523
GOBF.RNACtÓN
Gobierno y Justicia
Decr~t.o número 141 de 1909, por el cual se señala la imputa-
Clon de un ga!;to. -..................... __ • . . •••• •••• ••• • 524
ecreto número 142 de 1909, p"r el cual se declara insubsisten-te
un nombramiento.. ... .••• .... •••• •••• •••• •••• ••••. 524
Decret.os n" merOs 143, 144 Y 145 de 1909, por 1"5 r.a,ues le ha.
cen unos nombramientos ............................. 524 y 525
Decretos números 146 y 147 de 1909, por los c\lales se reirl •.
menta de modo especial 1. admiOlstración y conservación
de una vía y se hace un nombramiento............... 525
Decreto número 148 de 19()9, por el cual se declara insubsis·
tente un nombramiento ...•..• o ••••••••••••••••• '" ...... 525
Hacienda
Visitas pnctic:adas por el O~cial de Hacienda de la Gobern ...
c16n en los Municipios del Departamento .......... 525 y 526
Obras pltblicas
Autos de fenecimiento números 3 y 4-····· ...... ........ .... 527
Tribunal de Cumtas
Ioforme del Magistr.ldo señor Manuel S. Ayala M........... 527
A visos oficiales
Edictos •••••••.•••••••••••.•••.•••••.••••••••••••.•• 519 Y 520
GOBIEH.NO NACIONAL
PODER LEGISLATIVO
LEY NUMERO 30 DE 1909
(11 DE OCTUBRE)
por la cual se crea la Oficina de Longitudes
El Congreso de Colombia
DEORETA
Artículo I. o Créase un centro científico para el
perfecciona:niento sistemático y progresivo de la carta
generol de la República. centro que se designará con
el nombre de O/ic;"a de LOllgitudes.
Artículo 2. 0 La Oficiltll de LOllgitudes dependerá
del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Gobierno
reglamentará la presente Ley, dictará las r~solu·
done!' necesarias para Su cumplida tjecllción, organi.
zará la Oficina que se crea y hará los nombramientos
del caso.
Parágrafo. La Oficina tendrá por ahora un Inge·
niero Jefe y dos Ingenieros adjuntos.
Artículo 3'? El Observatorio Astronómicl) Na ..
donal les prestará su ayuda á los Ingenieros de la Oficina
en cuanto se relacione con las longitudes que pue ..
dan obtenerse por medio del telégrafo, para que éstas
sean referidas al meridiano de dicho Observatorio.
Para este objeto tendrán franquicia telegráfica el Director
del Observatorio y los Ingenieros de la Ofi",
cina.
Artículo 4'? Sólo podrán ser nombrados miem~
broa de estas Comisiones los Ingenieros colombianos.
idóneos en esta clase de trabajos.
Parágrafo. Todos los instrumentos y demás aparatos
de observación que fueron empleados por las
Comisiones de límites con Venezuela, de propie::lad
del Gobierno, pasarán al servicio de la Oficilla de LOJlgitudes.
Artículo S~ Inclúyanse en el Presupuesto los
gastos que demande la ejecución de ]a presentt! Ley ..
Dada en Bogotá á ocho de Octubre de mil novecientos
nueve.
El Presidente del Senado,
FRANCISCO GU,OOT ..
El Presidente de la Cámara de Representantes ..
TOMÁS O. EA~T)IAN ..
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo ..
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis María Terán ..
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 11 de 1909-
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
CARLOS CALDERÓN ..
LEY NUMERO 31 DE 1909
por la cual se concede una exención á la Sociedad de San Vi~
cente de Paúl
(15 DE OCTUBRE)
El COng1'esO de Colombia
DEO RETA
Artículo único. Exímese á la Sociedart de San
Vicente de Paúl del pago de derechos de importación
por las droga!', utensilios y demá~ e]ementos que para
el servicio de ]os enfermos introduu 3. del Extranjero.
Parágrafo. El Presidente de la S -,riertad Centraf
de San Vicente de Paúl dará avis') al Ministerio d~
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522 F ACAT ATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
A
Hacienda y Tesoro de cada pedido ó importación de
drogas, utensilios y enseres para la botica de los pobr~
s , á fin de que se transcriba en oportunidad á la
respectiva Aduana.
Dada en Bogütá á once de Octubre de mil novecien
tos nu eve.
El Presid ente del Senado,
ALEJANDRO GARCÍA
El :fresidente de la Cámara de Representantes,
TOMÁS O. EASTMAN
El Secretario del Sena90,
Carlos Tamayo
E l Secretario de la Cámél ra de Representantes
Luis A1aría Terálz
Poder Ejecutivo.-Bogotá, 15 de Octubre de 1909
Publíql1(se y cjtcútese.
(L. S.)
RAMON GONZALEZ VA LENCIA
E l Ministro de Instrucción Públi ca encargado
del Despacho de Haciencla y Tesoro,
l\1.A :r\tTEIl DÁVJIJA FL6Inl~z
LEY NUMERO 32 DE 1909
(J 5 DE or;TUBRE)
5cbre fOlm:.ción del Escalé fcn Milital de la República, adicionnl
;l la 17 de '9°7
El COJlg1'CSO de Colombin
Dl r;lIn ient(l. La ootaciólI
de <.:~da mie m bro de l T rdJ unal y la cl~l Secreta·
rio es de ci t'11 p··~()s memuales ; la de los Escri :-> iente
s, de . cselJ ta p(;'\us c.tda U 11 0 , y para tí tdes de esc ritorio
se de5tinan dosci entC):j p e~o:), cantid ades q ue se
incluirán en la liquiri acióll de l l'r~~ upu cs to Na ci0 I1 a~ .
A rtículo S? Pro rrógase el término pa rd. la preser.
tacióll, revIsión y revali ocl cion pc'r el ti em¡.>c) de
rluración del Tribunal. Termi nadas las funciones del
Tribunal, para lo sucesivo corresponden sus atribu-ciones
al Ministerio de Guerra, por reglamentación
del Poder Ejecutivo.
Parágrafo. Terminadas las fu nciones del Tribuna
' el archivo, debidamente inventariado, pasará al
de la Sección del Ministerio de Guerra que sea conveniente.
Dada en Bogotá á nueve de Octubre de mil novecientos
nueve.
El Presidente del Senado,
FRANCISCO GROOT.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
To)!.Ás O. E.A. ~T!\r A N.
El Secretario del Senado, Ca rlos Tamayo.
El Secretario de la Cámara de Represen tantes,
Luis Ma1'ía Te'rán.
Poder Ejecutivo--Bogotá, Octubre 15 de 1909.
P ublíquese y ejecútese.
(L. S.)
RAMON GO NZ~\ LEZ VALEN e lA
El Ministro de Guerra,
LUI~ ENRIQUE BONILLA.
LEY ~UMLRO 33 DE 1909
(16 DE OC1lJnR~)
sobre recurso de revisión en asuntos criminalc'
El CongTeso de Colombia
DECRETA
Artículo I? En asuntos criminales habrá luga r
á recurso de revisión contra toda sentl!ncia ejecuturiada,
en los casos s'guielltes :
I? Cuando estén suh-icnc1o condena dos ó más
personas en virtud ele ~entcncia~ cOiltradldrHi,., por
causa de ddito que no haya podidC) com ter sino una
sola perso na ó un número menor de las ~cnten"hdCls.
2. o Cuando algu no e--té sufriendo condena como
respon~able de h0mi\..idio de una pcr"llnét clIya
existencia pC) terior á la co mi sión del supuesto deli to
se acredite al menos con ind icios graves ;
3.0 Cuanuo alguno esté sufriendo co ndena y se
demUt'st re, á j Ll icio de la ( orte Su prema de ] ustic ia,
que s falso, ~t'gún la ley, algún tc"ti moni o, peritélzg0,
documento ó iJ rueba c!e cual qui er clase q ue haya po di
do determi na r el fallo re. iJectivo ;
4. e Cuancio se hayan produci do oucLlmentos ú
otras pruebas secretas que no se hu bie ren comunicado
á los a~l1 s ad os Ó á sus defensores y que á ju icio de
la Corte hayan podido determinar la condenación de
los acusados;
5, o Cuando después de una condenación ll egue
á produci rse ó revelarse un hecho nuevo, ó se presenten
documentos ó comprobantes 110 conocidos á tiem.
po de los debate ~ , capace'5 de establecer la inoc(;ncia
ó irresponsabilidad del condenado, ó cuando se presenten
indicios graves sobre esta inocencia ó irresponsabilidad.
Artículo 2,° Pueden interponer el recurso de revisión
de los procesos criminales los Fiscales de los
Tribl~nales Superiores, el Procur~dor General de la
Nación, el cónyuge, los parientes c0nsanguíneos ó afines
en cualquier grado, dd que esté sufriendo la C011-
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FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
J dena, éste mismo, ó la persona que hubiere sido defensor
del condenado.
Si el condenado hubiere fallecido podrán sus pa·
rientes ó su cónyuge intentar el recurso de revisión
para obtener la rehabilitación de su memoria y exigir
la correspondiente indemnización de perjuicios sufridos
por aquél.
r~1 recurso de revisión ampara también al condenaoo
que haya sufrioo la pena. En este caso el recurso
tiene por objeto rehabilitar al penado en el goce de sus
derechos políticos y declararlo libre de las obligacio.
nes civiles provenientes del fallo condenatorio, con
derecho á reclamar la indemnización por los perjuicios
que haya sufrido.
El Ministerio Público deberá, de oficio, establecer
y seguir este recurso cuando se le suministren ó
adquiera antecedentes que á su juicio lo hagan procedellte
en favor del condenado.
Artículo 3. ° El recurso de revisión puede interponerse
en cualquier tiempo y por una sola vez.
Artículo 4. ° Los condenados cuya inocencia se
hubier" reconocido, tendrán derecho después oe la revisión
para intentar acción por los daños y petjuicios
sufrioos, contra los denunciantes, testigos falsos, Juez
ó Magi traoos, por culpa ele los cu-ales se haya verifi c
do la condenación. Los juicios sohre las indemniza~
cioncs á q l1C se refiere e:te artículo se surtirán ante
Jas alltorioades civiles.
Artículo 5.° El recurso oe revisión se surtirá ante
la Corte Suprema de J llsticia del modo siguiente:
á la s licitud sobre rcvisicíll se acompañarán la~ pruebas
de los heclws en que ella se funde, y la Corte,
prev¡ rep;trtimiento del Ilcg-ocio, conc derá un término
probatorio ha3ta de treinta d:as, que puc k am-pli;
lr e de c:uerd() ('Ot las disposicir)nes lcgale<;; coml1.
nes. V ctlcido este térmi 110 se dará traslado del expediente
al Procurador General eJe la Nación y al recurrente,
por seis días á cada uno, para que presenten
sus alegatos e:;critos. Condll ído este término se pronunciará
sentencia dentro de los quince días siguientes.
Parágrafo. La Corte puede dictar en cualquier
tiempo hasta dos dU~OS par,l mejor proveer.
Artículo 6. ° Si el fallo de la Corte ordenare la
revisión de la cau 'a, el nuevo proceso se segui rá en
un Juzgado ó Tribunal cli~tinto del primitivo, que oesignani
la Corte misma. Si la Corte negare la revisión
del proceso, q ueeJarán en el archivo de aq :.leila corporación
las diligencias respectivas.
Artículo 7.° I~I fallo que se clictare ell el nuevo
juicio, si fuere conoenatorio, no poorá en ninaún caso
• • ,. h
Imponer una pena mayor ni mas grave que la aplica-da
al reo en la primera instancia.
Artículo 8.° Qlledan arlicionaoas y reformadas,
en los términos de la presente Ley, las dispo:,iciones
de la Ley 105 de 1890, relativas al recurso de la revisión.
Dada en Bogotá á once de Octubre de mil novecientos
nueve.
El Presidente del Senado,
ERANCI~CO GROOT.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Tnl\IÁS O. EASTMAN.
El Secretario del Senado,
Ca/dos Ta1nayo.
El Secretario de la Cánura de Representantes,
L1ds ~lct1'ía Terém.
Poder Ejecutivo-Bogotá, 16 de Octubre de 19°9_
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)
-
RAMON GONZALEZ V ALENCI~
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
BERNARDO ESCOBAR,.
LEY NUMERO 34 DE 1909
(18 DE OCTUBRE)
por la cual se da una autorización al Poder Ejecutivo
El Congreso de Cololnbia
DECRETA
Artículo L° Autorízase al Gobierno para adquirir
las concesiones ó derechos even tuales que puedan
tener los hereoeros de don Jorge Isaacs y que á éste
se le reconocieron desde mil ochocientos ochenta y
seis como descubrioor, para la explotación de carboneras
y fuentes de petróleo en las regiones de Aracataca,
estribaciones y macizos de la Sierra N evada de
Santa Marta y en el Golfo de U rabá.
Artículo 2.° La su ma necesaria, llegado el caso,
para pagar las concesiolles ó derechos e\'tntu les en
en ellas, se considerará incluida en los Presuplt~stos.
Dada en Bogotá á quince de Octubre de mil novecientos
nueve.
El Presidente del Senado,
FRA1'¡CI~CO GROO'.r#
El Presidente de la Cámara de Representant~s,
TO::UÁ 1 O .. EASTMANr
hl Secl etario del Senado, Carlos Tamayo,
El Secretario de !a Cámara de Representantes,
Luú liJaría Terán.
Poder Ejccutivo--Bogotá, Octubre 18 de 1909.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Obras Públicas,
CARLOS J. DELGADO
• ••
PODER EJECUTIVO
NOTAS DEL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
Ministerio de Obras públicas.-Sección 2~-Mesa 3~-NúmerO'
S,864.-Bogotá, 30 de Noviembre de 1909.
Sdior Gobernador del Dtpartammlt'.-Facala/ivá.
Para los fines consiguientes tengo el honor de tran~cribir
á u6ted la sigui ;nte resolución:
11 Ministerio de Obras públicas.--Sección z8.-Mesa 3~ -B o gotá,
Noviembre de 1909.
Varios vecinos rlc la p0blaci6n de A lb~n, en el Departainento
de Facatalivá, han pedido al Mi listerio que se
suspenda el cobro de peaje ea 1:1 Ac!uanilla de Los J.1fal/za?
lOS, establccirla en la vía rle Facat'ltivá hacia Caml)ao, sohr~
la carga que procedente del camino de Honda, paga impuest
) de peaje en las Aduanillas de este camino, y pJr re-
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FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
correr el mismo trayecto que la carga despachada de Cambao,
entre Los AlptS y Facatativá, vuelve á ser gravada con
otro impuesto de peaje en la Aduanilla de Los Manzanos.
El señor Gobernador del Dtpartamento de Facatativá,
á quien se pidió informe sobre el asunto, ha emitido concepto
favorable á la solicitud indicada; y el Ministerio la
encuentra jmta, porque no ve razón alguna legal ni de conveniencia
pública, para permitir cobrar doble gravamen de
tránsito en una misma vía.
Por tanto, se resuelve:
Declarar suprimida, á partir de la fecha, el impuesto de
peaje que se cobra en la Aduanilla de Los Manzanos, para
la carga que procedente de Honda ha pagado ya aquél derecho
en las Aduanillas de la vía de Honda, llamada camino
~e Occiden te.
Comisiónase al señor Gobernador del D(partamento de
Facatativá para que se sirva comunicar y hacer c.umplir esta
disposición.
111 M inic:tro,
Soy de usted atento ~ ervidor,
CARLOS J. DELGADO"
CARLOS J. DELGADO
Ministerio de Obras públicas.-Sección 2~-Mesa 3~-Número
8,859·-Bogotá, 27 de Noviembre de 1909.
Señor Gobtynodor del DcjJartametlto de Facatativá.
Se recibió en este Despacho la nota de Usía, número
1,097, de fecha 23 del que cursa, y el memorial
adj!.lnto elevado á la Gobernación el 18 del mismo
mes, por el señor Florindo Silva, vecino del Corregimiento
de Cambao, en que pide que se permita el restablecimiento
de puertas de golpe de tres metros de
anchura que existían ahora tiempo á través de la carretera
de Cambao, con el fin de proveer á la seguridad
de los predi os limítrofes.
El MinisteJ iD no estima conveni ente el restablecimiento
de las puertas en referencia á través de la
vía pública Je Cambao, porque t'l medio de dar segu:
idad á los predios limítrofes debe ser allí el mismo
usado en todos los demás caminos, que es la construcción
de deslindes y cercas medianeras á lo largo
de la vía, construcción que está á cargo exclusivo de
los respectivo interesados, porque la Ley señala en!
re otras servidumbres activas que tienen los caminos
públi ~ os sobre los predios colindantes, la siguiente:
" La eXt'nción de contribuÍr para los gastos de
neslindes y cercas medianeras. Los primeros son obligatorios
de los colindantes; y cuando éstos quier~n
eonstruír cercas medianeras, el costo será todv de su
clJenta."
Soy de Usía muy atento servidor,
CAkLOS J. DELGADO
aOBERNACION
GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO NUMr~RO J41 DE 1909
(25 DE 'OVIE IBRE)
por el cual se señala la imputación tie un ga!.to.
El Gobenla lo¡- del Deparlamt1llo~ .n uso de sus atribuciones lc!gales,
DECRETA
, Artículo ~l~ico. La ~alltida~ de $ 29-96 que s ; adtuda
a J .. rnt sto Goma, se ln pütara al D, p.;rLamt;nto de Gubil.:
rno-Capí~ulo lX-Allí u:o 22 del hlSl.pUCSto vigente.
. 1 ,a~ partldas que comp, nen la !'luma dicha, son las sigUlentes:
Pur 1"1 rr.posición de d,>;- pUf>rtn. , valor de dos cerrar.u~
I ~ . p ')~lUra de ~~tas, barniz y aCtite (Puertas de 1;1 p'eza que
ocupa ]a Policía del Dtplrtamento) .....•..••••• $ 19 60
Por la esterada de una pieza en la Escuela Nor-mal
de Institutores .. - . • . . •. . ..... ..... . ... . • • • • 3 50
Composición del reloj de la misma Escuela..... 2
Composición de siete pategallos. . .. •....... 1 50
Valor de media docena de candados ••....•. 1 80
Valor de dos exfoliadores, cincuenta sobres y
dos libros en blanco para la Escuc-Ia Normal citada. 1 56
Suma ..••••.••..••••••••. $ 29 96
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 25 de Noviembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario General, JULIO.
J. A RGUELLO.
DECRETO NUMERO 142 DE 1909
(27 DE NOVIEMBRE)
por el cual se declara insubsistente un nombramiento.
El Goberllador dd Dtparlammlo
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Declárase insubsistente el nombramiento
hecho en Luis Felipe Galán para Agente de 2.a clase de
la Policía del Dtparlamento, por mala conducta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 27 de Noviembre de 1909.
RAF A~L CAR V AJ AL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 1 ~ 3 DE 1909
(29 DE l\OVIEM13RE)
por el cual se nomura primer suplente del Alcalde de Sasaima.
El Gobcmador dd Dejarlamwlo
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. N 6mbrase al señor Alfredo Acero primer
suplente del Alcalde Munic;pal de Sasaima, para el resto
del p eríodo en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 29 dI! Noviembre de 190 9.
RAFAEL CARVAJAL-El Secietario General, JULIO
J. ARGUELLo.
D~CRETO NUMERO 144- UE (909
(3 DE DlC)E~13HE)
por el cual se nombra Alcalde de Vergara y se hace otro Hombramiento.
El Gobernador del Drparlammlo
en uso de sus atribuciones legales, y visto el ordinal 18 del.
artículo 17 de la Ley 20 de 1908,
DECRETA
Artículo 1.0 Declárase insubsi ter.lte el nombramiento
hecho en el señor Daniel León para Alcalde principal del
Municipio de Vergara, y nómbrase en su lugar al señor Fidel
Mahecha.
Artículo 2.0 Por licencia concedida al señor Manuel
A. Munzón, nóm brase Escri bien te-Portero de la Tesorería
dd Ul partamento, al señor Miguel Antonio Anzola.
Cumuníquese y publ:quese.
Dado en Facatativá á 3 de Didemure de 1909·
RA F A ~ L CAR V A J AL-El Secretario General, J uuo>
J. ARGUhJLLO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
DECRETO NUMERO 145 DE J909
(3 DE DICIEMBRE)
o ==
por el cual se nombra primer suplente del Prefecto de Facatatid.
El Go/Jer1lador del Departammlo
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
A rtículo único. Por excusa aceptada al señor doctor
José F. Martín, nómbrase primer suplente del Prefecto de
la Provincia de Facatativá, para el resto del período en curso,
al señor don Vicente C. Amaya.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 3 de Diciembre de 19°9.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 146 DE 1909.
(3 DE DICIEMBRE)
por el cual se reglamenta de un modo especial la administración
y conservación de una vía.
El Gobernador dtl Departame1Jto
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERAr-.DO
Que varios propietarios interesados en la vía que va de
Ccua de Teja. (Facatativá) al Falo de /a CnJz (Anolaima),
han solicitado se dé á la administración de ella una forma
especial que haga más expedita y práctica su conservación y
mejora,
DECRETA
Artículo 1.0 De tínuse para los gastos que ocasionen
]os trabajos de composición de la vía que va de Casa d, Teja
al Palo dI' la e, uz (4.° del Decreto número 158 de 1906),
el producido de las Aduanillas establecidas en ella.
Artículo 20° Créase el puesto de un Administrador ad
h01Jonm con las siguientes atribuciones:
a) Disponer los tr~bajos de conservación y mejora del
camino, dando las órdenes é instrucciones del caso al Ins-o
p..:ctor local.
b) Recibir de los Recaudadores de las respectivas Aduanillas
el producido semanal de eHas para atenda á los gastos
que demanden los trabajos en ejecución.
En este producido no queda comprendido el diez por
ciento (10 por 100) que los recaudadorEs tientll derecho á
detener y que remitirán á la Tesorería General del Departamento,
destinados á gastos de Administración.
e) Rendir en los primeros cinco días de cada mes á la
Dirección de Obras Públicas del Departamento la cuenta de
ingresos y egresos de la Caja de la Administración.
La cuenta será rendida con una relación de Catogo y
.Data y los comprobantes serán visados por el Inspector local
de la vía.
Este Decreto princjpiará á regir desde el día 6 de los
corrientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 3 de Diciembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO
DECRETO NUMERO 147 DE J909
(3 DE DICIEMBRE)
por el cual se hace un nombramiento ad IU)ffcrl1ft
.E I Gobernador dd Deparlammto
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
A rtículo único. N ómbrase al señor doctor Ramón Gó-mez
C., Inspector e!'ipecial ad hOl1onm de la vía á que se re·
ñere el Decreto número 146 de la fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 3 de Diciembre de 1909.
RAF A EL CAR V AJ AL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 148 DE 1909
(7 DE DICIEMBRE)
por el cual se declara ir.subsistente un nombramiento
El Gobernador dd Deparlallltn/()
en uso d~ sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Por mala conducta, declárase insubsistente
el nombrami"!nto hecho en el señor Ruperto Durán
para Agente de primera de la Policía del Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 7 de Diciembre de 1909.
RAF AEL CAR V AJ AL-El Secretario General, JULiO
J. ARGUELLO.
HACIENDA
VISITAS
PRACTICADAS POR EL OFICIAL DE HACIENDA DE LA GOBERNACIÓN
EN LOS MUNICIPl.)S DEL DEPARTAMENTO
Fn el Municipio de 1 a V f'ga se presentó el señor Oficial
de Hacienda de la Gubernación en asocio dd Contador
de la misma S~cci6n, el día veintio.:ho de Octubre y
procedió á practicar visita en la Alcaldía Municipal, en re-presentación
de la Gobernación.. .
El señor Alcalde puso de mamfiesto los LIbros que se
llevan en la Oficina, que son en número de veinte, los cuales
están clasificados para los distintos asuntos que cursan en ella
notándose en ellos aseo y escrupulosidad en su conformación.
Exi~ten en la Ofiicina las obras de consulta suficientes
para un buen dLspacho de l~s asuntos.
El archivo se halló convementemente formado.
Existen once juicios de policía y trl'S de lanzamiento,
que están en curso y ~eis en suspenso, por causa de los interesados.
Informó el señor Alcalcle que la Gacda del Departamento
llega con alguna irregularid~d ; las que ~xi ten en la
Oficina están perfectamente legaJadas, lo mIsmo que el
Diario Oficial.
El empleado visitado informó además que todos los
emple~dos de Hacienda Nacional Departamental y Municipal
han rendido oportunamente sus cuentas, hecho que aparece
en las diligencias de visita que practicó en los primeros
días del presente mes, visitas que en copia reposan en la
Go bernación.
El visitador se complace en hacer constar que en la.
Oficina reina completo orden, lo que manifiesta la competencia
y asiduidad del señor Alcalde, quien propende por
los medios que están á su alcance al progreso del Municipio.
No habiendo otro asunto de qué tratar, se da por terminada
la presente diligencia.
CELIO GUZMÁN RUBro -DANIEL A. ULLOA-FRANCISCO
A. BARRERA-BcH anoo Osorio, Secretario.
El día veintinueve de Octubre de mil novecientos nueve
se present~ en el De~pacho de la Alcaldí~ de N ocaima el
señor OfiCIal de HaCIenda de la GobernaCIón y el Contador
de la misma, en representación de la Gobernación, con el
objeto de practicar visita oficial.. :
El señor Alcalde puso de mamfiesto los libros que se
llevan en la Oficina, que son en número de doce, los que
aparecen debidamente arreglados.
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El archivo también se halló convenientemente arreglado,
lo ml~mo que las colecciones de la Cauta dt FacataIÍ7
lá y Diario Ofiáal los que han llegado con puntualidad
remitidos por el archi"ero del Depa.rtamento.
De los iibros de consulta se encuentran algunos necesarios.
El ~eñor Alcalde solicitó se le remitieran: el Código
Penal, el Judicial y el Civil, y se dispuso los solicitara de
la Gobernación.
Por el Libro de visita., se vino en conocimiento que
las Ofit:'ina" de Hacienda Nacional, D ep~,rta mental, y Municipal,
mar< 11011 bien)' han rendido sus uentas puntualmente.
Tales visitas han sido remitidas á la Gobernación como
consta del re. pectivo recibo.
] uicios de p~l1cía exi~ ten dos en actuaciónl y al Despacho
han Il~gado CInco en c 11l1sión. Criminales en actuación
diez)' seis y se? . en c\)mi. iÓI1.
InfJrmó que la. Junta Distrital ha invcrtido los fondos
recau(hclos LI1 la n p:uáción y comp )sición de los c~minos y
que SO!l por.O::i )',1 l0S C":oJ1trihuyelltes el. el lkspa ho de la
A lcalel ía dé Nillluim:.t el scnor Oficial ele lIacienda de la GobernaciQIl
e.n as.)::i. dd :onliilclor de la mi.llítl <:01 objeto
(le prdCW'ar VI 'H:t ofiCial, el1 rel'r sentaciÓll de la Goberl1<
lciól1.
1'.1 .... ilOr A Ica:de pu de lIlanitit' to el archivo ue la
Olicina el (:\1. I ~ i\l t t de Jos libros ne eS'tríos y de con. ulta,
jl:1.r, UIl Ullt!l1 Ser vicio; de veintitrés sumarios en materia
crimi al y \'I:inti :uatro de polida, entre unos y otros e
hallan al'rllllr s e 1 actll'lr.ión y otros en su. pen::;o.
En visLl del Li \)ro ele ri ,ita: se tuvo ('oJl()C'il11iento de
que los el~lpiead() .. de Haciellda cXlskntes en el Municipio,
han rell (hdo su .. CUentas con ¡>llntunlidad.
Fl trahajo personal suhsidiario se ha cobrado en su toti.
llda~, )' á los que no. han pagado se les han puesto los
apren1l')s del caso, lo mIsmo que á los deudores p)r Impuesto
Predial.
. . La C\lota ql1~ I~ correr-p )ndió al Municipio para el sosten1l11l\.!
nt) de la U'¡Cll1tl de Catastro del Oepartamellt , informó
el Se1lOr Alcalde que estaba lista para remitirla á la Tesorería
Departamental.
El emplearlo visitante eXI'itó al señor Alcalde para que
haga .que d 'fe.'OT :ro Municipal empl~e todos los recursos
coactIVOS Oe qu" dhp nt, para que los cleuoores morosos por
I.mpuesto .1~redial C' nsigllen las cuola:, que les corresponde,
5111 excepclOo de p~rsonas, para lo cual le debe prestar todo
el apoyo de SU autoridad.
. El local que se está construyendo p,uu Escuela se halla
b.len adelantado y se informa qu~ se han comprado matenales
p ua su terminación.
N o habiendo otro asunto de qué tratarl se termina la
presente, que firma.
CELIO GUZMÁN RUBIO-ADOLFO M. GALLEGO B.
FRANCISCO A. BARRERA--Josl AllzJÍa Ramírez Secrdario.
En el Municipio de La Peña, á las 8 p. m., del día treinta
de Octubre, se presentó en el Despacho de la Akaldía el
señor O.ncial?~ Hac~e~lda de la Gobernación con el obj~to
de practIcar VISIta Ilclal, en representación de la Gobernación,
en asocio dd Contador de la misma.
Como el señor Alcalde en ejercicio, señor Ricardo Anzola
R., esti esperando al Alcalde últimamente nombrado
<}uien debe lt~~ar próxi.mamente, para entregarle el Despacho:
pus~ de m a 111 ~es~o ~l Inventario formado al efecto, y por él
se VIno en .conocllmento que los asuntos que en ella han curo
sado han sldo despachados con corrección y acti vidad y los
que están en actuación se hallan en estado de pronta resolución.
Se p~só revista al archivo y se encontr6 perfectamente
arreglado.
Visto el Libro de visitas y leídas con detenimiento, se
obtuvo el dato de que todas bis oficinas de Hacienda han rendido
sus cuentas con puntualidad.
El señor A lcalde informó que estaban fenecidas las de
la Tcsoreríél Municipal.
El visitador se complace en reconocer que el señ0I Ricardo
Anzola R. al dejar la Alcaldía ha procedido con honradez,
patriotismo y asiduidad en el manejo de los asuntos
Municipales y qUe según informes de vecinos ha prestado
imp )ftantes servicios en bien ele la localidad, e p .;cialmente
en el Ramo de Caminos p'les los que han ido recorridos
se han encontrado en p..:rfecto buen estado, de manf.ra que
bien pueden. ervir de modelo á los vecinos Municipi s. Así
p :es, consiclera que los habitantes de La Peña son
deuclores de gratitud al señor Anzola R.
N o habiendo otro asunto de qué tratar, se dio p)r terminada
la p -escnte diligencia, la que es fJl'mada p ,)f los que
en ella intervinieron.
CEU) GUZl\I/\:-J RUluo-Ric\RDO AN7.0L \ R .-FR\ 'CT
co A. U.\lmro~¡\-EI S~cretario de la A\caldí t, A1ltonio
Toro
El día dos de Noviembre del año de mil novecientos
nuev(', ~'e presentó en d D'spacho de la Alca.ldía del Muni~
cipio (k Caparrapí el Oticiql de Ha(~ienda de la Gob>!rnación
dd Dl P utamentt), en a.o .io del Contador de la mi<;l11a l con
el objeto de practic< r vi.:iita oficial en representación de la
GoLern'1ción.
Al efecto, el señor Alr.alc1e puso de manifiesto los Libros
de la Olicina los que eslán Ilc\'a(¡o,¡ con correcr.i6n y n·presentan
I )5 di~tilltos n. unto. que cursan en ella. Unir.auwnte
se notó la falta del de ordenaciones, por lo cual se di~puso
que fuera abierto.
De lihros de con. ulta existen aloun s que prCL tan un
rpg111ar Sen icio para el despaclw, y por lo tanto Se autori zó
al señor Akalcle, p¡¡ra que solicite de la Gobernación los
que se Crl::ll1 más ncC' surio~.
Conlndos los jui cios d\! policía en actua.ci6n, apare ieron
35, y criminales 26.
}<-1 \ isitador excita al señor lcalde les dé pronto despacho,
siempre que para ello ttl\ ierc el tiempv suficiente y
el estaoo dd asunto lo permita.
El archi, o está perfectamente formadü en sus carpwtas
respectivas, de manera que hay SU\l11 facilidad para encontrar
cualquier documento en un caso dado.
Las vi. itas en 13S Oficinas oe Hacienda, según el Libro
de ,isitas, han sido practicadas hasta el mes de Septiembre
último. l' alla, pues, practicar las del mes de Octubre. Unicamente
está practicada la de la ColecturÍa de Rentas.
e informó que el Concejo Municipal se reúne ada mes
dos \'eces, según así lo dispone la Ordenanza n: pectiva.
N o halJiendo sido expedido por el Concejo el Acuerdo
resl'ccti\'o, apropiando partida en el Presu puesto \ igente
para atender á la cuota que le corr\!sponde al MUlllCipio
para el sostenimiento de la Oficina de Cata. tro del Departamento,
el Visitador excitó al señor Alcalde para que cuanto
antes haga reunir el Concejo para que determine lo conveniente.
Escrito lo anterior, el señor Tesorero Municipal informó
que la cuota de que se trata, fue remitida á la TesorerÍ&
Departamental, de la cual tiene el recibo correspondiente.
Los visitadores de Instrucción Pública)' Rentas han
verificado las vi"itas reglamentarias, según se informa..
No habiendo otro asunto de qué tratar, se dió por ter~
minada la presente diligencia, la que es firmada por los que
en ella intervinieron.
CELIO GUZMÁN RUBle-Pío HERNÁNDEZ-FRANCISCO
A. BARRERA-José !;.'duardo Carcls, Secretario.
En el Municipio de Utica, á las 7 p. m. del día tres de
Noviembre de mil novecientos nueve, se prcs:ntó en ellJespacho
de la Alcaldía el Oñcial de Hacienda de la Gobernación
del I )epartamento, en asocio del Contador de la misma,
con el objeto ele practicar visita ofiáal en repr\!stntación de
la Gouernación.
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El señor Alcalde puso de manifiesto los Libros de la
Oficina, los que examinados, resultaron convenientemente
arreo-lados y llevados con esmero.
Los libros de consulta son suficientes para un buen
despacho y todos están en buen estado.
Se examinó luégo el archivo y apareció formado y colocado
en un estante, cada asunto en su respectiva carpda.
Juicios de policía exi~ten tres en actuación y de as unto
criminal otros tres. De manera que se puede considerar que
el despacho diario está al corriente.
Por el Libro de visitas se tuvo conocimiento de que todas
las oficinas de Hacienda existentes en el 11 unici(Jio marcha
1 con regularidad y que todas han rendido sus cuentas
oportunamente á las oficinas superiores.
El señor Alcalde informó que el señor Hcliodoro Rubio
H., ex-Tesorero de la Junta Distrital está debiendo la suma
de $ 25,000 ó más pertenecientes á la Renta, por lo
cual el Visitador ordenó al señor Alcalde proceda á hacer
con ignar tal suma ó llamar al señor fiador del citado Rubio
H. para que re ponJa por su fiado en el término de cinco
ías. Del rtslIltado debe dar inm diato informe á la Gober
ación.
Encontrándose Ul la Oficina dos rifles Grass con sus
respectivas bayonetas, se ordenó al señor Alcalde los remitiera
á la Gobernación, para hacerlos ingresar al Parque
N acional, según así está ordenado por el Ministerio de
Gu rra.
I,a Oficina pO:iee los muebles necesarios y presenta un
asp eto agradable.
N ü habiendo otro a:unto de ltcus,
1\1 ELAHDO FORERO B.
El Contador-Secretario, E/raIn Rubio G.
TI{IBUNAL DE CUE .... 'TAS
L.'}' R11 E
República de Colombia.-D e p.lrta~11cnto ,de Facatatiy¡Í. --Tr~bUIl;¡
l de Cuent:ls- Presld\.:ncJa. -Num( ro 33.- Facatatt~
vá, Noviembre 2 de I90 9·
Stlior &:0 dario Gel/eral dd J)('parta111m lo.-PI esmt,·.
TenO'o la honra de informar á usted sobre el mm imiento
que d:rallte el mes de Octubre p l.ado tuvieron las cuentas
en esta Oficina.
S<:cción 1.\ á cargo del doctor A. H-:rnánclez, hasta el
día 22.
Saldo de S( ptiembre. . ..... .............. 13
Reci bidas en el mes. .. ................ • . . . . 62 7 S
Despaclwdas
Por fenecimiento ........... , ........... .
Por glosas. . . . .. .. .. . ........•.........
Por otros. . . . . . ...• . ..... - ............ .
Saldo pnra N oviem bre ••..••••
Autos dictados
De fenecimien to ......•....•..............
De glosas ..............................•
De otros ................................. .
Sección 2.a, á cargo del señor Pedro Gómez
León.
Saldo de SI ptiem bre ..................... .
RecilJidas en el mes .. ~ .......... - ...... .
Dtspachadas
Por fenecimiento ..........•......... '" .
Por glosas • - . . . . . . . . . . . .. . ..........•..
Por otros .•.. ..... ............ .... " ......
Saldo para Noviembre ........ .
15
20
18 53
34
27
6
S
22
6 17
S 66
58
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A u/os didados
De fenecimiento .........•..•. . .••••••
De glosas .....•...•..................•.
De otros .....•...•.....•.........•
R~sw,t(,¡,
6
8
2 16
Saldo de St:ptiembre en ambas Secciones........ 48
Recihidas en Octubre....... .................. 151
Total.. .. .• .. .•. ...• .. .•. . .... 199
Se de"p lcharon . . . . . . . . ... .... . . . . 1 19
En ambas Secciones quedan....... 80
Pr(Sid~/tcia.-Asuntos sustancin.dos. . . • . . .. . . ..• . 9
Stcrelarfa.-Cuentas archivadas.. .. .. . . . . . . .••• So
Oficios dirigidos durante el mes. . .. . . •• .•. .... 91
De usted atento servidor,
MANUEL S. Ay ALA M.
AVISOS OFICIALES
EM PLAZA TORIO
El Juez 1.° del ei'·cltilo de Facalali1'á,
H ·\CE SABER
Que para los efectos del artículo 1,395 del C6digo Judicial,
pone en conocimiento del público que antt! este Despacho
ha promovido el señor Personero Municipal de Facatativá,
demanda para que se declaren mostrencos los siguientes
semovientes, los que fueron dep )sitados y avaluados
así:
Dos machos, uno pardo 6 cisne, y el otro negro, mar cados
en el brazo derecho C. M , tienen a lemis esta otra J.,
avaluaLios en $ 3 500 p.lpel moneda, cada uno. Dt:positario,
Rafael González G.
Una mula parda y un m:1cho moro, con estas marcas
B. S. , la mula, y :)-6 el macho; avaluados ~ $ 5,~00 pa
pel moneda cada uno. Depositarios, Luis Rarbosa de la mula
y Jo S A ngel S bogal, del macho. 1
Una mula negra con estas marcas: en tI pescuezo, de
lado izquierdo RO ; p:\leta izquierda R; paleta derecha JH;
pierna dert!cha C7; avaluada en $ 8,000 papel moneda.
Depositario, Jesús María Ht!rnández V.
Una mula colorada, chata del anca, marcada en la paleta
del brazo del lado de montar, con esta cifra c]\'(f, borrada
la parte de encima intencionalmente, y en el percue.
zo, alIado derecho, con esta otra 'V', y se nota que esta
marca es nueva enteramente; avalu;:lda en seis mil pesos
($ 6,000) papel moneda. Depositario, Lisandro Gálvez.
Una mula canela; marcada con esta cifra: M. avaluada
en la suma de cinco mil pesos papel moneda ($ 5,000). Depositario,
Agustín Bernal. Fiador del depositario, el señor
Felipe V ásquez.
U n macho retinto, pequeño, con una S en el cachete y
otra S en el pescuezo, avaluado en tres mil quinientos pesos
papel moneda ($ 3.5000). Depositario, señor Cornelio
A. Rubio.
U a~ burra colorada, con esta cifra M, en el pescuezo,
avaluada en mil seiscientos pesos papel moneda ($ 1,600).
Depositario, el señor Ceferino Facieta. Fiador del depositario,
Carlos A. Parra.
U na yegua baya, a valuada en la suma de mil pesos,
por los señores Pablo Bernal y Cesáreo Gacharná. Depositario,
el señor Francisco Sánchez.
U n buey negro, marcado con esta cifra 0 , Y otras, a valuado
por los seflores Venancio Contreras y Miguel Santos,
en la suma de $ 5,000 papel moneda. Depositario, José María
Hernández.
U n caballo zaíno, marcado en la nalga izquierda con
un 12, avaluado en la suma de $ 5,000 papel moneda. Depositario,
el señor Aníbal Sierra.
Dos hueyes de carga, el uno de color barcino mono, y
el otro de r.olor negro hosco careto, marcas: o~ y A, respectivamente,
avaluados por los señores Praxidio Correa y
Lisandro Galvis, en la suma de $ 2,5°0 papel moneda, el
primero. y el segu ndo en la de $ 1,3°0. 1 )epJsitario, el señor
Luciano González.
U ·l asno rucio lanudo, con esta cifra A, avaluado por
los s~ñ')res M mue! Silva y Esteban tiarcía, en $ S oro. Depositario,
Francisco Forero.
U na yegua zaina, cogotona, herrada con estas cifras § Tí
avaluada por los señores doctor Aquilino Gaitán P. y Celio
Guzmán R. en ~ 2,000 papel moneda. Depositario, el señor
Aureliano Cortés. .
U n macho pardo, regular tamaño, marcado con una A,
un poco confusa, avaluado por peritos en la suma de $ 3,000
papel moneda. Depositario, señor Roberto Rubio.
Una mula rucia, marcada con estas cifras en el pescuezo
1 y R, Y otra confusa, avaluada en la suma de quinientos
pesos ($ 500) papel moneda. Depositario, Ricardo de la
Torre.
U na potranca zaína, marcada con esta cifra T, a valuada
en $ 1,500 papel moneda, y es la misma que tenía el señor
Gabriel Rojas y que ya la declaró el Juzgado bien mos·
trenco del Municipio. Depositario, Emiliano Grillo.
U n buey negro, matado, de carga, marcado con esta cifra
V, y avaluado en $ 2,500 papel moneda. Depositario ,
Ricardo de la Torre.
Un asno moro, entero, marcado con esta. cifra::::::. avaluado
en mil pesos ($ 1,000) papel moneda. Depositario,
N arciso Peña.
Un buey pequeño, cachón, hosco, pintado, avaluado en
$ 2,000 papel moneda. J)t.:positario, Abelardo Forero B.
U n macho pardo viejo, herrarlo con una cifra confusa,
avaluado en $ 800 papel moneda. Dt:positario, el señor
Eduardo Méndez.
U na burra blanca, vieja, flaca, con una oreja despuntada,
avaluada en $ 300 papd moneda. DepositJ.rio, el señor
Protasio Garzón.
U n macho pardo, con ambas orejas despunta.das, las
marcas G P, y avaluado en la suma de $ 3,000 papel mo·
neda. Depositario, el señor Aureliano Cortés.
Un macho pardo, herrado con esta cifra 5, y a\'aluado
en la suma de tres mil quinientos pesos ($ 3,5°0) papel moneda.
Depositario, Marco Antonio Parra.
U n caballo castaño, marca/to con estas cifras V 6 , de
tres cabos negros, flaco, avaluado en la suma de mil pesos
($ 1000) papd moneda. Depositario, Víctor M. Castillo.
Además: Los señores Aureliano Cortés, debe entregar
dos asnos que se le depositaron el 8 de Febrero de 19°6, y
aun cuando este señor mani:l!stó que se le habían pt:rdido,
el Juzgado no declaró en la sentencia libres de responsabi 'idad;
lo mismo que al señor Salomón Torres, un Cél baIlo
bayo que se le depositó el 8 de Agosto de J905, y qu; no
ha sirIo hallado.
Facatativá, Octubre once de mil novecientos l,ueve.
El Juez, RKMIGIO GONZÁLEZ G.-EI Secretario, DJmi1lJJo
E, Ga,.da
EDICTO
En el juicio ordinario de Julián Escallón con~ra Aristides
Gutiérre% M. se dictó el siguiellte auto:
.. Jttzgado 2«? id C¡rcuilo.-Faca/a/ivd. SI!)/i/!lnbr/! vl!Íllliciwo d,
mi! ntnluünlos nucv/!.
Cítese á las partes para sentencia.
N otifiq ue5e.
AFANADOR-A. Toca1tcipá. Secretario."
y para dar cumplimiento al artículo 69 de la Ley 63 de
1905, se fija el presente en un lugar público, por el término de
treinta días hoy die% y siete de Noviembre de mil noveci :ntos
nueve.
Es copia.-A. To(alIcipá, Secretario.
Facatativá, Noviembre diez y siete de mil novecientos
nueve.
A. Tocancipá, Secretado.
EMPLAZATORIO
El Juez I. o del Circuito de Facalativá
Emplaza á los interesa Jos en la sucesión de RAIl\fUNDO
AGUIRRE, abierto por auto de fecha diez del presente mes y
año, y en la cual se ordenó la práctica de inventarios y aya·
lu')s de bienes, para que se presenten á hacer valer sus derechos.
Se fija el presente en un lugar público de la Secretarb hoy
diez y nueve de Noviembre de mil nQwcientos nueve por treinta
días.
El Juez, PEDRO ALEJO RI)DRiGUEZ -El Secretario, DQmingo
E. Garcia
Es copia -Facatativ
Citación recomendada (normas APA)
"Facatativá: gaceta departamental - N. 66", -:-, 1909. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684456/), el día 2025-05-17.
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