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Gazeta de Colombia - N. 235

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  • Año de publicación 16/04/1826
  • Idioma Español
Descripción
Citación recomendada (normas APA)
"Gazeta de Colombia - N. 235", -:-, 1826. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/2875125/), el día 2025-08-06.

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La sociedad del cansancio

Por: Byung-Chul Han | Fecha: 2021

La segunda edición, ampliada con dos nuevos capítulos, del indiscutible bestseller de Byung-Chul Han, una de las voces filosóficas más innovadoras de los últimos años. En este ensayo Han expone una de sus tesis principales: la sociedad occidental está sufriendo un silencioso cambio de paradigma, un exceso de positividad que está conduciendo a una sociedad del cansancio. Según el autor, toda época tiene sus enfermedades emblemáticas. Así, hay una época bacterial que toca a su fin con la invención del antibiótico. A pesar del manifiesto miedo a la pandemia gripal, actualmente no vivimos en la época viral. La hemos dejado atrás gracias a la técnica inmunológica. El comienzo del siglo XXI, desde un punto de vista patológico, no sería ni bacterial ni viral, sino neuronal. La depresión, el trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH), el trastorno límite de la personalidad (TLP) o el síndrome de desgaste ocupacional (SDO) definen el panorama de comienzos de este siglo. Estas enfermedades no son infecciones, sino estados patológicos que siguen a su vez una dialéctica, pero no una dialéctica de la negatividad, sino de la positividad, hasta el punto de que cabría atribuirles un exceso de esta última.
  • Temas:
  • Filosofía

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Gazeta de Colombia - N. 235

Por: | Fecha: 16/04/1826

PARTE OFICIÁL. LEY lmertaderias y efectos del depósit~~ Art. 5 o El due'ilo, consignatario o ajente les podran ser imporlatlos con calidaerán contarsé sino desde el clia en que se ésti·aigan dé Jos almace·: nes de depósito. Si las mercaderias y efectos fueren estraidos con el objélo de rcesportarlos, ya séa para otros puer-· tos lica, alli deberari pagar los derechos en los téi·minos pre,'eni­dos en la ley de imp~rtacion. pibilos, y prescribirá las formalidades · t ue deban observa1·se en la reesportaéion~ Ari. 8. o Los efédos y mercadérias estr.a njcras que transiten por el Istmo deJ .\.1 lai'lticó '11 Pacifico y del Pacifico al A tlantico+ pagaran soto dos por ciento de dérecho ele tránsito sobre P.l valor dé fac­tura. la cual . debera presentarse jurada y certificada tomo se pre"ierie en la l~y ~enóS Ocho rel1JIOSOS COll arreglo a le> ~is_r.uesto P?r varias dispósicioues pon• t1fic1as . y d~ lo~ ~yes tle España\ apli­cando al mismo tiempo sus bienes a Jos colejios de la República . ·2~ o Que subsistil'!udo ei fundamento Y. .fin .iaudables de esta benéfica dispo­s1c1on debe ser ella permf\nenénte, como n á dichos establecimientos con la calidad de inenajénables; DECR..ETAN. . Arl~ 1. o :Los conventos que en el dia de Ja sancion de la le y de 28. de julio !ril.fü-IJsc A. l\¡c.z.l gu~H"dc ~t Y. S.- .Santiago iYlarii.io. ISTRUCClON l?UilLICA. uslros, sino 1'\C completare en el ten:ni- 1 y el s~uauü'r Joaq11i~1 l\ Io .squ~ r;~, y o ! 1·a..s¡ 110 de tres me.ses, y Jos conYCnl.os qu<' nue,·c ~e ~>ro .Y ~l mismo gob_icr- F.l colejio de san Ignacio de Guayaquil t1nua ¡·csidencia. no; usando ng1·eso el arlkulo I 8 r. ue la cuw,- de Ben avente ha p1·csentado los ~igu ien- Llcs s <) que <>l1 a . . . ¡c1ecul1vo Avaluo practicado por p-eritos en 16. 0 El presiden le del scuas-. • , , ¡ uu~ csc:Jcla p3¡·ticu lar Gcquio del viccpre-ca subasta abnl se E OCTUmlE DE 1821. HASTA 31 • .DE llI­CIEl\ IBHE DE I 825. A'tío de i82 i • TiedLido ele la tc.>orcria en noviem-bre y •"ci·1·,licaciufl para conocimiento de las familias de estos oficiales. ONTlNUA de seguir, y Jos recursos que sean ad- hacienda hayan proporcionado hasta aho'"- El int/ice de las comuni'cacíónl's del podrr misiblcs·. Para cnmprobar la esposiéion ra incremento á las rentas. ejP.cutivo cori dcongrt~sode/osprimeros 3oi del cjeculivo se acompañaron varios do- ,.En i el espcdien-~e ; A la camara de representantes. daverifitar en ésta oficina la esaclitud e? que la mnalicjpali1hro¡>ómcndo mN ws para. . . d l 1 10 1 ' . , • • ' ha p , El b" blica de Haiti ha movido al gobierno de a ertura y para el l'" su P · . , l 1 espone haber concem o a a rr1urnc1p qnc el érario , sue os ~ ?5 ser' 1 o~cs e . t .1 1 :e ha usado muy poco de el para gastos co­les rembolse .dé las pérdidas que h.an l <~a. ~l motivo d~ ob1_elarla es e qn-: fHtnes: el ápresto 'l •_r .. c~c> qtJC ' c1ones, menos 11oura a er cua l : tizar ~arle muy respet e e prestJ.mo con-os enemigos. .... < ~· ' ' b ' • - ' • l d · s 3 l · t · · 1 l r.' 1 . "U s q:ie \}UCt.Lm es li- '. estas se aucnenten, sm que las eyes e' trata. o .ell 1 2 : co!_l: a ca~~ ing e:a. de a, A ... a ey 11JC as lp• ue.dll. . . . ti ~ ha va · Gol. intereses y ~ortizacion .or­din~ ri a, 11:.in sido el ohieto ··de su productc. liquido, pcr? con la útiliclad que se adn~ira, eu el c1érnto, en Jos creses de la marma, en la adquisicion de Ulua, en la seguriscadores z;m s-us arbitrio del momento. Ellos se har:lu hahia apresado en la costa de Cuba eu difo- 1~ u"1uf'tivos y ce.sadm las r<'me.sas. J ... os situa- rentes días le hahian asegurado que el jene­, Jo$ a llt>iar, Cohahul.Ia, Chihuahua, y Te>,· as se raJ español Morales babia llrgado en febrt>r0 h an atendido oport.unamenl<'. A las Ca ifor- a Santiago de Cuba con el navio Guerrero , nias se enviaron socorro3 de to-da Pspecie. Los una fragata de guPrra y u.n número considr. 4llmacenes j"neralc•s de la capital se hallan rabie de tro_pas. Los corresponsales del go abastecidos con abund:.mcia de vestuarios y bicrno en Jamayca aseguran con fecha 8. 1e a .-m:nnento. para el .ejercito, lo que asegura su m_arzo, que bas!a. el ;2. de. febrero no _ h:tbia dec<>nle permanenc1a. lli•gato El coint!rdo canal de comunicacion entrl> , toda la correspondeneia de la Havana esta el que consun;e y el que produce, progresa ' de acuerdo en que deben llf'gar dichos navi? de un modo superior a todo cakulo en los y fragata ele refuerzo. de la escuad~a, con mil pnntos lilorales de Mejico; y ni el monopo- ó ma-; hombres completo de las últimas trop{:ls li11;ni Ja riv<1 lida ~xii r una Lreve y comoda circuJacion il\terior, de~1a sahr de la Havan~ e?~ la escuadra e~ á qu (' las dmaras datr\n Ja últil{la mano, panola por febrero o prmc1p1os de marzo sin ~onsiclerando en · su actual reunion <' l PI'.º} ecto conocerse el pnnto y objeto de .sn direc<;ion. de caminos. Apenas se oftecera un asunto ~n &to/. es cuanto podemos com!li;i1car rela;1va - que la opinion se haya esprcsado mas ternn- mente a los rumores de esped1c10n ·espanola. nan.temt•nte. El gobierno de Madrid-ha contraído sus esi'uer· El sistem~ de hacienda, adoptado por la so- s?s á asegurar la po~esion ele Cu.ha y Pu~rto herania de la nacion, se ha planteado .eficaz y neo con tropas, manna y arnphas facultad ~s sumplidamente por el ejecutivo. A ben«>ficio ª· sus iefes conlrfi los pr~l?.ara ti vos .1 que. se de d ~· const'1ntcs e~fnerzos para colmo de nues- c1a, estaban hac1endo ~lepco y Co.omhra para tra ventura, p1wtens<' los pnsilamrnes ~ue desconfiaron los dift;rcnte.s mov1m1entos que han tenu.Jo l~ d e1 lós inme-isos recursos de la naturaleza del t_e~petbvas tropas y armad:>s . . Pensamos, que jenio y . d(! la industria en nuestra patria m1entr~s los enemigo:: tf'man !lna invasion .de bienhadada. cualqmera confederacwn ameri(. ana, se a hslen El ejército ha restablecido la moral, prin dran de mol<>star n~1estras costas y alarmar a ('ipiu de su yid;..., y Ja cli~ciplina ha . ad'elanla los departa~entos. htoi:ales; pero qu~ si, no do. <>n un año sobre tovando su ejercito á las puertas de su riváJ t ificados ele las costas y servicio jores. Otro p(•J'iódico EJ Piloto declama enerji· camente contra administrat..-ion de justicia y pide su reforma, y fo mismo contra la 1110clif e­rt> ncia con que el ministerio mira Ja instruc­cion pública.(•) Resulta de los \>ªPeles de Buenos Airee que todavia no hah1a eesado en el la le1isla­tura de la prnvincia el pl'oyecto sobre Üher­t; id de cultos. • Los d1pntéldos han reconocido el derecho que tiene, un hombre para dar culto a la divinidad en el _ modo ~e lo crea con­veniente: pero las dudas aon, si seria ya tiemp() de pr<;>clamar y garantir este derecho en Bu~ nos Aires, RUSIA. No hay ·duela en que el ittrp~rio roso esti P.n las manos del gran duque Nicolas con el titulo de Nicolas 1. _o La Gaceta rPal de Ja• maica incerta el mani6esto de este emperador de fecha 12. de diciembre de 1 ~h5. en su palacio imperial de S. Petel'shurgo en qne menciona los motivos lejitimos que han in­tervenido para suhir al trono; entre los cuales se lee la abdicacion de su hemlano Constan­tino pr:esentada al ·emperador Alejandto en t4.e de enero de 18:n. UN HOMBRE INCOMBUSTIBLE El Indicador del Drinoco da noticia de existir Manuel Caraballo oriundo del dep·ar­t. arpento de Orinoco con la cualidad estraor­< linaria de incombustible, debida a· un St'C'reto que le comunicó un afr.icano. Carahallo anda a pi.e desnudo en una. ..h ognera' se sienta en­' med10 de ~ua, se acuesta y nvuel('a dete­nidamente, se baña con puñados de brasas y las pre¡enta en sus manos a los concurren­tes. Todo esto lo hace ·vestido con e a misa y pantalon de listado sin que se quemen. Es­tas operaciones las han preccnsiado, entre ·otros, el comandante jeneral B. J. Bertnudés y los redactores del periódico, y ordinariamcn• te las ejecuta en la parroquia de Tunapuy, pues solo una vez las hizo en otra parte. llenne· el tal incombustible la par ticularidad de. comunicar á otros esta cualidad, pues to­mando a algun espectador lo revuel<·a cu la hoguera, r no recibe 1esion alguna ni en su •:uerpo, m en el vestido. ("") Publicamos esto para desmentir a .c.ier­los censores que creen bueno y peifec/.o t.odo lo de otras partes, r malo lo que /iay en Colombia que no es hecho por elfos. El R. de Bogota. fa,,. comp::iñias presidiales se I~s ha dado for Habiendo cometido actos de [email protected] con­m a provisional mi ·~n t ras las camaras resuelven tra este imperió el goJ>icmo de las Provincias la consuha de 23. de marzo último, cui vestuario, armamento y mu· provocado, y sin pr<'via y formal dedaracion ni(' : o~H'S para ltn ¡>OO{'T a las tribu~ n• civili de guerra, despreciando de este modo las for ­zaJ :•s. La di! indios Y aqnis en la alta Sonora mas establecidas entre las naciones civilizadas, se al~o, comet iPut:edentes de colonias, pa- ten en huqu.es nadonales ó estraojeros proce­garan UD veiotidos y media por ciento, r de de.ntes del ffilSIOO COntmente amencuio, quedan Europa ó de los Estados Unidos un diesisiete sujetos al pago de 4erechos que respectivamen­y medio por ciento:. te tam;au los que proceden de colonias, ~ me­. AH. 7. 0 Los c!fectos contenidos en la ter~e- nos que por itatados particulares de comércio no ra cl<1~e importados en ]mques nacionales proce- se estipule otra cosa . dentes de r.o-lonias; pagaran un veinte por ci- · Arl. 19. Los hoques estranjeros pertenecientes El snmd" :r r:ama-ra de "-P~Hnlan'tes de la re ento, y ERECIIOS ns IMI>OllftCION. r· Art. 8. 0 Los nn~mos efectos 1mpo~dos en con arreglo a lo que en ellos se estipule. huquc-0n acion "h cb~e ~port.a.l.os en húques na~10.nales pro- c1pal .de las Jllerta.de1ias y efectos en .los puerto.r tn los diferentes puertos habilitados de Colotnbi-1: ce«tcntes oe colom:.s, p.-igarán un vemt1hre el total producido. de las aduanas y evitando los fraudes y r~ e- ~es cstra!1jer?s proc.cde~tes cie ~oloaias, P" ga~ Art. :u. Pagaran el derec~o espécifico que é 11osca.bos de la.s rentas p~Ucas que han ocas10- mu un vernt 1:'>1ele y me 3. l'G Los sombreros. de castor, lana,, a1gódon Art. 15. Las dem2s. especies de mercad.eria:s embace ocho reales h arroba. i\gllat14ientes de .9 seda, Ja cera ó esperma manufacturada ó en. y efectos comerciables qu~ no estu~iese:n com·· cana y sti com¡)llestos tres peso~ Ja arroba. A .. pasta; los ace~tes de todas clases, los jabones, prendidas en las clases arriba esprt>sa-d:ís, escep10 guardieotes ott:• tald61 aéei1unas, altaparras, y toda especie de el articulo 21. pagarán un treinta por· ciento de llas; Cidra en cu alquiera otrú embace ocho rea­turtií! cs Y. comestibles eslr-aJJjeros. importacion si esta se hiciere en buques e~tran -: les la arroha. Ce rbesa en botellas doce reales ..6 ~ b~.$ ar.a-ñas ~-e cristal, esJ?ejosit toda clase jeros •e procedentes de colonias, y de .Europa ó de docena . Cerbesa en cualquiera otro embace ycho tartüa1-es, los naipes, paraguá~, zap.atos he- los Estados Unidos un veinticinco por ciento. reales arroba. Carne de vaca salada dos pesos chos c!11 hombre ó mujer, las hota.t,. toda d&se· · .,,J;t. 17 ... Las mer:caderiá.s ¡ efectos maD'ufac- el quintal. Carne rle puerco ... alada tr~s pe~os el ie mueh1es ele casa los vestidos y ropas he- turados de rualquiera calida y clase que sean, quinLal. Carne de vaca ahumada doce reales ~s, las flores- arti~cia.tes,, los perfoilles1 esen-' y Jos frutos- naturaies de las D.lciones asiaLicas, el ouintaJ. Carne. de puerco ahumada veinte C1~ aguas- · por ciento, y de Eur6Pa ó de Jos Estadof. proce'den de Europa o de los Es'tados Uñidos;. Art. 23. S.i: la importacion de las m~rcaderiu iudos UI.J' mas mercade r ias' y eféctos qne no y efectos arriba mencíooatlos se hiciere en b11- i6(. G. ~ Lo¡ m~mos efc.c;M)a impor\ado~ en ~an propioa de ~te pais, ya ~a c¡ue se i111por- · <¡ne$ e~tranjeros procedente~ de Euro¡>a o de los Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esi ·ulos Uni,ks, "{>'.lga1·~n siete y m<'~io por ci- ca•1E>rias y efee.l 111! se 1.1 l :l i 1;nori1 .lo5 y no s·c a cnm:nli.'l.re h factun, ó : /'ftri1g ·r1if o üninJ. Si se encorilraren a.l~u·us 1lelito rr)r Ull trih11.-.:i.I C01n,>etente a :>~fi :!;" t) hs ,.5¡', foe1·e prcs cnl:i th s.i .1 éi 1·c!1uis i1.o . s imro~t'l ! b .. , deh.!r:t .¡ !j. Jos eu es:a l<·y. ~!sla ley, el po•L:r e.1c ,:u1n·o nom:ff.'.l.r.'\ en cach :rnz.1r los 1Jl!rec11os que ello-. c :11.i;;aren con 1hs ~- ú :1 ico . Esccpluanse hs merc:ii!la •1 en el to 'JUC ~hª)'an · ido saL·ad0:; de un .naufr . ~io . . los perS•l_n .1s. bien e :1;'.!~· '.\ 1la.-; rn\a ~n,_.:il:i;ir Lo1h., mis·~'º. puerlo y q•11! sc1n de Ja satisfacci(ln Jel Ar!. 2;). [,JS Í:i<'turas OI' el prÍ1H: i!'Hf Jcwlor .y Stl5 dos fi t •li)rcs. <¡ue h a v ~·n si1lo ·compraclos, o en Ci\SO co11tra· í h pos"Csi :.11 tic sn rl .~ ..; ti :10, :le <~ es ~ rnpciL. r bien !\.rt. 3). El p 1go total de los dcreclv1s ele i•n-rio. del ; ¡cnrc il consi5i1:it..irio qüe ·ios tny·t-com y fidrnenle h s fo :1cin :-1es (!e ~u 1n¡:1is:c¡·io. por: ;:ic i!rn sino se hiciére Art. 3::_ C 1 b t de ,!as mcr~aderi:is y ef~ctos. dc1>Cr:\ C:i l:tr CCrllfi {~.:tJo p11r el C:.'> !l:Vi. I, · vLC CC\.lll - 1 s 1~ 5ml f¡:¡~ CffCUllSlallLJél.S éld .fJ'.lC: r lO a (J: ,le sea11· ~r •• ~<). S1 vencidos los p !a:W3 q11e Con-sul <'i .1 j 1~n1c comercial J·e 'h 'Rcpi1hlir.:i: -y en CJ:io Jcstina:los. ~c :l c el arl.iculo anterior no e vcrificue el pig<> d ~ w> l"<.!Si~ir ning~no ~11•, μor el c1'>~1sul, , ,i_cc- .Put,i;t:''n quien tcc< 1lc lo,; rlc11.s, e~ a:lministr..idor de con:,nl o a~ntc comercial de una n~ 'l?n am1~1 yel·e ,el 1rn:i1bra1~ú c n t o 'le :l~.:l..i.1:101· n ."l pon. ta cjc!·cer la J!•:o fos1on mcrr...!11Il. -· .. . , .le•11erc por tres <'Om~·rc~J.n- • A._:·t. 33. S·;c:nprc <~ue d rhu•nn, co 1 -: ;.~n .;t:ir1 o l¡ ·na~ tle la~ co.:;f ts 1¡ue se caus~rcn en fa e1e­te. s 1Je1 J,~~ar .l e c .1 el a ··L 3 :< .. , tle las adnan.:is nna la hla de los vahres de toJ ·1t L t.que en q .te se h:i;'l h ·imp6rtacion en el :i.ct0 ante el goben1ado¡-, ó en su Ortacion, de ;iduana tfue la faciura y couocun1cnto qu~ .1 v,1lu.:\r Jas mcrc.tdcnH y c fc <:los en cncstlon, l.:i i·(lo. v daran J.I a .lmini lrarlor en el acto de entrar en el puerto al oficial de convenitlo, y de lo coutrano Jos mol!vos de su •lt~t nusmo ano que! prolube la 1•nporl..lct0n de Ja la adu:ina que pasare á bordo, un manifiesto fir- ·li.scodancia. Y si el dueño, consi •Ynat.1rio 6 p:)lvor 1, la de Ja misma fecha que prohil,c la im• m.~do del número -Oe. bultos pue hayan recilJi .. 1jen.Le no se .confori~are. con .esta segun mento au!c ~l administrador! que los que espre- Jduana y de Jo que esponga el interesado, dis- dé.cimoquinto que determinan el mod<> y tér sa d manifiesto son los únicos que ha reci- pondrá lo tjue cn~a de j.uslicia y de su deter- muios de hacerse el paren nom ·\rt. 43. La presente ley deberá tener su r.unt• ta mil pesos. hrados por hs parles p:ira hacer la a valuacion plimiento en todos los puertos ele la Re publica •fas.e Art. 23. Si el administrador de aduana tuvie- de las mercaderias ·y efectos, seran ohlia:idos •le el dia 1. 0 de seliemlire d el presente año. te sospe~has fundadas de 9ue las m~rcadcrias y i aceptar v desempeñ.-1r este erica~go i.ijo b ., O:ula_ en .Bogota a 8. de marzo de "1826.-15 ... efoctos unportados ñan sido apreciados en la f'eoa de cien pt-sos de multa. Esceptuáns~ El ~residente del sen:iao-Luis A. BARALT. -El faciura por menos

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