E S T A DOS - U N 1 D O S D E e o L o M B lA ..
G.l\CET A OFICIAL
DE
Aflo l. ~ M EDELLIN, 9 DE JULIO DE 1863. ~Ntlnl.16.
SUMARIO
GOBIERNO DE LA UNIOI'f.
Sometimiento de Sacerdotes . . . . . . .
GOBIEUC'\O DEL ESTADO .
. ~.5.H1BLF..\ LEJISL.\TIVA.
Páj.
. 79
CaBdidates para Majistrado3 tÍe la Corte Suprema federal. . 80
SECRETARIA DE GOBIERNO.
Decreto de 1.0 de julio de 1863, nOJIlbrando Vacunador jeneral
e~ el Estado. . . . . . . . , . . . . . . . . 81
Docreto de 2 de julio de 1863, concediendo a algunos eclesiásticos
el perntiso de que trata I.'l artkulo 6.0 de la leí de 23
de abril de ]863, tIe polida nacional ell roa tena de cultos . . 81
Circular número 3'2 a Jo)S Jefes municipales. . . . . . . 81
Nota del Jefu lUunicipal de nio-Negro. . . . . . . . ,81
SECRETARiA DE HACIENDA.
Decreto de 3 de julio de 1863, sobre la carestla de los viveres. 81
Privilejios. . . . . . . . . . . . . . . . . , . 8.'2
AI!BIINISTH .\r.ION JENERAL DEL TEsono.
Circular número 23 ¡¡ lus Colectores municipales. . . . . . 82
GOBIEItNO DE LA UNION.
SOMETIMIENTO DE SACERDOTES.
PRESIDLN ";1 A ) EL ESTADO.
EH la ciudad de lUedellill, eapital <..Iel Estado,
se presentó el Presbítero Juan 1\lul'Ía Ro·
jas, el que de acuerdo COII lo di~pllesto en el
artículo L° de la It-'i <..le 23 de abril de J86;3,
sobro policía nacional on materia de GuItos,
juró ante el Presidente <.lel Estado obedecer la
'Col1stitucion, leyes i autoridades de la República
i del Estado, í someterse i respetar .JÚso/..
Je r él 11 í a del él N a e i o ti. E n fe del o c II a I ti r m a.
PA5CUAL llHAVO.-JUAN MARÍA ROJAS.El
Secretario de IJncielllla encargado delU.
de G 01,; i (-!/'1 10, LUCH ECIO GÓ;tiEZ. I
En la eiudad de .l\1edellill a cuatro de julio
de ]863, se presentó ante el infrascrito Presidente
del Estado Soberano de Antio'luia el
Presbítero lUunuel Salvador Valenzucla, cura
de Santa-Hosa, i prestó el juramento cxijido
por el artÍcull,) 1.0 de la lei de 23 de abril último,
de policía nacional en materia dQ cultos,
i p él r a (~ue conste lo fir ma.
PASCU . .\I, BUAVO.-l\1ANuEL SALVAOOR VALENZUELA.-
EI Secretario <..lo I-Iaeíenda, ellcargado
nal en materÍa de
cultos, promete obediencia i sumision a la
Constitucion, leyes i autoridades; de la Repúhlica
i riel Estado, respetando la Soberanía de
la N acion, i firma.
l ... uis Maria Sarrazola.-J uan Estévan GarcÍa.--
EI Secretario, W. MartÍllez.
En la ciudad de A lit lOr¡ uía, a 12 de mayo
dc 1863,so presentó el rbro, Lino Garro, i bajo
de juramento, espllsn: que en cumplimiento
del artículo 1.0 de la lei de 23 de abril último,
sc:>ure policía Badolla I CIl materia do cultos, i
para t-jercer las fu IlcÍolles de su mi Ilistorio co·
lBO sacerdote católico, promE:te obediencia i
sumision a la COllstitucion, leyes i autoridades
de la República i del Estado, respetando
la soberanía de la Nadon. En tal virtud firma
la presente.
Luis .MarÍa Sarrazola.-Lino Garro,-EI Secretario,
'V .. Martíllez.
En la misma fecha se presentó el Pbro. Emigelio
Ramírez i bajo de juramellto espuso: qlle
para cumplir COIl el precepto de la lei sobre
policía nacional en materia de cultos, i poJer
ejercer como sacerdote católieo las funei(.H1cS
desu ministerio,promete obedieneia i surni~i0n
a la Constituclon, leyes i autoridades de la República
i del Estado, respetando la soberanía
de la Nacion. En tal virtud firma la presente.
Luii María SatTazola.-EmigJio Rarnírez.
El Secretario, W . .l\'lartínez.
En 16 de IQS mismos se presentó el Presbítero
Jesus María Rodríguez i bl'ljo de juramento
espuso: que cumpliendo eon el precepto de
la lei sobre policía nacional en matería de cultos,
i para ejercer su ministerio como Sacerdote
católico, promete obedienoia i sumision
a la Constitucion, leyes i autoridaues de la
República i del Estado, respetando la Sobe·
ranÍa de la N acion. En fé de lo cual firma.
J..Juis María SaITazola.-JesusMarÍa Rodrí·
guez.-:EI Secretario 'Y. MartÍnez.
Alcaldía del Distrito.-Urrao junio 21 de 1863.
Hoi se ha presentado en esta Alcaldía el Sr.
Cura Presbítero Anjel José lVlontoya i juramentado,
espuso: que /:le somete a la ClOnstitucion,
leyes i autoridades de la Repúbllica i
del Estado, respetando la Soberanía de ha Nacion.
Que este acto lo hace en cumplillllient@
de la lei sobre policía en materia de culos.
José L. Larrca,-Anjel José Montoya.--EI
Secretario Antonio Fernández.
Es copia fiel de las dilijencias de s metimiento
de los Sacerdotes, que ellas conti enen,
sacadas de los orijinales remitidos a la Secreta"
ía de lo Interior i Relaciones Esterio.'es .
El Secretario Je la J efetura.
l\'Iartí ez.
Estados-Unidos oe Colombia.-Estado Soborano
de Antioquia.-Jefetura l\lunici pal.
En la ciudad de Medellin a cinco de julio
Je mil ochocientos sesenta j tres, se presentó
el Presbítero Tomas María Lara cura escusado
.. del distrito de Envigttdo, i jnrame ntado
legalmente por el Sr. JQfe m,unicipal, prometió
obedecer la Constituc1on, leyes i a utoridades
de la Republica i del Est.ado, i someterse
i rcspetal' la soberanía de la N acion. En fé de
lo cual firma la presente dilijencia con el Sr.
Jefe municipal pOl' ante el iufrascrito Secretario.
Rafael Echavarria.-Tornlls l\laría Lara.
El Secretario José Pablo Es(:c.>hat' Restrepo.
GODIEI\NO DEL ESTAD O.
ASAMBLEA LEJlSLATLVA.
CANDIDATOS PARA l\lAJISTRADOS DE LA CORTE SUPRE~1A.
FEDEHAL.
Estaoos-U nidos de Colombia-Estado Soberallo
de Antioquia-Sp.cretaría Je la Asamhlea
Lejislaliva-N.o 56.
Señor Secretario de GlIlbierno.
La Asamhlea LeJislativa, en sesion de anoche
procedió a votar por los cinco individuos
que debe presentar al Congreso de la Union
para Majistrados ue la Corte Suprema Federal
en cumplimiento del artículo 76 de la Con;;;-
t itueion jeneral, i 6, ° del Acto Constitu cional .
transitorio; i verificados los escrutinios respectivos,
declaró para dicho objeto a los siguieutcs:
Francisco Javier Zaldúa,
Jorje Gutienez de Lara,
Antonio del Real,
José María Rójas Garrido i
Amires Ce ron.
1 en s€;sion de 'hoi acordó lo que sigue:"Publíquese
en el periódico oficial a la mayor brevedad
la lista de los candidatos del Estad() para
l\lajistrados de la Suprema Corte Federal".
l\ledellin, 6 de junio de 1863.
AND RES LARA.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
DE ANTIOQUIA. 8/
SECRETARIA DE GOBIERNO.
DECRETO DE 1.° DE JULIO DE 1863,
Nombrando Vacunador Jencral en 01 Estado.
El Presidente del Estado . Soberano de Antioquia,
en uso de sus facullades.
l>ECRETA:
Art. 1.0 Nombrase al Sr. DI'. José 19oacio
Quevedo Vacunador jeneral en el Estado.
. Art. 2.° E1 Vacanador jenerdl dispooddl Jo conveniente
a fin de que el pus vacuno se propagut!
~o mas prontu posib-le en lodos los pueblos de .\ntioquia.
Comuníonese.
Dado en- M.edellin a 1. ° de julio de 1863.
PASCUAL BRAVO.
El Secretario de Hacienda encar'gado del Despacho
de Gobierno~
LucREclo GClim:z.
DECRETO DE 2 DE .JUL10 BE 1863,
/Concediendo a algunos eclesiásticos 01 pPrIniso de qlJ(' trnto el articulo
6 o de la lel de 23 JI! Iloril ue 186:j, de pulicíd nacionul en
materia de col tus.
E'L ' PRESIDENTE DEL ESTADO SOBERANO DE A'xnOQUL\,
e O N 5'J f) E R A N DO:.
1. 0 Que los ec\esiaslicos que se han sOll'letido al
GoLierno l1an dado una prueua Je su espíritu evanjé!
ico de órden, de paz i surnision a las leyes, son
dignos de la contllnla pyulica pOI' 5tH luces i virtudes
con que cUllt1'ihuyen a sostener' el órden social
contra los ataques de los enemigús de Id paz, de
la libertad i de la soueranía nacionol.
2.° Que importa que el ejercicio de sus funciones
no pueda ser f'etdrdado, i que el pueblo no ca·
rezca del culto, i de l. .. preJicaciun i Jirec(:iull de
estos dignos rnioistl'oS,
OECRETA "
Art. único, S~ concede el permiso de que trata
el artIculo 6,° de la lei de 23 de ablil de It>G0, de
policia nacional en matel' ia de CUll"c, a lodus Jos
ministros del culto que eunJplao lu dlspueslo en el
artículo 1. 0 de dicha lei, El P. E se reserva Id facultad
de r'eti,'ar este permiso en un caso especial,
cl1ando lo estime conveniente.
Dado en Medellin, a 2 de julio de 1863.
PASCUAL BRAVO.
El Secretario de Hacienda, encargado del Des-pacho
de Gobierno, LucREclo G¿)J\lEZ.
Estados-U nidos de Colombia _. Estado Soberano
de Antioquia.-Secretaria de Gobierno.- Circular
N.o 32.
5eñores Jefes 1\1 unicipales.
Conforme al artículo 23 de la Conslitucion de
la U nion, sancionada el ~ de mayo último, i 26 de
la del Estado de 29 del mismo, no podrao imponerse
contribuciones para los gastos de los cultos
establecidos o que se establezcan en el Estado._
Prevengo a Vds. de orden del Poder Ejecutivo
que dén estricto cumplimiento a esta disposicion,
impidiendo el co~~~ ~~ cualesquier~ ccmLriuucio:
nes destinadas al fin mencicwauo, i ap licando u
haciendu aplicdr las disposiciC/ncs I{-'gules lIegadlJ
el caso, conlra los que decreten o recuuden uid,lélS
contriuuciones. Lus ministl'os del cullo J'üu/'all
cobrar únicamente las lilll osnéls u olJlaciones que
voluntariamente se l'OUJ pl'GIlH' lan a (Jagarles ICJs
fieles; i para eSle coLro los éll)l'~'al a la i:lulurrddd
pública confurme al articulo o." de! Decreto ut!
'8 de noviembre de 18(,;'2, en ejercicio del derechu
de "Tuiciunn
, sobre exenciones a los ministros de
cualquier cull\) eSlable<:ido en el p"ís, i sobre los
deueres que les corresponden, En consecuenci,j
el <..'ob,'o de ia contl'ibucion c(lnocida con el nel(IJ(¡l'e
de diezmos i IH'imicias es indebido, i lo~ ~artil'ulares
tienen derecho para l'ecolJrdl' lu qHe h"y,m paB'ado
despues de la puldical'ion de Id Consliluciuu.
1\1 edellin, 2 de ju lio de J 8G3,
El Secre~.Jr4o de hdl'ienda encarg:ldo del Des~
paclw, LUCl'.ECIU GOMEL.
Estados-Uniuos de Colombia, _ Estauo SoLeranQ
de A nlioquia .-.J efetura mUllici pal. -1\ úm.o:2.
Selior Sccl'(}lario ue Estado del Despacho de CQui-cmo.
El St'. A Icalde de 1.1 A Idea del I{ e li ro con ft'clla
25 del presente bajo el númcI'u JO me diLe lo SIguieole~
,
~'EI alza de los vÍve,'es es muí crecido, COOl~
efecto preciso de la pasada i Lrf,a luchu. En lalclO
circunstancias un inmenso número de persullas
carecen rtll110:'l para aliviar el pueulo.-Votada~ estas
cuestiones la junta resolverá lo que estime
con venionte para ponar en accion los medies
adopta"los.-Dal acta Je la junt.a i Jo los medi
l)::) puestos en accíon dará purte al Poder
Ejecutivo la autoridad política.
Art. 3 o Las autoridades encargadas cle
('itar It.>s milicianos que dehen sorvir on la fuerza
pública pro~urarán en lo posible que estos
no sean agricultores; i harán publica.' a
son de bando en toJo;, los Jistl"Ítos, que hallálldoso
completos los cuerpos del ejército no
se harán en adelante otros IIttmamientos que
IU:3 necesarios para los reemplazos que ocu'··
ran, i (1 ue en estos so seguirá la r.,..evencion
anterior.
Art- 4. 0 Las mismas autoridades citarán
de preferencia a los r¡ue RO ocupan de comprar
los víveres en los mercados para revenderlos
en lo:; mismo5, a precios mucho mayore-s.
Art. 5.° EII est.a cilldad la junta de que
trata 01 artículo l.0 tendrá lugar el dia 5 a las
II ti l} la nniíall~, p ero si pudiere cons '
truirse el puent e por una conlrata qu e no eSlalJlez
ca IlI'i\'ilejio, el Po der Ejecutivo lo hara delm od)
1111 S CO ¡Hen ie nle p J 1'3 el E .. t a <1(), ex il ien Jo 1 él <;
S '~"lriJld~j nc,:csll'iJS i la conJit.:iJI1 de soliJcl de
la obra. En caso de otorgarse privilejio, el Ejecuti
vo se reservara el derecho de COlO pral' el puen te en
cualquier tiempo, previa justiGcacion de la obra".
I el Pode,' Ejecuti\'o en vista de lo resuelt v ¡JO l'
la honorable Lejislatura ha dispuesto, que al con·
ceder cualquiel' pl'ivilejio para construí., un puente
sobre el río Arma, se tengan preseotes las con ·
diciones exijidas por aquella corporacion.
L-l propuesta del Sr. Enrique Haeusler no 111
sido publicada, por haberla ('etirado su rec~melldado
el SI'. N icolas F. Villa.
l\Iedellin, 7 de julio de 1863.
El Secretario oe Hacieoda,LucREc,~ GÓMEl..
ADMINISTRACION J. UEL TESORO.
Estados· U nido~ de Colombia. _ Estado Soberanfi»
de Antioquia.- El Administrador jeDel'al del Tesoro
.... =Circular N umero 23.
Sr. Colector municipal de .... _
Sírvase Vd. formal' i remitir a esta AclllSioistra·
cion un cuadro en estos lérl'l'lin9s:
DEnITO.
El monto de la suma asignada a ese 1\1 unicipío
por empréstito segun el decreto de 30 de enel'O de
1863 adicional al de 19 del mismo mes (Crónica
oncial número 21)
(,REDITO.
l. ° El monto de las sumas procedentes de elicho
emprestito remitidas a esta Admioistracion,
espl'esaodo con separacion:
Las remesas en dinero:
En documentos por gastos ea conduccion de
fondos del empréstito:
En nóminas por honorario de I'eca~dacion de,
vengado por Vd. ¡sus ajeotes.
En documentos compl'obantes de los demas pagos
hechos coo esos fondos:
Si 00 hubiere remitido las nominas las aCOfDpa·
fiara al cuadro que se exije.
2.° El mont!!> de las que Llllen pOI' recaudal'
clasificandolas así:
Por el valor de cuotas a euenta de las cuales
nada se ha recaudado:
Suma procedente de cuotas de las que solal})el'ltc
se ha cuurado una parte.
Por {oedio de notas manifeslal'a Vd. en el mis ·
• mo cuadro, las sumas que ha recaudado p~)I' cuotas
pa¡:;adas en su totalidad i cuales pOI' I..lS satisfe·
chas en parte.
Sil'vase acompaiial' tamuieo IJ lista jel'leral de
contribuyenles formada en los terminos pre\"enidos
en el artículo 1, o del decl'eto de -1 de febrero
ultill1:J s ourc conversion de recibos por empl'é.;lila
forzoso, inserlo en el suplemenlo a l nume,'o
22 de la "Crónica oGcial,') coidando de hacer fi·
f,lll'ar con scparacion los nomul'es de los conlriuuyentes
q\le hao pagado loda la cuota, de los que
han enterado parte.
L::Js dalos que pido son de natuI'dleza ul'jen e,
i p or lo mismo espero que VU. los remitid! a la
IllflY01' brevedad posible i con toda la esaclit d i
clariddd qlle son indispensables para la furma<',o n
ue la coentJ ¡rneral Jc h deuda pública d el Eslado.
l\ledcllin, '2 't de lunio de I SG3. OSC\R n .. GI\ F..IfF.
M~Jcllin - lill ,) r 'J;o pur Sdvc;lro.! l3.lk,ilJ r _
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Gaceta Oficial de Antioquia - N. 16", -:-, 1863. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3682290/), el día 2025-08-08.
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