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NUMERO 12.
y{¿[~ un real. ¡ OARTAJENA, DOMINGO 2 DE OOTUBRE DE 1842. I
:;:::::::;¡:;:=~=e =a=dm=lt=en=e=la=s=s=u=se=r=ic=io=n=e=s =¡=s==e=v=e==n=d==el=l =lo=s=}=m==me=ro=s=s=u=e=uo=s=e=ll=]=a=t=e=so=r=cr
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i.=a =d~e=r=eJ=lta=s =pr=o=v= lu=c=¡a=le=. == :~::::::::~:.
La inserción de avisos &c. se ajustara con el impresor.
DECRETOS DE LA CÁMARA PROVINCIAL.
Cr ando una comision corográfica.
La Cámara, de la pnJvincia de Cartajena,
CONSIDERANDO:
1. o Que una de las causas principales del
atraso i d~cadencia de estos pnüms consiste en
la casi absoluta ignorancia de sus riquezas elementales.
2. o Que es por 10 mismo eminenteminte
útil i aun necesario, que el territorio sea espI
orado, reconocido i examinado, para que se
forme una descripcion que Jo dé a conocer
asi bnjo su' aspecto físico, como en sus relaciones
morales ¡- poI Hicas.
3. o Que estos i los demas bienes que se
propuso el Congreso de la República al crear
una comision jeográfica no han podido lograrse,
ni se lograrán quizas en mucho tiempo,
siendo entre tanto un deber de las corporaciones
provinciales procurar por su parte la realizacion
de tan benéfieas e cuanto dice
~lac ~cion territorial cuyos inter
ses les están encomendados.
apor tanto, il usando de la atribucion 13, artículo
124 de la lei orgánica de la administracion
provincial,
DECRETA.
Art. 1. o Se autoriza a la Gobernacion de la
provincia para contratar un injeniero Jeógrafo
que trabaje la Qescripcion i levante la carta
vincla
entre sí, i la de estos con los vecinos, promoviendo
la composicion de sus caminos i canales:
Que el canal de la Piña, en el segundo
canton de la provincia, es uno de los mas
interesantes a ella, tanto por su situacíon topográfica,
cuanto por ser indispensable a toda
clase de embarcaciones para el comercio interior
i esterior: Que este canal pOI' el estado
de obstruccion en que se encuentra, prdporciona
grandes gastos, i a veces pérdidas a los
negociantes de toda especie, i de la mayor parte
de la provincia, refluyendo por lo mismo
en perjuicio del comercio: i en fin, que siendo
indiferente por mas tiempo a la mejora del
canal espresado, llegará precisamente aquel en
que obstruido totalment~, sería preciso erogar
mayores gastos o mirar reducida a miseria la
m~yor parte. comerci'al de la provincia,
DECR_A.
Art. 1. o Se destinan hasta seis mil pesos de
los. fondos de caminos p vinciales para la repary.
cion i limpieza del canal de la Piña en el
canton de Barranq\l~\
Art. 2. o La suma espresada en el artícul6
anterior será abonada f por terceras partes, a saber:
una al ~rendep.el bajo: otra cuando
se haya vermcado la mitad, con las condiciones
que se espresnrán; i otra cuando se haya
concluido el trabajo, a entera satisfaccion
de la Gobernacion de la provincia, quien podrá
comisionar para su reconocimiento una persona
intelijente i de su confianza.
Art· 3. o La latitud del canal no ppdrá ser
menos de veinticuatro pies en el lugar mas
angosto, i su profundi,dad, en el lugar mas seco,
ftinco pies, que deberán medirse en las ho-ras
del reflujo. .
Art. 4. o El empresario o empresarios del
cunal de la Piña harán sus propuestas a la
Gobernacion de la provincia por conaudo del
concejo municipal de Barranquilla, quien las
dirijirá con su informe.
Art. 5. o El empresatio o empresarias 'lue
habiéndose constituido a la reparaeitin i limpieza
del caño, no diese al cdntratd su puntual
cumplimiento por falta vohintatia, a jnlci6 de
la Gobel'nacion, ademas de quedar obligado a
la devolucion inmediata. de las catitidades recibidas,
pagará una multa igual a. un cinco
por ciento mensual de interes, aplicable a 101
fondos provinciales. ,
Art. 6. o Ninguna cantidad podrá entregarse
al empresario sino slespues de haber prestado
fianza escrituraria con hipoteCa especial
i jeneral, i que ella haya sido califiéáda por
el concejo municipal de Barranquíll¿ i aprobada
por la Gobernacion.
Art. 7. o Los gastos que se hayan de erogar
para el reconocimiento del canal d. la Pi ...
ña se harán de cuenta. del empresario.
Art. 8. o Si no se hiciesen proposici~nes dentro
de seis meses para la limpieza del canal
de la Piña, la Gobernacion convocará empresar
o o dUO que
é- comunicacion al Magdaleria. con ,el puerto
de Sabanilla, disponiendo de ia cantidad fijada
en el artículo l. o
Art. 9. o Por el presinte decreto queDan derogados
el dé 9 de Octubre de 1837; i ei de
16 de Octubre de 1840.
Dado . eri Cartajena a 28 de Setiembre de
1842.-EI presidente de la Cámara, F'r"ncisct)
de Zubiria.-EI diputado secretario, Bartolomé
Calvo.
Gobernacion ,de .la provincia. Cartajena. a. 29
de Setiembre de l ,842.-Ejecútese ipubUquese.-
Antonio Rodriguez Toric61.-ll1 ie~feiarió,
Juan Antonio Calvo.
PETICION DI!: tA CÁMARA PROVINCIAL
sobre supresicm de la Universidad. d.,l Mag:.
dalena i aplicacion de sus rentas a la
éducaeivn industrial.
Honorahles Senadores i Repre~entQ,rit6 ••
Al arrojar una mirada sobre el inmen8Q. caro..:
po de las mejoras que la República está lla..:
mada a reeorrer, la primera que llama la aten..:
cion de la Oámara de esta provincia es la. re..:
forma total del sistema de enseñanza pública.
No concibe la Cámara que la nacion pueda
hacer adelanto alguno de consideracion, mientras
no se imprima a la edueacion de la jn.:
ventud un rumbo enteramente nuevo, que la:
encamine a las artes i a las empresas produc-o
tivas de la riqueza pública e individual.
Penetrado de esta verdad el Congreso de 1840,
puso los colejias nacionales bajo la direccitm. de
las Cámaras de provincia, con ámplia autori.:
zacion para hacer las variaciones que estima-'
sen convenientes en todo lo relativo 8. la en-o
señanza, dando la debida preferencia 8. aqtte'
110s ramos de una utiliciad mas jeneral i pbsitiTa
..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Semanario de Car.tAjena.
Pero los bienes que de tal disposicion se prop'usieron
los lejisladores, han sido i continuarán
siendo ilusorios, ' primeramente: por la insuficiencia
de las rentas correspondiente$' a los
colejios; i an segundo lugar: porque aua cuando
esos colejios se planteáran del mejor modo
posible, aunque se establecieran las enseñanzas
mas apetecibles, mas útiles, las erradas ideas dominantes
en materia de educacion harian siempre
preferir aquellos estudios que conducen al
doctorado, título sin el cual se cree jeneralmente
imposible adquirir reputacion e importancia.
De estas dos causas de atraso i de segura
ruina para la Nueva Granada, la segunda debe
llamar mui seriameRte la atencion de los
lejisladores, porque en tanto que ella subsista,
ninguna mejora positiva podrá introducirse en
este importante ramo. Abrid un colejio con las
rnejof(¡1s i mas útiles enseñanzas; i poned a su
laQo una Universidad, la peor Universidad de
la tierra: i vereis que los sólidos conocimientos
con que brinda · el prim~ro, pesan menos
c"n la balanza de la opinion comun que .10s
títulos i condecoraciones deslumbradoras que
promete la segunda. E's necesario, pues, descargar
u~ fuerte hachazo sobre el funesto árbOl
del error, atacar decididamente las preocupaciones,
cerrar en fin la senda que conduce
al mal. Si por fin, despues de tantos ensayos,
de tantos desaciertos, i de tantas desgracias, ha
llegado la época del desengaño, del Juicio i
de la reparacion; si las teorías deslumbradotas
i los cálculos utópicos deben hacer lugar
a los intereses positivos de la nacion; i si es
ciertO, como o, ti&be
' estar en armo n ía con las necesidades el
pueblo que la recibe, menester es que se organicen
nuestros estudios bajo una planta enteraJ1le~
te nueva: que se imprima a la educajon
una tendencia favorable al desarrollo de
la industria, única fuente de riqueza i primer
IÚlIlento de árden i de progreso social: en
ltna palabra: QUE SE CIERREN LAS UNIVERSIDADES
PARA PLANTEAR LOS COLEJIOS.
El número de los abogados i médlcos aumenta
prodijiosamente todos los afios, en tanto
que ]a~ clases productivas marchan con la misma
celeridad a su casi absoluta estincion. ArroJad
una mirada compasiva sobre la nueva jeucracion:
el hijo del artesano es abogado o
es médico; abogado o m~dico el hijo del come
ciante'; bogado o médico el hijo del agricultor.
i Qué porvenir debe prometerse un pueblo
de abogados i médicos? No: es necesario
poner un dique a e~a avenida que amenaza
tragarnos: es preciso, como se ha dicho antes,
cer 'ar el camino que conduce al mal.
na Universidad en la capital de la República
sería suficiente para proporcionar al Estado
abogados dignos de la judicatura. Eliminadas
las otras, sus rentas vendrian a tener
una inversion ñlas bp.nefioiosa, aplicadas a la
edilC'acioh industrial, i de este modo, no solo
1 ' segunda causa del mal quedada removida,
ill0 tamblen la primera.
Tales son las ideas de la Cámara con respecfo
al SIstema de educacion pública. Mas como
acaso no estarán ellas de aCl1erdo con el
querer i las opiniones de las otras provincias,
se limita 8. ped'iros, en favor de la que tiene
el honor de representar:
Que os digneis aplicar las rentas de la Uni .. "
versJdiid del Magdalena e Istmo a la creacíon
i sostenimiento de uno o mas colejios, montados
bajo la base del verdadero interes de los pueblos.
Cartaiena 2( de Setiembre de 1842.-EI vicepresidente
de la Cámara provincial, Fra1tcisco
de Zubiria.-El diputado secretario, Bartolomé
Calvo.
ERRATAENELARANOELDEADUANAS.
Oircular núm. 114.-República de la
Nueva Granada.-SecTetaría de Estado
en el despacho de hacienda.-Seccion 2a.
-Bogotá 9 de Setiernb'J'e de 1842,-Al
Sr. Gober'nfldor de [a pro'V'incia de Cartajena.
En la pájina 46 del arancel aprobado
en 10 de Julio de 18391 que se halla vijente,
se incurrió en un error tipográfico
respecto del ,aforo de la manteca de
oso, i de la de nu 2í vómica o matacán.
1 precio a que debe estarse es el de
9 céntimos la libra de la primera, i el
de 75 céntimos la libra de la segunda1
pues asi lo ha resuelto el gobi~rno en
vista de un infol'me de la contaduría jeneral
de hacienda fecha 25 de Agosto
último, número 76, i de los antecedentes
de la materia.
V. S. lo comunicará a quienes corresponda
para su cumplimiento.
Dios guarde a V. S.
Ignacio Gutierrez.
DECRETO DE LA GOBERN
con vocando estraordinariamen te
a ambleas elector les
Antonio Rodriguez Torices, Gobernador
de la PTovincia de Ca 'rtajena.
No habiéndose perfeccionado las elecciones
de tres Representantes principalés
i tres suplentes que debieron nombrarse
en 1841, a causa de no haberse
podido verificar la reunion estraordinaria
de la Cámara provincial, para que fué
convocada por decreto de la Gobernaciol1
de 10 de Junio últilno; resultando de
aquí, que en el Congreso próximo habrá
un Representante de rnenos de l s cinco
que corresponden a esta provincia, i
estando requerido por la Cámara de Representantes,
segun la comunicacion de
aquella secretaría de 20 de Junio citado)
para que se llenen las plazas vacantes,
de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 78 de la 1 i de eleccio~s,
D~RETO.
Art. 1, o Convoco estraordinariamente,
para el dia 4 d Octubre próximo, las
asambleas electora es de ~s cantones-oe
la provincia para que nombren un' e-presentante
s r. .... ~ .
Art, 2. o Para gu~ .~icha,,' teuniotl, se
verifique, los jefe~. políticos dictarán in~
mediatamente W~~dene conduce'ntes,
i cuidarán de que los rejistros se dirijan
por espresos a la Cámara provincial.
Dado en Cartajena a 20 de Setiembloe
de 1842.-Antonio Rodriguez Torices.-
El secretario, Juan Antonio Calvo.
INVI1'ACIONES PARA. CONTRATAS.
Necesitándose ciento cincuenta vestuarios para
los presidiarios i forzados de este distrito,
las personas que quieran celebrar la contrata
correspondiente, dirijirán sus proposiciones dentro
de quince dias, contados desde el tres del
corriente, a la Gobernacion de la provincia;
bien entendido que cada vestuario debe componerse
de pantalon i camisa de jénero ordinario
de dos colores, blanca i azul, i de sombrero
de paja; cuyas muestras se acompañarán
a las proposiciones para que la junta de
hacieada pueda realizar la CQntrata con el licitador
que ofrezca mas ventajas asi en el pre_
cio como en la calidad de los efectos.
Cartajena l. o de Octubre de 1842.
Por S. Sria. El secretario de la Gobernacion-
Calvo.
Los que quieran suministrar las raeiones
a los individuos sentenciados a trabajos
forzados en el establecimiento de
este distrito, dirijirán sus proposiciones
a la Goberl acion de la provincia dentro
de quince dias, contados de de el 3 del
corriente, en intelijencia que el contratista
debe sujetar. e a 1 s condiciónes iguientes,
conforme al artículo 42 del reglamento:-
la. Que los alimentos sean sanos i suficientemente
nutritivos:
2a. Que el contratista se comprometa
a perder los que resulten de mal cal· ad:
3a, Que se comprOlneta a pa r P
multa que será graduada por la junta a:
tiempo de celebrarse la c(intrata, por ca
da vez que retal-de el suministro de los
alimentos, cuando por este retardo no tomen
los reos sus comidas a las horas prevenidas
en dicho reglamento; i
4a. Que la contrata no¡pase de dos años.
Al contratista se abonarán hasta uno
racion diaria de cada
forzado, para el alumbr, j am el
jabon con que deben lavar su ropa, d -
hiendo ser los artículos de que ha de
componerse cada racion los siguientes;Una
i media libra (le carna, o tres de
pescado: seis plátanos: una libra de ñame
u otra raiz: seis onzas de arros o
menestra: media onza de lnanteca: una
libra de leñ~ para guisar, i un real de
especias para cada veinte' raciones: dos
onzas de jabon por semana a cada presidiario
para lavar su ropa; i para el alumbrado
del presidio una botella diaria de
manteca de coroso.
Cartajena 1. o de Octubre de 1842.
Por S. Sria. El secretado de la Go'bernacion
- Calvo.
Se invita a contrata para el I5UmmlStro
de raciones a los presidiarios del e:s~
tablecimiento de este distrito, i en consecuencia
las personas que deseen cele9'
brru:la1 dirijirán SU§l proposiciones al despacho
"de 'la Gobernacion dentro de los
. quince dia contados desde 1 3 del presente.
Al contratista se abonará hasta un
. real por la racion diaria de cada presidiario,
para el alumbrado i para el jabon
con que deben lavar su ropa; i serán
condiciones necesarias para la celebracion
de la contrata con arreglo al ar~
tículo 42 del decreto reglamentario:-
la. Que los alimentos sean Sanos . i
suficientemente nutritivos;
2a. Q,ue el contratista se comprometa
a perder los que resulten de mala
calidad:
3a. Que se comprometa a pagal' una
multa que sera graduada por la junta
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
de hacienda al tiempo de celebrarse la
contfRta por cada vez que retarde el
suministro de los alimentiÓs, cuandó por
este retardo no tomen los reos sus comida~
a las horas prevenidas en el reglamento;
i
4a. Que la contrata no pase de dos
años.
Los artículos de f}ue debe compo-erse
cada racion serán por lo menos
los siguientes:-U na libra de carne o
dos de pescado: cuatro plátanos: una
libra de ñame, u otra raiz: cuatro onzas
de arros o menestra: un tercio de
on~ de manteca: una libra de leña par
a guisar, i un real de . especias para
cada veinte raciones: dos onzas de jabon
por semana a cada presidiario }Jara
lavar su ropa; i para el alumbrado
del presidio, una botella diaria de
mantéta de coroso.
u~rta.Jena •. o de 'Octubre ?e 2.
Por ::;. Sria. El secretano de la
Go ernacion- CalviJ.
f
CIRUJANO PARA LA GOLETA DE GUER-RA
NACIONAL TESCUA. .
Los 'profesores de cirujía que quiera~
desempeñar este destino harán sus solicitudes
a la Gobernacion dentro de qUInce
dias. El sueldo asignado al cirujano
es de 32 pesos mensuales, i 30 pesos de
gratificacion cuando esté en campaña, i
racion de armaqa.
Cartajena, 1. o de Octubre de 1842.
Por S. Sria. El secretario- Calvo.
P~r resaludon ' de a- Gol.tJernacion
Sle ~'a provincia han sido nombradosEl
.Sr. José Maria Martinez de Aparicio,
preceptor de la escuela parro~
uial de Sincelejo.
El presbítero Sr. Juan Francisco Rejis
Ma~tinez Guerra, pre~eptor de la
de Barranca.
El Sr. Diego José Lafont, precep~
tor de la de Arjona.
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA
pública en el canton de Soleaad.
Con este 'título se ha establecido en
la vIlla de este nombre una sociedad,
cuyo objeto esclusivo es promover el
adelantamiento i prosperidad del canton,
mejorar la educacion fisica i moral
de sus habitantes i fomentar sus
artes, comercio i agricultura. La Gobernaeion,
a quien se ha pasado el reglamen,
to de la sociedad por conducto
de la Jefetura política, ha visto con complac'encia
este rasgo de espíritu públi ..
de los vecinos de Soledad.
ESCUELA VACANTE.
La de la parroquia de Sao Estanislao,
cuya dotacion mensual es de veinte
' pesos.
DIARIO DE LOS TRABAJOS DE
LA CAMAR'A PROVINCIAL EN 1842.
Sesion del dia 23 de Setiembre.
1. Se aprobó el acta de la anterior.
2. e vió en tercer debate el proyee ..
Semanal1io de Cartajena.
to de decreto sobre limpia del Caño Viejo;
i quedó suspenso indefinidamente por
mocíon del Sr. Calvo.
3. Fué aprobado en segundo debate el
proyecto de peticion para que se conserve
en administracion en esta provincia
el ramo de aguardientes.
4. Pasó a segundo debate el proyecto
de peticion sobre supresion de la Universidad
del Magdalena.
5. Fueron aprobadas las mociones de
que se pidan infonncs al personero i tesorero
provincial acerca del estado de los
litis sobre el derecho de harina, i de las
acreencias de las rentas provinciales.
6. Pasó a segundo debate el proyecto
de peticion para que se restablez?a. el
Prccio leO'al del tabaco en esta prOVInCia. ~ .
7. Se aprobó el concepto de la coml-sion
de peticiones en la que hizo Anto ...
nio Guerrero sobre el derecho de tortuga.
8. e 1 yó una presentacion del Sr.
Juan Antonio P'ñeres para que e recomienden
sus servicios al Congreso próximo;
i se mandó pasar en comision especial
a los Sres. Calvo i Macías. '
B. Calvo, diputado secretario.
del 24 de Setiembre.
. l..se aprobó el acta de la anterior.
2. Se leyó un proyecto de decreto, presentado
por la comision de rentas, sobre
la tarifa de derechos comunales de Barranquilla:
i se mandó poner al órden del
dia siguiente.
3. TambieJl se mandó poner al órden
del dia siguiente el informe de la comision
especial en la solicitud del Sr. Juan
AnWttia . res para que se .
den sus servICIO . .
4. Se le eron vttrios inÍórmes de la comision
de elecciones sobre la de los diputados
a la Cámara en el presente año
i sobre las escusas de los Sres. José Maria
Berástegui i José de Jesus Perez; los
cuales se lnandaron poner al órden del
dia siguicnte.
5. Se leyeron varios oficios de la Gobernacion,
i se mandaron archivar.
6. Se vió en segundo debate el proyecto
de decreta sobre conciertos; i despues
de varias modificaciones i adiciones
hechas a los artículos del 1, o al 14 por
los señores J arava i Calvo, se suspendió
el debate a mocion del señor Torres, para
que la comision presente reformado el
artículo 15 con arreglo a las observaciones
emitidas en la discusion.
7. Se vió en segundo debate el proyecto
de peticion sobre supresion de la
Universidad del Magdalena i aplicacion
de sus rentas a la educacion "industrial:
i votado nominalmente por peticion del
Sr. Calvo, resultó aprobado por el voto
de los señores Calvo, Diagq, Madas, Navarro,
Pereira, Perez Navarro i Zubiria,
habiendo estado negativos los señores
Gastelbondo, Jarava i Torres.
8. Fué tambien aprobado el proyecto
de peticion para que se restablezca ;-1 ~recio
legal del tabaco en esta prOVIncIa,
9. Se elijió un lniembro mas para la
comision de cuentas, recayendo la eleccion
en el señor Diago.
10. Se leyó una solicitud del señor Gastelbondo
para que se le permita retirarse
de las sesiones: i se mandó pasar a
la comision de peticiones. ...
11. Se elijió a los señores Zubula 1
Torres para presidente i vicepresidente
de la corporacion en 1 segundo periodo
reglamen tario.
B. Calvo, diputado secretario ..
Sesion del 25 de Setiembre.
1. Se aprobó el acta de la anter·
2. Se lnandó poner al órd~n i
siguiente un proyecto de decreto res -
tado por la comision de rentas, fijan o
el honorario de que deben gozar 1<;>8 empleados
de ,tabacos por la l'ecaudacion (lel
medio real aumentad.o en cada libra
beneficio de la obra del Dique.
3. Se dió el mismo curso a un proyecto
de decreto presentado por la comision
de policía, aneglando los abastos, ferias
&c. &c.
4. Pasó a segundo debate el proyecto
de p ticiOl1 para que se derogue el artículo
3. o de la última lei de aguardientes
5. Se resolvió negativam nte, de ac,Uerdo
con el conc pto de la comision especial,
la solicitu hecha por el señor
Juan Antonio Piñeres para que se recomendaran
sus servicios al Congre o. Estuvieron
por esta resolucion los señores
Calvo, Casas, Diago, Jarava, Macías, Navarro,
Pereh'a, Perez Navano, Torres i
Zubiriaj i en contra el señor Gastelbondo.
6. Se aprobó igualmente el informe de
la comision de eleGciones para que 'se archiven
los rejistro de las de diputados
a la Cámara.
7. Pasó a segundo debate el proyecto
de decreto sobre la tarifa comunal de
Barranq uilla.
8. ¿ Se tomó en consideraciou el informe
sobre la e cusa del diputado señor
José de Jesus Pete a "ida o el je ..
1 co Z ; i se acordó, amo ..
Clon del sellor Calvo, pedir a la Gobernacíon
los documentos exhibidos por el
señor Perez, para resolver en consecuencia,
por ser el negocio de la competencia
de la Cámara.
9. Se admitió la escusa del señor Berástegui,
de acuerdo con lo ' propuesto
por la comisiono
10. Se acordó, por mocion del señor
Cal VO, excitar a la Gobernacion. para que
se ponga en ejecucion a la mayor brevedad
el decreto sobre guardia nacional
local espedido en las sesiones' d~ 1840.
11. El señor Macías presentó un proyecto
de petícion para que se establez ..
ca un inspector de bogas en BarranquiHa;
i se mandó poner al órden del dia
siguiente.
12. El mismo curso se dió" a una mocion
del señor Ga¡;telbondo para que se
denuncie a la Gobernacion el abuso ,por
el cual se ejerce la medicina e.u algunos
cantones por individuos no autorizados,
con infraccion del artículo 101 de la lei
de policía.
B. Calvo, diputado secretário.
Sesion del 26 de Setiembre.
---------~~~-
Se aprobó el acta de la anterior.
2. Se mandó poner al órden del día
siguiente un proyecto de decreto sobre
ganados, presentado por la comision de
policía.
3. Se leyó un informe del person~~
provincial acerca del estado de los lIt!
sobre el derecho de harina: 1 se mandó
pasar a la comision de rentas. . .
4. Se aprobó el proyecto de petlclon
para que se suprima el derecho de ocho
reales ilnpuesto a cada cántara de aguardiente
ue se introduzca d otro canton.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
5. Pasó a segundo debate el proyecto
de decreto sobre ferias, abastos &c.
6. Pasó a segundo debate el proyecto
de decreto sobre honorario de los empleados
de tabacos.
7. Pasó tambien a segundo debate el
proyecto de peticion para que se establezca
un inspector de bogas en Barranquilla.
8. Se awrdó suspender hasta el 30 la
discusion sobre la mocion relativa al artícu10
101 de la lei de policía, a mocion
Qel leñor Zubiria.
B. Calvo, diputado secretario.
Sesi6n del 27 de Setiembre.
1. Se aprobó el acta de la anterior.
2. Se leyeron varios oficios de la Gobernacion,
entre ellos uno objetando el
proyecto sobre la limpia del caño de la
Piña, el cual se pasó al autor del proyecto.
3. Pasó a tercer debate el proyecto
.oe decreto sobre abastos, mercados &c.
con varias modificaciones i adieiones propuestas
por los Sres. Casas, Calvo i Ma-
cía.
4. Pasó a tercer debate el proyecto ·
(le decreto fijando el honorario de que
deben disfrutar los empleados de tabacos
por la recaudacion del medio real
aplicado a la obra del Dique, con una
modificacion hecha al artículo 1. o por
el Sr. Zubiria.
5. Fué aprobado el proyecto de peti.
cion sobre el establecimiento de un inspector
de bogas en Barranquilla.
6. Pasó a se undo debate el royecto
tIe decreto arreglan o la na e d
B. Cal1)O, diputado secretario.
Sesion del 28 de Setiembre.
1. Se aprobó el acta de la anterior.
2. Se mandó poner al órden del dia
.1!!iguiente un proyecto de decreto presentado
por el Sr. Macías, destinando 500
pesos para la construccion de un puente
en el camino de Sabanilla.
3. Se dió el mismo curso a un proyecto
de peticion presentado por el Sr. Calvo,
so¡'¡citando el establecimiento de factorías
de tabaco en esta provincia.
4. Se mandaron pasar a la comision
de rentas una representacion de la Sra.
Manuela Alandete de Castaño, i otra del
ljíndico del monasterio de Santa Clara.
5. Se aprobaron los artículos 7 i 9 del
proyecto de decreto sobre el canal de la
Piña reformados de acuerdo con las objeciones
de la Gobernacion,
6. Se '8probó en tercer debate el proyecto
de decreto sobre mercados, ferias
&c. con algunas modificaciones hechas
por los Sres. Macías, Calvo, Torres, Casas,
Zubiria i Gastelbondo, algunas de
'las cuales pasaron a un cuarto debate
por ser su nc_i_al_e-s.".,---___ ~
7. Pasó a tercer debate e proyecto de
decreto sobre ganados, con algunas val'iaciones
intr.oducidas por los Sres. Casas
i Calvo.
8. Fué aprobado en tercer debate el
proyecto de decreto sobre honorario a
los emplead~s de tabacos, con una modificacion
hecha al artículo 2. o por el
Sr. Calvo.
B. Calvo, diputado secretario.
Sesion del 29 de Setie11'tbr'e.
e aprobó el acta de la anterior,
Semanario. de Cartajena .
2. Se leyó el informe de la comlSlOn
pe elecciones en la escusa del diputado
Sr. José de Jesus Perez: i se mandó poner
al órden del dia siguiente.
3, Se leyó un oficio del tesorero provincial,
remitiendo la razon de los deudores
a las rentas, la cual se mandó pasar
a la comision de rentas,
4. Se aprobaron los artículos del proyecto
sobre mercados, ferias &c. que quedaron
para cuarto debate.
5. Fué aprobado en tercer debate el
proyecto de. decreto sobre ganados, con
lijeras modificaciones hechas por los Sres.
Casas, Calvo i Diago.
6. Pasó a segundo debate el proyecto
de peticion so re factorías de tabaco . .
7. Id. id. e proyecto de decreto sobre
un puente en el ·camino de Sabanila.
8. Pasó a tercer debate el proyecto de
decreto sobre la tarifa comunal de Barranquilla)
con algunas modificaciones hechas
por los res. Diago, Zubida i Calvo.
9. Se leyeron varios informes de la
comision de cuentas que se mandaron
poner al órden del día siguiente.
10. Se leyó una salicitud del Sr. Brieva
para que se le exima de la multa que
le ha sido impuesta por no haber concurrido
a algunas sesiones; la cual se
mandó pasar á la comision de peticiones.
]jo Calvo, diputado secretario.
Sesion del dia 30 de Setiemb'fe.
1. Se aprobó el acta de la anterior.
2. Se leyeron i se dió curso a varios
informes i proyectos.
3. Se aprobó en tercer debate el pro~_~~
d creto so e 1 . co unal
de arra uo. , con lij s modificaciones
propuest s r o. Sre. Macías i
Calvo.
4. Se aprobó en segundo debate el
proyecto ue peticion sobre factorías de
tabaco en esta provincia.
5. Fué negado en segundo debate el
proyecto de decreto sobre construccion
de un puente en el camino de Sabanilla.
6. Fué aprobada la primera parte de
la mocion presentada por el Sr. Gastelbondo
reclamando el cumplimiento del
artículo 101 de la lei de policía, i negada
la segunda en que se indicaba a
aplicacion de penas &c.
B. Calvo, diputado secretario.
Sesion del dia 1. o de Octubre.
1. Se aprobó el acta de la anterior.
2. Se dió CUl'~ a \"arios informes de
la comision de cuentas.
3. Se aprobaron en segundo debate las
resolucionés aprobatorias de las cuentas
de lnanumisioil del canton de BarranquiHa,
de los añ)s de 38 i 40: las mismas
del canton d~ Sabanalarga de los años
de 40 i 41: las de aguinaldos del año
de 40 i del primer semestre de 4l: las
de la Obrapía de los años de 39 i 40:
i las de dotes de niñas huérfanas del año
de 40 i del primer semestre de 41.
4. Pasó a segundo debate el proyecto
de decreto organizando la junta de
sanidad de la provincia.
5. Pasó a segundo debate el proyecto
de peticion wbre el noveno i medio decimal..
6. Pasó a 5egundo debate el proyecto
de peticion, presentado por el Sr. Zubiria,
para qu · ~e prorugue el término por
el cual deb cobrarse el medio real del
tabaco aplica(!o a la obra del Dique.
7. Pasó a segundo debate el proyecto
de resolucion sobre la solicitud de la Sra.
Manuela Alandete de Castaño.
8. Pasó tambien a segundo debate el
proyecto de resolucion sobre la reclamacion
del síndico de Santa Clara.
9. Se terminó en segundo debate el
proyecto de decreto sobre conciertos, i.
pasó a tercero.
10. Se mandó poner al órden del di
siguiente una lnocion de lo' Sres. DiagQ
i Pereira para que el Congreso declare
puerto franco el de Cartajena.
B. Calvo, diputado secretario.
PUERTO DE OARTAJBNA.
Entradas i salidas de buqtug
desde el 25 at30 de &tiemhre.
ENTRADAS.
Dia t1. De Sabanilll\, en dos dias, bergln i
americano Chaires, capitan Cbapman, COD Eruto.
del pais. Pasajeres: Sres. losé AtkillSOD i lartolo. '
Morteo.
SALIDAS.
25. Para Cha~res, goleta nacional ~e guerra
Calamar, su comandante el .apitan de fragata Frao.
iseo Sarnosa.
AVISOS.
PRIVILEJIO.
Antonio Rodriguez Torices, Gobernádiii' de
la provincia de Cartajena.
Hago ~. Sr. Simon de
se ha resentado ante mf 'ieCl do
recho esclusivo para publicar"i vender un o r
de su propiedad, cuyo título ha deyositado j
es como sigue: "Aritmética comercia en trein.
ta lecciones, dispuesta en forma de catecismo
i dedicadas a la juventud granadina:" i que
habiendo prestado el juramento requerido, 10
pongo por las presentes en posesion del privilejio
por quince años, los cuales podrán prorogarse
por otros quince j cuyo derecho le concede
la lei de 10 de Mayo de 1834 que alegura
por cierto tiempo la propiedad de las producciones
literarias i algunas otra~.
Dada en Cartajena a 16 de Agosto de 1842
-Antonio Rodriguez Torices.-(L. S.)-El
secretario, Jitan Antonio Calvo.
Bl que suscribe hace pres~nte a los Sre.
acreedores i deudores a la mortuoria del finado
Sr, A. Argumedo, que desde el 30 de Setiembre
próximo pasado ha renunciado el encargo
de segundo albacea que le fué conferido
por dicho Sr., entregando a ]a Sra. viuda
i prImera albacea Ana Leon de Argumedo, los
intereses, documentos &c. de la espresada testamentaría
que esta.ban a mi cargo, por lo cual
en lo sucesivo deberán entenderse COQ dicha
Sra.-Oartajena, Octubre 2 de 1842.
Manuel Pretelt.
DE VENTA.
Un bote de mar, forrado en coóre i perfe •
tamente aparejado, nombrado San Juan Bautista.!
de la pertenencia del finado Sr. Agustin
Argumedo: el que quiera comprarlo ocurra
a su viuda i albacea-
Ana Leon de Argumedo.
W ~@tDJ'm' AII
Mañana i el jueves 6 del corriente,
a las doce del dia, se administrará ,1
pus vacuno en la oficina de la jefeturtJ
política del canton de esta capital.
I1np. ~ lo~ her~de1'Q$ de Juan A. Oalwo-.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.", -:-, 1842. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684289/), el día 2025-12-17.
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