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Red Distrital de Bibliotecas Públicas. BibloRed (Bogotá. CO)
|
Fecha:
29/11/1829
·G-_ACETA DE COLO ~f B li-\.
Esta Gacel3. sale los domingos. . Se SUSCl '\bé a
~lla en las adminisl.J.·aciones de t·orreos de las capitales
de provincia. La suscripccion anual vale
d iez pe~~s, cinco la. del semestre i veinte reales la
d~l trimestre.
Et editor dirijira los numeros p or los c- 01Tt> o~
~ los suscriptores i a los de esta c i u d a d cuy s fü!t cripciones
se reciben en ia tienda número i. o c alle
primera del comercio ) se les l!e,•aran a sqs casas
de hahitacion. En la misma \tienda se venden los
nú.meros sueltos a do s r e al e.~. .
BOGOTA, DOMINGO 29 DE NOVIEMBRE DE 1829. T R IM.ESTRE 35.
EL LIBERTADOR.
El 10 del corriente llegó S. E. a P ttsto, r el g~bierno del Perú, con aprohacion del
cvngreso, el tratado de paz aoncluido i firmado
en la ciudad de Guayaquil el u de setiembre
por los plenipotenciarios ·de Colombia 1 ·el
Perú, segun consta del periódico ofi riar de
:aquella Rept1b11ca, que tengo el honor tra el ar.reglo amistoso de
sus diferencias, -1 hallandose felizmente en el
dia en condicion de poderlo verificar, i ·restablecer
al mismo tiempo las relaciones mas
intimas i cQrdiales entre ambas naciones, han
constituido i 11omhrado sus ministros plenipotenciarios,
a saher: S. E. el Libertador presidente
de la república de Colombia a Pedro
Gnal, ciudadano de la misma; i S. E. el presidente
de la del Perú i don José Larrea i Lo',-
edo ciudadano de dicha República, los cuales
despues de haber canjeado sus plenos poderes,
i encontrandolos con buena i bastante forma
han convenido en los artículos sig~ientes.
Art. 1. 0 Habrá una· paz pe.rpetua é in.viofahle,
i amistad constante i perfecta entre las ·
retmblicas de Colombia i ~l Perú, de manera
que en adelaRte no sea licito en nin~una de
ellaa cometer ni tolerar se cometa directa ó
- ...
indirectamente acta alguno de hostilidad contra
sus pueblos, ciudadanos i súbditos respectivamente.
Art. 2. o Ambas· partes contratantes se ohligan
i comprometen s~lenneme.nte a ol~dar
todo lo pasado, procurando ale1ar cualqme~a
motivo de disgusto que recuerde la memona
dE! las desavenencias qne felizmente han termio~
do; a promov~r su mutuo bienestar i a
contribuir a su seguridad i buen nombre por
cuantos medios estén en su poder.
Art. 3. 0 Ninguna de las partes contratantes
franqueara el paso por su territorio, ni
prestara ausilio de ninguna clase a los enemigos
de la otra; ~nte~ p~r el conturi?, ~mplearan
sus hu~nos oficios 1 aun su .m~d1ac10n,
si fuese necesario, para el restablec1m1ento de
la paz, luego que se ron~pae las hosti~idades
con uoa ó. mas potencias, no permitiendo
entretanto la entt'ada en los puertos de una ú
otra República á los corsarios i presas que
hicieren dichos enemi_gos a los · ciudadanos de
Colombia o el Perñ. .
Art. 4. o Las fuerzas milita!es. en los departamentos
del sud de· Colomb1a, 1 en los ·del
norte del Perú se redu'Ciráo, desde la r.alificacion
.del presente tratf\do, al" pie de p:az; de
manera que en lo succesivo no sea pt'1·miti"do
mantener ~n ellos mas que las guarniciones
i cu~rpos mui nec~sar.ios é ind~spe.iis_nble~ para
c~nservar el. __ pa1s en segundad i qu.etnd.
Todos los ·pns1oneros hechos dtJrante la presente
guerra, que existieren eq poder (lf~ las
autoridades de cualquíera de las das repúb1icas,
seran devueltos en ma~a a sus pais~s
resoecti:vos, sin necesidad de canic o rescate.
Art. 5. 0 Ambas partes reconocen por limites
de sus respectivos territorios, los mismos que
tenian antes de su independencia los antigu~s
-vireinatos de Nueva Granada i el Peru, con
bs solas variaciones que juzguen conveniente
acordar enta·e si, a cuyo efecto se obligan desde
ahora a hacerse recjprocamente aquellas cesiones
de pequeños territorios que contdbuyan
a fijar la linea divisoria. de una m~nera mas
natural, esacta i capaz de ~vitar competencias
i disgustos entre laa. autoridades i habitantes
de las fronteras.
Art. 6. 0 A 6n de obtener este t11timo resultado
a lá mayor hre~edad pasible, se ha
convenido i conviene aquí espresamente en
que se nombrara i constituira por ambos gobiernos
una comision compuesta de dos individuos
por cada República, que recorra,
rectifique i fije la linea divisoria, conforme a
lo estipulatlo en el articulo anterior. Esta
comision irá poniendo, con acuerdo de sus
gobiernos respec~ivos, a cada una de las partes .
en posesion de lo que le corresponda, a me·
dida que "ªYá reconociendo i trazando dicha
linea, comenzando desde el rio Tumbes en el
oceano Pacifico.
Art. 7. 0 Se estipula asi mismo, entre las
partes contratantes, que la cómisien de limites,
dara principio a sus trabalºos cuarenta dias
despaes de la ratificacioo de presente tratado,
i los terminara en los seis QJeses siguientes.
Si los miembros de dicha comision discordaren
en uno o mas puntos en el cu-rsQ de sus operaciones,
daran a sus gobiernos respectivos;
una cuenta circunstanciada de todo, a fin de
que, toroamJola en consideracion, resuelvan
amistosamente lo m~s conveniente; de~iendo
entretanto continuar sus trabajo1J°hasta su conclusiori,
sin interrumpirlos de ·ninguna manf'ra.
Art. 8. 0 Se ha convenido i conviene aqui
espres2mentet en que los habitantes de los
pequeños territorios que, en virtud del art. 5.0
deban cederse mutuamente las paTtes contratantes,
gocen de las prerogativas, privilejios
·----, ¡ - !.. 77
i escenciones J
· Lo comunico a VS. en respuesta al o6Cio
de 13 del corriente numero 206, i devuelvo
él espedienfe que dió cap.sa á la consulta.
Dios guarde á VS.
. José Manuel Restrepo •.
OTRA.
ll.ep/.thlictt de Colomhia.--MinísterÜJ de
Estado en el departamento de htJ.cienda.~
ecdon 1. co - Bogotá á 3o de agosto de 1829.
.Al señor prefecto de • • • -.
Siendo mui urjente dar algunas reglas para
b e·ecucion del decreto del Libertador preside~
te , fecha 23 de dicierμhre último, po~ el
cual se estableció el derecho de estracc1on
presunta. cuyo objeto ha sido precave~ • I?s
,fraudes que pudieran con1eterse en per1mc10
de la hacienda nacional, i teniendo en consideracion
las representaciones .que los ~omertiarites
de varios puntos de .ta República han
dirijido sobre el particular al gobierno, con ro que sobre el m1smo asunto ha eapuesto la
junta supuior de gobierno· de hacienda de
Venezuela;. ha acordado ~ue mientras ~e publica
él decreto c¡ue medita con relac100 al
~obierno de las aóuanas-, en el cual se dispondrá
lo conveniente en el asunto, &e observen
Jas reglas siguientes. . • .
t. <'Q Que cuando un comerciante reciba un
~argamcnto, i pretenda estraer el todo o parte
de él para otro puerto distinto de aquel en
qae ~e hizo la inttod1;)ccion, solicite gui~ de la
aduana de este, acompañando una pohza en
que esprese de que cargamento proceden los
efectoi .que ir!tenta embarcar', el afo~~. que de
tlfos se hizo 1 la persona A que se d1r11en.
2. ~ Que la 8:duana despu.es de rectificar
los valores eon Vista del uped1entc de la mafe{
ia,. ..aqu~ dt! ellos el seis por ciento i espida
fa guia aolicita'da, . advirtiendo en ella que el
derecho de ·atr•Gcion presanta 4c eatu mer- ·
GACETA DE COLOMBIA .
!!!!!!!l!!!!!!~!!!!!!!!!!!!ll!!!!!!!!!!!!!i!!i!!!ll!!!l!!!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!!!~!!!!!!!!!!!!B
cancias. importa tanta cantidad1 de 18 cual
tanta débe .ser p~gada en tal época i tanta en ·
tal; i que si por la aduana adonde se remiten
se ·hacen esportaciones, con. el producto c;le
ellas dentro del mismo término se dé el cor ...
respondiente aviso.
3. " Que el comerciante que reciba los
efectos as1 guiados i quiera esPorlar por cuenta
de ellas dentro del término as1gnado, lo·esprese
en la pOlfaa que presente i uoa vez hecha la
cspertacion, reciba. de la aduana el aviso que
esta debe dar á la del puerto adonde arribaron
primitivamente, el cual contendrá el nombre
del buque. en c¡ue se hizo la esportacion, la
techa de la salida, valor de aquella, número
de la gnia, poi' cuya cuenta se hizo, . folio del
asiento i nombre del esportador, cuyo documento
!'emitirá al interesado en el puerto de
la importacion ~maria.
4. 411 Que,'?1 vutnd de este aviso que presentar~
el importador a la aduana de aquel,
¡e le abone por esta el seis por ciento que se
le cobró de estraccion presunta, por dichas
mercancias, hasta donde alcance el valor de,? la
ésportacioo, sino estuviere cubiea·to con otras
el de la iaiportacion, pues si lo estuviere nad~
se le abonarL
5. • Que la adflana del puerto por el .cual
se importaron los efectos, cobre, vencidos CJºe
sean ·~~ plazos, ·Jo que se deba por estrac1ou
presunta de todas las mercancías importadas,
aunque hayan salido guiadas para otro puerto,
. siempre que no haya recibi~o el a~iso de q~e
antes se habló ; pero que si lo recibe despues
haga el abono al importador de la que pagó,
si se cubre con la esportacion del otro puerto
i sino hasta donde alcance.
~ambien ha resuelto se prevenga a los administradores
de las aduanas, que ·si al vencim.
iento de los plazos concedidos para el pago
del derecho de estraccion presunta, se es¡•or ·
tare meuor vaJor que el importado. DQ ,(ebi:~
acreditai- el esceso en la cuenta para cuhnr
con él otras importaciones, por no e.;tar de
acuerdo esta praclica con el al'tlculo 3. 0 del
decreto de 23 di. diciembre ultimo, eri que
solo se dis.Pone que si el importador que pago
la estráca.on presunta esp9rtare con conocitniento
de la aduana igual suma que la importada,
se le abone la cantidad péagada por
estraccion presunta, en cuenta de lo que
debe ~atisfacer por la estracc?on efectiva que
baga, i se le .cobre el resto, s1 lo quedase debiendo
ó ae le devuelva el esceso si resultare
alguno.
Sirvase VS. circular esta disposicion á los
departamentos del distrito de su mando á fin
de qt.J.e tenga su debido cumplimiento.
Soi de VS. obedediente servidor.
Nicolos M. Tanco.
OTRA.
Rel!ublica de Colomhia.--Minísterio d'
Estado en el departamento de hacienda.-Secdon
1. "'-Bogota a 3 de octubre de 1829.
.Al señor_prefecto de •••••
Teniendo el gobierno en considcracion.
que habiendose dispuesto en 26 de abril d-el
año anterior, que el remate de las alcabalas
se celebrase con la condicion, de que cuando
Jos. muebles ó i;emovientes se vendieren con
una finca raiz, debía pagarse separadamente
el derecho de aquellos i\ los arrendatarios, i el
de esta a los colectores de las rentas del eré ·
dito público, esta clausula ha ofrecid-o entre
otros inconvenientes el de abrir la puerta a
fraudes en perjuicio del Estado,i ha dado lugar
á frecuentes reclamaciones i dudas; ha resuelto
con el fin de allanar estos inconvenientes, que
de conformidad con el artículo 3. 0 de.l §.º
12.º 'de la instruccion del ramo los nuevos
remates que han de celebrarse ahora se hagan
al contrario; coa la advertencia de que si una
.hacienda, trapiche, estancia ó mina se vendiese
con los ganados, muebles o .eose1·es de q~e s~
compone·, debera reputarse todo por rais, 1
como tal cobr~rse la alcabala par cuenta del
gobierno, para que se ~sticen los productos
,a los objetos que ha senal~do la le1.
Lo comunico a vs. Pª"ª los efectes comi~
gui.entes. ,
· Dios guarde a VS.
· N.,11/06 M~ 7'11nto. _
ALCABALAS DE CUENCA.
En agosto tle 1829.
CARGO.
Efectos estraojeros. •
Id. i viveres nácionales.
Frutos del ,país.
Carneceria. •
Receptorias. •
Ventas publicas. •
Cabezon de haci,ndas.
Alcabala de diezmos.
DATA.
Sueldo del alministrador.
Id. del interventor.
Id. del resguardo.
Gastos de ofü:ioa.
L iquido producto.
396 4 . 112
16 6
7 3
41
7,989 ll"2
516 6
::t.12
1,239 l
193 2
3 5 112
'273
10,426 7
Ingreso. • 12,.524 1 rt'J
Egreso. • • 10,426 7
Existencia. 2,097 2 112
RENTA DE TABACOS DF.: HONDA.
En octuhre de 1829 •
CARGO.
Existencia en fin de setiembre. 9, 1 1 3 6 31'
Recibido de las administ! subalt.1 434 3
Id. del depart~º del Magdalena. 3,otu 5 •zs·
Id. de la tesor. depart. de Bogotá. 2,000
Id. de la admón. jeneral .de idem. 899 4
~5,449 3 11~
Snel3os de oficina. 3 1 6 ,1,
Id. del resguardo. 356 1 3¡'-
Id. por jubilacion, 8
Fl~tes i acarretos. 1 6
Gastos ordinarios. : 65 r
Id. estraordiuarios. • • • • 20
Compra de cueros 'i sus acarretas. 333 3 1p
·Correspondencia o6cial. • • • i3 3
Pagad.o por alquiler de almacenes. 6
Remit.• a la factoría deAmbalema. 8000
Id. a la· casa de la mune.da de Bog. 600
Existencia. ~ • • • . • • ; 5729 3 112
J 5449 j 1/,
COLOMBIA l PERU.
Correspon¿encia srguida entre los esrmos.
señores jrnerales Simon B oli-var Libertador
presidente de la rtpública de Cofom'bia, i don
Antonio Gutierres de Lafuente, antes jefe
supremo provisorio de la df'l Perú i hoi vice ..
.presidente encargado del poder ejecutivo.
Escmo. señor don: Antonio Gutie"es de
LofuenJe.- Barranca 2S de junio de 1829.
Mi querido amigo.- Con 'º!Oª satisfaccioD
he visto ayer los documentos mmortales que v •. ha dado al entrar ·en el ma~do .supremo.
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
Ha sido para mí la mayor sorpresa ver en un
solo acto i en un solo papel cuan to era ele
desearse; pero que no era posible espera•·· V.
se ha colmado de gloria, salvando :. su patria
de los ma.yorts peligros i del vituperio que le
c:ausaba un gobierno tan iniusto i tan miserable.
V. ha dado a Colombia la mas espléndida
satisfaccion; i ha ~engado mi repntacion
de los ultrajes que ha vomitado ese pais contra ·
mí, cerca de tres años. Por un solo rasgo de
la pluma de V. se han acordado dos naciones
enemigas: se han reunido todos los espiritns:
se han allanado todas las dificultades; i los
deseos mas encontrados han llegado a uniforn1arse.
Ti~ne V. la dicha de -presentarse en
el campo de la poHtica cubierto de honor,
puro de toda culpa i rodeado de la esperanza
de todos. Tan solo los demagogos i los facciosos
podrán quejarse de la jenerosa i noble
conducta que V. ha tenido ea estas tremendas
circuflstancias. Los enemjgos de la América
&e unirán a .ellos para formar ua coro de maldicion;
pero no los oiga V., i siga su marcha
denodado. En vano se alarmarán para procurar
enemiggs al salvador de su patria.
:Mi edecan el coronel Demarquet, pondr'
esta carta en manos de V. i referira á V. con
-verdad i scncilles, tc;>do lo que sepa de nosotros
i de Colombia, contando can la sinceridad i
:franqueza tle mi anti~uo amigo el jeneral Lafuente.
Si, mi q:uendo amigo, yo he contado
con V. siempre, 1 espero que no me engañará
mi corazon.
Yo deseo la paz con la mas pura sinceridad;
i estoi mui distante de abrigar la menor pretension
sobre el Perú, contento de verlo dichoso,
bajo un buen gobierno, obra de su
voluntad absoluta; pero no por esto me será
posible dejar de defender Josderechos_lejitimas
de Colombia. Podremos olvidar todo lo pasado,
sin abanaonar lo que se debe a este pajs,
que tanto ha sufrido por libertar al Perú_ i por
defenderse de él. .
Me toruo la libertad de instar a V. con
encarecimiento para que no perdam0s un instante
en entablar i concluir la negociacion de
paz; pues estamos mui recargados de tropas
que no podemos mantener, despues que esta
guerra ha desolado estos departamentos, de
\JD modo que V. no podrá concebir. Mientras
tanto, he mand;ido a tratar con el jcne1·al
Gamarra un armisticio, para s; pues que,
al publicar una annistia absoluta, .ha fulminado
igualmente una lei tremenda contra los
conspiradores.
Los amigos de V., que sin duda son todos
los hombres justós é imparciales, i todos los
verdaderos patriotas de este suelo, tambien lo
son mios, i estos títulos, unidos al lisonjero
recuerdo con que V. los favorece, redoblaran
en mi espíritu los miramientos i considera<:
iones que le son debidos.
Concluyo con pena esta comunicacion, la
mas grata i satisfactoria de mi vida pública,
por los nobilísimos objetos que la promueven,
protestand~ ~V. s'?i siempre su cordial amigo
de corazon, 1 ohed1ente servidor Q. B. S. M.
Antonio Gutíerres de La.fuente.
(Se concluirim.)
p RO CLAMA.
El viceprtsidente de la República, a los
pueblos.
¡Peruanos! La patria perecia sin recurso,
- bajo una administracion débil, vacilante i
obstinada ea sostener guerra terneraria contra
la república de Colombia, fiel amiga del .
Peru en la paz, i aliada poderosa en los campos
de batalla. La ~alvé aventurando el bien-mas
precioso del hombre ¡n1blico-la repúta•
cion. 1 ¿qué sacrificio estaba en la vez de
rehusarle? Los sucesos han revelado fa rectitud
de mis intenciones, la pureza de mis
designio~, i mis grandes i saludables miras en
el forzoso cambiamient0 del 5 de junio. Ellos
han convencido á la nacion de que no eché
vanamente sobre mi una responsabilidad tremenda
é inevitable.
Peruanos! l\'lirais en todo stl esplendor al
sol de esperann que rayó ese dia sobre la
República. Sancionada esta la paz que os
prometí. La reconsiliacion i la ·fratcrnicfad.
'ntre Jos des estados han succedido al odio i a
la injusticia-amargos frutos de la ·guerra. El
honor i la prospei·idad nacional han recibido
la mas firme 1 solenné garantia con la eleccion
de un gobierno amigo que termine diferencias,
i transija intereses incapaces de fiarse a Ja
suerte de J~s armas, sin escllndalo del mundo
i oprobio del nombre peruano. La gratitud
ha recuperado sus derechos entre el Perú,
siempre mago.animo, i su Libertador i sal•
vador del yugo colonial.
Peruanos! La sabiduría del congreso, que
dignamente os representa, ha puesto el sello de
su aprobacion al pacto de amistad j estr.ecba
union 9ue relega para siempre al olviclo recia•
mos odiosos, i pretensiones que jamas debieran
suscitarse entre rep11blicas nacidas de un
mis1110 orijen, i creadas ea medio ele los peligros
i reveses de las armas, por el jénio que
ha llamado imperiosamente acia la América
la atencion del Universo. Esta rtsolucion
venernnda le da derechos á vuestro recono-·
cimiento i al apre<;io migo cómun en esos
venturosos camros de batalla.
. Soldados: a República exije ahora de
vosotros tan solo pruebas de severa disciplina.
Fuisteis armados para defender la seguridad
esterior. Y a vuestro ·destino es sostener el
reposo i Ja tranquilidad doméstica, escediendo
vuestro celo por ·e1 órden, i vuestra sumisioa
a las leyes. a los del simple ciudadano qu~
no tiene otra fuerza que sus derechos afianzados
por vuestra pronta i vigorosa obediencia.
. Sol<;lados :. Llenad tan gratos deberes. Sereis
el idolo del puéblo, Ja confianza del gol>ierno
i el garante del honor i de la respetabilidad
nacional.
Lima i octubre 16 de 1829. ·
Anto(lÚJ Gutierres ae Ltifuente,
H.USIA 1 TURQUIA.
Despues de una serie de operaciones venu
josas, sio una accion de importancia, los
rusos cstan dentro de las murallas de Adrianopolis.
Los movimientos que condujeron
á este importante remltado, E'stan detallados
minuciosamente en un boletin del jeneral
Diebitscb, fechado el 13 de agosto inclusive:
i la toma de la ciudad sin resistencia el 20
áltimo es anunciada por el jeneral en un des·
pa~ho de aquella f~cha, recibido por el em•
h~1ador ruso en Viena; Apar~c~ gut de~de
A1dos, . corno de un centro, el jeneral D1ebitscb
ha formado, con diferentes cuerpos de
11,1 grande eiérc:ito, un arcQ á modo de semi-
Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.
citcnl0;cuyo punto-norte term'ina en Shnmla i
el meridional en í\drianopolis. Con ·el fin de
ascgur,ar su retirada, él comenz1..) por restablec:
el' las comu nicaciones con el jeneral Krassowsky.
Esto se -consiguió, arro jan do 'los turcos
de los dos desfiladeros que ellos ocu paba"
en fas montañas de Balkan, que con du cen a
Shumla~ i por las cuales el gran vi~ir deh1a
pasa-r.., con et fin de ganar a Ad1·ianopotis. Un
ejército de 15,ooo turcos, al mando de Flabi
Pachá, fué -destrosado, i se tomó poscsion
de .JamboJ. Anterior a .esta funcion se ase.
gura., que el jeneral Krasowsky h;l ataeado el
ejfrcito del gran visir, i obligadole a retirarse
a Sltumla, con p~rdida de 500 muertos
~ -So prisioneros. Habiendo asegurado asi el
paso de su retirada, el comandante ruso trajo
su ejército a les llanos i a-banzó ~cia Adriánopolis.
En el l z los cuerpos ab.anzados entraron
en Selimno., con mui poca resistencia
de parte de los turco~ cuyo ,terror, segun ·el
boletin, fué tan grande., que ellos no ·han
tenido valor para hacer ni aun pequeñas
detenciones, dandoles el ejemplo los jefes
n ha reducid0 al Sulta~ lo
obligara al fin a entrar ·en si. Nosotras hemos
adquirido despachos de C0nstantioopla
que anuncian la partida de los comiSionados
de aquella -ciudad á IGs ("U:trteles jenerales de
los rusos par.a tratar de paz. Pero nosotr<:>s
· DQ confiamos absolutamente en ~sta asercion,
aunque ella ba venido por -conductos no
sospechosos. La noticia se ha sabido por Vien~
i algunos de nuestros lectGCcs estaran dis puestos
á creer qpe eHa no ha perdido nada
-ea el transito. Nosotros estamos seguros.,
sin embargo, por fuentes esclusivas, que la
. oegociacioo esta en progresG, i que la guerra
~t' para llegar a su término. (El Atlas;)
Gl\E.CIA.
La Gaceta Universal de Grecia da noti¡ia,
desde el campo de Tebas, de algunos encueotr
os militares entre los griegos i los turcos
en St1S inmediaciones: En uno dr. estos cornbaLes,
que tuvo lugar el 4 de julio, concluido
con ventaja de los griegos, los turcos perdieron
250 entre muertos i heridos i tres esiandades.
La asamblea nacional griega se
abrió~ pGr una larga arenga del -éonde Capo
D'lstria., el 23 de julio. · ~o se sabe si lo
lwá.D preaiden.te de la ua.whlea. (Idem.)
GACETA DE COLOMBIA
SIGLO XIX.
Este es sin· duda fa época tmrs importante
para la asociacion del jénero humano.
D espotizado casi desde su orijeu, concibe por
la primera vez la esperanza de salir de ·su
vasallaje inmemorial. En vano el poder
coJosal,qne los mismos hombres han levantado
en,: su abyecioo para -oprimirlos, se prepara a
contrariar la nueva marcha t¡ne el Criador
quiere dar al Universo. Se lla resuelto ya
el problema de la perfeccion social. cuya
indecision ha causado la esclavitud de los
pueblos, i no hai · un poder sobre la tierra
que pueda contctter la inclinacion del hombre a cons~.guir su felicidad. Nada importa los
·primeros triunfos del despotismo: no puede
triunfarse permanentemente de la naturaleza;
i el ejemplo de naciones poderosas, que hoi
·viven tranquilas a la sombra de la hhertad
i bajo gobiernos tutelai:es, es urt iman irresistible
que ha de atraerlo todo. Sin du ·con
.Ja facilidad de leer en el presen~te fo nen francos los
caminos de la fo rtuna indi,•idual, j que la
proteccion de su t rabajo es ·el cu idado prin~
cipal de su gobierno. Pero no solo ha de
decirse les; es n1enester que ellos vean un.
gobiern., que no debien do tener aspiraciones
contra la libertad ·i propiedad i11divif!1inosa guerra del Per6,
~. 1nfloeuc1a det Llbei:tado1·, que venciendo
dificultades., c;¡ue parectan insuperables, ha
logrado sancionar con su prudencia 1 firrneza
de -caracter, los derechos que se nos disputaban
sin mengaa de fa dignidad nacional~ i con ei
aumenta de .gloria -que d:. a un pueblo el estr.
ictet ·amor á la justicia, i al bienestar de los
otros pueblos.
Conduimos este ar ticulo manifestando la
grande espet'auza que tenemos de que la Pro ..
videncia ha de consumar la obra de nuestra
r4:j.eu~racion, en vista de lo& cootin uad-0s prodipos
que ha obrado para condueirla hasta el
presente. Nosotros vemos aun en los males
mi$mos que nos ha hecho esperimf!ntar, una
fuente fecunda de bienes, que era imposible
haber aprendido sino en la escueta ~el infortunio.
Esperamos tambien mucho del patri0-1'
tismo de. nuestros conciudadanns, .que si pud