ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA.- ESTADO SOBERANO DE BOYA~!.
. ~ unja, juéves G de diciem1Jre de l§G •
CONTENIDO.
~(;IJ,t!!!!=-
Gobierno Jeneral.
l\Iensnje del Gobernador del Estado Soberano de Panamá, enviando n
h Asamblea lejislativa el Convenio con el señor Manuel Murillo1
PAJ.
Comisionado por el Gobierno de la U nion ••••••••• , •• , • • • • • • 53
Lei incorporando el E tado S. de Panamá a la Union Granadina..... 5a
Sometimiento de vario R elijiosos de B()gotá, a los Decretos de Tui-cion
i Desamortizacion de bienes de manos muertas............ 54
GOBIERNO DEL ESTADO.
Secretaría de GobiernC?.
Decreto nombrando Notario del Circuito de Mol'eno •••• , •••••• ,,.. 55
Id. nombrando Comandante de las fuerzas que se organicen en Jos
pueblos del antiguo canton de Leiva ••••••••••••••••• , • • • • • • 55
Id. disponiendo cese en el Pjercicio de 2. ° Comandante de las fuer·
7.ns de Ca nnarc, el señor Juan de Dios González • • • • • • • • • • • • • 55
lJ. del Jefe DPfHHtarnental del centro, sobre monedas.,.. • • • • • • • • • 55
Donaciones patrióticas ••• , •••••••••• , •••••• , , , , •••••• , • , •• , • • 55
l)osesion de empleados ••.• , , ••••••••••••••• , ••••••••• , • , • • • • • 55
Secretaría de Hacienda.
Lista de los Ajentes subalternos de bienes de manos muerta.s en el
Estarlo................................................ 56
Aviso a los tenedores de capitales del Colejio de Boyacá.............. 56
NO OFICIAL.
p ,,r ;¡lr~ ln. , , • , , , •.•• , . , • , , •••• , , •• , • _, •••• , • , ••• , •• , , , , •• , . • 56
J.: ... t 1bleci miento de un Colejio privado en esta ciudad •••• , • • • • . • • • • 55
GOBlEllNO JENl~RAL.
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MENSAJE
~nviando a la Asamblea lejislat1va el Covenio celebrado entre el r:-obernador del J!stRdo i el
Meñor Manuel Murillo, Comi.ionado del Gobierno de los E tados Un1dos de Nueva Granada.
CruoADAxos DJPUTADos:
Al abrir vuestrns se ·iones el 1. 0 del corriente, os informé de la situacion
pol ítica de la Repú blica, i de la probabilidad r¡ue en mi concepto había Jel
compl to triunfo de la c11usa proclamada por varios Estados de la Confedera·
cion, a cuya cabeza se encontraoa el señor tiobernador del E~tado del Cauca.
Relativamente al E ·tado de Panamá, os manifesté que habia permanecido
en la mi ·ma actitud en que se encontraba al estallar la guerra civil t>ntre el
Gobierno jeneral i los Estados disidentes, i en que el mismo E t:.tdo, como tnl,
no había tomado parte, bien que sus funcionanus naeionales hubieran decididamente
apoyado la causa que se consideraban obligados a sostener.
Dije al mis.no tiempo que la idea sobre independencia del Estado de
Panamá, que .:orno medio de su traerlo de las 1:alamidades de la gnerra habia
smjido entre muchos itsmeiios notable::; de algunos Departamentos, ha~ia sido
abandonada, i que la neutralidad absoluta, como medio equivalente sin los pe,igro~
tle la otra, se prof~saba ca i por 1.1 jeneralidad .de los panameños que mas
consultan los ínt>re~es de su pais.
Despues s ase·
guraban esos interese~, que con preferencia a toda otra c0nsideracion debe con.
sultar el Estado de~ Panaroá.
U na feliz oportunidad acaba de pre,entarse de llen:-~r todos aquellos deseos
i todas aquellas condiciones. El Presidente provisorio de los Estados
U uicios de Nueva Granada nttl"oriz6 plenamente al señor Manuel M urillo Toro,
para negociar la adhesion del Estarlo de Panamá al pacto de Union de aquello&
EstadM, cuyas bases cardinales fueron consagrados en el Tratado qne en
10 de sf·tiembre de 1860 se ajustó en Cartnjena entre los Miniljtros Plenipo.
tenciarios de los Estados de Bolivar i el Canea.
Juzgné de mi deber apro .. ·echar la ocasion de discutir con una persona tan
entendida como el seiior Muritlo, i que es tan fiel representante de los princi.
pios invocados por el nuevo sistema político que encabeza el Presidente pro.
visorio; i con tal objeto m~ trasladé a la ciudad de Colon, como os lo anuncié
en mi Mensaje de 5 del corriente. Dichos principios son conformes con
lors verdaderos i Sllstaneiales interesf'S del Estado de Panamá, de suerte que,
sin hacer traiciona mi mas claras i graves ob1igaeiones respecto de un pais
con el que estoi identificado por toJo jenerode con"~ideraciones humanas, yo no
podia dt>jar de celebrar un convenio en que ello· fuPran el principal punto de
parti<.ia, i a que habia sido invitado en mi carácter de Gobernador.
Tal es el documento que os acompaño, i para ct~ya validez se ha requerido,
como tenia que sucder, vuestra ~oberana aprobacion. En él se han con·
sagrado todos los principios que el sitema federal propiamente ciicho entrailn, i
que los peculiares intereses de esta poreion del Continente demandnn co . ul·
taren todo sistema político que le concierna. Esos pri nci pi os ~tán rt a,._umi
dos en los cuatro incisos del artículo 2, 0 segun los cuale::-;, el E~tado :impl rfi.
ca j robustece su gobierno interior, adquiere recursos fi:>cales dll que ti t>ne imperiosa
necesidad, hace real su propia administracion de justicia, i se salva de
las calamidades de las guenas civile~.
Por esta combinacion el Estado, In Union i el Mundo interesado en el
comercio de tránsito, marcharán en perfecto acuerdo, i se darán mutuo ausilio,
porque no habrá ningun ar.tagonismo en sus intereses. El Estado de Panamá
se enorgullecerá de pertenecer a una Nacion que comprende la alta filosofia
de t~r.¡m' ll os prineip10s. admirable continuncion de los que tiene, con noble
osadía, rejislrados en su .historia polítir.a, como otras tantas instituciones, de
algunos aíio~ a esta pnrtc.
Creedme, ciudaclarlOs Diputados, tengo la íntima i sincera conviccion de
que el Estado cuyos representantes sois nnda podrá desear despues que el convenio
celebrado se ejecute, p~ra lo qu.e solo f(e requie.re .vuestra aprobacion, que
de otro modo no me atrevena a pedtros con encarectmlento, como os la pido ul
entregnrlo a vuestro eximen.
Panamá, 9 de setiembre de 1861.
S. DE LA GuARDIA.
El Secretario de Estado, B. Arce Mata.
LEI DE 15 DE OCTUBRE DE 1861,
incorporando el E tado ""'oberano de Panamá a la Union Granadí na;
La Asamblea lejislativa del Estado de Panamá,
DISPONE :
Artículo l. 0 Aprut~base en todas sus partes el convenio de 6 de setiembre
último, celebrado en la ciudad de Colon entre el Ciudadano Gobernador del
E ' tado, Santiago de La Guardia, i el Comisionado f~srecial del Gobierno de
los Estarlo;; U ni el os de Nueva Granada, Manuel l\1urillo.
Artículo 2. 0 El Gobernador del Estado nombrará el Plenipotenciario
que debe representar al Estado en el Congreso que ha de reunir~e en la ciu·
dad de Bogotá para la revalidncion del Pacto de Un ion, i lo instruirá, de
acuerno con las estipulaeion,·s del Convenio que se aprueba.
Artículo 3. 0 La Asamblea hará la eleccion do los Diputados a la Con.
vencion Nacional que corre:pondan a este Estado, lurgo que se sancione la
presente leil en cualquier dia anterior a la clausura de sus sesiones. Así mis.
mo nombrará Diputados s uplentes en numero igual al de los principales, para
que por su ón.len subroguen a estos.
Articulo 4. 0 Siendo la voluntad manifiesta del I trno formar parte de!la
asociacion granadina, cunlquiera que sea el resu ltado de Ja contienda en q~e
uún se encueu•rn:se autoriza al Ciudadano Gobernador del Estado para que al
rec'"lnstituir. e la República Jo incorpore a ella, siempre que se le hagan las mis·
mas concesionc~ que en el Convenio de 6 de. etiembre último.
Dada en Panama, a 14 de octubre de 18Gl.
El Preside nte, AGUSTIN JovANE.
El Secretario, José de Alba.
Gobernacion del Estado.- Panamá, a 15 de octubre de 1861.
Ejecútese.
El GobernF~dor del Est:1do, S. DE LA Gt Ar.ou.
El Secretario ele Estado, J.lf. Morro.
La. Asamblea lcjislntivn. en su sesion de ayer, elijiú para representar el
Istmo en la pró.·ima Convencinn na~ional, como principales, a los .;;Pñore Justo
Arosemena, Rafael Núñez, Manuel Morro, Crirlos Icaza Arosemena i Presbítero
Fcrmin Jovane; i como suplentes sucesivamente a los señor~ Isidro
54 EL SEl\IANARIO OFICIAL.
Arroy0, EznquiHilbja~, 1\Ianuei..,AtH'ÍZar~ Mcdarclo Rívas i Pedro Farnández
.:riadrHl. SenJt:!jante Oiputat:ion hac~ honor al Istmo i fig!.lnHá sin disputa
cutre las mns lucidas.
SO\lETIM 1 EN'fOS
d.:: varios r~: ijioso8 de Bogotá, a Jo,; Decretos el f' "Tuicion" i "Desamorti:¿acion de bienes
de manos muertas." l
:3cííor ._ceretario de Estado en el Ue:iene8 de manos mnertns. ''
l por 10 poder íir nar a causa de la enfermedad de que aetuaimente ado·
czeo, ruego a lo!:i señores \Venccslaü Zalabarriet:1 i Antopio María V alencia.lo
hugan por mí,mereciendo sus firmas tul fnerza, é i crédito comn In rnia proptn.
Bogotá, 8 de noviembre de 18í51.- A. ~u. Valencia.-W. Zalab;¡rrieta.
E copia.-El Oficial mayor, B. l\úr'lez.
Seilor Secretario de Gobierno de 1a Union.
Frai Camilo GranáJo~, Agttstino calzado, nnte U. con respeto manifiesto:
que me sornelo voluntariamente i oft·ezco obedecer los decreto esperliclos pnr
el CiuJadano Pre idente ue los Estados U niuos de Colombia, sobre "Tuicion"
i 11 Dcsamortizacion de hiena. de m:lnos muertas;" sirv iendose U. di. poner
r¡tJO se rM declare por quien corresponda. el derecho que tengo a la renta v ia~
jera, &cgun el segur.do de lo espres:ldos dccrl'tos.
Bogotá,9 de noviembre de 1861.- Fr. Cmnilo Grm1árlos.
Es copia,-El Oficial mayor, B. Núñez.
f:~::ñor Secretario de Estado en el Desp:1cho de Go bicrno.
Convento de San Agustw.
l\lanifie to al seiíor Secretario, que obedezco los decretos de "Tnicion''
1 ,:Dcsnmo!'lizacion de bienes de manos muertas'' i domas que mande el tJiu.
(ladano Pre~idente de los b:staJos Unidos.- Fr. Primo .FeLiciano Mun~var.
Es copia.-El Otkial muyor~ B. Núñe%.
Ciudadano Presidente de Jos E·tudos LTnidos de Colombia.
A virtnrl de que mis enfermedades no me permiten hacer un viaje, tal
vrz a un telllperalllento qtHl en el estado actunl de mi . alud , me se ria uocivo;
no:; sujfdam >:S d relijioso Ricardo Alarcon i y a firm ar los Jecretos de "Tuic¡
on i De .alllortizrtcion de bienes de manos muertas."
Somus delrilldadallo Presiclelltc rnui uteuto:s ~ervidores.
Bogufá, 7 l ü nov.iembre de 1R61,
P.rai 'ictoriM RochJ. -Frai Ricardo Alm·con.
E:-: ·o pía- -El Olleialwayor, B. Kúñez.
Señor Sccret:: : io de Estado en~c\ De~pacho de Gobierno.
Los infrascritos re liJio:-;os clt:d Convento de Agll, tinos descalzos, declara.
mos: que obcdecewo:s i (C.:lpetam os los decreto del Gobierno, ele 20 de julio i 9
de seli<·tnbrc últimos sobre "Tuicion" i 'Desnmortizaeion Lle biP.nes Je muuos
muertas,'' i ofrecernos respP.tar i obet!ccer todos los actos del Gobierno de los
Estados U llidos de Cnlombiu.
Bogotá, 7 de novien1bre de 1861.
Fr. Pedro Jllartinez. -Fr. Leon Caicedo. -Pr. Jua11 Bautista Piñéros.Fr.
Domingo Diaz Piñeros.
Es copia.-El Oficial mayor, E. Núñez.
Ciudadano Pre itlente de los Estado¡; Unidos de Colomuia.
Ciudadano Presidente: el que suscribe, con ~u acostumbrarlo respeto, an·
111 Vos respetuosamente digo: qne reeonozco i obedezco los decretos de •'Tui·
cion," i Des:1mortizacion de bienes ele manos muertas," i ele este modo e pero
eh! a uontlad de Vos, Ciuuaclano Presidente, ser protejidopor las leyes que
11us riien.
~ Bogotá: 7 tle noviembre ue 1861.- Fr. Pelipa Osorio.
Es copiu.-El Oficial mayor, B. Núñez.
Estados Umdus ele Colombia.
~eñor Secretario de Gobierno de la U 1ion.
El infrascrito Fr. H,¡,¡rnon Graná.dos Samudio, profeso de la Sagrada Orden
d l A~nsti nos de cal~os, prometo respetar i obeJecer los deerelos dictados por
el Podu Eje-:nti\'0 proriso,·io de la Union, soure "'l' tli<·ion:' i "Desamortiza.
ciun de bicnL~ de l!Jtu.u::; muertus. '1
--=-P.~Q
Por tanto, n~ clamo del Gou ierno la renta viajera a que pneda tener derecho
para asegurar así la subsistencia personal; i por mi obediencia a los Decretos
citados tener libertad en mi persona i gozar de los derechos que, corno
ciudad,\no ifrelijioso, me señalan las leyes a que est'Ji sujeto.
Bogotá, 7 ele n.wiembre de 1861.- Fr. Ramon (hanádos· Samurlio.
Es copia.-EI Oficial mayor, B. Núñez.
Ciudadano Presidente de lus Estados Unido de Colombia.
Fr. Silntiago Pinilh, Relijioso del Convento de Agnstinos descalzos, declaro:
que me someto a los decretos de 20 de jt~lio i 9 de setiembre últimos,
sobre ''T uieion'' i "Desamortizacion de bienes de manns muertas,'' i Clfre7.r,o
respetar i obedecer todos los actos del Gobierno ele los Estados Uui :os de Colombia.
Bogntá,~7 de noviembre de 1861.-Fr. Santiago Pini.lla ..
Es copia.-El Oficial mayor, B. Nítñez .
Ciudadano Presidente de los Estados U nidos de Colombia.
Fr. Narciso Velazco, relijioso del Convento de Santo Domingo, declaro:
que respeto i obedezco los decreto. sobre "'l'uicion" 1 "Dc.samortizacion de lo:i
bienes de manos muertas," lo cual hago vol u ntarinmente. Igualmente,. reconozco
todos los actos del Gobierno de los Estados Unidos de Colombia.
Bugotá, 9 de noviembre de 186l.-P'7'. José Narciso Vela:co.
Es copia.-El Oficial mayor, B. Núñe;;.
Excmo.seiior Presidente de los E:;tauo:; Unitlo:-; tle Colom1ia.
Fr. Lu i Fl6rez,' Relijio~o profeso del Convento de Santo ;Dominrro me
presento a V. E. con el dt!bido re peto: · b '
_Ad_ern as dn _Sacerdote, i ántcs-dc serlo, soi ciudadano de e~te pais, j por
ronsJgu tente SUJeto a Ja¡¡ leyes i 61·denes del Gobierno de mi patria. No soi
Prelado, soi un :sim¡>le ::-acerdote. n quien no toca discutir, ni cumple resistir
las di~posiciones der Gobierno civil; por r.on::;ignieute no estoi di¡:puesto en
la ac~tuales circunstancias a aceptar el destierro, el martirio, por una causa
q11e, lf!jos de seiinlármela mi deber, me la contradice. En tn.l concepto creo
qu~ c11mplo mi deber, si protesto como solemnemente l0 hago: '
l. 0 Obediencia al Gobierno de los B:.tados U nidos de Colombia· i
2. 0 Sometimiento voluntario a los Denetos espedido~ por el rnis:no Go·
l)ierno sobre "Tuicion'' i '•DesamorLizacion de bienes de manos muertas'' i de~
mas que se han c1pedido sobre la materia.
Hechas estas prote ·ta::, s.uplico a V. E. con el debido ncatamientn: Cllle
declare que no esto¡ cornprend1do en f~l decreto de fecha Je aver, que se hizo
conocer ayer mi~mo a la Comunidad a que pertenezco, i que por cor:siguient ·
debo quedar en libertad.
Bngotú, 6 de nnviemhre de 1861.-Ft Luis Plúre:.
Es cop1a. - EI Oficial m:1yor, B. Nú:f[ez.
SP.ñor Secretario de Gobierno de la Union.
.El infrascrito a virturl dP. lo cli·pnesto en el Decreto ndome, como siempre, de injerirme en poi ítica.
Bogotá, 10 de noviembre de 1861. Agustin Jil Delgadillo.
E copia.- El Oficial mayor, B. Núñez.
SECRErr AlliA D~ GOBlEl\NO. ----..¡-.,..- -
DECRETO DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1861,
nombrando Notario del circuito de l\1oreno.
El Presidente Interino del Ef.tado Soberano de Boyacá,,
Dl:<:CRETO:
. Art:'culo único. Nómbrase Notario del circuito de Moreno, al sei"íor Clau·
d10 Peretrn. Comuníquc,L'.
Dado en Tunjn, a 8 de noviembr~ de 1861.
SA~Tos AcoSTJ..
El Secretario de Gobierno, Raimundo Berna/.
DECRETO DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1861,
\l t) llll>rando Contanualltc de las _fnt'rz a.:; que se orga nicen en todos los pueblo!! del
anttguu conton úe Lciva.
El Presidente Interino del Estado Soberano de Boyacá,
DECRETO :
Artículo único. Nóm_b1·ase Comandante .de las fu erzas que ~P. orga nicen
en todos lo3 pueblos del auttguo can ton de Le1va, r.l señor Eliseo Neira. Cowuníc¡
uese el nombramiento i las instrucciones del caso.
Dado en Tunja, a 14 de noviembre de 1861.
SANTos Aco~TA.
El Secretario de Gobierno, Raimundo Be1·nal.
DECRETO DE 16 DE NOVIEMBRE DE 1861,
disponi~111lo cese en el ejercicio de 2. ° Comandante de las fuerzas del Departamento de Casanare,
el señnr Juan de Dios onzález.
El Presidente lnteri11o del Estado Soberano de Boyacá,
CON~lDBR.ANDO:
l. 0 Que el sei'íor Juan de Dios Gonz,)lez ha estado cjncutando actos prohibidos
e:presamente por ol Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, de 23 de.
ago to último, publicado en el número 9. 0 de" El Reji tro Oficial," se.aun los
informes que se han elevado al Gobierno dei Estado; i 0
~. 0 Que no hai urjente necesidad de 2. ° Comandante de las fuerzas
del Departamento de Casanare,
DECRI<:TO:
Artículo único. Ce a en el ejercicio de las funci ones de 2 . ° Comanrlante
ele Ja~ fuerzas del Departamento de Ca sanare, el señor Juan de Dios González.
Comuníquese al Jefe Departamental de Casanare i al señor González.
Dado en Tunjíl, a lG de noviembre de 1861.
SANTOS AcoSTA.
El Secretario de Gobierno,· Raimttndo Bernal.
DECRETO
sobre ctrcul,lcion ,de monedas.
El Jefe DepaTtamental del Centro,
De acuerdo con la circular de la Secretaría de Hacieuda de 21 anterior,
lHimero 96.
D~:cnETA:
Articulo 1.. 0 Desde 1~ publicaeion de este decreto" obligatorio, en el
Departamento, 1 .en cualquiera tran accion que se celebre en él, el recibo de
~~~ mo~edas nacionales, espn1iolas i norte-américanns, siempre .que sean lcJlhmas
1 no estén notablemente cercenadas, i aunque el sello esté borrado por
efecto de la circulacion.
Artí.culo 2. 0 ~as ~onedas fr~nces~s, sardas, belg~s u otras cualesquiera,
son tambten de obhgatona aceptac10n, srempre quE:' esten bien marcadas.
. Artíc.ulo 3. 0 L~s Alc1~ld~s de los dist rit~s quedan encargados de la ejocu·
cwn de e~.e decreto, 1 podran 1m poner a lo.:~ mfractores un u multa de diez pe-sos,
o arresto por diez dias en el r.aso de insolvencia del contraventor.
Dado en Tunja, a 22 de noviembre de 1861.
El Secretario: J. de Dios García.
F. Pulgar.
DONACIONES PATRlOTICAS.
El SPñor S. del Castelblanco ha hecho donacion, a r~rvor de las rentas JeJ
Estado, del sueldo qu~. como Majistrado de la Corte de Justicia, dcvcnrró desde
el dial. 0 de noviembre en que se_ instaló esta corporacion, hastft eC'clia 15
del mismo.
Estado Sobemno de Boyacá.- Tame, 14 de noviembre de 186 [.
Al seiior Secretario de Estado en el Despacho de Gobierno del Estado Soberano de Boyacá..
Señor.
Como individuo que profeso }o<; principios liberales, he sumínistrndo al
Ej~rcito de la Federacion~ quince rese , una carQ'a de yuca i vários vehículos
de tr1isporte, en el período corrido desde el 7 de julio de este año ha..;ta el 9 de
setiembre próximo pasado, segUt~ se patentiza con el doeumento' qt1e tengo el
honor de acompañar a U., esped1do por el Alcalde de mi vecindad. E os servi·
cios h<~n sido v&lorados, preci amente para que mas tarde los paaue el Gobier·
no del Estado, o el Gobierno nacional. 0
Considerando ol que suscribe, que e~o~ servicios alcanzan a mas de ciento
sesenta peso ; que !as caja~, ya se~ la del Estado, ya sea la Nacional, están
sumamente esc:1sns t que e~ necesano dar alguna prueba de desintercs i adhe·
sion a la causa q te hemo:-s proclamado, he venido, como lo haao en hacer do·
nacion a la Nacion, de los servicios meneionado<;, para qu~ ~e tenga corno
chancelado todo documento que SB refiera a ellos .• \1 dar e ·te paso lo verifico
por el respetable órgano de U., snplicándole se irva darle el cur.·o co veniente
para que llegue al c.onocimiento del Supremo Gobierno.
Aprovecho esta oca~ion para suscribirme del señor Secretario, su mui oh •
diente servidor, Luis Guevara.
Secretaría de Ilacienda.-Tunja, 30 de noviembre de 1861.
Acéptase a nombre del Gobierno nacional, la donacion patriótica que hace
el ~t>ño1· Gueva ra. Acúse~e recibo de esta nota i publíquese para su COilOCi·
miento en el Estado.-Galan.
POSESION DE EMPLEADOS.
Consta oficialmente en este Despacho que la han tomado los señores; Emilio
Gúmez de Ajente fiscal de Moniquirá, D0siteo Roncancio de Notario del
ci:·cuito de Lei\'é.1 1 Jnan F. Várgas, Notario del de Moniquinl., Javier Corrcuol'
Juez del de Soatá, Jesus T. Tejada Notario del mismo, i Florentino Mancera
Ajente fi ~ cal del mismo.
SliCR~rrARIA DE liACIENDA. - ----
LISTA
de Ajen tes subalternos de bienes de manos 'lnuertas en el .Estado
·nmnúrados para los distritos i corpontciones que se esp1·csarán:
SE" O RE~ :
José Joaquín Vt\ rgas pa ra el Colejio de Boyacá.
Prüfo García para el Hospital.
l\l<~rcclino Montaña ¡¡ara lo~ conventos de Santo DominO'o j la. Conccpcion.
Elms Acevedo para e1 de San Francisco i la hermandad de'' La Tercera.u
Lucas La Rotta para el de Santa Cllna.
Hipólito Machado para el distito
Jol'.é Mnnncl Camacho - el irl.
Gregario La Rotta - el iJ.
Pedro A. Garabito - el id.
Antonio Sandoval - el id .
Anccno Espino;)a - el id.
Timoteo Vélez el id.
Quintín Cajígas <.>1 id.
Casi a no fHonroi c1 id.
Jerman Soto el id.
Nieaci Galindo - Hl id.
Pastor Castelblanco - el id.
Elius Corredor - el id.
Cárlos b scovar - el id·
'l'adeo Parra - el id.
Juan Nicolas l\Iachado - el id .
Miguel Cortez -- el id.
Joaquin Solano - el irl.
•romas Curréa - el id.
Bacilio ·árgas - el id.
Antonio Currea - el id.
Tol.Jias J\luñoz -- el id.
José María Fajardo - el id.
Joaquín Escovar - el id.
José María Romero - el id.
Bacilio Escovar - el id.
Rmnuultlo Ramírez - el id.
Venancio Rueda - el id.
l\lntia Herrera - 1 id.
Lino Correal - el id.
Juan R. lfonzo - el id.
Bernardo Gutiérrcz - el id.
Arca r ;o Aco..,ta - el id.
Tomas Gran{tdos - el id.
Silvcrio Mor:ile.R - el id.
Jo:5r Gr•·g-orio G.unírcz - el id.
de Tun.Ja.
de Chivatá.
de Cómbila~
de Tuta.
de Sotaquirá,
de Siachóque.
de 'roca.
de Sam?.cá.
de Sora.
de Turmequé.
de Ramiriquí.
de .Tcnezano.
de Tibaná.
de Chiriví.
de Virncachá.
de Leiva.
de Suta.
de Chiquinquirá.
de .Moniquirá.
de rrogüí
de Santa Ana.
de Pnre.
de Chitaraquc.
de Tonza.
de Umbita.
de Capilla de Tenzn.
ile Pachnvita.
de Snta-Tcnza.
de Gnnteque.
de Guayatá.
de Somondoco.
de Gnrngóa.
de Miraftoras.
de Z t- taquira.
do Chinnvita.
de l\1acanu1.
56 EL SEMANARIO OFi.CI.AL ...
~fnnuel Perilla -el id. de Campo-hermoso.
Hufino R. Chaparro -el id. de Santa Rosa.
Antonio Escovar -el id. de F 1 o resta.
Manuel Réyes -el id. de Corrales.
Lázaro Oiuya -el id. de Be len.
José María Mcntoya -el iu. de La Paz.
Segundo Soler -el id. de Duitamn.
Antonio Prieto -el id. de Paipa.
Elíseo Corkz -el id. de Nobsa.
Hamon Escovar -el id. de Sogamoso.
Francisco Yillate -el id. de Tibasosn.
Pedro Espinosa -el id. de Firabitovn.
Fanstino Barbo~a -el id. del Cocui.
Arístides Calderon -el id. de Soatá.
Ajencia principal de bienes de manos muertas en el Estado.
El infrascrito tiene su Oficina en esta ciudad, carrera de V ásquez, nftm~
ro 71. Despacho para el público, los jnéves de todas las semanas, desde
las nueve de la mañana ha -ta las cinco de la tarde · los viérnes desde las seis
rle la mañana hasta las diez, i desde las~ nce has~a la.· cuatro de la tarde;)
los sábado! desde las ocho de la mañana hasta las dos de la tarde.
J. JU. Corlez.
COLEJIO DE BOYACA.
. L?s deudores de réditos, anendnmientos &a, pertenecientes a este Esta.
bleclmJento, ~cmran a p::rgarlos a la oficina del infra::crito A j~nte admini~tra~
dor, en esta ciUdad,-carrcra de Vásc¡uez, cnlle 4. ~número s4.
Señálase a la presente nmigable invitacion para c¡ne surta sns efecto~ en
los deudores de plazo eumplido, el término de veinte dias1 contados desde esta
fecha.
Quedan advertidos todos Jos ~erl_lns tenedoreq de capitales, fincas &a, para
que p11guen puntualm:nt~ al venc1m1ento de los plazos estipulados.
. Aquello~ cuyo te.rmmo para de_volver el capital o capitales que tomaron
n _mteres, esta, ya _venctd_o, quedan mut especialmente notificados para que redtman
en el termtno arrtba señalarlo.
,. !--- TODos se hace s~ber qne está abierto en esta oficina el rejistro de ins-r.
J tpCion de fin.~a~, capitales, derechos, acciones, servidumbres &a, que pertenezcan
al Cole]JO t no estén inventariados.
Horas de despacho diario para este efecto, de las once del din o la una de
Ja tarde.
J. Joaquin Vd1gas.
Tunja, 5 de diciembre de 1861.
OFICIAL.
PARALELO.
La conspirncion centralista a pareeió primero en los Estado.q de Santander
i Cnucn, i en los campos de la Concepcion i De.r?'ttmbculo el partido federal ob·
tuvo la victoria. Mas de ochocientos soldados fueron prisioneros en aquellas
dos Jornadas, entre estos Corena i Prias, Jefes de tales movimieutos. i I qué hizo
d partiuo liberal triunfante? Espedir amplio indu lto a todos los conspirado.
res.
El Presidente Ospina, arrojando la máscara, apre ta sus Jejiones i mareha
sobre el Estado de Santander. i Quienes Jo sigllen ~ Lo signe C(lrena i los mismos
a quienes el Gobierno de Santander acababa de perdonar· !
I Ospina, orgulloso con el triunfo del Oratorio, manda tambien sus pelotones
constitucionales sobre el Cauca. ¿ l quiénes son los primeros que vie.
nena sus filas ? Los primeros son Prias i JJ[adriñan, a quienes el Gobierno
del Cauca acababa de perdonar!
Avanzan las fuerzas centrali~tas, i en SPgMJia vuelven a triunfar las armas
del 9aucn. Se tornaron mas dfl 600 prisioneros i a todos se les indulta;
uno~ rec~ben pasnporte para venir a Bogotá,i otros se obligan alpermanecer en
N e tvu sm_ comprometerse contra la cousa fed eral. i I q11e sucede~ Que casi
todos los mdultndos, con pa::.aporte para Bogotá, vuelven a tomar las armas i
marchan con el Ej ército centralista a combatir contra sus jenerosos vencerlo~
res en Segovia; i miéntras estos violan así sus promesa ele honor, Jos indultallos
que quedaban en Neiva, upénas sienten el movimiento de Ospina sobre el
Magdalena, son los primeros en lanzarse a con. pirar en los pueblos de aquel
Departamento, i en provocar conflictos al Gobierno que los acaba de perdonar!
Pason ell\Ingdalena las fuerzas federales; i en la Barr·igonll sorprenden i
ponen en_ completa derrota a Gu.tiérrez Lee i a su Divi::;ion. Se l~s persigue
en fuga, 1 acosados, hacen pieen las breñas de Chagurmí. Nuestro Ejercito,
fuerte d~ tres mil valientes i entusiastas, no necesitaba combatir para vencer
ni en e mtgo~ que apénas contaba ochocientos hombres muí mal situados, sin re~
curs0s,i sin retirada posible. i I que sucecie? Que el Jencral Mosquern, nesflan·
do conquistar la paz i el triunfo da las instituciones economizando sacrificios
a~ pais, acepta las promesas de Gutiérrcz, qnien firma un annisttcio recono·
<.:~ende al Jeneral Mosquera como Director de la gu.erm civil, i comprometiéndose
a trabajar p0r la paz bnjo las condiciones que se dictaron. i I cu:d es el
resultado ?e es.ta conducta~ Que G'UtÍérrez marcha a incorporarse al Ejército
de \hptna, 1 no solo falt~ a la fe de sus promesas solemnes, sino que lleva
t-;U perhd~a hast:.l mostrarse mrrrato a la conducta noble i marrnánima del cau<.
lillo de las fuerzas federales.
0
Gutién·ez i sus compañeros (]U; habían sido indultados
en Chaguaní, fueron despues los J>r,:meros en romper sus fuegos en
Sauta Bárbara contra el caudillo i e\ ejército que los acabaha de perdonar!
1 poco ánte, , Briseño, derrotado en el Banco ocupa a Ocaña con el resto
dr. su _foerzn. A!lí es ata cado i vent:ido pot· Jo federales, i Briceño con lJ'lonsrtlve
1 Veros quedan en libertad, empeñando su hmwr de no volver al servicio
<:ontra el partido CJile dt>fiende Ja federncior1. ¿ f qué vemos 7 Que Jl[onsalve j ¡
Ucros desleales a ~u palabrH, son l.,s primet us 0n ae,..11 clil!l\r la rcacdon Coll· 1
tral~ ta en Santander, i son los mismos que vemos hoi combatiendo contra ¡08
valientes que los perdonaron ayer!
I llega el 18 de)ulio, i el ej_ér_cito lib_re triunfa i ocupa la capital. Se abren
las p~ertas de las ~a.rceles a qnm1entos liberales, que un año hacia arrastra han
el grillete del presidiario, o vivian herrados al poste del criminal. · I cuál Q
la conducta del partido Ji beral triunfante~ Su politir·a de siernpre-ef PERDONe! (·r oma do de '' L a '"I, n· bu na, " pen·ó d ico de Bogo tú.)
UN COLEJIO PRIVADO, EN '!'UNJA.
Con,·enciJo_ de la premiosa necesidad que actnalmeute hai en los Estados
de Boyacá t Santander de estableciminntos de educacion e iostruccion
donde, a la. ve:t que se desarrolle la intelijencia, se cultiven Jns manPras i s;
forme el cornzon de su numerosa juventud, en la que deben ellos cifrar las es·
pera_n~~-s de su p_orve~i~; el infra ·crito ~e lisonjea _de po~er pre star al país un
servictcto, no ~1 e nos utd qne oportuno, st logra renltzar el pensamiento de plan·
tear en esta ciudad uno de tale:; establecimientos.
. Penetrado de e~.tn idea, se atreve, pues, a anunciar a los padr·cs ele ¡¡101 ¡_
l~a d~. los espresados E ·tados, para el 15 de enero próximo, la apertura dr> 1111
~ole]to, para var~n es, en el que se enseñarán por profesorrs i mne ·tros inteli.
~e~ttes, las m:tena. ~igt~ientes: RelijirJn, Urbanirla.l, Caligrafia, Ortorr rnfl!l,
1d10mas, E:sp~n_ol, ~1t1_no, Frao~es e Ing!es, Retóri1:a, Aritmética, Aljebra,
Jeometr~n. teonca 1 praetrca, Trrgonometna, Contabilidad o Teneciuría de li.
brus, Ft ten,_!~ Je?grafía ~n.sus. div~rsos ramos, Historia sagrada i profana,
Moral, Grumat1c:a Jara los nt¡e 1·cr. t o 1 o o ' ' 1 J .., noren es as. matenas; 1 as ele las demas, pal'a cada cual que quiera aprender-
}:~.,, a elec<.:wn d_e ~us padres o de quienes hagan sus veces, i h;¡b ida considernei~
n a sus aptitudes segun el estado de sus capacidades i ::;egun los conocirruentos
que hayan adquirido.
, .El a~o es~olar. terminará el 15 do noviemhre, con los respectivos actos
publtcos ltteranos, t. ~omenzará en lo sucesivo, de de el l. 0 del me de enero.
Para ser admJttdo corno. alumno en el Colejio, se necesita: que el que
lo pretenda nO Sea_.menor d,e ~Jete años,_ni l:layor de uieziseiS! qrte no pade:t.L'fl
enfermedad contaposa o cromca qne le lrnptda el desempeño dP. su:! funcwncs:
q~1e su entrada a el no _sea por méno' de un año escolar¡ i en fin, qne sea de~
btdamente presentado 1 que se someta a la disciplina del Colejio.
. So_lo ~on de cargo del E~taulecirniento: la instruccion, los alimentos In
l~a~ttac10n 1 l.os serviciús do~ésticos; siendo del de lo· p:1drc. , los gastos' de
lrb_lOs, pap~l 1 demas n e ce~ nno~ para la enseñanza; los útiles de a~t>o, corn11
pemes, cepd_l~s &a, el lavad? 1 aplanchado ele la ropa. como tnmhicn t'l pro.
veer_a cad~ JOVen da una CUJa, una mesa, un banl i un
Citación recomendada (normas APA)
"El Semanario Oficial - N. 14", -:-, 1861. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3682491/), el día 2025-06-18.
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