REPUnL!CA DE COLOMBIA
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
erie VII ~ Bogotá, Agosto 26 de 1908 ~ NÚInero ~4
001\TTE1\TXDO
Págs.
Aeta ie la sesi6n matinal del día. 'H de Agosto de 19M ............. 185
Ao1ta. de la. seilión de 1110 tarde del día. 21 de Agosto de 1908 ••.•.•.• 186
Te e¡gramas ........................ ............................................... 192
Erra. ta.s .... ........ . ......... ..... .. ..... ... .. ... ........... ...oo. ...... ... 192
ACTA
D LA. SESIÓN MATINAL DEL DíA 21 DE AGOSTO DE 1908
(Pre.idencia del honorable Diputado Vázquez Oobo).
1
A las nueve y treinta minutos de la mañana el
S . Presidente declaró abierta ]a sesi6n, á la cual
dej aron de concurrir con legítima excusa el ho·
n()rable Diputado Camargo.
El Secretario dio lectura á las actas correspon·
dientes á las sesiones del día anterior, las que fue·
ron aprobadas sin observación alguna. .
El Sr. Ministro de Gobierno hizo uso de la palabr~
para ~aDifd9tar, que t~nía conocimiento que
el dla anterIor se habla SUSCItado la duda sobre si
la prórroga de las actuales sesiones era hasta el
día 22 de los corrientes inclusive ó n6, por lo cual
dec1araba que el día 22 quedaba comprendido en
aquélla y que en la tarde del mi@mo vendría el
Excmo. t3r. Presidente de la República á clausurar
las sesiones.
Se enteró la Asamblea de los asuntos sustancia·
dos en la fdcba por la Presidencia, entre los cuales.
se ]ey6 un telegrama del Excmo. Sr. General
Eloy AI~aro, Presidente del Ecuador, dirigido al
Sr. PreSIdente de la Asamblea, en el cual avisa
recibo y da las gracias por el telegrama en que se
le transcribió la proposición de saludo aprobada
unánimemente por esta corporación ellO del pre·
sente, aniversario de la fiesta nacional de la República
hermana.
Impuesta la Asamblea del orden del día entró
á considerar en tercer debate, de acuerdo co'n éste
los siguientes proyectos que fueron aprobados ir
respecto de los cuales manifestó su voluntad de
que fuerah leyes de la República:
El de ley ,~ por la cual se dictan algunas dispo.
siciones sobre tarifa de Aduanas ";
El de ley" por la cual se autoriza al Gobierno
para contratar y pagar la mensura de los t~l'renos
cedidos á la Universidad de Nariño "; y
El de ley" por la cual se modiffca la constitución
del Montep~o Militar."
n
Diose lectura al informe con que los honorables
Diputados Jiménez, Blanco y Goenaga. devolvie·
ron el proyecto de ley" que adiciona y reforma la
56 de 1905, sobre adjudicación de tierras baldías."
La Asamblea aprobó el proyecto de resoluci6n
con que termina, por el cual se dispone se dé se·
gundo debate al proyecto.
Abierto éste, se adopt6 el artículo 1.0 original.
Traído al debate el artículo 2.°, el honorable
Diputado Tavera Navas lo modificó así:
" Artículo. No podrá ser transferido el domi·
nio .de las islas ni de las tierras que contengan dep6S1toS
de sal, petróleo, garceros, huaneros, fuen·
tes de aguas medicinales, y en que se encuentren
en grande abundancia caucheras, tagüeras y demás
árboles y plantas que produzcan artícul08 de
crecido valor en los mercados extranjeros; pero
podrán concederse en arrendamiento."
Explicada por tiU autor esta modificaci6n, fue
objetada por los honorables Diputados Cuervo
Márquez y Restrepo en el sentido de que sus dis·
posiciones estaban ya consignadas en la Ley 30 de
1907.
El honorable Diputado !ttlontaña hizo observa·
ciones sobre la conveniencia de unificar la. legisla.
ci6n sobre tierras baldías y bosques nacionales.
El honorable Diputado proponente tornó á sus·
tentar su modificación, que fue aceptada por el Sr.
Ministro de Obras Públicas y aprobada por la
Asamblea.
En discusi6n para adoptarse, el honorable Di·
putado Cuervo Márquez submodificó el artículo
en la forma que sigue, en la cual se aprob6 y
adoptó:
" Artículo. No podrá ser transferido el domi·
nio de las islas marítimas, ni de las tierras que contengan
dep6sitos de sal, petróleo, asfalto, garceros,
huaneros, fuentes de aguas medicinales, y en que
se encuentren en grande abundancia caucheras, tagüeras
y demás árboles y plantas que produzcan
arMcuIos de crecido valor en los mercados extran·
jeros; pero podrán concederse en arrendamiento."
Traído al debate el artículo 3.e original, el honorable
Diputado Restrepo propuso y sU8tent~ la
siguiente modificación: .
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
186 ANAU DE LA ASAMBLEA NACIONAL
" Artículo 3.° Cuanoo se so icite por cualquier
otro título que no sea el de cultiv or, cuyo derec o
es preferente á todos, la adjudi ación 6 venta de
un#\ extensión mayor de mil hectáreas de baldíos,
el Ministerio de Obras Públicas h lrá practicar una
inspección ocular por medio de !Comisionados especiales
con el objeto de averigua' sus condiciones
de irriga.ción, su aptitud para la a ricu tura, ganadería,
explotación de bosques ú otras industriaFl,
para el establecimiento de colonias ó poblaciones,
ó si están comprendidos entre aqu.ellos de que trata
el artículo 2.° de esta Ley, Ó 8\i por cualquiera
otra causa conviene reservar el domin·o de ellos
para la Nación, por motivos de conveniencia pública.
Los gastos que estas diligencias ocasionen
son de cargo de los solicitantes."
Después de que el honorable Diputado Monta·
lia le hizo observaciones en el sentido de que ya
estaba consignada su disposición en el articulo 11
de la Ley 56 que se reformaba por este proyecto,
fue aprobado el artículo, adoptán dose en seguida.
Igualmente se adoptó el artfcul 4.° original, en
euya disensión tomaron parte el S.'. Ministro de
Obras Públicas y los honorables Diputados Vargas
y Gutiérrez Rufino.
Púsose en discusión Ja modificación propuesta
en el pliego respectivo al artículQ 5 o, que consiste
en eliminar la última parte, q eda do este así:
u Artículo 5.0 Servirá de base para JOB remates
el precio de un peso oro la hecta ea en los terrenos
apropiados para los cultivos, y de c ncuenta ceno
tavos oro en los apropiados para pas o ."
Sustentaron el artículo modificfldo e Sr, Mini~tro
de Obras Públicas y el honorable ipu tado Vargas.
La Asamblea aprob6 el artículo ,o t 1 forma. En
discusión para adoptarse, el mismo honorable Di·
putado lo submodifiaó del modo siguiente:
"Artículo 5.° Servirá de base para los remates
el precio que se , fljará por peritos nombrados por
el Ministerio de Obras Públicas, teniendo en cuenta
el clima, situación y condiciones speciales del terreno
que se trate de rematar."
Tomaron parte en la discusión, para explicarla,
el honorable Diputado proponen te; para hacerle
algun,s obsirvacionefi, los honor bIes Diputados
CuervQ Márquez y Gutiérrez Runno, quien solici
tó respecto de él algunas explicaciones que le fueron
dadas por el Sr. Ministro de Ob as Públicas;
el honorable Diputado Montaña, para explicar el
artículo original; para sustentar la modificacil5n, el
honorable Diputado Gutiérrez, y para impugnarla,
el honorable Diputado Restrepo, quien pidió ~e
ne,gara el artículo 5.° original y el 6.°, por estar
comprendidas sus disposiciones en el artículo 4.°
La Asamblea ,negó la submodific8ci6n que se
discutía. Igual suerte corrió la. modificación y el
,rtículo 5.0 original.
Se adoptó el artículo 6.0 orig"n 1 por 20 votos
afirmativos contra 10 negativos.
Traído ti discusión el artículo 7.°, se consider6
la modificación propuesta por la Comisión, q ne
consiste en suprimir el segundo parágrafo, redacta·
do así:
§ 2.0 Exceptúase también el caso de venta por
bonos ó títulos territoriales, siempre q ne el como
prador justiprecie éstos en un valor por el cual
convenga al Gobierno recibidos para obtener 811
pronta amortización."
El honorable Diputado Matéus hizo uso de la
palabra para impngnar el parágrafo.
En este estado, los honorables Diputados Váz·
quez Cobo, Pulecio, Orduz, Pinto, V éJez, García
Medina, Piñeros, Tavera Navas, Dulcey, Sorzano,
Blanco, Reyes, Pardo, García ROgdlio, Herttera
Restrepo, Jiménez, ManotaR, ~10ntsña, Becerra,
Delgado, Torres Elicechea, Tirado Macias, Gutiérrez
Juan de Dios y Salazar suscribi~ron la siguiente
moción, que fue aprobada unánimemente
por la Asamblea:
"Teniendo en cuenta la pat,>iótica labor y las
eficaces gestiones de los Sres. Genel'sles M'lrcelia·
no Vargas y Jorge Holguín y del D,'. Juan C.
Manrique, como Ministt'os Diplomáticos el primero
y el último, ante el Gobierno francés, y como
Agente fiscal el segundo, labor y gestiones enca·
minadas á obtener la devolución de las acciones
que tenía la República en la empresa del Canal
de Panamá, la Asamble Nacional Constituyente
y Legislfitiva cumple con un deber de jU8ticia. al
consignar en el acta de este día su sincero reconocimiento
hacia tan distinguidos compatriotas por
el brillante éxito que lograron alcanzar en pro de
los intereses de la República.
"T,'anscríbase esta proposición por la Presidencia
de la Asamblea á los Sres. Geuerales Vargas y
Holguín y al Sr. Dr.!\{anrique." I
El honorable Diputado Val'gas solicitó permbo
de la Presidencia para. no tomar parte eo la vota·
ción anterior, el que le fne concedido, disponiendo
aquélla se dejara constancia de este incidente en
el acta del día.
Siendo las once y. treinta minutos de la mañana,
el Sr. Presidente levantó la sesión.
El Presidente,
A. V ÁZQUEZ COBO
El Secretario, Fernando E. Baena.
--+:x::+ACTA
DE LA .SESIÓN DE LA TARDE DEL DíA 21 DE AGOSTO
DE 1908
(Prellidenoia del honorable Diputado V6.sque¡ Cobol.
A las dos de la tarde el Sr. Presidente decIIlr6
abierta la sesión. Se pasó lista, á la que dejó de
contestar legítimamente excusado el honorable
Diputado Gálvez.
Diose lectura á una nota dirigida por el Ilmo.
y Revdmo. Sr. Arzobispo Primado de Colombia á
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA N'ACION AL 18'1
la honorable Asamblea dando las gracias por la Diputado Montaña hizo algunas observaciones
pro posición aprobada con motivo del onomástico sobre él.
de) Prelado. El honorable Diputado Matéus propuso:
En seguida se leyó un, telegrama del Gob~t:na- ., Suspéndase lo que se discute para considera.r
dor de BoyacA, en. el cual ha,ce una ad,araClón á lo siguiente:
l~s palabras del honorable Diputado Velez rela· "Artículo. El Poder Ejecutivo podrá hacerena ..
tlvas á los sobresueldos que devengaban algunos jenaciones de tierras baldías en remate público, de
Gobernadores. cien hasta veinte mil hectáreas en lotes alterna.-
E.l. honorable Diputado Vélez pidió la palabra dos ó en territorio continuo, según lo juzgue más
y dIJo: conveniente á 108 intereses nacionales.
"Cuando en diversas ocasiones he hablado aquí "Parágrafo. Las adjudicaciones que se hagan
de sobresueldos y ga8tos de representaci6n de los confieren la propiedad definitiva de las tierras ad·
Gobernadores, no me he referido á ninguno en es· judicadas sin que en ningún caso pueda declararpecial;
he dicho que varios presupuestos depar- ~e la caducidad de los contratos que á ella se retamentales,
según los pl'esupuestos presentados nera."
por el Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro, tenían Puesta la moción en discu8ión, pidi6 la pa1abra
partidas crecidas para gastos exagel'a.dos de al· su autor para sustentarla; el honorable Diputado
guno~ Gobernadores, y todavía sostengo que en Gutiérrez Runno la impugnó, y cerrada la discuvarios
presupuestos d~partamentales existen esas sión, resultó negada. En consecuencia continuó la .
partidas." ' discusión del artículo 7.°, en la cual tomó parte
El mismo honorable Diputado Vélez, asociado el honorable Diputado Gntiérrez Rutino. El arti·
de los honorables Di putados Jiménez, Iguaráo, culo fue negado.
Gutiérrez Rufino, Camargo, Salazar, Cuervo Már. Puesto en discusión el articulo 8.°, fue negado
quez, Ordllz, Goenag'l, Pombo, Pinto, Gutiél'rez por]a Asamblea.
Juan de Dio'!, Franco, Garcia MediDa, Pifleros y Traído al debate el artículo 9.° del proyecto,
Quintero propusieron: el honorable Diputado Vargas solicitó del Sr. Mi·
" Antes de entrar al orden del día considérese ni.'tro de Obras Públicas algunas explicaciones
pertinentes, exigencia que fue satisfecha por el
lo siguiente: Sr. Ministro.
"La Asamblea Nacional Constituyente y Legis- El mismo honorable Diputado Vargas sentó la
lativa, mientras expide una ley de bonores ti la siguiente modificación:
memoria del ilustre colombiano Dr. D. José Do- "Artículo 9.° Las cesiones que hagll el Poder
mingo Ospina Camacho, deja constancia, antes Ejecutivo para fomento de industrias ú obras de uti·
de clausurar sus presentes sesione~, de su profano lidad pública se someterán á los reglamentos que
da pena por la muerte de tan eximio patriota que el Gobierno dicte sobre el particular, limitándose
en su meritoria vida prestó á III República im por- en cuanto á extensión á las disposiciones legales
tan tes y valiosos servicios, ya como ciudadano yigentes."
ejemplar, ya en el desempeño de muy delicados Esta modificación fue sustentada por el honora.
cargos en todos los ramos de la administración ble Di pu tado Quijano Wallis.
pública. ' Aprobada y en discusión para adoptarse, el ho ...
"Copia de esta proposición con nota de estilo norable Diputado Quijano Wallis la su bmodific6
será enviada por la Presidencia á la familia del así:
finado, y publíquese."
Moción que fue aprobada unánimemente.
Los honorables Diputados Salazar, Vélez, Res·
trepo, De la Cuesta, Goecco Coronado, Quintero
y Neira suscribieron la sjgui~nte proposición:
"Altérese el orden del día y considérese el
proyecto de ley' sobre presu puestos' y los asuntos
internacionales."
Esta moción fue negada por no haber reunido
las dos terceras partes de los votos que el Reglamento
requiere para su aprobación. Hubo 19 votos
afirmativos contra 18 negativos.
En seguida continuó el segundo debate del pro·
yecto de ley "sobre tierras baldías," que habia
quedado pendiente en la sesión de la mañflna.
Puesto en discusión el artículo 7.°, el honorable
" Articulo 9.0 Las cesiones que haga el Poder
Ejecutivo para fomento de industrias ú obras de
utilidad pública se someterán á las disposiciones
legales vigentes."
Verificada en seguida la votación, fue aprobada
por ~7 votos afirmativos contra 10 negativos.
La Presidencia declaró adoptada la lDodificaci6n.
Se trajo en seguida al debate el artículo 10" mo·
dificado por la Comisión así:
" Artículo 10. Los arrendatarios y adquirentes
de tierras baldías en propiedad están obligados ,
establecer en parte de ellas c.onstrucciones, cultivos,
dehesas, dentro del término de tres años contados
desde la adquisición."
El honorable Restrepa la impugnó, después de
lo Qualla Asamblea la negó. El artículo 11 origi-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
188 ANALES DE IJA ASAMBLEA NACIONAL
na! del proyecto fue negado; el 12 fue aprobado
por 21 votos afirmativos contra. 8 negativos. Pues·
to en discusión el artículo 13 original del proyecto,
el honorable Diputado Restl'epo lo modificó así:
" Articulo 13. La adjudicación de terrenos baldíos
tendrá como base el plano que conforme á la
ley debe presentarse; pero en cualquier tiempo en
que se denuncie y se pruebe ó resulte de cualquier
otro modo que el terreno adjudicado como baldío
comprende una extensi6n mayor de la que expresa
la adjudicación, el excedente volvera al dominio de
la Nación por el mismo hecho, sin necesidad de
más actuaci6n, quedando á favor de ésta las mejoras
que en tal excedente hubiera. hecho el adjudic~
tario, me~os cuando la adjudicación se haya ve·
rIficado á titulo de cultivador,"
En discusión esta modificación, el Diputado proponente
hizo algunas explicaciones sobre ella,
después de lo cual pidió permiso para retirarla, el
que le fue otorgado por la honorable Asamblea.
El artículo 14 original del proyecto fue aprobado.
Los honorables Diputados Iguarán, Salazar, Ma·
téus, Restrepo, Gnecco Coronado, García H., Jiménez,
De la Cuesta, Camargo, Neira, Quijano
Wallis, Pinto, García Medina, Goenaga, Val'gas,
Vé!ez, Pombo, Gutiérrez Juan de D., Ramíl'ez,
QUintero, Hernández, Herrel'a Restrepo, Tirado
Macias, Becerra Delgado, Aldana, Piñeros, To·
r~es. Elicecbea, Sorzano y Rupda presentaron el
sIguIente artículo nuevo:
• u Artículo. Las adjudicaciones hechas por el Goblerno
en cambio d~ títulos de baldíos de terrenos
situados en regiones ó comarcas propias para
el ,cultivo y producción de bananos quedan firmes
é Irrevocables, y como tales las declara la ley.
" Pa~ágrafo. Ratifícanse á los ocupantes á título
de cultIvadores de terrenos situados en las regio.
nes ó comarcas expresadas los derechos que las
leyes de la materia les reconocen y los cualp,s de·
ben serIes adjudicados previas las formalidades
requeridas." .
Puesto en discusión, tomaron parte en ell" los
honorables Diputados IO'uarán, Gutiérrez; Rufino
García Rogelio y Manot~s. En este estado el Sr:
Ministro de Obras Públicas propuso:
lt Suspéndase lo que se discute y considérese el
proyecto de ley de presupuestos."
En discusi.ón, fue ex~1icada por S~l autor, objetada
por el honorable Dlputado Restrepo y negada
por 20 votos afirmativos contra 23 negativos.
En consecuencia continuó el debate sobre el artículo
que estaba en discusión, el cual fue objetado
por el Sr. Ministro de Obleas Públicas,
Tomaron parte en el1a los honorables Diputados
~o~tafia y Gnec~o Coronado. Acto seguido el
Sr. MInIstro de Hamenda y Tesoro pidió que ]a
A.~amblea se constituyera en sesión permanente
para tratar el proyecto que se estaba discutien do
y además el de presupuestos y los originarios el
Ministerio de Relaciones Exteriores. De acuerdo
con esta petición el Sr. Presidente preguntó ti
la Asamblea si accedía á lo solicitado por el Sr.
Ministro, y ésta contestó afirmativamente.
El honotable Diputado Neira propuso la siguien.
te modificación al artículo que estaba en discusión:
"Las adjudicaciones hechas por el Gobierno en
cambio de títulos de LaJdíos de terrenos situados
en regiones 6 comarcas propias para. el cultivo y
producción de bananos eu el Departamento del
Magdalena quedan firmes é irrevocables, y como
tales las declara la ley. ~
" Parágrafo. Ratifícanse á los ocupantes á título
de cultivadores de terrenos situados en las reg o·
nes ó comarcas expresadas los derechos que las
leyes de la materia les reconocen y los cuales deben
serIes adjudicados previas las formalidades re·
queridas." .
A bierta la discusión de esta modificación, la
explicó su autor; fue combatida por el Sr. Minis·
tro de Obras Públicas y negada por la Asambles,
la cual aprobó en seguida el artículo original.
En discusión el artículo 15 original del proyec·
to, fue explicado por el Sr. Ministro de Obras Púo
blioas é impugnado por el honorable Diputado
Val'gas.
El honorable Diputado Restrepo hizo algunas
observaciones respecto á este artículo, y como con·
secuencia lo modificó así:
"A.rtículo 15, De la fecha de esta Ley en adelan·
te corre contra los bonos, títulos territoriales y de-más
documentos que dan ó puedan dar derecho al
dominio 6 adjudicación de terrenos baldíos, la
prescripción que extingue las obligaciones en los
plazos comunes que señala el Código Civil."
Sustentada esta modificación por el honorable
Diputado Montaña, fue aprobada y adoptada. El
mismo honorable Diputado Montaña propuso el
siguiente artículo nuevo:
" Artículo. El Ministerio de Obras Públicas po·
drá celebrar contratos para utilizar determinados
productos de los bosques nacionales 6 para el coro
te de madera8 en ellos, y fijará prudencialmente
el precio que los concesionarios deben pagar á la
Nación, teniendo en cuenta la naturaleza del pro·
dueto que van á utilizar."
El honorable Diputado Jiménez hizo aJgana8
observaciones respecto á este artículo, y el honora·
ble Diputado Restrepo lo modificó así:
" Artículo. El Ministerio de Obras Públicas podrá
celebrar contratos para utilizar determinados
productos de los bosques nacionales ó para el coro
te de maderas en ellos, y fijará prudencialmente
el precio anual que los concesionarios deben pagar
á la Nación, teniendo en cuenta la naturaleza de]
producto que van á utilizar, Bin perjuicio de cua ..
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL 1'89
les q"Uiera derechos anteriores de colonos 6 adjudi
c tia rios, conforme á las leyes."
:E n la discusi6n de esta modificación tom6 parte
el onorable Diputado Vargas, después de lo eual
fue probada y adoptada. El honorable Diputado
Rels l'epo propuso:
'\.Artículo nuevo. Los ocupantes 6 dueños de
tieIrras baldías situadas cinco kilómetros al rededon'
de fuentes saladas -en explotación no están
obligados á desmontarlas para conservar su prop
"e,d.ad; al contrario, ese desmonte queda prohib
· d o para cualquiera otro objeto que no sea exp]
o tación de la salina en tales parajes, cuando
pertenezcan á ]a N aci6n 6 á comunidades 6 resg
ardos de indígenas,"
omaron parte en esta discusión su au tor y el
hOllio.rable Diputado Cuervo Marquez, siendo adopta.
d o en seguida.
Los honorables Diputados Gutiérrez Ruflno,
Restl'epo, Manotas y Cuervo Márq uez propusieron:
,,¡ ArtíclJ'lo. Queda vigente la disposición del artíc
1 7.° de la Ley 56 de 29 de Abril de 1905."
Flle aprobado este artículo.
El honorable Diputado Vargas propuso y explic6
el siguien te artículo nuevo:
"Artículo. Los individuos que hubieren recibido
e ncesión para la explotación de bosques nacio
aJes y que no hayan cumplido con todas las
condiciones que se les fijaron por el otorgamiento
de d icha concesión, 1e3 quedará caducada por ministeri
mismo de esta Ley, y no podrá concedérseles
pról'roga de ninguna especie."
To aron parte en la discusión el Sr. Ministro
de bras Públicas y los honorables Diputados
Rest repo, Mflnotas y Montaña, quien propuso la
siguiente modificaci6n, que se aprob6 y adopt6,
después de hablar sobre ella el Sr~ Ministro citado
y el honorable Diputado Vargas:
"Artículo. El Ministerio de Obras Públicas pro
cederá á revisar las concesiones pendientes sobre
bosques nacionales, declarará caducadas adminis ,
trati vamente aquellas en q ne haya lugar para ello,
y hará que se promuevan las acciones civiles con.
ducen tes para que se declaren resueltas y termin8.
das aquellas que no puedan declararse caducadas
administrativamente.
"E Ministerio no concederá prórrogas respecto
de las concesiones pendientes."
Sin observación alguna se aprobó el artículo
nuevo propuesto por la Comisión, que dice:
"Artículo nuevo. Las disposiciones q ne preceden
en ningún -caso serán aplicables á los baldíos
que se hayan adjudicado 6 se adjudiquen en virtud
de contratos, cesiones ó ventas de fecha anterior
á la expedición de la presente Ley."
Los honorables Diputados Neira y Restrepo
suscribieron la siguiente moción, qua fue aprobada
por la Asamblea:
"Reconsidérense los artículos 2.0 y 3.° del proyecto."
En consec~enci8 se tra.jo al debate el artículo 2.~,
que fue modificado por los mismos honorables Dlpu
tados así:
" Artículo. No podrá ser transferido el dominio
de las islas marítimas ni de las tierras que conten-'
gan depósitos de sal, fuentes de petróleo, huane .. ,
ros, aguas medicinales, garceros; pero podrán con·
cederse en arrendamiento."
Explicada esta modificación por el honorable Diputado
Restrepo, fue impugnada por el honora?le
Diputado Tavera Navas. Verificada la votaCIón
resultó aprobada, adoptándose con ella el artículo.
Reconsiderado el artículo 3.°, fue negado á mo,
ci6n del Sr. Ministro de Obras Públicas y del ho-norable
Diputado Restrepo. . .
Terminada la discusión sobre la parte dispositlva,
se consideró el tí tu 10, que fue modificado por
el honorable Diputado Reotrepo en la forma que
sigue, en la cual se adoptó:
" Proyecto de ley' sobre tierras baldías.'"
Cerrado el segundo debate, la Asamblea expres6
su voluntad de que el proyecto pasara á tercero.
II
Previa lectura de los informes correspondientes,
cuyas partes resolutivas se aprobaron, la Asamblea
discutió en segundo debate en la forma reglamentaria
los siguientes proyectos de ley, que ft.leron
aprobados y respecto de los cuales la corporación
manifestó su voluntad de que pasaran á
tercer debate:
El de ley" por la cual se aprueba una Conven~
ción" (la suscrita por los Plenipotenciarios y Delegados
á la tercera Conferencia Internacional
Americana reunida en Río de J aoeiro, que fija la
oondici6n de los ciudadanos naturalizados q ne re·
nuevan su residencia en el país de su origen);
El de ley" por la cual se aprueba una Conven ..
ci6n " (la suscrita por los mismos Pleni potenciarios
y Delegados sobre reclamaciones pecuniarias) ;
El de ley ,< por la cual se aprueba un Tratado"
(el suscrito por los Plenipotenciarios y Delegados
á la segunda Conferencia Internacional Americana
reunida en Méjico, sobre sometimiento .á la deci·
sión de árbitros de las reclamacioneR por dafios y
perjuicios pecuniarios que no hayan .sido resuelto.
por la vía diplómática) ; y
El de ley" por la cual se aprueba una Con ven,
ci6n" (la suscrita por los mismos Delegados sobre
canje de publicaciones oficiales).
In
Diose lectura al informe de la Comisión de Hach'nda
relativo al proyecto de ley" por la cual se
aprueban los Presupuestos nacionalee de Rentas y
Gastos para el período económico de 1908"; y
aprobada su parte resolutiva, se abrió el segundo
debate.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
, 190 ANALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Púsose en discusión el artículo 1.0, modificado
por la Comisión así:
., Artículo. A prué banse 103 Presl1 puestos naoionales
de Rentas y Gastos para el período econ6mico
de 1,908 y los Decretos ejecutivos n,úmeros 362,
881, 43~ 52~ 55~ 564,630,704, 705, 14~ 747 Y
751, que lo adioionan y reforman."
Explicado por el honorable Diputado Vargas,
fue aprobado. En diAcusión para adopt8rse, el
honorable Diputado Pinto lo submodific6 aditivamente
así:
. "Artíoulo 1.0 Apruébanse 108 Presupuestos na·
cl?nales de Rentas y Gastos para el periodo econ6·
mlco de 1908 y los D~cretos ejecutivos números
862.381,437,528,554,564,630,704,705,746,747 r 751, que lo adicionan y reforman, y considérase
Incluida en la actual vigencia ecou6mica y en las
sucesivas la suma necesaria para amortizar en re·
mates los vales por pri,mas de ~xportación ~xpedi.
do. en virtud de los D~cretos números 832 y 979
de 1907, correspondientes á exportaciones hechas
por las Aduanas del Atlántico."
Tomaron parte en la discusión su auto,' para
explicarla, el Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro
pSI'a combatirla y los honorables Dipu tados Varo
gas y Garría Rog~lio para hacerle algunas obser·
v.aciones. El ú ltimo manifestó que le daría su voto
81empre que se fijara una cantidad para la amortiZ!!
ci6n de los bonos que estu viera en relación con
el valor de aquéllos.
En spgllida se aprobó la su bmodi6caci6n. Al ir
á adoptarse, el honorable Diputado Neira lo sub·
modificó así: .
. "Artículo. 1.° Apruébanse los Presupuestos na,
C1~nales de Rentas y Gastos para el período econÓM
mlcO del 908 y los Decretos ~jeclltivos números 362,
881, 437, 528, 554, 564, 630, 705, 746, 747 Y 751,
que lo adicionan y n-furman, y cooRidérese inclui,
da en la actual vigencia económica y en las sucesi·
vas ]a suma necesaria para amortizar en remat(ols
1~8 vales pnr primas de exportaci6n expedidos en
vlttud de los Decretos números 832 y 919 de
1907, correspondientes á exportaciones heehas por
las aduanas del Atlántico; y para amol,tizar á la
par en el orden de su exp~diclón los bonos que se
hayan emitido y se emitan por el Gobierno para
pagar fábricas de licores."
Apoyada esta su bmodificación por el Sr. Ministro
de Hacienda y T~soro, fue 8 probada, adoptán.
dose en tal forma el artículo.
Los honorables Diputados Tavera Navas, Herrera
Restrepo, Aldana, Montafia, Becerra Delgado,
García Medina, Restrepo, Goenaga, Gutiérrez
J uao de Dios, V élez; Tirado Macías, Dussán, Par··
do, Manotas, De )a Cuesta, Neira, Torres Elicechea,
Sl\Jazar, GSl'cía Hidalgo, Ol'duz, Gnecco Uoronado,
Mat6us, Quintero, Iguaráo, Cuervo Márquez, Rí\mírez,
DuJcey, Calderón y Hel'nández suscribieron
el siguiente ~rtículo nuevo:
"Artículo. Los sueldos de los empleados de 1
Secretaría de ]a Asamblea Nacional Constituypnte
y Legislati va serán los siguientes en las pre·
sen tes sesiones:
ce 1.° Sueldo de cada. uno de los Secretarios, á
$ 300 mensuales;
"2.° Sueldo de cada uno de los Subsecretario ,
á , 160 mensuales;
"3.° Sueldo de cada Oficial Mayor, $ 120 mene
sual~s ;
"4.° Sueldo de cada Oficial 1.0, $ 100 mensuales;
"5.° Sueldo del Habilitado, $ 100 mensuales;
"6 o Sueldo de cada uno de los E cribientes,
$ 80 mensuales;
"7.° Sueldo de cada uno de los lJarteros, $ 40
mensuales. .
"Todos los empleados de la Secretaría presta.
rán sus servicios d Ul'ante las sesiones y un mes
má3 para el &rreglo del archivo."
El Sr. Ministro de Gobierno preguntó al hono·
rabIe Diputado Tavera Navas si las disposiciones
de este al,tículo tenían carácter l'etroactito, y . éste
manifestó que sL Ea seguida se aprobó por la
Asamblea el artículo q ne Be discutía, después de
hablar el honorable Diputado Restrepo. .
Los honorables Dipatados SalazFlr, Tirado Ma.
cías y Gutiérrez Juan de Dios propusieron este
Otl'O articulo:
"Artículp. Las rebajas en un 15 por 100 de Jos
sneldos de todos los empleados públicos nacionales
de que trata el Dec['eto número 375 de 31 {le
Mayo del presente año, sólo se harán en Jo suce-Jivo
de Jos sueldos cuya cuantía exceda de $ 150 oro."
Fue sustentado por 109 honorables Diputados
Salazar, Tirado MacÍas y M lnotas, y objetado por
los honol'abIes Di pu tlldos GaJ'('Ía l\'Ied ina y Res·
trepo y por el Sr. Ministro de Hllcienda y Tesoro;
verificada la votación resultó negado por 10 votos
afirmativos contra 16 negativos.
Se adoptó en seguida el siguiente artíoulo nuevo,
propuesto y explicado por el honorable Dipu.
tado García Hidalgo, respecto del cual habló el
Sr. Ministro de Hacienda y Tesoro:
"Articulo. Las pen~iones y jubilaciones cuyas
sumas de pago se consideren incluidas en los Presupuestos
de Gastos, según la ~ey que las haya de·
cretado, y cuya cuantía estÁ especialmente señala.
da como parte de un sueldo, en ningún tiempo
sufl'il'án alt~ración de ninguna clase, sino la que
corresponda al aumento ó diBminuci6n del sueldo
que las r~gula."
El mismo Sr. Ministro propuso el siguiente aro
tículo nuevo:
1, Artículo. Facúltase al Poder Ejecutivo para
cambiar por otras las rentas que' asigna á 108 Mu·
nicipios el artículo 17 de la Ley número ..• de e~te
mlsmo año, para aumentar ó disminuir la participación
señalada en las Rentas reorganizadas por el
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
ANALES DE LA ASAMBt~A NACIONAL 191
~ilsmo artículo y para reglamentar la administraC10)
de ellas
Citación recomendada (normas APA)
"Anales de la Asamblea Nacional -Serie VII N. 24", -:-, 1908. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2094422/), el día 2025-05-05.