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Gazeta de Colombia - N. 441

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  • Año de publicación 29/11/1829
  • Idioma Español
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 441", -:-, 1829. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875537/), el día 2025-06-21.

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Imagen de apoyo de  Podcast: "Rock al Parque: la música"

Podcast: "Rock al Parque: la música"

Por: Red Distrital de Bibliotecas Públicas. BibloRed (Bogotá. CO) | Fecha: 2019

Podcast que recopila testimonios del público asistente al ciclo de charlas "Libertad Sublime" realizadas en las Bibliotecas Públicas de BibloRed. Dan cuenta de la experiencia musical relacionada al Festival Rock al Parque. Los participantes relatan sus vivencias: donde compraban los discos, los primeros conciertos a los que asistieron, como se difundían los nuevos exponentes del rock colombiano en los medios públicos, la relación de los rockeros con seguidores de otros géneros musicales y la influencia que tuvo esa música en un momento en sus vidas.
  • Temas:
  • Rock (Música)
  • Música

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Podcast: "Rock al Parque: la música"

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Imagen de apoyo de  Podcast: "Rock al parque: las bandas"

Podcast: "Rock al parque: las bandas"

Por: Red Distrital de Bibliotecas Públicas. BibloRed (Bogotá. CO) | Fecha: 29/11/1829

·G-_ACETA DE COLO ~f B li-\. Esta Gacel3. sale los domingos. . Se SUSCl '\bé a ~lla en las adminisl.J.·aciones de t·orreos de las ca­pitales de provincia. La suscripccion anual vale d iez pe~~s, cinco la. del semestre i veinte reales la d~l trimestre. Et editor dirijira los numeros p or los c- 01Tt> o~ ~ los suscriptores i a los de esta c i u d a d cuy s fü!t ­cripciones se reciben en ia tienda número i. o c alle primera del comercio ) se les l!e,•aran a sqs casas de hahitacion. En la misma \tienda se venden los nú.meros sueltos a do s r e al e.~. . BOGOTA, DOMINGO 29 DE NOVIEMBRE DE 1829. T R IM.ESTRE 35. EL LIBERTADOR. El 10 del corriente llegó S. E. a P ttsto, r el g~bierno del Perú, con aprohacion del cvngreso, el tratado de paz aoncluido i firmado en la ciudad de Guayaquil el u de setiembre por los plenipotenciarios ·de Colombia 1 ·el Perú, segun consta del periódico ofi riar de :aquella Rept1b11ca, que tengo el honor tra el ar.reglo amistoso de sus diferencias, -1 hallandose felizmente en el dia en condicion de poderlo verificar, i ·res­tablecer al mismo tiempo las relaciones mas intimas i cQrdiales entre ambas naciones, han constituido i 11omhrado sus ministros pleni­potenciarios, a saher: S. E. el Libertador pre­sidente de la república de Colombia a Pedro Gnal, ciudadano de la misma; i S. E. el presi­dente de la del Perú i don José Larrea i Lo'­,- edo ciudadano de dicha República, los cuales despues de haber canjeado sus plenos poderes, i encontrandolos con buena i bastante forma han convenido en los artículos sig~ientes. Art. 1. 0 Habrá una· paz pe.rpetua é in.viofa­hle, i amistad constante i perfecta entre las · retmblicas de Colombia i ~l Perú, de manera que en adelaRte no sea licito en nin~una de ellaa cometer ni tolerar se cometa directa ó - ... indirectamente acta alguno de hostilidad contra sus pueblos, ciudadanos i súbditos respecti­vamente. Art. 2. o Ambas· partes contratantes se ohli­gan i comprometen s~lenneme.nte a ol~dar todo lo pasado, procurando ale1ar cualqme~a motivo de disgusto que recuerde la memona dE! las desavenencias qne felizmente han ter­mio~ do; a promov~r su mutuo bienestar i a contribuir a su seguridad i buen nombre por cuantos medios estén en su poder. Art. 3. 0 Ninguna de las partes contra­tantes franqueara el paso por su territorio, ni prestara ausilio de ninguna clase a los ene­migos de la otra; ~nte~ p~r el conturi?, ~m­plearan sus hu~nos oficios 1 aun su .m~d1ac10n, si fuese necesario, para el restablec1m1ento de la paz, luego que se ron~pae las hosti~idades con uoa ó. mas potencias, no permitiendo entretanto la entt'ada en los puertos de una ú otra República á los corsarios i presas que hicieren dichos enemi_gos a los · ciudadanos de Colombia o el Perñ. . Art. 4. o Las fuerzas milita!es. en los de­partamentos del sud de· Colomb1a, 1 en los ·del norte del Perú se redu'Ciráo, desde la r.alifi­cacion .del presente tratf\do, al" pie de p:az; de manera que en lo succesivo no sea pt'1·miti"do mantener ~n ellos mas que las guarniciones i cu~rpos mui nec~sar.ios é ind~spe.iis_nble~ para c~nservar el. __ pa1s en segundad i qu.etnd. Todos los ·pns1oneros hechos dtJrante la pre­sente guerra, que existieren eq poder (lf~ las autoridades de cualquíera de las das repú­b1icas, seran devueltos en ma~a a sus pais~s resoecti:vos, sin necesidad de canic o rescate. Art. 5. 0 Ambas partes reconocen por limites de sus respectivos territorios, los mismos que tenian antes de su independencia los antigu~s -vireinatos de Nueva Granada i el Peru, con bs solas variaciones que juzguen conveniente acordar enta·e si, a cuyo efecto se obligan desde ahora a hacerse recjprocamente aquellas cesio­nes de pequeños territorios que contdbuyan a fijar la linea divisoria. de una m~nera mas natural, esacta i capaz de ~vitar competencias i disgustos entre laa. autoridades i habitantes de las fronteras. Art. 6. 0 A 6n de obtener este t11timo re­sultado a lá mayor hre~edad pasible, se ha convenido i conviene aquí espresamente en que se nombrara i constituira por ambos go­biernos una comision compuesta de dos in­dividuos por cada República, que recorra, rectifique i fije la linea divisoria, conforme a lo estipulatlo en el articulo anterior. Esta comision irá poniendo, con acuerdo de sus gobiernos respec~ivos, a cada una de las partes . en posesion de lo que le corresponda, a me· dida que "ªYá reconociendo i trazando dicha linea, comenzando desde el rio Tumbes en el oceano Pacifico. Art. 7. 0 Se estipula asi mismo, entre las partes contratantes, que la cómisien de limites, dara principio a sus trabalºos cuarenta dias despaes de la ratificacioo de presente tratado, i los terminara en los seis QJeses siguientes. Si los miembros de dicha comision discordaren en uno o mas puntos en el cu-rsQ de sus ope­raciones, daran a sus gobiernos respectivos; una cuenta circunstanciada de todo, a fin de que, toroamJola en consideracion, resuelvan amistosamente lo m~s conveniente; de~iendo entretanto continuar sus trabajo1J°hasta su con­clusiori, sin interrumpirlos de ·ninguna manf'ra. Art. 8. 0 Se ha convenido i conviene aqui espres2mentet en que los habitantes de los pequeños territorios que, en virtud del art. 5.0 deban cederse mutuamente las paTtes contra­tantes, gocen de las prerogativas, privilejios ·----, ¡ - !.. 77 i escenciones J · Lo comunico a VS. en respuesta al o6Cio de 13 del corriente numero 206, i devuelvo él espedienfe que dió cap.sa á la consulta. Dios guarde á VS. . José Manuel Restrepo •. OTRA. ll.ep/.thlictt de Colomhia.--MinísterÜJ de Estado en el departamento de htJ.cienda.­~ ecdon 1. co - Bogotá á 3o de agosto de 1829. .Al señor prefecto de • • • -. Siendo mui urjente dar algunas reglas para b e·ecucion del decreto del Libertador pre­side~ te , fecha 23 de dicierμhre último, po~ el cual se estableció el derecho de estracc1on presunta. cuyo objeto ha sido precave~ • I?s ,fraudes que pudieran con1eterse en per1mc10 de la hacienda nacional, i teniendo en consi­deracion las representaciones .que los ~omer­tiarites de varios puntos de .ta República han dirijido sobre el particular al gobierno, con ro que sobre el m1smo asunto ha eapuesto la junta supuior de gobierno· de hacienda de Venezuela;. ha acordado ~ue mientras ~e pu­blica él decreto c¡ue medita con relac100 al ~obierno de las aóuanas-, en el cual se dispon­drá lo conveniente en el asunto, &e observen Jas reglas siguientes. . • . t. <'Q Que cuando un comerciante reciba un ~argamcnto, i pretenda estraer el todo o parte de él para otro puerto distinto de aquel en qae ~e hizo la inttod1;)ccion, solicite gui~ de la aduana de este, acompañando una pohza en que esprese de que cargamento proceden los efectoi .que ir!tenta embarcar', el afo~~. que de tlfos se hizo 1 la persona A que se d1r11en. 2. ~ Que la 8:duana despu.es de rectificar los valores eon Vista del uped1entc de la ma­fe{ ia,. ..aqu~ dt! ellos el seis por ciento i espida fa guia aolicita'da, . advirtiendo en ella que el derecho de ·atr•Gcion presanta 4c eatu mer- · GACETA DE COLOMBIA . !!!!!!!l!!!!!!~!!!!!!!!!!!!ll!!!!!!!!!!!!!i!!i!!!ll!!!l!!!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!!!~!!!!!!!!!!!!B cancias. importa tanta cantidad1 de 18 cual tanta débe .ser p~gada en tal época i tanta en · tal; i que si por la aduana adonde se remiten se ·hacen esportaciones, con. el producto c;le ellas dentro del mismo término se dé el cor ... respondiente aviso. 3. " Que el comerciante que reciba los efectos as1 guiados i quiera esPorlar por cuenta de ellas dentro del término as1gnado, lo·esprese en la pOlfaa que presente i uoa vez hecha la cspertacion, reciba. de la aduana el aviso que esta debe dar á la del puerto adonde arribaron primitivamente, el cual contendrá el nombre del buque. en c¡ue se hizo la esportacion, la techa de la salida, valor de aquella, número de la gnia, poi' cuya cuenta se hizo, . folio del asiento i nombre del esportador, cuyo docu­mento !'emitirá al interesado en el puerto de la importacion ~maria. 4. 411 Que,'?1 vutnd de este aviso que pre­sentar~ el importador a la aduana de aquel, ¡e le abone por esta el seis por ciento que se le cobró de estraccion presunta, por dichas mercancias, hasta donde alcance el valor de,? la ésportacioo, sino estuviere cubiea·to con otras el de la iaiportacion, pues si lo estuviere nad~ se le abonarL 5. • Que la adflana del puerto por el .cual se importaron los efectos, cobre, vencidos CJºe sean ·~~ plazos, ·Jo que se deba por estrac1ou presunta de todas las mercancías importadas, aunque hayan salido guiadas para otro puerto, . siempre que no haya recibi~o el a~iso de q~e antes se habló ; pero que si lo recibe despues haga el abono al importador de la que pagó, si se cubre con la esportacion del otro puerto i sino hasta donde alcance. ~ambien ha resuelto se prevenga a los ad­ministradores de las aduanas, que ·si al venci­m. iento de los plazos concedidos para el pago del derecho de estraccion presunta, se es¡•or · tare meuor vaJor que el importado. DQ ,(ebi:~ acreditai- el esceso en la cuenta para cuhnr con él otras importaciones, por no e.;tar de acuerdo esta praclica con el al'tlculo 3. 0 del decreto de 23 di. diciembre ultimo, eri que solo se dis.Pone que si el importador que pago la estráca.on presunta esp9rtare con conoci­tniento de la aduana igual suma que la im­portada, se le abone la cantidad péagada por estraccion presunta, en cuenta de lo que debe ~atisfacer por la estracc?on efectiva que baga, i se le .cobre el resto, s1 lo quedase de­biendo ó ae le devuelva el esceso si resultare alguno. Sirvase VS. circular esta disposicion á los departamentos del distrito de su mando á fin de qt.J.e tenga su debido cumplimiento. Soi de VS. obedediente servidor. Nicolos M. Tanco. OTRA. Rel!ublica de Colomhia.--Minísterio d' Estado en el departamento de hacienda.-­Secdon 1. "'-Bogota a 3 de octubre de 1829. .Al señor_prefecto de ••••• Teniendo el gobierno en considcracion. que habiendose dispuesto en 26 de abril d-el año anterior, que el remate de las alcabalas se celebrase con la condicion, de que cuando Jos. muebles ó i;emovientes se vendieren con una finca raiz, debía pagarse separadamente el derecho de aquellos i\ los arrendatarios, i el de esta a los colectores de las rentas del eré · dito público, esta clausula ha ofrecid-o entre otros inconvenientes el de abrir la puerta a fraudes en perjuicio del Estado,i ha dado lugar á frecuentes reclamaciones i dudas; ha resuelto con el fin de allanar estos inconvenientes, que de conformidad con el artículo 3. 0 de.l §.º 12.º 'de la instruccion del ramo los nuevos remates que han de celebrarse ahora se hagan al contrario; coa la advertencia de que si una .hacienda, trapiche, estancia ó mina se vendiese con los ganados, muebles o .eose1·es de q~e s~ compone·, debera reputarse todo por rais, 1 como tal cobr~rse la alcabala par cuenta del gobierno, para que se ~sticen los productos ,a los objetos que ha senal~do la le1. Lo comunico a vs. Pª"ª los efectes comi~ gui.entes. , · Dios guarde a VS. · N.,11/06 M~ 7'11nto. _ ALCABALAS DE CUENCA. En agosto tle 1829. CARGO. Efectos estraojeros. • Id. i viveres nácionales. Frutos del ,país. Carneceria. • Receptorias. • Ventas publicas. • Cabezon de haci,ndas. Alcabala de diezmos. DATA. Sueldo del alministrador. Id. del interventor. Id. del resguardo. Gastos de ofü:ioa. L iquido producto. 396 4 . 112 16 6 7 3 41 7,989 ll"2 516 6 ::t.12 1,239 l 193 2 3 5 112 '273 10,426 7 Ingreso. • 12,.524 1 rt'J Egreso. • • 10,426 7 Existencia. 2,097 2 112 RENTA DE TABACOS DF.: HONDA. En octuhre de 1829 • CARGO. Existencia en fin de setiembre. 9, 1 1 3 6 31' Recibido de las administ! subalt.1 434 3 Id. del depart~º del Magdalena. 3,otu 5 •zs· Id. de la tesor. depart. de Bogotá. 2,000 Id. de la admón. jeneral .de idem. 899 4 ~5,449 3 11~ Snel3os de oficina. 3 1 6 ,1, Id. del resguardo. 356 1 3¡'- Id. por jubilacion, 8 Fl~tes i acarretos. 1 6 Gastos ordinarios. : 65 r Id. estraordiuarios. • • • • 20 Compra de cueros 'i sus acarretas. 333 3 1p ·Correspondencia o6cial. • • • i3 3 Pagad.o por alquiler de almacenes. 6 Remit.• a la factoría deAmbalema. 8000 Id. a la· casa de la mune.da de Bog. 600 Existencia. ~ • • • . • • ; 5729 3 112 J 5449 j 1/, COLOMBIA l PERU. Correspon¿encia srguida entre los esrmos. señores jrnerales Simon B oli-var Libertador presidente de la rtpública de Cofom'bia, i don Antonio Gutierres de Lafuente, antes jefe supremo provisorio de la df'l Perú i hoi vice .. .presidente encargado del poder ejecutivo. Escmo. señor don: Antonio Gutie"es de LofuenJe.- Barranca 2S de junio de 1829. Mi querido amigo.- Con 'º!Oª satisfaccioD he visto ayer los documentos mmortales que v •. ha dado al entrar ·en el ma~do .supremo. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Ha sido para mí la mayor sorpresa ver en un solo acto i en un solo papel cuan to era ele desearse; pero que no era posible espera•·· V. se ha colmado de gloria, salvando :. su patria de los ma.yorts peligros i del vituperio que le c:ausaba un gobierno tan iniusto i tan mise­rable. V. ha dado a Colombia la mas esplén­dida satisfaccion; i ha ~engado mi repntacion de los ultrajes que ha vomitado ese pais contra · mí, cerca de tres años. Por un solo rasgo de la pluma de V. se han acordado dos naciones enemigas: se han reunido todos los espiritns: se han allanado todas las dificultades; i los deseos mas encontrados han llegado a unifor­n1arse. Ti~ne V. la dicha de -presentarse en el campo de la poHtica cubierto de honor, puro de toda culpa i rodeado de la esperanza de todos. Tan solo los demagogos i los fac­ciosos podrán quejarse de la jenerosa i noble conducta que V. ha tenido ea estas tremendas circuflstancias. Los enemjgos de la América &e unirán a .ellos para formar ua coro de mal­dicion; pero no los oiga V., i siga su marcha denodado. En vano se alarmarán para pro­curar enemiggs al salvador de su patria. :Mi edecan el coronel Demarquet, pondr' esta carta en manos de V. i referira á V. con -verdad i scncilles, tc;>do lo que sepa de nosotros i de Colombia, contando can la sinceridad i :franqueza tle mi anti~uo amigo el jeneral La­fuente. Si, mi q:uendo amigo, yo he contado con V. siempre, 1 espero que no me engañará mi corazon. Yo deseo la paz con la mas pura sinceridad; i estoi mui distante de abrigar la menor pre­tension sobre el Perú, contento de verlo di­choso, bajo un buen gobierno, obra de su voluntad absoluta; pero no por esto me será posible dejar de defender Josderechos_lejitimas de Colombia. Podremos olvidar todo lo pa­sado, sin abanaonar lo que se debe a este pajs, que tanto ha sufrido por libertar al Perú_ i por defenderse de él. . Me toruo la libertad de instar a V. con encarecimiento para que no perdam0s un ins­tante en entablar i concluir la negociacion de paz; pues estamos mui recargados de tropas que no podemos mantener, despues que esta guerra ha desolado estos departamentos, de \JD modo que V. no podrá concebir. Mien­tras tanto, he mand;ido a tratar con el jcne1·al Gamarra un armisticio, para s; pues que, al publicar una annistia absoluta, .ha fulmi­nado igualmente una lei tremenda contra los conspiradores. Los amigos de V., que sin duda son todos los hombres justós é imparciales, i todos los verdaderos patriotas de este suelo, tambien lo son mios, i estos títulos, unidos al lisonjero recuerdo con que V. los favorece, redoblaran en mi espíritu los miramientos i considera­<: iones que le son debidos. Concluyo con pena esta comunicacion, la mas grata i satisfactoria de mi vida pública, por los nobilísimos objetos que la promueven, protestand~ ~V. s'?i siempre su cordial amigo de corazon, 1 ohed1ente servidor Q. B. S. M. Antonio Gutíerres de La.fuente. (Se concluirim.) p RO CLAMA. El viceprtsidente de la República, a los pueblos. ¡Peruanos! La patria perecia sin recurso, - bajo una administracion débil, vacilante i obstinada ea sostener guerra terneraria contra la república de Colombia, fiel amiga del . Peru en la paz, i aliada poderosa en los cam­pos de batalla. La ~alvé aventurando el bien-mas precioso del hombre ¡n1blico-la repúta• cion. 1 ¿qué sacrificio estaba en la vez de rehusarle? Los sucesos han revelado fa rec­titud de mis intenciones, la pureza de mis designio~, i mis grandes i saludables miras en el forzoso cambiamient0 del 5 de junio. Ellos han convencido á la nacion de que no eché vanamente sobre mi una responsabilidad tre­menda é inevitable. Peruanos! l\'lirais en todo stl esplendor al sol de esperann que rayó ese dia sobre la República. Sancionada esta la paz que os prometí. La reconsiliacion i la ·fratcrnicfad. 'ntre Jos des estados han succedido al odio i a la injusticia-amargos frutos de la ·guerra. El honor i la prospei·idad nacional han recibido la mas firme 1 solenné garantia con la eleccion de un gobierno amigo que termine diferencias, i transija intereses incapaces de fiarse a Ja suerte de J~s armas, sin escllndalo del mundo i oprobio del nombre peruano. La gratitud ha recuperado sus derechos entre el Perú, siempre mago.animo, i su Libertador i sal• vador del yugo colonial. Peruanos! La sabiduría del congreso, que dignamente os representa, ha puesto el sello de su aprobacion al pacto de amistad j estr.ecba union 9ue relega para siempre al olviclo recia• mos odiosos, i pretensiones que jamas debieran suscitarse entre rep11blicas nacidas de un mis1110 orijen, i creadas ea medio ele los pe­ligros i reveses de las armas, por el jénio que ha llamado imperiosamente acia la América la atencion del Universo. Esta rtsolucion venernnda le da derechos á vuestro recono-· cimiento i al apre<;io migo cómun en esos venturosos camros de batalla. . Soldados: a República exije ahora de vosotros tan solo pruebas de severa disciplina. Fuisteis armados para defender la seguridad esterior. Y a vuestro ·destino es sostener el reposo i Ja tranquilidad doméstica, escediendo vuestro celo por ·e1 órden, i vuestra sumisioa a las leyes. a los del simple ciudadano qu~ no tiene otra fuerza que sus derechos afian­zados por vuestra pronta i vigorosa obediencia. . Sol<;lados :. Llenad tan gratos deberes. Sereis el idolo del puéblo, Ja confianza del gol>ierno i el garante del honor i de la respetabilidad nacional. Lima i octubre 16 de 1829. · Anto(lÚJ Gutierres ae Ltifuente, H.USIA 1 TURQUIA. Despues de una serie de operaciones ven­u josas, sio una accion de importancia, los rusos cstan dentro de las murallas de Adria­nopolis. Los movimientos que condujeron á este importante remltado, E'stan detallados minuciosamente en un boletin del jeneral Diebitscb, fechado el 13 de agosto inclusive: i la toma de la ciudad sin resistencia el 20 áltimo es anunciada por el jeneral en un des· pa~ho de aquella f~cha, recibido por el em• h~1ador ruso en Viena; Apar~c~ gut de~de A1dos, . corno de un centro, el jeneral D1e­bitscb ha formado, con diferentes cuerpos de 11,1 grande eiérc:ito, un arcQ á modo de semi- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. citcnl0;cuyo punto-norte term'ina en Shnmla i el meridional en í\drianopolis. Con ·el fin de ascgur,ar su retirada, él comenz1..) por resta­blec: el' las comu nicaciones con el jeneral Kras­sowsky. Esto se -consiguió, arro jan do 'los turcos de los dos desfiladeros que ellos ocu paba" en fas montañas de Balkan, que con du cen a Shumla~ i por las cuales el gran vi~ir deh1a pasa-r.., con et fin de ganar a Ad1·ianopotis. Un ejército de 15,ooo turcos, al mando de Flabi Pachá, fué -destrosado, i se tomó poscsion de .JamboJ. Anterior a .esta funcion se ase­. gura., que el jeneral Krasowsky h;l ataeado el ejfrcito del gran visir, i obligadole a reti­rarse a Sltumla, con p~rdida de 500 muertos ~ -So prisioneros. Habiendo asegurado asi el paso de su retirada, el comandante ruso trajo su ejército a les llanos i a-banzó ~cia Adriá­nopolis. En el l z los cuerpos ab.anzados en­traron en Selimno., con mui poca resistencia de parte de los turco~ cuyo ,terror, segun ·el boletin, fué tan grande., que ellos no ·han tenido valor para hacer ni aun pequeñas detenciones, dandoles el ejemplo los jefes n ha reducid0 al Sulta~ lo obligara al fin a entrar ·en si. Nosotras he­mos adquirido despachos de C0nstantioopla que anuncian la partida de los comiSionados de aquella -ciudad á IGs ("U:trteles jenerales de los rusos par.a tratar de paz. Pero nosotr<:>s · DQ confiamos absolutamente en ~sta asercion, aunque ella ba venido por -conductos no sospechosos. La noticia se ha sabido por Vien~ i algunos de nuestros lectGCcs estaran dis ­puestos á creer qpe eHa no ha perdido nada -ea el transito. Nosotros estamos seguros., sin embargo, por fuentes esclusivas, que la . oegociacioo esta en progresG, i que la guerra ~t' para llegar a su término. (El Atlas;) Gl\E.CIA. La Gaceta Universal de Grecia da noti¡ia, desde el campo de Tebas, de algunos encueo­tr os militares entre los griegos i los turcos en St1S inmediaciones: En uno dr. estos corn­baLes, que tuvo lugar el 4 de julio, concluido con ventaja de los griegos, los turcos per­dieron 250 entre muertos i heridos i tres es­iandades. La asamblea nacional griega se abrió~ pGr una larga arenga del -éonde Capo D'lstria., el 23 de julio. · ~o se sabe si lo lwá.D preaiden.te de la ua.whlea. (Idem.) GACETA DE COLOMBIA SIGLO XIX. Este es sin· duda fa época tmrs importante para la asociacion del jénero humano. D espotizado casi desde su orijeu, concibe por la primera vez la esperanza de salir de ·su vasallaje inmemorial. En vano el poder coJosal,qne los mismos hombres han levantado en,: su abyecioo para -oprimirlos, se prepara a contrariar la nueva marcha t¡ne el Criador quiere dar al Universo. Se lla resuelto ya el problema de la perfeccion social. cuya indecision ha causado la esclavitud de los pueblos, i no hai · un poder sobre la tierra que pueda contctter la inclinacion del hombre a cons~.guir su felicidad. Nada importa los ·primeros triunfos del despotismo: no puede triunfarse permanentemente de la naturaleza; i el ejemplo de naciones poderosas, que hoi ·viven tranquilas a la sombra de la hhertad i bajo gobiernos tutelai:es, es urt iman irre­sistible que ha de atraerlo todo. Sin du ·con .Ja facilidad de leer en el presen~te fo nen francos los caminos de la fo rtuna indi,•idual, j que la proteccion de su t rabajo es ·el cu idado prin~ cipal de su gobierno. Pero no solo ha de decirse les; es n1enester que ellos vean un. gobiern., que no debien do tener aspiraciones contra la libertad ·i propiedad i11divif!1inosa guerra del Per6, ~. 1nfloeuc1a det Llbei:tado1·, que venciendo dificultades., c;¡ue parectan insuperables, ha logrado sancionar con su prudencia 1 firrneza de -caracter, los derechos que se nos disputaban sin mengaa de fa dignidad nacional~ i con ei aumenta de .gloria -que d:. a un pueblo el es­tr. ictet ·amor á la justicia, i al bienestar de los otros pueblos. Conduimos este ar ticulo manifestando la grande espet'auza que tenemos de que la Pro .. videncia ha de consumar la obra de nuestra r4:j.eu~racion, en vista de lo& cootin uad-0s pro­dipos que ha obrado para condueirla hasta el presente. Nosotros vemos aun en los males mi$mos que nos ha hecho esperimf!ntar, una fuente fecunda de bienes, que era imposible haber aprendido sino en la escueta ~el infor­tunio. Esperamos tambien mucho del patri0-1' tismo de. nuestros conciudadanns, .que si pud

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BEETHOVEN, L. van: Piano Concerto No. 4 / Symphony No. 4 (Edition Karl Bohm, Vol. 7) (RIAS Symphony Orchestra, Bohm) (1950, 1952)

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