El Fondo de Cesantias o el empleador segun corresponda debera realizar el pago dentro de los cinco 5 dias habiles siguientes a la fecha en la cual el trabajador haya presentado la solicitud
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- Año de publicación 16/09/2019
- Idioma Español
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Citación recomendada (normas APA)
- Ministerio del Trabajo, "El Fondo de Cesantias o el empleador segun corresponda debera realizar el pago dentro de los cinco 5 dias habiles siguientes a la fecha en la cual el trabajador haya presentado la solicitud", Colombia:-, 2019. Consultado en línea en la Biblioteca Digital de Bogotá (https://www.bibliotecadigitaldebogota.gov.co/resources/3341253/), el día 2026-06-25.