SEMANARIO DE LA PROVIN lA DE CARTAGENA'.
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SEMESTRE 2. G CAR.TAGENA, JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 1839. NUl\IERO 45.
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Elte periódico saldra todos los jUe1'e~: la recepcion de las suscricione-s y 'Tenta de los números sueltos esta n á cargo del tesorero ~e rentas ~rovi~c)Qles Sr. J~all
~DtoDio Calvo. La suscricion por semestre vale CUA.TRO PESOS, pagaderos adelantados j "1 c3da número suelto REAL T JlEDIo . ....,El precl'O de la l~serclOo de lo~ a-nsGa
Ó articulos de iDteres privado, será de un peso hasta doce renglones, y un rcal mas ,por cada tres renglones de los que excedan de aquel numero, y la mllad
por cada vez que se repita, siempre que-se- advl ,rta a 1 'PO de la entresa.
PROVISION DE CORA.TOS. En 5 de Octub.,·e.
Parl el curato de Piojo al diacono Ansel .. ,
La Gobernacion de la provincia en ejer mo Castillo.
cicio del patronato ha nombrado "j presen- Para el curato de l\fahates al presbíterD
tado para los cutatos vacantes cn el último Luis San Juan, único opositor. .
Republiea Je la Ntleva Granada.-Goberna, concurso a los eclesiasticolJ ~iguientes. Recibió el I'agrado presbiterado en 1835,
clon de la provincia.-Cartagena 4 de Dicum- En 23 de Setiembre.. Y fué instituido cura propio de la parroquia
hre de 1839.-Al Sr. geje politico del canton del Palmar de Candelaria en el mi~mo año: de.......... Para el curato de nlorroa al presb ítero renunció este hell f' 6cio por el estado que";
A virtud de 10 pre'Venido en el paragrafo José María Zubiria. brantado de su salud en él, y en 19 de Ju-
1.. del articulo Lo del decreto ejecutivo fe - Hecibió el sagrado presbiterado en 12 de lio del presente rué nombrado teniente cura
cha 27 de J111io último, dispu~o la Gober Mayo de 18 l8: sirvió UDa capeIJanía del co- de San Estanis ao, en cuya ocnpacion per-nacion
en la orden circular que comuniqué ro de esta Santa Iglesia Catedral desde 8 de manece.
a V. en 21 de Agosto, que desde el 19 de ,Junio de 8t4 hasta 16 de Mayo de 827: vis Para el curato de Turbana al diacono Jo',:
Octubre de 1821 debia entenderse por pu tió la beca en el Seminlrio conciliar desde sé l\1aria Lugo.
blicada la ley de manumision para que sur· 27 de Enero de 809 hasta 814: obtuvo en
tiese sus efectos en toda la provincia, por 1827 el desLino de c~pellan y prcJicador En 15 de Noviem1Jre.
que fué en ese dia que se verificó su publi- de la ciudad: sirvió por quince meses las Para el curato de Chinú al presbítero An-cacian
a 'tal. Pero h.bieod --~-¡;1r!f'T'~mTtn:-¡(lfei"l~o1iici'iailc'llnlMl, Harú y Caño de 'o l . l\luñiz.
presentado la junta de manumi~on de Sa- Loro ~n calidad de intenno, J ~~ ~u·~~~~~V~~~l~ló~to~s~~a~'~t~o~s~c~e~r~1~c~a~e~5~o~ne"(nJl~C~~~~~~~~~~
baDalarga que la citada ley habia sido pro- modo por tres años las de Palenqu~ y San n 1& plaza de acOlito de e'i t" Sar.ta Iglesia
mulgada en el mes de Setiembre en la villa Ca vetaDO: fué instituid{) CUJ'a propIO de la Catedral en 1803, y en el siguiente año fué
de Soledad, donde residía el gobierno poh- parroquia Teton, y llombrado vicario peda- nombrado vinajero en la misma, y de cura,
tico de la provincia por estar ocupada esta Deo en ~lla en 29 de Noviembre de l833, propio de la parroquia de San Sebasti n de
J!laza por los españoles, la Gobernacion so· y por permuta en la del Yucal en ~ de .fu.. Uraba ea Octubre de t 808: en Febrero de
lIcitó del Poder Ejecutivo que por tales ra lío de 836: aumiuistra ell la actuahdad co- f 809 el lUmo. Sr. Obispo de Santa Marta.
zones se hicicse uoa ecepcion de la regla mo agregadas las parroquias de Barranca le concedió licencia de predicar y confesar
que establece dicho paragrafo en favor de nueva, B-arranca vieja y Arroyo honJo: ha en aquel obispado por el tiempo de su vo ..
esta provincia j ., S. E. ha declarado 10 si , sido elector por Barranca virja en los años luntad: en 18 t 6 fué nombrado cura rector
guiente: de 36 y 37, Y diputado a la camara de pr~ . de la ciudad de Mompox: en 1819 foé nom-l
vincia en los años de 833 y 834: ha aCI'Cdl- brado examinador sinodal del obispado de'
1) Siendo la villa de Soledad la capita pro, tado haber c\lmpl1'do con las ll·stas del mo d
visional de la provincia de Cartagena en 18 21, vI'ml'ento de poblacl'on, y {le haber ej· ercido Santa eMl' a1rt a: den' 10 de Evero e 820 se )e .1 d· di'
bl' • 1 1 b ' . conee 10 a ju lcalura (le lczmos e a CIU"!
cuando se pu ICO a ey so re manumlSlOn, el ml' nl'sterl'o de parroco cUOlplidameutt,. d d d 1 14 d J . d 8"2 b
debe eDten d erse respecto d e e 11 a y no d 8 la Para el curato de Turbaco al presbítero a e 1\ ompox: en e unto e -¿' o .-
ciudad d e e artagena, Io que se prevI. ene en LUI'S Angulo, único opositor. dtuvo en pJo'p i -dad p3 odr cSo nc'o rdbia eLd cuIra.t o
f di' I 1 d l d e l\1agangue, y en e etl ' o) re e mIs,.:-
el parsgra o 1.0 e artlcu o .0 e ecreto l\ecibió el sagrado presbiterado el año (!e mo año fué nombrado vicario fodmeo cn a-ejecutivo
de 27 ~e Julio de este añ~ ,sobre 1830: fué instituido cura propio y vic~rJO quel partido: en 26 de M ... o de 829 fué
eJec cion de la cltada ley de manumISlon.» peda' neo de la ío!Ylesia de Turbana eo el mis, 1 .1 d 1 l ' d S·
tras aua o por permuta a 111 l~ e 11 e mce ..
En consecuencia, y resultando que la ley mo año, y ha estado encargado de la adml- lejo: t'n 17 de Enero d~é trasladado
de manumision fué publicada en Soledad el nistracion de la parroquia de Turbaco ~esdu tambieo por permuta a Ja igle.~ia de ~arran-dia
21 de Setiembre de 1821, segan lo ha el fallecimIento de su cura: ha acreditado quilb, en donde obtuvo 11 vicaría foranea;
informado al gefe político de aquel canton su cooperacion a la constrnccion de la i~le en 6 de Enero de 1831 tomo posesiol.l de la
el vicario for;meo del distrito, he dispuesto si. de su parroquia; que en ella ha serVid.. tes'OrerÍa de esta Santa Iglesia Catedral, que
que los curas parrocos formen u?a relacion la escuela de su parroquia; que tambien ha ha obtenido hasta 6 del corrieiJte en que 56
adicional a la que ya han prodUCido eon aro sido j\leZ de paz por doco años, y que ha le admitió la renuncia que hizo de ella: rc::~
reglo al artü:m.l0 1.0 ?el dec~,eto de 27 de cumplido con la remision de las listas sobre cibió los órdenes menores en Octubre de 803 ..
Julio, contrayendola a los blJos de esclava el movimiento de poblacion. Para el curato de Sampues al presbitel'o
que hubieren sido bautizados ~n sus respec- Para el curato de Arroyo grande al día Francisco Marla Bernandoz.
tivas iglesias desde el 21 de SetIembre de 821 cono José Ascension Cervantes. Recibió el sagrado presbiterado en 1826;
en que fué publicada la ley en la villa de Para el curato de Bocachica al diacono fué pmtulado por cura propio de la parro-
Soledad~ hasta el 18 de Octubre inclusive José Isabel l\uiz. quía Momil en 9 de Noviembre del mismo
d e 1 Dll 'SD10 a'n"' o , puesto que las ya forllla.d as En l.e de Octubre . an""o·. en 20 de Diciembre de 831 rué institu¡"
.,n cumplimiento de la circular de 21 de do cura propio y vicario pedaneo de la ig'e~
Agosto último, se contrajeron al tiempo cor~ Para el de Barranca nueva al minorista sia de Tolú: fué opositor en el concurso c~
rido desde 19 de Octubre de 82 ~ hasta 31 Juan Francisco Regís Martiuez Gnerra. lebrado en 1838 en que fué aprobado: du.
de Diciembre de 824. Estas I'el.tiones de Para el curato del Yucal al presbítero Jo rante el ~iempo que fué p~lrroco de Momíl
ben formarse y dirigirse a la Gobernacion sé A.ngel Serrano. desempeño la administraci~n de S'aban~ta '! ., a la junta de manumision del canton en Recibió el sagrado presbiterado en 1832, ha acreditado haber cumphdo con las hstas
todo el presente mes, y espero que V. -~uide y en el .mis~o añ~ rné instituido cura. pro- del movimiento de poblacion: ha cooperad()
de que así se verifiEJue, comunicando l. pre pio, VlcaflO pedaneo de la parroquia de a la construccion d~ la iglesia de Tolú. Sir-lente
a la ~itada junta para los fines de su Piojó. "ió personalmente á la patria ataéando a los
resorte. Para el curato de Palmar de Candelaria facciosQs deL. Sinú en 1821.
;Dros guarde a V.--.AnIO,'¡o Rodrigutz Torices" al diacono Maouet Coba ~
CIRCULAR.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
1
2 SEMANARIO bE b P OV :A DE CARTAGENA.'
ADMINISTRACION DE JUSTICIA~
'Estado qlle manifiesta ~l nlíme1'o dfJ caus por et lnou,nal (fe jusllcia
del dütrtlo det Magdalena en todo el mes de Octubre pP~-, y de las
que quedan pendlcntes. -
SR. MTRO. PONCE, .. ).lUTRO. RECUERO. S. MTRO. BENEDETl.
Dctermins. Pendientes, Determins. Pendientes. Dctermins. Pendientes, -- -- ----
é riminales en definitiva. 9 2 7 2 9 2
Id. de autos interlocutorios. 2 1 2 » 1 »
De l'espoD:.abi1idad 2 1l 5 10 4 10
Id. en segunda instancia. l!I 1>
Id. de pronta providencia . )j . 1
Civiles de hacienda - 2 ,.
1 1 » 1
1 3 » 1
1) D 1 »
Id. de autos interlocutori~_ 1) " » » b »
Civiles elltre pártes • • • 3
Id. de autos interlocutorios. 3 2
2 2 4
1 -1> 3 1
,
lalivo digno de un pueblo amante de la
justicia~ de la civilizacion y de la libertad.'
- Fácil es concebir que el referido ac/~
legislativo debe tener por -objeto poner
fin a todas las leyes pellalos ex post facto o con efecto retroactivo, que no solo ¡nfirle ..
ron é infieren lesion al derecho comun (, de
gentes, a la constitucion politica del año
de 30 y a los liberales principios procla;,
mados por la civilizacion moderna, sino
que son incompatibles con varios articulos
d nuestra actua conslllucion (2\ que
todos los granadinos !J mas lo,; gober~
1lantes que los gobe nados debcl re e"
rencíar.
Parécenos" pues, de urgen ta- necesidad
una amnislia (, llldu!to general para te·
dos los granadinos y eslrange'ros a qu¡e~
Des se impusieron en la citada época p~.
nas arbitrarias por su conducta polltica,
y que no estén comprendidos en el justo
V liberal decreto de s.. E .. el Presi ..
ll'- J8 --ll---'-...-rr-+-~-o---r-a&a-te- d I repú{'lica del 10 de Enero ---
18 18
PtESUl\1E~ •
Causas determinadas. S~.
Cau as pendientes 57.
NOTA. Ninguna da las cansas que se dan como pendientes esta en estado de determinarse,. halIando~e
f4)das -en sustanciacion.
Cartagena, Noviembre 2 de 1839- F rancisco de la Esprz'ellal secretario.
TRIBUNAL JUDICIAL DEL DISTRITO. portantes. Sentimientos de la misma na-
Por decreto espedido el d¡a 20 del pasautJ turaleza que nqnellas nobles a(ecciones,
ha nombrado el Poder Ejecutivo, ptévios Jos nos impelen hoy á esponer, con fran
requisitos COl1stit~ionaJ~, para ministros jue· qucza y dignidad repuulicanas, lluesll'o
ces de eflle tribunal a los Dres. lldefonso mouo de pensar rclativameate a las me
Mendaz, Manuel Cañarete y Jose Maria Bal o- didas que, eñ nues tra opinio", deben
co; el primero en la plaza vacante por es- ado larse por la!.. ca • aras naclO
cusa ~ Atl.lclIDl.· "'-1!1J1l.Ll:l..-A1..-IUlo.g.o.A..u.A::Lo..--D--t:~n-p r ( Xl W a r e un Ion, pa r a p ro m o v e l' u na
a vacante por escusa del Dr. Jusé 1\laria na reco/lctliacion general de los partidos, ba
'}-;. 00 , y el tel'Ccro en la vacatlte por renun- f b
c'í" a del Dr. Aqulhno AlVarez. sada en os be(llgnos é irTt,.·cusa les prin-lNVITACION.
lIabiendo dispuesto la Gobernadon de la
p&ovi~cia 1 construccioJl ~e dos pequeños
puentes nombrados el Salado y Sanab,.ia en
e camino de Arjon a l\lahltcs, y la l efac·
cíon de otros d08 que nombran Ta'llallo en
el camino de 1\1 hates a Barranc ; se invita a las personas qu quierau hacerse cargo de
1 obra a que dirijan sus proposiciones a la
Gohern cion dentro del término que tramO'
cur ra desde hoy hast el silbado 21 del cor ..
riente, en cUys políticos, de que lus decretos
df: circunstancias de 1831 y 832, que im
pusieron penas arbitrarias ti centenares
de colombill1ws y grQ(lildinos, fueron ade
mas de iTlCOnstltuc~onales (1 ), viola torios
de garantías ofrecidas en pactos de paz
etc. presentan un conjunto de- cin'unstandas
sumamente p.'opici3S para que el
proximo Congreso, espilla un aclo legis.
-------------- -- - --
el) v éanse los artículo 86, 106, 107, lOS, 136, 138,
139 Y 14~ de la c~mstitucioll acord;tda por el CQngreS})
cl)~t.ituycnte d~ 1830:-.
del presente año, que no pudo hacerse
estensivo ·á los granadinos por natarali.
'Lacion ya- los eslrangeros, porque la ley
de la Convencion g allaLlioa de 18 de
Marzo de 1832, solo 3U torizo al Poder
Ejecutivo para alzar 'os confinamienttJs
v espulsiones a los Bl'anadrnos de naci ..
mieKto_
La indicada m'edida se halla tan impe~
tiosamente reclamada por las santas max·.
mas de sub)" me moral dictadas por la
Providencia divina para bien del linage
humano, y sel'Ía t' n conforme COD las
reglas de la econumía polilica ó social
y con las inspiraciones del patriotismo,
que creemos firmemente que, aunque la
r~ma legislatura granadina se desen~
tienda del vicioso oligen e a. penas l t:f
gales a que hemos aludido, no podra men9S
que adoptarla del tro de pocos meses.
Entonces los delega os de la n lO
tendr~n la gloria oe obra , no como in ...
trumentos de un partidoJ insaciable en
sus vengantas y egoísticas preteD.:,iones.
sino como dignos agentes de la exce sa é
irrecusable justicia 6, espresandouos con
mas d3ridad, de los derechos é interes,('s
de IJ generalidad de sus conciudadanos,
sin esclU1Siones ouiosas y sin acepci Des
temerarias é indignas de un gobierno r~
publicano.
Taml ien DOS parece conveniente, pAra
vindicadon de la justicia y de' las leyes,
asi como para promover una reconcdlacion
dar'adera de la Camiha granadi 3,
indalto o amnistia que hemus propuesto
conteuga la dlSposicion de que pue lan
scr rcinscT'ltos la j en la lista miliLar los
granauinos. Lien sertO de nacimiento ,4)
<> por nala1alrzClclOlZ (5) qUt::fueron b r'"
(2) - V é~n;~ ~us -a~tl~~IO; -1-07,- ;-~8, lSr, 18a, 18.3_
1~1 Y 20g. .
(3) Con esta medida se concedería a lva granadi ..
nos menos que lo (Iue en un sabio y liberal de· reto
concedió Fernando V II (-in embargo de ser un rey
ahsoluto) a mUes de españoles que fueron comprend
ldos en la primera amnistía espedida pOi' la reina
Cristina. En dicho decreto se ordenó por el m~nci ..
nado rey, que se res ituycran sn~ honmcs y precmi.
nencias a todos 10$ amnistiados que volvieran a la
Pen}nsula, y que a los que habian sido militares se
les reim,crzbiese, asignando les parte del sueldo que di$frutaban
antes de su espulsion, etc. etc.
(4) No consta que varios granadinos d, 1taCÍmien.
lo que tienen en este su pais natal familias sumidas
en la desgracia, no se ban aprovC"chado del decretu
de S. E. el Presidente de la repúblic:I, espcdlJo el
10 de Enero del corriente año, pOi'que uo cueutan
con b s gUl'idad de ser l'einscrilOS e b. li"ta milit:x:
gran:1d.i :1,
(5) Hacieudo estensiva la reinscri .:ion a muchos
granadinos por natllralLZaclOn de los que fueron espulsados
ahora OCHO años, se lograra que se rr:; ..
van a restituirse al etlo d , sus arruinadas familiaS1
que ~on gran.adinas y necesitan dI: .su direccion r apoyo.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
SEM.AN'ARIO DE L-A PRoviN lA DE CARTAGENAl -;:'
•
rado» de )a lista militar en fuerza de al
¡unas de Jos decretos de ClrcunsttlnClaS a que DOS hemos referido,.y ademas la
solemne prolublclOn de tiue los granadinos
se ultrajen mútuarnente por sus opmlO
nes !I condilcta poli/lcas anteriores a la
promutgacion del indicado acto legislativo,
que, si se adopta, f{)rmará el her
moso complemento de las medidas justas
!I lzberales adoptadas por la actual ad
1JltnlStraclon ejecutwa, en obsequio de la
justicia y de la armonía social.
En corroboracion de lo que dejamos
6Spuesto (para propender al alivio de un
gr n numero de desgraciados proscriptos
y de multitud de familias granadmas
que, hac ocn años. es.án const·tuidas
e muy dO!Ol osa horfandad y abrumadas
bajo el peso del infol'{ lO:O), c.oncluiré mos
e tampando aq111 una:; pocos pen 3·
mientos de dos célebres publicistas de
nues1.1'o siglo.
BIG O , dice: » No siendo las proscrlpczones
que se originan de las disenciones
civiles, otra cosa q,ue el resuhado
del triunfo de un partido, el vencido
encuentra por tOd3 p:lrles UD se.otlmien
to de benevolencia é intereso Cualqule"
ra que sea la autoridad 'Vlclo'J'losa, exis
1.6 en el fondo del corazon ue los hoM
bres, en todo c ¡ma y bajo toda tempe·
ratUJa moral y legishtiva, un movimien
lo interior, un instinto que les dIce,
que ti ningun.o debe repularse culpahle
7/lrtmtras no se le haya Juzgado, <> cuan
do no h3 sido juzgado SÚ20 por tribuna.
l.es suboJ'dlnado$ al parttdo vencedor. J)
Veamos una opi ~iOD de CO.:'4STANT:
1) Ninguna aut ridad d~ la tierra es Hi·
mit&ua; ni la d I pueblo, ni la de los
ItlJmóre~ s del Banco de
los Estados Unidos de Filadelfia, que debian
se» pagados en esta ciudad por el
banco del mlsmo nombre. Esto sucedio
el miércoles 9 del corriente, en seguida
se recibió la noticia de haber sllspen
dido los pagos en tnetalico dicho banco
~n Filadelfia y todos Jos demas ue aquella
ciudad ecepto uno, el Comercial. Estan40
todo el mundo consternado, S8 recibiéron
antes de ayer I~s noticias de
Europa por el vapor Llverpool, por las
cuales se sabe haber sido en Francia pro·
testadas letras del mismo banco por va
lor de mas de seis millones de francos,
de manera que DO sabemos en que ven
drémos a parar. Hasta ahota los bancos
de 'Ya Y rk se sos'e e Qd son
con¡elu!'as : entre tanto el comercio parle
ce, la confianza ha desaparecidQ, y todos
"$00 teruores.
(NotlclOSf7 de ambos mandos.)
;
MISCELANEAS.
POESIA.
A UNA MADRE IMPURA.
1".
No pIenses, grave matronllf
Incasta en tu adoles-cencia,
Que la popular concienda
Calla al fin y te perdl'na.
Si la m.a te nal corona
Ceñlste al pié del alta.r;
Nunca podra despertar
Adoracion reverente;
Que hay una mancha e'D tu frente
l.mposible de borrar.
-2.
"En 'Vano arrodilla"da en larga misa
Cubres, muger, la mancha con el velo,
En vano va al festin tu falsa risa
y bosca allí para tu mal consoelo:
Siempre la mancha horrible se divisa
Cual negro buitre en el azul del cielo.
3.
¿ Qué te sirve amar al hombre
Cómplice de tu desdoro?
Solo van 105 sueños de oro
Adonde duerme el buen nombre.
No hay madre qua no se asombre
Si nota en su umbral tu huella:
Que no le estremezca de ella,
lSi que demande ó exija
"Que des un beso a su hija
~.ndidísillla dancen •.
4.
-y sábete, infeliz, que nunca espías
Tu loca mocedad llena de cargos,
Pues si en honra y virtud tus hijos crías
Consagrando a su bien tus rezos largos.,
"¿ Cómo en los Tostros de ellos borrarías
Sonrojos mil, al recQrdarte, amar~os?
5. .
Aquella jóv8n fué rea
Como tú por darse a un hombre;
Su beldad, su ajado nombre
Hoy el mundo pisotea.
y viendo que te rodea
El respeto y el decoro,
Advierte anegada en lloro
Que es pobre, y tri8te esclamó :
) Si esa no es vil como yo,
» Es por 8U máscara de oro ••
6.
Di()s graba en toda frente que se inreana
~jgllo esc'arnea~dor para castigo :
A donde quieras ir, tu mala fama
Como lepra asquerosa va contigo;
Siempre dira que te perdona y ama
Con ir60lco bio el mas amigo.
7-
Ni en el estrecho ataud
Pienses dejar de sentir,
Que en él no puede dormir
Quien olvidó la virtud,
Viva estara tu inquietud
En tu corazon liviano
Eajo Ja losa, y en vano
Querra tu seno desnudo
EsqUIvar el dieDte crudo
De tanto hambriento gusano.
l . S. MILANES • .
-+-
ADUANA DE CARTAGENA·.
Palot de IOG eftctos importadq-s en el més de
Setiembre.
De Inglaterra .
De los Estados Unidos.
De Holanda
De Venezuela •.
t 1086 2 '{,
11.834 7
475 4
9 6 3/4
Ps. 12á.90~ 4 '/4
Esportaciot¡ en el mismo ·mes.
Cantidad ...
12.275 '/3 lib. aceite de caniJDI'.
..360 libra5 balsamo
33 ca ballos •
44 cerdos
f), 76 7 cueros
185 libras de carey •
200 id" de cera prieta
768' 'h quintales dividivi
27 docenas esteras r
\31 '/4 toneladas mora ."
12 mulas
46.5 fanegas de maiz •
Doblones 72 .. 589 ) }
}""u-ertes. 2 .40 í 6
Val{)r~.
6. J 37 6
5tO 8
930 1)
220 )
13,53i D
915 ,)
36 J)
1,152 6
135 o'
1.0bO 5 '/2
530 l)
465 ))
74.993 6
Ps. 100,619 7 '12
Cantidad.
90,150
50
196
289
1.225
20G
PUEH ro DE SABANILL¡\~
Rsportaci6n en el mismo mes.
libras de algodon
toneladas brasil .
cu eros sa la dos
iJ. secos. .
quiotalrs clividívi.
toneladas mora •
Valores.
7,212 »
l,850 l)
315 )
532 »
1.225 »
2.060 »
Ps. 13,200))
PUERTO DE CARTAGENA~
ENTRADA.S DE BUQUES EN NOVIEM"BRE.
Dia 2. De Santa Marta en 3 dias de na
vegacioll , goleta nacíonal Desengaño. su ca
pitan BIas Mcdma, con mercancías al Sr. P.
Macia.
3. De Curazao en 17 dias, goleta holandesa
Heloisl, su capitan Joan BQudtwyn, en
lastre, al Sr. M. M. Nuñt'lz.
4. De arribada en 29 dias, bergantin go
leta Galeo, su capitan Grua, con mercancías.
4. De Liverpool con escala en Santa#Mar·
ti, en 2 t dias del último puerto, bergantiR
ingles Mary, su capilln Tomas Cristian, COD
mercancías a los Sres. Plo,k y Logan.
6. De Cadiz con ~ en Santa Marta,
en 2 días del último puerto, bergantín nacional
Bolívar, su capitan José Castellanos, con
mercancías al Sr. P. Maciá.
10. De Jamaica en 7 días, goleta nacional
Catalina, sU'capitan J"sé Q"uintero, con
merc~ncíaa al Sr-4 ni. M. N"ñez.
t O. De .Jamaica en 4 t dias, bergantin Da~
cional Cartage'na, su ca.pitan Daniel Plnedo-f
en lastre, al Sr. P. Macia.
10. De JamaIca en 4- dias, goleta na.ci()t{
nal Florida, su capitan Henrique Abuse, coa
mercaocías al Sr. 1\:1. M. N uñez.
14. De Matuntubo en '2 dias, pallebot de
guerra nacional Riohachero, su comandante
Manuel de la Pcñ.a.
16. De Santa Marta en 2 días, bergantín
ingles Ann Wise, su capitan Andre. Thomsl'l
en lastre, al Sr. T. n. Cowan.
17. De Chagres eo 15 dias, pailebot de
guerra nacional Tolima, su comandante el
teniente de fngata Ramon It;lesias.
J 7. De Bocas del Toro en 5 días, paí1e~
bot de guerra nacional Samario, 511 comandante
el t.eniente de I, agata Carlos N varro"
18. De .Jamaica con escala en Santa Marta,
en 2 d ías del último puerto, bergantín
de S. 1\1. B. Charybdis, ro comandante Tinling •
.20. Do Jamaica en 5 dias, goleta ingl.sa
Margariu, su capillO Joho Wilson, en Jal~.
tre, al Sr. P. Macia.
21. De Jamaica eoo escala en Santa Matta,
en 2 dias del último puerto, goleta n ..
ciona'l Veloz, su capitan A.ndres G()lUez, 0011
mercancías al Sr. P. Macia.
24. De arribada en " días, bergantín nacional
Cartagena, su capitan Pedro Aparí~io,
en lastre al Sr. P. Macia.
25. De Marsella en 46 dias, bergantio
frances VIgilante, su caplla L . Garagnoo,
con mere c.a. al S r' 1\1. Lin · eman-
25. De P ortobelo e l B dias, golet Ba.:
cional l\1atilde, su elpitan Manuel A.yarza,
en lastre al Sr. P Mada.
26. De Jamaica en [) días, goleta luci~
nal Nicolasa, su com
Citación recomendada (normas APA)
"Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N.", -:-, 1839. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684231/), el día 2025-12-18.
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