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l ..... ..
GACET¡\... DEL DEPARTAMENTO
AÑO 1 República de Colombia-Facatativá, 22 de Octubre de 1909 NUMERO 60
~~=====r========================~====================~====~
OONTENIDO
Pá:!ina
GOBTEH'O NACIO. 'AL
N ota número lO88 de 1909, del ;\1 inislerio de Gobierno, sohre
a Hcbación de nombramientos tle Personeros ~lunicipales. 473
GOBERNACI()~
Gobierno y JU,fticia
Dec reto número 100 dc 1909, por el cual se señala la imputación
d e un gasto ---- ---- .--- __ .----. ------ -- ••• ---- --- •• - 473
Decreto" números 103, JOS Y 106 de 1909. ohre nombramientos 473
Decre to número 107 de 1909, por el cual se di. trihuye la suma
<.le, tinada para gasto" clcccion~ri()s. - - -. - - - - -. - - -. -. '- -. 474
Dccr to númcro lOS de J909, por el cual ~e aumenta un sueldo 474
Decretos númcms 109 y 110 dc 1909, por los cuales se hacen
unOs nomhramientos. __ •• - •• .. ... - -- •. --.- __ o. __ o. '-" 474
Decrc.:to númcro I IJ de 1909, por el cual se hace un traslado en
el Prc·upue.to de Pentas y (;astos. ___ .-- • ••. - ••••• --- . 474
Decr lo IItllllCrO II::t de 190q, por el cual se <;eñalan unas sumas
l :1r atellderú UIIOS crélitos .• __ • • . --.- .••• - ..... ... .. . .. 475
esoluciún IllÍmero 9 de 1909--- •.• -- • ••••• -. """ ••• ••• -. 475
Jla¡-ü}/Ifa
c)a ión de ('aja de la Tesorería 1 cp;¡rtamental .. - .•.. - ••. . -. 475
Autos de renecim icnto dictlclo á la cuenta de Regi_tro (lel
íreul,) de (,uatiuas, corre I ondlenlcs i los lile. "de l\gosto
) .' 'ptit mbrc ti 1909, de ~ue ''¡ rCllpolls:lhlc Jos A, ({¡¡ga 47ó
f~n( lamll!nt(J .:jcclltivo d> b 'le' rerla .Municipnl ele l~oJat;·... 4;6
Decr to ll(IIncro l~' c uccJ¡tran en interini-
( Hcl tlJdo ' lC's CI1I pIcado ele la l' enta de Lic re y (),.>giiello 476
ecreto' númcro 2. 3, 4, 5 y (; de 1909, pór los cuales se hacen
unos nombramiento en el Ramo de la Rcnt.l de Licores y
Dt:giíello. -- ••.. •••• . -••••. --·.-··--·············477 Y 478
Tribu1lal de CUt.ntas
Copia de 105 autos dictados en OClubre oe 1909 .•••.• •••• 478 á 480
Avisos l!!iciales
Edictos ..•••• _ ... . __ . _ ... _ ..•.. __ .~ __ ••.. ..•••. ...• ..•••• 480
GOBIEH.NO NACIONAL
República de Colombia.-Ministerio de Gobierno.-Sección 4.Numero
J ,088. -Bogotá, 7 de Octubre de 1909.
S!iior Gob~rltador del Departcll/lento-FacatatÍt'tÍ .
Por Decretos ejecutivos números 292 y 294, de
esta fecha, fueron aprobados los nombramientos que
hizo U~ía en Decretos números 73 y 78 de 1909,
para Personeros Municipales de dos Distritos.
Dios guarde á Usía,
ALE] ANDRO BOTERO U.
----_._-a_.O-_ BERN ACIO N .._ --_ .. __ ..... __ ._ ...- ......•...... -.................. _.. ................ _.. _ ----
GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO NUMERO 100 DE 1909
(8 DE oCrUBRE)
por el cual se señaJa la imputación de un gasto.
El Goberllador dtl Deparfalllttlto
-en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. La suma de tres pesos ochenta y
·cinco centavos oro, excedente del contrato de útiles de
escritorio para la Gobernación, se imputará al Departamento
de Gobierno, Capítulo IX, Artículo 22 del
Presupuesto departamental en vigencia, por haberse
agotado la partida allí votada.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Facatativá á 8 de Octubre de 1909.
RAFAEL CAR V AJ AL-El Secretario General, JULIO
J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 103 DE 1909
(9 De OCTUllRE)
por el cual se nombra Alcalde de La Paz
El Goberlladelr dd D,partammto
en uso de sus :ltribu iones legales,
DECRETA
Artículo único. 1 T ómbrase al señor b.nrique Borda
Alcalde principal del MUI1icipio de La Paz, para
el resto del período en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 9 de Octubre de 1909·
P AFAEL CA {V AJ A L-El Secretario General, .rV1;
J. AH(;UELlO.
DECRETO NUMERO 105 DE 1909
(J 3 DE OCTUBRE)
por el cual se declaran insubsistentes unos nOITIDramientos y se
hacen otros.
El Gobernarlor del Departamcnto
en uso de sus .atribuciones legales,
DECRETA
Artículo Utllco. Decláranse insubsistentes lo $
nombramientos hechos en los señores Francisco Padilla,
Wenceslao Meciina Cuéllar, Pedro M. Caro, Antoni0
M. Gómez, Joaquín Vanegas, Melquiccdec Gonzálet:
y Alfredo Nieto, para Agentes de 2~ clase de
la Policía del Departamento, y nómbrase en su Jugar
á los señores Luis Felipe Galán, Abraham Blak-bodnem,
Remigio Ortega, Vicente Faría~. Uldarico San ..
tos, Moisés Zamora y Protacio Bello.
Comuníquese y publíquese.
Dadv en Facatativá á 13 de Octubre de 1909,
R A F A EL CAR V A J A L-El Secretario General, J ULJO
J. ARGÜELLO.
DECRETO NUMERO 106 DE l f09
(15 DE OCTUBRE)
por el cual e hace un nombramiento.
El Gobernador dd Dtjarfamtll!v,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único. Declárase insubsistente el nombramiento
de Habilitado de la Gobernaci6n, hecho en el ei.or Fran-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
474 . FACA TATIVA-GACETA DEL DEPARTA~rENTO
cisco A. Barrera, y nóm brase en su lugar al señor J oé T.
Riaño.
Comuníquese y publíquese.
Dado en F acatativá á 1 S de Octubre de 1~09.
RA FA EL CAR V A J AL-El Secretario General, J ULro
J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 107 DE 1909
([6 DE OCTUBRE)
por el cual se distribuye entre los Municipios del Departamento
la suma destinada para gastos eleccionarios.
El Goberuador del Departamellto
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERA 'DO
Que las elecciones para Consejeros Municipales tendrán
lugar el 14- de N o\'iem bre entrante; y
Que los gastos de e. critorio ele los] urados Electorales
y de votación, son de cargo del Departamento,
DECRETA
Artículo 1.0 Aprópiase en el Presupuesto Departamental
de Gastos para el segundo semestre dd corriente afio la
suma de $ 95 para gastos electorales, imputables al Capítulo
IX, Artículu 22 allf, que se distribuirán así:
Para el Municipio de Facatati\'él ............. $ 8
Para cada uno de los Municipios ele Guaduas
a Palma y V illeta, á $ 4 ........................ '
Para cada UIlO de los Municipios de Albán, Ano-
1aima, Boj lcá, Beltrán, Bitullna, 'aparrapí, Chagua-l1Í,
La Vega, La Paz, La Pefia, 1 ' imaima, ocaima,
Quebradancgra, Quipile, "asaima, ~an Franci~ co, Sí-quima,
ubués de perfeccionado el
sumario, dic~ó sentencia condenatoria, con fecha nueve
de Agosto último. E ta providencia, no habiendo
sido apélada, ha venido el:} consulta á este Despacho.
Sustanciada la instancia en forma legal, y no observándose
en el proceso informalidad alguna que lo
anule, es el caso de re vi ar el fallo consultado.
El cuerpo del delito está suficientemente comprobado
con las declaraciones de Santos Ludina,
Eustacio Osorio y Nepopluceno Casas, testigos que
declararon haber conocido los dos animales hurtados,
como de pr0piedad de Servando Rico y que dichos
animales desaparecieron de su casa de habitación en
la noche del día ocho je Febrero.
Constituyen la plena prueba de la criminalidad
de Neira su confesión libre y expontánea, y el testimonio
de Cesáreo Pulido, individuo á quien ofret:i6
en venta los animales hurtados.
El avalúo dado por ]05 peritos Cesáreo Pulido y
Honorio Torres á los animales hurtados, ó sea la suma
de mil pesos papel moneda ($ 1,000) hace apli.
cable al delito la sanción impuesta por el artículo 793
del Código Penal, y como concurren circunstancias
agravantes y atenuantes, la calificación debe hacerse
en segundo grado, artículo I33 del Código Penal. Según
esto} la sentencia consultada se ajusta á la Ley, en
cuanto á la pena corporal que impone; pero merece
reforma, si se atiel1de á que no impuso todas las penas
accesorias que determina la Ley por el delito de
hurto y á que no se establece el derecho para la recIamacién
de daños y perjuicios.
Por lo expuesto, la Gobernación, administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad
de la Ley, confirma la sentencia consultada, é impone
al reo, además de las que se mencionan en ella, á las
penas accesorias siguientes: .pérdida de todo empleo
público y de toda pensión, privación perpétua oe los
derechos políticos, pago de los gastos procesales é
indemnizar á Servando Rico los dafíos y perjuicios
que hubiere cau~ado el delito, apreciados en juicio
civil ordinario.
Cópiese, notifíql1ese, publíquese y devuélvase.
RAFAEL CA.RVAJAL-El Secretario General,
JULIO J. ARGUELLO.
::
IIACIENDA
RELACION DE CA] A
DL LA TESORERí \ DEPAR,),A~IE. TAL DEL 1.0 J.L 21 DE OCTUBRE
DE 1909 " .
existencia en 1.° del mes ••••. $
II\GRE o .
Por Depó::üws c' e Rentas de Li-cores
y Ikg·iello ... -.. . ........ .
Depó itos por Peajes.. . . . . . .. .•
Cuota Municipales .......... .
Créditos activos de Vigencias es-piradas
....... _ ........ - .. . .. - ..
EGRESOS.
Capítulo I.°-Gobernación .•.•
Capítulo 2.o-Prefecturas ...... .
Capítulo 3.o-AJcalclías ....... .
Capítulo -4-.o-Cárceles ....... .
Capítulo S.o-Oficina Médico-l
.. egal... . . . . . . .. . .............. .
Capítulo 6.o-Imprenta ....... .
Capítulo 7.o-Beneficencia .... .
Artículo 8.o-Gastos varios .. .
Capítulo 9.o-Gastos Imprevis-tos.
. . . . . . . . . . . .......... ' .... .
Capítulo lo-Tesorería Depar-tamental
........... - .... • •.•••.
Capítulo li-Administración de
Rentas _ .... - ...... -.... -..
Capítulo 12-Tribunal de Cuen-tas
... - ......... . ....... . ...•...
Cápítulo 13-Estadística .... -.
Capítulo 1-4--0ficina de Catastro
Capitulo 1 S-Auxilio á los Mu-nicipios
......................... .
Capítulo 16 - Superintendencia
de Instrucción Pública ..... . ...... .
Capítulo 16-Subvenciones ... .
Capítulo 2o-Artículo 34 ..... .
Créditos pasivos de Vigencias
espiradas ........ - . . . . . •• . .••.•
Rem;~as para Caminos .•••••..
Deposltos ................••••
umas _ ....••••.. $
altio en la fecha . .... , ..•••...
Su mas iguales •••••• $
2,331 12
6,J 76 90
623 82
1-4--4- 10
933 3:%
127 31
06 ...
170 69
73 So
115
15°
J-4-
975 20
157 33
9° ..
127 SO
120
10
79'" 60
110
182
t
ror el Tesorero, el Contador, RAP'AEL GONZÁLEZ L,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL Dl':PARTA:'IENTO
AUTO
dtjtJltc1mimto dictado á la CltC1l1a dc Registro del Círotlo dt:
GlIaduas, correspondiente al mes de Agosto de 19°9.
Responsable: JosÉ A. RAGA.
ontaduría de la Tesorería del Departamento. -Número 13.Facatativá,
Octubre 14 de J909.
Habiendo reparado el responsable las observaciones
1lechas en A uto número 10, las cuales consistían en la remisión
de documentos que han sido recibidos con oficio número
84, oe ftcba 30 de Septiembre, se dispone fenecer la
uenta en referencia sin alcance ni multa á cargo del respon,
al)le señor Raga, y con el siguiente movimiento de Caja:
ingresos
Según comprobantes numerados de 189
á ::?1 l •••••••••••••••••••••••• '.' ••• $ 14 86
Egresos
Los honorarios del Recaudador al S
por 100 soLre dicha cantidad. . . .. . .... .
Balance ........................... .
o 74
14 12
Sumas iguales .... $ J 4 86 14 86
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Contador, RA FAEL GO~Z,\LF:Z L.
AUTO
EÜ jmcállliclIIo di(/t7r!O tÍ II flttllla de Rcgi.l'tro dtl Círo{t'(, de
Gllllduas, ('orn:s/olltliCIIIt' al )fIt'S tI~ .'Vplimlbre de 1909, tle 'lile
es ICsj(JIISaNr ti sl'Iio)' Jos! A. Raga.
COl1t;- dlllía de la Te orclIrtldencio .................................... .
Caste) lanas] o<;efa ................................... .
Lh~\:arro J?S~ ......................... , ............... .
Gélltan J e~u ........................................... ..
Górnez Ce:edonio ................................... ..
Gonzá1ez Carlos ...................................... .
Garzón Ifermógenes .............................. ..
Mariño Francisco .................................... .
Ospina l\rIanuel ......................................... .
Peña Dalnián ......................................... ..
Rubiano José H ..................................... ..
Sánchez Víctor ....................................... ..
uárez ]l1lián .......................................... ..
Vá quez Aurelio ..................................... .
Zalamea I~. G ................ , ................ ......... .
Zalanlt'a Mercedes .................................. .
Zalalllea I)arío ........... , ......................... ..
Bojacá, 15 de Octubre de 190Q.
" 12
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El Tesorero, FÉLIx COURRAU
DECRETO NUMERO 19 DE 1909
(19 DE AGO "rlJ)
por el cual se declaran en interinidad todos los empleados de
las Rentas de Licores y Degüello.
El Gobernador dd Dr:jJnrtaf!U'I//o
en uso de sus facultades legales,
DECRETA
Artí, ulo único. Decláran~e en interinidad torlos
los empleados rle las Rentas de Licor~s y ~eg~e~lo
en el De' >artamentu que actualmente estan en e]f!rCICl n• I ,
Comuníquese y publJqutse.
l>arlo en Fa~atativá á 19 de Agosto de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ra',
]l'UO J. AH<":UELLO.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEPARTA~IENTO 477
DECRETO NUMERO 2 DE 1909
(l. O DE EPTIEMBRE)
por el cual se nombran Colectores Municipales de las Rentas
dI! Licores y Degüello en el Departamento.
El Gobernador de! Departamento
en uso de sus atribuciones legales,
DeCRETA
Artículo úllico. Nómbranse Colectores de las
Rentas de Licores y Degüello á los señores SIguientes:
Facatativá........ doctor Luis Felipe Latorre U.
Anolaima......... señor Leopoldo Jiménez.
Zipacón............ "Alberto Amaya.
QU .l pl'I e ............. " Pastor Guzmán.
Su bachoq'Je..... "Isaías GÓmez.
Sr patá ............. ti A belón Sánchez.
San Francisco " Salvador .Moreno.
Sa J a R oberto l\10reno .. e n un......... "
Chaguaní......... "Santirtgo Sánchez.
La Paz............. "Ramón A. Millán.
Vialll. ......... ..... Angel María Bonilla.
Puerto Bogotá ,. Antonio Samper Carvajal.
Cambao........... " Escipión·l\losqucra.
La Palma........ "Eliécer Moreno.
C ..,, pea rr"n pl, ....... l'i'rancisco Giraldo G.
La l\:ña......... JI Jo é Tt'inidad \lah{;cha.
Tocaima......... "Alberto Lamus.
Nimaim;l......... "Emiliano Rrtmírez.
Ver rqr;l........... "Daniel León.
QlI c bradanegr Aristidcs ~ l or too
·;)~ ai m él ........... " Jorge Hernúlldcz.
Síguima........... "Zab111ón }Jcrnal.
Gufidllas.......... ,. Alejandro Rubio.
Comuníquese y pllblíquese.
Dado en Facatativá á 10 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secret..uio General,
JULIO J. ARGUELLO.
DBJCRETO NCMl~:RO 3 DE 1909
(3 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se dicta una providencia.
El Gobernador de! Departamento
en uso de sus facultades legales,
DECRETA
Artículo único. Mientras los Visitadores de los
Circulos de Facatativá y La Palma nu estén en corerías,
prestarán sus servicios como Ayudantes en la
Administracion General.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Facatativá á 3 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARVAJ AL-el Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NUMERO 4 DE (909
(9 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hacen unos nombramientos.
El GobtYlIat!or del Dtparfalllenlo
en uso de sus facultades legales
DECRETA
Artículo único. Nómbranse Colectores en propicrlad
de las Rc:ntas de Licores y Degüello para los
Municipios que se expresan á los señores siguientes:
La Vegél, señor Roberto Mejía V.
Villeta, señor Juan C. Díaz ..
Comuníquese y publíquese.
Dauo en Facatativá á 9 de Septiembre de 1909.
RAFAEL CARVAJAL-El Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO UMERO S DE 1906
(27 DE SEPTIEMBRE)
por el cual se hacen varios nombramientos
El Gobernador del Dt'partamel/lo
en uso de sus facultades legales
DECRETA
Para la vigilancia y celo de las Rentas de Lic.ores
y Degüello, habrá en el Departamento un Resguardo
compuesco del personal que se expresa y distribuido
en la forma siguiente:
RESGUARDO Al\tBULANTE
Facatatt''l'á
Un Jefe con treinta pesos oro mensuales, señor
Cándido Navarro N. .
CUARD
Abelardo Corté~, Buenaventura Burgos, Nefta1í
Forero, Arturo Duqul! y Domingo García, cada uno
de éstos á quince pesos oro mensuales.
Anoiaima
Zabulón Reyes y Pedro forres á doce pesos oro
mensuales.
Sasaima
Neftalí García y Guillermo Tavera á noee pesos
oro men~ualc~.
Vil/da
Guillermo COfltreras, Lino iVIonroy y Luis Felipe
Castillo á catorce pesos oro mensuales cada uno.
. Albáll
Gl1illermo Contreras, co;'} doce pesos oro men·
snales.
La Vtg-a
Francisco Camero y Rafael Granados Díaz á
catorce pesos oro mensuales.
Su.bacltOqlle
Peregrino Poveda á doce pesos oro mensuales.
Quipile
Godofredo Castaño y Abraham Vela á catorce
pesos oro mensuales.
Supatá J' San Fra1tcisco
Pedro J. Niño, con catorce pesos oro mensuales.
Guaduas
Faustino Ospina, Gerónimo Osma y Elías Sánchez
á catorce pesos oro mensuale~.
San Juan
David Martínez y José Jesús Henao éÍ catorce
pesos oro mensuales cada uno.
Blltrá1Z
Tirso Plazas, con catorce pesos oro mensuales.
Bitut'ma
Demetrio Enciso, con diez pesos 01'0 mensuales.
Vianí
Isaías Ramírez, con doce pe50S oro mensuales.
Puerto Bogotá
Federico Raga, con quince pesos oro mensuales.
Ca m bao
Manuel Páez, con quince pesos oro mensuales.
Chaguallí y La Paz
Gerónimo Osma, con catorce pe!os oro m€nsuales.
La Pa/miz y Yacopí
Manuel Borrero y Ernesto Tobar, con catorce
pesos oro me-nsuales.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FAC ATATIVA-GACETA DEL DEPARTAMENTO
La Pota
Máximo Díaz, cOlí catorce pesos oro mensuales.
Ctú:a y QlIcbradalltg,.a
Cesáreo Peña, con catorce pe os oro mensuales.
CaparrrrjJí
Alejandro Giraldo, con diez pc<:;os oro mensuales.
j \Toca ima
Juan Cruz, con catorce prsns oro mensuales.
JVlIlLailllt7 JI Vergara
Abel Martínez, con ca torce pesos oro mensuales.
Dado t.n Fácatativá á 27 de Se~tiembre de 1909.
RAFAEL CAhVAJAL-EI Secretario Gene-ral,
JULIO J. ARGUELLO.
DECRETO NU:\IERO 6 DE 1909
(25 DE SEl'l'IF.:\IHRF.) .
por el ellal se hacen unos no 111 bramientos
El Gobt'Fl/ trt!or del D,,/,arllllllcII/O
en uso de sus farultac1es legales
l>ECRF. fA
Artículo tínico. l Tómbranse C )le tares en propiedad
de las Rentas de Licores y D ~ güell(), para los
Municipios que en seguida se expresan, á los señores
siguientes:
Bojacá, Féli)( Courrau.
Albá.l . ...... .
Beltrán, Pedro Bernal .
Yacopí, Cipria no Gl1tiérrez.
Utica, :\Iartín Anzola.
Comu níquese y publíqu(se.
Dctdo en Facatativá á 25 de : ~ pti e lllbre de r90 9.
RAFAI:L CARVA} L-EI S ~ cretLrio Gene.
ral, JULIO J. i\l'cüELLO.
TRIBU L DE CUENTA i
--~-~ - ---
DE LO. AUTOS DICTADOS E~ OCTUBI'E DE 1909.
República de Colombia- Departamento de Faeatativá-Tribunal
de Cuentas Sección 1~ - -Núl11er0 93 - ac;¡tativá,
Septiemhre 29 de I909.
A UTO E GLOS,\ S
CU~llta df7 la Tcsol'eria Gcneral del Departamento, relaflva
al mes de Agosto de 1909, á caigo del señor Greg
orio Rojas.
I-A sie1lto I2ltmero 16- Caja á Depósitos
o) Por Renta de Licores y Degüello, remesado
por el kecaudador de Anolaima, se carga
$ 109-46 CUándo los recibos números 'z9, 30 y 3 1,
suman $ 220-46, se dejaron de: cargar $ 30.
II-A siento mímero I4-CaJa á Créditos oct.'l'0S de Vi-geltcias
espi1-adas.
a) Es necesario que se acompañe copia del Balance
de la cuenta del Cajero-Contador, referente al
mes de Junio.
III-AsÍtI1to lllt'mero 34-Ca.lll á Depósitos
a) Respecto del Colector de Facatativá, falta la
firma del enterante por $ 143, talón número 46.
b) No existe el comprobante de lo remesado por
-el Recaudador de Villeta, ó sea de Id suma de
$ 329-02.
c) Falta el comprobante de lo remitido por el
Registrador de Anolaima y lo mismo respecco del de
Villeta.
VI-Imprenta á Depósitos
a) Se le da entrada á $ 30-44 Y luégo se d~ bita
por la suma de $ 28-23 , diferenc ia 2-2 1.
b) Por im~uesto de Registro SP. cargan $ II4-47,
Y los comprobantes no suman sino $ 1 14-13, esto
oebi (18 á que en la relación se carga mis del valor de
lo pagado (talones 72, 80 Y 130).
EGRESOS
V- Asiellto mime} o 44- Depósitos á Caja
a) De la de\'olllción del depósito hecho á Alfo nso
Arango, no hay comprobante.
VI-Sueldo de los emplendos (Secrt/laría General)
a) A la nómina de Jorge Esguera le falta el
recibo.
VII- Capüulo 2. O-Prefectura
a) Existe un error de S 100.
VIIi-Capítulo 4. o-Cárce/es
a) En la cuenta de cobro para alu mbrado ele las
Cárceles, le falta el recibí del interesado.
IX-Capítulo 8. o-Gastos Vclrios
a) En la cue1ta de cobro por útiles de escritorio
para la Tesorería faltan 0-02 en estampi llas.
..,Y-Capftll/o 9.o-Gastos Imprrfllstos (Asitllto mi mero
«)
a) En la cuenta de cobro de Ernesto Gómez por
valor del suministro de unas rne5tl , falta el recibí ~Jel
interesado.
b) La copra del contrato celebrado con Ricardo
\V. Salcedo, no trae constancia de la estampillas que
debe llevar el original.
..,Y I-.lsitlllo 53-Gastos ImjJre7Jútos
a) La cuenta de cobro pur va lor de los honora rios
del Registrador de Anolai ma, parece no está legali zada,
ni ordenada por el ú nico o rdenador que es el
Gobernador y en su defecto el Secreta rio Gene ra l.
..,YI1-Capítll/O 15-Asiento 1llt1ltcro 44
a) Falta á las cuentas de cobro por vj~ ticos, las
respectivas consta ncias de que el servicio se ha prestado,
lo cual lega liza el gasto.
X III-CnpítuJo 2o-Asielllo 50
a) La copia del documento otorgado por Abelardo
Rodríguez, está sin autenticar y no certificar
las estampillas del original.
b) Lo mismo se observa respecto á estampillas,
en los documentos otorgados por Rafael Díaz y U rbano
Londoño.
c) Falta el recibo en la cuenta de cobro de An.
tonio Cubillos y lo mismo en la de Aniceto Carrillo.
d) La cuenta de Santiag0 Robayo, por jornales,
viene sin la ordenación y en la lista de trabajadores
falta el Vúto Bueno del Director.
ej La copia del documento otorgado por Enrique
Amaya, no dice las estampillas que:: lleva el original.
f) La cuenta de cobro presentada por Enrique
A mdya por $ 72-10, no está de acuerdo con lo estipulado
en el contrato, aunque éste yerra en las operaciones
numéricas y en la suma que determina el
total. El contrato es por $ 71-20 y no por 72-10.
r) El documento firmado por Finel Mendida
que se acompaña en copia, éste no dice las estampi
Has que debe llevar e::l original.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DLPAl'T:\~lE 1'0 479
==
xrV--AsiC1lto 55
a) El documento firmado por Rafael Díaz, que
en original se acompaña, carece de la aprobación del
Gobernador.
XV-Asiento mtlllero 55-Pagos que aparecell 1/erificados
en la cuenta de ItI Junta de Obras Ptíblicas
a) Ninguna de estas cuentas está legelizada por
la circunstancia de carecer de la aprobación ú ordenación
del Gobernador, porque de 10 c0ntrario la Gobernación
no podría presentar su cuenta final de ordenación,
á más de ser aquella indispensable, según
las disposiciones concernientes.
b) La cuenta de cobro presentada por Leovigildo
Rodríguez no trae recibo.
XVI-Créditos Pasi'l/os de Vig"lcias b"Xpiradns
a) La nómina de Julio Camelo, del mes de J unio
no trae recibo, otro tanto sucede con la de Carmen
de Gutiérrez, cuya nómina se refiere al mes de
Mayo y no al de Junio, como dice el Libro.
b) Las cuentas de cobro por raciones de presos
y la nÓlllllla del Alcaide de Guanuas, no están legaliladas,
por no esta r ordenado el pago.
c) La cuenta de cobro presentada por Pablo G.
Barreto, por alumbrado para la Escuela de artesanos,
carece de recibí.
¿YVII-Casa de la Socitdad de San Vicenlt de Pmil
.a) La cuenta no viene autorizada por el Presidente
de la Sociedad y la caria <;lel documento de
al ri ndo no certifica las estampillas.
)áse al re~' p 1'. ab' el término de di(>z día. para
contestar, á partí r de la nctificación del A uta.
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El 1\ gistrado, A. IlERNÁNDEZ RODRfGUEZEl
Secretario, Luis F. García y P.
República de Colombia Departamento de Facatativá-Tribunal
de Cuentas--Sccción 1 ~-1 T úmero 97 -Facatativá, Septiunbre
30 de 1909.
Cltt'lltcl dr la Tesorería GrJura/ dd Departalllt'lllo, corrrspolldlmle
a/mrs dI' Julio de 19°9, á cargo del sflior Cregorio
Rojas.
Dictados en esta cuenta los Autos de ob~ervacionts números
S0, 53 Y 85, las respectivas coñtestaciones á ellos, satisfacen,
excepto en lo relativo á los puntos siguientes:
Al punto 1 ° (a y e), el .Magistrado no niega que las re.
mesas hayan venido por correo, pero sí causa rareza que un
Recaudador ó Colector, Ó cualquier persona que tenga ó
deba remitir fondos á la Tesorería Departamental, lo haga
sin enviar por el mismo correo, la carta de porte, que dijéramos
para el caso, una vez que extraviada la remesa, por
ejemplo, el remitente no tendría cómo comprobar su remisión,
ni el destinatario podría hacer un reclamo oportuno,
de todo lo cual se suscitarían varias é intrincadas dificultades.
Este es uno de los motivos por el cual el Tribunal con·
tinúa exigiendo tal requisito.
Al punto 2.° Si la 'fesOJerÍa se ha limitado simplemente
á dar entrada á una suma presentada por un emple~do
público, la Tesorería es acreedora á multa por no haber procedido
de acuerdo con lo pertinente á la comprobación de
Ingresos y sí la Tesorería estaba obligada á exigir comprobantes
para arreglar la cuenta general, y no lo hizo, es responsable
y se puede iniciar contra ella el juicio respectivo.
Sinembargo existen en la cuenta relaciones que dan á
comprender que el señor José \V. Vori, recaudó sumas por
derechos de pasaportes, sumas que carecen de comprobación.
El suscrito no puede conceptuar, como lo hace el señor
Tesorero, que las evoluciones políticas sancionen los
procedimientos ilegales, ya emanen del gobernado A ó del
gobernador B, y mucho menos, cuando lo que se maneja
es dinero. El hecho de que lo recaudado fuera por pasa-portes
por estar entonces en una situación anormal, no exime
al recaudador de pasaportes de presentar los comprobantes
que exige el Código Fiscal, para darle carácter legal
á lo recaudado y desvanecer cualquiera idea en contrario.
Al punto 9.° e ha creído que la Sociedad de an Vicente
de Paúl es una persona que tiene derechos sobre sus
bienes y tiene obligaciones qué cumplir en virtud de sus Es·
t~tutos. Esa persona está encarnada en el Presidente de la
Sociedad, y por tan to es u n fiscal que ejercita su derecho, el
cual no se le puede privar sin detrimento de la Sociedad;
además al exigir la firma del Presidente, se ha hecho en vir-
. tud de las atribuciones que al Magistrado le dan los artículos
379, ordinal 2 y 3 Y 387 (ordinal 7) del Código Fiscal
del Departamento.
En virtud de lo expuesto, se resuelve:
Fenécese provisionalmente la cuenta de la Tesorería
General del Departan'ento, á cargo del señor Gregario Rojas,
referente al mes de Julio de 1909, sin multa ni alcance,
reservándose el Tribunal el derecho de llamar al señor José
\\. Yori, á qlle rinda y compruebe su cuenta~: mediante el
juicio respectivo, }' mientas se fenece definitivamente la general
del año económico á que corrcc:ponde.
lJI(J1'illlimto tic Caja.
r 'GRESO
Regi:;tro .. _ ... . .............. .
·ln1prenta ........... _ ........ .
1 ngresos varios .............. .
Créditos actl vos de Yigencias espi-piradas
. ... ... .. ' ............... .
Depósitos . . . . . . ... . ........ _ .
EGRESO::'
Depósitos .. ................. .
Capítulo r.°-<30bernación ..... .
Capítulo .f.O-Cárceles ~ ..
Capítulo 6.0 -Imprenta ........ .
Capítl1i(' 7." - ·Bendicen ·la ..... .
Cap'tulo 8.0-C;astos \ arios .... .
Capítulo 9.° - Gastos imprevistos.
Capítulo lo-Tesorería Departa-mental
.......................... .
Capítulo 11- Adminü,tración de
Rentas ........ _ . •. _. '" .... .
Capítulo 12-Tribunal de Cuen-tas.....
....... .... .. .. . . .... .
Capítulo q-Escuela Normal.. ..
Capítulo 2o-Obras Pública .....
Créditos pavivos de Vigencias es·
piradas ......... , ....... '" ...... .
Remesas ..................... .
Suma . ....... .. .... $
Saldo ................ .
65 So
2 ( <43
153 10
2,625
5,<45° 53
86 93
8.f.f 99
168
282 73
150
.fI
.f 2 J.f.
279 99
229 98
1.f9 66
200
1,059 61
3,°31 10
.f.O
6,606 13
1,709 .f.3
Sumas iguales ........ $ 8,3 15 56 8,3 15 S6
Cópiese, notifíquese y publíquese.
El Magistrado, A. HERNÁ)l"DEZ RODRíGUEZ-El Secreario,
Luis F. Cal cía )' P.
República de Colombia.-Departamento de Facatativá. - Tr¡bunal
de Cuentas. -Seeción 1 ~ -Número 98.- Facatativá'
Octubre 4 de 1909·
AUT05 DE FENECIMIENTO
Cumla de la '.l'esoreria .il1mzicfjJal de CaparraPí, nlaliva
al tites de A1a)'o de 1909, á cargo de Pedro Al. Maht:rha.
Contestado el Auto de glosas número 62, las respuestas
á él desvanecen los cargos, pero es preciso
hacer notar lo siguiente: que las copias de los contratos
deben traer siempre la certificación del número de·
estampillas que lleva el original. El recibo de todo
pago y suministro es indispensable, y tratándose de
útiles de escritorio, el recibo de éstos es el comprobante
efectivo.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
FACATATIVA-GACETA DEL DEP.\RTAMENTO
El Magistrado resuelve:
Fenécese provisionalmente la cuenta ne la Tesorería
Municip«1 ele Caparrapí, refatnte al mes de
Mayo de J909 y á carao de P-::drc¡ M. Mahecha, sin
alcance ni multa.
j[o1,imie1l!o de Ca/a
SaIno anterior ....................... $ 241 66
Ingresos ........... .............. ......... 31 62
Egresos.. ........ .......................... 59 16
Saldo....................................... 214 12
Sumas iguales $ 273 28 273 28
C0piese, comullíqu ... 'se y publíque e.
El Magistrad , A. HERNÁNDEZ RODRfG EZEl
Secretario, ~uis F Carcía y P.
República de Colombia.-Dcpartamento de Facatativá.-Tribunal
de Cuentas. -Sección J a _ _ 1 'úmero 99. -Facatativá,
Octu bre 4 de 19°9.
Cutltla ti" "t TesOrtrícl Jlilllirija! tlf' Ctl/,-lrra/,í, rdatÍ7.'tl
'1/ mes tlt Jllllio ti" 19°9, á targs de Pedlo Al. Jlfahuhll.
Los desrar~os manifestados en respuesta á las
observaciones hechas en el A uto de fecha 3 1 de Agosto
del que curs~, son aceptables; pero para lo sucesivo
hay que recordar los requisitos allotados en el
mencionado Auto, á fin de quro la cuenta sea perfecta
y completa en tudas SIlS partes. También se hace prf"sente
al Tesorero que las <.:uentas deben rendirse mensualmente,
con el objeto ele evitar di ficultadcs.
Ei Magistraoo re. ue! Ve:
Fenéce e provi. ionéllmente la cuenta de la Teso .
reríÓll 1\T unicipal de Caparral.lí, referente al ll1e~ oe ] unio
de 1909. á c;¡rgo del Lñor Peoro M. Mahecha,
sin alcance ni cargo alguno.
J.fo'¡¡illti~llto de Ca/a _
Saldo anterior .................... ~ 214 12
1 ngresos ................................ 35 26
}<~gresos ............................... ..
Saldo .................................... .
45 52
203 86
Sumas iguales........ $ 249 38 249 38
Cópiese, comuníquese y publíquese.
El Magistrano, A. HERNÁNDEZ RODRíCUEZEl
Secretario, Luis F Carcía y P.
República de Colombia. -Departamento d~ Facatativá.-TribU'lal
de Cuentas.-Sección I---Número IOI.-Facatativá,
Octubre 5 de J909.
Cumta dt la Tesortrfa A1imiciptll ti" Bojacá, CO"'tJPOIt.
dimtt al lIltS de Agosto de 19°9, á caro-o de F¿lix Cou.rrau .
Llegada á esta mesa de examen la cuenta antes
dicha y no encontrando error numérico, y vista la
)a perfección con que ella es rendida, el Magistrado
resuelve:
Fenécese provisionalmente, sin alcance ni multa,
la cuenta de la Tesorería Municiqal oe Bojacá, referente
al mes de Agosto de 19°9, de la cual es respon~
able el señor Félix Courrau.
Movimitllto de CI'J~l
Satdo anterior ...................... $ 287 02
Ingresos.................................. 218 94
Egresos .................................. .
Saldo ...................................... .
Sumas iguales ........ $ 505 96 505 96
Cópiese, notifíque y publíquese.
El Magistrado, A. HERNÁNDEZ RODRíGUEZ;-El Secreario,
Luir F. Garda y P.
AVISOS OFICIALES
EDICTO
El J1UZ 2. o di! Circuito de Fac«tativá
El11plélza á quienes tengan dt'.:recho á intervenir en la mortuoria
de !\liguel Antonio Ortiz, ,le \·ianí, pata que se presenten
á hacerlo yaler,
El ventiséis del mes en curso se abrió el j\ficio y se ordenó
formélr el inventario.
Por treinta días yen lugar público se fija el presente.
Facatativá Abril veintisiete ele mil novecientos nueve.
El Juez, ANTO'Tl() M. SA~Tos-ZI Secretario, JeslÍs 01'jutla
O.
Es copia -Fac.atativá, Mayo 22 de 1909.
El Secretario, JestÍs 01:iutla O·
EMPLAZA TORIO
1~1 Juez dd Circuito de Guaduas
Emplaza al señor JOSÉ RUBIO, vecino ele Utica, par~ ~l~e
dentro de treinta días se presente á estar á derecho en el JUICiO
posesorio que contra él y otros han promovido los señore5 Tel-
1110 narragán y Primitiva Barr ~ gán.
Para los efectos legales, Sl.. fija rol presente en el lugar co·
rrespondiente de la Secretaría, hoy diez y siete de Septiembre
de mil novecientos nueve.
El Juez, CARLOS JosÉ GÓMEZ Felipe A. Cantillo Secretario
interino.
E5 copia- El Secretario, FeliPe A. Cantil/o. 3-3
El\TPLAZA TORIO
l:.l.luez I. o ¡11u'LÍcipal de Ano/aúna
HACE SARER
Que en el juicio ejecutivo seguido por Ignacio r\etra L.
contra Lis:\ndro Cast¡1ñeda, por pe. os, St! ha decreta.do el emoargo,
a\'aluo y depósito d un terreno de propIC'lad ,del !.6ior
Castañeda ubicado en este 1\1 unicipio y deslindado .1St: Por el
frente, co~ el camino que de esta población si gllc para La M(!sa.
por la vía de Las 1!t.rrcdes, Ó :lntiguo Guadual/ por el costado
Sur con terrt'nos de la sucesión dd scñor José C. Gonzálcz: y
por 'los o~ros do~ costado, con. terr{,!l?~ el: la s:ñora Concepci('1I1
C. de Rosillo y de la señonta (¡Ita Castancd:1, llamado El
Chiflón. - _
y par.a d,1r cumpli:ni.ento al artículo 2C,O c~e la Ley 105 de
1890, se fi/;:¡ el presente edIcto en un 11I~ar publ1co del Juzgado,
hoy veinte de Septiembre de mil noveCientos nueve.
El Juez, IGNACIO BALLÉN F .-Antollio Hernrí1td/,$ L.
Secretario.
Es copia-Anolaima, Septiembre veintiuno de mil n0Vecientos
nUl!\e.
A Irtolt;o Herltálldez L., Secretario.
EMPLAZATORIO
El Juez r. o del Circuito de Facatativá
Emplaza á 10.5 interesados en el j~i~i~ de su~es~ón de .O~dulio
Forero, vecino que fue del :\1unlclplo de Slqulma, abJer.~
por auto de diez y ocbo de Mayo último, en el cual se orden,?
la práctica de inventarios y avalúos, para que se presenten a
hacerlo valer.
Se fija el presente en lugar público del Despacho, por ~t
término de treinta días, en Facatativá á diez de Julio de lml
~ovecientos ocho.
El Juez, RAFAEL CARvAJAL-Jesús Hemálldez Silva, Secretario
interino.
Es copia-Facatativá Octubre catorce de mil novecientos
nueve.
3-2 Domingo E. Carda, Secretario.
EDICTO EMPLAZA TORIO
El Juez Municipal de La Vega
HACE SABER
Que por el presente cita, llama y emplaza á los señores
Nepomuceno Ayala y Concepción Ayala de Ayala, para que
dentro del término de treinta días, contados desde la fecha, se
presenten á ab50lver las posicion~i pedidas :n el juic!o ordin~rio
que contra el señor Ayala slgue el ¡enor Tablas Rodn-
~uez O. .
Para los efectos legales consir:uientei, se fiJa el presente en
un lugar público del Juzgado, hoy seis de Octubre de mil no-vecientos
nueve á la5 tres p. m. '.
El Juez, LEOPOLDO TORRES F.-El Secretario, FrcwCls((1
Rodríguez L.
Es copia de su original-La Vega, Octubre 7 de '909.
3-2 Francisco RodrlgUI6 1-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Facatativá: gaceta departamental - N. 60", -:-, 1909. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684450/), el día 2025-10-16.
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