ESTA DOS-UNIDOS DE COLOM I3IA.
CE ~A Fe L
DE
r\ÜO l. ~ MEDELLlN, 20 DE MAYO DE 1863. ~ NÚ111. 8.
SUMARIO
Páj.
GOBlERNO DE LA. UNlOL .
Aloclll:ion del Presidente de los Estados-Unidos Ele Colombia. 31
GOBlERXO DEL ESTADO.
LEJlSL.\TURA CONSTlTl:iYENTE.
Informe de una Comisi0n. . . . . . . .
Acta. . . . . . . . . , ..... .
SECRETARíA DE HACIENDA.
32
32
. Mercaucías existentes en la extinguida casa ge comercio. 33
SECCION JUDICIAL.
Edictos. . 34
GOBIERNO DE LA UNION.
TOl\fAS C. DE MOSQUERA,
PRESIDENTE CONSTITUCIO:\ AL DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE COL02unIA,
A L O S e O LO ::U n 1 A N o s.
El I-Í de fc:hrcro entregué el mando supremo
que tuve que ejercer por voluntad de los Estados
CJ ue resistia n la usul'pacioll del Gobierno
propio. Lisonjeáuame la idea de datO u na prueba
espléndida de abnegacion i patriotismo,
Jendo al hogar doméstico eOIl la conciencia
tranCJuila, orgulloso de ser un simple ciudadano,
y el primor soldado para ir a campufía el
dia del peligro.
l na época de transicion estamos atl'an~sando
de la gran evolllcion política, al réJimen
normal que debe hacer el ellcanto de una Nacion
que se organiza bajo un pacto político,)'
CJuc este sea su constitucion. l\lis conciudadanos
representantes de los Estados, y npoderados
del pueblo colombiano, Je~pues de la manifestaciún
de mis ideas cn los actos oficiales
como Majistrado, fundando de nuevo el crédito
naci0nal, desarnortizanrlo los bienes de mallOS
rn 11 f'l'tas i sometiendo a I clero católico al
olHnl pot elite poder de la N acion, me ordenan
.(!ue contillúe por unos dias mns en esta labor,
puesto CJue la inicié i tengo en mis manos todos
los hilos.
Be aceptado este nuevo debe!', confiando
q lIC el brazo robusto de la juventud liberal
qpo)'ará al que hoi no es el ~upremo Director
de la Guerra, sino ell\lajistl'ado constitll~ional
encargado Je los negocios jenerales de la N acion,
~I malldé por necesidad, hoi entro a administrar
por Jebe/', i solamente por deber,
porque tal ha sido pi pensallJiento de los He·
pre~entnntc;::, que me hall llamado a rjercer Pl')f
limitado período la Presidencia de Jos Estados
Unidos de Col0l11bia.
Al dar mi promesa ~olemne este dia, de administrar
la cosa pública con lealtad y con arreglo
a la Constitucion, he prometido tambien
sostener vuestros derechos, la independHncia
nacional, la libertad civil i relijiosa i no dejar
usurpar el poder de pueblo a nombre del cielo .
La teocracia es la peol' de las tiranías, i vosotl"
OS sabeis, conciudadanos, las tendencias que
ha habido on nuestra patria, para plantear un
sistema absurdo de Gobierno.
Ahogar estas aspiraciones entre los brazos
fortificados en la lucha por la libertad es mi deber:
este rni pensamiento, al condescender COIl
mis conciudadanos, en tener unos dias mas ele
vida de tormento, que es la del que tiene que
gobernar. '
Debo compatriotas daros la I'azon porqlle
he obedecido, pidiendo ántes a los Diputados
su cooperacion a las siguientes medidas para
llevar a efecto el afianzamiento de la paz nacional,
sin las cuales no hai gobierno p0sihle.
Que el Poder Ejecutivo se ejerza en lati localidades
que lo demanda el bien Nacional i
las pecutiaridades de la época.
U na lei para obtener recursos sin pedir un
contilljente directo a lo¡;; Estud0S.
Auxiliarme con otra lei para obtener los elementos
para las mejoras materiales: ¡licuidas
todas precursoras de la rea paricion de la gloriosa
Colombia.
Tal es, conciudadanos, 01 conjunto de circunstancias,
que me han impuesto nuevos df;beres
i el medio con que he ofrecido cumplirlos.
Al dar cuenta de mi conuucta i oncargándome
de nuevo i por un término corto de la
administracion nacional, encontrareis la frallqueza
de un republicano .i nunca la sed de
mando de un ciudadano que si no considerara
como Fenelon, que prim.el'o está la familia que
el indivirluo, i primero la patria que la familia,
obtendría hoi una reput.acion personal Hena
de aplausos i marcharia al esterío!' a vivir con
comodidad. Pero la Nacion me exije servirla
i una vez mas probaré que se debe .enscfiat· a
los hombres que han p:mpufiauo la cspnda i el
bao ton, CJue la primera gloria es servil', ClW ndn
el puehlo lo manda, i vol"er como Camilo te déficit. .•
Ahora, en cuanto al presllpuesto para el bienio próximo, es
fuera de ulIJa que los ren(~illlientes de los actuales impuestos
allflque se eleven a \Ina cifra mas odiosa que la que tienen al
pre"eflte, no ¡¡lcam:arán él bnlancear los qlle d(Hr~all~¡¡ /lqucl, porqlle
auelllClS de los ga~tos ordinarios han ocurndo I se presentllll
a cada paso otros de inleresp(¡blico i lIe imprescindible necesidad;
lwi caminos i pucntes del K;t/ldo que e:i f(!JI'lOSO reparar, haí
4 l1e sostener lllglllla ruer~a púb.lica no pequeI1/1,. i en 1111 una multituu
de objetos necesarios de lfIverSlO1I espeCIficados en el respectivo
presupuesto.
Para refrenar a los perturbadores del órden pciblico se levantó
un empréstito de 100,000 pesos del cual no es [!;lucho lo que
falt/l aun parcl recaudllr, Pill'te de él se ha destinado a la compra
de armas, IIIlJr.liciones, veslullrios i eqllipo, i a la sllbsl:::tencía
de una parte de la fuerza pública que mandásleis organizar:
pero como se dispuso al mi~mo tiempo que oste empré~tito ~e
amortizase adlllitiendo lo~ billete:; ql·¡e lo representan en abono
de una cuarta parte de los derechos ,!ue oe CU\lSlln a favor del
Estado, ha sucedido que se ha estancado aql1ella fuente de rendil
lientos del Tesoro, privando inallvertidalllente de ese recllrso
a los Administradores de la cosa pública, i qlle se ha favoret:ido
inadvertidamente a los ricos introductores con perjuicio de
los prestamistas <'le exiguos capitales, facilitando a aqueJlos el
pago de sus deudas al Esta!io con billetes que han comprado a
estos -por la mitad i aUf"! por la tercera parte de su valor nomiJlal.
De modo que el recurso misnHil del empréstito ha vellido a
ser hasta cierto punto nominal.
Cuando se trata de obtener los medios pecuniarios para gohernar,
nada es mas sencillo liue decir: pues se reparte una contribucion
forzosa, o se aumenta la cnola de los impuestos. Esto es
mui claro i mui fácil; pero a la luz de la esperiencia, i deteniéndose
8 examinar las facilidades para reducir a la práctica un~ i
otro sistema, i le favorable o adverso de uno i otro a los intereses
de los pueblos, no se puede rnénos Iilue vacilar, para aar lugar
a reflexiones mas graves que sin herir eo el corazon la propiedad
individual, i respetando hasta donde fuere posible el
lJienestar i la comodidad de los ciudadanos, puedan dej al' satislecha.!
las lIrjencias de la situacion.
i Qué innumerables reclamaciones no habria! Cuántas resis:
tencias obstinadas, basta el punto de dejarse arrostrar a las cár~
celes, i perder todos sus bienes por no erogar se una vez tan
fuerte suma! Cuantas quejas no se elevarian contra el GGbierJw
que se ha lIamallo protecteT ! 1 cuan il':Npopular IJO se baria este
Gobierno que no tiene la ha bilidad bastan te para desempeñar su
mision, sino ocurriendo al ajente inmoral de la violencia, queera
la clave rentística de nuestros enemigos!
Parece pues que deben ensay/lrse otros medios áriles dé echarmano
de una contribucion forzosa.
Aun bai que observar otra cosa en el proyecto en cuestion; i es
que se illJiere el cllerpo l~jislaqvo en fUllciones que son peculiares
del Poder Ejecllti·.'O, 'por <,uanto son de mera ejecucion. La
di,trilJucion de la contribuciotil entre los MURicipios, el nombramiento
i arregln de. las juntas repartidoras locales, el modO'
de- atender las reclam;>cioncs ¡los recllrsos de los contribuyentes,
i otras cosas mas, amlqlle mui bien dispuestas, i encaminadils
húJ.¡illlIente a evitar illjusticias i' desigualdades, juzga la ComisiOIl
que son pormenores de ejecucion, bast:lflte prolijos i minllciosos
para que la Lejlslatura se detenga él s/l.fólcionarlos: bástale
a clla estllblecer las b9ses jenerales para que se respeten COtl'
justa igualdad los derechos de todos los ciudadanos, dejandO'
que el ejecutor escoja este o el otro medio segun lo requieran.
las circunstllncias de loctllidad.
Inútil es detenemos en demostrarla in.lusticiil~ la desigualdad ..
la monstruo"idad que envuelven la., contribuciones IIldlrtlctas :
vosotros las conoceis Illui bieli, i no seria prudente llIalgastar el;
ti('Hlpo enumerándolas, Pero, lIlI, UD., hai males a que es preciso
resigna rnos pa ra evitar otl'OS Olaym'l!s. Soportemos todavía
por algun tiempo los impuestos indireclos, que son contra todos
los principios que deben rejir la socíet.lad en tiempo de paz, en
circulJ~tancias normnles, i vamos preparalldo desde ahora el
terreno para fUJOlctar Il,las torde i ('n su dclJida OpOI tunidad la única
conlriuuciOIl rilcion/ll, justa, proporcionada i en perfecta ar_
monía con los pnncipios que proclama el partido liberal, la l!Ílli~
ca qlle debe quedélr sub"l:,tente para 111antener la adnJinistracion.
pública, la CONTlllDlJClO:-! DiI\r::CTA.
Así, os proponemos, SS. OO., qne se continúe discutieNdo ¡mejoralldo
la lei de Ilrbitrios i relltas presentada por el Sr. Secretario
de lJncicnda, 1lI0difieada i aml'lillda por el H. D. Llano,
en Cllyll parte Onal se establece conlO recu'rso subsidiario para,
el caso de que 1¡IS rentas decretadélS 110 alcancen a cubrir el presll¡
Juesto <1 Juíeio del Poder EJecuLYu, ulla eontribllcion forzosa·
llasta de 100,000 pesos por una sola I'ez. Mui repugnante debe
ser para el pueblo este arbitrio, i seria inex:equible si IJubiera de'
l\e\'ar~e a efecto inmediatamente; pero,siendo suf.lcientes los medios
que suministra esta lei para llenar hllsta en sus dos terceras
partes Jos capilulosdel presupuesto, el Puder Ejecutivo n().
ocurrirá a él, sino pasado un allo, cuando la parte activa i productora
de la poblllcioll haya recobradosu vigor, cuando el comercio,
la agricultura, la minería. las artes i la industria eo jeneral
se haya 11.. repuesto algun tanto de los quebrantos de la
pasada lllcha: así será ménos sensible a los pueblss, i estos co-·
lIocerán que sus leJisladores se esfuerzan en alijcrarles unos males
que aunque graves, son verdadera meate inevitables.
1, para obviar en 10 sucesivo tamañas dificultades, sostituyendo
el impuesto único i directo a tantas con~ribu.ciones odiosas, lit'
Co'mision promete presentaros p.na ántes de cerrarse el segundodebate
de la lei de rentas, algunos art fculos sobre la formaciort
de las listas de la liqueza jeneral, o sea catastros, a fin de quepuedan
con tiempo revisal'sl',correjirse i perfeccionarse, para queuo
Stl encuentre tropiezo al plantear el nuevo sistema lriJ.¡utal'Í()
que indudablctucnte será acordado en la próxima Lcjislatura.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
,
..
DE AN-TIOQUIA .. 33
Por ahora concluye indicando que el patriótico proyecto de
arbitrios del H. D. Villa Vergara debe refundirse eu su parte
esencial en elde rentas i arbitrios \!fue -se discute en segundo debate,
en los terminos que van espresados.
MedelliD, 15 de mayo de 1863.
HU. DD.
ALE/ANDRO ZEA._FRANCISCO A. OBREGON.
ACTAS.
SESION DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1862.
(Continuacion).
El mismo Diputado pidió la palahra para hablal'
en pro de su última submodificacioll; pero
habiendo transcurrido la primera hora de 1(1
sesion se suspendió la discusion de este negocio
para ocuparse del proyecto de C0nstitucíon;
quedando con derecho a la palabra el
Díputado Bravo para la sesÍon inmediata.
7.° Los diputados Trespalacio i Córdova
presentaron un proyecto de lei sobre indulto, i
se mandó pasar a la Comision ele la mesa.
8,0 Se leyó el artículo 1.0 elel proyecto de
Constitucion suspenso en la sesion estraordinal'ia
de anoche, i el Diputadó Diaz Grunados
lo modificó de esta manera: "Artículo 1.0 El
Estado Soberano de Antioquia se compone de
los habitantes que residen en su territorio, con
los límites que le han reconocido las leyes nacionales
de 1 J d(,l junio do 1856 i 14 de mayo
de 1857" i así fué aprobada. ~
9.° Se pusieron a dilJ1cusion los incisos del
artículo 2.° cuya primera parte fué apwbada
en la sesion estraordinaria de anoche: volvió a
leerse dicha primera parte i el DilHltado Mejía
hizo la siguiente P¡'oposicion que rué negada:
"reconsid€rese el artÍeulo 2.°.
JO. Continuando la discusion el Diputado
Obregon hizo esta proposicion: "Agrégu t"l nse al
artícmlo l.- los dos parágrafos siguiente~: §. Si>
considerará tarnbien como parte integrante del
Estado Soberano de Antioquia toda porcion
de territorio que sea lejítimamente anexado
a su territorio actual §. Así mismo dejará de '
ser pal·te del Estado Soberano de Antioquia
toda porcion de territorio que lejítimamente
sea segregada de su territorio: "Votada la proposicion
se aprobó, habiendo sido apl'ouados
tambien los dos parágrafos.
11. Se pusieron a discllsion los incisoil del
artÍeulo 2.0 del proyecto; fueron aprobadolii los
l .o, 2.", 3.° ,4.°, 5.°, 6.° l.' 7.°
(Continuará).
SECRETARIA DE HACIENDA.
MERCANCIAS EXISTENTES
EN LA EXTINGUIDA CASA DE COl\lERCIO.
ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA.-EsTADO SOBERANO'
DE ATIOQUIA.-NÚl\lER0 90.-.JE}<~
ETURA MUNICIPAL.
Señor Secretario de Estado del Despacho de Haciendil,
Remito a Vd. cClpia del inventario que se
formó Je los útileR i mercancías que me entre~
gó el Sr. Víctor Górnez i que estahan a su car~
go como empleado que era de la estinguida
casa de comercio.
De aquí a mañana pasaré al Sr. Administrador
Jerwral del Tesoro los útiles i mercancías
de que se hnhla en es(~ doeumento;esceptuando
las tres carpntas de paño, las cuatro
me~as para escribir, 108 cuatro t.aburetes, la~
cuatr0 sillas, los cuatru tinteros de losa i una
de las dos reglas, cuyos efectos entregué al
ciudad'ano J clleral A ntonio Plaza, para el uso
de las Oficinas mayores de Guerra, de acuerdo
con dicho Administrador Jeneral del
Tesoro.
Ojalá se examinen pronto los papeles o do-
cumentos que contiene la cajita que va cerrada
i ele que habla en su última parte el inventario,
pues ese acto puede interesar a la o.ausa
pública o algun particular.
Queda así cUlllplida la órden que se me dió
en cOrllullicacÍon de fecha G del corriente núme¡'
o 18,
Medellin, 12 Je mayo de 1863.
CENON TRUJILLO.
DESPACHO DE HACIENDA.
PublÍquenso en el periódieo oficial la antedor
comunio-lci«Hl i la lista de mercancías devuel-tas
por d S.·- Víctor Gómez,para que sus due-ños
las reclamen del Sr. Administrador J. del
T, JJrévios los comprobantes del caso. ])e
acuerdo con las disposiciones legales' exami~ ~
llenl-iC los papeles o documentos qu'~colltiene
I~ cajita/errada de que habla el Sr. Jefe muni-/ J
clpal.
M edellin, 13 de mayo de 1863.
El Secretario, LUCRECIO GÓ"lEz.
En doce de los mismos (mayo de 1863), i no
ántes pOI' ocupaciones del Sr. Jefe municipal,
el Sr. Víctor Gómez entregó a dicho funcionario
los útiles i mercancías que pasan a espref.:
al·se.
Tres cal'petas de paño.
Cuatro mesas para escribir.
Ouatro taburetes.
Cuatro sillas.
Cuat¡·o tinteros de losa.
Dos reglas redondas.
Cuatro tarros de encul,tido.
Una botella de aceite de almendras.
Dos medias botellas de id.
Dos mantequilleras de losa fina.
Dos abanicos inútiles.
Dos piezas bramantes de a veinticuatro yardas.
U na pieza ruan de id.
Dos telas de bayet(')fl negras.
Un pañolon merino, guarda ct>lQrada.
Una camisa de punto.
Un pañuelo blauco bordauo.
tIna copa de vidrio.
Un vaso de porcelana.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
GACETA OFI CIAL
D us c ortes manta inglesa.
S iete halTenas salomónicas.
a taree pedazo~ de jabon de alicante.
\.". n. ped azo. de se.h o de Cuba.
• e ~ 1l1H·aJas poncas.
~eL t ijer as g randes de sastre.
Y eintidos limas pequeñas.
• iete docenas i diez doceavos cucharas de pla-tin
a.
lT na cm'tera vieja.
Trc., telas bayeton lacl'e.
C \ atl o barillas estaño.
U n taleg uito con fósforos.
Un paquetico con hebillas de sa!iit.re.
U n a c ajita de afeitat' sin ningunos útiles i en
mal estado.
Seis docenas tres doceaves sombreros de fielt
ro.
niez somb"el'os de fieltro de mejor calidad
que los anteriores,
T res retazos de bramante.
])os martillos de fierro.
V n retazo de jénero blanco come de cinco
"aras.
Once cuadernos de muestras de zaraza.
Vll paquetieo de muestras de pañete.
U n par ue zapatos de raso viejos.
Un ejemplar" Aventuras de Telémaco" en in-glés
i en español. .
Un ejemplar "Arturo" en dos tomos en españ
ol.
Dos cuadernitos lecciones de táctica, manio-bras
de artillería.
Varios madejone~ de lana amarilla.
Veintiocho muestras de pañuelos.
(; uatro muestras de pañolones de algo don.
U os pañolones de algodon negros.
r na fundita de almohada chica.
{ ' n par de zapat.os de raso verde, viejos.
:e na barillita de fierro.
U n baulit.o de baflueta con sunchos.
Tres camisoncitos para niña.
U n t'lliilqueton d E' dril blanco.
e n túnico para ni ña.
U 11 ejemplar d el N uevo testamento en español.
r na gramática castellana pOI' Salvá.
T n abanico útil.
L~ n cajoncito con u na lotería de tablas de carto
n.
rua eaj ita cerrada, la cual dispuso el 81', Jefe
. .l\J un ici pal fllle se abriera para ver qué conteJlíil
. i h(~ch o esto se vió que contenía paqueti('
US de papeles; i sin tocarlos diipllSO dicha aut
nridad q lIe se volvi era a cerrar la caja como
e;:, a ba, para que los examinára el funcionario
a (¡u ie n c orresponde , Con lo cual se concluyó
('::,te acto Il ue se fi rma por el CJue entrega i el
fjtlP recibe.
CC:\ON THl'JILLO.--· ÍCToR GÓ~lEZ
El .~e( r etari o, ESCOllAR RESTREPO.
Es C'opin-l\1e
Citación recomendada (normas APA)
"Gaceta Oficial de Antioquia - N. 8", -:-, 1863. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3682282/), el día 2025-05-18.
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