Númerti 93 ..
CARTAJENA, JUEVES 3 DE DICIEMBRE DE 1840.
2ste petiOdice se publica todos los junes. En la tesoreria de rentas provinciales se reciben las suscl'iciones al respecto de TRES PESOS por semestre, pttgacletQ"s
adelantados, y se venden los n úmer(l$ sueltos a UN REAL. Pt>r la iosercion de a'Yisos (, comunicados que no sean de intEn'es juneral se pagaran eu.tro ,ea~,.
hasta ocho t'en¡lones, y un. real mas por cada seis renglones de los qut' escedan df aquel número, y la mitad por c;:ada Tet que se repita, "siempre qU,fJ
PARTE OFICIAL.
DECRETOS.
.()rganiza"dlJ los eu~rpol de ItJ guardia
nacional.
JUA.N ANTONIQ GUTIERREZ DE PIÑfRES,
JEFa SUPERJOR DEL UT4DO y PRESIDU1'S DEL
CONSEJO G\JBER1U uva,
Considerando la necesidad d~ dar organi"
zacion I los cuerpos de guardia nacional
mandados crear por el art.i.ulo 4.° ck m· de ..
el' to de ayer , hacer .,1 lJombramieDlo de
Jos jtfes que deben m8lldarlo , conforme .1
6.° del cit,ado decreto. se reshehe.
SEGUl"DO DISTRITO.
Art. 1.0 El batallon d ~ iDf~nteria de est.e
di~trito constara de t\ei~ com •. an\a~. cad. ona
con un capIlan. un leoi .. , .te 1.0, otro 2.°, un
alferez J.u, otrn 2.°, un s¡.rJeoto 1.°, Udtro
2!', dos tambora5 ó (' rUdta, ocbo cabos
primeros y ocho segundns , Cle 1 .old .d s.
El sarjento prImero ~ U a"ho pr'm('ro () se
~undo d add I'om anía 8t'rim vderanos, y
se consldcruan como n 'en-ido ac{ivo.
Art. 2. l.a pla a ma l ( r constara de uo
eonaandan re d.. 1 , -j'J e dD C"l' l4tnJ "O'
te corone! I UI1 c pi{~n i. o; tldante mll,or en
('argado ti ~' d : ,a \ '! un a J udante aban~e r a '
do. El a ~ uJ~ f t -.; nt:.l\ or ' el abanderado !le
rilO o6cJaie3 del (j ' 'Cito ~ en ser'vicio acti,o.
ArL 3. K te , If ore coronel con g ado
de ¡'{ ron~l Ni· a" -VaH ., queda ombrada
com ud·, t , del bat.' '00 d i' i. f: nt ría guardia
D;tciona det ','gu Id distritu, que organlnra
00 llcu t rdo co el jl'fe mjllt.r de él. '
lERCER DISTR ITa.
:Art. 4. En e t (er di trito se 0rgani
«nra medio bat lon d ~ inf nte ia guardia
lucion 1, compuest de lm tro comp,.ñiu de
e'lta mllnera; dos en Sabanalarga, urJa ea
US13CUrl, , { t a en SalJt Tom. !!I, ca a com'pañl
con la fu i'Z d -, :ig .u ad~ en el articulo
primnro de este decreto, y de las caale,! el
sal'Je ulo prImero J un cabo prim r-o Ó sCg.JIlndo
80n veteranos, y se consideran como en
6enicio activo .
Art. 5. L. plana mayor constara. de un
~omalJ.danle de Ja .Iase d.., coronel Ca tenien·
te coronel, y un .yudante. El .yudante se·
ra (lficial del ejél cito , considerado como en
aervl(~io activo.
An 6. El t >. niente coronel coo grado de
coroIJel Ormir'go Pelaez qne se nombra co ,
m"'ldantt' mI lta de liste dist rito, lo era tam ,
bie A el med o "~ batallon de guardia nacional.
Art. 7. Ademas be cr~1 en este distrito
un. cnmpania suelta de t;ab /t.ll~ria con ochell.
t hombres en el Campo de la erur., l' cuya
fuerza C()Jl t rá de uu e.pitao, UD tt'niti t '"
prim .. ro,' oiro segulldo. un alfe el. pI' .m rlJ,
e>tre .scgundo, UD sarjento primeru, l 'Ucttro
segundos, dos cl.rlOta, Cil,ttr\ , c .. bo,. prinlt"ros,
cuatro ae;undos, y sestvta , cinco ~oldados.
CUARTO DISTRITO .
Arl. 8. Se formara en ". te distrito un ba·
\aUon de infantería coa la misma fuerza .r·
7iba espresada, J su plana ma yOl c~ nstara de
110 coronel ó teniente corunel comandanttl,
;UD '1udlnt~ Dla,or ene~rGado del detall, y
se adviérta al tiempo Ke la entre¡.1.
un abanderado ayuda te. l.a5 clase! d ~., sar·
jenio 1.0 y un cabo 1.0 Ó 2.° de que habla
el artfculo 1.0 de este decreto seraD tambien
veteranas en este batallon y se coosideraran
como en servicio activo.
Art. 9. El coronel efectivo Ltlren'to Itcr
Dlndez, comandante militar del 4,0 distr to,
queda nombrado jefe del bCltallon ioftnterl~
gu,rdia nacionll, que se d'enominara Batallon
iufaotería ;uardia nacional del 4.- distt'ito.
Art. 10. Se crea i,ualmente (ln escuadran
de caballería compuesto de dos compañías,
--con a fuerza aada una de un capitan, un
teniente l.0, 01r0 2.·, UD alferez 1.0, otro 2.°,
UD sarj0Dte prime." cuatro segundu,' , dos
clariaes, cuatro cebos primero, cuatro se
gundos, y senot. y CIDCO sold'ados.
Art. 1 t. La plana m,yor se compondra
de un c\Jmandante de la clase de corollel Ó
teni ~ nte coronel, un ('apltan mayor, r un a
,u d a n~ e l"egundo p rta -estandarte, El capilan
ma yor J el porta estandarte se conside.
r.n como en ~ervicio actlvo, y son oficiales
del ej ':r' llo.
Art 12. El coronel ef,~ ctivo Pt'dro Guillin
que 'a nombra.]o com ndaut.e gel e~cuadrt)n
del l.O dl tr lto .
DISPOSICIOl"ES JENERALES.
.rt. 8. L .la. d. t. mbores, corfletas
., clarine~ en t (Jdos los cucrpo~ de la gU'lrdia
nacit.'nal se considertn COlDtt veterana~ y pa.
gao.s por el tesoro público.
Art. 14. Por decreto separado !le detalla ra el uniforme pua estos cuerpos.
Art. 15. El g( berDador polític{) del E.; ta '
do queda encargado de la ('j ,:cucion de est
decreto en todo lo que tlende al alislamiento
de los cuerpos que se seoa!an, y el co
mandante jeneral de las arm s en lo reluivo
a la organizacioD de ellos, dando las órddlos
convenientes al eft"cto.
D"do en e~ cu_rtel jenerql de C8rta,j.a.n3,
capital del EstadoJ á 20 de N'¡v,t"mb r'e de 1810.
J. A. PIÑEB.ES.
El secretario jeneral interint),
P,cenle Garcia.
...aH'---
Aumelltando los sueldos de los empleados
de la le'lOreria de dlez.mos.
EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL ESTADO
GONSlDERAl1fDO:
l. ° QUlf!i es cierto que en las actuales
circunslanci~5 la penuria de nuestras reuttls
exije mucha circuuspeceion en el aumento de
los gastos, tambien lo es que no es juslu se
compense- mal a 105 buenos servidores con
d'lt\lcioDeJ Olezqurnas , que niQguoa propor·
clon gua l dtn con su ímprobo trabajo:
2. u Que los empl~at1os de la tesorería de
diezmOi de esta diócesis le eocueotran en es·
te caso, patea la módica •• igDacio~ de que
.','isfl'utan no compensa el esmero y actividad
en sus trabaJ os'} les quita en cierta manera,
ja conaidcracion que se les debe; atendiendo
a su solicitud '1 consultando sin embargo la
eCODOml& p~sible,
D~RllTA..
Art., 1, ~ Los '~mplc.dos de la tlSo~,í. de
diezmos del obispado d ~ l Estad de Cartajena
gf)z~ran por asigoaciou 6ja a n ua'meR~e:
el tesorero, 800 pesos : d Hl le rv."nl ir, 500
pesos: el único oficial e· clibJe ·He 300 pf:sos.
Arta 2 ,° F.stu ('antid t de ~t't"n sati fc:ch »s
del fondo conocid,) e n el Imnbl'e "de para
gastos jenE" rates, .. que I o afecta la parte del
gobit'rrio.
§ único. Esto decfet se 11 .varl a efecto
desde ti 1.° Jel e ntr nte mes.
]J,do en Cartaje u8, 20 de Noviembre de
1840.
, El jefe superior presideDte del consejo;
.J. A. PIÑERES. '
El secretario jeneral intflrino,
Flcenle Garcia.
.eO II
Establecl6ndo una cotJlooñia de guardl~
naciol1al en, San E stanislao.
.IU :\N A~TONIO GUTIERREZ DE prÑERES,
JEFE SUPERIOR DEL ESTADO Y PR&SID:!iHE DEL
CONSEJO GUBERNATIVO,
Comiderando: que la p~rroquia de Sán
Estaul 130 t.lene una poblacion numero~a de
.na'! de 2,,)00 a ima" y que vJl.rio8 de sus habitallle
.. han manifestado de5eo~ de que S. or ..
gauize allí un cuerpo d ' guardia n cional,
DECRETO.
Art. l.0 Se crea en l. Pllrroquia de San.
E.,ta tt islao una cwmpañla suelta de infanterla
de guardia nacional, eOIl uo c:lpitaa, UD te.
nl~nt ~ 1.° y otro 2.°, un a ferez 1.0 1 otro
2,°, 00 sa rjenlo L° y cuatro segundos, dos
to:lmb lJres y un pífano, ocho cahos prImeros
y ocho segundus, y ciento treinta soldados·
lota 151 hombres.
Art. 2.° Para la instruccion y disciplina
.lc ~~ta comp',ñla se destina un oficial subalterno
y un ,~ a fJento 1,° dt'l ejército, cuyas
rlll zas seran consideradas como en servicio
activo y }JagQd.s dt,l tesoro naciooal. ,
Art. 3.° El ~oberDador de la provincia
iueda eocarga¿o del pronto cumplimiento r
tjecucion de e c. te decreto, y el comandante
j, ntral de ~as arUlas destinara de las cuerpos
J 1 t"jército las clases veteranas de que habla
el artLl,;UIO ~. ° que se barIO marchar iJlmedil.~
tam'!' lJtd pua aquella parroquia.
Dado en Cartajena a 23 de Noviembre de
1840.
J. A.. PIÑERES.
El secretario jentral interino, P. Garcl'lz ...
-+-
Concediendo una penslOn nI Jentral Frall.
CiSce CarabañD.
JUAN ANTONIO GUTIERREZ DE P"ÑERES,
jefe $C1p~r"()r del EJ'lado de Ca,.tajena Y'
presld~nl~ det conse¡o guhernativo. '
Considerando el esto do deslucíado a que'
se haUa reducido el jeneral colombiano FraD7'
cisco Car.baño!
Consideralldo 105 distinguidos senici08 que
dicbo jeneral prestó a Colombia, los cuales
deben ser visto5 como dignos de recempensa
de todos los Estados que se bao formado en
el territorio de aquella república; e~n acuer·.!"
do d"l consejo goberl1ati,o,
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
DEcaETO.
Art. 1.0 El Estado de Cartajenl declara
\lna pension "itali ia de mil peses a~uales
pagadera del tesoro público al jenen} de
'brigada del ejército libertador de Colombia
Francisco Carabaño, la cual comenzara a te·
ner efecto desde el primero del entrante mes
de Diciembre.
Art. 2.° El gobernador político del Estado
queda encargado de la ejecucion de este
d.,creto.
, Dado en el cuartel jeneral de Cartajena,
~.pital del Estado, a 24 de Noviembre de 1840.
J. A. PIÑERES.
El sec:retario jenenl interio(),
Vicente Gm'cia.
~
.Nomórand() secrelano Jeneral al Dr. r,;.
cente Garcia.
JUAN ANTONIO G. DE PIÑERES, etc.
Habiendo sido des~nado temporalmente al
Estado del M Dzanare5 mi secretario jcneral
sarjento .mayor COD grado de teniente coronel
Antonio Castañeda,..
DECRETO.
Art. t.O El Dr. Vicente Gareia, encarga~
do interinamente de la secretaría jeneral,
queda nombrado desde esta fecha s~creta
.Jio jeneral de la jefetura superior del Esta·
de y secretario dol consejo de gobierno.
Art. 2. 0 El gobernador político del Esta.
do queda encargado de l. ejecucion de este
decreto, J de comunicarlo a quienes corresponda.
Dado en el cuartel jeneral de Cartajena,
capital del Estado, a 27 de Noviembre de 1840.
,1. A. l)lÑEl\ES.
El secretario jeneral, rlcente G}arCIQ-COMU
el CIO
del jije ~ujJenor del Estado del lllan·
zauares.
Estado federal del Manuoares.-.Jefetura
~uperior civil y militar.-Saota Marta 22 de
Noviembre de 1840.-Al Escmo. Sr. jefe su·
perior civil y militar del Est do de Carujena.
Debiendo marchar por el Magdalena con
el ejército que ha de sost~ner los pronuncia.
mientos de los cuatro E t,ados federales de
l. costa, segun lo he participado a V. E. en
eomunicacion separada fecha de ayer, y teniendo
que tocar en los cantones de Barranquilla,
Soledad y demas pueblos que estén en
]a ribera del l\1agdalena correspondientes a
ese Estado, creo convenielJte que V. E. die
te sus érdenes a efecto de que se me auxilie
con cuanto pueda neeesit r para que no su·
ira delBtera la division a cuya caben be de
s guir; pero como puede suceder que ~mtes
que V. E. reciba ceta comunicaciou me "ea
precisado a locar en 185 puntos indicados, eepero.
que V~ E. aprobara las medidas que me
sean índispeos bIes adoptar para que no s.e
atrase la marcha de mi division que el,m.)
V. S. se instruirá por mis comunicaciones
anticipadas solo tIene por objeto situ~r mas
al á de 105 limites de los cuatro Estados, una
division-. que los defienda de cualquier inva
5ion que pudiera intentlrse por las tlopas
tIel intt:rior de la república.
Soy 1 t:~ño para nave
gar, y OlU ho ntas des u de' li ia
de toda la orilla d recha que es la de
1atear. La limpia por ambas orillas de
Soplavienlo a la boca de Saoaguare ha si
do indispensable pflr l() que angosta -el
caño en aquella parle, y pDr la espesa
montaña de grandes arboles que pueblan
sus marjenes.
Tambien, donde se ha trabajado, se ba
hcc'ho la estraccion de los palQs del fon
do de dichas orillas y del centr.o; y la
limpia o arrace sobre el barranco es muy
cerca de la doble anchura de las .dema4f
limpias que se han ejecutado en todo el
canal del Dique, porque era tal la incli ·
nac ion de los arboles h~eia el eafio que
habia grandes pivijay·es y ~uamos que
esleodiao sus ramas h~sta doce (, quince
varas adentro, casi sobl'e la ~uperfid.e d~1
agua; y era necesario eseguI" 1 limpia.
como se ha hecho por muchos ñcs, es
pecialmeote en la orilla de latear á cos
la de un excesivo trabajo por lo profundo
caño.
En lre el PJSO y la Bodega de 11,sbates
se ha hecho el lrabaj() de sacar los troo
cos de arboles que tanto coottibu . en a
formar los bancos de arena, y tambieo
se han estraido los árboles v cañas bra
v' s tumhrtdos en la calle de "M huma.
En Barranca, las dos divisiones siguieron
trabajando eotre Sato y Santa Lu ia
hasta el 31 de Oc.tubre, en cu o dia se SUIpendieron
sus trabajos en aquella parte del
canal, constando segun los informes reci
bidos que la parte que quedo sin limpiar
no excede di ochocientas vallas.
La limpia de la parte del Dique com,
prensiva desde el Estero hasta la Angostu·
ra d~ Conej() que se contrató con el Sr.
J ul~tl Garcial. ha s~do ta~b~Q.n ~,eali~ada.
En la ultima memoria se hizo relacion de
la cJase y tér in9s de esta obra, la (oal
fué con ratada 6 9 de Abril del año vroxi~
roo pasado por \a cantidad de 2,500 pe·
5'>S, debiéodo e efeclu r en el plaz de
dos meses, el cual fué prorrogado en di·
versas ocasionrs por los justos moti~os
que espuso el Sr Garcia. AdemJs de la ins"
peccion pra~licada por órden de la Junta
en 11 de .J ulio~ de la cu I se hizo tambren
menlion en la pasada mem ría, y
de la que r s-uJtü haber entonces llegado
~I trabajB a la mitad, se dispuso olro re·
conocim' ento' en Febrero del corriente
año que fué desempeñado por el injeuiero
director y el Sr. Bernardo d Osse,
y apareciendo del informe que ellos pro·
dujeron que la obra eS1aba aun incompleta.
se pasó copia de él al contnatista.
Por fint el 20 de J olio manifestó éste '
hallarse ya cumplida la obra en cuestion,
y habiéndose practicado el reconocimieo"
lo del caso, cuya diligencia fué evacuada
despues dtl nombramiento infru('tuoso
de otros ciudadanos, p6r los Sres. S~\va·
dor GUlierrez de Piñeres , Juan Aicardi,
rt>suhó favorable el informe, , por lo
tanto diose por cumplida la contrata del
Sr. Garcia.
Otl'o trabaj~ que se ha efectuado ul·
timamen le fué el que se dispuso en Bdr·
ranca PQr indicac ion v direccion del iuj
niero director Sr. Tomas S. Ramsay,
quien llegó a esta ciudad en el mes de
Diciembre último en cumplimiento de
la conll' la que celebró con la J unta el
16 de Julio del afio proxjmo pesado, y
de cu os términos se os dio cuenta eo
la pas;da m emoria. La J unta pasó a sus
manos los varios dQcumentos relativos a
la obra, y particCllarmeute el prolijo informe
cido por la ('oOlis;oo del Dí.
que en O-iciembre ullimo c\.l~ndo suspendiQ
los trabajos de q'\Je estuvo encarga·
da; y en con5l€cuencia de Jo indieado
por el ;oJeniero director, la Junta dis~
puso )a ejecucion de los trabajOS necesarios
para poder .reconocer, ni vela.,. y dis·
poner el terreno para la escavacion del
canal. EI.2 1 de l\1avo terminaron estos
trabajos, habiendo manifestado dicho ingeniero
esta ya.en pos-esio.o de los datos
necesarios para poder formar sus planos
, presupuestos; y en efecto se dedicó a
18 foraJacit>D de e.stos documentos, facilitandole
la Junta para alijerar su conelu ...
sioo tuda IJ ayuda que él ha reclamado
y que se juzgó necesaria.
En la ultima memoria manifesto la J u o;"
la las di\iJ~..l).ias practicadas para la adquisicion
el derecho al uso de la ma"
quina de v:fpor para es ca V&l', la cual se
hallaba entonces armandose por el contratista
para ser entregada a la Gobernadoo.'
Esto último tuvo lugar en el mes de Ene''
o pro lino pas-do, habiéndose cumplido
s~ti~facturiamet1te por parte de aquel con
los términos en que fue: ajustada la ma.
quina j perQ hasta ahura no ha llegado
e caso de ser ocupada en el servicio del
Dique, y así es que aun 00 puede
berS8 de UDa ffiltOera demo trati'B. si la
esper ¡eocia confirmal a las razonab es e¡~
per"nzas que se tuvieron para su conve¡
niente aplicacion a dicha obra.
Impuesta la Camara de las operaciones
que se han efectuado en el Dique desdG
que le fué preseót. da la última mem~ria
hasta la presente, debe la Junta proceder a
indicar las que intenta promover eo lo stJ~
cesivo, y para esto ha acordado se os wa,
nifiest~n en 8grega~io~ a esle ~nfo~~~ o~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
arl.' e eartaj'ena.
~'~~~~~~~~~~~~~~~~--~~~~~~~~~
¡as de la comunicacion y presupuestos
qu le ha dirijido el ¡njeniero director en
19 del corrieote. Se a 'ompañan lambien
los planos originales de la obra levant1dos
por el dicho inj niere para salisf~H'cion de
la Cam' ra, os cua s ella s sfrvira devol
ver á '3 Junta. 'Est s do umento! s n el
Te u lado s de mu\:ha ('on ¡
deraClOn. Lns tal'u ~ H '! fi males que
cu bren los (~ íl fl s y riéoegas des Je R 'I (w
dan para oca, no podri n s r
3 i r'a tal empr ,S3 SIO cont r
con dicho (l\l XI1io, ni aun con todos l s
fondc,¡ dest m,ld.\s p ~ rJ la empresa. Con
Ja esCaVaCl) 1, Plh' S, del nuevo c nal 00
solo se con 'ñ ue e indi ado buen fe lo,
sino que d é ,' l.) le' él se ejerute queda
de hecho e l , lu da Ja cornuni dcion
permanente oe e le puerto al Magdalena.
derivándose de e lla J s beneficios que
se esperan y ~ue indud ~ü)lemeote proporci
oará al comercio de esta pro"lncia y
-al progreso de cada uno de sus pueblos,
al paso que ofrece la perspectiva de un
ingreso considerable, con el producido
de los derechos de pasa.l t muy capaz para
8tendel' a los gastos de su con s rv ci n V
para subvenir a la prollJocioo de otrai obras
prov iociales.
Juzga Ja Juota como muv eonvcniente
la refo!'ma del decreto espedido eD 7 d
Octubre últ mo que Ja 8uLOriza a levantar
un empréstito sobre los f ndos del Dique.
La razon es . porque el provechoso efecto
que debe pro incir dicha medida en el ca·
so de ser preciso tomarla, y lo cu \ biQn
reconocio la Camara uando reda lo las
c()n~ideraciolles en qua el necrelu :;e apo
ya, se haC"e nterJOH.ote nugatorío cvn LiS
condiciones preve ,d"s en el aníc uJ( 3 .0 , a saber, el 00 podf r e hacer 1>1 em éstito
por mas tiempo qu! el d 'u tro ñ ' s, y el
que no se ab nara w ' s iUlr)' ~ que el de
seis pOl' ciento anual. E l (u j 1t a lo pri
mero, debe considerarse que '1 objeto del
empréstito ei poner por e~ t medio a la
J unta en anticipada po esi tJ o de UQOS fondos,
que si para usarlos fu ,rd in ispeosaJ)
le aguardar alliempo en que debieran ingresar
seguo la le ,causarlan á la obra con
esta lentitud perjpicios que por SI solos
pQdriao ocasionarle· u rmeis el indicado
decreto, 1.° omitiendQ la fljacion de plazos
eo la contratncion del empréstit~'); v 2. 0 es.
ta bleciendo por rata de interes basta el 12
por e ¡eoto an llill.
Las cantid' des invertidas en los trabajos
del Dique despues de lo men i0nado bajo
e~te punto en 1 .. me nOI'ia P~\ S l'J~ , e decir,
destie l. o de :,etlembre de 11.39 hasta el 3l
de Agosto del pl'ese Jte, importan 1 C5:39
p6S0S 3/4, Cll a iuversion se ha hecho en
los ob.i~t lS sigui ntes:-
E lo remi'ido a Barranca y S.
Estanisla . al tesorero de las obras
del Dique para atender a lo. trabllj
J de limpias desde 1\11 hate' a
Rana ' ca, bajo 1 inmediata inspe
' d on de una conusion de la
.J II rl ta .
E lo ent,'eiad,) al Sr Ju11 n
Garci ,por reit • de los 2,500 ps.
en que f,.é cont18tada la limpia
de de Pasacaballos hasta t.a an.
gostura de Couejo .
En gastos de recoDG'cimintos,
r r Dlcsas y
correspondencia, gastos de secretaria,
etG.
En compra de útiles remitidos a los trab jos.
En lo entre~ado por re'ito de
la suma en que fué ajustada la
compensacion al in.le~ iero d"i r ~·
tor por traslaci(ln de su paí i:J ste
En lo remitido a Barranca .. ,1
tesorero de las obras del DIque
pua los trabajos de nivda"ion
practicados para levant r los planos
bajo la inspeccion del iujeniero
director
Por el salario de tres Isi ten tes
para ayudar al i jcniero director
en dichos trabejos, durante dos
meses.
En el sueldo del ioj nierct di-
76 7
rector. . 1,333 2
11,.539
En cuanto a las sumas que han de pre·
suponerse c"mo oec.esarías para la contí·
nu don de los traba jos, la J unta, con mas
razoo que en el año pasad , no pupde dd·
t~rmi 1 ' 1" e a fij orhs con aotídpacion. Los
trubáJos que d .b n emprcnderse son de lí
m ~ y ( r lmporla&l cia, y tambien lo es el que
s , eje. uteo con toda la " ible activi, ad,
míe tras que por otra pal te d pende de di
ver as ¡ .. CUD .t , nt'!;I· i'1dl P' Jientes d ' la
deliberdcion de la J u loJ (.1 gra de est f>n·
sion, que en uo OlOOH'Uh,¡ mas que tn o
tro, pueda reribir la p o 'ecucioD eJe la em
~resa. En esta vir od, la J l o ta opina que
no es de deSignarse C,. llll1 ad fija ano' I pa
ra los lraU~lYencign granadina cC?n el .,bjeto d~ que
Sr. coronel, esta interesado en el honer.
de su patria y en 00 desmentir las esperanz:\
s \' los sacrificios de SllS projeQit~
res (19).
Debe V. S. tener en c9nsiderlcioD que si ...
fectivamellte el pueblo desea la reforma de
con~tilucioD, ella solo puede conseguirse 101-
teniendo wl gobierno Jej ílimo nacianal (20),
pues de so eSlstencia depende Ja reunioo delCongreso
próllim()t único C'IIerpo • quien co ...
responde adopta, Jos medios para que aqueUa
.e efectúe [2. J. En ~u reuniGn inmediata se
cOli.ocara la convencion granadioa [22], J aUí
•• reQle ¡arilO todos l us males que hoy aBijen
• la patri_, por mUlera que dentro d.. poco
tiempo se COftst~ujra lo mi.,mu que hoy pretendeD
loa di.5ideUle5, con la d~f~ renci, de qU&
cmtom:es !e obtend.a pnr "ils legales lu quo
ahora quieren lograr pnr medio d~ actos irregtlJare~
[23J que el ~o v 'rlau 'a üoli~. de las
uherlo re~ medidcls que se adopt~-eD, , caus.ti'o
trastc...rllo ·, efu:;ion de s3ne;r6 , m 'l tiLlld
de males que no e ~ {itcil eouml:rlr (:!i;.
Por tanto el Vicepresidente eSI.¡era que inmediatamente
qu ' fr.ciba V . S e!¡ta comuf! iCllcinJ)
llame 1 .!oU puesto.1 Gobernad\JT de esa
provillcla, poniél.ldose V. s. a sus 'lrdeDe, con
la guaro,chm de 8U mal de [25], 'f qu ~· dal1do
rrspoIJsabje de lu conkcue' cias 80 caso de
no y,.rilic rJo (~6). Al ~fecto en esta InIlIm
fe 'ha lo ~(lmuDico al Gobernador Pi).
Dios guarde a V. S. Miguel Chuzri_
en ella se ~ancionen.
( IR) CiertAm{'u tp que no ha pp.n o;aclo m I
el Sr. e.ice w, pue~ ~ p.,r-. h cer ver . Im JIt .
do ent(·ro que e t .lS paises pueden t uer ua
gobierno ~c:lhd 'J J P Tmanenle y que son gl ardianes
de la tibt rhd 'J de l. ley. que H~ luo
sustrlido de :a obediencul a la traicion • al
pcrJuri(), tcalizan¡Jos(> de este modo los 90tOS
de la ci~HiZlcioll y de la ti os,o fia.
(19) Apurado esta grillo. i C4'IU que 3hora es
que 8e acuerda el Sr. Clic~ ,Jo del bUO l) r de la
patria y de los prOle .itor~s del be ,emérito SrJcneral
Piñere~! St'pa el Sr. Caiccdo que el
recundo de sus projenitores sera un motivo
mil podf'roso que ligara al Sr. jeoeral Piñeres
p r. 8OItf!ft r I CI USI proclamada por Ja pro.
..lIlcia de Carhjena com() que ellos fueron vico
lim&s de su amor por ella.
[10] Vamos Sr. Chlari, ¿ no se a·'VeroQenz.a
V . ..le decir sC'mt>jantes simpJeza,? j cre~ V. l _
e so que é .. tamos por conqUll5hr! Verdad es
que la mayoJ'ia de Ja nacion desea Ja refo,ma
de b cOJ]slitu~ion, y pur eso es ql.le se canseg\
ira, in D c .sidaJ de sostener he s.obieroo
qlle V. llama leJiliruo J que nosotros no J •
cOII.~ ~der mo~. t.a' de~de que violando el pacto
poltuco y U.1C10fl ... do lA cl)n6.allza púbI'~ se
ha cOD~erlido en oprebor y desll'uctor do los
puebfoll.
(2 f) Bien eao U, pero mal en ,ona. Eso 8eria
lo que qUlsit'raD, el Dr. lU .. rquez y S'J comparsa,
qUA se reUnleSf' eie Con;reso compuest~
eu su m t yoria por hombres velloi.os al podt!r
y qu~ han c~D~egllido la re f rese'ltacion por
los vales m,.dlOs de 1 .. desmor.dlzacloo, e ' f 0-
hecho 'j t HJa suerte de IOlri"as, ('U 'JI de el)e
modo I(}grarjan folocar de PJ'e~jdent8 a.su estermin.
dor Horrero.
[22] La coovencioD grallaain_ se con-,.ocara
pür quien cone pllll . a sin neceslJad de
CQn~reso~ pronto If) v ·r emus.
(3) Llamar act(/S 1. r (·gulares 8 Ja \'olu tad
hit·n pronunciad. de la rnayorill de la nacion,
es el colmo de la mp Id ,d. Los ¡-ronuadD' ¡entos
de 118 provincia l,a u sido H-l •• , rt gul~res
., conv4'Diente ~ : .el curso de t:cmpo lo mOltrara
m. , C1ar1tOlen le.
(24) N o pueden CllUsarse mayores males ni df'rra~
nr"e mas ,.tngt'c que la que ha b~lCb,o ,,('rh'r el ejecutivo.
en Past~, Popaya?, V t!)cz, TunJa, Socorro ) Dogota;
pero SI m tenaCidad lIt>ga.e :1 t:.tI .strcmo dt: 0-
cura que prctcn?ies~' conq~is~rlas pi'ovi tl~ del M"g..
lena, sus baLlt:tnls estall dlSpU f'Stos ..a--quedar.e sin
qml gota en sus (~n rpo~ antes que' Volver a !lometerse
á los uares de?n éjimeo que soJo les ba proporci6-
llado males y rOlDas. Al.efecto ya m¡lr(~banpara guor ..
J)ccer el Magdalena di:h, mIl hombres con eIbcnemérito
y v~hente jcneral Carmona y varios jefes y ofiCiales
"'ravos, entusiasta~'y d 4'cididos, jOlito con un considerl)
lJl~ PJIJJJcro de fuerzas sutiles, sin contar la divisioll
quc dcb~ 1~C'tif de,,,.stél.plaza,,f 9,oe y.a organiza el jefe
l>upl'rlor beQl'rn.mto Jenen! PIDer~ •• Intenten, si le
quieren desen;a,-iar.
(25) N ccedád es esta que no merece comeDt~.
(26) V cremas las pon 'ecuencias, y quiera Dios
que ellas uo senil funestas para el Sr. CaicedQ.
(17) Rimm tcneatif 4mici?
~
Imp. de los }t{!~cd(:.ros de J. A. Cat-v,.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.", -:-, 1840. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684276/), el día 2025-12-23.
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