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Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 19

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  • Año de publicación 18/08/1908
  • Idioma Español
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 19", -:-, 1908. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094668/), el día 2025-05-04.

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Por: Anónima | Fecha: 18/08/1908

R:E:PUllLtCA DE COLoMBIA ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Serie VII ~ Bogotá, Agosto 18 de 1908 ~ Nú:mero 19 OON'TDN'ZDO Pigs. Acta. de la sellión del día. 13 de Agolto de 1908 ........................ 145 Infofnnes de Comisiones . ... ... .. ............................................. 150 Teleg;ra.mas ......................................................................... 152 AcrrA DE LA SESIÓN DEL DíA 13 DE AGOSTO DE 1908 (Presidencia dol honorable Diputado Vá!qu61 Oobo). 1 A la una y cuarenta minutos de la tarde se lla­mó lista, á la que dejaron de contestar, con previa excusa, los honorables Diputados Camargo, Fran· co, Orduz y Reyes. Como el Secretario informara que había el qU()'Pum requerido, el Sr. Presidente decLaró abierta la sesión. S.e dio lectura nI acta de la sesión de la vispera, que fue apl'obada sin cambio alguno. En seguida se enteró la Asamblea del extracto de los asuntos sustanciados en la fecha por la Pre· side ncia y del orden del día de la corporaci6n. II El Secretario leyó los mensajes con que el Exce­] entjsimo S ... Presidente de la República devolvió sancionadas y con todos sus antecedentes las leyes del presente año que se exprer:,an á continuación: La número 5, "sobre dietas de las Cámaras Le­gis1 ativas "; 1.~ 8 número 6, (C por la oual se aprueba un con­venio " ; y lEI Acto legislativo número 2, "por el cual se susttituve el Titulo xvrn de 18. Constitución nacional y se de'rogan los Actos legislativos números 1 de 190'5 y 2 de 1907." III De conformidad con el orden del día se discu­tieron en tercer debate, y la Asamblea expresó su vohuntad de que pasaran á ser leyes de la Repú. blic:a, los siguientes proyectos: lEl de ley" sobre elecciones" ; El de acto legiilativó número ... "por el cual se susttituye el artículo 1.0 del Acto legislativo núme­ro li.O de 1907"; El de ley" ROl' la cual se aprueba una Con ven· ci6m" (con la Santa Sede); y El de ley "por la cual se ordena la acuñación de una medalla conmemorativa." IV En seguida se dio lectura al informe con que la Comisi6n de Gobierno y Régimen Político y Municipal devolvió el proyecto ley "reformatoria de la 149 de 1888," y se discutió y aprob6 su par­te resolutiva, que dispone se dé segundo debate al referido proyecto. Abierto en consecuencia dicho debate, se adop. taron los artículos 1.0 á 4. o originales. Trájose á debate el artículo 5.°, modificado por la Comisión así: "Artículo 5.° Los Gobernadores serán nombra­dos para un período de dos años y pueden conti­nuar en su puesto por nuevo nombramiento." La Asamblea lo aprobó, y abierta la discusión para adoptarlo, el honorable Diputado Mat~us lo submodificó como sigue: "Artículo. Los Gobernadores serán nombrados por un período de dos años." Tamaron parte en ]a discusión el honorable Di­putado Montaña, quien hizo leer el artículo 194 de la Constitución; los honorables Diputados V élez y Sorzano para explicar y sustentar la modifica· ción propuesta por ]a Comisión; los honorables Diputados Matéus y Neira para sostener la sub· modificación que se discutía, que resultó aproba­da por 25 votos afirmativos contra 9 negativos, adoptándose en seguida. Se puso en discusión la modificación de la Co· misión al artículo 6.0 en el sentido de fijar como tál el artículo 156 de la Ley 149 de 1888, conce­bido en estos términos: "Artículo. Los Gobernadores esta.rán sujetos á responsabilidad administrativa y ju"dicial. Son amoviblis por el Gobierno y responsables ante la Corte Suprema por los delitos que cometieren en el ejercicio de sus funciones." El honorable Diputado Vélez hizo uso de la palabra para explicar y sustentar esta modifica· ción, que fue aprobada y adoptada por la Asam­blea. Puesto en discusión el artículo 7.0 el honorable Diputado Pulecio pidió se discutiera y votara por incisos, lo que así se dispuso. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 148 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL Leyóse el inciso 1.° modificado por la Comisi6n así: " Cumplir y hacer que se cumplan en el Depar­tamento ]80 Constitución y las leyes, las órde.nes del Gobierno y las ordenanzas vigentes y. l?s acuerdos expedidos por los Consejos admInIs­trativos.:' En tal forma se aprobó y adoptó. . . Luégo se adoptaron los incisos 2.° y 3.t) orIgl­nales. Se aprobó y adoptó la modificación introducida por la Comisión al inciso 4.°, que dice: " Resolver las consultas que sobre la intelig~~­cia de las leyes les hagan los empleados l!l~nIcl' pales 6 las corporaciones de carácter admIDlstra­tivo que funcionen dentro del Departamento, ex· ceptuando las de los empleados del orden judicial, y consultar sus resoluciones con el Gobierno." Sin cambio alguno se adoptó el inciso 5.° origi-nal del proyecto. .. . Trájose al debate la modIficacIón de la ComI­sión al inciso 6.°, que dice: " Suspender por resolución motivada, de oficio ó á petición de parte agraviada, dentro del térmi· no de diez días, después de su conocimiento, los acuerdos municipales que sean inconstitucionales ó ilegales ó que violen derechos de terceros, y so­meter la suspensión al Juez del respectivo Circuito." Tomaron parte en la discusión el Sr. Ministro de Gobierno para sostener el artíüulo original y manifestar que aunque aceptaba la modificaci6n, ésta debía quedar en otro artículo del proyt'cto, y el honorable Diputado V élez para sostenerla. Verificada la votación resllltó aprobada por 22 votos afirmativos contra 14 negativos, adoptán­dose en consecuencia. Igual suerte corrió la modificación propuesta para el inciso 7.° por la Comisión, que dice: cC Estatuir lo relativo á. la policía local, de acuer­do con las leyes, ordenanzas ó acuerdos departa­mentales vigente '." El inciso 8.° original fue adoptado. Se aprobaron y adoptaron los incisos 9.0 y 10 modificados por la Comisión, después de susten ­tar el último el honorable Diputado V élez. Están redactados así: "Visitar dos veces al año, por lo menos, los Distritos de su Departamento para propender por la buena marcha .de la Administración, vigilar la conducta de los empleados públicos é inspeccionar las obras públicas que se emprendan por el Go­bierno ó por las Municipalidades. " Castigar con multas hasta de doscientos pesos ó con arresto hasta de un mes á los que les falten al respeto debido en el ejercicio de sus funciones 6 por razón de ellas." Púsose en discusión la modificación propuesta por la Comisi6n al inciso 11, que consiste en pedir que se suprima el del p~oyec.t;>. . . Impugnada esta modIficaClon por el Sr. MInIs, tro de Gobierno, y después de hablar sobre ella el honor~ble Diputado ~él~z, result? .negada. T~ájose al debate el ln?IS~ 11 orIgInal, que fue modIficado en la forma SIgUIente por los honora­bles Diputados Montaña y Gutiérrez Rutino: . " Remitir copia al Ministro de Gobierno del inventario que debe formar al encargarse del puesto del archivo, mobiliario y enseres de ~a Oficina y demás bienes nacionales que estdn baJO su custodia y administraci6n." En tal forma se aprobó y adoptó. En la forma reglamentaria se aprobaron y a??p .. taron las modificaciones propuestas por la ComIsIón á los incisos 12 á 14, despué~ de explicarlos el ho· norable Diputado Vélez. Se hallan redactados así: " Suspender por gt'aves motivos, y sujeto á r~s­ponsabilidad ulterior, á cualquier empleado n~c~o­nal, departamental ó muni.cipal del orden admlnIs· trativo cuando la urgencIa sea tal que no pueda aO'uard'ar la resolución del Gobierno, y consultar cgn éste inmediatamente las resoluciones de estac]a· se que dicte." " Conceder licencia á los empleados del Depar. tamento y tí los nacionales y municipales en los ca­sos previstos por ]a ley." "Presentar al Gobierno oportunamente el pr~. supuesto de gastos departamentales para el año SI­guiente." La Asamblea de acuerdo con lo solicitado por la Comisión en el1:espectivo pliego de modificaciones, negó el inciso 15 original del proyecto. Se adoptó en seguida el inciso 16 original, SIO modificación. La Asamblea negó, de acuerdo con lo ~olicita~o por la Comisión, el inciso 17 original, y SIn camblO alguno adop~6 los inci,sos 18 á ~7 ol:iginales. Se aprobo y adopto la modIficaCIón propuesta por la Comisión al inciso 28, que dice: " Inciso 28. Cuidal' de la buena marcha de los establecimientos públicos que existen en el Depar­tamento, tales como colegios, escuelas, hospitales, asilos, cárceles, etc. etc." Sin observación alguna se adoptaron los incisoB 29 á 32 originales. El honorable Diputado Montaña propuso: "Reconsidérense los ordinales 16 y 18 del aro tículo que acaba de aprobarse." Sustentada esta moci6n por su autor y por el ho­norable Diputado Gutiérrez Rufino, fue impugna­da por el honorable Diputado Restrepo. Verifica­da la votación, resultó negada por 18 votos afil'· mativos contra 21 negativos. Fue adoptado el artículo 8.0 original. Púsose en discusión la modificación propuesta por la Oomisión al artículo 9.°, que dice: Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 147 "Los Alcaldes, Tesoreros, Personeros municipa­les, Inspectores de Instrucción Pública, Médicos oficiales, Ingenieros municipales y PreBidentes de Juntas de Beneficencia tendrán voz pero no voto en las sesiones del respectivo Consejo nlunicipal." E parágrafo 1.0 de este artículo quedará como está en el proyecto y se suprimirá el parágrafo !.O del mismo. ' Tomaron parte en el debate los honorables Di· puta dos Restrepo, Tirado MacÍaQ , V élez, Cuervo Márquez, Gutiérrez Rufino y el Sr. Ministro de G:0b-e~no, después de lo cual fue aprobada. En dIscusIón para adoptarsp., el honorable Djputado Cuervo Márquez la submodific6 así: " Artículo. Los Gobernadores, Jos Alcaldes Per­Boneros municipales, Inspectores de Instru~ci6n Púb ica, Médicos oficiales, Ingenieros municipales y Pr~sidentes de Juntas de Beneficencia tendrán voz pero no voto en b,s sesiones del respectivo Consejo municipal." El honorable Diputado Restrepo dijo que esta prop,osici611 era inadmisible, y el Sr. Ministro de Gobi erno excitó al honorable Diputado proponen­te para que la retirara, á lo cual no accedió éste. La Presidencia, de acuerdo con la prescri pción re­glamentaria, la declar6 inadmisible. Traído nuevamente al debate el artículo pro puesto por la Comisión, fue aprobado y en segui­da a opta.do, como también lo tueron ellO modi­ficad o por la Comisión y el nuevo propuesto por la misma para depués del décimo. Dicen así: " Artículo 10. Los Ji.lcaldes pasarán al Gober­nado r, sin demora alguna, copia de los acuerdos qu~ eanci0!len, y cuan~o crean que son inconsti­tUCIonales, Ilegales 6 leSIVOS de derechos particula­res, lo explicarán así, expresando las razones en que se funden. "Parágrafo. El Gobernador tiene el deber de avisa.r al Alcalde respectivo, por telégrafo, si lo hubiere en la localidad, á más tardar dentro dE; los diez días siguientes al en que reciba copia del acuerdo, si es 6 nó exequible conforme á la ley. "Artículo. La resolución de suspensión de un acuerdo deeretada por el Gobernador se somete­rá, d."X+- Honora.bles Diputados: A n lestra Comisión tle Instrucci6n Pública se a pasado para su estudio el proyecto de ley" por a cual se ordena la acuñación de una medalla "onmemorativa," y cumplimos con el deber de nformar sobre él en la forma si~uiente : Si e objeto que persigue el Reglamento al dis­oner que todo proyecto de ley se pase al estudio I e una Comisión es el de patentizar la justicia, conveniencia y utilidad de la ley propuesta, en el caso presente son tan manifiestas estas condiciones que sería por demás ]0 que pudiéramos decir, por· que más que en raciocinios y argumentaciones están ellas en el corazón de todos y cada uno de los co· lombianos. Se trata en efecto de acuñar una me· dalla en conmemo,ración del primer centenario de la proclamación de nuestra independencia; es de­cir, del hecho más notable de nuestra vida como Nación y cuya época forma el capítulo más her· moso de nuestra historia. Es de reconocida conveniencia el que la ejecu­ción de esta obra quede en un todo encomendada al Gobierno, comoquiera que obras como ésta re· quieren para su ejecuci6n una sola dirección para que conserven la unidad del pensamiento que las informa; por esta razón vuestra Comisión no cree conveniente introducir modificación a1guna al proyecto en cuestión y se limita á proponeros: Dése segundo debate al proyecto de ley "por la cual se ordena la acuñaci6n de una medalla conmemorativa." Ignacio R. Piñeros-Jorge A. Vélez-Juan de Dios Gutiérrez-Luis F. To,.res E. .......;:.:x::+- Honorables Diputados: Cree vuestra Comisi6n de Relaciones Exteriores que debéis aprobar para que sea ley de la Repú­blica la Convención relatiV'8 á derech08 de extran· jería que nuestros representante á la segunda Conferencia Panamericana suscribieron en la ciu­dad de Méjico el día 29 de ~oero de 1902 en aso­cio de los representantes de todos 108 otros países de América, menos Venezuela y el Brasil. Los tres artículos que constituyen esta Conven­ción asientan la doctrina más justa y pOl' consi· guiente más J'ecomendable cuanto á obligaciones de los países signatarios respecto á los extranjeros que á ellos vienen y de ellos reclaman administra­ción de justicia ó indemnización de daños por gue­rra ú otro caso fortuito, Bien quisiera la Comisión detenerse á e10giar como se debe este pacto americano, que obligará en lo sucesivo á cuantos 10 suscribieron y que por todos ellos se alegará como doctrina firme contra las pretensiones de aquellos Gobiernoa que solici­ten para sus nacionales residentes en estos países americanos una protecci0n excepcional, superior á la que obtiene el nacional mismo en ellos; que se empeñan en exigir responsabilidad á estos Gobier· nos de acá, aun por daños causados por facciosos 6 por particulares sin culpa de la autoridad respecti. va, ó que repugnan recurrir á los tribunales ordi­narios y se propasan á reclamaciones diplomáticas, con pretermisión de las fórmulas consagradas y con mengua de la soberanía nacional. De tiempo atrás hemos luchado en Colombia por hacer prevalecer estos princi pios que la Conven­ción consagra, y no es poco lo que hemos podido Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. lA2 ANALES DE IJA ASAMBLEA NAC10N.AL conseguir en la materia; pero el paso más condu­cente á una completa y general solución de estos enojosos puntos sería sin duda denunciar, tan pr~n­to como se pueda en cada caso, todos nuestros VIe­jos Tratados vigentes, calcados en modelos abso­lutamente inadecuados ya y en los cuales no se salva ningún principio en esto de la extranjería ni en otras muchas cuestiones, como esa cláusula de la Nación más favorecida que en todos ellos ocu­rre y que según la cual la más perjudicada es pre­cisamente la Naci6n que la suscribe. No consta, honorables Diputados, si el Gobier­no de los Estados U nidos de América (cuyo re­presentante obraba ad rife'rendum) aprobó luégo esta Convención, tan favorable á la bienandanza de estas Repúblicas y á su defensa contra exaccio· nes inicuas. Esa aprobación daría fuerza incon­trastabl~ á este docu mento. Pedimos, honorables Diputados, deis segundo debate al proyecto de ley por la cual se aprueba esta Convención de extranjería. Bogotá, Agosto 13 de 1908. Honorables Diputados. F. de P. Matéus-José Manuel Goenaga-C. Tavera Navas-F. Calderón R.-Á. J. Restrepo. Luis Ouervo lJtlárquez--Juan B. Pombo. -+.x+- Honorables Diputados : La Comisi6n de Gobierno y Régimen Político y Municipal ha estudiado detenidamente el proyec­to de ley "sobre elecciones de Senadores y Re­presentantes" presentado á la Asamblea nacional por el Sr. Ministro de Gobierno. El proyecto que va á discutirse en segundo de­bate es, á juicio de vuestra Comisión, el desarrollo lógico y obligado del Acto reformatorio de la Constitución q-ue sobre esta matel'ia acaba de apro­bar la Asamblea, y de la Ley" sobre división te· r~it.orial " expedida también en las presentes se· 81Ones. El proyecto que estudiamos obedece en todas sus partes á la disposición constitucional que es­tablece la representación de las minorías; en los detalles se guarda la debida armonía entre las Leyes 7.a de 1888 y sus cencordantes y la 42 de 1905, "sobre elecciones." Como vuestra Comisión no ha encontrado nin­guna observación sustancial que haúerle al pro­yecto original, toca á la Conlisi6n de revisi6n ha­cer las ligeras modifi('.aciones de simple redacción que á la lectura del proyecto se observan. En consecuencia tenemos el honor de propo­neros: Dése segundo debate al proyecto de ley" 80 bre elecciones de Senadores y Representantes." Bogotá, Agosto 11 de 1908. Vuestra Oomisión. Jorge Vélez-A. J. Restrepo-Francisco SOr zano-José M. Pinto V.-José Manuel Goenag Carlos Tirado Macías-Rafael Antonio Orduz."" TELEGRAMAS Répública de Colombia-Gobernación - Bucara,· manga, 6 de Agosto d,e 1908. Honorables miembros Asamblea Nacional. Servíos aceptar en aniversario grande epopeya que coron6 nuestra existencia como nación soberana é inauguraci6n de la actual éra de paz, concordia yr progreso, el efusivo saludo de 103 habitantes de este Deparliamento, que reconocen los elevados pro­pósitos que os guían en bien del país. Servidor, Alejandro Pefía Solano Asamblea Nacional-Pr~sidencia-Bogotá Agosto 8 de 1908. Dése cuenta á la honorable Asamblea y pubU-quese. A. V ÁZQUEZ COBO Gobernación-Tunja, Agosto 7 de 1908. Presidente Asamblea Nncional-Bogotá. En esta fecha clásica os enviamos efusivo, pa.­triótico saludo y elevamos nuestras preces al Altí­simo porque los trabajos de la honorable corpora­ción que acertadamente presidís rindan el apetecido fruto de paz y prosperidad_ Compatriotas y amigos, Aristides Rodríguez, Octavio Torres Pefia, Bern ardo D. Gutiérrez, Ma· nue! Pinz6n, Nereo Acebedo, José Maria Oogollos , Enrique Hoyos F. Ttíq uetres, 8 Agosto 1908 Excmo. Presidente R eptíblica y Asamblea Nacional. Ochocientos asuntos judiciales cursan este Juz · gado hacen imposible absolutamente que Juez al­cance solucionarlos, por lo cual habitantes esta sección unánimemente solicitan que en bien admi­nistraci6n justicia se reintegre Juzgado 2. o Circui­to, para asuntos criminales exclusivamente, ads­cribiéndole juicios sucesionales. Antonio Roeero, Luis Guerrero, Rufino Viteri, Di6genes Viteri, José A. Oórdoba, June García, Ignacio Benavides, Solarte Espafia, Virgilio Rodrí · guez, Manuel MGriel, José - Antonio Alava, Celso Benavides, Adeodato Montenegro, E. Martínez, Arcesio Aguilar, Eliseo Ferrillet, G. Benavides, Alvarez, Aparicio Mora, Joaquín Arteaga, Simón Maya, Fernando Villa, Manuel Maya, Delf~n: Bu­cheli, Angel Santacruz, Evangelista Salazar & C.·, Pastor Mera: Manuel Ortega. República de Colombia-Asamblea Nacional Oons­tituyente y Legislativa-Presidencia-Bogotá, .Agosto 10 de 1908. Dése cuenta y publíquese. V ÁZQUEZ COBO IMPRENTA NACIONAL Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.

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Imagen de apoyo de  Reflexión anónima sobre lo que significa ser mujer desde la sensibilidad

Reflexión anónima sobre lo que significa ser mujer desde la sensibilidad

Por: Anónima | Fecha: 2020

Narración oral sobre lo que significa ser mujer. La narradora considera que es un regalo maravilloso que el machismo quiere convertir en condena. Además, asegura que se necesita valentía para ser mujer y sensibilidad para reconocerlo. El testimonio fue recolectado en el marco del laboratorio de co-creación "Postales sonoras: mujeres escuchando mujeres" de la línea Cultura Digital e Innovación de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá - BibloRed.
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