REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
ANALES DE LA
Asamblea Departamental
Director: RAMIRO RODRIGUEZ P.
IMP. DEPARTAMENTAL
Serie 1 BarranquilIa, 2 de Mayo de 1941 I Número 5
DIGNATARIOS DE LA ASAMBLEA
Presidencia: Dr. Luis Alberto Rebolledo
Vice-Presidente: Dr. Pablo J. Cervera
Secretario: Julio Hoenigsberg
Comisión de Presupuesto:
N éstor Carlos Consuegra
tJosé Ma. Fernández Llinás
Osvaldo Consuegra
Comisión Legal de Cuentas:
Aquileo Manotas
Francisco J. Escobar
Pablo J. Cervera
ACT A NUl\1ERO 8
(V z'ene del número 4, página 20)
XIII
Se abrió el primer debate al Proyecto de Ordenanza
«Por la cual se ordena el establecimiento
de un servicio público». Cerrada la discusión fue
aprobado, y pasó en comisión para su estudio e informe
a los honorables diputados Salazar, Manotas
Pablo Emilio y Pino José D., con cinco días de término.
XIV
El honorable diputado Carbonell Alfredo, antes
de cerrar la discusión de este proyecto hizo uso
de la palabra. para manifestar que aprovechaba este
morr.ento para presentar su palabra de inconformidad
ante la mayoría de la Corporación por la negati
va impartida a la moción que antes había presentado.
Se extendió en varias consideraciones sobre
la política de justicia sindical seguida por el Gobierno
del doctor Eduardo Santos e hizo historia
de la política del Paí~.
XV
En uso de la palabra el H.D. Consuegra Néstor
Carlos, sentó la siguiente proposición: .
ClLa Asamblea Departamental del Atlántico, de
auténtica mayoría liberal, declara una vez más, que
las administraciones liberales de 1930 hasta nuestros
días, se merecen el más franco y decidido apoyo,
como viva demostración de una interpretación
cabal de postulados ideológicos que sustentan
al actual gobierno. Transcríbase al señor
Presidente de la República, a todos los Gobernado-res
y a las Asambleas del País, publíquese por carteles
murales y en los periódicos de la ciudad».
Esta moción está suscrita por los diez (10)
miembros liberales de la mayoría de la Corporación.
Cerrada la discusión, es aprobada.
XVI
En uso de la palabra el honorable diputado
Consuegra Osvaldo, presentó la sigui~nte proposición:
«Señálese el miércoles próximo pa ra la elección
de Inspector Fiscal de Estadística Departamental.
»
Su autor la sustenta para decir que estando
como está en acefalía, por ausencia del titular este
puesto, lo conducente es nombrar su reemplazo.
Cerrada la discusión fue negada. Rectificada que
fue ésta, por petición del honorable diputado Consuegra
Osvaldo, resultó nuevamente negada por
nueve (9) votos contra cuatro (4).
XVII
Se abrió el primer debate previa lectura del
informe de comisión que estudió el memorial del
peticionario señor Robles, (Por la cual se declara
e interpreta el artículo 30. de la Ordenanza número
30 de 1935». En uso de la palabra el honorable
diputado Consuegra Osvaldo, dijo. que leído los
artículos de este Proyecto, se notaba contradicción
por un lado y por otro considera que ésta es
una cuestión policiva. El presidente llama la atención
de que apenas está en discusión la moci6n con
que termina el informe y que a ella" debe contraerse.
XVIII
El honorable diputado Sala zar Jorge, en uso
de la palabra como firmante del Proyecto que se
discute, hizo algunas considera ciones de orden legal
para rebatir los argumentos del h.onorable di,.
putado Consuegra Osvaldo y terminó diciendo,: el
honorable diputado Salazar, que la Ordenanza que
se va a entrar a discutir, tiende a corregir una deficiencia
de otra Ordenanza expedida por esta misma
Asam blea.
XIX
El honorable diputado Manotas Aquileo en USú
de la palabra explicó el motivo de su firma en el
informe antes citado y redundó en los mismos conceptos
del honorable diputado Salazar en cuanto
que es a la Asamblea a quien com pete legislar sobre
esta cuestión. Cerrada la discusión de la moción
con que termina el informe, fue aprobado y
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
I
22 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
eIf consecuencia el presidente abrió primer debate
al proyecto en cuestión.
XX
El señor Secretario de Gobierno en uso de la
palabra, dijo que estando vigente la Ordenanza
30 de 1935, se había presentado un denuncio sobre
venta de dulces por el sistema de traga-níqueles y
que como primer paso se habían decomisado; que
él había sugerido al propietario de ellas, en vista
de lo poco claro que estaba esta Ordenanza. se dirigiera
a la Asamblea en solicitud de acla,ración a
dicha Ordenanza. El honorable diputado Consuegra
Osvaldo lo interpeló para decirle que esto era
una cuestión de policía y que como tal debía resolverse,
y no por la Asamblea, como así lo solicitaba
él. El honorable diputado Escobar en uso
de la palabra anunció que por cortesía parlamentaria,
le daría su voto afirmativo en el primer debate,
pero que al discutirse en segundo debate se
produciría en su contra porque él es enemigo de
esta clase de juegos que arruinan y pervierten a las
clases obreras. El hQnorable diputado Pino, dijo
que estos aparatos en que se juegan dulces, son
legítimos traga-níqueles. Cerrada]a discu~ión fue
aprobado en primer debate y pasó en comisión para
su estudio e informe a los honorables diputados
Manotas Pablo Emilio, Carbonell Alfredo, De la
Hoz Baca Luis y señor Ser,ret3 rio de Gobierno,
con quince (15) días de término.
XXI
En uso de la palabra el honorable diputado
Fernández Llinás Jo~é María, presentó la siguiente
Resolución Pon asocio del honorable diputado Manotas
Aquileo:
RESOLUCION NUMERO 3
La Asamblea del Departamento del Atlántiro,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el parágrafo 40. del artículo 30. de la Ley
78 de 22 de diciembre de 1930, concedió al departamento
de Bolívar el disfruto de un 30% sobre el
producto anual del Impuesto sobre Rentas;
Que el Departamento del Atlántico, el más
pequeño en extensión territorial, es, así y todo, el
que, proporciones guardadas, da mayores tributos
a la N ación en lo que dice relación con el 1m puesto
sobr~ la Renta, toda vez que por este concepto
se recaudan aquí alrededor de dos millones de pesos
($ 2.000.000.00) anuales,
RESUELVE:
Solicitar respetuosa y encarecidamente del Excelentísimo
señor Presidente de la República y d.e
su Ministro de Hacienda y Crédito Público, así
como también de los Senadores y Representantes
por el Atlántico, una labor incansable ante el Congreso
de la República, hasta obtener la Ley correspondiente
que conceda al A tlántico una participación
igual a la que disfruta el vecino departamento
de Bolívar, en el referido Impuesto sobre la Renta.
Tr.anscríbase al señor Presidente de la República,
al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público y
a cada uno de los Senadores y Representantts por
el Atlántico» .
El honorable diputado Fernández Lliriás, la
sustentó ampliamente y demostró la conveniencia
de su aprobación. Cerrada que fue la discusión
de este. Resolución, fue aprobada por unanimidad.
XXII
En uso de la palabra el honorable diputado
Escobar, presentó la siguien te proposición: «N ómbrese
por la presidencia una comisión para que
elabore un nuevo Reglamento Interno de la H.
Asamblea» .
Cerrada la discusión, fue aprobada.
XXIII
Siendo las siete y treinta de la noche, la presidencia
levantó la sesión.
El Presidente,
(Fdo.) L VIS ALBERTO REBOLLEDO
El Secretario,
(Fdo.) Julio Hoenigsberg
PROYECTO DE ORDENANZA No ....
(Por la cual se ordena el establecimiento de un servicio público)
La Asamblea Departamental del Atlántico,
en uso de sus facultades legales,
ORDENA:
Articulo 10. Autoriza se al Gobernador del Departamento
para adquirir un Planchón de motor (Ferry Boat)
que será utilizado para el traslado de pasaj.eros. carga, camiones,
autobuses, automóviles, bicicletas y toda clase de
vehículoB entre el Puerto Terminal de la carretera CascajalLeña-
Puerto Giraldo y el Puerto de Sala mina, en el departamento
del Magdalena.
Artículo 20. En el decreto reglamentario de la presente
Ordenanza, el Gobernador fijará las tarifas relacionadas con
los servicios que preRtaJ á el Planchón de motor del Depar-tamento
(Ferry Boa to), conforme al artículo anterior. •
Artículo 30. Para el establecimiento de servicio público
a que se refiere el artículo primero de est.a Ordenanza, el
cllal Be declara de reconocido interés público, autorizase al
Gobernador del Departamento para abrir el crédito o créditos
c o rre s pondi e n te ~, sin otro requisito distin to de la presente
autori zación.
Artículo 40. E sta Ordenanza regirá desde su promulgación.
PresE'ntariR. a la con~id e ra c i6n de la H. Asamblea por el
suscri to Dipu tado ,
LUIS ALBERTO REBOLLEBO.
República de Colom bin.- Asamblea Departamen tal del
Atlántico.-Secretaría.
Ba rra nquilla, abril 28 de 1941.
E n sesión de la fecha sufrió primer debate el anterior
Proye Jto de Ordenanza , y pasa en comisión con cin co (,5) d{as
de t érmino a los HH. DD. Sala zar, Manotas Pablo Emilio y
Pino José D .
Cópiese, regístr ese, repá rtase y publíquese:
JULIO H OENIGSBERG,
Secret ario.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
•
ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL 23
PROYECTO DE ORDENANZA No ...
'~por la cual se aclara e interpreta el artículo 30. de la Ordenanza
No. 30 de 1935».
La Asamblea Departamental del Atlántico,
en uso de sus facultades legales.
ORDENA:
Artículo 10. El artículo tercero de la Ordenanza número
30 de 1935 quedará así: «Las ventas ambulantes de refrescos,
helados, cigarrillos, etc. no podrán valerse del sistema
de rifas, ruletas o sus similares para la verificación de sus
respectivas ventas, y queda terminantemente prohibido el
sistema de ventas denominado «traganíqueles»;
Parágrafo: Quedan exceptuados de la enunciación del
articulo anterior aquellas máquinas u objetos, que aun cuando
destinados a los fines com prendidos en el anterior artículo,
tengan en su favor patente de invención».
Artículo 20. En ningún momento se podrá restringir
el funcionamiento, en el territorio del Departamento, de lbS
máquinas expendedoras de dulces que llevan la marca: MILS
NOVELTY COMPANY.
Artículo 30.. Esta Ordenanza regirá desde su promulgación.
Dada en Barra nquilla, a los días drl mes de abril de
mil novecien t08 cuaren ta y uoo.
Presentada a la con~jderación de la H. Asamblea por los
suscritos HH. DD.,
Jorge Salazar, Néstor Carlos
Consuegra, Aquileo Manotas.
República de Colombia.-Asamblea Departamental del
Atlán tico.-SecretarÍa.
Blfranquilla, abril 28 de 1941.
En sesión de la fecha fue aprobado en primer debate el
anterior Proyecto de Ordenanza, y pasa en comisión para
seg1lndo deba te, con, quince (15) días de término a los HH.
DD. Manotas Pablo Emilio, CarboneIl Alfredo, De la Hoz
Baca Luis y seño~ Secretario de Gobierno.
Cópiese, regístrese, repártase y publíquese.
JULIO HOENIGSBERG,
Secretario.
ACTA NUMERO 9
Sesión del día 29 de abril de 1941.
Presidencia de los HH. DD. Rebolledo-Cervera.
1
En Barranquilla, a veintinueve de abril de mil
novecientos cuarenta y uno, y siendo las seis y
treinta de la tarde, se reunió en el Palacio de Gobierno
la Asamblea Departamental del Atlántico;
se pasó lista y a ella respondieron los honorables
diputados Carbonell Alfredo, Cervera Pablo J.,
Consuegra Néstor Carlos, Consuegra Osvaldo, De
la Ifoz Baca Luis, Escobar Francisco J., Fernández
Llinás José María, González Porrati Juan, Manotas
Pablo Emilio, Manotas Aquileo, Oñoro Pedro A.,
Pino José D., Rebolledo Luis Alberto y Salazar
Jorge , dejó de contestar a lista el honorable diputado
Ariza Jesús M. Se encontraban presentes los
Secretarios de Gobierno, Hacienda, Educación e
Higiene y Previsión Social.
11
Se leyó el orden del día.
111
Se dió lectura al acta de la sesión an terior
y. puesta en discusión fue aprobada SIn observaClones.
IV
Se dió lectura a los negocios substanciados por
la Presidencia y antes de terminarse, el honorable
diputado Escobar, pidió la palabra y presentó la
siguiente moción: (cAltérese el ol'den del día y con"
sidérese lo siguiente: Nómbrese por la Presidencia
una comisión plural para que en asocio del Director
de Educación y del Ingeniero Departamental, visite
los Edificios de las Escuelas Oficiales de los l\1unicipios
de Usiacurí, Juan de Acosta, Tubará y Piojó
y la edificación comenzada en el último de los municipios
nombrados, con destino al Sanatorio Antituberculoso,
y presente un informe.»
Puesta en consideración la moción de la alteración
del orden del día, fue aprobada; en tal. virtud
el Presidente puso en consideración la moc~ón
antes citada y también fue aprobada. IJa Presidencia
nombró en comisión a los honorables diputados
Sala zar, Escobar y Pino.
V
Continuó el orden del día con la lectura de otros
negocios substanciados por la Presidencia, los cuales
fueron pasados para su estudio e informe a las
comisiones respectivas.
VI
Se dió lectura al informe de la Comisión del
Proyecto originario de la Secretaría de Higiene y
Asistencia Social «Por la cual se modifica el Art.
20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se dictan
otras disposiciones» y de acuerdo con este informe
en que termina proponiendo: «dése segundo debate
al Proyecto de Ordenanza» «Por la cual se modifica
el arto 20. de la Ordenanza No. 46 de 1938 y se
dictan otras disposiciones.»
El Presidente sometió a discusión la moción
del precitado informe y fue aprobada; en consecuencia
se abrió el segundo debate a dicho proyecto
así: El artículo primero original del Proyecto, con
el Parágrafo original fue aprobado, como también
los Arts. 20., 30. Y 40. del Proyecto.
VII
En uso de la palabra el honorable diputado
Manotas Aquileo, presentó el siguiente artículo nuevo
para 50. del Proyecto:
«Art. 50.-Autorízase al Gobernador del Departamento,
para que si lo estima conveniente, contrate
las obras a que se refiere el Art. 80. de la Ordenanza
21 de 1940, délegando la administración de
ellas, y señalando como retribución por dicha administración
un porcentaje no mayor del seis por
ciento (6%) del costo de tales obras. Podrá también
pactarse que en caso de que dicho costo fuese inferior
al presupuesto aprobado, el contratista tendrá
derecho al veinticinco por ciento (25%) sobre el
total de las economías.»
Su autor lo sustentó ampliamente y el Secretario
de Hacienda, ratificó también lo dicho por el
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
24 ANALES DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
honorable diputado Manotas Aquileo. Cerrada la
discusión de este artículo fue aprobado.
VIII
En uso de la palabra el honorable diputado
Manotas Pablo Emilio, presentó para artículo 60.,
nuevo del Proyecto, el siguiente:
(tArtículo 60.-En desarrollo del artículo 30. de
la Ordenanza 28 de 1934 y de las disposiciones legales
vigentes sobre servicios sociales, desde la vi- .
gencia de la presente Ordenanza, toda empresa industrial
o comercial que tenga a su servicio un personal
de em pleados y obreros, mayor de veinte (20)
personas, está en la obligación de contratar los"
servicios particulares de un médico graduado colombiano
para a tender el personal de la respecti va
empresa, que sufra enfermedades contraidas en el
trabajo, vigilar permanentemente por el estado sanit,
ario del establecimiento y dictar conferencias o
inst.ruir en alguna forma a los obreros sobre temas
de higiene eIemen tal.»
Puesto en discusión fue aprobado.
IX
Se leyó para Parágrafo nllevo del artículo 60.
el siguiente:
«PARAGRAFO-Los contratos celebrados entre
patronos o jefes de establecimientos industriales o
comerciales y los médicos que ha n de presto rle sus
servicios, necesitan para. su validez, de la a probación
del Secretario de Higiene y Previsión Social
del Departamento.»
En uso de la palabra el proponente, honorable
diputado M?notas Pablo Emilio, a insinuación del
honorable diputado Escobar, explicó la trascendencia
de carácter social, tanto del artículo.que acababa
de proponer, como la del Parágrafo y se extendió
en explicaciones de c6n10 viene cumpliéndose la
legislación social, sobre esta materia. .
X
El honorable diputado Escobar, también en
uso de la palabra, aplaudió al honorable diputado
proponente Manotas y dijo de la conveniencia que
sería al unificar lo dispuesto por Acuerdos y Ordenanzas
en materia de obtención de carnets de salud
y exámenes radioscópicos y sobre esto hizo ' varias
preguntas al Secretario de Higiene y Previsión
Social. .
Cerrada la discusión del Parágrafo transcrito,
fue aprobado.
XI
En uso de la palabra el honorable diputado
Rebolledo, propuso para Parágrafo nuevo del Proyecto,
el siguiente:
«PARAGRAFO: Los certificados de salud que
necesiten los obreros para hacer valér sus derechos,
no será obliga torio que los expida n los Médicos
contratados de que trata esta Ordenanza; los obreros
podrán recurrir a los Médicos oficiales o a los
que ellos estimen conveniente.»
El honora.bIe diputado Rebolledo le e'xplicó a
la Corporación en breves palabras, la conveniencia
de él . .
Cerrada la discusión fue aprobado.
XII
En uso de Ja palabra el honorable diputado
M anotas Pa bio Emilio, pref'entó para artículo séptimo
(7) nuevo del Proyecto, el siguiente:
«Art: 70. - Quedan encargados de vigilar por el
estricto cumplimiento de las anteriores disposiciones,
los Directores Municipales de Higiene y los
Alcaldes en los respectivos municipios quienes podrán
sancionar, con multas sucesi vas de cinco a
veinticinco pesos a los remisos, sumas que ingresarán
a los fondos de la Beneficencia y sin perj uicio
de que por otro lado, los referidos funcionarios, hagan
uso de cualquiera de los medios que las leyes
ponen a su disposición para hacer cumplir las normas
de orden sanitario y social.»
Cerrada la discusión que fue de este artículo,
fue aprobado.,
. XIII
En uso de la palabra el Director de Ed ucación
Pública, presentó para artículo octavo nuevo del
Proyecto, el siguien te:
«Art. 80. A partir del prim'ero de mayo del
presente año, aumén tase hasta veinticinco mil pesos,
la suma anual destinada por el Art. 60. de la
Ordenanza número 46 de 1939 para el pago del personal
docente de la Escuela Industrial del Atlántiro
» .
Cerrada la discusión de este a ttículo, fue a probado.
XIV
Nuevamente en uso de la palabra el señor
Director de Educación Pública, presentó para artículo
noveno y nuevo del Proyecto: el siguiente:
«Art. 90. Abre~e un crédito suplemental al
Presupuesto de Gastos de la actual .vigencia económica
por la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000,00)
con la siguiente imputación:
Departamento de Educación.
Cap. 18. Art. 37.
Para el pago del personal docente de la Escuela
Industrial del Atlántico, de acuerdo con el Decreto
reglamentario de la Escuela, en los meses de
mayo y junio del presente año cuatro mil pesos
$ 4.000,00.
Como en este artículo se abre un crédito, el
presidente ordenó la votación de él y nombró escrutadores
a los honorables diputados De la Hoz
Baca y Manotas Pablo Emilio, quienes anunciaron
que había sido aprobado por nueve votos blancos.
XV
En uso de la palabra el honorable diputado
Escobar, presentó el siguiente artículo nuevo para
décimo del Proyecto y el cual a parece firmado por
los demás miem bros de la mayoría:
«Art. 10. El Departanlento contribuye con la
suma de doscientos pesos ($ 200.00) para los fe¡5tejos
del Primero de l\I.ayo que se llevarán a cabo, bajo
la dirección de la Unión General de Trabajadores
del Atlántico; esta suma será entregada. a la Directiva
de la entidad antes nombrada; para su pago
queda ampliamente autorizado el señor Gobernador
del Departamento, para abrir el crédito respectivo,
sin más requisito que los contenidos en el
presente artículo».
Cerrada la discusión, fue aprobado.
(Confi nurl rá en el próximo número)
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Departamental del Atlántico - Serie 1 N. 5", -:-, 1941. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3682159/), el día 2025-05-09.
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