SEMESTRE 1. o CARTAGENA, JUEVES 7 DE MARZO DE 1839. NVl\IERO 6.
;:e:
Estlt periódico saldra todos los jueves: la recepcíon de las suscriciones y 'Venta de los n~lmeros sueltos están á cargo del tesorero de rentas provinciales Sr. J uaa
':Antonio Calvo. La suscricion por semestre vale CUATIlO PESOS, pagaderos adelantados; y cada número suelto ItEAL y ME010.=El precio de la iusercion de los avisosg
articulos de interes privado, será de un peso hasta doce I'engl nes, y un real mas por cada tres renglones de los que excedan de aquel número, y la mitad
por cada vez que se repita, siempre que se advierta al ti~mpo de la entr.ga.
CUADRO QUE FORl\fA LA CONTADURI-\
general en cumplimÍtruo del articulo 30 del
d6crelo reglammtario Jeelta 4 de Ocluhre de
1837, ,n el cual se espresan las cuentas que
han sido aprohadas por la Ca mara de profJincia
en sas sesiones de 1838.
(Continuacion del número anterior.)
~ERCER CA~TON--SOLKDAD.
Municipales.
La de Agosto a DIciembre de 33, produ
cid. por el Sr. Juao de Dios Noriega.
La de En ro a Julio do 34, prodltcitla por
.1 Sr. Juan Llanos.
L. de Setiembr a Diciembre do 34. P1'O.1""
ÜC¡ pu,- ,,1 mismo.
La de Junio a Setiembre de 35, producid
-por eJ Sr. Francisco Pascuales.
La de Octubre de 35 a Enero de 36, pro·
elucida por el Sr. Jo é Maria Warne.
La de Febrero a Mayo de 86, producida
por el mismo.
La de Junio a Sedem re de 36, producida
por el mismo.
La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro·
Gucida por el Sr. Francisco Pas.cuales.
La de Febrero a Mayo de ,37, producida
por el Sr. Gregorio Orosco.
La de Octubre de 37 a Enero de 38, id.
por el mismo.
La de Febrerd a Mayo da 38, id. por el
'mismo.
Comunales.
La de la parroquia de Soled d- de Junio
a Setiembre de 35, producida por el Sr.
Francisco Pascuales.
La de Octubre de 35 a Enero de 36, pro
'ducida por el Sto José l\faria W rne.
La de Febrero a Mayo de 36, producida
por el mismo.
L. de Junio a Setiembre do 36, producida
por el mismo.
La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro ..
ducida por el Sr. Juan José Ruiz.
La de Febrero a Mayo c!e 37, producid
por el Sr. Gregorio Orosco.
L. de Diciembre de 37 Mayo d. 38, pro·
'dncida por el mismo.
La de la parroquia de Sabana grande de
todo el año de 34 'J Enero de 35, producida
por el Sr. José V. del Toro.
La de Febrero • ~ayo de 35, producid
por el mismo.
La de Junio a Setiembre de 35, producida
por el mismo.
L, de Octubre de 85 a Enero de 3~, producida
por el mismo.
L. de Febrero a Mayo do 36, producida
por el mismo,
La de Junio a Setiembre de 36, producid
por el Sr. l\Ianuel J. del TOI'o.
La de Octubre de 36 a 26 de Enero de
37, producida por el mismo.
La de 27 de Enero a 26 de l\fayo de 37,
producida por el Sr. José V. del Toro.
La de 27 de Mayo a 26 de Noviembre de
37, producida por el Sr. M.muel ,J . del Toro.
La de 27 de Noviembre de 37 a Mayo de
38, por el mismo.
La do la p;uroquia de l\lalamba de Enero
a Julio de 31, producida por el Sr. Raimun do
Sarmienio.
La de ,Agosto d~ 3i a Enero do 35, p ro~
ducida por el mismo.
La de Octubre do 35 ~ Euero de 36, pro ~
du()ida por cl Sr . . Joaquin Serrano Sarmit'oto.
La de Febrero a ~Iayo de 36, producida
por 1 mi~ 1n. - •
La de Junio a Setiemure de 36, producida
por el mi.mo.
La de Octubre de 36 a ero de 37, pro·
ducida por el mismo. .
La de Febrero a l\layo de 37, produclda
por el mismo. .
l.a de Mayo a Noviembre de 37, proJucl-a
por el mismo.
La de Diciembre de 37 a Mayo de 38, producida
por el Sr. Juan Palmu.
La de la parroquia de Santo Tomas de
Enero a 1\1ayo de a7 I producida por el Sr.
Pedro Ariza.
La de Mayo a Noviembre de 37, producida
por el mismo.
La de Diciembre de 37 a layo de 18:>8,
produoida por el mismo.
La de b - parroquia de Polo nuevo, de Oc
tubre de 35 a Enero de 36, producida por
el Sr. José de Castro.
La de Febrero -a Mayo de 36, producida
por el mismo.
La de Junio a Setiembre de 36, producida
por el mismo.
La de Octubre d" 36 a EDero de 37, pOI'
el mismo.
La de Febrero a l\layo de 37, por el Sr.
José de Castro.
J .. a de Junio a Noviembre de 37, producida
po~ el mismo.
La de Diciembre de 37 a Mayo de 38, por
el mismo.
Manumision.
La de Julio de 35 a igual fecha de 36,
producida por el Sr. Hermenegildo Visbal.
La de Julio de 37 a Setiembre de 38, pro·
ducida por el mismo.
Resguardo de indigenas.
La de la parroquia de Mal.mbo del año
de 36, producida por el Sr. Pio Roblos.
CUARTO CA.NTON-SA.nAII(.\LA~GA..
M anicipales.
La de Febrero a Mayo de 35, producida
por el Sr. l\1anue José de , Cuentas.
La de Junio a Setiembre de 36, prodl!cida
por el mismo.
La de Octubre de 36 a Enero de 37, pro,,:
E ~AS CAlJSAS CIVILES, CnrJlINALltS y
DE HACIENDA QUE SE HAZ{ VISTO EN EL TIUJIU
AL DE JUSTICIA DEL MAGDALENA EN LO
Mi:SES DE ENERO Y FEBRERO DEL PRESENTE AÑO.
Causas que se hallahan en estado de t'ela&Íon
ha5ta el día 2 de Enero proxímo pasado,
Criminales por diferenlos delitos • 10)
De hacienda _ • 10
Recursos de quej.a y de pronta pro- 6i
videncia. 11 • 30
Civiles entre partes • 15
Causas qUt han enlrado ti la relatot'ia desde ei
dia 2 de Enero hasta la fecha.
Criminales por diferentes delitos • 36)
De hacienda. • • 2
Recursos de queja y de pronta pro- 55
videncia. • 11
Civiles enttre partea • 6
Suma. 120
Causas vistas y despac/z.acÚls 6n los mismtJs dos
meses transcurridos.
• 4.6i 11
pronta pro- t~i
. 34
J 13
Criminale~
De hacienda . •
Recursos de queja y de
~idencia.
Civiles entre partes
, -
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
SEMANAltl0 DE LA PRoviNCIA DE C~R.TAGENA.l
Compm·acion.
Existian 'V han entrado en relatoría en
dicho ti. mpo . 120
S,. han despachado 10i
QUt'dan existentes en relatoría • 16
Nota. Esta noticia no comprende el uú
mero de a usas 'Y otro r'ecursos que se bao
llan t n u'itancíacion con adverten cia de que
las; dHIZ V seIS causas que hay existentes en
relatoría, una es de hacienda, dos de quej.,
'Y trec.e negocj.,., f'ntre partes.
Caltagcna) Febrero 28 de 1-839.
Francisco de la Espriella.
FACTORIA DE TAD&.CO EN ESTA
PROVl1.'CL\.
La Cáplnra de est3 provinria. guitlda
por insplracionr's patri{¡lil'ds y de aCllí'r
do con la opmioo de un gran número
de sus l:on"tituventes, ha ~1tv3do sus clamQrt
s. multitud de veces. a los poderes
legls atlvo ., ejecutivo de' la republicn ('on
el Jauda l>le design io de que se es tablez
~an en esta provincia una ó mas factorías
de tabaco; pero desgraciadamente fueron
siempre infructuosos tan l'élzonables es
fuer zOS .
Los mencionados poderes supremos del
Estado denegándosc, con tantd perSf've
rancia. a acceder en el particular a los
ueseos de la espresada Camara, b~n desJ)
legado, a nuestro modo tIe entender,
\lIla 11 flexibilidad algo eslrafla en un go-biel
no ldJl'e represen lJ t i vo, man ifes
tando al mismo tiempo una adht>sioll l' [)
ciega é Invariable a ciprto sistema. como
con ,'arIa, en nuestro hUIlJllde concepto,
al proc.eder que, en tales cirl'unstancias,
debe caracterizar a una aumini¡.;traclOfl
de sabia, justa y protectora de los pro
gres os socia les.
Deseamos pues, con toda vehemencia,
que los actuales supremos gobernantes,
que tanlas pruebas ban dado de redl
tud, saber é Imparcialidad, no imiten el
infausto ejemplo de sus p7'~deCeS01{!S, que
siempre vieron con desp"ecio los ¡nte
)'eses de esta im portante y benemél'i la
provincia, en vez de haber cumplido con
la sagrada obligacion de promover su fe
licidad.
Si por fortuna se realizan, como espe
ramos, nuestros indicados deseos con re
lacion a la nueva administracion, la ve
remos tornar el inleré mas vivo por ata
jar los progresos de la dec.adencla y misena
de esta seccion de la r~ publica. En
tal caso nos atrevémos a asegurar desde
ahora, que pronto se adoptaran determinaciones
de ,ital importancia para (Dejo
lar la suerte de esta porcion del terri
torio granadino, y no dudamos que una
de dichas medidas sera la del estableci
miento de una fae/orla de tabaco en el
parage de esta provmcia que sea mas
aparente para ello.
Partiendo del principio de que el es
l{mco del tabaco es un mUrlopolc'o cru61,
segun el concepto general de los estadistas
y econornistas clasicos, y prt'stando la
debida atention a que muchos granadi
nos lo conslderan como perjudiCIal a los
intereses individuales y como una grande
aberracion en un pueblo que aspira a se libre, creemos que nuestt o gobier.
no no dehe desechar los arhItrios que
ean propios para hacer mas llevadero o
soportalJJe un sacrificTt) tan. costoso como
necesarzo para hacer frecte no solamen·
le 3 gran parte de los gastos ordinal'ios
de la na .ion, sino tarnLien a los réditos
etc. de la inmensa ¿(jada estl'angerll y
doméstlca gu abruma y aniquila a )a
Nlwva Granada, que tubo su principal
rigen en los 7'Uznosos empréstitos de 1 ~22
V 824, que lauto injluyeron en el descre'·
dlto y olr()~ acel'bo5 males de la estin
g II i da repú blica de Colombia. La pruoell(
·ia ~ la justicia instan pues, como es
fil cil ('()ncebir1o, al establecimiento de la
rae/oda de que tratamos.
EXlst(,'n otras razones, tan obvias como
poderosas, en favor de la mencionada
medida que indicarémos brcvísima
mente-
1 a. Establecieodose una factoria de
laba~o en nupstra provinci8, se &basteccrían
mas oportunarnf'nte las admJnistlntiones
y estanquillos no solo ue ella,
sino los oe " l\jompríx~ Santa l\'larta, Rio
H:lfha, PananJá t Veragua y otras proVIDcias
: --
2a. A horra ría mensualmente el erario
Plíblico algunos miles de pesos que se
invit'flPrI en gastos de couduccÍon de la
hacos desde A mbalema hasta las indicadas
provincias:-
33. Sp proporcionaría trabajo a muc"
hos centenares eJe l41bl~Il(Jores de esta
provin ia, en la cual no t'nC'(wnlran O('U
pacion por el estado de prl gresiva de·
cadpuria y at l'3!'O pn que estón todas las
f>mpr PSlJS .lgl'H .,"l ltls:-
4a. Los 1. ac< de a nueva far oría
que no se nen'sitrlst'n para el ronstlmo
interiol', se podri~n exportar Pi ra el tI
trangero a mus pClea costa y contando
í'f\n , .. nl"jOQ ~-u:> n. •• IH' ptlprlpn f''''IHlrlar
de la t xlra('Lion de los tabacos de Am
ba ll'ma, que dista dt"1 rnar, en todas direcci
nt'S, 250 leguas poco mas () llleoos:-
Y
5a. Dt'saparc('eria (, disminuirla el ríes
go de que se vt,>rifh'ára nuevamente lo
que multitud de veces 8ucethó en años
pasados, de que para proveer de tabu·o a varias pruyint ¡as, perm I tia el gobí< rno
la inll'odul'cion de tabacos de ínfima da
se {'uando el procedente de Ambalema
no Lasta ba pa ra el consumo.
L¡¡ razones espresadas, aSl como otras
cuya e~poslcion omitim('S por huil' de l~
difusíon, nos ubligan a opInar decidida
fT·enle fl. lavo,. del estableCimiento d~ una
j'actona de tabaco en el lugar de esta
prOVincia que sea mas adecuado para ello
y con las precauciones convenientes pa
ra obtenerlo de buena calidad, etc.
Nos sera, por lo tanto, sumumentesa
tisfaelCJrio, que los poderes supremos de
la repu blica adopten la indicada resolu
don, que la Justicia, la PI udencia y las
reglas de la ulilidad social uemandan im
p€riosamente en nuestra humilde opinion.
CARCELES Pl1 LICAS.
Sabcmos de uoa manera indudable que
nueslríJs cárceles en la ma\"or parte de la
provlnda y de todo este distrito jtldí
cial son abso lutamente inseguras, en tales
términos, que podemos afirmar sin
aventurar demasiado, que del lncalcula
ble número de criminales que en ellas
se recluyen, apenas la décima pal'te su
fre el juzgamiento y castigo debido a sus
excecrables excesos. Regularmente su-cede
que los fanlosos, los mas insignes
crimlOales son los que con la fuga triun·
fan de la persecucion de la juslicia y
evaden )a sancion de la ley; y una infinidad
de estos malhechores se encuen·
tran por lodas partes insultando la moral
pública y baciendo alarde de sus crí·
menes liorrendos, en lugar de estar ar-:
rastrando una cadena.
Esta es una calamidad que nos ame·
naza formidablemente, contra la cual es
preciso que declamemos y que para su ..
perarla conjuremos a los magistrados y
autoridaues. principalolente a las del orden
administrativo, a fin de que, en
cumplimienlo de sus deberes, tomen lodas
aquellas medidas que 5e hallen dentro
<1e la esfera de sus facnl tades, y que
puedan conducir al mejoramienl.O del actual
estado de nuestras carcelt:s publicas
que tantos males nos preparan. lnlltil
es que contemos con un código penal,
mel(\(.Iiro y ordenado: en vano el poder
judicial estiende sus ramas hasta los úl'
timos poblados de nuestl'o distrito, si
los pfrversos han de triunfar de la ley,
si han de escapar su garganta de la espada
uc la justicia, si han de dar el funesto
ejemplo de la impunidad. Mas tarde
veremos que nuestros pueblos seran con·
vertidos en aterrantes guaridas de salleadort!
s, d,e facinerusos, de ladrones y ue
toda clase de malhechores familiarizados
con el crimen; y entonces, b habI'emos
de rebalsar en s311gre pa ra vencerlos, es·
carmenltir os y I'educlr/os a la ouedien·
cia, ó serrmos vÍ(.timas de su arrojada
feroz conspiracion. i No es posible que
\' 00 una pn'perstiv3 tao borrorosa \T alarmante
gu.,rdemos silencio, ahogando
uuestros presentimientos, y dejemos de
Ilamf\r la at~n('ion y de e1clta"r el celO
de las autoridades locales!
Las escase('es de los fondos comunales
no ofre en para nosotros una razon suficiente
que pueda servir de escusa a los
alcaldes de dista ito y gefes políticos:
nuestros iomen ~s bosques sembrados
por donde quiera de palmares, ca - as y
maderas solidas, y el servicio persona
su LSldl8l'io esta blecido por el capItulo
11 o de la ley organica de provincias y
ampliado por el 9.° de su adicional, proveen
de recursos bAstantes para la reparacion
y construccion de las carceles en
los casos de penuria de dichas rentas.
Si pues no hay carceles en algunos de
nueslros pueblos, y si las que existen en
la mayor parte de ellos son inseguras é
inadecuadas a su objeto, culpables son
los alcaldes respe('tivos en no dar cumplimiento
a los artlculos 210 y sigoien~
tes de la referida ley organica, y culpables
son igualmente los gefes politicos
V gobernadores por no cuidar con celo
la estricta observancIa de ~quelIas disposiciones
como se los prescribe el artículo
216 de la ley precitadd; y es preciso
que uoos y otros satisfagan a sus con ..
ciudadanvs, enJpeñaodose en cumplir con
e o i cio ¡en jmportante, tJ..Wlan"
do en su consecuencia todas las providencias
oportunas para que los arbitrios
creados por la ley y h>s recursos y elementos
que nos proporciona la naturaleza,
seao ulilmente aplicados a nuestras
primeras y mas urgentes necesidades.
No conlarémos en nuestros pueblos
con grandes edificios de cal y canto, elegantes
y con seguros calabozos; pero 51
podremos contar con caree les algo acomodada
a nuestras peculi~u'es circuDs~
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
SEMANA.RIO DE LA PltOVINCIA DE CARTAGENA.
tancias, cubiertas con techos de palma,
cercadas con dobles o tri pies estacadas
bien sólidas y consistentes y enrasadas
en la parte superior, con vigas tendidas
horizontalmente y aseguradds pur sus ca·
bezas. Las caree les de esta manera cons·
truidas, no seran tan accesibles a la fu
ga de los presos, al paso que su canstruccion
es sencilla v económíca, en términos
que puede bastar el servicio per
sonal subsiJiario.
No resta, pues, otra cosa sino que las
autoridades locales cumpl.ln con su. de
beres, y se consagren con efi(,3cia a remediar
un Olal que es mas funesto de
lo que pal'ece a primera vIsta. Nosotros
las exhOl'tam0S a que se hagan dignas de
las bendi iones de Jos pueblos, corres
pondiendo a 18 honrosa confianza con
que se les ha condecorado; y para el
caso contrario, desde ahora las Ínterpe
lamas a que un poco mas taroe respl1n.
Jan a los cargos que hoy lf's hacemos y
que mañana sedln mas severos.
Objetos de la ir!! que centralice el derecho de
comerClO, elevdndolo al dos por ciento sob,e
las Importaciones en lodas las adl,anas de
la YI'}JllblI6a.
(Continuaciotl del número anterior.)
Orden con que debe procederse en las obras
naciona(ts.
1. La limpia y cscavacion del Dique des.
de Mahates hasta Barranca, para establecer
una navegaclOD perpetua o temporal con el
río Magdalena.
2. Mientras se sigue esta obra, y cuando
no se n ecesite la presencia del ingeniero director,
hara este un examen detenido y pl'e•
.,&.IIoQI Q ,,1 p\c:u~v, u; "",,1 c. oioll";:' ] ya c .' "puc¡,lv,:,
~orrespo ndientes, acompañados de una me·
moria de las obras ma necesarias que de
ben ejecutarse para facilitar la navegacion
en todo tiempo por los caños del Magdalena
que conducen a 108 puertos de S8 ba uilla y
Santamarta J a sabe.': el caño Clarin y R.emo
lino hacia la Ciéuega, y el caño de la Piña
hacia Sabani a.
~. Que del mismo modo visite el propio
ingeniero a la ciudad de I\1ompóx, y
despnes de haber examinado la COl fluencia
del Magdalena con el Cauca por el brazo
de Loba, proponga las obras que deben ha·
cerse para libertar aquella ciudad del ries
go que la amenaza por la e&palda, y para
facilitar en todo tiempo la navegacion del
Magdalena por su frente.
4. Que del mismo modo visite despues
el ingeniero el l'io Cesal' para que propon.
ga las obras que deben bacerse, y los trabajos
que hayan de emprenderse para limpiarlo
y facilitar en todo tiempo su navegacion
al Magdalena .
5. Que desocupado de estos trabajos, si.
ga el ingeniero a reconocer el rio l\hgdale.
na hasta ' donde pueda ser nevegable, y que
pasaodo a Popayall, venga reconociendo el
río Callca hasta su confluencia con el l\lag~
daleDa, presentando despues la memoria ,
planos etc. de las obras que crea necesa.
rias para remover los estorbos, y facilitar en
todo tiempo una navegacion cómoda y segura
por ambos rIos.
6. Concluida esta operacioD, seguira
la de reconocer los rlos Alrato y San Juan,
y la comunicacion cnfre -ambos por medio de
un canal que mantenga la navegacion perma·
nente con el mar del Sur: tambien reconocera
el camino de tierra que puecle abrirse
del puerto de Cupica en el Pacífico, a los
rios mas inmediatos que desaguan en el
Alrato.
7. 1'a\ vez sera conveniete que la junta
generaJ de fomento contrate dos ingenieros,
uno para las obras del intrrior, y ol1'O para
las obras del litora l de la repúbfíca; y tam
bien adqUirir en propiedad una rníÍl.¡uina de
lilDplC~r y profundizilr canale y rios, sin perjuicio
de hitcer_ uso temporalmente de la
contratada para el gobt -ruo en esta plaza.
8. El camino dd Ma gd alena a la capital
de la república delll'ra declararse obra nacional,
para que s(~ haga con toda preferencia,
comodidad y t'guridad.
9. Como las provincias del htmo de Panarna
gozan del privi legio concedido a los
empresat'Íos de la comunlcacion intermarina
por el mismo Istmo, que es la obra mas ill1~
port nte que podian desear, se ignora qué
otra obra urgente puedan necesitar de igual
o mayor preferencia.
ESCUELA DE ARTES.
Esta escuela estara bajo la direccion de
un profesor de conocida capacidad, qUlcn al
mi:;mo tiempo podra encargar..ic de la ense
nanza en ulla de las dos salas en que se divi
de la escuela.
En la primera sala se enseñara la Aritmética
y la Geomc lna pr,1ctica, formanJo:ic por
el director los liuros elcmentall~s que (Tea
mas cOD.veuienles para dar a nue~tros artesanos
las nociones mag necesarias a sus pI' Ife:)
ioues, cuyos lihros serán aprol>ados por la
Junta general de fornellto, con el ubjeto de
uniformar en lo pOSIble la enseñanza en es·
tas escuelas. En la segunda sala se enseña
l'a d dibujo lineal, los elemeutos de Artiui
tectura civil, y los conocimientos físico quími
cos mas aplicables a las ¿l1'tes útiles, form In d.
ose igualmente pur el director los lihros
clement.Jl~s que crea mas convenientes etc.,
tambicn su.ietos a la aprobacion de la junta
general de fomento con el mi ~ mo üb: eto
de ulllformar en Jo p silJle la enseñanza de
estas escuelas.
En ambas salas se entrara diariamente a
Jas seis y media de la tarde y s saldra a
103 ocho y media do la -noche,' epeioo tia
los dias de fiesta de ambos preceptos: se ac.t
mitiran a lo- nuestros y oficiales que sepan
l;Jer y escribir, y a los jovenC6 apre(ldices
que no bajo n de 12 años, y tambieu sepan
let!r y el)"rlblr: todo~ deb.'ran concurrir con
la decencia y aseo q uc l~s sea po~iblc, guardando
la mayor eompo:.tura y 1 CSpl'to a lo
profesores sus mae~lrus; y para sel' admitidos
y ma lrlculados, presentaran al Jirector
una certificacion del gde politico, en que se
acrediten SUs buenas costlolmlJres, y el cor
respondiente decreto del Gvbernador de la
provincia, presidente de la junta de fumento.
El director y el otro prof\,)sor tentl ran un
sueldo proporcionado a sus ocupaciones, y
asi estos sueldos, como todos los gastos de
muebles, luces, papel, libros y dcm3s uten
silios de la escuela, se abonaran mensual
mente por los fondos de comercio; a menos
qlJe el directol' contrate con la junta de fomento
todos los gastos y slleldos por una su·
ma anual pagable mensualmente.
El Gobernador de la pro~incia acompañado
de dos miembros de la ~uDta de fomento y
del secretano de ella, del vicerector de la Uhiversldad
o colegio, y del comandante de ingenieros
si lo huuiese, o de un catedratico de
Filosofla , formaran la junta de gobierno de di·
cha escuela , y a ella corresponde formar los
reglam otos necesarios para su mejor orueo,
con arreglo á las bal>es indicadas, los cuales
debedm ser aprobados por la jUBta general
de fomento por mediO de la junta provincial
que los consultara con su informe. La
junta de gobierno ademas debera dirigir too
dos los años, despues de los exámenes públi cos,
oyendo antes al director de la escuela
de artes, una esposicion a la junta general
de fomento por medio de la provincial, en
que le manifieste las mejoras de que crea
sU5ceptib\e dicho establecimiento para ¡,u mejor
régimeQ interior y aprovecbamiento de
los alumnos. La inspcccion diaria ó -'scmanal
de la eseucIa l turnara fi} pn ;ualmente por
cada uno de los miembros de la junta de fomento,
a ec ~ pcion del presid&nte, dando
cuen ta de sus observaciones a la junta de
gobierno; y los gastos de dicha escuela S6
pagaran por la tesorerll de la rp.nlas de la
Camara de provincia, con arreglo a las
ordenes ó rf'glaweutos esta blecido8 por la.
junta de fomento_
La juuta d e gobierno de la escuela de ar ..
tc~ se reuuira mensualmente, y con bU co.
nocimiento sera que el directo!' rte ella espi-.
da los certificados de "studios a l()s alumnos
que hayan sido aprc1 bados eu los examencs
públicos. Defide el año de . . , en adelantf',
donde haya E'stableClda e ... (:uda dt artes, no
se podra admitir por maeslt'O eH Illllgun arte
o profesion, al que no preseute ~u e ertificados
de haber completado sus e'ltudi,)s en al·
guna de dichas escuelas, y de hablr sido a probado
por su junta de gobIerno como tal
maestro, por habcr acred1L~do igualmente la.
practica necesaria e t -l blccida p r los regla~
e.nlos, con un maestr r
• 0(" orédito el) ~u pro-
1eslOn. Par, las opr\. bacione de m' estro
en las diversas prof,'''iones , nombrara la junta
de gobierno UllO o dos maestros de los
mas acreditados, para que la auxilieu &n los
examenes, procul'ando sean i"mpre de la
profesion oel ~x~minando. La espedicioll
de los titulos de m ~stro y su toma de razon,
se baran por el secretal'io d e 1;) jUlIta de
gobierno de la e~cuela, que lo sera el mis·
mo de la junta de fomento.
DEUDA ESTERIOR GRANADINA.
Por el correo de n"gotá qlJe llego a
esta ciudad el dia 5 del corriente, ha
l' e'b- o esoreria de ha('ienda de esta
provincia de la general de la repúbli.
ca, 84.000 pesos en onzas de oro V fuertf>
S de le\. Consta por la Gacei'a de la
Naeva Granada numo 388, que la es presada
cantidad debe lenel'se tiqui a disposidon
del S:-. l\];¡llucL l\I<:tria l\losql1era;
quien debera conducirla a Londres, como
comisionado por parte de la Nueva
Granada para el arreglo de los negocios
fiscales de Colombia con los acreedores
estl'angeros, a fin de pagar los intereses
de la deuda eSlerior que corresponde a
la reptíblica. Ademas de esta Sl1ma eXIsten
depositados en el banco nacional de
Inglaterra 60.000 pesos en la misma especie
oe moneda que para igual oujeto
se remitieron en el año auterior.
NOTIf:IAS E~TRANGERAS.
ENEZUELA.
Hemos sabido por JifeFentes vias que la
república de '" encluela estaba gozando de
tranquilidad ha ta priuclpios del mes próxi.
mo pasado: qu~ habian llegado ulUmamente
a la Guaira algunos centenares de mmigrados
de Islas Canarias y de Alemania: que la
mayor parte de los que fueron espulsados
de resultas de la revolucion del año de 835,
obtuvieron de la justa y liberal administl'acÍon
d el General Soublette, el salvoconducto
necesario para regresar a dicho pais; y
que se cOlJcebían esperanzas de que el Congreso
vene~o la no espldiel'a en sus sesiones
del presente año una ley de olvido ó amnistía
general, propia para secundar eficazmente
los nobles esfuerzos que la mencionada
administraciou consagró a la fusion de los
partidos ~ a la recolIC'iliacioD general.
La Bandera nacwnal de Caracas del 15 de
Enero uhimo, conti ... ne el sigUIente artículo
relativo a la deuda tstrangera.
NEGOCIOS FISC ..... LES EN LONDRES.
Por renuncia del Sr. Dr. José María Yargas
a quien q,uiso el Poder Ejecutivo acredi-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
SE~lANARÍ<:) 'DE LA PROVINCIA 1:5E CARTAGENA.\
'tar cerca del gobierno de S. M. n. con encargo
de arreglar los negocios fiscales de Colombia
en la parte que concierue a Venezuela,
ha nombrado el Vicepresid~nte, segun lo
dice la Gacela de antes df~ ayer, al Sr_ Generftl
Dllniel O'Leary, encargado de negocios
en Roma, sin perjuicio d e tlsta legacion . Noso
tros s&biamos ya este nombramumto por el
Coruier de Londres de 24 de Noviembre. .
Con motivo de él diGe el C01'r~o (nuevo
l?eriódico que salió el miércole~ último) que
la cualidad d6 ioglés ha debido illfluir en es·
ta eleccioo, en 10 cual no convenimos, si es
que hablo en tlério: otro DlOtiVO, tal vez de
econOIDla, ha de haber sido, pues precisa
mente por ser inglés el General O'Leary no
podra ser aure it du, como Iba a sedo el Dr.
.Vargas, cerca del gobierno de S. M. B" por
que no admít~ aquel gobierno sino a estran
geros como represeutantes de ottO Estaúos,
y nunca a un ÍlJglés por mas que se haya na·.,
turaJiudo en el pals qu Jo acredita; pero es.
to no importa para lo~ IJO gll CIOS fbcal es.
Esta divisiou de la Út uda colombiaua, y el
arreglu futuro de su pabo, es el neguciauo
ce m&s gl ave Importancia qu tiene en el <.ila.
esta república, '1 .flor tanto ba debido oetlpar
seriamente Ja a tenci on d el go bl l,; )'OO : des-ea
mosverlo concltJidode unmodobnfavorable a
1 s intereses de f'ste país, como serIa de es·
perar d el mas fenllnte patriotismo, qne sin
d uda Olfnara al n u t' 'o comIsarIO h ' cía e 11ta
fi ü patrIa tt Jo ptiva . K,ta medIda del Gel eral
Sou blette. 1 d ejar yi1 el ma iJdo de la Re ~ ú.
bli(:a , " rucha ell Ite res qua él Heva en c~l de
sem peño d lo negocIOs públIcos ; y le da
mos por nu esll',\ par Le las gracl S.
~
IUEJJCO.
Hemos saLido por diferentes vias, ue los
franceses continuaban en p05e~ion del casti.
110 de San Juan de Ulúa hasta fi ucs del últi.
mo Enero: que el congreso mej icano .espidió
un decreto confiriendo facultades dictatorias
al P,'esidente de la república; y que a fines
de Diciembre llegó a Voracru'z una escuadra
inglesa de trece buques, eo uno de los cua.
l es iba el comisionado del gobierno britanico
M. PAckenam.
En el New-York Courur and Enquircr del
26 del citado Enero, se eIJcuentra una comu.
nicacion del contra-almirante Baudio dirigl
da al cónsul general de Francia eo Nuev~
YOlk , en que le informa haber instruido al
com ndao te de las fuerzas navales fra ncesas
en el Pacl6~? de, la dedaratoria de guerra he,
el,la por l\teJlco a la Francia, ordenandole se
dirIgiese CO~l toda s fuer za disponible bácia
la custa occIdental de dicha república. - . ESPAÑA.
Las not icias ~e(jihidas por el paquete ingles
na,da contu:nen de interés r~ Ptlcto a
este palS. Los a eles de y res. que al
Clnno hasta el J.1 de Enero, solo contienen
anundos, ya d mllsiado comunes, aunque
harto chocantes a la humanidad sobre los
dí'fersos encuentros carniceros de Jos dos
p.arti~os, que parecen no r esueltos a vencer,
SlJlO a cstcFmmarse ·gradualmente.
. Dichos papeles coutitnen otra nomencla
tu~a ~e mlOlstros p ra el gabinete de 1\1a
drld, a cuya cabeza se halla Don Evariato
Perez de Castro.
La Rciua Gobernadora ha creado UD nue'
fO destino para Espartero- el coronel&l to de
la Guardia real.
lNGLATERRA.
Los papeles i ngleseg continuan ocupandose
de los desastres ocurridos en las costas
britanicas, a consecuencia de los terribles
temporales que hahiao ocasionado gran pér
dida de vidas y de Intereses. Uno de 108
barcos na~fragos fué el hermoso paquete
Pennsylv
T
41lla en su salida de Liverpool para
Nueva 1 úrk, a cuyo bordo pereció el Sr. Ri.
cardo Souter, comerciante por hngo tiempo
establecido en esta ciudad, y a la cual regre,
saba de su reciente viage cuando le llegó el
funesto fin que mencionamos. Dos buques
mas se perdieron al mismo tiempo que el
Pennsylvania sobre el mismo banco y a la vista
unos d.e otro!, todos de hermosa c~nstru~cion,
famusament6 tripulados y aparejados,
ti interesados con ricos cargamentos.
1\11 S e E LA N EAS.
REMITIDO.
.A 10$ SS, editores del Semattarú, de Cartagena.
Hemos visto en el número 69 de la
Bandcl'a nacional el largo remitido que
un ciudadano de Paila dirige contra el
autor del al'llcul,) publicado en el nu·
mero 59 del Argos, lIamandonos muy
particularmente la atendon las siguientes
palabras que hemos leido con sorpresa.
»Con Impudente Ironia se jacta r. de la
parle que ha lenldfl en la proscripclOn
de rlle soy v/clima en l'emuneraCl"n de
'mi pU1'O patriotISmo y de los constantes,
OpOI tu IUJ~ !I leales servicios que !,e prestado
a la l'epublica.. Cuando hemos
leido estas co~as n os hemos quedado a·
tunitos, y nos hemos preguntado a no
so tros m ¡smos, ¿ cuál sera la prosc:ripcion
de q ue hoy es viclima aquel ciudadano?
(, Nu es éste el mismo que eslubo hasta
Agosto dcl año pl'oximo pasado de Go
bf-I'oador de esta provincia, por nombra
miento hecho por el al' lual Presid<'nte?
¿ No es el mis.rno que tanto maldecía a
q tll pública y privi.ldamente al Sr. 1\'1arque¡
y a adminislradon, y a quien
sin embargo de esto le fué preciso elevar
al gobierno con instancias, y hasta
por segunda vez, su renuncia del desti.
no de Gobernador, pDro qu~ :te le bu
biese ad ml ti (lo ? Nos hallabamos per ple
jos con la proscripcioD lamentada, V cierlamen
e no era posible que alinasemos
con ella, dt'spues que hemos 5ido les
t.goi de lo mut ho que el Sr. l\1arquez
contemplaba en el querelloso, no obstante
que no ignoraba )0 mudao que '0
desa c r editaba maldecia. Pero en esla
confusion nos resolvimos lA continuar Ja
lectura del r emitido, y i cuál seria nuestro
a50m hro cuando a las cuatro hneas
hemos encontrado que la ponderada pros
cripcinn consiste en ha bérsele escluido de
13 Gobernacion de Tu nja! -» SI, Sr. Mi
nirtro, con tim'13 desptles d iciendo el re
mitido, no estraño que en esta epoca en
que se esltCH recompensando los su'viclos
personales que, se hacen al p,.es~d~n le de
la repcíbl,ca a esp ensas tiel men to, del
patrwlúmo, y lo que es mas, de la so
ciedad, se me haya exclUido de alguna
Gobernacion, no obstante mi leallad d la
caasa naclOnal, !J mi noto1'lO honradez .
Otra adml11lstl'OClO1l que no fuera la in
Ju sta e' Ingrata de 1837, habrla aprecia
do 11llS mereCimientos, sin ceder á las
pasiones y antlpalifls pO/¡tICQS. SI; despUCJ
d~ q'U8 el qUI habla lo sir VIÓ con celo !I
fit/ebdad, !/ de que sael lfi·~o en su obsequio,
a reserva de sa honor, sallld, lran
qatlldad 1/ bienestar, se halla ho!/ pros
CI llo, villPemllado ti mdlgente.
¿ Es posible, nos dij imos a nosotros
mismos, es posible que asi se esplique
un hom bre tan favorecido por el Presidente
de la república? ¡.Dejamos a la
consideracion del p Iblico ilustrado é imparcial
la humildad Y' moderacion eOIl
que, aquel ciudadano esprime sus. r~sen.
linuc·ntos! NQ50tros solo advertlremo&
al resentido quereJIoso: qtle no dar fl'
UD individuo el empleo ~ que aspira,
no es proscribirlo, perseguirlo, viJipen~
diarIo ni reducirlo a la indigencia: que
de una senaria presentada al gobierno;
éste tuvo precision de hacer la eleccion
en UDO solo para la Gobernadon apetecida:
que cinco debieron quedar nece~
sariamente escluidos, sin que el Presidente
pudiera contentar a todos: que si
de los cinco, el uno tiene hoy razon pa~
ra creerse perseguido y proscrito, los
cuatro restantes deberaD proferirse en
los mismos términos: que el gobierno
ha debido escoger de los seis el que le
ofreciera mas garantías de que se com·
portaria mejor y de que le prestarla una
mas eficaz cooperacion: que segun dice
Lepage, la buena conducta anlenor de utJ
IndlVlduo 1/0 es un garante sufiCiente para
lU'L8ar que él se manqara del mlSmIJ
modo en lo sucesIVo: que servir en un
destino muy bien dotado por la nacion,
no es entre nosotros servir a su gober.
nante, porque los em pleos no son del
qua manda: illtimamenle le advea'tirémos.
que segun se deja ver de &U~ quejas y
alaridos, el celo y fidelidad con que afec~
la haber se-rv ido la Gobernadon tIe esta
provincia, babran sido piedras tiradas a
Ja de TUllja para lograr que le cayese de
gracia y por fortuna; pero que esto ni
es verdadero patriotismo, ni ~roceder con
celo y fide lidad positiva, sino 5er .. irse a
sí mismo movido de locas esperanzas.
Es tas son, Sres. editores, las observaciones
que nos han ocurrido con la simple
'ectura de aquel remi tidoJ y suplirarnos
~ VV. se sirvan darles publicacjon
en las columnas de 8U apreciable perio.
dico.-Mompóx 16 de Febrero de 1839.
U'nos momposznos.
PUERTO DE CARTAGENA.
EnJradas JI salidas de huqries en esl~ me-s.
ENTRADAS.
Dia 1.0 De lu Bocas del Toro, en siete
dias, goleta nacio a Bocatoriana, su capitan
Archibod lUikel •• en lIslrc '1 coo.ignad. al
Sr. Felix Brua: con ocho pasageros.
Dia 2. D-e Jamaica con cscala en Santa
l\la rtl, en no dia de navegacion de esto último
puerto, bergantin goleta de S. 1\1. B. Ca·
r lbdis, IIU comandante 1\lr. Gore: COD tres pasageros.
Dia 5. De San &a Marta, en un di" gole~
ta nacional Isabel, su eapitan Bartolomé 1\la-:
t., cargada de guanos, consignada al Sr •. 107'
sé, Pineda .
SALIDA.S.
Dia 4. Para Jamaica la goleta nacional
Florida , su capitan Henrique Alauses, COD
f rulos del pais, , dos pasageros.
~
AVISO.
ANTONIO RODRIGtJnz. TOl\lCES, GOB2BNAnOJ\ n.
LA l'ROVINCIA D CAB.TAGENAe
Hago saher: que el Dr. Antonio del Real, se
ba presentado ante mi reclamando el d8recho es,=elusivo
para publicar y vender una obra d.e su
propiedad, en V o titulo ha depositado y es como sll:jlle:
• Element~s. de derecho constitucional, seguidos
tle un cxalntn critico d6 ItI Consliluei"" neo-'8'7l·
nadina. .. .
y que habiendo prestado el juramento ref}\lerif
do, lo pongo por las presentes en poscsion del
privilegio por quince años, los cuales podrao pro-:
rogarse por otres quince años; ~~yo derecho le
cooct!de la ley H)· de Mayo de t834, que ase ...
gura por cierto tiempo la propiedad de las proo::,
du,cciones literarias y algunas olras.
Dada en Cartagena a 46 de Febrero de. t839:
--Anloni" Rodricuez Torices.-r CarlG.s Parqa, seo:
cretario. --,.,3
Imprenta do 19s hereder<~J 9..4 ~UlA
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Semanario de la Provincia de Cartagena - Semestre 1 N. 6", -:-, 1839. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3684192/), el día 2025-12-17.
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